Ordinaria 13 · 2018-04-05

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 13 del 2018-04-05 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 13 acuerdo(s) sin número, marcados ~.

                                                                             1

                           MUNICIPALIDAD

                                  LA CRUZ

Acta de Sesión Ordinaria # 13-2018, celebrada el día 05 de abril del año 2018,
a las 16:00 horas, con la asistencia de los señores miembros:

       Blanca Casares Fajardo         Presidenta Municipal
       Marvin Tablada Aguirre         Vicepresidente Municipal
       Carlos Ugarte Huertas          Regidor Propietario
       José Manuel Vargas Cháves      Regidor Suplente en ejercicio
      Gloria Monestel Monestel        Regidora Suplente
       Zeneida Quirós Chavarría       Sindica Propietaria Santa Cecilia
      José Reynaldo Fernández         Sindico Suplente Santa Cecilia
      Jeanette Ramírez Rodríguez      Sindica Suplente Santa Elena ejerc.
      Sebastián Víctor Víctor         Sindico Suplente La Garita en Ejerc.

Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, Licda. Yahaira Duarte
Aguirre: Asesora Legal Alcalde Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez,
Secretario Municipal y con la siguiente agenda:

1.- Revisión y aprobación de actas anteriores: N° 08-2018 y N° 09-2018.

2.- Correspondencia

3.- Mociones

4.- Asuntos Varios

5.- Cierre de Sesión
                           ARTICULO PRIMERO

               REVISION Y APROBACIÓN ACTAS ANTERIORES

1.- Acta N° 08-2018 en discusión:

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta, alguna
objeción al acta que la hagan saber de lo contrario, levanten la mano los que
estén de acuerdo en aprobar el acta N° 08- 2018.

Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° 08-2018 con 4
votos a favor: Blanca Cásares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

2.- Acta N° 09-2018 en discusión:

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta, alguna
objeción al acta que la hagan saber de lo contrario, levanten la mano los que
estén de acuerdo en aprobar el acta N° 09- 2018.
                                                                                 2



Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta N° 09-2018 con 4
votos a favor: Blanca Cásares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

                             ARTICULO SEGUNDO

                             CORRESPONDENCIA

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
compañeros, les explico vine tarde porque habían unas presas grandes en la
carretera a Santa Cecilia, por ello no pude hacer el orden del día, por lo que
declara un receso de 20 minutos.
Una vez terminado el receso, se procede a la lectura de la correspondencia
siendo la siguiente:

1.- Se conoce documento, firmado por el señor Jorge Manuel Alan Fonseca,
con fecha de 05 de abril del 2018, en el cual interpone formal Recurso de
Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, contra el
acuerdo N°1-5 de la Sesión Extraordinaria 06-2018. En el cual solicita:
Primero: Que el acuerdo N°1-5, tomado en la Sesión Extraordinaria N°06-
2018, con fecha 04 de abril del año 2018, sea revocado por improcedente,
contrario a la normativa supracitada, por no contener motivo legal que lo
sustente y por afectarse negativamente a la Unidad de Auditoría Interna
Municipal al quitarle recursos necesarios para contar con el recurso humano
requerido para el cumplimiento de sus labores y que además esa unidad es la
encargada de proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la
actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al
marco legal y técnico y las prácticas sanas, afectándose con ello el fin público a
la unidad fiscalizadora.
Segundo: De rechazarse este recurso de revocatoria contra el acuerdo nro.1-5
tomado en la Sesión Extraordinaria Nro.06-2018, con fecha 04 de abril del año
2018, que se eleve la apelación en subsidio a la autoridad competente para
resolver, mientras tanto se suspenden todos los efectos de marras.
Lo anterior, son argumentos suficientes que establezco para que se acoja el
Recurso de Revocatoria o en su caso el Recurso de Revocatoria o en su caso
el Recurso de Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante, toda vez que
conforme lo expuesto resulta contradictorio y extraño que el Concejo Municipal
primero aprueba la creación de la plaza para el puesto de Asistente de
Auditoría Interna (Gestor Jurídico de Auditoría Interna), luego solicite al Alcalde
Municipal, que en el menos tiempo posible realice el concurso del
nombramiento de la Plaza de Asistente e Auditoría y que por último tome un
acuerdo contrario a los dos anteriores en detrimento del Control Interno,
debilitamiento del órgano institucional fiscalizador (Unidad de Auditoría Interna)
como lo es el acuerdo que recurro en este caso, tomado en la Sesión
Extraordinaria nro.06-2018, con fecha 04 de abril del año 2018.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
compañeros, ahí tenemos ese recursos extraordinario, propone que se le
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remita ante la Coordinadora de Gestión Jurídica, para que lo estudie, analice y
dictamine y así tomar la resolución que corresponda.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que
amparado al artículo 154 del Código Municipal, el inciso a), dice que no son
objeto de recurso los que no hayan sido aprobados definitivamente, por lo que
no procede este recurso, si la señora Presidenta Municipal quiere enviarlo a la
Coordinadora de Gestión Jurídica que lo haga.

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice ayer fueron
aprobados y para coger recursos de la Auditoría debe llevar la autorización del
señor Auditor Interno Municipal y para modificar el Reglamento de Auditoría
Interna debe llevar la autorización de la Contraloría General de la República,
por lo tanto le da aprobación al Recurso de Revocatoria con Apelación en
Subsidio y Nulidad Concomitante, presentado por el señor Jorge Manuel Alan
Fonseca.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta que el
artículo 154, inciso a) es sumamente claro, que no procede, sin embargo
somete a votación que se remita ante la Coordinadora de Gestión Jurídica
Municipal de la cruz, para que lo analice, estudie y dictamine y así tomar la
resolución que corresponda, levanten la mano los que estén de acuerdo.

Los señores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José
Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio, manifiestan que están de
acuerdo, mientras que el señor Regidor Marvin Tablada Aguirre manifiesta que
no está de acuerdo.

Con el agregado anterior los señores regidores:

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
señora Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora del Departamento de
Gestión Jurídica Municipal de la Cruz, escrito firmado por el señor Jorge
Manuel                                                                   Alan
Fonseca, que contiene Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y
Nulidad Concomitante, contra el acuerdo N°1-5 de la Sesión Extraordinaria 06-
2018.Dicha remisión parta que lo estudie, analice y dictamine legalmente y así
tomar la resolución correspondiente. Aprobado con 3 votos a favor: Blanca
Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Manuel Vargas
Cháves: regidor suplente en ejercicio, con uno en contra Marvin Tablada
Aguirre

2.- Se conoce documento, firmado por la Ing. Karla Larios Guevara, Directora
de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, en el cual solicita el visto
bueno para el cierre de vía de calle pública el día 15 de abril de 2:00 pm. A
4:00 p.m., desde el Salón Comunal de La Garita hasta llegar a una finca
privada, con un recorrido de un kilómetro, esto para la realizar el tope
correspondiente a las fiestas de La Garita de la Cruz Guanacaste.
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La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les manifiesta
levanten la mano los que estén de acuerdo en conceder visto bueno al cierre
de la calle, que sea acuerdo definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, concede visto
bueno para el cierre de vía de calle pública el día 15 de abril de 2:00 pm. A
4:00 p.m., desde el Salón Comunal de La Garita hasta llegar a una finca
privada, con un recorrido de un kilómetro, esto para la realizar el tope
correspondiente a las fiestas de dicha comunidad. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
TRAMITE DE COMISIÓN CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel
Vargas Cháves en ejercicio)

3.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C030-18, firmado por la Licda. Ana Catalina
Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal, en el cual emite Resolución con
el fin de brindar recomendación al Concejo Municipal de La Cruz para que
resuelva solicitud de aprobación de una Feria Rodeo y autorización de dos
licencias temporales para la venta de licor, efectuada por el señor Gerardo
Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de
Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
N° 3-002-061668.
                                RESULTANDO


1 El señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en su
  condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La
  Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, presentó, ante el Departamento de
  Gestión Tributaria de la Municipalidad de La Cruz, el día 02 de Abril del año
  2018, una nota mediante la cual solicita la autorización para celebrar una
  Feria Rodeo los días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso
2 Que el señor Gerardo Rodríguez Solís, anexa dentro de la misma nota de
  petitoria de permiso de Feria Rodeo, a realizarse en la comunidad de La
  Garita, la programación de las actividades solicitadas, las cuales son las
  siguientes:


                 DÍA                         ACTIVIDADES
                                    Corridas de toros a partir de las de
             12-04-2018              6:00 pm, con el grupo de Monta
                                     Los Cañeros., del señor Edgar
                                     Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                                     MONTADORES IMPROVISADOS.
                                    Venta de comidas
                                                        5


                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
                 04-2018.
                Corridas de toros a partir de las de
13-04-2018       6:00 pm, con el grupo de Monta
                 Los Cañeros., del señor Edgar
                 Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                 MONTADORES IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30am del 14-
                 04-2018.
                Actividades deportivas de 1:00 pm
14-04-2018       a 5:00 pm.
                Corridas de toros a partir de las de
                 6:00 pm, con el grupo de Monta
                 con el grupo de Monta Los
                 Cañeros.,    del    señor     Edgar
                 Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                 MONTADORES IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
                 04-2018.


                Tope saliendo del Salón Comunal a
15-04-2018       las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
                 regresando al Salón Comunal
                Corridas de toros a partir de las de
                 6:00 pm, con el grupo de Monta
                 ACET de Roberto Hidalgo. SIN
                 TOREROS NI MONTADORES
                 IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                                                                              6


                                    Venta de licores y refrescos según
                                     horario de la licencia de licores
                                    Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
                                     04-2018.




3 Dentro de la misma nota el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
  identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente de la Asociación de
  Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, solicita el
  otorgamiento de dos licencias temporales para la venta de licor con el fin de
  ser utilizadas en una cantina aledaña al redondel y en un Salón de Bailes,
  ambos dentro del área ferial del evento sobre el que requiere autorización.


                                CONSIDERANDO
1 Que el Concejo Municipal mediante el Acuerdo #3-4B tomado en la Sesión
  Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del año 2009, decidió
  que “…toda solicitud de licencia, patente, traslado, cambio de ubicación,
  traspaso y cualquier otro movimiento formal con relación al expendio de
  licores en el Cantón de La Cruz, es competencia del Departamento de
  Gestión Tributaria, el trámite respectivo desde el inicio hasta el dictamen de
  dicho Departamento para ser elevado al Concejo Municipal, para así tomar
  la resolución que corresponda…”.
2 Que el Concejo Municipal de La Cruz, mediante el Acuerdo #4-1 de la
  Sesión Ordinaria #02-2012, verificada el día 12 de enero del año 2012,
  aprobó el “Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias
  Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-
  turnos en el Cantón de La Cruz”, publicado en La Gaceta No. 108 del 05 de
  junio del 2012, el cual establece el procedimiento y los requisitos para
  tramitar las autorizaciones a esas actividades.
3 Que el artículo 3 del Reglamento mencionado establece que “Corresponde
  al Concejo Municipal a través de acuerdo por mayoría absoluta otorgar la
  Licencia Municipal y Patentes Temporales de Licores para las actividades de
  Fiestas Cívicas, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes,
  Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos”.
4 Que el artículo 2 del Reglamento de cita, entre otros requisitos establecidos
  para autorizar la actividad, indica que la solicitud debe dirigirse al
  Coordinador de Gestión Tributaria Municipal.
5 Que el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-296-364, en
  su condición de Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La
  Garita, cédula jurídica N° 3-002-061668, solicita la autorización para la
  realización de una Feria Rodeo, y a la vez requiere el otorgamiento de dos
  licencias temporales de licores.
6 Que el artículo 1 del Reglamento de repetida cita, define una “Feria Rodeo”
  como “Día o conjunto de días en que se preparan actividades de
  entretenimiento, recreativas, deportivas, artísticas, culturales, ventas de
                                                                               7

  comidas, bailes, juegos, montas y corridas de toros.”. Bajo esa definición, lo
  solicitado por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 5-
  296-364 corresponde a ese concepto.
7 Que, tal como ya se dijo, en su solicitud el señor Gerardo Rodríguez Solís,
  cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente de la
  Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-
  061668 requiere tanto la aprobación para realizar la Feria Rodeo como la
  autorización para explotar dos licencias temporales para la venta de licor. Al
  respecto el artículo 7 de Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas
  con contenido Alcohólico, Ley N° 9047, establece que “La municipalidad,
  previo acuerdo del Concejo Municipal, podrá otorgar licencias temporales
  para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico los días en que
  se realicen fiestas cívicas, populares, patronales, turnos, ferias y afines…”
  (la negrita y el subrayado no son del original).
8 Que el Área Ferial donde se llevará a cabo la Feria Rodeo solicitada y por
  ende donde se explotarían las licencias temporales de licor, comprende dos
  terrenos, ambos pertenecientes a la Asociación de Desarrollo solicitante: el
  primero, donde se encuentra el Salón Comunal, localizado frente a la
  escuela de La Garita, y el segundo, donde funcionará el Redondel, ubicado
  100 metros al este del Salón Comunal.
9 Que con respecto a la ubicación del lugar donde se pretende expender licor
  en forma temporal, el párrafo tercero del artículo 7 de Ley de Regulación y
  Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N° 9047,
  establece los casos en los cuales no se pueden otorgar este tipo de licencias
  al definir que “Las licencias temporales no se otorgarán, en ningún caso,
  para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro de los
  centros educativos, instalaciones donde se realicen actividades religiosas
  que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros
  infantiles de nutrición ni en los centros deportivos, estadios, gimnasios y en
  los lugares donde se desarrollen actividades deportivas, mientras se efectúa
  el espectáculo deportivo” (el subrayado no es del original). En vista de que el
  sitio donde se efectuará la comercialización de bebidas alcohólicas en forma
  temporal no se ubica en ninguno de los casos restringidos por la ley,
  entonces su operación resulta posible de autorizar.
10 Que en la solicitud del señor Rodríguez Solís, solamente se indican las
   actividades (1 cantinas y 1 salón de baile) donde se explotarían cada una de
   las licencias temporales para expendio de licor solicitadas, más no el horario
   de funcionamiento de estas., por lo que, para efectos de establecer los
   horarios de funcionamiento de esas licencias de comercialización temporal
   de bebidas alcohólicas solicitadas, resulta indispensable aplicar la
   categorización establecida en los artículos 4 y 11 de la ley de repetida cita.


11 Que en vista de que los artículos 4 y 11 de la Ley 9047 definen,
  respectivamente, los tipos de negocios y los horarios para el expendio de
  bebidas con contenido alcohólico, resulta posible establecer sin mayor
  esfuerzo la categoría a asignar para cada licencia temporal solicitada. Así las
  cosas, la licencia temporal de Cantina (contiguo al redondel) estaría ubicada
  en la categoría B1 y por lo tanto su horario autorizado estaría entre las 11:00
                                                                                  8

  am y las 12:00 medianoche. La licencia temporal de Salón de baile
  (localizada en el Salón Comunal) estaría ubicada en la categoría B2 y su
  horario permitido estaría entre las 4:00 pm y las 2:30 am del día siguiente.
12 Que la actividad de Tope, saliendo del Salón comunal a la 1:00pm y
   regresando al salón comunal a las 4:00pm., la cual forma parte de las
   actividades a llevarse a cabo en la Feria Rodeo de la comunidad de La
   Garita, y al ser calle cantonal, y al ser calle cantonal, solicito el visto bueno
   del Ingeniero Encargado del Departamento de Unidad Técnica Vial de esta
   Municipalidad para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición
   que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este
   Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación.
13 Que la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-
   002-061668 no presentó la póliza de riesgos que cubriría la actividad
   montadores y toreros improvisados; en su lugar ha emitido un Acuerdo en
   el que se compromete a no permitir el acceso a toreros ni montadores
   improvisados en el Redondel de la Feria Rodeo de La Garita, durante todos
   los días que dure la actividad. Sobre el particular, es criterio de esta
   servidora que la exigencia y existencia de dicha póliza responde
   directamente a la presencia de ese tipo de participantes; si la participación
   de los mismos no son permitidos por la organización pues entonces no tiene
   razón de ser la suscripción del mencionado seguro de riesgos. No obstante
   lo anterior, resulta importante dejar muy claro que si en algún momento las
   autoridades policiales o municipales detectan la presencia de toreros
   improvisados participando de las corridas de toros, la actividad de monta de
   toros podrá ser suspendida de inmediato bajo la entera responsabilidad de la
   Asociación de Desarrollo. De la misma manera, si los toreros improvisados
   no son detectados y la actividad se desarrolla con su participación, la
   Asociación de Desarrollo Integral de La Garita es la única responsable de las
   consecuencias generadas por cualquier incidente que involucre a estas
   personas.
14 Que la actividad solicitada cumple con los requisitos establecidos en el
   Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
   Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el
   Cantón de La Cruz, con la salvedad hecha en el punto anterior relacionada
   con la póliza de riesgos para toreros y montadores improvisados.
15 Que el Acuerdo N° 3-15, literal B.3, tomado en la Sesión Ordinaria del
   Concejo Municipal de La Cruz N° 44-2003 del 19 de noviembre del 2003,
   establece que el monto a cobrar por el permiso para la realización de una
   Feria en el distrito de La Garita es de ¢22,000.00 (veintidós mil colones
   netos).
16 Que el artículo 30 del Reglamento de Regulación y Comercialización de
   Bebidas con Contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz, publicado en
   La Gaceta Nº 28 del Viernes 8 de febrero del 2013 (y modificado en La
   Gaceta N° 59 del 25 de marzo del 2013), establece el monto a cobrar por
   cada licencia temporal para la comercialización de bebidas con contenido
   alcohólico, siendo esta suma de ¢9,577.77 (nueve mil quinientos setenta y
   siete colones con setenta y siete céntimos) diarios para el año 2018.
   Siendo que la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita solicita la
                                                                               9

  explotación de 2 licencias por espacio de 4 días, el monto total a pagar por
  las licencias sería de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós
  colones con dieciséis céntimos).


                                 POR TANTO
  Con fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política,
  11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de
  la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido
  Alcohólico, Ley N° 9047, a lo establecido en el Reglamento para la
  realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de
  toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así
  como lo indicado en el Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La
  Cruz en la Sesión Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del
  2009, se resuelve recomendar al Concejo Municipal de La Cruz lo siguiente:
1. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
   N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
   cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
   realización de una Feria Rodeo en la comunidad de La Garita, durante los
   días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso. Las actividades autorizadas
   a desarrollar serían:
                 DÍA                         ACTIVIDADES
                                    Corridas de toros a partir de las de
             12-04-2018              6:00 pm, con el grupo de Monta
                                     Los Cañeros., del señor Edgar
                                     Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                                     MONTADORES IMPROVISADOS.
                                    Venta de comidas
                                    Carruseles
                                    Venta de licores y refrescos según
                                     horario de la licencia de licores
                                    Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
                                     04-2018.
                                    Corridas de toros a partir de las de
             13-04-2018              6:00 pm, con el grupo de Monta
                                     Los Cañeros., del señor Edgar
                                     Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                                     MONTADORES IMPROVISADOS.
                                    Venta de comidas
                                    Carruseles
                                    Venta de licores y refrescos según
                                     horario de la licencia de licores
                                    Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 14-
                                     04-2018.
                                                                              10


                                    Actividades deportivas de 1:00 pm
             14-04-2018              a 5:00 pm.
                                    Corridas de toros a partir de las de
                                     6:00 pm, con el grupo de Monta
                                     con el grupo de Monta Los
                                     Cañeros.,    del    señor     Edgar
                                     Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                                     MONTADORES IMPROVISADOS.
                                    Venta de comidas
                                    Carruseles
                                    Venta de licores y refrescos según
                                     horario de la licencia de licores
                                    Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
                                     04-2018.


                                    Tope saliendo del Salón Comunal a
             15-04-2018              las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
                                     regresando al Salón Comunal
                                    Corridas de toros a partir de las de
                                     6:00 pm, con el grupo de Monta
                                     ACET de Roberto Hidalgo. SIN
                                     TOREROS NI MONTADORES
                                     IMPROVISADOS.
                                    Venta de comidas
                                    Carruseles
                                    Venta de licores y refrescos según
                                     horario de la licencia de licores
                                    Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
                                     04-2018.



2. El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
   ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
3. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
   N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
   cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
   actividad de Tope, como parte de la actividad de Feria Rodeo, a realizarse
   el día 15 de abril del año 2017, de 1:00 pm a 4:pm, con inicio, saliendo
   del Salón comunal , hasta llegar a finca privada, culminando con el
   regreso al salón comunal, utilizando la vía cantonal en la comunidad
   de La Garita, por lo cual solicito al Ingeniero Encargado del
   Departamento de Unidad Técnica Vial de esta Municipalidad
                                                                                        11

   autorización para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición
   que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este
   Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación., en dicha
   actividad queda totalmente prohibido el expendio y consumo de
   bebidas con contenido alcohólico en vía pública.
4. Aprobar el otorgamiento de dos licencias temporales para la
   comercialización de bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la
   Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-
   061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
   identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, previa cancelación
   de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós colones con
   dieciséis céntimos)., por concepto de explotación de las 2 licencias por
   espacio de 4 días. Las licencias temporales funcionarían únicamente
   durante la realización de la Feria Rodeo y en las siguientes
   ubicaciones y horarios:

       Dias autorizados
                             Cantina del redondel             Salon de Bailes

          12/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche   9 pm a 2:30 am del 13-04-2018
          13/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche   9 pm a 2:30 am del 14-04-2018
          14/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche   9 pm a 2:30 am del 15-04-2018
          15/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche   9 pm a 2:30 am del 16-04-2018


5.     Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
   “ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
   Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
    a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
   b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
   “ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
   Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
    La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
   “ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
   Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
                                                                              12

cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
   6. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad tanto en el Bar como en el Salón de
Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de baile).
   7. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
    8. Recordarle a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula
jurídica N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, que la
actividad de Corridas de Toros se autoriza sin la presencia de toreros ni
montadores improvisados, cuya participación implicaría un desarrollo de la
actividad no autorizado y por lo tanto ilegal, con las consecuencias legales que
se han mencionado.
    9. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 81 bis del Código Municipal. Lo anterior sin perjuicio
de otras sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice levanten la
mano los que estén de acuerdo en aprobar la resolución Administrativa de la
Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Coordinadora Gestión Tributaria de
autorización de celebración de Feria Rodeo La Garita 2018, que sea
definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, Aprueba con
fundamento en los artículos 11, 18, 33 y 169 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, artículos 4, 7 y 11 de la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico, Ley N°
9047, a lo establecido en el Reglamento para la realización de Festejos
Populares, Ferias Rodeos, Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas,
Turnos y Mini-turnos en el Cantón de La Cruz, así como lo indicado en el
Acuerdo 3-4B, tomado por el Concejo Municipal de La Cruz en la Sesión
Ordinaria #32-2009, verificada el día 18 de setiembre del 2009, lo siguiente:
5. Autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
   N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
   cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
   realización de una Feria Rodeo en la comunidad de La Garita, durante los
   días 12, 13, 14 y 15 de Abril del año en curso. Las actividades autorizadas
   a desarrollar serían:
                 DÍA                         ACTIVIDADES
                                    Corridas de toros a partir de las de
                                                        13


12-04-2018       6:00 pm, con el grupo de Monta
                 Los Cañeros., del señor Edgar
                 Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                 MONTADORES IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 13-
                 04-2018.
                Corridas de toros a partir de las de
13-04-2018       6:00 pm, con el grupo de Monta
                 Los Cañeros., del señor Edgar
                 Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                 MONTADORES IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 14-
                 04-2018.
                Actividades deportivas de 1:00 pm
14-04-2018       a 5:00 pm.
                Corridas de toros a partir de las de
                 6:00 pm, con el grupo de Monta
                 con el grupo de Monta Los
                 Cañeros.,    del    señor     Edgar
                 Coronado Luna. SIN TOREROS NI
                 MONTADORES IMPROVISADOS.
                Venta de comidas
                Carruseles
                Venta de licores y refrescos según
                 horario de la licencia de licores
                Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 15-
                 04-2018.
                                                                                         14


                                        Tope saliendo del Salón Comunal a
              15-04-2018                 las 1:00 pm hasta las 4:00 pm
                                         regresando al Salón Comunal
                                        Corridas de toros a partir de las de
                                         6:00 pm, con el grupo de Monta
                                         ACET de Roberto Hidalgo. SIN
                                         TOREROS NI MONTADORES
                                         IMPROVISADOS.
                                        Venta de comidas
                                        Carruseles
                                        Venta de licores y refrescos según
                                         horario de la licencia de licores
                                        Baile de 9:00 pm a 2:30 am del 16-
                                         04-2018.




6. El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
   ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).
7. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica
   N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
   cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, la
   actividad de Tope, como parte de la actividad de Feria Rodeo, a realizarse
   el día 15 de abril del año 2017, de 1:00 pm a 4:pm, con inicio, saliendo
   del Salón comunal , hasta llegar a finca privada, culminando con el
   regreso al salón comunal, utilizando la vía cantonal en la comunidad
   de La Garita, por lo cual solicito al Ingeniero Encargado del
   Departamento de Unidad Técnica Vial de esta Municipalidad
   autorización para el cierre parcial de la vía requerida, misma petición
   que fue trasladada mediante el Oficio N° UT-MLC-C088-2018, a este
   Honorable Consejo Municipal para su respectiva aprobación., en dicha
   actividad queda totalmente prohibido el expendio y consumo de
   bebidas con contenido alcohólico en vía pública.
8. Aprobar el otorgamiento de dos licencias temporales para la
   comercialización de bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la
   Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula jurídica N° 3-002-
   061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís, cédula de
   identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, previa cancelación
   de ¢76,622.16 (setenta y seis mil seiscientos veintidós colones con
   dieciséis céntimos)., por concepto de explotación de las 2 licencias por
   espacio de 4 días. Las licencias temporales funcionarían únicamente
   durante la realización de la Feria Rodeo y en las siguientes
   ubicaciones y horarios:

       Dias autorizados
                             Cantina del redondel              Salon de Bailes

          12/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche    9 pm a 2:30 am del 13-04-2018
          13/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche    9 pm a 2:30 am del 14-04-2018
          14/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche    9 pm a 2:30 am del 15-04-2018
          15/4/2018       11:00 am a 12:00 medianoche    9 pm a 2:30 am del 16-04-2018
                                                                               15




5.     Informarle al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que
regula el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de
las sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes),
y especialmente las siguientes:
   “ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia
   Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:
    a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.
   b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”
   “ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de
edad y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
   Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad
y a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con
una multa de entre uno y quince salarios base.
    La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince
salarios base.”
   “ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas
   Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión
y se ordenará el cierre del establecimiento.”
   6. Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o
gratuitamente, bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o
personas con evidentes problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar
la permanencia de menores de edad tanto en el Bar como en el Salón de
Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de baile).
   7. Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales,
municipales y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no
debe impedirles bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo
momento y a cualquier hora.
    8. Recordarle a la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, cédula
jurídica N° 3-002-061668, representada por el señor Gerardo Rodríguez Solís,
cédula de identidad N° 5-296-364, en su condición de Presidente, que la
actividad de Corridas de Toros se autoriza sin la presencia de toreros ni
montadores improvisados, cuya participación implicaría un desarrollo de la
actividad no autorizado y por lo tanto ilegal, con las consecuencias legales que
se han mencionado.
                                                                              16

    9. Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados
o bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión
inmediata de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 81 bis del Código Municipal. Lo anterior sin perjuicio
de otras sanciones administrativas, civiles y/o penales que pudieran aplicarse.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME Y SE DISPENSA
DEL TRAMITE DE COMISIÓN, CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel
Vargas Cháves en ejercicio.)
4.- Se conoce oficio MLC-TRIB-C031-18, firmado por la Licda. Ana Catalina
Tinoco Obregón, Gestora Tributaria Municipal, en el cual informa que un
funcionario del Departamento de Inspección, entra a gozar de sus periodos de
vacaciones, por lo que es necesario que la persona que lo va a sustituir en esta
etapa de vacaciones sea juramentado por el Honorable Concejo Municipal.
Siendo así, solicita al Concejo Municipal, juramentar a la persona seleccionada
para realizar estas labores, el señor Cristian Darío Hernández Corea con
cédula de identidad número 5-348-985, para efectos de darle continuidad a las
tareas que realizan dichas dependencias.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal dice acá tenemos al
señor Cristian Darío Hernández Corea, por lo tanto de una vez le pedimos pase
adelante para la debida juramentación, lo cual de inmediato lo juramenta,
quedando debidamente juramentado.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la cruz Guanacaste, aprueba la
juramentación del señor Cristian Darío Hernández Corea, cédula N° 5-348-985,
como inspector municipal, ya que el funcionario fijo goza de vacaciones.
ACUERDO DEFINTIVAMENTE APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DE
TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: (Blanca Casares Fajardo,
Carlos Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y José Manuel Vargas
Cháves en ejercicio)

5.- Se conoce oficio mlc-trib-c032-18, firmado por la Licda. Ana Catalina Tinoco
Obregón, Gestora Tributaria, de fecha 03 de abril del 2018, en el cual procede
formalmente a dar repuesta en atención al Acuerdo # 2-6 de la Sesión
Ordinaria # 10-2018, verificada por la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, el
día 15 de marzo del año 2018 y recibido por el departamento de Gestión
Tributaria el día 19 de marzo del año en curso, en relación a solicitud de
licencia comercial para el expendio de bebidas con contenido alcohólico
presentada por el señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad
número 1-1088-0182, arrendatario del local comercial número 7, ubicado en la
Terminal de buses propiedad de la Municipalidad de La Cruz, en el cual
actualmente opera una licencia municipal de Minisúper con nombre de fantasía
el “Mercadito”., referente a esta petición una vez analizada, me permito
informarles lo siguiente:

Primero: Que según la normativa de la Ley Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico N° 9047, establece en los siguientes
artículos:
                                                                              17

Artículo 4.- Tipos de licencias

Licencia clase D: habilitan únicamente para la comercialización de bebidas con
contenido alcohólico al detalle, en envase cerrado para llevar y sin que se
pueda consumir dentro del establecimiento. En este tipo de licencias la venta
de licor será la actividad comercial secundaria del establecimiento. Habrá dos
clases de sublicencias, así:

Licencia clase D1: minisúper
Licencia clase D2: supermercados

Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos que se
dediquen al expendio de abarrotes, salvo lo indicado en las licencias clase D1 y
clase D2.

Artículo 9. Incisos a) y b) - Prohibiciones

a) No se podrá otorgar ni autorizar el uso de licencias clases A y B a negocios
que se encuentren en zonas demarcadas como de uso residencial o conforme
a lo que establece el plan regulador o la norma por la que se rige; tampoco a
negocios que se encuentren a una distancia mínima de cuatrocientos metros
de centros educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición,
instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el
permiso correspondiente de funcionamiento, centros de atención para adultos
mayores, hospitales, clínicas y Ebais.

 b) No se podrá otorgar ni autorizar el uso de licencias clases C a negocios que
se encuentren en zonas demarcadas como de uso residencial o conforme a lo
que establece el plan regulador o la norma por la que se rige, tampoco a
negocios que se encuentren a una distancia mínima de cien metros de centros
educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones
donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de
funcionamiento correspondiente, centros de atención para adultos mayores,
hospitales, clínicas y Ebais.

Siendo asi, la normativa no aplica restricciones en cuanto a límite de distancias
a las licencias comerciales para el expendio de bebidas con contenido
alcohólico categoría D.1, Minisúper con expendio de licores, actividad que está
solicitando el señor Randall Hernández Corrales para explotar en dicho local
número 7 del cual es arrendatario.

Segundo: Que el señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad
número 1-1088-0182, para obtener una licencia para el expendio de bebidas
con contenido alcohólico, categoría D.I, Minisúper, deberá cumplir con lo
establecido en el Reglamento de Regulación y Comercialización de Bebidas
con Contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz, en la Sección II.-
Requisitos que deben cumplir las personas que pretendan obtener una licencia
permanente bajo la Ley N° 9047, artículo N°36 que dice:
                                                                                   18

     Artículo 36.—Para realizar el trámite de autorización para la explotación de
     una licencia para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, el
     interesado deberá presentar, ante el Departamento de Patentes, lo siguiente,
     siempre y cuando, algunos de los requisitos solicitados no se encuentren
     vigentes en el expediente de la licencia comercial respectiva:

1.   Llenar debidamente el formulario de solicitud de licencia municipal con todos los
datos requeridos para su trámite y firmado por la persona interesada o su representante.
En el caso de que la persona solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la
firma deberá estar autenticada por un profesional en notariado.

2.   Haber obtenido previamente, o bien solicitarla conjuntamente, la licencia municipal
comercial para desarrollar la actividad en donde se pretende comercializar bebidas con
contenido alcohólico.

3.   Si se trata de persona física, deberá aportar copia del documento de identidad y una
declaración jurada realizada ante un profesional en notariado, en la que se haga constar
que la persona solicitante cuenta con plena capacidad cognoscitiva y volitiva.

4.   Si se trata de una persona jurídica deberá aportar: a) Personería jurídica con no
más de un mes de emitida; b) Con el propósito de cumplir con el artículo N° 3 de la Ley
N° 9047, aportar una certificación notarial sobre la composición de su capital social
vigente al momento de la solicitud de la licencia. c) Declaración jurada, realizada ante un
profesional en notariado en la que se haga constar que su Representante Legal es una
persona que cuenta con plena capacidad cognoscitiva y volitiva. d) Fotocopia del
documento de identidad del Representante Legal.

5.    Deberá encontrarse al día en todas las obligaciones municipales, tanto materiales
como formales; así como con la Caja Costarricense de Seguro Social y Asignaciones
Familiares. En los casos que esas instituciones no tengan la información a través de los
medios tecnológicos y la municipalidad no pueda obtenerla, deberá el solicitante aportar
la certificación respectiva.

6.   Presentar copia de la póliza de riesgos laborales vigente.

7.    En caso de que el inmueble en el que se ubica el negocio comercial sea alquilado,
debe aportar contrato de arrendamiento en donde se especifique la actividad
comercial permitida, o certificación literal de la propiedad en caso de ser el propietario
del inmueble. En caso de que la propiedad no esté inscrita, presentar documento idóneo
que demuestre la posesión del inmueble. El propietario o poseedor del inmueble deberá
encontrarse al día en todas las obligaciones municipales, tanto materiales como formales.
….. (la negrita y el subrayado no es del original).

8.   La ubicación del local comercial y la actividad solicitada deberán estar acorde con la
Resolución Municipal de Ubicación o el Uso de Suelo permitido y con las distancias a que
se refieren los incisos a) y b) del artículo 53 de este Reglamento.

La medición de las distancias mencionadas anteriormente, se hará en forma lineal de
puerta a puerta sobre vía pública, tomando siempre la puerta más cercana, con acceso
directo a vía pública, del establecimiento que pretenda comercializar bebidas con
                                                                                  19

contenido alcohólico y la de aquel punto de referencia. Se entenderá por puerta, cualquier
entrada o sitio que esté en uso y que sirva de ingreso al público.

9.    Constancia de encontrarse inscrito como contribuyente de la actividad solicitada,
ante la Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda.

10. El Permiso Sanitario de funcionamiento deberá estar vigente y acorde a la actividad
solicitada.

11. En caso que se solicite una licencia clase E, copia certificada de la declaratoria
turística vigente.

12. Una vez satisfechos los requisitos anteriores, la Municipalidad solicitará una
recomendación al Consejo de Distrito correspondiente, respecto a la actividad solicitada.

Las fotocopias de los documentos supra citados, deberán venir certificados por un
profesional en notariado, o bien, el solicitante podrá aportar las copias y presentar los
documentos originales ante el funcionario municipal respectivo, quién confrontará los
mismos y dejará constancia de dicho acto al dorso de las copias citadas.

Tercero: Siendo asi, me permito informarles que es necesario que esta patentado
presente el Contrato de Arrendamiento de dicho local, donde se le autorice la explotación
de esa nueva actividad, Minisúper con expendio de licores, ya que el Contrato de Alquiler,
N° 0001-2015, entre la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, Guanacaste y el Señor
Randall Hernández Corrales con cedula de identidad número 1-1088-0182, el cual reza
una fotocopia en este departamento, en la cláusula tercera indica lo siguiente…: “ El
local será utilizado por la arrendataria única y exclusivamente para el uso
comercial específicamente para venta de minisúper, sin expendio de licor o
bebidas con contenido alcohólico, no pudiendo utilizarlo para otra actividad,
quedando absolutamente prohibida la modificación del destino comercial del
mismo o ampliarlo a nueva actividades, salvo autorización previa y expresa de la
Municipalidad, si esto conviniera a la Administración Pública….. (La negrita y el
subrayado no son del original).

Por lo tanto, es necesario modificar esta Tercera cláusula del contrato de arrendamiento,
donde se le autorice al señor Randall Hernández Corrales con cedula de identidad
número 1-1088-0182, la actividad de Minisúper con el adicional del expendio o venta de
licores, Para así poder darle el debido tramite a la licencia categoría D.1 “Minisúper con
expendio de licores” que actualmente está solicitando.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, Regidor Propietario les dice que eso es en la
Terminal de Buses, y se dice que es para llevar, pero no le parece, no concuerda, la
parada es visitada por niños, adultos mayores, cuesta mucho que no se sienten en las
bancas a consumir licor, no le parece, estamos para mejorar la salud, la ética en todo
sistema, por lo tanto de que no se le dé aprobación.

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que está de acuerdo lo
que dice don Carlos Ugarte, por los usuarios, los niños, adultos mayores, es la imagen, lo
mejor es denegarlo, y que se mantenga el contrato como está, porque el inquilino acepto
ese contrato, es competencia de nosotros decidir.
                                                                                     20

El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, les
manifiesta que en Santa Cecilia en una verdulería se vende licor y eso no puede suceder,
y está menos de 50 metros de la plaza de Deportes, y hasta consumen en la plaza de
Deportes, en el Super Compro también consumen en las bancas, eso afea una
comunidad, lo mejor es pensarlo bien si se toma una decisión.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice no quisimos que esto
sucediera en Santa Cecilia, lo somete a votación si se deniega la solicitud de venta de
cervezas en el local y que se mantenga el contrato como tal, que sea definitivamente,
firme y se dispensa de trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, da por denegada la solicitud
del señor Randall Hernández Corrales, arrendatario del local comercial N° 7, ubicado en
la Terminal de Buses Municipal de la Cruz, de revisar el contrato existente (minisúper),
con la finalidad de que se le conceda una licencia comercial para el expendio de bebidas
con contenido alcohólico, ya que no es acorde al lugar y no conveniente por el tránsito de
niños, jóvenes, adultos mayores en la Terminal de Buses, por lo tanto que se conserve el
contrato tal y como está.(Minisuper). Ello en atención a dictamen emanado por el
Departamento de Gestión Tributaria Municipal de La Cruz. ACUERDO APROBADO
DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4
votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio.

6.- Se conoce oficio DF-010-2018, firmado por la Licda. Laura Moraga Rodríguez,
Directora Financiera Municipal, de fecha 04-abril2018, en el cual solicita lo siguiente:

Por este medio procedo a referirme al Acuerdo N°. 3-19 de la Sesión Ordinaria #11-2018
del día 15 de marzo, en donde fue aprobada la Modificación N°. 03-2018 por el monto de
¢59.296.000.00 (cincuenta y nueve millones doscientos noventa y seis mil con 00/100),
indicando lo siguiente:

Para dicha modificación recibí solicitud de parte del Señor Alcalde Municipal para
disminuir el monto de ¢25.000.000.00 (veinticinco millones netos) de la partida
presupuestaria II.16.1.04.99 denominada otros servicios de gestión y apoyo del servicio
de Depósito y tratamiento de basura y aumentarlos en la subpartida presupuestaria
II.02.1.08.04 denominada mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de
producción del servicio de Recolección de basura, monto que ya no existía como saldo
en la partida presupuestaria II.16.1.04.99 ya que anteriormente había sido rebajado con
otros fines y que por error fue consignado en la Modificación N°. 03-2018 la cual fue
aprobada en la sesión mencionada anteriormente.

En vista de lo anterior es que solicito se deje sin efecto la aprobación de las líneas 9 y 10
de dicha modificación la cual adjunto, puesto que los recursos no existían al momento de
la aprobación y por tanto no pueden ser ejecutados y que dicho acuerdo de aprobación
de modificación se corrija de manera de que los recursos aprobados sean únicamente
por el monto de ¢34.296.000.00 (treinta y cuatro millones doscientos noventa y seis mil
netos), excluyendo el monto de los ¢25.000.000.00 (veinticinco millones netos) indicados
anteriormente.
                                                                                  21

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que lo que se debe
hacer es rectificar el acuerdo.

El señor Ing. Gilberto Briceño: Gestor Urbano y Obras Municipales, manifiesta que lo que
sucedió fue que la Dirección y Tesorería no tenían actualizado el sistema cuando Geraldy
solicitó y se hace la modificación N° 03-2018 y cuando se hace el proceso parece en rojo
porque ese rubro no tenía recursos, lo importante es que ese monto no se ha utilizado, ya
en el año 2019 se va a implementar el nuevo sistema, fue un simple error, de ahí la
enmienda que pide la señora Directora Financiera.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que somete a votación
si que se rectifique el acuerdo, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, rectifica el acuerdo N° 3-19
de la Sesión Ordinaria N° 11-2018 celebrada por el Concejo Municipal de la Cruz
Guanacaste, el día 15 de marzo del 2018, donde se aprueba la Modificación
Presupuestaria N° 03-2018 por el monto de ¢ 59,296,000,00 (cincuenta y nueve millones
doscientos noventa y seis mil colones netos) y en su defecto se aprueba con el monto
real de ¢ 34,296,000,00 (treinta y cuatro millones doscientos noventa y seis mil colones
exactos), dejándose sin efecto las líneas 9 y 10 de dicha modificación por un monto de ¢
25,000,000,00 (veinticinco millones de colones netos), puesto que los recursos no
existían al momento de aprobación de la partida presupuestaria II.16.1.04.99 denominada
“otros servicios de gestión y apoyo del servicio de depósito y tratamiento de basura y
aumentarlos en la subpartida presupuestaria II.02.1.08.04 denominada mantenimiento y
reparación de maquinaria y equipo de producción del servicio de Recolección de Basura,
monto que no existía en la partida presupuestaria II.16.1.04.99 por lo tanto no pueden ser
ejecutados y se excluyen los ¢ 25,000,000,00, dado que fue un error involuntario,
quedando enmendado el mismo. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN
FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca
Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José
Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio.

7.- Se conoce oficio ALDE-JS-00122-2018, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal, en el cual solicita la autorización para compadecer en la firma
de la escritura de donación del área pública identificada con plano G-0822965-1989,
número de finca folio real N°5026123-000, traspaso a título gratuito, según lo señala la
ley de Planificación Urbana, artículo 40 al 44. Dicho terreno está ubicado en Barrio
Fátima (El Corozo).

La señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal les manifiesta
que ese terreno está a nombre del INVU, no se pudo construir el Play orque no está a
nombre de la Municipalidad, así que con autorización al Alcalde para firmar el traspaso se
puede construir el Play y el parquecito.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que somete a votación
si que se autoriza al señor Alcalde a la firma de dicho traspaso, que sea definitivamente
aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.
                                                                                  22

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, autoriza al señor Junnier
Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que proceda a la firma de la
escritura de donación del área pública identificada con el plano catastrado N° G-0822965-
1989 inscrita bajo la matrícula folio real N° 5026123-000, todo amparado a la ley de
Planificación Urbana, artículos del 40 al 44, terreno ubicado en el Bario Fátima (El
Corozo) La Cruz Guanacaste. Esto ante el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE
TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves:
Regidor Suplente en Ejercicio.

8.- Se conoce nota, firmada por la señorita Enid Arrieta Bonilla, vecina de La Cruz,
Guanacaste, en el cual externa que no podrá asumir el cargo que le fue asignado como
Tesorera del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, por motivos que se encuentra
realizando un curso en el INA con un horario de 4:00p.m a 9:00p.m, por lo que se le
dificulta asistir a la sesiones.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que no queda otra que
aceptarle la renuncia, y que se llame a Patricia Vargas Cortés para ver si acepta y de una
vez juramentarla el próximo jueves 12-abril-2018, lo somete a votación, que sea
definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acepta la renuncia de la
señorita: Enid Arrieta Bonilla, vecina de la Cruz Centro, Tesorera del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación, por motivos de estudio y en su defecto se le solicita a la señora:
Patricia Lorena Vargas Cortés, vecina de la Cruz Centro, haga acto de presencia el
próximo jueves 12 de abril del 2018, a las 4:00 p.m. en el salón de sesiones municipal de
la Cruz, cuya finalidad es tomarle el parecer si desea formar parte del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de la Cruz y así de una vez proceder a la debida
juramentación. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE
DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel
Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio.

9.- Se conoce oficio MLC-ZMT-45-2018, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña,
Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal, de fecha 15 de
marzo del 2018, en el cual en relación a la solicitud presentada por Desarrollos Turístico
Playa Rajada, S.A. para rectificar la certificación de Patrimonio Natural del Estado del
sector de Playa Rajada, La Cruz, Guanacaste, específicamente detrás del manglar,
debido a que existe propiedad inscrita y a la revisión del área que fue clasificada como
bosque; en conversación con el Ing. Francisco Ramírez Noguera, Gerente de Manejo de
Recursos Naturales del Área de Conservación Guanacaste el 28 de febrero del 2018 se
aclaró que la de la certificación de PNE ACG-DIR-PNE-ZMT-003-2017 rectificó el área de
la propiedad privada y realizó la revisión del bloque de bosque comprendido en la zona
restringida de la zona marítimo terrestre de Playa Rajada, específicamente detrás del
                                                                                 23

manglar, liberando un área de bosque en el sector de la concesión de plano G-457252-
97.

En relación a esto, el 15 de marzo del 2018 se recibió en el Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, escrito firmado por la señora Viria Apuy en calidad de Apoderada
Generalísima de Desarrollo Turístico Playa Rajada y Gianluca Pantano, en el que se
solicita.

Se proceda a anular los planos de la concesión de Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A
sobrepuestos a la propiedad privada planos G-457250-97, G-427253-97, G-457254-97,
G-616003-2000.

Se proceda a rectificar la medida de la concesión inscrita bajo el número de finca 5-
0001333-Z-000 a nombre de Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A. quedando un área
en 8.786 m².

Adjunta croquis de calle daría acceso a la concesión para su respectiva donación. El
mismo se propone de 10 m de ancho por 300 m de largo, considerando que dicha calle
únicamente dará acceso a la concesión.

Por lo tanto,

Se recomienda al Concejo Municipal autorizar al señor Junnier Alberto Salazar Tobal,
Alcalde, para iniciar con el proceso de anulación de los planos de la concesión de
Desarrollo Turístico Playa Rajada, S.A sobrepuestos a la propiedad privada planos G-
457250-97, G-427253-97, G-457254-97, G-616003-2000.

Asimismo se hace de conocimiento al Concejo Municipal que el escrito firmado por la
señora Viria Apuy en calidad de Apoderada Generalísima de Gianluca Pantano dueño del
50% de la finca 5- 73568-0 (por la que implementaría un acceso público) presenta una
propuesta de calle pública de 10 m de ancho y 300 m de largo para dar acceso al área
concesionable por lo que solicita autorización para iniciar el proceso de donación del
terreno para iniciar con el proceso de ajuste de área de la concesión con el plano
457252-97.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a
votación, que se pase a la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, para que lo estudie,
analice y dictamine y así tomar la resolución respectiva, que sea definitivamente
aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite ante la Comisión de
Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, oficio N° MLC-ZMT-45-2018, enviado por
la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre Municipal de La Cruz, en la que recomienda autorizar al señor Alcalde
Municipal de la Cruz, parta que inicie con el proceso de anulación de los planos de la
concesión de Desarrollo Turístico Playa Rajada S.A., sobrepuestos a la propiedad
privada planos G-457250-97, G-427253-97, G-457254-97 y G-616003-2000, y solicitud
de autorización para iniciar el proceso de donación del terreno para iniciar el ajuste de
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área en concesión presentando propuesta de calle pública de 10 Mts de ancho por 300
mts de largo por parte de la señora Viria Apuy Sirias, apoderada Generalísima de
Gianluca Pantano dueño del 50% de la finca 5-73568-0. Dicha remisión para que lo
estudien, analice, y dictaminen y así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO
APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE
COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en
Ejercicio.

10.- Se conoce oficio CNVMTS-04-04-18, firmado por la Msc. María Alejandra Muñoz
Gonzaga, Coordinadora de CNVMTS Sede Liceo Santa Cecilia, en el cual solicitan la
donación de instrumentos para banda rítmica y grupo musical conformado por
estudiantes del Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a
votación, que se pase a la Comisión de Hacienda y Presupuestos para que lo estudie,
analice y dictamine y así tomar la resolución respectiva, que sea definitivamente
aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite ante la Comisión de
Hacienda y Presupuestos Municipal de la Cruz, escrito firmado por la señora MSc. María
Alejandra Muñoz Gonzaga, Coordinadora del Colegio Nacional Virtual Marco Tulio
Salazar, Sede Santa Cecilia de la cruz Guanacaste, donde solicita la donación de
instrumentos para la Banda Rítmica y grupo musical conformado por los estudiantes de
esa casa de enseñanza, ya que no cuentan con recursos económicos ni los instrumentos.
Se remite para su estudio, análisis y dictamen de comisión y así tomar la resolución que
corresponda. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA
DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves:
Regidor Suplente en Ejercicio.

11.- Se conoce oficio ALDE-JS-0103-2018, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal, en el cual en virtud del oficio LRBV-02-C05-2018, suscrito por la
Msc. Magali Cubillo Morales, Directora del Liceo de Bella Vista de Santa Cecilia,
mediante el cual solicita que al acuerdo 2-3 de la Sesión Ordinaria N°09-2015, visto en el
folio 0005 del expediente “DONACIÓN TERRENO TELESECUNDARIA BELLA VISTA” le
sea adicionado lo siguiente: Que la finca objeto de donación no está afectado a fin
público, además que en ese mismo acto se autoriza al señor Alcalde para proceder a la
firma de la escritura de traspaso ante la notaría del estado.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que lo somete a
votación, que se apruebe que la donación no afecta fin público y se autorice al señor
Alcalde a la firma del traspaso, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
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ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, hace de conocimiento a la
Procuraduría General de la República, que al acuerdo N° 2-3 de la Sesión Ordinaria N°
09-2015, celebrada el día 19 de marzo del 2015, se le adiciona lo siguiente: “Que la finca
objeto de donación no está afectado a fin público, y a su vez se autoriza al señor: Junnier
Alberto Salazar Tobal: Alcalde Municipal de la Cruz, para que proceda a la firma de la
escritura de traspaso ante la Notaría del Estado. Y así cumplir con la meta de la
construcción del Liceo Rural de Bella Vista de Santa Cecilia, jurisdicción del Cantón de la
Cruz Guanacaste. Esto en atención al oficio 118-2018, firmado por el señor Procurador
Jonathan Bonilla Córdoba Notario del Estado. ACUERDO APROBADO
DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4
votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en Ejercicio.

12.- Se conoce nota, firmada por el señor William Mejías Vargas y el señor José Antonio
Rodríguez Benavides, Miembros de la Asociación de Productores de Maquenque
(ASOPROMA), en el cual solicitan no dar visto bueno al criterio relativo al proyecto Ley
para Establecer un Régimen Jurídico Especial para el Refugio de Vida Silvestre Corredor
Fronterizo Norte, proyecto presentado por la diputada Aracely Segura Retana y otras
señoras diputadas y diputados.

El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Santa Cecilia les dice que
este señor William Mejía le ha llamado 4 veces, le habló claro y concreto y pelado, le dije
que no estaban haciendo lo correcto, para convocar a una reunión debía hacerlo al
Concejo Municipal para que este brinde una autorización, y no hacerlo personal, y así
pedir el transporte y viáticos porque es en representación de este Concejo Municipal,
tenemos franja fronteriza y yo debía cumplir con lo ustedes digan y autoricen.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que ellos piden apoyo
para no apoyar el proyecto de ley que tienen en la Asamblea Legislativa, someto a
votación si están de acuerdo con ese apoyo, que sea definitivo, firme y se dispensa de
trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda apoyo incondicional a
Asociación de Productores de Maquenque (ASOPROMA), en el cual solicitan no dar visto
bueno al criterio relativo al proyecto Ley para Establecer un Régimen Jurídico Especial
para el Refugio de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte, proyecto presentado por la
diputada Aracely Segura Retana y otras señoras diputadas y diputados. ACUERDO
APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE
COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en
Ejercicio.

13.- Se conoce documento, firmado por la señora Guiselle Segura Sánchez, Secretaria
Administrativa de la Federación de Municipalidades de Guanacaste, en el cual transcribe
el acuerdo tomado por el Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de
Guanacaste.

ACUERDO 2-ORD.07-2017
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Recomendar a los Concejos Municipales y al Concejo Municipal de Distrito de Colorado
de Abangares de Guanacaste, ubicar retrato del Expresidente de la República Daniel
Oduber Quirós, en el lugar que lo dispongan preferiblemente en la sala de Sesiones,
como homenaje póstumo a un hombre que aportó mucho al país, que hizo de
Guanacaste su Segunda Casa, permitiendo de esta forma que los Guanacastecos se
sientan muy orgullosos de su labor y arraigo por nuestra provincia.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación,
levanten la mano los que estén de acuerdo que se coloque la fotografía del Expresidente
Daniel Oduber Quirós, en el salón de sesiones municipal de la Cruz, nadie aprueba por lo
tanto queda denegado.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, da por denegado la solicitud
del Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de Guanacaste, de ubicar
retrato del Expresidente de la República Daniel Oduber Quirós, en la sala de Sesiones
Municipal de la Cruz.

14.- Se conoce nota, firmada por el señor William Mejías Vargas y el señor José Antonio
Rodríguez Benavides, Miembros de la Asociación de Productores de Maquenque
(ASOPROMA), en la cual exponen lo siguiente: El día 17-03-2018 en la Reunión de Boca
Arenal, Cutris se formó la Comisión de “dos regidores” por Concejo Municipal, que son
parte el Corredor Fronterizo Norte y dos representantes por Cantón del corredor, en una
alianza para trabajar por la titulación del Corredor Fronterizo Norte y el desarrollo de las
comunidades; acepto el Concejo Municipal de La Cruz y las comunidades del citado
cantón. Los invitamos a que se incorporen a la Comisión en la próxima reunión, el día 13
de abril a las 10AM.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación,
levanten la mano los que estén de acuerdo que se autorice tanto a don Reynaldo como a
Guiselle Bustos para que asistan, que se les brinde el medio de transporte y pago de
viáticos, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, autoriza a los señores: José
Reynaldo Fernández Vega y Guiselle Bustos Chavarría, representantes del Concejo
Municipal de la Cruz Guanacaste, ante la Asociación de Productores de Maquenque
(ASOPROMA), para que participen en la Comisión de la próxima reunión el 13 de abril
del 2018, a las 10 am en la sala de sesiones de la Municipalidad de San Carlos, por lo
que se solicita al señor Alcalde Municipal: Junnier Alberto Salazar Tobal, suministre el
medio de transporte y los viáticos respectivos a dichos representantes. ACUERDO
APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE
COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en
Ejercicio.
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15.-Se conoce documento, firmado por el señor Wilberth Lara Carmona, Vecino del
Cantón de La Cruz, con fecha de 04 de abril del 2018, en el cual presenta ante el
honorable Concejo Municipal, denuncia ante irregularidades de construcciones y
reparaciones ilegales, que se han venido presentando en la Zona Pública y Restringida
de la Zona Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley.

Solicitando: Se proceda a investigar los hechos denunciados, así mismo se investigue a
los funcionarios Municipales encargados de esta vigilancia, por posible incumplimientos
de deberes constituido en la Ley General de la Administración Pública artículos 190 y
191, siguientes y concordantes, falta de deber de probidad constituido en el numeral tres
de la ley de Corrupción y el Enriquecimiento ilícito en la función pública y su Reglamento.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice que es un asunto serio,
de atención obligatoria, debemos velar por el cumplimiento de la Ley 6043 de la Zona
Marítimo Terrestre, eso es penado por ley si la incumplimos, es castigado y darle trámite.

El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente de Santa Cecilia les manifiesta que
desde hace años fue as una inspección con el Procurador Adjunto, y nos dio un esquema
que nos sirviera de enseñanza, hace poco fuimos a una inspección a playa 4X4 y no se
actuó, se le giraron instrucciones al Departamento de Zona Marítimo terrestre y no
cumplió, hay que darle trámite de inmediato y sentar un precedente, para eso les pagan,
si le da miedo actuar pues que le de campo a otro,, el litoral, el medio ambiente
deteriorándose.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que el asunto es
delicado, no vamos a ocultar nada, hemos luchado con los Encargados del Departamento
de Zona Marítimo Terrestre para que demuelan y hacen caso omiso, hay orden de
demoler en playa 4X4, y tampoco, hay orden del Ministerio de Salud, y nunca pudieron
notificar, en Puerto Soley ya hicieron un pueblo, playa Soley es de los cruceños, y no la
cuidamos, el Departamento tiene que estar vigilante que no construyan, y no lo hace,
fuimos a Playa Papaturro y se le dijo que actuara de oficio y tampoco lo hizo, estas
anomalías que denuncian existen, , la moratoria viene en octubre y tienen que demoler,
propongo aplazar esa nota y que se hagan presentes los Encargados del Depto. Zona
Marítimo Terrestre para el próximo jueves para que rindan cuentas, porque lo que quede
después de la moratoria se puede votar o demoler, debemos actuar el pueblo lo exige,
así que el jueves vengan y nos expliquen porque están cruzados de brazos.

El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les manifiesta que el dictamen de
comisión que viene para el Concejo les recordamos que hicieran un censo para pensar
en un eventual traslado, y buscarle una solución y no dejarlos indefensos, que s ele pida
a la gestora social municipal ese censo.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que la idea de Don
Marvin de ese Censo es bueno, hay que ver lo social, en el pasado se les hizo una
propuesta y no la aceptaron, es muy fácil que llegue una persona construya y mañana
quiere que la reubiquen, así que esa playa es muy visitada y hay que buscarle solución.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal les dice someto a votación,
levanten la mano los que estén de acuerdo que se les llama a todos los funcionarios del
Departamento de Zona Marítimo Terrestre para el próximo jueves 12 de abril, 2018 a las
                                                                                   28

4 pm, para que rindan cuentas, que sea definitivamente aprobado, firme y se dispensa de
trámite de Comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: “El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, deja pendiente el escrito
presentado por el señor Wilberth Lara Carmona, vecino de la Cruz Guanacaste, en el
cual presenta denuncia por algunas irregularidades de construcciones y reparaciones
ilegales que se han venido presentando en la Zona Pública y Zona Restringida de la Zona
Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley de la Cruz Guanacaste, para ser analizado el
próximo jueves 12 de abril del 2018, en sesión municipal, a las 4 pm, en conjunto con los
señores: Licda. Yahaira Duarte Aguirre: Gestora Jurídica, Ing. Alexandra Gonzaga Peña:
Coordinadora y Rubén Tinoco Ramírez, todos funcionarios del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, por lo que se les convoca hagan acto de
presencia a dicha Sesión Municipal, y así analizar, estudiar y tomar la resolución que
corresponda. ACUERDO APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA
DE TRAMITE DE COMISIÓN, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, y José Manuel Vargas Cháves:
Regidor Suplente en Ejercicio.



                                 ARTICULO TERCERO

                                       MOCIONES

     NINGUNA

                                  ARTICULO CUARTO

                                   ASUNTOS VARIOS

     1.- Presentados verbalmente por la señora: Blanca Casares Fajardo:
     Presidenta Municipal:

     Compañeros, es sobre el depósito del pago de las dietas, todo el tiempo es lo
     mismo, no depositan, aunque el señor Alcalde gire las instrucciones, esto está
     establecido en el Código Municipal, es un derecho que tenemos, , en Semana
     Santa no se hizo el pago, es ineludible, Albert Contador dice que le llevaron la
     lanilla hasta las 3:55 p,m, , le pregunté qué porqué esta semana no, y me dio
     un montón de argumentos, y esto no puede seguir sucediendo, le pido al señor
     Alcalde que ponga coto a esto.

     El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde municipal les dice que estuvo
     molesto porque no se acató la orden que él dio a Alberth el Contador y no se
     justificó, así que mañana se pagará y no van a volver a suceder esos atrasos,
     vamos a ver los procedimientos.

     El señor Carlos Ugarte Huertas, regidor propietario les dice que no nos están
     regalando nada, es un derecho y los dejan de último eso no se puede dejar de
                                                                              29

cumplir, a cuentas de qué, y no es la primera vez que eso sucede, todo el
tiempo nos ha pasado eso no es así, le pide al señor Alcalde que actúe, soy
testigo que él le dijo a Alberth que no se le quedara nadie sin pagar, incluyendo
el pago de las dietas de los regidores.

El señor José Reynaldo Fernández Vega, sindico suplente Santa Cecilia dice
voy a decir nombres; Carlos José Martínez Tesorero, y Alberth Álvarez
Contador, dilatan para pagar los viáticos y los taxis, es un derecho que
tenemos, así que el señor Alcalde actúe, no tenemos por qué andar buscando
firmas para que nos paguen, eso se debe corregir y si amerita una suspensión
de 10 a 15 días.

Blanca Casares Fajardo, presidenta Municipal dice que se necesita mano dura,
le pedimos al señor Alcalde haga lo que corresponda y que esto no vuelva a
suceder esos atrasos, es un derecho que tenemos, le daremos seguimiento y
se tomen las medidas y con mayor energía, queda notificado señor Alcalde.
APROBADO.

                             ARTICULO QUINTO

                             CIERRE DE SESIÓN

Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 20:15 horas.




Blanca Casares Fajardo              Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez

Presidenta Municipal                 Secretario Municipal