Extraordinaria 17 · 2020-03-05
ACTA N 17 EXTRAORDINARIA 05_03_2020.pdf · 46 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 381 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 381 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Oficina de Patentes, dice: Licencia Comercial: Para la acti…
- Acuerdo 382 (pág. 46) ACUERDO N* 382 El señor presidente nombra en comisión al regidor Johnny Vargas Arrieta, que presente su respectivo informe de Comisión. UL AL SER LAS …
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*1 ACTA N17 Extraordinaria. á Q MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*17 EXTRAORDINARIA. 05-03-2020 SESION EXTRAORDINARIA. N*17 DEL 05-03-2020, INICIADA A LAS 10:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES Arelys Fernández Chaves (Sust. Johnny Vargas Arrieta) Patricia Aguilar Araya Ovidio Vives Castro Ginnette Sequeira Granados Luis. Gdo. Venegas Ávila Bernardo Antonio Veach Davis Marta Salgueras Vásquez (Sust. Reinaldo Benavides Vargas) Eliecer Araya Brenes Freddy Hernández Miranda(Quien Preside) Domingo Matarrita Gutiérrez (Sust. Marícruz Chaves Alfaro) SÍNDICOS PROPIETARIOS SINDICOS SUPLENTE Lucy Barrantes Jiménez (Sust. Geison Valverde Méndez) Johnny Córdoba Hernández Juan Luis Gómez Gómez Luis Ángel Rodríguez González José A. Chavarría Villarreal Javier Jiménez Villalobos Joel Umaña Salazar MAGALLY VENEGAS VARGAS SECRETARIA ALCALDES(A) MUNICIPAL No asistió ¡a “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*2 ACTA N*17 Extraordinaria. o ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO 381-382 I Atención oi Discoteca Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N*%17 Extraordinaria. a E ARTICULO | Atención Caso Patente Discoteca Surá ACUERDO N* 381 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Oficina de Patentes, dice: Licencia Comercial: Para la actividad de Discoteca Nombre comercial: “Discoteca El Surá” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*17 Extraordinaria. ds Municipalidad de Pococí ==: Unidad de Patentes MON LSO; Guápiles, 4 de marzo de 2020 SE Oficio PA-074-2020 Señores — Concejo Municipal era 1 Municipalidad de PococíÍ Loa ¿ Presente 1 Honorables señores: De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento sobre la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico en el cantón de Pococí, se somete a su consideración la siguiente solicitud: Licencia Comercial: Para la actividad de discoteca. Nombre comercial: "Discoteca El Surá" Licencia de Bebidas con Contenido Alcohólico: Categoria B-2 (para la actividad de discoteca). Solicitante: Martín Jiménez Otárola, cédula 1-0620-0684. Conforme inspección de campo que se ejecutó el día 4 de marzo de 2020 en el local comercial a fin de verificar de que el mismo reúna las condiciones estructurales para la actividad solicitada, según el artículo 36 del Reglamento que indica: “Una vez cumplidos los requisitos de conformidad con las normas anteriores, la dependencia encargada de otorgar las licencias y patentes de funcionamiento ordenará a los inspectores municipales, la valoración ocular interna y externa del establecimiento donde se pretende explotar la licencia de comercialización de bebidas con contenido alcohólico; a efecto de verificar el cumplimiento de requisitos y distancias según lo establecido en el artículo 9 de la Ley N* 9047, así como verificar el cumplimiento de las condiciones de funcionamiento dispuestas en este reglamento. De lo actuado, se levantará un acta que se deberá incorporar al expediente administrativo correspondiente a la gestión del interesado.”... Que, según informe de inspección de campo, se observó por parte de los inspectores municipales lo siguiente: 1. Según el informe de inspección, el local comercial cuenta con área de 353 m2, distribuyéndose de la siguiente manera: o Corredor balcón de 89 m2 o Área para DJ o cabina de música de 4.4 m2 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N*17 Extraordinaria. ls Municipalidad de Pococí Unidad de Patentes IN o Cocina 28m2 Oficina 18 m2 Baños 28 m2 Barra 42 m2 Área de pista baile 35 m2 Elevador 2.25 m2 Área de mesas internas 110 m2 o o o... 0.0 2. Estructuralmente, dicho local mo cuenta con el sistema de confinamiento de sonido, siendo que sus paredes son abiertas lo cual imposibilitan la contención del sonido. 3, Se observa un croquis con la distribución del local, donde se verifica que la barra de expendio de bebidas mide 18 metros lineales. 4. Existe un área no delimitada, que se asignó para área de baile, aunque no se observa ningún tipo de pista, 5. El local cuenta con sistemas de luces laser y pantallas. Observaciones Técnica: + Conforme lo observado en el local comercial, el mismo no cuenta con la estructura de confinamiento sónico requerida para la actividad de discoteca, por cuanto es un local abierto sin paredes o divisiones que contengan el ruido que puede generar este tipo de actividad y las afectaciones consecuentes. + El área de barra que tiene el inmueble denota que la actividad principal es de bar. + El contrato de arrendamiento consiga un área de 195 metros cuadrados dados en alquiler, contrario a lo observado en campo donde el informe consigna un área de 353 metros cuadrados, por lo que no existe seguridad de si el propietario del inmueble autorizó efectivamente la totalidad del inmueble para estos fines. » El certificado de Permiso Sanitario de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud consiga como nombre comercial “Restaurante Surá” sin embargo la solicitud presentada ante la Municipalidad menciona que el nombre comercial “Discoteca el Surá”. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N'6 ACTA N*17 Extraordinaria. tds Municipalidad de Pococí ==: Unidad de Patentes + El certificado de Permiso Sanitario de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud se otorga al señor Martín Antonio Jiménez Murillo, cédula 1015700764, persona que no coincide con el solicitante del inmueble.C Padentado) De lo antes expuesto, se adjunta a la presente: + Formularios y requisitos presentados por el solicitante tanto comercial como licores. + Copia de informe de Inspección Municipal al local comercial. +. De conformidad con la Ley 9047 y el Reglamento para Bebidas con contenido Alcohólico por encontrarse el local comercial dentro del Centro Comercial Surá, no se requiere la medición de distancias, Conforme el artículo 37 del Reglamento sobre la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico en el cantón de Pococl: “Verificados los requisitos administrativos, las distancias correspondientes, y la inspección del sitio, de conformidad con lo anteriormente prescrito, la dependencia encargada de tramitar las licencias en la municipalidad le remitirá al Concejo Municipal, la solicitud respectiva para lo que corresponda...” En virtud de lo anterior se traslada la solicitud presentada por el señor Martin Jiménez Otárola, cédula 1-0620-0684 para lo que corresponda. Atentamente; 707 Lic. Carlos Jiménez Rojas Oficina de Patentes c/c Archivo/Alcaldía Municipal “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*8 ACTA N*17 Extraordinaria. 5-03-2020 MUNICIPALIDAD DE POCOCI . : se a s ADMINISTRACION TRIBUTARIA : UNIDAD DE PATENTES usa , MaUSiELno SOLICITUD Ó TRASPASO DE LICENCIA MUNICIPAL [ ___ DATOS DEL DUEÑO DE LA. PROPIEDAD: | 1-Nombre del propietario VAÑE dela fl ma Srcdod Ñroro, 2.En caso de sociedad, Nombre del represontanto legal: Vilig_frapnliva AMO. Lazo 3-Códula (personal o Jurídica) Ne: 3 AOL MFA a l ais AA otras Señas: ANO Ongraral Queda Sud 5- Numero de Finca de la Propledad (folio Real) 128 ) 36 2 (488) 6 Teléfono___.. TeléfonoCelular. - FAX. Correo electrónico: Nosotros los abajo firmantes, de calidades antes mencionadas, apercibidos de las penas con que se castiga el delito de falso testimonio (De 3 meses a 2 años de prisión según art 311 del Código Penal) declaramos bajo fe de juramento que la información anotada anteriormente es verdadera, Autenticación dé firmal x - * Por abogado (a) . Firma del Solicitante Firma del cedente N? de Cédula N? de Cédula (Sóla en caso de Traspaso) Firma en presencia de funcionario Municipal: Nombre del funcionario Firma Fecha E PARA USO EXCLUSIVO DEL DEPARTAMENTO ] 3) Permiso de Póliza de CCSS FODESAF Contrato de Funcionamiento Rlesgos Arriendo Uso de suelo y Cédula Personería Poderes Impuestos Resolución [física o jurídica Jurídica especiales Al día Rótulos: Anuncio Volados o Anuncio Salientes O Paredes o Vallas | Rótulos bajo o sobre marquesina. Luminosos Observaciones: Fuucioncoio que recibe Fecha Teléfonos: 2710-6560 Ext. 125 Fax:2710-7182 / F-PAT-01 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*17 Extraordinaria. -03-2020 PAGINA N*10 (1) MUNICIPALIDAD DE POCOCI . YiB5 ADMINISTRACION TRIBUTARIA . EA UNIDAD DE PATENTES Ma SOLICITUD DE LICENCIA PARA BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHOLICO LEY 9047 PA- L1-2013 Nosotros los abajo firmantes, de calidades antes mencionadas, apercibidos de las penas con que se castiga el delito de falso testimonio (De 3 meses a 2 añas de prisión según art 311 del Código Pena!) declaramos bajo fe de juramento que la información anotada anterlormente es verdadera, Nombre Autenticanie (22) Fifma del Solicitante : . ¿ [Carne $ N* de Cédula d Firma Timbre 6250 Colegio de Abogados REQUISITOS REGLAMENTARIOS “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*11 ACTA N*17 Extraordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 05-03-2020 LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Dpto. De Planificación Urbana y Control Consiructivo Tel: 2713-6560 Ex1.132 Fox: 2710-7181 RESOLUCION MUNICIPAL DE USO DE SUELO Y UBICACION | MUNICIPALIDAD DE POCOC! Guáplles, 18 de Febrero del 2020 Oficio No, DPCC- 0109-2020 Señor(a) ¿ Banco Improsa S.A. Cédula 3-101-079006 Carlarl, Pococí, Limón Estimado(a) señor(a): En atención a su solicitud y según ta revisión por este departamento para el visto bueno de resolución municipal para uso de: o “Discoteca” Dicho inmueble según número de plano de Catastro 1-1800937-2015 y finca N* 154101, está ubicado dentro del centro comercial El Surá, Cariari, le informo que se resuelve autorizar lo solicitado, ya que analizada ta documentación presentada, se determina que satisface los requerimientos normativos vigentes a la fecha para este proceso. Le manifiesto que esta resolución, no es un permiso de funcionamiento, el cual deberá ser aprobado por el Ministerio de Salud, y finalmente realizar el trámite de Patente respectivo en el Departamento de Patentes de esta Municipalidad ajustándose a los requerimientos que se soliciten. Se le indica al propietario que la presente resolución aplica ÚNICAMENTE para el local ubicado en la parte posterior del centro comercial, finalizando al costado este después de la rampa vehicular, NO se autoriza la actividad en otra zona del centro comercial sin previamente contar con el visto bueno de este departamento, por encontrarse pendiente de resolver un procedimiento administrativo por construcción Irregular según consta en el expediente N* DCU-734-9-19. En caso de no acatar lo aqui dispuesto dará ple a aplicar la revocatoria de la presente resolución llevando a su anulación, Recomendaciones: Cumplir con la Ley No. 8839 Ley para la Gestión Inte Residuos Sólidos, Ley N*7600, Ley Orgánica del Sin más que agregar se despide atentamente, lug. Je Dpto, Ploñ £.c. Archivo. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. 003
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N*17 Extraordinaria. NANCY FRANCINIE OCAMPO SALAZAR 11009x0606 7 DECLARA: JURAD, NUMERO CUATROCIENTOS VEINTICUATRO- TOMO SEXTO: Ante mi, Nancy Francínie Ocampo Salazar, Notario Público con oficina en Cariari, Pococl, compareció: MARTIN JIMÉNEZ OTÁROLA, cédula uno- seisclentos veinte- seiscientos ochenta y cualro, casado una vez, Abogado, vecino de Cariari, detrás de la clínica del Seguro Social, Pococí, Limón Limón, y DECLARO: Que Soy una persona que cuento con plena capacidad cognoscitiva y volitiva para cualquier acto. Hago la presente declaración jurada advertido de las penas de falso teslimonio que prevee el Código Penal y reitero que los datos son legítimos y verdaderos y lo he dado bajo fe de juramento. Leldo lo escrito al compareciente, resultó conforme y firmo en Cariari, a las trece horas del tres de marzo del dos mil veinte.===FiRMA ILEGIBLE===FIRMA ILEGIBLE: LO ANTERIOR ES COPIA FIEL Y EXACTA DE LA ESCRITURA NUMERO CUATROCIENTOS VEINTICUATRO VISIBLE AL FOLIO CIENTO TREINTA Y OCHO FRENTE DEL TOMO SEXTO DEL PROTOCOLO DE LA SUSCRITA NOTARIO. CONFRONTADA CON LA MATRIZ RESULTO CONFORME Y LA EXPIDO COMO PRIMER TESTIMONIO EN EL MISMO ACTO EN QUE SE OTORGO LA MATRIZ. Sar" NANCY FRANCINIE OCAMPO SALAZAR UI 195110509149 193 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*13 ACTA N*17 Extraordinaria. : NANCY FRANCINIE OCAMPO SALAZAR 1£1.109KR066 7 NANCY FRANCINIE OCAMPO SALAZAR NOTARIA PUBLICA CON OFICINA ABIERTA EN CARIARI, POCOCI, LIMÓN CERTIFICA: Que las anteriores trece fotocopias las cuales identifico con mi firma y sello son fieles y exactas de sus originales las cuales he tenido a la vista, ES CONFORME: EXTIENDO LA PRESENTE CERTIFICACION A SOLICITUD DEL INTERESADO, A LAS DOCE HORAS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE Y DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO CIENTO DIEZ DEL CODIGO NOTARIAL, SE AGREGAN Y CANCELAN LOS TIMBRES. SALAZAR NANCY FRANCINIE OCAMPO SA! OELNsOquA AL AAA AR Ro
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*14 ACTA N%17 Extraordinaria. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENTRE VALLE DE LA PALMA S.A y MARTIN JIMENEZ OTÁROLA. Entre nosotros, VILMA ARGENTINA ALFARO LAZO, mayor, casada una vez, comerciante, cédula de Identidad número ocho- cero sesenta y siete- doscientos noventa y nueve, vecina de Guayabo de Curridabat, San José en mi condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la Empresa denominada VALLE DE LA PALMA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula Jurídica número tres gulón ciento uno guión once setenta y nueve doce, según consta al Tomo 731, Follo 184, y Asiento 254 , quien actúa en su carácter de Propletaria del Inmueble que se dirá, en lo sucesivo para efectos de este contrato denominadas el Arrendante y por la otra el Señor MARTIN JIMENEZ OTAROLA, cédula uno- selsclentos velnte- selacientos ochenta y cuatro, casado una vez, Abogado, vecino de Cariarl, PococÍ, Limón, en lo sucesivo denominado para efectos de este contrato como el Arrendatario, convenímos en la celebración de un Contrato de Arrendamiento regulado por la Ley de Arrendamientos Urb: y Suburbh: y fas siguiente disposiciones comunes; Articulo Primero: Del Objeto. El Arrendante es la dueña del Proyecto Comercial El Surá, situada en la Provincia de Limón en Cariar, Pococí Finca filial numero 7-128136-000, plano catastro número L-1709892-2013, que las partes han identificado debidamente, un área de 195 metros cuadrados, además el área antes descrita contará con ascensor completamente nuevo y en perfecto estado de funcionamiento, por lo que en adelante y para los efectos del p contrato de inado el “L po, Articulo Segundo: Dej Destino, El arrendatario se compromete a utilizar el Edificio como DISCOTECA, sin que ésta pueda cambiar el destino sín previa autorización escrita de la Arrendante. Artículo Terceros Del Plazo. Este contrato tendrá una vigencia de YRES AÑOS a partir del PRIMERO DE MARZO deL AÑO DOS MIL VEINTE, prorrogable por perlodos gt y si partes no c en forma escrita su terminación normal y/o anticipada. En el caso de que las partes de este contrato deseen prorrogar el presente contrato a su vencimiento, deberán con cuatro meses de anticipación a ese vencimiento comunicar a la contraparte su deseo de contínuario, para que, una vez terminado el plaza del mistio, se realice un nuevo contrato de arrendamiento en el que se disponga sobre las 1] “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*15 ACTA N*17 Extraordinaria. 2 nuevas cláusulas que de común acuerdo conslentan las partes y el nuevo precio del arrendamiento, Acuerdan las partes de este contrato, en caso de que cual lera de ellas su de de dar por terminado el p, te rato del vencimiento del plazo, deberán comunicar por escrito, con acuse de recibo de la otra parte, con una anticipación de cuatro meses como minimo, ese deseo para que esa terminación anticipada no genere responsabllidad. En el caso de que sea la Arrendatarla quien haga esa manifestación, antes del primer año del presente contrato, deberá cancelar a modo de Indemnización a la propletaria el monto de los alquileres que se requieran para computar el primer año completo, de alquiler que podrán ser disfrutados por la arrondataria, Artículo Cuarto: Del Precio y forma de pago. El precio del arrendamiento será la suma de $1500 DOLARES EXACTOS) para el primer año de Contrato pagadero por mes adelantado. Por cada mes de vigencia del contrato, en el caso de que el día de pago fuese feriado, sábado o domingo, el mismo pago se hará el último día hábil anterlor a la fecha establecida. Este monto no Incluye el rubro de mantenimiento que se cobrará en el Proyecto Comercial, razón por la cual se procede en este acto a firmar un Adendum al presente Contrato de Arrendamient: bre las condicli que regirán en el cobro de la cuota de manteninte así los costos de los mismos. El pago del alquiler a opción de la Arrendatarla, será entregado por los siguientes medios: en las oficinas de la Arrendante, depositados en forma puntual a la Cuenta Corriente er Dólares del Banco de Costa Rica múmero 245-0005914-5 CC1520145000591458 o Indicar una dirección física para recogerlo en forma mensual. El lugar de pago podrá ser variado unilateral e que sea a de 15 kilómetros del local por la Arrendante, este lugar por dio de carta, con acuse de recibo, a la Arrendataria, El no pago oportuno de estas por la Arrendatarla será Imputado como un Incumplimiento del pago del arrendamiento como tal, lo cual podrá dar lugar a un proceso de desahucio por falta de pago y/o una acción de daños y perjuicios, estimable en el monto en que se determine la magnitud del daño ala de Así el del alquiler podría tener un Íncr o t, el cual sería establecido con base en las Leyes Tributarias sí al presente alquiler se le grava con cualquier tipo de impuesto, por parte de la Administración Tributaria, con to cual el ar dd ia de do en lar, adicional al monto del alquiler el monto que se impuslera, en este acto el arrendatario acepta cancelar el manto que par Ley se le imponga a el presente contrato, por concepto de impuesto. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*16 ACTA N*17 Extraordinaria. 5-03-2020 , v 007 Artículo Quinto: De la falta de pago. Ambas partes convienen en que en la eventualidad de mora se procederá a desalojar el Local que se arlendada en este acto, debiendo en este caso la Arrendatarla abonar los pagos de alquiler debido, además de lo que a daños y perjuicios corresponda. En este sentido, la Arrendatarla acepta el derecho de la Arrendante de embargar por medio de Incidente en el mismo proceso en que se ejecute el desalojo, para embargar el mobillarlo y mejoras que hubiere introducido en el focal arrendado, Artículo Sexto: De las mejoras y fas reparaciones. La Arrendataria no podrá efectuar mejoras, ni reparaciones sin previa autorización por y escrito de la Arrendante, que en caso de existir permiso sólo se podrían realizar aquellas que estén permitidas por el Reglamento de Condominlos y la Ley de Propledad Horizontal, En caso que la Arrendataría quiera instalar mejoras permanentes y/o estructurales, las cuales no se puedan sacar del local en el evento de abandono de la relación inqullinaria necesitará previa a su Instalación una autorización escrita de la Arrendante, y sobre las cuales nunca podrá pretender que se paguen estas mejoras en caso de que abandone el local de manera definitiva. Toda reparación producto del uso abusivo o intencionado correrá a cargo de la Arrendatarla. Además la Arrendataria se compromete a contratar el servicio de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL ASCENSOR que se encuentra ubicado dentro del Edificio, estableciendo un contrato por servicios profestonales con una Persona Física o Empresa debidamente acreditada para estos efectos, con el propósito de mantenerlo en perfecto do de vación y fum o, así el mantenimiento de las Instalaciones eléctricas, obllgándose en caso de desocupar el focal que en y esteacto arrienda a devolverlas en las mismas condiciones en que lo recibe, salvo por el deterioro del uso normal. Toda modificación estructural o mejora al inmueble, queda expresamente prohibido, sín autorización expresa y por escrito de la Arrendatarla, Para Instalar rótulos en el edificio, la Arrendataria deberá tener el consentimiento expreso y por escrita de la Arrendante, quedando el pago de las eventuales tasas de Impuestos correspondientes, a cargo de la Arrendataria. Los actuales rótulos y signos externos o internos, luminosos o no, propiedad de la Arrendataria, se mantienen y son aceptados por la Arrendante. Correrá además por cuenta de la Arrendataria el mantenimi de fas instalació ánicas, así tas revisi y repar necesarlas. Todo sin perjuicio de lo establecido en los Artículos velntiséls y siguientes de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*17 ACTA N*17 Extraordinaria. 4 Artículo Sétimo: De las Rótulos, Permisos Municipales y Seguros. Toda Instalación de rótulos extemos al local, deben ser previamente aprobados por la Arrendante y este caso, contar con las tivos permís icípales. La Arrendatarla deberá gestionar las patentes comerciales antes la Municipalidad de Guáplles, y será responsable ante ésta de todas las actuaciones que realice, así como los Impuestos que sus actividades generen. La Arrendante coadyuvará con su firma para la obtención de las mismas, mas no será responsable, ni co-responsable en casos de Incumplimiento, Los seguros que tenga El Edificio serán costeados por ta Arrendataria, y será única beneficiara la Arrentante, únicamente en los casos que reflera a estructura y edificación del Inmueble que por este acto se arrienda. Será obligación de la Arrendataria gestionar los seguros de robo y demás referidos a la mercaderia y personal que laborará con ella, La Arrendataria y Arrendante declaran conocer yse y comprometan a respeta la Ley de Arrendamiento Urbano y Sub urbano de Costa Rica. El pago de los impuestos municipales y territoriales deberá ser cancelado de forma puntual por la Arrendante. Artículo Octavo; De la Luz, el Teléfono y Relacionados. Correrán por cuenta del Arrendatarla los servicios de agua, luz eléctrica, teléfonos, telefax, y cualquier otro servicio que demande el giro comercial de la Arrendataria y será responsable de mantener en óptimas condiciones de limpieza y funcionamiento el Edificio y los parqueos que se le arriendan. Artículo Noveno: Del Subarriendo al Derecho de Llave y la Cesión del Local, La Arrendatarla no podrá subarrendar parcial o totalmente, ni ceder en forma alguna los derechos que le confiere el pr y torización escrita de la Arrendante, y la Nx celebración con ésta última de un contrato acepte todas las condlcl que se estipulan en el contrato, Di dejar bien las partes que este contrato, ni en su letra ni en su espíritu, da ninguna base para un reclamo basado en un discutible derecho de llave y que por el arrendamiento de este local la Arrendante no ha cobrado nl cobrará derecho de Hlave, ya que el mismo no existe, y que no obstante lo antes dicho, las partes renuncian a cualquier derecho de indemnización que por este concepto pudiera corresponder. La Arrendataría declara conocer y aceptar, el hecho que la Arr pueda p en venta los inmuebles que arrienda, por lo cual ambas partes se comprometen a garantizar y respetar la vigencia, condiciones de pago y de estipulacii aquí acordados frente al nuevo eventual Arrendante. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
EN MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*18 ACTA N*17 Extraordinaria. 5-03-2020 s 008 Artículo Décimo: Responsabilidad Accesoria de la Arrendataría. La Arrendatarla será responsable ante la Arrendante, y ante cualesquier autoridad y/o institución competente por los daños que causen sus Agentes y/o representantes al local, mediando al efecto culpa, negligencia y/o dolo y deberá de inmediato corregirlos a satisfacción de la Arrendante. La Arrendataría es la única r able de los y perjulcios que pudieran resultar a los blenes arrendados, con ocasión de un incendio, o de la negligencia o desculdos de sus empleados y/o rep, dela A la o que entre en sus focales, siendo obllgación de la Arrendatarla cuidar los bíenes que arrienda en forma tal de podarlo devolver en las mismas condiciones con las cuales lo ha recibido, excepto el deterioro producido por el normal transcurso ¡ del tiempo y racional uso. Se exceptúan los casos de sintestros debido a causas claramente fortultas o de fuerza mayor. La Arrendatarla es la úni. civil o p te de cualq violación a la Leyes o Reglamentos de Sanidad, Policía o Municipales, y fiscales, que puedan surgir con terceros, que se produzcan en los locales de los blenes arrendados o sean producidos por la actividad de la Arrendante, salvo que las acciones se orlgínen por hechos causados por la Arrendante. Artículo Décimo Primero: Renuncia Expresa. Por este medio la Arrendatarla renuncia a cualquier derecho de llave a quien tuviere derecho con el transcurso del tiempo, y releva totalmente de esta responsabilidad a la Arrendante. Artículo Décimo Segundo: Destino Invariable. ( Los blenes arrendados se destin ón a los autor, por la Municipalidad de Guáplles, sín que ésta pueda cambiar el destino sin previa autorización escrita de la Arrendante, así como cualquier actividad conexa o relacionada con el giro comercial de la Empresa que la Arrendante declara conocer, Y es totalmente prohibido a la Arrendataría subarrendar en todo o en parte los bienes arrendados. Asimismo es totalmente prohibido para la Arrendataria, ceder en todo o en parte el presente contrato. Esta slempre que no haya una autorización por escrito de parte de la Arrendante, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%19 ACTA N*17 Extraordinaria. Artículo Décimo Tercero: Visitas e Inspecciones. La Arrendante podrá por medio de sus personeros debidamente identificados, Inspeccionar los blenes arrendados en días y horas hábiles de trabajo, sin que sea requerido el consentimiento previo de la Arrendataria, coordinando con al menos tres días de anticipación las inspecciones con la Arrendataria para no Interrumplr tas labores de la Arrendataria. Artículo Décimo Cuarto: De la Tolerancia. Cualquier concesión favorable a la Arrendataria que hiclere la Arrendante, en cuanto al modo, forma, fecha y lugar del preclo mensual de arrendamiento, deberá Interpretarse y considerarse como un acto de simple y mera tolerancia de la Arrendante, que no le conflere a la Arrendataria derecho alguno, por lo que la Arrendante puede en cualquier tiempo exigirle a la N Arrendatarla el pago Inmediato de cualesquiera sumas que adeude o blen ser sometida a los procedimientos de desahucio y de daños y perjuicios complementarios que genere su Incumplimiento, Ante la tolerancia, la Arrendatarla siempre será considerada culpable y no limitan a ésta, sino que mantienen la obligación de que ésta última siempre observe el debido cumplimiento de la obligaciones que a esta le corresponden de acuerdo con este contrato. Artículo Décimo Quinto: Notificaciones. Artículo Décimo Sexto: Condiciones Resolutorias Terminación Anticipada y Responsabilidad. Este contrato solo podrá resolverse sin reclamo de daños y perjuicios por mutuo consentimiento en cualquier momento. En caso de que la Arrendataria desistiera del presente contrato en forma unilateral, antes del primer año del presente contrato, deberá cancelar a modo de Indemnización a la propietaria el monto de los alquileres que se requieran para computar el primer año completo, de alquiler que podrán ser disfrutados por la arrendataria. Artículo Décimo Sétlmo: Del Depósito de Garantía. Como garantía al cumplimiento de este contrato, y nunca aplicable por concepto de alquiler, el Arrendatario deposita en manos de la Arrendante la suma de MIL QUINIENTOS DOLARES EXACTOS($1500.00)- moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, el cual será devuelto ta Arrendataria al termino de esta relación sí ha cumplido con las distintas convenciones presentes, previa deducción de los gastos que se generen par la reparación de daños imputables a la Arrendataria. En caso de prórrogas del contrato la Arrendataria, deberá ajustar el depósito de garantía al monto del alquiler. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*20 ACTA N*%17 Extraordinaria. Articulo decimo Octe : De la entrega material del local: El arrendatario tomara posesión parcial del local a partir de la firma del presente contrato, para remodelar y acondicionar a sus necesidades para el desarrollo de su actividad, así mismo, y es pago del alquiler correrá a partir del primero de marzo del año dos mil veinte, fecha en la cual el arrendante entregara la totalidad del local. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para los efectos del Articulo cuatro y velntldós de la Ley de Notificaciones Judiciales, número ocho mil seiscientos ochenta siete, para recibir notificaciones Judiciales y extrajudiciales, el arrendatario, señala como domicilio contractual el local arrendado en ese acto, en el cual podrá notificársele personalmente o a cualquier empleado de dicho local que aparente ser mayor de quince años con lo cual se dará por bien notificado, con hacer la entrega de la notificación en cualquiera de ambas manera. Asimismo quedan autorizadas, cualquiera de las partes, para comparecer ante la autoridad competente o ante Notario Público a fin de insertar razón de fecha clerta al presente contrato. En fe de lo anterior firmamos en dos tantos iguales en San José, a las doce horas del día primero de marzo del año dos mil veinte. pS Vafle de la Palma S.A. Vilma Alfaro Lazo Arrendante Arrendatarlo Aut. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N*17 Extraordinaria. PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE SALUD NN" HC-ARSP-0132-2020 REGION RECTORA DE SALUD: HUETAR CARIBE AREA RECTORA DE SALUD: PococÍ No. HC-ARSP-0132-2020 En cumplimiento a lo que estableco la Ley General de Saíud (N* 5395) y el para autorizack y Pormisos rios de lonamli otorgados por el Ministerio de Salud (DE.39472-S), así como demás vigente, se e ls rlo de PA Qu RESTAURANTE EL SURA . NOMBRE OEL ESTABLECIMIENTO RAZON SOCIAL: Kia REPRESENTANTE LEGAL: MARTIN ANTONIO JIMENEZ MURILLO. CEDULA JURIDICA : CEDULA DE IDENTIDAD : 5700764 TIPO DE ACTIVIDAD: . RESTAURANTE CON VENTA DE LICOR Y DISCOTECA (Otras: N/A) DIRECCION: LIMÓN pococÍ CARIARI PROVINCIA CANTÓN DISTRITO OTRAS SEÑAS: — DENTRO DE CENTRO COMERCIAL EL SURA, CARIARI CODIGOS CIIU 5610/9311 TIPO DERIESGO [ B ] DADO EN LA CIUDAD DE PococÍ ALOS 28 DIASDELMES DE FEBRERO DE 2020 Qe El presente permiso es válido exclusl para la y lugar arriba por el períado cortospondi salvo que las de aste o de su into, o las que ata la susp! o anticipada del mismo o la clausura del establecimiento para garantizar la aalud de los trabajadores, de la población y del. ambiente en general. TIENE VALIDEZDE: — ()f AÑO(S). DEBE SERRENOVAX 28 DE FEBRERO DeL 2021 Resolución No. MS-DRRSHC-ARSP-12; DRA. NOHRA LUZ BARRERO ESCOBAR NOMBRE A Director(a) do Área Rectora de Salud Pococt Director(a) de Áred Rectora de Salud Pocací o del funcionario designado o del funcionario designado ORIGINAL: Interesado Ce; Expediente del ARS COLÓQUESE EN LUGAR VISIBLE “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N?*17 Extraordinaria. GRUPO Responsabilidad Civil Colones Condiciones Particulares DATOS GENERALES DE LA PÓLIZA Nombre del asegurado: JIMENEZ OFAROLA MARTIN NP indentificación: — 0106200684 WN? póliza; 0112RCGO00234100 Moneda: or Sede; Sede Guápiles N? Intermediario: 1400340 Forma de Pago: CUNTRO PAGOS TRIMESTRALES Vigencia del Seguro Desde 02/03/2020 Hasta 02/03/2021 DATOS DEL TOMADOR Nombre o razón social No, Identificación Dicección exacta del domicilio HIMENEZ OTAROLA MARTIN 0106200684 CONTIGUO AL ALMACEN SAN FRANCI SCO CARIARI DATOS DEL ASEGURADO Bo, Ktentificación Nombre 0106200634 JIMENEZ OTAROLA MARTIN Información Zona N? 1 : JIMENEZ OTAROLA MARTIN : DISCOTECA DATOS DEL RIESGO Descripción Actividad Dirección Otras Señas eeSura da R.C. Lacal. Limón POCOCE DISCOTECA EL SURA, EN EL PRIMER PISO DEL CENTRO EL DISCOTECA y Caral COMERCIAL . 45.000.000 DETALLE DE COBERTURAS Y DEDUCIBLES | ] Cobertura Deducible porcentual Deducible fijo o mínimo Prima OSL.- Responsabilidad Civil o 0 $57.520 996 - Recargo Fraccionamiento Prima o o 06327 998 -14.A, Ñ o . o £8.300 Notas de la Póliza DESGLOSE DE PRIMAS Endoso Fecha de venciniento Prima emitida Prima pagada Saldo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*17 Extraordinaria. 000 02/03/2020 - 418,037 ¿0 418.037 000 02/06/2020 $18.037 - $0 418.037 | 000 02/09/2020 - 418,037 ¿0 418.037 000 02/12/2020 l Ñ $18.036 ON ¿0 $18.036 OBSERVACIONES 01; - **SE ENTREGA CONDICIONES GENERALES PARTICULARES Y ESPECIALES** Registro ante la Superintendencia General de Seguros La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número G08-07-A01-133 de fecha 27/01/2012. Lic, Luis Fernando Campos Montes Gerente General Cédula Jurídica 400000-1902-22 La validez de este seguro se encuentra sujeta al pago de la prima del INS, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 ACTA N*17 Extraordinaria. SEGURO OBLIGATORIO DE RIESGOS DEL TRABAJO A CONDICIONES PARTICULARES RT-General DATOS DE LA PÓLIZA Númoro de póliza: — 9555063 — Sedo: Sede Guápiles— Fecha Emisión: — 02/03/2020 Tarlfa Vigente 2,06 Vigencia desde 02/03/2020 Vigencia hasta: 28/0/2024 Agente; 00% INSTITUTO NACIO NAL DE SEGUROS DATOS DEL TOMADOR DEL SEGURO Nombro o razón —— JIMENEZOTAROLA MARTIN . N do soclal: ALONSO D Cácula: 0105200684 Tafáfomo: 21877282 : Apto, W de Fax: 21617235 Pr Emnall Dirección: CONTIGUO AL ALMACEN SAN FRANCISCO CARIAR DATOS DEL RIESGO ASEGURADO Nombre DISCO TECA EL SURA, IMENEZOTAROLA Lugar de los . del Códuta 106200684 ENEL PRIMER PISO de curados > MARTINALONSO D Trabajos EN Ubicación Actividades de Código de del PO ae ¿ SENcIodO Actividad 5600 Palrono bebidas Económica Dirección por soñas CONTIGUO AL ALMACEN SAN FRANCISCO CARIAR MONTO ASEGURADO Total de Monto Asegurado Tarifa Vigento Prima £1.032.476 2,06 ¿21.269 aro res “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N*17 Extraordinaria. INFORMACIÓN DE COBERTURAS Médicas En dinero - Asistencia médico-quinúrgica - Subsidio por incapacidad temporal - Hospitalaria . - Subsidio por Incapacidad lemporal - Asistencia médico-quirúrglca - Rentas por incapacidad permanente » Farmacéulica - Rentas por muerte del lrabajador - Rehabilitación - Gastos de traslado - Prótesis y aparatos médicos + Gastos de Funeral + Readaptación, reubicación y rehabilitación laboral - Gastos de hospedaje y alimentación OBSERVACIONES Este contrato cubre a los trabajadores del Tomador del seguro, cuando sean vícimas de un riesgo del trabajo, en el entendido de que para ta aplicación del seguro se considerará la información contenida en la solicitud del mismo, las disposiciones establecidas en el Código de Trabajo y en la Norma Técnica del Seguro de Riesgos del Trabajo vigentes, los cuales constituyen parte integral de este contrato. Lic. Luis Fernando Campos Montes Gerente General Cédula Jurídica 400000-1902-22 La validez de este seguro se encuentra sujeta al pago de la prima del INS. La documentación contractual y técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con la dispuesto en la CLÁUSULA 29, inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, Ley 8653, según registro del 04 de abril de 2018. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N?*17 Extraordinaria. 05-03-2020 v 20 Consulta Morosidad Patranal (0 Ayuda fayudalmaln.[sp) 0 1 4 Consulta Morosida ' Cumplimiento Art. 74 Ley Constitutiva CCSS hitp://www.ccss.sa.cr!) . Mi Búsqueda de PatronoQiveddióttificación : DN de Cobros + Tipo Identificación CEDULA DE IDENTIDAD EN REGISTRO CIVIL. v Número Identificación 106200684 O " PATRONO/TU/ AVAL DIA NOMBRE JIMENEZ OTAROLA MARTIN ALONSO DE JESUS LUGAR DE PAGO AG CARIAR! SITUACIÓN ¡ Consulta realizada a ta fecha: 04/03/2020 Generar Documento Digital Validar documento Digital nivaldocDigitalesfindex.xhtr (https://alssfa,ccss.sa.crtafili 4/3/2020 Consulta Morosidad Patronal Para conocer si tiene deudas pendientes con otras instituciones ingresar a: (http:/Aweb.imas.go.cr/morosos)) > (http:/Iserviciosweb.Ínz (ey reses Sola Patronos) E Ao (http://fodesaf.go.cr/gestion_de_cabros/Consulta_patronos_morosos.html) “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*28 ACTA N17 Extraordinaria. DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES LTS MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES DEPARTAMENTO GESTION DE COBRO Teléfonos: 2547-3600, 2547-3602 Fax: 2222-2376 04/03/2020 14:43:14 PAGUE EN LINEA BCR, PAGO DE SERVICIOS, CUOTAS Y PLANES, EL SERVICIO DE COBRO FODESAF base en la información suministrada por la Caja Costarricense de Seguro Social la cual se encuentra en los registros del ima de información de patronos morosos que lleva el Departamento de Gestión de Cobro de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, la cédula 00106200684 registrada por la CCSS a nombre del patrono MARTIN ALONSO DE JES JIMENEZ OTAROLA no reporta deuda por concepto del tributo del 5% que todos los patronos públicos y privados tienen que pagar sobre planillas mensuales de sus trabajadores, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 8783, reforma a Ley 5662. “Ley de Desarrollo Sovial y Asignaciones Familiares". Lo unterior en razón de que se encuentra al día con la CCSS o no está inscrito como patrono ante dicha institución. Los datos de este documento están basados on un archivo do Información generado el: 04/03/2020 3:17:03 Douda calculada con base en el último reporto da información suministrado por lo C.C.S.S. MITOS A FIRMADO DIG ITA. LMENTE MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*29 ACTA N*17 Extraordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 04 marzo del 2020 Inspección de licores Comerclo: Discoteca el Sura Propietario: Martin Jiménez Otarola Cedula: 1-620-684 Dirección: Centro Comercial Avenida Sura Al ser las 10:10am los inspectores Javier Corrales Salazar, Johan Toruño Castellón y Gabriel Delgado Sánchez damos visita al lugar y observamos lo siguiente: 1) 2) 3) Local comercial con una área de 353m2 que se distribuye con un promedio de la siguiente manera: -corredores (balcón) 89m2 -área para DJs 4.4m2 -cocina 28m2 «oficina 16m2 -baños 28m2 -área de barra y atención al público 42m2 (barra mide 18m lineal x 0.65m) -área destinada en el momento para pista de baile 35m2 -elevador 2,25m2 -áreas de mesas internas 110m2 El Local comercial tiene una estructura de dos paredes de concreto a! norte y oeste, al este y sur área abierta sin posibilidad visible de contener el sonido con seguridad de clerre de cortinas metálicas eléctricas. Local comercial equipado con pantallas y luces láser para la actividad ballable. Equipado con cámaras de refrigeración, cristalería, cubertería, sillas, mesas. Nota: se aporta fotografías y croquis... “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
dieta MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?30 ACTA N?17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?*32 ACTA N*17 Extraordinaria. 21.4. 019 | “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N*17 Extraordinaria. la 3.20 4 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*34 ACTA N?*17 Extraordinaria. á “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*35 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUN ICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*36 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N*17 Extraordinaria. 04/03 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*38 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*17 Extraordinaria. E Ni “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”,
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*41 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”,
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N?17 Extraordinaria. j / “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N*17 Extraordinaria. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*44 ACTA N?17 Extraordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOC! Q3 0 ¿Ds UNIDAD DE PATENTES ed e a [ CONTROL DE REVISION DE REQUISITOS ] TIPO DE TRÁMITE Nueva VÍ trastado O Traspaso [7] Temporal a Otros El 1-Nombre del Htanto (P: o Sol Main A honenez Dicda 2-Códuta (Personal o Jurídica): | - 620- 684 3-En caso de S , hombro del rep: legal; [ INFORMACION DE LA ACTIVIDAD: ] A NADA A Ñ A - ¡ becokca - mo Permiso de ÑA rólicade | Y ces Y sopesar [7 Contrato de Y Funcionamiento MÁ) tuesgos Arriendo Uso de suelo y Cédula Personería Poderes Impuestos Resolución Ne Ju Jueíilica Jurídica espectalos Aldía Otros: Observaciones; Revisady/Al expediente, se observa que: st| P | cumple con los requisitos NO Ú cumple con los requisitos Funclonarto que reviso Nani UA Fecha QH- 03- ADO Participan de la palabra: Reg. Ginnette Sequeira G. Nada más hacer la consulta si se está cumpliendo con todos los requisitos. Sr. Pdte. Freddy Hernández. Obviamente el expediente es amplio, dentro de estos tiene que venir el tema de salud, aquí viene el documento de Fodesaf, viene del INS. Viene el permiso de funcionamiento del Ministerio de salud, aquí está firmado. Viene la documentación del arrendatario y entre otras cosas indica que el tema administrativo, los requisitos Administrativos, las distancias correspondientes y la “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*45 ACTA N*17 Extraordinaria. inspección del sitio de conformidad con la ley 9047, también indica que el tema de distancias no corresponde porque está en un centro comercial. Reg. Patricia Aguilar Araya. Si me gustaría saber que dice el Ministerio de Salud?. ¿ si le dio el aval? Síndico Juan Luis Gómez Saluda, señores del Concejo los felicito, porque si cumple con los requisitos de ley ustedes están haciendo una gestión hacia uno de tantas personas que pagan no solo tributo sino que también el concepto de patentes que son dos cosas diferentes. Y creo que en este tiempo tan incomodo que estamos donde el desempleo es el desayuno de todos los días de las personas, creo que lo menos que ustedes pueden hacer, ya cumpliendo los requisitos de legalidad y el marco jurídico es levantar la mano y aprobar esta actividad, porque esta actividad no solo va a servir de recreación para las personas que les gusta asistir a estos eventos sino que también va a permitir que muchas personas que van a estar atendiendo la actividad, van a estar atendiendo la actividad puedan generar alguna entrada de dinero que les permita llevar algún alivio a sus hogares y en esta crisis que estamos, ustedes como Concejo, sin apartarnos del marco jurídico, deberíamos de propiciar que aquí en el cantón de Pococí el empleo no lo recorten. SÍ quiero hacerle una recomendación señor presidente, la forma como se está haciendo es muy elegante, pero le genera como tres millones de colones de gastos esta sesión a la Municipalidad, si usted en la sesión anterior lo hubiera aprobado, solamente con la condición que cumpliera los requisitos de ley, este ahorro de dinero hoy se hubiera ahorrado. Sr. Pdte. Freddy Hernández. Nosotros indicamos el espíritu de ayudar a los empresarios, conforme a lo que usted está diciendo nosotros estaríamos haciendo un ilícito, entonces que quede en actas las palabras suyas. Porque usted me parece que indica que es un gasto y lo que estamos haciendo nosotros es lo que deberíamos y lo que debería tener cualquier persona con un poquito de sentido común en este órgano colegiado. Me parece lamentable ese tipo de discursos porque va en detrimento, esas ambigiedades de que si pero no, no pero sí. Ya está bueno, Reg. Bernardo Veach Davis. Por el orden, solicito que lo sometan a votación si me hace el favor. “Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N*17 Extraordinaria. Sr. Pdte. Freddy Hernández. Quiere saber lo del Ministerio de Salud? eso es válido, eso está bien. Reg. Patricia Aguilar Araya. Es que si quisiera que conste en actas. Sr. Pate. Freddy Hernández. Yo iba a proceder a leerlo, está bien, porque de hecho fue de las primeras cosas que yo revisé. (procede a leer el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud N* HCARSP- 0132-2020). Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Licencia Comercial Discoteca El Surá, Categoría B-2 (Para la Actividad de Discoteca). Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 382 El señor presidente nombra en comisión al regidor Johnny Vargas Arrieta, que presente su respectivo informe de Comisión. UL AL SER LAS DIEZ HORAS CON CATORCE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN F-FREDDY HERNÁNDEZ MIRAND O J PRESIDENTE MUNICIPAL Clc: SRS. REGIDORES, OTROS. ARCH. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.