Ordinaria 162 · 2026-10-27

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     Acta de Sesión ordinaria 162-2026
     27 de octubre del 2026




                      Acta Sesión ordinaria
                             Nº162-2026
Acta Sesión ordinaria No. 162-2026, celebrada el día veintisiete de octubre del
veintiséis, del Concejo Municipal de Distrito Lepanto, Lugar: Sala de sesiones del
Concejo Municipal de distrito Lepanto. Al ser las cinco y quince p.m
                                   PRESENTES
Sonia Medina Matarrita                   Presidente Municipal
Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Concejal Propietaria
Porras
Luis Alberto Almanza Villar              Concejal Propietario
Meys Marina Martinez Zúñiga              Concejal Propietaria

SUPLENTES……………………………… ………………………………….
Wilman Mora Vega            Concejal Suplente
Javier Cascante Rojas       Concejal Suplente
Hernán Aguilar Rodríguez    Síndico Suplente
                         AUSENTES
Yesenia Carmona Anchia
Adrián González Quesada      Concejal Suplente
Elmer Agüero Berrocal        Concejal Suplente

Sra. Kattya Montero Arce, secretaria del Concejo Municipal.
Trasmitida en face book del Concejo
 Lic Juan Luis Arce Castro, Intendente Municipal
……………………………………………………………………………………………………
ORACION
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA
Acta Ordinaria No. 161-2026, celebrada el día 20 de octubre del 2026
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794
ARTICULO V. AUDIENCIA (AS).
AUDIENCIA No. 1
SE RECIBE A MIEMBROS UNA VEZ NOMBRADOS PARA JURAMENTAR A:
DIDER MONTES ACUÑA, 602070393
RAFAEL MONTERO RAMOS, 109440709

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     Acta de Sesión ordinaria 162-2026
     27 de octubre del 2026

CARMEN INES CASCANTE FERMANDEZ, 604230511
ENID FERNANDEZ LEON, 205340707
ROBERTO JIMENEZ PICADO, 602140839 MIEMBROS DE JUNTA EDUCACION DE
LA ESCUELA UNIDOCENTE GUADALUPE CIRCUITO 04 JICARAL
AUDIENCIA No. 2
SE RECIBE A MIEMBROS DEL SANTUARIO DE LA VIRGEN DE FATIMA,
PARROQUIA SAN ISIDRO LABRADOR, NANDAYURE. TEMA CAMINOS.
Juan Miguel Alvarado Alvarado
Maria Moreira
Henry Villalobos
Ruth Sibaja
Alexander Nuñez.
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ARTICULO VII. MOCIONES
ARTICULO VIII. INFORME DEL INTENDENTE.
ARTICULO IX. COMISION
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS
ARTICULO XI. ACUERDOS
ARTICULO XII. CIERRE DE SESION.
ORACION………………………………………………………………………………………
Realizada por kattya Montero Arce
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM …………………………………..
Sra. Sonia Medina Matarrita, realizar la comprobación del quorum, esta es
aprobada con cuatro votos. APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia
Medina Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto
Almanza Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA…………………….
Sra. Sonia Medina Matarrita, realiza la lectura y aprobación de la agenda, se
pregunta si algún punto por agregar, indican que no, se somete a votación es
aprobada con cuatro votos. APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia
Medina Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto
Almanza Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA………………………………………..
Sra. Sonia Medina Matarrita, procede a la ratificación del
Acta Ordinaria No. 161-2026, celebrada el día 20 de octubre del 2026.
Pregunta si existe alguna observación, al no haber se somete a votación esta es
aprobada con cuatro votos. Votan positivamente, Sra. Sonia Medina Matarrita,
Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto Almanza Villar,
Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794……………
Hace la lectura el sra Mey Marina Martinez.
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ARTICULO V. AUDIENCIA (AS)……………………………………………………….
AUDIENCIA No. 1
La señora presidente Sonia Medina una vez nombrados se procede a la
juramentación de los miembros de la junta de educación de la escuela de
Guadalupe, Lepanto, Puntarenas, se detalla a continuación:
Didier Montes Acuña, 602070393
Rafael Montero Ramos, 109440709
Carmen Inés Cascante Fernández, 604230511
Enid Fernández León, 205340707
Roberto Jimenez Picado, 602140839, una vez juramentados quedan formando
como miembros de junta educación de la escuela unidocente Guadalupe, circuito
04 Jicaral.
AUDIENCIA No. 2
SE RECIBE A MIEMBROS DEL SANTUARIO DE LA VIRGEN DE FATIMA,
PARROQUIA SAN ISIDRO LABRADOR, NANDAYURE. TEMA CAMINOS.
Juan Miguel Alvarado Alvarado
Maria Moreira
Henry Villalobos
Ruth Sibaja
Alexander Nuñez.
La señora presidenta procede a brindar espacio para que expongan en su
espacio de audiencia. Tema Caminos que da acceso a la Santuario de la virgen
de Fátima. Tiempo 30 minutos.
Sr. Juan Miguel Alvarado manifiesta: Saluda a los presentes y agradece el espacio,
se refiere al santuario de la virgen de Fátima, hace entrega a los señores (as) de fotos
del lugar y el camino, se refiere a las visitas que hacen los feligreses, se hacen una misa
por mes y los caminos no se le ha hecho nada, el santuario lo visitan muchas personas,
la gente que visita, no sabe como esta el camino y los carros se pega, esta ubicado en
Moras, de Pilas de Cangel esta mas cerca, pero igual los caminos están en malas
condiciones.
La comunidad de Mora, hay 6 y 8 adultos mayores y las demás personas emigraron.
Con respecto al santuario es visitado por muchas personas, lo que venimos es pedirle
que nos arreglen los caminos, ya entra el verano y es más fácil su trabajo.
Los felicito por el esfuerzo, se que tienen poco presupuesto, pero ustedes han hecho un
buen trabajo, hemos hablado con los compañeros y solicitamos se nos tomen en cuenta,
hay caminos que no tienen alcantarillas y seria bueno se arregle por tramos.
Esperamos que, en noviembre, estrenemos el proyecto de electrificación, queríamos
involucrarlos y que conozcan la zona, la cual es muy importante, a nivel turístico, existe
una bella vista, cataratas y también hay gente ahí, es obligación del concejo de distrito
que atienden ahí.



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Sr Alexander Nuñez manifiesta: Saluda, e indica que ha vivido ahí desde 51 años, y
le solicitamos nos ayuden en arreglo de caminos, se refiere a experiencias pasada donde
la municipalidad de Puntarenas arreglaba el camino.
Tenemos dos años que estamos abandonados en arreglo de caminos, antes iba el bajoe,
se ponían alcantarillas, se arreglaban los caminos, para ir al santuario el camino esta
en mal estado, hay dos accesos, uno es por acá y el otro es por Nandayure, ir paso a
paso, y se pudieran hacer las obras y tener tránsito vehicular.
Hace 10 años atrás, trajimos el ingeniero de Puntarenas y éramos cuatro personas, se
tuvo que trasladar en caballo, se traslado con 10 kilómetros, era un camino sin acceso.
Sr Henry Villalobos, saluda a los presentes, e indica que hace días hablamos con
personeros de la municipalidad de Nandayure, si ambos firmaban un convenio,
llegaríamos a un acuerdo y ellos estaría dispuesto a pasar la maquinaria, ellos están a
la mejor disposición. Si se pudiera comunicar con el alcalde la cual estaría allá,
podríamos hacer algo, ustedes se encargarían de hacer un acuerdo entre ambas partes,
gracias por atendernos.
Intendente Municipal Juan Luis Arce Castro, saluda a los presentes, al mismo
tiempo pide disculpas por no haberse atendido, nosotros tenemos dos bajoe, una
vagoneta y una niveladora, y se hizo imposible con Willy Venegas ya que no tuvimos la
capacidad de irlos a atender, hay una deuda con ustedes, no soy de dar fechas, yo si
les digo que se va a ser todo lo posible para que se intervenga el camino. Nosotros
tenemos 281 de km vial y nos están pasando cuatrocientos millones, dependemos de
Puntarenas y no nos aprueban de Puntarenas, es un lugar muy bonito, yo fui caminando,
es un lugar con mucho potencial, yo me compromete y realizar todo el esfuerzo de ira
allá, mientras la maquinaria no se joda.
Hay que buscar material, creo que hay un vecino que el nos pueda ayudar, esperemos
se haga una realidad, entre mas cerca este mejor para nosotros.         Con respecto al
convenio si tenemos convenio con la municipalidad de Puntarenas. En cuanto a las
alcantarillas tenemos en la Balsa para poner la cual esta inventariada.
Como dicen ustedes, ponemos dos, tres pasos.
Por qué a nosotros nos pasan tan poquita pata, por que a nosotros nos daban
cuatrocientos, gracias Dios en el 2027 se nos va a trasladar todo el dinero, como a una
municipalidad, la cual es una bendición, esperemos nos aprueben el presupuesto y cada
dos meses nos depositan el dinero, nosotros tenemos voluntad, pero no tenemos plata,
pero esperemos que el otro año sea distinto. Hemos trabajado con la construcción de
puentes, hemos buscado como jalar plata con otras instituciones. Vamos a intervenir
de Pilas al Santuario, si todo sale bien antes de diciembre.
Sr. Juan Miguel Alvarado se refiere al convenio el cual es importante, hay caminos
que necesitan arreglo, y hay caminos de Lepanto y otros de Nandayure, el convenio es
importante.
Intendente Municipal Juan Luis Arce Castro, explica que el convenio, se abre como
una garantía legal en caso de protegernos, se usa maquinaria en el otro sector o
viceversa, siempre exista esa figar es un tema de voluntad. Yo, ya le escribí a Teby, yo


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con el hemos tenido un dialogo cordial y le escribo para coordinar. Voy a anotar su
numero para ponerle un mensaje y una vez que escriba les informo.
Concejal Propietario Luis Alberto Almanza, se refiere a una sesión extraordinaria
en Juan de León y pudimos los accesos, es importante que los caminos están
inventariados para arreglo. Los pueblos del cono Sur han desaparecido por que no ya
acceso. El señor Alexander le explica cómo llegar al Santuario.
Agracen el espacio y esperamos puedan llegar a un acuerdo con el alcalde de Nandayure
y poder llevar a cabo el convenio.
………………………………………………………………………………………
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
La Sra. Kattya Montero Arce, procede a leer la correspondencia.
Inciso a……………………………………………………………………………………….
Se recibe solicitud, a nombre de Marvin Villalobos Rodríguez, presidente. Dice
así: Estimados señores Reciban un cordial saludo de parte de la Asociación
Especifica de Barrio el Jardín. Mediante la presente le manifestamos el interés
de que nos tomen en cuenta en el Proyecto de Instalación de Cámaras en el
Distrito de Lepanto. Consideramos que el Barrio el Jardín y el Barrio los Cedros,
al ser una ruta alterna que comunica Jicaral con calle principal y además, con
ruta alterna con salida al mar, es un punto estratégico, punto que ha sido
utilizado en reiteradas ocasiones para delinquir en las comunidades de Lepanto,
ocasionando inseguridad a la población. Sin más por el momento y esperando
una respuesta positiva se suscribe Una vez analizado se toma acuerdo.
Inciso b……………………………………………………………………………………….
Se recibe solicitud, a nombre de Gerardo Villalobos Barahona, cedula 5-0232-
0147. Presidente de la ADI de Cabo Blanco.
Dice así: Quien suscribe, Gerardo Villalobos Barahona, mayor, vecino de Cabo
Blanco de Lepanto de Puntarenas, cédula de identidad número 5-0232-0147,en
calidad de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la de la ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE CABO BLANCO
DE LEPANTO DE PUNTARENAS, cédula jurídica número 3-002-097361, me
permito solicitarles muy respetuosamente en nombre de la Asociación que
represento, ASIMISM0, solicito su colaboración para apartar la fecha para las
actividades con TURNO CON NOVILLADA 2027 a celebrarse para los días
02,03,04,05 de Abril del año 2027, en el campo Ferial de la Asociación de
Desarrollo Integral de Cabo Blanco de Lepanto, Puntarenas y para las cuales
declaro que las actividades a realizar consistirán en:
a) Monta de Novillos en la Plaza de Toros de Cabo Blanco, Lepanto, Puntarenas,
los días viernes 02, sábado 03, Domingo 04, lunes 05 de abril del 2027,
actividades que iniciarán a las 18:00 horas ambos días. Tiempo estimado de
realización de cada evento: 2 horas

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b) Bailes de fiestas de 10 pm a las 2:00am los días 02,03,04, 05, de abril del
2027.
c)Ventas de comidas
Agradecemos de antemano la ayuda que nos puedan brindar en este sentido, la
comunidad de Cabo Blanco de Lepanto, Puntarenas, les estará muy agradecida
Para notificaciones las recibo al correo electrónico. adicaboblanco@gmail.com o
al teléfono 61521306. Una vez analizado se toma acuerdo.
Inciso c…………………………………………………………………………………………
 Se recibe solicitud, a nombre de Lic. Juan Luis Arce Castro. Dirigida a: Concejo
 Municipal.
 Dice así: Estimados señores: Reciban un cordial saludo. Por medio de la
 presente, me permito remitir para su conocimiento y valoración el acuerdo N°1
 adoptado por el Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, en sesión ordinaria
 N°161-2026, celebrada el día 20 de octubre del 2026 Articulo VII Mociones,
 mediante el cual se aprueba la propuesta de Convenio de Cooperación y Manejo
 de Fondos del Programa Actívate", entre el Instituto Costarricense del Deporte y
 la Recreación (ICODER) y el Concejo Municipal de Distrito de Lepanto. Lo
 anterior, con el fin de que ese Honorable Concejo Municipal analice el contenido
 del citado convenio y, de considerarlo procedente, otorgue la autorización
 correspondiente para su suscripción, de conformidad con las competencias y
 disposiciones legales aplicables
 Dicho convenio reviste interés para esta Administración, por cuanto permitirá
 fortalecer la cooperación interinstitucional y promover acciones en beneficio de
 las comunidades del Distrito de Lepanto Se adjunta copia del acuerdo adoptado
 por este Concejo Municipal de Distrito, así como la documentación relacionada
 para los efectos pertinentes. Agradecemos la atención brindada a la presente
 gestión y quedamos atentos a cualquier consulta o requerimiento adicional. Se
 adjunta información. Una vez analizado se toma acuerdo.
Inciso d…………………………………………………………………………………………
Se recibe oficio CRI-LEG-014-2026, enviado por Licda. Danitza de los Ángeles
Durón Reyes, abogada municipal Concejo Distrito de Lepanto.
Dice Así: Por medio de la presente procedo atenta y con todo gusto abordar la
consulta legal, en respuesta a la solicitud remitida mediante oficio SM-652-10-
2026, por el Concejo Municipal Distrito de Lepanto, procedo a emitir el presente
criterio jurídico sobre el procedimiento de conformación, nombramiento y
juramentación de la Junta de Educación de la Escuela Camaronal
 Antes de referirme a la consulta de su interés, plantearé los siguientes
postulados correspondientes a fin de evacuar la consulta de forma oportuna
aplicando para ello el principio de legalidad de la función pública artículo 11 de la
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Ley General de la Administración Pública y 11 de la Constitución Política.
ANTECEDENTES
PRIMERO: Que el día 7 de setiembre de 2026, se celebró una reunión de padres
de familia de la Escuela Camaronal, con la finalidad de realizar la postulación de
personas interesadas en integrar la Junta de Educación de dicho centro educativo.
Según consta en el acta correspondiente, durante dicha reunión se postularon
seis personas para integrar la Junta de Educación.
SEGUNDO: Que mediante documentación fechada el 23 de setiembre de 2026,
la Supervisión del Circuito Educativo 04 remitió al Concejo Municipal de Distrito
de Lepanto la propuesta de las personas seleccionadas para integrar la Junta de
Educación de la Escuela Camaronal.
No obstante, de la revisión de la documentación se desprende que el señor
Bladimir Andrey Tenorio Mendoza fue incluido en la propuesta remitida al órgano
colegiado, pese a que su nombre no figura entre las personas postuladas en el
acta de la reunión celebrada el 7 de setiembre de 2026.
 TERCERO: Que mediante acuerdo N° 9, adoptado en la sesión ordinaria N° 158-
2026, celebrada el 6 de octubre de 2026, el Concejo Municipal aprobó el
nombramiento de las cinco personas propuestas para integrar la Junta de
Educación de la Escuela Camaronal.
CUARTO: Que el día 9 de octubre de 2026, un grupo de padres de familia
presentó ante el Concejo Municipal una solicitud de revisión y rechazo de la
propuesta remitida, manifestando inconformidades relacionadas con la
conformación de la misma, particularmente por la incorporación de una persona
que no habría sido postulada durante la reunión de padres de familia y la
exclusión de otra persona que sí había manifestado su interés.
QUINTO: Que en la sesión ordinaria N° 160-2026, celebrada el 13 de octubre de
2026, el Concejo Municipal conoció los cuestionamientos planteados y acordó
solicitar una nueva propuesta para la conformación de la Junta de Educación. Sin
embargo, de la documentación examinada no se desprende que el órgano
colegiado haya adoptado expresamente un acuerdo mediante el cual se declarara
la nulidad, revocación o se dejara sin efecto el nombramiento efectuado en la
sesión ordinaria N° 158-2026.
 SEXTO: Que mediante oficio de fecha 14 de octubre de 2026, la directora de la
Escuela Camaronal, Msc. Ana Zúñiga Obando, solicitó al Concejo Municipal
proceder con la juramentación del señor Bladimir Andrey Tenorio Mendoza,
indicando que fue la única persona nombrada que compareció al acto de

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juramentación convocado para el 13 de octubre de 2026. Asimismo, solicitó
continuar con el procedimiento de sustitución de las restantes cuatro personas
nombradas, quienes no comparecieron al acto de juramentación.
SÉPTIMO: Que mediante acuerdo N° 1 de la sesión ordinaria N° 161-2026,
celebrada el 20 de octubre de 2026, el Concejo Municipal solicitó a esta Asesoría
Legal emitir criterio jurídico sobre la validez del procedimiento de conformación
de la propuesta, los efectos de los acuerdos municipales anteriores, la situación
jurídica del señor Tenorio Mendoza y las posibles incompatibilidades por
parentesco.
MARCO JURÍDICO APLICABLE
Para el análisis del presente asunto resulta necesario considerar las siguientes
disposiciones normativas:
1. Constitución Política de Costa Rica. El artículo 11 establece el principio de
   legalidad.
En consecuencia, las actuaciones del Concejo Municipal relacionadas con el
nombramiento de los integrantes de las juntas de educación deben ajustarse
estrictamente a las competencias y procedimientos establecidos en la legislación
vigente.
2. Ley N° 10631, Ley de Juntas de Educación y Juntas Administrativas.
El artículo 5 regula la integración de las juntas de educación, estableciendo que
estarán conformadas por cinco integrantes, cuyo nombramiento corresponde al
Concejo Municipal. Por su parte, el artículo 6 establece los requisitos que deben
cumplir las personas propuestas para integrar dichas juntas. El artículo 7 regula
las incompatibilidades por parentesco, estableciendo restricciones que deben
verificarse previo al nombramiento y ejercicio de los cargos. De especial
importancia resulta el artículo 11, el cual regula el procedimiento de selección
y presentación de las ternas para integrar las juntas de educación. Asimismo, el
artículo 17 reconoce la libre participación de las personas interesadas en
postularse para integrar las juntas de educación, siempre que cumplan los
requisitos legales correspondientes.
3. Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas.
El Decreto Ejecutivo N°. 38249-MEP constituye un antecedente reglamentario en
materia de organización y funcionamiento de las juntas de educación.
Sin embargo, considerando la entrada en vigencia de la Ley N°. 10631, debe
verificarse la normativa reglamentaria vigente al momento del procedimiento, así
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como las disposiciones que resulten compatibles con la nueva legislación.
En todo caso, ninguna disposición reglamentaria puede prevalecer sobre lo
establecido en la Ley N° 10631.
 Ley General de la Administración Pública, N°. 6227.
Resultan aplicables el artículo 11, relativo al principio de legalidad; los artículos
129 y siguientes, relacionados con los requisitos de validez del acto
administrativo; los artículos 158 y siguientes, referentes a la invalidez de los
actos administrativos; y el artículo 173, que regula el procedimiento para declarar
la nulidad absoluta, evidente y manifiesta de actos declaratorios de derechos,
cuando concurran los presupuestos legales correspondientes.
ANÁLISIS JURÍDICO
A. SOBRE LA CONFORMACIÓN DE LA PROPUESTA REMITIDA AL CONCEJO
MUNICIPAL.
De la revisión del expediente administrativo se identifica una inconsistencia entre
las personas postuladas durante la reunión de padres de familia celebrada el 7
de setiembre de 2026 y las personas finalmente incluidas en la propuesta
remitida al Concejo Municipal el 23 de setiembre de 2026. En particular, se
observa que el señor Bladimir Andrey Tenorio Mendoza no figura entre las
personas postuladas en el acta de dicha reunión, pero sí aparece incorporado en
la propuesta posteriormente presentada.
Al respecto, resulta importante señalar que el artículo 11 de la Ley N° 10631
atribuye a la dirección del centro educativo, conjuntamente con el personal
docente y administrativo, la responsabilidad de formular las propuestas para
integrar la Junta de Educación. No obstante, las autoridades educativas deberán
de garantizar que el procedimiento de selección se realice de manera
transparente, participativa y conforme a los requisitos establecidos en la
legislación vigente. En ese sentido, la incorporación de una persona que no figura
en el acta de postulaciones no constituye, por sí sola, una causal automática de
nulidad; sin embargo, sí representa una circunstancia que debe ser aclarada por
las autoridades responsables de elaborar y remitir la propuesta. Asimismo, debe
verificarse si la documentación remitida cumple con el procedimiento de
conformación de ternas previsto en el artículo 11 de la Ley N° 10631, toda vez
que en el expediente examinado consta una propuesta de cinco personas, sin que
se acredite suficientemente la conformación de las ternas correspondientes.
B. SOBRE LA VALIDEZ Y VIGENCIA DEL ACUERDO ADOPTADO EN LA
   SESIÓN N° 158-2026.

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Mediante acuerdo N° 9 de la sesión ordinaria N° 158-2026, el Concejo Municipal
aprobó el nombramiento de cinco personas para integrar la Junta de Educación
de la Escuela Camaronal. Posteriormente, mediante acuerdo adoptado en la
sesión N° 160-2026, el órgano colegiado acordó solicitar una nueva propuesta,
en atención a los cuestionamientos presentados por padres de familia. Sin
embargo, resulta importante aclarar que la solicitud de una nueva propuesta no
constituye, por sí misma, una declaración de nulidad ni produce automáticamente
la revocación del acuerdo de nombramiento anteriormente adoptado. Conforme
a los principios generales del derecho administrativo, los actos administrativos
mantienen su presunción de validez mientras no sean anulados, revocados o
dejados sin efecto mediante los procedimientos legalmente establecidos. En
consecuencia, el acuerdo de nombramiento adoptado en la sesión N° 158-2026
continúa formalmente subsistente, sin perjuicio de que su legalidad pueda ser
revisada cuando existan elementos suficientes que justifiquen dicha actuación.
C. SOBRE LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL SEÑOR BLADIMIR ANDREY
   TENORIO MENDOZA.
En relación con la solicitud de juramentación del señor Bladimir Andrey Tenorio
Mendoza, debe considerarse que dicha persona fue aprobada para el
nombramiento mediante acuerdo municipal adoptado en la sesión N° 158-2026
y que compareció al acto de juramentación convocado para el 13 de octubre de
2026. Sin embargo, también consta que existen cuestionamientos documentados
sobre su incorporación a la propuesta presentada ante el Concejo Municipal. Al
respecto, corresponde diferenciar el acto de nombramiento de la juramentación,
siendo esta última una actuación necesaria para el ejercicio regular de las
funciones del cargo.
Por consiguiente, la comparecencia al acto de juramentación no subsana
automáticamente las posibles irregularidades que pudieran existir en el
procedimiento previo de selección. No obstante, tampoco resulta procedente
desconocer el nombramiento efectuado sin determinar previamente si existe un
vicio jurídico que afecte su validez. En consiguiente esto no implica declarar la
nulidad de su nombramiento ni disponer automáticamente la suspensión de sus
efectos, sino procurar que el órgano colegiado cuente con los elementos
necesarios para adoptar una decisión debidamente fundamentada. Una vez
verificadas las circunstancias del caso, si se determina que la propuesta fue
elaborada conforme al ordenamiento jurídico y que el interesado cumple los
requisitos legales, corresponderá proceder con su juramentación. Por el
contrario, si se acreditan vicios sustanciales que comprometan la validez del
nombramiento, deberá valorarse el procedimiento administrativo o judicial
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legalmente procedente, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa.
D. SOBRE LA INASISTENCIA DE LAS DEMÁS PERSONAS NOMBRADAS.
En cuanto a las cuatro personas que no comparecieron al acto de juramentación,
debe señalarse que la sola inasistencia no constituye necesariamente una
renuncia expresa al nombramiento. La renuncia supone una manifestación de
voluntad de la persona interesada, la cual debe encontrarse debidamente
acreditada. Por tanto, no resulta jurídicamente adecuado presumir que las
personas nombradas desistieron de asumir el cargo únicamente porque no
comparecieron a la convocatoria realizada.
En consecuencia, se recomienda verificar las notificaciones efectuadas y solicitar
a dichas personas que manifiesten expresamente si mantienen su interés en
integrar la Junta de Educación. En caso de acreditarse renuncias o de configurarse
alguna causal legal que permita declarar vacantes los cargos, corresponderá
tramitar las sustituciones conforme al procedimiento establecido en la normativa
aplicable.
E. SOBRE LAS POSIBLES INCOMPATIBILIDADES POR PARENTESCO.
Respecto de la posible incompatibilidad por parentesco señalada en los
antecedentes, corresponde aplicar lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N°
10631. Dicha disposición establece restricciones relacionadas con el parentesco
entre integrantes de las juntas de educación y determinadas personas vinculadas
con la administración educativa y municipal. Por consiguiente, antes de concluir
que existe una incompatibilidad, resulta indispensable identificar a la persona
involucrada, acreditar el vínculo de parentesco y determinar si se encuentra
comprendido dentro de las prohibiciones establecidas por la ley.
F. SOBRE EL PROCEDIMIENTO                PARA   CORREGIR    LAS    EVENTUALES
   IRREGULARIDADES.
Finalmente, debe señalarse que, si de las verificaciones efectuadas se determina
que el procedimiento de selección presentó irregularidades sustanciales,
corresponderá valorar sus efectos jurídicos sobre los nombramientos realizados.
No toda irregularidad administrativa produce automáticamente la nulidad del
acto, por lo que resulta necesario determinar si el vicio afecta alguno de sus
elementos esenciales.
 IV. RECOMENDACIÓN.
Por las razones anteriormente expuestas, esta Asesoría Legal considera que, de
conformidad con lo establecido en la Ley N° 10631, Ley de Juntas de Educación

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y Juntas Administrativas, no resulta jurídicamente procedente declarar de
manera automática la nulidad de los nombramientos efectuados para integrar la
Junta de Educación de la Escuela Camaronal, únicamente con fundamento en los
cuestionamientos presentados por los padres de familia. Sin embargo, se
considera indispensable que la autoridad educativa responsable de la
conformación de las propuestas aclare sobre las inconsistencias identificadas y
acrediten que el procedimiento se desarrolló conforme a los requisitos legales
establecidos. Asimismo, debe tenerse presente que el acuerdo adoptado en la
sesión ordinaria N° 160-2026, mediante el cual se solicitó una nueva propuesta,
no constituye por sí mismo una revocación ni una declaración de nulidad de los
nombramientos efectuados en la sesión N° 158-2026. En consecuencia, se
recomienda al Concejo Municipal solicitar las aclaraciones correspondientes antes
de efectuar nuevos nombramientos o completar las juramentaciones
cuestionadas, con la finalidad de determinar la regularidad del procedimiento y
evitar actuaciones administrativas que puedan generar conflictos jurídicos
posteriores. Finalmente, se considera importante señalar que la responsabilidad
de conformar las propuestas y verificar los requisitos de las personas postuladas
corresponde a las autoridades educativas competentes, mientras que al Concejo
Municipal le corresponde ejercer las atribuciones de selección, nombramiento y
juramentación conforme al ordenamiento jurídico. Por lo tanto, se recomienda
dar seguimiento prioritario al presente asunto, procurando que las actuaciones
se realicen dentro de un plazo razonable, con la debida fundamentación y sin
generar atrasos innecesarios que puedan afectar el funcionamiento
administrativo y financiero de la Escuela Camaronal. Una vez analizado se
toma acuerdo.
Inciso e…………………………………………………………………………………………
Se recibe solicitud, a nombre de Marlene Reyes Gómez, presidenta de desarrollo
Integral la Fresca.
Dice así: Asunto: solicitud de visto bueno para el trámite de licencia temporal
de expendio de bebidas alcohólicas.
estimados señores: reciban un cordial saludo de parte de la asociación de
desarrollo integral de la fresca. por medio de la presente, la asociación de
desarrollo integral de la fresca solicita el visto bueno para gestionar la licencia
temporal de expendio de bebidas con contenido alcohólico, con motivo de las
actividades que se estarán desarrollando en nuestra comunidad durante los días
27, 28, 29 y 30 de noviembre de 2026. las actividades se llevarán a cabo en la
comunidad de la fresca, específicamente en los siguientes lugares:
1. el chispero, ubicado a 75 metros del salón comunal en la comunidad de la
fresca.

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2. salón comunal de la Fresca.
la presente solicitud tiene como finalidad obtener el respaldo municipal
correspondiente para ser presentado ante la fuerza pública, como parte de los
requisitos necesarios para la coordinación y autorización de las actividades
programadas. asimismo, esta asociación se compromete a cumplir con las
disposiciones establecidas en la ley No. 9047, ley de regulación y comercialización
de bebidas con contenido alcohólico, así como con las demás regulaciones
municipales y disposiciones de seguridad y orden público aplicables. por lo
anterior, solicitamos respetuosamente que el concejo municipal conozca la
presente gestión y de considerarlo procedente, emita el acuerdo municipal
mediante el cual se otorgue el visto bueno solicitado, con el propósito de
continuar con los trámites correspondientes ante la fuerza pública y las demás
autoridades competentes. agradecemos de antemano la atención brindada a
nuestra solicitud y el apoyo a las actividades comunales que promueven la
integración y el desarrollo de nuestra comunidad. sin otro particular, nos
despedimos. una vez analizado se toma acuerdo.
Inciso f…………………………………………………………………………………………
Se recibe oficio CML-SFA-OF-167-2026, a nombre de Xiomara Jiménez Morales,
coordinador de Servicios Financieros y Administrativos. Dice así: Concejo
Municipal Distrito de Lepanto. Reciban un cordial saludo, Por este medio, procedo
a remitir la recomendación correspondiente al procedimiento de contratación
2026LD-000023-0031600001, denominado "Contratación para el servicio de
recepción de actividades protocolarias y sociales", de conformidad con el oficio
PM-207-2026, mediante el cual se recomienda la adjudicación a favor de CARNES
LA JOSEFINA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica N°. 3-101-898199, según el
siguiente detalle:
Línea:1. · Objeto: Servicio de recepción de actividades protocolarias.
Partida: 1.
Monto: C512.600,00 (quinientos doce mil seiscientos colones exactos). .
Modalidad: Por demanda.
Como fundamento documental de las actuaciones relacionadas con este
procedimiento, se consideran los oficios PM-205-2026, CRI-LEG-011-2026, PM-
207-2026 y PM-208-2026
Asimismo, esta Coordinación deja constancia de las actuaciones efectuadas y de
la documentación emitida en el marco de este proceso, conforme a los oficios
CML-SFA-OF-162-2026, OF-LEG-075-2026 y PM-215-2026, procediendo en
atención a los criterios y recomendaciones emitidos por el área legal, según
consta en la documentación respectiva.
CONCEJO MUNICIFAL DE DISTRFO LEPANTO

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 Para los efectos correspondientes, se adjuntan los siguientes documentos de
 respaldo:
 PM-207-2026
 PM-208-2026
 CRI-LEG-011-2026
 PM-205-2026
 CML-SFA-OF-162-2026
 OF-LEG-075-2026
 PM-215-2026
 Lo anterior se remite para conocimiento y trámite correspondiente, y la
 documentación que respalda el procedimiento de contratación. Se adjunta
 información. Una vez analizado se toma acuerdo.
ARTICULO VII. MOCIONES………………………………………………………………
NO HAY
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS………………………………………………………
NO HAY.
ARTICULO XI. ACUERDOS………………………………………………………………
Inciso a………………………………………………………………………………………..
ACUERDO No.1. El Concejo Municipal Distrito Lepanto tomando en
consideración solicitud a nombre de Marvin Villalobos Rodríguez, presidente de la
ADI barrio el Jardín.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, trasladar la solicitud
a la administración, para que brinde criterio a la solicitud ACUERDO
APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia Medina Matarrita, Gilda Amador
Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Meys
Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
Inciso b……………………………………………………………………………………….
ACUERDO No.2. El Concejo Municipal Distrito Lepanto, tomando en
consideración solicitud, a nombre de Gerardo Villalobos Barahona, cedula 5-
0232-0147. Presidente de la ADI de Cabo Blanco.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, aprobar el apartado
de fecha los días 02,03,04,05 de abril del año 2027, en el campo Ferial de la
Asociación de Desarrollo Integral de Cabo Blanco de Lepanto, Puntarenas, para
realizar la actividad denominada Turno con novillada 2027 en la comunidad de
Cabo Blanco. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código
municipal DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia
Medina Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto
Almanza Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
Inciso c……………………………………………………..………………………………..

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ACUERDO No.3. El Concejo Municipal Distrito Lepanto tomando en
consideración solicitud, a nombre de Lic. Juan Luis Arce Castro.
Que de parte de la
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, autorizar al señor
Juan Luis Arce Castro, Intendente Municipal, firmar el convenio de Cooperación
y Manejo de Fondos del Programa Actívate", entre el Instituto Costarricense del
Deporte y la Recreación (ICODER) y el Concejo Municipal de Distrito de Lepanto.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia Medina
Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto Almanza
Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
Inciso d…………………………………………………………………………………….
ACUERDO No.4. El Concejo Municipal Distrito Lepanto tomando en
consideración lo siguiente:
Oficio CRI-LEG-014-2026, enviado por Licda. Danitza de los Ángeles Durón
Reyes, abogada municipal Concejo Distrito de Lepanto.
2- Nota enviada con fecha 14 de octubre del presente, por la MSc Ana Zúñiga
Obando, directora de la escuela de Camaronal.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, remitir el criterio
emitido por la Licda. Danitza Duron Reyes, según oficio CRI-LEG-014-2026 a la
directora de la Escuela de Camaronal Ana Zúñiga Obando para que justifique,
según el criterio, el actuar y todo lo que ocurrió con el nombramiento cuando se
nombró la junta de educación y lo cual dio a pie a realizar esta consulta legal
donde se brinde un criterio mas claro sobre este tema, una vez que se tenga la
justificación bien fundamentada como se esta solicitando, se le daría tramite a la
nueva terna, sin embargo antes de eso no podemos hacerlo. ACUERDO
APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal DEFINITIVAMENTE
APROBADO. Votan positivamente, Sra. Sonia Medina Matarrita, Gilda Amador
Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Meys Marina
Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios (as).
Inciso e…………………………………………………………………………………….
ACUERDO No.5. El Concejo Municipal Distrito Lepanto tomando en
consideración solicitud, a nombre de Marlene Reyes Gómez, presidenta de
Desarrollo Integral la Fresca.
Solicitud del VB para la licencia temporal y realizar trámites ante la Fuerza
Pública.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, aprobar el VB de la
licencia temporal para la venta de licor, el cual será utilizada en el chispero (4
días), ubicada 75 metros del Salón Comunal de la comunidad.

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En el salón Comunal (1 día) sábado 28 de noviembre del 2026.
Dicha actividad serán los días 27, 28, 29,30 de noviembre del 2026, en la
comunidad de La Fresca. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del
código municipal DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan positivamente, Sra.
Sonia Medina Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis
Alberto Almanza Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios
(as).
Inciso f………………………………………………….………………………………..
ACUERDO No.6. El Concejo Municipal Distrito Lepanto tomando en
consideración el oficio CML-SFA-OF-167-2026. a nombre de Xiomara Jiménez
Morales.
Recomienda la adjudicación según oficio PM-207-2026.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, aprobar la
recomendación correspondiente al procedimiento de contratación 2026LD-
000023-0031600001, denominado "Contratación para el servicio de recepción
de actividades protocolarias y sociales",
 Adjudicación a favor de CARNES LA JOSEFINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
 Cédula jurídica N°. 3-101-898199.
 Según el siguiente detalle:
 Línea:1. Objeto: Servicio de recepción de actividades protocolarias.
 Partida: 1.
Monto: ₡512.600,00 (quinientos doce mil seiscientos colones exactos).
Modalidad: Por demanda. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del
código municipal DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan positivamente, Sra.
Sonia Medina Matarrita, Gilda Amador Porras cc: Hilda Amador Porras, Sr. Luis
Alberto Almanza Villar, Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga, Concejales Propietarios
(as).
ARTICULO VI. CIERRE DE SESION………………………………………………………………….
Al no a ver más temas por tratar, se cierra la sesión al ser las siete y veinticinco
pm.



                                          SELLO
                     PRESIDENTE                     SECRETARIA



                              ……………………….UL…………………...

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