Extraordinaria 71 · 2022
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- ~ Acuerdo (pág. 9) · firme · aprobado , autorizar los egresos y emitir el acto final de los 7 procedimientos derivados de licitación reducida, así como los procedimientos 8 especiales, de …
- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado nformidad de los demás señores regidores. 9 10 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 11 recibido al oficio N° MLC-UAI…
- ~ Acuerdo (pág. 15) · firme · aprobado analizado la Consulta Legislativa N° 23. 158 REFORMA DE LA LEY REGULADORA 5 DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRALORÍAS DE SERVICIOS, N° 9158, DE 8 6 DE AGOS…
1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 4 Acta de Sesión Extraordinaria # 71-2022, celebrada el día 13 de diciembre del año 5 2022, a las 16:30 horas, con la asistencia de los señores miembros: 6 7 Socorro Díaz Chaves Presidente Municipal 8 Juan José Taleno Navarro Vicepresidente Municipal 9 Julio César Camacho Gallardo Regidor Propietario 10 José Manuel Vargas Chávez Regidor Propietario 11 Estela Alemán Lobo Regidora Propietaria 12 Fermina Vargas Chavarría Regidora Suplente 13 Sebastián Martínez Ibarra Regidor Suplente 14 Zeneida Pizarro Gómez Regidora Suplente 15 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Santa Cecilia 16 Luis Ángel García Castillo Síndico Suplente Santa Cecilia 17 Leovigilda Vílchez Tablada Síndica en ejercicio La Garita 18 Eddie Antonio Selva Alvarado Síndico Suplente en ejerc. Santa. Elena 19 20 Otros funcionarios: Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal,, Ada Luz Osegueda 21 Peralta, Vicealcaldesa Municipal, Eladio Bonilla, Coordinador de Tecnología e 22 Información Municipal, Daniel Umaña, Prensa y Protocolo, Licda. Whitney Bejarano 23 Sánchez, Secretaria de Concejo Municipal, Licda. Andrea Baltodano, Asesora Legal 24 del Concejo Municipal de La Cruz, con la siguiente agenda: 25 26 1.- Punto único: Correspondencia de Urgencia 27 2.-Cierre de Sesión. 28 29 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: Buenas tardes, 30 señores Regidores Propietarios y suplentes, señores síndicos propietarios y
1 suplentes, la Licda. Andrea, doña Ada Luz Osegueda: Alcaldesa interina, señora 2 Secretaria doña Whitney Bejarano Sánchez, querido público que nos ve, nos 3 escucha por este medio tengan muy buenas tardes, vamos a dar inicio a la Sesión 4 Extraordinaria N°71-2022, la agenda para el día de hoy, punto único 5 Correspondencia de Urgencia y segundo cierre de sesión, como es de costumbre 6 vamos a empezar con la oración del día. 7 8 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: doña Ada Luz, si gusta 9 pasa al curul de la Alcaldía, vamos a dar inicio a la correspondencia. 10 11 ARTICULO PRIMERO 12 CORRESPONDENCIA DE URGENCIA 13 1.- Se conoce oficio MLC-DAM-OF-527-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 14 Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual Dado a situación de salud, por la 15 cual fui intervenido quirúrgicamente, me encuentro incapacitado por la CCSS hasta 16 el 25 de diciembre del 2022, por tal razón solicito que se nombre a la señora 17 Vicealcaldesa Ada Luz Osegueda Peralta, como Alcaldesa a.i, durante el periodo 18 de incapacidad del 14 al 25 de diciembre del presente año. 19 20 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, algún 21 compañero o compañera desean externar algo al respecto? Sino la propuesta seria 22 que se apruebe el presente oficio, así mismo, se nombra como Alcaldesa Municipal 23 de forma interina a la señora Vicealcaldesa Ada Luz Osegueda, por el periodo de 24 incapacidad indicada del señor Alcalde Municipal, si estamos de acuerdo, quedaría 25 firme definitivo y dispensado del trámite de comisión por 5 votos a favor. 26 27 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 28 29 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba oficio N°MLC- 30 DAM-OF-527-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal,
1 así mismo, se nombra como Alcaldesa Municipal de forma Interina a la señora Ada 2 Luz Osegueda Peralta, por el periodo del 14 al 25 de diciembre 2022, por 3 incapacidad del señor Alcalde Municipal de la Municipalidad de La Cruz. ACUERDO 4 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE 5 COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César 6 Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José 7 Manuel Vargas Chaves). 8 9 2.- Se conoce oficio MLC-DAM-OF-526-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 10 Corea, Alcalde Municipal, en el cual a través de este medio y por motivo de la 11 entrada en vigencia de la Nueva Ley de Contratación Pública N°9986 y su 12 Reglamento, a partir del 1 de diciembre del presente año, procedo a presentar la 13 siguiente. 14 15 CONSIDERANDO 16 17 1. Que el 31 de mayo del año 2021, se publicó en el diario oficial La Gaceta N° 18 103, Alcance N° 109 la Ley General de Contratación Pública N°9986, la cual 19 entró a regir el pasado 01 de diciembre del año 2022. 20 21 22 2. Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 43808-H, del pasado 01 de diciembre 23 del año 2022, empezó a regir el reglamento a la Ley General de Contratación 24 Pública N°9986. 25 26 27 3. Que los artículos 169 y 170 de la Constitución Política señalan que las 28 Municipalidades deben velar por los intereses de los residentes en el cantón y 29 dotan, para tal fin, a dichos gobiernos municipales de autonomía. 30
1 4. Que dentro de los contenidos de dicha autonomía, y según el artículo 4 del 2 Código Municipal, Ley 7794, se encuentra la autonomía administrativa y 3 financiera. 4 5 5. Que la Ley N°9986 en su título VIII, capítulo I: Adiciones, reformas y 6 derogatorias, específicamente el numeral 134 dispuso reformar el artículo 13, 7 inciso e), y 164 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 para 8 que se lea: 9 10 11 Artículo 13 - Son atribuciones del Concejo: 12 13 (...) 14 15 e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los 16 egresos de la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de 17 bienes y servicios que estén bajo la competencia del alcalde municipal, 18 según el reglamento que se emita conforme a la Ley General de 19 Contratación Pública y su reglamento. 20 21 22 6. Que conforme al artículo 17 del Código Municipal le corresponden a la 23 persona titular de la alcaldía las siguientes atribuciones y obligaciones: 24 25 b) Delegar las funciones encomendadas por esta ley, con base en los 26 artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. 27 28 h) Autorizar los egresos de la municipalidad, conforme al inciso e) del 29 artículo 13 de este código. 30
1 7. Que el actual Reglamento para la Adquisición y Recepción de Bienes, 2 Servicios y Obras de la Municipalidad del Cantón de La Cruz, únicamente 3 podrá ser utilizado para todos aquellos procesos que hayan sido promovidos 4 e iniciados antes del 1 de diciembre del 2022, bajo los parámetros de la Ley 5 de Contratación Administrativa N° 7494 y su reglamento. 6 7 8. Que el artículo 36 de la nueva Ley de Contratación Pública, define los 8 umbrales para determinar los nuevos procedimientos de contratación, 9 perteneciendo la institución al régimen ordinario. 10 11 9. Que la Ley General de Contratación Pública N°9986 y su reglamento, plantea 12 una reforma integral a la normativa, procedimiento y directrices 13 institucionales en materia de compras para la atención de necesidades de 14 bienes, servicios y obra pública, lo cual obliga a realizar un replanteamiento 15 de estas. 16 17 10. Que, de acuerdo con lo expuesto, será necesario que el Concejo Municipal y 18 Alcalde emitan una disposición temporal referente a los procedimientos de 19 contratación pública, específicamente en cuanto a la recomendación y el acto 20 final de adjudicación de estos procedimientos. 21 22 POR TANTO 23 24 Con base en los elementos de hecho y derechos antes expuestos, se solicita al 25 Concejo Municipal de la Cruz, aprobar lo siguiente: 26 27 1. Corresponderá al Concejo Municipal, autorizar los egresos y emitir el acto 28 final de los procedimientos derivados de licitación mayor y licitación menor 29 y procedimientos especiales, de excepción y urgencia que superen el 30 umbral de la licitación reducida.
1 2. Corresponderá al Alcalde, autorizar los egresos y emitir el acto final de los 2 procedimientos derivados de licitación reducida, así como los 3 procedimientos especiales, de excepción y urgencia que no superen el 4 umbral de la licitación reducida. 5 6 3. Estas disposiciones regirán temporalmente hasta la entrada en vigencia del 7 nuevo reglamento institucional para la adquisición de bienes, servicios y 8 obra pública de la Municipalidad de La Cruz, conforme la nueva ley N° 9986 9 y su reglamento. 10 11 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias señora 12 secretaria, algún compañero o compañera desean externar algo al respecto? Una 13 copia ojala se las mande a todos por favor, entonces vamos a leer el acuerdo que 14 se apruebe en su totalidad el presente oficio y que se transcriba el mismo en forma 15 literal, si estamos de acuerdo y que se nos envié una copia a cada uno. 16 17 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 18 19 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba en su 20 totalidad el oficio N°MLC-DAM-OF-526-2022, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán 21 Corea, Alcalde Municipal, en el cual define temporalmente las competencias del 22 Concejo Municipal de La Cruz y Alcalde Municipal en los procesos de Contratación 23 Pública, conforme la nueva Ley N°9986 y su Reglamento, siendo las siguientes: 24 CONSIDERANDO 25 26 1. Que el 31 de mayo del año 2021, se publicó en el diario oficial La 27 Gaceta N° 103, Alcance N° 109 la Ley General de Contratación 28 Pública N°9986, la cual entró a regir el pasado 01 de diciembre del 29 año 2022. 30
1 2. Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 43808-H, del pasado 01 de diciembre 2 del año 2022, empezó a regir el reglamento a la Ley General de Contratación 3 Pública N°9986. 4 5 3. Que los artículos 169 y 170 de la Constitución Política señalan que las 6 Municipalidades deben velar por los intereses de los residentes en el cantón y 7 dotan, para tal fin, a dichos gobiernos municipales de autonomía. 8 9 4. Que dentro de los contenidos de dicha autonomía, y según el artículo 4 del 10 Código Municipal, Ley 7794, se encuentra la autonomía administrativa y 11 financiera. 12 13 5. Que la Ley N°9986 en su título VIII, capítulo I: Adiciones, reformas y 14 derogatorias, específicamente el numeral 134 dispuso reformar el artículo 13, 15 inciso e), y 164 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 para 16 que se lea: 17 18 Artículo 13 - Son atribuciones del Concejo: 19 20 (...) 21 22 e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los 23 egresos de la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de 24 bienes y servicios que estén bajo la competencia del alcalde municipal, 25 según el reglamento que se emita conforme a la Ley General de 26 Contratación Pública y su reglamento. 27 28 6. Que conforme al artículo 17 del Código Municipal le corresponden a la 29 persona titular de la alcaldía las siguientes atribuciones y obligaciones: 30
1 b) Delegar las funciones encomendadas por esta ley, con base en los 2 artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. 3 4 h) Autorizar los egresos de la municipalidad, conforme al inciso e) del 5 artículo 13 de este código. 6 7 7. Que el actual Reglamento para la Adquisición y Recepción de Bienes, 8 Servicios y Obras de la Municipalidad del Cantón de La Cruz, únicamente 9 podrá ser utilizado para todos aquellos procesos que hayan sido promovidos 10 e iniciados antes del 1 de diciembre del 2022, bajo los parámetros de la Ley 11 de Contratación Administrativa N° 7494 y su reglamento. 12 13 8. Que el artículo 36 de la nueva Ley de Contratación Pública, define los 14 umbrales para determinar los nuevos procedimientos de contratación, 15 perteneciendo la institución al régimen ordinario. 16 17 9. Que la Ley General de Contratación Pública N°9986 y su reglamento, plantea 18 una reforma integral a la normativa, procedimiento y directrices 19 institucionales en materia de compras para la atención de necesidades de 20 bienes, servicios y obra pública, lo cual obliga a realizar un replanteamiento 21 de estas. 22 23 10. Que, de acuerdo con lo expuesto, será necesario que el Concejo Municipal y 24 Alcalde emitan una disposición temporal referente a los procedimientos de 25 contratación pública, específicamente en cuanto a la recomendación y el acto 26 final de adjudicación de estos procedimientos. 27 28 29 30 POR TANTO
1 1-Corresponderá al Concejo Municipal, autorizar los egresos y emitir el acto final 2 de los procedimientos derivados de licitación mayor y licitación menor y 3 procedimientos especiales, de excepción y urgencia que superen el umbral de la 4 licitación reducida. 5 6 2-Corresponderá al Alcalde, autorizar los egresos y emitir el acto final de los 7 procedimientos derivados de licitación reducida, así como los procedimientos 8 especiales, de excepción y urgencia que no superen el umbral de la licitación 9 reducida. 10 11 3-Estas disposiciones regirán temporalmente hasta la entrada en vigencia del 12 nuevo reglamento institucional para la adquisición de bienes, servicios y obra 13 pública de la Municipalidad de La Cruz, conforme la nueva ley N° 9986 y su 14 reglamento. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE 15 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 16 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José 17 Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 18 19 3.- Se conoce oficio MLC-CAT-OF-022-2022, firmado por el señor Sergio Mora 20 Morales, Coordinador de Catastro Municipal, en el cual solicita la declaración del 21 camino Público, conocido como “CAMINO RAMAL PLAYA RAJADITA” inscrito a 22 nombre de la Municipalidad bajo la matricula N° 5-232300-00, con plano catastrado 23 G-2050806-2018, ubicada en el Jobo del puesto de Policía 2.5 kilómetros al 24 noroeste camino a Playa Rajadita, con una distancia de aproximadamente de 380 25 metros, al inicio entronca con el camino a Playa Rajadita C-5-10-062, en una 26 dirección de este a noroeste, terminando al final con un martillo. 27 28 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: gracias señora 29 secretaria, Julio. 30
1 El señor Julio César Camacho Gallardo, Regidor Propietario, dice: solo para si me 2 da un momento para ver lo del croquis con la secretaria. 3 4 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: si claro vaya, vean el 5 croquis, continuamos entonces, alguien más desea externar algo referente a la 6 declaratoria, sino la propuesta es que se declare como camino público conocido 7 como Camino Ramal Playa Rajadita inscrito a nombre de la Municipalidad bajo la 8 matricula N° 5-232300-00, ubicada en el Jobo del puesto de Policía 2.5 kilómetros 9 al noroeste camino a Playa Rajadita, con una distancia de aproximadamente de 380 10 metros, al inicio entronca con el camino Playa Rajadita código C-5-10-062, en una 11 dirección de este a noroeste, terminando al final con un martillo, si están de acuerdo, 12 quedaría firma, definitivo y dispensado del trámite de comisión por 5 votos a favor. 13 14 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 15 16 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, declara como Camino 17 Público, conocido como “CAMINO RAMAL PLAYA RAJADITA” inscrito a nombre de 18 la Municipalidad bajo la matricula N° 5-232300-00, con plano catastrado G- 19 2050806-2018, ubicada en el Jobo del puesto de Policía 2.5 kilómetros al noroeste 20 camino a Playa Rajadita, con una distancia de aproximadamente de 380 metros, al 21 inicio entronca con el camino a Playa Rajadita C-5-10-062, en una dirección de este 22 a noroeste, terminando al final con un martillo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 23 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 24 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela 25 Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 26 27 4.- Se conoce oficio MLC-UAI-OF-118-2022, firmado por el Lic. Gledys Delgado 28 Cárdenas, Auditor Interno Municipal, de fecha 24 de noviembre del 2022, dirigido a 29 la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de La Cruz, en el 30 cual hace solicitud de información presupuestaria.
1 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias señora 2 secretaria, algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 3 propuesta seria que se le brinde acuse de recibido al presente oficio, así mismo, se 4 insta al Comité Cantonal de Deportes al cumplimiento del mismo, si estamos de 5 acuerdo, quedaría firme, definitivo y dispensado del trámite de comisión por 5 votos 6 a favor. 7 8 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 9 10 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, brinda acuse de 11 recibido al oficio N° MLC-UAI-OF-118-2022, firmado por el Lic. Gledys H. Delgado 12 Cárdenas, Auditor Interno de la Municipalidad de La Cruz, sobre solicitud de 13 información Presupuestaria a la Junta Directiva de Comité de Deporte y Recreación 14 de La Cruz, así mismo, se insta al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de 15 La Cruz al cumplimiento del mismo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, 16 EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A 17 FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela Alemán 18 Lobo, Juan José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 19 20 5.- Se conoce oficio MLC-ACM-OF-035-2022, firmado por la Licda. Andrea Marcela 21 Gutiérrez Baltodano, Asesora Legal del Concejo Municipal, en el cual en calidad de 22 Asesora del Concejo Municipal, me permito saludarles y a la vez manifestarles lo 23 siguiente; 24 Con base al acuerdo # 02 -06 de la Sesión Ordinaria # 66-2022, procedo a brindar 25 recomendación luego de haberse estudiado y analizado la Consulta Legislativa Nº 26 23 232, AMNISTÍA TEMPORAL EN LA APLICACIÓN DE LA REVISIÓN TÉCNICA 27 VEHICULAR 28 29 PRIMERO: El proyecto de ley tiene como finalidad establecer una amnistía temporal 30 sobre la revisión técnica vehicular obligatoria que se ampara en la Ley de Tránsito
1 por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial. Que permita que no sé apliquen 2 multas ni sanciones a quienes no cumple con el requisito de revisión técnica del 3 vehículo. 4 5 SEGUNDO: Que el mismo proyecto de ley indica que la normativa propuesta para 6 la amnistía tiene vigencia hasta el momento que entre en operaciones de manera 7 efectiva y definitiva el nuevo prestatario del servicio de revisión técnica vehicular 8 que establece la Ley de Tránsito por vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial. 9 10 TERCERO: Que la propuesta de ley se impulsó en un contexto específico que vivía 11 el país, debido a que se desconocía el lapso que tardaría en iniciarse una licitación 12 y adjudicación a una empresa que pudiese prestar el servicio. 13 14 CUARTO: Que actualmente, es de conocimiento que la empresa DEKRA fue 15 adjudicada para prestar el servicio de revisión técnica vehicular y que la misma ya 16 se encuentra en funciones. Cabe indicar, que Guanacaste ya cuenta con dos sedes 17 en abiertas ubicadas en Liberia y Nicoya en las cuales se está dando citas para que 18 las personas dueñas de vehículos puedan realizar la 19 20 CONCLUSIONES 21 Analizado el proyecto de ley N°23 232, AMNISTÍA TEMPORAL EN LA APLICACIÓN 22 DE LA REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR, se recomienda indicar a la Comisión 23 Legislativa que, al momento de ser recibida la consulta por parte de este Concejo 24 Municipal, la propuesta ya no se encontraba vigente por lo que dar un criterio sobre 25 el mismo no resulta adecuado. 26 27 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias, algún 28 compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la propuesta seria 29 que se apruebe el presente oficio y así mismo, se proceda a contestar con base en 30 el presente documento de forma literal la consulta a la Asamblea Legislativa, si
1 estamos de acuerdo, quedaría firme, definitivo y dispensado del trámite de comisión 2 por 5 votos a favor. 3 4 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 5 6 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba el oficio N° 7 MLC-ACM-OF-035-2022, firmado por la Licda. Andrea Marcela Gutiérrez Baltodano, 8 Asesora del Consejo Municipal, en el cual brinda recomendación luego de haberse 9 analizado la Consulta Legislativa N° 23. 232 Ley AMNISTÍA TEMPORAL EN LA 10 APLICACIÓN DE LA REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR, se recomienda indicar a la 11 Comisión Legislativa que, al momento de ser recibida la consulta por parte de este 12 Concejo Municipal, la propuesta ya no se encontraba vigente por lo que dar un 13 criterio sobre el mismo no resulta adecuado. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 14 APROBADO, EN FIRME, Y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 15 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela 16 Alemán Lobo, Juan José Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 17 18 6.- Se conoce oficio MLC-ACM-OF-036-2022, firmado por la Licda. Andrea Marcela 19 Gutiérrez Baltodano, Asesora Legal del Concejo Municipal, en el cual en calidad de 20 Asesora del Concejo Municipal, me permito saludarles y a la vez manifestarles lo 21 siguiente; 22 23 Con base al acuerdo # 02 -06 de la Sesión Ordinaria # 66-2022, procedo a brindar 24 recomendación luego de haberse estudiado y analizado la Consulta Legislativa Nº 25 23 158 REFORMA DE LA LEY REGULADORA DEL SISTEMA NACIONAL DE 26 CONTRALORÍAS DE SERVICIOS, N° 9158, DE 8 DE AGOSTO DE 2013 27 PRIMERO: El proyecto de ley tiene como objetivo que la Defensaría de los 28 Habitantes sea el ente rector en materia de Contraloría de Servicios, por lo que 29 propone eliminar la Secretaría Técnica que se encuentra adscrita al Ministerio de 30 Planificación Nacional y Política Económica, que actualmente ejerce la función de
1 fiscalizar a las contralorías para realizar la transferencia de competencias a la 2 Defensoría. 3 4 SEGUNDO: Que la Municipalidad de La Cruz no se registra como inscrita en el 5 Sistema Nacional de Contralorías de Servicio. 6 TERCERO: Que no se evidencia lesión a la autonomía municipal en la propuesta 7 de reforma. 8 CUARTO: Que al momento del análisis por parte de esta asesoría no se ha emitido 9 informe técnico del proyecto, ni se evidencia su dispensa por parte de la Comisión. 10 Asimismo, no se reflejan los criterios de Ministerio de Planificación Nacional y 11 Política Económica, ni de la Defensoría de los Habitantes. 12 13 CONCLUSIONES 14 15 Analizado el proyecto de ley N°23 158 REFORMA DE LA LEY REGULADORA DEL 16 SISTEMA NACIONAL DE CONTRALORÍAS DE SERVICIOS, N° 9158, DE 8 DE 17 AGOSTO DE 2013. Siendo que no se denotan lesiones a la autonomía municipal 18 se recomienda criterio positivo. Cabe destacar que, en caso de tomar la decisión de 19 inscribir a la Municipalidad de La Cruz ante el Sistema Nacional de Contralorías de 20 Servicios, debe guiarse por las disposiciones que establezca la normativa vigente. 21 22 La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: muchas gracias señora 23 secretaria, algún compañero o compañera desea externar algo al respecto? Sino la 24 propuesta seria que se apruebe el presente oficio y así mismo, se proceda a 25 contestar con base en el presente documento de forma literal la consulta a la 26 Asamblea Legislativa, si estamos de acuerdo, quedaría firme, definitivo y 27 dispensado del trámite de comisión por 5 votos a favor. 28 29 Por lo que en esto hubo conformidad de los demás señores regidores. 30
1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba el oficio N° 2 MLC-ACM-OF-036-2022, firmado por la Licda. Andrea Marcela Gutiérrez Baltodano, 3 Asesora del Consejo Municipal, en el cual brinda recomendación luego de haberse 4 analizado la Consulta Legislativa N° 23. 158 REFORMA DE LA LEY REGULADORA 5 DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRALORÍAS DE SERVICIOS, N° 9158, DE 8 6 DE AGOSTO DE 2013. Siendo que no se denotan lesiones a la Autonomía 7 Municipal se recomienda criterio positivo. Cabe destacar que, en caso de tomar la 8 decisión de inscribir a la Municipalidad de La Cruz ante el Sistema Nacional de 9 Contralorías de Servicios, debe guiarse por las disposiciones que establezca la 10 normativa vigente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE 11 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 12 Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, Estela Alemán Lobo, Juan José 13 Taleno Navarro y José Manuel Vargas Chaves). 14 15 16 ARTICULO SETIMO 17 CIERRE DE SESIÓN 18 19 20 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las diecisiete horas con 21 quince minutos. 22 23 24 25 26 Socorro Díaz Chaves Licda. Whitney Bejarano Sánchez 27 Presidente Municipal Secretaria Municipal 28 29 30