Ordinaria 201 · 2020-03-09
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- ~ Acuerdo (pág. 5) · firme · aprobado nidos en este distrito se debe contemplar el 11 componente de seguridad vial y la ley 7600. 12 Se priorizarán los caminos según el siguiente criterio …
- ~ Acuerdo (pág. 17) · aprobado os 197 metros con un ancho de 9 metros. 29 De incumplirse los plazos citados se ejecutaría la garantía dada por la 30 empresa ACROY Bienes Raíces S.R.…
- ~ Acuerdo (pág. 25) · firme · aprobado ANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 TOTAL PROGRAMA 0,00 -2 394 918,44 2 394 918,44 0,00 0,00 Elaborado p…
1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 201
2
3 Acta de la Sesión Ordinaria número 201-2020, celebrada por el Concejo Municipal
4 de Jiménez en la Sala de Sesiones de este ayuntamiento, el día nueve de marzo
5 del año dos mil veinte, a las dieciocho horas; con la asistencia de los señores
6 (as) regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y suplentes siguientes:
7
8 REGIDORES PROPIETARIOS: José Luis Sandoval Matamoros, Presidente
9 Municipal, Isidro Sánchez Quirós- Vicepresidente Municipal, Efrén Núñez Nájera,
10 Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua- En propiedad supliendo a
11 José Mauricio Rodríguez Cascante.
12
13 REGIDORES SUPLENTES: Rosario Leandro Ortiz, Francisco Coto Vargas,
14 Armando Sandoval Sandoval y Marco Aurelio Sandoval Sánchez.
15
16 SÍNDICA PROPIETARIA: Mauren Rojas Mejía- Síndica propietaria distrito Juan
17 Viñas.
18
19 AUSENTES: José Mauricio Rodríguez Cascante- Regidor propietario, Ana Yancy
20 Quesada Zamora- Síndica suplente distrito III, Cristian Campos Sandoval-
21 Síndico propietario distrito III y Alexis Estrada Martínez- Síndico propietario
22 distrito II.
23
24 ARTÍCULO I. Apertura de la sesión
25
26 El Presidente, José Luis Sandoval Matamoros, da las buenas tardes a los y las
27 presentes; luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy, el
28 cual se aprobó en forma unánime.
29
30 ARTÍCULO II. Comprobación de quórum
31
32 Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que
33 el mismo está completo, al contarse con los Regidores Propietarios respectivos
34 (para este día 5 de 5).
35
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 ARTÍCULO III. Audiencias
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3 1- Presente el funcionario Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial
4 Municipal, ofrece al Concejo la siguiente información:
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
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3 ACUERDO 1º
4 Este Concejo acuerda por Unanimidad; establecer las siguientes políticas para la
5 elaboración del Plan de Conservación y Desarrollo de la Red Vial Cantonal-
6 Quinquenio 2021-2025:
7 • El cantón de Jiménez mediante la Municipalidad promoverá antes de una
8 intervención el mantenimiento de caminos bajo la modalidad de participación
9 ciudadana.
10 • Dar mantenimiento a los caminos intervenidos por el proyecto MOPT-BID
11 PRVCII; y de esta forma conservar su estado.
12 • Cada año se trabajará al menos 2 caminos por distrito según la siguiente
13 priorización:
14 DISTRITO JUAN VIÑAS:
15 • Se dará importancia a las calles urbanas, manteniendo o mejorando su
16 estado actual.
17 • Se priorizarán obras viales en caminos que den conectividad con rutas
18 nacionales y distritales del cantón, centros urbanos o caminos de importancia
19 debidamente identificados.
20 • En todos los caminos intervenidos en este distrito se debe contemplar el
21 componente de seguridad vial y la ley 7600.
22 DISTRITO TUCURRIQUE:
23 • Se dará importancia a las calles urbanas y caminos vecinales que lleven a
24 zonas agrícolas debidamente identificadas, manteniendo o mejorando su
25 estado actual.
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 • En todos los caminos intervenidos en este distrito se debe contemplar el
2 componente de seguridad vial y la ley 7600.
3 DISTRITO PEJIBAYE:
4 • Se dará importancia a las calles urbanas y caminos vecinales que lleven a
5 zonas agrícolas debidamente identificadas, manteniendo o mejorando su
6 estado actual.
7 • Se priorizarán obras viales en caminos que den conectividad con rutas
8 nacionales y distritales del cantón, centros urbanos o caminos de importancia
9 debidamente identificados.
10 • En todos los caminos intervenidos en este distrito se debe contemplar el
11 componente de seguridad vial y la ley 7600.
12 Se priorizarán los caminos según el siguiente criterio técnico:
13 • Se trabajarán al menos dos caminos por distrito.
14 • Se priorizarán obras según su Índice Viabilidad Técnico Social (IVTS),
15 Tránsito Promedio Diario (TPD) y la cantidad de población aledaña.
16 Todos los criterios se priorizarán de mayor a menor.
17 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Comuníquese al Departamento de
18 Gestión Vial Municipal.
19
20 ARTÍCULO IV. Aprobación del Acta Ordinaria Nº 200
21
22 ACUERDO 1º
23 Este Concejo acuerda por Unanimidad; modificar la fecha del acuerdo 10º del
24 Artículo V de la Sesión Ordinaria 200-2020, visible al folio 274 del Libro de Actas;
25 para que se lea correctamente: “…para el día 30 de marzo, […].“
26
27 ACUERDO 2º
28 No existiendo objeciones ni más correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez,
29 somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 200 y la aprueba y ratifica en
30 todos sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores
31 propietarios José Luis Sandoval Matamoros, Isidro Sánchez Quirós, Efrén Núñez
32 Nájera, Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua.
33
34 ARTÍCULO V. Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia
35
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 1- Copia de oficio 068-2020-DGVM fechado 03 de marzo, enviado por el
2 arquitecto Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal al
3 Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique y al señor Wilberth Quirós Palma,
4 Intendente de ese concejo.
5 Les manifiesta lo siguiente “…Por medio de la presente y de la manera más
6 respetuosa, se les recuerda que para la elaboración del Presupuesto Ordinario para
7 el ejercicio presupuestario 2021 del cantón de Jiménez se ha de contar con el Plan
8 de Conservación y Desarrollo de la Red Vial Cantonal (Plan Quinquenal)
9 debidamente actualizado para los tres distritos que conforman nuestro cantón. Este
10 es un requisito que no puede ser eludido y es exigido por la Contraloría General de
11 la República para la revisión y aprobación de los diferentes presupuestos a
12 presentar ante esta institución. Además se ha de considerar que el Plan de
13 Conservación y Desarrollo de la Red Vial Cantonal ha de estar íntimamente ligado
14 a los alcances tanto del Plan Cantonal de Desarrollo Humano Local y al Plan
15 Estratégico Municipal, tomando los mismos como instrumentos que ayuden a una
16 adecuada planificación de los recursos provenientes de las leyes 8114 y 9329. El
17 Departamento de Gestión Vial de la Municipalidad de Jiménez ya ha iniciado con el
18 proceso de actualización del Plan Quinquenal para los distritos de Juan Viñas y
19 Pejibaye. Por tal motivo se les insta a iniciar con el proceso de actualización de Plan
20 Quinquenal para el distrito de Tucurrique y que sea entregado a este Departamento
21 para su incorporación dentro del Plan Cantonal, a más tardar el día lunes 23 de
22 marzo del presente año. Además estamos anuentes a colaborar ante cualquier
23 consulta técnica y de procedimiento que se les presente al personal técnico del
24 Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, esto con la finalidad de actualizar el
25 Plan Quinquenal en el menor tiempo posible.” Se toma nota.
26
27 2- Resolución Nº 1497-E11-2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, de las
28 catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil
29 veinte, recibida el 03 de marzo de 2020.
30 “…POR TANTO. De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las
31 disposiciones de orden constitucional y legal de que se ha hecho mérito, se declaran
32 electas las regidurías de las municipalidades de los cantones de la provincia de
33 Cartago, para el período comprendido entre el primero de mayo de dos mil veinte y
34 el treinta de abril de dos mil veinticuatro, según el siguiente detalle: …
35 JIMÉNEZ
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 REGIDORES(AS) PROPIETARIOS(AS)
2 303490142 MAUREN ROJAS MEJIA PLN
3 303150681 MARCO AURELIO SANDOVAL SANCHEZ PLN
4 900820455 MARIO GUILLERMO RIVERA JIMENEZ PRSC
5 700990593 GIOVANNA ABARCA CHAVARRIA PRSC
6 C.C. GEOVANNA ABARCA CHAVARRIA
7 303930664 PAMELA DOTTI ORTIZ PLP
8 REGIDORES(AS) SUPLENTES
9 302410681 HECTOR RICARDO AGUILAR SOLANO PLN
10 303020931 CLAUDINA MORA ULLOA PLN
11 900920845 MARJORIE CHACON MESEN PRSC
12 303000174 GERARDO CASCANTE MELENDEZ PRSC
13 302890123 JOSE JESUS CAMACHO UREÑA PLP
14 En atención a lo dispuesto por el inciso h) del artículo 12 del Código Electoral,
15 notifíquese la presente declaratoria a quienes han resultado electos y electas por
16 medio de la correspondiente secretaría municipal, así como a los Poderes de la
17 República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de
18 la República, a la Defensoría de los Habitantes, al Instituto de Fomento y Asesoría
19 Municipal, a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, al Ministerio Público y a todos
20 los partidos políticos que inscribieron candidaturas para dicha elección. Publíquese
21 en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.” Se toma nota.
22
23 3- Nota fechada 19 de febrero, recibida el 03 de marzo, enviada por la M.Sc.
24 Karla Coto Chacón, Directora de la Escuela El Sitio del distrito de Juan Viñas,
25 con el visto bueno del Supervisor del Circuito.
26 Les manifiesta lo siguiente “…procedo a remitir la propuesta de ternas para la
27 conformación de la Junta de Educación Escuela El Sitio, para su nombramiento y
28 juramentación ante el Concejo Municipal. […] Observación: Se presenta una
29 propuesta por ser una escuela Dirección Uno, amparada en el artículo 14 del
30 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas.”
31
32 ACUERDO 3º
33 Este Concejo acuerda por Unanimidad; nombrar la Junta de Educación de la
34 Escuela El Sitio del distrito de Juan Viñas, que fungirá por el período comprendido
35 de marzo del 2020 a marzo del 2023; integrada por las siguientes personas:
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 Juan Pablo Ulloa Cordero cédula 3 0429 0837
2 Jorge Armando Badilla Jiménez cédula 3 0361 0952
3 Yoryana Ulloa Badilla cédula 3 0437 0879
4 Marcela Valverde Mesén cédula 3 0408 0343
5 Yesenia Montenegro Vargas cédula 3 0372 0750
6 Que se comunique este acuerdo a la señora Directora de la institución, y se solicite
7 por su medio la presencia de los miembros nombrados, para su respectiva
8 juramentación, a cargo de la señorita Alcaldesa Municipal.
9
10 4- Resolución de la Contraloría General de la República. División Jurídica a las
11 quince horas con treinta minutos del tres de marzo de dos mil veinte, recibida
12 el 04 de marzo del año en curso, firmada por los licenciados Roberto José
13 Rodríguez Araica y Grettel Cisneros Valverde, Gerente y Fiscalizadora
14 respectivamente, de la División Jurídica del ente contralor.
15 Manifiestan lo siguiente “…Recurso de revocatoria con apelación en subsidio
16 presentado por la Licda. Nicole Mannix Chacón en su condición de apoderada
17 especial administrativa de la señora Sandra Mora Muñoz, Auditora Interna de la
18 Municipalidad de Jiménez, en contra del oficio N° 1958-2020 (DJ-0182) de fecha 10
19 de febrero del 2020 emitido por la División Jurídica de esta Contraloría General.
20 RESULTANDO. I.- Mediante oficio N° 1958-2020 (DJ-0182) de fecha 10 de febrero
21 del 2020 emitido por la División Jurídica de esta Contraloría General se atendió la
22 solicitud de dictamen sobre el procedimiento administrativo disciplinario incoado en
23 contra de la señora Sandra Mora Muñoz, Auditora Interna de la Municipalidad de
24 Jiménez. En dicha oportunidad se indicó: “Con fundamento en lo expuesto y de
25 conformidad con los artículos 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
26 República y 31 de la Ley General de Control Interno, el órgano contralor otorga el
27 dictamen previo favorable solicitado.” (El destacado pertenece al original). II.- Que
28 por oficio sin número presentado el pasado 14 de febrero de 2020 ante esta
29 Contraloría General, la Licda. Nicole Mannix Chacón en su condición de apoderada
30 especial administrativa de la señora Sandra Mora Muñoz, Auditora Interna de la
31 Municipalidad de Jiménez, interpuso recurso de revocatoria con apelación en
32 subsidio, externando -en lo medular- lo siguiente: 1.- Indica que consta en el
33 expediente un Incidente de Nulidad presentado ante el Concejo Municipal en virtud
34 de que el señor Alex Gen Palma se encuentra moroso ante el Ministerio de
35 Hacienda, lo cual contraría las condiciones establecidas en el apartado 9.2 del
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 pliego cartelario que se utilizó para el procedimiento de contratación en el que quedó
2 adjudicatario el Lic. Gen Palma. En su criterio, se está ante un incumplimiento
3 contractual, por lo que en apego a lo convenido por el señor Gen Palma y la
4 alcaldesa Lisseth Fernández Quirós, según contrato celebrado el 2 de julio del 2019
5 procede la aplicación de la cláusula octava, es decir, dar por terminado el contrato
6 sin más trámite. Agrega la recurrente que el señor Gen Palma está cubierto por la
7 prohibición que establece el artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa,
8 ya que este último para junio del 2019 cuando remitió la oferta para la contratación
9 administrativa N° 2019CD-0001333-MJ dentro de los documentos presentados se
10 aportaba la experiencia laboral donde se acreditó que éste fungía como asesor
11 externo de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias de Costa Rica
12 (ANAI), institución en donde la alcaldesa del municipio de Jiménez es la secretaria
13 de la Junta Directiva. Así las cosas considera la recurrente que el órgano director
14 debe ser objetivo e imparcial en la búsqueda de la verdad real de los hechos y al
15 existir una asesoría externa por parte del Lic. Gen Palma a través del ANAI el
16 objetivo del procedimiento no puede alcanzarse, lesionando directamente la
17 garantía constitucional del debido proceso. 2.- Sobre los hechos imputados. Sobre
18 el incumplimiento al plan de trabajo del 2018, señala que el mismo se encontraba
19 listo desde agosto del 2018 pero por situaciones ajenas a la Auditora no pudo
20 exponerse y tampoco consta que la señora alcaldesa designara a la vicealcaldesa
21 para que ésta atendiera la presentación de la discusión del informe. Indica, que
22 existieron trabas administrativas para que la funcionaria realizara la exposición de
23 lo solicitado por el Concejo, por lo que en vez de facultar el trabajo de la auditora
24 éste se torna difícil generando responsabilidades directas sin tomar en
25 consideración aspectos que al final contravienen lo dispuesto en el artículo 69 inciso
26 d del Código de Trabajo. Agrega que se pasó por alto la solicitud de la auditora al
27 Concejo sobre la necesidad de un asistente que le colaborara, señala que ni siquiera
28 hubo un interés por parte del Concejo en dar un correcto abordaje sobre lo
29 planteado. CONSIDERANDO. I. SOBRE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 15
30 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
31 Y EL PAPEL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN ESTA
32 MATERIA: De conformidad con lo establecido en el numeral 15 de la Ley Orgánica
33 de la Contraloría General de la República “El auditor y el subauditor de los entes u
34 órganos de la Hacienda Pública son inamovibles. Sólo podrán ser suspendidos o
35 destituidos de su cargo por justa causa y por decisión emanada del jerarca
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 respectivo, previa formación de expediente, con oportunidad suficiente de audiencia
2 y defensa en su favor, así como dictamen previo favorable de la Contraloría
3 General de la República” (la negrita no corresponde al original). En este sentido,
4 es importante explicar los alcances de la actuación del Órgano Contralor en el
5 trámite del procedimiento seguido contra la señora Mora Muñoz. En primer término,
6 se debe considerar, tal y como se desarrolló ampliamente a través del N° 1958-2020
7 (DJ-0182) de fecha 10 de febrero del 2020, que tanto los auditores como los
8 subauditores internos se encuentran cubiertos por un fuero de protección especial
9 establecido, precisamente, en el artículo 15 de la norma frecuentemente citada.
10 Dicho numeral establece que, de previo a que una administración proceda a
11 suspender o destituir a dichos funcionarios, se debe llevar a cabo un procedimiento
12 administrativo con todas las garantías que al efecto establece el ordenamiento
13 jurídico y, además, antes de proceder con el dictado del acto final correspondiente,
14 se debe requerir el dictamen previo favorable de esta Contraloría General,
15 oportunidad mediante la cual se constatará la existencia de una justa causa y el
16 respeto del debido proceso en el desarrollo del procedimiento bajo estudio.
17 Con base en lo anterior, la intervención del Órgano Contralor durante el
18 procedimiento administrativo seguido contra la funcionaria investigada se limita a la
19 emisión del dictamen previo vinculante exigido por el Ordenamiento Jurídico. II.
20 SOBRE EL NOMBRAMIENTO DE UN ÓRGANO DIRECTOR EXTERNO. a) En
21 primer término, señala la recurrente la existencia de un supuesto Incidente de
22 Nulidad presentado ante el Concejo Municipal en virtud de que el señor Alex Gen
23 Palma aparece moroso ante el Ministerio de Hacienda, lo cual contraría las
24 condiciones establecidas en el apartado 9.2 del pliego cartelario que se utilizó para
25 el procedimiento de contratación en el que quedó adjudicatario el Lic. Gen Palma.
26 De igual forma, alega la supuesta prohibición que establece el artículo 22 bis de la
27 Ley de Contratación Administrativa y que cubre al señor Alex Gen Palma, por cuanto
28 éste, para cuando remitió la oferta de servicios para la contratación administrativa
29 N° 2019CD-0001333-MJ promovida por la Municipalidad de Jiménez para la
30 contratación de un abogado externo, era el asesor del ANAI, institución donde la
31 Alcaldesa de la Municipalidad de Jiménez era la secretaria de la Junta Directiva, por
32 lo que en su criterio, se cuestiona la imparcialidad y objetividad en la búsqueda de
33 la verdad real de los hechos dentro del procedimiento administrativo. Sobre lo
34 alegado, es de advertir que del expediente que tuvo a la vista esta División Jurídica
35 no se observa que la investigada haya presentado tales argumentos dentro del
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 procedimiento administrativo instaurado en su contra, por lo que dichos alegatos no
2 fueron considerados por parte esta División Jurídica en el dictamen recurrido,
3 aunado a que del expediente que se tuvo a la vista no consta dicha documentación.
4 b) En cuanto a la investidura del órgano director, el artículo 90 inciso e) de la Ley
5 General de la Administración Pública (LGAP) establece que: “Artículo 90.-La
6 delegación tendrá siempre los siguientes límites: (...) e) El órgano colegiado no
7 podrán delegar sus funciones, sino únicamente la instrucción de las mismas, en el
8 Secretario.”. Sobre este particular, en reiteradas oportunidades la Procuraduría
9 General de la República se ha pronunciado indicando que en el caso de órganos
10 colegiados, en virtud del artículo 90 de la LGAP, no existe libertad para delegar la
11 instrucción de un procedimiento administrativo en cualquier funcionario, sino que,
12 por mandato legal, el nombramiento del órgano director debe recaer en el secretario
13 del cuerpo colegiado, salvo que, por alguna circunstancia especial que se motive
14 adecuadamente, se designe a un funcionario distinto. (Véanse nuestros dictámenes
15 Nos. C-155-2012 de 21 de junio de 2012, C-132-2016 de 7 de junio de 2016, C-150-
16 2018 de 20 de junio de 2018, entre otros). En el caso que nos ocupa, de los autos
17 se colige que hubo una actuación formal de designación del órgano director del
18 procedimiento administrativo por parte de la autoridad competente para esos
19 efectos, sea el Concejo Municipal de Jiménez, quien en última instancia es el órgano
20 decisor. En efecto, en el respectivo expediente administrativo consta en el acuerdo
21 firme N° 2, Artículo X, de la sesión ordinaria N° 149 celebrada el 11 de marzo del
22 2019, las razones por las cuales el Concejo Municipal consideró que no se debía
23 delegar en la señora Secretaria del Concejo Municipal, Nuria Estela Fallas Mejía, la
24 tramitación del procedimiento administrativo y sobre el particular indicó: “(...) que la
25 señora Secretaria no tiene ni la formación académica ni la experiencia funcional
26 para llevar a cabo un órgano director de tales magnitudes, pues su formación
27 académica es técnica, lo que eventualmente pone en peligro, no solo el debido
28 proceso, sino eventualmente, la legalidad y cumplimiento de requisitos en el
29 procedimiento que fundamenten la toma de la decisión final por parte del órgano
30 colegiado (...)” (ver folio 198 y 199 del expediente administrativo). Consta además,
31 el acuerdo firme tomado por el Concejo Municipal, el N° 1, Artículo III, de la sesión
32 ordinaria N° 171 celebrada el 12 de agosto del 2019, en donde estando presente el
33 señor Alex Gen Palma se procedió a su juramentación como órgano director del
34 procedimiento administrativo ordinario sancionatorio que se instruyó contra la
35 señora Sandra Mora Muñoz (ver folio 513 del expediente administrativo).
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 Adicionalmente, en el auto de apertura del procedimiento administrativo se indicó
2 que para la contratación del abogado director se solicitó a la Alcaldía Municipal
3 proceder a realizar la contratación correspondiente (ver folio 516 del expediente
4 administrativo). En consecuencia, es criterio de esta División Jurídica, que el Lic.
5 Alex Gen Palma ostenta formal investidura como órgano director del procedimiento
6 administrativo, toda vez que su nombramiento se conformó mediante acto válido y
7 eficaz como lo fue el acuerdo del Concejo Municipal en la sesión ordinaria N° 171
8 celebrada el 12 de agosto del 2019 ya citado. c) En esta misma línea sobre el
9 argumento del supuesto incidente de nulidad presentado ante el Concejo por el
10 incumplimiento contractual del señor Alex Gen Palma al estar moroso ante el
11 Ministerio de Hacienda, se reitera que en el expediente administrativo no consta
12 dicho incidente y tampoco algún acto administrativo emitido por la Municipalidad de
13 Jiménez en el que se declare la resolución del contrato por transgredir la cláusula
14 9.1 del pliego cartelario. Aunado a ello, no se observa prueba que demuestre que la
15 Municipalidad haya anulado el contrato, por lo que no se acredita ningún vicio que
16 afecte el nombramiento de dicho señor como órgano director del procedimiento
17 administrativo DP-001-2019, en los términos señalados por la recurrente. d) Sobre
18 la supuesta prohibición del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa
19 que cubre al señor Gen Palma, no observó esta División Jurídica del estudio del
20 expediente administrativo algún elemento o prueba que hiciera constar la
21 declaratoria de nulidad del contrato del señor Gen Palma por la supuesta violación
22 al régimen de prohibición citado, de manera que en el tanto no se haya decretado
23 dicha nulidad el actuar del señor Gen Palma está conforme a Derecho. Aunado,
24 tampoco consta en el expediente administrativo gestión alguna de recusación, por
25 parte de la investigada ante el Concejo Municipal, en donde se alegara la falta de
26 objetividad e imparcialidad del órgano director con motivo de la supuesta violación
27 al régimen prohibición de la Ley de Contratación Administrativa. En razón de todo
28 lo anterior, es criterio de esta División Jurídica que no existen vicios que causen la
29 nulidad de procedimiento administrativo y que impidan emitir un dictamen favorable
30 en los términos del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
31 República. III. SOBRE EL INCUMPLIMIENTO AL PLAN DE TRABAJO DEL 2018.
32 Señala la recurrente que el plan de trabajo de 2018 se encontraba listo desde agosto
33 de ese mismo año. Sin embargo, no lleva razón la recurrente en su alegato pues
34 según el mismo oficio AIMJ-2018-055 de fecha 7 de agosto, suscrito por la
35 investigada, lo que se remitió a la Administración fue el borrador del “informe IA-
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 2018-002 Estudio sobre la Morosidad y procesos de Cobro de la Administración
2 Tributaria, a Diciembre 2017” para la respectivas observaciones. Nótese, que dicho
3 informe referente a la Administración Tributaria, según el cronograma de actividades
4 de la misma Auditoría, debía presentarse para el primer trimestre del 2018, no
5 obstante, mediante oficio AIMJ 2018-034 del 3 de mayo del 2018 se modificó el plan
6 de trabajo y la presentación de dicho informe se trasladó para el 28 de mayo del
7 mismo año y no es sino hasta agosto, es decir tres meses después de su
8 presentación oficial, que se tiene un borrador y no el informe definitivo, lo que a
9 todas luces evidencia el incumplimiento al plan de trabajo 2018. Aunado a lo
10 anterior, debe quedar claro que la intimación de cargos del acto de apertura del
11 procedimiento, versa sobre el incumplimiento a todas las actividades programadas
12 al plan de trabajo 2018, es decir, a la no presentación de los cuatro informes
13 detallados en el plan de trabajo de la Auditoría, sin embargo la recurrente
14 únicamente refiere al primer informe relacionado con la Administración Tributaria,
15 todo lo cual confirma que efectivamente se dio un incumplimiento al plan trabajo
16 2018 tal y como se intimó en el traslado de cargos. En cuanto a la supuesta solicitud
17 realizada por parte de la Auditora Interna sobre la necesidad de un asistente, se
18 reitera lo dicho en el oficio que se impugna y en el cual se indicó: “(...) Finalmente,
19 en cuanto a los cargos intimados en los puntos 1 y 2, mediante oficio AIMJ 2018-40
20 del 28 de mayo de 2018, la investigada escuetamente señala, como parte de la
21 justificación a la modificación al plan anual de auditoría, que: “La Auditoría necesita
22 la colaboración de un asistente”, pero no aporta estudio alguno que justifique la
23 necesidad de contratar recurso humano que colabore con la auditoría, ello de cara
24 a las Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público (NEAISP)
25 que estipulan en el artículo 2.4. que el auditor interno debe gestionar ante el jerarca
26 los recursos que sean adecuados y suficientes para su funcionamiento; que en caso
27 de limitaciones que puedan afectar la cobertura y alcance de la actividad de
28 auditoría interna, debe presentar un estudio técnico de necesidades considerando
29 al menos el universo auditable, la identificación de riesgos, la cantidad y
30 características de los recursos requeridos para el ejercicio de la actividad de
31 auditoría con su cobertura y alcance, así como la indicación del riesgo que se asume
32 en el evento de que se mantengan las necesidades de recursos que se sustentan
33 en el estudio. A partir de lo anterior y en virtud de que la recurrente no aporta ningún
34 elemento que agregue, modifique o amplíe lo expuesto en el oficio recurrido, se
35 mantiene todo lo dicho por esta Contraloría General y se rechaza este alegato. POR
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 TANTO. Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas,
2 SE RESUELVE: I.- Declarar sin lugar en todos sus extremos el recurso de
3 revocatoria planteado por la Licda. Nicole Mannix Chacón en su condición de
4 apoderada especial administrativa de la señora Sandra Mora Muñoz Auditora
5 Interna de la Municipalidad de Jiménez. II.- Para el conocimiento del recurso de
6 apelación se emplaza a la investigada ante el Despacho Contralor, por el término
7 de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de esta
8 resolución, para que alegue lo que estime pertinente de conformidad con el artículo
9 349 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública. NOTIFÍQUESE.” Se
10 toma nota.
11
12 5- Nota fechada 03 de marzo, enviada por la licenciada María Elena Montoya
13 Piedra, Presidenta de la Filial Cartago de RECOMM.
14 Les manifiesta lo siguiente “…invitar a las mujeres de este municipio al Taller
15 INTELIGENCIA EMOCIONAL ESTRATEGIA DE LA MUJER POLÍTICA, impartido
16 por el psicólogo MBA. José Romero, horario de 8 am a 3 pm, el 12 de marzo del
17 2020, en la sala del Restaurant el CLON en el cantón de Jiménez carretera a
18 Turrialba…” Se toma nota.
19
20 6- Copia de oficio DPVR-027-2020 fechado 04 de marzo, enviado por la
21 Diputada Paola Valladares Rosado, al señor Edgar Meléndez Cerdas, Gerente
22 de Conservación Vías y Puentes del MOPT.
23 Le manifiesta lo siguiente “…Sirva la presente para saludarle y aprovecho la
24 oportunidad para que me indique todas las acciones realizadas con respecto a la
25 intervención del tramo de la ruta 10, en Santa Elena de la Victoria de Juan Viñas,
26 esto debido a que tengo en mi poder distintos oficios de la Municipalidad de Jiménez
27 en los cuales le hace mención a CONAVI del carácter de urgente que presenta la
28 reparación de este paso debido a que el mismo se encuentra totalmente socavado
29 poniendo en peligro a gran cantidad de personas que transita diariamente por ahí.
30 Es muy preocupante que existen gestiones realizadas por la Municipalidad de ese
31 cantón desde el año 2016 y que cuatro años después los vecinos no hayan podido
32 solucionar esta problemática, en esta misiva le anexo los oficios 069-2016-UTGVM,
33 014-2016-UTGVM, 023-2019- DGVM donde queda expresa las solicitudes las
34 cuales no han sido resueltas. Debido a la importancia que esta vía representa para
35 el cantón de Jiménez y el riesgo eminente que están sus ciudadanos, es que me
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 dirijo a su persona con el fin de que me haga llegar la información detallada de
2 cuáles son los planes de mantenimiento que tiene el CONAVI para atender este
3 tramo de la ruta 10 en este período 2020. Requiero adicionalmente que se me
4 adjunte cronograma, montos y el detalle de las actividades a realizar con el fin de
5 verificar su cumplimiento.”
6
7 ACUERDO 6º
8 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio, a los vecinos
9 del barrio Santa Elena, que se dirija al correo electrónico:
10 deniscastrodiana@gmail.com; para que se enteren de la gestión realizada por la
11 diputada Valladares Rosado.
12
13 7- Oficio AL-DCLEAMB-083-2020 fechado 06 de marzo, enviado por la señora
14 Cinthya Díaz Briceño, Jefa del Área de Comisiones Legislativas IV, Asamblea
15 Legislativa.
16 Les manifiesta lo siguiente “…Para lo que corresponda y con instrucciones de la
17 señora Diputada Paola Vega Rodríguez, Presidenta de la Comisión Permanente
18 Especial de Ambiente, le comunico que este órgano legislativo acordó consultar el
19 criterio de esa institución sobre el texto del proyecto: “EXPEDIENTE Nº 20516.
20 “REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY FORESTAL N° 7575 DEL 13 DE
21 FEBRERO DE 1996 Y SUS REFORMAS” del que le remito una copia. Publicado en
22 el Alcance No. 243 a La Gaceta 191 el 10 de octubre de 2019.”
23
24 ACUERDO 7º
25 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio al señor Carlos
26 Roberto Petersen Pereira, Administrador del Acueducto, para su análisis y posterior
27 recomendación.
28
29 8- Oficio Nº PS-04-DGVM-2020 fechado 06 de marzo, enviado por la señora
30 Paula Fernández Fallas, Promotora Social.
31 Les manifiesta lo siguiente “…se les invita el día martes 10 de marzo del 2020 a las
32 9:45 a.m. en la Municipalidad a reunión de la Junta de Niñez y Adolescencia. El
33 objetivo de la reunión es presentar estadísticas del 2019 sobre Niñez y Adolescencia
34 (datos de violencia, suicidio, negligencia, entre otros) en el cantón Jiménez y de esta
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 manera sensibilizar al respecto y plantear como Junta alguna estrategia de acción.”
2 Se toma nota.
3
4 9- Oficio AI-33-2020 fechado 05 de marzo, enviado por la licenciada Sandra
5 Mora Muñoz, Auditora Interna.
6 Les manifiesta lo siguiente “…En respuesta al acuerdo No. 01 de la Sesión Ordinaria
7 N° 200, del 02 marzo de 2020, […] De conformidad con lo anterior, esta servidora
8 no se encuentra de acuerdo con la decisión tomada por el Concejo Municipal de
9 Jiménez, al concederme treinta días de vacaciones, sin embargo en acatamiento de
10 la Ley General de Administración Pública, acatare el acuerdo tomado por dicho
11 Concejo. Quedando en el entendido que quedaran pendientes hasta mí regreso los
12 trabajos a realizar que se encuentran en el plan de trabajo como es, la apertura y
13 cierre de libros, los informes que se trasladaron para este año, entre otras labores.”
14 Se toma nota.
15
16 10- Oficio AI-34-2020 fechado 05 de marzo, enviado por la licenciada Sandra
17 Mora Muñoz, Auditora Interna.
18 Les manifiesta lo siguiente “…ASESORIA: Observancia de los funcionarios
19 obligados a presentar el informe final de su gestión, según lo dispuesto en el inciso
20 e) del artículo 12 de la Ley General de Control Interno, Normas de Control Interno
21 para el Sector Público N 4.6.2 (N-2-2009-CO-DFOE) y Directriz D-1-2005-CO-DFOE
22 de la Contraloría General de la República. […] B- ASPECTOS A CONSIDERAR
23 Con el propósito de cumplir con el principio de legalidad en la función pública y con
24 la efectividad en la labor de asesoría que compete a esta Auditoría Interna se
25 procede a emitir la misma.” Se toma nota.
26
27 11- Oficio 008-2020-JVCMJ fechado 03 de marzo, enviado por la Junta Vial
28 Cantonal de Jiménez.
29 Les manifiestan lo siguiente “…La Junta Vial Cantonal de Jiménez en Sesión
30 Ordinaria N°03, celebrada el día lunes 02 de marzo del año en curso, acordó: La
31 Junta Vial Cantonal de Jiménez en Sesión Ordinaria N° 03, celebrada el día 02 de
32 marzo de 2020, acordó: Someter a votación el I Presupuesto Extraordinario para el
33 año 2020…” Se toma nota.
34
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 12- Nota fechada 09 de marzo, enviada por el señor Kenneth Zamora Ramírez,
2 cédula 3 0342 0993.
3 Les manifiesta lo siguiente “…solicito me brinden la información que a continuación
4 expongo. Según el oficio 001-2017-DGVM fechado 03 de enero del 2017, Luis
5 Enrique Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial Municipal brinda
6 respuesta a la solicitud de recepción de una calle pública en buenos Aires de Juan
7 Viñas, solicitada por ACROY Bienes Raíces S.R.L. En dicha nota se indica que
8 “…como parte del compromiso, para finalizar las obras necesarias en dicha calle,
9 indicado por la empresa ACROY Bienes Raíces S.R.L. se indica que extenderán
10 como garantía de cumplimiento la segregación de un lote con dimensiones de 935
11 m2” “En vista de lo anterior, Y POR UNA ÚNICA VEZ, se recomienda aceptar la
12 donación de esta calle, siempre y cuando se les indiquen las siguientes
13 condiciones:
14 Qué en un plazo no mayor a un año se realicen las siguientes
15 actividades por parte de ACROY Bienes Raíces S.R.L.:
16 1. Colocación de las tuberías de agua potable necesarias a lo largo del
17 camino.
18 2. Construcción del alcantarillado pluvial para desfogue de las aguas de
19 lluvia.
20 3. Colocación del posteado eléctrico y demás instalaciones solicitadas
21 por el Instituto Costarricense de Electricidad.
22 Qué en un plazo no mayor a dos años se realicen las siguientes
23 actividades por parte de ACROY Bienes Raíces S.R.L.:
24 1. Construcción de aceras, cordón y caño en ambos costados de la calle. Con
25 un ancho de 2.5 metros en cada lado del camino, para un ancho total de 5
26 metros.
27 2. Construcción de la calzada vehicular en asfalto, con un espesor de carpeta
28 de 5 cm a lo largo de los 197 metros con un ancho de 9 metros.
29 De incumplirse los plazos citados se ejecutaría la garantía dada por la
30 empresa ACROY Bienes Raíces S.R.L.”
31 Partiendo de los hechos citados- tomados del acta aprobada del 3 de enero del
32 2017- solicito me brinden la información siguiente: 1. ¿Las obras indicadas como
33 requerimientos según lo establecido por el “Director del Departamento de Gestión
34 Vial Municipal” fueron debidamente ejecutadas por la empresa? 2. Dado que el
35 acuerdo aprobado por el Concejo indica que “Estos diseños han de ser inscritos en
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, con el fin de tener el respaldo legal
2 para su aprobación” Favor suministrar la documentación de soporte respecto a la
3 aprobación de cada una de esas labores incluyendo el número de acta en el que se
4 anota cada una de las aprobaciones o en su defecto, el oficio que soporta la
5 aceptación de las obras realizadas al cumplirse el plazo 1 (Enero 2018 y plazo 2
6 Enero 2019). 3. En caso de no haberse realizado las obras, según el acuerdo citado
7 la Municipalidad de Jiménez tomaba posesión del lote dado en garantía, de ser este
8 el escenario favor brindar la documentación que incluya no solo el número de lote
9 son además el correspondientes catastro aprobado y validado por el Registro de la
10 Propiedad.”
11
12 ACUERDO 12º INCISO A
13 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de esta nota, al arquitecto
14 Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal, para que le brinde
15 respuesta debidamente documentada.
16
17 ACUERDO 12º INCISO B
18 Este Concejo acuerda por Unanimidad; enviar nota al señor Kenneth Zamora
19 Ramírez al correo electrónico Kzr506@gmail.com, como respuesta a su nota
20 fechada 09 de marzo; indicándole que el asunto planteado ha sido trasladado al
21 arquitecto Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal, para
22 respuesta debidamente documentada. El correo electrónico del arquitecto Molina
23 Vargas es: directordgv@munijimenez.go.cr, para cualquier consulta adicional.
24
25 ARTÍCULO VI. Dictámenes de Comisión
26
27 No hubo.
28
29 ARTÍCULO VII. Informe de la Alcaldesa
30
31 1- Se conoce el “INFORME DE LABORES. Nº 11-2020. 09/marzo/2020. Señores.
32 Concejo Municipal de Jiménez. Presente. Reciban un afectuoso saludo de mi
33 parte: les brindo un informe de las labores de la semana del al 02 al 06 de marzo
34 del 2020 como detallo a continuación:
35 Labores administrativas.
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 Atención al público.
2 Asuntos presupuestarios.
3 Asistí a la sesión de Rendición de Cuentas de la gestión realizada durante el
4 año 2019 del Área de Salud Turrialba de la CCSS.
5 El señor Luis Mario Portuguéz Solano asistió el jueves 5 de marzo a la
6 reunión de seguimiento de la implementación de los Objetivos del Desarrollo
7 Sostenible en las Municipalidades de la Provincia de Cartago, realizada en
8 San Isidro de El Guarco. En la misma cada Municipalidad presentó los
9 avances realizados en la etapa de Localización de los ODS’s.
10
11
12
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17
18 El señor Vicealcalde asistió el viernes 6 de marzo en compañía de la señora
19 Xinia Méndez a la capacitación para las Autoridades Electas en las
20 elecciones Municipales 2020 brindada por el IFAM en la Casa de la Cultura
21 de Turrialba.
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29 Trabajos realizados bajo supervisión del DGVM:
30 Sustitución de tablones dañados en la superficie de rodamiento puente El
31 Rastro de Juan Viñas.
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8 Limpieza manual camino La Chancha de Juan Viñas, en una longitud de 300
9 metros lineales.
10
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15
16 Limpieza mecanizada de cunetas y desagües en el Camino Pith de Juan
17 Viñas, en una longitud de 1.5 km.
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24 Limpieza mecanizada del derecho de vía y cunetas en el camino La Laguna
25 de Juan Viñas, en una longitud de 300 metros.
26 Limpieza mecanizada en el camino Rosemounth de Juan Viñas, sector
27 Compostaje.
28 Limpieza manual del derecho de vía y zonas verdes de los cuadrantes
29 urbanos Los Recuerdos, Juan Viñas.
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8 Limpieza manual del derecho de vía de Calles Urbanas Lomas de Viñas en
9 Juan Viñas.
10 Se finaliza con la chapea y limpieza manual del camino El Congo de Juan
11 Viñas.
12 Se realiza reunión de coordinación con las ASADAS del distrito de Pejibaye,
13 en relación con los proyectos a ejecutar por parte del DGVM para el año
14 2020.
15 Trabajos realizados bajo la supervision del Departamento Construcciones,
16 Catastro y Valoración
17 Colocación de malla ciclón en cementerio de Tucurrique:
18 o Los trabajos de colocación de malla en el cementerio de Tucurrique
19 llevan un avance de un 95%, la malla se encuentra resoldada, y falta
20 por colocar las tres líneas de alambre de púas. La finalización de este
21 trabajo estaría para esta misma semana.
22
23
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27
28 Construcción de Muro de Contención de Cementerio de El Humo, Pejibaye.
29 o Las obras en el muro de contención del cementerio de El Humo se
30 encuentran en un 20 % de avance, actualmente se ha realizado el
31 movimiento de tierras y se ha iniciado la colocación de la armadura de
32 refuerzo. El tramo inicial de 3 metros se encuentra listo para la
33 colocación del concreto de los cimientos.
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8 Les presento para su análisis y aprobación la Modificación
9 Presupuestaria 02-2020.”
10
11 ACUERDO 1º
12 Una vez analizada con todas las formalidades de ley y dispensada del trámite de
13 comisión; este Concejo acuerda por Unanimidad; darle su aprobación a la
14 Modificación Presupuestaria Nº 02-2020 de este ayuntamiento, conforme fue
15 presentada por la señorita Alcaldesa Municipal, la cual se detalla a continuación:
16
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5.02.04… CEMENTERIOS Pág 2
1.1.1 REMUNERACIONES -275 000,00
5.02.04.0.02.03.00.0 Disponibilidad laboral 1 101 000,00 275 000,00 0,00 826 000,00 1.1.1.1 Sueldos y salarios 275 000,00 0,00 -275 000,00
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 275 000,00
5.02.04.1.02.04.00.0 Servicio de telecomunicaciones 0,00 0,00 295 381,00 295 381,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 0,00 295 381,00 295 381,00
5.02.04.1.06.01.01.0 Seguros "Riesgos del Trabajo" 20 381,00 20 381,00 0,00 0,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 20 381,00 0,00 -20 381,00
SUBTOTAL CEMENTERIOS 1 121 381,00 295 381,00 295 381,00 1 121 381,00 TOTALES 295 381,00 295 381,00 0,00
5.02.06… SERVICIO DE ACUEDUCTO
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS -1 000 000,00
5.02.06.01.1.03.01.00 Información 194 430,00 0,00 170 000,00 364 430,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 0,00 170 000,00 170 000,00
5.02.06.01.1.01.02.00 Alquiler maquinaria, mobiliario y equipo 0,00 0,00 500 000,00 500 000,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 0,00 500 000,00 500 000,00
5.02.06.01.1.04.03.00 Servicios de ingeniera 4 240 000,00 1 670 000,00 0,00 2 570 000,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 1 670 000,00 0,00 -1 670 000,00
0,00 1.2 INTERESES 1 000 000,00
Intereses sobre préstamos de Instituciones
5.02.06.01.3.02.03.02 505 115,30 0,00 1 000 000,00 1 505 115,30 1.2.1 Internos 0,00 1 000 000,00 1 000 000,00
Descentralizadas no Empresariales
0,00 3.3 AMORTIZACIÓN -2 394 918,44
Amortización de préstamos de Instituciones
5.02.06.01.8.02.03.02 2 394 918,44 2 394 918,44 0,00 0,00 3.3.1 Amortización interna 2 394 918,44 0,00 -2 394 918,44
Descentralizadas no Empresariales
SUBTOTAL ACUEDUCTO 7 334 463,74 4 064 918,44 1 670 000,00 4 939 545,30 TOTALES 4 064 918,44 1 670 000,00 -2 394 918,44
5.02.16… DEPÓSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 0,00
5.02.16.1.06.01.01.0 Seguros "Riesgos del Trabajo" 54 170,00 54 170,00 0,00 0,00 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 54 170,00 0,00 -54 170,00
5.02.16.1.02.04.00.0 Servicio de telecomunicaciones 79 890,87 0,00 54 170,00 134 060,87 1.1.2 Adquisición de bienes y servicios 0,00 54 170,00 54 170,00
SUBTOTAL DEPÓSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA 134 060,87 54 170,00 54 170,00 134 060,87 TOTALES 54 170,00 54 170,00 0,00
TOTAL PROGRAMA II *JIMÉNEZ* 8 908 114,74 4 536 743,44 2 141 825,00 6 513 196,30 TOTAL PROGRAMA II *JIMÉNEZ* 4 536 743,44 2 141 825,00 -2 394 918,44
PROGRAMA III ** JIMENEZ**
GRUPO 02: VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE JIMENEZ
5.03.02.001… Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal (Ley 8114 //9329)
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL -1 758 217,00
5.03.02.001.1.08.08.0 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sist 1 400 000,00 1 400 000,00 0,00 0,00 2.1.2 Vías de comunicación 1 400 000,00 0,00 -1 400 000,00
5.03.02.001.1.04.06.0 Servicios generales 574 951,20 200 000,00 0,00 374 951,20 2.1.2 Vías de comunicación 200 000,00 0,00 -200 000,00
5.03.02.001.1.06.01.1 Seguros "Riesgos del trabajo" 158 217,00 158 217,00 0,00 0,00 2.1.2 Vías de comunicación 158 217,00 0,00 -158 217,00
1 Subtotal Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal 2 133 168,20 1 758 217,00 0,00 374 951,20 TOTALES 1 758 217,00 0,00 -1 758 217,00
5.03.02.004… CAMINO TAQUE TAQUE ABAJO PEJIBAYE *LEY 8114 // 9329* Pág 3
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 5 195 760,81
5.03.02.004.5.02.02.0 Vías de comunicación 47 000 000,00 0,00 5 195 760,81 52 195 760,81 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 5 195 760,81 5 195 760,81
5.03.02.101… CALLES URBANAS CHIZ JUAN VIÑAS "LEY 8114 // 9329"
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 939 768,09
5.03.02.101.5.02.02.0 Vías de comunicación 22 000 000,00 0,00 939 768,09 22 939 768,09 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 939 768,09 939 768,09
5.03.02.791… INFRAESTRUCTURA VIAL *MANTENIMIENTO* (LEY 8114 / 9329)
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 845 000,00
5.03.02.791.1.08.99.0 Mantenimiento y reparación de equipo diverso 0,00 0,00 100 000,00 100 000,00 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 100 000,00 100 000,00
5.03.02.791.2.03.06.0 Materiales y productos de plástico 100 000,00 0,00 745 000,00 845 000,00 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 745 000,00 745 000,00
5.03.02.792… PROYECTOS DE INVERSIÓN VIAL "SERVICIO DEUDA BPDC" (Ley 8114 // 9329)
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 750 000,00
5.03.02.792.3.04.03.0 Comisiones y otros gastos sobre préstamos internos 700 000,00 0,00 750 000,00 1 450 000,00 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 750 000,00 750 000,00
5.03.02.794…. MANT. MECANIZADO POR DEMANDA PEJ. (794) **LEY 8114 / 9329*
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL -5 195 760,81
5.03.02.794.1.08.02.0 Mantenimiento de vías de comunicación 5 195 760,81 5 195 760,81 0,00 0,00 2.1.2 Vías de comunicación 5 195 760,81 0,00 -5 195 760,81
5.03.02.796… MANT. MECANIZADO POR DEMANDA J.V. (796) **LEY 8114 / 9329*S
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL -776 551,09
5.03.02.796.1.08.02.0 Mantenimiento de vías de comunicación 776 551,09 776 551,09 0,00 0,00 2.1.2 Vías de comunicación 776 551,09 0,00 -776 551,09
5.03.02.805… CAMINO EL INGENIO JV IV ETAPA (075) PRESTAMO BPDC
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL -15 762 000,00
5.03.02.805.1.08.02.0 Mantenimiento de vías de comunicación 15 762 000,00 15 762 000,00 0,00 0,00 2.1.2 Vías de comunicación 15 762 000,00 0,00 -15 762 000,00
5.03.02.807… CALLES URBANAS BUENOS AIRES JV (114) PRESTAMO BPDC
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 15 762 000,00
5.03.02.807.5.02.02.0 Vías de comunicación 51 000 000,00 0,00 15 762 000,00 66 762 000,00 2.1.2 Vías de comunicación 0,00 15 762 000,00 15 762 000,00
SUBTOTAL GRUPO 02 VÍAS DE COMUNICACIÓN PROGRAMA III JIMENEZ 144 667 480,10 23 492 528,90 23 492 528,90 144 667 480,10 TOTAL VÍAS DE COMUNICACIÓN 23 492 528,90 23 492 528,90 0,00
2
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
GRUPO 06: OTROS PROYECTOS PROGRAMA III ** JIMÉNEZ** Pág 4
5.03.06.01… DIRECCIÓN TÉCNICA Y ESTUDIOS (PROG. III)
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 0,00
5.03.06.01.1.06.01.01 Seguros "Riesgos del Trabajo" 37 543,00 37 543,00 0,00 0,00 2.1.5 Otras obras 37 543,00 0,00 -37 543,00
5.03.06.01.2.99.04.00 Textiles y vestuario 0,00 0,00 37 543,00 37 543,00 2.1.5 Otras obras 0,00 37 543,00 37 543,00
SUBTOTAL DIRECCIÓN TÉCNICA Y ESTUDIOS (PROG. III) 37 543,00 37 543,00 37 543,00 37 543,00 TOTALES 37 543,00 37 543,00 0,00
5.03.06.20… PROYECTO DE INVERSION SERV. DE HIDRANTES
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 422 633,70
5.03.06.20.2.03.01.00 Materiales y productos metalicos 362 987,00 0,00 422 633,70 785 620,70 2.1.5 Otras obras 0,00 422 633,70 422 633,70
3.3 AMORTIZACIÓN -422 633,70
Amortización de préstamos de Instituciones
5.03.06.20.8.02.03.00 422 633,70 422 633,70 0,00 0,00 3.3.1 Amortización interna 422 633,70 0,00 -422 633,70
Descentralizadas no Empresariales
SUBTOTAL PROYECTO DE INVERSIÓN SERV. HIDRANTES 785 620,70 422 633,70 422 633,70 785 620,70 TOTALES 422 633,70 422 633,70 0,00
5.03.06.21… PROYECTO DE INVERSION SERV. ACUEDUCTO
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 2 394 918,44
5.03.06.21.0.01.02.00 Jornales 0,00 0,00 1 000 000,00 1 000 000,00 2.1.5 Otras obras 0,00 1 000 000,00 1 000 000,00
5.03.06.21.5.01.99.00 Maquinaria, mobiliario y equipo diverso 0,00 0,00 1 394 918,44 1 394 918,44 2.1.5 Otras obras 0,00 1 394 918,44 1 394 918,44
SUBTOTAL PROYECTO DE INVERSIÓN SERV. ACUEDUCTO 0,00 0,00 2 394 918,44 2 394 918,44 TOTALES 0,00 2 394 918,44 2 394 918,44
TOTAL OTROS PROYECTOS PROGRAMA III ** JIMENEZ** 823 163,70 460 176,70 2 855 095,14 3 218 082,14 TOTAL OTROS PROYECTOS 460 176,70 2 855 095,14 2 394 918,44
TOTAL PROGRAMA III *JIMÉNEZ* 145 490 643,80 23 952 705,60 26 347 624,04 147 885 562,24 TOTAL PROGRAMA III *JIMÉNEZ* 23 952 705,60 26 347 624,04 2 394 918,44
TOTAL MODIFICACIÓN 02-2020 154 398 758,54 28 489 449,04 28 489 449,04 154 398 758,54 TOTAL MODIFICACIÓN 02-2020 28 489 449,04 28 489 449,04 0,00
Justificación: Metas operativas Jiménez
1 Fortalecimiento de los proyectos Asfaltado Calles Urbanas Buenos Aires II Etapa, Asfaltado Taque Taque Abajo y Calles Urbanas Chiz, con el fin de cumplir la meta operativa propuesta en el PAO 2020
2 Fortalecimiento del rubro Comisiones bancarias del Proyecto de Inversión Obra Vial del financiamiento con el Banco Popular
Metas operativas Acueducto
1 Refuerzo de jornales para mantenimiento. Ajuste de intereses y refuerzo metálicos
2 Compra de válvula hidraúlica y jornales para Instalación de tubería hacia urbanización Caña Real
Elaborada por: Contabilidad Municipal
Fecha: 5/3/2020
1 A Solicitud de la Alcaldía Municipal y de la UTGVM , de la Junta Vial Cantonal, Acueducto Municipal
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 02-2020
SESIÓN ORDINARIA N° 201 Lunes 9 de Marzo del 2020
RESUMEN POR PROGRAMA Y TOTAL POR CLASIFICADOR ECONÓMICO
Programa 1 Programa 2 Programa 4
Programa 3 Total todos los
Código Detalle Cuenta Administración Servicios Partidas Pág 5
Inversiones programas
General Comunales Específicas
1 GASTOS CORRIENTES -450 000,00 0,00 0,00 0,00 -450 000,00
1.1 GASTOS DE CONSUMO -450 000,00 -1 000 000,00 0,00 0,00 -1 450 000,00
1.1.1 REMUNERACIONES -2 719 017,56 -275 000,00 0,00 0,00 -2 994 017,56
1.1.1.1 Sueldos y salarios -2 719 017,56 -275 000,00 0,00 0,00 -2 994 017,56
1.1.1.2 Contribuciones sociales 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 2 269 017,56 -725 000,00 0,00 0,00 1 544 017,56
1.2 INTERESES 0,00 1 000 000,00 0,00 0,00 1 000 000,00
1.2.1 Internos 0,00 1 000 000,00 0,00 0,00 1 000 000,00
1.2.2 Externos 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
1.3.1 Transferencias corrientes al Sector Público 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
1.3.2 Transferencias corrientes al Sector Privado 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
1.3.3 Transferencias corrientes al Sector Externo 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2 GASTOS DE CAPITAL 450 000,00 0,00 2 817 552,14 0,00 3 267 552,14
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 0,00 0,00 2 817 552,14 0,00 2 817 552,14
2.1.1 Edificaciones 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.1.2 Vías de comunicación 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.1.3 Obras urbanísticas 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.1.4 Instalaciones 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.1.5 Otras obras 0,00 0,00 2 817 552,14 0,00 2 817 552,14
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 450 000,00 0,00 0,00 0,00 450 000,00
2.2.1 Maquinaria y equipo 450 000,00 0,00 0,00 0,00 450 000,00
2.2.2 Terrenos 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.2.3 Edificios 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.2.4 Intangibles 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.2.5 Activos de valor 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.3 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.3.1 Transferencias de capital al Sector Público 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.3.2 Transferencias de capital al Sector Privado 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
2.3.3 Transferencias de capital al Sector Externo 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
3 TRANSACCIONES FINANCIERAS 0,00 -2 394 918,44 -422 633,70 0,00 -2 817 552,14
3.1 CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
3.2 ADQUISICIÓN DE VALORES 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
3.3 AMORTIZACIÓN 0,00 -2 394 918,44 -422 633,70 0,00 -2 817 552,14
3.3.1 Amortización interna 0,00 -2 394 918,44 -422 633,70 0,00 -2 817 552,14
3.3.2 Amortización externa 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
3.4 OTROS ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
TOTAL PROGRAMA 0,00 -2 394 918,44 2 394 918,44 0,00 0,00
Elaborado por: Trentino Mazza Corrales
1 5/3/2020
2 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Comuníquese este acuerdo a la
3 Alcaldía con copia a Contabilidad, Tesorería y Proveeduría.
4
5 ARTÍCULO VIII. Informe de la Junta Vial y el Departamento de Gestión Vial
6
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 1- Se conoce el “Acta de la Sesión Ordinaria número 03-2020, celebrada por la
2 Junta Vial Cantonal de la Municipalidad de Jiménez en la Sala de Reuniones de
3 este ayuntamiento, el día 02 de marzo de 2020, a las trece horas; con la asistencia
4 de los señores miembros de la Junta Vial Cantonal. MIEMBROS DE LA JUNTA
5 VIAL CANTONAL: Lissette Fernández Quirós – Alcaldesa; Isidro Sánchez Quirós,
6 Representante Concejo Municipal; Jorge Gamboa-Representante de las
7 Asociaciones de Desarrollo y el Arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-
8 Representante del Área Técnica de Gestión Vial Municipal. Ausentes con
9 justificación: Franklin Vargas Lao - Representante del Concejo Municipal.
10 ARTÍCULO I. Comprobación de Quórum. Se comprueba el quórum por parte de
11 la Presidenta de la Junta Vial Cantonal, la señorita Lissette Fernández Quirós –
12 Alcaldesa. Se determina que se cuenta con quórum suficiente, por lo tanto se puede
13 dar apertura de la sesión. ARTÍCULO II. Apertura de la Sesión. La Presidenta de
14 la Junta Vial Cantonal, señorita Lissette Fernández Quirós, da la bienvenida a los
15 presentes, se da la apertura a la sesión del día de hoy. ARTÍCULO IV. Aprobación
16 del orden del día. Se da lectura del Orden del Día programado para la Sesión de
17 hoy, el cual se aprueba en forma unánime. Orden del día. ARTÍCULO I
18 Comprobación del Quórum. ARTÍCULO II Apertura de la Sesión. ARTÍCULO III
19 Aprobación del orden del día. ARTÍCULO IV Lectura, aprobación y firma del Acta
20 Ordinaria N° 02-2020. ARTICULO V Asuntos Urgentes. ARTÍCULO VI Atención de
21 Audiencias. ARTÍCULO VII Lectura de Correspondencia. ARTÍCULO VIII Asuntos
22 Pendientes. ARTÍCULO IX Informes administración de la gestión vial municipal.
23 ARTÍCULO X Asuntos varios. ARTÍCULO XI Cierre de la sesión. ARTÍCULO IV.
24 Lectura, aprobación y firma del Acta Ordinaria 02-2020. ACUERDO 2°. No se
25 presentan objeciones o correcciones, por tanto la Junta Vial Cantonal de Jiménez,
26 somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 02-2020 y la aprueba y ratifica
27 en todos sus extremos, por medio de los votos de todos los miembros presentes
28 de esta Junta Vial. Lissette Fernández Quirós – Alcaldesa, Isidro Sánchez Quirós
29 – Representante del Concejo Municipal, Jorge Gamboa-Representante de las
30 Asociaciones de Desarrollo y el Arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-
31 Representante del Área Técnica de Gestión Vial Municipal. DEFINITIVAMENTE
32 APROBADO. ARTÍCULO V. Asuntos Urgentes. No hubo. ARTÍCULO VI.
33 Atención de Audiencias. No hubo. ARTÍCULO VII. Lectura de Correspondencia
34 1- Nota firmada por señor Jesús Ulloa Pereira, Presidente Comité de
35 camino Bajos del Humo, con fecha 02 de marzo de 2020. Manifiesta lo
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 siguiente: “…Necesitamos una visita al camino BAJOS DEL HUMO con el fin
2 de solicitarles un presupuesto para lastreo y pasos de alcantarillas, nosotros
3 contamos con tajos dentro del camino…”
4 ACUERDO 1°. Esta Junta Vial Cantonal acuerda por Unanimidad de los presentes,
5 trasladar nota del señor Jesús Ulloa Pereira, al arquitecto Luis Enrique Molina
6 Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial, para que realice la gestión
7 correspondiente y brinde informe a esta Junta Vial. DEFINITIVAMENTE
8 APROBADO.
9 2- Nota firmada por el señor José Jesús Camacho Ureña, Presidente del
10 comité de camino Cementerio La Lucha, con fecha 02 de marzo de 2020.
11 Manifiesta lo siguiente “…queremos solicitar una visita al camino La Lucha
12 ya que está necesitando lastreo y pasos de alcantarillas…”.
13 ACUERDO 2°. Esta Junta Vial Cantonal acuerda por Unanimidad de los presentes,
14 trasladar nota del señor José Jesús Camacho Ureña al arquitecto Luis Enrique
15 Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial, para que realice la
16 gestión correspondiente y brinde informe a esta Junta Vial. DEFINITIVAMENTE
17 APROBADO.
18 3- Copia Oficio N°005-2020-JVCMJ, firmado por el Arquitecto Luis Enrique
19 Molina Vargas, Director del Departamento de Gestión Vial, dirigido a
20 Licda. Yessenia Sancho Rojas y Sr. Marcos Mora Cordero, vecinos de
21 Pejibaye. Manifiesta lo siguiente: La Junta Vial Cantonal de Jiménez en
22 Sesión Ordinaria N°02, celebrada el día jueves 20 de febrero del año en
23 curso, acordó: Esta Junta Vial acuerda por Unanimidad de todos los
24 miembros presentes, Lissette Fernández Quirós –Alcaldesa, Isidro Sánchez
25 Quirós – Representante del Concejo Municipal Jorge Gamboa-
26 Representante de las Asociaciones de Desarrollo y el Arquitecto Luis
27 Enrique Molina Vargas-Representante del Área Técnica de Gestión Vial
28 Municipal, enviar atenta nota a la Señora Yessenia Sancho Rojas y al señor
29 Marco Mora Cordero, indicando lo siguiente: En atención al oficio N°SC-
30 1675-2020, dado por el Concejo Municipal de Jiménez en la Sesión Ordinaria
31 N°194 del 20 de enero del 2020, se solicitó a la Junta Vial Cantonal brindar
32 audiencia a sus personas, con el fin de ver un video relacionado con una
33 DENUNCIA PENAL, de la cual hasta el momento no tenemos conocimiento
34 formal de la misma. En razón de lo anterior y siendo que miembros del
35 Concejo Municipal, la Alcaldía Municipal y el Director de Gestión Vial podrían
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 ser parte de lo denunciado, resulta inapropiado participar en cualquier acto
2 que conduzca a entorpecer las investigaciones que posiblemente estén en
3 curso en el Ministerio Público. Reiteramos que la Junta Vial Cantonal
4 desconoce de denuncia penal alguna y resulta fácil de entender que no es
5 prudente hacer referencia a temas que podrían ser resueltos por los
6 tribunales. Por las expuestas no podremos otorgarles la audiencia, sin
7 perjuicio de recibir los documentos que ustedes estimen convenientes.
8 DEFINITIVAMENTE APROBADO. Se conoce.
9 ARTÍCULO VIII. Asuntos Pendientes. No hubo. ARTÍCULO IX. Informes
10 Administración de la Gestión Vial Municipal.
11 INFORME PARA JUNTA VIAL ORDINARIA CORRESPONDIENTE AL MES DE
12 FEBRERO 2020
13 TRABAJOS REALIZADOS BAJO SUPERVISIÓN DEL DEPARTAMENTO DE
14 GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
15 MANTENIMIENTO DE CAMINOS
Camino El Resbalón Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Reconformación de la superficie
de ruedo, en un tramo de 60
metros lineales.
Camino Ernest, sector Los Alpes Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 2. Se realiza limpieza mecanizada del
camino, en una longitud de 855
metros lineales.
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
Caminos La Chancha y Rosemounth Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1‐ Limpieza mecanizada en derecho de
vía, en una longitud de 700 metros
lineales
Camino Santa Marta Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Se realiza limpieza manual y chapea
del derecho de vía, en una longitud de
3.3 Km del camino.
2. Limpieza manual y mecanizada de
alcantarillas de concreto
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
Camino El Desecho Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Limpieza manual y chapea del derecho
de vía, en una longitud de 500 metros
lineales.
Camino El Invu Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Limpieza manual y mecanizada de
cuneta de concreto, en el sector
posterior de Barrio El INVU de Juan
Viñas, en una longitud de 160 metros.
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
Cuesta El Invu Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Reparación de caño de concreto
Camino El Congo Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Se inicia con la limpieza manual y
chapea del derecho de vía
Santa Cecilia Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Limpieza manual de caños en una
longitud de 680 metros lineales.
Puente El Congo Actividades Realizadas
Ubicación: Juan Viñas 1. Se inicia la sustitución de los tablones
dañados.
Pejibaye Centro Actividades Realizadas
Ubicación: Pejibaye 1. Reforzamiento de la parrilla en caja de
registro ubicada cerca del Puente hacia
Plaza Vieja
2. Construcción de tapa sobre tragante en
el sector del Cen-Cinai.
Camino La Veinte, sector LasActividades Realizadas
Orquídeas 1. Construcción y colocación de 3 tapas de
Ubicación: Pejibaye concreto en las cajas de registro de la
tubería de agua pluvial
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
Camino Plaza Vieja Actividades Realizadas
Ubicación: Pejibaye 1. Se realiza limpieza manual de cunetas
en el sector de Plaza Vieja de Pejibaye
(supermercado Hong Kong y camino
Aeropuerto)
1 OTRAS ACTIVIDADES REALIZADAS
2 Atención y respuesta de solicitudes varias del Concejo Municipal de Jiménez.
3 Inspección en conjunto con el Departamento de Construcciones, Catastro y
4 Valoración en el Proyecto Urbanístico Caña Real para verificar obras en
5 futuros espacios públicos y calles del proyecto.
6 En conjunto con el Departamento de Acueducto Municipal se realiza
7 verificación en calle pública del trazado de la nueva tubería de agua potable
8 a colocar en el sector de San Martín-Buenos Aires de Juan Viñas.
9 Reunión de coordinación con la Ingeniera Paula Reyes, de la Consulta GIZ
10 con respecto al avance del proyecto PRVC-II MOPT-BID, donde se plantea
11 el cambio de perfil para la reconstrucción del puente sobre el Río Pejibaye,
12 hacia el sector de Plaza Vieja. Durante el mes de marzo se continuarán
13 realizando varias reuniones sobre este tema.
14 Participación en la primera capacitación sobre uso del Sistema Digital de
15 Emergencias en Viviendas (SIDEVI), brindado por el Ministerio de Vivienda y
16 Asentamientos Humanos (MIVAH). Este sistema se utilizará en situaciones de
17 Declaratoria de Emergencias, como un medio de consulta y seguimiento de las
18 solicitudes de bono de vivienda de las familias afectadas por diferentes desastres
19 naturales.
20 INFORME MENSUAL DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL/ FEBRERO 2020.
21 ACTIVIDADES EN EL ÁREA DE PROMOCIÓN SOCIAL
FECHA ACTIVIDAD PARTICIPANTES LUGAR
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
Febrero Archivar Promotora Social Juan Viñas
Gestión Vial.
3, 5, 12, 17, 24 y Curso Salud Secretaria Alcaldía Montes de Oca
26 Febrero Ocupacional y Promotora Social
Febrero Planeamiento Promotora Social Juan Viñas
capacitaciones del
2020
Febrero Se confeccionó Secretaria Alcaldía Juan Viñas
plan de y Promotora Social
emergencias Gestión Vial.
Municipalidad de
Jiménez
27 Febrero Invitaciones y Promotora Social Juan Viñas
coordinación Gestión Vial.
reunión ASADA
Pejibaye y El
Humo
28 Febrero Coordinar Promotora Social Juan Viñas
comisión de Gestión Vial.
contratación,
reunión
1 SE CONOCEN. ARTÍCULO X. Asuntos Varios. ACUERDO 1°. La Junta Vial
2 Cantonal de Jiménez en Sesión Ordinaria N°03, celebrada el día 02 de marzo de
3 2020, acordó: Someter a votación el I Presupuesto Extraordinario para el año 2020,
4 de la siguiente manera:
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
PROYECTO I PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO AÑO 2020
CODIGO PROGRAMA 3
RECURSOS DE LA LEY 8114 Y 9329 PERIODO 2020
TOTAL OBJETO DEL GASTO POR PROYECTO ₡27.019.748,76
BIENES DURADEROS ₡15.685.726,53
5.03.02.001.5.01.02.0 Equipo de transporte ₡15.685.726,53
RECARPETEO CAMINO ROSEMOUNTH (3-04-099) ₡19.050,00
5.03.02.806.1.08.02.0 Mantenimiento de vías de comunicación ₡19.050,00
COMPRA DE MAQUINARIA PLAN DE MANTENIMIENTO PRÉSTAMO IFAM-GESTIÓN VIAL ₡11.314.972,23
5 5.03.02.803.1.08.05.0 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte ₡11.314.972,23
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
I PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO LEY 8114 AÑO 2020
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PARA INCORPORAR AL PLAN OPERATIVO ANUAL
PROGRAMA
Nombre y Ubicación Descripción de la Obra Plazo E s t im a c ió n Origen de los
Interven Monto Presupuestado R e a liza c ió n
del Proyecto Detalle ción
Estimado recursos
Compra de un vehículo para
II Superávit LEY
BIENES DURADEROS las labores propias del 1 ₡15.685.726,53 3 MESES
SEMESTRE 8114 y 9329
Departamento de Gestión Vial
Colocación de una nueva
RECARPETEO CAMINO
carpeta asfáltica, mejora en I Financiamiento
ROSEMOUNTH 1 metro ₡19.050,00 1 MES
los sistemas de drenaje, SEMESTRE Banco Popular
(ENTRADA LOS ALPES)
Entrada Barrio Los Alpes
COMPRA DE Compromisos adquiridos para
MAQUINARIA el pago de los planes de Préstamo compra
1 ₡11.314.972,23 12 MESES ANUAL
MUNICIPAL PLAN DE mantenimiento de la maquinaria IFAM
MANTENIMIENTO maquinaria municipal
MONTO TOTAL ₡27.019.748,76 Departamento proponente: UNIDAD
TECNICA GESTION VIAL MUNICIPAL
1 Fecha: Marzo 2020
2 Aprobándose de forma unánime el Primer Presupuesto Extraordinario para el año
3 2020, por medio de los votos de todos los miembros presentes de esta Junta Vial:
4 Lissette Fernández Quirós –Alcaldesa, Isidro Sánchez Quirós – Representante del
5 Concejo Municipal Jorge Gamboa-Representante de las Asociaciones de
6 Desarrollo y el Arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-Representante del Área
7 Técnica de Gestión Vial Municipal. Se solicita al Concejo Municipal de Jiménez la
8 aprobación del mismo. DEFINITIVAMENTE APROBADO. ARTÍCULO XI. Cierre de
9 la Sesión. Siendo las catorce horas con quince minutos, la Presidenta Lissette
10 Fernández Quirós, da por finalizada la Sesión.” Se toma nota.
11
12 ARTÍCULO IX. Atención de los señores (as) Síndicos (as)
13
14 No hubo.
15
16 ARTÍCULO X. Mociones
17
18 No hubo.
19
20 ARTÍCULO XI. Asuntos Varios
21
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 ACUERDO 1º
2 Con dispensa del trámite de comisión; este Concejo acuerda por Unanimidad; darle
3 su aprobación al REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN, USO Y CONTROL DE
4 TELÉFONOS CELULARES DELA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ; tal y como ha
5 sido presentado por la señorita Alcaldesa Municipal, y que se consigna de forma
6 íntegra:
7 REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN, USO Y CONTROL DE TELÉFONOS
8 CELULARES DE LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
9 La Municipalidad del Cantón de Jiménez, de conformidad con lo que establecen los
10 artículos 13 inciso c y 43 del Código Municipal con relación a la publicación de las
11 disposiciones reglamentarias internas; procede con el requisito de publicación para
12 que entre en vigencia a partir de esta publicación el Reglamento Interno aprobado
13 por el Concejo Municipal de Jiménez en Sesión Ordinaria N° 201-2020, del día 09
14 de marzo del 2020, denominado: Reglamento para la asignación, uso y control de
15 teléfonos celulares de la Municipalidad de Jiménez.
16 El Reglamento Interno aprobado, y que entra en vigencia a partir de esta
17 publicación, dice: Con fundamento en el principio de autonomía municipal de que
18 goza esta Corporación, así como de potestad reglamentaria, y con fundamento en
19 los artículos 13 inciso c) y 43 del Código Municipal; el Concejo Municipal de la
20 Municipalidad de Jiménez acuerda dictar el presente:
21 REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN, USO Y CONTROL DE TELÉFONOS
22 CELULARES DE LA MUNICIPALIDAD DE JIMENEZ
23 CAPÍTULO I
24 Disposiciones Generales
25 Artículo 1º- Objetivo. El presente Reglamento tiene como objetivo establecer las
26 disposiciones de acatamiento obligatorio para la asignación, uso y control de
27 teléfonos celulares, propiedad de la Municipalidad de Jiménez, sujetos a los
28 principios de razonabilidad y sana administración.
29 Artículo 2º- Definición de términos. Para los efectos del presente reglamento se
30 entenderá por:
31 1- Administración: La Municipalidad de Jiménez.
32 2- Alcaldía: Persona de elección popular que ostenta la máxima jerarquía
33 administrativa dentro de la Municipalidad, pudiendo ser un Alcalde o Alcaldesa.
34 3- Contador Municipal: Persona funcionaria que ejerce las funciones establecidas
35 en el artículo 52 del Código Municipal.
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1 4- Contrato: Documento previo que debe suscribirse entre la Alcaldía y los
2 funcionarios designados por ésta para la asignación de un teléfono celular.
3 5- Funcionario: Persona física que labora para la Municipalidad del Cantón Jiménez
4 mediante un acto formal de nombramiento.
5 6- Línea telefónica celular: Servicio de telefonía celular ligado a un número de
6 teléfono específico.
7 7- Proveedor de servicio celular: Empresa pública o privada que brinda los servicios
8 de telefonía en el país.
9 8- Proveeduría: Departamento de Proveeduría Institucional de la Municipalidad de
10 Jiménez, encargado de llevar el control de activos municipales.
11 9- Servicio de telefonía celular: Servicio de telefonía brindado por los proveedores
12 de servicio.
13 10- Teléfono celular: Aparato telefónico portátil, propiedad de la Municipalidad de
14 Jiménez.
15 11- Tesorero Municipal: Persona funcionaria a que hace referencia el capítulo V del
16 Código Municipal.
17 12- Vicealcaldía primera: Persona que de conformidad con el artículo 14 del Código
18 Municipal, suple a quien ocupe la Alcaldía, ante sus ausencias temporales.
19 Artículo 3º- Suscripción de contrato. Para la asignación de teléfonos celulares,
20 será necesario suscribir un contrato entre la Administración, representada por la
21 Alcaldía y el funcionario al cual se le asigne el bien. La asignación del teléfono
22 celular implica tanto el teléfono celular como el servicio de telefonía celular
23 necesarias para su normal funcionamiento.
24 Artículo 4º- Coordinación con el proveedor de servicios. La proveeduría será la
25 encargada de realizar los trámites de adquisición de servicios nuevos, traslados,
26 desconexiones temporales o definitivas, programación o reprogramación de
27 teléfonos celulares, cambios de número o línea telefónica u otros ante el proveedor
28 de servicios de la línea telefónica celular, previa autorización de la Alcaldía. Así
29 mismo, deberá llevar en forma actualizada la lista de usuarios de teléfonos celulares
30 y las respectivas líneas propiedad del Municipalidad.
31 Artículo 5º- Finalidad. Se entenderá que el servicio de telefonía celular, así como
32 el respectivo teléfono celular son un instrumento de trabajo para facilitar el mejor
33 desempeño de las labores de los funcionarios a quienes se les asigna, no pudiendo
34 ser utilizado para otros fines distintos a los aquí establecidos, so pena de sanción
35 por el incumplimiento de lo aquí dispuesto.
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1 CAPÍTULO II
2 Usuarios del servicio y tarifas
3 Artículo 6º- Usuarios del servicio. Salvo para las personas que ocupen la Alcaldía
4 y Vicealcaldía primera, quienes por su rango dentro de la Municipalidad, desde el
5 inicio de sus gestiones tendrán acceso al servicio de telefonía celular pagado por la
6 Municipalidad, en los demás casos se podrá asignar un servicio de telefonía y su
7 respectivo teléfono celular a aquel funcionario que, bajo un criterio sustentado y por
8 escrito de la Alcaldía y en virtud de su cargos y por la naturaleza de sus funciones,
9 lo requiera para el buen desempeño de sus funciones municipales.
10 Artículo 7º- De la autorización. Para la asignación de un servicio de telefonía
11 celular, la Alcaldía deberá seguir el siguiente procedimiento:
12 a) Emitir la respectiva resolución que justifique la necesidad de asignación a un
13 funcionario, en los términos del artículo 6.
14 b) Solicitar a la Tesorería Municipal la respectiva certificación de contenido
15 presupuestario que sustente la eventual erogación.
16 c) Dirigir nota a la proveeduría, adjuntando los requisitos a) y b) anteriores, mediante
17 la cual ordene la realización de los trámites correspondientes según el artículo 4 del
18 presente reglamento.
19 Artículo 8º- Asignación de usuarios del servicio. La asignación y uso de los
20 teléfonos celulares debe de estar sujeta a los principios de razonabilidad,
21 racionalidad y a las prácticas generales de sana administración de recursos
22 públicos, según lo establece la Ley General de la Administración Pública, la Ley de
23 Administración Financiera y Presupuestos Públicos y la normativa vigente. El
24 servicio de telefonía celular se asigna al cargo que se ejerce y estará restringido a
25 una línea por funcionario; no constituye un beneficio personal, ni se considerará
26 parte del salario, sino que se otorga con ocasión de las funciones superiores de
27 administración que corresponde a los funcionarios y para facilitar aquellas. Este
28 servicio deberá ser autorizado por el Alcalde o Alcaldesa Municipal, previa
29 autorización e indicación, por parte del superior jerárquico del funcionario que
30 resulte ser beneficiario del servicio. Esta autorización debe contener los motivos de
31 la excepción, restricción y motivaciones de la necesidad institucional de realizar la
32 asignación del servicio.
33 Artículo 9º- Devolución del teléfono celular. El funcionario que fuese trasladado
34 o removido de su cargo, o bien en el momento en que concluyan las circunstancias
35 que motivaron la asignación del servicio, deberá hacer la devolución del aparato y
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 sus accesorios a la Proveeduría Municipal o Encargado de Activos, la que levantará
2 un acta de recibo y remitirá un informe a la Alcaldía sobre su estado de conservación
3 y si el funcionario mantiene deudas por el servicio y solicitando la rescisión del
4 respectivo contrato de asignación. Si hubiere atraso en la devolución o daños
5 causados al teléfono celular o sus accesorios, imputables al funcionario, éste será
6 responsable de las multas y demás erogaciones para su respectiva reparación.
7 Artículo 10- De los montos asignados. Las tarifas para el pago de estos servicios
8 se regirán por las siguientes disposiciones:
9 a) Alcalde y Vicealcalde Municipal: tendrán acceso a llamadas y datos por un monto
10 facturado que no supere en un octavo el salario base del “Oficinista 1” del Poder
11 Judicial; siempre y cuando sea para atender asuntos estrictamente relacionados en
12 función de su cargo.
13 b) Para los funcionarios restantes: la Municipalidad asumirá el pago del Plan
14 telefónico de la siguiente manera:
15 Jefatura de Departamento: hasta en un 50% del consumo permitido al
16 Alcalde.
17 Demás funcionarios municipales: hasta en un 25% del consumo permitido al
18 Alcalde.
19 Si la factura celular excede el monto autorizado para cada funcionario, dicho exceso
20 deberá ser asumido por el funcionario correspondiente, para lo cual la Tesorería le
21 remitirá un oficio, con copia a la Alcaldía, otorgando al funcionario un plazo de diez
22 días naturales para que realice la cancelación de la diferencia correspondiente,
23 mediante depósito bancario a la cuenta general de la Municipalidad, debiendo
24 adjuntar a dicho oficio copia de la factura correspondiente al cobro donde el
25 funcionario pueda verificar el monto en exceso en que se incurrió. En caso de
26 incumplimiento de pago, la Tesorería solicitará a la Alcaldía, el retiro inmediato del
27 aparato celular, debiendo la Alcaldía ordenar el respectivo procedimiento
28 administrativo para el cobro correspondiente de los dineros dejados de cancelar. El
29 Alcalde o Alcaldesa Municipal tendrá la facultad de solicitar el desglose de llamadas
30 que se hayan efectuado del teléfono celular asignado, aún para aquellos servicios
31 que no tienen restricciones, especialmente cuando los montos por cobro del servicio
32 se consideren excesivos.
33 CAPÍTULO III
34 De contrato y su contenido
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1 Artículo 11- Del Contrato. En cumplimiento de lo indicado en el artículo 3 del
2 presente reglamento, para la asignación y uso de los teléfonos celulares, cada
3 responsable del servicio deberá suscribir un contrato cuya elaboración estará a
4 cargo de la Alcaldía Municipal, en el que se especifiquen todas las condiciones de
5 uso y demás regulaciones contempladas en este Reglamento. En este convenio
6 deberá considerarse al menos, los siguientes aspectos:
7 a) Nombre completo, estado civil, oficio o profesión, número de cédula, puesto que
8 ocupa en la Municipalidad y dirección exacta de su lugar de domicilio, del funcionario
9 al que se le asigna un servicio celular.
10 b) Número de línea telefónica asignada, así como marca, modelo, número de serie,
11 número de IMEI, valor contable y los accesorios correspondientes del teléfono
12 celular asignado.
13 c) La explícita mención a que la asignación del teléfono celular, no se considera
14 parte del salario ni beneficio personal de conformidad con lo establecido en el
15 artículo 8 de este Reglamento, por lo que el funcionario no tendrá derecho alguno a
16 cobrar el uso del bien como salario en especie ni como parte del pago de
17 prestaciones laborales.
18 d) La tarifa mensual que se reconocerá al funcionario para el uso del servicio
19 telefónico, según lo establecido en el artículo 10 de este Reglamento, aclarando que
20 los planes telefónicos serán los fijados por la compañía que brinda el servicio.
21 e) Que el teléfono celular es para uso estrictamente oficial del funcionario
22 responsable.
23 f) No se autoriza realizar llamadas internacionales de los teléfonos propiedad de la
24 Municipalidad, excepto los casos mencionados en el artículo 10, inciso a) de este
25 Reglamento.
26 g) Cuando se asigne un teléfono el funcionario responsable deberá mantenerlo en
27 servicio y comunicarse de inmediato cuando se le requiera.
28 h) En caso de extravío, el funcionario responsable aceptará y autorizará a la
29 Administración el cobro respectivo del aparato y sus accesorios en forma inmediata
30 y no estará exento de la responsabilidad administrativa, civil o disciplinaria que
31 proceda. En caso de daños ocasionados en el aparato y/o sus accesorios, se deberá
32 entregar el mismo a la jefatura inmediata a más tardar al día siguiente del daño.
33 i) Los motivos de rescisión del contrato, de acuerdo a lo que se establece en el
34 presente Reglamento.
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1 j) Indicación expresa de que la asignación de un servicio celular no constituye un
2 derecho del funcionario y por ende la Municipalidad podrá rescindir en forma
3 unilateral el contrato, sin ningún tipo de responsabilidad para ella.
4 Artículo 12- De la firma del contrato. Confeccionado el contrato lo firmará el
5 Alcalde o Alcaldesa Municipal y el funcionario responsable de previo a la entrega
6 del aparato y sus accesorios.
7 Artículo 13- Retiro del uso del teléfono celular. El contrato contendrá
8 expresamente la determinación de que la asignación y el uso del teléfono celular,
9 no creará derechos a favor del funcionario, ni se considera parte del salario, ni un
10 beneficio personal, por lo que el Alcalde o Alcaldesa Municipal podrá retirar su uso
11 unilateralmente en cualquier momento, y dejar sin efecto el contrato -entre otras-
12 por las siguientes causas:
13 a) Desaparición de la necesidad institucional, o de las circunstancias que motivaron
14 la asignación del servicio.
15 b) Incumplimiento de este Reglamento o el convenio por parte del funcionario(a)
16 responsable.
17 c) Cambio de cargo del funcionario responsable.
18 d) Despido del funcionario(a).
19 e) Limitaciones presupuestarias.
20 f) Cualquier otro motivo o causa a criterio exclusivo del Alcalde u Alcaldesa
21 Municipal, sin que deba mediar justificación de ninguna naturaleza.
22 Artículo 14- Uso del teléfono celular en vacaciones o incapacidad. El contrato
23 también contendrá la prohibición expresa del uso del teléfono celular otorgado por
24 la Municipalidad cuando el funcionario disfrutare de licencias, permisos o
25 vacaciones o se encontrare incapacitado. En éste caso, el celular quedará a
26 disposición de la persona que lo sustituya. En caso de que el funcionario no sea
27 sustituido durante su ausencia, se pondrá el aparato y accesorios bajo custodia de
28 la Caja de la Tesorería Municipal. Se exceptúan aquellos casos cuando la jefatura
29 inmediata lo autorice, por la necesidad comprobada de las funciones que ejerce el
30 colaborador dentro de la Municipalidad.
31 CAPÍTULO IV
32 Responsabilidades
33 Artículo 15- De la responsabilidad de custodia o conservación. El funcionario
34 que tenga asignado un teléfono celular será responsable de su custodia y
35 conservación, así como de su uso correcto y racional, conforme lo establece este
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1 Reglamento. En caso de que se presente una actividad delictiva con respecto al
2 extravío, robo o daños del teléfono celular o de sus accesorios o de ambos, el
3 funcionario deberá presentar la respectiva denuncia o parte policial correspondiente
4 e informar a la jefatura inmediata por escrito a más tardar el día siguiente hábil
5 posterior a los hechos. Ello no excluye la responsabilidad administrativa, civil o
6 disciplinaria en que podría incurrir el funcionario. Cuando se compruebe que el
7 deterioro o daños, robo o extravío del teléfono se produjeron por falta de cuidado o
8 uso anormal de los mismos, el funcionario deberá cubrir el costo de la reparación o
9 cambio del aparato.
10 Artículo 16- Del control de los teléfonos celulares. La Proveeduría Municipal
11 será responsable de la adquisición, registro y control de los teléfonos celulares y
12 demás funciones que establece el artículo 4 de este Reglamento, debiendo informar
13 ésta a la Contabilidad Municipal de cada adquisición de líneas o teléfonos celulares,
14 para ser incluidos en el patrimonio institucional. Se debe llevar los registros
15 actualizados, con el nombre y el cargo del funcionario(a), el modelo, número de
16 serie, número de patrimonio, color y precio consignados en la factura de compra del
17 aparato, entre otros. Igualmente, será responsabilidad de las jefaturas inmediatas
18 de las personas funcionarias que tengan teléfonos celulares, el realizar también un
19 adecuado control y reporte sobre el uso y cuido de los respectivos aparatos, así
20 como el de reportar cualquier uso indebido de los mismos.
21 Artículo 17- Sobre actualizaciones y uso de la información. Será
22 responsabilidad del funcionario entregar el teléfono celular a su jefatura inmediata
23 que lo solicite, para efectos de la instalación o actualización de software necesario
24 para el desempeño de sus funciones. De igual manera, deberá entregar el celular
25 cuando sea requerido para la descarga de la información recabada como parte de
26 sus funciones.
27 Artículo 18- De la devolución del equipo. Cuando el funcionario(a) proceda a
28 realizar la devolución del equipo por cualquier motivo, deberá hacerlo incluyendo
29 todos los accesorios en perfecto estado de conservación y utilidad, ante la
30 Proveeduría Municipal, para que haga la actualización en los registros respectivos.
31 Queda ha salvo el desgaste causado por el uso normal y moderado del aparato o
32 sus accesorios.
33 CAPÍTULO V
34 De las prohibiciones y sanciones
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1 Artículo 19- Prohibiciones. Queda prohibido a aquellos funcionarios a quienes se
2 les ha asignado un teléfono celular:
3 a) Modificar la configuración del servicio en cuanto a número telefónico, servicios o
4 de cualquier otra forma que dificulte o impida mantener el control adecuado sobre
5 su uso.
6 b) Ceder o prestar el aparato, sus accesorios o el derecho de uso a terceras
7 personas, formal o informalmente, ya sea temporal o permanentemente.
8 c) El envío de material inapropiado desde el teléfono celular (pornografía, memes,
9 etc.), así como la navegación en internet con fines distintos a las funciones
10 asignadas.
11 d) Compartir con terceros, información confidencial referente a las labores propias
12 municipales.
13 Artículo 20- Sanciones. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en este
14 Reglamento, se considerará como una falta del funcionario, a quien se atribuirán las
15 sanciones disciplinarias correspondientes de conformidad con lo dispuesto en el
16 Código Municipal, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal conforme al
17 ordenamiento jurídico le sean aplicables.
18 CAPÍTULO VI
19 De la contabilidad de los teléfonos celulares
20 Artículo 21- Del pago. El Departamento de Tesorería Municipal será el responsable
21 de llevar el control del consumo en forma separada de cada uno de los teléfonos
22 celulares y tramitar el pago de los servicios, de acuerdo con las facturas
23 presentadas por la empresa operadora que brinde el servicio, para lo cual llevará
24 registros actualizados.
25 Artículo 22- Del cobro del excedente. Si el cobro reportado por la empresa
26 operadora que brinde el servicio celular excede el monto autorizado en el convenio,
27 el Departamento de Tesorería procederá de conformidad con lo estipulado en el
28 artículo 10 de este Reglamento.
29 CAPÍTULO VII
30 Disposiciones finales y transitorias
31 Procedimiento de contratación de servicios de telefonía celular
32 Artículo 23- Definición de procedimientos: La Administración será la encargada
33 de establecer, a través del presente reglamento, los procedimientos a seguir para
34 la contratación de los servicios de telefonía celular, en un plazo de treinta días, una
35 vez que el presente Reglamento haya sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
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Acta Sesión Ordinaria 201 del 09-03-2020
1 Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
2 PUBLIQUESE.
3
4
5
6
7
8
9
10
11 Siendo las diecinueve horas con cuarenta y cinco minutos exactos, el señor
12 Presidente Municipal, regidor José Luis Sandoval Matamoros da por
13 concluida la sesión.
14
15
16
17
18
19
20
21
22 José Luis Sandoval Matamoros Nuria Estela Fallas Mejía
23 PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO
24 ___________________________última línea______________________________
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