Ordinaria 305 · 2020-04-01
305-2020ACTA.pdf · 31 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 305 del 2020-04-01 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 6 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 16) · firme · aprobado 020 N° 305-2020 2.1 ACUERDO MUNICIPAL: EN CONOCIMENTO DE LO ANTERIOR SE ACUERDA: AUTORIZAR AL SEÑOR BERNAL JIMENEZ MORAGA AUDITOR INTERNO, suscribir f…
- ~ Acuerdo (pág. 19) · firme · aprobado interesados en su desarrollo. Se solicita cumplir con los plazos de ley. Sigo recibiendo las notificaciones al correo clmejias@abogados.go.cr 4.1- ACU…
- ~ Acuerdo (pág. 29) · firme · aprobado mos. PROPUESTA: Solicitar al señor Justin Rashid Carvajal Chaves, Encargado de Recursos Humanos, aplazar la prueba técnica, para que se realice el día…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · firme · aprobado 1-. ) Analizar el Expediente Administrativo: Caso: Junta Administrativa Colegio Técnico Profesional de Paquera. Remitido por Dirección Regional de Edu…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · firme · aprobado ción interpuesto por Elisabeth Aubert, en contra de la Contratación Directa N° 2020CD- 000016-01, promovida por la Intendencia del Concejo Municipal d…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · firme · aprobado ISTRITO DE PAQUERA ACUERDA: Aprobar en todos sus extremos la recomendación de adjudicación realizada a la empresa TECNOAMBIENTE- LUMAR, CON CÉDULA JUR…
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21390
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
Acta de la Sesión Ordinaria N° 305-2020 celebrada por el Concejo
Municipal de Distrito de Paquera a las diecisiete horas del Primero
de Abril del Dos Mil Veinte, en la sala de sesiones del Concejo
Municipal, del Distrito de Paquera.
DIRECTORIO PERMANENTE PRESENTE
PRESIDE: YORLENY ALFARO MENDOZA- VICE PRESIDENTA -
SINDICA SUPLENTE. CONCEJALES PROPIETARIOS: RONALD
MELLADO FERNÁNDEZ, TERESA GONZÁLEZ VILLALOBOS,
CARLOS LUIS RODRÍGUEZ VINDAS. ALEXANDER SILES
PANIAGUA, ocupando el puesto de propietario en ausencia del señor
Francisco Camareno Rodríguez.
Comprobado el cuórum. (5)
PRESENTES: CONCEJALES SUPLENTES: YADIRA CASTRO
HERNANDEZ, VICEINTENDENTE MUNICIPAL ALCIDES GONZÁLEZ
ORDÓÑEZ. SECRETARIA DEL CONCEJO: LIDIETH ANGULO
FERNÁNDEZ.
AUSENTES: PRESIDENTE MUNICIPAL- SINDICO PROPIETARIO:
EDUARDO GONZÁLEZ SÁNCHEZ. CONCEJAL PROPIETARIO:
FRANCISCO CAMARENO RODRÍGUEZ. CONCEJAL SUPLENTE:
FRANCISCO JIMENEZ VALVERDE. INTENDENTE MUNICIPAL:
SIDNEY SANCHEZ ORDOÑEZ.
Oración: Yorleny Alfaro Mendoza.
ORDEN DEL DIA
1. Lectura y aprobación de actas
2. Audiencias y atención al Público
3. Juramentación
4. Informe del Intendente
5. Informe de Comisiones
6. Lectura de correspondencia
7. Mociones
8. Asuntos Varios
9. Acuerdos
Cierre de sesión
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21391
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
ASISTENCIA PÚBLICO PRESENTE:
NOMBRE CÉDULA ORGANIZACIÓN
FRANKLIN CASTRO RAMIREZ 6-0226-0135 MI PRENSA
PARA JURAMENTACION:
ANA YICENIA HERRERA SIBAJA 5-0295-0115 MIEMBRO DE LA JUNTA DE LA
ESCUELA JULIO ACOSTA GARCIA
-La Presidenta Municipal procede a llamar al señor Alexander Siles Paniagua a
ocupar el puesto de Concejal Propietario, en ausencia del señor Francisco
Camareno Rodríguez.
MOCION DE ORDEN. La Presidenta Municipal presenta moción de orden para
pasar al primer punto la Juramentación. "Aprobado con cinco votos.
UNANIMEMENTE”.
ARTÍCULO 1. JURAMENTACION.
INCISO A- Se presentan para la respectiva Juramentación un miembro de la
Junta de Educación de la Escuela Julio Acosta Garcia de Paquera.
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA JULIO ACOSTA GARCIA DE PAQUERA
NOMBRE Y APELLIDOS N° CEDULA
ANA YICENIA HERRERA SIBAJA 50295-0115
_La Señora Presidenta Municipal procede a dar lectura a la Juramentación, Artículo 194 de
la Constitución Política:
JURAMENTACION
_“¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes
de la República y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino?
Responde: “SI JURO”
_Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no El y la Patria os lo demanden”.
_Quedan debidamente juramentados.
ARTICULO Nº 2. LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS.
INCISO A- Lectura del Acta de la Sesión Extraordinaria N° 296-2020, del 21 de
Febrero del 2020.
RECESO: 5 MINUTOS. La Señora Yorleny Alfaro Mendoza da el receso.
-Se reanuda la sesión transcurrido el tiempo indicado.
“Se ratifica el Acta N° 296-2020, aprobada con cinco votos”.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21392
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
INCISO B- Lectura del Acta de la Sesión Extraordinaria N° 297-2020, del 24 de
Febrero del 2020.
El Acta 297 no hubo cuórum es de conocimiento. APROBADA.
ARTICULO N° 3. AUDIENCIAS Y ATENCIÓN AL PÚBLICO.
(NO HAY)
ARTÍCULO N° 4. LECTURA DE CORRESPONDENCIA.
1.- SE CONOCE DOCUMENTO, DE CORREO ELECTRÓNICO de fecha 19
de marzo del 2020. De Sidney Sánchez Ordóñez- INTENDENTE
MUNICIPAL. ASUNTO: VETO. CONTRA ACUERDO- CONTRATACIONES
VERSIÓN FINAL FIRMADO. (pdf)
SE DA LECTURA:
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21393
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21394
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21395
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21396
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21397
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21398
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21399
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21400
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21401
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21402
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
COMENTARIOS REALIZADOS:
SEÑOR ALCIDES GONZALEZ ORDOÑEZ- VICE INTENDENTE: Ella está apelando que
eso no le concierne al Concejo.
-SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: Hablando de eso,
voy a dejarlo para asuntos varios, debido a que ella está tocando la situación de ese veto,
se dijo muy claramente que después de una contratación de 1 millón de colones
habíamos tomado un acuerdo que la contratación que se pasara después de 1 millón
pasara por el Concejo, quisiera saber qué pasó con eso. Lo que pasa que en la
contratación no se está pagando 2 millones de colones, se está pagando 2.500.000
colones porque yo me metí en la parte del SINAC de la Contraloría y en el cartel se le
está pagando por 2 millones como comprobar que se está pagando de mas, entonces se
está pagando y nosotros no nos estamos dando cuenta, como puede ser posible una
cuestión de esas, porque si se dijo que eran 2 millones de colones era así, no 2.500.000
colones y se le está dando 500.000 en adelanto a la empresa, entonces ahí si no dicen
eso.
SEÑOR CARLOS RODRIGUEZ VINDAS- CONCEJAL PROPIETARIO: ¿Es lo del
Geólogo?.
-SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: Sí lo del Geólogo,
y yo tengo como, porque yo pregunte, pero lo voy a dejar para Asuntos Varios, aquí
tengo el documento. Aquí no nos damos cuenta de cómo están sucediendo las cosas, hay
que buscar cómo, aquí no se puede sacar un centavo para algo que no se necesita.
2.- SE CONOCE DOCUMENTO, DE CORREO ELECTRÓNICO de fecha 26 de
marzo del 2020. De Bernal Jimenez Moraga- AUDITOR INTERNO. ASUNTO:
CONTRATO TEMPORAL PARA ACOGERSE A LA MODALIDAD DE
TELETRABAJO. DIRECTRIZ N°073-S-MTSS.(pdf)
SE DA LECTURA:
ACUERDO VOLUNTARIO PARA INGRESAR A LA MODALIDAD DEL TELETRABAJO
EN LA MUNICIPALIDAD DE PAQUERA
Entre nosotros, SIDNEY SANCHEZ ORDOÑEZ, portador de la cédula de identidad
número: seis- dos treinta y dos-cero ocho ocho dos, (6-0232-0882) en mi condición de
Intendente Municipal y ostentando la representación judicial y extrajudicial del Concejo
Municipal del Distrito de Paquera con cédula jurídica número Tres - cero cero siete – tres
tres nueve seis cero cero (3-007-339600, en lo sucesivo el “empleador”, y Bernal Jiménez
Moraga, portador (a) de la cédula de identidad número 5- 0233-0202, vecino (a) de
Puntarenas Chacarita, en lo sucesivo persona “teletrabajador”, hemos convenido celebrar
el presente convenio para regular la modalidad de teletrabajo acogiéndose a lo
establecido en la Directriz 073-S-MTSS emitida el nueve de marzo del año dos mil veinte
y bajo las siguientes condiciones:
PRIMERA: Actualmente el señor (a) BERNAL JIMENEZ MORAGA auditor Municipal que
tiene una relación laboral ordinaria con el Concejo Municipal de Distrito de Paquera como
persona servidora municipal a quien, a efectos del presente Acuerdo Voluntario, en lo
sucesivo, se denominará “ persona teletrabajadora”.
SEGUNDA: En cuanto a los derechos y obligaciones del empleado público incluido en la
presente modalidad, siendo esta Teletrabajo, serán los mismos que les corresponde en su
relación laboral ordinaria, regidos por las normas de carácter público que les atañen,
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21403
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
teniendo la persona teletrabajadora que acatarlas de la misma forma como si prestara sus
servicios dentro de las instalaciones de la Institución, considerando en todo momento el
principio de legalidad que rige al sector público, como las mismas obligaciones, deberes y
derechos que les ha normado siempre.
TERCERA: La persona teletrabajadora está cubierto bajo la Póliza de Riesgos de Trabajo,
siempre y cuando realice actividades propias de sus funciones y sea verificado por medio
de un proceso de investigación de acuerdo las disposiciones internas.
CUARTA: Las actividades a desarrollar mediante el Teletrabajo han sido establecidas de
común acuerdo y en atención a los objetivos y necesidades institucionales, ajustándose
en todo momento al perfil del cargo específico del puesto que ostenta, las cuales se
describen a continuación.
Las actividades a desarrollar son las siguientes: 1- Tendrá la disponibilidad de atención a
funcionarios y publico vía conferencia o internet 2- Podrá recibir denuncias vía internet y
atenderlas como se hace normalmente 3- revisará todos los informes del área financiera
que normalmente le envía el Contador de la Institución 4- Podrá solicitar archivos digitales
en casos de dudas de alguna información 5 girara directrices cuando así sea su
pertinencia 5- Atenderá las disposiciones que gira la Contraloría General de la Republica
en temas relacionados con su área de trabajo 6- Podrá hacer recomendaciones-
advertencias- y demás en informes de auditorías, Atendera en todo momento las
consultas y solicitudes del Concejo Municipal.
QUINTA: La jefatura de la persona teletrabajadora debe someterlo a mecanismos de
medición sobre las actividades teletrabajables, siendo dichos mecanismos variables
según las funciones a realizar, por lo que, aquella indicará el período en que se deberán
rendir los informes de las gestiones teletrabajadas, con fechas definidas de entrega. En el
momento en que se implemente otra metodología e instrumentos a nivel institucional la
misma será aplicada a esta persona teletrabajadora.
SEXTA: Los trabajadores incorporados al sistema de teletrabajo, deben mantener las
condiciones que justificaron su ingreso a éste, así como cumplir con todas las
obligaciones y responsabilidades adquiridas. En caso de que surja alguna imposibilidad
de mantener dichas condiciones, debe plantearlo ante su jefatura y ésta ante el
Departamento de Recursos Humanos para resolver lo que proceda.
SÉTIMA: Las actividades a teletrabajar se desarrollarán en los sitios que demande la
ejecución del trabajo, en caso de realizarse en el domicilio de la persona teletrabajadora,
la dirección es (Chacarita Puntarenas De la Entrada al 20 de Noviembre 100 Norte y 25
Este), si por razones de fuerza mayor o caso fortuito se ve obligado a cambiar de
domicilio, deberá comunicarlo anticipadamente ante a su jefatura para que tome las
medidas que correspondan, las cuales en coordinación con el Departamento de Recursos
Humanos determinarán si la persona teletrabajadora puede seguir o no con este modo de
Acuerdo, para lo cual hará una nueva valoración de las nuevas condiciones.
OCTAVA: La Municipalidad puede dejar sin efecto la modalidad de teletrabajo cuando la
persona trabajadora incumpla con las disposiciones establecidas sin menoscabo de la
aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes. En este caso deberá
reintegrarse a su puesto de trabajo en forma inmediata.
NOVENA: La persona teletrabajadora deberá de cumplir con el horario y la jornada
ordinaria de trabajo, esta última será la misma que tenía la persona trabajadora al
momento en que se suscribe el presente Acuerdo Voluntario y el horario se podrá
negociar cuando las funciones así lo permitan, siempre que no cause ningún perjuicio a
los intereses institucionales. En caso de negociar un horario diferente deberá quedar
especificado en la cláusula décima primera.
DÉCIMA: La persona teletrabajadora debe estar disponible, dentro de su jornada laboral,
para atender asuntos de su jefatura, compañeros y clientes de sus servicios, ya sea por
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21404
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
medio del correo electrónico, teléfono, videoconferencia u otro medio. Caso contrario, se
aplicará las acciones de orden disciplinario que el caso amerite.
DÉCIMA PRIMERA: La jornada semanal a teletrabajar es definida entre la persona
teletrabajadora y su jefatura de acuerdo con los intereses institucionales, según se define
a continuación: De Lunes a Viernes en Horario de 8 de la Mañana a 4 de la tarde.
DÉCIMA SEGUNDA En cuanto a la conexión electrónica (hardware, y software) se
regulará de la siguiente forma:
a. La persona teletrabajadora es responsable de los activos institucionales que utilice y
traslade hacia el lugar de teletrabajo. b. Se brindará soporte técnico únicamente a las
herramientas de software y sistema operativo necesarios para realizar el teletrabajo que
proporciona la Institución. c. En este caso se excluye cualquier solicitud de instalación,
configuración o solución de problemas sobre paquetes de software que no sean
requeridos para el Teletrabajo o que la Institución no posea licenciamiento sobre el
mismo.
DÉCIMA TERCERA: La persona teletrabajadora se compromete a mantener el lugar de
trabajo, con las condiciones higiénicas, ergonómicas, de ventilación, iluminación y de
seguridad establecidas por la normativa vigente, las cuales debe mantener durante la
vigencia del presente Acuerdo Voluntario.
DÉCIMA CUARTA: Las personas funcionarias debidamente designados por la Institución,
pueden realizar visitas al lugar donde la persona teletrabajadora desempeña sus
funciones, con el fin de verificar: el cumplimiento de las condiciones establecidas en el
artículo anterior, la ejecución del trabajo asignado, la valoración de las condiciones psico-
sociolaborales.
DÉCIMA QUINTA: La persona teletrabajadora debe asumir los gastos de: electricidad,
agua, transporte, alimentación y gastos de internet hojas teléfono y mobiliario o equipo de
oficina etc) relacionados con las actividades teletrabajables.
DÉCIMA SEXTA: Cuando La Municipalidad por necesidad o conveniencia requiera la
presencia física de la persona teletrabajadora las instalaciones institucionales de forma
indefinida, la Jefatura y su superior jerárquico, siguiendo el debido proceso ante la
Comisión Institucional de Teletrabajo, deben presentar una justificación explicando los
motivos, en cuyo caso se dará por terminada la presente modalidad de trabajo, y la
persona funcionaria deberá volver a su lugar de trabajo.
DÉCIMA SÉTIMA: La persona teletrabajadora se compromete a conocer y cumplir con las
diferentes normas establecidas por la Municipalidad para estos efectos.
DECIMO OCTAVA: Para la prestación del servicio bajo la modalidad de teletrabajo, se
suscribirá un acuerdo voluntario entre el Intendente (sa) y la persona teletrabajadora, en
el que se estipularán las condiciones particulares de cada relación de teletrabajo.
Además, el acuerdo voluntario deberá apegarse en todos sus extremos a las
disposiciones y garantías laborales contenidas en el Código de Trabajo, Ley No. 9738
Para regular el Teletrabajo, el Decreto Ejecutivo N° 39225-MP-MTSS-MICITT, "Aplicación
del Teletrabajo en las Instituciones Públicas", Decreto Ejecutivo no. 42083-MP-
MIDEPLANMICITT y cualquier otra norma que regule la modalidad de teletrabajo en el
sector público y la directriz No. 073-S-MTSS.
Este Acuerdo Voluntario de teletrabajo se firma en tres tantos, uno debe constar en el
archivo de la dependencia de la persona teletrabajadora (expediente personal); remitir
copia al Departamento de Recursos Humanos y el otro para la persona funcionaria.
DECIMO NOVENA: Este Acuerdo Voluntario rige a partir de la fecha en que lo firma el
representante patronal.
Rige a partir del 23 del mes de marzo del 2020.
BERNAL JIMENEZ MORAGA (FIRMA)
Firmado digitalmente por BERNAL JIMENEZ MORAGA (FIRMA) Fecha: 2020.03.23 15:36:26 -06'00'
SIDNEY SANCHEZ ORDROÑEZ PERSONA TELETRABAJADORA INTENDENTE Cédula 502330202
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21405
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
2.1 ACUERDO MUNICIPAL:
EN CONOCIMENTO DE LO ANTERIOR SE ACUERDA: AUTORIZAR AL SEÑOR
BERNAL JIMENEZ MORAGA AUDITOR INTERNO, suscribir firma del contrato de
teletrabajo acogiéndose a lo establecido en la Directriz 073-S-MTSS, emitida el nuevo de
marzo del año dos mil veinte, bajo las condiciones indicadas en el contrato.
“Se somete a votación el acuerdo y es aprobado con cinco votos.”
UNANIMEMENTE. Se aplica el artículo 45 del Código Municipal.
“ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
COMENTARIOS REALIZADOS:
SEÑOR ALCIDES GONZALEZ ORDOÑEZ- VICE INTENDENTE: Se acuerda el
teletrabajo para el auditor como la secretaria.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE MUNICIPAL: Autorizar
la firma del contrato apegados al teletrabajo para las funciones del señor Bernal.
3.- SE CONOCE DOCUMENTO, DE CORREO ELECTRÓNICO de fecha 26 de
marzo del 2020. De LIdieth Angulo Fernandez- SECRETARIA MUNICIPAL.
ASUNTO: CONTRATO TEMPORAL PARA ACOGERSE A LA MODALIDAD DE
TELETRABAJO. DIRECTRIZ N°073-S-MTSS.(pdf) ( De conocimiento)
SE DA LECTURA:
CONTRATO TEMPORAL PARA ACOGERSE A LA MODALIDAD DE TELETRABAJO
DIRECTRIZ N°073-S-MTSS
Autorizada mediante acuerdo del Concejo Municipal de Distrito de Paquera en Sesión
Ordinaria N° 304-2020, celebrada el 25 de Marzo del 2020, en Artículo 9), Inciso B).
“Autorizar a la Señora Lidieth Angulo Fernández- Secretaria del Concejo Municipal,
acogerse a la modalidad de teletrabajo y realizar la suscripción del respectivo contrato con
la Administración Municipal, acogiéndose a lo establecido en la Directriz 073-S-MTSS
emitida el nueve de marzo del año dos mil veinte.
ACUERDO VOLUNTARIO PARA INGRESAR A LA MODALIDAD DEL TELETRABAJO
EN EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
Entre nosotros, SIDNEY SANCHEZ ORDOÑEZ, portador de la cédula de identidad
número: seis- dos treinta y dos-cero ocho ocho dos, (6-0232-0882) en mi condición de
Intendente Municipal y ostentando la representación judicial y extrajudicial del Concejo
Municipal del Distrito de Paquera con cédula jurídica número Tres - cero cero siete – tres
tres nueve seis cero cero (3-007-339600, en lo sucesivo el “empleador”, y LIDIETH
ANGULO FERNANDEZ, portador (a) de la cédula de identidad número 6 0245 0474,
vecino (a) de Paquera de Puntarenas, Urbanización Laberinto, Secretaria del Concejo
Municipal nombrada por el Concejo Municipal de Distrito de Paquera, en lo sucesivo
persona “teletrabajador”, hemos convenido celebrar el presente convenio para regular la
modalidad de teletrabajo acogiéndose a lo establecido en la Directriz 073-S-MTSS emitida
el nueve de marzo del año dos mil veinte y bajo las siguientes condiciones: PRIMERA:
Actualmente la señora LIDIETH ANGULO FERNANDEZ, que tiene una relación laboral
ordinaria con el Concejo Municipal de Distrito de Paquera como persona servidora
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21406
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
municipal a quien, a efectos del presente Acuerdo Voluntario, en lo sucesivo, se
denominará “ persona teletrabajadora”.
SEGUNDA: En cuanto a los derechos y obligaciones del empleado público incluido en la
presente modalidad, siendo esta Teletrabajo, serán los mismos que les corresponde en su
relación laboral ordinaria, regidos por las normas de carácter público que les atañen,
teniendo la persona teletrabajadora que acatarlas de la misma forma como si prestara sus
servicios dentro de las instalaciones de la Institución, considerando en todo momento el
principio de legalidad que rige al sector público, como las mismas obligaciones, deberes y
derechos que les ha normado siempre.
TERCERA: La persona teletrabajadora está cubierto bajo la Póliza de Riesgos de Trabajo,
siempre y cuando realice actividades propias de sus funciones y sea verificado por medio
de un proceso de investigación de acuerdo las disposiciones internas.
CUARTA: Las actividades a desarrollar mediante el Teletrabajo han sido establecidas de
común acuerdo y en atención a los objetivos y necesidades institucionales, ajustándose
en todo momento al perfil del cargo específico del puesto que ostenta, las cuales se
describen a continuación: redacción, transcripción de acuerdos como así su notificación
digital, además la elaboración de actas, y demás documentos que el honorable concejo
solicite a la Secretaría Municipal.
QUINTA: La jefatura de la persona teletrabajadora debe someterlo a mecanismos de
medición sobre las actividades teletrabajables, siendo dichos mecanismos variables
según las funciones a realizar, por lo que, aquella indicará el período en que se deberán
rendir los informes de las gestiones teletrabajadas, con fechas definidas de entrega. En el
momento en que se implemente otra metodología e instrumentos a nivel institucional la
misma será aplicada a esta persona teletrabajadora.
SEXTA: Los trabajadores incorporados al sistema de teletrabajo, deben mantener las
condiciones que justificaron su ingreso a éste, así como cumplir con todas las
obligaciones y responsabilidades adquiridas. En caso de que surja alguna imposibilidad
de mantener dichas condiciones, debe plantearlo ante su jefatura y ésta ante el
Departamento de Recursos Humanos para resolver lo que proceda.
SÉTIMA: Las actividades a teletrabajar se desarrollarán en los sitios que demande la
ejecución del trabajo, en caso de realizarse en el domicilio de la persona teletrabajadora,
la dirección es Urbanización Laberinto, casa 84, Paquera de Puntarenas, , si por razones
de fuerza mayor o caso fortuito se ve obligado a cambiar de domicilio, deberá comunicarlo
anticipadamente ante a su jefatura para que tome las medidas que correspondan, las
cuales en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos determinarán si la
persona teletrabajadora puede seguir o no con este modo de Acuerdo, para lo cual hará
una nueva valoración de las nuevas condiciones.
OCTAVA: La Municipalidad puede dejar sin efecto la modalidad de teletrabajo cuando la
persona trabajadora incumpla con las disposiciones establecidas sin menoscabo de la
aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes. En este caso deberá
reintegrarse a su puesto de trabajo en forma inmediata.
NOVENA: La persona teletrabajadora deberá de cumplir con el horario y la jornada
ordinaria de trabajo, esta última será la misma que tenía la persona trabajadora al
momento en que se suscribe el presente Acuerdo Voluntario y el horario se podrá
negociar cuando las funciones así lo permitan, siempre que no cause ningún perjuicio a
los intereses institucionales. En caso de negociar un horario diferente deberá quedar
especificado en la cláusula décima primera.
DÉCIMA: La persona teletrabajadora debe estar disponible, dentro de su jornada laboral,
para atender asuntos de su jefatura, compañeros y clientes de sus servicios, ya sea por
medio del correo electrónico, teléfono, videoconferencia u otro medio. Caso contrario, se
aplicará las acciones de orden disciplinario que el caso amerite.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21407
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
DÉCIMA PRIMERA: La jornada semanal a teletrabajar es definida entre la persona
teletrabajadora y su jefatura de acuerdo con los intereses institucionales, según se define
a continuación: De Lunes a Viernes en Horario de 8 de la Mañana a 4 de la tarde
quedando del a siguiente manera: A partir de la suscripción del presente documento, la
persona funcionaria realizará el teletrabajo los días jueves, viernes y lunes con horario de
8:00 a.m a 4:00 p.m, en su lugar de residencia. Asistiendo los días martes y miércoles a
la oficina para la recepción y trámite de correspondencia, transcripción de acuerdos,
notificaciones, certificaciones, preparación e impresión de documentos y actas para
sesión, demás documentos que soliciten los ciudadanos (as) de este distrito y
departamentos de esta institución. Además los miércoles deber asistir a la sesión
ordinaria. Asistencia a sesiones extraordinarias convocadas por el Intendente Municipal
en ejercicio o bien mediante acuerdo del órgano colegiado, en la fecha y horario que lo
determine cualquiera de las partes. Según considere necesario podrá trasladarse a la
oficina de trabajo para realizar la impresión de correos, documentos, notificaciones,
certificación de expedientes, según lo requiera la administración o algún organismo
institución de gobierno.
DÉCIMA SEGUNDA En cuanto a la conexión electrónica (hardware, y software) se
regulará de la siguiente forma:
a. La persona teletrabajadora es responsable de los activos institucionales que utilice y
traslade hacia el lugar de teletrabajo. b. Se brindará soporte técnico únicamente a las
herramientas de software y sistema operativo necesarios para realizar el teletrabajo que
proporciona la Institución. c. En este caso se excluye cualquier solicitud de instalación,
configuración o solución de problemas sobre paquetes de software que no sean
requeridos para el Teletrabajo o que la Institución no posea licenciamiento sobre el
mismo. DÉCIMA TERCERA: La persona teletrabajadora se compromete a mantener el
lugar de trabajo, con las condiciones higiénicas, ergonómicas, de ventilación, iluminación
y de seguridad establecidas por la normativa vigente, las cuales debe mantener durante la
vigencia del presente Acuerdo Voluntario.
DÉCIMA CUARTA: Las personas funcionarias debidamente designados por la Institución,
pueden realizar visitas al lugar donde la persona teletrabajadora desempeña sus
funciones, con el fin de verificar: el cumplimiento de las condiciones establecidas en el
artículo anterior, la ejecución del trabajo asignado, la valoración de las condiciones psico-
sociolaborales.
DÉCIMA QUINTA: La persona teletrabajadora debe asumir los gastos de: electricidad,
agua, transporte, alimentación y gastos de internet hojas teléfono y mobiliario o equipo de
oficina etc) relacionados con las actividades teletrabajables.
DÉCIMA SEXTA: Cuando La Municipalidad por necesidad o conveniencia requiera la
presencia física de la persona teletrabajadora las instalaciones institucionales de forma
indefinida, la Jefatura y su superior jerárquico, siguiendo el debido proceso ante la
Comisión Institucional de Teletrabajo, deben presentar una justificación explicando los
motivos, en cuyo caso se dará por terminada la presente modalidad de trabajo, y la
persona funcionaria deberá volver a su lugar de trabajo.
DÉCIMA SÉTIMA: La persona teletrabajadora se compromete a conocer y cumplir con las
diferentes normas establecidas por la Municipalidad para estos efectos.
DECIMO OCTAVA: Para la prestación del servicio bajo la modalidad de teletrabajo, se
suscribirá un acuerdo voluntario entre el Intendente (a) y la persona teletrabajadora, en el
que se estipularán las condiciones particulares de cada relación de teletrabajo. Además,
el acuerdo voluntario deberá apegarse en todos sus extremos a las disposiciones y
garantías laborales contenidas en el Código de Trabajo, Ley No. 9738 Para regular el
Teletrabajo, el Decreto Ejecutivo N° 39225-MP-MTSS-MICITT, "Aplicación del Teletrabajo
en las Instituciones Públicas", Decreto Ejecutivo no. 42083-MP- MIDEPLANMICITT y
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21408
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
cualquier otra norma que regule la modalidad de teletrabajo en el sector público y la
directriz No. 073-S-MTSS.
Este Acuerdo Voluntario de teletrabajo se firma en tres tantos, uno debe constar en el
archivo de la dependencia de la persona teletrabajadora (expediente personal); remitir
copia al Departamento de Recursos Humanos y el otro para la persona funcionaria.
DECIMO NOVENA: Este Acuerdo Voluntario rige a partir de la fecha en que lo firma el
representante patronal.
Rige a partir del 27 del mes de marzo del 2020.
SIDNEY SANCHEZ ORDROÑEZ LIDIETH ANGULO FERNANDEZ INTENDENTE MUNICIPAL
SECRETARIA DEL CONCEJO PERSONA TELETRABAJADORA
4.- SE CONOCE DOCUMENTO de fecha 11 de marzo de 2020, suscrito por el Lic.
Carlos L. Mejías Arguedas- Apoderado especial – de Bárbara Boeck Golterman-
Playa Blanquita S.A. y Asdevexel Interín S.A. ASUNTO: URGENTE SE
SOLICITA TRAMITAR LA PRÓRROGA DE CONCESIÓN PRESENTADA EN
TIEMPO Y FORMA DE LEY ESTE CONSEJO MUNICIPAL DE PAQUERA.
11 de marzo del 2020
ATENCIÓN: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
PUNTARENAS. REF. PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE LAS EMPRESAS
PLAYA BLANQUITA Y ASDEVEXEL INTERIN S A
“Quien suscribe, LIC. CARLOS LUIS MEJÍAS ARGUEDAS en mi condición de
Apoderado Especial de la señora BÁRBARA BOECK GOLTERMANN Apoderada
Generalísima sin límites de suma de la Empresa Playa Blanquita S.A. y
Asdevexel Interín S.A., personería que consta en este expediente y titular de la
declaratoria y del contrato turístico, otorgado al Proyecto HOTEL PUNTA LA
JOLLA; con respeto ante Ud. (s) me presento y manifiesto:
Vengo por este medio siendo que mi representada señora bárbara vuelvo al tema
se le realiza una llamada de parte de la secretaría de este concejo municipal
informándole que ya LOS EXPEDIENTES DE PLAYA BLANQUITA S.A Y
ASDEVEXEL INTERÍN S.A YA FUERON ENCONTRADOS, solicitamos una vez
más a este Órgano Colegiado que le dé trámite URGENTE a nuestra solicitud de
prórroga de concesión es presentadas en tiempo y forma de ley hace casi un año
atrás, pues el día de hoy hay un incumplimiento a la normativa que rige esta
materia, no está de más, recordarles que el incumplimiento a sus funciones
puede acarrearles responsabilidades tanto civiles como penales, como ya se les
indicó existe un proyecto turístico ya privado a inversionistas extranjeros
interesados en su desarrollo. Se solicita cumplir con los plazos de ley. Sigo
recibiendo las notificaciones al correo clmejias@abogados.go.cr
4.1- ACUERDO MUNICIPAL:
-EN CONOCIMIENTO DE LO ANTERIOR SE DISPONE: TRASLADO DE
DOCUMENTO A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, ENCARGADO DE
DEPARTAMENTO ZMT, para su estudio. Presentar un informe ante este Concejo
a fin de dar respuesta.
Se somete a votación el acuerdo y es aprobado con cinco votos.
UNANIMEMENTE. Se aplica el artículo 45 del Código Municipal.
“ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21409
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
COMENTARIOS REALIZADOS:
SEÑOR ALCIDES GONZALEZ ORDOÑEZ- VICE INTENDENTE: Lo trasladen a la
administración y a la Zona Marítima para que les dé respuesta dar un informe
técnico.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: Están de
acuerdo que se pase a la administración y al encargado Alban para que nos dé un
informe técnico, para que nosotros poder dar una respuesta.
5.- SE CONOCE DOCUMENTO, DE CORREO ELECTRÓNICO de fecha 31 de
marzo del 2020. De Licda. Velvet Mendez Porras- MINISTERIO DE HACIENDA.
ASUNTO: APLICACIÓN DE LA REGLA FISCAL EN LA FORMULACION DE
LOS PRESUPUESTOS ORDINARIOS DEL 2021, PARA LAS ENTIDADES Y
ORGANOS QUE CONFORMAN EL SECTOR PUBLICO NO FINANCIERO
(SPNF).(pdf)
SE DA LECTURA:
27 de marzo 2020 DM-0321-2020 Señor Carlos Alvarado Quesada Presidente de
la República
Señores(as) Presidentes(as) Corte Suprema de Justicia Tribunal Supremo de
Elecciones Asamblea Legislativa
Señoras Contralora General de la República Defensora General de los Habitantes de la
República
Señores(as) Ministros(as) de Gobierno
Señores(as) Jerarcas, Rectores Instituciones Descentralizadas no Empresariales y sus
órganos desconcentrados Empresas Públicas no Financieras
Señores(as) Jerarcas Gobiernos locales y otras entidades de gobiernos locales
Asunto: Aplicación de la regla fiscal en la formulación de los presupuestos ordinarios del
2021, para las entidades y órganos que conforman el Sector Público no Financiero
(SPNF).
Estimados (as) señores (as):
La Ley No. 9635 “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” le otorgó al Ministerio de
Hacienda una serie de herramientas fiscales que le permitirán al Estado costarricense
lograr que la relación Deuda total del Gobierno Central con respecto al Producto Interno
Bruto (PIB) se mantenga en un rango prudencial, que no comprometa la sostenibilidad
fiscal y la estabilidad macroeconómica del país.
Los artículos 5, 9 y 10 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No.
9635, establecen que se limitará el crecimiento del gasto corriente presupuestario según
el comportamiento de dos variables macroeconómicas, tal es el caso del crecimiento
interanual del PIB de los últimos cuatro años y de la relación de la deuda total del
Gobierno Central con respecto al PIB nominal. Asimismo, el ámbito de aplicación de la
regla fiscal será para las entidades y órganos que conforman el SPNF.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21410
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
Para el cálculo de la tasa de crecimiento del gasto corriente presupuestario que el SPNF
debe aplicar en la formulación de los presupuestos ordinarios 2021, el Ministerio de
Hacienda toma como referencia el cierre del ejercicio económico 2019 para el nivel de
deuda del Gobierno Central como porcentaje del PIB nominal. Y para los datos de la tasa
de crecimiento del PIB nominal los años 2016, 2017, 2018 y 2019.
De conformidad con el artículo 11 del Título IV de la mencionada Ley, y tal y como se
muestra en la tabla 1, la deuda del Gobierno Central 2019 se ubicó en el escenario c)
planteado en dicho artículo; el cual señala que, si la deuda es igual o mayor al 45% del
PIB, pero inferior al 60% del PIB, el crecimiento interanual del gasto corriente no
sobrepasará el 75% del promedio del crecimiento de los últimos 4 años del PIB nominal.
Cabe recordar que el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ejecutivo No.41641-H,
Reglamento al Título IV de la Ley No. 9635, denominado Responsabilidad Fiscal de la
República, y sus reformas, el cual podrá ser consultado por todos los entes y órganos que
deberán aplicar la tasa de crecimiento del gasto corriente en la formulación de sus
presupuestos ordinarios para el 2021.
Es importante indicar que la presente comunicación de la tasa de crecimiento del gasto
corriente presupuestario que deberá aplicar el SPNF en la formulación de los
presupuestos 2021, se realiza en cumplimiento del artículo 14 del Título IV de la Ley en
referencia, según el cual el Ministerio de Hacienda debe publicar la citada tasa de
crecimiento de manera conjunta con las directrices presupuestarias que regirán para la
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21411
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
formulación de los presupuestos ordinarios y ejercicio económico del 2021. Directrices
que de conformidad con el artículo 23 de la Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos, deben publicarse a más tardar el 31 de marzo de
cada año.
Finalmente, hay que tomar en cuenta que la crisis económica causada por el COVID-19
implica una alta probabilidad de que haya necesidad de valorar cambios, a fin de
responder a la emergencia y minimizar su impacto sobre la estabilidad fiscal del país.
6.- SE CONOCE DOCUMENTO, de fecha 01 de Abril del 2020. De ALCIDES
GONZALEZ ORDOÑEZ- VICEINTENDENTE MUNICIPAL. ASUNTO:
RESPUESTA AL RECURSO DE OBJECION, PRESENTADO POR ELISABETH
AUBERT.(pdf)
SE DA LECTURA
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21412
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
7. SE CONOCE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CASO JUNTA
ADMINISTRIVA COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE PAQUERA. RMITIDO
POR LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION PENINSULAR. LIC. JUAN
CARLOS GOMEZ PORRAS- JEFE DE UNIDAD DE SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS.
COMENTARIOS REALIZADOS:
SEÑOR RONALD MELLADO FERNANDEZ– CONCEJO PROPIETARIO: Aquí lo
que hace el supervisor es mandar al señor don Carlos que es el gerente financiero
de la Dirección Regional las 3 personas que están en la Junta sean citadas
entonces eso lo valoran y lo envían a la directora regional y al abogado. Nosotros
tenemos que estudiarlo bien, por tanto ahí vienen 81 folios para verlo bien y si
estamos de acuerdo con lo que menciona la parte de la dirección regional. Yo
solicito a la Sra. presidenta un receso de 3 minutos para conversar un rato.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: El asunto
es que no podemos permanecer mucho tiempo acá nada mas vemos las cosas y
nos vamos, esto mejor lo pasamos a jurídicos.
SEÑOR RONALD MELLADO FERNANDEZ – CONCEJO PROPIETARIO: Es una
irresponsabilidad si usted hace eso, el colegio ahorita tiene que pagar agua y luz,
recuerde que nosotros estamos por terminar.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: Estoy de
acuerdo que hay que pagar agua y luz, pero esto no lo podemos ver en 3 minutos,
lo podemos ver en una extraordinaria.
SEÑORA TERESA GONZALEZ VILLALOBOS- CONCEJAL PROPIETARIO: Para
verlo el lunes y algún otro asunto.
SEÑORA YADIRA CASTRO HERNANDEZ- CONCEJAL: Pero ellos aún no son
suspendidos.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: No
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21413
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
SEÑORA YADIRA CASTRO HERNANDEZ- CONCEJAL: Entonces ellos si pueden
seguir pagando porque no se les ha notificado nada.
SEÑOR ALEXANDER SILES PANIAGUA- CONCEJAL PROPIETARIO: No
pueden pagar porque el Acta que maneja la junta fue extraviada.
SEÑOR RONALD MELLADO FERNANDEZ– CONCEJO PROPIETARIO: Ahorita
la junta de educación y el reglamento es vigente de la Junta de educación si hay 3
miembros se puede reunir, tenemos que respetar donde tenemos unas firmas
responsables de un supervisor donde él está solicitando a la dirección regional y
todas las direcciones lo avale por medio de la firma de Carlos que es el director
financieros y todavía lo ve, lo avala nosotros en estos momentos nosotros somos
los responsables que este colegio continúe o se paralice.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE MUNICIPAL: Voy hacer
un receso….
RECESO: La presidente Municipal da un receso.
Transcurrido el tiempo indicado se reanuda la Sesion.
SEÑOR CARLOS LUIS RODRIGUEZ VINDAS-CONCEJAL PROPIETARIO:
Estamos sin asesores tanto aquí abajo como arriba el señor vice intendente que
esta estudiando esta materia no recomendaría eso, yo diría que en una
extraordinaria lo valoremos.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE MUNICIPAL: Entonces
que el señor Don Alcides nos haga una recomendación
SEÑOR CARLOS LUIS RODRIGUEZ VINDAS-CONCEJAL PROPIETARIO: Lo
que estoy diciendo es que hagamos una extraordinaria donde se toque esto con el
señor Alcides.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE MUNICIPAL: Los que
están de acuerdo que se haga una extraordinaria el día viernes a las 11am
quedando abierta por aquello de que haya otro problema.
ARTÍCULO N° 5. ASUNTOS VARIOS.
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE MUNICIPAL: Yo quería
preguntar, ¿si ya llego el expediente del geólogo?, ya vimos el cartel que se tiró a
licitación, porque recuerde que después de un 1 millón debe de pasar por el
Concejo.
SEÑOR ALEXANDER SILES PANIAGUA- CONCEJAL PROPIETARIO: Ya lo veto
ARTÍCULO N° 6. INFORME DE COMISIONES.
(NO HAY)
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21414
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
ARTÍCULO No. 7. INFORME DE INTENDENCIA.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21415
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21416
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21417
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21418
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
COMENTARIOS:
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA- PRESIDENTE CONCEJO: No debería
de venir y hacerlo todo por teletrabajo.
ARTÍCULO N° 8. MOCIONES.
INCISO A-. MOCION PRESENTADA POR LOS CONCEJALES
PROPIETARIOS: CARLOS LUIS RODRÍGUEZ VINDAS Y RONALD
MELLADO FERNANDEZ. ACOGIDA POR EL SEÑOR ALEXANDER SILES
PANIAGUA, OCUPANDO EL PUESTO DE CONCEJAL PROPIETARIO Y LA
SEÑORA YORLENY ALFARO MENDOZA, OCUPANDO EL PUESTO DE
PROPIETARIA COMO PRESIDENTA MUNICIPAL.
CONSIDERANDOS: En virtud de todo lo anterior siendo que estamos
enfrentando la crisis COVID-19, siendo recomendable la no aglomeración de
personas para evitar el contagio, tenemos conocimiento de que el día 13 de
abril, se estará realizando una entrevista para la vacante de una Plaza de
asistente administrativo municipal 2.
Mocionamos.
PROPUESTA: Solicitar al señor Justin Rashid Carvajal Chaves, Encargado de
Recursos Humanos, aplazar la prueba técnica, para que se realice el día 04 de
mayo del año en curso, lo anterior en espera de que la situación actual mejore,
o bien se pueda extender el plazo hasta que se le dé de alta al COVID-19.
-Conocida y discutida la moción, se somete a votación y es aprobada con
cinco votos. UNANIMEMENTE. Se aplica el artículo 45 del Código
Municipal. “ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
21419
ACTA SESION ORDINARIA 01 DE ABRIL DEL 2020
N° 305-2020
ARTÍCULO N° 9. ACUERDOS.
INCISO A-. SE ACUERDA: Convocar Sesión Extraordinaria el día
viernes 03 de Abril del 2020, a las 11:00 a.m., en la sala de sesiones del
Concejo Municipal. Con los siguientes puntos:
1-. ) Analizar el Expediente Administrativo: Caso: Junta Administrativa
Colegio Técnico Profesional de Paquera. Remitido por Dirección
Regional de Educación Peninsular –Lic. Juan Carlos Gómez Porras- Jefe
Servicios Administrativos y Financieros de DREPE.
2.- Puntos importantes para conocer de correspondencia.
“Se somete a votación el acuerdo y es aprobado con cinco votos”.
Se aplica el artículo 45 del Código Municipal.
“ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
INCISO B-. EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
ACUERDA: Rechazar de plano el recurso de objeción interpuesto por
Elisabeth Aubert, en contra de la Contratación Directa N° 2020CD-
000016-01, promovida por la Intendencia del Concejo Municipal de
Distrito de Paquera para la Contratación de Camión Recolector para la
recolección y el traslado de Residuos Sólidos para campañas de
limpieza.
Se somete a votación el acuerdo y es aprobado con cinco votos.
UNANIMEMENTE. Se aplica el artículo 45 del Código Municipal.
“ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
INCISO C-. EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE PAQUERA
ACUERDA: Aprobar en todos sus extremos la recomendación de
adjudicación realizada a la empresa TECNOAMBIENTE- LUMAR, CON
CÉDULA JURÍDICA 3-101-405054, por un monto de un millón quinientos
mil colones netos, mediante CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA
CUANTIA N° 2020CD-000016-01.
Se somete a votación el acuerdo y es aprobado con cinco votos.
UNANIMEMENTE. Se aplica el artículo 45 del Código Municipal.
“ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO”.
La Presidenta Municipal cierra la sesión al ser las diecinueve horas.
______________________ _____________________
Yorleny Alfaro Mendoza Lidieth Angulo Fernández
Presidente Municipal Secretaria del Concejo
Laf.