Ordinaria 26 · 2018-07-05

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 26 del 2018-07-05 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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1                               MUNICIPALIDAD
2                                       LA CRUZ
3    Acta de Sesión Ordinaria Nº 26-2018, celebrada el día 05 de julio del año 2018,
4    a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:
5          Blanca Casares Fajardo             Presidente Municipal
6          Marvin Tablada Aguirre             Vicepresidente Municipal
7          Carlos Ugarte Huertas              Regidor Propietario
8          José Manuel Vargas Cháves          Regidor Suplente en Ejercicio
9          Gloria Monestel Monestel           Regidora Suplente
10         María Argentina Lara Lara          Regidora Suplente
11         Zeneida Quirós Chavarría           Sindica Propietaria Santa Cecilia
12         José Reynaldo Fernández Vega       Sindico Suplente Santa Cecilia
13         Mary Casanova López                Síndica Propietaria La Garita
14         Jorge Manuel Alan Fonseca          Síndico Propietario Santa Elena
15         Sebastián Víctor Víctor            Sindico Suplente La Garita
16   Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal, Licda.
17   Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Dayan Canales
18   Cubillo: Periodista Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario
19   Municipal y con la siguiente agenda:
20   1.- Revisión y aprobación de acta anterior: No hay, porque está en proceso de
21   cierre y apertura de libro de actas y sellado, por motivos que auditor interno
22   municipal está incapacitado.
23   2.- Correspondencia
24   3.- Mociones
25   4.- Asuntos Varios
26   5.- Cierre de Sesión
27                                  ARTICULO PRIMERO
28                   REVISION Y APROBACIÓN ACTA ANTERIOR
29
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                                                                                        2


1    Al estar el señor Auditor Incapacitado, no hay cierre ni apertura de libro de
2    actas, ni sellado de hojas sueltas por parte de la auditoría Interna Municipal,
3    por lo tanto no hay revisión.
4    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que no hay
5    actas, es un asunto ajeno al señor secretario Municipal, porque el señor auditor
6    interno municipal está incapacitado, por ende no hay cierre ni apertura de libro
7    de actas, ni sellado de hojas sueltas.
8                                    CORRESPONDENCIA
 9   1.-   Se conoce oficio UAI-CONCEJO-070-2018, firmado por el Lic. Gledys
10   Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 08 de junio del 2018, en
11   el cual en el artículo 34 de la ley General de Control Interno se prohíbe a los
12   auditores realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las
13   necesarias para cumplir su competencia, dentro de las cuales podría
14   mencionar la de advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles
15   consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su
16   conocimiento. Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al
17   órgano consultante en la solución o respuesta de asuntos propios de su
18   competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un criterio en punto a
19   situaciones o casos específicos cuya decisión involucra al personal
20   administrativo. Además el artículo 22 de ley de marras establece como
21   competencia de las Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al
22   jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza
23   sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones,
24   cuando sean de su conocimiento. Por ello, debido a consultas realizadas a la
25   Auditoría Interna de parte de Jerarcas y Titulares Subordinados del
26   ayuntamiento en relación con el tema del Salario Escolar y su evolución en la
27   Municipalidad de La Cruz, es que se procedió a solicitar criterio a la Contraloría
28   General de la República y a la Procuraduría General de la República; entidades
29   que fiscalizan y asesoran en materia del Hacienda Pública y Derecho Público.
30   La Contraloría General de la República emitió el oficio DJ-0167-2018 del 19 de
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 1   febrero 2018, (rotulado por error material DJ-0167-2017 del 19 de Febrero
 2   2017, según DJ-0241-2018) y la Procuraduría General de la República en el
 3   dictamen C-118-2018 del 30 de Mayo del 2018; sobre aspectos jurídicos
 4   vinculantes sobre el tema de Salario Escolar en la Municipalidad de La Cruz.
 5   Por tal motivo, se adjuntan los criterios supra citados con el objetivo que los
 6   mismos sirvan al Concejo Municipal para despejar cualquier duda que se tenga
 7   sobre el tema del Salario Escolar. También, se recomienda al órgano colegiado
 8   buscar asesoría jurídica externa, si así lo considera razonable para mayor
 9   objetividad en la asesoría, para que dictaminen si la forma en que se ha
10   actuado en La Municipalidad de la Cruz desde la sesión ordinaria 44-2011
11   hasta la fecha, se ajusta a los criterios de los órganos asesores en materia de
12   Hacienda Pública y Derecho Público y en su defecto al derecho y normas que
13   regulan la creación y pago del Salario Escolar en la Municipalidad de La Cruz.
14   Lo anterior permitirá, una mayor seguridad jurídica para el Concejo Municipal,
15   que le garantice que su actuar y el de la Administración Municipal en la
16   ejecución del acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria # 41-2017, celebrada el
17   día 19 de octubre del año 2017, fue el apropiado y razonable. Ese acuerdo reza
18   de la siguiente manera:“(…) El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste,
19   aprueba el pago para todos los funcionarios municipales, según la legalidad del
20   salario escolar el total del 8.19% como complemento del salario año 2017,
21   como dictan las resoluciones de los entes gubernamentales, y que se
22   presupueste en la modificación #09-2017 de este año a la mayor brevedad
23   para ser cancelado el próximo año Enero 2018. Los años enero 2013, enero
24   2014, enero 2015 y enero 2016 en futuras modificaciones y se les cancele a
25   través de arreglos de pago y solicita al Departamento Jurídico criterio sobre el
26   pago del salario escolar a los jornales ocasionales. Además, lo anterior es de
27   suma importancia para garantiza la seguridad jurídica del pago del Salario
28   Escolar en la Municipalidad de La Cruz. Finalmente, no omito indicar que este
29   servidor se inhibe de pronunciarse sobre el fondo del tema tratado en este
30   oficio, en vista de recibir ese beneficio económico como funcionario de la
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1    Municipalidad de La Cruz y además de no contar con personal especialista en
2    Derecho.

3    El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas regidor propietario les dice las buenas
4    tardes a todos, no sabe si el resto de compañeros analizaron el documento, él
5    lo leyó y sacó conclusiones, recomendaciones, y conversando con la señora
6    Presidenta le dijo que lo mejor era dejarlo para verlo, analizarlo en una sesión
7    extraordinaria, en conjunto con otros documentos, como el Reglamento de
8    ayudas comunales y subvenciones, hoy es difícil, les deja la inquietud a la
9    señora Presidente Municipal.

10   El señor Marvin tabalada Aguirre, regidor propietario les manifiesta las buenas
11   tardes a todos, no leyó en detalle el documento enviado por el señor auditor,
12   algunas partes sí, pero después que se hizo un pago multimillonario, de más de
13   ciento diez millones de colones a los funcionarios y hasta ahora viene ese
14   documento, acá todos los miembros del Concejo Municipal trabajamos, menos
15   el señor alcalde, Vicealcaldesa y Secretario de los que están aquí 1que se les
16   paga un salario, porqué lo dice porque hace más de 6 meses se pagaron esos
17   ciento diez millones de colones en ajuste de salario escolar, hay un dictamen
18   firmado por 3 profesionales en derecho que dijeron que si se podía pagar y en
19   eso nos basamos, pero finalmente el auditor dice que se inhibe, porque fue
20   beneficiado con ese pago, al alcalde y a los Regidores se nos prohíbe
21   participar en las votaciones donde tenemos interés directo hasta 3 grado en
22   consanguinidad, así debieron inhibirse los 3 abogados que dieron el dictamen
23   porque eran beneficiados, el auditor nos da una luz, al final del camino aduce
24   que él no cuenta con un profesional en derecho y que se busque una auditoría
25   externa sobre este caso, , debemos tener clarísimo el criterio del salario
26   escolar, personalmente he hecho consultas ante la Contraloría General de la
27   República, la Procuraduría General de la República, , una dice una cosa y la
28   otra dice otra cosa, y hoy en día funcionarios municipales están solicitando que
29   se les reconozca el pago del ajuste al salario escolar, hay o no hay el aval,
                                                                                  5


 1   están en consultas, la Procuraduría dice” que se reconozca el pago del salario
 2   escolar, siempre y cuando se haga la retención a los funcionarios Municipales”,
 3   si hubo retención hay pago y si no hubo retención, no hay pago, les pregunto,
 4   hubo retención a los funcionarios municipales de la Cruz para pagarle, la
 5   Contraloría dice que la ley General de la Administración Pública dice que debe
 6   haber una norma que tutela el pago, pregunto ¿ en cuál norma se basaron para
 7   pagarlo?, voy a avalar la propuesta, pero el auditor dice claro que se inhibe,
 8   entonces no puede estar presente, el 17 de julio del 2018, quedó para atender
 9   a los funcionarios municipales, en una sesión extraordinaria el fin es tratar
10   algunos asuntos que dicen que tienen derecho, es exclusiva para eso, me
11   imagino que el señor Secretario Municipal ya les comunicó el acuerdo.

12   El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz, les dice
13   buenas tardes a todos, esto se las trae, porque la Contraloría dice una cosa y
14   la procuraduría dice otra, de acuerdo a la investigación que hicieron los
15   asesores legales, se comprobó que se violaban derechos de los funcionarios y
16   por eso se les pago, el auditor ahora se inhibe porque dice que recibió ese
17   pago, pero dice que se le contrate un asesor externo, pero si viene ese asesor
18   externo también hay que pagarle el salario escolar, que lástima que no se
19   inhibió en recibir el pago, es extraño.

20   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que el 17 de
21   julio del 2018, se tratara con los funcionarios municipales de lo mismo, nada
22   más comprobar que se rebajó o no, a mí me dijeron que se les había rebajado
23   y estoy de acuerdo que este documento se vea ese día º17 de julio 2018,
24   porque se tratará del mismo asunto.

25   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena
26   les manifiesta que tomen en cuenta que hay solicitudes de reconocimiento de
27   salario escolar y están pendientes en Departamento Jurídico
                                                                                    6


1    El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que ha
2    tratado de decirles que debe haber una retención, también que se ls puede
3    pagar, pero no el % completo, puede ser en tractos,          o proporcional, he
4    preguntado a muchas Municipalidades del País y cada una lo ha manejado
5    diferente y la Contraloría dice debe haber un Reglamento, una norma y acá no
6    existe, y ya se pagó a unos a otros no se les pagó, y reclaman que se les
7    pague antes del 2012, yo he dicho que a todos los funcionarios ese les debe de
8    pagar sus derechos laborales, pero dentro del margen de Ley, Dios quiera que
9    no haya sido un pago indebido, me quedaría que escuchemos a los
10   funcionarios municipales, y ver qué hacer, el auditor pide auditoría externo, si
11   consideran que se siga trabajando con el dictamen de los 3 asesores legales
12   municipales que se siga pagando, pero yo no estoy de acuerdo.

13   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice, se dice que
14   no se debe pagar sino hay retención, se pagó basado en un criterio legal de 3
15   asesores legales, lo mejor es que aclaremos y si tenemos algo concreto, lo
16   traemos el 17 de julio del 2018, a la sesión extraordinaria porque se trata de lo
17   mismo, si traemos una respuesta clara, expedita, contundente de todo esto del
18   salario escolar es el momento para dar el veredicto, si se va a pagar o no, e
19   incluye a todos los demás que están pendientes, entiendo la posición de don
20   Marvin, mejor dar más espacio, para aclarar dudas que puede ser con el
21   Departamento de Recursos Humanos, averiguar, hacer investigaciones
22   necesarias y haciendo todas las consultas y que se tenga claro, lo vemos ese
23   día, caso contrario lo dejamos pendiente y le damos más tiempo y repito si ya
24   lo tenemos claro lo vemos el próximo 17 de julio 2018, en sesión extraordinaria,
25   así que levanten la mano los que estén de acuerdo en esta proposición, que
26   sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión.

27   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
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 1   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, deja pendientes el
 2   oficio UAI-CONCEJO-070-2018, enviado por el señor Lic. Gledys Delgado
 3   Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación a remisión de
 4   Pronunciamiento tanto de la Contraloría General de la República como la
 5   Procuraduría General de la República, sobre el pago del salario escolar en la
 6   Municipalidad de la Cruz, ya que será objeto de consultas legales,
 7   investigaciones, aclaraciones y así tener claro una determinación concreta, y
 8   una vez realizado esto, si se tiene claro, se conocerá en la sesión
 9   extraordinaria del 17 de julio del 2018, en con junto con funcionario municipales
10   de la Cruz, caso contrario se le concede más tiempo de análisis. ACUERDO
11   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE
12   DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
13   Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas
14   Cháves: regidor suplente en ejercicio.
15   2.- Se conoce oficio DGJM-CG-007-2018, firmado por el Lic. Carlos Guevara
16   Torres, Gestor Jurídico Municipal, en el cual, remite proyecto de Reglamento
17   para otorgar ayudas temporales y subvenciones de conformidad con el artículo
18   62 del Código Municipal, siendo el siguiente:

19         PROYECTO DE REGLAMENTO PARA AYUDAS TEMPORALES Y
20   SUBVENCIONES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 62 DEL CODIGO
21                                      MUNICIPAL.
22                                   CONSIDERANDO
23
24   1.- El artículo 169 de la Constitución Política y el literal 3 del Código Municipal,
25   establecen que compete a la Administración Municipal velar por los intereses y
26   servicios locales, concepto en el cual se encuentra inmersa la situación socio-
27   económica de sus munícipes y de las organizaciones de bienestar social que la
28   conforman.
                                                                                      8


 1   II.- Que el artículo 62 del Código Municipal establece que las municipalidades
 2   podrán otorgar ayudas temporales a vecinos y vecinos del cantón que
 3   enfrenten situaciones, debidamente comprobadas, de desgracia o infortunio.
 4   También, podrán subvencionar centros de educación pública, organizaciones
 5   de beneficencia o servicio social que presten servicios al cantón respectivo;
 6   además, las municipalidades podrán otorgar becas de estudio a sus munícipes
 7   de escasos recursos y con capacidad probada para estudiar.
 8   III.- Cada Municipalidad emitirá el reglamento para regular lo anterior
 9                                      CAPITULO I
10                               Disposiciones generales
11   Artículo 1°- De conformidad con lo establecido en el párrafo tercero del artículo
12   62 del Código Municipal, la Municipalidad de La Cruz podrá otorgar ayudas
13   temporales a los vecinos del cantón que enfrenten situaciones debidamente
14   comprobadas de desgracia o infortunio. También concederá subvenciones a
15   los centros de educación pública del cantón y a las organizaciones de
16   beneficencia o servicio social que prestan servicios dentro del territorio del
17   cantón de La Cruz.
18   Artículo 2°- Para otorgar esta clase de beneficios, la Municipalidad de La Cruz
19   presupuestará anualmente los recursos necesarios.
20                                     CAPITULO II
21                De las ayudas por situaciones de desgracia o infortunio
22   Artículo 3°- La Municipalidad de La Cruz otorgará ayudas temporales a los
23   vecinos del cantón que enfrenten situaciones debidamente comprobadas de
24   desgracia o infortunio, para lo cual deberá de disponer anualmente del
25   contenido presupuestario destinado para cubrir este rubro.
26   Artículo 4°- Para efectos de este reglamento, se define la desgracia o el
27   infortunio    como   aquellos   acontecimientos   inesperados    que      amenazan
28   gravemente la integridad física y emocional de una persona o núcleo familiar,
29   como los provocados por los hechos de la naturaleza tales como terremotos,
30   huracanes, tornados, terraplenes, inundaciones, derrumbes e incendios no
                                                                                        9


1    intencionados; o bien por hechos derivados de condiciones socioeconómica
2    patológicas, como muerte, enfermedad crónica, miseria extrema o indigencia y
3    desempleo, que afecte directamente a la persona o la familia solicitante.
4    Artículo 5°- La Municipalidad de La Cruz, para poder otorgar una ayuda de
5    estas, deberá tener por debidamente demostrado, en los términos definidos en
6    el artículo anterior la situación de desgracia o infortunio. Lo anterior se realizará
7    a través del Estudio Técnico respectivo a juicio del Área Social de esta
8    Municipalidad, quien previa investigación, elaborará el informe respectivo, junto
9    con su recomendación final. En lo que corresponda, las demás Áreas que
10   conforman esta Municipalidad quedaran en la ineludible obligación de brindar
11   asistencia técnica pertinente cuando corresponda.
12   Artículo 6°- Las ayudas que brinde la Municipalidad serán destinadas, única y
13   exclusivamente, a solventar las necesidades socioeconómicas, alimentarias, de
14   vivienda, salud, o cualquier otra calamidad que afronten los vecinos del cantón,
15   según la situación de desgracia o infortunio a que se refiere el Artículo 4
16   anterior.
17   Artículo 7°- Las ayudas serán autorizadas por el Alcalde Municipal de esta
18   Municipalidad, hasta por un monto de tres salarios base de la clase de puesto
19   de Oficinista 1 con que cuenta la Administración Pública, Todo de conformidad
20   al artículo 2° de la Ley N° 7737, del 5 de mayo de 1993, y sus reformas; con
21   base en la recomendación del Estudio Técnico, definido en el Artículo 5°
22   anterior. Cuando el Estudio Técnico se determine, que la ayuda debe consistir
23   en un aporte mayor a tres salarios, se requerirá la aprobación del Concejo
24   Municipal.
25   Artículo 8°- El sujeto privado que desee optar por una ayuda temporal o
26   subvención por parte de la Municipalidad de La Cruz deberá presentar en la
27   plataforma de servicios de la municipalidad una nota dirigida a la Alcaldía
28   Municipal, indicando lo siguiente:
29   -Nombre completo
30   -Número de cédula
                                                                                    10


1    -Dirección
2    -Números de teléfono
3    -Correo electrónico (si lo tiene)
4    -Descripción de la situación que le motiva a solicitar la ayuda o subvención
5    -Requerimiento específico
6    -En el caso de las personas jurídicas deberán aportar copia de la personería
7    vigente
8
9    Artículo 9°- La Administración dispondrá de un plazo de ocho días hábiles,
10   prorrogables por un plazo igual en casos muy calificados, a juicio del
11   departamento de Gestión Social de esta Municipalidad, para la emisión de la
12   recomendación final.
13   Artículo 10°- Podrán ser beneficiadas con una ayuda temporal aquel o los
14   sujetos privados que sufran de una de situación de infortunio o desastre, que
15   realicen la solicitud según se establece en el Artículo 8º, y que cumplan con las
16   siguientes condiciones:
17   a) Ser vecino del Cantón con residencia debidamente comprobada. Entre las
18   pruebas idóneas para demostrar la residencia, se encuentran: inscripción como
19   votante en el Cantón; matrícula estudiantil en alguno de los centros educativos
20   del Cantón o inscripción de ser paciente de los EBAIS asentados en el Cantón,
21   contrato de arrendamiento, recibos de servicios públicos, o cualquier otro
22   documento idóneo que lo compruebe.
23   b) Ser costarricense o extranjero con documentos vigentes.
24   c) Demostrar que pertenece a una familia de escasos recursos económicos, en
25   los términos establecidos en los límites de pobreza o pobreza extrema,
26   establecidos por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
27   d) Que la situación de desgracia o infortunio haya sucedido en un periodo no
28   mayor a los 8 días naturales.
29   e) Aportar hoja de delincuencia extendida por el Poder Judicial con una
30   antigüedad no mayor a 15 días.
                                                                                     11


1    f) No disfrutar en ese momento de algún subsidio de una institución o grupo de
2    beneficencia o bienestar social, para atender el mismo hecho.
3    g) No haber recibido ayuda de parte de la Municipalidad por la misma situación,
4    durante los últimos veinticuatro meses.
5    h) En caso de requerir materiales constructivos, la propiedad donde se
6    utilizarán deberá estar ubicada en un predio apto para la construcción según
7    los lineamientos del plan regulador municipal, el comité cantonal de
8    emergencias y/o zonas de protección.
9    Artículo 11°- Para otorgar la ayuda, la Municipalidad se reserva el derecho de
10   aplicar las pruebas que permitan determinar la necesidad real del solicitante y
11   para justificar debidamente su estado de desgracia o infortunio. Para tal fin,
12   hará las visitas pertinentes al hogar, entrevistará a los miembros de la familia, a
13   otros vecinos, y en general, usará las técnicas de investigación social de uso
14   cotidiano en la rama del Trabajo Social y de la Comisión Nacional de
15   Emergencias.
16   Artículo 12.- Si en alguna oportunidad se determina que el (la) interesado(a)
17   hubiese suministrado datos falsos con el fin de obtener el beneficio,
18   automáticamente será anulado todo el trámite y así quedará constando en el
19   respectivo expediente. Dicha persona, y su familia (su núcleo familiar directo),
20   quedarán imposibilitados para tramitar gestiones posteriores a efecto de
21   obtener ayuda por parte de la Municipalidad de La Cruz por dos años, así como
22   realizar todas las demás acciones civiles y penales que puedan caber para el
23   caso en particular.
24   Artículo 13°- En caso de que un acontecimiento afecte a varias familias del
25   cantón, la Municipalidad ayudará a tantos vecinos como lo permitan los
26   recursos disponibles, y ejercerá las acciones que estén a su alcance ante las
27   Instituciones del Estado, así como entidades o empresas privadas, a fin de
28   solventar de la mejor manera posible el problema de sus habitantes.
29   Artículo 14°- Es obligación del beneficiario (a) emplear los recursos para el fin
30   que le fueron concedidos. Para tales efectos la Alcaldía, dependiendo del tipo
                                                                                    12


1    de ayuda, podrá solicitar la realización de inspecciones y verificaciones del uso
2    de los recursos dados por la Municipalidad, dejando constancia mediante un
3    acta que será incluida en el expediente respectivo. Por ser un asunto de mera
4    constatación, en caso de que se determine la desviación o uso inadecuado de
5    los recursos otorgados, se seguirá el procedimiento sumario de la Ley General
6    de la Administración Pública, pudiendo la Alcaldía ordenar la suspensión
7    inmediata de la ayuda, hasta concluir la investigación y consecuente emisión
8    del acto final. En caso de comprobarse alguna desviación en el uso de las
9    ayudas por parte de algún beneficiario, será anotado en control de ayudas
10   concedidas y quedará descalificado para futuras ayudas, lo cual se hará
11   constar en su expediente.
12   Artículo 15°- Las ayudas que concederá la Municipalidad de La Cruz, podrán
13   ser en dinero, en materiales o en víveres, según la recomendación que brinde
14   el área Social de esta Municipalidad.
15   Artículo 16°. Cuando se trate de obras de construcción, se girarán los recursos
16   hasta que se cuente con el permiso de construcción. De ser necesario, la
17   Municipalidad girará el monto requerido para la formalización de los trámites
18   del permiso de construcción.
19                                     CAPITULO III
20    De las subvenciones a Centros Educativos Públicos y a Organizaciones
21                         de beneficencia o Bienestar Social
22   Artículo 17°- Podrán ser beneficiadas con una subvención (fondos públicos),
23   aquellos Centros Educativos Públicos del Cantón y las organizaciones de
24   beneficencia o servicio social, que realicen la solicitud según se establece en el
25   Artículo 8º de este reglamento, y que cumplan con las siguientes condiciones:
26   a.- Estar debidamente inscritos en el registro respectivo, para tal fin se debe
27   aportar la certificación correspondiente, excepto los Centros Educativos.
28   b.-Tener su personería jurídica al día y así aportarla.
29   c.-Mantener los libros legales al día y en orden.
                                                                                     13


1    d) Tener más de dos años de inscrita como persona jurídica, con excepción de
2    los Centros Educativos.
3    e) Estar desarrollando proyectos con beneficio social en el cantón, exceptos los
4    Centros Educativos Públicos
5    f) Contar con la calificación de idoneidad para la administración de fondos
6    públicos.
7    Artículo 18°- Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, la solicitud de
8    subvención, en efectivo u otros recursos, cuando se pretenda que sea incluida
9    en el Presupuesto Ordinario del año siguiente, deberá ser presentado por el
10   Centro Educativo o la Organización, en plataforma municipal de servicios,
11   dirigida a la Alcaldía Municipal, durante los primeros días del mes de julio. En
12   esa solicitud se debe de explicar, en forma clara y precisa el objeto y fines para
13   los que se requiere la subvención, indicando detalladamente el plan de
14   inversión, presupuesto requerido y el aporte que hará la entidad solicitante.
15   Para tal fin se tomará en cuenta lo dispuesto en el artículo 5° del presente
16   Reglamento en lo que resulte aplicable.
17   Artículo 19°- Fuera del plazo establecido en el artículo anterior, la Alcaldía
18   Municipal podrá en casos calificados, recomendar subvenciones para que sean
19   consideradas por el Concejo Municipal, en Presupuestos extraordinarios o en
20   Modificaciones presupuestarias, según las posibilidades financieras de la
21   Municipalidad.
22   Artículo 20°- Cuando se trate de obras de construcción, se girarán los recursos
23   hasta que se cuente con el permiso respectivo.
24   Artículo 21°- El monto de la subvención que la Municipalidad Transferirá a cada
25   uno de los Centros educativos u organizaciones solicitantes será aprobada por
26   el Concejo Municipal, mediante el trámite presupuestario que corresponda.
27   Artículo 22°.- El beneficiario de una subvención deberá presentar a la
28   Municipalidad, los informes sobre el cumplimiento de los objetivos y fines para
29   los que se giró la subvención, así como la respectiva liquidación de gastos. En
                                                                                  14


1    lo    que corresponda, las demás Áreas quedan en la ineludible obligación de
2    brindar la asistencia técnica pertinente.
3    Artículo 23°- La Municipalidad de La Cruz, cuando lo considere pertinente,
4    podrá requerir a través de sus diversas áreas a los Centros educativos y a las
5    organizaciones de beneficencia o de bien social, que les haya otorgado una
6    subvención los libros contables y los demás informes que estime necesarios y
7    podrá efectuar cualquier tipo de inspecciones, con el fin de fiscalizar que los
8    fondos o recursos transferidos se apliquen a los fines propuestos.
9
10   Artículo 24°- Rige a partir de su publicación.
11
12   El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario dice que lo leyó en un 70%
13   y lo vio aceptable, más bien ojalá que se pudiera aprobar es un instrumento
14   para ayudar a las personas que tienen necesidades, de su parte está de
15   acuerdo y precisamente uno de los puntos importantes es que la Municipalidad
16   va a ayudar en pos de los recursos disponibles, se hará con la trabajadora
17   social, con un estudio social, no como lo que dejo el Huracán Otto, o Nate,
18   como se dice solo en infortunios, casos especiales y en los otros casos se
19   involucra a otras Instituciones. Solo en cuestión de orden. Hay 2 artículos 12 y
20   13 que se corrija y se corra la numeración.

21   Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico Propietario distrito Santa Elena, les dice
22   que está de acuerdo, pero hay que tener cuidado habla de infortunios, por
23   ejemplo lo que se dio en Cuajiniquil, era una gran cantidad de gente con
24   necesidades, que haría el alcalde con 700 personas damnificadas, pidiendo en
25   la Municipalidad, habla de desastres e infortunios comprobados, lo veo muy
26   abierto, si así lo vamos a tirar al alcalde se le haría un bochinche que no es
27   jugando.

28   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice lo leí, es
29   muy sencillo, y se puede aplicar, no podemos irnos a los extremos, en casos
                                                                                       15


1    como desastres hay otras Instituciones que les compete como la Comisión
2    Nacional de emergencias, el IMAS, y otras, esos son casos especiales, que se
3    le murió un familiar a la familia pobre y se le da para la caja, parta el sepelio, es
4    accesible el reglamento, y ayudar a las personas en casos especiales.

5    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que el
6    reglamento es para casos especiales, como por ejemplo en Santa Cecilia se
7    inundaron casas, se puede ayudar de acuerdo al presupuesto que exista., así
8    que somete a votación, levante la mano los que estén de acuerdo, que sea
9    definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión, que se
10   lleve a cabo el proceso como publicación en el Diario Oficial La Gaceta,

11   Audiencia pública y ratificación que proveeduría lleve a cabo ese
12   procedimiento.

13   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

14   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba el
15   Proyecto Reglamento para Otorgar Ayudas Temporales y subvenciones de
16   conformidad con el artículo 62 del Código Municipal”(se adjunta), para la
17   Municipalidad de la Cruz Guanacaste, es un instrumento importante, de
18   prioridad, necesidad en beneficio de los pobladores del Cantón de la Cruz,
19   publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, en el cual se somete a audiencia
20   pública por 10 días hábiles para escuchar objeciones, y al no haber objeciones
21   se publique su aprobación definitiva y rige a partir de su publicación, esto por
22   parte del Departamento de Proveeduría Municipal de la Cruz. ACUERDO
23   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE
24   DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
25   Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas
26   Cháves: regidor suplente en ejercicio.
27   3.- Se conoce documento, firmado por el señor Gonzalo Martínez Hernández,
28   Operador de maquinaria pesada Municipal, de fecha 28 de mayo del 2018, en
                                                                                    16


1    el cual solicita ya que laboró por servicios especiales del 24 de octubre del
2    2007 y hasta el 22 de octubre del 2010, en base al criterio brindado por el
3    Departamento legal indica que al sustento legal para el reconocimiento del
4    pago de salario escolar a los funcionarios de la Municipalidad de La Cruz,
5    deviene de la Convención Colectiva a partir del año 1994, es un derecho
6    subjetivo adquirido por los funcionarios que es un componente salarial, por lo
7    que solicita se le conceda el pago retroactivo del salario escolar del año 2007 al
8    2010.

9    El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice, que se
10   remita ante la Comisión de Asuntos Jurídicos, para estudio, análisis y dictamen
11   y así tomar la resolución que corresponda, pero que se averigüen si se hicieron
12   los rebajos o retenciones, que se compruebe con las planillas de pago de lo
13   que está reclamando.

14   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete a
15   votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se remita a la
16   Comisión de Asuntos Jurídicos, parta estudio, análisis y dictamen y así tomar la
17   resolución que corresponda, que sea definitivamente aprobado, firme y se
18   dispensa de trámite de comisión

19   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

20   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
21   Comisión de Asuntos Jurídicos el documento firmado por el señor Gonzalo
22   Martínez Hernández, Operador de maquinaria pesada de la Municipalidad de
23   La Cruz, donde solicita se le reconozca el pago del salario escolar, ya que
24   laboró por servicios especiales del 24 de octubre del 2007 al 22 de octubre del
25   2010, para que esta honorable comisión proceda a estudiar y analizar y así
26   tomar   la   resolución   correspondiente.    ACUERDO        DEFINITIVAMENTE
27   APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con
28   4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
                                                                                 17


 1   Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente
 2   en ejercicio.

3    4.- Se conoce oficio DGJM-CG-019-2018, firmado por el Lic. Carlos Guevara
4    Torres, Gestor Jurídico Municipal, en el cual da respuesta al acuerdo municipal
5    #2-13 de la sesión Ordinaria #24-2018, del día 21 de junio del año 2018,
6    correspondiente al análisis del proyecto de Ley, Expediente N° 20,207 “Adición
7    de los Artículos 196 BIS, 196 TER, 196 QUARTER de la Ley General de Salud
8    N° 5395 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”.
9    Una vez analizados los artículos a adicionar a la Ley General de Salud N° 5395
10   del 30 de octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”, y
11   conociendo el interés que tiene ésta administración, de contribuir con las
12   comunidades de bajos recursos, además que la participación de la
13   Municipalidad es meramente de carácter voluntario, el suscrito no observa la
14   necesidad de presentar objeciones a éste Proyectos, mediante el cual se libera
15   a las compañías de responsabilidad sobre la comida donada.
16
17   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete
18   a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se apruebe el
19   criterio que sea positivo de ese proyecto de ley enviado por el gestor Jurídico
20   Municipal, Lic. Guevara, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa
21   de trámite de comisión

22   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
23
24   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda criterio
25   positivo al proyecto de Ley, Expediente N° 20.207 “Adición de los Artículos 196
26   BIS, 196 TER, 196 QUARTER de la Ley General de Salud N° 5395 del 30 de
27   octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”, ante la Comisión
28   Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia de la Asamblea
29   Legislativa. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE
                                                                                  18


1    DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca Casares
2    Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José
3    Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
4
5    5.- Se conoce documento, firmado por el MSC. Roger Vásquez Picado, Director
6    Colegio Nocturno de La Cruz y el señor Berny Muñoz Porras, Supervisor, de
7    fecha 19 de junio del 2018, en el cual remite la propuesta de ternas para la
8    conformación de la nueva Junta de Administrativa del Colegio Nocturno de La
9    Cruz para su nombramiento y Juramentación ante el Concejo Municipal, en
10   reposición de las señoras Teresita Mata Jara, cédula de identidad N° 9-0044-
11   0137 y la señorita Leda María Lara Lara, cédula de identidad N°5-0372-0660,
12   quienes renuncian a sus respectivos cargos. (adjunta cartas de renuncia).
13   Terna N°1
14   María Magdalena Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 155800923505
15   Inés de Los Ángeles Porras Medina, Cédula de identidad 5-0354-0623
16   Natalia Zamora Briceño, cédula de identidad 5-0409-0603
17   Terna N°2
18   Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad 5-0325-0166
19   José Elías González Martínez, cédula de identidad 5-0409-0232
20   Jeilyn Karina Martínez Umaña, cédula de identidad 5-0408-0402
21   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete a
22   votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se apruebe el
23   nombramiento de estos 2 miembros de la Junta Administrativa del Colegio
24   Nocturno de la Cruz, los que ocupan los primeros lugares, que se autorice al
25   señor alcalde municipal, para la debida juramentación, criterio que sea positivo
26   de ese proyecto de ley enviado por el gestor Jurídico Municipal, Lic. Guevara,
27   que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión

28   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
                                                                                 19


1    ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, nombra a las
2    señoras: María Magdalena Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad
3    N°155800923505 y Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad N°5-
4    0325-0166, vecinas de la comunidad de La Cruz, Guanacaste, como miembros
5    de la Junta Administrativa del Colegio Nocturno de La Cruz, jurisdicción del
6    Cantón de La Cruz, Guanacaste, en sustitución de las señoras: Teresita Mata
7    Jara, cédula de identidad N° 9-0044-0137 y la señorita Leda María Lara Lara,
8    cédula de identidad N°5-0372-0660, quienes renuncian a sus respectivos
9    cargos, por lo que se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde
10   Municipal   de   La   Cruz,   para   la   debida   juramentación.   ACUERDO
11   DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE
12   DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
13   Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chávez,
14   regidor suplente en ejercicio.
15   6.- Se conoce documento, firmado por el señor Supervisor de circuito
16   educativo, cual en el cual remite la propuesta de ternas para la conformación
17   de la nueva Junta de Educación de la Escuela San Pablo(un miembro) para su
18   nombramiento y Juramentación ante el Concejo Municipal, esperando se
19   nombre al que ocupa el primer lugar de la terna.
20   Terna N°1
21   Lorenzo Peña Martínez, cédula de identidad 5-0304-0337
22   Junior Alexander Núñez Acuña, cédula de identidad 8-0117-0991
23   Alfonso Sánchez Hernández, cédula de identidad 5-0341-0967
24   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los señores regidores, una
25   vez sometido a votación de parte de la señora Presidente Municipal, definitiva,
26   firme y se dispensa de trámite de comisión.
27   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, nombra al señor:
28   Lorenzo Peña Martínez, cédula de identidad N° 5-0304-0337, vecino de la
29   comunidad de San Pablo de Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, como
30   miembros de la Junta de Educación de la Escuela de San Pablo de Santa
                                                                                   20


 1   Cecilia, jurisdicción del cantón de La Cruz, Guanacaste, por lo que se autoriza
 2   al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la
 3   debida juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y
 4   SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca
 5   Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y
 6   José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
 7
8    7.- Se conoce oficio DIR-LC-040-2018, firmado por el Lic. José Danilo
9    González Espinoza, Director Liceo de Cuajiniquil y el señor Miguel Ángel
10   Centeno Ampie, Presidente de la Junta Administrativa, en el cual brindan un
11   agradecimiento por la colaboración en el zanjeo de 900 metros aproximados al
12   lote del Colegio, para meter la tubería para el agua potable, donde se construye
13   las instalaciones del Colegio.
14   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los señores regidores.
15   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.
16   8.- Se conoce escrito firmado por el señor Wilberth Luz Lara Carmona, Fiscal
17   Fiestas Cívicas Populares La Cruz 2018, de fecha 04 de julio del 2018, en el
18   cual expone un informe sobre posibles irregularidades por parte de la Comisión
19   de las Fiestas Cívicas La Cruz 2018 durante la realización de las respectivas
20   actividades; y menciona algunas sugerencias con relación a las instalaciones
21   en general del Campo Ferial de La Cruz, Guanacaste.
22   El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario dice que es un informe
23   muy amplio, habla del tema de las contrataciones que no fueron las mejores, es
24   un tema muy delicado, que había monopolio, debe ser transparente, lo otro es
25   que toda la crítica constructiva es atinada, lo que dice Wilberth Lara es cierto,
26   todo lo que tiene que invertir unan organización en una Fiesta Cívica, o feria
27   rodeo, genera costos y lo mejor es que sae le den las condiciones a las
28   comisiones, que se hagan inversiones en el campo ferial es bueno, que se
29   tome en cuenta con el tema del agua.
                                                                                  21


1    Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia dice que es
2    atinado lo que dice Wilberth Lara, creí que era Gledys el auditor, buenas
3    apreciaciones y recomendaciones, con el propósito de dar buenas ideas, que
4    no sea solo aquí sino en los demás distritos y no hacer esos gastos
5    innecesarios, porque ahorita al final los resultados son negativos, que se tomen
6    en cuenta las apreciaciones de Wilberth Lara.
7    Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena les dice
8    Wilberth se tomó la decisión de hacer algo q1ue nunca lo ha hecho un fiscal de
9    una Comisión den Fiestas, , hay dos cosas, una que lo de las mejoras se le
10   envíe a la Administración y lo motro es una denuncia, es delicado, y él
11   descarga su responsabilidad, dice que la última sesión q1ue hicieron fue en
12   abril cuando ni siquiera habían empezado las Fiestas, se debería abrir un
13   órgano investigador, así como felicita a funcionarios por su colaboración, hay
14   funcionarios   que   no,   son   recursos   públicos   y   deben   asumir    las
15   responsabilidades.
16   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que considera
17   que son puntos atinados, delicados, recomendaciones que hay que poner
18   atención propone que se remita al alcalde Municipal, para que lo analice,
19   estudie legalmente y brinde un dictamen a la brevedad posible, que sea
20   definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión

21   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
22
23   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
24   señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, el
25   documento firmado por el señor Wilberth Luz Lara Carmona, cédula de
26   identidad N°5-0165-0780, Fiscal de las Fiesta Cívicas de La Cruz 2018, en el
27   cual expone un informe sobre posibles irregularidades por parte de la Comisión
28   de las Fiestas Cívicas La Cruz 2018 durante la realización de las respectivas
29   actividades; y menciona algunas sugerencias con relación a las instalaciones
                                                                                   22


1    en general del Campo Ferial de La Cruz, Guanacaste. Para que su persona
2    estudie, analice y brinde un dictamen en dicha situación. ACUERDO
3    DEFINITIVAMENTE APROBADO Y FIRME, con 4 a favor: Blanca Casares
4    Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José
5    Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio.
6    9.- Se conoce documento, firmado por la Lic. Karina Vega Sandino,
7    Organizadora XX Juegos Deportivos Estudiantiles Centroamericanos Nivel
8    Secundaria y Lic. Rodolfo Angulo Espinoza, Director Liceo de Santa Cecilia, de
9    fecha 29 de junio del 2018, en el cual solicitan ayuda económica para solventar
10   los gastos de los estudiantes Josep Fabricio Parrales Guzmán de la comunidad
11   de San Vicente y David Abraham Cruz Espinoza de Los Corrales Negros, ya
12   que fueron seleccionados por el ICODER para formar parte de la delegación
13   que representará a Costa Rica en los XX Juegos Deportivos Estudiantiles
14   Centroamericanos de Nivel Secundaria (nacidos 2001-2003), del 14 al 20 de
15   setiembre del 2018, en Ciudad Panamá. Dichos estudiantes, son jóvenes de
16   escasos recursos.
17   La señora Blanca casares Fajardo, presidente Municipal dice que es un S.O.S.,
18   son 2 estudiantes de Santa Cecilia, escogidos para formar parte de la selección
19   nacional, representarán Santa Cecilia, La cruz y el país, así que hay que
20   ayudarles.
21   Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia dice que ese
22   SOS hay que tomarlo muy en serio, a nivel del deporte y darle cobertura al
23   deportista y no se le da seguimiento al deportista como en Santa Cecilia uno de
24   apellido Portillo, representa al Santa Cecilia, al Cantón, no se le da apoyo, por
25   su cuenta participa es doloroso no ayudar, representan nuestra tierras y hace
26   un llamado que hay que ayudarles.
27   El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta de acuerdo
28   con todo lo que dice don Reynaldo, hay que buscar el mecanismo, el artículo
29   170, párrafo segundo del Código Municipal es muy claro, donde el Comité
30   Cantonal de Deportes y Recreación de la Cruz, debe estar adscrito al ICODER,
                                                                                 23


1    y con esa nota del ICODER, está avalado dicho Comité de Deportes para
2    proceder a ayudarles a estos muchachos y darle el apoyo necesario.
3    La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a
4    votación que levanten la mano los que están de acuerdo que se le remita esta
5    nota al Comité Cantonal de Deportes y recreación de la Cruz, para que le
6    brinden la ayuda a estos muchachos, que sea acuerdo definitivamente
7    aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión.
8    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
 9   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
10   Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, el documento firmado
11   por la señora Licda. Karina Vega Sandino, Organizadora de Eventos
12   Deportivos del Liceo de Santa Cecilia y el señor Lic. Rodolfo Angulo Espinoza,
13   Director del Liceo de Santa Cecilia, donde solicitan ayuda económica para
14   solventar los gastos de los estudiantes Josep Fabricio Parrales Guzmán de la
15   comunidad de San Vicente y David Abraham Cruz Espinoza de Los Corrales
16   Negros, ya que fueron seleccionados por el ICODER para formar parte de la
17   delegación que representará a Costa Rica en los XX Juegos Deportivos
18   Estudiantiles Centroamericanos de Nivel Secundaria (nacidos 2001-2003), del
19   14 al 20 de setiembre del 2018, en Ciudad Panamá. Dichos estudiantes, son
20   jóvenes de escasos recursos, por lo que recurrimos a ustedes para que
21   procedan a brindar la colaboración respectiva. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
22   APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 4 a
23   favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
24   Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en
25   ejercicio.
26
27   10.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C053-18, firmado Por la Licda. Ana Catalina
28   Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La Cruz, de fecha 03 de julio
29   del 2018, en el cual de acuerdo a estudio y análisis de la morosidad reflejada,
30   por esta municipalidad, al cierre del 31 de diciembre del año 2016, nos ha
                                                                                       24


1    arrojado la información de que se había presupuestado erróneamente, el rubro
2    del cobro por concepto del servicio de mantenimiento parques y obras de
3    ornato, a sabiendas que el mismo no se estaba cobrando, por lo que ha
4    generado, un aumento en la morosidad, alterando la realidad de la misma, y
5    por consiguiente generando datos ajenos a la realidad, lo cual hago de su
6    conocimiento y al mismo tiempo les solicito tomen un Acuerdo, para la
7    eliminación del mismo, basado en la siguiente información:
8
9    1-Que el día martes 16 de octubre del 2012 en el Diario Oficial La Gaceta N°
10   199, se Publica el Acuerdo N° 3-1 de la Sesión Ordinaria N° 34-2012, del día
11   27 de setiembre del 2012, correspondiente a la recalificación, actualización y
12   aprobación de las tarifas por servicios municipales que presta La Municipalidad
13   de La Cruz, por concepto de Mantenimiento de Parques.
14
15   2-Que según Acuerdo número 3-12 de la Sesión Ordinaria #35-2012, verificada
16   por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 04 de octubre del año
17   2012., se acuerda aprobar El Reglamento para el Cobro de la Tasa por
18   concepto de Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en los distritos donde
19   se brinde el servicio con el objeto de regular el cobro por el citado servicio.
20
21   3-Que según el Acuerdo número 2-4B de la Sesión Ordinaria # 07-2014,
22   verificada por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 27 de febrero del
23   año 2014., se aprueba que de forma inmediata se proceda a la suspensión del
24   cobro de Tasa por concepto de mantenimiento de Parques y Zonas verdes, en
25   el distrito donde se preste el servicio, debido a que el Reglamento que regulara
26   el cobro de este impuesto no había sido publicado tal y como lo exige el
27   artículo 43 del Código Municipal. Todo esto en vista de que la tasa de
28   mantenimiento de parques que se había estado cobrando carece de un
29   elemento de validez como lo es la debida publicación del Reglamento que la
                                                                                   25


1    ordene, resulta imperioso evitar seguir cobrándola hasta tanto se enderece el
2    procedimiento.
3
4    4-Que el día 12 de marzo del año 2014, en el Diario Oficial la Gaceta Nº 50, fue
5    publicada dicho Reglamento para el cobro de la tasa por concepto de
6    mantenimiento de parques y zonas verdes en los distritos donde se preste el
7    servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz.
8
9    5- Que según Acuerdo número 4-1 de la Sesión Ordinaria #09-2014, verificada
10   por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 13 de Marzo del año 2014.,
11   se aprueba que no se aplique el cobro de la Tasa por concepto de
12   Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en los distrito donde se preste el
13   servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz Guanacaste., hasta tanto el
14   parque no esté totalmente terminado y con los servicios que debe prestar.
15
16   6-Que según Acuerdo número 2-8 de la Sesión Ordinaria #15-2014, verificada
17   por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 15 de Mayo del año 2014.,
18   se aprueba la anulación parcial en lo que corresponde con la aprobación de la
19   tarifa de la tasa por concepto de Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en
20   los distrito donde se preste el servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz
21   Guanacaste, y se proceda a la elaboración de una nueva tasa para que la
22   misma empiece a regir en el cobro 30 días posteriores a la publicación en la
23   Gaceta, previa aprobación del Concejo Municipal.
24   7- Que según el Acuerdo número 2-11 de la Sesión Ordinaria # 02-2017,
25   verificada por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 12 de enero del
26   año 2017, el Concejo Municipal, acuerda proceder al cobro de la tasa del
27   0.00714% por el Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, según oficio N°
28   MLC-TRIB-C005-17, firmado por la Licda. Ana Catalina Tinoco, Encargada de
29   Gestión Tributaria, por cuanto el parque ya está construido en su primera
30   etapa, según lo certifica el Departamento Constructivo de La Municipalidad de
                                                                                 26


1    La Cruz, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y rige 30 días después de su
2    publicación, dejando sin efecto el acuerdo N° 4-1 de la sesión ordinaria N°
3    092014 del 13 de marzo del 2014 donde se aprobó la no aplicación de este
4    cobro por concepto de mantenimiento de parques y zonas verdes en los
5    distritos donde se preste el servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz
6    Guanacaste. Que el señor Alcalde Municipal dicte las directrices para que este
7    cobro se realice con el debido proceso legal.
8    8-Que el citado Acuerdo, Nº 2-11, de la sesión ordinaria Nº 02-2017, celebrada
9    el día 12 enero del año 2017, donde se acuerda proceder al cobro de la tasa
10   del 0.00714% por el Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, fue publicado
11   en el Diario Oficial La Gaceta número 51, de fecha 13 de marzo del año 2017,
12   página 66., mismo cobro que empezó a regir 30 días después de su
13   publicación., es decir, en el mes de Abril año 2017 hacia adelante.
14
15         Por todo lo anterior, esta servidora le solicita al Honorable Concejo
16   Municipal, tomar un Acuerdo,       donde se elimine el monto pendiente de
17   morosidad registrado hasta el día 31 de diciembre del año 2016, por concepto
18   del cobro del Servicio de Mantenimiento de parques, código de ingreso
19   1.3.1.2.05.04.3.0.000., el cual asciende a la suma de ₡ 33,759,769.91, el cual
20   fue generado por haber incluido en el Presupuesto Ordinario para el ejercicio
21   económico comprendido entre los años 2014, 2015 y 2016., el cual por orden
22   del Concejo Municipal, desde la fecha 27 de febrero del año 2014, según
23   Acuerdo número 2-4B de la Sesión Ordinaria # 07-2014, había ordenado la
24   suspensión del cobro de la Tasa por concepto de Mantenimiento de Parques y
25   Zonas verdes y desde entonces quedo sin efecto la recaudación del mismo,
26   durante esos periodos. Siendo así, y según la Ley, este cobro no tiene efecto
27   retroactivo por lo tanto la morosidad antes mencionada no tiene sustento
28   jurídico para su recuperación.
29
                                                                                   27


1    El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice, el artículo 91 del
2    Código Municipal habla sobre la presentación del presupuesto, esto no estar
3    pasando en la Contraloría General de la República, de ahí proviene la
4    calificación sobre la recaudación y con esa morosidad da la puntuación, no sé
5    qué impactante será en el índice de la Contraloría, considero que esto no se
6    debe dar, porqué hasta ahora, porque no se cobró, como el cobro del
7    cementerio debería de incluirse en el mismo cobro de los demás servicios,
8    tasas e impuestos, uno piensa que está al día, cuando le dicen que está
9    atrasado en el pago del cementerio, así debió hacerse con este cobro, y eso no
10   existe, y con este caso específico debió haberse dado una mayor vigilancia,
11   aquí no se dan más plazas para limpieza porque el cobro del servicio no da a
12   mayor control, mayor recaudación, no hay eficiencia y ahora 2 años después se
13   viene pidiendo sacar esa morosidad, la llamada de atención para la
14   Administración que deben rendir cuentas los departamentos.
15
16   Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que lo
17   entiende desde otro punto de vista, ella dice que eso se viene sumando cierta
18   cantidad de dinero sin recaudación, porque se cobraba sin estar construido
19   completamente el parque, o terminado, eso vino a dar la morosidad, se cobró
20   plata que no se debería cobrar, y esa morosidad es más de treinta millones de
21   colones, y no se va a recuperar porque no se puede cobrar y pide que se
22   elimine esa porosidad.
23
24   El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal les dice
25   efectivamente cuando se hizo el cobro el parque no estaba terminado, ni
26   publicado el Reglamento, ella pide que se elimine porque no hay asidero legal
27   para cobrarlo y que no entre en el pendiente de cobro.
28   El señor José Reynaldo Fernández vega síndico suplente, distrito de santa
29   Cecilia les dice hay dinero que no se debía cobrar y se está cobrando y hay
30   dinero que se debe cobrar y no se está cobrando, por ejemplo en Santa Cecilia
                                                                                28


1    la gente saca la basura a la calle y no paga impuesto, porque el recolector no
2    entra, pero si la recoge, y no pagan un cinco por recolección de basura, hay
3    que ordenarse señores, eso no puede seguir así.
4    El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice, que ese
5    sentimiento de lo que estamos haciendo, desde hace 2 años que está esa
6    morosidad y hasta ahora nos damos cuenta, cómo es posible, la Ley General
7    de la Administración Pública dice que se pueden enmendar los errores, la
8    administración Tributaria(la Municipalidad), no puede estar haciendo esto, no
9    me cabe que tenemos gestores jurídicos, Departamento de Cobros y porqué
10   hasta ahora piden eso, es la llamada de atención, que hasta ahora se venga
11   diciendo que no debe existir esa morosidad.
12
13   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a
14   votación que levanten la mano los que están de acuerdo que se le elimine esa
15   morosidad, basado en que no se cobró, ni se puede cobrar porque el servicio
16   no se prestó, que sea acuerdo definitivamente aprobado, firme y se dispensa
17   de trámite de comisión.
18
19   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
20
21   ACUERDAN:
22   Por Unanimidad ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste,
23   aprueba que se elimine el monto pendiente de morosidad registrado hasta el 31
24   de diciembre del año 2016, por concepto del cobro del servicio de
25   mantenimiento de parques, código de ingreso 1.3.1.2.05.04.3.0.0000, el cual
26   asciende a la suma de ¢ 33,759,769,91, el cual fue generado por haber incluido
27   en el Presupuesto Ordinario para el ejercicio económico comprendido entre los
28   años 2014, 2015 y 2016, y que por orden del Concejo Municipal desde la fecha
29   27 de febrero del año 2014, según acuerdo N° 2-4B de la Sesión Ordinaria N°
30   07-2014, aprobó la suspensión del cobro de la Tasa por concepto de
                                                                                  29


1    Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, lo cual desde esa fecha quedó sin
2    efecto la recaudación del mismo, durante esos periodos, por cuanto según la
3    Ley este cobro no tiene efecto retroactivo por lo tanto la morosidad antes
4    descrita,   no   tiene   sustento   legal   para   su   recuperación.   ACUERDO
5    DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE
6    DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
7    Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas
8    Cháves: regidor suplente en ejercicio.
9    11.- Se conoce documento, firmado por la señora Blanca Cásares Fajardo,
10   Presidenta Municipal de La Cruz, de fecha 05 de julio del 2018, en el cual
11   solicita nombrar a la señorita Ekaterina Granados Rocha, cédula de identidad
12   5-0403-0992, en sustitución del Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario
13   Municipal, ya que se acoge a las vacaciones desde el 09 de julio al 03 de
14   agosto del 2018 inclusive.
15   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que
16   recordemos que hay actas atrasadas porque el auditor no ha cerrado el libro, ni
17   ha hecho la apertura del nuevo y sellado de hojas sueltas.
18   El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, dice que todo quedará al día, todo
19   es que el señor auditor haga ese cierre, apertura y sellado de páginas sueltas y
20   se impregnan las actas pendientes.
21   Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario, recomienda que se hagan llegar
22   las actas vía correo con antelación y cuando se haga eso y viene acá las actas
23   nada más de aprobarlas.
24   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a
25   votación que levante la mano los que están de acuerdo que se nombre a la
26   compañera Ekaterina Granados Rocha, en sustitución del Lic. Carlos Miguel
27   Duarte Martínez, Secretario Municipal fijo, ya que se acoge a las vacaciones
28   desde el 09 de julio al 03 de agosto del 2018 inclusive, que sea definitivamente
29   aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión.
30   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
                                                                                 30


 1   ACUERDAN: Por Unanimidad ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz
 2   Guanacaste, nombra a la señora Ekaterina Granados Rocha, cédula de
 3   identidad N° 5-403-992, como Secretaria Municipal a.i., en reposición del señor
 4   Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal de la Cruz, durante el
 5   periodo del 09 de julio al 03 de agosto del 2018 inclusive, ya que el señor
 6   Duarte Martínez, gozará de sus vacaciones periodo 2017 - 2018. ACUERDO
 7   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE
 8   DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
 9   Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas
10   Cháves: regidor suplente en ejercicio.
11
12                               ARTICULO TERCERO
13                                     MOCIONES
14
15   1.- Se conoce Moción, firmada por los regidores que conforman la Comisión de
16   Zona Marítimo Terrestre Municipal, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José
17   Reynaldo Fernández Vega, en el cual dicen
18   Considerando
19   1.- Que la Playa Rajada es una de las más bellas del Cantón de La Cruz.
20   2.- Que diariamente es visitada por una gran cantidad de personas de todo el
21   país y principalmente por los habitantes de La Cruz.
22   3.- Que esta Playa no cuenta con las comodidades para los que la visitan: Falta
23   de un parqueo para vehículos, servicios sanitarios, agua potable, en otras
24   palabras no tiene un espacio cómodo para acampar.
25   4.- Que la parte existente en el Plan regular de zona restringida es una franja
26   muy angosta situada entre el límite de la zona pública y el estero.
27   5.- Que la Comisión de la Zona Marítima Terrestre preocupada por la situación
28   que se da en la Playa Rajada, ya que tiene una orden de no uso del Ministerio
29   de Salud.
30   Mocionan:
                                                                                  31


 1   Que el Concejo Municipal de La Cruz, declare a la Playa Rajada de Interés
 2   Público, y que se busquen todos los mecanismos legales para que la
 3   Municipalidad de La Cruz, pueda construir en el Franja restringida un espacio
 4   para parqueo de vehículos y el resto acondicionarla para zona de acampar.
 5   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que ese
 6   Plan Regulador fue presentado con el nombre de “ Punta manzanillo – Playa
 7   Rajada, entre los mojones Nº 159 y Nº 157, hubo audiencia pública, para
 8   hacerle las observaciones, entre la zona pública y el estero se piensa hacer un
 9   hotel, pero en una franja tan pequeña no se puede construir, donde van a
10   depositar los desechos o al estero o a la plaza, las aguas negras también, y lo
11   que se requiere es que en esa zona tan agosta lo mejor es construir un área de
12   acampar y parqueo para el pueblo cruceño y los visitantes, que sea del pueblo,
13   ya tenemos la vista lo que está pasando en Playa el Jobo con el Hotel solo
14   lamentos se escuchan de la gente, que no les dejan estar en la zona pública,
15   se adueñaron de esa zona, la tiene como privada, son los mismos dueños de la
16   rajadita y la Rajada, van a construir hoteles lo que menos dan al pueblo es
17   mano de obra y a costas del pueblo hacen eso, no podemos permitir privatizar
18   nuestras playas, tenemos que retar al pueblo y no permitir esto, que se
19   pronuncie, y la Municipalidad lo puede hacer y dar en arrendamiento esa área
20   de acampar y parqueo, inclusive en la audiencia hay un cometario de
21   representante de Estación para la Biodiversidad, ese es mi pensamiento con
22   esa playa y espero aprueben la moción.
23   Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta estoy de acuerdo con
24   el fin de la moción de la Comisión de la zona marítimo terrestre, recuerdo que
25   cuando se dio la audiencia de ese plan regulador yo fui, la vicealcaldesa
26   también, pero lo que nos hablan es de los IFAS que nadie entiende esos
27   términos, el Plan Regulador se aprobó a pasos de gigantes en la
28   administración anterior, el Concejo Municipal anterior lo aprobó, yo te puedo
29   invitar a mi casa, pero en mi casa yo digo lo que se debe hacer, el pueblo tiene
30   derecho, más bien se le debe cambiar la figura a la moción y sería más bien
                                                                                32


 1   revisar ese Plan Regulador, debemos hacer las cosas bien hechas, si el Plan
 2   Regulador dice que el uso de las áreas es para construcciones de alta o baja
 3   densidad, no podemos tomar otro acuerdo encima de otro, sin haber derogado
 4   y para eso hay que revisar el Plan Regulador, que quede claro estoy de
 5   acuerdo que sea del pueblo, pero como debe ser, si lo tomamos nace nulo.
 6   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena
 7   les dice, estoy de acuerdo que la comunidad necesita espacios y hay lugares
 8   que hay que salvar, y la rajada debe de ser de uso comunal, pero hay que
 9   tener cuidado con lo de las playas privadas, no se puede permitir eso, porque
10   es la Municipalidad quien apruebas debemos de tener cuidado con lo que
11   hablamos de la privatización de las playas y de sublevar al pueblo, eso no se
12   puede hacer, en el País no hay playas privadas y si se permite es por culpa de
13   nosotros mismos, de la Municipalidad, ya hay una solicitud de construcción
14   ahí?, hablo de Carlos Hernández en la audiencia y él es el mismo gerente del
15   Hotel del Jobo y los que vienen, parece que nos dio atol con el dedo,
16   totalmente de acuerdo con la moción, pero como dice Marvin tablada hay que
17   tener cuidado.
18   José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Santa Cecilia, les manifiesta
19   hay que visualizar mejor, si construyen no nos van a dejar entrar, , frente al
20   Hotel Dreams se han venido cometiendo errores tras errores, , le vamos a traer
21   algunas cosas de cómo se manipulan los permisos de uso de suelo,
22   cotizaciones en construcciones del 1% donde deben de pagar el 4% y la
23   persona que influyó que estaba involucrado en defensa de las investiduras,
24   inversionistas, Francisco Ramírez del ACG y Alejandro Masís del ACG nos
25   están ayudando en la Comisión, nos están asesorando para no dar un mal
26   paso, el Estado es el dueño de todas las playas, administradas por las
27   Municipalidades, yo y don Carlos Ugarte vamos a trabajar duro en esto y
28   consta en actas dela comisión le vamos a hacer la fuerza al pueblo, no importa
29   que se haya aprobado y nos hayan dado atol con el dedo, pero les falta que
30   venga acá por los permisos, y espero el apoyo de los 5 regidores que votan y a
                                                                                 33


 1   partir de aquí vamos a trabajar duro mejor, y darle soporte a ustedes quienes
 2   son los que aprueba.
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 4   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario manifiesta, quisiera
 5   decirle a Manuel Alan que estuve en Playa el Jobo y cuál fue mi sorpresa que
 6   habían unas 50 sillas frente al Hotel Dreams las mareas en la pura zona
 7   pública, obstruyendo el paso y solo unas 10 sillas ocupadas, por eso digo
 8   privatizar, si me siento ahí me quitan, si llevo un banco de mi casa me quitan,
 9   es más están construyendo una baranda o muro para que no pasen los
10   pescadores, ya eso no es nuestro, se dice que es de baja densidad pero es ara
11   que la gente se confundiera, debemos dar la voz de alerta en playa Rajada, el
12   pueblo tiene que darse cuenta, la Municipalidad es la que tiene la última
13   palabra, y mientras yo esté aquí en la Municipalidad no lo voy a permitir, pase
14   lo que pase porque ya tenemos experiencia como en el Jobo, lo del atolillo con
15   el dedo puede ser con una cuchara, Veamos la realidad y pido que la
16   declaremos de interés público, no hay condiciones de construir a espaldas del
17   pueblo, piensa que nos van a seguir engañando, no señores, , vayan a ver
18   como tratan a los empleados que tiene en el Hotel de la cruz, el que abre la
19   boca lo mandan a la casa, sin trabajo y sin pago de derechos laborales,
20   hagamos un alto por nuestra gente, voz Manuel porque sos comerciante tenés
21   otra visión, yo no soy comerciante.
22   El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz les
23   manifiesta normalmente cuando se dan este tipo de cosas me abstengo de
24   opinar, mientras hagamos las cosas legales, las cosas bien, correctamente en
25   parte le doy la razón a don Carlos Ugarte y don Reynaldo, pero sería penoso
26   tomar un acuerdo encima de otro y después se tendr4á que derogar, mejor
27   analizarlo mejor.
28   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena
29   les dice, la Ley es clara, si don Carlos Ugarte dice que se está incumpliendo
30   con la Ley entonces que están haciendo los inspectores de zona marítimo
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1    terrestre, los funcionarios, la misma administración, si eso está sucediendo es
2    competencia y obligación actuar, no enfurezcamos al pueblo, si hay algo
3    anómalo con la administración anterior acúselos, no diga otra cosa que no es,
4    si se ha permitido la privatización de Playa Jobo es culpa de esta
5    Administración.
6    El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que si
7    pretendemos hacer un proyecto en beneficio a la Comunidad y si la ley lo
8    permite se hace sino pues lógicamente al final se cambia el Plan Regulador,
9    pero eso no quiere decir que no se declare de interés público, lo tenemos todo
10   para hacerlo, lo podemos cambiar, quiero que se den cuenta y que estamos
11   sobre la jugada y no quiero que nos vayan a madrugar, de ahí la moción.
12   Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta, hay un Plan
13   regulador, con zonificación, no hay concesión, porque no se ha dado, lo mejor
14   es que se haga la consulta, que las zonas tales y tales no se van a utilizar, sino
15   para uso del pueblo, primero el interés del pueblo y después del privado, debe
16   tomarse un acuerdo bien fundamentado, todos queremos lo mismo, lo que
17   tenemos que ver es la forma, y se puede cambiar la moción, que se tome el
18   acuerdo que diga que no se autorizará ninguna construcción en esa zona hasta
19   que la Municipalidad no tenga muy claro porque queremos que sea declarado
20   de uso comunal, y ver hasta donde el acuerdo va a tener asidero legal, les pido
21   que seamos prudentes, hasta tanto no tengamos bien claro que vamos a
22   orientar que esa zona sea de uso comunal, es decir no permitir que en esa
23   zona se construya hasta que no tengamos claro, y hasta que no se tenga la
24   viabilidad de aprobar la moción del señor Carlos Ugarte Huertas y Reynaldo
25   Fernández vega, sería mejor tomar ese acuerdo.
26   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les manifiestas, ya
27   hemos discutido mucho del asunto, Marvin ha sido claro que se le cambie el fin
28   a la moción, somete a votación levanten la mano los que estén de acuerdo que
29   quede el acuerdo que en el Plan Regulador de playa Rajada, no se permitirán
30   construcciones en esa zona, ni concesión, hasta tanto no se tenga claro y
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1    hasta que se tenga la viabilidad de aprobar la moción presentada por el señor
2    Carlos Manuel Ugarte, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa
3    de trámite de comisión.
4    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
5    ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, no permitirá
6    construcciones en el Plan Regulador denominado “Punta Manzanillo – Playa
7    Rajada, ubicado en Playa Rajada, del Jobo, jurisdicción del Cantón de la Cruz
8    Guanacaste, hasta tanto no se tenga claro, ni se tenga la viabilidad de aprobar
9    la Moción presentada por el señor: Carlos Manuel Ugarte Huertas: Regidor
10   Propietario y José Reynaldo Fernández Vega: Sindico Suplente Municipal,
11   miembros de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, por
12   cuanto se pretende declarar de interés público y de uso comunal dicha Playa y
13   de uso del Cantón de la Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y
14   EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 4 votos a
15   favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
16   Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en
17   ejercicio.
18                                ARTICULO CUARTO
19                                ASUNTOS VARIOS
20
21   1.- Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz,
22
23   Verbalmente dice, recuerden que mañana estará por acá el diputado Enrique
24   Sánchez del PAC, en el salón de sesiones, y hará una visita a la Ciudad,
25   quedan cordialmente invitados.
26
27                                ARTICULO QUINTO
28                                CIERRE DE SESION
29
30   Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión a las 20:15 horas.
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5    Blanca Casares Fajardo   Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
6
7    Presidente Municipal     Secretario Municipal.
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