Ordinaria 33 · 2016-09-01

Acta_N33-2016_celebrada_el_dia_01_de_setiembre_del_2016.pdf · 52 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 33 del 2016-09-01 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                              MUNICIPALIDAD
                                    LA CRUZ
                   ACTA DE SESIÓN ORDINARIA # 33-2016
Celebrada el día 01 de setiembre del año 2016, a las 16:45 horas, con la asistencia
de los señores miembros:


Presidente.
Blanca Casares Fajardo                Presidente Municipal


Regidores Propietarios.
Marvin Tablada Aguirre                 Reg. Propietario
Carlos Ugarte Huertas                  Reg. Propietario


Regidores Suplentes.
Manuel Vargas Chaves                   Reg. Suplente en ejercicio
Gloria Monestel Monestel               Reg. Suplente
María Argentina Lara Lara              Reg. Suplente


Síndicos Propietarios.
Zeneida Quirós                       Sindica Propietaria
Jorge Manuel Alán Fonseca             Síndico Propietario
Betzabeh Martínez Morales             Síndica Propietaria


Síndicos Suplentes.
José Reynaldo Fernández Vega          Síndico Suplente
Sebastián Víctor Víctor               Síndico Suplente


Alcalde y Vicealcalde.
Rosa Emilia Molina Martínez            Vicealcaldesa Municipal


Secretaria.
Pamela Guevara Salgado                Secretaria Municipal


Invitados.
Daniel Umaña Hernández               Periodista Municipal
                                                                          2




Ausentes.
Florencio Acuña Ortiz                  Reg. Propietario
Giselle Bustos Chavarría               Reg. Propietario
Dennis Rivera Tapia                    Reg. Suplente
Yeilin Mariel Sánchez Gutiérrez        Reg. Suplente
Mary Casanova López                   Síndica Propietaria
Jeannette Ramírez Rodríguez           Síndica Suplente




                                   ARTÍCULO I.
                             Aprobación de Acta anterior


                                  ARTÍCULO II.
                           Audiencias y Juramentaciones


                                  ARTÍCULO III.
                           Lectura de Correspondencia.


                                  ARTÍCULO IV.
                            Asuntos de trámite urgente


                                  ARTÍCULO V.
                              Informe de comisiones


                                  ARTÍCULO VI.
                        Mociones de los señores Regidores


                                  ARTÍCULO VII.
                            Mociones del señor Alcalde.




La señora Blanca Rosa Casares Fajardo, Presidenta Municipal, solicito que se
pongan en pie, para hacer una breve oración.
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                                  ARTÍCULO I
                       APROBACIÓN DE ACTA ANTERIOR


1.- Acta Sesión Ordinaria N° 32-2016 en discusión:


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta del Concejo Municipal indica, que al
no haber objeciones queda aprobada y firmada acta de Sesión Ordinaria N°32-
2016. (Con 4 votos a favor, Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Ugarte Huertas y Manuel Vargas)


2.- Acta Sesión Extraordinaria N° 13-2016 en discusión:


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta del Concejo Municipal indica, que al
no haber objeciones queda aprobada y firmada acta de Sesión Extraordinaria N°13-
2016. (Con 4 votos a favor, Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Ugarte Huertas y Manuel Vargas)




                                  ARTICULO II.
                     AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES:


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal solicita que pase al señor
Carlos Manuel Sánchez López, para realizar la debida juramentación.


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, dice: ¿juráis a Dios y
prometéis a la patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la
República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino?


El señor: Carlos Manuel Sánchez López. Dice: si Juro.


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, dice: si así lo hiciereis,
Dios os ayude, y si no, El y la Patria os los demanden.´´


Muchas gracias queda debidamente juramentado.
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                                  ARTICULO III.
                          Lectura de Correspondencia.


1.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-086-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, dirigido al Concejo
Municipal, el cual dice de la siguiente manera:
Asunto: Acuerdo III.3 de la sesión extraordinaria 09-2016.

El pasado 28 de junio de 2016, mediante el acuerdo citado en el asunto, el Concejo
Municipal aprueba una modificación o variación al presupuesto ordinario por un
monto de ¢157, 678,622.84; la cual es presentada por el Alcalde Municipal. Esta
modificación fue aprobada por tres votos, que eran la totalidad de los presentes en
la sesión extraordinaria 09-2016, sin embargo la misma no se dispenso del trámite
de comisión.

El Código Municipal en el artículo 44 establece que, los acuerdos del Concejo
originados por iniciativa del Alcalde municipal o los regidores, se tomarán previa
moción o proyecto escrito y firmado por los proponentes.

Los acuerdos se tomarán previo dictamen de una Comisión y deliberación
subsiguiente; el trámite de dictamen podrá dispensarse por medio de una votación
calificada de los presentes

Comentario:

(…)

La falta del dictamen de Comisión origina nulidad del respectivo acuerdo, sino ha
sido dispensado del respectivo trámite.


Sobre la el tema de aprobación de acuerdo la Procuraduría General de la República
ha dicho:

Necesariamente, el procedimiento para la aprobación de acuerdo municipales,
establece la obligación de que cada uno de los proyectos de acuerdo, tenga un
expediente propio (artículo 46 CM) que contenga además el dictamen de Comisión,
las mociones que se presenten durante el debate, transcripción del acuerdo o
acuerdos tomados y al pie la firma del Presidente y el Secretario.

Las Comisiones a que hace referencia el artículo 44, están descritas en el artículo
49 (CM), de modo que la sesión del Concejo Municipal se asemeja al procedimiento
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seguido por la Asamblea Legislativa para la aprobación de leyes. La razón de ser
es muy simple, obedece a la deliberación previa de una comisión, para que cuando
llegue a discutirse al plenario del Concejo Municipal, lleve un dictamen previo de
mayoría, que incluya desde luego el criterio de la minoría, si es que lo hubiere. Así
en el momento de aprobación, el asunto está ya discutido. Este procedimiento
previo, obviamente no impide que en el plenario del Concejo Municipal, los regidores
y síndicos puedan hacer uso de la palabra para continuar con las deliberaciones.
Por lo que se ha previsto, se prevé que existan dos momentos para la deliberación,
la de la comisión y la del plenario.

Ahora bién, dentro del procedimiento descrito, existe una excepción y es que por
mayoría calificada de los presentes, se puede dispensar del trámite del dictamen
previo de comisión. Esto es, dos terceras partes de los presentes.

En suma, todo acuerdo requiere del dictamen previo de una comisión, esto se podrá
dispensar con mayoría calificada de votación de los presentes. Sin embargo el
acuerdo para la adopción definitiva del asunto, requiere de la mayoría absoluta (la
mitad más uno de los presentes). Así las cosas, las dispensa del trámite de comisión
requiere de una aprobación reforzada y la adopción final del acuerdo de una
mayoría absoluta.

La Contraloría General de la República indico en el DFOE-DL-0483, del 07 de mayo
del 2015, que: la iniciativa presupuestaria la ejerce el Alcalde Municipal, quien eleva
las propuestas del caso al Concejo Municipal, órgano al que le corresponde
aprobarlas si así lo decide. Propiamente, en el quehacer del órgano colegiado
entran una serie de reglas procedimentales y de fondo que deben ser atendidas
para garantizar que sus actos sean conforme al ordenamiento jurídico.

(…)

En consideración del principio de legalidad y una vez revisado el marco normativo
aplicable en el caso de interés, el criterio del Órgano Contralor es que es posible
que el Concejo Municipal, siguiendo el trámite legal de rigor, puede aprobar una
modificación presupuestaria el mismo día que la presenta el Alcalde Municipal.

Ahora bien, a la luz de lo normado en el artículo 44 del Código Municipal, debe
tenerse presente que el propósito de someter la iniciativa al dictamen previo de una
comisión, procura la sana deliberación del asunto para que cuando llegue a
discutirse al plenario del Concejo, lleve un dictamen de la mayoría que incluya desde
luego el criterio de la minoría, si es que lo hubiere.
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Así las cosas, es claro que para que la modificación presupuestaria aprobada en la
sesión extraordinaria 09-2016 del 28 de junio del 2016, no cumple con el bloque de
legalidad, sobre la dispensa de trámite de comisión.

Por lo tanto, la falta del dictamen de Comisión origina nulidad del respectivo
acuerdo, sino ha sido dispensado del respectivo trámite, y no se debe de realizar
transacción, contratación o pago alguno.

Es por ello, que a mejor criterio e interpretación y considerando lo que establece la
Ley General de Control Interno en los artículos 36, 37, 38 y 39, este servidor
recomienda:

   a) No realizar ninguna transacción, contratación o pago con los recursos que se
      está asignando la modificación presupuestaria aprobada en la sesión
      extraordinaria 09-2016 del 28 de junio del 2016, por no cumplirse el bloque
      de legalidad requerido, ya que si se utilizan esos recursos, que no cuentan
      con la aprobación adecuada, se estaría incurriendo probablemente en una
      violación al artículo número 103 del Código Municipal: “Las municipalidades
      no podrán efectuar nombramientos ni adquirir compromisos económicos, si
      no existiere sub-partida presupuestaria que ampare el egreso o cuando la
      subpartida aprobada esté agotada o resulte insuficiente; tampoco podrán
      pagar con cargo a una sub-partida de egresos que correspondan a otra.

      La violación de lo antes dispuesto será motivo de suspensión del funcionario
      o empleado responsable, y la reincidencia será causa de separación.”

   b) Por otro lado, es necesario que el Concejo Municipal, proceda a revisar y
      solicitar   al   Alcalde   Municipal   la   apertura   de   los   procedimientos
      administrativos requeridos para subsanar la situación expuesta en este
      informe, así como, que se determine si hubo un incumplimiento al artículo
      103 del Código Municipal para que se establezcan las responsabilidades del
      caso.




Toma la palabra el señor Marvin Tablada Aguirre, Regidor Propietario Municipal,
saluda a los presentes, manifiesta lo siguiente: ``solamente dos aspectos, en
primero instancia esa modificación se aprobó en extraordinaria como punto único,
habla de la mayoría de los presentes no así de los que integran el concejo y en
segundo, el reglamento de sesiones vigente permite dispensar del trámite de
comisión cuando son asuntos urgentes me parece que el tema merece toda la
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atención, recomiendo que lo remitamos al nuevo asesor legal del Concejo, para que
nos brinde su dictamen.``


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, manifiesta: ``solicito a los
compañeros si están de acuerdo enviarlos al licenciado asesor del Concejo
Municipal, para que lo analice, dictamine y recomiende, sírvanse a levantar la
mano.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-086-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal, ante el Asesor Legal del Concejo Municipal de
la Municipalidad de La Cruz, esto con el fin de su análisis, dictamen y
recomendación     correspondiente     a   este   Concejo   Municipal.   ACUERDO
APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en contra (Manuel Vargas).


2.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-087-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, dirigido al Concejo
Municipal, diciendo lo siguiente:
Asunto: Reglamento de Gastos de Representación e Imprevistos del Señor Acalde
Municipal del Cantón de La Cruz.

En el artículo 34 de la ley General de Control Interno se prohíbe a los auditores
realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para
cumplir su competencia, dentro de las cuales podría mencionar la de advertir a los
órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas
conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al órgano consultante en
la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el
riesgo que genera emitir un criterio en punto a situaciones o casos específicos cuya
decisión involucra al personal administrativo.

Además el artículo 22 de ley de marras establece como competencia de las
Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende;
además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles
consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su
conocimiento.
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Por ello, en vista de algunas situaciones detectadas en el reglamento citado en el
asunto, que contraviene la normativa que regula los Gastos de Representación,
emitida por la Contraloría General de la República, y con el interés de fortalecer la
adecuada gestión de la Administración y el Concejo Municipal, así como, del control
interno de la institución, procederé a realizar un breve análisis.
1. Sobre el Reglamento de Gastos de Representación e Imprevistos del Señor
  Acalde Municipal del Cantón de La Cruz Presupuesto Extraordinario 01-
  2016.

  a) En la sesión ordinaria 27-2016, celebrada el 21 de Julio del 2016, el Concejo
      Municipal conoce documento con número de oficio ALDE-JS-0099-2016,
      firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, donde
      hace de remisión el borrador del Reglamento de Gastos de Representación
      de la Municipalidad de La Cruz, para su respectiva revisión y aprobación.

       El Concejo Municipal acuerda en esa misma sesión, acoger solicitud emitida
       por el señor Junnier Salazar Tobal, Alcalde Municipal, mediante oficio ALDE-
       JS-0099-2016, por lo tanto, este Órgano Colegiado; aprueba Reglamento de
       Gastos de Representación de la Municipalidad de La Cruz y a su vez solicita
       al departamento de Proveeduría Municipal a realizar las diligencias
       necesarias para la respectiva publicación en la gaceta. ACUERDO
       DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cinco votos a favor; Blanca Casares
       Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Florencio Acuña Ortiz, Giselle Bustos
       Chavarría y Carlos Ugarte Huertas).

  b) Un aspecto del reglamento que se detectó contrario a la normativa emitida por
      la Contraloría General de la República, es la definición de Gastos de
      Representación, lo cuales los define como, aquellos gastos dentro y fuera del
      país en que incurra el Acalde Municipal, en ocasión del ejercicio de sus cargo,
      con objeto de brindar atención en forma esporádica o imprevista a personas
      de instituciones ajenas a la Municipalidad.

  c) Este reglamento no define lo que se consideraría imprevistos, dejando un
      vacío que se presta para interpretaciones distintas.

  d) Tampoco regula la forma como se vigilará la correcta utilización de los
      recursos ni se adjuntan los formularios que se utilizaran para realizar el
      adelanto, liquidación y reintegro de los dineros.

  2.- Alguna Normativa Aplicable.
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  El Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos,
  emitido por la Contraloría General de la República define los Gastos de
  Representación, por gastos de representación ocasionales se entiende aquellas
  erogaciones en que incurren ciertos funcionarios en el ejercicio de su cargo, con
  el objeto de brindar atenciones de carácter oficial a personas o instituciones, en
  el exterior, ajenas a la entidad que otorga la atención.

  Aunado a ello, en el artículo 49 del mismo reglamento citado en el párrafo anterior
  dispone que, las sumas que se autoricen de acuerdo con lo dispuesto en el
  párrafo anterior, no podrán dedicarse a la atención de funcionarios,
  representantes o personeros del Gobierno de la República de Costa Rica o de
  algún ente público costarricense, cualquiera que sea su cargo, rango o
  nacionalidad.
  La Contraloría General de la República en el oficio FOE-IP-188, del 02 de mayo
  de 2006, índico que:
  (…)
  Como se observa, nos encontramos ante el Reglamento General de Gastos de
  Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, reglamento a la Ley No. No.
  3462 de cita, el cual prevalece en su aplicación por orden de jerarquía a cualquier
  Reglamento Autónomo (…).
  (…), por cuanto, el legislador dispuso en la Ley No. 3462 ya señalada, la
  competencia de la Contraloría General de la República para la promulgación del
  Reglamento General de Gastos de Viaje, excluyéndose de esa competencia,
  cualquier disposición contemplada en un Reglamento Autónomo que regule lo
  relacionado con esa materia. (…)
  En virtud de lo anteriormente expuesto, y la luz de lo indicado por la legislación
  actual, jurisprudencia constitucional y jurisprudencia administrativa citadas, cabe
  concluir por ende en la imposibilidad para la Administración de regular en forma
  contraria a lo dispuesto en el referido Reglamento de Gatos de Viaje y Transporte
  (…).

2.- Conclusión.

  Así las cosas, es claro que existen debilidades de control y regulaciones
  contrarias a los criterios y normativa que regula el tema de Gastos de
  Representación emitida por la Contraloría General de la República. Esta situación
  genera un debilitamiento del control interno institucional, en vez de fortalecerlo.
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4.- Recomendación.

Es por ello, que a mejor criterio e interpretación y considerando lo que establece la
Ley General de Control Interno en los artículos 36, 37, 38 y 39, este servidor
recomienda al Concejo Municipal, que solicite a la asesoría jurídica, cuál sería el
procedimiento adecuado para subsanar lo antes indicado sobre el Reglamento de
Gastos de Representación e Imprevistos del Señor Acalde Municipal del Cantón de
La Cruz, para que el mismo se ajuste a la normativa que regula el tema de ese tipo
de gastos, así como que se fortalezcan las debilidades expuestas en este oficio,
antes de su publicación.



La señora Blanca Casares Fajardo, presidenta Municipal, manifiesta: ``si lo toman
a bien en que se remite documento a la Licda. Lorena Caldera, para que dictamine
y recomiende, sírvanse a levantar la mano.``



ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-087-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal, ante la Licda. Lorena Caldera Obregón,
Gestora Jurídica Municipal, esto con el fin de su análisis, dictamen y recomendación
correspondiente ante este Concejo Municipal. ACUERDO APROBADO, (con tres
votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte
Huertas) y uno en contra (Manuel Vargas).


3.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-084-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, manifestando lo siguiente:
Asunto: Seguimiento de recomendaciones emitidas en el oficio UAI-CONCEJO-
050-2016.

El pasado 31 de mayo del 2016 se entregó a la Secretaria del Concejo Municipal y
a la Asistente de Alcaldía, el oficio UAI-CONCEJO-050-2016, en cual trata sobre las
inconsistencias que se presentaron en la Modificación Nro. 6 aprobada mediante el
acuerdo III.3 de la sesión ordinaria número 17-2016, del 12 de mayo del 2016, por
un monto de ¢31, 169,337.42.

Las recomendaciones emitidas en el oficio citado en el asunto, para subsanar las
deficiencias que se presentaron en el proceso de aprobación de la modificación
supra citada son las siguientes:
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   a) No realizar ninguna transacción, contratación o pago con los recursos que se
      está asignando la modificación presupuestaria número 06-2016, por no
      cumplirse el bloque de legalidad requerido, ya que si se utilizan esos
      recursos, que no cuentan con la aprobación requerida, se estaría incurriendo
      probablemente en una violación al artículo número 103 del Código Municipal:
      “Las municipalidades no podrán efectuar nombramientos ni adquirir
      compromisos económicos, si no existiere sub-partida presupuestaria que
      ampare el egreso o cuando la subpartida aprobada esté agotada o resulte
      insuficiente; tampoco podrán pagar con cargo a una sub-partida de egresos
      que correspondan a otra.

      La violación de lo antes dispuesto será motivo de suspensión del funcionario
      o empleado responsable, y la reincidencia será causa de separación.”

   b) Por otro lado, es necesario que el Acalde Municipal y el Concejo Municipal,
      procedan a revisar, la situación del pago realizado al señor Rolando Vargas,
      en el SIMPE N.041 del 21 de mayo de 2016, con recursos de la modificación
      presupuestaria del asunto, y procedan según ley.

   c) No se debe de afectar ningún código presupuestario del presupuesto
      municipal ejercicio 2016 con la modificación 006-2016, por no contar con la
      aprobación requerida.

   d) Finalmente, cada vez que se presente una modificación al presupuesto, la
      secretaria del Concejo Municipal debe de incluir en el acuerdo el resultado
      de la votación, para así, remitirlo a los departamentos interesados.

Es importante indicar que la Contraloría General de la República en el oficio Nro.
10155 indica que “las recomendaciones que emiten las auditorías internas, no
deben visualizarse como un obstáculo o intromisión en la toma de decisiones de la
organización, pero en esos supuestos, el Jerarca tendría la potestad de presentar
soluciones distintas a las recomendadas por la auditoría, en las condiciones y plazos
que señala el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, Nro. 8292, y en caso
de conflicto se puede revisar el contenido del artículo 38 de la misma ley.”

Así las cosas, es hasta la sesión ordinaria 25-2016 del 07 de Julio del 2016, que se
conoce por el Concejo Municipal el oficio UAI-CONCEJO-050-2016 y el acuerdo
tomado en relación con las recomendaciones emitidas por la Unidad de Auditoría,
fue tomar nota. Por su parte, el Alcalde Municipal no se pronunció en el plazo de ley
sobre las recomendaciones de Auditoría.
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La Ley General de Control Interno establece que, el Jerarca tendría la potestad de
presentar soluciones distintas a las recomendadas por la auditoría, en las
condiciones y plazos que señala el artículo 37 de la Ley General de Control Interno,
Nro. 8292, y en caso de conflicto se puede revisar el contenido del artículo 38 de la
misma ley.”

Sin embargo, a la fecha de este oficio 03 de agosto del 2016, el Concejo Municipal
y el Alcalde Municipal, no se pronunciaron sobre las recomendaciones dadas por la
Auditoría Interna, ni presentado ó emitido soluciones distintas a las realizadas por
la Auditoría.

Por tal, motivo y con el afán que las deficiencias que se presentaron en la
aprobación y ejecución de algunos recursos contenidos en la Modificación 6, sean
subsanadas adecuadamente, reitero al Concejo Municipal y al Alcalde Municipal,
que las recomendaciones emitidas en el oficio         UAI-CONCEJO-050-2016, se
encuentran vigentes y pendientes de ejecución al no presentarse ninguna
recomendación alterna de acuerdo con los artículo 37 y 38 de la Ley General de
Control Interno que fueron citados en su momento en el UAI-CONCEJO-050-2016.


Toma la palabra el señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``agradecer al señor
auditor que un siglo después manda las recomendaciones, ya para que, bendición
de Dios que se pudo subsanar lo sucedido en la modificación 6, pero para que se le
conteste el oficio, yo recomiendo que se le remita al asesor del Concejo, para que
pueda satisfacer todas las inquietudes.``


El señor Manuel Alan Fonseca, Síndico Propietario, manifiesta: ``ese documento
fue recibido el 03 de agosto de 2016, y el otro donde dice de tomar nota fue de fecha
de 07 de julio 2016, yo estoy de acuerdo en lo que dice don Marvin, pero que tenga
también acceso al expediente, ese recomendación ha sido consecuencia de todas
las modificaciones subsiguientes, porque nosotros siempre alegamos que se estaba
faltando al bloque de legalidad, eso no ha llegado tardío eso ha tenido su secuencia
y lo han obviado, por lo tanto esa modificación 6 y todas estas serie de trazos de
acoger las recomendaciones de auditoria y todas las faltas a los artículos
mencionados en ese documento, son lo que han dado pie a las disputas que se han
dado acá, nosotros siempre hemos sabido que esa modificación 6 tenía problemas
de bloque de legalidad y no se han subsanado, aquí administramos fondos
públicos.``
                                                                                  13




El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``Efectivamente usted don Manuel,
tiene toda la razón que en su momento hubo inconsistencia en la modificación 6, sin
embargo después de muchas consultas, se llegó a la conclusión de que según la
ley de la administración pública, la administración tiene la facultad de enmendar los
errores siempre y cuando no afecte los derechos de terceros. ``


El señor Manuel Alan Fonseca, manifiesta: `` el asunto es de procedimientos, que
no iban apegado a la ley ni a los reglamentos, recomendado por auditoria, si se iba
hacer un procedimiento distinto a los que auditoria propone, se le debió haber
informado, porque es control interno de la Municipalidad, cualquier consulta que
hagan al mejor de los juristas del país no tienen accesos de los detalles, gracias a
Dios no hubo afectación a terceros, y estoy de acuerdo que lo envíen al asesor,
porque el tendrá que emitir criterio apegado a la legalidad.``


El señor Sebastián Víctor Víctor, Síndico Suplente Municipal, manifiesta: ``a veces
cometemos errores y no lo echamos de ver, a veces lo que hace falta un poco de
humildad, por ejemplo el pidió las actas y ustedes no se la quisieron mandar, si no
que después de aprobadas, el personalmente me dijo, que quería las actas para
corregirlos antes de que se aprobara, eso les ha hecho falta a ustedes un poco, él
está cumpliendo con su trabajo, no mal interpretemos, no han solicitado ustedes la
ayuda, él está cumpliendo con su trabajo y cada quien cuida su trabajo.``


El señor Reynaldo Fernández Vega, Síndico Suplente Municipal, manifiesta: ``hace
un tiempo venimos sintiendo un torbellino, me inspira don Sebastián al decir algo
del Gobierno pasado, resulta que este señor auditor, habla de inconsistencias y de
tomar nota a ciertos documentos, pero casualmente anoche leyendo encontré algo
inconsistente y que al final se encuentra un tomar nota en el acta nº10-2016, me
encontré con que la inconsistencia que perjudica es todo aquello que perjudica la
hacienda municipal, como es posible que este señor está viendo que el Concejo
Municipal anterior está cometiendo un error y el tranquilamente lo deja pasar,
porque vena que barbaridad, que desastroso, que corrompido el criterio cómo es
posible que se nos agote el tiempo del periodo y agarro un expediente lo
desempolvó de hablemos 8 años atrás, y digo señores del concejo necesito que
ustedes hagan un acuerdo para que se adhiera un acuerdo anterior para que se lea
correctamente así, así y así, yo le prometí a el que le iba a recoger un montón de
inconsistencias y ya les tengo varias, y ahora tranquilamente a nosotros nos aprieta
por un acuerdo que tomamos ahí pollitos.``
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La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, manifiesta: ``con respecto
a ese documento, solicito a los compañeros si lo toman a bien remitirlo al asesor
Legal del Concejo Municipal, sírvanse a levantar la mano.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-084-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal, ante el Asesor Legal del Concejo Municipal,
esto con el fin de su análisis, dictamen y recomendación correspondiente ante este
Concejo Municipal. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro
votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte
Huertas y Manuel Vargas).


4.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-085-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, donde manifiesta lo
siguiente:
Asunto: Acuerdo III.3 de la sesión ordinaria 27-2016.

El pasado 26 de mayo de 2016 se entrega a la Secretaria del Concejo Municipal de
La Cruz el UAI-ALCALDE-042-2016, el cual contiene el Informe Sobre la Gestión
del Proceso de Recursos Humanos en La Municipalidad del Cantón de La Cruz,
Guanacaste.

El Informe Sobre la Gestión del Proceso de Recursos Humanos en La Municipalidad
del Cantón de La Cruz, Guanacaste; contiene recomendaciones dirigidas al Concejo
Municipal, a saber:

   a) Apoyar mediante la aprobación de los recursos económicos o de otra
       naturaleza necesarios, así como dar seguimiento, en la forma y condiciones
       que corresponde al Concejo Municipal, para el efectivo y oportuno
       cumplimiento de las recomendaciones giradas en el aparte 4.1, con el fin de
       solventar las debilidades que se han venido presentando en los asuntos
       tratados en el presente informe en relación con la gestión del Recurso
       Humano de este Gobierno Local.

   b) Realizar una revisión del reglamento de dedicación exclusiva de la
       Municipalidad de La Cruz, para que se verifique que en este se establezca
       que el plus salarial no sea de aplicación universal o automática, sino, que se
       establezca que para su concesión, se debe de demostrar el interés público
       que justifica la erogación a realizar. Además, de señalar que el contrato o
                                                                                    15




       convenio mediante el cual se formaliza la adscripción del servidor al Régimen
       de Dedicación Exclusiva, no puede estar sujeto a la aplicación de prórrogas
       automáticas como podría suceder en otras relaciones contractuales de
       carácter particular, dado que en esta materia debe prevalecer el interés
       público sobre el interés particular y en especial, la necesidad institucional de
       mantener vigente esa relación. También, que se establezca que al ser un
       acuerdo entre partes, si bien dicho beneficio puede ser solicitado por el
       trabajador, su simple demanda no obliga a la Administración a acceder a tal
       requerimiento y que se establezca que para acceder al plus de dedicación
       exclusiva se debe de realizar en base a principios de objetividad que
       garanticen el interés y beneficio público. Ver punto 2.7 de este informe.

   c) Realizar, en conjunto con la Administración Municipal, el análisis
       correspondiente para ajustar el tema de salario y jornada laboral de la
       Municipalidad de La Cruz , de acuerdo con lo normativa citada en el aparate
       número 2.13, lo que coadyuvará a mejorar la gestión de Recurso Humano de
       la institución, recordando que es necesario que la Administración Municipal
       analice la sostenibilidad financiera a través del tiempo, para lo cual la
       municipalidad debe tomar en cuenta el comportamiento histórico de la
       recaudación de los ingresos que financian el ajuste. Además de esto, la
       misma Administración debe valorar que no podrán destinar más de un
       cuarenta por ciento (40%) de sus ingresos ordinarios municipales a atender
       los gastos generales de administración.

El informe citado fue conocido por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria 20-
2016 del 02 de Junio del 2016, sin embargo en este sesión no se acuerda aprobar,
rechazar o proponer recomendaciones distintas a las de Auditoría.

Para la sesión 27-2016 del 21 de julio del 2016 se conoce en el Concejo Municipal
el UAI-ALCALDE-068-2016, en el cual, se recuerda al Concejo Municipal la
importancia de pronunciarse con respecto al Informe Sobre la Gestión del Proceso
de Recursos Humanos en La Municipalidad del Cantón de La Cruz, Guanacaste, de
acuerdo con el artículo 37 de la ley General de Control Interno que establece que,
cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular
subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las
recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicado
deberá ordenar las soluciones alternas que motivadamente disponga; todo ello
                                                                                   16




tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente.

Sin embargo, en esa sesión, el Concejo Municipal acuerda, informar a este servidor
que el señor Alcalde Municipal el día Viernes 22 de julio del presente año, les tarará
haciendo    llegar   la   contestaciones    correspondientes,     referente   a    las
recomendaciones emitidas por su persona mediante dicho informe de estudio sobre
la gestión del proceso de Recursos Humanos en la Municipalidad del cantón de La
Cruz, Guanacaste mediante oficio UAI-ALCALDE-042-2016.

Así las cosas, el Concejo Municipal debió de pronunciarse en el plazo indicado en
el artículo 37 de le ley General de Control Interno, en relación a las tres
recomendaciones dirigidas a ese órgano colegiado.

El plazo de marras de ley para discrepar de tales recomendaciones o aprobarlas,
ya venció, por tal motivo, prevalecen las emitidas por la Auditoría Interna, en tal
caso, ruego al Concejo Municipal, ordenar la ejecución de las mismas.


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, manifiesta: ``me llamaba
la atención que don Sebastián, que él decía que no se le daban las cosas a tiempo,
dentro de los puntos el mencionaba que se le había nombrado a una persona se le
pagaba mal, porque el dejaba pasar todas esa serie de recomendaciones que ahora
brinda en ese informe, porque fueron varios puntos, y sin embargo él estaba ahí y
dejó que eso sucediera, son las cosas que nos llama la atención de que en algunos
momentos él es preciso pero en otros él no está.``


El señor Carlos Ugarte Huertas, Regidor Propietario Municipal, manifiesta lo
siguiente: ``vean ustedes que difícil que es estar acordando actas del mes de mayo,
eso ya se discutió, no podemos estar en todas las sesiones discutiendo sobre lo
mismo, esas recomendaciones yo medio me acuerdo donde él hace el alboroto de
un 8.33% para los empleados de la Municipalidad, él nos echó encima al personal
de la Municipalidad, porque apenas entramos nosotros hay que pagar, eso no es
trabajar eso no es ser humilde, eso es entorpecer, ahora me pregunto, leyendo el
reglamento de auditoria, todo lo que aparece ahí es para beneficio de él, pero ahí
habla de recomendaciones y él no ha cumplido porque las viene haciendo 15 o 22
días después, no es cierto lo que dice don Sebastián porque él siempre las ha tenido
15 o 22 días después y si el detecta los errores porque no lo dice, porque tengo que
ir a buscarlo, nosotros le pedimos a el muchos casos que están pendiente y no nos
ha contestado nado, más bien yo voy a pedir a este Concejo que lo amonestemos
                                                                                 17




porque eso es lo que él se merece, porque él está incumpliendo, pero lo que
incumpliendo solo somos nosotros, hace cuánto tiempo le pedimos los informes, y
él dice que no tiene el tiempo pero tiene tiempo para otras cosas, siempre nosotros
hemos actuado de buena fe, si eso amerita que nos quiten los credenciales que
ordene que nos las quiten de una vez, no vamos a estar con eso toda una vida, aquí
no se ha perdido ni un centavo, porque sigue molestando, que haga su trabajo que
es ayudar, recomendar, pero el solo nos encuentra lo malo, él le debe respeto al
Concejo también, y repito yo no me puedo estar acordando de cosas que pasó
desde mayo, él tiene que ajustarse al Concejo que hay, si él no quiere trabajar con
este Concejo y con la Municipalidad, pues que se vaya que siga otro rumbo, pero
que no siga molestando.``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``me parece que cuando el señor
auditor cuando brindo el informe de recursos humanos, uno de sus puntos era que
apoyara con los recursos suficientes para que recursos humanos no tuviese tantos
errores, creo que ya se ha atendido la recomendación de este señor, comparto lo
que dice don Carlos, el hizo un informe de la comisión de fiestas hizo un alboroto
para decir que el tesorero había gastado, 2 millones de pesos en pagos de caja
chica, pero ni a palos toca los casi 60millones de ingresos dejando a fondo de 3 mil
pesos de la comisión, creo que estamos un poco atrasados pero con todo la
documentación que hay, más temprano que tarde, tenemos que reunir toda la
información para ir hacer una visita a la Contraloría General de la República y dar
con pelos y señales todas estas situaciones anómalas, llegando no más le pedimos
informes específicos y han pasado ya más de tres meses y sigo esperando los
informes, me parece que hay una tomado de pelo, creo que esto ya cansa, este
concejo merece respeto y nosotros si tenemos que salir corriendo a contestarle,
pero el se echa por detrás de las orejas todo lo que le hemos pedido.``


La señora Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``si lo toman a bien remitir esta nota
al señor Alcalde Municipal, sírvanse a levantar la mano.``
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ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-085-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal, ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal,
Alcalde Municipal, esto con el fin de su análisis, dictamen y que tome las medidas
correspondiente. ACUERDO APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca
Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en
contra (Manuel Vargas).


5.- Se conoce documento firmado por el señor Carlos Ander Rosales Vargas,
concesionario de los baños públicos en la terminal de buses, manifiesta lo siguiente:
``para la firma del contrato de concesión se me ha fijado un monto 362,700 colones
como garantía de cumplimiento, el cual es muy elevado, la pregunta es ¿Quién fija
este monto y en base a qué? ¿Cuál es el factor de cumplimiento que se pretende
cubrir?, esto es una actividad pequeña de pocos ingresos diarios, apenas para
sobrevivir, no se parece a la construcción de una carretera o un edificio público, en
realidad lo que pienso que si debe haber una garantía de cumplimiento, esta debería
ser a lo más un mes de pago como los alquileres o que se haga una valoración de
los activos municipales en esos baños y fijar el monto con una base real.
La verdad honorables concejales es que necesito la ayuda de ustedes pues yo
quiero servirle a mi pueblo haciendo una excelente labor en esta actividad y que se
me fije una garantía de cumpliendo acorde con los riesgos de no cumplir y al tamaño
de la actividad sin menosprecio del trabajo que lo estamos ocupando con toda
humildad.


La señora Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``si lo toman a bien remitir esta nota
a la Licda. Lorena, sírvanse a levantar la mano.``




ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por el señor Carlos Ander Rosales Vargas, concesionario
de los baños públicos en la terminal de buses, ante la Licda. Lorena Caldera
Obregón, Gestora Jurídica Municipal, esto con el fin de su análisis, dictamen y
recomendación correspondiente ante este Concejo Municipal.               ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro votos a favor; Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y Manuel Vargas).
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6.- Se conoce documento sin número de oficio firmado por la Msc. Heidy Paola
Fernández, Directora Escuela de los Andes, solicitando paredes de las aulas y zinc
nuevo.
1.- las paredes de este centro educativo están construidas de zócalo y la parte de
arriba tiene láminas de zinc y cuando llueve se moja el interior de las aulas.
2.- también el zinc de la escuela de las aulas del frente están muy dañadas y se le
pasa la lluvia provocando goteras dentro de la escuela.


La señora Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``si lo toman a bien remitir esta nota
al señor Alcalde Municipal, sírvanse a levantar la mano.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por la señora Msc. Heidy Paola Fernández, Directora
Escuela de los Andes, ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde
Municipal, esto con el fin de su análisis y su valoración para ver la posibilidad en
que se le puede ayudar. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con
cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos
Ugarte Huertas y Manuel Vargas).


7.- Se conoce documento con número de oficio ZEE EHN 2016-082, firmado por la
señora Carmen Rodríguez Pacheco, Sub Directora Ejecutiva Agencia para el
desarrollo de la Zona Norte, dirigido al señor Thomas Figueroa Malavassi, Director
Unidad Asesora PIT, manifestando lo siguiente: ``desde hace muchos años se
realizan gestiones sobre los trayectos viales Birmania-Santa Cecilia y Santa Cecilia-
La Cruz-Ruta 01. Prueba de ello es que los estudios de la primera ruta los elaboró
INSA y fueron entregados en el 2007 y de la segunda ruta fueron realizados por
RIUGHTON en el 2009. En enero-2014 la dirección de planificación del MOPT
elabora la ficha técnica: Proyecto de Factibilidad: ``Mejoramiento de la sección
Birmania-Santa Cecilia y la construcción y rehabilitación de los puentes en la
sección La Cruz-Santa Cecilia`` documento base para la inclusión y aprobación de
$16,6 millones en línea de crédito BID.


ACUERDAN: Tomar Nota.
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8.- Se conoce documento sin número de oficio firmado por el señor Juan Guillermo
Rojas Vásquez, dirigido al Concejo Municipal, manifestando lo siguiente:
``solicitamos a ustedes interponer sus buenos oficios, y coordinar con el ministerio
de salud, con el fin de que instalen por lo menos tres baterías sanitarias en las
playas, Rajada y Soley, sugiero que se la den en administración a algún grupo
organizado de la comunidad para que cobren y le den mantenimiento a las mismas.
Como es de su conocimiento dichas playas tienen ascenso público durante todo el
año, y tienen bandera azul, lo extraño es que en ciertas épocas del año se saturan
y los visitantes hacen sus necesidades a cielo abierto, y solo se ve la playa llena de
papel higiénico y heces humanas.
No omito manifestarles que es obligación de la Municipalidad y del Ministerio de
Salud velar porque esta situación que se presenta desde siempre, se acabe y se
mejore.``


La señora María Argentina Lara Lara, Regidora Suplente, manifiesta: ``solo para
aclarar la Playa Puerto Soley no posee bandera azul, es la única playa de nosotros
que no posee bandera azul, lo que es Soley tiene sanitarios pero antiguos, seguro
lo que el señor quiere que se remodele.``


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``me parece que es necesario, cuando
uno va a la playa toma mucho líquido, y eso provoca que uno necesita un servicio,
y si la playa soley no tiene bandera azul vayamos buscando tener la bandera azul,
playa está muy limpia y muy bonita, el problema es que hay que luchar contra el
vandalismo, habría que ver la forma en que se van a manejar, no hay agua, habría
que ver quienes lo van administrar y a cuidar.``


El señor Reynaldo Fernández Vega, manifiesta: ``yo sugiero y recomiendo que este
documento lo remitan a la comisión de la zona marítimo terrestre por cuanto es zona
pública.``


La señora Betzabeh Martínez, Síndica Propietaria, manifiesta: ``yo ya había
adelantado con Argentina, con eso nos van ayudar con cuestiones legales, puerto
soley tiene una junta, si ustedes ven soley limpio ha sido trabajo de ellas, ellas me
manifestaron que querían este proyecto, pero si les dije que es mejor hacer un
estudio, pero si me gustaría que fuera administrado por ellas, para que lo tomen en
consideración.``
                                                                                     21




La señora Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``si lo toman a bien remitir esta nota
al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, sírvanse a levantar la mano.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por el señor Juan Guillermo Rojas Vásquez, ante la Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de Zona Marítima Terrestre, esto con el fin
de su análisis, dictamen y recomendación correspondiente ante este Concejo
Municipal. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro votos a
favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas
y Manuel Vargas).


9.- Se conoce documento sin número de oficio firmado por el señor Francisco Rivera
Hernández, presidente Junta de Educación de la Escuela Bello Horizonte, y con el
visto bueno de la señora Laura Elena Ruiz Caldera, Directora Escuela Bello
Horizonte, solicitando el aprovechamiento de un árbol de cenízaro que cayó al
suelo, el cual se encontraba a un metro de la orilla de la calle pública, camino a Bello
Horizonte, con el fin de aprovecharlo y obtener ingresos para nuestra institución.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por el señor Francisco Rivera Hernández, presidente
Junta de Educación de la Escuela Bello Horizonte, y con el visto bueno de la señora
Laura Elena Ruiz Caldera, Directora Escuela Bello Horizonte, ante el señor Junnier
Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, esto con el fin de que realice las gestiones
correspondientes y valorar la donación de dicho árbol en mención. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro votos a favor; Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y Manuel Vargas).


10.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-091-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, dirigido al Concejo
Municipal manifestando lo siguiente:
Asunto: Requerimientos Presupuestarios para La Unidad Auditoría Interna para el
ejercicio económico 2017.

La Auditoría Interna es un componente orgánico vital del sistema de Control Interno
de la Municipalidad, que tiene a su cargo la evaluación, mediante un enfoque
sistémico y profesional de la administración del riesgo, del control y del proceso de
                                                                                22




dirección del gobierno municipal, para coadyuvar en el logro de sus objetivos y
reforzar sus relaciones inherentes a la rendición de cuentas.

Es por ello que la meta de la unidad es contribuir en forma independiente, objetiva
y en calidad asesora, a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la
práctica de un enfoque sistemático y profesional para evaluar y mejorar la
efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de
dirección, para proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la
actuación de la Administración se ejecuta conforme el marco legal y técnico y a las
prácticas sanas de administración.

Para efecto del presupuesto ordinario para el ejercicio económico 2017 se considera
muy importante que se me presupuesten los recursos humanos, materiales,
tecnológicos, de transportes, de viáticos y otros necesarios y suficientes para que
esta Auditoría interna pueda cumplir su gestión; como se indica en el artículo 27,
asignación de recursos, de la Ley General de Control Interno No. 8292.

Es por ello, que de acuerdo con lo indicado por la Administración activa en cuanto
al cumplimiento con la fecha, según calendarización para la presentación de Plan –
Presupuesto para el año 2017, el pasado 07 de Julio del año en curso presente a la
Dirección Financiera los requerimientos presupuestarios para la ejecución de los
trabajos de auditoría para el año 2017, dado al propósito que persigue el órgano
administrativo, para llevar a cabo la preparación y confección del Presupuesto
Ordinario para el ejercicio económico de año 2017.

Para la Auditoría Interna los requerimientos son los siguientes:



                                     Tabla Nro.1.
                          Requerimientos Presupuestarios.
                             Presupuesto Ordinario 2017.



                                                                                  MONTO
                                                                    OBJETO
 CÓDIGO      DESCRIPCIÓN DE PARTIDAS Y SUBPARTIDAS                                 DEL
                                                                   DEL GASTO
                                                                                  GASTO


      1.02                         SERVICIOS BÁSICOS                                  280.000,00
    1.02.03 Servicio de correo                                                         30.000,00
    1.02.04 Servicio de telecomunicaciones                                            250.000,00
                                                                23




   1.03             SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS              400.000,00
1.03.01 Información                                                  250.000,00
1.03.03 Impresión, encuadernación y otros                            150.000,00
   1.04                  SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO            4.000.000,00
1.04.04 Servicios en ciencias económicas y sociales              4.000.000,00
   1.05                 GASTOS DE VIAJE Y TRANSPORTE                 500.000,00
1.05.01 Transporte dentro del país                                   250.000,00
1.05.02 Viáticos dentro del país                                     250.000,00
   1.07                   CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO               1.000.000,00
1.07.01 Actividades de capacitación                              1.000.000,00
   1.08               MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN                 1.400.000,00
1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales                     1.200.000,00
1.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación          50.000,00
1.08.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y S.I        150.000,00
1.99.99 Otros servicios no especificados                                   0,00
      2                    MATERIALES Y SUMINISTROS                  965.000,00
   2.01                PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS                  485.000,00
2.01.01 Combustibles y lubricantes                                   100.000,00
2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes                                385.000,00
                    MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA
   2.03               CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO                    50.000,00
        Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
2.03.04 cómputo                                                       50.000,00
   2.99        ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS             430.000,00
2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo                     150.000,00
2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos                        250.000,00
2.99.05 Útiles y materiales de limpieza                               30.000,00
      5                            BIENES DURADEROS              2.250.000,00
   5.01                MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILARIO                750.000,00
5.01.04 Equipo y Mobiliario de oficina                               250.000,00
5.01.05 Equipo y programas de cómputo                                500.000,00
   5.02             CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS          1.500.000,00
5.02.01 Edificios                                                1.500.000,00


                 TOTAL DEPARTAMENTO / SERVICIO                  10.795.000,00
                                                                                  24




En la tabla nro. 1, no se detallan los requerimientos de salarios, ya que como lo
indico la Administración mediante la Dirección Financiera es el Departamento de
Recursos Humanos por medio de la Relación de puestos el que debe suministrar la
información al Departamento Financiero.
Sin embargo, es de suma importancia contar con el apoyo del Concejo Municipal
para que se ejecute el acuerdo III.9 de la sesión ordinaria 09-2016: El Concejo
Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba recomendación emitida por la Licda.
María Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos, mediante oficio MLC-
RH-0030-2016, por lo tanto este Órgano Colegiado; de conformidad al análisis
realizado en cuanto a las funciones, deberes, grado de responsabilidades,
asistencia necesarias para el cumplimiento de metas y objetivos y brindar un trabajo
oportuno y de calidad a los entes internos y externos y por ser una Auditoría Interna
Unipersonal, que debe de enfrentar a los retos de crecimientos de Recurso Humano
y presupuestarios; se modifica el perfil de Asistente de Auditoría Interna Municipal,
de servicios especiales a sueldos fijos y quedando ubicado en la clase de puesto
Profesional Municipal 2 (PM2) con un salario base de ¢564.409.00 más el 65% de
prohibición al ejercicio liberal de la profesión, con una jornada de tiempo completo
y teniendo como jefatura a la dirección de Auditoría Interna Municipal. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO.

Esperando su apoyo a lo antes expuesto, con el fin de mejorar y fortalecer la gestión
de la Auditoría Interna, ya que se ha venido enfrentando cambios tanto de volumen
de trabajo por el crecimiento organizacional, presupuestario, plan operativo,
aumento del recurso humano y cambios en normativa legal, así como nueva, por lo
que se hace necesario para cumplir con las tareas asignadas por ley y otras
asignadas por los jerarcas y administración municipal y de solicitudes ciudadanas;
de un apoyo y asesoramiento legal. Además, se le han asignado competencias y
deberes tanto de leyes como la Ley de Control Interno Ley N° 8292, Manual de
Normas Generales de Auditoría para el Sector Público y Directrices emitidas por la
Contraloría General de la República, que también requiere del mismo
asesoramiento.

El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``no sé si esto viene incluido en el
presupuesto, pero el presupuesto ya está en revisión de la comisión, no podríamos
decirle algo al señor auditor sobre lo que solicita, recomienda que lo remitamos a la
comisión.``
                                                                                  25




ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-091-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal, ante la Comisión de Hacienda y Presupuesto
de la Municipalidad de La Cruz, esto con el fin de su análisis, estudio y
recomendación correspondiente, a su vez se le informa al señor auditor que lo
solicitado va a estar sujeto a lo que venga previsto en el presupuesto ordinario para
el ejercicio 2017. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro votos
a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Manuel Vargas y
Carlos Ugarte Huertas)


11.- Se conoce documento con número de oficio MLC-C055-2016, firmado por el
señor Albert Álvarez, Contador Municipal, dirigido al señor Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal, con copia al Concejo Municipal, donde remite ajuste de la
liquidación presupuestaria del 2015 el cual debe ser remitido al Concejo Municipal
para su aprobación, en el mismo se incluye el anexo Nº01 de liquidación del
presupuesto del año 2015, en el cual se incorporó el superávit correspondiente a la
liquidación de compromisos del 2015 por un valor de ¢38.597.884.64; aumentando
el superávit libre del 2015 a ¢533.696.951.79 y el superávit específico en
¢1.086.298.83.01.


ACUERDAN: Tomar Nota



12.- Se conoce documento con número de oficio CG-045-2016 firmado por la Licda.
Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área, comisión permanente de Gobierno y
Administración, donde solicita criterio de esa Municipalidad en relación con el
expediente 19.785 ``Regulación del Cabildeo en la Administración Pública`` el cual
se adjunta.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por la Licda. Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área,
comisión permanente de Gobierno y Administración, ante la Licda. Lorena Caldera
Obregón, Gestora Jurídica Municipal, esto con el fin de su análisis, estudio y a su
vez, brinde respuesta ante el Área comisión permanente de Gobierno y
Administración, de la Asamblea Legislativa y le haga de conocimiento a este
Concejo Municipal. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro
votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Manuel Vargas
y Carlos Ugarte Huertas)
                                                                                  26




13.- Se conoce documento con número de oficio DFOE-DL-0842 firmado por el
señor Lic. German Alberto Zamora, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa,
Contraloría General de La República, dirigido al señor Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal, con copia al Concejo Municipal, en asunto: atención de
solicitud de ampliación de plazo para presentar el primer informe semestral de
evolución presupuestaria del periodo 2016 de la Municipalidad de La Cruz.
Sobre el particular se indica que no procede otorgar el plazo solicitado por esa
administración en virtud de que no resulta posible variar la fecha de presentación
ante el Órgano Contralor.


ACUERDAN: Tomar Nota.


14.- Se conoce documento con número de oficio DFM-222-2016, firmado por el Lic.
Walter Ocampo Sánchez, Director Dirección de Financiamiento Municipal, donde
manifiesta lo siguiente:
En concordancia con el oficio SG-123-16 del 14 del mes y el año en curso, en el
cual se transcribe el acuerdo tercero, artículo tres de las sesión ordinaria #4388 de
la Junta Directiva del IFAM, relativo a la aprobación del préstamo #5-CVL-1414-
0716 por un monto de ¢556.962.025.00, a utilizar por esa Municipalidad para
financiar el mantenimiento de 63.78 kilómetros, de la red vial del cantón de La Cruz,
capacitación y el levantamiento digital del inventario de 77.1 kilómetros de caminos.
En los términos acordados por la junta directiva del IFAM en la sesión extraordinaria
#4384.
1.- El Concejo debe emitir un acuerdo en el cual se acepten las condiciones del
documento de préstamo que se adjunta, este acuerdo debe estar acorde con lo que
dispone el artículo 86 del código municipal.
2.- para que el instituto proceda a confeccionar el contrato del préstamo, es preciso
que dicho acuerdo se remita a esta Dirección, en un plazo máximo de 30 días
calendario.
3.- Para Obtener resultados más expeditos en la ejecución del proyecto, es
necesario que el Concejo designe dos responsables por parte de la Municipalidad,
para que sirvan de enlace y coordinación con los funcionarios del IFAM.
Por último, les manifiesto que esta Dirección tiene asignada la administración de
este préstamo, por lo que sus funcionarios estarán en la mayor disposición de
asesorarles.
                                                                                   27




El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``IFAM nos hizo una propuesta de un
préstamo, al inicio nos mencionaron 900millones y ahora aparece 500, ahora la
preocupación es la siguiente, ese desembolso se va hacer a partir de enero, pero
nosotros en este momento estamos haciendo el presupuesto para el otro año, por
muchos esfuerzos que hagamos nosotros esa plata se va a quedar fuera del
presupuesto para el otro año, a veces pienso de hasta qué punto necesitamos
nosotros ese préstamo, y si es necesario, pero ya el Concejo dictó el acuerdo, pero
no vamos a utilizar este año que viene, no sé si es que yo estoy equivocado.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento
DFM-222-2016, firmado por el señor Lic. Walter Ocampo Sánchez, Director de
Financiamiento Municipal del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), en
asunto al préstamo Nº 5-CVL-1414-0716, ante el señor Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal, esto con el fin de que se ejecute de inmediato y así mismo
agilice el trámite correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
(con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Manuel Vargas y Carlos Ugarte Huertas)


15.- Se conoce documento con número de JC-0024-2016, firmado por el señor José
Corrales, dirigido al Concejo Municipal manifestando lo siguiente:
El motivo de la presente es solicitarles acoger una solicitud para que se logre llegar
al fondo de situaciones en el proceder del comité cantonal de deportes de La Cruz,
como son por ejemplo, algunas de las contrataciones de viene y servicios que al
amparo de la legislación costarricense deben en todo momento respetar los
procedimientos de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, artículo
155 código municipal. Solcitos verificar los procedimientos tanto de estudios
preliminares o estudios de necesidad, contenido presupuestario, inclusión en el plan
operativo anual así como su inclusión el SIPP tal como lo exige la Contraloría
General de la República.
Solicito se investiguen en detalle la existencia y constitución de los expedientes de
tales contrataciones para corroborar si cumplen con todos los pasos exigidos por la
ley.
Verificar cual fue el procedimiento seguido y aclarar lo referente al de samblaje,
venta, cesión o donación de los materiales de la gradería del estadio, ya que al ser
construido con fondos públicos debe constar el avalúo y peritaje respectivo previo a
la contratación para su liquidación.
                                                                                  28




Así mismo lo referente a si se cumplen los estratos correspondientes a lo así
dispuesto para los montos conforme a lo indicado por la Contraloría General de la
República.
Analizar si los entrenadores desde el periodo 2012 hasta la actualidad se han
contratado conforme a los que establece la ley de contratación administrativa ya
que los recursos provienen de fondos públicos.
Verificar si se cumple con lo establecido en el artículo 170 de código municipal en
cuanto a la transferencia de fondos públicos a instituciones conforme a lo
establecido en el citado artículo, donde no se establece que se pueda donar o
transferir dinero a otras instancias que no son escuelas o colegios públicos, además
establecer que si tales ayudas se dan se ajusta a lo establecido por ley.
Verificar si los convenios ayudas o transferencias a eventuales asociaciones
deportivas cumplen con lo establecido en ese mismo artículo en mención.
Que este mismo trabajo de investigación se permita profundizar si existe un
procedimiento para cumplir los controles solicitados para evitar el fraccionamiento
de las compras de bienes o servicios evitando el fraccionamiento por compras bajo
el procedimiento de caja chica, además establecer si se cumple con el reglamento
que para el funcionamiento de este fondo debe existir según un estudio de la
auditoría de año 2014.
Con relación a este mismo estudio de auditoría, verificar si se le dio el seguimiento
adecuado para su cumplimiento en los tiempos allí establecidos.
Sobre el manejo de los dineros recaudados por parte del comité cantonal de
deportes mediante ayudas o captación externa sean por motivo de algún viaje o
evento, hayan sido registrados y reflejados debidamente por tratarse los mismo de
fondos públicos, analizar si dichos controles y registros se establecen para las
instalaciones que administran los comités de distrito, u otras instalaciones ya que
en control y responsabilidad de los mismos recae sobre el comité cantonal de
deportes de La Cruz.
Así mismo verificar si el quorum de este comité cantonal de deportes y la obligación
de notificación de sustitución de los miembros se han mantenido y cumplido ya que
por motivos de renuncia o incapacidad médica de alguno de los miembros, se ha
visto reducido en el último año.
Por tanto dicho quorum se ha visto afectado de forma estructural y funcional,
afectando lo procedente para las discusiones y toma de acuerdos, en especial de
materia presupuestaria.
Solicito además que este estudio sea a la brevedad posible pese a que las
responsabilidades de las actuaciones de los funcionarios tanto administrativas,
                                                                                  29




operativas y fiscalizadoras no se encontrarían prescritos motivos por el cual en el
caso eventual de existir responsabilidad administrativa se tomen las medidas
respectivas u otras que en consecución correspondan.´´


La señora Presidenta Municipal, Blanca Casares Fajardo, solicita a los compañeros
un receso de 10 minutos y volver a las 7:26pm y regresamos con el documento.


Al ser las 7:26 minutos la señora presidenta Municipal, Blanca Casares Fajardo,
retoma nuevamente a la sesión, manifiesta: ``alguien que quiera hacer mención
sobre este documento.``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``es un documento muy extenso,
amplio y toca muchas temáticas, sobre le Comité Cantonal de Deportes y
Recreación, me parece una bonita oportunidad para que todos entendamos y
comprendamos la situación y clarifiquemos muchas cosas que no conocemos, la
recomendación es que se conforme un órgano director para clarificar aspectos que
vienen en ese documento y para que en el seno del Concejo se comprenda mejor
como se está mejorando algunos aspectos.``
La señora Presidenta Municipal, Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``tiene razón
don Marvin, en cuanto a lo complejo del documento, que requiere ser analizado, y
recabar la información, estoy en total acuerdo de conformar un órgano director, si lo
toman a bien, sírvanse a levantar la mano, confórmalo por las siguientes personas:
Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico de Zona Marítimo Terrestre, Licda. María
Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos y señorita Pamela
Guevara Salgado, Secretaria Concejo Municipal, sírvanse a levantar la mano.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra Órgano
Director, con el fin de clarificar aspectos mencionados en dicho documento y
recaben toda información necesaria, se estudie, analicen y brinden dictamen y
recomendación, ante este Concejo Municipal, dicho órgano estará conformado por
las siguientes personas, Lic. Deiby López Lara, Gestor Jurídico de Zona Marítimo
Terrestre, Licda. María Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos
Humanos y señorita Pamela Guevara Salgado, Secretaria Concejo Municipal.
ACUERDO APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca Casares Fajardo,
Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en contra (Manuel
Vargas).
                                                                                  30




16.- Se conoce documento con número de oficio MLC-RH-00133-2016, firmado por
la Licda. María Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos,
manifestando lo siguiente: ´´en atención a oficio número UAI-RRHH-082-2016,
emitido por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal donde
solicita al departamento de Recursos Humanos elaborar estudio para la creación
del puesto de Asesor Legal de auditoria interna por medio de servicios especiales,
en carácter de urgencia en base al acuerdo número IV.1-B de la sesión ordinaria
21-2016.
Por lo que solicito hacer la aclaración del acuerdo para que este departamento de
recursos humanos, pueda elaborar dicho estudio de carácter de urgencia solicitado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas.


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``yo fui uno de los que aclaré que ese
profesional lo nombrara el concejo para el concejo, no para auxiliar de Auditoria,
eso como aclaración, ahora el alega que tiene mucho trabajo, y no se da abasto, es
una propuesto que se puede hacer para el periodo 2017, no ahorita, eso habría que
analizarlo en el presupuesto yo soy uno de los que piensa que si la municipalidad
tiene recurso no son para crear más plazas, lo recursos son para invertirlos en obras
para el cantón, no es que del todo se deben de crear, pero si hacer un estudio de
que realmente se necesita, no podemos llegar al tope del 40%, que eso sea
analizado en el nuevo presupuesto, y si es justo que el necesite pues se le
nombrará.``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``es bueno que se aclare, este
especialista del derecho público iba hacer un pie de apoyo para la comisión que se
nombró, sería bueno aclararle a la Auditoría, que este profesional es para que se
trabaje con concordancia con la comisión que se nombró para los temas de auditoria
y no para hacer un asesor del departamento de auditoría.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, visto a oficio MLC-RH-
00133-2016, firmado por la Licda. María Concepción Chacón Peña, Coordinadora
de Recursos Humanos, este Órgano Colegiado, le informa y aclara al Departamento
de Recursos Humanos, que el profesional solicitado mediante el acuerdo IV.1-B de
la sesión ordinaria 21-2016, no es para la Auditoría Interna Municipal, sino para la
administración Municipal. ACUERDO APROBADO, (con tres votos a favor;
Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno
en contra (Manuel Vargas).
                                                                                                               31




17.- Se conoce documento con número de oficio ALDE-JS-0152-2016, firmado por
el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, en el cual hace remisión
ajuste de liquidación presupuestario del año 2015, realizado por el señor Albert
Álvarez Ch, Contador Municipal, se solicita con el mayor de los respetos, aprobar
dicho ajuste para su respectiva presentación ante la Contraloría General de la
República.
en el mismo se incluye el anexo Nº01 de liquidación del presupuesto del año 2015,
en el cual se incorporó el superávit correspondiente a la liquidación de compromisos
del 2015 por un valor de ¢38.597.884.64; aumentando el superávit libre del 2015 a
¢533.696.951.79 y el superávit específico en ¢1.086.298.83.01.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acoge solicitud emitida
por el señor Junnier Salazar Tobal, Alcalde Municipal mediante nota con número de
oficio ALDE-JS-0152-2016, por lo tanto este Órgano Colegiado; aprueba el ajuste
de Liquidación Presupuestaria del año 2015, con un superávit libre de ¢
533.696.951.79 y un superávit específico de ¢1, 086, 298,83.01, emitido por el
Departamento de Contabilidad de este municipio, el cual se detalla a continuación:

                                     ANEXO No 1
           MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ GUANACASTE
         LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2015
                                         En colones

                                                      PRESUPUESTO          REAL 1

INGRESOS                                              4.621.235.068,48   4.597.587.719,47
Menos:

EGRESOS                                               4.621.235.068,48   2.953.003.334,56

SALDO TOTAL                                                              1.644.584.384,91

Más:                                                     8.863.592,65
Notas de crédito sin contabilizar 2015                   8.863.592,65

Menos:                                                  33.452.195,76
Notas de débito sin registrar 2015                      33.452.195,76

SUPERÁVIT / DÉFICIT                                                      1.619.995.781,80

Menos: Saldos con destino específico                                     1.086.298.830,01

SUPERÁVIT LIBRE/DÉFICIT                                                   533.696.951,79

DETALLE SUPERÁVIT ESPECÍFICO:                                                               1.086.298.830,01
                                                                                                                                32




Junta Administrativa del Registro Nacional, 3% del IBI, Leyes 7509 y 7729        2.513.481,20
Juntas de educación, 10% impuesto territorial y 10% IBI, Leyes 7509 y 7729      42.063.911,88
Organismo de Normalización Técnica, 1% del IBI, Ley Nº 7729                        837.827,07
Fondo del Impuesto sobre bienes inmuebles, 76% Ley Nº 7729                     192.068.654,71
40% Obras mejoramiento zonas turísticas:                                        11.444.171,52
40% obras mejoramiento del Cantón:                                              31.867.742,41
20% fondo pago mejoras zona turística:                                         140.818.812,56
Plan de lotificación                                                             9.001.819,48
Utilidades de comisiones de fiestas, art. 8 Ley 4286-68                         13.104.669,22                ***
Consejo de Seguridad Vial, art. 217, Ley 7331-93                                74.280.818,12
Comité Cantonal de Deportes                                                     49.013.079,05
Aporte al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) Ley N°9303    3.278.757,54
Federación de Municipalidades de Guanacaste                                        349.454,39
Ley Nº7788 10% aporte CONAGEBIO                                                    200.951,26
Ley Nº7788 70% aporte Fondo Parques Nacionales                                   1.265.992,97
Fondo Ley Simplificación y Eficiencia Tributarias Ley Nº 8114                   63.645.406,91
Proyectos y programas para la Persona Joven                                     14.917.427,75
Fondo recolección de basura                                                      1.726.263,58
Saldo de partidas específicas                                                  182.218.318,93
FODESAF Red de Cuido construccion y equipamiento                               161.664.067,00                **
FODESAF Red de Cuido Venta de servicios                                          1.625.000,00
Impuesto a personas que salen del país por aeropuertos Ley Nº 9156              34.744.777,01
Derechos de estacionamiento y terminales (artículo 9 de la ley N°3503)           9.958.354,62
Notas de crédito sin registrar 2015                                              8.863.592,65
Diferencia con tesorería                                                         1.068.100,70
Deposito en Garantia Cumplimiento Locales Comerciales                               76.125,00
Saldo Transf. Anexo 5 Transferencia                                             10.673.481,78
Seguridad Vial Edifica Casa de Transito en la Cruz                               6.183.990,00
Ingresos del Exterior                                                            5.000.000,00
Utilidades de comisiones de fiestas, art. 8 Ley 4286-68 (saldo superavit 2014)   7.123.780,70                ***
Saldo Imas (Red de Cuido)                                                        4.700.000,00                ****

Sr. Junnier Alberto Salazar Tobal
Nombre del Alcalde Municipal                                                         Firma del Alcalde

Cpi. Albert Alvarez Chevez
Nombre funcionario responsable                                                       Firma
proceso de liquidación presupuestaria

                                                                    05-ago-16
                                                                      Fecha


1/ Incluye los compromisos presupuestarios contraídos al 31-12-2015, pendientes de liquidación, según lo establecido
   en el artículo 107 del Código Municipal.

Nota.
1 ** El saldo de la Red de cuido, construccion y equipamiento se compone de ¢140.000.000,00 Red Adulto de Cuido Mayor y
¢21,664,067,00 corresponde a equipamiento

2 *** El saldo total acumulado de las Utilidades de comision de fiesta es de ¢20.228.449,92, distribuido utilidades 2015,2014
3 **** Saldo Corresponde a Fondos del Imas para los Cecudi.




ACUERDO APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca Casares Fajardo,
Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en contra (Manuel
Vargas).
                                                                                                                33




18.- Se conoce documento sin número de oficio firmado por la señora Ana Julia
Sánchez García, Secretaria Concejo de Distrito de La Cruz, dirigido al Concejo
Municipal, en asunto: informe semestral de designación de recursos para el distrito
de La Cruz, según el artículo 57 inciso g) del Código Municipal.
                                       Estado de Partídas Específicas La Cruz, Guanacaste
Proyecto Generado Partida Específica 2017
Proyecto                                               Monto                       estado
Mejoras y adiciones en la parroquia del Distrito                                   Esperando aprobación de la
Central del Cantón de La Cruz                          Ȼ12,502,948,2               asamblea legislativa
Proyecto Generado por Cambio de Destino
Enmallado de 500 metros lineales del lote de
guardería Infantil La Cruz de las Hermanas                                         Esperando aprobación de la
Franciscana                                            Ȼ10,000,000                 asamblea legislativa
Mejoras y adiciones en el templo católico de San                                   Esperando aprobación de la
Dimas                                                  Ȼ2,000,000                  asamblea legislativa
Compa de material y equipo de oficina para uso del
concejo de distrito del distrito primero del cantón de                             Esperando aprobación de la
La Cruz                                                Ȼ2,098,208                  asamblea legislativa



ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, brinda visto bueno al
informe semestral de designación de recursos para el distrito de La Cruz,
presentado por el Concejo de Distrito de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO, (con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin
Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y Manuel Vargas).


19.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-093-2016, firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, manifestando lo
siguiente:
Asunto: cierre del libro de actas tomo N° 6 y apertura tomo n°7.
El día 11/08/2016, entrego a esta auditoría interna el tomo N°6 del libro de actas del
Concejo Municipal del cantón de La Cruz, el cual consta del folio 0000001 al folio
0000800, comprende de la sesión ordinaria 09-2016 a la sesión extraordinaria 27-
2016; el mismo se encuentra en buen estado, es de color vino.
Al realizar la revisión del consecutivo de la foliatura se determina que todo está en
orden, sin embargo, se observó una acta sin una firma, a saber, la contenida en el
folio 00000262; siendo esto un requisito de legalidad necesario, por lo que debe
corregirse de inmediato.
Se procedió a cerrar este tomo n°6 colocando el sello correspondiente para ello en
el folio 0000800, todo según asiento 0061.
Además se entregó a esta Auditoria 400 hojas sueltas, 800 folios, para que se
legalizaran y se puedan utilizar para que confeccione el tomo n°7 del libro de actas
de las sesiones del Concejo Municipal, esto según asiento 0062.
                                                                                     34




El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``con relación a esa acta, como en ese
momento la presidenta del Concejo anterior fue la que presidió, a nosotros nos tocó
recibirla, pero no le toca a doña blanca no le toca firmar, yo lo que digo que esa acta
se quede así, o en su defecto se busque a la presidenta Municipal anterior para que
la firme.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, brinda visto bueno al
informe presentado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal
y se posterga la firma del acta en folio 00000262 en mención, con el fin de realizar
las debidas consultas. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro
votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte
Huertas y Manuel Vargas).


20.- Se conoce documento con número de oficio UAI-CONCEJO-098-2016 firmado
por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal, manifestando lo
siguiente:
Quien suscribe, Gledys Delgado Cárdenas, mayor, casado, Licenciado en
Contaduría Pública, vecino de La Cruz Guanacaste, con cédula de identidad número
cinco - trescientos diecisiete - ciento veintisiete, Auditor Interno de la Municipalidad
de La Cruz, interpongo formal Recurso de Revocatoria con Apelación en
Subsidio y Nulidad Concomitante, contra el acuerdo el VI.2 de la Sesión
Ordinaria 30-2016 del 11 de Agosto del 2016, notificado al suscrito en fecha 30
de Agosto del año dos mil dieciséis.
La resolución que recurro por este acto, es el acuerdo VI.2 de la Sesión Ordinaria
30-2016 del 11 de Agosto del 2016, por medio de cual se me pone en
conocimiento, la derogatoria del acuerdo III.9, de la sesión ordinaria 09-2016,
conocida por La Municipalidad de La Cruz Guanacaste, el día 10 de Marzo del año
2016, donde dicho acuerdo estaría afectando negativamente el adecuado
desempeño de la Auditoría Interna.
PRIMERO: Mediante oficio MLC-RH-0030-2016, la encargada de Recursos
humanos de La Municipalidad de La Cruz, Licda. María Concepción Chacón Peña,
emite estudio técnico que justifica la modificación de la plaza de Asistente de
Auditoría Interna Municipal por sueldos fijos, justificando que la Auditoría Interna de
la Municipalidad de La Cruz, ha venido enfrentando cambios tanto de volumen de
trabajo por el crecimiento organizacional, presupuestario, plan operativo, aumento
del recurso humano y cambios en normativa legal, así como nueva, por lo que se
hace necesario para cumplir con las tareas asignadas por ley y otras asignadas por
                                                                                   35




los jerarcas y administración municipal y de solicitudes ciudadanas; de un apoyo y
asesoramiento legal. Además, se le han asignado competencias y deberes tanto de
leyes como la Ley de Control Interno Ley N° 8292, Manual de Normas Generales
de Auditoría para el Sector Público y Directrices emitidas por la Contraloría General
de la República, que también requieren del mismo asesoramiento.
Además, al ser la Auditoría Interna parte del sistema de control interno institucional
y del sistema de control y fiscalización superior de la hacienda pública, su accionar
debe estar acorde con una estructura organizacional adecuada para su buen
desempeño conforme las competencias y deberes establecidos en la Ley de Control
interno N°8292, Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría
Interna, Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, Directrices emitidas por el ente
contralor y cualquier otra normativa legal que así lo establezca.
Por lo que debido al alto volumen de trabajo que presenta la Auditoría Interna, por
lo indicado anteriormente, surge la necesidad de buscar un apoyo profesional en
materia legal y técnica en la Municipalidad de La Cruz, por la evolución constante
que experimenta, limita el dar un cumplimiento más adecuado a los deberes y
responsabilidades establecidas en esas normas, cuyos objetivos generales es
garantizar la efectividad del manejo de los fondos públicos, colaborar en la
reducción de los riesgos institucionales, procurar una garantía razonable de que la
actuación del jerarca, titulares subordinados y del resto del personal, que se
ejecutan con sanas prácticas con apego al marco legal y técnico vigente, además
de contribuir al cumplimiento por parte de la administración de su obligación
constitucional de rendir cuentas, así como a otras instancias, de acuerdo con la
normativa aplicable.
SEGUNDO: El Concejo Municipal de La Cruz mediante acuerdo acuerdo III.9, de la
sesión ordinaria 09-2016, conocida por La Municipalidad de La Cruz Guanacaste,
el día 10 de Marzo del año 2016 en forma razona, aprueba recomendación emitida
por la Licda. María Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos, mediante
oficio MLC-RH-0030-2016, por lo tanto este Órgano Colegiado; de conformidad al
análisis realizado en cuanto a las funciones, deberes, grado de responsabilidades,
asistencia necesarias para el cumplimiento de metas y objetivos y brindar un trabajo
oportuno y de calidad a los entes internos y externos y por ser una Auditoría Interna
Unipersonal, que debe de enfrentar a los retos de crecimientos de Recurso Humano
y presupuestarios; se modifica el perfil de Asistente de Auditoría Interna Municipal,
de servicios especiales a sueldos fijos y quedando ubicado en la clase de puesto
Profesional Municipal 2 (PM2) con un salario base de ¢564.409.00 más el 65% de
                                                                                 36




prohibición al ejercicio liberal de la profesión, con una jornada de tiempo completo
y teniendo como jefatura a la dirección de Auditoría Interna Municipal. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
TERCERO: El Código Municipal en el artículo 44 establece que los acuerdos del
Concejo originados por iniciativa del Alcalde municipal o los regidores, se tomarán
previa moción o proyecto escrito y firmado por los proponentes.
Los acuerdos se tomarán previo dictamen de una Comisión y deliberación
subsiguiente; el trámite de dictamen podrá dispensarse por medio de una votación
calificada de los presentes.
Comentario:
(…)
La falta del dictamen de Comisión origina nulidad del respectivo acuerdo, sino ha
sido dispensado del respectivo trámite.
CUARTO: El Código Municipal en el artículo 45 establece que por votación de las
dos terceras partes de la totalidad de los miembros, el Concejo podrá declarar sus
acuerdos como definitivamente aprobados.
Comentario:
(…)
“La declaratoria de “definitivamente aprobado”, impide la presentación de recursos
de revisión por parte de los regidores y permite la ejecución inmediata del acuerdo.
Debe diferenciarse el acuerdo definitivamente aprobado (art. 45), del acuerdo firme.
El primero, es del que se ocupa este artículo. El segundo, surge cuando ya se haya
aprobado el acta que lo contiene acta.”
(…).
QUINTO: El Código Municipal en el artículo 45 establece que antes de la aprobación
del acta, cualquier regidor podrá plantear revisión de acuerdos, salvo respecto de
los aprobados definitivamente conforme a este código. Para acordar la revisión, se
necesitará la misma mayoría requerida para dictar el acuerdo.
Comentario:
(…)
El recurso de revisión contra los acuerdos no firmes deben gestionarlo los regidores
interesados una vez leída el acta, pero antes de que sea aprobada. No caben
recursos   contra   los   acuerdos declarados     definitivamente   aprobados,   de
conformidad con lo establecido en el numeral 45 de este Código.
SEXTO: El Reglamento de Sesiones y Comisiones de la Municipalidad de La Cruz,
en el artículo 19 regula, en el capítulo de mociones, estos presentaran sus mociones
y proposiciones por escrito y firmadas. Esta misma normativa regula en su artículo
                                                                                    37




24 que todo acuerdo se tomará previo dictamen de una Comisión del Concejo (…).
Así mismo, en el artículo 26 regula que el recurso de revisión procederá contra los
acuerdos que no hubieren sido declarados firmes y deberá presentarse antes de ser
aprobada el acta. La misma mayoría requerida para dictar acuerdo sobre el que se
solicita revisión será necesaria para acordar ésta. (…).
Esta normativa interna se incumplió por completo.
SETIMA: La Procuraduría General de la República ha manifestado que el recurso
de revisión, puede ser solicitado por cualquier regidor (artículo 27 inciso c) antes de
la aprobación del acta correspondiente (artículo 48 párrafo último). La mecánica
consiste en que el regidor plantea la moción para revisar el acuerdo anterior. Esa
moción debe ser votada y aprobada por la misma mayoría que se requirió para
aprobar el acuerdo (artículo 48 párrafo segundo). Si la moción se aprueba, se
procede a la revisión, de lo contrario, el acuerdo queda firme.
OCTAVO: La Ley general de Control Interno establece que, el jerarca de los entes
y órganos sujetos a esta Ley deberá asignar los recursos humanos, materiales,
tecnológicos, de transporte y otros necesarios y suficientes para que la auditoría
interna pueda cumplir su gestión.
Para efectos presupuestarios, se dará a la auditoría interna una categoría
programática; para la asignación y disposición de sus recursos, se tomarán en
cuenta el criterio del auditor interno y las instrucciones que emita al respecto la
Contraloría General de la República.
La auditoría interna ejecutará su presupuesto, conforme lo determinen sus
necesidades para cumplir su plan de trabajo.
Por tanto, de acuerdo a lo expuesto, es evidencia suficiente que demuestra que el
acuerdo V.2 de la Sesión Ordinaria 30-2016 del 11 de Agosto del 2016, se
encuentra viciado de nulidad y que no se consideró el bloque de legalidad requerido
para la revisión de este acuerdo. De hecho la misma presidenta del Concejo
Municipal en la sesión ordinaria 27-2016 reconoce lo siguiente en relación con los
acuerdos DEFINITIVAMENTE APROBADOS: “La señora Presidenta Municipal,
Blanca Casares Fajardo, indica: ´´en cuanto a este punto que menciona la señora
Giselle, sería el acuerdo del punto 6, este es un acuerdo definitivamente aprobado,
y según el artículo 48 del Código Municipal, los acuerdos definitivamente aprobado
no se pueden someter a revisión, al menos que para su revisión se requiere que
todos acordemos hacer la revisión.” Hecho que deja de manifiesto el conocimiento
del Concejo Municipal de lo viciado de nulidad y que no se consideró el bloque de
legalidad requerido para la revisión del acuerdo recurrido y apelado. Además, no
existe estudio técnico y legal que justifique la derogatoria con la que se afecta la
                                                                                   38




asignación de los recursos humanos necesarios para que la auditoría interna pueda
cumplir su gestión de manera más eficiente y oportuna.
Por tal motivo se pide:
Primero: Que el acuerdo VI.2 de la Sesión Ordinaria 30-2016 del 11 de Agosto del
2016 quede sin efectos, por encontrar viciado de nulidad y no cumplirse con el
bloque de legalidad, además que el Concejo Municipal no aporto ningún criterio
técnico y legal que justificara el acuerdo tomado.
Segundo: Que se tome un nuevo acuerdo mediante el cual se ratifica el acuerdo
III.9, de la sesión ordinaria 09-2016, conocida por La Municipalidad de La Cruz
Guanacaste, el día 10 de Marzo del año 2016.
Tercero: Se tome un acuerdo donde se ordene a la administración el incluir los
recursos de la plaza de Asistente de Auditoría Interna Municipal por sueldos fijos, a
partir de enero del 2017, debido a que las funciones, deberes, grado de
responsabilidades, asistencia necesarias para el cumplimiento de metas y objetivos
y brindar un trabajo oportuno y de calidad a los entes internos y externos y por ser
una Auditoría Interna Unipersonal, que debe de enfrentar a los retos de crecimientos
de Recurso Humano y presupuestarios.
Lo anterior son argumentos suficientes que establezco para que se acoja el Recurso
de Revocatoria o en su caso el Recurso de Apelación en Subsidio y Nulidad
Concomitante, toda vez que conforme lo expuesto sobre el Código Municipal, la
regulación administrativa y jurisprudencia de la Procuraduría General de la
República, claramente establecen regulaciones que se deben de seguir en relación
los acuerdos DEFINITIVAMENTE APROBADOS y FIRMES; los cuales no fueron
seguidas por el Concejo Municipal de La Cruz, violentando el bloque de legalidad y
afectando negativamente la asignación de recursos necesarios para el adecuado
funcionamiento de la Auditoría Interna Municipal.


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``en estos momentos no se puede
nombrar, eso que él quiere, ahora si el alega que no tiene tiempo, yo creo que si
tiene tiempo, porque el a menudo se ausenta, se incapacita y pide permisos, el
presupuesto está en la mesa para el otro año, eso no es justificación lo que está
diciendo, ya es mucha necedad, que pida los recursos para el otro año, si él lo quiere
que lo pida al concejo diferente pero no con amenazas, pienso que este documento
se lo pasemos al nuevo Asesor del Concejo, para que él nos diga que hacer. ``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``con el incremento del 8.33%
prácticamente estamos superando el 40%, una plaza que no ha sido ocupada
                                                                                 39




durante tanto tiempo, porque hasta ahora pegamos el grito al cielo, una persona
que se incapacita cuando quiere, se ausenta mandando un correo, tiene todo su
derecho a manifestar todo lo que quiera, me parece que debemos remitir el
documento al Asesor del Concejo, para que nos recomiende.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento con
número de oficio UAI-CONCEJO-098-2016, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno, ante el Asesor del Concejo Municipal, esto con el fin de
su análisis, dictamen y recomendación ante este Concejo Municipal ACUERDO
APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en contra (Manuel Vargas).


21.- Se conoce documento con número de oficio MLC TRIB C067 16, firmado por la
Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Coordinadora de Gestión Tributaria, donde
hace remisión la resolución administrativa número R-023-TRIB-2016, mediante el
cual brinda recomendación sobre solicitud hecha por la señora Yency Morales
Chamorro, en su condición de Presidenta de la Junta de Educación de la Escuela
de Guapinol, para obtener permiso para la realización de un mini turno en la
comunidad de Guapinol el día 03 de setiembre del año en curso, así como el
otorgamiento de 1 licencia temporal para la comercialización de bebidas con
contenido alcohólico a ser explotada durante la celebración del evento mencionado,
por lo tanto se recomienda a este Honorable Concejo Municipal:
1. Se autorice a la Junta de Educación de la Escuela del Guapinol, cédula jurídica
   N° 3-008-113393, representada por la señora Yency Morales Chamorro, cédula
   de identidad N° 5-282-966, en su condición de Presidente, la realización de un
   Miniturno en la comunidad de Guapinol, durante el día 03 de setiembre del año
   2016. Las actividades autorizadas a desarrollar serían:

        DÍA                       ACTIVIDADES

                                     Venta de comidas típicas, todo el

        03-09-2016                    día.

                                     Actividad     de     cabalgata       por
                                      diferentes fincas de la comunidad.
                                      11:00 am a 4:00pm

                                     Venta de licores y refrescos según
                                      horario de la licencia de licores.
                                                                                    40




                                        Baile de 9 pm a 2:30 am.




   El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
   ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).

2. Se apruebe el otorgamiento de una licencia temporal para la comercialización de
   bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la Junta de Educación de la
   Escuela del Guapinol, cédula jurídica N° 3-008-113393, representada por la
   señora Yency Morales Chamorro, cédula de identidad N° 5-282-966, en su
   condición de Presidente, previa cancelación de ¢9,427.00 (nueve mil
   cuatrocientos veintisiete colones netos)., por concepto de explotación de 1
   licencia por espacio de 1 día. La licencia temporal funcionaría únicamente
   durante la realización del Miniturno y en la siguiente ubicación y horario:

                                       Lugares y horarios autorizados

              Dias autorizados
                                         Salon de Baile Provisional

                 03/09/2016         de 4 pm a 2:30 am del 04-09-2016




  3. Informar al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y horarios
      autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que regula el
      expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de las
      sanciones que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de
      Bebidas con Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y
      siguientes), y especialmente las siguientes:

   “ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia

   Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:

   a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.

   b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”

   “ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de edad
y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas
                                                                                     41




     Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad y a
personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con una multa
de entre uno y quince salarios base.

     La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince salarios
base.”

     “ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas

     Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión y se
ordenará el cierre del establecimiento.”

4.        Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o gratuitamente,
bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o personas con evidentes
problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar la permanencia de menores
de edad en el Salón de Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de
baile).

5.        Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales, municipales
y administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no debe impedirles
bajo ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo momento y a cualquier
hora.

6.        Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados o
bien a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión inmediata
de la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo establecido en los
artículos 81 bis del Código Municipal, 58 del Reglamento de Regulación y
Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz,
14 y 15 del Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón
de La Cruz. Lo anterior sin perjuicio de otras sanciones administrativas, civiles y/o
penales que pudieran aplicarse.
                                                                                           42




ACUERDAN:       El   Concejo     Municipal       de   La    Cruz       Guanacaste,    aprueba
recomendación realizada por la Licda. Ana Catalina Tinoco Obregón, Coordinadora
de Gestión Tributaria Municipal mediante resolución administrativa N°R-023-TRIB-
2016 por lo tanto este órgano colegiado:
1.- Se autoriza a la Junta de Educación de la Escuela del Guapinol, cédula jurídica
N° 3-008-113393, representada por la señora Yency Morales Chamorro, cédula de
identidad N° 5-282-966, en su condición de Presidente, la realización de un
Miniturno en la comunidad de Guapinol, durante el día 03 de setiembre del año
2016. Las actividades autorizadas a desarrollar serían:

        DÍA                         ACTIVIDADES

                                         Venta de comidas típicas, todo el

        03-09-2016                        día.

                                         Actividad        de      cabalgata    por
                                          diferentes fincas de la comunidad.
                                          11:00 am a 4:00pm

                                         Venta de licores y refrescos según
                                          horario de la licencia de licores.

                                         Baile de 9 pm a 2:30 am.



   El monto a cancelar de previo a la entrega del permiso a otorgar sería de
   ¢22,000.00 (veintidós mil colones netos).

2.- Se aprueba el otorgamiento de una licencia temporal para la comercialización de
bebidas con contenido alcohólico, a nombre de la Junta de Educación de la Escuela
del Guapinol, cédula jurídica N° 3-008-113393, representada por la señora Yency
Morales Chamorro, cédula de identidad N° 5-282-966, en su condición de
Presidente, previa cancelación de ¢9,427.00 (nueve mil cuatrocientos veintisiete
colones netos)., por concepto de explotación de 1 licencia por espacio de 1 día. La
licencia temporal funcionaría únicamente durante la realización del Miniturno y
en la siguiente ubicación y horario:

                                        Lugares y horarios autorizados

              Dias autorizados
                                          Salon de Baile Provisional

                 03/09/2016          de 4 pm a 2:30 am del 04-09-2016
                                                                                   43




3.- Se le Informa al solicitante su obligación legal de respetar el lugar, fecha y
horarios autorizados así como velar por el cumplimiento de la normativa que regula
el expendio de licor. Al respecto resulta importante ponerlo al tanto de las sanciones
que establece la Ley N° 9047 “Regulación y Comercialización de Bebidas con
Contenido Alcohólico” en su Capítulo IV (artículos 14 y siguientes), y especialmente
las siguientes:

   “ARTÍCULO 14.- Sanciones relativas al uso de la licencia

   Será sancionado con una multa de entre uno y diez salarios base quien:

   a) Exceda las limitaciones de comercialización de la licencia permanente o
licencia temporal con que opere.

   b) Comercialice bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios
establecidos para su licencia…”

   “ARTÍCULO 16.- Sanción relativa a la venta y permanencia de menores de edad
y de personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas

   Quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad y a
personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas será sancionado con una multa
de entre uno y quince salarios base.

   La permanencia de personas menores de edad en los establecimientos con
licencia clase B y E4 será sancionada con una multa de entre uno y quince salarios
base.”

   “ARTÍCULO 22.- Sanciones relativas a ventas prohibidas

   Quien expenda o facilite, a título oneroso o gratuito, bebidas con contenido
alcohólico a menores de edad o a personas con evidentes limitaciones
cognoscitivas y volitivas, recibirá sanción de seis meses a tres años de prisión y se
ordenará el cierre del establecimiento.”

4.- Reiterarle la prohibición absoluta de brindar, ya sea onerosa o gratuitamente,
bebidas con contenido alcohólico a menores de edad o personas con evidentes
problemas mentales. De igual forma, prohibirle tolerar la permanencia de menores
de edad en el Salón de Bailes (comprendiendo este tanto la barra como la pista de
baile).

5.- Recordarle su obligación de permitir a las autoridades policiales, municipales y
administrativas ejercer labores de fiscalización, para lo cual no debe impedirles bajo
ninguna circunstancia el acceso al área ferial en todo momento y a cualquier hora.
                                                                                  44




6.- Indicarle que el incumplimiento a cualquiera de los puntos acá indicados o bien
a cualquier otra normativa aplicable, será motivo para la suspensión inmediata de
la actividad como medida cautelar, de conformidad con lo establecido en los
artículos 81 bis del Código Municipal, 58 del Reglamento de Regulación y
Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico para el Cantón de La Cruz,
14 y 15 del Reglamento para la realización de Festejos Populares, Ferias Rodeos,
Montas y corridas de toros, Topes, Cabalgatas, Turnos y Mini-turnos en el Cantón
de La Cruz. Lo anterior sin perjuicio de otras sanciones administrativas, civiles y/o
penales que pudieran aplicarse. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
(con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Manuel Vargas y Carlos Ugarte Huertas)


22.- se conoce documento sin número de oficio, firmado por los profesores: Harry
Villegas Villalta, José Dolores Ponce Ponce, Juan Francisco Torres Corea, Msc.
Susana Ruíz Ruíz, Directora Liceo Santa Cecilia, y Sra. Mariela Reyes Puerto,
Presidenta Junta Administrativa-Liceo Santa Cecilia, donde solicitan colaboración
en la consecución de los recursos para la construcción de un pabellón en el terreno
de nuestra institución.
Hemos hecho todos los avalúos necesarios para obtener un estimado de la
necesidad en infraestructura y esto asciende a los 150.000.000 (ciento cincuenta
millones de colones).
Para nosotros es importante llevar a cabo este proyecto, realmente hemos estado
en dificultades.


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``sabemos realmente que las
instituciones educativas pasan por muchos problemas, no es fácil tener los recursos
para construir un colegio, yo le pregunté a la señora presidenta que si han hecho
las gestiones con el MEP, porque para la Municipalidad es casi imposible es mucha
plata, creo que la municipalidad puede colaborar con algunas cosas, pero el
encargado de eso es el MEP, no es fácil lograr la aprobación, pero deben tomar ese
rumbo y pedir colaboración a la Municipalidad.``
El señor Reynaldo Fernández Vega, manifiesta: ``pienso que estos señores del
colegio deben mandarle una nota al Concejo de Distrito en Santa Cecilia, nosotros
tenemos experiencia para solicitar ampliación de colegios, porque fuimos pioneros
del colegio de Santa Cecilia, yo reconozco todas las deficiencias que tiene ese
colegio, sé que la Municipalidad puede colaborar pero a como lo dijo don Carlos es
                                                                                  45




un proyecto caro, le aconsejo a estos señores que se acerquen al Concejo de
Distrito, y estamos en la disposición de ayudarles.``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``la educación es unos de los índices
que más nos afecta, es muy necesaria y sentida la preocupación, un país que tiene
la educación gratuita y obligatoria, y a veces visitamos los centros educativos y dan
vergüenza, doña Blanca de mi parte todo el apoyo, les recomiendo que busquen los
recursos ante el MEP y así poder aportar nosotros.``


La señora Rosa Molina, Vicealcaldesa Municipal, manifiesta: ``el colegio de
Cuajiniquil, es verdad es aula de sauna y no tienen patio para jugar en vista de que
les dieron orden sanitaria, el alcalde se comprometió en construir allá.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite documento sin
número de oficio, firmado por los señores Pro. Harry Villegas Villalta, Prof. José
Dolores Ponce Ponce, Prof. Juan Francisco Torres Corea, Msc. Susana Ruiz Ruiz,
Directora Liceo Santa Cecilia y Sra. Mariela de los Ángeles Reyes Puerto,
Presidenta Junta Administrativa-Liceo Santa Cecilia, ante la Comisión de Hacienda
y Presupuesto de la Municipalidad de La Cruz, esto con el fin de su análisis, estudio
y recomendación correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
(con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Manuel Vargas y Carlos Ugarte Huertas)


23.- Se conoce documento con número de oficio DFOE-DL-0925, firmado por el Lic.
German Mora Zamora, Contraloría General de la República, donde hace remisión
ante el Concejo Municipal, Informe N°DFOE-DL-IF-00005-2016 sobre los resultados
del índice de Gestión Municipal (IGM) del periodo 2015, con el fin de la divulgación
de los resultados.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, brinda acuse de
recibido al oficio DFOE-DL-0925, firmado por el Lic. German Mora Zamora,
Contraloría General de la República. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
(con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Manuel Vargas y Carlos Ugarte Huertas)
                                                                               46




24.- Se conoce documento sin número de oficio, firmado por la señora Emilda
González Contreras, Directora Escuela de los Ángeles, y con visto bueno del Msc.
Filimon Ponce López, Supervisor del Circuito 05, donde hacen de remisión Nómina
para la conformación de la Junta de Educación de la Escuela Los Ángeles, para su
nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal. Los nuevos miembros
propuestos son:
 NOMBRE                                   CÉDULA
 Denis Ramón López Fajardo                5-0276-0836
 Rodolfo de Jesús López Mayorga           5-0325-0279
 Sonia de los Ángeles Fajardo Chavarría 5-0387-0335
 Emma Fajardo Chavarría                   5-0273-0743
 Geovanni Antonio López Fajardo           5-0319-0950


Adjunta nómina y no terna esto por ser una población muy pequeña y no tener la
disponibilidad de más personas.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a los señores
Denis Ramón López Fajardo cédula 5-0276-0836, Rodolfo de Jesús López Mayorga
cédula 5-0325-0279, Sonia de los Ángeles Fajardo Chavarría cédula 5-0387-0335
Emma Fajardo Chavarría cédula 5-0273-0743, Geovanni Antonio López Fajardo
cédula 5-0319-0950, como miembros de la Junta de Educación de la Escuela Los
Ángeles, Caoba Santa Cecilia, y así mismo se autoriza al señor Alcalde Municipal
para su respectiva Juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
(con cuatro votos a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre,
Manuel Vargas y Carlos Ugarte Huertas)


25.- Se conoce documento sin número de oficio firmado por la señora Ines López
Obando, Directora de la Escuela de Bella Vista, y con visto bueno del Msc. Filimón
Ponce López, Supervisor circuito 05, donde hacen de remisión Nómina para la
conformación de la Junta de Educación de la Escuela de Bella Vista, para su
nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal. Los nuevos miembros
propuestos son:
 NOMBRE                                   CÉDULA
 Paulo Antonio Sanarrucia Morales         5-0289-0996
 Grace Liliana Camacho Chevez             5-0361-0509
 Julio Cesar Jiménez Torrente             5-0253-0577
                                                                                  47




 Ana María Sevilla Rodríguez               5-0372-0070
 José Gregorio Carballo Gutiérrez          5-0352-0212


Adjunta nómina y no terna esto por ser una población muy pequeña y no tener la
disponibilidad de más personas.


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, nombra a los señores
Paulo Antonio Sanarrucia Morales cédula 5-0289-0996, Grace Liliana Camacho
Chevez cédula 5-0361-0509, Julio Cesar Jiménez Torrente cédula 5-0253-0577
Ana María Sevilla Rodríguez cédula 5-0372-0070, José Gregorio Carballo Gutiérrez
cédula 5-0352-0212, como miembros de la Junta de Educación de la Escuela de
Bella Vista, y así mismo se autoriza al señor Alcalde Municipal para su respectiva
Juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, (con cuatro votos
a favor; Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Manuel Vargas y
Carlos Ugarte Huertas)


26.- Se conoce documento con número de oficio MLC-RH-0146-2016, firmado por
la Licda. María Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos,
manifestando lo siguiente:
´´Que este departamento de Recursos remite ante este honorable Concejo
Municipal los atestados del oferente Lic. Christian Alexander Callejas Escoto para
ocupar el puesto de Asesor Legal del Concejo Municipal, en vista de renuncia
irrevocable de la Licda. Jessica Rodríguez Mejía, Asesora, en base acuerdo número
III.1 de la sesión Ordinaria número 30-2016, todo con base a solicitud emitida por la
alcaldía para que el concejo haga el análisis correspondiente para el procedimiento
del nombramiento del Gestor Jurídico del Concejo Municipal, dicha contratación se
establece por la modalidad de servicios especiales amparado al artículo 118 del
código municipal, el cual este concejo municipal tiene la potestad de nombrar en
vista de que es la única persona que ha demostrado interés, tiene disponibilidad
para ocupar el cargo, y cumple con los requisitos para estar en el puesto de Asesor
Legal del Concejo Municipal. El horario por medio tiempo (20 horas semanales) con
la obligación de presentarse y tener prioridad de asistencia los días que existan
sesiones ordinarias, extraordinarias, comisiones o cuando lo solicite el Concejo
Municipal. El salario base será por medio tiempo, por la suma de ¢545.723.47 por
mes.
De tenerlo a bien, este Concejo Municipal enviará al departamento jurídico de esta
Municipalidad, el acuerdo para elaborar el contrato, igualmente una vez que esté
                                                                                  48




ratificado el acuerdo como asesor legal del concejo municipal y personal de
confianza del Concejo Municipal, se remita copia del contrato al departamento de
recursos humanos, para que proceda según corresponda.


El señor Manuel Alan Fonseca, manifiesta: ``yo no recuerdo que haya algún acuerdo
del conejo solicitando a Recursos Humanos, el procedimiento para nombrar el
Asesor Legal del Concejo Municipal en primera instancia, porque así lo dicta el
reglamento y no el alcalde, en segundo lugar la anterior Asesora está incapacitada,
la incapacidad suspende el periodo de cesantía y demás cosas, si no se hace el
debido procedimiento, si no se hace la publicación, si no se hacen ternas, aquí nos
van a impugnar ese nombramiento y nos vamos a quedar más tiempo sin asesor,
yo sugiero que tomen el acuerdo y hagan el procedimiento.``


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``compañeros, ese nombramiento es
urgente para el Concejo, nosotros no podemos tomar determinaciones aquí sin
asesorías, la Asesora anterior puso su renuncia irrevocable, el nombramiento que
vamos hacer ahora es a partir de la fecha de que ella termina, como este es un
puesto de confianza del Concejo, no tiene que pasar por todo ese proceso, el
concejo tiene toda la potestad de nombrar la persona que cree que es idónea para
el cargo, repito el formalismo no existe, artículo 118.``


El señor Marvin Tablada Aguirre, manifiesta: ``primero quiero resaltar la importancia
la importancia y urgencia de nombrar al Asesor, este asesor va hacer un asesor de
todos los miembros del Concejo, al Concejo Municipal le corresponde nombrar al
secretario, auditor y al contador Municipal, el resto pasa por la alcaldía, estamos
contratando a alguien amparado al artículo 118, tenemos la intervención del señor
alcalde, apelemos a nuestro buen juicio, es urgente nombrar al Asesor Legal del
Concejo, y si ya paso por recursos humanos es porque cumplió con los requisitos,
por nuestra parte el señor Christia Callejas, ya ha venido a conversar con nosotros,
por mi parte solicito la aprobación de este acuerdo.``


El señor Manuel Alan Fonseca, manifiesta: ``ustedes son los que vota y lo que lo
deciden, estamos hablando de importancia, de urgencia y hay un dicho que dice
despacio que tengo prisa, aquí dice muy claro, alcalde, presidente, vicepresidentes
municipales y las fracciones políticas que conforman el Concejo, no dice el concejo
este no es el caso, el 118 no es el caso, cualquier abogado puede impugnar,
interprételo de esa forma, cuando venga el problema entramos a lo mismo.``
                                                                                  49




La señora Presidenta Municipal, Blanca Casares Fajardo, manifiesta: ``ya todas las
consulta se han hecho, hago énfasis en que el Asesor es para todo el Concejo,
todos vamos a consultarle a él, es de confianza porque nos va asesorar bien, ya
hemos conversado con él y pensamos que es la persona idónea, someto a votación
los que estén de acuerdo y darle aprobación el nombramiento del funcionario
Christian Callejas Escoto, como el Asesor Legal del Concejo Municipal, se le envié
a la Lic. Lorena para que realice el contrato y se le haga llegar a recursos humanos,
sírvanse a levantar la mano si están de acuerdo.``


ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, visto a documento con
número de oficio MLC-RH-0146-2016, firmado por la Licda. María Concepción
Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos, este órgano colegiado;
aprueba el nombramiento del señor Lic. Christian Alexander Callejas Escoto, como
Asesor Legal del Concejo Municipal, con un salario base será por medio tiempo, por
la suma de ¢545.723.47 por mes, así mismo se le remite dicho acuerdo a la Licda.
Lorena Caldera Obregón para que confeccione el contrato correspondiente y a su
vez remita copia al Departamento de Recursos Humanos para que proceda según
corresponda. ACUERDO APROBADO, (con tres votos a favor; Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas) y uno en contra
(Manuel Vargas).


27.- Se conoce documento con número de oficio PE-421-2016, firmado por los
señores: Carolina Mauri Carabaguias, Ministra MIDEPOR, Alba Quesada
Rodríguez, Directora Nacional ICODER y Yanina Soto Vargas, Presidenta Ejecutiva
de IFAM, donde extienden invitación a los presidentes de los Concejos Municipales
a participar del ´´Seminario sobre el desarrollo del Deporte y la Recreación en los
Municipios.´´ dicha actividad se llevará acabo el día 06 de setiembre de 2016, de
08:00am a 4:00pm, cantón San José.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, brinda acuse de
recibido. ACUERDO APROBADO, (con cuatro votos a favor; Blanca Casares
Fajardo, Marvin Tablada Aguirre, Carlos Ugarte Huertas y Manuel Vargas).
                                                                                 50




                                  ARTÍCULO IV.
                           Asuntos de trámite urgente
                                     (No Hay)




                                   ARTÍCULO V.
                                   Comisiones
                                     (No Hay)




                                  ARTÍCULO VI.
                      Mociones de los señores Regidores.


La señora Blanca Casares Fajardo, Presidenta Municipal, manifiesta: ``sucede que
nosotros tenemos mañana reunión la comisión de Hacienda y Presupuesto, luego
tenemos acordado, hay una sesión extraordinaria el marte a las 4:30 de la tarde
para conocer el dictamen de la comisión acerca el presupuesto, pero para mañana
todavía está pendiente si se realiza la reunión porque no se ha convocado a un
miembro.``


El señor Carlos Ugarte Huertas, manifiesta: ``para mañana viernes 02 se había
dicho que la comisión de hacienda y presupuesto, pero resulta que algunos
miembros de la administración que son urgente están fuera de la Municipalidad,
entre ellos don Gilberto, y no pueden asistir, y prácticamente no nos podemos reunir
mañana, entonces la presidenta había convocado para el martes 06 para ya aprobar
ese presupuesto, pero si mañana la comisión no se reúne, entonces la sesión del
martes no tiene razón de ser, la propuesta sería, que el próximo lunes nos reunamos
con la comisión y posteriormente que se anuncie la sesión extraordinaria, solicito
que se anule la sesión del martes, para no incurrir en gastos.``


El señor Manuel Alan Fonseca, manifiesta: ``creo que está bien claro, entonces que
la comisión se reúna y que den el resultado en jueves en sesión, porque si
eliminamos la sesión del martes, habrá que convocarla de alguna forma, por medio
del alcalde.``
                                                                               51




                                ARTÍCULO VII.
                    Mociones del señor Alcalde Municipal.
                                   (No Hay)




                              CIERRE DE SESIÓN.


Siendo las veintiún horas con veinte minutos, la señora Presidente del Concejo
Municipal, Blanca Rosa Casares Fajardo, da por concluida la sesión.




Blanca Rosa Casares Fajardo                           Pamela Guevara Salgado
Presidenta Municipal                                   Secretaria Municipal a.i.