Ordinaria 14 · 2019-04-11
Acta_SO_14-2019.pdf · 36 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 14 del 2019-04-11 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 6 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 3) · firme · aprobado sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de 19 comisión. 20 21 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 22 A…
- ~ Acuerdo (pág. 6) · firme · aprobado ores. 16 17 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a la Licda. 18 Amalia Yesca Torrentes, como Asesora Legal del Concejo Municip…
- ~ Acuerdo (pág. 16) · firme · aprobado es. 14 15 ACUERDAN A: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acoge 16 parcialmente el Recurso Extraordinario de revisión contra el acuerdo N°1-6D…
- ~ Acuerdo (pág. 25) · firme · aprobado l faltante de dinero por la suma de ¢3.590.799,12 (tres millones quinientos 30 noventa mil setecientos noventa y nueve colones con doce céntimos). Así…
- ~ Acuerdo (pág. 29) · firme · aprobado regidores. 19 20 ACUERDAN: Tomar nota al respecto, del oficio MLC-TRIB-C021-19, firmado 21 por la Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Gestora Tributar…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · firme · aprobado se dispensa de trámite 17 de comisión, levanten la mano los que estén de acuerdo. 18 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores…
1 1 MUNICIPALIDAD 2 3 LA CRUZ 4 5 Acta de Sesión Ordinaria # 14-2019, celebrada el día 11 de abril del año 2019, 6 a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros: 7 8 Blanca Casares Fajardo Presidente Municipal 9 Carlos Ugarte Huertas Regidor Propietario 10 Guiselle Bustos Chavarría Regidora Propietaria 11 Florencio Acuña Ortiz Regidor Propietario 12 Gloria Monestel Monestel Regidora Suplente en ejercicio 13 José Manuel Vargas Chaves Regidor Suplente 14 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Santa Cecilia 15 Mary Casanova López Sindica Propietaria La Garita 16 Jorge Manuel Alan Fonseca Síndico Propietario Santa Elena 17 José Reynaldo Fernández Vega Síndico Suplente Santa Cecilia 18 Sebastián Víctor Víctor Síndico Suplente La Garita. 19 20 Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda. 21 Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Lic. Carlos Miguel 22 Duarte Martínez, Secretario Municipal y con la siguiente agenda: 23 24 1.- Revisión y aprobación de acta anterior: N° 12-2019. 25 26 2.- Correspondencia 27 28 3.- Mociones 29 30 4.- Asuntos Varios
2 1 5.- Cierre de Sesión 2 3 ARTICULO PRIMERO 4 5 REVISION Y APROBACIÓN ACTA ANTERIOR 6 7 8 1- Acta N° 12-2019 en discusión: 9 10 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta las 11 buenas tardes a todos, después de la oración de costumbre, en esta acta 12 participamos, don Carlos Ugarte, Guiselle Bustos, José Manuel Vargas y su 13 persona, si alguien tiene alguna objeción, sino levanten la mano los que están 14 de acuerdo. 15 16 A no haber objeción alguna queda aprobada y firmada acta anterior N° 12- 17 2019. 18 19 ARTICULO SEGUNDO 20 CORRESPONDENCIA 21 22 1.- Se conoce oficio IFCMDL-CTRCH-029-2019, firmado por la Licda. Hellen 23 Trejos Rodríguez, Coordinadora, Región Chorotega, Instituto de Formación y 24 Capacitación Municipal y Desarrollo Local, UNED, de fecha 01 de abril del 25 2019, en el cual hace la invitación a la presentación de los Principales 26 Resultados del Borrador de la Investigación sobre la Oferta y Demanda de 27 Empleo en los Cantones de La Cruz, Guatuso y Los Chiles, a realizarse el día 28 jueves 02 de mayo del 2019 a la 01:30 p.m en la Municipalidad de La Cruz. 29
3 1 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice a los 2 compañeros que participen de esta invitación, ella trataría de pedir permiso, 3 porque es muy temprano a las 10:30 am, porque en la tarde tenemos sesión 4 ordinaria, pero parece que va a ser a la 1:30 pm. 5 6 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta las 7 buenas tardes a todos los compañeros, es importante asistir, sería una pena 8 que no venga nadie, la hora es un poco complicada, así que quedan todos 9 invitados por eso se tomó el acuerdo de conocerla hoy también. 10 11 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena 12 les dice el asunto es que el informe no especifica están invitando al Concejo, 13 más bien creo que esto será para el público y es una invitación. 14 15 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal dice que tratará de 16 venir, se le agradece la invitación, y que se le conteste que en la medida que 17 sea posible el Concejo Municipal estará presente, levanten la mano los que 18 estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de 19 comisión. 20 21 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 22 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, asistirá a la 23 presentación de los Principales Resultados del Borrador de la Investigación 24 sobre la Oferta y Demanda de Empleo en los Cantones de La Cruz, Guatuso y 25 Los Chiles, a realizarse el día jueves 02 de mayo del 2019 a la 01:30 p.m en la 26 Municipalidad de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, 27 FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A 28 FAVOR (Blanca Casares Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos 29 Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y 30 Florencio Acuña Ortiz.)
4 1 2.- Se conoce documento firmado por el señor Carlos Ugarte Huertas, Blanca 2 Cásares Fajardo y el señor Manuel Vargas Chaves, miembros de la Comisión 3 para el nombramiento del Asesor legal del Concejo Municipal de La Cruz, de 4 fecha 28 de marzo del 2019, en el cual en base a Acuerdo numero:2-11 de la 5 Sesión Ordinaria número 44-2018 verificada por la Municipalidad de La Cruz, 6 Guanacaste, el Concejo Municipal nombra la Comisión Conformada por: Carlos 7 Ugarte Huertas, (Secretario) Blanca Cáceres Fajardo (Presidenta) José Manuel 8 Vargas Chaves (Miembros) como Comisión Especial para el nombramiento del 9 Asesor Legal del Concejo Municipal. 10 11 Que al ser las 3:30 p.m. del día 28 de marzo del año 2019, en presencia de los 12 señores regidores Carlos Ugarte Huertas, (Secretario) Blanca Cáceres Fajardo 13 (Presidenta) José Manuel Vargas Chaves Regidor Municipal y Licda. María 14 Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos Municipal, se 15 tiene que se les aplicó entrevista a cinco oferentes para el puesto de Asesor 16 Legal del Concejo Municipal, los cuales se detallan a continuación: 17 18 Amalia Yesca Torrentes 19 Heriberto Tinoco Corea 20 Dora Salazar Carvajal 21 Sabrina Martínez Gonzales 22 Allan Springer Álvarez 23 Esta Comisión para nombramiento del Asesor Legal del Concejo Municipal en 24 base al cumplimiento de los requisitos académicos, experiencia y requisito legal 25 recomienda tres oferentes para la respectiva terna, los cuales se detallan en el 26 siguiente orden: 27 1.- Amalia Yesca Torrentes 28 2.- Dora Salazar Carvajal 29 3.- Sabrina Martínez González 30
5 1 Esta Comisión de Nombramiento, al contar con la terna respectiva, procederá a 2 remitir ante el Concejo Municipal, para que este Órgano Colegiado defina el 3 nombramiento para la plaza del Asesor Legal del Concejo Municipal. Una vez 4 definida, la persona idónea para ocupar dicho cargo y de tenerlo a bien, este 5 Concejo Municipal, enviará al Departamento Jurídico de esta Municipalidad el 6 respectivo acuerdo para elaborar el contrato por servicios especiales y se 7 remitirá copia al Departamento de Recursos Humanos, para que proceda 8 según corresponda. 9 10 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que las 11 3 son muy buenas, pero se debe elegir una nada más, si algún compañero 12 desea externar algo. 13 14 El señor Florencio Acuña Ortiz, Regidor Propietario les manifiesta las buenas 15 tardes a todos, agradecer a la Comisión Especial por haber estudiado, 16 analizado los curriculum, es necesario contar con el Asesor legal del Concejo 17 Municipal, , no conozco a ninguna, pero los atestados y por lo que el señor 18 Secretario leyó, no me cabe duda lo que hizo la Comisión al elegir una terna, 19 pero me inclino por la señora Amalia Yesca Torrentes, un buen curriculum, ha 20 trabajado en varias Instituciones públicas, es graduada de la Universidad de 21 Costa Rica, por la experiencia que ha tenido. 22 23 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que como 24 miembro de la Comisión especial no debería votar, las 3 merecen el cargo, 25 específicamente no pudimos encontrar la persona ideal con buenos 26 conocimientos municipales, máxime con el salario que es muy poco, hay 27 voluntad y compromiso, nadie nace aprendido, efectivamente esta muchacha 28 Amalia Yesca Torrentes, tiene excelente formación, como lo dijo don Florencio 29 va bien dirigida y pienso que ella puede ser las asesora legal del Concejo 30 Municipal, también me inclino por Amalia Yesca Torrentes.
6 1 2 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice también me 3 inclino por Amalia Yesca Torrentes, si los demás están der acuerdo, pues 4 autorizamos al señor Alcalde Municipal haga el contrato respectivo, no por todo 5 el periodo, sino por un periodo de prueba, para analizarla, y que este en una 6 sesión con nosotros antes, por lo tanto si nadie tiene nada más que expresar, 7 levanten la mano los que estén de acuerdo que se nombre a la señora Amalia 8 Yesca Torrentes, como Asesora Legal del Concejo Municipal de La Cruz, por 9 un periodo de prueba de 3 meses, que sea por Servicios Especiales, que se 10 proceda a la elaboración del Contrato se autoriza al señor Alcalde Municipal 11 para que elabore el contrato con el Departamento Jurídico, y se le remita a 12 Recursos Humanos para que lo que corresponda, que sea firme, definitivo y se 13 dispensa de trámite de comisión. 14 15 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 16 17 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a la Licda. 18 Amalia Yesca Torrentes, como Asesora Legal del Concejo Municipal de La 19 Cruz, a partir del 02 de mayo del 2019, por un periodo de tres meses a partir 20 del nombramiento. Por lo que se remite al Departamento Jurídico Municipal 21 para que se proceda a la confección del contrato por Servicios Especiales y al 22 Departamento de Recursos Humanos Municipal para que proceda como 23 corresponda. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE 24 DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca 25 Casares Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria 26 Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña 27 Ortiz.) 28 29 3.- Se conoce oficio MLC-GJ-ZMT-011-2019, firmado por la Licda. Yahaira 30 Duarte Aguirre, Gestora Jurídica del Departamento de Zona Marítimo Terrestre
7 1 Municipal de La Cruz, de fecha 26 de marzo del 2019, en el cual en atención 2 Acuerdo Municipal Número 3-50 de la Sesión Ordinaria Número 47-2018, 3 verificada por el Concejo Municipal de La Cruz, el día 29 de Noviembre de 4 2018, mediante el cual remiten recurso extraordinario de revisión contra el 5 acuerdo Nº 1-6D, de la sesión Extraordinaria 13-2018, interpuesto por el Lic. 6 Luis Antonio Álvarez Chávez, apoderado especial, administrativo y judicial de la 7 sociedad JOBITA S.A; con la finalidad que se estudie, analice y brinde criterio 8 legal. En razón de lo anterior me permito remitir el presente Criterio Legal 9 basado en lo siguiente: 10 SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE 11 REVISIÓN: ARTICULO 166 DEL CÓDIGO MUNICIPAL 12 Artículo 166. - De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido 13 apelación y esta no fue interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere 14 transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no hubiere agotado 15 todos sus efectos, los interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso 16 extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo 17 efectos. 18 Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad 19 absoluta del acto. 20 Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso 21 extraordinario, cabrá recurso de apelación ante el Tribunal Contencioso- 22 Administrativo, dentro del quinto día hábil. 23 (Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 202, inciso 3) de la Ley N° 24 8508 de 28 de abril de 2006, Código Procesal Contencioso-Administrativo). 25 El presente recurso extraordinario de revisión es presentado en tiempo y forma 26 por el interesado, fundamentado en motivos de legalidad. 27 MARCO JURÍDICO 28 Artículo 1: Ley General de caminos públicos
8 1 Artículo 1º.- Para los efectos de la presente ley, los caminos públicos, según su 2 función -con su correspondiente órgano competente de administración- se 3 clasificarán de la siguiente manera: 4 RED VIAL NACIONAL: Corresponde su administración al Ministerio de Obras 5 Públicas y Transportes, el cual la definirá según los requisitos que al efecto 6 determine el Poder Ejecutivo, por vía de acuerdo….. 7 RED VIAL CANTONAL: Corresponde su administración a las 8 municipalidades. Estará constituida por los siguientes caminos, no incluidos 9 por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes dentro de la Red vial 10 nacional: 11 Caminos vecinales: Caminos públicos que suministren acceso directo a fincas 12 y a otras actividades económicamente rurales; unen caseríos y poblados con la 13 Red vial nacional, y se caracterizan por tener bajos volúmenes de tránsito y 14 altas proporciones de viajes locales de corta distancia. b) Calles locales: Vías 15 públicas incluidas dentro del cuadrante de un área urbana, no clasificadas 16 como travesías urbanas de la Red vial nacional. c) Caminos no clasificados: 17 Caminos públicos no clasificados dentro de las categorías descritas 18 anteriormente, tales como caminos de herradura, sendas, veredas, que 19 proporcionen acceso a muy pocos usuarios, quienes sufragarán los costos de 20 mantenimiento y mejoramiento. 21 El artículo 4 de este mismo cuerpo normativo establece las medidas mínimas 22 reglamentarias para declarar un camino público. 23 Artículo 4º.- El ancho de las carreteras y de los caminos vecinales será el que 24 indique los Departamentos Técnicos del Ministerio de Obras Públicas y 25 Transportes, sin que pueda ser menor de veinte metros para las primeras y de 26 catorce metros para los segundos. 27 Así las cosas, La Ley de Planificación Urbana en su numeral 15 reconoce la 28 competencia que tienen los Municipios para planificar y controlar el desarrollo 29 urbano de cada Cantón. Para la consecución de este fin se disponen de
9 1 instrumentos que facilitan la planificación dentro de un territorio, tales como lo 2 son los planes Reguladores 3 Artículo 15.- Ley de Planificación Urbana 4 Artículo 15. Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política, 5 reconócese la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para 6 planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio 7 jurisdiccional. Consecuentemente, cada uno de ellos dispondrá lo que proceda 8 para implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo urbano 9 conexos, en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o 10 algunos de sus efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para 11 establecer un determinado régimen contralor. 12 Artículo 19.- Cada Municipalidad emitirá y promulgará las reglas procesales 13 necesarias para el debido acatamiento del plan regulador y para la protección 14 de los intereses de las salud, seguridad, comodidad y bienestar de la 15 comunidad. 16 En relación a terrenos o áreas que se encuentren protegidas, la Ley Forestal 17 en su artículo 1, conceptualiza la función esencial de dicha Ley, en pro de la 18 protección y aprovechamiento de terrenos declarados bosques o áreas 19 protegidas. Consecuentemente el artículo 13 del mismo cuerpo normativo 20 regula la constitución y administración del Patrimonio Natural del Estado. 21 ARTÍCULO 1.- Objetivos La presente ley establece, como función esencial y 22 prioritaria del Estado, velar por la conservación, protección y administración de 23 los bosques naturales y por la producción, el aprovechamiento, la 24 industrialización y el fomento de los recursos forestales del país destinados a 25 ese fin, de acuerdo con el principio de uso adecuado y sostenible de los 26 recursos naturales renovables. Además, velará por la generación de empleo y 27 el incremento del nivel de vida de la población rural, mediante su efectiva 28 incorporación a las actividades silviculturales. En virtud del interés público y 29 salvo lo estipulado en el artículo 18 de esta ley, se prohíbe la corta o el 30 aprovechamiento de los bosques en parques nacionales, reservas biológicas,
10 1 manglares, zonas protectoras, refugios de vida silvestre y reservas forestales 2 propiedad del Estado. 3 ARTÍCULO 13.- Constitución y administración El patrimonio natural del Estado 4 estará constituido por los bosques y terrenos forestales de las reservas 5 nacionales, de las áreas declaradas inalienables, de las fincas inscritas a su 6 nombre y de las pertenecientes a municipalidades, instituciones autónomas y 7 demás organismos de la Administración Pública, excepto inmuebles que 8 garanticen operaciones crediticias con el Sistema Bancario Nacional e ingresen 9 a formar parte de su patrimonio. El Ministerio del Ambiente y Energía 10 administrará el patrimonio. Cuando proceda, por medio de la Procuraduría 11 General de la República, inscribirá los terrenos en el Registro Público de la 12 Propiedad como fincas individualizadas de propiedad del Estado. Las 13 organizaciones no gubernamentales que adquieran bienes inmuebles con 14 bosque o de aptitud forestal, con fondos provenientes de donaciones o del 15 erario, que se hayan obtenido a nombre del Estado, deberán traspasarlos a 16 nombre de este. 17 18 ANÁLISIS DE FONDO 19 SOBRE LA ADMINISTRACION DE PATRIMONIO NATURAL DEL ESTADO 20 21 “1)El Patrimonio Natural del Estado es aplicable a todos los bienes nacionales 22 donde hayan recursos naturales forestales (SALA CONSTITUCIONAL, voto 23 4587-97, considerando IV). 24 2) Los bosques y terrenos forestales ubicados en la zona marítimo terrestre, 25 dentro de las áreas inalienables, de titularidad estatal, constituyen bienes 26 integrantes del Patrimonio Natural del Estado, en virtud de la afectación 27 inmediata, sin concurrencia de la Administración, que hace la Ley Forestal 28 (arts.13 y 14), e invalida los actos administrativos de enajenación o aplicación a 29 otros usos (SALA CONSTITUCIONAL, voto 3789-92).
11 1 Por consiguiente, están bajo administración del Ministerio del Ambiente y 2 Energía (artículo 13 ibid.). 3 3) Bajo la normativa actual se impone una interpretación sistemática y 4 armónica de los artículos 1° de la Ley 6043 (sobre la Zona Marítimo Terrestre) 5 con el 13, 14 y 15 de la Ley 7575 (Ley Forestal), y de estos entre sí. La Ley 6 Forestal opera un cambio de destino, usos o aprovechamiento, traslado de 7 competencia para la administración, planificación, conservación y protección de 8 los bienes. 9 4) Las Municipalidades están inhibidas para otorgar concesiones sobre los 10 bosques o terrenos forestales de la zona marítimo terrestre que integran el 11 Patrimonio Natural del Estado y no administran. 12 5) Las áreas silvestres protegidas del Patrimonio Natural del Estado ubicadas 13 en la zona marítimo terrestre, están excluidas de la aplicación de la Ley 6043, 14 por expresa disposición de su artículo 73, y se rigen por la legislación 15 respectiva.”(Dictamen C-297-2004). 16 Producto de la administración y el objetivo conservacionista del MINAE, dentro 17 del Patrimonio Natural del Estado, no cabe la corta, el aprovechamiento forestal 18 ni el cambio de uso del suelo y solo pueden autorizarse labores de 19 investigación, capacitación y ecoturismo. 20 Estas autorizaciones solamente proceden, cuando son derivados del ente 21 administrador del área, en este caso MINAE y bajo los instrumentos legales 22 designados para esos efectos, tales como son los permisos de usos. 23 24 SOBRE LA COMPETENCIA DEL MUNICIPIO DE DECLARAR CAMINOS 25 PÚBLICOS 26 La potestad atribuida a los gobiernos locales, para planificar el desarrollo 27 urbano dentro de los límites de su territorio, integra el concepto constitucional 28 de ‘intereses y servicios locales’ a que hace referencia el artículo 169 de la 29 Constitución”, competencia reconocida por la Ley de Planificación Urbana en 30 los artículos 15 y 19.
12 1 En principio, las municipalidades son competentes para planificar y controlar el 2 desarrollo urbano de su cantón. La circunscripción territorial fija el parámetro 3 constitucional de su competencia. 4 Quiere decir, que los gobiernos locales son los encargados de velar por la 5 planificación y desarrollo de su territorio, es así como el departamento 6 respectivo de la entidad Municipal, debe velar por el correcto desempeño en la 7 gestión vial, para tales efectos, entre otras cosas, cuentan con inventario de la 8 red de calles y caminos públicos existentes en su territorio.- (artículo 5, decreto 9 40137 MOPT) 10 Es así, como a los Municipios le corresponde la administración del territorio, 11 bajo su administración, por medio de los mecanismos adecuados o requisitos 12 técnicos necesarios para la consecución de la planificación de la región. 13 El Plan Regulador es la figura o mecanismo propia de planificación del 14 territorio, supone, en principio, que se han realizado los estudios técnicos para 15 determinar la aptitud de cada área (…) las Municipalidades tienen la potestad 16 de regular el ordenamiento territorial de su cantón, sin embargo debe atender a 17 las previsiones legales correspondientes con el fin de que no se pongan en 18 riesgo derechos fundamentales, como la salud y el ambiente (…).” (Sala 19 Constitucional, Voto No. 6346-2006). 20 SOBRE EL CASO EN CONCRETO 21 Efectivamente, la empresa JOBITA S.A, cuenta con permiso de uso para 22 ecoturismo, otorgado mediante OFICIO R-ACG-DIR-010-2016, sobre el área 23 que comprende Patrimonio natural del Estado; para la construcción de un 24 sendero peatonal, unidades de hospedaje y comedor aprobado por SETENA, 25 mediante resolución Nº 2599-2015, que corresponde a una extensión de 12h 26 8.1010 m2. 27 Dicho permiso de uso fue otorgado el veintinueve de abril del 2016, por parte 28 del Ministerio de Ambiente y Energía, ente administrador del área por el cual se 29 otorgó el permiso de uso.
13 1 Para dicho sector, en ese momento se contaba con la certificación de 2 Patrimonio Natural del Estado, ACG-DIR-ZMT-003-2017, actualmente la Nº 3 SINAC-ACG-DIR-PNE-ZMT-001-2018, la cual clasifica como caminos oficiales 4 del BID- catastro 2013, los caminos que se encuentran dentro del área de 5 Patrimonio Natural del Estado. 6 Que la competencia, efectivamente para determinar la condición de las calles o 7 caminos, ya sean, públicas o privadas, recae sobre el Ministerio de Obras 8 públicas y transportes o bien sobre la Municipalidad correspondiente. 9 Consecuentemente, a la fecha mediante oficio UT-MLC-CP004-2019 de fecha 10 26 de marzo del 2019, el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial de 11 este municipio indica, que en el sector ubicado en el cuadrante de El Jobo, 12 hasta Playa La Rajada y en la sección cartográfica de Bahía Salinas, se puede 13 observar que entre los mojones 162 y 185, no existe ningún camino público 14 marcado. 15 Si bien es cierto, el Decreto Ejecutivo No 34295-MINAE de 29 de enero de 16 2008, transitorio II, indica lo siguiente: “Los caminos públicos existentes y los 17 que se proponen en los Planes Reguladores se deben incluir en los mapas 18 respectivos….)” 19 Según resolución 2009-013073, la Sala Constitucional ha manifestado lo 20 siguiente: “considera la Sala que debe hacerse una interpretación conforme de 21 la citada norma en el sentido que los caminos públicos que se proponen en los 22 Planes Reguladores son aquellos que se encuentran ubicados en las áreas de 23 administración de las Municipalidades y no de los que se encuentran en las 24 áreas del Patrimonio Natural al Estado, cuya administración y protección le 25 corresponde a ese ente a través del MINAET, concretamente, al SINAC. Lo 26 anterior, a fin de evitar la apertura indebida de redes viales en la Zona Marítimo 27 Terrestre que comprenda zonas consideradas como parte del Patrimonio 28 Natural del Estado.” 29 “En este sentido, es inconstitucional el transitorio por quebrantar el principio de 30 reserva de ley, el principio precautorio y modificar la categoría de estos
14 1 terrenos por donde pasan o pasarían caminos, cuando una desafectación solo 2 puede ocurrir mediante una norma que de forma expresa así lo autorice. De 3 esta manera, ni un Plan Regulador desarrollado por una Municipalidad ni un 4 Decreto Ejecutivo elaborado por el Poder Ejecutivo puede variar lo ya 5 establecido por la Ley Forestal”. 6 7 En el contexto, en el que ya fue otorgado un permiso de uso en ecoturismo, a 8 favor de la empresa recurrente, sobre el área de Patrimonio Natural del Estado, 9 administración del Ministerio del Ambiente y Energía, que actualmente existe 10 un camino en dicho sector según las certificaciones de Patrimonio Natural del 11 Estado, que La Municipalidad a la fecha, dicho camino no lo tiene catalogado 12 como camino público; entonces, resulta de forma prematura e ineficaz, que La 13 Municipalidad de La Cruz, mediante acuerdo nº 1-6D de la sesión 14 extraordinaria nº 13-2018, solicite la exclusión del permiso de uso aprobado 15 mediante resolución R-ACG-DIR-010-2016, las calles indicadas en la 16 certificación de patrimonio Natural del Estado. 17 Resulta racional, corroborar si el camino marcado en el mapa de certificación 18 de Patrimonio Natural del Estado, ubicado dentro de la franja estatal y 19 catalogada como camino oficial, corresponde a la Administración Municipal. 20 De resultar administración del Ministerio de Ambiente y Energía, hay que tener 21 en cuenta que los bienes de dominio público afectados por Ley, sólo pueden 22 ser desafectados por la misma vía. 23 “Marienhoff, trae a colación jurisprudencia de su país en el sentido de que 24 cuando los bienes de dominio público afectados por ley deban "facilitar la 25 realización de un nuevo destino" de utilidad general, de más amplio concepto 26 que el primitivo, el cambio de destino ha de ser "declarado por una ley de la 27 Nación" (Tratado Derecho Administrativo. Abeledo-Perrot. Buenos Aires. 1998, 28 pgs. 312-313, y en Villegas, Wálter. Régimen jurídico de la expropiación. Edics. 29 Depalma. Buenos Aires. 1973, pg. 73 ss.). Lo anterior es armónico con el 30 principio general de Derecho Público sobre el paralelismo de las competencias,
15 1 por cuyo mérito la autoridad competente para modificar o dictar un acto es la 2 misma habilitada para emitirlo, a falta de norma expresa que determine otra 3 diversa. (Cfr. acerca de este principio, Marienhoff, Miguel S., Tratado de 4 Derecho Administrativo. Tomo II, N° 4091 a).1)” 5 6 CONCLUSIONES 7 “Las áreas silvestres protegidas del Patrimonio Natural del Estado (…) pese a 8 hallarse en territorios municipales, son administradas y planificadas por el 9 Ministerio del Ambiente, con ajuste a planes de manejo que aseguren la 10 adecuada protección, conservación y uso racional de los recursos naturales. En 11 esa órbita prevalece el interés nacional sobre el local. (SALA 12 CONSTITUCIONAL, votos 5445-95, cons. VI y 2004-01923. TRIBUNAL 13 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN SEGUNDA, resolución N° 474- 14 2005)” 15 Las áreas silvestres protegidas del Patrimonio Natural del Estado ubicadas en 16 la zona marítimo terrestre, están excluidas de la aplicación de la Ley 6043, por 17 expresa disposición de su artículo 73, y se rigen por la legislación 18 respectiva.”(Dictamen C-297-2004). 19 20 Efectivamente, el área solicitada en concesión por la empresa JOBITA S.A, es 21 tema aparte del permiso de uso otorgado por MINAE, sobre el área de 22 Patrimonio Natural del Estado, por lo que mediante acuerdo número 2-5B, de la 23 Sesión Ordinaria número 01-2019, verificada el día 10 de enero de dos mil 24 diecinueve, se aprobó proyecto de resolución y la firma al contrato de 25 concesión. 26 27 Por lo anterior expuesto, se recomienda al Concejo Municipal acoger 28 parcialmente el recurso extraordinario de revisión en contra del acuerdo nº 1- 29 6D, tomado en la sesión extraordinaria nº 13 -2018, dejando sin efecto dicho 30 acuerdo.
16 1 2 Realizar la consulta directamente al Ministerio del Ambiente y Energía, sobre 3 los caminos dibujados en el mapa de certificación de Patrimonio Natural del 4 Estado Nº SINAC-ACG-DIR-PNE-ZMT-001-2018, ubicados dentro de la franja 5 estatal, en el sector ubicado en el cuadrante de El Jobo, hasta Playa La Rajada 6 entre los mojones 162 y 185, si estos corresponden a la administración 7 Municipal. 8 9 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que si 10 alguien quiere decir algo al respecto, nadie, entonces somete a votación que se 11 apruebe la recomendación de la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, que sea firme, 12 definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 13 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 14 15 ACUERDAN A: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acoge 16 parcialmente el Recurso Extraordinario de revisión contra el acuerdo N°1-6D de 17 la Sesión Extraordinaria N°13-2018 del 09 de julio del 2018, por lo que se deja 18 sin efecto el acuerdo en mención, atendiendo recomendación legal de la Licda. 19 Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica del Departamento de Zona Marítimo 20 Terrestre Municipal de La Cruz, mediante oficio MLC-GJ-ZMT-011- 21 2019.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA 22 DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares 23 Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria 24 Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña 25 Ortiz.) 26 27 ACUERDAN B: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, consulta al 28 Ministerio del Ambiente y Energía, sobre los caminos dibujados en el mapa de 29 certificación de Patrimonio Natural de Estado N°SINAC-ACG-DIR-PNE-ZMT- 30 001-2018, ubicados dentro de la franja estatal, en el sector ubicado en el
17 1 cuadrante de El Jobo, hasta Playa La Rajada entre los mojones 162 y 185, si 2 estos corresponden a la administración Municipal.ACUERDO 3 DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRAMITE 4 DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo Carlos 5 Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: 6 Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña Ortiz.) 7 8 4.- Se conoce oficio MLC-ZMT-104-2019, firmado por la Ing. Alexandra 9 Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre 10 Municipal de La Cruz, de fecha 28 de marzo del 2019, en el cual en calidad de 11 Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la 12 Municipalidad, en relación a expediente a PUS-03-1993, manifiesto que: 13 Mediante acuerdo # 2-13 de la sesión ordinaria #60-93 verificada por la 14 Municipalidad de La Cruz el 17 de noviembre de 2993, el Concejo Municipal 15 aprueba solicitud de arrendamiento de terreno, sito en la zona marítimo 16 terrestre de Playa Copal a nombre de Manuel Santos Lara López con un área 17 de 2 Ha 400 m² por una vigencia de 5 años prorrogables de acuerdo a las 18 partes. Dicho arrendamiento amparado al TRANSITORIO VII de la Ley 6043 y 19 su Reglamento. Folio 0000008. 20 Que el 28 de marzo del 2019 se recibió croquis en el Departamento de ZMT en 21 el que se indica que el terreno se ubica entre el mojón No. 563 al mojón 22 No.559, sector que cuenta con Plan Regulador aprobado. 23 Sobre este tema, la Ley General de la Administración Pública, establece en su 24 Artículo 154.- 25 “Los permisos de uso del dominio público, y los demás actos que reconozcan a 26 un administrado un derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser 27 revocados por razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la 28 Administración; pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y 29 deberá darse en todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del 30 acto de revocación.” (El resultado no es nuestro)
18 1 2 Por otro lado, en el criterio C-100-1995 del 10 de mayo de 1995 la Procuraduría 3 General de la República ha manifestado: 4 “De hecho, al no ser posible jurídicamente otorgar concesiones en las 5 zonas turísticas de la zona marítimo terrestre sin plan regulador, la única 6 figura que cabe aplicar, desde el punto de vista de la teoría del dominio 7 público, es el permiso de uso….” 8 Por lo anterior, al existir el Plan Regulador de Playa Coyotera aprobado 9 mediante Junta Directiva del ICT en sesión No. 4523 artículo # 5 inciso #3 10 del 2 de enero de 1995, por la Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional de 11 Vivienda y Urbanismo No. 4500 artículo único inciso #3 del 19 de abril de 12 1995 y por el Concejo Municipal en sesión #45-95 Acuerdo #2-6 15 d agosto 13 de 1995, publicado en La Gaceta No.168 05 de setiembre de 1995, se 14 recomienda la cancelación del permiso de uso. 15 16 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si nadie 17 tiene algo que externar, nadie, somete a votación, levanten la mano los que 18 estén de acuerdo en que se apruebe la recomendación de la Ing. Alexandra 19 Gonzaga, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, en 20 cancelar el permiso de uso de suelo, ya que existe Plan Regulador, que sea 21 firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 22 23 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 24 25 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba la 26 cancelación del permiso de uso a nombre de Manuel Santos Lara en la Zona 27 Marítimo Terrestre de Playa Copal con un área de 2 Ha 400 m², dado que al 28 existir el Plan Regulador de Playa Coyotera aprobado mediante Junta Directiva 29 del ICT en sesión N°4523 artículo #5 inciso #3 del 2 de enero de 1995, por la 30 Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo N°4500
19 1 artículo único inciso #3 del 19 de abril de 1995 y por el Concejo Municipal en 2 sesión #45-95 Acuerdo #2-6 del 15 de agosto de 1995, publicada en La Gaceta 3 N°168 de 05 de setiembre de 1995.ACUERDO DEFINITIVAMENTE 4 APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo Carlos Ugarte Huertas, 6 Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente 7 en ejercicio y Florencio Acuña Ortiz.) 8 9 5.- Se conoce oficio ALDE-JS-099-2019, firmado por el señor Junnier Alberto 10 Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 14 de marzo del 2019, 11 en el cual con el objetivo de que analicen y tomen una decisión al respecto, por 12 así corresponderle a ese honorable cuerpo colegiado de regidores, me permito 13 poner en su conocimiento la propuesta de conciliación que les describo a 14 continuación: 15 A raíz de la causa penal N° 14-000851-0060-PE, que se tramita en el Juzgado 16 Penal de Hacienda del II Circuito Judicial de San José, por el delito de 17 Peculado, seguido contra la señora Ana Luisa Camacho Tinoco y que tiene a 18 la Municipalidad de La Cruz como víctima por el faltante de dinero por la suma 19 de ¢3,590,799.12 ( tres millones quinientos noventa mil setecientos noventa y 20 nueve colones con doce céntimos), se solicita el análisis de lo establecido en la 21 audiencia preliminar realizada el día viernes 01 de marzo del año 2019, 22 mediante la cual la señora presenta solicitud de conciliación bajo los siguientes 23 términos: 24 25 Cancelar la suma de ¢299,233.26, por mes en un plazo de 12 meses, 26 iniciando el día 01 de abril del 2019, hasta completar la suma de 27 ¢3,590,799.12 28 Donar a una institución de beneficencia la suma de ¢446,200.00, que 29 corresponde a un salario base de un oficinista judicial, monto que se 30 cancelará en tractos mensuales de 12 meses por la suma de suma de
20 1 ¢37,183.33, iniciando el día 01 de abril del 2019, hasta completar el 2 monto indicado. 3 Realizar 200 horas de trabajo comunal a favor de la escuela de Carrizal 4 de Puntarenas. Adjunto documento de aceptación por parte de la Junta 5 de Educación Escuela de Carrizal. 6 Estos términos deberán ser analizados por el estimable Concejo Municipal, 7 órgano que tendrá que decidir si los acepta o no, para efectos de comunicarlo 8 así dentro del proceso penal que se está desarrollando. 9 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que me 10 gustaría escuchar de parte del señor Alcalde Municipal un resumen del 11 documento, que nos explique. 12 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz les 13 manifiesta que recibieron notificación del Circuito Judicial de Goicoechea en 14 San José, a una audiencia con el Fiscal, un Juez, , Ana Luisa Camacho 15 Tinoco, el abogado de Ana Luisa, este servidor asistió con el Lic. Carlos 16 Guevara, el juez los instruye en el procedimiento y se escucha la posible 17 solución de la acusada, esa es la actualidad, tenemos tres casos de 18 conciliación, el de Ana Luisa Camacho, el de Geraldy Peña Álvarez, Gestora 19 Ambiental y el Lic. Fernando Leiva Castillo y en presencia de todos la acusada 20 (Ana Luisa Camacho) expresó resarcir por escrito pagar los tres millones y 21 resto, en tractos de 12 meses, también el pago del Oficinista judicial también en 22 tractos de 12 meses, y laboral 200 horas en una Escuela el Carrizal en 23 Puntarenas, así como el salario base, el Juez dice que le corresponde al 24 Concejo Municipal autorizar la autorización. 25 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena 26 les manifiesta que para eso hace falta el asesor legal del Concejo, el pago 27 habría que verlo, el salario base también, esos recursos deberían quedarse 28 aquí en el Cantón de la Cruz, que se le ayude pero debe quedar todo en el 29 Cantón de la Cruz.
21 1 2 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que es una 3 propuesta de conciliación, la aceptamos o no, hay cosas que me surgen en la 4 mente, le pagaron prestaciones y no aparecen por ningún lado en esta 5 propuesta de conciliación, son dudas que me salen, pagarle ¢ 446,200,00 en 6 otro lugar, porque no donárselo a los Adultos mayores de la Cruz, 200 horas 7 trabajarla en escuela El Carrizal de Puntarenas porque ella vive allá, podría ser, 8 talvés la nota no está bien dirigida porque el Concejo Municipal no nombra a 9 nadie, quien nombra es el Alcalde Municipal, es más la conciliación dice que es 10 a partir del primero de abril 2019 y esa fecha ya pasó, pero si podemos 11 autorizar al señor Alcalde Municipal que concilie, y que se reponga esa plata, 12 tampoco aparece el pago de intereses porque toda plata tiene que ganar 13 intereses, ni prestaciones aparecen, por lo tanto si estamos de acuerdo que se 14 autorice al señor Alcalde Municipal para que concilie y se acabe este asunto 15 trillado. 16 17 El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia 18 les dice las buenas tardes, hace tiempo me referí a este tema, es más les pido 19 disculpas por el tiempo que dispuse para explicar este asunto, siento que a 20 este Concejo no le compete algo que no debe hacer, hay que interpretar bien la 21 Ley para poder decidir, el delito es real, fue dinero que no se prestó, fue dinero 22 sustraído y esto es muy delicado que el Concejo dictamine un acuerdo que el 23 señor Alcalde concilie, , es peculado, es fácil decir que se devuelva el dinero y 24 se terminó el asunto, hubo mucho tiempo para decir hoy que se concilie, el 25 25 de abril se cerró el asunto, sabiendo que se cometió un delito y hasta presentó 26 la renuncia y le pagaron las prestaciones que fueron pagadas ilegalmente, si el 27 Concejo Municipal autoriza al señor Alcalde Municipal que concilie, y se le 28 pagaron las prestaciones quién devuelve esa plata, no me preocupa que se 29 haga donde sea, lo que me preocupa es que se autorice al señor Alcalde a 30 conciliar a un delito bien programado, ella se acusa sola, esto es un
22 1 comentario, ustedes son soberanos en sus decisiones, pero si sean precavidos 2 en lo que van a hacer, no sean mal infundados por no tener el tiempo de 3 estudio, tengan mucho cuidado. 4 5 El señor Florencio Acuña Ortiz, Regidor Propietario les dice que si el señor 6 Alcalde Municipal con la asesoría legal y los argumentos jurídicos que se 7 establecen, considero que la Municipalidad puede recuperar ese dinero, es solo 8 una propuesta no es obligatoria, me preocupa que solo habla del monto 9 principal, no hay intereses, se habla de prestaciones, fue un daño a la función 10 pública y no se toma en consideración, fuere importante que se tomen en 11 cuenta todos estos puntos en la conciliación y que vayan incluidos y los 12 recursos económicos que debe pagar que sea en una Institución Pública del 13 Cantón, que me parece bien que sea para las Personas Adultas Mayores del 14 Cantón de la Cruz, las 200 horas que debe laborar puede ser donde ella lo 15 pide, me parece bien lo que dice don Reynaldo Fernández me entra a duda y 16 que sea lo mejor, lo importante es que ella reconoce pagar y resarcir a la 17 Municipalidad ese dinero, todos tenemos ese derecho y como Regidor debo 18 votar, debemos agradecer las propuestas y consejos de los compañeros y que 19 lo analicemos bien, , no sé si es necesario mejor verlo en otra sesión para 20 estudiarlo con anticipación, con mayor criterio resolver, porque la persona 21 quiere resarcir ese dinero. 22 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que 23 tiene sus dudas, primer unto hasta dónde hay una responsabilidad del Concejo 24 Municipal de autorizar al señor Alcalde Municipal para que concilie, y me 25 gustaría indagar más, el daño ya se hizo aquí y se debe resarcir el pago de 26 cualquier manera y debe ser aquí en el Cantón de la Cruz, hizo un daño a este 27 Cantón y lo va a resarcir en otro Cantón, no me parece, y debemos analizarlo 28 con mayor tiempo, y me gustaría analizar que a ella se le pagaron prestaciones 29 y en el expediente ni en el documento habla nada de eso, mi propuesta es que 30 se forme una comisión especial para analizar en forma exhaustiva el
23 1 expediente, todo lo concerniente a ese tema, y las competencias que debieron 2 actuar en este caso, igualmente lo de las prestaciones si tenía derecho o no, lo 3 de los tres millones de colones y resto, si se hizo el debido proceso o no, por 4 qué se hizo y por qué no se hizo, esa es mi propuesta y la otra es que se 5 autorice la conciliación así que hay dos propuestas. 6 7 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena 8 les dice que en relación al pago de las prestaciones la Convención Colectiva de 9 Trabajadores se lo permite pagarle y la propuesta de ella es la misma cantidad 10 de dinero y se hace 5 o 6 años que se dio eso, y ella reconoce resarcir, el 11 Concejo lo que debe decidir si sí o no se concilia, seguro que el Alcalde 12 Municipal dijo sí conciliar y el Juez le indica que traiga el visto bueno del 13 Concejo Municipal. 14 15 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que le 16 pregunta al señor Alcalde Municipal, que si ésta propuesta fue por parte de Ana 17 Luisa Camacho, y si la Municipalidad hizo una contrapropuesta?. 18 19 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal le dice que a él le 20 llaman, y llegó con el Asesor legal Guevara Torres, tenemos el Juez, y Ana 21 Luisa con su abogado, yo puedo firmar la conciliación, pero debe ser previo 22 acuerdo del Concejo Municipal, sé que se hizo un órgano Director y el 23 funcionario fue el Lic. Rodolfo Gómez Jiménez, recomiendo que esa Comisión 24 analice el informe del órgano director, y ustedes son los que deciden. 25 26 El señor Florencio Acuña Ortiz, regidor propietario les manifiesta que le parece 27 bien esa comisión y que diga la viabilidad de la propuesta y que esta sea 28 razonable, que analicen también lo de las prestaciones, , enn donde se paga y 29 hacer las 200 horas que se defina dónde, de acuerdo con la comisión. 30
24 1 El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa 2 Cecilia, les manifiesta que el se inhibe de formar parte de esa comisión, así que 3 renuncia y no se le tome en cuenta. 4 5 La señora Blanca casares Fajardo, Presidente Municipal les agrega propone 6 que se conforme esa comisión para el análisis exhaustivo, que se analice el 7 expediente del caso, el expediente de las prestaciones, de los intereses la 8 comisión con miembros del Concejo Municipal, la Dirección Jurídica y el Lic. 9 José Rodolfo Gómez Jiménez, por el Concejo: Blanca Casares Fajardo, José 10 Manuel Vargas Cháves, Gloría Monestel Monestel, el Lic. Carlos Edo. Guevara 11 Torres Gestor Jurídico y Lic. José Rodolfo Gómez Jiménez, reunirse el 23 de 12 abril 2019 a las 4 pm, con copia al Juez que lleva el caso, que el señor Alcalde 13 Municipal suministre toda la información respectiva, para el análisis exhaustivo 14 del delito, analizar todos los aspectos habidos y por haber en este caso, y 15 presenten la propuesta municipal, somete a votación levanten la mano los que 16 estén de acuerdo, que sea firme y definitivo. 17 18 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a los 20 señores Blanca Casares Fajardo, Gloria Monestel Monestel, José Manuel 21 Vargas Chaves, Lic. Rodolfo Gómez Jiménez y al Lic. Carlos Guevara Torres 22 como Comisión Especial Municipal para estudiar y analizar la propuesta de 23 conciliación interpuesta por la señora Ana Luisa Camacho Tinoco. Por lo que 24 se le solicita al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La 25 Cruz proceda a suministrar el expediente completo con relación a la causa 26 penal N°14-000851-0060-PE, que se tramita en el Juzgado Penal de Hacienda 27 del II Circuito Judicial de San José, por el delito de Peculado, seguido contra la 28 señora Ana Luisa Camacho Tinoco y que tiene a la Municipalidad como víctima 29 por el faltante de dinero por la suma de ¢3.590.799,12 (tres millones quinientos 30 noventa mil setecientos noventa y nueve colones con doce céntimos). Así
25 1 mismo, analice el expediente de pago de prestaciones y que presenten la 2 propuesta respectiva, previo análisis de todos los aspectos habidos y por haber 3 de este caso. La Sesión de la Comisión será el martes 23 de abril a las 4:00 4 p.m. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA 5 DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares 6 Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria 7 Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña 8 Ortiz.) 9 10 6.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C021-19, firmado por la Licda. Ana Catalina 11 Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La Cruz, de fecha 05 de 12 marzo del 2019, en el cual en calidad de Encargada del Departamento de 13 Gestión Tributaria Municipal de La Cruz, me permito dirigirme a su persona, de 14 la forma más respetuosa, para solicitarle una vez más, la adquisición de un 15 vehículo para ser utilizado en el buen desempeño de Labores de La Gestión 16 Tributaria y departamentos a cargo (Patentes, Cobros e Inspección y 17 Notificación Municipal), todo esto base a lo que le detallo a continuacion: 18 Es prioritario y necesario que su persona tenga conocimiento de las 19 necesidades que se afrontan día a día en las funciones a cargo de la 20 Gestión Tributaria, los cuales aborda la función primarias de fiscalización 21 sobre los procesos de Gestión de Cobros, Patentes e Inspecciones y 22 Notificaciones Municipales, las cuales permiten mantener un nivel de 23 ingresos adecuado por medio de la recaudación de los recursos para la 24 buena función de la municipalidad , por lo que, para lograr este objetivo 25 contamos solo con dos motos y los Vehículos Marcas: Terios Placa SM- 26 5323 y el Toyota Prado Placa SM-3686, vehículos que, como es del 27 conocimiento de todos en esta institución, se encuentran muy 28 deteriorados y viejos, por todo el trabajo realizado asi como por el 29 desgaste en el transcurso del tiempo, donde esta situación está 30 generando un costo muy elevado para este gobierno local, sus
26 1 continuos mantenimientos y reparación. En fin, la Gestion Tributaria, 2 utiliza estos medios de transporte para realizar las siguientes 3 actividades: 4 1. La distribución o repartición, durante todo el año, de todos los cobros 5 municipales, de forma masiva en los diferentes distritos del Cantón de 6 La Cruz, llámense: Santa Cecilia, La Cruz, La Garita y Santa Elena, de 7 los diferentes impuestos, tasas, servicios y demás contribuciones, como: 8 Impuestos de Bienes Inmuebles, Recolección de Residuos, Servicio y 9 Mantenimiento y Arrendamiento de Cementerio, Mantenimiento de 10 parque, Servicio de Aseos de Vías y Sitios Públicos, Multas a aceras y 11 solares sin construir, Recaudación de Impuesto de Patentes y 12 siguientes, los cuales suman alrededor de 5000 contribuyentes., que 13 para poder realizar la entrega de los mismo se requiere el recorrido de 14 distancias considerables e importantes, donde mucho de los casos, se 15 lleva a cabo con condiciones del tiempo desfavorables, y con los 16 caminos en no óptimas condiciones para el acceso de la entrega de los 17 mismos, donde se hace necesario el uso mayor de vehículo más que de 18 motos, y donde la gestión de cobros y los contribuyentes tienen plazos, 19 por lo que este trabajo debe ser constante, siendo indispensable el 20 medio de transporte de vehículo.La Ejecución de la vigilancia de que 21 todas las actividades comerciales que operen en el cantón de La Cruz, 22 donde la prioridad es que estos se encuentren con la debida licencia 23 comercial que les autorice a ejercer la actividad de acuerdo al art 24 número 88 del Código Municipal y articulo número 1 de la Ley 7166. Así 25 mismo, los que se encuentren pendientes de pago se les notifica para 26 que honren sus deudas y no haciéndolo así, proceder de acuerdo a lo 27 establecido al artículo 90 bis del mismo Código Municipal, también 28 necesario e indispensable el vehículo para transportar los funcionarios 29 municipales.
27 1 2. La realización de giras en conjunto con La Fuerza Pública, Ministerio de 2 Salud y diferentes órganos, para atender denuncias de negocios 3 clandestinos, realizar los debidos decomisos de mercancías de 4 actividades ilegales, para lo cual los vehículos de la Fuerza Pública, nos 5 ha ayudado a trasladar los mismos, pues no contamos con un vehículo 6 con condiciones de carga para dichas gestiones, por lo que es necesario 7 ese vehículo a nuestro Departamento. 8 3. Estos Vehículos Marcas: Terios Placa SM-5323 y el Toyota Prado Placa 9 SM-3686, también es utilizado por el Departamento de Planificación y 10 Control Constructivo de la Municipalidad, llevando a cabo las siguientes 11 actividades: Inspección de construcciones (visita al campo), dar visto 12 bueno o no a los lotes en los cuales se va a construir, Notificar las 13 construcciones que no están a derecho para que normalicen su 14 situación, así como darle seguimiento a los permisos aprobados para 15 que se realicen de acuerdo a como se indica en los planos como 16 también la rutina de vigilancia del departamento de Control Constructivo. 17 4. Que también son utilizados en las convocatorias y notificaciones a los 18 miembros del Concejo Municipal de manera anticipada, cuando se 19 requiere de su presencia en las Sesiones. 20 5. Dichos vehículos también son utilizados para realizar viajes a distintos 21 lugares (con la salvedad que ya no a San José, debido a que sus malas 22 condiciones mecánicas que ya no lo permiten) asi como a realizar 23 diferentes diligencias mandadas por la Administración Central. 24 6. Los mismos vehículos son utilizados por los diferentes departamentos 25 de: Vice-alcaldía, Dirección Financiera, Gestión Jurídica, Gestión Social, 26 Secretaria Municipal y Atención al Adulto Mayor y demás dependencias, 27 en la ejecución de sus funciones, reuniones, capacitaciones, 28 notificaciones etc. 29 Siendo así, estimado señor Alcalde, quiero informarle que según 30 programación por semana, asignada a estos vehículos, elaborada por este
28 1 Departamento Tributario para una buena gestión de nuestro trabajo, no se 2 puede cumplir a cabalidad por todo lo anterior y nos da como resultado 3 negativo en nuestro trabajo, todo debido a que no tenemos un vehículo 4 designado y en óptimas condiciones, para llevar a cabo nuestras labores. 5 Es verdad, que contamos con dos motos, pero estos medios aunque son muy 6 importantes y prácticos, no se ajustan a las necesidades reales en los procesos 7 y procedimientos que se tiene que ejecutar en la recaudación y percepción de 8 los tributos, en las distancias de largo recorrido, en época de invierno, y en la 9 ejecución de las labores de Patentes etc. 10 Por todo lo anterior es que apelo a sus buenos oficios como Alcalde Municipal, 11 para que tome en consideración esta justificación para la toma de decisión de 12 destinar los recursos de contenido económico necesarios en el Presupuesto 13 Extraordinario 01-2019, para darle trámite al proceso de la adquisición de un 14 vehículo que sea asignado exclusivo para el Departamento Tributario, lo que 15 vendría a solventar la desfase que tenemos en realizar nuestro trabajo con 16 eficiencia y hacer llegar esos recursos económicos que tanto necesitamos en 17 esta institución así como aminorar el pendiente de cobros. 18 La señora Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les dice que 19 desea aclarar que el vehículo que ella utiliza<a se lo cede al programa de 20 Adulto mayor, ellos tiene dos carros, dos motos, como el carro de la zona 21 marítimo terrestre esta malo, se le quitaron las llantas que estaba buenas y se 22 las pusieron a la Prado, Alexandra Gonzaga Encargada del Departamento de 23 zona marítimo terrestre reclamó las llantas y se le volvieron a quitar, y la Prado 24 quedó sin llantas. 25 26 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les agrega que esto 27 es una copia al Concejo, es más el Concejo a través de una moción que él 28 presentó se acordó que se comprara un vehículo para uso exclusivo del 29 Concejo y no se sabe nada porque no se tiene para notificar, pero esta es una 30 copia.
29 1 2 La señora Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les dice que 3 no se pueden quejar porque al mismo Carlitos(Secretario Municipal) siempre 4 que me solicita vehículo para convocar a los miembros del Concejo Municipal 5 le suministro que tengo en uso yo, él es testigo y para los regidores también 6 ella los va a dejar. 7 8 El señor Jorge Manuel Alán Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena 9 les manifiesta que lo que hace falta es planificación porque hay varios carros 10 en esta Municipalidad, le corresponde al Alcalde, él es el que manda aquí y 11 quién ordena, ningún funcionario(a) tiene porqué ordenar el uso de los 12 vehículos o la disposición. 13 14 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que es una 15 copia, por lo tanto somete a votación, que se tome nota al respecto, quer sea 16 firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 17 18 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 19 20 ACUERDAN: Tomar nota al respecto, del oficio MLC-TRIB-C021-19, firmado 21 por la Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La 22 Cruz, de fecha 05 de marzo del 2019, en el cual en calidad de Encargada del 23 Departamento de Gestión Tributaria Municipal de La Cruz, donde solicita al 24 alcalde municipal la compra de un vehículo para uso del Departamento de 25 Gestión Tributaria, ya que es una copia para el Concejo Municipal de la Cruz. 26 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA DEL 27 TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo 28 Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel 29 Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña Ortiz.) 30 (Guiselle Bustos Chavarría)
30 1 2 7.- Se conoce oficio DPCC-03-19-40, firmado por el Arq. Juan Vicente 3 Sandoval Hidalgo, Coordinador del Departamento de Planificación Urbana y 4 Control Constructivo Municipal de La Cruz, Sergio Mora Morales, Coordinador 5 Departamento de Catastro Municipal de La Cruz, Ing. Karla Larios Guevara, 6 Coordinadora Departamento Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de La 7 Cruz y Alex Jesús Villalobos Mora, Topografía y Valoración Municipal de La 8 Cruz, de fecha 18 de marzo del 2019, en el cual 9 Planificación Urbana y Control Constructivo, departamento de Catastro, 10 departamento Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal todos de La 11 Municipalidad de La Cruz, refiriéndose a la nota con fecha de 01 de febrero del 12 2019 en relación al acuerdo #2-10 de la sesión Ordinaria #04-2019, en la que el 13 consejo solicita el análisis, estudio y dictamen para ver la factibilidad de los 14 proyectos Residenciales de Nueva Esperanza en Cuajiniquil y Las Tecas en 15 Barrio Irvin les comentamos lo siguiente: 16 En referencia a la factibilidad de los proyectos Residenciales Nueva Esperanza 17 en Cuajiniquil y Residencial Las tecas en Barrio Irvin, por la fase en la que se 18 encuentran los mismos, no podríamos emitir ningún criterio técnico al respecto, 19 lo anterior en vista a que todo proyecto debe cumplir con proceso de 20 tramitología para análisis, revisión y evaluación. Todos los aspectos técnicos, 21 se revisarán en su debido momento y de acuerdo a la tramitología pertinente 22 con esta municipalidad y demás instituciones. 23 Nuestros departamentos no tienen ningún inconveniente u objeción en lo que 24 respecta a declare los proyectos de interés municipal. Es importante señalar 25 que queda a criterio del Honorable Consejo Municipal, si lo tiene a bien, 26 declarar los proyectos de interés municipal. 27 28
31 1 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que deben 2 cumplir con los requisitos legales, con la tramitología, y posterior se declara de 3 interés cantonal. 4 5 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena 6 les agrega que se puede declarar de interés cantonal como se declaró el 7 proyecto de canal seco. 8 9 El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente de Santa Cecilia les dice 10 que posterior se derogó por moción presentada por el señor Vicepresidente 11 Municipal, así que cumplan con la tramitología y posterior se les da la 12 declaración de interés cantonal. 13 14 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a 15 votación que cumplan con la tramitología y posterior se les concede la 16 declaratoria de interés comunal, que se le solicite al señor Marco Sequeira Lepiz, 17 Desarrollador SYNSA, proceda a remitir lo solicitado por los señores Arq. Juan Vicente 18 Sandoval Hidalgo, Coordinador del Departamento de Planificación Urbana y Control 19 Constructivo Municipal de La Cruz, Sergio Mora Morales, Coordinador Departamento 20 de Catastro Municipal de La Cruz, Ing. Karla Larios Guevara, Coordinadora 21 Departamento Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de La Cruz y Alex Jesús 22 Villalobos Mora, Topografía y Valoración Municipal de La Cruz y dar resolución 23 respectiva, que sea firme, definitiva, y se dispensa de trámite de comisión. 24 25 Los señores regidores: Blanca Casares Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Gloria 26 Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y Florencio Acuña Ortiz 27 manifiestan que están de acuerdo mientras que la señora Regidora Guiselle 28 Bustos Chavarría manifiesta que no está de acuerdo. 29 30 Con el agregado anterior los señores regidores muy conformes.
32 1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, solicita al Ing. 2 Marco Sequeira Lepiz, Desarrollador SYNSA, proceda a remitir lo solicitado por 3 los señores Arq. Juan Vicente Sandoval Hidalgo, Coordinador del 4 Departamento de Planificación Urbana y Control Constructivo Municipal de La 5 Cruz, Sergio Mora Morales, Coordinador Departamento de Catastro Municipal 6 de La Cruz, Ing. Karla Larios Guevara, Coordinadora Departamento Unidad 7 Técnica de Gestión Vial Municipal de La Cruz y Alex Jesús Villalobos Mora, 8 Topografía y Valoración Municipal de La Cruz, para proceder un criterio técnico 9 en relación a la factibilidad de los proyectos Residenciales Nueva Esperanza 10 en Cuajiniquil y Residencial Las tecas en Barrio Irvin. ACUERDO 11 DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRAMITE 12 DE COMISIÓN CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo Carlos 13 Ugarte Huertas, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio 14 y Florencio Acuña Ortiz.) Y UN VOTO EN CONTRA (Guiselle Bustos 15 Chavarría) 16 17 8.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO-046-2019, firmado por el Lic. Gledys 18 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 26 de 19 febrero del 2019, en el cual mediante el UAI-CONCEJO-096-2018, la Auditoria 20 Interna, advirtió sobre el incumplimiento en la entrega del informe de 21 Liquidación de Ingresos y Egresos de los Festejos Cívicos Populares La Cruz 22 2018, en el plazo que se establece en el artículo nro.4 de ley 8810: “a más 23 tardar quince días después de la finalización de los festejos”.Es necesario traer 24 a colación que en la Sesión Ordinaria 03-2018, el Concejo Municipal aprobó 25 que los Festejos Cívicos la Cruz 2018 se llevarán a cabo durante los días del 26 26 de abril al 06 de mayo del 2018, por lo que el plazo de los quince días 27 establecidos en la ley para la entrega del informe de Liquidación de Ingresos y 28 Egresos de los Festejos Cívicos Populares La Cruz 2018, empezaron a correr 29 después del 06 de mayo del 2018, sin embargo fue hasta el 31 de enero del 30 2019, que esta Auditoria Interna recibió de las personas que conformaron la
33 1 Comisión de Festejos Cívicos La Cruz 2018, información relacionada con la 2 gestión que realizaron para esos eventos, según el nombramiento que 3 recibieron en su momento del solemne Concejo Municipal. 4 Se debe recordar que la revisión del informe de Liquidación de Ingresos y 5 Egresos de los Festejos Cívicos Populares La Cruz 2018, la Auditoria Interna lo 6 tenía planificado realizar en el año 2018, pero debido al incumplimiento citado 7 no se puedo efectuar. 8 Así las cosas y dada la importancia de realizar una revisión de esta información 9 entregada, sobre dichos eventos, la Auditoria Interna realizará un esfuerzo, 10 para tratar de revisarla durante el presente año, ya que para este año 2019 se 11 planificaron otros estudios de suma importancia para el fortalecimiento del 12 Sistema de Control Interno del ayuntamiento y algunos de esos estudios ya se 13 han iniciado y se encuentran en proceso. 14 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a 15 votación que se le conceda visto al oficio presentado por el señor auditor 16 interno municipal de la Cruz, que sea firme definitivo y se dispensa de trámite 17 de comisión, levanten la mano los que estén de acuerdo. 18 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, brinda visto bueno 20 al oficio UAI-CONCEJO-046-2019, firmado por el Lic. Gledys Delgado 21 Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación a la 22 documentación recibida de las personas que formaron la Comisión de Festejos 23 Cívicos de La Cruz 2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, 24 FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN CON 5 VOTOS A 25 FAVOR (Blanca Casares Fajardo Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos 26 Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y 27 Florencio Acuña Ortiz. 28 29 30
34 1 2 ARTICULO TERCERO 3 4 MOCIONES 5 6 ARTICULO CUARTO 7 8 ASUNTOS VARIOS 9 10 11 12 ARTICULO QUINTO 13 14 CIERRE DE SESIÓN 15 16 17 18 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:30 horas. 19 20 21 22 23 Blanca Casares Fajardo Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez 24 25 Presidente Municipal Secretario Municipal 26 27 28 29 30
35 1 2