Extraordinaria 86 · 2020-12-15
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 2300 (pág. 3) · unanime ACUERDO N* 2300 Moción de Orden presentada por el señor presidente para alterar el Orden del Día y que se incluya como punto dos de la agenda: “Asunto…
- Acuerdo 2300 (pág. 3) ACUERDO N* 2300 Se reciben notas para este Concejo Municipal suscritas por los señores Ing. Henry Madrigal del Departamento de Desarrollo y Control Ur…
- Acuerdo 2296 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2296 / SESIÓN N*85 ORDINARIA / 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 / SMP-2222-2020 SOLICITUD DE DECLARATORIAS DE CALLES PÚBLICAS / FRACCIONAMIENTO…
- Acuerdo 2302 (pág. 22) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2302 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: Guápiles, 10 de diciemb…
- Acuerdo 2303 (pág. 25) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N?* 2303 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: DAMCMI-0185-2020 Adjun…
- Acuerdo 2304 (pág. 26) ACUERDO N?* 2304 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: DAMCM-0186-2020 “Siemp…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · firme · aprobado ) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica …
Pacina No MUNICIA CTA Nc86 Extraordinaria. e! MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*86 EXTRAORDINARIA. 15-12-2020 SESION EXTRAORDINARIA. N*86 DEL 15-12-2020, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez(Quien Preside) Osael Campos Bolaños (Sust. Jonnathan García Chévez) Reinaldo Benavides Vargas Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres Alfredo Calderón Alfaro SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde Carmen Sánchez Navarro José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez Jorge Humberto González Calderón (sust. Alejandra Sancho Bravo) Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ VARGAS RIVERA SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL [e “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA noz MUNICIA CTA Ñe88 Extiaordinarió. => A => YM ==> => 0 ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULOS Informe técnico sobra la declaratoria de calles públicas de los proyectos: 200 290 | Astua Pirie y Proyecto Valle del Roble. 2302 al 2304 1 Asuntos del Sr. Alcalde Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
. Municipalidad de Pococí pacina neg. MUNICANes Bracrainaria Sl a a ARTICULO | Informe técnico sobra la declaratoria de calles públicas de los proyectos: Astua Pirie y Proyecto Valle del Roble. ACUERDO N* 2300 Moción de Orden presentada por el señor presidente para alterar el Orden del Día y que se incluya como punto dos de la agenda: “Asuntos del Sr. Alcalde” Somete a votación la alteración del Orden del Día. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Alteración del Orden del Día, tomando como Punto Número Dos de la agenda: Asuntos del Sr. Alcalde. ACUERDO N* 2300 Se reciben notas para este Concejo Municipal suscritas por los señores Ing. Henry Madrigal del Departamento de Desarrollo y Control Urbano y el Ing. Freddy Rivera de la Unidad Técnica de Gestión Vial, dicen: Oficio: DDCU-262-2020 Referente al Acuerdo N? 2296 de la sesión N* 85 del 2020, Solicitud de Declaratoria de calles públicas! Fraccionamiento Astua Pirie/ Rapicréditos S.A. Oficio: UTGVM-1170-2020 Declaratoria de Calle Públicas en Fraccionamiento Astua Pirie. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí PaciNa Noa MONTA CTA Ne88 Exdracrainaria. —. Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2710 6560 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO yes Fax: 2710 7181 a Martes 15 de diciembre del 2020 OFICIO: DDCU-262-2020 Srs (as). Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Presente REFERENTE: ACUERDO N* 2296 / SESIÓN N*85 ORDINARIA / 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 / SMP-2222-2020 SOLICITUD DE DECLARATORIAS DE CALLES PÚBLICAS / FRACCIONAMIENTO ASTUA PIRIE / RAPICRÉDITOS S.A. Estimados señores (as), Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe con el objetivo de dar seguimiento a lo requerido mediante Acuerdo N*2296 de la Sesión N*85 Ordinaria de fecha 10 de diciembre del año 2020, en la cual se presentan dos notas suscritas tanto por la Sra. Francinie Castilla Ramos, representante legal de Rapicréditos S.A., así como el Sr. Alberto Guzmán Cordero, representante legal de Guzmán y Compañía S. A.; solicitando la declaratoria de dos calles públicas en las inmediaciones del fraccionamiento frente a calle pública ubicado en el sector de Astua Pirie, Cariari. SOLICITUD N%1 Mediante la primera nota adjunta al Oficio SMP-2222-2020, elaborado por la Secretaría del Concejo Municipal, de fecha 14 de diciembre del año 2020, se indica la necesidad de declarar y recibir una calle pública en el proyecto de fraccionamiento Astua Pirie, de acuerdo al consecutivo N*%055-2020 del 23 de enero del año 2020, “por tanto N”3” que hace alusión al compromiso de escritura pública número ciento veintidós, en la cual se comprometen a la construcción de una calle pública con los parámetros legales requeridos en el proyecto de vivienda. Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr Página 1 de 6 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi PAGINA N*5 MUNICUA Ns Ex e ao Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2710 6560 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO YUDS Fax: 2710 7181 a a a Para lo anterior, es de suma importancia mencionar que mediante Oficio DDCU-224-2020 de fecha 30 de setiembre del año 2020, se solicitó a la MBA. Martha Camacho Murillo, Directora del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FUSOVI) del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), remitir un informe técnico mediante el cual sea aclarado el tema del sistema de tratamiento de aguas residuales del presente proyecto. Mediante Oficio DF-OF-1222-2020 de fecha 29 de octubre del año 2020, elaborado por la MBA. Martha Camacho Murillo, se externa la posición de dicho Fondo respecto a las determinaciones tomadas para el sistema de tratamiento de aguas residuales del presente fraccionamiento, dentro de lo cual se destaca lo siguiente: *(...) El tratamiento de las aguas residuales es de forma individualizada y se da en cada lote mediante un tratamiento primario en un tanque séptico y un sistema mejorado de biojardinera para un tratamiento secundario, lo que garantiza los parámetros mínimos establecidos para realizar el desfogue de dicho efluente a un cauce de flujo permanente. (..) El Ministerio de Salud aprobó el tratamiento de las aguas residuales por lo que el Área Rectora de Salud respectiva y es garante que dichos sistemas funcionan. (...) Respecto a la construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas residuales, en el por tanto cuarto del acuerdo N*3 de la sesión 06-2020 de la Junta Directiva del BANHVI, se indica: “Si en el futuro se identifica la necesidad de darle una solución habitacional a otras familias de la zona y si para ello se considerara pertinente financiar viviendas en una segunda etapa del proyecto Astúa Pirie, el BANHVI estaría analizando la conveniencia de que para esa etapa se invierta en el desarrollo de una planta de tratamiento de aguas residuales.” Por lo tanto, es importante recordar el papel preponderante tanto del Ministerio de Salud como el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en la aprobación de los sistemas de tratamiento de aguas residuales de los proyectos de carácter residencial, así como la serie de estudios técnicos Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr Página 2 de 6 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí pacina nos MONICA CTA Ne86 Extraoráimaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Correo electrónico: controlurbanopocociA yahoo.com Teléfono: 2710 6560 Fax: 2710 7181 web: munipococi.go.cr 3, a requeridos para la determinación de la ubicación definitiva de dicho sistema, como tratamiento final y evacuación de las aguas tratadas al efluente. Además, la Ley General de Salud aborda claramente todos los temas de competencia del Ministerio de Salud y sus funciones durante el proceso de tramitología y aprobación de los proyectos de carácter urbano, mediante los artículos N* 276, 287, 289, 309, 312 y 323. Así mismo, tanto el Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales establece en su artículo N%8 que “El Permiso de Ubicación deberá ser solicitado ante la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud (...)'. Además, durante el desarrollo de dicho reglamento se mencionan una serie de aspectos adicionales que deben ser fiscalizados por las diferentes instituciones del Estado. Es por lo anteriormente expuesto que es de suma importancia tomar en cuenta las siguientes observaciones referente a la presente solicitud: a) Según indica el BANHVI, el tratamiento de las aguas residuales autorizado para el fraccionamiento ya constituido es de forma individualizada y se da en cada lote mediante un tratamiento primario en un tanque séptico y un sistema mejorado de biojardinera para un tratamiento secundario. b) Adicionalmente, el BANHVI indica que, si en el futuro se identifica la necesidad de darle una solución habitacional a otras familias de la zona y si para ello se considerara pertinente financiar viviendas en una segunda etapa del proyecto Astúa Pirie, el BANHVI estaría analizando la conveniencia de que para esa etapa se invierta en el desarrollo de una planta de tratamiento de aguas residuales. c) No se incluyen informes técnicos por parte del solicitante o del BANHVI que garantice la aprobación del punto sugerido como destino final para la planta de tratamiento, tales como curvas de nivel, perfiles topográficos, permiso de ubicación por parte del Ministerio de Salud, permiso de vertido por parte de la Dirección de Agua del MINAE u otro aspecto relevante. d) Semanas atrás, el solicitante presentó ante el titular departamento un diseño de las siguientes 3 etapas del posible desarrollo urbanístico (se adjunta), las cuales constan de un total de 266 lotes, lo cual evidencia un desarrollo urbanístico sobre el restante terreno, por lo que la calle que pretende dar acceso a la planta de tratamiento podría ser incluida en el proyecto como tal. Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr Página 3 de 6 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí PAGINA N7 MUNICIA CTA No86 Extlaoráinaria. AER MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2710 6560 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 2710 7181 Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr A e) El día 14 de diciembre del año 2020 se realizó consulta vía correo electrónico a la MBA. Martha Camacho Murillo, Directora del FUSOVI del (BANHVI), haciendo referencia a la necesidad de la presente declaratoria de calle pública, para lo cual no se ha recibido respuesta a la fecha. Es de suma importancia tomar en cuenta dicho criterio, ya que es el que se está utilizando como fundamento para la autorización requerida. f) Según la solicitud presentada, el acuerdo del BANHVI utilizado como fundamento data del 23 de enero del presente año. Según una observación realizada por el Presidente Municipal, la actual declaratoria es urgente debido al cierre del Registro Nacional el día 18 de diciembre, pero es claro que desde que se tomó el acuerdo por parte del BANHVI han transcurrido casi 11 meses, mismo acuerdo que no habla de una declaratoria de calle pública sino más bien de la inclusión del acceso a la planta en el fututo proyecto urbanístico. SOLICITUD N?2 Mediante la segunda nota adjunta al Oficio SMP-2222-2020, elaborado por la Secretaría del Concejo Municipal, de fecha 14 de diciembre del año 2020, se indica la necesidad de declarar y recibir unas calles públicas en el denominado proyecto Valle del Roble, ubicado en la parte posterior del fraccionamiento llevado a cabo a la fecha, con el compromiso de equiparlo con la totalidad de las obras de infraestructura requeridas, además de indicar que "quedará habilitada para la Planta de Tratamiento que va construida en esta etapa”. Como se indicó en los párrafos anteriores, semanas atrás el solicitante presentó ante el titular departamento un diseño de las siguientes 3 etapas del posible desarrollo urbanístico (se adjunta), las cuales constan de un total de 266 lotes, lo cual evidencia un desarrollo urbanístico sobre el restante terreno, por lo que la calle que pretende dar acceso a la planta de tratamiento podría ser incluida en el proyecto como tal. La solicitud de la presente declaratoria coincide justo con la segunda etapa del proyecto urbanístico, el cual consta de un total de 69 lotes. Por lo tanto, y tomando en cuenta el diseño presentado y la metodología de desarrollo residencial, es importante remitirse al Oficio DDCU-187-2020 presentado al Concejo Municipal, el cual hace alusión al DU-UAC-171-2019 de fecha 03 de julio del año 2019, elaborado por la Ing. Aura Yee Orozco, encargada de la Unidad de Asesoría y Capacitación, así como por MAG. Jorge Mora Ramírez, Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr Página 4 de 6 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Pacina nes UNICA CA No Extracraimaria, DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 2710 7181 Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ( ij ; Teléfono: 2710 6560 Pr Jefe del Departamento de Urbanismo, ambos funcionarios del INVU, se aborda el tema de la apertura y declaratoria de calles públicas, específicamente como se muestra a continuación: “1.1. Toda apertura de una nueva calle para efectos de fraccionar lotes y dotación de servicios, debe ser considera como un proceso urbanización, cuya definición se contempla en el Artículo Primero de la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, el cual define: “Urbanización es el fraccionamiento y habilitación de un terreno para fines urbanos, mediante apertura de calles y provisión de servicios.” (Lo subrayado no corresponde al texto original). (..) 1.3. Se tiene entonces que, según lo establecido en la Ley de Planificación Urbana, la única manera de admitir la apertura de una calle pública es por medio de la gestión y ejecución de proyecto de urbanización, que incluye apertura de vías públicas, provisión de servicios, así como la cesión de área para uso público, según lo establece el Artículo 40 del cuerpo normativo citado”. Por lo tanto, y según lo indicado mediante los párrafos anteriores que se desprenden del informe técnico DU-UAC-171-2019, según lo establecido por la Ley N*4240 (Ley de Planificación Urbana), toda apertura de una nueva calle público con el objetivo de fraccionar lotes frente a esta vía y además dotar de servicios básicos la misma, debe ser considerada como un proceso urbanización; por lo que además debe cumplir con la normativa urbanística establecida en el Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones vigente; máxime si se trata de un proyecto de interés social que será financiado por el Estado. Para mayor detalle, favor consultar el Oficio DDCU-187-2020, el cual hace referencia al presente tema y las competencias institucionales correspondientes. Es importante señalar que los gobiernos municipales ostentan autonomía para su administración, y pueden dictar reglamentos para normar sus intereses, esto no implica el irrespeto de la normativa de aplicación general nacional existente. Así lo indicó la Sala Constitucional, Expediente N*94- 000757-007-CO-E, Resolución N*005445-19, de las catorce horas treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve Es decir, la autonomía municipal no puede ir en contra del ordenamiento jurídico nacional; tal como lo señala el artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades pueden emitir sus propios Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http:/Awww.munipococi.go.cr Página 5 de 6 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
2 = nicipalidad de Pococí PAGINA N*9 MUNICH APee driao —. Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2710 6560 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO ys Fax: 2710 7181 a a reglamentos de organización y de servicio, lo que por tanto no incluye reglamentos cuya razón de ser responde al cumplimiento de lo que establece una Ley de la República. Siguiendo esta línea de análisis, para el caso de las urbanizaciones, existe una única Ley de que contiene disposiciones al respecto: la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, que los gobiernos municipales deben darse a la tarea de cumplir, en atención a su jerarquía. Es por todo lo anterior que, de acuerdo a la solicitud N*2 planteada y el diseño presentado ante el Departamento de Desarrollo y Control Urbano, se trata de un proyecto de URBANIZACIÓN y debe ser tramitado como tal, cumpliendo la totalidad de requisitos establecidos por la Municipalidad de Pococí. Sin más por el momento, se despide, HENRY Firmado BRYAN digitalmente por HENRY BRYAN MADRIGAL — MADRIGAL CALVO CALVO (FIRMA) Fecha: 2020.12.15 (FIRMA) 14:33:20 -0600' Ing. Henry Madrigal Calvo Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano CC.: Archivo Lic. Manuel Hemández Rivera — Alcalde, Municipalidad de Pococí “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Pacina noo MUNICIA CTA 86 Eulraorainaria. Banco Hipotecario de la Vivienda lE BANHVI DIRECCIÓN FONDO DE SUBSIDIOS PARA LA VIVIENDA 29 de octubre de 2020 DF-OF-1222-2020 Ingeniero Henry Madrigal Calvo Coordinador Depto. Desarrollo y Control Urbano Municipalidad de Pococí Estimado señor: Con respecto al oficio DDCU-224-2020, del 30 de setiembre de 2020 referente a su consulta respecto al proyecto denominado “Red Sanitaria” a desarrollarse en el fraccionamiento frente a calle pública Astua Pirie en Cariari, le comento: 1. La Junta Directiva del BANHVI mediante el acuerdo N*1 de la sesión 69-2015 del 19 de octubre de 2015, acuerda otorgar a Coopenae R.L., al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, los recursos requeridos en administración, para la compra de 36 lotes urbanizados y la construcción de igual número de viviendas, en el proyecto habitacional Astúa Pirie, ubicado en el distrito Cariari del cantón de Pococí, provincia de Limón. 2. El diseño de sitio del proyecto, presentado por la entidad autorizada Coopenae R.L., consiste en una lotificación con 40 propiedades frente a calle pública, de los cuales únicamente 36 lotes forman parte del financiamiento aprobado por la Junta Directiva del BANHVI. 3. De forma posterior, el 23 de enero de 2020, mediante el acuerdo N*3 de la sesión 06-2020 celebrada el 23 de enero de 2020, la Junta Directiva del BANHVI acuerda aprobar a Coopenae R.L., un financiamiento adicional para sufragar los costos adicionales por concepto de obras en el proyecto habitacional Astúa Pirie. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA Nor MUNICIA CTA Ne86 Extraordinaria. — Banco Hipotecario de la Vivienda 3 DIRECCIÓN FONDO DE SUBSIDIOS PARA LA VIVIENDA 10. El proyecto Astua Pirie cuenta con Disponibilidad de Agua Potable para 40 servicios y 52,7 m? por día de acuerdo con oficios del AyA. GSP-RA-2020-01035 y GG-2020-01907, con fecha del 22 de abril, 7 de mayo de 2020 respectivamente, pero no cuenta con Disponibilidad de Alcantarillado Sanitario, como lo dictan los oficios GSP-RA-2020-01035 y SIGDD-2020- 029177-1-1-1 de fecha 22 de abril de 2020 y 2 de julio de 2020 respectivamente. El tratamiento de las aguas residuales es de forma individualizada y se da en cada lote mediante un tratamiento primario en un tanque séptico y un sistema mejorado de biojardinera para un tratamiento secundario, lo que garantiza los parámetros mínimos establecidos para realizar el desfogue de dicho efluente a un cauce de flujo permanente. El efluente de las biojardineras es canalizado a través de calle pública por medio de la tubería de desfogue que es la que está en trámite para permiso de construcción en su representada. El Ministerio de Salud aprobó el tratamiento de las aguas residuales por lo que el Área Rectora de Salud respectiva y es garante que dichos sistemas funcionan. El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados el pasado 20 de agosto aprueba los planos constructivos para la construcción de dicha tubería ante la plataforma APC mediante la resolución URB-AyA-2020-068. En aplicación del Artículo 3 de la Ley 8220, en esta vía ninguna no es permitido cuestionar ni revisar los permisos o las autorizaciones que ya se emitieron en firme las instituciones competentes. Respecto a la construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas residuales, en el por tanto cuarto del acuerdo N*3 de la sesión 06-2020 de la Junta Directiva del BANHVI, se indica: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. Pág. 2 DF-OF-1222-2020 29 de octubre de 2020
Municipalidad de Pococí PAGINA No12 MUNICIA CTA Ne86 Extlaoráiniaria? Banco Hipotecario de la Vivienda DIRECCIÓN FONDO DE SUBSIDIOS PARA LA VIVIENDA “Y Pág. 3 DF-OF-1222-2020 29 de octubre de 2020 “Si en el futuro se identifica la necesidad de darle una solución habitacional a otras familias de la zona y si para ello se considerara pertinente financiar viviendas en una segunda etapa del proyecto Astúa Pirie, el BANHVI estaría analizando la conveniencia de que para esa etapa se invierta en el desarrollo de una planta de tratamiento de aguas residuales.” Según lo expuesto, esperamos haber aclarado sus dudas y solicitamos su colaboración con el fin de tener el permiso respectivo para culminar con éxito este proyecto y poder entregar a las familias que tanto tiempo han esperado sus viviendas. Atentamente, MARTA EUGENIA Firmado digitalmente por MARTA EUGENIA CAMACHO CAMACHO MURILLO (FIRMA) Fecha: 2020.10.29 14:56:53 MURILLO (FIRMA) -o600' MBA. Martha Camacho Murillo Directora FOSUVI MCM/msr/hmc* ey Ing. Irene Campos Gómez, Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos Lic. Dagoberto Hidalgo Cortés, Gerente General Archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí ze Pacina Noa MUNI CTA Ne86 Ertraorainaria. disp muaa] pérocos UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIALMUNICIPAL a a a Telefono: 2710 - 2143, Fax: 2710 - 7181 MDEPOCOA No. OFICIO: UTGVM - 1170-2020 Página 1 de 1 Guápiles, 15 de diciembre de 2020 Sres, Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Asunto: Declaratoria de Calle Publicas en Fraccionamiento Astua Pirie. Estimados señores: En atención al Acuerdo No. 2296, de la Sesión Ordinaria No. 85 de fecha 10 de diciembre de presente año, sobre la declaratoria de calle publica en el fraccionamiento frente a calle publica ubicado en el sector de Astua Pirie, Cariari. Es importante indicar, que este fraccionamiento se tramita bajo el nombre Urbanización Valle del Roble, al ser un trámite de Urbanización, este departamento no puede emitir criterio para la aprobación o no de calle publica, ya que este debe llevar el debido proceso, cumpliendo con los requisitos establecidos por este Gobierno Local. En razón de lo anterior, este departamento no puede emitir criterio de la declaratoria de calle publica, siendo que esto debe llevar un trámite cumpliendo con la normativa vigente, (Ley de Planificación Urbana, Ley No. 4240). Y es el departamento de Desarrollo y Control Urbano quien verifica el cumplimento de la totalidad de los requisitos. Seguro de su atención a la presente, FREDDY Firmado digitalmente por JOSE RIVERA feooy JOSE RIVERA VARELA VARELA (FIRMA) Fecha: 2020.12.15 (EIRIMA) Z 15:34:18-06'00' ng. Frecdy Rivera Varela. Coordinador Unidad Técnica, Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Pacina No15 MUNICIA Cra Ne86 Exdraoráimaria. Participan de la palabra: Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Es para mencionar lo que la vez pasada dije, quiero referirme sobre la autonomía del Concejo, podemos declarar calles públicas a lo largo y ancho del cantón sin criterios técnicos como dijo un compañero en la sesión pasada. Es cierto, tenemos autonomía, pero no podemos tomar malas decisiones. Ejemplo, ¿qué pasaría si se construye un edificio sin criterios técnicos? Si nosotros vamos a poner hasta alcantarillas, debe haber un criterio técnico emitido, yo respeto el profesionalismo para eso tenemos ingenieros. La autonomía municipal no puede ir en contra de los ordenamientos jurídicos nacionales, esto indicado en el artículo 4 del código municipal. Así que, al compañero que mencionó que nosotros tenemos autonomía, es cierto, pero debemos tomar buenos decisiones, gracias. Reg. Randall Torres Barrientos Una vez analizado el informe elaborado por los departamentos técnicos, donde se indica que existe una primera etapa que va a ser un fraccionamiento, y, que van a tener que hacer sus propios drenajes, yo estaría votando en forma positiva esta solicitud, considerando, que también nosotros como gobierno local tenemos que apoyar este tipo de desarrollos urbanísticos. También analicé la seriedad que tiene el desarrollador entonces estaría votando positivamente este planteamiento. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba la solicitud de Declaratoria de calles públicas en el Fraccionamiento Astua Pirie, que va hacia la planta de tratamiento de sur a norte con un ancho de 14 metros y un largo de 223 metros, sujeto a que cumpla con la Ley de Planificación Urbana. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. Nota de Secretaría: Se adjuntan los documentos de solicitud y el plano catastrado de la calle pública anteriormente aprobada. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
E Municipalidad de Po es cocí PaciNa nor MUNICIA Cri No88 Extraordinaria. 08 de diciembre de 2020 Señores Consejo Municipal de Pococí Presente Estimados señores. Por medio de la presente se hace la solicitud, formal para la declaración y recibido por la Municipalidad de Pococí, de la “Calle Publica “del Proyecto Astúa Pirie. Esta solicitud se hace según documento BANHVI, en acuerdo consecutivo 1055-2020 con fecha de 23-01-2020 en el punto del Por tanto ¿$3 indica lo siguiente textualmente, se debe cumplir con el compromiso de escritura pública número ciento veintidós, suscrita ante el notario Jose Eduardo Diaz Canales y adjunta al oficio COOP-VS-UTP-001-2020 donde las empresas, Rapicréditos S.A y Guzmán 8, Compañía por medio de sus representantes legales, se Comprometen de forma INDEFINIDA E IRREVOCABLE a construir una calle publica con los parámetros legales requeridos en el Proyecto de Vivienda y sobre todo atendiendo las especificaciones técnicas, lineamientos, características y requisitos que nos solicite la Municipalidad de Pococí, tendientes a obtener la declaratoria correspondiente de la “ Calle Publica “, consecuentemente hacer la entrega formal y legal de la misma a ese ayuntamiento. Por lo que se solicita a este consejo recibir la declaración, con compromiso de las empresas Rapicéditos S.A y Guzmán 8 Compañía a entregar la calle con las siguientes especificaciones, servicios de agua potable y sanitaria, electricidad, aceras, cordones de caño, y cabe mencionar que la misma calle publica quedara habilitada para el desfogue de las Biojardineras y luego para la Construcción posterior de la Planta de Tratamiento de la segunda etapa. Los puntos de referencia, de la calle publica son los siguientes, La calle publica va hacia la planta de tratamiento, va de sur a norte con un ancho de 14 metros y un largo de 223 metros. Sin mas por el momento y atención a esta solicitud. JUAN Cordero Ced: 1-1096-023 ed-. 6-204-0509 Representante Legal Rapicréditos Representante Legal Guzmán 8 Compañía Ced jurídica: 3-101-219415 Ced jurídica 3-101-323774 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií PAGINA N*18 MUNI Ark No Erdraorái DA EZ El Pdte. Juan Luis Gómez, procede a someter a votación el segundo plano de Declaratoria de Calle Pública. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba la solicitud de Declaratoria de calles públicas del Proyecto Valle del Roble, que va con rumbo sur-norte, un largo de 65 metros y un ancho de 14 metros, el otro sector con rumbo oste-este, un largo de 385 metros y un ancho de 14 metros, sujeto a que cumpla con la Ley de Planificación Urbana. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. Nota de Secretaría: Se adjuntan los documentos de solicitud y el plano catastrado de la calle pública anteriormente aprobada. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Pacina noo MUNICIA CTA Ness Exdraorainatia, 08 de diciembre de 2020 Señores Consejo Municipal de Pococí Presente Estimados señores. Por medio de la presente se hace la solicitud, formal para aprobación de este consejo municipal, de la “Calle Publica “del Proyecto Valle del Roble. Por lo que se solicita a este consejo por escrito la aceptación de la Calle Publica, en la cual cuenta con compromiso de las empresas Rapicéditos S.A y Guzmán € Compañía a entregar la calle con las siguientes especificaciones, servicios de agua potable, sanitaria, electricidad, aceras, cordones de caño, zonas verdes y cabe mencionar que la misma calle publica quedara habilitada para la Planta de Tratamiento que va construida en esta etapa. Los puntos de referencia de la calle publica son los siguientes. Va con rumbo sur - norte, un largo de 65 metros y un ancho de 14 metros y otro sector con rumbo oeste - este, un largo de 385 metros y un ancho de 14 metros. Sin mas por el momento y atención a esta solicitud. Atentamente Francinié Castilly Ramos Ced: 1-1096-023 Representante Legal Rapicréditos Representante Legal Guzmán 8. Compañía Ced jurídica: 3-101-219415 Ced jurídica 3-101-323774 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA Ne21 MUNICIA Cr AN288 Extraoriinaria, Participan de la Palabra: Reg. Ovidio Vives Al compañero Alfredo Calderón, fui yo quien en la sesión pasada dijo que podíamos declarar calles sin criterio técnico y hoy nos estamos dando cuenta que si tenemos autonomía para aprobar sin criterio. Pero hoy hago referencia a que el Pdte. Juan Luis Gómez lo dijo claramente que tenemos que cumplir con los requisitos de planificación urbana y hoy se está habiendo. Es importante porque somos un gran equipo que quiere apoyar a los vecinos del cantón, esto va a quedar como un precedente de que siempre y cuando cumplan con los requisitos que establece la ley, podemos con toda confianza aprobar las calles públicas de este cantón. Reg. Randall Torres Para aclarar, sí hay un informe técnico que hizo el Ing. Henry de desarrollo y control urbano. Aunque el informe no es lo suficientemente explicito, me hubiese gustado que fuese más claro, tenemos que acostumbrarnos que en la administración pública decimos las cosas claras. Lo que desarrolló ahí, nos está diciendo es que esta primera etapa va un fraccionamiento y ahí debe ir calle pública, eso, por un lado, y decirle al empresario o desarrollador que cumpla cada etapa que se debe para ir avanzando, ya se considerará o no de las autoridades competentes si se necesita una planta de tratamiento. Creo que coincido con lo que dicen los compañeros, que estamos dando un paso de madurez. Otro caso como la declaratoria de calles públicas por la zona de los tribunales de justicia, queremos hacer las cosas bien hechas y estar tranquilos todos los días, que nuestra familia esté segura de que tomamos las mejores decisiones para el cantón de Pococí, gracias. Reg. Supl. Osael Campos Con criterios técnicos si se cumple todo lo que se tiene que hacer, los proyectos de vivienda son muy delicados, verificar después si sus áreas comunales y plantas de tratamiento requiere, si se cumple, yo estaría de acuerdo. Reg. Yaslyn Morales Me gustaría agregar que en esa segunda etapa que van a realizar, el desarrollador no se le olvide cumplir con lo que dice el artículo del código municipal de que tomen en cuenta “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munici Pacina n22. MUNICIA Cri Negs Exdraoraimarió? a los concejales de distrito y nuestros síndicos, respetarlos para las futuras familias, gracias. UL 00 ARTICULO Il Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N* 2302 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: Guápiles, 10 de diciembre de 2020 DAMCM-0184-2020 Mediante la presente me permito remitir el oficio DAT-176-2020 elaborado por la Administración Tributaria y Hacienda Municipal que contiene las recomendaciones de incentivos tributarios correspondientes al periodo 2021. Se requiere la autorización y aprobación de este honorable Municipal de las recomendaciones de incentivos expuestos en el oficio adjunto, así como posterior publicación en La Gaceta. Sin más por el momento. MANUEL MARIEL HERNANDEZ HERNANDEZ RIVERA (FIRMA) Fecha: 2020.12.10 RIVERA (FIRMA) 15:18:30 -06'00' Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. palidad de Pococí
Municipalidad de Pococí Pacina N23 MUNICIA CA Ness Erlracrainaria, DAT: 176-2020 Pococí 07 de diciembre de 2020 Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Presente Estimado señor: Se adjunta la recomendación de incentivos tributarios correspondientes al periodo 2021, fundamentados en los artículos: 25 de la ley de bienes inmuebles, 78 del Código Municipal y 9 de la Ley 8582 de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí: Artículo 25 Ley IBI: “Pago adelantado del impuesto: La municipalidad, podrá crear incentivos para el pago adelantado del impuesto a que se refiere esta Ley, hasta en un porcentaje equivalente a la tasa básica pasiva del Banco Central en el momento de pago.” Se recomienda en este Impuesto la aplicación un 3% de descuento, para en el caso de aquellos contribuyentes que cancelen todos los tributos del año por adelantado durante el primer trimestre, hasta el 31 marzo del 2021. Artículo 78 del Código Municipal: “..La municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el año. El atraso en los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.” Se recomienda otorgar un incentivo del 1.5% en el pago de servicios municipales, para todos aquellos contribuyentes que cancelen todos los servicios del año por adelantado, durante el primer trimestre de 2021, a saber, del 1 de enero al 31 marzo de 2021, Artículo 9 de la Ley de Impuestos Municipales de la Municipalidad de Pococí: “Se aplicará una tarifa anual del dos por mil (0,002) sobre los ingresos brutos. Esta suma dividida entre cuatro determinará el impuesto trimestral por pagar; el impuesto anual así determinado se pagará en cuatro tractos trimestrales. A los contribuyentes que realicen el pago total del impuesto dentro de los primeros tres meses de cada año, se les aplicará un descuento de un diez por ciento (10%).” Conforme a la Ley 8582 de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, Ley 9635 de Ley Fortalecimiento Finanzas Publicas y Publicación en la Gaceta No. 273 del 16 de noviembre 2020, para aquellos contribuyentes que realicen el pago total anual del impuesto de “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Muniqip alidad de Pococí PAGINA ne24 MUNICIA CTA Ne86 Extidordinaria. Patentes al 30 de abril de 2021, se les aplicará un descuento de un diez por ciento (10%).” En resumen, los descuentos recomendados para el periodo 2021 en los tributos municipales que se han expuesto en este oficio y contemplando las afectaciones financieras tanto para el gobierno local como para los obligados tributarios se tienen por definidos los siguientes incentivos: Tributo Monto del Condición descuento Impuesto bienes [3% Primer trimestre hasta el Pagar todo el año . durante el primer inmuebles 31 de marzo de 2020 trimestre 2021. Servicios 1.5% Primer trimestre hasta el Pagar todo el año (e durante el primer municipales 31 de marzo de 2020 trimestre 2021. Patentes 10% Hasta el 30 de abril de Pagar todo el año al 30 municipales (2021 de abril de 2020. Importante: Para obtener los descuentos correspondientes deberá cancelar los tributos municipales por adelantado de todo el año (durante el primer trimestre 2021), excepto las patentes que tienen plazo al 30 de abril de 2021 para obtener el descuento. Agradezco su valoración, así como remisión al Concejo Municipal para el respectivo acuerdo y posterior publicación en la gaceta, previo que finalice el año 2020 y puedan ser aplicados en el periodo 2021. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueban las recomendaciones de incentivos tributarios correspondientes al periodo 2021 fundamentados en los artículos: 25 de la ley de bienes inmuebles, 78 del Código Municipal y 9 de la Ley 8582 de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, expuestos en el oficio DAT:176-2020 del Departamento de Administración Tributaria de la Municipalidad de Pococí. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina Ne25 MUNICIA Cr Nog6 Extraordinaria ACUERDO N?* 2303 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: DAMCMI-0185-2020 Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 60 folios, correspondiente a la Compra Directa No. 2020-CD-000249-CLO1, contratación de Personal para Recolección de Residuos no Valorizables, solicitud presentada por el señor: Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambiental. Se recibió oferta de la empresa: ítem 1: Contratación de Personal Para Recolección de Residuos no Valorizables » C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A., oferta por un monto mensual de ¿£4.900.000,00 (cuatro millones novecientos mil colones con cero céntimos), aportando certificaciones completas según cartel. Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa: Razonamiento de Análisis: Se recomienda adjudicar a la empresa C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A., los servicios para la contratación de personal de recolección de residuos no valorizables, ya que cumple con todos los elementos de evaluación solicitados y es único oferente. De acuerdo con el análisis y revisión del proceso por parte de la administración y el Ing. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambiental, determinaron que la empresa: C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A, cumple con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en el folio No.60. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: ítem 1: Contratación de Personal Para Recolección de Residuos no Valorizables » C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A., por un monto de ¿19.600.000,00, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí PAGINA ne26 MUNICIA CA Ne Exhlaordiharid? (diecinueve millones seiscientos mil colones exactos) por el periodo de contratación correspondiente a cuatro meses (diciembre - marzo). Dicho monto se desglosa en la tabla llamada “Estructura del Precio Ofertado a M. Pococí (en colones)”, donde establece costos asociados a: salarios, cargas sociales, costos de uniformes, utilidades, entre otros. Por recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambiental. Sin más por el momento. Alcalde munipococi.go.cr gn Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: ítem 1: Contratación de Personal Para Recolección de Residuos no Valorizables + C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A., por un monto de ¿19.600.000,00, (diecinueve millones seiscientos mil colones exactos) por el periodo de contratación correspondiente a cuatro meses (diciembre - marzo). Dicho monto se desglosa en la tabla llamada “Estructura del Precio Ofertado a M. Pococí (en colones)”, donde establece costos asociados a: salarios, cargas sociales, costos de uniformes, utilidades, entre otros. Por recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambiental. Vota el regidor Osael en lugar de Jonnathan. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N?* 2304 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal de Pococí, dice: DAMCM-0186-2020 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí PAGINA Ne27 MUNICIACrAN 88 Extrdorliaris? —! Adjunto a la presente, encontrará copia del expediente el cual an a de 54 folios, correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2020-LA-000055-CLO 1, Compra de materiales para Puente Campo Dos Cariari, la cual deberá cumplir con todas las especificaciones indicadas en el CR-10 Se recibió oferta de la empresa: ítem 1. Materiales Metálicos e Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de (48.790,97 (cuarenta y ocho mil setecientos noventa colones con 97/100). Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio y 10% Empresa Local Pymes, así establecido en el legajo cartelario. Debido a lo anterior, toda vez analizada la única oferta que cumple con los requisitos solicitados, se recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado. ítem 2. Materiales Minerales e Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de (2151.217,56 (ciento cincuenta y un mil doscientos diecisiete colones con 56/100). Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio y 10% Empresa Local Pymes, así establecido en el legajo cartelario. Debido a lo anterior, toda vez analizada la única oferta que cumple con los requisitos solicitados, se recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado. Ítem 3. Madera “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Paina N28 MUNICIA dra Ness Extilordinaris) —! e Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de (6.771,20 (seis mil setecientos setenta y un mil veinte colones con 20/100). Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio y 10% Empresa Local Pymes, así establecido en el legajo cartelario. Debido a lo anterior, toda vez analizada la única oferta que cumple con los requisitos solicitados, se recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado. Ítem 4. Tintas, Pinturas Y Diluyentes e Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de (/133.387,41 (ciento treinta y tres mil trescientos ochenta y siete colones con 41/100). Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio y 10% Empresa Local Pymes, así establecido en el legajo cartelario. Debido a lo anterior, toda vez analizada la única oferta que cumple con los requisitos solicitados, se recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado. ítem 5. Alquiler De Equipo e Excavaciones Los Diamantes ELD SA. Se recibe una oferta, por un monto de (52.000,00 (cincuenta y dos mil colones exactos). Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio y 10% Empresa Local - Pymes, así establecido en el legajo cartelario. POR TANTO: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí pacina N29 MUNICIA Cr A Ne88 Extraordinaria? —! Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: Ítem 1. Materiales Metálicos e Almacenes El Colono SA. por un monto de (7.500.000,00 (siete millones quinientos mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 2. Materiales Minerales e Almacenes El Colono SA. por un monto de (/37.250.000,00 (treinta y siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 3. Madera e Almacenes El Colono SA, por un monto de (25.000.000,00 (cinco millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 4. Tintas, Pinturas Y Diluyentes e Almacenes El Colono SA, por un monto de (/250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 5. Alquiler De Equipo . Excavaciones Los Diamantes ELD SA, por un monto de (10.000.000,00 (diez millones de colones exactos) monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. AS Lic. mabel Hemméráez Riv 5 Ne % $ y) Alcalde e Ya 5 cl “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí PaciNa ne30 MUNICIA CA N280 Extraordinaria? —* Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a las empresas: Ítem 1. Materiales Metálicos: Almacenes El Colono SA. por un monto de (7.500.000,00 (siete millones quinientos mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 2. Materiales Minerales: Almacenes El Colono SA. por un monto de (/37.250.000,00 (treinta y siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 3. Madera: Almacenes El Colono SA, por un monto de (25.000.000,00 (cinco millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 4. Tintas, Pinturas Y Diluyentes: Almacenes El Colono SA, por un monto de (250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 5. Alquiler De Equipo: Excavaciones Los Diamantes ELD SA, por un monto de (10.000.000,00 (diez millones de colones exactos) monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON CINCUENTA Y DOS MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN ele —F-JUAN E GOMEZ GOMEZ E F-MAGALY VENEGAS VARGAS PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL C/c: SRS. REGIDORES, OTROS. ARCH. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.