Ordinaria 26 · 2018-07-05
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 26 del 2018-07-05 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
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- ~ Acuerdo (pág. 17) · firme · aprobado comisión 22 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 23 24 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, b…
- ~ Acuerdo (pág. 20) · firme · aprobado enzo Peña Martínez, cédula de identidad N° 5-0304-0337, vecino de la 29 comunidad de San Pablo de Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, como 30 miembros…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado haciendo esto, no 9 me cabe que tenemos gestores jurídicos, Departamento de Cobros y porqué 10 hasta ahora piden eso, es la llamada de atención, que h…
- ~ Acuerdo (pág. 35) · firme · aprobado Playa Rajada, del Jobo, jurisdicción del Cantón de la Cruz 8 Guanacaste, hasta tanto no se tenga claro, ni se tenga la viabilidad de aprobar 9 la Moci…
1 1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 Acta de Sesión Ordinaria Nº 26-2018, celebrada el día 05 de julio del año 2018, 4 a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros: 5 Blanca Casares Fajardo Presidente Municipal 6 Marvin Tablada Aguirre Vicepresidente Municipal 7 Carlos Ugarte Huertas Regidor Propietario 8 José Manuel Vargas Cháves Regidor Suplente en Ejercicio 9 Gloria Monestel Monestel Regidora Suplente 10 María Argentina Lara Lara Regidora Suplente 11 Zeneida Quirós Chavarría Sindica Propietaria Santa Cecilia 12 José Reynaldo Fernández Vega Sindico Suplente Santa Cecilia 13 Mary Casanova López Síndica Propietaria La Garita 14 Jorge Manuel Alan Fonseca Síndico Propietario Santa Elena 15 Sebastián Víctor Víctor Sindico Suplente La Garita 16 Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal, Licda. 17 Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Dayan Canales 18 Cubillo: Periodista Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario 19 Municipal y con la siguiente agenda: 20 1.- Revisión y aprobación de acta anterior: No hay, porque está en proceso de 21 cierre y apertura de libro de actas y sellado, por motivos que auditor interno 22 municipal está incapacitado. 23 2.- Correspondencia 24 3.- Mociones 25 4.- Asuntos Varios 26 5.- Cierre de Sesión 27 ARTICULO PRIMERO 28 REVISION Y APROBACIÓN ACTA ANTERIOR 29 30
2 1 Al estar el señor Auditor Incapacitado, no hay cierre ni apertura de libro de 2 actas, ni sellado de hojas sueltas por parte de la auditoría Interna Municipal, 3 por lo tanto no hay revisión. 4 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que no hay 5 actas, es un asunto ajeno al señor secretario Municipal, porque el señor auditor 6 interno municipal está incapacitado, por ende no hay cierre ni apertura de libro 7 de actas, ni sellado de hojas sueltas. 8 CORRESPONDENCIA 9 1.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO-070-2018, firmado por el Lic. Gledys 10 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 08 de junio del 2018, en 11 el cual en el artículo 34 de la ley General de Control Interno se prohíbe a los 12 auditores realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las 13 necesarias para cumplir su competencia, dentro de las cuales podría 14 mencionar la de advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles 15 consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su 16 conocimiento. Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al 17 órgano consultante en la solución o respuesta de asuntos propios de su 18 competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un criterio en punto a 19 situaciones o casos específicos cuya decisión involucra al personal 20 administrativo. Además el artículo 22 de ley de marras establece como 21 competencia de las Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al 22 jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza 23 sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, 24 cuando sean de su conocimiento. Por ello, debido a consultas realizadas a la 25 Auditoría Interna de parte de Jerarcas y Titulares Subordinados del 26 ayuntamiento en relación con el tema del Salario Escolar y su evolución en la 27 Municipalidad de La Cruz, es que se procedió a solicitar criterio a la Contraloría 28 General de la República y a la Procuraduría General de la República; entidades 29 que fiscalizan y asesoran en materia del Hacienda Pública y Derecho Público. 30 La Contraloría General de la República emitió el oficio DJ-0167-2018 del 19 de
3 1 febrero 2018, (rotulado por error material DJ-0167-2017 del 19 de Febrero 2 2017, según DJ-0241-2018) y la Procuraduría General de la República en el 3 dictamen C-118-2018 del 30 de Mayo del 2018; sobre aspectos jurídicos 4 vinculantes sobre el tema de Salario Escolar en la Municipalidad de La Cruz. 5 Por tal motivo, se adjuntan los criterios supra citados con el objetivo que los 6 mismos sirvan al Concejo Municipal para despejar cualquier duda que se tenga 7 sobre el tema del Salario Escolar. También, se recomienda al órgano colegiado 8 buscar asesoría jurídica externa, si así lo considera razonable para mayor 9 objetividad en la asesoría, para que dictaminen si la forma en que se ha 10 actuado en La Municipalidad de la Cruz desde la sesión ordinaria 44-2011 11 hasta la fecha, se ajusta a los criterios de los órganos asesores en materia de 12 Hacienda Pública y Derecho Público y en su defecto al derecho y normas que 13 regulan la creación y pago del Salario Escolar en la Municipalidad de La Cruz. 14 Lo anterior permitirá, una mayor seguridad jurídica para el Concejo Municipal, 15 que le garantice que su actuar y el de la Administración Municipal en la 16 ejecución del acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria # 41-2017, celebrada el 17 día 19 de octubre del año 2017, fue el apropiado y razonable. Ese acuerdo reza 18 de la siguiente manera:“(…) El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, 19 aprueba el pago para todos los funcionarios municipales, según la legalidad del 20 salario escolar el total del 8.19% como complemento del salario año 2017, 21 como dictan las resoluciones de los entes gubernamentales, y que se 22 presupueste en la modificación #09-2017 de este año a la mayor brevedad 23 para ser cancelado el próximo año Enero 2018. Los años enero 2013, enero 24 2014, enero 2015 y enero 2016 en futuras modificaciones y se les cancele a 25 través de arreglos de pago y solicita al Departamento Jurídico criterio sobre el 26 pago del salario escolar a los jornales ocasionales. Además, lo anterior es de 27 suma importancia para garantiza la seguridad jurídica del pago del Salario 28 Escolar en la Municipalidad de La Cruz. Finalmente, no omito indicar que este 29 servidor se inhibe de pronunciarse sobre el fondo del tema tratado en este 30 oficio, en vista de recibir ese beneficio económico como funcionario de la
4 1 Municipalidad de La Cruz y además de no contar con personal especialista en 2 Derecho. 3 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas regidor propietario les dice las buenas 4 tardes a todos, no sabe si el resto de compañeros analizaron el documento, él 5 lo leyó y sacó conclusiones, recomendaciones, y conversando con la señora 6 Presidenta le dijo que lo mejor era dejarlo para verlo, analizarlo en una sesión 7 extraordinaria, en conjunto con otros documentos, como el Reglamento de 8 ayudas comunales y subvenciones, hoy es difícil, les deja la inquietud a la 9 señora Presidente Municipal. 10 El señor Marvin tabalada Aguirre, regidor propietario les manifiesta las buenas 11 tardes a todos, no leyó en detalle el documento enviado por el señor auditor, 12 algunas partes sí, pero después que se hizo un pago multimillonario, de más de 13 ciento diez millones de colones a los funcionarios y hasta ahora viene ese 14 documento, acá todos los miembros del Concejo Municipal trabajamos, menos 15 el señor alcalde, Vicealcaldesa y Secretario de los que están aquí 1que se les 16 paga un salario, porqué lo dice porque hace más de 6 meses se pagaron esos 17 ciento diez millones de colones en ajuste de salario escolar, hay un dictamen 18 firmado por 3 profesionales en derecho que dijeron que si se podía pagar y en 19 eso nos basamos, pero finalmente el auditor dice que se inhibe, porque fue 20 beneficiado con ese pago, al alcalde y a los Regidores se nos prohíbe 21 participar en las votaciones donde tenemos interés directo hasta 3 grado en 22 consanguinidad, así debieron inhibirse los 3 abogados que dieron el dictamen 23 porque eran beneficiados, el auditor nos da una luz, al final del camino aduce 24 que él no cuenta con un profesional en derecho y que se busque una auditoría 25 externa sobre este caso, , debemos tener clarísimo el criterio del salario 26 escolar, personalmente he hecho consultas ante la Contraloría General de la 27 República, la Procuraduría General de la República, , una dice una cosa y la 28 otra dice otra cosa, y hoy en día funcionarios municipales están solicitando que 29 se les reconozca el pago del ajuste al salario escolar, hay o no hay el aval,
5 1 están en consultas, la Procuraduría dice” que se reconozca el pago del salario 2 escolar, siempre y cuando se haga la retención a los funcionarios Municipales”, 3 si hubo retención hay pago y si no hubo retención, no hay pago, les pregunto, 4 hubo retención a los funcionarios municipales de la Cruz para pagarle, la 5 Contraloría dice que la ley General de la Administración Pública dice que debe 6 haber una norma que tutela el pago, pregunto ¿ en cuál norma se basaron para 7 pagarlo?, voy a avalar la propuesta, pero el auditor dice claro que se inhibe, 8 entonces no puede estar presente, el 17 de julio del 2018, quedó para atender 9 a los funcionarios municipales, en una sesión extraordinaria el fin es tratar 10 algunos asuntos que dicen que tienen derecho, es exclusiva para eso, me 11 imagino que el señor Secretario Municipal ya les comunicó el acuerdo. 12 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, alcalde Municipal de la Cruz, les dice 13 buenas tardes a todos, esto se las trae, porque la Contraloría dice una cosa y 14 la procuraduría dice otra, de acuerdo a la investigación que hicieron los 15 asesores legales, se comprobó que se violaban derechos de los funcionarios y 16 por eso se les pago, el auditor ahora se inhibe porque dice que recibió ese 17 pago, pero dice que se le contrate un asesor externo, pero si viene ese asesor 18 externo también hay que pagarle el salario escolar, que lástima que no se 19 inhibió en recibir el pago, es extraño. 20 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que el 17 de 21 julio del 2018, se tratara con los funcionarios municipales de lo mismo, nada 22 más comprobar que se rebajó o no, a mí me dijeron que se les había rebajado 23 y estoy de acuerdo que este documento se vea ese día º17 de julio 2018, 24 porque se tratará del mismo asunto. 25 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena 26 les manifiesta que tomen en cuenta que hay solicitudes de reconocimiento de 27 salario escolar y están pendientes en Departamento Jurídico
6 1 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que ha 2 tratado de decirles que debe haber una retención, también que se ls puede 3 pagar, pero no el % completo, puede ser en tractos, o proporcional, he 4 preguntado a muchas Municipalidades del País y cada una lo ha manejado 5 diferente y la Contraloría dice debe haber un Reglamento, una norma y acá no 6 existe, y ya se pagó a unos a otros no se les pagó, y reclaman que se les 7 pague antes del 2012, yo he dicho que a todos los funcionarios ese les debe de 8 pagar sus derechos laborales, pero dentro del margen de Ley, Dios quiera que 9 no haya sido un pago indebido, me quedaría que escuchemos a los 10 funcionarios municipales, y ver qué hacer, el auditor pide auditoría externo, si 11 consideran que se siga trabajando con el dictamen de los 3 asesores legales 12 municipales que se siga pagando, pero yo no estoy de acuerdo. 13 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice, se dice que 14 no se debe pagar sino hay retención, se pagó basado en un criterio legal de 3 15 asesores legales, lo mejor es que aclaremos y si tenemos algo concreto, lo 16 traemos el 17 de julio del 2018, a la sesión extraordinaria porque se trata de lo 17 mismo, si traemos una respuesta clara, expedita, contundente de todo esto del 18 salario escolar es el momento para dar el veredicto, si se va a pagar o no, e 19 incluye a todos los demás que están pendientes, entiendo la posición de don 20 Marvin, mejor dar más espacio, para aclarar dudas que puede ser con el 21 Departamento de Recursos Humanos, averiguar, hacer investigaciones 22 necesarias y haciendo todas las consultas y que se tenga claro, lo vemos ese 23 día, caso contrario lo dejamos pendiente y le damos más tiempo y repito si ya 24 lo tenemos claro lo vemos el próximo 17 de julio 2018, en sesión extraordinaria, 25 así que levanten la mano los que estén de acuerdo en esta proposición, que 26 sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión. 27 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
7 1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, deja pendientes el 2 oficio UAI-CONCEJO-070-2018, enviado por el señor Lic. Gledys Delgado 3 Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación a remisión de 4 Pronunciamiento tanto de la Contraloría General de la República como la 5 Procuraduría General de la República, sobre el pago del salario escolar en la 6 Municipalidad de la Cruz, ya que será objeto de consultas legales, 7 investigaciones, aclaraciones y así tener claro una determinación concreta, y 8 una vez realizado esto, si se tiene claro, se conocerá en la sesión 9 extraordinaria del 17 de julio del 2018, en con junto con funcionario municipales 10 de la Cruz, caso contrario se le concede más tiempo de análisis. ACUERDO 11 DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE 12 DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin 13 Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas 14 Cháves: regidor suplente en ejercicio. 15 2.- Se conoce oficio DGJM-CG-007-2018, firmado por el Lic. Carlos Guevara 16 Torres, Gestor Jurídico Municipal, en el cual, remite proyecto de Reglamento 17 para otorgar ayudas temporales y subvenciones de conformidad con el artículo 18 62 del Código Municipal, siendo el siguiente: 19 PROYECTO DE REGLAMENTO PARA AYUDAS TEMPORALES Y 20 SUBVENCIONES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 62 DEL CODIGO 21 MUNICIPAL. 22 CONSIDERANDO 23 24 1.- El artículo 169 de la Constitución Política y el literal 3 del Código Municipal, 25 establecen que compete a la Administración Municipal velar por los intereses y 26 servicios locales, concepto en el cual se encuentra inmersa la situación socio- 27 económica de sus munícipes y de las organizaciones de bienestar social que la 28 conforman.
8 1 II.- Que el artículo 62 del Código Municipal establece que las municipalidades 2 podrán otorgar ayudas temporales a vecinos y vecinos del cantón que 3 enfrenten situaciones, debidamente comprobadas, de desgracia o infortunio. 4 También, podrán subvencionar centros de educación pública, organizaciones 5 de beneficencia o servicio social que presten servicios al cantón respectivo; 6 además, las municipalidades podrán otorgar becas de estudio a sus munícipes 7 de escasos recursos y con capacidad probada para estudiar. 8 III.- Cada Municipalidad emitirá el reglamento para regular lo anterior 9 CAPITULO I 10 Disposiciones generales 11 Artículo 1°- De conformidad con lo establecido en el párrafo tercero del artículo 12 62 del Código Municipal, la Municipalidad de La Cruz podrá otorgar ayudas 13 temporales a los vecinos del cantón que enfrenten situaciones debidamente 14 comprobadas de desgracia o infortunio. También concederá subvenciones a 15 los centros de educación pública del cantón y a las organizaciones de 16 beneficencia o servicio social que prestan servicios dentro del territorio del 17 cantón de La Cruz. 18 Artículo 2°- Para otorgar esta clase de beneficios, la Municipalidad de La Cruz 19 presupuestará anualmente los recursos necesarios. 20 CAPITULO II 21 De las ayudas por situaciones de desgracia o infortunio 22 Artículo 3°- La Municipalidad de La Cruz otorgará ayudas temporales a los 23 vecinos del cantón que enfrenten situaciones debidamente comprobadas de 24 desgracia o infortunio, para lo cual deberá de disponer anualmente del 25 contenido presupuestario destinado para cubrir este rubro. 26 Artículo 4°- Para efectos de este reglamento, se define la desgracia o el 27 infortunio como aquellos acontecimientos inesperados que amenazan 28 gravemente la integridad física y emocional de una persona o núcleo familiar, 29 como los provocados por los hechos de la naturaleza tales como terremotos, 30 huracanes, tornados, terraplenes, inundaciones, derrumbes e incendios no
9 1 intencionados; o bien por hechos derivados de condiciones socioeconómica 2 patológicas, como muerte, enfermedad crónica, miseria extrema o indigencia y 3 desempleo, que afecte directamente a la persona o la familia solicitante. 4 Artículo 5°- La Municipalidad de La Cruz, para poder otorgar una ayuda de 5 estas, deberá tener por debidamente demostrado, en los términos definidos en 6 el artículo anterior la situación de desgracia o infortunio. Lo anterior se realizará 7 a través del Estudio Técnico respectivo a juicio del Área Social de esta 8 Municipalidad, quien previa investigación, elaborará el informe respectivo, junto 9 con su recomendación final. En lo que corresponda, las demás Áreas que 10 conforman esta Municipalidad quedaran en la ineludible obligación de brindar 11 asistencia técnica pertinente cuando corresponda. 12 Artículo 6°- Las ayudas que brinde la Municipalidad serán destinadas, única y 13 exclusivamente, a solventar las necesidades socioeconómicas, alimentarias, de 14 vivienda, salud, o cualquier otra calamidad que afronten los vecinos del cantón, 15 según la situación de desgracia o infortunio a que se refiere el Artículo 4 16 anterior. 17 Artículo 7°- Las ayudas serán autorizadas por el Alcalde Municipal de esta 18 Municipalidad, hasta por un monto de tres salarios base de la clase de puesto 19 de Oficinista 1 con que cuenta la Administración Pública, Todo de conformidad 20 al artículo 2° de la Ley N° 7737, del 5 de mayo de 1993, y sus reformas; con 21 base en la recomendación del Estudio Técnico, definido en el Artículo 5° 22 anterior. Cuando el Estudio Técnico se determine, que la ayuda debe consistir 23 en un aporte mayor a tres salarios, se requerirá la aprobación del Concejo 24 Municipal. 25 Artículo 8°- El sujeto privado que desee optar por una ayuda temporal o 26 subvención por parte de la Municipalidad de La Cruz deberá presentar en la 27 plataforma de servicios de la municipalidad una nota dirigida a la Alcaldía 28 Municipal, indicando lo siguiente: 29 -Nombre completo 30 -Número de cédula
10 1 -Dirección 2 -Números de teléfono 3 -Correo electrónico (si lo tiene) 4 -Descripción de la situación que le motiva a solicitar la ayuda o subvención 5 -Requerimiento específico 6 -En el caso de las personas jurídicas deberán aportar copia de la personería 7 vigente 8 9 Artículo 9°- La Administración dispondrá de un plazo de ocho días hábiles, 10 prorrogables por un plazo igual en casos muy calificados, a juicio del 11 departamento de Gestión Social de esta Municipalidad, para la emisión de la 12 recomendación final. 13 Artículo 10°- Podrán ser beneficiadas con una ayuda temporal aquel o los 14 sujetos privados que sufran de una de situación de infortunio o desastre, que 15 realicen la solicitud según se establece en el Artículo 8º, y que cumplan con las 16 siguientes condiciones: 17 a) Ser vecino del Cantón con residencia debidamente comprobada. Entre las 18 pruebas idóneas para demostrar la residencia, se encuentran: inscripción como 19 votante en el Cantón; matrícula estudiantil en alguno de los centros educativos 20 del Cantón o inscripción de ser paciente de los EBAIS asentados en el Cantón, 21 contrato de arrendamiento, recibos de servicios públicos, o cualquier otro 22 documento idóneo que lo compruebe. 23 b) Ser costarricense o extranjero con documentos vigentes. 24 c) Demostrar que pertenece a una familia de escasos recursos económicos, en 25 los términos establecidos en los límites de pobreza o pobreza extrema, 26 establecidos por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. 27 d) Que la situación de desgracia o infortunio haya sucedido en un periodo no 28 mayor a los 8 días naturales. 29 e) Aportar hoja de delincuencia extendida por el Poder Judicial con una 30 antigüedad no mayor a 15 días.
11 1 f) No disfrutar en ese momento de algún subsidio de una institución o grupo de 2 beneficencia o bienestar social, para atender el mismo hecho. 3 g) No haber recibido ayuda de parte de la Municipalidad por la misma situación, 4 durante los últimos veinticuatro meses. 5 h) En caso de requerir materiales constructivos, la propiedad donde se 6 utilizarán deberá estar ubicada en un predio apto para la construcción según 7 los lineamientos del plan regulador municipal, el comité cantonal de 8 emergencias y/o zonas de protección. 9 Artículo 11°- Para otorgar la ayuda, la Municipalidad se reserva el derecho de 10 aplicar las pruebas que permitan determinar la necesidad real del solicitante y 11 para justificar debidamente su estado de desgracia o infortunio. Para tal fin, 12 hará las visitas pertinentes al hogar, entrevistará a los miembros de la familia, a 13 otros vecinos, y en general, usará las técnicas de investigación social de uso 14 cotidiano en la rama del Trabajo Social y de la Comisión Nacional de 15 Emergencias. 16 Artículo 12.- Si en alguna oportunidad se determina que el (la) interesado(a) 17 hubiese suministrado datos falsos con el fin de obtener el beneficio, 18 automáticamente será anulado todo el trámite y así quedará constando en el 19 respectivo expediente. Dicha persona, y su familia (su núcleo familiar directo), 20 quedarán imposibilitados para tramitar gestiones posteriores a efecto de 21 obtener ayuda por parte de la Municipalidad de La Cruz por dos años, así como 22 realizar todas las demás acciones civiles y penales que puedan caber para el 23 caso en particular. 24 Artículo 13°- En caso de que un acontecimiento afecte a varias familias del 25 cantón, la Municipalidad ayudará a tantos vecinos como lo permitan los 26 recursos disponibles, y ejercerá las acciones que estén a su alcance ante las 27 Instituciones del Estado, así como entidades o empresas privadas, a fin de 28 solventar de la mejor manera posible el problema de sus habitantes. 29 Artículo 14°- Es obligación del beneficiario (a) emplear los recursos para el fin 30 que le fueron concedidos. Para tales efectos la Alcaldía, dependiendo del tipo
12 1 de ayuda, podrá solicitar la realización de inspecciones y verificaciones del uso 2 de los recursos dados por la Municipalidad, dejando constancia mediante un 3 acta que será incluida en el expediente respectivo. Por ser un asunto de mera 4 constatación, en caso de que se determine la desviación o uso inadecuado de 5 los recursos otorgados, se seguirá el procedimiento sumario de la Ley General 6 de la Administración Pública, pudiendo la Alcaldía ordenar la suspensión 7 inmediata de la ayuda, hasta concluir la investigación y consecuente emisión 8 del acto final. En caso de comprobarse alguna desviación en el uso de las 9 ayudas por parte de algún beneficiario, será anotado en control de ayudas 10 concedidas y quedará descalificado para futuras ayudas, lo cual se hará 11 constar en su expediente. 12 Artículo 15°- Las ayudas que concederá la Municipalidad de La Cruz, podrán 13 ser en dinero, en materiales o en víveres, según la recomendación que brinde 14 el área Social de esta Municipalidad. 15 Artículo 16°. Cuando se trate de obras de construcción, se girarán los recursos 16 hasta que se cuente con el permiso de construcción. De ser necesario, la 17 Municipalidad girará el monto requerido para la formalización de los trámites 18 del permiso de construcción. 19 CAPITULO III 20 De las subvenciones a Centros Educativos Públicos y a Organizaciones 21 de beneficencia o Bienestar Social 22 Artículo 17°- Podrán ser beneficiadas con una subvención (fondos públicos), 23 aquellos Centros Educativos Públicos del Cantón y las organizaciones de 24 beneficencia o servicio social, que realicen la solicitud según se establece en el 25 Artículo 8º de este reglamento, y que cumplan con las siguientes condiciones: 26 a.- Estar debidamente inscritos en el registro respectivo, para tal fin se debe 27 aportar la certificación correspondiente, excepto los Centros Educativos. 28 b.-Tener su personería jurídica al día y así aportarla. 29 c.-Mantener los libros legales al día y en orden.
13 1 d) Tener más de dos años de inscrita como persona jurídica, con excepción de 2 los Centros Educativos. 3 e) Estar desarrollando proyectos con beneficio social en el cantón, exceptos los 4 Centros Educativos Públicos 5 f) Contar con la calificación de idoneidad para la administración de fondos 6 públicos. 7 Artículo 18°- Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, la solicitud de 8 subvención, en efectivo u otros recursos, cuando se pretenda que sea incluida 9 en el Presupuesto Ordinario del año siguiente, deberá ser presentado por el 10 Centro Educativo o la Organización, en plataforma municipal de servicios, 11 dirigida a la Alcaldía Municipal, durante los primeros días del mes de julio. En 12 esa solicitud se debe de explicar, en forma clara y precisa el objeto y fines para 13 los que se requiere la subvención, indicando detalladamente el plan de 14 inversión, presupuesto requerido y el aporte que hará la entidad solicitante. 15 Para tal fin se tomará en cuenta lo dispuesto en el artículo 5° del presente 16 Reglamento en lo que resulte aplicable. 17 Artículo 19°- Fuera del plazo establecido en el artículo anterior, la Alcaldía 18 Municipal podrá en casos calificados, recomendar subvenciones para que sean 19 consideradas por el Concejo Municipal, en Presupuestos extraordinarios o en 20 Modificaciones presupuestarias, según las posibilidades financieras de la 21 Municipalidad. 22 Artículo 20°- Cuando se trate de obras de construcción, se girarán los recursos 23 hasta que se cuente con el permiso respectivo. 24 Artículo 21°- El monto de la subvención que la Municipalidad Transferirá a cada 25 uno de los Centros educativos u organizaciones solicitantes será aprobada por 26 el Concejo Municipal, mediante el trámite presupuestario que corresponda. 27 Artículo 22°.- El beneficiario de una subvención deberá presentar a la 28 Municipalidad, los informes sobre el cumplimiento de los objetivos y fines para 29 los que se giró la subvención, así como la respectiva liquidación de gastos. En
14 1 lo que corresponda, las demás Áreas quedan en la ineludible obligación de 2 brindar la asistencia técnica pertinente. 3 Artículo 23°- La Municipalidad de La Cruz, cuando lo considere pertinente, 4 podrá requerir a través de sus diversas áreas a los Centros educativos y a las 5 organizaciones de beneficencia o de bien social, que les haya otorgado una 6 subvención los libros contables y los demás informes que estime necesarios y 7 podrá efectuar cualquier tipo de inspecciones, con el fin de fiscalizar que los 8 fondos o recursos transferidos se apliquen a los fines propuestos. 9 10 Artículo 24°- Rige a partir de su publicación. 11 12 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario dice que lo leyó en un 70% 13 y lo vio aceptable, más bien ojalá que se pudiera aprobar es un instrumento 14 para ayudar a las personas que tienen necesidades, de su parte está de 15 acuerdo y precisamente uno de los puntos importantes es que la Municipalidad 16 va a ayudar en pos de los recursos disponibles, se hará con la trabajadora 17 social, con un estudio social, no como lo que dejo el Huracán Otto, o Nate, 18 como se dice solo en infortunios, casos especiales y en los otros casos se 19 involucra a otras Instituciones. Solo en cuestión de orden. Hay 2 artículos 12 y 20 13 que se corrija y se corra la numeración. 21 Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico Propietario distrito Santa Elena, les dice 22 que está de acuerdo, pero hay que tener cuidado habla de infortunios, por 23 ejemplo lo que se dio en Cuajiniquil, era una gran cantidad de gente con 24 necesidades, que haría el alcalde con 700 personas damnificadas, pidiendo en 25 la Municipalidad, habla de desastres e infortunios comprobados, lo veo muy 26 abierto, si así lo vamos a tirar al alcalde se le haría un bochinche que no es 27 jugando. 28 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice lo leí, es 29 muy sencillo, y se puede aplicar, no podemos irnos a los extremos, en casos
15 1 como desastres hay otras Instituciones que les compete como la Comisión 2 Nacional de emergencias, el IMAS, y otras, esos son casos especiales, que se 3 le murió un familiar a la familia pobre y se le da para la caja, parta el sepelio, es 4 accesible el reglamento, y ayudar a las personas en casos especiales. 5 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que el 6 reglamento es para casos especiales, como por ejemplo en Santa Cecilia se 7 inundaron casas, se puede ayudar de acuerdo al presupuesto que exista., así 8 que somete a votación, levante la mano los que estén de acuerdo, que sea 9 definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión, que se 10 lleve a cabo el proceso como publicación en el Diario Oficial La Gaceta, 11 Audiencia pública y ratificación que proveeduría lleve a cabo ese 12 procedimiento. 13 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 14 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba el 15 Proyecto Reglamento para Otorgar Ayudas Temporales y subvenciones de 16 conformidad con el artículo 62 del Código Municipal”(se adjunta), para la 17 Municipalidad de la Cruz Guanacaste, es un instrumento importante, de 18 prioridad, necesidad en beneficio de los pobladores del Cantón de la Cruz, 19 publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, en el cual se somete a audiencia 20 pública por 10 días hábiles para escuchar objeciones, y al no haber objeciones 21 se publique su aprobación definitiva y rige a partir de su publicación, esto por 22 parte del Departamento de Proveeduría Municipal de la Cruz. ACUERDO 23 DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE 24 DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin 25 Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas 26 Cháves: regidor suplente en ejercicio. 27 3.- Se conoce documento, firmado por el señor Gonzalo Martínez Hernández, 28 Operador de maquinaria pesada Municipal, de fecha 28 de mayo del 2018, en
16 1 el cual solicita ya que laboró por servicios especiales del 24 de octubre del 2 2007 y hasta el 22 de octubre del 2010, en base al criterio brindado por el 3 Departamento legal indica que al sustento legal para el reconocimiento del 4 pago de salario escolar a los funcionarios de la Municipalidad de La Cruz, 5 deviene de la Convención Colectiva a partir del año 1994, es un derecho 6 subjetivo adquirido por los funcionarios que es un componente salarial, por lo 7 que solicita se le conceda el pago retroactivo del salario escolar del año 2007 al 8 2010. 9 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice, que se 10 remita ante la Comisión de Asuntos Jurídicos, para estudio, análisis y dictamen 11 y así tomar la resolución que corresponda, pero que se averigüen si se hicieron 12 los rebajos o retenciones, que se compruebe con las planillas de pago de lo 13 que está reclamando. 14 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete a 15 votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se remita a la 16 Comisión de Asuntos Jurídicos, parta estudio, análisis y dictamen y así tomar la 17 resolución que corresponda, que sea definitivamente aprobado, firme y se 18 dispensa de trámite de comisión 19 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 20 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la 21 Comisión de Asuntos Jurídicos el documento firmado por el señor Gonzalo 22 Martínez Hernández, Operador de maquinaria pesada de la Municipalidad de 23 La Cruz, donde solicita se le reconozca el pago del salario escolar, ya que 24 laboró por servicios especiales del 24 de octubre del 2007 al 22 de octubre del 25 2010, para que esta honorable comisión proceda a estudiar y analizar y así 26 tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 27 APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 28 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
17 1 Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente 2 en ejercicio. 3 4.- Se conoce oficio DGJM-CG-019-2018, firmado por el Lic. Carlos Guevara 4 Torres, Gestor Jurídico Municipal, en el cual da respuesta al acuerdo municipal 5 #2-13 de la sesión Ordinaria #24-2018, del día 21 de junio del año 2018, 6 correspondiente al análisis del proyecto de Ley, Expediente N° 20,207 “Adición 7 de los Artículos 196 BIS, 196 TER, 196 QUARTER de la Ley General de Salud 8 N° 5395 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”. 9 Una vez analizados los artículos a adicionar a la Ley General de Salud N° 5395 10 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”, y 11 conociendo el interés que tiene ésta administración, de contribuir con las 12 comunidades de bajos recursos, además que la participación de la 13 Municipalidad es meramente de carácter voluntario, el suscrito no observa la 14 necesidad de presentar objeciones a éste Proyectos, mediante el cual se libera 15 a las compañías de responsabilidad sobre la comida donada. 16 17 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete 18 a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se apruebe el 19 criterio que sea positivo de ese proyecto de ley enviado por el gestor Jurídico 20 Municipal, Lic. Guevara, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa 21 de trámite de comisión 22 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 23 24 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda criterio 25 positivo al proyecto de Ley, Expediente N° 20.207 “Adición de los Artículos 196 26 BIS, 196 TER, 196 QUARTER de la Ley General de Salud N° 5395 del 30 de 27 octubre de 1973 y sus reformas: Compartamos la Mesa”, ante la Comisión 28 Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia de la Asamblea 29 Legislativa. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE
18 1 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca Casares 2 Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José 3 Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio. 4 5 5.- Se conoce documento, firmado por el MSC. Roger Vásquez Picado, Director 6 Colegio Nocturno de La Cruz y el señor Berny Muñoz Porras, Supervisor, de 7 fecha 19 de junio del 2018, en el cual remite la propuesta de ternas para la 8 conformación de la nueva Junta de Administrativa del Colegio Nocturno de La 9 Cruz para su nombramiento y Juramentación ante el Concejo Municipal, en 10 reposición de las señoras Teresita Mata Jara, cédula de identidad N° 9-0044- 11 0137 y la señorita Leda María Lara Lara, cédula de identidad N°5-0372-0660, 12 quienes renuncian a sus respectivos cargos. (adjunta cartas de renuncia). 13 Terna N°1 14 María Magdalena Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 155800923505 15 Inés de Los Ángeles Porras Medina, Cédula de identidad 5-0354-0623 16 Natalia Zamora Briceño, cédula de identidad 5-0409-0603 17 Terna N°2 18 Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad 5-0325-0166 19 José Elías González Martínez, cédula de identidad 5-0409-0232 20 Jeilyn Karina Martínez Umaña, cédula de identidad 5-0408-0402 21 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que somete a 22 votación, levanten la mano los que estén de acuerdo, que se apruebe el 23 nombramiento de estos 2 miembros de la Junta Administrativa del Colegio 24 Nocturno de la Cruz, los que ocupan los primeros lugares, que se autorice al 25 señor alcalde municipal, para la debida juramentación, criterio que sea positivo 26 de ese proyecto de ley enviado por el gestor Jurídico Municipal, Lic. Guevara, 27 que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión 28 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
19 1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, nombra a las 2 señoras: María Magdalena Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 3 N°155800923505 y Evangelina Zúñiga Rodríguez, cédula de identidad N°5- 4 0325-0166, vecinas de la comunidad de La Cruz, Guanacaste, como miembros 5 de la Junta Administrativa del Colegio Nocturno de La Cruz, jurisdicción del 6 Cantón de La Cruz, Guanacaste, en sustitución de las señoras: Teresita Mata 7 Jara, cédula de identidad N° 9-0044-0137 y la señorita Leda María Lara Lara, 8 cédula de identidad N°5-0372-0660, quienes renuncian a sus respectivos 9 cargos, por lo que se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde 10 Municipal de La Cruz, para la debida juramentación. ACUERDO 11 DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 12 DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada 13 Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chávez, 14 regidor suplente en ejercicio. 15 6.- Se conoce documento, firmado por el señor Supervisor de circuito 16 educativo, cual en el cual remite la propuesta de ternas para la conformación 17 de la nueva Junta de Educación de la Escuela San Pablo(un miembro) para su 18 nombramiento y Juramentación ante el Concejo Municipal, esperando se 19 nombre al que ocupa el primer lugar de la terna. 20 Terna N°1 21 Lorenzo Peña Martínez, cédula de identidad 5-0304-0337 22 Junior Alexander Núñez Acuña, cédula de identidad 8-0117-0991 23 Alfonso Sánchez Hernández, cédula de identidad 5-0341-0967 24 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los señores regidores, una 25 vez sometido a votación de parte de la señora Presidente Municipal, definitiva, 26 firme y se dispensa de trámite de comisión. 27 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, nombra al señor: 28 Lorenzo Peña Martínez, cédula de identidad N° 5-0304-0337, vecino de la 29 comunidad de San Pablo de Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, como 30 miembros de la Junta de Educación de la Escuela de San Pablo de Santa
20 1 Cecilia, jurisdicción del cantón de La Cruz, Guanacaste, por lo que se autoriza 2 al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, para la 3 debida juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, FIRME Y 4 SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, con 4 a favor: Blanca 5 Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y 6 José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio. 7 8 7.- Se conoce oficio DIR-LC-040-2018, firmado por el Lic. José Danilo 9 González Espinoza, Director Liceo de Cuajiniquil y el señor Miguel Ángel 10 Centeno Ampie, Presidente de la Junta Administrativa, en el cual brindan un 11 agradecimiento por la colaboración en el zanjeo de 900 metros aproximados al 12 lote del Colegio, para meter la tubería para el agua potable, donde se construye 13 las instalaciones del Colegio. 14 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los señores regidores. 15 ACUERDAN: Tomar nota al respecto. 16 8.- Se conoce escrito firmado por el señor Wilberth Luz Lara Carmona, Fiscal 17 Fiestas Cívicas Populares La Cruz 2018, de fecha 04 de julio del 2018, en el 18 cual expone un informe sobre posibles irregularidades por parte de la Comisión 19 de las Fiestas Cívicas La Cruz 2018 durante la realización de las respectivas 20 actividades; y menciona algunas sugerencias con relación a las instalaciones 21 en general del Campo Ferial de La Cruz, Guanacaste. 22 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario dice que es un informe 23 muy amplio, habla del tema de las contrataciones que no fueron las mejores, es 24 un tema muy delicado, que había monopolio, debe ser transparente, lo otro es 25 que toda la crítica constructiva es atinada, lo que dice Wilberth Lara es cierto, 26 todo lo que tiene que invertir unan organización en una Fiesta Cívica, o feria 27 rodeo, genera costos y lo mejor es que sae le den las condiciones a las 28 comisiones, que se hagan inversiones en el campo ferial es bueno, que se 29 tome en cuenta con el tema del agua.
21 1 Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia dice que es 2 atinado lo que dice Wilberth Lara, creí que era Gledys el auditor, buenas 3 apreciaciones y recomendaciones, con el propósito de dar buenas ideas, que 4 no sea solo aquí sino en los demás distritos y no hacer esos gastos 5 innecesarios, porque ahorita al final los resultados son negativos, que se tomen 6 en cuenta las apreciaciones de Wilberth Lara. 7 Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena les dice 8 Wilberth se tomó la decisión de hacer algo q1ue nunca lo ha hecho un fiscal de 9 una Comisión den Fiestas, , hay dos cosas, una que lo de las mejoras se le 10 envíe a la Administración y lo motro es una denuncia, es delicado, y él 11 descarga su responsabilidad, dice que la última sesión q1ue hicieron fue en 12 abril cuando ni siquiera habían empezado las Fiestas, se debería abrir un 13 órgano investigador, así como felicita a funcionarios por su colaboración, hay 14 funcionarios que no, son recursos públicos y deben asumir las 15 responsabilidades. 16 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que considera 17 que son puntos atinados, delicados, recomendaciones que hay que poner 18 atención propone que se remita al alcalde Municipal, para que lo analice, 19 estudie legalmente y brinde un dictamen a la brevedad posible, que sea 20 definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión 21 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 22 23 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el 24 señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, el 25 documento firmado por el señor Wilberth Luz Lara Carmona, cédula de 26 identidad N°5-0165-0780, Fiscal de las Fiesta Cívicas de La Cruz 2018, en el 27 cual expone un informe sobre posibles irregularidades por parte de la Comisión 28 de las Fiestas Cívicas La Cruz 2018 durante la realización de las respectivas 29 actividades; y menciona algunas sugerencias con relación a las instalaciones
22 1 en general del Campo Ferial de La Cruz, Guanacaste. Para que su persona 2 estudie, analice y brinde un dictamen en dicha situación. ACUERDO 3 DEFINITIVAMENTE APROBADO Y FIRME, con 4 a favor: Blanca Casares 4 Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José 5 Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en ejercicio. 6 9.- Se conoce documento, firmado por la Lic. Karina Vega Sandino, 7 Organizadora XX Juegos Deportivos Estudiantiles Centroamericanos Nivel 8 Secundaria y Lic. Rodolfo Angulo Espinoza, Director Liceo de Santa Cecilia, de 9 fecha 29 de junio del 2018, en el cual solicitan ayuda económica para solventar 10 los gastos de los estudiantes Josep Fabricio Parrales Guzmán de la comunidad 11 de San Vicente y David Abraham Cruz Espinoza de Los Corrales Negros, ya 12 que fueron seleccionados por el ICODER para formar parte de la delegación 13 que representará a Costa Rica en los XX Juegos Deportivos Estudiantiles 14 Centroamericanos de Nivel Secundaria (nacidos 2001-2003), del 14 al 20 de 15 setiembre del 2018, en Ciudad Panamá. Dichos estudiantes, son jóvenes de 16 escasos recursos. 17 La señora Blanca casares Fajardo, presidente Municipal dice que es un S.O.S., 18 son 2 estudiantes de Santa Cecilia, escogidos para formar parte de la selección 19 nacional, representarán Santa Cecilia, La cruz y el país, así que hay que 20 ayudarles. 21 Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia dice que ese 22 SOS hay que tomarlo muy en serio, a nivel del deporte y darle cobertura al 23 deportista y no se le da seguimiento al deportista como en Santa Cecilia uno de 24 apellido Portillo, representa al Santa Cecilia, al Cantón, no se le da apoyo, por 25 su cuenta participa es doloroso no ayudar, representan nuestra tierras y hace 26 un llamado que hay que ayudarles. 27 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta de acuerdo 28 con todo lo que dice don Reynaldo, hay que buscar el mecanismo, el artículo 29 170, párrafo segundo del Código Municipal es muy claro, donde el Comité 30 Cantonal de Deportes y Recreación de la Cruz, debe estar adscrito al ICODER,
23 1 y con esa nota del ICODER, está avalado dicho Comité de Deportes para 2 proceder a ayudarles a estos muchachos y darle el apoyo necesario. 3 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a 4 votación que levanten la mano los que están de acuerdo que se le remita esta 5 nota al Comité Cantonal de Deportes y recreación de la Cruz, para que le 6 brinden la ayuda a estos muchachos, que sea acuerdo definitivamente 7 aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión. 8 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 9 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el 10 Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, el documento firmado 11 por la señora Licda. Karina Vega Sandino, Organizadora de Eventos 12 Deportivos del Liceo de Santa Cecilia y el señor Lic. Rodolfo Angulo Espinoza, 13 Director del Liceo de Santa Cecilia, donde solicitan ayuda económica para 14 solventar los gastos de los estudiantes Josep Fabricio Parrales Guzmán de la 15 comunidad de San Vicente y David Abraham Cruz Espinoza de Los Corrales 16 Negros, ya que fueron seleccionados por el ICODER para formar parte de la 17 delegación que representará a Costa Rica en los XX Juegos Deportivos 18 Estudiantiles Centroamericanos de Nivel Secundaria (nacidos 2001-2003), del 19 14 al 20 de setiembre del 2018, en Ciudad Panamá. Dichos estudiantes, son 20 jóvenes de escasos recursos, por lo que recurrimos a ustedes para que 21 procedan a brindar la colaboración respectiva. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 22 APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 4 a 23 favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel 24 Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Chávez, regidor suplente en 25 ejercicio. 26 27 10.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C053-18, firmado Por la Licda. Ana Catalina 28 Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal de La Cruz, de fecha 03 de julio 29 del 2018, en el cual de acuerdo a estudio y análisis de la morosidad reflejada, 30 por esta municipalidad, al cierre del 31 de diciembre del año 2016, nos ha
24 1 arrojado la información de que se había presupuestado erróneamente, el rubro 2 del cobro por concepto del servicio de mantenimiento parques y obras de 3 ornato, a sabiendas que el mismo no se estaba cobrando, por lo que ha 4 generado, un aumento en la morosidad, alterando la realidad de la misma, y 5 por consiguiente generando datos ajenos a la realidad, lo cual hago de su 6 conocimiento y al mismo tiempo les solicito tomen un Acuerdo, para la 7 eliminación del mismo, basado en la siguiente información: 8 9 1-Que el día martes 16 de octubre del 2012 en el Diario Oficial La Gaceta N° 10 199, se Publica el Acuerdo N° 3-1 de la Sesión Ordinaria N° 34-2012, del día 11 27 de setiembre del 2012, correspondiente a la recalificación, actualización y 12 aprobación de las tarifas por servicios municipales que presta La Municipalidad 13 de La Cruz, por concepto de Mantenimiento de Parques. 14 15 2-Que según Acuerdo número 3-12 de la Sesión Ordinaria #35-2012, verificada 16 por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 04 de octubre del año 17 2012., se acuerda aprobar El Reglamento para el Cobro de la Tasa por 18 concepto de Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en los distritos donde 19 se brinde el servicio con el objeto de regular el cobro por el citado servicio. 20 21 3-Que según el Acuerdo número 2-4B de la Sesión Ordinaria # 07-2014, 22 verificada por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 27 de febrero del 23 año 2014., se aprueba que de forma inmediata se proceda a la suspensión del 24 cobro de Tasa por concepto de mantenimiento de Parques y Zonas verdes, en 25 el distrito donde se preste el servicio, debido a que el Reglamento que regulara 26 el cobro de este impuesto no había sido publicado tal y como lo exige el 27 artículo 43 del Código Municipal. Todo esto en vista de que la tasa de 28 mantenimiento de parques que se había estado cobrando carece de un 29 elemento de validez como lo es la debida publicación del Reglamento que la
25 1 ordene, resulta imperioso evitar seguir cobrándola hasta tanto se enderece el 2 procedimiento. 3 4 4-Que el día 12 de marzo del año 2014, en el Diario Oficial la Gaceta Nº 50, fue 5 publicada dicho Reglamento para el cobro de la tasa por concepto de 6 mantenimiento de parques y zonas verdes en los distritos donde se preste el 7 servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz. 8 9 5- Que según Acuerdo número 4-1 de la Sesión Ordinaria #09-2014, verificada 10 por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 13 de Marzo del año 2014., 11 se aprueba que no se aplique el cobro de la Tasa por concepto de 12 Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en los distrito donde se preste el 13 servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz Guanacaste., hasta tanto el 14 parque no esté totalmente terminado y con los servicios que debe prestar. 15 16 6-Que según Acuerdo número 2-8 de la Sesión Ordinaria #15-2014, verificada 17 por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 15 de Mayo del año 2014., 18 se aprueba la anulación parcial en lo que corresponde con la aprobación de la 19 tarifa de la tasa por concepto de Mantenimiento de Parques y Zonas verdes en 20 los distrito donde se preste el servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz 21 Guanacaste, y se proceda a la elaboración de una nueva tasa para que la 22 misma empiece a regir en el cobro 30 días posteriores a la publicación en la 23 Gaceta, previa aprobación del Concejo Municipal. 24 7- Que según el Acuerdo número 2-11 de la Sesión Ordinaria # 02-2017, 25 verificada por la Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 12 de enero del 26 año 2017, el Concejo Municipal, acuerda proceder al cobro de la tasa del 27 0.00714% por el Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, según oficio N° 28 MLC-TRIB-C005-17, firmado por la Licda. Ana Catalina Tinoco, Encargada de 29 Gestión Tributaria, por cuanto el parque ya está construido en su primera 30 etapa, según lo certifica el Departamento Constructivo de La Municipalidad de
26 1 La Cruz, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y rige 30 días después de su 2 publicación, dejando sin efecto el acuerdo N° 4-1 de la sesión ordinaria N° 3 092014 del 13 de marzo del 2014 donde se aprobó la no aplicación de este 4 cobro por concepto de mantenimiento de parques y zonas verdes en los 5 distritos donde se preste el servicio en la jurisdicción del cantón de La Cruz 6 Guanacaste. Que el señor Alcalde Municipal dicte las directrices para que este 7 cobro se realice con el debido proceso legal. 8 8-Que el citado Acuerdo, Nº 2-11, de la sesión ordinaria Nº 02-2017, celebrada 9 el día 12 enero del año 2017, donde se acuerda proceder al cobro de la tasa 10 del 0.00714% por el Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, fue publicado 11 en el Diario Oficial La Gaceta número 51, de fecha 13 de marzo del año 2017, 12 página 66., mismo cobro que empezó a regir 30 días después de su 13 publicación., es decir, en el mes de Abril año 2017 hacia adelante. 14 15 Por todo lo anterior, esta servidora le solicita al Honorable Concejo 16 Municipal, tomar un Acuerdo, donde se elimine el monto pendiente de 17 morosidad registrado hasta el día 31 de diciembre del año 2016, por concepto 18 del cobro del Servicio de Mantenimiento de parques, código de ingreso 19 1.3.1.2.05.04.3.0.000., el cual asciende a la suma de ₡ 33,759,769.91, el cual 20 fue generado por haber incluido en el Presupuesto Ordinario para el ejercicio 21 económico comprendido entre los años 2014, 2015 y 2016., el cual por orden 22 del Concejo Municipal, desde la fecha 27 de febrero del año 2014, según 23 Acuerdo número 2-4B de la Sesión Ordinaria # 07-2014, había ordenado la 24 suspensión del cobro de la Tasa por concepto de Mantenimiento de Parques y 25 Zonas verdes y desde entonces quedo sin efecto la recaudación del mismo, 26 durante esos periodos. Siendo así, y según la Ley, este cobro no tiene efecto 27 retroactivo por lo tanto la morosidad antes mencionada no tiene sustento 28 jurídico para su recuperación. 29
27 1 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice, el artículo 91 del 2 Código Municipal habla sobre la presentación del presupuesto, esto no estar 3 pasando en la Contraloría General de la República, de ahí proviene la 4 calificación sobre la recaudación y con esa morosidad da la puntuación, no sé 5 qué impactante será en el índice de la Contraloría, considero que esto no se 6 debe dar, porqué hasta ahora, porque no se cobró, como el cobro del 7 cementerio debería de incluirse en el mismo cobro de los demás servicios, 8 tasas e impuestos, uno piensa que está al día, cuando le dicen que está 9 atrasado en el pago del cementerio, así debió hacerse con este cobro, y eso no 10 existe, y con este caso específico debió haberse dado una mayor vigilancia, 11 aquí no se dan más plazas para limpieza porque el cobro del servicio no da a 12 mayor control, mayor recaudación, no hay eficiencia y ahora 2 años después se 13 viene pidiendo sacar esa morosidad, la llamada de atención para la 14 Administración que deben rendir cuentas los departamentos. 15 16 Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que lo 17 entiende desde otro punto de vista, ella dice que eso se viene sumando cierta 18 cantidad de dinero sin recaudación, porque se cobraba sin estar construido 19 completamente el parque, o terminado, eso vino a dar la morosidad, se cobró 20 plata que no se debería cobrar, y esa morosidad es más de treinta millones de 21 colones, y no se va a recuperar porque no se puede cobrar y pide que se 22 elimine esa porosidad. 23 24 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal les dice 25 efectivamente cuando se hizo el cobro el parque no estaba terminado, ni 26 publicado el Reglamento, ella pide que se elimine porque no hay asidero legal 27 para cobrarlo y que no entre en el pendiente de cobro. 28 El señor José Reynaldo Fernández vega síndico suplente, distrito de santa 29 Cecilia les dice hay dinero que no se debía cobrar y se está cobrando y hay 30 dinero que se debe cobrar y no se está cobrando, por ejemplo en Santa Cecilia
28 1 la gente saca la basura a la calle y no paga impuesto, porque el recolector no 2 entra, pero si la recoge, y no pagan un cinco por recolección de basura, hay 3 que ordenarse señores, eso no puede seguir así. 4 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice, que ese 5 sentimiento de lo que estamos haciendo, desde hace 2 años que está esa 6 morosidad y hasta ahora nos damos cuenta, cómo es posible, la Ley General 7 de la Administración Pública dice que se pueden enmendar los errores, la 8 administración Tributaria(la Municipalidad), no puede estar haciendo esto, no 9 me cabe que tenemos gestores jurídicos, Departamento de Cobros y porqué 10 hasta ahora piden eso, es la llamada de atención, que hasta ahora se venga 11 diciendo que no debe existir esa morosidad. 12 13 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a 14 votación que levanten la mano los que están de acuerdo que se le elimine esa 15 morosidad, basado en que no se cobró, ni se puede cobrar porque el servicio 16 no se prestó, que sea acuerdo definitivamente aprobado, firme y se dispensa 17 de trámite de comisión. 18 19 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 20 21 ACUERDAN: 22 Por Unanimidad ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, 23 aprueba que se elimine el monto pendiente de morosidad registrado hasta el 31 24 de diciembre del año 2016, por concepto del cobro del servicio de 25 mantenimiento de parques, código de ingreso 1.3.1.2.05.04.3.0.0000, el cual 26 asciende a la suma de ¢ 33,759,769,91, el cual fue generado por haber incluido 27 en el Presupuesto Ordinario para el ejercicio económico comprendido entre los 28 años 2014, 2015 y 2016, y que por orden del Concejo Municipal desde la fecha 29 27 de febrero del año 2014, según acuerdo N° 2-4B de la Sesión Ordinaria N° 30 07-2014, aprobó la suspensión del cobro de la Tasa por concepto de
29 1 Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, lo cual desde esa fecha quedó sin 2 efecto la recaudación del mismo, durante esos periodos, por cuanto según la 3 Ley este cobro no tiene efecto retroactivo por lo tanto la morosidad antes 4 descrita, no tiene sustento legal para su recuperación. ACUERDO 5 DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE 6 DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin 7 Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas 8 Cháves: regidor suplente en ejercicio. 9 11.- Se conoce documento, firmado por la señora Blanca Cásares Fajardo, 10 Presidenta Municipal de La Cruz, de fecha 05 de julio del 2018, en el cual 11 solicita nombrar a la señorita Ekaterina Granados Rocha, cédula de identidad 12 5-0403-0992, en sustitución del Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario 13 Municipal, ya que se acoge a las vacaciones desde el 09 de julio al 03 de 14 agosto del 2018 inclusive. 15 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que 16 recordemos que hay actas atrasadas porque el auditor no ha cerrado el libro, ni 17 ha hecho la apertura del nuevo y sellado de hojas sueltas. 18 El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, dice que todo quedará al día, todo 19 es que el señor auditor haga ese cierre, apertura y sellado de páginas sueltas y 20 se impregnan las actas pendientes. 21 Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario, recomienda que se hagan llegar 22 las actas vía correo con antelación y cuando se haga eso y viene acá las actas 23 nada más de aprobarlas. 24 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que somete a 25 votación que levante la mano los que están de acuerdo que se nombre a la 26 compañera Ekaterina Granados Rocha, en sustitución del Lic. Carlos Miguel 27 Duarte Martínez, Secretario Municipal fijo, ya que se acoge a las vacaciones 28 desde el 09 de julio al 03 de agosto del 2018 inclusive, que sea definitivamente 29 aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión. 30 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
30 1 ACUERDAN: Por Unanimidad ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz 2 Guanacaste, nombra a la señora Ekaterina Granados Rocha, cédula de 3 identidad N° 5-403-992, como Secretaria Municipal a.i., en reposición del señor 4 Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal de la Cruz, durante el 5 periodo del 09 de julio al 03 de agosto del 2018 inclusive, ya que el señor 6 Duarte Martínez, gozará de sus vacaciones periodo 2017 - 2018. ACUERDO 7 DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE 8 DE COMISION, con 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin 9 Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas 10 Cháves: regidor suplente en ejercicio. 11 12 ARTICULO TERCERO 13 MOCIONES 14 15 1.- Se conoce Moción, firmada por los regidores que conforman la Comisión de 16 Zona Marítimo Terrestre Municipal, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José 17 Reynaldo Fernández Vega, en el cual dicen 18 Considerando 19 1.- Que la Playa Rajada es una de las más bellas del Cantón de La Cruz. 20 2.- Que diariamente es visitada por una gran cantidad de personas de todo el 21 país y principalmente por los habitantes de La Cruz. 22 3.- Que esta Playa no cuenta con las comodidades para los que la visitan: Falta 23 de un parqueo para vehículos, servicios sanitarios, agua potable, en otras 24 palabras no tiene un espacio cómodo para acampar. 25 4.- Que la parte existente en el Plan regular de zona restringida es una franja 26 muy angosta situada entre el límite de la zona pública y el estero. 27 5.- Que la Comisión de la Zona Marítima Terrestre preocupada por la situación 28 que se da en la Playa Rajada, ya que tiene una orden de no uso del Ministerio 29 de Salud. 30 Mocionan:
31 1 Que el Concejo Municipal de La Cruz, declare a la Playa Rajada de Interés 2 Público, y que se busquen todos los mecanismos legales para que la 3 Municipalidad de La Cruz, pueda construir en el Franja restringida un espacio 4 para parqueo de vehículos y el resto acondicionarla para zona de acampar. 5 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que ese 6 Plan Regulador fue presentado con el nombre de “ Punta manzanillo – Playa 7 Rajada, entre los mojones Nº 159 y Nº 157, hubo audiencia pública, para 8 hacerle las observaciones, entre la zona pública y el estero se piensa hacer un 9 hotel, pero en una franja tan pequeña no se puede construir, donde van a 10 depositar los desechos o al estero o a la plaza, las aguas negras también, y lo 11 que se requiere es que en esa zona tan agosta lo mejor es construir un área de 12 acampar y parqueo para el pueblo cruceño y los visitantes, que sea del pueblo, 13 ya tenemos la vista lo que está pasando en Playa el Jobo con el Hotel solo 14 lamentos se escuchan de la gente, que no les dejan estar en la zona pública, 15 se adueñaron de esa zona, la tiene como privada, son los mismos dueños de la 16 rajadita y la Rajada, van a construir hoteles lo que menos dan al pueblo es 17 mano de obra y a costas del pueblo hacen eso, no podemos permitir privatizar 18 nuestras playas, tenemos que retar al pueblo y no permitir esto, que se 19 pronuncie, y la Municipalidad lo puede hacer y dar en arrendamiento esa área 20 de acampar y parqueo, inclusive en la audiencia hay un cometario de 21 representante de Estación para la Biodiversidad, ese es mi pensamiento con 22 esa playa y espero aprueben la moción. 23 Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta estoy de acuerdo con 24 el fin de la moción de la Comisión de la zona marítimo terrestre, recuerdo que 25 cuando se dio la audiencia de ese plan regulador yo fui, la vicealcaldesa 26 también, pero lo que nos hablan es de los IFAS que nadie entiende esos 27 términos, el Plan Regulador se aprobó a pasos de gigantes en la 28 administración anterior, el Concejo Municipal anterior lo aprobó, yo te puedo 29 invitar a mi casa, pero en mi casa yo digo lo que se debe hacer, el pueblo tiene 30 derecho, más bien se le debe cambiar la figura a la moción y sería más bien
32 1 revisar ese Plan Regulador, debemos hacer las cosas bien hechas, si el Plan 2 Regulador dice que el uso de las áreas es para construcciones de alta o baja 3 densidad, no podemos tomar otro acuerdo encima de otro, sin haber derogado 4 y para eso hay que revisar el Plan Regulador, que quede claro estoy de 5 acuerdo que sea del pueblo, pero como debe ser, si lo tomamos nace nulo. 6 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena 7 les dice, estoy de acuerdo que la comunidad necesita espacios y hay lugares 8 que hay que salvar, y la rajada debe de ser de uso comunal, pero hay que 9 tener cuidado con lo de las playas privadas, no se puede permitir eso, porque 10 es la Municipalidad quien apruebas debemos de tener cuidado con lo que 11 hablamos de la privatización de las playas y de sublevar al pueblo, eso no se 12 puede hacer, en el País no hay playas privadas y si se permite es por culpa de 13 nosotros mismos, de la Municipalidad, ya hay una solicitud de construcción 14 ahí?, hablo de Carlos Hernández en la audiencia y él es el mismo gerente del 15 Hotel del Jobo y los que vienen, parece que nos dio atol con el dedo, 16 totalmente de acuerdo con la moción, pero como dice Marvin tablada hay que 17 tener cuidado. 18 José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Santa Cecilia, les manifiesta 19 hay que visualizar mejor, si construyen no nos van a dejar entrar, , frente al 20 Hotel Dreams se han venido cometiendo errores tras errores, , le vamos a traer 21 algunas cosas de cómo se manipulan los permisos de uso de suelo, 22 cotizaciones en construcciones del 1% donde deben de pagar el 4% y la 23 persona que influyó que estaba involucrado en defensa de las investiduras, 24 inversionistas, Francisco Ramírez del ACG y Alejandro Masís del ACG nos 25 están ayudando en la Comisión, nos están asesorando para no dar un mal 26 paso, el Estado es el dueño de todas las playas, administradas por las 27 Municipalidades, yo y don Carlos Ugarte vamos a trabajar duro en esto y 28 consta en actas dela comisión le vamos a hacer la fuerza al pueblo, no importa 29 que se haya aprobado y nos hayan dado atol con el dedo, pero les falta que 30 venga acá por los permisos, y espero el apoyo de los 5 regidores que votan y a
33 1 partir de aquí vamos a trabajar duro mejor, y darle soporte a ustedes quienes 2 son los que aprueba. 3 4 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario manifiesta, quisiera 5 decirle a Manuel Alan que estuve en Playa el Jobo y cuál fue mi sorpresa que 6 habían unas 50 sillas frente al Hotel Dreams las mareas en la pura zona 7 pública, obstruyendo el paso y solo unas 10 sillas ocupadas, por eso digo 8 privatizar, si me siento ahí me quitan, si llevo un banco de mi casa me quitan, 9 es más están construyendo una baranda o muro para que no pasen los 10 pescadores, ya eso no es nuestro, se dice que es de baja densidad pero es ara 11 que la gente se confundiera, debemos dar la voz de alerta en playa Rajada, el 12 pueblo tiene que darse cuenta, la Municipalidad es la que tiene la última 13 palabra, y mientras yo esté aquí en la Municipalidad no lo voy a permitir, pase 14 lo que pase porque ya tenemos experiencia como en el Jobo, lo del atolillo con 15 el dedo puede ser con una cuchara, Veamos la realidad y pido que la 16 declaremos de interés público, no hay condiciones de construir a espaldas del 17 pueblo, piensa que nos van a seguir engañando, no señores, , vayan a ver 18 como tratan a los empleados que tiene en el Hotel de la cruz, el que abre la 19 boca lo mandan a la casa, sin trabajo y sin pago de derechos laborales, 20 hagamos un alto por nuestra gente, voz Manuel porque sos comerciante tenés 21 otra visión, yo no soy comerciante. 22 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz les 23 manifiesta normalmente cuando se dan este tipo de cosas me abstengo de 24 opinar, mientras hagamos las cosas legales, las cosas bien, correctamente en 25 parte le doy la razón a don Carlos Ugarte y don Reynaldo, pero sería penoso 26 tomar un acuerdo encima de otro y después se tendr4á que derogar, mejor 27 analizarlo mejor. 28 El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario distrito Santa Elena 29 les dice, la Ley es clara, si don Carlos Ugarte dice que se está incumpliendo 30 con la Ley entonces que están haciendo los inspectores de zona marítimo
34 1 terrestre, los funcionarios, la misma administración, si eso está sucediendo es 2 competencia y obligación actuar, no enfurezcamos al pueblo, si hay algo 3 anómalo con la administración anterior acúselos, no diga otra cosa que no es, 4 si se ha permitido la privatización de Playa Jobo es culpa de esta 5 Administración. 6 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario dice que si 7 pretendemos hacer un proyecto en beneficio a la Comunidad y si la ley lo 8 permite se hace sino pues lógicamente al final se cambia el Plan Regulador, 9 pero eso no quiere decir que no se declare de interés público, lo tenemos todo 10 para hacerlo, lo podemos cambiar, quiero que se den cuenta y que estamos 11 sobre la jugada y no quiero que nos vayan a madrugar, de ahí la moción. 12 Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta, hay un Plan 13 regulador, con zonificación, no hay concesión, porque no se ha dado, lo mejor 14 es que se haga la consulta, que las zonas tales y tales no se van a utilizar, sino 15 para uso del pueblo, primero el interés del pueblo y después del privado, debe 16 tomarse un acuerdo bien fundamentado, todos queremos lo mismo, lo que 17 tenemos que ver es la forma, y se puede cambiar la moción, que se tome el 18 acuerdo que diga que no se autorizará ninguna construcción en esa zona hasta 19 que la Municipalidad no tenga muy claro porque queremos que sea declarado 20 de uso comunal, y ver hasta donde el acuerdo va a tener asidero legal, les pido 21 que seamos prudentes, hasta tanto no tengamos bien claro que vamos a 22 orientar que esa zona sea de uso comunal, es decir no permitir que en esa 23 zona se construya hasta que no tengamos claro, y hasta que no se tenga la 24 viabilidad de aprobar la moción del señor Carlos Ugarte Huertas y Reynaldo 25 Fernández vega, sería mejor tomar ese acuerdo. 26 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les manifiestas, ya 27 hemos discutido mucho del asunto, Marvin ha sido claro que se le cambie el fin 28 a la moción, somete a votación levanten la mano los que estén de acuerdo que 29 quede el acuerdo que en el Plan Regulador de playa Rajada, no se permitirán 30 construcciones en esa zona, ni concesión, hasta tanto no se tenga claro y
35 1 hasta que se tenga la viabilidad de aprobar la moción presentada por el señor 2 Carlos Manuel Ugarte, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa 3 de trámite de comisión. 4 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 5 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, no permitirá 6 construcciones en el Plan Regulador denominado “Punta Manzanillo – Playa 7 Rajada, ubicado en Playa Rajada, del Jobo, jurisdicción del Cantón de la Cruz 8 Guanacaste, hasta tanto no se tenga claro, ni se tenga la viabilidad de aprobar 9 la Moción presentada por el señor: Carlos Manuel Ugarte Huertas: Regidor 10 Propietario y José Reynaldo Fernández Vega: Sindico Suplente Municipal, 11 miembros de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, por 12 cuanto se pretende declarar de interés público y de uso comunal dicha Playa y 13 de uso del Cantón de la Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y 14 EN FIRME, SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, con 4 votos a 15 favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel 16 Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en 17 ejercicio. 18 ARTICULO CUARTO 19 ASUNTOS VARIOS 20 21 1.- Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, 22 23 Verbalmente dice, recuerden que mañana estará por acá el diputado Enrique 24 Sánchez del PAC, en el salón de sesiones, y hará una visita a la Ciudad, 25 quedan cordialmente invitados. 26 27 ARTICULO QUINTO 28 CIERRE DE SESION 29 30 Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión a las 20:15 horas.
36 1 2 3 4 5 Blanca Casares Fajardo Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez 6 7 Presidente Municipal Secretario Municipal. 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19