Ordinaria 58 · 2023-08-29

58. Acta S.E.. N° 58-2023 del 29-08-2023.pdf · 29 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

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Acuerdos en esta acta

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120
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Pr)
Y
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO * |
ACTA SESION EXTRAORDINARIA N* 58-2023
ACTA SESION EXTRAORDINARIA CINCUENTA Y OCHO DOS MIL VEINTITRES
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTITRES A LAS CATORCE,
HORASTREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES
DEL SALON DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Suplentes
Nitzy Vega Chaves
Ana María Esquivel Mesen (Supl)
Rosibel Calvo Angulo
Leance Ramírez Mora (Supl)
José Andrés Jirón Jirón
Wilberth Carrillo Navarro
As |
Regidores Propietarios
José Leoncio Orozco Peraza- Preside
Leonardo Carrillo Sánchez
Rosibel Marchena Serrano
Nelson Lobo Rodríguez
Síndicos Propietarios Síndicos Suplentes
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González — Alcalde
Abigail Ruiz Lépiz — Secretaria a.i.
Ausentes:
Regidores: Magda Orocú Jiménez, Alejandra López Lee
Síndicos: Maricela Solano Álvarez, Luis Guillermo Zamora Brenes, Carlos David
Francis Sequeira, Vera Myrie Graham, Elpidio Cubillo López, Yundi Alberto Artavia
Lovemore, Flor Chavarría Arguedas, Greivin Muñoz Elizondo, v Jacqueline Jiménez
Salas.
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la siguiente
orden del día:
l. Oración.
Il... Lectura, aprobación orden del día
III... Aprobar en todas sus partes la Adenda n*1, al Convenio de Cooperación
entre el Consejo Nacional de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la Municipalidad de
Guácimo, para el proyecto de atención de la ruta Nacional 811.
121
, MUNICIPALIDAD | ,
DE GUACIMO jf;
. AUDITORIA Y
=2_ INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
Pág. N* 2
CAPITULO l. LECTURA, APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA.
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, inicia la sesión
solicitando a la Secretaria del Concejo Municipal — Srta. Abigail Ruiz Lépiz, proceder a
la lectura del orden del día.
ARTICULO N?* 01. En uso de la palabra la Secretaria del Concejo Municipal - Srta.
Abigail Ruiz Lépiz, procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado
por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión
del día de hoy 29-08-2023, dice:
Il. Oración.
IL. Lectura, aprobación orden del día
III... Aprobar en todas sus partes la Adenda n*1, al Convenio de Cooperación entre el
Consejo Nacional de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica y la Municipalidad de Guácimo, para el
proyecto de atención de la ruta Nacional 811.
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal -Reg. José
Leoncio Orozco Peraza, resulto aprobada por unanimidad.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 — 2024, inicia la sesión pronunciando una oración de
gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada
uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel
Marchena Serrano.
Al Ser las 3:45 p.m., el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, en ausencia del Regidor Propietario del curul que corresponde a
representante del partido justicia social, procede a ascender al Regidor
Suplente - Sr. Leance Ramírez Mora. me.
CAPITULO l!. APROBAR EN TODAS SUS PARTES LA ADENDA N?*1, AL CONVENIO
DE COOPERACIÓN ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE
ATLÁNTICA Y LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, PARA EL PROYECTO DE
ATENCIÓN DE LA RUTA NACIONAL 811.
En atención a convocatoria realizada por el Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes
González, mediante oficio AMG-1099-2023, se procede a realizar la sesión
extraordinaria.
ARTICULO N? 02. Se dio lectura a oficio AMG-1098-2023, recibido en la Secretaría del
Concejo Municipal el 29-08-2023, firmado por el Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes
González, remite para su conocimiento y aprobación la propuesta de adenda N” 1 al
122
Pág. N* 3 IN
AUDITORI 145): 1)
E INTERNA e
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.' 58-2023 DE
Convenio Tripartito de Cooperación, suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad,
Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
(JAPDEVA) y la Municipalidad de Guácimo, para el proyecto para la atención de la ruta
nacional 811, en relación se requiere que dicha adenda sea aprobada y se autorice al
suscrito a suscribir con la firma el mismo, siendo que este proyecto es de suma
importancia y requiere la aprobación pronta, esto con el fin de avanzar con este proyecto.
En relación, la adenda propone la modificación de las cláusulas segunda, quinta, décimo
primera, décimo segunda, así como la incorporación de las cláusulas décimo tercera,
décimo cuarta y décimo quinta al convenio original.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, procede a dar lectura a moción, dice:
CONSIDERANDO:
1. Que la Municipalidad representa el gobierno local del cantón de Guácimo,
por lo que, en dicha condición tiene como deber el velar por la protección
y tutela de los intereses de sus ciudadanos, siendo que, entre muchas
otras áreas, está incluido en dicho fin el mejoramiento y mantenimiento de
la infraestructura vial pública, de la jurisdicción de este Cantón. En
colación, las vías de comunicación terrestre se clasifican en dos grandes
grupos, las nacionales que son administradas por el Estado directamente,
a través de las Dependencias del Ministerio de Obras Públicas y
Transporte y las rutas vecinales cantonales, cuya administración le
compete a las Municipalidades. Por ende, para coadyuvar en el
mejoramiento de la red vial, existe como instrumento la modalidad de
intervención participativa, incluyendo la participación de instituciones
cuando prive el interés público.
2. Que el 13 de octubre de 2022, la Municipalidad de Guácimo, JAPDEVA y
CONAVI, suscribimos previamente el Convenio de Cooperación para el
Proyecto para la Atención de la Ruta Nacional 811.
3. Que mediante Oficio DFOE-CIU-0153, la Contraloría General de la
República imprueba el presupuesto de JAPDEVA, en donde iba incluido
los recursos para el proyecto de Atención a la Ruta Nacional 811.
4. En consecuencia, de lo anterior, resulta necesario aclarar y modificar
las cláusulas, segunda, quinta, decimo primera, décimo segunda, así
como la incorporación de las cláusulas décimo tercera, décimo cuarta
y décimo quinta al CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA JAPDEVA Y MUNICIPALIDAD DE
GUÁCIMO, PROYECTO PARA LA ATENCIÓN DE RUTA NACIONAL
811.
123
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO n
AUDITORIA [/'» >
2 INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
Pág. N” 4
SN
S=
Por lo tanto:
MOCIONO:
El Concejo Municipal de Guácimo, una vez conocido el contenido del proyecto de
Adenda n” 1 al Convenio Tripartito de Cooperación, suscrito entre el Consejo Nacional
de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica (JAPDEVA) y la Municipalidad de Guácimo, para el proyecto para la atención
de la ruta nacional 811, acuerda lo siguiente:
1.- Aprobar en todas sus partes la Adenda n* 1, al Convenio de Cooperación entre el
Consejo Nacional de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica y la Municipalidad de Guácimo, para el proyecto de
atención de la ruta Nacional 811, adenda que implica modificar las cláusulas: segunda,
quinta, décimo primera, décimo segunda, así como la incorporación de las cláusulas
décimo tercera y décimo cuarta y décimo quinta al convenio original. -------—-—-—--——
2.- Autorizar al señor GERARDO FUENTES GONZÁLEZ, con la cedula de identidad
número dos- doscientos noventa y dos — mil cuatrocientos ochenta y seis, para que en
su condición de Alcalde y ostentando la representación legal de La MUNICIPALIDAD
DEL CANTON DE GUACIMO, cédula jurídica número 3-014- 042122, para que pueda
proceder con la firma de la adenda número 1 al convenio de cooperación, suscrito entre
JAPDEVA, CONAVI y la Municipalidad de Guácimo.
Solicito se dispense del trámite de Comisión. Acuerdo en firme, definitivamente
aprobado.
Conocida la moción en la cual solicitan la aprobación en todas su partes de la
adenda al Convenio de Cooperación entre el Consejo Nacional de Vialidad, Junta de
Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la
Municipalidad de Guácimo y autorización al S- Gerardo Fuentes González para que
proceda a la firma de la adenda. por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
CONSIDERANDO: PP.
1. Que la Municipalidad representa el gobierno local del cantón de Guácimo,
por lo que, en dicha condición tiene como deber el velar por la protección
y tutela de los intereses de sus ciudadanos, siendo que, entre muchas
otras áreas, está incluido en dicho fin el mejoramiento y mantenimiento de
la infraestructura vial pública, de la jurisdicción de este Cantón. En
colación, las vías de comunicación terrestre se clasifican en dos grandes
grupos, las nacionales que son administradas por el Estado directamente,
a través de las Dependencias del Ministerio de Obras Públicas y
Transporte y las rutas vecinales cantonales, cuya administración le
compete a las Municipalidades. Por ende, para coadyuvar en el
mejoramiento de la red vial, existe como instrumento la modalidad de
124
%, MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
EA |
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
Pág. N* 5
intervención participativa, incluyendo la participación de instituciones cuando prive el
interés público.
2. Que el 13 de octubre de 2022, la Municipalidad de Guácimo, JAPDEVA y
CONAVI, suscribimos previamente el Convenio de Cooperación para el
Proyecto para la Atención de la Ruta Nacional 811.
3. Que mediante Oficio DFOE-CIU-0153, la Contraloría General de la
República imprueba el presupuesto de JAPDEVA, en donde iba incluido
los recursos para el proyecto de Atención a la Ruta Nacional 811.--------—
4. En consecuencia, de lo anterior, resulta necesario aclarar y modificar
las cláusulas, segunda, quinta, decimo primera, décimo segunda, así
como la incorporación de las cláusulas décimo tercera, décimo cuarta
y décimo quinta al CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA JAPDEVA Y MUNICIPALIDAD DE
GUÁCIMO, PROYECTO PARA LA ATENCIÓN DE RUTA NACIONAL
811.
Por lo tanto:
MOCIONO:
El Concejo Municipal de Guácimo, una vez conocido el contenido del proyecto de
Adenda n” 1 al Convenio Tripartito de Cooperación, suscrito entre el Consejo Nacional
de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica (JAPDEVA) y la Municipalidad de Guácimo, para el proyecto para la atención
de la ruta nacional 811, acuerda lo siguiente:
1.- Aprobar en todas sus partes la Adenda n” 1, al Convenio de Cooperación entre el
Consejo Nacional de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica y la Municipalidad de Guácimo, para el proyecto de
atención de la ruta Nacional 811, adenda que implica modificar las cláusulas: segunda,
quinta, decimo primera, décimo segunda, así como la incorporación de las cláusulas
décimo tercera y décimo cuarta y décimo quinta al convenio original. ---——cr
2.- Autorizar al señor GERARDO FUENTES GONZÁLEZ, con la cedula de identidad
número dos- doscientos noventa y dos — mil cuatrocientos ochenta y seis, para que en
su condición de Alcalde y ostentando la representación legal de La MUNICIPALIDAD
DEL CANTON DE GUACIMO, cédula jurídica número 3-014- 042122, para que pueda
proceder con la firma de la adenda número 1 al convenio de cooperación, suscrito entre
JAPDEVA, CONAVI y la Municipalidad de Guácimo.
Solicito se dispense del trámite de Comisión. Acuerdo en firme, definitivamente
aprobado.
Conocida la moción presentada por, es sometida a votación por el Presidente
Municipal —Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras
125
£fluntcipalidad de Guacimo
o <3o, MUNICIPALIDAD
Pág. N* 6 DE GUACIMO |,
DA AUDITORIA | //
¡A INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29- 08-2023.
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la
mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda: -----—----—-
ACUERDO N.” UNO. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en
todas sus partes Adenda N”1, al Convenio de Cooperación entre el Consejo Nacional
de Vialidad, Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica y la Municipalidad de Guácimo, el proyecto de atención de la ruta Nacional 811,
adenda que implica modificar las cláusulas: “segunda, quinta, décimo primera,
décimo segunda, así como la incorporación de las cláusulas décimo tercera y
décimo cuarta y décimo quinta al convenio original, dice:
Nosotros, LUIS AMADOR JIMENEZ, mayor, casado, Ingeniero Civil, vecino de San
José, portador de la cédula de identidad número uno- cero novecientos treinta y dos-
cero novecientos ochenta y seis, en su calidad de Ministro de Obras Públicas y
Transportes, consignado en el Acuerdo Ejecutivo N O 001-P, que rige a partir del
ochode mayo de dos mil veintidós; MAURICIO BATALLA OTÁROLA, ingeniero civil,
casado, residente de San José, portador de la cédula de identidad número uno —cero
ocho tres ocho- cero uno siete nueve, en condición de Director Ejecutivo del CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD de conformidad con el Acuerdo ACA 1-22-421(74) de fecha
veintiocho de julio de dos mil veintidós del Consejo de Administración del Consejo
Nacional de Vialidad, consignado en el Artículo Il de la Sesión N*050-2022, de fecha
veintisiete de julio de dos mil veintidós; nombramiento que se encuentra vigente al día
de hoy con facultades de Apoderado General sin Límite de suma y con fundamento en
el artículo 13 inciso b) de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad Ley 7798,
y debidamente autorizado para suscribir el presente convenio según consta en el
acuerdo No. ACA 2-22-521 (74) del Acta No. 61-2022 de la sesión ordinaria de fecha 1
de setiembre de 2022, en adelante denominado como “EL CONAVI”;”; SUCY WING
CHING, mayor, divorciada en segundas nupcias, Master en Administración de
Empresas, vecina de Limón, con cédula de identidad número siete- cero ciento once-
cero doscientos doce, en su calidad de PRESIDENTE EJECUTIVA Y Apoderada
Generalísima Sin Límite De Suma De La Junta De Administración Portuaria Y De
Desarrollo Económico De La Vertiente Atlántica, cédula jurídica número cuatro- cero
cero cero- cero cuatro dos uno cuatro ocho, ostentando al efecto las facultades que
establece la Ley Orgánica de JAPDEVA, reformada por el Artículo Dieciocho de la Ley
número nueve mil setecientos sesenta y cuatro del quince de octubre del dos mil
diecinueve, según acuerdo número cuatro del acta de la sesión ordinaria número uno
del Consejo de Gobierno, celebrada el ocho de mayo del dos mil veintidós y publicada
en el Alcance Número noventa y uno de La Gaceta número ochenta y cinco del martes
diez de mayo del dos mil veintidós, en adelante denominado “JAPDEVA” y GERARDO
FUENTES GONZÁLEZ, mayor, divorciado, comerciante, vecino de Guácimo, cédula de
identidad número dos- doscientos noventa y dos — mil cuatrocientos ochenta y seis,
vecino de Guácimo, en su calidad de ALCALDE MUNICIPAL y, por ende, representante
legal con facultades suficientes para este acto de la MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO,
con cédula jurídica número 3-014-042122,
126
Pág. N* 7
DE GUACIMO | ¿2 hs
), AUDITORIA Y )
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 538-2023 DE mE E
personería que consta en la resolución No. 1319-E11-2020 de las diez horas con diez
minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, librada por el Tribunal Supremo
de Elecciones, publicado en La Gaceta N.44 del 05 de marzo del 2020, acordamos
formalizar la presente Adenda 01 al CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, JUNTA DE ADMINISTRACIONPORTUARIA Y
DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA JAPDEVA Y
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, PROYECTO PARA LA ATENCIÓN DE RUTA
NACIONAL 811, atendiendo a las siguientes consideraciones:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: En fecha del 13 de octubre del 2022 JAPDEVA, CONAVI y la
Municipalidad de Guácimo, suscribieron un convenio de cooperación para la
ejecución del proyecto “CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD, JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE
DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA JAPDEVA Y
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, PROYECTO PARA LA ATENCIÓN DE RUTA
NACIONAL 811”.
SEGUNDO: Las cláusula segunda, quinta, décima, décimo primera y décimo
segunda que fueron redactadas en base al Perfil del Proyecto inicial e indicaban
expresamente:
CLÁUSULA SEGUNDA: DE LA JUSTIFICACIÓN:
La función esencial y prioritaria del Estado consiste en velar por la conservación,
protección, administración, aprovechamiento y fomento de los recursos públicos del
país, de acuerdo con el principio de sostenibilidad, proporcionalidad y razonabilidad de
su uso. A tal efecto fomenta entre las diversas instituciones públicas la obligación de
ayuda recíproca, con el fin de cumplir con sus respectivos objetivos y fines públicos.
En este sentido, la Sala Constitucional a través del Voto 5445-99 de las 14:30 horas
del 14 de julio de mil novecientos noventa y nueve, dispuso la necesidad de establecer
una coordinación permanente entre las diferentes instituciones y entes de las
administraciones públicas, para la ejecución de proyectos de interés, sin que el régimen
municipal sea la excepción; por lo expuesto, se hace indispensable realizar proyectos
conjuntos para darle solución a las problemáticas comunes a las administraciones
municipales de la región, situación que hace necesario la suscripción de Convenios, de
manera planificada, con reglas claras, potenciando las fortalezas de cada actor
institucional con sello de éxito para todos y de esta forma resolver problemas de la
ciudadanía de manera integral.
Con fundamento en lo anterior, el CONAVI, JAPDEVA y LA MUNICIPALIDAD de
Guácimo, han determinado como parte de sus esfuerzos para gestionar en conjunto las
obras ubicadas en la Ruta Nacional 811, ante la urgente necesidad para el Cantón de
Guácimo, pues viene a atender las problemáticas, así como a garantizar a toda persona
127
Pág. N* 8
MUNICIPALIDAD] —
<> DE GUACIMO 01
y, AUDITORIA(|//7))
+ INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 538-2023 DE FECHA: 29-08-
un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, buscando mitigar el polvo que se
ocasiona en la zona, debido a lo anterior se propone un trabajo entre las partes de
manera tal que permita impermeabilizar la superficie de ruedo.
CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES.
Para la ejecución y seguimiento del presente instrumento de cooperación, entre el
CONAVI, JAPDEVA y MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, se comprometen 2: =raaaio
JAPDEVA, se compromete mediante la entrega a la MUNICIPALIDAD de Guácimo de
recursos del Canon de explotación de la plataforma portuaria, a dotar de contenido
económico para el desarrollo de los proyectos, en las siguientes actividades: -——=am
¡Renglón de pago Descripción de formato
Sello de mezcla asfaltico preparado en planta caliente
Sello de cura de emulsión asfáltica
CR.301.06 ¡Subbase de agregados graduación B, caso 2
CR.253.04.05 Material de préstamo selecto
CR 110,06 Trabajo a costo más porcentaje
El anterior aporte se estima en la suma de: 21.005.106.828,25 (mil cinco millones ciento
seis mil ochocientos veinte y ocho colones con 25/100)
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, se compromete a ejecutar por separado las
siguientes obras:
a) Municipalidad de Guácimo, asumirá la inspección y dirección técnica para la
ejecución del proyecto.
b) La estimación aproximada por parte de la MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO,
para la atención de los compromisos será de Z40.000.000,00 y otros costos
invaluables administrativos en el manejo de los recursos, rendición de cuentas,
aporte de material en Banco de la Concesión 08-2004, para todos los
proyectos en rutas nacionales de la Licitación Abreviada No. 2019LA-000020-
0006000001.
c) Así como asumir la contratación de las siguientes actividades, que se
encontraban en la Licitación Abreviada No. 2019LA-000020-0006000001, del
CONAV/, que por recortes de presupuesto quedaron descubiertas: --------------
MUNICIPALIDAD | ,
Pág. N” 9
), AUDITORIA |[/
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29-
Renglón de pago [Descripción de formato
Sello de mezcla asfaltico preparado en planta caliente
Sello de cura de emulsión asfáltica
CR.301.06 Subbase de agregados graduación B, caso 2
CR.253.04.05 Material de préstamo selecto
CR 110,06 Trabajo a costo más porcentaje
d) Utilizar los recursos aportados en estricto apego a lo dispuesto en el
presente convenio.
e) La Municipalidad estará encargada de ejecutar las contrataciones y
supervisión para incorporación de un sello de preservación con mezcla
asfáltica de 5.0 cm, conforme a la Ley de Contratación Administrativa y
su reglamento y a la propuesta detallada en el plan de inversión.
f) Una vez se cuente con los costos finales, superados los procesos
pertinentes para su definición; si hubiese un incremento del costo de la
obra, el diferencial deberá ser cubierto por la Municipalidad. ---aammamamaa
g) La Municipalidad, deberá llevar de forma separada de sus otras
obligaciones financieras, un registro eficiente de la administración de
los recursos económicos trasladados por JAPDEVA para la ejecución
del presente proyecto. Dicho control lo ejercerá sobre los registros
presupuestarios, contables, de ejecución, y todos los necesarios en
cumplimientos de la normativa respectiva.
h) Tener el presupuesto aprobado por la Contraloría General de la
República.
i) Asignar una cuenta corriente exclusiva en un banco estatal; para
manejar los recursos del presente proyecto; que tenga un saldo cero y
que cuente con una certificación de la entidad financiera para la no
emisión de cheques de esa cuenta.
/ Con posterioridad al refrendo del presupuesto por parte de la
Contraloría General de la República, deberá solicitar a JAPDEVA el
desembolso de los recursos correspondientes, acompañada de un Plan
de Trabajo, el cual deberá aportar a más tardar a 5 días hábiles a la
orden de inicio de la obra, y contendrá las etapas y fechas para los
desembolsos, mismos que se darán conforme a los compromisos
estipulados en dicho plan y la planificación definida en el mismo.-------
k) Presentar un informe financiero de forma mensual en los primeros diez
días naturales de cada mes, al responsable del seguimiento, control y
supervisión de la Unidad de Supervisión de TCM y APP's por parte de
JAPDEVA, sobre el uso y manejo de los recursos para el cumplimiento
del objeto del presente Convenio, el cual deberá de estar acompañado
con el respectivo estado de la cuenta donde JAPDEVA depositó los
recursos financieros, emitido por la entidad bancaria correspondiente,
todo ello para corroborar que los recursos o partidas forman parte de
DE GUACIMO |.
128
129
MUNICIPALIDAD
ES DE GUACIMO
Y, AUDITORIA [/
2% INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 538-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
la cuenta exclusiva para la a administración de dichos fondos, así como
la conciliación bancaria que debe indicar el monto de los intereses
generados, en el caso de contar con algún tipo de desembolso, se
deberán presentar copia de facturas, depósitos o comprobantes de
pago correspondientes, justificados en estricto apego al objeto para el
cual fueron otorgados.
I) Presentar un informe técnico, de forma mensual, en los primeros diez
días naturales de cada mes, al responsable del seguimiento, control y
supervisión de la Unidad de Supervisión de TCM y APP's por parte de
JAPDEVA, el cual será elaborado por el responsable del Seguimiento,
Control y Fiscalización por parte de la MUNICIPALIDAD, y deberá
contener: descripción detallada del avance de ejecución del objeto del
convenio, para el cual se realizó el giro de los recursos, según el
cronograma actualizado y el plan de inversión, así como el porcentaje
de cumplimiento de avance por actividades y gasto financiero
confrontado con el presupuesto y desembolsos de las partes. Dicho
informe deberá respaldarse por los medios que se consideren
necesarios, para lo cual la MUNICIPALIDAD, podrá utilizar: listas de
participantes, fotografías, minutas, bitácoras entre otros. De igual forma
la MUNICIPALIDAD, deberá remitir dicho informe técnico cuando el
responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por parte de
JAPDEVA, así lo requiere durante la ejecución del proyecto. ---==========-
m) La Municipalidad con base al informe de liquidación financiera debe
realizar la liquidación de gastos ejecutados, las facturas de conformidad
a los procedimientos de JAPDEVA y deberá reembolsar a JAPDEVA
las sumas que no hayan sido utilizadas para la ejecución del presente
Convenio; así como los intereses que hayan generado dicho monto,
debiendo realizar el depósito de las mismas a la cuenta recursos canon
de la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo de la Vertiente
Atlántica, del Banco de Costa Rica que en su oportunidad se indicara,
debiendo contener la liquidación presupuestaria y estados bancarios de
la cuenta corriente así como el recibo de depósito a JAPDEVA, por
concepto de devolución de los intereses generados en la cuenta
corriente que se aportará oportunamente.
El CONAVI, se compromete a:
Pág. N* 10
a) Llevar a cabo los trabajos para rehabilitación, mantenimiento periódico y
mantenimiento rutinario en la Ruta Nacional NÚMERO 811 (en lastre); Zona
5-1, Región Huetar Atlántico, que incluyen: excavación en la vía, estructural y
de material de préstamo; relleno para fundación y para estructuras; gaviones
revestidos con PVC; suministro y colocación de material de subbase;
reacondicionamiento de la calzada (construcción y/o limpieza y/o
conformación de cunetas, laterales); material de secado; concreto hidráulico
estructural; geotextil; limpieza del sistema de alcantarilla en sitio; reposición,
sustitución, extensión o complementación de tuberías de alcantarillado; sello
de cura de emulsión asfáltica y colchones de revestimiento con PVC, con base
a lo adjudicado en la Licitación Abreviada No. 2019LA-000023-0006000001
130
«2, MUNICIPALIDAD |,
z ==4_ INTERNA
ACTA SESION EXTRAORDINARIA N.? 5838-2023 DE FECHA:
Pág. N' 11
b) “Trabajos para la atención de las Rutas Nacionales entre las cuales
encontramos la 811No. ; Zona 5-1”.
c) Corresponderá tanto para la Municipalidad de Guácimo, como también para el
Consejo Nacional de Vialidad la obligación de realizar una fiscalización mutua
de los proyectos, al tratarse de una obra indivisible € integral. rmac
d) A mantener actualizado en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP)
del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) del MIDEPLAN el proceso
de la Ruta Nacional N* 811.
e) Facilitar información técnica en aquellos temas y proyectos de interés común,
en los cuales tengan participación compartida y que tengan relación con los
trabajos potenciales, durante la ejecución de las obras de infraestructura vial
nacional:
1) La estimación aproximada por parte del CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD,
para la atención de los compromisos será de L229.228.947,47, serán
distribuidos de la siguiente manera:
g) Mediante la Licitación Abreviada No. 2019LA-000023-0006000001 “Trabajos
para la atención de las Zona 5-1
h) Recursos asignados mediante inspección y verificación de la calidad: --———-
i) Los cuáles serán distribuidos de la siguiente manera
Renglón de Descripción de Unidad | Cantidad Precio Precio total
pago formato unitario
CR.303.01 ¡Reacondicionamiento ¡Km 11.07 |2799 502.50 | 213 275 739.01
calzado, construcción
y/o limpieza y/Q
conformación del
cunetas laterales
CR.204.05 Material de  préstamam3 619.92 | 17 514.75 | 210 857 743.82
selecto - caso 2
CR.301.06 Subbase de agregadosm3 2 092.23 21 558.18 | 36 735 750.94
graduación B, caso 2
CV.505.05 Sello de cura dell Ed 7400.00 | 210 848 600.00
emulsión asfáltica
CR.413.03 Material de secado m3 216.972 | 219 121.48 74 148 825.76
CR.204.01 Excavación en la vía m3 523.05 72 287.02 71 196 242.96
CR.253.04 Gaviones revestidos conm3 10 | Z52 560.34 7525 603.40
¡PVC
CR.552.01(a) [Hormigón estructuralm3 5 |Z156 716.00 7783 580.00
clase A de 22,5 Mpal
(225 kg/cm2)
131
Pág. N* 12 PUDE GUACIMO
ES AUDITORIA
Sé _- INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 538-2023 DE FE
CR.552.01(d) [Hormigón estructuralm3 3 |183 668.35 2551 005.05
clase x de 18 Mpa (180
lkg/cm2)
CV.206.01 Limpieza del sistema deu 6 | Z43738.63 262.431,78
alcantarilla en sitio
CR.719.01 Tela Geotextil M3 10 74342.50 7:43.425.00
Supervisión de obra y Globa 1 2150 000 7150 000]
verificación de la 000.000 000.000
calidad
MONTO TTAL DE LA INVERSION (¿229.228.947.73
Cuadro de la oferta adjudicada de la Licitación Abreviada 2019LA-000023-
006000001, sin embargo, se agregó el monto con el Impuesto al Valor
agregado y se ajustó al presupuesto asignado por el MOPT, luego de la
aprobación del presupuesto extraordinario en el 2021.
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA ESTIMACIÓN DEL CONVENIO. En
consideración del objeto del presente convenio, se tiene que la estimación por parte del
Consejo Nacional de Vialidad CONAVI será de Z229.228.947,73, por parte de la
Municipalidad de Guácimo será de Z40.000.000,00 y por parte de JAPDEVA, que es
por la suma de %1.005.106.828,25, para un costo total de inversión del presente
convenio para atención de la Ruta Nacional 811 de L1.274.335.779,98.. -___—_———-
Sin perjuicio a las posteriores estimaciones que devengan de la contratación requerida
por parte de la Municipalidad de Guácimo de las cuales serán realizadas de manera
separada por las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS NOTIFICACIONES. Para los efectos del
artículo 22 y siguientes de la Ley ocho mil seiscientos ochenta y siete, Ley de
Notificaciones Judiciales, las PARTES conocedoras de las implicaciones que esta
manifestación conlleva, aceptan como válida la notificación que se haga en el lugar
señalado como su domicilio en el presente ACUERDO, pasando éste a ser su
DOMICILIO INSTITUCIONAL; asimismo se comprometen como se dirá más adelante,
a notificar por escrito a la contraparte de cualquier cambio en su domicilio, de tal forma
que las PARTES dejan señalada la siguiente dirección para el caso de una eventual
notificación, sea ésta judicial o extrajudicial, así como para cualquier comunicación o
requerimiento, la cual se tendrá como válida si es notificada mediante entrega de un
original de la misma en las direcciones que se indican a Continuación. ===
En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio Institucional, deberán notificarlo
por escrito a la otra y dicho cambio se tendrá por efectuado al día siguiente de la
notificación del cambio de domicilio.
132
2,
Pág. N* 13
Se, MUNICIPALIDAD]
2 DEGUACIMO |% Lo
iy), AUDITORIA [Y )
¿4 INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE F
Para el CONAVI:
Dirección: 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania -————————--
En atención a: Ing. Pablo Camacho Salazar, Gerencia de Conservación de Vías
y Puentes.
FAX: 2253-3584
Para LA MUNICIPALIDAD de Guácimo:
Dirección Guácimo, Limón, actualmente está ubicada frente al Parque Central,
Edificio de dos Pisos.
En atención a: Gerardo Fuentes González.
Para JAPDEVA:
Dirección costado sur del Parque Vargas
En atención Msc. Roy Zamora Gómez, Unidad de Asesoría Jurídica. ===
TERCERO: Mediante Oficio DFOE-CIU-0153, la Contraloría General de la República
imprueba el presupuesto, considerando en lo que interesa QUE: rana
“(...) 2. Se imprueba:
b) El gasto por concepto de Transferencias de Capital para las Municipalidades
de Guácimo y Pococí, por la suma de /4.138,43 millones y su correspondiente
fuente de financiamiento, para financiar los proyectos de desarrollO: =aramaaaaaaa
¡. Municipalidad de Guácimo: Conservación de la superficie de ruedo y sistema
de drenaje de la red vial en lastre con incorporación de un sello de preservación
con mezcla asfáltica en la Ruta nacional N* 811, secciones de control No 70170
y 70460 (La Ligia (R 248)-Irlanda (Cruce a Los Ángeles)-Río Jiménez (cruce
Iglesia) Guácimo-Limón. (...)”-
CUARTO: Mediante oficio DRHA-78-2023-0285 de fecha 16 de junio de 2023,
CONAVI solicita y justifica una adenda, en el tanto señala que resulta necesario hacer
ajustes por precios y por un cambio en las cantidades requeridas a partir de un nuevo
análisis del equipo técnico de dicha institución basado en las licitaciones en marcha,
licitación 2022CD-000128-0006000001 y 2022CD-000145-0006000001. ===
QUINTO: Mediante Oficio CL-063-2023 la Unidad de Asesoría de JAPDEVA rinde
criterio respecto a lo dispuesto mediante DFOE-CIU-0153 y DRHA-78-2023-0285. Por
su parte, mediante oficio UID-109-2023, la Unidad de Inversión para el Desarrollo rinde
criterio respecto a lo dispuesto mediante oficio DRHA-78-2023-0285. ooacminninciacn
133
£ílunicipalidad de Guácimo
38%, MUNICIPALIDAD
Pág. N* 14 $ DE GUACIMO al
Ye, Ir
Ds INTERNAS A
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
SEXTO: En consecuencia, de lo anterior, resulta necesario aclarar y modificar las
cláusulas del CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL CONSEJO NACIONAL
DE VIALIDAD, JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA JAPDEVA Y MUNICIPALIDAD DE
GUÁCIMO, PROYECTO PARA LA ATENCIÓN DE RUTA NACIONAL 811, citadas
en el considerando segundo, a fin de que las mismas se ajusten a la realidad
plasmada en el oficio DRHA-78-2023-0285 de fecha 16 de junio de 2023 ,
incluyendo los aportes de las partes y sus responsabilidades, asimismo que se
refleje el análisis jurídico requerido mediante , y aclarar la modalidad de desembolsos
a realizar.
SEXTO: La Clausula novena del convenio original dispone expresamente:
“CLAUSULA NOVENA: DE LAS MODIFICACIONES. Cualquier modificación a los
términos del presente convenio deberá ser acordada por las partes mediante la
celebración por escrito de la respectiva adenda.”
POR LO TANTO:
Se acuerda llevar a cabo la Adenda Primera para aclaración y modificación de las
cláusulas primera, segunda, quinta, décimo primera y décimo segunda del Convenio de
cooperación entre la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de
la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y y el Consejo Nacional de Validad y la Municipalidad
de Guácimo para la transferencia de fondos para la ejecución del proyecto
“Conservación de la superficie de ruedo y sistema de drenaje de la red vial en lastre
con incorporación de un sello de preservación con mezcla asfáltica en la superficie de
ruedo de la Ruta Nacional N.* 811, secciones de control 70460 (La Ligia (R. 248)-Irlanda
(Cruce a Los Ángeles)-Río Jiménez (cruce Iglesia). Guácimo-Limór”, la cual se regirá
por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: Se modifica parcialmente la clausula segunda “De la
justificación”, para que se lea de la siguiente forma:
CLÁUSULA SEGUNDA: DE LA JUSTIFICACIÓN:
1. Consideraciones jurídicas:
Debe tomarse en consideración que la función esencial y prioritaria del Estado
consiste en velar por la conservación, protección, administración, aprovechamiento y
fomento de los recursos públicos del país de acuerdo con el principio de
sostenibilidad, proporcionalidad y razonabilidad de su uso. A tal efecto fomenta entre
las diversas instituciones públicas la obligación de ayuda recíproca, con el fin de
cumplir con sus respectivos objetivos y fines públicos.
En este sentido, la Sala Constitucional a través del Voto 5445-99 de las 14:30 horas
del 14 de julio de mil novecientos noventa y nueve, dispuso la necesidad de establecer
134
ffunicipalidad de Guácimo
MUNICIPALIDAD
Pág. N” 15 DE GUACIMO AN
|, AUDITORIA
INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
una coordinación permanente entre las diferentes instituciones y entes de las
administraciones públicas, para la ejecución de proyectos de interés, sin que el
régimen municipal sea la excepción; por lo expuesto, se hace indispensable realizar
proyectos conjuntos para darle solución a las problemáticas comunes a las
administraciones municipales de la región, situación que hace necesario la
suscripción de Convenios, de manera planificada, con reglas claras, potenciando las
fortalezas de cada actor institucional con sello de éxito para todos y de esta forma
resolver problemas de la ciudadanía de manera integral. Los artículos 3 y 7 del Código
Municipal recogen esta concepción de la Sala Constitucional.
Ahora bien, es claro que la intervención de las municipalidades en la red vial nacional
debe ser excepcional y justificada en aspectos como los que de seguido se exponen:
e Que los proyectos resulten pertinentes y necesarios para satisfacer intereses
específicos de la comunidad, sin perjuicio del interés nacional concurrente. La
intervención municipal está orientada no a la satisfacción del interés público
nacional, sino a la participación en la ejecución de un proyecto de inversión
pública que tiene una incidencia directa en el interés comunal específico, en la
que medida en que atiende problemas que generan afectaciones concretas y
agravadas para los habitantes de la localidad específica de que se trate; lo cual
ocurre en el caso que nos ocupa.
e Que los proyectos no resulten ajenos al quehacer municipal, al punto de que se
pueda cuestionar la idoneidad de la municipalidad para asumir una intervención
directa. En este sentido, la experiencia municipal en la red vial cantonal permite
apreciar que no se trata por lo tanto de una línea de actividad ajena o desconocida
para la municipalidad para el tipo de intervención que se plantea en este
convenio.
e. Que la participación municipal no se produce en detrimento o desplazamiento
integral de la participación del ente u órgano que ostenta la competencia nacional,
pues precisamente la intervención municipal se lleva a cabo en el marco de un
convenio de cooperación en el que concurren tanto la municipalidad como el ente
u órgano nacional, de manera que la intervención se produce con el
consentimiento y con la participación concurrente de este último. Este convenio
es un fiel reflejo del cumplimiento de este criterio en el presente caso. ---——-----
e Que la intervención municipal excepcional en el proyecto específico no implique
que se dejan de atender aquellos asuntos que de manera general y directa
competen a las municipalidades. En este caso se atiende este criterio pues
incluso con la participación de JAPDEVA se genera una fuente de recursos
específica. De forma tal que las partes entienden que se está ante una
intervención específica y excepcional de la municipalidad en la red vial nacional
y no de una pretendida competencia genérica e irrestricta, siendo este el sentido
para la interpretación de este convenio.
Lo anterior, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley General de
Caminos, mismos que señalan expresamente:
135
¿3 MUNICIPALIDAD
ES "DE GUACIMO
DA AUDITORIA
INTERNA J”
SEDA
DE FE
Artículo 1*.- Para los efectos de la presente ley, los caminos públicos, según su
función -con su correspondiente órgano competente de administración- se
clasificarán de la siguiente manera:
RED VIAL NACIONAL: Corresponde su administración al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, el cual la definirá según los requisitos que al efecto
determine el Poder Ejecutivo, por vía de acuerdo. Esta red estará constituida por
las siguientes clases de caminos públicos: a) Carreteras primarias: Red de rutas
troncales, para servir de corredores, caracterizados por volúmenes de tránsito
relativamente altos y con una alta proporción de viajes internacionales,
interprovinciales o de larga distancia. b) Carreteras secundarias: Rutas que
conecten cabeceras cantonales importantes -no servidas por carreteras
primarias- así como otros centros de población, producción o turismo, que
generen una cantidad considerable de viajes interregionales o intercantonales. C)
Carreteras terciarias: Rutas que sirven de colectoras del tránsito para las
carreteras primarias y secundarias, y que constituyen las vías principales para los
viajes dentro de una región, o entre distritos importantes. El Ministerio de Obras
Públicas y Transportes designará, dentro de la Red vial nacional, las carreteras
de acceso restringido, en las cuales sólo se permitirá el acceso o la salida de
vehículos en determinadas intersecciones con otros caminos públicos. También
designará las autopistas, que serán carreteras de acceso restringido, de cuatro o
más carriles, con o sin isla central divisoria.
RED VIAL CANTONAL: Corresponde su administración a las municipalidades.
Estará constituida por los siguientes caminos, no incluidos por el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes dentro de la Red vial nacional: a) Caminos
vecinales: Caminos públicos que suministren acceso directo a fincas y a otras
actividades económicamente rurales; unen caseríos y poblados con la Red vial
nacional, y se caracterizan por tener bajos volúmenes de tránsito y altas
proporciones de viajes locales de corta distancia. b) Calles locales: Vías públicas
incluidas dentro del cuadrante de un área urbana, no clasificadas como travesías
urbanas de la Red vial nacional. c) Caminos no clasificados: Caminos públicos no
clasificados dentro de las categorías descritas anteriormente, tales como caminos
de herradura, sendas, veredas, que proporcionen acceso a muy pocos usuarios,
quienes sufragarán los costos de mantenimiento y mejoramiento. (Así reformado
por ley N* 6676 de 18 de setiembre de 1981, artículo 1).
Artículo 2”.- Son propiedad del Estado todos los terrenos ocupados por
carreteras y caminos públicos existentes o que se construyan en el futuro. Las
municipalidades tienen la propiedad de las calles de su jurisdicción. Las
carreteras y caminos públicos únicamente podrán ser construidos y mejorados
por el Ministro de Obras Públicas y Transportes. Sin embargo, con previa
autorización de dicho Ministerio, las municipalidades y las instituciones
descentralizadas del Estado, que tengan funciones relacionadas con la
construcción de vías públicas, podrán ejecutarlas directamente o a través de
136
MUNICIPALIDAD
” DE GUACIMO
AUDITORIA /])
p y 1]
SA E 2 INTERNA (YY)
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
terceros. Tratándose de caminos nuevos o ampliaciones, las partes interesadas
solicitarán al Ministerio los estudios y recomendaciones técnicas de rigor,
debiendo, en este caso, indicar los recursos económicos de que disponen para
realizar. Cumplido este requisito, el Ministerio deberá pronunciarse, dentro de los
seis meses siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. De no pronunciarse
dentro de este término los interesados podrán realizar las obras, sin que le
Ministerio pueda excluirse de sus programas de mantenimiento y mejoramiento.
Pág. N' 17
En conclusión, la administración de la Red Vial Nacional corresponde al Ministerio de
Obras Públicas y Transportes; no obstante, atendiendo a la necesaria coordinación
interinstitucional para la satisfacción de un interés público comprobado, a la importancia
del proyecto que nos ocupa para satisfacer intereses específicos de la comunidad, a la
experiencia de los gobiernos locales en la red vial cantonal, a la concurrencia, el
consentimiento y la participación de CONAVI y la no desatención de asuntos que de
manera general y directa competen a las municipalidades; a criterio de la Unidad de
Asesoría Jurídica, resulta procedente la participación de gobiernos locales en proyectos
como el que nos ocupa.
2. Consideraciones específicas:
La mejora del nivel de servicio de la sección de control N.70460 de la Ruta Nacional
N.811 es de suma importancia para el Cantón de Guácimo y la región ya que, en la
actualidad, dicho tramo cuenta con una superficie de ruedo en lastre que, debido a las
altas precipitaciones propias de la región, experimenta un rápido y significativo deterioro,
dificultando la transitabilidad por este sector, tanto para particulares como aquellos
involucrados en el comercio y la producción local.
A lo largo de esta ruta nacional, existen centros de comunidades cuyo único medio de
acceso es a través de este tramo. Entre las comunidades directa e indirectamente
afectadas se encuentran:
e Santa Rosa e La Aurora =naaacanmananmamm
e LaLucha e La Morenita. ==
e Escocia
e Irlanda
e Bocas de Río Silencio--------==----
e El CAMATÓN aiii
e CAMArONCItO aaa
e Los Lotes
e Las Vegas del Camarín
a Los. Ángeles «——— ==»
e La Parada Vieja
e Thames.
e Caño Siren a-———aicicicinoo
e Lomas
DE GUACIMO
AUDITORIA
26 INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 538-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
Las últimas cinco comunidades forman parte de los nuevos territorios anexos al
cantón de Guácimo en el año 2022. La población estimada que se verán beneficiada
con la realización del proyecto ronda los 17.617,00 habitantes. coa.
La principal fuente económica de estas comunidades proviene de actividades
agropecuarias, razón por la cual, la mejora del tramo es indispensable para
incentivar y promover la producción de estos.
Dentro de las principales actividades se encuentran: ganaderas, siembra de
banano, yuca, palmito, piña y producción de ornamentales, por medio de pequeños
emprendedores y empresas ya consolidadas que generan aproximadamente más
de 100 empleos directos. A continuación, se indican las empresas existentes:
e Yuquera Santa Rosa
e Bananera el Silencio
e Bananera Lomas
Bananera Thames
Bananera Continental
Hidro Cultura del Atlántico
Flores Tropicales
Ovache
Dichas empresas, así como también los pequeños emprendedores, utilizan la
ruta nacional, para poder movilizar los insumos requeridos y sus productos
finales para su posterior venta tanto local como fuera del cantón. Al mejorar el
nivel de servicio del tramo en cuestión, será un incentivo para que exista
inversión tanto para las empresas como para los pequeños emprendedores,
creciendo como organización privada y como resultado, aumentando la
empleabilidad del sector.
Esta municipalidad en conjunto con la Asociación de Desarrollo Integral de la
Aurora; Asociación de Emprendedores Turísticos de Caño Sirena y el Comité de
Caminos de Caño Sirena, se está trabajando la creación de un atracadero en Caño
Sirena, ya que por ese sector es el único lugar donde se puede tener acceso a las
costas del cantón de Guácimo con el Mar Caribe. Con la existencia de este
atracadero, se incentiva y promociona la actividad turística del sector, ya que
permitiría a la población y turistas internacionales, tener acceso tanto a las costas
del Mar Caribe como también como a Tortuguero.
En la Sección de control N.70640 de la Ruta Nacional N.811, se encuentran un total
de siete centros educativos. Dichos recintos se encuentran a lo largo de los 11,065
km del tramo, siendo este el único medio para poder acceder a estos, los cuales
mencionan a continuación:
MUNICIPALIDAD | —
137
138
al
Y
y
ES
[2 MUNICIPALIDAD
| Es DE GUACIMO
CY), AUDITORIA
ESA INTERNA
Pág. N'” 19
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
Escuela Escocia
Escuela La Lucha
Escuela el Camarón
Escuela Irlanda
Escuela Balsaville
CINDEA Río Jiménez
Colegio Experimental Bilingúe de Río Jiménez.
Tanto los centros educativos como las comunidades que se encuentran a lo largo
de la Sección de Control N.70460 de la Ruta Nacional N.811, son afectadas
directamente por el polvo que se generar por la transitabilidad de los vehículos,
como se mencionó, la superficie de rodamiento se encuentra en lastre. La
exposición diaria de polvo en la población, generan y/o agravan las enfermedades
respiratorias, como lo es el asma, así también problemas en la piel como en la vista,
según datos generados por los diferentes centros de salud de la zona. Dicha
condición disminuye, considerablemente la calidad de vida de cada persona y
especial a las poblaciones que cuentan con mayor vulnerabilidad como adultos
mayores, niños y personas que cuenten con alguna condición especial de salud.
Las comunidades que colinda a lo largo del tramo son: Santa Rosa, La Lucha,
Escocia, Irlanda y El Camarón.
También, se presentan graves dificultades de accesibilidad de vehículos para la
atención de urgencias, debido a que, las condiciones deterioradas de la superficie
de ruedo, no permite que estos puedan tener una rápida respuesta a la solicitud de
llamado de la Cruz Roja, Bomberos, Fuerza Pública y Poder Judicial a todas las
comunidades que tienen influencia directa e indirectamente con la Ruta Nacional
N.811.
Según el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, la Sección de Control N.70460
de la Ruta Nacional N.811 tiene una jerarquía terciaria, lo que implica que no se le
otorga prioridad para realizar trabajos de mantenimiento o mejoras. Sin embargo,
considerando que las municipalidades no tienen la competencia para intervenir en
rutas nacionales; que la situación actual está afectando gravemente la salud de la
población; que esta vía es el único acceso a múltiples comunidades y centros
educativos; y que es prioridad para esta municipalidad incentivar la actividad
económica del cantón, resulta imperativo que esta municipalidad por medio del
convenio, logre mejorar el nivel de servicio de esta ruta nacional, mejorando el
acabado de superficie de ruedo de lastre a asfalto.
Con fundamento en lo anterior, el CONAVI, JAPDEVA y LA MUNICIPALIDAD de
Guácimo, han determinado como parte de sus esfuerzos para gestionar en conjunto
las obras ubicadas en la Ruta Nacional 811, ante la urgente necesidad para el
139
£fluntcipalidad de Guacimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO (A
AUDITORIA
“5 INTERNA GS
Pág. N* 20
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023. DE FECHA: 29-08-2023.
Cantón de Guácimo, pues viene a atender las problemáticas, así como a garantizar
a toda persona un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, buscando mitigar
el polvo que se ocasiona en la zona, debido a lo anterior se propone un trabajo entre
las partes de manera tal que permita impermeabilizar la superficie de ruedo.-------
CLAUSULA SEGUNDA: Se modifica parcialmente la cláusula quinta del convenio
original “De las obligaciones partes”, para que se lea de la siguiente forma: ------——
CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES.
Para la ejecución y seguimiento del presente instrumento de cooperación, el
CONAVI, JAPDEVA y MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, se comprometen a:
a. JAPDEVA, se compromete mediante la entrega a la Municipalidad de
Guácimo de recursos del Canon de explotación de la plataforma portuaria,
a dotar de contenido económico para el desarrollo de los proyectos, en
las actividades descritas en la columna denominada “JAPDEVA” de la
siguiente tabla:
 
141
MUNICIPALIDAD ES
DE GUACIMO 7) y EN
AUDITORIA Y r) )
SÍL6 INTERNA JA Y
Pág. N 22
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023. DE FECHA: 29-08-2023.
El anterior aporte se estima en la suma de (1.938.964.945.90 (mil novecientos
treinta y ocho millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y
cinco con 90/100).
b. MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, se compromete a ejecutar por
separado las siguientes obras:
1) Municipalidad de Guácimo, asumirá las actividades rutinarias, la
inspección y dirección técnica para la ejecución del proyecto y los
reajustes de la obra.
2) La estimación aproximada por parte de la MUNICIPALIDAD DE
GUÁCIMO, para la atención de los compromisos será de
(229.153.761.66 y otros costos invaluables administrativos en el
manejo de los recursos, rendición de cuentas, aporte de material en
Banco de la concesión 08-2004.
3) Así como asumir la contratación de las siguientes actividades, que se
encontraban en la Licitación Abreviada No. 2019LA-000020-
0006000001, del CONAVI, que por recortes de presupuesto quedaron
descubiertas:
Descripción Unidad Precio Unit. Cantidad | Municipalidad
Actividades Rutinarias
Descuaje de árboles H 7 25.149,95 200 75.029.990,00
Limpieza de tomas, cabezales y Ú 24.541,79 19 7 4686.294,01
lalcantarillas
brigada de limpieza de puentes H 1 24.757,18 50 (1.237.859,00
CChapea de derecho de vía m2 (125,54 66390|  (1.695.600,60
Reajustes (Obra) 10% 71.807.240.180,49 10%| 21 TE
Supervisión y administración 1 1120.000.000,00 1| 40.000.000,00
[Total [2229.153.761,95
4) Utilizar los recursos aportados en estricto apego a lo dispuesto en el
presente convenio.
5) La Municipalidad estará encargada de ejecutar las contrataciones y
supervisión para incorporación de un sello de preservación con mezcla
asfáltica de 5.0 cm, conforme a la Ley General de Contratación Pública
y su reglamento y a la propuesta detallada en el plan de inversión.
Municipalidad de Guácimo
E MUNICIPAL
Sh IDAD
7” DE GUACIMO
7
TE
Pág. N* 23 A
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 58-2023 DE FECHA: 29-08-2023.
6) Una vez se cuente con los costos finales, superados los procesos
pertinentes para su definición; si hubiese un incremento del costo de
la obra, el diferencial deberá ser cubierto por la Municipalidad.
7) La Municipalidad, deberá llevar de forma separada de sus otras
obligaciones financieras, un registro eficiente de la administración de
los recursos económicos trasladados por JAPDEVA para la ejecución
del presente proyecto. Dicho control lo ejercerá sobre los registros
presupuestarios, contables, de ejecución, y todos los necesarios en
cumplimientos de la normativa respectiva.
8) Tener el presupuesto aprobado por la Contraloría General de la
República.
9) Asignar una cuenta corriente exclusiva en un banco estatal; para
manejar los recursos del presente proyecto; que tenga un saldo cero y
que cuente con una certificación de la entidad financiera para la no
emisión de cheques de esa cuenta.
10)Con posterioridad al refrendo del presupuesto por parte de la
Contraloría General de la República, deberá solicitar a JAPDEVA el
desembolso de los recursos correspondientes, acompañada de un
Plan de Trabajo, el cual deberá aportar a más tardar a 5 días hábiles
a la orden de inicio de la obra, y contendrá las etapas y fechas para
los desembolsos, mismos que se darán conforme a los compromisos
estipulados en dicho plan y la planificación definida en el mismo. ------
11)Presentar un informe financiero de forma mensual en los primeros diez
días naturales de cada mes, al responsable del seguimiento, control y
supervisión de la Unidad de Supervisión de TCM y APP's por parte de
JAPDEVA, sobre el uso y manejo de los recursos para el cumplimiento
del objeto del presente Convenio, el cual deberá de estar acompañado
con el respectivo estado de la cuenta donde JAPDEVA depositó los
recursos financieros, emitido por la entidad bancaria correspondiente,
todo ello para corroborar que los recursos o partidas forman parte de
la cuenta exclusiva para la a administración de dichos fondos, así
como la conciliación bancaria que debe indicar el monto de los
intereses generados, en el caso de contar con algún tipo de
desembolso, se deberán presentar copia de facturas, depósitos o
comprobantes de pago correspondientes, justificados en estricto
apego al objeto para el cual fueron otorgados.
12)Presentar un informe técnico, de forma mensual, en los primeros diez
días naturales de cada mes, al responsable del seguimiento, control y
supervisión de la Unidad de Supervisión de TCM y APP's por parte de
JAPDEVA, el cual será elaborado por el responsable del Seguimiento,
Control y Fiscalización por parte de la MUNICIPALIDAD, y deberá
contener: descripción detallada del avance de ejecución del objeto del
convenio, para el cual se realizó el giro de los recursos, según el
cronograma actualizado y el plan de inversión, así como el porcentaje
de cumplimiento de avance por actividades y gasto financiero
AUDI ,
5 “IN TORIA (
142
AN
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 58-2023
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
INTERNA
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confrontado con el presupuesto y desembolsos de las partes. Dicho
informe deberá respaldarse por los medios que se consideren
necesarios, para lo cual la MUNICIPALIDAD, podrá utilizar: listas de
participantes, fotografías, minutas, bitácoras entre otros. De igual
forma la MUNICIPALIDAD, deberá remitir dicho informe técnico
cuando el responsable del Seguimiento, Control y Fiscalización por
parte de JAPDEVA, así lo requiere durante la ejecución del proyecto.
13)La Municipalidad con base al informe de liquidación financiera debe
realizar la liquidación de gastos ejecutados, las facturas de
conformidad a los procedimientos de JAPDEVA y deberá reembolsar
a JAPDEVA las sumas que no hayan sido utilizadas para la ejecución
del presente Convenio; así como los intereses que hayan generado
dicho monto, debiendo realizar el depósito de las mismas a la cuenta
recursos canon de la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo
de la Vertiente Atlántica, del Banco de Costa Rica que en su
oportunidad se indicara, debiendo contener la liquidación
presupuestaria y estados bancarios de la cuenta corriente así como el
recibo de depósito a JAPDEVA, por concepto de devolución de los
intereses generados en la cuenta corriente que se aportará
oportunamente.
14)Rotular, con materiales resistentes a la intemperie, de forma visible la
Cc. El CONAVI, se compromete a:
1)
2)
población circundante que el proyecto se financia con fondos del
Canon de explotación de la Terminal de Contenedores de Moín y la
Contribución al Desarrollo Regional administrado por JAPDEVA.
Asumir la supervisión y administración del proyecto, la calidad y los
reajustes e impuestos correspondientes a estas actividades.
Corresponderá tanto para la Municipalidad de Guácimo, como también
para el Consejo Nacional de Vialidad la obligación de realizar una
fiscalización mutua de los proyectos, al tratarse de una obra indivisible
e integral.
A mantener actualizado en el Banco de Proyectos de Inversión Pública
(BPIP) del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) del
MIDEPLAN el proceso de la Ruta Nacional N*811. ---——-------—————
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4) Facilitar información técnica en aquellos temas y proyectos de interés
común, en los cuales tengan participación compartida y que tengan
relación con los trabajos potenciales, durante la ejecución de las obras
de infraestructura vial nacional. La estimación aproximada por parte
del CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, para la atención de los
compromisos será de (M207.905.339,38, serán distribuidos de la
siguiente manera:
Descripción Precio Unit. Cantidad Costo CONAVI
IVA (Obra) 0
Supervisión y administración 7120.000.000,00 |1 (7120.000.000,00 (80.000.000,€
Calidad (96.190.965,58 |1 (96.190.965,58 T96.190.965,£
Reajustes (supervisión, (1 176.190.965,58 [5% (8.809.548,28 (8.809.548,2
ladministración, calidad)
IVA (supervisión, administración, — | 176.190.965,58 [13% (22.904.825,53 22.904.825,
calidad)
Total (207.905.339,3
5) El CONAVI deberá velar por el correcto cumplimiento de los
objetivos del proyecto y la correcta ejecución de las obras como
ente responsable de la red vial nacional según lo dispuesto en la
Ley General de Caminos Públicos, Ley No.5060 y de conformidad
con su Ley de Creación, No. 7798
CLAUSULA TERCERA: Se modifica parcialmente la cláusula décima primera del
convenio original “De la estimación del convenio, para que se lea de la siguiente
forma:
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA ESTIMACIÓN DEL CONVENIO. En
consideración del objeto del presente convenio, se tiene que la estimación por
parte del Consejo Nacional de Vialidad CONAVI será de (207.907.339,38, por
parte de la Municipalidad de Guácimo será de (229.153.761,66 y por parte de
JAPDEVA la suma de (1.938.964.945,90, para un costo total de inversión del
presente convenio para atención de la Ruta Nacional 811 de
(12.376.024.046,95. Sin perjuicio a las posteriores estimaciones que devengan
de la contratación requerida por parte de la Municipalidad de Guácimo de las
cuales serán realizadas de manera separada por las partes. ---------————---—-
CLAUSULA CUARTA: Se modifica parcialmente la cláusula décima segunda del
convenio original “De las notificaciones”, para que se lea de la siguiente forma:
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS NOTIFICACIONES. Para los
efectos del artículo 22 y siguientes de la Ley ocho mil seiscientos ochenta y
siete, Ley de Notificaciones Judiciales, las PARTES conocedoras de las
implicaciones que esta manifestación conlleva, aceptan como válida la
notificación que se haga en el lugar señalado como su domicilio en el presente
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ACUERDO, pasando éste a ser su DOMICILIO INSTITUCIONAL; asimismo se
comprometen como se dirá más adelante, a notificar por escrito a la contraparte
de cualquier cambio en su domicilio, de tal forma que las PARTES dejan
señalada la siguiente dirección para el caso de una eventual notificación, sea
ésta judicial o extrajudicial, así como para cualquier comunicación o
requerimiento, la cual se tendrá como válida si es notificada mediante entrega
de un original de la misma en las direcciones que se indican a continuación.
En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio Institucional, deberán
notificarlo por escrito a la otra y dicho cambio se tendrá por efectuado al día
siguiente de la notificación del cambio de domicilio.
Para el CONAVI:
Dirección: 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania ----------------
En atención a: Ing. Pablo Camacho Salazar, Gerencia de Conservación de Vías
y Puentes.
FAX: 2253-3584
Para LA MUNICIPALIDAD de Guácimo:
Dirección Guácimo, Limón, actualmente está ubicada frente al Parque Central,
Edificio de dos Pisos.
En atención a: Gerardo Fuentes González.
Para JAPDEVA:
Dirección costado sur del Parque Vargas
En atención Ingeniero Freddy Meza Alvarado, jefe del proceso de supervisión
de APP's o a quien ocupe su cargo.
CLAUSULA CUARTA: Se incorpora la cláusula décima tercera del convenio
original “De la estimación del convenio” para que se lea de la siguiente forma:
DECIMO TERCERA: ENTREGA DEL APORTE: JAPDEVA realizará los
desembolsos mensuales de conformidad avance físico de obra y la
aceptación a los informes de avance presentados por la Municipalidad
conforme a los procedimientos administrativos existentes y hasta por un
monto de (/1.938.964.945,90.
JAPDEVA solamente estará obligado a entregar el aporte por el monto
autorizado y dispuesto en las obligaciones de JAPDEVA en la cláusula
quinta, y solo podrá ser utilizada por el BENEFICIARIO para financiar el
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PROYECTO. JAPDEVA no aportará recursos adicionales a los aprobados
para complementar el proyecto.
Para realizar la transferencia de recursos de capital deberá existir: -------—--
e Apertura de una cuenta corriente exclusiva para manejar
estos recursos, en un banco estatal; con saldo cero. -------
e Cumplimiento de la Viabilidad legal, administrativa,
financiera, técnica y ambiental.
e La solicitud inicial de desembolso emitida por la
MUNICIPALIDAD, acompañada de un Plan de Trabajo,
especificaciones técnicas, así como el contrato de
construcción, el cual contendrá el cronograma de metas y
fechas de los posteriores desembolsos que realizará
JAPDEVA, previos al cumplimiento de los informes
correspondientes.
CLAUSULA QUINTA: Se incorpora la cláusula décima cuarta al convenio original
“Del Incumplimiento, resolución y rescisión original, para que se lea de la siguiente
forma:
CLAUSULA DECIMO CUARTA: DEL INCUMPLIMIENTO, RESOLUCIÓN Y
RESCISIÓN. Será de entera responsabilidad de la MUNICIPALIDAD y el CONAVI,
que sus objetivos y metas se ajusten a las políticas nacionales de desarrollo y
planes anuales operativos. Ante el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas
establecidas en el presente convenio correspondiente a las partes, JAPDEVA
queda facultada para no girar más fondos. En caso de que la MUNICIPALIDAD
demuestre incapacidad administrativa para ejecutar el proyecto eficientemente
JAPDEVA puede rescindir unilateralmente el presente convenio. Ante el
incumplimiento imputable directamente de la MUNICIPALIDAD que afecte
cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente convenio correspondiente a
las partes, JAPDEVA queda facultada para no girar más fondos. ---------—————-—---—-
Resolución: En caso de incumplimiento de alguna de las partes, la parte afectada
prevendrá a la otra de sus obligaciones y responsabilidades, otorgando el plazo de
quince días naturales para que adopte las medidas correctivas, caso contrario,
existirá causa para resolver el citado convenio.
Rescisión: La rescisión del presente convenio se podrá convenir cuando existan
razones de interés público, fuerza mayor o caso fortuito, siguiendo el debido
proceso. También podrá darse por concluido en cualquier momento si al menos
una de las partes manifiesta su interés de no continuar con el mismo. La
notificación se deberá realizar por escrito con tres meses de anticipación para su
finiquito. En caso de haber convenido en su ejecución programas, proyectos o
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actividades y se tenga que concluir anticipadamente el proyecto, de previo se
deberá analizar la oportunidad, conveniencia e interés público de continuar con la
ejecución de los iniciados, hasta su conclusión.
CLAUSULA SEXTA: Se incorpora la cláusula décima quinta al convenio original
“Condicionantes del financiamiento”, para que se lea de la siguiente forma: ---————-
Se admite la solicitud de adenda formulada mediante Oficio DRHA-78-2023-0285
de fecha 16 de junio de 2023; no obstante, deberá cumplirse con lo siguiente:-------
a) Dado que estas actividades de la adenda forman parte de un contrato
activo, 2019LA-000020-0006000001, los términos de referencia serán con
base en las secciones típicas originales, JAPDEVA únicamente cubriría la
diferencia hasta alcanzar los espesores técnicos requeridos, este objetivo
se logra con una contratación de las obras mediante la modalidad contra
demanda de forma que se garantice el financiamiento de las obras y/o
actividades que realmente son requeridas para el cumplimiento de las
especificaciones técnicas parte del convenio Original. ---uiaianiinninn
b) Se promueva una licitación donde sea adjudicado un único contrato,
entregando la totalidad de las actividades un único oferente en la
búsqueda de la eficacia y la eficiencia.
c) JAPDEVA recibirá las pruebas de laboratorio previo a la colocación de
nuevo material en cada tramo, con el objetivo de garantizar se coloque lo
estrictamente requerido para alcanzar el espesor de la sección de Diseño.
d) En la colocación del sello asfaltico preparado en caliente en planta, el
pliego de condiciones o términos de referencia del cartel
deberá especificar un espesor mínimo de 5 centímetros de sello asfaltico
preparado en planta en caliente, cumplidas todas las especificaciones
técnicas se pagará sobre la base de los metros cuadrados efectivamente
colocados, el no cumplimiento de las especificaciones, se tendrá como
causal de no cumplido y libera a la administración de la responsabilidad
del pago del renglón.
CLAUSULA SEPTIMA: VIGENCIA DE LA ADENDA N1: La presente Adenda N*1
entrará en vigencia a partir de su suscripción.
Firmamos digitalmente según lo establecido en la Ley certificados, firmas digitales
y documentos electrónicos (Ley 8454) y su Reglamento (Decreto Ejecutivo
N*33018-MICIT), entrando en vigencia en la fecha de la última firma digital
plasmada en la presente ADENDA N?1.
Asimismo, se autorización al Gerardo Fuentes González en condición de
Alcalde Municipal, para que pueda proceder con la firma de la adenda número 1 al
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convenio de cooperación, suscrito entre JAPDEVA, CONAMI y la Municipalidad de
Guácimo.
Se dispensa de trámite de comisión.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
Concluye la sesión el Presidente Municipal, Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, siendo las dieciséis horas, treinta y cinco Minutos. ————————————----
sé ozco Peraza Abigail Ruiz Lépiz
residente Secretaria a.i.