Extraordinaria 20 · 2020

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 20 del 2020 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                                                                                      1


 1                                MUNICIPALIDAD
 2                                      LA CRUZ
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4    Acta de Sesión Extraordinaria # 20-2020, celebrada el día 24 de noviembre del
5    año 2020, a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:
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7          Socorro Díaz Chaves                   Presidente Municipal
8          Julio César Camacho Gallardo          Vicepresidente Municipal
9          José Manuel Vargas Cháves             Regidor Propietario
10         Juan José Taleno Navarro              Regidor Propietario
11         Eneas David López Chavarría           Regidor Suplente en Ejercicio
12         Luis Diego Obregón Rodríguez          Regidor Suplente
13         Fermina Vargas Chavarría              Regidora Suplente
14         Sebastián Martínez Ibarra             Regidor Suplente
15         Jessie Torres Hernández               Síndica Propietaria La Cruz.
16         Zeneida Quirós Chavarría              Síndica Propietaria Santa Cecilia.
17         Luis Castillo García                  Síndico Suplente Santa Cecilia.
18         Leovigilda Vílchez Tablada                  Síndica Suplente en Ejerc. La
19         Garita.
20         Eddie Antonio Selva Alvarado         Síndico Supl. en Ejerc. Santa Elena
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22   Otros funcionarios: Lic. Luis Alonso Alan Corea: Alcalde Municipal, MSc Ada
23   Luz Osegueda Peralta: Vicealcaldesa Municipal de la Cruz, Eladio Bonilla
24   Morales: Coordinador de Tecnología de Información Municipal de la Cruz,
25   Wilberth Sequeira: Radio Éxito F.M. y Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez:
26   Secretario Municipal y con la siguiente agenda:
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28   1.- Punto Único
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30   1.- Correspondencia de Urgencia
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 2   2.- Cierre de sesión.
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4    La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal de la Cruz, les dice” muy
5    buenas tardes compañeros y compañeras del Concejo Municipal, señor Alcalde
6    Municipal, Vicealcaldesa Municipal, el Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez;
7    Secretario Municipal, el funcionario Eladio Bonilla Morales de Tecnologías de
8    Información, el señor Wilberth Sequeira de Radio Éxito F.M, a los que nos ven
9    y escuchan por la Plataforma digital, al no estar la señora Alejandra Chacón
10   Peña entra a la curul con voz y voto el compañero Eneas López Chavarría.
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12                              ARTICULO PRIMERO
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14                       CORRESPONDENCIA DE URGENCIA
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16   1.- Se conoce Oficio N° MLC-DAC-OF-279-2020, firmado por el señor Lic. Luis
17   Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de la Cruz, de fecha 19 de noviembre del
18   2020, en la que remite para su estudio, análisis, aprobación y posterior
19   publicación, el Reglamento Regulador de los Deberes de los Propietarios de la
20   Municipalidad de la Cruz, cuyo objetivo es contar con el instrumento normativo
21   que permita cobrar por aquellas obras cuya obligación recae en los ciudadanos
22   que poseen lotes y que incumplen con su deber, haciendo que la Municipalidad
23   deba suplir esa omisión.
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25   El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, dice: Buenas tardes a todos
26   y a todas, un caluroso saludos, este instrumento es muy necesario en el cantón
27   para empezar a resolver los problemas de los lotes privados abandonados, no
28   se imaginan lo que hacemos para tener las áreas públicas limpias y muchos
29   vecinos no aplican y este reglamento sirve para estos lotes enmontados que
30   sirven como guaridas de los que comenten delitos, como basureros, en cuanto
                                                                                   3


1    a la salud producen malos olores, están desocupados y no los asean, no los
2    limpian, no chapean e incluso hemos qué tenido que chapearlos nosotros sin
3    tener ningún ingreso, porque no tenemos reglamento, la ideas es que lo
4    estudien, analicen, recomienden y lo aprueben y empezar atacar a los dueños
5    que no cumplen, si la Municipalidad los limpian los costos le recaen a los
6    propietarios y son los responsables, este reglamento es el trabajo de meses y
7    la gente va a tener que asumir porque la Muni les cobrara y hasta multas, si no
8    es a la buena es a la mala, y tendrán que limpiarlos.
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10   El señor Julio César Camacho Gallardo, Regidor Propietario, dice: Muy buenas
11   tardes, compañeros y compañeras, señor alcalde, vicealcaldesa, señor Lic.
12   Carlos Miguel Duarte, y vecinos que nos ven, estoy totalmente de acuerdo con
13   lo que dice el señor alcalde y entendí lo que dice esto y hay que tomar en
14   cuenta lo que dice el señor alcalde.
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16   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, manifiesta: Si algún
17   compañero desea externar algo, nadie, entonces mi propuesta es que se pase
18   a la comisión de asuntos jurídicos, para lo estudie, analice y dictamine y así
19   tomar la resolución que corresponda y que dicha comisión lo veo la próxima
20   semana que tiene sesión ordinaria, levanten la mano los que estén de acuerdo,
21   que sea firme y definitivo.
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23   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
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25   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
26   Comisión Asuntos Jurídicos Municipal de La Cruz, oficio MLC-DAC-OF-279-
27   2020, firmado por el Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz,
28   en el cual reglamento regulador de los deberes de los propietarios o
29   poseedores de Bienes Inmuebles del cantón de La Cruz, esto para su estudio,
30   análisis y dictamen, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO
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 1   DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 5 VOTOS A FAVOR
 2   (Socorro Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel
 3   Vargas Cháves, Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría:
 4   Regidor Suplente en ejercicio).
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6    2.- Se conoce oficio N° MLC-AC-OF-030-2020, firmado por el Lic. Carlos
7    Eduardo Guevara Torres, Gestor Jurídico de la Municipalidad de la Cruz, de
8    fecha 4-mayo-2020, en la que dice literalmente:
9
10   Por este medio me permito dar respuesta al acuerdo Municipal N° 2-2 de la
11   Sesión ordinaria # 33-2020 del día 04 de setiembre del 2020, correspondiente a
12   la empresa Estación para la Biodiversidad S.A cédula jurídica 3-101-128340
13   solicita revisión de los extremos del acuerdo N° 1-12 de la sesión extraordinaria
14   N° 13-2020 de fecha 12 de agosto del 2020, dejando planteado el recurso de
15   revocatoria con apelación en subsidio.
16                                      RESULTANDO
17   PRIMERO: Que mediante acuerdo N° 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-
18   2020 del día 12 de agosto del 2020, el concejo Municipal acuerda informar a la
19   señora Andrea González Rojas apoderada especial de Estación para la
20   biodiversidad S.A. que existe interés de la Municipalidad de La Cruz
21   Guanacaste modificar el uso del sector Playa Rajada y se tomó el acuerdo de
22   cambiar el uso del Área planificada ara el Desarrollo Turístico Baja Densidad
23   (TAP-BD) A Área Mixta para el turismo y la Comunidad (MIX) en playa rajada,
24   específicamente en el terreno donde Estación para la Biodiversidad S.A.,
25   presentó solicitud de Concesión, por lo que no se le puede dar trámite hasta
26   que se defina el uso del sector.
27   SEGUNDO: Que el día 31 de agosto del año 2020, el señor Carlos Hernández
28   García apoderado especial de la empresa denominada Estación para la
29   Biodiversidad S.A     cédula jurídica N° 3-101-128340 presenta recurso de
30   revocatoria con apelación en subsidio contra el acuerdo adoptado por el
                                                                                  5


 1   Concejo N° 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-2020 del fecha 12 de agosto
 2   del 2020, solicitando se modifique dicho acuerdo debido a que el acuerdo
 3   mencionado parte de una situación de hecho que no corresponde con la
 4   realidad actual.
 5   TERCERO: Que mediante acuerdo municipal N° 3-12 de la Sesión Ordinaria N°
 6   36-2020 de fecha 25 de setiembre del 2020, el Concejo Municipal acuerda
 7   aprobar la concesión a favor de Estación para la Biodiversidad S.A. cédula
 8   jurídica N° 3-101-128340 sobre terreno ubicado en Playa Rajada, La Cruz
 9   Guanacaste por un área de 9495 m², según plano catastro 5-1992356-2017,
10   destinado para área planificada para el uso turístico de baja densidad (TAP-
11   BD) uso hotelero, conforme lo establecido en el Plan Regulador Integral Sector
12   Costero Acantilados al Norte de Playa El Jobo- Punta Manzanillo, por un lazo
13   de 20 años prorrogables de acuerdo a las partes.
14   CUARTO: Que el día 26 de octubre del año 2020, la señora Andrea González
15   Rojas apoderada especial de la empresa Estación para la Biodiversidad S.A.
16   cédula jurídica N° 3-101-128340, presenta escrito mediante el cual solicita que
17   habiéndose dictado el acto formal de aprobación de la concesión en favor de su
18   representada, se tenga por desistido el recurso de revocatoria y apelación en
19   subsidio presentado el día 13 de agosto del año 2020.
20                                 CONSIDERANDO
21   UNICO.- sobre el desistimiento presentado: en primer término debe
22   indicarse que según el diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de
23   Guillermo Cabanellas, el “desistimiento” en el derecho procesal significa:
24   “Abandono, deserción o apartamiento de la acción, demanda, querella,
25   apelación o recurso”. De manera que, el desistimiento acarrea la renuncia de
26   la pretensión interpuesta, con la voluntad de que la autoridad respectiva no
27   conozca sobre la misma.
28   Por su parte, el Tribunal Contencioso Administrativo sobre esta figura ha
29   señalado:
                                                                                     6


1         “…Es principio general del Derecho Público, el que afirma que toda
2         persona puede manifestar, por escrito y libremente, su deseo de no
3         continuar con las peticiones, instancias o recursos que formule
4         ante los diversos órganos y entidades que conforman la
5         Administración Pública (numerales 27 y 41 de la Constitución
6         Política, 337 a 339 de la Ley General de la Administración Pública).
7         Cualquier restricción a esa libertad de carácter procesal, debe ser
8         enteramente dispuesta por ley, y no producto del devenir de
 9        interpretaciones   o   argumentaciones      subjetivas…”    (Tribunal
10        Contencioso Administrativo, Sentencia 484-2011).
11   Debe indicarse que el caso del desistimiento, se que estar en lo dispuesto por
12   la Ley General de Administración Pública en ese tema. En este sentido,
13   tenemos que los artículos 337 a 339 de la Ley General de Administración
14   Pública, facultan al interesado a desistir por escrito del recurso de apelación,
15   por ser un derecho o garantía procesal que le asiste a la parte involucrada que
16   solo les afecta a éstos y que se analiza frente al interés público que tuviese que
17   ejercer la Administración Pública en este procedimiento. Dichos numerales
18   señalan:
19        Artículo 337.-
20        1. Todo interesado podrá desistir de su petición, instancia o
21        recurso.
22        2. También podrá todo interesado renunciar a su derecho, cuando
23        sea renunciable.
24        Artículo 338.-
25        El desistimiento o la renuncia sólo afectarán a los interesados que
26        los formulen.
27        Artículo 339.-
28        1. Tanto el desistimiento como la renuncia han de hacerse por
29        escrito.
                                                                                     7


1         2. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la
2         renuncia, salvo que, habiéndose apersonado otros interesados,
3         instaren éstos la continuación en el plazo de diez días desde que
4         fueron notificados de una y otra.
5         3. Si la cuestión suscitada por el expediente entrañare un interés
6         general, o fuere conveniente sustanciarla para su definición y
7         esclarecimiento,   la   Administración    limitará   los   efectos   del
8         desistimiento o la renuncia a sus posibles consecuencias
9         patrimoniales respecto del interesado, y seguirá el procedimiento
10        en lo demás.
11   En el presente caso, el desistimiento respecto al recurso de apelación contra el
12   acuerdo 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-020 del 12 de agosto del 2020,
13   cumple con los presupuestos establecidos en la Ley General de la
14   Administración Pública para admitirlo, puesto que fue presentado por escrito,
15   en forma expresa, y definitiva fue formulada la solicitud, con la que únicamente
16   se afectan los intereses del recurrente.      Por lo anterior, resulta procedente
17   acoger la petición de desistir del recurso presentado, dando por terminado el
18   presente procedimiento.
19                                 RECOMENDACION
20   Con fundamento en los artículos, 337, 338 y 339 de la Ley General de la
21   Administración Pública. El suscrito recomienda acoger el desistimiento del
22   recurso presentado.
23
24   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, manifiesta: si ningún
25   compañero tiene algo que decir, mi propuesta es que se apruebe la
26   recomendación que brinda el señor Gestor Jurídico, Lic. Carlos Guevara
27   Torres, se acoge el desistimiento del recurso presentado, levanten la mano los
28   que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de
29   comisión.
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                                                                                  8


 1   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, acoge el
 2   desistimiento al recurso apelación con apelación en subsidio contra el acuerdo
 3   N°1-12 de la Sesión Extraordinaria N°13-2020, presentado por la señora
 4   Andrea González Rojas, Apoderada Especial de la empresa Estación para la
 5   Biodiversidad S.A, y deja sin efecto el acuerdo N°1-12 de la Sesión
 6   Extraordinaria N°13-2020, basado en la siguiente motivación:
 7                                      RESULTANDO
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 9   PRIMERO: Que mediante acuerdo N° 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-
10   2020 del día 12 de agosto del 2020, el concejo Municipal acuerda informar a la
11   señora Andrea González Rojas apoderada especial de Estación para la
12   biodiversidad S.A. que existe interés de la Municipalidad de La Cruz
13   Guanacaste modificar el uso del sector Playa Rajada y se tomó el acuerdo de
14   cambiar el uso del Área planificada ara el Desarrollo Turístico Baja Densidad
15   (TAP-BD) A Área Mixta para el turismo y la Comunidad (MIX) en playa rajada,
16   específicamente en el terreno donde Estación para la Biodiversidad S.A.,
17   presentó solicitud de Concesión, por lo que no se le puede dar trámite hasta
18   que se defina el uso del sector.
19   SEGUNDO: Que el día 31 de agosto del año 2020, el señor Carlos Hernández
20   García apoderado especial de la empresa denominada Estación para la
21   Biodiversidad S.A     cédula jurídica N° 3-101-128340 presenta recurso de
22   revocatoria con apelación en subsidio contra el acuerdo adoptado por el
23   Concejo N° 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-2020 del fecha 12 de agosto
24   del 2020, solicitando se modifique dicho acuerdo debido a que el acuerdo
25   mencionado parte de una situación de hecho que no corresponde con la
26   realidad actual.
27   TERCERO: Que mediante acuerdo municipal N° 3-12 de la Sesión Ordinaria N°
28   36-2020 de fecha 25 de setiembre del 2020, el Concejo Municipal acuerda
29   aprobar la concesión a favor de Estación para la Biodiversidad S.A. cédula
30   jurídica N° 3-101-128340 sobre terreno ubicado en Playa Rajada, La Cruz
                                                                                  9


 1   Guanacaste por un área de 9495 m², según plano catastro 5-1992356-2017,
 2   destinado para área planificada para el uso turístico de baja densidad (TAP-
 3   BD) uso hotelero, conforme lo establecido en el Plan Regulador Integral Sector
 4   Costero Acantilados al Norte de Playa El Jobo- Punta Manzanillo, por un lazo
 5   de 20 años prorrogables de acuerdo a las partes.
 6   CUARTO: Que el día 26 de octubre del año 2020, la señora Andrea González
 7   Rojas apoderada especial de la empresa Estación para la Biodiversidad S.A.
 8   cédula jurídica N° 3-101-128340, presenta escrito mediante el cual solicita que
 9   habiéndose dictado el acto formal de aprobación de la concesión en favor de su
10   representada, se tenga por desistido el recurso de revocatoria y apelación en
11   subsidio presentado el día 13 de agosto del año 2020.
12                                 CONSIDERANDO
13   UNICO.- sobre el desistimiento presentado: en primer término debe
14   indicarse que según el diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de
15   Guillermo Cabanellas, el “desistimiento” en el derecho procesal significa:
16   “Abandono, deserción o apartamiento de la acción, demanda, querella,
17   apelación o recurso”. De manera que, el desistimiento acarrea la renuncia de
18   la pretensión interpuesta, con la voluntad de que la autoridad respectiva no
19   conozca sobre la misma.
20   Por su parte, el Tribunal Contencioso Administrativo sobre esta figura ha
21   señalado:
22        “…Es principio general del Derecho Público, el que afirma que toda
23        persona puede manifestar, por escrito y libremente, su deseo de no
24        continuar con las peticiones, instancias o recursos que formule
25        ante los diversos órganos y entidades que conforman la
26        Administración Pública (numerales 27 y 41 de la Constitución
27        Política, 337 a 339 de la Ley General de la Administración Pública).
28        Cualquier restricción a esa libertad de carácter procesal, debe ser
29        enteramente dispuesta por ley, y no producto del devenir de
                                                                                    10


 1        interpretaciones   o    argumentaciones     subjetivas…”     (Tribunal
 2        Contencioso Administrativo, Sentencia 484-2011).
 3   Debe indicarse que el caso del desistimiento, se que estar en lo dispuesto por
 4   la Ley General de Administración Pública en ese tema. En este sentido,
 5   tenemos que los artículos 337 a 339 de la Ley General de Administración
 6   Pública, facultan al interesado a desistir por escrito del recurso de apelación,
 7   por ser un derecho o garantía procesal que le asiste a la parte involucrada que
 8   solo les afecta a éstos y que se analiza frente al interés público que tuviese que
 9   ejercer la Administración Pública en este procedimiento. Dichos numerales
10   señalan:
11        Artículo 337.-
12        1. Todo interesado podrá desistir de su petición, instancia o
13        recurso.
14        2. También podrá todo interesado renunciar a su derecho, cuando
15        sea renunciable.
16        Artículo 338.-
17        El desistimiento o la renuncia sólo afectarán a los interesados que
18        los formulen.
19        Artículo 339.-
20        1. Tanto el desistimiento como la renuncia han de hacerse por
21        escrito.
22        2. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la
23        renuncia, salvo que, habiéndose apersonado otros interesados,
24        instaren éstos la continuación en el plazo de diez días desde que
25        fueron notificados de una y otra.
26        3. Si la cuestión suscitada por el expediente entrañare un interés
27        general, o fuere conveniente sustanciarla para su definición y
28        esclarecimiento,   la   Administración   limitará   los   efectos   del
29        desistimiento o la renuncia a sus posibles consecuencias
                                                                                  11


 1        patrimoniales respecto del interesado, y seguirá el procedimiento
 2        en lo demás.
 3
 4   En el presente caso, el desistimiento respecto al recurso de apelación contra el
 5   acuerdo 1-12 de la sesión extraordinaria N° 13-020 del 12 de agosto del 2020,
 6   cumple con los presupuestos establecidos en la Ley General de la
 7   Administración Pública para admitirlo, puesto que fue presentado por escrito,
 8   en forma expresa, y definitiva fue formulada la solicitud, con la que únicamente
 9   se afectan los intereses del recurrente.   Por lo anterior, resulta procedente
10   acoger la petición de desistir del recurso presentado, dando por terminado el
11   presente procedimiento. Esto basado en el oficio MLC-AC-OF-030-2020
12   firmado por el Lic. Carlos Guevara Torres, Gestor Jurídico Municipal de La
13   Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE
14   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro
15   Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
16   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
17   ejercicio).
18
19   3.- Se conoce Oficio N° MLC-DAM-OF-289-2020, firmado por el señor Lic. Luis
20   Alonso Alan Corea, Alcalde Municipal de la Cruz, de fecha 24-noviembre-2020,
21   en la que literalmente dice:
22
23     Asunto: Veto Contra Acuerdo Número 2-13, de la Sesión Ordinaria No.43-
24                    2020, celebrada el 19 de noviembre de 2020.
25   Señoras y Señores:
26                              Quien se suscribe Luis Alonso Alan Corea, en mi
27   calidad de Alcalde Municipal, respetuosamente presento formal veto en tiempo
28   y forma, contra acuerdo número 2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-2020,
29   celebrada el 19 de noviembre de 2020, por el Concejo Municipal de La Cruz.
                                                                                 12


1    Para estos efectos señalo motivos de legalidad, en atención a los siguientes
2    argumentos.
3
4                              MOTIVACIÓN DEL VETO:
5
6    Como es de conocimiento de los señores y señoras ediles, los acuerdos
7    municipales deben cumplir con los elementos legales de todo acto
8    administrativo, deben contener los elementos formales como el sujeto, el
9    procedimiento y la forma (más la motivación), también deben estar integrados
10   por los elementos sustanciales del motivo, contenido y fin.
11   En el caso concreto del acuerdo número 2-13, de la Sesión Ordinaria número
12   43-2020, celebrada el 19 de noviembre de 2020, se da la ausencia del
13   elemento motivo, es decir del presupuesto jurídico, entendido como la norma
14   (sin caer en un sentido estricto de la palabra) o fundamento legítimo y
15   existente, que nace a la realidad por medio de un estudio sobre bases seguras
16   y certeras. Complementariamente se identifica un vicio en la motivación del
17   acuerdo (entendido como un elemento formal del acto administrativo
18   independiente al “motivo”). Propiamente el acuerdo vetado resuelve una
19   solicitud de pago retroactivo de salario escolar para los periodos 2007 a 2010,
20   solicitado por un trabajador de esta Municipalidad, y para aprobar el mismo se
21   utiliza como fundamento el oficio MLC-RH-OF-0186-2020, emitido por la
22   Coordinación del Departamento de Recursos Humanos, el oficio de Recursos
23   Humanos usa como fundamento para señalar que procede el pago solicitado
24   por el trabajador; el criterio MLC-DGJ-03-2017 la Dirección Jurídica de la
25   Municipalidad de La Cruz, criterio que estudia la procedencia de pago
26   retroactivo de salarios escolares pero para los periodos 2012 a 2016, es decir
27   el fundamento para el pago de la solicitud del trabajador aprobado en el
28   acuerdo vetado no es el mismo que el del fundamento y la normativa
29   estudiada. En otras palabras, no necesariamente aplica para el periodo del
30   2007 al 2010 la misma motivación del criterio MLC-DGJ-03-2017. Con todo
                                                                                      13


1    esto se violenta el artículo 133 de la Ley General de La Administración Pública
2    por ausencia de un elemento sustancial del acto administrativo, situación que
3    produce nulidad absoluta del acuerdo 2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-
4    2020, celebrada el 19 de noviembre de 2020.
5    Se aclara que no se entra en discusión sobre la legalidad o no del pago al
6    trabajador sino la legalidad del fundamento (motivo y motivación) del acuerdo
7    2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-2020, celebrada el 19 de noviembre de
8    2020.
9
10                           FUNDAMENTO DE DERECHO:
11   Artículos, 173 inciso 1) de la Constitución Política, 17 inciso d), 162, 167 del
12   Código Municipal.
13
14   PRUEBA DOCUMENTAL:
15   1.- Se dispone del Acuerdo número 2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-
16   2020, celebrada el 19 de noviembre del 2020, por el Concejo Municipal de La
17   Cruz (disponible en los archivos del Concejo Municipal), el oficio MLC-DGJ-03-
18   2017 la Dirección Jurídica de la Municipalidad de La Cruz y el oficio MLC-RH-
19   OF-0186-2020, emitido por la Coordinación del Departamento de Recursos
20   Humanos.
21
22                                      PETITORIA
23   En atención a todo lo expuesto y los argumentos de derecho presentados:
24   1.- Se admita el presente Veto presentado en todos sus extremos y se anule el
25   acuerdo objetado, dejando el mismo sin efectos jurídicos y se traslade la
26   solicitud realizada por el trabajar a mi despacho para su respectivo análisis.
27   2.- En el supuesto de rechazado del veto, solicito elevar el mismo ante el
28   Tribunal Contencioso Administrativo, para que resuelva conforme a derecho.
29   ES TODO.
                                                                                    14


1    El señor Julio César Camacho Gallardo, Regidor Propietario, dice: Me causa
2    una duda porque presentan el veto si esto fue enviado por recursos humanos y
3    fue visto por el señor alcalde?.
4
5    El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, dice: Cuando se vio el
6    documento en la sesión pasada yo lo escuche y pude hacerlo, pero lo que
7    deseaba era estudiar y analizarlo bien, decirles que los criterios de los
8    departamentos no son vinculantes, aunque el mejor dictamen es el del concejo
9    municipal, que pueden ser vistos por uno, dos o tres regidores, porque la
10   solicitud fue presentada al concejo y el concejo lo remitió a Recursos Humanos,
11   debió remitírmelo a mí y cuando salió el acuerdo yo lo revise, igual que con el
12   reglamento que vete, me parece a mí como una medida que ustedes lo
13   valoren, cuando viene una solicitud en ese sentido, me lo remiten a mí y yo lo
14   valoro y les remito el dictamen al concejo para que tomen la decisión final, aquí
15   lo que sucedió fue que no paso el filtro de la alcaldía y para generar una
16   situación compleja les recomiendo que me lo trasladen a mí, lo analizo con
17   recursos humanos y gestión jurídica y tomamos la decisión, porque ya será otro
18   criterio, porque el tema del salario escolar es muy complejo que nació en 1988,
19   desde que se creó existen dudas razonables y que distorsiona para todos los
20   empleados públicos del país, repito desde 1988 se generó el decreto de ley
21   que deja muchas dudas, les reitero que me lo remitan y lo resolvemos con la
22   parte legal.
23
24   El señor Julio César Camacho Gallardo, Regidor Propietario, dice: me queda
25   claro, porque fue solicitado por el mismo funcionario y talvez cometimos el error
26   de no consultar a la Alcaldía en mi caso estoy de acuerdo con el señor Alcalde.
27
28   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, manifiesta: Algún otro
29   compañero desea decir algo, sino, mi propuesta es que se acoge el veto, se
30   anula el acuerdo y se traslade al Alcalde la solicitud del funcionario para que lo
                                                                                 15


1    estudie, analice y dictamine, levanten la mano los que estén de acuerdo, que
2    sea firme, definitivo y se dispense del trámite de comisión.
3
4    Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
5
 6   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, admite el veto
 7   presentado por el Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz,
 8   contra el acuerdo N°2-13 de la Sesión Ordinaria N°43-2020, celebrada el día 19
 9   de noviembre del 2020, por lo que se anula el acuerdo objetado, dejando el
10   mismo sin efectos jurídicos y se remite ante el señor Alcalde Municipal de La
11   Cruz, para su respectivo análisis, esto, por los siguientes motivos:
12                              MOTIVACIÓN DEL VETO:
13
14   Como es de conocimiento de los señores y señoras ediles, los acuerdos
15   municipales deben cumplir con los elementos legales de todo acto
16   administrativo, deben contener los elementos formales como el sujeto, el
17   procedimiento y la forma (más la motivación), también deben estar integrados
18   por los elementos sustanciales del motivo, contenido y fin.
19   En el caso concreto del acuerdo número 2-13, de la Sesión Ordinaria número
20   43-2020, celebrada el 19 de noviembre de 2020, se da la ausencia del
21   elemento motivo, es decir del presupuesto jurídico, entendido como la norma
22   (sin caer en un sentido estricto de la palabra) o fundamento legítimo y
23   existente, que nace a la realidad por medio de un estudio sobre bases seguras
24   y certeras. Complementariamente se identifica un vicio en la motivación del
25   acuerdo (entendido como un elemento formal del acto administrativo
26   independiente al “motivo”). Propiamente el acuerdo vetado resuelve una
27   solicitud de pago retroactivo de salario escolar para los periodos 2007 a 2010,
28   solicitado por un trabajador de esta Municipalidad, y para aprobar el mismo se
29   utiliza como fundamento el oficio MLC-RH-OF-0186-2020, emitido por la
30   Coordinación del Departamento de Recursos Humanos, el oficio de Recursos
                                                                                 16


1    Humanos usa como fundamento para señalar que procede el pago solicitado
2    por el trabajador; el criterio MLC-DGJ-03-2017 la Dirección Jurídica de la
3    Municipalidad de La Cruz, criterio que estudia la procedencia de pago
4    retroactivo de salarios escolares pero para los periodos 2012 a 2016, es decir
5    el fundamento para el pago de la solicitud del trabajador aprobado en el
6    acuerdo vetado no es el mismo que el del fundamento y la normativa
7    estudiada. En otras palabras, no necesariamente aplica para el periodo del
8    2007 al 2010 la misma motivación del criterio MLC-DGJ-03-2017. Con todo
9    esto se violenta el artículo 133 de la Ley General de La Administración Pública
10   por ausencia de un elemento sustancial del acto administrativo, situación que
11   produce nulidad absoluta del acuerdo 2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-
12   2020, celebrada el 19 de noviembre de 2020.
13
14   Se aclara que no se entra en discusión sobre la legalidad o no del pago al
15   trabajador sino la legalidad del fundamento (motivo y motivación) del acuerdo
16   2-13, de la Sesión Ordinaria número 43-2020, celebrada el 19 de noviembre de
17   2020. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE
18   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro
19   Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
20   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
21   ejercicio).
22
23   4.- Se conoce escrito firmado por la señora: Guiselle Segura Sánchez,
24   Secretaria de la Federación de Municipalidades de Guanacaste (FEMUGUA),
25   de fecha 19-noviembre-2020, en la que convoca al señor Lic. Luis Alonso Alan
26   Corea, Alcalde Municipal de la Cruz, como Dirección II de dicha Federación, a
27   Sesión Ordinaria a celebrarse el día 27 de noviembre 2020, a las 08:00 a.m. en
28   la Sede de la Federación en Cañas Guanacaste, le adjunta la agenda
29   respectiva.
30
                                                                                    17


1    El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, dice: yo recibí la
2    convocatoria para el próximo viernes, pero ya tenía planificada una reunión
3    muy importante con funcionarios DEL ORO, por lo que motive mi ausencia y de
4    antemano agradezco el tema de autorización de asistir y el pago de viáticos,
5    que les informo que desde que asumí este cargo no he cobrado ni cobrare un
6    solo viatico, porque me parece que es lo correcto, como parte de los esfuerzos
7    y asumí compromisos que son muy sensibles como el tema de viáticos, repito
8    no cobraré viáticos ni utilizo el teléfono institucional al que tengo derecho, les
9    agradezco el apoyo pero no podre asistir.
10
11   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, manifiesta: agradecerle
12   al señor alcalde por su decisión de no cobro de viáticos y como ya motivo su
13   ausencia a esa sesión de FEMUGUA, propongo que se le dé acuse de recibo,
14   levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se
15   dispense del trámite de comisión.
16
17   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
18   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, brinda acuse de
19   recibo a la convocatoria a la Sesión Ordinaria N°05-2020 de la Federación de
20   Municipalidades de Guanacaste, para el señor Alcalde Municipal de La Cruz,
21   para el día 27 de noviembre del 2020, por motivos que el señor alcalde no
22   podrá asistir, ya que, tiene un compromiso anticipado y el mismo motivo su
23   ausencia. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE
24   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro
25   Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
26   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
27   ejercicio).
28
29   5.- Se conoce invitación enviada por la Red Costarricense de Mujeres
30   Municipalistas (RECOMM), de fecha de recibido del 23-11-2020, en la que
                                                                                    18


 1   invitan a la capacitación virtual a las Regidoras y Síndicas Municipales de la
 2   Cruz, a participar a realizarse el 30-noviembre-2020, a las 5:00 p.m., sobre el
 3   Alcancel de sus responsabilidades y funciones dentro y fuera del Concejo
 4   Municipal, esperando ser partícipes. Inscripción en línea +INFO 2290 – 0579.
 5
 6   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, manifiesta: compañeras
 7   es importante que participemos, por lo tanto que se inscriban y que le pasen a
 8   la secretaría municipal para participar en la capacitación, levanten la mano los
 9   que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de
10   comisión.
11
12   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
13
14   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita a las
15   regidoras y síndicas del Concejo Municipal de La Cruz, para que sean
16   partícipes de la capacitación virtual impartida por la Red Costarricense de
17   Mujeres Municipalitas, el día 30 de noviembre del 2020 a las 5:00 p.m, cuya
18   inscripción en línea, más la información sería al número 2290-0579 .
19   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA
20   DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz
21   Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
22   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
23   ejercicio).
24   6.- Se conoce Oficio N° MLC-GJ-OF-032-2020, firmado por los señores: Lic.
25   Luis Alonso Alan Corea: Alcalde Municipal de la Cruz y Licda. Lorena Caldera
26   Obregón: Gestora Jurídica Municipal de la Cruz, en el cual solicita la
27   autorización para que proceda a realizar una conciliación o negociación bajo la
28   figura alternativa de conflictos con la funcionaria Municipal Ivannia Hernández
29   Quedo, ya que, existe un proceso judicial laboral de Fuero Especial, según
30   expediente N°17-000030-LA-7, proceso que se lleva en el Juzgado
                                                                                   19


1    Contravencional de La Cruz, Guanacaste, a fin de dar terminación anticipado
2    del presente proceso litigioso (conciliación), valorado en ambas partes en
3    anuencia del juez tramitador del mismo juzgado, en busca de la paz laboral y
4    reformar el ambiente laboral positivo, buscando el bienestar institucional y
5    respetando los derechos de los trabajadores.
6
7    La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: ningún compañero
8    quiere externar algo al respecto, caso contrario, mi propuesta es que se
9    apruebe y se autorice al alcalde municipal a conciliar con la funcionaria Ivannia
10   Hernández Quedo, levanten la mano los que estén de acuerdo, que sea firme,
11   definitivo y se dispense del trámite de comisión.
12
13   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
14
15   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, autoriza al Lic.
16   Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, para que proceda a
17   realizar una conciliación o negociación bajo la figura alternativa de conflictos
18   con la funcionaria Municipal Ivannia Hernández Quedo, ya que, existe un
19   proceso judicial laboral de Fuero Especial, según expediente N°17-000030-LA-
20   7, proceso que se lleva en el Juzgado Contravencional de La Cruz,
21   Guanacaste, a fin de dar terminación anticipado del presente proceso litigioso
22   (conciliación), valorado en ambas partes en anuencia del juez tramitador del
23   mismo juzgado, en busca de la paz laboral y reformar el ambiente laboral
24   positivo, buscando el bienestar institucional y respetando los derechos de los
25   trabajadores. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, Y SE
26   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMSIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro
27   Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
28   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
29   ejercicio).
30
                                                                                20


1    7.- Se conoce escrito firmado por los señores: Licda. Adriana López Chavarría:
2    Directora Escuela Los Ángeles de Santa Cecilia, de la cruz Guanacaste, y el
3    MSc. Filimón Ponce López: Supervisor del Circuito Educativo 05-MEP Santa
4    Cecilia, de fecha de recibido 23-novimbre-2020, en la que solicita el
5    nombramiento y juramentación de la Junta de Educación de la Escuela de los
6    Ángeles de Santa Cecilia de la Cruz Guanacaste, adjunta los nombres y copia
7    de cédula y Certificación de Antecedentes Penales.
8
9    La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: levanten la mano
10   los que estén de acuerdo en el nombramiento de la Junta de Educación de la
11   Escuela de Los Ángeles de Santa Cecilia y se autorice al alcalde para su
12   debida juramentación, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de
13   comisión.
14
15   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
16
17   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a los
18   señores: Guilma Esperanza Cerdas Camacho, cédula de identidad 5-0347-
19   0458, Jeison Antonio García Sanarrusia, cédula de identidad 5-0348-0219,
20   Wilbert Acosta Betancourt, cédula de identidad 5-0354-0175, Abner David
21   Calderón Selva, cédula de identidad 2-0632-0834 y Mayra Isabel Vado Selva,
22   cédula de identidad 5-0288-0381, vecinos de la comunidad de Los Ángeles de
23   Santa Cecilia, Jurisdicción del cantón de La Cruz, como miembros de la Junta
24   de Educación Escuela Los Ángeles de Santa Cecilia. Por lo que se autoriza al
25   Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal de La Cruz, para su debida
26   juramentación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE
27   DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro
28   Díaz Chaves, Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves,
29   Juan José Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en
30   ejercicio).
                                                                                21


1
2    8.- Se conoce Oficio N° MLC-UAI-OF-210-2020, firmado por el señor Lic.
3    Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de la Cruz, en la que
4    remite el Informe sobre Evaluación del proceso de implementación y aplicación
5    de los NICSP, dirigido tanto al Lic. Luis Alonso Alan Corea, Alcalde Municipal
6    como el Concejo Municipal de la Cruz, de fecha 254-noviembre-2020.
7
8    El Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, dice: no hemos avanzado
9    por varios años como corresponde y tenemos que hacer esfuerzos enormes
10   para poder cumplir, he venido junto con ustedes para que la institución cumpla
11   con los deberes y obligaciones como institución pública, como lo del SICOP,
12   como la plataforma DECSIS que estamos avanzando, pero hay controles
13   atrasados como las NICPS, pero estamos trabajando para cumplir con estos
14   pendientes, reconozco que el avance es poco, pero podemos trabajar para que
15   en los próximos meses el rezago se convierta en una posibilidad en el
16   cumplimiento de esta área, que no se ha cumplido, hay que atenderlo y
17   cumplir, mi compromiso para atenderlo y será en un futuro cercano, que
18   avancemos en paso firme.
19
20   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: nadie más al
21   respecto, levanten la mano los que estén de acuerdo que se remita este oficio
22   al señor alcalde para que cumpla con las disposiciones de la auditoría interna
23   municipal, igual que este concejo municipal le dé seguimiento, que sea firme,
24   definitivo y se dispense del trámite de comisión.
25
26   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
27   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba el oficio
28   MLC-UAI-OF-210-2020, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor
29   Interno Municipal de La Cruz, en relación al informe sobre la evaluación del
30   proceso de implementación y aplicación de las NICSP en la Municipalidad de
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1    La Cruz, Guanacaste, así mismo, se remite al Lic. Luis Alonso Alán Corea,
2    Alcalde Municipal de La Cruz, para que proceda a cumplir con las disposiciones
3    en dicho oficio, de igual manera el Concejo Municipal. ACUERDO
4    DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
5    TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves,
6    Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José
7    Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio).
8
9    9.-Se conoce escrito firmado por la señora Socorro Díaz Cháves, Presidente
10   Municipal de la cruz, de fecha 24 de noviembre 2020, en la que dice
11   literalmente:
12   En vista que en el mes de diciembre debemos declarar un receso por la
13   celebración de Navidad y Año Nuevo, por lo tanto es necesario y le pido a mis
14   compañeros que se declare un receso a partir del 18 de diciembre del 2020
15   hasta el 13 de enero del 2021 inclusive, les solcito la debida aprobación que
16   sea firme, definitiva y se dispensa de trámite de comisión, que se le solicite al
17   señor Alcalde Municipal que a través de la Proveeduría Municipal se publique
18   en el Diario Oficial la Gaceta, esto para las sesiones ordinarias, las
19   extraordinarias cuando sea necesario, de acuerdo a su necesidad prioridad e
20   importancia. FIRMADO
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22   La señora Socorro Díaz Chaves, Presidente Municipal, dice: compañeros
23   alguien quiere referirse al caso, nadie, por lo tanto someto a votación, levanten
24   la mano los que estén de acuerdo que se apruebe el receso y que se le solicite
25   al alcalde municipal gire las instrucciones para que proveeduría publique en el
26   Diario Oficial La Gaceta, que sea firme, definitivo y se dispense del trámite de
27   comisión.
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29   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
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 1   ACUERDAN.- El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, declara un receso
 2   de sesiones ordinarias durante la navidad y año nuevo en el periodo
 3   comprendido del 18 de diciembre del 2020 hasta el 13 de enero del 2021, se le
 4   remite al Lic. Luis Alonso Alán Corea, Alcalde Municipal, para que a través de
 5   Departamento de Proveeduría Municipal de La Cruz, se publique en el Diario
 6   Oficial La Gaceta, las sesiones extraordinarias se llevaran a cabo cuando sean
 7   necesarias,    urgentes,    de     prioridad   e    importancia.     ACUERDO
 8   DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
 9   TRÁMITE DE COMISIÓN, por 5 VOTOS A FAVOR (Socorro Díaz Chaves,
10   Julio César Camacho Gallardo, José Manuel Vargas Cháves, Juan José
11   Taleno Navarro y Eneas López Chavarría: Regidor Suplente en ejercicio).
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14                               ARTICULO SEGUNDO
15                                CIERRE DE SESION
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17   Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 18:00 horas.
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20   Socorro Díaz Cháves                     Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
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22   Presidente Municipal                    Secretario Municipal
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