Ordinaria 45 · 2018-11-15
Acta de Sesin Ordinaria 45.pdf · 35 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 45 del 2018-11-15 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
1
MUNICIPALIDAD
LA CRUZ
Acta de Sesión Ordinaria # 45-2018, celebrada el día 15 de noviembre del año
2018, a las 16:00 horas, con la asistencia de los señores miembros:
Blanca Casares Fajardo Presidenta Municipal
Marvin Tablada Aguirre Vicepresidente Municipal
Carlos Ugarte Huertas Regidor Propietario
Gloria Monestel Monestel Regidora Suplente
María Argentina Lara Lara Regidora Suplente
Denis Rivera Tapia Regidor Propietario
Zeneida Quirós Chavarría Sindica Propietaria Santa Cecilia
José Reynaldo Fernández Sindico Suplente Santa Cecilia
Jorge Manuel Alán Fonseca Sindico Propietario Santa Elena
Mary Casanova López Sindica Propietaria La Garita
Sebastián Víctor Víctor Sindico Suplente La Garita
Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Yahaira Duarte
Aguirre: Asesora Legal Alcalde Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez,
Secretario Municipal y con la siguiente agenda:
1.- Revisión y aprobación de acta anterior ( N°44-2018)
2.- Correspondencia
3.- Mociones
4.- Asuntos Varios
5.- Cierre de Sesión
ARTICULO PRIMERO
REVISION Y APROBACIÓN ACTAS ANTERIORES
1.- Acta N° 44-2018 en discusión:
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice, que solo 3
regidores están y son los que dirán sobre la revisión y aprobación del acta
anterior Nº 44-2018, levanten la mano los que estén de acuerdo en la
aprobación, 3 votos a favor.
Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta Nº 44-2018, por 3
votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Martin Tablada Aguirre y Carlos Manuel
Ugarte Huertas.
2
ARTICULO SEGUNDO
CORRESPONDENCIA
1.- Se conoce nota, firmada por los señores Alberto Vásquez Chevez,
Presidente y Ángela Rodríguez Rivas, Secretaria del Comité de la Iglesia
Católica de Juntas del Caoba, de fecha 24 de julio del 2018, en el cual informa
que los materiales que fueron donados por parte de la Municipalidad para la
reparación de la iglesia, lograron cambiar el entechado en su totalidad, el piso y
se le puso cerámica. Pero debido a que la mano de obra les correspondía al
comité de la Iglesia, no se ha podido continuar con la obra, esto por cuanto se
les acabó el dinero. Por lo que solicitan la colaboración de la Municipalidad
para terminar con los arreglos.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que ya se
conocer del asunto, si alguien quiere referirse al documento, caso contrario
levanten la mano que se les conteste que existe impedimento legal para
brindarle aporte a las Iglesias, que se tiene impedimento para colaborar por
lineamientos de la Contraloría General de la república, que no se permite.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace de
conocimiento al Comité de la Iglesia Católica de la Virgen de Santa Cecilia, que
en relación a su petición de más ayuda para terminar de reparar el templo
católico de esa comunidad, se le es imposible a la Municipalidad por tener
impedimento legal de colaborar según lineamientos dictados por la Contraloría
General de la República que no es permitido. Aprobado por 3 votos a favor:
Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte
Huertas.
2.- Se conoce documento, firmado por el señor Gonzalo Martínez Hernández,
Operador de Maquinaria Pesada Municipal de la Cruz, de fecha 2 de octubre
del 2018, en el cual mediante el acuerdo N°2-3 de la Sesión Ordinaria N°26-
2018, se remitió a la Comisión de Asuntos Jurídicos, petición en la cual solicita
se le reconozca el pago del Salario Escolar, dado que dicha comisión no se ha
reunido, por motivos que desconoce, por lo que apela a sus buenos oficios a fin
de que en lugar de enviarlo a dicha comisión, sea enviado a la Coordinadora de
Gestión Jurídica, para que emita su dictamen y así poder ser objeto de ese
derecho igual que se le ha reconocido a los demás compañeros.
El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que
recuerda que cuando legó ese documento, el acuerdo fue que se remitiera al
Departamento Jurídico y no a la Comisión de Asuntos Jurídicos, el señor
Secretario Municipal no estaba, por lo tanto que se retome y se envíe al
Departamento jurídico y no a la Comisión, para que sean ellos los que den su
dictamen y así proceder.
3 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta levanten la mano los que estén de acuerdo que se retome y se envíe a la coordinadora de Gestión jurídica para estudio, análisis y dictamen en el término de Ley, pero antes que se deja sin efecto el acuerdo donde se remitía a la Comisión de Asuntos jurídicos. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, deroga elñ acuerdo Nº N°2-3 de la Sesión Ordinaria N°26-2018, se remitió a la Comisión de Asuntos Jurídicos, petición en la cual solicita se le reconozca el pago del Salario Escolar, al señor Gonzalo Martínez Hernández, funcionario Municipal de la Cruz, y en su defecto se remite ante la señora Licda. Arianna Badilla Vargas, coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de la Cruz, para que proceda en el término de Ley, analizar, estudiar y dictaminar y así tomar la resolución correspondiente. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 3.- Se conoce oficio MLC-ZMT-311-2018, con copia al Concejo Municipal, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal y la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica ZMT, de fecha 22 de octubre del 2018, en el cual las suscritas, Yahaira Duarte Aguirre, cédula 3-0429-0516, en calidad de Gestora Jurídica de Zona Marítimo Terrestre a.i. y Alexandra Gonzaga Peña, cédula 1-1396-0497, en calidad de Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, mediante acuerdo #2-6 de la sesión ordinaria #41- 2018 del 18 de octubre del 2018, manifestamos que el Concejo Municipal remitió a las suscritas el oficio AL-1471-2018 en relación a la solicitud de de concesión a nombre de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines con el fin de brindar la información solicitada por este Instituto. En el oficio AL-1471-2018 se indica: “Si bien en el proyecto de resoluciòn se indica el plazo de 24 meses para inicio de obras, debe indicarse el plazo de ejecuciòn de obras y el plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento (este último debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043)…” “En el contrato de concesión debe corregirse el número de certificación de PNE por parte de SINAC, indicar el plazo de ejecución de obras y el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento (este último plazo debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043). Por último, se solicita se adicione una cláusula en el contrato donde el concesionario se compromete a pagar en tiempo todos los impuestos nacionales y cánones municipales que correspondan.” “Con respecto al tipo de garantía de cumplimiento, la solicitante aporta letra de cambio visible a folio 229. No obstante, se reitera lo indicando anteriormente en el sentido que el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043. Se aclara que el plazo de 24 meses para inicio de obras, es diferente el plazo de ejecución de obras.”
4 Con el objetivo de cumplir con la prevención realizada por el ICT mediante oficio AL-1471-2018, se solicita indicar el plazo de ejecución de obras estipulado en el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043, plazo que podrá ser ajustado al momento de iniciar las obras, previa aprobación de la Municipalidad de La Cruz, según se establezca entre las partes. Asimismo, se solicita incluir en la letra de cambio aportada como garantía de cumplimiento, el plazo de vigencia de la garantía que deberá exceder en al menos un tercio el plazo de ejecución de la obra. Para lo anterior se otorga un plazo de 10 días hábiles. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta levanten la mano los que estén de acuerdo que se le dé acuse de recibo porque es una copia y de conocimiento. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace acuse de recibo de la copia del oficio MLC-ZMT-311-2018, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal y la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica ZMT, dirigida a la Firma Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines con el fin de que brinde la informacion solicitada por el Instituto Costarricense de Turismo y así darle trámite a la solicitud solciitada, que sea en un plazo de 10 días habiles. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 4.- Se conoce nota con copia al Concejo Municipal, firmada por la señora Josefa Pérez Díaz, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral Las Vueltas, Copalchí, de fecha 24 de octubre del 2018, dirigido al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la Cruz, en el cual les remite la terna para el nombramiento del Comité de Deporte de Las Vueltas y Copalchí de la Cruz Guanacaste, para su aprobación y juramentación. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que es similar a la anterior, levanten la mano los que estén de acuerdo que se le dé acuse de recibo porque es una copia y de conocimiento. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace acuse de recibo de la copia del escrito por la señora Josefa Pérez Díaz, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral Las Vueltas, Copalchí, dirigido al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la Cruz, en el cual les remite la terna para el nombramiento del Comité de Deporte de Las Vueltas y Copalchí de la Cruz Guanacaste, para su aprobación y juramentación. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas.
5
5.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO-153-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 30 de octubre del 2018,
en el cual establece lo siguiente:
“Artículo 18.—De la capacitación del Auditor Interno y del personal
de la Auditoria Interna. El Concejo Municipal, atenderá las necesidades
de capacitación y entrenamiento del Auditor Interno y del personal de la
Auditoría Interna, con el fin de lograr un adecuado desarrollo profesional
de dichos funcionarios en el área propia de su competencia y en
disciplinas complementarias necesarias para el cumplimiento de sus
funciones. Para tal propósito la Auditoría Interna para su debida atención
planteará ante el Concejo Municipal sus necesidades sobre el particular.”
En cumplimiento de lo anterior, les solicito su autorización para asistir a la
capacitación que impartirá la UNGL el próximo 27 de noviembre del 2018,
sobre el tema de Actas. Les adjunto la invitación de la Directora Ejecutiva de la
UNGL al evento.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que las
capacitaciones son muy importantes, y adjunta la invitación, nadie tiene que
decir algo al respecto, nadie, levante la mano los que estén de acuerdo que se
le autorice al señor Auditor Interno Municipal de la Cruz participe de esa
capacitación.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, autoriza al señor
Lic. Gledys Delgado Cárdenas, auditor Interno Municipal de la Cruz, para que
participe en una capacitación, que impartirá la Unión Nacional de Gobiernos
Locales, en las instalaciones del archivo municipal en San José el próximo 27
de noviembre del 2018 a partir de las 8 am, páguese los gastos de viaje y
viáticos respectivos. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo,
Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas.
6.-Se conoce oficio Se conoce oficio MLC-ZMT-323-2018, con copia al Concejo
Municipal, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora
Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal y la Licda. Yahaira Duarte
Aguirre, Gestora Jurídica ZMT, de fecha 01 de noviembre del 2018, en el cual
las suscritas, Yahaira Duarte Aguirre, cédula 3-0429-0516, en calidad de
Gestora Jurídica de Zona Marítimo Terrestre a.i. y Alexandra Gonzaga Peña,
cédula 1-1396-0497, en calidad de Coordinadora del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, mediante acuerdo #2-6 de
la sesión ordinaria #41-2018 del 18 de octubre del 2018, manifestamos que el
Concejo Municipal remitió a las suscritas el oficio AL-1471-2018 en relación a la
solicitud de de concesión a nombre de Asociación Solidarista de Empleados
de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines con el fin de
brindar la información solicitada por este Instituto.
Con el objetivo de cumplir con la prevención realizada por el ICT mediante
oficio AL-1471-2018, se solicitó al solicitante indicar el plazo de ejecución de
obras estipulado en el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043, incluir en la
letra de cambio aportada como garantía de cumplimiento, el plazo de vigencia
de la garantía que deberá exceder en al menos un tercio el plazo de ejecución
6
de la obra y estamos realizando las correcciones solicitadas por este Instituto
por lo que solicitamos prórroga para cumplir con lo indicado en el oficio AL-
1471-2018.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta
levanten la mano los que estén de acuerdo que se le dé acuse de recibo
porque es una copia y de conocimiento.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace acuse de
recibo de la copia del oficio MLC-ZMT-323-2018, firmado por la Ing. Alexandra
Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre
Municipal y la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica ZMT, dirigida a la
Firma Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de
Montecristo AYS, S.A. y Afines con el fin de que les conceda una prórroga
para cumplir con lo indicado en el oficio AL-1471-2018, esto ante el Instituto
Costarricense de Turismo. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas.
7.- Se conoce oficio ALDE-JS-360-2018, firmado por el señor Junnier Alberto
Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 01 de noviembre del
2018, en el cual se permite poner en su conocimiento las respuestas a lo
solicitado mediante Acuerdo N° 1-2, tomado en la Sesión Extraordinaria N° 17-
2018, verificada el día 17 de agosto del 2018, referente a las recomendaciones
emitidas por la Auditoría Interna de esta Municipalidad en el Informe UAI-
CCDR-060-2018 “Auditoría de carácter especial del Sistema de Control Interno
y Financiero del CCDR del Cantón de La Cruz, Guanacaste”.
Procedo a informarles, según el mismo orden en el que lo solicitan en el
Acuerdo indicado:
1- Con respecto al punto 4.2.2 “Girar instrucciones a quien corresponda
para que, en un plazo no mayor a treinta días naturales a partir de la
fecha de recibido de este informe, se suscriban los convenios de
administración de las instalaciones deportivas y recreativas propiedad de
la Municipalidad de La Cruz con el Comité de Deportes y Recreación de
La Cruz.”, se solicitó información al departamento de Catastro Municipal
acerca de las propiedades municipales que cuentan con instalaciones
deportivas y/o recreativas. Los datos recibidos, permiten determinar que
se tienen identificadas nueve (9) propiedades con esas características
en el Cantón. De esa cantidad, solamente cinco (5) están debidamente
inscritas a nombre de la Municipalidad de La Cruz, una (1) aparece
inscrita a nombre del “Consejo (sic) de Distrito de La Cruz”, y tres (3) no
están a nombre de la Municipalidad. Bajo ese panorama, se ha
procedido a tomar las siguientes acciones:
Propiedad Situación Acción a tomar
7
1 Polideportivo de La Inscrita a nombre de Suscribir convenio con el
Cruz. la Municipalidad CCDR.
2 Plaza de fútbol de Inscrita a nombre de Suscribir convenio con el
barrio Fátima. la Municipalidad CCDR.
3 Plaza de fútbol de Inscrita a nombre de Suscribir convenio con el
Tempatal. la Municipalidad CCDR.
4 Plaza de fútbol de Inscrita a nombre de Suscribir convenio con el
barrio La Lajosa, la Municipalidad CCDR.
Santa Cecilia.
5 Plaza de fútbol de Inscrita a nombre de Suscribir convenio con el
San Antonio, Santa la Municipalidad CCDR.
Cecilia.
6 Plaza de béisbol, La Sin inscribir a Instruir al Departamento
Cruz, centro. nombre de la de Gestión Jurídica, con
Municipalidad. el fin de que acelere las
Aparece aún inscrita gestiones necesarias
a nombre de para el traspaso a
Tierrica S.A. nombre de la
Municipalidad.
7 Plaza de fútbol de Sin inscribir a Instruir al Departamento
Guapinol. nombre de la de Gestión Jurídica, con
Municipalidad. Es el fin de que acelere las
parte de una gestiones necesarias
propiedad sin para la inscripción por
inscribir. información posesoria, a
nombre de la
Municipalidad.
8 Plaza de fútbol de Sin inscribir a Instruir al Departamento
Las Brisas, Piedras nombre de la de Gestión Jurídica, con
Azules, Santa Municipalidad. el fin de que acelere las
Cecilia. Aparece aún inscrita gestiones necesarias
a nombre de para el traspaso a
Agrícola El Totolate nombre de la
S.A. Municipalidad.
9 Estadio municipal Inscrita a nombre Instruir al Departamento
de fútbol. del Consejo (sic) de de Gestión Jurídica, con
Distrito de La Cruz. el fin de que acelere las
gestiones necesarias
para el traspaso a
nombre de la
Municipalidad.
8
Posteriormente, le estaré informando a este estimable Concejo los
avances que se vayan materializando respecto a las acciones indicadas.
2- En relación con el punto 4.2.3 “En cuanto al monto integral de
¢18,220,701.81 pagado por concepto de hospedaje, alimentación y
transporte que se indica en el apartado 2.8 de la sección de resultados,
es necesario que se realice un estudio legal y jurídico, por la figura
competente para ello, para que se determine si los pagos realizados con
esos dineros contaban con el respaldo legal y jurídico requerido,
prestando especial atención a los pagos de gastos por giras en el
exterior y pago a atletas. De encontrarse deficiencias importantes que
concluyan la improcedencia de los pagos, debe de realizarse los
procedimientos necesarios para recuperar los dineros que puedan
representar un abuso en el uso de fondos públicos y que tenga como
posible resultado un hecho ilícito penal o administrativo…”, resulta de
suma claridad que lo solicitado por el Concejo Municipal, basado en las
recomendaciones emitidas por el señor Auditor Municipal en su oficio
UAI-CCDR-060-2018, es un asunto que debe tramitarse mediante el
procedimiento establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley
General de la Administración Pública, normativa que refiere a la
instauración del debido proceso de investigación preliminar en sede
administrativa para verificar la verdad real de los hechos enunciados por
la Auditoría Interna Municipal en su informe. Dicha investigación puede
perfectamente incluir el análisis legal y jurídico que se solicita, y de
derivar sus conclusiones en hechos con aparente quebranto del bloque
de legalidad, entrar a valorar, por un lado, el inicio de procesos civiles
y/o penales en sede judicial, en persecución de los particulares, y por
otro, la instauración de procedimientos administrativos disciplinarios
contra los funcionarios, esto último por cuanto se estaría ante hechos
que eventualmente les podría generar responsabilidad administrativa,
civil o penal. Así lo establece la Procuraduría General de la República,
en el dictamen C-317-2015 del 23 de noviembre del 2015, al señalar:
“(…) Por otro lado, si el servidor produce un daño que sólo afecta a la
Administración, sin trascender a terceros, o bien actúa o emite actos
manifiestamente ilegales o los obedece sin objeción (artículo 199, en
relación con lo dispuesto en los artículos 107, 108, 109 y 110 de la Ley
General de la Administración Pública), u ordena la ejecución de actos
absolutamente nulos, o los ejecuta por obediencia y sin objeción
(Artículos 146.3.4, en relación con el 170.1.2 Ibídem), podría derivar
responsabilidades personales en el ámbito civil, administrativo-
disciplinario y eventualmente penal; siempre y cuando haya actuado con
dolo o culpa grave en el desempeño de sus deberes, y aunque sólo
haya utilizado los medios y oportunidades que le ofrece el cargo. Estos
tres tipos de responsabilidad se pueden exigir conjunta o
9 separadamente, y se podrían derivar de un mismo acto o hecho atribuible al funcionario (…). Para tales efectos, la Administración debe seguir el procedimiento que detalla el artículo 308 de la Ley General de la Administración Pública, de manera que se garantice el derecho de defensa y se logre determinar con certeza la existencia de los elementos de dolo o culpa grave en el actuar del servidor.” El establecimiento de las eventuales responsabilidades en que pudieran haber incurrido funcionarios o exfuncionarios del Comité de Deportes y Recreación de La Cruz, con respecto a los hechos señalados en el Informe UAI-CCDR-060-2018, no son procesos para los que esta Alcaldía se encuentre legitimada a instaurar, por cuanto el superior jerárquico del Comité es el honorable Concejo Municipal, y por este motivo, es a ese cuerpo colegiado a quien le compete ordenar el entablamiento de las posibles demandas y/o denuncias, así como dar curso al procedimiento administrativo establecido en la Ley General de la Administración Pública, ya mencionado. Al respecto, la Contraloría General de la República, en el criterio DFOE-DL-0407 del 26 de abril del 2016, señala: “Según el desarrollo expuesto en los apartados anteriores, se tiene claro entonces que efectivamente existe una relación de jerarquía del Concejo Municipal sobre el CCDR, ostentando el primero la potestad sancionatoria en relación con los miembros de la Junta Directiva del segundo.”. Siguiendo esa lógica, el mismo criterio contralor establece que “Resulta conveniente destacar que esa potestad sancionatoria es una competencia otorgada al superior jerárquico, de conformidad con el artículo 102 inciso c) de la Ley General de la Administración Pública; y en particular al Concejo Municipal respecto de los miembros de la Junta Directiva del CCDR, en virtud de lo dispuesto por el propio Código Municipal según su título VII. En este sentido indica el citado inciso c) del artículo 102: Artículo 102.- El superior jerárquico tendrá las siguientes potestades: […]/ c) Ejercer la potestad disciplinaria; […].” Para finalizar, considero importante manifestar y recordarle al estimable Concejo Municipal, que le resulta por demás extraño a esta Alcaldía, el por qué el señor Auditor en este caso en particular, no procedió él mismo a realizar el estudio legal y jurídico que solicita, siendo que, a pesar de no ser un profesional en Derecho, o al menos no conocida esa condición por esta Alcaldía, en varios informes que últimamente ha dirigido tanto al honorable cuerpo de Regidores como a este servidor, ha desarrollado exhaustivos análisis de corte eminentemente jurídico- legales, mediante los cuales cita, comenta e interpreta, al nivel del más ducho jurista, tanto normativa legal, como jurisprudencia y doctrina, lo
10 que a todas luces evidencia la capacidad del señor Auditor para cumplir con los estudios que él mismo solicita. Dada esa circunstancia, el Concejo Municipal puede perfectamente acudir a su subordinado Auditor para que le brinde los insumos, el estudio jurídico y legal, que el mencionado funcionario solicita, a no ser que el señor Auditor presuntamente no sea el autor de los exhaustivos análisis jurídico- legales que incluye en varios de sus estudios, y eventualmente haya tenido que recurrir a otras fuentes de conocimiento para elaborar los informes referidos, panorama en cuyo caso, al no tener el fiscalizador interno la capacidad de analizar e interpretar normativa, misma que ha plasmado elegantemente en sus informes, llevaría razón en solicitar en la auditoría especial objeto de esta respuesta, que se realicen los estudios, o bien, los Concejales, como medida alterna, podrían ordenarle que continúe con su presunta práctica, y que acuda a su fuente para obtener los análisis, traspasarlos él mismo a sus oficios y cumplir con el requerimiento al Concejo Municipal. 3- En referencia al punto 4.2.5 “Es necesario, que a través de los procedimientos adecuados se determine sí hay alguna responsabilidad por el incumplimiento en la ejecución de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna en estudios anteriores y sobre debilidades indicadas en este estudio en la sección 2. Resultados.”, pongo en conocimiento del Concejo Municipal, dos situaciones que se plantean en lo solicitado: primero, el estudio que determine el incumplimiento o no de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna en estudio anteriores y el análisis de las debilidades indicadas en el informe UAI- CCDR-060-2018, dada la jerarquía que ostenta el cuerpo de ediles sobre el Comité Cantonal de Deportes, deben ser abordadas por la Comisión Especial que deberá formar el Concejo Municipal de conformidad con el punto 4.2.1 del Informe mencionado. Dejo claro, que esta Alcaldía y todo el personal administrativo de la Municipalidad, estamos en la total disposición y al alcance de los miembros de dicha Comisión, a efectos de brindar la asesoría técnica y/o profesional que requieran para el cumplimiento de sus funciones. La segunda situación planteada, tiene que ver con la determinación de alguna responsabilidad por el incumplimiento de las recomendaciones. Sobre el particular, hago referencia de nuevo a la competencia exclusiva del Concejo Municipal, por su condición de jerarca sobre el Comité de Deportes, en materia disciplinaria, por lo que, en aplicación de los fundamentos de Derecho citados en el punto 2 de este oficio, corresponde a los señores Regidores activar los procedimientos de investigación preliminar y eventualmente, disciplinarios, que la Ley General de la Administración Pública establece para ello.
11 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta las buenas tardes a todos, le parece que es un informe bastante extenso, admirable todo lo que se hizo sobre las instalaciones deportivas y que se deben establecer los convenios, en su momento el Lic. Callejas(ex asesor legal del Concejo Municipal) lo dijo, en el otro asunto sobre el informe de auditoría por supuestos incumplimientos del Comité de Deportes y Recreación, sus debilidades y respuestas, existe una comisión Especial que tiene este informe, recuerda que esta Florencio Acuña, doña Blanca Casares y otro pero no recuerda quienes más, y es sobre la gira a Guatemala de la disciplina de balonmano y miembros del Comité de Deportes, y creo que porque el Concejo Municipal no avaló ese viaje y los gastos es que se les está cuestionando, y es lo que comenta el auditor municipal, yo decía que era revalidar, pero el 216 y 217 de la ley General de la Administración Pública habla de disciplinas, pero paralelo a eso se debe evaluar y tomar en consideración, que no se pidió el aval del Concejo Municipal, pero sí se hizo una buena representación del cantón, con los atletas y miembros, se cumplió con el cometido, el dinero se utilizó de buena fe, no como piñata, así que paralelo de lo que está haciendo la Comisión Especial debe haber una comisión investigadora para analizar esa situación, de no cumplir con ese requisito, al final lo que dice el Alcalde sobre el incumplimiento da recomendaciones, le consta que esto fue cuando estaba Denis Camacho de Presidente, recuerda que se aprobaron reglamentos como el de Caja Chica y otros, pero ahora después de 12 años hasta ahora viene el señor auditor Municipal tocando esto, aquí hay responsabilidad compartida, aquí se tiene pendiente el incremento del aporte del 3% al Comité cantonal de deportes y Recreación y eso es injusto, hace cuánto tiempo se pidió y nadie dice nada, es una deficiencia y los muchachos por ignorancia, desconocimiento y hasta nosotros los desconocíamos, sino que hasta que la gira se hizo, el señor auditor Interno Municipal viene tocando, el dinero se utilizó de buena fe, no como piñata, hay que ver el fondo del asunto, hay que ver que se cumplió el fin deportivo, no le veo que se hizo un abuso de recursos sino un desconocimiento. El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz les agrega buenas noches a todos el documento les costó muchas horas para contestarlo, muy complicado, y se tiene claro que hay cosas que le compete al Concejo Municipal hacer la investigación, porque son los que nombran y están vigentes, lo que don Marvin Tablada se refiere al viaje a Guatemala, tenemos mucha falencia en conocimientos, hay dos cosas, la comisión especial se nombró y puede hacer la investigación y la otra es llamar al auditor interno y ordenarle que haga la investigación profunda, el señor Denis Camacho nunca había estado en el Comité de deportes y se desconocía eso, igualmente nosotros, pero ustedes son los que deciden. La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les agrega que el señor auditor Municipal es el que tiene que velar por que aquello no se haga, es como el maestro debe velar por sus alumnos, pero en este caso no, el auditor espera que se hagan las cosas, para venir a decirlo, recomienda que el Concejo proceda a exigirle que haga esa investigación.
12 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que hay una comisión especial nombrada, no se acuerda los integrantes, le pide al señor secretario Municipal por favor que le traiga esa información como está conformada esa Comisión especial, lo que dice don Marvin tiene razón, lo importante es que la inversión de eso se hizo de buena fe, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación lo hizo por un bien común, la representación del cantón, así que su posición es que este documento lo conozca la Comisión especial y haga la investigación, ya es una cultura del señor Auditor de no prevenir, ni curarlo, así que somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se remita a la Comisión Especial Municipal este documento del señor Alcalde Municipal para que lo analice y proceda a realizar la investigación y dictamine o informe al Concejo para tomar la resolución. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste remite ante la Comisión Especial Municipal, que está analizando el oficio UAI-CCDR-060- 2018, INFORME DE LA Auditoría Interna Municipal, el oficio Nº ALDE-JS-360- 2018, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 01 de noviembre del 2018, en el cual se permite poner en su conocimiento las respuestas a lo solicitado mediante Acuerdo N° 1-2, tomado en la Sesión Extraordinaria N° 17-2018, verificada el día 17 de agosto del 2018, referente a las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna de esta Municipalidad en el Informe UAI-CCDR-060-2018 “Auditoría de carácter especial del Sistema de Control Interno y Financiero del CCDR del Cantón de La Cruz, Guanacaste”. Esto para que lo analicen, estudien, realicen la investigación respectiva y dictaminen y así tomar la resolución respectiva. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 8.- Se conoce invitación al Taller denominado: Abordaje de la Migración desde los Gobiernos Locales, presentada por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal(IFAM) a llevarse a cabo en el Auditoría IFAM, Moravia, San José, el día lunes 19 de noviembre del 2018 a las 8:30 a.m., para 3 cupos. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que el señor alcalde Municipal va a asistir, del Concejo Municipal nadie, por lo que se delega en el señor alcalde para que él decida a los otros 2 representantes para que asistan, levante levanten la mano los que estén de acuerdo que se le dé delegue en el señor alcalde Municipal. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, delega en el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde municipal de la Cruz, para que asista con 2 representantes más, al Taller denominado: Abordaje de la Migración desde los Gobiernos Locales, presentada por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal(IFAM) a llevarse a cabo en el Auditoría IFAM, Moravia, San José, el día lunes 19 de noviembre del 2018 a las 8:30 a.m.. Aprobado por 3
13 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 9.- Se escrito nota, firmado por la señora Nora Pérez Díaz, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral Las Vueltas, Copalchí, y la señora Francisca Sandoval Mena, Miembro del Comité de Seguridad Comunitaria, de la Cruz Guanacaste, de fecha 26 de octubre del 2018, en el cual solicitan la colaboración ya que están organizando una pequeña fiesta a los niños de la comunidad y necesitan la donación de 100 regalos (33 para niñas de 9 a 1 años, 42 para niños de 9 a 12 años, 15 para niñas de 5 a 8 años y 10 para niños de 5 a 8 años). La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que si algún compañero desea aportar un regalo, caso contrario lo mejor es remitirlo a la Comisión de Hacienda y Presupuesto, para que lo analice, estudie y dictamine si se les puede brindar la ayuda. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Comisión de Hacienda y Presupuestos de la Municipalidad de la Cruz, escrito firmado por la señora: Nora Pérez Díaz, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral Las Vueltas, Copalchí, y la señora Francisca Sandoval Mena, Miembro del Comité de Seguridad Comunitaria, de la Cruz Guanacaste, en el cual solicitan la colaboración ya que están organizando una pequeña fiesta a los niños de la comunidad y necesitan la donación de 100 regalos (33 para niñas de 9 a 1 años, 42 para niños de 9 a 12 años, 15 para niñas de 5 a 8 años y 10 para niños de 5 a 8 años). Se remite para que lo analicen, estudien y dictamine y así tomar la resolución que corresponda. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 10.-Se conoce oficio G-1921-2018, firmado por el Dr. Alberto López Chaves, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 05 de noviembre del 2018, en el cual remite resolución, en la cual externa que la Municipalidad de La Cruz, no cumplió con las observaciones técnicas y legales dentro del plazo de 20 días otorgado, deniega la solicitud de prórroga de concesión de Villa Glasis S.A. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que si algún compañero quiere externar algo, nadie, por lo que somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se remita ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre para lo que corresponda. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de la Cruz, el G- 1921-2018, firmado por el Dr. Alberto López Chaves, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 05 de noviembre del 2018, en el
14 cual remite resolución, en la cual externa que la Municipalidad de La Cruz, no cumplió con las observaciones técnicas y legales dentro del plazo de 20 días otorgado, deniega la solicitud de prórroga de concesión de Villa Glasis S.A.. Esto para que realicen lo que corresponda. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 11.- Se conoce oficio SETENA-DT-EAE-0158-2018, firmado por la Geogr.Nuria Chavarría Campos, Secretaría Técnica Nacional Ambiental, de fecha 05 de noviembre del 2018, en el cual respecto al oficio MLC-ZMT-314-2018 y el DVD, recibidos el día 26 de octubre del 2018, se les informa que la información solicitada no fue subsanada. En este contexto y debido a que los insumos solicitados no fueron atendidos en el tiempo estipulado por el oficio SETENA- DT-EAE-0124-2018, para la inspección de campo se trabajó con los archivos recibidos previamente. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta levanten la mano los que estén de acuerdo que se le dé acuse de recibo porque es de conocimiento o de información. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace acuse de recibo de del oficio SETENA-DT-EAE-0158-2018, firmado por la Geogr.Nuria Chavarría Campos, Secretaría Técnica Nacional Ambiental, en el cual respecto al oficio MLC-ZMT-314-2018 y el DVD, recibidos el día 26 de octubre del 2018, se les informa que la información solicitada no fue subsanada. En este contexto y debido a que los insumos solicitados no fueron atendidos en el tiempo estipulado por el oficio SETENA-DT-EAE-0124-2018, para la inspección de campo se trabajó con los archivos recibidos previamente. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 12.- Se conoce oficio AL-1664-2018, firmado por el señor José Francisco Coto Meza, Asesor Legal y la señora Marlene Marenco Vargas, Asesora Legal, del Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 31 de octubre del 2018, en el cual en relación al trámite de prórroga, cesión y reunión de concesiones presentado por Villa Matrio S.A, al respecto manifiestan lo siguiente: Se recibe certificación de capital expedida por el Notario Público William Elizondo Manzanares, de fecha 06 de octubre del 2018, según la cual la distribución de capital accionario respeta los porcentajes definidos por el artículo 47 de la Ley N°6043 y 25 de su Reglamento, por lo que se continúa con el trámite del expediente. Se recomienda a la Municipalidad velar por el cumplimiento de estas disposiciones. Debe corregirse la cláusula sexta del contrato de prórroga, toda vez que en esta indica que el plazo de veinte años (de la prórroga) es contado a partir de la aprobación del ICT, criterio que aplica para concesiones nuevas, sin embargo,
15
en el caso de prórrogas, el plazo rige a partir del día siguiente del vencimiento
del plazo originalmente otorgado.
Se le recuerda a la Municipalidad el deber de cumplir con las observaciones
realizadas por el ICT en un plazo de 20 día hábiles.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta
levanten la mano los que estén de acuerdo que se le remita ante la Licda.
Yahaira Duarte, Gestor Jurídica e Ing. Alexandra Gonzaga: encargada, ambas
del Departamento de zona marítimo Terrestre, para que cumplan con lo
solicitado por el ICT.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda.
Yahaira Duarte Aguirre: Gestora Jurídica e Ing. Alexandra Gonzaga Peña: encargada,
ambas del Departamento de zona marítimo Terrestre, el Oficio Nº AL-1664-2018,
firmado por el señor José Francisco Coto Meza, Asesor Legal y la señora
Marlene Marenco Vargas, Asesora Legal, del Instituto Costarricense de
Turismo, de fecha 31 de octubre del 2018, en el cual en relación al trámite de
prórroga, cesión y reunión de concesiones presentado por Villa Matrio S.A,,
donde solicitan que debe corregirse la cláusula sexta del contrato de prórroga,
toda vez que en esta indica que el plazo de veinte años (de la prórroga) es
contado a partir de la aprobación del ICT, criterio que aplica para concesiones
nuevas, sin embargo, en el caso de prórrogas, el plazo rige a partir del día
siguiente del vencimiento del plazo originalmente otorgado. Esto la
Municipalidad tiene el deber de cumplir con las observaciones realizadas por el
ICT en un plazo de 20 día hábiles. Esto para que cumplan con lo solicitado.
Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas.
13.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C085-2018, firmado por la Licda. Ana Catalina
Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La Cruz, de fecha 12 de
noviembre del 2018, en el cual emite Resolución con el fin de brindar
recomendación al Concejo Municipal de La Cruz para que resuelva solicitud de
aprobación de un Mini - Turno y autorización de 1 licencia temporal para la
venta de licor, efectuada por el señor José Joaquín Rodríguez Granados,
cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de Presidente de la
Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-
084220.
RESULTANDO
1 El señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-
061, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral
de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-084220., presentó, ante el
Departamento de Gestión Tributaria de la Municipalidad de La Cruz, el día
07 de Noviembre del año 2018, una nota mediante la cual solicita
autorización para celebrar un Mini -Turno el día 24 de Noviembre del año en
curso en la comunidad de Cuajiniquil, distrito Santa Elena, cantón de La
Cruz, con las siguientes actividades:
16
DÍA ACTIVIDADES
Tarde de películas para todo el público de
24-11-2018 2:00pm a 4:00 pm.
Venta de Licores según horario de la
licencia de licores.
Baile de 9 pm a 2:00 am.
1 Dentro de la misma nota el señor José Joaquín Rodríguez Granados,
cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de Presidente de la
Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-
084220 solicita el otorgamiento de 1 licencia temporal para la venta de licor
con el fin de ser utilizada durante la realización de una actividad bailable en
el Salón comunal se ubica diagonal al puesto de policía de la comunidad de
Cuajiniquil, en un terreno propiedad de la Asociación solicitante, inscrito bajo
el número de finca 5-52372-000 con plano catastrado número G-0483407-
1982.
CONSIDERANDO
2 Que el Concejo Municipal mediante el Acuerdo #3-4B tomado en la Sesión
Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del año 2009, decidió
que “…toda solicitud de licencia, patente, traslado, cambio de ubicación,
traspaso y cualquier otro movimiento formal con relación al expendio de
licores en el cantón de La Cruz, es competencia del Departamento de
Gestión Tributaria, el trámite respectivo desde el inicio hasta el dictamen de
dicho Departamento para ser elevado al Concejo Municipal, para así tomar
la resolución que corresponda…”.
3 Que el Concejo Municipal de La Cruz, mediante el Acuerdo #4-1 de la
Sesión Ordinaria #02-2012, verificada el día 12 de enero del año 2012,
aprobó el “Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias
Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-
turnos en el Cantón de La Cruz”, publicado en La Gaceta No. 108 del 05 de
junio del 2012, el cual establece el procedimiento y los requisitos para
tramitar las autorizaciones a esas actividades.
4 Que el artículo 3 del Reglamento mencionado establece que “Corresponde
al Concejo Municipal a través de acuerdo por mayoría absoluta otorgar la
Licencia Municipal y Patentes Temporales de Licores para las actividades de
Fiestas Cívicas, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes,
Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos”.
5 Que el artículo 2 del Reglamento de cita, entre otros requisitos establecidos
para autorizar la actividad, indica que la solicitud debe dirigirse al
Coordinador de Gestión Tributaria Municipal.
17 6 Que el señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5- 194-061, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-084220, solicita la autorización para la realización de un Miniturno y requiere el otorgamiento de 1 licencia temporal de licores. 7 Que el artículo 1 del Reglamento de repetida cita, define un “Miniturno” como “Fiesta popular de 1 día para recaudar fondos generalmente a beneficio de alguna obra de interés comunal, que se suele celebrar los fines de semana, con actividades deportivas, recreativas, culturales y bailables”. Bajo esta definición, lo solicitado por el señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002- 084220 corresponde a ese concepto. 8 Que, tal como ya se dijo, en su solicitud el señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3- 002-084220, requiere tanto la aprobación para realizar el Miniturno como la autorización para explotar 1 licencia temporal para la venta de licor. Al respecto el artículo 7 de Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N° 9047, establece que “La municipalidad, previo acuerdo del Concejo Municipal, podrá otorgar licencias temporales para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico los días en que se realicen fiestas cívicas, populares, patronales, turnos, ferias y afines…” (la negrita y el subrayado no son del original). 9 Que con respecto a la ubicación del lugar donde se pretende expender licor en forma temporal, el párrafo tercero del artículo 7 de Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N° 9047, establece los casos en los cuales no se pueden otorgar este tipo de licencias al definir que “Las licencias temporales no se otorgarán, en ningún caso, para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro de los centros educativos, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros infantiles de nutrición ni en los centros deportivos, estadios, gimnasios y en los lugares donde se desarrollen actividades deportivas, mientras se efectúa el espectáculo deportivo” (el subrayado no es del original). En vista de que el sitio donde se efectuará la comercialización de bebidas alcohólicas en forma temporal, no se ubica en ninguno de los casos restringidos por la ley, entonces su operación resulta posible de autorizar. 10 Que en la solicitud el señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-084220 no se indica el horario bajo el cual funcionaría la licencia temporal para expendio de licor solicitada, por lo que resulta necesario definir estos de acuerdo a lo legalmente establecido. 11 Que en vista de que los artículos 4 y 11 de la Ley 9047 definen, respectivamente, los tipos de negocios y los horarios para el expendio de bebidas con contenido alcohólico, resulta posible establecer sin mayor
18
esfuerzo la categoría a asignar para la licencia temporal solicitada. Así las
cosas, la licencia temporal de Salón de baile estaría ubicada en la categoría
B2 y su horario permitido estaría entre las 4:00 pm y las 2:30 am del día
siguiente.
12 Que la actividad solicitada cumple con los requisitos establecidos en el
Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el
Cantón de La Cruz.
13 Que el Acuerdo N° 3-15, literal B.3, tomado en la Sesión Ordinaria del
Concejo Municipal de La Cruz N° 44-2003 del 19 de noviembre del 2003,
establece que el monto a cobrar por el permiso para la realización de un
Miniturno en el distrito de Santa Elena de La Cruz (al que pertenece la
comunidad de Cuajiniquil) es de ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
14 Que el artículo 30 del Reglamento de Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz, publicado en
La Gaceta Nº 28 del Viernes 8 de febrero del 2013 (y modificado en La
Gaceta N° 59 del 25 de marzo del 2013), establece el monto a cobrar por la
licencia temporal para la comercialización de bebidas con contenido
alcohólico, siendo esta suma de ¢9,577.77 (nueve mil quinientos setenta y
siete colones con setenta y siete céntimos) diarios para el año 2018.
Siendo que la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil. solicita la
explotación de 1 licencia por espacio de 1 día, el monto total a pagar por la
licencia sería de ¢9,577.77 (nueve mil quinientos setenta y siete colones
con setenta y siete céntimos).
POR TANTO
Con fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política,
11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de
la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido
Alcohólico, Ley N° 9047, a lo establecido en el Reglamento para la
realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de
toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así
como lo indicado en el Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La
Cruz en la Sesión Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del
2009, se resuelve recomendar al Concejo Municipal de La Cruz lo siguiente:
1. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula
jurídica N° 3-002-084220, representada por el señor José Joaquín
Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de
Presidente, la realización de un Miniturno en la comunidad de Cuajiniquil,
durante el día 24 de Noviembre del año 2018. Las actividades autorizadas a
desarrollar serían:
DÍA ACTIVIDADES
19
Tarde de películas para todo el público
24-11-2018 de 2:00pm a 4:00pm.
Venta de Licores según horario de la
licencia de licores.
Baile de 9 pm a 2:30 am.
El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
2. Aprobar el otorgamiento de una licencia temporal para la comercialización de
bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la Asociación de Desarrollo
Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-084220, representada por el
señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-
061, en su condición de Presidente previa cancelación de ¢9,577.77 (nueve
mil quinientos setenta y siete colones con setenta y siete céntimos).
por concepto de explotación de 1 licencia por espacio de 1 día. La licencia
temporal funcionaría únicamente durante la realización del Miniturno y
en la siguiente ubicación y horario:
Lugares y horarios autorizados
Dias autorizados
Salon Comunal
24/11/2018 de 4 pm a 2:30 am del 25/11/2018
4.Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
“ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
“ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
20
La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
“ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
5. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad en el Salón de Bailes (comprendiendo
este tanto la barra como la pista de baile).
6. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
7. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en los artículos 90 bis del Código Municipal, 58 del Reglamento de
Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico para el
Cantón de La Cruz, 14 y 15 del Reglamento para la realización de Festejos
Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas,
Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz. Lo anterior sin perjuicio de otras
sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito de Santa Cecilia,
pregunta al señor Secretario Municipal, el conoce que el permiso de baile es
hasta las 2 am, porque en este dice que hasta las 2:30 am, porque muchos
vecinos están deseando que sean las 2 am para descansar, estos los que no
van al baile, quisiera saber porqué se cambió el horario?.
El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, le dice que él lee la resolución
administrativa que envía la Licda. Ana catalina Tinoco, y se lo vuelve a leer y
así lo dice, no recuerda si hubo reforma o no.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal le manifiesta que eso
ya está articulado, por lo tanto somete a votación, levanten la mano los que
estén de acuerdo en que se apruebe la resolución del turno en Cuajiniquil
enviado por la Licda. Ana Catalina Obregón.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba Con
fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N°
9047, a lo establecido en el Reglamento para la realización de Festejos
21
Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas,
Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así como lo indicado en el
Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La Cruz en la Sesión
Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del 2009, se resuelve
recomendar al Concejo Municipal de La Cruz lo siguiente:
3. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, cédula
jurídica N° 3-002-084220, representada por el señor José Joaquín
Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-061, en su condición de
Presidente, la realización de un Miniturno en la comunidad de Cuajiniquil,
durante el día 24 de Noviembre del año 2018. Las actividades autorizadas a
desarrollar serían:
DÍA ACTIVIDADES
Tarde de películas para todo el público
24-11-2018 de 2:00pm a 4:00pm.
Venta de Licores según horario de la
licencia de licores.
Baile de 9 pm a 2:30 am.
El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
4. Aprobar el otorgamiento de una licencia temporal para la comercialización de
bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la Asociación de Desarrollo
Integral de Cuajiniquil, cédula jurídica N° 3-002-084220, representada por el
señor José Joaquín Rodríguez Granados, cédula de identidad N° 5-194-
061, en su condición de Presidente previa cancelación de ¢9,577.77 (nueve
mil quinientos setenta y siete colones con setenta y siete céntimos).
por concepto de explotación de 1 licencia por espacio de 1 día. La licencia
temporal funcionaría únicamente durante la realización del Miniturno y
en la siguiente ubicación y horario:
Lugares y horarios autorizados
Dias autorizados
Salon Comunal
24/11/2018 de 4 pm a 2:30 am del 25/11/2018
4.Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
“ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
22
Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
“ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
“ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
5. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad en el Salón de Bailes (comprendiendo
este tanto la barra como la pista de baile).
6. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
7. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en los artículos 90 bis del Código Municipal, 58 del Reglamento de
Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico para el
Cantón de La Cruz, 14 y 15 del Reglamento para la realización de Festejos
Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas,
Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz. Lo anterior sin perjuicio de otras
sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas.
14.- Se conoce oficio MLC-GJ-ZMT-0017-2018, firmado por la Licda. Yahaira
Duarte Aguirre, Asesora Legal de Zona Marítimo Terrestre Municipal y la Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre Municipal, de fecha 14 de noviembre del 2018, en el cual en relación
a la solicitud de de concesión a nombre de FRENESÍ DEL PACÍFICO S.A,
manifestamos que:
23 Mediante acuerdo #3-6 de la sesión ordinaria #11-2018 el Concejo Municipal aprobó el Proyecto de Resolución sobre la solicitud de concesión de Frenesí del Pacífico sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo de 6973 m² por un plazo de 20 años y autoriza al Alcalde a formalizar, firmar, protocolizar e inscribir el contrato de concesión. Que el 14 de junio del 2018 se firmó el contrato de concesión. Mediante oficio ALDE-JS-0226-2018 el señor Alcalde remitió al Instituto Costarricense de Turismo el expediente SOL-148-2016 para su aprobación Que mediante oficio AL-1570-2018 el Instituto Costarricense de Turismo solicitó al Concejo Municipal subsanar aspectos relacionados con el trámite: “En el contrato de concesión debe corregirse el número de certificación de PNE por parte del SINAC, indicar el plazo de ejecución de las obras y el plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento…)Por último se recomienda se adicione una clausula en el contrato donde el concesionario se compromete a pagar en tiempo todos los impuestos nacionales y cánones Municipales que corresponda”. Mediante acuerdo #2-4 de la sesión ordinaria #44-2018 del 08 de noviembre del 2018, el Concejo Municipal remitió a las suscritas el oficio AL-1570-2018 para que se brinde la información solicitada por el ICT. Para efectos de cumplir con lo solicitado por este Instituto es necesario realizar una adenda al Contrato y al Proyecto de resolución, con el fin de incorporar la información solicitada. Por lo anterior, se recomienda al Concejo Municipal, aprobar la propuesta de adenda al Proyecto, autorizar al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la firma de la adenda al Proyecto de Resolución y el contrato de concesión a nombre de la Empresa Frenesí del Pacífico S.A., con el fin de subsanar e incorporar la información solicitada, mediante oficio AL- 1570-2018, para remitirla al Instituto Costarricense de Turismo (ICT). Se adjunta propuesta de adenda al Proyecto de Resolución sobre la solicitud de concesión a nombre de Frenesí del Pacífico S.A,. El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz manifiesta que es una nota normal, se debe autorizar la firma de la adenda y el contrato, y si existiera algún error el ICT de inmediato lo devuelve. El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia les dice que con todo respeto, ve que todo lo que está viniendo del Departamento de Zona marítimo Terrestre pasa de viaje, sin pasar por la Comisión, de zona marítimo terrestre, no quiere decir que se está haciendo algo ilegal, pero debería pasar por comisión. El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz le agrega que él nunca opina cuando se ve algo de la zona marítimo terrestre, pero es por el factor tiempo, que da el ICT, pero aprovecha para decirles que ese Departamento está en rojo, no hay concesiones, no hay permisos de muso de suelo, solo uno nada más.
24 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que si bien les genera dudas, pero como viene con tiempo limitado, por eso es que no se pasa a la Comisión de zona Marítimo terrestre y se envía directamente al Departamento de zona marítimo terrestre, porque ellas son las que tienen la información y deben enviar los documentos solicitado, por lo tanto somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se apruebe el documento enviado y se autoriza al señor alcalde a la firma de la adenda y contrato, para que cumplan con lo solicitado por el ICT. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la firma de la adenda al Proyecto de Resolución y el contrato de concesión a nombre de la Empresa Frenesí del Pacífico S.A., con el fin de subsanar e incorporar la información solicitada, mediante oficio AL-1570-2018, para remitirla al Instituto Costarricense de Turismo (ICT). Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 15.- Se conoce oficio MLC-ZMT-338-2018, firmado por Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Asesora Legal de Zona Marítimo Terrestre Municipal y la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal, de fecha 13 de noviembre del 2018, en el cual en relación a la solicitud de de concesión a nombre de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines manifestamos que: Mediante acuerdo #3-2 de la sesión ordinaria #11-2018 el Concejo Municipal aprobó el Proyecto de Resolución sobre la solicitud de concesión de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo de 1500 m² por un plazo de 20 años y autoriza al Alcalde a formalizar, firmar, protocolizar e inscribir el contrato de concesión. Que el 11 de julio del 2018 se firmó el contrato de concesión. Mediante oficio ALDE-JS-0286-2018 el señor Alcalde remitió al Instituto Costarricense de Turismo el expediente SOL-147-2016 para su aprobación. Que mediante oficio AL-1471-2018 el Instituto Costarricense de Turismo solicitó al Concejo Municipal subsanar aspectos relacionados con el trámite: “Si bien en el proyecto de resoluciòn se indica el plazo de 24 meses para inicio de obras, debe indicarse el plazo de ejecuciòn de obras y el plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento (este último debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043)…” “En el contrato de concesión debe corregirse el número de certificación de PNE por parte de SINAC, indicar el plazo de ejecución de obras y el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento (este último plazo debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043). Por último, se solicita se adicione una cláusula en el contrato donde el concesionario se compromete a pagar en tiempo todos los impuestos nacionales y cánones municipales que correspondan.”
25 “Con respecto al tipo de garantía de cumplimiento, la solicitante aporta letra de cambio visible a folio 229. No obstante, se reitera lo indicando anteriormente en el sentido que el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, artículo 56 Reglamento a la Ley 6043. Se aclara que el plazo de 24 meses para inicio de obras, es diferente el plazo de ejecución de obras.” Mediante acuerdo #2-6 de la sesión ordinaria #41-2018 del 18 de octubre del 2018, el Concejo Municipal remitió a las suscritas el oficio AL-1471-2018 para que se brinde la información solicitada por el ICT. Mediante oficio MLC-ZMT-311-2018 se solicitó a Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines indicar el plazo de ejecución de obras estipulado en el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043 e incluir en la letra de cambio aportada como garantía de cumplimiento, el plazo de vigencia de la garantía que deberá exceder en al menos un tercio el plazo de ejecución de la obra. Que Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines presentó escrito en el que indica que el plazo de ejecución es de 24 meses, el plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento es de 32 meses y aportó la garantía de cumplimiento indicando el plazo de vencimiento. Por lo anterior se remite adenda al Proyecto de Resolución sobre la solicitud de concesión a nombre de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines, se recomienda al Concejo Municipal autorizar la aprobación de la adenda y autorizar al Alcalde a la firma de la adenda del contrato de concesión con base en lo indicado en el Proyecto de Resolución y posterior envío al Instituto Costarricense de Turismo. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que es similar al anterior, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se autorice al señor alcalde a la firma de la adenda y el contrato y cumplir con lo solicitado por el ICT. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la firma de la adenda al Proyecto de Resolución y el contrato de concesión a nombre de la Empresa Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora de Montecristo AYS, S.A. y Afines, con base en lo indicado en el Proyecto de Resolución y posterior envío al Instituto Costarricense de Turismo. Aprobado por 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Manuel Ugarte Huertas. 16.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C087-2018, firmado por la Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La Cruz, de fecha 12 de noviembre del 2018, en el cual emite Resolución con el fin de brindar recomendación al Concejo Municipal de La Cruz para que resuelva solicitud de aprobación de un Turno efectuada por el Sacerdote Pedro Claver Uribe García, en su condición de Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz.
26
RESULTANDO
2 El señor Sacerdote Pedro Claver Uribe García, en su condición de Cura
Párroco de la Parroquia de La Cruz, presentó, ante el Departamento de
Gestión Tributaria de la Municipalidad de La Cruz, el día 30 de octubre del
año 2018, una nota mediante la cual solicita autorización para celebrar el
tradicional Turno Parroquial los días 06, 07, 08 y 09 de diciembre del año
en curso, en el terreno donde se ubican tanto el Templo Católico como la
Casa Cural en La Cruz, centro, con las siguientes actividades:
DÍA ACTIVIDADES
3:00pm Inicia Ventas de comidas
06-12-2018 5:00pm. Santa Misa.
6:00pm Desfile de Candidatas.
7:00pm Presentación de apertura a
cargo de la comisión del reinado.
8:00pm Elección y coronación de la
Reina y el Rey 2018-2019.
10:00am Inicia Ventas de comidas
07-12-2018 6:00pm Eucaristía
7:00pm Gran actividad de karaoke
con grandes premios
Ventas de comida todo el día.
08-12-2018 9:00am Cabalgata Infantil,
caballitos de palo, inicia en el
Kínder ATL-OLLIN pasa frente al
parque y finaliza en la Iglesia
Católica
12:00md. Bingo peseteado.
2:30pm Tarde de cine infantil en el
Salón Pastoral.
5:00pm Eucaristía
6:00pm Procesión de Luces con la
Inmaculada Concepción de María
6:00pm Santa Misa
7:00pm Conciertos.
Ventas de comida todo el día.
Ventas de comida todo el día.
09-12-2018 9:00am Eucaristía.
12:00md Actividades Culturales.
27
6:00pm Santa Misa
7:00pm Actividades de cierre de la
Feria Parroquial.
3 Dentro de la misma nota el señor Uribe García comunica que las
actividades tienen como objetivo renovar las buenas costumbres locales,
aumentar el fervor espiritual y colectar fondos para las necesidades de la
comunidad parroquial.
CONSIDERANDO
15 Que el Concejo Municipal de La Cruz, mediante el Acuerdo #4-1 de la
Sesión Ordinaria #02-2012, verificada el día 12 de enero del año 2012,
aprobó el “Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias
Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-
turnos en el Cantón de La Cruz”, publicado en La Gaceta No. 108 del 05 de
junio del 2012, el cual establece el procedimiento y los requisitos para
tramitar las autorizaciones a esas actividades.
16 Que el artículo 3 del Reglamento mencionado establece que “Corresponde
al Concejo Municipal a través de acuerdo por mayoría absoluta otorgar la
Licencia Municipal y Patentes Temporales de Licores para las actividades de
Fiestas Cívicas, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes,
Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos”.
17 Que el artículo 2 del Reglamento de cita, entre los requisitos establecidos
para autorizar la actividad, indica que la solicitud debe dirigirse al
Coordinador de Gestión Tributaria Municipal.
18 Que el señor Uribe García solamente solicita la autorización para la
realización de un Turno parroquial, no requiere la aprobación de licencia
para el expendio de licor, pues en las actividades que han programado no se
permitirá ni siquiera el consumo.
19 Que el artículo 1 del Reglamento de repetida cita, define un “Turno” como
“Fiesta popular de 2 a 4 días para recaudar fondos…”. Bajo esa definición, lo
solicitado por el señor Uribe García corresponde a esa definición.
20 Que el Acuerdo N° 3-15, literal B.3, tomado en la Sesión Ordinaria del
Concejo Municipal de La Cruz N° 44-2003 del 19 de noviembre del 2003,
establece que el monto a cobrar por el permiso para la realización de un
evento de esta naturaleza en el distrito de La Cruz (donde se ubica el área
ferial del Turno Parroquial) es de ¢27,500.00 (veintisiete mil quinientos
colones netos).
21 Que las actividades de desfile de candidatas – reinado infantil, a realizarse
el día Jueves 06 de diciembre del año 2018, se iniciara a partir de las
6:00pm y finalizara a las 7:00pm, cuyo recorrido será iniciando de la
Universidad Estatal a Distancia (UNED), pasando frente a Ministerio de
Salud, Barrio Los Pinos, Cruz Roja, Parque Central y finalizando en la Iglesia
Católica de La Cruz y la actividad Cabalgata Infantil, caballitos de palo, a
realizarse el día sábado 08 de diciembre del mismo año que inicia a las
9:00am en el Kínder ATL-OLLIN pasa frente al parque y finaliza en la Iglesia
28
Católica Para lo cual se solicitó, el cierre parcial de las calles, mediante nota
sin número de oficio de fecha 31 de octubre del presente año, emitida por el
señor Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, a este Honorable Consejo
Municipal, el cual se aprobó mediante el Acuerdo N° 2-4 de la Sesión
Ordinaria # 43-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz el día 01 de
Noviembre del año en curso., el cual ha extendido una autorización al Cura
Párroco de la Parroquia de La Cruz, para el cierre parcial y uso de esta vía
durante el recorrido de las actividades
22 Que la actividad de Procesión de la Inmaculada MARIA, a realizarse el día
sábado 08 de diciembre del año en curso, la cual inicia a las 6:00pm
saliendo del Templo Católico baja por la calle detrás de la Cruz Roja, pasa
por la calle conocida como los Rivas sube al Colegio Nocturno de La Cruz
llega al Triangulo baja por el Kínder ATL-OLLIN, pasa frente al parque y
finaliza nuevamente en la Iglesia Católica, la cual también forma parte de
las actividades a llevarse a cabo en Turno Parroquial de La Cruz 2018, Para
lo cual se solicitó, el cierre parcial de las calles, mediante nota sin número
de oficio de fecha 07 de noviembre del año en curso, emitida por el señor
Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, a este Honorable Consejo
Municipal, el cual se aprobó mediante el Acuerdo de Revisión N° 1-2-1 de la
Sesión Ordinaria # 44-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz el día
08 de Noviembre del año en curso., el cual ha extendido una autorización al
Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, para el cierre parcial y uso de esta
vía durante el recorrido de la procesión.
23 Que la solicitud en análisis cumple con los requisitos establecidos en el
Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el
Cantón de La Cruz.
POR TANTO
Con fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política,
11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, a lo establecido en el
Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el
Cantón de La Cruz, se resuelve recomendar al Concejo Municipal de La
Cruz lo siguiente:
5. Autorizar a la Parroquia de La Cruz, representada por el Sacerdote Pedro
Claver Uribe García, en su condición de Cura Párroco, la realización de
un Turno sin expendio de bebidas con contenido alcohólico, en la ciudad
de La Cruz, durante los días 06, 07, 08 y 09 de diciembre del año 2018.
El evento se desarrollará específicamente en el terreno donde se ubican
tanto el Templo Católico como la Casa Cural en La Cruz, centro, con las
siguientes actividades:
DÍA ACTIVIDADES
3:00pm Inicia Ventas de comidas
29
06-12-2018 5:00pm. Santa Misa.
6:00pm Desfile de Candidatas.
7:00pm Presentación de apertura a
cargo de la comisión del reinado.
8:00pm Elección y coronación de la
Reina y el Rey 2018-2019.
10:00am Inicia Ventas de comidas
07-12-2018 6:00pm Eucaristía
7:00pm Gran actividad de karaoke
con grandes premios
Ventas de comida todo el día.
08-12-2018 9:00am Cabalgata Infantil,
caballitos de palo, inicia en el
Kínder ATL-OLLIN pasa frente al
parque y finaliza en la Iglesia
Católica
12:00md. Bingo peseteado.
2:30pm Tarde de cine infantil en el
Salón Pastoral.
5:00pm Eucaristía
6:00pm Procesión de Luces con la
Inmaculada Concepción de María
6:00pm Santa Misa
7:00pm Conciertos.
Ventas de comida todo el día.
Ventas de comida todo el día.
09-12-2018 9:00am Eucaristía.
12:00md Actividades Culturales.
6:00pm Santa Misa
7:00pm Actividades de cierre de la
Feria Parroquial.
6. El monto a cancelar por el permiso a otorgar sería de ¢27,500.00
(veintisiete mil quinientos colones netos).
7. Autorizar a la Parroquia de La Cruz, representada por el Sacerdote Pedro
Claver Uribe García, en su condición de Cura Párroco, las siguientes
actividades: Primero: desfile de candidatas – reinado infantil, el día
30
jueves 06 de diciembre del 2018, que dará inicio a partir de las 6:00pm y
finalizara a las 7:00pm, cuyo recorrido será iniciando de la Universidad
Estatal a Distancia (UNED), pasando frente a Ministerio de Salud, Barrio
Los Pinos, Cruz Roja, Parque Central y finalizando en la Iglesia Católica
de La Cruz , Segundo: la actividad Cabalgata Infantil, caballitos de palo,
a realizarse el día sábado 08 de diciembre del mismo año que inicia a las
9:00am en el Kínder ATL-OLLIN pasa frente al parque y finaliza en la
Iglesia Católica Para lo cual se solicitó, el cierre parcial de las calles,
mediante nota sin número de oficio de fecha 31 de octubre del presente
año, emitida por el señor Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, a
este Honorable Consejo Municipal, el cual se aprobó mediante el
Acuerdo N° 2-4 de la Sesión Ordinaria # 43-2018, verificada por la
Municipalidad de La Cruz el día 01 de Noviembre del año en curso., el
cual ha extendido una autorización al Cura Párroco de la Parroquia de La
Cruz, para el cierre parcial y uso de esta vía durante el recorrido de las
actividades y Tercero: la actividad de Procesión de la Inmaculada
MARIA, a realizarse el mismo día, sábado 08 de diciembre del año en
curso, la cual inicia a las 6:00pm saliendo del Templo Católico baja por
la calle detrás de la Cruz Roja, pasa por la calle conocida como los Rivas
sube al Colegio Nocturno de La Cruz llega al Triangulo baja por el Kínder
ATL-OLLIN, pasa frente al parque y finaliza nuevamente en la Iglesia
Católica, la cual también forma parte de las actividades a llevarse a cabo
en Turno Parroquial de La Cruz 2018, Para lo cual se solicitó, el cierre
parcial de las calles, mediante nota sin número de oficio de fecha 07 de
noviembre del año en curso, emitida por el señor Cura Párroco de la
Parroquia de La Cruz, a este Honorable Consejo Municipal, el cual se
aprobó mediante el Acuerdo de Revisión N° 1-2-1 de la Sesión Ordinaria
# 44-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz el día 08 de
Noviembre del año en curso., el cual ha extendido una autorización al
Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, para el cierre parcial y uso de
esta vía durante el recorrido de la procesión.
8. Indicar la obligatoriedad de permitir el ingreso irrestricto al área dentro
donde se desarrollará el Turno, a las autoridades policiales y/o
municipales, a cualquier hora y en cualquier momento, con el fin de
verificar el cumplimiento a lo establecido en la autorización que se
otorgue, así como el apego a la legislación vigente aplicable que regula la
actividad autorizada.
La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que si hay
algún comentario, no hay somete a votación levanten la mano los que estén de
acuerdo en aprobar la resolución administrativa de la Licda. Ana Catalina
Obregón, sobre el permiso del turno de la Parroquia de la Cruz.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba Con
fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, a lo establecido en el
Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos, Montas
31
y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón de
La Cruz, se resuelve recomendar al Concejo Municipal de La Cruz lo siguiente:
9. Autorizar a la Parroquia de La Cruz, representada por el Sacerdote Pedro
Claver Uribe García, en su condición de Cura Párroco, la realización de
un Turno sin expendio de bebidas con contenido alcohólico, en la ciudad
de La Cruz, durante los días 06, 07, 08 y 09 de diciembre del año 2018.
El evento se desarrollará específicamente en el terreno donde se ubican
tanto el Templo Católico como la Casa Cural en La Cruz, centro, con las
siguientes actividades:
DÍA ACTIVIDADES
3:00pm Inicia Ventas de comidas
06-12-2018 5:00pm. Santa Misa.
6:00pm Desfile de Candidatas.
7:00pm Presentación de apertura a
cargo de la comisión del reinado.
8:00pm Elección y coronación de la
Reina y el Rey 2018-2019.
10:00am Inicia Ventas de comidas
07-12-2018 6:00pm Eucaristía
7:00pm Gran actividad de karaoke
con grandes premios
Ventas de comida todo el día.
08-12-2018 9:00am Cabalgata Infantil,
caballitos de palo, inicia en el
Kínder ATL-OLLIN pasa frente al
parque y finaliza en la Iglesia
Católica
12:00md. Bingo peseteado.
2:30pm Tarde de cine infantil en el
Salón Pastoral.
5:00pm Eucaristía
6:00pm Procesión de Luces con la
Inmaculada Concepción de María
6:00pm Santa Misa
7:00pm Conciertos.
Ventas de comida todo el día.
Ventas de comida todo el día.
09-12-2018 9:00am Eucaristía.
12:00md Actividades Culturales.
32
6:00pm Santa Misa
7:00pm Actividades de cierre de la
Feria Parroquial.
10. El monto a cancelar por el permiso a otorgar sería de ¢27,500.00
(veintisiete mil quinientos colones netos).
11. Autorizar a la Parroquia de La Cruz, representada por el Sacerdote Pedro
Claver Uribe García, en su condición de Cura Párroco, las siguientes
actividades: Primero: desfile de candidatas – reinado infantil, el día
jueves 06 de diciembre del 2018, que dará inicio a partir de las 6:00pm y
finalizara a las 7:00pm, cuyo recorrido será iniciando de la Universidad
Estatal a Distancia (UNED), pasando frente a Ministerio de Salud, Barrio
Los Pinos, Cruz Roja, Parque Central y finalizando en la Iglesia Católica
de La Cruz , Segundo: la actividad Cabalgata Infantil, caballitos de palo,
a realizarse el día sábado 08 de diciembre del mismo año que inicia a las
9:00am en el Kínder ATL-OLLIN pasa frente al parque y finaliza en la
Iglesia Católica Para lo cual se solicitó, el cierre parcial de las calles,
mediante nota sin número de oficio de fecha 31 de octubre del presente
año, emitida por el señor Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, a
este Honorable Consejo Municipal, el cual se aprobó mediante el
Acuerdo N° 2-4 de la Sesión Ordinaria # 43-2018, verificada por la
Municipalidad de La Cruz el día 01 de Noviembre del año en curso., el
cual ha extendido una autorización al Cura Párroco de la Parroquia de La
Cruz, para el cierre parcial y uso de esta vía durante el recorrido de las
actividades y Tercero: la actividad de Procesión de la Inmaculada
MARIA, a realizarse el mismo día, sábado 08 de diciembre del año en
curso, la cual inicia a las 6:00pm saliendo del Templo Católico baja por
la calle detrás de la Cruz Roja, pasa por la calle conocida como los Rivas
sube al Colegio Nocturno de La Cruz llega al Triangulo baja por el Kínder
ATL-OLLIN, pasa frente al parque y finaliza nuevamente en la Iglesia
Católica, la cual también forma parte de las actividades a llevarse a cabo
en Turno Parroquial de La Cruz 2018, Para lo cual se solicitó, el cierre
parcial de las calles, mediante nota sin número de oficio de fecha 07 de
noviembre del año en curso, emitida por el señor Cura Párroco de la
Parroquia de La Cruz, a este Honorable Consejo Municipal, el cual se
aprobó mediante el Acuerdo de Revisión N° 1-2-1 de la Sesión Ordinaria
# 44-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz el día 08 de
Noviembre del año en curso., el cual ha extendido una autorización al
Cura Párroco de la Parroquia de La Cruz, para el cierre parcial y uso de
esta vía durante el recorrido de la procesión.
Indicar la obligatoriedad de permitir el ingreso irrestricto al área dentro donde
se desarrollará el Turno, a las autoridades policiales y/o municipales, a
cualquier hora y en cualquier momento, con el fin de verificar el cumplimiento a
lo establecido en la autorización que se otorgue, así como el apego a la
legislación vigente aplicable que regula la actividad autorizada. Aprobado por
33
3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos
Manuel Ugarte Huertas.
ARTICULO TERCERO
MOCIONES
1.- Moción presentada por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde
Municipal de la Cruz:
En apoyo a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, quienes han
solicitado a este honorable Concejo Municipal la donación de un millón de
colones para llevar a cabo un actividad recreativa navideña para los niños y
niñas de Los Andes, El Guapinol y La Garita. Por lo que solicita un acuerdo en
firme y dispensado del trámite de comisión, aprobando la solicitud de la
Asociación de Desarrollo Integral La Garita de donarles un millón de colones,
autorizando al señor Alcalde para que se destinen los recursos solicitados y se
firme el correspondiente convenio. FIRMADO.
La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez: Vicealcaldesa Municipal les
manifiesta que la actividad la van a realizar con la Universidad nacional, y es
para el traslado de niños y niñas desde Guapinol, Los andes, La Garita, les
pide que se pongan la mano en el corazón, para que se apruebe esta moción.
La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que si no hay
objeción, somete a votación levanten la mano los que estén de acuerdo en
aprobar la moción presentada por el señor Alcalde Municipal, que se pase al
señor alcalde para lo de su competencia y vea si se les puede ayudar.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba y remite
ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz, petición de
ayuda de un millón de colones a la Asociación de Desarrollo Integral de la Garita, para
llevar a cabo un actividad recreativa navideña para los niños y niñas de Los Andes, El
Guapinol y La Garita. Esto para que vea la posibilidad de ayuda. Aprobado por 3
votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos
Manuel Ugarte Huertas.
ARTICULO CUARTO
ASUNTOS VARIOS
NINGUNO
ARTICULO QUINTO
CIERRE DE SESIÓN
Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:15 horas.
34 Blanca Casares Fajardo Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez Presidenta Municipal Secretario Municipal