Ordinaria 13 · 2018-04-05
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 13 del 2018-04-05 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 13 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 4) · firme · aprobado ública el día 15 de abril de 2:00 pm. A 4:00 p.m., desde el Salón Comunal de La Garita hasta llegar a una finca privada, con un recorrido de un kilóme…
- ~ Acuerdo (pág. 4) · firme · aprobado a acuerdo definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regi…
- ~ Acuerdo (pág. 16) · firme · aprobado gales que se han mencionado. 16 9. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados o bien a cualquier otra normativa aplicabl…
- ~ Acuerdo (pág. 20) · aprobado en la Terminal de Buses Municipal de la Cruz, de revisar el contrato existente (minisúper), con la finalidad de que se le conceda una licencia comerci…
- ~ Acuerdo (pág. 21) · aprobado resupuestaria II.16.1.04.99 denominada “otros servicios de gestión y apoyo del servicio de depósito y tratamiento de basura y aumentarlos en la subpar…
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que proceda a la firma de…
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado , vecina de la Cruz Centro, Tesorera del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, por motivos de estudio y en su defecto se le solicita a la señora: …
- ~ Acuerdo (pág. 24) · firme · aprobado de autorización para iniciar el proceso de donación del terreno para iniciar el ajuste de 24 área en concesión presentando propuesta de calle pública …
- ~ Acuerdo (pág. 24) · firme · aprobado tos Municipal de la Cruz, escrito firmado por la señora MSc. María Alejandra Muñoz Gonzaga, Coordinadora del Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Sala…
- ~ Acuerdo (pág. 25) · aprobado : “Que la finca objeto de donación no está afectado a fin público, y a su vez se autoriza al señor: Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal d…
- ~ Acuerdo (pág. 25) · firme · aprobado isión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda apoyo…
- ~ Acuerdo (pág. 26) · firme · aprobado s: José Reynaldo Fernández Vega y Guiselle Bustos Chavarría, representantes del Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, ante la Asociación de Product…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado ya Puerto Soley de la Cruz Guanacaste, para ser analizado el próximo jueves 12 de abril del 2018, en sesión municipal, a las 4 pm, en conjunto con los…
1
MUNICIPALIDAD
LA CRUZ
Acta de Sesión Ordinaria # 13-2018, celebrada el día 05 de abril del año 2018,
a las 16:00 horas, con la asistencia de los señores miembros:
Blanca Casares Fajardo Presidenta Municipal
Marvin Tablada Aguirre Vicepresidente Municipal
Carlos Ugarte Huertas Regidor Propietario
José Manuel Vargas Cháves Regidor Suplente en ejercicio
Gloria Monestel Monestel Regidora Suplente
Zeneida Quirós Chavarría Sindica Propietaria Santa Cecilia
José Reynaldo Fernández Sindico Suplente Santa Cecilia
Jeanette Ramírez Rodríguez Sindica Suplente Santa Elena ejerc.
Sebastián Víctor Víctor Sindico Suplente La Garita en Ejerc.
Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Yahaira Duarte
Aguirre: Asesora Legal Alcalde Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez,
Secretario Municipal y con la siguiente agenda:
1.- Revisión y aprobación de actas anteriores: N° 08-2018 y N° 09-2018.
2.- Correspondencia
3.- Mociones
4.- Asuntos Varios
5.- Cierre de Sesión
ARTICULO PRIMERO
REVISION Y APROBACIÓN ACTAS ANTERIORES
1.- Acta N° 08-2018 en discusión:
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta, alguna
objeción al acta que la hagan saber de lo contrario, levanten la mano los que
estén de acuerdo en aprobar el acta N° 08- 2018.
Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° 08-2018 con 4
votos a favor: Blanca Cásares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.
2.- Acta N° 09-2018 en discusión:
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta, alguna
objeción al acta que la hagan saber de lo contrario, levanten la mano los que
estén de acuerdo en aprobar el acta N° 09- 2018.
2
Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° 09-2018 con 4
votos a favor: Blanca Cásares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.
ARTICULO SEGUNDO
CORRESPONDENCIA
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
compañeros, les explico vine tarde porque habían unas presas grandes en la
carretera a Santa Cecilia, por ello no pude hacer el orden del día, por lo que
declara un receso de 20 minutos.
Una vez terminado el receso, se procede a la lectura de la correspondencia
siendo la siguiente:
1.- Se conoce documento, firmado por el señor Jorge Manuel Alan Fonseca,
con fecha de 05 de abril del 2018, en el cual interpone formal Recurso de
Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, contra el
acuerdo N°1-5 de la Sesión Extraordinaria 06-2018. En el cual solicita:
Primero: Que el acuerdo N°1-5, tomado en la Sesión Extraordinaria N°06-
2018, con fecha 04 de abril del año 2018, sea revocado por improcedente,
contrario a la normativa supracitada, por no contener motivo legal que lo
sustente y por afectarse negativamente a la Unidad de Auditoría Interna
Municipal al quitarle recursos necesarios para contar con el recurso humano
requerido para el cumplimiento de sus labores y que además esa unidad es la
encargada de proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la
actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al
marco legal y técnico y las prácticas sanas, afectándose con ello el fin público a
la unidad fiscalizadora.
Segundo: De rechazarse este recurso de revocatoria contra el acuerdo nro.1-5
tomado en la Sesión Extraordinaria Nro.06-2018, con fecha 04 de abril del año
2018, que se eleve la apelación en subsidio a la autoridad competente para
resolver, mientras tanto se suspenden todos los efectos de marras.
Lo anterior, son argumentos suficientes que establezco para que se acoja el
Recurso de Revocatoria o en su caso el Recurso de Revocatoria o en su caso
el Recurso de Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, toda vez que
conforme lo expuesto resulta contradictorio y extraño que el Concejo Municipal
primero aprueba la creación de la plaza para el puesto de Asistente de
Auditoría Interna (Gestor Jurídico de Auditoría Interna), luego solicite al Alcalde
Municipal, que en el menos tiempo posible realice el concurso del
nombramiento de la Plaza de Asistente e Auditoría y que por último tome un
acuerdo contrario a los dos anteriores en detrimento del Control Interno,
debilitamiento del órgano institucional fiscalizador (Unidad de Auditoría Interna)
como lo es el acuerdo que recurro en este caso, tomado en la Sesión
Extraordinaria nro.06-2018, con fecha 04 de abril del año 2018.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
compañeros, ahí tenemos ese recursos extraordinario, propone que se le
3 remita ante la Coordinadora de Gestión Jurídica, para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar la resolución que corresponda. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que amparado al artículo 154 del Código Municipal, el inciso a), dice que no son objeto de recurso los que no hayan sido aprobados definitivamente, por lo que no procede este recurso, si la señora Presidenta Municipal quiere enviarlo a la Coordinadora de Gestión Jurídica que lo haga. El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice ayer fueron aprobados y para coger recursos de la Auditoría debe llevar la autorización del señor Auditor Interno Municipal y para modificar el Reglamento de Auditoría Interna debe llevar la autorización de la Contraloría General de la República, por lo tanto le da aprobación al Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, presentado por el señor Jorge Manuel Alan Fonseca. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta que el artículo 154, inciso a) es sumamente claro, que no procede, sin embargo somete a votación que se remita ante la Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de la cruz, para que lo analice, estudie y dictamine y así tomar la resolución que corresponda, levanten la mano los que estén de acuerdo. Los señores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio, manifiestan que están de acuerdo, mientras que el señor Regidor Marvin Tablada Aguirre manifiesta que no está de acuerdo. Con el agregado anterior los señores regidores: ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la señora Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora del Departamento de Gestión Jurídica Municipal de la Cruz, escrito firmado por el señor Jorge Manuel Alan Fonseca, que contiene Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, contra el acuerdo N°1-5 de la Sesión Extraordinaria 06- 2018.Dicha remisión parta que lo estudie, analice y dictamine legalmente y así tomar la resolución correspondiente. Aprobado con 3 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio, con uno en contra Marvin Tablada Aguirre 2.- Se conoce documento, firmado por la Ing. Karla Larios Guevara, Directora de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, en el cual solicita el visto bueno para el cierre de vía de calle pública el día 15 de abril de 2:00 pm. A 4:00 p.m., desde el Salón Comunal de La Garita hasta llegar a una finca privada, con un recorrido de un kilómetro, esto para la realizar el tope correspondiente a las fiestas de La Garita de la Cruz Guanacaste.
4
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
levanten la mano los que estén de acuerdo en conceder visto bueno al cierre
de la calle, que sea acuerdo definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, concede visto
bueno para el cierre de vía de calle pública el día 15 de abril de 2:00 pm. A
4:00 p.m., desde el Salón Comunal de La Garita hasta llegar a una finca
privada, con un recorrido de un kilómetro, esto para la realizar el tope
correspondiente a las fiestas de dicha comunidad. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
TRAMITE DE COMISIÓN CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel
Vargas Cháves en ejercicio)
3.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C030-18, firmado por la Licda. Ana Catalina
Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal, en el cual emite Resolución con
el fin de brindar recomendación al Concejo Municipal de La Cruz para que
resuelva solicitud de aprobación de una Feria Rodeo y autorización de dos
licencias temporales para la venta de licor, efectuada por el señor Gerardo
Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de
Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668.
RESULTANDO
1 El señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en su
condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La
Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, presentó, ante el Departamento de
Gestión Tributaria de la Municipalidad de La Cruz, el día 02 de Abril del año
2018, una nota mediante la cual solicita la autorización para celebrar una
Feria Rodeo los días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso
2 Que el señor Gerardo Rodríguez Solís, anexa dentro de la misma nota de
petitoria de permiso de Feria Rodeo, a realizarse en la comunidad de La
Garita, la programación de las actividades solicitadas, las cuales son las
siguientes:
DÍA ACTIVIDADES
Corridas de toros a partir de las de
12-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
5
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
04-2018.
Corridas de toros a partir de las de
13-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30am del 14-
04-2018.
Actividades deportivas de 1:00 pm
14-04-2018 a 5:00 pm.
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
con el grupo de Monta Los
Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
04-2018.
Tope saliendo del Salón Comunal a
15-04-2018 las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
regresando al Salón Comunal
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
ACET de Roberto Hidalgo. SIN
TOREROS NI MONTADORES
IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
6
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
04-2018.
3 Dentro de la misma nota el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente de la Asociación de
Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, solicita el
otorgamiento de dos licencias temporales para la venta de licor con el fin de
ser utilizadas en una cantina aledaña al redondel y en un Salón de Bailes,
ambos dentro del área ferial del evento sobre el que requiere autorización.
CONSIDERANDO
1 Que el Concejo Municipal mediante el Acuerdo #3-4B tomado en la Sesión
Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del año 2009, decidió
que “…toda solicitud de licencia, patente, traslado, cambio de ubicación,
traspaso y cualquier otro movimiento formal con relación al expendio de
licores en el Cantón de La Cruz, es competencia del Departamento de
Gestión Tributaria, el trámite respectivo desde el inicio hasta el dictamen de
dicho Departamento para ser elevado al Concejo Municipal, para así tomar
la resolución que corresponda…”.
2 Que el Concejo Municipal de La Cruz, mediante el Acuerdo #4-1 de la
Sesión Ordinaria #02-2012, verificada el día 12 de enero del año 2012,
aprobó el “Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias
Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-
turnos en el Cantón de La Cruz”, publicado en La Gaceta No. 108 del 05 de
junio del 2012, el cual establece el procedimiento y los requisitos para
tramitar las autorizaciones a esas actividades.
3 Que el artículo 3 del Reglamento mencionado establece que “Corresponde
al Concejo Municipal a través de acuerdo por mayoría absoluta otorgar la
Licencia Municipal y Patentes Temporales de Licores para las actividades de
Fiestas Cívicas, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes,
Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos”.
4 Que el artículo 2 del Reglamento de cita, entre otros requisitos establecidos
para autorizar la actividad, indica que la solicitud debe dirigirse al
Coordinador de Gestión Tributaria Municipal.
5 Que el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en
su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La
Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, solicita la autorización para la
realización de una Feria Rodeo, y a la vez requiere el otorgamiento de dos
licencias temporales de licores.
6 Que el artículo 1 del Reglamento de repetida cita, define una “Feria Rodeo”
como “Día o conjunto de días en que se preparan actividades de
entretenimiento, recreativas, deportivas, artísticas, culturales, ventas de
7 comidas, bailes, juegos, montas y corridas de toros.”. Bajo esa definición, lo solicitado por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5- 296-364 corresponde a ese concepto. 7 Que, tal como ya se dijo, en su solicitud el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002- 061668 requiere tanto la aprobación para realizar la Feria Rodeo como la autorización para explotar dos licencias temporales para la venta de licor. Al respecto el artículo 7 de Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N° 9047, establece que “La municipalidad, previo acuerdo del Concejo Municipal, podrá otorgar licencias temporales para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico los días en que se realicen fiestas cívicas, populares, patronales, turnos, ferias y afines…” (la negrita y el subrayado no son del original). 8 Que el Área Ferial donde se llevará a cabo la Feria Rodeo solicitada y por ende donde se explotarían las licencias temporales de licor, comprende dos terrenos, ambos pertenecientes a la Asociación de Desarrollo solicitante: el primero, donde se encuentra el Salón Comunal, localizado frente a la escuela de La Garita, y el segundo, donde funcionará el Redondel, ubicado 100 metros al este del Salón Comunal. 9 Que con respecto a la ubicación del lugar donde se pretende expender licor en forma temporal, el párrafo tercero del artículo 7 de Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N° 9047, establece los casos en los cuales no se pueden otorgar este tipo de licencias al definir que “Las licencias temporales no se otorgarán, en ningún caso, para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro de los centros educativos, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros infantiles de nutrición ni en los centros deportivos, estadios, gimnasios y en los lugares donde se desarrollen actividades deportivas, mientras se efectúa el espectáculo deportivo” (el subrayado no es del original). En vista de que el sitio donde se efectuará la comercialización de bebidas alcohólicas en forma temporal no se ubica en ninguno de los casos restringidos por la ley, entonces su operación resulta posible de autorizar. 10 Que en la solicitud del señor Rodríguez Solís, solamente se indican las actividades (1 cantinas y 1 salón de baile) donde se explotarían cada una de las licencias temporales para expendio de licor solicitadas, más no el horario de funcionamiento de estas., por lo que, para efectos de establecer los horarios de funcionamiento de esas licencias de comercialización temporal de bebidas alcohólicas solicitadas, resulta indispensable aplicar la categorización establecida en los artículos 4 y 11 de la ley de repetida cita. 11 Que en vista de que los artículos 4 y 11 de la Ley 9047 definen, respectivamente, los tipos de negocios y los horarios para el expendio de bebidas con contenido alcohólico, resulta posible establecer sin mayor esfuerzo la categoría a asignar para cada licencia temporal solicitada. Así las cosas, la licencia temporal de Cantina (contiguo al redondel) estaría ubicada en la categoría B1 y por lo tanto su horario autorizado estaría entre las 11:00
8 am y las 12:00 medianoche. La licencia temporal de Salón de baile (localizada en el Salón Comunal) estaría ubicada en la categoría B2 y su horario permitido estaría entre las 4:00 pm y las 2:30 am del día siguiente. 12 Que la actividad de Tope, saliendo del Salón comunal a la 1:00pm y regresando al salón comunal a las 4:00pm., la cual forma parte de las actividades a llevarse a cabo en la Feria Rodeo de la comunidad de La Garita, y al ser calle cantonal, y al ser calle cantonal, solicito el visto bueno del Ingeniero Encargado del Departamento de Unidad Técnica Vial de esta Municipalidad para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación. 13 Que la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3- 002-061668 no presentó la póliza de riesgos que cubriría la actividad montadores y toreros improvisados; en su lugar ha emitido un Acuerdo en el que se compromete a no permitir el acceso a toreros ni montadores improvisados en el Redondel de la Feria Rodeo de La Garita, durante todos los días que dure la actividad. Sobre el particular, es criterio de esta servidora que la exigencia y existencia de dicha póliza responde directamente a la presencia de ese tipo de participantes; si la participación de los mismos no son permitidos por la organización pues entonces no tiene razón de ser la suscripción del mencionado seguro de riesgos. No obstante lo anterior, resulta importante dejar muy claro que si en algún momento las autoridades policiales o municipales detectan la presencia de toreros improvisados participando de las corridas de toros, la actividad de monta de toros podrá ser suspendida de inmediato bajo la entera responsabilidad de la Asociación de Desarrollo. De la misma manera, si los toreros improvisados no son detectados y la actividad se desarrolla con su participación, la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita es la única responsable de las consecuencias generadas por cualquier incidente que involucre a estas personas. 14 Que la actividad solicitada cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, con la salvedad hecha en el punto anterior relacionada con la póliza de riesgos para toreros y montadores improvisados. 15 Que el Acuerdo N° 3-15, literal B.3, tomado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de La Cruz N° 44-2003 del 19 de noviembre del 2003, establece que el monto a cobrar por el permiso para la realización de una Feria en el distrito de La Garita es de ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos). 16 Que el artículo 30 del Reglamento de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz, publicado en La Gaceta Nº 28 del Viernes 8 de febrero del 2013 (y modificado en La Gaceta N° 59 del 25 de marzo del 2013), establece el monto a cobrar por cada licencia temporal para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, siendo esta suma de ¢9,577.77 (nueve mil quinientos setenta y siete colones con setenta y siete céntimos) diarios para el año 2018. Siendo que la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita solicita la
9
explotación de 2 licencias por espacio de 4 días, el monto total a pagar por
las licencias sería de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós
colones con dieciséis céntimos).
POR TANTO
Con fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política,
11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de
la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido
Alcohólico, Ley N° 9047, a lo establecido en el Reglamento para la
realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de
toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así
como lo indicado en el Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La
Cruz en la Sesión Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del
2009, se resuelve recomendar al Concejo Municipal de La Cruz lo siguiente:
1. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
realización de una Feria Rodeo en la comunidad de La Garita, durante los
días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso. Las actividades autorizadas
a desarrollar serían:
DÍA ACTIVIDADES
Corridas de toros a partir de las de
12-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
04-2018.
Corridas de toros a partir de las de
13-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 14-
04-2018.
10
Actividades deportivas de 1:00 pm
14-04-2018 a 5:00 pm.
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
con el grupo de Monta Los
Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
04-2018.
Tope saliendo del Salón Comunal a
15-04-2018 las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
regresando al Salón Comunal
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
ACET de Roberto Hidalgo. SIN
TOREROS NI MONTADORES
IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
04-2018.
2. El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
3. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
actividad de Tope, como parte de la actividad de Feria Rodeo, a realizarse
el día 15 de abril del año 2017, de 1:00 pm a 4:pm, con inicio, saliendo
del Salón comunal , hasta llegar a finca privada, culminando con el
regreso al salón comunal, utilizando la vía cantonal en la comunidad
de La Garita, por lo cual solicito al Ingeniero Encargado del
Departamento de Unidad Técnica Vial de esta Municipalidad
11
autorización para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición
que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este
Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación., en dicha
actividad queda totalmente prohibido el expendio y consumo de
bebidas con contenido alcohólico en vía pública.
4. Aprobar el otorgamiento de dos licencias temporales para la
comercialización de bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la
Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-
061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, previa cancelación
de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós colones con
dieciséis céntimos)., por concepto de explotación de las 2 licencias por
espacio de 4 días. Las licencias temporales funcionarían únicamente
durante la realización de la Feria Rodeo y en las siguientes
ubicaciones y horarios:
Dias autorizados
Cantina del redondel Salon de Bailes
12/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 13-04-2018
13/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 14-04-2018
14/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 15-04-2018
15/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 16-04-2018
5. Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
“ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
“ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
“ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
12
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
6. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad tanto en el Bar como en el Salón de
Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de baile).
7. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
8. Recordarle a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula
jurídica N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, que la
actividad de Corridas de Toros se autoriza sin la presencia de toreros ni
montadores improvisados, cuya participación implicaría un desarrollo de la
actividad no autorizado y por lo tanto ilegal, con las consecuencias legales que
se han mencionado.
9. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 81 bis del Código Municipal. Lo anterior sin perjuicio
de otras sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice levanten la
mano los que estén de acuerdo en aprobar la resolución Administrativa de la
Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Coordinadora Gestión Tributaria de
autorización de celebración de Feria Rodeo La Garita 2018, que sea
definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, Aprueba con
fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N°
9047, a lo establecido en el Reglamento para la realización de Festejos
Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas,
Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así como lo indicado en el
Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La Cruz en la Sesión
Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del 2009, lo siguiente:
5. Autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
realización de una Feria Rodeo en la comunidad de La Garita, durante los
días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso. Las actividades autorizadas
a desarrollar serían:
DÍA ACTIVIDADES
Corridas de toros a partir de las de
13
12-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
04-2018.
Corridas de toros a partir de las de
13-04-2018 6:00 pm, con el grupo de Monta
Los Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 14-
04-2018.
Actividades deportivas de 1:00 pm
14-04-2018 a 5:00 pm.
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
con el grupo de Monta Los
Cañeros., del señor Edgar
Coronado Luna. SIN TOREROS NI
MONTADORES IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
04-2018.
14
Tope saliendo del Salón Comunal a
15-04-2018 las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
regresando al Salón Comunal
Corridas de toros a partir de las de
6:00 pm, con el grupo de Monta
ACET de Roberto Hidalgo. SIN
TOREROS NI MONTADORES
IMPROVISADOS.
Venta de comidas
Carruseles
Venta de licores y refrescos según
horario de la licencia de licores
Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
04-2018.
6. El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
7. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
actividad de Tope, como parte de la actividad de Feria Rodeo, a realizarse
el día 15 de abril del año 2017, de 1:00 pm a 4:pm, con inicio, saliendo
del Salón comunal , hasta llegar a finca privada, culminando con el
regreso al salón comunal, utilizando la vía cantonal en la comunidad
de La Garita, por lo cual solicito al Ingeniero Encargado del
Departamento de Unidad Técnica Vial de esta Municipalidad
autorización para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición
que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este
Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación., en dicha
actividad queda totalmente prohibido el expendio y consumo de
bebidas con contenido alcohólico en vía pública.
8. Aprobar el otorgamiento de dos licencias temporales para la
comercialización de bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la
Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-
061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, previa cancelación
de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós colones con
dieciséis céntimos)., por concepto de explotación de las 2 licencias por
espacio de 4 días. Las licencias temporales funcionarían únicamente
durante la realización de la Feria Rodeo y en las siguientes
ubicaciones y horarios:
Dias autorizados
Cantina del redondel Salon de Bailes
12/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 13-04-2018
13/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 14-04-2018
14/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 15-04-2018
15/4/2018 11:00 am a 12:00 medianoche 9 pm a 2:30 am del 16-04-2018
15
5. Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
“ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
“ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
“ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
6. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad tanto en el Bar como en el Salón de
Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de baile).
7. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
8. Recordarle a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula
jurídica N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, que la
actividad de Corridas de Toros se autoriza sin la presencia de toreros ni
montadores improvisados, cuya participación implicaría un desarrollo de la
actividad no autorizado y por lo tanto ilegal, con las consecuencias legales que
se han mencionado.
16
9. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 81 bis del Código Municipal. Lo anterior sin perjuicio
de otras sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME Y SE DISPENSA
DEL TRAMITE DE COMISIÓN, CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel
Vargas Cháves en ejercicio.)
4.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C031-18, firmado por la Licda. Ana Catalina
Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal, en el cual informa que un
funcionario del Departamento de Inspección, entra a gozar de sus periodos de
vacaciones, por lo que es necesario que la persona que lo va a sustituir en esta
etapa de vacaciones sea juramentado por el Honorable Concejo Municipal.
Siendo así, solicita al Concejo Municipal, juramentar a la persona seleccionada
para realizar estas labores, el señor Cristian Darío Hernández Corea con
cédula de identidad número 5-348-985, para efectos de darle continuidad a las
tareas que realizan dichas dependencias.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal dice acá tenemos al
señor Cristian Darío Hernández Corea, por lo tanto de una vez le pedimos pase
adelante para la debida juramentación, lo cual de inmediato lo juramenta,
quedando debidamente juramentado.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la cruz Guanacaste, aprueba la
juramentación del señor Cristian Darío Hernández Corea, cédula N° 5-348-985,
como inspector municipal, ya que el funcionario fijo goza de vacaciones.
ACUERDO DEFINTIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DE
TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: (Blanca Casares Fajardo,
Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel Vargas
Cháves en ejercicio)
5.- Se conoce oficio mlc-trib-c032-18, firmado por la Licda. Ana Catalina Tinoco
Obregón, Gestora Tributaria, de fecha 03 de abril del 2018, en el cual procede
formalmente a dar repuesta en atención al Acuerdo # 2-6 de la Sesión
Ordinaria # 10-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, el
día 15 de marzo del año 2018 y recibido por el departamento de Gestión
Tributaria el día 19 de marzo del año en curso, en relación a solicitud de
licencia comercial para el expendio de bebidas con contenido alcohólico
presentada por el señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad
número 1-1088-0182, arrendatario del local comercial número 7, ubicado en la
Terminal de buses propiedad de la Municipalidad de La Cruz, en el cual
actualmente opera una licencia municipal de Minisúper con nombre de fantasía
el “Mercadito”., referente a esta petición una vez analizada, me permito
informarles lo siguiente:
Primero: Que según la normativa de la Ley Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico N° 9047, establece en los siguientes
artículos:
17 Artículo 4.- Tipos de licencias Licencia clase D: habilitan únicamente para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico al detalle, en envase cerrado para llevar y sin que se pueda consumir dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta de licor será la actividad comercial secundaria del establecimiento. Habrá dos clases de sublicencias, así: Licencia clase D1: minisúper Licencia clase D2: supermercados Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos que se dediquen al expendio de abarrotes, salvo lo indicado en las licencias clase D1 y clase D2. Artículo 9. Incisos a) y b) - Prohibiciones a) No se podrá otorgar ni autorizar el uso de licencias clases A y B a negocios que se encuentren en zonas demarcadas como de uso residencial o conforme a lo que establece el plan regulador o la norma por la que se rige; tampoco a negocios que se encuentren a una distancia mínima de cuatrocientos metros de centros educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso correspondiente de funcionamiento, centros de atención para adultos mayores, hospitales, clínicas y Ebais. b) No se podrá otorgar ni autorizar el uso de licencias clases C a negocios que se encuentren en zonas demarcadas como de uso residencial o conforme a lo que establece el plan regulador o la norma por la que se rige, tampoco a negocios que se encuentren a una distancia mínima de cien metros de centros educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros de atención para adultos mayores, hospitales, clínicas y Ebais. Siendo asi, la normativa no aplica restricciones en cuanto a límite de distancias a las licencias comerciales para el expendio de bebidas con contenido alcohólico categoría D.1, Minisúper con expendio de licores, actividad que está solicitando el señor Randall Hernández Corrales para explotar en dicho local número 7 del cual es arrendatario. Segundo: Que el señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad número 1-1088-0182, para obtener una licencia para el expendio de bebidas con contenido alcohólico, categoría D.I, Minisúper, deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz, en la Sección II.- Requisitos que deben cumplir las personas que pretendan obtener una licencia permanente bajo la Ley N° 9047, artículo N°36 que dice:
18
Artículo 36.—Para realizar el trámite de autorización para la explotación de
una licencia para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, el
interesado deberá presentar, ante el Departamento de Patentes, lo siguiente,
siempre y cuando, algunos de los requisitos solicitados no se encuentren
vigentes en el expediente de la licencia comercial respectiva:
1. Llenar debidamente el formulario de solicitud de licencia municipal con todos los
datos requeridos para su trámite y firmado por la persona interesada o su representante.
En el caso de que la persona solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la
firma deberá estar autenticada por un profesional en notariado.
2. Haber obtenido previamente, o bien solicitarla conjuntamente, la licencia municipal
comercial para desarrollar la actividad en donde se pretende comercializar bebidas con
contenido alcohólico.
3. Si se trata de persona física, deberá aportar copia del documento de identidad y una
declaración jurada realizada ante un profesional en notariado, en la que se haga constar
que la persona solicitante cuenta con plena capacidad cognoscitiva y volitiva.
4. Si se trata de una persona jurídica deberá aportar: a) Personería jurídica con no
más de un mes de emitida; b) Con el propósito de cumplir con el artículo N° 3 de la Ley
N° 9047, aportar una certificación notarial sobre la composición de su capital social
vigente al momento de la solicitud de la licencia. c) Declaración jurada, realizada ante un
profesional en notariado en la que se haga constar que su Representante Legal es una
persona que cuenta con plena capacidad cognoscitiva y volitiva. d) Fotocopia del
documento de identidad del Representante Legal.
5. Deberá encontrarse al día en todas las obligaciones municipales, tanto materiales
como formales; así como con la Caja Costarricense de Seguro Social y Asignaciones
Familiares. En los casos que esas instituciones no tengan la información a través de los
medios tecnológicos y la municipalidad no pueda obtenerla, deberá el solicitante aportar
la certificación respectiva.
6. Presentar copia de la póliza de riesgos laborales vigente.
7. En caso de que el inmueble en el que se ubica el negocio comercial sea alquilado,
debe aportar contrato de arrendamiento en donde se especifique la actividad
comercial permitida, o certificación literal de la propiedad en caso de ser el propietario
del inmueble. En caso de que la propiedad no esté inscrita, presentar documento idóneo
que demuestre la posesión del inmueble. El propietario o poseedor del inmueble deberá
encontrarse al día en todas las obligaciones municipales, tanto materiales como formales.
….. (la negrita y el subrayado no es del original).
8. La ubicación del local comercial y la actividad solicitada deberán estar acorde con la
Resolución Municipal de Ubicación o el Uso de Suelo permitido y con las distancias a que
se refieren los incisos a) y b) del artículo 53 de este Reglamento.
La medición de las distancias mencionadas anteriormente, se hará en forma lineal de
puerta a puerta sobre vía pública, tomando siempre la puerta más cercana, con acceso
directo a vía pública, del establecimiento que pretenda comercializar bebidas con
19 contenido alcohólico y la de aquel punto de referencia. Se entenderá por puerta, cualquier entrada o sitio que esté en uso y que sirva de ingreso al público. 9. Constancia de encontrarse inscrito como contribuyente de la actividad solicitada, ante la Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda. 10. El Permiso Sanitario de funcionamiento deberá estar vigente y acorde a la actividad solicitada. 11. En caso que se solicite una licencia clase E, copia certificada de la declaratoria turística vigente. 12. Una vez satisfechos los requisitos anteriores, la Municipalidad solicitará una recomendación al Consejo de Distrito correspondiente, respecto a la actividad solicitada. Las fotocopias de los documentos supra citados, deberán venir certificados por un profesional en notariado, o bien, el solicitante podrá aportar las copias y presentar los documentos originales ante el funcionario municipal respectivo, quién confrontará los mismos y dejará constancia de dicho acto al dorso de las copias citadas. Tercero: Siendo asi, me permito informarles que es necesario que esta patentado presente el Contrato de Arrendamiento de dicho local, donde se le autorice la explotación de esa nueva actividad, Minisúper con expendio de licores, ya que el Contrato de Alquiler, N° 0001-2015, entre la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, Guanacaste y el Señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad número 1-1088-0182, el cual reza una fotocopia en este departamento, en la cláusula tercera indica lo siguiente…: “ El local será utilizado por la arrendataria única y exclusivamente para el uso comercial específicamente para venta de minisúper, sin expendio de licor o bebidas con contenido alcohólico, no pudiendo utilizarlo para otra actividad, quedando absolutamente prohibida la modificación del destino comercial del mismo o ampliarlo a nueva actividades, salvo autorización previa y expresa de la Municipalidad, si esto conviniera a la Administración Pública….. (La negrita y el subrayado no son del original). Por lo tanto, es necesario modificar esta Tercera cláusula del contrato de arrendamiento, donde se le autorice al señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad número 1-1088-0182, la actividad de Minisúper con el adicional del expendio o venta de licores, Para así poder darle el debido tramite a la licencia categoría D.1 “Minisúper con expendio de licores” que actualmente está solicitando. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, Regidor Propietario les dice que eso es en la Terminal de Buses, y se dice que es para llevar, pero no le parece, no concuerda, la parada es visitada por niños, adultos mayores, cuesta mucho que no se sienten en las bancas a consumir licor, no le parece, estamos para mejorar la salud, la ética en todo sistema, por lo tanto de que no se le dé aprobación. El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que está de acuerdo lo que dice don Carlos Ugarte, por los usuarios, los niños, adultos mayores, es la imagen, lo mejor es denegarlo, y que se mantenga el contrato como está, porque el inquilino acepto ese contrato, es competencia de nosotros decidir.
20 El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, les manifiesta que en Santa Cecilia en una verdulería se vende licor y eso no puede suceder, y está menos de 50 metros de la plaza de Deportes, y hasta consumen en la plaza de Deportes, en el Super Compro también consumen en las bancas, eso afea una comunidad, lo mejor es pensarlo bien si se toma una decisión. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice no quisimos que esto sucediera en Santa Cecilia, lo somete a votación si se deniega la solicitud de venta de cervezas en el local y que se mantenga el contrato como tal, que sea definitivamente, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, da por denegada la solicitud del señor Randall Hernández Corrales, arrendatario del local comercial N° 7, ubicado en la Terminal de Buses Municipal de la Cruz, de revisar el contrato existente (minisúper), con la finalidad de que se le conceda una licencia comercial para el expendio de bebidas con contenido alcohólico, ya que no es acorde al lugar y no conveniente por el tránsito de niños, jóvenes, adultos mayores en la Terminal de Buses, por lo tanto que se conserve el contrato tal y como está.(Minisuper). Ello en atención a dictamen emanado por el Departamento de Gestión Tributaria Municipal de La Cruz. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 6.- Se conoce oficio DF-010-2018, firmado por la Licda. Laura Moraga Rodríguez, Directora Financiera Municipal, de fecha 04-abril2018, en el cual solicita lo siguiente: Por este medio procedo a referirme al Acuerdo N°. 3-19 de la Sesión Ordinaria #11-2018 del día 15 de marzo, en donde fue aprobada la Modificación N°. 03-2018 por el monto de ¢59.296.000.00 (cincuenta y nueve millones doscientos noventa y seis mil con 00/100), indicando lo siguiente: Para dicha modificación recibí solicitud de parte del Señor Alcalde Municipal para disminuir el monto de ¢25.000.000.00 (veinticinco millones netos) de la partida presupuestaria II.16.1.04.99 denominada otros servicios de gestión y apoyo del servicio de Depósito y tratamiento de basura y aumentarlos en la subpartida presupuestaria II.02.1.08.04 denominada mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción del servicio de Recolección de basura, monto que ya no existía como saldo en la partida presupuestaria II.16.1.04.99 ya que anteriormente había sido rebajado con otros fines y que por error fue consignado en la Modificación N°. 03-2018 la cual fue aprobada en la sesión mencionada anteriormente. En vista de lo anterior es que solicito se deje sin efecto la aprobación de las líneas 9 y 10 de dicha modificación la cual adjunto, puesto que los recursos no existían al momento de la aprobación y por tanto no pueden ser ejecutados y que dicho acuerdo de aprobación de modificación se corrija de manera de que los recursos aprobados sean únicamente por el monto de ¢34.296.000.00 (treinta y cuatro millones doscientos noventa y seis mil netos), excluyendo el monto de los ¢25.000.000.00 (veinticinco millones netos) indicados anteriormente.
21 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que lo que se debe hacer es rectificar el acuerdo. El señor Ing. Gilberto Briceño: Gestor Urbano y Obras Municipales, manifiesta que lo que sucedió fue que la Dirección y Tesorería no tenían actualizado el sistema cuando Geraldy solicitó y se hace la modificación N° 03-2018 y cuando se hace el proceso parece en rojo porque ese rubro no tenía recursos, lo importante es que ese monto no se ha utilizado, ya en el año 2019 se va a implementar el nuevo sistema, fue un simple error, de ahí la enmienda que pide la señora Directora Financiera. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que somete a votación si que se rectifique el acuerdo, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, rectifica el acuerdo N° 3-19 de la Sesión Ordinaria N° 11-2018 celebrada por el Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, el día 15 de marzo del 2018, donde se aprueba la Modificación Presupuestaria N° 03-2018 por el monto de ¢ 59,296,000,00 (cincuenta y nueve millones doscientos noventa y seis mil colones netos) y en su defecto se aprueba con el monto real de ¢ 34,296,000,00 (treinta y cuatro millones doscientos noventa y seis mil colones exactos), dejándose sin efecto las líneas 9 y 10 de dicha modificación por un monto de ¢ 25,000,000,00 (veinticinco millones de colones netos), puesto que los recursos no existían al momento de aprobación de la partida presupuestaria II.16.1.04.99 denominada “otros servicios de gestión y apoyo del servicio de depósito y tratamiento de basura y aumentarlos en la subpartida presupuestaria II.02.1.08.04 denominada mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción del servicio de Recolección de Basura, monto que no existía en la partida presupuestaria II.16.1.04.99 por lo tanto no pueden ser ejecutados y se excluyen los ¢ 25,000,000,00, dado que fue un error involuntario, quedando enmendado el mismo. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 7.- Se conoce oficio ALDE-JS-00122-2018, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, en el cual solicita la autorización para compadecer en la firma de la escritura de donación del área pública identificada con plano G-0822965-1989, número de finca folio real N°5026123-000, traspaso a título gratuito, según lo señala la ley de Planificación Urbana, artículo 40 al 44. Dicho terreno está ubicado en Barrio Fátima (El Corozo). La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les manifiesta que ese terreno está a nombre del INVU, no se pudo construir el Play orque no está a nombre de la Municipalidad, así que con autorización al Alcalde para firmar el traspaso se puede construir el Play y el parquecito. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que somete a votación si que se autoriza al señor Alcalde a la firma de dicho traspaso, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.
22 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que proceda a la firma de la escritura de donación del área pública identificada con el plano catastrado N° G-0822965- 1989 inscrita bajo la matrícula folio real N° 5026123-000, todo amparado a la ley de Planificación Urbana, artículos del 40 al 44, terreno ubicado en el Bario Fátima (El Corozo) La Cruz Guanacaste. Esto ante el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 8.- Se conoce nota, firmada por la señorita Enid Arrieta Bonilla, vecina de La Cruz, Guanacaste, en el cual externa que no podrá asumir el cargo que le fue asignado como Tesorera del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, por motivos que se encuentra realizando un curso en el INA con un horario de 4:00p.m a 9:00p.m, por lo que se le dificulta asistir a la sesiones. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que no queda otra que aceptarle la renuncia, y que se llame a Patricia Vargas Cortés para ver si acepta y de una vez juramentarla el próximo jueves 12-abril-2018, lo somete a votación, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acepta la renuncia de la señorita: Enid Arrieta Bonilla, vecina de la Cruz Centro, Tesorera del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, por motivos de estudio y en su defecto se le solicita a la señora: Patricia Lorena Vargas Cortés, vecina de la Cruz Centro, haga acto de presencia el próximo jueves 12 de abril del 2018, a las 4:00 p.m. en el salón de sesiones municipal de la Cruz, cuya finalidad es tomarle el parecer si desea formar parte del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la Cruz y así de una vez proceder a la debida juramentación. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 9.- Se conoce oficio MLC-ZMT-45-2018, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal, de fecha 15 de marzo del 2018, en el cual en relación a la solicitud presentada por Desarrollos Turístico Playa Rajada, S.A. para rectificar la certificación de Patrimonio Natural del Estado del sector de Playa Rajada, La Cruz, Guanacaste, específicamente detrás del manglar, debido a que existe propiedad inscrita y a la revisión del área que fue clasificada como bosque; en conversación con el Ing. Francisco Ramírez Noguera, Gerente de Manejo de Recursos Naturales del Área de Conservación Guanacaste el 28 de febrero del 2018 se aclaró que la de la certificación de PNE ACG-DIR-PNE-ZMT-003-2017 rectificó el área de la propiedad privada y realizó la revisión del bloque de bosque comprendido en la zona restringida de la zona marítimo terrestre de Playa Rajada, específicamente detrás del
23 manglar, liberando un área de bosque en el sector de la concesión de plano G-457252- 97. En relación a esto, el 15 de marzo del 2018 se recibió en el Departamento de Zona Marítimo Terrestre, escrito firmado por la señora Viria Apuy en calidad de Apoderada Generalísima de Desarrollo Turístico Playa Rajada y Gianluca Pantano, en el que se solicita. Se proceda a anular los planos de la concesión de Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A sobrepuestos a la propiedad privada planos G-457250-97, G-427253-97, G-457254-97, G-616003-2000. Se proceda a rectificar la medida de la concesión inscrita bajo el número de finca 5- 0001333-Z-000 a nombre de Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A. quedando un área en 8.786 m². Adjunta croquis de calle daría acceso a la concesión para su respectiva donación. El mismo se propone de 10 m de ancho por 300 m de largo, considerando que dicha calle únicamente dará acceso a la concesión. Por lo tanto, Se recomienda al Concejo Municipal autorizar al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde, para iniciar con el proceso de anulación de los planos de la concesión de Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A sobrepuestos a la propiedad privada planos G- 457250-97, G-427253-97, G-457254-97, G-616003-2000. Asimismo se hace de conocimiento al Concejo Municipal que el escrito firmado por la señora Viria Apuy en calidad de Apoderada Generalísima de Gianluca Pantano dueño del 50% de la finca 5- 73568-0 (por la que implementaría un acceso público) presenta una propuesta de calle pública de 10 m de ancho y 300 m de largo para dar acceso al área concesionable por lo que solicita autorización para iniciar el proceso de donación del terreno para iniciar con el proceso de ajuste de área de la concesión con el plano 457252-97. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a votación, que se pase a la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar la resolución respectiva, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, oficio N° MLC-ZMT-45-2018, enviado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, en la que recomienda autorizar al señor Alcalde Municipal de la Cruz, parta que inicie con el proceso de anulación de los planos de la concesión de Desarrollo Turístico Playa Rajada S.A., sobrepuestos a la propiedad privada planos G-457250-97, G-427253-97, G-457254-97 y G-616003-2000, y solicitud de autorización para iniciar el proceso de donación del terreno para iniciar el ajuste de
24 área en concesión presentando propuesta de calle pública de 10 Mts de ancho por 300 mts de largo por parte de la señora Viria Apuy Sirias, apoderada Generalísima de Gianluca Pantano dueño del 50% de la finca 5-73568-0. Dicha remisión para que lo estudien, analice, y dictaminen y así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 10.- Se conoce oficio CNVMTS-04-04-18, firmado por la Msc. María Alejandra Muñoz Gonzaga, Coordinadora de CNVMTS Sede Liceo Santa Cecilia, en el cual solicitan la donación de instrumentos para banda rítmica y grupo musical conformado por estudiantes del Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a votación, que se pase a la Comisión de Hacienda y Presupuestos para que lo estudie, analice y dictamine y así tomar la resolución respectiva, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite ante la Comisión de Hacienda y Presupuestos Municipal de la Cruz, escrito firmado por la señora MSc. María Alejandra Muñoz Gonzaga, Coordinadora del Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar, Sede Santa Cecilia de la cruz Guanacaste, donde solicita la donación de instrumentos para la Banda Rítmica y grupo musical conformado por los estudiantes de esa casa de enseñanza, ya que no cuentan con recursos económicos ni los instrumentos. Se remite para su estudio, análisis y dictamen de comisión y así tomar la resolución que corresponda. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 11.- Se conoce oficio ALDE-JS-0103-2018, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, en el cual en virtud del oficio LRBV-02-C05-2018, suscrito por la Msc. Magali Cubillo Morales, Directora del Liceo de Bella Vista de Santa Cecilia, mediante el cual solicita que al acuerdo 2-3 de la Sesión Ordinaria N°09-2015, visto en el folio 0005 del expediente “DONACIÓN TERRENO TELESECUNDARIA BELLA VISTA” le sea adicionado lo siguiente: Que la finca objeto de donación no está afectado a fin público, además que en ese mismo acto se autoriza al señor Alcalde para proceder a la firma de la escritura de traspaso ante la notaría del estado. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a votación, que se apruebe que la donación no afecta fin público y se autorice al señor Alcalde a la firma del traspaso, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
25 ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, hace de conocimiento a la Procuraduría General de la República, que al acuerdo N° 2-3 de la Sesión Ordinaria N° 09-2015, celebrada el día 19 de marzo del 2015, se le adiciona lo siguiente: “Que la finca objeto de donación no está afectado a fin público, y a su vez se autoriza al señor: Junnier Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal de la Cruz, para que proceda a la firma de la escritura de traspaso ante la Notaría del Estado. Y así cumplir con la meta de la construcción del Liceo Rural de Bella Vista de Santa Cecilia, jurisdicción del Cantón de la Cruz Guanacaste. Esto en atención al oficio 118-2018, firmado por el señor Procurador Jonathan Bonilla Córdoba Notario del Estado. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 12.- Se conoce nota, firmada por el señor William Mejías Vargas y el señor José Antonio Rodríguez Benavides, Miembros de la Asociación de Productores de Maquenque (ASOPROMA), en el cual solicitan no dar visto bueno al criterio relativo al proyecto Ley para Establecer un Régimen Jurídico Especial para el Refugio de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte, proyecto presentado por la diputada Aracely Segura Retana y otras señoras diputadas y diputados. El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Santa Cecilia les dice que este señor William Mejía le ha llamado 4 veces, le habló claro y concreto y pelado, le dije que no estaban haciendo lo correcto, para convocar a una reunión debía hacerlo al Concejo Municipal para que este brinde una autorización, y no hacerlo personal, y así pedir el transporte y viáticos porque es en representación de este Concejo Municipal, tenemos franja fronteriza y yo debía cumplir con lo ustedes digan y autoricen. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que ellos piden apoyo para no apoyar el proyecto de ley que tienen en la Asamblea Legislativa, someto a votación si están de acuerdo con ese apoyo, que sea definitivo, firme y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda apoyo incondicional a Asociación de Productores de Maquenque (ASOPROMA), en el cual solicitan no dar visto bueno al criterio relativo al proyecto Ley para Establecer un Régimen Jurídico Especial para el Refugio de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte, proyecto presentado por la diputada Aracely Segura Retana y otras señoras diputadas y diputados. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio. 13.- Se conoce documento, firmado por la señora Guiselle Segura Sánchez, Secretaria Administrativa de la Federación de Municipalidades de Guanacaste, en el cual transcribe el acuerdo tomado por el Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de Guanacaste. ACUERDO 2-ORD.07-2017
26 Recomendar a los Concejos Municipales y al Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares de Guanacaste, ubicar retrato del Expresidente de la República Daniel Oduber Quirós, en el lugar que lo dispongan preferiblemente en la sala de Sesiones, como homenaje póstumo a un hombre que aportó mucho al país, que hizo de Guanacaste su Segunda Casa, permitiendo de esta forma que los Guanacastecos se sientan muy orgullosos de su labor y arraigo por nuestra provincia. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se coloque la fotografía del Expresidente Daniel Oduber Quirós, en el salón de sesiones municipal de la Cruz, nadie aprueba por lo tanto queda denegado. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, da por denegado la solicitud del Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de Guanacaste, de ubicar retrato del Expresidente de la República Daniel Oduber Quirós, en la sala de Sesiones Municipal de la Cruz. 14.- Se conoce nota, firmada por el señor William Mejías Vargas y el señor José Antonio Rodríguez Benavides, Miembros de la Asociación de Productores de Maquenque (ASOPROMA), en la cual exponen lo siguiente: El día 17-03-2018 en la Reunión de Boca Arenal, Cutris se formó la Comisión de “dos regidores” por Concejo Municipal, que son parte el Corredor Fronterizo Norte y dos representantes por Cantón del corredor, en una alianza para trabajar por la titulación del Corredor Fronterizo Norte y el desarrollo de las comunidades; acepto el Concejo Municipal de La Cruz y las comunidades del citado cantón. Los invitamos a que se incorporen a la Comisión en la próxima reunión, el día 13 de abril a las 10AM. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se autorice tanto a don Reynaldo como a Guiselle Bustos para que asistan, que se les brinde el medio de transporte y pago de viáticos, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, autoriza a los señores: José Reynaldo Fernández Vega y Guiselle Bustos Chavarría, representantes del Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, ante la Asociación de Productores de Maquenque (ASOPROMA), para que participen en la Comisión de la próxima reunión el 13 de abril del 2018, a las 10 am en la sala de sesiones de la Municipalidad de San Carlos, por lo que se solicita al señor Alcalde Municipal: Junnier Alberto Salazar Tobal, suministre el medio de transporte y los viáticos respectivos a dichos representantes. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio.
27 15.-Se conoce documento, firmado por el señor Wilberth Lara Carmona, Vecino del Cantón de La Cruz, con fecha de 04 de abril del 2018, en el cual presenta ante el honorable Concejo Municipal, denuncia ante irregularidades de construcciones y reparaciones ilegales, que se han venido presentando en la Zona Pública y Restringida de la Zona Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley. Solicitando: Se proceda a investigar los hechos denunciados, así mismo se investigue a los funcionarios Municipales encargados de esta vigilancia, por posible incumplimientos de deberes constituido en la Ley General de la Administración Pública artículos 190 y 191, siguientes y concordantes, falta de deber de probidad constituido en el numeral tres de la ley de Corrupción y el Enriquecimiento ilícito en la función pública y su Reglamento. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que es un asunto serio, de atención obligatoria, debemos velar por el cumplimiento de la Ley 6043 de la Zona Marítimo Terrestre, eso es penado por ley si la incumplimos, es castigado y darle trámite. El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente de Santa Cecilia les manifiesta que desde hace años fue as una inspección con el Procurador Adjunto, y nos dio un esquema que nos sirviera de enseñanza, hace poco fuimos a una inspección a playa 4X4 y no se actuó, se le giraron instrucciones al Departamento de Zona Marítimo terrestre y no cumplió, hay que darle trámite de inmediato y sentar un precedente, para eso les pagan, si le da miedo actuar pues que le de campo a otro,, el litoral, el medio ambiente deteriorándose. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que el asunto es delicado, no vamos a ocultar nada, hemos luchado con los Encargados del Departamento de Zona Marítimo Terrestre para que demuelan y hacen caso omiso, hay orden de demoler en playa 4X4, y tampoco, hay orden del Ministerio de Salud, y nunca pudieron notificar, en Puerto Soley ya hicieron un pueblo, playa Soley es de los cruceños, y no la cuidamos, el Departamento tiene que estar vigilante que no construyan, y no lo hace, fuimos a Playa Papaturro y se le dijo que actuara de oficio y tampoco lo hizo, estas anomalías que denuncian existen, , la moratoria viene en octubre y tienen que demoler, propongo aplazar esa nota y que se hagan presentes los Encargados del Depto. Zona Marítimo Terrestre para el próximo jueves para que rindan cuentas, porque lo que quede después de la moratoria se puede votar o demoler, debemos actuar el pueblo lo exige, así que el jueves vengan y nos expliquen porque están cruzados de brazos. El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que el dictamen de comisión que viene para el Concejo les recordamos que hicieran un censo para pensar en un eventual traslado, y buscarle una solución y no dejarlos indefensos, que s ele pida a la gestora social municipal ese censo. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que la idea de Don Marvin de ese Censo es bueno, hay que ver lo social, en el pasado se les hizo una propuesta y no la aceptaron, es muy fácil que llegue una persona construya y mañana quiere que la reubiquen, así que esa playa es muy visitada y hay que buscarle solución. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se les llama a todos los funcionarios del Departamento de Zona Marítimo Terrestre para el próximo jueves 12 de abril, 2018 a las
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4 pm, para que rindan cuentas, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de Comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, deja pendiente el escrito
presentado por el señor Wilberth Lara Carmona, vecino de la Cruz Guanacaste, en el
cual presenta denuncia por algunas irregularidades de construcciones y reparaciones
ilegales que se han venido presentando en la Zona Pública y Zona Restringida de la Zona
Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley de la Cruz Guanacaste, para ser analizado el
próximo jueves 12 de abril del 2018, en sesión municipal, a las 4 pm, en conjunto con los
señores: Licda. Yahaira Duarte Aguirre: Gestora Jurídica, Ing. Alexandra Gonzaga Peña:
Coordinadora y Rubén Tinoco Ramírez, todos funcionarios del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, por lo que se les convoca hagan acto de
presencia a dicha Sesión Municipal, y así analizar, estudiar y tomar la resolución que
corresponda. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA
DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves:
Regidor Suplente en Ejercicio.
ARTICULO TERCERO
MOCIONES
NINGUNA
ARTICULO CUARTO
ASUNTOS VARIOS
1.- Presentados verbalmente por la señora: Blanca Casares Fajardo:
Presidenta Municipal:
Compañeros, es sobre el depósito del pago de las dietas, todo el tiempo es lo
mismo, no depositan, aunque el señor Alcalde gire las instrucciones, esto está
establecido en el Código Municipal, es un derecho que tenemos, , en Semana
Santa no se hizo el pago, es ineludible, Albert Contador dice que le llevaron la
lanilla hasta las 3:55 p,m, , le pregunté qué porqué esta semana no, y me dio
un montón de argumentos, y esto no puede seguir sucediendo, le pido al señor
Alcalde que ponga coto a esto.
El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde municipal les dice que estuvo
molesto porque no se acató la orden que él dio a Alberth el Contador y no se
justificó, así que mañana se pagará y no van a volver a suceder esos atrasos,
vamos a ver los procedimientos.
El señor Carlos Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que no nos están
regalando nada, es un derecho y los dejan de último eso no se puede dejar de
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cumplir, a cuentas de qué, y no es la primera vez que eso sucede, todo el
tiempo nos ha pasado eso no es así, le pide al señor Alcalde que actúe, soy
testigo que él le dijo a Alberth que no se le quedara nadie sin pagar, incluyendo
el pago de las dietas de los regidores.
El señor José Reynaldo Fernández Vega, sindico suplente Santa Cecilia dice
voy a decir nombres; Carlos José Martínez Tesorero, y Alberth Álvarez
Contador, dilatan para pagar los viáticos y los taxis, es un derecho que
tenemos, así que el señor Alcalde actúe, no tenemos por qué andar buscando
firmas para que nos paguen, eso se debe corregir y si amerita una suspensión
de 10 a 15 días.
Blanca Casares Fajardo, presidenta Municipal dice que se necesita mano dura,
le pedimos al señor Alcalde haga lo que corresponda y que esto no vuelva a
suceder esos atrasos, es un derecho que tenemos, le daremos seguimiento y
se tomen las medidas y con mayor energía, queda notificado señor Alcalde.
APROBADO.
ARTICULO QUINTO
CIERRE DE SESIÓN
Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 20:15 horas.
Blanca Casares Fajardo Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
Presidenta Municipal Secretario Municipal