Ordinaria 55 · 2025-02-11

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        Acta de Sesión ordinaria 55-2025
        11 de febrero del 2025




                              Acta Sesión ordinaria
                                   Nº55-2025
Acta Sesión ordinaria 55-2025, celebrada el día once de febrero del dos mil
veinticinco del Concejo Municipal de Distrito Lepanto, Lugar: Sala de Sesiones del
Concejo Municipal del Distrito de Lepanto. Al ser las cinco y quince minutos.
Hernán Aguilar Rodríguez               Asume la propiedad en ausencia de la sr
                                       Sonia Medina Matarrita
Gilda Amador Porras, cc Hilda Concejal Propietaria
Amador Porras
Meys Marina Martinez Zúñiga            Concejal Propietaria
Javier Cascante Rojas                  En ausencia de Luis Alberto Almanza
SUPLENTES                              Villar, asume la propiedad.
Wilman Mora Vega                       Concejal Suplente.
AUSENTES
Sonia Medina Matarrita                 Presidenta Municipal
Yesenia Carmona Anchia                 Concejal Propietaria
Luis Alberto Almanza Villar            Concejal Suplente
Adrián González Quesada                Concejal Suplente
Elmer Agüero Berrocal                  Concejal Suplente
La presencia de:
Sra. Kattya Montero Arce, secretaria del Concejo Municipal.
Se trasmite en face book
………………………………………………………………………………………………………………………………
ORACION
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA
Acta ordinaria No. 54-2025, celebrada el 04 de febrero del 2025
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794
ARTICULO V. AUDIENCIA (AS)
Se recibe al señor Heriberto Escobar. ASUNTO: Basura y problemática en
los Manglares.
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ARTICULO VII. MOCIONES
ARTICULO VIII. INFORME DEL INTENDENTE.
ARTICULO IX. COMISION
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS

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ARTICULO XI. ACUERDOS
ARTICULO XII. CIERRE DE SESION.
………………………………………………………………………………………………………
ORACION A Javier Cascante.
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM……………………………………….
Sr. Hernán Aguilar Rodríguez, asume la propiedad en ausencia de la Sra.
Sonia Medina Matarrita: Procede a realiza la Comprobación del Quórum esta
es aprobada con cuatro votos. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia
de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la propiedad
en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda
Amador Porras, y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales Propietarios
(as).
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA……………………….
Sr. Hernán Aguilar Rodríguez, asume la propiedad en ausencia de la Sra.
Sonia Medina Matarrita: Somete a votación la agenda esta es aprobada con
cuatro votos. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia
Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de
Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y
Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA…………………………………………….
Sr. Hernán Aguilar Rodríguez, asume la propiedad en ausencia de la Sra.
Sonia Medina Matarrita: Procede a la ratificación del Acta ordinaria No. 54-
2024, celebrada el 04 de febrero del 2025, pregunta, si alguno tiene alguna
enmienda, indican que no, al no haber enmiendas, se somete a votación el acta,
esta es aprobada con cuatro votos. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794…………………
A cargo de Javier Cascante
ARTICULO V. AUDIENCIA (AS).………………………………………………………….
Se recibe a Heriberto Escobar, Asunto: Basura y la problemática de los
Manglares.
Presidente Municipal a.i Hernán Aguilar indica: Tenemos acá al compañero
Heriberto Escobar quién es pescador o productor de moluscos de acá de la zona y
nos va a abordar el tema sobre basura, sedimentación y todos los problemas que
estos han traído en así que le doy pase a Beto.


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Sr Heriberto Escobar expone Bueno, muchas gracias, bueno, me llamo libertad
Escobar y el asunto de mi petición es porque es muy grave el asunto con los
manglares en la foto se muestra el canal que había hace muchos años y otras
más que no recuerdo, de tan ancho que era las lanchas se topaban, con ganado
pasajero, arroz, todo lo que se producía en las zonas en la noche que era
profundo el canal.
Ahora no existe nada, la lluvia cuando llueve no tiene salida, sale por todos los
lados y todo lo contrario. Ahora lo que existe es basura que la gente tira, es uno
de los problemas que existen aparte que los manglares que se están secando por
segmentación, se le otorga permiso para la corta de más de 20 hectáreas
todos los años y yo he podido ayuda a todos los biólogos que existen en Costa
Rica, universidades, a grupos, dicen que no, que tienen derecho de contarlos,
pero ustedes como gobierno local pueden hacer algo.
Muestra imágenes
De los manglares cortados.
Cantidad de basura en los manglares, llantas, botellas.
Mucho barro que no deja que las especies marinas
Imágenes del mar donde se está retirando más de un kilómetro, del área cuando
la marea comienza a crecer a las 11 de la mañana este en esa extensión del
kilómetro de barro que existe no hay vida. Aparte de que no hay vida
Yo tengo, de mis 40 años, hice un canal porque una institución del Estado me
dijo usted tiene que probarnos a nosotros, que tiene razón, pero tiene que tener
una prueba de la gente, yo tengo un canal hecho, lo he hecho a pura balde,
entonces lo que yo pretendo con esto de este proyecto que les traje, yo a ustedes
para que haga un canal, es que haciendo un canal la marea se encarga de lavar
el barro del mar hacia adentro porque así me está sucediendo a mí donde yo
tengo proyectos, yo vengo a pedirle por el medio ambiente, existe kilómetros de
barro que no hay vida.
Para que ustedes tengan una idea todos los biólogos están unidos los manglares
tiene que desaparecer, entonces ahí tengo yo estudios de lo que contiene, el
Golfo en general es pura piedra y todo había vida.
Voy a presentarle a los habitantes un recurso sobre esta situación y mucha gente
dice que yo estoy solo, no, yo te digo una cosa. Yo estoy metido en esto, cumplir
porque yo he estado ahí en el mar y veo los Caracoles y gracias, y luego dicen es
que hay que cuidar estas cosas no se imaginan la cólera que me da a mí porque
lo que tiene que cuidar son las cosas vivas, no la concha, parece que están
devolviendo al mar, el mar está expulsando todo eso.
Hay fotos, tengo muchas fotos, mi lucha es para que la Municipalidad apoye el
proyecto de limpieza de los manglares, intervención ante el MINAE para que no s
tale los manglares, y nos ayude a limpiar ese barro.

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Voy a ir a la Defensoría directamente a San José,
Los invito para que conozcan el proyecto que he realizado, lo bonito es que
ustedes vayan un día allá para que ustedes vean.
Tenemos un gran problema, que las viviendas, tiran todo al estero,(eses)
ocasionando contaminación y eso no está regulado por las organizaciones
encargadas.
Agradece y se despide.




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Una vez analizado toma acuerdo.
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA………………………………….
Inciso a…………………………………………………………………………………………..
Se recibe de plataforma de servicios, numero de trámite 634-2025, enviado por
Rafael Angel Soto Monge, autenticada por el Lic Cesar Fonseca Sequeira, dice así:
Referencia: Obstrucción ilegal por parte de la Municipalidad de Lepanto Estimados
señores del Concejo Municipal e Intendente Municipal: Quien suscribe RAFAEL
ANGEL SOTO MONGE, mayor, divorciado y en unión libre, comerciante, vecino de
Jicaral de Puntarenas quince metros Norte de la Delegación de la Fuerza Pública
de Jicaral, con cédula de identidad número uno — cero trescientos ochenta y ocho
- cero setecientos treinta y siete, ante ustedes con todo respeto manifiesto: Me

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permito comparecer ante este Concejo para denunciar formalmente la ilegal
obstrucción del acceso a la servidumbre de paso pública que colinda al costado
norte de mi propiedad, ubicada en Jicaral Centro costado Sur de la Plaza de
Fútbol, servidumbre que se encuentra debidamente inscrita ante el Registro
Nacional y registrada en la Dirección General de Catastro Nacional. Esta
servidumbre colinda con la propiedad de la Municipalidad de Lepanto, donde se
ubica la Plaza de Fútbol de Jicaral, y ha sido arbitrariamente cerrada mediante la
colocación de una cadena con candado, impidiéndome el libre ejercicio de mi
derecho de paso.
Hechos
La servidumbre en cuestión constituye un derecho real debidamente constituido,
reconocido y protegido por el artículo 292 del Código Civil, el cual establece que
las servidumbres se constituyen para garantizar el acceso y tránsito necesario
entre propiedades. En este caso, la obstrucción impuesta por la Municipalidad de
Lepanto no solo carece de fundamento jurídico, sino que constituye un acto
arbitrario y violatorio de mis derechos causando un grave perjuicio patrimonial y
personal.
Fundamento Legal y Jurisprudencia El derecho a transitar libremente por una
servidumbre inscrita y legalmente constituida se encuentra amparado en el
principio de legalidad (artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública),
el cual dispone que toda actuación administrativa debe estar ajustada a derecho y
no puede vulnerar los derechos adquiridos de los administrados.
Asimismo, el artículo 140 del Código Municipal señala que las municipalidades
deben garantizar el respeto a los derechos individuales y colectivos de los
ciudadanos.
De igual forma, la jurisprudencia reiterada del Tribunal Contencioso
Administrativo ha sido clara al establecer que las municipalidades no pueden
adoptar medidas unilaterales que restringido acceso a servidumbre de paso,
constituidas en derecho, dado que tales actos representan una vulneración al
derecho de propiedad protegido tanto por el artículo 45 de la Constitución Política
como por el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(Pacto de San José de Costa Rica).
A título ilustrativo, la resolución N. 179-2016 del Tribunal Contencioso
Administrativo, Sección Segunda, señala que:
“Las servidumbres constituyen derechos reales que no pueden ser modificados ní
restringidos de manera arbitraria por las autoridades municipales, salvo mediante
un proceso legal debidamente fundamentado, garantizando el derecho de defensa
y el debido proceso del titular del derecho.”
Solicitud


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Por lo anteriormente, solicito a este distinguido y honorable Consejo Municipal y
al Intendente Municipal que, de manera inmediata, procedan a la remoción de la
obstrucción colocada en la servidumbre de paso y se garantice el restablecimiento
del libre tránsito, tal y como lo ampara la normativa nacional y la jurisprudencia
citada. La persistencia de esta obstrucción podría dar lugar eventualmente a la
presentación de acciones legales ante el Tribunal Contencioso Administrativo, así
como a la interposición de recursos constitucionales, en aras de la defensa de mis
derechos fundamentales.
Solicito, además, que se me brinde una respuesta escrita sobre las acciones que
se adoptarán para corregir esta situación en el plazo que establece el artículo 283
del Código Municipal. Notificaciones cesarfonseca3hotmail.com Una vez
analizada se toma acuerdo.
Inciso b…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer solicitud recibida por correo electrónico, en enviada por la Sra.
Lorena Aguilar Jimenez, Presidenta de la ADI el Golfo, Dice así:
Reciba un cordial saludo por parte de los miembros de la Asociación de Desarrollo
Integral del Golfo. Nos dirigimos a ustedes para solicitarles una licencia temporal
para la venta de licor los días: 21, 22, 23, 24 de febrero del 2025, en el chispero
ubicado en el campo ferial El Golfo También una licencia temporal para la venta
de licores el día 22 de febrero del 2025 en el salón comunal El Golfo Esperamos
una pronta respuesta Muchas Gracias. Una vez analizada se toma acuerdo.
Inciso c…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer solicitud recibida por correo electrónico, en enviada por la Sra.
Lorena Aguilar Jimenez, Presidenta de la ADI el Golfo, Dice así:
Reciba un cordial saludo por parte de los miembros de la Asociación de Desarrollo
Integral del Golfo. Nos dirigimos a ustedes para que nos den la autorización de
realizar los festejos populares El Golfo 2025 del 21, 22, 23, y 24 de febrero.
Dentro de las actividades programadas tenemos: Un redondel para los toros Una
cocina. Un baile el día sábado. Un chispero. Tres carruseles, Un puesto de
churros. Un Puesto de helados. Un puesto de pizza. Un puesto de carne asada
Esperando una respuesta positiva Se despide Una vez analizada se toma
acuerdo.
Inciso d…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer Consulta texto dictaminado Exp. 24.385, enviado por Guiselle
Hernandez Aguilar, Comisión Legislativa.
Dice así:
Estimados (as) señores (as):
La Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud la moción aprobada en
sesión 12, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto dictaminado del Expediente
n.° 24.385 “REFORMA AL CÓDIGO MUNICIPAL EN MATERIA DE SALARIO, DESCANSO Y


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AUTONOMÍA FUNCIONAL DE LAS ALCALDÍAS,                       VICEALCALDÍAS,   INTENDENCIAS    Y
VICEINTENDENCIAS” el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el
24 de febrero y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
Debi do a que este proyecto fue dictaminado y debe continuar su trámite en el Plenario
Legislativo, la Comisión no se encuentra facultada para otorgar prórroga para emitir su
criterio
En caso de que la repuesta sea remitida vía digital, la misma deberá ser enviada al correo
electrónico AREA-COMISIONES-VIII@asamblea.go.cr. Si necesita información adicional,
favor comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2217, 2243-2194, 2243-2264, 2243-2445,
2243-2139, 2243-2321 o al correo citado
De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.

                                       TEXTO DICTAMINADO
                                                                             Expediente 24.385
             LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
                                          DECRETA:
       REFORMA AL CÓDIGO MUNICIPAL EN MATERIA DE SALARIO, DESCANSO Y
   AUTONOMÍA FUNCIONAL DE LAS ALCALDÍAS, VICEALCALDÍAS, INTENDENCIAS Y
                                    VICEINTENDENCIAS
ARTÍCULO 1. -         Se modifica el artículo 20 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de
abril de 1998, y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera, cuyo texto dirá de la
siguiente forma:
Artículo 20. – El alcalde o intendente municipal son funcionarios de tiempo completo y su
salario se compone de dos partes, y se ajustará de acuerdo con las siguientes disposiciones:
a)      Una asignación fija equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su salario total,
  calculada como cinco veces el salario base mensual más bajo de las clases anchas
  cubiertas por los alcances del Título I del Estatuto de Servicio Civil, según las familias de
  puestos de la administración pública.
b)      Una asignación variable que constituye el otro cincuenta por ciento (50%) de su salario
  total. Esta asignación se calcula como un porcentaje de la asignación fija, según el rango
  presupuestario de la municipalidad, de acuerdo con la siguiente tabla:
                      Rango presupuestario municipal               Porcentaje

             HASTA                            3,000,000,000.00          5%
             De 3,000,000,001.00             A 5,000,000,000.00        20%
                                             A
             De 5,000,000,001.00                                       40%
                                             10,000,000,000.00

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                                             A
             De 10,000,000,001.00                                         75%
                                             20,000,000,000.00
                                             A
             De 20,000,000,001.00                                       90%
                                            50,000,000,000.00
             De 50,000,000,001.00         EN ADELANTE                  100%
Además, los alcaldes municipales devengarán, por concepto de prohibición, calculado de
acuerdo con lo que establece la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley N.° 2166,
de 9 de octubre de 1957 y sus reformas. En los casos en que el alcalde o intendente electo
disfrute de pensión o jubilación, si no suspendiere tal beneficio, podrá solicitar el pago de un
importe del cincuenta por ciento (50%) mensual de la totalidad de la pensión o jubilación, por
concepto de gastos de representación.
El primer vicealcalde o viceintendente municipal también será funcionario de tiempo
completo, y su salario base será equivalente a un ochenta por ciento (80%) del salario base
del alcalde o intendente municipal, según corresponda. En cuanto a la prohibición por el no
ejercicio profesional y jubilación, se le aplicarán las mismas reglas que al alcalde titular,
definidas en el párrafo anterior.
Ninguno de los funcionarios regulados en este artículo podrá exceder el límite a las
remuneraciones totales que establece la Ley N.º 2166, Ley de Salarios de la Administración
Pública, de 9 de octubre de 1957, y sus reformas.
El período máximo anual de vacaciones que podrán disfrutar las personas que ocupan los
puestos de alcaldía, vicealcaldía, intendencia y vice intendencia será de veinte días hábiles y
no se podrán acumular más de dos períodos de vacaciones.
Previo a disfrutar de las vacaciones, el alcalde municipal deberá comunicar al concejo
municipal el periodo en que se ausentará, de acuerdo con lo que establece el artículo 17 de
esta ley.
ARTÍCULO 2-            Se modifica el inciso e) del artículo 155 de la Ley 7794, Código
Municipal, de 30 de abril de 1998 y sus reformas. El texto es el siguiente:
Artículo 155. – (…)
e) Se otorga, a los servidores municipales protegidos por esta ley, el disfrute de un período máximo
anual de vacaciones según lo dispone la Ley Marco de Empleo Público N° 10159, de 8 de marzo de
2022 y sus reformas.
(…)
ARTÍCULO 3-           Se reforma el artículo 32 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de
abril de 1998 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 32- El Concejo, mediante acuerdo, podrá conceder licencia, sin derecho al pago
correspondiente, a los regidores y los síndicos que se ausenten de forma consecutiva de las
sesiones del concejo únicamente por los motivos y términos siguientes:
a)      Por necesidad justificada de ausentarse del cantón, licencia hasta por seis meses.
b)      Por muerte o enfermedad de padres, hijos, cónyuge o hermanos, licencia hasta por un
mes.
Cuando los regidores y síndicos se ausenten para representar a la municipalidad respectiva
dentro o fuera del país, el Concejo Municipal otorgará permiso con derecho al pago
correspondiente, según el caso.
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Las licencias del alcalde municipal por los motivos estipulados en los incisos a) y b) de este
artículo serán otorgadas sin derecho al pago de salario correspondiente, previa comunicación
al Concejo Municipal.
En el caso de la alcaldía municipal, deberá comunicar al Concejo Municipal cuando se
proponga salir del país en representación de la municipalidad y los motivos de su viaje, de
acuerdo con lo que estipula el artículo 17 de esta ley.
TRANSITORIO I. - Las municipalidades deberán reglamentar la presente ley en un plazo de
dos meses a partir del rige de esta ley.
TRANSITORIO III. - Se autoriza a las municipalidades para que en los casos que, por la
aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 1 de esta ley, requieran un
incremento del presupuesto en la partida correspondiente para atender el pago
correspondiente según el artículo 20 de esta ley, puedan aplicarlo de forma escalonada,
siguiendo los criterios técnicos de la administración municipal, garantizando la no afectación
en los servicios que presta la municipalidad.
Rige hasta el 1° de mayo inmediato siguiente a las elecciones municipales que prosigan a la
fecha de publicación de esta ley. Una vez analizado se toma acuerdo.
ARTICULO VII. MOCIONES…………………………………………………………………
MOCION No. 1
ACUERDO No 1
PRESENTADA POR: JUAN LUIS ARCE CASTRO, INTENDENTE MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
1. Que a fin de buscar ordenar los desarrollos urbanos que se encuentran dentro
de la zona marítimo terrestre para garantizar que cualquier infraestructura o
desarrollo en estas zonas no afecte el entorno de las franjas costeras.
2. Que a fin de garantizar el acceso público y una correcta planificación de calles
en la Zona Marítimo Terrestre, se propone que los anchos de calle para
servidumbres comprendan una medida de 10 metros de ancho y para el caso de
las calles públicas, estas comprendan los 14 metros según lo establece la Ley
general de Caminos Públicos No. 5060.
Mociono para que se acuerde:
Autorizar al señor Juan Luis Arce Castro Intendente Municipal o quien ocupe el
cargo para:
1. Trasladar a la Comisión de Zona Marítimo Terrestre la presente propuesta de
establecer dentro de la ZMT los anchos de calle para servidumbre de paso con
medidas de 10 metros de ancho y para calles publicas medidas de 14 metros de
ancho.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, acoger la moción en
todas sus partes, y dar pase dicho documento a la comisión de ZMT. ACUERDO

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APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal, DEFINITIVAMENTE
APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia
Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de
Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y
Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
MOCION No. 2………………………………………………………………………………..
ACUERDO No 2
PRESENTADA POR: JUAN LUIS ARCE CASTRO, INTENDENTE MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
Que, los feriados de ley por concepto de la Semana Mayor serán los días 17 y 18
de abril del 2025 y en el caso de nuestra institución, consideramos de
importancia de brindar los días 14, 15 y 16 de abril de vacaciones para el
descanso a nuestro personal municipal.
Mociono para que se acuerde
Autorizar al señor Juan Luis Arce Castro Intendente Municipal o quien ocupe el
cargo para:
1. Realizar el cierre de oficinas municipales por concepto de las celebraciones de
la Semana Mayor los días 14, 15, 16, 17 y 18 de abril del 2025.
2.Conceder a título de vacaciones colectivas a los servidores municipales, los días
15, 16 y 17 de abril de 2025, mismos serán descontados de sus saldos de
vacaciones, mientras que los días jueves 17 y viernes 18 de abril de esa semana
los tendrán libres por feriados de ley dentro de la Semana Mayor.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, acoger la moción en
todas sus partes, y autorizar mandar a publicar en el diario oficial la Gaceta.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,        y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
ARTICULO VIII. INFORME DEL INTENDENTE………………………………………
No está presente.
ARTICULO IX. COMISION………………………………………………………………….
Sr. Presidente Municipal a.i Hernán Aguilar manifiesta:
COMISIÓN POR EL NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR MUNICIPAL celebrada
el martes 11 de febrero a las 4 pm con la participación de Hilda Amador Porras,
Javier Cascante Rojas, Hernán Aguilar Rodríguez, Wilman Mora Vega y Meys
Martínez Zúñiga.

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        11 de febrero del 2025




De acuerdo con la capacitación recibida por miembros del Concejo Municipal por
parte del Lic. William Gómez, UNGL esta comisión recomienda el Concejo
Municipal tres puntos:
PRIMERO
Nombrar la Comisión para la contratación del contador del Concejo Municipal de
Distrito Lepanto, por tiempo indefinido.
SEGUNDO.
Solicitar la administración nos informes sobre la existencia de contenido
presupuestario para publicar EL ARTE, de la contratación del auditor (a) en el
periódico La República, acuerdo que ya fue tomado y esperamos respuesta para
cumplir con los tiempos.
TERCERO
Solicitar a la administración nos indique de forma escrita nos indique, si existe
una persona con posibilidad de ascenso directo que cumpla con los requisitos
según artículo 137 del Código Municipal, para optar por el puesto de Contador
municipal, de caso contrario procederemos al concurso en forma interina. Se
Toma acuerdo.
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS………………………………………………………..
Sr. Presidente Municipal a.i Hernán Aguilar manifiesta: Se nota la ausencia
de varios compañeros (as), por motivos de salud principalmente, estamos
preocupados por la no asistencia del compañero Elmer, es importante que
conversemos, nos defina su situación y solicitarle de manera muy respetuosa, si
no puede acompañarnos que procede a la renuncia al cargo, si no se hace y se
espera a la aplicación del reglamento, pero cuando alguien presenta la renuncia,
y se hace de manera más rápida, por tanto le solicitamos al compañero Wilman
como vecino que le haga la pregunta, cuales son las intenciones.
ARTICULO XI. ACUERDOS………………………………………………………………..
Inciso a…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 3: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración el informe de la comisión de Contratación de Auditoría (a) indica en
el punto:
TERCERO
Solicitar a la administración nos indique de forma escrita, si existe una persona
con posibilidad de ascenso directo que cumpla con los requisitos según artículo
137 del Código Municipal, para optar por el puesto de Contador municipal, de
caso contrario procederemos al concurso en forma interina. ACUERDO
APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal, DEFINITIVAMENTE
APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia
Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de

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        Acta de Sesión ordinaria 55-2025
        11 de febrero del 2025




Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y
Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
Inciso b…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 4: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA con
cuatro votos, aprobar el cierre de las oficinas municipales los días 15, 16 y 17
de abril de 2025. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código
municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar
Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante
Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda
Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga
Concejales Propietarios (as).
Inciso c…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 5: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración, informe de comisión de contratación del auditor(a) por tiempo
indefinido para este Concejo, se ACUERDA con cuatro votos, según el punto:
SEGUNDO.
Solicitar la administración nos informes sobre la existencia de contenido
presupuestario para publicar EL ARTE, de la contratación del auditor (a) en el
periódico La República, acuerdo que ya fue tomado y esperamos respuesta para
cumplir con los tiempos. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del
código municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar
Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante
Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda
Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga
Concejales Propietarios (as).
Inciso d…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 6: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración, informe de comisión de contratación del auditor(a) por tiempo
indefinido para este Concejo, se ACUERDA con cuatro votos, según el punto:
PRIMERO del informe de comisión, que los mismo que conforman la comisión de
Contratación del Auditor (a), sean los mismos que conformen la comisión de la
Contratación del Contador (a).
Con la participación de:
Hernán Aguilar Rodríguez COORDINADOR
Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras
Meys Marina Martinez Zúñiga
Javier Cascante Rojas
Wilman Mora Vega
Adrián González Quesada
Elmer Agüero Berrocal
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         11 de febrero del 2025




Sonia Medina Matarrita
Yesenia Carmona Anchia
Luis Alberto Almanza Villar
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez                     en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
Inciso e…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 7: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración documento recibido por la plataforma de servicios, numero de
trámite 634-2025, enviado por Rafael Angel Soto Monge, autenticada por el Lic
Cesar Fonseca Sequeira, dice así:
Referencia: Obstrucción ilegal por parte de la Municipalidad de Lepanto.
Solicitud
Por lo anteriormente, solicito a este distinguido y honorable Consejo Municipal y
al Intendente Municipal que, de manera inmediata, procedan a la remoción de la
Obstrucción colocada en la servidumbre de paso y se garantice el
restablecimiento del libre tránsito, tal y como lo ampara la normativa nacional y
la jurisprudencia citada. La persistencia de esta obstrucción podría dar lugar
eventualmente a la presentación de acciones legales ante el Tribunal Contencioso
Administrativo, así como a la interposición de recursos constitucionales, en aras
de la defensa de mis derechos fundamentales.
Solicito, además, que se me brinde una respuesta escrita sobre las acciones que
se adoptarán para corregir esta situación en el plazo que establece el artículo 283
del Código Municipal. Notificaciones cesarfonseca@hotmail.com
Basada en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, DAR PASE a la
Intendencia Municipal, para que designe a un inspector y proceda a responder la
solicitud del señor Rafael Angel Soto Monge. Remitir el documento, para
Notificaciones al correo: cesarfonseca3@hotmail.com e informe al Concejo.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
Inciso f…………………………………………………………………………………………


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ACUERDO No 8: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración, solicitud enviada por la Sra. Lorena Aguilar Jiménez, Presidenta
de la ADI el Golfo. Cédula jurídica No 3-002-654534.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, aprobar la actividad
denominada FIESTAS POPULARES EL GOLFO 2025. Los días del 21 al 24 de
febrero del 2025, en el Campo ferial de la comunidad. ACUERDO APROBADO.
Se aplica el artículo 45 del código municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina
Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis
Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y
Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
Inciso g…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 9: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración, solicitud enviada por la Sra. Lorena Aguilar Jiménez, Presidenta
de la ADI el Golfo, Cédula jurídica No 3-002-654534 y aprobación de parte de
este Concejo Municipal de la actividad denomina fiestas Populares el Golfo. Los
días del 21-24 de febrero del 2025.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, autorizar a la Sra.
Kattya Montero Arce, secretaria del Concejo para que incluya en los acuerdos las
tarifas ya establecidas en impuesto en los acuerdos de dicha actividad.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
Inciso h…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 10: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración, solicitud enviada por la Sra. Lorena Aguilar Jiménez, Presidenta
de la ADI el Golfo. Cédula jurídica No 3-002-654534 ASUNTO: Solicitud de dos
licencias temporales para la venta de licores.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, aprobar lo siguiente:
1-Una licencia temporal para la venta de licores que será utilizada en el Chispero
(4 días) 21-22-23-24 de febrero del 2025.
2-Una licencia temporal para la venta de licor que será usada en el salón (1 dìa)
22 de febrero.
3-Estas mismas estarán ubicadas en el Campo ferial el Golfo, Lepanto,
Puntarenas.
4-Que el cobro de la misma, está basado en el Artículo 22 del Reglamento
sobre Licencias de Expendio de bebidas con contenido Alcohólico publicado
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en la Gaceta el día martes 06 de enero del 2015, de la Municipalidad de
Puntarenas, el cual fue acogido por este Concejo Municipal de Distrito.
5-Que el pago se realice por la Asociación antes del evento en la Plataforma de
servicios del Municipio, por un monto de 26.210 diarios
Se desglosa
Chispero (4 días) ¢104.840.oo
Salón (1dìa) ¢26.210.oo
Total: ¢131.050.oo. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código
municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar
Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante
Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda
Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga
Concejales Propietarios (as).
Inciso i…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 11: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración lo siguiente:
1-Solicitud y aprobación de la actividad denominada Fiestas Populares el Golfo,
Lepanto Puntarenas, organizada por la ADI el Golfo, los días del 21 al 24 de
febrero del 2025.
2-Se indica por medio de carta una lista de puestos que estarán ubicados en el
campo ferial el Golfo, Lepanto, Puntarenas.
Basado en lo anterios se ACUERDA con cuatro votos, tazar para el cobro de
impuesto las licencias temporales para la venta de:
Una cocina………………………………………………………¢50.000.oo
Tres carruseles……………………………………………….¢50.000.oo
Un puesto de churros…………………………………….¢25.000.oo
Un Puesto de helados……………………………………..¢25.000.oo
Un puesto de pizza………………………………………….¢25.000.oo
Un puesto de carne asada………………………………¢25.000.oo
TOTAL DE: ¢200.000.oo
Esta misma debe ser cancelada antes de la actividad por la ADI el Golfo
antes de la actividad en la plataforma de servicios del Municipio.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
Inciso j…………………………………………………………………………………………

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ACUERDO No 12: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración Consulta texto dictaminado Exp. 24.385, enviado por Guiselle
Hernandez Aguilar, Comisión Legislativa.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, dar PASE a la Lic
Danitza Duron Reyes, Asesora Administrativa, para que nos brinde criterio.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
Inciso k…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 13: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración el ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS, donde se expone la situación de
la ausencia de varios compañeros (as), por motivos de salud principalmente,
estamos preocupados por la no asistencia del compañero Elmer, es importante
que conversemos, nos        defina su situación y solicitarle de manera muy
respetuosa, si no puede acompañarnos que procede a la renuncia al cargo, si no
se hace y se espera a la aplicación del reglamento, pero cuando alguien presenta
la renuncia, y se hace de manera más rápida,
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos,                  designar al
compañero Wilman Mora Vega, como vecino que le haga la pregunta, a Elmer
Agüero Berrocal, si desea continuar o por motivos personales se entiende, o nos
presente la carta de renuncia para elevarla. ACUERDO APROBADO. Se aplica el
artículo 45 del código municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr.
Hernán Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr.
Javier Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza
Villar, Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y Sra. Meys Marina
Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
Inciso L…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 14: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración audiencia del señor Heriberto Escobar Escobar, por el tema de
basura y manglares se ACUERDA con cuatro votos, brindar un voto de apoyo
y respaldo , se eleva la inquietud para que se tome acciones con Instituciones
estatales y Privadas sobre el tema de basura y situaciones que se dan en los
Manglares. Se adjunta visita. ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45
del código municipal, DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán
Aguilar Rodríguez en ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier
Cascante Rojas asume la propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar,
Sra. Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, y Sra. Meys Marina
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         Acta de Sesión ordinaria 55-2025
         11 de febrero del 2025




Martinez Zúñiga Concejales Propietarios (as).
Inciso m……………………………………………………………………………………
ACUERDO No 15: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración
1-Solicitud y aprobación de la actividad denominada Fiestas Populares el Golfo,
Lepanto Puntarenas, organizada por la ADI el Golfo, los días del 21 al 24 de
febrero del 2025.
2-Se indica por medio de carta una lista de puestos que estarán ubicados en el
campo ferial el Golfo, Lepanto, Puntarenas.
Basado en lo anterios se ACUERDA con cuatro votos, autorizar a la
administración designar un Inspector para que con base en la solicitud, se realice
verificación de campo, e informe al Concejo, sobre los puestos que estarán
ubicados en el Campo Ferial el Golfo, Lepanto, Puntarenas.
Se indica el puesto y monto a ser cancelados en Plataforma de servicios del
concejo.
Una cocina
Tres carruseles
Un puesto de churros
Un Puesto de helados
Un puesto de pizza
Un puesto de carne asada
TOTAL DE: ¢200.000.oo
Chispero (4 días) ¢104.840.oo
Salón (1dìa) ¢26.210.oo
Total: ¢131.050.oo.
ACUERDO APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal,
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sr. Hernán Aguilar Rodríguez en
ausencia de la Sra. Sonia Medina Matarrita, Sr. Javier Cascante Rojas asume la
propiedad en ausencia de Luis Alberto Almanza Villar, Sra. Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras,       y Sra. Meys Marina Martinez Zúñiga Concejales
Propietarios (as).
ARTICULO XII. CIERRE DE SESION……………………………………………………
Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión al ser las cinco y cincuenta
y ocho de la noche.


        ____________________                SELLO    _____________________
              PRESIDENTE                                  SECRETARIA

                              …………………………UL……………………..
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