Extraordinaria 18 · 2022-03-08
Acta_Extraordinaria_N18_Celebrada_el_08_de_Marzo_del_2022.pdf · 124 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 18 del 2022-03-08 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 410 (pág. 2) · unanime ACUERDO N* 410 Moción de Orden por parte del señor presidente Municipal Regidor Juan Luis Gómez Gómez para alterar el Orden del día y ver “Corresponde…
- Acuerdo 411 (pág. 3) ACUERDO N* 411 Se conoce comentario por parte del Sr. Pate Juan Luis Gómez Gómez referente al Día Internacional de la Mujer, dice: Saluda, en esta fec…
- Acuerdo 412 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 412 Se presentan ante este Concejo vecinos de Jiménez para tratar el tema con relación a la Fábrica de Baterías en Jiménez, dice; Sr. Mario…
- Acuerdo 413 (pág. 22) · unanime ACUERDO N* 413 Se conoce nota suscrita por el señor Jorge Steven Brenes Leiva, vicepresidente del Comité del Barrio de Nido 2, La Rita, teléfono: 6003…
- Acuerdo 414 (pág. 24) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 414 Se conoce nota suscrita por el Msc. Rolando Vargas Fernández, director del Centro Educativo Líder Roxana, teléfono: 2763-3096, correo e…
- Acuerdo 415 (pág. 25) · unanime ACUERDO N'* 415 Se conoce nota suscrita por la señora Adela Rojas Elizondo, presidenta de la Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica (…
- Acuerdo 416 (pág. 28) · unanime ACUERDO N? 416 A Se conoce nota suscrita por la señora Erika Ugalde Camacho, Jefe de Área Comisiones Legislativas lll, teléfonos: 2243-2437, 2243-2194…
- Acuerdo 417 (pág. 33) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 417 . Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernm…
- Acuerdo 418 (pág. 56) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 418 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernman…
- Acuerdo 419 (pág. 62) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 419 Se conoce nota suscrita por el señor Luis Gerardo Serrano, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de la Ruta de Agua, y el s…
- Acuerdo 421 (pág. 76) · unanime ACUERDO N* 421 Se conoce nota suscrita por la Dra. Mauren Monge Bolaños, coordinadora de Proceso de Desarrollo Social y Cultural, teléfono: 2101-5426,…
- Acuerdo 422 (pág. 79) · unanime · aprobado ACUERDO N” 422 : Se conoce nota suscrita por la Licda Mayra Montes Arce del despacho de Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: m…
- Acuerdo 423 (pág. 82) · unanime ACUERDO N' 423 o Se conoce nota suscrita por el señor Miguel Badilla Ugalde de la Unidad Cantonal RHC-Pococí, teléfono: 2710-0335, correo electrónico:…
- Acuerdo 424 (pág. 85) · unanime · aprobado ACUERDO N* 424 Se conoce nota suscrita por el señor Edel Reales Noboa, director a,i de la Secretaía del Directorio , teléfono: 2243-2642, correo elect…
- Acuerdo 425 (pág. 103) · unanime ACUERDO N* 425 Se conoce nota suscrita por el señor Juan Carlos Arias Aguero, Director de la Región Doceava Caribe, teléfono: 2600-0000, ext: 3303, co…
- Acuerdo 426 (pág. 105) · unanime ACUERDO N' 426 o Se conoce nota suscrita por el señor Freddy Badilla Barrantes, Coordinación de la Red COMAD Huetar Caribe, correo electrónico: redcom…
- Acuerdo 427 (pág. 106) · unanime ACUERDO N* 427 Se conoce nota suscrita por la señora Mercedes Hernández Méndez, secretaria municipal de la Secretaría Municipal de Barva, correo elect…
- Acuerdo 428 (pág. 111) · unanime · firme ACUERDO N* 428 Y Se conoce nota suscrita por la Junta de Educación del Centro Educativo Unidad Pedagógica Casa Hogar Ría Tere, teléfono: 2763-4228, co…
- Acuerdo 429 (pág. 120) · unanime ACUERDO N* 429 dl Se conoce nota suscrita por Licda. Alejandra Cruz Cerdas, Coordinadora de Bandera Azul de la Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere, …
- Acuerdo 430 (pág. 121) · unanime ACUERDO N* 430 Se conoce nota suscrita por el señor Sergio Marcelo Mesén Hidalgo, entrenador de la Academia de Futbol Ticabán, teléfono: 7202-8857, di…
- Acuerdo 431 (pág. 123) ACUERDO N?* 431 Se conoce nota suscrita por el señor Fred Montoya Rodríguez, Jefe a.i. de Leyes y Decretos, correo electrónico: fred.montoyaOpresidenc…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 136 > PAGINA N91 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 a MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*18 EXTRAORDINARIA. 08-03-2022 SESION EXTRAORDINARIA. N*18 DEL 08-03-2022, INICIADA A LAS 17:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: EE REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez [Quien Preside) Bernardo Veach Davis Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Randall Torres Barrientos Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres Hilda Zamora Arias (Sust. Alfredo Calderón Alfaro) SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales Sandra Umaña López Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora José A. Chavarría Villarreal Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera Secretaria Municipal Alcalde Municipal Sitio Web: munipococi.go.cr YA É Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 137 > | PAGINA N02 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Y ORDEN DEL DÍA Acuerdos Artículos Puntos a tratar Tema: Con relación a la Fábrica de 410-al-412 | Baterías. Según Acuerdo N“334, Sesión N* 16 Ordinaria del 24-02-2022 413-al-431 1l Correspondencia Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. ARTICULO | Con relación a la Fábrica de Baterías. Según Acuerdo N*334, Sesión N? 16 Ordinaria del 24-02-2022 ACUERDO N* 410 Moción de Orden por parte del señor presidente Municipal Regidor Juan Luis Gómez Gómez para alterar el Orden del día y ver “Correspondencia” como segundo punto de la Agenda y dar un espacio para Homenajear a la Mujer. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Alteración del Orden del Día. - e k SD k Sitio Web: munipococi.go.cr YA A y < L Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
EN MUNICIPALIDAD DE POCOCI 138 PAGINA N*3 ACTA N918 Extraordinaria ACUERDO N* 411 Se conoce comentario por parte del Sr. Pate Juan Luis Gómez Gómez referente al Día Internacional de la Mujer, dice: Saluda, en esta fecha tan conmemorativa hoy 8 de marzo nos unimos en esta celebración trascendental para el mundo, Costa Rica, mi provincia y nuestro cantón. Para nosotros como Gobierno Local y este servidor como representante de este Concejo Municipal de Pococí, queremos expresarle toda nuestra gratitud, por el don de ser madres, amigas y todas las bondades que realizan, por eso queremos recordar el acontecimiento en donde murieron muchas mujeres en una fábrica de textiles en Nueva York. Finalmente, que Dios bendiga a todas las mujeres por sus buenas acciones en pro de la democracia, la libertad y muy especialmente por el amor a la familia. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Saluda, unas palabras en general y agregando a esas lindas palabras que usted ha mencionado, decirles a todas las mujeres del cantón de Pococí desearles muchísimas felicidades en este día y que este Concejo se une en esta lindísima e importante celebración de mujeres luchadoras en el cantón, que en su día a día luchan incansablemente para sacar adelante a sus familias. Desearles muchísimas bendiciones en este día a todas las mujeres del cantón de Pococí. Reg. Yaslyn Morales Grajal Saluda, quiero decirles que hoy es un día muy especial, se celebra el Día de la Mujer. Le quiero decir a mis compañeras de este honorable Concejo que no dejemos de luchar, que debemos seguir luchando por el desarrollo de este cantón, en esta función que nos ha delegado el pueblo con su voto de elección popular y desde aquí nos corresponde avanzar en políticas públicas para defender la igualdad de condiciones de las mujeres, que a veces nos quieren callar, pero lo que sí sabemos es que nosotras juntas somos más fuerte. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye O 08-03-2022 N
Ye MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 139) PAGINA N%4 ACTA N*%18 Extraordinaria. - 08-03-2022 Le agradezco al señor regidor Luis Méndez por pedirle “alteración del orden del día para conmemorar este día, al señor alcalde que siempre nos ha tratado a todas las mujeres de este Concejo y a las funcionarias con mucho, mucho tacto y a la mayoría de mis compañeros que siempre se han preocupado por no faltarnos el respeto y sobre todo darnos el valor y el lugar que nos merecemos. En este honorable Concejo hay hombres muy respetuosos a quienes les quiero dar todo el agradecimiento en este día porque siempre nos protegen. En algún momento podré contar una anécdota del compañero Luis Méndez que hoy está presente aquí, en una oportunidad en una gira de Tortuguero, todos me dejaron mientras estaba en el baño y el se bajo de la lancha y dijo “no me voy sin Yaslyn” y de allá salimos tardísimo, pero me sentí muy protegida porque en medio de ese canal a las 6 de la tarde, la verdad no se veía nada y eso nunca, nunca se puede olvidar de un compañero, ese gesto, lo cuento para que sepan la clase de compañeros que tenemos, compañeros muy respetuosos. UL -- ACUERDO N* 412 Se presentan ante este Concejo vecinos de Jiménez para tratar el tema con relación a la Fábrica de Baterías en Jiménez, dice; Sr. Mario Rivera Aguilar. Céd. 7-0129-0500. En representación de la población de Jiménez. Saluda, primero darle la honra y gloria a Dios que nos permite estar hoy aquí, antes que nada, es menester felicitar a esta Administración por haber logrado posesionar a nuestro cantón en una de las mejores posiciones Municipales, en cuanto al índice de transparencia de los últimos años. Precisamente apelando a esa transparencia que esperamos que sea tanto delante de las instituciones, los ciudadanos y por sobre todo esperamos que de Dios (quien todo lo ve), es que los vecinos del distrito Jimenez de Pococí regresamos ante este concejo municipal y la alcaldía, tal y como lo hicimos el 5 de noviembre de 2019, por tanto, este documento que recoge unas 500 firmas de vecinos y que fue entregado a las anteriores autoridades, a quienes no solo se les leyó sino que el profesional master José Pablo Sibaja de la universidad nacional, E a Sitio Web: munipococi.go.cr Ya As dh Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ¡140 y PAGINA N*5 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03- 2022 les realizo una amplia exposición sobre los riesgos, peligros, legislación apro las plantas recicladoras de baterías(acido plomo) y sobre la contaminación y peligros que este tipo de plantas han generado en diferentes países, cosa que la misma organización mundial de la salud emitió un resumen de antecedentes, riesgos, y casos documentados de poblaciones afectadas y contaminadas con este tipo de plantas en especial en zonas urbanas. Esto, como la que pretenden instalar en nuestro distrito Jiménez, Expediente de SETENA D121762-18- SETENA, aun cuando al parecer el mismo reglamento de higiene industrial del ministerio de salud, artículos 18 y 20, lo estaría prohibiendo por ubicarse en una zona residencial y no industrial, además de estar cerca de las márgenes de un río y no más de 300 metros de un gran centro de población. Por lo antes expuesto, solicitamos a las autoridades municipales, respetar el documento y solicitud presentada por los vecinos del distrito Jiménez de Pococí y fechado 5 de noviembre de 2019, con recibido en la sesión concejo municipal el día 12 de noviembre de 2019, analizarlo y extremar la revisión de requisitos del proyecto en mención, pero más allá respetar el acuerdo municipal 2536 de la sesión N* 83 que se encuentra en actas de esa misma fecha, y que dicta "con base al artículo 13 del código municipal y el 50 de la constitución política ,rechazar la instalación de este tipo de industrias y empresa, como es la planta recicladora de baterías, no solo en Jiménez, sino en todo el cantón de Pococí, se traslada al despacho de la alcaldía para que activen los mecanismos de parar inmediatamente y legalmente la construcción y revisen los permisos. se dispensa del trámite de comisión. acuerdo definitivamente aprobado." Además, los vecinos del distrito de Jiménez de Pococí reiteramos nuestra posición de acogernos al Derecho Internacional del Principio Precautorio, establecido por la ONU en la Declaración de Río, Conferencia sobre el Medio Ambiente en junio de 1992, artículo N*50 de la Constitución Política de Costa Rica, artículo cuarto, inciso c) de la Ley Organiza del Ambiente, Reglamento de Higiene Industrial del Ministerio de Salud artículo 18 y 20. Agradecemos el espacio brindado y reiteramos la solicitud de revisión de los antecedentes expuestos con base en la transparencia con la que ha sido galardonado esta municipalidad, todo en pro de la comunidad y del medio ambiente, no solo del distrito de Jiménez, sino que, de todo el cantón, cosa que o! < DE k Sitio Web: munipococi.go.cr a A AL < l Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
a MUNICIPALIDAD DE POCOCI 141 ) PAGINA N%6 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 PS quedará en memoria de nuestras comunidades. Muchas gracias señores . . Y regidores por el espacio. Calculo de 1 batería con un mal tratamiento 1 kg de polipropileno (6%) Day PEE) — Agdeácidol30%/26%) IEEE), 1200 decido. 2. 10kgdeplomo (58%) — [E))| 10.000.000 mg e plomo | > a Pudría contaminar tds 3 1.000.000 litros de agua | ¡Normativa nacional para agua residual De (a 10 mg/L plomo) l | Máximo de 5 mg/L de plomo o Podría contaminar | | E: | 245.000 litros de agua | Normativa nacional para agua potable | | (a pH=4) Máximo de 0,01 mg/L de plomo Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Como presidente municipal quiero decirles a los vecinos de Jiménez que este Concejo y la administración no estamos en ningún momento apoyando la Fábrica de Baterías, decirles que estamos con ustedes e inclusive se está puliendo una estrategia por parte del Concejo y la administración para que en su debido momento la soberanía y autonomía que tenemos como municipalidad no sea pisoteada. No queremos el daño ambiental ni el daño a la familia en Jiménez, ni en ninguna parte del cantón de Pococí. Bien es cierto que empezó con el nombre de una bodega y que hoy está con chimeneas y un montón de cosas, en su debido momento el Concejo Municipal va a tener que actuar y va a tener que hacerlo de forma firme y decisoria porque el Código Municipal es claro y pertinente y dice que somos autónomos, nosotros no vamos a permitir y lucharemos hasta el fin para que otras instituciones que tal Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 142 PAGINA N07 ACTA NC18 Extraordinaria, 08-03-2022 Der A vez se ubican dentro del cantón de PococíÍ y otras que no funciona en el cantón de Pococí, vengan a pisotear los derechos de los ciudadanos del cantón, que nosotros como Concejo y Manuel como administrador tenemos que defender. Ahí ustedes van a tener en su momento el apoyo, hoy conversábamos con José Pablo y José Pablo sabe del compromiso serio y responsable que tenemos y que no podemos ventilarlo porque desgraciadamente esto se está yendo a un juzgado y cuando las cosas se ventilan ahí, no podemos mencionar algunas cositas que nosotros quisiéramos. Decirle a Katherine y a los compañeros, al señor que me antecedió con el uso de la palabra que estamos con ustedes y aquí vamos a defender al pueblo porque para eso estamos acá. Ing. José Pablo Sibaja Brenes Soy académico de la Universidad Nacional de la Escuela de Química y Director del Laboratorio de Química de la Atmósfera, estoy aquí representando a la comunidad de Jiménez y también dándoles el criterio técnico cómo ha sido en los Últimos años con respecto a este tema de la empresa que inicialmente era una bodega y después pasó a ser una empresa de reciclaje de baterías de plomo, la cual ya cambia mucho el esquema de lo quería entregarse o saberse a nivel de SETENA, ya que una empresa de este tipo no es solo una bodega, también hace reacciones químicas, trabaja con materiales peligrosos y materiales peligrosos que han sido denominados así por el Convenio de Basilea que ya ha sido firmado y ratificado a nivel de Costa Rica, como son las baterías, residuos sólidos que se generan, además del plomo que como hemos visto en charlas anteriores en este Concejo, se puede acumular en el cuerpo y generar problemas a nivel neurológico, circulatorio y respiratorio a largo plazo, de esto hay casos en República Dominicana y el Salvador donde todavía están con el proceso de desinfección de la zona, ya llevan unos 10 ó 15 años en ese proceso y todavía falta unos 20 años más. Esa tierra ya no se puede utilizar para ninguna actividad, no hay personas viviendo en esa zona y todo por un manejo extraño, diferente a lo que dice el Convenio de Basilea sobre este tipo de empresas. Por medio de la Universidad yo me he dado cuenta de este asunto hace más de dos años y medio, le hemos dado seguimiento con el Concejo Municipal y con los pz SL Sitio Web: munipococi.go.cr AY ad DD Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
). MUNICIPALIDAD DE POCOCI á 143 y PAGINA N%8 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 representantes de Jiménez que hoy nos están acompañando acá y les damos las gracias. Hemos visto una serie de falencia con esa empresa, en la construcción y entrega de papeles a las diferentes instituciones tomadoras de decisiones como SETENA y el Ministerio de Salud donde hubo omisiones de información, como por ejemplo la omisión que se dio, que tenían una quebrada en ese terreno y fue canalizada y en el 2020 mediante una denuncia que se hizo, entonces se dio después lo que era el cierre técnico de esta empresa debido a que no habían reportado esa información, no habían reportado que canalizaban un cuerpo de agua, que incluso ya construyeron sobre ese cuerpo de agua. Como un año después se dio el visto bueno por parte de SETENA, el visto bueno para que continuaran con la construcción y le dieron la viabilidad ambiental pagando un monto de un millón setecientos mil colones y dentro de lo que están comprometiéndose, van a sembrar árboles en otra zona, que no van a utilizar la zona donde está la quebrada que van a utilizar el retiro pero ya tienen una construcción de cemento encima, lo cual es contradictorio muchas veces y dicen que no van a utilizar esa área, sino que van a utilizar otra área para el desarrollo de la actividad pero en realidad lo van a utilizar como bodega de los materiales que van a utilizar, como baterías, plomo, la escoria que es el residuo sólido que genera, entonces al final quedamos en lo mismo con esa revisión que se dio de SETENA y esa aprobación. Pero bueno, estamos aquí para continuar con el apoyo a la comunidad de Jiménez y también buscar ese apoyo que decía el señor presidente ante la situación de esta construcción que ya hace como dos semanas se pasó una serie de fotografías donde, esa bodega que fue la que fue aprobada aquí en la Municipalidad, ya es prácticamente una empresa donde tiene chimeneas, tiene equipo industrial y representa una preocupación pronta para la comunidad de Jiménez. Es por esto por lo que solicitamos a este Concejo y a la Municipalidad que tomen en cuenta el criterio técnico que se les puede brindar y frenar esta construcción de esta empresa generadora de plomo y que trabaja con Baterías y ácidos muy fuertes y ahorita la Municipalidad lo que tiene que hacer es inspecciones y la comunidad de Jiménez solicita NEGAR LA PATENTE MUNICIPAL. j Sitio Web: munipococi.go.cr YA A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI IN PAGINA N*9 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 . Porque basándose en el artículo 7 del reglamento de impuestos Municipales del cantón de Pococí, la licencia municipal para ejercer cualquier actividad, la licencia Municipal para ejercer cualquier actividad solo podrá ser denegada cuando ésta sea contraria a la ley, el orden, la moral o las buenas costumbres o el interés público y con la representación de la comunidad de Jiménez, ellos están en contra del interés público de esta zona y con la serie de falencias legales que se ha visto por parte del Ministerio de Salud y Setena entonces no cumpliría con esa parte de las leyes. Entonces esa es la posición ahorita de los representantes de Jiménez, viendo la opción y ayudándoles y dándole las herramientas que podemos dar a este Concejo, para esa asesoría técnica y legal para impedir a futuro un problema no solo para el Concejo sino Municipalidad y a nivel de varios distritos de este Cantón que se podrían ver afectados, incluso el logotipo que ustedes tienen ahora que es el sello de agua, porque ahorita es el oro que ustedes tienen aquí y hay que cuidarlo bastante y explotarlo de una buena manera, con un desarrollo sostenible, hay que cuidarlo porque de eso depende también ciertas actividades que se dan aguas debajo de esta zona. Muchas gracias por el tiempo brindado. Sr. Pdte. Jua Luis Gómez Gómez. Don Jose Pablo, quiero reconocer ese compromiso que tiene usted con el ambiente, con Costa Rica, pero, sobre todo ese compromiso que usted ha demostrado a lo largo de esta lucha que se viene dando por el gran interés que usted tiene, por los habitantes que viven en este cantón y especialmente en la población de Jiménez que es donde se está dando esta situación. Sr. Henry Umaña Ávila. Céd. 1-0959-0762 representante de la comunidad de Jiménez. Vengo con peticiones del comité bastante específicas, necesitamos como comité y como vecinos saber claramente en qué posición está todo el Concejo Municipal. Es un vacío muy grande que todos los vecinos tenemos y queríamos saber si de verdad el acuerdo Municipal tomado el 02 de noviembre del 2019, que es el acuerdo N* 2536 de la sesión N* 83 Ordinaria del 2 de noviembre del 2019. Lo que los vecinos y yo personalmente queremos es que se retome este acuerdo. pa e k >, Sitio Web: munipococi.go.cr Y CI 2 E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI as PAGINA N%10 ACTA N*18 Extraordinaria. 95-05-2428 / ARAN Realmente mi misión era venir a tratar de hacer conciencia de lo peligroso que es esto, y también como petición número 2 y más a largo plazo, por la peligrosidad de esta gestión que viene avanzando y que ya está prácticamente funcionando, incumpliendo siempre condiciones claramente estipuladas por SETENA como por ejemplo: ver como tenían chatarra encima de la quebrada sin nombre, que está pasando debajo del edificio, debajo de la bodega, porque entiendo que fue tramitado como una bodega, no existe un permiso como recicladora, aunque le cambiarán el nombre ante SETENA, la gestión sigue siendo ante está Municipalidad “bodega”. Yo he tramitado como profesional, tal vez decenas de permisos y tengo completamente claro que me tengo que retirar de cualquier cuerpo de agua, los metros que el INVU me diga. Yo no sé en este caso qué dijo el INVU con respecto a ese retiro, porque los techos y la construcción de la bodega están encima de la quebrada. Pero se está incumpliendo porque la bodega está construida encima del cuerpo de agua. La tercera petición como vecinos es: Que se rechace la patente para el negocio de Recicladora de Baterías de Plomo en Jiménez y en todo el cantón. Sr. Pdte. Jua Luis Gómez Gómez. Felicitar a los líderes de Jiménez por esta lucha que están dando, decirles que aquí hay un acuerdo en este Concejo y es un acuerdo que no pierde su legalidad, por lo tanto, ustedes cuentan con el apoyo de todos los miembros de este Concejo y recogiendo el espíritu de todos los regidores de la época, hay una voluntad clara que, con la salud y el agua de Pococí, no se juega. Recuerden que nuestras riquezas son los mantos acuíferos y no podemos contaminarlos y mucho menos podemos poner en riesgo la salud de nuestros habitantes, por lo tanto, facilitar a la gente de Jiménez, organizada y valiente, que cuentan con el apoyo de este honorable Concejo Municipal de Pococí y que si hay algún error de algún departamento lo vamos a subsanar, decirles que todo lo que está acá tiene vigencia, no han ocurrido la anulación de los acuerdos y estamos con ustedes. Reg. Reinaldo Benavides Vargas. Saluda, hace más de 2 años recibí una alarma de un ciudadano de este cantón, donde nos advertía de la construcción de una recicladora de baterías en el E ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr a a Á Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI m4 PAGINA N911 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 AS PP DA Distrito Jiménez, de inmediato procedimos a comunicarnos con José Pablo que es un técnico en la materia y con la Asociación de Desarrollo de Jiménez y gracias a la convocatoria y la respuesta de los vecinos de Jiménez, se hizo una gran reunión en el salón comunal y luego nos reunimos en el Concejo Municipal y fue donde tomamos el acuerdo que en este cantón no se va a permitir la construcción de una recicladora de baterías porque viene a tentar no solo por los Jiménez sino por todos los Pocociceños. Quiero decirles que, desde ese momento he estado en contra de una recicladora, todavía si a mí me dicen que es una fábrica de baterías donde todo llega nuevo, todavía, pero es una recicladora donde ahí lo que va a llegar el veneno que va a llegar a unos 500 metros del río Jiménez que, aguas abajo la gente y los animales la ingieren para el uso diario. Así es que, este regidor nunca va a votar esa recicladora a favor. Reg. Randall Torres Barrientos. Saluda, este servidor ha sido, como regidor propietario, muy estudioso en todo este proceso de esta recicladora de metales o como se llama. Al momento de estudiar los documentos sentí gran preocupación por los efectos del plomo, empecé a estudiar y vi los efectos que ha habido en otros países donde terriblemente los más afectados son los niños. Quería hacer una aclaración en el sentido de que, nosotros como Concejo Municipal no vamos a actuar al calor de momento, porque nos rige el artículo 11 de la Ley General de Administración Pública y ese artículo es muy delicado y dice: “Que la Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y solo puede realizar aquellos actos o a prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento según la escala jerárquica de sus fuentes”. Entonces en el caso de este servidor yo no voy a tomar un acuerdo de decir que se va a prohibir esto o aquello, o en este caso algo tan delicado como una patente, porque nosotros nos regimos con criterios técnicos, entonces tenemos que tomar las consideraciones que nuestros técnicos nos dicten. Hay que aclarar que, nosotros como Municipalidad, uno de los principales aspectos que han permitido que esto haya prosperado es que no tuvimos la Z Sitio Web: munipococi.go.cr AN a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 147), PAGINA N*12 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03-2022 _ ARA E competencia porque no teníamos un Plan Regulador, entonces al no tener un plan Regulador, el que aprobó estos permisos fue el Ministerio de salud. Quiero dejar claro eso porque aquí pareciera que en ocasiones entfilan las baterías hacia los regidores, pero en realidad nosotros tenemos que ser responsables y analizar muy detalladamente. Es muy fácil por ejemplo en ese acuerdo del del año 2019 decir: “que el artículo 13 del código del Código Municipal y que se prohíbe etc. pero nos podemos pasar por encima de regulaciones tan amplias o competencias que se le dan al Ministerio de salud, ni tampoco podemos pasar por encima a las aprobaciones que ha hecho SETENA. Yo siento que esté debemos entre la comunidad y la Municipalidad, llevar las pruebas correspondientes que han que han sido indicadas aquí, para que se tomen las responsabilidades del caso, si ha habido violaciones, ahí hay un regente ambiental también que tiene responsabilidad. Según todo lo que le leído, SETENA, en la Única fábrica de batería que está en Cartago, que es más grande aparentemente que está, inclusive ha dispuesto que se establezca un químico para que pueda hacer las mediciones de todo lo que es las emanaciones de un humo etc. Pero si de mi parte dependiera yo plenamente diría que estoy en contra de ese proyecto de la fábrica de metales. Reg. Yaslyn Morales Grajal. Saluda, quiero aclarar para que conste en actas que Yaslyn Morales Grajal no está en contra el desarrollo, pero cuando son este tipo de negocios que les va a quitar la paz y la salud a los ciudadanos del cantón de Pococí, lamentablemente debo decir NO. Estamos aquí por una elección popular que los ciudadanos del Cantón de Pococí confiaron en nosotros para que defendiéramos los derechos de todos los ciudadanos no los de un sector, así lo indica el artículo 1 del Código Municipal donde expresamente nos dicen que “El Municipio está constituido por el conjunto de personas vecinas residentes en un mismo cantón, que promueven y Administran sus propios intereses por medio del gobierno local” e O Sitio Web: munipococi.go.cr a Ed á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
) MUNICIPALIDAD DE POCOCI 14148 PAGINA N*13 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 CA 1 Y A YA Hoy vemos este artículo materializado, donde ustedes están luchando para que esto no se haga y a nosotros nos corresponde escucharlos, ver los análisis y por supuesto, apegados a la norma jurídica. El artículo 50 de la Constitución Política establece: “Que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la Riqueza, por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho para reclamar la reparación del daño causado. Cuando uno busca en Google los riesgos principales que presentan en el tema del plomo que sería el primer aditivo, que se vería plasmado en esa planta recicladora dice: “Que se presenta en el desarrollo cerebral donde podrían producirse daños irreversibles, los niveles más elevados pueden dañar los riñones, el sistema nervioso, tanto los niños como los adultos, los niveles muy elevados de plomo pueden provocar convulsiones, pérdida de la conciencia y la muerte” “La exposición del plomo también causa anemia, hipertensión, disfunción renal, toxicidad en los órganos reproductores, se cree que los efectos neurológicos conductuales asociados al plomo son irreversibles.” Yo no quisiera ver en Jiménez en unos años más adelante muchachos estériles, no quisiera ver personas con hipertensión más de lo de lo debido, por un acto que nos corresponde hoy, como es defender los intereses de todos ustedes, de sus generaciones y de las mías. Tengan la plena seguridad que basados en el marco jurídico, esta regidora va a apoyar al pueblo y por supuesto eso ni significa que esta regidora es Un obstáculo para el desarrollo. En hora buena que venga el empleo a Pococí, pero ese empleo no debe estar en una residencia donde tienen familias de vecinos, eso debería estar en un parque industrial, o en un terreno alejado de donde de la parte vecinal. Entonces para su tranquilidad yo quiero que conste en actas que todos ustedes escuchen, y la verdad es que, en Jiménez tenemos los mantos acuíferos, no podemos jugar con el futuro de nuestras generaciones. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi N
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 149 b PAGINA N*14 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03-2022 LN DIPTSEAIA ZO DAA V TE Entonces eso es lo que yo quiero que queden actas y que todo el pueblo de Jiménez y de Pococí sepa mi postura como regidora. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Saluda, El tema de las trae, es un tema muy muy delicado, yo quiero aprovechar para felicitar a esta a esta comisión de Jiménez por la lucha que han emprendido en relación a este tema. Es obvio que todos quieren saber si el Concejo apoya o no, la apertura de esta planta de reciclaje que nace como bodega y se transforma en otro proyecto. Así sucede muchas cosas en este país de Costa Rica, se hace una cosa y de pronto lo transtormamos en otras y de una forma muy disimulada. Si bien es cierto necesitamos reactivar la economía de Pococí, pero no de esta manera, atentando contra la salud de nuestros niños, de nuestras niñas, de nuestros jóvenes, nuestros adultos mayores y la población con discapacidad del distrito de Jiménez. Así que, esta comisión de vecinos, tengan claro que de parte de este regidor dice un NO rotundo a esta planta de reciclaje de baterías. Sin embargo, me queda la duda del por qué hay instituciones como el Ministerio de Salud y Setena que están dando el aval y no han cortado de raíz desde el principio que el proyecto estaba cambiando, sino que extrañamente el proyecto sigue avanzando. PROPUESTA presentada por el Reg. Ovidio Vives Castro. Saluda, Ya ese es un tema también conocido por este servidor, de los nueve regidores que estuvimos en la sesión de noviembre, de la sesión ordinaria número 83 acuerdo tomado 2335, habemos 2 regidores presentes en este momento y tomamos la decisión desde ese momento de decir NO a la construcción de esta planta recicladora de baterías de plomo, hoy, se mantiene ese acuerdo y se va a mantener, no hay que volver a tomarlo. Este servidor es muy respetuoso de los criterios técnicos pero algunas veces no los comparto, ya que tengo mi propio criterio, el cual es el criterio del pueblo que nos tiene acá representando a todos los ciudadanos del cantón. e € Sitio Web: munipococi.go.cr Y : és Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 150 h PAGINA N915 ACTA N 918 Extraordinaria. 08-03- 2022 En este país somos muy moralistas, jugamos de muy rectos: y: somos de doble moral, hay cosas que son malas y las instituciones les llaman malas y las que son realmente buenas se les conoce como malas. Ministerio de Salud que se supone debe cuidar la salud del ciudadano, y no lo está cuidando, ellos no nos pidieron ninguna explicación o criterio como gobierno Local. Y aquí algo está pasando en las instituciones del gobierno, porque, qué fácil salen estas cosas sabiendo ellos que existe una oposición del pueblo y del gobierno local, no por dinero o trabajo, sino por la salud. Decirle a los compañeros y vecinos que este Concejo apoya en pleno a Jiménez, a Pococí y a la Provincia. Vayan tranquilos porque nosotros no vamos a permitir que vengan a través de algún otro método esta planta contaminante. Debemos estar a la expectativa de cualquier cosa, porque aquí en cualquier momento pasan cosas anómalas a la vista de nosotros. Tengo entendido que en varias ocasiones se le ha hecho la invitación a los personeros de SETENA y del Ministerio de salud que se han convocado, quizás porque nos hemos hecho de una manera muy respetuosa pero en esta tarde quiero hacer una propuesta amparado al artículo 5 del Código Municipal el cual dice: “Artículo 5. - Las municipalidades fomentarán la participación activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local. Las instituciones públicas estarán obligadas a colaborar para que estas decisiones se cumplan debidamente.” Nosotros somos los representantes del pueblo y en más de una ocasión se les ha hecho una invitación a estos personeros, en estos momentos quiero proponer que sean invitados a una sesión extraordinaria a los responsables que firmaron y gestionaron estos permisos en Setena y en el Ministerio de salud. Pero que no nos manden colaboradores de sus oficinas, sino que vengan los que firmaron esos documentos de SETENA y del Ministerio de salud. Hacerse presentes y con el Gobierno Local, con el pueblo y ojalá que ese día que estén los abogados también, para ver qué nos van a explicar sobre este tema, porque siento que hasta el momento nos han faltado el respeto y que se le envíe una copia a la fracción Caribe, a los a los cinco diputados que representan en esta provincia, porque ellos también deben tener conocimiento de lo que aquí está pasando. S e k Sitio Web: munipococi.go.cr a a AD Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 151 D PAGINA N*16 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Reg. Yaslyn Morales Grajal. Compañero Ovidio, usted citó el artículo 5 del código Municipal y me parece bien porque dice que se obligue, pero yo creo que usted debería agregarle el artículo 9 de la Constitución Política donde dice que: "El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo ...” Porque así usted lo dijo, para que tenga peso y que los funcionarios no puedan quitarse otra vez, si así usted lo acepta que se le agregue a su propuesta. (el regidor acepta la ampliación de la propuesta) El Sr. Presidente somete a votación la propuesta del regidor Ovidio Vives Castro quedando la votación de la siguiente manera: Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la propuesta del regidor Ovidio Vives Castro el cual propone amparado al artículo 5 del código Municipal y al artículo 9 de la Constitución Política para que se inviten a los personeros de SETENA y el Ministerio de Salud que tuvieron que ver con la aprobación de los permisos de la Fábrica de Baterías en Jiménez para ser atendidos en una sesión extraordinaria (fecha a convenir), que se convoquen además a los funcionarios Municipales (Lic. Fabián Delgado Villalobos, Lic. Alejandro Vega Vargas, Ing. Jean Carlo Ruiz Hernández, Lic. Cyntia Ávila Madrigal del departamento de Dirección Jurídica) y una delegación del Distrito de Jiménez. Que se extienda la invitación a los diputados de la fracción Caribe. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado, ACUERDO FIRME. Continúan haciendo uso de la palabra: Reg. Jonnathan García Chévez. Saluda, decirles que este regidor, obviamente siempre estará anuente a apoyar el desarrollo de diferentes negocios y comercios con el fin de generar más empleo, de generar un desarrollo a las diferentes comunidades y distritos que pertenecen al cantón de Pococí, siempre velando el bienestar de la vida humana, de la salud y este servidor no estaría apoyando lo que legalmente proceda, en el sentido de no aceptar este tipo de violaciones que vayan a afectar a los ciudadanos de Jiménez. pe GO > € Sitio Web: munipococi.go.cr Ya a - Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 162. PAGINA N17 ACTA N 918 Extraordinaria. 08-03- 2022 al Quiero terminar diciendo que se vayan tranquilos pero que no se quedbh en la tranquilidad, que sigan atentos a los procedimientos que se están realizando tanto de nosotros como de la empresa. Quiero decirles que gracias, porque se valora el trabajo que ustedes están haciendo por rescatar y defender lo que amamos, nuestras comunidades, estamos unidos en el sentido que tenemos que luchar por desarrollar y proteger a la ciudadanía. Reg. Hilda Zamora Arias. Saluda, Yo quiero manifestar algo que yo viví y que muchos de ustedes tal vez recordarán, a doña Maritza Sánchez, una exregidora quien luchó por los intereses del distrito de Jiménez y del cantón, ella siempre defendió las luchas por el agua y por muchas otras situaciones que se dieron en su momento. Si hoy ella estuviera con nosotros aquí estuviera en esta lucha, eso tenemos que recordarlo porque hoy se celebra el día de la mujer y sabemos que ha habido mujeres que han abierto brecha para mejorar las circunstancias de este cantón. Vecinos de Jiménez pueden estar tranquilos el Consejo Municipal de Pococí todos estamos en el acuerdo del NO a la fábrica de baterías, sabemos que hay intereses, pero también sabemos que el interés del pueblo está por encima de todo. Reg. Marilú Ballestero Cruz. Saluda, yo no quisiera desaprovechar este momento para manifestar mi oposición total y firme hacia este proyecto, desde que sabemos de la existencia, no hemos estado a favor porque ha habido muchos vacíos y yo no creo definitivamente que como un millón de colones que es lo que aproximadamente pagó esta gente como una multa, porque omitieron información, o por posible daño ambiental, la salud y el futuro del Distrito Jiménez no vale un millón de colones. No puede ser que esa es la forma en la que SETENA ha dicho que así se resuelve, ellos ya pagaron y como ya pagaron ese millón, entonces ahora todo se puede hacer, entonces yo creo que definitivamente necesitamos hacer algo para detener esto. La construcción siguió de forma oculta porque levantaron unas láminas ahí altísimas donde uno no puede ver que está ocurriendo ahí adentro y hasta hace - k Sitio Web: munipococi.go.cr a - Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 153 A PAGINA N*18 ACTA N918 Extraordinaria. _ 08-03-2922 / ass poco que gracias a Dios alguien se infiltró. Uno que, aunque vive y pasa por ahí, no puede ver que está pasando. Entonces yo sé que muchos compañeros han opinado que están en contra, sin embargo, creo que lo más importante es que sostengamos eso hasta el final, porque también he escuchado a algunos de los mismos compañeros regidores opinar, que eventualmente si esto siguiera en la construcción podemos detenerlo a través de negar la patente, pero si la construcción sigue y sigue y la empresa está amparada por alguien del estado que le dice que si puede seguir, qué tal si después nos dice que ahora nosotros ya no podemos negar la patente porque ya está todo hecho. Por eso es por lo que creo que es tan importante, que nos manifestemos de alguna forma como sea, sé que el señor alcalde está trabajando en eso y en buena hora y qué bueno también que el pueblo no se quede de brazos cruzados, necesitamos parar esto. Lástima las personas responsables de haber puesto la firma desde una oficina, no se han dignado a venir y dar la cara, que bueno que está esa propuesta y esperemos que, si no viene por las buenas, será con la fuerza pública traerlos. Sé que hay compañeros que han opinado también que SETENA fue el que autorizó, bueno entonces que SETENA se haga responsable de lo que autoriza. Por último, quisiera agradecerle una vez más al ingeniero Sibaja por el apoyo que él ha estado dando desinteresadamente desde el principio hasta el fin y hasta el día de hoy está aquí con nosotros Muchas gracias. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. Saluda, al igual que los compañeros que han antecedido la palabra hay que usar los argumentos y las luchas hay que darlas cuando es necesario. De mi parte van a tener el apoyo y si juídicamente podemos hacer una defensa en contra de algo que venga a perjudicar el distrito. Le voy a pedir a los ingenieros, que mañana se hagan presentes en la Planta porque si pidieron una bodega no es posible que estén haciendo otro tipo de construcciones, entonces Jean Carlo como autoridad debe hacer los argumentos necesarios para poder notificar o hacer lo que sea necesario. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
yA | MUNICIPALIDAD DE POCOCI 154 PAGINA N919 ACTA N918 Extraordinaria. 08- 03+2022 No tenemos un plan regulador, pero si es una bodega no pueden estar Haciendó otro tipo de actividad y ahí es donde podemos empezar a maniobrar, la propuesta ya la revisé y me parece que es una propuesta que se va a leer ahorita y que viene a frenar un poco porque al final la empresa va a ejercer los derechos que corresponden. Pero al final hay que hacer una defensa y la defensa va a ser que, ante un principio que va a perjudicar a la colectividad de Jimenez, parte de Guácimo y Guápiles, si al final tenen que demandar a la Municipalidad tendrán que demandarla, pero es mejor que nos demanden a que al final tengamos consecuencias más graves, así que vamos a estar con ustedes, las cosas hay que hacerlas, pero hay que hacerlas bien. Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Procede a leer la propuesta presentada por el señor Alcalde Manuel Hernández Rivera, avalada por los regidores Yaslyn Morales Grajal, Reinaldo Benavides Vargas, Ovidio Vives Castro, Juan Luis Gómez Gómez, Hilda Zamora Arias dice: Propuesta: Considerando: 1- Lo estipulado en el Convenio de Basilea sobre Control Fronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación, Anexo |, Corrientes de Desecho Y31 para las categorías de desechos que hay que controlar se encuentran los desechos metálicos que contengan plomo. 2- Que el artículo 50 de la Constitución Política indica que “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho”. De este artículo se deriva el principio pronatura que establece que cuando exista peligro o amenaza de daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad la ausencia de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces de protección al ambiente. Además, el principio preventivo se establece para que a través de este se busque anticiparse a los efectos negativos y asegurar la protección, conservación y adecuada gestión de recursos; en busca de evitar la posible afectación del ambiente o la salud de las personas. P e Sitio Web: munipococi.go.cr a y As A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 155 PAGINA N*20 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 A RICA y 3- Que la Ley de Biodiversidad plantea también los principios de aplicación en su artículo 11 que son criterios para aplicar esta ley: 3.1. Criterio preventivo: Se reconoce que es de vital importancia anticipar, prevenir y atacar las causas de la pérdida de la biodiversidad o sus amenazas. 3.2. Criterio precautorio o indubio pro natura: Cuando exista peligro o amenaza de daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad y al conocimiento asociado con estos, la ausencia de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces de protección. 4- Que la Ley Orgánica del Ambiente establece en su artículo 4, inciso C) que son fines de esta ley: Promover los esfuerzos necesarios para prevenir y minimizar los daños que pueden causarse al ambiente. 5- Que el Código Municipal establece en sus artículos: Artículo 5. -Las municipalidades fomentarán la participación activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local. Las instituciones públicas estarán obligadas a colaborar para que estas decisiones se cumplan debidamente. Artículo 13. - Son atribuciones del concejo: Fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio, conforme al programa de gobierno inscrito por el alcalde municipal para el período por el cual fue elegido y mediante la participación de los vecinos. 6- Que el Reglamento de impuestos municipales del cantón de Pococí establece en su artículo 7 que “La licencia municipal para ejercer cualquier actividad, sólo podrá ser denegada cuando esta sea contraria a la ley, el orden, la moral o las buenas costumbres, el interés público y/o cuando él o la solicitante no haya cumplido los requisitos legales y reglamentarios. Asimismo, en caso de licencias temporales, la licencia será rechazada cuando él o la solicitante, haya incurrido en violaciones reiteradas a la ley, la moral o las buenas costumbres en el ejercicio de la actividad requerida”. 7-Que la actividad de reciclaje y recuperación de plomo es un proceso efectuado por una industria química peligrosa catalogada por el Convenio de > a as Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
| MUNICIPALIDAD DE POCOCI pan PAGINA N*21 ACTA N918 Extraordinaria. Ñ 08-03-2022 eearoccras Basilea, en donde su funcionamiento podría traer afectaciones al ambiente y a los seres humanos que habitan a la redonda; donde según afectaciones de este tipo de industria de otros países se incluyen problemas respiratorios, neurológicos, reproductivos y circulatorios. 8- Que el Concejo Municipal de Pococí en el acuerdo 2536 del 12 de noviembre de 2019 determinó el rechazo a la instalación de este tipo de empresa en cualquier distrito del cantón. Propongo: Que fundamentado en las consideraciones previamente establecidas y en el artículo 7 del Reglamento de impuestos municipales del cantón de Pococí se rechace cualquier solicitud de licencia comercial para la actividad de reciclaje y recuperación del plomo por considerarse contraria a ley, al orden y al interés público del cantón de Pococí y en orden de los principios de criterio preventivo y criterio precautorio o indubio pro natura. Justo H. Rad Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba la Propuesta presentada por el señor Alcalde Manuel Hernández Rivera, avalada por los regidores Yaslyn Morales Grajal, Reinaldo Benavides Vargas, Ovidio Vives Castro, Juan Luis Gómez Gómez, Hilda Zamora Arias. Que fundamentado en las consideraciones previamente establecidas y en el artículo 7 del Reglamento de impuestos municipales del cantón de Pococí se rechace cualquier solicitud de licencia comercial para la actividad de reciclaje y recuperación del plomo por considerarse contraria a ley, al orden y al interés público del cantón de Pococí y en orden de los principios de criterio preventivo y criterio precautorio o indubio pro natura. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. - e 7 Sitio Web: munipococi.go.cr a A CS a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 157 PAGINA N*22 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 ; CAFETA AA / ) ARTICULO ll Correspondencia ACUERDO N* 413 Se conoce nota suscrita por el señor Jorge Steven Brenes Leiva, vicepresidente del Comité del Barrio de Nido 2, La Rita, teléfono: 6003-0208, correo electrónico: brenes31310hotmail.com y la señora Suhellen Chinchilla Cruz, fiscal 1, dice: Asunto: Solicitud de 30 metros de cuneta, 3 sacos de cemento y 2 metros de polvo piedra para realizar trabajos de cuneteado y cajas de registro. e »> Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Y. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 158 PAGINA N*23 ACTA N%18 Extraordinario. 08-03-2022 5 de marzo del 2022 Y Señores (as) Consejo Municipal de Pococí. Nosotros abajo firmantes, en representación del comité del barrio de Nido 2, La Rita, Pococí, Limón. Hacemos solicitud de 30 metros de cuneta, 3 sacos de cemento y 2 metros de polvo piedra los cuales nos concedió el señor alcalde Manuel, hace unos meses atrás, cuando se realizaban los trabajos de las calles de bario los cholos. El señor alcalde hablo con Álvaro, para que realizara dos cajas de registro y 30 metros de cuneta, pero hasta la fecha no se dieron los trabajos, por lo cual hacemos solicitud de los materiales, solo para las cunetas ya que contamos con la mano de obra para la colocación. Dejando pendiente la realización de las dos cajas de registro a futuro en espera del personal de la municipalidad, agradecemos se le pase copia al señor Álvaro para que lo tenga pendiente. Agradecemos se acoja nuestra petición. Notificar al teléfono: 6003 0208 / correo electrónico: brenes31310 gmail.com Atentamente AE Jorge Stevens Brenes Leiva, Cédula 11521 0074, Comite el progreso * : Nido 2 y Baro Purscaleño La Rita dd Fiscal 1: Suhellen Chinchilla Cruz, Cédula 7 0184 00084, Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y al departamento de Obra Pública coordinado por el Ing. Olger Gutiérrez Mendoza para que valore. POCO Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI E 159 s) PAGINA N%24 ACTA N*18 Extraordinoria. 08- 092022 : ACUERDO N* 414 Se conoce nota suscrita por el Msc. Rolando Vargas Fernández, director del Centro Educativo Líder Roxana, teléfono: 2763-3096, correo electrónico: esc.roxanaOmep.go.cr, dice; Asunto: Renovación de la Junta de Educación de la Escuela Líder Roxana, Pococí. En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación del puesto de miembros de junta esto debido a que la junta actual vence el 03 de marzo de 2022. Junta de Educación de la Escuela Líder Roxana Pococí, Limón, Cédula Jurídica 3-008-056845 para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Terna N%1 Nombre Cédula “Jessica Carolina Coello Castillo. [| 8-0063-0847 Milena Ríos Villareal o | 7-0091-0193 | María de los Ángeles Piedra Alvares [| 1-0598-0489 E En TM WA Nombre Cédula Marleny Rebeca Bermúdez Pérez | 5-0280-0415 Griselda Solano Chavarría a 7-0058- -0810 Alba Vargas Araya_____ Y 1-0733-0298 a y Terna N*3 E Nombre o Cédula Hellen Mariela Rodríguez Cartin___ 4-0168-0632 Griselda Solano Chavarría 155800008124 | José Calero Barrera 7-0112-0242 Sitio Web: munipococi.go.cr AY : Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
(EP, MUNICIPALIDAD DE POCOCI 160 / PAGINA N*25 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022__- EEE ES A O | Nombre | k Cédula | Víctor Manuel Castro Corrales | 6-0082-0843 | | Francisco Mora Granados | 7-0105-0489 | Maikol Vega Alvarado L 2-0612-0634 | TA o A ] erro QM _Cédula Ademar Solano Vega | 5-0140-0791 Francisco Mora Granados _17-0095-0185_ Maikol Vega Alvarado 2 1 2-0612-0634 e, A Mas: 3 (Firma y sello del Director de éertró Educativo) Mano" . Msc. Ana Cecilia Domian Asenjo. — DIRECCIÓN VB. Directora Regional Educación Guápiles' (Firma y sello) Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas como miembros de la Junta Administrativa de la Escuela Líder Roxana: Jessica Carolina Coello Castillo, céd. 8-0063-0847, Marleny Bermúdez Pérez céd. 5-0280-0415, Hellen Mariela Rodríguez Cartín, céd. 4-0168-0632, Víctor Manuel Castro Corrales, céd. 6- 0082-0843 y Ademar Solano Vargas, céd. 5-0140-0791. Pasar a la Oficina de Secretaría para su respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N'* 415 Se conoce nota suscrita por la señora Adela Rojas Elizondo, presidenta de la Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica (APAZA), teléfono: 8415- 2224, correo electrónico: apazacrOhotmail.com y Yanory Meza Durán, secretaria, teléfono: 8987-9879, dice; Oficio: Asunto: Invitación al Día Nacional de la Concienciación del Trastorno del Espectro Autista. = Sitio Web: munipococi.go.cr AY > - Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 161 ! PAGINA N*26 ACTA N18 Extraordinari 08-03-2022 ) ARS (APAZA th Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica O Cedula Jurídica: 3-002-64559 LEO 08 de marzo del 2022 Señor Juan Luis Gómez Presidente del concejo municipal De Pococí Reciba un cordial saludo de la Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica (APAZA), una organización sin fines de lucro conformada por personas con discapacidad y sus familias. Con orgullo cumplimos 11 años de labor ininterrumpida, trabajando en pro del bienestar y educación de nuestros agremiados, familiares y público en general. Como parte de nuestras actividades de proyección social, deseamos hacer de su conocimiento el evento especial establecido el 2 de abril, en el cual se conmemora el Día Nacional de la concienciación del Trastorno del Espectro Autista y es para nuestra asociación un honor contar con su presencia en mencionada actividad, para agradecerle públicamente por el apoyo brindado a la asociación; la cual se llevará a cabo en el terreno de APAZA (ubicado en Guápiles, Coopevigua 3, Barrio las Palmas, Calle 2, Tapia azul) iniciando con una caravana por Guápiles centro a las 9:00am y continuando con el acto protocolario a las 10:30am. Agradecemos de antemano su presencia y en caso de no ser posible su presencia a la actividad, agradeceríamos enviar un representante en su nombre. Atentamente, Alda o Ende FA PRESIDENTE Adela Rojas Elizondo SECRETARIA Yanory Meza Durán CÉDULA 1 0742 0208 CÉDULA 1 1032 0941 TELÉFONO 8415 2224 TELÉFONO 8987 9879 Email: apazacrQhotmail.com Facebook: Apaza-Oficial Twitter: apaza_autismo You Tube: APAZA Autismo , Sitio Web: munipococi.go.cr YA E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N918 Extraordinaria. Y AUTIS MISIÓN Comprometidos en fortalecer todas las capacidades de las personas con Trastorno del Espectro Aulista. con Respela y Tolerancia, Trobojando en equipo en la defensa y promoción de sus derechos. Buscando una participación más Solidaria y Justa enla sociedad. VISIÓN Mejorar la caídad do Vida de las personas con Autismo y sus famisas. Creando desde su inicio un espacio Formador, donde se brindan las heramientas necesarios para la inclusión en la sociedod de una manero efectiva. Donación: «Cuenta Cliente BNCR: 15105110010070197 «Cuenta Corriente BNCK: 100-01-051-007019-7 Cuenta IBAN: CR27015105110010070197 'AUTISTA Criterios segun el DSM-5 A) Dificultad persistentes en la comunicación no verbales utilizadas en la interacción social. 4.3 Dificultad en el desarrollo, mantenimiento -omprensión de relaciones . ones restrictivos y repelitivos de comportamiento, intereses o actividades. B:l Movimientos, uso de objetos o habla stereotipuda o repetitiva. 2 Insistenciaen la monotonía, excesiva bilidad a rutinas, o patrones ritualizados iportamiento verbal y no verbal. 3 Intereses muy restrictivos y fijos que son len cuanto a su intensidad y focos serefere. hiporreactividad a los estimulos s 'O interés inusual por los aspectos s Por Unanimidad SE ACUERDA: Confirmar asistencia del Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez. * £ A Asociación de Personas con MO de la Zona Atlantica Algunas personas con TEA tienen trastornos asociados, (Comorbilidades) - Hiperactividad - impulsividad - Dificultad de Concentración y en la Interacción soclal en diversos contextos. - Agresión o Autolesionarse e, A.1 Dificultad en la reciprocidad socio - Berrinches, O as emocional e - Hábitos de alimentación E ¿cá A.2 Dificult A dla dueh icati y sueño poco habituales. Lo .2 Dificultad en las conductas comunicativas "Estado de ánimo cambiantes. To ¿Que es Discapacidad? Condición que surge de la relación entre; Personas con deficiencias físicas, psíquicas, intelectuales, sensoriales... En interacción con diversos baneras (Contextuales, Actiludinales y omblentales) que obstaculizan su participación plena y efectiva en la sociedad enigualdad de condiciones con los demás. Legislación Nacional en Discapacidad Ley 9940 Ley para la protección y el desarrollo de oportunidades 7600: Ley de Igualdad ¡Bb 20h Bicopocida l. Ley 8661: Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ley 7948: Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. de 9379: Ley para la promoción e la autonomía personal le: Algunas de los Primeros Señales Desinteras| Social 'Risa sta motivo. ¡aparente Difcultad enhocer contacto Visu TOC. de Ante Todo Recuerda PERSONA para las personas con Trastomo del Espectro Autista. de Oportunidades para las is personas con Discapacidad. Nada de Nosotros; curvos. IN NOSOTROS Emall: apozacrahotmal.com-Facebook: Apaza-Oficiak stagram: epaza_cr-You Tube: APAZA Autismo Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 163 PAGINA N*28 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 ACUERDO N? 416 A Se conoce nota suscrita por la señora Erika Ugalde Camacho, Jefe de Área Comisiones Legislativas lll, teléfonos: 2243-2437, 2243-2194, correos electrónicos: COMISION-GOBIERNOOGasamblea.go.cr, ghernmandezOasamblea.go.cr, dice; Oficio: CPEM-115-2022 Asunto: Consulta texto sustitutivo Exp. 21.609 ASAMBLEA LEGISLATIVA 07 de marzo de 2022 CPEM-115-2022 Señores (as) Concejo Municipal Presente ASUNTO: Consulta texto sustitutivo Exp. 21,609 Estimados (as) señores (as): Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moción aprobada en sesión 23, se solicita el criterio de esa municipalidad en relación con el texto sustitutivo del proyecto “LEY QUE FACULTA A LAS MUNICIPALIDADES A OTORGAR LA CONDICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS”, expediente 21.609 el cual se adjunta. Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el próximo 29 de marzo. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2437,2243-2194,0 al correo electrónico COMISION-GOBIERNOOasambleago.cr. Atentamente, Erlka Ugalde Camacho ASAMBLEA Jote Áreo O ¡m9uoan LEGISLATIVA Comisiones Legislativas Ill E iudoktoRorambles.do.er Departamento A Comisiones Legislativas O 1506) 2243-2440 Gha Departamento de Comisiones Legislativas Tel: 2243-2437/2438 /2194 E-mail: COMISION-GOBIERNOGasambleago.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 164 PAGINA N*29 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 TEXTOSUSTITUTIVO l- LEY QUE FACULTAA LAS MUNICIPALIDADES A OTORGAR LA CONDICIÓN DE VÍAS PÚBLICAS ARTÍCULO 1. Objeto La presente ley tiene como objeto facultar a las municipalidades para que puedan regular y otorgar la condición de vía pública, aquellas vías cantonales, de uso público, existentes a la entrada en vigencia de ésta ley, cuyo uso es claro, evidente y manifiesto, y quea pesar de tener unautilidad pública no cuentan con la condición de ser vía pública declarada. ARTÍCULO 2. Declaratoria Las municipalidades podrán, según criterio de oportunidad y conveniencia, declarar como públicas, vías de uso público, siempre que medie cesión o donación en escritura pública, para que puedan formar parte del inventario de caminos cantonales bajo la administración de la municipalidad, siempre que cuente con criterio técnico emitido por la Unidad Técnica Vial de la respectiva municipalidad; y cumplan con los requisitos que determine la ley. Tal declaratoria se deberá realizar sin desatender las variables ambientales de la zona, o resoluciones constitucionales y fallos judiciales, si los hubiere, que contrarien o limiten la declaratoria de vía pública, y no creará derecho alguno que pueda ser reclamado por ninguna acción judicial. ARTICULO 3. Requisitos Para que estas vías sean declaradas como públicas y pasen a formar parte del inventario de caminos del municipio correspondiente, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se realice solicitud formal ante el consejo municipal Su ) Sitio Web: munipococi.go.cr Y NN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 165 > PAGINA N*30 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 ) b) Que se realice un estudio a la vía a declarar pública por parte de la unidad cd técnica vial de la municipalidad correspondiente, para determinar que el camino cumple con las características técnicas necesarias establecidas en la regulación vigente. c) Que, habiéndose determinadola viabilidad según criteriotécnico de la unidad técnica vial de la municipalidad correspondiente, sea declarado de interés y utilidad pública por el concejo municipal, con una votación de dos terceras partes del total de los regidores que lo componen. d) Deberá estar libre de gravámenes, limitaciones u anotación alguna, excepto si se trata de una servidumbre de paso. e) Su calzada es igual o superior a 5.0 metros de ancho. f) Cuentan con al menos un elemento de infraestructura de drenaje ya sea cunetas o alcantarillad. g) Su superficie de ruedo puede estar lastre o pavimento. h) Debe presentar conectividad con vías públicas existentes en sus dos extremos i) Que existan al menos cinco fincas con frente a la vía que se pretende declarar pública; que resulten afectos al pago de servicios municipales. Además, se deberá hacer constar en estas fincas la existencia de viviendas habitadas con suministro de agua potable y semicio eléctrico, sea por disponibilidad del servicio o por adquisición irregular. Entiéndase por adquisición iregular del servicio de agua potable y electricidad aquel obtenido contrario a la norma, pero evidentemente existente. j) Los fundos colindantes con la vía deberán encontrarse al día en el pago de servicios municipales existentes. k) Que no esté contemplado dentro de un nuevo desarrollo residencial. k Sitio Web: munipococi.go.cr a >] Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 166 PAGINA N*31 ACTA N*18 Extraordin ria. 08-03-2022 ) PFI SCIA IL ARTÍCULO 4. De la inversión ió Una vez declarada como vía pública, cada Municipalidad, podrá definir, en su plan quinquenal, la prioridad necesaria de los recursos que pretenda invertir en estas vías; siempre que cuente con los recursos necesarios, y que dichas vías obtengan la declaratoria de vía pública. ARTÍCULO 5. Derecho de Audiencia Se otorgará audiencia verbal o escrita, publicado previamente en el diario oficial la gaceta, ante el concejo municipal, a la persona o personas, que posean título de propiedad de los inmuebles colindantes con la vía que se pretende declarar como pública, para que por escrito o de forma verbal manifiesten su conformidad o disconformidad a dicha declaratoria con el objetivo de que puedan hacer valer sus derechos. Cada municipalidad reglamentará este procedimiento estableciendo criterios de justicia, lógica o conveniencia. ARTICULO 6. De la codificación de la vía pública A efectos de obtener un código de camino para éstas vías e integrarlo a su inventario municipal de caminos, las municipalidades quedaran sujetas a los lineamientos técnicos que promulgueel Ministerio de Obras Públicas y Transportes en la materia, tomando en cuenta dichas disposiciones para la debida reglamentación de la presente ley. ARTÍCULO7. Rango de Aplicación La presente ley podrá ser aplicada por la municipalidad que asu entrada en vigencia no cuente con Plan Regulador, sin detrimento de la realización del Plan Regulador establecido en la Ley de Planificacion Urbana, ley N*4240, de 30 de noviembre de 1968. ARTÍCULO 8. Limitaciones pel q Sitio Web: munipococi.go.cr Y ? kl Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 167 DN PAGINA N*32 ACTA N*18 Extraordinaria. — 08-03-2022 No podrán, al amparo de la presente ley, declararse como vías públicas 'S E servidumbres de acceso a fundos agrícolas, pecuarias, forestales o mixtos. REFORMA Refórmese el inciso c) contenido en el artículo 1 de la “Ley General de Caminos Públicos” Ley N*5060, del apartado que se refiere a la Red Vial Cantona, y léase de la siguiente manera del (.-) RED VIAL CANTONAL: Corresponde su administración alas municipalidades. Estará constituida porlos siguientes caminos, noincluidos porel Ministerio de Obras Públicas y Transportes dentro de la Red vial nacional: (...) c) Caminos no clasificados: Caminos públicos no clasificados dentro de las categorías descritas anteriormente, tales como caminos de herradura, sendas, veredas, que proporcionen acceso a muy pocos usuarios, quienes sufragarán los costos de mantenimiento y mejoramiento. Sin embargo, por una única vez, las municipalidades podrán, en su plan quinquenal de conservación y desarrollo, destinar recursos para mantenimiento y mejoramiento de estos caminos, según criterio de conveniencia y oportunidad, excepto si se trata de caminos cuya naturaleza no permita el tránsito de vehículos. TRANSITORIO UNICO. Las Municipalidades que se amparen en la presente ley deberán reglamentaria estableciendo criterios de oportunidady conveniencia, tomando en cuenta principios y criterios de ordenamiento urbano establecidos en la Ley de Planificación Urbana Ley N*4240, tendrán doce meses naturales a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para su debida reglamentación. Rige a partir de su publicación Leído por: EUC Confrontado por: Raquel Marín 03/03/2022 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Jurídicos y Dirección Jurídica para que emitan criterio sobre el Expediente 21.609 “Ley que faculta a las municipalidades a otorgar la condición de vías públicas”. Sitio Web: munipococi.go.cr YA < < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 168 PAGINA N933 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-202 ACUERDO N* 417 . Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr, dice; Oficio: DAMCM-0030-2022 Asunto: Proyecto de VUM (Ventanilla única Municipal Caribe) - Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor. rbd Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 169 PAGINA N*34 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 E E 9 Municipalidad de Pococí ye => Despacho del Alcalde ya a Teléfono: 2711-1208 +22 Fluye manuel hernondez()munipococi.go.cr moras pe e ELA Guápiles, 8 de marzo de 2022 DAMCM-0030-2022 Honorable Concejo Municipal Asunto: Proyecto de VUM (Ventanilla única Municipal Caribe) - Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor. Mediante la presente me permitir remitir oficio DJ-32-2-2022 emitido por la Dirección Jurídica que contiene el reglamento del Proyecto de VUM (Ventanilla única Municipal Caribe) denominado “Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor". Se adjunta para la respectiva aprobación por parte del Concejo Municipal tras superar una etapa de revisión por parte de los departamentos involucrados, para el mismo se cuenta con el acompañamiento del IFAM para su publicación y puesta en práctica. Sin más por el momento, me despido. MANUEL Turado dgulnentepor HERNANDEZ RIVERA Vet EnIDDtz avia (FIRMA) Fee lam o1os095954.0500 Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 170 PAGINA N*35 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-20 2 ) rr 4 Municipalidad de maca Y a] ] rección Jurídl POCOC¿ Teléfono: ia pu pop PRL Pluye munipococijuridicosfgmail.com “"pERgcoR 1 Guáplles, 7 de marzo 2022 DJ-32-2-2022 Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Presente Asunto: Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor. Estimado Señor: De conformidad con el Proyecto de VUM (Ventanilla única Municipal Caribe) que ha venido desarrollando el IFAM desde el año 2020, mismo que pretende mejorar la competitividad de las municipalidades de la zona Huetar Atlántica, en función de agilizar y simplificar trámites de permisos municipales, remito el documento revisado por las Unidades de Patentes, Construcciones, Plataforma de Servicios y por esta Asesoría Jurídica. Conforme lo indicado por el señor Marlon Avalos de la Presidencia Ejecutiva del IFAM, una vez se tenga el acuerdo de Concejo Municipal, el IFAM aportaría recursos para su publicación en la Gaceta. Sin más por el momento, CNTIAVANESSA AVILA [icono MADRIGAL (FIRMA) Fecha: 0720007133932 0607. Licda. Cyntia Avila Madrigal Dirección Jurídica Municipalidad de Pococí Ce/ Plataforma Servicios-Licencias Municipales Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (WMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 171 ) PAGINA N*36 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor Aprobado mediante sesión Extraordinaria, número 18 del Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí el día 08 de marzo del 2022. Artículo 1*- Para ejercer cualquier actividad lucrativa se deberá contar con la licencia municipal respectiva, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento para aquellos casos que, por sus características sean candidatos a gestionarse vía ventanilla Única municipal, caso contrario para trámites individuales se seguirá los procedimientos existentes vigentes de la municipalidad. Artículo 2*- El permiso de construcción de obra mayor se tramitará de manera digital por medio de la plataforma “Administrador de Proyectos de Construcción" (APC) del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA) y conforme a lo establecido en el presente reglamento. Artículo 3*- Se establece un mismo procedimiento y un Único punto de contacto para todos los actos de apertura de empresas y de solicitudes de actividades de bajo riesgo del Ministerio de Salud y las actividades o establecimientos clasificados por el SENASA como de comercialización y servicio que se indican en el ANEXO ll del presente Reglamento. El permiso otorgado podrá incluir la patente comercial y la patente de licores, si así lo solicita el administrado. En los casos que calificadamente y por sus características se requiera una inspección, se cumplirá con lo establecido en la Ley N* 9047, Regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico. Artículo 4*- Requisitos documentales para el trámite de la licencia municipal (Patente). Los requisitos que se exigirán para el Trámite Simplificado y Coordinado de Inicio de Empresas serán los siguientes: a) Formulario Único debidamente lleno (Anexo l) b) Declaración Jurada que acompaña dicho formulario. Sitio Web: munipococi.go.cr a . Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 172 > PAGINA N*37 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 c) Presentación de la cédula de identidad en caso de ser costarricense, o cédula dé residencia libre de condición o DIMEX (Documento de Identidad Migratoria para Extranjeros), en caso de ser extranjero. Estos documentos deben estar vigentes y en buen estado de conservación. d) Certificación de personería jurídica con una fecha de emisión máxima de tres meses para el caso de personas jurídicas. En caso de certificaciones digitales expedidas por el Registro Público, las mismas tendrán una vigencia de quince días hábiles. En caso de ausencia del representante legal, se deberá presentar un poder, el cual deberá cumplir según el tipo de poder con lo establecido en los artículos 1255 y 1256 del Código Civil. Es válido para la gestión de este requerimiento el uso de la firma digital en los documentos presentados. e) Plano Catastro Certificado f) Cien colones en timbres fiscales o pago del entero de Gobierno. 9) Copia del contrato de arrendamiento y presentación del original Únicamente cuando el contrato sea por escrito. En aquellos casos donde no exista un contrato escrito de alquiler, se deberá presentar una nota de autorización del propietario, cuya firma deberá estar debidamente autenticada. Cuando el contrato de arrendamiento sea verbal y el propietario se encuentre imposibilitado para firmar la autorización, deberá aportarse cualquier otro documento, mediante el cual se pruebe la autorización del arrendador para realizar la actividad de que se trate, según lo establecido en el artículo 16 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. Cuando el solicitante sea el dueño registral del inmueble, el funcionario municipal procederá a constatar dicha condición directamente en el Sistema en línea que al efecto cuenta el Registro Nacional. h) Comprobante de pago a favor del Servicio Nacional de Salud Animal del MAG o a favor del Ministerio de Salud, según corresponda, o bien, el comprobante de exoneración del pago extendido por el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). i) Contar con la póliza de riesgos de trabajo emitida por una entidad aseguradora. j) Autorización por concepto de derechos de autor [cuando corresponda). Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 17 3) PAGINA N*38 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 / k) Los establecimientos que conforme al Decreto Ejecutivo N* 19184 del 10 de julio de 1989, Reglamento a la Ley Orgánica del Colegio de Médicos Veterinarios, requieran de un regente o asesor médico veterinario, deberán presentar la autorización vigente emitida por el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica. |) El solicitante de la licencia comercial, así como el dueño del inmueble donde se va a desarrollar la actividad, estén al día en el pago de impuestos y servicios municipales. m) El solicitante de la licencia municipal deberá estar al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social. n) El solicitante de la licencia municipal deberá encontrarse al día en los pagos correspondientes al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), según lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares y su reforma, Ley N* 5662 del 23 de diciembre de 1974. ñ) La persona solicitante deberá encontrarse al día en el Registro de Infractores contemplado en el artículo 35 de la Ley N” 9028, Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos en la salud. o) La persona solicitante deberá estar inscrita como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda. Para los requisitos |), m), n), A) y o) la Municipalidad deberá de verificarlo a nivel interno, y no podrán exigirle al administrado la presentación de ninguna constancia, fotocopia, certificación o cualquier información que emita o posea otra entidad u órgano público, siempre que ésta sea suministrada de manera gratuita, todo de conformidad con el artículo 8 de la Ley N* 8220. Cuando la persona solicitante de la licencia municipal se encuentre con un arreglo de pago con la Caja Costarricense de Seguro Social deberá presentar la certificación correspondiente debidamente aceptado por dicha entidad. Artículo 5%-Inicio del procedimiento ante la Municipalidad. Para el trámite ante la Municipalidad se deberá presentar el formulario Único [Anexo l); así como los requisitos a). b), c) d) y e) señalados en el artículo 4 del presente Reglamento. Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Y 7 A PAGINA N*39 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-08-2022 OLER IRC Le corresponderá a la Municipalidad, verificar el cumplimiento de los requisitos indicados supra y se procederá de conformidad con el artículo 6 de la Ley de Prótección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N* 8220 y su reforma y artículo 38 del Reglamento a la Ley, Decreto Ejecutivo N* 37045-MP-MEIC. En el caso de constatarse el cumplimiento de estos, procederá a emitir en Un plazo de dos días hábiles una resolución positiva, la cual deberá ser notificada al ciudadano, para que éste proceda en un plazo máximo de diez días hábiles a completar el resto de los requisitos señalados en los incisos f), g), h), i), j), k), del artículo 6 anterior. Una vez verificados todos los requisitos, la Municipalidad procederá a digitalizar dicha documentación y remitirla mediante correo electrónico o plataforma virtual existente al Ministerio de Salud o al Servicio Nacional de Salud Animal, en el plazo de un día hábil. Recibida la documentación por las instituciones mencionadas, las mismas procederán de conformidad con el artículo 6 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N* 8220 y su reforma y artículo 38 del Reglamento a la Ley, Decreto Ejecutivo N* 37045-MP-MEIC. De resultar negativa la resolución municipal por incumplimiento de los requisitos a), b), c) d) y e) señalados en el artículo 4, se procederá de conformidad con el artículo 264 párrafo segundo de la Ley General de la Administración Pública, que señala el archivo de las diligencias de oficio o a gestión de parte y el artículo 29 del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N* 37045-MP-MEIC y sus reformas, que entre otras cosas hace referencia a la prohibición de requerir de nuevo aquellos documentos, en los cuales el hecho generador no ha cambiado, salvo los casos, en que al momento de iniciar el trámite, alguno de los documentos se encuentre vencido y sea necesaria su actualización para la resolución del trámite. Artículo 6”-Procedimiento ante Ministerio de Salud o el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y la Municipalidad respectiva. En el caso del Ministerio de Salud, recibirá la Sitio Web: munipococi.go.cr Y h Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 175 PAGINA N*40 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 .. a documentación indicada en el artículo 6 anterior, y emitirá en el plazo máximo de-undía hábil el Permiso Sanitario de Funcionamiento. En el caso de Servicio Nacional de Salud Animal, procederá a revisar la documentación remitida y en un plazo máximo de tres días hábiles emitirá el Certificado Veterinario de Operación (CVO) en forma digital, mismo que remitirá a la Municipalidad respectiva. En el plazo de tres días señalado en el párrafo anterior y de manera simultánea, la Municipalidad iniciará el procedimiento de análisis de los requisitos de la licencia municipal; una vez recibido el Certificado Veterinario de Operación (CVO) o el Permiso Sanitario de Funcionamiento, la Municipalidad dispondrá de dos días hábiles para emitir el documento en el que conste el otorgamiento de la licencia comercial y notificarlo al solicitante, en el lugar o medio por él señalado. En el caso de que el proceso de análisis establezca la necesidad de hacer algún tipo de subsanación en la etapa de prevención se dispondrá de un día hábil para para procesar la subsanación correspondiente. Artículo 7*-De la cooperación interinstitucional y unificación de procedimientos. Con base en los principios de coordinación interinstitucional, eficiencia, eficacia y celeridad en la función y organización administrativa y con el objetivo de unificar todos los trámites de apertura, actualización y renovación de Una empresa o de las solicitudes de actividades de bajo riesgo del Ministerio de Salud y las actividades o establecimientos clasificados por el Servicio Nacional de Salud Animal como de comercialización y servicio que se indican en el ANEXO Il, donde no medie el otorgamiento de una licencia comercial, la Municipalidad correspondiente, brindará un servicio coordinado con el Ministerio de Salud o Servicio Nacional de Salud Animal, según corresponda, de conformidad con el procedimiento señalado en el presente reglamento. Artículo 8*.-De la coordinación entre Instituciones. Cuando el Ministerio de Salud o el Servicio Nacional de Salud Animal, reciban una solicitud de trámite para el permiso de funcionamiento, Certificado de Habilitación o el Certificado Veterinario de Operación de un establecimiento que no se encuentre dentro de las actividades que regula este reglamento, y que requiere o no de una licencia comercial de la Municipalidad, pero que G Sitio Web: munipococi.go.cr a , Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
N MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 176 k PAGINA N*41 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 CMS DP entre los requisitos para la autorización debe contar con el permiso de uso” os municipal, el administrado podrá entregar la documentación en las oficinas del Servicio Nacional de Salud Animal o del Ministerio de Salud, ante solicitud de estas instituciones, la municipalidad enviará vía correo electrónico o plataforma virtual existente la conformidad o no de que la actividad se realice. Esto de conformidad a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N* 8220 y su reforma. Artículo 9”.-Duración. La duración total del Procedimiento del Trámite Simplificado y Coordinado de Inicio, Actualización y Renovación de Empresas, incluyendo el procedimiento ante la Municipalidad y el procedimiento ante otras instituciones arriba descritos, con excepción del Ministerio de Salud, que su otorgamiento es inmediato, será de ocho días hábiles como máximo. Artículo 10".- -Expediente Administrativo. La Municipalidad es la encargada de archivar y custodiar el expediente administrativo, si la gestión fuese ingresada a través de documentación física o almacenada en sistemas de respaldo informático cuando su ingreso sea en formato digital. Deberá emitir las certificaciones correspondientes cuando le sea requerido. Dicho expediente deberá ser de libre acceso para las instituciones señaladas en el presente reglamento. Artículo 11*- Requisitos documentales para el trámite de obtención del permiso de construcción de obra mayor por medio de plataforma del APC del CFIA serán los siguientes: a) Cédula de identidad de solicitante, y en caso de persona jurídica, personería jurídica vigente. Para el caso de personas físicas y en caso de apersonarse, bastará con la presentación de la cédula de identidad para identificarse. b) Autorización del dueño de la propiedad en caso de que la persona solicitante no sea el titular del inmueble. Cc) Planos constructivos firmados y sellados de CFIA. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 177 Y PAGINA N%42 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 __ / a) Disponibilidad de agua de emitida por Acueductos y Alcantarillados Oo/ASADA correspondiente. e) Estar al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social. f) Plano visado por la Municipalidad. g) Declaratoria de interés social (cuando corresponda). h) Alineamiento con MOPT, INCOFER y Dirección de Obras Portuarias [cuando corresponda). i) Póliza de riesgos profesionales del INS. j) Desfogue Pluvial Municipal (cuando corresponda) k) Uso de suelo de la Municipalidad cuando corresponda. I) Estudio de impacto ambiental de SETENA o Registro D2, cuando corresponda. m) Visado de alineamiento de afectación de pozos, ríos, nacientes y otros cuerpos de agua según legislación vigente, cuando corresponda. n) Visto bueno del MINAE en áreas de protección que no afecte el patrimonio natural del estado, cuando corresponda. o) Concesión o convenio otorgado por JAPDEVA, MINAE o la Municipalidad en áreas ubicadas dentro de la zona marítimo terrestre. Para los requisitos a), e), f), 9), h), i). j), k), !), m), n), o), p). a) y r) la municipalidad deberá de verificarlo en la plataforma de APC o a nivel interno, y no podrán exigirle al administrado la presentación de ninguna constancia, fotocopia, certificación o cualquier información que emita o posea otra entidad u órgano público, siempre que ésta sea suministrada de manera gratuita, todo de conformidad con el artículo 8 de la Ley N* 8220. Cuando el solicitante se encuentre con un arreglo de pago con la Caja Costarricense del Seguro Social, deberá presentar la certificación de que existe el correspondiente arreglo de pago debidamente aceptado por la dicha institución. Artículo 12”-Inicio del procedimiento ante la Municipalidad. Para el trámite ante la Municipalidad se deberá presentar, en un plazo máximo de 8 días hábiles, los requisitos Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 178 El PAGINA N%43 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 i a), b) y c) señalados en el artículo 11 del presente Reglamento. Le correspofiderá a la. Municipalidad, verificar el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 11 y se procederá de conformidad con el artículo 6 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N* 8220 y su reforma y artículo 38 del Reglamento a la Ley, Decreto Ejecutivo N* 37045-MP-MEIC. En el caso de constatarse el cumplimiento de estos, procederá a emitir en un plazo de tres días hábiles una resolución positiva, la cual deberá ser notificada al ciudadano, para que éste proceda en un plazo máximo de diez días hábiles a realizar el pago de impuestos municipales y remisión de la póliza del Instituto Nacional de Seguros. Una vez cumplido lo anterior, la Municipalidad, en un plazo de un día hábil, aprobará mediante la plataforma del APC la emisión del permiso de construcción digital respectivo. En caso de constatarse incumplimientos en la presentación de los requisitos, se procederá a la prevención, según lo establecido en Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N* 8220 y su reforma y artículo 38 del Reglamento a la Ley, Decreto Ejecutivo N* 37045-MP- MEIC. Artículo 13*.-Disposiciones supletorias. Todo aquello que no se encuentre expresamente regulado en el presente Reglamento, se aplicará de manera supletoria y en lo que fuere aplicable a la creación o apertura de empresas, lo dispuesto en el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud y sus reformas, Decreto Ejecutivo N* 39472-S del 18 de enero del 2016; Reglamento General de Habilitación de Servicios de Salud, Decreto Ejecutivo N* 41045-S del 08 de marzo del 2018; la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley N* 8495 del 06 de abril del 2006; Ley de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, Ley N* 9047 del 25 de junio del 2012; y el Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación, Decreto Ejecutivo N* 34859- MAG del 20 de octubre del 2008; Reglamento de Coordinación entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en lo que concierne a la autorización para el Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 179 pa PAGINA N%44 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 A funcionamiento de los establecimientos de alimentos, Decreto Ejecutivo N* 37025MAG-S del 22 de febrero de 2012, según corresponda. Así como las disposiciones que regulan a los Órganos Colegiados, contenidas en la Ley General de la Administración Pública, Ley N* 6227, Título Segundo, Capítulo Tercero. ANEXO | Formulario único para Apertura de Empresas para actividades de bajo riesgo del Ministerio de Salud y de Comercialización y Servicios de SENASA - en los cantones de Limón, Pococí, Guácimo, Talamanca, Siquirres y Matina de la Provincia de Limón (INLCUIR emblemas de Municipalidades, MINSA y SENASA) Fecha de recibido: N* de trámite: Solicita: Licencia Comercial o Licencia Comercial y de Licores A. Datos A. Datos del Solicitante o Representante Legal 1) Nombre del solicitante: 2) Cédula de identidad: 3) En calidad de Apoderado ( ) o Representante legal () de la Sociedad Denominada (Razón social): Cédula Jurídica: 4) Ubicación: Provincia: Cantón: Distrito: Barrio: 5) Dirección exacta: 6) Teléfono Domicilio: 7) Fax: 8) Celular: 9) Correo electrónico: 10) Medio de notificación: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1 80 > PAGINA N*45 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 _S O as 20 EEEEEEEEEECE AAA | EEE B. Datos del Propietario del Local o Establecimiento U 11) Nombre del propietario: 12) Nombre del Representante Legal 13) Cédula de identidad: 14) Céaula Jurídica: 15) Teléfono Domicilio: 16) Fax: 17) Celular: 18) Correo electrónico: 19) Medio para recibir notificaciones: 20) Firma dueño de la propiedad como autorización para realizar la actividad descrit a: C. Datos del Establecimiento o Propiedad donde se realiza la actividad 21) Nombre Comercial: 22) Descripción de la actividad: 23) Actividades secundarias: 24) Ubicación: — Provincia: Cantón: Distrito: 25) Dirección exacta: 26)N. De Finca: 27) N. De Plano: 28) Área de trabajo en metros cuadrados: 29) Fecha de Inicio de actividades: 30) Horario de trabajo: Apertura: Cierre: 31) Cantidad de Trabajadores: Mujeres: Hombres: incluye al solicitante en la cantidad de trabajadores: Si No 32) Página web: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI AN PAGINA N*46 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 _2 ) Condición del Local: [. ) Excelente [ ) Buena [ ) Regular [ ) deficiente 34) El inmueble en que está instalado el establecimiento es: propio ( ) arrendado () concesionado ( ) otro D. Ingresos o Proyección de Ingresos esperados al inicio de operaciones Mercadería o producto 35) Valor de elaborado g inventarios: Materias primas g Mobiliario, maquinaria y equipo Edificio e instalaciones g Total, mensual de alquileres pagados £ Total, mensual de salarios pagados g Venta oO Proyección de ingresos £ E. Para uso de la oficina 32) Uso de oficina: Clasificación de actividad SENASA: subsistencia ( ) pequeña () mediana () grande() 33) Otros detalles de la clasificación de actividad según SENASA: 38) Código 39) Clasificación de actividad según Ministerio de Salud: 40) Código CIIU Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 182 y PAGINA N*47 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 / PERA 36) Uso de oficina: Clasificación de actividad SENASA: subsistencia ( ) pequeña( ) mediana( )grande( ) 37) Otros detalles de la clasificación de actividad según SENASA: 38) Código 39) Clasificación de actividad según Ministerio de Salud: 40) Código CIIU DECLARACIÓN JURADA PARA TRÁMITES DE SOLICITUD DE LICENCIA COMERCIAL Yo: en mi condición de Persona física [ ) o de representante Legal de la persona Jurídica [ ) denominada solicito sea otorgado el permiso que señala la Ley General de Salud () o Certificado Veterinario de Operación requerido en la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal ( ), a mire presentada, para lo cual declaro bajo fe de juramento y que de no decir la verdad incurro en perjurio sancionado con pena de prisión según el Código Penal y consciente de la importancia de lo aquí anotado, lo siguiente: Primero: Que conozco la legislación aplicable a la actividad señalada en el presente formulario Único que se realizará en el establecimiento indicado y que éste cumple con toda la normativa establecida para el caso en concreto. Segundo. -Que la información que contiene el formulario unificado es verdadera. Tercero. -Que en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44, 74 y 74 bis de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el artículo 66 del Reglamento del Seguro Social, me comprometo a la inscripción como patrono, trabajador independiente o en ambas modalidades dentro de los ocho días siguientes al inicio de la actividad. Asimismo, declaro estar al día en el pago de mis obligaciones con esa institución. Cuarto. --Que cumplo con lo establecido en la Ley N* 9028 del 22 de marzo de 2012 "Ley General de Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos a la Salud" y sus reglamentos [así adicionado el punto "tercer bis" anterior por el inciso a) del artículo 61 del Reglamento a la Ley General de Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud, aprobado mediante el decreto ejecutivo N* 37185-S de 26 de junio de 2012), y sus reformas. Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
OS, MUNICIPALIDAD DE POCOCI 183 ) PAGINA N*48 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 Quinto.-Asimismo, me comprometo a mantener las condiciones debidas por el tiempo de vigencia del permiso y cumplir con los términos de la normativa antes indicada y el Decreto Ejecutivo N. 34859-MAG, "Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación", por ser requisito indispensable para la operación de mi establecimiento, de igual forma me comprometo que todos los servicios brindados y los productos, equipos y materiales que se comercialicen o utilicen dentro del establecimiento que represento, cuando proceda, estarán debidamente autorizados por el Ministerio de Salud y a no ampliar o cambiar de actividad sin la autorización previa de este Ministerio o SENASA. Sexto. -Que el establecimiento reúne los requisitos y condiciones físicas y sanitarias exigidas para su funcionamiento. Sétimo. -Por lo anterior, quedo apercibido de las consecuencias legales y judiciales, con que la legislación castiga los delitos de perjurio y falso testimonio. Asimismo, exonero de toda responsabilidad a las autoridades del Ministerio de Salud, Servicio Nacional de Salud Animal o la Municipalidad de Pococí por el otorgamiento del PSF o CVO con base en lo declarado bajo fe de juramento en la presente declaración, y soy conocedor de que, si la autoridad de Salud o SENASA llegase a corroborar alguna falsedad en la presente declaración, errores u omisiones en los documentos aportados, o que los servicios prestados y/o los productos comercializados dentro de mi establecimiento no cuentan con la debida autorización sanitaria, suspenderá o cancelará el PSF o CVO. Es todo. Firmo en a las horas del día del mes de del año Firma: Autorización a terceros: Si el trámite es realizado por un tercero, debe adjuntar copia de la cédula de identidad certificada del titular, acompañada de la respectiva autorización. Cuentas bancarias del Ministerio de Salud Banco Nacional de Costa Rica: En $ Dólares: 617477-5 BNCR Fideicomiso 872-1-7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pa MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 184 A PAGINA N*49 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 ) En g Colones: 213715-6 | SA L Cuentas Bancarias de SENASA BNCR Fideicomiso 872-1-7 Primera vez Listado de requisitos entregados para RESOLUCIÓN DE UBICACIÓN (para uso int erno) 1. Formulario Único y declaración jurada debidamente llenos 2. Presentar la cédula de identidad o cédula de residencia libre de condición o DI MEX en caso de ser extranjero Presentar certificación de personería jurídica Plano catastrado (se revisa internamente en la municipalidad, pero si el mismo no se encuentra en la base de datos el solicitante deberá presentarlo físicamente) Primera vez Listado de requisitos entregados para LICENCIA COMERCIAL y LICORES (para uso interno) 1. Presentar Póliza de riesgos de trabajo emitida por entidad aseguradora exonera ción 2. Estar inscrito como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda 3. Fotocopia del contrato de arrendamiento y presentación del original o firma de autorización del propietario co n copia de cédula. 4. Cien colones en timbres fiscales o pago del entero. 5. Presentar comprobante de pago a favor del Servicio Nacional de Salud Animal d el MAG o a favor del Ministerio de Salud, según corresponda, o bien, el comprob ante de exoneración del pago extendido por el IMAS. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 185 PAGINA N*50 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 AA 4 MORA 6. Regencia o asesoría veterinaria aprobada por el Colegio de Médicos Veterinari os (cuando aplique) 7. Presentar Autorización por concepto de derechos de autor ACAM [cuando aplique) Revisión interna (usuario no debe presentarlos pero si su cumplimiento) 1. Que el solicitante se encuentre al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social y FODESAF 2. Que el solicitante, así como el dueño del inmueble donde se va a desarrollar la actividad, estén al día en el pago de impuestos y servicios [tasas o multas) municipales. Permiso de Construcción (para uso interno) 1. Copia de la cédula de identidad de solicitante, excepto en aquellas Municipalidades que cuenten con otras tecnologías para la identificación del solicitante; y en caso de persona jurídica, personería jurídica vigente. 2. Pago de timbre municipal por el monto determinado por cada Municipalidad. 3. Autorización del dueño de la propiedad en caso de que lote sea ajeno, autenticado por Notario Público Permiso de Construcción (usuario no debe presentarlos, pero sí su cumplimiento) 1. Planos constructivos firmados y sellados de CFIA 2. Disponibilidad de agua de emitida por Acueductos y Alcantarillados o ASADA correspondiente 3. Estar al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social 4. Plano visado por la Municipalidad Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
ys MUNICIPALIDAD DE POCOCI 186 PAGINA N*51 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-; Da / 5. Certificación registral de la propiedad V 6. Declaratoria de interés social (cuando corresponda) 7. Alineamiento con MOPT, INCOFER y Dirección de Obras Portuarias (cuando corresponda). 8. Póliza de riesgos profesionales del INS 9. Desfogue Pluvial Municipal (cuando corresponda) 10.Uso de suelo de la Municipalidad 11.Estudio de impacto ambiental de SETENA 12.Visado de planos por afectación de Oleoducto (cuando corresponda) 13.Visado de alineamiento de afectación de pozos, ríos, nacientes y otros cuerpos de agua según legislación vigente 14.Visto bueno del MINAE en áreas de protección que no afecte el patrimonio natural del estado 15.Derecho de posesión, si está en territorio indígena Ministerio de Salud: revisa en el sistema no encontrarse moroso en el Registro de Infract ores, Ley No. 9028 Nombre de funcionario que recibe solicitud: Fecha: ANEXO ll 4. ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIALIZACION 401.ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIALIZACION AL POR MAYOR 40101.Subastas Ganaderas 40102.Droguerías Veterinarias 40103. Mercados de Pescado y Mariscos 40107.Centros de Recibo de Productos Pesqueros 40108.Bodegas de Distribución y Venta de Huevo fresco 40109 Distribuidores Mayoristas de Alimentos para Animales 40110 Sitios de Acopio y Concentración de Animales Vivos Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 187 >, j PAGINA N*52 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022. 40111 Plazas de Ganado Ú 40112 Envasadoras de Productos Apícolas 40113 Otros Establecimientos de Venta al por mayor 0401 Venta al por mayor de animales: 040101 Subasta de animales 040102 Acopio y comercialización de bovinos: Extensivo Estabulado 040103 Comercialización de animales en plazas 0402 Venta al por mayor de alimentos de origen animal: 040201 Venta al por mayor de carne y productos cárnicos 040202 Recibo, clasificación y primera venta de productos pesqueros 040203 Venta al por mayor de productos lácteos 040204 Venta al por mayor de huevo fresco 040205 Envasado y Venta al por mayor de miel y productos apícolas (polen, propóleo, jalea real) 040206 Venta al por mayor de productos pesqueros 040207 Envasado y venta al por mayor de jarabes 0403 Venta al por mayor de medicamentos veterinario y productos afines: 040301Venta al por mayor de medicamentos veterinarios 040303 Venta al por mayor de productos afines 040304 Venta al por mayor de medicamentos veterinarios de medicina Alternativa. 040305 Venta al por mayor de productos afines de medicina alternativa 0404 Venta al por mayor de productos destinados a la alimentación animal: 040401 Venta al por mayor de alimentos, mezclas y premezclas para animales 040402 Venta al por mayor de materias primas para alimentación animal 040403 Reempaque de alimentos destinados a la alimentación animal Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
SS MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 188 0405 Venta al por mayor de material genético: AAA 040501 Venta al por mayor de semen 040502 Venta al por mayor de embriones 0406 Venta al por mayor de otros productos de origen animal: 040601Venta al por mayor de productos pesqueros NO destinados a consumo humano 402 COMERCIALIZACIÓN AL POR MENOR DE ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL 40202 Carnicerías 40203 Pescaderías 40204 Ventas de Lácteos 40205 Venta de Carne y Derivados de Aves 40206 Ventas no Especializadas de Alimentos de Origen Animal 40209 Puestos de Venta Móviles en Ferias del Agricultor 40210 Otros Establecimientos de Venta al por Menor 0406 Expendio al por menor de alimentos de origen animal 040601 Expendio de carne y productos cárnicos 040602 Expendio de productos pesqueros 040603 Expendio de lácteos 040604 Expendio de huevos 040605 Expendio de miel y productos apícolas 040606 Reempaque de productos de origen animal con fines de venta minorista 040607 Expendio de carne de caballo 0407 Venta de productos de origen animal en FERIAS DEL AGRICULTOR: 040701 Expendio de carne y productos cárnicos 040702 Expendio de productos pesqueros 040703 Expendio de lácteos 040704 Expendio de huevos Sitio Web: munipococi.go.cr Y á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 189 PAGINA N*54 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 040705 Expendio de miel y productos apícolas Nan ys 0408 Expendio al por menor de otros productos de origen animal: 040801 Expendio de otros productos de origen animal 403 COMERCIALIZACION AL POR MENOR DE ANIMALES Y PRODUCTOS PARA ANIMALES 40301 Farmacias Veterinarias 40307 Tiendas de Mascotas y Acuarios 40308 Ventas de Alimentos para Animales 40309 Almacenes de Insumos 40310 Establecimiento Mixto (Farmacia y Clínica Veterinaria) 0405 Venta al por menor de alimentos para animales domésticos, mascotas y otros animales: 040501 Venta al por menor de mascotas o animales domésticos 040503 Venta al por menor de animales acuáticos ornamentales 0408 Expendio al por menor de productos medicamentos veterinarios y afines: 040801 Venta al por menor de medicamentos veterinarios 040802 Venta al por menor de productos afines 040803 Venta al por menor de medicamentos de medicina alternativa 040804 Venta al por menor de productos afines de medicina alternativa 0409 Expendio al por menor de productos destinados a la alimentación animal: 040901 Venta al por menor de productos destinados a la alimentación animal 040902 Reempaque de productos destinados la alimentación animal en punto de venta 0410 Expendio al por menor de material genético: 041001Venta al por menor de semen 041002 Venta al por menor de embriones Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
SS MUNICIPALIDAD DE POCOCI 19 PAGINA N*55 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 0411 Expendio al por menor de otros productos para animales: NT : y 041101 Venta al por menor de otros productos para animales 6 ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS 0601 Actividades veterinarias: 060103 Servicio de laboratorio y diagnóstico 060104 Servicio de consulta y cirugía menor 602 ESTABLECIMIENTOS DE OTROS SERVICIO PARA ANIMALES 60201 Hoteles para Mascotas 60202 Refugios para Animales 60203 Centros de Adiestramiento y Doma de Animales 60204 Establecimientos de Estética de Mascotas 60206 Centros de Reproducción Animal Dirigida 60207 Estética de Mascotas Móvil 0602 Alberge, cuido y/o adiestramiento de animales: 060201 Hospedaje temporal de mascotas 060202 Albergue de animales en abandono 060203 Adiestramiento de perros de asistencia y lazarillos 060204 Adiestramiento de perros guardianes 060205 Cuido, doma y adiestramiento de equinos 060206 Doma y adiestramiento de otros animales 060207 Adiestramiento de perros de obediencia. 0603 Estética de mascotas: 060301 Estética de mascotas 060302 Estética de mascotas móvil 0605 Servicio de reproducción dirigida: 060501 Recolección y conservación del semen 060502 Recolección y conservación de embriones Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 191 > PAGINA N*56 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 A AR Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba el proyecto de ventanilla” Única Municipal Caribe denominado “Reglamento para la Oficialización del procedimiento de emisión de la licencia municipal (Patente) para Empresas (de bajo riesgo) y la obtención del Permiso de Construcción de obra mayor”. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 418 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr, dice; Oficio: DAMCM-0029-2022 Asunto: Codificación de puentes Río Molino y Río Cristina ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte. » » k : Sitio Web: munipococi.go.cr A dy Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 192 N PAGINA N*57 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03 =— Municipalidad de Pococí 4 Cc Despacho del Alcalde Y De AY Teléfono: 2711-1208 Pluye manuel hernondez(Amunipococi.go.cr ar A A A] Guópiles, 8 de marzo de 2022 DAMCM-0029-2022 Honorable Concejo Municipal Asunto: Codificación de puentes Río Molino y Río Cristina ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte. En aras de continuar con el proyecto de construcción de los puentes vehiculares sobre Río Molino y Río Cristina, de doble vía y de 22.5 metros de longitud respectivamente, ubicados en el camino Calle Vieja código 7 02 004, (ENT.N 247) Montecarlo a (ENT.N 810) Jiménez centro, se requiere tramitar ante el Ministerio de Obras Publicas Trasporte (MOPT) la asignación de los códigos para cada puente. Por lo tanto, se solicita interponer sus buenos oficios al Consejo Municipal para que permitan a la Administración a continuar con el trámite de codificación de los puentes en mención, ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte según detalle adjunto del oficio OPM-0115-2022. Sin más por el momento, me despido. MANUEL Firmado digitalmente por MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ RIVERA (ARMA) Fecha: 2022.03.08 RIVERA (FIRMA) og:s:15-0600' Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 193 y PAGINA N*58 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022- 14 9 POCOC¿ Municipalidad de Pococí” a Pluye Obra Publica Teléfono: 2710-6613 Guáplles, 7 de marzo de 2022 OPM-0115-2022 Manuel Hernandez Rivera Alcalde Municipalidad de Pococí Asunto: Acuerdo: Codificación de puentes Rio Molino y Rio Cristina ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Estimado Señor: En aras de continuar con el proyecto de construcción de los puentes vehiculares Sobre Rio Molino y Rio Cristina, de doble vía y de 22.5 metros de longitud respectivamente, ubicados en el camino Calle Vieja código 7 02 004, (ENT.N 247) Montecarlo a (ENT.N 810) Jiménez centro, se requiere tramitar ante el Ministerio de Obras Publicas Trasporte (MOPT) la asignación de los códigos para cada puente. Donde se establezcan los códigos para los puentes sobre Rio Molino coordenadas 526250.41,1129009.62 código asignar es 7 02 004-03, y para el puente sobre Rio Cristina coordenadas 527583.40,1128888.33, código asignar es 7 02004-04. Se adjuntan croquis de ubicación. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 196 ” PAGINA N*61 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03-2022 / . 2254 Municipalidad de Pococí POCICE Obra Publica os Teléfono: 2710-6613 olger.gutierrezAmunipococi.go.cr Por lo tanto Se solicita interponer sus buenos oficios al Consejo Municipal para que permitan a la Administración a continuar con el trámite de codificación de los puentes en mención, ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Seguro de su atención a la presente, y agradeciendo su colaboración. Se despide, OLGERIVAN —— oNnANOIEIS, GUTIERREZ MENDOZA (FIRMA) MENDOZA (FIRMA) feda:20220397 Ing. Olger Gutierrez Mendoza Coordinador de Obra Publica Municipalidad de Pococí _X_—_—_+ Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1197 > y DA Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza a la Administración realizar los trámites que correspondan ante el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) para la asignación de los códigos de los puentes vehiculares sobre Río Molino y Río Cristina de doble vía y de 22.5 metros de longitud respectivamente ubicado en el camino Calle Vieja código 7-02-004 (ENT.N 247) Montecarlo a (ENT.N 810) Jiménez Centro, de acuerdo con lo solicitado por el señor Alcalde mediante Oficio DAMCM-0029-2022 y según detalle del Oficio OPM-0115-2022 suscrito por el Ing. Olger Gutierrez Mendoza coordinador del departamento de Obra Pública de la Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. PAGINA N*62 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 ACUERDO N* 419 Se conoce nota suscrita por el señor Luis Gerardo Serrano, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de la Ruta de Agua, y el seños Marco A. Córdoba Cubillo, secretario, teléfono: correo electrónico: inforutadelaguagmail.com, dice; Asunto: Invitación a la primera Feria Pyme » > Sitio Web: munipococi.go.cr a ¿« Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
/ MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 108 1 PAGINA N*63 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Q rta as Agua | Guácimo de Limón, Marzo de 2022 Estimado señor(a) Reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva de la Asociación de la Ruta del Agua. Esta organización es un colectivo de PyMES, ligadas a la actividad turística, bajo la modalidad de turismo rural en la zona de montaña (Cordillera Volcánica Central vertiente Caribe), localizada en los cantones de Pococí y Guácimo (sector al sur de la ruta 32). Por lo cual, le queremos invitar a la presentación de nuestra Asociación y a participar en la Primer Feria PyME que organizaremos con las personas físicas y jurídicas miembros. La Feria PyME se llevará a cabo el próximo jueves 24 de marzo de 2022, a partir de las 9 am en las instalaciones de Caribbean Botanical Garden. Este es un Jardín Botánico privado especializado en el cultivo y reproducción de orquídeas, ubicado en La Perla de Guácimo, 600 metros sur de la intersección ruta 32. En el evento se realizará el lanzamiento oficial del video promocional de este nuevo destino turístico de la provincia de Limón, así mismo, se realizará un recorrido por los stands de las personas empresarias, y por último, tendremos la presentación de un grupo musical. También, dentro del Jardín dispondremos varios stands de exhibición de la oferta turística de La Ruta del Agua. Esperamos contar con su asistencia, le ofreceremos el almuerzo. Para la reservación le rogamos su confirmación al correo: inforutadelagua(Ygmail.com Atentamente: Firmado digitalmente MARCO por MARCO ANTONIO ANTONIO CORDOBA CUBILLO CODO Et O 04 echa: A CUBILLO (FIRMA) [SSeos-osog: Luis Gerardo Serrano Marco A. Córdoba Cubillo Presidente Secretario Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 201 PA No o ¡ H AE Y GINA N*66 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03 2022 Municipalidad de Pococí 14 Cc Secretaría del Concejo Municipal ques a . Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Le Pluye secretoriaQmunipococi mMaNOmALosO SMP-1104-2021 : RIA e A cu A Guápiles, 14 de julio de 2021 SMP-1104-2021 Señores (as): Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Dra. Mauren Monge Bolaños Coordinador de Bienestar Social, Familia y Mujer Ing. Brandon Agúero Maroto Obras Civiles Estimados señores (as): Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N” 52 Extraordinaria del 13-07-2021, dice: , Acta N* 52 Artículo Il Acuerdo N* 1116 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Mauren Monge Bolaños, Coordinador de Bienestar Social, Familia y Mujer, teléfono: 2101- 5426, correo electrónico: mauren.mongeOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: OBSFMO058-2021 Asunto: Conclusión de Informe Técnico ajustado al Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de conformidad con el artículo 62 del Código Municipal (conocido como "Ayudas a terceros”) Caso para otorgar subsidio Nombre Completo Cédula Condición | Monto entrega JESSICA MARIA | 111550787 Naranja £650000,00 RODRIGUEZ CUBILLO Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EMunicipalidadDePococi PO: Y Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 202 A PAGINA N267 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Municipalidad de Pococí POCOC¿ Secretaría del Concejo Municipal Ys a e) Teléfono/Fox: 2711-1227 LE [e] 10] MUNICIPALIOAD Pluye secretorioAmunipococi.go.cr MuncipLos SMP-1104-2021 : pa 9 Municipalidad de Pococf pp CG GC Blenestor Soclal, Familia y Mujer i AN > Teléfono: 2101-5426 ¿»Y Pl uyo maurenmongeOmunipococi.go.cr meriao Guópiles, 13 de Julio de 2021 OBSFM0058-2021 ENTREGA CONCLUSIONES INFORMES TÉCNICOS Señoras, Secretaria Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Con saludarles, hacer entrega de Conclusiones de Informes Técnicos ajustados al “Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de Conformidad con el arlículo 42 del Código Munlcipal", específicamente al capítulo | sobre Ayudas por Situaciones de desgracia e Infortunlo (conocido como Ayudas a Terceros). Se dicta en dicho Reglamento en su artículo 7 que será este departamento quien haga la“determinación en cuanto al monto por otorgar, y que será enviado al Concejo Municipal para análisis y aprobación (la negrita no es original). Así las cosas, el departamento realiza el informe técnico y envía al Concejo Municipal una “Conclusión de Informe Técnico” sobre la condición del referido, para ello se utiliza una Clasificación Prioritaria (verde, amarillo, naranja y rojo), según la "Escala Medición de Varlables que Contribuyen a la Vulnerabllidad de los Usuarios del Cantón de Pococí, versión 2 [creación propia)" dejando a criterio del honorable Concejo Municipal la aprobación del caso, tal como se señala en dicho artículo, Detallo los casos que se adjuntan pora presentación ante el Concejo Municipal de PococÍ: yt cs Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 2037 PAGINA N*68 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 Municipalidad de Pococí a e Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fox: 2711-1227 1 Pluye secretaria(Qmunipococi.go.cr Meralmao SMP-1104-2021 ESOZ AS a Bana Municipalidad de Pococí p Y Ñ K Cc Bienestar Social, Familla y Mujer Mx Teléfono: 2101-5426 mauren.mongeOmunipococ!.go,cr PFluyo Parco N2 Nombre Compl: Cédula |Condición ¡onto entrega 1 ANGELINA ZUÑIGA GUTIERREZ 601500537 Amarilla 1 000 000,00 2 [MICHAEL ALBERTO ZUÑIGA GUTIERREZ 701650780 Roja 2480 000,00 3__|MARIO ORLANDO ARAYA PEREZ 204790508 Rola £700 000,00 4 |ROSE MARY QUESADA MORA. 700930740. Naranja £300 000,00 5 |ERASMO OPORTO MARTINEZ 501400815 Naranja £ 500 000,00 6 |RONNY FERNANDO GAMBOA CASTRO [701550263 Naranja $480 000,00 7 |DEYANIRA ARGUEDAS BLANCO 401050788 Naranja | $00 000,00 8 | JESSICA MARIA RODRIGUEZ CUBILLO 111550787 Naranja (2650 000,00 9 [CARMEN GRACIELA PEREZ JIMENEZ 700630776 Amarilla | £1 400.000,00 10_ [NICOLE ZUÑIGA LEDEZMA. 702810440 Amarilla Alcantorillas 11 | GUILLERMO VINDAS VARGAS 700450962 Naranja | 435 000,00 12 | GABRIELA ROMAN MADRIGAL 401750320 Naranja £450 000,00 13 | MAYRA MIRANDA HERNANDEZ 502540645 Naranja | £450000,00 4 | NAILYN ALEXANDRA SOLANO RUIZ 703040643. Naranja 440 000,00 5 [KENDALL ANDRES AGUILAR QUIROS 120920867 Naranja | Rampas de acceso (dos) 6 | JOSE HERNALDO MATARRITA PEREZ 503360058 Naranja | 30 000,00 7 | IRMA DEL ROSARIO GRANJA ORTEGA |155815821932 [Naranja | 300 000,00 8 | MARIA DEL MILAGRO BONILLA SOTO 112080032 Naranja | £480 000,00 9 | OLGA LIDIETH VALVERDE VALVERDE 107750553 Amarilla | £340 000,00 20 | CLEMENTE ANTONIO RUIZ CASTILLO 155810794907 [Naranja | £430 000,00 21 |NEMESIA VARGAS TORRES 203560770 Naranja | £210000,00 22 |JAVIER FALLAS ARAYA 303210469 Amarilla__| £550 000,00 Refiere textualmente el mismo reglamento en el artículo 4 “En casos de mejoras a infraestructura, la recomendación sea de un Ingenlero de planta de la Administración Municipal", por ende, debe quedar en acuerdo que los casos que así lo ameriten se trasladen a dicho departamento para colaborar con la Inspección y tramite de compra de material, Todo proceso debe quedar bajo acuerdo municipal y ser trasladado a este departamento. MAUREN Firmado digitalmente PRISCILLA por MAUREN MONGE PRISCILLA MIONGE Agradecida, BOLAÑOS Fechas 20210743 (FIRMA) VA2I21:0500 Dra. Mauren Monge Bolaños Coordinadora Blénestar Social, Familia y Municipalidad de Pococí Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OAMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GAMunicipalidadDePococi PO ey) Sitio Web: munipococi.go.cr YA O De Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
ya MUNICIPALIDAD DE POCOCI 204 y PAGINA N*69 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 _ á A A 4 Municipalidad de Pococí 1d y q € Secretaría del Concejo Municipal a KS $ Teléfono/Fox: 2711-1227 yes secretoriafimunipococi.go.cr Pluye MpocO SMP-1104-2021 NEaRIz =. era ma Municipalidad de Pococí y Bienestar Social, Familia y Mujer a Teléfono: 2101-5426 Pluy ye mauren.mongeOmunipococi.go.cr mes Guápiles, 29 de Junlo de 2021 CONCLUSIÓN INFORME TÉCNICO Señores (a) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Sobre la persona referida por la Administración Municipal: JESSICA MARIA RODRIGUEZ CUBILLO, con cédula de Identidad número 111580787, localizable en el contacto telefónico 88769221/71631799, vecino[a) de Carolina, 1 kilómetro al este del centro; para análisis y con interés de beneficio municipal por medio de la cuenta presupuestaria Ayudas a Terceros, en apego al Reglamento pora el Otorgamiento de Ayudos Temporales, Subvenciones y Becos de Conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, Capítulo |, se concluye: Una vez aplicados diversos métodos de investigación social, entrevista con formulario (adjunto), indagación de campo, revisión del Sistema Naclonal de Información y Registro Único de Beneficlarios del Estado, entrevista a personas de referencia, llamadas tolofónicas, aplicación de la Escala Medición do Varablos que contribuyen a la vulnerabilidad de los usuarios del cantón de Pococí (adjunto) y de otros Instrumentos de interés, se determina y cataloga a la persona referida en . condición: AMARILLO NARANJA 1-6 PUNTOS 7-13 PUNTOS 14-20 PUNTOS 21-32 PUNTOS CONDICIÓN DEL REFERID: [ Naranja] Sitio Web: munipococi,go.cr / Facebook: AMunicipolidodDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi OIR Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N%18 Extraordinaria. Pecocí Pluye SMP-1104-2021 Municipalidad de Pococí Secretaría del Concejo Municipal Teléfono/Fax: 2711-1227 mu A E POCOCÍ Pluyo ESTA e Municipalidad de Pococí Blenestar Soclal, Famllla y Mujer Teléfono: 2101-5426 mauren.mongeO)munipococi.go.cr Posterlor a la Investigación realizada, se concluye desde la percepción y valoración técnica, que la persona referida requiere; NECESIDAD REAL DEL REFERIDO: Mejoras en vivienda, por un monto de 4650,000, Se solicita inspección de ingenieros municipales para tramite de la solicitud de compra de los materiales requeridos. El adículo 4 y 7 del reglamento ya citado, da la potestad al departamento de Blenestar Soclol de concluir la ayuda y el monto que considere oportuno, según análisis técnico. Por tanto, En amparo al arlículo 7, del Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de Conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, Capítulo |, queda para análisis del Honorable Concejo Municipal, la aprobación o improbación del Subsidio a la persona referida, una vez analizada su condición, Se tome acuerdo sobre el caso. Suscribe, MAUREN Firanado digitalmenta PRISCILLA PALA MOÑÑEL MONGE BOLAÑOS (FIRMA) BOLAÑOS Fecha: 2021.0629 (FIRMA) -* 122951 -0800 Dra. Mauren Monge Bolaños Coordinadora Bienestar Social, Famiia y Mujer Muntclpalidad de Pococí Cc: Alcaldía gienestar Social. familia y Mujer Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: MunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GAMunicipalidadDePococi Pecocí Pluye Sitio 205 08-03-2022 CS MUNICIPALIDAD 'DEPOCOC Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 206 y PAGINA N71 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 "ERA Y Municipalidad de Pococí sg 4 Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fax: 2711-1227 ecretari unipoco: cr Mu Pluye roo SMP-1104-2021 oi Ss Municipalidad de Pococí f E Bienestar Soclal, Familla y Mujer SN , Teléfono: 2101-5426 Fluye mauren.mongeOmunipococl.go.cr pe ESCALA MEDICIÓN DE VARIABLES QUE CONTRIBUYEN A LA VULNERABILIDAD DELOS USUARIOS DEL CANTÓN DE POCOCÍ Sin pensión del Régimen No Contributivo Sin Pensión de otros Regímenes No pertenece a programos del Estado como Frias Puente al Desarrollo, o similar Sin Inclusión en Red de Culdo para PAM: JE Sin asistencia a redes de cuido, similar Con Discapacidad 1d Con Enfermedad terminal Hacinamiento J Desastre natural, siniestro * a Famllla numerosa ERA: Con Personas Menores de Edad dentro del núcleo familiar IA Con Personas Adultas Moyores dentro del núcleo familiar 192 Mujer jefatura dé hogar 4, Posee vivienda olquilada 0 “Y Gon condición precarista Sin acceso a Servicios Básicos E Per cópila bósico (986,356) Per cópita extrema (942,117) Í- Sin educación formal 4 | En periodo de Geslación Con presencia de patología mentales Con siluaciones de violencia doméstica e intrafamiliar [Ea En situación do desamporo y/o abandono L Condición migratoria iregular | Empleo informa! 2 y En desempleo Sin beneficio de bono de vivienda [a Sin beneficios de becos del Estado No posee menaje básico y, Sin acceso a la vivienda (Ley 7600) PcD sin 2 nsión del Estado nestor Social, Famita y Mujer-Muricipaldad de . MEDICION entro 21-31 18 enc Roja entro 14-20 58: enc Naranjo Puntojes entra 7-13 so delormínon en Condición Amoila Punlojes entre 1-6 se delerminan en Condición Verde Aa Pl ble N 9 PO o ON! $ 0 Sitio Web: munipococi.go.cr / Focebook: OMunicipolidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 207 Y J PAGINA N%72 ACTA N 18 Extraordinaria. 08-03-2022 e] a Municipalidad de Pococí U POCOC el Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fax: 2711-1227 Ke, Pluye secretorio(9munipococigo.cr mepavoo SMP-1104-2021 Participan de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal Ayer le consulté a doña Mauren porque ellos lo hicieron por categorías: Rojo=Pobreza, Naranja= Casi en pobreza, Verde= tiene necesidad pero no es prioridad y el amarillo = necesidad pero no tiene necesidad. Las prioridades son las naranjas y las rojas. Yo apoyo todo lo social, estoy de acuerdo con el trabajo realizado y ya se me explicó. Estaría votando los naranjas y los rojos ¿por qué? porque esas son las personas que tienen ahorita una necesidad, para que quede en actas y cuentas con todo mi apoyo, Lo demás no es que no sea importante, pero a lo que se me explicó, no es una prioridad. En solidaridad a las personas que lo están necesitando, lo voy a votar de esa manera. Sr. Pdte. Juan Luls Gómez Gómez Yo lo voy a votar de manera general, mi razonamiento es que existe contenido económico porque ya fue presupuestado previamente. Lic, Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal ¿Cómo van a hacer los controles? El problema del reglamento que ustedes aplican es muy "flojo", no tiene ningún control y es lo que me preocupa, sé que la gente tiene una necesidad, el problema es que son recursos públicos. El problema es que si ustedes dan un cheque o se le da el material, pero la gente no cumple ¿cómo hacemos para que la gente nos cumpla, con lo que les están dando ustedes? Sr. Pdte, Juan Luis Gómez Gómez No se va a cometer el error que se cometía antes, ya hay una recomendación de la contraloría y no se va a entregar cheques, se le da en Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
A "5% MUNICIPALIDAD DE POCOCI 208 y PAGINA N*73 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022. 4 Municipalidad de Pococí Pluye secretariaOmunipococi.go.cr WNErAuoso 'SMP-1104-2021 ] especie. No se les dará en dinero porque es violatorio entregar cheques a personas, si no que la ayuda va en materiales. Nota de Secretaria: El tema se discute ampliamente en el seno del Concejo Municipal. Participan de la palabra: Reg. Jonnathan García Chévez, Sr Pate. Juan Luis Gómez Gómez, Reg. Randall Torres Barrientos, Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Reg. Alfredo Calderón Alfaro, Reg. José Antonio Bustos Martínez, Reg. Yaslyn Morales Grajal, Reg. Reinaldo Benavides Vargas Razonamiento de voto de la Reg. Yaslyn Morales Grajal Es bueno que quede claro que este Concejo Municipal tiene un reglamento para ayudas a terceros, ósea no es que se está haciendo a la loco, se está respetando. Dice el artículo N*13, en el inciso c, son atribuciones del Concejo Municipal respetar los reglamentos de corporación conforme a la ley, entonces ya hay un reglamento para ayudas. Es bueno que lo conozca todos los ciudadanos de este cantón que en la administración pasada se le dio a una sola persona 10 millones de colones como ayudas a terceros, a esa persona se le dio un cheque y se fue a operar a su hijo fuera del país. Qué bueno que esta Municipalidad pudo hacerlo, ojalá que los criterios técnicos hubieran sido favorables, porque había recomendaciones de ese departamento y en actas está y lo pueden leer. No es la primera vez que la municipalidad hace esto. Tres regidores de esta actual administración incorporaron recursos a la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer, vieron esos casos, hicieron las visitas, se vieron las necesidades y yo los apoyo como presidenta de asuntos sociales, porque todas esas personas que están ahí fueron filtradas. Me decía Mauren que había una casa que si le ponían muy fuerte se iba para el otro lado, entonces cuando yo digo que lo voy a votar parcialmente es por un tema que lo que uno dice, lo debe de predicar y yo cuando anduve en campaña dije que iba a tratar que los presupuestos fueran solidarios, entonces los rojos y los naranjas son para mí que necesitan y están más urgidos de ayuda. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipolidadDePococi O y ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr Y C ES Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 209 PAGINA N%74 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Municipalidad de Pococí 9 Secretaría del Concejo Municipal Yas a Teléfono/Fox: 2711-1227 PZA secretario(Amunipococi.go.cr Pluye MpcOS SMP-1104-2021 Yo no tengo ningún caso, pero lo voy a apoyar porque son ciudadanos que necesitan. Razonamiento de voto positivo del Reg. Jonnathan García Chévez Saluda, efectivamente muchos seres humanos en alguna etapa de su vida enfrentan situaciones muy difíciles de salud, económicos y demás para lo cual siento yo y creo que es el sentir de todos los que participamos en este tipo de actividades políticas y no políticas, en que estamos para servir a aquellos que más lo necesiten. En este caso el criterio para que yo vote positivamente y esa va a serla línea es que los documentos que se traigan, estén dentro esos cuatro elementos que se utilizaron para evaluar, que serían: el rojo, amarillo, anaranjado y verde, estaría votando independientemente de cuál sea y la razón es simplemente que aunque hay un nivel más alto que otro, pero estos que están acá, pienso yo, están dentro y están cumpliendo. No estaría votando a favor los que estén afuera de esos rubros o criterios para evaluar, eso sí y para que quede en actas, pediría que a la hora que se adjudique o se les apruebe, se les haga los controles que corresponden, bajo la normativa, para que así se honren los recursos públicos y también se dignifiquen las obras que se va a hacer para las personas que necesiten. Como no apoyar esas personas, que por ejemplo en el Último caso que se estaba mencionando es que la persona ya está en paliativo, aquí estamos para ayudar y en ese sentido sería mi voto positivo. Nota de secretaría: El señor presidente somete a votación los casos individualmente, presentados en el oficio OBSFM0058-2021. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el subsidio para las mejoras en vivienda por un monto de ¿650.000 en beneficio de la señora Jessica María Rodríguez Cubillo, cédula de identidad: 1 1155 0787 , esto de conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, específicamente capítulo | sobre Ayudas por Situaciones de desgracia e infortunio (conocido como Ayudas a Terceros), artículo N%7 del Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi AAA A " -. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
S MUNICIPALIDAD DE POCOCI 210 PAGINA N*75 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 => sl a Municipalidad de Pococí O € Secretaría del Concejo Municipal AN Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿LeO, Fluyo secretorioAmunipococigo,cr “crinso SMP-1104-2021 Temporales, Subvenciones y Becas y con base al oficio OBSFM0058-2021 denominado "Informes de Entregas Conclusiones Informes Técnicos” brindado por la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de Pococí.”. Acuerdo Definitivamente Aprobado, $e Dispensa del Trámite de Comisión. Atentamente: Licda. Magally Venegas Vargk Secretaria Municipal de Pococ! Ce/ Archivo Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi o á 1) Participa de la palabra: Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Con esta señora que es de Palmitas se hizo toda la tramitología, ella estaba en condición naranja, el Concejo aprobó, se presentaron, por lo tanto yo estaría proponiendo para que se revise este acuerdo y la ayuda se le haga llegar a esta señora, quien tiene cuatro niñas que están en el colegio, recientemente se le murió su padre y ella hace con un gran esfuerzo tamales para vender, hizo una Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 211 PAGINA N*76 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 casa. El departamento que anteriormente se llamaba Bienestar Social le aprobó la ayudita, se contaba con el contenido económico para esa ayuda, entonces lo estamos pasando a Bienestar Social para que realicen las gestiones que se deben de hacer y le den la ayuda a esta señora Jessica Rodríguez. Reg. Yaslyn Morales Grajal A mi preocupa, señor presidente con todo respeto, que usted diga que le pasemos eso al departamento de Bienestar Social para que se le dé la ayuda porque el departamento de Bienestar Social no tiene contenido presupuestario en ese código de ayudas a terceros. Para que en esa línea haya contenido, debe presupuestarse en la Comisión de Asuntos de Hacienda, entonces decirle ahorita al departamento por medio de un acuerdo que se le ayude, ellos no van a poderlo ejecutar porque no hay dinero. Lo que les aconsejo a todos los señores regidores es que en el presupuesto extraordinario que prontamente se va a aprobar en la Comisión de Hacienda se le incorpore recurso presupuestario y así se puedan resolver ese y muchos casos más que están en espera por falta de presupuesto, mismo que se le inyecta en dicha comisión por todos los regidores de este Concejo Municipal. Entonces eso que quede ahí para que a la señora no se le creen expectativas porque no hay dinero, no hay forma de darle a ella, ni a nadie, gracias. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Yo sí quiero señora vicepresidenta Yaslyn, decirle que yo había inyectado contenido económico para este y otros casos, hay que revisar o hablar con Liss para ver qué podemos hacer ahí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y a la Comisión de Asuntos Sociales para que se analice a la brevedad. ACUERDO N* 421 Se conoce nota suscrita por la Dra. Mauren Monge Bolaños, coordinadora de Proceso de Desarrollo Social y Cultural, teléfono: 2101-5426, correo electrónico: mauren.mongeOmunipococi.go.cr, dice; Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 212 > PAGINA N%77 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Asunto: Informe Técnico del caso de Deikel Cáceres Montoya Nota de Secretaría: Por recomendaciones dadas por la Dra. Mauren Monge Bolaños, coordinadora de Proceso de Desarrollo Social y Cultural, el expediente se mantiene en resguardo de la Secretaría Municipal por discreción, debido que el informe contiene información sensible y personal de la persona referida. 4 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ y Á icios Públi Fluye mauren.monge(Amunipococi.go.cr Guópiles, 4 de marzo de 2022 CONCLUSIÓN INFORME TÉCNICO Señores (a) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Sobre la persona referida por la Administración Municipal: DEIKEL CASERES MONTOYA, con cédula de identidad número 704080283, localizable en el contacto telefónico 88676740, vecino(a) San Martin, el Molino, casa 151-E, color melón, para análisis y con interés de beneficio municipal por medio de la cuenta presupuestaria Ayudas a Terceros, en apego al Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de Conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, Capítulo |, se concluye: Una vez aplicados diversos métodos de investigación social, entrevista con formulario (adjunto), indagación de campo, revisión del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado, entrevista a personas de referencia, llamadas telefónicas, aplicación de la Escala Medición de Variables que contribuyen a la vulnerabilidad de los usuarios del cantón de Pococí (adjunto) y de otros instrumentos de interés, se determina y cataloga a la persona referida en condición: VERDE AMARILLO HARALIJA ROJO 1-6 PUNTOS 7-13 PUNTOS 14-20 PUNTOS 21-32 PUNTOS CONDICIÓN DEL REFERIDO: Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipolidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 213 PAGINA N*78 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 Al Pecocí Fluya MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Área de Servicios Públicos yu Proceso de Desarrollo Social y Cultural «LS mauren.mongeQmunipococi.go.cr “par Posterior a la investigación realizada, se concluye desde la percepción y valoración técnica, que la persona referida requiere: NECESIDAD REAL DEL REFERIDO: Compra de alimentos no procesados por (150,000.00 mensuales por 3 meses, para un monto total de (450,000.00. El arlículo 4 y 7 del reglamento ya citado, da la potestad al departamento de Bienestar Social de concluir la ayuda y el monto que considere oportuno, según análisis técnico, Por tanto, En amparo al artículo 7, del Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de Conformidad con el arlículo 62 del Código Municipal, Capítulo |, queda para análisis del Honorable Concejo Municipal, la aprobación o improbación del Subsidio a la persona referida, una vez analizada su condición. Se tome acuerdo sobre el caso. Suscribe, MAUREN — Fimado PRISCILLA sunno MONGE een AMONEr BOLA! BOLAÑOS rd (FIRMA) 14:53:53 -06'00' Dra. Mauren Monge Bolaños Coordinadora Proceso de Desarrollo Social y Cultural Municipalidad de Pococí Ce: Alcaldía Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Por Unanimidad SE ACUERDA: Se trasidda a la Comisión de Asuntos Sociales para que valore el caso. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi )
pecocí ACUERDO N” 422 : Se conoce nota suscrita por la Licda Mayra Montes Arce del despacho de Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicoseqgmail.com, dice; Oficio: 1J-13-03-2022 Asunto: En respuesta al oficio SMP-249-2022, Acuerdo N*246. e Municipalidad de Pococí (7) POCOC Dirección Jurídica AS Teléfono: 2713-6516, Fox 2710-7181 — nero Pluye munipococijuridicosQHgmail.com DE POCOCI Guópiles, 7 de marzo de 2022 14-13-03-2022 Señoras y Señores Concejo Municipal de Pococí 1. GESTIÓN. Con la instrucción de la Directora Jurídica, procedo a brindar respuesta a su oficio SMP 249-2022 del 18 de febrero 2022, en el que se remite el Acuerdo 246 de la Sesión Extraordinaria 13, Acta 13 del 15 de febrero 2022. En dicha sesión se conoció nota suscrita por el Ing. José Antonio Arias Arias, MGP, UEN, Gestión de Acueductos Rurales, teléfono: 2242-3412, correo electrónico: joariasQaya.go.cr, dice: Oficio: GSD-UEN-GAR-2022-00457. Asunto: En respuesta al oficio SMP-2460-2021. En resumen indican que siendo que ya cuentan con el ESTUDIO TÉCNICO, debidamente aprobado por el AyA, del DIAGNOSTICO Y PROPUESTAS DE MEJORAS al acueducto de la ASADA de Buenos Aires, Pococí, con proyección al año 2041. Por lo que están solicitando colaboración por parte de este municipio, para la implementación de un nuevo tanque de almacenamiento de 400m3 de agua, que permitirán cubrir la demanda requerida de acuerdo con los parámetros técnicos analizados en el citado estudio. En el citado acuerdo se aprobó lo siguiente: “Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para que emitan criterio y recomienden al Concejo Municipal". Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI 214 PAGINA N979 ACTA N918 Extraordinaria. lia 022 y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 21 p Wa PAGINA N*80 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 4 Municipalidad de Pococí (] POCOC 4 Dirección Jurídica AS Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 mao Pluye m nipococij ridicosGHgmail com DE POCOCI 2. ANALISIS JURÍDICO. En el acuerdo de referencia se menciona el oficio SMP2460 del 10 de enero 2022, el cual contiene el Acuerdo 3427, de la Sesión N* 96 Ordinaria, llevada a cabo el día 27 de diciembre 2021, en esta sesión del concejo, se atendió a vecinos de la comunidad de Buenos Alres, jerarcas de AyA y a miembros de la Asada de esa misma comunidad. Se acordó entre los Involucrados que se coordinaría para la elaboración del estudio técnico que en aquel momento faltaba. Es importante indicar que previamente ya este honorable concejo, se había comprometido a brindar colaboración en este proyecto, aunque no se especifican detalles. Lo que sí se tiene claro es que los requerimientos técnicos ya fueron dados por Acueductos y Alcantarillados. Pues se indica que el nuevo tanque de almacenamiento deberá tener capacidad para almacenar al menos cuatrocientos metros cúbicos. En consecuencia, los vecinos están solicitando que se reserve una partida presupuestaria, para la construcción del mencionado tanque de agua. Porlo que, si a bien lo tienen, se deberá realizar la corespondiente coordinación con las Áreas Municipales que correspondan, ya que jurídicamente es viable que se atienda tal gestión, pues debemos recordar que el gobierno y la administración de los intereses y servicios cantonales estarán a cargo del gobierno municipal, 3, CONCLUSIÓN. Esta Dirección Jurídica, recomienda que si a bien lo tienen, este concejo municipal gire instrucciones a los Departamento encargados de la finanzas municipales, para se valore la posibilidad, previa planificación, se reserve una partida presupuestaria tw Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 2 16 PAGINA N*81 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 9 Municipalidad de Pococí () POCOC Dirección Jurídica a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 MUNICIPALIDAD | Pluye munipococijuridicos gmail.com DE POCOocI CE AAA para de algún modo se colabore con la construcción del tanque de agua para Asada de Buenos Aires, siempre y cuando exista una razonada y debida justificación técnica. Ya que jurídicamente es viable que se atienda tal gestión, pues debemos recordar que el gobierno y la administración de los intereses y servicios cantonales estarán a cargo del gobierno municipal. Se da por evacuada su consulta, Cordialmente, MAYRA Firmado digitalmente GEMALLE — homesane MONTES ARCE (IRMA) Fecha: 2022003.07 (FIRMA) 09:1709-0600 Licda. Mayra Montes Arce Dirección Jurídica Municipalidad de Pococí CC. Archivo interno. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios para lo que corresponda. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
N | MUNICIPALIDAD DE POCOCI 217 PAGINA N*82 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022. ACUERDO N' 423 o Se conoce nota suscrita por el señor Miguel Badilla Ugalde de la Unidad Cantonal RHC-Pococí, teléfono: 2710-0335, correo electrónico: mbadillaGaya.go.cr, dice; Oficio: GSP-RHC-P-2022-00309 Asunto: En respuesta al oficio SMP-2370-2021. INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS AMAYA San José, Costa Rica => Apartado 1097-1200. Teléfono 2710-0335 - mbadillaQaya.go.cr 4 de marzo del 2022 Al contestar refiérase al N? GSP-RHC-P-2022-00309 Secretaria Magaly Venegas Vargas Municipalidad de Pococí Dirección Estimada señora: Referencia Respuesta documento SMP-2370-2021 Por este medio me permito brindar respuesta al documento indicado, relacionado con la solicitud de abastecimiento de agua potable, efectuada por los Vecinos de la Comunidad de Barrio La Cruz. Esta Comunidad desde hace varios años tienen problemas de abastecimiento de agua potable, a solitud del señor Evelio Barboza Vargas, desde hace ya meses, se viendo, dando seguimiento y atención, a este caso, y en mucha ocasiones, lo he atendido en mi oficina a Don Evelio Barboza, donde se le ha explicado con todos los detalles, la situación que ellos han tenido a través del tiempo, además se le han explicado, todos los detalles, y trámites, que ellos tienen que hacer para poder tener agua en la Comunidad de Barrio La Cruz. Lo primero que se determino es que la calle Los Ramirez, como se le llama, donde necesitan una extensión de ramal, no era calle pública, y paso mucho tiempo para que la Municipalidad a través del Consejo Municipal les declarara la calle cómo pública. Por los motivos de que la Calle no estaba declarada cómo pública, con el fin de ayudarles, se les instalo una fuente pública en la entrada a la Calle Los Ramírez, todo esto en coordinación con el señor Evelio Barboza. Una vez declarada la calle cómo pública, se le informo al señor Evelio Barboza, que la comunidad o vecinos se deben organizar para que, entre todos, asuman la responsabilidad de la instalación del ramal, en coordinación con A y A, que les dará toda la ayuda y colaboración en los aspectos técnicos y lista de los materiales, todo esto según lo indicado en el Reglamento de Prestación de Servicios, artículo 14, Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 1 de 2 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
| MUNICIPALIDAD DE POCOCI 218 PAGINA N*83 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 A A 4 r a Artículo 14- De las condiciones para la prestación de los servicios. AyA prestará / sus servicios, una vez comprobada la factibilidad técnica en inmuebles construidos o por edificar, dedicados a la residencia de personas, para actividades comerciales o industriales que cumplan con los requisitos y usos autorizados en este reglamento. Los servicios de agua potable y de saneamiento los otorgará el AyA sobre calle o vía pública o sobre servidumbre de tubería y de paso inscrita a favor del AyA o inscrita a favor de terceros, según aplique de acuerdo con lo establecido en el ar- tículo 16 de este reglamento. Lo anterior, siempre que existan redes del AyA en funcionamiento. Si la red pública no alcanza hasta el punto de conexión, el AyA en un plazo que no supere los 15 días propondrá al propietario o posee- dor la construcción de una extensión de ramal u otros componentes del sis- tema hidráulico, en observancia de los requerimientos detallados por AyA. A través del tiempo se les ha informado a los vecinos y al Señor Evelio Barboza, que la extensión del ramal, debe ser construida por los vecinos de la Comunidad, donde deben poner los materiales, zanjeo y la mano de obra, la Institución tiene la responsabilidad, de brindarles la información y asesoría, técnica necesaria para la construcción del ramal, así indicado en el Reglamento de Prestación de Servicios deAyA, Atentamente, “irmado digitalmente por VIIGUEL ANTONIO BADILLA UGALDE (FIRMA) “echa y hora: 04/03/2022 03:06 PM Miguel Badilla Ugalde Unidad Cantonal RHC-Pococí C. Archivo Código: ADM-03-04-F2 - Versión: 02 Página 2 d02 Participan de la palabra: Reg. Reinaldo Benavides Vargas Como recomendación y según entiendo, ahí hay unas calles codificadas desde hace tres años y medio, sería revisar y desde hace tres años ellos tienen disponibilidad de agua por parte de la región de Limón, entonces para que nos pongamos detrás de eso. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 219 > PAGINA N*84 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 E Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Lo que tiene es que esto del Barrio La Cruz ha sido un calvario, aquí no ha habido agua, compañeros yo difiero de muchas cosas porque el AyA no puede suponer que estemos gastando, poniendo tuberías y otras cosas, eso le corresponde a ellos, si la municipalidad se pone a hacer lo que le corresponde al AyA entonces los caminos seguirían malos. Considero compañeros que aquí hay que sentar al AyA y que quede claro cuáles son sus funciones y cuáles las de nosotros. Propuesta de la Reg. Yaslyn Morales Grajal Hace unos días o meses no me acuerdo porque no lo apunto, pero yo hice una propuesta y ustedes la apoyaron para que el AyA en San José nos mandara a nosotros cuánto dinero recauda Pococí y cuánto se invierte y eso no ha llegado a este Concejo, entonces tal vez darle seguimiento porque definitivamente es muy lamentable ver por ejemplo una calle tan buena como Cascadas que costó mucho trabajo a vecinos y lideres y que por cosas del destino, se hizo una fuga y tuvieron que romper la calle nueva y lo que le pusieron a ese hueco que tuvieron que hacer fue una mezcla en frio, entonces eso se ve horrible. Ahora hay una fuga grande en Calle Vargas que es casi que a media calle en un asfalto que acabamos de poner, entonces creo que es hora señor alcalde y compañeros de volver a traer al señor ingeniero Tomás, al señor Miguel Badilla, al señor Matarrita y al señor Madrigal y decirles que una vez por todas hagamos un convenio, en Guácimo tienen un convenio, la municipalidad pone un poquito, ellos ponen otro y están poniendo tubería, no hay que inventar lo que está inventado si Guácimo tiene ese convenio, que nos den una copia, lo leemos, adaptamos y empezamos a trabajar en conjunto en este cantón que tiene mucha agua y le está haciendo falta a muchas comunidades y vea ese problema que es terrible. El problema que vimos en la Lilliam, San Fernando, frente al colegio bilingUe es terrible y tienen años, creo que es hora de resolver ese tipo de cosas, gracias. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Me parece bien que se inviten a las autoridades que mencionó para firmar un convenio y tratar de ayudarle a la gente humilde porque no se vale que la plata se vaya para San José y que aquí no inviertan por parte del AyA. q Sitio Web: munipococi.go.cr AY < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI / 220 08-03-2022 PAGINA N*85 ACTA N*18 Extraordinaria. Reg. Luis Ángel Méndez Araya AA / Sobre el mismo tema me parece importante coordinar y articular de una vez por todas con las autoridades del AyA y dejar claro el tema de la colocación de los hidrantes que instala el AyA en las aceras y eso se ve en todo el cantón. Se supone que son ingenieros, personas pensantes, con lógica y sentido común que los instalan y son importantes, pero hay puntos estratégicos donde colocarlos, no en media acera donde estamos colocando la ley 7.600. Lo otro cuando es cuando tienen que romper la carretera para intervenir las averías y dejan todo tirado, con huecos y eso luego le corresponde a la municipalidad, en fin, son tantos temas que hay que coordinar con personeros del AyA que son interminables. Sería bueno hacer una listita de todos esos temas y en hora buena compañera regidora Yaslyn de convocar a los personeros del AyA para de una vez por todas ir poniendo todos estos temas sobre la mesa, muchísimas gracias. Por Unanimidad SE ACUERDA: Convocar al Ing. Tomás Martínez Baldares, Presidente Ejecutivo del AyA; Ing. Miguel Badilla Ugalde, Unidad Cantonal RHC- Pococí, Ing. José Matarrita Cortes (AyA), Jorge Madrigal García, director de la Región Caribe, Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal con la finalidad de tratar el caso de Barrio La Cruz y otras comunidades que están sin el servicio de agua. Además de analizar la elaboración de un posible convenio entre la Municipalidad de Pococí y el Instituto de Acueductos y Alcantarillados (AyA). Reg. Randall Torres Barrientos Que también incluyamos a los vecinos de Barrio La Esperanza, queda a la par de Barrio La Cruz. UL ACUERDO N* 424 Se conoce nota suscrita por el señor Edel Reales Noboa, director a,i de la Secretaía del Directorio , teléfono: 2243-2642, correo electrónico: erealesaeasamblea.go.cr, dice; Oficio: AL-DSDI-OFI-0021 -2022 ps Sitio Web: munipococi.go.cr Y y l Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye )
| MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 221 PAGINA N*86 ACTA N918 Extraordinaria. E 08-03-2022 AA Asunto: Consulta institucional del texto actualizado sobre el Expediente Legislativo N.* 22.607 Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para Promover la Atracción de Inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). AS, LEA LEGISLATIVA 04 de marzo del 2022 AL-DSDI-OFI-0021-2022 Señores Instituciones Autónomas Municipalidades del país ASUNTO: Consulta institucional del texto actualizado sobre el EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.2 22.607 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD TERRITORIAL PARA PROMOVER LA ATRACCIÓN DE INVERSIONES FUERA DE LA GRAN ÁREA METROPOLITANA (GAM). Estimadas señoras y estimados señores: De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.? 22.607 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD TERRITORIAL PARA PROMOVER LA ATRACCIÓN DE INVERSIONES FUERA DE LA GRAN ÁREA METROPOLITANA (GAM), que se adjunta. De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto. Cualquier información adicional para ampliar esta solicitud, les será suministrada mediante los teléfonos 2243-2642 o 2243-2901; así mismo, su respuesta la podrá dirigir a: karayacMasamblea.go.cr y ereales()asamblea.go.cr Atentamente, Firmado EDEL REALES digitalmente por EDEL REALES NOBOA NOBOA (FIRMA) (FIRMA) Fecha: 2022.03.04 09:19:28 -06'00' Edel Reales Noboa DIRECTOR a. Anexo: Texto Actualizado del Expediente Legislativo N.* 22.607 C.: Expediente Legislativo N.” 22.607 Departamento Secretaría del Directorio Piso 4 Sótano, Edificio Principal, Apdo. 1013, San José, Costa Rica Telefax: 22432642 e 22432901eEmail: erealesWasamblea.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
(7 / | MUNICIPALIDAD DE POCOCI 222 PAGINA N*87 ACTA N918 Extraordi 08-03-2022 ÁREAS COMISIONES LEGISLATIVAS ll y III EXPEDIENTE N.* 22.607 CONTIENE TEXTO ACTUALIZADO CON SEGUNDO INFORME DE MOCIONES VÍA 137 (157 MOCIONES PRESENTADAS, 17 APROBADAS, DE 28 DE FEBRERO DE 2022) Fecha de actualización: 02-03-2022 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLLICA DE COSTA RICA DECRETA LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD TERRITORIAL PARA PROMOVER LA ATRACCIÓN DE INVERSIONES FUERA DE LA GRAN ÁREA METROPOLITANA (GAM) CAPÍTULO | Disposiciones generales ARTÍCULO 1- Ámbito de aplicación Las empresas que realicen inversiones nuevas en el país fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM), podrán obtener los beneficios que establece la Ley del Régimen de Zona Franca, ley número 7210 y sus reformas, siempre y cuando los proyectos sean nuevos y las empresas interesadas en su desarrollo estén total o parcialmente exentas del impuesto sobre la renta, en los términos regulados por la indicada Ley de Zona Franca. Asimismo, todo lo relativo al procedimiento de ingreso, cumplimiento de obligaciones y demás trámites relacionados con la operación de estas empresas, se regirá por las mismas disposiciones que establece la Ley de Régimen de Zona Franca y sus reformas; por lo que en consecuencia se considerarán para todos los efectos como beneficiarios del Régimen de Zona Franca. ARTÍCULO 2- Definiciones a) Insumo: mercancía producida en el territorio nacional por una empresa beneficiaria del régimen de zona franca y utilizada en la producción del bien final, excluyéndose maquinaria y equipo. Incluye insumos derivados de operaciones de cultivo, extracción, cosecha, pesca, crianza, manufactura o procesamiento. E ] Sitio Web: munipococi.go.cr a < . h Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-202 > | b) Centros de servicios de salud humana: se refiere a los servicios especializados dedicados a oftalmología, ortodoncia, odontología, cirugía estética o reconstructiva y a entidades hospitalarias de resolutividad alta, de conformidad con la normativa vigente. A estos centros les será aplicable lo establecido en la Ley General de Salud y sus reglamentos. c) Parque sostenible de aventura: establecimiento dedicado al desarrollo sostenible de actividades recreativas y de entretenimiento, ó de actividades de carácter comercial de conservación o investigación científica diseñadas y construidas en un medio natural, que por su ubicación permiten el contacto con la naturaleza respetando el medio ambiente y garantizando la protección de los recursos naturales. Este tipo de parques podrá desarrollar, entre otras actividades, las siguientes: Actividades recreativas o de aventura que se realizan mayoritariamente al aire libre, cuyo fin último es generar diversión, entretenimiento o bienestar a las personas que utilicen sus servicios. En estos casos, la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) deberá solicitar el criterio del Instituto Costarricense de Turismo, a efectos de acreditar la viabilidad de las actividades propuestas por la empresa. El ICT deberá pronunciarse en un plazo máximo de 30 días. Transcurrido ese plazo sin respuesta del ICT, se entenderá que su criterio es favorable. Actividades de carácter comercial que procuran la conservación y apreciación del medio ambiente, así como la observación, estudio o investigación científica realizada in situ, sin alterar negativamente o modificar el medio ambiente en que se desarrollan. CAPÍTULO Il Reforma y adiciones a la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210, de 23 de noviembre de 1990 ARTICULO 3- Se adiciona un artículo 1 bis, 15 bis y 16 ter a la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210, de 23 de noviembre de 1990 y se reforman los artículos 2, 3, 15, 16 bis, 17 inciso c) y último párrafo, 18 último párrafo, 21 ter incisos h), i), 22 primer párrafo y de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210, de 23 de noviembre de 1990, que se leerá como sigue: (...) Artículo 1 bis.- Para las empresas que se instalen fuera de GAM, se consideran así mismo inversiones nuevas, las relativas a: l. Infraestructura pública en la que invierta la empresa a partir de la presentación de la solicitud al régimen para: a. Proyectos de mejoramiento o construcción, tales como: accesos viales perimetrales a su ubicación; construcción y conservación de puentes, alcantarillado, redes de suministro de agua potable; instalación y mejoramiento de líneas de transmisión de energía, datos y Pluye N 2231 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 224 PAGINA N%89 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 telecomunicación; dirigidos a mejorar la infraestructura y convivencia en el cantón donde se establece la empresa beneficiaria del régimen. b. Construcción, mejoramiento o conservación de la infraestructura de centros educativos y centros de atención comunitaria, ubicados en el cantón donde se instale la empresa. En ambos supuestos, y de previo ejecutar el proyecto de inversión, la empresa deberá formalizar los convenios o alianzas estratégicas público-privadas requeridos, y cumplir con los requisitos y condiciones que, para dicho propósito, se establezcan en la normativa aplicable y las instituciones competentes. Il. Inversión en Capital Humano, entendida como aquella relacionada con la actividad autorizada a la empresa al ingresar al Régimen de Zonas Francas, y que se dirija al desarrollo de: a) Cierre de brechas. b) Nuevas habilidades para la transformación de la actividad. c) Investigación y desarrollo. d) Inversiones en formación de proveedores y suplidores o potencial recurso humano a contratar. Para las inversiones estipuladas en este artículo, las empresas deberán establecer en la solicitud de ingreso al régimen, el detalle de su compromiso y el plazo en el que realizará esta inversión, el cual se podrá extender hasta 5 años. PROCOMER fiscalizará el cumplimiento de estos compromisos mediante el Informe Anual de Operaciones y las Auditorías periódicas. Los recursos en los que la empresa invierta bajo estas modalidades de inversión podrán computarse a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas y podrán representar hasta el cincuenta por ciento del monto total de la inversión comprometida. Así mismo, la empresa se compromete a mantener el monto de inversión durante todo el plazo que se encuentre bajo el régimen. Artículo 2- Requisitos y condiciones para las empresas bajo la categoría c) del artículo 17 de la presente ley Las empresas que deseen obtener el régimen de zonas francas bajo la categoría c) del artículo 17 de la presente ley, además de ajustarse a los requisitos contemplados por ella, deberán cumplir con los parámetros establecidos en el Índice de Elegibilidad Estratégica para las Empresas de Servicios (IEES), cuya definición y desarrollo se especificarán en el reglamento de la presente ley. Para formular el IEES, el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Hacienda tomarán en consideración, al menos, los siguientes parámetros: la naturaleza estratégica de la actividad de la empresa; los encadenamientos de empresas de servicios con empresas de los sectores estratégicos definidos de conformidad con el artículo 21 bis de la presente ley; el valor monetario anual del total de las remuneraciones pagadas a los empleados de la Sitio Web: munipococi.go.cr a 4 Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI / 225 PAGINA N*90 ACTA N918 Extraordinario. 08-03-2022 / aaa empresa de servicios; el valor monetario de la inversión nueva en activos fijos que-la empresa de servicios se compromete a realizar, y un parámetro de flexibilización para facilitar el ingreso al régimen, aplicable solo a las empresas que se instalen fuera de la GAM. El parámetro de la naturaleza estratégica de la actividad de la empresa, será definido por la comisión especial establecida en el inciso a) del artículo 21 bis de la presente ley. El cumplimiento del IEES por parte de las empresas de servicios se constituye en un requisito de ingreso y permanencia en el régimen y su incumplimiento será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la presente ley. Artículo 3- Tratamiento fiscal para las empresas bajo las categorías c) y 9), del artículo 17 de la presente ley: Para las empresas beneficiarias bajo las categorías 0) y g) del artículo 17 de la presente ley, se aplicarán las siguientes disposiciones: a) Para efectos del impuesto sobre la renta, les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local. b) A los bienes y servicios de estas empresas, que sean destinados al mercado local les serán aplicables todos los tributos al consumo que correspondan, así como los procedimientos aduaneros propios de cualquier importación similar proveniente del exterior. Para estos efectos, se entenderá por tributos al consumo aquellos que, por su naturaleza, son exigibles en el mercado en el que son consumidos. Artículo 15- Trámites relacionados al proceso de apertura y operación de una empresa en la Ventanilla Única de Inversión (VUI). Corresponden al conjunto de trámites para proyectos fuera de GAM que se realizan en la VUI con el fin de lograr la apertura formal de una empresa en Costa Rica y que incluyen los trámites y plazos que se indican a continuación: a. Certificado de uso de suelo otorgado por la Municipalidad competente, en el plazo facultativo de 5 días hábiles. b. Permiso sanitario de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud, en el plazo no mayor a 5 días hábiles. C. Certificado veterinario de operación otorgado por el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), en el plazo no mayor a 5 días hábiles. d. Póliza de riesgos del trabajo otorgada por el Instituto Nacional de Seguros (INS), en el plazo no mayor a 1 día hábil. Sitio Web: munipococi.go.cr Y y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 226 PAGINA N091 ACTA N018 Extraordinaria. 08-03-2022 RANES HOPE 1] e. Certificado de patente o licencia comercial otorgada por la Municipalidad competente, en el plazo facultativo a 5 días hábiles. A Inscripción patronal ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), en el plazo no mayor a 1 día hábil. 9. Inscripción ante el Registro Único Tributario del Ministerio de Hacienda, para la fase pre-operativa, en el plazo no mayor a 1 día hábil. h. Trámites de evaluación ambiental ante la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (SETENA): los trámites de viabilidad ambiental de menor riesgo, como el D2 o su equivalente, en el plazo no mayor a 2 días hábiles, y el resto de los trámites de viabilidad ambiental de mayor riesgo, como el D1 o su equivalente, en el plazo no mayor a 30 días hábiles. i. Registro de empresa beneficiaria del Régimen de Zonas Francas, ante la Dirección General de Migración, en el plazo no mayor a 5 días hábiles. j. Estancias de empresa beneficiaria del Régimen de Zonas Francas, ante la Dirección General de Migración, en el plazo no mayor a 20 días hábiles. k Ejecutivos de empresa beneficiaria del Régimen de Zonas Francas, ante la Dirección General de Migración, en el plazo no mayor a 20 días hábiles. l Disponibilidad de agua ante el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en el plazo no mayor a 10 días hábiles. m. Concesión de aguas superficiales otorgada por la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), en el plazo no mayor a 30 días hábiles n. Concesión y perforación de aprovechamiento de aguas otorgada por la Dirección de Aguas del MINAE en el plazo no mayor a 20 días hábiles. o. Autorización de tanques de autoconsumo otorgado por la Dirección de Hidrocarburos, Transporte y Comercialización de Combustibles del MINAE, en el plazo no mayor a 10 días hábiles. p. Permisos de calderas emitido por el Ministerio de Salud, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. q. Permiso de ubicación de plantas de tratamiento de aguas residuales otorgado por el Ministerio de Salud, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. r. Permiso de gestión de residuos emitido por el Ministerio de Salud, en un plazo no mayor a los 10 días hábiles. Sitio Web: munipococi.go.cr AY 3 Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 2277> | 1 PAGINA N*92 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 s. Registro de agroquímicos otorgados por Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), eñ un plazo no mayor a 45 días hábiles. ARES t. Criterios de concesiones de cauce de dominio público tramitadas por la Dirección de Geología y Minas del MINAE, en un plazo no mayor a 30 días hábiles. u. Registros sanitarios otorgados por el Ministerio de Salud, en un plazo no mayor a 20 días hábiles. v. Trámites de autorización de corta de árboles, criterios técnicos y criterio técnico de humedales, emitidos por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en un plazo no mayor a 10 días hábiles. w. Trámites de construcción emitidos por las instituciones que participan en el Sistema de Administración de Proyectos de Construcción (APC) del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), en un plazo no mayor a 10 días hábiles. x. Trámite de autorización de planes reguladores y planes reguladores costeros, emitidos por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), en un plazo no mayor a 20 días hábiles. y. Concesiones ante la Dirección de Geología y Minas del MINAE, en un plazo no mayor a 30 días hábiles. z. Otorgamiento del Régimen de Zonas Francas otorgado por el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a 14 días hábiles. aa. Otorgamiento del Auxiliar de la Función Pública Aduanera, ante la Dirección General de Aduanas, en un plazo no mayor a 3 días hábiles. bb. Proceso de autorización de donaciones de los bienes de propiedad de las empresas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas, a instituciones de beneficencia, centros de educación e instituciones públicas, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Para cumplir con tales plazos, las instituciones podrán hacer uso de la declaración jurada y de mecanismos de verificación posterior, que permitan validar y asegurar el efectivo cumplimiento de los requisitos correspondientes según la normativa que aplica a cada trámite. Dichos plazos máximos aplican para el otorgamiento del permiso por primera vez, así como sus eventuales prórrogas. Cuando corresponda, las instituciones públicas que realicen inspecciones a las empresas deberán gestionar los mecanismos de coordinación pertinentes que permitan que dichas inspecciones se realicen de manera integrada. Para estos efectos, tales entidades de inspección podrán compartir información y registros, participar en sistemas de alerta conjunta y coordinar visitas o estudios de campo, en especial en áreas regulatorias relacionadas. Todo lo anterior, de conformidad con el ámbito de competencia de dichas entidades. > a Sitio Web: munipococi.go.cr Y : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 228 > PAGINA N*93 ACTA N*18 Extraordinaria 08-03-2022 En aquellos trámites en los que se requiere la firma del Presidente de la República, tales como concesiones, acuerdos, resoluciones, procedimientos administrativos, procedimientos sancionatorios, entre otros, se autoriza a que dicha firma sea delegada en forma temporal o permanente en el Ministro del ramo, mediante decreto ejecutivo. Lo anterior, con el objeto de reducir los tiempos de tramitación de los trámites. Si transcurridos los plazos indicados alguna de estas entidades no se hubiera pronunciado, se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, Ley número 8220 y sus reformas. Para financiar los costos de la implementación, mejora continua y gobernanza de la plataforma digital de la VUI, la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, (PROCOMER) queda habilitada para cobrar un canon por cada trámite, con base en el principio de servicio al costo. Para verificar la identidad de una persona que quiere registrarse en la plataforma VUI, se podrán desarrollar tecnológicamente mecanismos alternos de validación de identidad, que permitan identificar y vincular de forma inequívoca a la persona con un usuario registrado con los documentos que se emitan en los trámites que realice. En los trámites realizados por medio de la VUI, se podrá utilizar la firma digital avanzada. Artículo 16 bis. El Estado aprovechará el régimen de zonas francas para fortalecer polos de desarrollo fuera del Gran Área Metropolitana (GAM); para este efecto creará planes de acción tendentes a generar los servicios, la infraestructura y las condiciones de operación necesarias para impulsar el establecimiento de empresas de zonas francas y la instalación de parques industriales o la modernización de los ya existentes en dichos polos. Las empresas administradoras de Parques de Zonas Francas localizadas fuera de la GAM podrán generar energía eléctrica renovable para autoconsumo, con el fin de atender parcial o totalmente su propio consumo eléctrico, así como de las áreas comunes propias. Las empresas instaladas o que se instalen en dichos parques bajo el régimen de zona franca también podrán generar energía eléctrica renovable para autoconsumo con el fin de abastecer total o parcialmente su propio consumo. Asimismo, las empresas administradoras de parque de zona franca localizadas fuera de la GAM, podrán prestar los servicios necesarios para que las empresas de zona franca instaladas o que se instalen en dicho parque puedan desarrollar sus actividades productivas, incluyendo la integración de los recursos energéticos distribuidos que requieran las empresas para su operación, conforme a la legislación vigente. Lo anterior no implica la habilitación para la comercialización ni la distribución de energía eléctrica. El Estado instará al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) a que promueva ofertas académicas que respondan a las necesidades técnico-profesionales de las empresas se h Sitio Web: munipococi.go.cr YA , á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
l MUNICIPALIDAD DE POCOCI 229 y PAGINA N*94 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 - d instaladas en el país y que sean acordes con las áreas de mayor demanda laboral. Este proceso de formación de talento dará prioridad a los polos de desarrollo fuera de la GAM. Artículo 17- Las empresas que se acojan al régimen de zonas francas se clasificarán bajo una o varias de las siguientes categorías: (...) c) Las empresas de servicios que cumplan con el Índice de Elegibilidad Estratégica para Empresas de Servicios (IEES). Las entidades bancarias, financieras y aseguradoras que se instalen en las zonas francas, no podrán acogerse a los beneficios de este Régimen. Tampoco podrán acogerse al Régimen las personas físicas o jurídicas dedicadas a prestar servicios profesionales, excepto los de los centros de servicios de salud humana que se instalen fuera del Gran Área Metropolitana (GAM), sea la categoría g) de este artículo, según lo establecido en el inciso b) del artículo 2 de esta ley. (...) Finalmente, no podrán ingresar al régimen de zonas francas las empresas que se dediquen a la extracción minera, la exploración o extracción de hidrocarburos, la producción o comercialización de armas y municiones que contengan uranio empobrecido y las compañías que se dediquen a la producción o comercialización de cualquier tipo de armas. Tampoco podrán ingresar al régimen las empresas que se dediquen a la generación de energía eléctrica, salvo que la generación sea para el autoconsumo. Esta salvedad también aplicará a los supuestos contenidos en el artículo 16 bis de la presente ley. Artículo 18- Las personas físicas o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, con actividades en las Zonas Francas, contempladas en esta ley y las que resultaran incluidas en el respectivo acuerdo ejecutivo, podrán: (+..) Lo dispuesto en este inciso será aplicable también a las empresas de las categorías, 0) e i) del artículo 17 de esta ley, conforme lo disponga el reglamento. (...) Artículo 21 ter. - Las empresas indicadas en el artículo 21 bis de esta Ley estarán sujetas a las siguientes reglas: (+..) h) Cuando la empresa de un sector estratégico se instale en una zona fuera del Gran Área Metropolitana (GAM) y mantenga cien empleados permanentes, durante toda la operación de Sitio Web: munipococi.go.cr a : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 230 ) PAGINA N%95 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 la empresa, debidamente reportados en planillas, se le aplicarán íntegramente los beneficios indicados en los incisos d), g) y 1) del artículo 20 de esta Ley. El cómputo del plazo final de este beneficio se contará a partir de la fecha de inicio de las operaciones productivas de la empresa beneficiaria, siempre que dicha fecha no exceda de tres años a partir de la publicación del respectivo acuerdo de otorgamiento. Asimismo, estas empresas podrán instalarse fuera de un parque industrial, siempre y cuando la inversión inicial en activos fijos, inversión en capital humano y/o inversión en infraestructura pública sea de al menos de doscientos cincuenta mil dólares (US$250.000) o su equivalente en moneda nacional y se cuente con los controles aduaneros y fiscales pertinentes. Para efectos de las empresas de las categorías g) e ¡), se aplicarán los montos señalados en los artículos 17 y 21 sexies de la Ley de Régimen de Zonas Francas. >] j) Cuando una empresa que desee acogerse a los beneficios del régimen bajo cualquiera de las categorías previstas en el artículo 17 de esta Ley, se instale en una zona fuera del Gran Área Metropolitana (GAM) deberá realizar una inversión nueva inicial en activos fijos, inversión en capital humano y/o inversión en infraestructura pública al menos de cien mil dólares estadounidenses (US $100.000) o su equivalente en moneda nacional. Tales empresas podrán operar fuera del parque industrial siempre y cuando la inversión inicial en activos fijos, inversión en capital humano y/o inversión en infraestructura pública sea al menos de doscientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US$ 250.000) o su equivalente en moneda nacional y se cuente con los controles fiscales y aduaneros pertinentes. Para efectos de las empresas de las categorías g) e ¡), se aplicarán los montos señalados en los artículos 17 y 21 sexies de la Ley de Régimen de Zonas Francas. Artículo 22- Las empresas acogidas al régimen de zonas francas, salvo las indicadas en el inciso b) del artículo 17 de esta Ley, podrán introducir en el territorio aduanero nacional hasta un veinticinco por ciento (25%) de sus ventas totales, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el Reglamento de esta Ley. En el caso de las empresas indicadas en los incisos c) y g) del artículo 17 de esta ley, podrán introducir en el mercado local la totalidad de sus ventas de servicios y les serán aplicables las disposiciones establecidas en el artículo 3 de esta ley. ARTÍCULO 4.- Se adicionan las siguientes disposiciones y artículos: un artículo 15 bis, artículo 15 ter, artículo 15 quater; incisos 9), h) e i) al artículo 17; artículo 21 quinquies, 21 sexies a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas, Ley número 7210 de 23 de noviembre de 1990, que se leerán como sigue: Artículo 15 bis- El Poder Ejecutivo, las instituciones autónomas, semiautónomas, las empresas públicas, las municipalidades y demás instituciones que participen en la Ventanilla Única de Inversión, deberán incluir en el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT), toda la información que generen, administren y gestionen sobre los cantones, debidamente georeferenciada y estandarizada. j Sitio Web: munipococi.go.cr Y » 4 Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pa x MUNICIPALIDAD DE POCOCI 231) PAGINA N996 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 OREA A Dicha información debe ser conforme con las normas técnicas y estándares definidos por el Registro Nacional, según los estándares y normativa vigentes a nivel internacional y que son utilizados para la generación, validación y gestión de la información geoespacial. Las instituciones que participen deben ser responsables por el mantenimiento, actualización y confiabilidad de la información suministrada. El uso de suelo aprobado en los planes reguladores vigentes en las Municipalidades deberá también incluirse en el Sistema Nacional de Información Territorial, y el Registro Nacional hará constar esos usos en sus certificaciones. Artículo 15.ter- El Ministerio de Ciencia Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), a través del Plan Nacional de Desarrollo de Telecomunicaciones, deberá dar prioridad a las metas y objetivos que impulsen el desarrollo de infraestructura y dotación de servicios de telecomunicaciones fuera de la GAM y vinculará las políticas de su sector con los propósitos de generación de empleo y reactivación económica de esta ley. Artículo 15.quater- La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, dentro del marco de su competencia, promoverá la superación progresiva de las asimetrías en el desarrollo regional del país y las diferencias de bienestar y calidad de vida de la población. Para ello promoverá: a) La promoción y financiamiento, vía tarifa, de las inversiones en infraestructura y equipo, la innovación tecnológica, en los servicios de agua, saneamiento y energía acordes con la demanda y desarrollo potencial de las regiones fuera de la GAM y las necesidades del usuario según el territorio. b) La dotación a la actividad económica de la región de estabilidad regulatoria que dé confianza y seguridad a las inversiones, mediante la previsibilidad y estabilidad de las decisiones regulatorias. c) Establecerá tarifas de servicios públicos para las empresas e industrias que se instalen en Zonas Francas fuera del GAM, las cuales deberán considerar parámetros de competitividad en relación con el resto del territorio nacional. estas tarifas especiales se fijarán por periodos multianuales que brinden mayor estabilidad y confianza a los inversionistas. En el desarrollo de estos instrumentos y objetivos la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos deberá considerar el plan nacional de desarrollo y los planes de desarrollo territorial y sectoriales que dicte el Poder Ejecutivo. Artículo 17- Las empresas que se acojan al régimen de zonas francas se clasificarán bajo una o varias de las siguientes categorías: (sa) k ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr Y : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI 232 PAGINA N*97 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 9) Empresas de centros servicios de salud humana que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). h) Empresas proveedoras de insumos, localizadas fuera de la GAM, destinados a otras empresas beneficiarias del régimen de zona franca, bajo la categoría f) del artículo 17, localizadas dentro o fuera de la GAM. i) Empresas desarrolladoras de parques sostenible de aventura, localizadas fuera de la GAM, siempre que cumplan con una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos tres millones de dólares estadounidenses (US$3.000.000) o su equivalente en moneda nacional. En estos casos, se exigirá un plan de inversión a cumplir en un período de ocho años, calculado con base en el valor en libros de los activos sujetos a depreciación y, al menos, cincuenta empleados permanentes, durante toda la operación de la empresa, debidamente reportados en planilla ante la Caja Costarricense del Seguro Social. El cómputo del plazo inicial de este beneficio se contará a partir de la fecha de inicio de las operaciones productivas de la empresa beneficiaria, siempre que dicha fecha no exceda de tres años a partir de la publicación del respectivo acuerdo de otorgamiento. El monto de inversión inicial se considerará un requisito de permanencia en el régimen. Artículo 21 quinquies- Cuando una empresa solicite acogerse al régimen de zonas francas al amparo del inciso h) del artículo 17 de la presente ley, con el propósito de proveer una proporción significativa de insumos, destinados a otras empresas beneficiarias del régimen de zona franca bajo la categoría establecida en el inciso f) del artículo 17 de esta ley, localizadas dentro o fuera de la GAM, únicamente será necesario que se trate de una inversión nueva, no siendo requisito que pertenezca a un sector estratégico para el desarrollo del país. Por "proporción significativa" deberá entenderse cuando las empresas a las que se refiere este párrafo provean a las empresas de zonas francas de la categoría f) al menos un cuarenta por ciento (40%) de sus ventas totales, el cual será requisito de ingreso y permanencia en el régimen. Para efectos de cumplir con el porcentaje citado anteriormente, no se considerarán los encadenamientos entre empresas vinculadas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, su Reglamento y sus reformas. Las empresas indicadas en el artículo 17 inciso h) de esta Ley estarán sujetas a las reglas del artículo 21 ter de la presente ley, cuando sean aplicables, y deberán realizar una inversión nueva inicial en activos fijos al menos de cien mil dólares estadounidenses (US $100.000) o su equivalente en moneda nacional. Tales empresas podrán operar fuera del parque industrial siempre y cuando la inversión inicial en activos fijos nuevos sea al menos doscientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US $250.000) o su equivalente en moneda nacional. Artículo 21 sexies- Las empresas indicadas en el inciso g) del artículo 17 de esta Ley estarán sujetas a las siguientes reglas: Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 2388 >» PAGINA N*98 ACTA N%18 Extraordinaria. 08-03-2022 PA E Cuando una empresa de centro de servicio de salud humana especializada en calmblogía, ortodoncia, odontología, cirugía estética o reconstructiva que desee acogerse a los beneficios del régimen bajo la categoría prevista en el inciso g) del artículo 17 de esta Ley, se instale en una zona fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM) deberá realizar una inversión nueva total de al menos cinco millones de dólares estadounidenses (US$5.000.000) o su equivalente en moneda nacional, en el caso de que opere dentro de un parque de zona franca. Asimismo, tales empresas que se instalen en una zona fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM) podrán operar fuera del parque de zona franca siempre y cuando la inversión nueva total sea al menos de diez millones de dólares estadounidenses (US $10.000.000), o su equivalente en moneda nacional. Cuando una empresa de centro de servicio de salud humana que brinde servicios de entidades hospitalarias de resolutividad alta, de conformidad con la normativa vigente, que desee acogerse a los beneficios del régimen bajo la categoría prevista en el inciso g) del artículo 17 de esta Ley, se instale en una zona fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM) deberá realizar una inversión nueva total de al menos ciento cuarenta millones de dólares estadounidenses (US$140.000.000) o su equivalente en moneda nacional. En estos casos, se exigirá un plan de inversión a cumplir en un período de ocho años, calculado con base en el valor en libros de los activos sujetos a depreciación y, al menos, cien empleados permanentes, durante toda la operación de la empresa, debidamente reportados en planilla ante la Caja Costarricense del Seguro Social. El cómputo del plazo inicial de este beneficio se contará a partir de la fecha de inicio de las operaciones productivas de la empresa beneficiaria, siempre que dicha fecha no exceda de tres años a partir de la publicación del respectivo acuerdo de otorgamiento. El monto de inversión inicial se considerará un requisito de permanencia en el régimen. En el caso de los centros de servicios de salud humana, para los efectos del artículo 1 de la presente ley, se entenderá que en las zonas francas los pacientes podrán permanecer en éstas en el tanto estén utilizando el servicio. Los beneficios del régimen de zonas francas no le serán aplicables a los servicios de alojamiento posteriores al periodo de internamiento del paciente. CAPÍTULO Ill Adición a la Ley “Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural”, Ley número 9036 de 11 de mayo del 2012 ARTÍCULO 5- Se adiciona un inciso ñ) al artículo 15 a la Ley “Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría L h Sitio Web: munipococi.go.cr Y a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
| MUNICIPALIDAD DE POCOCI 234 > PAGINA N099 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 Técnica de Desarrollo Rural”, Ley número 9036 de 11 de mayo del 2012 que se leerá como sigue: Artículo 15- Funciones del Inder. Son funciones del Inder las siguientes: (...) ñ) Ejecutar la política del Estado para el desarrollo rural incluyendo la dotación de tierras para los beneficiarios establecidos en la presente Ley, en coordinación con los órganos competentes del sector público, de las organizaciones privadas y de la sociedad civil. Igualmente, promover las alianzas público-privadas y con empresas sometidas al régimen especial de atracción de inversiones en los territorios rurales, necesarios y facilitando los esquemas de coinversión. CAPÍTULO IV Reformas y adiciones a otras leyes para reforzar a las regiones fuera de la GAM más alejadas de la misma y fortalecer sus condiciones de competitividad Artículo 6.- Se reforma el inciso b) del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Ley número 5662 de 23 de diciembre de 1974 y sus reformas; se adiciona un inciso al artículo 5 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Ley No. 4351 de 11 de julio de 1969; se adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) Ley número 4760 del 06 de mayo de 1983 y sus reformas; y se adiciona un párrafo tercero al inciso a) del artículo 15 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje, Ley número 6868 de 6 de mayo de 1983 y sus reformas. 1. Con el objeto de promover de manera efectiva las inversiones nuevas en las zonas del país más alejadas del Gran Área Metropolitana, que requieren de un estímulo mayor para promover industria intensiva en la utilización de recurso humano, se reforman las disposiciones legales: a) Reforma a la "Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares", Ley número 5662 de 23 de diciembre de 1974 Se reforma el inciso b) del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Ley número 5662 de 23 de diciembre de 1974 y sus reformas, que se leerá como sigue: Artículo 15.- El Fodesaf se financiará de la siguiente manera: (...) z Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMMunicipalidadDePococi Pluye
BS MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 235 E PAGINA N9100 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 RIAL y, / 7 arrancan: b) Los patronos públicos y privados deberán pagar al Fondo un cinco por ciento (5%) sobre el total de sueldos y salarios que paguen mensualmente a sus trabajadores. Se exceptúan de este recargo al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), a las instituciones de asistencia médico-social, las juntas de educación, las juntas administrativas y las instituciones de enseñanza superior del Estado, las municipalidades, los patronos cuyo monto mensual de planillas no exceda el equivalente de un salario base establecido por la Ley "Crea Concepto Salario Base para Delitos Especiales del Código Penal" Ley número 7337 del 5 de mayo de 1993, así como las de actividades agropecuarias con planillas mensuales hasta el equivalente de dos salarios base establecidos en la Ley supra citada y las empresas de zonas francas nuevas que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana, durante los primeros cinco años de operación. A partir del año seis y hasta el año diez de operación, las empresas de zonas francas nuevas que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana deberán pagar al Fondo un dos punto cinco por ciento (2.5%) sobre el total de sueldos y salarios mensuales de sus trabajadores. El año uno para el otorgamiento de este beneficio será establecido en el respectivo acuerdo de otorgamiento del régimen de zonas francas. A partir del año 11 de operación, estas empresas quedarán sujetas al pago general establecido para patronos privados. Para todos los efectos de este inciso con respecto a las empresas en zonas francas se aplicarán las condiciones, excepciones y requisitos indicadas en el inciso 2 del artículo 6 de la Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). b) Adición a la "Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal", Ley número 4351 del 11 de julio de 1969. Adiciónese un inciso al Artículo 5 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Ley No. 4351 de 11 de julio de 1969, que se leerá como sigue: Artículo 5.- El fondo de trabajo se formará por: (.) c) Las empresas nuevas de zonas francas que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana, estarán sujetas a un único aporte de un 0.25% mensual sobre las remuneraciones indicadas en el inciso a) de este artículo durante los primeros 10 años de operación. La totalidad de dicho aporte deberá asignarse según lo establecido en el inciso b) del artículo 13 de la Ley 7983, Ley de Protección al Trabajador, del 18 de febrero del 2000 y sus reformas. El año uno para el otorgamiento de este beneficio será establecido en el respectivo acuerdo de otorgamiento del régimen. A partir del año 11 de operación, quedarán sujetas al régimen común establecido en el inciso a) de este artículo. Para todos los efectos del presente párrafo se aplicarán las condiciones, excepciones y requisitos indicadas en el E h Sitio Web: munipococi.go.cr a e < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 236 h PAGINA N*101 ACTA N18 Extraordinaria. 08- 03- 2022 ARA inciso 2 del artículo 6 de la Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). c) Adición a la "Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)", Ley número 4760 del 04 de mayo de 1983 y sus reformas Adiciónese un párrafo al inciso a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) Ley número 4760 del 06 de mayo de 1983 y sus reformas. Artículo 14.-Para el cumplimiento de los fines que le fija esta ley, el IMAS tendrá los siguientes recursos: a) (...) Se exceptúan de este aporte las empresas de zonas francas nuevas que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana; durante los primeros cinco años de operación. A partir del año seis y hasta el año diez de operación, la empresa deberá pagar un 0.25% de sus remuneraciones al IMAS. A partir del año once de operación, quedarán sujetas al aporte general aplicable a patronos del sector privado. Para todos los efectos del presente párrafo se aplicarán las condiciones, excepciones y requisitos indicadas en el inciso 2 del artículo 6 de la Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)." d) Adición a la "Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje", Ley número 6868 de 06 de mayo de 1983 y sus reformas Se adiciona un párrafo tercero al inciso a) del artículo 15 de "Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje", Ley número 6868 de 6 de mayo de 1983 y sus reformas, que se leerá como sigue: "Artículo 15.- El Instituto Nacional de Aprendizaje se financiará con: a) (+..) Los patronos de las empresas de zonas francas nuevas ubicadas fuera de la Gran Área Metropolitana, pagarán un uno por ciento (1%) del monto total de sus planillas de salarios mensuales durante los primeros 10 años de operación. Para estos efectos, el año uno será establecido en el respectivo acuerdo de otorgamiento del régimen. A partir del año 11 de operación, quedarán sujetos al porcentaje general aplicable a los patronos del sector privado, salvo las excepciones establecidas por esta ley. Para todos los efectos del presente párrafo se aplicarán las condiciones, excepciones y requisitos indicadas en el inciso 2 del artículo 6 ES ; Sitio Web: munipococi.go.cr AY w < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
= MUNICIPALIDAD DE POCOCI / 237 PAGINA N*102 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 de la Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)." 2. Podrán optar por los beneficios indicados en este artículo, y que fueron introducidos en las leyes citadas, solamente aquellas empresas nuevas que se ubiquen en regiones fuera de la Gran Área Metropolitana, exceptuando los cantones de Palmares, Sarchí, Grecia, San Ramón y Naranjo, y que cumplan con alguno de los siguientes requisitos: Il. Generar de forma permanente al menos 30 empleos directos; o Il. Impartir programas de capacitación, entrenamiento o formación, a sus empleados y aspirantes a empleados de las localidades donde se instale la empresa. Dichos programas deberán ser presentados y aprobados por el Comité de Coordinación Interinstitucional creado por el Decreto número 39081-MP-MTSS- COMEX del dieciséis de junio de 2015 y sus reformas. CAPÍTULO V TRANSITORIOS TRANSITORIO | La presente ley será reglamentada en un plazo máximo de seis meses a partir de su publicación. TRANSITORIO ll En un plazo máximo de 24 meses, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el Poder Ejecutivo, las instituciones autónomas, semiautónomas, las empresas públicas, las municipalidades y demás instituciones que participen en la Ventanilla Unica de Inversión, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 15 ter de la Ley número 7210, Ley del Régimen de Zonas Francas, en cuanto a la publicación de la información territorial georeferenciable estandarizada que generen, administren y gestionen. TRANSITORIO lll En el plazo máximo de 24 meses, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, Registro Nacional deberá cumplir con lo establecido en el artículo 15 ter de la Ley número 7210, Ley del Régimen de Zonas Francas. “Transitorio IV: Las municipalidades que no han completado el proceso de adhesión al programa de Ventanilla Unica de Inversión (VUI) de PROCOMER, deberán realizarlo en el plazo de un año, contado a partir de la publicación de esta ley." Rige a partir de su publicación. 'GMdualizacion de textos12021-202222 BONTEXTO ACT CON I! INF 137 docx Elabora: José Rodolfo Fecha: 01-03-2021 Revisión Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de la Dirección Jurídica para que emita criterio sobre el Expediente N*22.607 “Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para Promover la Atracción de Inversiones Fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye Y )
HL, MUNICIPALIDAD DE POCOCI / 238 ) PAGINA N*103 ACTA N018 Extraordinaria. 08-03-2022 ACUERDO N* 425 Se conoce nota suscrita por el señor Juan Carlos Arias Aguero, Director de la Región Doceava Caribe, teléfono: 2600-0000, ext: 3303, correo electrónico: programas.preventivosdrl 20fuerzapublica.go.cr, juancarlos.ariasOfuerzapublica.go.cr, dice; Oficio: MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-PPP-041-2022 Asunto: Primera mesa de articulación local de la Estrategia Integral de Prevención para la Seguridad Pública “Sembremos Seguridad”, Pococí y Barras del Colorado. S O arena teca tegeloy Compra Valores Martes, 01 de marzo de 2022 Oficio N>MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-PPP-041-2022 Página 1 de 1 Presidente Juan Luis Gómez Gómez Consejo Municipal de Pococí ASUNTO: Primera mesa de articulación local de la Estrategia Integral de Prevención para la Seguridad Pública “Sembremos Seguridad”, Pococí y Barras del Colorado. Estimado señor: Reciba un cordial saludo. Sirva la presente para convocarle a la primera mesa de articulación local de despliegue de la Estrategia Integral de Prevención para la Seguridad Ciudadana “Sembremos Seguridad”, para el 08 de marzo del 2022 de las 09:00 horas a 12:00 horas, que se llevará a cabo en el Iglesia Cristiana Manantial de Vida, frente a la delegación policial de Guápiles. Lo anterior para darle cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Ejecutivo 41242, en en la nueva es! ia policial, oficializado y declarado de interés público y nacional la estrategia supra citada. Dentro de los objetivos de la mesa de articulación se encuentran: 1. Apoyar cada uno de los procesos de despliegue de la estrategia “Sembremos Seguridad". 2. Revisar y coordinar propuestas y proyectos de los participantes para el trabajo articulado y de colaboración interinstitucional. 3. Revisar en conjunto los análisis de la fenomenología criminal de la zona, analizando factores de riesgos latentes en los cantones objetivos. 4. Darle la trazabilidad a la estrategia Sembremos Seguridad en cada uno de los procesos adscritas a está. Dirección Regional Doceava Caribe Heredia, Saraplqui, Puerto Viejo, frente a entrada de compañías bananeras. Teléfono; 26000000-Ext:3303 Correo electrónico: progr ventivosdr12Qfi go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 239 ) PAGINA N*104 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022. onestidad, Disciplina, Servicio, Respeto y Compromiso En razón de lo anterior le agradezco confirmar asistencia a la mesa de articulación el cual está invitado, siendo parte fundamental para cumplir con los procesos y la orientación preventiva a la cual va enfocado la estrategia. Sin más por el momento, y esperando su pronta respuesta, se despide; Cordialmente JUAN CARLOS ARIAS ooo AGUERO Y iii ELM rado Juan Carlos Arias Agilero Director Región Doceava Caribe E Consecutivo / Archivo. CC: Comandante, Rodrigo Alfaro Padilla / Sub Director Regional / Región Doceava Caribe Sub Intendente Michael Morua Salazar / Jefe de Unidad Policial / Delegación de Pococi Sub Intendente Silvia Álvarez Mora / Sub Jefe de Unidad Policial / Delegación de Pococi Sub Intendente, Luis Suarez Céspedes / Jefe de Unidad Policial Delegación de Barras de Colorado Sub Intendente, Efrain Sanabria Corrales / Jefe de Unidad Policial/ Delegación de Barras de Colorado Dirección Regional Doceava Caribe Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, frente a entrada de compañías bananeras. Teléfono: 26000000-Ext:3303 Correo electrónico: programas.preventivosdri2(Ofuerzapublica.go.cr Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce de manera extemporánea. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 240 > PAGINA N*105 ACTA N*%18 Extraordinaria. 08-03-2022 ACUERDO N' 426 o Se conoce nota suscrita por el señor Freddy Badilla Barrantes, Coordinación de la Red COMAD Huetar Caribe, correo electrónico: redcomadhuetarcaribeOhotmail.com, dice; Asunto: Consulta de la continuidad de la COMAD de Pococí en la COMAD HUETAR CARIBE. tE RED COMAD REGION HUETAR CARIBE (CANTON DE SARAPIQUI Y CANTONES PROVINCIA DE LIMON) Viernes 04 de marzo del 2022 Señores y Señoras Consejo Municipal Municipalidad de Pococí Ciudad de Guápiles S.O. Estimados señores, estimadas señoras Reciban un cordial saludo de parte de la Red Comisiones Municipales de Accesibilidad y Discapacidad de la provincia de Limón y Sarapiquí. Por medio del presente se les traslada acuerdo N? 7, tomado por esta red el día 11 de febrero de 2022, en Taller realizado en las instalaciones del Parque Nacional Barbilla, Las Brisas de Pacuarito de Siquirres mediante el cual se les solicita, de la manera más respetuosa, se sirvan informar sobre la continuidad o no de la COMAD de la Municipalidad de Pococí, en la Red COMAD Huetar Caribe, ya que no se registra asistencia de dicha a los talleres organizados por la misma en los últimos meses Sin otro particular y esperando una respuesta en los plazos establecidos por ley, suscribe cordialmente ado digitall FREDDY JOSE a CARMEN CARMEN BADILLA — BADLLASARGANTES ARMA) echa: 2022.03.06 20:57:19 BARRANTES (FIRMA) Fecha: Freddy Badilla Barrantes Coordinación Red COMAD HUETAR CARIBE (Provincia de Limón - Cantón de Sarapiquí) Ce/arch Red COMAD HUETAR CARIBE (Sarapiquí, PococÍ, Guácimo, Siquirres, Matina, Limón, Talamanca) Correo electrónico redcomadhuetarcaribe (Ohotmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
/ MUNICIPALIDAD DE POCOCI 241 | PAGINA N*106 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 A o Participa de la palabra: Reg. Supl. Hilda Zamora Arias Saluda, compañeros yo siempre he estado atenta a las reuniones de la COMAD, pero hace días no hay convocatoria. Comenta que se caracteriza por ser responsable cuando se le nombra en una comisión, pero que ahora ni siquiera sabe cuando hay reuniones en otros cantones. Le gustaría saber si hay alguna convocatoria y que se la hagan llegar para los que sí tienen interés, asistan. Afirma que siempre ha querido cumplir con la responsabilidad que tienen en la COMAD que además debe ser vista como una obligación que se tienen con la población con discapacidad. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Manifiesta que es obvio que se debe ser responsable con las comisiones y lo tiene claro, indica que en la COMAD se ha estado trabajando, no quiere decir que no se ha estado haciendo absolutamente nada o que estamos en cero, de alguna u otra forma se está trabajando internamente en el cantón, pero por alguna razón no hemos participado en esas reuniones de las federaciones y yo voy a dar mis argumentos, no los voy a dar acá, pero lo voy a hacer en un reunión de comisión que oportunamente vamos a convocar. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión Municipal de Accesibilidad y Discapacidad para que emitan respuesta a lo consultado por pary de la Red COMAD Huétar Caribe. ACUERDO N* 427 Se conoce nota suscrita por la señora Mercedes Hernández Méndez, secretaria municipal de la Secretaría Municipal de Barva, correo electrónico: secretaria.concejoOmunibarva.go.cr, dice; Oficio: SM-0204 -2022 . Sitio Web: munipococi.go.cr a E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye N
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 242 y PAGINA N*107 ACTA N 18 Extraordinaria. a 08-03-2022 / Secretaría Concejo Municipal Municipalidad de Barva 5: 2237-1228 / 2260-3292. Ext. 180 /181 /183. Fax: 2260-28-83 TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO Barva, 01 de marzo de 2022 SM-0204 -2022 Señor (a) Alberto Cabezas Instituto Para La Para Defensa Y Asesoría De Los Migrantes Msc. Jorge Acuña Prado Alcalde Municipal Comisión De Accesibilidad Poder Ejecutivo De Costa Rica Municipalidades de Costa Rica Estimado(a) Señor(a) Asunto: Aprobación de moción La Suscrita Secretaria Municipal le transcribe y notifica para su conocimiento y trámites pertinentes el Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Barva en su Sesión Extraordinaria No. 12-2022, celebrada de forma virtual en la Municipalidad de Barva a las diecisiete horas con cero minutos del día 23 de febrero del 2.022 quea la letra dice: Art. 01 Se recibe en audiencia virtual al Sr. Alberto Cabezas del Instituto para la para Defensa y Asesoría de los Migrantes con relación al caso de don Manuel Jiménez Jiménez, que es una persona ciega, abogado y notario que no le dejan ejercer el notariado y solicita que este Concejo Municipal de Barva presente la moción que ellos enviaron para la Audiencia del día de hoy, con el fin de que los miembros del Concejo Municipal la acojan como suya y sea presentada de esa manera, a lo cual los 5 Regidores Propietarios por unanimidad la acogen y se presenta a la letra: Los Regidores Propietarios MANUEL ENRIQUE SALAS ZÁRATE, MARÍA ISABEL MONTERO SEGURA, MARVIN MORA RÍOS, MÓNICA HERNÁNDEZ SEGURA, HEIDY MURILLO CALVO presentan la siguiente moción que a la letra dice: Moción Considerando: a -, Costado Oeste dal Parque Central de Barva. secretaria.concejodmunibarva.qo.cr Construyendo el cantón que merecemos tener. >» IU veo, mumpucuci.go.cr Y wo Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
2 MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1243 PAGINA N*%108 ACTA N918 Extraordinario. 08-03-2022 AAA AS ad Secretaría Concejo Municipal Municipalidad de Barva “5% 2237-1228 / 260-3292. Ext. 180 / 181 /183. Fax: 2260-28-83 TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO 1. Las personas ciegas son seres humanos con derechos y obligaciones, que pueden ejercer como notarios siempre y cuando tengan un titulo que los acredite como tales. Por lo que no se encuentra ninguna imposibilidad para que las personas ciegas puedan laborar como notarios en la Municipalidad de Barva, incluso rechazar su contratación por el hecho de ser una persona ciega puede ser un acto de discriminación, según varias leyes incluyendo la Ley 7600. 2. La ley 7764 con fecha 17 del abril de 1998 limita a las personas con discapacidad mental y física en su artículo 4 inciso a ser notarios al menos que demuestren mediante prueba extendida por la medicatura forense, su aptitud para desempeñar está función. Cabe destacar que las personas ciegas tienen discapacidad sensorial y no discapacidad mental o física. 3. Las personas ciegas pueden ser auxiliadas en sus labores de notario por un asistente personal, según ley para Promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad bajo la dirección de este profesional notarial. Cabe vez, más ha venido existiendo mayor tecnología para facilitar el trabajo del notario persona ciega en el mundo como ejemplo para el Reconocimiento fácil, la firma digital, entre otros. Es por eso que en países como España, Perú y Chile las personas ciegas pueden ser notarios. Incluso en Chile se creó una ley al respecto Por tanto, se acuerda que, a. la Comisión de Accesibilidad de Barva organice reuniones con diputados salientes y entrantes solicitarles que presenten una iniciativa que presentó la Fundación Michael Vásquez y el Instituto para la Defensa y Asesoría del Migrante en la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa con la finalidad de que las personas con discapacidad ejerzan como notarios, b. Solicitar al Poder Ejecutivo de Costa Rica crear un decreto ejecutivo para que se autorice a las personas ciegas puedan ser notarias con todas las disposiciones legales utilizando las herramientas de accesibilidad que se amerite en cada caso. c. Realizar una consulta del alcalde Municipal, con el criterio de Asesoría Municipal a la Procaduría General de la República, realizando las siguientes preguntas: Se recomienda que las preguntas que se hagan por el Alcalde de Barva sea 1. ¿La Municipalidad de Barva puede contratar dentro de su planilla a una persona ciega como notario municipal? 2. ¿Las personas ciegas con discapacidad sensorial (según el artículo 1 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el artículo 2 de la Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad N* 9379) , tienen algún impedimento legal por su condición de discapacidad visual para ser notarios?. Costado Deste del Parque Central de Barva. ><] secretaria.concejo 2munibarva.qo.cr Construyendo el cantón que merecemos tener. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
A MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1244 y PAGINA N9109 ACTA N*18 Extraordinaria, — 08-03-2022 pa S- a Secretaría E ncejo Municipal Municipalidad de Barva 27 2237-1228 / 2260-3292. Ext.180 / 181 /183. Fax: 2260-28-83 TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO 3. ¿Las personas ciegas puedan en base a la ley para Promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad cuando ejercen el notariado pueden ser respaldos en sus funciones notariales por un asistente personal según la Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad N* 9379 ? d. Enviar un comunicado de prensa del Concejo Municipal de Zarcero donde se de a conocer este respaldo a esta persona ciega (que el mismo sea elaborado por un periodista). e. Sesolicita a las municipalidades de Costa Rica tomar un acuerdo similar al presente. (Copiado textualmente) ACUERDO NO. 140-2022 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR Y APROBAR DICHA MOCION Y SE ACUERDA: A-QUE LA COMISIÓN DE ACCESIBILIDAD DE BARVA ORGANICE REUNIONES CON DIPUTADOS SALIENTES Y ENTRANTES SOLICITARLES QUE PRESENTEN UNA INICIATIVA QUE PRESENTÓ LA FUNDACIÓN MICHAEL VÁSQUEZ Y EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y ASESO! DEL MIGRANTE EN LA OFICINA DE INICIATIVA POPULAR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EJERZAN COMO NOTARIOS. B-ACUERDA SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DE COSTA RICA CREAR UN DECRETO EJECUTIVO PARA QUE SE AUTORICE A LAS PERSONAS CIEGAS PUEDAN SER NOTARIAS CON TODAS LAS DISPOSICIONES LEGALES UTILIZANDO LAS HERRAMIENTAS DE ACCESIBILIDAD QUE SE AMERITE EN CADA CASO. C-ACUERDA REALIZAR UNA CONSULTA DEL ALCALDE MUNICIPAL, CON EL CRITERIO DE ASESORÍA MUNICIPAL A LA PROCADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, REALIZANDO LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: 1. ¿LA MUNICIPALIDAD DE BARVA PUEDE CONTRATAR DENTRO DE SU PLANILLA A UNA PERSONA CIEGA COMO NOTARIO MUNICIPAL? 2. ¿LAS PERSONAS CIEGAS CON DISCAPACIDAD SENSORIAL (SEGÚN EL ARTÍCULO 1 DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY PARA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD N? 9379) , TIENEN ALGÚN IMPEDIMENTO LEGAL POR SU CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD VISUAL PARA SER NOTARIOS?. 3. ¿LAS PERSONAS CIEGAS PUEDAN EN BASE A LA LEY PARA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CUANDO EJERCEN EL NOTARIADO PUEDEN SER RESPALDOS EN SUS FUNCIONES NOTARIALES POR UN ASISTENTE PERSONAL SEGÚN LA LEY PARA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD N? 9379 ? 2, Costado Oeste dal Parque Central de Barva. secretaria.concejo Umunibarya.qo.cr Construyendo el cantón que merecemos tener. v po Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
2 MUNICIPALIDAD DE POCOCI /245 PAGINA N110 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 as % LA Ra sd Secretaría Concejo Municipal Municipalidad de Barva “2 2237-1228 / 2260-3292, Ext. 180 / 181 /183. Fax: 2260-28-83 TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO ['D- ENVIAR UN COMUNICADO DE PRENSA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BARVA DONDE SE DÉ A. CONOCER ESTE RESPALDO A ESTA PERSONA CIEGA (QUE EL MISMO SEA ELABORADO POR UN PERIODISTA). E- SE SOLICITA A LAS MUNICIPALIDADES DE COSTA RICA TOMAR UN ACUERDO SIMILAR AL PRESENTE. MOCION APROBADA Y TRASLADADA VOTACIÓN UNÁNIME (5 VOTOS) VOTAN POSITIVAMENTE: MANUEL ENRIQUE SALAS ZÁRATE, MARÍA ISABEL MONTERO SEGURA, MARVIN_MORA RÍOS, MÓNICA HERNÁNDEZ SEGURA, HEIDY MURILLO CALVO. MERCEDES aTENTAMi talent por HERNANDEZ MENoEZ (FIRMA) echa: 2022.03.03 14:38:18 MENOR CAMA loz ménnez SECRETARIA MUNICIPAL DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA MUNICIPAL CL Archivo evl/ Costado Oeste del Parque Central de Barva. AX secretaria.concejodmunibarya.go.cr Construyendo el cantón que merecemos tener. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye >
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 246 > PAGINA N111 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 CRCREREA ATRAA ETRE PS ACUERDO N* 428 Y Se conoce nota suscrita por la Junta de Educación del Centro Educativo Unidad Pedagógica Casa Hogar Ría Tere, teléfono: 2763-4228, correo electrónico: upe.casahogartiatereOomep.go.cr, dice; Asunto: Sobre titulación de tierras. Circuito 05/ Telefax: 2763-3911 Unidad Pedagógica Casa Mogar Tía Toro, Código 5065-5197 — (eq 2%5 Tola: 2702-4228 / 2763-4438 Correo: upe.casahogartiatoreQmep.:o.cr ES Miércoles, 02 de Marzo de 2022 DREG-SCEOS-UPCHTT-009-2022 Para: Concejo Municipal de Pococí Municipalidad de Pococí De: MSc, Marcelly Umaña Valverde raras Directora del Centro Educativo Er Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere Sra, Zulay Calderón Guerrero Vicepresidenta de la Junta Administrativa Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere Asunto: Solicitud de agilizar el traspaso de la propiedad. Ge Licda. Amira Berger Vega DREG, Ministerio de Educación Pública Por este medio se solicita la colaboración para hacer efectivo el traspaso de bienes inmuebles localizado en Punta de Riel, distrito Roxana, cantón Pococí, matrícula folio real 7077721-000, que se encuentra actualmente inscrito a nombre del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), por lo que la única manera de hacer efectivo del traspaso es aplicando la vía por la que se podría realizar dicha donación es amparados en el artículo 62 del Código Municipal. Cabe mencionar que el proceso de inscripción del terreno se le dio inició en el año 2016, donde el director en ejercicio realizando las respectivas gestiones y en el año 2017 se apersonó al concejo en ejercicio para indicar la aprobación respectiva del Concejo Municipal con la leyenda que debería indicarse en el acta de aprobación, recomendada por el IMAS, que diga: “El Concejo Municipal de Pococí, acepta la donación del Inmueble localizado en Punta de Riel del Distrito de Roxana del Cantón de Pococí, matrícula 7077721-000, el cual se encuentra actualmente inscrito a nombre del Instituto Mixto de Ayudas Soclales (IMAS). Con un área de 38.302 m2 Protocolo Tomo 19034, Folio 154. Amparado en el artículo 62 del Código Municipal comprometiéndonos apenas esté dicho inmueble en manos de la Municipalidad, inmediatamente lo trastadaremos o traspasarlo a nombre del Ministerio de "Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere. Punta de Riel. 300 metros Norte de la Panadería IVARODY, contiguo al albergue del PANI. Tel: 2763-4228/2763-4433. Correo electrónico: vpe.casahogartiatere(dmep.g0.cr. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 24, ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 PAGINA N*112 Dirección Regional de Educación de Guápiles me Circulto 05/ Telefax: 2763-3911 Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere, Código 5065- 5197 e Torizcen rueco — Tols: 2763-4228 / 2763-4438 Correo: upo.casahogartlatoroOmep.go.cr Educación Pública”. Todo lo anterior Quedando registro en el Acta N'81, Artículo IL, Acuerdo N*2132, con fecha de 25 de octubre del 2017. Acuerdo por unanimidad Aprobar la propuesta del señor regidor Freddy Hernández Miranda. Trasladar solicitud del director a la Alcaldía para coordinación con jurídicos. En la actualidad El Centro Educativo ha incrementado la matrícula y se requieren construcción de aulas, y actualización en el Sistema Eléctrico por deterioro del mismo, esto para la necesidad de la conectividad del plan Red Bicentenario, ya que fuimos elegidos en las primeras listas para dar inicio, lo que es de suma importancia gestionar en el DITE; pero se requiere de la titularidad del terreno. Por esta razón es de suma importancia contar con sus buenos oficios y retomar esta gestión administrativa, Se aportan documentos anexos: Oficio del 2 de noviembre del 2016, para Concejo Municipal, del señor Azarías Jiménez director y Junta de Educación. Documento recibido del IMAS, sobre el proceso a seguir, Plano de catastro, Municipalidad de Pococí, Secretaría del Concejo Municipal, Guápiles 2 de octubre 2017, SMP-2101-17. Quedando atentos a su respuesta y ejecución, se suscribe; Cordialmente, Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere. Punta de Riel, 300 metros Norte de la Panadería IVARODY, contiguo al albergue del PANI. Tel: 2763-4228/2763-4438. Correo electrónico: upe.casahogartiatere(Umep.go.cr. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 248 PAGINA No113 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 z lacas Municipal de Pobbol tao por Xnia M' Alfaro Alfbro. ven qn dE -935 / Tel: 7 1,1227 Dirección Regional de Educación de Guápiles me Circuito 05/ Telefax: 2763-3911 Unidad Pedagógica Casa Hogar Tia Tere, Código 5065- 519 o onmutca Tels: 2763-4228 / 2763-4438 Correo: upo. casahogartlatereOmep.go.cr Pococi, 2 de noviembre del 2016, Señores: Consejo Municipal del Cantón de Pococi Respetables señores: Por medio de la presente nosotros los miembros de la Junta de Educación del centro educativo Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere localizado en el circuito escolar 05 Roxana, les solicitamos audiencia en él próximo consejo con el fin de exponerles la situación que se encuentra actualmente atravesando nuestro centro educativo el mismo versa sobre la situación de titulación del terreno en el que nos encontramos, ya que el inmueble localizado en Punta de Rlel, Distrito Roxana, del Cantón de Pococí, [matricula folió Ñ - /00'se encuentra actualmente inscrito a nombre del Instituto Mixto de Ayuda Social en sin embargo dicha entidad tiene unsimpedimento, para poder realizar el piel ya sea a nombre de la Junta de Educación o a nombre del Estado- MEP ¿¡poriloj ue;se podría realiza! ridicha/donación:es amparados en: ¡eltartículo y d sin embargo de acuerdo a lo que indica la asesoría Jurídica del IMAS, previo a Par este artículo, d oi del Icsnoolantuicony acoplando la donación deltere Y Mi licay Lo anidar debido a que el MAS no de una ley habilitante que le permita realizar el traspaso, ya que la Contraloría General de la República indica: “Asi las cosas, en el caso de los bienes demaníales inmuebles, ninguna entidad pública puede proceder a su enajenación, se a traspasarlos o donarlos, sí de previo no se cuenta con una ley específica que autorice que determinado número de finca sea desafectado de su utilidad pública y se autorice también su enajenación, lo cual opera por ministerio de ley cuando no consta el procedimiento o modo en que llegó a propiedad de la entidad pública determinado bien inmueble, ya que es hurgando en el procedimiento como se suele llegar a conocer si el bien inmueble tiene carácter demanial o simplemente patrimonial. AE y 4 Sitio Web: munipococi.go.cr C De Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 249 > PAGINA N9114 ACTA N918 Extraordinaria. 08-08-2022 Dirección Regional de Educación de Guápiles me Circuito 05/ Tolefax: 2763-3911 | Unidad Podagógica Casa Hogar Tía Tere, Código 5065- 519 Se EOUcioión Plis Tels: 2763-4228 / 2763-4438 Correo: upe.casahogartiatereOmep.go.cr Una vez que se tenga lo indicado, y si la Subgerencia de Desarrollo Social lo autoriza, se procederá a solicitar a Asesoría Jurídica del IMAS que realice el análisis del caso para el posible traspaso del bien inmueble al MEP. Cabe resaltar que Departamento de Infraestructura y Equipamiento del MEP no realiza inversiones en infraestructura si el inmueble se encuentra a nombre de un tercero, aunado a ello el hecho de que la Gerencia de Desarrollo de JAPDEVA, nos prometió donarnos dos aulas que se necesitan para poder impartir lecciones de tecnologías, es por ello y ante la necesidad y en aras del artículo 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia así como del articulo 78 de la Constitución Política les-solicitamos el acuerdo para presentarlo en el IMAS, j Adjuntamos correo del Departamento de Titulación del IMAS y plano castrado. Agradecemos de antemano toda su colaboración en aras de la comunidad educativa de la Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere. Seguros de contar con la valiosa colaboración de ustedes se suscribe Zamora Amador Sara Vice- Presidenta Sánchez sad Manuel Vocal 1 Fallas Jiménez Lissette Secretaria 'amora Azarías irector Mairena Martínez Shirley Vocal 2 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI [250 > PAGINA N9115 ACTA N%18 Extraordin 08-03-2022 Señor: Lic. Azarías Jiménez Zamora Director de la Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere - Roxana de Pococí. Lleda. Amira Berguer Vega Asesora Legal Dirección Regional de Educación — Guápiles. Estimado señor y señora: Con relación a la consulta realizada en la oficina de Titulación, la semana anterior, sobre el traspaso de inmueble localizado en Punta de Riel, Distrito Roxana, del Cantón de Pococí. Finca 7-77721-000 y donde se localiza La Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere, me permito Indicar que para analizar la posibilidad de realizar el traspaso indicado mediante el artículo 62 del Código Municipal, y según lo conversado, y tal como lo indica la Asesoría Jurídica del IMAS, previo a aplicar este artículo, debe existir un Acuerdo firme del Concejo Municipal aceptando la donación del terreno y comprometiéndose a realizar el traspaso del terreno al Ministerio de Educación Pública. Lo anterior, debido a que el IMAS no tiene una ley habilitante que le permita realizar el traspaso, ya que la Contraloría General de la República indica: “Asi las cosas, en el caso de los bienes demaniales inmuebles, ninguna entidad pública puede proceder a su enajenación, se a traspasarlos o donarlos, si de previo no se cuenta con una ley específica que autorice que determinado número de finca sea desafectado de su utilidad pública y se autorice también su enajenación, locual opera por ministerio de ley cuando no consta el procedimiento o modo en que llegó a propiedad de la entidad pública determinado bien inmueble, ya que es hurgando en el procedimiento como se suele llegar a conocer si el bien inmueble tiene carácter demanial o simplemente patrimonial.” Una vez que se tenga lo indicado, y si la Subgerencia de Desarrollo Social nos autoriza, se procederá a solicitar a Asesoría Jurídica del IMAS que realice el análisis del caso para el posible traspaso del bien inmueble al MEP. Atentamente, po 4 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 25853 y PAGINA N9118 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03-2022 PA ADEIT PS] . z / Ml Municipalidad de Pococí Ys Secretaría del Concejo Municipal Tel/Fax 2711-12 27 Dr Email: secretariampl2munipococi.go.cr DE POCOCI SMP. 2101-17 Guápiles 25 de octubre 2017 SMP - 2101-17 Señora: Dra. Elibeth Venegas Villalobos. Alcaldesa Municipal. Estimada Señora: Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 31 Ordinaria del 02-10-2017, dice: Acta N* 81 Artículo III Acuerdo N* 2132 Se presenta ante este Concejo el señor Azarias Jiménez Zamora, céd, 1-784-544, Director de la Unidad Pedagógica Hogar Tía Tere, teléfono: 85611-77-36, dice: Saluda, yo me presenté aquí hace un año pidiéndoles ayuda a ustedes sobre un acuerdo para que el IMAS por medio del artículo 62 que es la única manera que la institución que estoy dirigiendo, Japdeva no me ha podido ayudar porque no es propiedad del Ministerio de Educación Pública, no me ha podido ayudar el Ministerio de Educación Pública está dando plata a todas las instituciones. Esta institución es una Unidad Pedagógica que abarca desde kinder hasta noveno, ya me aprobaron cuarto y quinto del colegio pero necesito infraestructura y no la podemos por ningún medio. El viernes me presenté con la abogada del Ministerio de Educación Pública para ver qué había pasado en el IMAS con el acuerdo que ustedes habían hecho hace un año en noviembre donde ustedes me mandaron respuesta.el primero de diciembre del 2016. En el departamento de jurídicos del IMAS me dijeron que el acuerdo ellos no lo interpretaron bien, pues lo único que piden es que el acuerdo diga: “Que la Asamblea del Concejo Municipal acepta la donación del Inmueble localizado en Punta Riel del Distrito de Roxana del cantón de Pococí, matrícula folio real 7-77721-000, el cual se encuentra actualmente inscrito a nombre del Instituto Mixto de Ayudas Sociales (IMAS). Con un área de 38.302 m* Protocolo Tomo 19034, Folio 154. Amparado en el artículo 62 del Código Municipal comprometiéndonos apenas esté dicho inmueble, en manos de la Municipalidad inmediatamente lo trasladaremos o traspasarlos a nombre del Ministerio de Educación". L “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
| MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 254 PAGINA N*119 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 EPR AA CA Municipalidad de Pococí Secretaría del Concejo Municipal Tel/Fax 2711-12 27 munciraiDao Email: secretariamplOmunipococi.go.cr DE POCOCcI SMP. 2101-17 Ml Reg. Freddy Hernández M. PROPUESTA. Lo que se puede hacer es trasladarlo a la Alcaldía para que coordine con el departamento de Servicios Jurídicos la solicitud que está haciendo el caballero acá. Sr. Azarías Jiménez Zamora Es que el IMAS no le puede hacer ninguna donación a ninguna institución pública, a partir de setiembre del 2015 únicamente se puede hacer por medio del Concejo Municipal. Ahora por la ampliación que yo voy a tener de un ciclo más que son cuarto y quinto del colegio, necesito infraestructura entonces ellos me dijeron que por medio de un “comodato”, necesitaban ese acuerdo y este comodato necesitaban ese acuerdo y ese comodato puede durar 5 o 10 años. Reg. Patricia Aguilar A. A lo que entiendo es para que manden a Jurídicos y envíen redactado el acuerdo verdad?, porque tiene que venir aquí. Reg. Freddy Hernández M Nosotros para tomar un acuerdo necesitamos un documento que venga de allá, por eso se está trasladando al despacho para que coordine con el departamento de Servicios Jurídicos lo que corresponda y nos devuelvan ellos el documento para ser deliberado y probablemente votado. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la propuesta del Regidor Freddy Hernández Miranda. Se traslada al despacho de la Alcaldesa para que coordine con el despacho de Jurídicos lo que corresponda y emitan criterio respecto a la petición del señor Azarías Jiménez Zamora. Atentamente: C/c-Archivo. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para que emita criterio al respecto. - Sitio Web: munipococi.go.cr YA á Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 255 y PAGINA N9120 ACTA N918 Extraordinaria. 08-03-2022 ACUERDO N* 429 dl Se conoce nota suscrita por Licda. Alejandra Cruz Cerdas, Coordinadora de Bandera Azul de la Unidad Pedagógica Casa Hogar Tía Tere, teléfono: 2763-4228, correo electrónico: upe.casahogartiatereOomep.go.cr, dice; Asunto: Solicitud de materiales para confección de bicicleteros. me Circuito 05/ Telefax: 2763-3911 Unidad Pedagógica Casa Hogar Tia Tere, Codigo 5065- 5197 e vorerción pinto Tels: 2763-4228 / 2763-4438 Correo: upe.casahogartiatero ¿mep.go.cr Miércoles 02 de marzo del 2022 Señores: Concejo Municipal de Pococí Sirva la presente para realizarles la solicitud de materiales para la confección de los biclcleteros para que los estudiantes de la institución Casa Hogar Tía Tere puedan colocar sus bicictetas. A la vez les comento que nuestra institución tiene el programa de bandera azul! y el lugar donde se encuentran los estafiones de clasificación de desechos sólidos, es donde los estudiantes ponen las bicicletas provocando desorden e incomodes para poder dejar los desechos reciclados. Les informo que nuestra institución se haría cargo de la construcción de los bicicleteros para colocar las bicicletas. Agradeciendo de ante mano la colaboración que nos puedan brindar. Nota: se adjunta factura proforma de los materiales a ocupar. Se despide: licdá. Alejaridra Cruz Cerdas Cédula: 701450830 Coordinadora de bandera azul. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
5 | MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1256 ) PAGINA N*121 ACTA N%18 Extraordinaria. 5 08-03-202 FERRETERIA JJ - Consecutivo prefactira: 7796 Fecha: 2/3/2022 JUNTA ADMINISTRATIVA UNIDAD PEDAGOGICA CASA HOGAR Código 194 Nombre Cantidad Código Total 11584 DISCO CORTE MET FINO 41/2 PULG X1.2MM DICOF-4512 TRUPER 10,0 2313 3 849,56 ANTICORROSIVO GL NEGRO 1,0 4344 16 371,68 SOLDADURA ECA 6013 3/32 KILO 2,0 2735 6 194,69 TUBO GALV P/MALLA 1 1/2" X 1.5MM 6 MTR 4,0 541 51 327,43 VARILLA LISA MACASA 3/8 X 6MTS GRD 40 20,0 1015 72 000,00 Sub Total 6154 743,36 Impuesto 410 756,64 Total 4165 500,00 *SIN VALOR COMERCIAL*+* Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho del alcalde y al Ing. Olger Gutiérrez Mendoza del departamento de Obra Pública para que valoren la solicitud. ACUERDO N* 430 Se conoce nota suscrita por el señor Sergio Marcelo Mesén Hidalgo, entrenador de la Academia de Futbol Ticabán, teléfono: 7202-8857, dice; Asunto: Solicitud de donación de uniforme deportivo para niños j Sitio Web: munipococi.go.cr Y DM Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 257 PAGINA N*122 ACTA N*18 Extraordinaria. 08- == -2022 Guápiles, 2 de marzo de 2022 AA DE Fur Señores , Consejo Municipal Pococl > 2 AS Estimados señores: La Academia de Futbol Ticabán es una pequeña escuelita de Fútbol que tiene el objetivo de entrenar a niños, niñas y jóvenes de las comunidades de: San Gerardo, Ticabán, La Dos, Porvenir, Agroportica, Iztarú, El Patio San Cristóbal, Jardín, Santa Rosa, Sector Nueve y de Cerro Negro, con la intensión de que se incorporen en un deporte y alejarlos de problemáticas sociales que se dan en las zonas mencionadas. El entrenamiento que se les brinda a los integrantes de la academia es totalmente profesional ya que cuento con licencia de entrenador (Licencia C) avalada por la Federación de Fútbol y actualmente estoy cursando la Carrera de Educación Fisica. Por lo tanto, se les solicita la donación de un uniforme deportivo para niños entre edades de 9 y 11 años, debido a que no hay muchos ingresos y se dificulta entonces el poder comprar un uniforme nuevo. Las tallas serian: 12 piezas talla 12 y 10 piezas en talla 10. Se adjunta el diseño en la siguiente página, Agradecemos la ayuda que nos pueda brindar, Atentamente, basas Sergio Marcelo Mesén Hidalgo (Chelo) Entrenador Teléfono 1203 8851: Sitio Web: munipococi.go.cr Y > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
| 3 MUNICIPALIDAD DE POCOCI (258 ) PAGINA N*123 ACTA N*18 Extraordinaria. 08-03-2022 ” ENrliiseño UNIFORME DE 22 PIEZAS 20 DE CAMPO Y 2 DE PORTERO CAMISETA MEDIAS Y PANTALONETA SUBLIMADO HD TELA DRY FIT VALOR POR JUEGO £12.000 PRECIO TOTAL ¿264.000 8574-8872 1 8443-6294 (E) aneydisenQgmail.com Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de Pococí para que valoren solicitud. ACUERDO N?* 431 Se conoce nota suscrita por el señor Fred Montoya Rodríguez, Jefe a.i. de Leyes y Decretos, correo electrónico: fred.montoyaOpresidencia.go.cr, dice; Asunto: En respuesta al oficio SMP-269-2022 — da Sitio Web: munipococi.go.cr a AS > <Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 259 PAGINA N*124 ACTA N18 Extraordinaria. 08-03-2022 - Re: SMP-269-2022 , Acuerdo N” 285. Fred Montoya Rodríguez <fred.montoyaOpresidencia.go.cr> Lun 7 Mar 2022 12:20 Para: Grettel Sanchez <grettel sanchezGpresidenciago.cr> CC: Despacho Pr < idenciago.c; epsy. cia.go.cr <epsye: presidenciagor>; marvin.rodriguezGpresidencia.go.cr <marvin.rodriguezOpresidencia.go.cr>; Manuel Hemandez Rivera <manuel.hernandezQmunipococigo.cr>; Secretaria Comisiones <secretariacomisionesQmunipococigo.cr»; Periodista Costarricense <periodistacostamicenseO gmail.com»; Maikol Fernandez <malkol.femandezQmunipococi.go.cr»; Kattya Cedeno Zuniga <kattya.cedenoOmunipococigo.cr»; secretaria municipal <secretariaQmunipococi.go.cr> Buenos días a todos y todas. En respuesta al oficio SMP-269-2022 del 24 de febrero pasado, suscrito por la Licenciada Magaly Venegas Vargas, Secretaria Municipal del Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, en donde se transcribe el Acuerdo N* 285, tomado en la Sesión Ordinaria N* 15 del 22 de febrero del 2022, de dicho Concejo Municipal, que en lo que respecta al Poder Ejecutivo dice: "...Solicitar al Poder Ejecutivo de Costa Rica crear un decreto ejecutivo para que se autorice a las personas ciegas ejercer el notariado con todas las disposiciones legales, utilizando las herramientas de accesibilidad que se amerite en cada caso..." el suscrito como Jefe a.i. de Leyes y Decretos y superior inmediato de la Licenciada Grettel Sánchez Hernández, manifiesto lo siguiente: + El impedimento para que las personas ciegas puedan ejercer el notariado se encuentra en el artículo 4, inciso a) del Código Notarial, Ley N* 7764, del 17 de abril de 1998, que a la letra dice: "ARTÍCULO 4.- Impedimentos. Están impedidos para ser notarios públicos:Las personas con limitaciones físicas o mentales que las inhabiliten para el ejercicio del notariado, salvo que demuestren mediante prueba extendida por la medicatura forense, su aptitud para desempeñar esta función. De acuerdo con el "principio de jerarquía de las normas" establecido en el artículo 6% de la Ley General de la Administración Pública, Ley No 6227, del 2 de mayo de 1978, las leyes tlenen una "jerarquía mayor" que los decretos ejecutivos, de manera que la norma de rango Inferlor, en este caso el Decreto Ejecutivo, no puede Ir en contra de la norma de rango superior, en este caso la ley. De acuerdo con lo expuesto, es criterio del Departamento de Leyes y Decretos que el Poder Ejecutivo se encuentra imposibilitado para emitir un decreto ejecutivo que permita a las personas no videntes ejercer el notariado porque una norma de "rango superior” (ley -Código Notarlal-) no lo permite y como tal, la norma de "rango Inferior" (Decreto) no puede "contradecir" a la norma superlor, En este caso lo procedente es un proyecto de ley que venga a reformar el Código Notarial. Atentamente, Fred Montoya Rodríguez Jefe a.i. de Leyes y Decretos Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON:CINCUENTA Y OCHO MINUTOS SE LEVANTA /2XA SESIÓN F- Licda. Magally Venegas Vargas Presidente Municipal Secretaria Municipal Cc/ Regidores, Otros. Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye