Extraordinaria 27 · 2021-04-08
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 529 (pág. 3) · firme · aprobado ACUERDO N* 529 El señor presidente Juan Luis Gómez Gómez procede a dar inicio con la sesión municipal para discutir la resolución sobre la medida a to…
- Acuerdo 529 (pág. 8) ACUERDO N* 529-1 Participación de la Palabra del Acuerdo N*529 Reg. Yaslyn Morales Grajal Pedirle a Recursos Humanos que se le agregue al expediente y…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N1 ACTA N*27 Extraordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*27 EXTRAORDINARIA. 08-04-2021 SESION EXTRAORDINARIA. N*27 DEL 08-04-2021, INICIADA A LAS 17:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis Jonnathan García Chévez Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Randall Torres Barrientos Yoseline Rocío Abarca Torres (Sust. Ovidio Vives Castro) Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias LIRA SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Greivin Bonilla Sánchez Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde Carmen Sánchez Navarro José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ RIVERA VARGAS SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL PPD Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 003 PAGINA N*2 ACTA N*27 Extraordinario. 08-04- ORDEN DEL DÍA Acuerdo ARTÍCULO ÚNICO Procedimiento Administrativo 529-529-1 Disciplinario CM-PAD-01-2020 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N93 ACTA N*27 Extraordinario. 08-04-2021 ARTICULO | Procedimiento Administrativo Disciplinario CM-PAD-01 -2020 ACUERDO N* 529 El señor presidente Juan Luis Gómez Gómez procede a dar inicio con la sesión municipal para discutir la resolución sobre la medida a tomar con relación al Procedimiento Administrativo Disciplinario CM-PAD-01-2020 abierto a la señora Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna de la Municipalidad de Pococí: CONCEJO MUNICIPAL. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. Al ser las diecisiete horas con un minuto del ocho de abril de 2021, este órgano colegiado procede a decidir sobre el procedimiento administrativo disciplinario CM-PAD-01-2020 abierto a la auditora interna. RESULTANDO Il. En fecha 08 de setiembre de 2020, se le notificó a la MSc. Grace Chinchilla Villegas traslado de cargos por supuestamente llevarse las llaves del cubículo a su cargo y obstaculizar presuntamente el trabajo de la auditora interina Yalena Noguera Chinchilla, con todas las garantías procedimentales. Folio 18 del expediente. Il. La señora Chinchilla Villegas interpuso una gestión de recusación contra la miembro del órgano director Marcela Cordero Aguilar (del Departamento de Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0 PAGINA N*4 ACTA N*27 Extraordinario. 08-04-2021 Recursos Humanos) y el asesor de dicho órgano Christian Córdoba Oviedo, visible a folio 31 del expediente. Ill. La MBA. Cordero Aguilar considera procedente la recusación, visible a folio 44 del expediente, confirmado por este órgano colegiado por Acuerdo 1885, Acta 72, del 15 de octubre de 2020, nombrando en su lugar al Lic. Hansell Gamboa Madrigal, del Departamento de Recursos Humanos, visible a folio 54 del expediente. IV. El Lic. Christian Córdoba Oviedo no considera procedente la recusación, visible a folio 46 del expediente, respaldado por este órgano colegiado por Acuerdo 1795, Acta 70, del 08 de octubre de 2020, ratificado por Acuerdo 1888, Acta 72, del 15 de octubre de 2020, manteniéndolo como asesor del órgano director, visible a folio 53 del expediente. V. En fecha 11 de diciembre de 2020, se llevó a cabo la comparecencia oral y privada, donde se brindaron todas las garantías de ley en favor de la funcionaria Chinchilla Villegas, se recibió prueba documental y evacuó prueba testimonial, otorgando el plazo de tres días hábiles a la auditora interna para emitir sus conclusiones por escrito. VI. La señora Chinchilla Villegas presentó sus conclusiones con escrito de fecha 14 de diciembre de 2020 mediante su defensora Licda. Andrea Camacho Alfaro. VII. El órgano director por resolución de las ocho horas treinta minutos del siete de enero de dos mil veintiuno, visible a folio 126 del expediente, recomendó: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 006 PAGINA N*5 ACTA N*27 Extraordinaria. 08-04- "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 inciso a) de la Ley de Control Interno, el artículo 37 inciso a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de Pococí, el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento llícito en la Función Pública y la norma 106 Debido cuidado profesional, párrafos 01 y 02 de las Normas General de Auditoría para el Sector Público, R-DC-64-2014 del 11 de agosto de 2014, emitido por la Contraloría General de la República, por considerar que existe responsabilidad de Grace Chinchilla Villegas por decidir unilateralmente llevarse las llaves del cubículo de quien ejerce el cargo de auditor(a) sin justificación para ello, como si fueran de su propiedad, se estima tal y como indica el artículo 40 de la Ley General de Control Interno, que incurrió en responsabilidad administrativa al cometer una falta grave a sus funciones como auditora interna, en consecuencia, en atención al artículo 41 inciso c) de la misma ley, se recomienda al Concejo Municipal en su condición de órgano decisor, imponerle a la auditora interna Grace Chinchilla Villegas, la sanción de ocho días de suspensión sin goce salarial, por estimarla la sanción más razonable según la falta cometida. No se omite indicar que de previo a decidir si se acoge la presente recomendación, debe contarse con el pronunciamiento de la Contraloría General de la República.” VIII. Por así exigirlo los Lineamientos sobre Gestiones que involucran a la Auditoría Interna presentadas ante la Contraloría General de la República, este Concejo Municipal por Acuerdo 20, Acta 02, del 7 de enero de 2021, previo a tomar una decisión sobre el procedimiento de cita, solicitó un dictamen previo favorable al órgano contralor, visible a folio 131 del expediente. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%6 ACTA N*27 Extraordinaria. IX. Que por oficio: CMPL-08-2021, el 13 de enero de 2021 se comunicó a la'señora Grace Chinchilla Villegas que el expediente fue remitido a la Contraloría General de la República para contar con el dictamen previo antes de tomar una decisión, visible a folio 134 del expediente administrativo. X. Por oficio: 04006, DJ-00375-2021 del 16 de marzo de 2021, visible a folio 140 del expediente administrativo, la División Jurídica de la Contraloría General de la República emitió el respectivo dictamen, concluyendo: "Con fundamento en lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, una vez analizado el presente procedimiento administrativo sancionatorio, promovido por el Concejo Municipal de Pococí contra la señora Grace Chinchilla Villegas, auditora interna de esa Municipalidad, este Órgano Contralor, por la forma y por el fondo, emite el dictamen previo favorable.” CONSIDERANDO ÚNICO. Una vez analizado el expediente administrativo, entiéndase la prueba documental, la prueba testimonial, la defensa -y argumentos- de la auditora Grace Chinchilla Villegas y su abogada, lo analizado por el órgano director en su recomendación y el pronunciamiento de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, este Concejo Municipal comparte en su totalidad los criterios expuestos tanto por el Órgano director del procedimiento como del órgano contralor, por ello, hacemos nuestros cada uno sus razonamientos fácticos, jurídicos y probatorios, en tal sentido, en cumplimiento de lo dispuesto en Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N97 ACTA N027 Extraordinaria. 080412021 el artículo 136.2 de la Ley General de la Administración Pública, se adjunta a este Acuerdo la resolución recomendativa del órgano director y el dictamen previo favorable de la Contraloría General de la República descritos en los RESULTANDOS VIl y X respectivamente del presente documento, por lo cual no podría alegarse falta de motivación del acto, procediendo a decretar la sanción de ocho días de suspensión sin goce salarial para la auditora interna Grace Chinchilla Villegas por tener por demostrados los hechos que le fueron acusados según el traslado de cargos visible a folio 18 del expediente administrativo. Nota de Secretaria: El señor presidente Juan Luis Gómez Gómez procede a someter a votación la resolución sobre el Procedimiento Administrativo Disciplinario CM-PAD-01-2020 abierto a la señora Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna de la Municipalidad de Pococí, POR TANTO; Por mayoría de 8 votos, 1 se abstiene, SE ACUERDA: Este Concejo Municipal decide acoger en todos sus extremos la resolución recomendativa del órgano director visible a folio 126 del expediente administrativo, así como el dictamen previo favorable de la División Jurídica de la Contraloría General de la República visible a folio 140 del expediente administrativo, haciendo propios cada uno de sus razonamientos fácticos, jurídicos y probatorios, en tal sentido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 136.2 de la Ley General de la Administración Pública, se adjunta a este Acuerdo ambos documentos, por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 inciso d) de la Ley de Control Interno, el artículo 37 inciso d) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de Pococí, el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento llícito en la Función Pública y la norma 106 Debido cuidado profesional, párrafos 01 y 02 de las Normas General de Auditoría para el Sector Público, R-DC-64-2014 del 11 de agosto de 2014, emitido por la Contraloría General de la República, por considerar que existe responsabilidad de Grace Chinchilla Villegas ¡por decidir unilateralmente llevarse las llaves del cubículo de quien ejerce el cargo de auditor(a) sin justificación para ello, como si fueran de su propiedad, se estima tal y como indica el artículo 40 de la Ley General de Control Interno, que incurrió en responsabilidad administrativa al cometer una falta grave a sus funciones como auditora interna, en consecuencia, en atención al artículo 41 inciso c) de la misma ley, este Concejo Municipal Acuerda en su condición de órgano decisor, o O Sitio Web: munipococi.go.cr AS as Í Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*8 ACTA N*27 Extraordinario. de suspensión sin goce salarial, la cual se hará efectiva sin necesidad de acción de personal al efecto, a partir del jueves 15 de abril de 2021 hasta el jueves 22 de abril de 2021, retornando a sus labores el viernes 23 del mismo mes y año. Se le pone en conocimiento a la auditora interna Grace Chinchilla Villegas que contra el presente Acuerdo cabe recurso de apelación de conformidad con el artículo 159 del Código Municipal, el cual debe presentarse ante la Secretaría del Concejo Municipal dentro de los ocho días hábiles siguientes a su notificación. Vota la Reg. Yoseline Rocío Abarca Torres en lugar del Reg. Ovidio Vives Castro. El Reg. Reinaldo Benavides Vargas se abstiene de votar. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 529-1 Participación de la Palabra del Acuerdo N*529 Reg. Yaslyn Morales Grajal Pedirle a Recursos Humanos que se le agregue al expediente y de no haber tal expediente, que por favor se le diga al señor alcalde que se giren las instrucciones a la señora Marcela para que le realice un expediente a la señora auditora ya que reiteradamente ha tenido sanciones de la Contraloría. Me parece que nosotros deberíamos de analizar dicho expediente luego, porque el Código es muy claro que cuando hay una pérdida de confianza, es una justa causa para suspender a un colaborador como de la dependencia de ella. Creo señor presidente que es un tema reiterativo, sanciones tras sanciones, ella tendrá su derecho a apelar, pero nosotros como sus jefes debemos conocer ese expediente y que esté en custodia del departamento de Recursos Humanos. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Que quede en actas el comentario de Yaslyn, para que se instruya y se proceda con el expediente como lo plantea la Reg. Yaslyn Morales, no es necesario someterlo a votación. Queremos ver todo el historial de doña Grace. Para terminar esta sesión quiero decirles que estamos haciendo algo diferente en este Concejo Municipal y que la idea es hacer un llamado porque en la parte > Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%9 ACTA N%27 Extraordinaria. administrativa no vamos a andar con contemplaciones, cuando se hagan las cosas y se violente la ley, tenemos que hacer de toda la parte administrativa una responsabilidad sin limites para que todo salga bien. UL AL SER LAS DIECISIETE HORAS CON DIECIOCHO MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN ME e or | : F-JUAN LUIS GÓMEZ GOMEZ F-MAGALY VENEGAS VARGAS PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL C/c: SRS. REGIDORES, OTROS ARCH. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye