Extraordinaria 3 · 2023
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 3 del 2023 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
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- ~ Acuerdo (pág. 5) · firme · aprobado órroga a 8 favor de Jilanor S.A., el cual textualmente dice: 9 “ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste brinda acuse de 10 recibido al o…
- ~ Acuerdo (pág. 12) · firme · aprobado a a 26 favor de Jilanor S.A., el cual textualmente dice: 27 28 “ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste brinda acuse de 29 recibido al o…
- ~ Acuerdo (pág. 20) · firme · aprobado antar la mano, que sea firme, definitivo y se dispense del 3 trámite de comisión. 4 5 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidor…
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado a firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN: E…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · firme · aprobado I- 24 0001-2023, firmado por la señora Edel Reales Noboa: Director a.i. de la 25 Asamblea Legislativa, en el cual remite Expediente Legislativo N°.22.…
1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 4 Acta de Sesión Extraordinaria # 03-2023, celebrada el día 23 de enero del año 5 2023, a las 9:00 horas, con la asistencia de los señores miembros: 6 7 Socorro Díaz Chaves Presidente Municipal 8 Juan José Taleno Navarro Vicepresidente Municipal 9 Julio César Camacho Gallardo Regidor Propietario 10 José Manuel Vargas Chávez Regidor Propietario 11 Estela Alemán Lobo Regidora Propietaria 12 Fermina Vargas Chavarría Regidora Suplente 13 Sebastián Martínez Ibarra Regidor Suplente 14 Jessie Torres Hernández Síndica Propietaria La Cruz 15 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Santa Cecilia 16 Luis Ángel García Castillo Síndico Suplente Santa Cecilia 17 Leovigilda Vílchez Tablada Síndica en ejercicio La Garita 18 Eddie Antonio Selva Alvarado Síndico Suplente Santa. Elena 19 20 Otros funcionarios: Lic. Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, Luz Osegueda 21 Peralta, Vicealcaldesa Municipal, Eladio Bonilla, Coordinador de Tecnología e 22 Información Municipal, Licda. Whitney Bejarano Sánchez, Secretaria de Concejo 23 Municipal, con la siguiente agenda: 24 25 1.- Punto Único 26 -Correspondencia de Urgencia 27 2.- Cierre de Sesión. 28 29 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Buenas tardes 30 Señores Regidores propietarios y suplentes, señores síndicos propietarios y
1 suplentes, Don Eladio, señora secretaria doña Whitney Bejarano, señor Alcalde 2 Municipal, querido público que nos ve y nos escucha tengan todos muy buenas 3 tardes, vamos a dar inicio a la Sesión Extraordinaria N°03-2023, la agenda para 4 el día de hoy, punto único correspondencia de urgencia, y segundo cierre de 5 sesión, como es de costumbre de este concejo vamos a empezar con la oración. 6 7 PUNTO ÚNICO 8 CORRESPONDENCIA DE URGENCIA 9 10 1-Se conoce oficio MLC-ZMT-OF-001-2023, firmado por Ileana Hernández 11 Rodríguez, Coordinadora de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La 12 Cruz, en la cual indica lo siguiente: 13 La suscrita Ileana Hernández Rodríguez, en mi condición de Coordinadora del 14 Departamento de Zona Marítima Terrestre, al ser las once horas del tres de 15 enero de 2023, y con el objetivo de brindar atención al acuerdo #1-3 de la Sesión 16 Extraordinaria #68-2022, del pasado 08 de diciembre de 2022 en relación a 17 solicitud sin número de oficio emitido por la empresa JILANOR S.A cédula 18 jurídica 3-101-121775, la cual contiene solicitud de prórroga o renovación de 19 permiso de uso de suelo; procedo a manifestar lo siguiente: 20 RESULTANDO: 21 PRIMERO: Mediante Acuerdo #2-1B de la Sesión Ordinaria #67-95, verificada 22 por la Municipalidad de La Cruz el 11 de diciembre de 1995, el Concejo Municipal 23 aprueba el traspaso de arrendamiento de un terreno en la zona marítimo terrestre 24 de Playa Rajada, jurisdicción del Cantón de La Cruz Gte, que le realiza el señor 25 Avelino Moreno Avendaño a la firma Jilanor, S.A., representada por su 26 apoderado generalísimo Fernando Altmann Ortiz, con un área de 53 600 m², 27 dicho arrendamiento provisional , amparado al transitorio VII de la Ley 6043, con 28 una vigencia de 5 años prorrogables, de sumo acuerdo entre las partes. 29 SEGUNDO: Que mediante oficio MLC-ZMT-0030-2015 de fecha 30 de enero del 30 2015, se solicitó a la firma Jilanor S.A., presentar un croquis actualizado
1 considerando la certificación de Patrimonio Natural del estado vigente al 2 momento de la presentación, con el objetivo de actualizar el área del terreno y 3 por ende el monto a cobrar por el permiso de uso sobre un terreno en la zona 4 marítimo terrestre de Playa Coyotera que dicha sociedad ostenta. 5 TERCERO: El 9 de febrero del 2015 se recibe solicitud de renovación del 6 permiso de uso a nombre de Jilanor, S.A. 7 CUARTO: Que el 18 de mayo del 2015 se recibe croquis del terreno 8 considerando la certificación de N° ACG-DIR-ZMT-004-2014 por un área de 9 34393 m² (treinta y cuatro mil trescientos noventa y tres metros cuadros), Que 10 mediante oficio MLC-ZMT-0102-2015 el Departamento de Zona Marítimo 11 Terrestre recomendó la renovación del permiso de uso. 12 QUINTO: Que mediante acuerdo #III.21 de la sesión ordinaria #18-2015 acoge 13 recomendación emitida por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre del 14 oficio MLC-ZMT-0102-2015 y autoriza al alcalde a la firma del contrato para la 15 renovación del permiso de uso a nombre de Jilanor, S.A. 16 SEXTO: Que se inició con la implementación de un sistema de información 17 geográfica y aparentemente existe un traslape del terreno del permiso de uso 18 aprobado a Jilanor, S.A. y el Plan Regulador de Playa Coyotera y no puede existir 19 un permiso de uso en terrenos donde exista plan regulador. 20 SEPTIMO: EL 01 de diciembre del 2017, mediante oficio MLC-ZMT-315-2017, el 21 departamento de Zona Marítimo Terrestre le solicita presentar un croquis 22 corregido considerando los límites del Plan Regulador Punta Zacate, además del 23 recordatorio del vencimiento del Permiso de Uso en ese mismo año. 24 OCTAVO: Que el 7 de diciembre del 2019, Jilanor S.A. solicitó la renovación del 25 permiso de uso. 26 27 NOVENO: Que posteriormente se recibió croquis realizando el ajuste de área a 28 23599 m² eliminando el área que cuenta con plan regulador. 29 DECIMO: Que el 04 de marzo del 2021 se firmó digitalmente contrato de 30 renovación de arrendamiento del PUS-22-1995 a favor de Jilanor S.A.
1 DECIMO PRIMERO: Que el 04 de junio del 2021, mediante correo electrónico 2 se envía notificación de cobro con oficio número MLC-ZMT-OF-51-2021, mismo 3 que se le indica se solicita proceder con el pago del canon de los periodos 2018, 4 2019, 2020 y 2021. 5 DECIMO SEGUNDO: El pasado 20 de diciembre del 2021, mediante oficio 6 número MLC-ZMT-OF-166-2021, se le solicitó nuevamente proceder con el pago 7 de los periodos pendientes 2018, 2019, 2020 y 2021 para un total de ¢16 349 8 062.80 9 DECIMO TERCERO: Que, por tercera vez, mediante oficio MLC-ZMT-OF-167- 10 2022, se le solicitó proceder con el pago correspondiente de canon a más tardar 11 el 29 de septiembre del 2022 , siendo estos los periodos pendientes del 2018 al 12 2022, para un monto total de ₡21 531 403,20, además cabe mencionar que a su 13 vez, se le hizo saber de lo necesario que es ponerse al día con los periodos 14 pendientes, ya que el Permiso de Uso vence el próximo 01/01/2023, y que de 15 acuerdo al artículo número 50 de la ley 6043 , dice: 16 Periodo Canon 17 18 19 20 21 22 23 24 para tramitar la solicitud es indispensable que el interesado se encuentre al día 25 en el pago del canon respectivo y que esté derecho en el cumplimiento de las 26 obligaciones que establece esta ley; si no lo estuviere o se encontrare atrasado 27 en el pago se tendrá como presentada su solicitud en la fecha en que haga el 28 pago o cumpla sus obligaciones, y la misma quedará como una solicitud NUEVA. 29 DECIMO CUARTO: Que el pasado 10 de noviembre 2022, mediante el correo 30 electrónico el departamento de Zona Marítimo recibió nota de solicitud que
1 menciona la necesidad de “esperar la nueva planificación para continuar con el 2 trámite de concesión...”, además de nota dirigida para el Concejo Municipal, en 3 donde se solicita prórroga del Permiso de Uso a favor de Jilanor S.A. cédula 4 Jurídica 3-101-121775. 5 DECIMO QUINTO: Finalmente, el pasado 08 de diciembre de 2022, mediante 6 notificación electrónica, el Concejo Municipal remite acuerdo #1-3 de la Sesión 7 Extraordinaria #68-2022, mismo que hace referencia a la solicitud de prórroga a 8 favor de Jilanor S.A., el cual textualmente dice: 9 “ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste brinda acuse de 10 recibido al oficio firmado por la Señora Xinia María Heitman Ardon, Apoderada 11 Generalísima de la Jilanor S.A, en la cual solicita prórroga del permiso de uso a 12 favor de Jilanor Sociedad Anónima, así mismo, se remite al Departamento de 13 Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, para que brinde el 14 trámite correspondiente, ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 15 FIRME, Y SEDISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 16 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Estela Alemán Lobo, José Manuel Vargas 17 Chaves, Julio Camacho Gallardo y Juan Taleno Navarro)”. 18 DECIMO SEXTO: Que, en la cláusula cuarta del contrato del Permiso de Uso a 19 favor de Jilanor S.A., firmado digitalmente a las diez horas cuarenta y seis 20 minutos del cuatro de marzo del 2021, se indica que el canon deberá ser cubierto 21 en cuotas anuales adelantadas, por lo que el concesionario tenía pleno 22 conocimiento sobre la forma, modo y justificación del canon correspondiente así 23 mismo en la cláusula SEGUNDA, se establece la vigencia de 5 años del presente 24 Permiso de Uso. 25 26 DECIMO SEPTIMO: Consta en el expediente de marras el cobro por la ausencia 27 de pago de canon por parte del permisionario para los periodos 2018 al 2022, y 28 que según consulta en DECSIS, sistema municipal, el concesionario adeuda a 29 esta Municipalidad al 03 de enero del 2023, adeuda cuatro periodos de canon, 30 desde el 2018 un monto principal de ¢21.531.403.20 más ¢5.751.643.32.09 de
1 intereses, para un monto total adeudado de ¢27.283.043.52, monto que varía 2 cada día. 3 DECIMO OCTAVO: Una vez mencionado los hechos anteriormente citados, y 4 de conformidad al principio de legalidad, la ley 6043 en su artículo 50, es clara 5 en cuento a las formalidades que deben de presentarse ante la necesidad de 6 solicitar prórroga o renovación. 7 CONSIDERANDO: 8 ÚNICO: Sobre las causales de extinción de las Concesiones sobre la Zona 9 Marítima Terrestre, la Ley 6043 ha regulado: “Artículo 52.- Las concesiones se 10 extinguen por cualquiera de las siguientes causas: 11 (...) 12 e) Por cancelación de la concesión.” 13 “Artículo 53.- Las concesiones podrán ser canceladas por la municipalidad 14 respectiva, o el Instituto Costarricense de Turismo o el de Tierras y Colonización 15 según corresponda, en cualquiera de los siguientes eventos: 16 a) Por falta de pago de los cánones respectivos; (...)” 17 Por consiguiente, es de notar que las omisiones de pago realizadas por Jilanor, 18 S.A. cédula jurídica 3-101-121775 de los periodos del 2018 al 2022, inclusive 19 2023, configuran una violación a la Ley 6043, su Reglamento y al contrato de 20 concesión suscrito entre el concesionario y esta Corporación Municipal, además 21 no consta dentro del expediente mismo la muestra de interés y de solicitudes de 22 métodos alternos en la atención a la omisión de pago, situación que, esta 23 representación considera que acarrea la imposibilidad de atender de forma 24 positiva la solicitud planteada por la empresa Jilanor S.A ante su autoridad 25 referente a la aprobación de la prórroga de permiso de uso de suelo. 26 Siendo que, en otro orden de ideas, propiamente da pie a la prevención de la 27 EXTINSION del Permiso de Uso a favor de Jilanor S.A, cédula Jurídica 3-101- 28 121775, por el vencimiento del plazo fijado sin haber solicitud de prórroga en 29 forma legal. 30
1 POR TANTO 2 En conclusión y considerando los hechos expuestos, desde el punto de vista del 3 Departamento de Zona Marítimo Terrestre y la Asesoría legal, no resulta 4 procedente la aprobación de la solicitud de Renovación o prórroga de permiso 5 de uso de suelo en favor de la empresa JILANOR S.A cédula jurídica 3-101- 6 121775 sobre un terreno ubicado en Playa Coyotera, por considerarse 7 incumplidas las disposiciones del artículo número 50 de la ley 6043. 8 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 9 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 10 propuesta es que en virtud de la solicitud planteada por la empresa Jilanor S.A, 11 cedula jurídica 3-101-121775, no resulta procedente la solicitud de renovación o 12 prórroga de concesión por no encontrarse al día con el pago de canon, esto con 13 base al presente oficio, se autoriza a que se transcriba el mismo de forma literal, 14 por favor sírvanse a levantar la mano, que sea firme, definitivo y se dispense del 15 trámite de comisión. 16 17 El señor Julio Camacho Gallardo, Regidor Municipal, dice: gracias señora 18 Presidente, tengo una consulta, con cuanto nivel de morosidad entra un cobro, 19 o como se maneja, no sé si el señor Alcalde me puede ayudar en esa parte. 20 21 El señor Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, dice: Muchas gracias señora 22 Presidente, buenos días estimados miembros de éste honorable Concejo 23 Municipal, señora Vice Alcaldesa, funcionarios Municipales que nos acompañan, 24 Secretaria Municipal, compañeros de la Plataforma, y todos los vecinos que 25 tienen la oportunidad de escucharnos y observarnos un saludo para todos y 26 todas, si efectivamente los procesos de cobros en estos casos continúan, se 27 agotan todas las vías correspondientes e incluso parte de las instrucciones que 28 hemos brindado en estos temas es que los plazos de antigüedad por ejemplo de 29 alguna forma no se extiendan tanto, iniciar lo más pronto posible para evitar 30 tener mayores inconvenientes a la hora de realizar los cobros, ustedes
1 recordarán que hace un par de años cuando empezamos había una morosidad 2 altísima en el departamento de Zona Marítimo Terrestre, sobre todo con permiso 3 de uso y concesiones que prácticamente tenían años que por un lado ni se 4 iniciaban los procesos de cancelar los contratos por incumplimiento de pago y ni 5 se pagaban, eso se analizó y se corrigió y bajamos considerablemente esta cifra 6 negativa, este esfuerzo es permanente debe de continuar en todo momento, la 7 concesión o permiso de uso que se encuentre morosa debe de ser 8 inmediatamente puesto en proceso legal correspondiente para que primero la 9 suma no continúe creciendo y los interesados asuman su responsabilidad con la 10 institución, esto nos permite que muchísimos de estos cao logramos que las 11 personas vagan y paguen , creo que ese es el principal objetivo que se pongan 12 al día con sus deberes tributarios. 13 14 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 15 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino los que 16 estén de acuerdo con la propuesta presentada, por favor sírvanse a levantar la 17 mano, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 18 19 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 20 21 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, en virtud de la 22 solicitud planteada por la empresa Jilanor S.A, cedula jurídica 3-101-121775, no 23 resulta procedente la solicitud de renovación o prórroga de concesión por no 24 encontrarse al día con el pago de canon, esto con base al oficio MLC-ZMT-OF- 25 001-2023, firmado por la señora Ileana Hernández Rodríguez, Coordinadora de 26 Zona Marítimo Terrestre a.i. en el cual manifesta lo siguiente: 27 RESULTANDO: 28 29 PRIMERO: Mediante Acuerdo #2-1B de la Sesión Ordinaria #67-95, verificada 30 por la Municipalidad de La Cruz el 11 de diciembre de 1995, el Concejo Municipal
1 aprueba el traspaso de arrendamiento de un terreno en la zona marítimo terrestre 2 de Playa Rajada, jurisdicción del Cantón de La Cruz Gte, que le realiza el señor 3 Avelino Moreno Avendaño a la firma Jilanor, S.A., representada por su 4 apoderado generalísimo Fernando Altmann Ortiz, con un área de 53 600 m², 5 dicho arrendamiento provisional , amparado al transitorio VII de la Ley 6043, con 6 una vigencia de 5 años prorrogables, de sumo acuerdo entre las partes. 7 8 SEGUNDO: Que mediante oficio MLC-ZMT-0030-2015 de fecha 30 de enero del 9 2015, se solicitó a la firma Jilanor S.A., presentar un croquis actualizado 10 considerando la certificación de Patrimonio Natural del estado vigente al 11 momento de la presentación, con el objetivo de actualizar el área del terreno y 12 por ende el monto a cobrar por el permiso de uso sobre un terreno en la zona 13 marítimo terrestre de Playa Coyotera que dicha sociedad ostenta. 14 TERCERO: El 9 de febrero del 2015 se recibe solicitud de renovación del 15 permiso de uso a nombre de Jilanor, S.A. 16 17 CUARTO: Que el 18 de mayo del 2015 se recibe croquis del terreno 18 considerando la certificación de N° ACG-DIR-ZMT-004-2014 por un área de 19 34393 m² (treinta y cuatro mil trescientos noventa y tres metros cuadros), Que 20 mediante oficio MLC-ZMT-0102-2015 el Departamento de Zona Marítimo 21 Terrestre recomendó la renovación del permiso de uso. 22 23 QUINTO: Que mediante acuerdo #III.21 de la sesión ordinaria #18-2015 acoge 24 recomendación emitida por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre del 25 oficio MLC-ZMT-0102-2015 y autoriza al alcalde a la firma del contrato para la 26 renovación del permiso de uso a nombre de Jilanor, S.A. 27 SEXTO: Que se inició con la implementación de un sistema de información 28 geográfica y aparentemente existe un traslape del terreno del permiso de uso 29 aprobado a Jilanor, S.A. y el Plan Regulador de Playa Coyotera y no puede existir 30 un permiso de uso en terrenos donde exista plan regulador.
1 SEPTIMO: EL 01 de diciembre del 2017, mediante oficio MLC-ZMT-315-2017, el 2 departamento de Zona Marítimo Terrestre le solicita presentar un croquis 3 corregido considerando los límites del Plan Regulador Punta Zacate, además del 4 recordatorio del vencimiento del Permiso de Uso en ese mismo año. 5 6 OCTAVO: Que el 7 de diciembre del 2019, Jilanor S.A. solicitó la renovación del 7 permiso de uso. 8 9 NOVENO: Que posteriormente se recibió croquis realizando el ajuste de área a 10 23599 m² eliminando el área que cuenta con plan regulador. 11 12 DECIMO: Que el 04 de marzo del 2021 se firmó digitalmente contrato de 13 renovación de arrendamiento del PUS-22-1995 a favor de Jilanor S.A. 14 15 DECIMO PRIMERO: Que el 04 de junio del 2021, mediante correo electrónico 16 se envía notificación de cobro con oficio número MLC-ZMT-OF-51-2021, mismo 17 que se le indica se solicita proceder con el pago del canon de los periodos 2018, 18 2019, 2020 y 2021. 19 20 21 22 23 24 25 26 27 DECIMO SEGUNDO: El pasado 20 de diciembre del 2021, mediante oficio 28 número MLC-ZMT-OF-166-2021, se le solicitó nuevamente proceder con el pago 29 de los periodos pendientes 2018, 2019, 2020 y 2021 para un total de ¢16 349 30 062.80
1 DECIMO TERCERO: Que, por tercera vez, mediante oficio MLC-ZMT-OF-167- 2 2022, se le solicitó proceder con el pago correspondiente de canon a más tardar 3 el 29 de septiembre del 2022 , siendo estos los periodos pendientes del 2018 al 4 2022, para un monto total de ₡21 531 403,20, además cabe mencionar que a su 5 vez, se le hizo saber de lo necesario que es ponerse al día con los periodos 6 pendientes, ya que el Permiso de Uso vence el próximo 01/01/2023, y que de 7 acuerdo al artículo número 50 de la ley 6043 , dice: 8 9 Para tramitar la solicitud es indispensable que el interesado se encuentre 10 al día en el pago del canon respectivo y que esté a derecho en el 11 cumplimiento de las obligaciones que establece esta ley; si no lo estuviere 12 o se encontrare atrasado en el pago se tendrá como presentada su solicitud 13 en la fecha en que haga el pago o cumpla sus obligaciones, y la misma 14 quedará como una solicitud NUEVA. 15 16 DECIMO CUARTO: Que el pasado 10 de noviembre 2022, mediante el correo 17 electrónico el departamento de Zona Marítimo recibió nota de solicitud que 18 menciona la necesidad de “esperar la nueva planificación para continuar con 19 el trámite de concesión…”, además de nota dirigida para el Concejo Municipal, 20 en donde se solicita prórroga del Permiso de Uso a favor de Jilanor S.A. cédula 21 Jurídica 3-101-121775. 22 23 DECIMO QUINTO: Finalmente, el pasado 08 de diciembre de 2022, mediante 24 notificación electrónica, el Concejo Municipal remite acuerdo #1-3 de la Sesión 25 Extraordinaria #68-2022, mismo que hace referencia a la solicitud de prórroga a 26 favor de Jilanor S.A., el cual textualmente dice: 27 28 “ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste brinda acuse de 29 recibido al oficio firmado por la Señora Xinia María Heitman Ardon, Apoderada 30 Generalísima de la Jilanor S.A, en la cual solicita prórroga del permiso de uso a
1 favor de Jilanor Sociedad Anónima, así mismo, se remite al Departamento de 2 Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, para que brinde el 3 trámite correspondiente, ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 4 FIRME, Y SEDISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 5 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Estela Alemán Lobo, José Manuel Vargas 6 Chaves, Julio Camacho Gallardo y Juan Taleno Navarro)”. 7 8 DECIMO SEXTO: Que, en la cláusula cuarta del contrato del Permiso de Uso a 9 favor de Jilanor S.A., firmado digitalmente a las diez horas cuarenta y seis 10 minutos del cuatro de marzo del 2021, se indica que el canon deberá ser cubierto 11 en cuotas anuales adelantadas, por lo que el concesionario tenía pleno 12 conocimiento sobre la forma, modo y justificación del canon correspondiente así 13 mismo en la cláusula SEGUNDA, se establece la vigencia de 5 años del presente 14 Permiso de Uso. 15 16 DECIMO SEPTIMO: Consta en el expediente de marras el cobro por la ausencia 17 de pago de canon por parte del permisionario para los periodos 2018 al 2022, y 18 que según consulta en DECSIS, sistema municipal, el concesionario adeuda a 19 esta Municipalidad al 03 de enero del 2023, adeuda cuatro periodos de canon, 20 desde el 2018 un monto principal de ¢21.531.403.20 más ¢5.751.643.32.09 de 21 intereses, para un monto total adeudado de ¢27.283.043.52, monto que varía 22 cada día. 23 24 DECIMO OCTAVO: Una vez mencionado los hechos anteriormente citados, y 25 de conformidad al principio de legalidad, la ley 6043 en su artículo 50, es clara 26 en cuento a las formalidades que deben de presentarse ante la necesidad de 27 solicitar prórroga o renovación. 28 29 CONSIDERANDO: 30
1 ÚNICO: Sobre las causales de extinción de las Concesiones sobre la Zona 2 Marítima Terrestre, la Ley 6043 ha regulado: 3 “Artículo 52.- Las concesiones se extinguen por cualquiera de las siguientes 4 causas: 5 (…) 6 e) Por cancelación de la concesión.” 7 “Artículo 53.- Las concesiones podrán ser canceladas por la municipalidad 8 respectiva, o el Instituto Costarricense de Turismo o el de Tierras y Colonización 9 según corresponda, en cualquiera de los siguientes eventos: 10 a) Por falta de pago de los cánones respectivos; (…)” 11 12 Por consiguiente, es de notar que las omisiones de pago realizadas por Jilanor, 13 S.A. cédula jurídica 3-101-121775 de los periodos del 2018 al 2022, inclusive 14 2023, configuran una violación a la Ley 6043, su Reglamento y al contrato de 15 concesión suscrito entre el concesionario y esta Corporación Municipal, además 16 no consta dentro del expediente mismo la muestra de interés y de solicitudes de 17 métodos alternos en la atención a la omisión de pago, situación que, esta 18 representación considera que acarrea la imposibilidad de atender de forma 19 positiva la solicitud planteada por la empresa Jilanor S.A ante su autoridad 20 referente a la aprobación de la prórroga de permiso de uso de suelo. 21 22 Siendo que, en otro orden de ideas, propiamente da pie a la prevención de la 23 EXTINSION del Permiso de Uso a favor de Jilanor S.A, cédula Jurídica 3-101- 24 121775, por el vencimiento del plazo fijado sin haber solicitud de prórroga en 25 forma legal. 26 27 POR TANTO 28 En conclusión y considerando los hechos expuestos, desde el punto de vista del 29 Departamento de Zona Marítimo Terrestre y la Asesoría legal, no resulta 30 procedente la aprobación de la solicitud de Renovación o prórroga de permiso
1 de uso de suelo en favor de la empresa JILANOR S.A cédula jurídica 3-101- 2 121775 sobre un terreno ubicado en Playa Coyotera, por considerarse 3 incumplidas las disposiciones del artículo número 50 de la ley 6043. ACUERDO 4 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 5 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 6 Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José 7 Manuel Vargas Chaves). 8 9 2- Se conoce Resolución Administrativa MLC-DAM-RES-021-2022, firmado por 10 Ada Luz Osegueda Peralta, Alcaldesa Municipal a.i de La Cruz, en la cual indica 11 lo siguiente: 12 13 En acatamiento a lo establecido en el artículo cuarenta y dos del Reglamento a 14 la Ley sesenta cuarenta y tres, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, me permito 15 someter a consideración del Concejo Municipal, el expediente Nº CON-50-2003, 16 que contiene la siguiente SOLICITUD POR RENOVACIÒN DE CONCESIÒN 17 presentada por la empresa VILLA COPAL PELICANOS S.A, cédula jurídica 18 número TRES-CIENTO UNO-DOS SIETE UNO UNO CUATRO CINCO, (3-101- 19 271145), representada por su Presidente y apoderado generalísimo sin límite de 20 suma el señor STEVEN FREDERICK DAUM RODRÌGUEZ, mayor, casado una 21 vez, agente de ventas, portador de la cédula de identidad número UNO-CERO 22 QUINIENTOS SETENTA- CERO NOVECIENTOS TREINTA Y UNO (1-0570- 23 0931). El citado terreno se localiza en Playa Copal, distrito La Cruz, cantón La 24 Cruz, provincia Guanacaste, mide 1098,84 metros cuadrados, según Plano 25 Catastrado número G-0358481-1996. 26 ANTECEDENTES: 27 28 I.- Que entre LA MUNICIPALIDAD y VILLA COPAL PELICANO S.A, cédula 29 jurídica número TRES-CIENTO UNO-DOS SIETE UNO UNO CUATRO CINCO, 30 (3-101-271145), se suscribió contrato de concesión en fecha 12 de mayo de
1 2003, por un plazo de veinte años, sobre un terreno de 1098,84 metros 2 cuadrados para uso Residencial turístico. 3 II.- Mediante oficio G-676-2004 el Instituto Costarricense de Turismo indica que 4 se aprueba la solicitud remitida por la Municipalidad de La Cruz de una concesión 5 en favor de VILLA COPAL PELICANOS S.A 6 III.- Mediante acuerdo #2-26 de la sesión ordinaria #17-2004 el Concejo 7 Municipal, aprueba la concesión a favor de VILLA COPAL PELICANOS S.A 8 cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-DOS SIETE UNO UNO CUATRO 9 CINCO, (3-101-271145) de un terreno en la zona marítimo terrestre de Playa 10 Copal, distrito único, Cantón La Cruz, Provincia de Guanacaste con un área de 11 mil noventa y ocho con ochenta y cuatro metros cuadrados (1098,84 m2) según 12 plano catastrado número G-358481-1996 para uso Residencial Turístico, con 13 vigencia de 20 años prorrogables. 14 IV.- Que en fecha 17 de junio de 2022, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta 15 Nº113 edicto en cumplimiento a lo establecido en el artículo 53 inciso a del 16 reglamento a la Ley 6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre. 17 RESULTANDO 18 I.- Que en fecha 27 de setiembre de 2022, la sociedad VILLA COPAL 19 PELICANOS S.A, presentó escrito de solicitud por prórroga de concesión, según 20 artículo 50 de la Ley 6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, por un área de 21 1098,84 metros cuadrados según plano catastrado número G-0358481-1996, 22 localizado en la Zona Marítimo de Playa Copal, para uso residencial turístico. 23 Folio 0000092. 24 25 II.- Que el solicitante ha cumplido satisfactoriamente con la presentación de la 26 solicitud de prórroga de concesión de fecha 27 de setiembre de 2022, con el fin 27 de que la Municipalidad de La Cruz, le prorrogue la concesión inscrita en el 28 Registro Nacional de Concesiones bajo finca número 5-1352-Z-000. 29 III.- Que el 08 de noviembre de 2022, se realizó inspección de campo, dentro de 30 las observaciones se indica que no hay remodelaciones. Folio 0000121.
1 IV.- Que el 19 de diciembre de 2018 mediante acta de notificación que consta a 2 folio 0000085, se notificó el avaluó número AV-2018-057, de la concesión para 3 un valor de VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL 4 DOSCIENTOS CUATRO COLONES (ȼ25.383.204,00), obteniendo un canon 5 anual de UN MILLÓN QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 6 DIECISÈIS COLONES (ȼ1.015.328,16), que resulta del 4% del valor total del 7 terreno. Folio 0000085. 8 V.- Que cumplido el plazo para presentar oposición alguna o recurso contra del 9 avalúo número AV-2018-057, no se recibieron. 10 11 CONSIDERANDO 12 PRIMERO: Que el sector costero de Playa Copal, distrito La Cruz, cantón La 13 Cruz, cuenta con demarcatoria de Zona Publica realizada por el Instituto 14 Geográfico Nacional publicada en La Gaceta Nº216, de fecha martes catorce de 15 noviembre de mil novecientos noventa y cinco y Gaceta Nº 242 de fecha martes 16 17 de diciembre de mil novecientos noventa y seis. 17 SEGUNDO: Que el sector costero cuenta con Declaratoria Turística por parte 18 del Instituto Costarricense de Turismo, según Acuerdo de Junta Directiva Nº 19 5639, Artículo 5 inciso IV, celebrada el 11 de mayo del 2010, publicado en el 20 Diario Oficial La Gaceta Nº 105, del primero de junio de 2010. 21 TERCERO: Que el Plan Regulador Vigente, fue aprobado en por parte del 22 Instituto Costarricense de Turismo mediante sesión de Junta Directiva Nº 4606, 23 de fecha 27 de noviembre del año 1995, y aprobado por el Instituto Nacional de 24 Vivienda y Urbanismo mediante la Sección de Junta Directiva 4582 de fecha 16 25 de febrero de 1996, publicado en La Gaceta número 200 de fecha 18 de octubre 26 1996. 27 CUARTO: Que la concesión cuenta con permiso de construcción #340 28 autorizados mediante acuerdo #3-28B, de la Sesión Ordinaria 25-97 de fecha 20 29 de mayo de 1997, en la inspección realizada en fecha el 08 de noviembre de 30 2022, se detallan todo normal, no se observaron remodelaciones.
1 QUINTO: Que existe certificación de Patrimonio Natural del Estado Nº SINAC- 2 ACG-DIR-PNE-ZMT-001-2019, emitida por el Área de Conservación 3 Guanacaste, misma que no afecta el terreno en cuestión. 4 SEXTO: Que la renovación de esta concesión se ajusta a las disposiciones de 5 la Ley Nº6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su reglamento. 6 SÈTIMO: Que el plazo del contrato de prórroga de la concesión es por 20 años. 7 POR TANTO 8 Analizado el expediente número CON-52-2003 que contiene solicitud de 9 PRÒRROGA DE CONCESION presentada por la empresa VILLA COPAL 10 PELICANOS S.A, cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-DOS SIETE 11 UNO UNO CUATRO CINCO, (3-101-271145), y observándose que se ha 12 cumplido con todos los requisitos formales para la calificación de la presente 13 gestión esta Alcaldía de la MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, recomienda al 14 Concejo Municipal aprobar la solicitud remitida conforme al plan regulador 15 vigente, para el otorgamiento de una PRÒRRGA DE CONCESION a favor de la 16 empresa VILLA COPAL PELICANOS S.A, cédula jurídica número TRES- 17 CIENTO UNO-DOS SIETE UNO UNO CUATRO CINCO, (3-101-271145), sobre 18 una parcela constante de 1098,84 metros cuadrados, ubicada en PLAYA 19 COPAL, según plano catastrado número G-0358481-1996, para uso Residencial 20 Turístico. La vigencia de la concesión solicitada es por veinte años. El avalúo 21 AV-2018-057, de la parcela genera un valor total del terreno por VEINTICINCO 22 MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUATRO 23 COLONES (ȼ25.383.204,00), obteniendo un canon anual de UN MILLÓN 24 QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON DIECISÈIS COLONES 25 (ȼ1.015.328,16), que resulta del 4% del valor total del terreno, correspondiente 26 al uso del terreno según el Plan Regulador. Se recomienda su otorgamiento 27 mediante suscripción del contrato respectivo, y se autorice al Alcalde Municipal 28 a la firma del mismo. 29 30
1 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 2 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 3 propuesta es que se aprueba la presente Resolución, se transcriba de forma 4 literal, y se autorice al señor Alcalde a la firma de contrato respectivo, por favor 5 sírvanse a levantar la mano, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite 6 de comisión. 7 8 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 9 10 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba la solicitud 11 remitida conforme al plan regulador vigente, para el otorgamiento de una 12 PRÒRRGA DE CONCESION a favor de la empresa VILLA COPAL PELICANOS 13 S.A, cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-DOS SIETE UNO UNO 14 CUATRO CINCO, (3-101-271145), sobre una parcela constante de 1098,84 15 metros cuadrados, ubicada en PLAYA COPAL, según plano catastrado número 16 G-0358481-1996, para uso Residencial Turístico. La vigencia de la concesión 17 solicitada es por veinte años. El avalúo AV-2018-057, de la parcela genera un 18 valor total del terreno por VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA 19 Y TRES MIL DOSCIENTOS CUATRO COLONES (ȼ25.383.204,00), obteniendo 20 un canon anual de UN MILLÓN QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO 21 CON DIECISÈIS COLONES (ȼ1.015.328,16), que resulta del 4% del valor total 22 del terreno, correspondiente al uso del terreno según el Plan Regulador. Su 23 otorgamiento mediante suscripción del contrato respectivo, y se autorice al 24 Alcalde Municipal a la firma del mismo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 25 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 26 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, 27 Estela Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José Manuel Vargas 28 Chaves). 29 30
1 3- Se conoce oficio MLC-RH-OF-0064-2023, firmado por la Licda. María 2 Concepción Chacón Peña, Coordinadora de Recursos Humanos de la 3 Municipalidad de La Cruz, en la cual indica lo siguiente: 4 En apego a la Ley 9635 Ley del Fortalecimiento de la Finanzas Publicas, sobre 5 el Proceso de Evaluación del Desempeño y en cumplimiento de Informe 6 N°DFOE-DL-IF-00017-2019 emitido por la Contraloría General de la Republica 7 donde se le solicita a la Municipalidad de la Cruz, elaborar, aprobar, comunicar 8 e implementar un procedimiento para la aplicación de evaluación del desempeño 9 de los funcionarios municipales ajustado a la normativa aplicable de la Ley de 10 las Finanzas Publicas 9635, les comunico muy respetuosamente que la 11 evaluación del desempeño para el Auditor Interno de la Municipalidad de la Cruz 12 le corresponde al Concejo Municipal, según consulta realizada por este 13 departamento de Recursos Humanos a la Contraloría General de la Republica, 14 mediante oficio N°05051 . Dicha evaluación del desempeño deberá hacerse 15 efectiva para el día 31 de enero del año 2023. 16 El año pasado la evaluación del desempeño estuvo a cargo de la señora 17 Presidenta del Concejo Municipal, doña Socorro Díaz Chaves. El periodo a 18 evaluar es el año 2022. Favor coordinar la fecha y la hora para hacer la 19 evaluación del desempeño al señor Auditor Interno Municipal, Lic. Gledys 20 Delgado Cárdenas. Cualquier consulta con mucho gusto. 21 22 El señor Juan Taleno Navarro, Regidor Propietario, dice: Buenos días 23 compañeros, señor Alcalde, señora Vice Alcaldesa, señora secretaria, y 24 compañeros de la plataforma, yo propongo nuevamente a Socorro Díaz, debido 25 a que ella lo ha venido haciendo y cuenta con la experiencia de la misma. 26 27 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 28 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 29 propuesta es que se autorice a Socorro Díaz Chávez, realizar la evaluación del 30 desempeño 2022 para el Auditor Interno de la Municipalidad de La Cruz, dicha
1 evaluación se llevará a cabo el día miércoles 25 de enero del 2023 a las 9:00, 2 por favor sírvanse a levantar la mano, que sea firme, definitivo y se dispense del 3 trámite de comisión. 4 5 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 6 7 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, asigna a la señora 8 Socorro Díaz Chaves, Regidora Propietaria, para realizar la evaluación del 9 desempeño 2022 para el Auditor Interno de la Municipalidad de La Cruz, dicha 10 evaluación se llevará a cabo el día miércoles 25 de enero del 2023 a las 9:00 11 p.m. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE 12 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 13 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan 14 José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 15 16 4-Se conoce oficio ADISE-OP-01012023, firmado por Luis Ángel Castillo 17 García, Presidente de la ADI de Santa Elena, en el cual indica lo siguiente: 18 Estimados funcionarios, tengo que externar mi admiración por el trabajo que 19 realizan por los vecinos de nuestro cantón, en el área de los deportes y la 20 recreación. Hacen un trabajo digno de reconocer. Muy agradecidos estamos en 21 la comunidad de Santa Elena, que por primera vez se desarrolle un torneo 22 cantonal para nuestros jóvenes. La Copa Hernández demuestra una iniciativa 23 pensada y decidida en pro de nuestros jóvenes. Asumo que el éxito de este 24 torneo, se replicará en muchas otras disciplinas, tan necesario para nuestra 25 sociedad. Estaremos muy agradecidos siempre de ser parte de este histórico 26 torneo y reconocemos el gran esfuerzo que cada uno de ustedes hace, incluso 27 sin esperar remuneración patrimonial a cambio. 28 29 Nuestro equipo participa con la intención de que nuestros jóvenes, puedan 30 experimentar modelos de participación diferentes a los que ellos están
1 acostumbrados, y hemos visto un cambio en la perspectiva de ellos y de sus 2 progenitores o encargados. 3 4 El próximo 22 de enero de 2023 seremos sede el torneo y queremos dar una 5 hospitalidad acorde a las necesidades del torneo, por ello quiero extender la 6 solicitud de algunos bienes: mallas para marcos de futbol (ya que las que 7 tenemos están bastante rotas y requieren una inversión con la que no contamos), 8 balones de futbol, banderines. Nuestra asociación es un ente que se rige bajo de 9 la ley 3859 e impulsamos y apoyamos nuestro comité comunal bajo un tutelaje 10 que permite la legislación vigente y actualmente somos nosotros quienes 11 apoyamos indirectamente, la participación de equipo CC. SANTA ELENA ya que 12 no contamos con el comité comunal debidamente juramentado. 13 14 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 15 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 16 propuesta es que se brinde acuse de recibido en vista que es copia para el 17 Concejo Municipal, por favor sírvanse a levantar la mano, que sea firme, 18 definitivo y se dispense del trámite de comisión. 19 20 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 21 22 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 23 recibido al oficio ADISE-OP-01012323 firmado por el señor Luis Ángel Castillo 24 García, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Elena, en el 25 cual hace solicitud al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz de 26 suministros para llevar a cabo torneo cantonal en dicha comunidad. ACUERDO 27 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 28 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 29 Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José 30 Manuel Vargas Chaves).
1 5-Se conoce oficio MLC-DAM-OF-011-2023, firmado por Alonso Alán Corea, 2 Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual indica lo siguiente: 3 Se remite para su atención, “ADENDUM N° 1 AL CONVENIO MARCO DE 4 COOPERACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL Y LA 5 MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ”, esto en pro de realizar proyectos futuros que 6 se encuentran tanto dentro del Plan de Desarrollo Territorial como el de 7 Desarrollo Humano planteado por la Municipalidad, donde se requieren recursos 8 que el INDER, transfiera a dicho gobierno local, esto para su debido estudio, 9 análisis y aprobación de los términos establecidos en el documento. 10 11 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 12 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 13 propuesta es que se aprueba el presente oficio en los términos establecidos en 14 el documento, que se transcriba de forma literal el mismo, por favor sírvanse a 15 levantar la mano, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba el oficio 20 N°MLC-DAM-OF-011-2023 firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea: Alcalde 21 Municipal, en los términos establecidos en el oficio, en el cual remite Adendum 22 N°1 al Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto de Desarrollo Rural y la 23 Municipalidad de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN 24 FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 25 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela 26 Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 27 6- Se conoce oficio AL-DSDI-OFI-0001-2023, firmado por Edel Reales Noboa, 28 Director a.i, Asamblea Legislativa, en el cual indica lo siguiente: 29 De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea 30 Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE
1 LEGISLATIVO N. º 22.928 REFORMA DEL ARTÍCULO 32 DE LA LEY 2 NACIONAL DE EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN DEL RIESGO, LEY N.° 8488, 3 DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2005, Y SUS REFORMAS,” que se adjunta. 4 De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, 5 el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a 6 partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la 7 persona o el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto. 8 Cualquier información adicional para ampliar esta solicitud, les será suministrada 9 mediante los teléfonos 2243-2642 o 2243-2901; así mismo, su respuesta la 10 podrá dirigir a: karayac@asamblea.go.cr y ereales@asamblea.go.cr 11 12 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 13 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 14 propuesta es que se remita la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica de 15 la Municipalidad de La Cruz, para se estudie y emita recomendación al Concejo 16 Municipal, para que posteriormente se proceda a contestar las presentes 17 solicitudes a la Asamblea Legislativa, por favor sírvanse a levantar la mano, que 18 sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 19 20 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 21 22 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, remite ante la 23 Licda. Yahaira Duarte Aguirre: Gestora Jurídica Municipal, oficio AL-DSDI-OFI- 24 0001-2023, firmado por la señora Edel Reales Noboa: Director a.i. de la 25 Asamblea Legislativa, en el cual remite Expediente Legislativo N°.22.928 26 Reforma del artículo 32 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del 27 Riesgo, Ley N°8488, de 22 de noviembre del 2005 y sus reformas, esta remisión 28 para que se estudie y emita recomendación al Concejo Municipal, para que 29 posteriormente se proceda a contestar las presentes solicitudes a la Asamblea 30 Legislativa. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE
1 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 2 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan 3 José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 4 5 7- Se conoce oficio AL-DSDI-OFI-0004-2023, firmado por Edel Reales Noboa, 6 Director a.i, Asamblea Legislativa, en el cual indica lo siguiente: 7 De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea 8 Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE 9 LEGISLATIVO N.º 23.452 REFORMA DEL ARTÍCULO N° 4 DE LA LEY 5060 10 DEL 22 DE AGOSTO DE 1972 “LEY GENERAL DE CAMINOS PÚBLICOS Y 11 SUS REFORMAS,” que se adjunta. 12 De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, 13 el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a 14 partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la 15 persona o el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto. 16 Cualquier información adicional para ampliar esta solicitud, les será suministrada 17 mediante los teléfonos 2243-2642 o 2243-2901; así mismo, su respuesta la 18 podrá dirigir a: karayac@asamblea.go.cr y ereales@asamblea.go.cr 19 20 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Muchas gracias, 21 algún compañero o compañera desea externar algo al respecto, sino la 22 propuesta es que se remita la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica de 23 la Municipalidad de La Cruz, para se estudie y emita recomendación al Concejo 24 Municipal, para que posteriormente se proceda a contestar las presentes 25 solicitudes a la Asamblea Legislativa, por favor sírvanse a levantar la mano, que 26 sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión. 27 28 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 29 30
1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, remite ante la 2 Licda. Yahaira Duarte Aguirre: Gestora Jurídica Municipal, oficio AL-DSDI-OFI- 3 0004-2023, firmado por la señora Edel Reales Noboa: Director a.i. de la 4 Asamblea Legislativa, en el cual remite Expediente Legislativo N°. 23.452 5 Reforma al artículo N°4 de la Ley 5060 del 22 de agosto de 1972 “Ley General 6 de Caminos Públicos y sus reformas”, esta remisión para que se estudie y emita 7 recomendación al Concejo Municipal, para que posteriormente se proceda a 8 contestar las presentes solicitudes a la Asamblea Legislativa. ACUERDO 9 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 10 DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 11 Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José 12 Manuel Vargas Chaves). 13 14 15 ARTICULO SEGUNDO 16 CIERRE DE SESIÓN 17 18 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra a las 10:00 horas. 19 20 21 22 23 Socorro Díaz Chaves Licda. Whitney Bejarano Sánchez 24 Presidente Municipal Secretaria Municipal 25 26 27 28 29 30