Ordinaria 17 · 2022-03-15

Acta N° 17-22 S.O. N° 11-2022 del 15-03-2022.pdf · 48 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 17 del 2022-03-15 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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379
£Municipalidad de Guácimo
Ñ MUNICIPALIDAD
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DE GUACIMO
AUDITORIA
¡INTERNA
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO +*
ACTA N? 17 -2022, SESION ORDINARIA N* 11-2022
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTIDOS A LAS QUINCE, HORAS
TREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Propietarios Regidores Suplentes
José Leoncio Orozco Peraza- Preside Nitzy Vega Chaves
Nelson Lobo Rodríguez Ana María Esquivel Mesen
Alejandra López Lee Rosibel Calvo Angulo
Magda Orocú Jiménez Leance Ramírez Mora
William Fajardo Fajardo Alba Nidia Orozco Madrigal v
Rosibel Marchena Serrano José Andrés Jirón Jirón
Leonardo Carrillo Sánchez Wilberth Carrillo Navarro
Síndicos Propietarios Síndicos Suplentes
Maricela Solano Álvarez Yundi Alberto Artavia Lovemore
Luis Guillermo Zamora Brenes Flor Chavarría Arguedas
Carlos David Francis Sequeira Jesarela Cocorn Guerrero
Vera Myrie Graham Greivin Muñoz Elizondo
Elpidio Cubillo López Jacqueline Jiménez Salas
(*) Ausente (+) sustituyó ( V ) virtual
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González - Alcalde
Cynthia Hyman Schatruell*
Jeanneth Crawford Stewart -secretaria
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la
siguiente orden del día:
L, Lectura, aprobación y firma actas anteriores
11. Asuntos del Alcalde Municipal
11. Correspondencia
IV. Informes de Comisión
Mis Mociones
£flunicipalidad de Guacimo
= MUNICIPALIDAD
SS DE GUACIM
k AUDITORIA
¿“INTERNA
Acta N.% 17-2022
S.O. N.0 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N. 02.
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, inicia la sesión solicitando a
la Secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford Stewart, proceder a la lectura del
orden del día.
En uso de la palabra la Secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford
Stewart, procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente
Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 15-03-2022,
dice:
Oración.
Lectura, aprobación y firma actas anteriores
Alcalde Municipal
Correspondencia.
Mociones.
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, resulto aprobada por unanimidad.
Pue
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada
uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel Marchena
Serrano.
ARTICULO I. LECTURA Y APROBACION DE ACTAS ANTERIORES.
1. El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N.0 15-
2022, de la Sesión Extraordinaria N.% 06-2022, celebrada el día 07 de Marzo 2022,
resultando conforme en todas sus partes, siendo firmada como corresponde.
2. El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N." 16-
2022, de la Sesión Ordinaria N.* 10-2022, celebrada el día 08 de Marzo 2022, resultando
conforme en todas sus partes, siendo firmada como corresponde.
ARTICULO 11. ASUNTOS DE LA ALCALDIA MUNICIPAL.
1- Se dio lectura a oficio R-DPMG-030-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 14-
03-2022, firmado por la Sra. Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal, Resolución de
Recurso, dice:
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO. Guácimo al ser las nueve horas y veintiséis minutos del 14 de
marzo de dos mil veintidós.
Recurso de revocatoria interpuesto por la empresa ARHTE Consultores Asesores en Recursos
Humanos y Talento Empresarial S.A., cédula jurídica 3-101-689783, representado por Jairo
Rivera Quesada, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2022LA-000001-
0022500001, promovida por esta Municipalidad para “CONTRATACION SERVICIOS GESTION
Y APOYO Y LUDOTECARIA”.
RESULTANDO
I. Que mediante escrito presentado el 10 de marzo de dos mil veintidós, el señor Jairo Rivera
Quesada portador de la cedula de identidad 1-0807-0529, en calidad de representante legal la
empresa antes mencionada interpuso recurso de revocatoria en contra del acto de re-adjudicación,
(ver escrito en el expediente electrónico).
II. Que mediante resolución del 03 de marzo fue notificada a las partes la resolución del recurso
anterior.
380
ffluntcipalidad de Guacimo
UNICIPALIDAD
“be GUACIMO
AUDITORIA
¿ INTERNA
SE
Acta N.* 17-2022
S.O. N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 03.
TIT. Que la presente resolución se emite dentro del plazo fijado en el ordenamiento jurídico y en
su trámite se han observado las prescripciones reglamentarias correspondientes.
CONSIDERANDO
I. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: El artículo 194 del RLCA, establece que, si el
recurso es inadmisible o manifiestamente improcedente, se ordenará y notificará su archivo en el
término de dos días hábiles siguientes a la fecha del recibo del recurso. Sobre la forma de acreditar
el ejercicio de mejor derecho por parte de la empresa que recurre: En su petitoria indica que, en
concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y de preservación de la oferta, y por tener,
como lo ha señalado un interés legítimo, actual, propio y directo en este proceso licitatorio,
solicitamos de manera formal y respetuosa, que: 1. Se declare con lugar este recurso. 2. Se
revoque el acto de adjudicación dictado por la administración. 3. Que se proceda a declarar
desierto el concurso 2022LA-000001-0022500001. Criterio para resolver. En primer término y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 188 inciso b) del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa para el conocimiento del recurso el recurrente no solo tiene el deber
acreditar su mejor derecho a la re adjudicación, demostrando que su oferta es elegible
desvirtuando los argumentos que alegó la Administración en la etapa anterior a esta, sino que
también debe evidenciar cómo podría ser beneficiado ante una posible nueva adjudicación, así la
pretensión actual de la gestionante en su escrito no consiste en lograr la adjudicación del
procedimiento. En su trámite el recurrente, ha omitido el hecho de demostrar su condición de
potencial re-adjudicatario del concurso, aun cuando aporta elementos para intentar desvirtuar la
elegibilidad de la oferta del nuevo adjudicatario, no ha demostrado que puede tiene oferta elegible
que pueda ser sometida al sistema de calificación y ser susceptible de una adjudicación. Como
quedó demostrado en la recomendación de resolución con oficio R-DPMG-025-2022, adoptada en
todas sus partes por el Concejo Municipal, la oferta del recurrente no cumple con los requisitos
legales para contratar con la Administración y por lo tanto su oferta es inelegible. En cuanto a los
alegatos sobre el precio de la oferta que según el recurrente fue variado, al examinar los datos de
la subsanación del Grupo Alega, no se evidencia que los precios mensuales unitarios cotizados en
su oferta inicial fueran modificados de alguna forma, siendo que estos mismos precios mensuales,
fueron utilizado para calcular y determinar el monto adjudicado y que como se demuestra en el
siguiente dato, al aplicar regla de 3 para determinar qué porcentaje es 837.630.92 respecto a
930.701.03 se obtiene como resultado que corresponde a 89.99999924787877% y lo que el
oferente hizo fue aplicar el redondeo al dato que proporcionó en la subsanación de la estructura
del precio y que considerando la cantidad de decimales es imposible que el monto coincida
exactamente. Por otra parte, en el análisis de razonabilidad de precios realizado por la
Proveeduría, se tomó en consideración esta variación y se determinó que la oferta del Grupo Alega,
presenta un precio suficiente para cubrir el rubro de mano de obra (salarios y cargas sociales)
correspondientes a este contrato y que la diferencia positiva no es un factor relevante para
descalificar la oferta, siendo que el fin en sí de la contratación es contar con los servicios del
contratista para el logro de los objetivos y no el de descalificar ofertas según reza el principio de
eficiencia y eficacia en la Contratación Administrativa.
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ALEGA SICOP-Subsanación LISIS 10019156
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381
MUNICIPALIDAD
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AUDITORIA
INTERNA
Acta N.% 17-2022
S.O. N.9 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.2 04.
Por su parte el artículo 188 del RLCA, cuerpo reglamentario que regula los supuestos de rechazo
por improcedencia manifiesta, y dispone que el recurso de apelación ha de ser rechazado de plano,
en una serie de casos o causales, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: “a) Cuando
se interponga por una persona carente de interés legítimo, actual, propio y directo” y
“b) Cuando el apelante no logre acreditar su mejor derecho a la adjudicación del
concurso, sea porque su propuesta resulte inelegible o porque aún en el caso de
prosperar su recurso, no sería válidamente beneficiado con una eventual adjudicación,
de acuerdo con los parámetros de calificación que rigen el concurso. Debe entonces el
apelante acreditar en el recurso su aptitud para resultar adjudicatario.” (el resaltado no
es del original) estas mismas reglas aplican en la resolución de los recursos de revocatoria. En
este caso se tiene por demostrado que la oferta del recurrente por no cumplir con el requisito legal
como lo es el establecimiento y aprobación de la comisión de Salud Ocupacional es inelegible, no
obstante aun no aporta documento alguno que pruebe que ya cumple con el requisito, En este
sentido, debe recordarse que, en relación con el instituto de la subsanación y según lo ha
reconocido la Contraloría General de la República en varias resoluciones R-DCA-834-2015, R-DCE-
00519-2020, existe la posibilidad de subsanar el cumplimiento de disposiciones cartelarias que se
reclaman como subsanables, siempre que no le den una ventaja indebida al oferente, pero el
recurso de apelación es la última oportunidad procedimental para que la parte apelante demuestre
el cumplimiento de requerimientos legales, técnicos o financieros definidos en el pliego de
condiciones, en la medida que acciona en contra del acto final del concurso, considerando la
inelegibilidad de la oferta del recurrente y por ende, la falta de legitimación para presentar la
acción recursiva que nos ocupa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 188, incisos y a)
y b) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se rechaza de plano por
improcedencia manifiesta el recurso de revocatoria.
POR TANTO
SE RECOMIENDA
De conformidad con las razones expuestas y lo establecido por los artículos 188, 193, 194, 195,
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Proveeduría Municipal recomienda: 1)
RECHAZAR DE PLANO POR IMPROCEDENCIA MANIFIESTA el recurso de revocatoria
interpuesto por la empresa ARHTE Consultores Asesores en Recursos Humanos y Talento
Empresarial S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2022LA-000001-
0022500001, recaído a favor de la Empresa Grupo Asesores Leitón y Gamboa S.A., acto que se
mantiene. 2) De conformidad con el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa, este
acto agota la vía administrativa.
Conocido el oficio R-DPMG-030-2022, suscrito por la Sra. Zilenia Venegas
Vargas, Proveedora Municipal, en el cual presenta recomendación a la Resolución de
Recurso de revocatoria interpuesto por la empresa ARHTE Consultores Asesores en
Recursos Humanos y Talento Empresarial S.A., cédula jurídica 3-101-689783,
representado por Jairo Rivera Quesada, en contra del acto de adjudicación de la
Licitación Abreviada 2022LA-000001-0022500001, promovida por esta Municipalidad
para “CONTRATACION SERVICIOS GESTION Y APOYO Y LUDOTECARIA”, el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a votación manifestando: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la recomendación,
sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se
acuerda:
De conformidad con las razones expuestas y lo establecido por los artículos 188, 193,
194, 195, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y recomendación suscrita por
la Sra. Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal mediante oficio R-DPMG-030-2022, este
Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
SMunicipalidad de Guácimo
E. MUNICIPALIDAD
ED" "DE GUACIMO
. AUDITORIA
: INTERNA
Acta N.* 17-2022
S.O. N.9 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N. 05,
Primero: RECHAZAR DE PLANO POR IMPROCEDENCIA MANIFIESTA el recurso de
revocatoria interpuesto por la empresa ARHTE Consultores Asesores en Recursos Humanos
y Talento Empresarial S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada
2022LA-000001-0022500001, recaído a favor de la Empresa Grupo Asesores Leitón y Gamboa
S.A., acto que se mantiene.
Segundo: De conformidad con el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa, este acto
agota la vía administrativa.
Acuerdo N“% Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
2- Se dio lectura a oficio AMG-282-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 03-03-
2022, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, en el cual da respuesta
al Acuerdo N. “ Uno, del Acta N.? 16-2022 de la Sesión Ordinaria N% 10-2022, de
fecha 08-03-2022, mismo que se solicita adjuntar estudio técnico y el plan de condonación,
para darle trámite a la petitoria presentada por la Licda. Yahaira Chambers Moya, Coordinadora
de Servicios Ciudadanos de esta institución, referente a modificar del Acuerdo N%8, de la
sesión ordinaria n%47-2021, del 23 de noviembre 2021, para que se amplié el plazo de
la amnistía igualmente a los cuatro meses, iniciando desde el 16 de febrero hasta el 16 de junio
2022. Al respecto dice:
Adjunta la documentación correspondiente y solicita se modifique el acuerdo y
se amplié el plazo por un lapso de cuatro meses iniciando del 16 de febrero hasta el 16 de
junio 2022.
Conocida el oficio AMG-282-2022, suscrito por el Sr. Gerardo Fuentes
González, Alcalde Municipal, solicitando se amplié el plazo de la amnistía, al respecto
el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a votación
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar
la modificación del Acuerdo N'8, de la sesión ordinaria n%47-2021, del 23 de noviembre
2021, para la ampliación del plazo de aplicación de la amnistía, sírvase levantar la
mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
De conformidad al oficio PSCMG-024-2022 suscrito por la Licda. Yahaira Chambers
Moya, Coordinadora de Servicios Ciudadanos de esta institución, este Concejo Municipal por
unanimidad acuerda: Modificar el Acuerdo N*8, de la sesión ordinaria n*47-2021, del 23
de noviembre 2021, en el reglón que corresponde a la fecha de aplicación de la condonación
de la amnistía, la cual inicia a regir por un plazo de cuatro meses iniciando 16 de febrero
2022 hasta el 16 de junio 2022.
Por lo tanto, comuníquese a Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González y a
la Licda. Yahaira Chambers Moya, Coordinadora de Servicios Ciudadanos de esta institución, para
lo que corresponde a su cargo.
Acuerdo N.2 Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
3- Se dio lectura a oficio AMG-274-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 15-03-
2022, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, se remite oficio SIOP-
239-2022, suscrito el Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez Coordinador del Departamento de Servicios
de Infraestructura y Obra Pública de la Municipalidad de Guácimo, mismo referente a solicitud
presentada por la Sra. Virgita Molina Camacho, lo anterior para su debida valoración para declarar
calle pública en San Luis de Guácimo, folio real 7-017264-000, dice:
Reciban un cordial saludo, en consideración a la nota presentada por la señora Virgita Molina
Camacho, se solicita trasladar al Concejo Municipal para la valoración de declaratoria de Calle
pública en San Luis de Guácimo del folio real 7-017264-000.
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Ze acint
ua GUACIMO
Acta N.% 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.* 06.
Se adjunta documentación con relación a la petitoria.
+  S.M.G oficio ++316-2017 en sesión Ordinaria N*11-17 celebrada el 17 de marzo 2017,
acuerdo N* veintitrés.
.  S.M.G +615-2017 en sesión ordinaria N* 22-17 celebrada el 02 de junio 2017, acuerdo
N* uno.
+ Nota presentada por la solicitante.
Conocido el oficio SIOP-239-2022, suscrito el Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez
Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de la
Municipalidad de Guácimo, en el que sugiere valorar declaratoria calle pública en San
Luis de Guácimo, folio real 7-017264-000, solicitud de la señora Virgita Molina
Camacho, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Propongo trasladarlo al Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, para que lo
traslade al departamento correspondiente para que analicen el caso, elabore criterio
técnico en el que especifican si el caso de la señora Virgita Molina Camacho, cumple
con los requisitos para calle pública, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la recomendación, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, documentos correspondientes a solicitud presentada por la Sra.
Virgita Molina Camacho, para declarar calle pública en San Luis de Guácimo, folio real 7-017264-
000, a fin de que gire instrucciones al Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez Coordinador del
Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de la Municipalidad de Guácimo, para
que realice estudio técnico y presente criterio a este Organo Colegiado indicando si dicha
petitoria cumple con los requisitos para declaratoria de calle pública.
Acuerdo N.% Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
4- Se dio lectura a oficio AMG-275-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 15-03-
2022, firmado por Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, se remite oficio SIOP-240-2022,
suscrito el Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez Coordinador del Departamento de Servicios de
Infraestructura y Obra Pública de la Municipalidad de Guácimo, lo anterior para su debida
valoración para declarar calle pública en Pueblo Nuevo, folio real 7-074892-000, dice:
Reciban un cordial saludo, se solicita trasladar al Concejo Municipal para la valoración de
declaratoria de calle pública en Pueblo Nuevo en un tramo de 60 metros del folio real 7-074898-
000.
Se adjunta documentación con relación a la petitoria:
+.  S.M.G oficio +479-2015en sesión ordinaria N* 15-15 celebrada el 13 de abril del 2015,
acuerdo N?* trescientos cincuenta y nueve.
e Plano folio real 7-074892-000.
Conocido el oficio SIOP-240-2022, suscrito el Ing. Jhonny Jiménez
Rodríguez Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública
de la Municipalidad de Guácimo, en el que sugiere valorar declaratoria calle pública
en Pueblo Nuevo, folio real 7-074892-000, al respecto el Presidente Municipal -Reg.
José Leoncio Orozco Peraza, dice: Revisando la documentación que nos presenta el señor
Ing. Jhonny Rodríguez nos presenta un acuerdo del 2015, pero no entiendo como el Concejo
anterior toma un acuerdo de este tipo donde esta calle ni siquiera cumple con el ancho que
establece la ley y ahora nos hacen llegar un documento que nosotros declaremos calle pública;
más bien yo le solicitaría al Ing. Jhonny Rodríguez que haga el debido estudio y que presente un
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385
MUNICIPALIDAD
Municipalidad de Gu
7
AUDITORIA
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Acta N.* 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 07.
criterio técnico para ver si esta calle cumple con la declaratoria de calle publica porque yo no me
animo a decirle a los compañeros regidores que tomen un acuerdo en una declaratoria de calle
publica donde no se cumpla con lo requerido para declarar una calle pública.
En uso de la palabra el Reg. Nelson Lobo Rodríguez, dice: Talvez me gustaría que el señor
sindico del distrito de Duacarí Don Elpidio se refiera al tema de la calle.
En uso de la palabra el Sind. Elpidio Cubillo López, dice: Esa calle es cierto que no da el
ancho y lo que habría que hacer como dijo Don José es un estudio técnico y que la Municipalidad
lleve a cabo el proceso de coger el terreno para ampliar esa calle porque en realidad ahí no da,
pero conste que eso les toca a ustedes ir y ver la realidad de las cosas y es solo un pedazo de
calle donde se calló un árbol y lo que tiene que hacer la Municipalidad es ver y marcar.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces vamos a referir este documento al señor Gerardo Fuentes González para que nos
presente los criterios técnicos correspondientes para ver si esta calle se puede declarar o no se
puede declarar calle pública, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal -
Sr. Gerardo Fuentes González, documentos correspondientes a solicitud presentada por la Sra.
Zelmira Rubí Mora y Vecinos de la Comunidad de Pueblo Nuevo, para declarar calle pública en
Pueblo Nuevo, folio real 7-074892-000, a fin de que gire instrucciones al Ing. Jhonny Jiménez
Rodríguez Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de la
Municipalidad de Guácimo, para que realice estudio técnico y presente criterio a este Organo
Colegiado indicando si dicha petitoria cumple con los requisitos para declaratoria de calle
pública.
Acuerdo N.% Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
5- Se dio lectura a oficio AMG-258-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 10-03-
2022, firmado por Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, remisión de oficio SIOP-202-
2022, suscrito el Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez Coordinador del Departamento de Servicios de
Infraestructura y Obra Pública de la Municipalidad de Guácimo, mismo en referencia a solicitud de
actualización del acuerdo N* 07, tomado mediante sesión Ordinaria N%07-2022, celebrada el 15
de febrero del año en curso, dice:
Reciban un cordial saludo, se solicita incorporar a la lista a la Ing. Sihani Araya Araya al programa
para la construcción del Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo de la capacitación e
indicar que se asume los siguientes compromisos:
-  Apegoa lo dispuesto en la guía para la formulación y seguimiento del Plan Vial Quinquenal
de Conservación y Desarrollo, oficializada mediante Decreto Ejecutivo N2 42686-MOPT,
en la construcción de los PVQCD.
- En promedio, una inversión mínima de tiempo por parte de los equipos Municipales de dos
días por semana.
- Los equipos Municipales deben estar integrados al menos por dos perfiles profesionales:
una persona conocimiento técnico en ingeniería e infraestructura vial y otra persona
promotora social. El límite de persona que pueden integrar cada equipo Municipal es de
cinco personas. El acuerdo del Concejo Municipal debe indicar los nombres del personal
que participa del proceso.
£funicipalidad de Guácimo
NICIPALIDAD
LA UE SUACIMO
(24d
Acta N.% 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.? 08.
Asistencia y participación activa en las sesiones de trabajo grupal y tutorías a lo largo de
ocho meses en modalidad virtual (a través de la Plataforma ZOOM).
- Cumplimiento de los entregables en tiempo y forma, según cronograma que será
entregado posteriormente, así como el seguimiento a la metodología establecida para el
logro de los objetivos. DVOP-UEC-PRVC-2022-68 Dirección de Obras Públicas. Unidad
Ejecutora de Coordinación Programada Red Vial Cantonal (506) 2523-2301
Suleyka.aymerichmopt.go.cr.
- — Respaldo de las instancias del gobierno local durante el proceso de construcción del PVQCD
en cuanto a tiempo, equipo, conectividad y recursos necesarios para la ejecución de las
diferentes actividades requeridas. - Compromiso del Concejo Municipal para conocer y
avalar, vía acuerdo, el marco de políticas y el plan en su conjunto, en los momentos
indicado por el programa.
- Habilitación de la modalidad de teletrabajo para el personal a cargo los días requeridos
para atender los compromisos del programa. Esto con el objetivo de que el personal pueda
trabajar sin interrupciones y aprovechar los espacios para avanzar en la construcción del
PVQCD.
- — Designación de la Alcaldía como la contraparte respecto a los compromisos señalados para
la toma de decisiones sobre la participación del gobierno local.
- — Contar con el inventario de la red vial cantonal completo, digitalizado y actualizado.
Conocido el oficio SIOP-202-2022, suscrito el Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez
Coordinador del Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de la
Municipalidad de Guácimo, mismo en referencia a solicitud de actualización, en
respuesta al acuerdo N* 07, tomado mediante sesión Ordinaria N*07-2022, celebrada
el 15 de febrero 2022, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, dice: Lo corresponde es tomar un acuerdo en el cual se incluye a la Ing. Sihani
Araya Araya al programa para la construcción del Plan Vial Quinquenal de Conservación
y Desarrollo de la capacitación, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
De conformidad a lo solicitado mediante el oficio DVOP-UEC-PRVC-2022-68, este
Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle Licda. Suleyka Aymerich Pérez -
Directora del Área de Coordinación y Participación Unidad Ejecutora y de Coordinación del PRVC-
II, que además de designarse al Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez, Coordinador del SIOP y Licda.
Gloriana Aragón Campos, promotora social del SIOP, este Organo Colegiado aprueba incluir
dentro de la designación a la Ing. Sihani Araya Araya para el programa de capacitación y
acompañamiento técnico para la construcción del Plan Vial Quinquenal de Conservación y
Desarrollo. Asumiendo los siguientes compromisos:
- Apegoa lo dispuesto en la guía para la formulación y seguimiento del Plan Vial Quinquenal
de Conservación y Desarrollo, oficializada mediante Decreto Ejecutivo N* 42686-MOPT,
en la construcción de los PVQCD.
- Enpromedio, una inversión mínima de tiempo por parte de los equipos Municipales de dos
días por semana.
386
Guácímo
3 NICIPALIDAD
RS MS GUACIMO
AUDITORIA |
INTERNA
fHuntcipalidad de
Acta N.* 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
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- Los equipos Municipales deben estar integrados al menos por dos perfiles profesionales:
Una persona conocimiento técnico en ingeniería e infraestructura vial y otra persona
promotora social. El límite de persona que pueden integrar cada equipo Municipal es de
cinco personas. El acuerdo del Concejo Municipal debe indicar los nombres del personal
que participa del proceso.
- Asistencia y participación activa en las sesiones de trabajo grupal y tutorías a lo largo de
ocho meses en modalidad virtual (a través de la Plataforma ZOOM).
al Cumplimiento de los entregables en tiempo y forma, según cronograma que será
entregado posteriormente, así como el seguimiento a la metodología establecida para el
logro de los objetivos. DVOP-UEC-PRVC-2022-68 Dirección de Obras Públicas. Unidad
Ejecutora de Coordinación Programada Red Vial Cantonal (506) 2523-2301
Suleyka.aymerichmopt.go.cr.
- Respaldo de las instancias del gobierno local durante el proceso de construcción del PVQCD
en cuanto a tiempo, equipo, conectividad y recursos necesarios para la ejecución de las
diferentes actividades requeridas. - Compromiso del Concejo Municipal para conocer y
avalar, vía acuerdo, el marco de políticas y el plan en su conjunto, en los momentos
indicado por el programa.
- Habilitación de la modalidad de teletrabajo para el personal a cargo los días requeridos
para atender los compromisos del programa. Esto con el objetivo de que el personal pueda
trabajar sin interrupciones y aprovechar los espacios para avanzar en la construcción del
PVQCD.
- Designación de la Alcaldía como la contraparte respecto a los compromisos señalados para
la toma de decisiones sobre la participación del gobierno local.
- Contar con el inventario de la red vial cantonal completo, digitalizado y actualizado.
Acuerdo N* Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
6- Se dio lectura a oficio AMG-268-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-03-
2022, firmado por Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, remisión de oficio GJ-07-2022,
suscrito por el Lic. Danny Arguello Morales, Gestor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo,
en contestación a lo requerido mediante acuerdo N* 12, tomado por el Concejo Municipal del
Cantón de Guácimo, mediante sesión Ordinaria N%09-2022, celebrada el 01 de marzo del año en
curso, dice:
El suscrito, Dani Arguello Morales, actuando en mi condición de Gestor Jurídico a.i. de la
Municipalidad de Guácimo, en atención del oficio AMG-246-2022, mediante el cual se remite
acuerdo N* 12, adoptada por el Concejo Municipal, en sesión Ordinaria 09-2022, el 19 de marzo
de 2022, referente al planteamiento realizado por el señor Alberto Cabezas que guarda relación
con la situación de una persona con limitación visual a la cual aparentemente no se le permite
ejercer como Notario Público; sobre lo cual procedo a manifestar lo siguiente:
Deviene importante señalar, que las apreciaciones indicadas en este criterio no son de carácter
vinculante, ya que, según las disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico, los Gobiernos
Locales no tienen una competencia legal directa para resolver sobre la habilitación o no de una
persona, para que ejerza como Notario Público.
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£Municipalidad de Guacímo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
. AUDITORIA
¿INTERNA
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S.O. N.9 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.* 10.
Aunado a lo indicado en el párrafo anterior, realizada una revisión de la página web del Poder
Judicial, se consta que sobre el caso indicado por el Señor Alberto Cabezas, se han tratado una
serie de acciones ante distintos órganos jurisdiccionales, así por ejemplo ante la sala constitucional
se tramita una acción de inconstitucionalidad mediante expediente 21-026446-0007-CO, la cual
fue rechazada de plano; asimismo se han presentado recursos de amparo, uno bajo expediente
22-000927-0007-CO, en el cual se dictó la resolución 2022002531, en donde denegaron lo
solicitado por el recurrente, siendo que el mismo resultado negativo se dio en los recursos de
amparo tramitados bajo expediente 21-026328-0007-CO en donde se dictó la resolución 22022-
000333 y el expediente 20-003236-0007 con resolución 2020-003736. Asimismo, en su momento
se tramito ante el Tribunal Contencioso Administrativo proceso Ordinario bajo expediente 12-
000323-1027-CA, en donde se dictó la sentencia 038-2013-VI, mediante la cual se declaró sin
lugar la demanda presentada en contra del Estado y se fundamentó por parte del Tribunal los
motivo por el cual el acta de denegar la habilitación como notario era válido; siendo que la Sala
Primera de la Corte Suprema de Justicia, por resolución 001007-A-S1-2013, rechazo de plano el
recurso de casación presentado con contra de la resolución 038-2013-VI.
De tal suerte, la situación objeto de consulta en un asunto que debe dirimirse ante las instancias
correspondientes, situación que en apariencia es lo que ha venido haciendo la parte interesada
sin que a la fecha haya aún obtenido un resultado positivo.
Por otra parte, es importante hacer ver que en principio la tendencia de un título de notario
obtenido en una Universidad, no implica de forma automática la habilitación para el ejercicio de
Notariado, ya que debe acreditarse una serie que requisitos ante la Dirección Nacional de
Notariado para la habilitación, siendo que en caso de que se resuelva negativamente la
habilitación, la parte interesada tiene a su favor la presentación de los recursos de revocatoria y
apelación, para lo cual una vez resuelto el último se agota la vía administrativa expedita la vía
judicial.
En suma, por las razones expuestas considera el suscrito que debe la parte interesada procurar
hacer valer sus derechos y argumentos ante la Dirección Nacional de Notariado y/o ante los
Órganos Jurisdiccionales correspondientes; en relación, según la revisiones realizadas ya se han
gestionado una serie de procesos y acciones en sede judicial, las cuales han deparado de
momento, un resultado negativo para las partes interesada; en relación no tiene esta Unidad
elementos suficientes y válidos que por sí solo permitan cuestionar lo actuado por las Autoridades,
siendo que de momento la sala Constitucional, el Tribunal Contencioso Administrativo y la Sala
Primera de Justicia, no ha acogido las pretensiones y la Sala Primera de Justicia, no han acogido
las pretensiones de la persona afectada por la no habilitación para ejercer el Notariado.
Conocido el oficio GJ-07-2022, suscrito por el Lic. Danny Arguello Morales,
Gestor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo, en contestación a lo requerido
mediante acuerdo N* 12, tomado por el Concejo Municipal del Cantón de Guácimo,
mediante sesión Ordinaria N*%09-2022, celebrada el 01 de marzo del año en curso, al
respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone
trasladárselo para su conocimiento al , por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Alberto Cabezas
Villalobos, Periodista Costarricense, oficio GJ-07-2022, suscrito por el Lic. Danny Arguello
Morales, Gestor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo, como respuesta a consulta sobre
motivo o razón legal ¿porque no dejan ejercer a Don Manuel Jiménez Jiménez el notariado?, que
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¿Municipalidad de Guácimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
: AUDITORIA
_ INTERNA
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S.O. N.9 111-2022
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Pág. N.0 11.
es una persona ciega abogado y notario.
(Se adjunta oficio oficio GJ-07-2022, en el que se da por atendida la consulta).
Acuerdo N* Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
ARTICULO II1. CORRESPONDENCIA.
1- Se dio lectura al Expediente del Sr. Armando Junez Junez - Céd. N.% 5-0263-0245 el cual es
presentado por la Comisión Especial 9599, que contiene el levantamiento de información para ser
enviado a la Procuraduría General de la Republica, para su aprobación para trámite de escritura.
Conocido expediente es sometido a votación, por el Presidente Municipal - Reg.
Jose Leoncio Orozco Peraza manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobarlo, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
A solicitud, de los suscritos miembros de la Comisión Especial creada para el
levantamiento de información de posesión de los terrenos ubicados en el Distrito de Pocora, al
amparo de los dispuesto en la Ley 9599, con relación al expediente del Sr. Armando Junez Junez
- Céd. N.2 5-0263-0245, propiedad situada en Barrio El Paraíso, 25 metros al oeste de la
primera entrada al Barrio Paraíso el Distrito de Pocora, Cantón Guácimo, Provincia Limón, Plano
Catastrado N.% 7-2203146-2020, que es parte del folio real de la finca 7040926-000, lote que
mide 148 m2, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Que la parte interesada el Sr.
Armando Junez Junez - Céd. N.9 5-0263-0245, ha aportado el documento donde se demuestra
la posesión, en el expediente administrativo. Asimismo, se cuenta con el respaldo probatorio de
los testimonios de los testigos:
Sr. Henry Martin Mesén Céspedes Ced. N.06 0475 0275
Sr. Mauricio Núñez Duarte Ced. N.9 7 0146 0404
Sr. Rafael Morales Mena Ced. N.% 2 0471 0630
Quiénes corroboran en un todo la Ley 9599, en donde de acuerdo a las reglas del Código
Civil en la especie se configura la posesión como tal y se cumple con el objeto de la ley que es
permitir a la Municipalidad de Guácimo, de donar porciones de terreno de su propiedad para su
ubicación a la población civil del distrito de Pocora de acuerdo a quienes hayan ostentado la
posesión de esos terrenos.
Por lo que, a criterio de esta Comisión el Sr. Armando Junez Junez - Céd. N.0 5-0263-
0245, ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley 9599, siendo que ha existido una
legitimación del derecho de posesión que se ha invocado en este caso. Se remite a la Procuraduría
General de la Republica para su aprobación final tal como corresponde la ley.
Acuerdo N“. Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
2- Se dio lectura al Expediente del Sr. Jorge Arturo Aguilera Calderón - Céd. N.0 7-0081-0686 el
cual es presentado por la Comisión Especial 7783, que contiene el levantamiento de información
para ser enviado a la Procuraduría General de la Republica, para su aprobación para trámite de
escritura.
Conocido expediente es sometido a votación, por el Presidente
Municipal - Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlo, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
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UNICIPALIDAD
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AUDITORIA
INTERNA
E M
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Pág. N.? 12.
Asolicitud, de los suscritos miembros de la Comisión Especial creada para el levantamiento
de información de posesión de los terrenos ubicados en el Distrito de Guácimo, al amparo de los
dispuesto en la Ley 7783, con relación al expediente del Sr. Jorge Arturo Aguilera Calderón - Céd.
N.9 7-0081-0686, propiedad situada en el Distrito de Pocora, de la Iglesia Católica 100 metros al
norte, 100 al este y 70 metros al norte, Cantón Guácimo, Provincia Limón, Plano Catastrado N.0
L-88079-92, lote que mide 513.10 m2, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Que la
parte interesada Sr. Jorge Arturo Aguilera Calderón - Céd. N.% 7-0081-0686, ha aportado el
documento donde se demuestra la posesión, en el expediente administrativo. Asimismo, se cuenta
con el respaldo probatorio de los testimonios de los testigos:
Sra. Iris Alicia de los Angeles Gómez Marín Ced. N.9 3-0308 -0426
Sra. Yorleny Gómez Marín Ced. N.9 7- 0140 -0285
Sra. Madixsa de los Angeles Gómez Marín Ced. N.2 7- 0074- 0854
Quienes corroboran en un todo la Ley 7783, en donde de acuerdo a las reglas del Código Civil en
la especie se configura la posesión como tal y se cumple con el objeto de la ley que es permitir a
la Municipalidad de Guácimo, de donar porciones de terreno de su propiedad para su ubicación a
la población civil del distrito de Guácimo de acuerdo a quienes hayan ostentado la posesión de
esos terrenos.
Por lo que, a criterio de esta Comisión, Sr. Jorge Arturo Aguilera Calderón - Céd. N.0 7-
0081-0686, ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley 7783, siendo que ha existido
una legitimación del derecho de posesión que se ha invocado en este caso.
Se remite a la Procuraduría General de la Republica para su aprobación final tal como
corresponde la ley.
Acuerdo N*. Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
3- Se dio lectura a oficio DAI-048-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 08-03-
2022, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal, Recomendaciones al
reglamento del CCDRG, dice:
Según lo solicitado a esta Auditoria en el acuerdo indicado y de conformidad con algunos aspectos
de control interno analizadas en diferentes estudios y situaciones, se enlista las siguientes
observaciones que este Concejo Municipal puede considerar y valorar:
-Regular el tema de recusación de los miembros de la Junta Directiva en caso de que exista
conflicto de intereses a la hora de tomar un acuerdo.
“Valorar si en la regulación se debe solicitar al CCDRG, la presentación un plan estratégico que
defina las metas y objetivos a mediano plazo.
-Para la persona que ostente la administración general es importante regular que las obligaciones
se desglosen en el orden de los procesos que va a tener a cargo (llámese las obligaciones o
funciones en los procesos tales como: Planificación, Presupuesto, Contabilidad, Proveeduría,
manejo de Recurso Humano, Facturación, Recaudación y Cobro, tomando en cuenta la separación
de funciones (quien elabora o registra, quien revisa y quien autoriza) de forma que una unidad o
funcionario no tenga el control de la totalidad de los eslabones de una transacción, operación o
proceso.
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MUNICIPALIDAD
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De acuerdo con lo expuesto, en caso de limitación de recurso para dar cumplimiento a la
separación de funciones incompatibles tomando en cuenta el costo-beneficio de implementar un
control, es importante recurrir a medidas alternas para evitar cualquier situación de fraude, error
u omisión en la gestión administrativa (en la que podría ser una supervisión más estrecha, el
requerimiento de informes más frecuentes, la ejecución de arqueos en lapsos menores, etc.).
Es importante que el Concejo Municipal pueda contemplar todo el cumplimiento normativo del
bloque de legalidad que el CCDRG debe aplicar en todos sus procesos administrativos, así como
los controles que debe diseñar e implementar para un eficiente y transparente manejo de los
recursos públicos asignados de forma que el perfil solicitado a los funcionarios administrativos que
contrate se ajuste a atender todo este marco y al recurso presupuestario asignado al CCDRG.
-Para el adecuado funcionamiento de la oficina administrativa del CCDRG, el Concejo Municipal
podría regular los mecanismos pertinentes para que la continuidad del servicio no se vea afectada.
Igualmente podría preverse aquellas situaciones excepcionales en que la ausencia de
nombramiento oportuno de la Junta Directiva no afecte las actividades administrativas que
implican las autorizaciones o pagos, sino más bien se regule las acciones alternas para que todo
continúe en marcha.
-Un. campo que podría regular es el tema de pago de viáticos y transporte; y controles a los
miembros de la Junta Directiva y personal administrativo del CCDRG, según lo establecido en el
reglamento de viáticos emitido por la Contraloría General de la Republica.
-En el artículo 67 de la propuesta, es importante que se defina si los registros donde se lleve las
inscripciones y actualizaciones de las diferentes asociaciones y organizaciones deben constar en
libros autorizados por la Auditoria Interna para garantizar su autenticidad, asimismo, que estos
registros sean comunicados al Concejo Municipal una vez actualizados y antes de los procesos de
asambleas para garantizar su publicidad.
-En el artículo 68 de la propuesta en la que se mencionan el nombramiento de los fiscales para
presidir la Asamblea, al respecto es importante definir el perfil que van a tener esos fiscales que
al parecer se entiende que son nombrados por el CCDRG.
-Podría aprovecharse para valorar el Reglamentar la donación de implementos, materiales,
maquinaria y equipo a las organizaciones deportivas, a las juntas de educación de las escuelas
públicas y las juntas administrativas de los colegios públicos que al menos pueda contemplar -
fecha para presentar la solicitud, -los requisitos que deben presentar, -cuantía máxima de la
donación a cada organización, Al respecto para las donaciones es importante tomar en cuenta lo
señalado en el pronunciamiento de la CGR No. CGR/DJ-0034-2019 del 15 de enero de 2019 que
dice:
“(...) las organizaciones receptoras de dichas donaciones serán aquellas que se encuentren
aprobadas por el ICODER y debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones; además juntas
de educación de escuelas públicas y juntas administrativas de colegios públicos del cantón.
-Reglamentar como deben de realizarse las transferencias de la Municipalidad al CCDRG (al menos
el 3%) y su respectivo superávit, considerando que los ingresos municipales se van percibiendo
mensualmente.
-Analizar en el artículo 36 de la propuesta de reglamento, ya que la persona que ocupa el cargo
de secretaria en la Junta Directiva se le asigna la responsabilidad de levantar las actas que tienen
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E DE GUACIMO
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un formato impreso y es de carácter público, lo anterior habiendo funcionarios administrativos del
CCDRG, que han tenido por costumbre realizar esta labor secretarial, así como la transcripción de
los acuerdos, custodia de libros, gestión y manejo de correspondencia, elaboración y rendición de
informes, lo anterior considerando que la secretaria de la Junta es un puesto ad honoren y no se
tiene definido que tenga requisitos en el perfil para asignarle tal responsabilidad.
-Agregar en el reglamento lo señalado en el artículo 179 del Código Municipal sobre la coordinación
entre la municipalidad y el CCDRG en caso de inversiones y obras en el cantón.
-Regular la delimitación del destino de los recursos del CCDRG según los límites fijados por el
Código Municipal y sus reformas (ya que el código municipal únicamente autoriza el uso de los
recursos para: (10% gastos administrativos y el resto en obras, programas o actividades
deportivas y recreativas). -Considerar en relación con otros funcionarios que si devengan salario
reiterar que son funcionarios públicos sujetos al régimen de responsabilidad, que se rige por las
normas del Código Municipal.
Los comentarios que realiza esta auditoría respecto del texto del proyecto planteado son solamente
sugerencias a efecto lo valoren los señores y señoras miembros del órgano colegiado. No obstante,
no inhibe a esta auditoría de realizar cualquier actuación que derive de la aplicación de su texto
una vez puesto en vigencia.
Conocido el oficio DAI-048-2022, suscrito por la Licda. Marleni
Myrie Pérez - Auditora Municipal, Recomendaciones al reglamento del CCDRG, al
respecto el Presidente Municipal - Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza dice: El artículo 179
del código municipal esa muy claro en cuanto a que ellos están autorizados para
administrar las instalaciones deportivas, para construir y darle mantenimiento y en
varios dictámenes de la Contraloría, establece lo mismo y el articulo 179 es muy claro
en cuanto a que lo demás debe de ser en coordinación con la Municipalidad, esto hay
que dejarlo bien claro, porque esto a través de los años nunca se ha hecho y está
bien estipulado en el artículo 179.
También especifica que la Secretaria del CCDRG, es una funcionaria más de esta
Municipalidad y como tal debe regirse por las políticas que dicte la Administración y
el Concejo Municipal, esto hay que dejarlo muy claro, porque muchas veces se ponen
horarios y hasta en horas de la noche o fines de semana, lo cual ella es una funcionaria
y debe de cumplir con lo que establece la regulación vigente. Vamos a trasladar el
documento al Comité Cantonal de Deportes y Recreación Guácimo, para su debida
aplicación, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobarlo, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto,
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Junta Directiva del
Comité Cantonal de Deportes y Recreación Guácimo, copia del oficio DAI-048-2022, suscrito
por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal, a fin de que a la mayor brevedad posible
apliquen todas las recomendaciones que cita, con relación al reglamento del CCDRG.
Acuerdo N.% Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
4- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 03-03-2022, firmado
por el Sr. Jeremy Castro Valverde, Secretario de la Asociación Deportiva Lobos Guácimo, en
respuesta al oficio SMG-201-2022 del 03 de marzo 2022, en el cual se hace referencia al acuerdo
N9 7, aprobado en sesión Ordinaria N* 09-2022, celebrada el 01 de marzo del 2022, sirvanse
encontrar adjunto, la documentación totalmente al día, del debido proceso de presentación de la
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terna, de la Asociación Deportiva Lobos de Guácimo, en la participación de la elección de
miembros, ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo.
Conocido el oficio suscrito por el Sr. Jeremy Castro Valverde, Secretario
de la Asociación Deportiva Lobos Guácimo, en respuesta al oficio SMG-201-2022 del 03
de marzo 2022, en el cual se hace referencia al acuerdo N* 7, aprobado en sesión
Ordinaria N* 09-2022, celebrada el 01 de marzo del 2022, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Se debe contar con un registro en un
libro, entonces se le debe solicitar al Comité Cantonal de Deportes que nos presente el registro
del libro debidamente, para nosotros tomar y hacer la convocatoria de la asamblea que hasta el
momento solo tenemos una propuesta y Yo no sé si se puede elaborar una asamblea con
solamente una terna y eso es una duda que surge en el proceso; me gustaría solicitar el criterio
legal al Señor Danny Argúello para que nos indique si se puede efectivamente realizar una
asamblea con solamente una terna ya que lo que establece el reglamento es que se debe convocar
y en el artículo 174 dice que son dos miembros de organizaciones deportivas y recreativas.
También hay otra duda en el reglamento y analizado con la auditoria no hay una
reglamentación o regulación al respecto de a que se refieren a organizaciones o asociaciones
deportivas, entonces es importante solicitarle al señor Danny Argúello Abogado de la
administración y del Concejo Municipal en este momento que nos elabore un criterio técnico para
que nos aclare la situación ya que ahorita tenemos una terna presentada, pero que, si podemos
elaborar una asamblea con solo una terna.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Ahí me nace la duda a mí también
de que no tiene que lucrarse si más no me equivoco y me gustaría también mandar a consultar
eso ya que yo tengo entendido que anteriormente los papeles que ellos habían enviado decían que
ellos lucraban y creo que no tiene que lucrar.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Si
Reg. Alejandra en un documento cuando ellos presentan la terna envían una acta, que ellos
realizan donde queda efectivamente demostrado que ellos cobran 6000 mil colones de matrícula
y 5000 colones de mensualidad.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: A eso me refiero mandar eso para
hacer la consulta sobre eso, porque creo que no pueden lucrar.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Habría que agregar eso al acuerdo.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Así como usted señor Presidente
y Reg. Alejandra le surgen algunas dudas, a mí me surgen varias situaciones entorno a este
nombramiento ya que habíamos tomado el acuerdo que era solo solventar lo de la personería
vencida que creo que me parece que también en el acuerdo se tomó para que ellos le justificaran
a ustedes lo de que si recibían dinero o no y habría que revisar en los documento que tiene usted
para ver si ellos lo mandaron, después me parece con todo respeto que aquí lo que se está
haciendo es atrasando todo esto, porque la semana pasada tomamos un acuerdo nosotros aquí
e inclusive cuando usted señor Presidente llego y nos explicó a todos un criterio técnico del señor
Danny donde se solventaba que no se necesitaba que se juramentaras las demás asociaciones
para que pudieran participar y nosotros le hicimos las invitaciones a las asociaciones pero el día
de hoy las Única interesadas hasta el día de hoy es esa y ahí están todos los papeles; entonces yo
no sé qué es el motivo extra que hay detrás de esto para seguir atrasándolo más porque
mandándolo a comisión para que, si la otra semana vas a pedir otro papel, hasta que
mágicamente aparezca otra asociación y se vote por los que se quieran votar, disculpen pero esa
es mi apreciación y no me puedo quedar callado.
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Concluyo diciendo compañero José antes de que lo mencione que recuerde que este
Concejo la asociación Lobos también mando su certificación de que estaban inscritos en el Comité
Cantonal de Deportes y me imagino que ese papel también tiene que estar ahí y si no pues manden
y le pregunten porque yo creo que a esto de seguir dándole vueltas al asunto porque aquí no hay
otro interesado que quiera participar entonces démosle la oportunidad a ellos y punto ya que
tenemos un comité Cantonal vencido y vamos a seguir así atrasando el deporte tanto que les
preocupa compañeros, mi simple apreciación y me disculpan si ofendí a alguien pero así lo veo
yo. !
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Con respecto a lo que indica el señor Leance efectivamente aquí la Asociación Deportiva Los Lobos
anteriormente había solicitado que se reconociera como Asociación Deportiva del Cantón y
nosotros en ese momento se mandó a comisión y en ese lapso se terminó la contratación de los
Abogados, por eso no hemos tenido todavía el criterio técnico por parte de los abogados para ver
si se puede reconocer. Por eso le estoy respondiendo lo que usted está preguntando de que se le
solicito a los abogados para que ellos dieran un criterio técnico que si podían participar sin fines
de lucro pero hasta el momento no lo tenemos y no sé si se ocupa o no, se ocupa, respecto a la
Asociación Los Lobos efectivamente aquí están los documentos que se les mando a subsanar y
que están debidamente correctos y por eso no se le está pidiendo absolutamente nada más pero
ahora lo que procede es que de acuerdo al artículo 13 las Juntas Directivas ahí se encuentra como
deben de hacer y ahí dice que el Concejo es el que debe convocar a una asamblea; entonces
nosotros tenemos que convocar una asamblea.
En uso de la palabra el Reg. Nelson Lobo Rodríguez, dice: No se hace cuanto que se
venció el Comité Cantonal de Deportes y la tramitología está paralizada porque nosotros como
Concejo Municipal estamos atrasando el proceso y creo que el documento está claro donde hace
como unos 10 o 12 días ahí en el parque le comente al coordinador de la Asociación de los Lobos
y él dijo que él iba corregir para que se le nombrara rápido esa terna porque el Comité Cantonal
de Deportes ya casi viene el proceso de juegos Nacionales y ahorita se nos va a venir encima los
atletas y padres de familia por no nombrar, entonces señor Presidente en mi caso mi voto es
aprobar como viene subsanado ahí en el oficio que enviaron y aprobar ese documento porque
sería muy irresponsable que no terminemos con ese tema hoy mismo y no darle más largas al
asunto.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Es cierto que estamos
atrasando el proceso y para mí no hay que darle más largas al asunto ya que no tenemos por qué
enredarnos si todo está muy claro, pero yo creo que este Concejo si hubiera tenido que hacer una
asamblea era antes de escoger los dos miembros ya que en este Concejo se escogieron los dos
miembros y ahora no es de nuestra competencia hacer asambleas.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Compañeros que hacemos nos brincamos el reglamento porque la consulta mía es que nos
brincamos el procedimiento del reglamento. Entonces vamos a sacar a votación de la siguiente
forma los compañeros regidores que estén de acuerdo en brincarse el reglamento.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: El Código Municipal es
muy claro porque no es de nuestra competencia.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Que raro aquí está el reglamento y si quiere lo lee.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Señor Presidente usted
solo preside, da la palabra y quita la palabra y no es de su competencia estar como si fuera un
abogado y dar criterios ya que esto es un grupo colegiado en el cual vamos a tomar un acuerdo y
creo que más claro no canta un gallo.
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:, AUDITORIA
INTERNA
Acta N.% 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 17.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Vamos a ver compañeros porque yo creo que ustedes están mal interpretando las cosas ya que
aquí lo que se quiere hacer es lo que dice el reglamento como tal y no es que se quiera atrasar el
proceso, entonces aquí es acogerse al reglamento porque para eso está el reglamento publicado
en la gaceta que es bastante claro y cada uno de ustedes lo pueden leer y si lo que dice el
reglamento es contrario a lo que yo estoy diciendo aquí pues lo votamos ya que es una decisión
que yo como Presidente Municipal si recomiendo hacer lo que diga el reglamento y cumplir lo
que dice la normativa vigente y las leyes de Costa Rica.
Ahora bien, es una decisión de ustedes si no quieren cumplir con el debido proceso
donde ya tenemos una terna aquí presente y está totalmente bien presentada porque le
mandamos a corregir algo y ya lo corrigieron donde yo en ningún momento estoy rechazando esta
terna, simplemente que el Código Municipal en el reglamento establece que el Concejo es el que
debe convocar a una asamblea para elegir a estas personas y bueno compañeros yo quiero hacer
muy claro la observación de que voy a sacarlo a votación pero antes de sacarlo quiero hacer la
observación correspondiente que de acuerdo al artículo 13 las Juntas Directivas están integradas
de las siguientes formas dos del nombramiento del Concejo Municipal, dos de las ternas de las
organizaciones deportivas y recreativas del Cantón debidamente inscritos ante el comité Cantonal
de Deportes y con base a ello se realizara una asamblea con las organizaciones deportivas donde
por mayoría simple con un representante de cada organización se enviara la terna al Concejo
Municipal en el periodo de 30 días antes del vencimiento del periodo correspondiente al comité
que finaliza y después de recibidas las ternas por las organizaciones indicadas con los nombres de
las personas que se encomienden para estos puestos con base el Concejo Municipal procederá a
los nombramientos respectivos con votación a mayoría simple con el fin de garantizar el
funcionamiento correcto de la Junta entrante y la Municipalidad en conjunto con el comité Cantonal
pasara por escrito una terna ante la Municipalidad a todas la organizaciones deportivas indicadas
anteriormente.
Entonces aquí quiero dejar muy claro el artículo 13 del reglamento, pero si ahora
ustedes toman la decisión de nombrar directamente a las dos personas que están aquí lo voy a
sacar a votación, señoras y señores regidores que estén de acuerdo.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Vea José hagamos las cosas
como son y usted lo que tiene que salvar si usted no quiere votar a favor es la explicación que
usted dio y por eso no está votando a favor pero el acuerdo que se debe de tomar es que si vamos
aceptar, conforme a la salvedad ya antes enviada por la Asociación y aceptamos incluirlas en el
Comité Cantonal de Deportes y no me tergiverse el acuerdo por favor.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
No estoy tergiversando absolutamente nada señor Leance con todo el respeto, ya que yo estoy
leyendo lo que dice el artículo y el procedimiento, ahora bien ustedes quieren porque veo que hay
mayoría con cuatro votantes y ustedes quieren nombrar directamente ya y yo no tengo ningún
problema porque nada más lo saco a votación; pero si quiero dejar claro que no se está cumpliendo
con el artículo 13 según el reglamento de nombramiento, es lo quiero dejar claro para que conste
en actas porque en el momento que alguien quiera hacer una apelación lo pueda hacerla.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Vea, José yo con todo respeto lo
voy a decir y creo que voy hacer muy clara, es que, el atrasar este tipo de elecciones o procesos
ya no es válido porque el reglamento lo dice claro, que se interprete o se quiera interpretar de
otra forma es otra cosa, ya que ellos han cumplido con todo lo que tenía que hacerse y por ahí
leí hasta un documento que leían ahora de lo que debían subsanar y ellos lo realizaron; entonces
en este momento lo que procede es someterlo a votación y no buscar más pretextos para seguir
atrasando un proceso que tiene más de 30 días de vencido y que no se quiera a dos personas,
una persona o la persona que sea dentro de una organización ese no es nuestro problema, ya
que nosotros necesitamos que el Comité de Deportes Cantonal esté funcionando ya.
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Fecha: 15-03-2022
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En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Pero no va a poder funcionar porque falta también el de las Asociaciones de Desarrollo que no se
ha nombrado.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Bueno, pero se manda a pedir.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: La
Secretaria del Comité de Deportes está en vacaciones hasta abril, aquí yo no estoy atrasando nada
y yo lo que estoy diciendo es que se cumpla con el debido proceso porque ya tenemos la terna y
lo que debemos hacer es lo que dice le Código Municipal.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Nosotros mismos nombramos
cuando entramos hace un tiempo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
No, nosotros no nombramos el Comité ya estaba nombrado y yo quiero aclarar que nosotros nunca
hemos nombrado un Comité de Deportes hasta este momento porque cuando nosotros ingresamos
en mayo 2020 ya estaba nombrado el Comité que estaba y nosotros no nombramos de ningún
comité para que quede bastante claro que es la primera vez que nosotros estamos nombrando un
Comité de Deportes porque en el 2020 cuando nosotros entramos en mayo ya estaba nombrado
el comité y es la primera vez que nosotros hacemos nombramiento y por eso yo hago las
observaciones como me competen ya que como Presidente Municipal yo hago las recomendaciones
pero aquí se respeta la mayoría y si ustedes quieren nombrar a esas persona directamente pues
pueden hacerlo y lo voy a sacar a votación. Señoras y señores regidores que estén de acuerdo en
nombrar a esta persona ya con las observaciones que yo anteriormente hice pueden hacerlo,
sírvanse a levantar la mano.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Entonces dice que las juntas
directivas del Comité Cantonal, no es ley entonces porque dice dos nombramientos directos del
Concejo, dos de las ternas de las organizaciones deportivas, creativas del Cantón debidamente
inscritos ante el Comité Cantonal de Deportes quienes en efecto levantaran el registro del libro de
organizaciones deportivas y con base a ello se celebrara una asamblea de organizaciones
deportivas donde por mayoría simple con una representante de cada organización envira la terna
al Concejo Municipal y el periodo de 30 días antes del vencimiento del periodo correspondiente al
comité que finaliza.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Si
usted ahí lo acaba de leer y está muy claro que es en base al libro se debe hacer la convocatoria
y acaba el compañero acaba de leerlo que es en base del libro por lo cual no estoy inventándome
aquí nada.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Lo que nos compete a
nosotros es nombrar dos.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Ya
lo saqué a votación y estoy haciendo la observación como Presidente Municipal y no estoy
amenazando a nadie ya que simplemente, digo lo que indica el reglamento. Hagamos una cosa
vamos a sacarlo a votación porque es una petición de ustedes y como Presidente me corresponde
acogerme a lo que ustedes requieran y si ustedes lo consideran nombrar a la persona directamente
con mucho gusto yo lo voy a sacar a votación y yo hago la observación que no se está cumpliendo
con el debido proceso a la hora de justificar mi voto, vea Señoras y señores regidores hay una
terna presentada por la Asociación Deportiva los Lobos Guácimo donde ellos ya cumplieron y
subsanaron lo que se les solicito anteriormente y por eso la terna esta presentada correctamente
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S.O. N.9 11-2022
Fecha: 15-03-2022
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y no estoy diciendo en ningún momento que esta terna está mal presentada, quiero que eso quede
bien claro; ahora bien, de acuerdo a la deliberación correspondiente ustedes quieren que yo saque
esto a votación y lo voy a hacer porque efectivamente se encuentra bien presentada. Entonces
señoras y señores regidores que estén de acuerdo en nombrar a estas personas.
En uso de la palabra el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, dice: Yo creo
que ahí lo que le compete a la Municipalidad es lo que menciona y dice los dos miembros que van
por parte de la Municipalidad y el resto ya de los otros que venga ya viene debido por cada
institución, pero la Municipalidad aquí nada más nombra dos personas y en el tema después para
nombrar lo del directorio de ellos ya es una pelea de ellos interno; entonces yo lo que le diría José
es que no se complique ya que nada más nombren por parte del Concejo los dos que tienen que
nombrar y es todo. :
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Lo
que pasa es que ya está la terna y lo que ahora tiene que hacer el Concejo como lo dice en el
reglamento, que el Concejo pone una fecha y hace la convocatoria y ahí participan ellos que son
los únicos, pero debe venir otra asamblea pero es el Concejo el que pone la fecha de acuerdo al
reglamento. Yo no tengo ningún interés en esto, pero veo que ustedes si tienen interés de nombrar
la persona y como les digo aquí está la terna así que señoras y señores regidores que estén de
acuerdo en aprobar esta terna por favor sírvanse a levantar la mano: Los Regs. Leonardo
Carrillo Sánchez, Magda Orocú Jiménez, Nelson Lobo Rodríguez, Leance Ramírez Mora
, votaron afirmativamente y los votos disidentes de los Regs. José Leoncio Orozco
Peraza, Alejandra López Lee y Rosibel Marchena Serrano, por lo tanto, cuatro votos
a favor y tres disidentes queda aprobado por mayoría simple.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Yo tampoco la vote porque estoy
con la duda esa de que, si una Asociación que lucra puede participar y no sé, por eso no lo voto
mejor.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Exactamente yo en la misma posición de Alejandra no voto porque hay un reglamento estipulado
muy claramente donde dicta los pasos a seguir y no se están cumpliendo con los pasos a seguir
por eso y ante la duda de que no se está cumpliendo con el procedimiento correcto mi voto es
negativo hasta que no se subsane esto, ahora bien si ellos lo están nombrando por mayoría simple
están en todo su derecho y son mayoría y hay que respetar.
En uso de la palabra la Reg. Rosibel Marchena Serrano, dice: Surgiendo la duda ante lo
dicho anterior me abstengo de votar.
Este Concejo Municipal por mayoría simple, acuerda: Nombrar a el Sr. Danilo Villalobos
Zamora, Céd. N* 3-229-778 y a la Sra. Flor Valerin Cabalceta, Céd. N* 5-209-805 como
miembros de la Junta Directiva del Comité cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo,
representando las Organizaciones Deportivas y Recreativas del cantón.
Acuerdo N.* Diez. Aprobado por mayoría simple.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Señor Presidente solicito la
palabra para comunicarle que la compañera Magda y mi persona, tenemos una reunión a las
5:00 p.m., en una mesa de trabajo, convocada por la Comisión Inter- cantonal de la Provincia
de Limón, y no sé si la Reg. Magda les dijo al principio de la sesión.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Nos pueden decir porque se tienen que ausentar tienen alguna justificación.
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uácimo
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En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: La compañera Jeanneth me le
puede decir al Presidente Municipal, por favor ya que ustedes fueron las que nos convocaron a
nosotros.
En uso de la palabra la secretaria del Conejo Municipal la Sra. Jeanneth Crawford
Stewart, dice: Se recibió un oficio de parte de la Sra. Maribel Olivas Amaya - Secretaria de
Comisiones, en el que manifiesta que con instrucciones de la Reg. Dennia Yaslyn Morales Grajal,
Vicepresidenta del Concejo Municipal de Pococí, convoca a las Regs. Magda Orocú Jiménez y
Alejandra López Lee, a participar de una Mesa de trabajo a la Comisión Inter Cantonal de la
provincia de Limón, para el martes 15 de marzo del 2022, a partir de las 5:p.m., presencial en
las instalaciones del Concejo Municipal de Pococí.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces señoras y señores regidores que estén de acuerdo en comisionar a la señora Alejandra
López Lee y a la señora Magda Orocú Jiménez en participar en dicha reunión y que se les permita
ausentarse de la sesión del día de hoy con goce de dieta para que ellas puedan asistir a esa mesa
de trabajo, por favor sírvanse a levantar la mano, de forma unánime definitivamente aprobado,
en este caso vamos hacer subir a la compañera Ana Esquivel en suplencia de la señora Alejandra
López Lee y en el caso de Magda Orocú queda ausente ya que no se encuentra presente su
suplente, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Conceder visto bueno a favor de las
Regs. Magda Orocú Jiménez y Alejandra López Lee, a fin de que participen de reunión denominada
mesa de trabajo, convocatoria por la Reg. Dennia Yaslyn Morales Grajal, Vicepresidenta del
Concejo Municipal de Pococí, a llevarse a cabo por la Comisión Inter Cantonal de la provincia
de Limón a partir de las 5:p.m., del día de hoy martes 15-03-2022, de forma presencial
en las instalaciones del Concejo Municipal de Pococí.
Por lo tanto, se autoriza a las Regs. Magda Orocú Jiménez y Alejandra López Lee, a
ausentarse de la sesión del día de hoy 15-03-2022, siendo las 4:45p.m, con goce del pago
de la dieta. Subiendo a ocupar la curul la Reg. Ana María Esquivel Mesén, en sustitución de la
Reg. Alejandra López Lee, en el caso de la Reg. Magda Orocú Jiménez, no se encuentra
presente el sustituto.
(Comuníquese a la Administración, Talento Humano, Tesorería y Servicios Contables, para lo
que corresponde a su cargo).
Acuerdo N.% Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
5- Se dio lectura a oficio DNE-OFI-134-2022 , con fecha de recibido 08-03-2022 recibido por la
Secretaria del Concejo Municipal, firmado por el Procuradora Notaria del Estado - Licda. Irina
Delgado Saborío, en el que envían aprobado solicitud de trámite para la obtención de escritura
bajo la ley 9599 y 7783 a nombre de la Sra. María Esther Miranda Esquivel, Sra. Wendy Marcela
Corrales Gómez, Sr. José Navarro Álvarez , Sr. Juan José Fernández Delgadillo y María Azucena
Mora Díaz, para lo que corresponde a su cargo.
Conocida la aprobación para tramite de escritura bajo la ley 9599 y 7783,
el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: En este caso se
autoriza ala Secretaria del Concejo Municipal para que proceda a hacer entrega el
expediente original a las personas que resulto aprobado el trámite, dejando como
constancia una copia del expediente e indicarles que deben proceder a tramitar su
escritura ante el notario de su elección, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
398
ffuntcipalidad de
ÚNICIPALIDA
DE GUÁCIMO >
?, AUDITORIA
*_ INTERNA
Acta N.% 17-2022
S.O. N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.% 21.
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Autorizar a la Secretaria del
Concejo Municipal a hacer entrega de los expedientes correspondientes a la ley 9599 y 7783,
que hizo llegar la Notaria del Estado - Licda. Irina Delgado Saborío, con su respectivo visto
bueno a nombre de Sra. María Esther Miranda Esquivel, Sra. Wendy Marcela Corrales Gómez,
Sr. José Navarro Alvarez , Sr. Juan José Fernández Delgadillo y María Azucena Mora Díaz, a fin
de que dichas personas prosigan su trámite de escritura a título personal ante el notario
público de su elección.
Acuerdo N.% Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
6- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la Secretaria del Concejo
Municipal el 07-03-2022, enviado por la Licda. Marcela Núñez, Gestora Social Municipal, solicitud
préstamo salón de sesiones, dice:
Reciban un cordial saludo, por este medio y de manera respetuosa, les solicito el préstamo del
salón de sesiones en un horario de 1:00 a 3:30 p.m. los siguientes días, con el fin de realizar
talleres presenciales dirigidos a personas emprendedoras del cantón en coordinación con la
Universidad EARTH:
1. Miércoles 23 de marzo. Tema: Hojas de Registro de Ingreso y Salida
2. Miércoles 13 de abril. Tema: Innovación para el Emprendedurismo
3. Miércoles 27 de abril. Reducir y Reciclar para emprendedores agrícola
Conocida la solicitud presentada por la Licda. Marcela Núñez - Gestora Social Municipal,
para el préstamo de la sala de sesiones, es sometida a votación por el Presidente Municipal
—Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Comunicarle a la Licda. Marcela Núñez
- Gestora Social Municipal, que este Organo Colegiado le concede visto bueno para el uso de
la salón de sesiones en un horario de 1:00 a 3:30 p.m., con el fin de realizar talleres presenciales
dirigidos a personas emprendedoras del cantón en coordinación con la Universidad EARTH, durante
los siguientes días:
- Miércoles 23 de marzo. Tema: Hojas de Registro de Ingreso y Salida
- Miércoles 13 de abril. Tema: Innovación para el Emprendedurismo
- Miércoles 27 de abril. Reducir y Reciclar para emprendedores agrícola
Acuerdo N.% Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
7- Se dio lectura a oficio F-PJ-04, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 15-03-2022,
firmado por el MSc. Manuel Enrique Rodríguez Salmerón - Director Escuela Pocora Sur, sustitución
de terna, dice:
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la ley 2160 “Ley fundamental de Educación”
y los artículos 10 y 11 del decreto ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de
Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación
de la Junta de Educación, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal por
renuncia de los siguientes puestos:
En sustitución del miembro Ivannia Calvo Mora cédula 1-1145 0320 se propone a:
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2. MUNICIPALIDAD
S]|
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7). AUDITORIA
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Acta N.* 117-2022
S.O. N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 22.
Nombre Cédula
Angie Fernanda Madrigal Aguilar po 1 1692 0472.
Esmeralda Fernández Canales 7 0161 0420
Conocida la solicitud que presenta el MSc. Manuel Enrique Rodríguez
Salmerón - Director Escuela Pocora Sur, para el nombramiento de un miembro en la
Junta de Educación el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Como es costumbre voy a proceder a realizar la votación por las dos proponentes
de manera individual y si algún Regidor desea proponer a alguna de las dos
personas lo puede hacer, en mi caso propongo a la Sra. Esmeralda Fernández Canales.
Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la que
se nombre ala Sra. Angie Fernanda Madrigal Aguilar, sírvase levantar la mano,
resultando cero votos.
Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la que
se nombre ala Sra. Esmeralda Fernández Canales, sírvase levantar la mano, resultando
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
A solicitud del MSc. Manuel Enrique Rodríguez Salmerón - Director Escuela Pocora Sur,
este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar como miembro de la Junta de
Educación de la Escuela Pocora Sur a:
a) Sra. Esmeralda Fernández Canales ...Céd. N* 7 0161 0420, en sustitución de la
Ivannia Calvo Mora cédula 1-1145 0320
(Fecha de vencimiento 26-04-2024).
Asimismo, se le comunica que deberán presentarse al Departamento de
Secretaria del Concejo Municipal en horario laboral de 7:30 a.m. a 3:30p.m., para
proceder a la debida juramentación.
Acuerdo N.% Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
8- Se dio lectura a oficio DAI-047-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 04-03-
2022, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal, Remisión de Plan Operativo
(PAO), Presupuesto para el presupuesto extraordinario 1-2022, dice:
En relación con el tema de dotación de recursos para la auditoría interna, se transcribe lo señalado
en la Ley de Control Interno N*8292, que señala:
Artículo 27.-Asignación de recursos. El jerarca de los entes y órganos sujetos a esta Ley deberá
asignar los recursos humanos, materiales, tecnológicos. de transporte y otros necesarios y
suficientes para que la auditoría interna pueda cumplir su gestión.
Para efectos presupuestarios, se dará a la auditoría interna una categoría programática; para la
asignación y disposición de sus recursos, se tomarán en cuenta el criterio del auditor interno y las
instrucciones que emita al respecto la Contraloría General de la República.
La auditoría interna ejecutará su presupuesto, conforme lo determinen sus necesidades para
cumplir su plan de trabajo.
400
Municipalidad de Guacíimo
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
Sbis” INTERNA
Acta N.* 17-2022
S.O. N.0 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 23.
Asimismo, tomar en consideración lo señalado en la normativa emitida por la Contraloría General
de la República, “Lineamientos sobre gestiones que involucran a la Auditoria Interna presentadas
ante la CGR”, en el aparte 6, Sobre la solicitud y asignación de recursos a las Auditorías Internas
del Sector Publico en lo que interesa dice:
6.1.2 Responsabilidades por ladotación de recursos a la Auditoria Interna.
En la gestión de la dotación de recursos para la Auditoria Interna dentro de una institución,
competen diversas responsabilidades a las instancias con injerencia en el proceso, a saber:
b) (...) “En el caso de que la dotación sea menor a la solicita por la Auditoria Interna debe
justificarlo suficientemente”. (...)
Esta auditoria mediante oficio DAI-131-2021 remitió el PAO y presupuesto para el periodo 2022
entregado el 21-09-2021, de lo cual mediante oficio SF-02-2022 presentado vía correo electrónico
el pasado 04-01-2022 por parte de la Señora Vera Zúñiga Torres, Encargada de Presupuesto,
informa que se debe rebajar todos los servicios, por excederse el monto del 10% de IB] a la hora
de realizar la distribución del contenido económico e indica que en la próxima modificación se
reforzaría servicios jurídicos y seguros y el resto de los servicios se estarán incluyendo en un
presupuesto extraordinario.
En virtud de lo anterior esta auditoria procede a presentar el PAO y presupuesto para incluirse en
el Presupuesto Extraordinario No 1-2022, el cual detalla los principales objetivos y metas previstas
para ejecutarse este año. Asimismo, se incluye más recursos en el código de ciencias económicas
y sociales, el cual ya estaba incluido en el presupuesto del periodo 2021 por ¿2.087.178.88 que
no fue posible ejecutarlo, ya que se está esperando la respuesta por parte de la administración a
Unas consultas realizadas por esta Auditoria con el fin de plantear el objetivo de la posible
fiscalización a realizar. Además, se agregó recursos para reforzar los servicios en Ingeniería y para
la compra de mobiliario (estantes) para resguardar expedientes generados por esta unidad, siendo
que se necesita reponer uno que está deteriorado y uno más para ordenar lo que se custodia con
el fin de proteger la información como lo solicita la normativa vigente, mismo que fue remitido a
la encargada de presupuesto.
Se agradece informar a esta unidad de Auditoria el contenido presupuestario aprobado y en caso
de no aprobar todos los contenidos justificar el motivo por el que se imprueba o no se da el
contenido solicitado.
Adjunto: PAO y Presupuesto Extraordinario 1-2022.
Conocido el oficio DAI-047-2022, suscrito por la Licda. Marleni Myrie
Pérez - Auditora Municipal en el que remite de Plan Operativo (PAO), Presupuesto para
el presupuesto extraordinario 1-2022, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José
Leoncio Orozco Peraza, propone trasladarlo a análisis ala Comisión de Hacienda y
Presupuesto por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo
en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar a la Comisión de Hacienda y
Presupuesto, para análisis, oficio DAI-047-2022, suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez -
Auditora Municipal, que refiere a Plan Operativo (PAO), Presupuesto para el presupuesto
extraordinario 1-2022. Debiendo presentar dictamen de comisión.
Acuerdo N.* Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
401
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z, MUNICIPALIDAD
p DE GUACIMO
AUDITORIA
¿INTERNA
AE
Acta N.% 17-2022
S.O, N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 24,
9- Se dio lectura a oficio DAI-046-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 04-03-
2022, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal, Inicio de Estudio, dice:
Me permito hacer de su conocimiento que esta Auditoría Interna, atendiendo solicitud por
parte del Concejo Municipal mediante oficio S.M.G-2022, acuerdo No Seis, tomado en la Sesión
Ordinaria N%08-2022 del 22-02-2022, valoró incluir la programación de un proyecto de auditoría
de carácter especial en el Plan Anual de Trabajo 2022, sobre “Estudio Especial sobre solicitud
del Concejo Municipal de analizar los diferentes informes de rendición de cuentas y
presupuestarios del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo. Periodo
2021”, con el fin de promover, mediante recomendaciones las oportunidades de mejoras
pertinentes.
El proyecto tiene el siguiente objetivo:
-Objetivos General: Verificar la razonabilidad de la información contenida en los informes
presupuestarios presentados por el CCDRG del año 2021.
Una vez terminada la actividad de planificación, se informará los criterios de auditoría a utilizar.
El Proyecto de Auditoría estará a cargo de la suscrita Marleni Myrie Pérez y para una mayor
agilización, dicha comunicación se realizará mediante el correo electrónico institucional salvo que
por criterio de esta Unidad se requiera el uso de otro medio.
Conocido el oficio DAI-046-2022, suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez -
Auditora Municipal, en respuesta del acuerdo No Seis, tomado en la Sesión Ordinaria
N*%08-2022 del 22-02-2022, comunica que valoró incluir la programación de un
proyecto de auditoría de carácter especial en el Plan Anual de Trabajo 2022, sobre
“Estudio Especial sobre solicitud del Concejo Municipal de analizar los diferentes
informes de rendición de cuentas y presupuestarios del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Guácimo. Periodo 2021”, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José
Leoncio Orozco Peraza, propone aprobarlo, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Comunicarle a la Licda. Marleni Myrie
Pérez - Auditora Municipal, que este Organo Colegiado aprueba la respuesta emitida sobre el
acuerdo No Seis, tomado en la Sesión Ordinaria N%08-2022 del 22-02-2022, al valorar e incluir en
la programación de un proyecto de auditoría de carácter especial en el Plan Anual de Trabajo 2022,
“Estudio Especial sobre solicitud del Concejo Municipal de analizar los diferentes
informes de rendición de cuentas y presupuestarios del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Guácimo. Periodo.2021”, con el fin de promover, mediante recomendaciones
las oportunidades de mejoras pertinentes.
Acuerdo N.% Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
10- Se dio lectura a oficio recibido en la Secretaria del Concejo Municipal el 09-03-2022,
firmado por la Jueza Victoria Andrea Fallas García - Tribunal Contencioso Administrativo. Sección
Tercera, Anexo A del II Circuito Judicial de San José. Goicoechea, a las ocho horas del siete de
marzo de dos mil veintidós.
Conoce este Tribunal en condición de contralor no jerárquico de legalidad, del recurso de apelación
interpuesto por Maritzel Chinchilla Vargas, cédula de identidad número 6-0229-0196, contra el
acuerdo municipal número 22 de Guácimo, adoptado en sesión ordinaria 14-2021, celebrada el
día 6 de abril del 2021, el cual es remitido al presente Tribunal según el oficio número 615-2021
de la Municipalidad de Guácimo del 26 de mayo del 2021.
Redacta la jueza Fallas García.
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LF DE GUACIMO
AUDITORIA
* INTERNA
Acta N.% 17-2022
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Fecha: 15-03-2022
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Considerando
I. Consideración preliminar respecto de la prescindencia de un elenco de hechos probados: al
analizar las características del caso en estudio, la elaboración del apartado de hechos probados
es innecesaria, debido a que los elementos fácticos relevantes se encuentran en el encabezado
de la presente resolución.
11. Sobre el acto impugnado: en el caso en concreto, la impugnación es presentada por la Directora
del Centro Educación Especial Guápiles contra el acuerdo municipal de Guácimo; por ende, es
necesario repasar el criterio de legitimación en sentido general a lo particular, en vista de
visualizarse un vacío en el artículo 173 de la Constitución Política, la Sala Constitucional contempló
el artículo 163 del Código Municipal para referirse a los actos o acuerdos municipales impugnables
y no impugnables, mismo criterio reflejado en el voto número 451-2021 de las ocho horas y quince
minutos del veintiocho de octubre del dos mil veintiuno del Tribunal Contencioso Administrativo,
de la Sección Tercera de la siguiente manera:
El recurso es inadmisible con base en la siguiente consideración. Esta Cámara ejerce Control no
jerárquico de legalidad con fundamento en el artículo 173 de la Constitución Política, norma que,
en su condición de precepto constitucional, es regulado y desarrollado por el legislador ordinario.
A manera de ejemplo de lo anterior, nótese que el referido canon, no establece excepciones
respecto de acuerdos impugnables, no precisa el tipo de recurso a utilizar, ni regula la posibilidad
de la existencia de un plazo perentorio para su interposición. No obstante lo anterior, a la fecha
la propia Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha considerado que el legislador
ordinario tiene la capacidad de desarrollar el apuntado artículo adecuando sus alcances, a fin de
armonizarlo con el resto del bloque de legalidad, en esta dirección en el voto 4072-1995, que
conoció una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 172 del anterior Código Municipal,
ley número 4574, norma que establecía una lista de acuerdos inimpugnables no referida en la
Constitución Política y que hoy se reitera casi literalmente en el artículo 163 del vigente Código
Municipal, indicó:/ “La acción impugna esta norma porque enlista una serie de actos o acuerdos
municipales, a los que se les deniegan los recursos administrativos ordinarios contemplados en el
artículo 173 de la Constitución Política, que no hace ninguna clasificación, ni distingue cuáles actos
serán impugnables y cuáles no lo serán. Se afirma, en consecuencia, que la norma impugnada
resuelve en contra del texto constitucional. (...) De todas formas y aunque en términos muy
generales, queda sentado en las actas de la Asamblea Nacional Constituyente y del origen
constitucional y legal del derecho de impugnación de los acuerdos municipales, que lo que ha
querido el constituyente originario, es consagrar, a nivel expreso de la Constitución Política, que
todo acuerdo que emana del gobierno local (municipal) puede ser impugnado en sede
administrativa, control de legalidad, que de todas maneras, es distinto al control jurisdiccional,
que no es el que define el artículo y más bien está englobado en el concepto general constitucional
de acceso a los tribunales de justicia. (..) Estas excepciones, según la acción, son
inconstitucionales, por lo que se impone analizar la razonabilidad y proporcionalidad de las
exclusiones, para definir si en realidad el legislador ha vaciado el contenido de la garantía en
perjuicio de los sujetos legítimamente interesados. (...) Para el caso concreto, sería la máxima
que ningún acuerdo municipal puede quedarse sin recurso administrativo, que sirva como vehículo
para examinar la legalidad de lo que se acuerda y todo ello en beneficio de los interesados. (...)
entonces no es irracional, ni desproporcionado, y, por lo tanto, no es inconstitucional, que los
acuerdos municipales no aprobados definitivamente no puedan ser impugnados
administrativamente. Desde luego que tampoco podrán ser impugnados los actos consentidos
expresa o implícitamente, porque en ese caso, los efectos procesales implican, entre otras cosas,
la renuncia al derecho de impugnación en beneficio de la firmeza del acto. IV). - ARTICULO 172
BIS.- Las demás excepciones del artículo también son razonables a juicio de la Sala. Los
reglamentarios, porque como normas generales, según el artículo 47 del Código Municipal, en
relación al 361.2 de la Ley General de la Administración Pública, todo proyecto de reglamento,
excepto los de funcionamiento interno, deberá ser sometido a consulta pública y porque su
régimen de impugnación jurisdiccional no requiere del recurso de reposición, según resulta de la
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 26.
concordancia de los artículos 20.1 y 32.c de Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa. Aunque de distinta naturaleza, igual situación se presenta con los acuerdos
referidos a materia presupuestaria, en la que el superior jerárquico, encargado del control
financiero y de legalidad, lo es la Contraloría General de la República. El único interés que
podría tener un particular frente a un presupuesto sea ordinario o extraordinario de un
gobierno municipal, es reclamar que no se incluya en él la provisión de fondos para que
se le cancele una deuda, sea ésta originada en un nexo contractual o en una diligencia
de ejecución de sentencia de los Tribunales de la República. En ambos casos, las
disposiciones de ejecución de sentencia de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa, señala el camino a seguir, al disponer que la Contraloría General de la República,
"no cursará o aprobará, en su caso, ningún presupuesto ordinario o extraordinario de la
Administración obligada al pago, si en los mismos no se contempla la partida necesaria para el
cumplimiento de la sentencia o sentencias". Pero al contrario, y pasado del caso particular al
general, no resultaría razonable que un presupuesto municipal pueda ser impugnado por los
particulares ante la Contraloría General de la República, porque ello implicaría crear un régimen
de excepción, que podría paralizar -válidamente toda la Administración Municipal y si se repara
en que la experiencia no demuestra que el sistema, tal y como funciona, lesione los derechos de
los particulares interesados, entonces debe concluirse en la razonabilidad de la normativa. Y, por
último, el grupo de excepciones se refiere a los casos sometidos a procedimientos especiales
regulados por los artículos 82 y 83 (juicios especial tributario) y 89 y 90 (contratación
administrativa), todos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El
especial tributario municipal, en el que la determinación de la obligación tributaria está sometida
a los controles administrativos que se señalan en la Sentencia No. 3930-95 de esta Sala, controles
que implican el seguimiento de un proceso debido con amplia participación del contribuyente, que
conformado en un procedimiento amplio de garantía en favor del contribuyente, culmina es en su
última instancia en la necesaria revisión que se decide en sede jurisdiccional, y todo ello implica
que el procedimiento especial tributario municipal, no sea contrario a la razonabilidad jurídica del
artículo 173 constitucional. Por último, tampoco es irrazonable, ni injusto, el sistema de revisión
de la adjudicación de contratos administrativos, en un régimen en el que el legislador ha movido
el conocimiento de los recursos administrativos, en la vía jerárquica impropia, colocándola en
manos de la Contraloría General de la República, para que actúen como órgano especializado en
la materia. Por todo ello, la Sala no estima que los principios, objetivos y fines del artículo
173 de la Constitución Política, se infrinja con la creación, por el legislador, de
regímenes especiales para cierto grupo de acuerdos municipales, según lo que se señala
en el artículo 172 del Código Municipal. / V).- CONCLUSIÓN DEL CASO.- En razón de
todo lo dicho, por existir reiterada jurisprudencia que la Sala ahora reitera y por existir
elementos de juicio suficientes para ello, de conformidad con lo que dispone el artículo
9 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, procede rechazar por el fondo la acción,
como en efecto se dispone.” (El original no está destacado en negrita).
Siempre en la misma línea, el presente Tribunal ha externado su criterio en cuanto a la
legitimación del Director o Directora de los centros educativos del país que impugnan del
nombramiento de las personas integrantes de las Juntas de Educación, en el caso en particular,
la Junta Administrativa del Centro de Educación Especial de Guápiles; misma que se visualiza que
en la sentencia número 451-2021 de las ocho horas y quince minutos del veintiocho de octubre
del dos mil veintiuno del Tribunal Contencioso Administrativo, de la Sección Tercera al referirse
de la siguiente forma:
En lo que hace al caso concreto, de la revisión del expediente se concluye que el recurrente
interpuso la impugnación que ahora se conoce, en su condición de director de Escuela, respecto
de un acto administrativo -acuerdo municipal- relativo a la integración de la Junta que sirve al
centro de enseñanza que dirige. Nótese que en su condición de Director, el recurrente ostenta no
solo la condición de funcionario público, sino que en razón de su función se constituye en un
órgano unipersonal -titular subordinado- del referido Ministerio. Es decir, es parte de la estructura
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administrativa del Ministerio de Educación, de la cual forma parte la Escuela de Los Ángeles, y es
en tal condición que pretende impugnar un acuerdo del Concejo Municipal de Goicoechea. Dado
lo anterior, es importante aclarar que si bien el bloque de legalidad otorga distintos niveles de
participación a diferentes órganos de la citada cartera ministerial, que en el marco de una relación
intersubjetiva Estado-Municipio interactúan con las corporaciones locales en los procedimientos
de nombramiento y remoción de integrantes de las Juntas de Educación y Administrativas, no
menos cierto es que, tales órganos carecen de capacidad para representar al Ministerio de
Educación -y por ende al Estado-, en los procedimientos ante las corporaciones locales, situación
que a su vez conlleva que tienen legitimación para la impugnación de acuerdos como el que aquí
se conoce, alegando su condición de Director o Directora del respectivo centro educativo, situación
que es la que se configura en el presente caso. Nótese que el recurrente no está presentando un
recurso en su condición personal, de ser así y existir un perjuicio derivado del acuerdo, sí se
configuraría la legitimación que se echa de menos, y que es la causa del presente pronunciamiento
de inadmisibilidad. En otras palabras, un acto administrativo como el que aquí es recurrido solo
puede ser impugnado por las personas -físicas o jurídicas- que se vean perjudicadas por él, pero
no por un órgano del Estado, no habilitado por el sistema normativo para ello.
En la cita mencionada, se extrae la posición del Tribunal en cuanto a las impugnaciones
presentadas por el Director o Directora de los centros educativos, ya que en dichos casos, el
recurso planteado no es presentado como una persona física o jurídica en la que se vea
perjudicada, por el contrario, figura como funcionaria pública, siendo así, parte de la estructura
administrativa del Ministerio de Educación de Costa Rica, por ende, al no cumplir con las
formalidades exigibles, se debe declarar la inadmisibilidad del recurso planteado. Motivo por el
cual, es claro para este Tribunal que siendo que la parte recurrente carece de legitimación, su
impugnación resulta inadmisible y así debe declararse.
TIT. Al tramitarse los expedientes de forma electrónica en esta sede, se pone en conocimiento a
las partes, que queda a disposición de las mismas obtener una copia integral que contiene tanto
el expediente administrativo remitido por la Corporación Municipal, así como la totalidad de las
piezas que conforman la presente alzada, para ello deberá aportar el dispositivo electrónico de
almacenamiento (llave maya o disco compacto). Asimismo, en caso que hubiere ingresado
documentación física o electrónica (planos, fotografías, informes, etc.) que permanezca aún en
custodia el Despacho, podrá retirarla quien la aportó en un plazo de 30 días hábiles, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento sobre Expediente Electrónico ante
el Poder Judicial, aprobado por la Corte Plena en sesión N* 27-11 del 22 de agosto del 2011,
artículo XXVI y publicado en el Boletín Judicial N* 19 del 26 de enero del 2012, así como en el
acuerdo aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N* 43- 12 celebrada el
3 de mayo del 2012, artículo LXXXI.
Por Tanto
Se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto.
Conocido el oficio suscrito por la Jueza Victoria Andrea Fallas García -
Tribunal Contencioso Administrativo. Sección Tercera, referente a recurso de apelación
interpuesto por Maritzel Chinchilla Vargas, cédula de identidad número 6-0229-0196,
contra el acuerdo municipal número 22 de Guácimo, adoptado en sesión ordinaria 14-
2021, celebrada el día 6 de abril del 2021, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José
Leoncio Orozco Peraza, dice: Respecto al documento que envía el Tribunal Contencioso
Administrativo Il circuito Judicial de San José, nosotros hemos sido criticados por la Sra.
Maritzel Chinchilla Vargas en redes sociales y varios medios de comunicación donde se
han pronunciado en contra de nosotros diciendo que hemos actuado mal y aquí queda
la evidencia que actuamos acogidos a la ley como lo establece. Vamos a enviarle la
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respuesta del Tribunal Contencioso Administrativo a la recurrente que sería en este caso
la Sra. Maritzel Chinchilla Vargas y también vamos hacer una publicación en la página
oficial de la Municipalidad de este documento ya que hemos sido criticados por las
decisiones que tomamos y aquí está muy claramente que nosotros hemos actuado
apegados a la ley y esto quedara en evidencia donde demostramos nuestro proceder
que al final de cuentas muchas veces hay información errónea en las redes sociales con
críticas al Concejo Municipal del actuar que nosotros hemos hecho y aquí queda bastante
claro que este Concejo Municipal siempre ha actuado de acuerdo a las normativas
vigentes y a las leyes, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar a la MSc. Maritzel Chinchilla
Vargas - Directora del Centro de Educación Especial de Guápiles CEEG, para lo que corresponde
a su cargo, copia de la resolución Expediente 21-003155-1027-CA, en el que se declara
inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra el acuerdo municipal número 22 de
Guácimo, adoptado en sesión ordinaria 14-2021, celebrada el día 6 de abril del 2021.
Asimismo, se solicita al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, girar
instrucciones al Encargado de TI para que publique la respuesta al Expediente 21-003155-
1027-CA en la página oficial de esta Municipalidad, para conocimiento de los ciudadanos del
Cantón.
Acuerdo N.? Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
11- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 15-03-2022, enviado por la Sra. Alexandra Campos, solicitud de respuesta, dice:
Reciban un cordial saludo de mi parte, por éste medio solicito una respuesta de la sesión
ordinaria n%42- 2021, que fue celebrada el 19 de octubre del 2021, en la que trasladaron mi
solicitud al señor Alcalde, el problema de la calle persiste, necesitamos una pronta intervención
por parte de la municipalidad: ya que cada día que pasa se vuelve peor la situación al transitar
dicha calle, las piedras grandes, sus huecos y su alto desnivel son un problema para quienes
transitamos está calle todos los días, son muchas las familias afectadas, ya que, es la calle que
debemos cruzar obligatoriamente para salir de nuestros hogares y regresar, y aún no recibimos
respuesta del señor alcalde, todos los días enfrentamos peligro al transitarla, espero y mi solicitud
se tome con la seriedad que se merece, adjunto nuevamente las fotos de la calle y las firmas que
logré recolectar de algunas de las familias afectadas por esta situación agradezco su pronta
respuesta. Gracias.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Alexandra Campos, en el que solicita
respuesta al Acuerdo N.* Ocho, del Acta N* 69-2021, de la sesión ordinaria n*42-
2021, que fue celebrada el 19 de octubre del 2021, al respecto el Presidente Municipal
-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Este oficio se lo vamos a trasladar al Alcalde
Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González ya que el mismo hace referencia que fue
traslado ala Administración, entonces para que le brinde una respuesta, por lo
tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal
- Sr. Gerardo Fuentes González, correo electrónico suscrito por la Sra. Alexandra Campos
Jiménez, Vecina de Guácimo, en el cual solicita se le brinde respuesta al Acuerdo N.% Ocho,
del Acta N* 69-2021, de la sesión ordinaria n*%42- 2021, que fue celebrada el 19 de
octubre del 2021, sobre solicitud de asfalto del camino Calle Los Barquero, ya que menciona
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 29.
el problema de la calle persiste, necesitamos una pronta intervención por parte de la
municipalidad: ya que cada día que pasa se vuelve peor la situación al transitar dicha calle, las
piedras grandes, sus huecos y su alto desnivel son un problema para quienes transitamos está
calle todos los días, son muchas las familias afectadas. Debiendo rendir informe de la resolución
que se tome al respecto.
Acuerdo N.% Dieciocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
12- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 14-03-2022, firmado por el Sr. Luis Gerardo Serrano, Presidente - Junta Directiva de
la Asociación de la Ruta del Agua, invitación a presentación, dice:
Reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva de la Asociación de la Ruta del Agua.
Esta organización es un colectivo de Pymes, ligadas a la actividad turística, bajo la modalidad de
turismo rural en la zona de montaña (Cordillera Volcánica Central vertiente Caribe), localizada en
los cantones de Pococí y Guácimo (sector al sur de la ruta 32).
Por lo cual, le queremos invitar a la presentación de nuestra Asociación y a participar en la
Primer Feria PyME que organizaremos con las personas físicas y jurídicas miembros. La Feria PyME
se llevará a cabo el próximo jueves 24 de marzo de 2022, a partir de las 9 am en las instalaciones
de Caribbean Botanical Garden. Este es un Jardín Botánico privado especializado en el cultivo y
reproducción de orquídeas, ubicado en La Perla de Guácimo, 600 metros sur de la intersección
ruta 32.
En el evento se realizará el lanzamiento oficial del video promocional de este nuevo destino
turístico de la provincia de Limón, así mismo, se realizará un recorrido por los stands de las
personas empresarias, y, por último, tendremos la presentación de un grupo musical. También,
dentro del Jardín dispondremos varios stands de exhibición de la oferta turística de La Ruta del
Agua.
Conocido el oficio suscrito por el Sr. Luis Gerardo Serrano, Presidente - Junta
Directiva de la Asociación de la Ruta del Agua, invitando a participar de la presentación
de la Asociación y a participar en la Primer Feria PyME que organizan con personas
físicas, que se llevará a cabo el próximo jueves 24 de marzo de 2022, a partir de las 9
am en las instalaciones de Caribbean Botanical Garden, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone, trasladar la invitación al
Concejo en Pleno para que confirmen asistencia y solicitar la coordinación del
transporte a la Administración, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Concejo en Pleno,
oficio suscrito por la Asociación de la Ruta del Agua, a fin de que a la mayor brevedad posible
confirme con la Secretaria del Concejo Municipal su participación a la presentación de la
Asociación y Primera Feria PyME que organizan con personas físicas, a llevarse a cabo el próximo
jueves 24 de marzo de 2022, a partir de las 9 am en las instalaciones de Caribbean
Botanical Garden, con el propósito de comunicarle a los organizadores para lo que
corresponde.
Asimismo, se solicita Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, la
coordinación del transporte.
Acuerdo N.% Diecinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
13- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 15-03-2022, firmado por la Licda. Kembly Mora Rodríguez, Presidenta Red de
Comisiones Municipales Limón, Sarapiquí, FEIDISCAM Caribe dice:
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MUNICIPALIDAD
£Municipalidad de 61
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Fecha: 15-03-2022
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RED DE COMISIONES MUNICIPALES DE ACCESIBILIDAD Y DISCAPACIDAD DE LA PROVINCIA DE LIMON y SARAPIQUI
Reunión de la Red de Comisiones Municipales Limón, Sarapiqui y FEIDISCAM Caribe
Sed= Figues Farm ! Guácimo
Fecha 11-03-2022
Hora de 09:00am 3:00pm
iolfinslizació
Objetivo de la reunión | Taller Lesco ' Red de Comisiones Municipales de Accesibilidad y Discapacidad
Encarzado munuta | Kembly Mora
Instituciones presentes | Representantes COMADS y acompañantes admmistrativos de los cantones: Lista de asistencia:
Siquirres Six
Guácimo No:
Matina
Talamanca
Sarapiqui
Asesor parlamentario Mario Rivera Lizano.
FEIDISCAM Caribe Presidente
Representación de las instituciones
CONAPDIS
TFAM
UNED
Desarrollo de la reunión
Tema tratado [Pin de acción 2022
Temas tratados! Acuerdos Plazo Responsable
AGENDA
3:30 am Desayuzo
9:00 am Bienvenida (Municipalidad de Siquirres)
am Oración Representación de cada COMAD cantonal
:15 am Taller introductorio de Lesco
12:00 Md Almuerzo
1:00 pm revisión y ejecución de acuerdos
RED DE COMISIONES MUNICIPALES DE ACCESIBIUIDAD Y DISCAPACIDAD DE LA PROVINCIA DE UMON y SARAPIQUI
2:00 pm Acuerdos Coordinadores de la Red de Comisiones
2:30 pm Café Municipales de Accesibilidad y discapacidad.
ACUERDOS
1. En el próximo taller del 22 de abril que se malizará en Matina, se Daniel Bonilla
llevará 2 cabo el Taller capacitación a cargo del Conapdis, tema:
Programa pobreza y Disespacidad.
2. Hacer solicitud al Conapdis para espacitar a la Comad en el Tema: Freddy Badilla
Orientación de Proyectos.
3. Realizar solicitud a cada municipalidad para que apermura la Oficina
Municipal de Discapacidad y Adulto Mayor en tanto designe a una Mario Rivera Lizano
persona responsable para que atienda las solicitudes que lleguen al Fredy Badill=
Concejo Municipal propizmeste en el tema de discapacidad y
personas adultas mayores. de igual manera que la misma pueda asistir
alos talleres
4. Reslizar oficio dirisido al Concejo Municipal de Limón. para que se Fredy Badilla
promuncien respecto 3 la permanencia en Red de Comisiones
Míunicipales de Accebilidad y Discapacidad de la Ressión Huetar
Caribe.
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 31.
RED DE COMISIONES MUNICIPALES DE ACCESIBILIDAD Y DISCAPACIDAD DE LA PROVINCIA DE LIMON y SARAPIQUI
5. Calendarizar los talleres 2022 con la finalidad que les Comad
Comisionen su participación.
Fecha Cantón
22 de abril Matna
27 de mayo Talamanca
24 de junio Sarapiqui
22 de julio Siquires
26 de azosto Guácimo
23 de septiembre Matina
21 de octubre Talamanca
25 de noviembre Sarspiqui
dd dicta Siquines
Próxima reunión: 22 de zbnl del 2022 / Matna
Conocido el oficio suscrito por la Licda. Kembly Mora Rodríguez - Presidenta de la
Red de Comisiones Municipales Limón, Sarapiquí, FEIDISCAM Caribe, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Entonces prácticamente el punto número
uno y dos son lo que hay que acordar, convocar a comisión para el día 22 de abril y solicitar el
transporte y así mismo hacer una solicitud a la CONAPDIS para capacitar la COMAD, en el tema
de orientación de proyectos, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Convocar a los miembros del COMAD
a participar de taller sobre programa de pobreza y discapacidad que impartirá el CONAPDIS,
el día 22 de abril 2022, en Matina.
Asimismo, se le solicita al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, coordinar
el respectivo transporte.
Acuerdo N.” Veinte. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Asimismo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: —Solicitarle al CONAPDIS, la
posibilidad de impartir capacitación ala COMAD en el tema de Orientación del Proyecto.
Acuerdo N.* Veintiuno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
14- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 14-03-2022, firmado
por la Sra. Fressy Calderón, Comité Pro -Mejoras Calle Cuatro, solicitud de audiencia, dice:
Por este medio solicitamos audiencia ante la comisión que ustedes representan para
exponer la problemática que hemos tenido desde hace muchos años para disponer del servicio de
agua potable.
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 32.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Fressy Calderón, Comité Pro -Mejoras
Calle Cuatro, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
El tema del agua es bastante complicado porque no está dentro de nuestra jerarquía ya
que hay una institución que se llama AYA que es el encargado por ley de otorgar el
servicio de agua pública e igualmente podemos atenderlo con mucho gusto y convocar
a una comisión. Así mismo atendiendo esta nota de Guácimo calle 4 vamos a remitirla
al AYA para que de acuerdo a sus competencias le brinden una respuesta al Comité Pro-
Mejoras calle 4 donde se espera que sea satisfactoria para el Comité Pro-Mejoras calle
4 sobre la problemática que ellos están enfrentando, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Gerencia -
Agencia de la Oficina del A y A, Guácimo oficio suscrito por el Comité Pro -Mejoras Calle
Cuatro - Representado por la Sra. Fressy Calderón, a fin de que, ala mayor brevedad posible,
evacuen preocupación que mantienen los vecinos, al no contar con disponibilidad de agua
potable, esperando le brinden una respuesta que sea satisfactoria para la solución y beneficio
de dicha comunidad. Para notificaciones al correo concejomunicipalO)guacimo.go.cr
Acuerdo N.? Veintidós. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
dice: También los miembros del Comité Pro Mejoras Calle Cuatro, quieren participar en una
comisión para venir aquí a exponer el caso, entonces podemos abrir un espacio en una sesión
extraordinaria o en una ordinaria para el próximo martes para que dos representantes del Comité
Pro Mejoras venga a exponer el caso, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a Comité Pro -
Mejoras Calle Cuatro - Representado por la Sra. Fressy Calderón, que este Órgano Colegiado
le concede audiencia en la sesión municipal que corresponde al día martes 22 de Marzo
2022, a partir de las 3:35 p.m., en el salón de sesiones de esta Municipalidad, para que
expongan sobre la problemática que han tenido desde años atrás por la falta del servicio
de agua potable.
Acuerdo N.* Veintitrés. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
15- Se dio lectura a oficio, recibido en la Secretaria del Concejo Municipal el 14-03-2022, enviado
por la Licda. Argerie Guzmán Welleams - Directora Escuela Coopemalanga, Solicitud de
juramentación, dice:
¿Quería consultarle si la Municipalidad puede ir a la comunidad de Malanga a realizar la respectiva
juramentación? Ya que los miembros por el momento no tienen medio de transporte para
trasladarse hasta Guácimo y la Municipalidad de Guápiles lo trabajaba así para agilizar el proceso.
Los buses salen desde Lomas y no cuentan con los medios para el traslado.
Conocida la consulta que realizara la Sra. Argerie Guzmán Welleams,
directora Escuela Coopemalanga, respecto a la posibilidad de que la Municipalidad
envié a un Funcionario a juramentarlos en su comunidad por falta de transporte
para desplazarse, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, dice: Más bien ahí deberían de coordinar con el Director para que el realice el
traslado para que vengan a juramentarse, entonces más bien es hacerle la solicitud al
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MUNICIPALIDAD
. DE GUACIMO
?, AUDITORIA
-_ INTERNA
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S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.2 33.
señor director que coordine con la Junta para que ellos vengan a juramentarse e
igualmente nosotros no tenemos una póliza para que las secretarias se puedan trasladar
y por aquello de un accidente; entonces de momento nosotros no y que más bien que lo
coordine con el Director del Centro de Educación porque de momento no podemos
colaborarle en ese sentido, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Licda. Argerie
Guzmán Welleams - Directora Escuela Coopemalanga, que lamentablemente no es posible
colaborarle con la solicitud de traslado de funcionario municipal a realizar la labor de
juramentación a miembros de la Junta de Educación a la Comunidad de Coopemalanga, ya
que no existe dentro del presupuesto asignado una póliza que cubra esta función en caso de
un accidente, situación que es necesario prever cuando se designa salida de un funcionario
fuera de la instalaciones de la Municipalidad. Por loque se recomienda a la Dirección de
la Institución coordinar el transporte con el MEP.
Acuerdo N.* Veinticuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
16- Se dio lectura a oficio DAI-051-2022, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 15-
03-2022, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal, respuesta a solicitud de
estudio, dice:
Asunto: Respuesta sobre solicitud de realización de estudio referente a la inversión en
infraestructura de la construcción de Edificios propiedad de la Municipalidad, requerido por este
órgano colegiado.
De lo solicitado es importante aclarar que ésta Auditoria dentro de las competencias y
prohibiciones asignadas por ley, no le es posible elaborar un informe en conjunto con alguna
unidad administrativa, no obstante, al ser una solicitud en la que esta administración municipal
realizó las contrataciones administrativas, para ejecutar las construcciones, se procedió a solicitar
información a la Alcaldía Municipal de lo cual brindó respuesta adjuntando oficio No. DPMG-120-
2021 emitido por la Proveeduría Municipal, donde se procedió a tomar información para atender
dentro de lo posible algunas consultas contenidas en el acuerdo municipal No. 21, tomado en
sesión ordinaria No. 21-2021 con fecha 25 de mayo 2021 que a continuación se citan:
A. SI SE CUMPLIÓ CON EL OBJETIVO CONTRACTUAL IGUALMENTE INDICAR SI HUBO
MODIFICACIONES O ADENDAS: Sobre este punto, por parte de esta Auditoria, no se pudo
determinar mediante un criterio técnico si las contrataciones cumplieron su objetivo contractual,
en cuanto a la existencia de modificaciones o adendas, la proveedora municipal mediante oficio
DPMG-120-2021 adjunto, da respuesta a cada una de las contrataciones citadas a continuación:
e
Primera Etapa de Remodelación y Ampliación de Edificio Municipal (2012LN-000002-01).
Segunda Etapa Remodelación ya Ampliación del Edificio Municipal (2015LN-000002-01).
Construcción Edificio Núcleo Cultural -Cultivarte (2012LN-000003-01).
Construcción Casa de la Cultura-Anfiteatro (2017LA-000006-01 y 2019CD-000222-01).
B. SE RINDA UN INFORME ECONÓMICO SI HUBIERA PAGOS ADICIONALES A LAS
EMPRESAS CONSTRUCTORAS: En oficio DPMG-120-2021 adjunto, la proveedora municipal da
respuesta puntualmente a esta consulta, que a continuación se resume:
de e
Y Primera Etapa de Remodelación y Ampliación de Edificio Municipal (2012LN-000002-01).
Para esta contratación por concepto de reajuste se canceló el monto de ¿4.420.340.91.
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Ea MUNICIPALIDAD
TZ" DE GUACIMO
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Li INTERNA
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.? 34,
Y Segunda Etapa Remodelación ya Ampliación del Edificio Municipal (2015LN-000002-01).
No indicó nada la proveedora en el oficio.
Y Construcción Edificio Núcleo Cultural -Cultivarte (2012LN-000003-01), No hay en el
expediente datos que se hallan cancelado pagos adicionales por esta obra.
Y Construcción Casa de la Cultura-Anfiteatro (2017LA-000006-01 y 2019CD-000222-01).
Se aprobó un pago de reajustes de precios por un monto de ¿3.496.811.24.
C. SI SE CUMPLIÓ CON EL CRONOGRAMA DE TRABAJO, TIEMPO REAL VRS TIEMPO
PROGRAMADO. Al respecto, la proveedora en el oficio DPMG-120-2021, no se refirió sobre el
cumplimiento del tiempo según cronograma, no obstante en la información proporcionada indica
que para la 1 y II etapa del Edificio Municipal hubo ampliación de plazo según lo programado, para
el Edificio Cultivarte no se observa indicación de ampliación de plazo, pero si se observa que el
pago se realizó casi tres meses después de la fecha prevista de entrega y para el Edificio del
Anfiteatro señala una aprobación de prórroga de 16 días de plazo, por lo que en todas las
contrataciones hubo ampliación de plazo. ' ,
D. QUIEN REALIZÓ LOS INFORMES DE RECEPCIÓN Y SI HUBO PRUEBAS TÉCNICAS DE
DICHAS OBRAS: En oficio DPMG-120-2021 adjunto, la proveedora municipal da respuesta
puntualmente a esta consulta y en todas las contrataciones indica que en los expedientes constan
los vistos buenos de pago, únicamente en el edificio del Anfiteatro señala que se realizaron pruebas
técnicas.
E. INFORMAR SI SE CONSTRUYERON LOS PROYECTOS CON TODOS LOS
REQUERIMIENTOS INDICADOS EN LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICAS Y PLANOS EN LOS
CARTELES DE LICITACIÓN: Para determinar el cumplimiento de este requerimiento de
información es necesario que sea emitido por un profesional a cargo ya sea en ingeniería civil o
arquitectura de lo cual esta Auditoria no cuenta con la disponibilidad de este profesional en este
departamento, y a la fecha no cuenta con los recursos en el presupuesto para poder contratar los
servicios pertinentes según sea el caso o necesidad.
F. SI SE REALIZÓ EL FINIQUITO DE LOS CONTRATOS: Sobre los finiquitos la proveedora
municipal indica que en los expedientes de contratación de las obras mencionadas no hay finiquitos
que se hallan realizado.
G. SE NOS INFORME LOS MONTOS INVERTIDOS Y A CUÁLES EMPRESAS SE LE ADJUDICO
DICHOS CARTELES: Según lo indicado por la proveedora municipal en oficio No. DPMG-120-
2021 la inversión realizada en cada edificio consultado se detalla de la siguiente forma:
Desglose de inversiones en cada contratación:
+ Primera Etapa de Remodelación y Ampliación de Edificio Municipal (2012LN-
0000002-01). adjudicado a Constructora Joher S.A.:
Monto: Concepto
£197.668.711.11 monto original del contrato
£ 15.548.418.44 ampliación al contrato por obras
complementarias.
g 4.420.340.91 pago de reajustes de precios del contrato.
217.637.470.46 Total, inversión primera etapa.
+ Segunda Etapa Remodelación ya Ampliación del Edificio Municipal (2015LN-
000002-01). adjudicado a Constructora Joher S.A.:
Monto: Concepto
£ 398.893.311.82 monto original del contrato
¿ 27.413.230.18 ampliación al contrato por obras
complementarias.
¿426.306.542.00 Total, inversión segunda etapa.
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Municipalidad de Guácimo
DE GUACIMO
: AUDITORIA
+ INTERNA
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Pág. N.9 35.
+ Construcción Edificio Núcleo Cultural -Cultivarte (2012LN-000003-01),
adjudicado a Constructora Joher S.A.:
Monto: Concepto
¿175.000.000.00 monto original del contrato.
NOTA: No se observa en el expediente pagos adicionales para esta obra.
«++ Construcción Casa de la Cultura-A nfiteatro (2017LA-000006-01 y 2019CD-
000222-01), adjudicado a Constructora Laurito S.A.:
Monto: Concepto
¿87.950.000.00 monto original del contrato.
¿ 3.496.811.24 pago de reajustes de precios del contrato.
¿14 490.000.00 Obras Adicionales y Complementarias.
105.936.811.24 Total
Fuel ración propia con información proporcionada por Proveeduna Munic:
De las acciones realizadas por esta Auditoria en cuanto a la construcción de Edificios
por parte de la Municipalidad.
+ Enelaño 2016, esta Auditoría interna mediante contratación de servicios, contó con los
servicios de un Ingeniero Civil para realizar una revisión de los edificios de lera etapa del
Edificio Municipal y el Edificio del Núcleo Cultura (Cultivarte) de lo cual se determinaron
vicios ocultos y se elaboró estudio especial para interponer denuncia ante la Fiscalía.
+ Enel año 2017, esta Auditoria interpuso denuncia ante la Fiscalía, sobre la situación
presentada de vicios ocultos en las contrataciones de Remodelación de la 1 etapa del
Edificio Municipal y de la construcción del Núcleo Cultural, y se tramita bajo el Expediente
No. 17-01975-0485-PE, del cual a la fecha no se ha conocido resolución.
+ Enelaño 2020 esta Auditoría envió advertencia mediante oficio DAI-059-2020 con fecha
entrega el pasado 24-06-2020, dirigida al Alcalde y al Concejo Municipal, en la cual se
realiza recuento de varios aspectos del edificio municipal sobre la falta de mantenimiento
periódico y entre ello se indicó:
Es necesario que la administración municipal realice un inventario de todos estos deterioros
expuestos y proceda a una valoración para determinar si la causa es por falta de mantenimientos
preventivos o correctivos y cuales podrían corresponder a reclamos de garantía por vicios ocultos
del contratista que se le adjudicó la Licitación de Construcción del Edificio Municipal en su primer
y segunda etapa ( por ejemplo inobservancia a las especificaciones técnicas y al diseño del plano
de construcción, incumplimiento a la calidad de los materiales solicitada en el contrato u otro).
Posteriormente, esta Auditoria en atención a solicitud por parte de la Fiscalía sobre la necesidad
de un informe para determinar el valor económico de los vicios ocultos denunciados en el 2017
(edificio municipal y edificio cultivarte), se aprovechó que la administración estaba interesada en
contratar los servicios del mismo Ingeniero que había realizado el diagnostico anterior de la
primera etapa del edificio, para que también pudiera realizar en una segunda contratación la
revisión de la remodelación de la 11 etapa del Edificio, de lo cual se realizó una contratación para
obtener estos informes técnicos.
De los productos obtenidos en esta contratación se obtuvieron 3 informes, de los cuales dos se
enviaron a la fiscalía donde se brinda la información del valor económico de los costos de los vicios
señalados en los informes presentados en el 2016 de la primera etapa del edificio municipal y del
edificio Cultivarte, asimismo se presentó el informe de evaluación de las obras constructivas de
las dos etapas del edificio municipal y adjunta una serie de recomendaciones para subsanar
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MUNICIPALIDAD
A DE GUACIMO
, AUDITORIA
-_ INTERNA
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.* 36.
algunas de las debilidades encontradas de las cuales se le envió copia de conocimiento al Concejo
Municipal mediante oficio DAI-157-2020 entregado en la Secretaría del Concejo el pasado 16-12-
2020.
Es importante mencionar que, en este informe de la segunda etapa del edificio municipal en la
página 15 del informe citado indica:
“Existen problemas constructivos muy puntuales los cuales se pueden catalogar como vicios
ocultos. Para esto es indispensable que la Municipalidad de Guácimo identifique documentos que
hicieron falta en el análisis del presente informe, a saber:
o Planos constructivos sellados por el CFIA.
o Cuaderno de bitácora Serie No. 15199 del folio No. 01 al No. 23.
Se debe revisar la información completa para poder validar la conclusión del vicio oculto por parte
de la Administración.
Asimismo, en el aparte de la última recomendación del informe, el ingeniero contratado indica:
Se debe completar el expediente del proyecto específicamente con los planos constructivos
sellados por el CFIA y el cuaderno de bitácora faltante, con esta información se deberá validar
cada uno de los problemas constructivos encontrados, para que la Municipalidad de Guácimo
ratifique los vicios ocultos encontrados y pueda gestionar administrativamente lo que corresponda.
Al respecto, en las conclusiones se señaló que se dieron algunas diferencias donde no se encontró
justificación de respaldo, sin embargo, en términos generales la construcción se adecúa a los
planos constructivos y los acabados utilizados corresponden a las indicaciones de los planos.
Para la segunda etapa indica el Ingeniero que se encontraron muchas diferencias en cuanto a la
distribución arquitectónica, asimismo, determinó que existen problemas constructivos muy
puntuales los cuales se pueden catalogar como vicios ocultos; y no existe un diseño de planos
oficialmente registrado que se pueda tomar como referencia para dar validez a los cambios
realizados, por otra parte, en el expediente no se encontró registro del control de calidad del
proyecto.
En cuanto a si se cumplió con el cronograma de trabajo, según el informe de la segunda etapa,
en las conclusiones el profesional indica que de acuerdo a los registros del expediente se denota
una falencia importante en cuanto a la administración del proyecto, en todo el cuaderno de bitácora
no existe una sola anotación por parte de algún funcionario de la Municipalidad de Guácimo, lo
que podría repercutir en diversos problemas, entre ellos poco control de actividades en cuanto a
calidad y tiempos de ejecución.
De acuerdo con la recomendación señalada en el informe técnico dado por el Ingeniero contratado,
esta Auditoria ha contemplado valorar una posible denuncia por la segunda etapa de la
remodelación del edificio municipal, no obstante, se debe completar el expediente del proyecto,
se ha estado solicitando a la administración colaboración ya que no aparecían los planos finales
con los cambios dados debidamente sellados por el CFIA, a la fecha si se encontraron los diseños
con las últimas modificaciones, no obstante, al revisarlos no están sellados por el CFIA, igualmente
no se encuentra en los registros municipales las autorizaciones para haber realizado tales cambios
en la obra constructiva.
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Es importante mencionar que la remodelación de este edificio municipal, estuvo fiscalizada
también por ingenieros nombrados por el IFAM, por lo que esta Auditoria solicitó colaboración a la
Alcaldía municipal con el fin de solicitar los informes elaborados por estos ingenieros para revisar
si posiblemente en estos documentos se encuentre algún registro de las autorizaciones para los
cambios realizados en el diseño de los planos del edificio sin embargo, a la fecha no han
proporcionado la información, la última vez que se consultó a la Alcaldía, indicaron que en el IFAM
estaban terminando de conformar el expediente de forma digital, a la fecha no han dado respuesta.
Con respecto, al Edificio Núcleo Cultural el Ingeniero contratado, en la informe señala, que la
revisión solo se basó en diferencias encontradas tomando en cuenta únicamente los planos
constructivos y el cartel, de lo cual en las conclusiones menciona que la construcción no se adecúa
a los planos constructivos y los acabados utilizados no corresponden a los planos, de acuerdo a lo
constatado en este informe, se tomó como evidencia para interponer la denuncia respectiva.
Para el edificio del Anfiteatro, no existe ningún informe técnico derivado de una contratación por
parte de esta Auditoría que dictamine su estado en relación con lo contratado.
Sobre la falta de mantenimiento preventivo y correctivo del Edificio Municipal.
Dentro de las solicitudes de información a la Alcaldía Municipal del expediente del IFAM sobre el
Edificio Municipal, se obtuvo dos informes elaborados en el año 2021 por los ingenieros del IFAM
encargados de la fiscalización de la remodelación de la II etapa del Edificio Municipal (informe
identificado con el numero DGFM-UGSTF-0679-2021 y el otro llamado Informe de cumplimiento
de Objetivos y Finiquito del Financiamiento del Proyecto OP-No 7-ED-1365-0912, este último había
sido conocido en sesión por el Concejo Municipal el pasado 08-06-2021).
En el primer informe, recomendaron la implementación de una oficina o encargado solamente del
mantenimiento del edificio, de los sistemas eléctricos, de agua potable entre otros, indica también
que existen otros equipos que requieren mantenimiento permanente para su utilización como son,
aires acondicionados, sistema de aguas negras, sistema de cableado estructurado, alarmas de
incendio, sistema agua potable y UPS; en el segundo informe también hace notar la falta de
mantenimiento preventivo y correctivo por parte de la municipalidad lo que ha provocado un alto
deterioro de algunos puntos específicos de la obra.
Según lo mencionado en el informe elaborado por el Ingeniero contratado por esta Auditoría
Interna para la segunda etapa del edificio municipal, destaca la necesidad del mantenimiento del
Edificio, en este caso recomienda implementar un plan de mantenimiento anual para las obras o
bienes inmuebles que se tengan en posesión, en donde se establezca claramente los siguientes
aspectos:
+. Actividades básicas para realizar como parte de un mantenimiento preventivo.
o Determinar el costo que conlleva dicho mantenimiento por actividad.
+ Asignación de los responsables de dicho mantenimiento.
+ Elaborar un informe luego de realizar cada mantenimiento donde se registre las obras
realizadas y su resultado final.
Conclusión
De lo expuesto y según la información proporcionada por la unidad de Proveeduría, Alcaldía y del
Servicio de ingeniera contratado, se desprende la importancia de que la Municipalidad al planificar
los proyectos de obras, en especial las de gran inversión, puedan establecer en su planificación
los controles necesarios para la debida fiscalización y control de calidad que permita asegurar un
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cumplimiento de los estándares de calidad indicados en planos, especificaciones y legislación
vigente durante la ejecución del proyecto y que todas estas acciones se evidencien para futuras
consultas en caso de problemas posteriores con la obra.
Asimismo, que en la administración del proyecto se eviten problemas como los identificados en la
segunda etapa del edificio municipal entre ellos: poco control de actividades en cuanto a calidad
y tiempos de ejecución, mal manejo de la comunicación, poca coordinación con los involucrados
del proyecto etc. Igualmente asegurar que las obras tengan sus planos debidamente inscritos en
el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos y especificaciones CFIA, y los ingenieros a cargo
estén debidamente registrados en el CFIA con el fin de hacer constar su responsabilidad.
Por lo anterior, es fundamental que las modificaciones realizadas al diseño original del proyecto u
obra, consten las aprobaciones correspondientes, se elaboren los diseños con los cambios y sean
sellados por el CFIA, con el fin de que estos planos del diseño definitivo cuenten con información
exacta y fidedigna de cómo se hizo todo el alcance, y sirven para planificar los mantenimientos
preventivos, a su vez son indispensables para realizar trabajos futuras como mejoras,
ampliaciones o remodelaciones, que permitan visualizar las rutas reales de las tuberías (eléctricas
y mecánicas) y otros.
Conocido el oficio DAI-051-2022, suscrito por la Licda. Marleni Myrie
Pérez - Auditora Municipal, respuesta a solicitud que hiciera este Órgano Colegiado
para que se realizara estudio referente a la inversión en infraestructura de la
construcción de Edificios propiedad de la Municipalidad, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone trasladarlo al Concejo en Pleno
para su conocimiento y análisis, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Concejo en Pleno
copia de oficio DAI-051-2022, suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Municipal,
para su conocimiento y análisis estudio referente a la inversión en infraestructura de la
construcción de Edificios propiedad de la Municipalidad.
Acuerdo N.? Veinticinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
17- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-03-2022, firmado
por los vecinos de calle El Uno, solicitud de ayuda, dice:
Nosotros los vecinos de calle El Uno, ubicado en San Luis de Guácimo manifestamos el
descontento con la Municipalidad de nuestro Cantón debido a que las cunetas del barrio no tienen
el desnivel apropiado para sacar las aguas pluviales y residenciales, por lo que la misma se empoza
provocando enfermedades trasmitidas por mosquitos y parásitos a los vecinos además de olores
desagradables e importunos. En la comunidad habitan adultos mayores, niños y mujeres
embarazadas que es su condición requieren vivir en un ambiente cómodo y por falta de
mantenimiento de las cunetas no han podido gozar de tal manera.
Con base a lo anterior esta organización de vecinos le solicita amablemente a este Concejo
que ordene inmediatamente a la Municipalidad de Guácimo intervenir en la reparación de cunetas,
ya que por año hemos en total abandono.
Conocido el oficio suscrito por vecinos de calle El Uno — Repr. Por José Ángel
Guzmán B., manifestando descontento porque las cunetas del barrio no tienen el
desnivel apropiado para sacar las aguas pluviales y residenciales, al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone trasladarlo al Alcalde
Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, para que gire instrucciones al Ing. Johnny
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Jiménez Rodríguez — Coordinador a.i., Servicios de Infraestructura de Obra Pública,
para que brinden respuesta a la molestia, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por vecinos de calle El Uno — Repr. Por José Ángel
Guzmán B., a fin de que gire instrucciones al Ing. Johnny Jiménez Rodríguez - Coordinador
de Servicios de Infraestructura de Obra Pública (SIOP) a.i., y brinde respuesta a descontento
que manifiestan sentir los vecinos porque las cunetas del barrio no tienen el desnivel apropiado
para sacar las aguas pluviales y residenciales, lo que provoca que las aguas se empocen
provocando enfermedades trasmitidas por mosquitos y parásitos a los vecinos, además de olores
desagradables e importunos.
Acuerdo N.* Veintiséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
18- Se dio lectura a oficio AL-CPOECO-2096-2022 enviado al correo electrónico, recibido en la
secretaria del Concejo Municipal el 10-03-2022, firmado por la Sra. Nancy Vílchez Obando - Jefa
de Area, con instrucciones de la señora Ana Karine Niño Gutiérrez, Presidenta de la Comisión
Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, le consulto el criterio de esta Municipalidad sobre
el texto del expediente 22628: “ ATORIZACION AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER) PARA QUE CONDONE LAS DEUDAS DE LOS ASNETAMINTOS COPASA Y
MORENITA”.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar también el criterio de forma digital.
Conocido el proyecto de ley 22628: “ Autorización Al Instituto De Desarrollo
Rural (Inder) Para Que Condone Las Deudas De Los Asentamientos COPASA Y Morenita”,
el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Este proyecto de ley lo
hemos trabajado Don José Jirón y mi persona para presentarlo junto con la comisión y
lo están mandando a consultar donde nos pronunciamos al respecto que estamos
totalmente de acuerdo en que se le condone las deudas en los asentamientos de COPASA
y la Morenita. Esto es un proyecto de ley que se presentó para que se les condone las
deudas a esos parceleros ya que ellos tiene problemas de inundaciones y por eso se
presentó un proyecto que fue impulsado por el señor Jirón y mi persona donde se acogió
por algunos Diputados y Diputadas para que se les condenen las deudas a estar personas
ya que esos son terrenos que no son 100% aptos para agricultura, entonces por tal
motivo se está solicitando que se les condene las deudas ya que esas propiedades
contrajeron un deuda con el INDER y por eso es que se está presentando el proyecto de
ley para que se les condonen esas deudas. Entonces señoras y señores regidores que
estén de acuerdo en dar el voto de apoyo para que se les condonen las deudas a estos
asentamientos por favor sírvanse a levantar la mano, de forma unánime definitivamente
aprobado:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Sra. Nancy
Vílchez Obando - Jefa de Área, que este Órgano Colegiado brinda voto de apoyo a expediente
22628: “ ATORIZACION AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) PARA QUE
CONDONE LAS DEUDAS DE LOS ASNETAMINTOS COPASA Y MORENITA”.
Acuerdo N.* Veintisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
19- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 11-03-2022, enviado por el Sr. Fermín Carrasco, Solicitud de reunión, dice: Quiero
consultar si nos dan respuesta sobre la reunión que solicitamos los padres de familia del
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Centro Especial de Enseñanza, la misma se solicitó en la primera carta enviada.
Necesitamos reunirnos e inclusive la Regional Guápiles también ha manifestado en una
reunión que tuvimos con ellos que están anuente a participar en dicha reunión.
Esperamos una fecha para concretar la reunión con ustedes.
Conocido el correo electrónico suscrito por el Sr. Fermín Carrasco, al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Vamos a darles audiencia para la
primera sesión del próximo mes y que por favor envíen los nombres de una comitiva de dos
personas que son las que se van aceptar para ser atendidas en representación para que el oficial
se seguridad los pueda dejar entrar, entonces notificarle al solicitante, por lo tanto: Los Señores
y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar
la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Sr. Fermín Carrasco
- Representante padres de familia del Centro Especial de Enseñanza, que este Organo Colegiado
le concede audiencia a dos representantes para ser atendidos en la sesión municipal que
corresponde al martes 05 de abril 2022, a partir de las 3:45 p.m., en el salón de sesiones
de esta Municipalidad. Debiendo hacer llegar al correo electrónico
concejomunicipalUdguacimo.go.cr el nombre completo con sus respectivo número de cedula
de las dos personas que asistirán a la sesión, lo anterior, para notificar al Guarda de
Seguridad, como media formal de control de ingreso al edificio municipal.
Acuerdo N.* Veintiocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
20- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-03-2022, firmado
por el Comité de Vecino de Calle 5, solicitud de colaboración, dice:
Reciban un cordial saludo de parte del Comité de Vecinos de Calle 5 El Hogar, agradecemos
su atención a la presente donde queremos plantearle algunas preocupaciones y consultas de este
comité y los vecinos de calle 5. Comentarles que estamos muy agradecidos por las mejoras visibles
a la calle de la comunidad y la colocación de las alcantarillas de acceso por parte de la Municipalidad
y la empresa constructora, sin embargo, a algunos vecinos de la comunidad no les han colocado
las alcantarillas de acceso, por lo que le solicitamos respetuosamente tomar esto en cuenta y la
colocación de las que faltan.
También en lo relacionado al arreglo de la calle por favor valorar continuar con la colocación
del lastre a lo largo de toda la calle hasta el final de la misma, como una fase complementaria al
trabajo que están realizando en este momento que vendría a aliviar problemas que nos afectan,
mejorar la infraestructura y complementar el actual proyecto.
Esto con el fin de atender y solucionar necesidades como las siguientes:
1- Afectación a la economía de la zona para llevar y sacar productos que se cultivan en la
zona.
2- Eliminar el polvo y las molestias a la salud de personas asmáticas y adultas mayores.
3- Dificulta de tránsito a personas, estudiantes, trabajadores y vehículos de los vecinos.
4- Facilitar entrada y salida de vehículos de emergencia.
Por otro lado, solicitar sus buenos oficios para retomar el levantamiento de la información para el
proyecto de canalización y desagúe de aguas que afectan a la comunidad con cada invierno,
situación que nos preocupa mucho pues son conocidas las afectaciones que generar estas aguas
a los vecinos, sus propiedades y los cultivos de la zona, esto debido a las aguas que vienen de
diferentes puntos de esta y otras comunidades.
Esperando una respuesta a esta solicitud, quedamos muy atentos a su diligencia.
Conocido el oficio suscrito por Comité de Vecino de Calle 5, al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Agradecerlos a los vecinos
por felicitarnos del trabajo que hemos estado realizando en esta comunidad e
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Fecha: 15-03-2022
Pág. N.9 41,
igualmente estamos trabajando para mejorar y casualmente con los puntos que aquí
menciona para que sean tomados en cuenta para futuros presupuestos, por lo tanto:
Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta,
sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se
acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerles al Comité de
vecinos de Calle 5 El Hogar por la felicitación al trabajo que ha venido realizando esta
Municipalidad en la comunidad Calle 5 El Hogar.
Asimismo, se les hace saber que se viene trabajando para mejorar y casualmente,
los puntos que cita el oficio que hacen llegar a este Concejo Municipal, se valora tomar en
cuenta.
Acuerdo N.? Veintinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
21- Se dio lectura a oficio, recibido en la Secretaria del Concejo Municipal el 14-03-2022, firmada
por la Licda. Marlen Araya Barrantes - Directora de la Escuela Ojo de Agua, en concordancia
con el Artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del
Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta
de Educación de la Escuela de Ojo de Agua - Pocora, Guácimo, Limón, para su nombramiento
y juramentación ante el Concejo Municipal.
Terna _N?* 1.
Nombre Cédula
María de Los Angeles Coto Sánchez 7-0135-0737
Marcos Antonio de Jesús Ramírez Hernández 4-0123-0651
Alexza Guzmán Carranza 7-0122-0291
María Fernanda Rodríguez Granados 7-0187-0503
Olga Marta Gordon Umaña 7-0158-0626
Conocida la solicitud de nombramiento de la Junta de Educación de la
Escuela Ojo de Agua - Pocora, Guácimo, presentada por la Licda. Marlen Araya
Barrantes - Directora del Centro Educativo, es sometido a votación por el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlas sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad.
De conformidad a la terna presentadas por la Licda. Marlen Araya Barrantes - Directora
del Centro Educativo de Ojo de Agua — Pocora, Guácimo, este Concejo Municipal por unanimidad
acuerda: Nombrar como miembros de la Junta de Educación del Centro Educativo Escuela Ojo
de Agua, a las siguientes personas:
Nombre Cédula |
María de Los Angeles Coto Sánchez 7-0135-0737
Marcos Antonio de Jesús Ramírez Hernández 4-0123-0651
Alexza Guzmán Carranza 7-0122-0291
María Fernanda Rodríguez Granados 7-0187-0503
Olga Marta Gordon Umaña 7-0158-0626
(Periodo de vigencia a partir del 15-03-2022 y periodo de vencimiento el 14-03-2025).
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Pág. N.* 42.
Asimismo, se le comunica que deberán presentarse al Departamento de Secretaria del
Concejo Municipal en horario laboral de 7:30 a.m. a 3:30p.m., para proceder a la debida
juramentación.
Acuerdo N.% Treinta. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
22- Se dio lectura a oficio DFOE-LOC-0351 enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 15-03-2022, firmado por la Licda. Vivian Garbanzo Navarro - Gerente
de Área, respuesta oficio SMG-213-2022, dice:
Para que lo haga de conocimiento del Concejo Municipal en la sesión próxima inmediata al recibo
de este oficio, se brinda acuse de recibo y atención al oficio N* SMG-213-2022 de 4 de marzo de
2022, mediante el cual se transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en la Sesión
Ordinaria N* 09-2022 de 1? de marzo de 2022 donde solicitan (...) a la Presidencia Ejecutiva del
IFAM, Contraloría General de la República y MIDEPLAN, interponer sus buenos oficios a fin de que
en un término no mayor a ocho días hábiles informe a este Órgano Colegiado los nombres de los
Funcionarios que designaran como colaboradores en apoyo y asesoría, para facilitar la transición
presupuestaria documental correspondiente al territorio a la Municipalidad de Guácimo.
Lo anterior en atención al artículo 3 de la Ley que establece la Modificación de límites entre los
cantones de Guácimo y Pococí en el sector de Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja,
Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, Finca Thames,
Finca Lomas, Milla Cuatro, Jalova, Lomas de Sierpe y El Zancudo; que señala:
ARTÍCULO 3- El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) (sic) y el
instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) serán los encargados de gestionar el proceso de
transición entre la administración del territorio por parte de la Municipalidad de Pococí a las
autoridades de la Municipalidad de Guácimo. La Contraloría General de la República, dentro de
sus competencias, deberá brindar el apoyo, En (sic) coordinación con Mideplán (sic) y el IFAM, la
asesoría necesaria pare (sic), facilitar la transición presupuestaria y documental correspondiente
a ese territorio a la Municipalidad de Guácimo, para lo cual tendrán un plazo máximo de un ario
a partir de la publicación de la presente ley en el diario oficial La Gaceta, para concluir el proceso,
además deberán contemplar el ciclo presupuestario que inicie del 1 % de enero al 31 diciembre de
cada año, para que se logre una transición ordenada.
Sobre el particular, la funcionaria designada por la Contraloría General para atender lo requerido
en la normativa citada es la Licenciada Vivian Garbanzo Navarro, Gerente del Área de Fiscalización
para el Desarrollo Local, y su equipo de trabajo. Ella puede ser localizada al correo electrónico
vivian.garbanzoOcgr.go.cr o al número telefónico 2501-8044.
Asimismo, se indica que en los próximos días se realizarán gestiones de coordinación con los
Alcaldes de Guácimo y Pococí para brindar el apoyo requerido en atención al artículo 3 de la Ley
N* 10076 citada.
Conocido el oficio DFOE-LOC-0351 suscrito por la Licda. Vivian Garbanzo
Navarro, Gerente de Área - Contraloría General de la República, en respuesta al
Acuerdo N.0 Diecinueve, del Acta N.? 13-2022, de la Sesión Ordinaria N* 09-2022 de 1”
de marzo de 2022, al respecto el Presidente Municipal - Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza,
dice: Esta respuesta obedece a una moción presentada por mi persona y lo vamos a
dejar de conocimiento.
CONOCIMIENTO.
23- Se dio lectura a oficio PE-0157-2022 enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 11-03-2022, firmado por el Sr. Hugo Virgilio Rodríguez Estrada-
Presidente Ejecutivo IFAM, en atención al acuerdo N* 19-2022, tomado por el honorable Concejo
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Pág. N.? 43.
Municipal de Guácimo, y a su vez, según lo dispuesto en la ley 10076 del 5 de noviembre de 2021
a continuación, se remite la información de las personas que se designan en presentación del
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), para brindar la colaboración y la asesoría
correspondiente.
Enlace Institucional:
Nombre: Stephanie Navarro Murillo
Cargo: Profesional Especialista de Promoción Municipal
Unidad: Gestión Servicios Técnicos y Financiamiento.
Teléfono:2507-1163/8701-4134
Correo electrónico: snavarroQifam.go.cr
Enlace Institucional:
Nombre: Rodrigo Alonso Aguilar Lobo
Cargo: Profesional de Promoción Municipal
Unidad: Gestión Servicios Técnicos y Financiamiento
Teléfono: 8666-0274
Correo electrónico: raguilarQifam.go.cr
Conocido el oficio PE-0157-2022 suscrito por el Sr. Hugo Virgilio Rodríguez
Estrada- Presidente Ejecutivo IFAM, en respuesta al Acuerdo N.0 Diecinueve, del Acta
N.* 13-2022, de la Sesión Ordinaria N* 09-2022 de 1% de marzo de 2022, al respecto el
Presidente Municipal - Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, dice: Esta respuesta también
obedece a una moción presentada por mi persona igualmente lo vamos a dejar de
CONOCIMIENTO.
ARTICULO IV. INFORMES DE COMISION.
1. Se dio lectura a informe de Comisión de Cultura del 07-03-2022.
a) Asistencia
Reg. Alejandra López Lee
Reg. José Leoncio Orozco Peraza
Reg. Leonardo Carrillo Sánchez
Reg. Magda Orocú Jiménez
Reg. Nelson Lobo Rodríguez
Reg. Leance Ramírez Mora
Reg.Rosibel Marcena Serrano
b) Resumen ejecutivo del caso o tema, o cita del acuerdo a ejecutar:
Cantonato - 51 Aniversario.
Cc. Conclusiones y recomendaciones.
Se inicia con una cimarrona, a las 5:a.m., haciendo un recorrido por las calles principales
del casco central de Guácimo, acompañado con bombetas de trueno, recordando que estamos
de aniversario. Se hará una publicación dedicada a los fundadores del cantón y futbolistas que
en su momento pusieron el nombre de Guácimo en alto, a pesar de tanta limitación y concluir
con un juego de pólvora a las 6: p.m., en el parque central y la sesión solemne.
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Acta N. 17-2022
S.O. N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 44,
Conocida el informe de Comisión de Cultura del 07-03-2022, referente a las
actividades que se proyectan coordinar llevar a cabo, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone aprobar que se lleve a cabo
las gestiones necesarias, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en  aprobarlas sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Brindar aprobación para que la
Comisión de Cultura de esta Municipalidad inicie las gestiones necesarias para festejar el 51
Aniversario del Cantón.
Acuerdo N.2 Treinta y Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
2. Se dio lectura a informe de Obras Públicas del 25-02-2022.
a) Asistencia
Reg. José Leoncio Orozco Peraza
Reg. Rosibel Marcena Serrano
Reg. Leonardo Carrillo Sánchez
Reg. Ana María Esquivel Mesén
Reg. Rosibel Marchena Serrano
b) Resumen ejecutivo del caso o tema, o cita del acuerdo a ejecutar:
El mal estado de las calles.
c. Conclusiones y recomendaciones.
Se recomienda analizar si las siguientes calles no están incluidas para su debido
mantenimiento.
- Calle parada vieja Los Angeles.
- Calle donde Lilo .
- Calle principal de Los Angeles.
-- Calle donde Custodio (ramales).
Conocida el informe de Comisión de Obras Públicas del 25-02-2022, referente
ainspección de caminos, al respecto el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, propone aprobar que se lleve a cabo las gestiones necesarias, por lo tanto:
Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlas sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar a la Junta Vial Cantonal
realizar análisis a los caminos:
- Calle parada vieja Los Ángeles.
- Calle donde Lilo y
- Calle principal de Los Angeles.
- Calle donde Custodio (ramales).
A fin de indicar si están incluidos en la programación para realizar mantenimiento.
Acuerdo N.“ Treinta y Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
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Acta N.* 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 45.
ARTICULO V. MOCIONES.
1- Se dio lectura a moción de fecha 15-03-2022, presentada por el Reg. Leonardo Carrillo
Sánchez, acogida por los Reg. Nelson Lobo Rodríguez, Magda Orocú Jiménez, Rosibel
Marchena Serrano y Leance Ramírez Mora, dice:
CONSIDERANDO:
Por no haber concluido la jira de inspección en varios sectores del Distrito de Río Jiménez
y Duacarí.
MOCIONO:
Para solicitarle al Ingeniero Jhonny Rodríguez si es posible continuar con la gira y
solicitarle para el día viernes 25 de marzo 10 de la mañana salida del Municipio de Guácimo hacia
Duacarí, Pueblo Nuevo y los Ángeles de Río Jiménez.
Solicito dispense de trámite de Comisión.
Conocido la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, es
sometida a votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar
la moción, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, girar instrucciones al Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez Coordinador del
Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de la Municipalidad de Guácimo, para
que reserve en su agenda el día viernes 25 de marzo 2022, para continuar con la gira en
conjunto con la Comisión de Obras Públicas, a visitar los caminos de las comunidades hacia
Duacarí, Pueblo Nuevo y los Ángeles de Río Jiménez, saliendo a las 10: a.m., de las
instalaciones de la Municipalidad de Guácimo.
Acuerdo N.* Treinta y tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
2- Se dio lectura a moción de fecha 15-03-2022, presentada por la Reg. Rosibel
Marchena Serrano, dice:
CONSIDERANDO:
El desabastecimiento de agua en el Cantón.
MOCIONO:
Solicitarle al Instituto de Acueductos y Alcantarillados de Guácimo explicación del porqué de poco
abastecimiento de agua debido a que estos problemas que presenta todo el cantón.
Solicito se dispense del trámite de Comisión.
Conocido la moción presentada por la Reg. Rosibel Marchena Serrano, es
sometida a votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar
la moción, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
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DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.* 17-2022
S.O. N.* 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.* 46.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar atentamente al Ingeniero
Andrés López Chavarría - Jefe Cantonal de Oficina del ICAA Guácimo, interponer sus buenos
oficios a fin de que, a la mayor brevedad posible, informe a este Organo Colegiado los
motivos por los cuales el abastecimiento de agua potable frecuentemente se mantiene
presentando disminuciones, que afectan a todo el Cantón de Guácimo.
Acuerdo N.% Treinta y cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
3- Se dio lectura a moción de fecha 15-03-2022, presentada por la Reg. Rosibel
Marchena Serrano, dice:
CONSIDERANDO:
La espera del proyecto alemán para el cantón.
MOCIONO:
Invitar cordialmente al Instituto de Acueductos y Alcantarillados de Guácimo a una sesión
extraordinaria con el fin de que expongan lo programado con el proyecto Alemán para el cantón
de Guácimo.
Solicito se dispense del trámite de Comisión.
Conocido la moción presentada por la Reg. Rosibel Marchena Serrano, es
sometida a votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar
la moción, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Invitar cordialmente al Ingeniero
Andrés López Chavarría - Jefe Cantonal de Oficina del ICAA Guácimo, a participar de una
sesión municipal, con el propósito de que expongan en qué estado de situación se encuentra
la programación de disponibilidad de agua através del programa Alemán.
Las sesiones municipales se llevan a cabo los días martes a partir de las
3:30pm, en el salón de sesiones de esta Municipalidad, sin embargo, este Organo
Colegiado, tiene disposición para llevar a cabo sesión extraordinaria, el día que así lo
sugieran, tomando en consideración la programación con antelación, que manejan en sus
respectivas agendas. Por lo tanto, esperamos, una pronta respuesta en la que incluya
propuesta de fecha de sesión, con un horario preferiblemente a partir de 3:30 p.m.,
agradeciendo notificar al correo electrónico concejomunicipalOguacimo.go.cr
Acuerdo N.% Treinta y cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
4- Se dio lectura a moción de fecha 15-03-2022, presentada por la Reg. Rosibel
Marchena Serrano, dice:
CONSIDERANDO:
Solicitud de capacitación.
Mociono.
Solicitar al Sr. Mario Rivera — Asamblea Legislativa brindarle capacitación a la Comisión de
Accesibilidad y Discapacidad de esta Municipalidad el día jueves 24 de marzo a la 1:00 pm en el
salón de sesiones de esta Municipalidad.
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INTERNA
SMunicipalidad de
Acta N.* 17-2022
S.O. N.2 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.0 47.
Solicito se dispense del trámite de Comisión.
Conocido la moción presentada por la Reg. Rosibel Marchena Serrano, es
sometida a votación por el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar
la moción, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle cordialmente al Sr. Mario
Rivera - Asamblea Legislativa brindarle capacitación a la Comisión de Accesibilidad y Discapacidad
de esta Municipalidad el día jueves 24 de marzo a la 1:00 pm en el salón de sesiones de esta
Municipalidad. Agradeciendo de antemano su aprobación a la misma.
Acuerdo N.2 Treinta y seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
4- Se dio lectura a moción de fecha 15-03-2022, presentada por el Reg. Jose Orozco Peraza
- Presidente Municipal, dice:
CONSIDERANDO:
La necesidad del gimnasio para los deportistas del cantón de Guácimo.
MOCIONO:
Invitarlos al INCODER a una sesión extraordinaria con el fin de que expongan de cómo va el avance
del proyecto del mega gimnasio del Cantón de Guácimo, con fondos del INDER, para la primera
semana del mes de abril.
Solicito se dispense del trámite de Comisión.
Conocido la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal -
Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la moción, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Invitar atentamente a
representantes del ICODER, a participar de una sesión extraordinaria, que se estará llevando
a cabo el día lunes 04 de abril 2022, a partir de las 3:30: p.m., en el salón de sesiones de
esta Municipalidad, con el propósito de que informe a este Órgano Colegiado en qué estado
de situación se encuentra el proceso para la construcción del mega gimnasio del cantón de
Guácimo, que se estaría construyendo con recursos del INDER. Agradeciendo confirmar al
correo electrónico concejomunicipalOguacimo.go.cr
Acuerdo N.% Treinta y siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Definitivamente aprobado.
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Acta N.* 17-2022
S.O, N.9 11-2022
Fecha: 15-03-2022
Pág. N.? 48.
Concluye la sesión el Presidente Municipal, Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, siendo las diecisiete horas, treinta minutos.
Presidente Secretaria
ySE, 5 Leoncio Orozco Peraza Jeanneth a