Extraordinaria 9 · 2020
Acta SE 09-2020.pdf · 35 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 9 del 2020 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
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- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado Montoya: Presidente y Elisa Sequeira 13 Castro: Secretaria, de la ASADA de El Porvenir, La Garita, La Cruz, Guanacaste; 14 donde solicitan la elaborac…
- ~ Acuerdo (pág. 17) · firme · aprobado , para que rectifiquen las medidas del plano de 22 la propiedad, respetando los 14 metros de ancho de calle de la vía del costado 23 este de dicha pro…
- ~ Acuerdo (pág. 19) · firme · aprobado ormidad de parte de los demás señores regidores. 28 29 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite al Lic. Luis 30 Alonso Alán Corea,…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · firme · aprobado ula de identidad N°5-0356-0275, teléfono oficina: 2690-5738, 10 correo electrónico: martin.lopez@munilacruz.go.cr, como Titular y José Manuel 11 Varga…
1 MUNICIPALIDAD 2 LA CRUZ 3 4 Acta de Sesión Extraordinaria #09-2020, celebrada el día 10 de junio del año 5 2020, a las 16:45 horas, con la asistencia de los señores miembros: 6 7 Socorro Díaz Chaves Presidente Municipal 8 Juan José Taleno Navarro Regidor Propietario 9 José Manuel Vargas Chaves Regidor Propietario 10 Eneas David López Chavarría Regidor Supl. En Ejercicio 11 Zeneida Pizarro Gómez Regidora Supl. en Ejercicio 12 Fermina Vargas Chavarría Regidora Suplente 13 Sebastián Martínez Ibarra Regidor Suplente 14 Jessie Torres Hernández Síndica Propietaria La Cruz 15 Zeneida Quirós Chavarría Síndica Propietaria Sta. Cecilia 16 Leovigilda Vílchez Tablada Síndica Supl. en Ejerc. Sta. Cecilia. 17 Katerine García Carrión Síndica Propietaria Santa Elena 18 Eddie Antonio Selva Alvarado Síndico Suplente Santa Elena 19 Luis Ángel Castillo García Sindico Suplente Sta. Cecilia 20 21 Otros funcionarios: MSc. Ada Luz Osegueda Peralta: Vicealcaldesa Municipal y 22 Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez: Secretario Municipal y con la siguiente 23 agenda: 24 25 1.- Correspondencia de Urgencia. 26 2.-Cierre de Sesión 27 28 ARTICULO PRIMERO 29 30 CORRESPONDENCIA DE URGENCIA
1 2 1.- Se conoce Oficio Nº MLC-DAI-OF-074-2020, firmado por los señores. Lic. 3 Gledys delgado Cárdenas: Auditor Interno Municipal de la Cruz y Lic. Yehudin 4 Gerardo Sancho Elizondo, Gestor Jurídico de Auditoría Interna Municipal de La 5 Cruz, de fecha 04 de junio del 2020, en la cual indican lo siguiente: 6 Asunto: Advertencia sobre mecanismo de control interno. 7 CONCLUSIONES 8 1. Las comisiones municipales permanentes y especiales son consideradas como 9 auxiliares del Concejo Municipal, para el estudio e intervención en asuntos 10 específicos de especial importancia para el cantón; 11 2. Los órganos colegiados de la Administración deben levantar un acta con sus 12 acuerdos, como un mecanismo de control para garantizar su autenticidad, 13 integridad, inalterabilidad y publicidad del contenido; 14 3. Las actas del órgano pueden ser levantadas en hojas sueltas, impresas y 15 debidamente foliadas, pero, posteriormente, deberán necesariamente ser 16 encuadernadas; 17 4. El libro de actas deberá ser legalizado por la Auditoría Interna, conforme el 18 artículo 22, inciso e) de la Ley General de Control Interno; 19 5. La validez de los acuerdos adoptados por un órgano colegiado dependerá de 20 que hayan sido emitido conforme lo establece el ordenamiento jurídico, por lo que 21 la incorporación en el libro de actas no es un requisito de validez, sino de control 22 interno; 23 6. La Norma Técnica General para la Elaboración del tipo documental Actas 24 Municipales, corresponde a una norma de alcance general, por lo que cada 25 corporación municipal debe tomarla en cuenta a la hora de establecer sus propias 26 regulaciones; 27 7. El hecho de que el número de actas emitidas por el órgano no alcance el 28 mínimo de 250 folios conforme lo dispone la Norma Técnica, no lo exime de 29 transcribirlas en el libro debidamente legalizado;
1 8. Las actas trascritas en el libro de actas con fecha anterior a la emisión de la 2 razón de apertura por parte de la Auditoría Interna, en nada afecta la validez del 3 acuerdo adoptado por el órgano colegiado, sin embargo, por ser un elemento 4 coadyuvante en el fortalecimiento de los sistemas de control interno debe ser 5 subsanado; 6 (…) 7 C. CONCLUSION. 8 Se insta a la Administración Activa a considerar lo expuesto en este oficio; mismo 9 que tiene el único objetivo de fortalecer el Sistema de Control Interno Municipal. 10 11 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta: 12 “compañeros este oficio es competencia de la Administración que se le remita al 13 señor Alcalde Municipal, para que ejecute, levanten la mano los que estén de 14 acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 15 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 16 17 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor 18 Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, Guanacaste, oficio 19 MLC-DAI-OF-074-2020, firmado por los señores: Lic. Yehudin Gerardo Sancho 20 Elizondo, Gestor Jurídico de Auditoría Interna Municipal de La Cruz y Lic. Gledys 21 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, que contiene 22 Advertencia sobre mecanismo de control interno; para que ejecute. ACUERDO 23 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 24 DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 25 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: 26 Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente 27 en ejercicio). 28 29 2.- Se conoce Oficio Nº UT-I-MLC-085-2020, firmado por la Ing. Karla Larios 30 Guevara, Directora del Departamento de Unidad Técnica y Gestión Vial Municipal
1 de La Cruz, de fecha 25 de mayo del 2020. En la cual indica que en atención al 2 acuerdo #01-11 de la sesión extraordinaria #07-2020, mediante el cual remiten 3 nota emitida por los vecinos de Barrio Pueblo Nuevo de Santa Cecilia, La Cruz, 4 Guanacaste, informa lo siguiente: 5 En primera instancia, debo referirme a que los proyectos de Mejoramiento, 6 Mantenimiento o Reconstrucción de caminos cantonales, se origina a partir de una 7 necesidad o problemática existente, en el caso específico del Barrio en mención, 8 Los trabajos consisten en dar solución a la deficiente evacuación de las aguas 9 pluviales, mediante la construcción de un sistemas de drenaje que permita el 10 rápido y eficiente desalojo de las aguas de lluvias, para un adecuado 11 escurrimiento superficial, además del mejoramiento de la superficie de ruedo a 12 través de la colocación de mezcla asfáltica en caliente. 13 Dado lo anterior y siguiendo la línea del cumplimiento de los objetivos del 14 departamento de UTGV, surge el proyecto 2019LA-000012-01, 15 “MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE UN SECTOR DEL CUADRANTE DEL 16 DISTRITO DE SANTA CECILIA CENTRO, CANTÓN DE LA CRUZ 17 GUANACASTE.” 18 En relación al punto 1 de la nota de los vecinos, donde manifiestan inquietudes en 19 cuanto a los niveles de construcción; debo indicarle que tanto la construcción del 20 sistema de drenaje pluvial, como la colocación de la capa de mezcla asfáltica, se 21 realizó siguiendo todos los lineamientos y procesos constructivos 22 correspondientes a estas actividades, es importante mencionar que uno de los 23 objetivos del sistema de drenaje es la evacuación de la escorrentía pluvial de las 24 calles, según el CR-2010, como requerimientos de la topografía, para Estructuras 25 de drenaje; deben colocarse estacas en las estructuras de drenaje para que se 26 ajusten a las condiciones del campo (rasante existente), - Trazar el perfil a lo largo 27 de la línea de centro de la estructura para mostrar el terreno natural, la línea de 28 flujo, la sección de la vía y la estructura misma, por lo que los niveles que se 29 toman de referencia, son los niveles de la rasante existente de la calle, de esta 30 forma las aguas de lluvias que caen en la superficie de ruedo, son conducidas
1 eficientemente al sistema de drenaje para su adecuada evacuación, asegurando 2 así una mayor durabilidad y vida útil de la superficie de ruedo. 3 Basado en lo antes expuesto, se aclara que no existe modificación en la rasante 4 existente, como tampoco existe modificación a la evacuación de las aguas, puesto 5 que el sector donde se ejecuta el proyecto, no contaba con ningún sistema de 6 drenaje pluvial, de ahí la necesidad que generó el proyecto. Cabe mencionar que, 7 en inspección al sitio, no se evidencia interrupción en la realización de las 8 actividades cotidianas, daños o pérdida de recursos humanos de ningún tipo. 9 En cuanto a lo indicado en el punto 2 y 3, hay que tomar en cuenta que el proyecto 10 está contratado por la municipalidad bajo la modalidad de obras por contrato, por 11 lo que las obras se dan por recibidas hasta el momento en el que se ejecute el 12 100% de las obras contratadas, si durante la construcción y ejecución de las 13 obras, la administración determina o identifica errores en las actividades, las 14 mismas serán demolidas y reconstruidas sin que se genere costo adicional al 15 monto contratado, por lo que si se dieron demoliciones o rectificaciones en las 16 obras, es parte de las labores ordinarias de las ejecuciones de proyectos. 17 Para aclarar el punto 4, como se menciona anteriormente, el sector donde se 18 ejecuta el proyecto, no contaba con ningún sistema de drenaje pluvial, de ahí la 19 necesidad que generó el proyecto. Durante la ejecución de las obras, a raíz de la 20 problemática expuesta por los vecinos del lugar, se evidencia que existe la 21 necesidad de analizar la capacidad hidráulica requerida para satisfacer los 22 caudales de desfogue de aguas pluviales, expuesta la necesidad de los vecinos, 23 es requerido el análisis del comportamiento de las aguas pluviales en sus puntos 24 críticos, lo cual únicamente ocurre en época de pleno invierno, por tal motivo, la 25 administración se vio obligada a la suspensión de las obras y retomarlas luego de 26 transcurridos varios eventos de precipitación, para determinar una alternativa de 27 solución a la problemática existente. 28 Resulta oportuno referirse a los conceptos básicos sobre vías de comunicación 29 terrestre; según lo estipulado en el Reglamento Sobre el Manejo, Normalización y
1 Responsabilidad para la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal, Artículo 3º— 2 Definiciones y siglas, cita lo siguiente: 3 Desarrollo de la red vial cantonal: Constituye el conjunto de acciones que es 4 necesario emprender para adaptar las condiciones de la red vial cantonal a las 5 necesidades producto del crecimiento del volumen de tránsito, crecimiento de la 6 población y crecimiento de la producción derivadas o proyectadas de los planes de 7 desarrollo del cantón, del crecimiento habitacional, en particular de los planes de 8 tránsito y transporte. 9 Mejoramiento: Es el conjunto de mejoras o modificaciones de los estándares 10 horizontales y/o verticales de los caminos, relacionados con el ancho, el 11 alineamiento, la curvatura o la pendiente longitudinal, a fin de incrementar la 12 capacidad de la vía, la velocidad de circulación y aumentar la seguridad de los 13 vehículos. También se incluyen dentro de esta categoría, la ampliación de la 14 calzada, el cambio del tipo de superficie de tierra a material granular expuesto o 15 de este a pavimento bituminoso o de concreto hidráulico entre otros, y la 16 construcción de estructuras tales como alcantarillas mayores, puentes, 17 intersecciones, espaldones, aceras, ciclo vías, cunetas, cordón y caño. 18 Así mismo es importante añadir lo estipulado en el MANUAL DE 19 ESPECIFICACIONES GENERALES PARA LA CONSERVACIÓN DE CAMINOS, 20 CARRETERAS Y PUENTES, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que 21 define: 22 Derecho de vía: Aquella área o superficie de terreno, propiedad del Estado, 23 destinada al uso de una vía pública, con zonas adyacentes utilizadas para todas 24 las instalaciones y obras complementarias, áreas previstas para futuras obras de 25 ensanche o mejoramiento, así como zonas de seguridad para el usuario. Esta 26 área está delimitada a ambos lados por los linderos de las propiedades 27 colindantes. 28 Acogiendo lo antes mencionado, se aclara que todos los trabajos efectuados en el 29 proyecto, están siendo ejecutados dentro del derecho de vía, no así dentro de 30 propiedad privada, por lo que no existe afectación directa en propiedad privada.
1 Tomando en cuenta todo lo antes expuesto y además que todas las actividades 2 del proyecto se realizaron siguiendo todos los lineamientos y procesos 3 constructivos correspondientes a cada actividad, según el CR-2010, desde mi 4 punto de vista técnico, basado en lo antes citado y según las obras construidas, no 5 existe violación a los derechos de los ciudadanos, dado que se realizan las 6 gestiones en apego a lo estipulado en la Ley General de caminos públicos, manual 7 de especificaciones generales para la conservación de caminos, carreteras y 8 puentes, entre otros. 9 Para finalizar, según las apreciaciones en inspección al sitio, no encontramos 10 daños u afectación en el lugar indicado, de igual forma hay que considerar que los 11 trabajos de la contratación no han finalizado, por lo que no podemos dar por 12 sentado que los mismos quedaron en mal estado. 13 14 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice ““este oficio es de 15 la Dired5tora de la Unidad Técnica. Someto a votación, que se le brinde 16 aprobación y se le envíe copia a los vecinos que presentaron su inconformidad, 17 levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa 18 de trámite de comisión. 19 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 20 21 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, le brinda aprobación 22 al oficio UT-I-MLC-085-2020, presentado por la Ing. Karla Larios Guevara, 23 Directora del Departamento de Unidad Técnica y Gestión Vial Municipal de La 24 Cruz, Guanacaste, en atención al acuerdo #01-11 de la Sesión Extraordinaria #07- 25 2020, donde los vecinos del barrio Pueblo Nuevo de Santa Cecilia, La Cruz, 26 brindan inconformidad por los trabajos realizados en dicho barrio y el oficio UT-I- 27 MLC-085-2020 de la señora Ing. Karla Larios Guevara, Directora del 28 Departamento de Unidad Técnica y Gestión Vial, según inspección en el sitio, no 29 encontraron daños y afectación en el lugar; además que los trabajos de la 30 Contratación no habían finalizado. Que se brinde copia del informe a los vecinos
1 de barrio Pueblo Nuevo, Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste. ACUERDO 2 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 3 DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 4 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: 5 Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente 6 en ejercicio). 7 8 3.- Se conoce oficio N° SM-346-2020, firmado por los señores: Bach. Asdrúbal 9 Calvo Cháves, Alcalde Municipal de Esparza y Margoth León Vásquez, Secretaria 10 del Concejo Municipal de Esparza, Puntarenas, de fecha 13 de mayo del 2020, en 11 la cual presentan Moción dirigida al señor Carlos Alvarado Quesada, Presidente 12 de la República y a los Diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica; en 13 donde se acuerda requerir y exhortar al señor Presidente de la República, así 14 como a los señores Diputados de la Nación y en especial a los representantes de 15 la Provincia. Para que impulsen, materialicen e implementen las reformas 16 necesarias de la Ley General de Aduanas y su Reglamento. En el sentido de que 17 se regule y finalmente se elimine el Tránsito Nacional de cargas en los términos 18 así expuestos en las consideraciones de esta moción. 19 Solicitan el apoyo de las municipalidades de las provincias de Guanacaste, 20 Puntarenas y Limón. 21 22 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta: “ esta es una 23 solicitud de apoyo de una moción para la Municipalidad de 24 Esparza, es importante apoyarles, así que levanten la mano los que estén de 25 acuerdo en darles el apoyo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de 26 comisión. 27 28 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 29
1 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda el apoyo 2 incondicional a la Gestión realizada por la Municipalidad de Esparza, Puntarenas, 3 en relación al requerimiento y exhortar al señor Presidente de la República, así 4 como a los señores Diputados de la Nación y en especial a los Representantes de 5 la Provincia. Para que impulsen, materialicen e implementen las reformas 6 necesarias de la Ley General de Aduanas y su Reglamento. En el sentido de que 7 se regule y finalmente se elimine el Tránsito Nacional de cargas. ACUERDO 8 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 9 DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 10 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: 11 Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente 12 en ejercicio). 13 14 4.- Se conoce escrito firmado por los señores: Zeneida Quirós Chavarría, Síndica 15 Municipal Propietaria, distrito de Santa Cecilia, Luis Ángel Castillo García, Síndico 16 Municipal Suplente, distrito de Santa Cecilia, Eddy Selva Alvarado, Síndico 17 Municipal Suplente, distrito de Santa Elena, Jessie Gabriela Torres Hernández, 18 Síndica Municipal Propietaria, distrito La Cruz y Leovigilda Vílchez Tablada, 19 Síndica Municipal Suplente, distrito de La Garita, La Cruz, Guanacaste; de fecha 20 29 de mayo del 2020. En la cual indican que en la Asamblea de Síndicos de ésta 21 Municipalidad, se tomó el acuerdo del nombramiento de representantes para 22 integrar la Junta Vial Cantonal, el cual consta en acuerdo 4.1 de la Asamblea 01- 23 2020 del 29 de mayo del 2020, que dice: 24 25 ACUERDO 4.1. La Asamblea de Síndicos de la Municipalidad de La Cruz, 26 acuerdan nombramiento de representantes para integrar la Junta Vial Cantonal a 27 las siguientes personas: como miembro propietario al señor Luis Ángel Castillo 28 García, Síndico Suplente por el distrito de Santa Cecilia, y como miembro suplente 29 al señor: Eddy Selva Alvarado, Síndico Suplente por el distrito de Santa Elena. 30 Acuerdo por unanimidad con la presencia de los siguientes Síndicos: Zenaida
1 Quirós Chavarría, Luis Castillo García de Santa Cecilia, Eddy Selva Alvarado de 2 Santa Elena, Jessie Torres de La Cruz y Leovigilda Vílchez Tablada de La Garita. 3 4 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice: “los síndicos del 5 Cantón, se reunieron en Asamblea y nombraron su representante propietario y 6 suplente ante la Junta Vial Cantonal de la Cruz, es Luis Ángel Castillo García y 7 Eddie Selva Alvarado, así que levanten la mano los que estén de acuerdo en 8 darles el apoyo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 9 10 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 11 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los señores 12 Síndicos Suplentes de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste: Luis Ángel 13 Castillo García, como Propietario y Eddy Selva Alvarado, como Suplente, ambos, 14 ante la Junta Vial Cantonal de La Cruz; nombrados en la Asamblea que realizaron 15 los Síndicos Municipales del Cantón de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 16 APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 17 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José Taleno Navarro, José 18 Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: Regidor Suplente en 19 ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente en ejercicio). 20 21 5.- Se conoce escrito firmado por los señores: Francisco Garro Montoya, 22 Presidente y Elisa Sequeira Castro, Secretaria, de la ASADA El Porvenir de La 23 Garita, La Cruz, Guanacaste, con fecha de recibido del 03 de junio del 2020, en la 24 cual indican que desean que se les comparta el acta en que se aprueba el 25 convenio entre la Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, La Cruz y la 26 Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, para la gestión de recurso para mejoras 27 en el sistema de agua, en caso positivo de que ya se haya celebrado sesión en 28 que se haya tratado ese tema. Si así fuese, agradecemos que se nos pueda 29 orientar en cuanto al proceso pendiente por seguir.
1 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les menciona “como lo dijo 2 el señor Alcalde estos eran recursos viejos, y fueron incluidos en la Modificación 3 presupuestaria, son para construir un tanque de captación de agua y tubería del 4 acueducto del Porvenir, pero lo ejecuta la Asociación de Desarrollo de la Garita, 5 que se le brinde aprobación y que se le pase al señor Alcalde para que haga el 6 convenio y se proceda, levanten la mano los que estén de acuerdo en darles el 7 apoyo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 8 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 9 10 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor 11 Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, Guanacaste, escrito 12 firmado por los señores: Francisco Garro Montoya: Presidente y Elisa Sequeira 13 Castro: Secretaria, de la ASADA de El Porvenir, La Garita, La Cruz, Guanacaste; 14 donde solicitan la elaboración del Convenio ante la Municipalidad de La Cruz y la 15 Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, para llevar a cabo el Proyecto de 16 Construcción del Tanque de Almacenamiento de Agua Potable y la Tubería para el 17 Acueducto de la comunidad de El Porvenir. Se remite para que proceda a realizar 18 el convenio respectivo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME 19 y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR 20 (Socorro Díaz Chaves, Juan José Taleno Navarro, José Manuel Vargas 21 Cháves, Eneas David López Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio, y 22 Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente en ejercicio). 23 24 6.- Se conoce OFICIO MLC-DGJ-006-2020, firmado por el Lic. Carlos Eduardo 25 Guevara Torres, Gestor Jurídico Municipal de la Cruz, de fecha 25-mayo-2019, 26 recibida el 03-junio-2020, el cual literalmente dice: 27 Por este medio me permito dar respuesta al acuerdo Municipal N° 1-7 de la sesión 28 extraordinaria #02-2020, del día 29 de enero del 2020, mediante el cual se solicita 29 se estudie, analice y se dictamine sobre recurso de revocatoria con apelación en
1 subsidio contra el acuerdo #2-5 de la sesión ordinaria #01-2020 del 03 de enero 2 del 2020. 3 Presento las disculpas del caso por la tardía de entregar respuesta a recurso, esto 4 debido a que se tuvo que realizar entrevistas con los topógrafos involucrados en el 5 proceso. 6 Se procede a dar respuesta a los hechos en el mismo orden en que los presenta 7 el recurrente: 8 HECHOS 9 PRIMERO: Es cierto 10 SEGUNDO: Parcialmente cierto, si bien es cierto existe escritura pública de la 11 calle con un ancho de 14 metros, de igual manera existe constancia del encargado 12 de catastro municipal que indica que la calle en cuestión es real y existente. Ahora 13 bien, en relación a que las calles en el costado mide 11.60 metros y que no existe 14 fundamentación por parte del señor Mora Morales al indicar que, si bien es cierto 15 la calle al costado es de 11.60 metros aunque el plano indica 14 metros de ancho 16 no quiere decir que alguna propiedad haya modificado los linderos en perjuicio del 17 derecho de vía o usurpando, se le indica al recurrente que no lleva razón al indicar 18 que no existe fundamentación, en este punto funcionario municipal, establece que 19 no se han realizado cambios de linderos en los costados sur y este hasta la 20 actualidad, lo que se logra comprobar al realizar el levantamiento que se 21 encuentra que el área en campo es de 77 m² menor que la indicada en el plano 22 del título de propiedad, área de 13,638 m², área que se encuentra dentro del rango 23 de variación permitido. Ahora bien, revisando el plano G-1443712-2010, y 24 comprado con el montaje de planos contra levantamiento topográfico de lo 25 existente realizado por el departamento de topografía municipal, se observa que 26 dicho plano mantiene a como lo establece el Manual de Procesos para la 27 compatibilización de la información catastral y registral lo que denomina 28 Inconsistencia 07, que corresponde a lo siguiente: 29 Inconsistencia 07
1 Cuando exista un predio cuyo plano catastrado relacionado (en cualquiera de los 2 tipos de relación, excepto la relación 5 por diferencia de área), abarque parte o la 3 totalidad del derecho de vía, se aplicará la inconsistencia 07 si: 4 5 a) Al digitalizar y georeferenciar el plano catastrado se muestra un traslape 6 con la vía pública y después del trabajo de campo se comprueba que los 7 linderos materializados del predio y/o sus construcciones efectivamente 8 abarcan el derecho de vía pública. 9 b) Al digitalizar y georeferenciar el plano catastrado se determina que el plano 10 abarca la totalidad del derecho de vía, definido por la restitución 11 cartográfica correspondiente a “parcelario aparente” a ambos lados de vía 12 pública, o en su defecto, si no existe restitución, el derecho de vía será 13 definido por lo indicado en los planos catastrados ambos lados de la vía en 14 cuestión. 15 c) Al digitalizar y georeferenciar el plano catastrado se logra determinar que 16 sobrepasa el derecho de vía, quedando restos en ambas partes de la vía 17 pública. 18 Por lo anterior indicado, y con base al estudio realizado por el departamento de 19 catastro municipal, se observan errores en el plano G-1443712-2010, tales como, 20 que indica en el derrotero 6 vértices pero en el dibujo indica que son 7 vértices, 21 por lo que el área y las dimensiones de cada lado no son correctas, en el derrotero 22 indica menos puntos, indica 6 punto siendo lo correcto 7, además en el montaje de 23 planos contra levantamiento topográfico de lo existente, es claro que dicho plano 24 abarca en el costado norte abarca la calle pública, por lo que dicho plano es 25 incorrecto, siendo necesario subsanar dicha inconsistencia, subsanación que será 26 mediante una rectificación de medidas del plano G-144372-2010, cumpliendo con 27 todas las especificaciones necesarias de corrección del plano, además respetando 28 los 14 metros de la calle al costado este de la propiedad. En relación a la 29 apropiación indebida de las calles se le indica al recurrente que no lleva razón, 30 esto por las razones antes indicadas, de los errores del plano.
1 2 TERCERO: No es cierto: En relación a lo indicado en este punto se le reitera lo 3 dicho en el acápite anterior sobre los errores que presenta el plano G-144372- 4 2010, tales como que indica en el derrotero 6 vértices, pero en el dibujo indica que 5 son 7 vértices, por lo que el área y las dimensiones de cada lado no son correctas, 6 en el derrotero indica menos puntos, indica 6 punto siendo lo correcto 7, además 7 en el montaje de planos contra levantamiento topográfico de lo existente, es claro 8 que el plano G-1443712-2010, el plano abarca en el costado norte abarca la calle 9 pública, es claro que dicho plano es incorrecto 10 CUARTO: No es cierto: No ha existido invasión de la vía pública, se ha actuado a 11 derecho con base al plano catastrado G-144372-2010, y no fue hasta que se hace 12 un levantamiento topográfico de lo existente que se logra comprobar que dicho 13 plano presenta errores, errores que en su momento permitieron al departamento 14 topográfico considerar que no había existido invasión en la vía pública, además se 15 consideró que por ser una propiedad que pertenece a la Municipalidad, no existía 16 invasión de vía pública. 17 QUINTO: Es cierto 18 SEXTO: No es cierto, El informe se basó en estudios técnicos, prueba de ello es el 19 documento adjunto correspondiente el montaje de planos contra levantamiento 20 topográfico de lo existente, que si bien es cierto no se adjuntó en su momento 21 pero si fue considerado por los funcionarios para emitir su criterio, (se procede en 22 el presente documento en adjuntarlo) 23 SETIMO: Parcialmente cierto. No es cierto que el criterio vertido por el señor Mora 24 Morales carezca de estudios técnicos legales, a como se le indicó en el acápite 25 anterior, El informe se basó en estudios técnicos, prueba de ello es el documento 26 adjunto correspondiente el montaje de planos contra levantamiento topográfico de 27 lo existente, que si bien es cierto no se adjuntó en su momento, pero si fue 28 considerado por los funcionarios para emitir su criterio, (se procede en el presente 29 documento en adjuntarlo). 30 OCTAVO: Es cierto
1 NOVENO: Siendo una apreciación personal del recurrente los suscritos no se 2 referirán a lo dicho en este punto. 3 Finalmente, se le indica que ésta propiedad tiene la particular que es manzanera, 4 o sea todo está delimitado por calles, además que tiene inconsistencia 7, que 5 significa que el plano afecta la vía pública, ya que al revisar el plano éste pasa la 6 calle, pero sabemos que la propiedad existe, por lo que lo correcto en estos casos 7 es solicitar una rectificación de medidas, para corregir el plano y que se cumplan 8 con los 14 metros de ancho de la calle al costado este de la propiedad así cumplir 9 con lo que establece el plano y la escritura de la calle que indica que es vía 10 pública de 14 metros de ancho. 11 12 CONCLUSIÓN 13 Por lo anteriormente indicado y con fundamento Manual de Procesos para la 14 compatibilización de la información catastral y registral inconsistencia. 15 SE CONCLUYE 16 PRIMERO: Dar con lugar el Recurso de Revocatoria presentado 17 SEGUNDO: Solicitar al departamento de Catastro Municipal, específicamente al 18 topógrafo municipal, para que se rectifiquen las medidas del plano de la 19 propiedad, respetando los 14 metros de ancho de calle de la vía del costado este 20 de dicha propiedad. 21 TERCERO: Una vez realizada la corrección de las medidas, colocar la malla 22 instalada en la medida correcta. 23 CUARTO: Cumplidas las acciones anteriores, autorizar al Alcalde Municipal, para 24 que se presente ante la notaría del Estado a realizar el traspaso respectivo de la 25 propiedad. 26 27 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta: “mi posición 28 es que se le brinde aprobación y se ejecute tal y como recomienda el señor Lic. 29 Carlos Guevara. 30
1 La señora Zeneida Pizarro Gómez, regidora suplente en ejercicio pregunta: cuál 2 propiedad es esa, que no lo dice. 3 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les informa que esa 4 propiedad es donde se construirá la casa del Migrante, por donde está la casa del 5 Adulto mayor. 6 7 El señor Lic. Luis Alonso Alan Corea, Alcalde Municipal les informa, buenas tardes 8 señores regidores, síndicos, señor secretario, Vicealcaldesa, a todos y un abrazo, 9 esto es un recurso de Revocatoria con apelación en subsidio presentado al 10 proyecto donde se construirá la casa del Migrante, quiero aprovechar sobre este 11 tema para explicarles, el terreno está ubicado al costado sur del campo ferial de 12 esta Municipalidad, la administración anterior le donó un terreno a Migración 13 General y Extranjería para construir la casa del Migrante, y que pertenece a 14 propiedad privada y que debe devolverse, esto de las migraciones es un problema 15 grave para este Cantón, los cantones fronterizos tenemos problemas con estos 16 migrantes, y con esto de la pandemia dará problemas migratorios, La Cruz no se 17 escapa a esto, probablemente el terreno la Administración no fue a donar lo ideal, 18 ya no viene al caso y se donó a Migración y Extranjería y que se debía autorizar al 19 Alcalde Municipal a la firma del traspaso, que a la fecha no se ha hecho, pero 20 Migración inició con la construcción de la malla cercando el terreno y construcción 21 de la acera, se hizo el diseño, los planos y hasta hizo mejoras en el Barrio Irvin, en 22 acueducto y electricidad, agua, y con lo que dice el Lic. Guevara, no hay invasión 23 en el derecho de vía porque es municipal y lo que corresponde es hacer una 24 rectificación, cierto es que el proyecto es necesario, pero la ubicación no es 25 correcta, ya hay donación, Migración ya hizo inversión, porque con ese edificio con 26 emergencias, ya no se utilizarían las Escuelas, Colegios, Iglesias, salón comunal, 27 serviría para albergar damnificados y solventaría, pero como dice el Lic. Guevara 28 hay que rectificar, y declarar en parte el recurso, y hay que ser claro que es una 29 realidad el problema de la Migración. 30
1 La señora Msc. Ada Luz Osegueda Peralta, Vicealcaldesa Municipal les dice yo 2 estoy totalmente de acuerdo que se necesita ese edificio, pero hay que tener 3 mejoras, que se le diga a la OIM que invierta en el Barrio donde se va a construir 4 el edificio, una inversión como alcantarillado, pavimento y otras mejoras, está bien 5 que ayudemos pero que exijamos como Concejo Municipal. 6 7 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice, es un informe del 8 señor Gestor Jurídico Municipal y debemos aprobarlo, que se ejecute como lo 9 recomienda, lo someto a votación levanten la mano los que estén de acuerdo, que 10 sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 11 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 12 13 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba el oficio MLC- 14 DGJ-006-2020, firmado por el señor Lic. Carlos Eduardo Guevara Torres, Gestor 15 Jurídico Municipal de La Cruz, Guanacaste, con relación al Recurso de 16 Revocatoria con Apelación en Subsidio contra el acuerdo #2-5 de la Sesión 17 Ordinaria #01-2020 del 03 de enero del 2020. Por lo que: Se declara con lugar el 18 Recurso de Revocatoria presentado, por el señor Carlos Matías Gonzaga 19 Martínez, vecino de la Cruz Guanacaste. 20 Se solicita al Departamento de Catastro Municipal, específicamente al Topógrafo 21 Municipal Ing. Alex Villalobos Mora, para que rectifiquen las medidas del plano de 22 la propiedad, respetando los 14 metros de ancho de calle de la vía del costado 23 este de dicha propiedad. Una vez realizada la corrección de las medidas, colocar 24 la malla instalada en la medida correcta. Cumplidas las acciones anteriores, se 25 autoriza al señor Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, para 26 que se presente ante la Notaría del Estado a realizar el traspaso respectivo de la 27 propiedad. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE 28 DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 29 Díaz Chaves, Juan José Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas
1 David López Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro 2 Gómez: Regidora suplente en ejercicio). 3 4 7.- Se conoce escrito firmado por el señor Gerardo Rodríguez Solís, Presidente de 5 la Asociación de Desarrollo Integral de la Garita de La Cruz, Guanacaste, de fecha 6 28 de marzo del 2020, en donde indica que la Junta Directiva de la Asociación de 7 Desarrollo Integral de La Garita, acordó solicitarles la reparación del tramo de la 8 carretera entre Ánimas y La Garita, debido a que se encuentra en muy mal estado. 9 Dicha Carretera es muy transitada por todos los habitantes del distrito. Además de 10 que si no se le da mantenimiento se va a destruir totalmente. 11 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta: “que este 12 Que esto es meramente Administrativo, le compete al señor Alcalde, que se le 13 remita al señor Alcalde y vea lo que tengas que hacer, así que lo someto a 14 votación levanten la mano los que estén de acuerdo que sea firme, definitivo y se 15 dispensa de trámite de comisión. 16 El señor Lic. Luis Alonso Alan Corea, Alcalde Municipal les informa, señores 17 efectivamente Gerardo Rodríguez tiene toda la razón, están afectados por el mal 18 estado de la vía, fuimos a inspeccionarla, está en estudio y pedimos una 19 valoración para ver cuál es el costo, estamos trabajando en eso, y ahora con el 20 invierno se está deteriorando más, estamos haciendo trámites para presupuestar y 21 darles un mejor camino a los vecinos de la Garita. 22 23 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice: “que este entonces 24 le compete al señor Alcalde, que se le remita al señor Alcalde y vea lo que tengas 25 que hacer, así que lo someto a votación levanten la mano los que estén de 26 acuerdo que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 27 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 28 29 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite al Lic. Luis 30 Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, escrito firmado por el señor
1 Gerardo Rodríguez Solís, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de La 2 Garita, La Cruz, Guanacaste, para que tome cartas en el asunto y le conteste a la 3 Asociación de Desarrollo Integral de La Garita por el mal estado del camino 4 Ánimas- La Garita. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y 5 SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro 6 Díaz Chaves, Juan José Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas 7 David López Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro 8 Gómez: Regidora suplente en ejercicio). 9 10 8.- Se conoce oficio Nº MLC-DAI-OF-052-2020, firmado por el señor Lic. Gledys 11 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, Guanacaste, de fecha 12 12 de mayo del 2020; en la cual remite informe N° MLC-DAI-INF-002-2020, sobre 13 la Feria Rodeo Cuajiniquil 2019, cantón La Cruz, Guanacaste: 14 Me permito remitirles Informe N.° MLC-DAI-INF-002-2020, preparado por esta 15 Auditoria Interna, en el cual se consignan los resultados del análisis de la gestión y 16 el control interno en los procesos relacionados con el registro, control, contratación 17 y salvaguarda de la información que se generó en la Feria Rodeo Cuajiniquil 2019 18 de acuerdo con la normativa vigente en la Municipalidad de La Cruz. 19 20 CONCLUSIONES. 21 Es a la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad ejercer la más estricta 22 vigilancia sobre estas asociaciones, con el propósito de que funcionen conforme a 23 los términos de esta Ley 3589, su Reglamento y los respectivos estatutos. 24 Al ser la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad el órgano funcional a 25 nivel de instrumento básico de la organización de las comunidades del país de 26 acuerdo a lo establecido en el artículo 1 del presente cuerpo normativo, le 27 corresponde a DINADECO no solo la concreción del procedimiento de inscripción 28 de las asociaciones de desarrollo comunal, sino también la realización de la más 29 estricta vigilancia sobre dichas organizaciones.
1 Este mandato fiscalizador hace que DINADECO pueda de oficio, o a solicitud de 2 parte, llevar a cabo las investigaciones necesarias para determinar el correcto 3 desempeño de las agrupaciones y sus representantes, conforme a la normativa 4 sobre desarrollo comunal. 5 Por tal motivo, en el apartado 2. Resultados del Estudio, se destacan algunas 6 debilidades de control interno que se lograron observar de acuerdo a la 7 información entregada por el Presidente de la Asociación Integral de Cuajiniquil, lo 8 cual se hace como un aporte únicamente, por la independencia que posee la 9 organización, en relación con la Administración Municipal, como se indicó 10 anteriormente. 11 Finalmente, en cuanto al cumplimiento parcial de lo que se establece en el artículo 12 nro.16 del Reglamento para la realización de festejos populares, ferias rodeos, 13 montas y corridas de toros, topes, cabalgatas, turnos y mini-turnos en el cantón de 14 La Cruz, corresponde al Concejo Municipal de La Cruz, analizar qué medidas 15 tomara el respecto. 16 17 RECOMENDACIONES. 18 De conformidad con los resultados expuestos, se indican las siguientes 19 recomendaciones, de acuerdo con los artículos 12 y 22 de la Ley General de 20 Control Interno Nº 8292 21 Además, es importante recordar que la misma ley de marras establece: 22 “Artículo 36.- Informes dirigidos a los titulares subordinados 23 Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los 24 titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera: 25 a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados 26 a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las 27 recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el 28 informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por 29 escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y 30 propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados.
1 b) Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días 2 hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el 3 titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones 4 de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por el titular 5 subordinado o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de 6 los primeros diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de 7 oficio, ante el jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones 8 alternas propuestas. Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean 9 distintas de las propuestas por la auditoría interna, estarán sujetas, en lo 10 conducente, a lo dispuesto en los artículos siguientes. 11 c) El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular 12 subordinado correspondiente, para el trámite que proceda. 13 Artículo 37.- Informes dirigidos al jerarca 14 Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá ordenar al 15 titular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días 16 hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las 17 recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo 18 indicado deberá ordenar las soluciones alternas que motivadamente disponga; 19 todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular 20 subordinado correspondiente. 21 Artículo 38.- Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la 22 República 23 Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las 24 recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días 25 hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los 26 motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en 27 conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los 28 ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de 29 inconformidad indicadas.
1 La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a 2 solicitud del jerarca, de la auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta días 3 hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto. El hecho de 4 no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor, dará 5 lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica 6 de la Contraloría General de la República, N° 7428, de 7 de setiembre de 1994. 7 Artículo 39.- Causales de responsabilidad administrativa 8 El jerarca y los titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa 9 y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados 10 en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la 11 respectiva relación de servicios.” 12 13 Al Concejo Municipal: 14 En cuanto en cuanto al cumplimiento parcial de lo que se establece en el artículo 15 nro.16 del Reglamento para la realización de festejos populares, ferias rodeos, 16 montas y corridas de toros, topes, cabalgatas, turnos y mini-turnos en el cantón de 17 La Cruz, corresponde al Concejo Municipal de La Cruz, analizar qué medidas 18 tomara el respecto. 19 20 El señor Eneas López Chavarría, regidor suplente en ejercicio les dice, buenas 21 noches a todos, debo referirme a esto porque no saben que yo soy el Presidente 22 de la Asociación de Desarrollo Integral de Cuajiniquil, están también Katherine que 23 es miembro y Eddie Selva Alvarado que es el tesorero, posterior lo haré. 24 25 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal le manifiesta: “don Eneas 26 López, usted es parte del asunto, por lo tanto, no puede participar y debe 27 excusarse, o caso contrario lo recusamos por ser parte interesada en el asunto, 28 así que lo someto a votación que se remita este oficio de la auditoría sobre la 29 auditoría de la feria Rodeo de Cuajiniquil que se remita a la Comisión de asuntos 30 jurídicos, para estudio, análisis y dictamen y así tomar la resolución respectiva.
1 La señora Zeneida Pizarro Gómez, regidora suplente en ejercicio les dice, para 2 ejercer el voto, ocupo tener más conocimiento del asunto y por eso no lo voto, es 3 negativo. 4 5 El señor Juan José Taleno Navarro, regidor propietario les manifiesta que lo mejor 6 es que se mande a la Comisión de asuntos jurídicos, está de acuerdo en eso. 7 8 Los señores regidores: Socorro Díaz Chavarría, José Manuel Vargas Cháves, y 9 Juan José Taleno Navarro están de acuerdo que se remita a la Comisión de 10 Asuntos Jurídicos para estudio, análisis y dictamen y así tomar la resolución 11 correspondiente, firme, definitivo y dispensado de trámite de comisión, mientras 12 que la señora Regidora suplente en ejercicio Zeneida Pizarro Gómez, dice que no 13 está de acuerdo porque no conoce del asunto. 14 Con el agregado anterior los señores regidores muy conformes. 15 16 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite el oficio MLC- 17 DAI-OF-052-2020, firmado por el señor Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor 18 Interno Municipal de La Cruz, Guanacaste, que contiene Informe MLC-DAI-INF- 19 002-2020, sobre la Feria Rodeo Cuajiniquil 2019. Dicha remisión para estudio, 20 análisis y dictamen. Para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO 21 APROBADO, por 3 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 22 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves) y 1 en Contra: Zeneida Pizarro 23 Gómez: Regidora suplente en ejercicio. 24 25 9.- Se conoce oficio Nº UAI-ALCALDE-042-2020, firmado por el señor Lic. Gledys 26 Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, Guanacaste, de fecha 27 29 de abril del 2020, en la cual indica lo siguiente: 28 Asunto: Nombramientos Interinos. 29 En el artículo 34 de la ley General de Control Interno se prohíbe a los auditores 30 realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias
1 para cumplir su competencia, dentro de las cuales podría mencionar la de advertir 2 a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de 3 determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. 4 5 Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al órgano consultante 6 en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, 7 además, el riesgo que genera emitir un criterio en punto a situaciones o casos 8 específicos cuya decisión involucra al personal administrativo. 9 Además, el artículo 22 de ley de marras establece como competencia de las 10 Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; 11 además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles 12 consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su 13 conocimiento. 14 Por ello, considerando que en la Municipalidad de La Cruz, se han realizado 15 nombramientos de personal en forma interina para ocupar plazas fijas, los cuales, 16 se han venido realizado en períodos consecutivos. Paso a recordarles lo siguiente: 17 18 1. El Código Municipal en el artículo139 establece: 19 (…) 20 Mientras se realiza el concurso interno o externo, el alcalde podrá autorizar el 21 nombramiento o ascenso interino de un trabajador hasta por un plazo máximo de 22 dos meses, atendiendo siempre las disposiciones del artículo 125 de esta ley. 23 (Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542 "Ley de Fortalecimiento 24 de la Policía Municipal" del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo 25 artículo 130 al 139) 26 (…) 27 El comentario del Código Municipal sobre ese artículo en parte indica que: la 28 Procuraduría General de la República ha indicado que el plazo del interinato: 29 “…no se puede prorrogar al no existir norma que lo permita. Lo anterior, no aplica
1 sin embargo en los casos donde existe inopia.” Ver al respecto dictamen C-365- 2 2008, de 07/10/2008. 3 2. Aunado a lo anterior, la Procuraduría General en el dictamen C-58-2015 indico 4 lo siguiente: 5 El plazo máximo de nombramiento de los servidores municipales interinos 6 mientras se realiza el concurso correspondiente para ocupar la plaza es de dos 7 meses según el artículo 130 del Código Municipal (actual 139), sin embargo, 8 existen supuestos que permiten que dicho plazo pueda ser prorrogado, como lo 9 sería el caso de que el concurso resulte infructuoso o exista inopia. 10 No se puede nombrar o ascender interinamente a una persona cuyos atestados 11 demuestran que no cumple con los requisitos mínimos (experiencia o preparación 12 académica) para un adecuado desempeño del puesto. 13 14 Por lo tanto, se somete a su consideración esta advertencia, con el objetivo de 15 coadyuvar con el control interno institucional, y se recomienda a la Administración 16 Municipal, en la persona del Alcalde, sopesar la anterior situación para que las 17 plazas fijas vacantes sean llenadas y ocupadas de acuerdo con lo que ha 18 establecido el legislador y la Procuraduría General de la República, sin dejar de 19 lado lo relacionado con los nombramientos interinos en plazas fijas vacantes, para 20 lo cual, debe de tomar las medidas correspondientes ajustadas al bloque de 21 legalidad. 22 Además, se solicita al Acalde Municipal Junnier Alberto Salazar Tobal y la Licda. 23 María Concepción Chacón Peña-Coordinadora de Recursos Humanos, o a 24 quienes ocupen los puestos, a informar a la Auditoría Interna y al Concejo 25 Municipal, por medio escrito, las medidas que ejecutara sobre el tema tratado en 26 este oficio. 27 28 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les agrega “es una 29 corrección, así que no queda más que aprobarlo, someto a votación, levanten la
1 mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y ase dispensa de trámite 2 de comisión. 3 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 4 5 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba el oficio UAI- 6 ALCALDE-042-2020, firmado por el señor Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor 7 Interno Municipal de La Cruz, Guanacaste, con relación a los nombramientos 8 internos de la Municipalidad de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 9 APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 10 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José Taleno Navarro, José 11 Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: Regidor Suplente en 12 ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente en ejercicio). 13 10.- Se conoce escrito firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, vecino 14 de La Cruz, Guanacaste, de fecha 24 de abril del 2020. En el cual solicita al 15 Honorable Concejo Municipal de La Cruz, resolver conforme a derecho y por ende 16 acoger y aprobar la compensación económica por la totalidad de los días de 17 vacaciones no gozados y el pago del aguinaldo proporcional, de acuerdo al detalle 18 contenido en el oficio del Departamento de Recursos Humanos, esto por la labor 19 que desempeñó como Alcalde Municipal de la Cruz durante el periodo 2016-2020. 20 21 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice: “esto es 22 meramente Administrativo, es competencia del señor Alcalde Municipal, que se le 23 remita al señor Alcalde, para que realice lo que corresponda y tome cartas en el 24 asunto, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión, levanten la 25 mano los que estén de acuerdo. 26 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 27 28 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, le remite escrito 29 firmado por el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Vecino de La Cruz, 30 Guanacaste y ex Alcalde Municipal de La Cruz, donde solicita se le paguen sus
1 derechos laborales, los días de vacaciones no gozados y el aguinaldo 2 proporcional, según detalle del Departamento de Recursos Humanos Municipal de 3 La Cruz. Se remite al Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, 4 para que tome cartas en el asunto y realice lo que corresponda. ACUERDO 5 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 6 DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 7 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: 8 Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente 9 en ejercicio). 10 11 11.- Se conoce escrito firmado por la Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, vecina 12 de La Cruz, Guanacaste, de fecha 24 de abril del 2020. En la cual solicita al 13 Honorable Concejo Municipal de La Cruz, resolver conforme a derecho y por ende 14 acoger y aprobar la compensación económica por la totalidad de los días de 15 vacaciones no gozados y el pago del aguinaldo proporcional, de acuerdo al detalle 16 contenido en el oficio del Departamento de Recursos Humanos. esto por la labor 17 que desempeñó como Vicealcaldesa Municipal de la Cruz durante el periodo 18 2016-2020. 19 20 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice: “este es similar al 21 anterior, nada más que es de la ex vicealcaldesa, también es Administrativo, 22 competencia del señor Alcalde Municipal, que se le remita también al señor 23 Alcalde, para que realice lo que corresponda y tome cartas en el asunto, que sea 24 firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión, levanten la mano los que 25 estén de acuerdo. 26 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 27 28 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, le remite escrito 29 firmado por la señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vecina de La Cruz, 30 Guanacaste y ex Vicealcaldesa Municipal de La Cruz, donde solicita se le paguen
1 sus derechos laborales, los días de vacaciones no gozados y el aguinaldo 2 proporcional, según detalle del Departamento de Recursos Humanos Municipal de 3 La Cruz. Se remite al Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, 4 para que tome cartas en el asunto y realice lo que corresponda. ACUERDO 5 DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL TRÁMITE 6 DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan José 7 Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López Chavarría: 8 Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora suplente 9 en ejercicio). 10 11 12.- Se conoce oficio Nº DE-E-133-05-2020, firmado por MBA. Karen Porras 12 Arguedas, Directora Ejecutiva, Unión Cantonal de Gobiernos Locales, del mes de 13 mayo del 2020. En la cual indica lo siguiente: 14 El Artículo 9 del Estatuto de la Unión Nacional de Gobiernos Locales establece 15 que: 16 “Artículo 9 °-Son miembros de la Asamblea Nacional: 17 a. Tres delegados del Gobierno Municipal, de los cuales dos serán nombrados por 18 acuerdo del Concejo Municipal de cada una de las Municipalidades afiliadas a la 19 UNIÓN, los cuales deberán ser regidores o regidoras, y uno será quien ostente la 20 titularidad de la alcaldía en ejercicio. 21 b. Dos delegados nombrados por acuerdo del Consejo Directivo de cada una de 22 las Federaciones de Municipalidades, los cuales deberán ser Regidores, 23 regidoras, titulares de la Alcaldía, titulares Intendencias. 24 c. Tres delegados de los Concejos Municipales de Distrito, de los cuales Dos 25 delegados nombrados por acuerdo del Concejo Municipal de Distrito, los cuales 26 deberán ser concejales de distrito y uno será quien ostente la titularidad de la 27 intendencia en ejercicio. 28 En los nombramientos de delegados y delegadas realizados por los Concejos 29 Municipales, Concejos Municipales de Distrito y Federaciones de Municipalidades 30 deberá respetarse la equidad de género. En caso de que no se respete la
1 equidad de género en el concejo municipal, el concejo municipal de distrito o 2 federación de municipalidades deberá especificarlo en el acuerdo respectivo, caso 3 contrario se rechaza de plano el nombramiento por incumplimiento de lo 4 establecido. 5 Ningún delegado o delegada podrá tener una doble representación ante la 6 Asamblea Nacional”. 7 8 Por lo anteriormente expuesto, se solicita respetuosamente a ese honorable 9 Concejo Municipal proceder al nombramiento de los delegados (as) de su 10 municipalidad, concejo municipal de distrito o federación municipal, según 11 corresponda. Dichos delegados (as) serán los representantes ante la Asamblea 12 Nacional de Municipalidades durante el período comprendido de mayo 2020 a 13 mayo 2024. La Asamblea Nacional se realizará en fecha, hora y lugar que será 14 comunicada oportunamente por la UNGL. 15 Asimismo, para acreditarse como delegado (a) de nuestra Asamblea Nacional es 16 requisito indispensable el envío del acuerdo municipal respectivo, en el cual debe 17 constar nombre completo de los dos delegados(a), número de cédula de identidad, 18 correo electrónico y número de teléfono celular mediante el cual se pueda 19 contactar. Dicho acuerdo debe remitirse a más tardar el día martes 29 de mayo 20 2020 al correo electrónico de la Sra. Guiselle Sánchez Camacho, 21 gsanchez@ungl.or.cr / número de teléfono directo 2290-4158 / celular 8348-7559, 22 para conformar el respectivo padrón de delegados (as). 23 24 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les informa: “sobre este 25 nombramiento conversé con el compañero regidor Julio César Camacho Gallardo, 26 y este envió un correo electrónico al señor secretario Municipal donde dice que él 27 desearía ser delegado, que lo tomen en cuenta, por lo tanto propongo que sean 28 Julio César Camacho y Luis Diego Obregón Rodríguez, , Julio Cesar está muy 29 joven y quiere superarse, quiere crecer y me parece y después que nno se diga 30 que no se da participación.
1 2 El señor Lic. Luis Alonso Alan Coreas, Alcalde Municipal les manifiesta, me parece 3 que el documento dice que debe haber equidad de género, si Carlitos(Secretario) 4 me aclara por favor, yo automáticamente soy delegado, y el viernes no puedo 5 estar en esa sesión de trabajo, porque tengo que estar en San José en la Casa 6 Presidencial, así que justifico que no puedo asistir, y que se tome el acuerdo para 7 que se les brinde el medio de transporte. 8 9 El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal les manifiesta, 10 con el respeto que se merecen el documento es claro dice que se debe respetar 11 equidad de género. 12 13 El señor Luis Diego Obregón Rodríguez, regidor suplente dice buenas noches a 14 todos, quiero agradecerles por haberme tomado en cuenta, pero yo le cedo mi 15 lugar al compañero Julio Cesar Camacho, más bien solicito a los compañeros el 16 apoyo para él. 17 18 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les dice, a doña Zeneida 19 Pizarro, a Doña Fermina, yo no puedo porque tengo que presidir el viernes, les 20 pido que participen, sino debemos justificar porque no se respetó la equidad de 21 género. Dice doña Zeneida que no puede, Igualmente doña Fermina. 22 23 El señor Eneas López Chavarría, regidor suplente en ejercicio, le dice a Zeneida 24 Pizarro, que esto es una vez al año, que participen. 25 26 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta que doña 27 Zeneida Pizarro Gómez acepta, por lo tanto, están doña Zeneida Pizarro Gómez y 28 Julio César Camacho Gallardo, como representantes ante la Unión Nacional de 29 Gobiernos Locales, y se les autoriza para que el viernes asistan a la sesión de 30 trabajo, en Liberia, frente al Aeropuerto, que se les suministre el medio de
1 transporte, lo someto a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que 2 sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 3 4 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 5 6 ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los señores: 7 Zeneida Pizarro Gómez, cédula N° 5-195-503, correo electrónico: 8 zeneidapigo@hotmail.com, teléfono N° 86635145, y Julio César Camacho 9 Gallardo, cédula N° 382-822, correo electrónico: cejuabma@gmail.com, teléfono 10 N° 87484969, ante la Asamblea Nacional de Municipalidades, durante el periodo 11 comprendido de mayo 2020 a mayo 2024, a celebrarse el 31 de julio del 2020 en 12 forma virtual, promovida por la Unión Nacional de Gobiernos Locales, por lo que 13 se autoriza se les brinde el medio de transporte para que participen en la primera 14 sesión de trabajo de dicha Unión a celebrarse el día viernes 12 de junio del 2020, 15 en el Hotel Hilton Garden Inn, Liberia Airport.,ACUERDO DEFINITIVAMENTE 16 APROBADO, FIRME Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos 17 a favor: (Socorro Díaz Cháves, José Manuel Vargas Cháves, Juan Taleno 18 Navarro, Zeneida Pizarro Gómez: regidora suplente en ejercicio y Eneas 19 David López Chavarría: regidor suplente en ejercicio). 20 21 13.- Se conoce oficio Nº CORACG-024-2020, firmado por el señor Alejandro Masis 22 Cuevillas, Secretario Ejecutivo, Consejo Regional del Área de Conservación 23 Guanacaste (CORACG), de fecha 04 de junio del 2020. 24 En la cual indican lo siguiente: 25 26 Referencia: Nombramiento de Representantes del Concejo Municipal de la 27 Cruz ante el Consejo Regional del Área de Conservación Guanacaste 28 (CORACG)
1 La Ley de Biodiversidad No. 7788, en su artículo 29, crea los Consejos Regionales 2 de las Áreas de Conservación, que tienen funciones definidas en el artículo 30 de 3 dicha Ley (ver anexo). 4 Actualmente en la Junta Directiva del Consejo Regional del ACG la Municipalidad 5 de La Cruz ocupa el puesto de VOCAL II, representada hasta abril del presente 6 año por las señoras Guiselle Bustos Chavarría - cédula 202820882 y Gloria 7 Monestel Monestel - cédula 800500137 (Titular y Suplente), nombrados en su 8 momento por acuerdo del Concejo Municipal, tal y como lo establece la Ley. 9 Debido a los recientes cambios de integrantes en los concejos municipales, se le 10 solicita al Concejo Municipal de La Cruz que a la mayor brevedad posible nombre 11 sus dos nuevos representantes (un Titular y un Suplente) para que ocupen el 12 puesto indicado hasta abril del 2021 fecha que finaliza el periodo de esta Junta 13 Directiva. Es importante indicar que por acuerdo de las dos Municipalidades de 14 nuestra jurisdicción (La Cruz y Liberia), la Municipalidad de la Cruz es la 15 representante de las dos Municipalidades citadas ante el Consejo Regional. 16 17 Los miembros del Consejo Regional del ACG denominado “CORACG” ejercerán 18 sus funciones ad honorem, anualmente y al final del periodo deberán realizar 19 declaración jurada de bienes ante la Contraloría General de la República, según la 20 Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 21 8422. 22 Es importante mencionar que el Consejo Regional del ACG se reúne 23 ordinariamente una vez al mes, sesionando el tercer miércoles de cada mes en 24 horas de la mañana; el lugar es definido por acuerdo. Las sesiones extraordinarias 25 se realizan cuando así se considera necesario por común acuerdo. 26 Cuando se realizan giras y reuniones el transporte es brindado por el Área de 27 Conservación Guanacaste. 28 29 La señora Socorro Díaz Cháves, Presidente Municipal les manifiesta: “yo 30 propongo que se nombre a Ing. Martín López López, Gestor ambiental, como
1 titular y a José Manuel Vargas Cháves Regidor propietario como suplente, y que 2 ocupen el puesto indicado hasta abril del 2021, levanten la mano los que estén de 3 acuerdo que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. 4 5 Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. 6 7 ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los 8 señores: Ing. Martín López López, Gestor Ambiental a.i Municipal de La Cruz, 9 Guanacaste, cédula de identidad N°5-0356-0275, teléfono oficina: 2690-5738, 10 correo electrónico: martin.lopez@munilacruz.go.cr, como Titular y José Manuel 11 Vargas Cháves, Regidor Propietario Municipal de La Cruz, cédula de identidad N° 12 5-0215-0753, celular: 6413-1729, correo electrónico: chenel1064@gmail.com, 13 como Suplente; ambos Representantes ante el Consejo Regional del Área de 14 Conservación Guanacaste (CORACG). Para que ocupen el puesto indicado hasta 15 abril del 2021. 16 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME y SE DISPENSA DEL 17 TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves, Juan 18 José Taleno Navarro, José Manuel Vargas Cháves, Eneas David López 19 Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio, y Zeneida Pizarro Gómez: Regidora 20 suplente en ejercicio). 21 22 ARTICULO SEGUNDO 23 24 CIERRE DE SESION 25 26 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:45 horas. 27 28 29 30 Socorro Díaz Cháves Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
1 Presidente Municipal Secretario Municipal 2