Ordinaria 31 · 2024-10-08

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         Acta de Sesión ordinaria 31-2024
         08 de octubre del 2024


                              Acta Sesión ordinaria
                                   Nº31-2024
Acta Sesión ordinaria 31-2024, celebrada el día ocho de octubre del dos mil
veinticuatro del Concejo Municipal de Distrito Lepanto, Lugar: Sala de Sesiones
del Concejo Municipal del Distrito de Lepanto. Al ser las cinco y quince p.m.
Sonia Medina Matarrita                  Presidente Municipal
Luis Alberto Almanza Villar             Concejal Propietario
Gilda Amador Porras, cc Hilda Concejal Propietaria
Amador Porras
Yesenia Carmona Anchia                  Concejal Propietaria
Adrián González Quesada                 Asume la propiedad en ausencia del señor
Javier Cascante Rojas                   Jose Fabio Paniagua.
Evelin Chavarría Ramos                  Concejal Suplente
Hernán Aguilar Rodríguez                Concejal Suplente
                                        Síndico Suplente
AUSENTES

La presencia de:
Sra. Kattya Montero Arce, secretaria del Concejo Municipal.
Lic Juan Luis Arce Castro, Intendente Municipal
AUDIENCIAS…………………………………………………………………………………
Sra. Yendri Vanessa Aguirre Elizondo, para juramentación de la junta
Administrativa de CINDEA
Minor Gerardo Brenes Carranza
Miriam Maria Jiménez Jiménez
José Silvino Sequeira Briceño
Sonia Zúñiga Trigueros
Orbin Gerardo Rosales Arce juramentación de la junta Administrativa del CTP de
Jicaral…………………………………………………………………………………………………………………………
ORACION
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA
Acta ordinaria No. 30-2024, celebrada el 1 de octubre del 2024
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794
ARTICULO V. AUDIENCIA (AS)
Audiencia No 1
Se recibe a la Sra. Yendri Vanessa Aguirre Elizondo, para juramentación
de la junta Administrativa de CINDEA
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        08 de octubre del 2024

AUDIENCIA No 2
Se recibe a
Minor Gerardo Brenes Carranza
Miriam María Jiménez Jiménez
José Silvino Sequeira Briceño
Sonia Zúñiga Trigueros
Orbin Gerardo Rosales Arce juramentación de la junta Administrativa del
CTP de Jicaral.
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ARTICULO VII. MOCIONES
ARTICULO VIII. INFORME DEL INTENDENTE, SEGUNDA SEMANA DEL MES
ARTICULO IX. COMISION
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS
ARTICULO XI. ACUERDOS
ARTICULO XII. CIERRE DE SESION.
……………………………………………………………………………………………………
ORACION A cargo de Kattya Montero
ARTICULO I. COMPROBACION DEL QUORUM…………………………………….
 Sonia Medina Matarrita: La señora presidenta realiza la comprobación del
quórum, esta es aprobada con cinco votos. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis
Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia
Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia
del sr Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO II. LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA……………………….
Presidenta Municipal Sonia Medina Matarrita: Somete a votación la agenda
esta es aprobada con cuatro votos. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO III. RATIFICACION DEL ACTA……………………………………………
Presidenta Municipal Sonia Medina Matarrita: Procede a la ratificación del
Acta ordinaria No30-2024, celebrada el 1 de octubre del 2024, indica si
alguno tiene alguna enmienda sírvase realizarla en este momento, al no haber
enmiendas somete a votación esta es aprobada con cinco votos. Votan Sonia
Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda
Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo
la propiedad en ausencia del sr Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios
(as).
ARTICULO IV. LECTURA DEL CODIGO MUNICIPAL. Ley 7794…………………
A cargo de Luis Alberto Almanza Villar.

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ARTICULO V. AUDIENCIA (AS).………………………………………………………..
Se recibe a la Sra. Yendri Vanessa Aguirre Elizondo, para juramentación
de la junta Administrativa de CINDEA
La señora Sonia Medina Matarrita, Presidenta Municipal, procede a la
juramentación de la Sra. Yendri Vanessa Aguirre Elizondo, cedula No.
503500971, una vez juramentada queda formando parte de la Junta
Administrativa del CINDEA. Lepanto. Puntarenas. Están presentes Sonia Medina
Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador
Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la
propiedad en ausencia del sr José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
AUDIENCIA No 2……………………………………………………………………………
Se recibe a los señores y señoras para la juramentación.
La señora Sonia Medina Matarrita, Presidenta Municipal procede a la
juramentación de:
Minor Gerardo Brenes Carranza, cédula No. 204180592
Miriam María Jiménez Jiménez cédula No. 503570904
José Silvino Sequeira Briceño, cédula No. 601110865
Sonia Zúñiga Trigueros, cédula No. 602050817
Orbin Gerardo Rosales Arce, cédula No. 601840515
una vez juramentados quedan formando parte de la junta Administrativa del CTP
de Jicaral. Lepanto. Puntarenas. Están presentes Sonia Medina Matarrita, Luis
Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia
Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia
del sr Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO VI. LECTURA DE CORRESPONDENCIA……………………………….
Inciso a………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer oficio CACP 29-2024 enviado por plataforma, tramite Nº 2561-
2024 firmado por Marvin Jiménez Porras Presidente, Hogar María Inmaculada,
Paulino Mendoza Rojas Presidente, Cámara de Ganaderos Jicaral, Patricia Slump
Mulder Presidenta, ASEPALECO, Roy Barrantes Ramos Presidente, Jicaral
Sercoba de la Península S.A, Alejandro Rodríguez Quirós Presidente, Centro
Agrícola Cantonal de Puntarenas.
Literalmente dice así:
Señores - Comisión Local de Emergencias Concejo Municipal Distrito Lepanto -
Sr. Intendente Juan Luis Arce Estimados Señores: Reciban atento saludo. Los
abajo firmantes, en representación de Hogar María Inmaculada, Asoc. Ecológica
Paquera Lepanto Cóbano, Cámara de Ganaderos de Jicaral, Jicaral Sercoba de la
Península S.A. y Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas, nos dirigimos a
ustedes para manifestarles el problema tan serio que tenemos desde hace
muchos años debido a la estrechez y mal estado del drenaje de las aguas
pluviales al lado de la carretera principal Jicaral-Nicoya, en el sector frente al
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Colegio y antigua sede de la UNED. Cada año sufrimos repetidas inundaciones de
la planta baja del edificio en donde operamos, Asepaleco, Cámara de Ganaderos
y Centro Agrícola, lo cual ocasiona pérdida de documentos y daños a los equipos
e infraestructura, imposibilitando además el aprovechamiento de un importante
espacio del inmueble. Al no drenar las aguas apropiadamente, no solo se inunda
el edificio, sino que se paraliza la escorrentía de las aguas, afectando también las
inmuebles aguas arriba, como lo son el Hogar María Inmaculada y la Plaza de
Deportes, con daños y difíciles consecuencias para todos. Entre más techos e
infraestructura en los alrededores, lo que es natural esperar que suceda con las
mejoras e inversiones de uso público, comunal y privado, como lo son el
asfaltado, el gimnasio en construcción, etc., hay menos área de absorción de
agua de lluvia y por tanto más escorrentía, lo que, aunado a los eventos de
fuertes y focalizadas lluvias, características del cambio climático, nos hacen
estimar que la situación será cada vez más grave. Consecuente con lo anterior,
encarecidamente les solicitamos una visita al sitio y gestionar la mejora-
ampliación de dicho drenaje. Cabe mencionar que esta petitoria la hemos
realizado en otras ocasiones, sin lograr el resultado esperado, de nuevo
insistimos con la expectativa de que ustedes, como nuevas autoridades tomen
acciones para la solución de esta problemática. Agradeciendo su atención, se
suscriben atentos a su respuesta. Una vez analizada se toma acuerdo.
COMENTARIO…………………………………………………………………………………..
Intendente Municipal Juan Luis Arce Castro manifiesta: Esta parte superior
la quebrada y el gimnasio después esas aguas pasan por una propiedad que es
de la de comadre, que es el gimnasio en la escorrentía viaja hasta pegar con la
carretera principal y en ese punto hay una desviación de aguas hacia la izquierda
para terminar al final de la propiedad de los Barrantes.
Digamos que se va a ser una inversión, en la parte de arriba, vamos a hacer una
inversión como estamos proyectando una inversión para resolver el problema
que hay al cruzar la calle que está conecta en el local, digamos a la propiedad de
la asociación, con lo que va a ser el gimnasio del Bicentenario eso va a meter
más agua al sistema.
Esta agua tiene que viajar y va a llegar precisamente a lo que es esas
propiedades que se mencionaron entonces todo el sistema como tal debe
mejorarse todo desde la parte nuestra hasta la parte de ellos y la parte que es
de CONAVI. Nosotros le manifestamos esa situación ya se ha visto en una
inspección ahí.
Y la resolución del problema va a ser muy compleja porque el CONAVI lo que
aduce es que en algún momento el agua le cortamos el curso natural que tenía.
El curso natural que tenía el agua era que tenía que seguir pasar al frente del
colegio y básicamente lo que hoy es la parte de agropecuaria la parte de del
taller y seguir su cauce. Nosotros en algún momento la desviaron y se gira hacia
las propiedades que están que terminan cruzando la calle que es la propiedad de
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los Barrantes y salir, digamos que la UNED antiguamente. Entonces ahí ya se
sabe la problemática, nosotros tenemos, digamos un proyecto diseñado para
para el manejo de la parte superior. Pero se ha hablado con la asociación con la
de ADECOMAC y ellos tienen que invertir ahí también, Para poder resolver ese
problema hay una familia que también está siendo perjudicada que es la señora
que vive en la pura esquina, que ese tipo de obra digamos de que no se planificó
tal vez o no ser yo en ese momento iba a traer tantos problemas tantas
problemáticas, la solución creemos que es una cuneta tipo trapezoidal en
escorrentía abierta y no las alcantarillas, que lo que están haciendo, ahorita es
que están haciendo un embudo de manera que el agua llega a las alcantarillas,
las alcantarillas no están dando abasto y lo que hacen es que se llega hacia
arriba, entonces el tema no es que nos agravó esto ya lo vimos, parte del
problema, lo conocemos ya la asociación también sabe que vamos a tener que
hacer una inversión ahí. El tema tal vez no va a ser tan rápido porque ese tipo
de proyectos digamos, les podría hacer que tenga que meterse para resolver el
problema que está dentro de lo que es la Asociación de Desarrollo y podría
digamos que en el parking de izquierdo de para allá de que es competencia es
algo, pero si ya se han hecho los reportes alguna de esta situación, entonces sí,
el manejo de esto va a ser es un proceso que va a ser largo que hay que
tenemos que tenerlo presente y darle seguimiento porque al ser responsabilidad
de tres instancias sino más. La solución y la evolución no va a ser solo bajo la
solución tiene que ser una situación integral que viaja desde la propiedad que
ahorita es el gimnasio del Centenario y que termina en el puente de paso en la
propiedad de los Barrantes que conecta con la red, esa inversión va a ser
importante y el proyecto como tal es complejo por tener tantas instituciones
tanta gente involucrada entonces para conocimiento de ustedes y de la gente, o
sea, ya las instituciones están en pleno conocimiento del problema y esperamos
que la solución se dé en el verano de parte nuestra, por lo menos la
programación está para intervenir la calle en el verano cuando se pueda hacer la
obra, que sería depositar esas aguas en propiedad de las de la asociación y la
asociación, como tal también tendría que gestionar algún proyecto para llevar
esas aguas escorrentía hasta el corral.
Inciso b……………………………………………………………………………………………
Se procede a leer trámite de plataforma Nº 2599-2024, firmado por Gerardo
Obando Rodríguez, Cédula No. 9-0068-0133, Representante Legal de
COOPEMARISCOS LEPANTO RL Cédula Jurídica 300485282.
Literalmente dice así:
Señores: Concejo Municipal de Lepanto. Señor. Juan Luis Castro Arce.
Intendente municipal. Reciba un cordial saludo. La siguiente misiva tiene como
fin otorgar solicitar un Uso de Suelo En Precario para un muelle de la
Cooperativa "COOPEMARISCOS LEPANTO RL Cédula Jurídica 3004852822".
Siendo también que esta Cooperativa solicita otro Uso de Suelo para un parqueo
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cerca de donde se encuentran actualmente en la Zona Marítima Terrestre.
Considerando los Antecedentes de relevancia. Para una correcta resolución del
presente asunto, se demuestra lo siguiente: 1) Que existe una Cooperativa para
los fines de Producción acopio de Mariscos, Granja Marina y afines del Golfo de
Nicoya. Marco Normativo de derecho sobre los usos de suelo en la Zona Marítima
Terrestre de Lepanto. Legalidad sobre los Usos de Suelos en la Zona Marítima
Terrestre. sobre el permiso de uso del suelo en la zona marítimo terrestre.
Desde los inicios de la historia patria, los litorales fueron protegidos mediante el
precepto de la de manialidad de las costas nacionales, como legado de la época
colonial. El 02 de marzo de 1977 se promulgó la Ley de la Zona Marítimo
Terrestre, número 6043, vigente hasta la fecha, en la que se mantiene la de
manialidad de los doscientos metros a lo largo del litoral del país, por ende,
inalienables, imprescriptibles, inembargables, así como la sujeción al poder de
policía en lo relativo a su uso y aprovechamiento (ver Voto de la Sala Primera de
la Corte Suprema de Justicia en sentencia número 7, de las quince horas cinco
minutos del veinte de enero de mil novecientos noventa y tres). La zona
marítima terrestre está divida en dos zonas: la pública, que comprende la faja de
cincuenta metros de ancho, contados de la pleamar ordinaria, compuesta por la
litoral, orilla o costa del mar que se extiende por las rías y esteros permanentes,
hasta donde éstas sean sensiblemente afectadas por las mareas, y presenten
características marinas definidas (artículo 2 inciso h) del Reglamento a la Ley de
la Zona Marítimo Terrestre. Decreto Ejecutivo número 7841- P): y la restringida,
constituida por los restantes ciento cincuenta metros, la cual puede ser objeto de
concesión municipal en beneficio de particulares de conformidad con las
exigencias legales, con la cual el administrado consolida un derecho en su favor
(artículos 10, 39 y siguientes de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre). La Ley
de la Zona Marítimo Terrestre reguló el mecanismo legítimo para la obtención de
un derecho de uso y aprovechamiento sobre dicha franja mediante las figuras de
la concesión y el permiso de uso, de conformidad con lo establecido en el
Capítulo VI, artículos 39 a 60, desarrollados en el respectivo Reglamento -
Decreto Ejecutivo No. 7841 del 16 de diciembre de 1977-, Capítulo Il, artículos
24 a 81. El artículo 19 del citado Reglamento contiene una prohibición expresa a
las municipalidades de otorgar concesiones en las zonas turísticas cuando el
Instituto Costarricense de Turismo y el Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo no hayan aprobado o elaborado los planes de ordenamiento territorial
urbanístico o turístico de esas zonas. Así las cosas, el otorgamiento de las
concesiones está sujeto al marco de legalidad, consolidándose como un acto
reglado cuyo incumplimiento de requisitos puede acarrear vicios de nulidad en lo
actuado. Sin embargo, los artículos 38 y 51 de la Ley y 10 de su Reglamento,
disponen que las municipalidades pueden otorgar "permisos de uso" en aquellos
lugares costeros en que no existe un ordenamiento territorial debidamente
implementado, ante la imposibilidad de conferir concesiones, como ocurre en el
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sector de Playa Palma. Esos permisos de uso de suelo deben pagar su derecho
mediante la cancelación de un canon, tal y como está regulado en el
Reglamento, el cual se constituye, no como uno derecho subjetivo, sino como un
derecho debilitado o en precario -simple interés legítimo-. Es por esa misma
razón que no existen requisitos en la ley ni en el reglamento para la obtención
de un permiso de uso en la zona marítimo terrestre, de modo que no es posible
equipararlo a la figura de la concesión ni para su obtención ni para los efectos
jurídicos que cada uno de ellos produce. A mayor abundamiento, el otorgamiento
del permiso de uso responde a una facultad discrecional de la Administración,
siempre dentro de los límites que imponen los numerales "15 y 16 de la Ley
General de la Administración Pública", y está regulado en la Ley General de la
Administración Pública, en sus ordinales 152 a 157. Por ello, en el tanto, al
tratarse de permisos precarios, estamos en presencia de altos niveles de
discrecionalidad en la función del gobierno local. de uso responde a una facultad
discrecional de la Administración, siempre dentro de los límites que imponen los
numerales "15 y 16 de la Ley General de la Administración Pública", y está
regulado en la Ley General de la Administración Pública, en sus ordinales 152 a
157. Por ello, en el tanto, al tratarse de permisos precarios, estamos en
presencia de altos niveles de discrecionalidad en la función del gobierno local. L)
Permiso de funcionamiento- certificación del Ministerio de Trabajo. Por lo tanto:
Se le solicita al Concejo Municipal de Lepanto, al ser un acto de alta
discrecionalidad del Concejo Municipal de Lepanto, de acuerdo con los artículos
"15 y 16" de la Ley General de Administración Pública, la aprobación de la
Construcción de un muelle artesanal, el de Uso de Suelo solicitado por la
Cooperativa "COOPEMARISCOS LEPANTO RL Cédula Jurídica 3004852822",
asimismo, se declare de interés público local el proyecto presentado ante este
Órgano Colegiado. Para notificaciones las recibo al correo electrónico:
coopemariscos19@gmail.com. En espera de haberle informado. Una vez
analizada se toma acuerdo.
Inciso c…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer oficio Nº CU-22-104-2024 enviado por Alexandra Gómez
Hernández, Jefe sede UNED Jicaral. Oficio: CU-22-104-2024, Literalmente dice
así:
Asunto: Invitación a conversatorio sobre el destino de región Peninsular. Fecha:
08 de octubre del 2024 Estimados señores: Reciba de nuestra parte un cordial
saludo. De acuerdo a la relevancia del tema sobre las diferentes propuestas que
atañen a región Peninsular Sur del Golfo de Nicoya, entre otros, que se
encuentran desde hace muchos años en discusión por diferentes sectores de la
región. Es nuestro interés que las personas conozcan aquellos temas relevantes
a las comunidades donde viven, por lo que se estará realizando un conversatorio
que abarque los temas de interés para toda la comunidad. Dicha actividad se
organiza en articulación con el Instituto de Formación y Capacitación Municipal y
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Desarrollo Local (IFCMDL) y el medio de Comunicación Regional Noticias Jicaral.
Por lo anterior, se extiende la invitación formal al conversatorio que se llevará a
cabo el día 26 de octubre en las instalaciones de la UNED Jicaral, ubicada a un
costado de la localidad, en horario de 10:00 a 12:00, nos gustaría que dos
representantes del cuerpo colegiado nos acompañen ese día para escuchar las
diferentes propuestas existentes sobre el tema. Cada persona participante podrá
realizar preguntas a los panelistas que serán las personas que ostentar las
representaciones de las propuestas planteadas. 1- La persona moderadora
realizará una breve reseña de los diferentes temas que se encuentra en
discusión a la fecha del conversatorio. 2- Cada participante contará con dos
minutos para explicar su posición sobre el tema y los aspectos positivos de la
propuesta que representa. 3- Luego habrá un panel de preguntas de las
personas asistentes y las obtenidas de la consulta popular realizada, sobre las
posiciones que se presentarán ese día. 4- Los panelistas deberán referirse a cada
pregunta para lo cual tendrá dos minutos para su respuesta. 5- El evento será
trasmitido por Onda UNED la sede de Nicoya (Nicoya Visual) y Noticias Jicaral,
entre otros. En caso de tener alguna consulta adicional a la presente puede
comunicarse al teléfono 2650-0457, con la señora María Dahiana Villalobos
Chaves, o al correo cujicaral@uned.ac.cr Agradecemos de antemano su valiosa
colaboración a la presente y quedamos a las órdenes para cualquier consulta
adicional. Atentamente. Una vez analizada se toma acuerdo.
Inciso d…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer correo electrónico enviado por Laura Cristina Vázquez Campos,
Promotora Municipal, Unidad de Gestión de Servicios Técnicos y Financiamiento.
Literalmente dice así:
Buenas Tardes Estimados señores, esperando se encuentren bien. Con relación
al correo abajo supra citado, es de interés de esta servidora conocer si es posible
se pueda llevar a cabo dicha capacitación o bien no se cuenta con el interés. Es
importante señalar que estará dirigida a las autoridades y los miembros del
Concejo Municipal de Distrito de forma presencial en el horario y lugar que se
disponga. El tema: Planificación Estratégica y Hacienda Municipal Participantes:
Intendencias, Vice intendencias y concejalías Propietarias y Suplentes de los
Concejos Municipales de Distrito. Lugar: Por definir (Pudiendo ser en Cóbano-
Lepanto-Paquera) Fecha y hora: Por definir Quedo atenta a sus observaciones.
Saludos. Una vez analizada se toma acuerdo.
Inciso e………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer carta enviada por Evelin Chavarría Ramos. Concejal Suplente
de este Concejo.
Literalmente dice así:
Les saludo, deseo éxitos en la su labor en bien del distrito de Lepanto. Yo,
EVELIN CHAVARRIA RAMOS, cedula No. 603970982, quiero por este medio
externar mi carta de RENUNCIA como Concejal Suplente según RESOLUCION No
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2716-E11-2024, en vista que se me presenta la oportunidad de laborar fuera del
distrito de Lepanto. Mi nuevo domicilio sería: Clínica los Talos, 200 metros al
NORTE, 100 metros al OESTE de la pulpería Baner, segunda entrada a la Vereda
casa a mano derecha en Barranca Puntarenas. Correo evelin1791@gmail.com
Teléfono 8940-7903. Agradezco el apoyo, la confianza por tomarme en cuenta,
igualmente a todas las personas que pusieron su confianza en mi persona. Se
despide de ustedes con mucho cariño. Una vez analizada se toma acuerdo.
Inciso f…………………………………………………………………………………………..
Se procede a leer oficio Nº AL-33-09-2024 Carlos Vidal Bolaños Alfaro, Asesor
Legal Unión Nacional de Gobiernos Locales.
Reciba un cordial saludo de parte de la asesoría legal de la UNGL, en respuesta a
su oficio SM-630-09-2024, he de indicarle lo siguiente: PRIMERO: En reiterados
criterios la Procurador General de la República a través de su jurisprudencia
administrativa ha manifestado su posición de que la Administración Pública tiene
la posibilidad genérica de utilizar los mecanismos dispuestos en la Ley sobre
Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social para solucionar sus
controversias, siendo que la conciliación es un mecanismo válido para resolver
los conflictos suscitados en el marco de una relación de empleo público. En esa
línea, el artículo 458 del Código de Trabajo vigente establece la posibilidad de
que la Administración Pública y las demás instituciones de derecho público
puedan conciliar -entre ellas desde luego se encuentran las municipalidades-, al
disponer: "Artículo 458.- La Administración Pública y las demás instituciones de
derecho público podrán conciliar, sobre su conducta administrativa, la validez de
sus actos o sus efectos, con independencia de la naturaleza pública o privada de
esos actos. A la actividad conciliatoria asistirán las partes o sus representantes,
con exclusión de los coadyuvantes. Los representantes de las instituciones del
Estado deberán estar acreditados con facultades suficientes para conciliar,
otorgadas por el órgano competente, lo que deberá comprobarse previamente a
la audiencia respectiva, en el caso de intervención judicial. Cuando corresponda
conciliar a la Procuraduría General de la República, se requerirá la autorización
expresa del procurador general de la República o del procurador general adjunto,
quienes deberán oír previamente al procurador asesor". (El resaltado no
pertenece al original) Por otra parte, de conformidad con el artículo 2 de la Ley
sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, Ley 7727,
se parte de que de la negociación entre las partes puede versar únicamente
sobre materias patrimoniales y disponibles. SEGUNDO: Ahora bien, sobre el
monto que se pretende conciliar debe ser definido a lo interno de la
Administración Activa, ello siempre y cuando se analice la razonabilidad y
proporcionalidad de lo que se pretenda pactar en cada caso concreto y en
atención al objeto de la eventual conciliación. Ergo, cada decisión que se tome
en ese sentido debe estar debidamente motivada y razonada, dejando
constancia de ello por escrito en el respectivo expediente que se levante al
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afecto, junto con la autorización pertinente del órgano competente -máximo
jerarca de la municipalidad-. Además, debe tomarse en cuenta el interés público,
el principio de legalidad, el deber de probidad y el manejo y conservación de
fondos públicos, siendo que en ese sentido puede consultarse el dictamen C-32-
2011 del 14 de febrero del 2011, y en razón de que según dispone dicho
dictamen la idea entonces de acudir a los medios que contiene la Ley RAC en
estos supuestos de responsabilidad estatal, es evitar, siempre desde la
perspectiva del interés público en juego en los términos antes expuestos, que la
Administración incurra en las costas y gastos de un proceso judicial al que
inevitablemente sería arrastrada por el particular afectado y desde luego una
posible sentencia condenatoria que reconozca una indemnización mucho más
onerosa a la que se estaba dispuesto a ceder. Sobre todo, si ya existe una línea
jurisprudencial consolidada o incluso precedentes judiciales que por el mismo
supuesto de hecho generador de responsabilidad han condenado civilmente al
Estado". Finalmente, cabe citar el dictamen C-273-2010 del 23 de diciembre del
2010 que mencionó: "De manera que el interés público y el principio de legalidad
- cuya observancia implica la conformidad con el ordenamiento jurídico -
constituyen los dos parámetros que deben ser valorados por toda Administración
pública tanto a la hora de decidir si se someten o no a cualquiera de estos
mecanismos, como al momento de conducirse por las negociaciones para llegar a
un eventual arreglo con la contraparte distinto a la sentencia,
independientemente del rol procesal (como actor, demandado, actor civil, etc.)
que asuma en un juicio determinado". TERCERO: Es importante tomar en cuenta
que el gobierno local está compuesto por intendente y el Concejo Municipal, y
con las modificaciones que han operado en el ordenamiento jurídico, ya no
puede hablarse del Consejo Municipal como el jerarca único del ente territorial.
En ese sentido, se ha señalado el desarrollo de un régimen bifronte, en el que,
tanto, el cuerpo colegiado de cita, cuanto, el Intendente, detentan la condición
de jerarcas, cada uno, claro está, en lo propio de su competencia. Así se ha
sostenido: “...Así las cosas, no cabe duda que los cambios normativos que se
han suscitado en los últimos años, han generado que ya no pueda hablarse del
Concejo Municipal como superior jerárquico del ente territorial tómese en cuenta,
que se entiende "... como jerarca, el superior que ejerce la máxima autoridad en
la institución...", y en la corporación Municipal, tanto el Alcalde, cuanto el
Concejo, tienen la potestad de mando y resuelven de forma definitiva, los
asuntos propios de su competencia, claro está, en el ámbito municipal, ya que
una vez conocidos en ese estadio, en caso de ser impugnados, deberán ser
remitidos al Tribunal Contencioso Administrativo. Así las cosas, resulta palmario
que el superior jerárquico del ente territorial es el gobierno local, conformado por
el Alcalde y el Concejo, siendo que cada uno de estos órgano detenta la jerarquía
respecto de la materia propia de su competencia. "...en el contexto actual, los
ayuntamientos tienen un régimen bifronte, compuesto por dos centros
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jerárquicos de autoridad, los que, por disposición expresa del artículo 169 de la
Constitución Política y 3 y 12 del Código Municipal, conforman el Gobierno
Municipal (jerarquía superior) de las Corporaciones Municipales. Por un lado, el
Concejo, integrado por regidores de elección popular, con funciones de tipo
política y normativa (ordinal 12 del C.M), es decir, trata de un órgano de
deliberación de connotación política. Por otro, el Alcalde, funcionario también de
elección popular (artículo 12 del C.M.), con competencias de índole técnica,
connotación gerencial y de ejecución (numerales 14 al 20 ibídem). Su marco
competencial se vincula a funciones ejecutivas y de administración.... La
referencia a la Municipalidad no se agota en los actos del Concejo. Debe ser
entendido y apreciado en su sentido amplio, esto es, el conjunto de órganos que
integran la organización local, pero que, además, tienen la potestad de revisión
(conocer en alzada) que les permite hacer incuestionable en sede municipal el
acto combatido. Sería el caso del Concejo y del Alcalde, cada uno en el campo
específico de sus competencias..." De lo expuesto se desprende con absoluta
claridad que el jerarca superior del ente consultante es el Gobierno Local,
conformado por el Alcalde y el Concejo, siendo que cada uno de estos órganos
detenta la jerarquía respecto de la materia propia de su competencia..." Sin
perjuicio de lo dicho y pese a no ser propiamente lo consultado, se impone, para
de efectos de una mayor claridad, apuntar que el régimen bifronte, supra
expuesto, no tiene la fuerza de desvirtuar la condición de órgano superior
supremo de la jerarquía administrativa municipal que detenta el Concejo
Municipal. Tal situación obedece a las atribuciones que el ordenamiento jurídico
le otorga a este órgano pluripersonal, puntualmente, en el ordinal 13 del Código
Municipal. En esta línea ha decantado la jurisprudencia administrativa, al indicar:
"...Si bien debe admitirse que los ayuntamientos tienen un "régimen bifronte",
compuesto por dos centros jerárquicos de autoridad, que por disposición expresa
del artículo 169 de la Constitución Política y 3 y 12 del Código Municipal,
conforman el Gobierno Municipal (jerarquía superior) de las Corporaciones
Municipales: Por un lado, el Concejo, integrado por regidores de elección
popular, con funciones de tipo política y normativa (ordinal 12 del C.M); es decir,
se trata de un órgano de deliberación de connotación política. Y por otro, el
Alcalde, funcionario también de elección popular (artículo 12 del C.M.), con
competencias de índole técnica, connotación gerencial y de ejecución (numerales
14 al 20 ibidem). Y que entre ambos no existe un ligamen jerárquico, sino una
relación interadministrativa de coordinación necesaria para la labor de
administración de los intereses y servicios locales del cantón a cargo del
Gobierno Municipal que ambos conforman (artículo 169 constitucional) (Al
respecto véase la resolución N° 000776-C-S1-2008 de las 09:25 horas del 20 de
noviembre de 2008, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia). Lo cierto es
que en el caso de las corporaciones municipales, dadas las atribuciones que le
son asignadas en el artículo 13 del Código Municipal, no cabe duda de que el
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"órgano superior supremo de la jerarquía Administrativa" es el Concejo
municipal, tal y como lo hemos sostenido en el dictamen C-048- 2004 de 2 de
febrero de 2004 (confirmado en el C-028-2010 de 25 de febrero de 2010) -esto
con base en la resolución N° 3683-94 de las 8:48 hrs. de 22 de julio de 1994, de
la Sala Constitucional.." Ahora bien, dicho lo anterior, procede analizar el tópico
cuya evacuación se peticiona -órgano competente para autorizar la conciliación-,
para tal efecto resulta oportuno, remitirse a lo dispuesto por el ordinal 13 inciso
e), el cual, a la letra reza: "Artículo 13. — Son atribuciones del concejo: (...) e)
Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de
la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios
que estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento que se
emita, el cual deberá cumplir con los principios de la Ley de Contratación
Administrativa, No. 7494, de 2 de mayo de 1995 y su reglamento..." Se
desprende de la norma en estudio que, la competencia para convenir respecto de
un asunto, incluyendo, claro está, los judiciales, recae de forma exclusiva y
excluyente en el Concejo Municipal. En consecuencia, este es el único que
detenta la posibilidad jurídica de realizar tal conducta o de autorizar que otro
sujeto, designado al efecto, la realice, previa delimitación de los acuerdos a los
que se puede arribar. En este sentido, téngase claridad, el tercero concilia
atendiendo a los términos previamente establecidos por el órgano competente.
Términos que son los autorizados para solucionar el conflicto por una vía alterna
a la sentencia final. Corolario de lo expuesto, se tiene que, efectivamente, el
Intendente requiere autorización previa del Concejo Municipal para conciliar en
vía judicial. Sin otro particular, suscribe. Una vez analizada se toma acuerdo.
ARTICULO VII. MOCIONES……………………………………………………………..
MOCION No. 1
Acuerdo No. 1
PRESENTADA POR JUAN LUIS ARCE CASTRO INTENDENTE MUNICIPAL
Primer Considerando
Que existe compromiso por parte de nuestra institución en brindar servicios de
infraestructura vial que garanticen la seguridad, durabilidad y funcionalidad de los
caminos de la red vial distrital.
Segundo Considerando
Que debido a que no existe suficiente contenido presupuestario para adquirir
material necesario para realizar obras de mejoramiento de la red vial, es por lo
que esta administración valora extender solicitud formal al señor Efraín Zeledón
Leiva Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Viabilidad para solicitar donación
de 20.966,10 m3 de material perfilado que sería distribuido para la atención de
diversos tramos de caminos de comunidades de Corozal, San Pedro, La Tigra,
Lepanto, Jicaral y Montaña Grande.



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POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
Para que este honorable Concejo Municipal tome en acuerdo autorizar a Juan Luis
Arce Castro en calidad de Intendente Municipal o quien ocupe su cargo, a elevar
solitud formal a quien ocupe el cargo de Director Ejecutivo del Consejo Nacional
de Viabilidad para la donación de 20.966,10 m3 de material perfilado para
intervención de caminos que serán proyectados en caminos de las comunidades
de Corozal, San Pedro, La Tigra, Lepanto, Jicaral y Montaña Grande.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, acoger la moción en
todas sus partes se envié solicitud al director Ejecutivo del CONAVI para solicitar
donación. ACUERDO APROBADO, Aplicación del artículo 45 del Código Municipal.
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
MOCION No.2………………………………………………………………………………
Acuerdo No. 1
PRESENTADA POR JUAN LUIS ARCE CASTRO INTENDENTE MUNICIPAL
Primer Considerando
Que debido a movimientos de personal que la administración ha realizado para
cumplir con las necesidades institucionales, el puesto de Asistente de Servicios de
Infraestructura se encuentra vacante y que, debido a las funciones asignadas al
puesto es de gran importancia realizar la contratación de personal capacitado y
competente para seguir brindando los servicios en el departamento de
infraestructura. Vial.
Segundo Considerando
Que para el puesto de Asistente de Servicios de Infraestructura es requisito legal
poseer licencia de conducir A2, pero debido a que se ha evidenciado problemas
en el pasado para reclutar personal calificado, con las competencias técnicas y
que cumpla con los requisitos legales del puesto y aunado a ello, que el
departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial no cuenta a su cargo con
vehículos de esta índole, es por lo que esta administración considera innecesario

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dicho requisito, por lo que se recomienda eliminar este requerimiento legal en el
Manual de Puestos.
POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
Para que este honorable Concejo Municipal tome en acuerdo aprobar la
modificación del perfil de puesto en el item de requisitos legales del Manual
Descriptivo de Puestos General del Concejo Municipal Distrito Lepanto 2019 el
requisito legal de licencia de conducir A2 para el puesto de Asistente de Servicios
de Infraestructura TM1, quedando de la siguiente manera.
2.1.3 ASISTENTE DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
NATURALEZA DEL CARGO
Ejecución de actividades variadas y difíciles de asistencia administrativa prestada
en las instancias superiores de la organización, relacionados con la recepción,
registro, transcripción, organización, control, seguimiento y custodia de
documentos; suministro de información y atención de público, entre otras
actividades.
RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
• Debe contestar el teléfono, atender al público en general, resolver sus consultas
y poner en contacto con el funcionario u oficina correspondientes.
• Debe recibir, revisar y archivar de forma organizada documentos variados, del
mismo modo distribuir la correspondencia y otros documentos que ingresen a la
coordinación de infraestructura.
• Mantiene controles sobre expedientes de caminos y gestión vial, del mismo
modo debe actualizar la información correspondiente de estos.
• Debe transcribir respuesta a oficios dirigidos a otros compañeros o procesos,
solicitudes comunales e inspecciones en materia vial.
• Mantiene el control de agenda, citas o reuniones con la coordinación de
infraestructura.
• Le corresponde realizar la transcripción de acuerdos y reuniones que se
desarrollen en la Junta Vial.
• Velar por la correcta tramitación, en el orden administrativo, de todos los
asuntos que se presentan a consideración de la coordinación de infraestructura
vial.
• Recibir, registrar, leer y distribuir la correspondencia y otros documentos,
mediante la atención de público, la implantación de controles de recepción y
trámite de documentos y el análisis de la información.
• Redactar y transcribir diferentes documentos, a partir la lectura y análisis de
asuntos que se someten a consideración del proceso.
• Acompañamiento cuando hacen actividades en las comunidades, para realizar
una minuta.
• Recopilar datos y elaborar el borrador del informe anual de rendición de cuentas
de los productos emitidos por la gestión por proceso.
• Clasificar y ordenar la documentación producida o recibida por la gestión de
acuerdo al cuadro de clasificación asignado por el archivo central.
• Dar seguimiento a las quejas que lleguen sobre caminos.
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• Llenar el control de maquinaria contratada (horas, costos), y material lastre.
• Coordinar con diferentes departamentos de la municipalidad, compras,
contratos, control presupuesto.
• Realizar las gestiones necesarias ante el Departamento de proveeduría, dando
seguimiento a todos los trámites de contratación administrativa para la
adquisición de bienes y servicios de la coordinación.
• Coordinar con otros entes externos como COSEVI, MOPT, LANAME, RECOPE,
CONAVI, y también con otras instituciones público o privada.
• Velar por el debido orden en la oficina, y planificar actividades relacionadas con
la misma.
• Cumplir con las normas y disposiciones en materia de salud, control interno y
seguridad laboral.
• Desarrollar en conjunto con la jefatura de la unidad de trabajo el Plan Operativo
Anual.
• Realizar actividades atenientes al cargo, así como otras labores que le asigne su
Coordinador del Proceso.
COMPLEJIDAD DEL CARGO
Realiza el trabajo siguiendo instrucciones precisas, la rutina establecida y las
normas y procedimientos vigentes, para lo cual se requiere formación o
capacitación especializada, así como experiencia en la actividad. La labor es
supervisada mediante observación directa y los reportes que presenta.
SUPERVISIÓN EJERCIDA
No ejerce supervisión.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
Su jefe inmediato es el Coordinador de Servicios de Infraestructura de Obra
Pública.
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
No es responsable por recursos económicos.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el uso racional y custodia de los equipos asignados tales como
computadores, equipos de oficina diversos, mobiliario, formularios y otros
materiales asignados para el cumplimiento de las actividades.
CONDICIONES DE TRABAJO
Los trabajos se realizan en condiciones normales de oficina y dentro de la jornada
laboral ordinaria. Excepcionalmente se trabaja fuera de la jornada ordinaria.
Existen riesgos por, caídas, golpes, lumbalgias, estrés laboral, por lo que se
deben cumplir estrictamente las normas de salud ocupacional.
CONSECUENCIA DEL ERROR
Trabaja expuesto a cometer errores los cuales pueden causar pérdidas, daños o
atrasos de consideración, no obstante, pueden ser advertidos y corregidos en el
curso normal del trabajo. Sin embargo, las tareas deben ser realizadas con sumo
cuidado y precisión.
COMPETENCIAS GENÉRICAS
Para desempeñar los puestos se requieren las siguientes capacidades:
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• Atención al detalle.
• Servicio al usuario.
• Relaciones interpersonales.
• Sentido de la urgencia.
• Orientación al cliente.
• Organización del trabajo.
• Comunicación asertiva.
• Trabajo en equipo.
COMPETENCIAS TÉCNICAS
Para ejercer los puestos se requieren los siguientes conocimientos:
• Técnicas archivísticas básicas
• Manejo de paquetes de Office a nivel intermedio
• Dominio del Inglés Básico
• Técnicas de Servicio al cliente.
• Conocimiento y aplicación de leyes, reglamentos y normas municipales.
• Técnicas de redacción
• Manejo de sistemas informáticos
• Preferiblemente conocimientos en AutoCAD.
• Conocimiento del sistema de información geográfica
• Conocimiento en inspecciones viales.
FORMACIÓN ACADÉMICA
Bachiller de secundaria y técnico medio en una disciplina afín con el cargo o
preparación equivalente. También puede ser graduado del INA a nivel técnico.
EXPERIENCIA
Seis meses de experiencia en labores afines.
REQUISITOS LEGALES
Licencia de conducir tipo B1 Vigente.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, Acoger la moción en
todas sus partes, que se incluya en la parte de requisitos legales, Licencia de
conducir tipo A1 o B1. Aplicación del artículo 45 del código municipal.
DEFINITIVAMENTE APROBADA. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
Jose Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
MOCION No.3……………………………………………………………………………….
Acuerdo No. 3
PRESENTADA POR JUAN LUIS ARCE CASTRO INTENDENTE MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
La Intendencia Municipal del Concejo Municipal de Distrito Lepanto, incorporó
dentro del Plan Operativo Anual Institucional 2024, la previsión presupuestaria
para la contratación de profesionales en Derecho Notarial y registral (Notario
Público), la cual se enmarca dentro de los Objetivos y Metas establecidos en el
citado Plan 2024, el cual fue elaborado de conformidad con las directrices
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Institucionales y debidamente aprobado por el Concejo Municipal de Distrito
Lepanto.
Justificación Específica para los Usos Propuestos:
Actualmente la Administración del Concejo Municipal no posee dentro de
estructura organizacional un profesional en Derecho especialista en procesos
Notariales, lo cual dificulta el desempeño Administrativo en el campo legal
dirigido a temas como procesos de escritura, inscripciones, certificaciones,
autenticación de documentos, entre otros procesos propios del ejercicio notarial.
Así las cosas, el Concejo Municipal de Distrito Lepanto posee los funcionarios
necesarios para realizar la ejecución del procedimiento de contratación, así como
la recepción de los servicios prestados para los diferentes departamentos
solicitantes de este servicio.
POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
De acuerdo a lo anterior, se solicita autorizar a esta intendencia para realizar la
decisión inicial de la contratación para la Contratación de un consultor externo en
derecho Notarial, mediante la modalidad de servicios profesionales para el
Concejo Municipal de Distrito Lepanto.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, Acoger la moción en
todas sus partes. Aplicación del artículo 45 del código Municipal,
DEFINITVAMENTE APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
MOCION No.4………………………………………………………………………………..
Acuerdo No. 4
PRESENTADA POR JUAN LUIS ARCE CASTRO INTENDENTE MUNICIPAL
CONSIDERANDOS:
Primer Considerando
Que por medio de solicitud suscrita por el señor Bryan Quintanilla Cubero
entrenador del
Grupo de Boxeo de Jicaral solicita colaboración para transporte de los atletas que
desean participar en una velada boxística en Cañas, Guanacaste el día 19 de
octubre del 2024.
Segundo Considerando
Que de parte de esta administración se reconoce la importancia de apoyar a los
jóvenes atletas de nuestro distrito de Lepanto para que continúen su desarrollo
deportivo con la participación en actividades que impulsen la competitividad y
compromiso en la práctica de las disciplinas deportivas.
POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
Para que este honorable Concejo Municipal tome en acuerdo autorizar al señor
Juan Luis Arce Castro Intendente Municipal o a quien ocupe el cargo, para
desplazar un vehículo municipal de Jicaral a Cañas y viceversa para el transporte
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de tres miembros del grupo de boxeo de Jicaral que estarán participando en una
velada boxística el día 19 de octubre del 2024. Se adjunta documento.
Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, aprobada la moción, se
aplica el artículo 45 del Código Municipal. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis
Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia
Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia
del sr José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
MOCION No.5…………………………………………………………………………………
Acuerdo No. 5
PRESENTADA POR JUAN LUIS ARCE CASTRO INTENDENTE MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
La Intendencia Municipal del Concejo Municipal de Distrito Lepanto, incorporó
dentro del Plan Operativo Anual Institucional 2024, la previsión presupuestaria
para la contratación de profesionales en Tecnología de Información, la cual se
enmarca dentro de los Objetivos y Metas establecidos en el citado Plan 2024, el
cual fue elaborado de conformidad con las directrices Institucionales y
debidamente aprobado por el Concejo Municipal de Distrito Lepanto.
Justificación Específica para los Usos Propuestos:
Actualmente la Administración del Concejo Municipal no posee dentro de
estructura organizacional un profesional en mantenimiento tecnológico de los
equipos y sistemas de la Institución, lo cual dificulta el desempeño
Administrativo en el campo de la digitalización modera, mismo como elemento
fundamental para el desarrollo de las actividades de la administración y el
servicio brindado a los contribuyentes en esta era digital.
No obstante, como bien sabemos todo equipo electrónico y en especial los de
cómputo, requiere de sustitución de partes, lubricación, limpieza y
mantenimiento general para darle mayor durabilidad y mejor rendimiento a cada
uno de los equipos. Al contar con el mantenimiento preventivo y correctivo en la
administración tenemos como ventajas:
* Funcionamiento óptimo del equipo de todos los departamentos de la
Institución.
* Asegurar la reparación ante fallos o malfuncionamiento del sistema, sin afectar
el flujo operacional y con ello la afectación a los usuarios receptores de los
servicios brindados.
* Disponer de la versión más reciente del software y todas las actualizaciones
pertinentes.
* Disponer del apoyo técnico para la solución de inconvenientes presentados por
el uso, desgaste o daño del equipo, bloqueos, desconfiguraciones.
* Mantener la garantía de un respaldo técnico de la información ante
eventualidades del
funcionamiento del sistema.
* Reparación de daños por piezas en mal estado.
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* Mantenimiento preventivo del equipo.
* Limpieza de equipos en general.
* Control del esquema de seguridad de los equipos y sistemas que sean
utilizados.
Así las cosas, el Concejo Municipal de Distrito Lepanto posee los funcionarios
necesarios para realizar la ejecución del procedimiento de contratación, así como
la recepción de los servicios prestados para los diferentes departamentos
solicitantes de este servicio.
POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
Se tome en acuerdo autorizar a esta Intendencia Municipal para realizar la
decisión inicial de la contratación denominada "Contratación para el
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información,
mediante la modalidad de servicios profesionales por demanda para el Concejo
Municipal de Distrito Lepanto".
Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, aprobar la moción, se
aplica el Artículo 45 del código Municipal. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis
Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia
Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia
del sr José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO VIII. INFORME DEL INTENDENTE…………………………………………
Presidenta Municipal, Sonia Medina Matarrita, indica debe de hacer llegar el
informe por escrito, pero él nos va adelantar el tema, la otra palabra lo hace llegar
de manera escrita el informe, se hace el uso de la palabra al señor Intendente.
Intendente Municipal Juan Luis Hace Castro indica: De echo que cambiemos
un cambio cuando es para bien, hay un proyecto que tiene ICODER, distrito de
Lepanto, hay dos lugares que van a ser atendidos, Jicaral Centro donde doña
Hilda y Don Enrique vana liderar este proyecto e isla Venado, con dos personas
que liderarían. Es un proyecto largo, es gratuito, estamos en las primeras bases
de capacitación para hacer la apertura, ellos fueron a Cobano se les dieron
insumos, se los asignas directamente a ellos, ellos son responsables de los activos,
nosotros no tenemos el inventario son ellos , a ellos el ICODER le va pedir
cuentas, se les ha dado bolas, conos, e implementos básicos, van a venir otras
cosas, para que se desarrollen para un periodo de largo plazo, para poder a juegos
nacionales, ellos van a orientar, no se cobra nada, no se debe estar especulando,
ya se pasaba en las redes sociales, ella los bajaba por que fueron a ellos que se
les dio. Cuando se tenga la apertura, buscamos un lugar para poder reunirnos. Y
exponer el proyecto.
2-Otro tema que tiene que ver con doña Sonia, a nivel de gobierno, el tema de
vivienda, hubieron muchas personas e instituciones, para la construcción de
vivienda digna en la isla, el 25 tuvimos la visita en el tema de vivienda y
Urbanismo, ellos conocieron y se llevaron las inquietudes de vivienda en el distrito,
la Ceiba, los Cedros, Corozal, San Pedro y la Fresca, va a haber un informe que
debe de rendir la ministra, y con ese informo indicaría el futuro de vivienda, en el
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futuro, hubo un compromiso de pasarla a la ministra de Isla Venado, estado de
vivienda, si son adultos mayores etc.
ARTICULO IX. COMISION…………………………………………………………………..
No hay
ARTICULO X. ASUNTOS VARIOS………………………………………………………….
Presidenta Municipal Sonia Medina se tiene pendiente el comité de la
persona joven.
Intendente Municipal Juan Luis Arce manifiesta: En la parte administrativa las
encargadas e Isla y Dunia, ellas trabajan en eso, el tema de invitaciones,
esperamos que a fin de mes ya están terminando el proceso.
Sr Adrián González, manifiesta: Buenas noches, compañeros. Bueno, no sé si
este espacio exactamente, verdad? Será aprovechado en lo que les voy a
comentar, pero como se y también como presidente del Comité de Deportes a
nivel circuito04 y 03. Me gustaría, si hay posibilidades de hacer algún documento
oficial para solicitarle material deportivo les indicó el motivo, verdad.
Resulta que nosotros igual como les digo como presidente del Comité carecemos
a nivel regional de implementos deportivos y dentro del calendario de
actividades deportivas abarcan muchos tipos de disciplinas de las cuales del
100% de salud educativos, un porcentaje mínimo que cuente con implementos y
el Comité de Deportes igual no tiene un presupuesto para estar comprando sino
que hacemos pequeñas ventas en las actividades que ejecutamos durante los 12
meses, entonces no sé si habrá alguna posibilidad y solicitando para ningún
centro educativo, sino la intención es como solicitar hacer alguna lista y si
ustedes este me apoyan y me digan cuál es el método indicado un documento
oficial para mandarlo por correo y yo les indicaría, les podría dar una lista de
algunos implementos deportivos, pueda ser guardados en el mismo concejo y
en la misma municipalidad y que en cada actividad en la municipalidad del
Concejo lo puede prestar, ahí me dejo la inquietud.
Se le recomienda al sr Adrián que se haga llegar dos cartas de solicitud del
circuito 04 y circuito 03 y presentes al Concejo para atender su solicitud.
Síndico Suplente Hernán Rodriguez, solicita se tome acuerdo para elevar a la
Contraloría General de los avances. Se toman acuerdo.
Someto ampliar la agenda con cinco minutos, aprobado.
Intendente Municipal Juan Luis Arce, la persona que se ha indicado para el
puesto, es el señor Adrián González. Se toma acuerdo.
Presidenta Municipal Sonia Medina informa, le pase a la Sra. secretaria y al sr
intendente un correo de la Municipalidad de Puntarenas lo que corresponde a
partidas específicas formulación de proyectos, indica que se ha empleado los
plazos para presentar los proyecto 15 noviembre 2024, y utilizar formularios y
formatos que están ahí, lo que quiero explicar que estos son partidas específicas,
Ley 7755, cuando estaba la vez pasada se presentaron construcciones de play
grand, insumos para la compra de instrumentos municipales, es importante que
se formulen proyectos que den un impacto, yo lo voy a consultar el jueves.

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         Acta de Sesión ordinaria 31-2024
         08 de octubre del 2024

Intendente Municipal Juan Luis Arce manifiesta, parece que esta
cambiando la forma de esta partida específica, es la única partida específica,
igual voy a preguntar, si es otra partida no se incorporó en el presupuesto, pero
seguro ese esa partida específica que indica el documento, voy averiguar y le
traigo la información la otra semana.
ARTICULO XI. ACUERDOS………………………………………………………………
Inciso a…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 6: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA CON
cuatro votos, nombrar al señor Adrián González Quesada, como Representante
de la persona joven del distrito de Lepanto, dando cumplimiento de la ley 8621.
Ley General de la Persona Joven. ACUERDO APROBADO. Votan Sonia Medina
Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador
Porras, Yesenia Carmona Anchia, El señor Adrián González Quesada, asumiendo
la propiedad en ausencia del sr Jose Fabio Paniagua, se abstiene de votar en
vista que él es la persona que nombra el Concejo para la representación ante el
Concejo. Concejales Propietarios (as).
Inciso b…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 7: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA CON
cinco votos, aprobar el nombramiento de la COMISION ESPECIAL DE ANALISIS
DEL PROCESO DE CONCILIACION DE LA SRA XIOMARA JIMENEZ MORALES,
conformada por:
Sonia Medina Matarrita, Coordinadora
Hernán Aguilar Rodríguez
Hilda Amador Porras
Luis Alberto Almanza Villar
APOYO
Lic. Juan Luis Arce Castro
Licda. Danitza Duron Reyes, Asesora Administrativa. ACUERDO APROBADO.
Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras,
cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada,
asumiendo la propiedad en ausencia del sr José Fabio Paniagua, Concejales
Propietarios (as).
Inciso c…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 8: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA CON
cinco votos, aprobar elevar los avances a la Contraloria General de la
República.
1-Se hace la publicación en diferentes medios y la publicación en la Gaceta No.
172 del martes 17 de setiembre del 2024.
2-Se recibe requisitos del cartel de cuatro personas, periodo de recepción del 23
al 27 de setiembre del 2024.
3-Se eleva a la UNGL, específicamente a la Asesora la Licda. Diana Arias
Esquivel, la matriz con la información de las personas concursantes.

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         Acta de Sesión ordinaria 31-2024
         08 de octubre del 2024

4-Se le solicita a la Licda. Arias Esquivel, el acompañamiento en la Entrevista.
(en vista de las múltiples ocupaciones y compromiso adquiridos de la Licda, se
procederá a entrevistar el día 13 de noviembre del 2024. ACUERDO
APROBADO. Se aplica el artículo 45 del código municipal, DEFINITIVAMENTE
APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda
Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián
González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr José Fabio
Paniagua, Concejales Propietarios (as).
Inciso d…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 9: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración oficio CACP 29-2024 enviado por plataforma, tramite Nº 2561-
2024 firmado por Marvin Jiménez Porras Presidente, Hogar María Inmaculada,
Paulino Mendoza Rojas Presidente, Cámara de Ganaderos Jicaral, Patricia Slump
Mulder Presidenta, ASEPALECO, Roy Barrantes Ramos Presidente, Jicaral
Sercoba de la Península S.A, Alejandro Rodríguez Quirós Presidente, Centro
Agrícola Cantonal de Puntarenas.
 ASUNTO: El problema tan serio que tenemos desde hace muchos años debido a
la estrechez y mal estado del drenaje de las aguas pluviales al lado de la
carretera principal Jicaral-Nicoya, en el sector frente al Colegio y antigua sede de
la UNED.
Basado en lo anterior se ACUERDA CON cinco votos, Dar pase a la
Intendencia para lo que corresponda. ACUERDO APROBADO. Votan Sonia
Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda
Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo
la propiedad en ausencia del sr José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios
(as).
Inciso e…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 10: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración trámite de plataforma Nº 2599-2024, firmado por Gerardo Obando
Rodríguez, Cédula No. 9-0068-0133, Representante Legal de COOPEMARISCOS
LEPANTO RL Cédula Jurídica 300485282.
 Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, indicar lo siguiente: En
vista que el Reglamento de ZMT, no ha sido publicado por segunda vez,
nosotros no podemos brindar un USO DE SUELO.
Al mismo tiempo se traslada a la parte Administrativa el expediente y se le
indique que solicite los documentos faltantes (adjuntos en vista que no están) y
se proceda a devolver el expediente al Concejo Municipal para análisis.
ACUERDO APROBADO. Aplicación del Artículo 45 del código municipal.
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
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        08 de octubre del 2024

Inciso f…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 11: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración oficio Nº CU-22-104-2024 enviado por Alexandra Gómez
Hernández, Jefe sede UNED Jicaral. Oficio: CU-22-104-2024, sobre Invitación a
conversatorio sobre el destino de región Peninsular. Fecha: 08 de octubre del
2024.
Basado en lo anterior se ACUERDA CON cuatro votos, indicar que los
representantes de este Concejo Municipal son los Concejales Municipales, Luis
Alberto Almanza Villar y Javier Cascante Rojas. ACUERDO APROBADO. Votan
Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc
Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada,
asumiendo la propiedad en ausencia del sr José Fabio Paniagua, Concejales
Propietarios (as).
Inciso g…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No. 12: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración correo electrónico enviado por Laura Cristina Vázquez Campos,
Promotora Municipal, Unidad de Gestión de Servicios Técnicos y Financiamiento,
donde brinda invitación de capacitación, sobre el tema de Planificación
Estratégica y Hacienda Municipal, sin lugar y hora para realizar.
Basado en lo anterior se ACUERDA CON cuatro votos, dar por conocido e
indicar la anuencia a participar, esperamos la información faltante. ACUERDO
APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda
Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián
González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr José Fabio
Paniagua, Concejales Propietarios (as).
Inciso h…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 13: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración carta de Renuncia de Evelin Chavarría Ramos. Concejal Suplente
de este Concejo. Se ACUERDA con cuatro votos, acoger la renuncia y elevar
al Tribunal Supremo de Elecciones para que indique quien asumiría el puesto.
ACUERDO APROBADO. Aplicación del Artículo 45 del Código Municipal.
DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votan Sonia Medina Matarrita, Luis Alberto
Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador Porras, Yesenia Carmona
Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la propiedad en ausencia del sr
José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
Inciso i…………………………………………………………………………………………
ACUERDO No 14
: EL Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA CON cuatro votos,
tomando en consideración oficio Nº AL-33-09-2024 Carlos Vidal Bolaños Alfaro,
Asesor Legal Unión Nacional de Gobiernos Locales, asesoría legal de la UNGL, en
respuesta a su oficio SM-630-09-2024.


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         Acta de Sesión ordinaria 31-2024
         08 de octubre del 2024

Basado en lo anterior se ACUERDA con cinco votos, elevar el expediente a
la COMISION ESPECIAL DE ANALISIS DEL PROCESO DE CONCILIACION DE LA
SRA XIOMARA JIMENEZ MORALES. ACUEDO APROBADO. Votan Sonia Medina
Matarrita, Luis Alberto Almanza Villar, Gilda Amador Porras, cc Hilda Amador
Porras, Yesenia Carmona Anchia, Adrián González Quesada, asumiendo la
propiedad en ausencia del sr José Fabio Paniagua, Concejales Propietarios (as).
ARTICULO XII. CIERRE DE SESION……………………………………………………
Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión al ser las siete y treinta y
tres de la noche de este día.




        ____________________                SELLO    _____________________
              PRESIDENTE                                  SECRETARIA


                                            ESTA




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