Ordinaria 90 · 2022-01-18
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 90 del 2022-01-18 + número de acuerdo.
1
2 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 90
3
4 Acta de la Sesión Ordinaria número 90-2022, celebrada por el Concejo Municipal
5 de Jiménez en la Sala de Sesiones de esta Municipalidad, el día dieciocho de
6 enero del año dos mil veintidós, a las dieciocho horas; con la asistencia de los
7 señores (as) regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y suplentes siguientes:
8
9 REGIDORES PROPIETARIOS: Mauren Rojas Mejía- Presidenta Municipal,
10 Geovanna Abarca Chavarría- Vicepresidenta Municipal, Marco Aurelio Sandoval
11 Sánchez, Mario Guillermo Rivera Jiménez y José Jesús Camacho Ureña- En
12 propiedad supliendo a Pamela Dotti Ortiz.
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14 REGIDORES SUPLENTES: Ricardo Aguilar Solano, Claudina Mora Ulloa, Marjorie
15 Chacón Mesén, y Guiselle Cascante Cerdas.
16
17 SÍNDICOS PROPIETARIOS: Xinia Méndez Paniagua- Distrito Juan Viñas y Evelio
18 Camacho Ulloa- Distrito Pejibaye.
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20 AUSENTES: Pamela Dotti Ortiz- Regidora Propietaria, Wilberth Hernández Sojo-
21 Síndico suplente distrito Juan Viñas, Ivannia Mora Gamboa- Sindica Suplente
22 Distrito Pejibaye, José Carlos Vindas Ureña- Síndico propietario distrito
23 Tucurrique y Liz Amadelys Morales Rodríguez- Síndica suplente distrito
24 Tucurrique.
25
26 Asisten los siguientes funcionarios:
27
28 VICEALCALDE MUNICIPAL: Luis Mario Portuguéz Solano
29
30
31 ARTÍCULO I. Apertura de la sesión
32
33 La señora Presidenta, Mauren Rojas Mejía, da las buenas tardes a los y las
34 presentes; luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy, el
35 cual se aprobó en forma unánime.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 ARTÍCULO II. Comprobación de quórum
2
3 Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que
4 el mismo está completo, al contarse con los Regidores Propietarios respectivos
5 (para este día 5 de 5).
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7 - La señora Pamela Dotti Ortiz, justifica su ausencia en ésta sesión, por
8 motivos personales.
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11 ARTÍCULO III. Audiencias
12
13 No hubo.
14
15 ARTÍCULO IV. Aprobación del Acta Ordinaria Nº 89
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17 ACUERDO 1º
18 No existiendo objeciones ni correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez, somete
19 a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 89 y la aprueba y ratifica en todos
20 sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores propietarios
21 Mauren Rojas Mejía, Geovanna Abarca Chavarría, Ricardo Aguilar Solano, Mario
22 Rivera Jiménez y José Jesús Camacho Ureña.
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25 ARTÍCULO V. Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia
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27 1- Nota de fecha 11 de enero 2022, firmada por vecinos de Barrio Lagunilla,
28 del distrito de Pejibaye, encabezada por Jorge Solano Ramírez.
29 Les manifiesta lo siguiente: “…Los vecinos de la calle que da la río Pejibaye en
30 Barrio Lagunilla (dirección exacta: 200 este. 150 norte y 100 oeste del puente sobre
31 el río Pejibaye) nos dirigimos a ustedes de la manera más respetuosa, con el fin de
32 pedir la ayuda requerida para poder arreglar la carretera frente a nuestras viviendas.
33 Esta calle se torna peligrosa para el tránsito de las personas en días de lluvia,
34 principalmente de los adultos mayores que aquí residen. Dicha calle se encuentra
35 en mal estado, tiene varios huecos y se torna resbalosa y peligrosa con el barro.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 También queremos solicitar ayuda con las cunetas ya que cuando hay lluvias fuertes
2 causan problemas… Correo para notificaciones:
3 lopezlidia2020ramirez@gmail.com…”
4
5 ACUERDO 1º INCISO A
6 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar nota de los vecinos de Barrio
7 Lagunilla en el distrito de Pejibaye, al arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-Director
8 del Departamento de Gestión Vial, para que realice el informe correspondiente y lo
9 comunique a los vecinos.
10
11 ACUERDO 1º INCISO A
12 Este Concejo acuerda por Unanimidad; comunicar a los vecinos del Barrio Lagunilla
13 del distrito de Pejibaye, que la solicitud realizada mediante nota de fecha 11 de
14 enero de 2022, está siendo trasladada al arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-
15 Director del Departamento de Gestión Vial, para que realice el informe
16 correspondiente y este les sea comunicado.
17
18 2- Oficio Nº S.M. 342-2021, fechado 11 de enero de 2021, con fecha de recibido
19 11 de enero de 2022, enviado por Cristina Araya Rodríguez, Secretaria de
20 Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique.
21 Les manifiesta lo siguiente “…Para los efectos pertinentes y con todo respeto, me
22 permito transcribir el Acuerdo n"4 INCISO A), artículo Vl, de la sesión ordinaria
23 número 79-2021, virtual, celebrada por el Concejo Municipal del Distrito de
24 Tucurrique, el día 21 de diciembre de 2021 al ser las 18 horas con 30 minutos: Una
25 vez conocido y analizado el oficio SC-925-2021; suscrito por la señora Nuria Estela
26 Fallas Mejía, este Concejo Municipal, acuerda por unanimidad de los presentes,
27 remitir un acuerdo de apoyo a la iniciativa tomada por el Concejo Municipal de la
28 Municipalidad de Jiménez. ACUERDO FIRME...” Se toma nota.
29
30 3- Oficio Nº DE-E-001-01-2022, fechado 11 de enero, firmado por la señora
31 Karen Porras Arguedas, Directora Ejecutiva, Unión Nacional de Gobiernos
32 Locales.
33 Les manifiesta lo siguiente: “…El 17 de marzo de 2021, el Plenario de la Asamblea
34 Legislativa aprobó en segundo debate, el expediente 21.318 denominado Ley de
35 Movilidad Peatonal, Ley No. 9976 con el cual se traslada a las municipalidades la
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 gestión exclusiva de las aceras de la Red Vial Cantonal, así mismo con la
2 aprobación de la reforma a la Ley para la Gestión Integral de Residuos Ley No. 9825
3 que establece los principales lineamientos en materia sancionatoria por parte de los
4 Gobiernos Locales. Desde la UNGL se consideró de gran importancia establecer un
5 proceso de sensibilización y socialización en torno a los mecanismos de
6 implementación de estas leyes y sus alcances para los Gobiernos Locales del país.
7 Con respecto a la Ley de Movilidad Peatonal, se realizó un proceso de construcción
8 colaborativo liderado por la UNGL, la Sociedad Alemana de Cooperación
9 Internacional (GIZ), la Municipalidad de San José, la Fundación Friedrich Naumann,
10 el Consejo Nacional de Capacitación Municipal (CONACAM), con diferentes
11 Municipalidades, para entregar un prototipo de reglamento de la Ley de Movilidad
12 Peatonal, Ley No. 9976 al Régimen Municipal Costarricense. Por esta razón,
13 realizamos entrega formal mediante oficio de un prototipo de reglamento para el uso
14 de todos los Gobiernos Locales para la debida implementación de la Ley de
15 Movilidad Peatonal, Ley No. 9976, así como de una guía didáctica para su
16 implementación. En torno a la reforma a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
17 Ley No. 9825, mediante los fondos del Consejo Nacional de Capacitación Municipal
18 (CONACAM) se realizó una capacitación al funcionariado municipal de: Policía
19 Municipal, inspecciones municipales, gestiones ambientales, entre otros, con una
20 cobertura de más de cien personas. Sumado a ello, realizamos entrega formal
21 mediante oficio de la guía didáctica para la implementación de la Ley No. 9825 que
22 establece los principales lineamientos en materia sancionatoria…” Adjuntos: Guía
23 Didáctica Ley para Gestión Integral de Residuos Sólidos y Guía Didáctica para la
24 Implementación de la Ley de Movilidad Peatonal N°9976.
25
26 ACUERDO 3º
27 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar Oficio Nº DE-E-001-01-2022,
28 fechado 11 de enero, firmado por la señora Karen Porras Arguedas, Directora
29 Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, a la señorita Lissette
30 Fernández Quirós, alcaldesa, para que se realice lo que corresponda, según las
31 Guías entregadas por la Unión Nacional de Gobiernos Locales.
32
33 4- Oficio Nº Oficio DE-E-002-01-2022, fechado 11 de enero, firmado por la
34 señora Karen Porras Arguedas, Directora Ejecutiva, Unión Nacional de
35 Gobiernos Locales.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Les manifiesta lo siguiente: “… Reciban un cordial saludo por parte de la Unión
2 Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) institución que agremia y representa
3 políticamente al Régimen Municipal desde hace 44 años. Dentro de las acciones
4 estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y Comunicación se incluye
5 consolidar el rol estratégico de la UNGL como representante del Régimen Municipal,
6 ante el Poder Ejecutivo y Legislativo, para el fortalecimiento del municipalismo. Para
7 lograr lo anterior, hacemos de su conocimiento las fichas técnicas de los siguientes
8 proyectos de ley que se encuentran actualmente en la corriente legislativa y que se
9 relacionan con el Régimen Municipal Costarricense: ● Expediente No. 21.274.
10 Reforma a los artículos 214 y el inciso d) del artículo 234 de la Ley de Tránsito por
11 Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial, Ley No. 9078. (Ley para Posibilidad de
12 investirse a policías municipales y a los oficiales parquimetristas como inspectores
13 de tránsito municipal. ● Expediente No. 22.856. Ley de Fortalecimiento de las
14 Federaciones Municipales…”
15
16 ACUERDO 4º
17 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar el Oficio Nº DE-E-002-01-2022,
18 fechado 11 de enero, firmado por la señora Karen Porras Arguedas, Directora
19 Ejecutiva, Unión Nacional de Gobiernos Locales, a la Comisión Municipal de
20 Asuntos Jurídicos para que las fichas sean utilizadas de insumo para el análisis y
21 posterior dictamen sobre las consultas correspondientes.
22
23 5- Oficio Nº AL-CJ-22.398-1422-2022, fechado 11 de enero de 2022, enviado por
24 Marcia Valladares Bermúdez, Área de Comisiones Legislativas IV, Asamblea
25 Legislativa.
26 Les manifiesta lo siguiente: “…La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene
27 para su estudio el Proyecto de Ley: Expediente N 22.398 LEY PROTECTORA DE
28 LA ACTIVIDAD DEL BOYEO Y LA CARRETA COSTARRICENSE…”
29
30 ACUERDO 5º
31 Este Concejo acuerda por Unanimidad, trasladar este oficio a la Comisión Municipal
32 de Asuntos Jurídicos para su análisis y posterior dictamen.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 6- Oficio Nº AL-DSDI-OFI-0005-2022, fechado 11 de enero, enviado por Marcia
2 Valladares Bermúdez, Área de Comisiones Legislativas IV, Asamblea
3 Legislativa.
4 Les manifiesta lo siguiente: “De conformidad con las disposiciones del Reglamento
5 de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto actualizado sobre el EXPEDIENTE
6 LEGISLATIVO Nº 21.810, REFORMA AL ARTÍCULO 14 DEL CÓDIGO MUNICIPAL
7 Y SUS REFORMAS, LEY N° 7794 DE 30 DE ABRIL DE 1998 (LEY QUE LIMITA LA
8 REELECCIÓN INDEFINIDA DE LAS AUTORIDADES LOCALES), que se
9 adjunta…”
10
11 ACUERDO 6º
12 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar este oficio a la Comisión Municipal
13 de Asuntos Jurídicos para su análisis y posterior dictamen.
14
15 7- Oficio Nº DE-008-01-2022, fechado 14 de enero, enviado por la señora Karen
16 Porras Arguedas, Directora Ejecutiva, Unión Nacional de Gobiernos Locales.
17 Les manifiesta lo siguiente: “…El pasado 11 de enero del presente año, en el
18 Plenario de la Asamblea Legislativa se aprobó una moción para consultar a todas
19 las Municipalidades y Concejos Municipales del país, así como al TSE el nuevo texto
20 del expediente No 21.810 “Ley que limita la reelección indefinida de las autoridades
21 locales” tras sufrir las últimas modificaciones por el fondo, esto a través del oficio
22 AL-DSDI-OFI-0005-2022. Es por ello que, desde el seno de nuestra Consejo
23 Directivo en aras de continuar trabajando en favor del Régimen Municipal, somete
24 a consideración ustedes estimadas autoridades locales una propuesta de los
25 aspectos que puedan usar como base a la hora de brindar respuesta sobre la
26 consulta del texto: ● El texto aprobado por la Asamblea Legislativa pretende ser
27 retroactivo en cuanto incluiría dentro de las limitaciones a las personas que ocupan
28 los cargos actuales dentro del régimen, rozando con lo que el numeral 34 de la
29 Constitución Política establece, así como el Derecho Internacional comparado.
30 ● Existe un plazo desproporcionado en el caso del tiempo que deben pasar las
31 autoridades locales antes de poder ocupar su mismo cargo o bien en ciertos casos,
32 cualquier otro cargo dentro del régimen. ● La afectación de este texto dista de lo
33 que se planteaba inicialmente y vendría incorporado a los demás cargos de elección
34 popular dentro del régimen. ● A la vez que la reelección de autoridades locales
35 establece la capacidad de las y los ciudadanos en ejercicio de su deber y derecho
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 cívico a ser representados por la persona que elijan durante el período que sea a
2 su consideración necesario. Pero que, además, se da a través del sufragio directo
3 en el marco democrático que se debe defender y mantener. Cabe destacar que
4 dentro de lo anteriormente expuesto pueden caber otros aspectos según criterio
5 legal de cada Gobierno Local, y solo se presentan como una base para el envío de
6 las respuestas de una forma más unificada como régimen…”
7
8 ACUERDO 7º
9 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar este oficio a la Comisión Municipal
10 de Asuntos Jurídicos para que sea considerado en el análisis del expediente
11 correspondiente.
12
13 8- Oficio Nº 007-2022-DGVM, fechado 12 de enero, enviado el arquitecto Luis
14 Enrique Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial de esta
15 Municipalidad.
16 Les manifiesta lo siguiente: “…En atención al ejercicio económico del año 2022 del
17 Departamento de Gestión Vial se han de trasladar los recursos provenientes de las
18 Leyes 8114 y 9329 al Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, según los
19 porcentajes establecidos en el Plan de Desarrollo y Conservación de la Red Vial
20 Cantonal 2021-2025, tal como se muestra a continuación:
Distribución de los recursos
Municipalidad de Jiménez 68%
Concejo Municipal de 32%
Distrito de Tucurrique
21 Por tal motivo, es necesario tomar un Acuerdo Municipal, donde se autorice tanto a
22 la Tesorería como a la Alcaldía Municipal a realizar la transferencia de recursos al
23 Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique según como los mismos ingresen a la
24 cuenta municipal asignada en Caja Única del Estado.
25 Dicho acuerdo ha de leerse de la manera siguiente:
26 Este Concejo acuerda autorizar a la señorita Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa,
27 y al señor Cristian Esquivel Vargas, Tesorero, para que giren a favor del Concejo
28 Municipal de Distrito de Tucurrique, los desembolsos correspondientes de las Leyes
29 8114 y 9329, a la porción de recursos que le corresponde según las rutas cantones
30 territorialmente ubicadas en dicho distrito. La proporción a transferir al Concejo
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Municipal del Distrito de Tucurrique será del 32% del monto transferido a la
2 Municipalidad de Jiménez por parte del Gobierno Central.
3 Cada desembolso se realizará conforme al ingreso de los recursos a la cuenta de
4 la Municipalidad de Jiménez en Caja Única del Estado y fundamentado en el informe
5 respectivo brindado por el Director del Departamento de Gestión Vial.
6 Con copia a Contabilidad y Gestión Vial Municipal.”
7
8 ACUERDO 8º
9 Este Concejo acuerda autorizar a la señorita Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa,
10 y al señor Cristian Esquivel Vargas, Tesorero, para que giren a favor del Concejo
11 Municipal de Distrito de Tucurrique, los desembolsos correspondientes de las Leyes
12 8114 y 9329, a la porción de recursos que le corresponde según las rutas cantones
13 territorialmente ubicadas en dicho distrito. La proporción a transferir al Concejo
14 Municipal del Distrito de Tucurrique será del 32% del monto transferido a la
15 Municipalidad de Jiménez por parte del Gobierno Central.
16 Cada desembolso se realizará conforme al ingreso de los recursos a la cuenta de
17 la Municipalidad de Jiménez en Caja Única del Estado y fundamentado en el informe
18 respectivo brindado por el Director del Departamento de Gestión Vial.
19 Con copia a Contabilidad y Gestión Vial Municipal.
20
21 9- Oficio Nº CPEM-092-2021, fechado 13 de enero, enviado por Erika Ugalde
22 Camacho, Jefe Área, Comisiones Legislativas III, Asamblea Legislativa.
23 Les manifiesta lo siguiente: “Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión
24 Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en
25 virtud de la moción 59, aprobada en sesión 18, en su trámite de mociones vía
26 artículo 137, se solicita el criterio de esa municipalidad en relación con el dictamen
27 del proyecto “LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES”,
28 expediente 20.814 el cual se anexa…”
29
30 ACUERDO 9º
31 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar este oficio a la Comisión Municipal
32 de Gobierno y Administración, para su análisis y posterior dictamen.
33
34
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 10- Oficio Nº HAC-802-2021-2022, fechado 13 de enero, enviado por Flor
2 Sánchez Rodríguez, Jefe Área, Comisiones Legislativas VI, Asamblea
3 Legislativa.
4 Les manifiesta lo siguiente: “Con instrucciones de la señora Presidenta de la
5 Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Lucía
6 Delgado Orozco, le comunico que la Comisión aprobó remitirle a todas las
7 municipalidades la consulta del Expediente N.° 22.802, “LEY DE CREACIÓN DE
8 UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA”, el cual
9 le adjunto…”
10
11 ACUERDO 10º
12 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar este oficio a la Comisión Municipal
13 de Hacienda y Presupuesto, para su análisis y posterior dictamen.
14
15 11- Oficio Nº AI-06-2022, fechado 14 de enero, enviado por Licda. Sandra Mora
16 Muñoz, Auditora Interna de esta Municipalidad.
17 Les manifiesta lo siguiente: “Se les informa sobre el teletrabajo de la auditoria del
18 12 al 13 de enero 2022. Se procede a presentar el informe de teletrabajo según:
19 oficio Nº SC-391-2020, transcripción del acuerdo 10° del artículo V, de la Sesión
20 Ordinaria N°33, celebrada el día lunes 14 de diciembre del año 2020
21 Nombre del Funcionario: Sandra Mora Muñoz
22 Dependencia: Auditoria Interna
23 Superior Jerarca: Concejo Municipal
24 Fecha del informe: 14 de enero, 2022
25
Fecha del día laborado Actividad realizada Objetivo de la actividad Evidencia o indicador
de cumplimiento de la
actividad y del interés
para el
Municipio
12/01/2022 miércoles Revisar correo Recibir y enviar Cumplir con las
correspondencia actividades propias de la
auditoria
12/01/2022 Revisar la Gaceta Diario Recopilar información Cumplir con las
miércoles oficial de Costa Rica actividades propias de la
auditoria
12/01/2022 miércoles Revisión de la página de Recopilar información Cumplir con las
la CGR actividades propias de la
auditoria
12/01/2022 miércoles Planeación auditorias de Etapa planeación Cumplir con el plan de
carácter especial trabajo año 2022
13/01/2022 jueves Revisar correo Recibir y enviar Cumplir con las
correspondencia actividades propias de la
auditoria
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
13/01/2022 jueves Revisar la Gaceta Diario Recopilar información Cumplir con las
oficial de Costa Rica actividades propias de la
auditoria
13/01/2022 jueves Revisión de la página de Recopilar información Cumplir con las
la CGR actividades propias de la
auditoria
13/01/2022 jueves Planeación auditorias de Etapa Planeación Cumplir con el plan de
carácter especial trabajo año 2022
1 Se toma nota y se archiva en el expediente administrativo 02-2020.
2
3 12- Oficio Nº 009-2022-DGVM, fechado 13 de enero, enviado por el arquitecto
4 Luis Enrique Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial de esta
5 Municipalidad.
6 Les manifiesta lo siguiente: “En atención a la nota enviada al Concejo Municipal de
7 Jiménez, y trasladada a este Departamento de Gestión Vial por medio del acuerdo
8 2º inciso A del Artículo V de la Sesión Ordinaria Nº 86, celebrada el día martes 21
9 de diciembre del 2021, me permito indicar lo siguiente:
10 1. A este Departamento de Gestión Vial de la Municipalidad de Jiménez, se le
11 asignó el proyecto “Construcción de paradas de autobuses en el distrito de
12 Tucurrique”, para que el mismo se ejecutara con recursos provenientes de la
13 Ley #7755 denominada “Control de las Partidas Específicas con Cargo al
14 Presupuesto Nacional”, el cual fue solicitado por el Concejo Municipal del
15 Distrito de Tucurrique.
16 2. En vista de lo anterior, se solicitó al Concejo Municipal del Distrito de
17 Tucurrique que nos facilitara un listado de las ubicaciones de las paradas
18 propuestas. A partir de esto se recibe documento firmado por el Sr.
19 Intendente Wilberth Quirós Palma con las siguientes ubicaciones:
20 Parada 1: 200m al este del Liceo de Tucurrique.
21 Parada 2: frente a la antigua ferretería El Constructor Feliz
22 Parada 3 y 4: 25m al este del Centro de Diurno, una en cada
23 sentido
24 3. Se procedió a realizar las inspecciones respectivas a partir del listado
25 anteriormente brindado. Según esta inspección, realizada el 15 de octubre
26 del 2021, la ubicación de la parada 3 correspondería a la propuesta a
27 construir frente a su vivienda, en dirección Tucurrique-Pejibaye.
28 4. En sitio se pudo observar que, previo a la solicitud del Concejo Municipal del
29 Distrito de Tucurrique, se construyó un basamento de concreto, donde se
30 presupone que anteriormente se habría intentado construir una parada de
31 autobuses, tal como se observa en las siguiente imágenes:
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 5. A pesar de que ya se encuentra construido este basamento, se encontraron
2 dos situaciones particulares que impedirían construir una parada de
3 autobuses en dicho lugar:
4 a. La losa de concreto se encuentra construida sobre el trazado de la
5 cuneta de canalización de aguas pluviales y por lo tanto muy cerca de
6 la carpeta asfáltica de la Ruta Nacional 225.
7 Considerando el tipo de estructura a construir para la protección a la
8 intemperie e incluyendo la colocación de asientos para los pasajeros
9 que esperarían el autobús, la misma no contaría con las áreas de
10 circulación adecuadas para los mismos, por lo que por su cercanía
11 con la superficie de ruedo en una ruta nacional sería potencialmente
12 peligroso para las personas, de cualquier edad, pues estarían
13 demasiado cerca del flujo vehicular.
14 b. Además esta losa de concreto se encuentra completamente
15 confrontada con la parada de autobuses en dirección Tucurrique-
16 Cartago. Esta parada, a pesar de que se encuentra sobre la acera,
17 presenta mejores condiciones para la seguridad de los pasajeros, por
18 lo que a criterio profesional prevalecería sobre la primera.
19 El efecto principal de que ambas paradas se encuentren confrontadas,
20 sin las respectivas bahías de descarga, radica en que paralizaría
21 completamente el flujo vehicular si al mismo momento dos autobuses,
22 en direcciones contrarias, se detuvieran a la vez, lo cual sería
23 potencialmente peligroso tanto para los conductores como para los
24 mismos usuarios del servicio de transporte público.
25 6. Dicha situación fue indicada personalmente al Intendente Wilberth Quirós,
26 quien nos acompañó en varias de las inspecciones realizadas para la
27 colocación de estas paradas de autobuses.
28
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 7. Valorando lo anterior, la construcción de la estructura de esta parada de
2 autobuses fue excluida completamente del proceso de contratación
3 2021CD-000188-MJ para la Reconstrucción de Paradas de Autobús en el
4 distrito de Tucurrique, financiada con los recursos anteriormente indicados.
5 8. Cabe anotar, que posterior a la realización del proceso de contratación
6 2021CD-000188-MJ, se recibe por parte del Concejo Municipal del Distrito
7 de Tucurrique, el documento OFIC.INT.00130-2021, donde el Sr. Wilberth
8 Quirós Palma actualiza la ubicación de las paradas de autobuses propuestas,
9 donde ya no se incluiría la construcción de la parada de autobuses frente a
10 su propiedad. Dicho documento fue comunicado a los regidores del Concejo
11 Municipal del Distrito de Tucurrique con fecha del 03 de diciembre del 2021.
12 9. En cuanto a la petitoria realizada por su persona, en su solicitud se indica:
13 3) que se proceda a dar solución al bloqueo de la tubería (…) y quitar
14 las bases que quedaron ya que bloquean el acceso a mi propiedad.
15 Esta situación ha se ser tramitada ante el Concejo Municipal del Distrito de
16 Tucurrique, puesto que la construcción de la citada losa de concreto no fue
17 ejecutada con recursos de la Municipalidad de Jiménez, sino que la misma
18 se encuentra dentro del ámbito que le corresponde al Gobierno Local de
19 Tucurrique, por lo cual es competencia de ellos su atención.
20 4) Que en caso de estar avalada la construcción, se me remita una
21 copia de la autorización firmada por los ingenieros o encargados, junto
22 con los artículos o leyes que respaldan el accionar.
23 Como se indicó anteriormente en el presente documento, por parte de este
24 Departamento de Gestión Vial de la Municipalidad de Jiménez, no existe
25 ningún aval para la construcción de la parada de autobuses frente a su
26 propiedad, en dirección Tucurrique-Pejibaye.” Se toma nota.
27
28 13- Oficio Nº AI-07-2022, fechado 14 de enero, enviado por Licda. Sandra Mora
29 Muñoz, Auditora Interna de esta Municipalidad.
30 Les manifiesta lo siguiente: “Asunto: Respuesta oficio SC-939-2021, Sesión
31 Ordinaria N°86, Solicitud señor Jorge Brenes. Este Concejo acuerda por
32 unanimidad; trasladar copia de correo electrónico enviado el 14 de diciembre, por el
33 señor Jorge Brenes Zúñiga, vecino de Tucurrique (EL CUAL ADJUNTO), a la señora
34 Sandra Mora Muñoz, Auditora Interna, para investigación y que le dé seguimiento.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Aspectos legales: Ley General de Control Interno N°8292 “Artículo 22.-
2 Competencias. Compete a la auditoría interna, primordialmente lo siguiente: a)
3 Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los
4 fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos,
5 fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente
6 auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo
7 con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República,
8 en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su
9 competencia institucional.”(resaltado no es del original). "Artículo 34.-
10 Prohibiciones. El auditor interno, el subauditor interno y los demás funcionarios de
11 la auditoría interna, tendrán las siguientes prohibiciones: a) Realizar funciones y
12 actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su
13 competencia.”…(el resaltado no es del original) “Artículo 2º-Definiciones. a)
14 Administración activa: desde el punto de vista funcional, es la función decisoria,
15 ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de
16 vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que
17 deciden y ejecutan; incluyen al jerarca, como última instancia.” Ley Reguladora del
18 Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores “Artículo 8.-
19 Corresponderá al Ministro de Transportes el señalamiento, para cada concesión, de
20 las rutas, estaciones terminales y sitios de parada intermedios, lo mismo que la
21 determinación de los sitios de parada de vehículos de servicio público. …”(el
22 resaltado no es del original). Por lo tanto: De acuerdo a la legislación anterior, se
23 concluye que la situación presentada por el señor Jorge Brenes, del distrito de
24 Tucurrique, no se encuentra relacionado con la hacienda pública, sino que es un
25 aspecto administrativo, por lo que está auditoria procede a desestimar la solicitud
26 presentada por el Concejo Municipal por cuanto lo solicitado va en contra del artículo
27 N°22 de la ley General de Control Interno y se encuentra entre las prohibiciones del
28 artículo N°34 de la misma ley de Control Interno, al presentarse las siguientes
29 situaciones: 1. El ámbito de acción de la Auditoria Interna, es todo aquello que se
30 encuentra relacionado con la Hacienda Pública. Todo aquello que afecte las
31 finanzas municipales. En este caso lo que se pide es sobre el lugar donde se va a
32 instalar o construir la parada. 2. La Auditoria interna no puede intervenir en asuntos
33 administrativos a no ser por las propias actividades de la auditoria. 3. El Ministerio
34 de Transporte Público es el encargado de indicar donde se colocan las paradas de
35 transporte público. Por lo que esta auditoria recomienda: La administración debe de
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 realizar todas las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Transporte, en la
2 dependencia correspondiente. Es a la administración le corresponde realizar y dar
3 seguimiento a lo solicitado por el señor Jorge Brenes.” Se toma nota.
4
5 14- Oficio Nº 010-2022-DGVM, fechado 14 de enero, enviado por el arquitecto
6 Luis Enrique Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial de esta
7 Municipalidad.
8 Les manifiesta lo siguiente: “En atención a la nota enviada al Concejo Municipal de
9 Jiménez, y trasladada a este Departamento de Gestión Vial por medio del acuerdo
10 12º del Artículo V de la Sesión Ordinaria Nº 85, me permito indicar lo siguiente:
11 1. El camino hacia la comunidad de Santa Marta, bajo código 3-04-097 se
12 encuentra incluido dentro de las labores periódicas de mantenimiento que se
13 realizan anualmente como parte de la programación del Departamento de
14 Gestión Vial.
15 2. Por tal motivo, y desde hace ya varios años, semestralmente se realizan
16 labores de mantenimiento en dicho camino, donde se ejecutan trabajos de
17 remoción de maleza y limpieza de alcantarillas, esto con el fin de mantener
18 las condiciones de transitabilidad del camino. Actualmente, desde la segunda
19 semana del mes de enero se inició nuevamente con este proceso de
20 remoción de malezas en las orillas del camino, tal como se observa a
21 continuación:
22 3. Durante el año 2021 se realizó de manera periódica este proceso de limpieza
23 del camino, lo cual incluyó la contratación de maquinaria para la
24 reconformación de la superficie de ruedo, realizada en el mes de junio del
25 año pasado.
26
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 4. De igual manera, dentro de este ejercicio presupuestario 2022 y para cuando
2 ingresen los recursos correspondientes a las leyes 8114 y 9329 utilizadas
3 para la intervención de caminos municipales, se estará reprogramando otra
4 reconformación de la superficie de ruedo en este trayecto.
5 5. En cuanto a la solicitud de intervención de la calle del “asentamiento ubicado
6 en los lotes Zoyla Rosa ya que esta calle forma parte de la carretera 097”
7 para la construcción de cunetas, me permito indicarles que dicho acceso no
8 se encuentra incluido dentro del Inventario de la Red Vial Cantonal.
9 De igual manera dentro de este asentamiento no es posible determinar que
10 se hayan realizado fraccionamientos formales de los predios allí ubicados,
11 que avalen la existencia de una calle de carácter público como acceso a los
12 mismos.
13 En vista de lo anterior no es posible realizar la construcción de las cunetas
14 de concreto solicitadas, puesto que se considera que el acceso es de
15 carácter privado.” Se toma nota.
16
17
18 ARTÍCULO VI. Dictámenes de Comisión
19
20 No hubo.
21
22 ARTÍCULO VII. Informe de la Alcaldesa
23
24 1- Se conoce el “INFORME DE LABORES. Nº 03-2022. 17/enero/2022.
25 Reciban un afectuoso saludo de mi parte; les brindo un informe de las labores de la
26 semana del 10 al 14 de enero del año en curso, como detallo a continuación:
27 Labores administrativas.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Atención al público.
2 Sesión extraordinaria de Junta Vial.
3 Sesión extraordinaria de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.
4 Reunión de personal.
5 Inspección de trabajos en Pejibaye.
6 Se continúa con los procesos continuos de control de calidad del agua
7 potable por medio de muestreos con el CEQIATEC. Se trabaja en una
8 propuesta de convenio con el Tecnológico para que la contratación de los
9 análisis sean más expeditos y ágiles. Adjunto propuesta para valoración,
10 aprobación y solicitud de autorización ante el Concejo para firma del
11 convenio.
12
13 Se inició la construcción de una Biojardinera (Humedal artificial, para
14 tratamiento de aguas residuales) en el Centro Diurno de Ancianos de Juan
15 Viñas con la finalidad de tratar las aguas grises. La actividad forma parte de
16 las actividades del Laboratorio de Hidrología Ambiental en convenio con la
17 Municipalidad de Jiménez dentro de una metodología de Gestión Integral del
18 Recurso Hídrico.
19
20 La señora Nuria Fallas Mejía solicita vacaciones del 17 al 28 de enero, por lo
21 que se nombra a la señora Sara Acuña Mazza como Secretaria del Concejo
22 a.i.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Trabajos realizados bajo supervisión del Departamento de Gestión Vial de la
2 Municipalidad de Jiménez:
3 Finalizan los trabajos de reconformación y limpieza mecanizada el camino La
4 20 de Pejibaye, con una intervención de 2.5 kilómetros.
5
6
7 Se realiza la sustitución de tablones dañados en el Puente El Congo, entre los
8 distritos de Juan Viñas y Tucurrique.
9
10 Se inicia con la reconformación de la superficie de ruedo del camino La Lucha,
11 en El Humo de Pejibaye, para una intervención estimada a la fecha de 650 metros
12 lineales.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1
2 Distrito de Juan Viñas
3 o Camino Santa Marta, en una longitud de intervención estimada a la fecha de 1.3
4 km.
5
6 Les presento para su análisis y aprobación el Convenio Específico de
7 Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Tecnológico de Costa Rica y
8 La Municipalidad de Jiménez para la asistencia Técnica en análisis de aguas.
9
10 CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE
11 EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
12 Y LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
13 PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA EN ANÁLISIS DE AGUAS
14 Este acuerdo se establece entre el “Instituto Tecnológico de Costa Rica”, en
15 adelante denominado “ITCR”, con sede en Cartago, Costa Rica, número de cédula
16 jurídica cuatro – cero cero cero – cuarenta y dos mil ciento cuarenta y cinco,
17 representado por Luis Paulino Méndez Badilla, mayor, casado, ingeniero, vecino de
18 Cartago, con cédula de identidad número uno- cuatrocientos noventa y nueve–cero
19 ochenta, en su calidad de Rector, según Asamblea Plebiscitaria del día trece de
20 junio de dos mil diecinueve; publicado en La Gaceta Número ciento veintiuno del
21 viernes veintiocho de junio del mismo año; y La Municipalidad de Jiménez , en
22 adelante denominado como “Municipalidad”, con sede en Jiménez de Cartago, 25
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 m sur del templo católico de Juan Viñas, número de cédula jurídica tres-cero
2 catorce- cero cuarenta y dos mil ochenta y cuatro, representada legalmente por
3 Lissette Fernández Quirós cédula: tres-doscientos sesenta y ocho-quinientos uno
4 acuerdan:
5 CONSIDERANDO:
6 1. Que ambas instituciones públicas se encuentran unidas por intereses y objetivos
7 comunes, en el campo de la seguridad y protección de salud pública.
8 2. Que para contribuir al mantenimiento de la calidad y control, asesoramiento,
9 capacitación y otros en el tema del recurso hídrico como derecho fundamental del
10 ser humano es de primordial importancia que se establezcan relaciones de
11 intercambio y colaboración a través de la vinculación entre las universidades, las
12 organizaciones de los sectores productivos y las Administraciones Públicas.
13 3. Que son precisamente las universidades, por razón de su misión, esencia,
14 finalidad y objetivos, las instituciones llamadas a establecer los canales de
15 comunicación que permitan el intercambio del conocimiento en materia ambiental y
16 científico.
17 4. Que ambas partes tienen objetivos comunes en lo relativo al fomento de
18 conservación, educación ambiental y control de los recursos debido a la importancia
19 de las actividades comunes de ambos contratantes.
20 5. Que ambas son instituciones públicas, que les permite celebrar convenios de esta
21 naturaleza para el mejor cumplimiento de sus fines y dentro del ejercicio de sus
22 competencias legales, por lo que de conformidad con el artículo número 138 de la
23 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativas los convenios de colaboración
24 entre entes de derecho público no están sujetos a las disposiciones de esa ley.
25 6. Que el “ITCR”, a través del Centro de Investigación y de Servicios Químicos y
26 Microbiológicos (CEQIATEC), de acuerdo con sus fines y principios, cuenta con la
27 experiencia y capacidad para atender los requerimientos en la ejecución de análisis
28 de laboratorio en matrices ambientales.
29 7. Que el “ITCR” creó el Centro de Investigación y de Servicios Químicos y
30 Microbiológicos (CEQIATEC) perteneciente a la Escuela de Química que se dedica
31 a la investigación científica y tecnológica, la extensión universitaria y a la prestación
32 de servicios en las áreas de la química y microbiología con un sistema de Gestión
33 de Calidad de acuerdo con los lineamientos de la norma INTE-ISO/IEC 17025.
34 8. Que, durante más de cuarenta años de operación, el Centro de Investigación y
35 de Servicios Químicos y Microbiológicos (CEQIATEC) del “ITCR” realiza análisis
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 fisicoquímicos y microbiológicos de calidad de Agua Potable y Residual, y además
2 desde hace más de veinte años trabaja bajo la acreditación INTE-ISO/IEC 17025.
3 9. Que La Municipalidad de Jiménez, consciente de la necesidad de cumplir con el
4 Decreto 38924-S “Reglamento para la calidad del agua potable”, el Decreto 33601-
5 MINAE-S “Reglamento de Vertido y Reúso de Aguas Residuales” y el Decreto
6 39316-S “Reglamento para el manejo y disposición final de lodos y biosólidos”
7 desea vincularse con el “ITCR”, para asegurar un adecuado control y manejo de sus
8 residuos y sus recursos mediante los análisis fisicoquímicos y microbiológicos
9 necesarios.
10 10. Que el artículo 1 de la Ley General de Salud Ley N° 5395, 30 de octubre de
11 1973 menciona que “La salud de la población es un bien de interés público tutelado
12 por el Estado”.
13 11. Que el inciso c) del artículo 2 de la Ley N° 7554, del 4 de octubre de 1995, Ley
14 Orgánica del Ambiente, dispone que el Estado velará por la utilización racional de
15 los elementos ambientales y su obligación de propiciar un desarrollo económico y
16 ambientalmente sostenible, entendiendo como el desarrollo que satisface las
17 necesidades humanas básicas, sin comprometer las opciones de las generaciones
18 futuras.
19 12. Que la ley Nº 276, Ley de Aguas indica en su artículo 1, 2 y 3 el recurso hídrico
20 es patrimonio y un bien de dominio público del Estado.
21 13. Que en la Constitución Política en su artículo 50, modificado el 05 de junio 2020
22 “Toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua
23 potable, como bien esencial para la vida. El agua es un bien de la nación,
24 indispensable para proteger tal derecho humano. Su uso, protección, sostenibilidad,
25 conservación y explotación se regirá por lo que establezca la ley que se creará para
26 estos efectos y tendrá prioridad el abastecimiento de agua potable para consumo
27 de las personas y las poblaciones”.
28 14. El marco legal aplicable al presente convenio que se propone establecer con el
29 Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR) con la coadyuvancia de FUNDATEC, se
30 fundamenta en los artículos 2 inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa,
31 130 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 94, 95
32 y 96 de la Ley 7169 de Desarrollo Científico y Tecnológico:
33 Ley de Contratación Administrativa, Ley Nº 7494. Artículo 2. Inciso c.
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Se excluyen de los procedimientos de concursos establecidos en esta ley las
2 siguientes actividades: c) La actividad contractual desarrollada entre entes de
3 derecho público.
4 Reglamento a la Ley de contratación administrativa:
5 Artículo 130. Actividad Contractual desarrollada entre sujetos de Derecho público.
6 Los sujetos de derecho público podrán celebrar entre sí contrataciones sin sujeción
7 a los procedimientos de contratación, siempre y cuando la actividad desplegada
8 para cada uno se encuentre habilitada dentro de sus respectivas competencias.
9 Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley 7169:
10 TITULO VI Incentivos para facilitar el uso de los recursos del sector público en
11 ciencia y tecnología
12 Artículo 93. Para todos los efectos legales se establecen con carácter de actividad
13 ordinaria la investigación y la prestación de servicios en ciencia y tecnología, a cargo
14 de las entidades públicas incluyendo las instituciones de educación superior
15 universitaria estatal. Estas entidades a su vez podrán vender servicios técnicos y de
16 transferencia de tecnología a terceros. Para ambos efectos las instituciones podrán
17 utilizar los procedimientos de contratación directa, que establece la Ley de
18 Administración Financiera de la República.
19 Artículo 94. Las instituciones de educación superior universitaria estatal quedan
20 habilitadas y autorizadas para la venta de servicios ligados a los proyectos de
21 investigación, desarrollo tecnológico, consultorías y cursos especiales. Para mejorar
22 y agilizar la venta de bienes y servicios, dichas instituciones quedan habilitadas y
23 autorizadas para crear fundaciones y empresas auxiliares.
24 Artículo 95. Se deberá establecer un procedimiento para que los recursos
25 recaudados por venta de servicios sean canalizados en forma ágil y efectiva a los
26 propios entes de investigación que los generaron, con el propósito de asegurar la
27 disponibilidad oportuna de estos fondos y la continuidad de las actividades
28 científicas y tecnológicas. Cuando se trate de venta de servicios en los centros
29 universitarios, los fondos se invertirán a criterio de las autoridades universitarias y
30 sin detrimento alguno de la autonomía que los caracteriza.
31 15. Que en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable N° 38924-S, en su
32 artículo 1 indica que “el objetivo, establecer los límites máximos permisibles de
33 parámetros físicos, químicos y microbiológicos para el agua potable, a fin de
34 garantizar su inocuidad y la salud de la población”.
35 POR TANTO:
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 Convienen en suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
2 cláusulas:
3 PRIMERA: OBJETO
4 El presente convenio tiene como objetivo establecer las bases de una cooperación
5 recíproca, donde el “ITCR” se encargue de los análisis fisicoquímicos y
6 microbiológicos de diversas muestras ambientales relacionadas con los recursos
7 ambientales que maneja la “Municipalidad”.
8 SEGUNDA: OBJETIVOS ESPECÍFICOS
9 El ITCR se compromete a realizar la recolección de las muestras previa
10 coordinación y la realización de las pruebas fisicoquímicas y microbiológicas según
11 las normas respectivas.
12 TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
13 i. Obligaciones de La Municipalidad de Jiménez
14 La “Municipalidad” se compromete a:
15 a) Brindar la información disponible y requerida para el adecuado desarrollo
16 del convenio.
17
18 b) Pagará al “ITCR” los recursos económicos necesarios para completar y
19 adecuar los análisis solicitados de agua potable y residual.
20 ii. Obligaciones del ITCR
21 a) Brindar asesoría sin costo la “Municipalidad” en temas de recurso hídrico:
22 muestreo, interpretación de resultados, tratamiento de agua potable y residual y
23 otros relacionados con el Recurso Hídrico.
24 b) Proporcionar actividades de capacitación necesarias a los funcionarios
25 designados por la “Municipalidad” que coadyuven en el desempeño de labores de
26 muestreo y uso del equipo elemental de campo.
27 c) Realizar los análisis de agua potable según calendario anual. Entregar
28 resultados 8 días hábiles posteriores.
29 d) Contar con disponibilidad de atender emergencias relacionadas con
30 calidad del recurso hídrico, las veinticuatro horas del día, durante todo el año.
31 e) Realizar los trámites de refrendos ante el Colegio de Químicos de Costa
32 Rica y/o Microbiológicos de refrendos, según corresponda.
33 f) Que los recursos serán manejados en el ITCR con la coadyuvancia de
34 FUNDATEC.
35 CUARTA: DE LA CONFIDENCIALIDAD
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 El “ITCR” se compromete a mantener extrema confidencialidad sobre toda
2 información suministrada, así como los resultados de laboratorio obtenidos en los
3 diversos ensayos de laboratorio.
4 QUINTA: DE LA COORDINACIÓN
5 El “ITCR” y la “Municipalidad” coordinarán interinstitucionalmente las diferentes
6 acciones para hacer cumplir lo convenido, así como resolver eventuales
7 divergencias en su aplicación. Por parte de la “Municipalidad”, la unidad
8 encargada de velar por la administración, fiscalización y el seguimiento general del
9 presente convenio será el Departamento del Acueducto Municipal.
10 SEXTA: DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
11 El incumplimiento de las obligaciones adquiridas por el “ITCR” en virtud del
12 presente convenio facultará a la “Municipalidad” para darlo por concluido en forma
13 automática sin responsabilidad alguna para la “Municipalidad”. Para lo cual la
14 “Municipalidad” mediante comunicación escrita, emitirá los motivos y la fecha a
15 partir de la cual se dará por terminado.
16 SÉTIMA: DE LA RESPONSABILIDAD ANTE TERCEROS
17 El “ITCR” asigna la administración del presente convenio a FUNDATEC, la cual
18 tendrá representación y autoridad de realizar las acciones pertinentes para
19 operativizar las actividades que correspondan. FUNDATEC, como ejecutor del
20 programa debe tomar las previsiones correspondientes –seguros y otros- para
21 atender y garantizar ante terceros las responsabilidades civiles, laborales,
22 administrativas u otras, que se deriven de este convenio, de manera que, a este
23 respecto, queda excluida toda responsabilidad atribuible a la “Municipalidad”
24 OCTAVA: DE LA CESIÓN
25 Las partes aceptan en forma expresa que no podrán negociar, ceder o transferir de
26 forma alguna, ni total ni parcialmente este convenio, ni ceder los derechos u
27 obligaciones en él establecidos, salvo autorización previa y por escrito de la
28 contraparte.
29 NOVENA: MODIFICACIONES AL CONVENIO
30 El presente convenio podrá ser modificado cuando se considere necesario a
31 solicitud expresa y por escrito de una de las partes, previo acuerdo de ambas partes.
32 Toda modificación que se deba hacer se realizará mediante adendum y formará
33 parte de este convenio.
34 DÉCIMA: DE LA VIGENCIA
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 El plazo de vigencia del presente convenio es de cuatro años a partir de su firma,
2 prorrogable automáticamente anualmente por periodos iguales, salvo que alguna
3 de las partes notifique dentro del mes anterior al vencimiento del convenio, que no
4 desea continuar con la relación.
5 Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el convenio mediante
6 comunicación por escrito a la otra, lo cual regirá tres meses después de que haya
7 sido recibida la respectiva comunicación.
8 DECIMA PRIMERA: DE LA CUANTÍA
9 Antes de cada semestre o anualmente se elaborará un plan de trabajo a desarrollar,
10 dentro del cual se determinará el número de muestras a recolectar y los lugares a
11 controlar, así como el presupuesto correspondiente.
12 DÉCIMA SEGUNDA: SOBRE LOS GESTORES DE CONTRATOS
13 En aras de una comunicación más ágil y eficaz entre las partes, ambas partes se
14 comprometen a nombrar gestores y encargados del contrato:
15 Por la “Municipalidad”:
16 Nombre de la contraparte: Carlos Petersen Pereira
17 Cédula: 1-1123-0905
18 Teléfono: 2532-2061 Ext. 111 / 8491-5417
19 Correo electrónico: acueducto@munijimenez.go.cr
20 Encargado por el “ITCR”:
21 Oficina: CEQIATEC-Escuela de Química
22 Campus Central del Instituto Tecnológico de Costa Rica, Cartago. Noemy Quirós
23 Bustos
24 Teléfono: 25252368.
25 Correo Electrónico: nquiros@itcr.ac.cr o ceqiatec@itcr.ac.cr
26 DECIMA CUARTA: NOTIFICACIONES
27 Cualquier notificación, solicitud, informe u otra comunicación presentada por
28 cualquiera de las partes que suscriben este contrato se hará en forma escrita al
29 domicilio de cada una de las partes, a saber:
30 1) Al “ITCR” en CEQIATEC, Campus Central Cartago.
31 2) A la “Municipalidad de Jiménez” Departamento Acueducto con copia Alcaldía
32 Plenamente entendidos del contenido y trascendencia de lo que aquí se conviene
33 firmamos conformes en dos tantos, uno para cada una de las partes, el día 28 de
34 enero del dos mil veintidós.
35
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Acta Sesión Ordinaria 90 del 18-01-2022
1 ACUERDO 1º
2 Este Concejo acuerda por Unanimidad, dejar en estudio el Convenio Específico de
3 Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Tecnológico de Costa Rica y La
4 Municipalidad de Jiménez para la asistencia Técnica en análisis de aguas, para que
5 sea analizado en la próxima Sesión Ordinaria.
6
7 ARTÍCULO VIII. Informe de la Junta Vial y el Departamento de Gestión Vial
8
9
10 ARTÍCULO IX. Atención de los señores (as) Síndicos (as)
11
12 No hubo.
13
14
15 ARTÍCULO X. Mociones
16
17 No hubo.
18
19
20 ARTÍCULO XI. Asuntos Varios
21
22 No hubo.
23
24
25 Siendo las diecinueve horas exactas, la señora Presidenta Municipal, regidora
26 Mauren Rojas Mejía, da por concluida la sesión.
27
28
29
30
31 Mauren Rojas Mejía Sara Acuña Mazza
32 PRESIDENTA MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO a.i.
33 ___________________________última línea______________________________
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