Extraordinaria 63 · 2022-09-07

Acta_Extraordinaria_N63_Celebrada_el_07-09-2022.pdf · 285 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 63 del 2022-09-07 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N91 ACTA N*63 Extraordinaria.
(o)
N*63 EXTRAORDINARIA. 07-09-2022
SESION EXTRAORDINARIA. N*63 DEL 07-09-2022, INICIADA A LAS 17:15 HORAS
EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside) Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal
Javier Jiménez Villalobos
Jorge Humberto González Calderón (Sust. Alejandra Sancho Bravo)
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*2 ACTA N%63 Extraordinaria. _
pena
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos Artículos Puntos a tratar
1794-al-1800 | Asuntos del Sr. Alcalde
1801 -al-1851 1 Correspondencia
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de
Quorum
ARTICULO |
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 1794
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, director jurídico,
Municipalidad de  Pococí, teléfono: 2713-6516, correo electrónico:
munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N93 ACTA N*63 Extraordinaria.
Oficio: DJ-127-9-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 2413, acta 63, del 19 de agosto de 2021
Ñ y Municipalidad de Pococí
Dirección Jurí
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1
Guápiles, 2 de setiembre de 2022
DJ-127-9-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 2413, acta 63, del 19 de agosto de 2021.
Por medio de la presente, procedo a dar respuesta al acuerdo 2413, acta 63, del
19 de agosto de 2021, con relación a una situación presentada con una aparente
deuda que tiene la Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles con la Caja
Costarricense del Seguro Social.
En general sobre dicha junta. podemos traer a colación las conclusiones del
informe jurídico: 1J-07-MAR-2018, del 7 de marzo de 2018, de esta Dirección:
“L. La Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles, está vigente y en
funcionamiento.
HI. La Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles, en atención a las leyes 6542
y 6700, posee personería jurídica, contando con la cédula jurídica: 3-007-1 10802.
Ill. La Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles, es la administradora de los
recursos que ingresan producto del canon que cancelan quienes hacen uso del
mismo y que debe ser utilizado para el mantenimiento y mejora del camposanto.
IV. Corresponde a la Junta disponer las mejoras en el servicio que considere
pertinentes y los recursos que se obtengan deberán ser reinvertidos en las mismas
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%4 ACTA N%83 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
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a Teléfono: 2713-6516 ¿L>%,
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funciones y necesidades del lugar, de lo cual se deberá rendir cuentas a la
Municipalidad respectiva; la municipalidad no está obligada a invertir recursos en
el cementerio. (Ver Dictamen: C-236-2016, del 08 de noviembre de 2016 de la
Procuraduría General de la República.)
V. La Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles está facultada para
contraer deberes y obligaciones, por ello, es la responsable de los trabajadores del
cementerio, para referencia, puede verse el Informe Jurídico: IJ-026-AGO-2016, de
esta Unidad.
VI. En concordancia con la conclusión anterior, la Junta Administrativa del
Cementerio de Guápiles está en capacidad y legitimada de ser demandada en
asuntos relacionados con la administración del Cementerio de Guápiles, por lo que
debe procurarse su propia defensa (ajena a la de la Municipalidad de Pococí),
recayendo en la figura del presidente, la representación judicial y extrajudicial.
Vil. La Certificación de Personería Jurídica, en caso de requerirse, deberá ser
emitida por el Secretario del Concejo Municipal, en atención al artículo 53 inciso c)
del Código Municipal.”
Como referencia a lo anterior, concluye el informe jurídico: 1J-026-AGO-2016 del 5
de agosto de 2016:
“En atención a los artículos 4 y 8 del Reglamento General de Cementerios, y a los
artículos 4, 18, 25 inciso d), 30 y 62 del Reglamento para la Administración General
de Cementerios Municipales del Cantón de Pococí, es viable que la Junta
Administradora de Cementerios se haga cargo del personal a su cargo, pues para
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%5 ACTA N*63 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
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de Dirección Jurídica Y,
AY Teléfono: 2713-6516
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3
ello, expresamente están autorizados para la administración de los recursos
provenientes de los servicios prestados en el camposanto.”
Por lo antes expuesto, se puede afirmar que la junta es la responsable de
administrar el cementerio de Guápiles con todas las obligaciones que ello conlleva,
lo cual incluye el pago de deudas derivadas del desarrollo del servicio que prestan,
en tal sentido, quien debe asumir es dicha junta, buscando los medios posibles para
honrar sus deudas, aunque sean de juntas directivas anteriores.
Sin perjuicio de lo anterior, no hay que perder de vista que es un servicio de gran
importancia para el cantón, además, que el bien inmueble ocupado por el
cementerio es del Gobierno Local, por ello, la Municipalidad de Pococí debería
brindar colaboración, por ejemplo, a nivel tributario para que se recauden los
recursos de manera eficiente, o de ser necesario una actualizadas de las tasas con
el objetivo de que la Junta Administradora pueda cumplir cabalmente con todas
sus obligaciones, y así evitar eventuales procesos judiciales que podrían atentar los
intereses del ayuntamiento y sus munícipes.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CHRISTIAN Firmado digitalmente
CORDOBA — Ponvosa ovino
(FIRMA) 15:03.00-06'00"
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
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Participan de la palabra:
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%6 ACTA N*63 Extraordinaria.
El presidente de la Juna me está pidiendo una reunión y me parece que es
necesario que se reúna el Concejo porque hay que nombrar una nueva junta,
creo que se había dado una prórroga y que está a punto de vencerse.
Después, el cementerio también tiene apareció otra demanda que tiene la Caja
Costarricense de Seguro Social, que está presentando de las Administraciones
anteriores entonces, a mí me parece que es conveniente que se nombre una
nueva junta y sí es necesario que se reúnan y hacerlo para que empiece a
caminar, porque la junta que ustedes nombraron provisionalmente, algunos están
trabajando otros no.
Entonces, sí es conveniente que nombran una junta de forma definitiva porque
creo que esa junta provisional está por vencerse el próximo mes.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Saluda, hace como un mes yo tuve una reunión con el presidente del cementerio,
me parece que está haciendo las cosas bien, tal vez es la forma en que se toman
las decisiones, porque a veces hay que tomar decisiones difíciles que en ocasiones
la gente rechaza, pero hay aspectos muy positivos con respecto a la Junta
Administrativa del cementerio por ejemplo: que ya se les ha dado una nueva tarifa
y eso les va a permitir tener más recursos para poder, no solo darle el
mantenimiento al cementerio sino que, lo que podemos esperar nosotros que
también se dediquen a hacer nichos, que se pueda planificar para el futuro.
Vean con la crisis que tuvimos, nos vimos a palitos con el tema de dónde de
depositar a nuestros seres queridos inclusive, más adelante yo pienso que se
puede abrir la oportunidad hasta que la Municipalidad o la junta pueda dar el
servicio incineración, estamos hablando de una serie de requisitos que tendría que
cumplir, pero a eso es lo que yo me refiero con esa visión.
Lo que sí es importante es conformar una junta sólida que todos trabajen de la
mano, yo entiendo que ya la parte de la del arreglo que se hizo con la Caja ya se
hizo bien y lo están pagando, si ahora salió esta otra deuda pues se tendrá que
atender, ellos tienen la capacidad de me parece. Entonces es una cuestión de
que se planifique mediante un flujo de caja donde van viendo a ver lo que van a
ir atendiendo.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N%7 ACTA N*63 Extraordinaria.
Pero a nosotros nos toca entonces ver si recibimos los currículums y las
recomendaciones de las Asociaciones para poder tomar la decisión a ver qué
buenos candidatos hay para ya dejar nombrado en definitiva a la junta.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Saluda, aquí hay un asunto y don Manuel lo ha dicho bien claro, tenemos ahí un
compromiso creo que es de treinta millones de colones por cargas sociales y
recientemente no sé si vendrá en correspondencia, recientemente un funcionario
o exfuncionario de la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de
Guápiles ganó un reclamo que hizo en un juzgado y donde se está condenando
la Municipalidad de Pococí al pago de costas, daños y perjuicios, porque una
junta Administrativa del cementerio de forma arbitraria sacó los restos de una
persona fallecida sin avisar a su familiares y se está condenando a la
Municipalidad de Pococí por lo tanto, considero que esta junta ha mejorado
muchas cosas pero hay que ver cuándo se hicieron esos actos arbitrarios porque
esto lo que le va a heredar a esta Municipalidad va a ser un poco de retribuciones
económicas porque el cementerio aunque se esté mejorando, no se está
haciendo la mejor forma Muchas gracias.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Saluda, desde el año 2006 conozco el tema del cementerio porque fui presidente
municipal y hasta la fecha de hoy sigue el mismo problema, queremos irnos de
aquí y que esto quede heredado a los que vienen porque eso es lo que pasa aquí,
cada Concejo asume, cada presidente asume, cada alcalde asume los
problemas anteriores que se dan en una municipalidad y aquítenemos esto desde
el año 2006 y seguimos en lo mismo.
Aquí observe una nota en una ocasión donde se hablaba mal de algunas
personas, ahí consta en actas y esas personas siguen en la junta directiva el
cementerio, ¿queremos corregir las cosas? Corrijámoslas, a mí no me preocupa
perder votos que quede claro, ni estoy en campaña política, ya dos veces es
bastante si viene la tercera bendito Dios, pero sino no importa.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y - Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*8 ACTA N*63 Extraordinaria
Solucionemos, fecha, ¿3 meses ó6 meses y se soluciona el problema el cementerio
Guápiles? No, aquí se toman decisiones, se nombran comisiones y no se le pone
fecha, entonces es muy bonito.
Como el jefe mío es el pueblo, es el único que me ordena mí y es el Único al que
me debo, es tomado la decisión de seguir como estoy hasta este momento,
respetuoso responsable y humilde señalando lo que hay que hacer.
Don Cecilio Arias Pereyra en paz descanse, en el gobierno municipal 2006 2010
estando presente el señor Juan Luis Gómez Gómez, vicepresidente del honorable
Concejo Municipal de Pococí se presentó a sesión para hacer todas las gestiones
y que el terreno que está a la par del cementerio Guápiles pasara a ser un terreno
auxiliar, ¿qué pasó? Comisiones, consultas y site vi no me acuerdo, ya empezaron
a vender el terreno que está a la par, ya perdimos la obra.
Entonces lo que hace falta es ponerle fecha, ponerle límites y les suplico que por
favor pongan una fecha y denle ya solución al tema del cementerio de Guápiles,
no podemos seguir buscando la presidente del Consejo, no podemos seguir
buscando al presidente de la junta, para que abra el cementerio un día, no es
posible, eso es ser una cosa ya de acción, como una lista que tenemos todos los
que estamos.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Saluda, el tema del cementerio ya lo hemos comentado muchísimo, ya es un
tema conocido por todos, si bien es cierto es un servicio que se le da al pueblo, el
dinero que ingresa es para administrarlo, por lo tanto, la junta que se nombra en
esa junta debe de ser personas muy responsables y que tengan ese orden, esa
parte administrativa de saber trabajar por este camposanto.
Yo sé que hay un reglamento cantonal y que todos los cementerios se deben de
bajar en ese reglamento, pero también deben de elaborar un reglamento interno
y yo quisiera ver ese ese reglamento interno ya que ese sería el mapa, el norte y
esas serían las directrices por la cuales la junta administrativa debe trabajar.
Si bien es cierto la municipalidad tiene responsabilidad, con mucha más razón se
debe tener ese reglamento y marcar de una vez las responsabilidades que se le
asignan tanto a la persona que trabaja ahí, como la junta administradora del
cementerio gracias.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en Actas.
Di Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N99 ACTA N%683 Extraordinaria.
ACUERDO N'* 1795
Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Hernández Miranda, Encargada
Prensa y Comunicación, teléfono: 2713-65-08 ext. 107, correo electrónico:
grace.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: PCO-069-2022
Asunto: Corrección del Himno
vd 9 Municipalidad de Pococí ()
POCO: > E Prensa y Comunicación Ys
AS A LN teléfono: 2713-6508 Ext.107 Les
Pluye grace. hernandezamunipococi.go.cr DEPOCOC.
¡memes as
Guápiles, 7 de septiembre de 2022
Oficio PCO-069-2022
Señores
Concejo Municipal Ref: Corrección del Himno.
Honorables señores:
Un atento saludo de parte de la Unidad de Prensa y Comunicación.
En acatamiento al Acuerdo 1+1657, Artículo Ill, del Acta Ordinaria 1+60, donde
se conoció nota por parte del Lic. Gonzalo Amador Ramírez, hijo del creador
del Himno del Cantón de Pococí.
Esta unidad ha procedido a realizar los cambios solicitados, para que en
adelante quede patentado que la música y la letra es autoría del señor
Francisco Amador Granados, (AdDg)
Satistechos todos, se suscribe.
Atentamente, *
ll 5
es
Licda. Gráce pen Memendez Miranda «
Encargada
Prensa y Comunicación
Adjunto Himno del cantón de Pococí corregido.
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
¡de
13815)
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*10 ACTA N%83 Extraordinaria. 07-0
» di 9 Municipalidad de Pococí ()
POCOC e) Prensa y Comunicación YES
SS £ Teléfono: 2713-6508 Ext.107 LA
MUECPAIDAO
Pluye grace.hemandezGmunipococl.go.cr DE POCO
Letra y Música: Prof. Francisco Amador Granados
Pococí es tu nombre glorioso,
de la Patria terruño exquisito
Dios te puso en un valle bendito
como gesto divino y hermoso.
Son bañadas tus costas al norte
por las aguas de un mar que circunda
al volcán que vigila y retumba
cuando peinan los vientos los montes.
Hacia el sur sus montañas azules
dan un tono de amor y esperanza
Los penachos de nubes avanzan
cual gaviotas volando en sus cumbres.
En un valle tranquilo y fecundo
Hoy tu Pueblo te miran airoso
es el pueblo valiente orgulloso
de su Tierra y Hogar tan amado.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Focebook: AMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y que se le notifique al Lic. Gonzalo
Amador.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N911 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1795-1
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, Dirección Jurídica,
Municipalidad. de  Pococí, teléfono: 2713-6516, correo electrónico:
munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: DJ-126-9-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 617, acta 31, del 15 de abril de 2021. Tema del
Convenio con el Comité Cantonal de Deportes para la Administración del
Polideportivo Rogelio Alvarado.
DÁ
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*12 ACTA N*63 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
y
Dirección Jurídica
a . Teléfono: 2713-6516
Pluye munipococijuridicosGHgmail.com weon
1
Guápiles, 2 de setiembre de 2022
DJ-126-9-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 617, acta 31, del 15 de abril de 2021.
Por medio de la presente, como respuesta acuerdo 617, acta 31, del 15 de abril de
2021, indico que el tema del convenio con el Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Pococí para la administración del polideportivo Rogelio Alvarado
Cubero está siendo tratado por el Ing. Jorge Hodgson Quinn, y con conocimiento
del Despacho del Alcalde, incluso se trabajó en un borrador.
Este oficio se realiza con el fin de no dejar el acuerdo sin contestar y reportar lo
acontecido de nuestra parte hasta el momento.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
Firmado digitalmente ñí
CHRISTIAN por CHRISTIAN , ¿qa idad ad q
CORDOBA — rama oo A e
OVIEDO (FIRMA) Fecha: 2022.09.02
12:01:34 -0600
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipolidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se solicita al departamento de Servicios
Jurídicos enviar un borrador del reglamento para estudio y posterior aprobación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*13 ACTA N*%63 Extraordinaria.
ACUERDO N?* 1796
Se conoce nota suscrita por Licda. Emilia Masis Alfaro, departamento salud
ocupacional y emergencias, teléfono: 2713-6521, correo electrónico:
emilia.masisemunipococi.go.cr, dice:
Oficio: SOE-075-2022
Asunto: Recordatorio de medidas de seguridad las cuales son de acatamiento
obligatorio.
14 Municipalidad de Pococí (5)
POCOC ¿ Salud Ocupacional y Emergencias ya
a Teléfono: 2713-6521 «Lim
Fluyo emilio.mosis(Amunipococi.go.cr a
a
Guápiles, 31 de agosto de 2022
SOE-075-2022
Para: Personal Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: Recordatorio de medidas de seguridad
Cordial saludo:
Por medio de la presente, se les recuerda a los funcionarios las siguientes medidas de
seguridad, las cuales son de acatamiento obligatorio:
1. Como ya se había mencionado en el oficio SYSO N*23-2021, los funcionarios y
funcionarias que hacen uso de los parqueos (tanto en el Talamanca, como en
el Plantel Municipal) deben respetar la disposición de parquear los vehículos
tanto personales como municipales en posición de salida.
Estacionar en posición de salida, es colocar la parte delantera del vehículo
hacia la salida, de manera que permita un desplazamiento oportuno y rápido
en caso de emergencia, sin afectar los aparcamientos colindantes. Así
estipulado en el Plan de Emergencias Municipal.
2. Cando se suben o bajan las escaleras, la regla universal es hacerlo por el lado
derecho siempre, subo por la derecha, bajo por la derecha. Hacerlo de esta
manera nos permite mantener el orden y hacer cultura preventiva en caso de
emergencia.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%14 ACTA N*63 Extraordinaria.
A A A A A A
14 Municipalidad de Pococí
POCOC el Salud Ocupacional y Emergencias
a Teléfono: 2713-6521 «25%
Pluyo emilia.masisQ)munipococi.go.cr  “"Bercod
o MATA
3. Los funcionarios que tengan la cuarta dosis de la vacuna, deberán enviar
imagen del carnet, al teléfono 8729-8172. Esto con el fin de actualizar el
esquema de vacunación de manera digital y evitar el consumo de papel.
4. Se informa a los funcionarios y funcionarias que manejan vehículos municipales
que, en caso de accidente de tránsito, deben seguir el siguiente procedimiento:
a) Llamar a las autoridades de tránsito y del Instituto Nacional de Seguros por el
medio más viable que dispongan para que confeccione los informes
correspondientes.
b) No mover el vehículo hasta que los oficiales de tránsito e inspectores del
Instituto Nacional de Seguros se apersonen al lugar y realicen su labor.
Cc) Obtener información en razón de las calidades de las personas afectadas en
el accidente y los testigos si los hubiere.
d) Dar aviso en forma inmediata a su Jefe, sobre lo sucedido, para que se le
giren instrucciones y se tomen las medidas del caso,
Así estipulado en el Reglamento para el Uso Control y Mantenimiento de
vehículos, maquinaria y equipo de la Municipalidad de Pococí.
Sin más por el momento.
EMILIA meda
MASIS EAS
ALFARO ALFARO (FIRMA)
Fecha: 2022.0831
(FIRMA) 10:37:23 -0600'
Licda. Emilia Masis Alfaro
Salud Ocupacional y Emergencias
Cc. Archivo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce, se inserta en actas y se brinda copia a
cada regidor.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
POCOCÍ ES
—— > 0)
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Y
PAGINA N915 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2
ACUERDO N? 1797 NS
Se conoce nota suscrita por: Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde de Pococí,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0151-2022
Asunto: Se solicita autorización de acuerdo de pago para la compra directa No.
2022CD-000118-0032000702 Proyecto Compra de Materiales Mejoras Redondel
Palmitas 2.
9 Municipalidad de Pococí
GQ . € Despacho del Alcalde
a e LA Teléfono: 2711-1208 ¿Lo %,
Pluye monuel hernondez(Amunipococi.go.cr  Wmeelioso
Guápiles, 2 de septiembre de 2022
DAMCM-0151-2022
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Referencia: Se solicita autorización de acuerdo de pago para la compra directa
No. 2022CD-0001 18-0032000702 Proyecto Compra de Materiales Mejoras Redondel
Palmitas 2
Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de pago para la compra directa
No. 2022CD-0001 18-0032000702 Proyecto Compra de Materiales Mejoras Redondel
Palmitas 2
Sin más por el momento, me despido.
vt
Lic. heard iemánden Rivera
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%16 ACTA N*63 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
PO
: COC Compras Públicas Y
A. kl Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿KI
fluúa ronald.quiros(Amunipococi.go.cr  Maweeatoso
SETA
Guápiles, 02 de setiembre del 2022
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Compra Directa No, 2022CD-000118-0032000702, Proyecto: Compra de materiales
Mejoras Redondel Palmitas 2.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en sistema SICOP, en
donde participa Las siguientes empresas:
Almacenes El Colono S.A, se recibe oferta por un monto de 15.954.245.00 (quince
millones novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco colones
exactos), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel.
Almacén El Mejor Precio de Cariarl SA, se recibe oferta por un monto total de
£19.507.411.00 (diecinueve millones quinientos siete mil cuatrocientos once colones
exactos), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel
Página 1]3
y
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*17 ACTA N*63 Extraordinaria.
_A Municipalidad de Pococí.
POCOC « Compras Públicas od
A Teléfono; 2713-6561 Ext, 122 [K267%
Fluye ronald.quirosfMmunipococi.go.cr  Musimoso
Evaluación.
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación a las ofertas
que cumplió técnicamente, la evaluación se realiza con el parámetro de Precio
80%, empresa local 10%, criterios sustentables 10% así establecido en el cartel.
falo in Económ!
Empresas oferentes Monto Ofertado Precio Empresa local Sustentabilidad Tola!
Puntajes Moximos Monto Ofertado
Bcolono SA 01595424500
BMejor Precio 19 507 411.00
Determinando lo si: e:
Una vez aplicados los factores de evaluación se determina contratar a la empresa:
Almacén El Colono S.A, obteniendo la mayor calificación.
Portanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor de la empresa: Almacén El Colono S.A, por un monto total de
£19.386.985.00 (diecinueve millones trescientos ochenta y seis mil novecientos
ochenta y cinco colones exactos), distribuidos según se detalla en el siguiente
cuadro, esto tomando en consideración el contenido presupuestario existente y
los costos unitarios presentados por la empresa recomendada.
Página 2]3
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*19 ACTA N*63 Extraordinaria.
consideración el contenido presupuestario existente y los costos unitarios
presentados por la empresa recomendada. Según Compra Directa N*2022CD-
000118-0032000702 Proyecto Compra de materiales Mejoras Redondel Palmitas 2.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 1798
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, dirección jurídica,
Municipalidad de Pococí, teléfono: 2713-6516, correo: munipocociOgmail.com,
dice:
Oficio: DJ-129-9-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 243, acta 13, del 15 de febrero de 2022. Convenio
para el otorgamiento de una garantía de construcción e infraestructura y áreas
públicas del fraccionamiento Valle del Roble Astúa Pirie.
v
Ye e q Sitio Web: munipococi.go.cr
a «y Se E Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*20 ACTA N*63 Extraordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516 LL
Fluye munipococijuridicosQlgmail.com metio
ADO AS
1
Guópiles, 5 de setiembre de 2022
DJ-129-9-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 243, acta 13, del 15 de febrero de 2022.
Por medio de la presente, procedo a dar respuesta al acuerdo 243, acta 13, del 15
de febrero de 2022, relacionado con un convenio para el otorgamiento de una
garantía de construcción de infraestructura y áreas públicas del fraccionamiento
Valle del Roble en Astúa Pirie, al respecto, siendo que según entiende el suscrito la
parte del proyecto cubierta por el convenio no se continuará más, el presente caso
carece de interés actual, por ello, no se emitirá un criterio por ser innecesario.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CHRISTIAN Firmado digitalmente
CHRISTIAN alidad
CORDOBA  Cornomaovieno gión Jue A
OVIEDO —— RN Ne
Fecha: 20220905
(FIRMA) 11:41:49 0600
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AAA A A
ACUERDO N* 1799
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, teléfono: 2713-6516,
correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: DJ-128-9-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 1616, acta 58, del 11 de agosto de 2022 del Concejo
Municipal y oficio: DAM-0698-2022 del 12 de agosto de 2022 del alcalde
municipal. relacionado con el borrador de adenda al convenio de cooperación
vigente sobre el sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios
del Estado (SINIRUBE).
v
(: ) Sitio Web: munipococi.go.cr
AY - y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*22 ACTA N*63 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
POCOCA a
Fluye munipococijuridicosGigmail.com txeeeiuoso
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1
Guápiles, 5 de setiembre de 2022
DJ-128-9-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 1616, acta 58, del 11 de agosto de 2022 del Concejo
Municipal y oficio: DAM-0698-2022 del 12 de agosto de 2022 del alcalde municipal.
Por medio de la presente, procedo a dar respuesta al acuerdo 1616, acta 58, del
11 de agosto de 2022 tomado por el Concejo Municipal y al oficio: DAM-0698-2022,
del 12 de agosto de 2022 del acalde municipal, relacionado con el borrador de
adenda al convenio de cooperación vigente sobre el Sistema Nacional de
Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE), al respecto, una
vez leído el borrador, indico que no observé aspectos desde el punto de vista
jurídico que impidan su firma, sin embargo, el objetivo de la adenda es incluir
nuevas obligaciones para el Gobierno Local, por ello, deberá consultarse con los
departamentos competentes sila Municipalidad de Pococí está en condiciones de
asumir las nuevas responsabilidades.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido, fidad
d ga
CHRISTIAN Fimatodatolmeapor ción June 2
CORDOBA OVIEDO FIRMA) US
OVIEDO (FIRMA) foseserasoo
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al señor Alcalde para que valore la firma
del Convenio.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%23 ACTA N*63 Extraordinaria,
ACUERDO N?* 1799-1
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, dirección jurídica,
Municipalidad. de  Pococí, teléfono: 2713-6516, correo electrónico:
munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: DJ-131-9-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 1060, acta 39, del 2 de junio de 2022. Relacionado
con el escrito de la señora Grettel Días Artavia al INCOFER.
1
Guápiles, 5 de setiembre de 2022
DJ-131-9-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 1060, acta 39, del 2 de junio de 2022.
Por medio de la presente, procedo a dar respuesta al acuerdo 1060, acta 39, del 2
de junio de 2022, relacionado con un escrito de la señora Grettel Díaz Artavia al
INCOFER para resolver el problema de las ruinas del antiguo Bar Las Américas en
Toro Amarillo, al respecto, se indica que desde hace varios meses se presentó un
proceso sumario de derribo ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda, bajo el expediente: 21-000412-0930-Cl, con el objetivo de limpiar la zona,
sin embargo, el proceso se ha retrasado pues no ha sido posible notificar al
propietario registral del inmueble en cuestión, pero estamos trabando en ello.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CHRISTIAN Firmado digitalmente
por CHRISTIAN
CORDOBA CORDOBA OVIEDO
OVIEDO (CAMA)
(FIRMA) 1
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
POCOCÍ NY
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI N
PAGINA N*24 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09
Participan de la palabra:
Reg. Randall Torres Barrientos.
Este es un tema que nosotros tocamos con don Mario Arce quien es el presidente
ejecutivo de INCOFER, en donde gracias a Dios tuvimos la apertura también de
INCOFER como dueño de esa área pública que existe, para poder hacer y
autorizar el derribo de esas paredes, porque lo que son, son unas paredes. Lo que
sí es importante es hacerlo pronto don Manuel, porque yo estuve el fin de semana
y es mucha gente la que consumen droga, que llegan ahí, entonces ahí es un
foco que hay quitarlo ya derribando esas instalaciones.
No sé a quién le corresponde, pero si había mucha apertura de ellos, lo que ellos
estaban pidiendo al final es que la Municipalidad les facilitará la maquinaria
porque ellos no tienen maquinaria, pero no se si tendremos que hacer un acuerdo
para indicarle a INCOFER que realice todo el procedimiento y coordinar con el
juzgado para poder de una forma mancomunada entre INCOFER y la
Municipalidad para poder hacer el derribo de esas paredes.
Importantes rescatar que ahí inicia el proyecto de Avenida Pococí, que va a
quedar muy bonito ya cuando esté la ciclovía y todo el proyecto ahí. Yo creo que
Toro Amarillo se merece algo bonito entonces si es importante esa advertencia
que nos está haciendo la licenciada Gretel Díaz. Y ojalá que podamos avanzar
en este proceso, no sé más bien si lo pasamos a la Administración para que
coordine con INCOFER para poder este ver, qué es lo que hay que hacer para
avanzar en ese proceso.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al señor Alcalde para que coordine con
INCOFER para poder este ver, qué es lo que hay que hacer para avanzar en ese
proceso. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 1800
Se conoce suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde de la Municipalidad
de Pococí, teléfono: 2711-1208, correo electrónico:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
ps e k a Sitio Web: munipococi.go.cr
a a > > Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*25 ACTA N“63 Extraordinaria.
Oficio: DAMCM-0152-2022
Asunto: Solicitud de autorización de cierre vía cantonal en el sector aledaño al
parque central de Guápiles con motivo de la celebración de los 111 años del
Cantón de Pococí.
d a Municipalidad de Pococí
dl GQ É € Despacho del Alcalde
Y a. de Teléfono: 2711-1208 ¿4%
Pluye manuel hernandezOmunipococi,go.cr MANICIALIDAO
a ES
Guópiles, 5 de septiembre de 2022
DAMCM-0152-2022
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Referencia: Solicitud de autorización de cierre vía cantonal
Mediante la presente saludarles y solicitarles su colaboración para contar con un
acuerdo de autorización para el cierre de vías públicas en el sector aledaño al
Parque Central de Guápiles con motivo de la celebración de los 111 años del
cantón de Pococí.
En este caso, se requiere el cierre de la vía que se detalla en el croquis siguiente
para los días 18 y 19 de setiembre de 6:00 a.m. a 12 p.m., el cierre iniciaría en el
sector conocido como "el monumento" frente al Parque Central de Guápiles,
bordeando todo el Parque, luego cerrando la entrada de la Farmacia San Roque,
la esquina de Clips y hasta la esquina del antiguo edificio municipal.
Es importante aclarar que para este cierre y en caso de una emergencia, se tendrá
seguridad privada en los cierres por si se requiere habilitar un carril para el paso de
algún equipo de emergencias rumbo al Hospital.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*26 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022 2.
a 9 Municipalidad de Pococí
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manuel hernandez(Amunipococi.go.cr Macao
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Croquis del cierre:
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Sin más por el momento, me despido.
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Lic, sida ermnán
Alcalde
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza el cierre vía cantonal en el sector
aledaño al parque central de Guápiles con motivo de la celebración de los 111
años del Cantón de Pococí, para los días 18 y 19 de setiembre de 6:00 a.m. a 12
p.m., el cierre iniciaría en el sector conocido como "el monumento” frente al
Parque Central de Guápiles, bordeando todo el Parque, luego cerrando la entrada
de la Farmacia San Roque, la esquina de Clips y hasta la esquina del antiguo
> Sitio Web: munipococi.go.cr
Y S > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*27 ACTA N*63 Extraordinaria.
edificio municipal. en caso de una emergencia, se tendrá seguridad privada en
los cierres por si se requiere habilitar un carril para el paso de algún equipo de
emergencia rumbo al Hospital. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ARTICULO ll
Correspondencia
ACUERDO N* 1801
Se conoce nota suscrita por el señor Ramón Brenes R., presidente del Comité
PROCAMINOS — Anturias Sur, teléfono: 8935-7209, correo electrónico:
aana464750gmail.com, dice:
Asunto: Petición de ejecutar la partida de 50 millones que se encuentra destinada
para la comunidad de Anturias Sur.
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a k > Di Sitio Web: munipococi.go.cr
AN A > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*28 ACTA N%63 Extraordinaria
05 septiembre del 2022
PROCAMINOS Anturias Sur
Señora:
Jazlin Graja
Cocejo Municipal de Pococi
Estimada presidenta y Cocejo Municipal :
Reciban un cordial saludo departe del comité PROCAMINOS Anturias Sur, la presente es para hacerle la
petición de ejecutar la partida de 50 millones que se encuentra destinada para la comunidad de Anturias
Sur, el cual el día 19 de abril del 2022 se realizo una reunión en la municipalidad de Pococi :donde
asistieron los siguentes miembros Manuel Hernandez, Juan Gomez, José Bustos, Reinaldo Benavidez,
Luis Mendez, Ovidio Vives, Hilda Zamora, Olge Gutierrez y miembres del comité PROCAMINOS Anturias
Sur,se acordó que se cuenta con 50 millones para seguir el proyecto, donde se acordó hacer la consulta
al departamento del MINAE, a la cual no tenemos una respuesta permisoria de dicha institución asta el
momento.
Solicitamos con todo respeto, una modificación de dicho partida monetaria, por no tener los permisos
correspondientes del MINAE Cordillera Volcanica Central, que se inviertan de donde llego la maquinaria
"fin del camino codificado " hacia abajo "Lomas del Rio", en relastreo y mejorar algunos pasos que se
necesitan con alcantarillas que hacen falta, esto debido a que algunas partes del camino no cuentan con
material en absoluto y tambien solicitamos una inspección para que el material que se va a utilizar en
relastreo se recoja de la misma calle de donde llegó la escabadora, dicho material se encuentra en via
pública, por experincia estamos viendo dicho material “cascajo" se compacta mejor que la piedra cuarta,
nos ahorrariamos compra de material y la logística.
Pedimos con todo respeto que nos tomen encuenta para la fiscalización con coplas del proyecto en
físico e información de como se va avanzando en el momento del cual se valla ejecutando el proyecto de
parte del departamento que corresponda, hacia el comité PROCAMINOS Anturias Sur.
Importante informales que el comité estará gestionando para que el proyecto Anturias Sur se le logré
ejecutarse,
PO
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO
INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE
AQUÍ TERMINA
EL LIBRO DE ACTAS
TOMO XXIX LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS
INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 39
GUAPILE314 DESETIEMBRE DEL 2022
q E
irmado digitalmente por
RACE CHINCHILLA Pp
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
VILLEGAS (FIRMA)
Fecha: 2022.09,14
A) 10:39:21 -06'00'
. GRACE CHINCHILLA VILLEGAS, MSc.
INTERNA Peceocí
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE
CONTROL INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR
QUE AQUÍ PRINCIPIA
EL LIBRO: ACTAS
QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE
CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL
SELLO DE ESTE DESPACHO, SEGÚN CONSTA EN NUESTRO
CONTROL GENERAL DE LIBROS AUTORIZADOS.
FOLIO ASIENTO 40
GUAPILES f14 DE SETIEMBRE DEL 2022.
Firmado digitalmente
GRACE por GRAÉE CHINCHILLA
CHINCHILLA VILLEGAS (FIRMA)
2022.09.14
VILLEGAS ( 10:41:12 -06'00'
Licda. GRACE|CHINCHILLA VILLEGAS, MSc.
AUDITORA INTERNA
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%29 ACTA N*63 Extraordinario.
Sin otro asunto, nuestros saludos y el agradecimiento por la atención adecuada a la presente solicitud.
Comité PROCAMINOS Anturias Sur
aana464750 gmail.com
89357209 secretaria
Presidente Ramón Brenes R
Visepresidente Fermin Solis R
Participan de la palabra:
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Es lógico que si hay un dinero para ese camino y el camino está en mal estado,
ese dinero se mantenga y se emplee en el trayecto que va desde la pista hacia
Anturias Sur pasando por Aguas Manzas hasta llegar a Anturias.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*30 ACTA N%83 Extraordinaria.
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Si bien es cierto se hizo Un arreglo al camino, pero no está en buen estado y si un
metro se arregla, un metro van a disfrutar las personas que viven allá arriba, por lo
tanto, se debe mantener esa partida para que se le aplique a la parte que está
codificada y que está en mal estado.
Escuchando la nota, es importante que la gente fiscalice, yo no estoy conforme
con los 25 millones de dos niveladoras que se metieron ahí porque es muy poco el
trabajo que se ve, pero no se fiscaliza. Yo hice el recorrido hasta donde llegó la
maquinaria y es doloroso saber que ahí se fueron 25 millones porque no hubo una
fiscalización.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Obra Pública para
que haga lo Correspondiente en la Junta Vial.
ACUERDO N”* 1802
Se conoce nota suscrita por el señor Allan León Molina, vecino de Cariari, teléfono:
2767-7353, correo electrónico: allanleonmolinaEgmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de limpieza y reparación de alcantarillas en clínica ubicada en
Cariari Centro, 100 mts sur de la Clínica de la C.C.S.S. edificio Esquinero frente a la
Carnicería Maroto.
M
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N931 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022%
A A AA CAMA
CARIARI, POCOCI, LIMÓN 05 DE SETIEMBRE DEL 2022
Honorable Consejo Municipal.
Lic, Manuel Hernández Rivera.
Alcalde Municipal
Ing. Olger Gutiérrez Mendoza.
Departamento de Obra Pública.
ASUNTO: Solicitud de limpieza y reparación de alcantarillas.
Respetables señores:
Mis primeras líneas son para saludarles y extenderle mis felicitaciones por su extraordinaria labor; mi
nombre es Allan León Molina ced. 701600219 soy médico general y tengo mi clínica ubicada en Cariari
centro la cual está a 100 m sur de la clínica de la CCSS, edifico esquinero frente a la carnicería Maroto
y 25 metros al este de supermercado Pali.
El motivo de esta carta es para hacer de su conocimiento del problema que estamos sufriendo debido
a las inundaciones que se presentan en mi clínica donde también trabajan otros profesionales de la
salud y hemos tenido pérdidas económicas en materiales, muebles, aparatos electrónicos, silla de
odontología, papelería, expedientes clínicos y en suspensión de citas y consultas de urgencia en
medicina como en odontología debido a la cantidad de agua dentro del edificio, las inundaciones
ocurren cada vez que llueve incluso si las precipitaciones son escasas, esto es debido al sistema de
alcantarillado deficiente, obstruido, quebrado y en mal estado que se encuentra en la vía pública
frente al edificio mencionado el cual se conecta de forma perpendicular con el alcantarillado que pasa
paralelo a la calle frente a la verdulería la Puriscaleña y el supermercado Pali; las alcantarillas están
colapsadas y en algunos sectores quebradas donde ni siquiera circula el agua la cual se devuelve e
inunda nuestra clínica, esta situación no solo nos genera pérdidas económicas sino también
contaminación lo que podría eventualmente ser un problema de salud real debido al problema de las
aguas contaminadas, nos enfrentamos a condiciones antihigiénicas.
Cuando se inunda la gente no puede moverse sobre la acera ni entrar a la clínica debido al hedor y
cantidad de agua. Además, la basura y los residuos obstruyen el poco flujo de las alcantarillas, ya que
tienen huecos abiertos sin rejillas. Las alcantarillas abiertas se encuentran en casi todas partes, en esos
sectores entra basura al alcantarillado y además son trampas mortales para las personas,
especialmente durante la noche y durante la temporada de lluvias, cuando las carreteras se inundan
con agua que cubre las alcantarillas sin ser notadas.
Hay muchos casos de que estas alcantarillas abiertas se han cobrado accidentes de personas en el
pasado reciente. A fin de evitar que se repitan incidentes de este tipo en el futuro, apelaría a que se
tomen las medidas adecuadas para solucionar el problema remplazando el sistema de alcantarillado,
tapar las alcantarillas abiertas y a hacer arreglos para revisar las alcantarillas a intervalos regulares
para que los peatones puedan caminar libremente durante la noche y durante las lluvias, evitar las
inundaciones en viviendas y en locales comerciales y prevenir las enfermedades infecciosas que dicho
problema puede provocar a la población.
Agradezco la pronta solución de esta problemática que es de carácter urgente, ya que se encuentra
en el centro de un distrito tan importante del cantón de Pococí y que no solo afecta a mi persona sino
a la población en general y a la buena imagen que siempre ha caracterizado nuestra comunidad.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*32 ACTA N%63 Extraordinaria.
Nota: Me gustaría que en el momento de la inspección se comunicaran con mi persona para estar
presentes y mostrarle de forma personal al profesional que la realiza los detalles y fallas que hemos
encontrado en las alcantarillas de forma más específica con el objetivo de que esta información sea
útil para lograr un rápido diagnóstico del problema. Teléfono 27677353.
Adjunto imágenes relacionadas.
Muy cordialmente:
Allan León Molina
Ced. 701600219
Código Medico 12935
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*33
Pecocí
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PAGINA N*34 ACTA N*63 Extraordi
nario.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NN
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*36 ACTA N*63 Extraordinaria.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*37 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Obra Pública y se le
solicita tomar en cuenta para la inspección al ciudadano y el síndico de Cariari o
bien en compañía de alguno de los regidores propietarios del Distrito de Cariari.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 1803
Se conoce nota suscrita por el Sr. Víctor Mora Acuña, presidente de SITE S.A.
correo: gerenciaGingles24horas.net teléfono: 8837-45-75 dice:
Asunto: Propuesta dirigida al Concejo Municipal para poder hacer las donaciones
de becas de inglés.
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q Sitio Web: munipococi.go.cr
a > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*38 ACTA N*63 Extraordinaria.
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Heredia 07-09-2022
Concejo Municipal
Asunto: propuesta de convenio para recibir donaciones
Estimados Señores y señora, gracias por el espacio que nos dan para
explicarles brevemente los beneficios que tenemos para el cantón, SOMOS:
“SITE” SISTEMAS TECNOLOGICOS DE ENSEÑANZA S.A cedula jurídica 3-
101575948 nos ubicamos en San Lorenzo de Flores del Megasuper 100 este
100 norte. Nos conocen cómo ingles24horas y Bebé Políglota Costa Rica.
Desde hace 7 años creamos un programa de Responsabilidad Social
Empresarial con un fondo de becas para que las personas puedan aprender
inglés y estimular a niños en el aprendizaje de cinco idiomas: Alemán, Francés,
Chino Mandarín, inglés y español, todos estos programas están diseñados para
aprender en casa a través de plataformas tecnológicas creadas para ese
propósito. La beca consiste en seis meses de inglés gratis del nivel A1 (inglés
básico)
El año pasado el programa se dirigió a Bancos, Participaron de Bac Credomatic
Banco NACIONAL, ICE y otras en total se entregaron 620 becas, este año
hemos querido favorecer a las comunidades y por eso se decidió Dar 10 becas
de inglés a cada cantón, para este mes de setiembre por ser el mes del niño
les ofrecemos 20 en lugar de 10.
Por eso el motivo de la presente es para solicitar a la Municipal establecer un
convenio para recibir estas donaciones. de manera que podamos hacer llegar
estos beneficios a la comunidad y mejorarlos cada año,
Agradezco su pronta respuesta al correo de gerencia(ingles24horas.net
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*39 ACTA N*63 Extraordinaria
Saludos
Licda Rocío Araya Arrieta
SITE S.A.
gerencia(Qingles24horas.net
ESTA ES UNA PROPUESTA DE CONVENIO
CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL PARA
RECIBIR DONACIONES SITE S.A Y LA
MUNICIPALIDAD DE:
Entre nosotros:
SITE SISTEMAS TECNOLOGICOS DE ENSEÑANZA S.A cedula jurídica 3-
101575948 representada por Licda: Rocío Araya arrieta , cédula 4160747
vecina de Barva de Heredia 100 norte de la escuela, denominado en adelante
Sistemas Tecnológicos de Enseñanza , Y EN
REPRESENTACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD la municipalidad
de convenimos
en celebrar el presente convenio.
PRIMERO: OBJETO DEL CONVENIO
El objeto de este convenio es definir las condiciones bajo las cuales se regirá la puesta
en funcionamiento de los beneficios que da la empresa Sistemas Tecnológicos de
Enseñanza ofreciendo para los vecinos del cantón la posibilidad de obtener un
programas gratis de ingles24horas, método Bebé Políglota, Pavinchi cuentos, Polyglot
World, Políglot Home, Neuro English, Curso de Nueroeducación, y otros que iremos
agregando enfocados al desarrollo de destrezas o habilidades blandas, dirigidos a toda
la familia.
SEGUNDO: OBLIGACIONES DE Sistemas Tecnológicos de Enseñanza
Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad derivada del presente convenio,
SITE se compromete dar las siguientes becas de programas educativos, estas
becas son por año calendario si no se aprovecha en el año calendario no son
acumulables.
Diez becas 100% gratuitas de ingles24horas, Duración 6 Meses, el programa
consta de:
Módulos 6
Sitio Web: munipococi.go.cr
AS .-á : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%40 ACTA N*83 Extraordinaria.
UN ETA IEEE
+ 36 unidades autodidacticas, con grabación de voz y comprobación.
e Más de 4500 prácticas.
+. 6 Master Class online.
e. 6 Proyectos orales y escritos.
e Certificado digital de 90 horas.
e Bitácora de seguimiento.
e 100% virtual.
Dar a menos 5 becas por año para cinco niños menores de 7 años para que
reciban un programa de estimulación en cinco idiomas.
Es entendible que estas becas son donaciones de Sistemas Tecnológicos de
Enseñanza a la comunidad en convenio con la Municipalidad
Es también responsabilidad de Sistemas Tecnológicos de Enseñanza
1. Crear las páginas de información para que los aspirantes se registren y
puedan participar.
2. Administrar y enviar correos de información a cada persona registrada
para que conozca el reglamento del concurso.
3. Organizar un cronograma de actividades para que el programa sea un
éxito.
4. Elaborar un reglamento para cada concurso.
5. Realizar el sorteo en conjunto con el representante municipal asignado
donde de forma aleatoria se seleccionará a las personas favorecidas, y
ENTRE LOS PARTICIPANTES , este acto se grabará por zoom y este
video se publicará en la redes sociales de ambas partes, Sistemas
Tecnológicos de Enseñanza, enviará un correo a todos los participante
informando los ganadores y como hacer efectivo su beca o programa.
6. Dar de baja de la base de datos a las personas que así lo soliciten una
vez concluido el concurso.
OBLIGACIONES DE Municipalidad de:
+ Dar a conocer es sus redes sociales las dinámicas de participación para
que las personas puedan obtener las becas ofrecidas.
+ Dara conocer los ganadores y ganadoras.
+ Tomar en cuenta los beneficios de los programas que Sistemas
Tecnológicos de Enseñanza ofrece para posibles adquisiciones ya sea
para la biblioteca, Cecudis y escuelas.
+ De ser posible asignarle un presupuesto para una mayor divulgación del
proyecto.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI a LA
PAGINA N41 ACTA N%63 Extraordinaria. _ _ 07-09-2022 %
e Promover para que a este esfuerzo se unan otras empresas u
organizaciones.
+ Tomar en cuenta a las personas becadas que han aprobado el curso
para futuras contrataciones.
+ Puede también enviar comunicados a los centros educativos para que
estudiantes puedan beneficiarse de estos programas.
TERCERO: Obligaciones de los favorecidos para mantener su beca
e Participar de la charla de inducción
e Cumplir con el plan de estudios y actividades
e Darme gusta a la página de Facebook de inglés24horas.net
e Practicar 30 minutos diarios en la plataforma tecnológica de
ingles24horas.net
CUARTA:
El incumplimiento de alguno de los aspectos anteriores puede ser causa de
que el estudiante pierda la beca, misma que se asignará a otro participante
haciéndose un nuevo sorteo, el estudiante que pierda la beca no podrá ser
acreedor de becas que Sistemas Tecnológicos de Enseñanza ofrezca.
QUINTA:
PUNTO DE CONTACTO
SITE pone a disposición los siguientes puntos de atención:
+ OFICINA 1 Teléfono: (506) 2265-2885; gerenciaQingles24horas.net
persona de contacto: Victor Mora teléfonos: 88374575
correo: vmoral8(0Hgmail.com
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*42 ACTA N*63 Extraordinaria
ARS
SEXTA: ADMINISTRADORES DEL CONVENIO
Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente convenio velar
por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las
partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos
administrativos que se requiera, se nombran los siguientes administradores:
Por la municipalidad teléfono correo
electrónico:
Sistemas Tecnológicos de Enseñanza Víctor Mora Teléfono 88374575
correo gerencia(ingles24horas.net
No obstante lo indicado en el párrafo anterior, ambas partes podrán sustituir a
los Administradores del Convenio, previa notificación por escrito. Caso
contrario, se entenderá que actuarán en este cargo durante la vigencia de este
convenio.
SÉTIMA: VIGENCIA
El plazo de vigencia del presente convenio es 3 años a partir de la firma del mismo,
renovables de oficio salvo Indicación expresa de alguna de las partes al cabo del
periodo mencionado. Sin perjuicio de lo anterior cualesquiera de las partes podrá
darlo por concluido avisando por escrito a la otra, con 30 días de anticipación.
OCTAVA: Ambas partes velarán por el fortalecimiento de este convenio que
busca el beneficio de la comunidad y procuraran actuando juntos o
separadamente incorporar más becas o programas y empresas
contribuyentes.
En fe de lo anterior y conscientes las partes de los alcances que conlleva
este convenio, firmamos ambas partes el día
Municipalidad.
Firmado digitalmente
Rocio Araya porñoso Araya
É rrieta
Arrieta Fecha: 2022.08.05
22:38:45 -06'00'
Licda Rocío Araya Arrieta.
Sistemas Tecnológicos de Enseñanza
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
para analizar la propuesta para ver si existe la posibilidad de realizar el convenio
y si es rentable para el municipio.
E Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
 
 
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*63 Extraordinaria.
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Pecocí
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ACTA N*63 Extraordinaria.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Obra Pública para
que en conjunto con el síndico de la comunidad realicen una inspección al sitio y
rendir un informe al Concejo Municipal a la brevedad posible.
ACUERDO N* 1805
Se conoce nota suscrita por la señora Dalila Garita, comité Pro-mejoras,
Coopevigua 1, teléfono: 8982-2189, correo electrónico: kdyalaOgotmail.com,
dice:
Asunto: Invitación a diversas actividades en el Barrio Coopevigua.
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y Sitio Web: munipococi.go.cr
AY $ Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%48 ACTA N*63 Extraordinario.
Guápiles, 05 de setiembre 2022
Señores, Concejo Municipal
Municipalidad de Guápiles
Estimados señores, -
Reciban un caluroso saludo de parte del comité Pro mejoras y vecinos de
Coopevigua 1, por otra parte les invitamos a visitamos el día miércoles 14 de
setiembre a partir de las 5 p.m., al gimnasio de nuestra comunidad, donde se
realizarán diversas actividades, entre las cuales tendremos juegos tradicionales,
venta de comidas por parte de vecinos, canto del himno nacional, reseña histórica
de nuestra independencia y el significado de los faroles, seguidamente, desfile de
faroles por las calles de nuestro barrio.
Esperamos contar con su agradable presencia.
Dalila Garita Ana Bolaño:
Comité Pro mejoras Comité
Coopevigua 1 Coopevigua 1
Kkdyala Olol mail com
WIESESENA
Cc/Alcaldía Municipal
Comité de Deportes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%49 ACTA N*63 Extraordinaria
ACUERDO N* 1806
Se conoce nota suscrita por el señor Nazario Núñez Rojas, presidente de la ADI
Buenos Aires de Jimenez, teléfono: 8849-8702, correo electrónico:
adibuenosairessurayahoo.com, dice:
Asunto: Solicitud de la ejecución del proyecto tramitado por el Comité Pro-mejoras
para Calle llán llán.
ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE BUENOS AIRES de JIMENEZ
JIMENEZ, POCOCÍ
Correo electrónico: adibuenosalressurQyahoo.com
Jiménez, 26 de agosto de 2022
Señores
Honorable Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente,
Estimados señores,
Luego de saludarles con todo el respeto que se merecen, de parte de la Asociación de Desarrollo Integral de
Buenos Aires de Jiménez de Pococí, les extendemos un agradecimiento de igual manera al señor Alcalde Municipal
y al Regidor Randall Torres, por la inclusión de una partida para la mejora de la Calle llán llán tramitado por el
Comité Pro-mejoras de dicha calle. También les solicitamos la ejecución del proyecto, ya que esa calle es un acceso
importante para el gimnasio de la escuela de nuestra comunidad y la propiedad comunal ubicada costado este de
la escuela.
No omitimos manifestar la urgencia de atender la calle principal de la escuela hacia el sur como se les expuso en
sesión de Concejo Municipal el 1 de diciembre de 2021 en nuestra comunidad y que había quedado como acuerdo.
Adicionalmente la atención de las demás calles aledañas orientadas este — oeste.
comunidad y el cantón.
APIO Sua)
|
Agradecemos de antemano la gestión de todos ustedes en beneficio del desarrollo y bienestar de nuestra
|
Nazario Nuñez Rojas Susana Sánchez Mdero
Presidente Secretaria
| Teléf. 8849-8702 Teléf. 8631-8843
]
e
| c.C. ADI Buenos Aires de Jiménez 155 sc DEDESARROLLS
j
BUENOS AIRES - JIMÉNEZ
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI IS Ye
PAGINA N*50 ACTA N*%63 Extraordinaria. o 07-09- (02
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Obra Pública.
ACUERDO N”* 1807
Se conoce nota suscrita por el señor Jose Pablo Morales Leandro, vecino de Barrio
Calle Flores Guápiles, correo electrónico: moralesleandrojOgmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de inspección por alcantarilla quebrada
o y Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*51 ACTA N*“63 Extraordinaria.
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PAGINA N*52
ACTA N*683 Extraordinaria.
Pecocí
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PAGINA N%53 ACTA N*63 Extraordinaria.
Participan de la palabra:
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Sin desconfiar de la comisión de Obra Pública, me preocupa que eso se vaya haciendo
más grande, es una alcantarilla lo que está ahorita destruida en una calle principal como
bien lo indica la nota, aquí cerquita de la Municipalidad Calle Flores entonces a mí me
parece y con todo respeto me dirijo al señor alcalde y sería de gran beneficio, es una
alcantarilla ahorita pero si nos dejamos una semana o dos semanas, cuando la comisión
de Obra Pública se reúna por tanto trabajo que tienen, ya no sería una alcantarilla sino
serían dos o tres, entonces yo me ofrezco señor alcalde tal vez para ir a ver.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Eso se pasó al departamento de Obra Pública
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Pero yo escuché la comisión de Obra Pública pero siempre mantengo el comentario de
que es importante cuando los vecinos están anuentes a colaborar y por mi parte siempre
hago uso de la palabra cuando yo también voy a ir con ellos ahí a volar pala o a tomar
fresco sin cobrar viáticos.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
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Pluye
PAGINA N*54 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
3
Yaslyn, está bien como usted lo hace, pero deberían de informarle al Concejo porque vea
lo que pasa, a veces nos caen recursos de Amparo y es porque llegan ciertas cosas y por
tanto trabajo que tienen (no es que ellos no quieren) las cosas no se hacen, entonces sería
bueno que le informen al Concejo si la alcantarilla se puso, no se puso, o sea, que le den
un informe al Concejo para evitar este tipo de cosas porque cuando vienen los recursos
de amparo vienen en contra el alcalde y contra la presidenta del Concejo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Yo creo que no lo dije, pero yo le dije a Magally que le dé seguimiento a los acuerdos y
ella lleva un registro donde cada semana está mandando correos para que nos envíen los
informes, pero vamos a tomar la sugerencia del regidor Goméz y que el señor Olger
Gutierrez nos rinda informe de las inspecciones que haga en el menor tiempo posible.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Obra Pública y que
brinde informe al Concejo Municipal de las inspecciones que haga en el menor
tiempo posible.
ACUERDO N”* 1808
Se conoce nota suscrita por Yeikol Alberto Zúñiga Vargas, director ejecutivo
Partido Acción Ciudadana, correo: amongeWpac.cr, teléfono: 2528-24-00 dice:
Oficio: PAC-CE-212-2022.
Asunto: Tramite sobre las dietas devengadas por las regidurías propietarias y
suplentes y síndicos propietarias y suplentes, elegidas por medio del Partido
Acción Ciudadana.
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A e Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*63 Extraordinaria.
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PAC
19 de agosto del 2022.
PAC-CE-212-2022.
Secretaría Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados señores(as):
Reciban un cordial saludo. Me permito solicitarles se sirvan brindarnos la
información de las dietas devengadas por las regidurías propietarias y suplentes y
sindicalías propietarias y suplentes, elegidas por medio del Partido Acción
Ciudadana, cédula jurídica 3110301964, con el siguiente detalle:
+ Monto de la dieta devengada por cada sesión de Concejo Municipal
+ Sesiones realizadas por mes.
+ Fecha desde cuando se inicia el pago.
La información solicitada por favor enviarla a la dirección de correo
amongeOpac.cr
Agradezco su atención.
Atentamente,
YEIKOL Firmado
ALBERTO Sist
ZUÑIGA ZUÑIGA VARGAS
(FIRMA)
VARGAS Fecha: 2022.08.24
(FIRMA) 16:54:05 -06'00
Yeikol Alberto Zúñiga Vargas
Director ejecutivo
CC. Archivo
sichlyzv
00 pac.cr
Partido Acción Ciudadana, Costa Rica
San Pedro, Montes de Oca, 200m Norte del lAFA | Tel: 2528
-2400 | Fax: 2524-2341
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*56 ACTA N*63 Extraordinaria.
Participan de la palabra:
Reg. Jose A. Bustos Martínez.
Ahí en ese documento que está solicitando el partido Acción ciudadana hay que ser bien
claro en la especificación de 2020-2021.
Sabemos que nosotros en el 2022 devengamos un aumento de un 14% más en las dietas,
ellos a nosotros como integrantes del partido, nos cobran un 5% de las dietas devengadas,
aunque ellos dicen que es voluntario, pero no es tan voluntario, entonces para que se
especifique 2020-2021 ya que en este 2022 es un 14% más, entonces para que no hagan
el cálculo solo del 2022.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Eso se le va a trasladar a Recursos Humanos quienes son los encargados de pagar las
dietas de los regidores de este Concejo Municipal, y se le informe por medio de un oficio
al señor que solicita puesto que son recursos públicos y aquí impera la transparencia.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Me preocupa la situación del PAC, habiendo tantos partidos, solo andan mendingando el
PAC en estas situaciones, me gustaría si lo tienen a bien que se envíe al departamento
de Jurídicos para que brinde un criterio porque no es obligación, cómo le van a estar
cobrando a los regidores nada más porque se hacen independientes, estarle cobrando
ese porcentaje, si eso es voluntario no es de ley, por tanto, creo que se debe consultar ya
que eso es una cuestión atípica, primera vez que se da desde el 2006.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Le voy a pedir al señor alcalde que nos brinde un consejo, pero me parece que es algo
que están pidiendo para miembros de este honorable Concejo personales, entonces no
podríamos enviarles a los abogados pagados por recursos públicos que les hagan una
defensa o un criterio legal a los compañeros, creo que lo que le corresponde, es que ellos
como fracción respondan ante esa carta y que la Municipalidad les responda lo que están
solicitando porque es algo público.
Sr, Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Así es, el problema de cada fracción es de cada fracción, ellos están pidiendo un
documento, el pago de las dietas son públicas y hay que responderle lo que ganó Jose y
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Y ay e e Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*57 ACTA N*63 Extraordinaria.
la compañera en esos años. Ya el procedimiento de cobro o no, ya le tocará a cada uno
de ellos y si procede o no.
Me parece que hay unos partidos que le firman una letra de cambio y se comprometen
cada uno de los candidatos que, si salen electos, en aportar a los partidos, pero habría
que ver si la letra de cambio está vencida, tienen que revisar la letra porque si les van a
hacer el cobro y sería bueno que lo revisen, pero ya es un problema de cada fracción.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Saluda, si el partido del PAC ha establecido un porcentaje pues de acuerdo, pero si el
porcentaje lo estableció diciendo que es algo voluntario ahí es donde el compañero debe
defenderse.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada al departamento de Gestión Humana y
Carrera Administrativa, quienes son los encargados de pagar las dietas de los
regidores de este Concejo Municipal, y se le informe por medio de un oficio al
señor que solicita puesto que son recursos públicos y aquí impera la transparencia.
ACUERDO N” 1809
Se conoce nota suscrita por el Lic. Douglas Calvo Gutiérrez, Cédula 1-0561-0803,
presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La Unión, y Comité de
Desarrollo Rancho Redondo de Guópiles, correo:
Doualas.calvo.gutierreezAmep.go.cr  Isolisid:Ggmail.com gy.rojasOo4%gmail.com
dice:
Asunto: Solicitud de inclusión de partida específica presupuestaria para 6
kilómetros de camino desde la entrada conocida Gallo Pinto hasta la comunidad
de Rancho Redondo.
0 Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*58 ACTA N%83 Extraordinaria.
E GUÁPIES
Guápiles, 29 de agosto de 2022
COMITÉ DE DESARROLLO RANCHO REDON
Señores/as
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados señores y señoras:
Quien suscribe, Lic. Douglas Calvo Gutierrez, cédula de identidad número 1-0561-0803 en
mi condición de Presidente y representante Legal de la Asociación de Desarrollo La Unión
de Guápiles, cédula jurídica 3-002-1 11692, le expongo lo siguiente:
Como es de su conocimiento, en la comunidad de Rancho Redondo de Guápiles existe un
Comité de Desarrollo debidamente juramentado en sesión ordinaria número 16-2019 del
Concejo Municipal de Pococí, acuerdo 423; ellos representan a poco más de 70 familias
que residen o bien tienen una propiedad en la Comunidad de Rancho Redondo de Guápiles
y que a su vez son miembros activos de la Asociación de Desarrollo de La Unión.
Desde la ADI de La Unión hacemos una atenta solicitud para que sean incluidos en la
próxima formulación de presupuesto participativo los recursos necesarios para reparar seis
kilómetros de camino desde la entrada conocida Gallo Pinto hasta la comunidad de Rancho
Redondo.
Es importante indicar que cl último presupuesto aprobado para la comunidad fue en la
sesión extraordinaria número 71 del 27-09-2019 del Concejo Municipal con el Programa
TI: Inversiones, los proyectos 04 y 12, denominados | Etapa Mejoramiento Camino Rancho
Redondo, Guápiles 7-02-052, Ley 8114 y Alcantarilla Cuadro Rancho Redondo Guápiles 7-02-052,
Ley 8114, por un monto de (22,380.000,00 y (49.000.000,00 respectivamente, para un total de
431.380.000,00.
Proyecto 04 |L ETAPA MEJORAMIENTO CAMINO RANCHO REDONDO, GUÁPILES 7-02-052, LEY 8114
Proyecto
Proyecto 05 [ALCANTARILLADO Y MATERIAL BASE COCORI-SARDINAS COLORADO 7-02-477, LEY 6114
>royecto — | 07 [MANTENIMIENTO SISTEMA DRENAJE EN EL CANTÓN, LEY 8114,
Proyecto — | OB |ACERAS EN EL CANTÓN, LEY 5114 E
Proyecto | 09 |L ETAPA SISTEMA DRENAJE CALLE TORRES 2 CARIARI 7-02-581, LEY 8114
Proyecto 10 ALCANTARILLA CUADRO LA ESPERANZA SAN BOSCO 7-02-457, LEY 8114
MANTENIMIENTO CAMINOS LASTRE CALLES PACO ALFARO-LUIS GONZALEZ-DOVE
>royecto — | 11 JIZTARÚLA RITA, LEY 8114 :
»royecto — | 12 |ALCANTARILLA CUADRO RANCHO REDONDO GUÁPILES 7-02.052, LEY 3114
A A A a ER TD RA EN A AR
De los anteriores recursos solo se ejecutó ¿20.142.000,00 (2.800 m' de material subbasc) en
la reparación de cuatro kilómetros del camino 7-02-052, esto mediante compra directa
número 2020-CD-000154-CLO1 “Compra de material, sub base para proyecto de
reparación de camino Rancho Redondo” es decir, en promedio se invirtió unos cinco
millones por kilómetro. En razón de lo anterior solicitamos se formulen al menos
¿40.000.000,00 para reparar todo el camino, esto asumiendo que los costos han aumentado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N*683 Extraordinaria.
COMITÉ DE DESARROLLO RANCHO REDONDO DE GUÁPIES
Para notificaciones señalamos los correos electrónicos douetas.calvo. gutierrezídmep.go.cr.
Isolisjía: gmail.com y £.rojas04(12mail.com.
Atentamente,
> 2, 9
vou] Ó -
Lic. Douglas Calvo Gutierrez
Cédula número 1-561-803
e PresoDenre AD 14 ÚnOo
Junta Cantonal Vial.
¡ASOCIACION DE DESARROLL:
o
INTEGRAL DE LA UNION DE
, , SUÁPILES. POCOCI
[Céd. Jurid, 3-002-111692|
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Suero osas pants
10 ATL
Paem ere Comte eruicio
PEDONO
ee3205-4t+
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce y se traslada a la Comisión de
Hacendarios.
ACUERDO N”* 1810
Se conoce nota suscrita por Alberto Cabezas Villalobos, presidente de la
Asociación Agencia para el desarrollo Accesible Sin Fronteras y Corresponsal del
Programa Viva la Tarde de Radio Oasis del país de Argentina, Formosa, teléfono:
7105-5127, correo electrónico: periodistacostarricense2gmail.com, dice:
Asunto: Ofrecimiento por parte del Programa Viva la Tarde de Radio Oasis de la
Republica de Argentina Formosa, para dar a conocer atractivos turísticos del
cantón
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA N*60 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DLL
Ofrecimiento de dar a conocer atractivos turísticos del cantón
Periodista Costarricense <periodistacostarricenseAgmail.com>
Vie 26 Ago 2022 05:09
27 de Agosto del 2022
Señores (as):
Concejo Municipal
Estimados (as) Señores (as):
Sirva la presente para saludarlos (as), felicitarlos (as) por su excelente labor y a la vez
pasar a comunicarles que nos podemos a su disposición por medio del Programa Viva La
Tarde de Radio Oasis de la República de Argentina Formosa, para dar a conocer los
atractivos turísticos de su cantón y de las actividades que en el se desarrollan, de lunes a
viernes a las 1:30 pm y 2:30 pm, en enlaces en vivo que tenemos con ellos desde Costa
Rica.
El programa contiene informaciones, comentarios, colaboradores, buena música y consejos
de las empresas comerciales que nos patrocinan hacen que el espacio tome muchos
oyentes en 92.7 FM en Argentina, Formosa.
Para lo cual, tenemos corresponsales de EEUU, Bolivia, Colombia, Costa Rica, desde Río
Gallego, Perú, República Dominicana, Ecuador, Miami, entre otros.
Además poseemos un espacio que se llama Actualidad Deportiva, laboramos en convenios
de trabajos en conjunto con otras radioemisoras y medios de comunicación como la Radio
Autentica Entre Ríos.
Nosotros no le cobramos por hacer el trabajo desde nuestra sede en Costa Rica, pero si
requerimos trasladarnos al evento o a su cantón para sacar el programa que quedaría más
elegante lo que cobramos es en la medida de las posibilidades viáticos (costo del
desplazamiento en bus de San José a su cantón), alimentación y hospedaje mínimo por
tres días, el día de día y el día de regreso.
Tomando en cuenta que somos dos personas las que nos desplazariamos el encargado en
sistemas y el suscrito como Licenciado en Periodismo, Licenciado en Administración de
Empresas y Máster en Educación.
PO yl Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*61 ACTA N*63 Extraordinaria.
RATA
Creemos que no cobrar es una forma de contribuir al desarrollo turístico o cultural de su
cantón.
Ahora bien, esto lo trabajamos con la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible Sin
Fronteras por lo que si desean contribuir con esta ONG de otra manera, aceptamos
cualquier otra contribución ya sea logística o económica, para seguir respaldando proyectos
relacionados con población indígena, migrante y de personas con discapacidad.
Muchas gracias por su colaboración, se despide de Ustedes, su muy atento y seguro
servidor,
Alberto Cabezas Villalobos
Presidente de la Asociación Agencia para el desarrollo Accesible Sin Fronteras
Corresponsal del Programa Viva La Tarde de Radio Oasis del país de Argentina, Formosa
Celular 7105-51-27
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Me pareced que nosotros no podemos darles viáticos a terceros por lo que no procedería
esa modalidad, ante la duda mejor enviarlo al departamento de Servicios Jurídicos para
analisis y recomendación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se traslada a Servicios Jurídicos Internos
para analizar la propuesta y brindar recomendación al Concejo Municipal.
ACUERDO N* 1811
Se conoce nota suscrita por la señora Raquel Rodríguez Loghan, teléfono: 6067-
0538, correo electrónico: raquelloghanSgmail.com , dice:
Asunto: Solicitud de inspección en la calle San Damian, barrio Peligro, la Rita por
problemas con aguas fluviales.
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AS < Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Consejo Municipal de Pococí
Munidpalidad de Pocod.
Por este medio nosotros los aquí firmantes queremos hacer solicitud de inspección para la calle de
nuestro barrio, tenemos muchos años de tener problemas con las aguas fluviales, no hay caños, no
hay cunetas y las pocas alcantarillas que hay no dan abasto, el agua se viene por la calle y por el
desnivel se mete a las casas, ya hemos tenido que ayudar a los adultos mayores a sacar agua de sus
casas en reiteradas ocaslones y verlos agobiados por que cada vez que llueve este problema es
latente, vivimos con la angustia de que las alcantarillas no soporten y el agua se empieza a meter a
las casas.
Dirección: La Rita, PococÍ, Limón, 500 m norte del parque de La Rita, 50 metros oeste 25 metros
norte.
Por favor solicitamos su colaboración urgentemente.
Atentamente.
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30211023.
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Jueves 25 de agosto 2022
Señores.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AAMunicipalidadDePococi
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*64 ACTA N*%83 Extraordinaria.
Nota de Secretaría:
Al ser las 18:37 se procede a un receso, se retira la señora presidenta unos minutos
y continúa como presidente el regidor Randall Torres Barrientos.
ACUERDO N* 1812
Se conoce nota suscrita por el señor Leonel Ballestero Cruz, vecino del distrito de
Jiménez, teléfono: 8377-1073, correo electrónico: lebacru01 gmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de inspección en Jiménez, del supermercado Palí 75 mts oeste y
50 mts norte, segunda casa lado derecho sobre Calle Guzmán.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI ie In
PAGINA N%65 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022"
Jiménez, Pococí. Agosto 29, 2022.
Distinguido Concejo Municipal de Pococí
S.D.
Mi nombre es Leonel Ballestero Cruz, cédula 701040591, vecino del Cantón Pococí, Distrito Jiménez,
del supermercado Palí 75 m Oeste y 50 m Norte, segunda casa lado derecho sobre Calle Guzmán.
El día de ayer, domingo 28 de agosto, se suscitó hecho sin precedentes en nuestro vecindario, el
riachuelo ubicado 100 m Sur partiendo de la parte trasera del supermercado Palí en el distrito antes
mencionado, se desbordó de manera descomunal, al parecer producto de la alta precipitación
presentada.
Este evento se generó cerca de las 16 horas del día, se presupone que el volumen y la intensidad de
la lluvia hizo que el cauce natural se llenara más allá de la capacidad habitual, las gavetas que sirven
como puente en la calzada fueron incapaces de canalizar las aguas, estas se salieron sobre la calle
en orientación Sur — Norte provocando que las casas, sobre la margen derecha de la Calle Guzmán
como se le denomina, se inundaran, al igual que las ubicadas al costado Norte del Palí. Sufrieron
afectación de la misma manera los negocios y viviendas ubicados sobre la calle hacia Anita Grande,
estas ubicadas frente al Palí.
Podemos contabilizar al menos:
5 unidades habitacionales sobre la Calle Guzmán
2 unidades habitacionales al costado Norte del Palí
2 negocios comerciales al frente del Palí
2 unidades habitacionales detrás de los negocios antes mencionados.
Solicitamos a este honorable Concejo Municipal interponga sus buenos oficios en ordenar una
inspección o designe una comisión con poder de resolución para solventar el problema descrito en
la comunidad.
Adjunto los enlaces del sitio web donde se anidan los videos e imágenes captadas el día del evento.
https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1-HV4TizHWahD6-vUk4CIm_042G-yGMTx
Los permisos están otorgados para que puedan visualizar.
Atentamente,
Apreciamos la colaboración y atención dedicada en pro de la comunidad.
Es
/ Leonel Ballesteró Cruz
Ced: 701040591
Tel: +506 83771073
k Sitio Web: munipococi.go.cr
a . Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*66 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Participan de la palabra:
Reg. Supl. Marilú Ballestero Cruz.
Saluda, básicamente quería aportar sobre ese documento que algunos vecinos envían
acá al Concejo sobre esa inundación que hubo bastante particular el domingo tras anterior
porque es un evento que no ocurría desde hace como 40 años porque a ese río se le
amplió el alcantarillado etc. entonces yo vivo por ese sector y nos preocupa que podría
ser uno de los efectos que hemos estado viendo en diferentes puntos de la parte de la
construcción de la Ruta 32, porque ese aguacero del domingo anterior en la tarde, no fue
tan grande ni de tantas horas para semejante inundación entonces, nos gustaría que a
quien se nombre para tomar cartas en el asunto que tome en cuenta y quizás hacer una
inspección de ese lugar hacia el sur hasta llegar a la Ruta 32.
Posteriormente me comentan de forma verbal algunos vecinos que esa misma quebrada,
más arriba, más hacia el sur, que atraviesa lo que llamamos Calle Vieja también se
desbordó e incluso dañó el acceso a una calle que se llama Los Montero y ahorita hasta
los carros les está costando salir porque se lavó el lastre, entonces sería importante que
cuando se haga la inspección se camine un poquito hacia el sur para ver si el problema
está desde la construcción de la 32, que se consigne eso en el acta para que tomen en
cuenta esto, dado que yo fui testigo de lo que pasó y he vivido ahí toda mi vida.
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 no se encuentra en su curul (la regidora Yaslyn
Morales se retira por unos minutos de la Sala) SE ACUERDA: Se traslada al Ing. Henry
Madrigal Calvo para que, en coordinación con la regidora Marilú Ballestero Cruz
y el síndico Greivin Bonilla Sánchez se realice la inspección del sitio y determinar
la situación que está causando la inundación.
se e Sitio Web: munipococi.go.cr
AY y < 4 Facebook: AMunicipalidadDePococi
ACUERDO N”* 1813
Se conoce nota suscrita por Licda. Grettel Díaz Artavia, vicepresidenta de la
Asociación de Toro Amarillo, correo: consorciojuridicopocociOhotmail.com, dice:
Asunto: Informe anual de la Asociación Deportiva de Toro Amarillo.
>
>
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*67 ACTA N*63 Extraordinaria. -
ae
Toro Amarillo, 31 de agosto del año 2022
Concejo Municipal de Pococí,
Alcaldía Municipal,
Presente
Estimados Señores (as)
Reciban un cordial saludo de la Asociación Deportiva de Toro Amarillo,
Guápiles, Pococí, Limón. La presente es para felicitarlos por el trabajo
que han hecho en nuestro Cantón de Pococí y en especial en nuestra
comunidad de Toro Amarillo.
Procedemos a dar nuestro primer informe anual como administrador de
la Plaza de fútbol y área comunal del Proyecto El Independiente.
Cómo es bien de su conocimiento la Plaza de fútbol hoy no se nos ha
entregado para su uso comunal. Y estamos en la espera de la entrega
formal, pero sobre todo de que la Plaza sea óptima para el uso y disfrute
para nuestras familias.
En este año, hemos realizado la limpieza del área comunal que es un área
mayor a una hectárea, con la ayuda del señor regidor Randall Torres,
Iglesia Oasis de Vida y nosotros la Asociación Deportiva de Toro Amarillo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*68 ACTA N*63 Extraordi
En cuanto a la partida económica destinada para el Mini Diamante, aún el
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, en reunión nos
indico, que hasta que la Plaza esté lista y entregada van a iniciar el
proyecto, por lo que los 10 millones están en arcas del comité.
También tuvimos una participación importante en el Planche de Toro
Amarillo, ya que logramos iluminar parcialmente el Planche y pintarlo.
Aún queda mucho trabajo para que dicho lugar sea apropiado para
desarrollar varias disciplinas deportivas como un aro de Báskeball y
Voliball que se requiere los postes para sostener la malla, dos luces led .
Esperamos contar con su apoyo para poder tener un lugar de vida y
seguro en el Planche, pulmón de niños y jóvenes.
Sin más por el momento y estando siempre a la orden de ustedes.
GRETTEL MARIA Firmado digitalmente
GRETTEL MARIA
DIAZ ARTAVÍA — DIAZ ARTAVIA(FIRMA)
(FIRMA) Fecha: 2022.08.31
12:37:40 -06'00'
Licda. Grettel Díaz Artavia
Vicepresidenta Asoc. Toro Amarillo
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 no se encuentra en su curul (la regidora Yaslyn
Morales se retira por unos minutos de la Sala) SE ACUERDA: Se toma nota.
Nota de Secretaría:
Al ser las 18:42 se incorpora la presidenta municipal, por encontrarse el señor presidente
Randall Torres en la lectura de un documento, aún no hace uso de su curul.
ACUERDO N* 1814
Se conoce nota suscrita por el señor Oscar Vega Badilla presidente de la Junta
Directiva de Asociación de Desarrollo Integral de Hamburgo, de la Rita, teléfono:
8688-1998, dice:
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ds Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*69 ACTA N*63 Extraordinaria.
Asunto: Solicitud de materiales.
29 de agosto del 2022
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Reciban un cordial saludo
Por este medio la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de
Hamburgo, de la Rita, Pococí. Les solicitamos por favor 10 alcantarillas n 18,
se necesitan con urgencia en un paso sobre calle principal de Hamburgo,
cerca de la entrada calle Aguilar, ya que las que están en ese paso hay como
7 quebradas. Es la ruta principal del bus.
Nosotros contrataríamos el bajo y la mano de obra para colocarlas.
Le agradecemos mucho la colaboración de ustedes.
Para informes teléfono 86881998.
Atentamente.
Oscar Vega Badilla
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Obra Pública para
ver si existe disponibilidad de alcantarillas.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Na 3
PAGINA N*%70 ACTA N*63 Extraordinaria. 0 07-09-2022 o
ACUERDO N?* 1815
Se conoce nota suscrita por el señor Juan Carlos Barquero López, representante
legal de la ASADA de Buenos Aires Sur Jiménez-Pococí, teléfono: 8342-7084, correo
electrónico: asadabuenosairesipQOgmail.com, dice:
Oficio: ABA-2209-133
Asunto: Solicitud de cambio del perfil del proyecto que había para la compra de
un tanque de agua y se cambie para el proyecto “Fase Final de extensión de
Tubería de cuatro pulgadas”.
»
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pecocí
Asociación de Acueducto Rural Buenos Aires Sur, Jiménez Pococí, Limón.
Cédula jurídica: 3-002-537213 Teléfono: 83427084
E-mail: asadabuenosairesip(Ogmail.com
Carta de solicitud de donación
ABA-2209-133
Buenos Aires, 05 de setiembre
del 2022.
Señores(as):
Miembros de Consejo Municipal
Presidenta Municipal
Yaslyn Morales Grajal
Presente
Estimados(as) señores(as) reciban un cordial saludo por parte de miembros de Junta
Directiva y personal administrativo de la Asociación de Acueducto Rural Buenos Aires Sur, Jimenez;
con el número de cedula jurídica 3-002-537213.debldamente constitulda desde el año 2007, donde
se atiende actualmente 500 familias del sector sur de Pococí.
Solicitamos a ustedes de manera muy respetuosa que nos ayuden con el camblo del perfil
del proyecto para el cual el señor Reinaldo Benavides dono a esta ASADA de Buenos Alres la suma
de dlez millones de colones y que pretendían ser utilizados para otro proyecto, sin embargo, dada
la necesidad de colocar hidrantes en los 1400 metros finales del acueducto y aumentar la presión
de agua en ese sector, Solicitamos a ustedes aprobar que se camble el perfil del proyecto de esa
donación, y ese dinero donado por el señor Reinaldo Benavides sea utilizado para el proyecto
denominado, “Fase final de tubería de cuatro pulgadas”.
Adicional a este documento, adjuntamos el nuevo perfil del proyecto y esperamos que esta
donación del señor Relnaldo Benavides pueda ser trasferida lo mas pronto posible para Iniciar con
los trabajos que pretende evitar una catástrofe a causa de un incendio en estos 1400 metros que
no cuentan con tubería en cuatro pulgadas necesarla para la colocación de hidrantes.
Agradecemos toda la ayuda que nos han brindado hasta el momento y la comprensión del
caso.
Sin más por agregar:
Atentamente,
ASADA de Buenos Aires Sur Jiménez -PococÍ
Pluye
7
a
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12
MUNICIPALIDAD DE POCOCI XA
PAGINA NC71 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022*
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*72 ACTA N*63 Extraordinaria.
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
a
POCOC ¿ DE PERFILES DE PROYECTO
a dl Planificación y Presupuesto Municipal
Fluyo Teléfono:2713-65-58 Ext 127-130
rosalyn.corrales(9munipococi.go.cr
lissette,mor: ipococl.go.cr
sl iS
PERFIL DE PROYECTO
1. Nombre del proyecto: Etapa final de extensión de tubería de 4 pulgadas
para hidrantes.
El objetivo del proyectos es dar punto final a la extensión de lubería de 4
pulgadas en la parte final de la comunidad con la única intención de
colocar hidrantes para atender posibles incendios a futuro y aumentar la
presión de agua en las viviendas ubicadas en la parte final del pueblo de
Buenos Alres.
Dicho proyecto se realizará sobre la calle principal, al inicio de Buenos
Aires en el sector comprendido entre la entena de Buenos Alres y Cabinas
Kario!l.
2. Eje Estratégico (Desarrollo Económico, Infraestructura, Seguridad
Cludadana, Modernización Munlcipal, Ambiente y Desarrollo, Desarrollo
Soclal): El proyecto abarca distintos ejes estratégicos, ya que, con la
solución del problema de desabastecimiento, se podrá habilitar el
desarrollo de la comunidad de Buenos Aires y eso generara desarrollo
económico tanto para la comunidad como para el comercio local,
Infraestructura porque se tratará una extensión de 1400 metros de tubería
de 4 pulgadas que permitirá conectar mas servicios domiciliares en el
sector que se beneficiara.
Seguridad ciudadana, ya que pretende la instalación de hidrantes para
combatir posibles incendios y salvar vidas que se vean comprometidas a
causa del fuego.
Infraestructura por medio de la colocación de 1400 metros de tubería en
cuatro pulgadas que brindan más capacidad de entregar servicios en
ese sector.
g
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N973 ACTA N*83 Extraordinaria.
9 FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
POCOCI DE PERFILES DE PROYECTO
a dl Planificación y Presupuesto Municipal
Pluyo Teléfono:2713-65-58 Ext 127-130
rosalyn.corralesf)munipococ.go.cr
lissette.mora ni go.er
Pas sac Ped,
3. Alcance: El proyecto se compone de 1400 metros de tubería de 4
pulgadas sed 26, la cual actualmente cuenta con tubería de 1 pulgada
e imposibilita el colocar hidrantes y colocar nuevos servicios porque
afecta la presión de agua que abastece a las casa que actualmente se
encuentran conectadas.)
4. Descripción: El proyecto consiste en la extensión de la tubería de 4
pulgadas desde la entena de Buenos Aires hasta las cabinas Karioli
ubicada en el inicio del pueblo y que es nuestro punto máximo de
extensión de tubería, puesto que, de ahí en adelante, abastece el AyA.
Con la extensión de tubería, se logrará colocar hidrantes a futuro para
atender posibles incendios y aumentar los servicios brindados en ese
sector,
5. Objetivo principal: Contar con hidrantes que permitan atender cualquier
emergencia por fuego en la comunidad, además, aumentar la
capacidad de abastecimiento de nuestra tubería en la parte final del
acueducto. Además, que la presión recibida en las casas de habitación
sea adecuada para un perfecto abastecimiento de agua en los servicios
ya existentes.
6. Justificación: La ley de hidrantes Indica que para la conexión de un
hidrante debe de existir tubería igual o mayor a las 4 pulgadas. Por lo
tanto, la ASADA no cuenta con tubería de esos diámetros en los 1400
metros finales del acueducto.
Además, es parte de la responsabilidad del acueducto contar con la
mayor cantidad de hidrantes en la comunidad que permita atender
incendios y salvar vidas en cualquier momento que esto será requerido,
La tubería se pretende Instalar sobre calle publica desde la antena de
Buenos Aires, hasta las Cabinas Karioli,
po
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
7. Monto total de la Inversión:
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%74 ACTA N*83 Extraordinaria.
a A FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
POCOC ¿ DE PERFILES DE PROYECTO
a) Planificación y Presupuesto Municipal
Pluyo Teléfono:2713-65-58 Ext 127-130
rosalyn.corrales O munipococÍ.go.cr
Issette.moraOmunipococi.go.cr
Pa)
El monto de la Inversión es de (14 000 000 en letras la suma de catorce
millones de colones, y se realizara por medio de la donación de 10 000
000 en letras la suma de diez millones de colones de la Municipalidad y
una contrapartida de la ASADA de Buenos Aires de L4 000 000 en letras la
suma de cuatro millones de colones.
8. Desglose de códigos presupuestarios:
Firma de validación:
Participan de la palabra:
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*%75 ACTA N%63 Extraordinaria. ]
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Saluda, agradece a la Asada y Aclarar, es una gestión que este regidor hizo ante
el Concejo y con los recursos e impuestos que pagan se les gestionó. Lo que ellos
solicitan es una modificación ya que, los 10 millones es para un tanque y ese
tanque tiene un costo de 45 a 50 millones, entonces sería modificar para que se
les compre lo que ellos necesitan.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Si es posible modificarlo, lo Único es que, tenemos que salir del presupuesto
ordinario y tenemos que hacer un presupuesto extraordinario que hay que
mandarlo a la Contraloría entonces más o menos se va haciendo como a
mediados de octubre esa modificación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza la modificación solicitada por el señor
Juan Carlos Barquero López, representante legal de la ASADA de Buenos Aires Sur
Jiménez-Pococí. Se traslada a la Licda. Lisseth Mora Agúero del Área
Administrativa y Financiera.
Razonamiento de voto positivo.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Quiero justificar mi voto positivo ya que es un proyecto que se le ha asignado un
contenido presupuestario visto en comisión de Hacienda y la comunidad está
pidiendo que se le modifique, quedando claro que aquí las donaciones no son a
título personal de nadie ni mucho menos de esta regidora sino de una comisión
de Hacienda que ve los proyectos y se le asigna contenido presupuestario.
Sr. Pdte en ejercicio Reg. Randall Torres Barrientos.
Yo voy a hacer mi justificación de voto positivo, primero que para nosotros como
Concejo Municipal es importante lo que opinen las comunidades, las
comunidades son las que están al tanto de cuáles son sus necesidades y al recibir
nosotros esta nota de la Asociación en donde determinan que ese cambio es
importante y utilizarlos en hidrantes, yo estaría votando positivamente apoyando
todo ese esfuerzo y esa visión que tiene la comunidad.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y h Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N%76 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Ca
Los regidores desde todo el esfuerzo que hacemos, asignamos presupuesto para
las diferentes comunidades, a veces las personas piensan que es que lo hacemos
en forma personal, pero es la Municipalidad la que otorga los recursos
simplemente con la visión de determinar cuál es la importancia de hacer una obra
y de esta manera estamos apoyando a esta comunidad que tiene bastantes
habitantes y que muy pronto si Dios lo permite va a solucionar el problema que
tiene de agua.
ana
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Yo lo que les digo es, que deben justificar bien esa modificación y una vez que
realicen la obra o el proyecto, dar un informe.
UL
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Nota de Secretaría:
Se incorpora la presidenta municipal a su curul ocupando su puesto de la presidenta.
ACUERDO N* 1816
Se conoce nota suscrita por el señor Oscar Villalobos Charpentier, dirección
ejecutiva, CIMAT, teléfono: 2299-5933, correo electrónico:
Tramites.CIMATQict.go.cr, dice:
Oficio: CIMAT 279-2022
Asunto: Seguimiento al trámite de concesión atracadero existente Aninga,
Tortuguero.
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>
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%77 ACTA N*63 Extraordinaria. ZgE —
mu LAN) ¡3% INSTITUTO
COSTA RICA O,» COSTARRICENSE DE
Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos
30 de agosto del 2022
CIMAT 279-2022
Señores
Concejo Municipal Pococí
Alcalde Manuel Hernández Rivera
Correo: manuel. hernandezAmunipococi.go.cr
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Correo: secretaria(Qmunipococi.go.cr
Referencia: Seguimiento al trámite de concesión atracadero existente Aninga, Tortuguero.
Estimados señores:
Un cordial saludo de parte de la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos
Turísticos, CIMAT.
Esta Comisión, en cumplimiento de las funciones que le establece la Ley 7744 Concesión
y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos y su Reglamento, solicita de manera
respetuosa, se nos informe sobre el estado del trámite de solicitud de concesión presentado
por la Empresa INVERSIONES TURISTICAS ANINGA S. A. CÉDULA 3-101-485316.
Conocemos del Acuerdo Municipal N* 313 Artículo IV Acta N? 14 tomado en la sesión
ordinaria del 25 — 02 — 21 donde se acordó otorgar la concesión de dicho atracadero
turístico.
El interés de esta Comisión es colaborar con ustedes, asesorando en los temas de la Ley
7744 y su Reglamento, por lo que nos ponemos a sus órdenes para coordinar con la
persona(s) asignadas por el Concejo en caso que lo requieran.
Sin otro particular, se despide atentamente,
OSCAREDUARDO Firman ógiinenepor JOSE FRANCISCO inet
MILALOROS — Kucnculris: ARAGON OSCRIOSCO ARAGON
CHARPENTER / rgaionecionsss SOLORZANO — Fem ascuas
Aso (FIRMA) aso)
Dirección Ejecutiva, CIMAT Unidad Técnica, CIMAT
Cc. Cyntia Ávila Madrigal, Departamento Legal Municipal
|
Oscar Villalobos Charpentier Francisco Aragón Solórzano
Archivo, Consecutivo CIMAT
Dirección: Costado Este del Puente Juan Pablo ll, La Uruca 5 A_ e
Teléfonos: 2299-5933 2299-5934 2299-5935 2299-5936 2299-5937 — MA . % A Ñ
| Correo electrónico: Tramites.CIMATOIict.go.cr web: www.ict.go.cr COSTA 4 1
| Apartado Postal: 777-1000 San José, Costa Rica RICA 5,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Licda. Cynthia Ávila Madrigal del
Departamento de Servicios jurídicos y al Ing. Esteban Gutierrez para que brinden
respuesta al ICT.
| Sitio Web: munipococi.go.cr
| a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*78 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N? 1817 OS
Se conoce nota suscrita por la señora Eugenia Aguirre Raftacco, directora de
Incidencia Política y Comunicación teléfono: 2290-3806 ext 1023, correo
electrónico: jruizeungl.or.cr, dice:
Oficio: IP-035-08-2022
Asunto: Conocimiento sobre el reglamento elaborado para la Ley N*10.141
denominada “Servicio Municipal de Atención de Animales de Compañía”.
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*79 ACTA N*63 Extraordinaria.
UNGL
San José, lunes 29 de agosto de 2022
Oficio 1P-035-08-2022
Señores (as)
Alcaldías Municipales e Intendencias Municipales
Concejos Municipales y Concejos Municipales de Distrito
Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito
Todo el país
Estimados (as) Señores (as):
Reciban un cordial saludo por parte de la Unión Nacional de Gobiernos Locales
(UNGL) institución que agremia y representa políticamente al Régimen Municipal
desde hace 44 años.
Dentro de las acciones estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y
Comunicación se incluye consolidar el rol estratégico de la UNGL como
representante del Régimen Municipal, ante el Poder Ejecutivo y Legislativo, para el
fortalecimiento del municipalismo. Así como un ente técnico que pueda brindar
productos y servicios necesarios para la gestión municipal.
Para lograr lo anterior, hacemos de su conocimiento el reglamento prototipo
elaborado de manera conjunta desde la Unión Nacional de Gobiernos Locales, junto
al Servicio Nacional de Salud Animal y el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa
Rica, para Ley N* 10.141 denominada “Servicio Municipal de Atención de Animales
de Compañía”.
Dicho documento pretende ser un insumo para que la Municipalidad tome de base
para reglamentar la Ley correspondiente. En apego al principio de autonomía
municipal, asimismo, puede ser modificado para realizar los ajustes propios de la
realidad de cada cantón.
Para más información agradecemos sea remitida al correo del asesor de incidencia
política, Jose Carlos Ruiz, al correo electrónico jruizGungl.or.cr, quien también
podrá atender sus consultas al teléfono: 2290 3806 ext 1023.
De antemano agradecemos la atención a este oficio.
Atentamente,
Firmado digtalmente
EUGENIA FUGENA CCU AGUIE
CAROLINA AGUIRRE RAFTACCO FFNA)
RAFTACCO (FIRMA) osos o
Eugenia Aguirre Raftacco
Directora de Incidencia Política y Comunicación
Unión Nacional de Gobiernos Locales
Central Telefónica: 2290-3806 infoungl.or.cr / www.ungl.or.cr
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*80 ACTA N*63 Extraordinaria.
UNGL
Propuesta de Reglamento Servicio Municipal
de Atención de Animales de Compañía
Objetivo y alcance
Artículo 1. Objeto
Este reglamento tiene como objeto tutelar las actividades que se derivan de la Ley de Servicio
Municipal de Atención de Animales de Compañía, Ley No. 10.141 y normas conexas, para que
los gobiernos locales de acuerdo a las facultades que otorga la Ley No. 7794, Código Municipal,
puedan brindar el servicio de atención de animales de compañía y así realizar acciones que
favorezcan la tenencia responsable de animales, control humanitario de poblaciones, actividades
de prevención de zoonosis y de bienestar animal.
Artículo 2. Alcance
El presente reglamento tiene como alcance el ámbito territorial bajo tutela de cada corporación
municipal. Las disposiciones de este reglamento son aplicables a las personas responsables, así
como a los animales de compañía en el cantón de en cumplimiento de los
requisitos establecidos en la Ley de Servicio Municipal de Atención de Animales de Compañía,
Ley No. 10.141, leyes conexas y de este reglamento.
Capítulo 2:
Conceptos / Definiciones!
Enfermedades Zoonóticas: Las zoonosis son enfermedades infecciosas transmisibles
naturalmente desde animales vertebrados al ser humano. (OPS, 2022)
Tenencia responsable: Compromiso y responsabilidad de satisfacer las necesidades de bienestar
de un animal durante toda su vida, poseer inversión de tiempo y dinero que la mascota requiere,
que puede ser sustancial durante la vida del animal, seleccionando cuidadosamente la(s)
mascota(s) adecuada(s) a su hogar, estilo de vida y miembros de la familia, evitar decisiones
impulsivas sobre la obtención de mascotas, priorizar la adopción y en caso de obtenerse bajo la
Central Telefónica: 2290-3806 i y / www.ungl.or.cr
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AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N81 ACTA N*63 Extraordinaria.
UNGL
compra realizarlo únicamente de criaderos responsables y autorizados que salvaguarden la salud
y el bienestar de los animales que suministran, garantizar que se les brinden satisfacción de sus
necesidades vigentes y actualizadas legal y científicamente (que incluya estimulación mental y
fomento de emociones positivas). Mantener solo el tipo y la cantidad de mascotas para las que
tiene los conocimientos y los recursos. Brindar atenciones veterinarias preventivas, diagnóstico y
tratamiento cuando el animal necesite. Controlar la reproducción de tu mascota a través de la
castración, cuando se lleva a cabo la reproducción, garantizar que se realicen las pruebas de
salud adecuadas para reducir el riesgo de que la descendencia sufra enfermedades hereditarias.
Tomar en cuenta el temperamento y la socialización de los animales que se crían y los padres de
esas crías. Asegurarse de que socializar y educar a su mascota para asegurar su salud y bienestar,
y que su comportamiento y sus responsabilidades como propietario no tengan un impacto
negativo en otras personas o animales. Hacer del bienestar animal su principal consideración,
especialmente cuando se trata de cuidados al final de la vida.
Bienestar Animal: Ciencia que estudia la expresión de un animal al medio que lo rodea. Es
medible a través de indicadores. Un buen bienestar le permite al animal expresar todo su
potencial. Debe buscar potenciar estados positivos, gratificantes y placenteros del animal y
mantener los estados críticos negativos en una intensidad tolerable que les permitan sentirse
motivados para poder tener comportamientos que les permitan vivir y disminuir aquellas
experiencias afectivas o estados mentales negativos no necesarios para supervivencia. El
ambiente debe proveer un rango de oportunidades para que los animales experimenten confort,
interés, seguridad y sentido de control, que permitan a las especies sociales vinculación y
actividades de afirmación, acceso a sitios preferidos de descanso, confort térmico, espacios
limpios, ambientes que promuevan su exploración y adquisición de alimento, variedad de
alimento en texturas y sabor placenteros. (Debe incluirse medición de nutrición, ambiente, salud,
comportamiento y sus repercusiones en el estado mental positivo o negativo para el animal). Se
busca que el animal prospere, que tengan una buena vida, no se limita a la supervivencia del
mismo.
Control humanitario de poblaciones de perros y gatos: se refiere a una combinación de
medidas que mejoran el cuidado de las mascotas e influyen en la dinámica de la población canina
y felina para mejorar de forma sostenible su salud y bienestar, la salud y la seguridad públicas y
el medio ambiente, teniendo en cuenta los beneficios y costes económicos relacionados.
Una sola salud: Enfoque unificador integrado que procura equilibrar y optimizar de manera
sostenible la salud de las personas, los animales y los ecosistemas.
Sobrepoblación: El tamaño de una población está determinado por la capacidad de carga, es
decir el número máximo de miembros de una determinada especie que un determinado espacio
puede mantener con base en recursos tales como espacio, alimento y otros, así como la tolerancia
para su permanencia. La sobrecarga ocasiona enfermedad y mortalidad en la población.
Salud pública: El cuidado y la promoción de la salud aplicados a toda la población o a un grupo
preciso de la población.
2290-3806 i ungl.or.cr / www.ungl.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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Salud Pública Veterinaria: todas las acciones relacionadas directa o indirectamente con los
animales, sus productos y subproductos, siempre que contribuyan a la protección, conservación y
mejora de la salud humana, es decir, a su bienestar físico, moral y social» (Academia veterinaria
de Francia). La salud pública veterinaria abarca, por tanto, ámbitos de intervención relacionados
con la salud y la protección de los animales, la seguridad sanitaria de los alimentos y la
protección del medioambiente.
Castración (Esterilización): Es un procedimiento quirúrgico y ambulatorio que busca
inhabilitar para su reproducción a perros y gatos. (Ovariohisterectomía en hembras y
orquiectomía en machos)
Vacunación animales: Se entiende por vacuna cualquier preparación destinada a generar
inmunidad contra una enfermedad estimulando la producción de anticuerpos. Puede tratarse, por
ejemplo, de una suspensión de microorganismos muertos o atenuados, o de productos o
derivados de microorganismos. Los animales requieren de un examen objetivo general antes de
ser vacunados, este debe ser realizado por un médico veterinario.
Esquemas mínimos de medicina preventiva: El esquema de vacunación es una recomendación
basada en evidencia, que permite a los veterinarios decidir la forma en que puede prevenir, en
diferentes grupos de edad, enfermedades transmisibles por medio de la inmunización de sus
pacientes. La estrategia y programas de vacunación de un país deben responder a un plan
nacional de salud, basado en el concepto de que la prevención siempre es costo-efectiva.
Programas de bienestar animal: Programas a cargo del control de poblaciones de perros y
gatos, tenencia responsable, prevención de zoonosis, programas de vacunación y educación en
relación con el bienestar animal, la salud pública y tema una sola salud.
Reproducción responsable:
Los criadores responsables deberán brindar a sus perros cuidados de alta calidad: proporcionar a
todos los perros comida de calidad, agua limpia, refugio adecuado, ejercicio, socialización y
atención veterinaria profesional, Mantener a los perros limpios y bien cuidados, criar perros
destinados a ser mascotas en un ambiente familiar, priorizar el bienestar de la perra madre (y
también del padre, cuando corresponda) mediante el desarrollo de un plan de cría para cada perro
en función de la edad y la salud del perro, en consulta con su veterinario, manejar cachorros de
manera segura todos los días y socializarlos con otros perros y personas de edades apropiadas,
colocar perros o mantener perros como mascotas que no pueden reproducirse, perros que no son
aptos para la reproducción o perros que han sido devueltos, no someter a los perros a alteraciones
físicas permanentes que se realicen únicamente con fines estéticos, asegurarse de que los
cachorros se desteten de manera gradual y completa antes de colocarlos. Los cachorros no deben
destetarse por completo antes de las 8 semanas a menos que existan razones médicas o de
comportamiento para hacerlo, colocar los cachorros cuando alcancen 10 y 12 semanas de edad.
Los criadores responsables se esfuerzan por criar perros que tengan más probabilidades de
resultar en mascotas felices y saludables: Priorizan la salud y la función sobre la apariencia,
examinan los rasgos hereditarios que podrían afectar negativamente a los cachorros, y solo crían
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a los perros más sanos, físicamente sanos y con un comportamiento estable, reducen el riesgo de
que la descendencia sufra un trastorno hereditario al no cruzar perros (padre con descendencia o
hermano con hermano), al colocar un cachorro o un perro adulto con un problema hereditario
conocido, divulgan toda la información relevante a la nueva familia y se asegúran de que el perro
esté esterilizado o castrado antes de la colocación (o que el comprador esté obligado por contrato
a esterilizar o castrar dentro de un período de tiempo designado y seguimiento para confirmar
que se ha realizado la cirugía).
Los criadores responsables son transparentes y proporcionan un historial completo del perro:
permiten y animan a los posibles propietarios a visitar los lugares donde se crían y crían perros,
conocer a la camada y preferiblemente a ambos padres (pero al menos a uno), y discutir sus
prácticas de cría y venta, proporcionan información precisa y confiable sobre salud, vacunas y
pedigrí, preparan un contrato de adopción/compra en un lenguaje sencillo que detalle las
responsabilidades del criador, las responsabilidades del adoptante, las garantías de salud y la
política de devolución.
Los criadores responsables se comprometen a garantizar que todos los perros que crían reciban
un buen hogar: utilizan listas de espera u otras estrategias para evaluar que haya hogares de
calidad disponibles para sus perros antes de reproducirlos, se comprometen a hacer una buena
pareja entre el dueño y el perro al compartir las características y necesidades del perro específico
(y la raza, si corresponde) y comprender las expectativas del posible dueño. Por esta razón, solo
venden animales directamente a posibles propietarios y no a través de un tercero o intermediario,
son un recurso continuo para los nuevos propietarios y están dispuestos a recuperar o reubicar a
un animal si es necesario por cualquier motivo en cualquier momento.
Los criadores responsables se preocupan por el bienestar de todos los perros, lo cual demuestran
al: esterilizar mascotas antes de la venta o asegurar un compromiso del propietario para
esterilizar o castrar (si la salud o la edad impiden la alteración en el momento de la venta) y
hacer un seguimiento para garantizar que se realice la cirugía, educar a los posibles compradores
y a otras personas de su comunidad sobre los riesgos de comprar perros de criadores comerciales,
tiendas y sitios web, apoyan y cumplen leyes y políticas que aseguren la transparencia de los
criadores, la calidad de la atención, la responsabilidad y el bienestar animal. (mantienen vigente
registro CVO).
Capítulo 3:
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UNGL
Oficina de Servicio Municipal de Animales de Compañía
Artículo 3: Generación del Servicio
La corporación municipal a través de la Oficina de Servicio Municipal de Animales de Compañía
(OSMAC) o su análogo, podrá (brindar/gestionar) servicios médicos veterinarios y
educativos para garantizar el bienestar no sólo animal, sino que, a la vez poblacional, de acuerdo
con lo establecido en la Ley No. 10.141 Servicio Municipal de Atención de Animales de
Compañía en el Cantón de y en este reglamento.
Artículo 4: Funciones
La Oficina de Servicio Municipal de Animales de Compañía (OSMAC) brindará los siguientes
SEIVICIOS:
Campañas de castración: (Gestionar, ejecutar y/o coordinar) campañas de castración
para animales de compañía dentro de la jurisdicción municipal y en acatamiento de las medidas
establecidas por entidades técnicas de esta materia y el Servicio Nacional de Salud Animal.
Campañas de vacunación: (Gestionar, ejecutar y/o coordinar) campañas de
vacunación para animales de compañía dentro de la jurisdicción municipal y en acatamiento de
las medidas establecidas por entidades técnicas en esta materia y el Servicio Nacional de Salud
Animal.
Campañas de desparasitación: (Gestionar, ejecutar y/o coordinar) campañas de
desparasitación para animales de compañía dentro de la jurisdicción municipal y en acatamiento
de las medidas establecidas por entidades técnicas en esta materia y el Servicio Nacional de
Salud Animal.
Eutanasia humanitaria: En casos particulares, la eutanasia podrá ser vista como una medida
humanitaria, cuya causa debe ser determinada y acción ejecutada por una persona profesional en
medicina veterinaria debidamente habilitada para el ejercicio profesional. Este procedimiento
debe seguir las disposiciones del Reglamento para la Reproducción y Tenencia Responsable de
Animales de Compañía, No. 31626-S.
Campañas de educación: (Gestionar, ejecutar y/o coordinar) campañas de
educación a la población sobre la tenencia responsable de animales de compañía, control de
enfermedades zoonóticas y demás temas relacionados al bienestar animal.
Otra función que una instancia análoga se encontrase desarrollando y que no se encuentre
limitada por el presente reglamento y en la cual pudiese brindar colaboración.
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Capítulo 4:
Roles y Responsabilidades
Artículo 5: Responsabilidad de la Corporación Municipal
La Corporación Municipal deberá velar por el cumplimiento en el accionar de la OSMAC, o su
análogo, de las políticas públicas y directrices establecidas por el Servicio Nacional de Salud
Animal (Senasa), en materia de salud pública veterinaria, salud animal y bienestar animal, de
conformidad con las potestades que le otorga la Ley 8495, Ley General del Servicio Nacional de
Salud Animal, de 6 de abril de 2006 y para lo cual podrá establecer mecanismos de cooperación
é j Í , de conformidad con el artículo 24 bis de la Ley 7451, Ley de
Bienestar de los Animales, de 16 de noviembre de 1994, Asimismo por lo establecido en la Ley
10.141 Servicio Municipal de Atención de Animales de Compañía, del 30 de marzo de 2022, y el
presente reglamento.
Además, deberá garantizar la accesibilidad del servicio en su jurisdicción según criterios técnicos
y de oportunidad previamente planificados.
Capítulo 5:
Convenios, donaciones y financiamiento
Artículo 6: Facultad municipal
Con base a los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley 10.141 Servicio Municipal de Atención de
Animales de Compañía, del 30 de marzo de 2022, la Municipalidad tiene la facultad de:
a) Generar convenios con instituciones públicas, privadas y organizaciones sin fines de
lucro para cumplir con las funciones que establece esta legislación y el presente
reglamento.
b) Establecer el mecanismo acorde a la legislación existente para recibir donaciones por
parte de instituciones públicas, privadas y organizaciones sin fines de lucro para cumplir
con los fines de esta ley.
e) Generar un convenio con SENASA para crear los programas que considere necesarios
sobre bienestar animal y demás atención al cumplimiento de sus competencias.
d) Generar un convenio con Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica para crear los
programas que considere necesarios sobre bienestar animal y demás atención al
cumplimiento de sus competencias.
e) Utilizar el__% del servicio de limpieza de vías para financiar programas de bienestar
animal.
f) Financiamiento a través de la partida presupuestaria código ____ que ya se aplicase a un
análogo de esta Oficina.
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Capítulo 6:
Gestión del Servicio
Artículo 7: Cobro del servicio
Se podrá cobrar una tasa según el artículo 83 del Código Municipal por los siguientes
servicios
a) Castración
b) Vacunación
e) Desparasitación
d) Eutanasia humanitaria
e) Uotros que se consideren necesarios
La tasa entrará en vigencia 30 días después de la publicación en la Gaceta de este reglamento. La
tasa incluirá todos los costos efectivos para el año presupuestario de lo dispuesto en el presente
artículo, más el 10% de utilidad para desarrollarlo.
La misma será cancelada por los munícipes que hagan uso del servicio y permitiría la atención en
la amplitud de lo establecido por la Ley 10.141 Servicio Municipal de Atención de Animales de
Compañía y este reglamento.
Artículo 8: Cobro diferenciado
Se autoriza al cobro diferenciado para los servicios de castración y vacunación contra
rabia bajo la siguiente fórmula de cobro:
C=S0%X
C= cobro
X= costo del servicio + 10% por brindar el servicio.
Para el desarrollo de las campañas de castración, se deberá contar con la autorización del evento
temporal por parte del SENASA, asimismo se deberá notificar al Colegio de Médicos
Veterinarios con al menos 8 días naturales de anticipación, las fechas y lugares donde se
ejecutarán las esterilizaciones, así como el nombre del Médico Veterinario Responsable, según lo
establece el artículo 20 del Reglamento N* 31626, Reglamento para la Reproducción y Tenencia
Responsable de Animales de Compañía y Reglamento Interno del Colegio de Médicos
Veterinarios para el Control Veterinario de la Población de Perros y Gatos.
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El médico veterinario deberá llevar un registro de la cantidad de animales sometidos a esos
procedimientos quirúrgicos; el cual deberá ser dividido por especie (felinos y caninos) y del
consumo de medicamentos controlados del grupo 1 y 2. De dicho registro, se deberá remitir
copia al SENASA y al Colegio de Médicos Veterinarios, a fin de que la información sirva de
estadística para ambas instituciones. La copia deberá ser remitida en un plazo máximo de 10 días
hábiles, posteriores a la conclusión de la campaña de castración.
En relación a las jornadas de vacunación y desparasitación realizadas en las municipalidades,
estarán a cargo de un médico veterinario activo y colegiado.
Los Técnicos Veterinarios que cuenten con el curso debidamente aprobado por el Consejo
Superior de Educación del MEP, y bajo supervisión del médico veterinario, podrán aplicar la
vacunación y desparasitación previo examen objetivo general realizado por un médico
veterinario a cada animal atendido.
Deberán entregarse tarjetas de las vacunas y desparasitaciones aplicadas con las firmas del
médico veterinario responsable identificado con el número de agremiado .
Rojo (resistencia total o negación)
.
Naranja (no han iniciado, pero si hay anuencia):
1. Talamanca
2. Río Cuarto
3. Santa Ana
4. Goicochea
Amarillo (han iniciado no tienen experiencia)
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PAGINA N*88 ACTA N%63 Extraordinaria. _
UNGL
1. Montes de Oca
2. Matina
3. Desamparados
4. Alajuelita
5. Heredia
Verde (vía libre con conocimiento y experiencia)
1. Cartago
2. Tibás
3. Curridabat
4. Escazú
Rojo
.
Naranja:
.
Amarillo
.
Verde
UNA
Médicos veterinarios que realicen procesos de castración
Contactos de Senasa que realizan procesos de castración
Fiscalía del Colegio de Médicos Veterinarios
ONGs
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
para su análisis y recomendación al Concejo si es viable implementarlo en la
Municipalidad el reglamento elaborado para la Ley N*10.141 denominada
“Servicio Municipal de Atención de Animales de Compañía”.
ACUERDO N* 1818
Se conoce nota suscrita por la señora Eugenia Aguirre Raftacco, directora de
Incidencia Política y Comunicación, teléfono: 2290-3806, correo electrónico
jruizOungl.or.cr, dice:
Oficio: IP-036-08-2022
Asunto: Conocimiento sobre el reglamento elaborado para la Ley No. 10.254,
denominada “Ley Especial para el Comercio Sobre Ruedas”.
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PAGINA N*89 ACTA N*63 Extraordinaria.
San José, lunes 29 de agosto de 2022
Oficio IP-036-08-2022
Señores (as)
Alcaldías Municipales e Intendencias Municipales
Concejos Municipales y Concejos Municipales de Distrito
Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito
Todo el país
Estimados (as) Señores (as):
Reciban un cordial saludo por parte de la Unión Nacional de Gobiernos Locales
(UNGL) institución que agremia y representa políticamente al Régimen Municipal
desde hace 44 años.
Dentro de las acciones estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y
Comunicación se incluye consolidar el rol estratégico de la UNGL como
representante del Régimen Municipal, ante el Poder Ejecutivo y Legislativo, para el
fortalecimiento del municipalismo, Así como un ente técnico que pueda brindar
productos y servicios necesarios para la gestión municipal.
Para lograr lo anterior, hacemos de su conocimiento el reglamento prototipo
elaborado de manera desde la Unión Nacional de Gobiernos Locales para la ley No.
10.254, denominada “Ley Especial para el Comercio Sobre Ruedas”. El cual busca
servir como una guía para aquellos gobiernos locales que deseen promover esta
modalidad de comercio.
Dicho documento pretende ser un insumo para que la Municipalidad tome de base
para reglamentar la Ley correspondiente. En apego al principio de autonomía
municipal, asimismo, puede ser modificado para realizar los ajustes propios de la
realidad de cada cantón.
Para más información agradecemos sea remitida al correo del asesor de incidencia
política, Jose Carlos Ruiz, al correo electrónico jruizGQungl.or.cr, quien también
podrá atender sus consultas al teléfono: 2290 3806 ext 1023.
De antemano agradecemos la atención a este oficio.
Atentamente,
EUGENIA Fmado diamante por
CAROLINA AGUIRRE fueracco rola)
RAFTACCO (FIRMA) feha 20220829110545.0500
Eugenia Aguirre Raftacco
Directora de Incidencia Política y Comunicación
Unión Nacional de Gobiernos Locales
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Propuesta de Reglamento de Comercio
Sobre Ruedas
Capítulo 1:
Objetivo y alcance
Artículo 1. Objeto
Este reglamento tiene como objeto tutelar las actividades lucrativas que se derivan de la Ley
Especial para el Comercio Sobre Ruedas, Ley No. 10.254 y normas conexas, para autorizar a las
personas licenciatarias el instalación y funcionamiento de los comercios sobre ruedas que se
dediquen a la venta y preparación de alimentos y bebidas, con la intención de promover y ampliar
el comercio, el aprovechamiento del espacio público, la seguridad ciudadana y generar mayor
actividad económica, en un marco de respeto del derecho al libre tránsito, la accesibilidad, el
mantenimiento y la protección de los espacios públicos.
Artículo 2. Alcance
El presente reglamento tiene como alcance el ámbito territorial bajo tutela de cada corporación
municipal. Las disposiciones de este reglamento son aplicables a las personas licenciatarias de
actividad comercial en el cantón de que cumpla con los requisitos establecidos en
la Ley Especial para el Comercio Sobre Ruedas, Ley No. 10.254, leyes conexas y de este
reglamento.
Capítulo 2:
Conceptos / Definiciones!
Unidades Móviles de Comercio: automotores, vehículos remolques o unidades de arrastre
modificados o diseñados para la venta y preparación de alimentos y/o bebidas, así como para la
venta de bienes y servicios cuya transacción comercial no crediticia concluya con el acuerdo entre
el comprador y el vendedor sobre el bien o servicio, a cambio de un precio previamente acordado.
1 Con base en Ley 9976, Ley de Movilidad Peatonal, de 09 de abril de 2021 y del Reglamento Prototipo de
Movilidad Peatonal construido en conjunto con los Gobiernos Locales del país y la UNGL.
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Capítulo 3:
Otorgamiento de la Autorización
Artículo 3: Autorización
La corporación municipal podrá emitir en el otorgamiento de una licencia de actividad comercial
de alimentos y/o bebidas, así como para la venta de bienes y servicios cuya transacción comercial
no crediticia concluya con el acuerdo entre el comprador y el vendedor sobre el bien o servicio, a
cambio de un precio previamente acordado, denominada como una "autorización de comercio
sobre ruedas", para la utilización de espacios que delimiten en la presente, siempre y cuando la
persona solicitante haya cumplido con todas sus obligaciones establecidas en la Ley Especial para
el Comercio Sobre Ruedas Ley No. 10.254, leyes conexas del Cantón de y en este
reglamento.
Artículo 4: Carácter de la autorización
La autorización de comercio sobre ruedas para utilizar los espacios designados por la
administración para la explotación de la actividad comercial, no crea a favor de las personas
licenciatarias ningún derecho real ni acción posesoria sobre los espacios utilizados; dichos
permisos se otorgan en condición de precario y por el plazo establecido en este reglamento. En
relación con las autorizaciones de uso, y cualquier acto que reconozca a un licenciatario un derecho
a título precario, podrán ser revocado "sin responsabilidad de la Administración” por razones de
interés público o conveniencia.
Esta autorización solamente permitirá la colocación de las Unidades Móviles de Comercio
contemplando las características pertinentes de su naturaleza y limitantes que establezca la
administración.
En los casos en los que suceda un traslado o un traspaso de la licencia comercial, se regirá según
lo que establezca la Ley de Licencias Municipales para las Actividades Lucrativas del cantón
de su reglamento y normativa conexa.
Artículo 5: Plazo de otorgamiento de la autorización de comercio sobre ruedas
La autorización de comercio sobre ruedas se da para el desarrollo temporal de la actividad
comercial en los espacios que corresponderá por un plazo de . La autorización
podrá ser prorrogable por el mismo plazo de otorgación previa solitud del licenciatario con 30 días
naturales antes del vencimiento, sujeto a estudio de la administración concedente.
Artículo 6: Horarios de utilización de la autorización de comercio sobre ruedas
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Esta autorización se permitirá en un horario de las horas a las . Si se tiene un tipo
de licencia municipal para comercialización de bebidas con contenido alcohólico, el horario se
regirá según lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Regulación y Comercialización de bebidas
con contenido alcohólico Ley No. 9047, según el tipo de licencia que se tenga.
Artículo 7: Requisitos de otorgamiento
La persona solicitante de la autorización de comercio sobre ruedas debe cumplir los siguientes
requisitos para su otorgamiento:
a) Solicitar el permiso temporal a la municipalidad que determine el espacio físico
habilitado para desarrollar la actividad de comercio sobre ruedas, conforme a lo dispuesto
en el artículo 218 bis de la Ley General de Salud, Ley N.? 5395, de 30 de octubre de
1973.
b) Tramitar el permiso sanitario de funcionamiento (PSF), en el Área Rectora del Ministerio
de Salud.
e) Solicitar la licencia comercial temporal especial prevista en la presente ley, ante la
municipalidad del cantón con la que operará el comercio.
d) Tramitar una póliza de riesgos del trabajo.
e) Inscribir ante el Ministerio de Hacienda la actividad empresarial que realiza.
f) Inscribirse ante la Caja Costarricense de Seguro Social.
£) Permiso respectivo para la utilización de gas licuado de petróleo GLP, según normativa y
cuando sea aplicable. Los comercios que no tengan venta de alimentos quedan exentos de
este requisito.
h) Las personas encargadas con la manipulación de productos alimentarios deberán tener
vigente el curso de manipulación de alimentos otorgado por cualquier ente competente o
autorizado. Los comercios que no tengan venta de alimentos quedan exentos de este
requisito.
Los propietarios del comercio sobre ruedas deberán exhibir los permisos correspondientes en un
lugar visible de las Unidades Móviles de Comercio.
La municipalidad correspondiente, previa valoración de los términos y las condiciones de este
reglamento, aprobará la solicitud y otorgará el permiso para la utilización de los espacios públicos.
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La mera concurrencia de los requisitos necesarios para que la ocupación pueda ser autorizada no
otorga derecho alguno a su aprobación.
Capítulo 4:
Roles y Responsabilidades
Artículo 8: Responsabilidad de la Corporación Municipal
La Corporación Municipal al otorgar la autorización de comercio sobre ruedas, deberán asegurar
que la utilización de dichos espacios no contraviene el derecho de libre tránsito, el acceso y la
movilidad de peatones, el cumplimiento de la Ley 7600, Ley de Igualdad de Oportunidades para
las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías
Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012, y que se controle adecuadamente
la contaminación visual y sonora al entorno en que se desarrolla la actividad comercial mediante
la oficina, dependencia o proceso vinculado al tema de las licencias comerciales.
Así mismo, la Corporación Municipal deberá asegurar que esta autorización no contraviene su
Plan de Movilidad Activa Sostenible ni su Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo,
así como lo establecido en el Reglamento de Movilidad Peatonal.
Artículo 9: Notificaciones e inspecciones
La Corporación Municipal será la encargada de realizar periódicamente las inspecciones de las
áreas de uso comercial destinadas, con el fin de verificar el cumplimiento del artículo 8 de este
reglamento.
En caso de que la Corporación Municipal técnicamente determine la necesidad de mantenimiento,
rehabilitación o construcción del espacio público donde una persona licenciataria tenga
autorización de comercio sobre ruedas, procederá a realizar la notificación respectiva mínimo un
mes antes a la obra a esta persona licenciataria.
Artículo 10: Construcción, rehabilitación y mantenimiento de los espacios autorizados
Las personas licenciatarias y titulares de la autorización deberán permitir, en cualquier momento,
las reparaciones de infraestructura, instalaciones o servicios que se encuentren en el espacio
autorizado sin que se genere derecho a indemnización por parte del Gobierno Local.
Artículo 11: Atribuciones de las personas licenciatarias
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Las personas licenciatarias que cuenten con autorización de comercio sobre ruedas tendrán las
siguientes atribuciones:
a. Utilizar los espacios públicos para desarrollar la actividad comercial para la cual se otorgó
la autorización, en los términos y las condiciones establecidos por la municipalidad, sin
que se perturbe su ocupación sin un acto administrativo que fundamenta el cese de la
actividad.
b. Utilizar el material mobiliario y de decoración pertinente para el desarrollo de la actividad
comercial, en los espacios públicos autorizados, en las condiciones definidas por la
municipalidad.
c. Realizar obras de mejoramiento del espacio como la incorporación de iluminación de
batería o reparación de huecos en la capa de la acera, entre otras. Siempre que exista previa
autorización, con fundamento técnico por parte de la Municipalidad.
Artículo 12: Prohibiciones de las personas licenciatarias
Se prohíbe, a las personas licenciatarias que cuenten con autorización para la utilización de
espacios aplicable en el marco de la Ley Especial para el Comercio Sobre Ruedas, Ley No. 10.254,
realizar los siguientes actos:
a. Arrojar desperdicios de comida o cualquier tipo de basura en vía pública, ya sea propia o
de los clientes.
b. Disponer de las aguas residuales de lavamanos en el cordón y caño de las calles.
c. La obstrucción de paso a los transeúntes para la instalación de los vehículos de venta de
comida rápida u otros del espacio exterior relacionado a la actividad.
d. El desarrollo de obras físicas y de infraestructura permanentes, con excepción de lo que
establezca esta ley y el reglamento respectivo.
e. El cierre total de las vías cantonales o espacios públicos, en zonas que no fueron asignadas
en la autorización respectiva, excepto en las actividades excepcionales que determine la
administración.
Variar la composición regular de los espacios públicos.
g. Atentar contra la libertad de tránsito y accesibilidad de las personas.
h. Realizar actividades diferentes de las autorizadas en el permiso sanitario de funcionamiento
respectivo.
i. Se prohíbe cualquier actividad que no esté cubierta por la Ley de Comercio Sobre Ruedas
Ley No. 10.254 y en este reglamento.
Generar cualquier daño al espacio público.
k. Utilizar el espacio público para el desarrollo de la actividad comercial, en un horario
diferente de los autorizados en la licencia comercial y la respectiva autorización de
comercio sobre ruedas.
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El incumplimiento a las prohibiciones señaladas en este artículo conllevará la pérdida de la
autorización, previo el debido proceso administrativo, siendo responsable la persona licenciataria
por cualquier daño ocasionado al espacio público, según lo señalado en la normativa aplicable.
Además, la persona licenciataria que cuenten con autorización para la utilización de espacios
públicos deberá velar por el cumplimiento de lo establecido en la Ley 7600, Ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, la Ley 9078, Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012, Ley 9976, Ley
de Movilidad Peatonal, de 09 de mayo de 2021, Ley 9660, Ley de Movilidad y Seguridad
Ciclística, de 24 d octubre de 2019 y sus respectivos reglamentos municipales.
Capítulo 5:
Criterios Técnicos de Utilización
Artículo 13: Oficina de Patentes de la Municipalidad. Es responsabilidad de las oficinas de
patentes de la Municipalidad y las Unidades Técnicas de Gestión Vial confeccionar los
lineamientos técnicos de utilización de espacios públicos, tipologías permitidas de mobiliario
urbano, estándares de iluminación, luminarias y rotulación apegados a los siguientes
requerimientos técnicos:
a) Utilización del espacio público:
+ En Bulevares: Para el uso de los bulevares, se deberá respetar 3 metro de ancho para
el tránsito de personas peatonas en el centro del bulevar respectivo, las dimensiones
restantes del bulevar (costados) podrán emplearse para las autorizaciones de comercio
sobre ruedas de los establecimientos comerciales adyacentes al respectivo bulevar.
+ En bulevares con ciclovías: Para el uso de los bulevares con ciclovías, se deberá
respetar 1.20 metros de ancho a cada lado de la ciclovía, si esta se encuentra en el centro
del bulevar. Si la ciclovía se encuentra en el borde lateral derecho o izquierdo del
bulevar, se deberá respetar 2.50 metros para el tránsito de personas peatonas, las
dimensiones restantes del bulevar (costados o centros) podrán emplearse para las
autorizaciones de comercio sobre ruedas de los establecimientos comerciales
adyacentes al respectivo bulevar.
e En parques públicos: Para el uso de los parques público, se destinará un 40% de las
áreas disponibles de estos, sin que se afecte o cambie la naturaleza esencial de los
mismos, para ser empleadas por las autorizaciones de comercio sobre ruedas de los
establecimientos comerciales que tengan frente al parque respectivo, sin detrimento del
uso de la acera adyacente. Este espacio será distribuido en la misma proporción que el
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PAGINA N*96 ACTA N*%683 Extraordinaria.
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peso porcentual de los metros cuadrados de los locales. La administración municipal
determinará los parques aptos para ello, así como el mapeo de las zonas intemas
destinadas a este porcentaje y su asignación a los comercios con esta autorización.
e Vías públicas: Para el uso de las vías públicas, la administración municipal determinará
mediante informe razonado, las vías públicas que pueden ser cubiertas por este
reglamento. En ese caso, no se emplearía la acera adyacente sino la vía pública cerrada,
distribuida de manera proporcional según la cantidad de establecimientos comerciales
con autorización de comercio sobre ruedas frente a esta, convirtiéndose en un bulevar
provisional y rigiéndose con lo indicado en los bulevares.
e Playas: Para el uso de las playas, se seguirá lo establecido por la Ley de Zona Marítimo
Terrestre Ley No. 6043, su reglamento y de la dependencia encargada de la
administración municipal en esta materia.
b) Estándares de iluminación, luminarias y rotulación:
+ La Administración Municipal, determinará los estándares de iluminación, luminarias y
rotulación, siempre y cuando estos no afecten
Capítulo 6:
Pago del Derecho de Comercio Sobre Ruedas
Artículo 14: Pago anticipado del derecho de comercio sobre ruedas
La persona licenciataria, que obtengan la autorización de comercio sobre ruedas, deberá realizar a
la municipalidad respectiva el pago anticipado de este derecho.
Artículo 15: Hecho generador
El hecho generador del derecho lo constituye el otorgamiento de la licencia de comercio sobre
ruedas establecido en este reglamento.
Artículo 16: Metodología de cobro
El monto a pagar por concepto del derecho de uso de espacio otorgado mediante la licencia de
comercio sobre ruedas, se fundamenta en la ley de patentes de este cantón, realizando el cobro
mínimo respectivo para el primer año en curso, y se cobrará para los siguientes años el porcentaje
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No97 ACTA N*63 Extraordinaria.
establecido por dicha ley de patentes sobre la declaración del impuesto de renta al Ministerio de
Hacienda.
En caso de que también se realice la actividad económica en otros cantones se debe presentar una
certificación por un contador público sobre el monto correspondiente a lo declarado y que fue
producto del desarrollo de la actividad económica dentro del cantón.
Artículo 17: Monto a pagar por el derecho de comercio sobre ruedas
Para determinar el cobro del derecho de comercio sobre ruedas para los años posteriores al
primer año fiscal de actividad, se implementará la siguiente formula:
(Fórmula de cobro según ley de patentes vigente para las actividades comerciales)
Artículo 18: Montos diferenciados
Se establecen los siguientes montos diferenciados según las categorías señaladas en el capítulo 5
sobre Criterios Técnicos de Utilización de este reglamento:
a. Monto diferenciado 1
b. Monto diferenciado 2
c. Monto diferenciado 3
No se podrá realizar cobro alguno por los espacios comerciales se encuentren dentro del
perímetro privado.
Artículo 19: Causales de revocatoria o extinción de la autorización de comercio sobre
ruedas
Las causales de revocatoria de la autorización de comercio sobre muedas serán:
a. Cuando no se cumpla lo establecido en el capítulo 6 sobre criterios Técnicos de Utilización
de este reglamento.
b. Cuando la circulación de las personas peatonas sea interrumpida por la actividad.
c. Cuando se incurra en las causales establecidas en el artículo 12 de Prohibiciones de las
personas licenciatarias de este reglamento.
d. Cuando se incurra en las causales de revocatoria de la licencia comercial establecida en la
respectiva Ley de Licencias de Actividad Comercial del Cantón de y su
reglamento.
e. Cualquier otra que por motivos de interés público o conveniencia que se presente.
£. Cuando se adeuden dos o más trimestres seguidos o alternos de obligaciones municipales
formales o materiales.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
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ACUERDO N* 1819
Se conoce suscrita por la señora Eugenia Aguirre Raftacco, directora de
Incidencia Política y Comunicación, teléfono: 2220-3806, correo electrónico:
jruizeungl.or.cr, dice:
Oficio: 1P-032-08-2022
Asunto: Conocimiento de las fichas técnicas de los proyectos de ley que se
relacionan con el Régimen Municipal Costarricense.
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v
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PAGINA N*99 ACTA N*“63 Extraordinaria.
San José, lunes 29 de agosto de 2022
Oficio IP-032-08-2022
Señores (as)
Alcaldías Municipales e Intendencias Municipales
Concejos Municipales y Concejos Municipales de Distrito
Municipalidades del país
Estimados (as) Señores (as):
Reciban un cordial saludo por parte de la Unión Nacional de Gobiernos Locales
(UNGL) institución que agremia y representa políticamente al Régimen Municipal
desde hace 44 años.
Dentro de las acciones estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y
Comunicación se incluye consolidar el rol estratégico de la UNGL como
representante del Régimen Municipal, ante el Poder Ejecutivo y Legislativo, para el
fortalecimiento del municipalismo.
Para lograr lo anterior, hacemos de su conocimiento las fichas técnicas de los
proyectos de ley que se relacionan con el Régimen Municipal Costarricense:
+ Expediente No. 23.081 Disminución del impuesto único a los combustibles
para la reactivación económica, la generación de empleo y la prosperidad.
modificación de los artículos 1 y 3 de la ley n.0 8114, Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributaria.
+ Expediente No. 23.298 Fondo de Protección Contra el Precio de los
Combustibles.
e Expediente No. 23,105 Ley de Recuperación de Competencias y
Fortalecimiento de las Jerarquías de los Ministerios.
Para más información agradecemos sea remitida al correo del asesor de incidencia
política, Jose Carlos Ruiz, al correo electrónico jruizQungl.or.cr, quien también
podrá atender sus consultas al teléfono: 2290 3806 ext 1023.
De antemano agradecemos la atención a este oficio.
Atentamente,
ie ¡tal
EUGENIA CAROLINA Euceia CAROLINA AGUIRRE
AGUIRRE RAFTACCO RAFTACCO (FIRMA)
(FIRMA) a
Eugenia Aguirre Raftacco
Directora de Incidencia Política y Comunicación
Unión Nacional de Gobiernos Locales
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PAGINA N9100 ACTA N*63 Extraordinaria.
UNGL
NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY 23.081
Título del Proyecto de Ley:
DISMINUCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBLES PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA,
LA GENERACIÓN DE EMPLEO Y LA PROSPERIDAD. MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 1 Y 3 DELA
LEY N.? 8114, LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS
Comisión Legislativa a cargo del proyecto: Plenario
Nivel de avance del trámite legislativo: Pendiente de asignar comisión
Cantidad de artículos Cantidad de diputados
1* Firmante Pedro Muñoz Cantidad de fracciones
Motivaciones de los proponentes y resumen
Se procura la mejora en las condiciones de vida de los costarricenses. Esto se logra provocando que el
impuesto sobre los combustibles sea razonable, proporcional y justo para procurar la reactivación económica.
Algunos de los principales temas que aborda el proyecto
Tema 1: Impuesto Único Tema 3: Reactivación
Combustibles
Tema 2 Tema 4: Consumo
¿Crea nuevas responsabilidades / competencias para las municipalidades? NO
¿Compromete recursos municipales existentes? NO
¿Define monto o porcentaje de recursos a comprometer? NO
¿Asigna recursos nuevos a las municipalidades? NO
¿Reduce o afecta el presupuesto municipal? NO
¿Respeta la autonomía municipal? El
Observaciones y comentarios generales sobre el proyecto
+ Se pretende trasladar al consumidor final un monto cercano a los 195 mil millones de colones (cerca
de 325 millones de dólares), a través de una reducción del impuesto, estableciendo un límite superior
del impuesto que considere su relación con el precio internacional de los combustibles.
Principales artículos del Proyecto
ARTÍCULO 1-  Refórmase el artículo 1 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, N.” 8114, de 4 de
julio de 2001, para que se lea de la siguiente manera:
(..)
NÚMERO DE EXPEDIENTE PROYECTO DE LEY: 23.081
Para conocer el texto completo del expediente, su tramitación, dictámenes, informes o proponentes, digite el
número de expediente en el
Este documento: "Ficha Resumen Proyecto de Ley”, permite un panorama general del expediente. Es un
insumo que pone a disposición de las municipalidades la UNGL para facilitarles la atención a las consultas de
la Asamblea Legislativa. Respetando la autonomía municipal no constituye un criterio a favor o en contra del
proyecto, sino un resumen. Cuando la Asamblea Legislativa consulta directamente a la UNGL, el proyecto se
conoce en el Consejo Directivo.
Fecha: 11/05/2022 Elaborado por: Andrey Paz Ch.
ción con Eu,
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PAGINA N9101 ACTA N*63 Extraordinaria.
NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY 23.298
Título del Proyecto de Ley:
FONDO DE PROTECCIÓN CONTRA EL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES
Comisión Legislativa a cargo del proyecto:
Nivel de avance del trámite legislativo:
Cantidad de artículos AA Cantidad de diputados
1? Firmante María Daniela Rojas Cantidad de fracciones
Salas
Motivaciones de los proponentes y resumen
Generar un mecanismo para evitar que los precios de los combustibles sobrepasen montos no
asequibles para las personas ciudadanas entendiendo las iniciativas que han venido presentando con
este objetivo.
Algunos de los principales temas que aborda el proyecto
Tema 1 Tema 3: Red Vial Cantonal
Tema 2: Tema 4; Ministerio de Hacienda
¿Crea nuevas responsabilidades / competencias para las municipalidades?
¿Compromete recursos municipales existentes?
¿Define monto o porcentaje de recursos a comprometer?
¿Asigna recursos nuevos a las municipalidades?
¿Reduce o afecta el presupuesto municipal?
¿Respeta la autonomía municipal?
Observaciones y comentarios generales sobre el proyecto
Expediente 23.298 “FONDO DE PROTECCIÓN CONTRA EL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES" La presente ley tiene por objeto
la creación del Fondo de Protección contra el Precio de los Combustibles (FPC). La generación de este fondo podría
implicar afectaciones por alrededor de mil millones de colones, contemplando que este cálculo es con base a lo asignado
en el presupuesto del presente año fiscal (2022) pero no contempla las variaciones a la alza que se han generado en la
recaudación del monto de este impuesto. Por tanto, las pérdidas basadas en lo que se podría dejar de percibir por esta
disminución del 1% al total recaudado, que va sobre recursos que son insuficientes para atender necesidades de esta
categoría, contribuiría al detrimento de la red vial cantonal.
Principales artículos del Proyecto
ARTÍCULO 3.- Patrimonio del Fondo.
El patrimonio del Fondo de Protección contra el Precio de los Combustibles estará conformado por lo siguiente:
(...) .
b) El 1% mensual de lo recaudado por el pago del Impuesto Unico a los Combustibles (IUC), el 99% restante]
recaudado por dicho impuesto se distribuirá de conformidad con lo establecido en la Ley N” 8114 L:
Simplificación y Eficiencia Tributarias.
ÚMERO DE EXPEDIENTE PROYECTO DE LEY
Para conocer el texto completo del expediente, su tramitación, dictámenes, informes o proponentes, digite el
úmero de expediente en el siguiente link
Este documento: "Ficha Resumen Proyecto de Ley", permite un panorama general del expediente. Es un insumo
que pone a disposición de las municipalidades la UNGL para facilitarles la atención a las consultas de la Asamblea
Legislativa. Respetando la autonomía municipal no constituye un criterio a favor o en contra del proyecto, sino un
resumen. Cuando la Asamblea Legislativa consulta directamente a la UNGL, el proyecto se conoce en el Consejo
Directivo.
Fecha 29/8/2022 Elaborado por Carlos Ruiz
Fecha 29/8/2022 Revisado por:
mara:
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PAGINA N*102 ACTA N*63 Extraordinaria.
NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY
Título del Proyecto de Ley:
LEY DE RECUPERACIÓN DE COMPETENCIAS Y FORTALECIMIENTO DE LAS JERARQUÍAS DE LOS
MINISTERIOS
Comisión Legislativa a cargo del proyecto: Comisión Especial de Reforma del Estado 123.167
Nivel de avance del trámite legislativo: Consulta en distintas instituciones
Cantidad de artículos DOE LTC Cantidad de diputados
1* Firmante Poder Ejecutivo Cantidad de fracciones
Motivaciones de los proponentes y resumen
Este proyecto de ley tiene como objetivo establecer algunas precisiones jurídicas que fueron mal
concebidas en algunas leyes, además de ordenar la institucionalidad pública a fin evitar tener gran
dispersión institucional sin claridad de competencias desconcentradas o con órganos que no
lograron operar con los elementos institucionales que las definieron, por lo cual, en algunos casos
se propone eliminar la desconcentración y la personalidad jurídica conferida, avocando la
competencia al Ministerio respectivo
Algunos de los principales temas que aborda el proyecto
Tema 1 Tema 3: Ministerios
Tema 2 Tema 4: Centralización
¿Crea nuevas responsabilidades / competencias para las municipalidades?
¿Compromete recursos municipales existentes?
¿Define monto o porcentaje de recursos a comprometer?
¿Asiana recursos nuevos a las municipalidades?
¿Reduce o afecta el presupuesto municipal?
¿Respeta la autonomía municipal?
Observaciones y comentarios generales sobre el proyecto
+ Se identifican una serie de órganos desconcentrados de ministerios que deben ser sujetos
de algún tipo de modificación, en cuyo caso, las competencias serán absorbidas por el
respectivo ministerio u órgano desconcentrado.
Principales artículos del Proyecto
15)
Artículo 12- Atribuciones. La Dirección General de Tributación tendrá las siguientes atribuciones: (...
traslada las funciones de la ONT a la Dirección General de Tributación
“Artículo 13- Asignación y utilización de recursos. (...)" que traslada los recursos provenientes del 1
impuesto de bienes inmuebles que recaudan las Municipalidades para la ONT a la Dirección Gene
Tributación, manteniendo la figura de destino específico para la asesoría a los municipios.
NÚMERO DE EXPEDIENTE PROYECTO DE LEY:
Para conocer el texto completo del expediente, su tramitación, dictámenes, informes o proponentes, digite el
número de expediente en el siguiente link
documento: “Ficha Resumen Proyecto de Ley", permite un panorama general del expediente. Es un
insumo que pone a disposición de las municipalidades la UNGL para facilitarles la atención a las consultas de
la Asamblea Legislativa. Respetando la autonomía municipal no constituye un criterio a favor o en contra del
proyecto, sino un resumen. Cuando la Asamblea Legislativa consulta directamente a la UNGL, el proyecto se
conoce en el Consejo Directivo.
Fecha: 07/07/2022 Elaborado por Andrey Paz Ch.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*103 ACTA N*é63 Extraordinaria.
ACUERDO N” 1820
Se conoce nota suscrita por Arturo Aguilar Cascante, jefe de área a.i comisiones
legislativa VIII, teléfono: 2243-2217/2243-2445, correo electrónico: AREA-
COMISONES-VIIlGasamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-CPEDIS-0226-2022
Asunto: Consulta Exp. 23.042 “Reforma Parcial al Título Ill, Capítulo único,
“Acciones” de la Ley N*7600 “Ley de igualdad de oportunidades para las personas
con Discapacidad de 1996 y sus Reformas.
26 de agosto de 2022
AL-CPEDIS-0226-2022
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta Exp. 23.042
Estimados (as) señores (as):
La Comisión Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor, en virtud de del informe
de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles
su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.? 23,042 “REFORMA PARCIAL AL
TÍTULO Ill, CAPÍTULO ÚNICO, “ACCIONES” DE LA LEY N.* 7600 “LEY DE IGUALDAD
DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD” DE 1996 Y SUS
REFORMAS”, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence
el 08 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que
vencerán el día 21 de setiembre de 2022. Esta será la única prórroga que esta comisión
autorizará,
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-
2217, 2243-2445, 2243-2139 O al correo electrónico AREA-COMISIONES-
VillGasamblea.go.cr
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos
legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las
personas interesadas.
Atentamente,
| k Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*%104 ACTA N*63 Extraordinaria.
COMISIONES
LEGISLATIVAS
Jag/
PROYECTO DE LEY
REFORMA PARCIAL DEL TÍTULO ll, CAPÍTULO ÚNICO, “ACCIONES”
DE LA LEY N.* 7600, LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DE 1996,
Y SUS REFORMAS
Expediente N.? 23,042
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Cada instancia realiza anualmente un presupuesto, en el cual se encuentran las principales
necesidades, proyectos y metas de la institución, estos presupuestos deben de ser
aceptado por el Ministerio de Hacienda, así como cumplir con una serie de requisitos para
su aceptación.
Pero en reiteradas ocasiones estas instancias e instituciones alegan no contar con los
recursos financieros para hacer frente a las exigencias que se establecen en la normativa,
Es por ello que se convierte en una necesidad la actualización de normas que actúen como
argumento, base y apoyo para exigir a estas instancias la implementación de infraestructura
accesible para toda la población, sin dejar de tado a la población con discapacidad, como
sucede en reiteradas ocasiones.
Por otro lado, también es necesidad que se realicen programas de capacitación e
información que eviten la discriminación, o uso de terminología discriminatoria, así como
una correcta y adecuada divulgación, pero especialmente adecuados para cada uno de las
áreas a implementar.
Un punto de vital importancia es el tema educativo, pues muchas de estas “acciones” están
vinculadas a lo educativo y, es claro que, durante los últimos años, existe un rezago de
importancia, que no solo afecta a la población con discapacidad, sino a la población en
general, niños y adultos.
Por las razones antes expuestas, someto a conocimiento y valoración de las señoras y
señores diputados el siguiente proyecto de ley "REFORMA PARCIAL DEL TÍTULO Il,
CAPÍTULO ÚNICO, “ACCIONES” DE LA LEY N.* 7600, LEY DE IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DE 1996, Y SUS
REFORMAS”.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA PARCIAL DEL TÍTULO lll, CAPÍTULO ÚNICO, “ACCIONES”
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PAGINA N9105 ACTA N*63 Extraordinaria.
DE LA LEY N.* 7600, LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DE 1996,
Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO ÚNICO- Se modifica el título III, capítulo único “Acciones”, artículos 69,
70, 71,72, 73 y 74 de la Ley N.? 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad, de 1996, y sus reformas, y se lea de la siguiente manera:
Artículo 69- Medidas presupuestarias
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Educación Pública, la Caja
Costarricense de Seguro Social, el Instituto Nacional de Seguros, el Instituto Nacional de
Aprendizaje, el Instituto Mixto de Ayuda Social, la Junta de Protección Social, los centros
públicos de educación superior y las demás instituciones del Estado deberán tomar las
medidas presupuestarias para realizar los ajustes razonables, adquirir y prestar los
servicios de apoyo, tratamientos médicos, equipo y prótesis que se requieran para cumplir
lo dispuesto por la presente ley.
Artículo 70- Ayuda estatal a los centros de educación superior
El Estado promoverá y apoyará en los centros de educación superior que se impartan
carreras de formación específica en todas las disciplinas y niveles, a fin de que la
equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad esté efectivamente
garantizada.
Se deberán de aplicar los lineamientos que se especifican en esta ley, sin que ello implique
la aplicación de adecuaciones curriculares significativas, eliminación de contenidos, y
habilidades que son fundamentales para el ejercicio de determinada profesión.
Artículo 71- Temática sobre discapacidad
Para garantizar el derecho de todas las personas al desarrollo inclusivo, los centros de
educación superior deberán incluir contenidos generales y específicos sobre discapacidad
pertinentes a las diferentes áreas de formación, en la curricula de todas las carreras y
niveles.
Artículo 72- Programas de capacitación
Las instituciones públicas y las privadas de servicio público incluirán contenidos de
educación, concienciación e información sobre discapacidad, en los programas de
capacitación dirigidos a su personal,
Artículo 73- Medidas institucionales para evitar la discriminación
Los educadores, patronos o jerarcas tendrán la responsabilidad de mantener condiciones
de respeto en el lugar de trabajo o estudio, mediante una política interna que prevenga la
discriminación por razón de discapacidad, no la promueva y la evite. Por esta ley, las
instituciones públicas y de servicio público están obligadas a elaborar y divulgar esa
política, la cual deberá comunicarse por escrito a directores, jefes, supervisores, asesores,
representantes, educadores, empleados, estudiantes y usuarios de esos organismos.
Para los efectos de esta ley, esas instituciones adoptarán las medidas y sanciones
pertinentes en sus reglamentos internos, convenios colectivos, arreglos directos, circulares
y demás actos administrativos.
Artículo 74- Divulgación
De conformidad con la obligación del Estado establecida en el inciso 9) del artículo 5 de la
presente ley, las organizaciones no gubernamentales colaborarán en la promoción y
divulgación del contenido de la presente ley.
Rige a partir de su publicación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda Voto de Apoyo.
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IR DAPR
ACUERDO N* 1821
Se conoce nota suscrita por Krisia Montoya Calderón, departamento de
comisiones legislativas, teléfono: 2531-2320, correo electrónico:
krisia.montoyaGasamblea.go.cr , dice:
Oficio: AL-CPEAMB-2022
Asunto: Consulta Exp.23000
26 de agosto de 2022
AL-CPEAMB- 0081-2022
Señores
Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp. 23000
Estimados señores:
La Comisión Especial de Ambiente, en virtud del informe de consulta obligatoria del
Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto
de ley “LEY REGULADORA DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS”, expediente N.* 23000, el
cual se adjunta.
De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el
07 de setiembre de 2022 y, se ser posible, enviar el criterio en forma digital.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el
día 21 de setiembre de 2022. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos, 2243.
2320, o al correo electrónico krisia.montoya(Qasamblea,go.cr.
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda Voto de Apoyo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
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PAGINA N*107 ACTA N*63 Extraordinaria.
Se conoce nota suscrita por la señora Cinthya Díaz Briceño, jefa de Área
Comisiones Legislativa, teléfono: 2243-2128/2243-2433 correo electrónico:
torueQasamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-CPEAMB-0110-2022
Asunto: Consulta Exp.22.791
1 de setiembre de 2022
AL-CPEAMB-0110-2022
Señores
Consejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp.22,791
Estimado señor:
La Comisión Permanente Especial de Ambiente, en virtud de la moción aprobada en la sesión
N.? 12, ha dispuesto consultares su criterio sobre el proyecto de ley “ADICIÓN DE UN NUEVO
ARTÍCULO 18 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE, N*7554 DEL 04 DE OCTUBRE DE
1995 Y SUS REFORMAS, LEY PARA INCLUIR LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL EN
CONCESIONES SOBRE RECURSO HÍDRICO”, expediente N* 22,791, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el
16 de setiembre del año en curso y, se ser posible, enviar el criterio en forma digital.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el
día 28 de setiembre del año en curso. Esta será la única prórroga que esta comisión
autorizará.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243.
2138 o 2243-2433 o al correo electrónico o al correo electrónico torue(Wasamblea.go.cr
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
Interesadas.
Atentamente,
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PAGINA N*108 ACTA N*63 Extraordinaria.
PROYECTO DE LEY
ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 18 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL
AMBIENTE, N.? 7554 DEL 04 DE OCTUBRE DE 1995 Y SUS REFORMAS,
LEY PARA INCLUIR LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
EN CONCESIONES SOBRE RECURSO HÍDRICO
Expediente N.* 22.791
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Para la población costarricense se reconoce el derecho humano al agua. El numeral 50 de la Constitución
Política establece:
“ARTÍCULO 50.- El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país,
organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.
Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está
legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño
causado.
El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las
responsabilidades y las sanciones correspondientes,
Toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable, como bien
esencial para la vida. El agua es un bien de la nación, indispensable para proteger tal derecho
humano. Su uso, protección, sostenibilidad, conservación y explotación se regirá por lo que
establezca la ley que se creará para estos efectos y tendrá prioridad el abastecimiento de agua
potable para consumo de las personas y las poblaciones.”
Con el fin de asegurar la realización de este derecho humano y fundamental es indispensable garantizar, por
una parte, la protección de los mantos acuíferos y, por otra parte, la priorización del uso para consumo
humano. Estas garantías tienen que darse no solamente en el articulado de las normas, sino que es
indispensable que el Estado tome las medidas necesarias para asegurar su realización práctica.
En nuestro país existe conflictividad alrededor del acceso al agua potable. Mientras hay sectores como la
agroindustria, los desarrollos urbanísticos y megaturísticos concentran recurso hídrico suficiente, existen
comunidades que se han tenido que abastecer con camiones cistema y que enfrentan problemas cotidianos
de escasez, que limitan su derecho humano de acceso al agua.
Por atra parte, el desarrollo de actividades, obras o proyectos que vulneran las áreas de recarga de los
mantos acuíferos, representa un riesgo enorme de disminución del recurso hídrico disponible, principalmente
por contaminación o por la reducción de la capacidad de recarga.
A manera de ejemplo, se debe destacar que:
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PAGINA N*109 ACTA N*63 Extraordinaria.
“Entre 1980 y 2017, el 59% de los eventos de protestas registrados están rolacionados con reclamos
i de acceso al agua potable, mientras que un 29% estaban relacionados con reclamos de protección y
un 12% con problemas derivados de un Inadecuado (o inexistente) saneamiento.” (Alpizar, F Agua y
poder en Costa Rica, 1980-2017, CIEP-UCR, disponible en: https://ciep.ucr.ac.crwp-
content/uploads/2021/07/Agua-Poder-CR.pdl)
Los datos citados demuestran que la mayor conflictividad alrededor del recurso hídrico tiene como base los
reclamos relacionados con el acceso al agua potable mientras que el segundo lugar, lo ocupan los reclamos
por la protección. De ahí nace la obligación jurídica del Estado costarricense de tomar medidas que permitan
avanzar en la progresividad de la realización del mencionado derecho fundamental.
Considerando lo anterior, esta iniciativa de ley plantea un mecanismo de caordinación interinstitucional para
que las actividades, obras o proyectos tramitados ante la SETENA y que deban gestionar una concesión de
aguas, deban ser consultados en el AyA y en el SENARA. Esto, para que se pronuncien sobre las posibles
afectaciones a los proyectos relacionados con el abastecimiento poblacional y a las posibles afectaciones a
los mantos aculferos, respectivamente,
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 18 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL
AMBIENTE, N.* 7554 DEL 04 DE OCTUBRE DE 1995 Y SUS REFORMAS,
LEY PARA INCLUIR LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
EN CONCESIONES SOBRE RECURSO HÍDRICO
ARTÍCULO ÚNICO- Para que se adicione un nuevo artículo 18 bis a la Ley Orgánica del Ambiente, N.*
7554 del 04 de octubre de 1995 y sus reformas. El texto dirá:
Artículo 18 bis- Coordinación Interinstitucional en Recurso Hídrico
La Setena deberá consultar al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y al Servicio Nacional
de Rlego y Avenamiento sobre las actividades, obras o proyectos en trámite de evaluación ambiental y que
requieran de una concesión de aguas para su desarrollo.
Serán vinculantes para la SETENA, las oposiciones del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados en relación con el aprovechamiento las fuentes de agua destinadas al abastecimiento
poblacional de agua potable y las oposiciones del SENARA sobre las afectaciones a los mantos acuíferos y
sus zonas de recarga; que sean debidamente justificadas con criterios técnicos.
| TRANSITORIO ÚNICO- El Poder Ejecutivo deberá establecer los mecanismos de coordinación
interinstitucional que permitan agilizar las consultas sin generar trámites adicionales para las personas
administradas. Para ello, tendrá el plazo de sels meses contados a partir de la vigencia de esta ley.
| Rige a partir de su publicación.
José María Villalta Flórez-Estrada
Diputado
25 de noviembre de 2021
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
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El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los
requerimientos de estructura.
ASAMBLEA
O (506) 2243-2130 LEGISLATIVA
Y toueBasamblea.go.cr
Área da Comisiones Legislativas (Y
Doportornanto de Comilonas Legilalivor y
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda Voto de Apoyo.
ACUERDO N* 1823
Tallana OruéNavaro
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Cinthya Díaz Briceño,
jefa de Área Comisiones Legislativas, teléfono: 2243-2434/2243-2433, correo
electrónico: rrodriguez0asamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-CPAAGRO-0029-2022
Asunto: Consulta Exp.22789. LEY REGULADORA DE LOS ORGANISMOS
GENÉTICAMENTE MODIFICADOS DE POLINIZACIÓN ABIERTA.
v
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PAGINA N9111 ACTA N*63 Extraordinaria.
01 de setiembre de 2022
AL-CPAAGRO-0029-2022
mm
Señores (as)
Miembros Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp,22789
Estimados señores (as):
La Comisión de Asuntos Agropecuarios, en virtud del informe de consulta obligatoria del
Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto
de ley “LEY REGULADORA DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS
DE POLINIZACIÓN ABIERTA”, expediente N.* 22789, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días háblles que vencen el
13 de setiembre de 2022 y, se ser posible, enviar el criterio en forma dlgital.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el
día 26 de setlembre de 2022. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará,
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos, 2243.
2434, 2243-2433 o al correo electrónico o al correo electrónico rrodriguezOWasamblea.go.cr,
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
Interesadas.
EY Arma Na
Atentamente,
| “| compeones |P ]
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PROYECTO DE LEY
LEY REGULADORA DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE
MODIFICADOS DE POLINIZACIÓN ABIERTA
Expediente N.* 22.789
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Los organismos gen éticamente modificados representan un tema de actualidad. De
las decisiones que se tomen, dependeel futuro de la biodiversidad no solo nacional,
sino mundial. Necesariamente se involucran otros temas, como la seguridad
alimentaria, la salud humana, animal, vegetal, el impacto ambiental, entre otros. Es
precisamente por ello que no se deben tomar medidas precipitadas, mucho menos,
en respuesta a intereses económicos.
Sobre los transgénicos existe mucha discusión. Hay sectores que los defienden y
los definen como una opción viable para atender a los problemas de alimentación
que amenazan a gran parle de la población mundial. Por otro lado, son señalados
como peligrosos, vinculados a problemas en la salud humana, la agricultura y el
medio ambiente. Lo cierto es que con la información que hay al respecto, no es
posible descartar con certeza absoluta ninguna de las dos posiciones.
Por otra parte, cuando se trata de cultivos de polinización abierta, como el maíz y el
algodón, tienen riesgos asociados a la contaminación genética, que además de las
consecuencias ambientales, implican enormes riesgos de conflictos jurídicos
relacionados con los derechos de obtentor y las patentes relacionadas con las
semillas producidas por empresas privadas, las cuales no se pueden cultivar sin
responsabilidad civil porinfringirlas normas sobre patentes. Es decir, si el maíz de
semilla privatizada de un productorcontamina el maíz del productor de semilla libre
de patente, la empresa con derechos de obtentor podría demandarle, Estos casos,
aunque suenen irracionales, se han repetido a lo largo del mundo,
Por ejemplo, en 2004 en Canadá, “un agricultor canadiense que Monsanto acusó
de usar su colza Roundup Ready sin licencia, ha perdido su apelación en la Corte
Suprema de Justicia de Canadá. En un fallo de 5-4, la Corte Suprema canadiense
estimó que Schmeiser había violado la patente de Monsanto al utilizar semillas de
colza transgénica que hablan crecido en su propiedad el año anterior.”
Frente a estos riesgos, nuestra legislación carece de mecanismos para proteger a
las personas agricultoras y campesinas tanto de la contaminación genética de los
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PAGINA N9113 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22,789 2
cultivos de polinización abierta, como de los conflictos jurídicos que pudieran surgir
como consecuencia de esta contaminación involuntaria.
Las situaciones de incertidumbre alrededor de estos cultivos, permiten traer a
colación el Principio Precautorio, este se expresa en la Declaración de Río sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo la cual, lo contempla en su artículo 15:
“Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar
ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando
haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica
absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de
medidas eficaces en función de los costos para impedirla degradación del
medio ambiente.” (La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo, Declaración de Rlo sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo. Río de Janeiro, Brasil. 1992. Disponible en
http://g00.gl/G6Z1Zmh. Consultado el 30 de octubre, 2014.)
Este artículo corresponde a una definición acertada sobre las implicaciones de este
principlo. Contempla el deber de los Estados de actuar con cautela a la hora de
tomar decisiones y autorizar actividades cuyos efectos en el equilibrio ecológico
sean nefastos y además, irreversibles.
Este mismo principio es rector del actuar de la Administración Pública, según se
traduce de una interpretación del artículo dieciséis de la Ley General de la
Administración Pública (LGAP) el cual establece que: “En ningún caso podrán
dictarse actos contrarios a reglas univocas de la ciencia o de la técnica, o a
principios elementales de justicia, lógica o conveniencia.” (Asamblea Legislativa,
Loy General de la Administración Pública. Vigente desde el 20 de diciembre de
1978. Publicada en La Gaceta N.* 15, de 22 de enero de 1979. Disponible en
http://goo.aMYTBvT. Consultado el 30 de octubre de 2014.)
En esta ocasión, el objetivo es que los actos sean fundamentados, para ello lo
primero que se requiere es determinar cuáles son las reglas de la ciencia y así,
saber si la Administración se ajusta o no a ellas. Si no existen, en principio, habría
que abstenerse de tomar decisiones que pudieran resultar injustas, ¡lógicas o
Inconvenientes.
Es decir, que tanto el artículo dieciséis de la LGAP como el Principio Precautorio,
tienen el mismo propósito: evitar que se tomen decisionesque puedan traerconsigo,
consecuencias negativas que contrarien el fin público.
En concordancia con lo anterior, Salvador Bergel afirma que:
“Corresponde al Estado asumirla protección y defensa de bienes comunes.
En este caso la intervención debe pasar por la implementación de políticas
activas de evaluación y gestión de los riesgos y en función de ello sé impone
recurrir al principio de precaución...” (Salvador Bergel. “El Principio
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PAGINA N*114 ACTA N%683 Extraordinaria.
Expediente N.* 22.789 3
Precautorio y los Riesgos en el Cultivo de Variedades Transgénicas”.
Revista do Programa de Mestrado em Direito do UniCEUB, Brasilia, v. 2, n.
1, p. 55-115, enero-junio 2005.)
De acuerdo con la afirmación de este autor, el Estado está, no solo en la posibilidad,
sino en la obligación de adoptar medidas en función de aplicar el Principio
Precautorio. Esto en razón de defenderlos intereses comunes. Esta tesis, aplicada
al caso costarricense, encuentra sustento normativo en el artículo 50 de nuestra
Constitución Política, específicamente en su párrafo segundo que indica: “Toda
persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.
(Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política de la República de Costa
Rica. Publicada el 7 de noviembre de 1949.) Por lo tanto, garantizar esto, se
convierte en una responsabilidad estatal.
Ahorabien,sobre el daño potencial, Herrera Izaguirre realiza la siguiente afirmación:
“Los OVM son altamente pemiciosos y pueden fácilmente propagarse en el
medio ambiente y así afectar la salud humana si se consumen
involuntariamente. El daño potencial de estos organismos, por ende, puede
ser grave e irreversible.” (Juan Antonio Herrera Izaguirre. “El principio
precautorio en la era de los OVM: incertidumbre y conflicto internacional.”
Medio Ambiente 3 Derecho: Revista electrónica de Derecho Ambiental,
2005, N.? 12, p. 10. Ninguna Empresa o Laboratorio puede certificar que
no exista efectos nocivos para la salud o la Integridad sicosomática de los
consumidores de estos alimentos.” Disponible en http://goo.al/yIkC9j.
Consultado el 30 de octubre de 2014.)
Finalmente, es de conocimiento popularelinterés de que se libere maiz transgénico
de la empresa Monsanto en el cantón de Abangares. Esto, aunado a los -tamblén
populares- movimientos Internacionales en contra delas políticas a las cuales, esta
empresa es afín, nos dirige al tercer elemento requerido para la aplicación del
Principio Precautorio: la necesidad del ejercicio de una acción anticipatoria del daño
temido.
De forma simultánea, es necesario dirigirse a la figura de la moratoria, Esta se debe
entender como un espacio de tiempo durante el cual, se prohíbe o se limita el
desarrollo de una actividad que se sospeche dañina para el ambiente o la salud
humana. Esta incipiente figura del derecho ambiental, encuentra su fundamento,
precisamente, en el Principio Precautorio.
Este Principio permite que se tomen una serie de medidas para prevenir el
menoscabo ambiental o a la salud, sobre este punto la Sala Constitucional ha
mencionado que:
Y...) en caso de que exista un riesgo de daño grave o irreversible -o una
duda al respecto-, se debe adoptar una medida de precaución e Inclusive
posponer la actividad de que se trate.” (Sala Constitucional de la Corte
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9115 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22,789
Suprema de Justicia. Sentencia 0406 del 16 de enero del 2007 a las catorce
horas con cuarenta y nueve minutos.) (Énfasis agregado)
Dentro de las disposiciones que se encuentran previstas por la jurisprudencia, en
relación con el Principio Precautorio, se expresa la posibllidad de posponer la
actividad quese sospeche dañosa. Esto es ciertamente lo que propone la moratoria
pues, no se trata de prohibir el desarrollo de una operación. Lo que se intenta es
postergarla hasta que haya certeza científica de que no va a causar perjuicios.
Así las cosas, se justifica de forma plena la necesidad de aplicar el Principio
Precautorio, fundamento primordial de la moratoria, en relación con el ingreso y
producción de organismos vivos modificados al territorio nacional.
Por lo tanto, se considera que aplicar una moratoria de cinco (5) años resulta
necesario y racional, pues sería de esperar que, tras los avances de la tecnología,
lalegislación y la ciencia, en un período como este se tengan estudios que no dejen
lugara la duda y confirmen orechacen el peligro quese sospecha de los organismos
genéticamente modificados. Precisamente por ello, se contempla la obligación del
Estado de fomentarla investigación en este sentido.
Por otra parte, se debe destacar que, a pesar que nuestro ordenamiento jurídico
nacional contempla herramientas de control fitosanitario relacionadas con los
permisos de liberar al ambiente los organismos genéticamente modificados, la
normativa Iintema no contempla todas las medidas o procedimientos para alcanzar
el grado de bioseguridad requerido, en el tanto se extrañan, al menos, los
mecanismos de participación ciudadana suficientes para garantizar el derecho
fundamental de la población. li) Considerando la jurisprudencia constitucional más
reclente, tampoco se sostiene la afirmación de la PGR sobre la conformidad del
marco normativo nacional con el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la
Biotecnología, que a la letra indica expresamente en el artículo 23.2:
"Las Partes, de conformida
Í Ú _en el proceso de
adopción de decislones en relación con organismos aenéticamente
modificados y darán a conocer al público los resultados de esas
decisiones, respetando la información confidencial según lo dispuesto en el
artículo 21.”
Destaca la jurisprudencia, que llama a cumplir con esta disposición, la resolución
15017-2014 señala la inconformidad del artículo 132 del Reglamento de Protección
Fitosanitaria:
“Se declara parcialmente CON LUGAR la acción, en consecuencia se anula
j j 132 del D: to Ejecutivo No. 26921-
A 1] le marzo de 1998. Esta sentencia tiene efectos declarativos
y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio de los
derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la
cy) Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N9116 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.? 22,789 5
acción. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y
Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese Íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. El Magistrado
Rueda Leal da razones diferentes respecto de los numerales 117 y 118 del
Decreto Ejecutivo No. 26921-MAG. Los magistrados Armijo Sancho y Cruz
Castro declaran con lugar la acción en todos sus extremos.”
Posteriormente, sobre este mismo asunto, mediante el voto 4117-2018, el mismo
Tribunal Constitucional reiteró:
“Se declara parcialmente con lugar el recurso solo en cuanto a la
1 ación al de e participa iudladana por falta de acceso
a a a para el eje de este derecho. Se ordena a
Luis Felipe Arauz Cavallini y a Francisco Dall'Anes: Álvarez, por su orden
Ministro de Agricultura y Ganadería y Director Ejecutivo del Servicio
Fitosanitario del Estado, o a quienes ejerzan esos cargos, que dentro del
plazo máximo de UN MES contado a partir de la notificación de esta
sentencia, realicen una publicación del proyecto objeto de este recurso que
cumpla con todas las formalidades normativas. En caso de que ya haya
acaecido la importación y liberación del producto, por estar precluida la fase
de la publicación, esta orden se limita a prevenir a la parte recurrida que en
los demás casos de este tipo no deberá incurrir en los actos u omisiones
que dieron mérito para acoger este amparo.”
A partir de lo anterior, nace a la vida jurídica la imperiosa necesidad de ajustar el
ordenamiento jurídico interno a las disposiciones supra constitucionales, sin
embargo, las autoridades llamadas a hacer esas modificaciones, lo evitan de
manera que no se ha corregido la inconstitucionalidad del procedimiento.
La realidad actual, en relación con los organismos genéticamente modificados,
justifica la necesidad de que el Poder Legislativo, de manera expresa y con un
instrumento jurídico de la Jerarquía que corresponde a la ley de la República, tome
las decisiones que responden alas inquietudes del soberano. Para que así sea, el
Poder Ejecutivo el que lleve a cabo lo dispuesto por el Primer Poder.
Esta iniclativa de ley tuvo como antecedente el expediente legislativo N*21376, en
cuyo trámite legislativo se recibieron los siguientes criterios:
Criterio favor del proyecto de ley.
MUNICIPALIDAD DE
NARANJO
SM-CONCEJO-782.2019
SM-CONCEJO-782-2019
MUNICIPALIDAD DE | Noes pertinente pronunciarse.
MONTES DE ORO
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PAGINA N9117
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22,789
MUNICIPALIDAD DE A favor de la aprobación del proyecto de ley.
CORREDORES
SG-734-2019
MUNICIPALIDAD DE | No apoya la iniciativa.
HOJANCHA
SGMH-520-2019
MUNICIPALIDAD DE | En contra.
CARTAGO
ATA-0F-622-2019
MUNICIPALIDAD DE | Exterioriza su apoyo.
JIMÉNEZ
SC-1538-2019
il DE |El proyecto establece la necesidad de velar por el
DAJ-0577-2019 bien común.
MUNICIPALIDAD DE | Notiene objeción,
ATENAS
MAT-CM-0853-2019
ESCUELADE Señala que el proyecto de ley carece de viabilidad
BIOLOGÍA Jurídica a la luz del voto 2014-15017.
EB-1024-2019
Aclara que su postura de apoyo a un mecanismo de
moratoria se circunscribe a la liberación al ambiente
de malz transgénico, por las implicaciones
relacionadas con este cultivo de polinización abierta.
Señala la necesidad de que la investigación no se
reduzca únicamente a espacios confinados para
aumentarlas posibilidades de avances científicos en
la materia.
Deja de manifiesto su preocupación por la
contaminación genética y los casos de demandas de
empresas transnacionales contra personas
agricultoras que ven sus cultivos contaminados y
enfrentan demandas porlesionesa los derechos que
otorgan las patentes y las regulaciones sobre
propiedad intelectual.
CONSEJO Recomienda aprobar el proyecto de ley.
UNIVERSITARIO
UNIVERSIDAD DE
COSTARICA
CU-1642-2019
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Pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N118 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22.789
INSTITUTO “... El Instituto Tecnológico de Costa Rica imparte la
TECNOLÓGICO DE carrera de Biotecnología y tiene en su sede Central
COSTARICA de Cartago el Centro de Investigación en
$CI-173-2020 Biotecnología, teniendo un valiososrecurso humano,
y una inversión financiera considerable, como lo son
la Infraestructura y laboratorios especializados, por lo
que el presente proyecto va en contra de la
autonomía universitaria, administrativa, organizativa
por cuanto limita la posibilidad de lograr objetivos
propios de esta Universidad en relación a temas
importantes tales como el avance científico,
tecnológicoy la actividad de vinculación con el sector
productivo.”
Escuela de Biología: “... Por lo tanto, este Proyecto
es absolutamente innecesario ya que en Costa Rica
no se puede liberar al ambiente OVM's, a menos de
que se pruebe científicamente para cada caso, que
no causará un daño a la salud y al amblente
siguiendo el sistema de bioseguridad.”
PROCURADURÍA “..) la normativa interna contempla medidas
GENERAL DELA preventivas, procedimientos para la investigación, el
REPÚBLICA desarrollo y liberación de los organismos
0J-092-2021 genéticamente modificados, así como el régimen
sancionatorio, y sólo en caso de alcanzarel grado de
bioseguridad requerido es factible autorizar las
etapas de ensayo en campo, desarrollo y liberación
de los productos. (...)
Lo anterior, se apuntó, es coincidente con los
estándares mínimos establecidos por el Convenio
sobre Diversidad Biológica (Ley no. 7416 de 30 de
junio de 1994) y por el Protocolo de Cartagena sobre
Seguridad de la Biotecnología (Ley no. 8537 de 23
de agosto de 2006) para la investigación, el
desarrollo y liberación de los organismos
gen éticamente modificados y con los procesos que
dichas normas establecen como necesarios para
garantizar la seguridad y la sostenibilidad ambiental.
(...)
Además, debe tomarse en cuenta el voto de la Sala
Constitucional no. 15017- 2014 de las 16 horas 26
minutos de 10 de setiembre de 2014, sobre la acción
de inconstitucionalidad planteada contra los artículos
117 y 118 del Reglamento a la Ley de Protección
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PAGINA N*119 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.” 22.789 8
Fitosanitaria, por la violación de los artículos 50 y 189
de la Constitución Política, al no exigirse una
evaluación de impacto ambiental dentro del
procedimiento de autorización de importación y
liberación al ambiente de organismos transgénicos.
(...y'
SERVICIO Señala que en el país ya existe un marco regulatorio
FITOSANITARIO DEL | de bioseguridad que es suficiente y conforme con el
ESTADO Protocolo de Cartagena, para lo que cita
DSFE-0829-2019 parcialmente el voto 15017-2014 de la Sala
Constitucional.
Señalaunacontradicción entre el artículo 2 y el inciso
3 del artículo 4 al establecerse como pretensión
prevenirlos posibles riesgos en la salud humana, el
ambiente, la biodiversidad o la sanidad animal y, al
mismo tiempo, importar los alimentos con
organismos gen éticamente modificados.
Indica la posible inconformidad del artículo 5 con los
acuerdos internacionales que regulan las barreras no
arancelarias al comercio intemacional.
Considera que en el transitorio Il no se respeta el
principio de irretroactividad de la ley.
CONAGEBIO Sugiere modificaciones de los artículos 1, inciso a) y
OT+-224-2019 al artículo 5, que pierden interés actual considerando
que se propone eliminar el contenido de esas
normas.
Sobre el artículo 6, sugiere aclarar qué instituciones
u organizaciones serán las encargadas.
En las disposiciones transitorias recomienda
diferenciar entre el Certificado de Liberación al
Ambiente y los permisos de siembra,
COMEX Reafirma que es indiscutible que hasta el momento
DGCE-COR-CAE-0298- | no hay evidencia científica incontrovertible ni a favor
2019 ni en contra de los organismos genéticamente
modificados, en aras de la seguridad jurídica, deben
tomarse las decisiones de prohibición con base en
criterios suficientemente sólidos.
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PAGINA N*%120 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22,789 9
Hay actividades comerciales ligadas a los
organismos genéticamente modificados que ya se
establecen en el país.
El proyecto, en su la redacción actual, podría implicar
limitaciones para la investigación.
DEPARTAMENTODE | Considera que la amplitud del plazo podría ser
SERVICIOS TÉCNICOS | desproporcionada,
AL-DEST+-JU-172-2021
Repite lo considerado porla PGR sobre la necesidad
de revisar el marco nacional de bioseguridad para
determinar la necesidad del proyecto.
Repite la supuesta contradicción entre los artículos 2
y 4 que señala el SFE.
Sobre el transitorio Il, una vez más, repite lo
manifestado por el SFE, pese a que se trata de una
afirmación equivocada. El derecho adquirido viene
con el otorgamiento de los permisos respectivos, no
con la solicitud.
Estas consultas recibidas como parte de los antecedentes, fueron valoradas y
acogidas en la presente iniciativa.
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PAGINA N*121 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.? 22.789
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DELA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY REGULADORA DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE
MODIFICADOS DE POLINIZACIÓN ABIERTA
ARTÍCULO 1- Objetivo de la ley
Declárese una moratoria nacional porcinco años sobre la liberación al ambiente de
organismos genéticamente modificados de polinización abierta.
El tiempo establecido en la moratoria está definido para el establecimiento y
fortalecimiento de un marco regulatorio actualizado en bioseguridad, con base en
los siguientes objetivos:
a) Implementación de un marco regulatorio sobre la dispersión de genes de los
organismos genéticamente modificados en el territorio nacional.
b) Construcción de las capacidades técnicas, científicas y de infraestructura
para una correcta evaluación de riesgos de los OGM.
c) Establecimiento de un mecanismo de participación ciudadana de consulta
previa para la liberación al ambiente de los OGM.
El Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Ambiente y Energía, y el
Ministerio de Salud serán los encargados de velar por que los objetivos de la
moratoria se cumplan en el tiempo definido o uno menor. Estos ministerios
definirán, con previa consulta con la sociedad civil y las instituciones académicas y
clentíficas, los avances en los objetivos.
ARTÍCULO 2- Fin de la ley
Prevenir los posibles riesgos de contaminación genética que la liberación al
ambiente de los organismos genéticamente modificados de polinización abierta
pudieran ocasionara la diversidad biológica.
ARTÍCULO 3- Contenido
Están incluidos dentro de esta moratoria a la liberación al ambiente: todos los
organismos genéticamente modificados de polinización abierta obtenidos o
producidos a través de la aplicación de las técnicas de la biotecnología moderna,
que se utilicen con fines agrícolas, pecuarios, acuícolas, forestales, industriales,
comerciales, de biorremediación y cualquierotro.
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PAGINA N*122 ACTA N*63 Extraordinaria. _
Expediente N.* 22.789
ARTÍCULO 4- Exclusión
Se excluye de esta moratoria a la liberación al ambiente:
1- Los organismos gen éticamente modificados destinados a la investigación en
espacios confinados o controlados.
2- Los organismos genéticamente modificados destinados a la investigación sin
fines comerciales.
3- Los organismos genéticamente modificados de uso farmacéutico y
veterinario, los cuales se rigen por tratados internacionales y normativa específica.
d- Los organismos genéticamente modificados y sus derivados, importados
para alimentación humana o animal, o su procesamiento.
5- Los organismos genéticamente modificados que no sean de polinización
abierta.
Los organismos genéticamente modificados, excluidos de la moratoria a la
liberación al ambiente, están sujetos al análisis de riesgos previo a la autorización
de su uso y a la aplicación de medidas para la evaluación, gestión y comunicación
del riesgo, de conformidad con el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la
Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica, el Codex Alimentarius y la
legislación nacional vigente.
ARTÍCULO 5- Promoción de la investigación
El Estado costarricense, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería y las
Universidades Públicas, promoverá el fortalecimiento de las capacidades científicas
y tecnológicas de las instituciones nacionales, encargadas de difundirlas técnicas
que aplica la biotecnología moderna y la bioseguridad, con la finalidad de contribuir
a latoma de decisión de los proveedores y consumidores, en relación con los OGM.
TRANSITORIO |- Quedan a salvo de lo dispuesto en el artículo 1 de esta ley los
derechos adquiridos de buena fe y en cumplimiento de todos los requisitos de la
normativa vigente, con anterioridad a su entrada en vigencia, Sin embargo, los
titulares de permisos de siembra o Certificados de Liberación al Ambiente vigentes
no podrán ampliar el área de siembra autorizada ni extender su aplicación a otros
organismos genéticamente modificados o realizar actividades distintas a las
expresamente autorizadas de previo a la entrada en vigencia de esta ley. Los
titulares de estos derechos deberán cumplircon todas las obligaciones establecidas
en la legislación nacional.
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PAGINA N*123 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 22,789
TRANSITORIO Il- Todos aquellos trámites relacionados con permisos de siembra
o Certificados de Liberación al Ambiente para la liberación al ambiente y cultivo de
organismos genéticamente modificados que se encuentren pendientes de
resolución ante la Comisión Técnica de Bioseguridad, el Servicio Fitosanitario del
Estado o cualquier otra dependencia del Estado costarricense a lafecha de entrada
en vigencia de la presente ley, deberán ser archivados de forma Inmediata.
Rige a partir de su publicación.
José María Villalta Flórez-Estrada
Diputado
v
24 de noviembre de 2021
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este
proyecto a los requerimientos de estructura,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda Voto de Apoyo.
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PAGINA N%124 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N”* 1824
Se conoce nota suscrita por la señora Daniela Agúero Bermúdez, jefa del Área
Legislativa vi, teléfono: 2243-2890/2243-2430, correo electrónico:
mvalladaresOasamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-CPAJUR-0171-2022
Asunto: Consulta Proyecto Expediente N* 23.113
06 setiembre de 2022
AL-CPAJUR-0171-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad
ASUNTO: Consulta Proyecto Expediente N.” 23,113
Estamos señores:
La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, en virtud del informe del Departamento de
Servicios Técnicos, ha dispuesto realizar consulta obligatoria a su representada sobre el
Texto Base del proyecto de ley ", “LEY MARCO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”,
Expediente N” 23.113, el cual se adjunta,
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa, se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días que vencen el 16
de setiembre en curso y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
Se requiere de información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos
2243-2890, 2243-2430 o a los correos electrónicos  mvalladaresMasamblea.go.cr /
dab(Qasamblea.go.cr .
De no confirmar el recibido de esta consulta, se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica para todos los efectos
legales. La Seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las
personas interesadas.
Atentamente, 4 :
A vVunicipalidad de Poco(
Recibido por: IROYCAONICA
Daniela Agiiero Bermúdez Día; 06 DA-2022. e
Jefa tora: 9:04 pm LC /Mar
Área Legislativa VIl
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PAGINA N*125 ACTA N*63 Extraordinaria.
PROYECTO DE LEY
LEY MARCO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Expediente N.?” 23.113
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La transparencia administrativa se constituye en uno de los pilares fundamentales del
Estado social, democrático de derecho, es esencial en la lucha contra la corrupción y en
la defensa de los derechos fundamentales de los administrados en la sociedad del siglo
XXI.
Existen una serie de mecanismos que garantizan esta transparencia administrativa como
son: la motivación de los actos administrativos, las formas de su comunicación —
publicación y notificación-, el trámite de información pública para la elaboración de los
reglamentos y los planesreguladores, la participación en el procedimiento administrativo,
los procedimientos de contratación administrativa, pero la herramienta más eficiente es
el derecho de acceso a la información administrativa. Estos presupuestos han sido
desarrollados por nuestra Sala Constitucional en diferentes votos.
En el mismo sentido, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en el Voto
N.* 03074-2002 ha indicado: “El derecho a la información es uno de los derechos del ser
humano y está referido a unalibertad pública individual cuyo respeto debe ser propiciado
por el propio Estado. Este derecho, a la vez, un derecho social cuya tutela, ejercicio y
respeto se hace indispensable para que el ciudadano tome parte activa en las tareas
públicas y pueda así participar en la toma de decisiones que afectan a la colectividad,
En ese sentido, es un derecho inalienable e indispensable en la medida en que se parte
de que información significa participación. De esta manera, si la información es requisito
para que el ciudadano individualmente considerado adopte decisiones, informar, a la vez,
es promover la participación ciudadana. El derecho de la información distingue tres
facultades esenciales de quienes lo ejercen: la facultad de recibir, la facultad de
investigar y la facultad de difundirinformaciones (...)”.
Sobre este tema se haindicado: “El Estado tiene el deber de informara los ciudadanos
y estos últimos también tienen el derecho de obtener la información en poder del Estado.
De esta forma, este derecho se convierte en un instrumento de supervisión ciudadana
que hace más transparente la función pública y que asegura una ciudadanía más
participativa, con un mayor control sobre sus derechos políticos”. (Córdoba Ortega,
Jorge. El derecho de acceso a la información pública. San José, Instituto de Prensa y
Libertad de Expresión y Unesco, primera edición, 2008, p. 13).
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PAGINA N*126 ACTA N*683 Extraordinaria.
Expediente N.* 23,113 2
El derecho de acceso a la información pública deriva del derecho a la libertad de
expresión y funciona además como garantía para el ejercicio amplio y desinhibido de la
libertad de prensa. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que
su contenido deriva del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos que establece el derecho de todas las personas de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole. En el caso Claude Reyes y otros contra Chile
(2006) la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene que:"...de acuerdo a la
protección que otorga la Convención Americana, el derechoa la libertad de pensamiento
y de expresión comprende “no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio
pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda indole”, Al igual que la Convención Americana, otros
instrumentos internacionales de derechos humanos, tales como la Declaración Universal
de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
establecen un derecho positivo a buscar y a recibir información.
En Costa Rica, es el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Costa Rica
el que establece aspectos relevantes que vinculan directamente el derecho de acceso a
la información y relacionándolo con el artículo 29 del mismo texto constitucional relativo
a la libertad de expresión. Así ha sido desarrollado en forma amplia por la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Esta disposición además tiene un
vínculo muy importante con otras normas de la Carta Magna que regulan aspectos como:
derecho de petición (art, 27 CP); derechoa laintimidad (art. 24 CP); principio democrático
(arts. 1 y 9 CP); principio de legalidad (art. 11 CP); principio de libertad (art. 28 CP);
derechos de los consumidores y usuarios a información veraz (art. 46 párrafo último);
entre otros.
En este marco legal encontramos diversa legislación sobre el tema, entre las cuales
podemos citar entre las principales las siguientes:
- Ley del Sistema Nacional de Archivos, que garantiza el libre acceso a todos los
documentos que produzcan o custodien las instituciones públicas, e incluyendo algunos
de los límites que se presentan en materia de acceso, como lo es el secreto de Estado.
- Ley General de Policía, que hace referencia a los documentos confidenciales y
secretos de Estado.
- Ley General de la Administración Pública, que establece disposicionesrelativas al
acceso del expediente y sus piezas en materia de procedimiento administrativo.
Además, se establecen una serie de principios que son esenciales en el funcionamiento
de la organización administrativa y sus funcionarios. Se cita además del concepto de
información confidencial.
- Código Penal de Costa Rica, que establece tipos penales dirigidos a los delitos
contra la seguridad de la nación.
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PAGINA N9127 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.” 23.113 3
- Ley de la Jurisdicción Constitucional, en la cual encontramos el recurso de amparo
por violación del derecho de petición, el cual se vincula directamente con el deber de las
administraciones públicas de responder las peticiones de los ciudadanos en forma
pronta.
Olras leyes que contienen disposiciones relativas al acceso a la información, a la
transparencia administrativa, a la rendición de cuentas, al derecho a la intimidad, son:
Ley de la Administración Financiera dela República y Presupuestos Públicos; el Código
de Normas y Procedimientos Tributarios; la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos; Ley Orgánica del Banco Central; la Ley
General de Control Interno; Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social;
Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor; Ley del
Sistema de Estadística Nacional; Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en
la Función Pública; Ley de Migración y Extranjería; entre otras. Pese a la existencia de
esta importante cantidad de leyes, no tenemos en el ordenamiento jurídico costarricense
una ley marco de acceso a la información pública, que es necesaria para sistematizar y
fortalecer la libertad de expresión y el acceso de los ciudadanos y de los medios de
comunicación colectiva a la información de naluraleza pública.
A nivel intemacional, encontramos también una serie de convenios y tratados
intemacionales suscritos y aprobados por Costa Rica en la materia, como, por ejemplo:
la Convención Contra la Corrupción dela Organización de las Naciones Unidas (ONU) y
la Convención Interamericana contra la corrupción de la Organización de Estados
Americanos (OEA). Debemos hacer mención también de la Ley modelo interamericana
2.0 de acceso a la información pública de la OEA.
En la elaboración de esta iniciativa se han tomado en cuenta toda una serie de proyectos
de ley que han buscado regular el derecho de acceso a la información pública, como los
expedientes legislativos: 12.946, 14.448, 15.079, 15.178, 16.198, 16.679, 16.398,
19.113, 20,361 y en especial el 20.799 de la diputada Carmen Chan Mora, que llegó a
su trámite final, siendo aprobado por la Asamblea Legislativa, pero fue vetado por el
Poder Ejecutivo y además fue archivado por cumplimiento del plazo cuatrienal.
En este proyecto de ley se ha revisado también el Decreto Ejecutivo Número 40200-MP-
MEIC de Transparencia y acceso a la información pública, publicado el 27 de abril de
2017, y donde se crea la figura del Oficial de acceso a la información, que es un
funcionario que tendrá la competencia para atender las quejas relacionadas con la falta
de atención de las solicitudes de información pública presentadas ante instancias
internas de cada institución.
Este texto fue consultado al Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) y al
Programa de Libertad de Expresión, derecho a la información y opinión pública (Proledi),
de la Universidad de Costa Rica, quienes plantearon sus observaciones en razón de la
mejora de la iniciativa.
Expediente N.* 23.113 4
El principio de progresividad de los derechos fundamentales plantea en la actualidad una
reflexión en las normas constitucionales en razón de mejorar la redacción y contenidode
estas disposiciones, recogiendo la experiencia de la jurisprudencia de la Sala
Constitucional en materia de derecho de acceso a la información pública y varias leyes
de México y España.
Por las razones expuestas someto a consideración de los señores diputados y las
señoras diputadas el presente proyecto de ley.
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PAGINA N9128 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23,113 5
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY MARCO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO |
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1- Objeto y garantía del Estado
El objeto de la presente ley es garantizar el cumplimiento adecuado y eficiente por parte
de las autoridades públicas del derecho de acceso a la información pública, como
derecho fundamental tutelado en el artículo 30 de la Constitución Política de la Repú blica
de Costa Rica, 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el 19 del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Esta ley también pretende impulsar, conjuntamente, la transparencia administrativa en el
ejercicio de la función y fortalecer la rendición de cuentas por parte de las autoridades
públicas y sujetos de derecho privado que ejerzan unaactividado potestad de naturaleza
pública.
El Estado debe garantizar el ejercicio pleno de la libertad de expresión, de prensa y el
libre acceso a información pública a todos los administrados y a los medios de
comunicación colectiva, en su labor de buscar, recibir y difundirinformación e ideas de
toda índole por cualquier medio de expresión, como parte de su actividad informativa y
social.
ARTÍCULO 2- Principios que rigen derecho de acceso a la información pública
La presente ley se regirá por los siguientes principios:
a) Principio de transparencia: condición conforme a la cual toda la información en
poder de los sujetos obligados de esta ley se presume pública, a menos que esté sujeta
a los límites y las excepciones señalados en esta ley, la Constitución Política, los
instrumentos internacionales sobre derechos humanos y otras disposiciones de rango
legal.
b) Principio de facilitación: se refiere a los mecanismos y procedimientos para el
acceso a la información en poder de la administración pública y sujetos de derecho
privado, que no incluyan exigencias y requisitos que obstruyan o impidan el amplio
acceso.
c) Principio de rendición de cuentas: la obligación de asignar a los funcionarios
públicos responsabilidad por el cumplimiento de sus deberes de conformidad con los
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9129 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23.113 6
criterios de legalidad, ética, eficiencia, eficacia, en concordancia con lo dispuesto en los
artículos 9 y 11 de la Constitución Política.
d) Principio de igualdad y no discriminación: reconoce que todas las personas son
iguales ante la ley y prohíbe toda práctica de discriminación que resulte contraria a la
dignidad humana.
e) Principio de la oportunidad: obligación delos órganos y entes de la Administración
Pública de dar respuesta a la solicitud de información dentro de los plazos legales
establecidos por una norma jurídica.
f) Principio del control: obligación de velar, vigilar, fiscalizar y verificar el
cumplimiento de las normas que regulan el derecho de acceso a la información pública.
g) Principio de la responsabilidad: se refiere al deber que tiene todo funcionario
público ante los administrados, la Administración y los órganos de control, investigación
y sanción, por sus faltas éticas, disciplinarias, civiles y penales, en virtud de los que
disponen los artículos 9 y 11 de la Constitución Política, artículos 190 y siguientes de la
Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978,
h) Principio de gratuidad: el acceso a la información pública por parte de la
Administración Pública y sujetos de derecho privado deberá ser gratuito para toda
persona física o jurídica, sin perjuicio de lo establecido en esta ley,
¡) Principio de la relevancia: es aquel conforme al cual se presume relevante toda
información que posean los órganos y entes de la Administración Pública, cualquiera que
sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento.
i) Principio de la libertad de información: se refiere a que toda persona, física o
jurídica, goza del derecho a acceder a la información pública en poder de los órganos y
entes de la Administración Pública y sujetos de derecho privado, con las excepciones o
limitaciones establecidas en esta ley o en otras disposiciones de rango legal.
k) Principio de máxima publicidad: los órganos y entes de la Administración Pública
y sujetos de derecho privado deben proporcionar información de manera oficiosa y
actual, excluyendo solo aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales, a las
contenidas en la presente ley o cualquier otra normativa que así lo determine.
D Principio de disponibilidad: los sujetos obligados señalados en esta ley deberán
garantizar la disponibilidad de la información sobre asuntos de interés público en
formatos accesibles y abiertos para todas las personas, a través de un eficiente uso,
sistematización y preservación de esta.
m) Principio de calidad de la información: la información sobre asuntos de interés
público, producida, gestionada y difundida por los sujetos obligados, de acuerdo con la
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PAGINA N9130 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23,113 T
presente ley, deberá ser objetiva, veraz, actualizada, completa, oportuna, clara,
comprensible, transparente y amplia.
n) Principio de uso de tecnologías de información: los sujetos obligados por la
presente ley deberán utilizarlas tecnologías de información y comunicación para facilitar
el ejercicio del derecho de acceso a la información y la transparencia, sobre asuntos de
interés público.
o) Principio de coordinación institucional: consiste en que todas las dependencias
públicas adopten e implementen todas aquellas medidas requeridas para organizar y
armonizar las actuaciones con el propósito que la gestión administrativa sea lo más
célere y efectiva posible en beneficio del administrado.
p) Principio de accesibilidad: es un derecho de todas las personas para gozar de sus
bienes y derechos, y lograr una vida plena e independiente, así como una participación
efectiva, tomando en consideración las particularidades de las poblaciones vulnerables.
ARTÍCULO 3- Fines de la ley
Son fines de esta ley los siguientes:
a) Garantizar a toda persona el derecho de acceso a la información pública y la
transparencia, mediante la aplicación de procedimientos establecidos en esta ley,
conforme a la Constitución Política y los instrumentos sobre derechos humanos
ratificados por Costa Rica.
b) Propiciar y promocionar la transparencia en la gestión pública mediante difusión
de la información que generen los sujetos obligados, fomentando además la participación
ciudadana.
c) Promover el uso de las tecnologías de la información y comunicación y la
implementación del gobierno electrónico.
d) Contribuira la prevención y el combate de la corrupción.
e) Fomentar la cultura de transparencia.
CAPÍTULO Il
SUJETOS, PROCEDIMIENTO Y LÍMITES
ARTÍCULO 4- Sujetos legitimados para solicitar información de carácter público
Toda persona física o jurídica que solicita información de carácter público, de manera
verbal o escrita, que se encuentre en poder o conocimiento de los sujetos obligados, y
tendrán los siguientes derechos:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*131 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23.113 8
a) A sser informada si los documentos que contienen lo solicitado o de los que se
pueda derivar dicha información, se encuentran o no en poder del sujeto obligado.
b)  Sidichos documentos obran en poder del sujeto obligado que recibió la solicitud,
la persona tiene derecho a que se le comunique dicha información en forma expedita.
c) Si dichos documentos no se le entregan al solicitante, la persona tiene derecho a
impugnar la no entrega de la información, a través de los recursos administrativos o
jurisdiccionales correspondientes.
d) La persona tiene el derecho de solicitar la información sin tener que justificar las
razones por las cuales se solicita.
e) La persona solicitante no puede ser objeto de desigualdad o discriminación en la
solicitud de información que realiza.
f) A obtener la información en forma gratuita o con un costo que no exceda el
generado por la reproducción de los documentos.
ARTÍCULO 5- Sujetos obligados
Para efectos de esta ley, son sujetos obligados la Administración Pública central y la
Administración Pública descentralizada institucional y territorial, y demás entidades de
derecho público.
Se consideran sujetos obligados las personas jurídicas de derecho privado, sus
apoderados, administradores, gerentes y representantes legales, y las personas físicas
que custodien, administren o exploten fondos, bienes o servicios de la Administración
Pública, por cualquiertítulo o modalidad de gestión. Se incluye en esta categoría a los
partidos políticos como parte de los principios democráticos y de transparencia en el
ámbito electoral.
ARTÍCULO 6- Límites del derecho de acceso a la información pública
La regla general es garantizar el derecho de acceso a la información pública y su
excepción los límites que son aquellos que están establecidos en la Constitución Política
de la República de Costa Rica, en la normativa internacional aprobada por la Asamblea
Legislativa y en las leyes, conforme al principio de reserva de ley.
Cuando un sujeto obligado deniegue de manera total o parcial una solicitud de
información realizada porla persona solicitante, este deberá motivar el acto y especificar
con base en cuál límite y normativa sustenta su resolución negativa.
La materia referida a los límites al derecho de acceso a la información pública debe ser
interpretada en forma restrictiva, pues la regla general será su acceso.
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PAGINA N*132 ACTA N*683 Extraordinaria.
E
Expediente N.* 23.113 9
ARTÍCULO 7- Prohibición de discriminación poracceso a la información
Se prohíbe negar el suministro de información de acceso público a causa de
discriminación por una condición de discapacidad, física, económica, social, geográfica,
de género, orientación sexual, identidad de género, étnica, racial o cualquier otra,
contraria a la integridad y dignidad humana, conforme a los tratados internacionales y a
la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial, e instrumentos de Derechos Humanos suscritos por Costa Rica.
La Administración estará obligada a dictar medidas para promover la igualdad de
oportunidades para todos los sectores de la población, a través de la inclusión de
información oficiosa que sea útil y relevante a sus intereses y necesidades particulares
de algunos de estos sectores como: mujeres, personas adultas mayores, personas con
discapacidad, personas indígenas, niños/niñas; entre otros grupos vulnerables.
ARTÍCULO 8- Facilidades electrónicas
Cada sujeto obligado, señalado en el artículo 5 de esta ley, podrá disponer un correo
electrónico oficial y procurará la creación de un formulario específico y accesible en la
página electrónica institucional, con la finalidad de que sean utilizados como medios para
formular y atenderlas solicitudes de información pública.
En caso de que la información pública sea solicitada electrónicamente o en formato
abierto, deberá ser brindada a la persona solicitante de tal manera que garantice su
accesibilidad.
Cuando la información pública requerida se encuentre disponible previamente en la
página electrónica institucional, la administración podrá indicar a la persona solicitante,
en forma sencilla, sobre la forma de acceder a la información.
ARTÍCULO 9- Creación de oficinas de acceso a la información pública y del Oficial
de acceso a la información pública
Los sujetos obligados, indicados en el artículo 5 de esta ley, podrán crear oficinas que
aseguren el acceso a la información pública de acuerdo con sus capacidades
administrativas y financieras. Dicha designación podrá recaer en la Contraloría de
Servicios de la institución, o en su defecto, sobre cualquier otra oficina existente
destinada a la atención de los habitantes. Se deberá contar con un Oficial de Acceso a
la Información,
El Oficial de Acceso a la Información tendrá la competencia para atender las quejas
relacionadas con la falta de atención de las solicitudes de información pública
presentadas ante instancias internas de la institución, regulado en esta ley.
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Expediente N.* 23.113 10
Pecocí
El Oficial de Acceso a la Información deberá incluiren su informe anual de labores los
datos estadísticos y acciones en torno al derecho de acceso a la información pública y
deberá poner en conocimiento del jerarca de la institución dicho informe.
Además, el Oficial de Acceso a la Información deberá coordinarlos procesos de acceso
a la información pública y transparencia proactiva con los departamentos y/o direcciones
de Tecnologías de Información, Planificación Institucional y Comunicación.
El Oficial de Acceso a la Información de cada institución podrá coordinar con la
Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica, quien se constituye como
órgano garante de esta ley, con el objetivo de mejorar la eficiencia y la eficacia sobre la
gestión pública en materia de acceso a la información pública.
Las oficinas encargadas del acceso a la información pública que aseguren este derecho
fundamental, deberán garantizarlas medidas y condiciones de accesibilidad estipuladas
en la Ley 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2
de mayo de 1996, para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la
información y garantizarla transparencia.
ARTÍCULO 10- Plazo para la entrega de la información pública
La información deberá entregarse en un plazo no mayor de cinco días hábiles a toda
persona física o jurídica, cuando la información esté preconstruida o disponible en
archivos. En caso de que sea solicitada por algún medio de comunicación o prensa
deberá ser entregada en un plazo de cuarenta y ocho horas.
El plazo se podrá prorrogar por una única vez, y hasta por un máximo de cinco días
hábiles adicionales, por la complejidad del contenido de la solicitud. El sujeto obligado
deberá comunicar, antes del vencimiento del plazo señalado, los motivos y las razones
por los cuales hará uso de la prórroga.
El Estado debe garantizar en todo momento, el ejercicio pleno de la libertad de expresión,
de prensa y el libre acceso a información pública atodos los administrados y a los medios
de comunicación colectiva, en su labor de buscar, recibir y difundirinformación e ideas
de toda índole por cualquier medio de expresión, como parte de su actividad informativa
y social.
ARTÍCULO 11- Procedimiento de acceso a la información pública
El procedimiento de acceso a la información de carácter público se inicia mediante
solicitud formulada por el petente en forma verbal o escrita. El procedimiento estará
regulado en el reglamento de esta ley, con sujeción a normas de economía, simplicidad,
no discriminación, celeridad y eficiencia.
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Expediente N.* 23.113 41
Pecocí
La información podrá ser requerida por cualquier medio escrito, electrónico o material,
que permita constatar la solicitud y sin necesidad de justificarlas razones por las que se
solicita la información.
Dicha solicitud deberá reunirlos siguientes requisitos:
a) Las peticiones se formularán en forma verbal o escrita, debiendo incluir,
necesariamente, la fecha, el nombre y los apellidos, el número de cédula física o jurídica,
el objeto, el destinatario de la petición y medio de notificación. Cada escrito deberá tener
la firma de la persona solicitante. Si la petición es verbal, el funcionario público deberá
tomar los datos del administrado y darle un acuse de recibo de su solicitud.
b) En el caso de peticiones colectivas, además de cumplirlos requisitos anteriores,
serán firmadas por todas las personas solicitantes, debiendo figurar, junto a la firma de
cada uno de ellos, su nombre y apellidos. De no constar todas las firmas, la petición se
tendrá por presentada únicamente por las personas firmantes, sin perjuicio de su
posterior subsanación o ampliación. Si se trata de un adulto mayor o persona con
discapacidad, igualmente, se hará constancia de esto y se tramitará la solicitud.
En cuantoa otros requisitos o procedimientos no establecidos en esta ley y desarrollados
reglamentariamente, o mediante órdenes, instrucciones ocirculares, prevalecerá en toda
petición el acceso a la información pública y el principio de informalidad, con el fin de
garantizar a todos los ciudadanos su libre ejercicio.
En caso de que el contenido de la solicitud omita alguna información señalada en los
incisos de este artículo, el órgano competente conformeal principio de informalidad, debe
dar trámites a la solicitud de información, sin establecer ningún otro trámite.
ARTÍCULO 12- Notificaciones y acuse de recibido
El órgano competente que reciba la solicitud de información pública deberá extender
inmediatamente un comprobante de ácuse de recibido, con indicación de la fecha de
recibo de la solicitud, nombre de quien la recibe y descripción de la solicitud. Este
comprobante deberá extenderse de forma escrita, sea física o electrónica, a través del
medio indicado por la persona solicitante para recibir notificaciones.
La persona solicitante podrá expresar, en la solicitud, su voluntad de ser notificada
mediante comunicación electrónica para todas las actuaciones y resoluciones del
procedimiento de acceso a la información, para lo cual deberá señalar una dirección de
correo electrónico habilitada.
ARTÍCULO 13- Acceso gratuito a la información pública
El derecho de acceso a la información pública será gratuito en tanto no se requiera la
reproducción de esta. Los costos de reproducción de la información estarán a cargo de
la persona solicitante, así como de los timbres cuando se requiera.
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, Z.
1 POCOCÍ |
:107
AS
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Expediente N.* 23.113 12
Pecocí
La información será suministrada en forma escrita o en reproducción digital, sonora,
fotográfica, cinematográfica o videográfica, en formatos abiertos y accesibles para lo cual
la persona solicitante deberá suministrar el dispositivo de almacenamiento
correspondiente. Lo anterior no será impedimento para la entrega de la información por
cualquier otro medio con el que cuente el sujeto obligado u otro señalado en esta ley.
ARTÍCULO 14- Protección jurisdiccional
El derecho de acceso a la información pública, como derecho fundamental de origen
constitucional, será siempre susceptible de tutela judicial mediante el recurso de amparo
establecido por el artículo 29 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en relación con
los arlículos 30 y 48 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, sin
perjuicio de cualesquiera otras acciones que la persona solicitante estime procedentes y
especialmente en los siguientes supuestos:
a) Omisión del sujeto obligado a suministrar la información en el plazo establecido
en el artículo 10 de esta ley.
b) Cuando la información suministrada por la Administración Pública sea ambigua o
parcial, sin justificación y constituya una negativa de respuesta.
c) Cuando la persona solicitante considere que las actuaciones materiales de la
Administración o sus actos administrativos afectan su derecho fundamental de acceso a
la información pública y principio de transparencia administrativa.
. SECCIÓN Il
RÉGIMEN SANCIONATORIO
ARTÍCULO 15 - El deber de aplicar el régimen sancionatorio interno
En caso de que se incumpla con las disposiciones de esta ley, el superior jerárquico
competente deberá iniciarlos procedimientos administrativos disciplinarios conforme al
libro segundo de la Ley General de la Administración Pública y al Estatuto de Servicio
Civil en materia de faltas administrativas de los funcionarios públicos.
CAPÍTULO Il
TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO
ARTÍCULO 16- Publicación oficiosa de información pública
Los sujetos obligados deberán publicar, mantener actualizada y completa en su
respectivo sitio web oficial, al menos, la siguiente información pública:
a) Marco normativo que rige la gestión pública de la institución.
Pluye
POCOCÍ NB!
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PAGINA N9135 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09+202:
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%136 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23.113
b) Estructura orgánica, competencias, obligaciones y servicios brindados.
c) Directorio institucional.
d) Descripción detallada de los servicios brindados al público y la forma como estos
se realizan, así como la descripción clara y precisa de los trámites y requisitos que se
pueden llevar a cabo ante la institución.
e) Mecanismos de presentación de solicitudes de información, peticion es, denuncias
y sugerencias para el mejoramiento de la función de la institución, así como cualquier
otro medio de participación ciudadana.
f) Horario de atención de la institución.
9) Listado de funcionarios institucionales.
h) Descripciones de las clases de puestos y sus requisitos.
1) Procesos para el reclutamiento y selección de personal.
j) índice salarial vigente.
k) Planillas con el salario bruto.
1) Mecanismos y resultados del proceso de evaluación de desempeño de los
funcionarios.
m) Plan anual operativo y planes estratégicos.
n) Planes y presupuestos institucionales, así como su forma de ejecución y
evaluación.
o) Toda la información de las etapas de los procesos de contratación administrativas
de la institución.
p) Informes de ejecución presupuestaria.
4) Memorias anuales y otros informes de gestión.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9137 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23.113
r) Resultados de investigaciones internas e informes de la Auditoría Interna sobre la
gestión institucional.
s) Actas y minutas de los órganos colegiados establecidos por ley, salvo expresa
disposición legal.
t) Informes de viajes, gastos de representación, costos de viajes, pagos por
concepto de viáticos de los funcionarios de la institución, entre otros, definidos mediante
el reglamento de esta ley.
u) Listado de los subsidios, becas, donaciones, exoneraciones o cualquier otra
transferencia o beneficio otorgado a personas particulares, sin perjuicio de lo
determinado en la Ley 8968, Protección de la Personafrente al Tratamiento de sus Datos
Personales, de 5 de setiembre de 2011,
v) Cualquierotra información quefomentela transparencia y el control en el ejercicio
de la función pública, así como toda la información que por ley o en cumplimiento del
derecho fundamental de acceso a la información estén en la obligación de publicar y
suministrar.
La publicación de esta información atinente a la gestión de cada institución será en
formato abierto, interoperable y accesible, tomando en cuenta las necesidades
específicas de aquellos sectores de población y/o personas que están en situaciones
desventajosas para ejercer, en igualdad de condiciones, el derecho de acceso a la
información.
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES FINALES
e 17 - Informe anual de labores y derecho de acceso a la información
pública
Los sujetos obligados podrán incluir en su memoria o informe anual de labores
institucional una sección denominada Acceso a la Información y Transparencia, en la
cual incluirán como mínimo lo siguiente:
a) Estadísticas de las solicitudes de información pública recibidas durante el año, el
número total de estas, el plazo de atención brindado, la existencia de recursos de amparo
sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y el resultado de
dichos procesos.
b) Indicación de mejoras y avances presentados durante el período para hacer más
ágil y efectivo el derecho de acceso a la información.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*138 ACTA N*83 Extraordinaria.
Expediente N.* 23,113 15
c) Indicación del lugarque ocupabael período anterior en el Indicede Transparencia
del Sector Público, así como cualquier otro instrumento de medición atinente y el avance
conseguido durante el período, con los comentarios u observaciones que estime
pertinentes a ese respecto.
d) Plan de seguimiento, actualización y monitoreo de la información pública de
publicación proactiva.
e) Las medidas afirmativas implementadas para garantizar las condiciones de
accesibilidad para que los grupos en situación de vulnerabilidad puedan ejercer, en
igualdad de condiciones y sin discriminación alguna, el derecho de acceso a la
información pública.
f) Las demás que se determinen por el reglamento de esta ley.
ARTÍCULO 18 - Órgano garante
La Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica, como órgano garante,
podrá dar seguimiento y emitir recomendaciones a los sujetos obligados, para mejorar la
eficiencia y la eficacia sobre la gestión pública, en cuanto al acceso a la información
pública y transparencia. Asimismo, podrá elaborar y publicar estudios e investigaciones,
así como datos estadísticos, para difundir y ampliar el conocimiento sobre la materia de
esta ley, que permita la promoción y el fomento de la cultura de acceso a la información
pública y transparencia, coordinará con los oficiales de acceso a la información, en lo
que corresponda y conforme a las competencias establecidas en la Ley N.” 7319, Ley de
la Defensoría de los Habitantes de la República, de 17 de noviembre de 1992, y sus
reformas.
ARTÍCULO 19- Reglamentación
El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley, en un plazo de seis meses a partir de su
publicación.
Rige a partir de su publicación.
Alejandro Pacheco Castro
Diputado
23 de mayo de 2022
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PAGINA N*139 ACTA N*63 Extraordinaria.
Expediente N.* 23.113 16
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este
proyecto a los requerimientos de estructura.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda Voto de Apoyo.
ACUERDO N”* 1825
Se conoce nota suscrita por Lic. Allan Rodríguez Vargas, subdirector general,
correo electrónico: cserranooOmigracion.go.cr, dice:
Oficio: DG-1872-08-2022
Asunto: Conocimiento del presente oficio DF-1872-08-22, en atención al oficio
SMP-1579-2022.
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Pluye
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PAGINA N*%140 ACTA N*63 Extraordinaria.
Ministerio de Gobernación y Policía
Dirección General de Migración y Extranjería
Dirección General
29 de agosto de 2022
DG-1872-08-2022
Señora
Magally Venegas Vargas
Secretaria
Municipalidad de Pococí
Estimada señora;
Reciba un cordial saludo. En atención a su oficio SMP-1579-2022, mediante el cual se
transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 58 del 11 de
agosto del 2022, referente al traslado de la oficina de la Policía Profesional de Migración de
Guápiles a Sarapiquí, me permito indicar lo siguiente:
» Agradecer el Interés de la Municipalidad, porque eso refleja un reconocimiento a
nuestro trabajo.
+ La Dirección General de Migración y Extranjería reconoce la importancia que reviste
la zona de Pococí y Guácimo y por ello siempre hemos tratado de fortalecer la labor
migratoria que se realiza en todo Guápiles.
+ Ante los lineamientos de contención del gasto y la medida de disminución de
alquileres, la Institución se ha visto en la necesidad de establecer estrategias que
por un lado permitan disminuir esos alquileres, pero también que estas medidas no
afecten la labor migratoria.
+ La Dirección General de Migración y Extranjería, está analizando opciones y aún no
se tiene una fecha determinada de un eventual traslado.
+  Deconcluirse con un eventual traslado de la oficina, esta Dirección General garantiza
que a la zona de Guápiles siempre se le estará brindando cobertura,
+ Esta Dirección General está en toda la disposición de analizar propuestas de
infraestructura que no representen costo alguno y que se adecúen a los
requerimientos institucionales.
Sin otro particular, suscribe cordialmente
O Tio
RODRIGUEZ
VARGAS (FIRMA)
Lic. Allan Rodríguez Vargas
Subdirector General
mo
Pese
pS
e.c Archivo
yaww.migracion.go.cr La Uruca, Configuo Aviación Civil A AA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se le solicita audiencia a la jerarca de la Dirección
General de Migración y Extranjería con la finalidad de que explique al Concejo
Municipal por qué quieren llevarse la Oficina de Migración de Guápiles. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9141 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1826
Se conoce nota suscrita por el señor Luis Antonio González Jiménez, director
ejecutivo del Consejo de la Persona Joven, teléfono: 2257-1130, correo
electrónico: proyectosccpjecpj.go.cr, dice:
Oficio: CPJ-DE-OF-383-2022 y CPJ-DE-OF-322-2022
Asunto: Conformación del Comité Cantonal de la Persona Joven Periodo 3023-
2024 y convocatoria a capacitación sobre proceso de conformación de Comités
Cantonales de la Persona Joven.
CONSEJO ivi )
16 de agosto del 2022
CPJ-DE-OF-383-2022
Señores/as Concejo Municipal
Señor/a Alcaldía Municipal
Asunto: Conformación del Comité Cantonal de la Persona Joven periodo 2023-2024.
Estimable Gobierno Municipal:
Reciban un cordial saludo. Por este medio me permito recordarles de la manera más
respetuosa que, de conformidad a lo establecido en la Ley General de la Persona Joven N?
8261, en los meses de octubre y noviembre de los años pares, cada municipalidad
conformará el Comité Cantonal de la Persona Joven (CCPJ), iniciando sus funciones el
primero de enero del año impar.
Para el detalle de la conformación, nos permitimos transcribir lo establecido en el Artículo
24 de la Ley N” 8261 y el Artículo 49 del Código Municipal Ley N* 7794:
“Artículo 24.- Creación, funcionamiento, conformación e integración de los
comités cantonales de la persona joven.
En cada municipalidad se conformará un comité cantonal de la persona joven y
será nombrado por un período de dos años; sesionará al menos dos veces al
mes y estará integrado por personas jóvenes, de la siguiente manera:
a) Una persona representante municipal, designada por el concejo municipal.
b) Dos personas representantes de los colegios del cantón, electas en una
asamblea de este sector. Cada gobierno estudiantil tendrá la posibilidad de
postular un candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la
persona joven.
e) Dos personas representantes de las organizaciones juveniles cantonales
debidamente registradas en la municipalidad respectiva, electas en una
asamblea de este sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un
candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la persona joven.
d) Una persona representante de las organizaciones deportivas cantonales,
escogida por el comité cantonal de deportes.
e) Una persona representante de las organizaciones religiosas que se registren
San José 2257-1130 /2257-0891, Guadalupe: 2253-4131/2280-4376
www, coj go.cr
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*142 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2
«Cultura; CULT! e
¡Sventúd PERSONA A CRECERDals COSTA RICA
TRADAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
para el efecto en la municipalidad del cantón, electa en una asamblea de este
sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una
candidata para integrar el comité cantonal de la persona joven.
Cada municipalidad conformará el comité cantonal de la persona joven en los
meses de octubre y noviembre de cada año, en los años pares, iniciando sus
funciones el primero de enero del año impar.
El comité cantonal de la persona joven definirá, de su seno, una presidencia y
una secretaría, mediante una votación que se decidirá por mayoría simple en su
primera sesión ordinaria. Los postulantes a la presidencia y secretaría del comité
cantonal de la persona joven deben presentar su carta de postulación, junto con
su currículum, a los miembros electos del comité y en la dirección de promoción
social de la municipalidad en la cual se está circunscrito, una semana antes de
la primera sesión del comité.
Sobre el artículo 49 del Código Municipal Ley N 7794:
Artículo 49. - En la sesión del Concejo posterior inmediata a la instalación de sus
miembros, el Presidente nombrará a los integrantes de las Comisiones
Permanentes, cuya conformación podrá variarse anualmente.
En cada municipalidad se conformará un comité cantonal de la persona joven, el
cual se considera una comisión permanente de la municipalidad integrada según
lo establecido en la Ley N.* 8261, sus reformas y reglamentos.
El CCPJ tiene como objetivo fundamental elaborar y ejecutar propuestas locales y
nacionales que consideren los principios, fines y objetivos que establecen la Ley N* 8261 y
que contribuyan al cumplimiento de la Política Pública de la Persona Joven vigente.
Por tal razón, aprovechamos extenderles un atento recordatorio de que, en los meses de
octubre y noviembre del 2022, la Municipalidad deberá realizar el proceso de selección de
las personas jóvenes que conformarán el CCPJ, el cual entrará a regir a partir del 1 de enero
del 2023, por un período de dos años. El CCPJ actual termina su gestión el próximo 31 de
diciembre del año en curso.
El acuerdo de nombramiento del CCPJ deberá ser tomado en firme por el Concejo Municipal
a más tardar el 30 de noviembre 2022, y remitido a la Dirección Ejecutiva del Consejo de la
Persona Joven, al correo electrónico: proyectosccpiWMcpj.go.cr junto a la información de
contacto de estas personas, por lo cual adjuntamos el formato de nómina.
En caso que el acuerdo de nombramiento del CCPJ sea tomado por parte del Concejo
Municipal posterior al 30 de noviembre, respetando el marco de legalidad desde el Consejo
de la Persona Joven no se dará por conformado dicho CCPJ, con las implicaciones
negativas en términos de participación y promoción de los derechos de las juventudes del
cantón, así como con la imposibilidad legal de transferir los recursos correspondientes al
San José 2257-1130 / 2257-0891, Guadalupe: 2253-4131/2280-4376
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9143 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-
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proyecto del CCPJ durante los años 2023 y 2024.
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En caso de cualquier consulta sobre el proceso de conformación o cualquier otro asunto
vinculado con juventudes nos ponemos desde ya a las órdenes de su municipio. Para el
seguimiento específico a este tema pueden contactarnos al correo proyectosccp¡(cpj.go.cr,
donde en la prontitud posible atenderemos su consulta, con toda la apertura de asistir a una
sesión del Concejo Municipal o de sostener las reuniones que sean necesarias.
Con las mayores muestras de consideración y estima,
LUIS ANTONIO emo coNaier
GONZALEZ JIMENEZ (FIRMA)
JIMENEZ (FIRMA) Fecha. 20220916
Luis Antonio González Jiménez
Director Ejecutivo
Consejo de la Persona Joven
Cep Sra. Jenny Vargas Castillo, Coordinadora Unidad de Promoción de la Participación Juvenil, CPJ.
San José 2257-1130 / 2257-0891, Guadalupe: 2253-4131/2280-4376
www.cpj.go.cr
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%144 ACTA N*63 Extraordinaria.
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TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
19 de julio del 2022
CPJ-DE-OF-322-2022
Señores/as Concejo Municipal
Señor/a Enlace Municipal
Asunto: Convocatoria a Capacitación sobre Proceso de Conformación de Comités Cantonales de
la Persona Joven
Estimados (as) señores (as).
Reciban un atento saludo, deseándoles los mayores éxitos en sus labores. Por este medio nos
permitimos informarles sobre la articulación entre el Consejo de la Persona Joven (CPJ) y el
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) en procura de habllitar y facilitar un espacio de
Capacitación sobre Proceso de Conformación de los Comités Cantonales de la Persona Joven
(CCPJ).
Los CCPJ tienen como objetivo fundamental elaborar y ejecutar propuestas locales y nacionales
que consideren los principios, fines y objetivos que establece la Ley N” 8261 y que contribuyan al
cumplimiento de la Política Pública de la Persona Joven vigente,
Por tal razón, les invitamos y motivamos a participar de esta capacitación en la que, además, se
atenderán las principales consultas que puedan surgir referentes al proceso de conformación de
los CCPJ, todo con el fin de facilitar a las entidades Municipales en el cumplimiento de la
normativa respectiva. La capacitación se estará ejecutando el 17 de setiembre del 2022 en un
horario de las 10:00 horas a las 12:00 horas. Por lo anterior el CPJ y el IFAM les solicitamos
completar el siguiente formulario de inscripción: https://forms.office.com/r/e5MYijv1St8
En caso de cualquier consulta pueden contactar al correo proyectosccpiWWcpj.go.cr, donde en la
prontitud posible se atenderá su consulta.
Con las mayores muestras de consideración y estima,
LUIS ANTONIO a oNeALeZ JORGE ERNESTO Fmado deere
porra Pacha: 202207.19 10:20:20 Pr 2. EC
echa: 07. :20:.
JIMENEZ (FIRMA) -o600' (FIRMA) Fecha 2002029
| Luis Antonio González Jiménez Jorge Ocampo Sánchez
| Director Ejecutivo Presidente Ejecutivo
Consejo de la Persona Joven Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
l C.c.p Sra. Jenny Vargas Castillo, Coordinadora Unidad de Promoción de la Participación Juvenil, CPJ.
San José 2257-1130 / 2257-0891, Guadalupe: 2253-4131/2280-4376
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
El POCÓCÍ |
MUNICIPALIDAD DE POCOCI NA
PAGINA N*145 ACTA N%63 Extraordinaria. 07-09-2 227
Por Unanimidad SE ACUERDA: Que se le solicite al señor alcalde instruir a la Licda.
Grace Hernández Miranda, coordinadora de Prensa y Comunicación, para que
realice un comunicado en la página oficial de la Municipalidad de Pococí,
invitando a los jóvenes que quieran ser representante de este Concejo Municipal
ante el Comité Cantonal de la Persona Joven, período 2023-2024, remitan el
currículum a partir del 12 al 19 de setiembre. Posteriormente se estará nombrando
una comisión para valorar dichos currículos y tomar una decisión al respecto. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
ACUERDO N”* 1827
Se conoce nota suscrita por Lic. Ashley Vinicio Barboza Ortiz, jefe del mopt,
teléfono: 2523-2975, correo electrónico: Vinicio.barbozaOmopt.go.cr, dice:
Oficio: DVOP-DI-DV-2022-563
Asunto: Permiso para Estructura Publicitaria.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*146 ACTA N*63 Extraordinaria.
) »,%, DIVISION DE OBRAS Dirección de Ingenlería de Departamento Inspección
mop a PUBLICAS Obras Públicas Vial y Demoliciones
(Subdirección Diseño Vial)
01 de septiembre de 2022
DVOP-DI-DV-1VD-2022-563
Licenciada
Magally Venegas Vargas
Secretaria
Municipalidad de Pococí
Estimada Señora:
PT: Permiso para Estructura Publicitarla.
En atención a su gestión presentada ante este Departamento, mediante el cual solicita permiso
temporal para la colocación de unas letras informativas en el derecho de vía con el nombre CARIARI,
sobre la ruta nacional número 247, ubicado en la entrada de Cariari, solicitud presentada por la Sra,
Magally Venegas Vargas, secretaria Municipal de Pococí, el mismo será colocado en forma frontal a
la Ruta Nacional n*247, le informo;
Considerando
Que, analizada su gestión, en la cual solicita permiso mediante oficio SMP-758-2022 de fecha 07 de
mayo de 2022, para la colocación de unas letras de concreto en el derecho de vía con el nombre de
CARIARI. Este proyecto pretende colocar un rótulo para la visita de turistas al cantón.
Las rutas nacionales y sus derechos de vía son administrados por el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, a través del Departamento de Inspección Vial y Demoliciones, todo al tenor de lo
estipulado por los artículos 1,19 y 28 de la Ley General de Caminos Públicos, Ley 5060 y sus reformas
y el Reglamento de los derechos de vía y publicidad exterior Decreto Ejecutivo No. 29253-MOPT
publicado en la Gaceta No, 25 del 05 de febrero de 2001 y No. 30063-MOPT publicado en el alcance
No, 6 a la Gaceta No. 10 del 15 de enero de 2002.
El inciso i) del 7 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en
2022-2026 ¿SN (506) 2623-29-78
COSTA RICA — "Sebas... (0 LY > visor
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO Recibio.por.- 77
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A Facebook: AAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*147 ACTA N63 Extraordinaria.
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y DIVISION DE OBRAS Dirección de Ingeniería de Departamento Inspección
mopt - PUBLICAS Obras Públicas Vial y Demoliciones
(Subdirección Diseño Vial)
DVOP-DI-DV-IVD-2022-563
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vehículo en la modalidad de Taxi (No. 7969 publicada en la Gaceta No. 20 del 28 de enero de 2000),
establece como atribución del Consejo de Transporte Publico fijar las paradas intermedias y
terminales de todos los servicios del transporte remunerado de personas en vehículo automotores.
El dictamen vinculante de la Procuraduría General de la Republica No. C-37-2000 del 25 de febrero
de 2000, de conformidad con el numeral 2 de su Ley Orgánica (No.6815) concluye que el “Consejo
de Transporte Publico, creado en la citada Ley No. 7969, es competente para regular y controlar lo
referente al transporte remunerado de personas, en sus distintas modalidades (autobuses y Taxis).
El Departamento de Inspección Vial y Demoliciones es la dependencia competente del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes para el otorgamiento de permisos y licencias a empresas dedicadas a la
instalación, construcción, reconstrucción y exhibición de todo tipo de anuncios , rótulos, vallas,
parabuses, casetas, escampadero (Mobiliario Urbano), en terrenos públicos y privados de
conformidad con lo preceptuado por los artículos 1,7 inciso c) 26,31,34,47 y concordantes del
Decreto Ejecutivo No. 29253-MOPT.
POR TANTO. Las estructuras de marras serán construidas con material de alta calidad que garanticen
la seguridad e integridad física de los usuarios, de igual forma se constatara que por parte de la firma
gestlonaste se le dé a todo los mobiliarlos urbano de su propiedad el debido mantenimiento, lo cual
garantiza el ornato y limpieza de los escampaderos, situación que se ajusta a los incisos a) y b) del
artículo 32, 36 y 38 del Capítulo VII del Decreto 29253-MOPT y siendo que la solicitud de su
representado cumple con lo señalado en el artículo 31 inciso a), 35 y 39 todos del mismo decreto
antes citado y estando aprobadas las paradas en tránsito, este Departamento concluye:
Con base al marco legal establecido en los artículos 1 y 19 conferidos en la Ley General de Caminos
Públicos No. 5060 y sus reformas del 21 de agosto de 1972, de igual forma a lo expresado en los
artículos 1,3,4 y 7 inciso c transitorio 5to del Decreto Ejecutivo 29253-MOPT, modificado mediante
Decreto No. 30063 MOPT, publicado en el Alcance No. 6 a la Gaceta No. 10 del 15 de enero del año
2002 y siendo este el Departamento el ente competente para tales efectos.
En razón de lo anterior, y siendo un asunto de interés público se le otorga el permiso temporal del
2022-2026 ¿EN : (506) 2523-29-75
C O Sí A RI C A vinlclo.barboza(Qmopt.go.cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*148 ACTA N%63 Extraordinaria.
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mop , PUBLICAS Obras Públicas Vial y Demoliciones
_. (Subdirección Diseño Vial)
DVOP-DI-DV-IVD-2022-563
Página 3 de 4
Proyecto llamado CARIARI, con plazo de un año que rige a partir del 01 de setiembre de 2022 y que
caduca el 1 de setiembre del 2023.
- Aesta solicitud de estructura temporal le corresponde el sigulente permiso,
PT- 009-2022 Ruta Nacional 247 Cariari de Pococí.
Estos permisos cuentan con la característica de precariedad, por lo que pueden ser revocados
cuando así se requiera, de acuerdo al artículo 14 del Decreto Ejecutivo 29253-MOPT, dice:
Artículo 24.—Vigencia de la estructura en ple: Una vez edificada una estructura publicitaria, ésta
deberá mantenerse en pie, respetando el plazo máximo otorgado por la Ley de Arrendamientos
Urbanos y Suburbanos, pudiéndose otorgar prórrogas a solicitud del interesado, tres meses antes de
su vencimiento. En todo caso, el permisionario de la valla publicitaria dejará sujeto su permiso al
plazo máximo otorgado por el arrendante, el cual no podrá exceder de 5 años. Si el permislonario es
dueño de la propiedad donde se encuentra ubicada la valla publicitaria, deberá ajustarse al mismo
plazo. No obstante, para prorrogar el permiso, el permisionario deberá aportar una certificación
emitida por un profesional en Ingeniería Civil de la condición de la estructura, caso contrario deberá
retirarla, todo por cuenta del permisionario. De igual manera, el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes por motivos de declaratoria de interés público comprobado, podrá solicitar al
Asimismo, se le solicita el mantenimiento periódico de las estructuras y el debido cuidado en la
protección de los transitados. Aunado a esto se le infarma que cualquier daño a terceros corre por
responsabilidad de la municipalidad.
Es Importante recordarle su obligación legal dispuesta en el artículo 18 del mismo cuerpo
normativo, que deberá colocar en un lugar visible una placa impresa en la estructura con el número
de permiso designado, mismo que identificará que la estructura está debidamente autorizada,
condición que servirá de base para la supervisión y control de este Departamento.
2022-2026 ¿EN ') S , (506) 2523-29-75
COSTA RICA PS vinicio.barbozaQmopl.go,cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*149 ACTA N*63 Extraordinaria.
DIVISION DE OBRAS Dirección de Ingenlaria de Departamento Inspección
mop PUBLICAS Obras Públicas Vial y Demoliciones
(Subdirección Diseño Vial)
DVOP-DI-DV-IVD-2022-563
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Finalmente, se le recuerda que cualquier incumplimiento a las disposiciones técnicas legales
contenidas en el Decreto Ejecutivo 29253-MOPT y su modificación denominado Reglamento de los
derechos de vía y Publicidad exterior publicado el 05 de febrero de 2001 en la Gaceta No, 25,
modificado por el Decreto ejecutivo 30063-MOPT, publicado en el alcance No, 6 a la Gaceta No. 10
del 15 de enero de 2002, faculta al Departamento de inspección Vial y Demoliciones otorgando el
debido proceso CANCELAR la autorización otorgada de conformidad al artículo 16 de la normativa
supra citada.
Expediente N* 2022-00192
Cordialmente,
Firmado por: Ashley Viniclo Barboza Ortiz
Documento emitido mediante
Sistema de Correspondencia Institucional
Documento interno N* 942494
Fecha: 01 de septlembre de 2022
Lic Ashley Vinicio Barboza Ortiz
Jefe
KMS
2022-2026 ¿EN 5, (506) 2523-29-75
vinicio.harboza(Qmopt.go.cr
COSTA RICA
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*150 ACTA N%83 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
dl . a Municipalidad de Pococí
d e Secretaría del Concejo Municipal y
a QA, Teléfono/Fox: 2711-1227 A
Pluye secretariofOmunipococi.go.cr Martian
SMP-758-2022
IET a
Guápiles, 07 de mayo de 2022
SMP-758-2022
Señores (as):
Yamileth Hidalgo Arias
Alcaldesa en ejercicio.
Asociaciones de Desarrollo del cantón de Pococí
Estimados (as) Señores(as):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el
Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 31 Ordinaria del 28-04-2022, dice:
Acta N* 31 Artículo IV Acuerdo N' 816
Moción presentada por el Regidor Luis Ángel Méndez Araya.
Considerando:
1- Que el distrito de Cariari está ubicado por la RUTA 247, ruta nacional por
donde transitan los turistas nacionales y extranjeros.
2- Que es muy importante que todos los pueblos del cantón de Pococí y
máxime los centros del distrito se identifiquen con rótulos.
3- Que es Importante, posicionar la marca cantón en todo el cantón de
Pococí, Provincia Limón y en el país en general.
Moclono:
Para que este honorable Concejo, dé el aval para que grupos organizados
como comités, Asociaciones de Desarrollo, coloquen letras de cemento en
puntos estratégicos obteniendo previamente el visto bueno del MOP
CONAVI, cuando las letras se vayan a colocar en ruta nacional.
Para que se coloquen letras de cemento en la entrada de Cariari, con el
nombre del Distrito, dichas letras se colocarán en punto estratégico después
del Puente Tortuguero y tomando en cuenta el logo Pococí Fluye, o sea,
resaltando la marca cantón que corresponde.
Página 1/3
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9152 ACTA N*63 Extraordinaria.
SMP-758-2022
Py e 9 Municipalidad de PococÍ
CO y. Secretaría del Concejo Municipal | ,
INE G Teléfono/Fox: 2711-1227 ys
secretaria/Amunipococi.go.cr MEDAL
Pluye
. IR
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la moción presentada por el
regidor Luis Ángel Méndez Araya. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Con relación al tema del Libro de Marca, que se respete ese tema ya que
la marca cantón debe tener ciertas dimensiones, ciertos colores y demás,
hay que respetar el tema porque se trabajó mucho y eso está protegido.
Lo digo porque hay unas letras en el parque y creo que eso no está avalado
por la Municipalidad. En este caso sí porque ya hay un acuerdo que lo
autoriza,
Atentamente: Firmado digital
MAGALLY | Femnioaganeno
VENEGAS VENEGAS VARGAS
VARGAS CEA)
Fecha: 2022.05.07
(FIRMA) 15:14:55-0600'
Licda. Magaly Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Página 3/13
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce, se brinda copia al regidor propietario
Luis Ángel Méndez Araya para que proceda como corresponde.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*153 ACTA N%63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1828
Se conoce nota suscrita por el señor Mauricio Méndez Trejos, encargado de la
Unidad de Innovación y Desarrollo, teléfono: 2022-2023, correo electrónico:
innovacionGifam.go.cr, dice:
Oficio: DGFM-UID-0128-2022
Asunto: Presentación de la Oferta Programática de IFAM
"IFAMSIó
Lied
SOS serle
Pri
30 de agosto de 2022
DGFM-UID-0128-2022
Señores y señoras
Autoridades Municipales
Municipalidades y Concejos Municipales de Vistrito.
Asunto: Presentación de la Oferta Programática de IFAM
Estimadas Autoridades Municipales
Para el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) es un placer comunicarse con
usted y desearle éxitos en sus funciones.
Le comentamos que en la Unidad de Innovación y Desarrollo hemos preparado un
documento denominado Oferta Programática Institucional, la cual tiene como objetivo
apoyar y fortalecer la gestión municipal y contiene la Oferta de Servicios que el Instituto
brinda a los Gobiernos Locales en las áreas de Asistencia Técnica, Financiamiento y
Capacitación.
Ante lo anteriormente indicado es que nos complace invitarles a participar del
lanzamiento de la Oferta Programática Institucional 2022-2023, según el siguiente
detalle:
Día: 14 de setlembre
Horario: de 9:00 am a 10:30 a.m.
El enlace de inscripción es el siguiente:
0935
Para nuestra unidad será de gran importancia la participación de todos ustedes en este
lanzamiento.
Sin más por el momento,
Atentamente,
MAURICIO MENDEZ regios oo
TREJOS (FIRMA) —— FPedeaeneaiias coo
Mauricio Méndez Trejos, encargado
Unidad de Innovación y Desarrollo
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
26071000 O Ifarcostacica á Página1d
wreorilamioce O Cilamer Munlolpallf]ad mes PI a gina 1 de 1
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%154 ACTA N*63 Extraordinaria.
AS
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LANZAMIENTO
DE LA INVESTIGACIÓN
IFAM Próximo
10) PI 14 DE SEPTIEMBRE
Oferta Programática 9:00. AM.
Institucional
Vía ZOOM
Infórmese sobre las principales (O uve
necesidades que tienen los Gobiernos
Locales al año 2022.
Dirigido: Autoridades y personal municipal,
MÁS INFORMACION nova Ion ed fa mi gauct
Somos la pleza que conecta con las necesidades municipales...
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la administración para que nombre a
un funcionario que participe de la actividad.
ACUERDO N* 1829
Se conoce nota suscrita por la señora Nayuribe Guadamuz Rosales, ministra,
teléfono: 2221-3806, correo electrónico: ministraGmcj.go.cr, dice:
Oficio: MCJ-DM-0978-2022
Asunto: Formación de la Comisión Expo-Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*155 ACTA N*63 Extraordinaria.
all CFS; | PAN 2022-2026 -Q
la a ESTA RICA
01 de setiembre del 2022
MCJ-DM-0978-2022
Señora
Magaly Venegas Vargas
Secretaria
Municipalidad de Pococí
Estimada señora:
Reciba un cordial saludo. En atención de la misiva SMP-1655-2022, del
29 de agosto de los corrientes, le comunico que he designado al señor
Elmer Vega Cordero, funcionario destacado en la zona de Pococí, para que
conforme la Comisión Pro-Expo Pococí 2023. Al señor Vega Cordero lo
pueden contactar al correo electrónico casapocociOcultura.cr.
Cordialmente,
NAYURIBE GUADAMUZ
ROSALES (FIRMA)
| Firmado Digitalmente
| Fecha: 01/09/2022 21:48:53 CST
Localización: Costa Rica
Nayuribe Guadamuz Rosales
Ministra
NGB/mcg
E Sra. Vera Vargas León. Directora Gestión Sociocukural
E Sr. Elmer Vegas Cordero. Funcionario de pocod
A Archivo de gestión
E Consecutivo
Despacho Ministra de Cultura y Juventud
Ministerio de Cultura y Juventud Web: www.mci.go.cr
Tel. (506) 2221-38-06 correo: ministraQmci.go.cr y despachoOmci.go.cr
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce, que se presente a la Secretaría
Municipal para su respectiva juramentación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI q
PAGINA N*156 ACTA N*683 Extraordinaria. 07-09-2022 *
ACUERDO N* 1830
Se conoce nota suscrita por Lic. Francisco Méndez Brenes, subjefe Regional
Atlántica, teléfono: 2710-4257/8423-5167, correo electrónico: fcotoOtransito.go.cr,
dice:
Oficio: DVT-DGPT-OPT-RA-2022-607
Asunto: Atención oficio N"CMPL-168-2022 Expo-Pococí 2023
DIVISION DE DIRECCION GENERAL DE Región ATLANTICA
mop TRANSPORTES LA POLICIA DE TRANSITO (DEPTO. OPERACIONES
'OLICIALES DE TRANSITO)
02 de septiembre de 2022
DVT-DGPT-OPT-RA-2022-607
Señores (as)
Miembros Representantes
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Licenciada
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal Pococí
Municipalidad de Pococí
Asunto: Atención oficio N* CMPL-168-2022 Expo-Pococí 2023
Estimados (as) Señores (as):
Reciban un atento y respetuoso saludo.
En atención a instrucción superlor asignada mediante oficio N* DVT-DGPT-2022-1444 y rubricado por
el Cmdo. Lic. Gerardo Dávila Villalobos, Subdirector General de la Policía de Tránsito; documento
vinculado al oficio de cita en el epígrafe; les informo que el suscrito en condición de Subjefe Regional
a cargo de la Jefatura Regional Atlántica de la Policía de Tránsito será el representante que estará
designado a conformar la "Comisión Especial denominada “Comisión Pro-Expo Pococí 2023”.
Como medio de contacto ofrezco el número telefónico 8310-3729 y los correos electrónicos:
francisco.mendezmopt.go.cr; o regionatlanticaOtransito.go.cr
Como suplente, se designa al Cap. Lic. Fernando Coto Valverde, a quien pueden contactar por medio
del número telefónico 2710-4257 (oficina), celular 8423-5167. Correo electrónico:
fcototransito.go.cr
2022-2026 ¿NN (506) 2768-9270
COSTA RICA TAN
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NEP oy -
PAGINA N9157 ACTA N%63 Extraordinaria. 07-09-2022* --*
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DVT-DGPT-OPT-RA-2022-607
Página 2 de 2
Sin otro particular, con las más sinceras muestras de consideración y respeto, suscribe;
Cordialmente,
Firmado digitalmente por: E
FRANCISCO MENDEZ BRENES (FIRMA) / 5 /open
Fecha: 2022.09.02 11:07:11 LES era
Rol de firmante: Jefe Regional > naglón Añinilos.,
Ubicación: REgión Atlántica az
Lic. Francisco Méndez Brenes
Subjefe Regional Atlántica
Cco
Lic. Gerardo Dávila Villalobos, Subdirector General, DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITO
Lic. Felipe Venegas Vargas, Jefe Depto. Operaciones Policiales, DEPARTAMENTO OPERACIONES POLICIALES DE TRANSITO
Lic. Ronald Céspedes Mora, Subjefe Regional Atlántica
Lic. Fernando Coto Valverde, Jefe Delegación, UNIDAD DELEGACIÓN GUÁPILES (REGIÓN ATLÁNTICA)
Lic. Eduardo Bonilla Sánchez, Administrador, DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITO
Sra. Maricel Ruiz González, Oficinista, Despacho del Director General, DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITO
Sra. Rebeca María Astorga Calvo, Oficinista, Despacho del Director General, DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE
TRANSITO
2022-2026 ¿EN / (506) 2768-9276
C O Sr A R I C A y francisco. mendez(Qmopt.go.cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce, que se presente a la Secretaría
Municipal para su respectiva juramentación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*158 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACUERDO N* 1831
Se conoce nota suscrita por el Lic. Jean Paul Espinoza Arceyut, Unidad de
Promoción de la Participación Juvenil, teléfonos: 2257-1130 / 8440-1163, correo
electrónico: jespinozaOcpj.go.cr, dice:
Asunto: Presentación Promotora Gloriana Aragón Campos
Presentación Promotora Gloriana Aragón Campos
Jean Paul Espinoza Arceyut <jespinozaGcpj.go.cr>
Mar 6 Sep 2022 13:56
Para: Manuel Hernandez Rivera <manuel.hernandezQmunipococi.go.cr>Ivannia Batista <ivannia.batistaQ)munipococi.go.cr>;secretaria
municipal <secretariaQmunipococi.go.cr>
CC: Gloriana Aragón Campos <garagonQcpj.go.cr>
Buenas tardes estimado Manuel, estimadas Ivannia, Magaly, en espera que estén muy bien, reciban un cordial saludo.
El motivo de esta comunicación, es la presentación de quién sería la nueva promotora del CCPJ Pococí para el periodo 2023-2024,
Gloriana Aragón Campos, a quién copio en este correo. Cualquier consulta con respecto al periodo de Conformación CCPJ 2023-2024,
pueden hacérsela llegar.
Con relación a lo que resta del periodo 2021-2022, mi persona seguirá dando seguimiento y asesoría al CCPJ, así como el seguimiento a
documentación requerida que debe enviar la municipalidad; para la transferencia de recursos, por ejemplo.
Cualquier consulta, con mucho gusto,
cordlalmente,
Lic. Jean Paul Espinoza Arceyut
Unidad de Promoción de la Participación Juvenil
Promotor Social
Consejo de la Persona Joven
(506) 2257-1130 / 8440-1163
JespinozaOcp).go.cr
YAWYLCpjg0.ct
KE] Consejo de la Persona Joven
(8) coj_cr
$ im 50, COSTA MICA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
ACUERDO N* 1832
Se conoce nota suscrita por el señor Luis Antonio Gonzáles Jiménez, director
ejecutivo Consejo de la Persona Joven, correo electrónico:
proyectosccpjOcpj.go.cr, dice:
Oficio: CPJ-DE-OF-322-2022
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*159 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09
Asunto: Convocatoria a capacitación sobre Procesos de Conformación de
Comités Cantonales de la Persona Joven
14
Vivi SAA
E
OSTA RICA
IAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
19 de julio del 2022
CPJ-DE-OF-322-2022
Señores/as Concejo Municipal
Señor/a Enlace Municipal
Asunto: Convocatoria a Capacitación sobre Proceso de Conformación de Comités Cantonales de
la Persona Joven
Estimados (as) señores (as).
Reciban un atento saludo, deseándoles los mayores éxitos en sus labores. Por este medio nos
permitimos informarles sobre la articulación entre el Consejo de la Persona Joven (CPJ) y el
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) en procura de habilitar y facilitar un espacio de
Capacitación sobre Proceso de Conformación de los Comités Cantonales de la Persona Joven
(CCPJ).
Los CCPJ tienen como objetivo fundamental elaborar y ejecutar propuestas locales y nacionales
que consideren los principios, fines y objetivos que establece la Ley N* 8261 y que contribuyan al
cumplimiento de la Política Pública de la Persona Joven vigente.
Por tal razón, les invitamos y motivamos a participar de esta capacitación en la que, además, se
atenderán las principales consultas que puedan surgir referentes al proceso de conformación de
los CCPJ, todo con el fin de facilitar a las entidades Municipales en el cumplimiento de la
normativa respectiva. La capacitación se estará ejecutando el 17 de setiembre del 2022 en un
horario de las 10:00 horas a las 12:00 horas. Por lo anterior el CPJ y el IFAM les solicitamos
completar el sigulente formulario de inscripción: https://f :e.comvril v1St8
En caso de cualquier consulta pueden contactar al correo proyectosccpi(Wcpj.go.cr, donde en la
prontitud posible se atenderá su consulta.
Con las mayores muestras de consideración y estima,
Firmado digitalment ,
LUIS ANTONIO — ue ANTONIO GONZALEZ JORGE ERNESTO Fundo dotainene
GONZALEZ JIMENEZ (FIRMA) OCAMPO OCAMPO SANCHEZ
JIMENEZ (FIRMA) las0g ro SANCHEZ recorra
(FIRMA) 15:47:24 -0600'
Luis Antonio González Jiménez Jorge Ocampo Sánchez
Director Ejecutivo Presidente Ejecutivo
Consejo de la Persona Joven Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
C.c.p Sra. Jenny Vargas Castillo, Coordinadora Unidad de Promoción de la Participación Juvenil, CPJ,
San José 2257-1130 / 2257-0891, Guadalupe: 2263-4131/2280-4376
yaww.cpi.go.er
POCOCÍ
132 ,
7
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Que la Licda. Magally Venegas Vargas,
secretaria municipal, designe quien llevara la capacitación.
pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9160 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1833
Se conoce nota suscrita por Ing. Jose Antonio Arias Arias; MGP, encargado de UEN
Gestión de Acueductos Rurales, teléfono: 2242-3412, correo electrónico:
joariasOaya.go.cr, dice:
Oficio: GSD-UEN-GAR-2022-03569
Asunto: Colaboración municipal hacia la ASADA Buenos Aires, en la construcción
de un tanque de almacenamiento.
Puerto Limón, Costa Rica
mi Y INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
Apartado 1097-1200. Teléfono 2242-3412 — joariasMaya.go.cr
6 de septiembre del 2022
Al contestar refiérase al N?
GSD-UEN-GAR-2022-03569
Regidor
Randall Torres Barrientos
Presidente Comisión de Hacendarios
Municipalidad de Pococí, Limón
Estimado señor:
En seguimiento a lo acordado en reunión que sostuviéramos con la Comisión de
Hacendarios y los funcionarios Ing. José Arias y Licda. Cynthia Harvey de la ORAC
Huetar Caribe de la UEN Gestión de ASADAS de AyA en fecha 28 de julio del
presente le informamos lo que sigue.
|
Respecto a la propuesta de colaboración municipal hacia la ASADA Buenos Aires
en cuanto al requerimiento de ésta para la construcción de un tanque de
almacenamiento de 400 m3 y acorde con lo establecido durante la reunión en
marras se definió que el Municipio analizaría la posibilidad de contribuir con la
| gestión del proyecto con el suministro de los materiales necesarios para la
construcción de la loza de cimentación para el tanque.
Según estudio de suelos realizado por la empresa Soluciones Integrales en
Geotécnica (GeoAm, S.A.) se obtuvieron los parámetros de diseño necesarios para
| la cimentación del tanque de 400 m3 requerido por al ASADA Buenos Aires.
Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 1de2
|
| Sitio Web: munipococi.go.cr
| a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*161 ACTA N*63 Extraordinaria.
Asaber, se trata de una loza circular de 13 m de diámetro con un espesor de 30 cm
en concreto de 280 kg/cm2 con refuerzo de acero de doble malla de varilla $4 (G40)
a cada 15 cm y con recubrimiento lateral, superior e inferior de 5 cm. Se debe
realizar una sustitución de suelo, bajo la losa de fundación, de un metro de
profundidad con material granular de 75 mm (3”).
Así las cosas, la lista de materiales es la siguiente:
40 m3 concreto de 280 kg/cm2 con aditivo (debe ser premezclado por la velocidad
de colado en sitio, aditivo igual o similar al tipo Penetron Admix de INTACO)
50 Kg alambre negro
5 láminas de plywood de 9 mm
700 varillas de hierro G40 +4
2 varillas de hierro G40 $2
2 tubos redondo de hierro galvanizado de 12 mm (1/2”)
200 m3 material granular (lastre) de 75 mm (3”).
Atentamente, Firmado digitalmente por
JOSE ANTONIO ARIAS ARIAS (FIRMA)
Fecha y hora: 06/09/2022 12:32 PM
Ing. José Antonio Arias Arias; MGP
UEN Gestión de Acueductos Rurales
C.Diana Smith Parks - UEN Gestión de Acueductos Rurales
Robert David Barrantes Quesada - UEN Gestión de Acueductos Rurales
Juan Carlos Barquero — Presidente ASADA Buenos Aires
Archivo
Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 2 de 2
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se traslada a la Comisión Municipal de
Hacendarios para su análisis. Que la Asada Buenos Aires remita la proforma
correspondiente a la Comisión de Hacendarios.
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PAGINA N9162 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACUERDO N”* 1834
Se conoce nota suscrita por el Msc. Fidel Picado Atencio, Supervisor de Centros
Educativos Circuito 01, teléfono: 2711-1497, correo electrónico:
supervision01.guapilesamep.go.cr, dice:
Oficio: DREG-DIR-SCE01-206-2022
Asunto: Informe con documentos anexos para que se valore y emita criterio en
relación con la legalidad de Contrato de Administración delegada suscrito entre
la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de Pococí (EXPO POCOCI).
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*163 ACTA N*“63 Extraordinaria.
co 100 ¿NM | | Dirección Regional de Educación Guápiles
COSTA RICA ñ Depenilencia / Supervisión Escolar Circuito 01
as
25 de agosto 2022
DREG-DIR-SCE01-206-2022
Señores
CONCEJO MUNICIPAL
Municipalidad de Pococí
Guápiles
Estimados señores:
En calidad de Supervisor de Centros Educativos del Circuito 01 de la Dirección
Regional de Guápiles, me permito remitir informe sustentado en documentos anexos,
para que se valore y emita criterio en relación con la legalidad del CONTRATO DE
ADMINISTRACIÓN DELEGADA suscrito entre la Junta Administrativa del Colegio
Técnico de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, más
conocida como EXPO-POCOCÍ. /
La Msc. Andrea Peraza Rogade, en calidad de Directora del Colegio Técnico de
Pococí, código 4227 del Circuito 01 de la Dirección Regional de Educación de
Guápiles, remite oficio DREG-SEC01-CTPP-134-2022 a esta supervisión, fechado 24
de agosto 2022, en el que indica lo siguiente:
“externo lo acontecido con la aprobación del Contrato de Administración Delegada firmado
por la Junta Administrativa de Colegio Técnico de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias
de Pococí. Además, informo no haber sido considerada para el análisis, revisión y criterio técnico en la
elaboración de la propuesta como tampoco de la firma que dio pie para que las partes implicadas
formalizaran el contrato.
Al respecto es importante indicar que el contrato firmado entre las Juntas
Directivas contempla las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El objetivo general del contrato consiste en maximizar los recursos
económicos con que cuenta el colegio, mediante la ejecución de actividades lucrativas
en el campo ferial.
SEGUNDA: El campo ferial de aproximadamente 12 hectáreas será administrado en
su totalidad por la directiva de la Expo-PococíÍ.
TERCERA: Establece los compromisos que asume la Junta Administrativa del CTPP
y la Junta Directiva de la Expo-POCOCÍ. En esta cláusula se tipifican las funciones y
obligaciones de ambas directivas.
“Ante el apagón educativo, encendamos juntos la luz”
MidadshróR Gaspites, contiguo al CENCINAI, tel. 2711-1497, correo electrónico supervislon0l.guapilesQmep.go.cr
:¡RETARIA . s
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*164 ACTA N*63 Extraordinaria.
209 109 ¿NN PP Dirección Regional de Educación Guápiles
COSTA RICA || p Dependencia / Supervisión Escolar Circuito 01
DAI, ELCANO,
cas |
CUARTA: Contempla la distribución de las utilidades obtenidas por las actividades
realizadas en el campo ferial. La proporción para cada una de ellas se estipula en 50%
y 50%.
QUINTA: Señala lineamientos sobre el uso de las instalaciones y de la participación
de terceros en el campo ferial. Se especifica que todo convenio o contrato suscrito por
la EXPO-POCOC!Í será responsabilidad absoluta, sin que la Junta Administrativa del
CTPP se vea comprometida por su accionar,
SEXTA: La vigencia del contrato será por 25 años, del 1” de agosto 2022 al 1* de
agosto 2047, cuando la Expo-Pococí traslade a la Junta Administrativa del CTPP las
instalaciones físicas y la infraestructura existente en el campo ferial.
SÉTIMA: En aspectos no contemplados, se establece que el presente contrato se
regirá por la normativa vigente en materia de actos, contratos y convenios de acuerdo
con el Código de Comercio y el Código Civil.
OCTAVA: Establece la prohibición de la EXPO-Pococí de traspasar, gravar, arrendar
ni subdividir los derechos que le otorgan el presente contrato.
NOVENA: No existe estimación especial del presente contrato.
DÉCIMA: Las partes aceptan todas y cada una de las cláusulas del presente contrato.
DÉCIMA PRIMERA: Lugar de notificaciones para ambas directivas
DÉCIMA SEGUNDA: Se establece el procedimiento para dirimir cualquier diferencia
sustancial entre las directivas.
Agrega la directora: “Soy consciente que la labor del Director dentro de la sesión de Junta
Administrativa es efectuar y pronunciar su voz no así su voto. Sin embargo; destaco que la revisión del
Contrato de Administración Delegada fue analizado en Sesión de Junta Administrativa de Colegio
Técnico de Pococí sin mi presencia y así también la firma que finiquitó el presente contrato.
Como administradora de Colegio Técnico Profesional de Pococí hago constar posibles
incumplimientos en el contrato mencionado anteriormente en cuanto a que pudo existir: “1, Aparente
incumplimiento de la Ley de Contratación Administrativa. 2. Aparente incumplimiento del Reglamento
de Juntas, Decreto 38249-MEP y 3. Aparente incumplimiento a la Ley de Control Interno.
Al respecto y de acuerdo con lo señalado por la directora institucional, es
importante considerar los siguientes hechos históricos que se han venido dando en el
transcurso del tiempo entre las Juntas Administrativas del Colegio Técnico de Pococí
y las Asociaciones de Exposiciones Ganaderas:
“Ante el apagón educativo, encendamos juntos la luz”
Limón, Guáplles, contiguo al CENCINAI, tel. 2711-1497, correo electrónico supervision0l.guapilesQmep.go.cr
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*83 Extraordinaria.
PAGINA N9165
COSTA RICA |
I| Dirección Regional de Educación Guápiles
|| Dependencia / Supervisión Escolar Circuito 01
+ El Colegio Técnico Profesional de Pococí, el día 09 de agosto de 1995 firmó Contrato de
Arrendamiento en el Protocolo del Lic, Eduardo Díaz Canales en el Folio N*06, firmado por Rosario
Bermúdez León cédula 1-0259-0114, Presidente del Junta Administrativa de Colegio Técnico de Pococí
y Carlos Enrique López Solano cédula 3-0220-0663 de la Asociación de Exposiciones Agropecuaria de
Pococí, conocido como Expo Pococí. Dicho contrato dio inicio según lo indica el protocolo el 30 de julio
de 1995, para finalizar el 30 de julio de 2020,
e Para día 26 de octubre de 2021 se firmó “Convenio de Cooperación entre la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias
de Pococí, para la administración del campo ferial Expo Pococí”, firmado por Karla Cruz Jiménez,
Presidenta de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y Luis Alfonso Espinoza
Ramírez, Presidente de la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí.
» El reciente contrato llamado “Contrato de Administración Delegada” firmada por Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias
de PococÍ, con fecha del 25 de julio de 2022, firmado por Santos Aguilera Vargas, Presidente de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico de Pococí y Luis Alfonso Espinoza Ramírez, Presidente de la
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, dicho contrato se firma en el protocolo número
doscientos cuarenta y nueve de Wilberth Picado Portuguez con los notarios públicos Carlos Mora Calvo
y Wilberth Picado Portuguez el cual es miembro de Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional
de Pococí, en el puesto de Vice-Presidente.
+ Otro dato importante para revisión, son los ingresos presupuestados en el rubro Ingresos
Propios, por los Contadores, Directores y Juntas Administrativas de Colegio Técnico Profesional de
Pococí, que durante todos esos periodos desde 1995 a la fecha, fueron aprobados sin ser cuestionados,
sin generar una investigación por parte de la misma Dirección Regional a la que pertenecemos.
+ Además; es importante considerar que existe pronunciamiento en el Oficio DAJ-038-C-2015
del 15 de junio de 2015, firmado por Enrique Tacsan Loría, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio
de Educación Pública, donde textualmente en el Transitorio ll expresa: “En el plazo de un año contado
a partir de la publicación del presente Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, todas la Juntas deberán gestionar en coordinación con la DIEE el registro de sus
propiedades a nombre del MEP. Los asesores legales destacados en la Direcciones Regionales de
Educación deberán apoyar a las Juntas en este proceso”. Dicho pronunciamiento no ha sido ejecutado
por ninguna de las partes mencionadas en Transitorio 1! Reitero sobre este oficio mi preocupación y
solicito que de esta manera se eleve a las instancias según corresponda y señala nuestra legislación
costarricense”
Se adjuntan a este oficio los siguientes documentos:
1. Oficio DREG-SEC01-CTPP-112-2022 de fecha 19 de agosto 2022, remitido por
la Do Andrea Peraza Rogade, Directora del COLEGIO TÉCNICO DE
Pococ!l.
“Ante el apagón educativo, encendamos juntos la luz”
Limón, Guápiles, contiguo al CENCINAI, tel. 2711-1497, correo electrónico supervislon0l.guapllesQmep.go.cr
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PAGINA N*166 ACTA N*63 Extraordinaria.
2. Oficio DREG-SEC01-CTPP-134-2022 de fecha 24 de agosto 2022, remitido por
la Msc. Andrea Peraza Rogade, Directora del COLEGIO TÉCNICO DE
PococÍ.
3. Oficio DREG-SEC01-CTPP-135-2022 de fecha 25 de agosto 2022, remitido por
la Msc. Andrea Peraza Rogade, Directora del COLEGIO TÉCNICO DE POCOCÍ
4. Contrato de Arrendamiento en el Protocolo del Lic. Eduardo Díaz Canales en el
Folio N*06, firmado el día 09 de agosto de 1995,
5. Convenio de Cooperación entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de
Pococí, para la administración del campo ferial Expo Pococí, firmado el día 26
de octubre de 2021.
Contrato de Administración Delegada firmada el 25 de julio de 2022.
Oficio DAJ-038-C-2015 del 15 de junio de 2015, firmado por Enrique Tacsan
Loría, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública
ad
Agradeciendo su atención y colaboración, les saluda cordialmente,
dl SN
Supervisor de Centros Educativos
Circuito 01 OR
CIRCUITO 01
GUÁPILES
“Ante el apagón educativo, encendamos juntos la luz”
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Ministerio de Educación Pública
Dirección Regional de Educación Guápiles
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE PococÍ
Circuito 01 / Código Presupuestario 4227
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AA
COSTA RICA
Guápiles, 19 de agosto de 2022
DREG-SEC01-CTPP-112-2022
Señor:
MSc. Fidel Picado Atencio
Supervisor de Circuito 01
Ministerio de Educación Pública
Asunto: Consulta técnica y legal sobre contrato firmado entre Junta
Administrativa Colegio Técnico Profesional de Pococí y Asociación de
Exposiciones Agropecuarias de Pococí (Campo Ferial Expo PococÍ).
Estimado Señor:
Me permito solicitar su asesoría técnica y legal en relación al siguiente tema:
Punto N* 1. Como es de su conocimiento, el campo ferial Expo Pococí está dentro
de las aproximadas cien hectáreas de terrenos del Colegio Técnico Profesional de
PococÍ.
Punto N? 2. Adjunto copia del último convenio firmado por las Junta Administrativa
del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones
Agropecuarias de PococÍ, el cual se autonombró “Convenio de Cooperación entre
la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, para la administración del campo ferial
Expo Pococí", con fecha del veintiséis de octubre del año dos mil veintiuno, firmado
por Karla Cruz Jiménez, Presidenta de la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Pococí y Luis Alfonso Espinoza Ramírez, Presidente de la Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de PococÍ
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EDER
COSTA RICA | timntonioso
TRABAJANDO, DECIMO, MIJORANDO | Educación Pública
Punto N? 3. Adjunto copia del reciente contrato llamado "Contrato de Administración
Delegada” firmada por Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de
Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, con fecha del
veinticinco de julio del dos mil veintidós, firmado por Santos Aguilera Vargas,
Presidente de la Junta Administrativa del Colegio Técnico de Pococí y Luis Alfonso
Espinoza Ramírez, Presidente de la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de
PococíÍ, dicho contrato se firma en el protocolo número doscientos cuarenta y nueve
con los notarios públicos Carlos Mora Calvo y Wilberth Picado Portuguez.
Punto N” 4, Que la suscrita ingresó a laborar al Colegio Técnico Profesional de
Pococí el 11 de mayo de 2022.
Punto N? 5, Que la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí
está constituida por:
NOMBRE CARGO FECHA DE JURAMENTACIÓN FECHA DE VENCIMIENTO:
Santos Aguilera Vargas Presidente 25/03/2022 03/09/2022
Wilberth Picado Portuguez Vicepresidente 24/03/2022 03/09/2022
Jordania Naranjo Segura Secretaria 17/07/2019 03/09/2022
Yamileth Alfaro Rodríguez Vocal | 16/06/2021 03/09/2022
Marcos Durán Dormond Vocal Il 24/03/2022 03/09/2022
Punto N? 6, Que la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí,
en periodo de vacaciones, sesionó el día 05 de julio de 2022 y el 12 de julio de 2022.
En la sesión del 05 de julio 2022, indiqué que, para la siguiente semana estando en
periodo de vacaciones no iba a estar en la zona por asuntos personales. Sin
embargo, el día 11 de julio de 2022, el señor Santos Aguilera Presidente de la Junta
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Fundado 1969
A]
Ministerio CAM
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Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí, me solicitó espacio para
reunirse con la Junta del colegio en pleno, volví a indicarle que no estaba en la zona,
sin embargo, me indicó nuevamente el día 12 de julio de 2022 quien le asignaba el
espacio para reunión con la junta en el colegio, es importante mencionar, que el
Orden del día a la sesión del 12 de julio de 2022 no se me envió.
Punto N? 7. Que la suscrita el día 26 de julio de 2022, en el Campo Ferial (Expo
Pococí) acompañada del supervisor MSc. Fidel Picado Atencio y el Coordinador con
la Empresa del Colegio Técnico Profesional de PococÍ, MSc. Manuel Delgado
Matamoros, organizando un evento de bandas institucionales para la Regional de
Educación Guápiles, nos enteramos extraoficialmente por el Presidente de la
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, Luis Alfonso Espinoza
Ramírez que ya se había firmado un contrato de administración delegada entre ellos
y la Junta del Colegio Técnico; tomándonos por sorpresa de lo mencionado.
Punto N? 8. Cabe indicar que la Junta Administrativa antes de mi nombramiento,
estaba sin la apertura del nuevo de Libro de Actas. Para el 31 de mayo de 2022, la
Contadora Ana Yanci Morera Mora, era quien iba a retirar el libro; sin embargo, por
problemas personas no pudo asistir a la cita. Se agendó nuevamente el 06 de julio
de 2022, pero nuevamente no se fue a retirar el Libro de Actas, para el viernes 29
de Julio de 2022 quedó retirado y legalizado el libro en mención.
Punto N? 9. Para el día 27 de julio de 2022, se agendó de carácter urgente Sesión
Extra-Ordinaria N* 025-2022, solicitada para el análisis del Informe COLEY 1, 2, 3
y el Informes de Unidades Didácticas Productivas. Aproveché para consultar de la
firma del contrato, sin embargo, al ser una Sesión Extra-Ordinaria con un punto
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PERANPLCAEA
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único agendado no se alteró el orden del día ya establecido. Fue entonces que se
habló y se indicó que hasta la próxima sesión se iba agendar el tema. Solicité aún
así copia del Contrato en mención y no se me entregó.
Punto N*10. Para el día 1 de agosto de 2022, en Sesión N*026-2022, retomé el
tema del contrato firmado entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de PococÍ,
nuevamente solicité el contrato y tampoco se me entregó, además, indiqué la
importancia de socializar al Consejo de Docentes sobre el tema.
Punto N?11, El día 05 de agosto de 2022, entre tanta insistencia me entregan una
copia del Contrato de Administración Delegada en la oficina de tesorería.
Punto N*12. El 09 de agosto de 2022, envié convocatoria para realizar el 17 de
agosto de 2022 Consejo Docente, en los puntos agendados estaba dar a conocer
por parte de la Junta Administrativa el contrato entre la Junta Administrativa del
Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones
Agropecuarias de Pococí.
Para el día 10 de agosto de 2022, en el Sesión Ordinaria 027-2022, nuevamente
solicité a la Junta Administrativa presentarse en el Consejo Docente del 17 de
agosto de 2022, para rendir informe del contrato mencionado. No fue bien recibida
la solicitud; sin embargo, aceptaron hacerlo.
El día 17 de agosto de 2022, en Consejo de Docentes se presentó la Junta
Administrativa. El presidente presentó, a sus compañeros de Junta; además, habló
de las obras que se están desarrollando y agradecieron por el espacio. Algunos
compañeros docentes, solicitaron que informaran del contrato mencionado, al cual
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' POCÓCÍ
oo,
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Al
Mmep
Educación Pública
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TRAJANO, DLOOAIMDO, INORANDO.
el Presidente indicó que no estaban convocados para eso, solo querían presentarse
y que iban revisar sus agendas para ver qué día podrían presentarlo.
Punto N* 13. Ante todo lo expuesto, es importante indicar que mi persona no
participó en el planteamiento, análisis, revisión y firma del Contrato de
Administración Delegada, es decir, tenia un desconocimiento total del contenido y
efectos de negociación de este contrato.
Punto N*14, Por tanto, solicito el apoyo técnico y la asesoría jurídica necesaria para
atender de la mejor manera el proceso realizado con este contrato, para que no
perjudique la buena marcha en las labores propias de la institución,
Cordialmente,
ANDREA , Firmado digitalmente por
VANESSA ANDREA VANESSA
PERAZA ROGADE Fecha: 202209
(FIRMA) 23:19:39 -06'00"
MSc. Andrea Peraza Rogade
Directora
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ES
Ministerio de Educación Pública (
oo Dirección Regional de Educación Guápiles (
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ETERNA
Guápiles, 24 de agosto de 2022
DREG-SEC01-CTPP-134-2022
Señor:
MSc, Fidel Picado Atencio
Supervisor Circuito 01
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Ministerio de Educación Pública
Estimado Señor:
La suscrita MSc. Andrea Peraza Rogade, Directora del Colegio Técnico Profesional
de Pococí, Código Presupuestario 4227 de la Dirección Regional de Guápiles, en mi
condición de Directora, expreso mi preocupación debido a la situación expuesta en
el oficio DREG-SECO1-CTPP-112-2022 con fecha del 19 de agosto de 2022, firmado
por mi persona. Donde externo lo acontecido con la aprobación del Contrato de
Administración Delegada firmado por la Junta Administrativa de Colegio Técnico de
Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí. Además, informo
no haber sido considerada para el análisis, revisión y criterio técnico en la
elaboración de la propuesta como tampoco de la firma que dio pie para que las
partes implicadas formalizaran el contrato. Soy consciente que la labor del Director
dentro de la sesión de Junta Administrativa es efectuar y pronunciar su voz no así
su voto. Sin embargo; destaco que la revisión del Contrato de Administración
Delegada fue analizado en Sesión de Junta Administrativa de Colegio Técnico de
Pococí sin mi presencia y así también la firma que finiquitó el presente contrato,
Como administradora de Colegio Técnico Profesional de Pococí hago constar posibles
incumplimientos en el contrato mencionado anteriormente:
1. Aparente incumplimiento de la Ley de Contratación Administrativa.
2. Aparente incumplimiento del Reglamento de Juntas, Decreto 38249-MEP
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«Y 4900 >
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Pecocí
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Ministerio de Educación Pública $ E y
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE POCOCÍ
Dirección Regional de Educación Guápiles /
Circuito 01 / Código Presupuestario 4227 (
3.
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FEAR
Aparente incumplimiento a la Ley de Control Interno.
Para lo anterior es importante considerar los siguientes hechos:
Pecocí
El Colegio Técnico Profesional de Pococí, el día 09 de agosto de 1995 firmó
Contrato de Arrendamiento en el Protocolo del Lic, Eduardo Díaz Canales en
el Folio N*06, firmado por Rosario Bermúdez León cédula 1-0259-0114,
Presidente del Junta Administrativa de Colegio Técnico de Pococí y Carlos
Enrique López Solano cédula 3-0220-0663 de la Asociación de Exposiciones
Agropecuaria de Pococí, conocido como Expo Pococí. Dicho contrato dio inicio
según lo indica el protocolo el 30 de julio de 1995, para finalizar el 30 de julio
de 2020.
Para día 26 de octubre de 2021 se firmó “Convenio de Cooperación entre la
Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, para la administración del campo
ferial Expo Pococí”, firmado por Karla Cruz Jiménez, Presidenta de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y Luis Alfonso
Espinoza Ramírez, Presidente de la Asociación de Exposiciones Agropecuarias
de Pococí.
El reciente contrato llamado “Contrato de Administración Delegada” firmada
por Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, con fecha del 25 de julio
de 2022, firmado por Santos Aguilera Vargas, Presidente de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico de Pococí y Luis Alfonso Espinoza Ramírez,
Presidente de la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, dicho
contrato se firma en el protocolo número doscientos cuarenta y
nueve de Wilberth Picado Portuguez con los notarios públicos Carlos
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¡ POCOCÍ
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2 Ñ : Ministerio de Educación Pública
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Fundado 1969
>]
Mora Calvo y Wilberth Picado Portuguez el cual es miembro de Junta
COSTA RICA
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el
puesto de Vice-Presidente.
+ Otro dato importante para revisión, son los ingresos presupuestados en el
rubro Ingresos Propios, por los Contadores, Directores y Juntas
Administrativas de Colegio Técnico Profesional de Pococí, que durante todos
esos periodos desde 1995 a la fecha, fueron aprobados sin ser
cuestionados, sin generar una investigación por parte de la misma
Dirección Regional a la que pertenecemos.
+ Además; es importante considerar que existe pronunciamiento en el Oficio
DAJ-038-C-2015 del 15 de junio de 2015, firmado por Enrique Tacsa Loría,
Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública, donde
textualmente en el Transitorio 11 expresa:
“En el plazo de un año contado a partir de la publicación del presente
Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas,
todas la Juntas deberán gestionar en coordinación con la DIEE el
registro de sus propiedades a “nombre del MEP. Los asesores legales
destacados en la Direcciones Regionales de Educación deberán apoyar
a las Juntas en este proceso”.
Dicho pronunciamiento no ha sido ejecutado por ninguna de las partes
mencionadas en Transitorio 11
Reitero sobre este oficio mi preocupación y solicito que de esta manera se eleve a
las instancias según corresponda y señala nuestra legislación costarricense.
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ERE CUeZ
Se adjunta a este oficio:
1. Oficio DREG-SECO1-CTPP-112-2022 con fecha del 19 de agosto de 2022,
firmado por mi persona.
2. Contrato de Arrendamiento en el Protocolo del Lic. Eduardo Díaz Canales en
el Folio N“06, firmado el día 09 de agosto de 1995.
3. Convenio de Cooperación entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de
COSTA RICA
Pococí, para la administración del campo ferial Expo Pococí, firmado el día 26
de octubre de 2021.
4. Contrato de Administración Delegada firmada el 25 de julio de 2022.
5. Oficio DAJ-038-C-2015 del 15 de junio de 2015, firmado por Enrique Tacsa
Loría, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública.
Sin más que mencionar.
Cordialmente,
ANDREA VANESSA Firmado digitalmente por
ANDREA VANESSA PERAZA
PERAZA ROGADE ROGADE (FIRMA)
(FIRMA) Fecha: 2022.08,24 22.07:33 -06'00'
MSc. Andrea Peraza Rogade
Director
Colegio Técnico Profesional de Pococí
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si ¿NÑ, COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE POCOCÍ
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[o]
Guáplles, 25 de agosto de 2022
DREG-SEC01-CTPP-135-2022
Señor:
MSc. Fidel Picado Atencio
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Asunto: Informe solicitado en Oficio DREG-DIR-SCE01-201-2022
Estimado Señor:
Me permito rendir informe solicitado en Oficio DREG-DIR-SCE01-201-2022 firmado por
su persona el 22 de agosto de 2022.
1. Que, desde 03 de mayo de 2022 ya no se contaba con el Libro de Actas de Junta
Administrativa, debido que se había terminado los folios asignados.
2. Para el 10 de mayo se realizó Sesión de Junta Administrativa.
3. Que, para el 11 de mayo inicie como Directora en el Colegio Técnico Profesional
de PococÍ.
4. Para el 17 de mayo fue el primer día que asistí a Sesión de Junta Administrativa,
donde su persona me presento ante los miembros de Junta.
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CATA
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5. La Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública, había asignado cita
para el 31 de mayo de 2022, la Contadora Ana Yanci Morera Mora, era quien
iba a retirar el libro, sin embargo; por problemas personas no pudo asistir,
6. La Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública agendó nuevamente
cita para el 06 de julio de 2022, para la apertura del Libro de Actas de Junta
Administrativa, sin embargo; el Señor Santos Aguilera Vargas le indicó a la
Contadora, Ana Yanci Morera Mora que no fuera.
7. Finalmente, para el viernes 29 de Julio de 2022, se retira el Libro de Actas por
parte de la Contadora quedando legalizado.
8. Durante todo este proceso, indiqué en Sesión de Junta Administrativa, la
obligatoriedad de tener los Libros de Actas de Junta Administrativa al día.
Testigo de ello la Contadora Ana Yanci Morera Mora.
9. La Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de PococÍ, en periodo
de vacaciones, sesionó el día 05 de julio de 2022 y el 12 de julio de 2022. En la
sesión del 05 de julio 2022 asistí e indiqué que para la siguiente semana estando
en periodo de vacaciones no iba a estar en la zona por asuntos personales, Sin
embargo, el día 11 de julio de 2022, el señor Santos Aguilera Presidente de la
| Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de PococÍ, me solicitó
espacio para reunirse con la Junta, entendiendo por mi persona que se iba a
| realizar reunión y no sesión de Junta Administrativa, más aun estableciéndose
que la Junta no puede Sesionar mientras el Director no esté presente. Sin
embargo, pasaron esto por alto y lo hicieron como Sesión. Es importante indicar
que no se me envió en ningún momento el Orden del Día, por tanto, nunca se
me notificó dicha Sesión.
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10. Que la suscrita el día 26 de julio de 2022, en el Campo Ferial (Expo Pococí)
acompañada del supervisor MSc. Fidel Picado Atencio y el Coordinador con la
Empresa del Colegio Técnico Profesional de Pococí, MSc. Manuel Delgado
Matamoros, organizando un evento de bandas institucionales para la Regional
de Educación Guápiles, nos enteramos extraoficialmente por el Presidente de la
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de PococÍ, Luis Alfonso Espinoza
Ramírez que ya se había firmado un contrato de administración delegada entre
ellos y la Junta del Colegio Técnico; tomándonos por sorpresa de lo mencionado.
11. Para el día 27 de julio de 2022, se agendó de carácter urgente Sesión Extra-
Ordinaria N* 025-2022, solicitada para el análisis del Informe COLEY 1, 2, 3 y el
Informes de Unidades Didácticas Productivas. Aproveché para consultar de la
firma del contrato, sin embargo; al ser una Sesión Extra-Ordinaria con un punto
único agendado no se me permitió alterar el orden del día ya establecido. Fue
entonces que se habló y se indicó que hasta la próxima sesión se iba agendar
el tema. Solicité aun así copia del Contrato en mención y no se me entregó.
12. Para el día 1 de agosto de 2022, en Sesión N*026-2022, retomé el tema del
contrato firmado entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional
de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, solicitando
nuevamente el contrato y tampoco se me entregó, además; indiqué la
importancia de socializar al Consejo de Docentes sobre el tema.
13. El día 05 de agosto de 2022, entre tanta insistencia me entregan una copia del
Contrato de Administración Delegada en la oficina de tesorería.
14.El 09 de agosto de 2022, envié convocatoria para realizar el 17 de agosto de
2022 Consejo Docente, en los puntos agendados estaba dar a conocer por parte
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PAGINA N*179 ACTA N%63 Extraordinaria.
Ministerio de Educación Pública
Dirección Regional de Educación Guápiles
e. .
acta ¿Ñ COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE POCcocÍ
COSTA RICA | tmatonoco Circuito 01 / Código Presupuestario 4227
TRABAJANDO, DECIONIMNDO, MEJORANDO. Educación Pública Fundado 1969
A A Al PARIDO WEMIRTARN
de la Junta Administrativa el contrato entre la Junta Administrativa del Colegio
Técnico Profesional de Pococí y la Asociación de Exposiciones Agropecuarias
de Pococí.
15. Para el día 10 de agosto de 2022, en el Sesión Ordinaria 027-2022, nuevamente
solicité a la Junta Administrativa presentarse en el Consejo Docente del 17 de
agosto de 2022, para rendir informe del contrato mencionado, No fue bien
recibida la solicitud; sin embargo, aceptaron hacerlo.
16. El día 17 de agosto de 2022, en Consejo de Docentes se presentó la Junta
Administrativa. El presidente presentó a sus compañeros de Junta; además,
habló de las obras que se están desarrollando y agradecieron por el espacio.
Algunos compañeros docentes, solicitaron que informaran del contrato
mencionado y que fue agendado en el Orden del Consejo para que ellos dieran
a conocer el Contrato de Administración Delegada, al cual el Presidente indicó
que no estaban convocados para eso, solo querían presentarse y que iban
revisar sus agendas para ver qué día podrían presentarlo.
17. Ese mismo día me reuní en Sesión de Junta, debido a convocatoria establecida
por el Presidente. Se tomo como acuerdo que el día que realizarían el informe y
presentación del contrato en mención iba a efectuarse el sábado 03 de
setiembre. Por mi parte les señalé que no existe ni se debe convocar al personal
en días no laborales. Sin embargo; indicaron que mantenía esa fecha,
18. Ante todo lo expuesto, es importante indicar que mi persona no participó en el
planteamiento, análisis, revisión y firma del Contrato de Administración
Delegada, es decir, tenía un desconocimiento total del contenido y efectos de
negociación de este contrato.
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Dirección Regional de Educación Guápiles Le
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE POCOCÍ (
Circuito 01 / Código Presupuestario 4227
Fundado 1969
[pl
19. Es importante mencionar que a la fecha el Libro de Actas de Junta Administrativa
COSTA RICA
se encuentra al día,
Cordialmente,
ANDREA Firmado digitalmente
VANESSA PERAZA ROGADE
PERAZA (FIRMA)
ROGADE (FIRMA) ¿5930-0608
MSc. Andrea Peraza Rogade
Directora
Colegio Técnico Profesional d
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blrecoión de Educación TéOnica y"
ñ
.
qe
Colegio Técnico Profesional
Fecha de visita:
Hora de llegada:
Hora de salida:
Equipo de trabajo:
BITACORA
INFORME DE VISITA
De Pococí
Gapacidades Emprendedoras
Telélonor'2221:9107
Fax 2280:28 18/51.
delcóOMEP.IO LH
22-23-24 de abril del 2014
7.00 a.m. (22 de abril 2014)
7.00 a.m. (23 de abril 2014)
7.00 a.m. (24 de abril 2014)
6.00 p.m. (22 de abril 2014)
7.00 pm. (23 de abril 2014)
6.00 p.m. (24 de abril_2014)
Luis Gilberto Marín Gamboa
Asesor Nacional de Agropecuaria
Marisel Cox Alvarado
Asesor Nacional de Ingles
Randall Coto Brenes
Asesor Nacional de Mecánica
Seldy Cordero Mora Asesora Nacional Financiamiento y
Coordinación Técnica de Ley 7372
Oscar Rojas Arce Coordinado Técnico(Día)
Evelyn Stephen Lobo Coordinador con la Empresa (Dia)
Pablo Acuña López Coordinador Técnico y con la Empresa Moche)
DS Le
) Yesenia Vázquez Araya Directora SN SS
y
Firma del Director:
Sello del CTP:
Firma del Coordinador del
equipo de trabajo de ETP:
Ppecocí
Pluye
La GiLBITO er? Ó
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PAGINA N*182
ACTA N*63 Extraordinaria.
E e:
INFORME DE VISITA
PROPOSITO DEL
TRABAJO EN LA
INSTITUCIÓN.
Visita de Asesoría Especifica: taller de inglés, Agropecuaria
Asesorar al equipo de trabajo institucional acerca de los procesos
relacionados con la Ley 17372, tales como elaboración de
proyectos, informes COLEY, inventario de los activos, plaqueo,
plan quinquenal; inventario y proyectos productivos.
Evaluar el estado de las inverslones realizadas con recursos de
la Ley 117372 y fondos propios.
ACTIVIDADES
REALIZADAS:
Reunión con equipo de trabajo para explicar las actividades a
realizar,
Explicación en la elaboración de los Informes COLEY en
función de cómo reportar los intereses, cual es el proceso
que se realiza cuando se asigna un saldo de un proyecto
ejecutado a un nuevo proyecto, tanto en COLEY 1 como en
la COLEY 2 y su repercusión en la COELY 3. Se aclara
cuales son los monto que se deben colocar en la columna
Saldo de proyecto pendiente de ejecutar y Saldo de
proyecto una vez ejecutado,
Se explica que los intereses son montos generados en un
pasado por dineros de la ley, pero en la Coley no se pueden
agregar al monto de desembolso del año, se recomienda
utilizar una fila aparte para este concepto.
Se explica que cuando asigna un saldo de un proyecto a
otro proyecto este sigue perteneciendo al mismo año de
desembolso, aunque se apruebe y ejecute en otro año.
Pecocí
Pluye
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PAGINA N*183
Dirección de Educación Técnica y
Capacidades Emprendedoras
Teléfono 2221-9107
Fax 2233-2816
detce(QMep.go.cr
Se verifica la adquisición de bienes utilizando el oficio de
aprobación, Informe Coley y visualización del bien,
El proyecto Equipamiento del Taller de Mantenimiento de
Informática aprobado en diciembre del 2013 no se ha
ejecutado.
Proyecto Equipamiento y acondiclonamiento para las aulas
de la especlafidad de Secretarlado Ejecutivo aprobado en
junio 2013 perteneciente al periodo 2012 e intereses, se ha
ejecutado en parte, solo parte del mobiliario, sin embargo no se
ha terminado de ejecutar y compraron un armario para papelería
y un escritorio ejecutivo que no están incluidos en el presupuesto
aprobado por un monto total de 41.265.000,00, falta por adquirir
todos los enseres y bibliografía, por lo que actualmente existe un
saldo de ¿6.943,975,21,
Del periodo de desembolso 2012 no se han terminado de
ejecutar los proyectos: Equipamiento de la especialidad de
Agroecología, Remodelación, equipamiento y adquisición de
instrumentos para el laboratorio de ciencias agrarias. Se
corrobora la compra del equipo en su mayoría.
Se analiza el Plan de Inversión del Plan Quinquenal 2014-2018,
se menciona la importancia de Incorporar las especialidades de la
Sección Nocturna, esto siempre y cuando no se estén dando en
el día.
Se realiza el cálculo de la necesidad de Laboratorios de cómputo.
Actualmente se están impartiendo 10 especialidades distribuidas
en 19 décimos, 13 undécimos y 11 duodécimos, dando en total
274 horas semanales de Herramientas computacionales, dando
como necesidad la instalación de 7 laboratorios de
computadoras, en la actualidad se tienen 5 laboratorios por lo
que se hace necesario el planteamiento del equipamiento de 2
Laboratorios más, y las necesidades detectadas en el área
agropecuaria por el asesor.
Taller de Emprendedurismo para docentes inglés del área
técnica, de los colegios técnicos pertenecientes a la Dirección
Regional de Guáplles.
Visita a la finca pare determinar capacidad instalada y proyectos
didácticos y productivos.
Reunión con el equipo de empresas de base tecnológica MAG,
MICITT,MEP, con la Junta administrativa, profesores y la
biotecnología del colegio de Guácimo, Gaudy Ortiz.
Trato cordial, atento y respetuoso de la administración lo que
facilitó el trabajo programado. Agradecimiento especial al
Departamento de Turismo por la atención brindada y
felicitaciones a la docente por el desempeño profesional.
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PAGINA N*184 ACTA N“63 Extraordinaria.
a ; Dirección de Educación Técnica y
l pS Capacidades Emprendedoras
y éfono 2221-9107
"Qe RENE Fax 2233-2816
detce(QMEePp.g0.cr
Anuencia y disposición de la administración y las partes, de llevar
a cabo un programa de mejoramiento con base el informe de
visita.
Cuentan con capacidad instalada en regular estado que permite
desarrollar todas las especlalldades de la modalidad
agropecuaria, tal es el caso de una finca de aproximadamente
100 hectáreas, "distribuidas en áreas con proyectos pecuarios,
áreas de conservación, pastos, otras áreas con topografía regular
óptima para el desarrollo de proyectos didácticos- productivos o
ASPECTOS productivos, con una excelente calidad de suelo, una red óptima
POSITIVOS: de disponibilidad de agua para cada uno de las áreas de trabajo,
buenos apartos con pastos mejorados, infraestructura en regular
estado para establecimiento de unidades didácticas productivas
de: Cerdos, aves de postura, pollos para engorde, viveros, áreas
de cultivos, mataderos de aves, corrales en hierro galvanizado
para explotación de bovinos y otros.
Disposición y voluntad de los coordinadores, dirección y
administración en general para sacar adelante la modalidad,
Un excelente proyecto de hidroponía, con Infraestructura de
primer nivel y un manejo excelente del mismo, por lo que se
felicita al docente encargado y se insta a seguir trabajando de
esa forma.
Disponibilidad de las partes involucradas en instalar una empresa
de base tecnológica en las instalaciones del Colegio.
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PAGINA N*185 ACTA N*%63 Extraordinaria.
Dirección de Educación Técnica y
1 y : PRO Capacidades Emprendedoras
; , MS Teléfono 2221-9107
"Qu Fax 2233-2816
detceQOmep.go.cr
Existe un excelente modelo productivo de especies acuícolas,
siendo un modelo productivo para ser implementado en otras
instituciones, se recomienda ampliar la cantidad de estanques en
producción, de momento solamente un estanque se encuentra
ocupado por tilapias y cuatro están vacíos lo que determina que
solamente se 'está aprovechando un 20% de la capacidad
instalada, se recomienda hacer un diagnóstico y valorar la
posibilidad de incluir otras especies lo que permita diversificar la
producción, deben mejorar condiciones de mantenimiento en
general, limpieza del área total cuenta con mucha maleza,
deterioro acelerado del equipo de bombeo alternativo de sistema
de aguas, estética en general, deben analizar la posibilidades de
utilizar la infraestructura en abandono que se encuentra al lado
del proyecto(aula, bodega, destace de tilaplas, zona de recreo
ASPECTOS QUE otras) o desecharla como chatarra utilizando el manual de baja
REQUIEREN de bienes. Se recomienda revisar la lámpara ya que la misma
ATENCIÓN Y pasa las 24 horas encendida lo cual es un desperdicio eléctrico,
RECOMENDACIONES | al igual que la de la porqueriza
La porqueriza cuenta con infraestructura óptima para la
producción de cerdos, sin embargo no se evidencia labores de
manejo óptimo, el mantenimiento es deficiente, las diferentes
áreas están en condiciones críticas, mala apariencia, manejo de
desechos deficiente, las áreas de baños y servicios sanitarios
sucios con lana verde, muchas fugas de aguas, los corrales con
limpieza deficiente, se recomienda poner atención inmediata a
estas deficiencias, tomar decisiones con el verraco (mejorar
atención, venta otras) y reorientar el proyecto incluyendo la
ñ reincorporación de los pies de cría ya que las mismas fueron
adquiridas con recursos de la ley 7372. Deben revisar la
colocación de la cámara de vigilancia ya que la misma se ubica
en un poste sobre el techo dejando áreas de vigilancia
desprotegidas.
POCOCI Sitio Web: munipococi.go.cr
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pecocí
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ACTA N*683 Extraordinaria.
j
PAGINA N*186
Dirección de Educación Técnica y
" ú ' os Capacidades Emprendedoras
P e eléfono 2221-9107
“Qe ; Fax 2233-281
detce(AMEep.go.cr
Cuentan con un excelente hato de ganado para carne, donde se
desarrolla la totalidad del proceso productivo, de raza brahaman,
simental, simbra con un muy buen manejo del mismo, con sus
respectivos registros de producción, tanto físicos como digitales
con infraestructura óptima y un sistema semi intensivo, semi
estabulada; se felicita al profesor a cargo y se recomienda
trabajar un bueh programa de mantenimiento de infraestructura
para ampliar la vida útil y mejorar alrededores del mismo
trabajando muy fuerte aspectos estéticos del mismo, se
recomienda incorporar un proyecto alternativo de abonos
orgánicos para aprovechar los subproductos del área de
ganadería. Se recomienda ser muy cuidadoso y poner atención
especial al control cruzado de ingresos — egresos y los criterios
ASPECTOS QUE técnicos en cuanto a venta y compra de Insumos y necesidades
REQUIEREN del proyecto,
ATENCIÓN Y
RECOMENDACIONES | La ganadería de leche cuenta con infraestructura en regular
estado para desarrollar la unidad didáctica productiva, las áreas
de pastos mejorados son buenas, el hato de ganado es bueno
con razas Holstein, jersey y pardo lo cual es ventaja para el
desarrollo de los contenidos programáticos al tener variedad de
razas, es Importante poner atención a los protocolos de
producción (Ejemplo Dos Pinos) para realizar acciones
correctivas en cuanto a remodelación de infraestructura,
renovación de equipos, mejoramiento de manejo y manipulación
de la leche, analizar alternativas de venta de leche a la
especialidad de agroindustria para su procesamiento o a alguna
empresa en particular. Se recomienda agilizar la instalación del
biodigestor en el manejo de sub productos de la lechería.
Cuentan con una muy buena infraestructura de mariposario, se
recomienda utilizarlo en aspectos básicamente didácticos y
analizar las posibilidades de desarrollar actividades de indole
productivo para brindar al menos sostenibilidad, es necesario
atenderlo en aspectos de mantenimiento ya que el mismo se
encuentra en abandono.
>
Pluye
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PAGINA N*187
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de Educación Técnica y
Emprendedoras
léfono 2221-9107
Fax 2233-2816
detce(QMep.go.cr
:]
ASPECTOS QUE
REQUIEREN
ATENCIÓN Y
RECOMENDACIONES
Pecocí
Pluye
Es Indispensable establecer el proyecto de micro propagación,
acondicionando infraestructura óptima, desarrollando parcelas
demostrativas de plantas producidas en laboratorio y aclimatando
plantas en las áreas de viveros para ofrecer plantas a diferentes
productores de la zona en cultivos como plátano, ornamentales u
otras líneas, realizar días de campo para divulgar a los
productores de' la zona. Es importante obtener resultados a
mediano plazo.
Nos reunimos con el equipo de trabajo del proyecto MAG,
MICITT, MEP, Junta Administrativa, Coordinadores y Profesores
involucrados, con la disponibilidad de la Biotecnología Gaudy
Ortiz, en brindar acompañamiento en la Instalación y operación
de la empresa de base tecnológica (laboratorio micro
propagación) Las partes involucradas estuvieron en total
acuerdo, se conformó una comisión para darle segulmlento al
proyecto y determinar lugar óptimo para establecer condiciones
óptimas de infraestructura, ya que cuentan con gran parte del
equipo necesario comprado.
Se recomienda reorientar el proyecto de agroindustria, se
recomienda establecer un proyecto de consolidación de la
especialidad agroindustria pecuaria o agrícola, analizando el
potencial productivo de la zona, la capacidad instalada que
contemple remodelación de infraestructura, aulas, compra de
equipos, plan de mantenimiento, limpieza y desinfección, mejorar
la bibliografía, plan por escrito de evacuación y emergencias,
botiquín con productos básicos de primeros auxilios, servicios
sanitarios y duchas, cercanos, establecer un programa de
embellecimiento de alrededores que contemple jardines,
eliminación de bodega tilichera y manejo de desechos sólidos y
líquidos.
Se recomienda establecer un plan general integral de manejo de
la finca, un programa de seguridad detallado en cada una de las
unidades o módulos didácticos — productivos, integrados en un
solo documento el cual se debe actualizar todos los años, esto
para fortalecer aspectos didácticos y aprovechar los potenciales
productivos como unidades didácticas  - productivas
institucionales.
Se revisaron los planeamiento de algunos profesores de la
modalidad agropecuario y se evidenció que planean conforme a
los lineamientos de Educación Técnica, sin embargo en el
diagnóstico realizado en la finca no se logró evidenciar el
desarrollo de los objetivos de ejecución, lo que se determina que
no los están desarrollando, por lo que se recomienda ponerle
atención especial a este aspecto, brindándole un segulmiento de
acuerdo a los tiempos y objetivos programáticos.
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PAGINA N*188
p
—
EN
ono 2221-9107
Fax 2233-2816
detcemep.go.cr
ASPECTOS QUE
REQUIEREN
ATENCIÓN Y
RECOMENDACIONES
Se recomienda realizar visitas colegladas de al menos una vez
por mes por parte de la coordinación técnica, con la empresa y la
dirección a los diferentes proyectos y unidades didácticas y
productivas para felicitar la buena labor y aplicar acciones
correctivas:a los aspectos que requieren mejoras.
s
Coordinación Técnica y Ley 7372.
Utilizar para la presentación del próximo Informe COLEY el
formato actualizado y las recomendaciones dadas en cuanto a su
elaboración.
Cuando se ejecuta un proyecto no se debe dejar de lado el
presupuesto aprobado por la Comisión Nacional de la Ley 7372,
y no se deben adquirir bienes que no estén contemplados dentro
del presupuesto, de lo contrario serán consideradas como
compras no autorizadas.
Se tiene proyectos del 2012 y 2013 sin ejecutar, por lo que se
recuerda que los proyectos deben ejecutarse lo más pronto
posible con el fin evitar el proceso de inflación de los bienes a
adquirir, además se recuerda que un proyecto es solicitado
porque existe una necesidad educativa de los estudiantes y esta
debe ser evacuada los más pronto posible.
Se recomienda trasladar todo el equipo perteneciente al proyecto
Remodelación, equipamiento y adquisición de instrumentos para
el laboratorio de ciencias agrarias que se encuentra en el
laboratorio de suelos al espacio destinado para la parte del
Laboratorio de Micro propagación,
Se recuerda que el alre acondicionado fue aprobado para el
Módulo de Micro propagación por lo que la Junta Administrativa
deberá asumir el traslado e instalación del aire acondicionado
que se encuentra Instalado el Laboratorio de suelos.
Se deben presentar los proyectos pertenecientes al periodo de
desembolso 2014 con las recomendaciones dadas a más tardar
el 10 de mayo 2014,
Para la modificación del Plan Quinquenal 2014-2018 se indica
que realicen un estudio de matricula con el fin de determinar sies
necesario una aula más de Labor(d, laboratorios de cómputo y
los laboratorios de Inglés, además se hace necesario tomar en
cuenta el replanteamiento realizado por el Asesor de
Agropecuaria en cuanto al proyecto de Laboratorio de cultivo de
tejidos y todo lo relacionado con las especialidades
agropecuarias.
Pecocí
Pluye
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PAGINA N9189
ACTA N*63 Extraordinaria.
Niecolón de Educación Técnica/y
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Teléfono 222 1+91071
Fax 2239-2810)
delce(Omep:g0;0
ASPECTOS QUE
REQUIEREN
ATENCIÓN Y
RECOMENDACIONES
Se pregunta al coordinador técnico de los controles cruzados de
los proyectos productivos (lechería, cerdos, ganado, entre otros)
y proyectos anexos (Expo PococÍ, Subasta y Polideportivo), los
cuales no se tienen en el momento, se recuerda que el colegio no
presentó el informe de proyectos productivos (Inventario,
ingresos y egresos) por lo que se establece como fecha límite el
10 de mayo 2014 para la presentación de dichos informes.
Además se recuerda que para la venta de semovientes
pertenecientes a proyectos productivos, debe existir un acuerdo
tanto de la Comisión Institucional de la Ley 7372 como de la
Junta Administrativa, además de la solicitud (con su respectiva
justificación) y su respectiva aprobación por parte de la Comisión
Nacional de la Ley 7372, además de que los recursos obtenidos
deben ser asignados a los mismos proyectos para su
continuidad.
El coordinador técnico nocturno plantea la problemática del
faltante de aulas en la noche, ya que la mayoría son utilizadas
por el Liceo Nocturno, se le aclara que el propietario registral es
el CTP de PococÍ, por lo que la prioridad de uso es de la Sección
Nocturna Técnica, que principalmente se debe atender las
necesidades de la población del CTP y si existe el espacio de
infraestructura se colabora con el Liceo Nocturno, por otro lado
actualmente existe una estructura administrativa nocturna del
CTP de PococÍ por lo que es la responsable de la administración
de toda la infraestructura.
A la mayor brevedad posible, coordinar con el
Departamento de Especialidades Técnicas, una evaluación
institucional que incluya asesoría especifica por parte de los
asesores de cada una de las especialidades que se ofrecen
en la institución, e inversiones de la ley 7372.
Pecocí
Pluye
qe
»
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9190 ACTA N*63 Extraordinaria.
A A
¿ues) JUNTA ADMINISTRATIVA
hd) COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE POCOCI
1 p, Fundado en 1969
5Liemo >" E-MAIL colegiotecnicopocociOhotmail.com
Frente al Hotel Suerre, Guápiles, -Limón, Costa Rica
Guápiles, 04 Agosto del 2014
Señores (as)
Junta Directiva Expo Pococí
Estimados señores (as):
Reciban un cordial saludo de parte de la Junta Administrativa Colegio Técnico
Profesional de Pococí.
Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes para informarles que Educación
Técnica solicita controles cruzados entre Expo Pococí y el Coleglo, por lo que, le solicitamos
nos brinden el informe económico del periodo 2014,
. Esta información la necesitamos para el día 18 Agosto 2014 para entregarla a
Educación Técnica.
(Adjuntamos informe de Educación Técnica)
Agradeciendo la atención brindada;
Se despide
Junta Administrativa C.T.P.P.
Tele fax: 2710-3949
Ciencia, Virtud y Trabajo
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Pluye
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PAGINA N*191 ACTA N*63 Extraordinaria.
ASOCIACION DEEXPOSICIONES AGAOPECUARIAS DE POCOCI
EXPO-POCOCI
Tolófonos! (508) 2710-50-56 (608) 2710-20-01 (505) 2710-20-03
FAX: (506)2710-60.45 Apdo: (523) 7210 Guápllex, Pococí
E-mail: lnfo60rpo-pococÍ.com
Guápiles, 13 de agosto de 2014
Expo Pococí 1641-14
Señora
Karla Cruz Jiménez
Presidenta Junta Administrativa
Colegio Técnico Profesional de Pococí
Respetada señora:
Reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva de La Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de Pococí. (Expo Pococi)
Nos permitimos responder respetuosamente, su oficio, sin numeración de
fecha 04 de agosto anterior, presentada de manera personal, en reunión
ordinaria de nuestra junta directiva, por la Sra. Yessenia Vásquez Araya
Directora del Colegio Tecnico, La señora Milagro Campos Víquez
Subdirectora y el señor Oscar Rojas, coordinador Técnico del Colegio que
Ustedes administran. En el mismo, nos indican que Educación Técnica
solicita controles cruzados entre Expopococí y el colegio, por lo que, nos
solicitan les brindemos el informe económico del periodo 2014, y que esa
información la necesitan para el día 18 de agosto próximo, para entregarla
al departamento antes indicado. Y nos adjuntaron fotocopia del Informe de
visita realizada por funcionarios del departamento dicho, realizada los días
22, 23 y 24 de abril anterior. Informe que en el espacio denominado
“Aspectos que requieren atención y recomendaciones, en su primer párrafo,
indica: “Se pregunta al coordinador técnico de los controles cruzados de los
proyectos productivos (lecheria, cerdos, ganado, entre otros y proyectos
anexos (Expopococí, Subasta y Polideportivo), los cuales no tienen en el
momento, se recuerda que el colegio no presentó el informe de proyectos
PO QA ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9192 ACTA N*63 Extraordinaria.
productivos (inventario, ingresos y egresos) por lo anterior se establece
como fecha límite el 10 de mayo 2014 para la presentación de dichos
informes.
Respecto a su solicitud, les indicamos lo analizado y acordado por esta
Junta Directiva:
1-Que nos indican que la información solicitada deben presentarla el 18 de
agosto a más tardar, sin embargo, en el párrafo citado del informa de la
visita realizada por los funcionarios de educación técnica, indica que la
fecha límite para la presentación de dichos informes, era el día 10 de mayo
del 2014, por lo cual existe doble plazo de presentación, o la misma
deviene extemporánea, respecto al plazo establecido en el informe
aportado.
2-Que analizada la Ley N” 7372, publicada en la Gaceta 243 del Viernes
17 de diciembre del 1993 y El Reglamento de dicha ley, publicado en La
Gaceta 97 — Viernes 20 de mayo de 1994, no sería el fundamento legal
pertinente para la solicitud que nos ocupa, por cuanto dicha ley, como es
de su conocimiento, se refiere como se establece en el párrafo supra citado
del informe dicho, a “los proyectos productivos, entendidos como
proyectos didácticos, que son financiados por los recursos, establecidos en
el artículo 1 de la Ley 7372 y ejecutados, según lo establecido por su
reglamento, mismos que de igual forma indican su finalidad y uso Artículo
2 misma ley y establecen los controles respectivos, además de los previstos
por la Ley General de la Administración Pública.
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PAGINA N*%193 ACTA N*63 Extraordinaria.
Ppecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
3- Que los proyectos productivos efectivamente reciben su financiamiento
por medio de los recursos antes indicados, específicamente del 5% del
superávit del INA, o en su defecto de no existir este, del presupuesto
ordinario de dicha institución. La consecuencia lógica y legal de ese aporte
es la existencia de los controles respectivos, por norma general de la
función pública y sus recursos, los cuales han de ser presupuestados,
proyectados y controlados.
4- Que de igual forma revisados los ordenamientos citados, Ley 7372 y su
reglamento, no encontramos, los denominados “proyectos anexos”, que se
indican en el informe de visita aportado. En un análisis somero, podríamos
concluir que de los proyectos dichos, Expopococí, Subasta y Polideportivo,
este último podría considerarse parte de los proyectos del Colegio Técnico,
en el tanto y el cuanto de alguna manera, se encuentra bajo su
administración y recibe aportes económicos públicos, a través de la Junta
Administrativa, no sabemos si por medio de la Ley 7372 o por otros
ingresos del colegio.
5-Respecto de nuestro caso, Expopococí, si bien es cierto, siempre en la
práctica hemos promocionado la relación como un “proyecto” del colegio,
desde el punto de vista legal y administrativo, es en realidad una
organización aliada, una asociación sin fines de lucro, cédula jurídica 3-
002-066488-14, que efectivamente, se constituyó como un proyecto del
Colegio Agropecuario de Pococi, que posteriormente adquirió
independencia jurídica, creada bajo el marco legal de la Ley N* 218 de 8 de
agosto de 1939 y sus reformas, en relación con la Ley N* 6739 de 28 de
abril de 1982.
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%194 ACTA N%63 Extraordinaria.
6- Que nuestro estatuto, define nuestra relación en su “Artículo 6: De los
fines: Los fines y los propósitos para lo que se organiza ésta Asociación;
Inciso, b-Facilitar los elementos materiales, infraestructura y económicos
necesarios para una mejor enseñanza teórico-práctica de los estudios que
brinda el Colegio Técnico Profesional de Pococí, entre otros.”
7- Que nuestra relación actual, se fundamenta en un “Contrato de
arrendamiento de las instalaciones”, firmado a las nueve horas del nueve de
agosto de mil novecientos noventa y cinco, y que consta en el Protocolo del
Licenciado Eduardo Díaz Canales, folio M* 06 y siguientes, Escritura
pública número nueve, firmado por los representantes legales de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí, de ese
momento, señor ROSARIO BERMUDEZ LEON, (qdDg) cédula número
0102590114 y el representante legal de la Expopococí, sefíor CARLOS
ENRIQUE LÓPEZ SOLANO, cédula número 0302200663. Que dicho
contrato es ley entre las partes, en el se estableció un plazo de 25 años,
según cláusula segunda y una contraprestación del 40 % los dos primeros
años y el 50% los años restantes, del producto de las utilidades generada
por la Exposición Ganadera Guápiles
como un rubro de alquiler.
8- Que el caso de la subasta ganadera, es más ajeno aún, a la relación con
Educación Técnica, por cuanto ese contrato de arrendamiento firmado por
Expopococí dentro del marco de la ley y las facultades que otorga el
convenio vigente, entere nosotros, podría interpretarse perfectamente, que
el monto girado al colegio, no es otra cosa que una donación, que surgió
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*195 ACTA N*%683 Extraordinaria.
EEG
como ustedes saben, de una decisión de Junta directiva de Expococí, en un
momento de apremio económico del CTPP, y por la disposición de los
profesores miembros de aquella junta, con la presidencia de Dofía Alicia
Fonseca Alvarado, decidieron otorgar el 50% del monto del alquiler al
colegio y además que se girara directamente, como un mecanismo para
asegurar que dicho monto llegara a la institución. Ni Expopococí, ni la
subasta reciben aporte alguno de fondos públicos, a pesar de funcionar en
terrenos de esa índole, todo lo contrario, ambos le generan ingresos a una
institución pública, de ahí que deviene improcedente el ejercicio de
controles por parte de Educación Técnica, la institución que eventualmente
podría realizar dicho control, sería la Contraloría General de la República,
según lo establecido por la ley, en caso de que nuestra asociación hubiera
sido declarada de interés público, lo cual no ha sucedido. Es importante,
sefíalar, como le s manifestamos a las compañeras (0), de la dirección y la
coordinación técnica del CTPP, que nos visitaron, es por todos sabido, que
nuestra asociación, recibió originalmente un área, que posteriormente fue
ampliada, para el campo ferial, misma que estaba vacante y constituía una
zona anegada, absolutamente todas las instalaciones han sido construidas
con los recursos que ha generado las actividades de la asociación, algunos
aportes estatales diferentes de los de la Ley 7372 y de la empresa privada.
8- Que el informe económico del período 2014, que nos solicitan, no lo
tenemos, por cuanto el período fiscal, establecido por la legislación
tributaria vigente y nuestro estatuto, es el indicado en el “Artículo 3: El
ejercicio administrativo y fiscal de la Asociación será de un año,
comprendido entre el primero de febrero y el treinta y uno de enero del año
siguiente. Al finalizar cada ejercicio, se liquidarán las operaciones de la
Asociación y se presentarán los estados financieros... ” De manera que no es
posible ofrecerlo en este momento, por cuanto dicho periodo, aún no ha
PO y 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9196 ACTA N%683 Extraordinaria.
REPITAN
finalizado y como a ustedes les consta el informe del período 2013, se los
presentamos en la Asamblea General Ordinaria del mes de febrero anterior,
del cual con mucho gusto podemos ofrecer copia, claro está, a la Junta
Administrativa, ya que nuestra organización no es subordinada, ni tiene
relación jerárquica con el Departamento de Educación Técnica, que a
ustedes lo solicita.
Por último, como se los indicamos a las compañeras y compafíero, que nos
visitaron amablemente en nuestra reunión, consideramos que existe una mala
interpretación, de la relación existente entre la institución colegio y nuestra
asociación, que el contrato vigente entre las partes, establece en su cláusula
“OCTAVA: Tanto la arrendante como la arrendataria tendrán total
autonomía en su organización y planes, siendo entre sí soberanas e
independientes”. Y citamos esta clausula, porque respetuosamente,
consideramos que ese fue el “espíritu de la ley”, y del convenio, que ese ha
sido el éxito de esta relación que ha perdurado en el tiempo y como
principio fundamental del derecho de los contratos, se suscribió y ha
mantenido por “la buena fe”, la confianza y el apoyo mutuo, que sin duda
ha beneficiado a quienes realmente nos interesan, los estudiantes de nuestro
amado colegio, y que quienes han administrado y administramos la
asociación, tenemos claro el objetivo del artículo 6 Inc. B) de nuestro
estatuto vigente. Lo refleja y lo fortalece su “Artículo 20: La Asociación
[de la Ley de Asociaciones. También cuando los dos tercios de la totalidad
de los asociados activos lo solicitan expresamente, y el acuerdo definitivo
sea tomado en reunión de Asamblea General Extraordinaria convocada
para tal efecto. En ambos casos, el liquidador será la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*197 ACTA N%63 Extraordinaria.
PURA NRTTRCA NT
De igual forma, siempre respetuosamente, consideramos que es importante
que las autoridades de Educación Técnica, el Ministerio de Educación en
general, la Junta Administrativa, el Consejo de Profesores, (autoridad
máxima del colegio), la comunidad estudiantil y padres de familia tengan
clara esta relación, que a pesar de los posibles aciertos y desaciertos, la
misma ha colaborado con la consecución de los fines productivos,
didácticos y administrativos del Colegio Técnico Profesional de Pococí.
Llamamos la atención en el sentido que no debemos confundir esta
relación, ni establecer jerarquías, ni facultades inexistentes, ni previstas por
las leyes, reglamentos o contrato vigentes. Quienes visionaron este
proyecto, sin duda previeron la autonomía e independencia, administrativa
y sobre todo financiera, pensaron en dotar al colegio de una fuente de
ingresos propia y de manejo discrecional, siempre dentro del marco de la
ley. Este convenio es único en el país, al prepararnos para la XXIX edición
de la Feria Expococí 2014, con el honor de ser la sede de la Exposición
Pecuaria Centroamericana, Expica rotativa 2014, volvemos la vista atrás, y
podernos sentirnos satisfechos de la labor realizada y los logros obtenidos,
no alcanza la gratitud para todos y todas aquellas personas que de una u
otra manera, “ad honoren” y desinteresadamente han contribuido con el
CTPP y la Expopococí. Los invitamos a transmitir este mensaje, respetuoso
a los funcionarios de Educación Técnica, y nos permitimos sugerir, que
tengan como referente a la compañera, Mba. Alicia Fonseca Alvarado,
funcionaria de ese departamento, ex directora del CTPP y ex presidenta de
Expopococí, estamos seguros que la compañera Fonseca Alvarado,
ratificará con gusto y ampliará la información que este documento contiene
y ayudara a la comprensión de nuestra historia.
PO y ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*%198 ACTA N*63 Extraordinaria.
Aprovechamos la oportunidad, para indicarles, nuestra disposición a
reunirnos con funcionarios de esa dependencia, con el Consejo de
Profesores y con quien sea necesario para exponer nuestra tesis.
Seguros de su comprensión y con la claridad de que ustedes intentan
cumplir con las obligaciones, que consideran pertinentes, de Ustedes con
toda consideración;
Lv ss Pub
Lic. Manuel Delgádo Matamoros
Presidente Exp0pococí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%199 ACTA N*683 Extraordinaria.
JUNTA ADMINISTRATIVA
Ml COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE POCOCI
Fundado en 1969
E-MAIL colegiotecnicopococi hotmail.com
Frente al Hotel Suerre, Guápiles, -Limón Costa Rica
Guápiles, 2 de marzo de 2020 Junta C.T.P.P (006-2020)
Señores:
Junta Directiva
Expo PococÍ
Estimados señores:
Luego de un cordial saludo hacemos de su oonooimiento que se sesión 772, celebrada el 27 de
febrero del 2020 en cuanto al tema de la Expo Pocac! y la firma de un nuevo contrato se han
tomado los sigulentes acuerdos;
1. Se acuerda por unanimidad por parte de la Junta Administrativa la no prorroga o
renovación del contrato que actualmente está vigente, el cual fue firmado en fecha 30 de
Julio de1995 y vence el próximo 30 de Julio del 2020.
2. Se acuerda proponer la firma de un Contrato transitorio con vigencia de no más de un año
a partir del vencimiento del contrato que está en vigencia y vence el próximo 30 de Julio
2020, con la finalidad de que se realice la feria correspondlente al año 2020.
3, Para la elaboración del contrato transitorio para el 2020 y posterlor elaborar el definitivo se
acuerda nombrar una Comisión de trabajo conformada por dos miembros de la expo los
cuales deben ser de larga trayectoria, tres representantes de los docentes también de
larga trayectoria, la Junta administrativa del Colegio, su asesor legal y el Señor Director;
William Vega Duarte.
4. Se acuerda solicitar a la Directiva de la Expo Pococ! los estatutos vigentes al 2020 de su
organización.
Agradeciendo de antemano su atención se despiden;
tal Verla 1 ¿oriol da slo (58) Andreo
Eva María Valenciano Montero
Vice Presidenta 3/03 | 2020,
Junta Administrativa
PEO ey) ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
YA C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*200 ACTA N*63 Extraordinaria.
Junta Administra
ll Coleglo Técnico Profesional de Pococí
Fundado en 1969
1069
24 Junlo 2020 . Junta C.T.P,P (011-2020)
Señores
Junta Directiva Expo PococÍ
Reciba un cordlal saludo de parte de la Junta Administrativa del Coleglo Técnico Profeslonal de
Pococí, la presente nota es para informarles, que debido a la situación sanitarla que está pasando
el país, lo cual ha causado una baja considerable en los ingresos de la Junta y en aras de mitigar tal
situación para beneficio de la comunidad estudiantil, se acuerda que a partlr del mes de Agosto
del presente año, los Ingresos provenlentes de la subasta sean transferidos en su totalidad al
Coleglo, así también informarles que una vez vencido el contrato de la Expo Pococí y Junta
Administrativa se realizará un convenio directo entre la Subasta y esta Junta Administrativa,
acuerdo tomada el día 09 de Junio 2020 en el acta 776-2020
Agradeciendo la atención brindada, se despide;
Cordlalmente;
KARLA eco [57
ital uy
JUDITH CRUZ KARLA JUDIT CRUZ a
JIMENEZ JIMENEZ (FIRMA) EA
Fecha: 2020.06.30 e
(FIRMA) 1520:08-0600 Se
Karla Judith Cruz Jiménez Ñ
Presldenta ec.
Junta Administrativa C.T.P.PococÍ
nokeo
30 ]0 | 2030.
03:51 ¿Mm
Teléfono: 2710-59-15
PO yl Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*63 Extraordinaria.
PAGINA N*201
Seas
Junta Administrativa Colegio Técnico Profesional
Ingresos Expo Pococí 2007 - 2019
2019
2018
2017
2016
2015
2014
2013
2012
2011
2010
2009
2008
2007
Total
(37.848.971,81
(60.168.862,06
(25,462.297,96
(25,950.738,35
(:16.136.288,19
(8.500.000,00
(:18,564.412,68
(:17,000.000,00
(9.786.760,00
0,00
£0,00
(23.448.306,00
(29.867,587,51
(272.734,224,56
Pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*203 ACTA N%63 Extraordinaria.
tada por su Fresidante con facultades suficientes para este acto Pa
señor CARLOS ENRIQUE LOPEZ SOLANO, ¿asado una vez, empresario, ) a
con cédula 3-220-663 vecino de esta eludady y” DICEN Que han] € y i
convenido en celebrar un contrato: de .arrendamiento: de las| 7
instalaciones a efectos del cual ¡en adelante el primero se
denominará "EL ARRENDANTE" y el Fsegundo "LA aaa IN
rigiéndose por las siguientes cláúsulas.- * PRIMERA Que lal -
arrendante dá'en arrendamiento a la ,arrendataria, quien acepta,
P
terreno donde se encuentran las. instalaciones ' adyacentes al d
¿ ,
Colegio, sito en esta ciudady donde se han venido efectuando las
ferias ganaderas, entre las cuales ise describen así El Salón
Multiusos), -Ctodas y cada ina, de los' stands,
redondel ta oficinas
lás antraestructuras donde se celebra
semanalmente la Subasta Ganadera, y "demás - plantas físicas, las;
cuales son propiedad de la arrendathria.- Que con el presente
contrato se deroga.y queda rescindido: y sin ningún efecto el
) contrato anterior, así cómo los “acuerdos tomados en  Asambleasi
Generales.- SEGUNDA El plazo del presente contrato es a partir . q
[ral próximo 30" de -juiua de. 1995 al Lo _de julio del año 2020,
Vécha en la cual se extinguirá la prEsente relación contractual,
para lo cual si alguna de las partes" quisidra contratar de nuevo,
deberá así comunicarselo por escrito! con un mes de antelación a
la Otra, con el tin de que pacten de: muevo un nuevo  contrato.-
TERCERA Totias: y. cada una de las y áreas- descrátas y Objeto del
este contrato, así como las subsiguientes. areas que puedan ser
objeto del mismo seguirán siendo: propiedad exclusiva * del
arrendante.- CUARTA. El precio delj presente contiráto será un
porcentaje de un A O años y, de un 50% los]
| restantes años, del «producto deidasm utilidades que produzca 1d
cual se pagarán en
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
realización deniewkExposdelón :Ganadera, —los/
 
 
pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Na
PAGINA N*206 ACTA N*%683 Extraordinaria. 07-09-
MEE ¿0"POGOLL
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CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DEPOCOCÍ Y LA ASOCIACIÓN DE
EXPOSICIONES AGROPEGUARIAS DE POCOCÍ, PARA LA ADMINISTRACIÓN
DEL GAMIPO FERIAL EXPO POCOCI.
Los suscritos KARLA CRUZ JIMÉNEZ, mayor, casado una vez, ingeniera agrónoma,
con cédula de identidad número: ocho - ciento tres - cuatrocientos treinta y siete,
vecino de Jiménez Pococí, Limón, ochocientos metros al sur de la entrada principal de
Suerre, quien es presidente de la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO
DE POCGOCI, cedula jurídica número tres — cero cero ocho — cero sesenta y un mil
setenta y uno = veinticuatro, domiciliada en Guápiles, Pococí, Limón autorizada
mediante Sesión Extraordinaria acta número 853 - 2021 del 21 de Octubre de 2021 y
LUIS ALFONSO ESPINOZA RAMÍREZ, mayor, casado una vez, jubilado, con cedula
de identidad número uno = cero cuatro siete uno = cero cuatro tres dos, vecino de
Guápiles, Pococí Limón, en su carácter de Presidente con facultades de Apoderado
Generalísimo con un límite de suma de quinientos mil colones de la Asociación de
Exposiciones Agropecuarias de Pococí, cédula de persona jurídica número tres = cero
cero dos = cero seis seis cuatro ocho ocho, autorizado para este acto mediante el
acuerdo de Junta Directiva número 2-1003-21:de fecha 12 de octubre del 2021.
CONVENIMOS:
4. Suscribir el presente-Convenio de permiso de uso de acuerdo con lo estipulado
en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa N* 33411, en el
artículo 169, Ley General de la Administración Pública N' 6227, articulo 154,
oficio No, 6446 (DCA- 1361 del 22 de mayo de 2006), Procuraduría General de
la República, en pronunciamiento del 4 de abrll de 2006, C-139-2006, Dictamen
C-026-2001 del 7 de febrero del 2001, para la.adminlstración del Campo Ferial
Carlos Rodríguez Alfaro conocido como Expo = PococÍ, mismo que se
encuentra ubicado en la finca propiedad de la Junta Administrativa, inmueble
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*207 ACTA N*63 Extraordinaria. 0
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ID
inscrito en el Registro Nacional, partido de Limón, con la matrícula de folio real
número DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE - CERO CERO
CERO, ubicada un kilómetro al Este y veinticinco metros Norte del Hospital de
Guápiles, en el cual se encuentra el campo ferial Expo Pococí, con una área de
aproximadamente ciento once mil novecientos setenta y dos metros cuadrados,
área sobre la cual se encuentran las edificaciones que se describen a
continuación: descripción detallada de todos los bienes muebles e inmuebles
que serán dados en administración:
NOME!
1 SALONES SALON MULTIUSOS,
2 REDONDEL DE YOROS INCOONDEL DE TOROS
[LOJFICIO OL OFIC
3 SUBASTA GANADERA
¡ANEA PA ASPALTADA
a RING DE JUZGAMIENTOS [PICADENO,
[PAIVIER GMUPO: GUAPILES
GALPONES
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*208 ACTA N*63 Extraordin
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2. En el presente convenio se entenderá como Junta a la Junta Administrativa del
Técnico Profesional de Pococí; Colegio al Colegio Técnico Profesional de
Pococi, Asociación a la Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococí
y Expo Pococí al campo Ferial.
3. Convenio de Administración que se regirá bajo las siguientes cláusulas que se
indican a continuación:
PRIMERA. DEL OBJETIVO:
El presente convenio pretende alcanzar los siguientes objetivos:
1) La administración del campo ferial por parte de la Asociación de
Exposiciones Agropecuarias de Pococí, con el apoyo de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profeslonal de PococÍ.
2) Continuar y dar seguimiento a las relaciones de convenios que se encuentren
activos y vigentes en el campo ferial al día de hoy, así como los futuros que
se puedan dar en el ejercicio de su administración.
3) Organizar las actividades que sean consideradas oportunas para la utilización
del campo ferial durante todo el periodo de vigencia del presente convenio,
siempre que tenga como objetivo la obtención de recursos para ambas
partes, y que estén en apego a los objetivos sociales, culturales, educativos y
legales que rigen tanto a la Asociación como la Junta Administraliva.
4) Dar mantenimiento y sostenibllidad al proyecto, así como procurar la mejor y
más diligente administración del campo ferial.
5) Que ambas juntas unirán esfuerzo tanto materiales y humanos para colaborar
entre si y lograr la mejor gestión administrativa del proyecto,
SEGUNDA. DELA OPERACIONALIDAD:
4. El campo ferial Expo PococÍ, con la totalidad de su infraestructura y sus
actividades, es un proyecto del Coleglo Técnico Profesional de Pococí,
desarrollado en un inmueble propiedad del Junta Administrativa sito en la
ciudad de Guápiles, PococÍ, Limón.
POCO ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
a a, ó Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*209 ACTA N*683 Extraordinaria.
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2. La administración directa de la totalidad de la infraestructura y de las
actividades de promoción, capacitación, recreación y lucrativas, que se
desarrollen, mediante el presente convenio se le confieren a la Asociación
de Exposiciones Agropecuarias de Pococí, sin erogación económica alguna
a cargo de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de
Pococí, pero con el apoyo de esta en lo que sea posible y sin comprometer
los bienes que se dan en administración. Tendrá la asociación
administradora facultades generales para celebrar convenios y ejecutar los
actos para la conservación y explotación de los bienes dados en
administración, adjudicar puestos, tramitar de patentes y ejecutar todos lo
actos jurídicos que sean necesarios para alcanzar los objetivos del presente
convenio, siempre y cuando no comprometan la integridad institucional.
TERCERA. DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.
Obligaciones de la Ji ]
1. La Junta Administrativa colaborará y aportará de acuerdo con su disponibilidad
para el desarrollo de actividades en el campo ferial, el recurso humano y material
que le sea posible, así como el equipo que tenga disponible para que se pueda
disminuir los costos de la actividad; del mismo modo motivará la participación del
personal docente, administrativo y el estudiantado, en las actividades que se
desarrollen en el campo ferial de carácter educativo, agrícolas, pecuarias, cultural
y sociales que organice la Asociación.
Obligaciones de la Asociación,
1. Al ser el campo ferial un proyecto más del Colegio y en aras de una mejor
fiscalización y trabajo en equipo, para tomar las mejores decisiones financieras
entre ambas partes durante la vigencia del presentes convenio, la asociación
elaborará un presupuesto anual económico, un plan anual operativo, plan de
gestión ambiental e inventarios de los bienes muebles e inmuebles para la
operación del campo ferial, el cual se elaborará en el mes de noviembre del año
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PAGINA N*210 ACTA N*63 Extraordinari
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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en.curso y para ejecutar el año siguiente, y se lo enviará un copia certificada a la
Junta Administrativa del Colegio, además se elaborar informes económicos
trimestrales, en las fechas de corto 31 de marzo, 30 de junio, 30 de setiembre y
31 de diciembre de la actividad económica y financiera del campo ferial, los
cuales serán envidos a la Junta Administrativa 30 días naturales después de la
fecha de corte y deberán ser certificados por un contador público autorizado.
2. Se deberá elaborar un informe extraordinario económico, completo y detallado
únicamente para la féria ganadera Expo-PococÍ, el cual deberá ser certificado por
un contador público autorizado, que será entregado a la Junta Administrativa del
Colegio Técnico de Pococí en el término de 60 días naturales; 15 días naturales
después de recibido dicho informe se distribuirá el dinero correspondiente a las
ganancias y se girará lo que corresponda conforme al Convenio a favor del
Colegio Técnico Profesional de Pococí.
3. Administrar el Campo ferial, dándole el mantenimiento necesario para su buen
funcionamiento, previendo el contenido presupuestario suficiente para honrar esa
obligación.
4. Realizar el pago de todos los servicios públicos del campo ferial, los cuales se
deben trasladar a nombre de la Asociación en el plazo del presente convenio.
5. Contar para el funcionamiento del Campo Ferial con una póliza de
responsabilidad cívil al día permanentemente durante la vigencia del presente
convenio, esto es un requisito fundamental para el funcionamiento y apertura del
Campo Ferial, de dicha póliza se enviará una copia a la Junta para garantizar su
vigencia en cada informe trimestral indicados en el punto primero de esta
cláusula, para eventos masivos se debe contar con pólizas adicionales y planes
de emergencia.
6. La Asociación se hará cargo de la administración y funcionamiento del Campo
Ferial, en apego y respeto a la legislación nacional, mediante la figura jurídica que
funcione mejor a los intereses de la Campo, excluyendo a la Junta de todo tipo de
= 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*211 ACTA N%63 Extraordinaria.
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responsabilidad, incluyendo pero no limitándose, a la civil, penal, laboral y
contractual.
7. Cumplir con todos los requisitos de seguridad y prevención de accidentes, para
todos los usuarios del campo ferial y personal colaborador.
8. Estar al día con todas las obligaciones obreros patronales con sus colaboradores.
8. Permitir el uso de las instalaciones y participación en las actividades de carácter
educativo, agrícolas, pecuarias, culturales y sociales, a la población del Colegio
Técnico Profesional de forma gratuita, previa coordinación entre las partes.
t0.La Asociación instalará y dará mantenimiento a los cierres perimetrales para
evitar el paso de animales del campo ferial a la finca del Colegio o viceversa
11. Crear un reglamento para el uso público y funcionamiento del campo ferial.
12,No firmar convenios o cualquier tipo de contrato con plazos, que sobrepasen la
vigencia del presente convenio de uso, y tener como mediadora en sede
administrativa a la Junta en aquellos convenios que puedan tener conflicto.
CUATRO: DELAS UTILIDADES
El monto de utilidades que se distribuirán en presente Convenio serán los siguientes:
de las utilidades netas de la Feria Expo Pococí un 50 % para el Colegio y un 50% para
la Asociación. En cuanto al Arriendo de la Subasta Ganadera éste se distribuirá de la
misma manera un 50% para el Colegio y un 50% para la Asociación; los demás
ingresos generados durante la vigencia del convenio serán exclusivamente para la
Asociación con el fin de mejorar el estado económico del proyecto. En caso de ser
necesario y manera justificada y aprobada por ambas partes los porcentajes antes
indicados, puede variar en más o menos para cada una de las partes con la finalidad
de solventar alguna necesidad o emergencia que se pueda dar, en caso de que la
emergencia afecte a ambas entidades por igual, se dará prioridad al Colegio, pero
salvaguardando el presupuesto minimo necesarlo para la operación del campo ferial
durante ese periodo de crisis.
QUINTO: USO DE LAS INSTALACIONES Y DE LA PARTICIPACIÓN DE
TERCEROS
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*212 ACTA N*63 Extraordinaria.
Buepons tato Mota
4. Todo convenio con otros grupos con fines económicos, asociaciones de criadores,
entre otros que conlleve el uso de las Instalaciones o el uso de recursos del
campo ferial Expo Pococl, debe generar los ingresos necesarios para la operación
y mantenimiento de las mismas, así como generar una utilidad, salvo aquellos
convenios de blen social que deberán ser suficientemente justificados,
2, Mediante acuerdos complementarios, las partes podrán aceptar la participación
de otras instituciones nacionales O internacionales en el desarrollo del objeto de
este convenio, y podrán promover y desarrollar de mutuo acuerdo otras instancias
de cooperación mutua, las cuáles implementarán por la vía de la adenda.
SEXTO. DE LA VIGENCIA.
Este convenio tendrá vigencia de 5 años iniciado el 25 de octubre del 2021 y
finalizando el 25 de octubre del 2026; ambas partes en este mismo acto y una vez
firmado del presente convenio se comprometen a la elaboración de un contrato o
figura legal definitivo en apego a la legislación de la Administración Pública, para
lo cual se nombrará un comisión que trabaje y elabore una propuesta que deberá
estar lista para su ejecución en un plazo no mayor a 2 años a partir de la firma del
presente. Las partes expresamente dejan sin efecto legal alguno cualquiera otro
contrato o convenio suscrito con anterloridad, dirigido al uso de las instalaciones
físicas y la infraestructura existente en el campo ferial construido en los terrenos
del Colegio Técnico Profesional de PococÍ.
SEPTIMO. ASPECTOS NO COWTEMPLADOS. ;
Cualquier aspecto no contemplado en el presente Convenio, se regirá por la
Normativa vigente en materla de actos, contratos y convenios celebrados por la
Administración Pública. De conformidad con la Ley 7727, las partes se
comprometen a recurrir a la mediación ante cualquier diferencia en la aplicación o
interpretación de este convenio,
OCTAVO: DELAS PROHIBICIONES.
La Asociación, no podrá:
PO UC Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*213 ACTA N*63 Extraordinaria. _
(EA
ONGS
1069 Y
1,
Traspasar, ni gravar, ni arrendar, ni subdividir el derecho de Uso que se
otorga mediante este Convenio,
2. Destinar las instalaciones para fines distintos para los cuales se otorgó el
derecho Uso.
3. Usar las instalaciones de forma negligente o en perjuicio de las mismas.
NOVENO: ESTIMACIÓN
En razón de no existir erogación de fondos públicos no se realiza una especial
estimación del presente Convenio.
DECIMO: ACEPTACIÓN
Las partes suscriptoras aceptan todas y cada una de las clausulas estipuladas en
este Convenio y se comprometen a cumplirlas.
DÉCIMA PRIMERA: LUGAR DE NOTIFICACIONES
Para los efectos pertinentes las partes señalan como lugar de notificaciones:
Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí: Guápiles,
Pococí, frente al Hotel Suerre, Oficina de tesorería.
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de PococÍ: Limón, Pococí, ciudad
de Guápiles, PococíÍ, en el Campo Ferlal Expo-Pococf.
DÉCIMA SEGUNDA: NO CUMPLIMIENTO.
En el caso de no cumplirse con todos las cláusulas y obligaciones antes indicadas
faculta a la Junta del Colegio para notificar a la Asociación de la falta u omisión, si
pasado un mes calendario de la notificación, no corrige la falta u omisión por parte
de la Asociación, la Junta tendrá de pleno derecho para dar por terminado el
presente Convenio, sin más requisito que el de notificar fehacientemente a la otra
su intención de resolverlo con al menos un mes de anticipación y de tomar las
instalaciones para darle el uso que considere conveniente; pasando todos los
edificios y menaje del campo feríal:a administración de la Junta.
DÉCIMA SEGUNDA: ACUERDO TRANSITORIO.
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PAGINA N*214 ACTA N*63 Extraordinaria.
TEE TETRIS
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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7 ca ;
En relación la situación económica y presupuestaria que en la actualidad enfrenta
el Colegio Técnico Profesional de PococÍ, debido al recorte de giro de recursos
económicos por parte de MEP, en relación a la emergencia por la pandemia de
Covid-19, se toman los siguientes acuerdos tanto por la Junta Directiva de la
Asociación De Exposiciones Agropecuarias de Pococí y la Junta Administrativa del
Colegio Técnico Profesional de Pococí.
1, Acuerdo de Junta Directiva, sesión de acta número 1003-21, de fecha 12 de
octubre 2021, se acuerda ceder la totalidad del arriendo de la subasta hasta
enero de dos mil veinticuatro, para solventar la situación económica que
enfrenta el Colegio, en relación a los recortes presupuestarios que han sido
aplicados por el MEP en relación a la emergencia de la Pandemia Covid -
19.
2. Acuerdo de Junta Administrativa acta de sesión número Sesión Extraordinaria
acta número 853 — 2021 del 21 de Octubre de 2021, en la cual se acuerda lo
siguiente: Que en relación a acuerdo de Junta Directiva de la Asociación De
Exposiciones Agropecuarias De PococíÍ, de fecha 12 de octubre del 2021,
en el que se acordó ceder la totalidad del pago de arriendo de la Subasta,
$e acuerda no reciblr utilidades de las ferlas Expo Pococí, de los años 2022
y 2023 de manera tal que se destinen tados los recursos para saldar todas
las deudas que ha adquirido la Asociación, al no Poder realizar la feria por
la pandemia Covid -19, R
En prueba de la conformidad por ambas partes, firmamos, en la Ciudad de Guápiles
al serlas dlecislete horas del valntisáls de Octubre del año dos mil veintiuno.
Elli?
Presidente
Junta Directiva Expo = Pococí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*215 ACTA N83 Extraordinaria.
PL O E P<€QCOEOIÓSp>= és
WILUERTI PICADO PORTUGUEZ
20331702438
NUEMRO DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE: Ante nosotros CARU.OS MORA CALVO, notario público de Guspilea,
Pocoxó, Limón, cow oficinas doscientos metros norte del PANI, y WILDEIRIA PICADO PORTUGUEZ, Notario Público de
Guápiles, Pocoel, Limón, frente a las Oficinas centrales de Vandeco, comparecen los señores SANTOS AGUILERA
VARGAS, mayor, casado uno vez, Ingeniero, vecino de Guspiles, Pococl, Limón, cuatrocientos menos al norte de Mueble
Sarchi, Residencial Vistas Del Volcán, portador de la cédula do identidad número muevoxcero cincuenta-seiscientos noventa y
tes, quien comparece cu su condición de presidento de la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO DE
POCOCI, cedula juridica número tres — cero cero ocho — esto sesenta y un mil setenta y uno — veinticuatro, domiciliada en
Guápilss, Pococl, Límón, en el Colegio Técnico Do Poroci, debidamente autorizado para esto acto mediante acuerdo de junta
diteciva muero set, aniculo sito, capitulo sexto, del acta número veínitrés celebrada el doc de julio del dos mil veintidós.
y LUIS ALFONSO ESPINOZA RAMÍREZ, mayor, casado uns vez, jubilado, con cedula de identidad número uno —euatro
siete uno — cunieofres dos, vesino de Jiménez, Pococl Limón, del taller Caliche doscientos metros al este, comparceo en su
dle Presi son def do Ge con un límite do suma do quinientos mil colones de la
Asociación de Exposiciones Agropecuarias de Pococl, cédula de persona juridica número tres — cero cero dos — cero seis
seis cuatro ocho ocho, debidamente autorizado para este acto mediante el acuerdo do Junta Directiva número once, articulo
número diez, del acta número mil tecinta y cinco del de junio del dos mil veintidós, Y DICEN: En de lo
dispuesto en la cláusula sexta del convenio provisional; firmado entre las parto al sec las diecistis horas del veintiséis de octubre
del dos il y con la legal invocada en aquel el cuntsiru di
paro este contrato, así como la doctrina que determina esto tipo do figura legal, acordamos suscribir el presento CONTRATO
DE AUMINISTRACIÓN DELEGADA , que so regirá por las cláusulas que se indicaran a continuación, y en lo que no se
estipule, se regirá por el código de comercio y en su deecto por el código civil de nuestro pals, Para los efectos de esto contrato
la Junta Administrativa del Colegio Técnico De Pococtse conocerá como la “JUNTA CTP" y la Asocinción de Exposiciones
Agropecuarias De Pococí será conocida como "EXPO-POCOCÍ”, CONSIDERANDO; a-Quo la Junta Administrativa del
Colegio Técnico Profesional de Pococl es una entidad con personalidad Juridica proplo, que fuo ceeada paro administrar los
rocursos dol Colegio Técnico do Pocoel, y que además sou del log ,EUcola con recursos
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*216 ACTA N%63 Extraordinaria.
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% picadcro, sicto galpones para exhibición de ganado. ranchos el Colono, San Rafacl, cl Cenizaro, los Arboles, restaurant los
lomos, dos casas de habitación, tres galpones para caballerizas, una bodega para caballcriza, cuatro bodegas para pacas y
soncenteado, uo bañadero para animales, duchas para personal de campo, cuatro pabellones de servicios sanitarios, dos
pabellones de bolcterias. e-Que la Junta CTP no cuenta con conocimiento técnico; ni tiene la capacidad de admumistear el campo
Kesial Corlos Rodríguez. (Que se tequiere que el campo ferial sea productivo generando fondos para invertirlos en el
Mejoramiento de infracstructura y aduinistración del Colegio Técnico de Pococí, g-Que las instalaciones con que cuenta el
csmpo ferial requieren de vn mantenimiento constante para que estén en condiciones óptimas que permita la realización de
actividades productivos. h-Que la Expo-Pococi es una organización sin fines de lucro, que nace como un proyecto productivo
del Colegio Técnico de Pococí, y que ha administrado el campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro por más de cunrenta años. i-Que
existe un convenio de Uso firmado entro la Junta CTP y Expo+Pococi, 1:Que el convenio firmado entre la Junta CTP y la Expo-
Pococt manda en su cláusula sesto la realización de un contrato antes de los dos años de vigencia de ese convenio. J.Que ambas
entidades crearon una comisión especial con la finalidad de redactar, de forma conjunta, el contrato determinado en aquel
cenvenio. K¿Que la Comisión creada por las partes u propuesto el presente modelo y clausulado de contratación. 1Que el fin
mico de ambas entidades es la búsqueda de recursos económicos para dotar a la población estudiantil del Colcgio Técnico De
Vococi de mejores instalaciones y de más recursos didácticos para mejorar su oprendizajo, POR TANTO, ACORDAMOS
SUSCRINIC EL PRESENTE CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, EN DONDE LA JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE POCOCI (JUNTA CTP) DA EN
ADMINISTRACIÓN EL CAMPO FERIAL CARLOS RODRIGUEZ ALFARO A LA ASOCIACIÓN DE
ENPOSICIONES AGROPECUARIAS DE POCOCI (EXPO-POCOCI) POR UN PLAZO RACIONAL DE
VEINTICINCO AÑOS BAJO LAS SIGUIENTES ACUERDOS: PRIMERA, ODJETIVO GENERAL Y OBJETIVOS
ESPECÍFICOS DEL CONTRATO: OBJETIVO GENERAL: Maximizar los recursos económicos con que cuente el Colegio
Kenico de Pococí, mediante ejecución de actividados lucrativas en el campo ferial Carlos Rodríguez Alfaro, a fin de mejorar la
calidad dle la educación y formación de la comunidad estudiantil, OBJETIVOS ESPECÍFICOS: a-Lo administración del compo
ferial Carlos Rodriguez Alfaro; por parte de la Asociación de Exposiciones Ayopecuariaa de Pocosl, con el payo de la Junta
Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococ]. b-Continuar y dar
sontratos que se encuentren activos y vigentes en el campo ferial al día de hoy, «
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*218 ACTA N%63 Extraordinaria.
A A SS
prepa euliciente para bomar esa obligación de +u porcentaje de la Peria EspoPoced y de aquellas otra actividades
propias que pestioac y organice: Realizar el payo de totes los serviciós públicas del campo feñal, asi como de mantener al día
los potentes Muntepules y permisos que se requiecin para el incionamiento del Campo Ferial Carles Vodiigues Alaro,
ailizando pora ellos sus propios recursos EContar paro el funcionamiento del Campo Feñal Carlos Bodiguez Alfaro coo una
poliza de responsabilidad coil ab día; permanentemente durante la vigencia del presente comtrato, esto cs un tequisnto
turdimental para el fancionaeniento y apertura el Campo Ferial Carlos Rodelguez Alfaro, de dicha póliza y enviará una copia
ada Suma CUP para garantizar su vigencia: ol menos una vez al año, Para eventos masivos se dobe contar con pólizas adicionales
y plancs de coerpeneta goSe hard cargo de la administración y funcionamiento del Campo Ferial Carlos Rodriguez Alfaro, eo
apego y respeto a la Jegistación nactonal, aredianto la figura juridica que funcione mejor a los intereses del Campo Ferial Carlos
Rusnwusz Aíaro, excluyendo a la Junta CTP de todo tipo de responsabilidad civil, penal, laboral y contractual. h-Curmplir con
todos los requisitos de seguridad y prevención de accidentes, para todos los usuarios del campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro
y personal colaborador i-Estar al día con todas las obligaciones obreros patronales con sus colaboradores. j-Peremtir el uso de
las instalaciones y participación en las actividades de carácter educativo, agricolas, pecuarias, culturales y sociales y económicas,
a la población del Colegio Técnico Profesional De Pococi de forma gratuita, previa coordinación entre las partes. k«Dar
mantemmuento a los cierres perimetrales en las colindancias con el resto de la finca de la Junta CTP, para evitar el paso de
inmoles del compo ferial a la finca del Colegio o viceversa, l-Crear un reglamento para el uso público y funcionamiento del
campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro en un plazo no mayor a un odo; contado a partir de la suscripción de este contrato m-No
brmar convenios o cualquier tipo de contrato con plazos, que sobrepasen la vigencia del presente contrato de administración
delegada, y toner como mediadora co sede administrativa a la Junta CTP en aquellos convenios o contratos que puedan tener
conflicto, CUATRA: DE LAS UTILIDADES Y REMUNERACIÓN; Por la Administración del Campo Ferial Cactos
Rodriguez Alfaro, la Expo-Pococt, percibirá la totalidad de los recursos que genero la renta do locales dedicados a actividades
comerciales dentso del campa ferial Carlos Rodríguez Alfaro; excepto la Subasta Ganadera. El cincuenta por ciento de las
ponnucias que gences la FERIA GANADERA EXPO-POCOCÍ; anal cincuco poner la renta
generados en el Campo Fesiol Carlos Rodriguez Alfaro; sordo
goror a la Junta CTP, mes a mos el cincuenta por ciento de Tarento do!
necesario, de manera justificada y aprobada por ambas partes los indicados, | variar en más o 0
«ada una de las partes con la finafidad de solventar alguna necesida ' cia qu da dar, o de que |
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Pecocí
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PAGINA N*219 ACTA N*63 Extraordinaria.
A
WI.DERTIPICADO PORTUGUEZ
20)170)4%x
Ba operación del campo fetal Condos Revblguez Alaro durante ese periodo de crisis. Por electos del comento firmado entro das.
puntes y pasa mo alicrar el orden presupuestario de la Junta CTE”, las partes acuerdan que e gico del cintuento por ciento de la
fia Expo Potosí coser sledo el añ aos mil veintidós y que lucante todo el año dos
vcintidós la Junta CUP percibirá cl
cien or cientos losyecursos de la rentado la Subasta Ganadora. Acuerdan las partes; que tol y core sucedo cn las instalaciones
remados a terceras personas, la porte contractual de la Subasta Ganadera corresponde la Expo-Pococl QUINTA; USO DE LAS
INSTALACIONES Y DE LA PARTICIPACIÓN DE TERCEROS: n-Todo convenio o contrato con entidades públicas o
privadas, con fines didácticos, ivos, entre otros, que conlleve el no de las ode
ecursos del campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro, será responsabilidad absoluta de la Expo-Pocac!, y será estada que determino
sisoalleva o vo erogación económica, pero de ninguna manera comprometcrá los recursos que lo correspondan a la Junta CTP.
b-Mediante acuerdos complementarios, las partes podrán aceptor ln participación de otras instituciones nacionales o.
internacionales en el desarrollo del objeto de este contrato, y podrán promover y desarrollar de mutuo acuerdo otras instancias
¿le cooperación mutua, las cuáles implementarán por la vía de la adendo. SEXTA, DE LA VIGENCIA; Este cootrato tendrá
vigencia de veinticinco años iniciado el primero do agosto del dos mil veíntidós y finalizando el primero de agosto del dos mil
guarenta y siete. Las partes expresamente dejan sin cfccto legal alguno cualquiera otro contrato o convenio suscrito con
onterionidad, dirigido al uso de las siones sicas y la úl el campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro
constvido en los tecenos de la Junta CTD, Los panes asuccdao que una vez finalizado este contrato la Expo-Pocactentegará a
la Junta CP las instalaciones construidas cu el campo ferial Carlos Rodríguez Alfaro, así como la totalidad de los equipos
requeridos para el manejo del campo ferial Carlos Rodriguez Alfaro. SEPTIMA: ASPECTOS NO COMTEMPLADOS:
Cualquier aspecto no contemplado en el presente Contrato, se regirá por la Normativa vigente en materia de actos, contratos y
convenios del Código De Comercio y del Código Civil de nuestro país. OCTAVA: DE LAS PROHIBICIONES. La lixpo-
Pococi, no podrá: n-Traspasar, gravar, orrendar, ni subdividir los dercehos que se le otorgan mediante el presento contrato: be
Destinar las instalaciones para fincsdistintos los otorgados porel presento ccuitato, Usar ls instalaciones de forma ocgligento
+ enpasicio de lasmmisms: NOVENA: ESTIMACIÓN: En racón do no:
contrato que solo bus el beneficio para el Colegio Técalco de Pocoeh,
pertinentes las partes schalan como lugar de notificaciones: Ji
Guspiles, Pococí, Limón, oficinas adrainistrativos do la Junto:
RTUGUEZ
0008002000 0080.00 M0
203370024
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*220 ACTA N*“63 Extraordinaria.
antes isdicadas, ast como para dirimir cualquier diferencia sostancial, faculta a Jas partes a someterse aun arbítcayo de un tribunal
que se conformará do tres jueces de la lista que manticne el Colegio De Abogados De Costa Rica para los efectos, los pastos del
arburaje correrán por cuenta de la Expo-Pocoel, y el tando será de acatamiento obligatorio para las partes En procha de la
vonforandad por ambas partes, firmamos, en la ciudad de Guápiles al ser las ocho horas del yeinticinco de julio del año dos mul
ieimtidós ILEGIBLE ELA ERC MC W.P.P LO ANTERIOR ES COPIA FIEL Y EXACTA DE LA ESCRITURA
NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, VISIBLE AL FOLIO CIENTO SEIS VUELTO, DEL TOMO VEINTE
DEL PROTOCOLO DEL SUSCRITO NOTARIO, CONFRONTADO CON SU ORIGINAL RESULTÓ CONFORME Y LO
EXPIDO COMO PRIMER TESTIMONIO EN EL e MISMO! ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA MATRIZ
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*221 ACTA N*683 Extraordinaria.
Dirección
| Y 150 Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
DAJ-038-C-2015
45 de junio, 2015.
Señor
Orlando de la O Castañeda
Director
Dirección de Gestión y Desarrollo Regional
Ministerio de Educación Pública
Asunto: Transitorio Il Decreto N* 38249-MEP, Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas.
Estimado señor:
Reciba un cordial saludo. En atención a su consulta sobre la aplicación del
transitorio 11 del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, me permito indicar lo siguiente:
1).- Aspectos generales.
El régimen jurídico vigente de las Juntas se recoge en el Reglamento General de
Juntas de Educación y Juntas Administrativas, decreto ejecutivo n* 38249-MEP
del 10 de febrero del 2014, publicado en La Gaceta
N? 52 del 14 de marzo del 2014.
La promulgación de este decreto obedeció a la necesidad de transformación
Integral del proceso de nombramiento y remoción de los miembros de las Juntas
de Educación y Juntas Administrativas, el cual debía ajustarse a la dinámica
actual del Sistema Educativo,
“Educar para una nueva ciudadanía”
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PAGINA N*222 ACTA N*63 Extraordinaria.
Dirección
mep Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
Las Juntas son “organismos auxiliares de la Administración Pública”, lo cual
significa que además de las atribuciones que específicamente tienen asignadas,
son auxiliares del Ministerio de Educación Pública. Como auxillares que son, se
encuentran subordinadas a la política educativa vigente. En donde, su
competencia está sujeta en todo a dichos lineamientos, de tal suerte que nunca
podría ir en contra de dicha política porque, aparte de resultar contraproducente,
atentaría contra su naturaleza jurídica, y se perdería la unidad del sistema
educativo.
2).- Sobre la interpretación de las normas,
En relación con el tema de la interpretación normativa, la Procuraduría General ha
señalado, lo siguiente:
“Ciertamente, el ordenamiento exige del operador una interpretación sistemática y
finalista de la norma, lo que significa que el sentido de la norma no puede ser captado si
se prescinde de los fines a que se dirige, según se desprende del artículo 10 de la Ley
General de Administración Pública” (dictamen C-017-96, C-022-99, C-032-96).
También ha dicho la Sala Constitucional que “debe recordarse que la interpretación
finalista y evolutiva de las normas jurídicas exige considerar no sólo la ratio normativa, su
razón de ser, sino además, la realidad social, económica y política sobre la cual se
encuentra inmersa y produce sus efectos” (voto 2008-001571 de las 14:53 horas del
30 de enero del 2008).
Para la interpretación de las normas se debe tomar en cuenta su redacción, el
contenido, los antecedentes, las necesidades sociales de tal manera que se
garantice la realización del fin público al que se encuentran dirigidas. Así se
desprende de lo dispuesto en los artículos 10 del Código Civil y 10 de la Ley
General de Administración Pública, que por su orden disponen:
“Educar para una nueva ciudadanía”
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PAGINA N*223 ACTA N%683 Extraordinaria.
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mep Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
“Artículo 10.- Las normas se interpretarán según el sentido propio
de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes
históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de
ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente el espíritu y finalidad de
ellas”,
“Artículo 10.-1. La norma administrativa deberá ser interpretada en
la forma que mejor garantice la realización del fin público a que se
dirige, dentro del respeto debido a los derechos e intereses del
particular.
2. Deberá interpretarse e integrarse tomando en cuenta las otras
normas conexas y la naturaleza y valor de la conducta y hecho a que
se refiere”.
Por lo que, para la resolución de la presente consulta se procederá con la
atención a las interrogantes en el acápite siguiente.
3).- Sobre el caso en concreto.
El texto del transitorio ll consultado indica lo siguiente:
“Transitorio ll.-
En el plazo de un año contado a partir de la publicación del presente
Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, todas las Juntas deberán gestionar en coordinación
con la DIEE el registro de sus propledades a nombre del MEP. Los
asesores legales destacados en las Direcciones Regionales de
Educación deberán apoyar a las Juntas en este proceso”.
La consulta remitida a esta Dirección versa alrededor de tres planteamientos, a
los cuales se les dará respuesta Individualizada a continuación:
“Educar para una nueva ciudadanía”
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PAGINA N*224 ACTA N*63 Extraordinaria.
Dirección
Mme€ep Asuntos Jurídicos
cai Pública
a) ¿Es necesario que se traspasen todos los terrenos que están a
nombre de la Junta de Educación o Administrativa, o exclusivamente el
terreno donde se encuentra ubicada la infraestructura del centro educativo?
Lo anterior, tomando en consideración que existen varias Juntas de
Educación que poseen a su nombre propiedades ubicadas fuera del predio
escolar, por ejemplo: oficinas de alquiler, campos feriales, salones
comunales, entre otros. ¿Deben ser traspasados éstos también a nombre
del MEP?
Como principlo general, las Juntas en su condición de organismos auxillares
de la Administración Pública cuentan con su patrimonio propio, el cual es dotado
por el Ministerio de Educación Pública de conformidad con el presupuesto del
centro educativo, el cual es elaborado por la respectiva Junta.
Ahora bien, existen otras fuentes de financlamiento adicionales a la
mencionada, siendo estas:
i. Ley + 6749 del 29 de abril de 1982, “Crea fondo de Juntas de
Educación y Administrativas Oficiales”, el cual consiste en la dotación de un
5,25% del total recaudado anualmente por concepto de impuesto sobre la renta, y
por un aumento del 0,36% distribuido entre los porcentajes de la tarifa progresiva
de la propiedad inmueble del artículo 24 de la Ley de Impuesto Territorial (artículo
| 2 de la ley 6749).
li. Ley 4 7552 del 2 de octubre de 1995, “Subvención a las Juntas de
Educación y Juntas Administrativas por las Municipalidades”, en donde las
municipalidades dotarán a las Juntas de Educación y Administrativas de los
centros educativos de su respectiva Jurisdicción territorial al menos el 10% de los
ingresos que reciban conforme al Impuesto sobre blenes inmuebles.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*225 ACTA N*683 Extraordinaria.
Dirección
mep Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
lll. Ley $ 8034 del 19 de octubre del 2000, “Autoriza a Instituciones y
empresas donar al MEP y a Juntas de Educación Mobiliario y equipo de
oficina y cómputo”, por medio de la mencionada ley se autoriza a los bancos
públicos, instituciones descentralizadas y empresas públicas del Estado donar al
Ministerio de Educación Pública, a las juntas de educación y a las juntas
administrativas de las escuelas y colegios públicos los bienes inmuebles que se
encuentren en desuso.
Por su parte, el artículo 143 del Reglamento General de Juntas de Educación
y Juntas Administrativas, dispone: "todos los blenes inmuebles que adquieran las
Juntas con fondos públicos provenientes del presupuesto nacional, sea con recursos del
MEP o de otras entidades públicas, deberán inscribirse a nombre del Ministerio de
Educación Pública...”
De igual manera, el artículo 144 dispone: “Todos los bienes inmuebles que
adquieran las Juntas por donación de instituciones públicas o privadas, así como de un
particular, deberán inscribirse a nombre del Ministerio de Educación Pública. Igual
tratamiento se le dará a los bienes inmuebles adquiridos por disposición judicial según
artículo 572 inciso 6) del Código Civil,
Esta misma disposición es aplicable a las ampliaciones o mejoras que se realicen a
los inmuebles con fondos de la misma procedencia, para lo cual contarán con la asesorla
de la DIEE”
De la norma se colige que si los terrenos de las Juntas fueron adquiridos con
fondos del Ministerio de Educación Pública u otra entidad pública, sea mediante
compraventa o donación deben ser inscritos a nombre de este Ministerio, así
como todos los recibidos por donación sea de origen público o privado deben ser
inscritos a nombre del MEP, Para lo cual la DIEE en conjunto con las Direcciones
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PAGINA N*226 ACTA N*63 Extraordinaria.
Dirección
mep Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
Reglonales deberá determinar el origen de los recursos y de esta manera
proceder con la inscripción, en el caso que asi corresponda.
b) Se tiene conocimiento que Comités de Deportes y Asociaciones de
Desarrollo, exponen que muchos de esos terrenos les pertenecen, ya que
ellos son los que cuidan de esas propiedades y los administran (salones
comunales y plazas de deportes), ¿qué hacer en estos casos específicos?
La potestad consultiva prevista en el artículo 16 del Decreto No, 38170-MEP
del 30 de enero de 2014, denominado “Organización Administrativa de las
Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública”, veda el referirse a casos
y situaciones concretas, en donde la función consultiva de esta Dirección tiene
como finalidad emitir criterios que constituyen insumos para la toma de decisiones
de los consultantes.
Sin embargo, se procede a otorgar una noción general de lo consultado. De la
mano con la respuesta anterior, las Juntas al contar con personalidad jurídica
cuentan con la facultad de realizar toda clase de contratación administrativa,
ofrecer bienes y servicios a cualquier ente del Estado, de contratar directamente
con entidades o personas de derecho público, Por lo que resulta conveniente
determinar, tal y como se indicó en el inciso anterior, determinar con cuáles
fondos fueron adquiridos estos bienes.
c) Existen dudas sobre la forma en cómo se debe interpretar el
Transitorio supra citado, con respecto al plazo. No se tiene claridad, si en el
año posterior a la publicación del Decreto, los terrenos deben estar a
nombre del Estado-MEP, o si al menos se debe haber entregado la
documentación correspondiente a la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) para que se proceda con el registro
“Educar para una nueva ciudadanía”
6
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E | POCocí |5)
MUNICIPALIDAD DE POCOCI NS
PAGINA N*227 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09
A PRMRTLATONECTA.
Dirección
mep Asuntos Jurídicos
Ministerio
de Educación Pública
correspondiente, entendiendo que el plazo podría extenderse debido a que
se depende de la revisión de cada uno de los expedientes y la coordinación
con entes externos.
El texto del transitorio ll resulta claro al señalar que: "...deberán gestionar en
coordinación con la DIEE el registro de sus propiedades a nombre del MEP”, Lo cual
mediante una interpretación restricta implica la realización de las diligencias
conducentes al fin ahí indicado: el registro de sus propledades a nombre de este
Ministerio.
Por lo que se permite concluir, que en el año posterior a la publicación del Decreto
no forma parte de obligaciones establecidas el contar con las escrituras de
traspaso debidamente inscritas en el Registro Nacional de la Propledad, sino el
desarrollo de las actividades encausadas al fin indicado.
Atentamente.
7 o ef
riquera a
Director
Revisado por; María Gabriela Vega Díaz, Jefa Departamento de Consulta y rsosoacl p
Elaborado por: Marlel Arce Ureña, Asesora Legal. ¡vv
“Educar para una nueva ciudadanía”
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*228 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N” 1835
Se conoce nota suscrita por Maricela Solano Álvarez, asistente de asesoría y
supervisión Circuito 02 La Rita, teléfono: 2763-2900, correo electrónico:
Supervision02.GuapilesAmep.go.cr, dice:
Asunto: Información sobre extravío de actas del Liceo La Rita.
Información sobre extravío de actas del Liceo La Rita.
Supervision02 Guapiles <Supervision02.GuapilesOmep.go.cr>
Vie 26 Ago 2022 11:46
Para: secretaria municipal <secretariaQmunipococi.go.cr>
CC: Carlos Retana Lopez <carlos.retana.lopezOmep.go.cr>
Estimados señores del Concejo Municipal, es un gusto saludarlos, esperando que se encuentren muy
bien.
Con instrucciones del MSc. Carlos Alberto Retana López, Supervisor de Educación, La Rita, Circuito
Escolar 02, se traslada la siguiente información debido a que hubo un extravío de unas actas del libra
Tomo +13, respectivo del Liceo La Rita, Circuito Escolar 02.
Es por esta razón, que el señor director MSc. Rolando Cruz Castro, realiza el respectivo descargo,
indicando que se revisaron los libros y envía documento escrito DREG-SCEO2-LLR-093-2022 con la
justificación respectiva.
Agradecemos hacer de conocimiento al Concejo en pleno.
Quedamos atentos ante cualquier consulta. Se adjuntan documentos enviados tanto por el director
del Centro Educativo y por la Junta Administrativa del Liceo La Rita.
Atentamente,
Maricela Solano Álvarez
Asistente de Asesoría y Supervisión
Circuito 02 La Rita
Dirección Regional de Educación Guápiles
Ministerio de Educación Pública
Teléfono: 2763 29 00
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*229 ACTA N*63 Extraordinaria.
cio LS e Supervisión Educativa Circuito 02
COSTA RICA — tnimioso Dirección Regional Guápiles
PPP... HQ  ____—eo AI A
23 de agosto del 2022
DREG-SCE02-LLR-093-2022
Señor
Carlos Retana López
Supervisor de centros educativos
Estimado señor
Sirva la presente para hacer de su conocimiento sobre la situación de extravío de folios y
folios donde solo copia se tiene por parte de los miembros de la Junta Administrativa. De
acuerdo con el Reglamento de Juntas de Educación, artículo 1, 3 y 35 en donde indica sobre
las funciones de cada uno, en acta número 0636-2021 de diciembre de 2022, se dejó
constancia en calidad de director sobre el correcto manejo de los folios de las actas, su debido
cuidado, su foliado consecutivo, Por otra parte, la Junta cuenta con el espacio adecuado,
archivos con llave, y todos los materiales necesarios para su buen funcionamiento, Cabe
destacar que anterior a la construcción del centro educativo si tuvieron que estarse
trasladando de un sitio a otro. Fe cle erratas: ledse 2orL . lugar ole
rol
Atentamente,
sr.
7
MS.¿ Rólándo Cruz Castro, Direcc C.[ee hire “4
Director úl fundada 1597 ;
20/pou/ tot
“Ante el apagón educativo, encendamos juntos la luz.”
Dirección: 200 metros Norte y 600 metros Oesle del Salón Parroquial La Rita. Tel.: (506) 2763-4252 |
Correo electrónico: lic.laritafQ2mep.go.cr.
PO y Sitio Web: munipococi.go.cr
YA € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*230 ACTA N%683 Extraordinaria.
DO
mep MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Mristero JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO LA RITA
de Educación Pública
LA RITA-POCOCÍ-LIMÓN
CEDJUR.3-008-201912
Correo electrónico : 00320101 2c0 punta capa
22 de agosto 2022
JALR-005-2022
Señores:
MSc, Carlos Retana López
Supervisor Centros Educalivos
Circulto 02
Estimado Señor:
Por medio de la presente Yo, Ginnette Borbón Lobo, cédula 701680503, en calidad de
presidenta de la Junta Administrativa del Colegio Académico la Rita informamos sobre la
situación del Tomo it 3 del Libro de actas que está por concluir, en el mismo hace falta los
sigulentes folios : 45-46-47-48-200-226-264 y sólo existen copias de los folios 44-63-79-
80-81-82-83-101-161-181-182-183-198-184-328, la situación del extravío de los folios
mencionados anteriormente es que durante la construcción de las instalaciones de la
instilución, la Junta anterior, se tuvo que estar moviendo de lugar y trasladaron sus
archivos, carpetas, libros, informes contables, etc, ese traslado se dio porque todos los
espacios fueron ocupados para dicha construcción. Cabe mencionar que las condiciones
anteriores a la construcción del centro educativo eran pésimas y con dos órdenes sanitarias
por hacinamiento. Actualmente, la Junta cuenta con un espacio exclusivo para todos sus
documentos.
La Junta es consciente de la responsabilidad que conlleva el extravío de los folios y una
situación así no se volverá a presentar, por lo que le solicitamos de la manera más atenta
contar con el visto bueno sobre la situación manifestada para poder llevar a cerrar a
Auditoría Intema dicho tomo y poder legalizar el nuevo libro de actas.
Sin más por el momento Meco h,Lo
C (20 lem dí
2d/o9/e
Ze Y mode QBorbonl
Ginnette Borbón Lobo
Presidenta Junta Administrativa
Coleglo Académico La Rita
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se traslada al departamento de Juntas
de Educación y Administrativos en San José para que tomen las medidas
correspondientes.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*231 ACTA N*683 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1836
Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Karol Cabezas Quesadas, directora de
la Escuela El Cruce y Grace Morera presidenta de la junta, teléfono: 4409-2725,
correo electrónico: esc.elcruceOMep.go.cr, dice:
Oficio: MEP-RG-05-ELCR-D-OFICIO 0017-2022.
Asunto: Solicitud de colaboración para distintas necesidades de la institución.
o7t
0.0. HA
DIRECCIÓN REGIONAL EDUCACIÓN DE GUÁPILES el
mep ESCUELA EL CRUCE SE
tro no ACOLAR e ROXANA 1
¡Educación 'resupues! o >
pagos EY
Tel 44092725
Lunes 30 de mayo, 2022.
MEP-RG -05- ELCR-D-OFICIO 0017-2022.
PARA:
Municipalidad de Pococí.
DE:
MSc. Karol Cabezas Quesada.
Directora del Centro Educativo El Cruce.
Grace Morera Serrano
Presidenta de la Junta de Educación El Cruce de Ana Van, Roxana, Pococí,
Limón.
ASUNTO: Solicitud de colaboración para distintas necesidades de la
institución.
Estimado señores(as)
Reciban un cordial saludo y bendiciones en su hogares, «por este medio les
solicitamos su colaboración en beneficio a nuestra institución, ya que como es
sabido es una escuela pequeña y los recursos para su reparación o construcción
es mínima, esta escuelita es una comunidad de personas de muy bajos recursos
donde existen familias viviendo en casas de plástico, donde hay hogares de dos
cuartos donde viven 12 personas, hay drogas, donde los hogares son madres
solteras, no tenemos fuentes de trabajo entre otros. Nuestras peticiones son las
siguientes: Pintura, cerrar el área escuela con malla ya que no es nada segura y
TRANFORMACIÓN CURRICULAR, UNA APUESTA POR LA CALIDAD EDUCATIVA ————
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*232 ACTA N*63 Extraordinaria.
CA A AAA nn a aaa
pa DIRECCIÓN REGIONAL EDUCACIÓN DE GUÁPILES
[ | 16P ESCUELA EL CRUCE
Niristerio CIRCUITO ESCOLAR 05 ROXANA
do Educación Pública Código Presupuestario 3594
h esc.elcruce(Omep.go.cr
Tel 44092725
se meten muchas personas sin respetar el área de la institución construcción de
una aula para preescolar ya que la que hay es muy pequeña y ha crecido la
población, un área para juego para los niños de Preescolar, -aceras al frente de la
escuela, un Gimnasio, un comedor, servicios sanitarios para cocinera y
estudiantes, pupitres pero de material plástico ya que hay mucho comején, baño
maría para el comedor. Para cualquier duda pueden comunicarse al número de
teléfono 87914644 o al 883166118, o enviarlo al correo de la institución.
Sin más por el momento
Atentamente,
ud
ue! 10
MSc. Karol Cabezas QuesadalCircuito 05 se Grace Morera Serrano
Presidente de la Junta.
—————- TRANFORMACIÓN CURRICULAR, UNA APUESTA POR LA CALIDAD EDUCATIVA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios para su
análisis.
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*233 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACUERDO N* 1837
Se conoce nota suscrita por MSc. Ana Cecilia Domian Asenjo, directora regional
de  Guápiles, teléfono: 2710-9039 Ext 213, correo electrónico:
ana.domian.asenjomep.go.cr, dice:
Asunto: Informe infraestructura DRG Guápiles.
Informe infraestructura DRE Guápiles
Ana Cecilia Domian Asenjo <ana.domian.asenjoQmep.go.cr>
Vie 2 Sep 2022 13:20
Para: secretaria municipal <secretariaQmunipococi.go.cr>
CC: dre.guapilesQmep.go.cr <dre.guapilesAmep.go.cr>
0 Y archivos adjuntos (13 MB)
ESTADO EN INFRAESTRUCTURA CE DREG_2022 v2.pdf;
Buenas tardes, un cordial saludo.
Les adjunto informe de nuestra dirección regional Guápiles con el fin de que conozcan las necesidades de nuestros centros educativos
en tema de infraestructura mismos que le estamos brindando seguimiento, pero al ser un tema presupuestario entre otros, esto limita
nuestro accionar.
En la media que nos puedan apoyar en tramites correspondiente a los procesos de contrucción se los agradecería mucho.
Muchas gracias
MSc. Ana Cecilia Domian Asenjo
0.0
Directora Regional
[ | ¡e 8 Dirección Regional de Guópiles
Ministerio "Transformación curricular una opuesta por la calidad educativa”
de Educación Pública Teléfono 2710-9039 Extensión 213
Nota de Secretaría: El Informe del estado de la infraestructura de los centros
educativos que remite la señora MSc. Ana Cecilia Domian Asenjo queda en
custodia de la Secretaria Municipal, esto por la extensión del documento y por
indicaciones de la señora presidenta.
Participan de la palabra:
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*234 ACTA N*63 Extraordinaria.
Reg. Randall Torres Barrientos
Recuerda el compromiso adquirido con la señora ministra del MEP, de asignar a
un ingeniero que revise la parte eléctrica y este informe es buen insumo, con este
tipo de problema estructural.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Comenta que se envío un oficio firmado por ella y se le pidió al Ministerio de Salud
la realidad de las ordenes sanitarias que tienen, el documento consta de seis
páginas.
Nota de Secretaría: Se inserta en actas el documento de remisión que hace
mención la señora presidenta (oficio: MS-DRRSHC-ARSP-4438-2022), la plantilla
excel donde se detalla el estado de las ordenes sanitarias queda en resguardo de
la secretaria, esto por instrucciones de la señora alcaldesa.
Se conoce nota suscrita por Doctora Karen Tatiana Mayorga Quiros,
directora Área Rectora de Salud Ocupacional, correo electrónico:
ars.pocociOmisalud.go.cr, dice:
Oficio: MS-DRRSHC-ARSP-4438-2022
Asunto: Respuesta oficio CMPL-172-2022
»
>
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*235 ACTA N%63 Extraordinario.
IRA TES DI AAC nn
MS-DRRSHC-ARSP-4438-2022 pan Ministerio
Gusples os de septiembre de 2022 (En) «Salud
Señora
Yaslyn Morales Grajal
Presidenta
Consejo Municipal
Correo electrónico: secretariaflmunipococi.go.cr.
Asunto: RESPUESTA OFICIO CMPL-172-2022.
Estimada Señora:
Reciba un cordial saludo. En respuesta a lo solicitado mediante oficio CMPL-172-2022, se
adjunta plantilla en excel, de los centros educativos del cantón de Pococí, que registran
actos administrativos emitidos por parte de esta Unidad Organizativa.
Agradeciendo su colaboración, se suscribe,
KAREN TATIANA dota
MAYORGA QUIROS MAMA)
QUIROS (FIRMA) ar
Doctora Karen Mayorga Quirós
Directora
ÁREA RECTORA DE SALUD POCOCI
KMQ/har
Copia: Expediente
DIRECCION REGIONAL DE RECTORÍA DE LA SALUD HUETAR CARIBE
AREA RECTORA DE SALUD DE POCOCÍ
ars.pococifmisalud.go.cr
SS sen llcariodesiadanar
Explica que le gustaría que en los próximos días se reúna la Comisión de Obra
Pública, liderada por el regidor Luis Ángel Méndez Araya, para que se tomen las
decisiones antes de que los ingenieros visiten los centros educativos.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Se traslada a la Comisión de Obra
Pública para su análisis. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*236 ACTA N*%683 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1838
Se conoce nota suscrita por MSc. Grettel Hidalgo, directora Escuela Campo
Kennedy, correo electrónico: esc.lidercampokennedyQmep.go.cr, dice:
Oficio: DREG-SCE03-ECK-OFICIO-035-2022
Asunto: Invitación para celebración Patrias
eo. Dirección Regional de Edu mn Guáp! =
Código: 3573
El AAA EXA
DREG-SCE03-ECK-OFICIO 035-2022
Fecha 5 de setlembre del 2022
De: MSc. Grettel Hidalgo Arias
Directora Escuela Campo Kennedy
Para: Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: Invitación para celebraciones Patrias
Reciban un cordial saludo.
Mediante la presente, se les hace extensiva la invitación a todos los regidores para
acompañarnos al tradicional acto cívico y desfile de faroles de la comunidad de
Cariari, el día 14 de setiembre a partir de las 5:00 pm en el parque central de Cariari.
Sería un honor contar su presencia y agradecemos la confirmación de su asistencia
por este medio, para asuntos de logística.
Circuito 03
1
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Queda abierta la invitación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*237 ACTA N*683 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1839
Se conoce nota suscrita por MSc. Giovanni Murillo Sáenz, director, Escuela
Cascadas, teléfono: 2710-4553/27110478, correo electrónico:
esc.cascadasOmep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento Junta de Educación Escuela Cascadas
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación por vencimiento, procedo a remitir la propuesta
para la Junta de Educación Escuela Cascadas, su nombramiento y juramentación
ante el Concejo Municipal:
Nombre Cédula
Rosa Irene Araya Rodríguez 7-0100-0290
Deybi José Castrillo Ramírez 7-0184-0548
Fernanda Fabiola Arias Castillo 7-0221-0619
Wendy Rosales Badilla 7-0177-0944
Rodrigo Cerdas Jiménez 7-0102-0396
Aclaración: Con motivo de desinterés por parte de madres y padres. Se remite nómina
con cinco miembros únicamente y de manera extemporánea en relación a la fecha de
vencimiento, omitiendo el protocolo de terna.
Atentamente,
eN ESCUELA CASADAS
¿10
mM
DIRECO
SIPGUITO
V*B” MSc. Fidel Picado Atencio
Supervisor de circuito educativo
Adjunto:
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*238 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Indica que como presidenta la está presentando, pero no la vota a favor por la
omisión del protocolo.
Reg. Randall Torres Barrientos
Indica que a pesar de que no se realizó el trámite como debía realizarse y de
forma extemporánea, el Concejo no puede dejar acéfala esta junta porque la
escuela necesita funcionar correctamente, es por eso que estaría votando a favor
y que administrativamente se tomen las decisiones de quién falló por la no
presentación del trámite en tiempo y es algo que le corresponde al MEP.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Indica que vota a favor por motivo de no atrasar las gestiones que debe de
realizar la Junta de Educación y el documento cuenta con el filtro del supervisor
que es sumamente importante.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Vota a favor siempre y cuando se le dé seguimiento a esa junta de educación y
rinda un informe de gestión.
Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra (Vota en contra la Sra. Pdta. Yaslyn
Morales Grajal) SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas: Rosa lrene
Araya Rodríguez, cédula de identidad: 7-0100-0290; Deybi José Castrillo Ramírez,
cédula de identidad: 7-0184-0548; Fernanda Fabiola Arias Castillo, cédula de
identidad: 7-0221-0619; Wendy Rosales Badilla, cédula de identidad: 7-0177-0944
y Rodrigo Cerdas Jiménez, cédula de identidad: 7-0102-0396 como miembros de
la Junta de Educación de la Escuela de Cascadas. Pasar a la Secretaría Municipal
para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto negativo de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%239 ACTA N*63 Extraordinaria.
A
Siempre he sido defensora del derecho superior del niño, pero en este caso, por
la aclaración que se realiza en la terna y al no venir una declaración jurada del
MSc. Fidel Picado Atencio, ante la duda es por lo que voto negativo.
UL:
ACUERDO N* 1840
Se conoce nota suscrita por Licda. Ivonne Angulo Delgadillo, directora de Escuela
La Suerte, teléfono: 4409-0961, correo electrónico: esc.lasuerteQmep.go.cr, dice:
Asunto: Sustitución por renuncia de dos personas de la Junta de Educación de la
Escuela La Suerte
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de
Educación” y los artículos 10, 11 del Decreto Ejecutivo 38249-ME “Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la
propuesta para sustitución por renuncia de dos personas de la Junta de
Educación de la Escuela La Suerte, para su nombramiento y juramentación ante
el Concejo Municipal:
Nombre Cédula
Marlen Fajardo Mendoza 50311 0783
Nombre Cédula
José Horacio López Vega 70135 0120
Atentamente,
Leda. Ivonne Angulo Delgadillo. [VONNE firmado
A ; digitalmente por
Directora de Centro Educativo ANGULO IVONNE ANGULO
DELGADILL DeLaDiLtO
O (FIRMA) (FIRMA)
(Firma y sello)
MSc. Flor María Ramirez Núñez FLOR MARIA dos rra
VB. Supervisor de circuito educativo RAMIREZ RAMIREZ NUÑEZ
NUÑEZ (FIRMA)
Fecha: 202209.03
(FIRMA) 2731-0600
(Firma y sello).
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*240 ACTA N*63 Extraordinaria.
A
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a Marlen Fajardo Mendoza, cédula d
identidad: 5-0311-0783 y José Horacio López Vega, cédula de identidad: 7-0135-
0120 como miembros de la Junta de Educación de la Escuela La Suerte. Pasar a la
Secretaría del Concejo Municipal para su respectiva juramentación. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 1841
Se conoce nota suscrita por MSc. Sandra Pérez Badilla, directora de la Escuela
Santa Clara, teléfono: 4409-2736, correo electrónico:
esc.santaclara.guapilesOmep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento de la Junta de la Escuela Santa Clara
En concordancia con el articulo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los articulos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Escuela
Santa Clara para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Terna
| Nombre Cédula
Marta Nieves Blanco Cerdas 601240278
Roxana Patricia Valverde Rojas 112440755
Sonia Magali Porras Garro ] 701440090
Olga María Moya Román á 702210635
Yohanna Ruiz Barboza 207200452
Nota: Se presenta solo un formulario con las personas interesadas en formar parte
de la junta por motivo de ser una escuela muy pequeña, por lo que se hace difícil
que los habitantes tengan interés por formar parte de la Junta Educación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*241 ACTA N*63 Extraordinaria.
Atentamente, o
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
)
El «L a
MSe, Sahdra' Pérez Badilla
Director Escuela Santa Clara
Adjunto: Hoja de delincuencia y copia de cédula de cada uno de las personas propuestas.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas: Marta Nieves
Blanco Cerdas, cédula de identidad: $-0124-0278; Roxana Valverde Rojas, cédula
de identidad: 1-1244-0755; Sonia Magali Porras Garro, cédula de identidad: 7-
0144-0090; Olga María Moya Román, cédula de identidad: 7-0221-0635; Yohanna
Ruíz Barboza, cédula de identidad: 2-0720-0452 como miembros de la Junta de
Educación de la Escuela Santa Clara. Pasar a la Secretaría Municipal para su
respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 1842
Se conoce nota suscrita por la señora Ana Leticia Alfaro Alfaro, secretaria
Municipalidad. de Grecia, teléfono: 2495-6200, coreo electrónico:
secretariaconcejoOgrecia.go.cr, dice:
Oficio: SEC-4114-2022
Asunto: Transcripción del acuerdo tomado por la Corporación Municipal de
Grecia, en Sesión Ordinaria del 25 de agosto del 2022
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*242 ACTA N“63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
Teléfono 2495-6200Fax 2495-6275
(yrocia secretariaconcejoOgrecia.go.cr
Grecia, 01 de setiembre del 2022
SEC-4114-2022
Señores
Municipalidades del País
Estimados Señores:
Me permito transcribirles el siguiente acuerdo tomado por la Corporación Municipal
de este Cantón, en su Sesión Ordinaria del 25 de agosto del 2022, que dice:
Artículo VI, inciso 7, sub inciso a) y a.2), Acta 186
Se conoce los siguientes EXPEDIENTES ASAMBLEA LEGISLATIVA, para su
consulta obligatoria los cuales dice:
A- Se conoce oficio AL-CPAS-0731-2022, suscrito por la Licda. Ana Julia Araya
Alfaro, Jefe de Área, Área de Comisiones Legislativa ll, sobre el expediente
20.873. "LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR EL ACOSO LABORAL EN EL
SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO ANTERIORMENTE DENOMINADO LEY
CONTRA EL ACOSO LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO".
Les recordamos que nuestras puertas están abiertas y les agradecemos de
antemano por el apoyo brindado.
506) 2495 6200
1) Yo vw.grecia.go.cr
KÍ Múbiicipalidad de
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*243 ACTA N*63 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
Teléfono 2495-6200Fax 2495-6275
, secretariaconcejo(Ogrecia.go.cr
ACUERDO N*22: A). DISPENSAR DEL TRÁMITE DE COMISIÓN EL OFICIO AL-
CPAS-0731-2022.
ACUERDO APROBADO POR UNANIMIDAD.
A.2). SOLICITAR A TODOS LOS GOBIERNOS LOCALES DEL PAÍS, BRINDAR
EL VOTO DE APOYO A ESTE EXPEDIENTE 20.873, TOMANDO EN CUENTA
EL CONVENIO 190 DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, EL
CUAL ES EL CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN LA VIOLENCIA Y EL
ACOSO DENTRO DEL MUNDO DEL TRABAJO
ACUERDO FIRME, DEFINITIVAMENTE APROBADO Y POR UNANIMIDAD.
Atentamente
ANA LETICIA Firmado
ALFARO — ANAumOAALTAO
ALFARO A,
(FIRMA) 1449.04-0600
Leticia Alfaro Alfaro
Secretaria Municipal
LAAImvt
Z> Archivo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*244 ACTA N*683 Extraordinaria.
ACUERDO N” 1843
Se conoce nota para suscrita por Lic. Mauricio Antonio Salas Vargas, secretario del
Consejo Municipal de Montes de Oca, teléfono: 2280-5589, correo electrónico:
msalasvemontesdeoca.go.cr, dice:
Oficio: AC-0715-22
Asunto: Trascripción asunto conocido por el Consejo Municipal de Montes de Oca
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL 4
Para notificaciones: msalasvGmontesdeoca.go.cr
Teléfonos: (506) 2280-5589; Fax: (506) 2234-7458 MONT:
Aportado:789-2050 Montes de Oca, San José. Cédula Jurídica: 3-014-042053 cost ESDEOCA
23 de Agosto del 2022
N? de Oficio: AC-0715-22
Señor/a
Presidente/a
ASAMBLEA LEGISLATIVA
San José
Señor/es
Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo
ASAMBLEA LEGISLATIVA
San José
Señor/es
CONCEJOS MUNICIPALES
Municipalidades del país
Señor/es
UNION NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
San José
Señor/a
Presidente/a
INSTITUCIO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL — [FAM
San José
Asunto: Transcripción asunto conocido por el Concejo Municipal de Montes de Oca
Estimado/a señor/a/es,
Tengo el gusto de transcribir el asunto conocido por el Concejo Municipal de Montes de Oca, en la Sesión
Ordinaria Nro. 121-2022, Articulo N*5.1, del día 22 de Agosto del 2022, el cual textualmente dice:
57.- MOCION REGIDOR SUPLENTE JULIO ANRES TELLES MADRIGAL, REGIDOR PROPIETARIO HECTOR
HUGO ZUMBADO SALAS, SÍNDICO PROPIETARIO DAMILO RODRÍGUEZ ARIAS Y SÍNDICA SUPLENTE
MARÍA CRISTIVA PACHECO CHAVES/ REF. APOYO A EXPEDIENTE LEGISLATIVO N*22610: LEY PARA
AUTORIZAR A LOS CONCEJOS MUNICIPALES A REALIZAR SESIONES VIRTUALES EN SUS COMISIONES. -
N* de Oficio: AC-0715-22
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*245 ACTA N%63 Extraordinaria.
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
Para notificaciones: msalasvGmontesdeoca.go.cr EN b
Teléfonos: (506) 2280-5589; Fax: (506) 2234-7458 MONTESDEOCA
Apartado:789-2050 Montes de Oca, San José. Cédula Jurídica: 3-014-042053 GOBIERNO LOCAL
Se conoce la siguiente moción escrita, presentada por el Regidor Suplente Julio Andrés Telles
Madrigal, Regidor Propietario Héctor Hugo Zumbado Salas, Síndico Propietario Danilo Rodríguez Arias y la
Síndica Suplente María Cristina Pacheco Chaves, la cual dice:
"CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que el artículo 37bis del Código Municipal establece la posibilidad de que las Municipalidades y los
Concejos Municipales de distrito puedan realizar sesiones municipales virtuales, "cuando por estado de
necesidad y urgencia, ocasionado por circunstancias sanitarias, de guerra, conmoción interna y calamidad
pública exista una declaración de estado de emergencia nacional o cantonal”.
SEGUNDO: Qué el mismo artículo establece que; "Este mecanismo también podrá ser utilizado por las
comisiones municipales contempladas en el artículo 49 de esta ley”, refiriéndose de manera confusa y sin
ofrecer una clara y explícita autorización a los Concejos Municipales de que sus comisiones trabajen bajo la
modalidad virtual sin cumplir con el requisito previamente establecido en el párrafo primero del mismo
numeral 37 bis.
TERCERO: Que mediante Decreto Ejecutivo N*43650-MP-S, Se declara la cesación del estado de
emergencia decretado por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto Ejecutivo N* 42227-MP-S del 16 de marzo
de 2020, publicado en el Alcance 46 a La Gaceta N? 51 de esa misma fecha, por lo cual dicho decreto y sus
reformas quedan derogados.
CUARTO: Que mediante oficio CPEM-080-2021 del 27 de octubre de 2021, la Comisión Permanente Especial
de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa consultó, a los Concejos
Municipales, su criterio en relación con el proyecto de ley N*22.610 "Ley para autorizar a los Concejos
Municipales a realizar Sesiones Virtuales en sus Comisiones”.
QUINTO: Que dicho proyecto de ley pretende habilitar a las Comisiones Municipales a trabajar bajo la
modalidad virtual, como medida temporal o permanente, según consideren, previo acuerdo del Concejo
Municipal y su respectiva publicación en el Diario Oficial.
SEXTO: Que actualmente el Código Municipal prevé el funcionamiento de 9 comisiones permanentes, más las
comisiones especiales que se acuerde crear, se considera totalmente oportuna la posibilidad de que se
puedan seguir realizando de forma virtual cuando las condiciones tecnológicas así lo permitan, pues la
experiencia de la pandemia evidenció que se puede facilitar el trabajo de los ediles y la eficiencia en la
resolución de los asuntos que se tramitan a través de éstas.
POR TANTO ESTE CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA:
PRIMERO. Se brinde un VOTO DE APOYO al expediente legislativo N*22.610 "Ley para autorizar a los
Concejos Municipales a realizar Sesiones Virtuales en sus Comisiones”.
SEGUNDO. Se solicite respetuosamente a las diputaciones integrantes de la Comisión Permanente Especial
de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa su colaboración para que
se dictamine dicho expediente y pueda, eventualmente, ser ley de la República, pues facilitaría enormemente
el trabajo interno de las comisiones de los Concejos Municipales, siendo que sería una posibilidad sesionar
virtualmente, sujeta a la conveniencia de cada municipalidad.
N? de Oficio: AC-0715-22
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AY Facebook: (AAMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*246 ACTA N%683 Extraordinaria.
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
Para notificaciones: msalasvGmontesdeoca.go.cr
Teléfonos: (506) 2280-5589; Fax: (506) 2234-7458
Apartado:789-2050 Montes de Oca, San José, Cédula Jurídica: 3-014-042053 MONTESDEOS p
TERCERO. Solicitar el apoyo de todos los Concejos Municipales del país, la Unión Nacional de Gobiernos
Locales y del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para que se manifiesten a favor, si así lo consideran,
de dicha iniciativa.
CUARTO. Se solicita la dispensa de trámite de comisión y se declare este acuerdo en firme,
QUINTO. Comuníquese”.-
UNA VEZ CONOCIDA LA ANTERIOR MOCION, POR SOLICITUD DE LOS PROPONENTES, LA SEÑORA
PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRAMITES DE
COMISION DEL CASO, QUEDANDO DEBIDAMENTE APROBADA POR DECISION UNANIME.-
ASI LAS COSAS, LA SEÑORA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL SOMETE A VOTACION LA MOCION
PLANTEADA POR EL REGIDOR SUPLENTE JULIO ANDRÉS TELLES MADRIGAL, REGIDOR PROPIETARIO
HÉCTOR HUGO ZUMBADO SALAS, SÍNDICO PROPIETARIO DANILO RODRÍGUEZ ARIAS Y SÍNDICA
SUPLENTE MARÍA CRISTINA PACHECO CHAVES, QUEDANDO DEBIDAMENTE APROBADA POR
DECISION UNANIME,-
ACTO SEGUIDO, POR SOLICTUD DE LOS PROPONENTES Y PARA EFECTOS DE EJECUCION, LA SEÑORA
PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL SOMETE A RATIFICACION EL ANTERIOR ACUERDO,
QUEDANDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR LA MISMA CANTIDAD DE VOTOS.-
Cordialmente
MAURICIO Ayres
¡URI INIO.
ANTONIO SALAS SALAS VARGAS (FIRMA)
VARGAS (FIRMA) Sonar osos
Lic. Mauricio Antonio Salas Vargas
Secretario del Concejo Municipal
MSVA/an
Arch* /
N? de Oficio: AC-0715-22
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo.
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PAGINA N*247 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1844
Se conoce nota suscrita por la señora Marisol Andrea Monge Ortiz, secretaria del
Concejo de Buenos Aires, correo electrónico: mmongeGOmunibuenosaires.go.cr ,
dice:
Oficio: MBA-SCM 2020-2024-O-0649-2022
Cr pa
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES xy
18 SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
AS
07 de setiembre del 2022
MBA-SCM 2020-2024-0-0649-2022
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas Il
Estimada señora:
Para su conocimiento y fines consiguientes me permito transcribir y notificar acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Buenos Aires, en Sesión Ordinaria 122- 2022,
celebrada el lunes 05 de setiembre del 2022 que en letra dice: -
SE ACUERDA. Dispensar de trámite de comisión conforme el Artículo 44 del Código
Municipal. ACUERDO UNÁNIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ACUERDO 24, SE ACUERDA: Comunicar el criterio al Proyecto de Ley Contra la
Corrupción y el Enriquecimiento lícito en la Función Pública y sus Reglamentos según
dictamen de Comisión conforme se detalla:- En relación a la consulta realizada por la
Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, Expediente
Legislativo número 22.904. LEY PARA PARA LA REDUCCIÓN EFECTIVA DE LAS
PENSIONES DE LUJO CON CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL. La respuesta del
Concejo Municipal de Buenos Aires de Puntarenas, se plantea en los siguientes términos.
Estamos en total acuerdo que se aprueben las leyes que sean necesarias para mejorar
la salud fiscal de Costa Rica en todos los escenarios de la administración, lo que hará
que nuestro país pueda alcanzar una mejor estabilidad económica que será beneficiosa
para todos los costarricenses. Las leyes que se han aprobado en Costa Rica en favor de
los Regímenes de Pensiones, complican mucho las cosas, porque las pensiones de lujo
están protegidas por la ley y alcanzan un alto porcentaje del presupuesto de la República.
Lo que se ha venido haciendo por algunas legislaciones es poniéndole impuestos y
grabando esas pensiones para tratar de esa manera, rescatar parte del capital y que
Buenos Alres, Puntarenas, norte del Parque de Alres. Tel.: (506) 2730-2422 +» Ext.:118,
Correo electrónico: mmongefmunibuenosalres.go.cr
Buenos Alres, Reglón de Culturas Aborigenes de Costa lea Decreto Ne. 32454.C
"MUNICIPALIDAD DE BUENOS ARES, TRABAJANDO POR EL CANTÓN QUE TODOS QUEREMOS”
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*248 ACTA N*63 Extraordinaria.
AT ¿E
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES q.
qe SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL $
a tere
pueda revertirse ingresando nuevamente al Estado. Estamos de acuerdo con todo
z
rs
proyecto de ley que pretenda regular las pensiones. Lo que pretende este proyecto es
regular que las pensiones todas en el sector público, sean equiparadas por el Régimen
de Invalidez, vejez y muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social que está alrededor
de un millón seiscientos mil colones, incluyendo a las personas que hayan cotizado para
dos regímenes distintos, por cuanto la pensión no puede ser acumulativa, por cuando los
montos podrían excederse y el servidor debe elegir en este caso con cual pensión se
queda, que sería con la más alta. Lo que pretende el nuevo proyecto de ley es que las
nuevas pensiones cumplan con tres características: 1- Que sea acorde a las
características demográficas del país. 2- Que se conduzcan por un camino de
responsabilidad fiscal. 3- Que sea accesible al estado de las finanzas de la Hacienda
Pública, porque este es el principal problema que tienen las actuales pensiones de lujo.
Nuestro voto de apoyo es en favor de la regulación de las pensiones, obviamente hay
que eliminar las pensiones de lujo, eliminarlas en el sentido de que la regulación que se
pretende hacer sea justa y que las pensiones sean acorde con lo que el funcionario o
trabajador cotizó, como corresponde a todos los ciudadanos, porque las pensiones de
lujo en Costa Rica, representan un despilfarro y un hurto al Estado, si no se ha cotizado
para adquirir ese derecho. Por más legal que parezca, debido a derechos adquiridos y
protegidos estos derechos por la ley, jamás serán bien vistas las pensiones de lujo por la
sociedad costarricense, tampoco están enmarcadas dentro de los principios éticos y
morales que rigen la administración, así como la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y sus Reglamentos. . ACUERDO UNÁNIME
Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Atentamente, MARISOL ANDREA Femadodiitalmente por MARISOL
MONGE ORTIZ (FIRMA) Fes 20220807 1 osao 0000
Marisol Andrea Monge Ortiz
SECRETARIA a.i.
Elaborado por: MMO
C: Municipalidades del pais
Buenos Alres, Puntarenas, costado norte del Parque Central de Buenos Alres, Tel.: (506) 2730-2422 +» Ext.:118,
Correo electrónico: mmonge(Amunibuenosalres.qo.cr
Buenos Alres, Reglón de Culturas Aborigenes de Costa Rica, Decreto N%. 324540
«MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES, TRABAJANDO POR EL CANTÓN QUE TODOS QUEREMOS”
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*249 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1845
Se conoce nota suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís, secretaria del
Consejo Municipal, teléfono: 2241-3943/2297.0380, correo electrónico:
javisoQmunitibas.go.cr, dice:
Oficio: DSC-ACD-446-09-2022
Asunto: Apoyo de la Municipalidad de Tibás con respecto a la Ley N*22610
a MUNICIPALIDAD DE TIBÁS T] !, CARBONO
DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL (7 2
CONCEJO MUNICIPAL e
DSC-ACD-446-09-2022
02 de Setiembre 2022
Señor
Edel Reales Novoa, Director
Departamento de Secretaría del Directorio
ercalesdasamblea.go.cr
COMISION DE ASUNTOS MUNICIPALES Y
DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO
MSc
Karen Porras Arguedas, Directora
Unión Nacional de Gobiernos Locales
U.N.G.L.
Municipalidades del país
Proyecto de Ley N* 22,610
Estimados (as) señores (as):
El CONCEJO MUNICIPAL DE TIBÁS, en su ACUERDO JILS en su SESIÓN
ORDINARIA N? 122, celebrada el dia 30 de agosto del 2022, dispuso lo siguiente:
5. Oficio SM ACUERDO 1853-2022 de la Licda. Yoselyn Mora Calderón,
Departamento de Secretaria de Goicoechea, del 23 de agosto del 2022,
dirigido al Sr. Edel Reales Novoa, Director del Departamento Secretaria del
Directorio de la Asamblea Legislativa y Concejo Municipales. Asunto: Se
acuerda dar apoyo de este Concejo Municipal al Proyecto de Ley denominado
“LEY PARA AUTORIZAR A LOS CONCEJOS MUNICIPALES A
REALIZAR SESIONES VIRTUALES EN SUS COMISIONES"
tramitado bajo el expediente No. 22.610. Se inste a la Asamblea Legislativa a
dar pronta aprobación a dicha iniciativa. Se notifique del presente acuerdo a
todas las Municipalidades del país, así como a la Unión Nacional de
Gobiemos Locales y se les inste a realizar la gestión política que corresponda
para garantizar la aprobación de dicha iniciativa y las Diputaciones miembros
de la Comisión de Asuntos Municipales. Se conoce y se acuerda dar apoyo
a esta iniciativa.
SE SOMETE A VOTACIÓN Y ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES
REGIDORES.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*250 ACTA N%683 Extraordinaria.
AS MUNICIPALIDAD DE TIBÁS 10), carBoNo
DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL. 9 (¡3 INVENTARIO
CONCEJO MUNICIPAL y Ed
SE SOMETE A VOTACIÓN DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO
Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. ACUERDO FIRME,
Atentamente,
Firmado digitalmente
JANNINA porJANNINA
VILLALOBOS EOS sous
SOLIS (FIRMA) ás 2022.09.02
10:53:56 -06'00'
Jannina Villalobos Solís
Secretaria del Concejo Municipal
Cp Archivo
Página 2 de 2
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo.
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PAGINA N*251 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N* 1846
Se conoce nota suscrita por MSc. Yesenia Vásquez Araya, directora, Liceo
Santísima Trinidad, teléfono: 2711-0581, correo electrónico:
lic.santisimatrinidadOmep.go.cr, dice:
Asunto: Donación de liras jumbo
..
mep MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA
Meier
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUÁPILES
de Educación Pública, LICEO SANTÍSIMA TRINIDAD
pes dci CIRCUITO 05, GUÁPILES
“Educar para una Nueva Ciudadanía”
05 de setiembre de 2022
Señores: Consejo Municipal de Pococt
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo de paz y bien, a la vez aprovechamos la oportunidad para solicitarle su
valiosa colaboración en beneficio de nuestra banda institucional. Nuestro Liceo es una institución
pública cuyos ingr son escasos, además la población diantil es urbano — marginal, ante esta
situación el Liceo necesita la ayuda para con el desarrollo social y educativo,
Por lo tanto, solicitamos la ayuda de la donación de 5 liras jumbo de la marca Monserrat u otra
marca de la misma calidad o superior, las cuales rondan el valor de cien mil colones cada una, para
abastecer las necesidades requeridas por la banda ritmica del Liceo Santísima Trinidad El objetivo es
remplazar las liras que ya están muy dañadas u obsoletas, ya que cuesta mucho encontrar refacciones;
para nosotros será de gran utilidad debido a que somos una institución pequeña, con poco presupuesto
pues en los últimos años el gobierno nos ha reducido el presupuesto y por ende, no contamos con
recursos para la banda estudiantil; se han realizado ventas, rifas entre otras actividades para recaudar
fondos y cubrir con algunas de las necesidades, sin embargo, todavía hacen faltan instrumentos (liras
jumbo) y detalles para lograr la representación de la banda en las festividades patrias y otros eventos
culturales.
Agradi su apoyo a la institución y su pronta r ta,
Sin más,
*
MSc. Y Eo viso
Directori
Liceo Santísima Trinidad
Liceo Santísima Trinidod Código 6512
Toro Amarillo, de la Iglesia Católica 200 Sur
TEL: 2711 0581, e-moll: lic.sontisimatrinidod2mep.90.<r Página 1 de 1
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Pococí para su valoración.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*252 ACTA N*63 Extraordinaria.
ACUERDO N? 1847
Se conoce nota suscrita por el señor Gerardo Fuentes González, alcalde municipal
de Guácimo, teléfono: 2716-5051, ext: 100, dice:
Oficio: AMG-1149-2022
Asunto: Solicitud de acuerdo municipal para transferir a Guácimo los caminos de
las comunidades de Línea Vieja, Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La
Morenita, Las Palmares, Caño Sirena, Fica Thames, Finca Lomas, Millas Cuatro u
Jalova.
Tele. 2716-50-51 Ext.100
XLS Fax: 2716-6067
Alcaldía Municipal
E 3 Municipalidad de Juácimo
Guácimo 05 de setiembre de 2022
AMG-1149-2022
Señores:
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Guápiles
s.0
Estimados señores:
El suscrito Gerardo Fuentes González, Alcalde de la Municipalidad de Guácimo, por
medio de la presente, me permito saludarlos y adjuntar documentación dirigida a la Alcaldía
Municipal y UTGVmpocociG)hotmail.com, de parte la Ing. María Daniela Cordero, de
Planificación Estratégica Multimodal del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Oficio
SPS-PEMINIST-2022-174, del 29 de julio de los presentes; donde amparados en la Ley
10076 Expediente N.22.010 denominada "Modificación de los límites entre los cantones
de Guácimo y Pococí en el sector de Colorado Oriente”, siendo que mi representada
solicitó la inscripción de estos caminos en nuestra red vial, no ha sido posible su inscripción,
ya que falta el acuerdo de tan distinguido Concejo Municipal, manifestando que apegados
a la citada Ley se transfieran a Guácimo los caminos de las comunidades de Línea Vieja,
Copemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Las Palmares, Caño Sirena, Finca
Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro, y Jalova.
Por lo cual los exhortamos a tomar este acuerdo, respetando lo indicado en la Ley
N. 10076 a la mayor brevedad posible.
Sin otro particular se suscribe un servidor,
Atentamente,
Gerardo Fuehtes González *
Alcalde Municipal de Guácimo
2 MUNICIPALIDAD DE
GUACIMO
ALCALDE MUNICIPAL
Cc. Alcaldía Municipal de Pococí
UTGY Pococí
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*253 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09
A , Secretaria de Planificación Sectorial Proceso Planificación Estratégica
mop AS Multimodal de Infraestructura y Servicios
de Transporte
27 de julio de 2022
SPS-PEMIST-2022-174
Licenciado
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Ingeniero
Freddy Rivera Valera
Coordinador Unidad Técnica
Municipalidad de Pococí
Estimados Señores:
Reciban un cordial saludo por parte de la Secretaría de Planificación Sectorial del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes. Al tenor de la ley N2 10076 Expediente N? 22.010, la Municipalidad de
Guácimo a solicitado la incorporación en su Registro Vial de una serie de caminos que al día de hoy
pertenecen al Registro Vial del cantón de Pococi, los caminos son los siguientes:
N*| código de camino cantón de Pococí | Código de camino cantón de Guácimo | Extensión (km)
1 C7-02-038 C7-06-294 6,52
2 C7-02-334 C7-06-295 1,544
3 C7-02-336 C7-06-296 4,446
4 C7-02-337 C7-06-297 4,78
5 C7-02-338 C7-06-298 6,75
6 C7-02-339 C7-06-299 4,9
7 C7-02-341 C7-06-300 0,47
8 C7-02-342 C7-06-301 1,76
2022-2026 ¿MN ¡SN (506) 2523-2200
COS TA R l C A y jose.rojasmopt.go.cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
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AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*254 ACTA N%83 Extraordinaria. 07-094202
Multimodal de Infraestructura y Servicios
mo, pi 5, Secretaría de Planificación Sectorial Proceso Planificación Estratégica
, de Transporte
SPS-PEMIST-2022-174
DSi A
Página2-de 3
9 C7-02-343 | C7-06-302 0,18
10 C7-02-344 C7-02-303 17
11 C7-02-345 C7-06-304 1,42
12 C7-02-346 C7-06-305 0,14
13 C7-02-347 C7-06-306 0,26
14 C7-02-348 C7-06-307 0,78
15 C7-02-349 C7-06-308 4,25
16 C7-02-357 C7-06-309 9,218
17 C7-02-359 C7-06-310 0,44
18 C7-02-401 C7-06-311 1,45
19 C7-02-431 C7-06-312 6,3
20 C7-02-438 C7-06-313 4,56
(21 C7-02-453 C7-06-314 1,14
22 C7-02-455 C7-06-315 17
23 C7-02-460 C7-06-316 1,843
24 C7-02-541 C7-06-317 54
25 C7-02-654 C7-06-318 0,708
26 C7-02-655 C7-06-319 0,678
27 C7-02-714 C7-06-320 2,011
28 C7-02-727 C7-06-321 1,079
29 C7-02-763 C7-06-322 0,835
Total 82,962
Fuente: Municipalidad de Guácimo.
Por lo anterior, para proceder con la actualización y modificación solicitada por la Municipalidad de
Guácimo y evitar la duplicidad de caminos en el registro vial; se solicita enviar por parte de su
representada una nota a esta Secretaría en donde se solicite la eliminación de los caminos que en el
marco de la Ley N2 10076 Expediente N? 22.010, pasan de ser propiedad del cantón de Pococí a
Guácimo, correspondientes al sector de Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja,
2022-2026 ¿SN (505) 2523-2200
COS YA R 1 (el A jose.rojasQmopt.go.cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*255 ACTA N*683 Extraordinaria.
Multimodal de Infraestructura y Servicios
mopi Secretaría de Planificación Sectorial Proceso Planificación Estratégica
de Transporte
SPS-PEMIST-2022-174
Página 3 de 3
Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, finca Thames, Finca
Lomas, MillaCuatro, Jalova, Lomas de Sierpe y El Zancudo. En la nota se debe justificar los motivos de
la eliminación y se dete aportar copia del acuerdo por parte del Concejo Municipal con base a la ley
donde avala y acuerdan la eliminación de caminos del Registro Vial MOPT.
Para atender sus inquietudes y comentarios, se pueden comunicar al teléfono 2523-2667 línea
directa, o bien al correo electrónico daniela.cordero(Qmopt.go.cr.
Cordialmente,
Firmado por: María Daniela Cordero Marín
Documento emitido mediante
Sistema de Correspondencia Institucional
Documento interno N* 921606
Fecha: 28 de julio de 2022
Ing. María Daniela Cordero Marín
Subproceso de Modelación y Planificación
Firmado por: José Rodolfo Rojas Jiménez
Documento emitido mediante
Sistema de Correspondencia Institucional
Documento interno N* 921606
Fecha: 28 de julio de 2022
v*B* Ing. José Rodolfo Rojas Jiménez
Coordinador del Subproceso de Modelación y
Planificación
Cco
Ing. Álvaro Antonio Bermúdez Peña, Director, Secretaría de Planificación Sectorial
Ing. Silvia Elena Vásquez Álvarez, Jefe a.i.
MCM
2022-2026 ¿NN (506) 2523-2200
COSTA R 1 € A jose.rojasQmopt.go.cr
TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*256 ACTA N*63 Extraordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la eliminación de los siguientes códigos
de caminos del cantón de Pococí: C7-02-038, C7-02-334, C7-02-336, C7-02-337,
C7-02-338, C7-02-339, C7-02-341, C7-02-342, C7-02-343, C7-02-344, C7-02-345,
C7-02-346, C7-02-347, C7-02-348, C7-02-349, C7-02-357, C7-02-359, C7-02-401,
C7-02-431, C7-02-438, C7-02-453, C7-02-455, C7-02-460, C7-02-541, C7-02-654,
C7-02-655, C7-02-714, C7-02-727, C7-02-763, correspondientes al sector de
Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja, Coopemalanga, San Gerardo, La
Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, Finca Thames, Finca Lomas,
MillaCuatro, Jalova, Lomas Sierpe y El Zancudo, esto con base a la Ley N*10076,
Expediente N*22.010. Se autoriza que los códigos de caminos antes mencionados,
pasen a formar parte de la red vial del cantón de Guácimo. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 1848
Se conoce nota suscrita por el regidor suplente Osael Campos Bolaños, cédula de
identidad: 7-0089-0881, dice:
Asunto: Informe de comisión.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*258 ACTA N*63 Extraordinaria.
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta obligatoria Exp. 23.145
Estimados (as) señores (as):
La Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud de del informe de
consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su
criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.* 23.145 “REFORMA AL ARTICULO 71 DEL
CODIGO MUNICIPAL, LEY N* 7794”, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 21
de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2437,
2243-2194, 2243-2438 o al correo electrónico COMISION-GOBIERNO(Oasamblea.go.cr.
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.
Atentamente,
y
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NA NA
PAGINA N*259 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022.
SERVEI
sl COMISIGNES
2 LEGISUANIAS
Muz/
PROYECTO DE LEY
REFORMA DEL ARTÍCULO 71 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.” 7794
Expediente N.” 23.145
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La autonomía municipal se encuentra consagrada en el artículo 169 de la Constitución Política,
el cual establece que la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón,
estará a cargo del gobierno municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por
regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.
11
En Costa Rica, existe una relación directa entre cantón y municipio, puesto que, para cada
cantón existe, necesaria y automáticamente, una municipalidad. Actualmente, existen en el
territorio nacional ochenta y tres cantones y, por consiguiente, ochenta y tres municipalidades.
El ámbito competencial de carácter territorial de las municipalidades, por consiguiente, es el
respectivo cantón. Los cantones, según la Constitución Política solo pueden ser creados
mediante una ley reforzada, aprobada por dos tercios de la totalidad de los miembros de la
Asamblea Legislativa.
ARTÍCULO 168.- Para los efectos de la Administración Pública, el territorio nacional se
divide en provincias; éstas en cantones y los cantones en distritos. La ley podrá
establecer distribuciones especiales.
La Asamblea Legislativa podrá decretar, observando los trámites de reforma parcial a
esta Constitución, la creación de nuevas provincias, siempre que el proyecto respectivo
fuera aprobado de previo en un plebiscito que la Asamblea ordenará celebrar en la
provincia o provincias que soporten la desmembración.
La creación de nuevos cantones requiere ser aprobada por la Asamblea Legislativa
[21
mediante votación no menor de los dos tercios del total de sus miembros.
Progresivamente, por el desarrollo humano, social, económico y cultural del pueblo
costarricense, las municipalidades han ido asumiendo un papel más relevante en la gestión
pública, desde la entrada en vigencia de la Constitución de 1949, lo que ha demandado
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*260 ACTA N%63 Extraordinaria.
profundos cambios constitucionales y legales. Así, en el año 2001 se reformó parcialmente el
artículo 170 constitucional en procura de un régimen municipal más capacitado y fortalecido en
la toma de decisiones de una descentralización territorial más intensa, así las reformas
realizadas se consideran relevantes y necesarias para pasar de esa autonomía municipal
relativa a una autonomía municipal expresa y real.
ARTÍCULO 170- Las corporaciones municipales son autónomas. En el Presupuesto
Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una
suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios
calculados para el año económico correspondiente.
La ley determinará las competencias que se trasladarán del Poder Ejecutivo a las
corporaciones municipales y la distribución de los recursos indicados.
Transitorio- La asignación presupuestaria establecida en el artículo 170 será
progresiva, a razón de un uno coma cinco por ciento (1,5%) por año, hasta completar
el diez por ciento (10%) total.
Periódicamente, en cada asignación de los recursos establecidos en el artículo 170, la
Asamblea Legislativa deberá aprobar una ley que indique las competencias por
trasladar a las corporaciones municipales. Hasta que la Asamblea Legislativa apruebe
cada una de las leyes, no se les asignarán a las municipalidades los recursos
correspondientes a ese período, de conformidad con lo indicado en ese mismo
[31
numeral.
En razón de lo anterior es claro que las municipalidades son corporaciones de carácter
autónomo, a las cuales se les otorga la competencia para administrar los intereses y servicios
de un determinado cantón en beneficio de la colectividad, incluido en esta administración el
deber de hacer buen uso de sus recursos, así como la potestad de donar los bienes que según
estudios realizados por cada corporación municipal aporten un beneficio al cantón y sus
habitantes.
En virtud de esa autonomía constitucional, se deriva la potestad supracitada impositiva
atribuida a las municipalidades, esta supone la potestad para administrar los intereses del
territorio comprendido en cada cantón, potestad que, sin embargo, es de carácter relativo, en el
tanto se encuentra a la fecha sometida a la aprobación respectiva por parte de la Asamblea
Legislativa para realizar donaciones o desafectaciones.
Los actos administrativos para que las municipalidades donen, o bien, desafecten terrenos de
su propiedad para traspasarlos a instituciones públicas y organizaciones de desarrollo
comunal, acción comunal o bienestar social que cuenten con la declaratoria de interés público,
al trascender a la Asamblea Legislativa engrosan la agenda parlamentaria y se vuelve
imposible que las necesidades de las mismas sean atendidas y resueltas a la brevedad, en
beneficio de las comunidades y poblaciones más vulnerables.
A causa de una necesidad para mejor resolver y simplificar trámites como los supra citados se
ha generado una revisión exhaustiva de la ley en pro de reformarla de manera tal que la
legislación se adapte a la autonomía municipal en todos sus extremos.
Por mandato constitucional y legal, sobre el alcalde y el concejo municipal pesa un régimen de
obligaciones y responsabilidades complejas, amplias e indeclinables, como parte de la
Administración Pública. Así, tenemos que el concejo municipal, como órgano colegiado
(deliberante) integrado por regidores electos popularmente, ejerce el “gobierno local”, cuyas
principales atribuciones son de orden normativo, político, de gobierno y presupuestario,
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*261 ACTA N*683 Extraordinaria.
decisiones que toma mediante acuerdos (actos administrativos escritos), como prescribe el
artículo 13 del Código Municipal, Ley N.* 7794.
Artículo 13. - Son atribuciones del concejo:
a) Fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio, conforme al
programa de gobierno inscrito por el alcalde municipal para el período por el cual fue
elegido y mediante la participación de los vecinos.
b) Acordar los presupuestos y aprobar las contribuciones, tasas y precios que cobre
por los servicios municipales, así como proponer los proyectos de tributos municipales
a la Asamblea Legislativa.
c)  Dictarlos reglamentos de la Corporación, conforme a esta ley.
d) Organizar, mediante reglamento, la prestación de los servicios municipales.
e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de
la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios que
estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento que se emita, el
cual deberá cumplir con los principios de la Ley de Contratación Administrativa, No.
7494, de 2 de mayo de 1995 y su reglamento.
1 Nombrar y remover a la persona auditora, contadora, según el caso, así como a
quien ocupe la secretaría del concejo.
9) Nombrar directamente, por mayoría simple y con un criterio de equidad entre
géneros, a las personas miembros de las juntas administrativas de los centros oficiales
de enseñanza y de las juntas de educación, quienes solo podrán ser removidos por
justa causa. Además, nombrar, por igual mayoría, a las personas representantes de las
municipalidades ante cualquier órgano o ente que los requiera.
h) Nombrar directamente y por mayoría absoluta a los miembros de la Comisión
Municipal de Accesibilidad (Comad), quienes podrán ser removidos por el concejo, por
justa causa. La Comad será la encargada de velar por que en el cantón se cumpla la
Ley N' 7600, Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de 2 de
mayo de 1996; para cumplir su cometido trabajará en coordinación con el Consejo
Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (Cnree) y funcionará al amparo de
este Código y del reglamento que deberá dictarle el concejo municipal, ante el cual la
Comad deberá rendir cuentas.
i) Resolver los recursos que deba conocer de acuerdo con este código.
y) Proponer a la Asamblea Legislativa los proyectos de ley necesarios para el
desarrollo municipal, a fin de que los acoja, presente y tramite. Asimismo, evacuar las
consultas legislativas sobre proyectos en trámite.
k) Acordar la celebración de plebiscitos, referendos y cabildos de conformidad con
el reglamento que se elaborará con el asesoramiento del Tribunal Supremo de
Elecciones, observando, en cuanto a la forma e implementación de estas consultas
populares, lo preceptuado por la legislación electoral vigente.
En la celebración de los plebiscitos, referendos y cabildos que realicen las
municipalidades, deberán estar presentes los delegados que designe el Tribunal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*262 ACTA N*63 Extraordinaria.
Supremo de Elecciones, quienes darán fe de que 50 cumplieron los requisitos formales
exigidos en el código y el reglamento supraindicado. Los delegados del Tribunal
supervisarán el desarrollo correcto de los procesos citados.
1) Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan Anual Operativo que elabore la
persona titular de la alcaldía, con base en su programa de gobierno e incorporando en
él la diversidad de necesidades e intereses de la población para promover la igualdad y
la equidad de género.
Estos planes constituyen la base del proceso presupuestario de las municipalidades.
m) Conocer los informes de auditoría o contaduría, según el caso, y resolver lo que
corresponda.
n) Crear las comisiones especiales y las comisiones permanentes asignarles
funciones.
ñ) Conferir distinciones honoríficas de acuerdo con el reglamento que se emitirá
para el efecto.
o) Comunicar, al Tribunal Supremo de Elecciones, las faltas que justifiquen la
remoción automática del cargo de regidor o alcalde municipal.
Pp) Dictar las medidas de ordenamiento urbano.
9) Constituir, por iniciativa del alcalde municipal, establecimientos públicos,
empresas industriales y comerciales y autorizar la constitución de sociedades públicas
de economía mixta.
17) Autorizar las membresías ante entidades nacionales y extranjeras, públicas o
privadas, que estime pertinentes para beneficio del cantón.
s) Acordar, si se estima pertinente, la creación del servicio de policía municipal
dentro de su jurisdicción territorial, su respectivo reglamento y su partida
presupuestaria.
t) Acordar, si se estima pertinente, la creación de la Oficina de la persona adulta
mayor y de personas en situación de discapacidad dentro de su jurisdicción territorial,
así como su respectivo reglamento y su partida presupuestaria, para velar, desde el
ámbito local, por una efectiva inclusión, promoción y cumplimiento de los derechos de
las personas adultas mayores y de las personas en situación de discapacidad.
En caso de acordar su creación, esta oficina podrá articular y conjugar los fines y las
funciones con la Comisión Municipal de Accesibilidad (Comad), para cumplir las
políticas que la municipalidad acuerde y para maximizar la ejecución de resultados, del
presupuesto y del recurso humano asignado. Igualmente, podrá coordinar acciones
cantonales en la materia con el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad
(Conapdis) y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).
Las municipalidades que acuerden crear estas oficinas podrán disponer, para su
financiamiento, hasta de un treinta y cinco por ciento (35%) del cero coma cincuenta
por ciento (0,50%) de los recursos que aportan al Consejo Nacional de Personas con
Discapacidad, conforme al artículo 10 de la Ley 9303, Creación del Consejo Nacional
de Personas con Discapacidad, de 26 de mayo de 2015.
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PAGINA N*263 ACTA N“63 Extraordinaria.
Esta oficina deberá rendir un informe de gestión anual ante el Concejo Municipal sobre
la ejecución del presupuesto asignado, así como del cumplimiento de las metas
establecidas.
SSISIRETAN 3 4,
u) Las demás atribuciones que la ley señale amis
Además, compete a la Secretaría del Concejo comunicar los acuerdos:
Artículo 53 - Cada Concejo Municipal contará con un secretario, cuyo nombramiento
será competencia del Concejo Municipal. El Secretario únicamente podrá ser
suspendido o destituido de su cargo, si existiere justa causa. Serán deberes del
Secretario:
a) Asistir a las sesiones del Concejo, levantar las actas y tenerlas listas dos horas
antes del inicio de una sesión, para aprobarlas oportunamente, salvo lo señalado en el
artículo 48 de este código.
b)  Transcríbir, comunicar o notificar los acuerdos del Concejo, conforme a la ley.
c) Extender las certificaciones solicitadas a la municipalidad.
d) Cualquier otro deber que le encarguen las leyes, los reglamentos internos o el
Concejo Municipal.
En razón de lo anteriormente expuesto, se propone eliminar las dificultades que impiden la
realización de un acto administrativo cuya competencia es de interés exclusivo de los
gobiernos locales, como lo es que puedan donar o desafectar directamente bienes muebles e
inmuebles, siempre que estas donaciones o desafectaciones vayan dirigidas a los órganos del
Estado, instituciones autónomas o semiautónomas y organizaciones de desarrollo comunal,
todas quienes a su vez quedan autorizadas para donar directamente a las municipalidades.
La municipalidad es el gobierno local de cada cantón, la jurisdicción territorial de las
municipalidades es su propio cantón, por lo que como municipio puede entenderse como aquel
conjunto de vecinos residentes en un mismo cantón y la municipalidad como la persona
jurídica estatal que gobierna y administra los intereses y servicios cantonales, para lo cual cada
municipalidad cuenta con patrimonio propio, personalidad y capacidad jurídica plena que le
permite ejecutar los actos que le atañen en la función y autonomía política, administrativa y
[8]
además financiera según lo estipulado en nuestra Carta Magna.
Los artículos 1 y 2 del Código Municipal, Ley N.* 7794, también definen y establecen que los
municipios estarán constituidos por el conjunto de personas vecinas residentes de un mismo
cantón que administrarán sus propios intereses a través del gobierno municipal, así como las
[6]
municipalidades son personas jurídicas estatales con las características supra citadas.
El objetivo de la presente iniciativa de ley responde a la necesidad clara de garantizar la
autonomía municipal en el contexto de la realidad territorial en la que se suscribe el gobierno
local, la intención que persigue la iniciativa es la de velar por un trato equitativo con las
potestades otorgadas a la corporaciones municipales costarricenses, las organizaciones de
desarrollo comunal las cuales son entidades de interés público, regidas por el derecho privado,
por lo que están autorizadas para realizar todo tipo de acciones tendientes al desarrollo social,
económico, cultural, ambiental de los habitantes del área en que conviven, en colaboración con
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*264 ACTA N*63 Extraordinaria.
CLARA
las instituciones, municipalidades y cualesquiera otros organismos públicos-privados, así como
aquellas organizaciones sociales que cuenten con la declaratoria de interés público.
La constitución y funcionamiento de las asociaciones para el desarrollo de las comunidades
son declaradas de interés público según el artículo 14 de la Ley N.” 3859, “Ley sobre el
Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco)” como medio de estimular a las poblaciones a
organizarse para luchar a la par de los organismos del Estado en pro del desarrollo económico
[7]
y social del país.
La asociaciones de desarrollo constituidas en territorios indígenas, cuentan con algunas
características propias de su naturaleza jurídica, señaladas en la Ley Indígena, N.” 6172, de 29
de noviembre de 1977, que les permite ser gobiernos locales y representantes oficiales de las
comunidades indígenas, en consecuencia, cualquier acción, proyecto de organismos o
personas oficiales o privadas tienen que tramitarse a través de ellas ll
En aras de fortalecer el desarrollo y desempeño de los municipios en Costa Rica, así como las
organizaciones de desarrollo comunal que integran el movimiento comunitario costarricense o
bien aquellas organizaciones que cuenten con la declaratoria de bien social.
Cabe destacar que los gobiernos locales son entes que promueven, apoyan y son capaces de
concertar participativamente a los y las ciudadanas en la toma de decisiones respecto de la
comunidad por medio de las organizaciones sociales subscritas en el municipio; por las
razones anteriormente expuestas, se somete a consideración de las señoras diputadas y los
señores diputados el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 71 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.? 7794
CAPÍTULO 1
ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el artículo 71 del Código Municipal, Ley N.* 7794, y
léase de la siguiente manera:
Artículo 71- La municipalidad podrá usar o disponer de su patrimonio mediante toda clase de
actos o contratos permitidos por este Código y la Ley 7494, Ley de Contratación
Administrativa, de 2 de mayo de 1995, que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines.
Las donaciones de cualquier tipo de recursos o bienes inmuebles, así como la extensión de
garantías a favor de otras personas, solo serán posibles cuando las autorice expresamente
cada municipalidad de acuerdo a su jurisdicción, mediante el voto favorable de las dos
terceras partes del total de los miembros que integran su concejo, podrán donar directamente
bienes muebles e inmuebles, siempre que estas donaciones vayan dirigidas a los órganos del
Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, así como aquellas organizaciones de
desarrollo comunal y organizaciones de bienestar social que cuenten con la declaratoria de
interés público, que a su vez quedan autorizadas para donar directamente a las
municipalidades aun cuando la donación implique una desafectación del uso o fin público al
que está vinculado el bien.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Nás -238
PAGINA N*265 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2022.
Podrán darse préstamos o arrendamientos de los recursos mencionados, siempre que exista el
convenio o contrato que respalde los intereses municipales.
A excepción de lo dispuesto en los párrafos anteriores, las municipalidades podrán otorgar
ayudas temporales a vecinos y vecinas del cantón que enfrenten situaciones, debidamente
comprobadas, de desgracia o infortunio; asimismo, podrán crear albergues para las personas
que se encuentren en situación de abandono y situación de calle, una vez demostrada dicha
condición de acuerdo con los parámetros establecidos en la Ley para la Creación de Albergues
Temporales de las Personas en Situación de Abandono y Situación de Calle. También, podrán
subvencionar centros de educación pública, beneficencia o servicio social que presten
servicios al cantón respectivo; además, las municipalidades podrán otorgar becas de estudio a
sus munícipes de escasos recursos y con capacidad probada para estudiar. Cada
municipalidad emitirá el reglamento para regular lo anterior.
CAPÍTULO Il
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
TRANSITORIO ÚNICO—
Ala entrada en vigencia de la presente ley, las autorizaciones de desafectación y donación que
estén en la Comisión Permanente Especial de Municipales que no hayan sido vistas en la
Comisión o estén en el Plenario legislativo a la espera de análisis y votación queden sin efecto
y les sea aplicada esta reforma de ley.
Rige a partir de su publicación.
Gilberto Campos Cruz Eli Feinzaig Mintz
Kattia Cambronero Aguiluz Jorge Dengo Rosabal
Luis Diego Vargas Rodríguez Johana Obando Bonilla
Diputados y diputadas
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Jurídicos para su
revisión y análisis.
ACUERDO N* 1850
Se conoce nota suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, Coordinador de Área
Planificación y Desarrollo Urbano, teléfono: 2713-6573, correo electrónico:
henry.madrigal4munipococi.go.cr, dice:
Oficio: APDU-155-2022
Asunto: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AL ALCALDE POR PARTE DEL CONCEJO
MUNICIPAL ÁREAS Y CALLES PÚBLICAS DE LA URBANIZACIÓN EL COLONO, EL
MOLINO, JIMÉNEZ
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*266 ACTA N%63 Extraordinaria.
A
4 A Municipalidad de Pococí (7)
POCOCI Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573 “Lis
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr — "Bapeco
II
Miércoles 07 de setiembre del 2022
OFICIO: APDU-155-2022
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AL ALCALDE POR PARTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
ÁREAS Y CALLES PÚBLICAS DE LA URBANIZACIÓN EL COLONO, El MOLINO, JIMÉNEZ
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad
de dar seguimiento a lo requerido por parte del Ing. Allan Calvo Muñoz, referente a la solicitud
de recepción de las áreas y calles públicas, así como la zona de protección de la quebrada,
pertenecientes al proyecto denominado como Urbanización El Colono, el cual se ubica en el
distrito de Jiménez, al costado este de la Urbanización Don Edwin, en la propiedad con
número de plano de catastro L-1358890-2009; registrado por el Ing. Geovanny Rodríguez Rojas
(IC-6905), Ing. Allan Calvo Muñoz (IC-20053) y el Ing. Abisai Ramírez Soto (IC-9134), cuyo
propietario es Consultoría Mar Azul S.A., cédula jurídica 3-101-332999.
Dicho proyecto cuenta con el visto bueno técnico por parte del presente servidor
mediante Oficio DDCU-122-2021 de fecha 08 de julio del año 2021, mismo que fue remitido al
Concejo Municipal, los cuales aprobaron y recibieron el proyecto en cuestión mediante
Acuerdo N*1083, Acta N*51, Artículo |, de la Sesión N*51 Ordinaria del 08 de julio del 2021,
Oficio SMP1131-2021. Los terrenos en proceso de recepción municipal se describen a
continuación:
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PAGINA N*267 ACTA N*%63 Extraordinaria.
A
. Municipalidad de Pococí (0)
POCO: | Area de Planificación y Desarrollo Urbano BI
NM Teléfono: 2713-6573 LE
Fluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr Md
AS
Tabla 1.- Áreas públicas de la Urbanización El Colono
Plano Catastrado Folio Real Área (m*) Naturaleza
1-2317314-2021 7133646-000 Calles Públicas
1071,00
L-2317319-2021 7133646-000 273,00 Juegos infantiles
L-2317321-2021 7133646-000 265,00 Facilidades Comunales
L-2317320-2021 7133646-000 125,00 Parque
L-507-2022 7133646-000  2451,00 Zona de protección
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Por lo tanto, se solicita la aceptación y recepción de los terrenos citados en la tabla
anterior como áreas públicas, así como autorizar al Alcalde en ejercicio, por parte del Concejo
Municipal, para que comparezca ante notario público y apruebe el respectivo traspaso a favor
de la Municipalidad de Pococí. Los terrenos en cuestión están destinados a usos tales como
facilidades comunales, juegos infantiles, área de parque, calles públicas y zona de protección,
y se ubican en la Urbanización El Colono, Jiménez, Pococí; lo anterior en cumplimiento con lo
establecido en el artículo N* 40 de la Ley de Planificación Urbana.
Se adjunta copia de los planos catastrados.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN Firmado digitalmente
HENRY BI
MADRIGAL honsaLcaLvO
CALVO (FIRMA)
(FIRMA) isanecanos
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Área Planificación y Desarrollo Urbano
CC: Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
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ACTA N*63 Extraordinaria.
PAGINA N*268
A CATASTRAL
REGISTRO INMOBILIARIO
TO: SUBDIRECCIÓN
INSCRIPCIÓN No:
Catastro Nacional
2021-92213-C
=- FRENTE A CALLE PUBLICA ES DE 31.05m
— MODIFICA PLANO DE CATASTRO L-2002743-2017
- ESTE PLANO SERVIRA UNICAMENTE PARA INSCRIBIR
RESPECTIVO EL PLANO SURTIRÁ LOS EFECTOS
CORRESPONDIENTES DESDE LA FECHA
DE SU INSCRIPCION EN EL CATASTRO.
ZONA DE PROTECCION
QUEBRADA SAMMY, J
MUNICIPALIDAD DE POCOCI fa]
RESERVA DEL PROPIETARIO
BANCO IMPROSA S.A.
COLINDANTE (A) =BANCO IMPROSA S.A.
COLINDANTE (B) =MUNICIPALIDAD DE POCOCI
7-2317319-2021 04/11/2021 09:25:52
Fecha - 03/11/2021 14:43:44 Ingreso
rro ANDRES SANCHEZ OMEDO:
18 (0E7ISOBSFFABB1CAD6S0021FBERAS
Contrato 984726
Fecha 03/11/2021
Visado CFIA
N NOTAS: DERROTERO
— SE REPLANTEARON VERTICES EN EL CAMPO LINEA z
— LEVANTAMIENTO POLAR, POLIGONAL CERRADA 17 >
— DOY FE QUE LOS LINDEROS SON EXISTENTES 2-3 e
— LOTE USO JUEGOS INFANTILES 324 :
— ERROR LINEAL 0.02m, ERROR ANGULAR 0/05" = i
— TODAS LAS DISTANCIAS ESTAN DADAS EN METROS 6 y
EL INMUEBLE UNA VEZ INSCRITO EL FRACCIONAMIENTO
9
10=
1= ñ
CONJ 12= 387 4,25
1321 1855126" 16.93
AREA DEL POLIGONO (m2) 301,01
SECTOR CIRCULAR (+) 3.95
ñ SECTOR CIRCULAR (-) 32.17
mo!K' [Ftma) 272.79
y A o
UNER RADIO | TANGENTE | CUERDA | LONONUD [AREA
Jz, 10.49 16.33 17.66 | 32.17
| Y 7 3.68 5.69 6.16 43.95
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
HOJA GUAPILES 3446 Iv
ESCALA 1:50000
- EXENTO DE PAGO DE TIMBRES, DERECHOS DE
REGISTRO SEGUN LEY 7052 ARTICULOS 145 Y 147
[PEDRO Fimadodigtalmente.— | ESCALA AREA a SITUADO EN: EL MOLINO cal
[GERARDO por PEDRO GERARDO, 1: 1800 A
IZUÑIGA VARGAS Fecnaaoa 1102 2 73m losraro 20 omenez] POLO REAL
(EIRMA) 135500-0800' PROTOCOLO FECHA canton: 2» pocoI | 7133646-000
= TOMO 20787
O ERO AOBORRAFO oa | FOLIO 104 NOVIEMBRE 2021 | provincia: 7" LIMON | AREA: 10340.00m2
Pecocí
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ACTA N*63 Extraordinaria.
PAGINA N*270
Fecha — 08/11/2021 1444.06
Registrador JOSE ANDRES SANCHEZ OVIEDO
ESPA IIOOESAYAF SOCISCAJASFAD1SI2F
ECISTRO REGISTRO oO
p IN
INSCRIPCIÓN No: 2021-92214-C
7-2317320-2021 04/11/2021 09:26:25 ( | ds
Ingreso
NOTAS:
= SE REPLANTEARON VERTICES EN EL CAMPO
LEVANTAMIENTO POLAR, POLIGONAL CERRADA
DOY FE QUE LOS LINDEROS SON EXISTENTES
LOTE USO PARQUE
'¡RROR LINEAL 0.02m, ERROR ANGULAR 0'05”
'ODAS LAS DISTANCIAS ESTAN DADAS EN METROS
- FRENTE A CALLE PUBLICA ES DE 24.43m
=— MODIFICA PLANO DE CATASTRO L-2002743-2017
=— ESTE PLANO SERVIRA UNICAMENTE PARA INSCRIBIR
EL INMUEBLE UNA VEZ INSCRITO EL FRACCIONAMIENTO
CORRESPONDIENTES DESDE LA FECHA
DE SU INSCRIPCION EN EL CATASTRO.
RESPECTIVO EL PLANO SURTIRÁ LOS EFECTOS Y os
CONJ!
E
526466.9'
Contrato 984726
Fecha 03/11/2021
Visado CFIA
DERROTERO
LINEA. ACIMUT DIST. (m)
2 274'54'38" 15.56
=] 3193434 133
8927.12 4 41430” 85
=J 94'14'30" 20.20
LOTE 1 185'51'27" 6.54
AREA DEL POLIGONO (m2) 119.10
SECTOR CIRCULAR (+) 5.66
(m2) 124.76
e CUERDA LONGITUD. AREA.
4,45, 6.33 7,02 +5,66
13
S
e]
Z
o
1]
3
E]
Zz
o
o
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
HOJA GUAPILES 3446 IV
ESCALA 1:50000
COLINDANTE (d) =BANCO IMPROSA S.A.
— EXENTO DE PAGO DE TIMBRES, DERECHOS DE
REGISTRO_SEGUN LEY 7052 ARTICULOS 145 Y 147
PEDRO Fimadodáttalmente | ESCALA AREA SITUADO EN: EL MOLINO ECIETRO. PUBLICO:
[GERARDO Erre 2 ES PARTE DE:
ZUÑIGAVANGAS 1 + 1500 125m FOLIO REAL
IZUÑIGA VARGAS MA a DISTRITO: — 2" JIMENEZ
(FIRMA) 135523 -0600' Hari 0 ¡FECHA CANTON: — 2* POCOCI 7133646000
PEDRO ZUNIOA VARGAS. MW=zozs| "omo 207 Noviemare 2021 | provincia: %
INGENIERO TOPOGRAFO. FOLIO 104 Pl : 7 LIMON | AREA: 10340.00m'
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*271 ACTA N*63 Extraordinaria.
A A
cuero. REGISTRO NNORIIAR O
Ey CATASTRAL. Catastro Nacional
INSCRIPCIÓN No: 2021-92215-C
7-2317321-2021 04/11/2021 09:26:58
Fecha — :OSM11/Z021 14-4429 TOGERnO:
Regatas, JOSE ANDRES SANCHEZ OVIEDO.
AOROO1F AAA BADAE IC20500024E 4E818
Contrato 984726
Fecha 03/11/2021
Visado CFIA
DERROTERO
N NOTAS: Mim
Se hepamearon vernices eu el cauro COTE A] UNA [A C1MU1T [Dist (00)
— LEVANTAMIENTO POLAR, POLIGONAL CERRADA 12 7414307 10.00
- DOY FE QUE LOS LINDEROS SON EXISTENTES 2-3 3303 36 8.07
— LOTE USO FACILIDADES COMUNALES 16927.12 3-4 725'03 7.59
— ERROR LINEAL 0.02m, ERROR ANGULAR 0"05” 4-5 53146” 5.82
- TODAS LAS DISTANCIAS ESTAN DADAS EN METROS 5-6 '08'39" 12.38
— FRENTE A CALLE PUBLICA ES DE 10.00m 6-7 DIN 4.15
— MODIFICA PLANO DE CATASTRO L-2002743-2017 e : E Til 29
=— ESTE PLANO SERVIRA UNICAMENTE PARA INSCRIBIR
EL INMUEBLE UNA VEZ INSCRITO EL FRACCIONAMIENTO
RESPECTIVO EL PLANO SURTIRÁ LOS EFECTOS Ni
CORRESPONDIENTES DESDE LA FECHA CONJI E .NCIAL
DE SU INSCRIPCION EN EL CATASTRO.
5
URBANIZACION.
244
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
HOJA GUAPILES 3446 IV
ESCALA 1:50000
ACCESO 1
CALLE PUBLICA
COLINDANTE (A) =BANCO IMPROSA S.A.
— EXENTO DE PAGO DE TIMBRES, DERECHOS DE
REGISTRO SEGUN LEY 7052 ARTICULOS 145 Y 147
PEDRO Fimado digualmente | ESCALA AREA SITUADO EN: EL MOLINO REGISTRO PUBLICO
GERARDO —— Zumcavaneas 1 + 1800 265m? Poo BRA
PUÑIGA e cid DISTRITO: — 2" JIMENEZ
'ARGAS (FIRMA) 13:55:47 -0600 ota FECHA CANTÓN: 2" POCOCI 7133646-000
PEORO ZUNIGA VARGAS. M=
A eNieRo TOPO6RArO | FOLIO 104 NOVIEMBRE 2021 | PROVINCIA: 7* LIMON | AREA: 10340.00m2
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*272 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-
A
9 Municipalidad de Pococí |
POCOC ¿ Unidad de Topografía 8 y
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 HL» 2
Fluye visados.munipococifOdgmail.com Maceros
daa NANA DIETA TEIAROS Pa PLANTAS
Guáópiles, viernes, 14 de enero de 2022
Oficio: UTOP-MPL-CAT-012-2022
Visado Municipal
Provincia Cantón DST Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez L-507-2022 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N* 1223.
Responsable:
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO
QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (ON):
serlalNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
o=PERSONA FÍSICA, ou=CIUDADANO, en=DAVID
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Ingbavid Arnolélo Quirós Aguilar — fecha: O22O Ia 1a31:18-0600" |
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Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*273 ACTA N%63 Extraordinaria.
A A
9 Municipalidad de Pococí |
POCOC e Unidad de Topografía gua
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 Zo 2%
Fluuo visados.munipocociO)gmail.com "weranoso
sr Pa
Guápiles, martes, 11 de enero de 2022
Oficio: UTOP-MPL-CAT-008-2022
| Visado Municipal
Provincia Cantón EN Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez  L-2317321-2021 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N* 1223.
Responsable: - : AS
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO |
QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
| o=PERSONA FÍSICA, ou=CIUDADANO, cn=DAVID
| y ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
| ing/bavid Arnoldo Quirós Aguilar — Fecha:2022.01.11 11:11:27 -0600'
| Versión de Adobe Acrobat Reader: 2021.007.20099
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
q POcocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI CA
PAGINA N*274 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-
Municipalidad de Pococí
74 IA
POCOC ¿ Unidad de Topografía Í 8]
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 y
MUNICIPALIDAD
Pluue visados.munipocociOgmail.com Marceavos
ES SS
Guáópiles, martes, 11 de enero de 2022
Oficio: UTOP-MPL-CAT-009-2022
Visado Municipal
Provincia Cantón SIN Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez  L-2317320-2021 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N? 1223.
Responsable:
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO
QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=DAVID
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Fecha: 2022.01,11 11:13:13 -06'00'
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Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*275 ACTA N*63 Extraordinaria. 07-09-2
A A A A A
4 Municipalidad de Pococí “Hee
POCOC ¿ Unidad de Topografía yu
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 Z95 2
Fluyo visados.munipocociO)gmailcom vecraboso
er A 74 PRARINIZA
Guápiles, viernes, 14 de enero de 2022
Oficio: UTOP-MPL-CAT-010-2022
Provincia Cantón DST Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez  L-2317319-2021 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, arlículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N* 1223.
Responsable:
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO
QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=DAVID
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Fecha: 2022.01.14 14:15:51 -0600' Í
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*276 ACTA N*63 Extraordinaria.
A A
sg Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Unidad de Topografía gua
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 ¿ZH9 2
Fluue visados.munipocociO)gmailcom vacrauoso
pee or a
Guápiles, viernes, 3 de diciembre de 2021
Oficio: UTOP-MPL-CAT-1380-2021
Visado Municipal
Provincia Cantón DISTIN Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez  L-2317314-2021 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N? 1223,
Responsable:
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO QUIROS |
AGUILAR (FIRMA) |
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, en=DAVID
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA) |
Fecha: 2021.1203 15:21:08 -0600' |
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%277 ACTA N*63 Extraordinaria.
A A A A
9 Municipalidad de Pococí ,
POCOC¿ Unidad de Topografía gua
a Teléfono: 2713-6560 Ext.128 «Zo %
Fluue visados.munipocociO)gmail.com "aceros
Guópiles, viernes, 3 de diciembre de 2021
Oficio: UTOP-MPL-CAT-1380-2021
Provincia Cantón SiN Número de plano Expediente electrónico
Limón Pococí Jiménez  L-2317314-2021 32027-251121
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado, en atención a lo establecido en
el Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y
34, Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV,
Acuerdo N* 1223.
Responsable:
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO QUIROS |
AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR
o=PERSONA FISICA ou=CIUDADANO, co=DAVID
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (ARMA)
Fecha: 2021.12.03 15:21:08 -06'00"
Versión de Adobe Acrobat Reader: 2021.007.20099
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*279 ACTA N*683 Extraordinaria.
CONSULTORÍA MAR AZUL S.A.
Teléfono: 2225-2422 / Fax: 2234-8625
Barrio Escalante, San José, CR.
a
Oficio DT-0CO-47-2022
29 de Agosto de 2022
Ingeniero
Henry Madrigal Calvo
Coordinador Área de Planificación y Desarrollo Urbano
Municipalidad de Pococí
Estimado Ingeniero Madrigal:
Por este medio me permito saludarle muy cordialmente y a su vez para solicitar se sirva dar
trámite ante el Honorable Concejo Municipal de Pococí, del proceso de solicitud de traspaso
y donación de las áreas públicas del Proyecto conocido como El Colono, ubicado en El
Molino de Jiménez, Pococí; asimismo, para que dicho Concejo Municipal se sirva autorizar
al señor Alcalde a comparecer ante Notario Público y a firmar la respectiva escritura de
traspaso y recepción de las siguientes áreas públicas del Proyecto El Colono:
Tipo de bien N? de folio Área
inmueble N? de catastro real M2
Calle Pública 7-2317314-2021 | 7-186910-000 1701
Parque 7-2317320-2021 | 7-186911-000 125
Facilidades
Comunales 7-2317321-2021 | 7-186912-000 265
Juegos Infantiles | 7-2317319-2021 | 7-186913-000 273
Zona Protección
Quebrada 7-507-2022 7-186914-000 2451
Al presente me pemito adjuntar los siguientes documentos:
a. Copia de la personería jurídica de Consultoría Mar Azul S.A., como propietaria
registral de los bienes inmuebles antes citados.
b. Copia de la cédula de identidad de Allan Francisco Calvo Muñoz, en mi calidad de
representante legal.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*280
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*63 Extraordinaria.
De antemano le agradecemos su fina atención al respecto,
Atentamente,
ALLAN Firmado digitalmente
'ALLAN
FRANCISCO — PRANCISCOCALVO
MUÑOZ (FIRMA)
CALVO MUÑOZ EAN 0839
(FIRMA) 16:03:33-0600'
Ing. Allan Calvo Muñoz
Representante Legal
Cédula 1t 2-621-388
Correo: alfracamu(Oyahoo.com
Pecocí
Pluye
l
Ñ
NS) Ñ
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*281 ACTA N*63 Extraordinario.
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERIA JURIDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-1346257-2022
PERSONA JURIDICA: 3-101-332999
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENOMINACION: CONSULTORIA MAR AZUL SOCIEDAD ANONIMA
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 1626 FOLIO: 234 ASIENTO: 00225
DOCUMENTO ORIGEN: TOMO: 510 ASIENTO: 8232 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 04/10/2005
DOMICILIO: SAN JOSE-SAN JOSE MONTES DE OCA SAN PEDRO EN BARRIO LOS YOSES EN LA INTERSECCION DE LA CALLE 37 CON
LA AVENIDA 8 EN LAS OFICINAS DEL BUFETE DONINELLI 8amp; DONINELLI
OBJETO/FINES (SINTESIS): COMERCIO EN GENERAL, PUDIENDO DEDICARSE A INDUSTRIA E INVERSIONES, CONTRATACION DE
PERSONAL DEDICADO A LABORES DIVERSAS, PARTICIPAR EN FIDEICOMISOS, OTORGAR GARANTIAS FIDUCIARIAS, RENDIR FIANZAS
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: INICIO: 28/09/2002 VENCIMIENTO: 28/09/2050
NUMERO LEGALIZACION: 4065000042964
FECHA LEGALIZACION:16/10/2020
ADMINISTRACION
PLAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: JUNTA DIRECTIVA Y FISCAL NOMBRADOS POR TODO EL PLAZO SOCIAL. HABRA UN
AGENTE RESIDENTE.
LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
CORRESPONDE AL PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO LA REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL DE LA SOCIEDAD
CON FACULTADES DE APODERADOS GENERALISIMOS SIN LIMITE DE SUMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253 DEL CODIGO
CIVIL. EL PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO, PODRAN DELEGAR O SUSTITUIR TOTAL O PARCIALMENTE SUS MANDATOS Y
OTORGAR NUEVOS PODERES, RESERVANDOSE O NO SUS ATRIBUCIONES, EN CUALQUIER OTRA PERSONA SEA O NO MIEMBRO DE
LA JUNTA DIRECTIVA, REVOCARLOS Y HACER OTROS DE NUEVO.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DE INSCRIPCION: 18/04/2013 CARGO: SECRETARIO
OCUPADO POR: ALLAN FRANCISCO CALVO MUÑOZ CEDULA DE IDENTIDAD: 2-0621-0388
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 28/09/2002 VENCIMIENTO: 28/09/2050
FECHA DE INSCRIPCION: 12/06/2018 CARGO: TESORERO
OCUPADO POR: NATALIA MARIA CALVO MUÑOZ CEDULA DE IDENTIDAD: 2-0662-0234
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO; 14/03/2018 VENCIMIENTO: 28/09/2050
FECHA DE INSCRIPCION: 12/06/2018 CARGO: PRESIDENTE
OCUPADO POR: CARLOS MANUEL CALVO QUESADA CEDULA DE IDENTIDAD: 2-0292-0536
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 14/03/2018 VENCIMIENTO: 28/09/2050
NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
FECHA DE INSCRIPCION: 10/10/2005 CARGO: AGENTE RESIDENTE
OCUPADO POR: JOSE PABLO ARAUZ VILLAREAL CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0838-0935
REPRESENTACION: NO APLICA
VIGENCIA: INICIO: 18/08/2005 VENCIMIENTO: 28/09/2050
DIRECCION: SAN JOSE, INTERDICCION DE LA CALLE TREINTA Y SIETE CON LA AVENIDA OCHO ,EN EL BUFETTE DONINELLI Y
DONINELLE ASESORES JURIDICOS ASOCIADOS.
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
FUSIONES
Cdula Jurdica que se fusion: 3 - 101 - 301537 Citas del Movimiento: 2019 - 546250 - 1 - 5 Fecha: 14/10/2019
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*282 ACTA N*63 Extraordinaria.
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y EL DECRETO EJECUTIVO N. 35488-J, PUBLICADO EN
LA GACETA N. 196, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, AS! COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE
COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO. 2202-0888.
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR
LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR.
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE DE
DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 11 HORAS 42 MINUTOS Y 44 SEGUNDOS, DEL 24 DE AGOSTO DE 2022.
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO www.rnpdigital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES.
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A rnpdigitalArnp.go.cr, PARA
DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION.
SE TIENEN POR PRORROGADOS DE PLENO DERECHO Y DE FORMA AUTOMÁTICA HASTA POR DOS AÑOS, LOS NOMBRAMIENTOS DE
LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION Y FISCALIA, QUE HAYAN VENCIDO A PARTIR DEL 1 DE MARZO DEL 2020 Y HASTA EL 31 DE
DICIEMBRE DEL 2020, INCLUSIVE. SE PRORROGAN LOS NOMBRAMIENTOS QUE VENCEN EN EL AÑO 2021 Y QUE FUERON
NOMBRADOS ANTES DEL 1 DE MARZO DE 2020, POR EL MISMO PERIODO PARA EL CUAL FUERON NOMBRADOS. LO ANTERIOR
CONFORME LO DISPUESTO EN LAS LEYES N” 9866 Y N* 9956.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aceptan la recepción de los siguientes terrenos:
Plano Catastro: L-2317314-2021, Folio Real: 7133646-000, Área (m?):1 1071,00,
Naturaleza: Calles Públicas; Plano Catastro: L-2317319-2021, Folio Real: 7133646-
000, Área (m?): 273,00, Naturaleza: Juegos Infantiles; Plano Catastro: L-2317321-
2021, Folio Real: 7133646-000, Área (m?): 265,00, Naturaleza: Facilidades
Comunales, Plano Catastro: L-2317320-2021, Folio Real: 7133646-000, Área (m2):
125,00, Naturaleza: Parque y Plano Catastro: L-507-2022 , Folio Real: 7133646-000,
Área (m?): 2451,00, Naturaleza: Zona de Protección, como áreas públicas. Se
autoriza al alcalde en ejercicio para que comparezca ante notario público. Se
aprueba el respectivo traslado a nombre de la Municipalidad de Pococí. Los
terrenos se ubican en la Urbanización El Colono, Jiménez, Pococí; lo anterior en
cumplimiento con lo establecido en el artículo N%40 DE LA Ley de Planificación
Urbana. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 1851
Se nombran en comisión al regidor suplente Bernardo Veach Davis, síndica
propietaria Sandra Umaña López y sindico suplente Keylor Andrey Campos Mora
que presenten el respectivo informe de comisión.
Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra (Vota en contra el Reg. Reinaldo
Benavides Vargas) SE ACUERDA: Se nombran en comisión al regidor suplente
Bernardo Veach Davis, síndica propietaria Sandra Umaña López y sindico suplente
Keylor Andrey Campos Mora que presenten el respectivo informe de comisión.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N2283 ACTA N*63 Extraordinaria.
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AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS SE LEVANTA LA
SESIÓN
F-Yaslyn Morales Grajal LO) ) F- Licda. Magally Venegas Vargas
Presidenta Municipal +. ' Secretaria Municipal
Cc/ Regidores, Otros.
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