Ordinaria 116 · 2021-11-30

Sesión_Ordinaria_No._116-2021celebrada_30-11-_2021.pdf · 17 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 116 del 2021-11-30 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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             Acta ord.116-2021
            30 de noviembre del 2021




                    Acta Sesión Ordinaria
                        N° 116-2021
Acta de Sesión Ordinaria N°116-2021, celebrada el día 23 de noviembre del
2021. Lugar Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Distrito Lepanto.
Hora 5:15 P.M, con la presencia de los señores (as):
Luz Elena Chavarría Salazar                 Presidenta Municipal
Aliyuri Castro Villalobos                   Concejal Propietaria
Argentina del Roció Gutiérrez Toruño        Concejal Propietaria
Neftalí Brenes Castro                       Concejal Propietario
Freddy Fernández Morales                    Síndico suplente.
        AUSENTES
Gerardo Obando Rodríguez                    Concejal Propietario
Marianela Reyes Quirós                      Concejal Suplente
Iriana Gómez Medina                         Concejal Suplente
José Luis Juárez Madrigal                   Concejal Suplente
Allan Manuel Barrios Mora                   Concejal Suplente
Nos acompañan……………………………………………………………………
Sra. Kattya Montero Arce, secretaria del Concejo……………………………….
Sr José Francisco Rodríguez J. Intendente Municipal………………………..
Lic. Mariano Núñez Quintana, Asesor Legal Externa……………………………
Sesión Trasmitida en vivo en la página Facebook del Concejo Municipal……
AGENDA………………………………………………………………………………………….
ORACION…………………………………………………………………………….
CAPITULO I. COMPROBACION DEL QUORUM, LECTURA Y
APROBACION DE LA AGENDA………………………………………………..
CAPITULO II. APROBACION DE ACTAS……………………………………..
Acta ordinaria N°. 114-2021, celebrada el día 23 de noviembre del 2021.
Acta Extraordinaria No. 115-2021, celebrada el 25 de noviembre del
2021…………………………………………………………………………………
CAPITULO III. AUDIENCIA (AS)……………………………………………….
CAPITULO IV. LECTURA DE CORRESPONDENCIA………………………
CAPITULO V. MOCIONES………………………………………………………
CAPITULO VI.INFORME DEL INTENDENTE, SEGUNDA SEMANA DEL
MES…………………………………………………………………………………
CAPITULO VII. COMISION………………………………………………………
CAPITULO VIII. ASUNTOS VARIOS……………………………………………


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CAPITULO IX. INFORME DEL PRESIDENTE…………………………………
CAPITULO X. ACUERDOS………………………………………………………
CAPITULO XI. CIERRE DE SESION…………………………………………….
ORACION……………………………………………………………………………
La realiza la Señora Aliyuri Castro Villalobos, concejal Propietaria…………..
CAPITULO I. COMPROBACION DEL QUORUM, LECTURA Y
APROBACION DE LA AGENDA.
La señora Luz Elena Chavarría, realiza la comprobación del quórum, indica
que hay quórum para realizar la sesión…………………………………………
Se somete a votación la agenda, es aprobada con cuatro votos. Votan: Luz
Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció
Gutiérrez Toruño, Neftalí Brenes Castro, concejales Propietarios (as)……….
CAPITULO II. APROBACION DE ACTAS……………………………………….
La señora Luz Elena Chavarría, somete a votación Acta ordinaria N°.
114-2021, celebrada el día 23 de noviembre del 2021, es aprobada con
cuatro votos. Votan Luz Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos,
Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Neftalí Brenes Castro, Concejales
Propietarios (as)…………………………………………………………………..
Acta Extraordinaria No. 115-2021, celebrada el 25 de noviembre del
2021, es aprobada con cuatro votos. Votan Luz Elena Chavarría Salazar,
Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Neftalí
Brenes Castro, Concejales Propietarios (as)…………………………………
CAPITULO III. AUDIENCIA (AS)………………………………………………….
No hay………………………………………………………………………………...
CAPITULO IV. LECTURA DE CORRESPONDENCIA…………………………
Inciso a. ……………………………………………………………………………
Se procede a leer Transcripción de acuerdo con fecha 19 de noviembre del
2021, del Concejo Municipal de Paquera, firmado por Lidieth Angulo
Fernandez Secretaria del concejo, consta en el acta Ordinaria No 121-2021,
celebrada el dia 2 de noviembre del 2021, Moción presentada por el
Presidente Municipal (Manifiesta inconformidad ante la municipalidad de
Puntarenas, con respecto a la aprobación del presupuesto ordinario 2022.
En base al documento conocido, referente a la Municipalidad de Puntarenas
y la Improbaciòn del Presupuesto Ordinario 2022. Solicito al Concejo
Municipal de Distrito de Paquera, un acuerdo de inconformidad con esta
particular situación.
Y solicito sea transcrito, dirigido a los demás Concejos Municipales de
distrito que ante esta situación que nos acontece, con la Municipalidad de




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Puntarenas. Se ajunta Acuerdo en el expediente de la otra sesión. Una vez
analizada se toma acuerdo de retomar para la próxima sesión.
Inciso b. ……………………………………………………………………………
Se procede a leer oficio IM-524-2021, firmado por José Francisco
Rodriguez, Intendente Municipal, con fecha 30 de noviembre del 2021.
ASUNTO: Solicitarle prorroga al contrato de la contadora Municipal Licda
Mailyn Araya Flores, por el periodo de dos meses interino del 08 de
diciembre del 2021, al 08 de febrero del 2022, ya que el contrato actual
tiene vigencia al dia 07 de diciembre del 2021. Una vez analizada se toma
acuerdo.
Inciso c. ……………………………………………………………………………
Se procede a leer documento con fecha 30 de noviembre del 2021, dirigido
a José Francisco Rodriguez J. Intendente Municipal, y Señores del Concejo
Municipal, copia Contraloría General de la República (CGR), Procuraduría
de la Ética Pública, (PEP), Vecinos de la comunidad de Lepanto, Auditoria
Municipalidad de Puntarenas, Concejo Municipal de Puntarenas. Firmada
por Cristian David Quesada Leal, cedula No 602820038 teléfono 64653329,
Dice así: (…Este servidor Cristian David Quesada leal, propietario del
medio de comunicación digital NOTI PUERTO SIN PELOS EN LA
LENGUA, deseándole buen desempeño en sus funciones.
Por este medio        le indico que ha ingresado a nuestro medio de
comunicación una denuncia relacionada con la Municipalidad que ustedes
lideran, donde se nos indica que, el empresario involucrado en el connotado
CASO DIAMANTE, llamado DANIEL CRUZ PORRAS, de cedula                     de
identidad 2-04510390, en el municipio de Lepanto le han adjudicado
contrataciones millonarias con recursos provenientes de la GESTION VIAL
DEL DISTRITO.
Entre esas contrataciones se detallan las siguientes:
1- PROCEDIMIENTO DE COTRATACION No. 2017LA-000001-CP
     Monto total adjudicado ¢80.099.901.86
    OBJETO CONTRATACION: PROYECTO MANTENIMIENTO DE LA
    RED VIAL DISTRITAL EN LASTRE DE LEPANTO-PUNTARENAS POR
    ITEMS DE PAGO DE CONSERVACION VIAL SEGÚN CR-2010
    EMPRESA: M.T.S. MULTISERVICIOS DE COSTA RICA SOCIEDAD
    ANONIMA.
    CEDULA JURIDICA 3-101-677860
    REPRESENTANTE LEGAL: DANIEL CRUZ PORRAS………………….

2- PROCEDIMIENTO DE COTRATACION No. 2017LA-000004-CP
   Monto total adjudicado ¢31.498.677.49


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   OBJETO CONTRATACION: CONSTRUCCION DE UNA ALCATARILLA
   DE CUADRO DE DOS CELDAS, DIMESIONES LUZ: 3.66 M ALTURA
   3,66 M LONGITUD 8.62 M, DE CONCRETO REFORZADO, SEGÚN
   DISEÑO ADJUNTO. LA UBICACIÓN DE TRONCAL EN ELDISTRITO
   DE LEPANTO COMUNIDAD DE COROZAL.
   EMPRESA ADJUDICATARIA: M.T.S. MULTISERVICIOS DE COSTA
   RICA SOCIEDAD ANONIMA.
   CEDULA JURIDICA 3-101-677860
   REPRESENTANTE LEGAL: DANIEL CRUZ PORRAS………………….

3- LICITACION ABREVIADA No. 2019LA-000004-CP
    Monto total adjudicado ¢102.821.400.00
   OBJETO CONTRATACION: Compra de motoniveladora para Unidad
   Técnica de Gestión Vial del Concejo Municipal de Distrito Lepanto.
   EMPRESA ADJUDICATARIA. Consorcio MTS Multiservicios de Costa
   Rica S.A, cedula jurídica No 3-10-677860, y Gruatec de Centroamérica
   S.A Cedula jurídica No. 3-101-525759
   REPRESENTANTE LEGAL: DANIEL CRUZ PORRAS………………….

4- LICITACION ABREVIADA No. 2018LA-00003-01
    Monto total adjudicado ¢55.000.000.00
   OBJETO CONTRATACION: RECONSTRUCCION DE LA SUPERICIE
   DE RUEDO DE LA CALLE COROZAL- CPMSRVACOPM VOAÑ `PR
   TRA,PS SEGIMT EMCOA DE MANTENIMIENTO ESPECIFICADA EN
   EL CUADRO DE CANTIDADES N 9 58 35 w 85 9 7 Ubicación GPS
   EMPRESA ADJUDICATARIA: M.T.S. MULTISERVICIOS DE COSTA
   RICA SOCIEDAD ANONIMA.
   CEDULA JURIDICA 3-101-677860
   REPRESENTANTE LEGAL: DANIEL CRUZ PORRAS………………….

5- LICITACION ABREVIADA No. 2018LA-000004-01
    Monto total adjudicado ¢85.000.000.00
   OBJETO CONTRATACION: ALQUILER POR HORAS DE BRIGADA DE
   MAQUINARIA PARA EL MANTENIMIENTO D ELA RED VIAL
   DISTRITAL DE LEPANTO.
   EMPRESA ADJUDICATARIA: M.T.S. MULTISERVICIOS DE COSTA
   RICA SOCIEDAD ANONIMA.
   CEDULA JURIDICA 3-101-677860
   REPRESENTANTE LEGAL: DANIEL CRUZ PORRAS………………….




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  En resumen, las cinco contrataciones suman un total de 253 millones de
  colones, sin embargo, nuestra fuente nos indica que EXISTEN MAS
  CONTRATACIONES relacionadas con el empresario citado en el distrito
  de Lepanto.
  Así, las cosas, tomando en consideración lo anterior, por este medio les
  solicito lo siguiente:
  1-Se me entregue una certificación firmada por el funcionario
  competente, que indique todas las contrataciones, adjudicadas a favor
  del señor DANIEL CRUZ PORRAS cedula de identidad 2-0451-0399
   o cualquier otra empresa donde aparezca como representante o socio el
  señor Cruz Porras.
  En dicha certificación solicito se incluya lo siguiente: cedula física o
  jurídica, nombre completo o razón social, numero de contratación o
  licitación, numero de orden de compra, numero de orden o pago, número
  de expediente (si los hubiere), tipo de bien adquirido, servicio u obra
  contratada.
  2-Se me entregue una certificación firmada por el funcionario
  competente, que indique todas las contrataciones adjudicadas EN
  CONSORCIO entre el señor DANIEL CRUZ PORRAS cedula de
  identidad 2-0451-0399 o la empresa M.T.S. MULTISERVICIOS DE
  COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA. CEDULA JURIDICA 3-101-
  677860º cualquier otra empresa donde figure como representante o
  socio el señor Cruz Porras, y entre Jose mariano Alpizar Arredondo de
  equipos JMAA de Occidente Sociedad Anónima o cualquier otra
  representada del señor Alpizar Arredondo.
  En dicha certificación solicito se incluya lo siguiente: cedula física o
  jurídica, nombre completo o razón social, numero de contratación o
  licitación, numero de orden de compra, numero de orden o pago, número
  de expediente (si los hubiere), tipo de bien adquirido, servicio u obra
  contratada.
  3-Solicito una entrevista presencial o virtual con el Intendente de
  Lepanto, Jose Francisco Rodriguez Johnson, para conversar sobre este
  tema en específico, de cara a los principios           constitucional de
  transparencia y rendición de cuentas.
  4-Se solicita se de lectura de esta misiva, en la próxima sesión del
  Concejo Municipal de Lepanto y que la misma es impregnada en la
  respectiva acta. Notificaciones las atenderé en el siguiente medio:
  dquesadaleal77@gmail.com) Una vez analizada se toma acuerdo.
COMENTARIOS




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Sr José Francisco Rodriguez, responde: Cualquier proveedor puede
participar, no se puede sacar , viene del 2016, con Puntarenas, fue una
lucha de poder, y poder ejecutar los proyectos, recuerdo que las primeras
licitaciones fue en San Pedro en Corozal se hizo el puente, el campo ferial, y
en San Pedro, se hace la compra de una motiniveladora, quisiéramos haber
realizado una mejor compra, pero no se podía, por el costo, en este
momento estamos contentos con el trabajo que realiza y un buen operador.
En ese tiempo no se ha realizado por SICOP, hoy que este en un proceso,
en el municipio está en trasparencia, los caminos han estado de buena
forma, aquí es contestar documentos, ahora en SICOP pueden meterse, es
público, y saber si está bien, el que participo gano, mientras cumpla con lo
que se está solicitando. Se hacen procesos por demanda, RACSA el costo
operativo es un costo, no nos está cobrando por el asunto de la crisis, se
hacen procesos por demanda y se puedan volver a renovar por medio de
cuatro o más años, si estamos satisfechos y por medio de acuerdos por
ustedes, la información esta transparente, y cualquiera que la pida se le
puede brindar.
Sra. Luz Elena Chavarria, en vista que es un proceso de administración
que se pase para que respondas.
Inciso d. ……………………………………………………………………………
Se procede a Leer agenda de la ADI Montaña Grande para sesión
extraordinaria día jueves 9 de diciembre del 2021, lugar Salón Comunal.
        1-Barrio la Noguera, dos pasos de alcantarillas y material para hacer
        cabezales de tres pasos de alcantarilla.
        2-Barrio la Ilusión. Dos pasos de alcantarillas y seis pasos de
        cabezales.
        3-Camino hacia el Paraíso, puente del rio.
        4-De Montaña Grande hacia Lepanto, cinco pasos de cabezales.
        5-Mantenimiento de los caminos.
        6-Fondos de donación del BID. 300 millones tratamiento del camino
        de Montaña Grande a Lepanto.
Una vez analizado se toma acuerdo de darlo por conocido y se
incorporan en la agenda de la señora Presidenta de ese dia
Sra. Luz Elena Chavarria manifiesta: Brinda espacio al Licenciado
Mariano Nuñez, para que exponga la siguiente resolución ya que debe de
retirarse.
Inciso e. ……………………………………………………………………………




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Se le da el espacio al Licenciado Mariano Nuñez para que explique la
RESOLUCION DEL CONCEJO MUNICIPAL, No. CM -01-2021.Concejo
Municipal del Distrito de Lepanto, en sala de sesiones. Jicaral, Lepanto
de Puntarenas, al ser las dieciocho horas del día treinta de noviembre del
año dos mil veintiuno. Las aquí suscritas, Concejales propietarias
integrantes de Concejo Municipal del Distrito de Lepanto, quien en este
caso, fungimos como órgano deliberativo ante RECURSO DE
REVOCATORIA CON APELACION SUBSIDIARIA CONTRA ACUERDO
ADOPTADO MEDIANTE SESION ORDINARIA No. 106-2021, celebrada el
día 5 de octubre del 2021, Capítulo X, acuerdo No. 6 inciso f, publicado en la
Gaceta el día 11 de noviembre del 2021, aprobando la actualización de
tarifas en el servicio de recolección y disposición final de residuos para el
distrito de Lepanto. RESULTANDO:
1.      Que en sesión Ordinaria 106-2021, del 5 de octubre del 2021,
celebrada el día 5 de octubre del 2021, Capítulo X, acuerdo No. 6 inciso f, se
acordó aprobar la propuesta de actualización de tarifas para los servicios
públicos municipales de recolección y disposición de residuos sólidos
presentada por la administración municipal.
2.      Que en dicho acuerdo municipal, el Concejo aprobó con tres votos la
tasa de residuos sólidos del concejo Municipal del distrito de Lepanto, con el
siguiente detalle: Básica residencial e institución 4,530.57 colones,
Comercial A. 11,326.43 colones, Comercial B. 22,652.85 colones, Comercial
C. 45,305.70. colones, instituciones públicas /religiosas 6.745.86 colones,
acuerdo aprobado por Luz Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos
y Argentina del Rocío Gutiérrez Toruño, como concejales propietarias.
3.      Que de acuerdo con la ley No. 8839, ley integral para la gestión de
residuos sólidos, articulo 8 incisos a, b, d, y h, corresponde a las
municipalidades y concejos municipales brindar servicios de esta naturaleza,
promover la creación de reglamentación al respecto, fijar tarifas para
asegurar la estructura de prestación de estos servicios de interés del distrito.
4.      Que el acuerdo del Concejo Municipal de Lepanto, que aprobó la
actualización de las tarifas para estos servicios municipales, fue publicado
en La Gaceta No. 218 del día jueves 11 de noviembre del 2021.
5.      Que mediante libelo de recurso de revocatoria con apelación en
subsidio, la señora Olga Dinia Murillo Blanco, cédula 2-343-809, Jefry
Antonio Céspedes Ramos, cédula 1-1369-447, Marlene María Guerrero
Sosa, cédula 6-205-587, y Anabely Murillo Blanco, cédula 5-238-184, han
interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de
dicho acuerdo, dentro de los cinco días que establece el artículo #165 del
Código Municipal, por lo que se considera que dicho recurso ha sido



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interpuesto en tiempo, y el mismo viene fundado preliminarmente en
supuestas ilegalidad e inoportunidad, por lo que se admite para su estudio.
                               CONSIDERANDO:
1.      Inician los impugnantes en su libelo de impugnación alegando la
ilegalidad e inoportunidad del acto administrativo, en base a que el acuerdo
publicado no indica la periodicidad del pago, al no especificarse que la tasa
a actualizar es cobro mensual, trimestral, semestral o anual.
Se estima que este argumento no responde a un criterio de legalidad ni
inoportunidad. Los recurrentes valoran que la actualización de las tarifas por
estos servicios municipales subcontratados, no son claros en establecer los
periodos a los cuales corresponda su actualización. Deben recordar los
impugnantes que este trámite vienen de la necesidad de hacer reajustes a
las tarifas que no se modifican desde hace muchos años, y que como tal, y
en la necesidad de cumplir con los compromisos trazados por el plan de
manejo de residuos, el derecho a la salud pública y ordenes de la Sala
Constitucional de implementación del servicio para zonas algo alejadas del
centro del distrito (Jicaral), ha llevado a nuestra institución a requerir una
adecuación de las tarifas en base a la necesidad de prestar un servicio de
forma regular, y sostenible, de modo que se garantice el acceso a este
servicio que representa un costo elevado para su implementación. A pesar
de los esfuerzos de nuestra institución, el servicio como tal resulta ser
insuficiente hoy en día, y más ahora que se planea extender este servicio a
otras comunidades más alejadas del centro del distrito, por lo que resulta
oportuno y necesario, que basándose en criterios de sostenibilidad,
regularidad, estabilidad, salud pública, derecho a un ambiente sano, en base
a los indicado en el artículo 83 del Código Municipal, articulo 8 incisos a, b, d
y h de la ley No. 8839, ley integral para la gestión de residuos sólidos, se ha
realizado la actualización de las tarifas que no sufrían modificación años
atrás. Con esto se quiere decir que lo que se actualizó, son las tarifas, no así
los periodos correspondientes a cada servicio. De esta forma, queda claro
que los cobros siguen manteniéndose en los periodos que ya se conocen
para el pago de estos servicios, sin que se modifique su periodicidad.
2.      Se alzan los recurrentes contra dicho acuerdo del Concejo Municipal
de Lepanto, argumentando la infracción a los principios constitucionales de
razonabilidad y proporcionalidad; y en general, argumentan que resulta ser
excesivas, irracionales y desproporcionadas, por representar este reajuste
un aumento del 120% en comparación con la tarifa anteriormente vigente.
No se trata de que el pueblo pague por la ineficiencia e inoperancia del
gobierno local y sus gobernantes. No es admisible este argumento ya que
en principio no resulta ser congruente con la inoportunidad ni la ilegalidad



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apuntada. Sin embargo, como se ha dicho, esta tarifa no se actualizada
hace casi 10 años, por lo que resulta lógico, racional, proporcional el mismo,
esto sobre todo, si analizamos que este reajuste obedece a un criterio
técnico, que estimó una serie de variables para llegar a proponer una tarifa
inalcanzable para los usuarios del servicio, esto sin que nuestra institución
deba subvencionar este servicio, esto sin olvidar una labor deficiente que ha
realizado el coordinador de servicios ciudadanos y tributarios en materia de
recaudación; que incluso ante la solicitud de nuestro intendente hizo en
enero del presente año, sobre propuestas que permitan mejorar los montos
por recaudación en los servicios municipales, éste hizo caso omiso y sin
demostrar un verdadero compromiso con la recaudación de tributos y pago
por servicios municipales, permitió que la morosidad alcanzara índices
elevados que ahora se trabaja por rebajar.
Además de lo anterior, se analiza que este reajuste responde fundadamente
en sus montos, a un estudio de la tarifa por servicio de manejo de residuos
sólidos del año 2021, elaborado por los Licenciados Diego Armando Valerio
Ávila y Maikol Andrés Vargas Morales, quienes en ejercicio de sus cargos de
proveeduría y coordinación de servicios ciudadanos y tributarios a.i., han
hecho el estudio tarifario correspondiente, basándose en información
actualizada, real, objetiva hicieron una propuesta que se considera atiende
las posibilidades de la ciudadanía para costear la prestación de estos
servicios. Para dar una muestra de que no se trata de montos irracionales, el
cantón de Nicoya ha realizado el mismo proceso de reajuste de estas tarifas
por servicios municipales, actualizando este modelo tarifario en el caso de
residencial en la suma de ¢11,224.52 colones, comercial #1 ¢33,373;
comercial #2 ¢67,347.13, cuando para nuestro distrito se ha adoptado una
actualización en residencia por ¢4,530.57, Comercial A ¢11,326.43 y
comercial B 22,326, por citar algunas cifras. Debido a lo anterior, se
rechaza la existencia de ilegalidad e inoportunidad del acuerdo impugnado,
basado en los anteriores argumentos.
3.     Además, los recurrentes aducen la infracción de los principios de
acceso a la información y participación ciudadana estipulados en la ley No.
8839 y su reglamento, así como el decreto ejecutivo No. 37567-S-MIANET-
H. Sobre este argumento empleado por los recurrentes, está claro que la
normativa citada por los impugnantes, no establece como elemento de
validez la consulta pública para el específico caso del reajuste de tarifas por
los servicios de recolección y disposición de residuos sólidos. Ciertamente
los mecanismos de participación ciudadana son importantes para mantener
un estrecho acercamiento entre los sectores interesados, en el caso que nos
ocupa, éste reajuste nace a partir de la necesidad de implementación la



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prestación de este servicio por resoluciones de la Sala Constitucional, que
obligan que en la ejecución presupuestaria del 2022, se amplíe la cobertura
de estos servicios a comunidades como Dominicas, San Blas, Camaronal e
isla Venado, por lo que más que una idea o fin de encarecer servicios, se
actúa en estricto apego a lo ordenado por el tribunal constitucional. Al no ser
un argumento desarrollado en base a la ilegalidad o inoportunidad
establecidas en la ley, se rechaza el argumento expuesto.
4.      Se ataca el acuerdo municipal citado, aduciendo la inexistencia de un
previo dictamen de comisión y sin dispensar el trámite de dictamen de
comisión. Ciertamente el artículo 44 del código municipal hace referencia a
la necesidad de acudir a un dictamen de comisión siendo la excepción a
esto, el acuerdo que dispense de esa obligación. Lejos de analizar si
procede o no este argumento por la no dispensa de dictamen de comisión
municipal; en el expediente de secretaría del Concejo Municipal mediante el
cual, se documenta todo el procedimiento llevado a cabo por la
administración activa municipal, a folios 029 a 035 frente, se constata la
existencia de un dictamen de aprobación para la actualización de las tasas
de residuos sólidos según la propuesta trasladada al concejo por el órgano
técnico, según propuesta, la cual, como se ha dicho fue aprobada por la
comisión de Hacienda y presupuesto del Concejo Municipal de Lepanto, el
cual, consta en el acta de sesión ordinaria No. 105-2021, de fecha 28 de
septiembre del 2021, mediante la cual, en sesión ordinaria se conoció el
dictamen de aprobación del reajuste a las tasas por servicios municipales,
cumpliéndose así con lo ordenado por el numeral 44 de nuestro código
Municipal. Por último, en el acta de sesión ordinaria No. 106-2021, de fecha
5 de octubre del presente año, el Concejo Municipal toma el acuerdo No. 7,
y con tres votos, autoriza al intendente municipal a realizar el trámite de
publicar en la gaceta las tarifas de las tasas de servicios de residuos sólidos.
Así las cosas, no observándose vicios de legalidad ni inoportunidad que
adolezcan de validez el procedimiento de implementación de este ajuste de
tarifas municipales, se rechaza este por infundado.
5.      Otro de los yerros aducidos por los recurrentes, es la ausencia en el
orden del día del punto sobre la actualización de tarifas de los servicios
municipales de recolección y disposición final de derechos sólidos,
argumento que no se halla un vicio en su procedimiento, esto pues, las
actas de la sesión No. 105 del 28 de septiembre del 2021, fueron aprobadas
en agenda, en el capítulo II de aprobación de actas, sesión en la que fue
expuesta la aprobación del dictamen de comisión de Hacienda y
Presupuesto municipal, por lo que no se observa nuevamente la existencia
de tal vicio. Véase que el acta que acuerda la implementación de estos



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nuevos montos, responde al acta No. 105 del 28 de setiembre de los
presentes, la cual, fue aprobado y quedando en firme en esa acta conforme
al orden del día, aprobando actas de la sesión inmediata anterior. Hacen los
recurrentes una inadecuada interpretación de los acuerdos, expuestos,
cuando en asuntos varios, solo se puntualizó la necesidad de autorizar al
Intendente para la publicación de estas tarifas aprobadas. Así las cosas, se
rechaza el presente argumento por infundado.
6.      Finalmente, se aduce la indebida configuración de acto administrativo,
señalando un defecto en los elementos indispensables para la eficacia
jurídica del acuerdo como acto administrativo “per se”. No llevan razón los
recurrentes, en base a que como lo indica el artículo 121 de la ley general
de la administración pública, se estatuye la existencia de los actos
administrativos como de alcance específico y general. En el caso de
examen, estamos frente a un decreto reglamentario de alcance general, que
a su vez, según el artículo 163 del Código Municipal, no procederá
revocatoria ni apelación contra actos municipales de orden reglamentario.
Siendo que es improcedente este argumento, se rechaza el mismo por
carecer re recurso. POR TANTO: Este Concejo Municipal de Distrito de
Lepanto, en base a los argumentos expuestos, se acuerda rechazar el
recurso de revocatoria en todos sus extremos, por carecer de argumentos
válidos, y en su lugar, procédase conforme lo orden el artículo 165 del
código Municipal, y remítase al Tribunal Contencioso administrativo para su
estudio. Notifíquese a los recurrentes al medio señalado. Firmada por Luz
Elena Chavarria Salazar, Presidenta Municipal……………………………..
COMENTARIOS.
Sra. Luz Elena Chavarria, indica que se hizo la comisión, el estudio técnico
en el acta 105-2021 esta, y se acoge por el concejo, en la 106, como no se
había autorizado al señor publicarlo, pero en la 105 se dio todo el proceso,
creo que el proceso no como las personas hubiera querido, pero si se hizo,
Los que están de acuerdo acoger el criterio se aplica el artículo 45 del
código municipal. Se procede a pasar a la administración para que continúe
con el proceso de la no aceptación del proceso.
También se quiere referir a la solicitud de Gerardo Carranza.
Lic Nuñez Quintana, Responde. Se me solicita un criterio, hace ocho días,
contrato del señor Carranza, quería verificar si la ley tenia algún matiz
importante, esta sesión puede ser aprobada, la misma ley en su artículo
114, esta sesión debe de ser aprobada por la CGR en los casos que se
hace verificación u aprobación por la contraloria, se trata de la misma
persona, no solicitando criterio de la CGR, se puede aprobar la sesión del
contrato indicado en la solicitud de Gerardo Carranza Rojas a Ferretería



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Jicaral. (Para retomar el documento es presentado por José Francisco
Rodríguez Johnson, Intendente Municipal, Estimados (as) Señores (as):
Reciban un cordial saludo, esperando se encuentren bien en sus labores
diarias. En base a contrataciones que esta Administración posee
actualmente con el señor Gerardo Carraza Rojas, cédula de identidad
203480173, el mismo solicita la cesión de los contratos descritos en el Oficio
PM-353-2021 (adjunto), a la Sociedad Anónima Ferretería JICARAL cedula
jurídica No. 310101822897, cual envío para que sea acogido por este
Concejo Municipal y autorice al señor José Francisco Rodríguez Johnson en
calidad de Intendente Municipal o quien ocupe su lugar a firmar los
correspondientes contratos de cesión de los procesos. Todo lo anterior
amparado en el artículo 2017 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa). Una vez analizado se toma acuerdo.
Inciso f. ……………………………………………………………………………
Se procede a Leer oficio IM-507-2021, con fecha 18 de noviembre del 2021,
firmado por José Francisco Rodriguez Johnson, Intendente Municipal, con
copia al Concejo Municipal de Distrito. ASUNTO: (…. Informarle lo acordado
en la sesión Ordinaria No111-2021, celebrada el 09 de noviembre del 2021,
donde solicitan verificar que la página web oficial de este Concejo municipal
de Distrito se encuentra actualizada con la información de competencia de
cada departamento en forma parte de este Concejo Municipal.
Lo anterior de acuerdo al decreto No. 40200-MP-MEIC-MC. Transparencia
y Acceso a la Información Pública. Adjunto el SM-554-11-2021, para que se
revise que los puntos mencionados en este documento se encuentren
actualizados, según corresponde a cada uno de sus departamentos…) Una
vez analizada se toma acuerdo de darlo por conocido.
COMENTARIOS,
Sra. Luz Elena Chavarria pregunta que seguimiento se le da a eso.
Sr José Francisco Rodriguez, indica que se va a realizar por medio de una
comisión para brindar seguimiento.
CAPITULO V. MOCIONES………………………………………………………..
No hay.
CAPITULO VI.INFORME DEL INTENDENTE, SEGUNDA SEMANA DEL
MES…………………………………………………………………………………
No hay
CAPITULO VII. COMISION……………………………………………………….
No hay……………………………………………………………………………….
CAPITULO VIII. ASUNTOS VARIOS…………………………………………….
No hay……………………………………………………………………………….
CAPITULO IX. INFORME DEL PRESIDENTE………………………………….


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No hay………………………………………………………………………………
CAPITULO X. ACUERDOS……………………………………………………….
Inciso a……………………………………………………………………………..
ACUERDO N°. 1: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA con
cuatro votos, autorizar a la Intendencia Municipal para que eleve Resolución
del Concejo Municipal No CM-01-2021 al Tribunal Contencioso
Administrativo, junto con expediente y certificación de la secretaria, sobre el
recurso de Revocatoria con Apelación Subsidiaria contra Acuerdo Adoptado
Mediante Sesión Ordinaria No. 106-2021, celebrada el dia 5 de octubre del
2021, Capitulo X, Acuerdo N. 6, Inciso f, publicación en la Gaceta el día 11
de noviembre del 2021, aprobando actualización de tarifas en el servicio de
recolección y disposición final de residuos para el distrito de Lepanto.
ACUERDO APROBADO. Visto el acurdo en todas sus partes, este es
DEFINITIVAMENTE APROBADO, se aplica el artículo 45 del código
municipal. Votan Luz Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos,
Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Neftalí Brenes Castro, Concejales
Propietarios (as)………………………………………………………………….
Inciso b……………………………………………………………………………..
ACUERDO N°. 2: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración oficio IM-524-2021, firmado por José Francisco Rodriguez,
Intendente Municipal, se ACUERDA con cuatro votos, aprobar prorroga al
contrato de la Licda Mailyn Araya Flores, Contadora Municipal, por el
periodo de dos meses interino del 08 de diciembre del 2021, al 08 de
febrero del 2022. ACUERDO APROBADO. Visto el acurdo en todas sus
partes, este es DEFINITIVAMENTE APROBADO, se aplica el artículo 45 del
código municipal. Votan Luz Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro
Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Neftalí Brenes Castro,
Concejales Propietarios (as)…………………………………………………..
Inciso c……………………………………………………………………………..
ACUERDO N°. 3: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración documento con fecha 30 de noviembre del 2021, dirigido a
José Francisco Rodriguez J. Intendente Municipal, y Señores del Concejo
Municipal, firmada por Cristian David Quesada leal, cedula No 602820038
teléfono 64653329, se ACUERDA con cuatro votos, aprobar DAR PASE
del documento recibido a la Intendencia Municipal para que brinde respuesta
según solicitud del señor Quesada Leal. Informar al Concejo procedimiento
realizado. ACUERDO APROBADO. Visto el acurdo en todas sus partes,
este es DEFINITIVAMENTE APROBADO, se aplica el artículo 45 del código
municipal. Votan Luz Elena Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos,




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Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Neftalí Brenes Castro, Concejales
Propietarios (as)…………………………………………………………………
Inciso d………………………………………………………………………….
ACUERDO N°. 4: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración solicitud de acuerdo enviado por José Francisco Rodríguez
Johnson, Intendente Municipal, en base a contrataciones que esta
Administración posee actualmente con el señor Gerardo Carraza Rojas,
cédula de identidad No. 203480173, el mismo solicita la cesión de los
contratos descritos en el Oficio PM-353-2021 (adjunto), a la Sociedad
Anónima Ferretería JICARAL cedula jurídica No. 310101822897, cual envío
para que sea acogido por este Concejo Municipal y autorice al señor José
Francisco Rodríguez Johnson en calidad de Intendente Municipal o quien
ocupe su lugar a firmar los correspondientes contratos de cesión de los
procesos. Todo lo anterior amparado en el artículo 2017 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa).
Considerando la explicación y recomendación de parte del Lic Mariano
Nuñez Quintana, Asesor Legal Externo, se ACUERDA con cuatro votos,
autorizar al Sr José Francisco Rodríguez Johnson, en calidad de Intendente
Municipal, para que haga el debido proceso. ACUERDO APROBADO. Visto
el acurdo en todas sus partes, este es DEFINITIVAMENTE APROBADO, se
aplica el artículo 45 del código municipal. Votan Luz Elena Chavarría
Salazar, Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño,
Neftalí Brenes Castro, Concejales Propietarios (as)………………………..
Inciso e…………………………………………………………………………….
ACUERDO N°. 5: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración Transcripción de acuerdo con fecha 19 de noviembre del
2021, del Concejo Municipal de Paquera, firmado por Lidieth Angulo
Fernandez Secretaria del Concejo, consta en el acta Ordinaria No 121-
2021, celebrada el dia 2 de noviembre del 2021, Moción presentada por el
Presidente Municipal (Manifiesta inconformidad ante la municipalidad de
Puntarenas, con respecto a la aprobación del presupuesto ordinario 2022.
En base al documento conocido, referente a la Municipalidad de Puntarenas
y la Improbaciòn del Presupuesto Ordinario 2022. Solicito al Concejo
Municipal de Distrito de Paquera, un acuerdo de inconformidad con esta
particular situación.
Y solicito sea transcrito, dirigido a los demás Concejos Municipales de
distrito que ante esta situación que nos acontece, con la Municipalidad de
Puntarenas).
Basado en lo anterior se ACUERDA cuatro votos, retomar para la
próxima sesión, donde la Intendencia Municipal investigara sobre el



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documento mencionado referente a la Improbacion del Presupuesto
Ordinario        2022.      Y       poder        contestar      al      correo
secretariamunicipa@concejopaquera.go.cr ACUERDO APROBADO. Visto
el acurdo en todas sus partes, este es DEFINITIVAMENTE APROBADO, se
aplica el artículo 45 del código municipal. Votan Luz Elena Chavarría
Salazar, Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño,
Neftalí Brenes Castro, Concejales Propietarios (as)………………………..
Inciso f…………………………………………………………………………….
ACUERDO N°. 6: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, ACUERDA con
cuatro votos, incorporar en la agenda de la Presidenta Municipal, agenda de
la ADI Montaña Grande para sesión extraordinaria día jueves 9 de
diciembre del 2021, lugar Salón Comunal.
1-Barrio la Noguera, dos pasos de alcantarillas y material para hacer
cabezales de tres pasos de alcantarilla.
2-Barrio la Ilusión. Dos pasos de alcantarillas y seis pasos de cabezales.
3-Camino hacia el Paraíso, puente del rio.
4-De Montaña Grande hacia Lepanto, cinco pasos de cabezales.
5-Mantenimiento de los caminos.
6-Fondos de donación del BID. 300 millones tratamiento del camino de
Montaña Grande a Lepanto. ACUERDO APROBADO. Votan Luz Elena
Chavarría Salazar, Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez
Toruño, Neftalí Brenes Castro, Concejales Propietarios as)………………….
Inciso g…………………………………………………………………………….
ACUERDO N°. 7: El Concejo Municipal de Distrito Lepanto, tomando en
consideración oficio IM-507-2021, con fecha 18 de noviembre del 2021,
firmado por José Francisco Rodriguez Johnson, Intendente Municipal, con
copia al Concejo Municipal de Distrito. ASUNTO: (…. Informarle lo acordado
en la sesión Ordinaria No111-2021, celebrada el 09 de noviembre del 2021,
donde solicitan verificar que la página web oficial de este Concejo municipal
de Distrito se encuentra actualizada con la información de competencia de
cada departamento en forma parte de este Concejo Municipal.
Lo anterior de acuerdo al decreto No. 40200-MP-MEIC-MC. Transparencia
y Acceso a la Información Pública. Adjunto el SM-554-11-2021, para que se
revise que los puntos mencionados en este documento se encuentren
actualizados, según corresponde a cada uno de sus departamentos…)
Basado en lo anterior se ACUERDA con cuatro votos, dar por conocido
oficio IM-507-2021. ACUERDO APROBADO. Votan Luz Elena Chavarría
Salazar, Aliyuri Castro Villalobos, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño,
Neftalí Brenes Castro, Concejales Propietarios (as)…………………………
CAPITULO XI. CIERRE DE SESION


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Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión al ser las 7:10 p.m.


         _____________________          SELLO   _____________________
               PRESIDENTE                           SECRETARIA


      ………………………………… UL……………………………….




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