Ordinaria 17 · 2024-08-26

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 17 del 2024-08-26 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                        ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 17


Acta de la Sesión Ordinaria número 17-2024, celebrada por el Concejo Municipal de
Jiménez en la Sala de Sesiones de este ayuntamiento, el día veinte seis de agosto del
año dos mil veinticuatro, a las dieciocho horas con treinta y cinco minutos; con la
asistencia de los señores (as) regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y suplentes
siguientes:

REGIDORES PROPIETARIOS: Ana Cecilia Mazza Calvo - Presidenta Municipal, Dorlin

Hernández Sojo – Vicepresidente Municipal, José Jesús Camacho Ureña, Katia Calvo

Sanchez, Evelio Camacho Ulloa.

REGIDORES SUPLENTES: Alan Quesada Hernández, Gabriela Tafalla Ramírez,
Deyanira Vega Mora, Roy Mora Aguilar Fabián Méndez Pereira.


SÍNDICOS PROPIETARIOS: Carolyn Guevara Sojo - Distrito Juan Viñas, - Cristhian Sojo
Brenes – Distrito Pejibaye


SÍNDICOS SUPLENTES: Ronald Martínez Corrales – Distrito Juan Viñas, Wendy Calvo
Sánchez – Distrito Pejibaye.


Asisten los siguientes funcionarios:


ALCALDESA MUNICIPAL: Ana Isabel Azofeifa Pereira


                        ARTÍCULO I.         Apertura de la sesión




_________________________________________________________________________
                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
La señora Presidenta, Ana Cecilia Mazza Calvo, da las buenas tardes a los y las presentes;
luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy, el cual se aprobó en
forma unánime.


                    ARTÍCULO II.        Comprobación de quórum


Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que el mismo
está completo, al contarse con cinco Regidores (para este día 5 de 5).


                             ARTÍCULO III.      Audiencias

No hubo.


               ARTÍCULO IV.        Aprobación del Acta Ordinaria Nº 16


                                     ACUERDO 1º
No existiendo más objeciones ni más correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez,
somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 016 y la aprueba y ratifica en todos
sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores propietarios, Ana Cecilia
Mazza Calvo, Dorlin Hernández Sojo, José Jesús Camacho Ureña, Katia Calvo Sanchez,
Evelio Camacho Ulloa. DEFINITIVAMENTE APROBADO


        ARTÍCULO V.         Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia


   1. Oficio AL-CPASOC-0677-2024, fechado el 16 de agosto, emitido por la
      Licenciada Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones
      Legislativas II, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “… La
      Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de consulta obligatoria,
      dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 24.060, “LEY DE FOMENTO DE UNA



_________________________________________________________________________
                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      CONDICIÓN FÍSICA IDÓNEA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS POLICIALES”,
      cuyo texto me permito copiar de forma adjunta.

      De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
      Legislativa se les agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
      vence el 29 de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.



                                       ACUERDO 1°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión   Municipal    de   Seguridad,     para   su    análisis   y   posterior     dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO


   2. Oficio AL-CE23144-0207-2024, fechado el 16 de agosto, emitido por la
      Licenciada Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones
      Legislativas II, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La
      Comisión Especial de Infraestructura, dispuso consultar el proyecto de ley del
      Expediente N.º 24.347, “REFORMA AL ARTÍCULO 1 Y ARTÍCULO 1 BIS DE LA
      LEY DE CREACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, LEY N° 7798,
      PARA AUMENTAR EL MONTO MÁXIMO A INVERTIR PARA LOS
      MEJORAMIENTOS         PUNTUALES       CONSIDERADOS         PARTE     DE    LA
      CONSERVACIÓN VIAL”, el cual me permito copiar de forma adjunta.

      De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
      Legislativa se les agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
      vence el 29 de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.



                                       ACUERDO 2°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Obras Públicas, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO




_________________________________________________________________________
                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   3. Oficio AL-CE23144-0207-2024, fechado el 19 de agosto, emitido por la señora
      Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas III,
      Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “… La Comisión
      Permanente Especial de Asuntos Municipales, en virtud del informe de consulta
      obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su
      criterio sobre el proyecto de Ley Expediente n.° 24.241 “LEY PARA GARANTIZAR
      LA TRANSPARENCIA EN LA ELECCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO
      MUINICIPAL”, el cual se adjunta.
      De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
      Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
      vence el 30 de agosto y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
      La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
      respondiendo este correo, y en ese caso automáticamente contará con ocho días
      hábiles más, que vencerán el día 11 de setiembre de 2024. Esta será la única
      prórroga que esta comisión autorizará.


                                       ACUERDO 3°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se dispense de trámite de comisión, dar un
voto positivo a la consulta n° 24.241, que se notifique. DEFINITIVAMENTE APROBADO


   4. Oficio SM-RPA100-2024, fechado el 20 de agosto, emitido por el Concejo
      Municipal del Distrito de Tucurrique, quien les manifiesta lo siguiente “…
      Acatando lo dispuesto por el Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, con todo
      respeto, me permito transcribir, para su conocimiento y los fines consiguientes, el
      Acuerdo Unico, artículo V, de la sesión extraordinaria número 005-2024, celebrada
      por el Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, el día 19 de agosto del 2024, al
      ser las 18 horas con 00 minutos, en la Sala de Sesiones, el cual en su texto indica:
      CONSIDERANDO:



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     Que, de acuerdo con el Código Municipal, en su artículo 100 corresponde al Concejo
     Municipal aprobar el presupuesto ordinario para cada ejercicio económico.
     Que se ha llevado a cabo un proceso de planificación y concertación para la
     formulación del presupuesto ordinario del ejercicio 2025.
     Que se han evaluado las necesidades y prioridades del distrito en el ámbito social,
     económico y ambiental, así como las proyecciones de ingresos y gastos.
     Que el presupuesto propuesto cumple con los principios de transparencia, eficiencia
     y eficacia en el uso de los recursos públicos.
     POR TANTO, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES:
     PRIMERO: Aprobar el Presupuesto Ordinario para el Ejercicio Económico del año
     2025 y su respectivo Plan Operativo, por un monto de ₡ 570.210.006.82 cuyo texto
     se adjunta al presente acuerdo, en la forma presentada por el señor Esteban
     Madrigal Quirós Tesorero Municipal.
     SEGUNDO: Asignar los recursos necesarios para las diferentes áreas y programas
     que se contemplan en el presupuesto, priorizando las necesidades del Distrito de
     Tucurrique.
     TERCERO: Encomendar a la administración municipal la ejecución y seguimiento
     del presupuesto aprobado, asegurando la rendición de cuentas y la transparencia
     en el manejo de los recursos.
     CUARTO: Remitir el presupuesto aprobado a la Municipalidad de Jiménez, para que
     proceda con lo que corresponda, asegurando que se cumplan las normativas y
     procedimientos establecidos, ajustándolo a su estructura programática.
     QUINTO: Notificar a los departamentos y oficinas correspondientes para que
     procedan según lo establecido en este acuerdo. SE VOTA CON DISPENSA DE
     TRÁMITE DE COMISIÓN POR UNANIMIDAD, SE APRUEBA, CON CUATRO
     VOTOS A FAVOR DE LOS REGIDORES TREJOS SANCHEZ, ARAYA VEGA,
     SEGURA SOLANO, SANCHEZ MONTOYA. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
     APROBADO EN FIRME. Se toma nota



_________________________________________________________________________
                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   5. Oficio AL-CPEAMB-0372-2024, fechado el 20 de agosto, emitido por la señora
      Cinthya Diaz Briceño, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas IV,
      Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “… La Comisión
      Permanente Especial de Ambiente, en virtud del informe de consulta obligatoria del
      Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el
      proyecto de Ley Expediente N.°24.230 “REFORMA DEL ARTÍCULO 32, DE LA LEY
      N° 7554 DEL 4 DE OCTUBRE DE 1995 Y SUS REFORMAS, DENOMINADA LEY
      ORGÁNICA DEL AMBIENTE.”, el cual se adjunta.


     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
     vence el 30 de agosto 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
     La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
     respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que
     vencerán el día 11 de septiembre de 2024. Esta será la única prórroga que esta
     comisión autorizará


                                     ACUERDO 5°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Ambientales, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO


   6. Oficio DFOE-DEC-4175, fechado el 20 de agosto, emitido por la Contraloría
      General de la República, quien les manifiesta lo siguiente “…Este órgano
      contralor recibió su documento Nro. SC-2482-2024 del 31 de julio de 2024, mediante
      el cual, comunicaron la transcripción del acuerdo acuerdo 2°, inciso A, del Artículo
      X, adoptado por el Concejo de Jiménez en la sesión ordinaria Nro. 13 del 30 de julio
      del año en curso, donde a la letra se aprobó lo siguiente:



_________________________________________________________________________
                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     “Por Unanimidad, Instruir a la Secretaría del Consejo (sic) Municipal de Jiménez
     remitir al área de denuncias de la Contraloría General de la República la formal
     solicitud de investigar todo aquel aquí expuesto y emitir las recomendaciones u
     criterios correspondientes, (adjuntando todos los documentos mencionados en el
     considerando.) DEFINITIVAMENTE APROBADO.”. (La mayúscula y el destacado
     son del original).
     Al respecto, esta Área valoró la citada petición con base en los parámetros
     sustentados en los “Lineamientos para la atención de denuncias planteadas ante la
     Contraloría General de la República”1, -en adelante Lineamientos-, los cuales
     delimitan la potestad para investigar, además, establecen los requisitos esenciales
     para la interposición de ese tipo de trámites concernientes al uso indebido de fondos
     públicos y definen parámetros para evaluar los hechos presuntamente anómalos,
     con miras en determinar si procede o no su verificación. De esa normativa, los
     numerales 1° y 2°, establecen a la letra lo siguiente:
     “Artículo 1º—Ámbito de aplicación y competencia. Los presentes Lineamientos son
     aplicables a las denuncias que se presenten ante la Contraloría General de la
     República, que se refieran a posibles hechos irregulares relacionados con el uso y
     manejo de fondos públicos que afecten la Hacienda Pública en los términos
     definidos en los artículos 8, 9 y 22 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
     la República N° 7428, o en general con la normativa que integra el sistema de
     fiscalización superior.”. (El destacado es del original). “Artículo 2º—Requisitos de las
     denuncias que se presenten ante la Contraloría General de la República. Con el fin
     de contar con los elementos necesarios para realizar una adecuada valoración de la
     denuncia, la persona denunciante suministrará la siguiente información, con el
     mayor detalle que le sea posible:/ a) Descripción detallada del hecho presuntamente
     irregular, que permita identificar al menos qué sucedió, en qué entidad u organismo,
     lugar y cuándo. En esta descripción es importante que se mencionen todos aquellos
     elementos que ayuden a generar información de calidad, tales como: lugares,
     fechas, circunstancias y nombres./ b) Petición clara en relación con el hecho


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     denunciado./ c) El nombre de la persona presuntamente responsable, el puesto o la
     dependencia en la que se desempeña, o elementos que permitan su identificación./
     d) La eventual afectación causada a la Hacienda Pública./ e) Las pruebas con las
     que se cuente, las cuales serán valoradas por el Órgano Contralor.”. (El destacado
     es del original).
     Producto de los contenidos antecesores, seguidamente se exponen los
     fundamentos procedentes en el análisis de su requerimiento.
     1. Inicialmente, es conveniente circunscribir que la materia expuesta a esta sede
     contralora, está sustentada con el trámite y el manejo del presupuesto de la
     Municipalidad de Jiménez, en cuyo caso, deviene en necesario señalar la
     fundamentación del acuerdo de marras, conocida por el Concejo en la sesión
     ordinaria Nro. 13 del 30 de julio del año en curso, a saber:
     “2. Moción 001 presentada por (...) quien manifiesta lo siguiente: ‘…Considerando/
     1) El 8 de diciembre del 2023, mediante el oficio DFOE-LOC 2386, la División de
     Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
     de la Contraloría General de la República solicó (sic) específicamente para el tema
     de las plazas nuevas por cargos fijos y las plazas por servicios especiales lo
     siguiente:/ ‘(…) Suministrar la viabilidad financiera realizada por la Municipalidad de
     Jiménez para adquirir este tipo de compromisos en forma permanente, que
     demuestren la sostenibilidad financiera para hacer frente a las nuevas obligaciones
     salariales‘ (…)/ 2) El 20 de diciembre de 2023, mediante el oficio DFOE-LOC 2497,
     la referida División de Fiscalización indicó específicamente en el rubro de
     IMPROBACIONES 2.2.2. Gastos lo siguiente:/ ‘El contenido presupuestario en la
     partida Remuneraciones para la creación de 10 plazas por cargos fijos dado que la
     Municipalidad no remitió el estudio previo de viabilidad financiera que demuestre
     razonablemente la sostenibilidad financiera para adquirir obligaciones salariales de
     carácter permanente que sustente la aprobación de las plazas, situación que
     incumple los principios de universalidad e integridad y de sostenibilidad previstos en
     el artículo 176 de la Constitución Política’ (…)/ 3) El acuerdo del Honorable Concejo


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     Municipal de la Municipalidad de 1 Jiménez, N°1, inciso A, del artículo X, tomado en
     la sesión N°11, celebrada el día lunes 15 de julio del 2024, mediante el cual deroga
     el acuerdo N°2 de la sesión extraordinaria N°20, de las 16.30 del 6 de julio del 2023,
     el cual deja sin efecto el manual descriptivo de clases de puestos de la Municipalidad
     de Jiménez y el manual de organización de las clases de puestos de la Municipalidad
     de Jiménez y el manual de Organización y funciones de la Municipalidad de
     Jiménez./ 4) Tomando en cuenta el veto interpuesto el 19 de julio de 2024, mediante
     el oficio N°326-alji-2024, por la señora Ana Isabel Azofeifa Pereira, Alcaldesa
     Municipal de Jiménez interpuesto contra el acuerdo Municipal N° 1 Inciso A del
     Artículo X tomado en la Sesión N°11 Celebrada el día Lunes 15 de Julio del 2024./
     5) En vista de que en el punto cuatro del indicado oficio número N-326-16 ALJI-2024,
     la señora alcaldesa Asofeifa Pereira indica lo siguiente:/ ‘(…) Se modificaron y
     crearon plazas originando derechos laborales que al momento de derogar dejan en
     indefensión y vulnerabilidad legal a todos los funcionarios que se ven involucrados
     en este proceso./ 6) En virtud de todo lo anterior, queda claro que a pesar de que la
     Contraloría General de la República improbó el presupuesto para la creación de 10
     plazas por cargos vivos para el 2024, el proceso de creación de estas plazas ya dio
     inicio y, por ende, actualmente ya, algunas personas ejercen como funcionarios de
     la Municipalidad de Jiménez, ocasionando un grave perjuicio de las finanzas
     públicas./ POR TANTO:
     / (...) acuerde con dispensa de trámite de comisión y en acuerdo definitivamente
     aprobado:/ a) Instruir a la Secretaría del Consejo Municipal de Jiménez remitir al
     área de denuncias de la Contraloría General de la República la formal solicitud de
     investigar todo aquel aquí expuesto y emitir las recomendaciones u criterios
     correspondientes, (adjuntando todos los documentos mencionados en el
     considerando.)”. (La mayúscula, destacado y subrayado son del original).
     Sobre el particular, nótese la vinculación obrante en la materia precedente, con una
     serie de elementos técnicos y jurídicos, a cuenta de actos determinados y sin
     posibilidad recursiva, como otros propios de la gestión de ese Concejo, habida


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     cuenta de la potestades que ostenta, conforme los preceptos regulados en el Código
     Municipal, Ley Nro. 7794, en ese sentido, téngase presente el desarrollo continuo:
     a. La improbación presupuestaria de referencia, tiene su fundamento en el oficio
     contextualizado, en el cual, se mencionaron los motivos procedentes, ergo, se tiene
     un acto firme y definitivo, en cuyo caso, lo no aceptado, a la luz de los estudios
     realizados en su oportunidad, es materia vedada de ejecución en los términos
     propuestos, por tanto, su ejecución sin observancia a derecho, podría generar
     responsabilidades en sus diferentes esferas para los actores involucrados. En ese
     orden de ideas, las actuaciones determinadas por este órgano constitucional en el
     ejercicio de sus potestades presupuestarias, no poseen régimen recursivo, ello
     debidamente señalado en el inciso c), del ordinal 34 de la Ley Orgánica de la
     Contraloría General de la República, Nro. 7428. Con base en lo señalado, esta Área
     de Investigación omite referirse al fondo de los temas oportunamente valorados por
     su homóloga de Fiscalización para el Desarrollo Local, al ser materia debidamente
     valorada conforme el ordenamiento jurídico procedente. b. Lo relacionado con la
     aprobación de los presupuestos y el compromiso de los fondos, son extremos
     propios del Concejo, aunado a ello, dicho órgano colegiado debe crear las
     Comisiones especiales y permanentes, con miras en la gestión de los asuntos con
     incidencia en la administración del gobierno local, todo ello debidamente
     fundamentado en los ordinales 4, inciso b) y 13 incisos b), e) y n), de la norma
     municipal.
     Bajo la tesis de referencia, el control político, administrativo y financiero sobre el uso
     de los recursos, es una tarea fundamental del Concejo, quien en el ejercicio de tal
     potestad, debe sopesar las posibilidades legales y acordar el correcto uso de tales
     fondos.
     En dicho escenario, cobra relevancia el contenido de los numerales 40 y 49 del
     Código Municipal, donde se estableció lo siguiente:




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     “Artículo 40. - Cualquier funcionario municipal podrá ser llamado a las sesiones del
     Concejo, cuando este lo acuerde, y sin que por ello deba pagársele remuneración
     alguna.”.
     “Artículo 49- En la sesión del concejo posterior inmediata a la instalación de sus
     miembros, quien ocupa la presidencia nombrará a las personas integrantes de las
     comisiones permanentes, cuya conformación podrá variarse anualmente./ Cada
     concejo integrará, como mínimo, nueve comisiones permanentes: Hacienda y
     Presupuesto, Obras Públicas, Asuntos Sociales, Gobierno y Administración,
     Asuntos Jurídicos, Asuntos Ambientales, Asuntos Culturales, Condición de la Mujer,
     de Accesibilidad (Comad) y la de Seguridad. Al integrarlas, se procurará que
     participen en ellas todos los partidos políticos representados en el concejo municipal
     y sus integrantes serán escogidos de entre los regidores propietarios y suplentes.
     La Comisión Permanente de Seguridad podrá tener, en calidad de asesores, a los
     funcionarios de las fuerzas de policías presentes en el cantón, miembros de la
     sociedad civil y de asociaciones comunales./ (Así reformado el párrafo anterior por
     el artículo 2° de la Ley que faculta a los regidores suplentes a integrar con voz y
     voto, las comisiones permanentes de los concejos municipales, N° 10416 del 14 de
     noviembre de 2023)/ Podrán existir las comisiones especiales que decida crear el
     concejo. La persona que ejerce la presidencia municipal se encargará de integrarlas
     respetando el principio constitucional de paridad de género en su conformación./
     Cada comisión especial estará integrada al menos por tres miembros: dos deberán
     ser escogidos de entre las personas regidoras propietarias y suplentes. Podrán
     integrarlas las personas síndicas propietarias y suplentes; estas últimas tendrán voz
     y voto./ Las personas funcionarias municipales y las particulares podrán participar
     en las sesiones en calidad de asesoras.”. (El subrayado no es del original) De
     conformidad con lo expuesto, se denota el deber de integrar Comisiones, entre ellas,
     existe una de Hacienda y Presupuesto, en cuya generalidad, se deberá abocar al
     conocimiento y determinación sobre el uso de los recursos y su vinculatoriedad con
     el marco técnico y legal aplicable Inclusive, vale traer a colación lo señalado por la


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     Procuraduría General de la República en el dictamen Nro. C-237-2019 del 27 de
     agosto de 2019, respecto a las Comisiones, donde se indicó: “Las comisiones
     municipales permanentes y especiales son considerados como auxiliares del
     Concejo Municipal, a las cuales se les encomienda el estudio e intervención en
     asuntos o temas específicos de especial importancia para el cantón, cuyos
     dictámenes coadyuvan en la toma de decisiones del Concejo./ Su creación tiene su
     fundamento legal en el Código Municipal, donde se establece que el Concejo
     Municipal es quien debe crear las comisiones especiales y permanentes, y otorga la
     competencia al Presidente para nombrar a sus miembros y señalarles el plazo para
     rendir sus dictámenes./ (...) Sobre lo anterior, esta Procuraduría se ha referido de la
     siguiente manera:/ ‘(…) Ahora bien, aplicando la conceptualización realizada al ente
     territorial, se puede afirmar que, las Comisiones Municipales constituyen el órgano
     colegiado compuesto por el conjunto de Ediles a los que, por imperio de ley, el
     Presidente del Concejo nombra, les otorga el conocimiento de determinada materia,
     concediéndoles un lapso temporal determinado para que emitan los informes
     pertinentes al tópico que les correspondió.(…)’ (dictamen C-053-2014 del 24 de
     febrero del 2014)”. No menos importante, nótese con especial relevancia, la opción
     de contar con la participación de funcionarios municipales en las sesiones, en
     calidad de asesores, ergo, en temas presupuestarios, nada obsta para contar con el
     criterio del profesional del gobierno local, a efectos de orientar y verter criterio sobre
     la materia, teniendo en cuenta su experiencia y conocimiento, en aras de orientar la
     toma de decisiones propia del Concejo.
     Producto de la materia analizada, el órgano edil de Jiménez, es el responsable en
     las determinaciones adoptadas sobre el manejo presupuestario, en cuyo caso, la
     Ley Nro. 7794, señala como deberes de los regidores concurrir a las sesiones, votar
     en los asuntos sometidos a su decisión (afirmativo o negativo), desempeñar las
     funciones y comisiones que se les encarguen. Igualmente y derivado del ejercicio
     de los preceptos antecesores, dichos funcionarios también pueden formular
     mociones y pedir la revisión de los acuerdos.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     Con ocasión de lo anterior, los actos determinados por el Concejo, son asuntos de
     su exclusiva responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto por el Código
     Municipal y demás normativa con incidencia, por ende, los extremos acordados, no
     están sujetos a la emisión de recomendaciones por parte de esta Área, pues en tal
     escenario, no se puede sustituir el ejercicio de las potestades de administración
     activa propias de ese órgano público.
     2. En segundo orden, el trasfondo del acuerdo citado en este medio, referente con
     el tema de la inefectividad de los Manuales “descriptivo de clases de puestos”,
     “organización de las clases de puestos” y “Organización y funciones de la
     Municipalidad”, todos del gobierno local de Jiménez, son asuntos de incumbencia
     directa y tocante del Concejo, según lo dispuesto por los ordinales 4, inciso a) y 13,
     inciso c), del Código Municipal, donde se establece la obligación de dictar los
     reglamentos autónomos de organización, de servicio y cualquier otra disposición
     autorizada por el ordenamiento jurídico. Al amparo del citado deber y de modo
     complementario, los artículos 129 y 130 del Código de marras, establecen a groso
     modo, la necesidad de los diferentes gobiernos locales de adecuar y mantener
     actualizados sus diferentes Manuales de Puestos, instrumentos cuyo contenido
     deberá describir las tareas, deberes, responsabilidades, los requisitos mínimos de
     cada clase laboral, así como otras condiciones ambientales y de organización;
     pudiendo en tal escenario, contar con la colaboración de la Unión Nacional de
     Gobiernos Locales o la Dirección General de Servicio Civil.
     Bajo las ideas en desarrollo, la aprobación, actualización o estudio sobre la viabilidad
     de dichos instrumentos ordenadores del trabajo interno, son competencia del
     Concejo, quien deberá coordinar con la administración municipal el cumplimiento del
     precepto de referencia.
     Conforme la materia objeto de estudio, no es responsabilidad de esta sede
     contralora, la aprobación, improbación, definición, clasificación u otro tipo de
     acciones consecuentes respecto a los instructivos de organización municipal, tarea
     que como bien se dijo, responde a una potestad del ente local, debiendo en buena


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     teoría contar con la adecuada asesoría, sin demeritar los estudios técnicos, legales
     y presupuestarios, a efectos de sustentar el ajuste a la legalidad, aspectos sobre los
     cuales, en el oficio Nro. 07383 (DFOE-LOC-0630) del 2 de mayo de 2024, el Área
     de Fiscalización para el Desarrollo Local mencionó lo siguiente:
     “Toda municipalidad debe cumplir con el bloque de legalidad vigente en relación con
     la etapa de formulación y aprobación interna3, que es responsabilidad del jerarca y
     los titulares subordinados, la cual requiere que se realice un ejercicio de análisis
     serio, desde la perspectiva de la planificación, sobre la inversión de los limitados
     recursos públicos con los que se cuenta, para atender de la mejor forma las
     necesidades del cantón y lograr una distribución adecuada de conformidad con los
     objetivos, metas y prioridades contenidas en el plan operativo institucional./ Ese
     producto de la planificación es lo que ingresa al proceso presupuestario en la fase
     de formulación, que es en la que de modo preliminar corresponde determinar las
     cantidades a incluir en cada una de las partidas y subpartidas4 como la asignación
     óptima de los recursos disponibles, esto con el fin de ir dando forma al presupuesto
     institucional y con las que, de su ejecución, se espera que contribuyan a cumplir con
     los objetivos y metas previamente establecidos./ Lo anterior implica que para poder
     tener los recursos requeridos para cubrir la creación de plazas y hacer las
     asignaciones presupuestarias del caso, debe contar con los estudios técnicos y
     legales necesarios, si es que en realidad son requeridos, y calcular los montos de
     los gastos que se demandarán en su totalidad, como lo informan los principios de
     programación, exactitud, especialidad y sostenibilidad y, esto ocurrirá o tendrá lugar
     a partir de que sea aprobado por quien tiene la competencia de hacerlo5.”. (Las citas
     insertas son del original)2
     2 A la letra señalan:
     “3 Esto de conformidad con lo establecido por las Normas Técnicas sobre
     Presupuesto Público, n.°N-1-2012-DC-DFOE, emitidas mediante Resolución n.° R-
     DC-24-2012, publicada en el Alcance Digital n° 39 a La Gaceta n° 64, de 29 de
     marzo de 2012, y reformada por las resoluciones n.os R-DC-064-2013 y R-DC-073-


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     2020 del Despacho Contralor de las 15:00 horas de 09 de mayo de 2013, En ese
     orden de ideas, si los Manuales propuestos no cumplen a cabalidad los estándares
     y controles propios de la materia, será deber inexcusable de la Municipalidad de
     Jiménez, proponer con arreglo a derecho las medidas competentes, en aras de
     asegurar la continuidad de los servicios, los derechos laborales y el adecuado uso
     de los recursos públicos, siempre con observancia del principio de legalidad.
     3. Los postulados fundamentados en los apartados precedentes, contienen
     elementos relevantes para las autoridades del gobierno local, cuya discusión y
     demás acciones consecuentes, deberán enfocarse en la emisión de actuaciones
     apegadas a las buenas prácticas en lo técnico y legal, contexto vinculado a los
     deberes propios de la administración municipal, según lo estipulado en los ordinales
     8°, 10, 12 y 13 de la Ley
     General de Control Interno, Nro. 8292, a saber:
     “Artículo 8º-Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se
     entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la
     administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de
     los siguientes objetivos:/ a) Proteger y conservar el patrimonio público contra
     cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal./ b) Exigir
     confiabilidad y oportunidad de la información./ c) Garantizar eficiencia y eficacia de
     las operaciones./ d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.”. (El destacado
     es del original).
     “Artículo   10.-Responsabilidad    por   el   sistema   de   control   interno.   Serán
     responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener,
     perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será
     responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para
     garantizar su efectivo funcionamiento.”. (El destacado es del original).
     “Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de
     control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados
     les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:/ a) Velar por el


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo./ b) Tomar de
     inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o
     irregularidades./ c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones,
     recomendaciones y disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría
     General de la República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y
     fiscalización que correspondan.”. (El destacado es del original). publicada en la
     Gaceta n.° 101 y de las 08:00 de 18 de setiembre de 2020, publicada en el Alcance
     n.°
     266 de La Gaceta n° 245, respectivamente.”.
     “4 Los montos que se determinan e incluyen en esta etapa presupuestaria continúan
     en el ciclo presupuestario, lo que implica que luego de la formulación pasan a la
     etapa de discusión y aprobación y siguientes.”.
     “5 En el caso de las municipalidades el Concejo Municipal en el ejercicio de su
     competencia establecida por el legislador en el inciso e) del numeral 13 del Código
     Municipal.”. “Artículo 13.-Ambiente de control. En cuanto al ambiente de control,
     serán deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes:/
     a) Mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de sus deberes y
     obligaciones, así como contribuir con su liderazgo y sus acciones a promoverlos en
     el resto de la organización, para el cumplimiento efectivo por parte de los demás
     funcionarios./ (...) c) Evaluar el funcionamiento de la estructura organizativa de la
     institución y tomar las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de los
     fines institucionales; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico
     aplicable.”. (El destacado es del original). A la luz de la materia analizada, el acuerdo
     objeto de su interés, en su amplia vertiente, es un tema de necesaria revisión y ajuste
     del órgano edil, quien debe sopesar la procedencia de las medidas ajustadas a
     derecho, conforme las posibilidades otorgadas por el ordenamiento jurídico,
     coordinando las determinaciones con la parte administrativa del ente local. 4. No
     menos importante, se aprovecha el presente escrito para clarificar que la
     competencia de esta Área se circunscribe de modo muy general al estudio de


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     conductas contrarias al buen uso de los recursos públicos, en cuyo caso, de
     encontrarse manifiestas irregularidades, se emite un informe de investigación
     dirigido a la División Jurídica, con el objeto de solicitar la apertura de un
     procedimiento administrativo para averiguar la verdad real de los hechos, donde una
     vez ventilado y de ser procedente, se establezcan las sanciones correspondientes,
     previo cumplimiento del debido proceso y defensa previa, ordenados en nuestra
     legislación, sin demérito de acciones análogas a otras autoridades administrativas o
     judiciales.
     Conforme lo expuesto, esta Área no posee competencias para sustituir a la
     administración municipal en el ejercicio de sus potestades, máxime que en tales
     encargos la ley le demarca cómo debe proceder, inclusive, contando con la
     posibilidad de revisar los actos aprobados, e inclusive proceder a enmendarlos, en
     el evento de encontrar situaciones anómalas.
     Bajo la connotación descrita, se les recuerda que el ordenamiento jurídico dispone
     los procederes relacionados con los acuerdos municipales, especialmente en lo
     tocante con el presupuesto y su adecuado uso (inclusive, hay normativa técnica
     emitida por esta Contraloría General, donde se detallan elementos básicos sobre la
     presupuestación y la técnica asociada, en observancia del bloque de legalidad,
     temática de orden taxativo cuando se formula el presupuesto inicial); aunado a ello,
     las modificaciones en tales proyectos económicos, también deben contener la
     adecuada fundamentación y ajuste a la legalidad; sin dejar de lado, la materia propia
     de los Manuales de Puestos en su amplia acepción, donde debe privar una realidad
     de la estructura municipal, con la descripción de las tareas, cargos y
     responsabilidades, para lo cual, cualquier modificación debe de contar con los
     respaldos procedentes, inclusive, da la posibilidad para asesorarse de órganos
     especializados en tal particular, sin dejar de lado, los siempre necesarios estudios
     internos sobre viabilidad financiera y la sostenibilidad económica en el tiempo II.
     Conclusión



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      Con base en los argumentos previos, donde se han acreditado los motivos
      oportunos, se le comunica la desestimación y el archivo de su requerimiento, en
      observancia del contenido regulado en ordinal 17, incisos d), de los mencionados
      Lineamientos, el cual, establece de modo literal:
      “Artículo 17.—Causales de desestimación de la denuncia. Durante el análisis de
      admisibilidad, la Contraloría General de la República podrá desestimar; y por ende,
      archivar las denuncias que se le remitan, cuando se presente alguna de las
      siguientes condiciones respecto de los hechos denunciados:/ (...) d) Cuando la
      normativa dispone alguna vía especializada distinta, o previa a la denuncia, para su
      atención.”. (El destacado es del original).
      En virtud de lo tratado, se da por concluida su gestión.


                                      ACUERDO 6°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos para que sea de su conocimiento y de ser
necesario utilizado como insumo en la investigación abierta.


   7. Oficio FMG.172-2024, fechado el 14 de agosto, emitido por la Federación de
      Municipalidades de Guanacaste y Upala, quien les manifiesta lo siguiente “…
      Un cordial saludo. Para su conocimiento y tramites respectivos, transcribo acuerdo
      tomado por el Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de
      Guanacaste y Upala, en sesión ordinaria Nº 02-2024, celebrada el martes 30 de julio
      del presente año 2024, en la sala de sesiones de FEMUGUA, en Cañas,
      Guanacaste; que textualmente dice:
      CONSIDERANDO:
      Que, se aprueba la moción presentada por el señor Randall Gómez Alfaro, de la
      Municipalidad de Tilarán, para que den el voto de apoyo al proyecto de ley exp. N°
      22981, denominado “LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA
      PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE EN SU ZONA DE
     AMORTIGUAMIENTO”. Por tanto, se acuerda:
     ACUERDO 6. ORDINARIA 02-2024:
     EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE
     GUANACASTE Y UPALA, BRINDA EL VOTO DE APOYO AL PROYECTO DE LEY
     EXPEDIENTE N° 22981, DENOMINADO “LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA
     SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA EMBALSE
     ARENAL Y FOMENTO DE ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE EN
     SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO”.
     SOLICITA    A   TODOS      LOS    CONCEJOS        MUNICIPALES       Y   CONCEJOS
     MUNICIPALES DE DISTRITO DEL PAÍS, QUE BRINDEN SU VOTO DE APOYO A
     ESTE PROYECTO.
     QUE ESTE ACUERDO SE ENVIE AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y A
     TODOS/AS LAS Y LOS DIPUTADOS/AS EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
     ESTE ACUERDO LO VOTARON AFIRMATIVAMENTE TODOS LOS DIRECTIVOS
     PRESENTES.
     ACUERDO UNANIME, DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME Y CON
     DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN. Se toma nota.


   8. Oficio AL-CPEDIS-0689-2024, fechado el 21 de agosto, emitido por el señor
     Arturo Aguilar Cascante, Jefe de Área a.i , Área de Comisiones Legislativas
     VIII, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La Comisión
     Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor, en virtud de la moción
     aprobada en la sesión N.°6, ha dispuesto consultarle su criterio sobre el proyecto de
     Ley N.º 24.231: “ADICIÓN DE UN PÁRRAFO FINAL A LOS ARTICULOS 24 Y 27
     DE LA LEY DE CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CUIDADOS Y APOYOS
     PARA PERSONAS ADULTAS Y PERSONAS ADULTAS MAYORES EN
     SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (SINCA), LEY N° 10192 DEL 28 DE ABRIL DE
     2022 Y SUS REFORMAS Y DEL ARTICULO 101 DEL CODIGO DE TRABAJO, LEY


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      N° 2 DEL 27 DE AGOSTO DE 1943 Y SUS REFORMAS. DECLARACIÓN DEL 5
      DE NOVIEMBRE COMO DIA NACIONAL DE LA PERSONA CUIDADORA DE LAS
      PERSONAS ADULTAS MAYORES Y CON DISCAPACIDAD, CERTIFICACIÓN DE
      LAS PERSONAS CUIDADORAS CON GRADO TÉCNICO Y SU INCLUSION
      COMO TRABAJADORAS DE LOS CUIDADOS EN ENTORNOS DOMÉSTICOS”, el
      cual se adjunta.
     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa, se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles, que
     vence el 04 de setiembre y de ser posible, enviar el criterio de forma digital.


                                         ACUERDO 8°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión COMAD, para su análisis y posterior dictamen. DEFINITIVAMENTE EN FIRME


   9. Documento fechado el 22 de agosto, emitido por el señor MBA Marty Gerarld
      Olsen, quien les manifiesta lo siguiente “…Después de saludarles y por medio
      de la presente nota, deseo informarles mi inconformidad por los diferentes
      problemas que a mi parecer están afectando a la comunidad del distrito central y al
      cantón en general, que a continuación les detallo:
     1-L a falta de rampas tanto en las aceras como para el ingreso al Parque Ramón
     Ballestero del distrito central, lo cual imposibilita la libre movilidad que deben de
     tener las personas que tienen algún tipo de incapacidad que deben de movilizarse
     en sillas de ruedas.
     Como lo indica la ley 7600 toda persona con discapacidad tiene el derecho a acceder
     a todos los aspectos de la sociedad en pie de igualdad con otras personas
     incluyendo el entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones y
     otras instalaciones y servicios públicos. Las personas con discapacidad tienen
     derecho a la vida.



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     2-El mal estado del caño en particular el que se encuentra al frente de mi casa,
     ubicada 75 metros al sur de la Escuela Cecilio Lindo Morales, mismo que cuando
     llueve y las aguas pluviales de los vecinos que fluyen por este queda estancada,
     provocando un criadero de mosquitos y con la problemática que se tiene hoy día con
     el dengue en el cantón en general, esto no solo pone en riesgo la salud de los
     vecinos sino también de todos los niños , estudiantes de la Escuela Cecilio Lindo
     Morales, que transitan por el lugar todos los días.
     Problema que se había conversado en su momento con la anterior alcaldesa Sra.
     Lissette Fernández y el Sr. Luis Enrique Molina, quienes se habían comprometido al
     arreglo y darle solución a este problema.
     Alrededor de un mes y medio aproximadamente volví a consultarle al Sr. Luis
     Enrique Molina, del problema y este me indico que ya el presupuesta estaba
     aprobado, que lo único que hacía falta era la contratación de las personas para que
     realizaran el trabajo. No sé cuánto tiempo más habrá que esperar para que de inicio
     al arreglo del caño y así brindar una solución pronta a este problema.
     3-Por otra parte, es muy importante y primordial que el Gobierno local de Jiménez
     revise las patentes de funcionamiento de los diferentes bares del cantón, ya que
     estos están realizando eventos que no están dentro del permiso de operación de
     estos negocios, correspondientes a la patente de los mismos que poseen.
     Seria muy oportuno y conveniente a la vez que los inspectores municipales, se den
     a la tarea de visitar e inspeccionar estos lugares para constatar y verificar que los
     eventos que están siendo realizados no tienen los permisos respectivos, por parte
     de la municipalidad. Eventos que dan inicio en horas de la tarde y van concluyendo
     a altas horas de noche, casi la madrugada, perturbando la tranquilidad y el derecho
     descanso que tiene toda persona en general.
     Por dichos motivos me gustaría que fueran evaluadas las situaciones indicadas en
     esta nota, con el fin de dar una posible solución a la mayor brevedad.
     Aclaro que en ningún momento se realiza esta nota con malas intenciones, solo con
     el fin de llegar a la mejor solución y evitar más problemas a futuro.


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                                ACUERDO 9 INCISO A°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la Junta
Vial, para su seguimiento y conocimiento.


                                ACUERDO 9 INCISO B°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Administración con copia a don Trentino Mazza, para su debida gestión, con respecto al
punto número 3.


   10. Oficio 107-2024-DGVM, fechado el 22 de agosto, emitido por Arq. Luis Enrique
      Molina Vargas, Coordinador de Desarrollo Territorial, Municipalidad de
      Jiménez quien les manifiesta lo siguiente “… En atención a las consultas varias
      presentadas por su persona, vía correo electrónico del 21 de agosto del año en
      curso, se atienden aquellas correspondientes al Proceso de Desarrollo Territorial de
      la siguiente manera:
      1. En lo referente a las rampas de acceso al Parque Ramón Ballestero se procederá,
      en conjunto con el Ingeniero Alfredo Orocú Sandoval, a realizar las valoraciones
      técnicas necesarias para construir las rampas que permitan el acceso a estas
      instalaciones, en concordancia con la aplicación de la legislación actual vigente.
      2. En cuanto a la reconstrucción del caño ubicado frente a su propiedad, tal como
      se le había indicado con anterioridad, está contemplado para este año realizar las
      reparaciones necesarias. Se espera que para el mes de setiembre se encuentren
      realizados los trabajos correspondientes para corregir la situación expuesta en su
      nota


                                     ACUERDO 10°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento a la Junta Vial,
para que sea de su conocimiento.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   11. Documento, emitido por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, quien
      les manifiesta lo siguiente “… En el marco de la celebración del 500 aniversario
      del Régimen Municipal y del día del Régimen Municipal Costarricense, el Instituto
      de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) en conjunto con la Escuela de Arquitectura
      y Urbanismo del Tecnológico de Costa Rica, la Diputación de Barcelona y la
      Municipalidad de San José, se complacen en invitarles al “I Simposio Urbano:
      Revitalización Urbana”, a realizarse el día 5 de septiembre de 2024, tanto de forma
      presencial en el Centro de Transformación Tecnológica del TEC, en Zapote, San
      José, en horario de 07:30 a. m. a 11:30 a. m., como de manera virtual, por medio de
      la plataforma ZOOM, en horario de 08:00 a. m. a 11:30 a. m.
     Esta actividad busca abordar los grandes retos que tenemos como país para
     devolver nuestras ciudades a las personas, generando espacios accesibles que
     contemplen la diversidad social y de usos, que les propicien un carácter de identidad.
     El I Simposio Urbano está dirigido a las autoridades municipales y al personal técnico
     municipal atinente a las áreas que atienden materia de arquitectura y urbanismo.
     Para más información, se adjunta a este correo el programa del I Simposio Urbano.
     Se toma nota


   12. Oficio MIDEPLAN-DVM-OF-0211-2024, fechado el 21 de agosto, emitido por el
      Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, quien les manifiesta
      lo siguiente “… Nos complace invitarles al II Encuentro de Alta Dirección Pública
      Costarricense “Generando valor público a través de procesos de inversión pública”,
      que se llevará a cabo los días 23, 24 y 25 de septiembre del 2024, en horario de
      8:30 a.m. a 3:30 p.m. en el Auditorio del Colegio de Ciencias Económicas de Costa
      Rica (CCECR), ubicado en San Pedro de Montes de Oca.
     Esta actividad es el resultado de la articulación de esfuerzos por parte del
     Despacho del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, el Centro



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     de Innovación y Desarrollo Empresarial del Colegio de Ciencias Económicas de
     Costa Rica y la Fundación Konrad Adenauer- Stiftung.
     Está dirigido a personas que ocupan cargos directivos (directores, jefes de Área o
     de Departamento) relacionados con la gestión de proyectos de inversión del sector
     público costarricense. El objetivo es brindar insumos, conocimientos y herramientas
     en el ámbito de la inteligencia artificial y su aplicación en la gestión de proyectos de
     inversión pública, con miras a mejorar los servicios brindados a la ciudadanía; por
     tal razón, se le han asignado a su representada 2 espacios (Cupo limitado).


                                     ACUERDO 12°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento a la
Administración para que valide la participación. DEFINITIVAMENTE APROBADO



   13. Oficio AL-DSDI-OFI-0098-2024, fechado el 21 de agosto, emitido por el señor
      Edel Reales Noboa, Gerente, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo
      siguiente “… ASUNTO: Consulta institucional del texto actualizado de discusión del
      EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.º 23.312, REFORMA A LA LEY N° 7052, LEY DEL
      SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL
      BANHVI, PARA REFORMAR EL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA Y PROMOVER
      EL ACCESO A VIVIENDA PARA LA CLASE MEDIA.
     Estimadas señoras y estimados señores:
     De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa,
     se consulta el texto actualizado de discusión del EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.º
     23.312, REFORMA A LA LEY N° 7052, LEY DEL SISTEMA FINANCIERO
     NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI, PARA REFORMAR
     EL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA Y PROMOVER EL ACCESO A VIVIENDA
     PARA LA CLASE MEDIA, que se adjunta.
     De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el
     plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o
     el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto.


                                         ACUERDO 13°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE EN FIRME


   14. Oficio enviado por el señor Jhon Brenes Castillo, Representante Legal de la
      Temporalidades de la Diócesis de Cartago, Parroquia San Miguel Arcángel,
      quien les manifiesta lo siguiente “…Reciban un cordial saludo, por este medio yo
      Jhon Brenes Castillo cédula 3-0361 0199, representante legal de la Temporalidades
      de la Diócesis de Cartago, Parroquia San Miguel Arcángel,con cédula Jurídica 3-
      010-418099, les solicito de la manera respetuosa, el permiso Municipal para la
      realización de las Fiestas Patronales Pejibaye 2024, si Dios lo permite del 06 al 16
      únicamente fines de semana y el 29 de septiembre día del Santo de la Parroquia.
      Desarrollaremos actividades Taurinas, Equinas, ventas de comida, ventas de
      artesanías, carruseles y actividades Musicales, en el espacio propiedad de
      COOPEPEJIBAYE, en el antiguo beneficio de café
      En aras de cumplir con los requerimientos establecidos en este tipo de actividades
      enviamos el enviamos el expediente muy completo, para que sea analizado desde
      ya antes de los 10 días que solicita el reglamento con el fin de evacuar cualquier
      prevención que pueda tener este Municipio.


      Nos encontramos en la espera de la Autorización Sanitaria para las fiestas, las
      cuales incluyen el Redondel, la póliza de Responsabilidad del Redondel, ya que
      requiere inspección en avance de obra, y SENASA, el cual no posee ningún
      problema, y fuerza Pública ya ha sido depurado el análisis solicitado y solo estamos
      en la espera de la firma del aval de los planes.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
                                          ACUERDO 14°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; notificar a los encargados de los Festejos de
Pejibaye 2024 sobre la documentación pendiente para la aprobación por parte de este
Honorable Concejo, se les indica que se considerar enviarlo a más tardar el viernes 30 de
agosto. DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   15. Oficio, fechado el 22 de agosto, emitido por la señora Noemy Montero
      Guerrero, Jefa de Área, Comisiones Legislativa I, Asamblea Legislativa, quien
      les manifiesta lo siguiente “…La Comisión Permanente Especial de la Mujer, en
      virtud de consulta obligatoria, ha dispuesto consultarle su criterio, sobre el texto base
      aprobado al proyecto de Ley Expediente N.° 24.303, “REFORMAS Y ADICIONES A
      LA LEY N.º 10263, LEY DE REPARACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS
      SOBREVIVIENTES DE FEMICIDIO, DEL 6 DE MAYO DEL 2022.”, del cual se
      adjunta copia.
      De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la
      Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días
      hábiles que vencen el 3 de setiembre agosto de 2024 y, se ser posible, enviar el
      criterio en forma digital.
      La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
      respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles adicionales
      que vencerá el día 13 de setiembre de 2024. Esta será la única prórroga que esta
      comisión autorizará.


                                          ACUERDO 15°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión de la Condición de la Mujer, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   16. Oficio N°371-ALJI-2024, fechado el 22 de agosto, emitido por la señorita Ana
      Isabel Azofeifa Pereira, Alcaldesa, Municipalidad de Jiménez, quien les
      manifiesta lo siguiente “…Por medio de la presente les adjunto el Convenio
      actualizado entre la Municipalidad de Jiménez y el Instituto de Desarrollo Rural
      (INDER), para la ejecución del proyecto denominado: “Rehabilitación de la superficie
      de ruedo y mejoras en las estructuras de drenaje, del camino Rosemounth 3-04-099
      Entronque N.010 Finca El Colegio con Limite cantonal con Turrialba, cantón de
      Jiménez, provincia de Cartago”.
      Dado lo anterior, les solicito su revisión, aprobación y a la autorización a la firma de
      este convenio.


                                      ACUERDO 16°
Este Concejo acuerda por Unanimidad y que se dispense de trámite la aprobación y firma
por parte de la Alcaldía al convenio de: “Rehabilitación de la superficie de ruedo y mejoras
en las estructuras de drenaje, del camino Rosemounth 3-04-099 Entronque N.010 Finca El
Colegio con Limite cantonal con Turrialba, cantón de Jiménez, provincia de Cartago”.
CONVENIO ESPECIFICO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y
LA MUNICIPALIDAD DE JIMENEZ, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
DENOMINADO: “Rehabilitación de la superficie de ruedo y mejoras en las estructuras de
drenaje, del camino Rosemounth 3-04-099 Entronque N.010 Finca El Colegio con Limite
cantonal con Turrialba, cantón de Jiménez, provincia de Cartago”.
Quienes suscriben Osvaldo Manuel Artavia Carballo, mayor, soltero, Licenciado en
Derecho y Master en Alta Gerencia, cédula de identidad número uno — cero
ochocientos veinticinco — cero setecientos nueve, vecino de Tibás, en su condición
de Presidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Rural, en adelante denominado
“INDER”, con cédula de persona jurídica número cuatro cero cero cero – cero
cuarenta y dos mil ciento cuarenta y tres-once, según consta en el acuerdo del
Consejo de Gobierno, tomado mediante artículo 5 de la Sesión Ordinaria número
treinta y nueve del Consejo de Gobierno, celebrada el día primero de febrero de
dos mil veintitrés y Ana Isabel Azofeifa Pereira, mayor, soltera master en
Administración y Dirección de Empresas con énfasis en Mercadeo y Ventas y
domiciliada en Pejibaye, Jiménez, cédula de identidad número tres-cero trescientos
veinte- cero doscientos veintiuno, en condición de Alcalde de la Municipalidad de

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
Jiménez con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de este ente
municipal, cédula jurídica tres-cero tres ochenta y cinco-cero doscientos cincuenta
y seis, elegida popularmente para el periodo legal que inició el 4 de febrero del dos
mil veinticuatro Nº 2157-E-11-2024 de las nueve horas diez minutos del ocho de
marzo de dos mil veinticuatro. Publicada en la Gaceta Nº 54 del jueves 21 de marzo
del 2024, en adelante denominada “La Municipalidad de Jiménez”, convenimos en
celebrar el presente Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el
Instituto Desarrollo Rural (Inder) y la Municipalidad de Jiménez para realizar el
proyecto denominado: Rehabilitación de la superficie de ruedo y mejoras en las
estructuras de drenaje, del camino Rosemounth 3-04-099 Entronque N.010 Finca
El Colegio con Limite cantonal con Turrialba, cantón de Jiménez, provincia de
Cartago”, el cual se regirá por la normativa que regula la materia y por las siguientes
cláusulas:


           CONSIDERANDO
Que la Ley de Tierras y Colonización, Ley N°2825, del 14 de octubre de 1961, es
clara en artículo 70, al indicar que: “El Instituto, los ministerios de Obras Públicas,
Salubridad y Educación, preferentemente, la Caja Costarricense de Seguro Social,
Municipalidades y demás Instituciones Autónomas afines, quedan facultadas para
completar las dotaciones de tierras con la construcción de obras, riego,
saneamiento, asistencia médica, centros hospitalarios, vivienda, educación y otros
servicios comunes”.
Que el Artículo 15, de la Ley de Transformación del IDA en el INDER, Ley No.9036
del 29 de mayo de 2012, señala: “El Instituto de Desarrollo Rural” tendrá las
siguientes funciones: “... n) Gestionar ante los organismos competentes, la creación
de infraestructura y el establecimiento de los servicios públicos necesarios para
impulsar el desarrollo rural, sin perjuicio de que el instituto pueda realizar estas
obras con recursos propios”
Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes, en el
campo del desarrollo económico y social del país, con especial relación en la
dotación a las poblaciones rurales de los medios para su desarrollo, entre ellos las
estrategias de promoción, capacitación, ejecución y financiamiento de diversos
proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de obras de infraestructura
rural básica, obras y actividades en temas de interés común para ambas
instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y agroindustrial,
agroturismo y el desarrollo integral de los territorios rurales y en asentamientos del
INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a la
producción y la calidad de vida de los pobladores de los territorios rurales.
POR TANTO




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
Con fundamento en los anteriores considerandos, el Inder y la Municipalidad de Jiménez
acuerdan suscribir el presente Convenio Específico para ejecutar el proyecto denominado:
“Rehabilitación de la superficie de ruedo y mejoras en las estructuras de drenaje, del
camino Rosemounth 3- 04-099 Entronque N.010 Finca El Colegio con Limite cantonal con
Turrialba, cantón de Jiménez, provincia de Cartago”, el que se regirá por las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: DEL OBJETO: El presente convenio específico tiene por objeto Rehabilitar la
superficie de ruedo y mejoras en las estructuras de drenaje, del camino 3-04-099
Rosemounth de Juan Viñas Entronque N.010 Finca El Colegio con Límite cantonal con
Turrialba, en una longitud de 1.80 km, con el fin de garantizar la transitabilidad de todo tipo
de vehículos sin importar la época del año Rehabilitar la superficie de ruedo y mejoras en
las estructuras de drenaje, del camino 3-04-099 Rosemounth de Juan Viñas Entronque
N.010 Finca El Colegio con Límite cantonal con Turrialba, en una longitud de 1.80 km, con
el fin de garantizar la transitabilidad de todo tipo de vehículos sin importar la época del año.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: Para la ejecución del objeto de este
convenio, cuyo proyecto tiene un costo total de ₡445.021.520 (cuatrocientos cuarenta y
cinco millones veintiuno mil quinientos veinte colones con 00 /100); el INDER aportará ₡
359.194.472,40 (trescientos cincuenta y nueve millones ciento noventa y cuatro mil
cuatrocientos setenta y dos colones con 40 /100) y la Municipalidad de Jiménez aportará
₡85.827.049,60 (ochenta y cinco millones ochocientos veintisiete mil cuarenta y nueve
colones con 60/100) (ver Anexo N°2).
TERCERA: COORDINACION Y FISCALIZACION: El Inder, por medio del Lic. Alexander
Monge Monge. Encargado de Asentamiento, Oficina de Desarrollo Territorial Turrialbay la
Municipalidad de Jiménez, por medio de Arquitecto, Luis Enrique Molina Vargas.
Departamento de Gestión Vial Municipalidad de Jiménez coordinarán la programación y
fiscalización de las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del presente
convenio (Ver Anexo N°4).
CUARTA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Responsabilidades de la
Municipalidad de Jiménez: Bajo el marco de este convenio específico, la Municipalidad de
Jimenez se compromete a:
Ejecutar los fondos transferidos por el Inder por ₡ 359.194.472,40 (trescientos cincuenta y
nueve millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos colones con 40
/100) con presupuesto 2024 La Municipalidad procederá a ejecutar el proyecto Según
ANEXO 1
No utilizar los recursos transferidos en obras y/o situaciones diferentes a las pactadas en
el objeto del presente convenio.
Planificar, ejecutar, supervisar, fiscalizar técnicamente las obras que garanticen la calidad
de objeto de este convenio.
Realizar los estudios técnicos y diseños para ejecutar el proyecto de conformidad con los
manuales, lineamientos, reglamentos y normas conexas para garantizar el objeto de este
convenio.

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
Asumir la responsabilidad y control técnico del proyecto a ejecutar para el cumplimiento del
objeto del presente convenio, así como la responsabilidad administrativa por las compras
que se realicen para el proyecto, para lo cual debe regirse mediante la Ley de Contratación
Administrativa, su reglamento y normas conexas.
Planificar, programar, ejecutar, coordinar y supervisar las actividades necesarias para
cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico según ANEXO 2, así como las
modificaciones, adenda o prorrogas según corresponda.
Gestionar y obtener los permisos necesarios y demás requisitos requeridos para la correcta
ejecución del objeto del presente Convenio Específico (las obras, adquisición de bienes,
diseños técnicos, entre otros.).
Aportar y designar un equipo técnico y operativo necesario y cualquier otro personal
necesario para el logro del objetivo del presente Convenio. En tal sentido, el ente receptor
deberá establecer el o los sistemas de control interno que brinden una seguridad razonable
en el correcto manejo de los fondos que le serán transferidos en estricto apego a los
objetivos y metas del Convenio. Realizar la respectiva recepción del proyecto, conforme
con lo establecido en la normativa vigente asegurándose técnicamente la correcta
ejecución. Poner a disposición la cuenta (IBAN: CR68015105510010007456 del Banco
Nacional de Costa Rica en forma exclusiva, para el depósito y administración de los
recursos que el Inder transfiera para ejecutar el objeto de este proyecto, la que deberá ser
independiente de otras cuentas que administre la Municipalidad. Los intereses que generen
los recursos transferidos a dicha cuenta corriente formarán parte del fondo, pero no podrán
ser utilizados sin previo acuerdo de las partes. Este dinero no podrá entrar o ingresar a
fondos de Caja Única del Estado, por ser recursos provenientes del Inder. Asumir una
contrapartida por un monto de ₡ 85.827.049,60 (ochenta y cinco millones ochocientos
veintisiete mil cuarenta y nueve colones con 60/100). Presentar, en un plazo no mayor a
un mes, después de transferidos los recursos, el cronograma de actividades del Anexo
N°1, actualizado. Aportar la maquinaria, materiales y mano de obra requeridos para la
construcción del proyecto aquí convenido. Reembolsar al Inder en la cuenta N° 100-01-
000-019735-0 del Banco Nacional de Costa Rica, la suma de dinero que no haya sido
utilizada en la obra, más los intereses generados en esta cuenta, en caso de haberlos,
durante el periodo del proyecto. Cumplir con los informes, técnicos y financieros,
mensuales y de liquidación, y otros requisitos establecidos en el Reglamento para Realizar
Transferencias de Fondos Públicos del Inder, según el acuerdo tomado por la Junta
Directiva en el artículo Nº 3 de la Sesión Ordinaria 21, celebrada el 5 de junio de 2017. La
Municipalidad deberá gestionar por escrito, ante el BNCR, la generación de intereses sobre
el dinero depositado y sus saldos. Llevar registros contables del uso de los fondos
transferidos independientemente de la contabilidad general de la Municipalidad o de otro
fondo de su propiedad, de tal manera que sea fácilmente identificado para las auditorias
correspondientes. Los intereses de estos recursos, que se generen en dicha cuenta, serán
independientes y no forman parte de este fondo, por lo que no podrán ser incluidos dentro
del presupuesto, ni utilizados por parte de la Municipalidad, sin previo acuerdo entre las
partes. A NO utilizar los recursos otorgados y transferidos por parte del Inder, en obras u


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
otras inversiones, gastos, y otros. Que no sean las indicadas en el objeto del presente
convenio. Realizar los trabajos de conformidad con lo establecido en el REGLAMENTO
PARA REALIZAR TRANSFERENCIAS DE FONDOS PÚBLICOS y la Ley de Contratación
Administrativa y la Ley General de Administración Pública. Cumplir con la normativa
establecida en el Reglamento para realizar transferencias de fondos públicos, aprobado
por la Junta Directiva del INDER en el artículo N°3 de la sesión ordinaria 21, celebrada el
5 de junio de 2017, la “Modificación al artículo 23 (sobre la liquidación a presentar por parte
del receptor), de este Reglamento, aprobado por la Junta Directiva del INDER en el artículo
N°4 de la sesión ordinaria 40, celebrada el 30 de octubre de 2017. Una vez transferidos los
recursos, la Municipalidad, debe presentar al INDER un informe inicial en un plazo de diez
días hábiles, posterior al giro de los recursos, el cual contendrá el cronograma de
actividades actualizado y descripción detallada de las mismas, de igual forma debe
actualizar el respectivo cronograma de actividades, al momento de la presentación de los
informes mensuales si ha tenido variación en algunas de las actividades. Presentar un
informe financiero, de forma mensual en los primeros diez días naturales de cada mes, a
el responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por parte del INDER, sobre el uso
y manejo de los recursos para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el cual
deberá de estar acompañado con el respectivo estado de la cuenta donde el INDER
depositó los recursos financieros, emitido por la entidad bancaria correspondiente, todo ello
para corroborar que los recursos o partidas forman parte de la cuenta exclusiva para la
administración de dichos fondos, así como la conciliación bancaria que debe indicar el
monto de los intereses generados, en el caso de contar con algún tipo de desembolso, se
deberán presentar copia de facturas, depósitos o comprobantes de pago correspondientes,
justificados en estricto apego al objeto para el cual fueron otorgados. Presentar un informe
técnico, de forma mensual, en los primeros diez días naturales de cada mes, a el
responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por parte del INDER, el cual será
elaborado por el responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por parte de la
Municipalidad, y deberá contener: descripción detallada del avance de ejecución del objeto
del convenio, para el cual se realizó el giro de los recursos, según el cronograma de
actividades actualizado y el plan de inversión, así como el porcentaje de cumplimiento de
avance por actividades y gasto financiero confrontado con el presupuesto, desembolsos
de las partes y dicho informe deberá respaldarse por los medios que se consideren
necesarios, para lo cual la Municipalidad, podrá utilizar: listas de participantes, fotografías,
minutas, bitácoras, informes de control de calidad según el estado de resultado de la obra,
entre otros. De igual forma la Municipalidad, deberá emitir dicho informe técnico cuando el
responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por parte del INDER, así lo requiere
durante la ejecución del proyecto.
Presentar al INDER, previo a la recepción a conformidad de la liquidación de los recursos,
en un plazo no mayor a treinta días hábiles, después de finalizado el proyecto: Un informe
técnico final previamente aprobado por el Superior Jerarca del receptor detallado de
conclusión del proyecto, firmado por la persona responsable, representante de la
Municipalidad, donde se indicará explícitamente, que el proyecto se efectúo bajo las
condiciones pactadas, detallando todos los aspectos relevantes de conformidad con el

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
objeto de este convenio, cronograma por actividades, plan de inversión, si hubo retrasos
indicando causas y ajustes que fueron necesarios, fotografías y cualquier otra
documentación que respalde la ejecución del objeto contractual.
Un informe de liquidación presupuestaria, previamente aprobado por el Superior Jerarca
del receptor que contendrá un amplio detalle de cada uno de los giros realizados en relación
con el cumplimiento de metas alcanzadas, en concordancia con la información financiera
presupuestaria reflejada en los informes mensuales, detalle de servicios especiales
contratados, si existen, informes de control de calidad realizados, detalle de origen y
aplicación de fondos para los recursos con finalidad específica (cifras reales), en casos de
los sobrantes, deberá constar copia del depósito bancario al INDER, donde se reintegra el
monto más los intereses generados.
Un acta de recepción final del proyecto. Lo anterior de conformidad con el oficio N° DFOE-
188, del dieciocho de diciembre del dos mil unos, de la Contraloría General de la República.
Transcripción del acuerdo del Superior Jerarca del receptor, donde se conoce y aprueban
los informes técnicos y de ejecución presupuestaria con toda la información señalada en
los puntos anteriores.
Ambos informes de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y 23 del Reglamento
para realizar Transferencias de Fondos Públicos, publicado en la Gaceta 136, del 18 de
julio de 2017, y sus reformas publicadas, en la Gaceta N° 217 del 16 de noviembre de
2017.
De haber mediado un proceso de contratación administrativa el acta deberá ajustarse a los
requerimientos especificados en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento
Facilitar el acceso en cualquier momento a los funcionarios del INDER, de la Auditoría
Interna o de la Contraloría General de la República, a sus sistemas de información
contable, financieros y presupuestarios con fines de fiscalización, evaluación y control del
proyecto que se financia con recursos que son otorgados por el INDER con la finalidad de
verificar el adecuado uso de los mismos. Así mismo, cuando se requiera por parte de estas
autoridades información ya sea de manera verbal o por escrito, la Municipalidad se
compromete a entregar la misma, entendiéndose que los recursos económicos otorgados
por el INDER, son única y exclusivamente para cumplir con el objeto del presente Convenio
y las actividades detalladas en el mismo. La Municipalidad no puede hacer ningún tipo de
publicidad sin representación o mención del INDER, en el caso de rotular la obra o hacer
mención de la misma en sus publicaciones; esta debe de contener el Logo del INDER con
previa autorización del departamento de prensa.
Responder en un plazo no mayor a cinco días hábiles, las consultas de adiciones o
aclaraciones realizadas por el Inder, bajo pena de decretarse la existencia de
incumplimientos y resolución del convenio. En caso de no cumplir en tiempo con la
presentación de los informes indicados en este artículo, la persona responsable nombrada
por el INDER, deberá requerir la presentación de los mismos por una única vez, para lo
cual concederá un plazo máximo de 5 días. En caso de subsistir el incumplimiento, deberá
de inmediato informarlo al director de la Región de Desarrollo con el fin que se inicie el

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proceso correspondiente por incumplimiento, al no resultar posible para el INDER verificar
de forma efectiva el uso adecuado de los fondos públicos transferidos. En caso que no se
proceda de la manera señalada, existirá responsabilidad por parte del responsable del
INDER y se deberá proceder a iniciar el procedimiento disciplinario correspondiente.
La Municipalidad debe presentar ante la persona designada como responsable por parte
del Inder, en un plazo de seis meses antes del vencimiento del convenio, la solicitud de
adenda con debida motivación y justificación la cual debe contar con la autorización de su
superior jerárquico. En casos que la solicitud se presente en un plazo menor, la misma
deberá ser recibida, pero deberá dejarse constancia por escrito que se ha informado al
receptor de la posibilidad que la misma no sea resuelta a tiempo por incumplimiento del
plazo aquí establecido.
RESPONSABILIDADES DEL INDER: Por su parte, el Inder se compromete a:
Otorgar una contrapartida de ₡ 359.194.472,40 (trescientos cincuenta y nueve millones
ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos colones con 40 /100) con
presupuesto 2024, según Anexo N°1 iniciando un mes después de la firma de este
convenio.
Depositar los fondos arriba indicados, en la cuenta N.º 100-01-023-001908-0 del Banco
Nacional de Costa Rica (IBAN: CR68015105510010007456) a nombre de la municipalidad
de Jiménez.
Dar Seguimiento, Control y Fiscalización por parte de un funcionario responsable, el cual
presentará informes trimestrales, respetando la jerarquía correspondiente, al Fondo de
Desarrollo, con el respectivo análisis y recomendación sobre el avance, ejecución del
proyecto, el uso y manejo de los recursos transferidos.
La persona responsable por parte del Inder de realizar el control, seguimiento, fiscalización,
inspección y cumplimiento del convenio debidamente nombrada por el director de la Región
de Desarrollo y notificada de su obligación, deberá una vez suscrito el convenio de
transferencia de fondos:
   a. Verificar el avance del convenio se apague al cronograma presentado y al plan de
      inversión,
   b. Incluir en el expediente los instrumentos de verificación de informes mensuales y
      trimestrales,
   c. Solicitar por oficio formal al receptor, las aclaraciones o adiciones que se consideren
      necesarias, con el fin de identificar a tiempo incumplimientos y desviaciones de los
      fondos girados. En estos casos, el receptor debe dar respuesta en un plazo no
      mayor a cinco días hábiles,
   d. Solicitar el apoyo de las unidades especializadas del Fondo de Desarrollo Rural para
      realizar las fiscalizaciones necesarias,
   e. Realizar, remitir y comunicar de forma oficial al receptor de la transferencia, un
      “Informe de Advertencias”, cuyas recomendaciones son obligatorias y vinculantes,
      para posteriormente verificar su acatamiento o incumplimiento,


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   f. Realizar, remitir y comunicar de forma oficial al Fondo de Desarrollo Rural, el
      “Informe de fiscalización del cumplimiento o no de las advertencias”. En este informe
      se indicarán las advertencias y recomendaciones en los casos que se detecten
      incumplimientos a lo pactado, así como la recomendación de valorar o no, la
      liquidación anticipada del Convenio,
   g. Realizar, remitir y comunicar de forma oficial al Fondo de Desarrollo Rural, el
      “Informe trimestral de Ejecución y Seguimiento” con el respectivo análisis y
      recomendación sobre avance y ejecución del proyecto de conformidad con los
      informes rendidos por el receptor y focalizaciones, asimismo la información referida
      al uso y manejo d ellos recursos transferidos,
   h. Realizar, remitir y comunicar de forma oficial al Fondo de Desarrollo Rural, el
      “Informe trimestral de Ejecución y Seguimiento y el “informe Final, para el análisis
      respectivo.”
   i. Elaborar un informe final que contenga el análisis respectivo del contenido de los
      informes rendidos por el receptor, en estricta relación al objetivo y al contenido del
      convenio adjuntando el expediente, dicho informe será remitido al Fondo de
      Desarrollo Rural y posterior lo enviará a la Región de Desarrollo, para que proceda
      con el archivo del expediente, de acuerdo al Reglamento para Realizar de
      Transferencias de Fondos Públicos,
   j. Que el Fondo de Desarrollo Rural elaborará un oficio de cierre del expediente, que
      enviará a la Región de Desarrollo para que proceda al archivo del expediente, de
      acuerdo a lo establecido en el Reglamento para Realizar de Transferencias de
      Fondos Públicos y sus modificaciones.
Finalizada la obra, proceder a levantar un acta de recibo de la obra junto con el
representante municipal, preferiblemente en compañía de un profesional en la materia, en
la que conste la finalización del proyecto.
Tramitar el informe técnico y de liquidación presupuestaria emitido por la Municipalidad,
aprobado por el Concejo Municipal y el recibo de depósito de intereses y de remanente del
beneficio, a favor del Inder, en caso de existir, que aporte la Municipalidad.
Elaborar el informe técnico-financiero trimestral y coordinar con la Municipalidad la firma
de los documentos: Convenio Específico, informes mensuales técnico - financieros y el
Informe de liquidación de la obra.
QUINTA: VIGENCIA
Para el cumplimiento del objeto de este convenio específico se contará con un período de
dos meses a partir de su firma, dicho convenio será prorrogable mediante adenda,
debidamente aprobada por la Junta Directiva y solicitada con al menos seis meses previos
a su vencimiento, así como cualquier modificación a sus términos y condiciones.
De concluirse anticipadamente o no renovarse el presente convenio específico, las
actividades que se estén ejecutando, continuarán desarrollándose hasta su completa
culminación.
SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades programadas
para el cumplimiento del presente convenio específico, las mismas deberán ser resueltas
por los coordinadores de las entidades signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán
resolver los respectivos jerarcas.
SETIMA: INCUMPLIMIENTO.
En caso de que el receptor incumpla las condiciones establecidas en el convenio, según
los informes presentados por las oficinas Territoriales y Regiones de Desarrollo al Fondo
de Desarrollo Rural y Dirección de Administración y Finanzas, y la valoración realizada por
estas instancias. El fondo de Desarrollo lo elevara ante la Gerencia General para la
instrucción del procedimiento según la normativa.
Para los efectos que indica el párrafo anterior, la Gerencia General conformara una
comisión integrada por un representante del Fondo de Desarrollo, uno del Administración
Financiera y uno de Asuntos Juridicos, e instruirá sobre el procedimiento para el análisis,
verificación y recomendación con relación al incumplimiento de conformidad con el artículo
28 del Reglamento para realizar Transferencias de Fondos Públicos del Instituto de
Desarrollo Rural.
OCTAVA: EJECUCIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Le corresponde a la Municipalidad de Jiménez la ejecución de este proyecto, según el
Cronograma de Actividades del Anexo N°1. Cada entidad se hará responsable de los
funcionarios que asigne para ejecutar las labores propias de este convenio, acogiéndose a
la normativa jurídica que regula lo referente a la responsabilidad civil relacionada con
lesiones o muerte que puedan ocurrir a funcionarios o terceros, durante la ejecución del
presente convenio específico.
Igualmente, en forma conjunta, se diseñará, implementará y dará seguimiento a
mecanismos de control interno que aseguren la transparencia en la ejecución de los
recursos, conforme a los términos y a la naturaleza del presente convenio específico.
Ninguna de las partes podrá incurrir en gastos derivados de actividades no contempladas
en este convenio, ni en los acuerdos derivados de éste, y de así hacerlo será responsable
por los mismos.
NOVENA: SOBRE LAS RELACIONES LABORALES Y FINANCIERAS:
El presente convenio específico no crea ningún tipo de relación financiera, así como
tampoco laboral entre ambas instituciones, por lo que cada una de las partes, deberá
mantener el carácter de patrono hacia su personal y asumir íntegramente la
responsabilidad derivada de dicha relación y los riesgos relacionados con sus respectivas
labores
DECIMA: ESTIMACIÓN
El presente convenio específico no crea relación financiera, o de empleo, entre ambas
instituciones y se estima para efectos fiscales en la suma de ₡ 359.194.472,40 (trescientos
cincuenta y nueve millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos colones


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
con 40 /100) encontrándose los compromisos adquiridos por cada parte dentro de sus
respectivas actividades ordinarias.
La municipalidad de Jiménez exime al Inder de toda responsabilidad por la no conclusión
de la totalidad del proyecto, cualquiera que fuere su causa.
Este convenio específico está exento del pago de especies fiscales, de conformidad con lo
establecido en el artículo 14, inciso e) de la Ley de Transformación del IDA en el Inder,
N°9036 y en el inciso I) del artículo 2 de la Ley Reguladora de Todas las Exoneraciones
Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, N°7293.
DECIMA PRIMERA: RESTRICCIONES
Ninguna de las partes podrá modificar el destino y uso de los aportes económicos
establecidos en este convenio. La transferencia de los recursos por parte del INDER y por
ende la ejecución del proyecto, queda supeditada a la disponibilidad presupuestaria y su
aprobación por parte de la Contraloría General de la República.
DÉCIMA SEGUNDA: DE LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y TRABAJO
ADOLESCENTE PELIGROSO
La Municipalidad de Jimenez se compromete de acuerdo a la normativa nacional e
internacional asumida por Costa Rica, que tanto sus acciones ordinarias, así como las
acciones relacionadas con este convenio se promoverán buenas prácticas para la
prevención del trabajo infantil y la erradicación del trabajo adolescente, peligroso. De tal
forma que toda conducta ya acción contraria a lo anteriormente indicado, será motivo
suficiente para que el INDER rescinda dicha relación contractual.
DÉCIMA TERCERA: DOCUMENTOS INTEGRANTES
Es parte integral de este convenio específico la documentación incorporada en el
expediente conformado para la ejecución del proyecto aquí convenido.
DÉCIMA CUARTA: NORMAS SUPLETORIAS
En lo no previsto expresamente en el presente convenio específico, regirá supletoriamente
la normativa interna del Inder y de la Municipalidad, las leyes aplicables y los principios
generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.
Forman parte integral del presente Convenio: el Código Municipal (No.7794), Ley General
de la Administración Pública N°6227, Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República N.º 7428, Ley de la Contratación Administrativa No. 7494, Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributaria N°8114, Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos N°8131, Ley General de Control Interno N°8292, Ley Contra
la Corrupción y    el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública No. 8422, Ley Especial
para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal
N°9329, Ley de Transformación del IDA en el Inder N°9036,




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
             Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
             Administración Pública N°R-CO-44-2007,Manual de Procedimientos
             para Modificación Presupuestaria del Inder y la Municipalidad.
             Reglamento para realizar transferencias de fondos públicos, aprobado
             por la Junta Directiva del Inder en el artículo N°3 de la sesión ordinaria
             21, celebrada el 5 de junio de 2017 y la “Modificación al artículo 23
             (sobre la liquidación a presentar por parte del receptor), de este
             Reglamento, aprobadopor la Junta Directiva del Inder en el artículo N°4
             de la sesión ordinaria 40, celebrada el 30 de octubre de 2017.
DÉCIMA QUINTA: BENEFICIOS PATRIMONIALES
Las partes se comprometen a que los fondos de beneficio patrimonial, que son transferidos
por parte del Inder a la Municipalidad, no favorecerán, directa ni indirectamente, ni en su
carácter personal, a ningún funcionario de ninguna de las dos entidades participantes.
DÉCIMA SEXTA: REGLA FISCAL.
La Municipalidad, se compromete a verificar el cumplimiento de la ley N° 9635 y su
Reglamento, en especial al clausulado del Título IV, denominado Responsabilidad Fiscal
de la República, en lo concerniente a la tasa de crecimiento del gasto corriente o total, que
no podrá superar el techo establecido según los rangos indicados en el artículo 11 del Título
IV de la Ley supra mencionada. De manera que no afecte actualmente ni a futuro el
cumplimiento del objeto del presente Convenio
DÉCIMA SETIMA: APROBACIÓN
Este convenio específico se aprueba mediante acuerdo tomado por la Junta Directiva del
Instituto de Desarrollo Rural en el artículo N° de la Sesión Ordinaria N° 2024 del de del
2024 y mediante acuerdo del Concejo Municipal de la Municipalidad de Jiménez, tomado
en el Artículo de la sesión ordinaria N° del de del 2024.
Leído el presente convenio específico, y conscientes las partes de los alcances que éste
conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman, en tres tantos originales, en la
ciudad de San José, Moravia, a las        horas del día      del año dos mil veinticuatro.



 Osvaldo Manuel Artavia
 Carballo      Presidente                             Ana Isabel Azofeifa Pereira
 Ejecutivo INDER                                         Alcalde de Jiménez


                                                           Las anteriores firmas son auténticas:

                                                                          Lic. Karol Pérez Soto.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   17. Oficio HMJ-060-2024 fechado el 22 de agosto, emitido por el señor Trentino
      Mazza Corrales, Encargado de Hacienda Municipalidad de Jiménez, quien les
      manifiesta lo siguiente “… Por este medio les saludo cordialmente y a la vez doy
      respuesta a lo solicitado en el oficio SC-2484-2024, con fecha del 31 de julio 2024,
      al respecto les comunico:
     En el Área de Hacienda Municipal de la Municipalidad de Jiménez, que está
     conformada por los departamentos de Contabilidad, Tesorería y Administración
     Tributaria, durante los dos últimos años, no se ha recibido ningún servicio, ni de la
     Unión de Nacional de Gobiernos Locales y de la Federación de Municipalidades de
     la Provincia de Cartago. Se toma nota


   18. Oficio AL-CPASOC-0685-2024, fechado el 22 de agosto, emitido por la
      Licenciada Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones
      Legislativas II, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La
      Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de consulta obligatoria,
      dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 24.366, “INCLUSIÓN DEL
      ARTÍCULO 2 Y ARTÍCULO 6 BIS Y REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 4,5,6,7,8 Y
      10, Y DEROGATORIA DE LOS ARTÍCULOS 3 Y 9 DE LA LEY CREA FONDO
      JUNTAS DE EDUCACIÓN DE EDUCACIÓN Y JUNTAS ADMINISTRATIVAS
      OFICIALES, N° 6746, DEL 29 DE ABRIL DE 1982”, cuyo texto me permito copiar de
      forma adjunta.

     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa se les agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
     vence el 4 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

                                        ACUERDO 18°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   19. Oficio 110-2024-DGVM, fechado el 22 de agosto, emitido por Arq. Luis Enrique
      Molina Vargas, Coordinador de Desarrollo Territorial, Municipalidad de
      Jiménez quien les manifiesta lo siguiente “… En atención a lo indicado en al
      acuerdo 1° Inciso A del artículo X, tomado por el Concejo Municipal de Jiménez en
      la Sesión Ordinaria N°15 donde se solicitan “las explicaciones respecto al retraso en
      mejoras a las paradas de autobús en la comunidad de Naranjo y solicitar priorizar
      estas mejoras en planeamientos futuros”, se indica lo siguiente:
      1. El proyecto de Construcción de paradas de autobuses en la comunidad de
      Naranjo se encuentra incluido dentro del Plan Operativo Anual 2024 para ser
      ejecutado en el Segundo Semestre del año en curso, por lo que no puede
      considerarse que exista atraso en la ejecución del mismo.
      2. Aunado a lo anterior este proyecto se financiará con los recursos provenientes
      por los desembolsos del Impuesto al Cemento, girados por el Ministerio de
      Gobernación, los cuales han ingresado de manera tardía a las arcas municipales,
      razón que ha impedido la ejecución de la gran mayoría de proyectos financiados por
      este recurso.
      3. Con el fin de realizar la priorización respectiva de los proyectos financiados con
      el Impuesto al Cemento se coordinará con el ingeniero Alfredo Orocú Sandoval,
      Encargado del Departamento de Construcciones, Catastro y Valoración, quien
      administra la utilización de estos recursos dentro del Programa III Inversiones. Se
      toma nota


   20. Oficio AL-CPEMUN-0387-2024, fechado el 22 de agosto, emitido por la señora
      Ericka Ugalde, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas III, Asamblea
      Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La Comisión Permanente
      Especial de Asuntos Municipales, en virtud del informe de consulta obligatoria del
      Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el
      proyecto de Ley Expediente n.° 24.318 “REFORMA AL PARRAFO SEGUNDO DEL


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      ARTÍCULO 139 DEL CÓDIGO MUNICIPAL PARA EVITAR LA REITERACIÓN DEL
      PROCESO DE NOMBRAMIENTOS O ASCENSOS INTERINOS”, el cual se adjunta.
     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
     vence el 4 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
     La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
     respondiendo este correo, y en ese caso automáticamente contará con ocho días
     hábiles más, que vencerán el día 16 de setiembre de 2024. Esta será la única
     prórroga que esta comisión autorizará.


                                        ACUERDO 20°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO


   21. Documento Fechado el 22 de agosto, emitido por el señor Marcos Mora
      Cordero, quien les manifiesta lo siguiente “… Reciban un cordial saludo de mi
      parte, y a la vez felicitarles por estar poniendo orden en esa municipalidad que ha
      estado abandonada por muchos años, hasta ahora se ven algunas personas con
      ganas de hacer las cosas diferentes. En esta ocasión deseo compartirles la
      resolución Nº 2024023261 de la SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE
      SUPREMA DE JUSTICIA de las nueve horas quince minutos del dieciséis de agosto
      de dos mil veinticuatro.
     La Sala Constitucional me da la razón y queda demostrado con hechos probatorios
     que la Municipalidad de Jiménez específicamente la que fue alcaldesa Lissette
     Fernández Quirós y el funcionario Trentino Mazza Corrales “violentaron el derecho
     de petición y acceso a la información consagrados en los ordinales 27 y 30 de la
     Constitución Política”, esto es lamentable que uno como ciudadano tenga que acudir
     a instancias judiciales para obtener información o para que se dignen en contestar


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     las autoridades municipales en los tiempos que establece la ley, a vista y paciencia
     del Concejo Municipal anterior ya que estos fueron quienes recibieron mi nota en
     Sesión Ordinaria Nº 178, celebrada el día lunes 25 de setiembre” del 2023 y la
     trasladaron a la administración para la atención respectiva, sin embargo, a los que
     conformaban el concejo municipal de ese momento y que por cierto ESTUVIERON
     PRESENTES EN ESTA SESIÓN (178 DEL 25 DE SETIEMBRE DEL 2023) que
     además aún siguen formando de la MUNICIPALIDAD: Ricardo Aguilar, Evelio
     Camacho, José Camacho, Cristian Sojo, Fabián Méndez NUNCA velaron por el
     cumplimiento de los deberes y DE LOS ACUERDOS por parte de las personas
     mencionadas obligando a los ciudadanos como mi persona a tomar medidas
     diferentes para hacer valer nuestros derechos.
     Cabe indicar que el Recurso de Amparo solicitaba información sobre la extracción
     de material de Rio Pejibaye problema que viene desde muchos años atrás, y que
     estas personas que mencioné con anterioridad siempre han tenido conocimiento
     como se demuestra en el recurso de amparo ganado, sin embargo, desconozco por
     qué desde ese momento no actuaban conforme el juramento Constitucional.
     Me da pena, el leer las alegaciones en la respuesta de la Municipalidad de Jiménez
     de quien fuera la alcaldesa Lissette Fernández Quirós y el actual funcionario
     Trentino Mazza Corrales donde manifiestan a la Sala Constitucional que por yo estar
     pidiendo esa información y hacer valer mi derecho de petición me condenen por
     “actuar de MALA FE”, cabe indicar que aporto documento firmado por estas dos
     personas mismo que fue autenticado por el abogado Guillermo Brenes Cambronero.
     Por lo visto, hacer valer mis derechos es actuar de mala fe, para algunos
     funcionarios municipales, sin embargo, seguiré haciéndolos valer cuantas veces
     sean necesarios ya que en vísperas del mes de la patria como indica el Himno
     Patriótico al 15 de setiembre “(…) sepamos ser libres no ciervos menguados,
     derechos sagrados la Patria nos da (…)”
     Por último, deseo indicar que ya son dos veces que la Sala Constitucional me da la
     razón por la misma situación y en ambas se “condena a la Municipalidad de Jiménez


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     al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos (…)” sin embargo,
     mi intención no es obtener dinero si no la información en tiempo y forma y que sean
     respetados mis derechos como ciudadano del cantón de Jiménez.
     Esperaré el tiempo recurrido por la Sala Constitucional para el envío de la
     información porque esto ayudaría a aclarar dudas que aún tenemos con la
     extracción de material del rio Pejibaye, problemas de años en la administración
     Municipal.


     Ana Mazza Calvo: Bueno, compañeros, al respecto ya hoy, incluso hubo
     publicaciones en las redes sobre el tema, sobre que se perdió esta, bueno, se ganó
     esta demanda de parte de un ciudadano, y evidentemente fue la Municipalidad la
     que perdió y perdimos todos, porque a la hora de contenernos a costas procesales
     y demás, pues tenemos que acudir a un presupuesto que no tenemos, y hacer los
     pagos respectivos a mí me preocupa y, bueno, quisiera que queden actas las
     observaciones que hagamos al respecto de esta correspondencia.
     Dos problemática, una que hemos venido hablando casi desde el inicio, que es la
     problemática que tenemos en el Río Pejibaye, que los compañeros de Gestión
     Ambiental han estado tras de eso, que es una problemática que estamos atacando
     creo que desde la primera sesión y que ha venido creándose un expediente, casi
     infinito sobre todo lo que hay que validar al respecto y dos, la inobservancia, porque
     nosotros mismos hemos sido testigos de tener que pedir documentos en varias
     ocasiones o tener que estar dando, solicitando documentos, el compañero Alan, sé
     que en la administración anterior tuvo muchas veces que recorrer a hacer presión
     para contener respuestas y, pues, no podemos continuar en el mismo patin, tenemos
     que hacer cambios al respecto, creo que el señor nos ha hecho una recapitulación
     del proceso en esta correspondencia, Sería importante tal vez que leamos el por
     tanto. No sé si el por tanto, si lo tienes a mano, Sol, si no yo por acá traigo el
     documento igual, Sí, si me lo prestas, igual yo lo tengo, pero no lo tengo mano



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     Soledad Rojas Calderón: Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Lissette
     Fernández Quirós y Trentino Mata Corrales, por su orden alcaldesa y encargado del
     Departamento de Hacienda Municipal, ambos de la Municipalidad de Jiménez de
     Cartago, o a quienes ocupen sus cargos, que coordinen lo necesario, giren las
     órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del
     ámbito de sus competencias, para que, dentro del plazo de DIEZ DÍAS, contado a
     partir de la notificación de este recurso, se coordine lo pertinente y se le brinde al
     recurrente la información y documentación solicitada en la gestión formulada el 21
     de setiembre de 2023. Lo anterior salvaguardando los datos sensibles o
     confidenciales, en caso de haberlos, de conformidad con la Ley de Protección de la
     Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Ley No. 8968). Se advierte
     que, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción
     Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta
     días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada
     en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el
     delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de Jiménez
     al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de
     base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo
     contencioso administrativo.
     Ana Mazza Calvo: Esta es la parte que a uno le preocupa, ¿verdad?
     Entonces, que lamentablemente venimos arrastrando una serie de eventos que no
     nos competen directamente a nosotros, pero que sí son consecuencias tal vez de
     malas prácticas, no sé, o sea, a lo interno de la administración va a tener que hacer
     su propia revisión y me imagino que doña Ana ha estado ocupada también y ella,
     pues, en ese momento tiene que asumir también una responsabilidad colateral por
     esto porque es la que está asumiendo el puesto y es así como lo dictamina la ley,
     hago dos solicitudes muy directas a todos ustedes.
     Recordemos que tenemos responsabilidades serias, la correspondencia que se nos
     gira es para ser atendida, todos tenemos un montón de cosas por hacer, ninguno de


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     nosotros se dedica 100% a esto y hay que hacer los espacios porque
     lamentablemente la inobservancia, la negligencia, la incertidumbre llevan a esto, o
     pueden desembocar en esto, no sé cuáles fueron los motivos que llevaron a este
     desenlace, el tema es que ahora nosotros tenemos que hacernos cargo del
     resultado, entonces, mi llamado es, por favor, que de verdad pongamos atención en
     lo que es dar respuesta, en lo que es atender, si se requiere más tiempo, los
     ciudadanos, nos lo otorgan si se lo solicitamos, si simplemente la respuesta es esa,
     que no la tenemos pues entonces darle, ponerle la cara, dar, no sé, buscar las
     opciones, cambiar rutinas, cambiar hábitos, buscar los mecanismos que se
     requieran para subsanar este tipo de cosas, esto era una solicitud de información,
     la información o estaba o no estaba, era pública o es información pública eran cosas
     de la Municipalidad, a nosotros mismos obtener algún tipo de información y nosotros
     sabemos que a veces no es fácil, que posiblemente habían cosas, tal vez, no sé,
     que estaban en algún archivo que no es tan digital o que posiblemente no era digital
     y quizás son cosas que atrasan, que llevan tiempo, que requieren de destinar tiempo
     a otras labores adicionales a la rutina, pero se tienen que hacer, se tienen que hacer
     y no se vale, digamos, ser inobservantes, no se vale ser negligentes, no se vale
     jugar con esto porque no es presupuesto nuestro, es un presupuesto del pueblo,
     estamos hablando de un recurso público, en todos los términos, lo que hagamos o
     dejemos de hacer repercute en estas cosas, si aprobamos un proyecto, y no velamos
     porque los recursos inviertan bien, si no lo aprobamos y simplemente estamos
     atrasando los procesos, estamos haciendo mal, la idea es aprobar, avanzar, hacer
     convenios, hacer proyectos, distribuir los recursos, tratar de captar, tratar de colocar
     donde las prioridades lo requieran, de escuchar a las personas, de escuchar al
     pueblo, a veces hacia esas prioridades, pero ser observantes también en el camino,
     ser vigilantes de eso, de los recursos, de las riquezas que no nos pertenecen porque
     son parte de todos, esa es nuestra labor, ese es nuestro control político desde acá.
     Y aunque pueda parecer que se coadministra, se llama en contra del político
     también, tenemos que tenerlo, es vigilar, estamos aquí no solo para ejecutar, sino


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     también para vigilar, y mi llamado es ese, yo no quiero que este tipo de cosas pasen
     en nuestra gestión, ojalá que estas cosas no se repliquen, bueno, ya ahí los
     compañeros tendrán que atenderlo, queda a lo interno, dar respuesta, atender la
     gestión y validar sí estuvo bien o estuvo mal, rara vez un juzgado revisa una
     sentencia, pero, no sé, desconozco el detalle de todo el proceso, y me reservo esa
     parte porque no estuve aquí en ese momento, no soy parte del proceso, yo tendría
     que reconocer todos los hechos para poder dar una opinión más profunda, pero sí
     lo que les quiero, mi llamado es a que esto no se repita, por lo menos en nuestra
     gestión, y si es necesario, y yo lo he tenido que hacer con clientes y lo he tenido que
     hacer con familiares y con conocidos, si es necesario pedir más tiempo porque
     estamos saturados o porque no se logra documentar lo necesario o no se logra
     completar la asignación, pues se pide, se pide, se habla, se gestiona, pero que no
     ignoremos lo que está pasando, y como les decía, es muy importante la
     documentación, es muy importante la correspondencia, tenemos que estar muy al
     tanto. No sé si alguno quiere hacer alguna observación adicional. Doña Evelio y
     Katia, en ese orden.
     Evelio Camacho Ulloa: Gracias, señorita presidenta yo lo que quiero decir es que,
     bueno, en el caso de los que están ahorita en síndicos, ve la responsabilidad también
     que tenemos los síndicos, aunque don Marcos ahí en el documento no especifica
     que en ese momento yo era síndico del distrito de Pejibaye, no era regidos en ese
     momento, pero vemos la responsabilidad, o sea, si nosotros quedamos callados
     ante algún acto, aunque sea como síndico, a que no hubiera este tubo en ese
     momento, la responsabilidad también la asumimos, es la importancia a veces de uno
     decir las cosas, tal vez yo aquí no voy a llorar sobre la leche derramada, hay que
     poner, como dice el dicho, el pecho a las balas, y yo creo que Alan siempre lo dice
     aquí, aquí estamos tratando de mejorar cosas que hicimos tal vez en el pasado mal
     y estamos tratando de mejorar y por ese camino me voy yo también yo estoy muy,
     muy claro en que hay que ir mejorando y las cosas que se hicieron mal, tanto de
     parte del Concejo como de parte de la Administración, creo que son las cosas que


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     hay que mejorar para ir encaminándonos hacia un mejor futuro de este cantón.
     Entonces, muy de acuerdo, y como Ciudadanos, bueno, en el caso de Marcos, con
     todo su derecho lo hizo y cualquier otro que nosotros cometamos un error lo va a
     tener también, entonces, es simplemente, como les digo, seguir el mismo proceso y
     si hay que afrontar lo que hay que afrontar, hay que afrontarlo, para eso estamos
     acá y para eso he dicho el pueblo también, gracias señora Presidenta
     Ana Mazza Calvo: Gracias don Evelio, doña Kattia.
     Kattia Calvo Sanchez: Sí, yo también quisiera referirme al caso de este documento,
     aunque no es competencia de este Concejo, dar respuesta sobre este, perdón,
     sobre este caso en particular, ya que los responsables de dar respuesta es el señor
     Don Trentino y la actual Alcaldesa, lo cierto es que como Concejo Municipal sí
     debemos velar que por todo lo que aquí sucede es parte de nuestro compromiso
     con el pueblo, la verdad es que es muy lamentable para nosotros recibir estos
     documentos que dejan una clara evidencia de mal manejo por parte de los anteriores
     regidores y la pasada administración, para nosotros debe ser una clara lección de
     cómo debemos actuar y la responsabilidad que tenemos como los ciudadanos
     debemos respetar la opinión de todos los que ellos tienen todo el derecho
     constitucional de pedir cuentas cuando lo consideren necesario, la ley es muy clara.
     En esto, diez días hábiles y respuestas claras y concisas que aclaren todas las
     dudas que se presenten y que tengan que ver con la transparencia, como podemos
     ver en recuadro hecho por los jueces y las solicitudes planteadas.
     Número uno. Pregunta, ¿Qué acciones han hecho la alcaldía en los últimos diez
     años con respecto al no pago de impuestos? Hasta la hora no hemos recibido ningún
     documento al respecto.
     Número dos. Acciones, No se ha realizado ninguna inspección a las empresas que
     incumplen con el Reglamento Municipal, tampoco no ha mostrado ningún
     documento que certifique dichas inspecciones.
     Número tres, no se ha realizado ninguna inspección en el predio de la empresa JSR
     donde hay gran cantidad de material en el Río extraído, perdón, ilegalmente, porque


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     esta empresa no tiene ninguna concesión a su nombre que le respalde este poder
     sacar material del Río ni tampoco paga ningún impuesto ni patente en la
     Municipalidad para dicha actividad, creo que no es solo patente en la Municipalidad.
     Es decir, que se ha dicho, se hizo la inspección, debe aportar documentos aplicados,
     por qué está ese material en ese lugar, con qué permisos se extrajo al Río y cuáles
     son los beneficios recibidos por la Municipalidad al respecto.
     Esto para mencionar algunos de los puntos mencionados en esta resolución de la
     sala constitucional, también podemos ver en la resolución de la sala constitucional,
     perdón, de respuesta de que don Trentino y la anterior Alcaldesa, muy fuera del
     lugar, como es pedir que se condena al señor Marcos Mora por actuar de mala fe.
     Si defender los derechos de no otorgar la ley es actuar de mala fe, entonces los
     ciudadanos no pueden expresar sus inquietudes porque están actuando de mala fe.
     Creo que lo que nos corresponde a nosotros es velar porque no se cometan más
     esos errores en contra de las personas que sí, que se interesen por las cosas de la
     comunidad y demos respuestas que sean necesarias a tiempo, en forma y algo muy
     importante que toda la transparencia que debemos tener y que la ley nos consigue
     como representantes del pueblo que somos, recordemos que no somos los dueños
     de la Municipalidad, fuimos elegidos por el pueblo y para llevar por un buen camino
     los intereses del pueblo, eso era mi aporte y que quede en Actas
     Ana Mazza Calvo: Sí, me uno a lo que indica doña Katia, en efecto, tiene que ser
     una elección para nosotros, no sé cuál es el monto, no sé de qué monto estemos
     hablando, cuál va a ser la resolución final al respecto, pero sí creo que hemos
     insistido en eso algunos de nosotros y tal vez hemos sido llamados como necios
     sobre el tema, pero sí es muy importante este llamado a atención que nos hacen
     este tipo de situaciones. Doña Ana tiene la palabra.
     Ana Azofeifa Pereira: Sí, muchas gracias. Bueno, también que queden actas, es
     muy importante hacer referencia a que, como usted bien lo dice, es un asunto
     heredado, ya estamos con la revisión correspondiente para poder dar la respuesta.
     Con Don Trentino estuvimos viendo y hubo respuestas que se emitieron de parte de


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     lo que es el departamento de Hacienda Municipal, vamos a ver qué fue lo que usted
     sucedió y cómo fue recibida esa información, algo importante, también yo creo que
     ustedes como Concejo, y también le recomiendo a don Marco, porque don Marco
     todas las señalizaciones se las hace siempre a los funcionarios Municipales y se las
     hace directamente al Concejo Municipal, yo no sé si ya él o ustedes van a interponer
     alguna consulta o una queja directa, si él tiene todo lo que es las pruebas, debería
     de poner ya una queja, una consulta o una denuncia directamente al ente que le
     corresponde el tema de dar los permisos de extracción, que es al MINAE.
     Hay una dirección relacionada con esto, y yo creo que ya debería hacerse las
     consultas directamente al MINAE por parte de las personas que tienen la evidencia,
     me parece importante, en este tema, Kattia ha sido muy explícita con la solicitud
     puntual, entonces nosotros directamente vamos a estar velando, porque cuando
     lleguen consultas, dudas y demás, pues sean aclaradas en el momento, y cuando
     corresponda, pues estaremos pidiendo los tiempos, por lo menos de mi parte no es
     atrasar, no es no responder, habrán respuestas que lleguen, más tiempo, y demás.
     Ana Mazza Calvo: Sí, doña Ana, muchas gracias.
     Sí, en efecto, o sea, sabemos que es una de las bolas curvas que nos ingresan acá
     al Concejo en este inicio de labores, en esos 120 días iniciales.
     Y sí, son cosas heredadas, como bien lo dice usted, por eso, inclusive, lo decía, y
     doña Ana, en este momento, por asumir el puesto, le va a corresponder hacer la
     gestión a lo interno, aunque ella no fue parte de, evidentemente, los funcionarios
     son los que tienen más trayectoria a nivel Municipal y son los que ven pasar a los
     Concejos Municipales, ellos permanecen y pues nosotros estamos de paso, al igual
     que en este caso, doña Ana y, en efecto, como lo dice doña Ana, doña Kattia ha
     sido muy puntual también en sus indicaciones, y sí, o sea, sí o sí, todos tenemos
     que aprender de este tipo de procesos me uno también al llamado de doña Ana,
     ahora, si alguien ya tiene documentación, si tiene las evidencias y puede hacer
     denuncias directas cuando se están haciendo daños directos a la Municipalidad,
     como en este caso se están omitiendo, se pueden hacer, creo, no estoy segura al


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     respecto, que precisamente la información que él solicitaba era parte de un
     expediente que estaba conformando para poder hacer una denuncia directa,
     entonces me parece que por el tipo de información que se solicita, era parte de lo
     que necesitaba documentarse para completar esa gestión, o no sé si ya había
     iniciado algún otro proceso y eso se requería el llamado sigue siendo el mismo,
     como bien lo dice Ana, hay cosas que no se pueden responder de inmediato, en
     efecto, en efecto, a veces no podemos responder en caliente, y hay cosas que
     necesitan más tiempo, pero hablándonos todos entienden, si damos una respuesta,
     si pedimos una prórroga, creo que en la mayoría de las ocasiones vamos a obtener
     un sí, aunque sea un corto plazo, pero por lo regular vamos a ganar más que
     quedándonos callados y omitiendo, don Alan
     Alan Quesada Hernandez: Buenas noches, señorita presidenta, es una consulta.
     A ustedes, ¿Cuándo les llegó la notificación y cuándo le vencen los 10 días hábiles
     para contestar?
     Ana Azofeifa Pereira: No preciso si llegó el viernes, porque nosotros apenas lo
     recibimos, sacamos una cita con el abogado que lleva el caso, de hecho la teníamos
     hoy y la pasamos para mañana en la mañana, pero ahorita no preciso.
     Alan Quesada Hernandez: Sería bueno que precise el tiempo de los 10 días
     hábiles, porque es una resolución de la sala cuarta y si no contesta en este caso a
     don Marco se puede dar un delito de aparentemente desacato, por eso le
     preguntaba cuando vencen los 10 días hábiles. Gracias
     Ana Azofeifa Pereira: Sí don Alan no tiene por qué darme órdenes en ese sentido,
     yo tengo muy claro que tengo que dar una respuesta y como les dije, en el momento
     que se recibió, inmediatamente procedí a hacer la cita con el abogado, ahorita es
     que no preciso porque no traje la información, pero sí lo tengo muy claro cuando
     tengo que dar respuesta y ya estoy trabajando.
     Alan Quesada Hernandez: Muchas gracias, pero sí me preocupa que no precisa la
     fecha de cuando se vencen los 10 días hábiles.



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     Ana Azofeifa Pereira: Sí pero no tengo porque traerlo a este Concejo, es un tema
     totalmente administrativo que yo estoy resolviendo, estoy midiendo los tiempos y
     voy a dar respuesta en tiempo, no me gustaría, o sea, no me gusta esta forma de
     verlo aquí, de que me presionen a dar una información que no tengo a mano,
     ustedes también tienen acá yo creo que esto llegó el viernes, me parece, y apenas
     llegó, coordinamos, estamos totalmente en el tiempo, y que no tenga la información
     aquí a mano no quiere decir que no la tenga prevista para atenderla.
     Mañana, si Dios quiere, tengo reunión con el abogado para trabajar en esta
     respuesta y voy con don Trentino Mazza, entonces, lo que no me gusta es que se
     me enfrente así, como que no tengo la información a mano, que no debo responder,
     que no, yo creo que es bueno que se dé el tiempo que uno como administrador
     necesita para resolver, y lo vamos a resolver en el tiempo no soy de las personas
     que me ando quitando u ocultando información, lo que quiero es construir y dar la
     información en el tiempo, es muy importante que quede claro acá.
     Ana Mazza Calvo: No quise, perdonen, no quise cortarle a ninguno de los dos el
     llamado, pero creo que en la línea de respeto ninguno de los dos está pidiendo nada
     de lo que no se pueda, de lo que no podamos precisar después, entonces entiendo
     la intención de don Alan, en verdad, de que es muy importante y es una fecha que
     tiene que estar muy a la mano, pero también entiendo la posición de doña Ana, yo
     sé que ella lo va a tener presente y yo sé que ella va a tener que hacer las diligencias
     internas como lo mencioné en mi discurso anterior, y entonces creo que de momento
     podemos dejarlo hasta acá, creo que la preocupación es de todos, creo que todos
     cuando vimos la noticia nos preocupamos, y pues la verdad, y le soy muy sincera,
     creo que la preocupante le corresponde a ella porque a diferencia nuestra que, por
     ejemplo, yo hice un comentario acá y les dije, tendría que reconstruir todos los
     hechos de doña Ana, lo va a tener que hacer, creo que en estos momentos lo que
     más sé preciso es que se atienda, sí, es cierto, como lo dice un don Alan, que se
     atienda en tiempo, obviamente no podemos volver, incurrir en hacerlo fuera de
     tiempo porque es lo que nos tiene acá hablando del tema, pero les agradezco a los


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     2, que no es algo personal y tal vez es un tema que está muy en caliente como para
     que lo tratemos aquí tan directamente, pero sí nos preocupa a todos, tanto a la
     administración como a nosotros como Concejo y doña Ana, créeme que, bueno, se
     lo repito y se lo dije en esta semana, no es nada personal lamentablemente nosotros
     no somos ejecutores y para poder ejecutar y para poder tener a veces el acceso,
     digamos, a los muchachos y a los funcionarios y a la información, pues tenemos que
     acudir a usted, pero sí, de mi parte tiene toda mi confianza y yo sé que usted va a
     atender la situación y si no lo es, pues para eso estamos aquí nosotros y pues
     posteriormente hablaremos, don Alan
     Alan Quesada Hernandez: Sí, me gustaría que queden actas, lo mencionamos por
     mi persona.
     Ana Mazza Calvo: Si correcto, toda la conversación sobre este tema va a quedar
     en actas.
                                   ACUERDO 21°


Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento a la
Administración, para su debida gestión, con copia al señor Marcos Mora Cordero.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   22. Documento Fechado el 22 de agosto, emitido por el señor Marcos Mora
     Cordero, quien les manifiesta lo siguiente “… Reciba un cordial saludo de mi
     parte y a la vez consultarle lo siguiente. Hasta donde yo tengo conocimiento y, así
     ha sido manifestado por usted en diferentes cartas al Concejo Municipal de Jiménez,
     la concesión de explotación del Rio Pejibaye, “Minas del Pejibaye S.A.” no se
     encontraba el día con el pago de los impuestos de acuerdo al “Reglamento para el
     cobro del Impuesto a concesionarios por la explotación de tajos y canteras situadas
     en el Cantón Jiménez” y que incluso al mes del Julio del año 2024 ya habían
     contactado a la empresa y esta se comprometió a brindar las declaraciones juradas
     y hacer el pago respectivo.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     El 2 de abril del 2024, usted como encargado de Hacienda Municipal hace constar:
     “Que revisada la base de datos municipal, respecto a los cobros del impuesto de
     Bienes Inmuebles, cobro de servicios, arriendos o cualquier otro cobro, que la
     sociedad (…) Minas del Pejibaye S.A. cédula 3101274844 (…) se encuentra al día
     hasta los 31 días de diciembre del 2024” Se adjunta documento.
     Por lo anterior le solicito que me informe lo siguiente:
     1. ¿El impuesto que establece el “Reglamento para el cobro del Impuesto a
     concesionarios por la explotación de tajos y canteras situadas en el Cantón Jiménez”
     es un impuesto municipal que está obligado a pagar el concesionario?

     2. ¿Cuáles son los criterios legales y técnicos para que se indique en una constancia
     que Minas del Pejibaye S.A. está al día con los pagos en la
     Municipalidad de Jiménez? Cuando hay una claro omisión en el pago según el
     “Reglamento para el cobro del Impuesto a concesionarios por la explotación de tajos
     y canteras situadas en el Cantón Jiménez” mismo que ha sido confirmada por usted
     varias ocasiones. Se toma nota


   23. Oficio AL-CPASOC-0709-2024, fechado el 16 de agosto, emitido por la
     Licenciada Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones
     Legislativas II, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La
     Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de moción aprobada, dispuso
     consultar el criterio del Expediente N.º 24.192, “DECLARACIÓN DEL DÍA
     NACIONAL DE LA CIMARRONA TRADICIONAL COSTARRICENSE”, cuyo texto
     me permito copiar de forma adjunta.

     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa se les agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
     vence el 4 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
                                        ACUERDO 23°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Culturales, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   24. Oficio AL-CPAAGROP-1987-2024, fechado el 20 de agosto, emitido por la
      señora Cinthya Diaz Briceño, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas
      IV, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La Comisión
      Permanente de Asuntos Agropecuarios en virtud del informe de consulta obligatoria
      del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre
      el proyecto de Ley Expediente N.°24.268 “REFORMA A LA LEY FORESTAL, LEY
      N° 7575, SUS REFORMAS Y REGLAMENTOS” el cual se adjunta.
     De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
     Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
     vence el 06 de septiembre 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
     La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
     respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que
     vencerán el día 18 de septiembre de 2024. Esta será la única prórroga que esta
     comisión autorizará




                                        ACUERDO 24°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Ambientales, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   25. Oficio AL-CPEAMB-0418-2024, fechado el 22 de agosto, emitido por la señora
      Cinthya Diaz Briceño, Jefa de Área, Área de Comisiones Legislativas IV,
      Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La Comisión


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      Permanente de Asuntos Agropecuarios en virtud del informe de consulta obligatoria
      del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre
      el proyecto de Ley Expediente N.°24.300 “LEY PARA LA RESILIENCIA CLIMÁTICA
      DE COSTA RICA: Y CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO”, el
      cual se adjunta.
      De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
      Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
      vence el 06 de septiembre 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.
      La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
      respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que
      vencerán el día 18 de septiembre de 2024. Esta será la única prórroga que esta
      comisión autorizará


                                         ACUERDO 25°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Ambientales, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   26. Oficio N°374-ALJI-2024, fechado el 22 de agosto, emitido por la señorita Ana
      Isabel Azofeifa Pereira, Alcaldesa, Municipalidad de Jiménez, quien les
      manifiesta lo siguiente “… En respuesta al acuerdo 1°Inciso B del Artículo X, de
      la Sesión Ordinaria 13, celebrada el martes 30 de julio del presente año, mediante
      el cual me solicitaron el listado de los funcionarios municipales que reúnan los
      requisitos técnicos y jurídicos para ser nombrados interinamente como auditor; me
      permito indicarles que, de acuerdo a los requisitos mínimos de admisibilidad que
      actualmente se indican en el perfil del puesto de Auditor Municipal son los siguientes:
      FORMACIÓN ACADÉMICA: Licenciatura Universitaria, en una carrera atinente al
      puesto.



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      REQUITOS DE EXPERIENCIA: Tres años de Experiencia en Labores Relacionadas
      al Puesto. Un año y seis meses de Experiencia en Supervisión de Personal.
      REQUISITOS LEGALES: Incorporado al Colegio Profesional Respectivo. Licencia
      de conducir, al día y acorde al vehículo, y así el cargo lo requiere.
      Una vez revisados los expedientes personales procedo a informarles que ningún
      funcionario municipal reúne en su totalidad los requisitos indicados para ser
      nombrado de manera interina en dicha plaza.
      Para lo que corresponda, les adjunto el REGLAMENTO PARA REGULAR EL
      NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ


                                         ACUERDO 26°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Especiales.


   27. Oficio AL-CPASOC-0720-2024, fechado el 23 de agosto, emitido por la
      Licenciada Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área, Área de Comisiones
      Legislativas II, Asamblea Legislativa, quien les manifiesta lo siguiente “…La
      Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de moción de consulta
      aprobada, dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 24.458, “LEY DE
      PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CULTURA COSTARRICENSE EN LA
      ACTIVIDAD TURÍSTICA”, cuyo texto me permito copiar de forma adjunta.

      De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
      Legislativa se les agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que
      vence el 5 de setiembre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

                                         ACUERDO 27°
Este Concejo acuerda por Unanimidad; que se traslade copia de este documento a la
Comisión Municipal de Asuntos Culturales, para su análisis y posterior dictamen.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   28. Oficio 023-2024-PS-DGVM, fechado el 22 de agosto, emitido por la señora
     Yendry Segura Arguedas, Promotora Social Departamento de Gestión Vial,
     Municipalidad de Jiménez, quien les manifiesta lo siguiente “… En referencia al
     acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Jiménez Sesión Ordinaria Nº 15,
     celebrada el día lunes 12 de agosto del año en curso sobre la solicitud de una
     campaña informativa en el distrito de Pejibaye para difundir y realizar las respectivas
     advertencias sobre el trabajo que se está realizando en el sector del puente nuevo
     que comunica Pejibaye y Plaza Vieja manifiesto lo siguiente, el proyecto inicio el
     pasado 01 de julio del presente año y desde la primera semana se han
     implementado una serie de actividades con el fin de mantener a los vecinos de la
     comunidad y a sus visitantes informados sobre los alcances del proyecto y sus
     limitantes en el sector turístico y ambiental, así como el llamado a seguir todas las
     medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes, las cuales menciono a
     continuación:
     En la primera semana se realizó la visita casa por casa de mi parte, para informarle
     a los vecinos cerca de la zona de trabajo sobre el inicio de obras, así como la
     habilitación de una línea de WhatsApp, correo y teléfono institucional para atención
     de quejas y sugerencias, estos datos también se encuentran en la zona de trabajo
     para que puedan estar a mano de cualquier persona que lo necesite.
     Se realizó una reunión en la comunidad de Pejibaye, específicamente en el salón
     comunal de Pejibaye dirigida a toda la comunidad donde se abordaron los siguientes
     temas:
           Presentación del Equipo de Trabajo.
           Financiamiento.
           Alcances del proyecto.
           Propuesta de diseño.
           Plan de Compensación Forestal.
           Espacio para consultas.

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
           Medidas de seguridad y prohibiciones.


     Se realizan acciones enfocadas en la prevención de accidentes como: publicaciones
     en redes sociales sobre el inicio del proyecto, medidas de seguridad, se recuerda a
     los ingenieros del proyecto la importancia de delimitar la zona de trabajo para que
     la población en general no pueda ingresar a la zona de trabajo.
     Se realizan oficios informando sobre el inicio de las obras y tiempo aproximado de
     construcción dirigidos a la ASADA, Empresas de Kayak y Turismo, Cruz, Roja,
     Fuerza Pública, Bomberos y empresa de transporte público.
     Se solicita a la empresa constructora la demarcación de la zona de trabajo por medio
     de rótulos visibles y malla perimetral que no permita el ingreso de personas ajenas
     a las obras, además de que era necesario que se informara que parte del río había
     sido dragado para la construcción de diques lo que representaba un riesgo de
     ahogamiento para los bañistas.
     Como parte de la responsabilidad de la Municipalidad de Jiménez y especialmente
     del Departamento de Gestión Vial se tomó la medida de señalización propia en las
     zonas más peligrosas por medio de carteles que indican las prohibiciones e
     información por ejemplo: “Prohibido el paso, cuidado área de trabajo, prohibido
     bañarse, área restringida, solo personal autorizado, peligro, zona de obras”.
     Por último se realiza una nota más amplia dirigida a la Cámara de Turismo que
     incluye el marco legal del proyecto el cual le da protestad a la empresa constructora
     sobre el uso del cauce del río y por ende a realizar la prohibición de paso a los
     kayakistas por el puente viejo mientras se construye el puente nuevo, esto debido a
     la magnitud de la obra y el alto riesgo de accidente que esto representa, sin embargo
     como parte del compromiso por no parar la actividad turística adquirido en una
     reunión celebrada el 6 de agosto de 2024 de manera virtual por meet google, se les
     envió un croquis donde se delimito la zona de trabajo aguas arriba y aguas abajo,
     así como los posibles accesos que pueden utilizar para que realicen trasbordo, se
     les indicó sobre zonas de acceso públicas y accesos privados con los números de


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
       finca y teléfonos para que pudieran crear con los vecinos accesos al río y seguir
       aprovechando la zona de Taús con fines turísticos.


       Finalmente quiero mencionar que se realizan informes sobre quejas y sugerencias
       de los vecinos por los medios que he puesto a disposición de la comunidad los
       cuales adjunto en dicho informe como prueba, además se adjuntan fotografías que
       respaldan lo indicado en este informe. Se toma nota


   29. Oficio Nº369-ALJI-2024, fechado el 14 de agosto, emitido por la señorita Ana
       Isabel Azofeifa Pereira, Alcaldesa, Municipalidad de Jiménez, quien les
       manifiesta lo siguiente “…En cumplimiento del acuerdo 4° Inciso A del Artículo XI,
       de la Sesión Ordinaria N° 13, celebrada el martes 30 de julio del presente año, y en
       atención a la solicitud de detallar los aportes realizados o servicios utilizados por la
       Federación de Municipalidades de Cartago y la Unión Nacional de Gobiernos
       Locales, informo que se procedió a consultar a los diferentes departamentos
       municipales, de los cuales han respondido lo siguiente:
      Departamento de Hacienda Municipal:
       Oficio HMJ-060-2024 mediante el cual se indica: “En el Área de Hacienda Municipal
       de la Municipalidad de Jiménez, que está conformada por los departamentos de
       Contabilidad, Tesorería y Administración Tributaria, durante los dos últimos años,
       no se ha recibido ningún servicio, ni de la Unión de Nacional de Gobiernos Locales
       y de la Federación de Municipalidades de la Provincia de Cartago”.
      Departamento de Servicios Municipales:
       Oficio N°156-CSM-2024 mediante el cual se indica los siguientes servicios recibidos:
   1- En 2017 se inició el proyecto “Mejoramiento de la Recolección de Residuos Sólidos
       Urbanos: Instrumentos para Incrementar la Recuperación de Residuos Sólidos
       Valorizables”, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo y ejecutado por
       la Unión Nacional de Gobiernos Locales. Este proyecto, desarrollado entre 2017 y
       2020, generó los siguientes productos:

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
    Primer componente: Estudio de factibilidad sobre proyecto mancomunado de
       manejo de residuos.
    Segundo componente: Caja de herramientas digital con información sobre gestión
       integral de residuos.
    Tercer componente: Planes de acción para mejorar el servicio de Recolección,
       Tratamiento y Disposición final de Residuos. Este fue un insumo de suma
       importancia para la actualización del plan municipal de gestión integral de residuos.
   2- Proyecto regional para la gestión integral de residuos sólidos de Cartago y el cantón
       de Desamparados.
       Como continuación del proyecto mancomunado de residuos mencionado, la UNGL
       estableció un convenio de cooperación con el INDER, donde se asignaron
       aproximadamente 320 millones de colones. Actualmente, el proyecto está en
       desarrollo con la asesoría del BID, y su objetivo principal es:
        Desarrollar una opción innovadora para la gestión de residuos sólidos en varios
          cantones de la provincia de Cartago y en el cantón de Desamparados, así como
          en los distritos de Tucurrique y Cervantes. El proyecto está orientado a
          incrementar la tasa de aprovechamiento de residuos sólidos, disminuir
          progresivamente la cantidad de residuos destinados a la disposición final y
          reducir las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de su gestión.
      Departamento de Gestión Vial:
       Oficio 109-2024-DGVM mediante el cual se indica los siguientes servicios recibidos:
    FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE CARTAGO
No se ha recibido ninguna asistencia o colaboración en los años indicados
    UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES:
       Año 2024
   1- Refrendo legal a la adenda DGFM-AD-C-2-2024 al contrato número DE-CONT-232-
       2023, para rectificar el monto de la Comisión IFAM sobre la Operación N°FIN-FIP-
       CVL-304-1863-9-2023 de la Municipalidad de Jiménez para el financiamiento del
       proyecto denominado “SUSTITUCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO PEJIBAYE”.


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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   2- Elaboración, coordinación y recomendaciones en los procesos de contratación de
       personal tanto internos como externos detallados a continuación: o Chofer de
       Maquinaria Pesada y Promotora Social
   3- Transformación de la PLAZA DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE GESTION
       VIAL a COORDINADOR DEL PROCESO DE DESARROLLO TERRITORIAL
   4- Actualización de roles y funciones para el uso de la página web de la Municipalidad
       de Jiménez, alojada en los servidores de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.
   5- Soporte de los correos institucionales a través del dominio munijimenez.go.cr.


       Año 2023
   1- Refrendo legal al contrato número DE-CONT-232-2023, sobre la Operación N°FIN-
       FIP-CVL-304-1863-9-2023 de la Municipalidad de Jiménez para el financiamiento
       del proyecto denominado “SUSTITUCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO
       PEJIBAYE”, por un monto de ₡551.378.437.50 (QUINIENTOS CINCUENTA Y UN
       MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA
       Y SIETE COLONES CON 50/100)
   2- Presentación ante la Contraloría General de la República el Índice de Capacidad de
       Gestión del año 2022 vinculado a los estudios de Clima Organizacional realizados
       por la UNGL en dicho año.
   3- Actualización de roles y funciones para el uso de la página web de la Municipalidad
       de Jiménez, alojada en los servidores de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.
   4- Soporte de los correos institucionales a través del dominio munijimenez.go.cr.
      Alcaldía Municipal:
       Se solicitó tanto a la Federación de Municipalidades de Cartago como de la Unión
       Nacional de Gobiernos Locales, que nos brindaran un informe de los productos o
       servicios brindados a la Municipalidad de Jiménez:
       Departe de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, según oficio DE-E-205-08-
       2024:



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   o Dirección de Incidencia Política y Comunicación labor con la Municipalidad de
      Jiménez:
   1. Monitoreo de la Asamblea Legislativa: La Dirección de Incidencia Política y
      Comunicación realiza un monitoreo constante de las comisiones de la Asamblea
      Legislativa sobre proyectos que beneficien o perjudiquen al régimen municipal.
   2. Fichas Técnicas y Seguimiento de Proyectos: Se elaboran fichas técnicas de los
      proyectos legislativos y se comparten con el concejo municipal para informar sobre
      aquellos que podrían afectar al régimen municipal. Además, se da seguimiento a
      estos proyectos para contrarrestar elementos negativos y potenciar los beneficios.
   3. Facilitación de Reglamentos Prototipo y Guías de Implementación: Se han
      proporcionado reglamentos prototipo y guías de implementación para leyes que
      requieren procedimientos específicos por parte de los concejos municipales. Entre
      estos documentos se incluyen:
   o Guía y reglamento para la implementación de la Ley de Movilidad Peatonal (Ley
      No.9976).
   o Guía y reglamento para la Reforma a la Ley GIRS.
   o Guía y reglamento de la Ley de Comercio al Aire Libre (Ley No. 10.126).
   o Reglamento de la Ley de Comercio Sobre Ruedas (Ley No. 10254).
   o Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia
      contra las Mujeres en la Política (Ley N° 10.235).
   o Reglamento de la Ley de Servicio Municipal de Atención de Animales de Compañía
      (Ley Nº 10.141).
   o Reglamento de la Ley para potenciar el financiamiento y la inversión para el
      desarrollo sostenible (Ley N° 10.051).
   o Reglamento de la Ley de vivienda municipal (Ley N° 10.199).
   o Reglamento de la Ley de Creación de la Oficina de la Persona Adulta Mayor y de
      Personas en situación de Discapacidad en las Municipalidades (Ley No. 10046).
   o Otros reglamentos y guías a solicitud específica.



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   4. Boletín Mensual: Se envía un boletín mensual destacando las principales acciones
      institucionales en conjunto con órganos y entidades a favor de los gobiernos locales,
      para mantener informadas a las autoridades locales y funcionarios municipales.
   5. Capacitaciones para Nuevas Autoridades Municipales: Tras el cambio de
      autoridades municipales, se llevaron a cabo capacitaciones para la alcaldía y las
      regidurías, tanto propietarias como suplentes, sobre temas relevantes para el inicio
      de sus funciones.
   6. Creación de Línea Gráfica Básica: A solicitud de la alcaldía, se creó una línea gráfica
      básica para artículos como hoja membretada, firma para correos electrónicos,
      tarjetas de presentación, entre otros. Este material fue entregado el 11 de mayo de
      2024.
   7. Formulación de Recursos Legales: Se trabajó en la formulación de recursos legales
      para frenar el decreto 44263 del MOPT, que pretendía transferir casi 48 kilómetros
      de la red vial nacional a la red vial cantonal de Jiménez sin recursos económicos
      para su mantenimiento.
   8. Participación en la Mesa de Trabajo "Nueva Turrialba y Jiménez": La UNGL forma
      parte activa de la mesa de trabajo "Nueva Turrialba y Jiménez," coordinada desde
      la Asamblea Legislativa, desempeñando un papel fundamental en el manejo de
      residuos sólidos.
   o Asesoría Legal:
   1. En el mes de mayo de 2023 se dio un refrendo interno al CONTRATO DE
      PRÉSTAMO CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA
      MUNICIPAL (IFAM) Y LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ, PARA LA OPERACIÓN
      N.° FIN-FRC-REC-304-1783- 10-2022, DENOMINADO: “COMPRA DE DOS
      CAMIONES DE ADRALES RECOLECTORES DE RESIDUOS” (mayo de 2023
   2. En el mes de noviembre de 2023 se dio un refrendo interno al CONTRATO DE
      PRÉSTAMO CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA
      MUNICIPAL (IFAM) Y LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ, PARA LA OPERACIÓN



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      N.° FIN-FIP-CVL-304-1863-9- 2023, DENOMINADO PROYECTO: “SUSTITUCIÓN
      DEL PUENTE SOBRE RÍO PEJIBAYE”
   3. - En el año 2023 se dio asesoría legal con respecto a la ley Marco de Empleo Público
      y su implementación.
   4. -En el mes de julio de 2024 se colaboró en la Conformación de veto municipal
      INTERPUESTO EN CONTRA DEL ACUERDO N°1 INCISO A DEL ARTÍCULO X
      TOMADO EN LA SESIÓN N°11 CELEBRADA EL DÍA LUNES 15 DE JULIO DEL
      2024
   5. En los dos años solicitados se ha atendido en múltiples ocupaciones en cuanto
      asesoría legales y se ha trabajado de la mano con la municipalidad en cualquier
      tema legal que respecte a ese municipio.


PRODUCTOS GENERADOS DURANTE EL AÑO 2022


               MUNICIPALIDAD                                     PRODUCTOS TRABAJADOS
                                                           Página Web.
                    Jiménez                                Correo Electrónico.


PRODUCTOS GENERADOS DURANTE EL AÑO 2023


               MUNICIPALIDAD                                   PRODUCTOS TRABAJADOS
                                                          Diagnóstico organizacional.
                                                          Diagnóstico Recursos Humanos.
                                                          Estudio de equidad salarial.
                                                          Proceso     de       Modernización
                    Jiménez                                (Manual de Puestos, Manual de
                                                           organización     y      Funciones,
                                                           Organigrama Institucional).



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
                                                    Implementación escala salarial.
                                                    Estudio de clima organizacional.
                                                    Asesoría en temas del Proceso de
                                                     Reclutamiento y Selección de
                                                     Personal.



                                                    Análisis       y        Estudios      de
                                                     Reasignaciones de Plazas.




              MUNICIPALIDAD                              PRODUCTOS TRABAJADOS
                                                   Manual de Reclutamiento y Selección.
                                                   Acompañamiento           en    Concursos
                                                    Internos y Externos (Aplicación de
                                                    Pruebas        de       Conocimiento    y
                  Jiménez                           Entrevistas,    Acompañamiento         en
                                                    Pruebas     Practicas     de   Concursos
                                                    Internos y Externos).
                                                   Asesorías      varias     en   temas
                                                    propios de Recursos Humanos.
                                                   Criterios Técnicos Recursos Humanos.
                                                   Capacitación en implementación de la
                                                    Ley Marco de Empleo Público.


PRODUCTOS GENERADOS DURANTE EL AÑO 2024


              MUNICIPALIDAD                              PRODUCTOS TRABAJADOS




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
                                                   Criterios Técnicos Recursos Humanos.
                   Jiménez                         Acompañamiento           en    Concursos
                                                    Internos y Externos (Aplicación de
                                                    Pruebas        de       Conocimiento    y
                                                    Entrevistas,    Acompañamiento         en
                                                    Pruebas     Practicas     de   Concursos
                                                    Internos y Externos).
                                                   Capacitación en implementación de la
                                                    Ley Marco de Empleo Público.
                                                   Asesoría en normativa vigente.
                                                   Asesorías      varias     en   temas
                                                    propios de Recursos Humanos.
                                                   Confección de Machote para las
                                                    nuevas contracciones.

ANEXOS

Municipalidad de Jiménez


     Cuestionarios y fotos del Proceso de Clasificación y Valoración de Funciones




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
    Entrevistas de Concursos

    Sesiones con funcionarios



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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
   Sesiones con miembros del Concejo Municipal




   o Departamento de Contratación de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (oficio
      Prv2024-08-0043): se le informa que se realizó la visita el día 14 de diciembre de
      2022, junto a la asesoría legal, para brindar capacitación sobre la Ley General de
      Contratación Pública y su Reglamento, al personal municipal involucrado. De la
      misma manera, se mantuvo asesoría en Contratación Pública a consultas
      planteadas por la alcaldesa en ejercicio y su equipo técnico municipal, en casos
      concretos que requerían apoyo.

      De parte de la Federación de Municipalidades de Cartago, oficio DEFMC-099-2024
      “Le comento que la Federación, al igual que otra institución pública debe ser
      fiscalizada por la Contraloría General de la República, por lo que en la página oficial
      de esta institución también se puede encontrar información presupuestaria y de
      planificación estratégica.

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     Además, hacerle de conocimiento que la Federación es una institución pequeña, y
     aún más para el periodo del 2022 y 2023 debido a que estaba acogida por el artículo
     19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley N°9635, por
     tanto, está dentro de la Regla Fiscal para dichos periodos, lo que no le permitía un
     crecimiento óptimo y hacia que nuestro presupuesto fuera muy reducido, dicho
     presupuesto se encontraba cerca de los 40.000.000 de colones.
     Sin embargo, eso no ha detenido a la institución para desarrollar sus objetivos, el
     cual se han desarrollaron más de 10 convenios con instituciones públicas y
     privadas lo que propicio una inversión de más de ¢6.000.000 de colones en
     capacitaciones para todo el sector municipal de nuestra provincia, asimismo se
     organizaron 7 ferias de emprendedores en todos los cantones de nuestra provincia,
     estas ferias tuvieron una inversión de ¢24.000.000 de colones. Por otra parte,
     nuestro equipo profesional generó para las municipalidades asesorías y procesos
     administrativos por más de 4.000.000 millones de colones.

     Para el año 2023 se hizo una inversión en capacitaciones de ¢5.220.000 colones y
     se han        abordado temas importantes como empleo público (Para todos los
     sectores    municipales en especial asesoría legal, planificación institucional y
     talento humano), una cultura de paz en la municipalidad (Enfocada en oficinas
     sociales y comisiones de los concejos municipales), seminario de actualización
     turística (Para las empresas turísticas de la provincia), liderazgo 1 y 2 (Enfocado a
     las jefaturas y Concejos Municipales), manejo de conflictos (Para todos los sectores
     municipales) y mejora de procesos en la gestión municipal (Procesos de
     planificación y talento humano).
     Además, se firmó una carta de entendimiento con la empresa Movilisa Holding con
     la cual se pretende traer una suma considerable de fondos internacionales no
     reembolsables para inversión en transporte público y gestión de residuos sólidos.
     Nuestra institución también genera incidencia política en Gobierno Central y la
     Asamblea Legislativa (En la que se forma parte como consultoría de la Comisión
     de la Provincia de Cartago).

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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
     También se generan desde nuestra corporación municipal convenios y donaciones
     para otras instituciones públicas como el Ministerio de Seguridad en la figura de
     Fuerza Pública (con la cual también organizamos ferias de seguridad comunitaria).
     Con respecto al impacto directo en el cantón de Jiménez le informo que hemos
     tenido la participación de emprendedores de la región en nuestras Ferias
     Intercantonales




     En el mes de setiembre del 2022 se recibió en audiencia a la empresa TRANSTUSA
     para conocer sobre la misma y las rutan a la que les brindan servicios, además de
     conocer la situación después de la pandemia y los horarios establecidos para las
     rutas. También para hacerles saber algunas disconformidades de los usuarios; en
     aras de mejora y ponernos a las órdenes en lo que podamos coordinar y ayudar y
     uno de los logros fue contar una ruta de transporte más para el cantón.




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
      Se han realizado reuniones con los altos jerarcas en el tema de seguridad para
      desarrollar estrategias con el fin de combatir la delincuencia en la provincia.




  Se realizaron reuniones con los altos jerarcas de INCOFER para desarrollar estrategias
  con el fin de tener una mejor movilidad en toda la provincia




Se participó en una mesa de trabajo para conocer la cartelera de servicio que ofrece el
INA y la Cámara de Comercio de Cartago, y poder lograr alianzas con los gobiernos
locales      de   cada                                               cantón      de     la
provincia.




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
        Miembros del Concejo Municipal, Alcaldía y los diferentes departamentos
        municipales participan activamente en las redes y capacitaciones que se generan
        por parte de la Institución.

        Capacitaciones del Periodo 2022
  Mes             Tema                             Duración     Expositor
  Febrero         Control Interno                  2 horas    Israel Barrantes (Auditor
                                                                      San José)
  Marzo           Desarrollo Local                 2 horas      Municipalidad         de
                                                                Buenos
                                                                Aires
 Mayo             Evaluación de desempeño          2 horas      JP Consultores
  Junio           Software contable                2 horas      IGM
  Julio           Reglamento de                    2 horas      CIT
                  fraccionamiento y urbanismo
  Agosto          Guías Turísticas                 2 horas      ICT
  Setiembre       Nuevas políticas a favor de la   2 horas      INAMU
                               mujer
  Octubre         Evaluación del Desempeño         2 horas      JP Consultores
                  (Municipalidad Cartago)
  Octubre         Liderazgo y cultura como         2 horas      JP Consultores
                  potenciadores de la
                  productividad
  Noviembre       Evaluación del Desempeño         2 horas      JP Consultores
  Noviembre       Actualización Topográfica        2 horas      CIT
  Diciembre       Fundamentos de la                4 horas      MIDEPLAN, IFAM
                  planificación estratégica
  Diciembre       Gestión por resultados           6 horas      MIDEPLAN, IFAM




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                     Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
         Capacitaciones del Periodo 2023
  Mes            Tema                            Duración              Expositor
  Febrero                                                     Lic. Erick Badilla Monge
                 Empleo público                  2 horas       (Recursos Humanos )
  Marzo          Empleo público                  2 horas    Lic. Edward Cortes
  Marzo             Una cultura de paz en la
                            municipalidad        13 horas   Fundación CEPPA
  Abril          Certificación turística         4 horas        ICT
                 Liderazgo 1 y 2                 3 horas          JP Consultores
  Mayo                                                          Lic.      Erick    Badilla
                 Empleo público                  2 horas        (Recursos
                                                                Humanos )
  Junio          Empleo público                  2 horas         Ing. Jeffry Beltrán
  Julio                                                         Comité      Técnico    de
                 Accesibilidad                   2 horas        redes
                                                                COMAD
  Julio         Gestión de conflictos            2 horas        JP Consultores

  Setiembre Mejora de procesos en la gestión                    UNED
                municipal                        16 horas
  Octubre        Curso técnico para
                emprendedores                    2 horas        Academia Breca
  Octubre       Principios financieros           2 Horas        Grameen Costa Rica

         Capacitaciones del Periodo 2024
 Mes             Tema                            Duración       Expositor
                 Las Normas Internacionales de
 Julio           Contabilidad para el Sector
                 Público                         2 horas        Contabilidad Nacional



Oficio Nº369-ALJI-2023
         Capacitaciones del Periodo 2024
 Mes             Tema                            Duración   Expositor
                 Las Normas Internacionales de
 Julio           Contabilidad para el Sector
                 Público                         2 horas    Contabilidad Nacional




Oficio Nº369-ALJI-2023
 1         Se generó una de una política de apoyo a las redes de Accesibilidad,
 2         discapacidad y adulto mayor en la Provincia de Cartago y la Región
 3         de Los Santos; en el que se conformó un Consejo Técnico de las
 4         RED COMAD Provincia de Cartago y Los Santos.
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13         La Federación para tener mejores alianzas estratégicas con las
14         instituciones tiene presencia en los principales foros políticos y de
15         desarrollo de la provincia, se participa activamente en:
16        CCCI El Guarco
17        CCCI Cartago
18        CCCI Alvarado
19        CCCI Jiménez
20        CDCI Cervantes
21        Red CIVCO
22        Comisión Legislativa Cartago
23        Comités de Desarrollo Rural
24        Comité consultivo INA
25        Reuniones con Diputados de la provincia
26        Red de Seguridad Ciudadana
27        COMCURE (La señora Alcaldesa de Jiménez fue nombrado como
28         representante para la COMCURE de los gobiernos locales de la
29         provincia)
30        Reuniones con Ministros de la República
31        Reuniones IFAM
32        Encuentro Retos de la Educación Técnica en la provincia
33        Reuniones Cámara de Comercio



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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1      La Federación cuenta con varios convenios: Ministerio de Seguridad Pública
 2      Universidad American, Universidad Florencio del Castillo, Fundación Oro
 3      Verde, Grameen Costa Rica; Carta de entendimiento con Movilisa Holding,
 4      Instituto Santo Tomas en beneficio de todos los gobiernos locales de la
 5      provincia.
 6      Actualmente, a la Municipalidad se le brinda un acompañamiento de
 7      asesorías a nivel legal.
 8      b) Solicitar al departamento de Contabilidad un detalle de los pagos efectuados
 9      cada una de estas instancias en los últimos dos años: Fue contestado por la
10      señora Poleth Calderón Bravo, mediante el oficio CMJ-046-2024. Se toma nota.
11
12      30. Solicitud fechada el 26 de agosto, emitido por la señora Soledad Rojas
13          Calderón, quien les manifiesta lo siguiente “… Sirva la presente para
14          solicitarles muy respetuosamente, se sirvan tomar acuerdo para anular los
15          folios del N°477 al N°499, correspondientes al libro de Actas N°100. Lo
16          anterior con el fin de evitar que el acta N°018 quede dividida en dos libros,
17          debido a que la misma está compuesta por más folios de los restantes.
18
19                                         ACUERDO 30°
20   Este Concejo acuerda por Unanimidad; anular los folios del N°477 al N°499,
21   correspondientes al libro de Actas N°100. Lo anterior con el fin de evitar que el acta
22   N°018 quede dividida en dos libros, debido a que la misma estará compuesta por
23   más folios de los restantes, Cada folio anulado debe llevar la firma y el sello de la
24   Auditoría Interna o quien la sustituye. DEFINITIVAMENTE APROBADO
25
26                     ARTÍCULO VI.         Dictámenes de Comisión
27
28      1. Dictamen número 001-2024 Comision de Hacienda y Presupuesto
29
30          En primera reunión de la Comisión Municipal de Hacienda y Presupuesto,
31          celebrada en Juan Viñas de manera presencial a las 19:00 horas con 00
32          minutos del 21 de agosto de 2024, encontrándose en la misma la regidora
33          Ana Cecilia Mazza Calvo, cédula tres cero trescientos ochenta y cuatro cero
34          doscientos noventa y tres como presidenta, regidor Alan Quesada
35          Hernández, cédula de identidad tres cero trescientos trece novecientos




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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1          treinta y nueve como secretario y la regidora Katia Calvo Sánchez, cédula de
 2          identidad tres trescientos nueve seiscientos veintiocho.
 3          ARTICULO 1 . Análisis de expedientes 24.428
 4          Se atiende por parte de la Comisión Municipal de Hacienda y Presupuesto la
 5          copia del Oficio AL-CPEREL-0531-2024 enviado por Noemy Montero
 6          Guerrero, del departamento de Comisiones Área Legislativa 1, según De
 7          conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la
 8          Asamblea Legislativa. Para evacuar la consulta y enviar el criterio en forma
 9          Digital.
10          Se realiza el análisis en relación con el proyecto de ley: “EXPEDIENTE
11          LEGISLATIVO N°24428 APROBACIÓN DEL “ACUERDO INTEGRAL
12          ASOCIACION ECOMOMICA EN COMERCIO E INVERSIÓN” ENTRE LA
13          REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LOS EMIRATOS ÁRABAES UNIDOS,
14          SUSCRITO EN SAN JOSÉ, COSTA RICA EL DÍA DIECISIETE DEL MES DE
15          ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO”.
16          Analizada la lectura, esta Comisión Municipal de Hacienda y Presupuesto
17          dictamina que, dada la extensión del documento y la premura con que se
18          debe comunicar una respuesta, no es viable dar un voto positivo o negativo
19          en el plazo establecido, por lo que nos abstenemos de emitir criterio al
20          respecto.
21          Artículo II. Finaliza la reunión a las 20 horas con 05 minutos del 21 de agosto
22          de 2024. Se toma nota.
23
24                      ARTÍCULO VII.        Informe de Alcalde (sa)
25

26   Informe #017 de la Alcaldía con fecha del 24 de agosto del 2024 emitido por la
27   señorita Ana Isabel Azofeifa Pereira, alcaldesa de Jiménez quien manifiesta lo
28   siguiente“... A continuación, procedo a brindar el informe de las labores realizadas
29   durante la semana del 19 al 24 de agosto:

30      Labores Administrativas y elaboración plan presupuesto 2025

31      Atención al Público

32      Celebración del 121 Aniversario del cantón Jiménez, con actividad solemne en
33       el Gimnasio del INVU en Juan Viñas, con la participación del Honorable Concejo
34       Municipal, la presentación de la banda de la Escuela de Música Municipal, la
35       niña Jimena Martínez Tellez, estudiante del Liceo Hernán Vargas de Juan Viñas.

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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1       Y reconocimiento a María José Mesen Méndez, creadora de la bandera del
 2       cantón Jiménez.

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14      Reunión del Comité de Cantonal de Coordinación Interinstitucional (CCCI).

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19      Reunión con Fuerza Pública, para presentación de la ubicación y requerimientos
20       para el proyecto de cámaras de seguridad.




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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1      Sesión Ordinaria del Consejo Directivo UNGL realizada en la Municipalidad de
 2       Jiménez en conmemoración del 121 Aniversario del cantón Jiménez, con la
 3       participación

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12           De izquierda a derecha: Ana Mazza, Presidenta del Concejo Municipal,
13           Ricardo Aguilar, Vicealcalde Municipalidad de Jiménez, Alcaldes y
14           alcaldesas de los cantones de San Mateo, Puriscal , Heredia, Jiménez,
15           Alvarado, regidor de Limón, Intendente de Cóbano, regidora de Puntarenas
16           y alcaldesa de Pococí.

17      Participación de funcionarios municipales, en la celebración de los 500 años del
18       Régimen Municipal, llevado a cabo por el IFAM, en el cual se otorgaron un
19       reconocimiento a la Municipalidad por parte del PANI por ser un cantón amigo
20       de la niñez y la adolescencia, al tener la política vigente. El compañero freddy al
21       ser el trabajador más antiguo de la Municipalidad.

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31          De parte del IFAM, se nos hizo entrega de un reconocimiento por la
32           destacada labor y compromiso con la protección de la infancia y contar con
33           una política de niñez y adolescencia.




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 8      Reunión con instituciones del cantón para coordinación de las actividades del
 9       traslado de la antorcha el próximo 14 de setiembre.

10      Gira con el presidente de la República en Ejercicio, el señor Stephan Brunner,
11       en la cual se firmaron los siguientes convenios de cooperación interinstitucional:

12       1. Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Instituto Costarricense
13          de Ferrocarriles y la Municipalidad de Jiménez, en Santa Marta, Juan Viñas.

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20       2. Convenio de Colaboración para el Desarrollo Educativo de Servicios de
21          Enseñanza Lingüística, suscrito entre la Academia Centro Mandarín Pinyin
22          Fácil (ACMPF) y la Municipalidad de Jiménez.

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27       3. Convenio de Cooperación Institucional para la Formación de una Unidad de
28          Empleo en el Marco del Sistema Nacional de Empleo.

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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
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 8     Durante la gira participaron, Autoridades de gobierno, jerarcas de instituciones
 9     públicas, la diputada Rosaura Méndez, representantes del Concejo Municipal de
10     Jiménez, Consejero Consular y subjefe de la Embajada de la República Popular
11     China, Cuerpo diplomático de la Embajada de la República de China, Directores
12     y cuerpo de alto nivel del proyecto educativo CHINO SIN FRONTERAS,
13     invitados especiales, Cuerpo administrativo y docente de centros educativos,
14     estudiantes, vecinos y fuerzas vivas de los diferentes distritos.

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22        El departamento del Acueducto Municipal en coordinación con el Benemérito
23         Cuerpo de Bomberos, realizaron la siembra de 50 árboles en las nacientes
24         de Juan Viñas y La Victoria.
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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1   Resumen de los trabajos realizados dentro del Departamento de Gestión Vial:
 2
 3      1. Limpieza mecanizada de la superficie de ruedo y remoción de derrumbes en
 4         el camino Bajo Cazuela de Pejibaye.
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 7      2. Limpieza mecanizada de la superficie de ruedo y remoción de derrumbes en
 8         el camino Taque Taque Debajo de Pejibaye.




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10      3. Limpieza mecanizada de la superficie de ruedo en el camino El Chucuyo de
11         Pejibaye.
12      4. Trabajos de la contratación 2024LD-000003-0004500001 reconformación de
13         la superficie de ruedo y colocación de material granular caminos Miravalles y
14         el Oso de Oriente, Pejibaye.
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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1
 2     5. Se continúan con los trabajos en el puente sobre el Rio Pejibaye con la
 3         excavación donde se ubicarán las cimentaciones de los bastiones y pilas de
 4         los bastiones en el margen izquierdo aguas abajo, en la cual se cola el
 5         concreto para el sello de dicha cimentación.
 6     6. Remoción de derrumbes Sector Trapiche, El Humo de Pejibaye
 7




 8
 9   LIMPIEZAS MANUALES EN CAMINOS VECINALES
10        Cuadrantes Urbanos El INVU de Juan Viñas, limpieza de canal de desfogue
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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
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2        Cuadrantes Urbanos Juan Viñas
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5        Camino Las Negras de Juan Viñas
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7        Cuadrantes Urbanos Santa Elena, La Victoria
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                      Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1             Cuadrantes Urbanos Pejibaye Centro
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 4   También se realizaron las siguientes actividades administrativas:
 5     i.       Labores administrativas propias del Departamento.
 6    ii.       Inspecciones varias en los distritos de Juan Viñas, Pejibaye y La Victoria
 7
 8   Se presenta el informe de trabajo del Departamento de Coordinación de Servicios
 9   Municipales, correspondiente a la semana del 19 al 23 de agosto:
10          1. Participación en Curso Virtual de Gestión del Riesgo de Desastres y
11              Adaptación al Cambio Climático para Gobiernos Locales 2024. El lunes 19
12              de agosto a las 9:00 a.m, se realizó una sesión sincrónica para dar inicio al
13              curso.

14          2. Se entregó el Cuestionario sobre los residuos ordinarios generados,
15              recolectados, recuperados y su disposición final por la Municipalidad y
16              Concejo Municipal de Distrito en el 2023, solicitado por el Ministerio de Salud,
17              mediante el oficio MS-DGS-1937-2024




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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1   El viernes 23 de agosto se realizó inspección en el proyecto "Sustitución del puente
 2   sobre el río Pejibaye, en el Camino 3-04-043. Se toma nota.

 3                                          ACUERDO 1°

 4   Este Concejo acuerda por Unanimidad; nombrar a la señorita Ana Mazza Calvo,
 5   como representante de enlace entre el Concejo Municipal de Jiménez y el Convenio
 6   de Cooperación Interinstitucional para la formación de una Unidad de Empleo en el
 7   Marco del Sistema Nacional. Que se comunique a la Administración, para su debida
 8   gestión. DEFINITIVAMENTE APROBADO

 9
10               ARTÍCULO VIII.       Informe de la Junta Vial y la UTGVM
11   No hubo.
12
13            ARTÍCULO IX.         Atención de los señores (as) Síndicos (as)
14
15   No hubo.
16
17                              ARTÍCULO X.          Mociones
18
19   No hubo.
20                           ARTÍCULO XI.         Asuntos Varios
21
22                                      ACUERDO 1°
23   Este Concejo acuerda por Unanimidad; comunicar a la Administración, Contabilidad
24   y a la señora Rojas Calderón sobre el nombramiento en propiedad de la señora
25   María Soledad Rojas Calderón, como Secretaria de este Concejo, a partir del 10 de
26   agosto del 2024, esto según el Acuerdo 16° del Artículo X de la Sesión Ordinaria
27   número 15 del 12 de agosto del 2024, para su respectiva gestión.
28   DEFINITIVAMENTE APROBADO.
29
30   Ana Azofeifa Pereira: El número uno es que mañana, si Dios quiere, estamos
31   cerrando la sección de ofertas para lo que es la disposición final de los residuos
32   sólidos para el proceso de contratación.
33   Me urge mucho poder lograr que esa contratación quede esta misma semana,
34   quería solicitar una sesión extraordinaria exclusivamente para ver este tema, si todo
35   sale bien, sería para el jueves en la noche, si Dios lo permite.
36   Evelio Camacho Ulloa: ¿A qué hora?



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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1   Ana Azofeifa Pereira: a las 6 de la tarde, tiene que ser presencial, estuve revisando
 2   y no puede ser virtual, no sé si alguno no puede venir si podría hacerse con los
 3   suplentes, verdad que pudieran estar por acá, tal vez pensando un poco en los
 4   compañeros de Pejibaye, en la parte del traslado y a más tardar seria el viernes,
 5   pero sería recomendable que fuera el jueves, si Dios quiere, ese es el punto uno.
 6   Ana Mazza Calvo: Ok, bueno, ahorita vemos tal vez lo de la votación, yo, por lo
 7   menos para el jueves, creo que no puedo. Y el otro punto tal vez como para dejar
 8   todo en firme.
 9
10                                      ACUERDO 2°
11   Este Concejo acuerda por Unanimidad; realizar una Sesión Extraordinaria #04 el
12   jueves 29 de agosto del 2024 a las 18:00 horas, en la sala de este ayuntamiento,
13   como punto único, la adjudicación de la disposición final de los residuos.
14   DEFINITIVAMENTE APROBADO.
15
16   Ana Azofeifa Pereira: Quería, pues ahorita que estemos en discusión de la
17   denuncia y digamos interpuesta por el señor Marco Mora y además que él le gana
18   esta denuncia a la Municipalidad, yo tengo mi duda, sí, porque la señora Kattia
19   Calvo hizo una lectura de un documento muy amplio relacionado con esta denuncia
20   y el que el señor Marco Mora lo haya ganado, tengo mi duda de si la Regidora Kattia
21   Calvo tendría que inhibirse, según el artículo 31, porque hay un parentesco con una
22   consanguinidad, primer grado de consanguinidad, entonces yo creo que sí tenía
23   que inhibirse de poder, hacer lectura de ese documento, básicamente como de
24   respaldo, apoyo al tema de Marco Mora, entonces yo quisiera que en este caso se
25   revise ese tema y que quede en acta, por favor, de que se haga una revisión y si
26   hay que hacer una recursión del tema que se haga.
27   Ana Mazza Calvo: Yo creo que la lectura como tal no, porque es una opinión propia,
28   pero sí, más bien agradezco que me haya traído colación, porque sí, en la votación,
29   en la votación que hicimos fue para tratarla a la administración, entonces sí les voy
30   a pedir que hagamos esa votación nuevamente, porque fue el traslado, en realidad,
31   del correo del oficio que nos hizo llegar el don Marco Mora Cordero, que, sí, perdón,
32   ahí eso a mí se me fue, que doña Katia no podía votar, no hay nada, digamos, me
33   parece fuera de lo ordinario porque no estamos votando yo no sé si la compañera
34   Katia, si quiere referir, tengo conocimiento que ella, con todo respeto, no es hija
35   registral del señor Marco Morán Cordero. Sí, entonces agradezco, perdón don Alan,
36   iba a decir algo


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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1   Alan Quesada Hernandez: yo no sé si la compañera Kattia se quiere referir, pero
 2   tengo conocimiento que conocimiento que ella, con todo respeto, no es hija registral
 3   del señor Marcos Mora Cordero
 4   Ana Mazza Calvo: Ok si les agradezco yo no lo tenía claro, pero entonces siendo
 5   así, no, gracias, doña Katia.
 6   Kattia Calvo Sanchez: No soy hija registrada, no poseo los apellidos del señor don
 7   Marcos Mora Cordero, soy Kattia Calvo Sánchez.
 8   Ana Mazza Calvo: Ok, gracias, doña Katia, que quede en actas la indicación de
 9   doña Ana, si doña Ana
10   Ana Azofeifa Pereira: No, que igual a mí se me gustaría que se haga la consulta,
11   de tipo legal, para ver si procede o no procede.
12   Ana Mazza Calvo: Ok, Sol entonces te pido que queden actas, bueno, los dos
13   comentarios de doña, las dos participaciones en asuntos varios, ya vamos a hacer
14   la votación de la primera. Respecto a la segunda, entonces que queden actas con
15   la réplica que han hecho los compañeros y la aclaración que hizo doña Katia, y
16   solicitarles que hagamos entonces un acuerdo para, si les parece, consultar a la
17   IFAN, una consulta directa a la IFAN sobre la situación, si en este tipo de parentesco
18   o de escenario, aplica o no, que se deban de abstener en dado caso, si tuviéramos
19   que votar de nuevo, lo que se tiene que votar es que se mande la copia del oficio,
20   no así, no hicimos ninguna votación grave, igual esperemos la respuesta de la IFAN,
21   eso va a quedar en firme la próxima semana. Entonces, lo votamos en firme.
22   Alan Quesada Hernández: ¿Para el IFAN tiene que quedar el acuerdo?
23   Ana Mazza Calvo: No recuerdo si votamos en firme Ok, entonces hagamos la
24   votación en firme para hacer la consulta al IFAM, específicamente haciendo la
25   indicación del escenario, y les pediría que votemos nuevamente el acuerdo,
26   previendo que hubiera algún fallo, digamos, y en este caso que doña Kattia se
27   abstenga de votar y vote sobre su representante o su suplente, que sería doña
28   Gabriela.
29   Entonces les agradezco por favor respecto al documento enviado por el señor
30   Marcos Mora Cordero sobre la resolución número 2024-023-261 de la Sala
31   Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el aprobar el traslado a la
32   administración para su debida de gestión y compartir de copia de la información
33   solicitada del señor Marcos Mora, lo votemos nuevamente.
34   Le pido a doña Kattia que indique se excusa de la votación.
35   Kattia Calvo Sanchez: Me voy a excusar de la votación.
36   Ana Mazza Calvo: Muchas gracias, doña Katia. Hacemos la votación de nuevo.


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 2                                     ACUERDO 3°
 3   Este Concejo acuerda por Unanimidad; consultar al área de asesoría legal del IFAM,
 4   si la Regidora Kattia Calvo Sanchez, debe de abstener su votación a los temas
 5   relaciones con su padre, a pesar de no ser hija registral del señor Marcos Mora
 6   Cordero. DEFINITIVAMENTE APROBADO
 7
 8                                     ACUERDO 4°
 9   Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento a la
10   Administración, para su debida gestión, con copia al señor Marcos Mora Cordero.
11   DEFINITIVAMENTE APROBADO.
12
13                                     ACUERDO 5°
14   Este Concejo acuerda por Unanimidad; modificar la hora de la sesión #019 del lunes
15   09 de setiembre del 2024, para que se lleve a cabo a las 19:30 horas.
16
17      5. Solicitud presentada por el señor Alan Quesada Hernandez, Regidor
18         suplente de la Municipalidad de Jiménez, quien les manifiesta lo
19         siguiente: “…En la sesión 06 de fecha 10 de Junio del 2024 fue presentado
20         Moción número 006 por la Señorita Ana Cecilia Mazza Calvo.
21         Moción 006 presentada por la señorita Ana Mazza Calvo, Regidora
22         Propietaria. CONSIDERANDO QUE: El actual Reglamento General de
23         Sesiones, Debates, Acuerdos y Comisiones Municipales, no recibe
24         modificaciones desde su publicación en la Gaceta Nº145 del viernes 27 de
25         julio del 2012, es decir, no se realiza una actualización de lo normado en el
26         mismo en los últimos 12 años, pese a que el Código Municipal que es base
27         de este sí ha sufrido cambios. Adicionalmente, desde el inicio de las labores
28         del actual Concejo Municipal ha sido evidente el incremento en la
29         correspondencia, mociones, dictámenes de comisión y solicitudes de
30         audiencias, en comparación a lo tradicionalmente agendado por Concejos
31         anteriores, lo cual afecta la dinámica y requiere ajustes paralelos que
32         propicien las buenas prácticas y permitan un ejercicio eficiente. Considero
33         que los anteriores argumentos son suficientes para declarar necesaria, por
34         no decir, de emergencia, la revisión y actualización del actual Reglamento
35         General de Sesiones, Debates, Acuerdos y Comisiones Municipales.



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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1         Siendo que este Concejo Acordó ACUERDO 1°INCISO B Este Concejo
 2         acuerda por Unanimidad, remitir un comunicado oficial a cada miembro del
 3         Concejo Municipal solicitando enviar directamente a la Comisión de Asuntos
 4         Jurídicos, dentro del plazo de los posteriores diez días naturales a la
 5         recepción de la notificación, los puntos de mejora, apreciaciones o
 6         comentarios sobre las modificaciones que consideren de su interés y que,
 7         por tanto, deban tomarse en cuenta dentro de la revisión y nueva versión del
 8         reglamento. Para la recepción de esta información, propongo el correo del
 9         presidente de la comisión allanquesada478@gmail.com
10         DEFINITIVAMENTE APROBADO-
11         De mi parte les informo que solo recibí sugerencias de los siguientes
12         miembros del Concejo Ana Cecilia Mazza Calvo, Dorlin Hernandez Sojo,
13         Katya Calvo Sánchez y Roy Mora Aguilar.
14         No omito manifestarles mi preocupación por, al parecer, un desinterés
15         demostrado de los demás miembros del Concejo ante una solicitud expresa
16         de la Señorita Presidente donde como indique solamente hubo respuesta de
17         algunos miembros. No quisiera que después que se den comentarios que el
18         reglamento fue modificado con algunas pocas apreciaciones cuando todos
19         han tenido la oportunidad de expresar sus valoraciones al respecto.
20         Por lo anteriormente mencionado solicito a este honorable Concejo lo
21         siguiente
22         1-Que la actualización del reglamento General de Sesiones, Debates,
23         Acuerdos y Comisiones Municipales, sea estudiado, modificado con base a
24         las sugerencias dadas por los Regidores que de una u otra manera dieron su
25         criterio.
26         2-La anterior solicitud quede aprobada y en firme.
27         3-Se le instruya a la secretaria del concejo notificar a la Comisión de Asuntos
28         Jurídicos el presente acuerdo así como a cada miembro de este Honorable
29         Concejo.
30                                         ACUERDO 5°
31   Este Concejo acuerda por Unanimidad; instruir a la Secretaria del Concejo para
32   notificar sobre que, la actualización del reglamento General de Sesiones, Debates,
33   Acuerdos y Comisiones Municipales, será estudiado, modificado con base a las
34   sugerencias dadas por los Regidores que de una u otra manera dieron su criterio,
35   Que se comunique a la Comisión de Asuntos Jurídicos así como a cada miembro
36   de este Honorable Concejo. DEFINITIVAMENTE APROBADO.


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 2     6. Solicitud presentada por el señor Alan Quesada Hernandez, Regidor
 3        suplente de la Municipalidad de Jiménez, quien les manifiesta lo
 4        siguiente: “…En la sesión número 03 de fecha 20 de Mayo del 2024 mi
 5        persona presento el siguiente Comentario donde la señora Alcaldesa tomó
 6        nota -
 7        COMENTARIO PRESENTADO POR EL SEÑOR REGIDOR SUPLENTE
 8        ALAN QUESADA HERNÁNDEZ, quien manifiesta lo siguiente: “…respecto al
 9        oficio número HM-033-2023 donde se menciona tres empresas según el
10        MINAE tienen concesión para explotación del rio Pejibaye. Adjunto cuadro
11        del oficio antes mencionado y en contestación del señor Trentino Mazza
12        dichas empresas no estaban al día en los ingresos recibidos por la
13        Municipalidad de Jimenez del Impuesto de Explotación de Tajos y Canteras.
14        (Esto incluso me lo confirmó el señor Mazza Corrales mediante correo
15        electrónico el 16 de julio del 2024). Sin embargo en la contestación del
16        Recurso de Amparo Numero 24-008959- 11 0007-CO documento el cual
17        tenemos acceso con fecha 16 de abril la señorita Alcaldesa Lisseth
18        Fernández Quirós indica que la única con patente Municipal es la Empresa
19        Minas del Pejibaye la cual se encuentra al día con los tributos Municipales.
20        Lo anterior me genera una incertidumbre ya que al final de cuanta no logró
21        determinar quién dice la verdad ya que por un lado el señor Trentino Mazza
22        me indica a mí de manera personal y por correo electrónico que las empresas
23        no están al día en el pago de impuestos, y por otro lado Lissette Fernández
24        Quirós le contesta a la Sala Cuarta que si están al día.
25        Es muy lamentable lo ocurrido con relación a este Recurso De Amparo
26        interpuesto por el ciudadano antes mencionado en donde “violentaron el
27        derecho de petición y acceso a la información consagrada en los ordinarios
28        27 y 30 de la Constitución Política” según lo indicado por la sala Cuarta.
29        No es posible que todo ciudadano debe de valerse de este recurso legal para
30        obtener información cuando se puede evitar. Si bien es cierto que el señor
31        Marcos Mora interpuso este recurso, son muchos los casos que hemos tenido
32        en estos 3 meses con 26 días en este Concejo debido insisto a una mala
33        práctica de “ignorar u olvidar” se puede decir las solicitudes a las inquietudes
34        de los ciudadanos.
35        Ahora bien, si bien es cierto, el señor Marcos Mora indica que no es de su
36        interés obtener dinero, aun cuando está en su derecho de cobrarle a la


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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1         Municipalidad los daños ocasionados ya que así lo dicta la sala, espero que
 2         al menos se prevengan para el año 2025 por parte de la administración
 3         municipal un rubro para este tipo de pagos, ya que no sabemos en qué
 4         momento si va a tocar pagarlos y, si por la víspera se saca el día, son muchos
 5         los casos de no atención de solicitudes de información que hemos atendido
 6         como lo indique en el párrafo anterior.
 7         Por lo que solicito muy respetuosamente a este Honorable Concejo
 8         aprobar en firme los siguientes acuerdos.
 9         1-Que la nota enviada por el señor Marcos Mora Cordero que incluye la
10         Resolución Nº 2024023261 y la contestación de los funcionarios Municipales
11         a la Sala Cuarta de abril 2024, sea enviado a la Comisión de asuntos
12         Jurídicos y a la Comisión de asuntos Ambientales.
13         2- Que la administración municipal haga llegar a este Honorable Concejo, a
14         la Comisión de asuntos Jurídicos y de Ambiente una copia de la contestación
15         que se le brinda al señor Marcos Mora Cordero según lo que indica la
16         resolución Nº 2024023261 de la Sala Constitucional.
17         4-Se realice la respectiva denuncia por parte de la administración ante la
18         Institución correspondiente para sentar las responsabilidades de los pagos
19         de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos expuestos según
20         lo condenado por la Sala Constitucional, para que así no sea la Municipalidad
21         la que tenga que incurrir en este gasto.
22         5- Se instruya a la secretaria del concejo notificar los acuerdos a las partes
23         involucradas.
24
25                                    ACUERDO 6° INCISO A
26   Este Concejo acuerda por Unanimidad; solicitar a la Administración la Resolución
27   Nº 2024023261 y la contestación de los funcionarios Municipales a la Sala Cuarta
28   de abril 2024, que sea enviada a la Comisión de asuntos Jurídicos y a la Comisión
29   de asuntos Ambientales. DEFINITIVAMENTE APROBADO.
30
31                                    ACUERDO 6° INCISO B
32   Este Concejo acuerda por Unanimidad; solicitar a la Administración haga llegar a
33   este Honorable Concejo, a la Comisión de asuntos Jurídicos y de Ambiente una
34   copia de la contestación que se le brinda al señor Marcos Mora Cordero según lo
35   que   indica   la   resolución   Nº   2024023261    de   la   Sala   Constitucional.
36   DEFINITIVAMENTE APROBADO.


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                       Acta Sesión Ordinaria 17 del 26-08-2024
 1                                   ACUERDO 6° INCISO C
 2   Este Concejo acuerda por Unanimidad; consultar a la asesoría legal del IFAM, de
 3   cuál sería el débito proceso que se debe realizar para asentar responsabilidades,
 4   según la resolución Nº 2024023261. DEFINITIVAMENTE APROBADO.
 5
 6      7. Solicitud presentada por el señor Alan Quesada Hernandez, Regidor
 7         suplente de la Municipalidad de Jiménez, quien les manifiesta lo
 8         siguiente: “…Reciban de mi parte un cordial saludo y a la vez les quiero
 9         comentar que vecinos del Barrio INVU de Juan Viñas me han mencionado
10         propiamente frente a la casa de la familia García conocidos como los “MIOS”
11         se encuentra una paja de agua tubo contiguo a un poste, por lo que en
12         aparaciencia llegan vecinos a tomar de esa agua para lavar carros u otras
13         necesidades según sea el caso, por lo que solicitud la posibilidad de retirar
14         ese tubo si así lo amerita lo manifestado a mi persona por los vecinos.
15         DEBIDO     A   LO    ANTERIOR      SOLICITUD      A   ESTE    HONORABLE
16         CONCEJOACORDAR LO SIGUIENTE Y EN FIRME.
17
18         1-Instruir a la secretaria del Concejo Municipal de Jimenez enviar nota al
19         departamento de Acueducto municipal, para que nos haga el favor de
20         infórmanos sobre la situación antes expuesta y realizar la respectiva
21         diligencia según lo descrito anteriormente.
22
23                                        ACUERDO 7°
24   Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento al
25   Departamento de Acueducto Municipal para su debido análisis y posterior respuesta
26   al Honorable Concejo. DEFINITIVAMENTE APROBADO
27
28      8. Solicitud presentada por el señor Evelio Camacho Ulloa, Regidor
29         propietario de la Municipalidad de Jiménez, quien les manifiesta lo
30         siguiente: “…Según reunión reciente con el MOPT y CONAVI no hay
31         prepuesto para esa vía, por lo que solicito al Concejo dar autorización y
32         consultar a la Alcaldía y a la Intendencia de Tucurrique dar mantenimiento
33         temporal a esa vía, específicamente de las rondas y limpiezas de malezas
34         en puente cajeta.
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 1                                     ACUERDO 8°
 2   Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento a la
 3   Administración para su debida gestión. DEFINITIVAMENTE APROBADO
 4
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 6
 7
 8   Siendo las veinte horas con cuarenta minutos exactos, la señora Presidenta
 9   Municipal Ana Cecilia Mazza Calvo, da por concluida la sesión.

10
11
12
13
14   Ana Cecilia Mazza Calvo                         Soledad Rojas Calderón
15   PRESIDENTE MUNICIPAL                      SECRETARIA DEL CONCEJO
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