Extraordinaria 21 · 2018-10-21
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- ~ Acuerdo (pág. 11) · aprobado te el documento ALDE-JS-0337-2018, el señor Junnier Alberto Salazar Tobal-Alcalde, solicita al Concejo Municipal, ratificar el acuerdo nro. III.15 de …
- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado Administrativo Socioeconómico Municipal, modalidad de Servicios Especiales a tiempo completo como Profesional Municipal 1 (PM1), a su vez, autoriza al…
- ~ Acuerdo (pág. 17) · firme · aprobado a Rodríguez Quesada, Intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en el cual solicitan la colaboración para la compra de aliment…
- ~ Acuerdo (pág. 19) · firme · aprobado echos atinentes. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica …
- ~ Acuerdo (pág. 20) · firme · aprobado s atinentes. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Muni…
- ~ Acuerdo (pág. 20) · firme · aprobado rsos Humano calcular el monto respectivo. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordina…
- ~ Acuerdo (pág. 21) · firme · aprobado imiento al artículo 165 del código Municipal. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coor…
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado udie, analice y realice ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de…
- ~ Acuerdo (pág. 25) · aprobado los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste. Toma nota de la copia de oficio UIA-ALCALDE-142-2018, firmado por e…
- ~ Acuerdo (pág. 27) · firme · aprobado or José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, sigue manifestando ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, rem…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado Municipal de La Cruz, a la convocatoria por parte de la Contraloría General de la República, al taller relacionado con el proceso de implementación y …
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado te, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUER…
MUNICIPALIDAD
LA CRUZ
Acta de Sesión Extraordinaria # 21-2018, celebrada el día 21 de octubre del
año 2018, a las 16:15 horas, con la asistencia de los señores miembros:
Blanca Casares Fajardo Presidenta Municipal
Carlos Ugarte Huertas Regidor Propietario
Guisselle Bustos Chavarría Regidora Propietaria
Gloria Monestel Monestel Regidora Suplente en ejercicio
Manuel Vargas Chaves Regidor Suplente en Ejercicio
María Argentina Lara Lara Regidora Suplente
Zeneida Quirós Chavarría Sindica Propietaria
José Reynaldo Fernández Sindico Supl. Santa Cecilia
Jeannette Ramírez Rodríguez Sindica Suplente en ejerc. Santa Elena
Mary Casanova López Síndica Propietaria
Otros funcionarios: Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal, Licda.
Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal, y Lic. Carlos Miguel
Duarte Martínez: Secretario Municipal, y con la siguiente agenda:
1.- Punto Único
A.- Modificación Presupuestaria Número 07-2018 y 17 documentos de
Correspondencia.
2.- Cierre de Sesión.
ARTICULO PRIMERO
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 07-2018 Y 17
DOCUMENTOS DE
CORRESPONDENCIA.
1.- Se conoce oficio N° ALDE-JS-0367-2018, firmado por el señor Junnier
Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 24 de octubre
del año 2018, en el cual remite Plan Anual Operativo de la Modificación
Presupuestaria Número 07-2018 y Modificación Presupuestaria Nº. 07-2018
por la suma de ¢213, 125,342.04 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES, CIENTO
VEINTE Y CINCO MIL, TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS, CON 04/100), la
cual fue elaborada con la siguiente finalidad:
- Darle contenido presupuestario a la subpartida programa, I.01 de la
Administración central, de Mantenimiento de Edificios, con el fin de
recargar los extintores del edificio central, ya que se encuentran
vencidos. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez,
Directora Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa, I.03 y I.01
de la Administración central, Equipo y mobiliario de oficina, para la
compra de un Aire acondicionado y a la partida de Materiales y
productos, eléctricos, telefónico y de computo, para la compra de una
UPS. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga Rodríguez, Directora
Financiera. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01, II.02,
II.04 y II.11 correspondiente al salario escolar, con sus respectivas
cargas sociales. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga
Rodríguez, Directora Financiera. Los recursos se rebajan del programa I
de la administración central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.04 de
transferencia, con el fin de dar recursos a la Federación Costarricense S
ciclismo, Asociación de Desarrollo de Santa Cecilia, para las
celebraciones de desfiles navideños. Asociación de Desarrollo de Santa
Elena (Cuajiniquil), para construcción de parada de Buses, distrito Santa
Elena. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los
recursos se rebajan del programa I de la Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central, la partida de mantenimiento de vehículo, así
como la partida de Edificio para mejoras de la infraestructura del Edificio
Municipal (cambio de láminas de zinc del edificio principal). Dicha
solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
de servicios generales. Los recursos se rebajan del programa I de la
Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central la partida de Equipo y mobiliario, para la compra
de estantes para el Archivo Municipal. Dicha solicitud fue realizada por la
Lic. Rosa Obregón Álvarez, Directora Administrativa. Los recursos se
rebajan del programa I de la Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central, la partida de prestaciones legales, para la
cancelación de las prestaciones de los siguientes exfuncionarios:
Albín Zambrana Rodríguez ¢3,255,533.51
Anival Rivas Martínez ¢333,270.91
Cristian Vargas Canales ¢305,275.61
Richar Abarca Sánchez ¢498,543.10
Miguel Fallas Castro ¢572,861.71
Nelsy Torres Víctor ¢250,000.00
Así como también se incrementa la partida de Anualidades, con sus
respectivas cargas sociales, para la cancelación, por este derecho al
funcionario Miguel García Umaña, encargado del Archivo Municipal.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01 de Aseo de
Vías y Sitios Públicos. A la partida de jornales con sus respectivas cargas
sociales. Ya que a la fecha se cuenta con un bajo contenido presupuestario, Lo
anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña, Encargada del Departamento de
Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo programa II.01.
-Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.02 de
Recolección de Basura, a las partidas de viáticos, materiales metálicos y a
prestaciones Legales, para cancelar al exfuncionario Henry Ortiz Ríos. Lo
anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo programa II.02. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.03 de Mantenimiento de Caminos y Calles, la partida de Retribución por años servidos, ya que, según reporte del departamento de Recursos Humanos, el monto disponible es insuficiente para terminar el periodo 2018. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa II.03. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.09 de Educativo, Culturales y Deportivos, la partida de Servicio de agua, para pagos de servicios básicos y las partidas de otros alquileres, otros servicios de gestión y apoyo, para la celebración de actividades culturales y recreativas de fin de año. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa II.09. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.10 de Servicios Sociales y Complementarios, las partidas de Equipo y mobiliario de oficina, transporte dentro del país, para cumplir con el desarrollo de las diferentes actividades y programación durante el año. Lo anterior a solicitud de la Lic. Saylin Bonilla Morales, de la oficina de Gestión Social. Los recursos se rebajan del mismo programa II.10. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.11 de Estacionamiento y Terminales, la partida de Jornales con sus respectivas cargas sociales, con el fin de cumplir con los salarios de la vigilancia de la terminal de Buses e instalaciones municipales. Dicha solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento de servicios generales. Los recursos se rebajan del mismo programa II.11. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.25 de Protección del medio Ambiente, la partida de Jornales con sus respectivas cargas sociales, para el personal de Recolección de materiales valorizables, así como también dar recursos a la partida de Mantenimiento y reparación de equipo de transporte, para la reparación del camión marca Isuzu. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del programa II.16 y II.25. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.01.02 Casa de la Música, se pasan recursos de la partida Equipo y mobiliario educacional, a la partida de Edificios, para el proyecto de la construcción de la casa de la Música. Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño Delgado, director urbano y rural Municipal. Los recursos se rebajan del mimo programa III.01.02. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.02.08. la partida de vías de comunicación terrestres y recursos de la Unidad Técnica de Gestión Vial, viáticos, seguros y vías de comunicación terrestre. Para la ejecución de obras, según acuerdo de la junta vial cantonal. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Karla Larios Guevara, directora de la Unidad Técnica de Gestión Vial. Los recursos se rebajan del mismo programa III. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.16, protección del medio ambiente, la partida de indemnizaciones, el programa II.09 la partida de Jornales y tiempo extraordinario con sus respectivas cargas sociales y el
programa II.11, las partidas de Jornales y tiempo extraordinario, con sus respectivas cargas sociales. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los recursos se rebajan del programa III de inversiones a los programas II. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.04, de coordinación y planificación, se rebaja de la partida de Equipo y mobiliario educacional, para incrementar la partida de Otras construcciones y mejoras. Para cumplir con las metas establecidas por el departamento de planificación. Dicha solicitud fue realizada por la Lic. Karla Valverde Jiménez, del departamento de Coordinación y Planificación. Los recursos se rebajan del mismo programa III. -Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.17, Iluminación de polideportivo la Cruz, la partida de otras construcciones y mejoras. Se rebaja dek programa III.06.15 de actividades de capacitación. Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño Delgado, Director Urbano y Proyectos Municipales, los recursos se rebajan del programa III. Cabe mencionar que dicha modificación requiere la aprobación de las dos terceras partes del Concejo Municipal, debido a que se están modificando de un programa a otro. (Artículo 109 del Código Municipal). La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que ya escucharon la Modificación Presupuestaria N° 07-2018, si alguien quiere externar, sino acá están los funcionarios municipales que trabajan en esta Modificación para cualquier duda, don Gustavo Briceño: Encargado de Presupuesto y Rodolfo Gómez Jiménez, don Gustavo para que explique. El señor Lic. Gustavo Briceño Álvarez, Encargado de Presupuestos, les manifiesta las buenas tardes a todos, realmente se hizo como lo pidieron Ustedes, igual como lo leyó el compañero Carlos Miguel(Secretario), esto se hace por peticiones que hacen los diferentes Departamentos Municipales, , por las necesidades básicas, ya casi es fin de año y los recursos actuales son deficitarios, de ahí la modificación para reforzarlos, si tienen alguna duda, son necesidades de gastos fijos, implementar jornales, para el cuido de las instalaciones municipales, esto es previendo al 31 de diciembre del 2018, pero pueden surgir otras necesidades, si hicieron varios cambios que los explica, alguna duda con gusto. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice las buenas tardes a todos, pregunta sobre las prestaciones legales de los exfuncionarios municipales que van incluidos en la modificación, quisiera saber en qué época laboraron?. El señor Lic. Gustavo Briceño Álvarez, Encargado de Presupuestos les informa, que el señor Albin Zambrana, laboró en vigilancia del CECUDI y el Centro del Adulto Mayor, del 18-marzo del año 2013 al 31 de julio del 2018, cálculos hechos por el Depto. De Recursos Humanos, el señor Henry Ortiz Ríos, desde el 1 de enero del 2018 hasta el 30-agosto-2018, Aníbal Rivas Martínez del 1 abril del 2018 al 1 de julio del 2018(se lo detalla), Richard Abarca Sánchez, del
1 de setiembre del 2015 al 1 de mayo del 2018, Miguel Fallas Castro(jardinero)
del 1 de setiembre del 2015 al 1 de julio del 2018.
El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice El señor
Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les dice, que está bien claro,
espera que no hayan errores nada más.
El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, les
dice que suerte y que dicha de tener una explicación como las que les han
dado hoy, y se ve que el Lic. Gustavo Briceño tiene aplomo y sustento legal,
para que el Concejo Municipal lo Apruebe, ojalá que en las próximas
modificaciones sean igual y le den la misma estructura y qué lástima que no
estén dos de los compañeros regidores para que hubieran quedado
satisfechos, el Lic. Gustavo Briceño es transparente y Claro y lo felicito.
La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que
ya no hay más dudas, ´por lo tanto somete a votación, levanten la mano los
que estén de acuerdo que se apruebe la modificación presupuestaria N° 07-
2018, por un monto de ¢213, 125,342.04, que sea definitivo, firme y se
dispensa de trámite de comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba la
Modificación Presupuestaria Nº 07-2018, por la suma de ¢213, 125,342.04
(DOSCIENTOS TRECE MILLONES, CIENTO VEINTE Y CINCO MIL,
TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS COLONES CON 04/100), la cual fue
elaborada con la siguiente finalidad:
- Darle contenido presupuestario a la subpartida programa, I.01 de la
Administración central, de Mantenimiento de Edificios, con el fin de
recargar los extintores del edificio central, ya que se encuentran
vencidos. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez,
Directora Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa, I.03 y I.01
de la Administración central, Equipo y mobiliario de oficina, para la
compra de un Aire acondicionado y a la partida de Materiales y
productos, eléctricos, telefónico y de computo, para la compra de una
UPS. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga Rodríguez, Directora
Financiera. Los recursos se rebajan del mismo programa I.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01, II.02,
II.04 y II.11 correspondiente al salario escolar, con sus respectivas
cargas sociales. Lo anterior a solicitud de la Lic. Laura Moraga
Rodríguez, Directora Financiera. Los recursos se rebajan del programa I
de la administración central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.04 de
transferencia, con el fin de dar recursos a la Federación Costarricense S
ciclismo, Asociación de Desarrollo de Santa Cecilia, para las
celebraciones de desfiles navideños. Asociación de Desarrollo de Santa
Elena (Cuajiniquil), para construcción de parada de Buses, distrito Santa
Elena. Dicha solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los
recursos se rebajan del programa I de la Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central, la partida de mantenimiento de vehículo, así
como la partida de Edificio para mejoras de la infraestructura del Edificio
Municipal (cambio de láminas de zinc del edificio principal). Dicha
solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
de servicios generales. Los recursos se rebajan del programa I de la
Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central la partida de Equipo y mobiliario, para la compra
de estantes para el Archivo Municipal. Dicha solicitud fue realizada por la
Lic. Rosa Obregón Álvarez, Directora Administrativa. Los recursos se
rebajan del programa I de la Administración Central.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa I.01 de la
administración central, la partida de prestaciones legales, para la
cancelación de las prestaciones de los siguientes exfuncionarios:
Albín Zambrana Rodríguez ¢3,255,533.51
Aníbal Rivas Martínez ¢333,270.91
Cristian Vargas Canales ¢305,275.61
Richard Abarca Sánchez ¢498,543.10
Miguel Fallas Castro ¢572,861.71
Nelsy Torres Víctor ¢250,000.00
Así como también se incrementa la partida de Anualidades, con sus
respectivas cargas sociales, para la cancelación, por este derecho al
funcionario Miguel García Umaña, encargado del Archivo Municipal.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.01 de
Aseo de Vías y Sitios Públicos. A la partida de jornales con sus
respectivas cargas sociales. Ya que a la fecha se cuenta con un bajo
contenido presupuestario, Lo anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña,
Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se
rebajan del mismo programa II.01.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.02 de
Recolección de Basura, a las partidas de viáticos, materiales metálicos y
a prestaciones Legales, para cancelar al exfuncionario Henry Ortiz Ríos.
Lo anterior a solicitud de la Ing. Geraldy Peña Álvarez, Encargada del
Departamento de Gestión Ambiental. Los recursos se rebajan del mismo
programa II.02.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.03 de
Mantenimiento de Caminos y Calles, la partida de Retribución por años
servidos, ya que, según reporte del departamento de Recursos
Humanos, el monto disponible es insuficiente para terminar el periodo
2018. Lo anterior a solicitud de la Lic. Rosa Obregón Álvarez, directora
Administrativa. Los recursos se rebajan del mismo programa II.03.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.09 de
Educativo, Culturales y Deportivos, la partida de Servicio de agua, para
pagos de servicios básicos y las partidas de otros alquileres, otros
servicios de gestión y apoyo, para la celebración de actividades
culturales y recreativas de fin de año. Lo anterior a solicitud de la Lic.
Rosa Obregón Álvarez, directora administrativa. Los recursos se rebajan
del mismo programa II.09.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.10 de
Servicios Sociales y Complementarios, las partidas de Equipo y
mobiliario de oficina, transporte dentro del país, para cumplir con el
desarrollo de las diferentes actividades y programación durante el año.
Lo anterior a solicitud de la Lic. Saylin Bonilla Morales, de la oficina de
Gestión Social. Los recursos se rebajan del mismo programa II.10.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.11 de
Estacionamiento y Terminales, la partida de Jornales con sus
respectivas cargas sociales, con el fin de cumplir con los salarios de la
vigilancia de la terminal de Buses e instalaciones municipales. Dicha
solicitud fue realizada por Pamela Guevara Salgado, del departamento
de servicios generales. Los recursos se rebajan del mismo programa
II.11.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.25 de
Protección del medio Ambiente, la partida de Jornales con sus
respectivas cargas sociales, para el personal de Recolección de
materiales valorizables, así como también dar recursos a la partida de
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte, para la reparación
del camión marca Isuzu. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Geraldy
Peña Álvarez, Encargada del Departamento de Gestión Ambiental. Los
recursos se rebajan del programa II.16 y II.25.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.01.02
Casa de la Música, se pasan recursos de la partida Equipo y mobiliario
educacional, a la partida de Edificios, para el proyecto de la construcción
de la casa de la Música. Dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto
Briceño Delgado, director urbano y rural Municipal. Los recursos se
rebajan del mimo programa III.01.02.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.02.08. la
partida de vías de comunicación terrestres y recursos de la Unidad
Técnica de Gestión Vial, viáticos, seguros y vías de comunicación
terrestre. Para la ejecución de obras, según acuerdo de la junta vial
cantonal. Dicha solicitud fue realizada por la Ing. Karla Larios Guevara,
directora de la Unidad Técnica de Gestión Vial. Los recursos se rebajan
del mismo programa III.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa II.16,
protección del medio ambiente, la partida de indemnizaciones, el
programa II.09 la partida de Jornales y tiempo extraordinario con sus
respectivas cargas sociales y el programa II.11, las partidas de Jornales
y tiempo extraordinario, con sus respectivas cargas sociales. Dicha
solicitud fue realizada por el Señor Alcalde Municipal. Los recursos se
rebajan del programa III de inversiones a los programas II.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.04,
de coordinación y planificación, se rebaja de la partida de Equipo y
mobiliario educacional, para incrementar la partida de Otras
construcciones y mejoras. Para cumplir con las metas establecidas por
el departamento de planificación. Dicha solicitud fue realizada por la Lic.
Karla Valverde Jiménez, del departamento de Coordinación y
Planificación. Los recursos se rebajan del mismo programa III.
- Darle contenido presupuestario a la subpartida del programa III.06.17,
Iluminación de polideportivo la Cruz, la partida de otras construcciones y
mejoras, se rebaja del programa III.06.15, de actividades de
capacitación, dicha solicitud fue realizada por el Lic. Gilberto Briceño
Delgado, Director Urbano y Proyectos Municipales. Los recursos se
rebajan del mismo programa III. Todo por cuanto es de necesidad,
prioridad e importancia y así no entorpecer la labor Municipal, la cual se
adjunta. APROBADO DEFINITIVAMENTE, EN FIRME Y SE DISPENSA
DE TRÁMITE DE COMISIÓN por 5 votos a favor: Blanca Casares
Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría,
Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel
Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.
2.- Se conoce oficio PANI-OIL-OF-306-2018, firmado por Licda. Mariam García
Quesada, Trabajadora Social y Licda. Ena Espinoza Mena, Trabajadora Social
Patronato Nacional de la Infancia, de fecha 11 de octubre del 2018, en el cual
este medio un cordial saludo de la Oficina Local de Liberia del Patronato
Nacional de la Infancia, quién ha aunado esfuerzos para la conformación de
Juntas de Protección a la Niñez y a la Adolescencia en diferentes cantones a
nivel nacional.
Dichas organizaciones de base comunitaria están sustentadas en el Código de
la Niñez y la Adolescencia y la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la
Infancia, creadas con el propósito de trabajar a nivel local en la promoción y
defensa de los derechos de las personas menores de edad, por un período de
vigencia de dos años. Las Juntas de Protección están integradas por un
representante del Patronato Nacional de la Infancia, un representante de la
Municipalidad, un representante del sector educativo, tres representantes
comunales y un representante de la población adolescente mayor de 15 años y
menor de dieciocho años de edad. Razón por cual se hace de su conocimiento,
que se renovará la Junta de Protección del Cantón de la Cruz. Por tal motivo se
les solicita que se designe a una persona que formará parte del Tribunal de
Elecciones, quien será el encargado de verificar se cumpla con todos los
procesos establecidos para la elección de los miembros de la Junta de Protección de Niñez y Adolescencia. Es importante que confirme esta selección a la coordinación de la Oficina Local del PANI de Liberia a más tardar el 18 de octubre de 2018, a los correos electrónicos Iiberia@pani.go.cr o Ivenepas@pani.go.cr ya que el 24 de octubre 2018 a las 10.00 a.m. se juramentará a dicho Tribunal para que ejerza las funciones respectivas el día de la Asamblea Popular Comunal de renovación de Junta. La Asamblea Popular Comunal, donde se elegirán a los representantes comunales y al adolescente se realizará el día 26 de octubre 2018 en el Salón Parroquial de la Iglesia Católica de la comunidad de La Cruz, a las 9:00 a.m. No está de más hacer extensiva nuestra invitación al Concejo en pleno para que nos honren con su presencia en dicho evento. La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que la señora Gloria Monestel dice que ella está de acuerdo en formar parte del Tribunal de Elecciones, y la señora Licda. Rosa Emilia Molina como representante del Concejo Municipal ante el Junta de Protección, por lo tanto somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se nombren a estas dos señoras, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, nombra a la señora Licda. Rosa Emilia Molina Martínez, Vicealcaldesa Municipal de la Cruz, como representante del Concejo Municipal de la Cruz, ante la Junta de Protección a la Niñez y a la Adolescencia del Cantón de la Cruz Guanacaste, y se nombra a la señora regidora Gloria Monestel Monestel, como representante del Concejo Municipal para que forme parte del Tribunal de Elecciones, quien será encargada de verificar se cumpla con todos los procesos establecidos para la elección de los miembros de la Junta de Protección de Niñez y Adolescencia del Cantón de la Cruz, asimismo asistirán a la Asamblea Popular Comunal, a celebrarse el próximo 26 de octubre del 2018, a las 9am en el auditorio Municipal de la Cruz. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio. 3.- Se conoce documento firmado por el señor William Rodríguez Solís, En cargado de proceso DIFEMADRO, Ministerio de la Presidencia, Instituto Costarricense sobre Drogas, de fecha 23 de octubre del 2018, en el cual solicita sus buenos oficios a fin que se tome un acuerdo para recibirles en Sesión Extraordinaria el día 13 de noviembre del año en curso, cuya finalidad es hacer la presentación titulada “Drogas y Patrones Socio Demográficos de Costa Rica: una visión transversal”. La señora Blanca Casares Fajardo, presidente municipal les manifiesta que ya se había acordado sesionar extraordinariamente el pasado 02 de octubre 2018, pero por motivos de la huelga de desistió, ahora se reprograma fecha, ya
Liberia les recibirá el 14 de noviembre y por ello solicitan sesionemos el 13 de noviembre 2018, a las 4 pm, así que somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que sea ese día, quedan oficialmente convocados los presentes hoy, convóquese a los ausentes, que se convoque a participar, a las Instituciones Educativas, Juntas de Educación, Administrativas, la CCSS, el Ministerio de Salud, Comité Cantonal de Deportes, Asociación de Asaciones de Desarrollo, al Comando Norte, Cruz Roja, Cámara de Turismo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, sesionará extraordinariamente el próximo 13 de noviembre del 2018, a las 4:00 p.m., en el salón de sesiones de la Cruz Guanacaste, ubicado costado este de la Terminal de Buses, cuya finalidad es atender a los funcionarios del Instituto Costarricense sobre Drogas e Instituto de Fomento y Asesoría Municipal(IFAM), dentro de la Propuesta de Proyectos Municipales (ICD-IFAM) se hará la presentación titulada “ Drogas y Patrones Socio Demográficos de Costa Rica: una visión transversal”, de suma importancia y necesidad, por lo que oficialmente quedan convocados los miembros del Concejo Municipal el día de hoy presentes, convóquese a los ausentes, asimismo a los representantes de Juntas de Educación y Administrativas, de la Caja Costarricense del Seguro Social, Ministerio de Salud, Asociación de Asociaciones de Desarrollo, Cruz Roja Costarricense, Comando Norte, Comité Cantonal de Deportes y Recreación, Cámara de Turismo, todos del Cantón de la Cruz. APROBADO DEFINITIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio. 4.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO 131-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 09 de octubre del año 2018, en el cual el artículo 34 de la ley General de Control Interno se prohíbe a los auditores realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia, dentro de las cuales podría mencionar la de advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir al órgano consultante en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un criterio en punto a situaciones o casos específicos cuya decisión involucra al personal administrativo. Además, el artículo 22 de ley de marras establece como competencia de las Auditorías asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. Es por ello, que a continuación se realiza la siguiente advertencia sobre el asunto de este oficio.
Mediante el documento ALDE-JS-0337-2018, el señor Junnier Alberto Salazar Tobal-Alcalde, solicita al Concejo Municipal, ratificar el acuerdo nro. III.15 de la Sesión Ordinaria nro. 18-2016, el cual dicto lo siguiente: “ACUERDAN: El Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste, aprueba estudio de justificación para la creación del puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía como personal de confianza, en la clase de Profesional Municipal tres (PM3) con un salario base de ¢661.417.00, a tiempo completo. ACUERDO APROBADO. Tres votos a Favor (Blanca Casares Fajardo, Marvin Tablada Aguirre y Carlos Ugarte Huertas y dos en contra Florencio Acuña Ortiz y Guiselle Bustos Chavarría).” En el estudio de justificación aprobado en el acuerdo supra, se establece que el puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía se crea como personal de confianza, amparando al artículo 118 del Código Municipal (Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542 "Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal" del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo 118 al 127). Ese artículo, establece que son funcionarios de confianza los contratados a plazo fijo por las partidas antes señaladas (servicios especiales) para brindar servicio directo al alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal. En vista de la solicitud realizada en el documento ALDE-JS-0337-2018, el Concejo Municipal toma el acuerdo nro.2-10 de la Sesión Ordinaria nro.39- 2018: “ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, ratifica el Acuerdo Municipal número III.15 de la Sesión Ordinaria Número 18-2016, mediante el cual se aprueba la creación del Puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía como personal de confianza, en la clase Profesional Municipal Tres (PM3), a tiempo completo y Acuerdo Municipal 1-3 de la Sesión Extraordinaria Número 12-2018, mediante el cual aprueban la creación de la plaza de Asesor Administrativo Socioeconómico Municipal, modalidad de Servicios Especiales a tiempo completo como Profesional Municipal 1 (PM1), a su vez, autoriza al señor Alcalde Municipal, Junnier Alberto Salazar Tobal, para que realice la contratación de dicho personal de confianza, a partir del 01 de agosto de 2018 y que para tales efectos, se utilicen los recursos económicos de la partida de Servicios Especiales de remuneraciones, código presupuestario número I.01.0.01.03 del Presupuesto Ordinario 2018. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 1 VOTO EN CONTRA (Marvin Tablada Aguirre)” Sin embargo, en el acuerdo nro.2-10 de la Sesión Ordinaria nro.39-2018, no se establece ningún razonamiento legal, técnico o jurídico que permita subsanar lo indicado en el oficio UAI-CONCEJO-120-2018 y en el oficio UAI-CONCEJO- 122-2018, que contienen la advertencia sobre la contratación del puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía como personal de confianza sin la debida aprobación de la plaza en la de servicios especiales para el año 2018, tanto por el Concejo Municipal y la Contraloría General de la República y la creación de la plaza de Asesor Administrativo Socioeconómico Municipal, modalidad de Servicios Especiales, respectivamente.
Es menester mencionar que el principio de jerarquía normativa permite establecer el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para solucionar las contradicciones que se presenten entre normas de distinto rango. Este principio lo encontramos consagrado en el artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública, el cual expresamente señala: “Artículo 6º.- 1. La jerarquía de las fuentes del ordenamiento jurídico administrativo se sujetará al siguiente orden: a) La Constitución Política; b) Los tratados internacionales y las normas de la Comunidad Centroamericana; c) Las leyes y los demás actos con valor de ley; d) Los decretos del Poder Ejecutivo que reglamentan las leyes, los de los otros Supremos Poderes en la materia de su competencia; e) Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y los reglamentos de los entes descentralizados; y f) Las demás normas subordinadas a los reglamentos, centrales y descentralizadas. 2. Los reglamentos autónomos del Poder Ejecutivo y los de los entes descentralizados están subordinados entre sí dentro de sus respectivos campos de vigencia. 3. En lo no dispuesto expresamente, los reglamentos estarán sujetos a las reglas y principios que regulan los actos administrativos.” En relación con este principio, la Procuraduría General de la República en su jurisprudencia administrativa señaló: “Uno de los límites fundamentales de la potestad reglamentaria es precisamente el principio de jerarquía normativa. El ordenamiento jurídico administrativo es una unidad estructural dinámica en la que coexisten y se articulan una serie de distintas fuentes del Derecho. La relación entre esas diversas fuentes se ordena alrededor del principio de la jerarquía normativa, según el cual se determina un orden riguroso y prevalente de aplicación, conforme lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública; es decir, se trata de saber cuándo una fuente es superior a otra y, en caso de conflicto, desaplicar la de inferior rango.” Por ello, al ser la Constitución Política, la norma de mayor rango jurídico y constitucional, es necesario que se consideren los principios en ella establecidos para proceder con cualquier subsanación legal. Esta establece entre otras cosas lo siguiente: “ARTÍCULO 175.- Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución. ARTÍCULO 176.- “El presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la administración pública, durante todo el año económico. En ningún caso el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables. Las Municipalidades y las instituciones autónomas observarán las reglas anteriores para dictar sus presupuestos.
El presupuesto de la República se emitirá para el término de un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre.” ARTÍCULO 184.- Son deberes y atribuciones de la Contraloría: Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República; No se emitirá ninguna orden de pago contra los fondos del Estado sino cuando el gasto respectivo haya sido visado por la Contraloría; ni constituirá obligación para el Estado la que no haya sido refrendada por ella; 2) Examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las Municipalidades e instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación; 3) Enviar anualmente a la Asamblea Legislativa, en su primera sesión ordinaria, una memoria del movimiento correspondiente al año económico anterior, con detalle de las labores del Contralor y exposición de las opiniones y sugestiones que éste considere necesarias para el mejor manejo de los fondos públicos; 4) Examinar, glosar y fenecer las cuentas de las instituciones del Estado y de los funcionarios públicos; 5) Las demás que esta Constitución o las leyes le asignen.” Sobre esta línea de tema Sala Constitucional ha indicado lo siguiente en varias sentencias: “El presupuesto de la República se emite por el término de un año, que va del primero de enero al treinta y uno de diciembre, según dispone la Constitución Política en su artículo 176. Lo anterior determina que el principio de anualidad del presupuesto esté tutelado constitucionalmente y que coincida con el año calendario. Conforme con lo expuesto, en el párrafo primero del citado artículo, se establece que el presupuesto ordinario "comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la Administración Pública, durante el año económico". (Sentencia 7598-94, 4907-95).” “La misma sala también ha indicado “… el principio de anualidad del presupuesto esté previsto constitucionalmente y que coincida con el año calendario. De este principio se deriva la regla general de que el Presupuesto deba ser ejecutado en su totalidad en el ejercicio económico para el cual fue aprobado...” (Sentencia 7157-05).” “El principio de anualidad del Presupuesto de la República está tutelado constitucionalmente y coincide con el año calendario, que va del primero de enero al treinta y uno de diciembre, según dispone la Constitución Política en su artículo 176, párrafo tercero. La regla general consiste en que el Presupuesto debe ser ejecutado en su totalidad en el ejercicio económico para el cual fue aprobado. Esta Sala con anterioridad –sentencia número 2000- 11528, de las catorce horas del veintiuno de diciembre de dos mil- validó una excepción a este principio de anualidad que estaba prevista en la anterior Ley de la Administración Financiera de la República, número 1279, del dos de mayo de mil novecientos cincuenta y uno, en su artículo 50. En aquella oportunidad la Sala sostuvo que era una excepción válida al principio de anualidad presupuestaria que permitía la liquidación o reconocimiento de los compromisos y deudas a cargo del Estado que se encuentren pendientes de efectiva cancelación, con el fin de no dejar en indefensión ni causarle inseguridad jurídica o no pago a sus acreedores, quienes tienen el derecho de ser retribuidos en virtud de esos compromisos adquiridos. Sin embargo, la vigente Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en su artículo 46, eliminó esa excepción legal sin que ello implique
una infracción a la Constitución Política que, como ya se dijo, establece el principio de anualidad. En consecuencia, esta norma tampoco resulta inconstitucional.” Sentencia 9567-08 “…el principio de anualidad presupuestaria, que delimita el ámbito temporal de eficacia del presupuesto, es decir, el período de tiempo en el cual el presupuesto despliega sus efectos jurídicos…" Sentencia 14348-09 Por otro lado, la Contraloría General de la República, refiriéndose a lo que establece la Ley General de Administración Pública, norma de menor rango que la Constitución política, indico lo siguiente: “Por su parte, el numeral 188 del mismo cuerpo normativo dispone: “Artículo 188.- Cuando el vicio del acto relativamente nulo consista en la ausencia de una formalidad sustancial, como una autorización obligatoria, una propuesta o requerimiento de otro órgano, o una petición o demanda del administrado, éstos podrán darse después del acto, acompañados por una expresa manifestación de conformidad con todos sus términos. Lo anterior no podrá aplicarse a la omisión de dictámenes ni a los casos en que las omisiones arriba indicadas produzcan nulidad absoluta, por impedir la realización del fin del acto final. El saneamiento producirá efecto retroactivo a la fecha del acto saneado.” Lo anterior conduce a observar las clases de nulidad, siendo que la invalidez puede manifestarse como nulidad absoluta o relativa considerando la gravedad de la conducta, ya que, en tal sentido, el artículo 223 del citado cuerpo normativo señala que: “Artículo 223.- Sólo causará nulidad de lo actuado la omisión de formalidades sustanciales del procedimiento. Se entenderá como sustancial la formalidad cuya realización correcta hubiere impedido o cambiado la decisión final en aspectos importantes, o cuya omisión causare indefensión.” (El resaltado no es del original). En ese sentido normativo, se advierte que es posible recurrir a la figura del saneamiento siempre y cuando se esté frente a actos relativamente nulos, toda vez, que los actos absolutamente nulos no pueden ser saneados ni convalidados. Recuérdese que de acuerdo con la doctrina, el saneamiento “... es una forma singular de convalidación consistente en la posibilidad de conservación de actos que han omitido formalidades sustanciales en las que se requería la intervención de otro órgano o del administrado” (SABORÍO VALVERDE, Rodolfo, Eficacia e invalidez del acto administrativo, San José, Editorial Alma Mater, 1986, p. 87). Congruente con lo anterior, será necesario en este caso, determinar la naturaleza de la nulidad, para lo cual se debe aplicar los supuestos contemplados en el numeral 223 de la Ley General de la Administración Pública. Bajo esa línea, se establece que será sustancial la formalidad cuya realización correcta hubiere impedido o cambiado la decisión final en aspectos importantes, o bien si la omisión causare indefensión.” También, la misma Contraloría General de la República, refiriéndose a lo que establece la Ley General de Administración Pública, indico lo siguiente sobre el numeral 188 del mismo cuerpo normativo lo siguiente: “Dicho de otro modo, el saneamiento consiste en la conservación del acto administrativo con un vicio de nulidad relativa que ha omitido una formalidad
sustancial, la cual según la gravedad en él contenida se puede dictar después del acto, también con efecto retroactivo a la fecha del acto saneado. Al respecto, la Procuraduría General de la República ha referenciado que cuando se está de frente a actuaciones previas que se instituyen como una autorización administrativa, comprendido en el ámbito de la competencia de verificación del cumplimiento de una disposición legal, se ha entendido ésta como una declaración de voluntad administrativa constitutiva que consiste en un acto administrativo de control, por el que se faculta a un órgano o entidad para desplegar cierta actividad o comportamiento, con efectos jurídicos a futuro y que su omisión produce la ilicitud de la actividad material y la invalidez del acto jurídico realizado sin ella. (…) Siendo así que, el órgano o ente autorizante debe ponderar adecuadamente el cumplimiento de los presupuestos de nuestro ordenamiento jurídico que posibilitan excepcionalmente el acto administrativo con eficacia retroactiva, en el sentido que los supuestos de hecho necesarios existieron a la fecha a que se retrotraería la eficacia del acto.” Por lo expuesto antes, se concluye que el acuerdo nro.2-10 de la Sesión Ordinaria nro.39-2018, carece del análisis que determiné la naturaleza de la nulidad, para lo cual se deben aplicar los supuestos contemplados en el numeral 223 de la Ley General de la Administración Pública. También, se concluye que el mismo acuerdo no se aprueba explícitamente la plaza ni los recursos presupuestarios para el puesto de Asesor Administrativo (a) de Alcaldía como personal de confianza para el ejercicio económico del año 2018 y tampoco se aprueban los recursos presupuestarios para el puesto de Asesor Administrativo Socioeconómico Municipal para el mismo ejercicio económico, actos iniciales necesarios para contrataciones de esa naturaleza. Además, para subsanar la situación expuesta en el oficio UAI-CONCEJO-120- 2018 y UAI-CONCEJO-122-2018, se debe de considerar los principios presupuestarios establecidos en la Constitución política, Código Municipal, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley General de Administración Pública y Normas Técnicas de Presupuesto Públicos emitidas por la Contraloría General de la República, lo que permitirá garantizar a la ciudadanía que se están utilizando recursos públicos de manera transparente y apego total al bloque de legalidad. Así las cosas, considerado lo expuesto en este oficio, así como, lo que establece la Ley General de Control Interno en los artículos números 36, 37, 38 y 39, se recomienda que el Concejo Municipal en conjunto con la Administración Municipal, proceda a subsanar el tema de contrataciones puesto en conocimiento por esta Auditoría Interna en los oficios UAI- CONCEJO-120-2018 y UAI-CONCEJO-122-2018, en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de notificado de este oficio, considerando para ello las normas legales supracitadas. El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal les dice que esto ya fue subsanado en la sesión anterior, pero escuchando a este señor Auditor pareciera que no necesita asistente legal. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice como lo dice el señor Alcalde Municipal ya se subsanó, el señor Auditor dice que aún falta y
no se siente satisfecho, le hace falta un asistente legal para los razonamientos legales, así que la idea es pasarle al señor Alcalde para que le diga que ya se subsanó ese asunto. El señor Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente distrito Santa Cecilia les agrega, dice que una vez más, que lástima que el señor Gledys tenga que oír el audio mañana, o pasado, para darse cuenta de lo que estamos diciendo hoy, como me gustaría que se haga presente allá atrás, para que oiga directamente lo que nosotros pensamos de él, por lo menos yo, él viene hablando en una estructura, sumamente lógicamente documentada pero, sumamente especial en cuanto al acomodamiento de palabras técnicas, de esa manera nos da a entender como lo dijo el señor Alcalde, que no necesita un ayudante, un asesor o alguien que lo acompañe, que tenga piedad de nosotros un poquito, no está viendo que nosotros también nos estamos jugando sin asesor legal, solos, sin embargo las cosas por gracias de Dios nos están saliendo bien, él habla mucho de las ratificaciones de los acuerdos, habló también de la plaza de Asesor Administrativo, y cita de donde cogieron los presupuestos, del presupuesto ordinario 2018, y se anima a hablar de razonamiento legal, cita también de la Sala Constitucional que de hecho tan se lee, que uno no puede ni siquiera apuntar de lo que se trata, lo único que veo es de la Ley 223 de la Ley General, les digo se anima a decir razonamiento legal, porque lo primero que este señor debería de hacer y venimos como loros repitiendo, es decirle a este Concejo, señores se está cometiendo esto señores que se puede subsanar de esta manera, antes de que comience a hacer las cosas, no como recursos transparente y habla también y dice que se están cogiendo fondos públicos, pero si él está auditando bien y para que no se cojan fondos públicos en su debido tiempo, porqué espera que pase el tiempo, Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, hace de conocimiento al señor Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de la Cruz, que en contestación a su oficio N° UAI-CONCEJO-131-2018, de fecha 09 de octubre del 2018, según acuerdo N° 2-7 de la Sesión Ordinaria N° 40-2018, celebrada el día 11 de octubre del 2018, se subsano N° 2-10 de la Sesión Ordinaria N° 39-2018, el cual literalmente dice: “ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba que se aclara el Acuerdo N° 2-10, de la Sesión Ordinaria N° 39-2018, verificada el día 04 de Octubre del año 2018, en el sentido de que este Concejo Municipal al ratificar el Acuerdo N° III.15 de la Sesión Ordinaria N° 18-2016 y el Acuerdo N° 1-3 de la Sesión Extraordinaria Número 12-2018, por lo que expresamente acuerda es APROBAR PARA EL AÑO 2018, tanto la creación de la Plaza de Asesor Administrativo de Alcaldía, en la clase profesional 3 (PM3), a tiempo completo, como la plaza de Asesor Administrativo Socioeconómico de Alcaldía, en la clase Profesional Municipal 1 (PM1), a tiempo completo, bajo la modalidad de personal de confianza, cuyos Perfiles se encuentran debidamente incorporados en el Manual de Puesto de esta Municipalidad; además, este Concejo Municipal reitera la autorización para que el señor Alcalde, Junnier Alberto Salazar Tobal, disponga de los fondos económicos suficientes contenidos en la partida presupuestaria con código I.01.0.01.03 del
Presupuesto Ordinario 2018, para sufragar la remuneración de las plazas aprobadas. De esta manera, este Concejo Municipal, manifiesta su conformidad con todos los términos del Acto administrativo de nombramiento sobre las plazas aprobadas y la utilización de los recursos económicos suficientes contenidos en la partida mencionada para cubrir los gastos de dichos nombramientos, efectuados por el señor Alcalde desde el día 01 de agosto del año 2018, por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 188.1 y 188.3 de la Ley General de la Administración Pública, quedan saneados los Actos Administrativos descritos y por ende se retrotraen sus efectos al día 01 de agosto del año 2018.” APROBADO Y SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 2 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, y Carlos Manuel Ugarte Huertas con uno en contra: Marvin Tablada Aguirre.” APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio. 5.- Se conoce oficio IC-544-2018, firmado por la señora Cinthya Rodríguez Quesada, Intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, de fecha 08 de octubre del 2018, en el cual solicitan la colaboración para la compra de alimentos para perros y gatos, Productos de higiene personal, menaje, maquinaria para limpieza de calles y ríos y alimentos no perecederos, dado las fuertes lluvias que provocaron inundaciones. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, documento firmado por la señora Cinthya Rodríguez Quesada, Intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en el cual solicitan la colaboración para la compra de alimentos para perros y gatos, Productos de higiene personal, menaje, maquinaria para limpieza de calles y ríos y alimentos no perecederos, dado las fuertes lluvias que provocaron inundaciones, esto con el fin, de que se proceda analizar, estudiar y coordinar dentro de las posibilidades Municipales para brindar la colaboración solicitada. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 6.- Se conoce documento, firmado por el señor Miguel Ángel Solís Badilla, Administrador Transportes Deldu, S.A, de fecha 04 de octubre del 2018, en el cual solicita, la aprobación de cambio de local comercial, en la Terminal de buses municipal de la Cruz, ya que el que tienen es el N° 09 y como el local N° 01 está desocupado, por lo solicita se permita ese cambio, del local N° 09 al Local N° 01, que vendría a mejorar al usuario, a los niños, adultos mayores,
mujeres embarazadas y demás, porque les serviría para protegerse de la lluvia, el sol y demás, están anuente a realizar todas las mejoras y acondicionarlo. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, escrito firmado por el señor Miguel Ángel Solís Badilla, Administrador de Transportes Deldu S.A. en Peñas Blancas de La Cruz Guanacaste, en la que solicita cambiar el local N° 09 por el local N° 01 en la Terminal de Buses de la Cruz. Esto para efectos de que realice consulta legal, si es factible, y si fuere factible se autoriza para que realice la gestión pertinente. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio. 7.- Se conoce oficio NNE-461-2018, firmado por Jonathan Bonilla Córdoba, Procurador/Notario del Estado, de fecha 11 de octubre del 2018, dirigido al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, en el cual solicitan requerimientos de información complementaria para la formalización de la escritura pública, cuyo objeto es la expropiación de la finca N° 5-054223- 000, plano G-1906696-2016, mide 222 m2, para que se hagan aclaraciones, modificaciones a acuerdos, autorizaciones al señor Alcalde Municipal actual. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, solicita al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que en relación al Oficio N°NNE-461-2018, enviado por el Lic. Jonathan Bonilla Córdoba, Procurador/Notario del Estado, donde solicita información complementaria para la formalización de escritura pública, sobre expropiación de finca 5-054223-000, plano G-1906696-2016, y que mide 222 M2, proceda a aclarar y justifique conforme al ordenamiento jurídico, sobre el monto a pagar que se dice que es de un área 222,12 M2, cuando la expropiación de la finca es por 222M2. Asimismo se adopta el acto administrativo de expropiación de la finca N° 5-54223, se autoriza al señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, para que comparezca ante la Notaría del Estado a suscribir la escritura de expropiación requerida de la finca de marras, dejando sin efecto el acuerdo N° III.8 de la señor Ordinaria N° 32-2015 del 17- setiembre-2015, por cuanto la autorización otorgada en ese entonces(2015)recayó en el Alcalde Municipal, Carlos Matías Gonzaga Martínez, quien actualmente no ocupa el cargo de Alcalde de la Municipalidad de la Cruz. También se autoriza al señor Alcalde Municipal para que por medio del Notario del Estado, no solo comparezca a otorgar el acto de compraventa a
favor de la Municipalidad, sino, además que solicite el cambio de la naturaleza de la finca, ya que actualmente dice “para construir con una casa”, ya que el procedimiento de expropiación es para Parque Central de la Cruz Guanacaste. Se le solicita al señor Alcalde Municipal que a la brevedad posible proceda ante el Registro Nacional a realizar la anotación de la declaratoria de interés público, dicha expropiación, e informe a la Notaria del Estado el medio y la forma de pago de dicha expropiación, para que quede consignada en la escritura pública y certifique si la finca expropiada se encuentra al día en el pago de los impuestos municipales. Todo esto como información complementaria para la formalización de la escritura pública por parte de la Notaria del Estado de la Procuraduría General de la República. Quedando así aprobado el oficio N° NNE-461-2018 de la procuraduría General de la República. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio. 8.- Se conoce documento, firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex Vicealcalde Municipal de La Cruz, de fecha 16 de octubre, el cual contiene Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento de la vía administrativa, en el cual solicita: 1.- Que la corporación Municipal resuelva y agote resolutoriamente todos los recursos usados en tiempo y forma, sean internos o de jerarquía impropia. 2.- A partir de las actuaciones realizadas desde la disponibilidad de los derechos exigidos por su persona, se han ejecutado actos para continuar con el agotamiento de la vía administrativa, todo con el fin de exigir el cumplimiento de los derechos atinentes. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de La Cruz, el documento firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex vicealcalde Municipal de La Cruz, que contiene Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento de la Vía Administrativa, con el fin de que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 9.- Se conoce documento, firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez, Ex Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual contiene Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento de la vía administrativa, en el cual solicita:
1.- Que la corporación Municipal resuelva y agote resolutoriamente todos los recursos usados en tiempo y forma, sean internos o de jerarquía impropia. 2.- A partir de las actuaciones realizadas desde la disponibilidad de los derechos exigidos por su persona, se han ejecutado actos para continuar con el agotamiento de la vía administrativa, todo con el fin de exigir el cumplimiento de los derechos atinentes. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de La Cruz, el documento firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez, Ex alcalde Municipal de La Cruz, que contiene Decisión de continuidad del proceso hasta consumar el agotamiento de la Vía Administrativa, con el fin de que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio). 10.- Se conoce documento, firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez, Ex Alcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual contiene Solicitud de respuesta pronta y cumplida ante información solicitada, en el cual solicita se le cancele el aumento salarial, el cual debe incluir el 65% de la prohibición, conforme al artículo 15 de La Ley contra la Corrupción y enriquecimiento ilícito en la función pública, el período comprendido des año 2012 al 30 de abril del 2016, más aguinaldo proporcional, para lo cual solicita, ordenar al departamento de Recursos Humano calcular el monto respectivo. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de La Cruz, el documento firmado por el señor Carlos Matías Gonzaga Martínez, Ex alcalde Municipal de La Cruz, que contiene Solicitud de respuesta y cumplida ante información solicitada, con el fin de que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 11.- Se conoce documento, firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex Vicealcalde Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre, el cual contiene
Solicitud de respuesta pronta y cumplida ante información solicitada, en el cual solicita: 1.- La ubicación actual del recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por su persona contra el acuerdo 2-6ª de la Sesión Ordinaria 28- 2018 y su correspondiente fundamentación. 2.- Los motivos jurídicos o fácticos que han retrasado la resolución de los recursos citados en pretensión número “1”, en claro incumplimiento al artículo 165 del código Municipal. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante la Licda. Arianna Badilla Vargas, Coordinadora de Gestión Jurídica Municipal de La Cruz, el documento firmado por el señor Luis Alonso Alán Corea, Ex vicealcalde Municipal de La Cruz, que contiene Solicitud de respuesta y cumplida ante información solicitada, con el fin de que sea estudiado, analizado y dictaminado en el tiempo de ley, para así tomar la resolución correspondiente. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 12.- Se conoce oficio UAI-CONCEJO-143-208, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual mediante el oficio UAI-CONCEJO-104-2018, se les informó que de acuerdo con los artículos números 36 y 37 de la Ley General de Control Interno, el plazo para discrepa sobre las recomendaciones emitidas en el oficio UAI-CONCEJO-057-2018, del 25 de mayo del 2018, conocido en la Sesión Ordinaria Nro. 21-2018, celebrada el día 31 de mayo del mismo año y recibido también por: Licda. Rosa Obregón Álvarez-Dirección Administrativa, Licda. Laura Moraga Rodríguez-Dirección Financiera, Licda. María Concepción Chacó Peña-Coordinadora de Recursos Humanos y al Sr. Junnier Alberto Salazar Tobal-Alcalde Municipal; ya venció. Por tal motivo, las recomendaciones emitidas por esta unidad fiscalizadora se encuentran firmes. Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre de 2018, el Concejo Municipal y el Alcalde Municipal, no han informado sobre las acciones implantadas para realizar los ajustes correspondientes y la recuperación de los dineros pagados, si corresponde en los casos específicos del municipio de La Cruz, aplicando los procedimientos correspondientes para cada uno de los casos que se detecten, en el tema del pago de prohibición a abogados contratados bajo el régimen de confianza, para lo cual, como se indicó en el oficio de marras, dicha revisión debe de abarcar el tema de pagos realizados anteriores a la fecha de los dictámenes emitidos por el órgano asesor, considerando que la norma que da vida a este pago en el régimen municipal fue reformada a partir del 12 de octubre del 2012; además de considerar lo indicado en el oficio CGR/DJ- 0637- 2018.
Por tal motivo, se solicita en un plazo razonable de 10 días naturales, a partir de la notificación de este oficio, se informe a la Auditoría Interna sobre las acciones implantadas para el cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el oficio UAI-CONCEJO-057-2018 y UAI- CONCEJO-104-2018, sobre el tema de dineros pagados como prohibición a abogados contratados bajo el régimen de confianza, puesto que como lo establece la Ley General de Control Interno, el plazo para presentar cualquier discrepancia sobre dichas recomendaciones venció y las mismas se encuentran firmes. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice, si les parece pedirle la ayuda a la señora Licda. Arianna Badilla, Coordinadora de Gestión Jurídica, para que conteste este oficio, sin embargo don Carlos Ugarte quiere escuchar al señor Alcalde al respecto. El señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde municipal de la Cruz les dice que lo mejor es que se le envíe, para ver lo de los tiempos y efectivamente que se pase a al Departamento de Coordinación de Gestión Jurídica. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que ese documento el auditor ya lo envió al Concejo y dice que se debe devolver el dinero, pero ahora se dice que ya no se está pagando, por lo tanto a todo el que se le pagó debe devolver el dinero. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les manifiesta que entonces somete a votación, levanten la mano los que estén de acuerdo que se le pase al señor Alcalde Municipal, para que lo estudie, analice y realice ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, oficio UAI- CONCEJO-143-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación al seguimiento de gestiones relacionadas con el pago de prohibición a abogados contratados bajo el régimen de confianza, esto con el fin de que proceda a realizar las gestiones y acciones necesarias para resolver. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio). 13.- Se conoce copia de oficio UIA-ALCALDE-142-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual el pasado 15 de febrero del 2018 se le remitió el oficio UAI-CONCEJO-015-2018, el cual trata el asunto de la sobre modificación del perfil del puesto de Director Urbano y Rural Municipal. Entre otras cosas el oficio indica: “(…) Sobre ello, es necesario indicar que la actualización y ajuste del perfil propuesto por el Acalde Municipal no se ajusta a las conclusiones y
recomendaciones de la Auditoría Interna municipal dadas en el oficio UAI- CONCEJO-075-2017 y aprobado por el órgano colegiado, el cual debía de estar apegado al título V del Código Municipal y a los principios fundamentales de empleo público, igualdad, eficacia y eficiencia administrativa. Lo antes descrito se debe a que el perfil propuesto y aprobado mediante el acuerdo nro.2-2 tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018, del 26 de enero del año 2018, continúa presentado las siguientes debilidades a criterio de este servidor:
a. El perfil para el puesto de Dirección Gestión Urbano y Rural Municipal,
presenta posibles violaciones al principio de igualdad constitucional y
solicita requisitos que se pudieran cuestionar como discriminatorios, a
saber: dominio de la situación interna y del entorno municipal.
b. Los requisitos académicos de Administrador de Empresas con énfasis en
Gerencia o Gestión de Proyectos que se solicitan en el perfil estudiado no
es atinente a las funciones del puesto.
c. El requisito académico de Administrador de Empresas con énfasis en
Gerencia o Gestión de Proyectos, no es una especialidad atinente a la
Ingeniería Civil que es la otra carrera solicitada en los requisitos.
d. El nombre del puesto que se indica en el apartado 5. Descripción
Estructural del oficio MLC-EH-002-02018, no coincide con el propuesto en
el apartado 1. Objeto de Estudio.
Además, al no contar la modificación propuesta por la Administración Municipal
al perfil en cuestión en forma razonable con lo recomendado por la Auditoría
Interna y aprobado por el mismo órgano colegiado, nos encontramos ante una
posible contradicción de lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el
acuerdo Nro. 1-3 de la sesión extraordinaria 24-2017 y el acuerdo Nro. 2-2
tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018.
Por tal motivo, es necesario que el Concejo Municipal aclare en forma
razonada los motivos y justificaciones para aprobar la modificación del perfil de
marras sin que se cumpliera razonablemente lo antes mencionado, así como
solicitar al Acalde Municipal que en forma razonada explique por qué no realizó
lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo Nro. 1-3 de la sesión
extraordinaria 24-2017.
Finalmente, hasta tanto no se aclare lo antes expuesto no sería apropiado que
la Administración Municipal contrate o saque a concurso el puesto de marras,
ya que se podrían generar derechos y gastos basados en un perfil de puestos,
que entre otras cosas, presenta posibles violaciones al principio de igualdad
constitucional y solicita requisitos que se pudieran cuestionar como
discriminatorios.”
Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre del 2018, esta Auditoría Interna
desconoce las acciones tomadas por su despacho para la implantación de las
recomendaciones emitidas en ese oficio.
Por tal motivo, por haber vencido el plazo establecido en la Ley General de
Control Interno para presentar cualquier discrepancia y al encontrase firme lo
indicado en el oficio UAI-CONCEJO-015-2018, se le solicita informar a la
Auditoría Interna sobre las acciones que implanto sobre lo expuesto en ese
oficio en un plazo razonable de 10 días naturales a partir del recibido de este
oficio.
Esta solicitud, es parte del seguimiento que realiza esta Unidad Fiscalizadora sobre los temas de advertencia puestos en su conocimiento. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal, les dice que esto es una copia para el Concejo Municipal, por lo tanto levanten la mano los que estén de acuerdo que se tome nota al respecto. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste. Toma nota de la copia de oficio UIA-ALCALDE-142-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual el pasado 15 de febrero del 2018 se le remitió el oficio UAI- CONCEJO-015-2018, el cual trata el asunto de la sobre modificación del perfil del puesto de Director Urbano y Rural Municipal, por cuanto es una copia y es de conocimiento. ACUERDO APROBADO, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio). 14.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-141-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual en la Sesión Extraordinaria nro. 04-2018, del 07 de marzo del 2018, el Concejo Municipal conoció el oficio UAI-CONCEJO-015- 2018. Ese oficio de la Auditoría Interna trata el asunto de la sobre modificación del perfil del puesto de Director Urbano y Rural Municipal. Entre otras cosas el oficio indica: “(…) Sobre ello, es necesario indicar que la actualización y ajuste del perfil propuesto por el Acalde Municipal no se ajusta a las conclusiones y recomendaciones de la Auditoría Interna municipal dadas en el oficio UAI- CONCEJO-075-2017 y aprobado por el órgano colegiado, el cual debía de estar apegado al título V del Código Municipal y a los principios fundamentales de empleo público, igualdad, eficacia y eficiencia administrativa. Lo antes descrito se debe a que el perfil propuesto y aprobado mediante el acuerdo nro.2-2 tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018, del 26 de enero del año 2018, continúa presentado las siguientes debilidades a criterio de este servidor: El perfil para el puesto de Dirección Gestión Urbano y Rural Municipal, presenta posibles violaciones al principio de igualdad constitucional y solicita requisitos que se pudieran cuestionar como discriminatorios, a saber: dominio de la situación interna y del entorno municipal. Los requisitos académicos de Administrador de Empresas con énfasis en Gerencia o Gestión de Proyectos que se solicitan en el perfil estudiado no es atinente a las funciones del puesto.
El requisito académico de Administrador de Empresas con énfasis en Gerencia o Gestión de Proyectos, no es una especialidad atinente a la Ingeniería Civil que es la otra carrera solicitada en los requisitos. El nombre del puesto que se indica en el apartado 5. Descripción Estructural del oficio MLC-EH-002-02018, no coincide con el propuesto en el apartado 1. Objeto de Estudio. Además, al no contar la modificación propuesta por la Administración Municipal al perfil en cuestión en forma razonable con lo recomendado por la Auditoría Interna y aprobado por el mismo órgano colegiado, nos encontramos ante una posible contradicción de lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo Nro. 1-3 de la sesión extraordinaria 24-2017 y el acuerdo Nro. 2-2 tomado en la Sesión Extraordinaria Nro. 01-2018. Por tal motivo, es necesario que el Concejo Municipal aclare en forma razonada los motivos y justificaciones para aprobar la modificación del perfil de marras sin que se cumpliera razonablemente lo antes mencionado, así como solicitar al Acalde Municipal que en forma razonada explique por qué no realizó lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo Nro. 1-3 de la sesión extraordinaria 24-2017. Finalmente, hasta tanto no se aclare lo antes expuesto no sería apropiado que la Administración Municipal contrate o saque a concurso el puesto de marras, ya que se podrían generar derechos y gastos basados en un perfil de puestos, que entre otras cosas, presenta posibles violaciones al principio de igualdad constitucional y solicita requisitos que se pudieran cuestionar como discriminatorios.” El acuerdo tomado sobre ese oficio, en la Sesión Extraordinaria nro. 04-2018, indica que el Concejo Municipal envía el documento a la Comisión de Jurídicos para que analice, estudie y dictamine y así tomar la resolución que corresponda. Sin embargo, al día de hoy 18 de octubre del 2018, esta Auditoría Interna desconoce qué resolución tomo el Concejo Municipal sobre el oficio de marras o si discrepo sobre las recomendaciones de ese oficio. Por tal motivo, por haber vencido el plazo establecido en la Ley General de Control Interno y encontrase firme lo indicado en el oficio UAI-CONCEJO-015- 2018, se le solicita al Concejo Municipal, informar a la Auditoría Interna sobre las acciones que implanto sobre lo expuesto en ese oficio en un plazo razonable de 10 días naturales a partir del recibido de este oficio. Esta solicitud, es parte del seguimiento que realiza esta Unidad Fiscalizadora sobre los temas de advertencia puestos en conocimiento del órgano colegiado municipal. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que si algún compañero tiene algo que decir. El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, le pregunta al señor Secretario Municipal, de qué fecha es el documento enviado por el señor Auditor Interno Municipal?. El señor Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal le manifiesta que tiene fecha del 18 de octubre del 2018.
El señor José Reynaldo Fernández Vega, síndico suplente Distrito Santa Cecilia, sigue manifestando ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite ante el señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de La Cruz, oficio UAI- CONCEJO-141-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación a la solicitud de información sobre el acuerdo N°1-1 de la Sesión Extraordinaria N°04-2018, con el fin de que se proceda a brindar respuesta. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 15.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-139-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna establece que a las convocatorias formales que realice la Contraloría General de la República es obligatoria la asistencia del Auditor. Debido a ello, les informo que el ente contralor me convoca a participar de un taller relacionado con el proceso de implementación y aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los gobiernos locales, que se desarrollará en las instalaciones de la Contraloría General, en el centro de capacitación, el 05 y 07 de noviembre del 2018. Por tal motivo, en esas fechas estaré atendiendo la convocatoria recibida. La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que esa nota que envía el señor Auditor no viene con la convocatoria que le hizo la Contraloría, así que no tienen ningún que se le autorice, por lo que si algún compañero tiene algo que decir. El señor Carlos Manuel Ugarte Huertas, regidor propietario les manifiesta que no está de acuerdo que se le autorice, y razona su voto negativo, es una nota del señor Auditor, pero esa nota debió adjuntar la convocatoria y como no viene por eso no está de acuerdo. La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que ella no está de acuerdo. Que se le da por denegada la asistencia a ese taller porque no adjunta la convocatoria de la Contraloría, levanten la mano los que estén de acuerdo en que se autorice asista al taller, solo un voto a favor, José Manuel Vargas, por lo tanto se da por denegada, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. Los señores regidores: Blanca Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría y Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio dicen que no están de acuerdo, que se da por denegado con uno a favor: José Manuel Vargas Cháves.
Con el agregado anterior los señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, deniega la asistencia al Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, a la convocatoria por parte de la Contraloría General de la República, al taller relacionado con el proceso de implementación y aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los Gobiernos Locales, a llevarse a cabo los días 05 y 07 de noviembre del año en curso en las instalaciones de la Contraloría General de la República, esto por motivo de que no se adjunta el documento de convocatoria por parte de la Contraloría General de la República. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 4 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio) 1 voto en contra (José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio) 16.- Se conoce oficio UIA-CONCEJO-138-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual el numeral 2.2.3 de las Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el sector público, establece: “El plan de trabajo anual de la auditoría interna y el requerimiento de recursos necesarios para su ejecución, se debe dar a conocer al jerarca, por parte del auditor interno. Asimismo, se deben valorar las observaciones y solicitudes que, sobre los contenidos de ese plan, plantee esa autoridad en su condición de responsable principal por el sistema de control interno institucional. (…)”. Por lo anterior y en cumplimiento de la normativa citada les adjunto el plan anual de la Auditoría para el año en 2019, anuente a cualquier sugerencia u observación de necesidades del solemne Concejo Municipal, antes del 31 de octubre del 2018, para proceder analizar y valorar la viabilidad correspondiente. La señora Blanca Casares Fajado, Presidente Municipal les dice que el documento es muy extenso, por lo tanto que se le saque una copia y se le suministre a cada miembro del Concejo, para que en casa se estudie, analice y en próxima sesión se le da la resolución correspondiente, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de comisión. Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores regidores. ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, aprueba que se le saque fotocopia al oficio UAI-CONCEJO-138-2018, firmado por el Lic. Gledys Delgado Cárdenas, Auditor Interno Municipal de La Cruz, en relación al Programa anual de trabajo para el año 2019, para efectos de que sea estudiado y analizado, y así proceder a tramitarlo en otra sesión. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO, EN FIRME Y SE DISPENSA DEL TRAMITE DE COMISIÓN, POR 5 VOTOS A FAVOR (Blanca Casares Fajardo, Carlos Ugarte Huertas, Guiselle Bustos Chavarría, Gloria
Monestel Monestel: Regidora Suplente en ejercicio y José Manuel Vargas Chaves: Regidor Suplente en ejercicio). 17.- Se conoce oficio UT-MLC-C446-2018, firmado por el señor Jesús Santana Quintanilla, Promotor Social de la Unidad Técnica de Gestión Vial, de fecha 18 de octubre del 2018, en el cual solicita al honorable Concejo Municipal proceder a efectuar el trámite denominado: Juramentación de Comité de Caminos por el Concejo Municipal. El comité de caminos de la comunidad de San Fernando del distrito de La Cruz requiere ser juramentado por el honorable Concejo Municipal. Solicito muy respetuosamente que según su agenda me indiquen el día y la hora que puedan asignarnos un espacio en su honorable Concejo para la juramentación y de esta manera poder convocar a los miembros del respectivo comité. El juramento, según el artículo 194 constitucional, debe pronunciarse así: “¿Juráis a Dios y prometéis a la patria, observar y defender la constitución y las leyes de la república, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? Si, juro.” Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no Él y la patria os lo demanden. El Comité queda conformado de la siguiente manera: Comité de Caminos de Los Ángeles Nombre Cédula Cargo Celeste Fernández Meléndez 5-0378-0604 Presidente Sergio Fernández Meléndez 7-0264-0069 Vicepresidente Stephanie Picado Bonilla 1-1671-0963 Secretaria Jonathan Condega Vásquez 5-0407-0564 Tesorera Álvaro Gutiérrez Barrios 5-0281-0476 Vocal 1 Mirian Saballos Ríos 5-0295-0067 Vocal 2 Marlene del Socorro Cháves 155824838907 Vocal 3 Cano Jerónimo Osegueda Ubeda 8-0067-0566 Fiscal Es importante mencionar que el proceso de conformación de dicho comité se realizó de una forma democrática, en donde las personas que se presentaron a la convocatoria de conformación de comité de caminos (Con Previa Invitación a toda la comunidad) pudieron elegir a sus representantes mediante votación. La señora Blanca Casares Fajardo, Presidente Municipal les dice que se autorice al señor Alcalde Municipal para la debida juramentación, y también de una vez que se tome un acuerdo general, donde quede autorizado para que de acá en adelante todos los comités de caminos que surjan en el Cantón de la
Cruz, sean juramentados por el señor Alcalde municipal, levanten la mano los
que estén de acuerdo, que sea firme, definitivo y se dispensa de trámite de
comisión.
Por lo que en esto hubo conformidad de parte de los demás señores.
ACUERDAN: El Concejo Municipal de la Cruz Guanacaste, remite y autoriza al
señor Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, oficio N° UT-
MLC-C446-2018, firmado por el señor Jesús Santana Quintanilla, Promotor
Social de la Unidad Técnica e Gestión Vial Municipal de la Cruz, para que
proceda a la juramentación del Comité de Caminos de San Fernando de la
Cruz Guanacaste, asimismo se le autoriza para que los siguientes Comités de
Caminos del Cantón de la Cruz, que se promuevan, sean juramentados por el
señor Alcalde Municipal de la Cruz, y no por el Concejo Municipal, en aras de
ser más expedito este trámite. APROBADO DEFINTIVAMENTE, FIRME SE
DISPENSA DE TRAMITE DE COMISION, por 5 votos a favor: Blanca
Casares Fajardo, Carlos Manuel Ugarte Huertas, Guiselle Bustos
Chavarría, Gloria Monestel Monestel: regidora suplente en ejercicio y
José Manuel Vargas Cháves: regidor suplente en ejercicio.
ARTICULO TERCERO
CIERRE DE SESION
Al no haber más asuntos que tratar, se cierra la sesión a las 19:45 horas.
Blanca Casares Fajardo Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez
Presidenta Municipal Secretario Municipal