Ordinaria 20 · 2019-05-30

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 20 del 2019-05-30 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                                                                                 1


 1                              MUNICIPALIDAD
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 3                                     LA CRUZ
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5    Acta de Sesión Ordinaria # 20-2019, celebrada el día 30 de mayo del año 2019,
6    a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:
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8          Blanca Casares Fajardo          Presidente Municipal
9          Carlos Ugarte Huertas           Regidor Propietario
10         Guiselle Bustos Chavarría        Regidora Propietaria
11          José Manuel Vargas Cháves       Regidor Suplente en Ejercicio
12         Gloria Monestel Monestel         Regidora Suplente En Ejercicio
13          Zeneida Quirós Chavarría        Sindica Propietaria Santa Cecilia
14         Mary Casanova López              Síndica Propietaria La Garita
15         Jorge Manuel Alan Fonseca        Síndico Propietario Santa Elena
16         José Reynaldo Fernández Vega Síndico Suplente Santa Cecilia
17          Sebastián Víctor Víctor         Síndico Suplente La Garita.
18
19   Otros funcionarios: Licda. Rosa Emilia Molina Martínez: Vicealcaldesa
20   Municipal, Licda. Amalia Yesca Torrentes: Asesora Legal del Concejo
21   Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal y con la
22   siguiente agenda:
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24   1.- Revisión y aprobación de acta anterior: al estar en proceso de empastado
25   de libro, confección de hojas membretadas, cierre y apertura de nuevo libro de
26   actas, no hay revisión.
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29   2.- Correspondencia
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                                                                                  2


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2    3.- Mociones
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5    4.- Asuntos Varios
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9    5.- Cierre de sesión
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11                               ARTICULO PRIMERO
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13                   REVISIÓN Y APROBACION ACTA ANTERIOR
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15   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice las buenas
16   tardes a todos, y después como de costumbre de la oración, en ausencia del
17   compañero Marvin Tablada Aguirre, entra doña Gloria Monestel Monestel,
18   como regidora suplente en ejercicio, y en ausencia del compañero Florencio
19   Acuña Ortiz, entra con voz y voto el compañero José Manuel Vargas Cháves,
20   y al estar en proceso de empastado de libro, confección de hojas
21   membretadas, cierre y apertura de nuevo libro de actas, no hay revisión de acta
22   anterior.
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24                              ARTICULO SEGUNDO
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26                               CORRESPONDENCIA
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28
29   1.- Se conoce Oficio N° ALDE.JS-153-2019, firmado por el señor Junnier
30   Alberto Salazar Tobal, alcalde municipal de la Cruz, de fecha 340-mayo-2019,
                                                                                     3


1    en la que justifica su ausencia a la sesión del día de hoy 30-mayo-2019, ya que
2    se encuentra en reunión en la Casa Presidencial en San José, tratando el tema
3    “Programa de Reconstrucción Vial 2, BID – MOPT, por lo cual deja justificada
4    su ausencia.
5
6    La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que es
7    la justificación del señor Alcalde de la ausencia a la sesión de hoy, por lo tanto
8    levanten la mano los que estén de acuerdo que se le brinde visto bueno, en
9    firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
10
11   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
12
13   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, concede visto
14   bueno al oficio N° ALDE.JS-153-2019, firmado por el señor Junnier Alberto
15   Salazar Tobal, alcalde municipal de la Cruz, de fecha 340-mayo-2019, en la
16   que justifica su ausencia a la sesión del día de hoy 30-mayo-2019, ya que se
17   encuentra en reunión en la Casa Presidencial en San José, tratando el tema
18   “Programa de Reconstrucción Vial 2, BID – MOPT, por lo cual deja justificada
19   su ausencia. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE
20   DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 5 a favor: Blanca Casares
21   Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
22   Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
23   Chávez, regidor suplente en ejercicio.
24
25   2.- Se conoce escrito firmado por el señor Msc. Berny Muñoz Porras,
26   Supervisor de Centros Educativos Circuito 01 MEP La Cruz, y Licda. Maryun
27   Astrid Ruiz Briceño: Directora Escuela de Guapinol de la Cruz Guanacaste, de
28   fecha 16-mayo-2019, en la que solicita el nombramiento y juramentación de
29   dos miembros de la Junta de Educación de dicha Escuela, en la que solicita se
30   nombren los dos primeros lugares que ocupan las ternas que adjunta, siendo
                                                                                  4


1    las señoras: Johanna del Carmen Soza Molinares, cédula de identidad N°5-
2    0499-0444 y Shirley Ileana Avilés Morales, cédula de identidad N°5-03970236,
3    vecinas de la comunidad de Guapinol, adjunta copia de cédula y hoja de
4    delincuencia, estas en reposición de las señores: Zeidy Esperanza Rivera
5    Tapia y Rebeca de los ángeles López Víctor, quienes renuncian (adjunta cartas
6    de renuncia).
7
8    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal de la Cruz, les dice
9    que si alguien tiene algo que externar, caso contrario somete a votación
10   levanten la mano los que estén de acuerdo en aprobar los nombramientos y
11   que se autorice al señor Alcalde municipal para la debida juramentación que
12   sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
13
14   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
15
16   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los
17   señores Johanna del Carmen Soza Molinares, cédula de identidad N°5-0499-
18   0444 y Shirley Ileana Avilés Morales, cédula de identidad N°5-03970236,
19   vecinos de la comunidad de Guapinol, Jurisdicción del cantón de La Cruz,
20   como miembros de la Junta de Educación de la Escuela de Guapinol, esto
21   debido a la renuncia de dos miembros de dicha Junta. Por lo que se autoriza al
22   señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal para su debida
23   juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE
24   DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 5 a favor: Blanca Casares
25   Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
26   Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
27   Chávez, regidor suplente en ejercicio.
28
29   3.- Se conoce escrito firmado por el señor Msc. Berny Muñoz Porras,
30   Supervisor de Centros Educativos Circuito 01 MEP La Cruz, y Rosibel López
                                                                                           5


1    Blandón: Directora Escuela de Coplachí de la Cruz Guanacaste, de fecha 14-
2    mayo-2019, en la que solicita el nombramiento y juramentación de dos
3    miembros de la Junta de Educación de dicha Escuela, en la que solicita se
4    nombren ya que no aporta ternas por ser Escuela Unidocente, y se acogen al
5    art. 14 del Reglamento de Juntas de Educación y Juntas Administrativas,
 6   siendo   los    señores:    José   Rosa      González,    cédula    de   identidad   N°
7    155826062609 y Johanna López Ureña, cédula de identidad N°5-0371 0750,
8    vecinos de la comunidad de Copalchi, adjunta copia de cédula y hoja de
9    delincuencia,    estas     en   reposición   de   las    señores:   Teresa    Menocal
10   Rivas(renuncia) y Mario Leonardo Wachón Morera( por no asistencia a
11   sesiones de Junta de Educación), (adjunta carta de renuncia y copia de actas
12   del libro de actas de no asistencia).
13
14   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal de la Cruz, les dice
15   que si alguien tiene algo que externar, caso contrario somete a votación
16   levanten la mano los que estén de acuerdo en aprobar los nombramientos y
17   que se autorice al señor Alcalde municipal para la debida juramentación que
18   sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
19
20   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
21   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los
22   señores José Rosa González, cédula de identidad 155826062609 y Johana
23   López Ureña, cédula de identidad 5-0371-0750, vecinos de la comunidad de
24   Copalchí, Jurisdicción del cantón de La Cruz, como miembros de la Junta de
25   Educación de la Escuela de Copalchí, esto debido a la renuncia de un miembro
26   y por la ausencia de uno de los miembros a 4 sesiones de dicha Junta. Por lo
27   que se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal para
28   su debida juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
29   FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 5 a favor: Blanca
30   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
                                                                                6


 1   Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
 2   Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
3    4.- Se conoce escrito firmado por el señor Msc. Filemón Ponce López,
4    Supervisor de Centros Educativos Circuito 05 MEP Santa Cecilia de La Cruz, y
5    Msc. Blanca López Escamilla, Directora Escuela Santa Cecilia de la Cruz
6    Guanacaste, de fecha 30-mayo-2019, en la que solicita el nombramiento y
7    juramentación de los miembros de la Junta de Educación de dicha Escuela, en
8    la que solicita se nombren los que ocupan los primeros lugares de cada terna,
9    por cuanto son los interesados en formar parte de la Junta de Educación,
10   siendo los señores: Lila Espinoza Peña, cédula de identidad 5-0422-0150,
11   Rosa Emilia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 5-0238-0134, Gilberto
12   Ruiz Brenes, cédula de identidad 2-0501-0578, Jorge Canales Carrillo, cédula
13   de identidad 5-0135-0254 y Delia del Carmen Bermúdez Alvarado, cédula de
14   identidad 155821003624, vecinos de Santa Cecilia, Jurisdicción del Cantón de
15   La Cruz, vecinos de la comunidad de Copalchi, adjunta copia de cédula y hoja
16   de delincuencia de cada uno.
17
18   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal de la Cruz, les dice
19   que si alguien tiene algo que externar, caso contrario somete a votación
20   levanten la mano los que estén de acuerdo en aprobar los nombramientos y
21   que se autorice al señor Alcalde municipal para la debida juramentación que
22   sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
23
24   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
25
26   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los
27   señores Lila Espinoza Peña, cédula de identidad 5-0422-0150, Rosa Emilia
28   Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 5-0238-0134, Gilberto Ruiz Brenes,
29   cédula de identidad 2-0501-0578, Jorge Canales Carrillo, cédula de identidad
30   5-0135-0254 y Delia del Carmen Bermúdez Alvarado, cédula de identidad
                                                                                         7


1    155821003624, vecino de Santa Cecilia, Jurisdicción del Cantón de La Cruz,
2    como miembros de la Junta de Educación de la Escuela de Santa Cecilia. Por
3    lo que se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal
4    para su debida juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
5    FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 5 a favor: Blanca
6    Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
7    Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
8    Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
9
10   5.- Se conoce oficio N° MLC-ZMT-GJ-014-2019, firmado por la Licda. Yahaira
11   Duarte Aguirre, Gestora Jurídica Zona Marítimo Terrestre Municipal de la c
12   Cruz, de fecha 20 de mayo 2019, en cual literalmente dice:
13   Quien   suscribe,   Yahaira    Duarte    Aguirre,   Gestora       Jurídica   a.i   del
14   Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, en
15   atención Acuerdo Municipal Número 1-8 de la Sesión Extraordinaria Número
16   10-2019, verificada por el Concejo Municipal de La Cruz, el día 08 de mayo del
17   2019,mediante el cual remiten oficio MLC-ZMT-116-2019, firmado por la Ing,
18   Alexandra Gonzaga Peña, en el cual remite recurso de revocatoria con
19   apelación en subsidio presentado por Villa Pinil S.A, contra el oficio MLC-ZMT-
20   159-2018,con el fin que lo estudie, analice y dictamine, en razón de lo anterior
21   me permito remitir el presente Criterio basado en lo siguiente:
22
23   Respecto al oficio MLC-ZMT-116-2019

24   El artículo 19 de la Ley de impuesto de bienes inmuebles, respecto a los
25   recursos en contra de las valoraciones y avalúos indica lo siguiente:

26   .ARTÍCULO 19.- Recursos contra la valoración y el avalúo. En todas las
27   municipalidades, se establecerá una oficina de valoraciones que deberá estar a
28   cargo de un profesional capacitado en esta materia incorporado al colegio
29   respectivo. Esta oficina contará con el asesoramiento directo del Órgano de
30   Normalización Técnica.Cuando exista una valoración general o particular de
                                                                                     8

1    bienes inmuebles realizada por la municipalidad, y el sujeto pasivo no acepté el
2    monto asignado, este dispondrá de quince días hábiles, contados a partir de la
3    notificación respectiva, para presentar formal recurso de revocatoria ante la
4    oficina de valoraciones. Esta dependencia deberá resolverlo en un plazo
5    máximo de quince días hábiles. Si el recurso fuere declarado sin lugar, el
6    sujeto pasivo podrá presentar formal recurso de apelación ante el concejo
7    municipal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la
8    oficina.

 9   El contribuyente podrá impugnar la resolución del concejo municipal ante
10   el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles, según
11   el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. El citado Tribunal deberá
12   resolver en un plazo máximo de cuatro meses contados desde la interposición
13   del recurso.


14   Mientras el Tribunal no se pronuncie sobre el fondo del asunto en resolución
15   administrativa, continuará aplicándose el avalúo anterior y conforme a él se
16   cobrará. Una vez dictada esta resolución y notificadas las partes, se dará por
17   agotada la vía administrativa.
18   La resolución podrá recurrirse ante el Tribunal Superior Contencioso-
19   Administrativo, de acuerdo con el artículo 83 y siguientes de la Ley reguladora
20   de la jurisdicción contencioso-administrativa.
21
22   (Así reformado por el artículo 1º, inciso j), de la ley No.7729 de 15 de diciembre
23   de 1997)(Así modificada su numeración por el artículo 2, inciso c), de la ley
24   No.7729 del 15 de Diciembre de 1997, que lo trasladó del 17 al 19)
25   Del artículo anterior se desprende, la forma adecuada de proceder ante las
26   impugnaciones de las valoraciones. Siendo que el interesado debe presentar
27   recurso de revocatoria, en contra de la oficina de valoraciones primeramente,
28   una vez resuelto el recurso de revocatoria si éste es rechazado, y si el
29   interesado no está de acuerdo con la resolución, deberá presentar recurso de
30   apelación ante el Concejo Municipal, en un plazo de 15 días hábiles. El
31   contribuyente podrá impugnar la resolución del concejo municipal ante el
                                                                                         9


1    Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles y este
2    tendrá 4 meses para resolver.

3

4    Entonces, es claro que cada una de las impugnaciones debe dirigirse de
5    manera separada ante las instancias correspondientes, por parte del sujeto
6    pasivo o interesado.    No teniendo lugar la presentación de un recurso de
7    revocatoria con apelación, si se presentara de esa forma, deberá conocerse
8    por la instancia correspondiente el recurso de revocatoria, y el sujeto pasivo
9    deberá formular recurso de apelación en contra del Concejo Municipal.

10   En el caso concreto, la empresa VILLA PINIIL S.A presenta recurso de
11   revocatoria con apelación, en contra del oficio MLC-ZMT-159-2018 Y EL
12   AVALÚO AV-2018-028, mediante el oficio MLC-ZMT-15-2019 se contesta dicho
13   recurso por parte del perito valuador y la Coordinadora del Departamento de
14   ZMT, acogiéndolo de forma parcial. En ese mismo acto se eleva el recurso al
15   superior jerárquico para que resuelva conforme a derecho. Siendo lo correcto
16   que el sujeto pasivo realizara la interposición del recurso al Concejo Municipal.

17   Entonces, siendo que a la fecha ha transcurrido el plazo de los 15 días hábiles
18   para que el interesado presentara recurso de apelación ante el Concejo
19   Municipal conforme al artículo 19 de la Ley 7509, considerando que el mismo
20   fue elevado al superior jerárquico mediante oficio MLC-ZMT-015-2019 y que el
21   Concejo Municipal en fecha 29 de enero acordó tomar nota. Se recomienda lo
22   siguiente: proceder según lo regulado en el artículo 19 de la Ley de Impuesto
23   de Bienes Inmuebles y emitir resolución respecto al recurso de apelación
24   presentado.
25   Considerando, que por medio del acuerdo Municipal Número 1-8 de la Sesión
26   Extraordinaria Número 10-2019, verificada por el Concejo Municipal de La
27   Cruz, el día 08 de mayo del 2019, mediante el cual remiten oficio MLC-ZMT-
28   116-2019, firmado por la Ing, Alexandra Gonzaga Peña, en el cual remite
29   recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por Villa
                                                                                     10

1    Pinil S.A, contra el oficio MLC-ZMT-159-2019, con la finalidad que se estudie,
2    analice y brinde criterio legal. En razón de lo anterior me permito remitir el
3    presente Criterio Legal basado en lo siguiente:
4

5    1.- SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE REVOCATORIA CON
6    APELACIÓN EN SUBSIDIO

7    El artículo 51 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº
8    6043 de 2 de Marzo de 1977, Publicada en el Alcance Nº 36 a "La Gaceta" Nº
9    52 de 16 de Marzo de 1977 Nº 7841-P estipula lo siguiente:

10   “-Artículo 51. -Una vez que la Municipalidad cuente con el respectivo avalúo
11   de acuerdo con el artículo 50 anterior, lo comunicará mediante resolución al
12   concesionario determinando además el canon a pagar. Esta comunicación
13   deberá hacerse con arreglo al artículo 147 del Código de Normas y
14   Procedimientos Tributarios y será comunicada mediante los procedimientos
15   establecidos en la Ley de Notificaciones Judiciales, No. 8687 del 04 de
16   diciembre de 2008. En la misma resolución la Municipalidad o Concejo
17   Municipal de Distrito otorgará al interesado el plazo de 15 días hábiles,
18   contados a partir del día siguiente a la notificación respectiva para presentar los
19   recursos ordinarios que se establecen a partir del párrafo segundo del artículo
20   19 de la Ley 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

21   En tanto no exista determinación definitiva del canon correspondiente el
22   interesado de común acuerdo con la Municipalidad respectiva podrá hacer
23   depósitos a cuenta, a la orden de la Municipalidad sin que signifique aceptación
24   del canon o avalúo por parte del interesado. En ningún caso dicho depósito
25   devengará intereses a cargo de la Municipalidad.

26   (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37278 del 31 de
27   agosto de 2012)

28   Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Ley 7509 establece en su artículo
29   19:

30   “ARTÍCULO 19.- Recursos contra la valoración y el avalúo. En todas las
31   municipalidades, se establecerá una oficina de valoraciones que deberá estar a
                                                                                    11

 1   cargo de un profesional capacitado en esta materia, incorporado al colegio
 2   respectivo. Esta oficina contará con el asesoramiento directo del Órgano de
 3   Normalización Técnica.


 4   Cuando exista una valoración general o particular de bienes inmuebles
 5   realizada por la municipalidad, y el sujeto pasivo no acepté el monto asignado,
 6   este
 7   dispondrá de quince días hábiles, contados a partir de la notificación
 8   respectiva, para presentar formal recurso de revocatoria ante la oficina de
 9   valoraciones. Esta dependencia deberá resolverlo en un plazo máximo de
10   quince días hábiles. Si el recurso fuere declarado sin lugar, el sujeto pasivo
11   podrá presentar formal recurso de apelación ante el concejo municipal, dentro
12   de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la oficina.

13   El contribuyente podrá impugnar la resolución del concejo municipal ante el
14   Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles, según el
15   Código de Normas y Procedimientos Tributarios. El citado Tribunal deberá
16   resolver en un plazo máximo de cuatro meses contados desde la interposición
17   del recurso.

18   Mientras el Tribunal no se pronuncie sobre el fondo del asunto en resolución
19   administrativa, continuará aplicándose el avalúo anterior y conforme a él se
20   cobrará. Una vez dictada esta resolución y notificadas las partes, se dará por
21   agotada la vía administrativa.

22   La resolución podrá recurrirse ante el Tribunal Superior Contencioso-
23   Administrativo, de acuerdo con el artículo 83 y siguientes de la Ley reguladora
24   de la jurisdicción contencioso-administrativa.

25   (Así reformado por el artículo 1º, inciso j), de la ley No.7729 de 15 de diciembre
26   de 1997)”

27   En el presente caso el oficio MLC-ZMT-159-2018, fue notificado en fecha 17 de
28   diciembre del 2018, del cual el señor Edgar Miranda presenta en tiempo
29   recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución
30   mencionada con anterioridad, el 8 de enero del 2019, el cual es conocido y
31   notificado mediante oficio MLC-ZMT-15-2019, elevándolo al superior jerárquico.
                                                                                       12

1    2.- SOBRE EL PORCENTAJE PARA COBRO DE CANON


2

3

4    El Decreto No 7481 Reglamento sobre la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
5    regula en su artículo 49 el porcentaje para cobro de canon de concesiones y
6    dice:
7    “Artículo 49.- Los cánones anuales a pagar por parte de los concesionarios y/o
8    permisionarios de la zona marítimo terrestre, se regularán conforme lo
9    disponga la municipalidad respectiva mediante reglamento técnicamente
10   fundamentado que formará parte integral del Plan Regulador Costero
11   correspondiente y dentro de los rangos de la siguiente tabla aplicada a los
12   avalúos elaborados conforme a este reglamento:

13   Uso agropecuario hasta un 2%.

14   Uso habitacional hasta un 3%.

15   Uso hotelero turístico o recreativo hasta un 4%.

16   Uso comercial industrial, minero o extractivo hasta un 5%.

17   Ningún canon anual a pagar por parte de los concesionarios y/o permisionarios
18   de la zona marítimo terrestre, podrá ser menor al cuarto por ciento (0.25%) del
19   monto del avalúo correspondiente.

20   Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el inciso c) del artículo 6° de la Ley
21   N° 7509 del nueve de mayo de 1995, Ley de Impuesto sobre Bienes
22   Inmuebles, sus reformas y reglamento.

23   (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37882 del 24 de julio
24   del 2013)

25            Transitorio único.—Hasta tanto las municipalidades no emitan la
26   reglamentación a que hace referencia el artículo 49 de este reglamento,
27   aplicarán para efectos del cobro de canon anual, los porcentajes establecidos
28   en dicha norma antes de la presente modificación.
29   (Así adicionado el transitorio anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo N°
30   37882 del de 24 julio del 2013)”
                                                                                     13


 1   Como se observa lleva la razón el señor Edgar Miranda Jaén al indicar que el
 2   artículo 49 del Reglamento sobre la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre sufrió
 3   una modificación en el año 2013. Sin embargo, es deber también considerar lo
 4   establecido en el transitorio único del dicho artículo pues será el gobierno local
 5   quienes establezcan dichos porcentajes mediante reglamento interno.

 6

 7   En el caso de la Municipalidad de La Cruz, no cuenta con la reglamentación a
 8   la que hace referencia el artículo 49, por lo que no es posible la aplicación de la
 9   modificación al artículo 49 del reglamento antes mencionado y procede la
10   aplicación de la norma anterior a la modificación. Por lo tanto corresponde el
11   4% indicado en la cláusula quinta del contrato de concesión.

12   Además, se debe considerar que dicha concesión se encuentra ubicada según
13   el Plan Regulador vigente en la zona Turística Hotelera y Cabinas, por lo que
14   según el artículo 49 del Reglamento a la Ley 6043, le corresponde cancelar un
15   4%.

16   3.-SOBRE EL PAGO DE CANON EN CASO DE PRÓRROGA DE
17   CONCESIÓN.

18   Sobre el canon en caso de prórroga de concesión la Ley sobre la Zona
19   Marítimo Terrestre establece sobre su artículo 50 “…En caso de prórroga, el
20   canon a pagar será el vigente, conforme al reglamento correspondiente, a la
21   fecha en que se acuerde la prórroga por la municipalidad respectiva….” (El
22   resaltado no es nuestro)
23   En el caso de Villa PINIL, S.A. el último avalúo realizado corresponde a Avalúo
24   N°_AF_411-2007 en el cual establece un valor total del terreno de
25   15.246.042,00 en el año 2007.
26   Por otro lado el artículo 50 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo
27   Terrestre establece: “…Los avalúos mencionados tendrán una vigencia de
28   cinco años contados a partir del período siguiente a su firmeza. Los cánones
29   vigentes deberán ajustarse de conformidad con el nuevo avalúo, para lo cual
30   los contratos respectivos deberán contener estipulación expresa en este
31   sentido.” (El resaltado no es nuestro).-
                                                                                  14


 1   El artículo 245 de la Ley General de Administración Pública regula lo
 2   siguiente:

 3

 4   La notificación contendrá el texto íntegro del acto con indicación de los
 5   recursos procedentes, del órgano que los resolverá, de aquél ante el cual
 6   deben interponerse y del plazo para interponerlos.

 7
 8   Por lo anterior y considerando que la notificación debe contener el acto íntegro
 9   y para efectos de seguridad jurídica se aclara, que el avalúo según el artículo
10   50 anterior, indica que dichos avalúos tienen una vigencia de cinco años por lo
11   cual el avalúo actual está desactualizado pues se realizó hace 11 años, por lo
12   cual el canon establecido con base en el avalúo número AV-2018-027 se aplica
13   a partir de aprobada la prórroga de concesión, debiendo pagar el reajuste por
14   lo restante del periodo en que se apruebe la prórroga.

15                                   CONCLUCIONES

16

17         El Reglamento sobre la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, regula en
18          su artículo 49 el porcentaje para cobro de canon de concesiones y
19          expresa:

20   “Artículo 49.- Los cánones anuales a pagar por parte de los concesionarios y/o
21   permisionarios de la zona marítimo terrestre, se regularán conforme lo
22   disponga la municipalidad respectiva mediante reglamento técnicamente
23   fundamentado que formará parte integral del Plan Regulador Costero
24   correspondiente y dentro de los rangos de la siguiente tabla aplicada a los
25   avalúos elaborados conforme a este reglamento:

26   Uso agropecuario hasta un 2%.

27   Uso habitacional hasta un 3%.

28   Uso hotelero turístico o recreativo hasta un 4%.
                                                                                       15


1    Uso comercial industrial, minero o extractivo hasta un 5%.
2    Ningún canon anual a pagar por parte de los concesionarios y/o permisionarios
3    de la zona marítimo terrestre, podrá ser menor al cuarto por ciento (0.25%) del
4    monto del avalúo correspondiente.
5
6    Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el inciso c) del artículo 6° de la Ley
7    N° 7509 del nueve de mayo de 1995, Ley de Impuesto sobre Bienes
8    Inmuebles, sus reformas y reglamento.

9

10   (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37882 del 24 de julio
11   del 2013)

12            Transitorio único.—Hasta tanto las municipalidades no emitan la
13   reglamentación a que hace referencia el          artículo 49 de este reglamento,
14   aplicarán para efectos del cobro de canon anual, los porcentajes establecidos
15   en dicha norma antes de la presente modificación.

16           La Concesión otorgada en su momento a la empresa Villa Pinil S.A, se
17            encuentra según el Plan Regulador vigente, en la zona turística
18            hotelera y cabinas (ZH).

19           Que el concesionario ha venido cancelando el monto correspondiente
20            a un 4%, según lo estipulado en la cláusula quinta del contrato de
21            concesión, suscrito el 25 de mayo de 1998.

22           El artículo 245 de la Ley General de Administración Pública regula lo
23            siguiente: La notificación contendrá el texto íntegro del acto con
24            indicación de los recursos procedentes, del órgano que los resolverá,
25            de aquél ante el cual deben interponerse y del plazo para
26            interponerlos.

27   Por lo tanto, se recomienda al Concejo Municipal acoger parcialmente el
28   recurso de apelación, interpuesto por el señor Edgar Miranda Jaen, en contra
29   de resolución MLC-ZMT-159-2018, respecto a la notificación del acto, por lo
30   que por motivos de seguridad y lógica Jurídica, el avalúo número AV-2018-028
31   se aplica a partir de que quede en firme, por estar en proceso de aprobación la
                                                                                    16

1    prórroga de concesión. Todos los demás alegatos deben ser rechazados por
2    improcedentes.-

3    Notifíquese al correo electrónico edgarmirandajaen@gmail.com .
4    La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que el
5    documento es muy claro, si alguien tiene algo que decir, sino lo somete a
6    votación que se apruebe el documento enviado por la gestora jurídica de zona
7    marítimo terrestre, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de
8    comisión.
9
10   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
11   ACUERDAN:      El   Concejo   Municipal   de   la   Cruz   Guanacaste,     acoge
12   parcialmente el recurso de apelación, interpuesto por el señor Edgar Miranda
13   Jaén, en contra de resolución MLC-ZMT-159-2018, respecto a la notificación
14   del acto, por lo que por motivos de seguridad y lógica Jurídica, el avalúo
15   número AV-2018-028 se aplica a partir de que quede en firme, por estar en
16   proceso de aprobación la prórroga de concesión. Todos los demás alegatos
17   deben ser rechazados por improcedentes. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
18   APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5
19   a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
20   Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
21   Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
22
23   6.- Se conoce oficio N° MLC-ZMT-GJ-013-2019, firmado por la Licda. Yahaira
24   Duarte Aguirre, Gestora Jurídica Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz,
25   de fecha 17 de mayo 2019, en cual literalmente dice:
26   Quien   suscribe,   Yahaira   Duarte   Aguirre,     Gestora   Jurídica   a.i   del
27   Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, en
28   atención Acuerdo Municipal Número 1-2 de la Sesión Extraordinaria Número
29   18-2019, verificada por el Concejo Municipal de La Cruz, el día 10 de abril del
30   2019,mediante el cual solicitan dictamen para poder resolver, en relación a la
                                                                                   17


 1   solicitud del Licenciado Luis Angel Salazar Ureña, apoderado especial Villas
 2   Copal Ardillas S.A, mediante el cual solicita enderezar el procedimiento a fin
 3   de que la concesión inscrita a nombre de dicha sociedad, sea traslada a la
 4   soiedad Las Acacias Azul Violeta S.A, en razón de lo anterior me permito
 5   remitir el presente Criterio basado en lo siguiente
 6
 7                                      Resultando
 8
 9      1. Que el día 06 de setiembre del 2018, el Lic, Luis Angel Salazar Ureña,
10          como apoderado especial del señor Ulises Echeverri, quien fungía en su
11          momento como apoderado generalísimo sin límites de suma de la
12          sociedad Villas Copal Ardillas S.A, solicita el traspaso a persona física,
13          en favor del señor Ulises Echeverry, de la finca 1426-Z-0000 otorgada
14          en concesión a nombre de Villas Copal Ardillas S.A, dicha solicitud se
15          realiza debido, que la sociedad Villa Copal Ardillas S.A fue disuelta por
16          Ley 9024.
17
18      2. Posteriormente dicha solicitud es remitida a la suscrita, mediante
19          acuerdo número 2-10 de la sesión Ordinaria nº 36-2018, a fin de analizar
20          dicha solicitud.
21
22      3. Se    remite al Concejo Municipal de La Cruz, el oficio MLC-GJ-ZMT-
23          0013-2018,con fecha 05 de octubre del 2018, suscrito por mi persona
24          mediante el cual se recomienda lo siguiente:
25         solicitar al señor Ulises Echeverría, por medio de su apoderado especial
26      el Lic Luis Angel Salazar Ureña, lo siguiente:
27         Proceder conforme lo indica los capítulos VIII Y IX del Código de
28      Comercio, en cuanto a la disolución y liquidación de Sociedades.
29         Presentar documentación idónea (certificación), conforme lo indica el
30      Código de Comercio, que demuestre su legitimidad para solicitar el traspaso
                                                                                  18


 1   de la finca 1426-Z-000, otorgada en concesión en su momento a la
 2   sociedad Villa Copal Ardillas S.A.-
 3       Aportar documentos de identificación, así como certificaciones que
 4   respalden el ajuste al inciso a del artículo 47 de La Ley 6043, así como del
 5   inc a del art 25 del Reglamento a La Ley.
 6       Aporte certificación que se encuentra al día con el pago de las
 7   obligaciones con esta Municipalidad.
 8       Una vez aportada dicha documentación, se procede al análisis
 9   correspondiente de dicha solicitud.
10
11
12   4. Que mediante acuerdo 2-7 de la sesión Ordinaria 41-2018, el Concejo
13       Municipal, solicita a mi persona realice los trámites indicados en el oficio
14       MLC-GJ-ZMT-0013-2018.
15
16   5. Que el 30 de octubre del 2018, vía correo electrónico se le notifica al Lic.
17       Luis Angel Salazar Ureña, el oficio MLC-GJ-ZMT-0015-2018, mediante
18       el cual se le previene al señor Ulises Echeverry por medio de su
19       apoderado, en el entendido que el señor Ulises Echeverry sea la
20       persona nombrada como liquidadora, en el caso de no serlo presentar la
21       documentación correspondiente al liquidador nombrado y se le solicita lo
22       siguiente:
23
24      Proceder conforme lo indica los capítulos VIII Y IX del Código de
25       Comercio, en cuanto a la disolución y liquidación de Sociedades.
26      Presentar documentación idónea (certificación), conforme lo indica el
27       Código de Comercio, que demuestre la legitimidad del señor Ulises
28       Echeverría, para solicitar el traspaso de la finca 1426-Z-000, otorgada en
29       concesión en su momento a la sociedad Villa Copal Ardillas S.A.-
                                                                                  19


 1      Aportar copia del documento de identificación, así como certificación que
 2       respalden el ajuste al inciso a del artículo 47 de La Ley 6043 y del inc
3        a del art 25 del Reglamento a La Ley.
 4      Aporte certificación que se encuentra al día con el pago de las
5        obligaciones con esta Municipalidad.
6
 7   6. Que se han sostenido conversaciones con el Lic, Salazar a fin de poder
 8       realizar los trámites pertinentes, para que sea posible dicha cesión.
 9
10   7. Como producto de lo anterior el Licenciado Salazar Ureña, presenta el
11       escrito el 21 de marzo del 2019, a la secretaría del Concejo Municipal,
12       dirigido al Concejo Municipal de La Cruz, en el cual indica que en
13       setiembre de 2018, solicitó en representación del señor Ulises Echeverry
14       y a favor del mismo a título personal, el traspaso de la concesión 1426-
15       Z-000, inscrita a nombre de Villas Copal Ardillas S.A. Que por error
16       involuntario en ese momento se solicitó el traspaso a nombre de don
17       Ulises en carácter personal, siendo lo correcto que se traspase a
18       nombre de la sociedad LAS ACACIAS AZUL VIOLETA S.A, de la cual
19       don Ulises es socio. Por lo cual solicita enderezar el procedimiento de
20       marras.
21
22   8. Que mediante acuerdo nº 1-2 de la sesión extraordinaria 08-2019, el
23       Concejo Municipal, remite dicha solicitud a la suscrita a fin de brindar
24       dictamen para resolver.
25
26   9. Que en fecha 02 de mayo vía telefónica se le solicita al Licenciado
27       Salazar, presentar certificación de distribución de capital accionario de la
28       sociedad Las Acacias Azúl Violeta S.A, certificación del nombramiento
29       del liquidador de la sociedad Villas Copal Ardillas S.A., proveniente del
30       Registro de personas Jurídicas, en vista que lo que presenta es copia de
                                                                                       20


 1          la escritura pública número doscientos tres de su protocolo, en la cual se
 2          nombra como liquidadora a Martha Lucia Salazar, cédula de residencia
 3          número 184001908210, pero no se cuenta con la certificación.
 4
 5
 6      10. Que en fecha 13 de mayo de 2019, vía correo electrónico se le notifica
 7          al Lic, Luis Salazar Ureña, que debe presentar certificación de
 8          distribución de capital accionario de las Acacias Azul Violeta S.A,
 9          certificación del Registro Nacional de personas jurídicas sobre
10          el nombramiento de liquidador de la sociedad Villas Copal Ardillas S.A y
11          demás documentos que considere necesarios, con el fin de poder
12          tramitar su solicitud. Se le otorgan 3 días hábiles para esos efectos.
13
14      11. Que en fecha 15 de mayo, se recibe correo electrónico por parte del
15          Licenciado Salazar, indicando que aún no cuenta con la certificación de
16          nombramiento de liquidador, por lo que solicita prórroga para presentar
17          dichos documentos el 22 de mayo del 2019.
18
19      12. Que cumplido el plazo otorgado no se ha recibido documentación por
20          parte de los interesados.
21
22
23
24
25                                        Considerando
26      1. Que los artículos 206, 209, 210 y siguientes del Código de Comercio
27          regulan lo siguiente:
28
29   ARTÍCULO 206.- En el caso del inciso a) del artículo 201, la disolución de la
30   sociedad se realizará por el solo vencimiento del plazo fijado en la escritura.
                                                                                21


1    En los demás casos, deberá inscribirse en el Registro Mercantil el
2    acuerdo de disolución o la declaración hecha por la sociedad de que se
3    ha producido una de las causas de disolución.
4
5    ARTÍCULO 209.- Disuelta la sociedad, entrará en liquidación, conservando su
6    personalidad jurídica para los efectos de ésta.
7
8    ARTÍCULO 210.- La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores,
9    que serán los administradores y representantes legales de la sociedad en
10   liquidación, y responderán por los actos que ejecuten si se excedieren de los
11   límites de su cargo.
12
13   ARTÍCULO 214.- Los liquidadores tendrán las siguientes facultades:
14   a) Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendientes al
15   tiempo de la disolución, cuando ello fuere legalmente posible;
16
17   b) Cobrar los créditos y satisfacer las obligaciones de la sociedad;
18   c) Vender los bienes de la sociedad, por el precio autorizado según las normas
19   de liquidación;
20   d) Elaborar el estado final de la liquidación, y someterlo a la discusión y
21   aprobación de los socios, en la forma que corresponda según la naturaleza de
22   la sociedad; y
23   e) Entregar a cada socio la parte que le corresponda del haber social.
24   2. Que a la fecha no se cuenta con la certificación del Registro Nacional, que
25   permita verificar que efectivamente la liquidadora de la sociedad Villas Copal
26   Ardillas, sea la señora Martha Lucia Salazar, cédula de residencia número
27   184001908210, como lo muestra la copia de escritura número doscientos tres
28   del protocolo del licenciado Ureña.
29
                                                                                  22


 1   3. Que la persona nombrada como liquidadora, es el administrador y
 2   representante legal de la sociedad en liquidación, en este caso Villas Copal
 3   Ardillas S.A, por lo cual el liquidador es la persona facultada para solicitar
 4   cualquier trámite ante el ente correspondiente, en virtud de la distribución de
 5   los bienes de la sociedad.
 6
 7   4. Que el licenciado Luis Ángel Salazar Ureña, no está facultado para solicitar
 8   dicha cesión, debido que no es el liquidador nombrado y tampoco presenta
 9   poder conferido por parte de la persona nombrada como liquidadora, para
10   actuar.
11
12   Por lo tanto, en vista que en este momento no es posible darle trámite a dicha
13   solicitud, debido que no se comprueba que el solicitante es el legitimado para
14   actuar y tampoco se logra demostrar quien ostenta el cargo de liquidador de
15   Villas Copal Ardillas S.A, etc, ya que los solicitantes a la fecha      no han
16   presentado documentos y certificaciones antes mencionados queda a criterio
17   de este honorable Concejo Municipal, otorgarle o no prórroga al Licenciado
18   Luis Ángel Salazar Ureña, a fin de enderezar el procedimiento desde el
19   principio, con el fin de presentar toda la documentación necesaria para llevar a
20   cabo este trámite, así como aportar los documentos que demuestren su
21   legitimidad para actuar.
22   En el caso de no otorgarse dicha prórroga, proceder a la cancelación de la
23   concesión 1426-Z-000, inscrita a nombre de Villas Copal Ardillas S.A, por
24   disolución de dicha sociedad por falta de pago al Impuesto de persona Jurídica
25   y no poder concretarse la cesión de dicha concesión, debido que no se
26   presentan por parte del interesado documentos idóneos que permitan dicho
27   trámite.-
28
29   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que es
30   similar al anterior, si alguien tiene algo que decir, caso contrario somete a
                                                                                    23


1    votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se remita ante la
2    Comisión de la Zona Marítimo Terrestre, para que lo estudien, analicen y
3    dictaminen y así tomar la resolución correspondiente, que sea firme y definitivo.
4
5    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
6
7    ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
8    Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, oficio firmado por
9    la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica de Zona Marítimo Terrestre
10   Municipal de La Cruz, el cual contiene respuesta al acuerdo Municipal 1-2 de la
11   Sesión Extraordinaria 08-2019, mediante el cual se le solicita dictamen para
12   poder resolver, en relación a la solicitud del Licenciado Luis Ángel Salazar
13   Ureña, apoderado especial Villas Copal Ardillas S.A, mediante el cual solicita
14   enderezar el procedimiento a fin de que la concesión inscrita a nombre de
15   dicha sociedad, sea trasladada a la sociedad Las Acacias Azul Violeta S.A ,
16   esto con el fin de que se estudie, analice y dictamine, para así tomar la
17   resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
18   FIRME, con 5 a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte
19   Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor
20   Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en
21   ejercicio.
22
23   7.- Se conoce copia de Oficio N° PL-54-09-04-2019, firmado por la señora MAE
24   Gretta Moraga Guzmán, Presidente de la Empresa Constructora Edificios,
25   Casas y Carreteras S.A., dirigida al señor Junnier Salazar Tobal, Alcalde
26   Municipal de la Cruz, en la que le dice que de acuerdo al contrato establecido
27   se está atendiendo todo lo comprometido y cumpliendo con el cronograma, o
28   caso contrario se le indique en qué específicamente no se está cumpliendo, si
29   tienen dudas que se indiquen para ser atendidos, esto con relación a la
30   construcción del Gimnasio Municipal de la Cruz.
                                                                                  24


1
2    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que es
3    este oficio es una copia al Concejo Municipal, por lo tanto si nadie tiene algo
4    que decir, somete a votación que se tome nota al respecto, levanten la mano
5    los que estén de acuerdo, que sea firme y definitivo y se dispensa de trámite de
6    comisión.
7    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
8
 9   ACUERDAN: Tomar nota al respecto, ya que es una copia al Concejo
10   Municipal de la Cruz, dirigido al señor Alcalde Municipal de la Cruz. ACUERDO
11   DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE
12   DE COMISIÓN, con 5 a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel
13   Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel:
14   Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chávez, regidor
15   suplente en ejercicio.
16   8.- Se conoce escrito firmado por las señoras: Yaymi Bermúdez Aburto:
17   Presidente y Eliana Lisbeth Marín Zamora: Secretaria de la Asociación de
18   Desarrollo Específica para el Mejoramiento del Ambiente y las Familias de
19   Santa Cecilia, de la Cruz Guanacaste, de fecha 08-abril-2019, en la que
20   recalcan que siempre están en pie y anuentes en la adquisición del terreno
21   para la construcción del Centro de Ancianos de Santa Cecilia.
22
23   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que
24   esta Asociación tienen un dinero para la construcción del proyecto, siguen
25   dispuestas a construirlo, tienen años de estar en eso, por lo tanto si están de
26   acuerdo levanten la mano que se le remita al señor Alcalde Municipal con el fin
27   de que proceda como corresponda por lo tanto si nadie tiene algo que decir,
28   somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme y
29   definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
30
                                                                                 25


 1   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
 2
 3   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
 4   señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, documento
 5   firmado por la señora Yeimy Bermúdez Aburto, Presidente de la Asociación de
 6   Desarrollo Especifica para el mejoramiento del Ambiente y las Familias de
 7   Santa Cecilia, en el cual externa que siempre sigue en pie y anuente con
 8   respecto a la adquisición del terreno para la construcción del centro de
 9   Ancianos de Santa Cecilia, esto con el fin de que proceda como corresponda.
10   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL
11   TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5 a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos
12   Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel
13   Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chávez,
14   regidor suplente en ejercicio.
15
16
17   9.- Se conoce escrito firmado por el señor Rafael Paniagua Murillo, vecino de
18   Cuajiniquil, de la Cruz Guanacaste, de fecha 20-mayo-2019, en la que presenta
19   Recurso Extraordinario de Revisión y Reconsideración, contra el acuerdo N° 2-
20   23D-4 de la Sesión Ordinaria N° 06-2018, celebrada el día 08 de febrero del
21   2018, en la que se acuerda el desalojo del terreno ubicado en la zona marítimo
22   terrestre de playa 4X4 Cuajiniquil, cerca del mojón 78 y consignado en el
23   Expediente N° PUS – 21- 1995, oficio N° MLC-zmt-92-2019, de fecha 29 de
24   marzo del 2019 que contiene notificación de desalojo, por lo que fundamenta el
25   recursos y su petitoria es que se declarar con lugar el Recursos Extraordinario
26   de Revisión planteado y se revoque el acto recurrido y se le autorice el uso de
27   suelo a su nombre en cual ha presentado conforme a todos los requisitos que
28   establece la ley, ante este ayuntamiento Municipal.
29   Fundamento de Derecho: Constitución Política, artículos 11, 33, 39 siguientes y
30   concordantes.
                                                                                  26


1    Ley General de la Administración Pública: 1, 11, 128, 129, 158 incisos 2 y 3,
2    215 a 218, 221, 225, 239, 275, 308, y 334 siguientes y concordantes, artículo
3    157 del Código Municipal de Costa Rica.
4
5    El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia
6    y miembro de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre les dice escuchando el
7    proceso del reclamo del señor Paniagua y visualizando el problema es de
8    varios millones y tiene 17 años y paga ciento y resto de mil colones por año de
9    canon, me llama la atención que paga, y se le recibe el pago, sin tener ese
10   permiso de uso de suelo y está a nombre de ora persona, y por eso se puede
11   pegar la cosa, porque le podría dar un derecho, debemos llegar a una solución
12   pacífica con este señor.
13
14   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les agrega que el
15   problema se dio desde el momento que se dio la concesión el señor Abellán
16   Cisneros que ya murió y este señor quiere que se le traspase y la Ley no lo
17   permite y lo curioso es que él sigue pagando el canon a nombre de Abellán
18   Cisneros y acá se le acepta ese pago, de todas maneras este señor va a llegar
19   el martes a Comisión de zona marítimo terrestre porque solicitó una audiencia
20   para conversar con nosotros, ahí vamos a aclarar y ver lo que corresponda.
21
22   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice como lo dice
23   don Carlos Ugarte, el martes estará el señor Rafael Paniagua en sesión de
24   Comisión de Zona Marítimo Terrestre, por lo tanto propongo que se remita ante
25   dicha comisión, para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar la
26   resolución que corresponda, que sea firme, definitivo, levanten la mano los que
27   estén de acuerdo.
28
29   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
30
                                                                                    27


1    ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
2    Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, documento firmado
3    por el señor Rafael Paniagua Murillo, el cual contiene Recurso Extraordinario
4    de Revisión y Reconsideración, esto con el fin de que se estudie, analice y
5    dictamine,   para   así   tomar   la   resolución   correspondiente.   ACUERDO
6    DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, con 5 a favor: Blanca Casares
7    Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
8    Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
9    Chávez, regidor suplente en ejercicio.
10
11   10.- Se conoce escrito firmado por el señor Irvin Junnior Wilhite Pipps,
12   apoderado generalísimo sin límite de suma de las compañías Barrio Don Irvin
13   Segunda Etapa S.A. y Tierrica S.A., en la que manifiesta que está anuente a
14   realizar las donaciones 30.870 metros cuadrados del terreno aprovechable a
15   beneficio de la comunidad, distribuido así: a la Municipalidad de La Cruz:
16   20,870 metros cuadrados, al Instituto Nacional de Aprendizaje: 5,000 metros
17   cuadrados, y a la Iglesia Católica: 5,000 metros cuadrados, por lo que solicita la
18   colaboración del Gobierno Local para recibir calles públicas en las fincas que
19   poseen en el Barrio Don Irvin, para desarrollar en un futuro un proyecto
20   Institucional y comercial, de gran interés para la comunidad, se compromete a
21   delimitar las calles y hacer las trochas de 14 metros de ancho, de las siguientes
22   áreas: Área Calle Boulevard aproximado: 8500 metros cuadrados. Área Calles
23   aproximado: 21312 metros cuadrados, realizará todas las diligencias en
24   trámites legales para proceder con el traspaso a todas las Instituciones que se
25   pretenden realizar las donaciones (INA, IGLESIA Y MUNICIPALIDAD), adjunta
26   croquis.
27
28   La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez: Vicealcaldesa Municipal les dice
29   que le pidieron esa carta recordemos que somos de la muerte, por lo que le
                                                                                  28


1    pido el apoyo a los señores miembros del Concejo Municipal para que se
2    apruebe el documento.
3
4    El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que
5    lo mejor es que se mande a legal y ver si todo está bien.
6
7    El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Concejo de Distrito de
8    Santa Elena, les manifiesta que don Irvin cumple, pero él lo hace condicionado,
9    a don Irvin no se le condiciona, pero ustedes son los que aprueba, repito dona
10   condicionado.
11
12   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que
13   somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se apruebe
14   el documento presentado por don Irvin Junnior Wilhite, que sea firme, definitivo
15   y se dispensa de trámite de comisión.
16
17   Los señores regidores: Blanca Casares Fajardo, Guiselle Bustos Chavarría,
18   Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
19   Chávez, regidor suplente en ejercicio, manifiestan que están de acuerdo,
20   mientras que el señor Carlos Ugarte Huertas, dice que no está de acuerdo.
21
22   Con el agregado anterior los señores regidores muy conformes:
23
24   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, acepta la donación
25   de 30.870 metros cuadrados del terreno aprovechable a beneficio de la
26   comunidad, dicha donación por parte del señor Irvin J Wilhite, apoderado
27   generalísimo sin límite de suma de las compañías Barrio Don Irvin Segunda
28   Etapa, S.A y Tierrica S.A, así mismo acepta las calles:
29   -Área Calle Boulevard aproximado: 8500 metros cuadrados.
30   -Área Calles aproximado: 21312 metros cuadrados.
                                                                                  29


1    Por lo que se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal
2    de La Cruz, para que realice el traspaso de las calles. ACUERDO
3    DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE
4    DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca Casares Fajardo, Guiselle Bustos
5    Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
6    Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio. 1 Voto en contra
7    (Carlos Ugarte Huertas)
8
 9   11.- Se conoce escrito firmado por el señor Rafael Paniagua Murillo, vecino de
10   Liberia Guanacaste, de fecha 20-mayo-2019, en la que solicita permiso de uso,
11   de un terreno en la zona marítimo terrestre de Playa Cuajiniquil de la Cruz
12   Guanacaste, conocida como 4X4, adjunta copia del croquis del terreno,
13   formulario de solicitud de permiso de uso de suelo, copia de cedula de
14   identidad.
15
16   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice como lo dice
17   don Carlos Ugarte, el martes estará el señor Rafael Paniagua en sesión de
18   Comisión de Zona Marítimo Terrestre, por lo tanto propongo también que se
19   remita ante dicha comisión, para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar
20   la resolución que corresponda, que sea firme, definitivo, levanten la mano los
21   que estén de acuerdo.
22
23   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
24
25   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
26   Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, documento firmado
27   por el señor Rafael Paniagua Murillo, en el cual solicita ante el Concejo
28   Municipal, permiso de uso ubicado en la Zona Restringida de la Zona Marítimo
29   Terrestre de Playa Cuajiniquil, conocida como Plata cuatro por cuatro, con una
30   extensión de tres mil nueve metros según croquis del terreno, esto con el fin de
                                                                                   30


1    que se estudie, analice y dictamine, para así tomar la resolución
2    correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, con 5
3    a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle
4    Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en
5    ejercicio y José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
6
7    12.- Se conoce escrito firmado por los vecinos de las Brumas de Santa Cecilia,
8    de la Cruz Guanacaste, 18 firmas en total, firma responsable: Rodolfo López
9    Hernández, de fecha 10 de mayo 2019, en la que manifiestan que son
10   parceleros y no tienen acceso público entre ellos, por lo que donan una franjas
11   de terreno de un kilómetro de longitud por 14 metros de ancho, lo que dicta la
12   Ley general de caminos públicos, esperando se acepte la donación, o realicen
13   el estudio respectivo para aceptarlo, previa inspección y una vez reconocido
14   como tal que se les ayude con un material para poder tener un acceso digno.
15
16   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que uno de
17   los motores que nos mueve son los accesos, los caminos para las
18   comunidades, es prioridad, piden camino y que más que nosotros aprobarlo, lo
19   mejor es remitir esta solicitud a la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal,
20   para que previa inspección, vayan al lugar y realicen el debido proceso de la
21   declaración de camino público, que se les pase, y que dictaminen al respecto a
22   la brevedad posible, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de
23   comisión.
24
25   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
26
27   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
28   Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de La Cruz, nota
29   firmado por el señor Rodolfo López Hernández, Responsable nota vecinos de
30   las Brumas de Santa Cecilia, en el cual desean donar un camino que consta de
                                                                                    31


1    14 metros de ancho, por un kilómetro de longitud, esto con el fin de que
2    proceda como corresponda. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
3    FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5 a favor:
4    Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
5    Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
6    Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
7
8    13.- Se conoce escrito firmado por las señoras: Socorro Díaz Cháves,
9    Presidente y Alicia Briceño Álvarez: Secretaria, ambas de la Asociación de
10   Desarrollo Integral de La Cruz, de fecha 29-mayo-2019, en la que solicitan al
11   Concejo Municipal el apoyo financiero para que el grupo folklórico Añoranzas
12   de mi Pueblo, represente al Cantón de la Cruz, en el Festival Internacional de
13   Folclor Latinoamericano, a realizarse en el Estado de Guanajuato, México del
14   14 al 25 de agosto 2019, se adjunta el proyecto y que se autorice al señor
15   Alcalde municipal a suscribir el convenio de cooperación entre la Asociación y
16   la Municipalidad , cuyo costo es de ¢ 9,000,000,00( nueve millones de colones
17   netos), para cubrir los costos del grupo en traslados, tiquetes aéreos,
18   hospedajes y alimentación que no estén incluidos y a cargo de la organización
19   del Festival.
20
21
22   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que su
23   propuesta es que se les remita ante la Comisión de Hacienda y Presupuesto
24   Municipal, para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar la resolución que
25   corresponda, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
26
27   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
28
29   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
30   Comisión de Hacienda y Presupuesto Municipal de La Cruz, documento
                                                                                   32


 1   firmado por las señoras Socorro Díaz Chávez, Presidente de la Asociación de
 2   Desarrollo Integral de La Cruz y Alicia Briceño Álvarez, Secretaria de dicha
 3   Asociación, en el cual solicitan el apoyo Financiero para que el Grupo de baile
 4   Folclórico Añoranzas de mi Pueblo, represente al Cantón de La Cruz, en el
 5   Festival Internacional de Folclor Latinoamericano, a realizarse en el Estado de
 6   Guanajuato, México, del 14 al 25 de agosto del año 2019, esto con el fin de que
 7   se estudie, analice y dictamine, para así tomar la resolución correspondiente.
 8   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, con 5 a favor: Blanca
 9   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
10   Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
11   Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
12
13   14.- Se conoce oficio N° CFC-020-2019, firmado por el señor Eladio Bonilla
14   Morales: Presidente de la Comisión de Festejos Cívicos Populares La Cruz
15   2019, en la que solicita una prórroga de entrega de la liquidación de los
16   Festejos Cívicos Populares La Cruz 2019, ya que según el Reglamento se
17   vence el 05 de junio 2019, y la prórroga es para presentar el informe de
18   liquidación el 13 de junio del 2019, ya que se encuentran con mucho trabajo en
19   la Municipalidad.
20
21   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que a
22   la Comisión de Fiestas La Cruz 2019, se les vence el tiempo para entregar el
23   informe de liquidación el 05 de junio, piden prórroga para el 13 junio 2019, pero
24   como Concejo Municipal legalmente no podemos dar prórroga, porque no
25   podemos salirnos del bloque de legalidad, por lo que propongo más bien que
26   con respeto se les solicite que presenten el informe de liquidación de ingresos,
27   egresos y utilidad el 05 de junio 2019, fecha que se le vencen los 30 días para
28   presentarlo, levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme,
29   definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
30
                                                                                    33


 1   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
 2
 3   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, deniega la solicitud
 4   presentada por el señor Eladio Bonilla Morales, Presidente de la Comisión de
 5   Festejos Cívicos Populares La Cruz 2019 y en su defecto le solicita de la
 6   manera más respetuosa se proceda con el cumplimiento del Informe
 7   Económico de los Festejos Cívicos Populares La Cruz 2019, que según el
 8   Reglamento de los Festejos Cívicos Populares Del Cantón de La Cruz de la
 9   Municipalidad de La Cruz, debe de ser presentado 30 días después de
10   terminados los festejos . ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME
11   Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5 a favor: Blanca
12   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
13   Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
14   Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
15
16   15.- Se conoce Oficio N° DE-E-084-03-2019, firmado por Karen Patricia Porras
17   Arguedas, Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, de
18   fecha 21-marzo-2019, en la que manifiesta que para llevar a cabo Asamblea de
19   dicha Unión según reforma de los estatuto deben ser 3 los delegados
20   representantes incluye al señor Alcalde Municipal, o titular de la Alcaldía que de
21   oficio es delegado, del Concejo debe ser un regidor y una regidora para cumplir
22   con la equidad de género, en la actualidad están Marvin Tablada Aguirre y
23   Gloria Monestel Monestel y Alcalde Municipal, los cuales debe estar el día de
24   mañana en San José, en Asamblea General.
25
26   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que
27   esta la lista de los que vamos a asistir, por lo tanto someto a votación, levanten
28   la mano los que estén de acuerdo, en que sigan los señores: Marvin Tablada
29   Aguirre y Gloria Monestel y de oficio el señor Alcalde Municipal, para que
30   asistan y que el señor Alcalde Municipal les coordine el medio de transporte y
                                                                                     34


1    los viáticos respectivos, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de
2    comisión.
3
4    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
5
 6   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, nombra a los
 7   señores Marvin     Tablada   Aguirre y Gloria     Monestel Monestel, como
 8   representantes del Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, para la
 9   Asamblea de la Unión de Gobiernos Locales. Por lo que se le solicita al señor
10   Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz les coordine el
11   medio de transporte y los viáticos respectivos. CUERDO DEFINITIVAMENTE
12   APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5
13   a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
14   Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José
15   Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
16
17
18   16.- Se conoce escrito firmado por el señor Christian Zuñiga Gutiérrez,
19   Encargado Área Marina de Manejo Bahía Santa Elena, Área de Conservación
20   de Guanacaste, en el que invita a participar el Concejo Municipal de La Cruz,
21   en la iza del galardón de Bandera Azul en el Refugio Nacional de Vida Silvestre
22   Bahía Junquillal (Sector Junquillal ACG), el próximo domingo 09 de junio del
23   2019 a las 10:00 a.m, y colaborar con la participación de la Banda Municipal.
24   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que es
25   importante la participación del Concejo Municipal, quiénes estamos de acuerdo
26   en asistir, según los compañeros asistiremos: Carlos Ugarte Huertas, Gloria
27   Monestel Monestel, Guiselle Bustos Chavarría, Blanca Casares Fajardo,
28   Zeneida Quirós Chavarría, Mary Casanova López, Sebastián Víctor Víctor,
29   José Reynaldo Fernández Vega, José Manuel Vargas Chaves y Amalia Yesca
30   Torrentes, someto a votación la asistencia y que se le pida al señor Alcalde
                                                                                35


1    suministre el medio de transporte y coordine si es factible lo de la Banda
2    Municipal.
3    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
4
5    ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace de
6    conocimiento al señor Christian Zuñiga Gutiérrez, Encargado Área Marina de
7    Manejo Bahía Santa Elena, Área de Conservación de Guanacaste, que el
8    Concejo Municipal de La Cruz, asistirá al de iza del galardón de Bandera Azul
9    en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Bahía Junquillal (Sector Junquillal
10   ACG), el próximo domingo 09 de junio del 2019 a las 10:00 a.m, asistirán los
11   señores miembros del Concejo Municipal: Carlos Ugarte Huertas, Gloria
12   Monestel Monestel, Guiselle Bustos Chavarría, Blanca Casares Fajardo,
13   Zeneida Quirós Chavarría, Mary Casanova López, Sebastián Víctor Víctor,
14   José Reynaldo Fernández Vega, José Manuel Vargas Chaves y Amalia Yesca
15   Torrentes, al acto de iza del galardón de Bandera Azul en el Refugio Nacional
16   de Vida Silvestre Bahía Junquillal (Sector Junquillal ACG), por lo que se le
17   solicita al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz,
18   para que brinde el medio de transporte y coordine la salida al evento. Así
19   mismo, ver la factibilidad que la Banda Municipal de La Cruz asista a dicho
20   evento.   ACUERDO      DEFINITIVAMENTE       APROBADO,       FIRME     Y   SE
21   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 5 a favor: Blanca Casares
22   Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
23   Monestel Monestel: Regidor Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
24   Chávez, regidor suplente en ejercicio.
25
26
27                              ARTICULO TERCERO
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29                                    MOCIONES
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                                                                                 36


1    NINGUNA
2
3
4                                  ARTICULO CUARTO
5
6                                  ASUNTOS VARIOS
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8    1.- Presentados en forma verbal por la señora Blanca Casares Fajardo:
9    Presidente Municipal de la Cruz:
10
11   Compañeros, en vista que tenemos una documentación pendiente, se les
12   convoca a sesión extraordinaria el día 04 de junio del 2019, a las 4 pm, en el
13   salón de sesiones municipal de la Cruz, cuya finalidad es correspondencia de
14   urgencia, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se convoque a los
15   ausentes, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.
16
17   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
18
19   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, sesionará
20   extraordinariamente el día 04 de junio del 2019, a las 4 pm, en el salón de
21   sesiones municipal de la Cruz, cuya finalidad es correspondencia de urgencia,
22   quedan oficialmente convocados los presentes hoy y convóquese a los
23   miembros     ausentes   del   Concejo   Municipal   de   la   Cruz.   ACUERDO
24   DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE
25   DE COMISIÓN, con 5 a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte
26   Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidor
27   Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en
28   ejercicio.
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30   2.- Blanca Casares Fajardo: Presidente Municipal de la Cruz:
                                                                                  37


1    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que le
2    notifica el señor Carlos Manuel Ugarte Huertas: Presidente de la Comisión de
3    Hacienda y Presupuesto Municipal de la Cruz, que se convoca para el día
4    miércoles 05 de junio 2019, a la Comisión, a las 3:30 p.m., en la salita aledaña
5    a la oficina del señor Alcalde Municipal, cuya finalidad es ver documentación
6    pendiente, que se comunique por favor a los asesores de dicha Comisión de
7    Hacienda y Presupuestos. APROBADO.
8
9
10                                ARTICULO QUINTO
11
12                                CIERRE DE SESION
13
14   Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:15 horas.
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19   Blanca Casares fajardo                  Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
20   Presidente Municipal                    Secretario Municipal
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