Ordinaria 5 · 2017-02-02

Acta_de_Sesin_N05-2017_celebrada_el_da_02_de_febrero_del___2017.pdf · 28 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 5 del 2017-02-02 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 24 acuerdo(s) sin número, marcados ~.

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                            MUNICIPALIDAD

                                    LA CRUZ

Acta de Sesión Ordinaria # 05-2017, celebrada el día 02 de febrero del año 2017, a
las 17:00 horas, con la asistencia de los señores miembros:

      Blanca Rosa Casares Fajardo            Presidenta Municipal
      Marvin Tablada Aguirre                 Vicepresidente Municipal
      Carlos Ugarte Huertas                  Reg. Propietario
      Guiselle Bustos Chavarría              Reg. Propietaria
      José Manuel Vargas Chaves              Reg. Suplente en Ejercicio
      Zeneida Quirós Chavarría               Síndica Propietaria Santa Cecilia
      Jorge Manuel Alán Fonseca              Síndico Propietario Santa Elena
      Mary Casanova López                    Síndica Propietario La Garita
      Sebastián Víctor Víctor                Síndico Suplente La Garita
      José Reynaldo Fernández Vega           Síndico Suplente Santa Cecilia

Otros funcionarios: Licda. Rosa Emilia Molina Martínez: Vicealcaldesa Municipal de
La Cruz, Lic. Daniel Umaña Hernández, Periodista Municipal, Astrid Mora Herrera,
Asistente de Secretaría de Concejo y con la siguiente agenda:

   1.- Revisión y aprobación de acta anterior (Nº 44-2016)

   2.- Juramentación

   3.- Correspondencia

   4.- Mociones

   5.- Asuntos Varios

   6.-Cierre de Sesión

                             ARTICULO PRIMERO

                  REVISION Y APROBACIÓN ACTA ANTERIOR

Al no haber objeción alguna, queda aprobada y firmada acta # 44-2016


                             ARTICULO SEGUNDO

                               JURAMENTACIÓN

La señora Blanca Cásares Fajardo, Presidenta Municipal, dice “tenemos acá
presente los miembros del órgano director Investigativo sobre el nombramiento del
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Gestor Jurídico suplente de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. por lo
que procederé a la debida juramentación.
“con la mano derecha a la altura del corazón ¿juráis a Dios y prometéis a la Patria,
observar y defender la Constitución y las leyes de la República y cumplir fielmente
los deberes de vuestro destino?
-Sí, juro.
-Sí, así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demanden”.

Quedando debidamente juramentados los señores: Lic. Carlos Guevara Torres,
Guiselle Bustos Chavarría y el Señor Marvin Tablada Aguirre, como órgano Director
Investigativo sobre el nombramiento del Gestor Jurídico suplente de Zona Marítimo
Terrestre Municipal de La Cruz..

                              ARTICULO TERCERO

                              CORRESPONDENCIA

1.- Se conoce documento, firmado por la señora Kathia Ruíz García, Asistente de
Alcaldía a.i, de fecha 02 de febrero del 2017, en el cual solicita tomar acuerdo firme
de autorización de registro de firmas para la Licda. Laura Moraga Rodríguez, cédula
de identidad N°5-0314-0399, Directora Financiera, y pueda firmar ante los diferentes
Banco Estatales del país y Caja Única del Estado y se puedan girar recursos contra
los fondos de la Municipalidad de La Cruz. Lo anterior por cuanto se solicitó al
Concejo Municipal el registro de firmas únicamente para el Tesorero Municipal y no
para el Director Financiero.

Dicho acuerdo deberá de ser redactado de la siguiente manera:

1. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco Nacional de Costa Rica, para que pueda firmar en
   las siguientes cuentas de la Municipalidad de La Cruz y se deje INACTIVA la
   firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de identidad 01-1207-0975:
        - 100-01-000979-7 Ordinario (general)
        - 100-01-000908-6 Gestión Vial Ley 8114
        - 100-01-000980-5 Partidas Especificas


2. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco de Costa Rica, para que pueda firmar en las
   siguientes cuentas de la Municipalidad de La Cruz y se deje INACTIVA la firma
   del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de identidad 01-1207-0975:
       - 225-0004076-2 enteros de timbres Registro Nacional
       - 001-313652-3 depósitos de garantía
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3. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, para que pueda
   firmar en las siguientes inversiones a nombre de la Municipalidad de La Cruz y
   se deje INACTIVA la firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de
   identidad 01-1207-0975:
       - 16101002610183588 Popular Fondos de Inversión a la Vista


4. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en Caja Única del Estado (Tesorería Nacional), para que pueda
   firmar en las siguientes inversiones a nombre de la Municipalidad de La Cruz y
   se deje INACTIVA la firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de
   identidad 01-1207-0975:
      -     73911351000027447, Municipalidad de La Cruz
      -     7390011451001010, Ley 8114
      -     73900011451001027, Ley 7755
      -     73900011451001033, Municipalidad de La Cruz
      -     73911351000027453, Impuestos Fronterizos
      -     73911351000040867, Recursos propios

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en aprobar el documento enviado por la señora
Kathia Ruíz García, en calidad de asistente de Alcaldía a.i, con el fin de hacer el
cambio de firmas para proceder con el pago de los funcionarios y documentos
pendientes, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, autoriza el registro de firmas de la
Señora Licda. Laura Moraga Rodríguez, cédula de identidad N°5-0314-0399,
Directora Financiera, ante los Bancos Estatales de este país y la Caja Única de
Tesorería Nacional, ya que la señora Licda. Laura Moraga Rodríguez, Directora
Financiera, se encontraba incapacita por motivo de maternidad, dicho registro de la
siguiente manera:
5. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco Nacional de Costa Rica, para que pueda firmar en
   las siguientes cuentas de la Municipalidad de La Cruz y se deje INACTIVA la
   firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de identidad 01-1207-0975:
        - 100-01-000979-7 Ordinario (general)
        - 100-01-000908-6 Gestión Vial Ley 8114
        - 100-01-000980-5 Partidas Especificas
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6. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco de Costa Rica, para que pueda firmar en las
   siguientes cuentas de la Municipalidad de La Cruz y se deje INACTIVA la firma
   del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de identidad 01-1207-0975:
       - 225-0004076-2 enteros de timbres Registro Nacional
       - 001-313652-3 depósitos de garantía


7. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, para que pueda
   firmar en las siguientes inversiones a nombre de la Municipalidad de La Cruz y
   se deje INACTIVA la firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de
   identidad 01-1207-0975:
       - 16101002610183588 Popular Fondos de Inversión a la Vista


8. Se registre la firma de la Señora Laura Moraga Rodríguez, cedula de identidad
   N°. 503140399, en Caja Única del Estado (Tesorería Nacional), para que pueda
   firmar en las siguientes inversiones a nombre de la Municipalidad de La Cruz y
   se deje INACTIVA la firma del Señor Gilberto Briceño Delgado, cédula de
   identidad 01-1207-0975:
      -     73911351000027447, Municipalidad de La Cruz
      -     7390011451001010, Ley 8114
      -     73900011451001027, Ley 7755
      -     73900011451001033, Municipalidad de La Cruz
      -     73911351000027453, Impuestos Fronterizos
      -     73911351000040867, Recursos propios


ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejercicio)

2.-Se conoce documento, firmado por la señora Kathia Ruíz García, Asistente de
Alcaldía, de fecha 02 de febrero del 2017, en el cual remite escrito firmado por la
Licda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal, en el cual adjunta notificación
de la Contraloría General de la República, donde se solicita manifestarse con
respecto a Recurso de Apelación interpuesto por la señora Jessica Navarrete Arias,
en contra del acuerdo N°2-6A, de la Sesión Ordinaria N°47-2016, en relación a
declarar desierto el proceso de Licitación Pública N°2016LN-000003-01, dicha
remisión para que sean los miembros del Concejo los que designen al Asesor Legal
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que contestará dicha apelación, cabe mencionar que la Licda. Lorena Caldera
Obregón, Gestora Jurídica se recusa de pronunciarse.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir al Lic. Christian Callejas Escoto, Asesor
Legal del Concejo Municipal, el documento enviado por la señora Kathia Ruíz
García, en calidad de Asistente de Alcaldía, en el cual se solicita manifestarse
respecto al Recurso de Apelación interpuesto por la señora Jessica Navarrete Arias,
en contra el acuerdo N°2-6A, de la Sesión Ordinaria N°47-2016, en relación a
declarar desierto el proceso de Licitación Pública N°2016LN-000003-01, para que
este lleve a cabo un estudio y análisis legal de dicho documento y luego proceda a
pronunciarse ante el Concejo Municipal, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda remitir ante el Lic. Christian
Callejas Escoto, Asesor Legal del Concejo Municipal, Notificación de la Contraloría
General de la Republica, remitida por la señora Kathia Ruíz García, en calidad de
Asistente de Alcaldía a.i, donde solicitan manifestarse con respecto a Recurso de
Apelación interpuesto por la señora Jessica Navarrete Arias, en contra el acuerdo
N°2-6A, de la Sesión Ordinaria N°47-2016, en relación a declarar desierto el proceso
de Licitación Pública N°2016LN-000003-01, para que este lleve a cabo un estudio y
análisis legal de dicho documento y luego proceda a pronunciarse ante el Concejo
Municipal. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5
VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejerc.)

3.- Se conoce documento, firmado por el Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez,
Secretario Municipal, Secretario Municipal y miembro del órgano director, Carlos
Ugarte Huertas, Regidor Propietario y miembro del órgano director, Lic. Deiby López
Lara, Gestor Jurídico a.i y Asesor del órgano Director, de fecha 26 de enero del
2017, respecto al permiso de uso de suelo, ubicado en la Zona Restringida de la
Zona Marítimo Terrestre, tramitado bajo el número de expediente RES-ZMT-001-
2016, interpuesto contra Erick Alfaro Zuñiga, con cédula de identidad número uno-
mil cincuenta y uno-cero trescientos ochenta y dos, mayor, soltero, Ingeniero
Industrial, vecino de La Cruz, Guanacaste; del cementerio local 300m al este,
expediente administrativo número PUS-65-2015, aprobado por el seno del Concejo
Municipal, mediante acuerdo N°III.6 de la Sesión Ordinaria N°06-2016, celebrada el
día dieciocho de febrero de dos mil dieciséis.
Los suscritos: Carlos Miguel Duarte Martínez y Carlos Manuel Ugarte Huertas, en
condición de miembros de órgano director, proceden a emitir recomendación final
dentro del expediente de marras mediante resolución número ZMT-CAN-001-2016,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política,
SE RESUELVE:
RESULTANDO:
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  1. Mediante acuerdo del Concejo Municipal N°2-4 de la Sesión Ordinaria N°44-
     2016, celebrada el 17 de noviembre del 2016, Municipalidad de La Cruz,
     Guanacaste; y juramentado el día doce de diciembre del 2016, en Sesión
     Ordinaria N°46-2016, para todos los efectos se nombra Órgano Director Lic.
     Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal, Carlos Ugarte Huertas,
     Regidor Municipal, y Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico, departamento
     de Zona Marítimo Terrestre. (Visible a folios 0000001).
  2. El Órgano Director, con fecha 16 de diciembre del 2016, realiza traslado de
     cargos a la parte investigada mediante la resolución N°ZMT-CAN-001-2016,
     misma que fue notificada en el medio señalado en el expediente de Permiso
     de Uso de Suelo, el día 22 de diciembre del 2016. Asimismo se señalan las
     nueve horas del día 18 de enero del 2017, para realizarse la audiencia oral y
     privada del procedimiento sancionatorio de marras (visible folios 0000032).
  3. El día 18 de enero del 2017 al ser la 09:00 horas se celebra la audiencia oral
     y privada sin la asistencia del investigado. La parte investigada no presenta
     descargo por escrito ni por otro medio a pesar de haber sido formalmente
     notificado por correo electrónico ambientalcr@gmail.com (Visible folio
     0000033, 0000034, y 0000035).
                                CONSIDERANDO
HECHOS APROBADOS:

   1. Dentro del procedimiento Administrativo la investigada se notificó
      formalmente, por medio del acto de traslado descargo, sobre el carácter de
      los fines del procedimiento incoado en su contra.
   2. Dentro del procedimiento Administrativo Ordinario no se presentaron recurso
      alguno contra las actuaciones realizadas de previo, durante y con
      posterioridad a la audiencia oral y privada.
   3. Dentro del procedimiento Administrativo, la parte investigada ha tenido en
      todo momento acceso al expediente administrativo.
   4. Dentro del procedimiento Administrativo, el investigado obtuvo el derecho de
      ser oído por medio de audiencia oral y privada, así otorgándose la posibilidad
      de realizar el ejerciendo su defensa material y técnica (folios 0000032).

HECHOS NO APROBADOS:No se tiene ninguno de importancia para la resolución
de este procedimiento administrativo.

SOBRE LOS HECHOS INVESTIGADOS:
Mediante el traslado de cargos realizado en la resolución ZMT-CAN-001-2016, de
las once horas del dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis, acto de apertura del
procedimiento administrativo, se puntualizan presuntamente consumados dentro
del periodo comprendido entre 2016 y 2017, como probable responsable de: Omitir
el pago de los cánones respectivos, incidiendo con su presunta conducta omisiva
en: a-violentar la normativa vigente sea la Ley 6043 Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre y su Reglamento; b-violentar el contrato de Permiso de Uso de Suelo
sobre la Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre de Playa Papaturro.

De seguido se realiza el estudio de fondo e integral de la prueba recabada.
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SOBRE LOS HECHOS IMPUTADOS

PRIMERO: Dentro del periodo comprendido entre el año 2016 y 2017, en grado de
probabilidad, como presunto responsable de no realizar el pago de los cánones
respectivos y asignados mediante el permiso de uso de suelo otorgado por el
Concejo Municipal de La Cruz, mediante acuerdo N°III.6 de la Sesión Ordinaria
N°06-2016, celebrada el día 18 de febrero del 2016, los pagos debieron realizarse
a favor del cantón de La Cruz, Guanacaste; recibidos por medio de la Municipalidad
respectiva. Incidiendo con su presunta conducta omisiva en: a- violentar el contrato
de permiso de usos de suelo sobre la zona marítima terrestre y su reglamento, b-
generando por medio de la presunta omisión una deuda por el monto de die millones
seiscientos cuarenta y un mil ciento cincuenta y dos colones netos
(¢10.641.152,00), por concepto de capital y ciento siete mil ciento ochenta y cuatro
colones netos (¢107.048,00), para un total de diez millones setecientos cuarenta y
ocho mil trescientos treinta y seis colones con nueve céntimos. (¢10.784.336,09).
SEGUNDO: Según certificación de deuda emitida por CPI Albert Álvarez Chévez,
contador Municipal de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste; se exterioriza que
en el año 2016 el permisionario requerido presenta una deuda principal de cinco
millones trescientos veinte mil quinientos setenta y seis colones netos
(¢5.320.576,00), y un interés moratorio de doscientos dos mil ochocientos cincuenta
y dos colones con cuarenta y tres céntimos, (¢202.852,43), para un total de cinco
millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos veintiocho colones con cuarenta y
tres céntimos. (¢5.523.428,43)
Para el 2016, el permisionario requerido presenta una deuda principal de cinco
millones trescientos veinte mil quinientos setenta y seis colones netos,
(¢5.320.576.00), y un interés moratorio de ochenta y siete mil quinientos cuarenta y
ocho colones con noventa y ocho céntimos, (¢87.576,00), para un total de cinco
millones cuatrocientos ocho mil ciento veinticuatro colones con noventa y ocho
céntimos. (¢5.408.124,98)

Sobre el cúmulo probatorio dispuesto en el presente procedimiento y su relación
integral.

Con respecto a la prueba documental: De la prueba documental incorporada por
la administración, sea la certificación de deuda emitida por el CPI Albert Álvarez
Chevez, Contador Municipal de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste; se
determina la existencia real del incumplimiento económico por parte del
permisionario, sin que haya prueba de descargo que certifique la existencia de pago
sobre la misma.

                       POR LO TANTO SE RECOMIENDA

Con fundamento a los artículos N°53, inc. “e” de la Ley 6043, Ley sobre Zona
Marítimo Terrestre y el artículo 154 de la Ley General de la Administración
Pública; se recomienda:
                                                                                     8

Se determina que existen suficientes elementos de hecho y derecho, así como
elementos probatorios para darse por comprobada la veracidad de las faltas
señaladas en el hecho “PRIMERO Y SEGUNDO”, del traslado de cargos, respecto
a la violación de los artículos 53 inciso “a” y 52 inciso “e” de la Ley 6043, Ley sobre
la Zona Marítimo Terrestre.
DE LA SANCIÓN: Esta debe de dictaminarse por el órgano decisor de este
procedimiento, sea por el Jerarca Colegiado de la Administración Municipal, sobre
los actos cometidos por el aquí investigado. Con fundamento en los cargos
descritos, normales legales invocados y pruebas citadas; se recomienda dictaminar
la cancelación sobre el permiso de uso de suelo, tramitado bajo el expediente
administrativo N°PUS-65-2015, de igual forma se deje sin efecto, en el registro de
la base de datos que lleva el departamento de Gestión de Cobros de la
Municipalidad de la Cruz.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en proceder con la cancelación de Permiso de
suelo en Playa Papaturro, a nombre del señor Erick Alfaro Zuñiga, debido al no pago
del canon respectivo del uso de marras, a su vez se deje sin efecto en el Registro
de la Base de datos que lleva el Departamento de cobros de la Municipalidad de La
Cruz, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba la
cancelación del permiso de usos de suelo, de la parcela en la zona marítimo
Terrestre de Playa Papaturro, jurisdicción del Cantón de La Cruz, Guanacaste a
nombre del señor Erick Alfaro Zuñiga, cédula N°1-1051-382, motivado por falta de
pago del canon respectivo, es decir amparado en el artículo 52, inciso a), artículo
53 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública, y violación al Contrato
de permiso de uso de suelo, basado también en el debido proceso que se llevó a
cabo, a través de un Órgano Director Investigativo, del Expediente Administrativo
N°PUS-65-2015, y se comprobó la verdad real de los hechos, es decir el no pago
de canon respectivo por el permiso de uso de suelo de marras, según resolución
N°ZMT-CAN-001-2016. Por lo tanto se reitera se deja sin efecto dicho permiso de
uso de suelo, y a su vez se ordena se deje sin efecto en el Registro de la Base de
datos que lleva el Departamento de cobros de la Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5
VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejerc.)

4.- Se conoce documento firmado, por el señor Noé Fabricio Mora Morales,
Administrador del Centro Agrícola Cantonal de La Cruz, de fecha 31 de enero del
2017, en el cual solicita un espacio para el día nueve de febrero del 2017, para evitar
la desintegración del Centro Agrícola Cantonal La Cruz, con el propósito esencial
que está organización viva, sobreviva, se mantenga y principalmente se fortalezca
a corto, mediano y Largo plazo, con el interés de mejorar paulatinamente en
                                                                                     9

actividades que generan ingresos sostenibles y que su producto sea en beneficio
de los pequeños y medianos productores del Cantón de La Cruz.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta si están de
acuerdo en concederle la audiencia solicitada por el señor Noé Fabricio Mora
Morales, Administrador del Centro Agrícola Cantonal, para el día 23 de febrero del
2017, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda concederle audiencia al
señor Noé Fabricio Mora Morales, Administrador del Centro Agrícola Cantonal, para
el día 23 de febrero del 2017, para que este externe ante el Concejo Municipal, la
problemática económica que está pasando el Centro Agrícola Cantonal.ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca
Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas,
Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

5.- Se conoce documento, firmado por el señor Juan de Dios Campos Lezama,
Administración del Comité Cantonal de Deporte y Recreación de La Cruz, de fecha
31 de enero del 2017, en el cual en el cual solicitan la colaboración en la elaboración
de los reglamentos y manuales recomendados por el señor Auditor Gledys Delgado
Cárdenas, ya que el señor Auditor Gledys Delgado Cárdenas les está solicitando
informes de los avances a las recomendaciones realizadas para el día 10 de febrero
del 2017.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta si están de
acuerdo en remitir el documento, firmado por el señor Juan de Dios, Administración
del Comité Cantonal de Deporte y Recreación, al Lic. Carlos Guevara Torres, Gestor
Jurídico de la Municipalidad de La Cruz, para la colaboración para la confección de
estos reglamentos y manuales solicitados por el señor Auditor Gledys Delgado
Cárdenas al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, a su vez
solicitarle al señor Gledys Delgado Cárdena que extienda el tiempo de entrega de
estos Reglamentos y Manuales, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda solicitar al Departamento
Jurídico la colaboración para la confección de estos reglamentos y manuales
solicitados por el señor Auditor Gledys Delgado Cárdenas al Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de La Cruz, a su vez acuerdan solicitarle al señor Gledys
Delgado Cárdena que extienda el tiempo de entrega de estos Reglamentos y
Manuales. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5
VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejerc.)
                                                                                   10

6.- Se conoce documento, firmado por el señor Denis Camacho Cerdas, Presidente
del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, de fecha 30 de enero
del 2017, en el cual solicita al Concejo Municipal la gestión para la elaboración de
convenios para que sea el Comité Cantonal de Deporte y Recreación, quien
administres las instalaciones deportivas del Cantón que se encuentran a nombre de
la Municipalidad, entre ellas: Estadio Municipal de La Cruz, Polideportivo de La
Cruz, Plaza de Barrio Fátima, Plaza de Guapinol y cualquier otro recinto deportivo
que pertenezca a la Municipalidad de La Cruz. Con el fin que hay un documento
legal que faculte al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, disponer
de dichas instalaciones, para las diferentes actividades Deportivas y recreativas, así
como para el respectivo mantenimiento y estén en condiciones óptimas para la
práctica del deporte.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo solicitarle al señor Junnier Alberto Salazar Tobal,
Alcalde Municipal, que proceda con la confección de los convenios para que sea el
Comité Cantonal de Deporte y Recreación quien Administre las instalaciones
deportivas a nombre de la Municipalidad como lo son: Estadio Municipal de La Cruz,
Polideportivo de La Cruz, Plaza de Barrio Fátima, Plaza de Guapinol y cualquier otro
recinto deportivo que pertenezca a la Municipalidad de La Cruz, sírvanse a levantar
la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda remitir al señor Junnier
Salazar Tobal, Alcalde Municipal, documento firmado por el señor Denis Camacho
Cerdas, Presidente del Comité Cantonal de Deporte y Recreación de La Cruz, de
fecha 30 de febrero del 2017, para que proceda con la confección de los convenios,
para que sea el Comité Cantonal de Deporte y Recreación quien Administre las
instalaciones deportivas a nombre de la Municipalidad como lo son: Estadio
Municipal de La Cruz, Polideportivo de La Cruz, Plaza de Barrio Fátima, Plaza de
Guapinol y cualquier otro recinto deportivo que pertenezca a la Municipalidad de La
Cruz. Con el fin que hay un documento legal que faculte al Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de La Cruz, disponer de dichas instalaciones, para las
diferentes actividades Deportivas y recreativas, así como para el respectivo
mantenimiento y estén en condiciones óptimas para la práctica del deporte.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

7.- Se conoce documento con copia al Concejo Municipal, firmado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 26 de enero del
2017, en el cual se refiere que mediante oficio N°12988 del 06 de octubre del 2016,
se le solicita remitir dos informes de avance sobre los resultados de la verificación
de la implementación de las acciones de mejora para corregir las debilidades
asociadas a la gestión de servicio de recolección de residuos ordinarios del cantón
de La Cruz en las fechas del 31 de enero de 2017 y 31 de mayo del 2017. Procedió
                                                                                 11

a realizar la solicitud de información al Departamento de Gestión Ambiental y al
despacho del Alcalde Municipal el 16 de diciembre del 2016, y es hasta el 18 de
enero del 2017 que se recibe respuesta a la solicitud realizada por parte de la
Gestora Ambiental de la Municipalidad de La Cruz, con lo cual se procede a hacer
en análisis de la información facilitada.
Además, el 22 de enero del 2017 se solicita información adicional a la Gestora
Ambiental y la Dirección Administrativa, a saber: copia de los informes mensuales
sobre la cantidad de residuos sólidos valorizables recuperados, copia de evidencia
que garantice que se realizaron campañas de recolección de residuos no
tradicionales, copia de la base de datos actualizadade los grupos organizados que
trabajen en la valorización de residuos sólidos y estado o nivel de avance de la
encuesta para determinar el nivel de satisfacción de la población. Sin embargo, al
cierre de este oficio no se suministró la información, debido a que se le indica que
la Gestora Ambiental salió de vacaciones, por lo que se procedió a interpretar el
cumplimiento de las acciones correctivas únicamente con la información
suministrada el 18 de enero del 2017.
Al revisar la información, se determina que según en el Cuadro Estratégico de
Cumplimiento emitido en el oficio DGA-183-2016, de las 22 acciones correctivas
que se debieron de ejecutar en el año 2016 hay 5 acciones cumplidas, 2 acciones
en proceso de cumplimiento, 5 acciones en suspenso y 10 acciones incumplidas.
Lo anterior deja un balance de cumplimiento efectivo de un 23% de total de acciones
correctivas indicadas en el oficio DGA-183-2016.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en tomar nota del documento enviado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Municipal, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: Tomar Nota.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

8.- Se conoce documento con copia al Concejo Municipal, firmado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Municipal, de fecha 30 de enero del 2017, en el
cual hace referencia a un correo electrónico recibido por parte del señor Junnier
Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, en el cual convoca a una reunión al señor
Auditor Gledys Delgado Cárdenas, sin embargo externa que en ese correo no se
indica que temas específicos se van a tratar, que funcionarios van a participar ni
tampoco con qué objetivo solicitan la presencia del señor Auditor, ya que esos datos
son de suma importancia para valorar si es prudente que en calidad de Auditor
Interno participe de la reunión, ya que por normativa interna, no podrá ser parte de
grupos de trabajo o comisiones que ejerzan función propia de la Administración
activa, en resguardo de la independencia y objetividad de la Auditoria Interna. Así
mismo la Ley General de Control Interno, por lo tanto solicita que para futuras
solicitudes de reunión le suministre los datos comentados en el párrafo anterior.
                                                                                  12



La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en tomar nota del documento enviado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Municipal, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: Tomar Nota. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

9.- Se conoce documento con copia al Concejo Municipal, firmado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 30 de enero del
2017, en el cual adjunta detalle de las recomendaciones emitidas por la Auditoria
Interna de la Municipalidad de La Cruz, del 01 de enero del 2016 al 31 de diciembre
del 2016, con el objetivo que se remita en el plazo de ley, el estado de avance de la
una de ellas con el debido respaldo documental, para realizar una valoración de la
misma. Para lo cual puede indicar si está cumplida, incumplida o en proceso de
cumplimiento como aporte adicional.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en tomar nota del documento enviado por el señor
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Municipal, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: Tomar Nota. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

10.- Se conoce nota, firmada por la señora Licda. Catalina Díaz Ugalde, Psicóloga
Fundación Rahab, de fecha 30 de febrero del 2017, en la cual solicita una audiencia
para presentar el proyecto de la Fundación Rahab que estará trabajando a beneficio
de la comunidad.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en concederle la audiencia para el día 23 de
febrero del 2017, a la señora Licda. Catalina Díaz Ugalde, Psicóloga Fundación
Rahab, para presentar el proyecto de la Fundación Rahab que estará trabajando a
beneficio de la comunidad, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda dar audiencia a la señora
Licda. Catalina Díaz Ugalde, Psicóloga de la Fundación Rahab, para el día 23 de
                                                                                  13

febrero del 2017, para que esta exponga el proyecto de la Fundación Rahab a
beneficio de la comunidad. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

11.- Se conoce documento, firmado por la señora Kathia Ruíz García, Asistente de
Alcaldía a.i, de fecha 27 de enero del 2017, en el cual remite escrito por la señora
Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Encargada del Departamento de Gestión
Tributaria de la Municipalidad de La Cruz, en relación a destinar recursos
económicos para darle trámite al proceso de adquisición de un vehículo que sea
asignado exclusivamente para el Departamento Tributario, con el fin de minimizar
el pendiente de cobros y atraer ingresos a la Institución.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir el documento firmado por la señora
Kathia Ruíz García, en calidad de Asistente de Alcaldía a.i, con el fin de destinar
recursos económicos para darle trámite al proceso de adquisición de un vehículo
que sea asignado exclusivamente para el Departamento Tributario, a la Comisión
de Hacienda y Presupuesto con el fin que dicha comisión brinde las
recomendaciones necesarias y luego pronunciarse ante el Concejo Municipal,
sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda remitir, a la Comisión de
Hacienda y Presupuesto el documento firmado por la señora Kathia Ruíz García,
Asistente de Alcaldía a.i, en el cual hace referencia al escrito por la señora Licda.
Ana Catalina Tinoco Obregón, Encargada del Departamento de Gestión Tributaria
de la Municipalidad de La Cruz, en relación a destinar recursos económicos para
darle trámite al proceso de adquisición de un vehículo que sea asignado
exclusivamente para el Departamento Tributario, con el objetivo de minimizar el
pendiente de cobros y atraer ingresos a la Institución, esto en el fin que dicha
comisión brinde las recomendaciones necesarias y luego pronunciarse ante el
Concejo Municipal. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME,
CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas
Chaves en ejerc.)

12.-Se conoce documento, firmado por el Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico del
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, de fecha 23 de enero del 2017, en el
cual brinda informe sobre la construcción, ubicada en la zona pública de la Zona
Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley y ocupada de forma precaria por el señor
QdDg, Miguel Flores Flores, quien era mayor de edad, soltero, pescador, vecino de
Puerto Soley de La Cruz; portador de cédula de identidad N°5-062-707, por lo que
procede a manifestar lo siguiente:
Resultando:
                                                                                     14

1.- Que Flores Flores, ocupo de forma precaria, una construcción de casa de
habitación, ubicada en la Zona Pública de la Zona Marítimo Terrestre de Playa
Puerto Soley, compuesta por las siguientes características, de Cemento, Madera y
fibrolit, techo de zinc corriente, piso de cemento lujado, con un frente
aproximadamente de 16:00 metros lineales, un fondo aproximadamente de 11:00
metros lineales, dicha inmueble se encuentra amarrada a los mojones de la Zona
Pública número 317 y 318 del año 1996, colocados por el instituto Geográfico
Nacional.
2.- El señor Miguel Flores Flores, de calidades ya conocidas en autos, falleció el día
pasado 18 de enero del 2017.
Considerando:
    I.       Que el sector costero de Playa Puerto Soley existe Plan Regulador,
             aprobado por la Municipalidad de La Cruz, y ubicado en el diario oficial la
             Gaceta N°123 de fecha treinta de junio de mil novecientos noventa y tres.
    II.      Que en el sector costero de Playa Puerto Soley existe rectificación del
             Patrimonio Natural del Estado por el MINAE, en fecha ACG-DIR-ZMT-
             001-2015, ACG-DIR-30 del 21 de enero del 2016.
    III.     Que existe una construcción de casa de habitación ubicada en la zona
             pública de la Zona Marítima de Playa Puerto Soley de La Cruz.
    IV.      Que el señor Miguel Flores Flores, falleció el pasado 18 de enero del
             2017.
Sobre el fondo
    1) En cuanto a la construcción en la zona pública del sector costero de
         Playa Puerto Soley, de La Cruz, se detalla lo siguiente:
Que existe una construcción de casa de habitación en la Zona Pública de la Zona
Marítimo Terrestre de Playa Puerto Soley, con las siguientes características, Mixta:
cemento, madera y fibrolit, techo de zinc corriente, piso de cemento lujado, con un
frente aproximadamente de 16:00 metros lineales, un fondo aproximadamente de
11:00 metros lineales, se encuentra amarrada a los mojones de la Zona Pública
número 317 y 318 del año 1996.
Que la construcción descrita se encuentra con certeza, totalmente en la zona
pública; y que la misma fue ocupada de forma precaria por el poblado que en vida
se llamó Miguel Flores Flores, por lo que se constata el fallecimiento del señor Flores
Flores, y en vista que dicha construcción fue ocupada de forma precaria, por ser un
bien demanial, e imprescriptible, siendo el único dueño el Estado, “Procuraduría
General de la República”, y que la misma no puede ser transmisible, y nadie puede
obtener derechos de esta Proción establecida dentro de los cincuenta metros de la
zona pública, por lo que se debe de proceder a su demolición respectiva con
sustento a fundamento legal.
FUNDAMENTO LEGAL, ESTABLECIDO EN LA LEY 6043, LEY SOBRE LA
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE.
    a) Artículo N°1, señala que constituye parte del patrimonio nacional, pertenece
         al Estado, y es inalienable e imprescriptible.
         Su protección, así como la de sus recursos naturales, es obligación del
         Estado, de sus instituciones y de todos los habitantes del país. Su uso y
         aprovechamiento están sujetos a las disposiciones de esta Ley.
                                                                                15

b) Artículo N°3, señala que sin perjuicios de las atribuciones de este instituto,
   compete a las municipalidades velar directamente por el cumplimiento de las
   normas de esta ley referente al dominio, desarrollo, aprovechamiento y uso
   de la zona marítimo terrestre y en especial de las áreas turísticas de los
   litorales.
   El usufructo y administración de la zona marítima terrestre, tanto de la zona
   pública como de la restringida, corresponden a la Municipalidad de la
   jurisdicción respectiva.
c) Artículo N°10, señala que la zona marítimo terrestre se compone de dos
   secciones: la Zona Pública, que es la faja de cincuenta metros de ancho a
   contar de la pleamar ordinaria y las áreas que quedan al descubierto durante
   la marea baja; y la Zona Restringida, constituida por la franja de los ciento
   cincuenta metros restantes o por los demás terrenos, en caso de islas.
   Los islotes, peñascos y demás áreas pequeñas y formaciones naturales que
   sobresalgan del mar corresponden a la zona pública.
d) Artículo 11: indica que la Zona Pública es también, sea cual fuere su
   extensión, la ocupada por los manglares de los litorales continentales e
   insulares y esteros del territorio nacional.
e) Artículo 12, señala que en la zona marítimo terrestre es prohibido, sin la
   debida autorización legal, explotar la flora y fauna existente, deslindar con
   cercas, carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o
   instalaciones, cortar árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo
   de desarrollo, actividad u ocupación.
f) Artículo 13, señala que las autoridades de la jurisdicción correspondiente y
   las municipalidades respectivas, tan pronto tengan noticia de las infracciones
   a que se refieren los dos artículos anteriores, procederán, previa información
   levantada al efecto, si se estimare necesaria, al desalojo de los infractores y
   a la destrucción o demolición de las construcciones, remodelaciones o
   instalaciones realizadas por aquellos, sin responsabilidad alguna para la
   autoridad o la municipalidad. El costo de demolición o destrucción se cobrará
   al dueño de la construcción o instalación. Todo lo anterior sin perjuicio de las
   sanciones penales que procedan.
g) Artículo 20, señala que salvo las excepciones establecidas en esa misma ley,
   la zona pública no puede ser objeto de ocupación bajo ningún título ni en
   ningún caso. Además, establece dicha norma que nadie puede alegar
   derecho sobre esta porción de la zona marítimo terrestre y que se debe
   dedicar al uso público, por lo que las municipalidades de los cantones
   costeros del país, el Instituto Costarricense de Turismo, el Instituto Nacional
   de Vivienda y Urbanismo y las demás instituciones del Estado encargadas
   de la vigilancia y protección de la ZMT, deben dictar y hacer cumplir
   disposiciones necesarias para garantizar el libre tránsito y disfrute de dicha
   zona pública.
h) Artículo 17, señala que la Municipalidad respectiva, el Instituto Costarricense
   de Turismo y las autoridades y dependencias correspondientes, deberán
   dictar y hacer cumplir las medidas que estimaren necesarias, para conservar
   o evitar que se perjudiquen las condiciones originales de la zona marítima
   terrestre y sus recursos naturales.
                                                                                  16

La información previa se obtuvo mediante las siguientes acciones:

La Municipalidad de La Cruz, verificó que SI existe plan regulador publicado y
vigente para ese sector costero.
La Municipalidad de La Cruz, constato que el señor Miguel Flores Flores; no cuenta
con una concesión o permiso de uso, debidamente aprobado por la Municipalidad,
en la Zona Restringida, mucho menos en la Zona Pública, de la Zona Marítimo
Terrestre de Playa Puerto Soley.
La Municipalidad de La Cruz, en primera instancia visito el sector de Playa de Puerto
Soley, en compañía de personeros de la Contraloría General de la República y
encargado del departamento de Zona Marítimo Terrestre, se determinó la
usurpación en la Marítimo Terrestre.
Posteriormente el departamento de Zona Marítimo Terrestre procedió el día treinta
de abril del 2008, a realizar una inspección de campo, en la Zona Restringida y la
Zona Pública, y es evidentemente y notorio que la construcción se encuentra
totalmente en la Zona Pública de Playa Puerto Soley, Jurisdicción del Cantón de La
Cruz.
Toda la información indicada en líneas anteriores consta en el expediente DEM-14-
2010.

Por tanto:
Con fundamento a todo lo expuesto y derechos citados de la Ley 6043, Ley de Zona
Marítimo Terrestre y su reglamento, este cuerpo legal colegiado recomienda a este
honorable Concejo Municipal, proceda a ordenar al Departamento de Zona Marítimo
Terrestre, inicie todas las diligencias correspondientes para la demolición de casa
de habitación, ubicada en la zona pública del sector de Puerto Soley, quien fue
ocupada por el señor Q.g.D.g; Miguel Flores Flores. Asimismo coordine la
suspensión de suministro de agua potable, ante el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados y Servicio Eléctrico, ante el Instituto Costarricense de
Electricidad.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir el informe, firmado por el señor Lic. Deiby
López Lara, Gestor Jurídico de Zona Marítimo Terrestre, a la Ing. Alexandra
Gonzaga Peña para que sea ella quien se pronuncie respecto a este informe, a su
vez solicitarle al Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico no firmar ningún documento,
hasta que el órgano director se pronuncie respecto a la situación del mismo,
sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda remitir el informe, firmado
por el señor Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico de Zona Marítimo Terrestre,
respecto a la demolición de una casa de habitación, ocupada de forma precaria por
el señor Q.g.D.g Miguel Flores Flores, en la zona restringida de Playa Puerto Soley,
a la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, coordinadora de Zona Marítimo Terrestre, para
que sea ella quien se pronuncie respecto a esta situación, a su vez se le solicita al
                                                                                  17

Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico no firmar ningún documento, hasta que el
órgano director se pronuncie respecto a la situación del mismo.ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca
Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas,
Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

13.- Se conoce nota, firmada por la señor Manuel Alán Fonseca, Presidente del
Concejo de Distrito de Santa Elena y la señora Melissa Guevara, Secretaria del
Concejo de Distrito de Santa Elena, de fecha 16 de enero del 2017, en el cual
solicitan al Concejo Municipal, aprobar el cambio de destino a la siguiente partida
específica: Construcción cancha multiuso de la Escuela de Cuajiniquil por un monto
de veintiocho millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones
(¢28.048.437,00) a ampliación de la cancha multiuso de la Escuela de Cuajiniquil,
por un monto de veintiocho millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete
colones (¢28.048.437,00). Una vez aprobada por el Concejo Municipal elevar a la
asamblea legislativa para su respectiva aprobación.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en aprobar el cambio partida específica:
Construcción cancha multiuso de la Escuela de Cuajiniquil por un monto de
veintiocho millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones
(¢28.048.437,00) a ampliación de la cancha multiuso de la Escuela de Cuajiniquil,
por un monto de veintiocho millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete
colones (¢28.048.437,00). A su vez que la misma se dispense de trámite de
Comisión, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda aprobar el cambio de
destino de la partida específica: Construcción cancha multiuso de la Escuela de
Cuajiniquil por un monto de veintiocho millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos
treinta y siete colones (¢28.048.437,00) a ampliación de la cancha multiuso de la
Escuela de Cuajiniquil, por un monto de veintiocho millones cuarenta y ocho mil
cuatrocientos treinta y siete colones (¢28.048.437,00). A su vez que la misma se
dispense de trámite de Comisión.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y
EN FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

14.- Se conoce documento, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal,
Alcalde Municipal, de fecha 25 de enero del 2017, en el cual remite convenio para
la contratación de una persona física o jurídica para la construcción de astas de
soporte para banderas en el Liceo Experimental Bilingüe de La Cruz y compra de
timbre eléctrico programable, para su respectiva revisión y aprobación, así mismo
autorizar a Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, para que en
representación de la Municipalidad, firme el convenio antes mencionado.
                                                                                18

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en aprobar el convenio para la contratación de una
persona física o jurídica para la construcción de astas de soporte para banderas en
el Liceo Experimental Bilingüe de La Cruz y compra de timbre eléctrico programable,
además se autoriza al Alcalde Municipal, Junnier Alberto Salazar Tobal, firme el
convenio antes mencionado, a su vez se dispense de trámite de comisión, sírvanse
a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda: aprobar el convenio para
la contratación de una persona física o jurídica para la construcción de astas de
soporte para banderas en el Liceo Experimental Bilingüe de La Cruz y compra de
timbre eléctrico programable, además se autoriza al Alcalde Municipal, Junnier
Alberto Salazar Tobal, para que en representación de la Municipalidad de La Cruz,
firme el convenio antes mencionado, a su vez se dispense de trámite de comisión.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

15.- Se conoce documento, firmado por el señor Carlos Ugarte Huertas, Presidente
de la Comisión de Hacienda y Presupuesto y la señora Blanca Cáceres Fajardo,
secretaria de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, en el cual transcriben
acuerdo #01-2017, celebrada el día 17 de enero del 2017 y que dice:
ACUERDAN: La comisión de Hacienda y Presupuesto Municipal, devuelve los
expedientes que contienen los procesos licitatorios remitidos a esta comisión, a
pesar de que existía el contenido presupuestario para adjudicarlas, no fue posible
por motivos de falta de quorum de la última sesión de comisión de Hacienda y
Presupuesto, ya que únicamente asistió el regidor Carlos Ugarte Huertas y la
regidora Blanca Cáceres Fajardo justifico su ausencia por razones de salud. Esto
para efectos que se tome en consideración.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO (con dos votos a favor, Blanca
Cáceres y Carlos Ugarte)

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en darle aprobación al informe, firmado por el
señor Carlos Ugarte Huertas, Presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto
y la señora Blanca Cáceres Fajardo, secretaria de la Comisión de Hacienda y
Presupuesto, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda: aprobar informe, firmado
por el señor Carlos Ugarte Huertas, Presidente de la Comisión de Hacienda y
Presupuesto y la señora Blanca Cáceres Fajardo, secretaria de la Comisión de
Hacienda y Presupuesto, en el cual transcriben acuerdo #01-2017, celebrada el día
17 de enero del 2017 y que dice:
                                                                                  19

ACUERDAN: La comisión de Hacienda y Presupuesto Municipal, devuelve los
expedientes que contienen los procesos licitatorios remitidos a esta comisión, a
pesar de que existía el contenido presupuestario para adjudicarlas, no fue posible
por motivos de falta de quorum de la última sesión de comisión de Hacienda y
Presupuesto, ya que únicamente asistió el regidor Carlos Ugarte Huertas y la
regidora Blanca Cáceres Fajardo justifico su ausencia por razones de salud. Esto
para efectos que se tome en consideración.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO (con dos votos a favor, Blanca
Cáceres y Carlos Ugarte)
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

16.- Se conoce documento, firmado por la Licda. Lorena Caldera Obregón, Gestora
Jurídica de la Municipalidad de La Cruz, de fecha 24 de enero del 2017, en el cual
emite un estudio, análisis y recomendación sobre el acuerdo número III.2 de la
Sesión Ordinaria #33-2016, del día 01 de septiembre del 2016, específicamente de
“Reglamento de Gastos de Representación e Imprevistos del Señor Alcalde
Municipal del Cantón de La Cruz”.
Antecedentes de Legalidad:
Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en la “Ley reguladora de los gastos
de viaje y gastos por concepto de transporte para todos los funcionarios del Estado”,
N°3462, del 26 de noviembre de 1964, le corresponde a la Contraloría General de
la República regular dicha materia y, en consecuencia, realizar las modificaciones
que proceden, así como revisar y ajustar periódicamente sus tarifas. Tal normativa
contempla las disposiciones generales a que deben supeditarse las erogaciones
que, por concepto de gastos de viajes y de transporte, realizan los funcionarios o
empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales,
cuando deben desplazarse dentro o fuera del país, en cumplimiento de sus
funciones.
Segundo: Del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, en sus artículos 1, 2 y 3, define expresamente, los obligados al
cumplimiento de este reglamento y las situaciones específicas cuando se debe de
aplicar el reglamento. Así mismo se establece que no se podrá emitir reglamentos
que contraríen dicho reglamento por ser este emitido o creado por la entidad
Constitucionalmente competente para fiscalizar y autorizar el gasto público.
“Artículo 1°.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento establece las
disposiciones generales a que se deberán someterse las erogaciones que, por
concepto de gastos de viaje y de transporte, deban realizar los funcionarios o
empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales, en
adelante entes públicos, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de éstas, según
lo disponen la Ley N°3462 del 26 de noviembre de 1964 y el artículo 7 del Decreto
Ejecutivo N°7927-H del 12 de enero de 1978, cuando, en cumplimiento de sus
funciones, deban desplazarse dentro o fuera del territorio nacional. Artículo 2°-
Concepto. Por viático debe de entenderse aquella suma destinada a la atención de
gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores, que los entes públicos
reconocen a sus servidores cuando éstos deban desplazarse en forma transitoria
                                                                                   20

de su centro de trabajo con el fin de cumplir con las obligaciones de su cargo.
Artículo 3°.- Sujetos beneficiarios. Los gastos a que se refiere este Reglamento
únicamente serán cubiertos a los funcionarios que prestan sus servicios a algún
ente público, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de
investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo,
remunerado, permanente o público de la actividad respectiva”.
Tercero: El citado reglamento emitido por la Contraloría General de la República,
en su artículo 49 se refiere específicamente a los gastos de representación
ocasionales en el extranjero:
“Artículo 49°.- Casos en los que corresponde su pago. Además de las sumas que
en cada caso corresponda, según tarifas autorizadas en este Reglamento (Artículos
32°, 33°, 34° y 41°), los miembros de los Supremos Poderes, los funcionarios
pertenecientes al nivel determinativo y de ejecución o fiscalización superior
(enumerados en el artículo 36°) y los jefes de delegación, podrán disponer en los
viajes al exterior, de una suma adicional para financiar otros gastos que consideren
necesarios para la adecuada atención de funcionarios de otras organizaciones
vinculadas con las actividades del ente público que representan, sujetos a la
autorización que establece el artículo siguiente. Las sumas que se autoricen de
acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, no podrán dedicarse a la atención
de funcionarios, representantes o personeros del Gobierno de la República de Costa
Rica o de algún ente público costarricense, cualquiera que sea su cargo, rango o
nacionalidad. Cuando el tipo de atención que haya brindado el funcionario a quien
le han autorizado gastos de representación, sea similar con alguno de los tipos de
servicio que cubre la tarifa diaria establecida por el Artículo 34°, dicho funcionario
no podrá cobrar la parte correspondiente de la tarifa diaria, equivalente al servicio
brindado, según el desglose de la tarifa estipula al artículo 35 de este Reglamento.
Para verificar el cumplimiento de esta disposición, la Administración tendrá en
cuenta la factura y la clase de atención que se incluye en la justificación que
establece el artículo 51° siguiente. Por jefe de delegación se entenderá, el
funcionario bajo cuya dirección actúan los demás miembros el grupo, siempre y
cuando todos ellos hayan sido nombrados por acuerdo ejecutivo o por acuerdo del
órgano superior del ente público respectivo, para representarlo en una misión
oficial”.
Cuarto: De la sentencia 02411-07 se puede sustraer los siguientes conceptos:
“La autonomía municipal debe ser entendida como la capacidad que tienen las
municipalidades de decidir libremente y bajo su propia responsabilidad, todo lo
referente a la organización de determinado cantón. La autonomía municipal implica:
b) autonomía normativa: en virtud de la cual las municipalidades tienen potestad
de dictar su propio ordenamiento en las materias de su competencia; potestad que
en nuestro país se refiere únicamente a la potestad reglamentaria que regula
internamente la organización de la corporación y los servicios que presta
(reglamentos autónomos de organización y de servicio)
Análisis del Reglamento de Gastos de Representación e Imprevistos del Señor
Alcalde Municipal del Cantón de La Cruz”
    1- Una vez analizado el Reglamento de Gastos de Representación e
        Imprevistos del Señor Alcalde Municipal del cantón de La Cruz”, es
        constatable que el mismo ha sido aprobado por el concejo municipal en la
                                                                                  21

      sesión número 27-216 del 21 de julio del 2016, se logra comprobar que dicho
      reglamento contario a los que se establece en la normativa emitida por la
      Contraloría General en lo que corresponde al pago de Gastos de
      Representación, en dos puntos:
      a) No se define lo que se consideraría para la aplicación del Reglamento de
           Gasto de Representación e Imprevistos del señor Alcalde Municipal del
           Cantón de La Cruz.
      b) El reglamento no contiene como se vigilará la correcta utilización de los
           recursos que se ponen a disposición de cubrir los gastos regulados.
      c) No se incluyen en el reglamento de Gastos de Representación e
           Imprevistos del Señor Alcalde del Cantón de La Cruz, los formularios que
           se utilizaran para aplicación de los adelantos, liquidación y reintegro de
           los dineros públicos.
Recomendación
Con la autonomía normativa que poseen las Municipalidades en las materias de su
competencia, potestad que en nuestro país se refiere únicamente a la potestad
reglamentaria que regula internamente la organización de la corporación.
   1. Se desarrolle de forma expresa el concepto de “imprevistos”, para que no se
      preste para interpretaciones distintas a lo que este Concejo Municipal
      autoriza por medio del Reglamento.
   2. Se incluya dentro del Reglamento un título que contenga la correcta
      utilización de los recursos que se ponen a disposición de cubrir los gastos
      regulados en el mismo reglamento.
   3. Se incluya dentro del Reglamento los formularios autorizados por este
      Concejo Municipal, para realizar la aplicación de los adelantos, liquidación y
      reintegro de los dineros públicos.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir el documento, firmado por la Licda.
Lorena Caldera Obregón, Gestora Jurídica, al departamento de Gestión Jurídica,
para que este realice los ajustes necesarios al Reglamento de Gastos de
Representación e Imprevistos del señor Alcalde Municipal, a su vez suspenderle
este beneficio al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, hasta que
se hagan los ajustes necesarios al Reglamento, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, acuerda: remitir el
documento, firmado por la Licda. Lorena Caldera Obregón, Gestora Jurídica, al
departamento de Gestión Jurídica, para que este realice los ajustes necesarios al
Reglamento de Gasto de Representación e Imprevistos del señor Alcalde Municipal,
a su vez se le suspenderá los Viáticos e Imprevistos al señor Junnier Salazar Tobal,
Alcalde Municipal, hasta que el departamento Jurídico, haga los ajustes necesarios
al Reglamento.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5
VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejerc.)
                                                                                  22



17.- Se conoce nota, firmada por la señora Hellen Trejos Rodríguez, Coordinadora
Región Chorotega del Instituto de formación y capacitación Municipal y Desarrollo
Local-UNED, de fecha 19 de enero del 2017, en la cual hacen la cordial invitación
al encuentro con cantones prioritarios que el Instituto de Formación y Capacitación
Municipal y Desarrollo local de la UNED está promoviendo para el día jueves 16 de
febrero del presente año, el mismo se llevara a cabo a partir de las 12:00 m.d, en el
aula #3 del Paraninfo Daniel Oduber, ubicado en la Sede Central de la UNED,
carretera a Sabanilla.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, Consulta a sus
compañeros si están de acuerdo que al no haber ningún compañero interesado en
asistir a dicha capacitación, darle el acuse de recibo a la nota, sírvanse a levantar
la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda, darle acuse de recibo a la
nota, recibida por la señora Hellen Trejos Rodríguez, Coordinadora Región
Chorotega del Instituto de formación y capacitación Municipal y Desarrollo Local-
UNED, de fecha 19 de enero del 2017, en la cual hacen la cordial invitación al
encuentro con cantones prioritarios que el Instituto de Formación y Capacitación
Municipal y Desarrollo local de la UNED está promoviendo para el día jueves 16 de
febrero del presente año, el mismo se llevara a cabo a partir de las 12:00 m.d, en el
aula #3 del Paraninfo Daniel Oduber, ubicado en la Sede Central de la UNED,
carretera a Sabanilla.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME,
CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas
Chaves en ejerc.)

18.- Se conoce documento con copia al Concejo Municipal, firmado por el Ing. Víctor
Reyes Carvajal, Director de la Unidad Técnica de Gestión Vial y el señor Jesús
Santana Quintanilla, Promotor Social de la Unidad Técnica de Gestión Vial, de fecha
18 de enero del 2017, en el cual dan repuesta a nota sin número de oficio recibida
el día 14 de diciembre del 2016, con respecto la necesidad de brindarle
mantenimiento al camino Animas-La Garita, además de la necesidad de una
inspección al puente que comunica La Garita centro con Pueblo Nuevo:
1. Con respecto al mantenimiento del camino Ánimas-La Garita se estará realizando
el mantenimiento respectivo durante este año 2017, dicho mantenimiento se llevará
a cabo posterior a la construcción del puente sobre Quebrada La Garita “Saballitos”.
2. Con respecto al puente en mención, se enviará a realizar una inspección para
darlo a conocer a la Junta Vial Cantonal, para su respectiva valoración.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en tomar nota, respecto al documento firmado por
el Ing. Víctor Reyes Carvajal, Director de la Unidad Técnica de Gestión Vial y el
                                                                                  23

señor Jesús Santana Quintanilla, Promotor Social de la Unidad Técnica de Gestión
Vial, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN:Tomar Nota. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

19.- Se conoce documento con copia al Concejo Municipal, firmado por la Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre y el Bach. Rubén Tinoco Ramírez, Inspector del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, en el cual hacen la aclaración respecto al oficio MLC-ZMT-006-
2017, con el objetivo de aclarar el número de certificación del sector de Playa Copal
a Playa Papaturro y Punta Morro se realiza aclaración al oficio MLC-ZMT-006-2017,
ya que, por un error involuntarios se menciona la certificación número ACG-DIR-
ZMT-001-2015. Sin embargo, la certificación del sector es la ACG-DIR-ZMT-003-
2014 sector Playa Copal a Playa Papaturro y Punta Morro.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en tomar nota, respecto al documento firmado por
la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre y el Bach. Rubén Tinoco Ramírez, Inspector del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: Tomar Nota. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel
Vargas Chaves en ejerc.)

20.- Se conoce documento, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña,
Coordinadora de Zona Marítimo Terrestres, y el señor Rubén Tinoco Ramírez,
Inspector de Zona Marítimo Terrestre, de fecha 19 de enero del 2017, en relación a
concesiones otorgadas en Playa Copal por un área de 1374.96 m² a nombre de
Villas Copal Bolaños, S.A. cédula jurídica 3-101-272795, aVilla Copal de La Cruz,
S.A. cédula jurídica 3-101-271052 por un área de 1056,81 m², Villa Copal Tijera,
S.A cédula jurídica 3-101-272931 por un área de 2308,25 m² todas para uso
residencial turístico, la cuales, se llevan bajo los expedientes CON150-2005, CON-
42-2003 y CON-84-2004 en cumplimiento a la normativa legal, se manifiesta que:

   1. En el mes de noviembre se inició la actualización de los avalúos de la zona
      marítimo terrestre y a raíz de dicha situación se detectó que existen 11
      concesiones que están declaradas como bosque por las certificaciones de
      Patrimonio Natural del Estado: la primera emitida aparentemente en el año
                                                                             24

   2008, la segunda en el año 2010 ACG-GMRN-OSRL-ZMT-004-2010 y la
   última en el año 2015 ACG-DIR-ZMT-001-2015.

               Cuadro. 1 Concesiones afectadas por PNE

                                                     Cédula
            No. Expediente         Nombre
                                                     Jurídica

                         Villa Copal de La               3-101-
            CON 42 2003
                         Cruz, S.A.                     271052
                         Villa Copal                     3-101-
            CON 78 2004
                         Hermosa, S.A.                  272768
                         Villa Copal                     3-101-
            CON 81 2004
                         Embrujada, S.A.                272756
                         Villa Copal                     3-101-
            CON 82 2004
                         Menguante, S.A.                271081
                         Villa Copal Tijera,             3-101-
            CON 84 2004
                         S.A.                           272931
                         Villa Copal del                 3-101-
            CON 86 2004
                         Norte, S.A.                    271140
                         Villa Copal Rana,               3-101-
            CON 87 2004
                         S.A.                           272790
                         Villa Copal Mixtli,             3-101-
            CON 89 2004
                         S.A.                           271122
                         Villa Copal                     3-101-
            CON 94 2004
                         Encantadora, S.A.              272766
                         Villas Copal                    3-101-
            CON 148 2005
                         Tortuga, S.A.                  271143
                         Villas Copal                    3-101-
            CON 150 2005
                         Bolaños, S.A.                  272795

2. Que en Villas Copal Bolaños, S.A. se aprobó un permiso de construcción
   191-01-2016.
3. Que en dicha construcción se realizó movimiento de tierra y corta de árboles,
   en apariencia sin los permisos municipales correspondientes.
4. Que en el terreno concesionado a Villa Copal de La Cruz, S.A. se realizó
   aparentemente movimiento de tierra y corta de árboles sin los permisos
   correspondientes.
5. Que en Villa Copal Tijeras, S.A. se encuentran materiales de la construcción
   y se construyó una bodega y aparentemente se realizó movimiento de tierra
   y corta de árboles sin los permisos correspondientes.
6. Que con base en la situación mencionada surgió de parte de este
   Departamento (Departamento de Zona Marítimo Terrestre) el informe MLC-
   GJ-00034-2016 firmado por el Lic. Deiby López Lara, Gestor del
   Departamento de Zona Marítimo Terrestre realizado con información
   recopilada por este Departamento, dicho informe se dirigió al Concejo
                                                                                  25

       Municipal y a la Alcaldía y fue conocido por el Concejo Municipal en la sesión
       ordinaria #01-2017.
   7. Que una de las recomendaciones de este Departamento es la paralización
       de la construcción de inmediato, misma que se incluyó en el informe
       presentado al Concejo Municipal y a la Alcaldía.
   8. Que el señor Rubén Tinoco Ramírez, Inspector del Departamento de Zona
       Marítimo Terrestre le hizo recomendación verbal al encargado de la
       construcción para la paralización de las obras. Recomendación aceptada por
       parte de la constructora. Situación que se constató en inspección el 22 de
       diciembre del 2016.
   9. Que 19 de enero del 2017 se realizó una inspección en compañía de
       funcionarios del Área de Conservación Guanacaste como resultado de la
       solicitud de inspección planteada por la suscrita y se constató que se reanudó
       la construcción.
Por lo tanto, se recomienda a la Alcaldía girar al Departamento de Planificación
Urbana y Control Constructivo la orden de la paralización inmediata de la
construcción en Villa Copal Bolaños, S.A., al Departamento de Cobros la
suspensión del cobro de las mismas y la demolición de la bodega y retiro de
materiales de construcción.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir el documento firmado por la Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítimo Terrestre, y el señor
Rubén Tinoco Ramírez, Inspector de Zona Marítimo Terrestre, en relación al
permiso de construcción otorgado a Villas Copal Bolaños, para que este lo analice,
estudie y luego se pronuncien ante este Concejo Municipal, sírvanse a levantar la
mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda, remitir, el documento
firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítimo
Terrestre, y el señor Rubén Tinoco Ramírez, Inspector de Zona Marítimo Terrestre,
en relación al permiso de construcción otorgado a Villas Copal Bolaños S.A, la cual
se encuentra en Patrimonio Natural del Estado, al departamento Jurídico, para que
este lo analice, estudie y luego se pronuncien ante este Concejo
Municipal.ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5
VOTOS A FAVOR (Blanca Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Manuel Ugarte Huertas, Giselle Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en
ejerc.)

                               ARTICULO CUARTO

                                    MOCIONES

1.- Se conoce moción, presentada por el señor Carlos Manuel Ugarte Huertas,
Regidor Propietario, de fecha 02 de febrero del 2017, considerando que:
                                                                                 26

-A finales del año pasado en diciembre 2016 el Departamento de Proveeduría
presentó al Concejo Municipal para la aprobación de las siguientes Licitaciones:
Pavimentación calles de La Cruz, Pavimentación Jobo-La Rajada, Compra de
alcantarillas, Construcción del Plantel Municipal, Construcción del Centro de Acopio
y la Compra de dos vehículos.
Estas Licitaciones fueron presentadas a última hora y el Concejo sesionaba hasta
el 15 de diciembre. El Concejo Municipal aprobó enviar todas las licitaciones a la
Comisión de Hacienda y Presupuesto para que esta las estudiara, analizara y
enviara finalmente una resolución al Concejo. Esta comisión por asuntos especiales
no pudo reunirse. Todas las licitaciones quedaron sin su aprobación por parte del
Concejo Municipal. Por lo tanto mociona, para que el Concejo Municipal declare
desiertas las licitaciones anteriores presentadas a finales del año 2016 y que se
proceda de nuevo esta año con los trámites.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir la moción firmado por el señor Carlos
Ugarte Huertas, Regidor Propietario, a la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con
el fin que esta lo analice y luego brinde un dictamen ante este Concejo Municipal,
sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores propietarios.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda, remitir, la moción firmada
por el señor Carlos Ugarte Huertas, respecto a las Licitaciones no aprobadas del
mes de diciembre a la comisión de Hacienda y Presupuesto con el fin que este lo
analice y luego brinde un dictamen ante este Concejo Municipal.ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca
Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle
Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

2.-Se conoce moción, presentada por el señor Marvin Tablada Aguirre, Regidor
Propietario, en el cual solicita se realicen dictámenes de Comisión para
conocimiento sobre licitaciones no aprobadas y fondos de traslado a superávit.
Considerando: que en fechas recientes se han realizad una serie de publicaciones
por redes sociales y de consultas por medios de comunicación acerca de las
licitaciones presentadas por la administración a último momento del año 2016 por
parte de la administración. Así mismo, que como funcionarios públicos están en la
obligación de brindar información al pueblo en condiciones de mayor transparencia.
Considerando: que se está atribuyendo de forma errónea al Concejo Municipal las
causas que llevaron a la no adjudicación y traslado de fondos de superávit. Por lo
tanto, presenta moción para que se realicen dictámenes de comisión para
conocimiento sobre licitaciones no aprobadas y fondos trasladados a superávit.

El señor Marvin Tablada Aguirre, Regidor Propietario, dice nosotros como
funcionario públicos tenemos el derecho de respuesta, ya que anteriormente se ha
visto que se han publicado información errónea, haciéndonos ver como los malos
                                                                                27

de la película, sin especificar las verdaderas razones el por qué no se adjudicaron
esas licitaciones.

El señor Daniel Umaña Hernández, periodista de la Municipalidad de La Cruz, dice
“que conste en actas, estoy en total anuencia en publicar el derecho de respuesta,
sin embargo, tengo un jefe inmediato y por este mismo medio, solicitarle a mi
jefatura inmediata la autorización para hacer la publicación del derecho de
respuesta.

El señor Marvin Tablada Aguirre, dice, nosotros sabemos que usted tiene su jefe
inmediato, sin embargo un acuerdo Municipal tiene el mismo peso que cualquier
directriz de la administración.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, consulta a sus
compañeros si están de acuerdo en remitir la moción firmado por el señor Marvin
Tablada Aguirre, Regidor Propietario, a la Comisión de Hacienda y Presupuesto,
con el fin que esta lo analice y luego brinde un dictamen ante este Concejo
Municipal, sírvanse a levantar la mano.

Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores propietarios.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, acuerda, remitir, la moción firmada
por el señor Marvin Tablada Aguirre, respecto a las Licitaciones no aprobadas del
mes de diciembre a la comisión de Hacienda y Presupuesto con el fin que este lo
analice y luego brinde un dictamen ante este Concejo Municipal.ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME, CON 5 VOTOS A FAVOR (Blanca
Cáceres Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Giselle
Bustos Chavarría y Manuel Vargas Chaves en ejerc.)

                               ARTICULO QUINTO

                               ASUNTOS VARIOS

                                     NO HAY

                               ARTICULO SEXTO

                               CIERRE DE SESIÓN

Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 21:40 horas.



Blanca Cáceres Fajardo                               Lic. Carlos Miguel Duarte M.

Presidenta Municipal                                 Secretario Municipal.
                                                     Convalidada