Extraordinaria 21 · 2018-10-21

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 21 del 2018-10-21 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

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                           MUNICIPALIDAD

                                  LA CRUZ

Acta de Sesión Extraordinaria # 21-2018, celebrada el día 21 de octubre del
año 2018, a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:

        Blanca Casares Fajardo        Presidenta Municipal
       Carlos Ugarte Huertas          Regidor Propietario
       Guisselle Bustos Chavarría     Regidora Propietaria
       Gloria Monestel Monestel       Regidora Suplente en ejercicio
       Manuel Vargas Chaves           Regidor Suplente en Ejercicio
       María Argentina Lara Lara      Regidora Suplente
        Zeneida Quirós Chavarría       Sindica Propietaria
       José Reynaldo Fernández        Sindico Supl. Santa Cecilia
       Jeannette Ramírez Rodríguez    Sindica Suplente en ejerc. Santa Elena
       Mary Casanova López            Síndica Propietaria


Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, y Lic. Carlos Miguel
Duarte Martínez: Secretario Municipal, y con la siguiente agenda:

1.- Punto Único

A.- Modificación Presupuestaria Número 07-2018 y 17 documentos de
   Correspondencia.

2.- Cierre de Sesión.

                            ARTICULO PRIMERO

        MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 07-2018 Y 17
                        DOCUMENTOS DE
                      CORRESPONDENCIA.


1.- Se conoce oficio N° ALDE-JS-0367-2018, firmado por el señor Junnier
Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 24 de octubre
del año 2018, en el cual remite Plan Anual Operativo de la Modificación
Presupuestaria Número 07-2018 y Modificación Presupuestaria Nº. 07-2018
por la suma de ¢213, 125,342.04 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES, CIENTO
VEINTE Y CINCO MIL, TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS, CON 04/100), la
cual fue elaborada con la siguiente finalidad:

   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida programa, I.01 de la
       Administración central, de Mantenimiento de Edificios, con el fin de
       recargar los extintores del edificio central, ya que se encuentran
       vencidos. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez,
       Directora Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa, I.03 y I.01
       de la Administración central, Equipo y mobiliario de oficina, para la
       compra de un Aire acondicionado y a la partida de Materiales y
       productos, eléctricos, telefónico y de computo, para la compra de una
       UPS. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga Rodríguez, Directora
       Financiera. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
   - Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01, II.02,
       II.04 y II.11 correspondiente al salario escolar, con sus respectivas
       cargas sociales. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga
       Rodríguez, Directora Financiera. Los recursos se rebajan del programa I
       de la administración central.
   - Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.04 de
       transferencia, con el fin de dar recursos a la Federación Costarricense S
       ciclismo, Asociación de Desarrollo de Santa Cecilia, para las
       celebraciones de desfiles navideños. Asociación de Desarrollo de Santa
       Elena (Cuajiniquil), para construcción de parada de Buses, distrito Santa
       Elena. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los
       recursos se rebajan del programa I de la Administración Central.
   - Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
       administración central, la partida de mantenimiento de vehículo, así
       como la partida de Edificio para mejoras de la infraestructura del Edificio
       Municipal (cambio de láminas de zinc del edificio principal). Dicha
       solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
       de servicios generales. Los recursos se rebajan del programa I de la
       Administración Central.
   - Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
       administración central la partida de Equipo y mobiliario, para la compra
       de estantes para el Archivo Municipal. Dicha solicitud fue realizada por la
       Lic. Rosa Obregón Álvarez, Directora Administrativa. Los recursos se
       rebajan del programa I de la Administración Central.
   - Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
       administración central, la partida de prestaciones legales, para la
       cancelación de las prestaciones de los siguientes exfuncionarios:
Albín Zambrana Rodríguez           ¢3,255,533.51
Anival Rivas Martínez              ¢333,270.91
Cristian Vargas Canales            ¢305,275.61
Richar Abarca Sánchez              ¢498,543.10
Miguel Fallas Castro               ¢572,861.71
Nelsy Torres Víctor                ¢250,000.00
Así como también se incrementa la partida de Anualidades, con sus
respectivas cargas sociales, para la cancelación, por este derecho al
funcionario Miguel García Umaña, encargado del Archivo Municipal.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01 de Aseo de
Vías y Sitios Públicos. A la partida de jornales con sus respectivas cargas
sociales. Ya que a la fecha se cuenta con un bajo contenido presupuestario, Lo
anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña, Encargada del Departamento de
Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo programa II.01.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.02 de
Recolección de Basura, a las partidas de viáticos, materiales metálicos y a
prestaciones Legales, para cancelar al exfuncionario Henry Ortiz Ríos. Lo
anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del
Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo
programa II.02.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.03 de
Mantenimiento de Caminos y Calles, la partida de Retribución por años
servidos, ya que, según reporte del departamento de Recursos Humanos, el
monto disponible es insuficiente para terminar el periodo 2018. Lo anterior a
solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora Administrativa. Los
recursos se rebajan del mismo programa II.03.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.09 de
Educativo, Culturales y Deportivos, la partida de Servicio de agua, para pagos
de servicios básicos y las partidas de otros alquileres, otros servicios de gestión
y apoyo, para la celebración de actividades culturales y recreativas de fin de
año. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora
administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa II.09.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.10 de Servicios
Sociales y Complementarios, las partidas de Equipo y mobiliario de oficina,
transporte dentro del país, para cumplir con el desarrollo de las diferentes
actividades y programación durante el año. Lo anterior a solicitud de la Lic.
Saylin Bonilla Morales, de la oficina de Gestión Social. Los recursos se rebajan
del mismo programa II.10.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.11 de
Estacionamiento y Terminales, la partida de Jornales con sus respectivas
cargas sociales, con el fin de cumplir con los salarios de la vigilancia de la
terminal de Buses e instalaciones municipales. Dicha solicitud fue realizada por
Pamela Guevara Salgado, del departamento de servicios generales. Los
recursos se rebajan del mismo programa II.11.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.25 de
Protección del medio Ambiente, la partida de Jornales con sus respectivas
cargas sociales, para el personal de Recolección de materiales valorizables,
así como también dar recursos a la partida de Mantenimiento y reparación de
equipo de transporte, para la reparación del camión marca Isuzu. Dicha
solicitud fue realizada por la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del
Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del programa
II.16 y II.25.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.01.02 Casa de
la Música, se pasan recursos de la partida Equipo y mobiliario educacional, a la
partida de Edificios, para el proyecto de la construcción de la casa de la
Música. Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño Delgado,
director urbano y rural Municipal. Los recursos se rebajan del mimo programa
III.01.02.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.02.08. la
partida de vías de comunicación terrestres y recursos de la Unidad Técnica de
Gestión Vial, viáticos, seguros y vías de comunicación terrestre. Para la
ejecución de obras, según acuerdo de la junta vial cantonal. Dicha solicitud fue
realizada por la Ing. Karla Larios Guevara, directora de la Unidad Técnica de
Gestión Vial. Los recursos se rebajan del mismo programa III.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.16, protección
del medio ambiente, la partida de indemnizaciones, el programa II.09 la partida
de Jornales y tiempo extraordinario con sus respectivas cargas sociales y el
programa II.11, las partidas de Jornales y tiempo extraordinario, con sus
respectivas cargas sociales. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde
Municipal. Los recursos se rebajan del programa III de inversiones a los
programas II.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.04, de
coordinación y planificación, se rebaja de la partida de Equipo y mobiliario
educacional, para incrementar la partida de Otras construcciones y mejoras.
Para cumplir con las metas establecidas por el departamento de planificación.
Dicha solicitud fue realizada por la Lic. Karla Valverde Jiménez, del
departamento de Coordinación y Planificación. Los recursos se rebajan del
mismo programa III.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.17,
Iluminación de polideportivo la Cruz, la partida de otras construcciones y
mejoras. Se rebaja dek programa III.06.15 de actividades de capacitación.
Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño Delgado, Director
Urbano y Proyectos Municipales, los recursos se rebajan del programa III.

Cabe mencionar que dicha modificación requiere la aprobación de las dos
terceras partes del Concejo Municipal, debido a que se están modificando de
un programa a otro. (Artículo 109 del Código Municipal).

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que ya
escucharon la Modificación Presupuestaria N° 07-2018, si alguien quiere
externar, sino acá están los funcionarios municipales que trabajan en esta
Modificación para cualquier duda, don Gustavo Briceño: Encargado de
Presupuesto y Rodolfo Gómez Jiménez, don Gustavo para que explique.

El señor Lic. Gustavo Briceño Álvarez, Encargado de Presupuestos, les
manifiesta las buenas tardes a todos, realmente se hizo como lo pidieron
Ustedes, igual como lo leyó el compañero Carlos Miguel(Secretario), esto se
hace por peticiones que hacen los diferentes Departamentos Municipales, , por
las necesidades básicas, ya casi es fin de año y los recursos actuales son
deficitarios, de ahí la modificación para reforzarlos, si tienen alguna duda, son
necesidades de gastos fijos, implementar jornales, para el cuido de las
instalaciones municipales, esto es previendo al 31 de diciembre del 2018, pero
pueden surgir otras necesidades, si hicieron varios cambios que los explica,
alguna duda con gusto.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice las buenas
tardes a todos, pregunta sobre las prestaciones legales de los exfuncionarios
municipales que van incluidos en la modificación, quisiera saber en qué época
laboraron?.

El señor Lic. Gustavo Briceño Álvarez, Encargado de Presupuestos les informa,
que el señor Albin Zambrana, laboró en vigilancia del CECUDI y el Centro del
Adulto Mayor, del 18-marzo del año 2013 al 31 de julio del 2018, cálculos
hechos por el Depto. De Recursos Humanos, el señor Henry Ortiz Ríos, desde
el 1 de enero del 2018 hasta el 30-agosto-2018, Aníbal Rivas Martínez del 1
abril del 2018 al 1 de julio del 2018(se lo detalla), Richard Abarca Sánchez, del
1 de setiembre del 2015 al 1 de mayo del 2018, Miguel Fallas Castro(jardinero)
del 1 de setiembre del 2015 al 1 de julio del 2018.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice El señor
Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice, que está bien claro,
espera que no hayan errores nada más.

El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, les
dice que suerte y que dicha de tener una explicación como las que les han
dado hoy, y se ve que el Lic. Gustavo Briceño tiene aplomo y sustento legal,
para que el Concejo Municipal lo Apruebe, ojalá que en las próximas
modificaciones sean igual y le den la misma estructura y qué lástima que no
estén dos de los compañeros regidores para que hubieran quedado
satisfechos, el Lic. Gustavo Briceño es transparente y Claro y lo felicito.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que
ya no hay más dudas, ´por lo tanto somete a votación, levanten la mano los
que estén de acuerdo que se apruebe la modificación presupuestaria N° 07-
2018, por un monto de ¢213, 125,342.04, que sea definitivo, firme y se
dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba la
Modificación Presupuestaria Nº 07-2018, por la suma de ¢213, 125,342.04
(DOSCIENTOS TRECE MILLONES, CIENTO VEINTE Y CINCO MIL,
TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS COLONES CON 04/100), la cual fue
elaborada con la siguiente finalidad:

   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida programa, I.01 de la
       Administración central, de Mantenimiento de Edificios, con el fin de
       recargar los extintores del edificio central, ya que se encuentran
       vencidos. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez,
       Directora Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa, I.03 y I.01
       de la Administración central, Equipo y mobiliario de oficina, para la
       compra de un Aire acondicionado y a la partida de Materiales y
       productos, eléctricos, telefónico y de computo, para la compra de una
       UPS. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga Rodríguez, Directora
       Financiera. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01, II.02,
       II.04 y II.11 correspondiente al salario escolar, con sus respectivas
       cargas sociales. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga
       Rodríguez, Directora Financiera. Los recursos se rebajan del programa I
       de la administración central.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.04 de
       transferencia, con el fin de dar recursos a la Federación Costarricense S
    ciclismo, Asociación de Desarrollo de Santa Cecilia, para las
    celebraciones de desfiles navideños. Asociación de Desarrollo de Santa
    Elena (Cuajiniquil), para construcción de parada de Buses, distrito Santa
    Elena. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los
    recursos se rebajan del programa I de la Administración Central.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
    administración central, la partida de mantenimiento de vehículo, así
    como la partida de Edificio para mejoras de la infraestructura del Edificio
    Municipal (cambio de láminas de zinc del edificio principal). Dicha
    solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
    de servicios generales. Los recursos se rebajan del programa I de la
    Administración Central.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
    administración central la partida de Equipo y mobiliario, para la compra
    de estantes para el Archivo Municipal. Dicha solicitud fue realizada por la
    Lic. Rosa Obregón Álvarez, Directora Administrativa. Los recursos se
    rebajan del programa I de la Administración Central.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
    administración central, la partida de prestaciones legales, para la
    cancelación de las prestaciones de los siguientes exfuncionarios:
    Albín Zambrana Rodríguez          ¢3,255,533.51
    Aníbal Rivas Martínez             ¢333,270.91
    Cristian Vargas Canales           ¢305,275.61
    Richard Abarca Sánchez            ¢498,543.10
    Miguel Fallas Castro              ¢572,861.71
    Nelsy Torres Víctor               ¢250,000.00
    Así como también se incrementa la partida de Anualidades, con sus
    respectivas cargas sociales, para la cancelación, por este derecho al
    funcionario Miguel García Umaña, encargado del Archivo Municipal.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01 de
    Aseo de Vías y Sitios Públicos. A la partida de jornales con sus
    respectivas cargas sociales. Ya que a la fecha se cuenta con un bajo
    contenido presupuestario, Lo anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña,
    Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se
    rebajan del mismo programa II.01.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.02 de
    Recolección de Basura, a las partidas de viáticos, materiales metálicos y
    a prestaciones Legales, para cancelar al exfuncionario Henry Ortiz Ríos.
    Lo anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del
    Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo
    programa II.02.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.03 de
    Mantenimiento de Caminos y Calles, la partida de Retribución por años
    servidos, ya que, según reporte del departamento de Recursos
    Humanos, el monto disponible es insuficiente para terminar el periodo
    2018. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora
    Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa II.03.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.09 de
    Educativo, Culturales y Deportivos, la partida de Servicio de agua, para
    pagos de servicios básicos y las partidas de otros alquileres, otros
    servicios de gestión y apoyo, para la celebración de actividades
    culturales y recreativas de fin de año. Lo anterior a solicitud de la Lic.
    Rosa Obregón Álvarez, directora administrativa. Los recursos se rebajan
    del mismo programa II.09.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.10 de
    Servicios Sociales y Complementarios, las partidas de Equipo y
    mobiliario de oficina, transporte dentro del país, para cumplir con el
    desarrollo de las diferentes actividades y programación durante el año.
    Lo anterior a solicitud de la Lic. Saylin Bonilla Morales, de la oficina de
    Gestión Social. Los recursos se rebajan del mismo programa II.10.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.11 de
    Estacionamiento y Terminales, la partida de Jornales con sus
    respectivas cargas sociales, con el fin de cumplir con los salarios de la
    vigilancia de la terminal de Buses e instalaciones municipales. Dicha
    solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
    de servicios generales. Los recursos se rebajan del mismo programa
    II.11.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.25 de
    Protección del medio Ambiente, la partida de Jornales con sus
    respectivas cargas sociales, para el personal de Recolección de
    materiales valorizables, así como también dar recursos a la partida de
    Mantenimiento y reparación de equipo de transporte, para la reparación
    del camión marca Isuzu. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Geraldy
    Peña Álvarez, Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los
    recursos se rebajan del programa II.16 y II.25.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.01.02
    Casa de la Música, se pasan recursos de la partida Equipo y mobiliario
    educacional, a la partida de Edificios, para el proyecto de la construcción
    de la casa de la Música. Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto
    Briceño Delgado, director urbano y rural Municipal. Los recursos se
    rebajan del mimo programa III.01.02.
-   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.02.08. la
    partida de vías de comunicación terrestres y recursos de la Unidad
    Técnica de Gestión Vial, viáticos, seguros y vías de comunicación
    terrestre. Para la ejecución de obras, según acuerdo de la junta vial
    cantonal. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Karla Larios Guevara,
    directora de la Unidad Técnica de Gestión Vial. Los recursos se rebajan
    del mismo programa III.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.16,
       protección del medio ambiente, la partida de indemnizaciones, el
       programa II.09 la partida de Jornales y tiempo extraordinario con sus
       respectivas cargas sociales y el programa II.11, las partidas de Jornales
       y tiempo extraordinario, con sus respectivas cargas sociales. Dicha
       solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los recursos se
       rebajan del programa III de inversiones a los programas II.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.04,
       de coordinación y planificación, se rebaja de la partida de Equipo y
       mobiliario educacional, para incrementar la partida de Otras
       construcciones y mejoras. Para cumplir con las metas establecidas por
       el departamento de planificación. Dicha solicitud fue realizada por la Lic.
       Karla Valverde Jiménez, del departamento de Coordinación y
       Planificación. Los recursos se rebajan del mismo programa III.
   -   Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.17,
       Iluminación de polideportivo la Cruz, la partida de otras construcciones y
       mejoras, se rebaja del programa III.06.15, de actividades de
       capacitación, dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño
       Delgado, Director Urbano y Proyectos Municipales. Los recursos se
       rebajan del mismo programa III. Todo por cuanto es de necesidad,
       prioridad e importancia y así no entorpecer la labor Municipal, la cual se
       adjunta. APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA
       DE TRÁMITE DE COMISIÓN por 5 votos a favor: Blanca Casares
       Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría,
       Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel
       Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

2.- Se conoce oficio PANI-OIL-OF-306-2018, firmado por Licda. Mariam García
Quesada, Trabajadora Social y Licda. Ena Espinoza Mena, Trabajadora Social
Patronato Nacional de la Infancia, de fecha 11 de octubre del 2018, en el cual
este medio un cordial saludo de la Oficina Local de Liberia del Patronato
Nacional de la Infancia, quién ha aunado esfuerzos para la conformación de
Juntas de Protección a la Niñez y a la Adolescencia en diferentes cantones a
nivel nacional.
Dichas organizaciones de base comunitaria están sustentadas en el Código de
la Niñez y la Adolescencia y la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la
Infancia, creadas con el propósito de trabajar a nivel local en la promoción y
defensa de los derechos de las personas menores de edad, por un período de
vigencia de dos años. Las Juntas de Protección están integradas por un
representante del Patronato Nacional de la Infancia, un representante de la
Municipalidad, un representante del sector educativo, tres representantes
comunales y un representante de la población adolescente mayor de 15 años y
menor de dieciocho años de edad. Razón por cual se hace de su conocimiento,
que se renovará la Junta de Protección del Cantón de la Cruz. Por tal motivo se
les solicita que se designe a una persona que formará parte del Tribunal de
Elecciones, quien será el encargado de verificar se cumpla con todos los
procesos establecidos para la elección de los miembros de la Junta de
Protección de Niñez y Adolescencia. Es importante que confirme esta selección
a la coordinación de la Oficina Local del PANI de Liberia a más tardar el 18 de
octubre de 2018, a los correos electrónicos Iiberia@pani.go.cr o
Ivenepas@pani.go.cr ya que el 24 de octubre 2018 a las 10.00 a.m. se
juramentará a dicho Tribunal para que ejerza las funciones respectivas el día
de la Asamblea Popular Comunal de renovación de Junta. La Asamblea
Popular Comunal, donde se elegirán a los representantes comunales y al
adolescente se realizará el día 26 de octubre 2018 en el Salón Parroquial de la
Iglesia Católica de la comunidad de La Cruz, a las 9:00 a.m. No está de más
hacer extensiva nuestra invitación al Concejo en pleno para que nos honren
con su presencia en dicho evento.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que la
señora Gloria Monestel dice que ella está de acuerdo en formar parte del
Tribunal de Elecciones, y la señora Licda. Rosa Emilia Molina como
representante del Concejo Municipal ante el Junta de Protección, por lo tanto
somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se
nombren a estas dos señoras, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite
de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a la señora
Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal de la Cruz, como
representante del Concejo Municipal de la Cruz, ante la Junta de Protección a
la Niñez y a la Adolescencia del Cantón de la Cruz Guanacaste, y se nombra a
la señora regidora Gloria Monestel Monestel, como representante del Concejo
Municipal para que forme parte del Tribunal de Elecciones, quien será
encargada de verificar se cumpla con todos los procesos establecidos para la
elección de los miembros de la Junta de Protección de Niñez y Adolescencia
del Cantón de la Cruz, asimismo asistirán a la Asamblea Popular Comunal, a
celebrarse el próximo 26 de octubre del 2018, a las 9am en el auditorio
Municipal de la Cruz. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA
DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel
Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves:
regidor suplente en ejercicio.

3.- Se conoce documento firmado por el señor William Rodríguez Solís, En
cargado de proceso DIFEMADRO, Ministerio de la Presidencia, Instituto
Costarricense sobre Drogas, de fecha 23 de octubre del 2018, en el cual
solicita sus buenos oficios a fin que se tome un acuerdo para recibirles en
Sesión Extraordinaria el día 13 de noviembre del año en curso, cuya finalidad
es hacer la presentación titulada “Drogas y Patrones Socio Demográficos de
Costa Rica: una visión transversal”.

La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que ya
se había acordado sesionar extraordinariamente el pasado 02 de octubre 2018,
pero por motivos de la huelga de desistió, ahora se reprograma fecha, ya
Liberia les recibirá el 14 de noviembre y por ello solicitan sesionemos el 13 de
noviembre 2018, a las 4 pm, así que somete a votación, levanten la mano los
que estén de acuerdo que sea ese día, quedan oficialmente convocados los
presentes hoy, convóquese a los ausentes, que se convoque a participar, a las
Instituciones Educativas, Juntas de Educación, Administrativas, la CCSS, el
Ministerio de Salud, Comité Cantonal de Deportes, Asociación de Asaciones de
Desarrollo, al Comando Norte, Cruz Roja, Cámara de Turismo, que sea firme,
definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, sesionará
extraordinariamente el próximo 13 de noviembre del 2018, a las 4:00 p.m., en
el salón de sesiones de la Cruz Guanacaste, ubicado costado este de la
Terminal de Buses, cuya finalidad es atender a los funcionarios del Instituto
Costarricense sobre Drogas e Instituto de Fomento y Asesoría
Municipal(IFAM), dentro de la Propuesta de Proyectos Municipales (ICD-IFAM)
se hará la presentación titulada “ Drogas y Patrones Socio Demográficos de
Costa Rica: una visión transversal”, de suma importancia y necesidad, por lo
que oficialmente quedan convocados los miembros del Concejo Municipal el
día de hoy presentes, convóquese a los ausentes, asimismo a los
representantes de Juntas de Educación y Administrativas, de la Caja
Costarricense del Seguro Social, Ministerio de Salud, Asociación de
Asociaciones de Desarrollo, Cruz Roja Costarricense, Comando Norte, Comité
Cantonal de Deportes y Recreación, Cámara de Turismo, todos del Cantón de
la Cruz. APROBADO DEFINITIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE
TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo,
Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel
Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves:
regidor suplente en ejercicio.

4.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO 131-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 09 de
octubre del año 2018, en el cual el artículo 34 de la ley General de Control
Interno se prohíbe a los auditores realizar funciones y actuaciones de
administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia, dentro
de las cuales podría mencionar la de advertir a los órganos pasivos que
fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o
decisiones, cuando sean de su conocimiento.
Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al órgano
consultante en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y
evitar, además, el riesgo que genera emitir un criterio en punto a situaciones o
casos específicos cuya decisión involucra al personal administrativo.
Además, el artículo 22 de ley de marras establece como competencia de las
Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual
depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las
posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean
de su conocimiento.
Es por ello, que a continuación se realiza la siguiente advertencia sobre el
asunto de este oficio.
Mediante el documento ALDE-JS-0337-2018, el señor Junnier Alberto Salazar
Tobal-Alcalde, solicita al Concejo Municipal, ratificar el acuerdo nro. III.15 de la
Sesión Ordinaria nro. 18-2016, el cual dicto lo siguiente:
“ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba estudio
de justificación para la creación del puesto de Asesor Administrativo (a) de
Alcaldía como personal de confianza, en la clase de Profesional Municipal tres
(PM3) con un salario base de ¢661.417.00, a tiempo completo. ACUERDO
APROBADO. Tres votos a Favor (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada
Aguirre y Carlos Ugarte Huertas y dos en contra Florencio Acuña Ortiz y
Guiselle Bustos Chavarría).”
En el estudio de justificación aprobado en el acuerdo supra, se establece que el
puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía se crea como personal de
confianza, amparando al artículo 118 del Código Municipal (Corrida su
numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542 "Ley de Fortalecimiento de la
Policía Municipal" del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo
118 al 127).
Ese artículo, establece que son funcionarios de confianza los contratados a
plazo fijo por las partidas antes señaladas (servicios especiales) para brindar
servicio directo al alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y a las
fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal.
En vista de la solicitud realizada en el documento ALDE-JS-0337-2018, el
Concejo Municipal toma el acuerdo nro.2-10 de la Sesión Ordinaria nro.39-
2018:
“ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, ratifica el Acuerdo
Municipal número III.15 de la Sesión Ordinaria Número 18-2016, mediante el
cual se aprueba la creación del Puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía
como personal de confianza, en la clase Profesional Municipal Tres (PM3), a
tiempo completo y Acuerdo Municipal 1-3 de la Sesión Extraordinaria Número
12-2018, mediante el cual aprueban la creación de la plaza de Asesor
Administrativo Socioeconómico Municipal, modalidad de Servicios Especiales a
tiempo completo como Profesional Municipal 1 (PM1), a su vez, autoriza al
señor Alcalde Municipal, Junnier Alberto Salazar Tobal, para que realice la
contratación de dicho personal de confianza, a partir del 01 de agosto de 2018
y que para tales efectos, se utilicen los recursos económicos de la partida de
Servicios Especiales de remuneraciones, código presupuestario número
I.01.0.01.03 del Presupuesto Ordinario 2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN,
POR 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas,
Guiselle Bustos Chavarría y José Manuel Vargas Chaves: Regidor
Suplente en ejercicio) 1 VOTO EN CONTRA (Marvin Tablada Aguirre)”

Sin embargo, en el acuerdo nro.2-10 de la Sesión Ordinaria nro.39-2018, no se
establece ningún razonamiento legal, técnico o jurídico que permita subsanar lo
indicado en el oficio UAI-CONCEJO-120-2018 y en el oficio UAI-CONCEJO-
122-2018, que contienen la advertencia sobre la contratación del puesto de
Asesor Administrativo (a) de Alcaldía como personal de confianza sin la debida
aprobación de la plaza en la de servicios especiales para el año 2018, tanto por
el Concejo Municipal y la Contraloría General de la República y la creación de
la plaza de Asesor Administrativo Socioeconómico Municipal, modalidad de
Servicios Especiales, respectivamente.
Es menester mencionar que el principio de jerarquía normativa permite
establecer el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para
solucionar las contradicciones que se presenten entre normas de distinto
rango.
Este principio lo encontramos consagrado en el artículo 6 de la Ley General de
la Administración Pública, el cual expresamente señala:
“Artículo 6º.-
1. La jerarquía de las fuentes del ordenamiento jurídico administrativo se
sujetará al siguiente orden:
a) La Constitución Política;
b) Los tratados internacionales y las normas de la Comunidad
Centroamericana;
c) Las leyes y los demás actos con valor de ley;
d) Los decretos del Poder Ejecutivo que reglamentan las leyes, los de los otros
Supremos Poderes en la materia de su competencia;
e) Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y los reglamentos
de los entes descentralizados; y f) Las demás normas subordinadas a los
reglamentos, centrales y descentralizadas.
2. Los reglamentos autónomos del Poder Ejecutivo y los de los entes
descentralizados están subordinados entre sí dentro de sus respectivos
campos de vigencia.
3. En lo no dispuesto expresamente, los reglamentos estarán sujetos a las
reglas y principios que regulan los actos administrativos.”
En relación con este principio, la Procuraduría General de la República en su
jurisprudencia administrativa señaló:
“Uno de los límites fundamentales de la potestad reglamentaria es
precisamente el principio de jerarquía normativa. El ordenamiento jurídico
administrativo es una unidad estructural dinámica en la que coexisten y se
articulan una serie de distintas fuentes del Derecho. La relación entre esas
diversas fuentes se ordena alrededor del principio de la jerarquía normativa,
según el cual se determina un orden riguroso y prevalente de aplicación,
conforme lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de la Administración
Pública; es decir, se trata de saber cuándo una fuente es superior a otra y, en
caso de conflicto, desaplicar la de inferior rango.”
Por ello, al ser la Constitución Política, la norma de mayor rango jurídico y
constitucional, es necesario que se consideren los principios en ella
establecidos para proceder con cualquier subsanación legal. Esta establece
entre otras cosas lo siguiente:
“ARTÍCULO 175.-
Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los
cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría
General que fiscalizará su ejecución.
ARTÍCULO 176.-
“El presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos
probables y todos los gastos autorizados de la administración pública, durante
todo el año económico. En ningún caso el monto de los gastos presupuestos
podrá exceder el de los ingresos probables.
Las Municipalidades y las instituciones autónomas observarán las reglas
anteriores para dictar sus presupuestos.
El presupuesto de la República se emitirá para el término de un año, del
primero de enero al treinta y uno de diciembre.”
ARTÍCULO 184.- Son deberes y atribuciones de la Contraloría:
Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y
extraordinarios de la República;
No se emitirá ninguna orden de pago contra los fondos del Estado sino cuando
el gasto respectivo haya sido visado por la Contraloría; ni constituirá obligación
para el Estado la que no haya sido refrendada por ella;
2) Examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las Municipalidades e
instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación;
3) Enviar anualmente a la Asamblea Legislativa, en su primera sesión ordinaria,
una memoria del movimiento correspondiente al año económico anterior, con
detalle de las labores del Contralor y exposición de las opiniones y sugestiones
que éste considere necesarias para el mejor manejo de los fondos públicos;
4) Examinar, glosar y fenecer las cuentas de las instituciones del Estado y de
los funcionarios públicos;
5) Las demás que esta Constitución o las leyes le asignen.”
Sobre esta línea de tema Sala Constitucional ha indicado lo siguiente en varias
sentencias:
“El presupuesto de la República se emite por el término de un año, que va del
primero de enero al treinta y uno de diciembre, según dispone la Constitución
Política en su artículo 176. Lo anterior determina que el principio de anualidad
del presupuesto esté tutelado constitucionalmente y que coincida con el año
calendario. Conforme con lo expuesto, en el párrafo primero del citado artículo,
se establece que el presupuesto ordinario "comprende todos los ingresos
probables y todos los gastos autorizados de la Administración Pública, durante
el año económico". (Sentencia 7598-94, 4907-95).”
“La misma sala también ha indicado “… el principio de anualidad del
presupuesto esté previsto constitucionalmente y que coincida con el año
calendario. De este principio se deriva la regla general de que el Presupuesto
deba ser ejecutado en su totalidad en el ejercicio económico para el cual fue
aprobado...” (Sentencia 7157-05).”
“El principio de anualidad del Presupuesto de la República está tutelado
constitucionalmente y coincide con el año calendario, que va del primero de
enero al treinta y uno de diciembre, según dispone la Constitución Política en
su artículo 176, párrafo tercero. La regla general consiste en que el
Presupuesto debe ser ejecutado en su totalidad en el ejercicio económico para
el cual fue aprobado. Esta Sala con anterioridad –sentencia número 2000-
11528, de las catorce horas del veintiuno de diciembre de dos mil- validó una
excepción a este principio de anualidad que estaba prevista en la anterior Ley
de la Administración Financiera de la República, número 1279, del dos de
mayo de mil novecientos cincuenta y uno, en su artículo 50. En aquella
oportunidad la Sala sostuvo que era una excepción válida al principio de
anualidad presupuestaria que permitía la liquidación o reconocimiento de los
compromisos y deudas a cargo del Estado que se encuentren pendientes de
efectiva cancelación, con el fin de no dejar en indefensión ni causarle
inseguridad jurídica o no pago a sus acreedores, quienes tienen el derecho de
ser retribuidos en virtud de esos compromisos adquiridos. Sin embargo, la
vigente Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos, en su artículo 46, eliminó esa excepción legal sin que ello implique
una infracción a la Constitución Política que, como ya se dijo, establece el
principio de anualidad. En consecuencia, esta norma tampoco resulta
inconstitucional.” Sentencia 9567-08
“…el principio de anualidad presupuestaria, que delimita el ámbito temporal de
eficacia del presupuesto, es decir, el período de tiempo en el cual el
presupuesto despliega sus efectos jurídicos…" Sentencia 14348-09
Por otro lado, la Contraloría General de la República, refiriéndose a lo que
establece la Ley General de Administración Pública, norma de menor rango
que la Constitución política, indico lo siguiente:
“Por su parte, el numeral 188 del mismo cuerpo normativo dispone:
“Artículo 188.-
Cuando el vicio del acto relativamente nulo consista en la ausencia de una
formalidad sustancial, como una autorización obligatoria, una propuesta o
requerimiento de otro órgano, o una petición o demanda del administrado,
éstos podrán darse después del acto, acompañados por una expresa
manifestación de conformidad con todos sus términos.
Lo anterior no podrá aplicarse a la omisión de dictámenes ni a los casos en que
las omisiones arriba indicadas produzcan nulidad absoluta, por impedir la
realización del fin del acto final.
El saneamiento producirá efecto retroactivo a la fecha del acto saneado.”
Lo anterior conduce a observar las clases de nulidad, siendo que la invalidez
puede manifestarse como nulidad absoluta o relativa considerando la gravedad
de la conducta, ya que, en tal sentido, el artículo 223 del citado cuerpo
normativo señala que:
“Artículo 223.-
Sólo causará nulidad de lo actuado la omisión de formalidades
sustanciales del procedimiento.
Se entenderá como sustancial la formalidad cuya realización correcta hubiere
impedido o cambiado la decisión final en aspectos importantes, o cuya omisión
causare indefensión.” (El resaltado no es del original).
En ese sentido normativo, se advierte que es posible recurrir a la figura del
saneamiento siempre y cuando se esté frente a actos relativamente nulos, toda
vez, que los actos absolutamente nulos no pueden ser saneados ni
convalidados. Recuérdese que de acuerdo con la doctrina, el saneamiento “...
es una forma singular de convalidación consistente en la posibilidad de
conservación de actos que han omitido formalidades sustanciales en las que se
requería la intervención de otro órgano o del administrado” (SABORÍO
VALVERDE, Rodolfo, Eficacia e invalidez del acto administrativo, San José,
Editorial Alma Mater, 1986, p. 87).
Congruente con lo anterior, será necesario en este caso, determinar la
naturaleza de la nulidad, para lo cual se debe aplicar los supuestos
contemplados en el numeral 223 de la Ley General de la Administración
Pública. Bajo esa línea, se establece que será sustancial la formalidad cuya
realización correcta hubiere impedido o cambiado la decisión final en aspectos
importantes, o bien si la omisión causare indefensión.”
También, la misma Contraloría General de la República, refiriéndose a lo que
establece la Ley General de Administración Pública, indico lo siguiente sobre el
numeral 188 del mismo cuerpo normativo lo siguiente:
“Dicho de otro modo, el saneamiento consiste en la conservación del acto
administrativo con un vicio de nulidad relativa que ha omitido una formalidad
sustancial, la cual según la gravedad en él contenida se puede dictar después
del acto, también con efecto retroactivo a la fecha del acto saneado.
Al respecto, la Procuraduría General de la República ha referenciado que
cuando se está de frente a actuaciones previas que se instituyen como una
autorización administrativa, comprendido en el ámbito de la competencia de
verificación del cumplimiento de una disposición legal, se ha entendido ésta
como una declaración de voluntad administrativa constitutiva que consiste en
un acto administrativo de control, por el que se faculta a un órgano o entidad
para desplegar cierta actividad o comportamiento, con efectos jurídicos a futuro
y que su omisión produce la ilicitud de la actividad material y la invalidez del
acto jurídico realizado sin ella.
(…)
Siendo así que, el órgano o ente autorizante debe ponderar adecuadamente el
cumplimiento de los presupuestos de nuestro ordenamiento jurídico que
posibilitan excepcionalmente el acto administrativo con eficacia retroactiva, en
el sentido que los supuestos de hecho necesarios existieron a la fecha a que se
retrotraería la eficacia del acto.”
Por lo expuesto antes, se concluye que el acuerdo nro.2-10 de la Sesión
Ordinaria nro.39-2018, carece del análisis que determiné la naturaleza de la
nulidad, para lo cual se deben aplicar los supuestos contemplados en el
numeral 223 de la Ley General de la Administración Pública. También, se
concluye que el mismo acuerdo no se aprueba explícitamente la plaza ni los
recursos presupuestarios para el puesto de Asesor Administrativo (a) de
Alcaldía como personal de confianza para el ejercicio económico del año 2018
y tampoco se aprueban los recursos presupuestarios para el puesto de Asesor
Administrativo Socioeconómico Municipal para el mismo ejercicio económico,
actos iniciales necesarios para contrataciones de esa naturaleza.
Además, para subsanar la situación expuesta en el oficio UAI-CONCEJO-120-
2018 y UAI-CONCEJO-122-2018, se debe de considerar los principios
presupuestarios establecidos en la Constitución política, Código Municipal, Ley
de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley
General de Administración Pública y Normas Técnicas de Presupuesto
Públicos emitidas por la Contraloría General de la República, lo que permitirá
garantizar a la ciudadanía que se están utilizando recursos públicos de manera
transparente y apego total al bloque de legalidad.
Así las cosas, considerado lo expuesto en este oficio, así como, lo que
establece la Ley General de Control Interno en los artículos números 36, 37, 38
y 39, se recomienda que el Concejo Municipal en conjunto con la
Administración Municipal, proceda a subsanar el tema de contrataciones
puesto en conocimiento por esta Auditoría Interna en los oficios UAI-
CONCEJO-120-2018 y UAI-CONCEJO-122-2018, en un plazo máximo de 10
días hábiles a partir de la fecha de notificado de este oficio, considerando para
ello las normas legales supracitadas.

El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal les dice que esto ya
fue subsanado en la sesión anterior, pero escuchando a este señor Auditor
pareciera que no necesita asistente legal.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice como lo dice
el señor Alcalde Municipal ya se subsanó, el señor Auditor dice que aún falta y
no se siente satisfecho, le hace falta un asistente legal para los razonamientos
legales, así que la idea es pasarle al señor Alcalde para que le diga que ya se
subsanó ese asunto.

El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia les
agrega, dice que una vez más, que lástima que el señor Gledys tenga que oír
el audio mañana, o pasado, para darse cuenta de lo que estamos diciendo hoy,
como me gustaría que se haga presente allá atrás, para que oiga directamente
lo que nosotros pensamos de él, por lo menos yo, él viene hablando en una
estructura, sumamente lógicamente documentada pero, sumamente especial
en cuanto al acomodamiento de palabras técnicas, de esa manera nos da a
entender como lo dijo el señor Alcalde, que no necesita un ayudante, un asesor
o alguien que lo acompañe, que tenga piedad de nosotros un poquito, no está
viendo que nosotros también nos estamos jugando sin asesor legal, solos, sin
embargo las cosas por gracias de Dios nos están saliendo bien, él habla mucho
de las ratificaciones de los acuerdos, habló también de la plaza de Asesor
Administrativo, y cita de donde cogieron los presupuestos, del presupuesto
ordinario 2018, y se anima a hablar de razonamiento legal, cita también de la
Sala Constitucional que de hecho tan se lee, que uno no puede ni siquiera
apuntar de lo que se trata, lo único que veo es de la Ley 223 de la Ley General,
les digo se anima a decir razonamiento legal, porque lo primero que este señor
debería de hacer y venimos como loros repitiendo, es decirle a este Concejo,
señores se está cometiendo esto señores que se puede subsanar de esta
manera, antes de que comience a hacer las cosas, no como recursos
transparente y habla también y dice que se están cogiendo fondos públicos,
pero si él está auditando bien y para que no se cojan fondos públicos en su
debido tiempo, porqué espera que pase el tiempo,

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace de
conocimiento al señor Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal
de la Cruz, que en contestación a su oficio N° UAI-CONCEJO-131-2018, de
fecha 09 de octubre del 2018, según acuerdo N° 2-7 de la Sesión Ordinaria N°
40-2018, celebrada el día 11 de octubre del 2018, se subsano N° 2-10 de la
Sesión Ordinaria N° 39-2018, el cual literalmente dice:
“ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba que se
aclara el Acuerdo N° 2-10, de la Sesión Ordinaria N° 39-2018, verificada el día
04 de Octubre del año 2018, en el sentido de que este Concejo Municipal al
ratificar el Acuerdo N° III.15 de la Sesión Ordinaria N° 18-2016 y el Acuerdo N°
1-3 de la Sesión Extraordinaria Número 12-2018, por lo que expresamente
acuerda es APROBAR PARA EL AÑO 2018, tanto la creación de la Plaza de
Asesor Administrativo de Alcaldía, en la clase profesional 3 (PM3), a tiempo
completo, como la plaza de Asesor Administrativo Socioeconómico de Alcaldía,
en la clase Profesional Municipal 1 (PM1), a tiempo completo, bajo la
modalidad de personal de confianza, cuyos Perfiles se encuentran
debidamente incorporados en el Manual de Puesto de esta Municipalidad;
además, este Concejo Municipal reitera la autorización para que el señor
Alcalde, Junnier Alberto Salazar Tobal, disponga de los fondos económicos
suficientes contenidos en la partida presupuestaria con código I.01.0.01.03 del
Presupuesto Ordinario 2018, para sufragar la remuneración de las plazas
aprobadas. De esta manera, este Concejo Municipal, manifiesta su
conformidad con todos los términos del Acto administrativo de nombramiento
sobre las plazas aprobadas y la utilización de los recursos económicos
suficientes contenidos en la partida mencionada para cubrir los gastos de
dichos nombramientos, efectuados por el señor Alcalde desde el día 01 de
agosto del año 2018, por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo
188.1 y 188.3 de la Ley General de la Administración Pública, quedan
saneados los Actos Administrativos descritos y por ende se retrotraen sus
efectos al día 01 de agosto del año 2018.” APROBADO Y SE DISPENSA DE
TRAMITE DE COMISION, por 2 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, y
Carlos Manuel Ugarte Huertas con uno en contra: Marvin Tablada
Aguirre.”
APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE
COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel
Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel:
regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor
suplente en ejercicio.
5.- Se conoce oficio IC-544-2018, firmado por la señora Cinthya Rodríguez
Quesada, Intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano,
de fecha 08 de octubre del 2018, en el cual solicitan la colaboración para la
compra de alimentos para perros y gatos, Productos de higiene personal,
menaje, maquinaria para limpieza de calles y ríos y alimentos no perecederos,
dado las fuertes lluvias que provocaron inundaciones.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, documento
firmado por la señora Cinthya Rodríguez Quesada, Intendente Municipal del
Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en el cual solicitan la colaboración
para la compra de alimentos para perros y gatos, Productos de higiene
personal, menaje, maquinaria para limpieza de calles y ríos y alimentos no
perecederos, dado las fuertes lluvias que provocaron inundaciones, esto con el
fin, de que se proceda analizar, estudiar y coordinar dentro de las posibilidades
Municipales     para brindar      la   colaboración     solicitada.  ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

6.- Se conoce documento, firmado por el señor Miguel Ángel Solís Badilla,
Administrador Transportes Deldu, S.A, de fecha 04 de octubre del 2018, en el
cual solicita, la aprobación de cambio de local comercial, en la Terminal de
buses municipal de la Cruz, ya que el que tienen es el N° 09 y como el local N°
01 está desocupado, por lo solicita se permita ese cambio, del local N° 09 al
Local N° 01, que vendría a mejorar al usuario, a los niños, adultos mayores,
mujeres embarazadas y demás, porque les serviría para protegerse de la lluvia,
el sol y demás, están anuente a realizar todas las mejoras y acondicionarlo.




Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, escrito
firmado por el señor Miguel Ángel Solís Badilla, Administrador de Transportes
Deldu S.A. en Peñas Blancas de La Cruz Guanacaste, en la que solicita
cambiar el local N° 09 por el local N° 01 en la Terminal de Buses de la Cruz.
Esto para efectos de que realice consulta legal, si es factible, y si fuere factible
se autoriza para que realice la gestión pertinente. APROBADO
DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por
5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas,
Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente
en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

7.- Se conoce oficio NNE-461-2018, firmado por Jonathan Bonilla Córdoba,
Procurador/Notario del Estado, de fecha 11 de octubre del 2018, dirigido al
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, en el cual
solicitan requerimientos de información complementaria para la formalización
de la escritura pública, cuyo objeto es la expropiación de la finca N° 5-054223-
000, plano G-1906696-2016, mide 222 m2, para que se hagan aclaraciones,
modificaciones a acuerdos, autorizaciones al señor Alcalde Municipal actual.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita al señor
Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que en
relación al Oficio N°NNE-461-2018, enviado por el Lic. Jonathan Bonilla
Córdoba, Procurador/Notario del Estado, donde solicita información
complementaria para la formalización de escritura pública, sobre expropiación
de finca 5-054223-000, plano G-1906696-2016, y que mide 222 M2, proceda a
aclarar y justifique conforme al ordenamiento jurídico, sobre el monto a pagar
que se dice que es de un área 222,12 M2, cuando la expropiación de la finca
es por 222M2. Asimismo se adopta el acto administrativo de expropiación de la
finca N° 5-54223, se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde
Municipal de la Cruz, para que comparezca ante la Notaría del Estado a
suscribir la escritura de expropiación requerida de la finca de marras, dejando
sin efecto el acuerdo N° III.8 de la señor Ordinaria N° 32-2015 del 17-
setiembre-2015,      por    cuanto    la   autorización    otorgada   en    ese
entonces(2015)recayó en el Alcalde Municipal, Carlos Matías Gonzaga
Martínez, quien actualmente no ocupa el cargo de Alcalde de la Municipalidad
de la Cruz. También se autoriza al señor Alcalde Municipal para que por medio
del Notario del Estado, no solo comparezca a otorgar el acto de compraventa a
favor de la Municipalidad, sino, además que solicite el cambio de la naturaleza
de la finca, ya que actualmente dice “para construir con una casa”, ya que el
procedimiento de expropiación es para Parque Central de la Cruz Guanacaste.
Se le solicita al señor Alcalde Municipal que a la brevedad posible proceda ante
el Registro Nacional a realizar la anotación de la declaratoria de interés público,
dicha expropiación, e informe a la Notaria del Estado el medio y la forma de
pago de dicha expropiación, para que quede consignada en la escritura pública
y certifique si la finca expropiada se encuentra al día en el pago de los
impuestos municipales. Todo esto como información complementaria para la
formalización de la escritura pública por parte de la Notaria del Estado de la
Procuraduría General de la República. Quedando así aprobado el oficio N°
NNE-461-2018 de la procuraduría General de la República. APROBADO
DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por
5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas,
Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente
en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

8.- Se conoce documento, firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex
Vicealcalde Municipal de La Cruz, de fecha 16 de octubre, el cual contiene
Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento de la vía
administrativa, en el cual solicita:
1.- Que la corporación Municipal resuelva y agote resolutoriamente todos los
recursos usados en tiempo y forma, sean internos o de jerarquía impropia.
2.- A partir de las actuaciones realizadas desde la disponibilidad de los
derechos exigidos por su persona, se han ejecutado actos para continuar con
el agotamiento de la vía administrativa, todo con el fin de exigir el cumplimiento
de los derechos atinentes.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de
La Cruz, el documento firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex
vicealcalde Municipal de La Cruz, que contiene Decisión de continuidad del
proceso hasta consumar el agotamiento de la Vía Administrativa, con el fin de
que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar
la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

9.- Se conoce documento, firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga
Martínez, Ex Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual
contiene Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento
de la vía administrativa, en el cual solicita:
1.- Que la corporación Municipal resuelva y agote resolutoriamente todos los
recursos usados en tiempo y forma, sean internos o de jerarquía impropia.
2.- A partir de las actuaciones realizadas desde la disponibilidad de los
derechos exigidos por su persona, se han ejecutado actos para continuar con
el agotamiento de la vía administrativa, todo con el fin de exigir el cumplimiento
de los derechos atinentes.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de
La Cruz, el documento firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez,
Ex alcalde Municipal de La Cruz, que contiene Decisión de continuidad del
proceso hasta consumar el agotamiento de la Vía Administrativa, con el fin de
que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar
la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio).

10.- Se conoce documento, firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga
Martínez, Ex Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual
contiene Solicitud de respuesta pronta y cumplida ante información solicitada,
en el cual solicita se le cancele el aumento salarial, el cual debe incluir el 65%
de la prohibición, conforme al artículo 15 de La Ley contra la Corrupción y
enriquecimiento ilícito en la función pública, el período comprendido des año
2012 al 30 de abril del 2016, más aguinaldo proporcional, para lo cual solicita,
ordenar al departamento de Recursos Humano calcular el monto respectivo.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de
La Cruz, el documento firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez,
Ex alcalde Municipal de La Cruz, que contiene Solicitud de respuesta y
cumplida ante información solicitada, con el fin de que sea estudiado, analizado
y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución
correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y
SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR
(Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

11.- Se conoce documento, firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex
Vicealcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual contiene
Solicitud de respuesta pronta y cumplida ante información solicitada, en el cual
solicita:
1.- La ubicación actual del recurso de revocatoria con apelación en subsidio
presentado por su persona contra el acuerdo 2-6ª de la Sesión Ordinaria 28-
2018 y su correspondiente fundamentación.
2.- Los motivos jurídicos o fácticos que han retrasado la resolución de los
recursos citados en pretensión número “1”, en claro incumplimiento al artículo
165 del código Municipal.




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la
Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de
La Cruz, el documento firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex
vicealcalde Municipal de La Cruz, que contiene Solicitud de respuesta y
cumplida ante información solicitada, con el fin de que sea estudiado, analizado
y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución
correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y
SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR
(Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

12.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO-143-208, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de
octubre del 2018, en el cual mediante el oficio UAI-CONCEJO-104-2018, se les
informó que de acuerdo con los artículos números 36 y 37 de la Ley General de
Control Interno, el plazo para discrepa sobre las recomendaciones emitidas en
el oficio UAI-CONCEJO-057-2018, del 25 de mayo del 2018, conocido en la
Sesión Ordinaria Nro. 21-2018, celebrada el día 31 de mayo del mismo año y
recibido también por: Licda. Rosa Obregón Álvarez-Dirección Administrativa,
Licda. Laura Moraga Rodríguez-Dirección Financiera, Licda. María Concepción
Chacó Peña-Coordinadora de Recursos Humanos y al Sr. Junnier Alberto
Salazar Tobal-Alcalde Municipal; ya venció. Por tal motivo, las
recomendaciones emitidas por esta unidad fiscalizadora se encuentran firmes.

Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre de 2018, el Concejo Municipal y el
Alcalde Municipal, no han informado sobre las acciones implantadas para
realizar los ajustes correspondientes y la recuperación de los dineros pagados,
si corresponde en los casos específicos del municipio de La Cruz, aplicando los
procedimientos correspondientes para cada uno de los casos que se detecten,
en el tema del pago de prohibición a abogados contratados bajo el régimen de
confianza, para lo cual, como se indicó en el oficio de marras, dicha revisión
debe de abarcar el tema de pagos realizados anteriores a la fecha de los
dictámenes emitidos por el órgano asesor, considerando que la norma que da
vida a este pago en el régimen municipal fue reformada a partir del 12 de
octubre del 2012; además de considerar lo indicado en el oficio CGR/DJ- 0637-
2018.
Por tal motivo, se solicita en un plazo razonable de 10 días naturales, a partir
de la notificación de este oficio, se informe a la Auditoría Interna sobre las
acciones implantadas para el cumplimiento de las recomendaciones emitidas
en el oficio                                   UAI-CONCEJO-057-2018 y UAI-
CONCEJO-104-2018, sobre el tema de dineros pagados como prohibición a
abogados contratados bajo el régimen de confianza, puesto que como lo
establece la Ley General de Control Interno, el plazo para presentar cualquier
discrepancia sobre dichas recomendaciones venció y las mismas se
encuentran firmes.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice, si les parece
pedirle la ayuda a la señora Licda. Arianna Badilla, Coordinadora de Gestión
Jurídica, para que conteste este oficio, sin embargo don Carlos Ugarte quiere
escuchar al señor Alcalde al respecto.

El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde municipal de la Cruz les dice
que lo mejor es que se le envíe, para ver lo de los tiempos y efectivamente que
se pase a al Departamento de Coordinación de Gestión Jurídica.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que
ese documento el auditor ya lo envió al Concejo y dice que se debe devolver el
dinero, pero ahora se dice que ya no se está pagando, por lo tanto a todo el
que se le pagó debe devolver el dinero.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que
entonces somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se
le pase al señor Alcalde Municipal, para que lo estudie, analice y realice

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, oficio UAI-
CONCEJO-143-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor
Interno Municipal de La Cruz, en relación al seguimiento de gestiones
relacionadas con el pago de prohibición a abogados contratados bajo el
régimen de confianza, esto con el fin de que proceda a realizar las gestiones y
acciones necesarias para resolver. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN,
POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas,
Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente
en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio).

13.- Se conoce copia de oficio UIA-ALCALDE-142-2018, firmado por el Lic.
Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18
de octubre del 2018, en el cual el pasado 15 de febrero del 2018 se le remitió el
oficio UAI-CONCEJO-015-2018, el cual trata el asunto de la sobre modificación
del perfil del puesto de Director Urbano y Rural Municipal. Entre otras cosas el
oficio indica:

“(…)

Sobre ello, es necesario indicar que la actualización y ajuste del perfil
propuesto por el Acalde Municipal no se ajusta a las conclusiones y
recomendaciones de la Auditoría Interna municipal dadas en el oficio UAI-
CONCEJO-075-2017 y aprobado por el órgano colegiado, el cual debía de
estar apegado al título V del Código Municipal y a los principios fundamentales
de empleo público, igualdad, eficacia y eficiencia administrativa.

Lo antes descrito se debe a que el perfil propuesto y aprobado mediante el
acuerdo nro.2-2 tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018, del 26 de
enero del año 2018, continúa presentado las siguientes debilidades a criterio de
este servidor:
  a. El perfil para el puesto de Dirección Gestión Urbano y Rural Municipal,
     presenta posibles violaciones al principio de igualdad constitucional y
     solicita requisitos que se pudieran cuestionar como discriminatorios, a
     saber: dominio de la situación interna y del entorno municipal.

  b. Los requisitos académicos de Administrador de Empresas con énfasis en
     Gerencia o Gestión de Proyectos que se solicitan en el perfil estudiado no
     es atinente a las funciones del puesto.

  c. El requisito académico de Administrador de Empresas con énfasis en
     Gerencia o Gestión de Proyectos, no es una especialidad atinente a la
     Ingeniería Civil que es la otra carrera solicitada en los requisitos.

  d. El nombre del puesto que se indica en el apartado 5. Descripción
     Estructural del oficio MLC-EH-002-02018, no coincide con el propuesto en
     el apartado 1. Objeto de Estudio.

Además, al no contar la modificación propuesta por la Administración Municipal
al perfil en cuestión en forma razonable con lo recomendado por la Auditoría
Interna y aprobado por el mismo órgano colegiado, nos encontramos ante una
posible contradicción de lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el
acuerdo Nro. 1-3 de la sesión extraordinaria 24-2017 y el acuerdo Nro. 2-2
tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018.

Por tal motivo, es necesario que el Concejo Municipal aclare en forma
razonada los motivos y justificaciones para aprobar la modificación del perfil de
marras sin que se cumpliera razonablemente lo antes mencionado, así como
solicitar al Acalde Municipal que en forma razonada explique por qué no realizó
lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo Nro. 1-3 de la sesión
extraordinaria 24-2017.

Finalmente, hasta tanto no se aclare lo antes expuesto no sería apropiado que
la Administración Municipal contrate o saque a concurso el puesto de marras,
ya que se podrían generar derechos y gastos basados en un perfil de puestos,
que entre otras cosas, presenta posibles violaciones al principio de igualdad
constitucional y solicita requisitos que se pudieran cuestionar como
discriminatorios.”

Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre del 2018, esta Auditoría Interna
desconoce las acciones tomadas por su despacho para la implantación de las
recomendaciones emitidas en ese oficio.

Por tal motivo, por haber vencido el plazo establecido en la Ley General de
Control Interno para presentar cualquier discrepancia y al encontrase firme lo
indicado en el oficio UAI-CONCEJO-015-2018, se le solicita informar a la
Auditoría Interna sobre las acciones que implanto sobre lo expuesto en ese
oficio en un plazo razonable de 10 días naturales a partir del recibido de este
oficio.
Esta solicitud, es parte del seguimiento que realiza esta Unidad Fiscalizadora
sobre los temas de advertencia puestos en su conocimiento.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal, les dice que esto es
una copia para el Concejo Municipal, por lo tanto levanten la mano los que
estén de acuerdo que se tome nota al respecto.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste. Toma nota de la
copia de oficio UIA-ALCALDE-142-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado
Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del
2018, en el cual el pasado 15 de febrero del 2018 se le remitió el oficio UAI-
CONCEJO-015-2018, el cual trata el asunto de la sobre modificación del perfil
del puesto de Director Urbano y Rural Municipal, por cuanto es una copia y es
de conocimiento. ACUERDO APROBADO, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca
Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
Chaves: Regidor Suplente en ejercicio).




14.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-141-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de
octubre del 2018, en el cual en la Sesión Extraordinaria nro. 04-2018, del 07 de
marzo del 2018, el Concejo Municipal conoció el oficio UAI-CONCEJO-015-
2018.
Ese oficio de la Auditoría Interna trata el asunto de la sobre modificación del
perfil del puesto de Director Urbano y Rural Municipal. Entre otras cosas el
oficio indica:
“(…)
Sobre ello, es necesario indicar que la actualización y ajuste del perfil
propuesto por el Acalde Municipal no se ajusta a las conclusiones y
recomendaciones de la Auditoría Interna municipal dadas en el oficio UAI-
CONCEJO-075-2017 y aprobado por el órgano colegiado, el cual debía de
estar apegado al título V del Código Municipal y a los principios fundamentales
de empleo público, igualdad, eficacia y eficiencia administrativa.
Lo antes descrito se debe a que el perfil propuesto y aprobado mediante el
acuerdo nro.2-2 tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018, del 26 de
enero del año 2018, continúa presentado las siguientes debilidades a criterio de
este servidor:
El perfil para el puesto de Dirección Gestión Urbano y Rural Municipal,
presenta posibles violaciones al principio de igualdad constitucional y solicita
requisitos que se pudieran cuestionar como discriminatorios, a saber: dominio
de la situación interna y del entorno municipal.
Los requisitos académicos de Administrador de Empresas con énfasis en
Gerencia o Gestión de Proyectos que se solicitan en el perfil estudiado no es
atinente a las funciones del puesto.
El requisito académico de Administrador de Empresas con énfasis en Gerencia
o Gestión de Proyectos, no es una especialidad atinente a la Ingeniería Civil
que es la otra carrera solicitada en los requisitos.
El nombre del puesto que se indica en el apartado 5. Descripción Estructural
del oficio MLC-EH-002-02018, no coincide con el propuesto en el apartado 1.
Objeto de Estudio.
Además, al no contar la modificación propuesta por la Administración Municipal
al perfil en cuestión en forma razonable con lo recomendado por la Auditoría
Interna y aprobado por el mismo órgano colegiado, nos encontramos ante una
posible contradicción de lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el
acuerdo Nro. 1-3 de la sesión extraordinaria 24-2017 y el acuerdo Nro. 2-2
tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018.
Por tal motivo, es necesario que el Concejo Municipal aclare en forma
razonada los motivos y justificaciones para aprobar la modificación del perfil de
marras sin que se cumpliera razonablemente lo antes mencionado, así como
solicitar al Acalde Municipal que en forma razonada explique por qué no realizó
lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo Nro. 1-3 de la sesión
extraordinaria 24-2017.
Finalmente, hasta tanto no se aclare lo antes expuesto no sería apropiado que
la Administración Municipal contrate o saque a concurso el puesto de marras,
ya que se podrían generar derechos y gastos basados en un perfil de puestos,
que entre otras cosas, presenta posibles violaciones al principio de igualdad
constitucional y solicita requisitos que se pudieran cuestionar como
discriminatorios.”
El acuerdo tomado sobre ese oficio, en la Sesión Extraordinaria nro. 04-2018,
indica que el Concejo Municipal envía el documento a la Comisión de Jurídicos
para que analice, estudie y dictamine y así tomar la resolución que
corresponda.
Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre del 2018, esta Auditoría Interna
desconoce qué resolución tomo el Concejo Municipal sobre el oficio de marras
o si discrepo sobre las recomendaciones de ese oficio.
Por tal motivo, por haber vencido el plazo establecido en la Ley General de
Control Interno y encontrase firme lo indicado en el oficio UAI-CONCEJO-015-
2018, se le solicita al Concejo Municipal, informar a la Auditoría Interna sobre
las acciones que implanto sobre lo expuesto en ese oficio en un plazo
razonable de 10 días naturales a partir del recibido de este oficio.
Esta solicitud, es parte del seguimiento que realiza esta Unidad Fiscalizadora
sobre los temas de advertencia puestos en conocimiento del órgano colegiado
municipal.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que si algún
compañero tiene algo que decir.

El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa
Cecilia, le pregunta al señor Secretario Municipal, de qué fecha es el
documento enviado por el señor Auditor Interno Municipal?.

El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal le manifiesta
que tiene fecha del 18 de octubre del 2018.
El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa
Cecilia, sigue manifestando




ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, oficio UAI-
CONCEJO-141-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor
Interno Municipal de La Cruz, en relación a la solicitud de información sobre el
acuerdo N°1-1 de la Sesión Extraordinaria N°04-2018, con el fin de que se
proceda a brindar respuesta. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A
FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio)

15.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-139-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de
octubre del 2018, en el cual el Reglamento de Organización y Funcionamiento
de la Auditoría Interna establece que a las convocatorias formales que realice
la Contraloría General de la República es obligatoria la asistencia del Auditor.
Debido a ello, les informo que el ente contralor me convoca a participar de un
taller relacionado con el proceso de implementación y aplicación de las Normas
Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los gobiernos locales,
que se desarrollará en las instalaciones de la Contraloría General, en el centro
de capacitación, el 05 y 07 de noviembre del 2018.
Por tal motivo, en esas fechas estaré atendiendo la convocatoria recibida.

La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que esa nota
que envía el señor Auditor no viene con la convocatoria que le hizo la
Contraloría, así que no tienen ningún que se le autorice, por lo que si algún
compañero tiene algo que decir.

El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que
no está de acuerdo que se le autorice, y razona su voto negativo, es una nota
del señor Auditor, pero esa nota debió adjuntar la convocatoria y como no viene
por eso no está de acuerdo.

La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que ella no
está de acuerdo. Que se le da por denegada la asistencia a ese taller porque
no adjunta la convocatoria de la Contraloría, levanten la mano los que estén de
acuerdo en que se autorice asista al taller, solo un voto a favor, José Manuel
Vargas, por lo tanto se da por denegada, que sea firme, definitivo y se dispensa
de trámite de comisión.

Los señores regidores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte
Huertas, Guiselle Bustos Chavarría y Gloria Monestel Monestel: regidora
suplente en ejercicio dicen que no están de acuerdo, que se da por denegado
con uno a favor: José Manuel Vargas Cháves.
Con el agregado anterior los señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, deniega la
asistencia al Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La
Cruz, a la convocatoria por parte de la Contraloría General de la República, al
taller relacionado con el proceso de implementación y aplicación de las Normas
Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los Gobiernos Locales, a
llevarse a cabo los días 05 y 07 de noviembre del año en curso en las
instalaciones de la Contraloría General de la República, esto por motivo de que
no se adjunta el documento de convocatoria por parte de la Contraloría General
de la República. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y
SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 4 VOTOS A FAVOR
(Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio) 1
voto en contra (José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en
ejercicio)

16.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-138-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de
octubre del 2018, en el cual el numeral 2.2.3 de las Normas para el ejercicio de
la Auditoría Interna en el sector público, establece:

“El plan de trabajo anual de la auditoría interna y el requerimiento de recursos
necesarios para su ejecución, se debe dar a conocer al jerarca, por parte del
auditor interno. Asimismo, se deben valorar las observaciones y solicitudes
que, sobre los contenidos de ese plan, plantee esa autoridad en su condición
de responsable principal por el sistema de control interno institucional.
(…)”.
Por lo anterior y en cumplimiento de la normativa citada les adjunto el plan
anual de la Auditoría para el año en 2019, anuente a cualquier sugerencia u
observación de necesidades del solemne Concejo Municipal, antes del 31 de
octubre del 2018, para proceder analizar y valorar la viabilidad correspondiente.

La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que el
documento es muy extenso, por lo tanto que se le saque una copia y se le
suministre a cada miembro del Concejo, para que en casa se estudie, analice y
en próxima sesión se le da la resolución correspondiente, que sea firme,
definitivo y se dispensa de trámite de comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba que se le
saque fotocopia al oficio UAI-CONCEJO-138-2018, firmado por el Lic. Gledys
Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación al
Programa anual de trabajo para el año 2019, para efectos de que sea
estudiado y analizado, y así proceder a tramitarlo en otra sesión. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL
TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares
Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas
Chaves: Regidor Suplente en ejercicio).

17.- Se conoce oficio UT-MLC-C446-2018, firmado por el señor Jesús Santana
Quintanilla, Promotor Social de la Unidad Técnica de Gestión Vial, de fecha 18
de octubre del 2018, en el cual solicita al honorable Concejo Municipal
proceder a efectuar el trámite denominado:

Juramentación de Comité de Caminos por el Concejo Municipal.

El comité de caminos de la comunidad de San Fernando del distrito de La Cruz
requiere ser juramentado por el honorable Concejo Municipal.
Solicito muy respetuosamente que según su agenda me indiquen el día y la
hora que puedan asignarnos un espacio en su honorable Concejo para la
juramentación y de esta manera poder convocar a los miembros del respectivo
comité.

El juramento, según el artículo 194 constitucional, debe pronunciarse así:

“¿Juráis a Dios y prometéis a la patria, observar y defender la
constitución y las leyes de la república, y cumplir fielmente los deberes
de vuestro destino?

Si, juro.”

Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no Él y la patria os lo demanden.
El Comité queda conformado de la siguiente manera:

Comité de Caminos de Los Ángeles
Nombre                      Cédula                    Cargo
Celeste Fernández Meléndez  5-0378-0604               Presidente
Sergio Fernández Meléndez   7-0264-0069               Vicepresidente
Stephanie Picado Bonilla    1-1671-0963               Secretaria
Jonathan Condega Vásquez    5-0407-0564               Tesorera
Álvaro Gutiérrez Barrios    5-0281-0476               Vocal 1
Mirian Saballos Ríos        5-0295-0067               Vocal 2
Marlene del Socorro Cháves 155824838907               Vocal 3
Cano
Jerónimo Osegueda Ubeda     8-0067-0566               Fiscal

Es importante mencionar que el proceso de conformación de dicho
comité se realizó de una forma democrática, en donde las personas que
se presentaron a la convocatoria de conformación de comité de caminos
(Con Previa Invitación a toda la comunidad) pudieron elegir a sus
representantes mediante votación.

La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que se
autorice al señor Alcalde Municipal para la debida juramentación, y también de
una vez que se tome un acuerdo general, donde quede autorizado para que de
acá en adelante todos los comités de caminos que surjan en el Cantón de la
Cruz, sean juramentados por el señor Alcalde municipal, levanten la mano los
que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de
comisión.

Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores.

ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite y autoriza al
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, oficio N° UT-
MLC-C446-2018, firmado por el señor Jesús Santana Quintanilla, Promotor
Social de la Unidad Técnica e Gestión Vial Municipal de la Cruz, para que
proceda a la juramentación del Comité de Caminos de San Fernando de la
Cruz Guanacaste, asimismo se le autoriza para que los siguientes Comités de
Caminos del Cantón de la Cruz, que se promuevan, sean juramentados por el
señor Alcalde Municipal de la Cruz, y no por el Concejo Municipal, en aras de
ser más expedito este trámite. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE
DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca
Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.

                            ARTICULO TERCERO

                             CIERRE DE SESION

Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:45 horas.



Blanca Casares Fajardo                  Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez

Presidenta Municipal                    Secretario Municipal