Extraordinaria 19 · 2019

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 19 del 2019 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                                                                                         1




 1                               MUNICIPALIDAD

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 3                                       LA CRUZ

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 5   Acta de Sesión Extraordinaria # 19-2019, celebrada el día 04 de septiembre del

 6   año 2019, a las 126:45 horas, con la asistencia de los señores miembros:

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 8          Blanca Casares Fajardo          Presidente Municipal

 9          Marvin Tablada Acuña           Vicepresidente Municipal

10          Carlos Ugarte Huertas           Regidor Propietario

11          Florencio Acuña Ortiz           Regidor Propietario

12         Gloria Monestel Monestel        Regidora Suplente

13          Zeneida Quirós Chavarría       Síndica Propietaria Santa Cecilia

14         José Reynaldo Fernández Vega Síndico Suplente Santa Cecilia

15         Jorge Manuel Alán Fonseca        Síndico Propietario Santa Elena

16         Sebastián Víctor Víctor          Síndico Suplente La Garita en ejercicio

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18   Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda. Rosa

19   Emilia Molina Martínez: Vicealcaldesa Municipal, Lic. Carlos Miguel Duarte

20   Martínez: Secretario Municipal y con la siguiente agenda:

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22   1.- Punto Único

23   A.- Correspondencia de Zona Marítimo Terrestre

24   2.- Cierre de Sesión.

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26                                   ARTICULO PRIMERO

27                                   CORRESPONDENCIA

28   1.- Se conoce documento, firmado Carlos Hernández García, Apoderado especial

29   de la empresa Desarrollos Roble Verde D.R.V., S.A, de fecha 16 de enero del

30   2019, en el cual brinda respuesta al acuerdo #3-2D de la Sesión Ordinaria #48-
                                                                                        2




 1   2018, el 06 de diciembre del 2018., en relación que debe abstenerse der realizar

 2   cualquier actividad con fines de lucro y colocar cualquier tipo de estructura en la

 3   zona restringida de playa Rajadita, en la jurisdicción del Cantón de la Cruz, lo cual

 4   manifiesta que desde 08 de noviembre del 2018, le dio respuesta a la Ing.

 5   Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora de ZMT Municipal de la Cruz, donde le

 6   dice que procedió a quitar el toldo y la barra de madera , por lo que han sido

 7   removidas, por lo que ya cumplió con lo indicado, completamente respetuosos de

 8   la Ley 6042 y las directrices que la Municipalidad les indica, en calidad de

 9   administradora de la ZMT.

10

11   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que está muy claro,

12   por lo tanto si están de acuerdo en tomar nota al respecto sírvanse levantar la

13   mano

14

15   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

16   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

17

18   2.- Se conoce copia de oficio MLC-ZMT-52-2019, firmado por la Ing. Alexandra

19   Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre

20   Municipal de La Cruz, dirigida a Mariangel Solera Víquez, apoderada Generalísima

21   de Corporación Adral S.A., de fecha 05 de febrero del 2019, en el cual en relación

22   a la concesión inscrita 5-00002596-Z-000 a nombre de Corporación Adral, S.A.

23   cédula jurídica 3-101-176296 y escrito en el que se informa que la prórroga

24   otorgada por el Concejo Municipal para el inicio de construcción aprobada

25   mediante acuerdo #3-10 de la sesión ordinaria #48-2018 del 6 de diciembre del

26   2018, hago de su conocimiento que mediante oficio ACG-DIR-005-2019 de fecha

27   10 de enero del 2019, se recibió certificación de Patrimonio Natural del Estado

28   SINAC-ACG-DIR-ZMT-001-2019 en la que se elimina la afectación de zona de

29   protección hídrica al camino público C-5-10-061-00.
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 1   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

 2   copia, nada más de conocimiento así que si están de acuerdo, en tomar nota al

 3   respecto sírvanse levantar la mano.

 4   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 5

 6   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

 7

 8   3.- Se conoce oficio MLC-ZMT-50-2019, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga

 9   Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

10   Cruz, de fecha 05 de febrero del 2019, en el cual en respuesta a acuerdo #2-4 de

11   la sesión ordinaria #02-2019 en relación a la prórroga de la concesión a nombre

12   de Villa Glasis, S.A. cédula jurídica 3-101-176721 en la que mediante resolución

13   G-2197-2018 el Instituto Costarricense de Turismo denegó la prórroga de

14   concesión y una de las razones es que no se aporta plano catastrado, el 12 de

15   diciembre del 2018 se remitió a la sociedad dicha resolución y 21 de diciembre del

16   2018 el Lic. Juan Chow manifestó que estaban en proceso de catastro de plano

17   para la presentación.

18         Por lo que se está la espera de la presentación del plano catastrado para

19   proceder al reingreso del expediente al ICT.

20

21   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que esta es de

22   conocimiento, similar a la anterior, somete a votación, si están de acuerdo, en

23   tomar nota al respecto sírvanse levantar la mano.

24

25   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

26

27   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

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29   4.- Se conoce copia de oficio MLC-ZMT-56-2019, firmado por la Ing. Alexandra

30   Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre
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 1   Municipal de La Cruz, de fecha 11 de febrero del 2019, en el cual El 25 de enero

 2   del 2019 se recibió en el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la

 3   Municipalidad de La Cruz, escrito firmado por la señora Gloriana Bermúdez

 4   Sánchez en el que manifiesta que en algunas ocasiones la informalidad sobre

 5   ventas en la zona pública de la zona marítimo terrestre de Playa El Jobo se presta

 6   para ventas de drogas, estafas, asaltos o abusos, generando un clima de

 7   inseguridad muy perjudicial para el cantón y para el país, situación que no tiene

 8   comprobada este Departamento.

 9   Es de mi conocimiento que Fuerza Pública colabora con el Departamento de

10   Patentes de esta Municipalidad para realizar operativos en Playa El Jobo como en

11   otros sectores del cantón, para combatir la problemática de actividades

12   comerciales sin licencia municipal; sin embargo, reitero la solicitud por parte del

13   Departamento de ZMT para coadyuvar en la vigilancia de la zona marítimo

14   terrestre del cantón cruceño y evitar las situaciones planteadas por la señora

15   Bermúdez. Esto considerando que se sale de las competencias de los inspectores

16   municipales la detención de personas por la aparente tenencia ilegal de drogas,

17   asaltos y estafas, por ejemplo.

18   Lo anterior con base en el artículo No.1 de la Ley sobre la Zona Marítimo

19   Terrestre, Ley 6043.

20

21   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

22   copia, similar a la anterior, nada más de conocimiento así que si están de acuerdo,

23   en tomar nota al respecto sírvanse levantar la mano.

24

25   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

26

27   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

28

29   5.- Se conoce oficio MLC-ZMT-58-2019, firmado por la Ing. Alexandra Gonzaga

30   Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La
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 1   Cruz, de fecha 11 de febrero del 2019, en el cual En relación al escrito recibido el

 2   25 de enero del 2019 recibido en el Departamento de Zona Marítimo Terrestre en

 3   el que presenta una denuncia sobre una serie de situaciones que se presentan en

 4   la zona pública de Playa El Jobo y solicita que el Departamento de Zona Marítimo

 5   Terrestre designe los inspectores que de la Ley autoriza y exija el cumplimiento

 6   respetuoso de las disposiciones legales, le informo que se procedió a solicitar a

 7   Fuerza Pública y Policía de Tránsito aumentar la vigilancia en dicho sector pues

 8   los inspectores municipales no tienen la competencia legal para realizar detención

 9   de personas por aparentes incumplimiento a la ley, ni retiro de placas por el

10   ingreso de vehículos a lugares no autorizados.

11

12   Asimismo, el Departamento de Patentes de esta Municipalidad, en compañía de

13   Policía de Migración, Fuerza Pública y Ministerio de Salud ha realizado operativos,

14   específicamente en la zona pública de Playa El Jobo y han ejecutado decomisos

15   de mercadería que está en venta sin licencia municipal.

16   En cuanto a la asignación de inspectores de este Departamento a la vigilancia de

17   Playa El Jobo, le informo que se cuenta con un inspector para abarcar toda la

18   zona marítimo terrestre, lo que limita de forma importante el asignar inspectores

19   únicamente a Playa El Jobo.

20   Sin embargo, traslado la inquietud al Alcalde y Concejo Municipal para que valoren

21   la posibilidad de crear la Policía Municipal o gestionar la Policía Turística, con el

22   objetivo de aumentar la vigilancia en el sector de Playa El Jobo y el resto del

23   cantón.

24   Es importante mencionar que en la actualidad se realizan operativos para evitar

25   ventas sin licencia comercial dentro de las posibilidades del Departamento de

26   Patentes.

27

28   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

29   copia, nada más de conocimiento así que si están de acuerdo, en tomar nota al

30   respecto sírvanse levantar la mano.
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 2   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 3   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

 4   6.- Se conoce copia de oficio MLC-ZMT-57-2019, firmado por la Ing. Alexandra

 5   Gonzaga Peña, Coordinadora Departamento de Zona Marítimo Terrestre

 6   Municipal de La Cruz, de fecha 11 de febrero del 2019, en el cual El 25 de enero

 7   del 2019 se recibió en el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la

 8   Municipalidad de La Cruz, escrito firmado por la señora Gloriana Bermúdez

 9   Sánchez en el que manifiesta que el 16 de enero del 2019 se encontraban

10   aparcados en el sendero peatonal que da acceso a la zona pública de la zona

11   marítimo terrestre de Playa El Jobo, dos cuadraciclos.

12   Asimismo, en reiteradas ocasiones este Departamento ha podido comprobar el

13   ingreso vehículos automotores a la zona pública de la zona marítimo terrestre,

14   tanto de Play El Jobo como de otras playas dl cantón de La Cruz, situación que es

15   contraria a la normativa legal de nuestro país,

16   Razón por la que solicito colaboración para aumentar la supervisión por parte de la

17   Policía de Tránsito en las playas de nuestro cantón con base en los artículo 133

18   de la Ley de Tránsito y artículo 9 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo

19   Terrestre, que dicen:

20

21   “ARTÍCULO 133. De la Ley de Tránsito- “Prohibición de circular en las playas

22   Se prohíbe la circulación de los vehículos automotores en las playas del país, con

23   las siguientes excepciones:

24   a) Cuando la Dirección General de Ingeniería de Tránsito lo autorice.

25   b) Para sacar o meter embarcaciones al mar.

26   c) En casos de emergencias o en los que se requiera una acción para proteger

27   vidas humanas.

28   d) En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos

29   provenientes de la pesca o para desarrollar otras actividades laborales

30   debidamente autorizadas por la autoridad competente, de conformidad con los
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 1   fines de la zona pública, según lo establecido en la Ley N.º 6043, Ley sobre de la

 2   Zona Marítimo Terrestre, de 2 de marzo de 1977, y sus reformas.” (El resaltado no

 3   corresponde al original)

 4

 5   ARTÍCULO N° 9 del Reglamento sobre la Ley de Zona Marítimo Terrestre,

 6   “Artículo 9. En el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre

 7   presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a la zona y

 8   el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de

 9   actividades para el sano esparcimiento físico y cultural.

10   En la zona pública es prohibido transitar en vehículos motores, salvo cuando para

11   ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.” (El resaltado no

12   corresponde al original)

13

14   Debido a que los visitantes a dicha playa ingresan con sus vehículos a la zona

15   publica, entre el viernes 19 y sábado 20 de diciembre del 2014, esta Municipalidad

16   colocó pines en el límite de la zona pública de la zona marítimo terrestre de Playa

17   Jobo para controlar únicamente, el acceso de vehículos a la zona pública.

18

19         Es importante aclarar que esta acción se inició en Playa Jobo debido a que

20   ya se cuenta con un parqueo público para que los visitantes estacionen los

21   vehículos en dicho lugar y por ende se tienen las condiciones para aplicar lo

22   estipulado en la Ley 6043 y la Ley de Tránsito. Sin embargo, esta acción se estará

23   realizando en forma progresiva en todas las playas de nuestro Cantón.

24

25         Por lo anterior, se solicita su colaboración para aumentar el control que

26   impida el ingreso de los vehículos de la zona pública de Playa Jobo, con el

27   objetivo de garantizar el libre tránsito de los peatones y seguridad de los visitantes

28   en la zona pública de la zona marítimo terrestre de Playa Jobo, así como para el

29   cumplimiento de la normativa legal.

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 1   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

 2   copia, similar a la anterior, es de conocimiento, así que si están de acuerdo, en

 3   tomar nota al respecto sírvanse levantar la mano.

 4

 5   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 6   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

 7

 8   7.- Se conoce oficio G-0490-2019, firmado por el señor Alberto López Chaves,

 9   Gerente General y la señora Rosibel María Ureña, Asesoría legal del Instituto

10   Costarricense de Turismo, en el cual según aprobación de la concesión otorgada a

11   favor de Asociación para el Desarrollo Turístico y Ambiental Playa El Jobo, sin

12   embargo existía un error material en el número de certificación del Patrimonio

13   Natural del Estado. Por lo tanto la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo,

14   de conformidad con la norma establecida en el artículo ciento cincuenta y siete de

15   la Ley General de Administración Pública, procede a corregir error material G- dos

16   mil doscientos diecinueve- dos mil dieciocho, de las ocho horas con cincuenta

17   minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciocho, para que en considerando

18   siete se lea correctamente que el sector costero con certificación ACG-OSRL-

19   ZMT-cero cero uno – cero ocho, del primero de julio de dos mil ocho, según el cual

20   el área solicitada no se encuentra afectada por el Patrimonio Natural del Estado.

21

22   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

23   resolución de la Gerencia General del ICT, corrigiendo un error, y es de

24   conocimiento nuestro por lo que se tome nota al respecto, levanten la mano los

25   que estén de acuerdo.

26

27   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

28

29   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.
                                                                                       9




 1   8.- Se conoce oficio G-0493-2019, firmado por el señor Alberto López Chaves,

 2   Gerente General y la señora Rosibel María Ureña, Asesoría legal del Instituto

 3   Costarricense de Turismo, en el cual según aprobación de concesión otorgada a

 4   favor de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación Tenedora

 5   Montecristo AYS, S.A y Afines, sin embargo, existía un error material en uso del

 6   terreno y en el número de cédula de identidad del representante. Por lo tanto, la

 7   Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo, de conformidad con la norma

 8   establecida en el artículo ciento cincuenta y siete de la Ley General de

 9   Administración Pública, procede a corregir error material en el uso del terreno y en

10   el número de cédula de identidad del representante de la concesionaria, así como

11   el número de certificación del Patrimonio Natural del Estado citado en el

12   considerando siete, por l que deberá leerse así: Resultando 2 y por Tanto: que la

13   aprobación es para la concesión otorgada a favor de Asociación Solidarista de

14   Empleados de Corporación Tenedora Montecristo AYS, S.A y Afines, cédula

15   jurídica N° 3-002-429626, representada por Sandro Adolfo Zumbado Fuentes,

16   cédula N° 1-1107-873, sobre un terreno ubicado en Playa El Jobo, La Cruz

17   Guanacaste, constante de 1,500 M2, ubicado en Área para Cooperativa –

18   desarrollo recreativo.

19   Considerando siete: Asimismo, se hace constar que el sector costero cuenta con

20   certificación ACG-OSRL-ZMT-cero cero uno – cero ocho, del primero de julio de

21   dos mil ocho, según el cual el área solicitada no se encuentra afectada por

22   Patrimonio Natural del Estado. Notifíquese al Concejo Municipal de la Cruz, al

23   interesado y Asesoría Legal.

24   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

25   resolución de la Gerencia General del ICT, corrigiendo un error, y es de

26   conocimiento nuestro por lo que se tome nota al respecto, levanten la mano los

27   que estén de acuerdo.

28

29   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

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 1   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

 2

 3   9.- Se conoce copia de oficio MLC-ZMT-152-2019, firmado por la Ing. Alexandra

 4   Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre

 5   Municipal de La Cruz, de fecha 24 de junio del 2019, en el cual En cumplimiento al

 6   punto 4.4.1. que indica “Generar las medidas de control necesarias que permita

 7   dar un seguimiento periódico sobre la construcción del capital accionario de las

 8   empresas a las que se le otorga la concesión de manera que en todo momento

 9   cumpla con lo establecido en el artículo N°47 de la Ley…”

10

11   En el caso de las concesiones activas, para este aspecto este departamento ha

12   considerado solicitar al menos una vez al año a los concesiones la distribución de

13   capital accionario con el objetivo de verificar el cumplimiento del artículo N° 47, el

14   documento podrá ser solicitado por cualquiera de los funcionarios del

15   Departamento de ZMT

16

17   Para las solicitudes de concesión que aún no se ha firmado contrato de concesión,

18   este departamento considera oportuno incluir una cláusula en dicho contrato sobre

19   el cumplimiento del artículo N°47 de la Ley 6043 durante todo el periodo de

20   vigencia de la concesión, en caso de no cumplimiento será una causal para la

21   iniciar la cancelación de la misma por incumplimiento contractual.

22

23   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal dice que esta es una

24   copia, nada más de conocimiento así que si están de acuerdo, en tomar nota al

25   respecto sírvanse levantar la mano.

26

27   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

28

29   ACUERDAN: Tomar nota al respecto.

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 1   10.- Se conoce oficio MLC-ZMT-11-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 2   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 3   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-9

 4   de la sesión ordinaria #20-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

 5   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 6   Cruz, documento firmado por el señor Rafael Paniagua Murillo, el cual contiene

 7   Recurso Extraordinario de Revisión y Reconsideración hago de su conocimiento

 8   que la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica ZMT, emitió criterio legal

 9   MLC-GJ-ZMT-015-2019 y se procedió a tomar el acuerdo de la Comisión de Zona

10   Marítimo Terrestre #I-1 de la Sesión Extraordinaria # 03-2019, celebrada el día

11   18 de junio del año 2019, que dice:


12


13         I-1. ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la

14   Municipalidad de La Cruz, acoge criterio legal MLC-GJ-ZMT-015-2019 emitido por

15   la Licda. Yahaira Duarte y acuerda recomendar al Concejo Municipal rechazar el

16   recurso extraordinario de revisión presentado por el señor Rafael Paniagua

17   Murillo, contra el acuerdo #2-23D-4 de la sesión ordinaria #06-2018 y rechazar la

18   solicitud de permiso de uso por ser legalmente improcedente, basado en lo

19   siguiente:

20         I.     SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO EXTRAORDINARIO

21   DE REVISIÓN: ARTÍCULO 166 DEL CÓDIGO MUNICIPAL

22         Artículo 166. - De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido

23   apelación y esta no fue interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere

24   transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no hubiere agotado

25   todos sus efectos, los interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso

26   extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo efectos.

27         Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad

28   absoluta del acto.
                                                                                          12




 1            Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso

 2   extraordinario, cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso-

 3   Administrativo, dentro del quinto día hábil.

 4            (Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 202, inciso 3) de la Ley N°

 5   8508 de 28 de abril de 2006, Código Procesal Contencioso-Administrativo).

 6            El presente recurso extraordinario de revisión es presentado en tiempo y

 7   forma por el interesado, fundamentado en motivos de legalidad.
 8
 9            II.   MARCO JURÍDICO

10

11            Con el fin de entrar a analizar el caso concreto, resulta importante resaltar

12   lo regulado en los siguientes artículos de la Ley de Zona Marítimo Terrestre (Ley

13   6043).

14            Artículo 12.- En la zona marítimo terrestre es prohibido, sin la debida

15   autorización legal, explotar la flora y fauna existentes, deslindar con cercas,

16   carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o instalaciones, cortar

17   árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo de desarrollo, actividad u

18   ocupación."

19            Las municipalidades podrán solicitar a esos institutos la elaboración de tales

20   planos.

21            Artículo 38.- Las municipalidades no podrán otorgar concesiones en las

22   zonas turísticas, sin que el Instituto Costarricense de Turismo y el Instituto

23   Nacional de Vivienda y Urbanismo hayan aprobado o elaborado los planos de

24   desarrollo de esas zonas.

25            Artículo 45.- Es prohibido ceder o comprometer, o en cualquier otra forma

26   traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los derecho derivados

27   de ellas, sin la autorización expresa de la municipalidad respectiva y del Instituto

28   Costarricense de Turismo o del Instituto de Tierras y Colonización, según sea el

29   caso. Carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta

30   disposición.
                                                                                       13




 1         Artículo 49.- En caso de fallecimiento, o ausencia declarada del

 2   concesionario, sus derechos podrán adjudicarse a sus herederos o presuntos

 3   herederos parientes. Si no los hubiere, la concesión se tendrá como cancelada y

 4   volverá a la municipalidad respectiva incluyendo las construcciones y mejoras

 5   existentes.

 6         Artículo 63.- El funcionario o empleado que otorgare concesiones o

 7   permisos de ocupación o de desarrollo o aprobare planos, contra las disposiciones

 8   de esta ley o leyes conexas, o impidiere o hiciere nugatoria la orden de

 9   suspensión o demolición, legalmente decretadas o dispuestas, de una obra o

10   instalación, o la sanción de algún infractor a las normas de esta ley y sus

11   reglamentos, será reprimido con prisión de tres meses a dos años si no se tratare

12   de delito más grave. Además será despedido de su empleo sin responsabilidad

13   patronal. Si el funcionario fuere de elección popular, procederá a la pérdida de su

14   credencial a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones, previa información que

15   éste dispondrá levantar.

16

17         III.      ANÁLISIS DE FONDO

18         A.        SOBRE LA FIGURA DEL PERMISO DE USO

19

20         El dictamen C-100-95 de la procuraduría General de La República, define la

21   figura de permiso de uso como tal y sus principales características, al respecto lo

22   que interesa:

23         “El permiso de uso es un acto unilateral de la Administración, de carácter

24   precario, que concede a un particular el uso privativo sobre un bien de dominio

25   público. Como figura genérica es también aplicable a la zona marítimo terrestre,

26   siempre y cuando no perjudique sus condiciones naturales ni el libre tránsito sobre

27   la zona pública, y su ejercicio no menoscabe de manera alguna la futura

28   planificación del sector. Con motivo de ello y a que se aplica sólo a obras sencillas

29   de fácil remoción para no lesionar el bien demanial, se excluye todo tipo de

30   edificación que implique una adherencia permanente a la tierra
                                                                                        14




 1         Los permisos de uso no pueden ser susceptibles de apropiación privada,

 2   nadie puede alegar válidamente prescripción positiva sobre los mismos a su favor,

 3   no importa el tiempo que se hubieren ocupado. Ningún tipo de posesión es válida

 4   para reclamar derechos de propiedad en ellos. Además del artículo 1º, el artículo

 5   7º de la Ley No. 6043 desarrolla este principio: "Los terrenos situados en la zona

 6   marítimo terrestre no pueden ser objeto de informaciones posesorias y los

 7   particulares no podrán apropiarse de ellos ni legalizarlos a su nombre, por éste u

 8   otro medio".

 9         Es de recibo esta aclaración por cuanto una de las prácticas viciadas más

10   frecuentes en la zona marítimo terrestre es la de recurrir a la vía fácil de presentar

11   una solicitud de concesión ante la Municipalidad respectiva con conocimiento de

12   que en el sector involucrado no existe plan regulador. Los promoventes de tales

13   peticiones se creen entonces legitimados para ocupar el área gestionada, al no ser

14   posible jurídicamente la concesión, y afirman para sí "derechos de ocupar". Otros

15   van más allá y pagan cánones por ocupaciones no autorizadas, estipendios que

16   las municipalidades aceptan indebidamente.

17             Queda entendido que las anteriores actitudes particulares no producen

18   legitimación alguna para ocupar la zona marítimo terrestre, salvo que hubiere

19   mediado en su favor una asertiva manifestación expresa por parte de la

20   Municipalidad y en los casos en que proceda jurídicamente.

21         Otra de las características de los permisos de uso es su carácter precario.

22   El mismo Voto No. 2306-91, ya citado, de la Sala Constitucional así lo confirma:

23         "La precariedad de todo derecho o permiso de uso, es consustancial a la

24   figura y alude a la posibilidad que la administración, en cualquier momento lo

25   revoque, ya sea por la necesidad del Estado de ocupar plenamente el bien, por

26   construcción de una obra pública al igual que por razones de seguridad, higiene,

27   estética, todo ello en la medida que si llega a existir una contraposición de

28   intereses entre el fin del bien y el permiso otorgado debe prevalecer el uso natural

29   de la cosa pública.- En consecuencia, el régimen patrio de los bienes de dominio

30   público, como las vías de la Ciudad Capital, sean calles municipales o nacionales,
                                                                                   15




 1   aceras, parques y demás sitios públicos, los coloca fuera del comercio de los

 2   hombres y por ello los permisos que se otorguen serán siempre a título precario y

 3   revocables por la Administración, unilateralmente, cuando razones de necesidad o

 4   de interés general así lo señalen.-

 5          Es mayoritariamente aceptado por la doctrina que los permisos de uso no

 6   generan en favor de sus beneficiarios un derecho, sino que solamente representan

 7   un interés legítimo en la esfera de su disposición:

 8          "El permiso de uso no genera derecho alguno a favor del permisionario, no

 9   constituye un derecho perfecto, un derecho subjetivo, puesto que por su propia

10   esencia admite que sea revocado sin derecho a indemnización. Se admite

11   entonces, que el permisionario cuenta únicamente con un interés legítimo."

12   (Alpízar Monge, op.cit., p. 87)

13          B.      SOBRE EL CASO EN CONCRETO

14

15          En relación al caso concreto, es importante destacar que el 26 de

16   noviembre de 1982, en sesión Ordinaria nº 270-82, celebrada el 26 de noviembre

17   de 1982, se conoce escrito firmado por el señor Jesús María López Medrano,

18   donde solicita la cesión y aceptado el traspaso de arrendamiento al señor Luis

19   Abellán, por un terreno de 3300 m2, ubicado en la Zona Marítimo Terrestre de

20   Cuajiniquil.

21          El Concejo Municipal mediante acuerdo nº 2-12-A de la sesión Ordinaria 60-

22   95, aprueba prórroga que solicita el señor Luis Alberto Abellán Cisneros del

23   arrendamiento ubicado en la Zona Marítimo Terrestre de Cuajiniquil, por un

24   terreno de 3,009 m2. No indica plazo dicho acuerdo.

25          Que mediante escrito con fecha 25 de mayo del 2017, el señor Luis Roberto

26   Abellán Alvarado solicita al Concejo Municipal el traspaso de concesionario y de

27   cobro de canon al señor Rafael Paniagua Murillo. Se hace la aclaración que el

28   permiso se encuentra inscrito a nombre del señor Luis Abellán Cisneros, para esa

29   fecha ya fallecido.
                                                                                     16




 1         Es meramente importante atender a lo indicado en el Dictamen C-100-95 de

 2   La Procuraduría General de La República, en el sentido que los permisos de uso o

 3   ya sean concesiones solo pueden ser cedidos si existe un acuerdo o acto

 4   administrativo expreso que lo autorice.

 5         “Consecuencia que va de suyo, los permisos de uso no puede ser cedidos o

 6   traspasados, salvo que medie nuevamente acto autorizatorio de la Administración.

 7         "Por lo demás, generalmente el mero "permiso" de uso se otorga "intuitu

 8   personae"; de ahí que, por principio, no sea cesible sin el visto bueno o

 9   consentimiento de la Administración." (Marienhoff, op. cit., p. 333).

10                 Este aspecto es de relevancia a fin de que el ente administrador, por

11   tratarse de un acto "intuitu personae", verifique nuevamente si el futuro

12   permisionario reúne las condiciones objetivas y subjetivas requeridas para asumir

13   esa condición.”

14

15         Todo lo anterior, según el artículo 45 y 49 de la Ley 6043, quiere decir que

16   dicha solicitud debió haberla realizado el señor Luis Alberto Abellán Cisneros en

17   vida y además contar con el acuerdo de aprobación de dicho traspaso por parte

18   del Concejo Municipal.

19

20         IV.    CONCLUSIONES

21         •      Los permisos de uso no puede ser cedidos o traspasados, salvo que

22   medie nuevamente acto que autorice dicha cesión.

23         •      No se cuenta con acuerdo Municipal expreso que se autorice la

24   cesión del permiso de uso.

25         •      En dicho sector al contarse con Plan Regulador no puede coexistir la

26   figura de Permisos de uso.

27         •      Los permisos de uso son otorgados en áreas en las que no se cuenta

28   con planes Reguladores.

29         •      El permiso de uso no genera derecho alguno a favor del

30   permisionario, no constituye un derecho perfecto, un derecho subjetivo, puesto
                                                                                     17




 1   que por su propia esencia admite que sea revocado sin derecho a indemnización.

 2   Se admite entonces, que el permisionario cuenta únicamente con un interés

 3   legítimo." (Alpízar Monge, op.cit., p. 87)

 4          Se recomienda al Concejo Municipal, prevenir al señor Rafael Paniagua

 5   Murillo que contra la resolución de fondo emitida por el Concejo Municipal sobre

 6   este recurso extraordinario de revisión, cabrá recurso de apelación para ante el

 7   Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del quinto día hábil. ACUERDO

 8   DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas,

 9   José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

10

11          Manuel Alán Fonseca propone con base en el problema que se ha discutido

12   que la Comisión de ZMT le solicite a la Municipalidad que asigne recursos para la

13   actualización del plan regulador de Playa 4x4 Cuajiniquil.

14

15          ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad

16   de La Cruz, recomienda al Concejo Municipal asignar los recursos económicos

17   para la elaboración del plan regulador de Playa 4x4 Cuajiniquil y para los estudios

18   necesarios. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos

19   Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

20

21          2.     Acuerdo #2-19 de la sesión ordinaria #21-2019

22          Se conoce el acuerdo #2-19 de la sesión ordinaria #21-2019 mediante el

23   cual el Concejo Municipal remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre

24   documento firmado por el señor Alexander López Ortega en que solicita se

25   revoque el acuerdo de cancelación del permiso de uso y en su efecto se autorice a

26   la firma del contrato.

27          Se procede a la lectura del documento.

28

29          Alexandra Gonzaga Peña explica que se realizaron dos notificaciones de

30   cobro al señor Alexander López Ortega y en ninguno de los casos realizó el pago.
                                                                                    18




 1   Se presentó a la Municipalidad a realizar el pago cuando ya estaba el acuerdo de

 2   cancelación del permiso de uso por falta de pago de canon.

 3         El presidente somete a votación acogerse al acuerdo del Concejo Municipal

 4   en el que se canceló el permiso de uso por falta de pago de canon.

 5

 6         ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad

 7   de La Cruz, con base en acuerdo #2-3 de la sesión ordinaria #18-2019 acuerda

 8   recomendar al Concejo Municipal rechazar la solicitud presentada por el señor

 9   Alexander López Ortega sobre reactivar el permiso de uso sobre un terreno

10   ubicado en Playa Coyotera. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3

11   votos a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández,

12   Manuel Alán Fonseca).

13

14

15   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice si algún

16   compañero tiene algo que decir al respecto, nadie, entonces somete a votación,

17   que se apruebe el documento firmado por el Secretario de Comisión de Zona

18   Marítimo terrestre, que se rechace el Recurso extraordinario de Revisión de don

19   Rafael Paniagua y demás, sírvanse levantar la mano los que estén de acuerdo,

20   que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

21

22   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

23

24   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, rechaza el recurso

25   extraordinario de revisión presentado por el señor Rafael Paniagua Murillo, contra

26   el acuerdo #2-23D-4 de la sesión ordinaria #06-2018 y rechazar la solicitud de

27   permiso de uso por ser legalmente improcedente, basado en lo siguiente:

28         I.     SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO EXTRAORDINARIO

29   DE REVISIÓN: ARTÍCULO 166 DEL CÓDIGO MUNICIPAL
                                                                                            19




 1            Artículo 166. - De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido

 2   apelación y esta no fue interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere

 3   transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no hubiere agotado

 4   todos sus efectos, los interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso

 5   extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo efectos.

 6            Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad

 7   absoluta del acto.

 8            Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso

 9   extraordinario, cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso-

10   Administrativo, dentro del quinto día hábil.

11            (Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 202, inciso 3) de la Ley N°

12   8508 de 28 de abril de 2006, Código Procesal Contencioso-Administrativo).

13            El presente recurso extraordinario de revisión es presentado en tiempo y

14   forma por el interesado, fundamentado en motivos de legalidad.

15

16            II.   MARCO JURÍDICO

17            Con el fin de entrar a analizar el caso concreto, resulta importante resaltar

18   lo regulado en los siguientes artículos de la Ley de Zona Marítimo Terrestre (Ley

19   6043).

20            Artículo 12.- En la zona marítimo terrestre es prohibido, sin la debida

21   autorización legal, explotar la flora y fauna existentes, deslindar con cercas,

22   carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o instalaciones, cortar

23   árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo de desarrollo, actividad u

24   ocupación."

25            Las municipalidades podrán solicitar a esos institutos la elaboración de tales

26   planos.

27            Artículo 38.- Las municipalidades no podrán otorgar concesiones en las

28   zonas turísticas, sin que el Instituto Costarricense de Turismo y el Instituto

29   Nacional de Vivienda y Urbanismo hayan aprobado o elaborado los planos de

30   desarrollo de esas zonas.
                                                                                      20




 1         Artículo 45.- Es prohibido ceder o comprometer, o en cualquier otra forma

 2   traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los derecho derivados

 3   de ellas, sin la autorización expresa de la municipalidad respectiva y del Instituto

 4   Costarricense de Turismo o del Instituto de Tierras y Colonización, según sea el

 5   caso. Carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta

 6   disposición.

 7         Artículo 49.- En caso de fallecimiento, o ausencia declarada del

 8   concesionario, sus derechos podrán adjudicarse a sus herederos o presuntos

 9   herederos parientes. Si no los hubiere, la concesión se tendrá como cancelada y

10   volverá a la municipalidad respectiva incluyendo las construcciones y mejoras

11   existentes.

12         Artículo 63.- El funcionario o empleado que otorgare concesiones o

13   permisos de ocupación o de desarrollo o aprobare planos, contra las disposiciones

14   de esta ley o leyes conexas, o impidiere o hiciere nugatoria la orden de

15   suspensión o demolición, legalmente decretadas o dispuestas, de una obra o

16   instalación, o la sanción de algún infractor a las normas de esta ley y sus

17   reglamentos, será reprimido con prisión de tres meses a dos años si no se tratare

18   de delito más grave. Además será despedido de su empleo sin responsabilidad

19   patronal. Si el funcionario fuere de elección popular, procederá a la pérdida de su

20   credencial a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones, previa información que

21   éste dispondrá levantar.

22

23         III.      ANÁLISIS DE FONDO

24         A.        SOBRE LA FIGURA DEL PERMISO DE USO

25

26         El dictamen C-100-95 de la procuraduría General de La República, define la

27   figura de permiso de uso como tal y sus principales características, al respecto lo

28   que interesa:

29         “El permiso de uso es un acto unilateral de la Administración, de carácter

30   precario, que concede a un particular el uso privativo sobre un bien de dominio
                                                                                        21




 1   público. Como figura genérica es también aplicable a la zona marítimo terrestre,

 2   siempre y cuando no perjudique sus condiciones naturales ni el libre tránsito sobre

 3   la zona pública, y su ejercicio no menoscabe de manera alguna la futura

 4   planificación del sector. Con motivo de ello y a que se aplica sólo a obras sencillas

 5   de fácil remoción para no lesionar el bien demanial, se excluye todo tipo de

 6   edificación que implique una adherencia permanente a la tierra

 7         Los permisos de uso no pueden ser susceptibles de apropiación privada,

 8   nadie puede alegar válidamente prescripción positiva sobre los mismos a su favor,

 9   no importa el tiempo que se hubieren ocupado. Ningún tipo de posesión es válida

10   para reclamar derechos de propiedad en ellos. Además del artículo 1º, el artículo

11   7º de la Ley No. 6043 desarrolla este principio: "Los terrenos situados en la zona

12   marítimo terrestre no pueden ser objeto de informaciones posesorias y los

13   particulares no podrán apropiarse de ellos ni legalizarlos a su nombre, por éste u

14   otro medio".

15         Es de recibo esta aclaración por cuanto una de las prácticas viciadas más

16   frecuentes en la zona marítimo terrestre es la de recurrir a la vía fácil de presentar

17   una solicitud de concesión ante la Municipalidad respectiva con conocimiento de

18   que en el sector involucrado no existe plan regulador. Los promoventes de tales

19   peticiones se creen entonces legitimados para ocupar el área gestionada, al no ser

20   posible jurídicamente la concesión, y afirman para sí "derechos de ocupar". Otros

21   van más allá y pagan cánones por ocupaciones no autorizadas, estipendios que

22   las municipalidades aceptan indebidamente.

23             Queda entendido que las anteriores actitudes particulares no producen

24   legitimación alguna para ocupar la zona marítimo terrestre, salvo que hubiere

25   mediado en su favor una asertiva manifestación expresa por parte de la

26   Municipalidad y en los casos en que proceda jurídicamente.

27         Otra de las características de los permisos de uso es su carácter precario.

28   El mismo Voto No. 2306-91, ya citado, de la Sala Constitucional así lo confirma:

29         "La precariedad de todo derecho o permiso de uso, es consustancial a la

30   figura y alude a la posibilidad que la administración, en cualquier momento lo
                                                                                      22




 1   revoque, ya sea por la necesidad del Estado de ocupar plenamente el bien, por

 2   construcción de una obra pública al igual que por razones de seguridad, higiene,

 3   estética, todo ello en la medida que si llega a existir una contraposición de

 4   intereses entre el fin del bien y el permiso otorgado debe prevalecer el uso natural

 5   de la cosa pública.- En consecuencia, el régimen patrio de los bienes de dominio

 6   público, como las vías de la Ciudad Capital, sean calles municipales o nacionales,

 7   aceras, parques y demás sitios públicos, los coloca fuera del comercio de los

 8   hombres y por ello los permisos que se otorguen serán siempre a título precario y

 9   revocables por la Administración, unilateralmente, cuando razones de necesidad o

10   de interés general así lo señalen.-

11

12   Es mayoritariamente aceptado por la doctrina que los permisos de uso no generan

13   en favor de sus beneficiarios un derecho, sino que solamente representan un

14   interés legítimo en la esfera de su disposición:

15          "El permiso de uso no genera derecho alguno a favor del permisionario, no

16   constituye un derecho perfecto, un derecho subjetivo, puesto que por su propia

17   esencia admite que sea revocado sin derecho a indemnización. Se admite

18   entonces, que el permisionario cuenta únicamente con un interés legítimo."

19   (Alpízar Monge, op.cit., p. 87)

20          B.      SOBRE EL CASO EN CONCRETO

21          En relación al caso concreto, es importante destacar que el 26 de

22   noviembre de 1982, en sesión Ordinaria nº 270-82, celebrada el 26 de noviembre

23   de 1982, se conoce escrito firmado por el señor Jesús María López Medrano,

24   donde solicita la cesión y aceptado el traspaso de arrendamiento al señor Luis

25   Abellán, por un terreno de 3300 m2, ubicado en la Zona Marítimo Terrestre de

26   Cuajiniquil.

27          El Concejo Municipal mediante acuerdo nº 2-12-A de la sesión Ordinaria 60-

28   95, aprueba prórroga que solicita el señor Luis Alberto Abellán Cisneros del

29   arrendamiento ubicado en la Zona Marítimo Terrestre de Cuajiniquil, por un

30   terreno de 3,009 m2. No indica plazo dicho acuerdo.
                                                                                    23




 1         Que mediante escrito con fecha 25 de mayo del 2017, el señor Luis Roberto

 2   Abellán Alvarado solicita al Concejo Municipal el traspaso de concesionario y de

 3   cobro de canon al señor Rafael Paniagua Murillo. Se hace la aclaración que el

 4   permiso se encuentra inscrito a nombre del señor Luis Abellán Cisneros, para esa

 5   fecha ya fallecido.

 6         Es meramente importante atender a lo indicado en el Dictamen C-100-95 de

 7   La Procuraduría General de La República, en el sentido que los permisos de uso o

 8   ya sean concesiones solo pueden ser cedidos si existe un acuerdo o acto

 9   administrativo expreso que lo autorice.

10         “Consecuencia que va de suyo, los permisos de uso no puede ser cedidos o

11   traspasados, salvo que medie nuevamente acto autorizatorio de la Administración.

12         "Por lo demás, generalmente el mero "permiso" de uso se otorga "intuitu

13   personae"; de ahí que, por principio, no sea cesible sin el visto bueno o

14   consentimiento de la Administración." (Marienhoff, op. cit., p. 333).

15               Este aspecto es de relevancia a fin de que el ente administrador, por

16   tratarse de un acto "intuitu personae", verifique nuevamente si el futuro

17   permisionario reúne las condiciones objetivas y subjetivas requeridas para asumir

18   esa condición.”

19         Todo lo anterior, según el artículo 45 y 49 de la Ley 6043, quiere decir que

20   dicha solicitud debió haberla realizado el señor Luis Alberto Abellan Cisneros en

21   vida y además contar con el acuerdo de aprobación de dicho traspaso por parte

22   del Concejo Municipal.

23         IV.     CONCLUSIONES

24         •       Los permisos de uso no puede ser cedidos o traspasados, salvo que

25   medie nuevamente acto que autorice dicha cesion.

26         •       No se cuenta con acuerdo Municipal expreso que se autorice la

27   cesión del permiso de uso.

28         •       En dicho sector al contarse con Plan Regulador no puede coexistir la

29   figura de Permisos de uso.
                                                                                   24




 1            •     Los permisos de uso son otorgados en áreas en las que no se cuenta

 2   con planes Reguladores.

 3            •     El permiso de uso no genera derecho alguno a favor del

 4   permisionario, no constituye un derecho perfecto, un derecho subjetivo, puesto

 5   que por su propia esencia admite que sea revocado sin derecho a indemnización.

 6   Se admite entonces, que el permisionario cuenta únicamente con un interés

 7   legítimo." (Alpízar Monge, op.cit., p. 87)

 8            Se recomienda al Concejo Municipal, prevenir al señor Rafael Paniagua

 9   Murillo que contra la resolución de fondo emitida por el Concejo Municipal sobre

10   este recurso extraordinario de revisión, cabrá recurso de apelación para ante el

11   Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del quinto día hábil. ACUERDO

12   DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca

13   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y

14   José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio).

15

16   ACUERDAN B: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita asignar los

17   recursos económicos para la elaboración del plan regulador de Playa 4x4

18   Cuajiniquil y para los estudios necesarios. Esto según dictamen de la Comisión de

19   Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

20   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

21   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

22   Ortiz)

23

24   ACUERDAN C: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, rechaza la solicitud

25   presentada por el señor Alexander López Ortega, sobre reactivar el permiso de

26   uso sobre un terreno ubicado en Playa Coyotera. Esto según dictamen de la

27   Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO

28   DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca

29   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y

30   Florencio Acuña Ortiz).
                                                                                    25




 1

 2   11.- Se conoce oficio MLC-ZMT-13-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 3   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 4   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-19

 5   de la sesión ordinaria #21-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

 6   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 7   Cruz, Terrestre documento firmado por el señor Alexander López Ortega en que

 8   solicita se revoque el acuerdo de cancelación del permiso de uso y en su efecto se

 9   autorice a la firma del contrato, hago de su conocimiento el acuerdo de la

10   Comisión de Zona Marítimo Terrestre #I-2 de la Sesión Extraordinaria # 03-

11   2019, celebrada el día 18 de junio del año 2019, que dice:

12

13   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

14   Cruz, con base en acuerdo         #2-3 de la sesión ordinaria #18-2019 acuerda

15   recomendar al Concejo Municipal rechazar la solicitud presentada por el señor

16   Alexander López Ortega sobre reactivar el permiso de uso sobre un terreno

17   ubicado en Playa Coyotera. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3

18   votos a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández,

19   Manuel Alán Fonseca).

20   La señora Blanca Asares Fajardo, presidente municipal les dice que este

21   documento ya se vio y se le dio trámite en el dictamen anterior, y a petición del

22   señor José Reynaldo Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona

23   Marítimo terrestre por lo tanto queda excluido, levanten la mano los que estén de

24   acuerdo, que sea firme, definitivo.

25

26   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

27   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, excluye el oficio N°

28   MLC-ZMT-13-2019, firmado por el señor José Reynaldo Fernández Vega,

29   Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, de

30   fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-19 de la sesión
                                                                                       26




 1   ordinaria #21-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, remite

 2   ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, Terrestre

 3   documento firmado por el señor Alexander López Ortega en que solicita se

 4   revoque el acuerdo de cancelación del permiso de uso y en su efecto se autorice a

 5   la firma del contrato, por motivos que ya fue tramitado en el oficio anterior N° MLC-

 6   ZMT-11-2019, firmado por el señor José Reynaldo Fernández Vega, Secretario de

 7   la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, de fecha 02 de julio

 8   del 2019. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4

 9   VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas,

10   Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

11

12

13   12.- Se conoce oficio MLC-ZMT-14-2019, firmado por el señor José Reynaldo

14   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

15   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a escrito

16   firmado por el señor Erick Arrieta Salgado, hago de su conocimiento el acuerdo

17   de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre #I-3 de la Sesión Extraordinaria #

18   03-2019, celebrada el día 18 de junio del año 2019, que dice:

19

20   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

21   Cruz, acuerda recomendar al Concejo Municipal darle el respaldo al permisionario

22   3-101-722472 y que cuando el permisionario realice los trabajos en el terreno, se

23   realicen en coordinación con Fuerza Pública y el Departamento de ZMT.

24   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos Manuel

25   Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

26

27   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente Municipal les dice que es muy claro

28   el oficio así que someto a votación levanten la mano los que estén de acuerdo,

29   que sea firme, definitivo.

30
                                                                                    27




 1   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 2

 3   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, da el respaldo al

 4   permisionario 3-101-722472, así mismo cuando este realice los trabajos en el

 5   terreno, se realicen en coordinación con Fuerza Pública y el Departamento de

 6   Zona Marítimo Terrestre. Esto según dictamen de la Comisión de Zona Marítimo

 7   Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN

 8   FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel

 9   Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

10

11   13.- Se conoce oficio MLC-ZMT-12-2019, firmado por el señor José Reynaldo

12   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

13   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual Hace de su conocimiento el

14   acuerdo #I-1-2 de la Sesión Extraordinaria # 03-2019, celebrada el día 18 de

15   junio del año 2019 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, que dice:

16   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La
17   Cruz, recomienda al Concejo Municipal asignar los recursos económicos para la
18   elaboración del plan regulador de Playa 4x4 Cuajiniquil y para los estudios
19   necesarios. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor
20   Carlos

21   Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).


22   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario y miembro de la

23   Comisión de Zona Marítimo Terrestre les dice buenas tardes compañeros, con

24   respecto a este acuerdo, de playa 4 X 4ese Plan Regulador está viejo y no tiene

25   funcionalidad, necesitamos un Plan Regulador Nuevo y la Modificación está en

26   Comisión, de ahí se pueden sacar los recursos, es más queremos sacar los

27   recursos para toda la zona costera del Cantón, y cuando venga ese presupuesto

28   aquí ya vendrá listo.

29
                                                                                    28




 1   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena y

 2   miembro de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre les agrega que en el

 3   presupuesto vienen ¢ 200 millones para la construcción de un boulevard, de ahí se

 4   pueden coger, el Plan Regulador de Conventillos cuesta ¢ 88 millones de colones,

 5   es desde Conventillos, pasa por Puerto Soley hasta Punta Zacate y los IFAS

 6   desde Manzanillo a Mostrencal este vale ¢ 10 millones, y el de Playa 4 X 4 cuesta

 7   ¢ 12 millones, así que de esos ¢ 200 millones se pueden hacer todos los planes

 8   Reguladores de la zona costera, porque la zona marítimo terrestre genera

 9   recursos con las concesiones y es obligación de la Municipalidad lo que nos da el

10   Estado, es importante que el Concejo Municipal le ponga el ojo a Puerto Soley,

11   Mostrencal y tener actualizado todos los planes reguladores.

12

13   El señor José Reynaldo Fernández Vega, sindico suplente distrito Santa Cecilia y

14   miembro de la Comisión Zona Marítimo Terrestre, les agrega que ya llegó el

15   momento de arreglar todo lo que es la zona costera y esta es la labor de la

16   Comisión de la Zona Marítimo Terrestre, es pasarle esta iniciativa al Concejo

17   Municipal para arreglar todo y que sea una realidad.

18   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que es

19   importante tomar todo esto que dicen en cuenta, sobre este oficio si nadie tiene

20   nada más que decir, somete a votación, levanten la mano los que estén de

21   acuerdo que se le brinde la aprobación, que sea firma, definitivo.

22   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

23   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita asignar los

24   recursos económicos para la elaboración del plan regulador de Playa 4x4

25   Cuajiniquil y para los estudios necesarios. Esto según dictamen de la Comisión de

26   Zona Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

27   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

28   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

29   Ortiz)

30
                                                                                     29




 1   14.- Se conoce oficio MLC-ZMT-10-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 2   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 3   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-9

 4   de la sesión ordinaria #20-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

 5   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 6   Cruz, , el oficio DPD-P-077-2019, firmado por el Mba. Rodolfo Lizano Rodríguez,

 7   Director Planeamiento y Desarrollo del Instituto Costarricense de Turismo, en el

 8   cual remite el acuerdo de Sesión N°6067, Artículo 5, Inciso VIII celebrada el 08 de

 9   abril del 2019, hago de su conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona

10   Marítimo Terrestre #III-F de la Sesión Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4

11   de junio del año 2019, que dice:

12   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La
13   Cruz, en respuesta al acuerdo #2-4 de la sesión ordinaria #18-2019, sobre la
14   derogación del acuerdo de Junta Directiva N° SJD-437-2014 tomado en sesión
15   ordinaria N°5868 del 22 de octubre del 2014, acuerda recomendar al Concejo
16   Municipal tomar nota y trasladarlo a los departamentos para su conocimiento.
17   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos Manuel
18   Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).


19   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que es muy

20   claro el dictamen de Comisión por lo tanto somete a votación, levanten la mano los

21   que estén de acuerdo en que se apruebe el dictamen en este oficio, que sea firme,


22   definitivo.


23   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

24

25   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, toma nota y traslada

26   a los departamentos para su conocimiento. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

27   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

28   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

29   Ortiz).

30
                                                                                     30




 1   15.- Se conoce oficio MLC-ZMT-08-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 2   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 3   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-7

 4   de la sesión ordinaria #18-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

 5   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 6   Cruz oficio ALDE-JS-131-2019, firmado por el señor Junnier Alberto Salazar

 7   Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual remite expediente de solicitud de

 8   permiso de uso, que contiene el Proyecto de Resolución Administrativa a nombre

 9   de la empresa First Holdings, cédula jurídica 3-101-506031 expediente N°PUS-14-

10   1994, hago de su conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona Marítimo

11   Terrestre #III-D de la Sesión Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4 de junio

12   del año 2019, que dice:

13         III-D. ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la
14   Municipalidad de La Cruz, en respuesta al acuerdo #2-7 de la sesión ordinaria
15   #18-2019, sobre la prórroga de permiso de uso a nombre First Holdings, cédula
16   jurídica 3-101-506031, recomendar al Concejo Municipal aprobar permiso de uso a
17   nombre de First Holdings, cédula jurídica 3-101-506031 sobre un terreno ubicado
18   en Playa Copal por un área de 18922 m² por un plazo de 5 años prorrogables de
19   acuerdo a las partes y se autorice al Alcalde a la firma de contrato de permiso de
20   uso. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos
21   Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

22
23   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que es muy
24   claro el dictamen de Comisión por lo tanto somete a votación, levanten la mano los
25   que estén de acuerdo en que se apruebe el dictamen en este oficio N° MLC-ZMT-
26   08-2019, que sea firme, definitivo.

27

28   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

29

30   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba el permiso de

31   uso a nombre de First Holdings, cédula jurídica 3-101-506031, sobre un terreno

32   ubicado en Playa Copal por un área de 18922 m², por un plazo de 5 años

33   prorrogables de acuerdo a las partes y se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar
                                                                                      31




 1   Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz a la firma del contrato de permiso de uso.

 2   Esto según dictamen de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 3   Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A

 4   FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin

 5   Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

 6

 7   16.- Se conoce oficio MLC-ZMT-09-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 8   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 9   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-6

10   de la sesión ordinaria #18-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

11   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

12   Cruz, documento firmado por el señor John Steve Cubillo Obregón, vecino del

13   Cantón de La Cruz, en el cual solicita una concesión en la Zona Marítimo Terrestre

14   de Playa Rajada, hago de su conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona

15   Marítimo Terrestre #III-E de la Sesión Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4

16   de junio del año 2019, que dice:


17   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

18   Cruz, en respuesta al acuerdo #2-6 de la sesión ordinaria #18-2019, sobre el

19   documento firmado por el señor John Steve Cubillo Obregón, vecino del Cantón

20   de

21   La Cruz, en el cual solicita una concesión en la Zona Marítimo Terrestre de Playa

22   Rajada, recomendar al Concejo Municipal solicitar al Secretario Municipal remitir

23   los documentos originales al Departamento de Zona Marítimo Terrestre a fin de

24   darle trámite. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor

25   Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán

26   Fonseca).

27

28   El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal de la Cruz, les

29   solicita la palabra para decirles, que extraño por qué no se envió el expediente con
                                                                                      32




 1   los documentos originales, porque el Departamento de Secretaría cuando se

 2   acuerda remitir se adjunta lo indicado.

 3

 4   El señor Jorge Manuel Alán Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena, y

 5   miembro de comisión de Zona Marítimo Terrestre manifiesta que lo que pasó fue

 6   que no llegaron los documentos, solo el acuerdo.

 7

 8   El señor Florencio Acuña Ortiz, regidor propietario le dice me extraña porque la

 9   Comisión de la zona marítimo terrestre debió devolverlo porque no llegaron los

10   documentos originales, y también me extraña que secretaría no debió enviar solo

11   el acuerdo.

12

13   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena les

14   manifiesta que siempre lo he dicho que cuando el señor Secretario municipal fijo,

15   va de vacaciones, está incapacitado o con algún permiso, quien debe estar aquí

16   es la asistente del señor Secretario, quien es la que conoce y tiene la experiencia,

17   está a la par de él, sin embargo se hace otra cosa.

18

19   El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice con este

20   asunto de las vacaciones del señor Secretario yo hablé con la asistente y ellas me

21   dijo que ella quería venir acá a hacer las vacaciones del señor Secretario

22   municipal pero que no fue tomada en cuenta, que ya tenían la candidata.

23   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que para aclarar,

24   yo hablé con Ekaterine, recibí mensajes de ella, que le ayudara, por eso la

25   propuso y se aprobó, pero no fue por otra cosa, ya había hablado con ella, no fue

26   que no se le tomó en cuenta, inclusive será para la próxima.

27

28   El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia

29   les dice yo recuerdo cuando se nombró a Ekaterine, y una vez después de la

30   sesión, la vi que se llevaba los documentos y le pregunté qué hacía con esos
                                                                                      33




 1   documentos después de sesión y me dijo que se los llevaba para la casa y luego

 2   regresaban de Santa Cecilia, y se lo dijo a doña Blanca y a mí y debo de decir la

 3   verdad.

 4

 5   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal manifiesta con relación a

 6   esto le dijimos a Ekaterine que eso no procedía y que no debía hacerlo y supongo

 7   que ella no lo volvió a hacer, esto para aclarar, sin embargo con el oficio de dicha

 8   Comisión, si están de acuerdo en aprobarlo y que la Secretaría suba los

 9   documentos originales, sírvanse levantar la mano los que estén de acuerdo,

10   quesea firme y definitivo.

11

12   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

13

14   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, solicita al Secretario

15   Municipal remitir los documentos originales al Departamento de Zona Marítimo

16   Terrestre a fin de darle trámite. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN

17   FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel

18   Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

19

20   17.- Se conoce oficio MLC-ZMT-04-2019, firmado por el señor José Reynaldo

21   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

22   de La Cruz, de fecha 10 de junio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #1-5

23   de la Sesión Ordinaria #48-2018, en que el Concejo Municipal de La Cruz

24   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

25   Cruz, documento firmado por la señora Andrea González Rojas, Apoderada

26   Especial de la empresa Estación para la Biodiversidad S.A, hago de su

27   conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre #II-2 de

28   la Sesión Ordinaria # 03-2019, celebrada el día 7 de mayo del año 2019, que

29   dice:

30
                                                                                    34




 1   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

 2   Cruz, en respuesta a los acuerdos #3-11 de la sesión ordinaria #48-2018 y #1-6 de

 3   la sesión extraordinaria #08-2019, sobre la solicitud de concesión a nombre de

 4   Estación para la Biodiversidad, S.A. de un terreno de uso TAN 3 ubicado en Playa

 5   Rajada, manifiesta al Concejo Municipal con base en la situación de los usos

 6   contemplados en el Plan Regulador Integral Acantilados al norte de Playa El Jobo

 7   – Punta Manzanillo para Playa Rajada, la relación de hechos, el criterio de la

 8   Procuraduría General de la República C-157-2001 del 29 de mayo del 2001, se

 9   recomienda al Concejo Municipal esperar la respuesta del Área de Conservación

10   Guanacaste en relación a la consulta sobre patrimonio natural del estado en zona

11   pública de Playa Rajada y resolver el uso que se asignará en este sector previo a

12   emitir una recomendación. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos

13   a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel

14   Alán Fonseca).

15

16   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

17   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-04-2019, de comisión, sírvanse levantar la

18   mano, que sea firme y definitivo.

19

20   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

21

22   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, esperara la

23   respuesta del Área de Conservación Guanacaste en relación a la consulta sobre

24   patrimonio natural del estado en zona pública de Playa Rajada y resolver el uso

25   que se asignará en este sector previo a emitir una recomendación. Esto en

26   respuesta a los acuerdos #3-11 de la sesión ordinaria #48-2018 y #1-6 de la

27   sesión extraordinaria #08-2019, sobre la solicitud de concesión a nombre de

28   Estación para la Biodiversidad, S.A. de un terreno de uso TAN 3 ubicado en Playa

29   Rajada. Según dictamen N° MLC-ZMT-04-2019 de la Comisión de Zona Marítimo

30   Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN
                                                                                     35




 1   FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel

 2   Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

 3

 4   18.- Se conoce oficio MLC-ZMT-02-2019, firmado por el señor José Reynaldo

 5   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

 6   de La Cruz, de fecha 10 de junio del 2019, en el cual En respuesta al acuerdo # 2-

 7   5 de la Sesión Ordinaria # 09-2019, verificada por La Municipalidad de La Cruz

 8   Guanacaste, el día 7 de marzo del 2019 remite ante la Comisión de Zona Marítimo

 9   Terrestre Municipal de La Cruz, el MLC-ZMT-78-2019, firmado por la Ing.

10   Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo

11   Terrestre Municipal de La Cruz, solicita el archivo del expediente a nombre de Fisk

12   International por estar afectado por bosque, según certificación de Patrimonio

13   Natural del Estado ACG-DIR-ZMT-003-2014, hago de su conocimiento acuerdo

14   #II-2 Sesión ordinaria #02-2019 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre,

15   celebrada el día 5 de abril del 2019, que dice:

16

17   Por   Unanimidad    la   Comisión   de   Zona     Marítimo   Terrestre   ACUERDA.

18   Recomendar al Concejo Municipal la cancelación del permiso de uso a nombre de

19   Fisk International, S.A. debido a que se encuentra afectado por Patrimonio Natural

20   del Estado y no corresponde la administración a la Municipalidad, eliminar el cobro

21   del canon y en caso de que el permisionario lo desee puede realizar un estudio

22   forestal para y en caso de haber sectores que no correspondan a bosque, solicitar

23   la rectificación de la certificación de Patrimonio Natural del Estado al Área de

24   Conservación Guanacaste. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3

25   votos a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández,

26   Manuel Alán Fonseca).

27

28   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

29   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-02-2019, de comisión, sírvanse levantar la

30   mano, que sea firme y definitivo.
                                                                                    36




 1

 2   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 3

 4   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba la

 5   cancelación del permiso de uso a nombre de Fisk International, S.A. debido a que

 6   se encuentra afectado por Patrimonio Natural del Estado y no corresponde la

 7   administración a la Municipalidad, así mismo, elimina el cobro del canon y en caso

 8   de que el permisionario lo desee puede realizar el un estudio forestal para y en

 9   caso de haber sectores que no correspondan a bosque, solicitar la rectificación de

10   la certificación de Patrimonio Natural del Estado al Área de Conservación de

11   Guanacaste. Esto según oficio N°MLC-ZMT-02-2019 de la Comisión de Zona

12   Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

13   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

14   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

15   Ortiz)

16

17

18   19.- Se conoce oficio MLC-ZMT-01-2019, firmado por el señor José Reynaldo

19   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

20   de La Cruz, de fecha 10 de junio del 2019, en el cual la Comisión de Zona

21   Marítimo Terrestre recomienda al Concejo Municipal la cancelación del permiso de

22   uso a nombre de Multiformas, S.A. debido a que se encuentra afectado por

23   Patrimonio Natural del Estado y no corresponde la administración a la

24   Municipalidad, así mismo, elimina el cobro del canon y en caso de que el

25   permisionario lo desee puede realizar el un estudio forestal para y en caso de

26   haber sectores que no correspondan a bosque, solicitar la rectificación de la

27   certificación de Patrimonio Natural del Estado al Área de Conservación de

28   Guanacaste.

29
                                                                                    37




 1   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

 2   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-01-2019, de comisión, sírvanse levantar la

 3   mano, que sea firme y definitivo.

 4

 5   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 6

 7   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba la

 8   cancelación del permiso de uso a nombre de Multiformas, S.A. debido a que se

 9   encuentra afectado por Patrimonio Natural del Estado y no corresponde la

10   administración a la Municipalidad, así mismo, elimina el cobro del canon y en caso

11   de que el permisionario lo desee puede realizar el un estudio forestal para y en

12   caso de haber sectores que no correspondan a bosque, solicitar la rectificación de

13   la certificación de Patrimonio Natural del Estado al Área de Conservación de

14   Guanacaste. Esto según oficio N°MLC-ZMT-01-2019 de la Comisión de Zona

15   Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

16   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

17   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

18   Ortiz)

19

20   20.- Se conoce oficio MLC-ZMT-06-2019, firmado por el señor José Reynaldo

21   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

22   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-9

23   de la sesión ordinaria #20-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

24   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

25   Cruz, documento firmado por el señor Rafael Paniagua Murillo, el cual contiene

26   Recurso Extraordinario de Revisión y Reconsideración, esto con el fin de que se

27   estudie, analice y dictamine, para así tomar la resolución correspondiente, hago

28   de su conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre

29   #III-B de la Sesión Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4 de junio del año

30   2019, que dice:
                                                                                          38




 1

 2   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

 3   Cruz, en respuesta al acuerdo #2-9 de la sesión ordinaria #20-2019, recomendar

 4   al   Concejo   Municipal   remitir   el   Recurso   Extraordinario   de   Revisión   y

 5   Reconsideración presentado por el señor Rafael Paniagua Murillo a la Gestora

 6   Jurídica de Zona Marítimo Terrestre a.i., esto con el fin de que se estudie, analice

 7   y dictamine,    para así tomar la         resolución   correspondiente.   ACUERDO

 8   DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos Manuel Ugarte

 9   Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

10

11   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

12   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-06-2019, de comisión, sírvanse levantar la

13   mano, que sea firme y definitivo.

14

15   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

16

17   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite el Recurso de

18   Revisión Extraordinario y Reconsideración presentado por el señor Rafael

19   Paniagua Murillo, a la Gestora Jurídica de Zona Marítimo Terrestre a.i, esto con el

20   fin de que se estudie, analice y dictamine, para así tomar la resolución

21   correspondiente. Esto según oficio N°MLC-ZMT-06-2019 de la Comisión de Zona

22   Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

23   APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo,

24   Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña

25   Ortiz)

26

27   21.- Se conoce oficio MLC-ZMT-05-2019, firmado por el señor José Reynaldo

28   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

29   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-11

30   de la sesión ordinaria #20-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz
                                                                                    39




 1   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 2   Cruz, documento firmado por el señor Rafael Paniagua Murillo, en el cual solicita

 3   ante el Concejo Municipal, permiso de uso ubicado en la Zona Restringida de la

 4   Zona Marítimo Terrestre de Playa Cuajiniquil,, hago de su conocimiento el

 5   acuerdo de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre #III-A de la Sesión

 6   Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4 de junio del año 2019, que dice:

 7

 8   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

 9   Cruz, en respuesta al acuerdo #2-11 de la sesión ordinaria #20-2019, acuerda

10   recomendar al Concejo Municipal denegar la solicitud de permiso de uso

11   presentado por el señor Rafael Paniagua Murillo sobre un terreno ubicado en

12   Playa 4x4 Cuajiniquil, debido a que existe un plan regulador vigente en el sector.

13   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a favor Carlos Manuel

14   Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán Fonseca).

15

16   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

17   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-05-2019, de comisión, sírvanse levantar la

18   mano, que sea firme y definitivo.

19

20   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

21   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, deniega la solicitud de

22   permiso de uso presentado por el señor Rafael Paniagua Murillo sobre un terreno

23   ubicado en Playa 4x4 Cuajiniquil, debido a que existe un plan regulador vigente en

24   el sector. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4

25   VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas,

26   Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

27

28   22.- Se conoce oficio MLC-ZMT-07-2019, firmado por el señor José Reynaldo

29   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

30   de La Cruz, de fecha 02 de julio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #2-6
                                                                                     40




 1   de la sesión ordinaria #20-2019, en que el Concejo Municipal de La Cruz

 2   Guanacaste, remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de La

 3   Cruz, oficio firmado por la Licda. Yahaira Duarte Aguirre, Gestora Jurídica de Zona

 4   Marítimo Terrestre Municipal de La Cruz, el cual contiene respuesta al acuerdo

 5   Municipal 1-2 de la Sesión Extraordinaria 08-2019, mediante el cual se le solicita

 6   dictamen para poder resolver, en relación a la solicitud del Licenciado Luis Ángel

 7   Salazar Ureña, apoderado especial Villas Copal Ardillas S.A, mediante el cual

 8   solicita enderezar el procedimiento a fin de que la concesión inscrita a nombre de

 9   dicha sociedad, sea trasladada a la sociedad Las Acacias Azul Violeta S.A, hago

10   de su conocimiento el acuerdo de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre

11   #III-C de la Sesión Ordinaria # 04-2019, celebrada el día 4 de junio del año

12   2019, que dice:

13

14   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

15   Cruz, en respuesta al acuerdo #2-6 de la sesión ordinaria #20-2019,sobre la

16   cesión de derechos de la concesión inscrita a nombre de Villa Copal Ardillas, S.A.

17   recomendar al Concejo Municipal otorgar una prórroga para presentar los

18   documentos:

19   a-     Solicitud de traspaso firmada por la persona nombrada como liquidador de

20   la sociedad Villa Copal Ardillas, S.A. debidamente autenticada. Deberá indicar la

21   persona física o jurídica a quién se desea realizar el traspaso.

22   b-     Certificación emitida por el Registro Nacional del nombramiento de

23   liquidador.

24   c-     Aportar la documentación de respaldo de la persona física o jurídica a quién

25   se realizará la cesión:

26   •      Si el solicitante es persona física:

27   a)     Copia certificada de la cédula de identidad del solicitante.

28   b)     Copia certificada de la cédula de identidad del cónyuge, si tuviese.

29   •      Si el solicitante es persona jurídica:

30   a)     Certificación de personería jurídica.
                                                                                     41




 1   b)     Certificación de distribución de capital, donde conste que al menos un 50%

 2   de las acciones pertenecen a costarricenses o extranjeros con al menos cinco

 3   años de residencia en el país. Si las acciones pertenecen a otras empresas, el

 4   solicitante debe aportar la distribución de capital de esas otras sociedades, las

 5   cuales deberán demostrar el mismo principio de distribución de acciones, de

 6   acuerdo con el artículo 47º de la Ley 6043.

 7   c)     Copia certificada del Acta Constitutiva de la empresa.

 8   d)     Certificación de la CCSS que demuestra que el solicitante está al día en sus

 9   cuotas obrero-patronales. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos

10   a favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel

11   Alán Fonseca).

12

13   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

14   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-07-2019, de comisión, sírvanse levantar la

15   mano, que sea firme y definitivo.

16

17   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

18

19   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, otorga una prórroga

20   para presentar los documentos:

21   a-     Solicitud de traspaso firmada por la persona nombrada como liquidador de

22   la sociedad Villa Copal Ardillas, S.A. debidamente autenticada. Deberá indicar la

23   persona física o jurídica a quién se desea realizar el traspaso.

24   b-     Certificación emitida por el Registro Nacional del nombramiento de

25   liquidador.

26   c-     Aportar la documentación de respaldo de la persona física o jurídica a quién

27   se realizará la cesión:

28   •      Si el solicitante es persona física:

29   a)     Copia certificada de la cédula de identidad del solicitante.

30   b)     Copia certificada de la cédula de identidad del cónyuge, si tuviese.
                                                                                    42




 1   •     Si el solicitante es persona jurídica:

 2   a)    Certificación de personería jurídica.

 3   b)    Certificación de distribución de capital, donde conste que al menos un 50%

 4   de las acciones pertenecen a costarricenses o extranjeros con al menos cinco

 5   años de residencia en el país. Si las acciones pertenecen a otras empresas, el

 6   solicitante debe aportar la distribución de capital de esas otras sociedades, las

 7   cuales deberán demostrar el mismo principio de distribución de acciones, de

 8   acuerdo con el artículo 47º de la Ley 6043.

 9   c)    Copia certificada del Acta Constitutiva de la empresa.

10   d)    Certificación de la CCSS que demuestra que el solicitante está al día en sus

11   cuotas obrero-patronales. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN

12   FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel

13   Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y Florencio Acuña Ortiz)

14

15   23.- Se conoce oficio MLC-ZMT-03-2019, firmado por el señor José Reynaldo

16   Fernández Vega, Secretario de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal

17   de La Cruz, de fecha 10 de junio del 2019, en el cual En respuesta a acuerdo #3-

18   11 de la sesión ordinaria #48-2018 en el que remite ante la Comisión de Zona

19   Marítimo Terrestre, el oficio ALDE-JS-0421-2018, firmado por el señor Junnier

20   Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, en el cual remite el

21   expediente de solicitud de concesión que contiene Proyecto de Resolución

22   Administrativa de la compañía Estación para la Biodiversidad S.A, cédula jurídica

23   3-101-128340, expediente N°SOL-151-2006 y acuerdo #1-6 de la sesión

24   extraordinaria #08-2019 remite ante la Comisión de Zona Marítimo Terrestre

25   Municipal de La Cruz, documento firmado por la señora Andrea González Rojas,

26   Apoderada Especial de la empresa Estación para la Biodiversidad S.A, en el cual

27   mediante el acuerdo #3-21 de la Sesión Ordinaria #48-2018, el Concejo Municipal

28   acordó remitir el Proyecto de Resolución, por la solicitud de concesión, sin

29   embargo dicho acuerdo no ha sido conocido, hago de su conocimiento acuerdo
                                                                                    43




 1   #II-1 Sesión ordinaria #03-2019 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre,

 2   celebrada el día 7 de mayo del 2019, que dice:

 3

 4   ACUERDAN: La Comisión de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La

 5   Cruz, en respuesta a los acuerdos #3-11 de la sesión ordinaria #48-2018 y #1-6 de

 6   la sesión extraordinaria #08-2019, sobre la solicitud de concesión a nombre de

 7   Estación para la Biodiversidad, S.A, sobre el uso TAP-BD establecido en el Plan

 8   Regulador Integral Acantilados al norte de Playa El Jobo-Punta Manzanillo para el

 9   sector de Playa Rajada, se han realizado las siguientes acciones:

10   En la Sesión Ordinaria Nº 26-2018, celebrada el día 05 de julio del año 2018,

11   se conoce moción, firmada por los regidores que conforman la Comisión de Zona

12   Marítimo Terrestre Municipal, Carlos Manuel Ugarte Huertas y José Reynaldo

13   Fernández Vega, en el cual dicen que el Concejo Municipal de La Cruz, declare a

14   la Playa Rajada de Interés Público, y que se busquen todos los mecanismos

15   legales para que la Municipalidad de La Cruz, pueda construir en el Franja

16   restringida un espacio para parqueo de vehículos y el resto acondicionarla para

17   zona de acampar.

18   Mediante acuerdo #3-1 de la sesión ordinaria #26-2018 del 5 de julio del 2018,

19   el Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, acuerda que no permitirá

20   construcciones en el Plan Regulador denominado “Punta Manzanillo – Playa

21   Rajada, ubicado en Playa Rajada, del Jobo, jurisdicción del Cantón de la Cruz

22   Guanacaste, hasta tanto no se tenga claro, ni se tenga la viabilidad de aprobar la

23   Moción presentada por el señor: Carlos Manuel Ugarte Huertas: Regidor

24   Propietario y José Reynaldo Fernández Vega: Sindico Suplente Municipal,

25   miembros de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal de la Cruz, por

26   cuanto se pretende declarar de interés público y de uso comunal dicha Playa y de

27   uso del Cantón de la Cruz.

28   En la Sesión Extraordinaria # 13-2018, celebrada el día 09 de julio del año 2018,

29   el Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, declara de interés cantonal Playa

30   Rajada y destinar el área TAP-BD establecida en el Plan Regulador Integral
                                                                                       44




 1   Acantilados al norte de Playa El Jobo – Punta Manzanillo ubicada entre los

 2   mojones 145 y 155 para que se establezca un área para acampar, esto

 3   considerando que existe una orden sanitaria en la que solicita un plan de acción al

 4   señor Alcalde debido a la gran cantidad de personas que acampan en la zona

 5   pública de Playa Rajada y Puerto Soley sin las condiciones básicas tales como

 6   agua y servicios sanitarios lo que lleva a construir.

 7   En la sesión ordinaria # 36-2018, celebrada el día 13 de septiembre del año 2018

 8   se conoce asunto vario presentado por los señores: Jorge Manuel Alán Fonseca,

 9   Síndico Propietario por el Distrito de Santa Elena, Florencio Acuña Ortiz, Regidor

10   Propietario, Guiselle Bustos Chavarría, Regidora Propietaria y el señor Marvin

11   Tablada Aguirre, Regidor Propietario, en el cual presentan Recurso Extraordinario

12   de Revisión, contra el acuerdo 1-5 de la Sesión Extraordinaria 13-2018.

13   Mediante acuerdo #1-3 de la sesión ordinaria # 37-2018, celebrada el día 20 de

14   septiembre del año 2018, el Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba

15   el acta N°-02-2018, de la Zona Marítimo Terrestre, con los siguientes acuerdos:

16   C.- El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, declara de interés cantonal

17   Playa Rajada y destinar el Área TAP-BD establecida en el Plan Regulador Integral

18   Acantilados al norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo ubicada entre los mojone145

19   y 155 para que se establezca un área para acampar, esto considerando que existe

20   una orden sanitaria en la que se solicita un plan de acción al señor Alcalde debido

21   a la gran cantidad de personas que acampanen la zona púbica de Playa Rajada y

22   Puerto Soley, sin las condiciones básicas tales como agua y servicios sanitarios lo

23   que conlleva a construir. En el artículo 133 de la Ley General de la Administración

24   Pública se desarrolla el motivo del acto administrativo, y dice que debe ser

25   legítimo y real, es decir debe estar revestido de legalidad, y en el caso concreto no

26   existe legalidad asociada a la declaratoria de interés cantonal y el cambio de uso o

27   planificación de un plan regulador, sin cumplir con el bloque de legalidad, es decir

28   modificación del plan reglador vigente. El artículo 132 de la Ley General de la

29   Administración Pública, indica: El contenido de todo acto administrativo debe ser

30   lícito, posible, claro y preciso. En el caso concreto el acuerdo 1-5 de la Sesión
                                                                                        45




 1   Extraordinaria #13-2018, resulta ser violatorio a la legalidad –vicio directo sobre lo

 2   que establece el plan regulador y el bloque de legalidad en cuanto a las

 3   potestades del Concejo Municipal de modificar un plan regulador sin cumplir con el

 4   bloque de legalidad y la potestad para hacer declaratorias de interés cantonal. En

 5   síntesis no resulta lícito el motivo del acto administrativo.     CONSIDERANDO

 6   Primero. - Existe un Plan Regulador vigente en el sector de Playa Jobo, el cual de

 7   acuerdo al bloque de legalidad tiene fuerza de Ley. Segundo. - El Concejo

 8   Municipal no tiene potestad para cambiar el uso de una zonificación ya planificada

 9   incluida en un plan regulador. Tercero. – De una revisión de la legislación vigente

10   no existe ninguna norma de ley que autorice o de potestades a un Concejo

11   Municipal o Municipalidad, a declarar de interés Cantonal una playa. Cuarto. - El

12   Articulo 16 de la Ley General de La Administración Publica establece claramente:

13   punto 1: - En ningún caso podrán dictarse actos contrarios a reglas univocas de la

14   ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica o

15   conveniencia. Por tal razón sometemos a revisión el acuerdo 1-5 de la sesión

16   Extraordinaria #13-2018 y en su defecto se revoque, quedando para su aplicación

17   lo que establece en todos sus extremos el PLAN REGULADOR INTEGRAL

18   ACANTILADOS AL NORTE DE PLAYA JOBO – PUNTA MANZANILLO.

19   ACUERDO APROBADO POR 3 VOTOS A FAVOR: Marvin Tablada Aguirre,

20   Florencio Acuña Ortiz y Guiselle Bustos Chavarría, con 2 en contra: Carlos Manuel

21   Ugarte Huertas y Gloria Monestel Monestel.

22   En la Sesión Ordinaria Nº 05-2019, celebrada el día 7 de febrero del 2019, se

23   conoce moción firmada por los señores: Carlos Manuel Ugarte Huertas, Jorge

24   Manuel Alán Fonseca y José Reynaldo Fernández Vega, Miembros de la

25   Comisión de Zona Marítimo Terrestre Municipal, de fecha 07 de enero del 2019,

26   en el cual solicitan modificar el Plan Regulador Integral Acantilados al norte de

27   Playa El Jobo-Punta Manzanillo, en los siguientes puntos:

28   Incluir la certificación de Patrimonio Natural del Estado actualizada al Plan

29   Regulador.
                                                                                    46




 1   Incluir el acceso público que conecta el camino C-10-05-59 (camino viejo a EL

 2   Jobo) y C-10-05-056 (camino frente al Hotel Dreams Las Mareas) en el sector de

 3   Playa El Jobo.

 4   Cambiar el uso en Playa Rajada de TAP-BD a MIX con el objetivo de realizar un

 5   área de acampar que se ubica entre el mojón 144 al 155. Se muestra imagen del

 6   plan regulador actual.

 7   A raíz de la moción anterior, mediante acuerdo #3-1 de la Sesión Ordinaria Nº

 8   07-2019, celebrada el día 7 de febrero del 2019, el Concejo Municipal de La Cruz

 9   Guanacaste, aprueba modificar el Plan Regulador al norte de Playa Jobo-Punta

10   Manzanillo, en los siguientes puntos:

11   Cambiar el uso en Playa Rajada de TAP-BD a MIX con el objetivo de realizar un

12   área de acampar que se ubica entre el mojón 144 al 155.

13   Incluir la Certificación de Patrimonio Natural del Estado actualizada al Plan

14   Regulador.

15   Incluir el acceso público que conecta el camino C-10-05-59(Camino viejo a El

16   Jobo) y C-10-05-056 (camino frente al Hotel Dreams Las Mareas) en el sector de

17   Playa Jobo. Quedando así aprobada la moción presentada por los miembros de la

18   Comisión de Zona Marítimo Terrestre: Carlos Manuel Ugarte Huertas, Jorge

19   Manuel Alán Fonseca y José Reynaldo Fernández Vega.

20   En la Sesión Ordinaria # 07-2019, celebrada el día 21 de febrero del año 2019

21   Se conoce moción firmada por los señores regidores: Marvin Tablada Aguirre,

22   Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel y José Manuel Vargas

23   Chaves, de fecha 21 de febrero del año 2019, en el cual manifiestan:

24   Dejar sin efecto el acuerdo 3-1, adoptado en la sesión ordinaria N°05-2019,

25   celebrada el pasado 07 de febrero del 2019, por este Honorable Conejo Municipal.

26   Instruir a la Comisión de Zona marítimo Terrestre y a la Administración Municipal,

27   que es voluntad y decisión soberana de este Concejo Municipal, que de

28   conformidad con los dispuesto por el artículo 6 inciso a) del Reglamento de las

29   Empresas y Actividades Turísticas, en relación con los usos permitidos por el Plan
                                                                                     47




 1   Regulador Vigente, que en la zonificación de Playa Rajada, entre los mojones 144

 2   a 155, se deberá construir una zona de camping o campamento.

 3   Únicamente se tramitarán y aprobará, las solicitudes de concesión cuyo proyecto

 4   sea construir una zona de camping o campamento.

 5   Rechazar todas aquellas solicitudes de concesión que no se relacionen con la

 6   actividad dicha.

 7   Incorporar en la forma que corresponda, la certificación de Patrimonio Natural del

 8   Estado actualizada, al Plan Regulador Vigente.

 9   Comuníquese a las dependencias correspondientes.

10   Mediante acuerdo #3-1 de la Sesión Ordinaria # 07-2019, celebrada el día 21

11   de febrero del año 2019 el Conejo Municipal acuerda:

12   Instruir a la Comisión de Zona marítimo Terrestre y a la Administración Municipal,

13   que es voluntad y decisión soberana de este Concejo Municipal, que de

14   conformidad con los dispuesto por el artículo 6 inciso a) del Reglamento de las

15   Empresas y Actividades Turísticas, en relación con los usos permitidos por el Plan

16   Regulador Vigente, que en la zonificación de Playa Rajada, entre los mojones 144

17   a 155, se deberá construir una zona de camping o campamento.

18   -Únicamente se tramitarán y aprobará, las solicitudes de concesión cuyo proyecto

19   sea construir una zona de camping o campamento.

20   -Rechazar todas aquellas solicitudes de concesión que no se relacionen con la

21   actividad dicha.

22   -Incorporar en la forma que corresponda, la certificación de Patrimonio Natural del

23   Estado actualizada, al Plan Regulador Vigente.

24   -Comuníquese a las dependencias correspondientes.

25   En la sesión ordinaria #16-2019 celebrada el día 02 de mayo del año 2019 se

26   conoce escrito firmado por el señor Rolando Ugarte Ibarra, vecino de la Cruz

27   Guanacaste, de fecha 19 de marzo del 2019, en el cual presenta Recurso

28   Extraordinario de Revisión, contra el acuerdo N° 4-1 de la Sesión Ordinaria N° 07-

29   2019, del 21 de febrero del 2019, donde se deroga el acuerdo N° 3-1 de la Sesión

30   Ordinaria N° 05-2019 del 07 de febrero del 2019.
                                                                                       48




 1   Mediante acuerdo #2-8 de la sesión ordinaria #16-2019 celebrada el día 02 de

 2   mayo del año 2019, el Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, aprueba el

 3   Recurso Extraordinario de Revisión presentado por el señor Rolando Ugarte

 4   Huertas, cédula N°5-357-150. Vecino de la Cruz Guanacaste, contra el acuerdo N°

 5   4-1 de la Sesión Ordinaria N° 07-2019, del 21 de febrero del 2019, donde se

 6   deroga el acuerdo N° 3-1 de la Sesión Ordinaria N° 05-2019 del 07 de febrero del

 7   2019, y en su defecto se mantiene el acuerdo N° 3-1 de la Sesión Ordinaria Nº 05-

 8   2019 del 07 de febrero del 2019, con un refuerzo y se le agrega: Solicítese al

 9   Instituto Costarricense de Turismo y demás Instituciones competentes la

10   modificación del Plan Regulador al Norte de Playa Jobo – Punta Manzanillo y se

11   mantiene el resto del acuerdo tal y como fue aprobado por mayoría calificada y

12   definitivamente y firme y dispensado de trámite de Comisión. Se motiva por ser

13   objeto de ilegalidad el derogar un acuerdo a través de una moción, ya que para

14   dejar sin efecto un acuerdo municipal, el Código Municipal vigente lo tipifica en los

15   artículos 48, 162, 163, 165 y 166 y no a través de una moción, como ilegalmente

16   se llevó a cabo sin ningún fundamento legal, y si fuere la interpretación a fondo

17   que se trata de un recurso extraordinaria de revisión, no cabe y tiene la Nulidad

18   Absoluta, donde solo el sujeto legitimado para interponerlo, es aquel que tenía la

19   posibilidad de interponer el correspondiente recurso ordinario externo contra el

20   acuerdo Nº 3-1 de la Sesión Ordinaria Nº 05-2019, del 07 de febrero del 2019.

21   Ergo el alcalde Municipal y los Regidores, no estarían legitimados para formularlo.

22   Además debe distinguirse del Recursos de Revisión de los Regidores, analizado

23   supra, el cual procede contra acuerdos aún no aprobados definitivamente. (lo

24   dispone la jurisprudencia denominada “ La Justicia Administrativa Municipal” de los

25   letrados de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, especialistas en

26   Derecho Público de la Universidad de Costa Rica: Julio Alberto Cordero Mora y

27   Manuel Fernando Jiménez Aguilar). Y el acuerdo dejado sin efecto fue aprobado

28   definitivamente, firme y dispensado de trámite de comisión. ACUERDO

29   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE

30   DE COMISIÓN, CON 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos
                                                                                     49




 1   Ugarte Huertas, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José

 2   Manuel Vargas Cháves: Regidor Suplente en ejercicio.) con uno en contra:

 3   Guiselle Bustos Chavarría.

 4   Por lo anterior se recomienda al Concejo Municipal con base en la situación de los

 5   usos contemplados en el Plan Regulador Integral Acantilados al norte de Playa El

 6   Jobo – Punta Manzanillo para Playa Rajada, la relación de hechos sobre Playa

 7   Rajada, el criterio de la Procuraduría General de la República C-157-2001 del 29

 8   de mayo del 2001, esperar la respuesta del Área de Conservación Guanacaste en

 9   relación a la consulta sobre patrimonio natural del estado en zona pública de Playa

10   Rajada y resolver el uso que se asignará en este sector, previo a emitir una

11   recomendación. Se aclara que la Comisión de ZMT no ha sido notificada de los

12   acuerdos tomados en relación al cambio del uso de Playa Rajada, la información

13   se tomó de archivos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. (3 votos a

14   favor Carlos Manuel Ugarte Huertas, José Reynaldo Fernández, Manuel Alán

15   Fonseca).

16

17   El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice: recuerdo que

18   presentaron un recurso Extraordinario de Revisión y se debe contestar en 10 días

19   por un lado y 2 meses por otro lado, se le pasó a la Licda. Yahaira Duarte, gestora

20   jurídica de ZMT, y a la fecha no ha contestado, que se le pida a la Lcda. Yahaira

21   conteste los Recursos a la brevedad posible.

22

23   El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia

24   les dice que la Licda. Yahaira Duarte ya es mayor de edad y fogueada en zona

25   marítimo terrestre y sabe que sobre sus espaldas cae la responsabilidad y que

26   debe contestar, no tenemos por qué decirle     que      conteste,      es      una

27   responsabilidad de ella sobre el atraso que está causando, ya debe tenerlo listo

28   seguro, pero se le debe advertir.
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 1   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que si están de

 2   acuerdo con el oficio N° MLC-ZMT-03-2019, de comisión, sírvanse levantar la

 3   mano, que sea firme y definitivo.

 4   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

 5

 6   ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, esperará la

 7   respuesta del Área de Conservación Guanacaste en relación a la consulta sobre

 8   patrimonio natural del estado en zona pública de Playa Rajada y resolver el uso

 9   que se asignará en este sector, previo a emitir una recomendación. Se aclara que

10   la Comisión de ZMT no ha sido notificada de los acuerdos tomados en relación al

11   cambio del uso de Playa Rajada, la información se tomó de archivos. ACUERDO

12   DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME, por 4 VOTOS A FAVOR (Blanca

13   Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Marvin Tablada Aguirre y

14   Florencio Acuña Ortiz).

15

16   La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal, les dice que desea

17   alterar el orden del día, para tratar un asunto de suma importancia y necesidad,

18   que queremos participarles, por lo tanto somete a votación, si están de acuerdo

19   que se altere el orden del día sírvanse levantar la mano por favor, que sea firme y

20   definitivo.

21

22   Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

23

24   ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba alterar el

25   orden del día para tratar un asunto de suma importancia, propuesto por la señora

26   Blanca Casares Fajardo: Presidente Municipal de la Cruz. APROBADO FIRME Y

27   DEFINITIVAMENTE, por 4 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Marvin

28   Tablada Aguirre, Carlos Manuel Ugarte Huertas y Florencio Acuña Ortiz.

29
                                                                                      51




 1 La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal, les manifiesta que se le
 2 concede la palabra al señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario,
 3 quien es el que va a presentar el asunto.

 4


 5 El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta muchas

 6 gracias por haber alterado el orden del día, quiero hacer una aclaración como

 7 Presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuestos, quiero aclarar lo que pasó

 8 el día de ayer, quiero aclararlo y dejarlo como este vaso con esta agua que está

 9 aquí, cristalina totalmente, siempre se dicen cosas que no son, hay jetas largas que

10 andan hablando cosas que no son, el día de ayer yo me presente a las 9 de la

11 mañana, a la comisión de la zona marítimo terrestre junto con los compañeros don

12 Reynaldo y don Manuel, por un espacio casi a las 11 de la mañana, para la tarde

13 teníamos la comisión de Hacienda y Presupuesto, a las 2 de la tarde, qué fue lo que

14 pasó?, yo me di cuenta que la señora Laura Moraga la titular en financiero estaba

15 incapacitada por 3 días lunes, martes y hoy miércoles, con base en eso yo

16 convoque a la Comisión, o sea hablé con Carlos José(tesorero), con

17 Albert(Contador) y con don Reynaldo que le dijera a doña Blanca, que nos íbamos a

18 reunir porqué?, la respuesta es lógica, yo no puedo reñirme sin la asesoría

19 correspondiente, doña Laura es mi sostén en los asuntos de Hacienda, ella es la

20 titular, ella es la que conoce el teje y maneje de los fondos de esta Municipalidad y

21 yo confío en ella, yo prácticamente es poco lo que sé sobre asuntos financieros,

22 entonces por eso yo decidí no reunirnos, sin embargo yo me comuniqué con doña

23 Laura, y doña Laura me dijo, don Carlos yo estoy incapacitada, yo estaba

24 esperando que ella viniera a las 2 de la tarde, estoy incapacitada por 2 días hasta el

25 miércoles que es el día de hoy, me dijo otra cosa que me sorprendió esa

26 Modificación N° 08 yo no la conozco don Carlos no la conozco, porque a mí no se

27 me pasa nada, no me dan a conocer nada, ahora cómo puede ser posible que

28 siendo ella la titular no conozca ella una modificación que se va a presentar en el

29 Concejo, veamos lo que pasó con la N° 07 que venía plaga de errores totalmente

30 mal hecha, la N° 08 por consiguiente yo creo que va parecida, entonces doña Laura
                                                                                       52




 1 me dijo a mí que ella con mucho gusto se reunía mañana jueves si los miembros

 2 así lo tenían a bien, yo hablé con doña Blanca, doña Blanca me dice que sí mañana

 3 jueves a las 2 de la tarde, para que se le recuerde a los miembros de la

 4 Administración, porque yo ya les dije a ellos también sería nada más recordarles, a

 5 c

 6 arlos José, a Albert y a doña Laura que viene mañana, nos vamos a reunir a las 2

 7 de la tarde, quiero que quede claro totalmente lo repito, que la Comisión no se

 8 reunió por ese motivo, no fue que no venimos y eso he tenido yo en esta

 9 Municipalidad es que he sido puntual toda mi vida y no solamente como miembro

10 de esta Municipalidad sino en todos los quehaceres de mi vida he sido puntual y lo

11 seguiré siendo hasta que me muera, por lo tanto no es cierto lo que dicen que la

12 Comisión no se presentó, que la comisión lo hizo contención de que no se aprueben

13 las cosas que se están poniendo en una modificación que es la llamada N° 08, por

14 eso es que yo quiero aclarar porque solamente dicen las cosas no se hacen porque

15 el Concejo no quiere, las cosas no se hacen porque el Concejo no se reúne, las

16 cosas no se hacen porque el Concejo no quiere aprobarlas, son infamias esas, aquí

17 mis compañeros son testigos de lo que está pasando en estos momentos aquí en

18 este Concejo, las cosas vienen mal hechas, se nos está llamando a nosotros al

19 error, o al horror, para que aprobemos cosas que no debemos aprobar porque

20 están malas, es decir la persona que está haciendo eso no sabe hacer un

21 presupuesto, no sabe hacer una modificación, entonces cómo vamos a confiar

22 nosotros en ella, jamás lo podemos hacer, yo tengo que confiar en la persona que

23 sabe, tengo que confiar en la persona que me asesore bien, porque atrás tenemos

24 a la Auditoría y también tenemos a la Contraloría, así que yo creo que ya aclaré el

25 asunto, y a alguien le queda alguna duda, se la vuelvo a aclarar, muchas gracias.


26
27 La señora Blanca Casares Fajardo, presiente municipal dice que con esto que dice
28 don Carlos porque soy parte también de la Comisión, no es algo que me agrade
29 para nada, se habla porque creen que uno falta nada más para hacer daño, y eso
30 no es cierto en ningún momento queremos hacer año, si antes un día lo dijo don
31 Junnier que antes tranquilamente aprobamos nosotros y no andábamos en eso,
                                                                                        53




 1 pero seguramente don Junnier aquí delante de usted, antes teníamos la plena
 2 confianza de que lo se estaba haciendo, se estaba haciendo bien, y veníamos aquí
 3 todos llenos de confianza, tuvimos muchas diferencias porque creíamos en lo que
 4 usted nos presentaba pero yo soy sincera, yo ya no tengo la misma confianza, ya
 5 encontramos errores y los encontramos en un momento, ya no estamos tan seguros
 6 que lo que


 7   viene ahí ya realmente es así, somos nosotros los que votamos y somos nosotros

 8   los que nos meteríamos en problemas, porque don Junnier nos día aquí un día yo

 9   presento las cosas los que votan son ustedes, él no se mete en problemas,

10   nosotros aprobamos algo que no está bien o eso va a tener una consecuencia,

11   somos nosotros los del problema, los que votamos, seguro que él va a decir “ yo

12   no fui el

13   que lo aprobé”, o él asumiría su parte de error, o él asumiría el haber allanado un

14   error que venía en esa Modificación o presupuesto?, aceptaría el señor Alcalde

15   decir yo tengo la culpa, yo soy el Administrador, yo debía estar seguro que eso

16   estaba bien, debía asegurarme que la titular en financiera lo vio, si ella lo vio y le

17   dio su aval, porque está bien, yo estoy seguro de eso, usted aceptaría eso señor

18   Alcalde?.
19
20 El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal le dice “yo no quiero
21 opinar nada al respecto señora presidente.

22 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice: buenas noches de

23 nuevo, yo creo que el Concejo en vista de tanto charlatán que hay en Facebook, y

24 tanta babosada que se dice con el perdón de todos, el Concejo debe ser

25 transparente y decir públicamente lo que pasa, ya que no se transmiten las

26 sesiones ni por la cultural, ni por el canal que se iba a hacer, entonces yo creo que

27 el Concejo ante tanta charlatanería, debe de decir las cosas de frente porque

28 imagínense por ejemplo se habla que los regidores de la Unidad estamos

29 bloqueando en esta Municipalidad por un puesto en una papeleta, y yo soy regidor

30 de la Unidad y ni siquiera fui a la Asamblea de mi partido hasta hoy, pero

31 compañeros nada más 2 reflexiones: una con respecto a la Constitución Política, y

32 otra con respecto al Código Municipal y a la Ley de Presupuesto Públicos y
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 1 Financiera de la República de Costa Rica, la primera de la Constitución Política es

 2 interesante, porque dice el artículo 29 “todos pueden comunicar sus pensamientos

 3 de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura, pero, serán responsables

 4 de los abusos que cometan en el ejercicio de ese derecho, en los casos y los

 5 modos que la Ley establece”, y el artículo 41”ocurriendo a las Leyes todos han de

 6 encontrar reparación para las injurias o daos que hayan recibido en su persona,

 7 propiedad, o intereses morales, debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin

 8 denegación y en estricta conformidad con las Leyes”, más claro no canta un gallo,

 9 en el momento en que cualquier persona intente denigrar, injuriar, calumniar, es

10 libre de hacerlo pero, que se atenga a las consecuencias, esa era la primera

11 reflexión compañeros, la segunda: yo hoy con todo respeto y con mucho ahínco les

12 pido a los señores miembros de la Comisión de Hacienda y Presupuesto que

13 apliquen la Ley y les doy una luz, el artículo 112 de la Código Municipal habla

14 claramente lo que pasa con esa modificación, el artículo 110 y siguientes hasta el

15 113 de la Ley de Presupuestos Públicos de la Ley Financiera y Presupuestos

16 Públicos de Costa Rica te señalan los eventuales delitos, las eventuales conductas

17 sancionables, y el 113 de la misma Ley 8131 le dice cuáles son las sanciones,

18 entonces simplemente compañeros regidores que integran esa comisión apliquen la

19 Ley, aquí no estamos para complacer los caprichos de nadie, digamos las cosas de

20 frente y claro, yo no ando detrás de un caudal electoral, venimos aquí a cumplir una

21 misión, hagámoslo pero dejémonos de charlatanerías, muchas gracias.


22 El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia les

23 agrega: nosotros el día de estar tuvimos un día bastante duro, bastante ajetreado,

24 lo hemos manifestado en forma muy expresiva, en lo que hemos recibido hoy de la

25 zona marítimo terrestre, me siento muy satisfecho de haber hecho el sacrificio de

26 haberme venido de Santa Cecilia desde las 8 de la mañana, terminar la comisión y

27 poder luego ir a investigar un poquito más del asunto del presupuesto, estuvimos

28 metido con el señor Gledys a quien generosamente nos brindó un montón de

29 tiempo, explicándonos detalladamente el asunto del presupuesto, y resulta que la
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 1 modificación que no debe de decirse modificación, la N° 7 que se eliminó, es la

 2 base de todo y no cambió nada, la N° 8 está igual, igual de maquillada, hay se

 3 habló en Facebook tonteras como lo dice el regidor Tablada, hubo improperios,

 4 hubo señalamientos, hubo material suficiente para mandar a la Alcaldía a una o dos

 5 personas o tres, pero no debemos de actuar así a la ligera, cuando metemos el

 6 zarpazo lo tenemos que meter de un solo, porque efectivamente no tenemos el

 7 derecho de estar ofendiendo a la persona como dice la Constitución, sin embargo

 8 no me refiero a eso, me refiero que salimos tarde, tarde de donde el señor Gledys

 9 casi al filo de las 3 de la tarde y para aprovechar que venimos tan largo, le digo a

10 doña Blanca vamos porque necesitamos ir, acompáñeme para ir a hacer una

11 inspección en esa calle que en un montón de años no se le ha hecho nada, y que

12 necesita ahorita en este presupuesto meterle a la calle que va del Jobo a

13 Cuajiniquil, y fuimos y le dijimos al señor Rubén(inspector ZMT) que nos hiciera el

14 favor de llevarnos, él generosamente nos llevó, fuimos a hacer el recorrido en la

15 calle esta y doña Blanca tiene ya el concepto de que es lo que se tiene que hacer y

16 como apoyar al pueblo que se beneficie de esta carretera, dimos la vuelta allá por

17 Cuajiniquil, subimos y bajamos aquí por el Comando buscando Santa Cecilia,

18 llegamos casi a las 4 y resto a la casa sin almorzar, cansados pero satisfechos de

19 haber hecho algo, adelantito de nosotros como a 70 metros estaba el señor chofer

20 del señor Alcalde y estaba subiéndose la señora regidora, porque estaba donde el

21 Papá de él y venía, inmediatamente fue informado el señor Alcalde que nosotros

22 andábamos con el carro municipal y que veníamos de Liberia, esa información me

23 la dio la señora Alexandra Gonzaga(coordinadora de ZMT), fue llamado el señor

24 Rubén acá, capilla ardiente, lo metieron y le dijeron donde andaba ustedes,

25 tenemos los pormenores de que usted tiene un recorrido de Liberia acá, y a usted lo

26 vieron venir de Liberia y el señor alcalde se identificó, ya verifiqué que sí que usted

27 andaba en Liberia o sea garante pensó que nosotros andábamos en Liberia y lo que

28 no sabía era que una hora antes estábamos con el señor Alcalde, no, con el señor

29 Gledys el auditor interno, entonces esto molesta, el señor Alcalde giró la orden de

30 que no nos volviéramos a montar en el carro de la Municipalidad y que si queríamos
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 1 montarnos en el carro de la Municipalidad tenía que ser autorizado por él, para

 2 poder nosotros ir a hacer nosotros una inspección, o que me fueran a traeré a

 3 Santa Cecilia para venir asistir a una sesión de la zona marítimo terrestre, cunado

 4 una vez que yo le dije ahí cuando estábamos reunidos en una sesión de zona

 5 marítimo terrestre, le dije hágame el favor y usted está opinando sobre esto y usted

 6 puede salir y si no sale usted salgo yo, y quién es usted?, yo soy miembro de la

 7 comisión de zona marítimo terrestre y hubo un pequeño altercado de palabra

 8 superflua nada profunda, y le dije no lo queremos ver acá y si usted no sale, salgo

 9 yo, y recuerdo cuando le dije y me hace el favor y no me va a dejar a Santa Cecilia,

10 hoy que voy terminando la comisión porque yo me voy solo y no me contestó nada,

11 y ayer giró la orden de que no me monte en un carro de la Municipalidad, yo esto lo

12 tengo que ver más profundo a nivel de Concejo porque hoy es comentario, esto va

13 ya más en serio, porque este señor su merced señor Alcalde ha cogido las cosas

14 muy en serio, él cree que todo va en contra de él, el cree que vamos atravesándole

15 el caballo paso a paso, lo que él no sabe que este documento que tengo yo en la

16 mano ya garantiza para que sea estudiado a profundidad y que se mande a la

17 Contraloría o que se mande donde tiene que mandarse porque hay duplicidad o

18 sea hay dos veces el error que se creía que se estaba corrigiendo en la N° 8 lo que

19 se cometió en la N° 7 y resulta que viene igual, y ya sabemos lo que le va a pasar a

20 este Concejo si votan a favor este presupuesto, pero resulta que él está tirando

21 información en Facebook y está tirando información a su favor, y eso no voy a decir

22 la palabra porque me cae mal, eso no es correcto, eso no es así, eso no es

23 cristalino, esto no es transparencia, esto no es honesto, eso es una injusticia,

24 aprovechar su poder como Alcalde, para degradar a una persona, yo creo que esto

25 tiene que tener su merecido, Dios se va a encargar de todo, Dios levanta al caído, y

26 más cuando somos nosotros los que lo estamos votando injustamente, pero Dios lo

27 levanta pero se fija en la persona agresora, la persona que votó a esa persona, no

28 se trata de votarla físicamente, es votarla espiritualmente, ahí en la calle todo el que

29 me conoce me dice” porque no te defendés “, para qué?, si Dioscito lo está

30 haciendo por mí y la virgencita linda, ellos se encargarán y me van a dar la pauta, y
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 1 me van a dar el triunfo porque Dios es justo, Dios es único es nuestro bastión, si

 2 nos ve arrodillado sin culpa nos levanta, señor Alcalde téngale miedo a Dios, y

 3 téngale miedo a la virgencita, que a ellos si le va a tener que contestar, va a ver

 4 usted, le estoy hablando con el corazón no con el hígado, gracias señor por darme

 5 la paz que siento en este momento, y la felicidad de poder estarle diciendo a usted

 6 las cosas cara a cara, en una forma tranquila y teniendo paz en el corazón, gracias

 7 señora presidente.


 8   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice la verdad es que

 9   es muy nefasto lo que pasa, para mí lo es porque hay otros asuntos muy

10   importantes porque si hay que ponerle atención, no estar coloquialmente diciendo

11   las cosas, porque a veces se vuelve un coloquio, una reunión de amigos donde

12   hablan del Concejo, hablan del concejo en pleno, el Concejo es el que no quiere,

13   el Concejo es el que está atravesando el caballo, el Concejo es el que se niega, el

14   Concejo es el que a propósito no viene a las sesiones de comisión para que no se

15   hagan las cosas, despidieron no se a cuantas personas, quién es el de la culpa?

16   El Concejo porque no quiso aprobar la modificación, porqué se recoge la basura

17   ahora una vez por semana?, porque no se aprobó la modificación, quién es el de

18   la culpa el Concejo, y hay otros grandotes a los que si se les está recogiendo

19   posiblemente, nada más estoy investigando a ver si es cierto, por ejemplo que le

20   están recogiendo la basura dos veces por semana al Hotel, nada más estoy

21   esperando una respuesta, que tal si a ellos sí y al pueblo no, nosotros no somos

22   tan poderosos verdad, por ejemplo hay asuntos que si se les puede dar cobertura

23   y especial atención, la casa de la cultura por ejemplo, es un desastre como está la

24   casa de la cultura, ya tenemos 3 años y la casa desde un inicio estuvo en

25   decadencia y ahí está cada día peor, lo del Gimnasio es un tema grave y sin

26   embargo algo como eso no se le pone atención, pero hay una persona que viene a

27   conversar con el señor alcalde y le saca toda la información, hoy le pregunté yo y

28   me dice que no tenía que decir nada y viene esa persona y le pregunta y él le

29   habla todo lo más horrible que le puede decir de este Concejo, creo que
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 1   necesitamos que sea más serio, más seria la administración, tenga un poquito

 2   más de respeto para el Concejo porque el Concejo está tratando de hacer bien las

 3   cosas, y si no le parecen al Alcalde ahorita entonces es algo que no está bien

 4   aquí, nosotros si estamos tratando de hacer lo más bien, ahora la modificación N°

 5   8, cómo se justifica que vengan los mismos errores ahí, si ya lo hablamos, si ya

 6   dijimos porqué no se aprobó la anterior, si ya dijo que estaba malo, ya se nos dijo

 7   allá en comisión, como nos dicen que eso está malo y cómo nos la vuelven a

 8   presentarla igual, es que nos ven la cara a nosotros o es que lo están haciendo a

 9   propósito para que nosotros no la aprobemos para seguir hablando allá afuera de

10   que somos los culpables de que porque los señores no tienen comida, por qué no

11   se pagan los guardas allá en todo lado, eso es lo que quieren hacer?, presiento

12   que si lo están haciendo a sabiendas de que está malo es que lo están haciendo

13   adrede para que nosotros quedemos mal, así no podemos seguir señor Alcalde,

14   así no se puede, usted es una persona inteligente, y usted es una persona que

15   tiene que poner en esta Municipalidad, tiene que poner orden, le hicieron mal esas

16   modificaciones tiene que ejecutar, usted tiene que ir a cumplir como jefe, y ver qué

17   fue lo que se hizo mal y sancionar si es que tiene que hacerlo, si usted no lo hace

18   otro lo va a hacer, tenga plena seguridad, no es justo que usted nos ponga a

19   nosotros como los malos y usted se quede como el bueno, tenga plena seguridad

20   que nosotros vamos a seguir en esa misma línea, tenemos que ir al parque a

21   decirle a la gente lo que está pasando, vamos al parque y se lo decimos, usted

22   acostumbra a decir” esto el pueblo lo tiene que saber”, y yo le hago segunda “ eso

23   el pueblo lo tiene que saber”, lo poquito que nos queda queremos salir por la

24   puerta grande, no queremos estar en boca de la gente solamente porque usted

25   quiere, porque se busca a alguien a la par suya que le cuesta y nada le cuesta

26   hablar mal, pero no quiero decir más porque hay muchas cosas que se pueden

27   decir, ojalá medite bien, no puede estar diciendo en público solo, hablando con el

28   hígado, diciendo lo que le parece y así no se ganan votos, créalo, nadie más tiene

29   algo que decir, nadie era eso lo que queríamos externar porque es algo que está

30   produciendo daño, mucha gente por ahí que ignoran como esto, porque mucha
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 1   gente del pueblo no saben cómo funciona esto, como funciona aprobar una

 2   modificación o un presupuesto, ellos ignoran quién lo hace, cómo lo hacen y

 3   muchas cosas que no saben cómo funcionan, y es muy fácil que alguien les diga

 4   lo que quieren y ojalá que todo esto don Carlos(Secretario) quede en actas,

 5   porque nosotros si queremos que el pueblo lo sepa.

 6   El señor Jorge Manuel Alan Fonseca, síndico propietario Distrito Santa Elena

 7   manifiesta, doña Blanca nada más para una sugerencia, ya se dijo bastante,

 8   porque si el Concejo está preocupado por lo que dice la gente, porque no busca la

 9   forma oficial de divulgar, o un derecho de respuesta o una forma de decir su

10   versión, la vez pasada venía un periodista aquí y no sé qué es lo que hay que

11   hacer para eso o a la misma persona que hace la información pues llamarlo y

12   pedirle un derecho de respuesta, es emparejar el derecho de respuesta que tiene

13   el Concejo, es mi simple opinión.

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15 La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les dice que antes

16 teníamos o estaba con nosotros don Daniel el periodista de la Municipalidad pero

17 por alguna razón don Daniel no volvió a aparecer por aquí, y si alguien sabe qué

18 paso don Don Daniel, sé que está en la Municipalidad siempre, está sentado en

19 algún lado, pero algo sucedió con él, es algo administrativo seguramente pero

20 porque él no viene acá a la Municipalidad para que nos ayude en eso a difundir el

21 acontecer de la Municipalidad, sobre todo el Concejo que es el que está ahorita tan

22 mal, con las apreciaciones que le han contribuido muchísimo a la Alcaldía aquí,

23 talvez decir al medio que utiliza el señor Alcalde para darle a conocer a la gente lo

24 que a él le conviene, talvez el señor Alcalde debería de tener más cuidado en

25 difundir noticias o dar información, o hablar del Concejo, con quién lo hace?, porque

26 no todos tienen la pasta de ser periodista, el periodista sabe hacer las cosas, si yo

27 le hago una entrevista como periodista a alguien, yo me abstengo de mis propias

28 apreciaciones, yo comunico y digo si voy a hacer una entrevista, pero esto no

29 parece tener esa oficialidad de periodismo, lo que nosotros estamos, dónde

30 estamos nosotros ahorita puestos para que se nos vea como los peores no viene
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 1 precisamente de una información oficial de periodismo, eso hace mucho daño, el

 2 periodista es respetuoso, el periodista realmente sabe lo que hace, el periodista

 3 está amparado a una Institución.


 4 El señor Marvin Tablada Aguirre, regidor propietario les dice el último aporte, yo

 5 digo que nos estamos ahogando en un vaso de agua, ustedes han visto el

 6 profesionalismo de Ignacio Santos, de Greivin Moya, de algunos reporteros de

 7 Repretel, pero señores estamos hablando de periodistas, si yo llego a una

 8 entrevista y me van a hacer 10 preguntas y para las 10 preguntas tengo una hoja

 9 debajo de la manga que sacar? entonces qué?, es algo montado o es algo

10 espontáneo?, juzguen ustedes, yo digo que en parte lo de Manuel sí, por

11 transparencia nosotros tenemos que informarle a la ciudadanía lo que está

12 pasando, pero en un medio oficial, no nos prestemos al juego mediático que hay

13 ahorita, porque sería sumar más algo como lo dije antes es pura charlatanería,

14 tranquilidad, para verdades el tiempo, yo sí estoy de acuerdo que se le informe a la

15 ciudadanía lo que pasa pero mediante un canal oficial, dejémonos como decía los

16 viejos de antes “ al bagazo poco caso “ muchas gracias.


17   La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que

18   realmente para mí es el comienzo duro, pues cada día trabajar con mucho más

19   cuidado, sobre todo con los recursos que son del pueblo, tenemos que trabajar

20   con más cuidado y se lo dije un día a don señor Alcalde, vamos a trabajar con

21   lupa, si es necesario pero lo que son presupuestos tiene que ir como tiene que

22   ser, y lo vamos a ver más de cerca, me duele muchísimo porque él no medita de

23   que hay personas que necesitan su dinero, de personas que no tienen ahorita el

24   pago que tenían que tener, que hay familias que necesitan ese pago, pero

25   nosotros no podemos aprobar algo aquí que está mal hecho, algo que está sobre

26   la nada y con fondos rojos, nosotros no podemos aprobar eso, ni fondos en cero,

27   nosotros no podemos como Concejo no podemos y como Comisión no podemos

28   recomendar al Concejo que aprueben algo que está mal hecho, si está mal hecho

29   no es culpa de nosotros, ya no es culpa de nosotros que a ellos no se les haya
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 1   pagado su dinero, para que él diga que somos nosotros los que tenemos la culpa

 2   del porque no se les ha pagado, una vez que hemos hoy dicho esto, quizás no sea

 3   la primera, quizás tengamos otra oportunidad o tengamos más que decir, pues

 4   será en otro momento, por hoy es todo.
 5                               ARTICULO SEGUNDO
 6                               CIERRE DE SESION

 7 Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 21:00 horas.


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11 Blanca Casares Fajardo                    Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
12 Presidente Municipal                      Secretario Municipal.
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