Ordinaria 83 · 2017-11-27
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 83 del 2017-11-27 + número de acuerdo.
1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 83
2
3 Acta de la Sesión Ordinaria número 83-2017, celebrada por el Concejo Municipal
4 de Jiménez en la Sala de Sesiones de este ayuntamiento, el día veintisiete de
5 noviembre del año dos mil diecisiete, a las dieciocho horas; con la asistencia
6 de los señores (as) regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y suplentes
7 siguientes:
8
9 REGIDORES PROPIETARIOS: José Luis Sandoval Matamoros- Presidente
10 Municipal, Isidro Sánchez Quirós- Vicepresidente Municipal, Efrén Núñez
11 Nájera, Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua- En propiedad
12 supliendo a José Mauricio Rodríguez Cascante.
13
14 REGIDORES SUPLENTES: Francisco Coto Vargas, Rosario Leandro Ortiz y
15 Armando Sandoval Sandoval.
16
17 SÍNDICO PROPIETARIO: Randall Morales Rojas- Distrito Juan Viñas.
18
19 AUSENTES: José Mauricio Rodríguez Cascante- Regidor propietario, José
20 Jesús Camacho Ureña- Regidor suplente, Cristian Campos Sandoval- Síndico
21 propietario distrito III, Mauren Rojas Mejía- Síndica suplente distrito I, Ana
22 Yancy Quesada Zamora- Síndica suplente distrito III, Alexis Estrada Martínez-
23 Síndico propietario distrito II, y Johanna Irola Sánchez- Síndica suplente
24 distrito II.
25
26 ARTÍCULO I. Apertura de la sesión
27
28 El Presidente, José Luis Sandoval Matamoros, da las buenas tardes a los y las
29 presentes; luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy,
30 el cual se aprobó en forma unánime.
31
32 ARTÍCULO II. Comprobación de quórum
33
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que
2 el mismo está completo, al contarse con los Regidores Propietarios respectivos
3 (para este día 5 de 5).
4
5 - La señora síndica suplente del distrito Juan Viñas, Mauren Rojas Mejía, se
6 disculpa por su inasistencia a ésta sesión, por asuntos laborales.
7
8 ARTÍCULO III. Audiencias
9
10 1- Se recibe el siguiente correo electrónico, enviado por la MSc. Ana Cecilia
11 Corrales Campos Jefe Oficina Local CEN-CINAI Turrialba, quien tenía audiencia el
12 día de hoy, el correo dice textualmente: “Recibimos el oficio N°SC-678-2017 el día
13 de hoy donde en la Sesión Ordinaria N° 82 del 20-11-2017 se acuerda por
14 Unanimidad audiencia a la MSc. Ana Cecilia Corrales Campos Jefe Oficina Local
15 CEN-CINAI Turrialba para este lunes 27-11-2017 a las 6:00pm, pero con las
16 disculpas del caso la Máster Ana Cecilia Corrales Campos fue convocada a un
17 Taller en la Dirección nacional CEN-CINAI del 27 noviembre al 01 diciembre. Les
18 agradezco reprogramar un espacio dentro del Concejo Municipal para exponer los
19 servicios que brinda la Dirección Nacional CEN-CINAI en el cantón de Turrialba -
20 Jiménez. Las disculpas del caso.”
21
22 ACUERDO 1º
23 Este Concejo acuerda por Unanimidad; reprogramar audiencia a la MSc. Ana
24 Cecilia Corrales Campos Jefe Oficina Local CEN-CINAI Turrialba, para el día
25 lunes 08 de enero del 2018, a las 6 de la tarde, en la Sala de Sesiones de este
26 ayuntamiento.
27
28 ARTÍCULO IV. Discusión y Aprobación del Acta Ordinaria Nº 82 y el Acta
29 Extraordinaria Nº 10
30
31 - Los señores regidores Isidro Sánchez Quirós y Xinia Méndez Paniagua,
32 solicitan que se consigne en acta, que ambos están de acuerdo con el veto
33 interpuesto por la señorita Alcaldesa Municipal.
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 ACUERDO 1º
2 No existiendo objeciones ni correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez,
3 somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 82 y la aprueba y ratifica en
4 todos sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores
5 propietarios José Luis Sandoval Matamoros, Isidro Sánchez Quirós, Efrén Núñez
6 Nájera, Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua.
7
8 ACUERDO 2º
9 No existiendo objeciones ni correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez,
10 somete a votación el Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 10 y la aprueba y
11 ratifica en todos sus extremos por medio de los votos afirmativos de los
12 regidores propietarios José Luis Sandoval Matamoros, Isidro Sánchez Quirós,
13 Efrén Núñez Nájera, Gemma Bogantes Bolaños y Xinia Méndez Paniagua.
14
15 ARTÍCULO V. Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia
16
17 1- Oficio 14328 fechado 20 de noviembre, enviado por el licenciado Aldemar
18 Arguello Segura, Gerente a.i. del Área de Fiscalización de Servicios para el
19 Desarrollo Local de la Contraloría General de la República.
20 Les manifiesta lo siguiente “…Asunto: Remisión del Índice de Gestión
21 Municipal (IGM) – Resultados del periodo 2016, Informe N° DFOE-DL-IF-
22 00007-2017. Con la solicitud de que lo haga de conocimiento de los miembros de
23 ese Concejo, en la sesión inmediata al recibo de este oficio, me permito hacer de
24 su conocimiento la emisión del “Índice de Gestión Municipal – Resultados del
25 periodo 2016” (Informe N° DFOE-DL-IF-00007-2017), preparado por la
26 Contraloría General de la República. Para los efectos, se ha dispuesto un sitio
27 web, que incorpora un video con los principales resultados del IGM 2016 y la
28 versión digital del informe; los cuales se pueden acceder en el siguiente vínculo:
29 La utilización de esta forma de divulgación de los resultados del IGM procura
30 aprovechar los recursos digitales con el propósito de ahorrar recursos a la
31 Administración. 1 Gasto en papelería, tiempo laboral de funcionarios y viáticos,
32 entre otros, relacionados con el traslado de los jerarcas municipales hasta la
33 Contraloría General. Por su parte, las calificaciones de los indicadores contenidos
34 en el IGM están sustentadas en la documentación incorporada por esa
35 Municipalidad en el Sistema Integrado de Información Municipal (SIIM). Además,
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 en aras de fomentar la participación ciudadana, la transparencia y la rendición de
2 cuentas, y con el propósito de compartir la información de forma uniforme,
3 comprensible y con la mayor cobertura posible con los funcionarios División de
4 Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el
5 Desarrollo Local municipales y los ciudadanos del Cantón, se solicita a ese órgano
6 colegiado divulgar los resultados de este informe y la documentación que sustenta
7 los resultados obtenidos por ese Gobierno Local mediante las plataformas
8 tecnológicas y las redes sociales disponibles. Al respecto, pueden utilizar el
9 vínculo (link) previamente referenciado en este oficio. Es preciso informar que en
10 la página Web de la Contraloría General de la República, en
11 Inicio/Destacados/Publicaciones de la CGR/Ranking Municipal, encontrarán las
12 publicaciones correspondientes a los resultados del Índice de Gestión Municipal
13 de años anteriores. Finamente, se recuerda que la información de este documento
14 debe considerarse como insumo para la toma de decisiones de la Administración
15 Municipal, a fin de emprender acciones efectivas para la mejora de la gestión
16 institucional.” Se toma nota.
17
18 2- Oficio F-1763-11-2017 fechado 17 de noviembre, enviado por el señor Juan
19 Antonio Vargas, Director Ejecutivo de la Federación Metropolitana de
20 Municipalidades.
21 Les manifiesta lo siguiente “…El próximo jueves 30 de noviembre a partir de las 8
22 am y hasta las 2 pm, en el auditorio de la Municipalidad de San José, realizaremos
23 una actividad denominada Desarrollo Ambiental y Políticas de Planificación
24 Urbana, con el propósito de analizar las formulaciones recientes en materia,
25 incluyendo la Política Nacional de Planificación Urbana, la Matriz de Vulnerabilidad
26 Hidrogeológica, Ley de Aguas y humedales, y otros temas ambientales
27 vinculados...” Se toma nota.
28
29 3- Documento que contiene notificación del Juzgado Civil de Mayor Cuantía
30 de Turrialba, de las trece horas y cincuenta y uno minutos del treinta y uno
31 de octubre del año dos mil diecisiete, recibido el 22 de noviembre de 2017.
32 Contiene un proceso de diligencias de Información Posesoria Civil promovidas por
33 Elba Fernández Vaglio, y se tramita bajo expediente 17-000075-0341-CI-3.
34
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 ACUERDO 3º
2 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este documento al
3 arquitecto Luis Enrique Molina Vargas, Director de la UTGVM, para inspección y
4 pronunciamiento.
5
6 4- Oficio CGCR 416-17 fechado 09 de noviembre, recibido el 22 del mismo
7 mes, enviado por la MSc. Marlene Salazar Alvarado, Presidente del Colegio
8 de Geólogos de Costa Rica.
9 Les manifiesta lo siguiente “…el Colegio quiere poner a su disposición y la de
10 todas las municipalidades del país a sus 307 agremiados, profesionales altamente
11 calificados para tender situaciones como las vividas en días pasados, con el fin de
12 que se minimicen en el futuro, sobre todo considerando que Costa Rica es un país
13 sísmicamente activo, de altas precipitaciones, con zonas de pendientes abruptas,
14 volcanes activos aunado con un rápido crecimiento demográfico y su
15 concentración en áreas urbanas, desordenadas e irresponsablemente expuestas a
16 las amenazas naturales. Por este medio, el Colegio de Geólogos de Costa Rica,
17 respetuosamente, les hace un llamado a todas las municipalidades del país a que
18 mantengan entre sus principales activos la contratación de geólogos de planta.
19 Esto con el fin de que el especialista participe activamente no solo en la
20 planificación urbana del territorio, sino también en el desarrollo económico del
21 mismo, así como también, en dar asesoría en la gestión del riesgo y manejo de los
22 recursos naturales, lo que permitiría minimizar los daños que se producen ante las
23 amenazas naturales…” Se toma nota.
24
25 5- Nota fechada 22 de noviembre, enviada por la señora Gladys Serrano
26 Atencio, vecina de esta ciudad.
27 Les manifiesta lo siguiente “…Dado que tengo la oportunidad de obtener un bono
28 de vivienda que me permitiría contar con una casa en mejores condiciones de la
29 que actualmente habito, es que solicité hace unos días el Certificado de Uso de
30 Suelo, que es parte de los requisitos para que se me otorgue tal beneficio, pero
31 como pueden apreciar en el documento adjunto (DCCV-458-2017) la solicitud me
32 fue denegada. Tomando en cuenta que se rechaza la solicitud principalmente por
33 el tamaño del lote (92.16m2), pues en primera instancia no cumpliría con el
34 mínimo indicado en la normativa general vigente (120.00m2), no se ha tomado en
35 cuenta que este lote no es un fraccionamiento reciente, que tiene esa área desde
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 hace más de 50 años, que el uso que se le ha dado ha sido de vivienda, y que no
2 se solicita cambiar de uso más que el que ya tiene, o sea el de vivienda. Sabemos
3 que hay una normativa que regula la construcción y que su propósito es el bien
4 individual y común, sin embargo en casos excepcionales debe privar el balance, la
5 razonabilidad y la objetividad de la situación específica, en el sentido de que no se
6 debe sacar de contexto la vida de las personas, parece que el mensaje que da
7 una resolución de estas es que “por reglamento usted no puede construir una casa
8 digna, pero sí puede vivir en una en malas condiciones hasta que se caiga,
9 aunque usted sea adulta mayor.”, el objetivo de la Administración debería ser más
10 bien: aprovechar toda oportunidad para procurar mejorar la calidad de vida
11 de todas las personas, y más aún cuando no hay opciones por parte del
12 gobierno nacional ni local que ofrezcan otras alternativas de solución. Es
13 importante tomar en cuenta que ya existen muchas técnicas constructivas que
14 permiten solucionar con efectividad, tanto el uso eficiente de los espacios (lotes
15 con poca área) como el manejo de aguas residuales (pozos de absorción por
16 ejemplo), y esto conforme a la normativa actual. Además, como es de su
17 conocimiento, existen excepciones similares que por su circunstancia especial ya
18 se ha aprobado, sin menoscabo de la legalidad, pues lo singular del caso lo
19 amerita. Por lo anterior, denme la oportunidad de presentar esas opciones, porque
20 la negar el Uso de Suelo, que de por sí no es un permiso constructivo, me estarían
21 negando la oportunidad de que se evalúe técnicamente, en el proceso normal de
22 permiso constructivo, si se puede o no utilizar “X” o “Y” sistema constructivo, y por
23 lo tanto me estarían negando de antemano la oportunidad de contar con una
24 vivienda segura y digna. Por lo anterior, apelo a su buen juicio y compromiso con
25 las necesidades de la comunidad y que comprendan que las necesidades
26 individuales son también importantes, pues la intención de los que con todo y
27 limitaciones buscamos y tratamos de aprovechar las oportunidades es la de
28 procurar lugar más adecuado y seguro para vivir.”
29
30 ACUERDO 5º
31 Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de esta nota al ingeniero
32 Claudio Quirós Martínez, Encargado de Construcciones, Catastro y Valoración,
33 para su atención.
34
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 6- Oficio 73-2017-PMJ fechado 27 de noviembre, enviado por la señora
2 Daniella Quesada Hernández, Proveedora-Bodeguera.
3 Les manifiesta lo siguiente “…les solicito respetuosamente lo siguiente:
4 Se realizó la siguiente contratación:
5 1. Contratación Directa 2017CD-000306-JV Proyecto: Construcción y
6 Reparación de Caños en Plaza Vieja-Pejibaye (incluye Mano de Obra,
7 Materiales y Maquinaria)
8 Se invitan a los siguientes proveedores:
9 Humberto Ulloa G
10 José Miguel Cordero
11 Inversiones San River
12 Constructora JSR
13 Constructora MOCASA
14 Se recibe solo una oferta presentada por el señor José Miguel Cordero Pereira,
15 cédula de identidad 3-212-656, por un monto total de ¢2.000.000,00
Calificación de ofertas
Oferta económica 60%
Tiempo de entrega 5 días naturales o menos 40%
Entre 6 y 10 días naturales 20%
Entre 11 y 15 días naturales 10%
Más de 15 días naturales 0%
Análisis Oferta económica
Monto % Tiempo Entrega % Final
16 Miguel Cordero Pereira ₡ 2,000,000.00 60% 15 10% 70%
17
18 RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN: De acuerdo a lo solicitado por el
19 departamento Gestión Vial mediante oficio 403—2017-DGVM y realizado el
20 análisis por parte del Director de Gestión Vial la oferta cumple con lo solicitado. Se
21 recomienda, de acuerdo al informe oficio 446-2017-DGVM, adjudicar la
22 contratación al señor José Miguel Cordero Pereira, cédula de identidad 3-212-656,
23 por un monto total de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones). Este compromiso
24 se pagará del código 5.03.02.791 Mantenimiento de Vías de Comunicación.
25 2. Licitación Abreviada 2017LA-000005-JV “Compra, Acarreo y Colocación de
26 Mezcla Asfáltica en Caliente Camino El Ingenio y Calles Urbanas Los
27 Jovitos del distrito de Juan Viñas”
28 Se invitan a los siguientes proveedores:
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Inversiones San River
2 Constructora Presbere
3 Constructora JSR
4 Asfaltos CBZ
5 Constructora ALSO
6 Grupo Orosí y
7 CONANSA
8 Se reciben las siguientes ofertas a analizar (en orden de recepción en
9 Proveeduría):
10 1. Constructora PRESBERE S.A. por un monto de ¢77.071.700,00 (setenta y
11 siete millones setenta y un mil setecientos colones exactos)
12 2. Asfaltos CBZ, por un monto de ¢71.668.560,00 (setenta y un millones
13 seiscientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta colones exactos)
14 3. Inversiones San River por un monto de ¢75.568.000,00 (setenta y cinco
15 millones quinientos sesenta y ocho mil colones exactos)
16 Requisitos de admisibilidad:
Descripción Constructora Asfaltos Inversiones
PRESBERE S.A. CBZ San River
Certificación de la Cumple Cumple Cumple
empresa constructora
inscrita ante el CFIA.
Certificación del Cumple Cumple Cumple
profesional
responsable de las
obras inscrito ante el
CFIA
Declaración jurada de Cumple Cumple Cumple
Aceptación del
Código de Buenas
Prácticas Ambientales
17 Análisis de ofertas:
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
CONSTRUCTORA PRESBERE S.A. (COPRESA)
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 400,000.00 ₡ 400,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 836 ton ₡ 70,650.00 ₡ 59,063,400.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 23,000.00 ₡ 2,300,000.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 182 ton ₡ 70,650.00 ₡ 12,858,300.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 23,000.00 ₡ 2,300,000.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 150,000.00 ₡ 150,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 77,071,700.00
1 Tiempo de entrega 5 días naturales
2
ASFALTOS CBZ
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 2,472,000.00 ₡ 2,472,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 836 ton ₡ 63,420.00 ₡ 53,019,120.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 2,266,000.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 182 ton ₡ 63,420.00 ₡ 11,542,440.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 2,266,000.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 103,000.00 ₡ 103,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 71,668,560.00
3 Tiempo de entrega 5 días naturales
4
INVERSIONES SAN RIVER
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 210,000.00 ₡ 210,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 836 ton ₡ 71,000.00 ₡ 59,356,000.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 14,900.00 ₡ 1,490,000.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 182 ton ₡ 71,000.00 ₡ 12,922,000.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 100 m3 ₡ 14,900.00 ₡ 1,490,000.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 100,000.00 ₡ 100,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 75,568,000.00
Tiempo de entrega 27 días naturales
5 Equivalente a: 19 días hábiles
6
Oferente % Precio % Entrega Calificación final
CONSTRUCTORA PRESBERE S.A. 69.74 25.00 94.74
ASFALTOS CBZ 75.00 25.00 100.00
7 INVERSIONES SAN RIVER 71.13 0.00 71.13
8 b. La empresa que ofrece las condiciones más adecuadas para la Municipalidad
9 corresponde a Asfaltos CBZ. Sin embargo por la diferencia entre el monto
10 presupuestado y el ofertado es necesario realizar un ajuste de las cantidades
11 de la siguiente manera:
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 ASFALTOS CBZ
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 2,472,000.00 ₡ 2,472,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 688 ton ₡ 63,420.00 ₡ 43,632,960.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 44 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 997,040.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 140 ton ₡ 63,420.00 ₡ 8,878,800.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 40 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 906,400.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 103,000.00 ₡ 103,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 56,990,200.00
Tiempo de entrega 5 días naturales
2
3 RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN: De acuerdo a lo solicitado por el
4 departamento Gestión Vial mediante oficio 418-2017-DGVM y realizado el análisis
5 por parte del Director de Gestión Vial las tres ofertas cumplen con lo solicitado. Se
6 recomienda, de acuerdo al informe oficio 434-2017-DGVM, adjudicar la
7 contratación de este proyecto a la empresa Asfaltos CBZ, cédula jurídica 3-101-
8 382370 por un monto de ¢56.990.200,00 (cincuenta y seis millones novecientos
9 noventa mil doscientos colones exactos). Según el cuadro adjunto.
10 ASFALTOS CBZ
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 2,472,000.00 ₡ 2,472,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 688 ton ₡ 63,420.00 ₡ 43,632,960.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 44 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 997,040.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 140 ton ₡ 63,420.00 ₡ 8,878,800.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 40 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 906,400.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 103,000.00 ₡ 103,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 56,990,200.00
Tiempo de entrega 5 días naturales
11 Este compromiso se pagará del código 5.03.02.075 Camino El Ingenio y
12 5.03.02.115 Calles Urbanas Los Jovitos, 5.03.06.02.5.02.02.”
13
14 ACUERDO 6º INCISO A
15 Este Concejo acuerda por Unanimidad; autorizar a la señorita Lissette Fernández
16 Quirós, Alcaldesa Municipal, para la ejecución del Proyecto: Construcción y
17 Reparación de Caños en Plaza Vieja-Pejibaye (incluye Mano de Obra, Materiales
18 y Maquinaria), conforme a la Contratación Directa 2017CD-000306-JV. Dicha
19 contratación se adjudica a favor del señor José Miguel Cordero Pereira, cédula de
20 identidad número 3-212-656, por un monto total de ¢2.000.000,00 (dos millones de
21 colones exactos). De igual forma se autoriza a la señorita Alcaldesa y al señor
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Tesorero Municipal para el pago de este compromiso del código 5.03.02.791
2 Mantenimiento de Vías de Comunicación.
3 Con copia a Contabilidad, Gestión Vial Municipal y Proveeduría.
4
5 ACUERDO 6º INCISO B
6 Este Concejo acuerda por Unanimidad; autorizar a la señorita Lissette Fernández
7 Quirós, Alcaldesa Municipal, para la Compra, Acarreo y Colocación de Mezcla
8 Asfáltica en Caliente Camino El Ingenio y Calles Urbanas Los Jovitos del distrito
9 de Juan Viñas, conforme a la Licitación Abreviada 2017LA-000005-JV. Dicha
10 contratación se adjudica a favor de la empresa Asfaltos CBZ S.A., cédula jurídica
11 número 3-101-382370, por un monto total de ¢56.990.200,00 (cincuenta y seis
12 millones novecientos noventa mil doscientos colones exactos). Según el cuadro
13 adjunto.
14 ASFALTOS CBZ
No Rubros Cant Unidad Precio Unitario Total
a. Limpieza y trabajos preliminares 1 global ₡ 2,472,000.00 ₡ 2,472,000.00
Camino El Ingenio, Juan Viñas
b. Suministro y colocación mezcla asfáltica 688 ton ₡ 63,420.00 ₡ 43,632,960.00
c. Suministro y colocación de base 1 1/2 44 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 997,040.00
Calles Urbanas Los Jovitos, La Victoria
d. Suministro y colocación mezcla asfáltica 140 ton ₡ 63,420.00 ₡ 8,878,800.00
e. Suministro y colocación de base 1 1/2 40 m3 ₡ 22,660.00 ₡ 906,400.00
f. Limpieza final 1 global ₡ 103,000.00 ₡ 103,000.00
GRAN TOTAL ‐‐‐‐‐ ‐‐‐‐‐‐ ₡ 56,990,200.00
Tiempo de entrega 5 días naturales
15 De igual forma se autoriza a la señorita Alcaldesa y al señor Tesorero Municipal
16 para el pago de este compromiso de los códigos 5.03.02.075 Camino El Ingenio,
17 5.03.02.115 Calles Urbanas Los Jovitos y 5.03.06.02.5.02.02.
18 Con copia a Contabilidad, Gestión Vial Municipal y Proveeduría.
19
20 7- Copia de oficio 440-2017-DGVM fechado 22 de noviembre, enviado por el
21 arquitecto Luis Enrique Molina Vargas, Director de Gestión Vial Municipal al
22 ingeniero Marvin Oviedo Mora de Constructora Presbere S.A.
23 Le manifiesta lo siguiente “…ASUNTO: COMPRA, ACARREO Y COLOCACIÓN
24 DE MEZCLA Y EMULSIÓN ASFÁLTICA EN CALIENTE PARA LAS CALLES
25 URBANAS LA VICTORIA-JUAN VIÑAS Constructora PRESBERE S.A. Reciba un
26 cordial saludo. En relación al proyecto Compra, Acarreo y Colocación de Mezcla
27 Asfáltica en Caliente y Otras Obras de Construcción en Calles Urbanas La
28 Victoria-Juan Viñas me permito indicar lo siguiente:
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 1. Según el contrato # 34-2017 el proyecto Compra, Acarreo y Colocación de
2 Mezcla Asfáltica en Caliente y Otras Obras de Construcción en Calles
3 Urbanas La Victoria-Juan Viñas, las obras mencionadas con anterioridad
4 serían entregadas en un plazo no mayor a 15 días hábiles
5 2. La orden de inicio del proyecto fue dada para el día 25 de setiembre del
6 2017, por medio del oficio 335-2017-DGVM.
7 3. Debido a atrasos en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
8 relacionados con la entrega de la bitácora de obra se modificó el inicio de
9 las obras y esta se modificó para el día martes 17 de octubre del presente
10 año, donde efectivamente su empresa se emplazó en el lugar de trabajo e
11 inició con las obras de construcción de caños de concreto.
12 4. Durante este proceso su empresa solicitó dos ampliaciones del plazo de
13 entrega de las obras, la primera por seis (6) días hábiles y la segunda
14 nuevamente por otros seis días (6) hábiles debido a problemas con la
15 planta productora de concreto, la cual presentaba problemas en la entrega
16 del material solicitado.
17 5. Se les otorgó el plazo solicitado para la entrega de las obras quedando esta
18 ampliación en 12 días hábiles, con lo cual la fecha definitiva de entrega de
19 los trabajos quedó para el día miércoles 22 de noviembre del 2017.
20 6. El día miércoles 15 de noviembre del 2017, en el sitio de las obras, se
21 concertó una reunión con el Ingeniero Ramiro Sandí Barrantes, encargado
22 de las obras por parte de la Constructora PRESBERE donde se indicó que
23 por parte de la empresa constructora a partir del día siguiente, 16 de
24 noviembre, se reiniciarían las labores de construcción de caños en concreto
25 y para el inicio de la semana del 20 de noviembre se iniciarían con los
26 trabajos de colocación de mezcla asfáltica y otros mantenimientos incluidos
27 dentro del contrato # 34-2017
28 7. Sin embargo, a la fecha de hoy 22 de noviembre del 2017 en sitio aún no se
29 puede apreciar un avance significativo en las obras constructivas y por
30 parte de su empresa, Constructora PRESBERE, no se nos ha informado del
31 porqué estos nuevos atrasos.
32 Es por los motivos explicados anteriormente, que a partir del día 23 de noviembre
33 del 2017 se comenzarán a aplicar lo estipulado en la Cláusula Sexta del contrato #
34 34-2017 el cual indica:
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 CLAÚSULA SEXTA: MULTAS Y SANCIONES. Si existiera atraso en la
2 entrega de los bienes (obras, servicios) de acuerdo a las condiciones del
3 acuerdo, el contratista deberá pagar a la municipalidad, por concepto de
4 clausula penal, la suma del 0.4% (la Municipalidad debe acordar el
5 porcentaje de manera razonable) del valor adjudicado por cada día hábil de
6 atraso. Igualmente, si existe una defectuosa ejecución del objeto
7 contratado, el contratista deberá pagar a la municipalidad, por concepto de
8 multa, la suma de 0.4% del valor adjudicado por cada día natural en que se
9 persista esta condición. En ambos casos el máximo será el 25 % del
10 contrato. (…)” Se toma nota.
11
12 8- Oficio ATMJ 082-17 fechado 27 de noviembre, enviado por el señor Juan
13 Gabriel Solano Sánchez, Encargado de Administración Tributaria.
14 Les manifiesta lo siguiente “…les adjunto la solicitud de licencia para venta de
15 bebidas con contenido alcohólico, presentada por el señor Randall Porras Frutos,
16 cédula 1-833-244 para ser utilizada en el Mini súper Lety, ubicado en Pejibaye
17 centro 275 metros oeste de la fuerza pública. El Concejo Municipal de Jiménez
18 con base en lo establecido en el Reglamento de Expendio de Bebidas con
19 Contenido Alcohólico, es quien aprueba o no, la colocación de nuevas Licencias
20 de Venta y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico. Indico que
21 presenta todos los requisitos solicitados y que la ley no establece restricciones de
22 distancia para la actividad de Mini súper.”
23
24 ACUERDO 8º
25 Este Concejo acuerda por Unanimidad; autorizar una licencia para venta de
26 bebidas alcohólicas, licencia Clase D, para ser explotada en el Mini Super Lety,
27 solicitud presentada por el señor Randall Porras Frutos cédula número 1-833-244,
28 la dirección exacta del local se ubica en Pejibaye centro 275 metros oeste de la
29 Fuerza Pública.
30 Que se comunique este acuerdo al señor Porras Frutos con copia a la
31 Administración Tributaria Municipal.
32
33 ARTÍCULO VI. Dictámenes de Comisión
34
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 1- INFORME Nº 01-2017 PRESENTADO POR LA COMISIÓN MUNICIPAL DE
2 ASUNTOS JURÍDICOS.
3
4 “Reunión Nº 01-2017 celebrada por la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos de
5 la Municipalidad de Jiménez, el día lunes 27 de noviembre del 2017 a las
6 diecisiete horas. Miembros presentes: José Luis Sandoval Matamoros, Isidro
7 Sánchez Quirós, Efrén Núñez Nájera, Gemma Bogantes Bolaños, Nuria Estela
8 Fallas Mejía (Asesora). 1- Se traslada a esta comisión para análisis y posterior
9 dictamen el acuerdo 1º, inciso A del Artículo VII de la Sesión Ordinaria Nº 75 del
10 lunes 02 de octubre del año en curso, comunicado mediante oficio Nº SC-621-
11 2017 de fecha 03 de octubre, relacionado con el Convenio de Cooperación
12 Interinstitucional para el Préstamo de Uso y Administración del Centro de Cuido y
13 Desarrollo Infantil (CECUDI), inmueble de la Municipalidad de Jiménez, para la
14 operación del CEN-CINAI de Pejibaye. Se realiza un análisis del documento en
15 mención. ACUERDO 1º. Esta Comisión en pleno ejercicio de sus funciones y de
16 forma unánime acuerda; recomendar al Concejo Municipal que le dé su
17 aprobación al Convenio de Cooperación Interinstitucional para el Préstamo de Uso
18 y Administración del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI), inmueble de
19 la Municipalidad de Jiménez, para la operación del CEN-CINAI de Pejibaye, entre
20 la Municipalidad de Jiménez y la Dirección Nacional de CEN-CINAI del Ministerio
21 de Salud, el cual se detalla a continuación, con las modificaciones realizadas por
22 el licenciado Luis Eduardo Araya Hidalgo, Asesor Legal de la Unión Nacional de
23 Gobiernos Locales, mediante oficio Nº 085-2017AL de fecha 24 de octubre de
24 2017.
25 Convenio de Cooperación Interinstitucional para el Préstamo de Uso y
26 Administración del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI), Inmueble
27 de la Municipalidad de Jiménez, para la operación del CEN-CINAI de
28 Pejibaye, entre la Municipalidad de Jiménez y La Dirección Nacional de CEN-
29 CINAI del Ministerio de Salud.
30 Entre la Municipalidad de Jiménez, cédula jurídica número tres-cero catorce cero
31 cuarenta y dos cero ochenta y cuatro, representada en este acto por la señorita
32 Lissette Fernández Quirós, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de
33 identidad número 3-0268-0501, Bachiller en Administración de Recursos
34 Humanos, vecina de Juan Viñas, en calidad de Alcaldesa de la Municipalidad de
35 Jiménez, electa popularmente el día 05 de diciembre del 2010 y designada
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 conforme lo ratifica la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones N°2571-M-
2 2011 de las trece horas treinta minutos del primero de junio del año dos mil once.
3 Reelecta conforme lo ratifica la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones N°
4 1310-E11-2016 de las diez horas con treinta y cinco minutos del veinticinco de
5 febrero del dos mil dieciséis, quien de conformidad con los artículos dos y
6 diecisiete del Código Municipal ostenta la representación legal de la Municipalidad,
7 en adelante denominada “MUNICIPALIDAD” y el MINISTERIO DE SALUD,
8 cédula jurídica número dos-cien-cero cuarenta y dos mil diez, representado en
9 este acto por la Dra. Karen Mayorga Quirós, mayor de edad, soltera, Médica
10 Cirujana, Máster en Gerencia en Salud, Máster en Gerencia de la Calidad, con
11 cédula de identidad número siete-ciento treinta y seis-doscientos cuarenta y ocho,
12 vecina de Mata Redonda, en mi condición de Ministra de Salud, según consta en
13 Acuerdo Presidencial N° 928-P, del veintiocho de junio del dos mil diecisiete,
14 publicado en La Gaceta N° 131 del 11 de julio de 2017, y representante legal de la
15 Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de
16 Atención Integral (Dirección Nacional CEN-CINAI), en adelante denominado
17 “MINISTERIO”;
18 CONSIDERANDO
19 Primero: Que la Municipalidad es la propietaria registral del bien inmueble que se
20 describe a continuación: Provincia: Cartago, Finca: 3-00088221, Naturaleza:
21 Terreno para construir obra de bienestar social, lote 61, Cantón: Jiménez, Distrito:
22 Juan Viñas, Mide: quinientos noventa y cuatro metros con sesenta y cinco
23 decímetros cuadrados, Plano Catastrado: C-0502225-1998. Por lo que, en este
24 acto, el edificio y el equipamiento respectivo se ceden, únicamente, en préstamo
25 de uso y administración a la Dirección Nacional de Centros de Nutrición y
26 Desarrollo Infantil del Ministerio de Salud.
27 Segundo: Que las municipalidades son personas jurídicas estatales, a las que se
28 les atribuyen derechos y obligaciones que permiten la ejecución de actos que
29 acrediten el cumplimiento de los fines atribuidos que engloban la administración de
30 los intereses y servicios sociales del cantón.
31 Tercero: Que conforme lo disponen los artículos 169 y 170 de la Constitución
32 Política, las municipalidades son entidades autónomas que, en razón de territorio,
33 ejercen el gobierno local y la administración de los intereses y servicios locales del
34 cantón respectivo, con capacidad jurídica para ejercer derechos, contraer
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 obligaciones así como concertar todo tipo de actos y contratos, conforme a las
2 normas constitucionales supra citadas.
3 Cuarto: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4 y 62 del
4 Código Municipal, la Municipalidad de Jiménez goza de autonomía y como
5 Gobierno Local puede concertar los pactos, convenios o contratos necesarios para
6 el óptimo cumplimiento de sus fines. Y específicamente, en el artículo 7 del mismo
7 cuerpo normativo, le otorga la facultad de suscribir convenios interinstitucionales
8 con los entes u órganos públicos competentes, para que en forma conjunta o
9 individualmente preste servicios o realice obras en el Cantón.
10 Quinto: Que es de interés municipal realizar obras comunales y todas aquellas
11 gestiones necesarias para procurar el bienestar de los administrados del cantón.
12 De ahí surge la necesidad y obligación de promover así como de cooperar con las
13 otras instituciones públicas o privadas, destinadas a mejorar el estado fisiológico,
14 social, material, cultural, emocional y/o recreativo de la población.
15 Sexto: Que de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 38954 del
16 14 de mayo de 2015 y el Decreto Ejecutivo N° 38536 del 25 de julio de 2014, al
17 Ministerio de Desarrollo Humano e Inclusión Social, se le otorga la rectoría del
18 sector social del país.
19 Sétimo: Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 9220, del 24 de abril de
20 2014, Ley que Crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, en lo que
21 respecta al sector público, forman parte de la red los siguientes entes, órganos e
22 instituciones: a) El Ministerio de Educación Pública; b) El Patronato Nacional de la
23 Infancia; c) El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; d) El Instituto Mixto de
24 Ayuda Social; e) El Ministerio de Salud; f) El Instituto Nacional de las Mujeres; g)
25 La Caja Costarricense de Seguro Social; h) El Instituto Nacional de Aprendizaje; i)
26 La Dirección Nacional de CEN-CINAI; j) La Dirección Nacional de Desarrollo de la
27 Comunidad; k) Las Municipalidades; y l) Otras que se incorporen vía decreto
28 ejecutivo.
29 Octavo: Que de conformidad con el artículo 15, inciso a) de la Ley N° 9220, del 24
30 de abril de 2014, Ley que Crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, se
31 asigna al menos un cuatro por ciento (4%) de todos los ingresos anuales,
32 ordinarios y extraordinarios del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
33 Familiares, los cuales se destinarán a la operación, construcción, ampliación y
34 mejora de infraestructura de los centros de cuido y desarrollo infantil; recursos que
35 serán girados directamente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Familiares a las siguientes unidades ejecutoras de la Red Nacional de Cuido y
2 Desarrollo Infantil: Instituto Mixto de Ayuda Social, Patronato Nacional de la
3 Infancia y las Municipalidades, según lo dispuesto por la Secretaría Técnica de la
4 Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil. Lo que implica que la Dirección
5 Nacional de CEN-CINAI, no recibe directamente recursos para este efecto, sino
6 que es la Municipalidad, en calidad de representante legal, dueña registral del
7 inmueble y sujeto habilitado por Ley para ser destinatario de los recursos
8 descritos.
9 Noveno: Que en sesión ordinaria N° 3-2017, celebrada el día 16 de agosto del
10 2017, y de conformidad con el artículo 8 de la Ley N° 9220, del 24 de abril de
11 2014, Ley que Crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, la Comisión
12 Consultiva de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil emite el Acuerdo N°
13 13-08 en el cual autoriza a la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y
14 Desarrollo Infantil a coadyuvar en las coordinaciones técnicas entre la Dirección
15 Nacional de CEN-CINAI y los respectivos municipios, así como en la confección
16 de una propuesta de Convenio que tiene como objeto el préstamo de uso y
17 administración del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) inmueble de la
18 Municipalidad, para la operación de los establecimientos de la Dirección Nacional
19 de CEN-CINAI.
20 Décimo: Que mediante la Ley N° 8809 del 28 de abril del 2010, publicada en La
21 Gaceta N° 105 del 01 de junio de 2010, se creó la Dirección Nacional de Centros
22 de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral, en adelante
23 Dirección Nacional de CEN-CINAI, como un órgano de desconcentración mínima
24 adscrita al Ministerio de Salud, con personería jurídica instrumental para realizar
25 las funciones de provisión de servicios de Nutrición y Desarrollo Infantil,
26 establecidas en dicha Ley.
27 Décimo Primero: Que según el artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 39487, del 10
28 de setiembre de 2015, “Reglamento Autónomo de Servicio de la Dirección
29 Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención
30 Integral”, la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros
31 Infantiles de Atención Integral será una institución líder en la prestación de
32 servicios de salud en nutrición y desarrollo infantil con equidad, según las
33 necesidades de la niñez en Costa Rica; asimismo, la población la reconocerá
34 como una institución accesible, confiable y solidaria que en el marco de los
35 derechos de la infancia, apoya a los grupos familiares y comunidades, en la tarea
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 de crianza de los niños y niñas. Se caracteriza por la capacidad técnica,
2 compromiso y efectividad del personal.
3 Décimo Segundo: Que según el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N° 39487, del 10
4 de setiembre de 2015, “Reglamento Autónomo de Servicio de la Dirección
5 Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención
6 Integral”, la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros
7 Infantiles de Atención Integral tiene dentro de sus funciones: contribuir a mejorar el
8 estado nutricional de la población materno-infantil y el adecuado desarrollo de la
9 niñez, que viven en condiciones de pobreza y/o riesgo social; brindar al niño y a la
10 niña en condición de pobreza y/o riesgo social, la oportunidad de permanecer en
11 servicios de atención diaria de calidad, protección, y promoción de crecimiento y
12 desarrollo infantil, acompañando al grupo familiar en la tarea de crianza; socializar
13 y favorecer la incorporación de las personas responsables de su tutela al proceso
14 productivo y educativo del país; incorporar la participación organizada de las
15 personas responsables de la tutela de la persona menor y de la comunidad en los
16 procesos de análisis y toma de decisiones relacionados con la ejecución de las
17 actividades a la Dirección Nacional de CEN-CINAI.
18 Décimo Tercero: Que uno de los objetivos primordiales de la Dirección Nacional
19 de CEN-CINAI y el Ministerio de Salud es el de garantizar la protección y el
20 mejoramiento del estado de salud de la población mediante el ejercicio efectivo de
21 la rectoría y el liderazgo institucional con enfoque de promoción de la salud y la
22 participación social inteligente bajo los principios de transparencia, solidaridad y
23 universalidad.
24 Décimo Cuarto: Que al amparo de las disposiciones del artículo 13 de la Ley N°
25 5395, del 30 de octubre de 1973, Ley General de Salud, todo niño y niña tienen
26 derecho a que sus padres y el Estado velen por su salud y por su desarrollo físico
27 así como psicológico.
28 Décimo Quinto: Que el Ministerio a través de la Dirección Nacional de CEN-
29 CINAI, administra los Centros de Educación y Nutrición y los Centros Infantiles de
30 Atención Integral, para la atención de menores de trece años, madres gestantes o
31 en período de lactancia, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población.
32 Décimo Sexto: Que mediante la Ley N° 7184, del 18 de julio de 1990, el Estado
33 costarricense ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobado en el
34 cuadragésimo cuarto período de sesiones de la Asamblea General de las
35 Naciones Unidas; y en el artículo 3 de dicha norma, establece el interés superior
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 del niño y la niña, lo cual implica que todas las medidas de atención a las
2 personas menores de edad deben estar basadas en la consideración de este
3 interés, correspondiéndole al Estado asegurar una adecuada protección y cuidado
4 cuando sus padres y otras personas responsables no tienen la capacidad de
5 hacerlo.
6 Décimo Sétimo: Que de conformidad con la Ley General de la Administración
7 Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, artículo 28 incisos a) y h); les
8 corresponde a los Ministros dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio y
9 firmar en nombre del Estado los contratos relativos a asuntos propios de sus
10 Ministerios.
11 Décimo Octavo: Que el artículo 154 de la Ley General de la Administración
12 Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, regula la posibilidad de otorgar
13 permisos de uso de dominio público como derechos en precario. Lo cual con
14 fundamento en la disposición antes citada y tratándose de bienes patrimoniales, la
15 Contraloría General de la República ha señalado lo siguiente: “Distinta es la
16 situación del préstamo de bienes patrimoniales que si bien tienen una categoría
17 especial dentro del marco total del ordenamiento jurídico que los hace diferentes a
18 los bienes particulares, existe una disposición más amplia de su uso por parte de
19 las instituciones. Por ello tratándose de estos bienes las instituciones públicas
20 podrán pactar en un documento una serie de derechos y obligaciones para la
21 utilización de los bienes inmuebles, más allá de las limitaciones establecidas en el
22 numeral 154 citado, siempre y cuando se tenga en consideración su finalidad
23 mediata de cumplir con el fin público”.
24 Décimo Noveno: Que la suscripción del presente convenio busca hacer un uso
25 racional de los recursos humanos y materiales con que cuenta el Estado, tomando
26 en consideración la colaboración que pueden prestar otras entidades del mismo
27 Estado, coadyuvando con el cumplimiento de los fines de la Dirección Nacional de
28 CEN-CINAI y la satisfacción de necesidades de los usuarios de los servicios que
29 ella presta, siendo que van dirigidos a las clases más desprotegidas del país.
30 Vigésimo: Que siendo una acción estratégica la Atención Integral de la Niñez, a
31 través de la Dirección Nacional de CEN CINAI, debe dar prioridad a la máxima
32 utilización de recurso institucionales para el logro de este objetivo, haciéndose
33 necesario, si es del caso dentro de este contexto, la utilización de edificaciones
34 propiedad de organizaciones comunales y otras entidades para albergar los
35 Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral, que
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 reúnan las condiciones óptimas para la atención de la población infantil que
2 requiere de sus servicios previo Convenio de préstamo de inmueble.
3 POR TANTO. ACORDAMOS:
4 Celebrar el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional denominado:
5 “Préstamo de Uso y Administración del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil
6 (CECUDI), Inmueble de la Municipalidad de Jiménez, para la Operación del
7 CEN-CINAI de Pejibaye”, entre la Municipalidad de Jiménez y la Dirección
8 Nacional de CEN-CINAI del Ministerio de Salud, el cual se regirá por las
9 siguientes cláusulas y condiciones:
10 Cláusula Primera: Del Objeto: El objeto del presente convenio marco de
11 cooperación tiene por objeto que la Municipalidad cede en calidad de préstamo el
12 uso del inmueble municipal descrito en el considerando primero del convenio para
13 que el Ministerio de Salud a través de la Dirección Nacional CEN-CINAI, ubique el
14 CEN-CINAI de Pejibaye. Con la suscripción del presente convenio, se busca hacer
15 un uso racional de los recursos materiales con que cuenta el Municipio, tomando
16 en consideración la colaboración que pueden prestar otras entidades del Estado,
17 coadyuvando en esta forma con el cumplimiento de los fines de la Dirección
18 Nacional de CEN CINAI y del Ministerio de Salud y la satisfacción de necesidades
19 de los usuarios de los servicios que dicha Institución brinda.
20 Cláusula Segunda: Facultades u Obligaciones de la Municipalidad: En virtud
21 del presente convenio la Municipalidad se compromete a:
22 2.1 Otorgar el permiso de uso a la Dirección Nacional de CEN CINAI - Ministerio
23 de Salud, del edificio del CECUDI ubicado en el inmueble descrito en el
24 considerando primero de éste convenio para que albergue o ubique el CEN-
25 CINAI de Pejibaye.
26 2.2 Junto con el permiso de uso del edificio del CEDUDI, ceder en calidad de
27 préstamo el Equipamiento del Edificio que se describe en el oficio número xxx,
28 que forma parte del presente Convenio.
29 2.3 Brindar colaboración a la Dirección Nacional de CEN CINAI - Ministerio de
30 Salud, para el desarrollo de las actividades que se deben ejecutar, con el fin de
31 lograr el objeto general del presente convenio, debiendo indicar los
32 requerimientos de esa colaboración, de previo a acordarla y sujeto a la
33 disponibilidad presupuestaria, técnica o administrativa del ayuntamiento.
34 2.4 Realizar, cuando lo considere conveniente, inspecciones al inmueble y sus
35 instalaciones por medio de las unidades técnico-administrativas competentes,
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 a efecto de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el
2 presente convenio.
3 Cláusula tercera: De las obligaciones de la Dirección Nacional de CEN CINAI
4 - Ministerio de Salud: En virtud del presente convenio, la Dirección Nacional de
5 CEN CINAI - Ministerio de Salud se compromete a:
6 3.1 Utilizar el edificio ubicado en el inmueble descrito en el considerando primero
7 de éste convenio, con el fin de instalar el CEN-CINAI de Pejibaye.
8 3.2 Mantener en buen estado de conservación y limpieza el edificio ubicado en el
9 inmueble descrito en el considerando primero del convenio de marras, sea las
10 instalaciones que por éste acto le entrega la Municipalidad.
11 3.3 Mantener invariable el uso y los fines por los cuales la Municipalidad le otorga
12 el presente convenio de uso, los cuales no podrán ser modificados sin previo
13 consentimiento de la Municipalidad.
14 3.4 Asumir el pago o restitución de los daños causados por el personal de la
15 institución en el inmueble de manera deliberada, salvo aquellos derivados de
16 hechos fortuitos, fuerza mayor o del deterioro normal de las instalaciones como
17 consecuencia del uso o el transcurso del tiempo.
18 3.5 No podrá subarrendar, gravar o traspasar directa o indirectamente los
19 derechos adquiridos por medio del presente convenio.
20 3.6 Retirar todos los bienes muebles de su pertenencia una vez que haya expirado
21 el plazo de este convenio o no se haya prorrogado de conformidad con lo aquí
22 establecido, o bien, una vez que éste haya sido rescindido o resuelto, en definitiva.
23 En tal caso, si transcurridos treinta (30) días hábiles después de la notificación
24 formal, la Municipalidad procederá a entrar en posesión del terreno. Lo anterior,
25 procede en el supuesto de resolución del Convenio.
26 3.7 El Ministerio de Salud deberá asumir el pago de los servicios púbicos del
27 inmueble, así como el pago de los servicios que eventualmente genere su
28 actividad, de acuerdo al ordenamiento jurídicos costarricense.
29 3.8 El Ministerio de Salud deberá solicitar la autorización a la Municipalidad de
30 Jiménez, en caso de hacer cambios estructurales en el bien inmueble propiedad
31 del ayuntamiento; así como realizar todo tipo de mejoras necesarias para el
32 correcto funcionamiento del edificio siempre que las mejoras no afecten la parte
33 estructural del bien inmueble. Los gastos de las construcciones, adiciones o
34 mejoras serán asumidos por el Ministerio de Salud o por quien éste contrate para
35 el cumplimiento de esos fines.
_________________________________________________________________________
Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Cláusula cuarta: De la Vigencia: El plazo del presente convenio es por un
2 período de veinticinco años, prorrogable por otro período igual. Para tales efectos,
3 previo vencimiento del plazo inicial, si las partes no se pronuncian en sentido
4 contrario con al menos tres meses de antelación, la prórroga correrá
5 automáticamente.
6 Cláusula quinta: De la Prohibición: La Dirección Nacional de CEN CINAI -
7 Ministerio de Salud no podrá ceder, arrendar, subarrendar, gravar o traspasar
8 directa o indirectamente los derechos adquiridos en la Porción del inmueble
9 público dado en préstamo en este convenio, ni lo que allí se construya, así como
10 modificar el objeto del mismo. Lo anterior, a excepción de que la Municipalidad se
11 lo permita en la medida y forma que le faculte el ordenamiento jurídico
12 costarricense.
13 Cláusula sexta: De la designación de las contrapartes: Como contrapartes
14 para la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
15 presente convenio, se designa a los siguientes funcionarios:
16 7.1 Por la Municipalidad la persona que ocupe el cargo de Alcalde (sa) o quien le
17 sustituya.
18 7.2 Por la Dirección Nacional de CEN CINAI - Ministerio de Salud a la persona que
19 ocupe el cargo de la Director Regional de CEN CINAI o quien lo sustituya.
20 Cláusula sétima: Del Incumplimiento y Solución de Divergencias: En caso de
21 incumplimiento, la parte afectada prevendrá a la otra de sus obligaciones y de no
22 llegarse a algún acuerdo entre las partes, podrán acudir a una Casa de Justicia, a
23 efectos de utilizar la resolución alternativa de conflictos según lo dispuesto en esa
24 materia por el ordenamiento jurídico.
25 Cláusula octava: De la estimación: El presente convenio por su naturaleza es de
26 cuantía inestimable.
27 Cláusula novena: De las modificaciones y adenda al presente convenio: Para
28 modificaciones o adenda del presente convenio por parte de la Municipalidad,
29 podrá tomarse por mayoría calificada de los miembros del Concejo Municipal de la
30 Municipalidad de Jiménez. Para reformas al presente convenio que afectan la
31 esencia o sustancia del mismo el acuerdo del Concejo Municipal deberá de
32 tomarse en forma unánime. En ambos casos se dará previa audiencia con un mes
33 de antelación a la Dirección Nacional de CEN CINAI - Ministerio de Salud para ser
34 escuchado.
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Cláusula décima: De la aprobación: El presente convenio fue aprobado por el
2 Concejo Municipal de Jiménez en el Artículo VI, Acuerdo 1º de la Sesión Ordinaria
3 Nº 83, celebrada el día 27 de noviembre del 2017.
4 En fe de lo anterior, firmamos en tres tantos iguales en la ciudad de San José, a
5 los ___ días del mes de ____________ del año __________.
Lissette Fernández Quirós Dra. Karen Mayorga Quirós
Alcaldesa Municipal Ministra de Salud y representante
Municipalidad de Jiménez judicial y extrajudicial
de la Dirección Nacional de Centros
de Educación y Nutrición y de
Centros Infantiles de Atención
Integral
(Dirección Nacional CEN-CINAI)
6 V°B° Dra. Lidia María Conejo Morales
7 Directora Nacional CEN-CINAI
8 Finaliza la reunión a las diecisiete horas con cincuenta y cinco minutos
9 exactos.”
10
11 ACUERDO 1º
12 Este Concejo acuerda por Unanimidad; darle su aprobación al Convenio de
13 Cooperación Interinstitucional denominado: “Préstamo de Uso y Administración del
14 Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI), Inmueble de la Municipalidad de
15 Jiménez, para la Operación del CEN-CINAI de Pejibaye”, entre la Municipalidad de
16 Jiménez y la Dirección Nacional de CEN-CINAI del Ministerio de Salud; conforme
17 ha sido dictaminado por la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos en su Informe
18 Nº 01-2017; de igual forma se acuerda trasladar este asunto a la señorita
19 Alcaldesa Municipal, para lo que corresponda.
20
21 ARTÍCULO VII. Informe de la Alcaldesa
22
23 1- Se conoce el “INFORME DE LABORES. Nº 46-2017. 27/11/2017. Señores.
24 Concejo Municipal de Jiménez. Presente. Reciban un afectuoso saludo de mi
25 parte: les brindo un informe de las labores de la semana del 20 de noviembre al 24
26 de noviembre del 2017 como detallo a continuación:
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 Atención al público.
2 Asuntos administrativos.
3 Asuntos presupuestarios.
4 Atreves de la UNGL se gestionó una reunión con personeros de la
5 Embajada Americana, para conocer la gestión de la Municipalidad y apoyar
6 en los temas de convivencia ciudadana y lucha contra la violencia hacia las
7 mujeres, el proyecto consiste en dotar a la Municipalidad de equipo
8 necesario para la prevención de violencia y recuperación de espacios de
9 recreación
10 Asistí a reunión programada con el Consejo de Distrito de Pejibaye, la
11 misma no pudo ser llevada a cabo porque solo llegaron dos concejales, se
12 reprogramó para el jueves 30 de noviembre.
13 El señor Luis Mario Portuguéz Solano asistió a la Capacitación de
14 Negociación y Resolución de Conflictos, organizada por la Secretaría
15 Técnica Territorio Turrialba-Jiménez del INDER. Además asistió al taller
16 “Construcción de la visión a 20 años del Gobierno Local que requiere Costa
17 Rica”, el mismo organizado por la UNGL.
18 En conjunto Municipalidad-Ministerio de Vivienda y Asentamientos
19 Humanos se realiza una serie de charlas informativas a vecinos de las
20 comunidades de Santa Elena, La Victoria, Juan Viñas, Santa Marta, Buenos
21 Aires y Chiz acerca de los procedimientos necesarios para la obtención de
22 los Bonos RAMT (Reparación, Ampliación, Mejoras y Terminación de
23 Viviendas). Queda pendiente la realización de estas charlas en el distrito de
24 Pejibaye para fines de esta semana.
25
26
27
28
29
30
31
32
33 Solicito derogar el acuerdo 1° del artículo VII de la sesión Ordinaria N° 81,
34 donde me autorizan el día 28 de noviembre de vacaciones y que sea
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 tomado un nuevo acuerdo para que me concedan vacaciones el día 12 de
2 diciembre.
3 Se inició con las mejoras del parquecito de Plaza Vieja.
4 Obras adicionales en la cancha de futbol en Pejibaye.
5 Trabajos realizados bajo supervisión de la DGVM:
6 Se finaliza la intervención en el camino El Chucuyo de Pejibaye. Se realizó
7 la limpieza mecanizada y reconformación de la superficie de ruedo en 3.60
8 km del camino.
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18 Se realiza limpieza y mantenimiento de la maquinaria municipal.
19 Se realiza una capacitación a miembros de Comités de Caminos de los
20 distritos de Juan Viñas y Pejibaye, con el fin de capacitar a la comunidad
21 sobre los derechos y deberes con los que cuentan los vecinos en tema
22 relacionados con la Gestión Vial.”
23
24 ACUERDO 1º INCISO A
25 Este Concejo acuerda por Unanimidad; revocar el acuerdo 1° del Artículo VII, de la
26 Sesión Ordinaria N° 81 celebrada el lunes 13 de noviembre del 2017.
27
28 ACUERDO 1º INCISO B
29 Este Concejo acuerda por Unanimidad; conceder a la señorita Lissette Fernández
30 Quirós, Alcaldesa Municipal, un día adelantado de las vacaciones que por ley le
31 corresponden del período 2017-2018, el día a disfrutar será el 12 de diciembre. Le
32 queda por disfrutar de ese período 6 días hábiles.
33 Con copia a Contabilidad, Expediente personal y Auditoría.
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 ARTÍCULO VIII. Informe de la Junta Vial y la UTGVM
2
3 No hubo.
4
5 ARTÍCULO IX. Atención de los señores (as) Síndicos (as)
6
7 No hubo.
8
9 ARTÍCULO X. Mociones
10
11 No hubo.
12
13 ARTÍCULO XI. Asuntos Varios
14
15 1- Los señores regidores (a) propietarios (a) José Luis Sandoval Matamoros, Efrén
16 Núñez Nájera y Gemma Bogantes Bolaños, manifiestan:
17
18 “Rechazo al Veto interpuesto por la señorita Alcaldesa de la Municipalidad de
19 Jiménez en el oficio Nº 573-ALJI-2017. MANIFESTAMOS QUE: 1. La falta de
20 fundamento y las normas o principios violentados no se expresan en ninguna
21 parte del escrito que presenta la Alcaldía. 2. El trabajo que se pretende realizar a
22 la motoniveladora es el mismo que se hizo en octubre del año 2015, hace
23 aproximadamente dos años. Véase oficio 007-2017-UTGVM. 3. Al preguntar al
24 director del Departamento de Gestión Vial por qué había que efectuar la
25 reparación nuevamente, manifestó que el combustible está contaminado y por esa
26 razón se había dañado; lo extraño es que ese mismo combustible es el que utiliza
27 toda la maquinaria municipal y esas unidades no han fallado por contaminación
28 del combustible, tampoco se ha presentado un informe de laboratorio que indique
29 la contaminación. 4. Al permanecer la motoniveladora en un lugar privado se
30 limita la participación de más oferentes, lo cual afecta la transparencia del
31 proceso, esto aparenta más la intención de favorecer a una sola empresa. 5. En
32 trabajos anteriores realizados en esa misma empresa, no fue posible que
33 devolvieran los repuestos usados, incluyendo los de más valor como la
34 computadora, los pistones hidráulicos, las rótulas, la bomba de inyección y los
35 inyectores. 6. Reiteramos y reafirmamos el acuerdo Nº 4, inciso A, de la sesión
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Acta Sesión Ordinaria 83 del 27-11-2017
1 ordinaria Nº 80 celebrada el 6 de noviembre del presente año, el cual quedó en
2 firme en la sesión ordinaria Nº 81 del 13 de noviembre del 2017. Por lo tanto, y con
3 todo respeto, rechazamos el veto presentado por la señorita Alcaldesa de la
4 Municipalidad de Jiménez.” Se adjuntan copias de oficio 007-2017-UTGVM.
5
6 ACUERDO 1º
7 Este Concejo acuerda por tres votos a favor (Sandoval Matamoros, Núñez Nájera
8 y Bogantes Bolaños) y dos en contra (Sánchez Quirós y Méndez Paniagua);
9 RECHAZAR EL VETO interpuesto por la señorita Lissette Fernández Quirós,
10 Alcaldesa Municipal, contra el acuerdo del Concejo Municipal número 4, inciso A,
11 de la sesión ordinaria número 80 celebrada el 6 de noviembre del año 2017, la
12 cual quedó firme en la sesión ordinaria 81 de fecha 13 de noviembre del mismo
13 año; de igual forma se acuerda elevar y remitir el expediente del caso al Tribunal
14 Contencioso Administrativo para que este resuelva, como Jerárquico Impropio,
15 conforme a derecho. Se adjunta copia del Expediente del caso.
16
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20
21
22
23 Siendo las diecinueve horas exactas, el señor Presidente Municipal, regidor
24 José Luis Sandoval Matamoros da por concluida la sesión.
25
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29
30
31
32 José Luis Sandoval Matamoros Nuria Estela Fallas Mejía
33 PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO
34 ___________________________última línea______________________________
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