Ordinaria 10 · 2022-02-17
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- ~ Acuerdo (pág. 18) · firme · aprobado use de recibo, sírvanse a levantar la mano los 14 que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 15 comisión. 16 17 Por …
- ~ Acuerdo (pág. 19) · firme · aprobado ón. 22 23 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 24 25 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, indica a la…
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado 2 3 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, con la finalidad de 4 mantener un Manual de Puestos homogéneo y equidad entre los requisito…
- ~ Acuerdo (pág. 24) · firme · aprobado rdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 20 comisión. 21 22 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 23 …
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado del año 2022, sírvanse a levantar la 24 mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del 25 trámite de comisión. 26 27 Por l…
1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 4 Acta de Sesión Ordinaria # 10-2022, celebrada el día 17 de febrero del año 2022, 5 a las 16:30 horas, con la asistencia de los señores miembros: 6 7 Socorro Díaz Chaves Presidente Municipal 8 Julio César Camacho Gallardo Vicepresidente Municipal 9 Juan José Taleno Navarro Regidor Propietario 10 Estela Alemán Lobo Regidora Propietaria 11 José Manuel Vargas Chávez Regidor Propietario 12 Sebastián Martínez Ibarra Regidor Suplente 13 Eneas David López Chavarría Regidor Suplente 14 Fermina Vargas Chavarría Regidora Suplente 15 Zeneida Pizarro Gómez Regidora Suplente 16 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Santa Cecilia 17 Katerine García Carrón Sindica Propietaria Santa. Elena 18 Jessie Torres Hernández Sindica Propietaria La Cruz * 19 Leovigilda Vílchez Tablada Síndica en ejercicio La Garita 20 Eddie Antonio Selva Alvarado Síndico Suplente Santa. Elena 21 22 Otros funcionarios: Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, Nayeli Rojas, 23 Coordinadora de Tecnología e Información Municipal, Daniel Umaña, Prensa y 24 Protocolo, Whitney Bejarano Sánchez, Secretaria de Concejo Municipal, con la 25 siguiente agenda: 26 27 1.-Revisión y aprobación de actas anteriores; Sesión Extraordinaria 06-2022 28 2.- Correspondencia 29 3.- Mociones 30 4.- Asuntos Varios
1 5.- Cierre de Sesión 2 3 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Señores Regidores 4 propietarios y suplentes, síndicos propietarios y suplentes, señora secretaria 5 doña Whitney Bejarano, doña Ada luz Osegueda señora Vice Alcaldesa, señor 6 Luis Alonso Alán, Alcalde Municipal, don Eladio y Nayeli, querido público que nos 7 ve y nos escucha por este medio tengan todos muy buenas tardes, vamos a dar 8 inicio a la Sesión Ordinaria N°10-2022, la agenda para el día de hoy, punto uno 9 revisión y aprobación de las actas anteriores, de la Sesión Extraordinaria N° 07- 10 2022, segundo correspondencia, tercer punto mociones, cuarto punto asuntos 11 varios y cierre de sesión, antes de iniciar como es de costumbre solicito al 12 compañero Julio Camacho pueda ayudarme con la oración. 13 14 15 ARTICULO PRIMERO 16 REVISION Y APROBACIÓN ACTA ANTERIOR 17 18 Acta N°07-2022: Extraordinaria en discusión: 19 20 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Seguidamente la 21 Sesión Extraordinaria número 07-2022, si algún compañero o compañera desea 22 externar algo al respecto; sino lo sometemos a votación en que se apruebe el 23 acta, se vota; quedaría firme definitivo y dispensado del trámite de comisión. 24 25 Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° Sesión 26 Extraordinaria N°07-2022. 27 28 29 ARTICULO SEGUNDO 30 CORRESPONDENCIA
1 1.- Se conoce oficio MLC-ODZMT-OF-001-2022, firmado por la Licda. Whitney 2 Bejarano Sánchez, Órgano Director, en el cual se indica lo siguiente; Resolución 3 Órgano Director del Procedimiento administrativo número ZMT-CANC-002-2021, 4 Lago Renta Carro S.A 5 6 La suscrita Licda Whitney Bejarano Sánchez, en calidad de Órgano Director del 7 Procedimiento Administrativo bajo el número de expediente número ZMT-CANC- 8 002-2021,mediante el cual se investigan las actuaciones de la empresa Lago 9 Renta Carro S.A, cédula jurídica 3-101-135771, nombrada por el Concejo 10 Municipal mediante N° 1-13 A y N° 1-13 D, de la Sesión extraordinaria N° 14- 11 2021, celebrada el 30 de julio del año 2021, Municipalidad de La Cruz, 12 Guanacaste, sobre el cual se nombra en calidad de asesoras a la Lic. Yahaira 13 Duarte Aguirre, Gestora Jurídica de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad 14 de La Cruz y a la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítimo 15 Terrestre de la Municipalidad de La Cruz. Lo anterior por presunta existencia de 16 causales de extinción de arrendamiento sobre la Zona Marítimo terrestre, por lo 17 que se procede hacer de su conocimiento la presente resolución: 18 19 Órgano Director ZMT-CANC-002-2021, Municipalidad de La Cruz Guanacaste. 20 Al ser las once horas y veinte minutos del día siete del mes de enero del año 21 dos mil veintidós. 22 RESULTANDO 23 24 PRIMERO: Mediante acuerdo N° 3-31 Sesión Ordinaria N° 09-03 del día 05 de 25 marzo de 2003, el Concejo Municipal aprueba el traspaso del arrendamiento de 26 un terreno en la Zona Marítimo Terrestre de Playa Cuajiniquil de La Cruz, 27 (conocida Playa 4X4 Cuajiniquil), que realiza el señor Guillermo Gonzales 28 Álvarez, al señor Rigoberto Murillo Herrera, representante legal de la empresa 29 Lago Renta Carro S.A. Folio 0000018 del expediente administrativo # PUS- 40- 30 2003
1 SEGUNDO: Según expediente Administrativo # PUS- 40-2003, el área es de 2 1403.28 m² que colinda al Norte con manglar, Sur con Carlos Cruz Chaves, Este 3 con manglar y Oeste con Zona Pública, con referencia al mojón 55. Folio 4 0000019 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 5 6 TERCERO: Según Expediente Administrativo # PUS- 40-2003, el día 3 de 7 marzo del 2016, el señor Rubén Alexis Tinoco Ramírez, en calidad de inspector 8 del departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, 9 realizó inspección de campo en el terreno del permiso de uso a nombre de Lago 10 Renta Carro, S.A., y encontró una construcción de un rancho de habitación. 11 Folio 0000108 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 12 13 CUARTO: Según expediente administrativo # PUS- 40-2003, el día 8 de febrero 14 del 2018 se realiza inspección en playa 4x4 Cuajiniquil con la presencia de los 15 señores Kevin Abarca Santamaría topógrafo municipal, Luis Ramírez Ríos, 16 gestor de proyectos, Rubén Tinoco Ramírez, inspector de Zona Marítimo 17 Terrestre y Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítimo Terrestre 18 y se detectó que en el terreno con expediente a nombre de Lago Renta Carro, 19 S.A., realizó reparación a una construcción sin Licencia Municipal, corte de 20 ramas de árboles de mangle, movimiento de mojón y una cantidad de sacos 21 rellenos de arena colocados al borde del manglar y en la zona restringida. Folio 22 0000150 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 23 QUINTO: Mediante oficio MLC-PUCC-OF-092-2021 se informa que posterior a 24 revisar la base de datos de la Municipalidad y los del departamento de 25 Planificación Urbana y Control Constructivo, no se ubican ni expedientes para 26 permiso de movimiento de tierras, ni permiso para construcción a nombre de 27 Lago Renta Carro, S.A. Folio 0000274 del expediente administrativo # PUS- 28 40-2003 29 SEXTO: Que el Concejo Municipal mediante N° 1-13 A y N° 1-13 D, de la Sesión 30 extraordinaria N° 14-2021, celebrada el 30 de julio del año 2021, nombra Órgano
1 Director del Procedimiento Administrativo a la Licda Whitney Bejarano Sánchez, 2 Secretaria del Concejo Municipal, con el fin de investigar si procede o no la 3 cancelación del arrendamiento a nombre del empresa Lago Renta Carro S.A, así 4 mismo, como asesoras a las señoras Licda. Yahaira Duarte Aguirre y la 5 Ingeniera Alexandra Gonzaga peña del Departamento de Zona Marítimo 6 Terrestre, cuya juramentación se realizó el día cinco de agosto del año 2021, en 7 la Sesión Ordinaria N° 29-2021. 8 9 SEPTIMO: Mediante oficio MLC-ODZMT-OF-002-2021, de fecha 9 de setiembre 10 de 2021, se notifica a los representantes de Lago Renta Carro S.A, auto de 11 traslado de cargos de investigación, así mismo, notifica fecha de audiencia. 12 13 OCTAVO: En fecha 16 de septiembre del año 2021 se interpone ante la 14 Municipalidad de La Cruz, dirigido así mismo, al Concejo Municipal de La Cruz, 15 Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio para ante Inmediato Superior 16 en Grado Tribunal de lo Contencioso Administrativo como Jerárquico Impropio. 17 18 NOVENO: Mediante acuerdo municipal N° 1-2 de la Sesión Extraordinaria # 20- 19 2021, celebrada el día 26 de octubre del año 2021, se nombra al a Lic. Carlos 20 Guevara Torres, Gestor Jurídico de la Municipalidad de La Cruz, en calidad de 21 asesor del Órgano Director. 22 23 DECIMO: En fecha 19 de noviembre de 2021, se realiza audiencia oral y privada 24 al ser las 10 horas, encontrándose presente representante legal de Lago Renta 25 Carro S.A, el señor Jaime Murillo, el Lic. Jorge Salazar, Efrén Murillo Martínez, 26 testigo perito Consultor, así mismo, Lic. Carlos Guevara Torres, Gestor Jurídico 27 de la Municipalidad de La Cruz, en calidad de asesor del Órgano Director y Licda. 28 Whitney Bejarano Sánchez, Órgano Director, donde se realiza la exposición de 29 los hechos investigados como controvertidos y cada parte involucrada expuso 30 argumentación y fundamentación en la que se basa su defensa.
1 CONSIDERANDO 2 3 HECHO ÚNICO 4 En relación a los hechos intimados y a los alegatos presentados por la empresa 5 Lago Renta Carro S.A, en la audiencia oral y privada celebrada el día 19 de 6 noviembre del 2021, representada por el Lic. Luis Salazar, es de considerar para 7 este Órgano Director, que la representación legal de la sociedad anónima Lago 8 Renta Carro S.A, durante el desarrollo de la audiencia, no presenta prueba 9 fehaciente en defensa a los hechos intimados debidamente notificados y vueltos 10 en conocimiento nuevamente el día de la audiencia, por cuanto no hace 11 referencia directa a ellos, sino que, lo que fue manifestado de manera enérgica 12 y categóricamente fue el rechazo a la indagatoria de los hechos, alegan que 13 quien ostenta el cargo del departamento de Zona Marítimo Terrestre no cuenta 14 con la preparación debida para resolver, determinar, inspeccionar ni menos para 15 ejercer el puesto de coordinación de la Zona Marítimo Terrestre por cuando su 16 profesión no es acorde al perfil con que debiese contar el departamento. 17 18 Así mismo, manifiestan poseer una concesión sobre dicho terreno alegando que 19 el pago de canon corresponde únicamente cuando se posee una concesión, así 20 mismo; en ello, sobre este alegato, no se logra demostrar tal hecho, puesto que 21 no existe dentro del expediente administrativo PUS- 40-2003, un acuerdo 22 Municipal de otorgamiento de concesión a favor de Lago Renta Carro S.A, no 23 consta contrato de concesión, además no existe aprobación por parte del 24 Instituto Costarricense de Turismo de contrato de concesión a favor de dicha 25 empresa. 26 Por lo que debe considerarse la siguiente fundamentación jurídica. 27 28 El artículo 38 de la Ley 6043 y 19 del Reglamento 7841, establecen “que las 29 Municipalidades no podrán otorgar concesiones en las zonas turísticas sin que 30 el ICT y el INVU hayan aprobado o elaborado los planes de desarrollo de esa
1 zona; bajo una recta inteligencia jurídica las Municipalidades deberán aprobar 2 concesiones en las zonas turísticas donde el ICT y el INVU hayan aprobado los 3 planes de desarrollo” 4 5 El dictamen C-254-2012 de la Procuraduría General de La República por su parte 6 establece lo siguiente: “la Ley No. 6043 establece un régimen de concesiones 7 para acceder al uso de la Zona Marítimo Terrestre. La figura del arrendamiento, 8 a partir de la vigencia de dicho cuerpo legal, no tiene acogida como forma válida 9 de poder ocuparla legítimamente.”. 10 11 Así mismo, el dictamen C-142-2019 de la Procuraduría General de la Republica 12 indica “La Ley 6043 no contempla una sanción alternativa a la dispuesta en el 13 artículo 13 para el levantamiento de construcciones sin contar con la autorización 14 municipal, ni otra medida sustitutiva de la cancelación de la concesión cuando 15 se infrinjan las disposiciones de la Ley y de los contratos de concesión.” 16 17 Tomando en cuenta el hecho intimado acerca de las edificaciones sin permisos 18 constructivos, en el desarrollo de la audiencia realizada y relacionando lo que 19 consta dentro del Expediente Administrativo # PUS- 40-2003, no se logra 20 constatar que la empresa Lago Renta Carro S.A, cuenta con autorización para 21 la construcción de ningún tipo de edificación, siendo que así lo demuestra la 22 encargada del Departamento de Planificación y Control Constructivo; Con 23 relación a la inspección ocular de campo de las construcciones levantadas en la 24 propiedad en arriendo por el recurrente, según documento sin número de oficio 25 (visible en el folio N° 0000158 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 ) 26 emitida por el Departamento de Planificación y Control Constructivo de la 27 Municipalidad de La Cruz, la cual es clara al indicar que, en la base de datos del 28 departamento Planificación y Control Constructivo de la Municipalidad de La 29 Cruz, no se encontró registro alguno de trámite de permiso de construcción en 30 proceso u otorgado a favor de empresa Lago Renta Carro S.A..
1 Siendo en ello, apoyados a lo establecido en la ley 6043 vigente artículo 13, 2 donde se indica que es obligación de la Administración Pública velar por el 3 cumplimiento de la Legislación y que en lo literal se señala: Artículo 13.- Las 4 autoridades de la jurisdicción correspondiente y las municipalidades respectivas, 5 tan pronto tengan noticia de las infracciones a que se refieren los dos artículos 6 anteriores procederán, previa información levantada al efecto si se estimare 7 necesaria, al desalojo de los infractores y a la destrucción o demolición de las 8 construcciones, remodelaciones o instalaciones realizadas por aquellos, sin 9 responsabilidad alguna para la autoridad o la municipalidad. El costo de 10 demolición o destrucción se cobrará al dueño de la construcción o instalación. 11 Todo lo anterior sin perjuicio de las sanciones penales que procedan. (La Sala 12 Constitucional mediante resolución N° 5756 del 30 de octubre de 1996, declaró 13 que la aplicación del presente artículo “…en procesos jurisdiccionales 14 pendientes, que aún no concluyen con sentencia firme, no es violatorio del 15 debido proceso y del derecho de defensa del imputado, siempre y cuando se 16 interprete que es deber del juzgador, previo a la adopción de la medida de 17 destrucción, demolición, constatar que los terrenos o las obras involucradas se 18 encuentran efectivamente dentro de la zona marítimo terrestre y que éstas, se 19 realizaron al margen de lo dispuesto en la presente Ley”.) Reiteramos que he 20 recurrente no cuenta con autorización para la construcción de ningún tipo de 21 edificación, así demostrado por el encargado del Departamento de Planificación 22 y Control Constructivo, así como las inspecciones realizadas por el mismo. 23 24 CONCLUSIONES 25 En base a los 13, 38, 40 de La Ley 6043, artículo 19 del RLZMT 7841, con 26 fundamento en los dictámenes C-254-2012, C-142-2019 de la Procuraduría 27 General de La República, articulo 154 de la Ley General de Administración 28 Pública y en el apartado I.1 del Reglamento para tramitar permisos del uso del 29 suelo en la Zona Marítimo Terrestre de La Municipalidad de La Cruz, con base a 30 lo anterior, este Órgano Director concluye.
1 1- Recomendar al Concejo Municipal de La Cruz en calidad de Órgano Decisor 2 se proceda a la cancelación del arrendamiento a favor de Lago Renta Carro S.A, 3 cédula jurídica 3-101-135771, por no lograrse demostrar que dicha empresa 4 haya obtenido una concesión en dicho terreno por parte de la Municipalidad de 5 la Cruz, ni del Instituto Costarricense de Turismo, por contravenir la Ley de Zona 6 Marítimo Terrestre y su reglamento, respecto a la ocupación del terreno mediante 7 la figura de un arrendamiento, figura que no es válida después de la entrada en 8 vigencia de la Ley 6043. 9 10 2- Así mismo, no se logra demostrar que se cuenta con permiso emitido por la 11 Municipalidad de La Cruz, para levantar edificación de ningún tipo, permisos para 12 realizar movimientos de tierra, corte de ramas de mangle y movimiento de mojón 13 a nombre de la empresa Lago renta Carro S.A. 14 15 El señor Julio Camacho Gallardo, Regidor Propietario, dice: solo tengo una duda 16 señora presidente, tal vez me puedan ayudar para refrescar, específicamente 17 donde se encuentra el uso de suelo de Lago Renta Carro S.A, ¿fue la que 18 quedaba frente a Playa 4x4? Hacia la consulta nada más. 19 20 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Sí, correcto. 21 22 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 23 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 24 propuesta se proceda a cancelar el arrendamiento a favor de Lago Renta Carro 25 S.A, dicho acuerdo deberá contener el texto íntegro del acto, mediante el cual se 26 garantice lo establecido en el artículo 245 y 136.2 de la Ley General de 27 Administración Pública. Dicho acto administrativa deberá ser fundamentado y 28 motivado, la notificación deberá de indicar los recursos procedentes, sírvanse a 29 levantar la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se 30 dispense del trámite de comisión.
1 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 2 3 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, en calidad de 4 Órgano Colegiado, como Órgano Decisor conoce Procedimiento Administrativo 5 en contra de la empresa Lago Renta Carro S.A, cédula jurídica 3-101-135771, 6 resolución del Órgano Director el cual lleva el procedimiento administrativo bajo 7 el número de expediente ZMT-CANC-002-2021, que recomienda cancelación del 8 arrendamiento a favor de Lago Renta Carro S.A. 9 10 RESULTANDO 11 12 PRIMERO: Mediante acuerdo N° 3-31 Sesión Ordinaria N° 09-03 del día 05 de 13 marzo de 2003, el Concejo Municipal aprueba el traspaso del arrendamiento de 14 un terreno en la Zona Marítimo Terrestre de Playa Cuajiniquil de La Cruz, 15 (conocida Playa 4X4 Cuajiniquil), que realiza el señor Guillermo Gonzales 16 Álvarez, al señor Rigoberto Murillo Herrera, representante legal de la empresa 17 Lago Renta Carro S.A. Folio 0000018 del expediente administrativo # PUS- 18 40-2003 19 20 SEGUNDO: Según expediente Administrativo # PUS- 40-2003, el área es de 21 1403.28 m² que colinda al Norte con manglar, Sur con Carlos Cruz Chaves, Este 22 con manglar y Oeste con Zona Pública, con referencia al mojón 55. Folio 23 0000019 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 24 25 TERCERO: Según Expediente Administrativo # PUS- 40-2003, el día 3 de 26 marzo del 2016, el señor Rubén Alexis Tinoco Ramírez, en calidad de inspector 27 del departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, 28 realizó inspección de campo en el terreno del permiso de uso a nombre de Lago 29 Renta Carro, S.A., y encontró una construcción de un rancho de habitación. 30 Folio 0000108 del expediente administrativo # PUS- 40-2003
1 CUARTO: Según expediente administrativo # PUS- 40-2003, el día 8 de febrero 2 del 2018 se realiza inspección en playa 4x4 Cuajiniquil con la presencia de los 3 señores Kevin Abarca Santamaría topógrafo municipal, Luis Ramírez Ríos, 4 gestor de proyectos, Rubén Tinoco Ramírez, inspector de Zona Marítimo 5 Terrestre y Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítimo 6 Terrestre y se detectó que en el terreno con expediente a nombre de Lago Renta 7 Carro, S.A., realizó reparación a una construcción sin Licencia Municipal, corte 8 de ramas de árboles de mangle, movimiento de mojón y una cantidad de sacos 9 rellenos de arena colocados al borde del manglar y en la zona restringida. Folio 10 0000150 del expediente administrativo # PUS- 40-2003 11 12 QUINTO: Mediante oficio MLC-PUCC-OF-092-2021 se informa que posterior a 13 revisar la base de datos de la Municipalidad y los del departamento de 14 Planificación Urbana y Control Constructivo, no se ubican ni expedientes para 15 permiso de movimiento de tierras, ni permiso para construcción a nombre de 16 Lago Renta Carro, S.A. Folio 0000274 del expediente administrativo # PUS- 17 40-2003 18 19 SEXTO: Que el Concejo Municipal mediante N° 1-13 A y N° 1-13 D, de la Sesión 20 extraordinaria N° 14-2021, celebrada el 30 de julio del año 2021, nombra Órgano 21 Director del Procedimiento Administrativo a la Licda Whitney Bejarano Sánchez, 22 Secretaria del Concejo Municipal, con el fin de investigar si procede o no la 23 cancelación del arrendamiento a nombre del empresa Lago Renta Carro S.A, así 24 mismo, como asesoras a las señoras Licda. Yahaira Duarte Aguirre y la 25 Ingeniera Alexandra Gonzaga peña del Departamento de Zona Marítimo 26 Terrestre, cuya juramentación se realizó el día cinco de agosto del año 2021, en 27 la Sesión Ordinaria N° 29-2021. 28 SEPTIMO: Mediante oficio MLC-ODZMT-OF-002-2021, de fecha 9 de setiembre 29 de 2021, se notifica a los representantes de Lago Renta Carro S.A, auto de 30 traslado de cargos de investigación, así mismo, notifica fecha de audiencia.
1 OCTAVO: En fecha 16 de septiembre del año 2021 se interpone ante la 2 Municipalidad de La Cruz, dirigido así mismo, al Concejo Municipal de La Cruz, 3 Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio para ante Inmediato Superior 4 en Grado Tribunal de lo Contencioso Administrativo como Jerárquico Impropio. 5 6 NOVENO: Mediante acuerdo municipal N° 1-2 de la Sesión Extraordinaria # 20- 7 2021, celebrada el día 26 de octubre del año 2021, se nombra al a Lic. Carlos 8 Guevara Torres, Gestor Jurídico de la Municipalidad de La Cruz, en calidad de 9 asesor del Órgano Director. 10 11 DECIMO: En fecha 19 de noviembre de 2021, se realiza audiencia oral y privada 12 al ser las 10 horas, encontrándose presente representante legal de Lago Renta 13 Carro S.A, el señor Jaime Murillo, el Lic. Jorge Salazar, Efrén Murillo Martínez, 14 testigo perito Consultor, así mismo, Lic. Carlos Guevara Torres, Gestor Jurídico 15 de la Municipalidad de La Cruz, en calidad de asesor del Órgano Director y Licda. 16 Whitney Bejarano Sánchez, Órgano Director, donde se realiza la exposición de 17 los hechos investigados como controvertidos y cada parte involucrada expuso 18 argumentación y fundamentación en la que se basa su defensa. 19 20 CONSIDERANDO 21 22 HECHO ÚNICO 23 En relación a los hechos intimados y a los alegatos presentados por la empresa 24 Lago Renta Carro S.A, en la audiencia oral y privada celebrada el día 19 de 25 noviembre del 2021, representada por el Lic. Luis Salazar, es de considerar para 26 este Órgano Director, que la representación legal de la sociedad anónima Lago 27 Renta Carro S.A, durante el desarrollo de la audiencia, no presenta prueba 28 fehaciente en defensa a los hechos intimados debidamente notificados y vueltos 29 en conocimiento nuevamente el día de la audiencia, por cuanto no hace 30 referencia directa a ellos, sino que, lo que fue manifestado de manera enérgica
1 y categóricamente fue el rechazo a la indagatoria de los hechos, alegan que 2 quien ostenta el cargo del departamento de Zona Marítimo Terrestre no cuenta 3 con la preparación debida para resolver, determinar, inspeccionar ni menos para 4 ejercer el puesto de coordinación de la Zona Marítimo Terrestre por cuando su 5 profesión no es acorde al perfil con que debiese contar el departamento. 6 7 Así mismo, manifiestan poseer una concesión sobre dicho terreno alegando que 8 el pago de canon corresponde únicamente cuando se posee una concesión, así 9 mismo; en ello, sobre este alegato, no se logra demostrar tal hecho, puesto que 10 no existe dentro del expediente administrativo PUS- 40-2003, un acuerdo 11 Municipal de otorgamiento de concesión a favor de Lago Renta Carro S.A, no 12 consta contrato de concesión, además no existe aprobación por parte del 13 Instituto Costarricense de Turismo de contrato de concesión a favor de dicha 14 empresa. 15 16 Por lo que debe considerarse la siguiente fundamentación jurídica. 17 18 El artículo 38 de la Ley 6043 y 19 del Reglamento 7841, establecen “que las 19 Municipalidades no podrán otorgar concesiones en las zonas turísticas sin que 20 el ICT y el INVU hayan aprobado o elaborado los planes de desarrollo de esa 21 zona; bajo una recta inteligencia jurídica las Municipalidades deberán aprobar 22 concesiones en las zonas turísticas donde el ICT y el INVU hayan aprobado los 23 planes de desarrollo” 24 25 El dictamen C-254-2012 de la Procuraduría General de La República por su parte 26 establece lo siguiente: “la Ley No. 6043 establece un régimen de concesiones 27 para acceder al uso de la Zona Marítimo Terrestre. La figura del arrendamiento, 28 a partir de la vigencia de dicho cuerpo legal, no tiene acogida como forma válida 29 de poder ocuparla legítimamente.”. 30
1 Así mismo, el dictamen C-142-2019 de la Procuraduría General de la Republica 2 indica “La Ley 6043 no contempla una sanción alternativa a la dispuesta en el 3 artículo 13 para el levantamiento de construcciones sin contar con la autorización 4 municipal, ni otra medida sustitutiva de la cancelación de la concesión cuando 5 se infrinjan las disposiciones de la Ley y de los contratos de concesión.” 6 7 Tomando en cuenta el hecho intimado acerca de las edificaciones sin permisos 8 constructivos, en el desarrollo de la audiencia realizada y relacionando lo que 9 consta dentro del Expediente Administrativo # PUS- 40-2003, no se logra 10 constatar que la empresa Lago Renta Carro S.A, cuenta con autorización para 11 la construcción de ningún tipo de edificación, siendo que así lo demuestra la 12 encargada del Departamento de Planificación y Control Constructivo; Con 13 relación a la inspección ocular de campo de las construcciones levantadas en la 14 propiedad en arriendo por el recurrente, según documento sin número de oficio 15 (visible en el folio N° 0000158 del expediente administrativo # PUS- 40-2003) 16 emitida por el Departamento de Planificación y Control Constructivo de la 17 Municipalidad de La Cruz, la cual es clara al indicar que, en la base de datos del 18 departamento Planificación y Control Constructivo de la Municipalidad de La 19 Cruz, no se encontró registro alguno de trámite de permiso de construcción en 20 proceso u otorgado a favor de empresa Lago Renta Carro S.A.. 21 22 Siendo en ello, apoyados a lo establecido en la ley 6043 vigente artículo 13, 23 donde se indica que es obligación de la Administración Pública velar por el 24 cumplimiento de la Legislación y que en lo literal se señala: Artículo 13.- Las 25 autoridades de la jurisdicción correspondiente y las municipalidades respectivas, 26 tan pronto tengan noticia de las infracciones a que se refieren los dos artículos 27 anteriores procederán, previa información levantada al efecto si se estimare 28 necesaria, al desalojo de los infractores y a la destrucción o demolición de las 29 construcciones, remodelaciones o instalaciones realizadas por aquellos, sin 30 responsabilidad alguna para la autoridad o la municipalidad. El costo de
1 demolición o destrucción se cobrará al dueño de la construcción o instalación. 2 Todo lo anterior sin perjuicio de las sanciones penales que procedan. (La Sala 3 Constitucional mediante resolución N° 5756 del 30 de octubre de 1996, declaró 4 que la aplicación del presente artículo “…en procesos jurisdiccionales 5 pendientes, que aún no concluyen con sentencia firme, no es violatorio del 6 debido proceso y del derecho de defensa del imputado, siempre y cuando se 7 interprete que es deber del juzgador, previo a la adopción de la medida de 8 destrucción, demolición, constatar que los terrenos o las obras involucradas se 9 encuentran efectivamente dentro de la zona marítimo terrestre y que éstas, se 10 realizaron al margen de lo dispuesto en la presente Ley”.) Reiteramos que he 11 recurrente no cuenta con autorización para la construcción de ningún tipo de 12 edificación, así demostrado por el encargado del Departamento de Planificación 13 y Control Constructivo, así como las inspecciones realizadas por el mismo. 14 15 CONCLUSIONES 16 17 En base a los 13, 38, 40 de La Ley 6043, artículo 19 del RLZMT 7841, con 18 fundamento en los dictámenes C-254-2012, C-142-2019 de la Procuraduría 19 General de La República, articulo 154 de la Ley General de Administración 20 Pública y en el apartado I.1 del Reglamento para tramitar permisos del uso del 21 suelo en la Zona Marítimo Terrestre de La Municipalidad de La Cruz, con base a 22 lo anterior, este Concejo Municipal concluye. 23 24 1- Se proceda a la cancelación del arrendamiento a favor de Lago Renta Carro 25 S.A, cédula jurídica 3-101-135771, por no lograrse demostrar que dicha empresa 26 haya obtenido una concesión en dicho terreno por parte de la Municipalidad de 27 la Cruz, ni del Instituto Costarricense de Turismo, por contravenir la Ley de Zona 28 Marítimo Terrestre y su reglamento, respecto a la ocupación del terreno mediante 29 la figura de un arrendamiento, figura que no es válida después de la entrada en 30 vigencia de la Ley 6043.
1 2- Así mismo, no se logra demostrar que se cuenta con permiso emitido por la 2 Municipalidad de La Cruz, para levantar edificación de ningún tipo, permisos para 3 realizar movimientos de tierra, corte de ramas de mangle y movimiento de mojón 4 a nombre de la empresa Lago renta Carro S.A. 5 6 Contra esta resolución caben los recursos de revocatoria y apelación según el 7 artículo 163 del Código Municipal, los cuales deberán presentarse en memorial 8 razonado dentro del quinto día. El concejo Municipal deberá conocer la 9 revocatoria en la sesión ordinaria siguiente a la presentación. La apelación será 10 conocida por el Tribunal Superior Contencioso-Administrativo, lo anterior en 11 apego al artículo 165 del mismo cuerpo normativo. ACUERDO 12 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 13 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 14 Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, José Manuel Vargas Chaves y 15 Juan José Taleno Navarro). 16 17 2- Se conoce oficio CPEM-094-2022 firmado por Erika Ugalde Camacho, Jefa 18 de Área de Comisiones Legislativa III, Asamblea Legislativa, en el cual indica lo 19 siguiente; ASUNTO: Consulta Obligatoria proyecto 22.656 20 21 Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de 22 Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de 23 consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio 24 de esa municipalidad en relación con el proyecto “LEY DE FINANCIAMIENTO 25 DE PLANES REGULADORES COSTEROS Y REFORMA DE OTRAS LEYES”, 26 expediente 22.656 el cual se adjunta. 27 28 Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser 29 posible, enviar el criterio de forma digital. 30
1 La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una 2 prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el 3 próximo 23 de febrero. 4 5 Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los 6 teléfonos 2243-2437, 2243-2194, o al correo electrónico COMISION- 7 GOBIERNO@asamblea.go.cr. 8 9 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 10 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 11 propuesta seria que se remita al señor Alcalde Municipal para se estudie y emita 12 recomendación al Concejo Municipal, para que posteriormente se proceda a 13 contestar la presente solicitud a la Asamblea Legislativa, sírvanse a levantar la 14 mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del 15 trámite de comisión. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, remite ante el Lic. 20 Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, oficio CPEM-094-2022, 21 firmado por la señora Erika Ugalde Camacho, Jefe de Área de Comisiones 22 Legislativas III, en el cual remite proyecto “Ley de Financiamiento de Planes 23 Reguladores Costeros y Reforma de otras leyes”, para que se estudie y emita 24 recomendación al Concejo Municipal, para que posteriormente se proceda a 25 contestar la presente solicitud a la Asamblea Legislativa. ACUERDO 26 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 27 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 28 Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, Estela Alemán Lobo y 29 Juan José Taleno Navarro) 30
1 3-Se conoce oficio MLC-UAI-OF-025-2022 firmado por el Lic. Gledys Delgado 2 Cárdenas, Auditor Interno de la Municipalidad de La Cruz, con copia para el 3 Concejo Municipal de La Cruz, en el cual remite oficio en el cual informa la 4 devolución del tomo N°1 y N°2 del Libro Diario General, en el cual indica que el 5 día 15 de febrero del 2022, se entrega a la Unidad de Auditoria Interna tomo N°1 6 y N°2 del Libro Diario General de Contabilidad, para el cierre y apertura 7 respectivo., al realizar la revisión par a revisar si se hicieron las subsanaciones 8 a las observaciones realizadas en los anteriores oficios emitidos por la Auditoria 9 Interna, se observó en esta nueva revisión, que continúan sin subsanarse. 10 11 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 12 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 13 propuesta seria que se brinde acuse de recibo, sírvanse a levantar la mano los 14 que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 15 comisión. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 20 recibo al oficio N°MLC-UAI-OF-025-2022, firmado por el Lic. Gledys Delgado 21 Cárdenas, Auditor Interno Municipal, en relación a la devolución del tomo nro. 1 22 y nro. 2 del Libro General. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 23 FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 24 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel 25 Vargas Chaves, Estela Alemán Lobo y Juan José Taleno Navarro) 26 27 4-Se conoce oficio MLC-DAM-OF-067-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 28 Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual remite lo siguiente; 29 El suscrito Lic. Luis Alonso Alán Corea. Mayor de edad Licenciado en 30 Administración de Empresas cédula de identidad número cinco – doscientos
1 noventa y tres - ciento noventa y seis, Alcalde Municipal de La Municipalidad de 2 La Cruz durante el período comprendido del primero de mayo del dos mil veinte 3 al treinta de abril del dos mil veinticuatro, según resolución N° 1317-E11-2020, 4 del Tribunal Supremo de Elecciones de las diez horas del veinticuatro de febrero 5 del dos mil veinte, por este medio me permito dar respuesta al acuerdo municipal 6 N° 2-6 de la sesión ordinaria N° 09-2022 realizada el día 10 de febrero del año 7 2022, en el cual solicitan recomendación sobre el expediente N° 22-377 8 “Reforma de Ley de Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del 9 BANHVI. Para que el BANHVI otorgue bonos para la construcción de viviendas 10 en islas” 11 12 Al respecto el suscrito indica que esta administración no tiene objeción alguna al 13 Proyecto de Ley expediente N° 22-377 “Reforma de Ley de Sistema Financiero 14 Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI. Para que el BANHVI otorgue 15 bonos para la construcción de viviendas en islas. 16 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 17 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 18 propuesta seria que se le brinde acuse de recibo al presente oficio y así mismo, 19 se proceda a contestar con base al presente documento de forma literal la 20 consulta a la Asamblea Legislativa, sírvanse a levantar la mano los que estén de 21 acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 22 23 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 24 25 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, indica a la Licda. 26 Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Comisiones Legislativas II, que esta 27 administración no tiene objeción alguna al Proyecto de Ley Expediente N°22-377 28 “Reforma de Ley de Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del 29 BAHVI. Para que el BANHVI otorgue bonos para la construcción de viviendas en 30 islas. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE
1 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 2 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, 3 Estela Alemán Lobo y Juan José Taleno Navarro) 4 5 5- Se conoce oficio MLC-DAM-OF-073-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 6 Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual remite solicitud de corrección de 7 perfil de plaza de Encargado (a) de Valoración de Riesgo Institucional y 8 Monitoreo de los Servicios Municipales, en la cual se indica que por error 9 involuntario se la plaza de Encargado (a) de Valoración de Riesgo Institucional 10 y Monitoreo de los Servicios Municipales, categoría (PM2), se aprobó una 11 experiencia afines al cargo de 3 años, siendo lo correcto, según los demás 12 perfiles de puestos o categorías profesionales del Manual de puesto de la 13 Municipalidad, una experiencia de 2 años en labores afines al cargo, se adjunta 14 oficio del Departamento de Recursos Humanos, sobre la experiencia requerida 15 y aprobada para los demás puestos de la misma categoría, Profesional Municipal 16 (2) de nuestra Municipalidad. 17 18 Por tanto: 19 20 Con la finalidad de mantener un Manual de Puesto Homogéneo y equidad entre 21 los requisitos de las categorías en el Manual de Puesto de la Municipalidad de 22 La Cruz, solicito se corrija el requisito de experiencia para la plaza de Encargado 23 (a) de Valoración de Riesgo Institucional y Monitoreo de los Servicios 24 Municipales, Profesional Municipal 2 (PM2), con una experiencia en labores 25 afines al cargo mínima de 2 años. 26 27 El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, dice: Buenas 28 tardes estimados miembros del Concejo Municipal, señora Vicealcaldesa, a 29 nuestra secretaria, a los compañeros Daniel y Nayeli que nos acompañan en la 30 trasmisión del día de hoy, igualmente a todos los ciudadanos que tienen la
1 oportunidad de escuchar esta sesión extraordinaria, esos perfiles se aprobaron 2 con el presupuesto en el mes de septiembre como bien se indica el acuerdo, 3 estaba revisando estos días y pedí información a Recursos Humanos y bueno 4 por un error involuntario a como se dice en la nota la plaza es profesional en 5 bachiller esa es la categoría, que es un PM2, Profesional Municipal 2, las demás 6 plazas de la Municipalidad que están en esa categoría lo que se pide como 7 requisitos son dos años, yo asumo como ese día se trasformaron en otras plazas 8 y en algunas profesionales PM3, probablemente a la hora de la nota quedo con 9 la misma categoría de PM3, la idea es que valla en el Manual de puesto a cómo 10 van las otras plazas que se indique ahí una constancia de Recursos Humanos 11 de las experiencias que se pide en las demás plazas similares que es de dos 12 años, pues se solicita esa corrección para que el requisito quede homogéneo, 13 igual si tienen alguna consulta con todo gusto, esta plaza lo que se hizo y no sé 14 si recordarán fue una transformación en su momento que talvez pudo haber sido 15 eso lo que genero el error, esa plaza era la de Director Jurídico que teníamos 16 en la Municipalidad y que no se había utilizado, ustedes saben bien que la 17 Contraloría está constantemente llamándonos la atención por algunos temas de 18 Control Interno que nos ha costado atender porque no hay una persona dedicada 19 a estas labores en la Municipalidad, entonces viendo esa necesidad se hizo esa 20 transformación, pero al momento de la solicitud no se cambió la experiencia y 21 se dejó similar a la que estaba la plaza anteriormente, se baja de categoría, pero 22 se dejó la experiencia como prácticamente un poquito más arriba como lo es el 23 profesional 3, incluso el profesional 4 que en ese caso si se pide 5 años de 24 experiencia, entonces básicamente es una rectificación de requisito para que 25 quede homogéneo iguala las demás plazas que están en esa misma categoría. 26 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 27 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 28 propuesta seria que se apruebe el presente oficio y se transcriba de forma literal, 29 sírvanse a levantar la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y 30 se dispense del trámite de comisión.
1 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 2 3 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, con la finalidad de 4 mantener un Manual de Puestos homogéneo y equidad entre los requisitos de 5 las categorías en el Manual de Puestos de la Municipalidad de La Cruz, corrige 6 el requisito de experiencia para la plaza Encargado (a) de Valoración de Riesgo 7 Institucional y Monitoreo de los Servicios Municipales, Profesional Municipal 2 8 (PM2) con una experiencia en labores afines al caro mínima de dos años. 9 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA 10 DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz 11 Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, 12 Estela Alemán Lobo y Juan José Taleno Navarro) 13 14 6- Se conoce oficio 027-FAPTA-LIB-2022, firmado por la Licda. Daniela Solís 15 Rodríguez, Fiscala Auxiliar, en el cual remite lo siguiente; 16 17 Por requerirse, en la Investigación Penal seguida en este despacho bajo 18 la Sumaria Número 17-000042-0396-PE, en contra de JOSÉ VIDAL 19 ZAMORA LACAYO, LAURA CRISTINA MARTÍNEZ LEAL, por el delito de 20 Peculado, en perjuicio de EL DEBER DE PROBIDAD EN LA FUNCION 21 PUBLICA, se reitera la solicitud que se realizó en fecha 10 de enero del 22 2022 bajo el número de oficio 004-fapta-lib-2022, donde se solicitó: 1.- Indicar 23 si con respecto a la Sesión Ordinaria N.º 17-2013, del 20 de junio de 2013, 24 Acuerdo N.º 7, si se puede determinar si el Liceo Experimental Bilingüe 25 de La Cruz, utilizó los fondos que le fueron depositados para los fines que se 26 establecieron en dicho acuerdo, que era la reparación del gimnasio para un 27 campeonato de Futsala. Lo anterior de conformidad con las facultades que 28 otorga al Ministerio Público el numeral 290 del Código Procesal Penal, se 29 acuerda el plazo de UNA SEMANA para cumplir con la diligencia ordenada 30 por el Ministerio Público.- Se recuerda que de conformidad con el artículo 6 del
1 Sistema de Seguimiento de Control de Casos la no asistencia en el cumplimiento 2 de lo solicitado en el plazo establecido podría hacer que se califique el caso en 3 cuestión como CAUSA NO ASISTIDA. Procédase como corresponde. 4 5 El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, dice: gracias 6 señora presidente, ustedes recordarán hace un poco más que quince días llego 7 la solicitud donde daban ocho das para que el Concejo Municipal informara si 8 era posible determinar si las obras en la cual se apoyaron al Liceo Experimental 9 Bilingüe en su momento se habían realizado, en este momento no preciso de 10 cuando es esto pero debe de ser proyecto o inversión que se hizo en el 11 Experimental Bilingüe hace más de seis, siete o ocho años, es muy difícil para el 12 Concejo Municipal validar la información de que si se hizo o no se hizo, habría 13 que hacer un trabajo de campo, ir hablar con las personas que estaban en el 14 colegio en ese momento, revisar documentos de que fue lo que se hizo, en este 15 momento no les puedo informar si en aquel momento lo que se hizo se realizó 16 pintura, se pusieron lámparas o se pusieron marcos, ir a verificar si todo eso está 17 en ese momento, imaginasen que difícil es porque si se hizo fue pintura y a la 18 fecha ya se ha pintado dos a tres veces más, como vamos a decir que en este 19 momento se puede comprobar asumo que lo que se puede hacer es mediante 20 prueba testimonial y verificar con las personas que estaban en la Junta de 21 Administrativa que estaban en ese momento, con el señor Director o con las 22 personas que estuvieron con el proyecto de parte del Liceo Experimental 23 Bilingüe, porque por lo general la Municipalidad con ese tipo de trabajo que hace 24 el Comité de Deporte, directamente no ejecuta supervisión, entonces se había 25 pedido un prorroga que creo esta por vencerse o ya se venció para poder ir a 26 investigar un poco más, ustedes me lo solicitaron mediante un acuerdo y eso se 27 le paso al Lic. Carlos Guevara, para que hiciera todo el procedimiento, 28 casualmente que ayer o hoy en la mañana me comentaba él que ha tenido que 29 ha tenido que ir y preguntar y ya está elaborando el oficio, más bien pensé que 30 hoy o iba a presentar, pero sino en la próxima sesión Lic. Carlos Guevara, les
1 informará sobre la gestión o diligencia que hizo para que podamos responder la 2 solicitud de la Fiscalía, pero básicamente es eso, son situaciones muy complejas, 3 e muy difícil cuando en nuestro país la justicia es lenta, eso se verifica en el 4 momento, no es posible que seis a siete años venga la Fiscalía a que nosotros 5 di le hagamos el trabajo, porque ciertamente eso es, vamos hacer el esfuerzo 6 para revisar, verificar y contestar pero en estas condiciones después de tanto 7 tempo de verdad es muy complejo poder determinar más que también con 8 pruebas testimoniales de las persona que estuvieron en ese momento en el 9 proceso, para que ellos puedan consultar y preguntar, pero en resumen lo que 10 quería compartir o decir s eso, nosotros por este proceso efectivamente a 11 prorroga se nos venció y dado la complejidad del mismo es que nos ha costado 12 brindar un informe con talvez mayor detalle, pero a instrucción que tiene el Lic. 13 Guevara, es que les informe los hallazgos que hemos encontrado para que 14 ustedes puedan responder lo más antes posible a la solicitud de la Fiscalía. 15 16 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 17 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 18 propuesta seria que se brinde acuse de recibo, sírvanse a levantar la mano los 19 que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 20 comisión. 21 22 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 23 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 24 recibo al oficio 027-FAPTA-LIB-2022, firmado por la Licda. Daniela Solís 25 Rodríguez Fiscala Auxiliar de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y 26 Anticorrupción del Ministerio Público, en relación al recordatorio N°1 de solicitud 27 de información. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE 28 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 29 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, 30 Estela Alemán Lobo y Juan José Taleno Navarro)
1 7-Se conoce documento firmado por Sayonara Rodríguez Aragón, Secretaria 2 Interina del Comité Cantonal de Deporte y Recreación de La Cruz, en el cual se 3 remiten acuerdo N° 4 de la Sesión Ordinaria N° 004-2022, celebrada el día 15 4 de febrero del 2022, mediante el cual aprueban el presupuesto Extraordinario 5 Superávit del 2021, 01-2022 y remitirlo al Concejo Municipal de la Cruz para su 6 aprobación. 7 8 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 9 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 10 propuesta seria que se brinde acuse de recibo Presupuesto Extraordinario 11 Superávit del 2021, 01-2022, debido a que la administración y ejecución de 12 dichos recursos competen directamente al CCDR La Cruz, sírvanse a levantar la 13 mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del 14 trámite de comisión. 15 16 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores 17 18 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 19 recibo al Presupuesto Extraordinario Superávit del 2021, 01-2022, debido a que 20 la administración y ejecución de dichos recursos competen directamente al 21 Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz. ACUERDO 22 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 23 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 24 Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, Estela Alemán Lobo y 25 Juan José Taleno Navarro) 26 8-Se conoce oficio AL-CJ-22.655-1452-2022 firmado por Marcia Valladares 27 Bermúdez, Área de Comisiones Legislativa IV, Asamblea Legislativa, en el cual 28 se remite lo siguiente; 29 La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el 30 proyecto: El Expediente N° 22.655: “LEY PARA PROHIBIR LA DOBLE
1 POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A LOS PUESTOS DE ALCALDE Y 2 REGIDOR”. 3 4 De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea 5 Legislativa, se procede a realizar la consulta obligatoria a la Institución que 6 ustedes representan. Para tales efectos, se adjunta el Texto Base en discusión. 7 8 De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), 9 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …” Si transcurridos 10 ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere 11 este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene 12 objeción que hacer al proyecto” ... 13 14 El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, a los siguiente 15 correos electrónicos: COMISION-JURIDICOS@asamblea.go.cr / 16 dab@asamblea.go.cr o bien, el original, puede ser entregado en la Secretaría de 17 la Comisión, ubicada en el piso -1 del edificio principal (Comisión de Asuntos 18 Jurídicos). 19 20 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 21 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 22 propuesta seria que se brinde acuse de recibo, sírvanse a levantar la mano los 23 que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 24 comisión. 25 26 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores 27 28 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 29 recibo al oficio AL-CJ-22.655-1452-2022 firmado por Marcia Valladares 30 Bermúdez, Área de Comisiones Legislativa IV, Asamblea Legislativa, en relación
1 al estudio al proyecto: Expediente N°22.655 “Ley para prohibir la doble 2 postulación de candidatos a los puestos de alcalde y regidor”. ACUERDO 3 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 4 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 5 Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Chaves, Estela Alemán Lobo y 6 Juan José Taleno Navarro) 7 8 9-Documento firmado por Socorro Díaz Chávez, Presidente Municipal, en el cual 9 remite lo siguiente; Por medio de la presente solicito prorroga de nombramiento 10 como interino a la señora Whitney Bejarano Sánchez, como Secretaria del 11 Concejo Municipal de La Cruz, por un periodo del 24 de febrero del año 2022 12 hasta el 24 de abril del año 2022, ésto debido a que el Departamento de 13 Recursos Humanos de la Municipalidad de La Cruz, remite documento a la 14 Comisión Especial que lleva acabo Proceso de Concurso Externo para 15 nombramiento del Secretario Municipal y procede a indicar que el proceso 16 realizado se declara infructuoso, debido a que no se logró obtener terna para 17 continuar con el debido proceso, por lo cual, se tendrá que sacar de nuevo a 18 Concurso Público. 19 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, 20 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 21 propuesta seria que se apruebe prorroga a la señora Whitney Bejarano 22 Sánchez, como Secretaria interina del Concejo Municipal de La Cruz, del 24 de 23 febrero del año 2022 hasta el 24 de abril del año 2022, sírvanse a levantar la 24 mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del 25 trámite de comisión. 26 27 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores 28 29 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba la prorroga 30 al nombramiento de la señora Whitney Bejarano Sánchez, como Secretaria
1 interina del Concejo Municipal de La Cruz, del 24 de febrero del año 2022 hasta 2 el 24 de abril del año 2022. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 3 FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 4 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel 5 Vargas Chaves, Estela Alemán Lobo y Juan José Taleno Navarro) 6 7 ARTICULO TERCERO 8 MOCIONES 9 10 NO HAY 11 ARTICULO CUARTO 12 ASUNTOS VARIOS 13 14 1- La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: yo tengo un 15 Asunto Vario y es la convocatoria de una Sesión Extraordinaria para el día 16 martes 22 de febrero a las 4:15 para conocer correspondencia de urgencia, si 17 estamos de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de 18 comisión. 19 20 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores, y se 21 procede a realizar convocatoria. 22 ARTICULO QUINTO 23 CIERRE DE SESIÓN 24 25 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la, a las 17:35 horas. 26 27 28 Socorro Díaz Chaves Licda. Whitney Bejarano Sánchez 29 Presidente Municipal Secretaria Municipal 30