Ordinaria 10 · 2023-02-09

10. Acta S.E. N° 10-2023 del 09-02-2023.pdf · 101 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 10 del 2023-02-09 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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213
” DE GUACIMO
, AUDITORIA
VEL" INTERNA
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO *
ACTA SESION EXTRAORDINARIA N* 10-2023
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL NUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTITRES A
LAS QUINCE, HORASTREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES
DEL SALON DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Propietarios Regidores Suplentes
José Leoncio Orozco Peraza- Preside Nitzy Vega Chaves
Alejandra López Lee Ana María Esquivel Mesen
Magda Orocú Jiménez Leance Ramírez Mora (Supl)
Rosibel Marchena Serrano José Andrés Jirón Jirón
Nelson Lobo Rodríguez Wilberth Carrillo Navarro
Leonardo Carrillo Sánchez Rosibel Calvo Angulo
Síndicos Suplentes
Jesarela Cocorn Guerrero (Supl)
Jacqueline Jiménez Salas
Síndicos Propietarios
Elpidio Cubillo López
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González — Alcalde
Jeanneth Crawford Stewart — Secretaria
Ausentes:
Regidores: No hubieron.
Síndicos, Maricela Solano Álvarez, Luis Guillermo Zamora Brenes, Carlos David
Francis Sequeira, Vera Myrie Graham, Yundi Alberto Artavia Lovemore, Flor
Chavarría Arguedas, Greivin Muñoz Elizondo
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la siguiente
orden del día:
l. Oración.
ll. Lectura aprobación orden del día.
III. Correspondencia.
2, MUNICIPALIDAD
27 DE GUACIMO
», AUDITORIA
INTERNA
—Pá89.02
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023. DE FECHA: 09-02-2023.
CAPITULO Il. LECTURA, APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA. oemmmmcccmamicaninaaao
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, inicia la sesión
solicitando a la Secretaria del Concejo Municipal — Sra. Jeanneth Crawford Stewart,
proceder a la lectura del orden del día.
ARTICULO N* 01. En uso de la palabra la Secretaria del Concejo Municipal - Sra.
Jeanneth Crawford Stewart, procede a la lectura del orden del día, mismo que ha
sido elaborado por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para
atender la sesión del día de hoy 09-02-2023, dice:
1. Oración
2. Lectura, aprobación orden del día --
3. Correspondencia
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal —Reg.
José Leoncio Orozco Peraza, resulto aprobada por unanimidad. =rammmmaaaaas --
ORACION: —
El Concejo Municipal período 2020 — 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la
función de cada uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte
de la Reg. Rosibel Marchena Serrano
Al Ser las 3:45 p.m., el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, en ausencia del Regidor Propietario del curul que corresponde a
representante del partido justicia social, procede a ascender al Regidor
Suplente - Sr. Leance Ramírez Mora. -
CAPITULO ll. CORRESPONDENCIA.
ARTICULO N? 02. Se dio lectura a mocién de fecha 09 febrero 2023, presentada
por el Regidor José Leoncio Orozco Peraza, acogida pcr los Regs. Alejandra
López Lee, Magda Orocú Jiménez, Leonardo Carrillo Sánchez, Rosibel Marchena
Serrano, Nelson Lobo Rodríguez y Leance Ramírez Mora, dice: ma
MOCIONO:
Para que se autorice al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes
González, a firmar convenio de cooperación para la atención de recolección
de desechos sólidos. (e -
214
%, MUNICIPALIDAD
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MA
v_Pág.03
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Solicito dispense de trámite de Comisión.
Asimismo se conoce oficio AMG-158-2023 recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 09-02-2023, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González,
Alcalde Municipal, por este medio me permito remitir Convenio de Cooperación para
la atención de forma temporal de emergencia por falta de recolección de
desechos sólidos, con el fin de que se me autorizase a firmar dicho convenio y
así exista una colaboración en la atención inmediata por el faltante de camiones
para brindar el servicio de recolección al cantón de GUÁCIMO ruca
Conocida la moción, presentada por José Leoncio Orozco Peraza y
el oficio suscrito por el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcaide Municipal,
solicitando aprobación y autorización para la firma del Convenio de
Cooperación para la atención de forma temporal de emergencia por falta
de recolección de desechos solidos, es sometida a votación por el
Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la moción
y solicitud del Alcalde Municipal sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.* UNO. El Concejo Municipal de Guácimo, en atención de la situación
de urgencia suscitada por la falta de prestación temporal del servicio de recolección
de desechos sólidos, por motivo que los tres camiones recolectores municipales en
uso están varados por desperfectos mecánicos, en aras de garantizar la recolección
de desechos y evitar así afectaciones a la salud; se procede acordar lo siguiente:
CONSIDERANDO
Primero. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 13 inciso e), le corresponde al
Concejo Municipal la aprobación de los convenios en donde sea parte el Gobierno
Local. —
Segunda. Mediante oficio SAM-048-2023, el Departamento de Servicios
Ambientales y Municipales de esta Municipalidad, reporta que los tres camiones
recolectores municipales con placas SM-3387, SM-4760, SM-6508, están fuera de
operación por desperfectos mecánicos.
Tercera. Que actualmente la Municipalidad de Guácimo, no dispone de recolectores
de desechos sólidos, siendo que los desechos se han acumulado en todas las
comunidades del Cantón.
Cuarta. Que la empresa Compañía Recolectora Atlantis C.R.A Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-221880, ha hecho una oferta escrita en fecha 9 de febrero de
2023, para la donación de servicios de recolección de desechos al Cantón de
Guácimo, para llevar a cabo la recolección sin ningún costo de 100 toneladas de
desechos en las rutas que sean indicadas por el personal municipal. ---acmcamaninininaa
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MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Quinta. En vista de la situación de afectación del servicio de recolección, siendo
que por una situación atípica en la actualidad todos los camiones recolectores
municipales están fuera de servicio y requieren de reparaciones que deben
tramitarse en la plataforma SICOP; resulta oportuno y pertinente aceptar la donación
de servicios de la empresa Compañía Recolectora Atlantis C.R.A Sociedad
Anónima, para que suministren los camiones y personal para realizar la recolección
de 100 toneladas de desechos, para lo cual deberán ser supervisados por el
personal municipal a cargo del servicio de recolección.
Sexta. Que como única obligación para la Municipalidad, lo está el suministrar el
combustible que será utilizaco exclusivamente para realizar las rutas en el Cantón
de Guácimo para recoger los desechos acumulados y trasladarlos al relleno
sanitario contratado por la Municipalidad. En tal sentido, corresponderá a la
Administración realizar los mecanismos de fiscalización en el control y uso de
combustible, así como en la acreditación de la recolección de la cantidad de
desechos recogidos, controles que deben constar por escrito. -----—————--——-—--
Por tanto.
El Concejo Municipal de Guácimo, aprueba autorizar el convenio de cooperación
temporal, para la atención de situación de emergencia por la acumulación de
desechos sólidos ocasionada por desperfectos mecánicos de los camiones
recolectores municipales, convenio a suscribirse entre la empresa Compañía
Recolectora Atlantis C.R.A Sociedad Anónima y la Municipalidad de Guácimo, esto
para recibir la donación de la recolección de 100 toneladas de desechos, aportando
la empresa en cuestión de forma gratuita dos camiones recolectores y su personal,
sin costo y condición alguna; debiendo la Municipalidad aportar únicamente el
combustible y corresponderá a la Administración realizar los mecanismos de control
y fiscalización respectivos. Se autoriza al señor Alcalde Gerardo Fuentes González,
para que en su condición de Alcalde suscriba el convenio en referencia. -------—-—-
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Código Municipal, se
dispensa el presente acuerdo del trámite de comisión, Acuerdo en firme y
definitivamente aprobado. pa e
CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA LA ATENCIÓN DE FORMA
TEMPORAL DE EMERGENCIA POR FALTA DE RECOLECCIÓN DE
DESECHOS SÓLIDOS.
Entre nosotros, Municipalidad de Guácimo, con cedula jurídica 3-014-042122,
representada en este acto por el señor Gerardo Fuentes González, Alcalde
Municipal, portador de la cedula de identidad N” 2-0292-1486, mayor, divorciado,
comerciante, vecino de Guácimo y Compañía Recolectora Atlantis C.R.A Sociedad
Anónima, cédula jurídica:3-101-221880, representado por el señor Milton Gerardo
Fonseca Corrales, cédula de identidad 4-0101-1066; hemos acordado suscribir el
presente convenio de cooperación temporal, para la atención de situación de
emergencia por la acumulación de desechos sólidos por desperfectos mecánicos
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+ MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
de los camiones recolectores municipales; el cual se basará en las siguientes
clausulas:
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la Municipalidad de Guácimo actualmente tiene la problemática que
los tres camiones recolectores municipales propios, están varados por fallas
mecánicas, lo cual ha provocado que en los últimos días no se recojan los desechos
sólidos en diferentes puntos del Cantón, generándose acumulación de los mismos,
lo cual representa un riesgo para la salud pública.
SEGUNDO: Que desde el 9 de diciembre entro en vigencia la Ley General de
Contratación Pública, siendo que los procesos de reparación requieren de un
proceso que debe tramitarse en la plataforma SICOP, proceso el cual debe
cumplirse para poder realizar la reparación de los camiones recolectores que tienen
desperfectos mecánicos.
TERCERO. La Municipalidad de Guácimo promovió la contratación de licitación
abreviada N* 2022LA-000009-0022500001, para la compra de un camión
recolector, siendo que dicho proceso está en firme y en trámite para la próxima
entrega de dicho equipo, gestión que puede tardar hasta 15 días más
aproximadamente.
CUARTO. Que la empresa Compañía Recolectora Atlantis C.R.A Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-221880, tiene como giro comercial la prestación de
servicios de recolección de desechos sólidos, en dicha condición han hecho el
ofrecimiento de donar el servicio de recolección sin costo y condición alguna, para
llevar a cabo la recolección de 100 toneladas de desechos sólidos en el Cantón de
Guácimo; para dicho fin aportará dos camiones recolectores de dicha empresa, con
los documentos al día para su circulación, así como el personal propio de esa
empresa, debidamente cubiertos por póliza de riesgos. Dicha colaboración, se
ofrece sin costo alguno por el uso del equipo o personal de dicha empresa, esto
bajo la figura de responsabilidad social de la empresa y cooperación mutua en la
atención la situación crítica que afecta a la Municipalidad de Guácimo, por la
interrupción de la prestación del servicio de recolección de desechos sólidos. --------
QUINTO: El servicio de recolección de desechos es por mandato de ley
competencia de los Gobiernos Locales, siendo que la afectación en la prestación
del mismo puede generar problemas a la salud pública, ya que al acumularse los
desechos, se generan malos olores, criaderos de dengue, presencia de roedores y
otros animales, brotes de diarrea y virus estomacales que afecta a la salud de las
personas, entre otros. Asimismo, la afectación en la prestación de dicho servicio
también conlleva daños al medio ambiente, por los lixiviados y malos olores.----—- --
SEXTO. Que la Municipalidad de Guácimo, únicamente asumiría el compromiso de
aportar el combustible que requieran los recolectores, exclusivamente para realizar
los recorridos en las distintas rutas del Cantón de Guácimo y el traslado de los
desechos recolectados hasta el relleno sanitario contratado por esta Municipalidad.
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Silunicipalidad de Guacímo
AUDITO
AE INTERNA
—/ Pág.06
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
SETIMO. Que corresponderá al Departamento de Servicios Ambientales y
Municipales de la Municipalidad de Guácimo, implementar y realizar los
mecanismos de control sobre el consumo de combustible, así como los registros de
control en torno a la recolección de las 100 toneladas ofrecidas y las rutas cubiertas
en el Cantón de Guácimo.-—
OCTAVO. La Coordinadora de Servicios Ambientales y Municipales de la
Municipalidad de Guácimo, gestionará de cuenta propia o por medio de personal a
su cargo, las actividades propias de supervisión y fiscalización sobre las acciones
de recolección de desechos. .
NOVENO. El presente convenio lo es hasta cumplir con la recolección de las 100
toneladas de desechos ofrecidas.
DECIMO. El presente convenio no genera relación de empleo ni de subordinación
entre la Municipalidad de Guácimo y la empresa Compañía Recolectora Atlantis
C.R.A Sociedad Anónima.
El presente convenio ha sido aprobado por Concejo Municipal de Guácimo,
mediante acuerdo N” UNO, adoptado en sesión extraordinaria N* 10, de fecha 09
de febrero 2023.
El presente Convenio rige a partir de la fecha de su firma. --—-—————-—-—--
Ambas partes manifiestan su plena conformidad con todas y cada una de las
cláusulas del presente Convenio de Cooperación.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. a
ARTICULO N* 03. Se dio lectura a oficio. CAG-DIR-004-2023 enviado al correo
electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 07-02-2023, firmado
por el MSc. Edin Arturo López Rivera - Director Colegio Académico de Guácimo,
en esta ocasión, les solicito vehementemente su colaboración, en relación con este
tema, debido a que cuando llueve ya no se puede entrar en el comedor, esto porque
las láminas de zinc colapsaron. En nuestra solicitud y la de Don Francisco,
solicitamos la donación de 600 láminas, para cambiar el zinc de 6 aulas y el
comedor, pero, en vista de la urgencia que tenemos con el comedor, con 100
láminas, saldremos del apuro.
En este momento, estamos iniciando curso lectivo, recibimos bastantes jóvenes de
los alrededores del distrito central y otros distritos, quienes reciben alimentación y
si está lloviendo NO pueden ingresar al establecimiento, lo que nos causa un caos
con los estudiantes y su toma de alimentos.
Siempre he dicho, digo y diré, que no me canso de agradecer todas sus gestiones
para con nosotros; esto porque, este colegio no existiría sin su gestión. Es por ello
por lo que, nuevamente acudo a ustedes, solicitando ayuda.
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Municipalidad de Guácimo
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7
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Conocido el oficio CAG-DIR-004-2023, suscrito por el MSc. Edin Arturo
López Rivera - Director Colegio Académico de Guácimo al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Comunicarle al
Director que de parte de este Concejo si nosotros tuviéramos la posibilidad de
hacer la donación, pues con mucho gusto, pero lamentablemente por el tema de
pandemia y el poco presupuesto que esta Municipalidad cuenta, no se tiene las
posibilidades en este momento.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Yo pienso que
esta delicado el asunto de colegio Académico, resulta que se les inundo y si
ahí llueve los muchachos no pueden ingresar, creo que aquí lo que podemos
hacer es tomar la decisión de enviarle a Don Gerardo esta petitoria y ver de
donde se le puede donar por lo menos esas cien laminas de zinc, no las
seiscientas que piden de todas las aulas pero si las cien, porque almenos el
comedor hay que ver como se resuelve. Yo no sé nada de construcción pero
deberíamos enviar la solicitud a Don Gerardo y que él mande a ver que es el
problema y en que se le puede solventar, porque estamos hablando del comedor
de una Institución , cuando ahí se alimentan un montón de jóvenes.  --—-—-—-—--
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: A veces nos
ponemos aquí a discutir en medio de las situaciones buscando una solución a
esto, si bien es cierto no podemos estar diciendo siempre no hay plata, no hay
plata, nosotros tenemos que sentarnos a ver los presupuestos y ver de donde
podemos sacar un poquito para ayudarlos a ellos no es posible que nosotros
nada más agarremos un oficio y les digamos hay no es que seiscientas laminas
eso es demasiado vea a ver el MEP como les resuelve, esto no puede ser así,
nosotros tenemos que aportar nuestro grano de arena, son nuestros estudiantes
son nuestros jóvenes es nuestra población la que esta ahí, y si bien es cierto
usted tiene razón en manifestar que hay muchas cosas que no se han ejecutado,
pero me extraña mucho de su persona que ha estado inmerso en esta
Municipalidad habiendo presupuesto y sabiendo la situación como se maneja un
presupuesto que no sepa la falta de ejecución que existe en las entidades públicas,
y que esos dineros que no se han ejecutado son dineros que están asignados
ahí, que por una tramitología kilometral no se han podido ejecutar y porque, porque
también tenemos personas a veces que no saben ejecutarlas en juntas de
educación y no voy a decir que tampoco en las direcciones, pero nosotros
necesitamos ayudar entonces no podemos decirles que no, y como dice la
compañera Alejandra, pues si no se lo damos todos, pues démosles una parte,
para que vayan arreglando lo que tienen más malo y vayan buscando por otros
medios como gestionar con el Misterio lo que les haga falta, pero si hay que
ayudar, no es solo decir lo sentimos mucho pero no tenemos plata, así que
igual como los compañeros mociono para que se le mande a Don Gerardo para
218
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
que se les ayude como dijo la compañera Alejandra por lo menos con unas cien
láminas y si se pudiera más, más.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
dice: Compañera Yo no se si usted me malentendió o no, lo que Yo quise darle a
entender es que de nuestra parte, si el Concejo Municipal tuviera el presupuesto
disponible en este momento para donarle las seiscientas láminas de zinc, pues
con mucho gusto se le donaría. Ahorita hay un Presupuesto Ordinario que es el
que esta aprobado y ya esta presupuestado, viene un presupuesto extraordinario
que aún no se ha presupuestado y para poder hacer esa donación nosotros
tenemos que incluirlo dentro de ese presupuesto extraordinario. Nosotros acá
también tenemos tramitologías que tenemos que respetar, no es que Yo este
diciendo que no, en ningún momento, aquí la plata no es mía, la plata es de todo
el Cantón, Yo no vengo a decidir aquí por lo que no es mío, simplemente lo que
si me duele saber es que el MEP, que usted también trabaja ahí, usted sabe las
condiciones que el DIEE llueven millones y millones y no los ejecutan y cómo es
posible que tengan cantidad de plata no se ejecute y nosotros tenemos que
andar resolviéndole problemas a al MEP donde esta Municipalidad tiene sus
propios problemas, como es el caso de los camiones, que tenemos tres en
malas condiciones y tenemos que brindarle servicio a todas las personas en la
recolección de basura, entonces nos dedicamos a arreglar escuelas y no
hacemos lo que nos corresponde como Municipalidad o andamos levantándole
el rabito al MEP, por decirlo así, vulgarmente hablando, por mi parte si Yo tuviera
el dinero para hacer todo este tipo de donaciones, pues Yo estaría de acuerdo,
entonces compañeros lo que tenemos que hacer es hacer la gestión
correspondiente si tenemos que ir a donde tengamos que ir al DIEE, irnos a
parar ahí afuera para que nos atiendan y resuelvan este problema de esta
Institución es lo que tenemos que hacer, sacar el tiempito e ir allá, a buscar los
recursos, que es muy diferente porque de mi parte estoy anuente y siempre he
sido responsable Yo deseo aquí ayudar a cada uno de las Instituciones ya sea
Escuelas, Colegios, aquí Yo no le he negado a nadie absolutamente nada, aquí
estamos para servirle a nuestro Cantón y lo mejor que podríamos hacer nosotros
es hacer la gestión correspondiente para conseguir estas seiscientas laminas, no
cien sino las seiscientas y queda cordialmente invitada para buscar la forma de ir
hacer esa gestión y buscar la plata.
En uso de la palabra la Reg. Rosibel Marchena Serrano, dice: Yo opino
como los compañeros mandémosle a Don Gerardo esta solicitud para ver que
resuelve el y hagamos la gestión correspondiente con estos señores con esta
Institución DIEE que dicen Ustedes.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, dice: Es correcto entonces Trasladárselo al Alcalde Municipal — Sr.
Gerardo Fuentes González, para que realice la gestión correspondiente, si existe
220
MUNICIPALIDAD
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AUDITORIA
INTERNA
Mud
“Pag.09
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
la posibilidad de hacer la donación de las laminas que solicitan igualmente
enviárselo a la Comisión de Hacienda y Presupuesto para buscarla forma de
hacer la gestión correspondiente y poder conseguir esas laminas que el Colegio
tanto necesita.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Señor
Presidente me permite la palabra antes de tomar el acuerdo. De verdad que
estoy totalmente de acuerdo con mi compañera Magda, Alejandra y con Doña
Rosibel y con todos, de nuestra parte de verdad suena muy feo porque esa
palabra que no hay, se escucho desde la primera vez que nosotros llegamos a
asumir este Concejo Municipal y se sigue escuchando, debemos ponerle fin y
un fin es buscar los mecanismos, buscar el presupuesto y ayudar y cooperar y Yo
creo que siesa petición esta desde el año 2021, no se tiene que esperar hasta
este momento que ya es una emergencia, estamos en entradas al curso lectivo
2023, y ya es una emergencia tenemos que ver como le resolvemos, para ellos la
solución más cercana somos nosotros como Gobierno Local, porque todos esos
procesos a lo mejor lo tienen en el Ministerio, en Infraestructura, pero todo es
igual que aquí, si nosotros le decimos que le vamos a aprobar buscar un
presupuesto en el ordinario o extraordinario eso es un año, entonces es una
emergencia tenemos que buscar como el mecanismo y la plata, en realidad es
como decirle a Don Gerardo que utilice todos los mecanismos hasta donde la ley
le permita para que se le dé la cooperación, porque igual el Ministerio tiene esa
solicitud es un año, dos años y en este momento es una emergencia, por eso Yo
siento que busquemos el mecanismo hasta donde la ley nos permita, para
ayudarle. Muchas gracias.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
dice: De mi parte Yo no tengo ningún problema compañero, como Yo lo dije
anteriormente, si nosotros aquí contáramos e con el presupuesto ni lo pensaría
Yo, en hacer la donación de estas seiscientas laminas, pero lastimosamente vea
esta mesa que usted tiene al frente en las condiciones que esta, llena de polilla,
y no tenemos nosotros capacidad en esta Municipalidad para arreglar esa mesa
que esta ahí, vea la silla donde esta el compañero William Carrillo, los
compañeros Regidores Suplentes no tiene su curul, tantas necesidades que tiene
esta Municipalidad, tenga por seguro que tanto el MEP, como este Colegio y
muchas escuelas más tienen demasiadas necesidades, igualmente esta
Municipalidad tiene sus necesidades y como dice el dicho hay que ordenar la
casa primero y después podemos resolver los problemas de los demás, porque
al final de cuentas esta Municipalidad sigue siendo criticada porque no tiene los
camiones en buen estado, sigue criticada porque no coloca las alcantarillas que
tiene que comprar porque no tiene presupuesto para comprar alcantarillas para
arreglar los caminos entonces vamos a seguir siendo criticados esta institución
como Municipalidad pero si vamos a seguir resolviendo problemas de otras
221
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
instituciones, es incomprensible, la verdad es que no encuentro la forma de
pensar, como administrador.--------—-
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Con respecto a eso que
Usted dice que hay muchas necesidades, si claro todas las Instituciones tenemos
necesidades, la Municipalidad no esta excepta de eso, sin embargo Yo no voy a
tapar el sol con un dedo, lo que falta es voluntad, porque si se mueven proyectos,
en otras direcciones porque no vamos a hacer por lo menos el intento de mover
un proyecto que es. ayudar a un Colegio que en este momento lo esta necesitando,
y como Usted dice, si Yo quiero ir ha hacer la gestión, si claro que Yo puedo ir
a hacer una gestión, Yo estoy acostumbrada a realizar gestiones, dentro de mi
cargo administrativo, todo el tiempo lo hago y soy buena pero bien buena para
pedir, porque no dejo de pedirle a todas las Instituciones de este país que pueden
dar, pero no es una cuestión de solo pedir, es una cuestión de que ya se esta
cayendo el techo de un colegio de que ya prácticamente va a ser declarado
inhabitable, entonces tenemos que ayudar. Vea José a Usted se le olvida que
“venimos de dos años de pandemia, se le olvida eso, por favor aterricemos
seamos un poquito conscientes de esta situación y seamos conscientes el DIEE
nunca va a dar la talla, para todas las Instituciones de este país, y al gestión ante
el DIEE que usted la desconoce totalmente para un colegio de esos le puede
durar de cinco a diez años, que espera usted en cinco a diez años. ----————--———-
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Crozco Peraza,
dice: Vea Reg. Leonardo usted me pidió la palabra antes pero ya se estaba
tomando el acuerdo y casualmente se iba a tomar el mismo acuerdo, usted es
el que esta atrasando el problema aquí, Yo no estoy atrasando nada, ya se iba
a sacar a votación cuando Usted me pidió la palabra y volvió a retomar el tema,
entonces el acuerdo es el siguiente: Vamos a trasladarle este documento al
Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, para que interponga sus
buenos oficios con el fin de buscar los recursos para poder colaborarle a esta
Institución y el otro acuerdo seria enviarle esta solicitud al DIEE, amparado al
derecho de petición para que nos brinde respuesta de que porque este Colegio
yala Ministra de Educación no se le ha designado recursos para hacer las
mejoras correspondientes, los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.* DOS. Considerando que desde el año 2021, la dirección del
Colegio Académico de Guácimo, comunica que presento ante este Órgano
Colegiado solicitud para la donación de 600 láminas de zinc, para cambiar el
zinc de 6 aulas y el comedor; petición que fue conocida y traslada para análisis
por parte de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, sin que a la fecha se les
brinde respuesta y en este momento la situación se les ha tornado de
emergencia, por esta razón, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Municipalidad de Guácimo
23%. MUNICIPALIDAD
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E DE GUACIMO
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“Pág.011
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Trasladar al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, oficio CAG-DIR-
004-2023, suscrito por el MSc. Edin Arturo López Rivera - Director Colegio
Académico de Guácimo a fin de que interponga sus buenos oficios, buscando
todos los mecanismos posibles, conforme le permita la ley para ayudar a esta
Institución al menos con la donación de 100 laminas de zinc para solucionar
el problema en la parte que corresponde al comedor.
Debiendo mantener informado al Concejo Municipal respecto a la
resolución que se tome.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
ARTICULO N? 04. Se dio lectura a oficio recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 09-02-2023, firmado por la Sra. Jesarela Cocorn Guerrero, solicitando
colaboración con la instalación de alcantarillas para el sector de Pocora Sur—
Barrio de la Torre, lo anterior debido a que aunque colocaron alcantarillas en el
Barrio La Torre, hasta aproximadamente 200 metros dejando una parte sin
colocar en este lugar hay un zanjo enorme con una profundidad exagerada al
no estar alcantarillado no permite el ingreso a algunos lotes, entre ellos el de mi
madre Ana Cecilia Guerrero Rodríguez.
Nos esta afectando mucho debido a que en los próximos meses
tenemos proyectado construir una casa de habitación y por la situación antes
mencionada no hay ingreso al terreno, para que pasen camiones con material,
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Jesarela Cocorn Guerrero, al
respecto el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone aprobar la solicitud de la donación de las alcantarillas para que
pueda tener la entrada a su propiedad, por lo tanto: los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar
la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda: ======.
ACUERDO N.” TRES. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Comunicarle al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, que este
Órgano Colegiado aprueba la donación de alcantarillas, para que sean colocadas
en sector de Pocora Sur -— Barrio de la Torre, exactamente en el tramo donde
quedo una parte de alcantarillas sin colocar donde se ubica un zanjo de enorme
profundidad,
Para mayor información del sitio se adjunta oficio suscrito por Sra.
Jesarela Cocorn Guerrero.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO o-ommmmmmma
223
7 F r
paltvad de Guacimo
E MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
De ARENAS
-—Pág.012
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
ARTICULO N* 05. Se dio lectura a oficio recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 09-02-2023, firmado por la Sra. Jeanneth Crawford Stewart -
secretaria del Concejo Municipal comunicando que partir de mañana 08 de
febrero 2023, concluye el contrato de gestión y apoyo, las labores de oficina
se acrecientan, por lo tanto si están de acuerdo, solicito se me autorice laborar
horario normal de este martes 07 de febrero 2023 en adelante y se me pague
la extras correspondiente a las sesiones ordinarias como caso especial hasta
tanto se nombre nuevamente a la persona que apoye en gestión y apoyo en
la oficina, la intención es no atrasar los proceso de la OFICINA. rama
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Jeanneth Crawford Stewart
- secretaria del Concejo Municipal, es sometido a votación por el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la petitoria , sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se
A
ACUERDO N” CUATRO. Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda:
Autorizar a la Administración para que pague horas extras a favor de la funcionaria
Jeanneth Crawford Stewart - Secretaria ' del Concejo Municipal, como caso
especial por asistir a las sesiones ordinarias a partir del martes 07 de
enero 2023, en adelante, hasta tanto se nombre una persona que apoye el
departamento por medio del programa gestión de apoyo, a fin de que los
procesos que se requieran estar al día no sufran ninguna alteración, por lo
tanto la Sra. Jeanneth Crawford — Secretaria del Concejo Municipal deberá
presentarse a laborar los días martes, en el horario regular que establece la
institución de 7:30:am, en adelante a fin de que apoye las funciones antes
citadas, así como asistir a la sesión ordinaria.
(Comuníquese a Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, Licda.
Angela Espinoza López -— Coordinadora del Talento Humano, Licda. Vera
Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto, Lic. Carlos Cubillo Aguilar -
Coordinar del Area de Servicios Financieros, para lo que corresponda a su
cargo).
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
ARTICULO N* 06. Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 03-02-2023, firmado por el Sr. Jorge Sánchez Rojas, Presidente de la
Asociación de Desarrollo Integral El Edén, se solicita intervención con celeridad de
intervención y construcción de las calles denominada Siles y Alvarado, respetando
la normativa de construcción de calles incluidas la ley 7600.
Solicitudes enviadas y recibidas a la Municipalidad:
224
Silunicipalivad de Guácimo
. MUNICIPALIDAD
E DE GUACIMO
A |, AUDITORIA
xi INTERNA
"IN
“Pág.013
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Hechos relevantes: cuan
Boleta 5218 23 de febrero 2021
Boleta 5258 del 26 de enero 2023
Resolución el 26 de febrero 2021 inspección de calle Siles cod. 7-06-058
Carta de traslado de oficio del 19 de octubre 2022, oficio SMG-970-2022
Boleta 5221 27 de febrero 2022 calle Siles, Calle Alvarado-———-—-—--—-——-———
Carta 11 de agosto 2022 enviada a la Municipalidad con firmas del pueblo,
enviada al Concejo Municipal, SIOP, y al Alcalde, solicito de arreglos de las
calles dichas, y recibido.
7. Respuesta del Concejo Municipal, en donde se trasladó el oficio al Alcalde
en ejercicio, el 10 de noviembre del 2022.
8. Carta enviada el 27 de octubre a la Municipalidad, SIOP Concejo Municipal.
9. Respuesta del Concejo Municipal del 10 de noviembre del 2022 traslado de
oficio a petitoria de calle Siles y callt+ Alvarado.
DARUNN
Conocido oficio suscrito por el Sr. Jorge Sánchez Rojas - Presidente
de la Asociación de Desarrollo Integral El Edén, al respecto Presidente
Municipal —Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Referente a este
documento que acabamos de leer solicitud intervención con celeridad de
intervención y construcción de las calles denominada Siles y Alvarado, vamos
a solicitarle al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, para que
nos brinde respuesta de porque motivos no se le ha atendido a esta
comunidad, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.* CINCO. Habiendo conocido el oficio suscrito por el Sr. Jorge
Sánchez Rojas - Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral El Edén, en el
cual adjunta lista de oficios que han hecho llegar a esta Municipalidad solicitando
la intervención y construcción de las calles denominada Siles y Alvarado, sin que
a la fecha se les haya brindado respuesta, por esta razón, este Concejo Municipal
por unanimidad acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes
González, hacer llegar respuesta de los motivos por los cuales a la fecha no
se ha atendido la petitoria de la comunidad de El Edén, suscrita por el Sr.
Jorge Sánchez Rojas - Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral El Edén,
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO .-omcommm=-
ARTICULO N* 07. Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en
la secretaria del Concejo Municipal el 07-02-2023, firmado por la Sra. Marlene
Jiménez Pérez - Secretaria FEMUCARIBE, se procede a convocar a la Mesa de
Trabajo para el viernes 17 de febrero al ser las 04:30 pm y Sesión Extra-Ordinaria
220
ES
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
RNW46 INTERNA
Pág.014
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
N*01-2023, para el día sábado 18 de febrero al ser las 10:00 am, ambas en el
Cantón de Parrita.---
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Marlene Jiménez Pérez -
Secretaria FEMUCARIBE, invitando a participar a representantes de esta
Municipalidad ante FEMUCARIBE, a Mesa de Trabajo, al respecto el
Presidente Municipal —Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifiesta que
se solicite al Alcalde Municipal el debido transporte, por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.* SEIS. De conformidad a oficio suscrito por la Sra. Marlene Jiménez
Pérez - Secretaria FEMUCARIBE, este Concejo Municipal por unanimidad
acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González,
coordinar el respectivo transporte para que los Regs. Alejandra López Lee y
Leance Ramírez Mora, participen de Mesa de Trabajo que se estará llevando a
cabo el viernes 17 de febrero 2023, al ser las 04:30 pm y Sesión Extra-Ordinaria
N*01-2023, para el sábado 18 de febrero 2023 al ser las 10:00 am, en el Cantón
de Parrita.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
ARTICULO N” 08. Se dio lectura a oficio PEL-0130-2023 enviado al correo
electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-02-2023, firmado
por la Sra. Sucy Yesenia Wing Ching, Presidenta Ejecutiva JAPDEVA, la Junta de
Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
(JAPDEVA), tiene el agrado de invitarles al acto conmemorativo del 60 aniversario
de la institución, a realizarse en la Casa de la Cultura de Limón, el viernes 17 de
febrero de 09:30 am a 11:30 am. —
Conocido el oficio PEL-0130-2023, suscrito por la Sra. Sucy Yesenia
Wing Ching - Presidenta Ejecutiva JAPDEVA, la Junta de Administración
Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA),
invitando a participar del 60 aniversario de la institución, a realizarse en la
Casa de la Cultura de Limón, el viernes 17 de febrero de 09:30 am a 11:30 am.,
al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone trasladárselo a los compañeros para que valoren la posibilidad
de participar, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.? SIETE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar al Concejo en Pleno oficio PEL-0130-2023, suscrito por la Sra. Sucy
226
£funicipalidad de Guacimo
E AUDITORIA
A INTERNA
Os
“Pág/015
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Yesenia Wing Ching - Presidenta Ejecutiva JAPDEVA, la Junta de Administración
Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), para que
tomen en cuenta participar de invitación al acto conmemorativo del 60 aniversario
de JAPDEVA, a realizarse en la Casa de la Cultura de Limón, el viernes 17 de
febrero de 09:30 am a 11:30 am.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
ARTICULO N? 09, Se dio lectura a oficio JVCG 04-2023enviado al correo electrónico,
recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-02-2023, firmado el Sr. Alcalde
Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez,
Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública y Ing.
Luis Chavarría Bravo LGC Ingeniería y Pavimentos, solicitando la aprobación de
Adenda N 1, contratación 2022LN-000001-0022500001, Servicios de laboratorio por
demanda para verificación de calidad de materiales en obras de la red vial, acuerdo
N* Uno tomado en Junta Vial Municipal del Cantón de Guácimo mediante Sesión
ordinaria N*2-2023, celebrada el 7 de febrero del 2023.
Conocido el oficio JVCG 04-2023enviado al correo electrónico, recibido
en la secretaria del Concejo Municipal el 06-02-2023, firmado el Sr. Alcalde
Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez,
Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública
y Ing. Luis Chavarría Bravo LGC Ingeniería y Pavimentos, solicitando la
aprobación de Adenda N 1, contratación 2022LN-000001-0022500001, es
sometido a votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio
Orozco Peraza manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N.* OCHO. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar
en todas sus partes Adenda N 1, contratación 2022LN-000001-0022500001,
Servicios de laboratorio por demanda para verificación de calidad de materiales en
obras de la red vial, solicitado por Junta Vial Municipal del Cantón de Guácimo, por
tanto se autoriza la firma del mismo por parte del Sr. Gerardo Fuentes González
— Alcalde Municipal dice:
CONTRATACIÓN: —2022LN-000001-0022500001
Proyecto: SERVICIO DE LABORATORIO POR DEMANDA
PARA VERIFICACIÓN DE CALIDAD DE
MATERIALES EN OBRAS DE LA RED VIAL
CONTRATO: N*0432022000700095-00
ADENDA N? 1
CONTRATISTA LGC INGENIERIA DE PAVIMENTOS S.A.
FECHA: 01 FEBRERO 2023
227
£flunicipalidad de Guacimo
¿E MUNICIPALIDAD
” DE GUACIMO
AUDITORIA
RS INTERNA
$
“—Pag.016
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Con el fin de cumplir con los objetivos de la contratación 2022LN-000001-
0022500001 promovida por la Municipalidad de Guácimo (en adelante La
Municipalidad) para la ejecución del proyecto “Servicio de laboratorio por demanda
para la verificación de calidad de materiales en obras de la red vial”, se le comunica
a El Contratista lo siguiente:
- Se procede con el trámite de la Adenda N” 1(Contrato 0432022000700095-
00 SICOP). Estos trabajos se realizarán de acuerdo con lo estipulado en los
términos de referencia, lo establecido en las reuniones entre las partes y
según las instrucciones de la ingeniería del proyecto.
- La base de pago para los renglones incluidos por esta Adenda N*1, serán
los precios unitarios aprobados por la administración, mismos que fueron
revisados por el departamento de Servicio de Ingeniería de Obra Pública
(SIOP), fundamentada en la cotización presentada por el adjudicatario. Para
el caso de los nuevos renglones de pago incorporados a través de la
presente Adenda N*1 del proyecto, fueron establecidos mediante precios
de oferta del adjudicatario.
- Que el proyecto consiste en mejorar y aumentar las estructuras en
proyectos viales del Cantón de Guácimo, con esta contratación, se pretende
adquirir los servicios de Consultoría Vial por demanda, para el estudio,
anteproyectos, diseño, presupuestos y otros servicios necesarios para
desarrollar pavimentos flexibles y rígidos, estudios topográficos para el
diseño de puentes, diseño hidrológico e hidráulico, diseño de cimentaciones
y el diseño de puentes. -
=- De ejecutarse estas nuevas actividades mejorará el cumplimiento del
objetivo de la contratación y que son importantes para la conclusión y el
adecuado desempeño de la obra.
Se acuerda que las previsiones de la presente Adenda N” 1 y los factores que la
justifican no serán usados como base para reclamos futuros de dinero o extensiones
de tiempo al plazo del contrato, excepto lo establecido en esta Adenda N%1.
DESCRIPCIÓN Y RAZÓN
DESCRIPCIÓN:
Por medio de esta Adenda N”-1 para el proyecto “Servicio de laboratorio por
demanda para la verificación de calidad de materiales en obras de la red vial”, se le
comunica al contratista lo siguiente:
Con el fin de cumplir con los objetivos de esta contratación, se solicita la variación
de cantidades del contrato, según el ¡Error! No se encuentra el origen de la
referencia. y en concordancia con lo que se establece en la razón de esta adenda:
228
£flunicipalidad de Guácimo
¿5% MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
F-pag.017
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Cuadro 1: Reglones de pago a incluir
229
: 2022L.N-000001-0022500001 Ce e
CONTRATACIÓN DE ¡SERVICIOS DE LABORATORIO DE CALIDAD Y CONSULTORIA
ES VIAL, MODALIDAD SEGÚN DEMANDA
Item general |. End Actividad Dee Designación | Cantidad| Precio unitario
individual Ensayo
Ingeniero
38.1 consultor - día 1 (0% 140,000.00
38 de calidad
al día 1 | a 230,000.00
asesor
Trabajo
39 39.1 costo más - 3% 10 70,959.99
porcentaje
40 a 2% d 48,725.86
de precio
Total, ensayos| U 489 685.85
Monto en letras Cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y cinco
colones con 85/100
En lo referente al reglón de pago 39.1 trabajo a costo más porcentaje se regirá de
acuerdo con lo establecido en la sección 110.06 CR 2020. Además, el 40.1 reajuste
de precio se regirá de acuerdo con lo establecido en el decreto ejecutivo N* 33114-
MEIC y sus modificaciones
RAZÓN:
Debido a las valoraciones técnicas previas a los nuevos proyectos por atender
durante el periodo 2023, ya la entrada en vigor de la Ley N*9986 Ley General de
Contratación Pública aplicable a las nuevas contrataciones, se crea la necesidad de
realizar la inclusión de nuevas líneas en el procedimiento por demanda 2022LN-
000001-0022500001, esto con el objetivo de ampliar los alcances y poder
desarrollar mejor técnicamente los diseños y estudios de dichos proyectos. --—--—- —
Dado los convenios adquiridos por la administración, se identificó la necesidad de
contar con servicios de ingeniería en consultoría especializada, para mejorar el
desarrollo y formulación de los proyectos. Aunado a lo anterior, la Municipalidad
cuenta con una mejor respuesta técnica, logrando así mejorar el desarrollo de estos
para el beneficio del cantón. —
Importante aclarar qué; las nuevas actividades incluidas en el documento
mencionado son de la misma naturaleza a los alcances originales del procedimiento
2022LN-0000001-0022500001, cumple con lo indicado en el artículo 12 de la LCA
N? 7494 y el artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
N*33411, los cuales se detallan a continuación:-
r
Silunicipalidad de Guacimo
UNICIPALIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
—Pág.018
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
1.- Inciso a) artículo 208: Las modificaciones propuestas en la Adenda N“1
(inclusión de líneas), no cambia la naturaleza del objeto contractual inicial, más bien
amplía su funcionalidad.
2.-Inciso b) artículo 208: En esta gestión, se incluirá las líneas de servicios de
calidad y verificación los proyectos, elementos que son de similar naturaleza a la
del objeto del contrato principal; con estas herramientas adicionales podrá la
administración realizar una ejecución con mayor eficiencia y eficacia en la calidad
de los procesos técnico.
3.-Inciso c) artículo 208: La modificación propuesta representa un total de 19.71%
del monto adjudicado, por lo cual no excede el 50% indicado en el inciso.-————--—----—-
4.-Inciso d) artícuio 208: Debido a los nuevos convenios adquiridos por parte de la
administración con las siguientes instituciones: CONAVI, JAPDEVA, BID,
CORBANA e INDER, en donde por las características y alcances de cada proyecto,
se requieren servicios de ingeniería en consultoría especializada en procesos de
control de calidad y verificación.
Aunado a lo anterior, se obtendría una mejor formulación y desarrollo de los
proyectos a ejecutar; además un mayor control por parte del departamento del
SIOP, ya que es el encargado de adrninistrar y fiscalizar las obras que desarrollan
la infraestructura de este cantón.
5.-Inciso e) artículo 208: Con base a lo descrito anteriormente, se llevaron a cabo
análisis técnicos, donde se determina que las contrataciones de servicios de
ingeniería en consultoría son necesarias para poder garantizar de una mejor manera
la tuteia del interés público y el desarrollo de infraestructura iel cantón, esto por
cuando con las herramientas de control de caiidad de los procesos se asegura la
adecuada inversión de recursos y durabi! idad de lo ejecutado. -——==—=——=----- —
6.-Inciso f) artículo 208: De conformidad con la revisión realizada, se determina que,
la modificación requerida no supere el límite previsto por ley para el tipo de
procedimiento tramitado. A .
A continuación, se enumeran los renglones que se adicionan a la contratación: 38.1
Ingeniero consultor de calidad De acuerdo con la bropuesta presentada por el
contratista se adiciona el reglón de pago a un costo unitario por día de £140,000.00
(Ciento cuarenta mil colones con 00/1050). --
38.2 Ingeniero asesor De acuerdo con la propuesta presentada por el contratista se
adiciona ei reglón de pago a un costo unitario por día de (230,000.00 (doscientos
treinta mil colones con 00/100).----- —
39.1 Trabajo costo más porcentaje
De acuerdo con los requerimientos de la administración se adiciona el reglón de
pago a un costo global de 770,959.99 (setenta mil novecientos cincuenta y nueve
colones con 99/100).---————-—-—==-- — —
230
528% MUNICIPALIDAD
3 DE GUACIMO
AUDITORIA
E INTERNA
“Pág.019
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
40.1 Reajuste de precios.--
De acuerdo con los requerimientos de la administración se adiciona el reglón de
pago a un costo global (48,725.86 (cuarenta y ocho mil setecientos veinticinco
colones con 86/100). e
Por lo Tanto:
De acuerdo con la mejor práctica constructiva en ingeniería y arquitectura se
considera necesario realizar la Adenda N*1 a la contratación que aquí se solicita,
en vista de mejorar el desarrollo y formulación de los proyectos. --—-—-—-—-———---
Para el contrato N” 043222000700095-00 se tiene que el monto de la lla
corresponde a (489,685.85 (cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta
y cinco colones con 85/100), lo que representa un 19.71% del monto original del
contrato, por lo que el- monto total asciende a (/2,486,018.85 (dos millones
cuatrocientos ochenta y seis mil dieciocho colones con 85/100).
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
ARTICULO N” 10. Se dio lectura a oficio F-PJ-04, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 02-02-2022, firmado por el Sr. Andrey Jara Molina - Directora
Escuela Macadamia, en concordancia con el artículo 41 y 43 de la ley 2160 “Ley
fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del decreto ejecutivo 38249-MEP
“ Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo
a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación para
su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Se solicita el
nombramiento del miembro faltante de la Junta de Educación de la Escuela
Macadamia ya que los otros cuatro ya se encuentran juramentados. ---—-------—-—-
| Nombre q Cédula
_Noemy Gradeli Beita López ! 1 0440 0177
Conocido el oficio que suscribe por el Sr. Andrey Jara Molina -
Director Escuela Macadamia, solicitando el nombramiento de un miembro
faltante en la Junta de Educación del Centro Educativo de la Escuela
Macadamia, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, somete a votación manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla , sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:  -—--——---—-—-——-
ACUERDO N* NUEVE. A solicitud del Sr. Andrey Jara Molina - Director del Centro
Educativo de la Escuela Macadamia, este Concejo Municipal por unanimidad
acuerda: Nombrar como miembro de la Junta de Educación del Centro
Educativo macadamia, a la Sra. Ns Gradeli Beita López - Cédula N*1 0440
0177.
(Fecha vencimiento 20- -12-2025)..
231
$
0
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84? DE GUACIMO
¿EÍY, AUDITORIA
N=2% INTERNA
(er
ca e: 020
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Asimismo, se le comunica que deberán presentarse al
Departamento de Secretaria del Concejo Municipal en horario laboral de
7:30 a.m. a 3:30 p.m., para proceder a la debida juramentación. oaammmmmanmanmnn
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO omrnmmmmma
ARTICULO N* 11. Se dio lectura a correo electrónico, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 02-02-2023, firmado por la Srta. Sharise Mariam González
Santamaria, - Asistente de la Diputada María Marta Carballo Arce, comunicando
que . Lamentablemente nos vemos en la necesidad de solicitar una reprogramación
de la sesión municipal agendada para el 24 de febrero 2023, para la cual
sugerimos el viernes 10 de marzo, a las 4:00 p.m. Las disculpas por los
inconvenientes
Conocido el correo electrónico suscrito por la Srta. Sharise Mariam
González Santamaria, - Asistente de la Diputada María Marta Carballo Arca,
ai respecto el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone que se le envié a decir a la Diputada que cuando tenga gusto
puede venir y sele atiende con mucho gusto, por lo tanto: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se
acuerda: e
ACUERDO N* DIEZ. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Comunicarle a la Srta. Sharise Mariam González Santamaria, - Asistente de la
Diputada María Marta Carballo Arce, que este Órgano Colegiado esta en la mayor
disposición de recibir ala Señora Diputada Carballo Arce, enel momento que
tenga la disponibilidad, de conformidad a su agenda.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
Asimismo se acuerda:
ACUERDO N* ONCE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Derogar
el Acuerdo N.* Ocho, de la Sesión Ordinaria N* 52-2022, celebrada el 21 de
diciembre 2022, que correspondía a Atención a la Diputada María Marta
Carballo Arce, sesión extraordinaria el 24 de febrero 2023, a partir de las 4:00 pm.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO omorrrmmmnnnennccmnpeanmenennnme.
ARTICULO N? 12. Se dio lectura a correo electrónico, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 06-02-2023, enviado por la delegación Policial de Guácimo,
nos indica el Cornandante José [Francisco Cordero Jiménez, subdirector regional,
3 ER MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
IN ERA
MU Pág. 021
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
que si existe la posibilidad de posponer la sesión extraordinaria para el lunes 06 de
marzo de 2023.
Asimismo indica que el Fiscal Adjunto podría asistir el 22 de febrero
2023, tipo 102 p.m. -—-
Conocido el oficio suscrito por Delegado Policial de Guácimo y el
Fiscal Adjunto, al respecto el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, en consenso de los Regidores Propietarios, coinciden en
atender en comisión de seguridad al Fiscal Adjunto podría asistir el 22
de febrero 2023, a partir de las 2: p.m., y aceptar la reprogramación de la
sesión extraordinaria del 27-02-2023, para llevarla a cabo el lunes 06 de
marzo de 2023, por lo que se deroga el acuerdo de la sesión extraordinaria
del 27-02-2023, Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo
en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N* DOCE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Convocar
a reunión de Comisión de Seguridad, el día el lunes 06 de marzo de 2023, a
partir de las 9:30 a.m., en el salón de sesiones de esta Municipalidad, para lo
cual se invita cordialmente a participar al Sr. Héctor Murillo Cruz - Sub Jefe
Delegación Guácimo, Comandante José Francisco Cordero Jiménez - Subdirector
Regional Seguridad Pública y Fiscal Adjunto del OlJ, cuyo objetivo en deliberar
y coordinar acciones conjuntas que generen beneficios en cuanto a la
disminución de la incidencia delictiva en el Cantón de GUÁCIMO. -————————---
Agradeciendo confirmar al correo electrónico
secretariaconcejo(Mquacimo.go.cr
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
Asimismo se acuerda:
ACUERDO N” TRECE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Derogar el Acuerdo N” Dos, del Acta Sesión Ordinaria N.” 08-2023 de
fecha, 31-01-2023, el cual correspondía a llevar a cabo sesión extraordinaria el
día del 27-02-2023.--—
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO..----
ACUERDO N* CATORCE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Comunicarle al Sr. Héctor Murillo Cruz - Sub Jefe Delegación Guácimo,
Comandante José Francisco Cordero Jiménez - Subdirector Regional Seguridad Pública
233
£ilunicipalidad de Guacimo
222, MUNICIPALIDAD
5 SUACIMO
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TAN
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—Pág.022
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
que este Órgano Colegiado acepta reprogramar la fecha de celebración de sesión
extraordinaria, tomando en cuenta la fecha propuesta por su Entidad, por lo tanto se
convoca a sesión extraordinaria el día lunes 06 de marzo de 2023, a partir de las 3:30
p.m., en elsalón de sesiones de esta Municipalidad, para conocer rendición de cuentas
sobre eltrabajo que viene realizando Fuerza Pública en el Cantón de Guácimo y sus
proyecciones. .
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
da
ARTICULO N” 13. Se dio lectura a oficio DAl-008-2023, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 02-02-2023, firmado por la Licda. Marleni Myrie Perez,
Auditora Municipal, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Control
Interno No. 8292 y normativa conexa, esta Auditoría Interna presentó el borrador
del informe citado en la Reunión sobre Comunicación de Resultados realizada el
día 19 de enero del presente año, es por lo anterior que se procede a efectuar la
comunicación final de los resultados, conclusiones y recomendaciones del estudio.
Transcribimos lo que establece la Ley General de Control Interno No. 8292 sobre
los deberes del Jerarca en materia de Control Interno y los informes dirigidos a los
titulares subordinados y el jerarca:
“Artículo 12.- Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno. .--
En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les
corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o irregularidades. —
c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y
disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la
República, la auditoria externa y las demás instituciones de control y fiscalización
que correspondan. -—————uaooooo——
d) Asegurarse de que los sistemas de control interno cumplan al menos con las
características definidas en el artículo 7 de esta Ley.
Artículo 36.— Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los
informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares
subordinados, se procederá de la siguiente manera:
a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación
de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo
elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna,
expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones
del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados.
234
£ílunicipalidad de Suacimo
¿2% MUNICIPALIDAD
847” DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
RX
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
b) Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el
titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones
de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por el titular subordinado
O las de su propia iniciativa, debidamerite fundamentadas. Dentro de los primeros
diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de oficio, ante el
jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones alternas propuestas.
Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean distintas de las
propuestas por la auditoría interna, estarán sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto
en los artículos siguientes.
Cc) El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente, para el trámite que proceda.
Artículo 37.-Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté
dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en
un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de
recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales
recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas
que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente'a la
auditoría interna y al titular subordinado correspondiente.
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las
recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles,
contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los motivos de su
inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe
remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles
siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de inconformidad indicadas.
Artículo 39.—Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los
titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando
corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley,
sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva
relación de servicios. [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra
los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las
funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca o el titular
subordinado, incluso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por
la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades qué les puedan ser
imputadas civil y penalmente. [...]. --
En la conferencia final efectuada el 19 de enero del presente año, estuvo presente,
la Asistente de Alcaldía Seidy González Abrahams en representación de la alcaldía,
la Ing. Sihani Araya Araya en representación del Coordinador y las funcionarias de
0)
10]
£Hunteipalidad de Guárimo
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0 Pag.024
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Auditoría Interna, Marleni Myrie Pérez Auditora Municipal y Mariana Chinchilla
Olivares, asistente a.i.
Se adjunta copia del informe para la respectiva implantación de las
recomendaciones establecidas en el aparte 4.1 y 4.2 según corresponda. En ese
sentido se informa que las respuestas de las acciones a realizar por esta
administración deben remitirse a esta auditoría en el plazo establecido en cada
recomendación con las respectivas evidencias de lo efectuado. ————o=— mmm
Asimismo, para todas las recomendaciones emitidas en el presente informe en el
plazo de un mes se tendrá que presentar a la auditoría interna el cronograma de
actividades que al menos incluya el o los funcionarios responsables y plazos para
cumplir las recomendaciones de auditoría interna, número de recomendación y/o
recomendación explícita a ser cumplida.
RESUMEN EJECUTIVO
Este estudio constituye una auditoría de carácter especial, enfocada en analizar y
verificar que los procedimientos de contrataciones para proyectos de infraestructura
vial se hayan realizado según los controles y requerimientos establecidos en la
normativa aplicable.
Es competencia de los gobiernos locales atender la red vial cantonal, a quienes les
corresponderá planear, programar, diseñar, administrar, financiar, ejecutar y
controlar su construcción, conservación, señalamiento, demarcación, rehabilitación,
reforzamiento, reconstrucción, concesión y operación, en procura de la eficiencia en
el uso de los recursos públicos a fin de incidir en la calidad de vida de las
comunidades por medio de la ejecución de obras de infraestructura vial.-------—--—--
De los resultados del estudio se determinó que no existe una justificación expresa
de la necesidad a satisfacer con la contratación, hay incompletitud de información
en el expediente electrónico SICOP de documentos como acta de recepción
definitiva, orden de inicio, entre otros.
También, existen debilidades de control interno como carencia de normativa interna,
carencia de Autoevaluación del SC¡ (Sistema Control Interno) y el SEVRI (Sistema
Específico de Valoración del Riesgo Institucional) y falta de capacitación en temas
como Cl (Sistema Control Interno), SEVRI (Sistema Especifico de Valoración de
Riesgos), ética, corrupción y fraude, además, no se está especificando quién es la
persona que elabora, revisa y aprueba las especificaciones técnicas.-—-----—-—--———
Por otra parte, no se evidencia que haya sido suscrito el documento correspondiente
al finiquito contractual en los procesos de compra efectuados en el periodo 2021.
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¿At MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AY, AUDITORIA
XL INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Finalmente, con el propósito de mejorar las debilidades encontradas en el presente
estudio se emiten recomendaciones con el objetivo de generar un valor agregado
en los procedimientos de contratación de infraestructura vial.
AUDITORIA ESPECIAL DE CONTRATACIONES PARA PROYECTOS EN
INFRAESTRUCTURA VIAL. --
1.-INTRODUCCIÓN.
1.1.-Origen del Estudio. El presente estudio se origina de conformidad con lo
dispuesto en nuestro Plan Anual de Trabajo para el periodo 2022. ————————--------
1.2.-Objetivo general. Analizar y verificar que los procedimientos de contrataciones
para proyectos de infraestructura vial se hayan realizado según los controles y
requerimientos establecidos en la normativa aplicable vigente. ---——-————-———----—---
1.3.-Alcance del estudio. La Auditoría comprenderá la revisión de los
procedimientos de contrataciones en proyectos de infraestructura vial del periodo
2021, ampliándose cuando se considere necesario.
1.4.-Limitaciones. Para la preparación del informe se tuvo la limitante de que hubo
retraso en la presentación de la información requerida por esta auditoría, siendo
necesario realizar reiteraciones de solicitud de respuesta a oficio, así como correos
electrónicos, lo cual afecta la ejecución del estudio.
1.5.- Normas técnicas a cumplir. Los resultados y la implantación de las
recomendaciones del presente informe, se regirá entre otros, por lo dispuesto en los
artículos Nos. 36, 37, 38 y 39 de la Ley General de Control Interno, los cuales en la
parte que interesa señalan literalmente lo siguiente:
“Artículo 36. —Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes
de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se
procederá de la siguiente manera:
a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de
las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo
elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna,
expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del
informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados.----———-
b) Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida
por el titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de
recomendaciones de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por
237
235% MUNICIPALIDAD
$27” DE GUACIMO
SA AUDITORIA
INTERNA
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Pág.026
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
el titular subordinado o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas.
Dentro de los primeros diez días de ese lapso, el auditor interno podrá
apersonarse, de oficio, ante el jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones
o soluciones alternas propuestas. Las soluciones que el jerarca ordene
implantar y que sean distintas de las propuestas por la auditoría interna, estarán
sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto en los artículos siguientes. —o—mm
c)El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular
subordinado correspondiente, para el trámite que proceda. -----—-————-
Artículo 37. —Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté
dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda,
en un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha
de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de
tales recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las
soluciones alternas que motivadamente disponga; todo ello tendrá que
comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente. -
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de
las recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días
hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los
motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en
conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los
ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de
inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia,
a solicitud del jerarca, de la auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta
días hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto. El
hecho de no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano
contralor, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N* 7428, de 7 de
setiembre de 1994.
Artículo 39. —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los
titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil,
cuando corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en
esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la
respectiva relación de servicios.
£funicipalidad de Guácimo
geo
(Pág.027
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
El jerarca, los titulares- subordinados y los demás funcionarios públicos
incurrirán en responsabilidad administrativa, cuando debiliten con sus acciones
el sistema de control interno u omitan las actuaciones necesarias para
establecerlo, mantenerlo, perfeccionarlo y evaluarlo, según la normativa técnica
aplicable. —
Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios
públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en
materia de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso
las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría
interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas
civil y penalmente.
El jerarca, los titulares subordinados y los demás funcionarios públicos también
incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, por
obstaculizar o retrasar el cumplimiento de las potestades del auditor, el
subauditor y los demás funcionarios de la auditoría interna, establecidas en esta
Ley.
Cuando se trate de actos u omisiones de órganos colegiados, la
responsabilidad será atribuida a todos sus integrantes, salvo que conste, de
manera expresa, el voto negativo”.
1.5.- Comunicación Preliminar de los Resultados.
La comunicación verbal de los resultados del estudio se llevó a cabo en la oficina
de Auditoría Interna, el día 19 de enero 2023, a las 9:50 horas, actividad a la que se
citó al Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, al Coordinador de
Servicios de Infraestructura de Obra Pública Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez
mediante oficio DAl-213-2022 con fecha 23/12/2022, por razones de fuerza mayor
se varió la fecha de comunicación de resultados para el día 19 de enero 2023,
estuvieron presentes: la Asistente de Alcaldía Seidy González Abrahams en
representación de la alcaldía y la Ing. Sihani Araya Araya en representación del
Coordinador, las funcionarias de Auditoría Interna, Marleni Myrie Pérez Auditora
Municipal y Mariana Chinchilla Olivares, asistente a.i.
El mismo día se remite a los convocados por correo electrónico institucional el
borrador del estudio, del cual se les otorgo un plazo de 5 días hábiles para presentar
observaciones al informe.---
1.6 Responsabilidad de la Administración y la Auditoría Interna. -—————-——-—----
La veracidad y exactitud de la información en la que se fundamentó esta Auditoría
Interna, para llegar a los resultados obtenidos en el informe, es responsabilidad de
la administración. La responsabilidad de esta Auditoría Interna consistió en emitir
239
lunicipalidad de pt
Y, AUDITORIA
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- ag.026
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
una opinión sobre el proceso de contrataciones de infraestructura vial durante el
periodo 2021 de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
1.6.-Cumplimiento de Normas Técnicas de Auditoría.
El estudio se realizó con observancias a las Normas para el Ejercicio de la Auditoría
Interna en el Sector Público, Normas Generales de Auditoría para el Sector Público,
Reglamento de la Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, entre
otras y donde resulten aplicables.
1I.- RESULTADOS.
Una vez efectuado el análisis de la información necesaria para llevar a cabo el
estudio, tomando en consideración el marco jurídico, así como el sistema de control
interno, se procedió a elaborar el presente informe, el cual contiene los hallazgos,
respecto a lo revisado del periodo 2021, según se detalla a continuación: --—--——-——-
2.1. PROYECTOS PROGRAMADOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL DURANTE
EL PERIODO 2021.
2.1.1 Detalle de los proyectos, ejecutados, modificaciones, en compromiso
presupuestario del periodo 2021.
Gráfico N*1 Proyectos Infraestructura Vial
Proyectos de Infraestructura Vial periodo 2021
sI
” Ejecutados  = Comprondso presupuestario  ” No Ejecutados
Fuente: Lista proyectos proporcionado por el SIOP.
240
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241
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AUDITORIA
4 INTERNA
DE GUACIMO
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'Pág.029
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
2.1.1.1 Proyectos ejecutados y culminados en el periodo 2021.
Recursos incluidos
en: Presupuesto No
ordinario, Procedimiento Monto Monto
Nombredal Proyecto extraordinario o Contratación | presupuestado Ejecutado
modificación Administrativa
presupuestaria :
C7-06-093 CALLES URB Y Ordinario ; 2021LA- (119,296,705.90 | (106,297,372.91
CUAD MERCEDES POCORA 000004-
U2 0022500001
C7-06- Ordinario/Modificación | 2021CD- (1 56,546,348.85| (136,322,000.00
028(ENT.N.32)COLINAS(ENT. 000053-
C.030)LAS DELICIAS FINAL 0022500001
DE CAM(ENT.C.015)SN ;
ISIDRO T.GDE W6
2.1.1.2 Proyectos de compromisos presupuestarios en el periodo 2021. ==aacaaa
1.8 V1
>
Recursos
incluidos en:
Presupuesto NO
F Procedimiento Monto Monto
Nombre del Proyecto ordinario, REN S
a racrdinario Contratación presupuestado Ejecutado
senanta | Administrativa
o modificación
presupuestaria
C7-06- Extraordinario- |2021LA- (114.000.000.00 | 111,203,491.76
012(ENT.N.32)PUENTE | modificación 000011-
RIO GUACIMO- 0022500001
(ENT.C.028,C.030)LAS
COLINAS
(1UN)PUENTE-BNCR
Y2
C7-06-018 ENT.N.248 |Extraordinario |2021CD- (17,400,000.00 [(12,293,891.36
SAN LUIS-ENT. N.248 000156-
CARAMBOLA 3 KM V8 0022500001
C7-06-196 COLOSEVI- | Extraordinario  |2021CD- (1,327,330.48  |U1,188,644.53
CONTRUIR 45 MT DE 000156-
AC ERA EN CANTON 0022500002
GUACIMO ZO
C7-06-003 ENT.C.038  |Ordinario- 2021LA- (172,480,349.65 |(1172,478,356.43
PLAZA EL HOGAR modificación 000012-
ENT.C.001-LA SELVA 0022500001
nicipalidad de Guácimo
E MUNICIPALIDAD
242
DE GUACIMO
y “Pág.030
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023. DE FECHA: 09-02-2023.
Los proyectos incluidos en la tabla anterior fueron adjudicados en el mes de
diciembre 2021, por tanto, quedaron como compromisos presupuestarios para
ejecutarse en el periodo siguiente.
2.1.1.3 Proyectos no ejecutados en el periodo 2021.
Nombre del Proyecto
Recursos incluidos en:
Presupuesto ordinario, -
extraordinario o
modificación
presupuestaria
Monto presupuestado
C7-06-022 ENT.N.811 RIO JIMENEZ-
DULCE NOMBRE 2.6 U4 Ordinario-modificación (80,000,000.00
RAN ENTES PARISINA ENTES lrdinatiocroiicación 92,000,000.00
C7-06-156(ENT.N.248)JENTRADA LA AO
CULEBRE-(ENT.C.009)(2UN) AL Ordinario 77,000,000.00
CANTARILLA BNCR X6_
C7-06-008 (ENT.N.816) EL AGU ACATE- Ct
(ENT.C.018)CARTAGENA (1U N)ALCANAR | Ordinario 47,000,000.00
X9
C7-06-165 CALLES URBANAS CUAD a
RANTES-LOS LAURELES (1UN)ALCAN Modificación (-38,832,045.00
TARILLA BNCR Y1
C7-06-193(ENT.N.248)LOS LEONES-
(ENT.C.044) FRENTE COLEGIO NOC Extraordinario 227,000,000.00
TURNO 0.3k W2
CONSTR DE CAJAS DE REGISTRO EN Ordinario (419,350,000.00
DIFERENTES CAMINOS DEL CANTON 08
CONST, DE 60 CABEZAL ES EN
DIFERENTES CAMINOS DEL CANTON [Ordinario (£30,000,000.00
LEY 8114W9
C7-06-020 ENT.N.248 EL JARDIN -RIO
GUACIMO-PLANTA VALLE VERD E 1.7 U3
Ordinario-modificación
(L85,132,935.03
C7-06-186 CALLES URBANAS-
CUADRANTES U6
Ordinario-modificación
(48,000,000.00
C7-06-105 BAR CHICA GO-LINEA FERREA
ASERRADERO PET ETE 0.5 VO
Ordinario
(40,000,000.00
243
Pr
Municipalidad de Guacimo
MUNICIPALIDAD
” DESGUACIMO
y AUDITORIA
NA" INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
C7-06-012 ENT.N.32PUENTE RIO
GUACIMO -(ENT.C.028,C030)LAS Ordinario (/30,880,000.00
COLINAS WO
C7-06-015(ENT.M.32)/ROQUOIS
(ENT.C.028) TIERRA GRANDE (11.4 K)
RELASTREO BNCR X2
Ordinario (155,520,000.00
C7-06-028 (ENT.C.012)COLINAS,
(ENT.C.O30)LAS DELICIAS (ENT.C. nie
015)SAN ISIDRO T.GRANDE (6.7K) X3 Ordinario %53,200,000.00
C7-06-033 (ENT.C.012) FINCA LA U LISA
EN NAL BRA ULIO (6.8K) RELASTREO Ordinario (80,000,000.00
BNCR X4
C7-06-017 (ENT.N32 POCORA-REST ,
ARGENTINA)-ENT. CALLE TAYLOR Y de
TIERRA GDE ASFALTADO Z6 Ordinario (52,000,000.00
C7-06-169 (ENT.CO17) LA ARGENTINA
TIERRA GDE. (PARCELA RODOL FO
GODINEZ) 0.3 KM. CUENTA Z7
Ordinario (8,400,000.00
Las causas por las cuales los proyectos citados anteriormente no se pudieron
ejecutar son las siguientes:
> Se realizó modificaciones presupuestarias en los caminos ( C7-06-022,
C7-06-035, C7-06-186.
> Contrataciones declaradas infructuosas (C7-06-156, C7-06-008, C7-06-165).
Por ejemplo, según resolución por errores sustanciales desde la elaboración
de las especificaciones, vicios que ostentan la condición de evidente y
manifiesta de la anulación del acto de adjudicación.
> La necesidad de la intervención sobrepasa el límite presupuestario (C7-06-
193).
> Se modifica para realizarlos por la administración en el periodo 2022 (cajas
de registro y cabezales).
Se estaba contemplando la intervención mediante una contratación por
demanda, sin embargo, no se terminó el proceso (C7-06-020, C7-06-026, C7-
06-033, C7-06-017, C7-06-169).
v
244
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DE GUACIMO
Y, AUDITORIA
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OL
/
——Pág.032
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
En relación con los proyectos que se pretendían tramitar mediante
contratación por demanda, según información proporcionada por la unidad
de ---
Servicio de Infraestructura de Obra Pública (SIOP) no se pudo finalizar el
proceso y en la proveeduría no se le dio el aval al proceso de contratación
por demanda.
En virtud de lo anterior esta auditoría procedió a revisar la solicitud en el
Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), donde se determinó que
después de darse varias devoluciones por inconsistencias en la solicitud
tramitada, el proceso si contaba con la aprobación de la Proveeduría
Municipal, no así la aprobación por parte de la Alcaldía Municipal y según
consta en el oficio proporcionado por la proveeduría municipal la alcaldía
indicó que se desestimaba el cartel por demanda de caminos. -—-——-——-
> Monto presupuestario insuficiente (C7-06-193, C7-06-1 05). romania
> No se encontraba en el convenio de Ruta Turística-INDER (C7-06-012).
2.1.2 Modalidad de Procedimientos de Contratación utilizados en
infraestructura vial periodo 2021.-
De acuerdo con la información obtenida del SICOP, la Institución tramitó proyectos
viales mediante dos tipos de procedimientos de contratación: contratación directa y
licitación abreviada.
Gráfico N*2 Modalidad de Contrataciones Infraestructura Vial,
. Modalidad de Contrataciones durante el periodo 2021.09
= Contrataciones Directas  ” Licitaciones Abreviadas
Fuente: Reporte Sistema Integrado Compras Públicas (SICOP).
E, MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
ARQITORIA
A
Y'Bag.033
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.' 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Del gráfico anterior se determina que un 64% de las contrataciones fueron
tramitadas mediante contratación directa y el restante 36 % fue a través de
licitaciones abreviadas. —
2.2. SOBRE EL INCUMPLIMIENTO A LA NORMATIVA A LA LEY DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.
2.2.1 Debilidades en la Elaboración de la Decisión Inicial.
Los procedimientos de contratación de infraestructura vial no cuentan con una
justificación expresa de la necesidad a satisfacer, asimismo, al revisar el documento
de decisión inicial en su contenido se observa el título “objetivo general”, de lo cual
la información de este objetivo es utilizada en el formulario SICOP como
justificación. o
Lo anterior contraviene lo establecido en el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa No. 33411-H, que señala:
Artículo 8.- Decisión inicial.
La decisión administrativa que da inicio al procedimiento de contratación será
emitida por el Jerarca de la Unidad solicitante o por el titular subordinado
competente, de conformidad con las disposiciones internas de cada institución.
Esta decisión se adoptará una vez que la unidad usuaria, en coordinación con las
respectivas unidades técnica, legal y financiera, según corresponda, haya
acreditado, al menos, lo siguiente:
a)Una justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de
la necesidad a satisfacer, considerando para ello los planes de largo y mediano
plazo, el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Anual Operativo, el presupuesto y el
Programa de Adquisición Institucional, según corresponda.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 227 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa No. 33411-H, la proveeduría institucional es la competente para
conducir los procedimientos de contratación administrativa, en virtud de ello se
localizó un oficio remitido durante el periodo 2022 por parte de la proveedora
municipal donde señala la carencia de la justificación con la necesidad a satisfacer,
no obstante, al revisar procedimientos de contratación del periodo 2022 se
determina que no ha sido corregido.
Esta situación se presenta por la falta de capacitación en el tema de contratación
administrativa que permita a la unidad solicitante corregir este tipo de falencias en
la decisión inicial.
245
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Por consiguiente, se ocasiona el debilitamiento al sistema de control interno, por
posible incumplimiento en los requisitos previos de los procedimientos de
contratación administrativa, además, existe el riesgo de falta de transparencia para
justificar adecuadamente la planificación para las contrataciones conforme con lo
requerido por la normativa aplicable.
2.2.2 Vinculación programa adquisiciones. --
Al revisar el programa de adquisiciones del periodo 2021 se determinó que en un
procedimiento de contratación directa no existe evidencia de que se encuentre
vinculado a dicho programa.
Es importante considerar que el fin que tiene el programa de adquisiciones es dar
a conocer a los proveedores los bienes que pretende adquirir en un periodo
determinado.
Por consiguiente, se incumple lo establecido en el Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa No. 33411-H, Artículo 7, que dice:--———————-—----—
Artículo 7.- Publicidad del Programa de Adquisiciones.
En el primer mes de cada período presupuestario, la Administración dará a conocer
el Programa de Adquisiciones proyectado para ese año, lo cual no implicará ningún
compromiso de contratar. A —
La Administración procurará incluir en el Programa de Adquisiciones al menos, la
siguiente información:
a) Tipo de bien, servicio u obra por contratar.
b) Proyecto o programa dentro del cual se realizará la contratación.--———————----
c) Monto estimado de la compra.
d) Período estimado del inicio de los procedimientos de contratación. ---umm
e) Fuente de financiamiento.
f) Cualquier otra información complementaria que contribuya a la identificación del
bien o servicio.
El Programa de Adquisiciones podrá ser modificado cuando surja una necesidad
administrativa no prevista. Quedan excluidas de la obligación de publicación, las
contrataciones efectuadas con prescindencia de los procedimientos ordinarios y las
efectuadas con fundamento en los supuestos de urgencia.
246
Municipalidad de Guacímo
EY, AUDITORI
ASVO INTERNAS
Ubág/o35
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Todas las instituciones públicas deberán divulgar el respectivo programa de
adquisiciones y sus eventuales modificaciones a través del Sistema Integrado de
Compras Públicas (SICOP), sin perjuicio de que facultativamente lo publiquen en el
diario oficial La Gaceta.
Asimismo, tomar en consideración lo estipulado en las Normas de control interno
para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) y sus reformas, que dice:----—--—--—----
4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer
las medidas pertinentes para que los actos de la gestión institucional, sus resultados
y otros eventos relevantes, se registren y documenten en el lapso adecuado y
conveniente, y se garanticen razonablemente la confidencialidad y el acceso a la
información pública, según corresponda.
La situación anterior puede deberse a un error humano al momento de elaborar el
programa de adquisiciones, en virtud de que el proyecto si se encuentra
contemplado en el PAO del periodo 2021.
Referente a la omisión de información en el programa de adquisiciones, esta
situación ocasiona que la publicación del plan no esté acorde con la realidad;
también, puede afectar al momento de que los usuarios consulten, ocasionando
incertidumbre de si los bienes o servicios adquiridos responden a las necesidades
y objetivos institucionales, limitando así la transparencia y rendición de cuentas.
2.2.3 Sobre la estimación del costo de las obras.
Conforme con los resultados del análisis y la revisión efectuada en relación a la
muestra de los expedientes electrónicos de infraestructura vial del periodo 2021, en
el Sistema Integrado de Compras Públicas, se determina lo siguiente: aaa —
+  Enlos expedientes revisados no se observa el documento donde se acredite
como se determinó la estimación del costo del objeto (análisis de mercado o
estudio de precios), en la mayoría de los casos en la decisión inicial se hace
la indicación expresa de que “la estimación del costo se realizó con base a
ofertas anteriores”. Si bien es cierto, la unidad solicitante hace referencia de
donde obtiene la estimación, el documento de respaldo no queda
incorporado en el expediente respectivo. Por lo cual al momento de que un
particular o un ente fiscalizador consulte el expediente electrónico no es
posible determinar que el precio sea razonable, ruinoso o excesivo.----—-——-—-
El problema de estimar los proyectos con la comparación de proyectos en
años anteriores es que no es preciso y por ello un estudio actual de mercado
permite un mejor cálculo de costos frente a las necesidades existentes.
247
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S] MUNICIPALIDAD
+ INTERNA
(4 Pág.036
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
al
En un caso el contenido presupuestario no fue suficiente y en otro proceso
se realiza un reajuste de precios, de lo anterior se deduce que la previsión
efectuada no estuvo correcta.
A modo de ejemplo en un proceso de contratación el monto ofertado superó
al disponible presupuestado en más de un 10%, lo cual materializó el riesgo,
por la carencia de una adecuada estimación que permitiera asegurar la
razonabilidad de los precios.
Se debe considerar lo señalado por la Contraloría General de la República en su
oficio DCA-1901 del 28 de junio 2022, que dice:
“Este documento le permite a la Administración comparar y analizar la
cantidad de eventuales proveedores que hay en el mercado; además que
garantiza una igualdad de trato”.
El sondeo de mercado persigue precisamente esta valoración comparativa
entre diferentes bienes pero que presenten condiciones similares, para llevar
a la mejor escogencia dentro de la oferta del mercado.”-------—-—--——--—--------—
De lo anterior se puede deducir que por transparencia es importante que esta
información sea parte de la documentación que se sube al Sistema Integrado de
Compras Públicas (SICOP).--——- —
La situación anterior contraviene con lo establecido en el artículo 40 de la Ley de
Contratación Administrativa que señala:-
Artículo 7.-Inicio del procedimiento.
El procedimiento de contratación se iniciará con la decisión administrativa de
promover el concurso, emitida por el jerarca o titular subordinado competente.
Esta decisión encabezará el expediente que se forme y contendrá una justificación
de su procedencia,.una descripción y estimación de costo del objeto, así como el
cronograma con las tareas y los responsables de su ejecución. —ncananninnanananon--
La justificación del inicio del procedimiento de contratación deberá estar acorde con
lo establecido en los planes de largo y mediano plazos, el Plan Nacional de
Desarrollo, cuando sea aplicable, el plan anual operativo, el presupuesto y el
programa de adquisición institucional, según corresponda.
Artículo 40. Uso de medios digitales.
248
Sfíunicipalidad de Guácimo
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LE INTERNA
LL
''Pág.037
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Toda la actividad de contratación regulada en la presente ley, así como aquella que
se regule bajo cualquier régimen especial, deberá realizarse por medio del Sistema
digital unificado de compras públicas.
Dicho sistema de gestión será único y centralizado y su administración estará a
cargo del Poder Ejecutivo.
El sistema deberá reproducir toda la información relativa a cada una de las etapas
del procedimiento de compras.
Asimismo, el Sistema digital unificado de compras públicas garantizará la total
transparencia y publicidad de cada uno de los procedimientos, documentos e
información relacionada con dichos procesos de compras, para lo cual el sistema
debe reproducir la información en formatos digitales aptos para que el público pueda
descargarlos, copiarlos, manipularlos y reproducirlos.
Para realizar los actos previstos en esta ley, la administración y los particulares
deberán ajustarse a las regulaciones de la Ley N. 8454, Ley de Certificados, Firmas
Digitales y Documentos Electrónicos, de 30 de agosto de 2005. ------—--—-—--——---—--
Así como lo señalado en el Reglamento de Contratación Administrativa, que dice:
Artículo 8.- Decisión inicial.
La decisión administrativa que da inicio al procedimiento de contratación será
emitida por el Jerarca de la Unidad solicitante o por el titular subordinado
competente, de conformidad con las disposiciones internas de cada institución.
Esta decisión se adoptará una vez que la unidad usuaria, en coordinación con las
respectivas unidades técnica, legal y financiera, según corresponda, haya
acreditado, al -
d) La estimación actualizada del costo del objeto, de acuerdo con lo establecido en
el presente Reglamento en cuanto a la estimación del negocio. mm
Artículo 12.- Estimación del negocio.
Para estimar la contratación, en el momento de dictar la decisión inicial, se tomará
en cuenta el monto de todas las formas de remuneración, incluyendo el costo
principal, los fletes, los seguros, las comisiones, los intereses, los tributos, los
derechos, las primas y cualquier otra suma que deba reembolsarse como
consecuencia de la contratación. =>
2439
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LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL
DE CONTRO INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE
CONSTAR QUE AQUÍ TERMINA pi
EL LIBRO DE: Actas Municipales.
TOMO: 092 LLEVADO POR: Departamento de Secretaría.
OBSERVACIONES: La fecha de cierre de este tomo es posterior a
la de la apertura del tomo N*093, debido que el Acta Sesión Ordinaria
N*09-2023 no ha sido aprobada y la N* 10-2023 quedó en la página
número 37.
ES CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS
INDIVIDUALES AL FOLIO: 039 ASIENTO: 99 TOMO: 02
GUACIMO 22 DE FEBRERO 2023
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INTERNA
001
£Kunicipalidad de Guácimo
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INTERNA
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE
CONTROL INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE
CONSTAR QUE AQUÍ PRINCIPIA
EL LIBRO: Actas Municipales.
TOMO N*: 093.
QUE LLEVARA: Departamento de Secretaría del Concejo
Municipal.
CONSTA DE: 250 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE
CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON
EL SELLO DE ESTE DESPACHO, SEGÚN CONSTA EN NUESTRO
LIBRO DE ACTAS.
FOLIO: 040 ASIENTO: 100 TOMO: 02
GUACIMO 21 DE FEBRERO 2023
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AUDITORIA
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
En las contrataciones de objeto continuo, sucesivo o periódico, celebradas por un
plazo determinado, la estimación se calculará sobre el valor total del contrato
durante su vigencia.
En los contratos por plazo indeterminado, con opción de compra, o sin ella, la
estimación se efectuará sobre la base del pago mensual calculado, multiplicado por
48. Igual procedimiento se aplicará respecto de contratos para satisfacer servicios
por períodos menores de cuatro años, cuando se establezcan o existan prórrogas
facultativas que puedan superar ese límite. En caso de duda sobre si el plazo es
indeterminado o no, se aplicará el método de cálculo dispuesto en este párrafo.-----
Cuando las bayes del concurso contengan cláusulas que permitan cotizar bienes o
servicios opcionales o alternativos, la base para estimarlos será el valor total de la
compra máxima permitida, incluidas las posibles compras Optativas. -— om
En todo caso, cuando en el contrato para satisfacer servicios por períodos menores
de cuatro años, se establezcan o existan prórrogas facultativas que no superen ese
límite, para efectos de su estimación se considerarán también las prórrogas. ---—-—-
Lo dispuesto en este artículo no aplica para la determinación de la procedencia del
recurso de apelación o refrendo contractual.
Sobre este tema es importante tomar en consideración lo señalado en las Normas
de Control Interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) y sus reformas, en
su numeral 4.4.1 Documentación y registro ús la gestión institucional.
Una posible causa de esta situación puede ser que no se cuenta con un
procedimiento interno debidamente formalizado y ha sido la costumbre realizar la
estimación tomando cono referencia las ofertas anisriores.
El no realizar una correcta estimación del coste no permite garantizar la
razonabilidad de los precios y existe :n riesgo potencial de que la oferta adjudicada
no sea la que más convenga a! interés de ia institución y el uso apropiado de los
recursos públicos, también, puede conllevi.r a subejecuciones por una errónea
proyección, generando así un retraso en la ejecución de la obra afectando
directamente a la comunidad beneficiaria, afectando así el proceso de contratación.
2.2.4 Sobre los requisitos de Experiencia.-----
Al revisar una muestra de expedientes de contratación administrativa de
infraestructura vial del periodo 2021 en el Sistema de Compras Públicas (SICOP)
se determina lo siguiente:
002
003
Municipalidad de Guácimo
% MUNICIPALIDAD
” DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
(Pág:039
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023. DE FECHA: 09-02-2023.
2.2.4.1 En algunos casos no se indica la cantidad de declaraciones juradas a
presentar por parte del oferente y en el caso del personal requerido no señala como
se tiene que demostrar la experiencia (certificación u otro mecanismo). --------—— —
2.2.4.2 En otros casos no queda claro como demostrar la experiencia (declaración
jurada, certificación u otro mecanismo).
Cabe señalar que en ambos casos la experiencia no fue contemplada para la
evaluación de ofertas.
Referente a este tema se debe tomar en consideración lo señalado en el
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa No. 33411-H, que indica:-----—-
Artículo 56.- Experiencia.
Cuando la Administración, solicite acreditar la experiencia, se aceptará en el tanto
ésta haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos
a entera satisfacción, debiendo indicar el cartel la forma de acreditarla en forma
idónea. Igual regla se seguirá cuando se trate de experiencia obtenida en el
extranjero.
La falta de una regulación interna donde se detalle lo relacionado con las
contrataciones de infraestructura vial ocasiona que se genere estas debilidades.
Se podría generar riesgos como que en el servicio no se observen los requisitos
requeridos y los servicios brindados no satisfaga el interés municipal.-----———--————-
2.2.5 Carencia de información en el expediente electrónico en el Sistema
Integrado de Compras Públicas (SICOP) .
El expediente electrónico de una contratación debe garantizar que se cuenta con la
totalidad de los documentos que se han generado durante el proceso, de forma tal
que pueda identificarse de manera cronológica las actuaciones originadas en el
respectivo proceso de contratación.
En línea con lo anterior, de la revisión de la muestra de expedientes electrónicos de
contrataciones de infraestructura vial en el Sistema Integrado de Compras Públicas
(SICOP), del período 2021, resulta lo siguiente: —-
2.2.5.1 Sobre la Orden de Inicio.
En la mayoría de los expedientes de la muestra revisada en el Sistema de Compras
Públicas (SICOP), no se localiza el documento correspondiente a la orden de inicio,
dicho documento en algunos casos se encontraba en el expediente fisico y digital
de proyecto proporcionado por la unidad SIOP, donde no consta la entrega de la
respectiva orden de inicio.
UNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITO
INTERNAS
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
A razón de lo anterior, no es posible determinar si se cumplió con el plazo para emitir
la orden de inicio.
Al respecto, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa No. 33411-H,
establece: As
Artículo 200.- Orden de inicio del contrato.
La Administración, deberá girar la orden de inicio del contrato dentro del plazo
establecido en el cartel, y a falta de estipulación cartelaria, lo hará dentro de los
quince días hábiles siguientes contados a partir de la notificación a la entidad
contratante del refrendo o de que se dé la aprobación interna, según corresponda.
Ese plazo podrá ser extendido siempre que medie resolución razonada exponiendo
los motivos calificados para ello y ésta se adopte antes del vencimiento del plazo
inicial.
En las contrataciones de obra, la Administración deberá dictar la orden de inicio
dentro de los quince días hábiles siguientes al refrendo del contrato por parte de la
Contraloría General de la República, o de la aprcbación interna, a fin de que el
contratista pueda iniciar las labores propias de la obra dentro del mes siguiente al
refrendo.
Asimismo, tomar en consideración lo estipulado en las Normas de control interno
para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) y sus reformas, que dice: -———---
4.4.1 Documentación y  registto de la gestión institucional
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer
las medidas pertinentes para que los actos de la gestión institucional, sus resultados
y otros eventos relevantes, se registren y dccumenten en el lapso adecuado y
conveniente, y se garanticen razonablemente la confidencialidad y el acceso a la
información pública, según corresponda.
2.2.5.2 Sobre el acta de la recepción definitiva.
Al revisar en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) en ciertos
expedientes no se localizó el documento relacionado con la recepción definitiva del
servicio contratado. No obstante, en el expediente físico y digital de algunos
proyectos que se custodian en el departamento del SIOP se ubica el documento de
acta y en otro caso en el expediente digital se visualiza el acta de recepción definitiva
sin las respectivas firmas.
Se debe considerar lo estipulado en las Normas de control interno para el Sector
Público (N-2-2009-CO-DFOE),en su norma 4.4.1 Documentación y registro de la
gestión institucional.
004
005
E, MUNICIPALIDAD
B£” DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
(Pág.041
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
2.2.5.3 Sobre los finiquitos en la Contratación Administrativa.--—- e
En ningún expediente de contratación administrativa de infraestructura vial del
periodo 2021 de la muestra revisada en el Sistema de Compras Públicas (SICOP)
se localiza el documento de finiquito contractual en las obras realizadas.--—-------—--
Por otra parte, al revisar dos expedientes de proyectos en digital proporcionado por
la unidad de Servicios de Infraestructura de Obra Pública, se observa un documento
de finiquito, sin embargo, estos no se encuentran debidamente firmados. ------—-—--
De acuerdo a respuesta proporcionada por el Coordinador de la Unidad SIOP, en el
año 2021 al no contar con un control y procesos estandarizados se ha venido
implementando con la nueva coordinación y administración del departamento del
SIOP la formulación, control y documentación para los proyectos, asimismo, cuando
se tenía los formatos establecidos, el seguimiento de los expedientes los tenía otra
funcionaria, por tanto, era la responsable de recoger las firmas de los
representantes.
A razón de lo anterior, se consultó la forma como se dio la instrucción, de lo cual
indicó que fue dada de forma verbal.
Se debe tomar en consideración lo señalado en el Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa No. 33411-H, que dice:
Artículo 160.- Finiquito.
Las partes se encuentran facultadas para acordar la suscripción del finiquito del
contrato, el cual podrá realizarse dentro del año siguiente a la recepción definitiva
de la obra y con el detalle que estimen conveniente.
No podrán realizarse finiquitos bajo protesta ni incorporarse enmiendas posteriores,
toda vez que este acuerdo impide reclamos futuros, con excepción de la
responsabilidad por vicios ocultos de la obra.
El finiquito deberá suscribirse por quien tenga capacidad legal para ello.----——--——-
También, considerar lo indicado en la Ley General de Control Interna N*8292, donde
señala:
Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares
subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:--—-—--
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
fluniripalidad be Suacimo
52% MUNICIPALIDAD
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Y Pág.042
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 . DE FECHA: 09-02-2023.
Asimismo, lo señalado en las Normas de Control Interno para el Sector Público (N-
2-2009-CO-DFOE), que dice:
1,4 Responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados sobre el SCI
La responsabilidad por el establecimiento, mantenimiento, funcionamiento,
perfeccionamiento y evaluación del SCles inherente al jerarca y a los titulares
subordinados, en el ámbito de sus competencias.
En el cumplimiento de esa responsabilidad las autoridades citadas deben dar
especial énfasis a áreas consideradas relevantes con base en criterios tales como
su materialidad, el riesgo asociado y su impacto en la consecución de los fines
institucionales, incluyendo lo relativo a la desconcentración de competencias y la
contratación de servicios de apoyo. Como parte de ello, deben contemplar, entre
otros asuntos, los siguientes:
c. La emisión de instrucciones a fin de que las políticas, normas y procedimientos
para el cumplimiento del SCI, estén debidamente documentados, oficializados y
actualizados, y sean divulgados y puestos a disposición para su consulta.----—--—--—
2.5.1 Delegación de funciones
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurarse
de que la delegación de funciones se realice de conformidad con el bloque de
legalidad, y de que conlleve la exigencia de la responsabilidad correspondiente y la
asignación de la autoridad necesaria para que los funcionarios respectivos puedan
tomar las decisiones y emprender las acciones pertinentes.
A parte de lo citado en los puntos anteriores, al revisar algunos expedientes
electrónicos en SICOP, no se localiza documentos que se llevan en los proyectos
como:
Librito de bitácora cuadriculada
Minutas de reunión de pre-inicio
Giras técnicas
| Informe de resultados control de calidad concreto
Bitácora de obra
| Documento de inspección previa a la recepción provisional
006
007
Slunicipalidad de Guácimo
52 MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INFERNA
(UBag.043
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Referente a este tema el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa indica:
Artículo 11.- Expediente.
La decisión inicial dará apertura al expediente electrónico de la contratación en el
Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dicho expediente deberá
contener la totalidad de las actuaciones desarrolladas tanto por la Administración
contratante como por los demás participantes, de conformidad con las directrices
emitidas por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación
Administrativa en calidad de órgano rector del Sistema de Administración de Bienes
y Contratación Administrativa, así como el reglamento de uso del sistema.----———-----
Artículo 2.- Principios.
La actividad contractual se regirá, entre otros, por los siguientes principios:--------—-
c) Publicidad. Los procedimientos de contratación se darán a conocer por el medio
electrónico designado al efecto, atendiendo su naturaleza. Se debe garantizar el
libre y oportuno acceso al expediente electrónico, que deberá contener la totalidad
de las actuaciones relacionadas con la actividad de contratación administrativa
realizada.
También, se debe considera el Artículo 40. Uso de medios digitales de la Ley de la
Contratación Administrativa WN? 7494.
De lo expuesto anteriormente una posible causa es el hecho de que no se cuenta
con los mecanismos de control necesarios para garantizar que toda la información
que se ha generado en el proceso de la adquisición del bien o servicio se encuentre
en el sistema, lo que afecta la trazabilidad que debe existir en los expedientes que
se mantienen para cada proceso de contratación administrativa. -—-——-———-——--——-
Otra causa puede deberse a la carencia de procedimientos que direccionen el
actuar del funcionario en el proceso de contratación.
En cuanto al documento de finiquito contractual en consecuencia existe un riesgo
potencial de reclamos posteriores a la entrega de la obra, que le podría ocasionar
daños a la Hacienda Pública, puesto que el finiquito es clave ya que consiste en la
etapa final de la ejecución contractual.
Asimismo, en orden general, el no contar con un expediente completo, ocasiona
que la información no se encuentre accesible y disponible para los usuarios u entes
fiscalizadores al momento de consultar el expediente electrónico en la plataforma
SICOP.--—-
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(—Lág.044
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
A razón de lo anterior, el completar todos los apartados del SICOP de forma
apropiada brinda transparencia y trazabilidad de la información que debe estar en
los expedientes que se mantienen de cada proceso de contratación, dando
confiabilidad en cuanto a la identificación, análisis y registro de los documentos que
se incluyen en la plataforma SICOP.
2.2.6 Fiscalización de trámite de contrataciones en obras de Infraestructura
Vial periodo 2021.
De acuerdo a información brindada por el Coordinador de la unidad de Servicios de
Infraestructura de Obra Pública, para la asignación de proyectos se hace una
reunión y dicha acción no se documenta. En relación con los inspectores se les
hace entrega de una copia del cartel y del cronograma, de lo cual no consta la
entrega de esta documentación.
En lo referente a la supervisión de las labores realizadas por el personal que lleva
a cabo trámites de contratación, esta se hace de forma verbal y mediante mesas de
trabajo con todo el personal para ver el avance de cada proyecto, esta acción no se
documenta.- --
4.5.2 Gestión de proyectos El jerarca y los titulares subordinados, según sus
competencias, deben establecer, vigilar el cumplimiento y perfeccionar las
actividades de control necesarias para garantizar razonablemente la correcta
planificación y gestión de los proyectos que la institución emprenda, incluyendo los
proyectos de obra pública relativos a construcciones nuevas- o al mejoramiento,
adición, rehabilitación o reconstrucción de las ya existentes.
Las actividades de control que se adopten para tales efectos deben contemplar al
menos los siguientes asuntos:
po5»
a
— ==
d. El establecimiento de un sistema de información confiable, oportuno, relevante y
competente para dar seguimiento al proyecto.
e. (...)
También, tomar en consideración lo establecido en la Ley General de Control
Interna N*8292, que señala:
Artículo 15.-Actividades de control. Respecto de las actividades de control, serán
deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes:
008
009
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
ADN
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
b) Documentar, mantener actualizados y divulgar internamente tanto las políticas
como los procedimientos que definan claramente, entre otros asuntos, los
siguientes:
i. La autoridad y responsabilidad de los funcionarios encargados de aer y
aprobar las operaciones de la institución.
iii. El diseño y uso de documentos y registros que coadyuven en la anotación
adecuada de las transacciones y los hechos significativos que se realicen en la
institución. Los documentos y registros deberán ser administrados y mantenidos
apropiadamente.
Asimismo, lo establecido en las Normas de Control Interno para el Sector Público
(N-2-2009-CO-DFOE), que dice:
4.1 Actividades de control. El jerarca y los titulares subordinados, según sus
competencias, deben diseñar, adoptar, evaluar y perfeccionar, como parte del SCI,
las actividades de control pertinentes, las que comprenden las políticas, los
procedimientos y los mecanismos que contribuyen a asegurar razonablemente la
operación y el fortalecimiento del SCI y el logro de los objetivos institucionales.
Dichas actividades deben ser dinámicas, a fin de introducirles las mejoras que
procedan en virtud de los requisitos que deben cumplir para garantizar
razonablemente su efectividad.---- a
El ámbito de aplicación de tales actividades de control debe estar referido a todos
los niveles y funciones de la institución. En ese sentido, la gestión institucional y la
operación del SC! deben contemplar, de acuerdo con los niveles de complejidad y
riesgo involucrados, actividades de control de naturaleza previa, concomitante,
posterior o una conjunción de ellas. Lo anterior, debe hacer posible la prevención,
la detección y la corrección ante debilidades del SC! y respecto de los objetivos, así
como ante indicios de la eventual materialización de un riesgo relevante. ----—-----—-—-
4.2 Requisitos de las actividades de control
Las actividades de control deben reunir los siguientes requisitos: ---——-—----------
e. Documentación. Las actividades de control deben documentarse mediante su
incorporación en los manuales de procedimientos, en las descripciones de puestos
y procesos, o en documentos de naturaleza similar. Esa documentación debe estar
disponible, en forma ordenada conforme a criterios previamente establecidos, para
su uso, consulta y evaluación.
f. Divulgación. Las actividades de control deben ser de conocimiento general, y
comunicarse a los funcionarios que deben aplicarlas en el desempeño de sus
010
Stlunicipalidad de Guácimo
; MUNICIPALIDAD.
DE GUACIMO
ARSITORIA
INTERNA
(Mov
cs Pág. 046
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
cargos. Dicha comunicación debe darse preferiblemente por escrito, en términos
claros y específicos.
Esta situación se presenta por la carencia de procedimientos internos que
direccionen el proceder del personal. Pudiendo generarse un riesgo potencial en
cuanto a las responsabilidades del personal por las labores asignadas.--———--—-----
2.7 NECESIDAD DEL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL
INTERNO.
En el estudio realizado se evidenciaron aspectos susceptibles de mejora, que se
detalla a continuación:
2.7.1 No se cuenta con manuales de procedimientos así como de lineamientos,
circulares u otra normativa interna, que permita controlar y evaluar las
diferentes actividades para el trámite de contrataciones en infraestructura
vial, asimismo, de identificar responsables, plazos y guiar los pasos en cada
actividad a realizar.--—-—-
2.7.2 No se ha implementado la Autoevaluación del SC! (Sistema Control Interno)
y el SEVRI (Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional), que
permita identificar oportunidades de mejora, así como detectar desvíos que
afecten el cumplimiento de los objetivos.
2.7.3 No se ha recibido capacitación en temas como Cl (Sistema Control Interno),
SEVRI (Sistema Especifico de Valoración de Riesgos), ética, corrupción y
fraude.
2.7.4 No se cuenta con un procedimiento formal para el archivo apropiado que
permita mantener de manera actualizada, oportuna y disponible la
documentación de los expedientes de proyectos ya sea en físico o digital.
Por otra parte, no existe certeza de que se haya asignado formalmente un
responsable para realizar esta labor.
Sobre este tema en el informe de fiscalización presentado el año 2021 se
recomendó lo siguiente:---——---—-—-
4.2.1 Valorar la implementación de un mecanismo de control que permita
garantizar que los expedientes de proyectos se conformen de forma oportuna
asegurando la completitud de su contenido, foliatura y su orden cronológico,
de tal forma que se registre y evidencie los principales eventos acontecidos
en el proceso de ejecución de las obras viales en el cantón, así como la
culminación satisfactoria de cada proyecto, a fin de promover el uso eficiente
de los recursos públicos. -—----- —-
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” DE GUACIMO
y AUDITORIA
INTERNA
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.” 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
2.7.5 Durante el periodo 2021 no se contó con un Plan Anual de Trabajo, lo cual
sería una práctica sana para garantizar una mejor ejecución de obras.
2.7.6 No consta quien elabora, revisa y aprueba las especificaciones técnicas de
un determinado proyecto, según información proporcionada por el
Coordinador de la unidad de Servicios de Infraestructura de Obra Pública lo
relacionado con las especificaciones técnicas son enviadas al coordinador
por medio de correo electrónico o carpeta compartida y se abarca en mesas
de trabajo.
Al respecto, la Ley General de Control Interno, establece:
Artículo 10.-Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán
responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener,
perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será
responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para
garantizar su efectivo funcionamiento.
Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares
subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes: =-=aaa---
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o irregularidades. ——
Artículo 13.-Ambiente de control. En cuanto al ambiente de control, serán
deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes:
b)Desarrollar y mantener una filosofía y un estilo de gestión que permitan
administrar un nivel de riesgo determinado, orientados al logro de resultados y a la
medición del desempeño, y que promuevan una actitud abierta hacia mecanismos
y procesos que mejoren el sistema de control interno.
Artículo 14.-Valoración del riesgo. En relación con la valoración del riesgo, serán
deberes del jerarca y los titulares subordinados, entre otros, los siguientes: ===
a) Identificar y analizar los riesgos relevantes asociados al logro de los objetivos y
las metas institucionales, definidos tanto en los planes anuales operativos como en
los planes de mediano y de largo plazos.
b) Analizar el efecto posible de los riesgos identificados, su importancia y la
probabilidad de que ocurran, y decidir las acciones que se tomarán para
administrarlos. —-
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AUDITORIA
2 [INFERNA
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
c) Adoptar las medidas necesarias para el funcionamiento adecuado del sistema de
valoración del riesgo y para ubicarse por lo menos en un nivel de riesgo
organizacional aceptable.
d) Establecer los mecanismos operativos que minimicen el riesgo en las acciones
por ejecutar.
Artículo 15.-Actividades de control. Respecto de las actividades de control, serán
deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes: --—--
a) Documentar, mantener actualizados y divulgar internamente, las políticas, las
normas y los procedimientos de control que garanticen el cumplimiento del sistema
de control interno institucional y la prevención de todo aspecto que conlleve a
desviar los objetivos y las metas trazados por la institución en el desempeño de sus
funciones. —
b) Documentar, mantener actualizados y divulgar internamente tanto las políticas
como los procedimientos que definan claramente, entre otros asuntos, los
siguientes:
i. La autoridad y responsabilidad de los funcionarios encargados de autorizar y
aprobar las operaciones de la institución.
lili. El diseño y uso de documentos y registros que coadyuven en la anotación
adecuada de las transacciones y los hechos significativos que se realicen en la
institución. Los documentos y registros deberán ser administrados y mantenidos
apropiadamente.
Artículo 17.-Seguimiento del sistema de control interno. Entiéndese por
seguimiento del sistema de control interno las actividades que se realizan para
valorar la calidad del funcionamiento del sistema de control interno, a lo largo del
tiempo; asimismo, para asegurar que los hallazgos de la auditoría y los resultados
de otras revisiones se atiendan con prontitud.
En cuanto al seguimiento del sistema de control interno, serán deberes del jerarca
y los titulares subordinados, los siguientes:
a) Que los funcionarios responsabilizados realicen continuamente las acciones de
control y prevención en el curso de las operaciones normales integradas a tales
acciones.
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
b) Que la administración activa realice, por lo menos una vez al año, las
autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento del sistema de control
interno del cual es responsable. Asimismo, que pueda detectar cualquier desvío que
aleje a la organización del cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 18.-Sistema específico de valoración del riesgo institucional. Todo
ente u órgano deberá contar con un sistema específico de valoración del riesgo
institucional por áreas, sectores, actividades o tarea que, de conformidad con sus
particularidades, permita identificar el nivel de riesgo institucional y adoptar los
métodos de uso continuo y sistemático, a fin de analizar y administrar el nivel de
dicho riesgo.
Además, Las Normas de Control Interno para el Sector Público, establece:
2.3 Fortalecimiento de la ética institucional
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben propiciar el
fortalecimiento de la ética en la gestión, mediante la implantación de medidas e
instrumentos formales y la consideración de elementos informales que
conceptualicen y materialicen la filosofía, los enfoques, el comportamiento y la
gestión éticos de la institución, y que conlleven la integración de la ética a los
sistemas de gestión.[4]
4.2 Requisitos de las actividades de control. Las actividades de control deben
reunir los siguientes requisitos:
e. Documentación. Las actividades de control deben documentarse mediante su
incorporación en los manuales de procedimientos, en las descripciones de puestos
y procesos, o en documentos de naturaleza similar. Esa documentación debe estar
disponible, en forma ordenada conforme a criterios previamente establecidos, para
su uso, consulta y evaluación.
f. Divulgación. Las actividades de control deben ser de conocimiento general, y
comunicarse a los funcionarios que deben aplicarlas en el desempeño de sus
cargos. Dicha comunicación debe darse preferiblemente por escrito, en términos
claros y específicos.
2.5.2 Autorización y aprobación
La ejecución de los procesos, operaciones y transacciones institucionales debe
contar con la autorización y la aprobación respectivas de parte de los funcionarios
con potestad para concederlas, que sean necesarias a la ¡uz de los riesgos
inherentes, los requerimientos normativos y las disposiciones institucionales.
2.5.3 Separación de funciones incompatibles y del procesamiento de
transacciones---
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£unicipalidad de Guácimo
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El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurarse
de que las funciones incompatibles, se separen y distribuyan entre los diferentes
puestos; así también, que las fases de autorización, aprobación, ejecución y registro
de una transacción, y la custodia de activos, estén distribuidas entre las unidades
de la institución, de modo tal que una sola persona o unidad no tenga el control por
la totalidad de ese conjunto de labores.
Cuando por situaciones excepcionales, por disponibilidad de recursos, la
separación y distribución de funciones no sea posible debe fundamentarse la causa
del impedimento. En todo caso, deben implantarse los controles alternativos que
aseguren razonablemente el adecuado desempeño de los responsables. ----------—--
Las situaciones descritas anteriormente se presentan en razón de lo siguiente:
> La falta de interés de la administración para crear manuales de
procedimiento, políticas, directrices donde se regule el proceso de
contratación de infraestructura vial y lo relacionado con la conformación de
expedientes.
> La falta de capacitación en temas de SEVRI y control interno, así como
indicaciones para su implementación.
> Carencia de normativa interna que regule lo relacionado con la
conformación de expedientes.
En consecuencia, se ocasiona lo siguiente:
> La ausencia de manuales de procedimientos, políticas, directrices formales
y específicos no permite estandarizar y guiar las tareas a realizar,
asimismo, puede ocasionar la omisión de responsabilidades por falta de
procedimientos debidamente formalizados y divulgados.--——-—-—————-—-—--
El no efectuar el análisis de riesgos implica que no se pueda medir y reducir
todos los riesgos de acuerdo con las funciones y actividades en el proceso
de contrataciones de infraestructura vial.
V
> Al no documentar quien elabora, revisa y aprueba un determinado
documento existe el riesgo potencial de que se omitan las
responsabilidades por parte del funcionario.
111.-CONCLUSION. ---
Con base en los resultados del presente estudio se determina que los procesos de
contratación en infraestructura vial constituyen un pilar muy relevante para la
institución municipal, ya que es fundamental en el impacto que tenga a nivel
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cantonal, por la relevancia que conlleva la ejecución de obras de infraestructura vial
en beneficio de la comunidad Guácimeña.
Se determinó algunas debilidades de control interno, así como incumplimiento a la
normativa de contratación administrativa, la falta de una normativa interna que
regule y guie lo relacionado con las compras de infraestructura vial, lo cual
contribuiría a aumentar la transparencia de la gestión. Asimismo, a disminuir la
posibilidad de que se pueda generar el riesgo de no obtener dichos bienes con la
calidad y precios razonables.
Es relevante implementar acciones por parte de la administración para subsanar lo
expuesto en este informe, para fortalecer el proceso y se logre una mayor eficiencia
y eficacia en la gestión realizada.
IV.- RECOMENDACIONES.
De conformidad con la Ley General de Control Interno, artículos: 2 incisos a), b), c);
7, 10, 12, 35, 37, 39, y con el fin de subsanar las debilidades de control interno
señaladas en el presente informe, se recomienda:
4.1AISR. GERARDO FUENTES GONZÁLEZ ALCALDE MUNICIPAL O A QUIEN
EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO.
4.1.1 Girar las instrucciones pertinentes al coordinador de la unidad de Servicios
de Infraestructura de Obra Pública a fin de que en la decisión inicial de las
contrataciones que se tramiten se contemple en la decisión inicial una
justificación expresa de la necesidad a satisfacer a fin de dar cumplimiento al
bloque de legalidad. Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá
remitir a la Unidad de Auditoría Interna, en el término de un mes, un oficio en
el que se haga constar que se giró la instrucción. Ver punto 2.2.1. Lo
anterior, no inhibe a la Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda
verificar el cumplimiento a lo solicitado.
4.1.2 Gestionar las acciones pertinentes con el propósito de que se elabore,
apruebe, divulgue e implemente un procedimiento para que en cada uno de
los procesos de contratación de infraestructura vial se elabore e incorpore
en el expediente electrónico SICOP la estimación apropiada de los costos,
no solamente del análisis de precios de ofertas anteriores, con el propósito
de tener mayor exactitud según los precios de mercado. Para el
cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de Auditoría
Interna, en el término de un mes, un oficio en el que se haga constar que se
giró la instrucción. Ver punto 2.2.3. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para
que, mediante revisiones futuras, pueda verificar el cumplimiento a lo
solicitado. e
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Municipalidad de Guácimo
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DE GUACIMO
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AA
“pág.052
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4.1.3 Gestionar las acciones pertinentes con el propósito de que se elabore,
apruebe, divulgue e implemente un Manual de procedimientos, políticas u
otra normativa interna que regule lo concerniente a las contrataciones para
la construcción de obras de infraestructura vial municipales de acuerdo con
las condiciones y necesidades de la institución municipal. Para el
cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de Auditoría
Interna, en el término de seis meses, el manual de procedimientos, políticas
u otra normativa interna que regule las contrataciones para la construcción
de obras de infraestructura vial. Ver punto 2.7.
4.1.4 Realizar las gestiones pertinentes para elaborar un plan-cronograma, para
corregir las debilidades relacionadas con la implementación y funcionamiento
del SEVRI y del Sistema de Control Interno en la unidad de Servicios de
Infraestructura de Obra Pública. Para el cumplimiento de esta
recomendación, deberá remitir a la Unidad de Auditoría Interna, en el término
de un mes el plan-cronograma. Ver punto 2.7. Lo anterior, no inhibe a la
Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar el
cumplimiento a lo solicitado.-
4.1.5 Realizar las gestiones correspondientes para proporcionar capacitación al
personal que participa o que participará en el proceso de contrataciones de
infraestructura vial sobre el tema de la ética, corrupción y fraude institucional.
Esta recomendación debe ser cumplida en el plazo de 6 meses a partir de la
entrega del informe definitivo por parte de esta Auditoría Interna. Ver el punto
2.7. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para que, mediante revisiones
futuras, pueda verificar el cumplimiento a lo solicitado.
4.2AL ING. JHONNY JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, COORDINADOR SIOP O A QUIEN
EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO.
4.2.1 Establecer un mecanismo de control que permita garantizar que al momento
de elaborar el documento de planificación de los trámites de compras del año
respectivo se incluya todos los proyectos programados en el presupuesto
ordinario según corresponda, asimismo, las actualizaciones al mismo según
los proyectos incluidos en los presupuestos extraordinarios y modificaciones,
debiendo remitir la información al responsable de publicar el respectivo
programa institucional. Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá
remitir a la Unidad de Auditoría Interna, en el término de dos meses el
mecanismo de control implementado. Ver punto 2.2.2. Lo anterior, no inhibe
a la Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar la calidad
y continuidad del control.
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AUDITORIA
INTERNA
7) )
“Pag/053
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
4.2.2
4.2.3
4.2.4
4.2.5
Considerar en caso de que la contratación de infraestructura vial lo amerite
el establecer de manera clara y concreta la forma en que los oferentes deben
acreditar la experiencia al momento de participar en las respectivas
contrataciones de infraestructura vial. Para el cumplimiento de esta
. recomendación, deberá remitir a la Unidad de Auditoría Interna, en el término
de dos meses las acciones realizadas. Ver punto 2.4. Lo anterior, no inhibe
a la Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar el
cumplimiento a lo solicitado.
Establecer un mecanismo de control y un funcionario responsable para
garantizar que en todos los expedientes de los procesos de contratación
administrativa realizados por la unidad de Servicios de infraestructura de
Obra Pública se incorpore todas las actuaciones realizadas en el trámite y
ejecución de las contrataciones de infraestructura vial, desde su inicio hasta
su finalización. Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir
a la Unidad de Auditoría Interna, en el término de dos meses las acciones
realizadas. Ver punto 2.2.5. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para que,
mediante revisiones futuras, pueda verificar el mecanismo de control
implementado.--- — —-
Realizar las acciones pertinentes para garantizar que toda acción que
conlleve a una toma de decisiones en relación a las contrataciones de
infraestructura vial sea documentada apropiadamente y se mantengan
disponibles para consulta por parte de terceros. Para el cumplimiento de esta
recomendación, deberá remitir a la Unidad de Auditoría Interna, en el término
de dos meses las acciones realizadas. Ver punto 2.2.6. Lo anterior, no inhibe
a la Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar el
mecanismo de control implementado.
Realizar las gestiones pertinentes a fin de que en el documento que se
elabora de especificaciones técnicas se contemple al menos los
responsables de elaborar, revisar y aprobar, a fin de poder tener claridad lo
relacionado con responsabilidades en caso de un presunto hecho irregular.
Esta recomendación debe ser cumplida en el plazo de 1 mes a partir de la
entrega del informe definitivo por parte de esta Auditoría Interna. Ver el punto
2.7. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para que, mediante revisiones
futuras, pueda verificar el cumplimiento a lo solicitado.
Conocido el oficio DAl-008-2023, suscrito por la Licda. Marleni Myrie
Perez, Auditora Municipal, de conformidad con lo establecido en la Ley
General de Control Interno No. 8292 y normativa conexa, esta Auditoría Interna
presentó el borrador del informe citado en la Reunión sobre Comunicación de
Resultados realizada el día 19 de enero del presente año, es por lo anterior
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$ AUDITORIA
ES INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
que se procede a efectuar la comunicación final de los resultados,
conclusiones y recomendaciones del estudio, al respecto el Presidente
Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco propone trasladarlo a análisis por
parte de la Comisión de Jurídicos, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar
la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda: -—
ACUERDO N* QUINCE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar a la Comisión de Asuntos Jurídicos oficio DAl-008-2023, suscrito por
la Licda. Marleni Myrie Perez, Auditora Municipal, referente a borrador del informe
especial de contrataciones para proyectos en infraestructura vial periodo 2021,
que contiene resultados finales, para análisis.
Debiendo presentar a este Órgano Colegiado dictamen de comisión.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. e
ARTICULO N? 14. Se dio lectura recibido en la secretaria del Concejo Municipal el
02-02-2022, firmado por el Sr. Edwin Mena Barrios — Cédula N* 7-0070-0687,
quien presenta acta de retiro de materiales, para hacerle entrega al Sr. Manuel
Navarro Loaiza — Cédula N* 7-097-185.
Conocido la documentación presentada por el Sr. Edwin Mena
Barrios, al respecto el Presidente Municipal —Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, dice: Hace muchos años se había hecho una gestión de compra de
unos materiales estaban en resguardo del Señor Mena Barrios, como
estamos haciendo mejoras continuas en la cancha de la plaza de futbol de
IMAS, entonces se hizo la coordinación para que Don Edwin le hiciera la
entrega al Sr. Manuel Navarro Loaiza, quien es la persona que ahora tiene
en resguardo los materiales. Y en el acta se indica los materiales que recibió
Don Manuel, enfonces para que conste en actas, por lo tanto: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, _por lo tanto se
acuerda: .
ACUERDO N* DIECISEIS. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Mantener en archivo de la Secretaria del Concejo Municipal, documento
denominado * Acta de retiro de material” el cual hace constar que el Sr. Edwin
Mena Barrios — Cédula N* 7-0070-0687, entrega al Sr. Manuel Navarro Loaiza
—- Cédula N* 7-097-185 los materiales que su persona mantenía bajo custodia
y que pertenecen a la plaza del IMAS, por lo que en adelante el Sr. Navarro
Loaiza será el responsable de mantenerlos bajo resguardo.-----—----——--—===--
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. .-omcmmamon
018
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£Municipalidad de Guácimo
-, MUNICIPALIDAD
DE A
DITO
ARFERNA
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p Y
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
ARTICULO N? 15. Se dio lectura a oficio DAI-010-2023, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 03-02-2023, firmado por la Licda. Marleni Myrie Perez-
Auditora Municipal, remisión de Recomendaciones para informar a esta auditoria
las acciones realizadas para su cumplimiento. De acuerdo con lo requerido en el
numeral 2.11 de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector
Publico (R-dc-119-2009 publicada en Gaceta No. 28 del 10-02-2010) donde solicita
que “el auditor interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique un
proceso de seguimiento de las recomendaciones, observaciones y demás
resultados derivados de los servicios de la auditoría interna... ”--------——-—-----—--
Asimismo, según lo indicado en el artículo 22 inciso g) de la Ley General de Control
Interno No. 8292 que señala las competencias de la Auditoría Interna dice: “g)
Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las
recomendaciones de la auditoría interna, de la Contraloría General de la República
y de los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando sean
de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al
jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.
De lo anterior me permito adjuntarle las recomendaciones dirigidas a cada área
administrativa, con el fin de garantizar su cumplimiento, asimismo, en cuanto al tema
de recomendaciones a seguir por parte de la administración se les transcribe el
siguiente artículo de la Ley General de Control Interno No 8292 y sus reformas:
Artículo 12.- Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno q
c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y
disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la
República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y fiscalización
que correspondan.
Esta auditoria queda a su disposición para evacuar dudas en relación con las
recomendaciones, previa coordinación de la fecha y hora con esta Auditoria.------—-
Asimismo, en caso de ser necesario la encargada del seguimiento coordinará
reunión con el fin de indagar, solicitar información o documentación, por lo que se
agradecerá mucho proporcionar lo requerido y se facilite el acceso para poder
cumplir con la fiscalización respectiva.--- —- e
Se solicita remitir sus respuestas a más tardar diez días hábiles después del recibido
de este oficio, para el seguimiento de recomendaciones de cada departamento, se
les adjunta un cuadro en el que se incluye la recomendación y una columna para
dar respuestas, la cual se les agradece devolver por el mismo medio con la firma
digital al final el cuadro adjunto. Además, proporcionar ia documentación (evidencia
DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
de la acción realizada) que amplíe la respuesta a cada recomendación con el fin de
corroborar las acciones efectuadas para el cumplimiento de las recomendaciones.
RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL CONCEJO MUNICIPAL.
el presupuesto del año
2010 al 11 agosto 2015,
presentado mediante
oficio DAI-059-2015 en
fecha 14-09-2015
Acciones
se d
No Detalle Pl Recomendaciones ens
2023
Informe  DAIINF-004-| 555 | CONCEJO MUNICIPAL Emitir y divulgar
2015 Evaluación del regulaciones específicas para en
control, comunicación y primera instancia, responsabilizar al
ejecución de los departamento de Secretaria del Concejo
acuerdos municipales, IWunicipal de llevar un registro de control
presentado mediante a los acuerdos emitidos y ejecutados de
oficio DAI-042-2015 en forma permanente, además que
4 fecha 31/07/2015 contemple la identificación de los tipos
de acuerdos en los cuales el Alcalde y
las unidades administrativas deben
presentar las respuestas por escrito y
disponga el tiempo requerido para dar
contestación. Ver punto 2.1 y 2.2 del
presente informe. Esta
recomendación deberá ser atendida a
partir de la aprobación de este informe.
Informe  DAIINF-004-| 557 | CONCEJO MUNICIPAL
2015 Evaluación del 4.12 Establecer la periodicidad de
control, comunicación y tiempo en que la Secretaria del Concejo
ejecución de los Municipal debe presentar los informes
2 acuerdos municipales, del control de ejecución de acuerdos y
presentado mediante establecer la forma en que se requiere
oficio DAI-042-2015 en presentar esta información. Ver punto
fecha 31/07/2015 22 del presente informe, Esta
recomendación deberá ser atendida a
partir de la aprobación de este informe.
Informe  DAI-INF-005-| 563 CONCEJO MUNICIPAL
2015 estudio especial 4.1.3 Regular por la vía reglamentaria,
sobre auditoria a las los procedimientos para realizar
comisiones del Concejo actividades sociales, culturales,
Municipal de Guácimo deportivas y educativas que identifiquen
en cuanto a la e incentiven al cantón, y además que
3 ejecución de gastos en involucre el requerimiento de bienes y
servicios en el presupuesto de forma
que se estime un gasto racional según
el volumen de ejecución respectiva,
contemplando la necesidad de
coordinación y planificación previa.
021
MUNICIPALIDAD
7 DE GUACIMO
AUDITORIA
2 INTERNA
POP A
“—Pág.057
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Informe No. DAI-INF-
007-2015 Informe .de
Auditoría sobre Gestión
de Licencias para
Actividades Lucrativas
y aplicación de la Ley
9047 a las Licencias de
Licores otorgadas por
la Municipalidad de
Guácimo, presentado
mediante oficio DAI-
012-2016 en fecha 26-
02-2016
578
4.1 Al Concejo Iiunicipal:
4.1.2 Actualizar y emitir normativas y
procedimientos 'que regulen las
funciones del Departamento de
Patentes con el fin de mejorar y
estandarizar las actividades y
actuaciones de los funcionarios y de los
contribuyentes. Ver punto 2.6 del
presente informe.
Informe No. DAILINF-
005-2016 de Auditoría
sobre el análisis de la
implementación de las
Normas Internacionales
de Contabilidad para el
Sector Público (NICSP)
en la Municipalidad de
Guácimo, presentado
mediante oficio en
fecha en fecha 10-03-
2017 en la Secretaria
del Concejo Municipal y
la oficina de la Alcaldía
Municipal y enviado por
correo a la Contadora
Mpal
609
4.1.2-Proponer — y aprobar un
Reglamento para la Administración,
Control, Resguardo, Valuación y
Seguimiento de Activos Municipales,
que permitan regular todo lo referente a
inventarios, mobiliario, propiedad, planta
y equipo propiedad de la Municipalidad
y considerar si también se pueden
regular todo lo que sea transferido a
sujetos de derecho privado que
custodien o administren. por cualquier
título, fondos públicos o reciban
beneficios patrimoniales Esta
recomendación deberá ser atendida en
un plazo de 2 meses a partir de la
aprobación de este informe. Ver punto
2.5 de este informe.
Informe No. DAI- 004 -
2018 Revisión de la
Liquidación de cuentas
de Ingresos y Egresos
de la Comisión de
Fiestas Cívicas
Cantonales mayo 2018,
presentado mediante
oficio DAl-087-2018, en
techa 19-12-2018
645
4.1.2 Considerar según las debilidades
expuestas en este informe, la necesidad
de ampliar oO modificar el actual
Reglamento para el Nombramiento y
Funcionamiento de las Comisiones de
Festejos Populares y Similares del
Cantón de Guácimo, con el fin de
regular todas las operaciones que las
Comisiones de Festejos nombradas
requieran para cumplir con las
actividades y trámites para la ejecución
de todos los eventos. Esta
recomendación deberá ser cumplida en
el plazo de 3 meses una vez recibido
este informe.
£Municipalidad de Guacimo
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Informe No. DAI- 004 -
2018 Revisión de la
Liquidación de cuentas
de Ingresos y Egresos
de la Comisión de
Fiestas Cívicas
Cantonales mayo 2018,
presentado mediante
oficio DAl-087-2018, en
fecha 19-12-2018
4.1.3 Considerar en el futuro, la
colaboración en asesoría por parte de
esta Auditoría interna con el fin de
brindar un taller a los miembros de las
Comisiones de festejos sobre los
lineamientos de control interno que les
permita realizar una gestión apegada a
la normativa vigente en Control Intemo y
a las practicas sanas relacionadas con
la materia de festejos. Esta
recomendación deberá ser cumplida
inmediatamente una vez recibido este
informe.
DALinftorme N.” 004-
2019 Estudio sobre el
Proceso de Adquisición
de Bienes y Servicios
Periodo 2013,
presentado mediante
oficio DAI-114-2019 en
fecha 19-12-2019
568
4.1.1Tomar acuerdo para que se exija la
revisión de la reglamentación y otra
normativa interna sobre el proceso de
adquisición de bienes y servicios, así
como solicitar a la Alcaldía la respectiva
rendición de cuentas y el fundamento
legal que le permitió que la proveedora
firme las adjudicaciones que son
responsabilidad del Alcalde. Y más
considerando que tanto el Concejo
Municipal como la Alcaldía aprueban
contrataciones de adquisiciones de
bienes y servicios que contienen
errores. Lo anterior, considerando la
normativa aplicable a la materia (Ley
General de Control Intemo, Ley y
Reglamento de Contratación
Administrativa) Directrices Generales
para el Establecimiento Y
Funcionamiento del Sistema Específico
de Valoración de Riesgo Institucional
(SEVRI) y las Normas de Control Interno
para el Sector Público, así como los
resultados comunicados por parte de
esta Auditoría Interna, con el propósito
de que la Administración Municipal
cumpla con su obligación y
responsabilidad en relación con la
normativa intema aplicable y la
priorización que se debe dar a la
Proveeduría Municipal. Así como dejar
claro las eventuales sanciones que se
podrían aplicar en virtud de
determinarse su incumplimiento, de
manera que todos los items comentados
en el punto fl RESULTADOS se
022
023
£Municipalidad de Guáacimo
Soo. MUNICIPALIDAD
DE
GUACIMO
AUDITORIA
INFERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
subsanen y que la normativa y
herramientas utilizadas en este proceso
generen el valor agregado requerido
para la toma de decisiones y mejora
continua de la gestión municipal.
DAI-Informe N.” 005-| 681 4.1.1 Valorar la implementación de un
2019 Estudio sobre la mecanismo de control que permita la
Evaluación de la verificación del cumplimiento de las
Liquidación funciones encomendadas al Comité
Piesubuestaria ¡veñodo Cantonal de Deportes y Recreación.
p peHona Para el Concejo Municipal. Ver el punto
ñ 2018 del Comité 2.1, 2.2. Esta recomendación debe ser
Cantonal de Deportes y cumplida de forma inmediata una vez
Recreación del Cantón recibido este informe.
de Guácimo,
presentado mediante
oficio DAl-011-2020, en
fecha 31-01-2020
DALINFORME N.* 004-| 702 |4.1%1 Valorar realizar un estudio del
2020 Informe sobre la costo beneficio de los servicios que
Partida de Egresos de brinda CAPROBA a la Municipalidad y
Transferencia de establecer las respectivas medidas de
49 | Recursos a la mejora. Esta recomendación debe ser
Federación CAPROBA cumplida en un plazo de 3 meses a
del Periodo 2019, partir de la entrega del informe definitivo
presentado mediante por parte de esta Auditoría Interna. Ver
oficio DAI-148-2020 en el punto 2.1.1.
fecha 10-12-2020
DAIINFORME N.? 004-| 703 [412 Valorar y establecer las acciones
2020 Informe sobre la que este Concejo Municipal tomará en
Partida de Egresos de cuanto a los montos trasferidos a
Transferencia de CAPROBA por un acumulado de
Recursos a la ¿26.502.500.00 para la construcción de
Federación CAPROBA la Sala de Capacitación que a la fecha
11 del Periodo 2019, no se ha concretado el levantamiento de
presentado mediante esta infraestructura, tomando en cuenta
oficio DAl-148-2020 en la devaluación económica de estos
fecha 10-12-2020 recursos. Esta recomendación debe ser
cumplida en un plazo de 1 mes a partir
de la entrega del informe definitivo por
parte de esta Auditoría Intema. Ver el
punto 2.5.
M
Uc
SS 1
NICIPALIDAD
E GUACIMO
, AUDITORIA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
informe auditoría de 721 4.1.1 Instruir mediante acuerdo se le
carácter especial sobre remita copia del Plan cronograma de
la evaluación del acciones del SEVRI, elaborado por la
proceso municipal del Administración Activa para que sea de
SEVRI para promover a su conocimiento y aporte la
través de retroalimentación que considere
recomendaciones, las necesaria y posteriormente requiera
mejoras pertinentes, | rendición de cuentas en cuanto a los
12 | presentado mediante productos que le competen como
oficio DAI-002-2021 en principal responsable del
fecha 18-01-2021 funcionamiento del SCI, entre ellos,
Reglamentos e Informes de Resultados
del SEVRI y de su Seguimiento. Remitir
a la Auditoría Intema el respectivo
acuerdo en un plazo no mayor a dos
semanas, una vez que se le ha
entregado el presente Informe.
Informe auditoría de 722|4.12 Solicitar la remisión para su
carácter especial sobre aprobación del Reglamento del SEVRI-
la evaluación del IMunicipal, a ese Concejo IMunicipal,
proceso municipal del conforme la fecha establecida en el Plan
SEVRI para promover a cronograma de acciones. Remitir a la
13 | través de Auditoria  Intema el acuerdo de
recomendaciones, las aprobación en un plazo no mayor a dos
mejoras pertinentes, semanas, una vez que se le ha
presentado mediante entregado el presente Informe.
oficio DAI-002-2021 en
techa 18-01-2021
Informe de la Auditoría 750| 4.1.1. Adoptar un acuerdo por medio
sobre la Gestión del del cual se solicite a la Alcaldia
Proceso de Patentes, Municipal, informar con una periodicidad
incluyendo la mensual al Concejo Municipal, el
organización del avance en el plan de acción para la
departamento, la estrategia y lineamientos para el manejo
tramitologia, la de documentación en digital en el
determinación, el cobro Gobierno Local de Guácimo. Para el
14 | y control del impuesto cumplimiento de la recomendación, se
de licencias para el otorga plazo de 15 días hábiles
ejercicio de actividades posteriores al recibo del informe
lucrativas en la definitivo y para acreditar su atención,
Municipalidad de respetuosamente se solicita remitir a
Guácimo, presentado esta Auditoría, copia del acuerdo
mediante oficio DAI- adoptado. (Ver el hallazgo C)
096-2021 en fecha 09-
08-2021
Informe de la Auditoría 751| 412 Adoptar un acuerdo solicitando al
sobre la Gestión del Alcalde Municipal, que antes del 30 de
45 ¡ Proceso de Patentes, Noviembte del año en curso, presente
incluyendo la ante ese Organo Colegiado, una nueva
organización del propuesta de normativa para regular los
departamento, la “Requisitos y trámites Administrativos
025
Sfilunicipalidad de pa
¡5 MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
(Pág.o61
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
tramitología, - la
determinación, el cobro
y control del impuesto
de licencias para el
ejercicio de actividades
lucrativas en la
Municipalidad de
Guácimo, presentado
mediante oficio DAI-
096-2021 en fecha 09-
08-2021
que deben cumpiir los ciudadanos ante
la Municipalidad de  Guácimo, , en
cumplimiento con la Ley 8220".
Respetuosamente se solicita al
honorable Concejo, atender la
recomendación en los siguientes 15
días hábiles posteriores al recibo del
informe definitivo. Para ello favor
suministrar, copia del acuerdo donde se
gira la instrucción a la Alcaldía. (Ver
hallazgo G)
16
Informe de la Auditoría
sobre la Gestión del
Proceso de Patentes,
incluyendo la
organización del
departamento, la
tramitología, la
determinación, el cobro
y control del impuesto
de licencias para el
ejercicio de actividades
lucrativas en la
Municipalidad de
Guácimo, presentado
mediante oficio DAI-
096-2021 en fecha 09-
08-2021
752
4.13. Una vez recibida la propuesta
actualizada de normativa para regular
los "Requisitos y trámites
Administrativos que deben cumplir los
ciudadanos ante la Municipalidad de
Guácimo, en cumplimiento con la Ley
8220". definir un cronograma de máximo
5 meses, para brindar seguimiento
cercano a todas las actividades
necesarias para su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. El cierre de la
recomendación se hará contra la
publicación en La Gaceta. (Ver hallazgo
G;
17
Respuesta a lo
solicitado en acuerdo
No. 22, tomado en
sesión ordinaria No. 23-
2021 con fecha 08 de
junio 2021 en relación
al tema del cementerio
municipal de Guácimo, |
presentada mediante
oficio DAI- 106-2021 en
fecha 20-08-2021
778
Considerar la inclusión en el
Reglamento interno existente O
mediante una regulación específica o
procedimiento la actuación para atender
el trámite de los casos de extrema
pobreza y contingencias provocadas por
desastres naturales, epidemias u otro
tipo de calamidad, que permitan otorgar
el beneficio de acceder a un nicho
municipal. Para esta recomendación se
establece un plazo de 2 meses a partir
de recibido este informe, por lo que se
agradece informar a esta Auditoria el
acuerdo tomado sobre las acciones a
implementar para subsanar esta
deficiencia. Ver punto h)j de este
informe.
026
£ílunicipalidad de Guacimo
3%, MUNICIPALIDAD
XE "DE GUACIMO
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE
AUDITORIA
NA
FECHA: 09-02-2023.
Respuesta a lo 779| Censiderar los recursos en el
solicitado en acuerdo presupuesto municipal para que la
No. 22, tomado en administración pueda adquirir un diseño
sesión ordinaria No. 23- de sitio del cementerio en la cual al
2021 con fecha 08 de menos se contemple la distribución
18 junio 2021 en relación general del cementerio con sus
al tema del cementerio sepulturas, curvas de nivel,
municipal de Guácimo, edificaciones administrativas, tapias y
presentada mediante los retiros correspondientes. Para esta
oficio DAI 106-2021 en recomendación se establece un plazo
fecha 20-08-2021 de 6 meses a partir de recibido este
informe Ver punto e) de este informe.
Respuesta a lo 780 | 4.1.1 Valorar en caso de existir duda el
solicitado en acuerdo planteamiento de consulta ante la
No. 22, tomado en Procuraduría General de la República
sesión ordinaria No. 23- con el fin de ampliar o aclarar lo
2021 con fecha 08 de indicado en el Código Municipal en
19 | junio 2021 en relación relación a la fecha de presentación del
al tema del cementerio Informe de los Resultados de la Gestión
municipal de Guácimo, correspondiente al año anterior.
presentada mediante
oficio DAI- 106-2021 en
fecha 20-08-2021
DALINFORME-005-2021 789| 41.1. Solicitar una propuesta a la
estudio sobre la Administración Municipal, así como
declaratoria de caminos aprobar, publicar y divulgar normativa
públicos en la interna que permita reglamentar y
Municipalidad de tecnificar el procedimiento para
Guácimo, presentado recibimiento y declaratorias de caminos
mediante oficio DAI- plíblicos, reaperturas y otras previsiones
20 182-2021 en fecha 06- que se consideren necesarias para
12-2021 estandarizar lo concerniente a vías
públicas con el fin de responder a un
criterio de satistacción del interés
público, de forma que se delimiten las
potestades de discrecionalidad. Ver el
punto 2.1. Esta recomendación debe
ser cumplida en un plazo máximo de
tres meses.
DAI-INFORME-005-2021 790| 41.2. Solicitar a la administración,
estudio sobre la documentar, crear, aprobar, divulgar el
declaratoria de caminos procedimiento necesario para la gestión
públicos en la de todo trámite relacionado con la
Municipalidad de apertura de calles públicas que
21 Guácimo, presentado contemple todo lo relacionado desde
mediante oficio DAI- que se recibe la solicitud de donación de
182-2021 en fecha 06- camino público, la ejecución de los
12-2021 estudios previos, la resolución
administrativa, hasta la inclusión del
camino en el Inventario de caminos,
donde se incluya plazos, responsables y
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
actividades; y otros aspectos que sean
considerados importantes. Ver el punto
22 Esta recomendación debe ser
cumplida en un plazo máximo de tres
meses.
24
ante el Concejo
Municipal de los
procesos de gestión,
atención de la
emergencia, procesos
de contratación, el nivel
de ejecución
presupuestaria y los
resultados obtenidos,
de conformidad con
los términos de la
presente ley,
presentado mediante
oficio DAI-207-2022 en
fecha 12/12/2022
DALINFORME-005-2021 791|4:13. Solicitar a la administración,
estudio sobre la formular, documentar y divulgar los
declaratoria de caminos requisitos en concordancia con los
públicos en la procedimientos que se establezcan para
22 Municipalidad de la declaratoria de caminos públicos, asi
Guácimo, presentado como de reapertura y posibles
mediante oficio DAI- invasiones a la vía pública. Ver el punto
182-2021 en fecha 06- 23. Esta recomendación debe ser
12-2021 cumplida en un plazo máximo de tres
meses.
Estudio de análisis de 824 | 4.1.1 Brindar, en la forma y condiciones
Controles en el que le corresponde a ese Concejo, el
otorgamiento y apoyo necesario a las acciones que
fiscalización de proponga la Administración Municipal
permisos de para el cumplimiento de las
23 | construcción, periodo recomendaciones giradas por esta
2021, presentado Auditoria a la Alcaldía en este informe,
mediante oficio DAI- con el fin de solventar las debilidades
209-2022 en fecha que se han venido presentando en
13/12/2022 materia de construcciones en el cantón
de Guácimo.
Estudio para dar cuenta 826| 411 Dar continuidad a la
recomendación emitida en el "DAI-
Informe N.* 006-2021 Informe de
ejecución del programa de fiscalización
extraordinaña en cumplimiento a lo
requerido en el artículo 20 a la ley no
9843, periodo 2021”.
4.1.3 Solicitar a la Administración
Municipal, valorar la posibilidad de dar
cumplimiento a lo establecido en el
bloque de legalidad para realizar la
actualización de las tasas por concepto
de servicios municipales (Cementerio,
Recolección, Tratamiento y Deposito de
Desechos sólidos) forma anual
considerando el aumento de los costos
que genera brindar el servicio de forma
eficiente y que este se autofinancien por
sí mismos, sin tener que recurrir a
utilizar recursos de otros ingresos
municipales.
027
Municipalidad de Guáacimo
¿ts MUNICIPALIDAD
527” DE GUACIMO
AEÍY,, AUDITORIA
R=24_ INTERNA
"
pu
—Pág.064
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Conocido el oficio DAl-010-2023, suscrito por la Licda. Marleni
Myrie Perez - Auditora Municipal, en el que remite recomendaciones para
informar a esta auditoria las acciones realizadas para su cumplimiento. De
acuerdo con lo requerido en el numeral 2.11 de las Normas para el Ejercicio
de la Auditoría Interna en el Sector Publico (R-dc-119-2009 publicada en
Gaceta No. 28 del 10-02-2010) donde solicita que “el auditor interno debe
establecer, mantener y velar porque se aplique un proceso de seguimiento de
las recomendaciones, observaciones y demás resultados derivados de los
servicios de la auditoría interna al respecto el Presidente Municipal -Reg.
José Leoncio Orozco propone trasladarlo a análisis por parte de la
Comisión de Jurídicos, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:  ---------------—
ACUERDO N* DIECISIETE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar a la Comisión de Asuntos Jurídicos oficio DAl-010-2023, suscrito por
la Licda. Marleni Myrie Perez, Auditora Municipal, para analizar las
recomendaciones y acciones que se han venido tomando de acuerdo con lo
requerido en el numeral 2.11 de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna
en el Sector Publico (R-dc-119-2009 publicada en Gaceta No. 28 del 10-02-2010)
en el que el Auditor Interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique
un proceso de seguimiento de estas recomendaciones.
Debiendo presentar a este Órgano Colegiado dictamen de comisión.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO..---- —
ARTICULO N” 16. Se dio lectura a oficio DVOP-UEC-PRVC-2023-35 enviado al
correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-02-2023,
firmado por la Sra. Verónica Quirós Pizarro, Directora PRVC-II-MOPT/BID, en el
marco del Segundo Programa de la Red Vial Cantonal (PRVC-I| MOPT/BID), en su
componente de “Apoyo a las capacidades e instrumentos de gestión de los
gobiernos locales”, se les invita a sumarse al programa de capacitación y
acompañamiento legal para “Desarrollar manuales y procesos formativos sobre el
marco legal de la gestión vial", el cual estará a cargo de la firma consultora C8¿C
Consultores y Asociados.
Dicho proceso, que iniciará en febrero de 2023, se basará en las buenas prácticas
de gestión de proyectos y en las recomendaciones del Project Management institute
(PMI), para la elaboración de guías, manuales y procedimientos, que le permitan al
gobierno local mejorar sus capacidades de gestión.
028
1AUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
2 INTERNA
U'Pág.065
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Por tal motivo y con el fin de conocer las prácticas actuales y fortalecer las
necesidades de los gobiernos locales en materia legal y administrativa, se les
solicita remitir la siguiente información.
Activos de los procesos municipales (reglamentos, manuales o instructivos
vigentes) de los gobiernos locales incluidas en el programa, que hagan referencia o
definan políticas, lineamientos o requerimientos para:
1. Apertura de caminos privados, declaratoria de caminos públicos, movimientos de
tierra, permisos temporales de explotación de fuentes de materiales, caminos de
acceso, uso de caminos municipales y servidumbres.
2. Gestión legal del derecho de vía: invasiones, expropiaciones, recuperaciones,
registro y catastro.
3. Gestión de otras formas de financiamiento vial: tasas o tarifas municipales por
servicios efectivamente prestados, responsabilidad de los gestores viales en torno
a la conservación de las vías públicas ante reclamos de los usuarios, convenios,
alianzas público-privadas, mantenimiento de los espacios públicos del derecho de
vía.
4. Trámites de viabilidad ambiental de caminos, tala de árboles, caminos en zonas
protegidas y estructuras de puentes y alcantarillas mayores. -
5. Responsabilidades municipales en el marco de las nuevas leyes para movilidad
activa peatonal y ciclística sostenible: opciones de restricción vehicular durante el
día, rol y responsabilidades de las policías de tránsito municipales, normativa para
regulación del tránsito en vías municipales y tránsito de vehículos pesados en zonas
urbanas.
6. Manejo de las aguas de los caminos, las descargas hacia los fundos contiguos a
los caminos que instruye la Ley General de Caminos Públicos, las descargas de las
alcantarillas de desfogue a través de canales de salida, plazos y condiciones legales
para atender las afectaciones y reparaciones por efectos del cambio climático,
gestión de los cauces de dominio público, para evitar la caída de árboles que
obstruyen puentes y alcantarillas mayores, atención de derrumbes y deslizamientos,
así como las medidas de mitigación o subsanaciones de problemas de estabilidad
geotécnica, en terrenos públicos y privados.
7. Manejo de los servicios públicos aéreos y subterráneos en las calles y caminos
cantonales, con la emisión de políticas, ordenanzas municipales, planes
reguladores y otras herramientas legales, que permitan una mejor coordinación de
las intervenciones, mejoramientos, construcciones, renovaciones y reparaciones de
cada uno de los servicios.
Conocido el oficio DVOP-UEC-PRVC-2023-35 enviado al correo
electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-02-2023,
firmado por la Sra. Verónica Quirós Pizarro, Directora PRVC-II-MOPT/BID, al
respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone trasladárselo al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González,
para que remita la información correspondiente, por lo tanto: Los Señores
y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta
029
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto
se acuerda: pu
ACUERDO N.” DIECIOCHO. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, oficio DVOP-UEC-
PRVC-2023-35, suscrito por la Sra. Verónica Quirós Pizarro, Directora PRVC-I!-
MOPT/BID, para que remita información de este Municipio en relación a activos
de los procesos municipales (reglamentos, manuales o instructivos vigentes)
incluidas en el programa, que hagan referencia o definan políticas, lineamientos o
requerimientos.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. e
ARTICULO N* 17, Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 06-02-2023, firmado por la Sra. Priscilla Pérez Fernández — Cédula N*
1-1302-0613, vecina de Guácimo, solicito si me pueden ayudar ya que tengo un
lote de hace 4 años frente a la Soda Rosita entrada a las Palmitas, está ubicado a
la orilla de carretera la que va hacia Río Jiménez y el asunto es que Acueductos y
Alcantarillados me está negando el agua porque dicen que por el historial de la finca
de lote que yo compre, yo he pedido oportunidades de bono de vivienda por este
problema.
Les agradezco que me puedan ayudar ya que el lote lo compre al contado sacando
un préstamo en el Banco para tal fin ya que todavía sigo pagando el préstamo en el
Banco Nacional.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Priscilla Pérez Fernández, al
respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone, enviárselo al ICAA, para que brinde respuesta de este documento
y ala Comisión de Agua, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda: -—o=mmmmmmmmmnana
ACUERDO N.? DIECINUEVE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar al Ing. Andrés López Chavarría - Oficina de ICAA - Guácimo, oficio
suscrito por la Sra. Priscilla Pérez Fernández — Cédula N* 1-1302-0613, a fin de
que interponga sus buenos oficios y brinde respuesta de las razones por las
cuales según lo indica la Señora Pérez Fernández, se le ha negado el servicio
del agua.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.---
Asimismo se acuerda: e.
030
031
Slunicipalidad de Guácimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
-pág.067
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N. 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
ACUERDO N.? VEINTE. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar a la Comisión de Agua oficio suscrito por la Sra. Priscilla Pérez
Fernández — Cédula N* 1-1302-0613, para incluirlo dentro de los casos a analizar
por falta de disponibilidad de agua. .
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.---: .--
ARTICULO N* 18. Se dio lectura a oficio DAi-013-2023, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 06-02-2023, firmado por Licda. Marleni Myrie Perez -
Auditora Municipal, remisión informe “ESTUDIO ESPECIAL SOBRE SOLICITUD
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ANALIZAR LOS DIFERENTES INFORMES DE
RENDICIÓN DE CUENTAS Y PRESUPUESTARIOS DEL COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES Y RECREACIÓN DE GUÁCIMO.”
De conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno No. 8292 y
normativa conexa, esta Auditoría Interna presentó el borrador del informe citado en
la Reunión sobre Comunicación de Resultados realizada el pasado 26 de enero del
presente año, es por lo anterior que se procede a efectuar la comunicación final de
los resultados, conclusiones y recomendaciones del estudio.
Transcribimos lo que establece la Ley General de Control Interno No. 8292 sobre
los deberes del Jerarca en materia de Control Interno y los informes dirigidos a los
titulares subordinados y el jerarca:
“Artículo 12.- Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno
En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les
corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o irregularidades.
c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y
disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la
República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y fiscalización
que correspondan. Qe
d) Asegurarse de que los sistemas de control interno cumplan al menos con las
características definidas en el artículo 7 de esta Ley.
Artículo 36.— Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los
informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares
subordinados, se procederá de la siguiente manera:
a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación
de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo
elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna,
expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones
del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados.
MUNICIPALIDAD
2? DE GUACIMO
AUDITORIA
2 INTERNA
“49.068
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
b) Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el
titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones
de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por el titular subordinado
o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de los primeros
diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de oficio, ante el
jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones alternas propuestas.
Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean distintas de las
propuestas por la auditoría interna, estarán sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto
en los artículos siguientes.
c) El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente, para el trámite que proceda.
Artículo 37.-Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté
dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en
un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de
recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales
recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas
que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la
auditoría interna y al titular subordinado correspondiente.
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las
recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles,
contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los motivos de su
inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe
remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles
siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de inconformidad indicadas.
Artículo 39.—Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los
titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando
corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley,
sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva
relación de servicios. [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra
los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las
funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca o el titular
subordinado, inciuso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por
la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser
imputadas civil y penalmente.-—---——- —
En la conferencia final efectuada el 26 de enero del presente año, estuvieron
presentes, Flor Valerin Cabalceta, Presidenta, Anabelle Berrocal Guzmán,
Secretaria, Danilo Villalobos Zamora, Tesorero y las funcionarias de Auditoría
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DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Interna, Marleni Myrie Pérez Auditora Municipal y Mariana Chinchilla Olivares,
asistente a.i.
Se adjunta copia del informe para la respectiva implantación de las
recomendaciones establecidas en el aparte 4.1 y 4.2 según corresponda. En ese
sentido se informa que las respuestas de las acciones a realizar por esta
administración deben remitirse a esta auditoría en el plazo establecido en cada
pco mendación con las respectivas evidencias de la ETE CUADO. ici —
RESUMEN EJECUTIVO
La Auditoría de Carácter Especial realizada al Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Guácimo se efectúa atendiendo solicitud del Concejo Municipal, con
el propósito analizar la razonabilidad de la información en los diferentes informes
presupuestarios y de rendición de cuentas presentados por el Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de Guácimo ante el Concejo Municipal, la cual comprendió
el periodo de 01 de enero al 31 de diciembre de 2021, ampliándose en aquellos
casos en que se consideró pertinente.--— —
De la revisión efectuada por esta Auditoria se determinaron varias debilidades en
relación con la omisión del registro oportuno de los informes presupuestarios en la
plataforma del SIIP incumpliendo con lo dispuesto en la normativa presupuestaria
emitida por la Contraloría General de la República, asimismo el documento de
liquidación presupuestaria 2021 contiene cifras que no corresponden a este Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Guacimo del cual en la redacción del informe
se refiere al CCDR de Moravia, por lo cual se observa la falta de verificación de los
datos consignados. ---- — —
Con el fin de analizar los gastos se tomó una muestra de expedientes de
contratación de bienes y servicios del año 2021 de lo cual se encontraron aspectos
susceptibles de mejora tales como: expedientes de contratación sin decisión inicial,
no hay estimaciones de la necesidad a satisfacer, no hay certificación o constancia
de que se cuenta con los recursos para realizar las contrataciones, algunas
invitaciones no consta la entrega a los oferentes, las ofertas no tienen fecha de
recibido en la oficina del CCDRG, no es posible determinar si fueron entregadas en
el plazo de cierre señalado para recibir las ofertas de las ofertas señalado.-----—----
Asimismo, a las ofertas no se les realiza estudio de admisibilidad y estudio técnico
que permita conocer el resultado y motivo por el cual fue seleccionado el
adjudicatario, no consta en los expedientes el acto de adjudicación, los datos de
algunas de las órdenes de compra carecen de código presupuestario, algunas con
el monto incorrecto o las cantidades no son congruentes con lo requerido en el
pliego de condiciones sin constar en el expediente justificación de modificaciones,
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no hay documento de recepción de los bienes o servicios en cada expediente de
contratación, que permita evidenciar que realmente se recibió el bien o servicio.
En cuanto a los auxiliares de control presupuestario estos no se llevan de forma
ordenada y no son un insumo confiable que permita respaldar los informes
presupuestarios de rendición de cuentas, ya que algunos gastos se rebajan en
códigos incorrectos y un gasto fijo en la mayoría de las contrataciones como lo es
la retención de impuesto de renta no se registra en todos los auxiliares. ----——---------
Los respaldos de información para los pagos de cheques no están con la
información completa y no se determina para cada cheque a cuál contratación
corresponde, así también algunos pagos que no se les aplicó la retención de
impuesto y en otros se observa el cálculo de rebajo de impuesto incorrecto. Se
encontró la apertura de caja chica sin contar con regulación interna. ————m-
De lo expuesto, para la mayoría de las debilidades expuestas, ya existen
recomendaciones derivadas del informe de auditoría emitido el año pasado 2021,
asimismo, se giran otras recomendaciones al Concejo Municipal y a la Junta
Directiva, con el fin de subsanar las debilidades determinadas con el fin de minimizar
eventuales riesgos que podrían afectar la consecución de los objetivos del CCDRG.
ESTUDIO ESPECIAL SOBRE SOLICITUD DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
ANALIZAR LOS DIFERENTES INFORMES DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y
PRESUPUESTARIOS DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y
RECREACIÓN DE GUÁCIMO, PERIODO 2021. :
1.-INTRODUCCIÓN .===ammm--.
1.1.-Origen del Estudio.-------
El presente estudio se origina a solicitud del Concejo Municipai de Guácimo
mediante S.M.G. Oficio ++ 709-2022, Acuerdo No. Veinticinco, tomado en la Sesión
Ordinaria N*26-2022, celebrada el 28 de junio 2022.
1.2.-Objetivo general. —
Analizar la razonabilidad de la información presentada en los diferentes informes
presupuestarios y de rendición de cuentas presentados por el Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de Guácimo.
1.3.-Alcance del estudio.
El estudio abarca la revisión de la Liquidación Presupuestaria del periodo 2021
comprende determinar la razonabilidad de los datos incluidos en la Liquidación
Presupuestaria 2021 para confirmar la efectividad presupuestaria, incluye la revisión
de otros documentos presupuestarios, extendiéndose en aquellos casos en que se
consideró pertinente.
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Municipalidad de Guácimo
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E, AUDITORIA
INFERNA
Me
; “Pág:071
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
1.4.-Generalidades acerca de la auditoria.
Artículo 178. El Comité cantonal funcionará con el reglamento que dicte la
respectiva municipalidad, el cual deberá considerar, además, las normas para
regular el funcionamiento de los comités comunales y la administración de las
instalaciones deportivas municipales.
Artículo 179. Los comités cantonales de deportes y recreación coordinarán con la
municipalidad respectiva, lo concerniente a inversiones y obras en el cantón. Las
municipalidades deberán asignarles un mínimo de un tres por ciento (3%) de los
ingresos ordinarios anuales municipales; de este porcentaje, un diez por ciento
(10%), como máximo, se destinará a gastos administrativos y el resto, a programas
deportivos y recreativos.
Los comités cantonales de deportes y recreación podrán donar implementos,
materiales, maquinaria y equipo para dichos programas, a las organizaciones
deportivas aprobadas por el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación ,
que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, así como
a las juntas de educación de las escuelas públicas y las juntas administrativas de
los colegios públicos del respectivo cantón; además, deberán proporcionarles el
local que será su sede y todas las facilidades para el cabal cumplimiento de sus
fines.
Artículo 181. En la primera semana de julio de cada año, los comités cantonales
de deportes y recreación someterán a conocimiento de los Concejos Municipales
sus programas anuales de actividades, obras e inversión, antes de aprobarse los
presupuestos ordinarios de la municipalidad.
Los comités también deberán presentar un informe de los resultados de la gestión
correspondiente al año anterior.
Por otra parte, el Reglamento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de la
Municipalidad de Guácimo, señala en algunos artículos:
Artículo 14.- Son funciones de la Junta Directiva, las que se detallan a continuación:
a) Ejecutar las políticas que en materia deportiva y de recreación le fijen al
Comité Cantonal, la Municipalidad, aquellas que le fije el I|CODER.-—--—---——-
b) Aprobar los reglamentos internos que promulgue el Comité Cantonal para
la organización y funcionamiento interno de su dependencia, así como las
reformas que se promulguen a estos posteriormente.
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c) Resolver los conflictos que pudieren presentarse con motivo de la
aplicación o interpretación de sus reglamentos y resoluciones.--—---------—---—-
d) Convocar a Asamblea para elección de los Comités Comunales y nombra
órganos subalternos. -
e) Juramentar a las personas que nombre como acto previo a la toma de
posición de sus cargos, en la Oficina del Comité Cantonal de Deportes. A
excepción de casos por razones laborales, serán juramentados en su
comunidad. —-
f) Aprobar las tarifas para derechos de alquiler y publicidad de las
instalaciones deportivas y recreativas para su administración. Para lo cual el
Presidente del Comité Cantonal queda facultado, con la personería jurídica
vigente a la fecha de suscripción, de firma de contrato o convenio con
diferentes organizaciones siempre que se suscriba. --
g) Aprobar los planes y programas del Comité Cantonal.-------—-————-——-—
h) Otorgar el permiso en primera instancia para la celebración de actividades
en las instalaciones deportivas previa firma del contrato respectivo, según lo
establece el Decreto Ejecutivo N” 66666-G siempre y cuando se rinda la
garantía que respalde las condiciones originales en que recibe las
instalaciones.
i) Recomendar la construcción de infraestructura, previo estudio en
coordinación con otras instituciones, cuando así se requiere, para lo cual
debe obtener lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento.
j) Gestionar la consecución de recursos económicos, materiales y humanos.
k) Participar activamente en la medida de sus capacidades en el desarrollo
de los programas deportivos y recreativos a nivel cantonal o nacional. --------
I) Proporcionar capacitación en la medida de sus posibilidades a
colaboradores de los distritos del cantón para integrarlos en la realización
deportiva comunal.
m) Realizar el plan de trabajo anual.
n) Divulgar e informar sobre el desarrollo de sus actividades. ----—-------—--—-
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-, MUNICIPALIDAD
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2. INTERNA
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o) Preparar un informe anual de labores y presentarlo al Concejo Municipal
para su aprobación, a más tardar el último día hábil del mes enero de cada
año, junto con la liquidación presupuestaria.
p) Rendir ante el Concejo Municipal un informe anual de ingresos y egresos
de los recursos que le fueran encomendados.
q) Nombrar y sancionar en su oportunidad a los empleados del Comité
Cantonal conforme a las leyes laborales vigentes.
r) Recomendar ante el Concejo Municipal la designación del atleta,
entrenador o dirigente distinguido del cantón, para su estímulo
correspondiente.
s) Aprobar los programas de trabajo de los entrenadores de aquellos
programas recomendados por la Comisión Técnica.
En cuanto al tema presupuestario las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público
regulan los elementos básicos del subsistema de presupuesto institucional y del
proceso presupuestario de las instituciones que se encuentran bajo ámbito de
aplicación y tienen el propósito de fortalecer la fiscalización integral de la Hacienda
Pública por parte del Órgano Contralor y brindar una mayor seguridad jurídica en el
manejo del presupuesto público favoreciendo su consolidación como herramienta
esencial de gestión y toma de decisiones.
1.5.-Limitaciones. o
Parte de la información solicitada por esta auditoria no fue suministrada en forma
oportuna, teniendo que recurrir a la emisión de advertencias por afectación a la labor
de la Auditoría Interna, afectando los plazos de ejecución de la auditoría.-—-—————
1.6.- Comunicación Preliminar de los Resultados.
La comunicación verbal de los resultados del estudio se llevó a cabo en la oficina
de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Guácimo, el día 26 de enero 2023, a
las 14:13 horas, actividad a la que se citó a la junta directiva del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de Guácimo mediante oficio DAl-212-2022 con fecha 16-
12-2022 y nuevamente convocados mediante oficio DAl-214-2022 con fecha 23-12-
2022 y por tercera vez mediante correo electrónico con fecha 18-01-2022,
estuvieron presentes: Flor Valerin Cabalceta, Presidenta, Anabelle Berrocal
Guzmán, Secretaria, Danilo Villalobos Zamora, Tesorero, y las funcionarias de
auditoria la Licda. Marleni Myrie Pérez Auditora interna y la Licda. Mariana Chinchilla
Olivares asistente de auditoría interna a.i.
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, AUDITORIA
INTERNA
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1.7- Metodología Aplicada.
Para el desarrollo de este proyecto de auditoria se utilizó la metodología establecida
en el Manual de Aseguramiento de la Calidad de la Auditoría Interna, realizando el
proceso mediante el cumplimiento de las Actividades de: Administración,
Planificación, Examen y Comunicación de Resultados. Se ejecutaron diferentes
procedimientos que permitieron cumplir con el objetivo de este proyecto de
auditoría, solicitudes de información mediante correo institucional y oficio dirigido a
la Junta Directiva del Comité.
La auditoría se efectuó de acuerdo con lo estipulado en las Normas Generales de
Auditoría para el Sector Público, las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna
en el Sector Público y mejores prácticas para el ejercicio de la Auditoría Interna.
1.6 Responsabilidad de la Administración y la Auditoría Interna. -— ===
La veracidad y exactitud de la información en la que se fundamentó esta Auditoría
Interna, para llegar a los resultados obtenidos en el informe, es responsabilidad de
la administración. La responsabilidad de esta Auditoría Interna consistió en emitir
una opinión sobre los diferentes informes de rendición de cuentas y presupuestarios
del Comité Cantonal de Deportes y Recreación durante el periodo 2021 de
conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
1.8.- Cumplimiento de Normas Técnicas de Auditoría.
El estudio se realizó con observancias a las Normas para el Ejercicio de la Auditoría
Interna en el Sector Público; el Manual de Normas Generales de Auditoría para el
Sector Público, Reglamento de la Organización y Funcionamiento de la Auditoría
Interna, entre otras y donde resulten aplicables.
1.9.-Normas técnicas a cumplir.
Los resultados y la implantación de las recomendaciones del presente informe, se
regirá entre otros, por lo dispuesto en los artículos Nos. 36, 37, 38 y 39 de la Ley
General de Control Interno, los cuales en la parte que interesa señalan literalmente
lo siguiente: : —-
“Artículo 36. —Informes dirigidos a los titulares subordinados. Cuando los informes
de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se
procederá de la siguiente manera: -
a)El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a
partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las
recomendaciones. Si discrepa de elias, en el transcurso de dicho plazo elevará el
informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoría interna, expondrá por escrito
las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá
soluciones alternas para los hallazgos detectados.
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b)Con vista de lo anterior, el jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la documentación remitida por el
titular subordinado; además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones
de la auditoría interna, las soluciones alternas propuestas por el titular subordinado
o las de su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de los primeros
diez días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de oficio, ante el
jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones alternas propuestas.
Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean distintas de las
propuestas por la auditoría interna, estarán sujetas, en lo conducente, a lo dispuesto
en los artículos siguientes.
c)El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente, para el trámite que proceda. —-
Artículo 37. —Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté
dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en
un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de
recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales
recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas
que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la
auditoría interna y al titular subordinado correspondiente.
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las
recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles,
contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los motivos de su
inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe
remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles
siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a
solicitud del jerarca, de la auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta días
hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto. El hecho de no
ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor, dará lugar a
la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, N* 7428, de 7 de setiembre de 1994. ---————
Artículo 39. —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los titulares
subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando
corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley,
sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva
relación de servicios.
El jerarca, los titulares subordinados y los demás funcionarios públicos incurrirán en
responsabilidad administrativa, cuando debiliten con sus acciones el sistema de
£Hunicipalidad de Guácimo
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A
Mint
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control interno u omitan las actuaciones necesarias para establecerlo, mantenerlo,
perfeccionarlo y. evaluarlo, según la normativa técnica aplicable. (...)-—-—--——-—-——--
(...) Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios
públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en
materia de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las
acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin
perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente.
El jerarca, los titulares subordinados y los demás funcionarios públicos también
incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, por
obstaculizar o retrasar el cumplimiento de las potestades del auditor, el subauditor
y los demás funcionarios de la auditoría interna, establecidas en esta Ley. ---—---—--
Cuando se trate de actos u omisiones de órganos colegiados, la responsabilidad
será atribuida a todos sus integrantes, salvo que conste, de manera expresa, el voto
negativo”.
1.- RESULTADOS.
Atendiendo lo solicitado por el Concejo Municipal, se realizaron revisiones a los
informes presentados y a los registros de libro de bancos, tarjetas auxiliares de
control presupuestario, expedientes de contratación de bienes y servicios, caja
chica; así como los ampos de todas las copias de cheques cancelados y anulados,
de lo cual se obtienen los siguientes resultados:
2.1 DEBILIDADES EN LA INFORMACION PRESUPUESTARIA cocommmcanampanacamames
2.1.1 Sobre el informe de liquidación presupuestaria.
En el informe de la liquidación presupuestaria el dato del monto de egreso
presupuestado lo anotaron en ¿158.290.565.86, esta cifra no es razonable ya que
los ingresos presupuestados deben ser igual a los egresos presupuestados y los
ingresos para el año 2021 fueron por un monto ¿108.222.880.20 (que incluye
£56.008.410.86 de superávit libre periodo 2020).
Asimismo, en la página No.02 del informe al referirse a los Ingresos mencionan al
CCDRG de Moravia y en la página No.06 en el cuadro de la ejecución del programa
11, las cantidades en cada código presupuestario no coincide con el presupuesto de
este CCDRG, por lo que se observa un error de formato y que los datos de este
informe corresponden a otro CCDRG, por falta del debido cuidado ya que no se está
brindando la información correcta y podría ocasionar que se genere falta de
confianza en los datos presentados de rendición de cuentas y falta de información
disponible para la toma de decisiones oportuna.
Además, en el documento de liquidación presupuestaria, se presenta el monto total
de ingreso presupuestado por un monto de ¿£102,282,155.00 siendo lo correcto
£108,222,880.20.
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041
£flunteipalidad de Guácimo
, MUNICIPALIDAD
AG GUACIMO
DIT
2 INTERNAS
val
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ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
En esta misma línea, al revisar el dato de egresos totales del año 2021 en los
diferentes informes y registros auxiliares, se observan diferencias como se observa
a continuación:
REGISTRO PRESUPUESTARIO AÑO 2021 sai de
Monto total gastos en tarjeta 85,568,141.33
Monto total gastos en libro banco 85,860,241.54
Monto total pagos con cheques 85.609.664.19
Monto gasto real en liquidación 85,568,140.66
Monto gasto en informe ejecución 86,381,914.86
Fuente: Datos tomados de los informes y registros presupuestarios del CCDRG
2021.
Egresos por programa registrados en cada semestre.
Programa Egresos ler semestre  |Egresos 2do semestre _|Total Anual
Programa 1 1,715,320.31 2,712,639.87 4,427,960.18
Programa 2 5,448,453.56 27,317,455.92 32,765,909.48
Programa 3 29,810,847.69 19,377,197.61 49,188,045.30
86,381,914.96
Fuente: Tomado de los dos informes semestrales de ejecución presupuestaria.
Para el periodo 2021, al revisar el monto total de egresos anual, en los auxiliares de
presupuestos (tarjetas), en libro de bancos, en la suma de totalidad de cheques, en
los del informe de la liquidación e informes de ejecución | y Il semestre, se observa
que ninguno monto coincide, lo cual puede ser por falta de un procedimiento que
guie y estandarice la forma en que se deben registrar los egresos en los diferentes
auxiliares presupuestarios tarjetas presupuestarias, libro bancos), la realización de
una conciliación entre estos registros para justificar las diferencias, lo cual puede
generar falta de confiabilidad de la información presentada en los informes
presupuestarios y de labores, afectando así una sana rendición de cuentas.
Al respecto es importante considerar lo dispuesto en las Normas de Control Interno
para el Sector Publico en el numeral 4.4.5 que dice:
La exactitud de los registros sobre activos y pasivos de la institución debe ser
comprobada periódicamente mediante las conciliaciones, comprobaciones y otras
verificaciones que se definan, incluyendo el cotejo contra documentos fuentes y el
recuento físico de activos tales como el mobiliario y equipo, los vehículos, los
suministros en bodega u otros, para determinar cualquier diferencia y adoptar las
medidas procedentes. —
», MUNICIPALIDAD
” DE GUACIMO
AUDITORIA
2" INTERNA
Ye
“—Pág.078
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
De acuerdo al estudio efectuado en el periodo 2021, de los hallazgos encontrados,
hubo diferencias en el registro de información presupuestaria, de lo cual se generó
varias recomendaciones que a continuación se cita:
4.2.8.2 Revisar los movimientos dados en el registro de datos en el libro de bancos
y en el libro de ingresos entre ellos los mencionados en este informe como: el saldo
inicial anotado en el libro de bancos, omisión en anotación de ajuste, registro de
pagos por un monto menor al cancelado y otros que se identifiquen; de los cuales
en caso de que proceda, realizar los ajustes que correspondan. Ver punto 2.3 de
este informe.
4.2.8.3 Corregir en los auxiliares de control presupuestario todas las omisiones y
errores de registros de egresos en códigos presupuestarios que no corresponden
con el fin de presentar el monto correcto del total de egresos del año 2020. Ver
punto 2.4.1 de este informe.
4.2.8.4 Revisar los registros de retenciones que corresponden al año 2019 y
rebajados en tarjetas presupuestarias 2020 con el fin de verificar si existen rebajos
duplicados y hacer las correcciones pertinentes. Ver punto 2.4.2 de este informe.
4.2.8.5 Corregir las cifras de ingresos, egresos y el resultado final presentado en la
liquidación presupuestaria del periodo 2020 según las correcciones que realicen
después de recibido este informe, asimismo presentar la versión corregida ante el
Concejo Municipal con las aclaraciones correspondientes. Ver punto 2.6 de este
informe. — ——
4.2.8.6 Corregir los registros de los aumentos y disminuciones en los auxiliares de
control presupuestario, según las modificaciones aprobados en el periodo 2020. Ver
el punto 2.7.
Las recomendaciones citadas anteriormente, a la fecha no han sido cumplidas,
ocasionando así que se continúe con datos erróneos, aunado a los nuevos errores
de registro que se identificaron con el presente estudio, lo cual conlleva acumular
datos erróneos para el siguiente periodo presupuestario.
2.1.2 Registro de Ingresos y Egresos en los Auxiliares (tarjetas) de Registro
Presupuestario.
Al revisar el registro de tarjetas auxiliares de control de ingresos y egresos se
observan las siguientes debilidades:
> Los ingresos y egresos no se registran en orden cronológico. ——————-----
. Se rebajan gastos en códigos presupuestarios que no corresponden, según
la clasificación presupuestaria brindada por el Ministerio de Hacienda. -----—-----—--
. En algunos casos el monto registrado en tarjetas de control presupuestario
es distinto al del libro de bancos.
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AUDITORIA
INTERNA
(FPág.o7o
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
. No hay uniformidad para completar las anotaciones de los rebajos de
retención de cada pago en las tarjetas, ya que en algunos casos aparecen el monto
de retención y en otros no existe anotación.
Los registros en tarjetas (auxiliares) presupuestarias son un control muy necesario
que permiten verificar los adecuados registros de los ingresos y gastos según la
clasificación presupuestaria, permite revisar el movimiento de cada partida
presupuestaria y brinda transparencia en la gestión presupuestaria, además sirve
para verificar que los datos en los informes de ejecución, evaluaciones y
liquidaciones son razonables, por lo que un correcto registro garantiza la
confiabilidad de la información presupuestaria.
Según información aportada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación en
el seguimiento de recomendaciones efectuado en este periodo 2022, las
correcciones de egresos e ingresos no se pueden realizar, ya que la liquidación está
registrada en el SIPP, de lo cual esta auditoría interna considera que aunque el
documento de liquidación se encuentre adjunto en el SIPP, no justifica el no realizar
la acción correspondiente para ajustar los datos en los registros presupuestarios
(libros, tarjetas, liquidación) con el fin de contar con información veraz y exacta.-----
Sobre este tema en el informe de fiscalización realizado a este CCDRG y
presentado el año anterior (2021), se recomendó lo siguiente: -——--—-—-———----—-
4.2.4 Gestionar la elaboración, aprobación e implementación de un
mecanismo de control que permita la verificación de toda la información que
se registra en libros, auxiliares, expediente de presupuestos, modificaciones
u otros documentos de carácter presupuestario a fin de garantizar la exactitud
de la información generada por la institución.
2.1.3 Presentación tardía de Informes al Concejo y a la Contraloría General de
la Republica. .-
De la información presentada al Concejo Municipal por parte del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de Guacimo el día 21-02-2022, fue lo siguiente:------—-----
-Informe de Ejecución y Evaluación Presupuestaria, segundo semestre 2021. -------
-Informe de Ejecución Presupuestaria, cuarto trimestre 2021.
-Informe de Liquidación Presupuestaria 2021.
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£ílunicipalidad de Guacimo
za
UNICIPALIDAD
DE GUACIMO
|, AUDITORIA
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044
—Pág.080
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Informe Fecha presentación según | Fecha presentación | Fecha de
Presupuestario. normativa. al SIPP-CGR presentación
realizada al
Concejo.
-Informe de Ejecución | 31-01-2022 Norma: 4.5.5 de | Se observa que | 21-02-2022.
y Evaluación | las Normas Técnicas de | crearon el asunto con
Presupuestaria, Presupuesto Público. fecha 23-12-2021,
segundo semestre pero no adjuntaron los
2021. informes al SIIP, por
tanto, No hubo
presentación.
-Informe de 14-01-2022. Norma: 4.3.14. | No hay presentación | 21-02-2022.
Ejecución de las Normas Técnicas de | al SIIP.
Presupuestaria, Presupuesto Público.
cuarto trimestre
2021.
-Informe de | 16-02-2022. Norma 4.3.18. | No hay presentación | 21-02-2022.
Liquidación de las Normas Técnicas de | al SIIP.
Presupuestaria 2021. | Presupuesto Público.
También en el RFCCDRG,
Artículo 14 inciso 0).
Fuente: Elaboración propia de esta Auditoria en base a datos consultados en el
SIIP.
De lo expuesto la información presupuestaria que genera el CCDRG, no se registra
en el SIIP como lo dispone la normativa presupuestaria vigente, lo que podría
originarse por falta de supervisión al funcionario o persona contratada que tiene esta
responsabilidad, así como establecer mecanismos de control, siendo que la falta de
presentación de informes oportuna dificulta la rendición de cuentas y afecta la
transparencia de la gestión del CCCDRG. -
Respecto, a los informes de ejecución presupuestaria, en el informe anterior (2021)
emitido por esta auditoría interna, se recomendó lo siguiente:
4.2.6 Gestionar las acciones que consideren pertinentes para cumplir con la
presentación de los informes de ejecución trimestral ante el Concejo
Municipal según lo estipulado en la regulación interna.
Remitir a esta auditoría interna oficio donde conste las acciones que tomara
esta Junta' para cumplir con los plazos de presentación de informes
trimestrales para dar cumplimiento a la recomendación, en un plazo máximo
de un mes a partir del recibo del presente informe. Ver el punto 2.5. ==
2.2 DEBILIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE
BIENES Y SERVICIOS.
Los expedientes de contratación 2021 están custodiados en ampos, de los cuales
se recibieron 3 ampos rotulados de la siguiente forma:
045
£Muntcipalidad de Guácimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Pág.081
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
-Ampo 1 que, según lo rotulado, contiene las Contrataciones Directas de la 01 a la
18 2021.-—
-Ampo 2 que según lo rotulado contiene las Licitaciones Abreviadas 01 a la 15 2021
-Ampo 3 que según lo rotulado contiene las Licitaciones Abreviadas 16 a la 21 2021
Se observa que la custodia de los expedientes de cada contratación se encuentra
apilados en un mismo archivo por lo que dificulta su manipulación ya que puede
ocasionar daño a los demás expedientes, lo que no permite acceso fácil para su
consulta, siendo que no está custodiada en expedientes individuales.---—--——-—-—--—-
No se cuenta con un consecutivo de contrataciones, al revisar los expedientes
contenidos en el ampo 1, después de la contratación No 06, se encuentra una nota
sin número de oficio, firmada por la secretaria ejecutiva, dirigida a la Junta Directiva
indicando que hubo “error en el consecutivo de las contrataciones directas, de la
contratación $ 06 se pasa a la contratación + 10, dejando sin validez la + 07,08,09”.
Luego en el ampo 3, después de la contratación 17 se encuentra otra nota indicando
que por error obvió en el consecutivo de licitaciones la número 18, lo cual procede
a anular dicha numeración.
Al revisar las contrataciones del ampo llamado” Licitaciones” se observa que, por la
cuantía, las contrataciones directas de escasa cuantía, son nombradas licitaciones
abreviadas, y están clasificadas en un ampo como “Licitaciones” de lo cual no se
está cumpliendo con los límites de contratación para designarla como Licitación ya
que según Resolución R-DC-00006-2021 emitida por la Contraloría General de la
República, para el año 2021, la cuantía de las contrataciones para el CCDRG quedó
en el estrato “J” que dice:
-Para las contrataciones en las que se excluye de obra pública los límites de
contratación son los siguientes:
= Menos de ¿£3.000.000.00 se debe realizar una Contratación Directa.-----—-—--
= Entre ¿3.000.0000.00 y menos de ¿29.270.000.00 debe realizar Licitación
Abreviada.--- —
=  |gual o más de ¿29.270.000.00 debe realizar Licitación Pública. -—---————
-Los límites para las contrataciones de obra pública son los siguientes: -----—--—-—- -
= Menos de £¿4.700.000.00 se debe realizar una Contratación Directa.-------
= Entre ¿4.700.000.00 y menos de ¿45.420.000.00 debe realizar Licitación
Abreviada.- ——
= Igual o más de ¿29.270.000.00 debe realizar Licitación Pública.-------——-—-
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
Asimismo, al revisar una muestra de expedientes de contratación, se determinaron
varias debilidades de control y de omisiones en lo requerido en la normativa de
contratación administrativa según se indica a continuación:
2.2.1 Decisión inicial o solicitud de bienes y servicios.
Al revisar una muestra de expedientes de contratación administrativa estos no
inician con el documento de la decisión inicial que al menos justifique la procedencia
de la compra (en el en PAO, plan de compras) que detalle las características y
especificaciones técnicas del bien o servicio u obra que se requiere contratar.--—-—
Se observa contrataciones de servicio de alimentación de catering, compra de
alimentos y bebidas que no indican cual es la población beneficiada, cuántas
personas se van a alimentar y el tipo de alimentación (desayuno, almuerzo, cena,
merienda), el día que se brindó la alimentación, Asimismo compra de camisetas sin
especificaciones, no indica cuales son los atletas beneficiados y el motivo de la
compra de camisetas. o
2.2.2 Certificación de contenido presupuestario.
En los expedientes de contratación no se incluye la certificación de contenido
presupuestario que permita verificar que se cuenta con el contenido presupuestario
para realizar la erogación y de cual código se rebaja el gasto. -—-———— ——
2.2.3 Pliego de condiciones (Cartel).
En los expedientes no se encuentra el pliego de condiciones de la contratación del
bien o servicio, lo que se observa en las contrataciones es un documento llamado
Invitación donde se incluyen características mínimas del bien o servicio, en otras
contrataciones no se tiene claridad de lo que se desea contratar ya que no hay
especificaciones técnicas, asimismo, no establecen las fechas de recibo y cierre de
ofertas. Además, se presentan las siguientes debilidades:
No tiene fecha de elaboración. —-
No indica la justificación y el objetivo de la contratación .-—— om.
No indica que necesidad va a satisfacer la compra del bien o servicio.---------
No indica el plazo de entrega del bien o servicio.
No indica quien va a ser el funcionario que va a dar seguimiento a la
contratación o el que va a recibir el bien o servicio.
e En la mayoría de los expedientes no hay evidencia de la entrega de la
invitación a participar en el concurso, por parte del CCDRG, no se evidencia
si esta se entregó personalmente o se envió por COrmTeO.
2.2.4 Presentación y recibo de Ofertas.
La mayoría de las ofertas en los expedientes presentan las siguientes condiciones:
046
047
£Municipalidad de Guacimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
*Pág.083
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
* Los oferentes no indican el número de contratación de la cual están participando,
y algunas anotan otro número de contratación diferente al que señala la
invitación en el expediente.
+ No tienen la aceptación de las condiciones o están sin fir MA. rua
e Algunas ofertas o los documentos adjuntos están con fecha posterior a la
establecida en el pliego condiciones para la entrega de Ofertas. -—-aammmcinnn- —-
e En algunos expedientes de contratación de suministros, alimentos o bebidas, la
oferta consiste en la presentación de una factura proforma que no está firmada,
ni hace referencia al número de contratación que está participando. --—---—-—-—--
+ No aportan las declaraciones juradas requeridas en la normativa.-——-——-—-—-—-
+ No evidencia que esta al día en los impuestos nacionales (impuestos tributarios
y patentes).
e Las ofertas no tienen fecha de recibo por parte del CCDRG, no se evidencia si
estas fueron entregadas al CCDRG, en el plazo establecido para el recibo de
ofertas.
2.2.5 Estudio de admisibilidad y estudio técnico de ofertas. -----—--—--—--—--—--—-—
+ No se observa solicitud de subsanaciones cuando hace falta algún
documento que lo permita.
+ Nose observa estudio de admisibilidad de ofertas.
e En algunas contrataciones se indican factores de evaluación, sin embargo,
no se observa el estudio técnico que visualice los resultados obtenidos en
cada uno de los participantes que permita verificar si cumple con los
requisitos y con los resultados de la evaluación.
2.2.6 Sobre las adjudicaciones.
De la muestra de expedientes analizada no se observó el documento del acto de
adjudicación de las contrataciones, lo único que se localizó fue un oficio en el cual
se les menciona a quien se le adjudicó según acuerdo de la Junta Directiva, sin
embargo, solamente en algunos casos se evidencia la entrega mediante correo
electrónico. —-
Al consultar el acta que menciona el oficio de adjudicación, la información es muy
escasa y no indican el número de contratación que se está adjudicando, incurriendo
en que se tenga que descifrar a qué proceso de contratación pertenece. -——-—-——-—-—-- —
2.2.7 Sobre las Órdenes de compra.
+ Algunas órdenes de compra tienen un monto que no corresponde a lo
cotizado o lo notificado para adjudicar.
+ Algunas no tienen el nombre del adjudicatario o el código presupuestario al
que se rebajará el egreso. -
+ Se encontró una contratación en que la orden de compra incluye otros
productos adicionales a los que se solicitaron, sin una observación que
justifique que se iba a ampliar la adquisición de otros productos adicionales.
Sffunicipalidad de Guacimo
. AUDITORIA
INTERNA
“Pag.084
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
2.2.8 Recepción de los bienes y servicios contratados.
En la muestra de expedientes de contratación se observó lo siguiente:----—--——— --
+ No hay documentación que evidencie el seguimiento de las actuaciones en
la ejecución de las contrataciones (por ejemplo, en la contratación de servicio
de transporte, la comunicación del día en que se requirió el servicio
consumido y la bitácora de las personas que transportará, el recorrido del
trayecto), tampoco, está claro si la contratación se hizo bajo la modalidad por
demanda, debido que en el cartel no está estipulado.
e En los expedientes de contratación no se evidencia el procedimiento o la
forma (documento) en que se realizó la recepción provisional o definitiva del
bien o servicio. (por ejemplo, para la entrega de bienes como son los
implementos deportivos no se documenta a quien se le hace la entrega,
Comité Comunal de Deportes, disciplina deportiva, organización o institución
beneficiaria
Las debilidades expuestas en cada paso de la contratación se derivan de la falta de
procedimientos que guíen y estandaricen la labor de contratación, la falta de
capacitación y ausencia de supervisión, de esta forma evitar situaciones que puedan
afectar la transparencia y confiabilidad, así como la elección de la mejor opción para
satisfacer las necesidades del CCDRG y el fin público.
Al respecto, la Ley de Contratación Administrativa No. 7484 indica! -—————— ---
Artículo 7.-Inicio del procedimiento.
El procedimiento de contratación se iniciará con la decisión administrativa de
promover el concurso, emitida por el jerarca o titular subordinado competente.
Esta decisión encabezará el expediente que se forme y contendrá una justificación
de su procedencia, una descripción y estimación de costo del objeto, así como el
cronograma con las tareas y los responsables de su ejecución. --—_—_u_am—— ——-
La justificación del inicio del procedimiento de contratación deberá estar acorde con
lo establecido en los planes de largo y mediano plazos, el Plan Nacional de
Desarrollo, cuando sea aplicable, el plan anual operativo, el presupuesto y el
programa de adquisición institucional, según corresponda.
Artículo 55.- Sistema de evaluación.
En el cartel se establecerá un sistema de evaluación, el cual deberá contemplar los
factores ponderables, el grado de importancia de cada uno de ellos, así como el
método para valorar y comparar las ofertas en relación con cada facto". ammm
048
DE GUACIMO
, AUDITORIA
LA INTERNA
“Pág.085
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.' 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
La Administración, podrá incluir otros factores de calificación distintos al precio, en
el tanto impliquen una ventaja comparativa para la selección de la oferta más
conveniente. No podrán ser ponderados como factores de evaluación los requisitos
mínimos legales, técnicos o financieros, que resulten indispensables para la
contratación.
A criterio de la Administración, podrán utilizarse otras modalidades para elegir al
contratista, tales como un sistema de selección de dos fases, en el cual una vez
analizado el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales y financieros, se pasará
a una segunda etapa en la que se valorará la parte eCONÓMICA . ruca
En aquellos objetos susceptibles de empate, deberán fijarse cláusulas de
desempate y, en caso de que aquél persista, definirá la suerte. En este último
supuesto, si el cartel no definiere otro método, se convocará a los oferentes cuyas
propuestas obtienen la misma puntuación a un lugar, hora y fecha determinados
para seleccionar la oferta ganadora. De todo ello se levantará un acta que será
suscrita por los asistentes al evento, y posteriormente se adoptará el acto de
adjudicación.
Artículo 83.- Estudio de admisibilidad de ofertas.
Cumplida la anterior etapa, la Administración, procederá al estudio y valoración de
las ofertas en relación con las condiciones y especificaciones de admisibilidad
fijadas en el cartel y con las normas reguladoras de la materia. -—-uammaanacnainninno —
Serán declaradas fuera del concurso, las que incumplan aspectos esenciales de las
bases de la licitación o sean sustancialmente disconformes con el ordenamiento
jurídico. Los incumplimientos intrascendentes no implicarán la exclusión de la oferta,
pero así deberá ser razonado expresamente en el respectivo informe.------—-—-----—--
Para facilitar ese estudio el órgano competente confeccionará un cuadro
comparativo de análisis de las ofertas según su ajuste a las especificaciones del
cartel y de sus características más importantes, el cual formará parte del expediente
respectivo.
Si una oferta presenta dos manifestaciones contradictorias entre sí, una que se
ajusta al cartel y otra que no, se presumirá su ajuste al cartel; si ambas se ajustan
al cartel en la evaluación se tomará la que menos le favorezca al oferente. Sin
embargo, para efectos de ejecución, se aplicará la manifestación que más favorezca
a la Administración.
Por otra parte, las Normas de Control Interno para el Sector Público, en su norma
4.4.1, indica:
049
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
DA
“ Pag.086
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
4.4.1 Documentación y registro de la gestión instituCiONA -ommmmmncinccanccnacnamenmes
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer
las medidas pertinentes para que los actos de la gestión institucional, sus resultados
y otros eventos relevantes, se registren y documenten en el lapso adecuado y
conveniente, y se garanticen razonablemente la confidencialidad y el acceso a la
información pública, según corresponda.
2.2.9 Refrendo de contrataciones.
Se observan 3 contrataciones de obra pública que superan el límite de
¿£4.700.000.00, los cuales en el expediente no se cuenta con el contrato por lo que
igualmente se omitió el refrendo interno, lo anterior podría darse por falta de
conocimiento de la normativa de contratación administrativa, lo cual tiene como
consecuencia la falta de cumplimiento de lo dispuesto en el bloque de legalidad y
falta de validez jurídica a la contratación realizada.
Al respecto el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública (R-CO-44-2007) indica:
Artículo 17.-Refrendo interno. De conformidad con lo establecido en el artículo 20
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, estará sujeta al
refrendo interna de la Administración, la actividad contractual excluida del refrendo,
pero únicamente en los siguientes casos:
2) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de
licitación abreviada, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente
para la aplicación de la licitación abreviada establecido en el artículo 27 de la Ley
de Contratación Administrativa, según el estrato que corresponda a la
Administración contratante.
Lo anterior contraviene lo dispuesto en la Ley y Reglamento sobre Refrendos de las
Contrataciones de la Administración Pública, afectando su cumplimiento. - -————---
Sobre este tema en el informe de fiscalización realizado a este CCDRG y
presentado el año anterior (2021), se recomendó lo siguiente: ———————-
4.2.1 Gestionar la elaboración, aprobación e implementación del Manual de
procedimientos y políticas que regule el proceso de adquisición de bienes y
servicios, donde al menos se establezcan actividades(pasos), responsables,
plazos de acuerdo con las condiciones y necesidades del Comité. -—-----—--—
Remitir a la auditoría interna en un plazo máximo de cuatro meses oficio
donde se detalle que se cumplió con la recomendación 4.2.1 y remitir copia
del manual, a partir del recibo del presente informe. Ver el punto 2.1 .--------—-
050
051
Municipalidad de Guacimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
RED
ROS
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
2.3 APERTURA DE CAJA CHICA SIN CONTAR CON REGULACIÓN INTERNA.
Se observó la emisión del cheque No. 4919-9 con fecha 27-10-2021, de lo cual en
el respaldo indica el número de acuerdo, acta y fecha del acuerdo que motiva el
cheque, el cual al consultar el acta, se indicó que es para la apertura de caja chica
por ¿300.000.00, no obstante, no se encuentra aprobación de alguna normativa
interna que regule el funcionamiento para caja chica dentro del CCDRG, asimismo
en el libro de bancos indica “pago de planilla mensual” en la descripción del gasto,
de lo cual no justifica que era para apertura caja chica.
Al respecto el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa No. 33411-H en
cuanto a la apertura de caja chica dice: ----
Artículo 141.- Contrataciones con Fondos Caja Chica. (*)
Las compras para gastos menores e indispensables, cuya ejecución es de carácter
excepcional que se efectúen con cargo a los fondos de caja chica, se regirán por
las disposiciones reglamentarias que al efecto se emitan, las cuales fijaran los
supuestos para su utilización, montos máximos, mecanismos de control y
funcionarios responsables de su manejo. La Tesorería Nacional establecerá los
lineamientos para el funcionamiento de las cajas chicas de conformidad con los
alcances de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos.
Lo anterior podría estar ocurriendo por una posible falta de conocimiento de la
normativa existente (contratación administrativa), lo cual puede ocasionar un mal
manejo e inexistencia de mecanismos de control y asignación de funcionarios
responsables, e incumplimiento al bloque de legalidad al no contar con regulación
interna para el funcionamiento de la caja chica.
2.4 FALTA DE INFORMACION EN LA FORMULA DE CONTROL DE LOS PAGOS
REALIZADOS MEDIANTE CHEQUE.
Para el pago de cheques de respaldo en un ampo se custodia una copia de cada
cheque emitido, junto con una fórmula de control que incluye la información del pago
tal como la firma de recibo del cheque por parte del interesado, el código
presupuestario y otros datos, asimismo, se adjunta la factura del pago.---—--—--—-—-—=
Al revisar el contenido de las fórmulas no detalla de forma completa los datos del
pago, entre ellos, el contenido presupuestario, además, no indica cual número de
contratación se está cancelando con el cheque. Asimismo, en el expediente no
constan los cheques anulados.-— — --
Lo indicado contraviene con lo indicado en Normas de Control Interno para el Sector
Público, en su norma 4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional.
También, lo indicado en su norma 5.6, que dice:
Municipalidad de Guacimo
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Y
WI? )
—Pág.088
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.? 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional aoorcmmmcamccnnccananmanames
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer
las medidas pertinentes para que los actos de la gestión institucional, sus resultados
y otros eventos relevantes, se registren y documenten en el lapso adecuado y
conveniente, y se garanticen razonablemente la confidencialidad y el acceso a la
información pública, según corresponda.
5.6 Calidad de la información
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurar
razonablemente que los sistemas de información contemplen los procesos
requeridos para recopilar, procesar y generar información que responda a las
necesidades de los distintos usuarios. Dichos procesos deben estar basados en un
enfoque de efectividad y de mejoramiento continuo.
Los atributos fundamentales de la calidad de la información están referidos a la
confiabilidad, oportunidad y utilidad.
5.6.1 Confiabilidad La información debe poseer las cualidades necesarias que la
acrediten como confiable, de modo que se encuentre libre de errores, defectos,
omisiones y modificaciones no autorizadas, y sea emitida por la instancia
competente.------—-
5.6.2 Oportunidad Las actividades de recopilar, procesar y generar información,
deben realizarse y darse en tiempo a propósito y en el momento adecuado, de
acuerdo con los fines institucionales.
5.6.3 Utilidad La información debe poseer características que la hagan útil para
los distintos usuarios, en términos de pertinencia, relevancia, suficiencia y
presentación adecuada, de conformidad con las necesidades específicas de cada
destinatario. —
La situación presentada es ocasionada por descuido del funcionario que realiza el
procedimiento y falta de verificación por parte de algún miembro de la Junta
Directiva del CCDRG, que pueda revisar lo realizado por el responsable de ejecutar
esa labor.
Lo anterior ocasiona que al momento de revisar un determinado expediente la
información no sea oportuna y suficiente, y se tenga que consultar a la persona
responsable de realizar el proceso, generando atrasos e inconvenientes para
obtener la información.-—- -
Sobre este tema en el informe de fiscalización realizado a este CCDRG y
presentado el año anterior (2021), se recomendó lo siguiente: annie
05
mn
£
053
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
'Pág.089
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
4.2.8.1 Completar los datos de aprobación y otros complementarios,
requeridos en el formulario de respaldo de pago en cada cheque con el fin de
documentar su justificación. Ver punto 2.2 de este informe. -————miocm
2.5 REBAJOS DE RETENCIONES EN EL PAGO DE CHEQUES o rrrocmmocmcicacaaamm-
Al analizar los pagos efectuados mediante cheque se determinó que hubo algunos
casos donde el monto de la retención se calculó mal, lo que ocasionó que a ciertos
contratistas se les haya realizado pagos por demás o menos de lo que correspondía
pagar, igual en el caso del pago a realizar al Ministerio de Hacienda. A como se
detalla a continuación:
Numero Monto factura | Monto Monto Observaciones
cheque retención Cheque
4865-6 17345.14 0 17.345,14 No rebajaron
retención.
4880-5 1.000.000.00 |0 1.000.000.00 | No rebajaron
retención.
4918-2 406.000.00 8.128.00 397.872.00 Error en calculo
monto de retención.
4924-2 66.250.00 1.323.00 64.925.00 Error en calculo
monto de retención.
4929-4 350.000.00 6850 343.000.00 Error en calculo
monto de retención.
4931-9 311.635.24 6232.70 305.524.80 Error en calculo
monto cheque.
4940-8 1.610.000.00 | 32.600.00 1.577.400.00 | Error en calculo
monto de retención.
4941-4 18.982.322.69 | 400.125.08 | 18.582.197.61 | Error en calculo
monto de retención.
4942-0 380.440.70 7.608.81 372.832.62 Error en calculo
monto cheque.
4953-2 867.680.00 17.353.60 850.032.40 Error en calculo
monto cheque.
4964-4 195.000.00 3.900.00 94.808.90 Error en calculo
monto cheque.
Fuente: Elaboración propia de la Auditoría Interna, según datos tomados de expedientes de pagos realizados por el
CCDRG.
UNICIPALIDAD
DE GUACIMO
¿ AUDITORIA
INTERNA
Ú
7H
J
Y Pág.090
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
El pago de retenciones al Ministerio de Hacienda con el cheque No. 4948-9 por un
monto de ¿1.505.408.00 con fecha 21-12-2022, fue cancelado fuera del tiempo
establecido en la normativa, lo que ocasionó el pago de multas, además, se está
incluyendo el pago de algunos periodos de los años 2015-2016-2020 de los cuales
no se observa alguna justificación y que conste que realmente que esos conceptos
no se pagaron anteriormente.
Las debilidades expuestas, indica la secretaria que se deben a un problema
presentado que no permitió inscribir a la presidenta de la Junta como representante
legal ante el Ministerio de Hacienda y problemas de la Pandemia lo cual se pudo
hacer hasta el final de año 2021.
Lo anterior podría ocasionar posibles reclamos por parte del contratista en los pagos
realizados, incumplimientos en las declaraciones de retención al Ministerio de
Hacienda y faltantes o sobrantes en los registros presupuestarios de egresos. --—----
Al respecto el pago tardío incumple lo dispuesto en la Ley N. 9635, publicado en el
Alcance N. 202 a la Gaceta N. 225 del 04 de diciembre del 2018, en su artículo 31
que regula el pago de retenciones.
Es importante tomar las previsiones para presentar las declaraciones y pagos en
tiempo y como se indicó en el informe anterior emitido en el año 2021 en la cual se
emitió recomendación, que dice:
4.2.5 Realizar las gestiones pertinentes a fin de elaborar e implementar un
mecanismo de control que permita realizar los cambios en Hacienda sobre
el representante legal, una vez que haya cumplido con su periodo, a fin de
garantizar el continuo reporte y pago de retenciones u otras obligaciones
tributarias. --——- —-
Remitir a la auditoría interna en un plazo máximo de dos meses oficio donde
se describa el mecanismo de control que permita realizar los cambios de
representante legal en Hacienda, a partir del recibo del presente informe. Ver
el punto 2.4.
También, se recomendó lo siguiente:----
4.2.3 Valorar la elaboración, aprobación e implementación y oficialización de
un procedimiento o regulación interna que contemple todo lo relacionado con
los pagos (viáticos y transporte, retenciones y otros trámites de pago) por
parte del Comité.
Remitir a la auditoría interna en un plazo máximo de dos meses oficio donde
se detalle que se cumplió con la recomendación 4.2.3 y copia del
procedimiento, a partir del recibo del presente informe. Ver el punto 2.2, 2.4.
054
055
fflunicipalidad de Guárimo
, MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INFERNA
YO A
/“Pag.091
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.* 10-2023 DE FECHA: 09-02-2023.
111.- CONCLUSIONES.
Con base en la revisión efectuada a la información presupuestaria del CCDRG, se
observan debilidades de control interno recurrentes, ya que esta Auditoria desde el
año 2020 ha presentado informes de los cuales se señala que los diferentes
registros presupuestarios presentan errores, omisiones e inconsistencias, que no
permite asegurar un conocimiento razonable de la trazabilidad de las transacciones
realizadas para cada egreso.
Lo anterior si se toma en cuenta que los pagos mediante cheque, no se observa a
cual contratación de bienes y servicios corresponde, asimismo en los expedientes
de contratación al no contar con una decisión inicial o solicitud de bienes y servicios,
no permite identificar la justificación y el objetivo de lo que se pretende contratar, y
aun más grave el hecho de no constar evidencia en el expediente de contratación,
ni en otro expediente, del recibo de los bienes y servicios cancelados, que permita
verificar cual fue la necesidad solventada o población beneficiada. -------—--—-—---——--
El CCDRG, tiene un sistema de Control Interno deficiente, carente de
procedimientos e instructivos que permitan guiar y estandarizar eficientemente la
labor presupuestaria de esta administración, igualmente carece de mecanismos de
supervisión por parte de los miembros de la Junta Directiva que permita asegurar
razonablemente que la información presupuestaria es veraz y confiable para una
correcta rendición de cuentas.
Nuevamente se insta a esta Junta Directiva a fomentar las actividades de control
interno, teniendo el debido cuidado en la anotación de los registros presupuestarios
de forma oportuna, documentar las correcciones realizadas a los informes
presupuestarios, de forma tal que se garantice una eficiente y eficaz gestión
institucional, de forma transparente y oportuna.
Es necesario que este Órgano Colegiado pueda subsanar las deficiencias
señaladas en los anteriores informes y el presente informe para garantizar una
transparente gestión y ejecución en el buen uso de los recursos públicos.------------
IV.- RECOMENDACIONES.
De conformidad con la Ley General de Control Interno, artículos: 2 incisos a), b), c);
7, 10, 12, 35, 37, 39, y con el fin de subsanar las debilidades de control interno
señaladas en el presente informe, se recomienda:
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DE GUACIMO
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INTERNA
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4.1. Al Concejo Municipal.
4.1.1 Valorar la posibilidad de asignar los recursos necesarios para disponer de la
actualización, creación, aprobación y divulgación de las regulaciones internas
necesarias (reglamentos, manuales de procedimientos, instructivos entre otros),
para mejorar el funcionamiento de este CCDR, tomando en cuenta que los recursos
asignados actualmente son insuficientes para subsanar las debilidades expuestas.
Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de
Auditoría Interna, en el término de cuatro meses, las decisiones que adoptaran en
relación a esta recomendación.
4.2. A la Junta Directiva del CCDRG.
4.2.1 Girar las instrucciones necesarias al responsable de realizar los registros
presupuestarios para que se corrija las diferencias y errores según lo expuesto en
el punto 2.1.2 de este informe, que permitan contar con información razonable en el
total de ingresos y egresos presentados en la liquidación presupuestaria. ------------
Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de
Auditoría Interna, en el término de dos meses, un oficio en el que se haga constar
que se giró la instrucción y evidencia de la corrección. Lo anterior, no inhibe a la
Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar e! cumplimiento a
lo solicitado.
4.2.2 Generar los mecanismos de control correspondientes que permitan evidenciar
ante la Junta Directiva del CCDRG, que la información presupuestaria (informes de
ejecución, liquidación presupuestaria, evaluación, modificaciones, presupuesto
ordinario y extraordinario) ha sido registrada correctamente en el Sistema de
Información sobre Planes y Presupuesto (SIPP) en tiempo y forma por la persona
responsable. Ver punto 2.1.3 de este informe.
Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de
Auditoría Interna, en el término de dos meses, la evidencia del mecanismo creado
e implementado. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para que, mediante revisiones
futuras, pueda verificar el cumplimiento a lo solicitado.
4.2.3 Asignar una persona responsable (funcionario administrativo o miembro de la
Junta) para garantizar el envío de los informes presupuestarios u otros que requiera
el Concejo Municipal y los establecidos en la regulación interna vigente, asimismo,
que informe a la Junta Directiva del CCDRG el cumplimiento de lo señalado en esta
recomendación. Ver punto 2.1.3 de este informe.
Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de
Auditoría Interna, en el término de un mes, el acuerdo tomado que señale la persona
asignada y la forma en que va a documentar la acción realizada, para cumplir esta
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recomendación. Lo anterior, no inhibe a la Auditoría para que, mediante revisiones
futuras, pueda verificar el cumplimiento a lo solicitado.
4.2.4 Solicitar y coordinar con el Concejo Municipal la propuesta de un reglamento
que regule el funcionamiento de la caja chica para su debida aprobación y
divulgación. Ver el punto 2.3 de este informe.
Para el cumplimiento de esta recomendación, deberá remitir a la Unidad de
Auditoría Interna, en el término de tres meses, la propuesta de este reglamento
debidamente respaldada por el Concejo Municipal. Lo anterior, no inhibe a la
Auditoría para que, mediante revisiones futuras, pueda verificar el cumplimiento a
lo solicitado. —
De los puntos requeridos en esta recomendación comunicar al Concejo Municipal
con copia a esta Auditoria las acciones realizadas y documentación de respaldo que
evidencie la corrección a cada punto recomendado en un plazo de tres meses a
partir de recibido este informe.
Conocido el oficio DAl-013-2023, suscrito por la Licda. Marleni Myrie
Perez, Auditora Municipal, en el que remite informe “Estudio Especial sobre
solicitud del Concejo Municipal de analizar los diferentes informes de
rendición de cuentas y presupuestarios del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Guácimo , al respecto el Presidente Municipal —Reg. José
Leoncio Orozco propone trasladarlo a análisis por parte de la Comisión de
Jurídicos, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N* VEINTIUNO. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar a la Comisión de Asuntos Jurídicos oficio DAl-013-2023, suscrito por
la Licda. Marleni Myrie Perez, Auditora Municipal, para analizar los diferentes
informes de rendición de cuentas y presupuestarios del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de Guácimo.
Debiendo presentar a este Órgano Colegiado dictamen de comisión.--—-
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. coccommmccamannmennamenaammmmemee
ARTICULO N” 19. Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 06-02-2023, firmado por la Sra. Irma Arrieta Meza, le informo que al
día de hoy en barrio encanto 441 se ve afectada por inundaciones provocadas por el
aumento en el agua que se da motivo de lluvias y que al llenarse el tanque de agua
que se encuentra por la Santa Paula este se desborda el agua o se acelera el flujo
de agua y la comunidad el Encanto +1 sufre de inundaciones las cuales ha afectado
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aproximadamente a 30 casas que se encuentran en el lugar, tomando en cuenta
que cada vez que esto sucede nos sucede lo siguiente:
e Nos imposibilitar salir de nuestras propias viviendas sin mojarnos, los niños
no pueden salir de la casa para ir a la escuela o salir de esta, dado que el
agua nos ha llegado hasta por las rodillas y existen condiciones de salud de
varios vecinos que el impiden cargar a los estudiantes dado por el peso y
tamaño de algunos para trasladarlos de la casa a otro lado de la calle
aproximadamente a 150 metros donde se encuentra el lugar seco para que
ellos puedan pasar.
+ De igual forma en esta comunidad se encuentran adultos mayores los
cuales no pueden salir de sus casas en estas situaciones cuando han
necesitado consultar al médico o realizar algún trámite personal, dado que
el exceso de agua podría ocasionarle algún accidente. -——————————-----
+ De igual forma vivimos con la preocupación que en cualquier momento el
agua alcance un nivel más alto y durante la noche donde nuestras familias
se encuentran descansando esto puede ocasionar alguna tragedia humana.
e El miedo y la preocupación es algo con lo que vivimos día a día, dado que
el agua ha llegado a tal punto que ingresa a nuestros hogares ocasionando
en muchas ocasiones que los muebles de nuestras casas se deterioren por
la humedad. —
+ No podemos hacer uso de nuestros terrenos dado que si queremos sembrar
o tener algún tipo de huerta para consumo propio se nos imposibilita dado
que el agua arrasa con todo y hemos sufrido de perdida de plantas y en
otras ocasiones de pequeños cultivos.
e En la comunidad contamos con mascotas y algunas de estas tienen su
hogar en nuestros patios, los cuales en algunas ocasiones se han
enfermado dado que a altas horas de la noche estas aguas llegan y apenas
nos ha dado tiempo de poder resguardar la vida de ellos.--—--—-—--—--------
Conocido el oficio, suscrito por la Sra. Irma Arrieta Meza, comunicando
que en Barrio Encanto + 1, se ve afectada por inundaciones provocadas por
el aumento en el agua que se da, por motivo de lluvias y que al llenarse el
tanque de agua que se encuentra por la Santa Paula este se desborda el agua
o se acelera el flujo de agua y la comunidad el Encanto +1 sufriendo de
inundaciones las cuales ha afectado aproximadamente a 30 casas que se
encuentran en el lugar, al respecto el Presidente Municipal —-Reg. José
Leoncio Orozco propone, trasladarle este documento respuesta acogidos
al derecho de petición igualmente trasladarle este documento al Alcalde
Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, para que se lo remita al SIOP,
para que también vayan a hacer las inspecciones correspondientes.
También manifestar que me consta que esos tres Encanto 1, 2 y 3 está en
muy malas condiciones la carretera por motivo de estas aguas y el uso
norma, hay unos cráteres, entonces buscar la forma de por lo menos tapar
los huequitos más grandes que por lo menos los chiquitos vayan a la
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Escuela y nose le mojen los zapatos, de forma urgente, por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N* VEINTIDOS. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar al Ing. Andrés López Chavarría - Oficina de ICAA - Guácimo, oficio
suscrito por Sra. Irma Arrieta Meza, para que revisen el estado de situación en
el que se encuentra el tanque de agua que se ubica en la comunidad de Santa
Paula, ya que según indica la Sra. Arrieta Meza, sufre desbordamientos de
agua, que afecta a los vecinos especialmente en tiempo de lluvia en el que se
produce inundaciones.
Debiendo presentar respuesta urgente ya que es una situación que
impide que los niños se trasladen normalmente a sus centros educativos por
la cantidad de agua que, según indica corre por las calles. -———— —————————---
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. e
Asimismo se acuerda: e.
ACUERDO N* VEINTITRES. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por
Sra. Irma Arrieta Meza, para gire instrucciones al Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez,
Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública, para
que ala mayor brevedad posible, atiendan situación del camino que indica la
Sra. Arrieta Meza, por lo menos enviar a tapar los huecos más grande de
manera que los niños y niñas puedan trasladarse asus centros educativos, sin
el problema de mojarse los pies.
Debiendo presentar respuesta urgente respuesta a la resolución que
se sirvan brindar a este caso. ---
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. —
ARTICULO N? 20. Se dio lectura a oficio OGTM-02-2023, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 07-02-2023, firmado por el Bach. Allan Alexander Cerdas
Monge - Gestor Turístico Municipal, solicitamos al departamento del SIOP intervenir
el camino hacia monte de Dios, porque muchas de las actividades turísticas que se
realizan en la zona, no es posible por el poco acceso a proyectos turísticos
inventariados por nuestro departamento.
Esta solicitud se me hace por medio de empresarios vinculados al comité de
caminos del sector. Además, nuestra oficina de turismo está en la búsqueda con un
proyecto de rotulación de las calles de nuestro cantón para facilitar a potenciales
turistas a visitar la zona de Guácimo.
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Conocido el oficio suscrito por el Bach. Allan Alexander Cerdas
Monge - Gestor Turístico Municipal, al respecto el Presidente Municipal —-Reg.
José Leoncio Orozco propone, comunicarle al Sr. Cerdas Monge, que ya
atendimos a la Comunidad de Monte de Dios y setomo el acuerdo para que
el arreglo del camino se incluyera dentro de la programación del SIOP,
igualmente por el segundo proyecto mencionado decirle que con mucho
gusto, aquí estamos a las ordenes para servirle, es simplemente coordinar
una reunion para buscar la forma de elaborar el proyecto, por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto se acuerda:
ACUERDO N”* VEINTICUATRO. Este Concejo Municipal por unanimidad
acuerda: Comunicarle al Bach. Allan Alexander Cerdas Monge - Gestor Turístico
Municipal, que precisamente este Órgano Colegiado tomo el acuerdo para que
la oficina del SIOP incluya dentro de su programación de intervención de
caminos, a la comunidad de Monte de Dios.---
Asimismo se le comunica que con respecto al proyecto rotulación de
las calles de nuestro cantón, este Órgano Colegiado esta en la mayor disposición
de colaborar, sería coordinar una reunión para buscar la forma de ejecutar el
proyecto. ——
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. —
ARTICULO N* 21. Se dio lectura a oficio SINAC-ACTo-DIR-013-2023 enviado al
correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 07-02-2023,
firmado por la Sra. Laura Segura Rodríguez - Directora Regional Área de
Conservación Tortuguero, se informa que en el momento en el que se cuente con
los recursos económicos y técnicos para iniciar el proceso de actualización o
elaboración del Plan General de Manejo del Parque Nacional Tortuguero, se
considerará la representación del Concejo Municipal y de la Alcaldía...
El Área de Conservación Tortuguero, agradece el interés y compromiso de la
Municipalidad por la participación en los procesos de planificación estratégica
definidos para la conservación de los recursos biológicos de los ecosistemas del
Parque Nacional Tortuguero y Humedal Ramsar Caribe Noreste, los cuales forman
parte del Patrimonio Natural del Estado y que parte de estos, fueron anexados al
territorio del cantón de Guácimo.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Laura Segura Rodríguez -
Directora Regional Área de Conservación Tortuguero, al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco propone, trasladar el oficio
para conocimiento del Alcalde Municipal, por lo tanto: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase
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levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se
acuerda: a .
ACUERDO N* VEINTICINCO. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Trasladar al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, SINAC-ACTo-
DIR-013-2023, suscrito Laura Segura Rodríguez - Directora Regional Área de
Conservación Tortuguero, en el que informa que en el momento en el que se
cuente con los recursos económicos y técnicos para iniciar el proceso de
actualización o elaboración del Plan General de Manejo del Parque Nacional
Tortuguero, se considerará la representación del Concejo Municipal y de la Alcaldía.
Asimismo comunica que el Área de Conservación Tortuguero, agradece el
interés y compromiso de la Municipalidad por la participación en los procesos de
planificación estratégica definidos para la conservación de los recursos biológicos
de los ecosistemas del Parque Nacional Tortuguero y Humedal Ramsar Caribe
Noreste, los cuales forman parte del Patrimonio Natural del Estado y que parte de
estos, fueron anexados al territorio del cantón de Guácimo.
Lo anterior para que lo tenga como conocimiento.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO. e
ARTICULO N* 22. Se dio lectura a oficio C 04-2023 enviado al correo electrónico,
recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 03-02-2023, firmado por la Sra.
Xenia Cristina Donato Monge, que el Consejo Directivo aprobó en la Sesión
Ordinaria cero tres-dos mil veintitrés del día uno de febrero de dos mil veintitrés, el
acuerdo dieciséis dos mil veintitrés (16- 2023) que literalmente dice: Se acuerda que
la Dirección Ejecutiva, envíe una notificación a todos los municipios del país,
comunicándoles que, el Consejo Directivo de la Unión Nacional de Gobiernos
Locales tendrá una audiencia con el Ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, que
se realizará el próximo miércoles 8 de febrero a las 4 de la tarde en el despacho del
Señor Ministro, para tratar el tema del alza de las tarifas en el Sistema de Compras
Públicas (SICOP). —
CONOCIMIENTO.
ARTICULO N* 23. Se dio lectura a oficio DE-E-002-01-2023 enviado al correo
electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 03-02-2023, firmado
por la MBA. Keren Patricia Porras Arguedas, Directora Ejecutiva UNGL, dentro de
las acciones estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y Comunicación se
incluye consolidar el rol estratégico de la UNGL como representante del Régimen
Municipal, ante el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, para el fortalecimiento del
municipalismo. Así como un ente técnico que pueda brindar productos y servicios
necesarios para la gestión municipal. Para lograr lo anterior, hacemos de su
conocimiento el reglamento prototipo de la ley N*. 10.235 “Ley para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política”, el cual
establece un procedimiento interno en observancia con los principios que lo -------—
A AS
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informan, que permita atender las denuncias por este motivo, su investigación y
eventual sanción de las personas responsables.
CONOCIMIENTO.
ARTICULO N* 24, Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 31-01-2023, firmado por Alberth Daniel Sánchez González, Recursos
Humanos Dole, en el proceso de certificación del año 2022, hemos logrado con éxito
mantener las certificaciones del sistema de responsabilidad social y normativas S.A
8000, ISO 14001, PRIMUS LAB, GLOBAL GAP, RAINFOREST ALLIANCE, nuestro
compromiso se mantiene con nuestros clientes y con nuestro trabajadores a través
del diálogo social, trato con dignidad y respeto para nuestros trabajadores y
ciudadanos del medio ambiente.
Reiteramos el deseo de hacer de su conocimiento, nuestro compromiso con las
políticas sociales y laborales, además del cumplimiento de las normas en las que la
compañía está certificada como Rainforest Alliaance y SA8B000. crac —
CONOCIMIENTO.
ARTICULO N” 25, Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 03902-2023, firmado por la Sra. Vera Myrie Graham - Cédula de
identidad N* 1-0661-0914, Síndica de la Municipalidad de Guácimo, dice: La
presente tiene como fin hacerles saber de mi renuncia irrevocable de este
Órgano Colegiado ya que por motivos personales y de salud no puedo asistir
mas alas sesiones municipales.
Agradezco toda la ayuda prestada por este tiempo y les deseo los
mejores deseos en sus labores. -
CONOCIMIENTO.
ARTICULO N? 26. Se dio lectura a Informe de Comisión de Agua de fecha 08-02-
2023.
1) Asistencia:- —
Ana Esquivel Mesén
Nitzy Vega Chaves —- —-
Alejandra López Lee ——
Andrés López Chavarría —
Elpidio Cubillo López
2) Resumen ejecutivo del caso o tema, o cita del acuerdo a ejecutar:-———————-——-
Se acuerda solicitar a la administración integra al Topógrafo, en la Comisión
dei Agua, como apoyo para la labor de levantamiento de información de los
casos que llevan para conocimiento de la comisión.
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Se acuerda reunirse cada vez que tengamos documentación de
disponibilidades. --- Ls
Conocido el informe de Comisión de Agua, es sometido a votación
por el Presidente Municipal — Reg. José Leoncio Orozco manifestando: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
ACUERDO N.? VEINTISEIS. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Solicitarle atentamente al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González,
colaborar con la Comisión de Agua de esta Municipalidad, integrando al
Topógrafo para que forme parte de esta Comisión, cuyo objetivo es contar con
el asesoramiento y colaboración en el levantamiento de información de los casos
que se presentan a la comisión.
APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO EN FIRME. DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
Concluye la sesión el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, siendo las dieciséis horas, un minuto.
Jeanneth alos! Stewart
Secretaría
v