Ordinaria 33 · 2020
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 33 del 2020 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
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- ~ Acuerdo (pág. 6) · firme · aprobado na Lara López, cédula de identidad N°5-0300-0494, Edwin Alberto 23 Ledezma Sihezar, cédula de identidad N°5-0215-0750, Carla Oyorbi Sánchez 24 Sánchez…
- ~ Acuerdo (pág. 27) · firme · aprobado trocientos quince con 15/100). 9 -. Programa II: Servicios Comunales, el monto de ¢ 1,158,965,739,.95 (Mil 10 ciento cincuenta y ocho millones novecie…
1 1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 4 Acta de Sesión Ordinaria # 33-2020, celebrada el día 04 de septiembre del año 5 2020, a las 17:00 horas, con la asistencia de los señores miembros: 6 7 Julio Cesar Camacho Gallardo Presidente Municipal en ejercicio 8 José Manuel Vargas Chaves Regidor Propietario 9 Juan José Taleno Navarro Regidor Propietario 10 Fermina Vargas Chavarría Regidora Suplente en ejercicio 11 Zeneida Pizarro Gómez Regidora Suplente en ejercicio 12 Sebastián Martínez Ibarra Regidor Suplente 13 Jessie Torres Hernández Síndica Propietaria de La Cruz 14 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Santa Cecilia 15 Katerine García Carrión Síndica Propietaria Santa Elena 16 Leovigilda Vílchez Tablada Síndica Supl. en Ejerc. La Garita 17 Eddie Antonio Selva Alvarado Síndico Suplente Santa. Elena 18 19 Otros funcionarios: Lic. Luis Alonso Alan Corea: Alcalde Municipal de la Cruz, 20 MSc. Ada Luz Osegueda Peralta: Vicealcaldesa Municipal, Lic. Eladio Bonilla 21 Morales: Gestor de Tecnología e Información Municipal, Wilberth Sequeira: 22 Radio Éxito FM y Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez: Secretario Municipal y 23 con la siguiente agenda: 24 25 1.- Revisión y Aprobación acta Anterior: N°30-2020 y N°31-2020 26 27 2.- Correspondencia. 28 29 3.- Mociones. 30
2 1 4.- Asuntos Varios 2 3 5.- Cierre de sesión. 4 5 ARTICULO PRIMERO 6 REVISION Y APROBACIÓN ACTAS ANTERIORES 7 8 1.- Acta N°30-2020 en discusión. 9 10 1.- El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 11 dice: Buenas tardes compañeros, compañeras, señor alcalde, señora 12 vicealcaldesa, señor secretario, Eladio Bonilla Morales, Funcionario, Wilberth 13 Sequeira de Radio éxito y para los que nos ven por la plataforma digital, 14 después de la oración como es de costumbre, al no estar la compañera 15 Alejandra Chacón Peña ni Eneas López Chavarría entra a la curul con voz y 16 voto la compañera Zeneida Pizarro Gómez, y al no estar la señora Presidente 17 Socorro Díaz Chaves ni Luis Diego Obregón, entra con voz y voto la señora 18 Fermina Vargas Chavarría. 19 20 Si alguien tiene alguna objeción al acta N°30 que lo manifieste, nadie, levanten 21 la mano los que estén de acuerdo en el acta N°30-2020. 22 23 Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada el acta N°30-2020. 24 25 2.- Acta N°31-2020 en discusión. 26 27 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, les 28 manifiesta, algún compañero tiene alguna objeción al acta N°31-2020?, nadie, 29 levanten la mano los que estén de acuerdo en el acta N°31-2020. 30
3 1 Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada el acta N°31-2020. 2 ARTICULO SEGUNDO 3 CORRESPONDENCIA 4 5 1.- Se conoce oficio MLC-DAI-OF-128-2020, firmado por el Lic. Gledys Delgado 6 Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 07 de agosto del 7 2020, en el cual Comunica el resultado del estudio sobre los procesos de 8 planificación, gestión, ejecución y control de los recursos provenientes de 9 partidas específicas, Ley 7755 en la Municipalidad de La Cruz. 10 11 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 12 manifiesta: compañeros este oficio es demasiado extenso, propongo que se le 13 saque copia y se le suministre a cada uno de los miembros del concejo y lo 14 dejamos pendiente para el próximo viernes, levanten la mano los que estén de 15 acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 16 17 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita que se le 18 saque una copia al oficio N°MLC-DAI-OF-128-2020, firmado por el Lic. Gledys 19 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz y se le suministre a 20 cada miembro del Concejo Municipal, para su estudio y análisis, y ser conocido 21 el próximo viernes 11 de septiembre del 2020. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 22 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, 23 por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho Gallardo, José Manuel 24 Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, Fermina Vargas Chavarría: 25 Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora 26 Suplente en ejercicio). 27 28 2.- Se conoce documento firmado por la señora Andrea González Rojas, 29 apoderada especial con facultades suficientes para este acto, de la empresa 30 denominada ESTACIÓN PARA LA BIODIVERSIDAD, S.A., cédula de persona
4 1 jurídica 3-101-128340, en el cual solicita la revisión de los extremos del 2 acuerdo N° 1-12, de la sesión extraordinaria N⁰ 13-2020 de fecha 12 de agosto 3 del 2020; y de oficio proceder a anularlo, por las razones antes dichas. En caso 4 de que no se considere pertinente lo solicitado, deja presentado en forma 5 expresa un Recurso de Revocatoria, por lo que pide se revoque el acuerdo 6 dicho y en su lugar, se ordene continuar con el trámite de concesión y aprobar 7 el borrador de resolución favorable de la Alcaldía para el otorgamiento de la 8 concesión. En caso de mantener lo resuelto, APELO para ante el Superior, 9 Tribunal Contencioso Administrativo. 10 11 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, dice: 12 les propongo que se le remita el recurso de apelación en subsidio al señor 13 Carlos Guevara Torres, para que lo estudie, analice y dictamine, para así tomar 14 la resolución correspondiente, que levanten la no los que estén de acuerdo que 15 sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el Lic. 20 Carlos Guevara Torres, Gestor Jurídico Municipal de La Cruz, documento 21 firmado por Andrea González Rojas, apoderada especial con facultades 22 suficientes para este acto, de la empresa denominada ESTACIÓN PARA LA 23 BIODIVERSIDAD, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-128340 , en el cual 24 solicita la revisión de los extremos del acuerdo N° 1-12, de la sesión 25 extraordinaria N⁰ 13-2020 de fecha 12 de agosto del 2020; y de oficio proceder 26 a anularlo, por las razones antes dichas. En caso de que no se considere 27 pertinente lo solicitado, deja presentado en forma expresa un Recurso de 28 Revocatoria, por lo que pide se revoque el acuerdo dicho y en su lugar, se 29 ordene continuar con el trámite de concesión y aprobar el borrador de 30 resolución favorable de la Alcaldía para el otorgamiento de la concesión. En
5 1 caso de mantener lo resuelto, APELO para ante el Superior, Tribunal 2 Contencioso Administrativo, esto para su análisis, estudio y dictamen, para así 3 tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 4 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, 5 por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho Gallardo, José Manuel 6 Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, Fermina Vargas Chavarría: 7 Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora 8 Suplente en ejercicio). 9 10 3.- Se conoce documento firmado por el Msc. Roger Vásquez Picado, Director 11 del Colegio Nocturno de La Cruz, de fecha 26 de agosto del 2020, en el cual 12 remite la propuesta de ternas para la conformación de la Junta Administrativa 13 del Colegio Nocturno de La Cruz, para su nombramiento y juramentación ante 14 el Concejo Municipal. 15 16 Terna N°1 17 Maritza Hernández López, cédula de identidad N°5-0355-0385 18 Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad N°5-0325-0166 19 José Elías González Martínez, cédula de identidad N°5-0409-0232 20 21 Terna N°2 22 Lorgia Yojana Lara López, cédula de identidad N°5-0300-0494 23 José Elías González Martínez, cédula de identidad N°5-0409-0232 24 Jeilyn Karina Martínez Umaña, cédula de identidad N°5-0408-0402 25 26 Terna N°3 27 Edwin Alberto Ledezma Sihezar, cédula de identidad N°5-0215-0750 28 Jeilyn Karina Martínez Umaña, cédula de identidad N°5-0408-0402 29 Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad N°5-0325-0166 30
6 1 Terna N°4 2 Carla Oyorbi Sánchez Sánchez, cédula de identidad N°5-0294-0231 3 Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad N°5-0325-0166 4 José Elías González Martínez, cédula de identidad N°5-0409-0232 5 6 Terna N°5 7 Jackeline Patricia Rivera Lara, cédula de identidad N°5-0318-0916 8 María Magdalena Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad N°6911231CC- 9 220549 10 Inés de Los Ángeles Porras Medina, cédula de identidad N°5-0354-0623 11 12 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, dice: 13 levanten la mano los que estén de acuerdo que se apruebe el nombramiento 14 de la Junta Administrativa del Colegio Nocturno de La Cruz y se autorice al 15 señor Alcalde para su debida juramentación, que sea firme, definitivo y se 16 dispense del trámite de comisión. 17 18 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 19 20 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los 21 señores: Maritza Hernández López, cédula de identidad N°5-0355-0385, Lorgia 22 Yojana Lara López, cédula de identidad N°5-0300-0494, Edwin Alberto 23 Ledezma Sihezar, cédula de identidad N°5-0215-0750, Carla Oyorbi Sánchez 24 Sánchez, cédula de identidad N°5-0294-0231 y Jackelinne Patricia Rivera Lara, 25 cédula de identidad N°5-0318-0916, vecinos del Cantón de La Cruz, como 26 miembros de la Junta Administrativa del Colegio Nocturno de La Cruz. Por lo 27 que se autoriza al Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, 28 para su debida juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, 29 EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A 30 FAVOR (Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
7 1 Juan José Taleno Navarro, Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente 2 en ejercicio y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 3 4.- Se conoce documento firmado por la Licda. Lorena Caldera Obregón, 4 Gestora Jurídica Municipal de La Cruz, de fecha 01 de agosto del 2020, en el 5 cual da respuesta al acuerdo número 2-16 de la sesión ordinaria número 30- 6 2020, verificada por la Municipalidad de La Cruz de fecha 14 de agosto del 7 2020, con la aprobación para la fecha de presentación según acuerdo número 8 N°2-2 de la Sesión Ordinaria N°31- 2020. 9 10 RECURSO DE REVOCATORIA, CON APELACION EN SUBSIDIO, CONTRA 11 EL ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL 2-2ª DE LA SESIÓN ORDINARIA 12 21-2019, DE FECHA 19 DE JUNIO DEL 2019, PRESENTADO POR LA 13 LICENCIADA AIDA MARIA MONTIEL HÉCTOR. 14 15 Sobre el recurso 16 La suscrita según análisis del expediente administrativo especifico de la 17 recurrente dentro del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, incluido el 18 informe MLC-ZMT-GJ-CJ-004-2020, de fecha 05 de mayo 2020, firmado por la 19 licenciada Gestora jurídica del Departamento de Zona Marítimo Terrestre 20 Yahaira Duarte Aguirre, dentro del cual se recomienda la suspensión del cobro 21 del canon de ocupación y corroborar la efectiva notificación del acuerdo de la 22 suspensión del cobro de canon, recomendación que va dirigida a la 23 Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre en la persona de 24 Alexandra Gonzaga Peña y el Concejo Municipal de La Cruz. 25 Tras el estudio se logra contrastar que la recurrente Aida María Montiel Héctor 26 no lleva la razón de acuerdo a los puntos que a continuación mencionaré a 27 detalle. 28 29 Sobre el recurrente
8 1 En cuanto a la recurrente Aida María Montiel Héctor, se tiene como persona 2 con derechos subjetivos sobre el arrendamiento de terreno dentro de Playa 3 Cuajiniquil en terreno de Zona Marítimo Terrestre, por así existir aprobación de 4 arrendamiento del terreno según acuerdo del Concejo Municipal número 2-21 5 sesión ordinaria 63-93 del 01 de diciembre de 1993, teniéndose a la misma 6 tiene capacidad jurídica para interponer el presente recurso de revocatoria y 7 apelación. 8 9 Resultando 10 11 1- El Concejo Municipal mediante su acuerdo número 2-2ª° de la sesión 12 ordinaria número 21-2019 del 06 de junio del 2019, procede acoger la 13 recomendación de suspensión de los cobros del canon por arriendo en los 14 terrenos ubicados en la Playa de Cuajiniquil denominada playa 4x4, y procedió 15 a enlistarlos dentro de un cuadro, bajo el detalle de los números de 16 expedientes, nombre, cédula jurídica o física según fuere el caso, número de 17 acuerdo y sesión en la cual fueron autorizados de los arrendadores de esos 18 terrenos de la Zona Marítimo Terrestre, por existir conveniencia por parte de la 19 Municipalidad de La Cruz en implementar herramientas de ordenamiento 20 territorial en el sector costero actualizadas que permitan una adecuada 21 administración de la ZMT en playa 4x4 de Cuajiniquil, comisionando dentro del 22 presente acuerdo para la notificación del acto administrativo a la coordinadora 23 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Alexandra Gonzaga Peña, 24 proceder con el cumplimiento del acuerdo aquí citado y con la notificación del 25 mismo a los arrendatarios. 26 2- En fecha 05 de agosto del 2020, procede la mediante correo electrónico 27 amontiel@bufetemontiel.com correo debidamente autorizado por la recurrente 28 dentro de su expediente administrativo para recibir notificaciones y en el cual 29 en diferentes ocasiones se le han realizado notificaciones administrativa 30 relacionadas al arrendamiento del terreno que nos ocupa, es a este correo
9 1 electrónico que se realiza por parte de la coordinadora del Departamento de 2 Zona Marítimo Terrestres que se notifica el acuerdo aquí recurrido este mismo 3 acompañado del oficio de remisión MLC-ZMT-143-2020 del acuerdo 2-2ª° de la 4 sesión ordinaria 21- 2019, correo de notificación que fue debidamente recibido 5 y cumplió los efectos jurídicos de un acto notificado ya que producto de la 6 notificación la recurrente presenta el recurso de revocatoria y apelación en 7 subsidio contra el acuerdo citado y debidamente notificado acuerdo 2-2ª° de la 8 sesión ordinaria 21-2019. 9 10 Considerando: 11 12 De los motivos de la recurrente Aida María Montiel Héctor, para proceder con la 13 presentación del recurso de revocatoria y apelación en subsidio, me refiero 14 punto a punto. 15 16 Primero: Del punto “Uno” recurrido por la recurrente se logra establecer que el 17 recurrente no lleva la razón en este punto, siendo lo claro que la notificación del 18 acuerdo recurrido no se dio vía fax sino vía correo electrónico mismo que se 19 encuentra acreditado en el expediente administrativo y en el cual se han 20 realizado muchas notificaciones de distintos acuerdos tomados por la 21 Municipalidad, como medio oficial de comunicación entre el arrendatario y 22 arrendador (Municipalidad y la recurrente), no existiendo razón por la cual hoy 23 la recurrente manifieste que la misma no ha autorizado a la administración 24 Municipal para recibir notificación del acuerdo aquí recurrido cuando en otras 25 ocasiones y como medio oficial este correo es el que fue ofrecido por la 26 recurrente y responde al mismo como parte de la comunicación que debe de 27 existir entre las partes (municipalidad y arrendatario de terreno en ZMT). Con el 28 hecho de incluir en su escrito de recurso que el medio por el cual recibió la 29 notificación (del acuerdo 2-2ª°) no es oficial no es suficiente, debe demostrarlo 30 y en el caso que nos ocupa no lo demuestra la recurrente, siendo lo contrario
10 1 por la administración que logra demostrar con vista al expediente administrativo 2 en diferentes folios, se logra comprobar que el correo electrónico ha sido el 3 enlace de comunicación entre la recurrente y la municipalidad de La Cruz 4 desde el año 2013 y hasta la fecha. 5 Segundo: Del punto “Dos” reclamado por la recurrente, se logra establecer 6 que la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que la 7 coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, no tiene 8 competencia para negarse a cobrar el canon, ante este punto la recurrente 9 confunde la decisión del Concejo Municipal mediante el acuerdo recurrido, ya 10 que lo que acordó el Concejo fue suspender el cobro del canon a nivel 11 adminsitrativa, ya que como bien sabemos los temas de las decisiones de la 12 Zona Marítima Terrestre le compete al Concejo Municipal y la parte 13 administrativa de esas decisiones está bajo la responsabilidad de la 14 administración Municipal como tal y para el caso del recaudo del cobro de los 15 canon estos se recaudan desde la caja municipal o bien por cuenta bancaria 16 autorizada por la Municipalidad, no teniendo nada que ver el actuar de la 17 coordinadora cuya labor compete en la notificación a la aquí recurrente que se 18 suspende el cobro del canon. Hacemos un énfasis en las competencias de la 19 administración municipal la cual la forman todos los departamentos que en ella 20 se encuentran mismos que ejecutan los actos administrativos emanados por el 21 Concejo Municipal y la Alcaldía Municipal en función del interés público, en el 22 caso que nos aboga la protección de la zona marítima y sus zonas públicas. 23 Tercero: Del punto “Tres” reclamado por la recurrente, se logra establecer que 24 la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que existe confusión 25 en las fechas de los acuerdos, lo que se evidencia dentro de la redacción de 26 los acuerdos es una mala redacción pero es claro y la misma recurrente lo 27 reconoce en su argumento que el acuerdo 2-2ª° sesión ordinaria 21-2019 es 28 del 06 de junio del año 2019, ella misma la recurrente entre su alegato termina 29 reconociendo que logra entender que el acuerdo que le notifican el 11 de
11 1 marzo es de del año 2019 y no como lo hace ver que existe confusión por lo 2 que se le rechaza su argumento en el alegato tres de su recurso. 3 4 Cuarto: Del punto “cuarto” reclamado por la recurrente, se logra establecer 5 que la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que el acuerdo 6 que suspende el cobro del canon es inconstitucional, no logra demostrar él 7 porque es inconstitucional, no aporta relación jurídica en el actuar de la 8 administración municipal en el cumplimiento de las normas de protección al 9 ambiente y la administración de la zona marítima terrestre y la violación a la 10 norma máxima constitucional, es fundamental recordar que los recursos deben 11 obedecer a un tema de legalidad y no solo mencionar el incumplimiento o 12 violación de la 13 Constitución Política, aquí no se demuestra cual fue la violación y a cual 14 derecho constitucional que afecte a la recurrente. 15 Es de importancia traer a colación lo que ha dicho la Sala Constitucional con 16 relación a la obligación que tienen las municipalidades en la administración de 17 las zonas costeras marítimas y públicas y las potestades que el ordenamiento 18 jurídico ha dotado a las Municipalidades para el resguardo de las zonas 19 marítimas terrestres. La Sala Constitucional si ha sido muy enfática en 20 establecer el deber de cumplimiento del ordenamiento jurídico1 de los 21 Funcionarios públicos y ha dejado en claro las responsabilidades que le 22 atribuye la ley 6043 a las Municipalidades en sus Concejos Municipal y 23 Concejos de Distritos cuando les compete. 24 25 “La Sala Constitucional ha indicado que lo dispuesto en el artículo 13 citado 26 constituye una “potestad-deber” a cargo de las Municipalidades (voto No. 27 447-1991 de 15 horas 30 minutos de 21 de febrero de 1991), y que “la especial 28 categoría de los bienes demaniales, hace que sean excluidos del ordenamiento 29 jurídico común de la propiedad ordinaria, lo que implica la existencia de un 30 régimen jurídico propio, singular y privativo, regulado por el Derecho
12 1 Administrativo, existiendo un derecho-deber del Estado de la tutela o 2 protección del dominio público.” (voto No. 12783-2010 de las 8 horas 51 3 minutos de 31 de julio de 2010).” 4 5 1 La omisión de actuar conforme a lo indicado, puede hacer incurrir a los 6 funcionarios municipales en responsabilidades disciplinarias y penales (Ley 7 6043, artículos 3, 13, 17, 20, 34, 35 y 63; Código Penal, artículos 331 y 332; 8 Sala Constitucional, sentencias 2233-93, 846-95, 5559-96, 8429-01 y 12777- 9 01, dictámenes números 28-PA-77 de 2 de mayo de 1977, 32-PA-77 de 5 de 10 mayo de 1977, C-289-80 de 22 de diciembre de 1980, C-066-81 de 31 de 11 marzo de 1981, C-214-81 de 18 de setiembre de 1981, C-003-85 de 4 de enero 12 de 1985, C-313-85 de 4 de diciembre de 1985, C-127-96 de 31 de julio de 1996 13 y C-230-97 de 4 de diciembre de 1997).” (Dictamen No. C-94-2007 de 27 de 14 marzo de 2007) 15 16 Al respecto, también es necesario tener en cuenta lo ya indicado en otras 17 ocasiones acerca del deber que tienen los funcionarios públicos de ejercer las 18 competencias que establece la ley: 19 20 “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad, que deben 21 actuar siempre sometidos a los principios (entre otros el de transparencia y 22 sana administración) y normas del ordenamiento jurídico, y no pueden hacer 23 caso omiso o negarse a cumplir los mandatos contenidos en éste (artículos 11 24 de la Constitución y 11 de la Ley General de la Administración Pública; Sala 25 Constitucional, votos números 1372-92, 3410-92, 74-98, 634-98, entre otros). 26 Frente a un acto ilícito, la Administración debe hacer cuanto esté a su alcance 27 para combatirlo (Sala Constitucional, voto 897-98; oficio número AAA-296- 28 2003 del 26 de abril de 2003).” 29
13 1 Quinto: Del punto “Quinto” reclamado por la recurrente, se logra establecer 2 que la recurrente no lleva la razón en este punto al replicar que la 3 Municipalidad con la emisión de los acuerdos aquí recurridos son ilegales e 4 inoportunos, no logra demostrar el motivo ni sustenta por qué los acuerdos 5 tanto el de mera notificación del acto de suspensión del cobro del canon así 6 como el de la suspensión del cobro del canon por que son ilegales e 7 inoportunos, si ambos acuerdos obedecen y se ajustan a la responsabilidad 8 jurídica que tienen las Municipalidades en el cuido y respaldo de las zonas 9 marítimas terrestres. Con la toma del acuerdo de suspensión del cobro del 10 canon (aquí recurrido) y la notificación del mismo a la aquí recurrente, su 11 condición jurídica no se ve cambiada ni sufre desmejora tal y como ella solo lo 12 menciona en su mera manifestación dentro del recurso, es importante recalcar 13 que la recurrente no logra demostrar ni argumentar el por qué los acuerdos son 14 a su entendimiento como ilegales e imprudentes. 15 16 Sexto: Del punto “Sexto” reclamado por la recurrente, se logra establecer que 17 la recurrente no lleva la razón en este punto al replicar que los acuerdos y 18 oficios omisos indicando que sus derechos le impiden a la municipalidad de 19 implementar herramientas de ordenamiento territorial, analizando y leyendo a 20 detalle tanto el acuerdo aquí recurrido como el oficio de notificación ninguno de 21 los dos documentos indican lo que la recurrente manifiesta en el punto 22 específico y al igual que los demás puntos recurridos no aporta pruebas ni 23 respaldos jurídicos motivados de su recurso. 24 25 Por tanto. 26 27 1- Con fundamento en los razonamientos expuestos anteriormente, se rechaza 28 en todos sus extremos y en su totalidad el recurso de revocatoria contra el 29 acuerdo 2-2-a° de la sesión ordinaria 21-2019 del 6 de junio del 2019, y del
14 1 oficio también recurrido número MLC-ZMT-143-2020, firmado por Alexandra 2 Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre. 3 2- Elévese el recurso de apelación presentado en subsidio ante el superior en 4 grado, junto con la fotocopia del expediente adminsitrativa debidamente foliado 5 y certificado. 6 3- Notifíquese al recurrente al medio establecido en el recurso sea el correo 7 electrónico aida.montiel@gmail.com. 8 9 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, dice: 10 algún compañero tiene algo que decir, sino someto a votación, levanten la 11 mano los que estén de acuerdo que se apruebe el dictamen que envía la 12 Gestora Jurídica Municipal que sea firme, definitivo y se dispensa del trámite de 13 comisión. 14 15 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 16 17 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, rechaza el recurso 18 de apelación en subsidio contra el acuerdo N° 2-2A de la Sesión Ordinaria 19 N°21-2019, del 19 de junio del 2019, interpuesto por la Licda. Aida María 20 Montiel Héctor, y se admite el Recurso de Apelación para ante el Tribunal 21 Contencioso Administrativo para que resuelva en razón de jerarca impropio de 22 conformidad con el artículo 165 del Código Municipal, se justifica y motiva de la 23 siguiente manera: 24 25 Sobre el recurso 26 La suscrita según análisis del expediente administrativo especifico de la 27 recurrente dentro del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, incluido el 28 informe MLC-ZMT-GJ-CJ-004-2020, de fecha 05 de mayo 2020, firmado por la 29 licenciada Gestora jurídica del Departamento de Zona Marítimo Terrestre 30 Yahaira Duarte Aguirre, dentro del cual se recomienda la suspensión del cobro
15 1 del canon de ocupación y corroborar la efectiva notificación del acuerdo de la 2 suspensión del cobro de canon, recomendación que va dirigida a la 3 Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre en la persona de 4 Alexandra Gonzaga Peña y el Concejo Municipal de La Cruz. 5 Tras el estudio se logra contrastar que la recurrente Aida María Montiel Héctor 6 no lleva la razón de acuerdo a los puntos que a continuación mencionaré a 7 detalle. 8 9 Sobre el recurrente 10 En cuanto a la recurrente Aida María Montiel Héctor, se tiene como persona 11 con derechos subjetivos sobre el arrendamiento de terreno dentro de Playa 12 Cuajiniquil en terreno de Zona Marítimo Terrestre, por así existir aprobación de 13 arrendamiento del terreno según acuerdo del Concejo Municipal número 2-21 14 sesión ordinaria 63-93 del 01 de diciembre de 1993, teniéndose a la misma 15 tiene capacidad jurídica para interponer el presente recurso de revocatoria y 16 apelación. 17 18 Resultando 19 20 1- El Concejo Municipal mediante su acuerdo número 2-2ª° de la sesión 21 ordinaria número 21-2019 del 06 de junio del 2019, procede acoger la 22 recomendación de suspensión de los cobros del canon por arriendo en los 23 terrenos ubicados en la Playa de Cuajiniquil denominada playa 4x4, y procedió 24 a enlistarlos dentro de un cuadro, bajo el detalle de los números de 25 expedientes, nombre, cédula jurídica o física según fuere el caso, número de 26 acuerdo y sesión en la cual fueron autorizados de los arrendadores de esos 27 terrenos de la Zona Marítimo Terrestre, por existir conveniencia por parte de la 28 Municipalidad de La Cruz en implementar herramientas de ordenamiento 29 territorial en el sector costero actualizadas que permitan una adecuada 30 administración de la ZMT en playa 4x4 de Cuajiniquil, comisionando dentro del
16 1 presente acuerdo para la notificación del acto administrativo a la coordinadora 2 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Alexandra Gonzaga Peña, 3 proceder con el cumplimiento del acuerdo aquí citado y con la notificación del 4 mismo a los arrendatarios. 5 2- En fecha 05 de agosto del 2020, procede la mediante correo electrónico 6 amontiel@bufetemontiel.com correo debidamente autorizado por la recurrente 7 dentro de su expediente administrativo para recibir notificaciones y en el cual 8 en diferentes ocasiones se le han realizado notificaciones administrativa 9 relacionadas al arrendamiento del terreno que nos ocupa, es a este correo 10 electrónico que se realiza por parte de la coordinadora del Departamento de 11 Zona Marítimo Terrestres que se notifica el acuerdo aquí recurrido este mismo 12 acompañado del oficio de remisión MLC-ZMT-143-2020 del acuerdo 2-2ª° de la 13 sesión ordinaria 21- 2019, correo de notificación que fue debidamente recibido 14 y cumplió los efectos jurídicos de un acto notificado ya que producto de la 15 notificación la recurrente presenta el recurso de revocatoria y apelación en 16 subsidio contra el acuerdo citado y debidamente notificado acuerdo 2-2ª° de la 17 sesión ordinaria 21-2019. 18 19 Considerando: 20 21 De los motivos de la recurrente Aida María Montiel Héctor, para proceder con la 22 presentación del recurso de revocatoria y apelación en subsidio, me refiero 23 punto a punto. 24 25 Primero: Del punto “Uno” recurrido por la recurrente se logra establecer que el 26 recurrente no lleva la razón en este punto, siendo lo claro que la notificación del 27 acuerdo recurrido no se dio vía fax sino vía correo electrónico mismo que se 28 encuentra acreditado en el expediente administrativo y en el cual se han 29 realizado muchas notificaciones de distintos acuerdos tomados por la 30 Municipalidad, como medio oficial de comunicación entre el arrendatario y
17 1 arrendador (Municipalidad y la recurrente), no existiendo razón por la cual hoy 2 la recurrente manifieste que la misma no ha autorizado a la administración 3 Municipal para recibir notificación del acuerdo aquí recurrido cuando en otras 4 ocasiones y como medio oficial este correo es el que fue ofrecido por la 5 recurrente y responde al mismo como parte de la comunicación que debe de 6 existir entre las partes (municipalidad y arrendatario de terreno en ZMT). Con el 7 hecho de incluir en su escrito de recurso que el medio por el cual recibió la 8 notificación (del acuerdo 2-2ª°) no es oficial no es suficiente, debe demostrarlo 9 y en el caso que nos ocupa no lo demuestra la recurrente, siendo lo contrario 10 por la administración que logra demostrar con vista al expediente administrativo 11 en diferentes folios, se logra comprobar que el correo electrónico ha sido el 12 enlace de comunicación entre la recurrente y la municipalidad de La Cruz 13 desde el año 2013 y hasta la fecha. 14 15 Segundo: Del punto “Dos” reclamado por la recurrente, se logra establecer 16 que la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que la 17 coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, no tiene 18 competencia para negarse a cobrar el canon, ante este punto la recurrente 19 confunde la decisión del Concejo Municipal mediante el acuerdo recurrido, ya 20 que lo que acordó el Concejo fue suspender el cobro del canon a nivel 21 adminsitrativa, ya que como bien sabemos los temas de las decisiones de la 22 Zona Marítima Terrestre le compete al Concejo Municipal y la parte 23 administrativa de esas decisiones está bajo la responsabilidad de la 24 administración Municipal como tal y para el caso del recaudo del cobro de los 25 canon estos se recaudan desde la caja municipal o bien por cuenta bancaria 26 autorizada por la Municipalidad, no teniendo nada que ver el actuar de la 27 coordinadora cuya labor compete en la notificación a la aquí recurrente que se 28 suspende el cobro del canon. Hacemos un énfasis en las competencias de la 29 administración municipal la cual la forman todos los departamentos que en ella 30 se encuentran mismos que ejecutan los actos administrativos emanados por el
18 1 Concejo Municipal y la Alcaldía Municipal en función del interés público, en el 2 caso que nos aboga la protección de la zona marítima y sus zonas públicas. 3 4 Tercero: Del punto “Tres” reclamado por la recurrente, se logra establecer que 5 la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que existe confusión 6 en las fechas de los acuerdos, lo que se evidencia dentro de la redacción de 7 los acuerdos es una mala redacción pero es claro y la misma recurrente lo 8 reconoce en su argumento que el acuerdo 2-2ª° sesión ordinaria 21-2019 es 9 del 06 de junio del año 2019, ella misma la recurrente entre su alegato termina 10 reconociendo que logra entender que el acuerdo que le notifican el 11 de 11 marzo es de del año 2019 y no como lo hace ver que existe confusión por lo 12 que se le rechaza su argumento en el alegato tres de su recurso. 13 14 Cuarto: Del punto “cuarto” reclamado por la recurrente, se logra establecer 15 que la recurrente no lleva la razón en este punto al argumentar que el acuerdo 16 que suspende el cobro del canon es inconstitucional, no logra demostrar él 17 porque es inconstitucional, no aporta relación jurídica en el actuar de la 18 administración municipal en el cumplimiento de las normas de protección al 19 ambiente y la administración de la zona marítima terrestre y la violación a la 20 norma máxima constitucional, es fundamental recordar que los recursos deben 21 obedecer a un tema de legalidad y no solo mencionar el incumplimiento o 22 violación de la 23 Constitución Política, aquí no se demuestra cual fue la violación y a cual 24 derecho constitucional que afecte a la recurrente. 25 Es de importancia traer a colación lo que ha dicho la Sala Constitucional con 26 relación a la obligación que tienen las municipalidades en la administración de 27 las zonas costeras marítimas y públicas y las potestades que el ordenamiento 28 jurídico ha dotado a las Municipalidades para el resguardo de las zonas 29 marítimas terrestres. La Sala Constitucional si ha sido muy enfática en 30 establecer el deber de cumplimiento del ordenamiento jurídico1 de los
19 1 Funcionarios públicos y ha dejado en claro las responsabilidades que le 2 atribuye la ley 6043 a las Municipalidades en sus Concejos Municipal y 3 Concejos de Distritos cuando les compete. 4 5 “La Sala Constitucional ha indicado que lo dispuesto en el artículo 13 citado 6 constituye una “potestad-deber” a cargo de las Municipalidades (voto No. 7 447-1991 de 15 horas 30 minutos de 21 de febrero de 1991), y que “la especial 8 categoría de los bienes demaniales, hace que sean excluidos del ordenamiento 9 jurídico común de la propiedad ordinaria, lo que implica la existencia de un 10 régimen jurídico propio, singular y privativo, regulado por el Derecho 11 Administrativo, existiendo un derecho-deber del Estado de la tutela o 12 protección del dominio público.” (voto No. 12783-2010 de las 8 horas 51 13 minutos de 31 de julio de 2010).” 14 15 1 La omisión de actuar conforme a lo indicado, puede hacer incurrir a los 16 funcionarios municipales en responsabilidades disciplinarias y penales (Ley 17 6043, artículos 3, 13, 17, 20, 34, 35 y 63; Código Penal, artículos 331 y 332; 18 Sala Constitucional, sentencias 2233-93, 846-95, 5559-96, 8429-01 y 12777- 19 01, dictámenes números 28-PA-77 de 2 de mayo de 1977, 32-PA-77 de 5 de 20 mayo de 1977, C-289-80 de 22 de diciembre de 1980, C-066-81 de 31 de 21 marzo de 1981, C-214-81 de 18 de setiembre de 1981, C-003-85 de 4 de enero 22 de 1985, C-313-85 de 4 de diciembre de 1985, C-127-96 de 31 de julio de 1996 23 y C-230-97 de 4 de diciembre de 1997).” (Dictamen No. C-94-2007 de 27 de 24 marzo de 2007) 25 26 Al respecto, también es necesario tener en cuenta lo ya indicado en otras 27 ocasiones acerca del deber que tienen los funcionarios públicos de ejercer las 28 competencias que establece la ley: 29
20 1 “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad, que deben 2 actuar siempre sometidos a los principios (entre otros el de transparencia y 3 sana administración) y normas del ordenamiento jurídico, y no pueden hacer 4 caso omiso o negarse a cumplir los mandatos contenidos en éste (artículos 11 5 de la Constitución y 11 de la Ley General de la Administración Pública; Sala 6 Constitucional, votos números 1372-92, 3410-92, 74-98, 634-98, entre otros). 7 Frente a un acto ilícito, la Administración debe hacer cuanto esté a su alcance 8 para combatirlo (Sala Constitucional, voto 897-98; oficio número AAA-296- 9 2003 del 26 de abril de 2003).” 10 11 Quinto: Del punto “Quinto” reclamado por la recurrente, se logra establecer 12 que la recurrente no lleva la razón en este punto al replicar que la 13 Municipalidad con la emisión de los acuerdos aquí recurridos son ilegales e 14 inoportunos, no logra demostrar el motivo ni sustenta por qué los acuerdos 15 tanto el de mera notificación del acto de suspensión del cobro del canon así 16 como el de la suspensión del cobro del canon por que son ilegales e 17 inoportunos, si ambos acuerdos obedecen y se ajustan a la responsabilidad 18 jurídica que tienen las Municipalidades en el cuido y respaldo de las zonas 19 marítimas terrestres. Con la toma del acuerdo de suspensión del cobro del 20 canon (aquí recurrido) y la notificación del mismo a la aquí recurrente, su 21 condición jurídica no se ve cambiada ni sufre desmejora tal y como ella solo lo 22 menciona en su mera manifestación dentro del recurso, es importante recalcar 23 que la recurrente no logra demostrar ni argumentar el por qué los acuerdos son 24 a su entendimiento como ilegales e imprudentes. 25 26 Sexto: Del punto “Sexto” reclamado por la recurrente, se logra establecer que 27 la recurrente no lleva la razón en este punto al replicar que los acuerdos y 28 oficios omisos indicando que sus derechos le impiden a la municipalidad de 29 implementar herramientas de ordenamiento territorial, analizando y leyendo a 30 detalle tanto el acuerdo aquí recurrido como el oficio de notificación ninguno de
21 1 los dos documentos indican lo que la recurrente manifiesta en el punto 2 específico y al igual que los demás puntos recurridos no aporta pruebas ni 3 respaldos jurídicos motivados de su recurso. 4 Por tanto. 5 1- Con fundamento en los razonamientos expuestos anteriormente, se rechaza 6 en todos sus extremos y en su totalidad el recurso de revocatoria contra el 7 acuerdo 2-2-a° de la sesión ordinaria 21-2019 del 6 de junio del 2019, y del 8 oficio también recurrido número MLC-ZMT-143-2020, firmado por Alexandra 9 Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre. 10 2- Elévese el recurso de apelación presentado en subsidio ante el superior en 11 grado, junto con la fotocopia del expediente adminsitrativa debidamente foliado 12 y certificado. 13 3- Notifíquese al recurrente al medio establecido en el recurso sea el correo 14 electrónico aida.montiel@gmail.com. 15 Se emplaza a la Licda. Aida María Montiel Héctor, para que dentro del término 16 de cinco días hábiles comparezca ante el Tribunal Contencioso Administrativo 17 Segundo Circuito Judicial, Anexo A, de Calle Blancos San José, a hacer valer 18 sus derechos, apercibido de su obligación de señalar casa u oficina para 19 atender notificaciones en el perímetro de dicho Tribunal, bajo el apercibimiento 20 que de no hacerlo se tendrán por notificadas a aquellas resoluciones que se 21 dictan por el transcurso de veinticuatro horas. Se ordena al señor Secretario 22 Municipal proceda a remitir el expediente respectivo ante dicho Tribunal 23 Contencioso, de acuerdo al término de Ley estipulado. ACUERDO 24 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL 25 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho 26 Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, 27 Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida 28 Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 29
22 1 5.- Se conoce oficio G-1414-2020, firmado por el Dr. Alberto López Chaves, 2 Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 23 de julio del 3 2020, en el cual solicita cumplir con las observaciones de los informes DPD- 4 ZMT-392-2020 y AL-TA-0786-2020, en relación al trámite de prórroga de 5 concesión de Villa Soriz S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario se 6 procederá a denegar el trámite y hacer devolución del expediente y la 7 Municipalidad deberá hacer una nueva agestión. Así mismo, que dicha 8 documentación sean dirigidos a la Gerencia del Instituto Costarricense de 9 Turismo. 10 11 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, dice: 12 alguna objeción compañero, ninguna, levanten la mano los que estén de 13 acuerdo en que se remita a la encargada del Departamento de Zona Marítimo 14 Terrestre, para que cumpla con las observaciones técnicas y legales en el 15 tiempo de ley. Y se autoriza al señor alcalde para que firme el contrato con el 16 cambio de número de finca, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite 17 de comisión. 18 19 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 20 21 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Ing. 22 Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Departamento de Zona Marítimo 23 Terrestre Municipal de La Cruz, oficio G-1414-2020, firmado por el Dr. Alberto 24 López Chaves, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, en el 25 cual solicita cumplir con las observaciones de los informes DPD-ZMT-392-2020 26 y AL-TA-0786-2020, en relación al trámite de prórroga de concesión de Villa 27 Soriz S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario se procederá a denegar 28 el trámite y hacer devolución del expediente y la Municipalidad deberá hacer 29 una nueva agestión. Así mismo, que dicha documentación sean dirigidos a la 30 Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. Así mismo, se autoriza al Lic.
23 1 Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, para que proceda hacer 2 las correcciones con el contrato, en relación al número de finca. ACUERDO 3 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL 4 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho 5 Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, 6 Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida 7 Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 8 9 6.- Se conoce oficio G-1331-2020, firmado por el Dr. Alberto López Chaves, 10 Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 23 de julio del 11 2020, en el cual solicita cumplir con las observaciones de los informes DPD- 12 ZMT-363-2020 y AL-TA-0736-2020, en relación al trámite de prórroga de 13 concesión de Villa Oralbi S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario se 14 procederá a denegar el trámite y hacer devolución del expediente y la 15 Municipalidad deberá hacer una nueva agestión. Así mismo, que dicha 16 documentación sean dirigidos a la Gerencia del Instituto Costarricense de 17 Turismo. 18 19 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 20 manifiesta: alguna objeción compañero, ninguna, levanten la mano los que 21 estén de acuerdo en que se remita a la encargada del Departamento de Zona 22 Marítimo Terrestre, para que cumpla con las observaciones técnicas y legales 23 en el tiempo de ley, que firme el contrato con el cambio de número de finca, 24 que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 25 26 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 27 28 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Ing. 29 Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Departamento de Zona Marítimo 30 Terrestre Municipal de La Cruz, oficio G-1331-2020, firmado por el Dr. Alberto
24 1 López Chaves, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, en el 2 cual solicita cumplir con las observaciones de los informes DPD-ZMT-363-2020 3 y AL-TA-0736-2020, en relación al trámite de prórroga de concesión de Villa 4 Oralbi S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario se procederá a denegar 5 el trámite y hacer devolución del expediente y la Municipalidad deberá hacer 6 una nueva agestión. Así mismo, que dicha documentación sean dirigidos a la 7 Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. ACUERDO 8 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL 9 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho 10 Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, 11 Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida 12 Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 13 7.- Se conoce oficio G-1488-2020, firmado por el Dr. Alberto López Chaves, 14 Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 04 de agosto 15 del 2020, en el cual solicita cumplir con las observaciones de los informes 16 DPD-ZMT-418-2020 y AL-TA-0851-2020, en relación al trámite de prórroga de 17 concesión de Villa Bellavista S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario 18 se procederá a denegar el trámite y hacer devolución del expediente y la 19 Municipalidad deberá hacer una nueva agestión. Así mismo, que dicha 20 documentación sean dirigidos a la Gerencia del Instituto Costarricense de 21 Turismo. 22 23 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 24 manifiesta: alguna objeción compañero, ninguna, levanten la mano los que 25 estén de acuerdo en que se remita a la encargada del Departamento de Zona 26 Marítimo Terrestre, para que cumpla con las observaciones técnicas y legales 27 en el tiempo de ley, que firme el contrato con el cambio de número de finca, 28 que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 29 30 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.
25 1 2 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Ing. 3 Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Departamento de Zona Marítimo 4 Terrestre Municipal de La Cruz, oficio G-1488-2020, firmado por el Dr. Alberto 5 López Chaves, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, en el 6 cual solicita cumplir con las observaciones de los informes DPD-ZMT-418-2020 7 y AL-TA-0851-2020, en relación al trámite de prórroga de concesión de Villa 8 Bellavista S.A, esto en el tiempo estipulado, caso contrario se procederá a 9 denegar el trámite y hacer devolución del expediente y la Municipalidad deberá 10 hacer una nueva agestión. Así mismo, que dicha documentación sean dirigidos 11 a la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. ACUERDO 12 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL 13 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho 14 Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, 15 Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida 16 Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 17 18 8.- Se conoce oficio MLC-ALC-155-2020, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 19 Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 28 de agosto del 2020, en el 20 cual remite Plan Anual Operativo y Presupuesto Ordinario para el periodo 2021 21 de la Municipalidad de La Cruz por el monto de ¢4,573,830,172.33 (Cuatro mil 22 quinientos setenta y tres millones ochocientos treinta mil ciento setenta y dos 23 con 33/100), distribuidos por programas presupuestarios según clasificación 24 por objeto del gasto y económica mediante el siguiente detalle: 25 26 - Programa I: Dirección y Administración General, el monto de ¢ 27 1,229,728,415.15 (Mil doscientos veintinueve millones setecientos 28 veintiocho mil cuatrocientos quince con 15/100).
26 1 - Programa II: Servicios Comunales, el monto de ¢ 1,158,965,739,.95 2 (Mil ciento cincuenta y ocho millones novecientos sesenta y cinco mil 3 setecientos treinta y nueve con 95/100). 4 - Programa III: Inversiones, el monto de ¢ 2,185,136,017.23 (Dos mil 5 ciento ochenta y cinco millones ciento treinta y seis mil diecisiete con 6 23/100). 7 8 Dicho presupuesto se encuentra financiado en un 19.83% con ingresos 9 tributarios, un 14.67% de ingresos no tributarios, un 29.97% de transferencia 10 corrientes y en un 35.52% de transferencias de capital, como parte de las 11 fuentes de financiamiento más significativas. 12 13 Lo anterior, con la finalidad de que sea sometido a aprobación para su posterior 14 envío a la Contraloría General de la República a más tardar el día 30 de 15 setiembre del año en curso. 16 17 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 18 manifiesta: compañeras y compañeros, les propongo a la Comisión de 19 Hacienda y Presupuesto de esta Municipalidad, para estudio, análisis y 20 dictamen y así tomar la resolución respectiva, le solicito al señor alcalde que en 21 la comisión tengamos la presencia del señor contador y tesorero Municipales y 22 como presidente de la Comisión de Hacienda le solicito a los miembros 23 compañeros que nos reunamos a la brevedad posible porque le tiempo es oro, 24 que sea firme y definitivo. 25 26 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 27 28 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la 29 Comisión de Hacienda y Presupuesto, oficio N°MLC-ALC-155-2020, firmado 30 por el Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, el cual
27 1 contiene el Plan Anual Operativo y Presupuesto Ordinario para el período 2021 2 de la Municipalidad de La Cruz, por el monto de ¢4.573.830.172,33 (Cuatro mil 3 quinientos setenta y tres mil millones ochocientos treinta mil ciento setenta y 4 dos con 33/100), distribuidos por programas presupuestarios según 5 clasificación por objeto de gasto y económica mediante el siguiente detalle: 6 -. Programa I: Dirección y Administración General, el monto de ¢ 7 1,229,728,415.15 (Mil doscientos veintinueve millones setecientos veintiocho 8 mil cuatrocientos quince con 15/100). 9 -. Programa II: Servicios Comunales, el monto de ¢ 1,158,965,739,.95 (Mil 10 ciento cincuenta y ocho millones novecientos sesenta y cinco mil setecientos 11 treinta y nueve con 95/100). 12 -. Programa III: Inversiones, el monto de ¢ 2,185,136,017.23 (Dos mil ciento 13 ochenta y cinco millones ciento treinta y seis mil diecisiete con 23/100). 14 Esto con el fin de que se estudie, analice y dictamine, para así tomar la 15 resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 16 FIRME, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho Gallardo, José 17 Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, Fermina Vargas 18 Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida Pizarro Gómez: 19 Regidora Suplente en ejercicio). 20 ARTICULO TERCERO 21 MOCIONES 22 23 1.- Se conoce moción presentada por el señor Sebastián Martínez Ibarra, 24 Regidor Suplente, acogida por el señor José Manuel Vargas Chaves, Regidor 25 Propietario, en la cual solicita que dentro del Presupuesto Ordinario 2021 se 26 incorpore recurso económico para el Mejoramiento de la superficie de ruedo del 27 camino Los Andes hacia el Pochote, ya que está en muy mal estado, para las 28 personas que por ahí transitan. 29
28 1 El señor Sebastián Martínez Ibarra, Regidor Suplente, dice: Buenas noches 2 compañeros el interés de que se repare el camino es por el sistema que ahí 3 sale mucha agricultura y ganadería, también transitan indocumentados, 4 personas ilegales, y es necesario de que las patrullas de seguridad pública 5 hagan su vigilancia pero por el mal estado del camino no se puede, le pido al 6 señor alcalde que nos ayude en eso. 7 8 El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, Buenas noches señores 9 miembros del Concejo, Señor secretario, vicealcaldes, Eladio Bonilla, Wilberth 10 Sequeira de Radio Éxito y a quienes nos ven y escuchan por la plataforma 11 digital, agradezco la petición y las inquietudes de vuestra parte ante mí, y el 12 Concejo, para La Garita tenemos en el Presupuesto Extraordinario ¢18 13 millones para atender Ánimas-La Garita, y en la Comisión de Hacienda hay una 14 contratación de material lastre que no se ha podido aplicar porque nos 15 recortaron recursos en la ley 8114, esperamos que nos ingresen, está la 16 reparación del camino La Garita-Los Andes, que se hará en los dos últimos 17 meses del año, personalmente he visitado la comunidad de Los Andes y con 18 Don Sebastián podemos hacer una inspección al camino que el pide, ahí no he 19 ido, es mi responsabilidad y en el presupuesto del 2021 van recursos para el 20 mantenimiento vial, vamos a ser muy creativos para ver las necesidades, no 21 podemos ponerles nombre a los caminos y ahora que tenemos montos 22 aprobados hay que esperar, estamos obligados a hacer Ánimas –La Garita- 23 Los Andes y después el Pochote, decirles que con el invierno hemos tenido 24 que intervenir muchos caminos por las lluvias pero ya salimos de esa situación 25 de emergencias en otras comunidades, como la solicitud del señor Luis Catillo 26 en Santa Elena de Santa Cecilia, así que Don Sebastián vamos a programar 27 para hacer la inspección. 28 29 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 30 manifiesta: compañeros, mi propuesta es remitir la moción al señor alcalde,
29 1 porque es de su competencia y de hecho el señor alcalde ya propuso que van 2 hacer una gira, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se le remita 3 al alcalde para lo de su competencia, que sea firme, definitivo y se dispense del 4 trámite de comisión. 5 6 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 7 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el Lic. 8 Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, moción firmada por el 9 señor Sebastián Martínez Ibarra, Regidor Suplente, acogida por el señor José 10 Manuel Vargas Chaves, Regidor Propietario, en la cual solicita que dentro del 11 Presupuesto Ordinario 2021 se incorpore recurso económico para el 12 Mejoramiento de la superficie de ruedo del camino Los Andes hacia el Pochote, 13 esta remisión con el fin de que tome cartas en el asunto. . ACUERDO 14 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL 15 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho 16 Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, 17 Fermina Vargas Chavarría: Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida 18 Pizarro Gómez: Regidora Suplente en ejercicio). 19 2.- Se conoce moción presentada por la señora Socorro Díaz Chaves, 20 Regidora Propietaria, de fecha 04 de septiembre, en el cual: 21 Considerandos: 22 23 1.- Que el Cantón de la Cruz está ubicado a 19 kilómetros de Peñas Blancas, 24 Frontera Norte con Nicaragua, región sensible y7 vulnerable debido al tránsito 25 de Migrantes de diferentes nacionalidades. 26 27 2.- Que al ser zona limítrofe, suele darse afectación del perfil epidemiológico, 28 se detectan muchas enfermedad y actualmente y han surgido muchos casos de 29 COVID-19. 30
30 1 3.- Que según el INEC, La Cruz es uno de los cantones más pobres del País, 2 con caminos en mal estado, con deficiencia en transporte público, por ende 3 dificultad al acceso a los servicios de salud. 4 5 4.- Que existen lugares muy poblados con caseríos dispersos y distantes con 6 respecto a la clínica central, entre ellos Santa Cecilia a 32 kilometro, Los Andes 7 a 24 kilómetros, Cuajiniquil a 26 Kilómetros, Las Brisas a 19 kilómetros, El Jobo 8 y La Garita a 16 kilómetros, Tempatal a 9 kilómetros y la mayoría no cuenta 9 con Ebais. 10 11 5.- Que en caso de emergencia por la noche, los pacientes son atendidos por 12 médicos en la Clínica Central; se les dan las recetas y como no hay 13 farmacéutico en el turno de la noche deben de volver al siguiente día a retirar 14 los medicamentos. 15 16 6.- El Área de Salud de La Cruz, no cuenta con el servicio de Apoyo 17 Terapéutico en Farmacia, en: Horario de 10 de la noche a 7 de la mañana de 18 Lunes a Domingo. 19 7.- Que la Clínica de La Cruz, incurre en infringir los siguientes artículos de la 20 Ley General de Salud, ante la falta de servicio de farmacia en tercer turno, 21 artículo 50, 55, 56 e inclusive el artículo 58, autoriza la disposición de apertura 22 de horario nocturno (farmacia). 23 24 8.- Que existe estudio técnico presentado en la Gerencia Médica de la sede 25 Central de la C.C.S.S específicamente donde el Dr. Eduardo Cambronero, 26 según oficio N°GA-1596-2018-GF-52-2018-OM-14038-2018-GP-7981-2018. 27 28 POR LO TANTO MOCIONO 29
31 1 Para que se tome el acuerdo de solicitar al Dr. Macaya Hayes, Presidente 2 Ejecutiva y de la Gerencia General de la CCSS, Dr. Ruíz Cubillo la apertura de 3 plaza de farmacéutico, un técnico, enfermera para el tercer turno de la noche 4 en la Clínica del décimo Cantón La Cruz, Provincia de Guanacaste. Tómese en 5 cuenta que ya existe jurisprudencia al respecto con votos de la Sala 6 Constitucional. Que sea acuerdo firme, definitivo y que se dispense del trámite 7 de comisión. Solicito el apoyo de mis compañeros. 8 9 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 10 manifiesta: mi acojo a la moción de la señora Presidente, porque hemos sido 11 testigo de esta situación, personas de largas distancias tienen que regresar a 12 retirar los medicamentos y que no tienen recursos para venir al día siguiente, y 13 hasta adultos mayores, si algún compañero tiene algo que decir. 14 15 La señora Jessie Torres Hernández, Síndica Propietaria de La Cruz, les dice: 16 Buenas noches, señor presidente, alcalde, vicealcaldesa y demás que nos 17 acompañan hoy, doy todo el apoyo a la moción de la señora presidente y es 18 cierto que después de las 10 de la noche no hay medicamentos, y sino hasta el 19 día siguiente se debe de venir a retirarlos. 20 El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, dice: En La Cruz 21 tenemos muchos temas por resolver y en reunión con funcionarios de la CCSS, 22 ya les plantee esa solicitud y vamos a tener reunión con personeros de la Caja 23 pero no se pudo por esto de la pandemia que ocurrió en la CCSS, no sé si 24 vieron la carta que le envié a la primera dama y le pedí ver la necesidad en 25 salud en La Cruz, hay vecinos que están a una o dos horas de la clínica y con 26 una frontera que son cientos de personas que han necesitado los servicios de 27 salud y se le deben de atender y con el crecimiento turístico, también se deben 28 de atender las necesidades en salud, ya es necesario contar con un centro de 29 atención integral, que es lo que se necesita, en el Hospital de Liberia a veces
32 1 está tres o cuatro días en una silla sin cama, de ahí la importancia de velar por 2 la salud. 3 4 El señor Julio César Camacho Gallardo, Presidente Municipal en ejercicio, 5 manifiesta: compañeros, mi propuesta es que se apruebe la moción, que 6 levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se 7 dispense del trámite de comisión. 8 9 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 10 11 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita a los 12 señores Dr. Román Macaya Hayes, Presidente Ejecutivo y Dr. Mario Ruíz 13 Cubillo, Gerente General de la Caja Costarricense de Seguro Social, la 14 apertura de plaza de farmacéutico, un técnico, enfermera para el tercer turno 15 de la noche en la Clínica del décimo Cantón La Cruz, Provincia de Guanacaste. 16 Tómese en cuenta que ya existe jurisprudencia al respecto con votos de la Sala 17 Constitucional. Se justifica la petición basada en: 18 Considerandos: 19 1.- Que el Cantón de la Cruz está ubicado a 19 kilómetros de Peñas Blancas, 20 Frontera Norte con Nicaragua, región sensible y7 vulnerable debido al tránsito 21 de Migrantes de diferentes nacionalidades. 22 23 2.- Que al ser zona limítrofe, suele darse afectación del perfil epidemiológico, 24 se detectan muchas enfermedad y actualmente y han surgido muchos casos de 25 COVID-19. 26 27 3.- Que según el INEC, La Cruz es uno de los cantones más pobres del País, 28 con caminos en mal estado, con deficiencia en transporte público, por ende 29 dificultad al acceso a los servicios de salud. 30
33 1 4.- Que existen lugares muy poblados con caseríos dispersos y distantes con 2 respecto a la clínica central, entre ellos Santa Cecilia a 32 kilometro, Los Andes 3 a 24 kilómetros, Cuajiniquil a 26 Kilómetros, Las Brisas a 19 kilómetros, El Jobo 4 y La Garita a 16 kilómetros, Tempatal a 9 kilómetros y la mayoría no cuenta 5 con Ebais. 6 5.- Que en caso de emergencia por la noche, los pacientes son atendidos por 7 médicos en la Clínica Central; se les dan las recetas y como no hay 8 farmacéutico en el turno de la noche deben de volver al siguiente día a retirar 9 los medicamentos. 10 6.- El Área de Salud de La Cruz, no cuenta con el servicio de Apoyo 11 Terapéutico en Farmacia, en: Horario de 10 de la noche a 7 de la mañana de 12 Lunes a Domingo. 13 7.- Que la Clínica de La Cruz, incurre en infringir los siguientes artículos de la 14 Ley General de Salud, ante la falta de servicio de farmacia en tercer turno, 15 artículo 50, 55, 56 e inclusive el artículo 58, autoriza la disposición de apertura 16 de horario nocturno (farmacia). 17 18 8.- Que existe estudio técnico presentado en la Gerencia Médica de la sede 19 Central de la C.C.S.S específicamente donde el Dr. Eduardo Cambronero, 20 según oficio N°GA-1596-2018-GF-52-2018-OM-14038-2018-GP-7981-2018. 21 22 Según moción presentada por la señora Socorro Díaz Chaves, Presidente 23 Municipal de La Cruz, Guanacaste. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 24 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, 25 por 5 VOTOS A FAVOR (Julio César Camacho Gallardo, José Manuel 26 Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro, Fermina Vargas Chavarría: 27 Regidora Suplente en ejercicio y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora 28 Suplente en ejercicio). 29 30 ARTICULO CUARTO
34 1 ASUNTOS VARIOS 2 3 No hay 4 ARTICULO QUINTO 5 CIERRE DE SESION 6 Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión a las 18:30 horas. 7 8 9 10 11 Socorro Díaz Chaves Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez 12 Presidente Municipal Secretario Municipal 13 14 15 16 17 18 19 20 21