Ordinaria 200 · 2020-03-02
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- ~ Acuerdo (pág. 7) · firme · aprobado píritu del legislador que el Ministerio de Hacienda pueda 17 a futuro recortar, limitar o afectar en cualquier forma el giro íntegro y oportuno 18 a l…
- ~ Acuerdo (pág. 11) · aprobado tirados del 24 despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación 25 de esta sentencia. De lo contrario, será destrui…
- ~ Acuerdo (pág. 13) · aprobado pediente N° 19.732: Impuesto del cinco por ciento (5%) sobre la venta y el 22 autoconsumo de cemento, producido en el territorio nacional o importado,…
- ~ Acuerdo (pág. 16) · firme · aprobado definir las políticas de intervención, según lo considere el Concejo Municipal.” 16 17 ACUERDO 12º 18 Con base en el oficio 066-2020-DGVM fechado 02 d…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · firme · aprobado 02-03-2020 1 ARTÍCULO XI. Asuntos Varios 2 3 4 ACUERDO 1º 5 Este Concejo acuerda por Unanimidad; conceder los veintitrés días de vacaciones, 6 que por…
1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 200
2
3 Acta de la Sesión Ordinaria número 200-2020, celebrada por el Concejo Municipal
4 de Jiménez en la Sala de Sesiones de este ayuntamiento, el día dos de marzo del
5 año dos mil veinte, a las dieciocho horas; con la asistencia de los señores (as)
6 regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y suplentes siguientes:
7
8 REGIDORES PROPIETARIOS: José Luis Sandoval Matamoros, Presidente
9 Municipal, Isidro Sánchez Quirós- Vicepresidente Municipal, Efrén Núñez Nájera,
10 Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua- En propiedad supliendo a
11 José Mauricio Rodríguez Cascante.
12
13 REGIDORES SUPLENTES: Rosario Leandro Ortiz, Francisco Coto Vargas y
14 Armando Sandoval Sandoval.
15
16 SÍNDICAS PROPIETARIAS: Mauren Rojas Mejía- Síndica propietaria distrito
17 Juan Viñas y Ana Yancy Quesada Zamora- Distrito Pejibaye- En propiedad
18 supliendo a Cristian Campos Sandoval.
19
20 AUSENTES: José Mauricio Rodríguez Cascante- Regidor propietario, Marco
21 Aurelio Sandoval Sánchez- Regidor suplente, Cristian Campos Sandoval- Síndico
22 propietario distrito III y Alexis Estrada Martínez- Síndico propietario distrito II.
23
24 ARTÍCULO I. Apertura de la sesión
25
26 El Presidente, José Luis Sandoval Matamoros, da las buenas tardes a los y las
27 presentes; luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy, el
28 cual se aprobó en forma unánime.
29
30 ARTÍCULO II. Comprobación de quórum
31
32 Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que
33 el mismo está completo, al contarse con los Regidores Propietarios respectivos
34 (para este día 5 de 5).
35
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 ARTÍCULO III. Audiencias
2
3 No hubo.
4
5 ARTÍCULO IV. Aprobación del Acta Ordinaria Nº 199
6
7 ACUERDO 1º
8 No existiendo objeciones ni correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez, somete
9 a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 199 y la aprueba y ratifica en todos
10 sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores propietarios José
11 Luis Sandoval Matamoros, Isidro Sánchez Quirós, Efrén Núñez Nájera, Gemma
12 Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua.
13
14 ARTÍCULO V. Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia
15
16 1- Copia de oficio Nº 087-ALJI-2020 fechada 25 de febrero, enviada por la
17 señorita Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa Municipal al señor Wilberth
18 Quirós Palma, Intendente del Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique.
19 Le manifiesta lo siguiente “…Por medio de la presente, se le recuerda que a partir
20 de este año presupuestario 2020, es necesario aplicar la normativa establecida en
21 la Ley No. 9635, publicada en el Alcance No.202 a La Gaceta No. 225 de 4 de
22 diciembre del 2018, en el Título IV denominada Responsabilidad Fiscal de la
23 República, donde se establecen reglas de gestión de las finanzas públicas, con el
24 fin de lograr que la política presupuestaria garantice la sostenibilidad fiscal. Por tal
25 motivo, y en atinencia a la circular del Ministerio de Hacienda, con número de oficio
26 STAP-CIRCULAR-0754-2019, todo documento presupuestario (modificación,
27 informes de ejecución presupuestaria y presupuestos ordinarios y extraordinarios)
28 elaborados tanto por el Concejo de Distrito de Tucurrique como por la Municipalidad
29 de Jiménez han de incluir tanto la clasificación por objeto del gasto así como su
30 clasificación económica con el fin de que estos sean elevados a la Autoridad
31 Presupuestaria correspondiente. Visto esto, se le indica que toda modificación
32 presupuestaria o proyecto de presupuesto que se entregue a la Municipalidad de
33 Jiménez ha de contar con esta información, con el fin de realizar la consolidación
34 respectiva por parte del Departamento de Contabilidad Municipal.” Se toma nota.
35
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 2- Copia de oficio Nº 088-ALJI-2020 fechada 25 de febrero, enviada por la
2 señorita Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa Municipal al señor Wilberth
3 Quirós Palma, Intendente del Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique.
4 Le manifiesta lo siguiente “…Por medio de la presente le comunico que durante este
5 mes de marzo de estará presentando ante el Concejo Municipal de Jiménez una
6 modificación presupuestaria, así como el Proyecto del I Presupuesto Extraordinario
7 2020, con las siguientes fechas:
8 Modificación Presupuestaria: 9 de marzo del 2020
9 I Presupuesto Extraordinario: 16 de marzo del 2020
10 Se le recuerda además que en atinencia a la circular del Ministerio de Hacienda,
11 con número de oficio STAP-CIRCULAR-0754-2019, todo documento
12 presupuestario (modificación, informes de ejecución presupuestaria y presupuestos
13 ordinarios y extraordinarios) elaborados tanto por el Concejo de Distrito de
14 Tucurrique como por la Municipalidad de Jiménez han de incluir tanto la clasificación
15 por objeto del gasto así como su clasificación económica con el fin de que estos
16 sean elevados a la Autoridad Presupuestaria correspondiente. Toda la
17 documentación referente a esta Modificación Presupuestaria y I Presupuesto
18 Extraordinario 2020 ha de ser entregado al Concejo Municipal con cinco días
19 hábiles de anticipación, esto con el fin de que el Departamento de Contabilidad
20 realice las conciliaciones del caso.” Se toma nota.
21
22 3- Oficio AL-CPAS-1011-2020 fechado 25 de febrero, enviad por la señora Ana
23 Julia Araya Alfaro, Jefa del Área de Comisiones Legislativas II, Asamblea
24 Legislativa.
25 Les manifiesta lo siguiente “…La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha
26 dispuesto consultar su criterio sobre el texto dictaminado del proyecto de Ley,
27 Expediente N° 20.873, “LEY CONTRA EL ACOSO LABORAL EN EL SECTOR
28 PÚBLICO Y PRIVADO”, el cual me permito copiar de forma adjunta.”
29
30 ACUERDO 3º
31 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio, a la señora
32 Paula Fernández Fallas, Asesora de la Comisión Municipal de Asuntos Sociales,
33 para su análisis y recomendaciones.
34
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 4- Nota fechada 24 de febrero, enviada por el señor Carlos Andrés Rodríguez
2 Arce, Director de Incidencia Política y Comunicación de la Unión Nacional de
3 Gobiernos Locales.
4 Les manifiesta lo siguiente “…Desde el Departamento de Incidencia Política de la
5 UNGL hemos dado seguimiento a la tramitación del Expediente N° 19.732, el cual
6 pretende establecer un impuesto de 5% a la venta y autoconsumo de cemento,
7 sustituyendo así la Ley N° 6849 que hasta fecha ha normado este tema. El
8 expediente en cuestión ya fue votado en primer debate el día lunes 17 de febrero
9 de 2020, lo que implica que en cualquier momento podría recibir segundo debate y
10 convertirse en Ley de la República. A consecuencia de un cambio de último
11 momento en la distribución de lo recaudado por el impuesto en la provincia de
12 Guanacaste, la Asamblea Legislativa ha enviado una consulta más a estas
13 municipalidades, cuyo plazo probablemente termine el día jueves 27 de febrero. El
14 escenario más probable es que el segundo debate pueda darse en la semana del 2
15 al 5 marzo. Si bien este proyecto viene a resolver algunos vacíos importantes que
16 distorsionan el mercado del cemento entre los competidores actuales, lo que
17 propone el texto tiene implicaciones para las municipalidades más allá de la
18 distribución de los recursos. En atención a consultas hechas a la Unión Nacional de
19 Gobiernos Locales, me permito retomar algunos puntos de interés con respecto a
20 esta iniciativa de ley. La Ley N° 6849, la cual ha estado vigente desde 1983, estable
21 en sus artículos 6 y 7 lo siguiente: “ARTICULO 6º.- Los fabricantes de cemento
22 deberán depositar en el Banco Central de Costa Rica, mensualmente, el monto
23 de los impuestos correspondientes a las ventas realizadas en cada mes.”
24 “ARTICULO 7º.- El Banco Central de Costa Rica girará directamente, a cada
25 una de las instituciones beneficiarias, el importe señalado en los artículos tercero
26 y cuarto de esta ley. El respectivo pago deberá hacerse dentro de los siguientes
27 diez días hábiles posteriores a la fecha en que las fábricas hayan hecho el depósito
28 correspondiente.” Debe tenerse en cuenta que el proyecto que está a las puertas
29 de convertirse en Ley de la República, deroga a Ley N° 6839, en su lugar dispone
30 sobre la recaudación y posterior giro de los recursos a las municipalidades (y otros
31 entes), lo siguiente: “ARTÍCULO 4- Liquidación y pago del impuesto. El impuesto
32 creado en el artículo 1 de la presente ley se liquidará y lo pagará el productor
33 nacional, de forma mensual, durante los primeros quince días naturales de cada
34 mes. El fabricante presentará la declaración por todas las ventas y autoconsumos
35 efectuados en el mes anterior, respaldados debidamente por medio de los
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 comprobantes autorizados por la Dirección General de Tributación. La presentación
2 de esta declaración y el pago del impuesto son simultáneos. Dentro de la
3 declaración se deberá indicar el cantón donde se dio la producción del cemento,
4 para que el Ministerio de Hacienda distribuya lo recaudado acorde con los
5 artículos 6, 7, 8, 9 y 10 de la presente ley […]” “TRANSITORIO ÚNICO- El Banco
6 Central de Costa Rica continuará siendo el encargado de la recaudación,
7 fiscalización, administración y distribución del tributo, durante el período
8 fiscal siguiente a la entrada en vigencia de la ley […]” Como se desprende de estas
9 citas textuales, cuando se apruebe este proyecto de ley ya no será el Banco Central
10 quien recaude y gire los recursos, dicha responsabilidad pasará a manos del
11 Ministerio de Hacienda. Además, no se le establece plazo máximo al Ministerio para
12 hacer efectivo el giro de los recursos. Este cambio resulta más preocupante si se
13 consideran algunas atribuciones que tiene Hacienda en el marco de la Ley N° 9635
14 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Estas son: “ARTÍCULO 15-
15 Destinos específicos. Si la deuda del Gobierno central supera el cincuenta por ciento
16 (50%) del PIB nominal, el Ministerio de Hacienda podrá presupuestar y girar los
17 destinos específicos legales considerando la disponibilidad de ingresos
18 corrientes, los niveles de ejecución presupuestaria y de superávit libre de las
19 entidades beneficiarias.” “ARTÍCULO 25- Gestión administrativa de los destinos
20 específicos. En el caso de los destinos específicos que no estén expresamente
21 dispuestos en la Constitución Política, o su financiamiento no provenga de una renta
22 especial creada para financiar el servicio social de forma exclusiva, el Ministerio
23 de Hacienda determinará el monto a presupuestar, según el estado de las
24 finanzas públicas para el periodo presupuestario respectivo y los criterios
25 contemplados en el artículo 23 de esta ley.” Con base en lo anterior, reiteramos
26 nuestra preocupación de que, a futuro, el Ministerio de Hacienda pueda no girar la
27 totalidad de los montos que correspondería, argumentando el mal estado de las
28 finanzas públicas del Gobierno Central producto del déficit fiscal. Si bien asumimos
29 que esta no es la intención de las y los Diputados que apoyan el proyecto, se hace
30 necesario señalar dicho riesgo. Dado que el proyecto ya fue aprobado en primer
31 debate, la única posibilidad que incluye el Reglamento de la Asamblea Legislativa
32 para modificar el texto actual, es hacer uso de lo que dispone el artículo 148 bis, el
33 cual a la letra dice: “ARTÍCULO 148 bis. - Retrotracción a primer debate. Si en
34 la discusión en segundo debate se estimare necesario modificar el fondo del texto,
35 el Plenario podrá determinar, por una sola vez, que el asunto se retrotraiga a primer
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 debate. También cabe retrotraer el asunto a primer debate, para subsanar algún
2 vicio de procedimiento. La moción para retrotraer es de orden y deberá ser
3 presentada por dos o más Jefes de Fracción que juntos representen, al
4 menos, treinta y ocho diputados, cuando lo demande no menos de la mitad de
5 los Jefes y Jefas de Fracción o así lo soliciten diez diputados de dos o más
6 fracciones, y deberá ser aprobada por votación de dos terceras partes de la
7 totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa. Si la moción para
8 retrotraer fuere aprobada, se suspenderá de inmediato la discusión del
9 segundo debate y el proyecto ocupará el primer lugar en el Capítulo de
10 Primeros Debates de la sesión siguiente; solo serán de recibo las mociones
11 de fondo cuando se presenten en la siguiente sesión de conocimiento del
12 expediente legislativo; en la cual, la Presidencia las dará a conocer por el
13 medio que considere más apropiado. Cada diputado o diputada podrá presentar
14 en forma individual o en conjunto una única moción de fondo, ya sea para que, de
15 forma parcial o integral, se modifique, adicione o suprima cada artículo del proyecto
16 de ley, y dispondrá de hasta cinco minutos para referirse por el fondo de cada
17 moción. También podrá hacer uso de la palabra un diputado a favor y uno en contra,
18 por un plazo de hasta cinco minutos cada uno. Conocidas las mociones de fondo
19 por el Plenario, si el texto hubiera sido modificado, en la siguiente sesión se
20 procederá a votar el proyecto en primer debate garantizando la debida publicidad
21 de las reformas introducidas al texto. La Presidencia procederá a agendar su trámite
22 en Segundo Debate, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del
23 Reglamento. De no modificarse el texto, en la siguiente sesión el proyecto ocupará
24 el lugar que le corresponda en el Capítulo de Segundos Debates para continuar con
25 el trámite pendiente.” Esto implica que sí es posible para los legisladores, a través
26 de una moción de orden vía artículo 148 bis, retrotraer a Primer Debate el proyecto
27 de ley para modificar su Artículo 4. Por ejemplo, se podría agregar un párrafo final
28 a dicho artículo, para que indique lo siguiente: • ARTÍCULO 4- Liquidación y pago
29 del impuesto. […] El Ministerio de Hacienda girará directamente a cada uno de los
30 entes beneficiarios lo que le corresponda de lo recaudado por el impuesto, dentro
31 de los siguientes diez días hábiles posteriores a su recaudación. Bajo ninguna
32 circunstancia podrá el Ministerio de Hacienda recortar, limitar o afectar en
33 cualquier forma el giro íntegro y oportuno de los recursos provenientes del
34 impuesto creado en el artículo 1 de la presente ley. Otro elemento importante, es
35 hacer la solicitud a todas y todos los diputados posibles, de que hagan uso de la
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 palabra durante la discusión del proyecto para que, a viva voz, documenten que es
2 contrario al espíritu del legislador que el Ministerio de Hacienda pueda a futuro
3 recortar, limitar o afectar en cualquier forma el giro íntegro y oportuno a las
4 municipalidades y demás beneficiarios, de los recursos provenientes del
5 impuesto de 5% sobre la venta y el autoconsumo de cemento, producido en
6 el territorio nacional o importado. Para evitar futuras controversias, es crítico que
7 en las actas del Plenario Legislativo se consigne esta voluntad.”
8
9 ACUERDO 4º
10 Este Concejo acuerda por Unanimidad; enviar nota a las Jefaturas de Fracción
11 representadas en la Asamblea Legislativa y a los señores y señoras Diputadas de
12 la Provincia de Cartago; con atenta solicitud de que hagan uso de la palabra durante
13 la discusión del proyecto de Ley Expediente Nº 19.732 “Impuesto del cinco por
14 ciento (5%) sobre la venta y el autoconsumo de cemento, producido en el territorio
15 nacional o importado, para el consumo nacional”, para que, a viva voz, documenten
16 que es contrario al espíritu del legislador que el Ministerio de Hacienda pueda
17 a futuro recortar, limitar o afectar en cualquier forma el giro íntegro y oportuno
18 a las municipalidades y demás beneficiarios, de los recursos provenientes del
19 impuesto de 5% sobre la venta y el autoconsumo de cemento, producido en
20 el territorio nacional o importado. Consideramos que para evitar futuras
21 controversias, es indispensable que en las actas del Plenario Legislativo se
22 consigne ésta voluntad.
23 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
24
25 5- Resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de
26 las nueve horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte,
27 recibida el 26 de febrero.
28 Les manifiesta lo siguiente “…RECURSO DE AMPARO QUE SE TRAMITA EN
29 EXPEDIENTE NO.20-001876-0007-CO, INTERPUESTO POR PABLO
30 HERIBERTO ABARCA MORA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0303940026, CONTRA
31 LA MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ. RESULTANDO:
32 1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala el 30 de enero de 2020, el
33 accionante presenta recurso de amparo contra la Municipalidad de Jiménez. Afirma
34 que en su condición de diputado, le solicitó al ente recurrido, mediante el oficio No.
35 PHAM-466-2019 enviado el 11 de noviembre de 2019 al correo electrónico
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 institucional: secretariaconcejo@munijimenez.go.cr; información relacionada con
2 procesos de contratación administrativa en materia de infraestructura vial,
3 adjudicaciones y contrataciones directas promovidas por el municipio en los años
4 2018 y 2019. Indica que en atención a su gestión, el 21 de noviembre de 2019 se le
5 comunicó el oficio No. SC-1584-2019 en el cual la Secretaría del Concejo, le
6 transcribe el acuerdo 1, del artículo XI, de la sesión ordinaria No. 185, celebrada el
7 18 de noviembre de 2019, en la cual se le indica que el oficio “ha sido trasladado a
8 la señora Daniella Quesada Hernández, Proveedora Municipal, para su pronta
9 respuesta, una vez recopilada la información solicitada”. Señala que el 25 de
10 noviembre de 2019, recibió el oficio No. 94-2019-PMJ, suscrito por la proveedora
11 municipal, en el cual solicita una prórroga de plazo para la generación de la
12 información. Reclama que a la fecha de presentación de este amparo, aún no ha
13 sido atendida su misiva. Solicita que se declare con lugar el recurso. 2.- Que la
14 resolución de las 12:15 horas de 4 de febrero de 2020, que da curso de este amparo
15 fue notificada a los personeros de la Municipalidad de Jiménez el 7 de febrero de
16 2020. 3.- Mediante escrito presentado el 11 de febrero de 2020, Lissette Fernández
17 Quirós, Alcaldesa, José Luis Sandoval Matamoros, Presidente del Concejo
18 Municipal, y Daniella Quesada Hernández, Encargada del Departamento de
19 Proveeduría, ambos de la Municipalidad de Jiménez, explican en lo que interesa
20 que la gestión presentada por el accionante es de carácter complejo, por lo que no
21 pudo ser facilitada dentro de los plazos legalmente establecidos, situación que fue
22 comunicada a la parte interesada de forma oportuna. Detalla que la respuesta
23 definitiva fue facilitada el 3 de febrero de 2020. 4.- En los procedimientos seguidos
24 se ha observado las prescripciones legales. Redacta el Magistrado Fernández
25 Argüello; y, CONSIDERANDO:
26 I.- OBJETO DEL RECURSO: Acusa el accionante lesión al derecho de petición e
27 información. Afirma que el 11 de noviembre de 2019, solicitó a la Municipalidad de
28 Jiménez información de su interés, siendo que, a la fecha no ha recibido respuesta.
29 II.- HECHOS PROBADOS. De importancia para la decisión de este asunto, se
30 estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han
31 sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos según lo
32 prevenido en el auto inicial: a) Mediante oficio No. PHAM-466-2019 de 11 de
33 noviembre de 2019, Pablo Heriberto Abarca Mora, Diputado del Partido Unidad
34 Social Cristiana, solicitó Concejo Municipal de la Municipalidad de Jiménez -correo
35 electrónico secretariaconcejo@munijimenez.go.cr - información relacionada con
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 procesos de contratación administrativa en materia de infraestructura vial,
2 adjudicaciones y contrataciones directas promovidas por el municipio en los años
3 2018 y 2019, en particular: "(...) 1- Cantidad de procesos de contratación
4 administrativa, en materia de infraestructura vial, promovidos por la Municipalidad
5 de Jiménez para los años 2018 y 2019. 2- Monto total de las adjudicaciones y sus
6 respectivos adjudicatarios, correspondientes a cada uno de los procedimientos
7 indicados en los puntos anteriores. 3- Copia certificada de las actas de adjudicación
8 de los procedimientos de contratación administrativa en materia de infraestructura
9 vial durante los años 2018 y 2019. 4- Copia certificada del Plan Anual Operativo
10 para los años 2018 y 2019, en el que se incorpora los proyectos de infraestructura
11 a ejecutar. 5- En los procesos de contratación administrativa, en materia de
12 infraestructura vial, promovidos por la Municipalidad de Jiménez para los años 2018
13 y 2019, ¿Cuál es el procedimiento de contratación administrativa que se ha seguido
14 en relación con la Ley de Contratación Administrativa?. 6- En los casos de
15 contrataciones directas promovidas por esta Municipalidad, ¿Cuál es el
16 procedimiento para la elección de los oferentes a quienes se les va a invitar a
17 participar en el proceso? ¿Cuál es la metodología que tiene este Concejo para
18 determinar la invitación a ofertar?. 7- En los procesos de infraestructura vial,
19 promovidos por la Municipalidad de Jiménez para los años 2018 y 2019, utilizando
20 el procedimiento de contratación directa, ¿Cuáles han sido las empresas invitadas
21 a participar en estos procedimientos y bajo que parámetros?. 8- En relación con la
22 aplicación del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), ¿Utiliza la
23 Municipalidad de Jiménez esta plataforma? De ser negativa la respuesta, ¿Cual es
24 la razón para que no hagan uso de la plataforma SICOP? ¿Cuentan con algún plan
25 o propuesta para incorporarse en el uso de la plataforma?. Dispuso para atender
26 comunicaciones los correos electrónicos phabarca@phabarca.com y
27 andrea.salazar@asamblea.go.cr. (Ver documentación); b) El 21 de noviembre de
28 2019, por oficio No. SC-1584-2019, la Secretaría del Concejo Municipal de la
29 Municipalidad de Jiménez, comunica al tutelado lo siguiente: “La Municipalidad de
30 Jiménez en la Sesión Ordinaria # 185 celebrada el lunes 18 de noviembre del año
31 en curso acordó: (…) “ha sido trasladado a la señora Daniella Quesada Hernández,
32 Proveedora Municipal, para su pronta respuesta, una vez recopilada la información
33 solicitada”. (Ver documentación); c) El 25 de noviembre de 2019, por oficio No. 94-
34 2019-PMJ, suscrito por la Proveedora Municipal de la Municipalidad de Jiménez,
35 solicita al recurrente una prórroga de plazo para la generación de la información.
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 (Ver documentación); d) El 3 de febrero de 2020, mediante oficio 05-2020PMJ la
2 Proveedora Municipal de la Municipalidad de Jiménez otorga respuesta al
3 recurrente. (Ver documentación). III.- SOBRE EL FONDO. De las pruebas
4 aportadas al expediente y el informe rendido bajo juramento al Tribunal, se tiene por
5 demostrado que mediante oficio No. PHAM-466-2019 de 11 de noviembre de 2019,
6 Pablo Heriberto Abarca Mora, Diputado del Partido Unidad Social Cristiana, solicitó
7 Concejo Municipal de la Municipalidad de Jiménez - correo electrónico
8 secretariaconcejo@munijimenez.go.cr - información relacionada con procesos de
9 contratación administrativa en materia de infraestructura vial, adjudicaciones y
10 contrataciones directas promovidas por el municipio en los años 2018 y 2019, en
11 particular: "(...) 1- Cantidad de procesos de contratación administrativa, en materia
12 de infraestructura vial, promovidos por la Municipalidad de Jiménez para los años
13 2018 y 2019. 2- Monto total de las adjudicaciones y sus respectivos adjudicatarios,
14 correspondientes a cada uno de los procedimientos indicados en los puntos
15 anteriores. 3- Copia certificada de las actas de adjudicación de los procedimientos
16 de contratación administrativa en materia de infraestructura vial durante los años
17 2018 y 2019. 4- Copia certificada del Plan Anual Operativo para los años 2018 y
18 2019, en el que se incorpora los proyectos de infraestructura a ejecutar. 5- En los
19 procesos de contratación administrativa, en materia de infraestructura vial,
20 promovidos por la Municipalidad de Jiménez para los años 2018 y 2019, ¿Cuál es
21 el procedimiento de contratación administrativa que se ha seguido en relación con
22 la Ley de Contratación Administrativa?. 6- En los casos de contrataciones directas
23 promovidas por esta Municipalidad, ¿Cuál es el procedimiento para la elección de
24 los oferentes a quienes se les va a invitar a participar en el proceso? ¿Cuál es la
25 metodología que tiene este Concejo para determinar la invitación a ofertar?. 7- En
26 los procesos de infraestructura vial, promovidos por la Municipalidad de Jiménez
27 para los años 2018 y 2019, utilizando el procedimiento de contratación directa,
28 ¿Cuáles han sido las empresas invitadas a participar en estos procedimientos y bajo
29 que parámetros?. 8- En relación con la aplicación del Sistema Integrado de
30 Compras Públicas (SICOP), ¿Utiliza la Municipalidad de Jiménez esta plataforma?
31 De ser negativa la respuesta, ¿Cual es la razón para que no hagan uso de la
32 plataforma SICOP? ¿Cuentan con algún plan o propuesta para incorporarse en el
33 uso de la plataforma?. Dispuso para atender comunicaciones los correos
34 electrónicos phabarca@phabarca.com y andrea.salazar@asamblea.go.cr. El 21 de
35 noviembre de 2019, por oficio No. SC-1584-2019, la Secretaría del Concejo
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 Municipal de la Municipalidad de Jiménez, comunica al tutelado lo siguiente: “La
2 Municipalidad de Jiménez en la Sesión Ordinaria # 185 celebrada el lunes 18 de
3 noviembre del año en curso acordó: (…) “ha sido trasladado a la señora Daniella
4 Quesada Hernández, Proveedora Municipal, para su pronta respuesta, una vez
5 recopilada la información solicitada”. El 25 de noviembre de 2019, por oficio No. 94-
6 2019-PMJ, suscrito por la Proveedora Municipal de la Municipalidad de Jiménez,
7 solicita al recurrente una prórroga de plazo para la generación de la información. El
8 3 de febrero de 2020, mediante oficio 05-2020PMJ la Proveedora Municipal de la
9 Municipalidad de Jiménez otorga respuesta al recurrente. Del cuadro factico
10 descrito, la Sala descarta la lesión a los derechos fundamentales del amparado. Se
11 determina que la gestión planteada por el recurrente el 11 de noviembre de 2019,
12 donde solicita al Concejo Municipal de Jiménez información de su interés, fue
13 contestada el 3 de febrero de 2019, resultando que previo a ello, la Administración
14 Municipal explicó a la parte interesada que requería tiempo para poder facilitar la
15 documentación requerida – el 25 de noviembre de 2019-, lo anterior por tratarse de
16 información compleja. Aunado a lo anterior, la respuesta que fue entregada antes
17 de la comunicación de la resolución que dio curso a este amparo a los personeros
18 de la Municipalidad de Jiménez, acto último que se dio en fecha 7 de febrero de
19 2020. En consecuencia, lo procedente es declarar sin lugar el recurso. IV.-
20 DOCUMENTACIÓN APORTADA AL EXPEDIENTE las partes que de haber
21 aportado algún documento en papel, así como objetos o pruebas contenidas en
22 algún dispositivo adicional de carácter electrónico, informático, magnético, óptico,
23 telemático o producido por nuevas tecnologías, estos deberán ser retirados del
24 despacho en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación
25 de esta sentencia. De lo contrario, será destruido todo aquel material que no sea
26 retirado dentro de este plazo, según lo dispuesto en el "Reglamento sobre
27 Expediente Electrónico ante el Poder Judicial", aprobado por la Corte Plena en
28 sesión N° 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado en el Boletín
29 Judicial N° 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado por el
30 Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 43-12 celebrada el 3 de mayo
31 del 2012, artículo LXXXI. POR TANTO: Se declara sin lugar el recurso.” Se toma
32 nota.
33
34 6- Nota fechada 24 de febrero, enviada por el Presbo. Adrián Gómez Barquero,
35 Cura Párroco de Juan Viñas.
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 Les manifiesta lo siguiente “…informar sobre la calendarización y a la vez solicitar
2 los permisos correspondientes para las actividades de los Festejos en Honor a San
3 Isidro Labrador, que se desarrollaran Dios mediante, 15-16-17 de Mayo, así también
4 para los festejos Patronales en honor a Nuestra Señora de El Carmen los días 10-
5 11-12-15-16 de Julio del presente año. Los fondos recaudados serán destinados
6 para mejoras en la infraestructura de nuestro Templo Parroquial, edifico que con
7 tanto esfuerzo y orgullo construyeron nuestros abuelos y que hoy nos corresponde
8 a nosotros reconstruir y seguir colaborando para su beneficio.”
9
10 ACUERDO 6º
11 Este Concejo acuerda por Unanimidad; enviar atenta nota al Presbo. Adrián Gómez
12 Barquero, Cura Párroco, indicándole que de previo a concederles autorización para
13 la celebración de las festividades en Honor a San Isidro Labrador y los Festejos
14 Patronales, deben cumplir con todos los requisitos que exige el reglamento
15 municipal que regula este tipo de actividades, del cual se le debe adjuntar copia,
16 indicándole que toda la documentación debe ser presentada a más tardar ocho días
17 antes del inicio de cada festejo, para contar con el tiempo suficiente de tomar el
18 acuerdo que les permita celebrar los mismos.
19
20 7- Oficio Nº 2957 de fecha 27 de febrero, enviado por el licenciado Roberto
21 José Rodríguez Araica, Gerente y la licenciada Grettel Cisneros Valverde,
22 Fiscalizadora, ambos de la Dirección Jurídica de la Contraloría General de la
23 República.
24 Les manifiestan lo siguiente “…Se conoce el oficio SC-1700-2020 de fecha 25 de
25 febrero del 2020, mediante el cual solicita a esta Contraloría General, se indique si
26 con la interposición de recursos por parte de la señora Sandra Mora Muñoz en
27 contra del oficio N° 1958 (DJ-0182) del 10 de febrero del mismo año, se debe
28 suspender el dictado del acto final por parte del Órgano Decisor. En primer término,
29 se debe indicar que tanto la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República,
30 en su artículo 15 como el numeral 31, párrafo último, de la Ley General de Control
31 Interno, disponen que el auditor interno y el subauditor de los entes u órganos de la
32 Hacienda Pública son inamovibles y sólo podrán ser suspendidos o despedidos de
33 sus cargos, por justa causa y por decisión emanada del jerarca respectivo, previa
34 formación de expediente, con oportunidad suficiente de audiencia y defensa en su
35 favor, así como del dictamen previo favorable emitido por esta Contraloría General
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 de la República. A partir de lo anterior, la inobservancia del régimen de inamovilidad
2 puede acarrear, tanto la responsabilidad de los funcionarios involucrados, como la
3 nulidad del acto sancionatorio u otras posibles consecuencias asociadas. Ahora
4 bien, siendo que la señora Sandra Mora Muñoz, efectivamente, presentó los
5 recursos de revocatoria con apelación en subsidio en contra del oficio N° 1958-2020
6 (DJ-0182) de fecha 10 de febrero del 2020, en el cual se rendía el dictamen
7 favorable solicitado, es criterio de esta División Jurídica que debe suspenderse el
8 dictado del acto final por parte del Órgano Decisor de la Municipalidad de Jiménez
9 en el procedimiento No. DP-001-2019 seguido en contra de la señora Sandra Mora
10 Muñoz, Auditora Interna, hasta que se resuelvan los recursos presentados conforme
11 a Derecho.” Se toma nota.
12
13 8- Oficio DEFMC-044-2020 fechado 27 de febrero, enviado por la licenciada
14 María Elena Montoya Piedra, Directora Ejecutiva de la Federación de
15 Municipalidades de Cartago.
16 Les manifiesta lo siguiente “…Permítanme brindarles un caluroso saludo y de paso
17 hacerles de conocimiento lo dispuesto por el Consejo Directivo de la Federación de
18 Municipalidades de la provincia de Cartago, en el Artículo 4 de la Sesión Ordinaria
19 Nº46-2020, celebrada el miércoles 26 de febrero del 2020, en el Colegio Técnico
20 Profesional de Pacayas: Artículo 4: Visto y analizado el Proyecto de Ley
21 Expediente N° 19.732: Impuesto del cinco por ciento (5%) sobre la venta y el
22 autoconsumo de cemento, producido en el territorio nacional o importado,
23 para el consumo nacional, se acuerda solicitarle a los Diputados de la
24 Asamblea Legislativa que en dicho proyecto de ley se contemple, que la
25 distribución de los recursos económicos sean recaudados y girados por el
26 banco Central, como lo indica la Ley N° 6849 en sus artículos 6° y 7°, y no por
27 el Ministerio de Hacienda. ACUERDO APROBADO. DEFINITIVAMENTE
28 APROBADO. Se aprueba con los votos afirmativos de los(as) federativos (as)
29 Mario Moya Sánchez, Lissette Fernández Quirós, Gustavo Castillo Morales,
30 Gerardo Navarro Serrano, Roger Sánchez Padilla, Rigoberto Fernández
31 Méndez, Víctor Arias Richmond, Felipe Martínez Brenes, Adriana Varela
32 Ramírez, Gilberto Gómez Orozco, Arturo Rodríguez Morales y Miguel Ramírez
33 Loria.” Se toma nota.
34
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 9- Oficio CEPA-049-2020 fechado 27 de febrero, enviado por la señora Erika
2 Ugalde Camacho, Jefa del Área de Comisiones Legislativas III, Asamblea
3 Legislativa.
4 Les manifiesta lo siguiente “…Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión
5 Especial de la Provincia de Alajuela, y en virtud del informe de consulta obligatoria
6 del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa institución en
7 relación con el proyecto “REFORMA A LA LEY Nº7052, LEY DEL SISTEMA
8 FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANCO
9 HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA, DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1986 Y SUS
10 REFORMAS, PARA MEJORAR LA ATENCIÓN DE PERSONAS CON
11 NECESIDAD DE VIVIENDA A CAUSA DE DESASTRES” , expediente N° 21.764,
12 el cual se anexa.”
13
14 ACUERDO 9º
15 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio, al arquitecto
16 Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal y al ingeniero Alfredo
17 Orocú Sandoval, Encargado de Construcciones, Catastro y Valoración, para su
18 análisis y recomendaciones.
19
20 10- Oficio DEFMC-047-2020 fechado 28 de febrero, enviado por la licenciada
21 María Elena Montoya Piedra, Directora Ejecutiva de la Federación de
22 Municipalidades de Cartago.
23 Les manifiesta lo siguiente “…Sirva la presente para saludarles y a la ves hacerles
24 de conocimiento que la Federación de Municipalidades de Cartago, la Unión
25 Nacional de Gobiernos Locales y el Programa de las Naciones Unidas para el
26 Desarrollo (PNUD) se unieron con el fin de trabajar los Objetivo de Desarrollo
27 Sostenible (ODS) en las municipalidades que agrupa la provincia de Cartago. El
28 PNUD ha escogido a Cartago como la provincia modelo a nivel nacional, donde
29 todos sus municipios asumen el compromiso y liderazgo de abanderar esta
30 estrategia en los procesos de planificación y presupuestos de las municipalidades
31 para apoyar la agende 2030 establecida por el Gobierno de la República. Partiendo
32 de lo anterior es que les solicitamos con todo respeto una audiencia corta donde
33 podríamos expones como trabajaríamos esta estrategia que es de compromiso de
34 todos los Gobiernos Locales de la Provincia de Cartago y en vista de que va hacer
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 un tema obligatorio que la Contraloría General de la República lo va a evaluar en
2 todos los planes de trabajo a partir del 2021.”
3
4 ACUERDO 10º
5 Con base en el oficio DEFMC-047-2020 fechado 28 de febrero, enviado por la
6 licenciada María Elena Montoya Piedra, Directora Ejecutiva de la Federación de
7 Municipalidades de Cartago; este Concejo acuerda por Unanimidad; dar respuesta
8 al mismo; informándole a la licenciada Montoya Piedra, Directora Ejecutiva de la
9 FEDEMUCARTAGO, que se les concede la audiencia, para el día lunes 23 de
10 marzo, a las 6 de la tarde, en la Sala de Sesiones Municipales de este ayuntamiento.
11
12 11- Copia de oficio 005-2020-JVCMJ fechado 21 de febrero, enviado por la
13 Junta Vial Cantonal a los vecinos de Pejibaye, Yessenia Sancho Rojas y Marco
14 Mora Cordero.
15 Les manifiestan lo siguiente “…La Junta Vial Cantonal de Jiménez en Sesión
16 Ordinaria N°02, celebrada el día jueves 20 de febrero del año en curso, acordó: Esta
17 Junta Vial acuerda por Unanimidad de todos los miembros presentes, Lissette
18 Fernández Quirós –Alcaldesa, Isidro Sánchez Quirós – Representante del
19 Concejo Municipal Jorge Gamboa-Representante de las Asociaciones de
20 Desarrollo y el Arquitecto Luis Enrique Molina Vargas-Representante del Área
21 Técnica de Gestión Vial Municipal, enviar atenta nota a la Señora Yessenia
22 Sancho Rojas y al señor Marco Mora Cordero, indicando lo siguiente: En atención
23 al oficio N°SC-1675-2020, dado por el Concejo Municipal de Jiménez en la Sesión
24 Ordinaria N°194 del 20 de enero del 2020, se solicitó a la Junta Vial Cantonal brindar
25 audiencia a sus personas, con el fin de ver un video relacionado con una DENUNCIA
26 PENAL, de la cual hasta el momento no tenemos conocimiento formal de la misma.
27 En razón de lo anterior y siendo que miembros del Concejo Municipal, la Alcaldía
28 Municipal y el Director de Gestión Vial podrían ser parte de lo denunciado, resulta
29 inapropiado participar en cualquier acto que conduzca a entorpecer las
30 investigaciones que posiblemente estén en curso en el Ministerio Público.
31 Reiteramos que la Junta Vial Cantonal desconoce de denuncia penal alguna y
32 resulta fácil de entender que no es prudente hacer referencia a temas que podrían
33 ser resueltos por los tribunales. Por las expuestas no podremos otorgarles la
34 audiencia, sin perjuicio de recibir los documentos que ustedes estimen
35 convenientes. DEFINITIVAMENTE APROBADO.” Se toma nota.
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 12- Oficio 066-2020-DGVM fechado 02 de marzo, enviado por el arquitecto Luis
2 Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal.
3 Les manifiesta lo siguiente “…Actualmente el Departamento de Gestión Vial se
4 encuentra en el proceso de actualización del Plan de Conservación y Desarrollo de
5 la Red Vial Cantonal (Plan Quinquenal), el cual será utilizado para efectos de
6 planeamiento y ejecución de los recursos provenientes de las Leyes 8114 y 9329
7 durante los años 2021-2025. Un aspecto fundamental en esta herramienta de
8 planificación es contar con el criterio del Concejo Municipal de Jiménez, el cual es
9 el encargado de dictaminar las políticas de intervención en los caminos del cantón,
10 las cuales serán las guías a utilizar en los diferentes proyectos a ejecutar durante el
11 próximo quinquenio. Por tal motivo, y de la manera más respetuosa, le solicito se
12 nos conceda una audiencia durante la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, a los
13 funcionarios del Departamento de Gestión Vial para el día lunes 9 de marzo, con el
14 fin de explicarles el procedimiento de actualización del Plan Quinquenal y a su vez
15 definir las políticas de intervención, según lo considere el Concejo Municipal.”
16
17 ACUERDO 12º
18 Con base en el oficio 066-2020-DGVM fechado 02 de marzo, enviado por el
19 arquitecto Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal; este
20 Concejo acuerda por Unanimidad; conceder audiencia a funcionarios del
21 departamento de Gestión Vial Municipal, el día lunes 09 de marzo, a las 6 de la
22 tarde, conforme a su solicitud.
23 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
24
25 13- Oficio Nº CDJ-07-2020 fechado 02 de marzo, enviado por el Comité
26 Cantonal de Deportes y Recreación de Jiménez.
27 Les manifiestan lo siguiente “…acuerda informar a los señores del Concejo
28 Municipal y a la Alcaldía Municipal de Jiménez, la nueva estructura interna de la
29 Junta Directiva de este Comité, apegándonos al nuevo Reglamento de
30 Funcionamiento y Organización del CCDRJ. Quedando de la siguiente manera:
31 Jorge Luis Solano Soto-Presidente, Yamileth Madriz Madriz-Vicepresidente, Juan
32 Pablo Chacón Carpio- Tesorero, Dorlin Hernández Sojo-Fiscal, Lorena Araya
33 Osorio-Vocal. Se toma nota.
34
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 14- Oficio 10-2020-PMJ fechado 02 de marzo, enviado por la señora Daniella
2 Quesada Hernández, Proveedora-Bodeguera.
3 Les manifiesta lo siguiente “…les solicito lo siguiente:
4 1. Contratación Directa 2020CD-000065-MJ Compra de una motocicleta para
5 la atención de mensajería, notificaciones y servicios generales de los
6 servicios de Acueducto y Recolección depósito y tratamiento de Residuos
7 Sólidos.
8 Se invitan a los siguientes proveedores:
9 Motos Yamaha Agencia Costa Rica
10 Sava-Honda
11 Kawasaki Costa Rica
12 Se recibe una sola oferta la cual se analiza en el siguiente cuadro:
13 ANÁLISIS DE LA OFERTA:
14 Se recibe documento firmado por el señor Ronald Lobo Porras, donde indica que la
15 oferta recibida, cumple con los requisitos técnicos, según el siguiente cuadro:
Línea Componentes Características Cumplimiento
1 MOTOR
Tipo Motor 4 Tiempos Si cumple
Cantidad Cilindros 1 Si cumple
Válvulas 2 Si cumple
Árbol de Levas DOHC Si cumple
Enfriamiento Aire y aceite Si cumple
Cilindraje 249 cc a 255 cc Si cumple
Potencia Máxima 23.3 hp @ 7,500 rpm Si cumple
Torque 24.2 Nm @ 6,000 rpm Si cumple
SISTEMA
2
ALIMENTACION
Tipo Carburada Si cumple
Capacidad de
De 10 a 12 Litros Si cumple
Combustible
SISTEMA
3
ELECTRONICO
Tipo de Arranque Eléctrico Si cumple
4 TRANSMISION
Tipo Mecánica Si cumple
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
Transmisión 6 velocidades Si cumple
5 FRENOS
Freno Delantero Disco Si cumple
Freno Trasero Tambor Si cumple
6 DIMENSIONES
2,130mm x 845mm x
Dimensión (L x An x Al) Si cumple
1,166mm
Distancia Entre Ejes 1,416 mm Si cumple
Altura mínima del Asiento 840 mm Si cumple
Peso Entre 130 y 135 kg Si cumple
Pasajeros 2 Si cumple
7 SUSPENSION
Suspensión Delantera horquilla telescópica Si cumple
Suspensión Trasera brazo basculante Si cumple
8 RUEDAS
Llanta Delantera 90/90-21 Si cumple
Llanta Trasera 120/80-18 Si cumple
9 OTROS
Panel de Instrumentos Análogo o Digital Si cumple
35W (larga) / 30W
Luz Principal Si cumple
(corta)
1 CALIFICACIÓN DE LA OFERTA:
OFERTA #1 SAVA
PRECIO 60% ¢2 995 000,00 60%
PRESENCIA MARCA EN MERCADO 30%
1 año a 6 años 5%
6 años un día a 12 años 10%
12 años un día a 20 años 20%
20 años un día en adelante 30% 30% 30%
VENTAS EN EL MERCADO NACIONAL 10% 0%
De 5001 a 8000 1%
De 8001 a 10000 3%
De 10001 a 15000 6%
De 15001 en adelante 10%
%OBTENIDO 90%
2 RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN: La oferta presentada cumple con lo
3 solicitado en el cartel tanto técnico como legal. Se recomienda adjudicar esta
4 contratación a la empresa SAVA Sociedad Anónima de Vehículos Automotores,
5 cédula jurídica: 3-101-00919315, por un monto total de ¢2.995.000,00 (dos millones
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 novecientos noventa y cinco mil colones exactos), tiempo de entrega: 15 días
2 hábiles (después de recibidos los documentos de exoneración aprobados y sin
3 errores). Con una garantía de 08 meses o 8000 kilómetros con tres revisiones
4 programadas de mantenimiento preventivo, a los 1000, 2500 y 4500 kilómetros.
5 Vigencia de la Oferta: 60 días naturales. Este compromiso de los siguientes códigos:
6 5.02.02.5.01.02 Equipo de Transporte (Recolección de Basura Bienes
7 Duraderos)
8 5.02.16.5.01.02 Equipo de Transporte (Deposito y Tratamiento de Basura
9 Bienes Duraderos)
10 5.02.06.01.5.01.02 Equipo de Transporte (Acueductos Servicio de
11 Acueducto)”
12
13 ACUERDO 14º
14 Con base en el oficio 10-2020-PMJ fechado 02 de marzo, enviado por la señora
15 Daniella Quesada Hernández, Proveedora-Bodeguera; este Concejo acuerda por
16 Unanimidad; autorizar a la señorita Lissette Fernández Quirós, Alcaldesa Municipal,
17 para la Compra de una motocicleta para la atención de mensajería, notificaciones y
18 servicios generales de los servicios de Acueducto y Recolección, Depósito y
19 Tratamiento de Residuos Sólidos, conforme a la Contratación Directa 2020CD-
20 000065-MJ. Dicha contratación se adjudica a favor de la empresa SAVA Sociedad
21 Anónima de Vehículos Automotores, cédula jurídica número 3-101-00919315, por
22 un monto total de ¢2.995.000,00 (dos millones novecientos noventa y cinco mil
23 colones exactos), tiempo de entrega: 15 días hábiles (después de recibidos los
24 documentos de exoneración aprobados y sin errores). Con una garantía de 08
25 meses o 8000 kilómetros con tres revisiones programadas de mantenimiento
26 preventivo, a los 1000, 2500 y 4500 kilómetros. Vigencia de la Oferta: 60 días
27 naturales. De igual forma se autoriza a la señorita Alcaldesa y al señor Tesorero
28 Municipal para el pago de este compromiso de los siguientes códigos:
29 5.02.02.5.01.02 Equipo de Transporte (Recolección de Basura Bienes
30 Duraderos)
31 5.02.16.5.01.02 Equipo de Transporte (Deposito y Tratamiento de Basura
32 Bienes Duraderos)
33 5.02.06.01.5.01.02 Equipo de Transporte (Acueductos Servicio de
34 Acueducto).
35 Con copia a Contabilidad, Acueducto y Proveeduría.
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Acta Sesión Ordinaria 200 del 02-03-2020
1 ARTÍCULO VI. Dictámenes de Comisión
2
3 No hubo.
4
5 ARTÍCULO VII. Informe de la Alcaldesa
6
7 1- Se conoce el “INFORME DE LABORES. Nº 10-2020. 24/Febrero/2020. Señores.
8 Concejo Municipal de Jiménez. Presente. Reciban un afectuoso saludo de mi
9 parte: les brindo un informe de las labores de la semana del 24 al 28 de febrero del
10 2020 como detallo a continuación:
11 Labores administrativas.
12 Atención al público.
13 Asuntos presupuestarios.
14 Asistí a sesión extraordinaria de la Unión Nacional de Gobiernos Locales
15 (UNGL) y de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI).
16 Asistí a sesión ordinaria de la Federación de Municipalidades de Cartago.
17 El señor Luis Mario Portuguéz Solano asistió a la actividad Pacto Global de
18 Alcaldes por el Clima y al Energía en Centroamérica, en las cual se
19 expusieron las diferentes acciones realizadas por Municipios de la región en
20 materia de reducción de las emisiones de carbono que provocan el cambio
21 climático.
22 Además el señor Luis Mario Portuguéz Solano participo de la reunión con la
23 señora Viceministra de Agricultura Ana Cristina Quirós y productores de caña
24 del territorio Turrialba – Jiménez (principalmente del Cantón de Jiménez). En
25 la actividad se expuso información referente a la situación actual del sector
26 cañero a nivel nacional y de nuestra región, la problemática para el productor
27 nacional por las importaciones de azúcar. La señora Viceministra informa que
28 se está a la espera de realización de un estudio de factibilidad para el Ingenio
29 Atirro, y que hasta tanto no adelantaría criterio sobre el mismo. Por el
30 momento se mantiene la propuesta de la Hacienda Juan Viñas para el 2021,
31 de trasladar la caña a Juan Viñas. De igual manera se tiene la propuesta del
32 señor Edgar Mora para adquirir y administrar el Ingenio Atirro.
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9 Trabajos realizados bajo supervisión del DGVM:
10 Reconformación de la superficie de ruedo en sector del camino El Resbalón
11 de Juan Viñas, en un tramo de 60 metros lineales.
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20 Se inicia con la limpieza manual y chapea del derecho de vía del camino El
21 Congo de Juan Viñas.
22 Se continúa con la limpieza mecanizada del camino Rosemounth de Juan
23 Viñas, a la altura del sector posterior de la iglesia católica de la comunidad
24 de Los Alpes.
25 Se continúa con la limpieza manual de cunetas en el barrio El INVU de Juan
26 Viñas.
27 Sustitución de tablones dañados en el Puente El Congo, sobre el Río
28 Reventazón.
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9 Otros trabajos realizados.
10 Reunión de coordinación con la Ingeniera Paula Reyes, de la Consulta GIZ
11 con respecto al avance del proyecto PRVC-II MOPT-BID, donde se plantea
12 el cambio de perfil para la reconstrucción del puente sobre el Río Pejibaye,
13 hacia el sector de Plaza Vieja. Durante el mes de marzo se continuarán
14 realizando varias reuniones sobre este tema.
15 Participación en la primera capacitación sobre uso del Sistema Digital de
16 Emergencias en Viviendas (SIDEVI), brindado por el Ministerio de Vivienda
17 y Asentamientos Humanos (MIVAH). Este sistema se utilizará en situaciones
18 de Declaratoria de Emergencias, como un medio de consulta y seguimiento
19 de las solicitudes de bono de vivienda de las familias afectadas por diferentes
20 desastres naturales.” Se toma nota.
21
22 ARTÍCULO VIII. Informe de la Junta Vial y el Departamento de Gestión Vial
23
24 No hubo.
25
26 ARTÍCULO IX. Atención de los señores (as) Síndicos (as)
27
28 No hubo.
29
30 ARTÍCULO X. Mociones
31
32 No hubo.
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1 ARTÍCULO XI. Asuntos Varios
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4 ACUERDO 1º
5 Este Concejo acuerda por Unanimidad; conceder los veintitrés días de vacaciones,
6 que por ley le corresponden del período 2019-2020, a la funcionaria Sandra Mora
7 Muñoz, Auditora Interna. Rige a partir del 09 de marzo hasta el 08 de abril del 2020;
8 debiendo reintegrarse a sus labores el 13 de abril del año en curso. Se completa
9 período.
10 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Con copia a Alcaldía, Contabilidad y
11 archivo personal.
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20 Siendo las diecinueve horas exactas, el señor Presidente Municipal, regidor
21 José Luis Sandoval Matamoros da por concluida la sesión.
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30 José Luis Sandoval Matamoros Nuria Estela Fallas Mejía
31 PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO
32 ___________________________última línea______________________________
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