Ordinaria 44 · 2018-11-08

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 44 del 2018-11-08 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                                                                             1

                          MUNICIPALIDAD

                                  LA CRUZ

Acta de Sesión Ordinaria # 44-2018, celebrada el día 08 de noviembre del año
2018, a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:

     Blanca Casares Fajardo            Presidente Municipal
     Marvin Tablada Aguirre            Vicepresidente Municipal
     Carlos Ugarte Huertas             Regidor Propietario
     José Manuel Vargas Chaves         Regidor Suplente en ejercicio
     Gloria Monestel Monestel          Regidora Suplente
     Zeneida Quirós Chavarría          Síndica Santa Cecilia
     José Reynaldo Fernández Vega      Sindico Suplente Santa Cecilia
     Mary Casanova López               Síndica Propietaria La Garita
     Jorge Manuel Alan Fonseca          Síndico Propietario Santa Elena
     Jeannette Ramírez Rodríguez        Síndica Suplente Santa Elena
     Sebastián Víctor Víctor            Sindico Suplente La Garita

Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Dayan Canales
Cubillo: Periodista Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario
Municipal y con la siguiente agenda:

1.- Revisión y aprobación de acta anterior: Actas Nº 42-2018 y N°43-2018.

2.- Correspondencia

3.- Mociones

4.- Asuntos Varios

5.- Cierre de Sesión

                            ARTICULO PRIMERO

               REVISION Y APROBACIÓN ACTAS ANTERIORES

1.- Acta N° 42-2018 en discusión:

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal de la Cruz manifiesta
que no se cuenta con el señor Regidor propietario Florencio Acuña Ortiz, por lo
tanto entra con voz y voto el compañero José Manuel Vargas Cháves en
ejercicio, sobre el acta si alguien tiene alguna objeción, nadie, por lo tanto
levanten la mano los que estén de acuerdo en su aprobación.

Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° 42-2018, con 4
votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.
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2.- Acta N° 43-2018 en discusión:

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal de la Cruz les
manifiesta que en la página N° 6, reglón 22, sobre el desfile de caballitos de
palo, la procesión de la Iglesia Católica, donde dice que es de 4 pm a 5 pm, se
lea correctamente de las 6 pm a las 7 pm y también que se corrija la ruta que
tendrá la procesión, siendo la siguiente: iniciando del Templo Católico baja por
la calle detrás La Cruz Roja pasa por la calle conocida como los Rivas sube al
Colegio Nocturno de La Cruz llega al Triangulo baja por el Kinder ATL-OLLIN
pasa frente al Parque Central y finaliza en el Templo Católico, somete a
votación se sirvan levantar la mano los que estén de acuerdo, que sea firme,
definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba la revisión
del acuerdo N°2-4 de la Sesión Ordinaria N°43-2018, donde dice: de las 4 a 5
p.m, así mismo sobre la ruta de la procesión de la Inmaculada Virgen María,
que se lea correctamente el horario es de 6:00 a 7:00 p.m, y la ruta de la
procesión iniciando del Templo Católico baja por la calle detrás La Cruz Roja
pasa por la calle conocida como los Rivas sube al Colegio Nocturno de La Cruz
llega al Triangulo baja por el Kinder ATL-OLLIN pasa frente al Parque Central y
finaliza en el Templo Católico. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO
EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN POR 4 VOTOS
(Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal de la Cruz les sigue
manifestando, si alguien tiene alguna otra objeción, nadie, por lo tanto somete
a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se apruebe el
acta N° 43-2018.

Al no haber alguna otra objeción, queda aprobada y firmada acta N° 43-2018,
con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en
ejercicio.

                            ARTICULO SEGUNDO

                            CORRESPONDENCIA

1.- Se conoce oficio U.C.A-SESIÓN ORD-122-2018, dirigido al Lic. José
Rodolfo Gómez Jiménez, Asesor Administrativo Municipal de La Cruz, firmado
por la señora María Magdalena Rodríguez, Secretaria de la Unión Cantonal de
Asociaciones Integrales, La Cruz Guanacaste, de fecha 05 de noviembre del
2018, en el cual se ratifica el acuerdo 7-4 de la Sesión Ordinaria 121, del día 8
de septiembre del 2018. El nombramiento, como propietaria, a la señora Alicia
Briceño López, cédula de identidad N°5-0154-0542, para que represente a la
Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integrales, La Cruz, ante la
Junta Vial Cantonal de La Cruz.
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Acuerdo 7-5 de la Sesión Ordinaria 122 celebrada el 21 de octubre del 2018;
en firme Unánime, que el propietario suplente ante la Junta Vial Cantonal de La
Cruz, se nombra al señor Bismarck Corea Chevez, cédula 5-0199-0601.

El señor Marvin Tablada Aguirre, Regidor Propietario les dice las buenas tardes
a todos, en relación a esta nota, donde se habla de ese nombramiento no viene
dirigido al Concejo Municipal, sino a Lic. Rodolfo Gómez, por lo tanto debe
venir dirigido al Concejo Municipal sugiere que se les pida que lo dirijan al
Concejo Municipal para proceder al trámite respectivo.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal de la Cruz, les manifiesta
que la nota no viene dirigida al Concejo Municipal, por lo tanto la vía correcta es que
se dirija al Concejo Municipal, tal y como lo dice el compañero Marvin Tablada, y así
darle el trámite, levanten la mano os que estén de acuerdo en esta propuesta, que sea
firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita a la Unión
Cantonal de Asociaciones Integrales, La Cruz, Guanacaste, que el oficio U.C.A-
Sesión Ord-122-2018, debe ser remitido al Concejo Municipal de La Cruz,
Guanacaste, solicitando la aprobación del nombramiento y juramentación de
los miembros propietario y suplente de dicha Unión Cantonal, ante la Junta Vial
Cantonal de La Cruz, para darle el trámite correspondiente. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE
DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio).

2.- Se conoce documento, firmado por el señor Wilberth Lara Carmona, Vecino
del Cantón de La Cruz, de fecha 13 de agosto del 2018, en el cual presenta un
recurso extraordinario de revisión, contra los acuerdos N° 4-1 de la Sesión
Ordinaria N° 44-2016 del 17-noviembre-2018, y el acuerdo N ° 2-11 de la
Sesión Ordinaria N° 45-2016 del 2 de diciembre del 2016, en su orden
relacionado con el nombramiento y de los miembros del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación del Cantón de la Cruz, y nombramiento del Directorio
del mismo Cuerpo Deportivo, en el cual solicita se dejen sin efecto dichos
acuerdos, por error material de transcripción o interpretación de forma evidente
y manifiesta es contrario al ordenamiento jurídico conforme al principio de
legalidad, de inderogabilidad singular de la norma y de la inderogabilidad de los
reglamentos, basado propiamente el en art. 4 del Reglamento sobre
Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación
de la Cruz y Comités Comunales de Deporte y Recreación, en el cual dice que
el plazo de nombramiento de los miembros de la Junta Directiva del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación, durarán en sus cargos dos años, podrán
ser reelegidos y no devengarán dietas ni remuneración alguna, serán
juramentados por el Concejo Municipal en la primera semana del mes de
agosto del año en que finaliza la gestión del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación anterior.
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La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal de la Cruz, les
manifiesta que si algún compañero(a) desea decir algo, caso contrario lo
somete a votación levanten la mano os que estén de acuerdo que este
documento se remita ante la Licda. Lorena Caldera Obregón, para efectos de
estudio, análisis y dictamine en el tiempo de Ley y así tomar la resolución que
corresponda, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Lorena Caldera Obregón, Gestora Jurídica Municipal de La Cruz,
documento firmado por el señor Wilberth Lara Carmona, vecino del Cantón de
La Cruz, con el fin de que proceda a estudiarlo, analizarlo y dictaminarlo en el
tiempo de ley, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE
DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio)

3.- Se conoce oficio VAL-RM-025-2018, firmado por la Licda. Rosa Emilia
Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre
del 2018, en el cual con relación a la Comisión especial Municipal para la
consecución y definición del terreno a donar por parte de la Municipalidad, para
la construcción del edificio que albergara a la Asociación Cámara de Turismo
de La Cruz, una vez realizadas varias reuniones e indagaciones llegan a la
conclusión que no es posible la donación del terreno situado al costado este del
Complejo Turístico El Mirador de La Cruz, ya que no pertenece a la
Municipalidad, sino que es propiedad de la Junta de Educación de la Escuela
Salvador Villar Muñoz, por lo que se le hace de conocimiento al Instituto
Nacional de Desarrollo Rural (INDER), que no es posible disponer de ese
terreno, por lo antes expuesto, pero sí se irá en la búsqueda del traspaso por
parte del Ministerio de Educación a la Municipalidad y así ejecutar la iniciativa
del desarrollo del proyecto.

La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal de la
Cruz, les dice que ese fue el resultado de la Comisión que nombró el concejo,
ahí está lo que se les encomendó, y el INDER está esperando que se les
conteste.

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les agrega, que se le
conteste al INDER que no se puede donar ese terreno, por lo expuesto, porque
están esperando dicha respuesta.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que propone
se le brinde visto bueno al informe dado por la comisión y que se le conteste al
INDER, que no es posible la donación de ese terreno porque todavía está a
nombre de la Junta de Educación de la Escuela Salvador Villar Muñoz,
levanten la mano los que estén de acuerdo en esto, que sea firme, definitivo y
se dispensa de trámite de comisión.
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Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, concede visto
bueno, al oficio VAL-RM-025-2018, firmado por la Licda. Rosa Emilia Molina
Martínez, Vicealcaldesa Municipal de La Cruz, con elación a la Comisión
especial Municipal para la consecución y definición del terreno a donar por
parte de la Municipalidad, para la construcción del edificio que albergara a la
Asociación Cámara de Turismo de La Cruz, el cuál manifiesta que no es
posible la donación del terreno situado al costado este del Complejo Turístico
El Mirador de La Cruz, ya que no pertenece a la Municipalidad, sino que es
propiedad de la Junta de Educación de la Escuela Salvador Villar Muñoz, por lo
que se le hace de conocimiento al Instituto Nacional de Desarrollo Rural
(INDER), que no es posible disponer de ese terreno, por lo antes expuesto.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL
TRÁMITE DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves:
Regidor Suplente en ejercicio)

4.- Se conoce oficio AL-1570-2018, firmado por los señores Rosibel Ureña
Cubillo, Coordinadora Gestión Jurídica Administrativa y Marlene Marenco
Vargas, Asesor Legal, Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 19 de
octubre del 2018, en el cual notifican el informe técnico MPD-ZMT515-2018,
elaborado por el Departamento de Planeamiento de este Instituto, sobre el
trámite de concesión a nombre de Frenesí del Pacífico S.A, a fin de que se
cumpla con los solicitado en dicho informe, dentro de las observaciones que
solicitan al Concejo están: En el contrato de concesión debe corregirse el
número de certificación del PNE por parte del SINAC, indicar el plazo de
ejecución de obras y el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento(este
último plazo debe exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución
del proyecto, artículo 56 del Reglamento a la ley 6043), por último, se
recomienda se adicione una clausula en el contrato donde el concesionario se
compromete a pagar en tiempo todos los impuestos nacionales y cánones
municipales que corresponda. Dando un plazo de 20 día hábiles.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que lo
mejor es remitirlo ante la Licda. Yahaira Duarte, Gestora Jurídica e Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Encargada ambas del Depto. Zona Marítimo
Terrestre, para que cumplan con las observaciones indicadas por el ICT,
levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se
dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Asesora Legal de Zona Marítimo Terrestre
Municipal y la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento
de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, oficio AL-1570-2018, firmado
por los señores Rosibel Ureña Cubillo, Coordinadora Gestión Jurídica
Administrativa y Marlene Marenco Vargas, Asesor Legal, Instituto
Costarricense de Turismo, con el fin de que se proceda a suministrar la
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información solicitada en dicho oficio. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN POR
4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte
Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

5.- Se conoce oficio G-1899-2018, que contiene resolución de las nueve horas
del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, firmado por el señor Dr. Alberto
López Chaves, Gerente General, Instituto Costarricense de Turismo, de fecha
29 de octubre del 2018, en el cual remite la aprobación de la concesión a favor
de Playa Piedritas Sociedad Anónima, cédula jurídica # 3-101-158317,
representada por el señor Ernesto Castegnaro Odio, cédula N° 1-387-696,
sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo, distrito único, Cantón La Cruz,
Provincia Guanacaste, con una medida de tres mil doscientos setenta y siete
metros cuadrados, ubicado en Área Planificada para el Desarrollo Turístico,
para el desarrollo de un proyecto hotelero, de uso turístico, por lo que la
inscripción debe ser por la protocolización de piezas respectivas ante Notario
Público.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que hay
que darle aprobación a este documento y se autoriza al señor Alcalde para la
protocolización de piezas, levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea
firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba la
concesión a favor de Playa Piedritas Sociedad Anónima, cédula jurídica # 3-
101-158317, representada por el señor Ernesto Castegnaro Odio, cédula N° 1-
387-696, sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo, distrito único, Cantón La
Cruz, Provincia Guanacaste, con una medida de tres mil doscientos setenta y
siete metros cuadrados, ubicado en Área Planificada para el Desarrollo
Turístico, para el desarrollo de un proyecto hotelero, de uso turístico, por lo que
se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal de La
Cruz para que proceda a la protocolización de piezas respectivas, por ajustarse
a los criterios de desarrollo turístico de la zona. Aprobado por la Gerencia del
Instituto Costarricense de Turismo: Dr. Alberto López Cháves, Gerente
General, según resolución de las nueve horas del veinticinco de octubre del
dos mil dieciocho, oficio N° G-1899-2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISÓN, POR
4 VOTOS A FAVOR, (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente
en ejercicio).

6.- Se conoce oficio G-1900-2018, firmado por el señor Alberto López Chaves,
Gerente General, Instituto Costarricense de Turismo, de fecha 29 de octubre
del 2018, en el cual remite la aprobación la concesión a favor de Playa
Piedritas Sociedad Anónima, cédula jurídica # 3-101-158317, representada por
el señor Ernesto Castegnaro Odio, cédula N° 1-387-696, sobre un terreno
ubicado en Playa El Jobo, distrito único, Cantón La Cruz, Provincia
Guanacaste, con una medida de cinco mil quinientos once metros cuadrados,
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ubicado en Área Planificada para el Desarrollo Turístico, para el desarrollo de
un proyecto hotelero, de uso turístico, por lo que la inscripción debe ser por la
protocolización de piezas respectivas ante Notario Público.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que es
similar al anterior, por lo tanto también somete a votación, levanten la mano los
que estén de acuerdo en darle aprobación al documento, que sea firme,
definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba la
concesión a favor de Playa Piedritas Sociedad Anónima, cédula jurídica # 3-
101-158317, representada por el señor Ernesto Castegnaro Odio, cédula N° 1-
387-696, sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo, distrito único, Cantón La
Cruz, Provincia Guanacaste, con una medida de cinco mil quinientos once
metros cuadrados, ubicado en Área Planificada para el Desarrollo Turístico,
para el desarrollo de un proyecto hotelero, de uso turístico, por lo que se
autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal de La Cruz
para que proceda a la protocolización de piezas respectivas, por ajustarse a los
criterios de desarrollo turístico de la zona. Aprobado por la Gerencia del
Instituto Costarricense de Turismo: Dr. Alberto López Cháves, Gerente
General, según resolución de las diez horas del veinticinco de octubre del dos
mil dieciocho, oficio N° G-1900-2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISÓN, POR
4 VOTOS A FAVOR, (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente
en ejercicio).

7.- Se conoce documento, firmado por el señor Steven Rodríguez Agüero,
Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Cecilia, La Cruz,
Guanacaste, de fecha 29 de octubre del 2018, en el cual solicitan que se le
autorice al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz,
para la firma del convenio entre la Municipalidad de La Cruz y la Asociación de
Desarrollo Integral de Santa Cecilia, para el aporte de ¢ 2.000.000,00 (dos
millones de colones netos) para la realización del festival navideño 2018, en la
comunidad de Santa Cecilia, Jurisdicción del Cantón de La Cruz.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que esta es
una solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Cecilia, los
recursos están, por lo tanto si alguien tiene algo que decir, nadie, somete a
votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se autorice al señor
Alcalde Municipal a la firma del convenio, que sea firme, definitivo y se
dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, autoriza al señor
Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la firma del
convenio entre la Municipalidad de La Cruz y la Asociación de Desarrollo
                                                                              8

Integral de Santa Cecilia, para el aporte de ¢2.000.000,00 (dos millones de
colones netos) para la realización del festival navideño 2018, en la comunidad
de Santa Cecilia, Jurisdicción del Cantón de La Cruz. . ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE
DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio)

8.- Se conoce oficio DGJM-049-2018, firmado por la Licda. Lorena Caldera
Obregón, Gestora Jurídica Municipal de La Cruz, de fecha 29 de octubre del
2018, en el cual en acuerdo número 2-5 de la sesión ordinaria número 36-2018,
del día 13 de setiembre 2018, el cual estaba dirigido a la licenciada Arianna
Badilla Vargas, coordinadora del Departamento de Gestión Jurídica y
entregado a su persona el día 17 de setiembre del 2018, acuerdo que me fue
notificado en fecha 11 de octubre 2018.
Del informe de auditoría número UAI-CONCEJO-096-2018, incumplimiento del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Festejos Populares de la
Municipalidad del Cantón de La Cruz, por la Comisión de Festejos Cívicos
Populares de La Cruz 2018.
La suscrita, Lorena Caldera Obregón en calidad de Gestora Jurídica de la
Municipalidad La Cruz. Por medio del presente oficio, procedo a emitir
recomendación como resultado del estudio y análisis de la revisión del informe
UAI-CONCEJO-096-2018, presentado por el auditor Gladys Delgado Cárdenas,
en fecha 27 de julio 2018, del incumplimiento en la entrega del plazo de ley
informe de liquidación de ingresos y egresos de los festejos cívicos populares
de La Cruz 2018, incumplimiento del artículo 35 inciso a) del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de los Festejos Populares de la Municipalidad
del Cantón de La Cruz.
Antecedentes
Primero: Dentro de la normativa vigente especial sea el Reglamento de
Festejos Populares del Cantón de La Cruz, las comisiones de Festejos
Populares del Cantón Central de La Cruz, se constituyen en un Órgano
Colegiado que estará adscrito al Concejo Municipal, la titularidad corresponde a
un conjunto de personas físicas, que concurren a formar la voluntad u opinión
del mismo órgano, sujetas a las disposiciones del Concejo Municipal como su
Superior Jerárquico que los nombro y que debe de regularlos.
Segundo: La comisión de festejos cívicos populares de La Cruz según el
artículo 9 del Reglamento de Festejos Populares del Cantón de La Cruz, se le
establecen obligaciones a las cuales deberá de cumplir sin condición, dentro de
las obligaciones se citan las de una correcta administración de los fondos que
se recauden en la realización de los Festejos Populares, obtener el mayor
aprovechamiento de los recursos disponibles y alcanzar el máximo monto de
utilidades que sea posible.
Cumplir las normas establecidas en el presente reglamento, las leyes que rigen
la materia y cualquier otra normativa interna emitida por el Concejo que sea
complementaria a dicho reglamento, así como atender de manera pronta y
cumplida los requerimientos de información que reciban del Concejo, en el
ejercicio de sus funciones.
Asegurar el debido resguardo de toda la documentación que los miembros
utilicen en el cumplimiento de su labor.
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Tercero: Dentro del mismo Reglamento de la materia especial vigente Festejos
Populares del Cantón de La Cruz, se establecen las obligaciones de los
miembros de las comisiones dentro del artículo 9. b), 11, 12, 13, 14 se detallan
cada una de las obligaciones de los miembros como desde el presidente
tesorero contador y secretario, los cuales tienen en común la obligación de la
transparencia en cuanto al manejo de los fondos los cuales son de categoría
pública.
Cuarto: Así mismo el artículo 35 del Reglamento de Festejos Populares del
Cantón de La Cruz, establece el procedimiento de liquidación por parte de los
miembros de la comisión de festejos nombrada, la cual deberá dentro de 30
días naturales después de finalizados los festejos, rendir a la auditoría interna
de la Municipalidad una liquidación de ingresos y egresos así como presentar
los libros contables y libros de actas debidamente firmados y autorizados todo
bajo los parámetros señalados dentro del mismo artículo 35 aquí mencionado.
Quinto: Dentro del ordenamiento jurídico se encuentra vigente la ley 4286
(Nombramiento de Comisiones de Festejos Populares), la cual regula el
proceder de las Municipalidades cuando las Comisiones de festejos nombradas
para cada periodo no se ajusten a cumplir con sus obligaciones y caigan en la
evasión de las regulaciones de controles directos de sus actividades. Para
cuando esto se presente se deberá de trasladar por parte de la Municipalidad
en la figura del Concejo Municipal ante las autoridades judiciales competentes
para denunciar las irregularidades que se detecten en la administración de la
Comisión de festejos populares nombrada.
Recomendación
Primero: Proceda este honorable Concejo Municipal a notificar al presidente
de la Comisión de festejos cívicos populares de La Cruz 2018, que se
encuentran dentro del incumplimiento del artículo 35 inciso a) del Reglamento
de Festejos Populares del Cantón de La Cruz, y se le otorgue un plazo
prudencial de 15 días naturales para que los mismos procedan a cumplir con lo
establecido en el artículo 35 del Reglamento de Festejos Populares del Cantón
de La Cruz.
Segundo: En caso que la comisión de festejos cívicos populares de La Cruz
2018, haga caso omiso al emplazamiento dado por este Concejo Municipal en
cumplimiento del artículo 35 inciso a) del Reglamento de Festejos Populares
del Cantón de La Cruz, recomiendo que proceda este Concejo Municipal a
trasladar denuncia ante las autoridades judiciales competentes según se
establece en el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento
de los Festejos Populares de la Municipalidad del Cantón de La Cruz, artículo
11 de la Constitución Política, 11 y 12 segundo párrafo de la Ley General de
Administración Pública, ratificado en el criterio de la Procuraduría General de la
República C-183-2010.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que si
algún compañero quiere referirse, porque la Licda. Lorena Caldera recomienda
que se le brinde una prórroga a la Comisión para que entregue el informe, y
sino pues se envía a las instancias judiciales, que se apruebe el criterio legal
de la Licda..

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice que lo mejor es
que se apruebe parcial, porque nosotros no somos quien para darles prórroga,
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plazo, no se pueden salir del bloque de legalidad, repite que no somos quien
para dar plazo, como lo dice la ley se debe actuar.

La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les
agrega que es una lástima que no hayan cumplido, sabiéndolo, y lo peor es
que ya casi se debe nombrar la nueva comisión de Fiestas.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal le solicita al señor
regidor Marvin Tablada Aguirre, que por favor le aclare o explique qué quiere
decir con que se apruebe parcial el criterio legal de la Gestora Jurídica
Municipal.

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice que nosotros no
podemos otorgar otro plazo , si el Reglamento lo dice que treinta días después
de haberse celebrado los Festejos, deben brindar el informe, ya llevamos seis
meses y nada, no podemos pasar por encima de ese Reglamento, hay un
incumplimiento de deberes y hay que mandarlos ante quien corresponda, al
menos él no votaría porque se le de esa prórroga, consultando a un amigo si se
hace eso de la prórroga es algo ilegal y seríamos corresponsables y también
iríamos a la Fiscalía por ser alcahuetes.

El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa
Cecilia les dice que esta situación que se viene dando, reflejan que se viene
dando un mal concepto de nuestras acciones, en general muchas veces una
palabra distorsiona un concepto. El caso es parecido a las contrataciones, hay
flexibilidad y no hay una fiscalización normal, ejemplo es el adendum que se
dan en contrataciones, esto significa adición, la adenda es en plural, en este
caso de la comisión de Fiestas es de legalidad que en treinta días deben
presentar el informe o liquidación, el que se mete a esto no es ignorante, sabe
de los 30 días, y dicen que como nadie les hace nada lo incumplen, esto es
una alcahuetería, la apreciación de Don Marvin Tablada es severa y es justa,
así que se apeguen a la Ley.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que entonces
la propuesta es que no se le concede más tiempo a la Comisión de Festejos
Cívicos Populares La Cruz 2018, y más bien se le remite al señor Alcalde
Municipal, para que realice el trámite como lo dice la Ley y Reglamento,
levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se
dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, Oficio N°
DGJM-049-2010-2018, firmado por la Licda. Lorena Caldera Obregón, Gestora
Jurídica Municipal de la Cruz, donde brinda dictamen legal, con relación al
incumplimiento del artículo 35, inciso a) del Reglamento de Organización y
Funcionamiento de los Festejos Populares de la Municipalidad del Cantón de la
Cruz. Por lo que no se le concede prórroga alguna a la Comisión de Festejos
Cívicos Populares La Cruz 2018. Se remite para que proceda como lo dice la
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ley y recomendación de la Licda. Caldera Obregón, en su punto segundo
proceda a trasladar la denuncia ante las autoridades judiciales competentes,
amparado al artículo 4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de
los Festejos Populares de la Municipalidad del Cantón de la Cruz, artículo 11
de la Constitución Política, 11 y 12 segundo párrafo de la Ley General de la
Administración Pública, ratificado en el criterio de la Procuraduría General de la
República C-183-2010, esto contra la Comisión de Festejos Cívicos Populares
La Cruz 2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE
DISPENSA DE TRAMITE DE COMISÓN, POR 4 VOTOS A FAVOR, (Blanca
Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas, y José
Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en ejercicio),

9.- Se conoce oficio AL-1661-2018, firmado por los señores José Francisco
Coto Meza, Asesor Legal, Rosibel Ureña Cubillo, Coordinadora Gestión
Jurídica Administrativa Y Marlene Marenco Vargas, Asesor Legal, Instituto
Costarricense de Turismo, de fecha 01 de noviembre del 2018, en el cual
notifican el informe técnico MPD-ZMT-453-2018 y DPD-ZMT-506-2018,
elaborado por el Departamento de Planeamiento de este instituto, sobre el
trámite de concesión a nombre de Fourth Life S:A, a fin de se cumpla con lo
solicitado en dicho informe, dentro de las observaciones que solicitan al
Concejo están: En el contrato de concesión debe corregirse el número de
certificación del PNE por parte del SINAC, indicar el plazo de ejecución de
obras y el plazo de vigencia de la garantía cumplimiento(este último plazo debe
exceder un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto,
artículo 56 del Reglamento a la ley 6043), por último, se recomienda se
adicione una clausula en el contrato donde el concesionario se compromete a
pagar en tiempo todos los impuestos nacionales y cánones municipales que
corresponda, dando un plazo de 20 día hábiles.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que es similar
a la que se vio anteriormente en el punto 4, por lo tanto que se le remita ante la
Licda. Yahaira Duarte y Alexandra Gonzaga, ambas del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para que cumplan con lo solicitado por el ICT, levanten la
mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de
trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Asesora Legal de Zona Marítimo Terrestre
Municipal y la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento
de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, oficio AL-1661-2018, firmado
por los señores José Francisco Coto Meza, Asesor Legal, Rosibel Ureña
Cubillo, Coordinadora Gestión Jurídica Administrativa Y Marlene Marenco
Vargas, Asesor Legal, Instituto Costarricense de Turismo, con el fin de que se
proceda a suministrar la información solicitada en dicho oficio. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE
DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio)
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10.- Se conoce oficio ALDE-JS-0364-2018, con copia al Concejo Municipal de
La Cruz, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal Alcalde Municipal
de La Cruz, de fecha 07 de noviembre del 2018, en el cual da respuesta a su
oficio UAI-CONCEJO-146-2018, de fecha 19 de octubre del 2018, mediante el
cual solicita el “reintegro de recursos presupuestarios y contratación del
asistente de auditoría interna”, documento que fue notificado a este servidor vía
correo electrónico el mismo día 19 de octubre del presente año. Sobre el
particular, le informo:
Esta Alcaldía conoce perfectamente la importancia, más allá de la exigencia
legal, que tiene para la Administración Municipal el contar con una Auditoría
Interna robusta, capacitada, con recursos suficientes y sobre todo, objetiva.
Ante tal conocimiento y en aras de que en algún momento logremos contar con
una dependencia totalmente enmarcada en esas características, le informo que
se procederá a suministrar los recursos necesarios para que su gestión no
sufra contratiempos en lo que resta del presente año 2018. Para hacer efectivo
lo anterior, resulta indispensable que el Concejo Municipal, como su superior
jerárquico, apruebe el contenido presupuestario que deberá incluírsele en su
categoría programática en una próxima Modificación, supeditado, claro está, al
cumplimiento por parte suya de los requisitos legales que se describen en el
punto 3 de este oficio y que en la presente gestión usted omite totalmente
incluir.
Con respecto a los procesos de reclutamiento, selección y contratación, para
llenar la plaza del Gestor Jurídico de la Auditoría Interna, le refiero al mismo
punto 3 de este oficio, en aras de conocer la respuesta, dado que dichos
procesos requieren del contenido presupuestario previamente incorporado y
aprobado por el Concejo Municipal, para poder iniciarlos.
Ahora bien, instruyéndole un poco en cuanto a los elementos que legalmente
tiene que contener y debe cumplir su gestión acá abordada, y en relación
análoga con el uso que usted hace de algunos extractos del oficio No. 14260
(DFOE-DL-1495) del 04 de octubre del 2018, emitido por la Contraloría General
de la República, le recuerdo que la solicitud de reintegro que usted hace
INCUMPLE lo establecido en el punto 6.1.2 de los Lineamientos sobre
gestiones que involucran a la auditoría interna presentadas ante la CGR, el
cual en su literal a), dispone CLARAMENTE que a “…La Auditoría Interna - le
corresponde formular técnicamente y comunicar al jerarca el requerimiento
de los recursos necesarios para asegurar el cumplimiento de las competencias
de la actividad de auditoría interna…”(la negrita y el subrayado no son del
original). Desarrollando esa misma línea normativa, la Contraloría General, en
el oficio citado a inicios de este punto, dispone además que “…para que las
necesidades que presenta la auditoría interna puedan ser debidamente
atendidas, estas deben justificarse por medio de propuestas y estudios
técnicos en los que se demuestre el requerimiento de recursos y la afectación
al cumplimiento de los objetivos en el caso de no contar con los mismos.” (la
negrita y el subrayado no son del original). Continúa el Órgano Contralor
desarrollando la obligación de la auditoría de respaldar técnicamente su
solicitud de recursos, al citar el aparte 2.4 de las Normas para el Ejercicio de la
Auditoría Interna en el Sector Público, en el cual se ordena que ante
limitaciones de recursos que afecten la cobertura y alcance de la actividad “…el
auditor debe presentar al jerarca un estudio técnico sobre las necesidades de
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recursos, debidamente fundamentado.” (la negrita y el subrayado no son del
original). Finalmente, el Ente fiscalizador de la Hacienda Pública, le afirma
contundentemente a la auditoría interna que “…debe considerar la capacidad
de la institución de otorgar los recursos requeridos, por lo que no podrá
formular solicitudes que vayan más allá de dicha capacidad o bien solicitudes
sin una debida justificación.” (la negrita y el subrayado no son del original).
Vista la normativa expuesta por la Contraloría General de la República, hago
de su conocimiento que esta Administración tiene absoluta claridad y es muy
consciente de la necesidad de dotar a la auditoría interna con los recursos
necesarios para la importantísima labor que debe desempeñar, pero que para
cumplir tal objetivo, es preciso que primero usted le cumpla a su superior
jerárquico, el Concejo Municipal, con los requisitos legales que deben
acompañar su solicitud de reintegro, esto es, adjuntar un estudio técnico
debidamente fundamentado, que sustente no solo la necesidad de los recursos
que requiere, sino que también indique la cuantía y la distribución
presupuestaria según el Clasificador por objeto del gasto, a nivel tanto de
partida como de subpartida, así como también la descripción de los cambios o
ajustes que se pudieran dar en el Plan Operativo específico de su área, para
efectos de ajustar el Plan institucional en su conjunto; lo anterior, dado que el
oficio que usted remite carece totalmente de esa información, lo que a todas
luces reviste una extraña posición viniendo de la figura encargada de la
fiscalización del cumplimiento precisamente de ese tipo de normativa que usted
mismo no aplica, siendo un obligado legal para hacerlo. Le recuerdo, además,
en aras de seguir colaborándole en su gestión, que en vista del momento del
año en el que estamos, tome en consideración lo que resta del ejercicio
presupuestario, a efectos de justificar los recursos que solicita y que, repito,
considero muy importantes.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta, si
tienen alguna objeción o comentario, nadie, por lo tanto es una copia para este
Concejo, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se le brinde visto
bueno a la copia del oficio presentado por el señor Alcalde municipal, que sea
firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Los señores Regidores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte
Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio dicen que
están de acuerdo en el visto bueno, mientras que el señor Marvin Tablada
Aguirre, regidor propietario dice no estar de acuerdo.

Con el agregado anterior los señores regidores:

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, concede visto
bueno, a la copia del oficio N° ALDE-JS-0364-2018, enviado por el señor
Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, al señor Gledys
Harley Delgado Cárdenas: Auditor Interno Municipal de La Cruz, donde le
contesta el oficio N ° UAI-CONCEJO-146-2018, en el que solicita el reintegro
de recursos presupuestarios y contratación del asistente de auditoría interna
municipal de la Cruz. ACUERDO APROBADO, POR 3 VOTOS (Blanca
Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves:
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Regidor Suplente en ejercicio), con uno en contra: Marvin Tablada
Aguirre.

11.- Se conoce dictamen de comisión para el nombramiento del asesor legal
del Concejo Municipal, de fecha 05 de noviembre del 2018, firmado por los
señores: Carlos Ugarte Huertas, Secretario, Blanca Casares Fajardo,
Presidenta y el señor José Manuel Vargas Chaves, miembros, en el cual una
vez realizado el estudio, análisis de los curriculums de los señores: Licda.
Kattia Vanesa Álvarez Rodríguez, Licda. Amalia Yesca Torrentes y Lic. Deiby
Alí López Lara, dicha comisión considero que ninguno de los proponentes es
idóneo en cuanto a la experiencia Municipal deseada, específicamente en
asesoría al Concejo Municipal. Por lo que por unanimidad se ACUERDA:
Solicitar al Departamento de Recursos Humanos de la Municipal de La Cruz,
interponga sus buenos oficios y saque a concurso la plaza de asesor legal del
Concejo Municipal, a la mayor brevedad posible.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, Regidor Propietario les dice las buenas
noches a todos, efectivamente se reunieron como comisión, para darle estudio,
análisis a toda la información de los curriculums para asesor legal del Concejo
Municipal de La Cruz, y no se encontró la experiencia ante el Concejo
Municipal, en otras cosas sí, por esa razón no se aprobó ninguno, más bien se
le recomienda se le pida a Recursos Humanos saque a concurso externo dicha
plaza de asesor legal para el concejo municipal de la Cruz, ya sería para el otro
año, y bueno aclarar que no hubo ninguna inclinación por nadie, y se trabajó
con honestidad.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta, si hay
algún otro más que quiera externar algo, nadie, entonces somete a votación
que se aprueba al acta de la comisión especial, levanten la mano los que estén
de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba el
dictamen de la Comisión para el nombramiento del Asesor Legal del Concejo
Municipal, conformada por lo señores: Carlos Ugarte Huertas, Secretario,
Blanca Casares Fajardo, Presidenta y el señor José Manuel Vargas Chaves,
miembros. A su vez, se le solicita a la Licda. María Concepción Chacón Peña,
Coordinadora del Departamento de Recursos Humanos Municipal de La Cruz,
interponga sus buenos oficios y saque a concurso externo para el próximo año,
la plaza del asesor legal del Concejo Municipal de La Cruz. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME, SE DISPENSA DEL TRÁMITE
DE COMISIÓN POR 4 VOTOS (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio)

                            ARTICULO TERCERO

                                  MOCIONES
                                                                                   15

1.- Moción presentada por el señor: Junnier Alberto Salazar Tobal:
Alcalde Municipal de la Cruz.

Se conoce moción firmada por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde
Municipal de La Cruz, de fecha 08 de noviembre del 2018, en el cual solicita
acuerdo firme y dispensado del trámite de comisión, para nombrar como
representantes Municipales ante el Comité Directivo del Consejo Territorial de
Desarrollo Rural Liberia-La Cruz, al Lic. José Rodolfo Gómez Jiménez, cédula
de identidad N°5-301-710, como miembro propietario y a la Licda. Rosa Emilia
Molina Martínez, cédula de identidad N°5-158-984, como miembro suplente.
Dichos nombramientos a partir del mes de noviembre del presente año 2018,
fecha en la que se llevará a cabo la Asamblea General Ordinaria del Consejo
Territorial, para renovar al Comité Directivo e iniciar un nuevo periodo de
gestión. FIRMADO.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta, si
tienen alguna objeción nadie por lo tanto somete a votación, levanten la mano
los que estén de acuerdo, que se nombren tanto a Lic. Rodolfo Gómez como
propietario y Licda. Rosa Emilia Molina como suplente, ante el Comité Directivo
del Consejo Territorial de Desarrollo Rural Liberia-La Cruz, que sea firme, definitivo
y se dispensa de trámite de comisión.

Los señores Regidores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte
Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio dicen que
están de acuerdo en el visto bueno, mientras que el señor Marvin Tablada
Aguirre, regidor propietario dice no estar de acuerdo.

Con el agregado anterior los señores regidores:

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a los
señores: Lic. José Rodolfo Gómez Jiménez, cédula N° 5-301-710: Asesor
Administrativo Alcaldía Municipal, como Propietario y a la señora Licda. Rosa
Emilia Molina Martínez: cédula N° 5-158-984: Vicealcaldesa Municipal de la
Cruz, como suplente ante el Comité Directivo del Consejo Territorial de
Desarrollo Rural Liberia – La Cruz, dicho nombramiento a partir del mes de
noviembre del 2018, fecha en la que se llevará a cabo la Asamblea General
Ordinaria del Consejo Territorial para renovar al Comité Directivo e iniciar un
nuevo periodo de Gestión. ACUERDO APROBADO, POR 3 VOTOS A
FAVOR, (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, y José Manuel
Vargas Cháves: Regidor Suplente en ejercicio), con uno en contra: Marvin
Tablada Aguirre.
                            ARTICULO CUARTO

                                ASUNTOS VARIOS

NINGUNO
                               ARTICULO QUINTO

                               CIERRE DE SESION
                                                                             16

Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:30 horas.


Blanca Casares Fajardo                  Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez

Presidente Municipal.                  Secretario Municipal