Extraordinaria 26 · 2021-04-06

Acta_N26_Extraordinaria_06-04-2021.pdf · 58 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 26 del 2021-04-06 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA N1 MUNICIE AAA HS 06-04- 9304
yy
o)
N*26 EXTRAORDINARIA 06-04-2021
SESION EXTRAORDINARIA. N*26 DEL 06-04-2021, INICIADA A LAS 17:00 HORAS
EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside)
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
MAGALLY VENEGAS VARGAS LIC. MANUEL HERNANDEZ RIVERA
SECRETARIA MUNICIPAL ALCALDE MUNICIPAL
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*2 MUNICH AelrALR/o32 DEPL. 06-04- 99305
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
520-al-522 | Correspondencia
523-al-525 Il Asuntos del Sr. Alcalde
526-al-528 11 Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No3_ MUNICIrAROz2 rd rdmario. 06-04-09306
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 520
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Fabián Delgado de la
Unidad Técnica de Gestión Ambiental, teléfono: 2710-6600, dice:
Oficio: UTGAM-180-2021
Asunto: Atención al Acuerdo N*506 de la Sesión N*25 Ordinaria
Municipalidad de Pococí
; 9
Unidad Técnica de Gestión Ambiental Municipal Y
a Teléfono: 2710-6600
Fluye MErOc
Guápiles, 06 de abril de 2021
UTGAM-180-2021
Señores (as)
Concejo Municipal
Asunto: Atención Acuerdo N? 506 de Sesión N” 25 Ordinaria del 01-04-2021
Estimados (as) señores (as):
Reciban un cordial saludo de parte de la Unidad Técnica de Gestión Ambiental
Municipal (UTGAM). Mediante el presente procedemos a brindar respuesta al
acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 25 Ordinaria del
01-04-2021, Artículo |, Acuerdo N* 506, sobre la Asistencia a Sesión Extraordinaria
para tratar el tema de una posible instalación de Planta Recicladora de Baterías
en el Distrito de Jiménez.
En relación a lo anterior, como coordinador de la UTGAM, les informo que
lamentablemente no podré asistir a dicha sesión extraordinaria, ya que, por motivos
personales, de una cita médica programada con anterioridad, se me hace
imposible atender a la convocatoria de la hora propuesta.
No obstante, si ustedes lo permiten, en mi lugar podría asistir mi compañero
Lic.Alejandro Vega Vargas, colaborador de la UTGAM, el cual tiene amplio
conocimiento sobre el caso en cuestión. Quedo atento a sus indicaciones.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Noa MUNICI rl SL. 06-0499307
as
Municipalidad de Pococí
9
Unidad Técnica de Gestión Ambiental Municipal Y
AY Teléfono: 2710-6600 b A
ambiental)munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD
Pluye DEPOCOC
prom ore
Guápiles, 06 de abril de 2021
UTGAM-180-2021
Se agradece de antemano su comprensión;
FABIAN DELGADO
VILLALOBOS
(FIRMA)
Lic. Fabián Delgado Villalobos
Gestión Ambiental Municipal
CC/ Archivo
Participa de la Palabra
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Tengo entendido que el Ing. Fabián no va a estar presente por una cita médica
donde s ele va a practicar una cirugía oral, pero se apersonará el Ing. Alejandro
en su lugar con toda la documentación completa.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y justifica la inasistencia.
ACUERDO N* 521
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez de la Unidad
de Patentes, teléfono: 2713-6524, dice:
Oficio: PAT-218-2021
Asunto: Atención al Acuerdo N*506 de la Sesión N*25 Ordinaria
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina Nes  MUNICIE AR A RÍA. 06-04-299308
Municipalidad de Pococí
A AA
a CS De Patentes vd
a 2 € Teléfono: 2713-6560 Ext. 139/147 Ús
Pluye carlosjimenez(Amunipococi.go.cr  Mceatoao
Guápiles, 5 de abril de 2021
Oficio PAT-218 -2021
Señores
Concejo Municipal de Pococí
Pte.
Estimados señores:
A fin de atender lo solicitado en su Acuerdo N* 506 de la Sesión Ordinaria N*
25 del 1-4-2021, en la que solicitan a esta Unidad de Patentes información acerca
de "una posible instalación de Planta Recicladora de baterías en el Distrito de
Jiménez”... al respecto les informo que a la fecha, no se ha recibido en esta oficina
solicitud alguna para esta actividad, por lo que no se tiene ningún tipo de información
que suministrar.
Atentamente;
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se recibe respuesta.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina no6  MUNICI AR OE. 06-0499309
ACUERDO N* 522
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Comité Cantonal de la Persona
Joven de Pococí, correo electrónico: proyectosccpjOcpj.go.cr, dice:
Asunto: Proyecto: La Juventud Fluye en Pococí
Fluye
Proyecto: La Juventud Fluye en Pococí
Justificación:
El presente proyecto se planifica el segulmiento de diferentes proyectos de impacto que han generado la
necesidad de darles continuidad con el cor do pr tario y rio para lidar resultados
dentro de una planificación a mediano plazo con relación a estilos de vida saludable y toma de espacios
públicos para la sana convivencia y espacios culturales y un eje muy importante que es la capacitación en
temas ambientales, emprendimientos jóvenes y participación ciudadana. Esto de la mano de diferentes
instituciones públicas como PANI, lAFA, Comité Cantonal de Deportes y Recreación, MINAE, Ministerio de
Salud, CCSS, INDER, entre otras, de Igual forma con organi; nes de dad civil, ONGs y
universidades públicas y privadas.
Debido a la pandemia por el covid-19 los jóvenes se han vistos limitados a participar en áreas de
esparcimiento y recreación por lo cual el proyecto esta destinado a fomentar la participación de la
Juventud en actividades que involucren cultura, formación artística, deporte, capacitación profesional
Los indicadores y estadísticas presentan los resultados más relevantes del Informe 2018, enfatizando en
la desconexión entre producción y empleo, las barreras para enfrentar la pobreza y el deterioro de la
convivencia social, el incremento en el desempleo, la desigualdad social esto muestran la necesidad
exlstente de gestlonar ayudas a la población joven del cantón de Pococí.
Objetivo General:
Gestionar la continuidad de los proyectos a mediano plazo que permitan la buena gestión y desarrollo
bajo los ejes de trabajo del comité relacionados a la política pública de las personas Jóvenes en el año
2021,
Objetivos Específicos:
e Promover los derechos de las personas Jóvenes por medio de proyectos a mediano plazo.
e Integrar cada vez más a los grupos organizados que ejecuten proyectos relacionados a personas
Jóvenes según la Ley 8261.
e Aplicar buenas prácticas de eficacia y transparencia en las actividades necesarias para el
desarrollo del proyecto.
Visión:
Incentivar en la población joven de Pococí buenas prácticas para el aprovechamiento de espacios
formativos de participación democrática.
Misión:
Gestlonar proyectos con objetivos realizables que impacten positivamente en los diversos sectores de las
Juventudes del Cantón de Pococí..
Relación con la Política Pública
Este proyecto está relacionado con diferentes ejes de trabajo y bajo los derechos y política pública de las
Comité de la Persona Joven de Pococl
PO y) Sitio Web: munipococi.go.cr
A C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina noz.  MUNICIEA E O e, 06-04-99310
personas Jóvenes, los cuales tomamos en cuenta según la Ley General de la Persona Joven (8261) en su !
artículo 4 del inciso a hasta el g el cual menciona los derechos de las personas Jóvenes como el derecho al
desarrollo humano de manera integral es por esto que los proyectos van orientados a actividades
culturales, deportivas, de capacitación y recreación para los jóvenes de los diferentes distritos del cantón.
Población beneficiada: Jóvenes entre los 12 a los 35 años, para un estimado de 15000 personas en los
diferentes escenarios y grupos organizados directa e indirectamente.
Sele solicita al gobierno local de Pococí asignar los recursos del superávit por un monto de (13,164,216.38
y por medio de la aprobación de la transferencia de los recursos por parte Consejo de la Persona Joven
ejecutar el presupuesto ordinario para el 2021 por un monto de (5,716,234,00 para lo cual le solicitamos
respetuosamente la incorporación de dicho presupuesto en las arcas municipales y además ejecutar el
presupuesto extraordinario por un monto de (2,604,334.95, para un presupuesto total del proyecto La
Juventud Fluye en Pococí de (21,484,785.33.
Dentro del desarrollo de las actividades se encontrarán las siguientes codificadas con los montos
necesarios para cada actividad:
Fecha a
Numero| Ejea Gestionar Actividad kari Población Descripción Presupuesto | realizar
estimada
Alimentos, Bebidas y
800,000.00
Eds 100 jóvenes | Refrígerio (100) poo
1 Ambiente roce ramo | Guapites. | de4a30 Junto 2022
Climático altos 500,000.00
Publicidad (Banners)
Caríari — | 100 jóvenes Sula a 1,000,000.00
Alquiler de
maquinaria y equipo
Inmobillario para 2,000,000.05 Julio 2021
Guápiles | 100 jóvenes eventos
Textiles
(20 camisetas y 200 800,000.00
mascarillas)
50jóvenes
siméner | de1zago | Almentos y bebidas |, 050000,00
2 Cultura años (450)
50 jóvenes
Setiembre
Ena he Servicios de 2021
Tr 1 150,000.00
50 Jóvenes ra
Roxana de12a30
años
Premios: Kitde
a turas, Iapices de
Centro Civico| pintores de PA es Febrero
y colores 444,785,33
porta Paz | los colegios 202
profesionales,
del cantón
equipo de pintura
Formación Talleres de teatro Cenlio Cia] 20 tvn Servicios de Agosto
3 PorlaPaz | de16a35 2,500,000.00
artística profesional cod años. capacitación 2021
PE yl Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*%8
MON AROZZ dr dorSiaría.
z Premios: Compra de
- Competencia de medallas 00 A00.0n
skate y BMX en el [Centro Cívico| 100 jovenes | Premios: Compra de Abríl 2022
Centro Cívico PorLa | PorlaPaz | deportistas implementos 100,000.00
 PazPacocí Pococí deportivos
Alimentos y bebidas 350,000.00
ó Premios (2
Uniformes, 6 800,000.00
Campeonato de | Distrito de | “6 Jóvenes | balones de furboD
Futbo) Interdistrital Cariari a 300,000.00
2 E años transporte Cala
Alimentación y
. 2
po 400,000.00 021
Deporte y a Premios (1 uniforme
recreación - Convivlo de Distrito La | SOJóvenes y 3 balones de 260,000.00
> de entre 15a
- Básquetbol Rita BS afios. básquebol)
y Í Í * [Almuerzos y bebidas 300,000.00
Ñ s Premios:
Inauguración parque Muñiequeras, 300,000.00
de Kalistenia con 50 Jóvenes Gorras, Anforas
ei lemnbi
participación de [po tccborivol 4012235 [Textiles Camisas pa [cial
profestonales en el | A años deportivas (20) aid
área Alimentación y
bebidas 29) pre
(nauguración del Cancha de 300 jóvenes y ¡Alimentos y bebidas 900,000.00 [Junio 2021
Toro Premios deportivos:
Cancha de Toro niños del
Amarrillo. Amarillo de poe Gorras, anforas, 300,000.00
y Guápiles balones
Alimentos y Bebidas
(800) 1,900,000.00
Dicí
Centro Cívico| 300 jóvenes Alquiler de Epia de
Por La Paz [emprendedor| maquinaria y equipo 1,400,000.00
Pococí es inmobiliario para eo A
eventos
Publicidad: Banners,
Capacitación Brochure, Perifoneo /600,000,00
Distrito Barra] 79 zx E ie
de20a 35 capacitación: 600,000.00
Colorado SS e A
Servicio de 560,000.00 | Noviembr
20jóvenes transporte ez2021
de entre 18 a
35 años. Alimentación y 150,000.00
bebidas
Compra de Equipo y
Mobiliario: Laptop e paSaa
Proyector-Video
bea 400,000.00
Hielera 100,000.00
Equipamiento de la Mesa plegable 110,000.00
oficina de juventud
«el Centro Cívico Por rg
ES Sillas plegables 140,000.00
Oficina del
p compras Comité de la
Joven
Botiquín 50,000.00
Toldo grande 200,000.00
Compra y Mantenimiento de
mantenimiento para de audio EA lio
equipo de som ¡Compra de equipo
Comité de la Persona de audio se9000.09
Compra de di ad 50,000.00
materiales para = £20)
cion conil ermometros 50,000.00 [unto 2021
AS infrarrojos
AMicohol en gel 20,000.00
Total 21,4B4,785.33
Fuente: CCPJ Pococí 2021
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
 
MUNICIPLr POGOCI
PAGINA N*10 ALR992 DELOSGOQEL, 06-04
A A o
Código Monto en Colones Especificación
+ Alimentos y Bebidas (7,050,000,00 820 comidas (Arroz, carnes,
ensalada o Arroz arreglado con
frijoles y ensalada fría), con
fresco natural y postre.
(empacado o con Cathering
Service).
o  Refrigerio y bebidas 480 refrigerio y bebidas
(Emparedado, frutas y
refrescos)
Código Monto en Colones Especificación
e Alquiler de | (3,400,000.00 Sonido
maquinaria equipo y
mobiliario
e 8 altos DAS R215
2000W
e 4 Sub-bajos dobles
R218 2000w
e 4 monitores de piso
tipo cuña EON JBL
e 4 monitores de piso
Staner 2 vias
e Procesadores D.A.S
e Racks de apmlificacion
QSC Y CROWN
e  Microfonla
inalámbrica
SM58
e  Microfonla alámbrica
Shure SM58
e  Kitde microfonia para
batería Shure
Shure
e  Microfonia para
instrumentación
Shure SM 57
e Cajas directas y líneas
de señal XLR
e  Multicable digital
Behringer 32 canales
Pecocí
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N911 MUNICIrAlR/9d2 DESPSDA. 06-04-2 AE 1
e Consola digital
behringer x32
e Sistema de monitoreo
IN-EAR Behringer
LUCES
e 6 pares de led big
dipper LPC008
o 6 pares de led big
dipper LPO06
e 4 Cabezas móviles
Spot Martin
SmartMac
e Líneas de señal DMX
e Controlador Dmx
ENERGIA
e Cometidas de AC y
centros de carga para
luces y audio,
e Líneas de ac para
conexiones internas
de tarima
ESTRUCTURA
e Marco de truss 6x6
para colocar
iluminación
e 2 carros de ajuste de
truss
e Alas de sonido 3x3x2
Código Monto en Colones Especificación
e Textiles (1,800,000.00 20 camisetas tipo polo (tela punto).
Para el Staff
200 mascarillas de tela con sublimado
del logo del Comité de la Persona
Joven y de la Municipalidad
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina Nor MUNICIE AR EPIA. 06-04-299315
Las camisetas deben de llevar el logo
del Comité de la Persona Joven y de la
Municipalidad en la manga derecha
de todas las camisetas,
Más el logo de la actividad en espalda,
Código Monto en Colones Especificación
e Compra de medallas | €100,000.00 5 medallas ARO 1.5”
PULGADAS. DIAMETRO DE 5
CM, POR UN LADO.
Compra de balones, anforas,
e  Premlos deportivos €300,000,00 sombrillas, gorras, guantes de
ciclismo,
Código Monto en Colones Especificación
e Compra de 450,000.00 1 casco BMX-URBANO
implement
ie 1 asiento BMX PIVO
deportivos y
recreativos. 1 posapie plástico
€50,000,00 2 trucks ac best choice
1 ruedas ac best cholce
1roles ac ándale
2 separadores ac best cholce
1 tornillos ac glrl ast
1 dec ac best choice
1 lija ac san diego spee
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina norg MUNICIE AR A PSA. 06-04/99316
Código Monto en Colones Especificación
e Compra de Equipo y | 500,000.00 Laptop
dido 400,000.00 Videobeam
6100,000.00 Hlelera
50,000.00 Botiquín
(100,000.00 Mesa desplejable
€140,000.00 Silla despegable
200,000.00 Toldo grande
Código Monto en Colones Especificación
e Mantenimiento de | 250,000.00 Se realizará mantenimiento y
equipo de audio, reparaciones al equipo de
audio.
e Compra de equipo de
audio 16750/000.00 Se realizará la compra de
equipo de audio nuevo,
Código Monto en Colones Especificación
e Publicidad y (1,100,000.00 Camisas con serigrafia
propaganda. Mascarillas con serlgrafla
Banners
Panfletos
Perifoneo
Código Monto en Colones Especificación
e Servicios de (2,500,000.00 Talleres de teatro:
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No14_ MUNICU ETA Rod O diAAtia. 06-04-0317
Firmas de los miembros del Comité de la Persona Joven del Cantón de Pococí,
“Banda | Tole es
Randall Torres Hernández
Presidente
Representante del Consejo Municipal
Alisson Badilla Padilla
Secretaría
Representante de sector colegios
Participa de la Palabra:
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez
Quiero denotar que faltan algunos documentos, yo ya leí una nota en una sesión
anterior donde esto debe venir acompañada del plan anual de ellos.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, yo vi el plan y me parece que tiene propuestas muy bonitas e interesantes,
pero si quiero hacerles un llamado de atención y que conste en actas que el
presupuesto debe ser distribuido en todos los distritos y ahí está haciendo falta La
Colonia y Cariari solo tiene u n proyecto, lo demás se ubica todo en Guápiles y
Centro Cívico, yo sé que el Centro Cívico recibirá a todos los jóvenes del Cantón,
pero sí sería bueno que ellos lleguen a las comunidades y no que las comunidades
solamente tengan que venir hasta aquí y que por favor si tuvieran alguna
modificación qué hacer, que se reconsidere y que se agregue el distrito de la
Colonia donde está Cascadas y San Bosco por ejemplo donde hay muchachos
que no tienen muchas cosas que sí tienen jóvenes que viven en la zona urbana
del cantón.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina nos MUNICI ARO E PÍTAAFD. 06-04-9318
NEAR
Pate. Municipal Juan Luis Gómez
Es importante la observación compañera, pero hay que tomar en cuenta Que ellos
están iniciando y están haciendo su experiencia, creo que modificandolo pueden
hacerlo o nosotros como regidores incluso podemos fortalecer, les pido
compañeros que por la premura les aprobemos este plan de inversión con la
recomendación de la regidora Yaslyn.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Yo no me opongo, solamente hago la llamada de atención para que se
modifique o en el otro presupuesto e incorpore a todos los distritos, si usted ve,
están aprendiendo y estoy segura de que van a hacer un gran trabajo, pero, por
ejemplo, Barra del Colorado no es solo Tortuguero, también está Puerto Lindo,
para que la próxima lo analicen y sean tomado en cuenta más lugares y que no
repitan tanto en los mismos.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba el Proyecto “La Juventud Fluye en
Pococí” del Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí. Se Dispensa de
Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. (Se abstiene de voto el
Reg. Randall Torres y en su lugar vota la Reg. Supl. Marilú Ballestero)
ARTICULO ||
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 523
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MBA. Marcela Cordero de
Recursos Humanos y la Licda. Mayra Montes de Servicios Jurídicos, dice:
Asunto: Proyecto Reglamento para el Uso, control y mantenimiento de vehículos,
maquinaria y equipo de la Municipalidad de Pococí.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina Noró MUNICIARO RALa 06-04-2
Según lo solicitado el día 04 de marzo de 2021, en la sesión de la Comisión de
Jurídicos, se remite el Proyecto Reglamento para el Uso, control y mantenimiento
de vehículos, maquinaria y equipo de la Municipalidad de Pococí, con los ajustes
y observaciones solicitadas en dicha sesión.
Afín de que, si a bien lo tienen, sometan a aprobación por parte del Concejo
Municipal en pleno.
Sin más que agregar;
MBA. Malcela Cordejo Aguilar
Coordinafiora de Redursos Humanos
Ce/Archivo
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Pluye
PAGINA Nor7 MUNICI AR RÍA b, 06-04--99320
¿ls MUNICIPALIDAD DE POCOCI >
E www.munipococi.go.cr a
MUNICIPALIDAD
DE POCOoci
REGLAMENTO PARA EL USO, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS,
MAQUINARIA Y EQUIPO DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
CAPÍTULO |
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto. El presente reglamento tiene como objeto ejercer un control
sistemático y organizado sobre la flota vehicular, como parte de los bienes de
carácter municipal, regulando su administración, uso, mantenimiento y custodia;
así como el manejo del recurso humano en cuanto a la responsabilidad directa
que se genera de la interacción con los vehículos propiedad de la Municipalidad
de Pococí.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. El presente reglamento se aplicará a todo
vehículo que esté o entre a formar parte de la lista de bienes adscritos a la
Municipalidad de Pococí; así como al recurso humano que directamente tenga
una relación operativa determinada por su margen de responsabilidad con su
administración, custodia, uso, control y mantenimiento.
Artículo 3.- Alcance. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son
de observancia y aplicación para todos los funcionarios de la Municipalidad,
incluyendo al Alcalde Municipal y a los miembros del Concejo Municipal que por
razón y en función de sus cargos, requieran hacer uso de los recursos de transporte
de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 4.- Vehículos propiedad de la Municipalidad. Son todos aquellos vehículos
adquiridos por la Municipalidad para cumplir sus fines, con cargo a las partidas
presupuestarias o mediante permuta; así como todos los vehículos transferidos de
otras instituciones estatales por los medios legales establecidos o donados por
personas físicas o jurídicas U organismos nacionales o internacionales.
CAPÍTULO Il
DE LA CLASIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE VEHÍCULOS
Artículo 5.- De la clasificación. Los vehículos propiedad de la Municipalidad de
Pococí, se clasifican de la siguiente manera:
a) De uso administrativo: son todos aquellos vehículos destinados al cumplimiento
de las funciones propias de la Municipalidad; los cuales deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
PR
Página 1 de 26
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGINA Neg MUNICI eri Eo RÍTASFio. 06-04209321
PG
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PLA www.munipococi.go.cr Y
MUNICIPALIDAD.
DEPOCOCI
1) Deberán estar debidamente rotulados en ambos costados de la cabina con el
logotipo: "Municipalidad de Pococí". En el caso de motocicletas u otros vehículos
en los que no se pueda cumplir cabalmente lo anterior, la rotulación se efectuará
en aquellas secciones de la carrocería que permitan una adecuada y visible
identificación.
2) Deberán estar debidamente identificados con el nombre de la unidad a la que
fueron asignados.
3) Deben llevar una placa especial que los identifique como transportes de servicio
municipal.
Ningún vehículo de este tipo podrá ser asignado a un funcionario en su carácter
particular, El uso de los vehículos administrativos está sujeto a la capacidad
instalada, disponibilidad del recurso y al nivel de prioridad según las necesidades
institucionales de acuerdo con el fin público imperante.
b) De uso operativo: son aquellos vehículos que se categorizan como vehículos de
carga que igualan o superan el peso, el tamaño, así como el volumen de carga
establecido para los vehículos de carga liviana y entre ellos se cuentan los equipos
automotores destinados a trabajos específicos como traslado de personal,
materiales, herramientas o equipos que se requieran en las áreas técnicas-
operativas como lo son: Gestión Ambiental, Gestión de Obra Pública, Gestión Vial,
El equipo alquilado debe contar también una rotulación que indique “Equipo
alquilado Municipalidad de Pococí”.
Artículo 6.- Se prohíben vehículos de uso discrecional de acuerdo con la normativa
de tránsito vigente.
CAPÍTULO III
DELA ADMINISTRACIÓN DE VEHÍCULOS, CONTROL, MANTENIMIENTO Y SALIDA DE
OPERACIÓN DE VEHICULOS DE USO ADMINISTRATIVOS
Artículo 7.- La administración de los vehículos le corresponde al Alcalde Municipal,
quien a la vez delegará en el Jefe de la Sección de transporte municipal o las
Jefaturas con Equipo Automotor a cargo mencionado en el artículo 5 inciso "b", la
responsabilidad como encargado de vehículos. Este será responsable ante el
Alcalde de la correcta planificación del uso, mantenimiento y custodia de los
vehículos mediante el análisis de las necesidades y requerimientos de las
dependencias municipales y el de su manejo.
ol
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGinA Neg MUNICIE ARO PSA.
¿ls MUNICIPALIDAD DE POCOCI >
En www.munipococi.go.cr a
MUNICIPALIDAD.
DEPOCOCI
Artículo 8.- Del registro y estadística. El jefe de la Sección de Transportes municipal
o las Jefaturas con Equipo Automotor a cargo mencionado en el artículo 5 inciso
"b", serán los encargados de los vehículos, para fines de control y mantenimiento.
Llevará los siguientes formularios de registro y estadísticas de cada vehículo:
a) Inventario de vehículos, accesorios y herramientas.
b) Control de mantenimiento.
Cc) Control de consumo de combustible,
d) Boleta de asignación de vehículos.
e) Informe de accidentes.
f) Reportes de anomalías detectadas por el uso de vehículos.
g) Solicitud de orden de servicio y/o reparación de vehículos.
h) Bitácora de mantenimiento y reparación de vehículos.
i) Bitácora del recorrido del vehículo.
Artículo 9.- Corresponde a las Jefaturas con Equipo Automotor a cargo y al jefe de
la Sección de Transportes, lo siguiente:
a) Planificar, organizar, controlar y coordinar todas las actividades de orden
administrativo relacionado con el uso y disposición de los vehículos,
conforme a las políticas que al respecto hayan dictado la Contraloría
General de la República, el Concejo Municipal, el Alcalde y el presente
Reglamento.
b) Los vehículos municipales deben ser asegurados por los montos de sus
valores de reposición, con las coberturas que estimen más convenientes y
de mayor importancia por medio de pólizas de seguros. Lo anterior, en el
sentido de que, en casos de declarar el vehículo como pérdida total, se
puede recuperar en su valor actual. Todos los vehículos propiedad de la
Municipalidad, así como lo remolques o semirremolques pesados deberán
tener un seguro completo. La póliza respectiva de aseguramiento debe
cubrir entre otros elementos: la pérdida total o parcial, robo o hurto,
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pacina ne20 MUNICIE AR Er Sh. 06-04199323
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ys MUNICIPALIDAD DE POCOocCI 1)
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cualquier tipo de siniestro, la responsabilidad civil contractual y
extracontractual, cobertura contra accidentes, lesiones, discapacidad
temporal o definitiva, muerte. El seguro debe cubrir a los funcionarios
municipales, a todo ocupante del vehículo y a terceros afectados.
Anualmente deberá presupuestarse el monto suficiente para cubrir estas
erogaciones.
c) Vigilar que los vehículos se utilicen satistactoriamente en la realización de los
servicios para los que fueron solicitados, teniendo para ello una fórmula
denominada Boleta de Asignación de Vehículos que deberán contener al
menos datos relativos al kilometraje, recorrido, fecha, hora y lugar de salida
y destino, combustible inicial y final, duración del servicio, número de placa
del vehículo, nombre del conductor, dependencia a la que se le presta el
servicio, número de boleta de autorización y su fecha, desperfectos
mecánicos detectados durante el viaje, firma del conductor y nombre de
los funcionarios que viajaban en el vehículo. Si el vehículo ingresa después
de la jornada ordinaria de la Institución, el conductor junto con el guarda de
turno, suscribirá la fórmula de control de uso.
d) Todo vehículo deberá portar los documentos requeridos por ley como el
derecho de circulación, revisión técnica vehicular vigente, así como
cualquier otra documentación requerida o indicada por esta la Institución.
e) Tramitar la salida de operación por accidentes de tránsito, desperfectos en
su uso, desuso de los equipos, cambio de la flotilla o cualquier otro motivo
por el cual se dé la sustitución de los vehículos Municipales, de acuerdo al
criterio técnico acreditado y financiero respectivo la revisión por parte de
la Sección de Mantenimiento Automotor (ente técnico), en conjunto con
Servicios Jurídicos Internos que tramitará la parte legal con el despacho
municipal de Administración de Bienes (Departamento de Contabilidad).
f) Mantener actualizada la información de control de cada automotor,
efectuando para ello los inventarios físicos que considere pertinentes.
g) Consultar y solicitar mediante criterio técnico acreditado cualquier
modificación o variante en la estructura física de los vehículos y emitir las
recomendaciones pertinentes.
h) Investigar, atender y tramitar todos los aspectos administrativos y de análisis
técnico que sea necesario realizar con motivo de accidentes de tránsito en
que intervengan vehículos de la Municipalidad de Pococí.
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PAGINA Ne21 MUNICIrAROsa Ed rSAAA. 06-04-99924
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MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI
i) Atender todos los aspectos administrativos y presupuestarios referentes al
abastecimiento de combustibles y lubricantes, tanto en las instalaciones de
la Municipalidad como en estaciones de servicio privadas, de acuerdo a los
reglamentos y directrices emanadas por la Administración para este fin
específico.
ij) Coordinar la realización de las pruebas correspondientes y otorgar, junto con
el visto bueno de la Alcaldía, las autorizaciones de conducir a los
funcionarios que por la índole de sus funciones y por el cual fueron
contratados, requieran conducir vehículos de la Municipalidad.
k) Llevar un control actualizado del Registro de conductores en el que se
anote: el nombre y apellidos del conductor, tipo de licencia, puntos con los
que cuenta o ha perdido de su licencia y fechas de vencimiento, así como
un registro de accidentes que se tuviere con el vehículo de la Institución y la
resolución judicial que ponga término al proceso respectivo.
I) Llevar el control de las fórmulas descritas en el artículo 8 del presente
reglamento.
mj) Velar por el buen funcionamiento mecánico de los vehículos.
n) Llevar un detalle exacto de las herramientas que dispone cada vehículo.
o) ñ) Controlar la distribución de las boletas o tarjetas de combustible y
liquidación de facturas por compra de combustibles.
p) La dependencia con equipo automotor a cargo, debe velar porque se
cumpla con el presente Reglamento, reportando cualquier violación al
mismo, junto con la recomendación de la acción a seguir a la jefatura
superior del infractor y de acuerdo con lo señalado en el presente
reglamento en el Capítulo de sanciones.
a) Coordinar y tramitar con las entidades gubermamentales todo lo referente a
la materia de transportes, cuando así se requiera.
r) Cumplir las disposiciones de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y
Seguridad Vial, así como cualquier otra normativa o reglamento vigentes
que complementen acertadamente los fines y propósito de este
Reglamento.
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MUNICIPALIDAD:
DE POCOC¡
s) Custodiar el original de las llaves de todos los equipos municipales, en un
lugar de acceso conocido por la Alcaldía Municipal (Plantel Municipal) en
caso de necesario uso por cuestión de emergencia.
Artículo 10.- De las acciones de control. La auditoría interna o el Alcalde municipal
a través de quien delegue, efectuará el control de los vehículos propiedad de la
municipalidad durante todo el año con base a operativos programados o
sorpresivos, continuos y de acuerdo con las circunstancias en forma aleatoria.
Artículo 11.- De la entrega de informes. Como mecanismo de control los
conductores están obligados a anotar en la Bitácora del Recorrido del Vehículo las
actividades realizadas durante la gira de trabajo, anotando el kilometraje, hora de
salida y de llegada, si se presentó alguna falla en el vehículo (debe describirla),
consumo de combustible con el que inicia y termina el viaje, nombre de la persona
con quien realizó la actividad, entre otros datos que se consideren necesarios y
sean instruidos a anotar.
Artículo 12.- Del abastecimiento de accesorios, repuestos combustibles y
lubricantes. Se establecerá un control de consumo de combustible con una
estimación al rendimiento de kilómetros por galón de acuerdo con cada tipo de
vehículo. Para estos fines se contemplará a nivel presupuestario la disposición de
los recursos necesarios para contar de manera efectiva con el abastecimiento.
Artículo 13.- De los expedientes de los vehículos. El Jefe de la Sección de
Transportes, deberá llevar un expediente por cada uno de los vehículos propiedad
de la municipalidad, los que deberán contener entre otros controles: las fórmulas
descritas en el artículo 8 del presente reglamento, la verificación de la eficiencia,
eficacia y oportunidad de la ejecución de los programas de mantenimiento y girar
las recomendaciones que considere pertinentes a quien corresponda para la
inspección del mismo, control de reparaciones y tiempo en que no están
disponibles por las razones antes anotadas.
Artículo 14,- De la custodia de los vehículos. Los conductores, serán responsables
de la custodia del vehículo y estarán bajo su responsabilidad, durante el tiempo
para el cual fueren asignados, los cuales a su vez son responsables de mantener y
entregar el vehículo limpio (lavado cabina y batea).
Artículo 15.- Del mantenimiento. El cuidado y el mantenimiento mecánico de los
vehículos municipales serán preventivos y correctivos; se efectuará en el taller que
la municipalidad autorice para tal efecto; el primero se realizará en forma
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MUNICIPALIDAD
DE POCOcI
periódica y programada, antes de que ocurra el daño y la consecuente
movilización del vehículo; y el segundo se efectuará al momento de ocurrir estos
eventos, El mantenimiento preventivo del vehículo incluye por un lado, los controles
diarios (aceite, agua, entre otros.) y las revisiones de rutina. Se realizará como
mínimo cada 5.000 kilómetros y en el caso de los vehículos que por el modelo
cuenten con garantías, se realizará con base al manual de operación y el carnet
emitido por la agencia y de acuerdo al kilometraje recorrido. Mantenimiento
preventivo en los vehículos livianos. El mantenimiento preventivo del vehículo le
corresponde a la persona chofer de la unidad designada a su cargo e incluye,
como mínimo, los controles diarios (aceite, agua, llantas, entre otros). De igual
forma, corresponde a la persona chofer comunicar de manera inmediata a su
superior y al administrador de la Unidad sobre cualquier irregularidad o desperfecto
del vehículo que requiera de atención para la inmediata reparación. En el caso de
los vehículos livianos, incluidos los de carga liviana deberá realizarse un control
mecánico preventivo como máximo cada 3000 kilómetros, y en el caso de los
vehículos que por su modelo cuenten con garantía se realizará de acuerdo a las
especificaciones de la agencia. Mantenimiento de la maquinaria especial (Equipo
Pesado). Tratándose de este tipo de equipo, la persona chofer a cargo deberá
revisar diariamente, como mínimo niveles de aceites, agua, llantas y cualesquiera
otros componentes que sean indispensables para asegurar el buen uso y evitar
futuros daños. Los vehículos o maquinaria especial tendrán, debido a su función,
traslado y uso, un régimen diferenciado de mantenimiento mecánico preventivo
mínimo, siguiendo en todo momento las indicaciones que el proveedor de dicha
maquinaria haya brindado en la compra o en el manual de operación, o en su
defecto, siguiendo las buenas y sanas costumbres de mecánica preventiva del
mercado.
Artículo 16.- Del pago por mantenimiento. Todo pago por mantenimiento
preventivo y correctivo de los vehículos municipales, deberá gestionarlo el
encargado de vehículos, con anticipación y en el formato correspondiente, ante
la administración municipal.
Artículo 17.- De la contratación y alquiler de vehículos. En forma excepcional y
debidamente justificado por escrito, con el visto bueno del Alcalde Municipal y con
dos días al menos de anticipación, salvo que se trate de asuntos imprevistos,
urgentes e impostergables a criterio del Alcalde Municipal, la Municipalidad podrá
contratar la prestación de servicios externos de transporte de conformidad con la
normativa de contratación vigente y cualquier otra Ley vinculante; bajo cualquiera
de las siguientes modalidades:
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MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
a) Contratación de servicios
b) Alquiler de vehículos
c) Préstamo de vehículos
Si la Municipalidad no cuenta intemamente con los medios necesarios y
adecuados para satisfacer sus propios requerimientos, tanto para la contratación
específica del servicio como para el alquiler podrá recurrir, siguiendo los
procedimientos usuales de contratación, a la satisfacción de sus necesidades
conforme se establezca en la Reglamentación vigente.
El arrendamiento de vehículos tendrá lugar por vía de excepción altamente
calificada, conforme con los estudios y recomendaciones que emita la
dependencia solicitante; y le corresponderá al Alcalde Municipal o al Concejo
Municipal cuando así lo disponga la Ley de Contratación Administrativa autorizar
dicho arrendamiento.
Artículo 18.- Del préstamo de vehículos. El Préstamo de vehículos por parte de un
tercero a la Municipalidad de Pococí (entidad pública o privada), serán tramitados
por las dependencias solicitantes y la información sobre el préstamo será remitida
a la Dependencia que se encargará el servicio por medio del Alcalde, el cual
aprobará el préstamo en el que se deberán indicar las condiciones de este
mediante el respectivo convenio.
CAPÍTULO IV
DE LA ADMINISTRACIÓN DE VEHÍCULOS, CONTROL, MANTENIMIENTO Y SALIDA DE
OPERACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
Artículo 19.- La administración de la maquinaria pesada, entiéndase equipo
especial, vagonetas, remolques, semi remolques, camiones de 2 toneladas o
superior, camiones recolectores y otros de igual categoría, le corresponderá a la
jefatura de la unidad a cargo de este equipo o quien este delegue. Este será
responsable ante el Alcalde de la correcta planificación del uso, mantenimiento y
custodia de los vehículos mediante el análisis de las necesidades y requerimientos
de las dependencias municipales y el de su manejo.
Artículo 20.- Del registro y estadística. La Jefatura con Equipo Automotor a cargo
mencionado en el artículo 5 inciso “b", serán los encargados de los vehículos, para
fines de control y mantenimiento. Llevará los siguientes formularios de registro y
estadísticas de cada vehículo:
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MUNICIPALIDAD
DE POCOcI
a) Inventario de maquinaria, accesorios y herramientas.
b) Control de mantenimiento.
c) Control de consumo de combustible,
e) Informe de accidentes,
f) Reportes de anomalías detectadas por el uso de la maquinaria.
g) Solicitud de orden de servicio y/o reparación de vehículos.
h) Bitácora de mantenimiento y reparación de vehículos
i) Bitácora de actividad diaria realizada.
Artículo 21.- Corresponde a las Jefaturas con Equipo Automotor a cargo, lo
siguiente:
a) Planificar, organizar, controlar y coordinar todas las actividades de orden
operativo relacionado con el uso y disposición de maquinaria, conforme a las
políticas que al respecto hayan dictado la Contraloría General de la República, el
Concejo Municipal, el Alcalde y el presente Reglamento.
b) La maquinaria municipal deben ser asegurada por los montos de sus valores de
reposición, con las coberturas que estimen más convenientes y de mayor
importancia por medio de pólizas de seguros. Lo anterior, en el sentido de que, en
casos de declarar el vehículo como pérdida total, se puede recuperar en su valor
actual.
e) Vigilar que la maquinaria se utilice satistactoriamente en la realización de los
trabajos a los cuales fueron asignados, los operadores deberán llenar una boleta
de maquinaria la cual debe ser llenada con al menos datos relativos al kilometraje
u horómetros, actividades realizadas, fecha, hora y lugar, combustible inicial y final,
duración del servicio, número de placa del vehículo, nombre del conductor,
desperfectos mecánicos detectados durante el viaje, firma del conductor
d) Toda maquinaria deberá portar los documentos requeridos por ley como el
derecho de circulación, revisión técnica vehicular vigente, así como cualquier otra
documentación requerida o indicada por esta la Institución.
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PAGINA N*26 MUNICH AetrAR932 DELS. 06-04-2 9329
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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e) Tramitar la salida de operación por accidentes de tránsito, desperfectos en su
uso, desuso de los equipos, cambio de la flotilla o cualquier otro motivo por el cual
se dé la sustitución de los vehículos Municipales, de acuerdo al criterio técnico
acreditado y financiero respectivo la revisión por parte de la Sección de
Mantenimiento Automotor [ente técnico), en conjunto con Servicios Jurídicos
Internos que tramitará la parte legal con el despacho municipal de Administración
de Bienes (Departamento de Contabilidad).
f) Mantener actualizada la información de control de cada automotor, efectuando
para ello los inventarios físicos que considere pertinentes.
9) Consultar y solicitar mediante criterio técnico acreditado cualquier modificación
o variante en la estructura física de los vehículos y emitir las recomendaciones
pertinentes.
h) Investigar, atender y tramitar todos los aspectos administrativos y de análisis
técnico que sea necesario realizar con motivo de accidentes de tránsito en que
intervengan vehículos de la Municipalidad de Pococí.
i) Atender todos los aspectos administrativos y presupuestarios referentes al
abastecimiento de combustibles y lubricantes, tanto en las instalaciones de la
Municipalidad como en estaciones de servicio privadas, de acuerdo a los
reglamentos y directrices emanadas por la Administración para este fin específico.
k) Llevar un control actualizado del Registro de operadores en el que se anote: el
nombre y apellidos del conductor, tipo de licencia, puntos con los que cuenta o
ha perdido de su licencia y fechas de vencimiento, así como un registro de
accidentes que se tuviere con el vehículo de la Institución y la resolución judicial
que ponga término al proceso respectivo.
|) Llevar el control de las fórmulas descritas en el artículo 8 del presente reglamento.
m) Velar por el buen funcionamiento mecánico de la maquinaria.
n) llevar un detalle exacto de las herramientas que dispone cada vehículo.
ñ) Controlar la distribución de las boletas o tarjetas de combustible y liquidación de
facturas por compra de combustibles.
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0) La dependencia con equipo automotor a cargo, debe velar porque se cumpla
con el presente Reglamento, reportando cualquier violación al mismo, junto con la
recomendación de la acción a seguir a la jefatura superior del infractor y de
acuerdo con lo señalado en el presente reglamento en el Capítulo de sanciones.
p) Coordinar y tramitar con las entidades gubernamentales todo lo referente a la
materia de transportes, cuando así se requiera.
q) Cumplir las disposiciones de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y
Seguridad Vial, así como cualquier otra normativa o reglamento vigentes que
complementen acertadamente los fines y propósito de este Reglamento.
r]) Custodiar el original de las llaves de todos los equipos municipales, en un lugar de
acceso conocido por la Alcaldía Municipal (casetilla del oficial de seguridad) en
caso de necesario uso por cuestión de emergencia.
Artículo 22.- De las acciones de control. La auditoría interna o el Alcalde municipal
a través de quien delegue, efectuará el control de la maquinaria y equipo
propiedad de la municipalidad durante todo el año con base a operativos
programados o sorpresivos, continuos y de acuerdo con las circunstancias en forma
aleatoria.
Artículo 23,- De la entrega de informes. Como mecanismo de control los
operadores están obligados a anotar en la Bitácora del equipo U maquinaria
asignado las actividades realizadas durante la jornada de trabajo, anotando el
kilometraje u horómetro, hora de salida y de llegada, si se presentó alguna falla en
el vehículo (debe describirla), consumo de combustible con el que inicia y termina
el viaje, nombre de la persona con quien realizó la actividad, entre otros datos que
se consideren necesarios y sean instruidos a anotar.
Artículo 24.- Del abastecimiento de accesorios, repuestos combustibles y
lubricantes. Se establecerá un control de consumo de combustible con una
estimación al rendimiento de kilómetros por galón de acuerdo con cada tipo de
maquinaria. Para estos fines se contemplará a nivel presupuestario la disposición de
los recursos necesarios para contar de manera efectiva con el abastecimiento.
Artículo 25.- De los expedientes de los vehículos. El Jefe a cargo del equipo u
maquinaria o quien este designe, deberá llevar un expediente por cada uno de los
equipos o maquinaria propiedad de la municipalidad, los que deberán contener
entre otros controles: las fórmulas descritas en el artículo 20 del presente
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MUNICIPALIDAD.
DE POCOC1
reglamento, la verificación de la eficiencia, eficacia y oportunidad de la ejecución
de los programas de mantenimiento y girar las recomendaciones que considere
pertinentes a quien corresponda para la inspección del mismo, control de
reparaciones y tiempo en que no están disponibles por las razones antes anotadas.
Artículo 26.- De la custodia de la maquinaria. Los operadores de equipo pesado
serán responsables de la custodia del vehículo y estarán bajo su responsabilidad,
durante el tiempo para el cual fueren asignados, los cuales a su vez son
responsables de mantener y entregar el vehículo limpio (lavado cabina y batea).
Artículo 27.- Del mantenimiento. El cuidado y el mantenimiento mecánico de la
maquinaria y equipo municipal serán preventivos y correctivos; el operador será el
responsable por revisar el equipo de manera diaria, realizar las actividades de
mantenimiento diario, entiéndase engrase, revisión de niveles de aceites de motor,
transmisión, agua y similar se efectuará previo la salida del plantel o previo el inicio
de las labores diarias asignadas, adicional se contara con un taller que la
municipalidad autorice para realizar el mantenimiento preventivo o correctivo; el
primero se realizará en forma periódica y programada, antes de que ocurra el daño
y la consecuente movilización del vehículo; y el segundo se efectuará al momento
de ocurrir estos eventos. El mantenimiento preventivo del vehículo incluye, por un
lado, los controles diarios (aceite, agua, entre otros.) y las revisiones de rutina. Se
realizará como mínimo cada 250 horas, 10.000 kilómetros o lo recomendado por el
fabricante de acuerdo al tipo de maquinaria y equipo, se realizará con base al
manual de operación y el carnet emitido por la agencia y de acuerdo al
kilometraje recorrido.
Artículo 28.- Del pago por mantenimiento. Todo pago por mantenimiento
preventivo y correctivo de la maquinaria municipal, deberá gestionarlo el
encargado de la unidad a cargo de este, con anticipación y en el formato
correspondiente, ante la administración municipal.
Artículo 29.- Del préstamo de maquinaria y equipo. El Préstamo de vehículos por
parte de un tercero a la Municipalidad de Pococí [entidad pública o privada),
serán tramitados por las dependencias solicitantes y la información sobre el
préstamo será remitida a la Dependencia que se encargará el servicio por medio
del Alcalde, el cual aprobará el préstamo en el que se deberán indicar las
condiciones de este mediante el respectivo convenio.
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MUNICIPALIDAD:
DE POCOCÍ
CAPÍTULO V
DE LA MOVILIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
Artículo 30.- El Alcalde Municipal a través del despacho encargado de la
administración de vehículos municipales, está facultado para autorizar la
movilización de estos. Los empleados o autoridades municipales que deban
cumplir con una comisión deberán tramitar con al menos cuarenta y ocho horas
de anticipación, en días hábiles, la respectiva "Boleta de Asignación de Vehículo",
salvo presentarse caso fortuito o fuerza mayor, previa justificación y visto bueno del
Alcalde.
Artículo 31.- Son requisitos indispensables de orden administrativo, para que
cualquier automotor entre en circulación, estar rotulado con el logotipo de la
Municipalidad, incluyendo el automotor de alquileres o préstamos, contar con su
debido asegurado (póliza obligatoria y voluntaria), estar registrados como activos
en el Departamento de Contabilidad y llevar una placa permanente de matrícula
especial con carácter de oficial en los lugares donde reglamentariamente esta
debe colocarse.
Artículo 32.- De la planificación del uso de los vehículos. Es responsabilidad de la
Sección de Transportes o a quien se le delegue, como encargado de vehículos,
realizar la planificación semanal o quincenal del uso de estos para las actividades
ordinarias, de acuerdo con la demanda de los diferentes departamentos de la
municipalidad, el cuadro de planificación estará colocado en un lugar público
visible preferiblemente en una pizarra o en una plataforma tecnológica que lo
facilite.
Artículo 33.- Los vehículos de la Municipalidad están para uso oficial de la
municipalidad, es decir; para el desempeño de funciones públicas y propias de la
Municipalidad, en horas y días laborales, por lo tanto queda prohibido la utilización
de los vehículos municipales para actividades particulares o fines personales,
familiares o actividades políticos electorales y publicas ajenas al servicio público;
salvo excepción de los vehículos que por su naturaleza de trabajo tengan que
laborar en horarios establecidos conforme a las necesidades y de acuerdo con la
actividad de cada uno de los departamentos que así lo requiera, así como
también, aquellos que por necesidad de la municipalidad deban de transitar fuera
del horario establecido, conforme al visto bueno del Alcalde Municipal.
Artículo 34.- Los vehículos municipales tendrán prioridad de parqueo en los
estacionamientos de la municipalidad, sobre aquellos que son propiedad de sus
empleados.
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PAGINA N*30 MUNICH elrALR/os) DELITOS, 06-04
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MUNICIPALIDAD
DEPOCOCÍ
Artículo 35.- Ningún vehículo municipal podrá ser guardado en casas de habitación
de funcionarios o particulares, salvo orden motivada del Alcalde Municipal.
Artículo 36.- Para lograr el mayor aprovechamiento de los vehículos disponibles,
deberán agrupar personas o materiales en un solo viaje, siempre que las
circunstancias lo permitan, varias solicitudes de transporte que se generen hacia
un mismo sitio o ruta, dando aviso oportuno a los interesados para lograr una
adecuada coordinación del viaje.
CAPÍTULO VI
DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
Artículo 37.- Todo servicio de transporte se gestionará mediante el formulario
"Boleta de Asignación de Vehículos".
La Sección de Transporte, o en quien se delegue, junto con las jefaturas con
vehículos bajo su responsabilidad solo tramitarán solicitudes de transporte
correctamente formuladas o presentadas por el usuario de acuerdo con las
políticas dictadas sobre el particular y los intereses institucionales dependiendo de
la disponibilidad de los recursos.
El formulario "Boleta de Asignación de Vehículos", deberá ser solicitado por la
Jefatura Inmediata, la cual deberá justificar el fin del uso del transporte. La cual
será aprobada de conformidad con los recursos disponibles [vehículo y operarios)
y la viabilidad del servicio.
Artículo 38.- Cuando por razones especiales, el servicio de transporte se requiera
en horas y días no hábiles, su uso solo podrá ser autorizado por el Alcalde Municipal
debidamente autorizados para este fin mediante resoluciones administrativas.
Artículo 39.- Dependiendo de la naturaleza de la necesidad planteada, los
servicios de transporte podrán prestarse bajo la modalidad de Servicio ocasional o
temporal el cual consiste en poner a disposición de la dependencia solicitante, un
vehículo con el propósito de efectuar un traslado específico, durante un periodo
determinado.
Artículo 40.- La Sección de Transporte, o a quien se le delegue, junto con las
jefaturas con equipo automotor, determinarán con base en las necesidades de
transporte existente a nivel municipal y con los recursos disponibles, los
requerimientos de nuevos equipos o sustitución para satisfacer la demanda de
servicios, para tal efecto:
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MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI
a) Recomendarán la cantidad y especificaciones técnicas de los vehículos por
adquirir.
b) Efectuarán el estudio técnico de las ofertas presentadas cuando se promuevan
compras de vehículos y harán la recomendación correspondiente.
c) Recibirán los vehículos que se adquieren y verificarán que se ajusten a las
condiciones solicitadas.
d) Coordinarán la obtención de permisos o autorizaciones ante los entes
gubernamentales correspondientes.
CAPÍTULO VII
MONITOREO DE VEHÍCULOS
Artículo 41.- Para el monitoreo de los servicios, la Municipalidad instalará dispositivos
de posicionamiento satelital global (GPS) o cualquier otro tipo de control
electrónico para la maquinaria y equipo municipal, que serán utilizados para medir
distancias, kilometraje, lugares visitados, combustibles, velocidad, rendimiento de
la unidad, horas uso, periodos de inactividad y cualquier otro tipo de información
o insumo para el control y fiscalización.
Artículo 42.- En el caso de que los controles con los dispositivos de monitoreo
satelital global (GPS) o similares, detecten anomalías como el mal uso de las
unidades, subutilización de los equipos, largos periodos de inactividad, excesos de
velocidad, o cualquier otra duda sobre la conducción de la unidad, se tomarán las
medidas disciplinarias por los reportes que se generen tanto a los conductores de
las unidades como a los usuarios solicitantes del servicio, conforme a este
reglamento, el procedimiento y demás normas afines vigentes.
CAPÍTULO VII
DE LOS CONDUCTORES DE VEHÍCULOS MUNICIPALES
Artículo 43.- Los vehículos de la municipalidad sólo pueden ser conducidos por
empleados municipales contratados como choferes municipales o bien con
autorización de la Sección de Transportes o del alcalde municipal, y para poder
conducirlos deberán de poseer licencia vigente conforme al vehículo a conducir y
contar por lo menos con tres años de experiencia en manejo de vehículos.
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PAGINA Neg2 MUNICIEANOz Er dPÍi4SHA. 06-04-294335 ,
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Artículo 44.- Es absolutamente prohibido al funcionario autorizado para conducir
un vehículo, ceder la conducción del vehículo a otras personas no autorizadas,
salvo razones muy calificadas que deberán comunicarse al departamento
respectivo.
Artículo 45.- Como protección que la Municipalidad otorga a todos sus
conductores, durante el ejercicio de sus labores están, las siguientes:
a) Riesgos del trabajo: Todos los conductores de la Municipalidad están amparados
por la póliza del seguro contra riesgos del trabajo.
b) La Municipalidad pagará los deducibles al Instituto Nacional de Seguros,
derivados de accidentes de tránsito en el cual no medie descuido, imprudencia ni
responsabilidad comprobada atribuible al chofer municipal, que así se indique en
sentencia judicial o por resolución emitida por ese motivo en la municipalidad.
c) En los casos en que el accidente tiene consecuencias del descuido,
imprudencia debidamente comprobada del trabajador, además de las sanciones
disciplinarias que pudiesen corresponder, el chofer municipal será responsable de
pagar el respectivo deducible y la Municipalidad podrá hacer las deducciones
correspondientes al salario, de acuerdo con las condiciones económicas del
trabajador.
d) Vehículos: Las unidades automotrices de la Municipalidad están cubiertas por
las siguientes coberturas:
1) Responsabilidad civil por lesión o muerte de personal.
1) Responsabilidad civil por daños a la propiedad de terceros.
111) Colisión y vuelco.
IV) Otras que, a juicio de la Sección de Transporte, se encuentren operando o se
llegaren a determinar.
V) Y cualquier otra que el Proceso de Seguros, indique como necesaria u
obligatorio.
Artículo 46.- En condiciones difíciles de operación (carretera en mal estado,
condiciones climáticas adversas, lugares de difícil acceso), todo conductor deberá
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actuar prudente y diligentemente, evitando la temeridad a fin de no exponerse a
pérdidas humanas y materiales.
Artículo 47.- Los conductores de vehículos no podrán hacer intercambio de
accesorios entre las unidades.
Artículo 48.- Los conductores no deben permitir, que personas no autorizadas para
la función o el servicio que se propone brindar, viajen en los vehículos municipales
salvo en ocasiones especiales en que medie autorización superior, también de
personas relacionadas con labores propias de la Municipalidad o en casos de
emergencia comprobada.
Artículo 49.- Los conductores no deben permitir que personas en estado de
ebriedad o en apariencia de consumo de cualquier tipo de drogas, viajen en los
vehículos, Se aplica la excepción en el presente artículo cuando las unidades sean
utilizadas para brigadas municipales de ayuda y por las que medie autorización
superior o en casos de emergencia comprobada.
Artículo 50.- Cada Operador de Equipo con asignación de unidad, es responsable
de indicar las prohibiciones de ingerir comidas y bebidas dentro de los vehículos
municipales.
CAPÍTULO IX
DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ACCIDENTES MENORES Y ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Artículo 51.- Todo personal que conduce un vehículo de la municipalidad, deberá
de observar las siguientes medidas de seguridad:
aj) Es obligatorio el uso de cinturones de seguridad [en auto) y casco [en motos
etc.)
b) Respetar las reglas en cuanto al número de pasajeros y ocupantes así como al
peso de equipaje y bienes, tal como lo indica el fabricante y la legislación nacional.
c) Conducir los vehículos a velocidad moderada (60-80 Km/h), seguir las
indicaciones en la vía, instrucciones o reglamentos que rigen la materia de tránsito.
d) No fumar dentro del vehículo, ni colocar niños menores de 12 años en la parte
delantera del vehículo.
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e) Tomar medidas contra robo del vehículo o partes de este.
f) No usar celular mientras conduzca el vehículo municipal. Si se reciben llamadas
deberá detenerse para contestarlo, salvo si el equipo cuenta con dispositivos de
manos libres.
g) Asegurarse que las herramientas asignadas a cada vehículo estén colocadas en
el lugar asignado para tal fin.
Artículo 52.- Con el propósito de que los vehículos de la Institución circulen dentro
de las normas apropiadas de seguridad y ofrezcan una apariencia uniforme, se
prohíbe colocar adomos, tanto en el interior como en el exterior de los mismos o
mantener objetos en el panel de instrumentos. Queda igualmente prohibido el uso
de accesorios o extras de cualquier índole, siendo las mismas simplemente
decorativas
Artículo 53.- Responsabilidad por accidente. El conductor que fuere declarado
culpable por los Juzgados o Tribunales de Justicia con motivo de un accidente de
tránsito en que hubiere participado con un vehículo municipal, deberá pagar el
monto correspondiente al deducible que eventualmente tendría que pagar la
Municipalidad al Instituto Nacional de Seguros por la cobertura respectiva. Si los
daños causados no alcanzan esas sumas, la responsabilidad del conductor
quedará reducida al pago del monto de los daños. Si el accidente se produce por
dolo o culpa grave del conductor o como consecuencia directa de una conducta
del funcionario que favorecía el percance, tales como conducir en forma
temeraria, bajo los efectos del alcohol o en general, incumpliendo las prohibiciones
que este Reglamento y lo que la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y
Seguridad Vial disponen, el funcionario deberá cubrir la totalidad de los daños y
perjuicios causados a terceros y a la Administración, que no sean cubiertos por la
póliza respectiva. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades de carácter
administrativo y penal a que se haga acreedor el funcionario, incluyendo en su
caso hasta el despido directo, sin responsabilidad patronal.
Artículo 54.- De la notificación por accidentes menores. El conductor informará de
cualquier novedad o percance ocurrido al vehículo y para este fin utilizará el
formulario de "informe de accidentes".
Artículo 55.- Todos los vehículos deberán cumplir con los programas de
mantenimiento, reparaciones y diligencias en caso de accidentes de tránsito.
Dichos programas serán estipulados por la Sección de Mantenimiento Automotor,
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en cuanto a las directrices de casos por accidentes serán estimados por el taller
mecánico autorizado.
Artículo 56.- Del procedimiento en general por los accidentes de tránsito. Los
conductores y sus acompañantes que debido a la circulación por las vías públicas
con vehículos de la Municipalidad, se vean involucrados en un accidente de
tránsito, deben seguir el siguiente procedimiento:
aj) Llamar a las autoridades de tránsito y del Instituto Nacional de Seguros por el
medio más viable que dispongan para que confeccione los informes
correspondientes.
b) No mover el vehículo hasta que los oficiales de tránsito e inspectores del Instituto
Nacional de Seguros se apersonen al lugar y realicen su labor,
C) Obtener información en razón de las calidades de las personas afectadas en el
accidente y los testigos si los hubiere.
d) Dar aviso en forma inmediata a su Jefe, sobre lo sucedido, para que se le giren
instrucciones y se tomen las medidas del caso.
e) Cumplir con el proceso judicial. Para tal efecto se presentará al juzgado
correspondiente dentro de los ocho días hábiles siguientes del accidente a rendir
declaración, previa coordinación con Servicios Jurídicos Internos. También deberá
presentarse a la audiencia oral y pública y luego al momento de dictarse la
sentencia, sin perjuicio de cualquier otra diligencia que el Juzgado o Tribunal
requiera. Finalizado el proceso, deberá enviar copia del expediente judicial a la
Alcaldía Municipal para que ésta inicie, si procede, el procedimiento administrativo
respetando el principio del debido proceso.
f) Cumplir con el procedimiento administrativo bajo este fin.
g) En caso de que el conductor sea declarado culpable por parte de los Juzgados
o Tribunales de Justicia, deberá proceder, a cancelar en efectivo en las cajas
municipales, el monto correspondiente de los daños e indemnizaciones debidas,
según se determine en el proceso que se abrirá según lo dispuesto en el inciso e)
anterior.
Artículo 57.- Análisis de cada accidente. El encargado de Transportes, o en quien
se delegue, analizará todo accidente de tránsito, robo, hurto o percance en que
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se involucre un vehículo de la Municipalidad, preparará y remitirá al Alcalde
Municipal en un plazo máximo de cinco días hábiles un informe preliminar con su
respectiva recomendación, a efecto de que se tomen, conforme al mérito de
cada caso, las medidas que correspondan, respetando el Debido Proceso.
Artículo 58.- Ningún conductor de la Municipalidad está autorizado para efectuar
arreglos extrajudiciales en casos de accidentes con vehículos municipales,
únicamente debe indicarle al particular que se apersone o se comunique con la
dependencia encargada, quien, en coordinación con Servicios Jurídicos Internos,
será la dependencia autorizada para efectuar las gestiones correspondientes.
Artículo 59.- Si la investigación de la Municipalidad o el fallo de la autoridad
competente demuestran culpabilidad del conductor al servicio de la
Municipalidad, este deberá pagar:
a) Los costos no cubiertos por la póliza del Instituto Nacional de Seguros para este
tipo de riesgos (deducibles, porcentuales, etc.).
b) Los otros costos en que incurra la Municipalidad o las indemnizaciones que haga
la Municipalidad mediante arreglos a terceros afectados o mediante arreglos
extrajudiciales, cuando el costo del daño sea inferior al monto del deducible.
c) Cuando medie sentencia judicial se ejecutará de inmediato la misma. Será
igualmente responsable aquel que permitiere a otra persona conducir un vehículo
de la Municipalidad sin causa justificada o sin la debida autorización.
Lo aquí estipulado será aplicado sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que
se haga acreedor el trabajador.
CAPÍTULO X
DE LAS RESPONSABILIDADES, DEBERES Y PROHIBICIONES
Artículo 60.- El funcionario a cuyo cargo estuviere la conducción u operación de
un vehículo, maquinaria o equipo será responsable ante la Municipalidad de
Pococí, sobre el uso del equipo automotor, accidente de tránsito, daño o bien
cuando permite actos que vayan en contra de la naturaleza de su uso, como los
siguientes:
a) Destinar el vehículo a un uso distinto a aquel que se ha autorizado.
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b) Abandonar el vehículo sin causa justificada.
Cc) Fumar dentro del vehículo.
d) Presentar conductas no acordes a las buenas costumbres y normas éticas y
morales, que dañen la imagen de la Municipalidad de Pococí.
e) Llevar los vehículos oficiales de la municipalidad a lugares no autorizados.
f) Entregar original y copia de las llaves del vehículo utilizado una vez finalizado su
respectivo uso.
Artículo 61.- Son deberes de los usuarios de los servicios de transporte que presta la
Municipalidad:
a) Conocer y cumplir las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
b) Portar un documento que lo identifique.
Cc) Hacer uso de los servicios de transporte que presta la Municipalidad en
situaciones plenamente justificadas y por razón de desempeño de las labores
propias del Municipio.
d) Mantener posición de respeto para las otras personas que viajan dentro del
vehículo y las que se encuentran fuera de él y comportarse de acuerdo con la
moral y las buenas costumbres.
e) Se prohíbe consumir alimentos y bebidas dentro del vehículo, así como fumar
dentro de los vehículos municipales.
f) Mantener el aseo y el cuido del bien.
9) Presentar conductas acordes a las buenas costumbres y normas éticas y morales,
que no dañen la imagen de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 62.- Ningún usuario está autorizado para:
a) Obligar al conductor a continuar operando el vehículo cuando se vea en la
necesidad de detener la marcha debido a un posible desperfecto mecánico,
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MUNICIPALIDAD
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b) Exigir la conducción del vehículo a una velocidad mayor o menor de la
permitida en la zona. En el primer caso no podrá aducirse urgencia en el servicio.
c) Solicitar u obligar al conductor a destinar el vehículo para asuntos de tipo
personal ni extender la utilización de este cuando se haya concluido la labor diaria
en el lugar o centro de trabajo de la gira o servicio, a menos de que así se haya
consignado en la solicitud de control servicios de transporte.
d) En general, ningún usuario tendrá autoridad para obligar a un conductor a violar
el presente Reglamento o las normas afines vigentes.
Artículo 63.- Prohibición de estacionamiento. Los vehículos de la Municipalidad no
deberán ser estacionados por sus conductores frente a cantinas, tabernas o
similares, ni frente a locales cuya fama riña con la moral y las buenas costumbres,
salvo por cuestiones estrictamente laborales.
Artículo 64.- Manejo bajo sustancias enervantes. Queda terminantemente
prohibido conducir vehículos municipales bajo los efectos del licor, drogas o
sustancias enervantes. El incumplimiento de lo anterior, se considerará como falta
grave y será causal de despido sin responsabilidad patronal, y sin perjuicio de la
responsabilidad en que incurra el servidor en caso de accidente por todos los
daños causados.
Artículo 65.- Son deberes de todo conductor de la Municipalidad, además de los
consignados en el ordenamiento legal vigente, los siguientes:
a) Cuando el conductor no conoce el vehículo, deberá informar sobre ello y pedir
una prueba de manejo en carretera.
b) Coordinar con el Departamento de Recursos Humanos y Salud Ocupacional de
la Municipalidad, para someterse a exámenes médicos a fin de determinar su
capacidad física y mental para conducir vehículos automotores.
c) Conocer y cumplir estrictamente las Leyes de Tránsito, así como las disposiciones
que establece el presente Reglamento y toda otra norma vigente que
complemente acertadamente los fines y propósitos de éste.
d) En los casos en que se genere una boleta de Transito por incumplir con la Ley de
Transito u otra normativa, el chofer infractor asignado a esa unidad deberá
cancelar el monto de la infracción, en caso de no haber cancelado en un tiempo
prudencial (10 días hábiles), la Municipalidad cancelará el parte y girara las
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instrucciones para el respectivo cobro ante la Dirección de Recursos Humanos,
además de las sanciones disciplinarias que pudiesen corresponder.
e) Portar actualizadas las licencias de conducir vehículos públicos, extendidas por
la Dirección General de Educación Vial del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, así como del respectivo permiso de la Municipalidad, las cuales deben
ser acordes con el tipo de vehículo que conduce.
f) Portar en el vehículo la tarjeta de derechos de circulación, la tarjeta de pesos y
dimensiones para las unidades que la requieren y cualquier otro documento que la
Dependencia encargada considere convenientes para la circulación, así como las
herramientas y dispositivos de seguridad necesarios, establecido por norma
expresa.
9) Realizar antes de conducir un vehículo el siguiente protocolo: revisión de frenos,
dirección, luces, lubricantes, combustible, presión de llantas y estado general de
las mismas, nivel de agua, etc. Además procurar que el vehículo se mantenga en
condiciones adecuadas de limpieza y efectuar el cambio de las llantas cuando se
requiera. Los accesorios, repuestos y otros implementos de los vehículos, perdidos
injustificadamente, serán reemplazados por el responsable de esa pérdida en un
plazo de cinco días naturales. El incumplimiento de esta obligación será objeto de
sanción conforme se establece en los reglamentos respectivos, lo cual no exonera
del pago de los implementos perdidos.
h) Velar porque el vehículo opere en condiciones mecánicas y de carrocería
apropiadas e informar oportunamente a la dependencia encargada de dicho
equipo cuando observe que hay algo anormal en el funcionamiento del vehículo
o bien de cualquier daño que se detecte en la unidad,
i) Conducir el vehículo siguiendo las normas de tránsito, bajo las condiciones
establecidas en cuanto a capacidad de carga Útil y cantidad de pasajeros,
cuidando el uso y equipamiento de herramientas y otros.
ij) Velar porque el vehículo cuente con las condiciones (mecánicas) necesarias
para garantizar tanto su propia seguridad como la de las personas, materiales y
equipo transportado, además informar a la Dependencia encargada si existiese
requerimientos de dicho equipo para el automotor.
k) Conservar mientras conduce, la mayor compostura y la debida prudencia de
manera que no ponga en peligro su propia vida, la seguridad de otras personas,
de la unidad que conduce, de otros vehículos y bienes.
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|) Seguir la ruta lógica establecida entre los puntos de salida y destino de cada
servicio,
m) Acatar las instrucciones que en carretera les señalen los inspectores viales de la
Dirección General de Tránsito o de la Sección de Transportes y brindarles la
información que solicitan.
n) Cumplir estrictamente con los trámites que señale la Sección de Transportes y la
dependencia con el equipo automotor asignado en casos de accidentes de
tránsito o daños a las unidades.
ñ) Pagar las reparaciones ocasionadas por siniestros en las que el vehículo de la
municipalidad resulte con daños ocasionados por su negligencia, sin perjuicio de
las sanciones de tipo administrativo que apliquen.
0) Asumir el pago de las multas por infracciones, cuando éstas sean impuestas por
actos atribuibles al conductor del vehículo, conforme a lo señalado en la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial,
p) En caso de accidente, elaborar el informe respectivo en el plazo de 1 día hábil,
q) Anotar los datos requeridos y utilizar adecuadamente los formularios
establecidos para el control del uso de los vehículos,
r) Es deber de todo funcionario municipal que solicite boletas o utilice otros medios
de compra de combustibles, hacer la entrega de la factura correspondiente en un
plazo no mayor a 2 días hábiles, a partir del día de solicitud. En caso de no cancelar
o hacer devolución de la boleta o documento, se tomarán las medidas
disciplinarias correspondientes.
s) Es deber del funcionario municipal operador de equipo automotor, o cualquier
otro equipo que ufilice combustibles, utilizar los medios que indique la
municipalidad para la adquisición o compra de dicho insumo.
t) Es deber del funcionario municipal operador de equipo el brindar el servicio de
transporte de personas, materiales o equipos, de acuerdo a lo indicado por la
Jefatura Inmediata, en caso de negarse a realizar el trabajo se realizará el
documento respectivo a la instancia correspondiente para las sanciones
respectivas en caso de ser necesario.
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PAGINA Ne41 MUNICIRAR ro PÍMASha. 06-04-9344
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u) Es deber del operador de equipos entregar el equipo municipal con un mínimo
de combustible de tres cuartos de la capacidad total del tanque, para los próximos
servicios, salvo justificación razonable a consideración del departamento a cargo.
Artículo 66.- El conductor que con conocimiento de un daño causado al vehículo
y lo oculte, asumirá la responsabilidad legal que por ello pueda imputársele. El
conductor o funcionario será responsable por daños al vehículo ocasionados con
dolo, falta de deber de cuidado cuando sea evidente y manifiesto que fue
ocasionado durante su uso y custodia.
Artículo 67.- Es responsabilidad del operador de equipo municipal portar y tener
habilitada su licencia de conducir respectiva.
Artículo 68.- Es responsabilidad exclusiva de cada conductor el cumplimiento de lo
establecido en el presente capítulo, de ahí que si acata órdenes que
contravengan dichas disposiciones, asumirá las consecuencias que esa acción
origine, excepto que salve su responsabilidad al tenor de lo dispuesto por el artículo
109 de la Ley General de la Administración Pública.
CAPÍTULO XI
DE LAS SANCIONES
Artículo 69.- Las sanciones aplicables se regirán de acuerdo con lo establecido en
este reglamento, el Código Municipal y el Reglamento Autónomo de Organización
y Servicios vigente de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 70. De previo a la aplicación de las sanciones previstas en este reglamento,
el Código Municipal y el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios
vigente de la Municipalidad de Pococí, debe seguirse el Debido Proceso.
Artículo 71.- Se considerarán faltas leves o graves por parte del conductor de
equipos municipales o usuarios que sean funcionarios municipales cuando le sean
procedentes, las siguientes:
a) Falta Leve: Incumplimiento de lo indicado en los artículos 11, 14, 23, 26, 34, 47, 50,
51, 60, 61 y 63 del presente reglamento.
b) Falta Grave: Incumplimiento de lo indicado en los artículos 35, 46, 48, 49, 53, 54,
55, 57, 58, 62, 64, 65 y 66 del presente Reglamento.
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Artículo 72.- El funcionario municipal que conforme al artículo 139 de la Ley de
Tránsito por vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, llegue a perder los puntos y
suspensión de la licencia de conducción que lo acredita como conductor y cuya
figura fue contratado, será despedido sin responsabilidad patronal, Únicamente si
no hay otro puesto temporal o permanente en el cual colocarlo (cumpliendo los
requisitos del cargo), previo a una suspensión por quince días sin goce salarial,
respetando en todo momento, el Debido Proceso, en este último supuesto, ante
una reincidencia, operará el despido sin responsabilidad patronal.
CAPÍTULO XII
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 73.- En ningún caso las facilidades y ventajas que representa para el
servicio municipal el uso de los vehículos, serán parte del respectivo contrato de
trabajo.
Artículo 74.- Derogatoria. Este reglamento deroga el Reglamento anterior,
denominado: "Reglamento Interior parar el Uso de Vehículos Municipales" o
cualquier que exista para asuntos similares.
Artículo 75.- Vigencia. Rige a partir de su publicación.
Boleta N*
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Nombre:
Actividades a describir
1. Espocificaria ubicación cial proyocto. lugar y distato ave comosponda.
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3. contidad y 1u un ¡dicta e Indicar el grado de avanco del proyecto.
4, Sila actividad descrito implica el uso de maquinaría (voganeta. niveladora, compactadoro, back hos. excavadora). se
daba de Indicar la placa commpodiante.
5, Silo astmiaod desama instuya cosanación con comunidades. naror el nombre de parsono responsable perla comunico.
6. En caso de Impacciones proplas de la VIGVM, dejer constiganda la información ol detallo do la misma.
7. En caso do impocción de proyectos de obras por contrato. indicar la contormidad o no «o las obras con una bravo
descipción. o bien cualquier otra obimrvoción que comida imievonte.
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Observaciones:
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Inicia — 4 lleno 3/4 1/2 1/4 Carga de combustibl 2 Operador equipo pesado
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Trastado. Recorrido Inicia | Finotiza Persono o responsable] Firma
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Jbocumentación (Rlv, derecho de circulación) LO) kit de seguridad Engraso
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Praia hilteia rencwcabicidn E] otros:
Reporte de daños o averlas
Descripción:
Fima encargado
Observaciones:
Fina Chofer as Firma Encorgodo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Jurídicos y se les
convoca para el viernes a las 10:00 am.
Participa de la Palabra
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, eso lo envía el Departamento de Jurídicos ya con todas las correcciones,
ese es el definitivo, pero sería bueno que aparte de verse en la comisión, se le dé
una copia a todos los compañeros para que lo lean ya que ya está subsanado.
UL.
ACUERDO N* 524
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera,
alcalde municipal, teléfono 2711-1208, correo
Manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
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PAGINA Ne48 MUNICIE AR Aran
. 06-04- 09 351
Oficio: DAMCM-0054-2021
Asunto: Solicitud de autorización
Mediante la presente me permito remitir borrador de contrato de acceso para
concesión minera de extracción de Río Toro Amarillo entre la Municipalidad de
Pococí y el señor Ronald Cortez Vargas, representante de la sociedad Ganadera
Porcina Fortis S.A.
Como parte de las gestiones para la tramitación del expediente No. 2020-CDP-
PRI- 045, se requiere aportar el contrato adjunto que permita demostrar el acceso
a la posible zona de extracción de fuente de material que esta Municipalidad está
gestionando ante la Dirección de Geología y Minas.
Por lo tanto, solicito la autorización por parte del honorable Concejo Municipal del
presente borrador de contrato de acceso para concesión minera.
Lic. anuel Hémán!
Alcalde 7
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PAGINA No4g MUNICIPAL. 06-04-9935
PRISA
CONTRATO DE ACCESO PARA CONCESIÓN MINERA DE
EXTRACCIÓN DEL RIO TORO AMARILLO
Nosotros, RONALD CORTEZ VARGAS, empresario, mayor, divorciado,
vecino de La Colonia Barrio San Bosco 89 en Las Brisa de Toro Amarillo,
Pococí, cedula de identidad No 4-0137-0011 en representación de la
Sociedad GANADERA PORCINA FORTIS S.A., con cédula de persona
jurídica número 3-101-251472, como Apoderado Generalísimo sin límite
suma PROPIETARIO y MANUEL HERNANDEZ RIVERA, mayor casado,
Abogado de profesión, vecino de Distrito de Guápiles de Pococí, portador
de la cédula de identidad número 7-0086-0850, en calidad de Alcalde de
la Municipalidad de Pococí, cedula jurídica No 3-01404125, denominado
SOLICITANTE DE CONCESIÓN DE CAUCE DE DOMINIO PUBLICO ,
hemos convenido en celebrar el presente contrato de ACCESO PARA
CONCESIÓN MINERA DE EXTRACCIÓN DEL RIO TORO AMARILLO,
el cual se regirá por las normas que regulan la materia y por las siguientes
cláusulas.
PRIMERA: OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO: El presente contrato,
es que el propietario del inmueble Plano Catastro No 7-1777002-2014,
ubicado en Las Brisas de Pococí (Escuela), Toro Amarillo Guápiles de
Pococí, el cual colinda con el Río Toro Amarillo, permite acceso a dicho
río, por medio de la propiedad anterior, para que la Municipalidad de
Pococí realice la solicitud de Explotación de Cauce de Dominio Público ante
la Dirección de Geología y Minas (DGM) en el Río Toro Amarillo. Para lo
cual le facilitara parte de la propiedad para acceso al río e instalar el patio
de acopio de materiales del Río Toro Amarillo. p
SEGUNDA: OBLIGACIONES SOLICITANTE DE CONCESIÓN DE
CAUCE DE DOMINIO PUBLICO: Realizar los trámites ante la DGM para
poder accesar al Río Toro Amarillo de acuerdo con las regulaciones
técnicas y ambientales de la DGM y la Secretaria Técnico Nacional
Ambiental (SETENA). Para ello aportara un croquis georefenciado a la
propiedad de Plano Catastro No 7-1777002-2014, ubicando el trayecto al
Río Toro Amarillo y definiendo el área de acopio de materiales.
TERCERA: OBJETIVO DEL CONTRATO: El presente contrato tiene como
único propósito de facilitarle a la Municipalidad de Pococí el acceso al río
Toro Amarillo, para que pueda formalizar la solicitud de concesión de
explotación de Cauce de Dominio Público en dicho río y así, cumplir con
lo solicitado en el artículo No 36 del Código de Minería vigente y de
acuerdo a las coordenadas: 517438.42 Este, 1135448.89 Norte y
517041.67 Este, 1135454.30 Norte límite aguas arriba;
517734.12 Este, 1137293.00 Norte y 517497.20 Este y
1137304.09 Norte límite aguas abajo. Por tanto, por ahora no se
contempla costos de derecho de paso o de alquiler de patio entre ambas
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partes, los mismos se fijarán hasta iniciar las labores de extracción de
materiales en el Río Toro Amarillo.
CUARTA: LUGAR DE SITIO DE ACTIVIDADES: La ejecución de este
contrato será Únicamente en el sitio y área acordada por ambas partes y
contempladas en el croquis suministrado a la Dirección de Geología y
Minas y SETENA.
QUINTA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato
se suscribe tiene como vigencia únicamente hasta que la Municipalidad
Formalice ante la DGM la concesión de Explotación de Materiales de Cauce
de Dominio Público en el Rio Toro Amarillo y después se presentará un
NUEVO CONTRATO por los años que se le otorgue la concesión por parte
de la DGM y el MINAE.
ES TODO. Ambas partes manifestamos nuestra conformidad con las
anteriores disposiciones y en fe de lo anterior firmamos en la ciudad de
San José, el día 26 de marzo del 2021.
PROPIETARIO SOLICITANTE DE CONCESIÓN
Ronal Cortes Vargas DE CAUCE DE DOMINIO
PUBLICO
Manuel Hernández Rivera
Alcalde de Pococí
Son Auténticas las firmas.
Por UNANIMIDAD, Se Acuerda: Se autoriza al señor alcalde Lic. Manuel Hernández
Rivera, a firmar contrato de acceso para concesión minera de extracción del Río
Toro Amarillo entre la Municipalidad de Pococí y el señor Ronald Cortez Vargas,
representante de la sociedad Ganadera Porcina Fortis S.A. Se Dispensa del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 525
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera,
alcalde municipal, teléfono 2711-1208, correo
Manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: DAMCM-0055-2021
ES Sitio Web: munipococi.go.cr
AN a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nos1 MUNICIE EAN Ar PSA ZhL. 06-04-9354
Asunto: Solicitud de adjudicación Licitación Abreviada N* 2021-LA-
0032000702 por Servicios de Seguridad Privada para instalaciones Municipales y
Centro Cívico por la Paz.
Municipalidad de Pococí
e, 7 Despacho del Alcalde als
a S Teléfono: 2711-1208 27%
MUNCPALIOAD
Pluye manuel hernandezOmunipoco cr Man
ene
Guápiles, 6 de abril de 2021
DAMCM-0055-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, y contando con el análisis y recomendación de
adjudicación por parte del Lic. Manuel Hemández Rivera, Alcalde Municipal.
En el acto de apertura de ofertas que se realizó electrónicamente se recibieron las
siguientes ofertas a saber:
+. Seguridad Privada Esperanza Cartaginesa (José MI Trejos Carpio) oferta por
un monto de £ 75.112.214.36 [Estando al día con las certificaciones de CCSS,
Fodesaf, tributación directa).
+ Seguridad Total M J SA, oferta por un monto de q 91.169.122.00 (Estando al
día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf, tributación directa).
+  Madruma Seguridad SA, oferta por un monto de g 91.560.457.64 (Estando al
día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf, tributación directa).
+ Seguridad de Tropico Setrosa SA, oferta por un monto de £ 92.582,838.66
(Estando al día con las certificaciones de CCSS) (Estando morosa con
Fodesaf, tributación directa). Se solicito la subsanación y cumplido el plazo
no aporta la documentación, manteniendo su situación.
+  Swat Black Seguridad, oferta por un monto de £ 95.120.000.00 Estando al día
con las certificaciones de CCSS, Fodesaf, tributación directa).
+ Inversiones Gabo SYN SA, oferta por un monto de q 96.907.966.00 (Estando al
día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf, tributación directa).
+ Falcon Servicios Integrados SA, oferta por un monto de g 100.667.585.63
(Estando al día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf, tributación directa).
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nes2 MUNICIE AR Er Pi hb.
06-04-0355
z 9 Municipalidad de Pococí
POCOC Despacho del Alcalde Ys
AS ¿o 2711-1208 A
monuel hernandez) munipococi.go.cr
Pluye ME
+ Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda, oferta por un monto de
£ 103.920.000.88 (Estando al día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf,
tributación directa).
+ Consorcios de Seguridad e información SA, oferta por un monto de
4 112,483.253,53 (Estando al día con las certificaciones de CCSS, Fodesaf,
tributación directa).
+ Consorcio Servicios de Control y Vigilancia Joben 8, Seguridad Alta SA, oferta
por un monto de y 135.254,334.85 (Estando al día con las certificaciones de
CCSS, Fodesaf, tributación directa).
Para el presente se recibieron las siguientes ofertas y se realizó el respectivo análisis
de admisibilidad según lo estipulado mediante el cartel a través de la plataforma
SICOP:
silos de admisibilidad | 0 y z
Cedlificación de] Listado de posibles
Dirección del condidolos y
Empresa Servicios Privados] — Prolocolo de emergencias — [requisitos de oficiales| Admísible
de Seguridad| candidatos del
Pivada| servicio
' ds Sí (Preguntar por|
moneda s lechal si Recurido s
cedificación)|
Seguridad y Vigilancia SEVIN No s si Ss Recurido Si
limitada
Consorcio de Información y " .
Seguidad SA. No S Si S Recurtido S
Falcom Servicios Integrados , ' MN
Sociedad Anónima No S Si Si Recuriido S
Inversiones GABO S YN s! A 4
Sociedad Anónimo No S Si si Recurido s
Seguridad del Trópico — [Si (con Hacienda % "| d
SEIROSA S.A. yFodesol Sy si Si Rogudido me
MADRUMA Seguridad " 4 4 e
sociedad Anónima No S Si Si Recurrido S
SEGURITOTAL MJ S.A, No S si Si Recurido S
José Manuel Trejos Carpio No No No visible] No Recurido No
Servicios de Control y
Vigilancia JOBEN S.A. y No Ss Sil Ss Recurrido Ss
Seguridad ALFA S.A.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA Nes3 MUNICIE ARO Ar Pia hS. 06-04-9356
Municipalidad de Pococí
E ,
POCOCA Despacho del Alcalde ys
a Teléfono: 2711-1208 <+%,
Fluye manuel hernandezQmunipococi.go.cr memo
== o PS
Del presente se desprende que, de las 10 ofertas recibidas, 2 de ellas no son
admisibles siendo las ofertas:
- Seguridad Del Trópico SETROSA S.A. por encontrarse morosos con Hacienda y
FODESAF y ante solicitud de subsanar, no cumplieron con lo necesario.
- José Manuel Trejos Carpio por no presentar los requisitos de admisibilidad
solicitados mediante el cartel.
Por lo tanto, se procede a realizar evaluación de las 8 ofertas admisibles:
Evaluación
Empresa Be dio Tolal
Swat Black Security Sociedad
Anónima
Seguridad y Vigilancia SEVIN
limitada
Consorcio de Información y
Seguridad S.A,
Falcom Servicios Integrados
Sociedad Anónima
Inversiones GABO $ Y N
Sociedad Anónima
MADRUMA Seguridad
saga E 91,560,457.64 54.76492665| 30) 15 99.16
SEGURITOTAL MJ S.A. € 91,169,122.67 $5.00 %) 0) 85.00]
Servicios de Control y
Vigilancia JOBENS.A. y — | € 135,254,334.85. 37.07 Y) 0 67,07
Seguridad ALFA S.A.
E 95,120,000.00 52.72 30) 0 82.72
€ 103,920,000.88; 48.25] 30] 0 78.25
€ 112,483,252,59| 44,58| 30] 0 74,58]
€ 100,667,585,63 49.81 3 0 79.81
E 96,907,966.47 51.74 3 15] 96.74
Siendo la empresa MADRUMA Seguridad Sociedad Anónima la empresa con la
puntuación más alta, para la misma se verifica que el cálculo de los costos en
cuanto a la mano de obra cumple con la base salarial establecida por el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social.
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PAGINA No54 MUNICIrARod2 O PÍiAARD. 06-04-299357
Municipalidad de Pococí f]
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ar O € Despacho del Alcalde ya 5
a , Teléfono: 2711-1208 2%,
] ] MUNICIPAL
monuel. hernandez(Qmunipococi.go.cr  MntepALicaD
Pluye
ARRIRTA EXCERETAa
Por lo antes expuesto se solicita al Concejo Municipal de Pococí, que con base en
los análisis hechos por el Despacho del señor Alcalde, y verificado cada uno de los
requisitos solicitados en el Cartel de esta licitación abreviada se proceda a
adjudicar y a su vez autorizar al señor Alcalde a pagar a la empresa: Madruma
Seguridad $ A, por un monto de £ 91.560.457,64 | Noventa y un millones quinientos
sesenta mil cuairocienios cincuenia y siete colones con 64/100) para un periodo
de 8 meses para los servicios requeridos en la presente contratación.
Se despide,
z
PA
ue Mangatfaméndez Rivera
Alcalde
Por UNANIMIDAD, Se Acuerda: Se Adjudica y se autoriza al señor alcalde Lic.
Manuel Hernández Rivera, a pagar a favor de la empresa Madruma Seguridad S.A.
por un monto de ( 91.560.457,64 (noventa y un millones quinientos sesenta mil
cuatrocientos cincuenta y siete colones con 64/100) para un periodo de 8 meses
Licitación Abreviada N*2021LA-000006-0032000702 por Servicios de Seguridad
Privada para instalaciones Municipales y Centro Cívico por la Paz. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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Pacina ness MUNICIEN TARO A PÍAAhL. 06-041.89358
aaa
ARTICULO lll
Mociones
ACUERDO N* 526
El Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez, propone que se desconvoque a la
Licda. Grace Chinchilla para la Sesión Extraordinaria del 08 de abril a las 5:00 pm,
ya que esta sesión es solamente del Concejo Municipal.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se desconvoca a la Licda. Grace Chinchilla,
Auditora Interna a la Sesión Extraordinaria del 08 de abril a las 5:00 pm. Se Dispensa
de Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 527
MOCIÓN:
Presentada por el Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez.
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Pluye
PAGINA Nosé MUNICIE ARO A PRL. 06-04-99359
TEA
CONSIDERANDO
l. Que este Concejo Municipal por Acuerdo 1423, Acta 60, del 25 de agosto de 2020,
ordena la apertura de un procedimiento administrativo disciplinario en contra de la
auditora interna Grace Chinchilla Villegas, por supuestas irregularidades, para lo
cual se nombró a un órgano director, originándose el expediente CM-PAD-01-2020.
II, Que luego de haber cumplido con todos lo requerimientos de ley, y respetando el
debido proceso de la señora Grace Chinchilla Villegas, el órgano director del
procedimiento emitió su recomendación al respecto.
lll. Que por oficio: 04006, DJ-00375-2021 del 16 de marzo de 2021, la División
Jurídica de la Contraloría General de la República emitió el respectivo dictamen, tal
y como exige la legislación nacional.
POR TANTO, MOCIONO:
Para que se realice una sesión extraordinaria el jueves 8 de abril de 2021 a las
diecisiete horas (05:00 p.m.), para que este honorable Concejo Municipal en su
condición de órgano decisor, se pronuncie con relación al procedimiento
administrativo disciplinario CM-PAD-01-2020 abierto a la auditora interna Grace
Chinchilla Villegas, además, como parte de la moción, que la sesión extraordinaria
se declare de carácter confidencial por el tema a tratar.
Juan ds Ger DQD0me
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la moción del Pdte. Municipal Juan Luis
Gómez Gómez, se convoca a Sesión Extraordinaria el jueves 8 de abril de 2021 a
las diecisiete horas para que este honrable Concejo Municipal en su condición de
órgano decisor, se pronuncie con relación al procedimiento administrativo
disciplinario CM-PAD-01-2020 abierto a la Auditora Interna Grace Chinchilla
Villegas, además que esta sesión se declare de carácter confidencial por el tema
a tratar. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo, Definitivamente Aprobado.
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No57 MUNICUAcrARód dro PÍahb. 06-04-99360
ACUERDO N* 528
MOCIÓN: Presentada por el Reg. Randall Torres Barrientos.
CONSIDERANDO:
En fecha 04 de mayo de 2018, acuerdo SMP-756-2018 se recibe área pública con
un área de 19245 m2 correspondiente a la plaza de Deportes del Toro Amarillo.
Mediante oficio SMP-1454-2019 del 24 de julio del 2019 la Sra. Elena Núñez, Pata.
de la Asociación de Desarrollo Integral de Toro Amarillo, solicita la donación y
segregación de 2400 metros inscritos a nombre de la Municipalidad de Pococí
para el inicio de los trámites de un ebais tipo 2, la cuál se trasladó al departamento
de Servicios Jurídicos para su analisis y recomendación.
Asimismo, en oficio SMP-1880-2019 se recibe informe jurídico IJ-30-AGO-2019 sobre
la procedencia de donación de terreno municipal a la CCSS en Toro Amarillo y se
traslada a la Alcaldía para que valore lo solicitado.
Finalmente, mediante acuerdo SMP-2102-2019 se rinde informe del Dpto.
Desarrollo y Control Urbano donde se autoriza a comparecer ante notario público.
De la misma forma, al estar lista la cancha de futbol y en proceso la de MTB y
beisbol.
MOCIONO:
Dar en convenio a la Asociación Deportiva de Toro Amarillo para que administre
la cancha e instalaciones en Toro Amarillo, finca matrícula 171586-000, Plano L-
2038766-2018.
Reservar el área de 2400 m? para futuro Ebais el cual la Caja Costarricense del
Seguro Social no tienen presupuesto, por lo que, mientras tanto puede ser utilizado
en parqueos o se pueden realizar trabajos en tierra para la pista didáctica de
mountain bike, siempre y cuando se cumpla en todos sus aspectos con la
legalidad.
Participa de la Palabra
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Pluye
PAGINA Nosg_MUNICIE TARA ESPIRAL 06041209901
ER AA
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Para agregarle don Randall “Siempre y cuando cumpla con todo el carácter de
legalidad ante esta Municipalidad” y felicitarlo por esa moción tan importante, me
alegra que esa comunidad crezca, se acaba de invertir en la plaza y el Concejo
en pleno tanto la administración ha brindado su apoyo y ese Ebais ha sido el
anhelo de muchos pobladores.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción del Reg. Randall Torres de dar
en convenio a la Asociación Deportiva de Toro Amarillo para que administre la
cancha e instalaciones en Toro Amarillo, finca matrícula 171586-000, Plano L-
2038766-2018 y reservar el área de 2400 m? para futuro Ebais el cual la Caja
Costarricense del Seguro Social no posee presupuesto, por lo que, mientras tanto
puede ser utilizado en parqueos o se pueden realizar trabajos en tierra para la
pista didáctica de mountain bike, siempre y cuando se cumpla en todos sus
aspectos con la legalidad. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo,
Definitivamente Aprobado.
AL SER LAS DIECISIETE HORAS CON VEINTISIETE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
4 (2
A —
—F=JUANLUIS| GOMEZ GOMEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL
F-MAGALY VENEGAS VARGAS
SECRETARIA MUNICIPAL
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