Ordinaria 32 · 2021-05-11

Acta N° 32-2021 S. O. N° 19-2021- 11-05-2021.pdf · 50 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

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Acuerdos en esta acta

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165
Sfunicipalidad de Guacímo
= IDAD
* DE GUÁCIMO
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO *
ACTA N?* 32-2021, SESION ORDINARIA N?* 19-2021
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL ONCE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTIUNO A LAS QUINCE, HORAS
TREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
Regidores Propietarios
José Leoncio Orozco Peraza - Preside
Nelson Lobo Rodríguez
Alejandra López Lee
Magda Orocú Jiménez
William Fajardo Fajardo*
Rosibel Marchena Serrano
Leonardo Carrillo Sánchez
Síndicos Propietarios
Maricela Solano Álvarez
Luis Guillermo Zamora Brenes*
Carlos David Francis Sequeira*
Vera Myrie Graham*
Elpidio Cubillo López*
(+) Ausente (+) sustituyó
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González - Alcalde
DIRECTORIO
Regidores Suplentes
Nitzy Vega Chaves
Ana María Esquivel Mesen
Rosibel Calvo Angulo
Leance Ramírez Mora+
Alba Nidia Orozco Madrigal*
José Andrés Jirón Jirón
Wilberth Carrillo Navarro
Síndicos Suplentes
Yundi Alberto Artavia Lovemore*
Flor Chavarría Arguedas
Jesarela Cocorn Guerrero*
Greivin Muñoz Elizondo*
Jacqueline Jiménez Salas+
Cynthia Hyman Schatruell - Vice alcaldesa*
Jeanneth Crawford Stewart -Secretaria
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la
siguiente orden del día:
L. Lectura, aprobación y firma actas anteriores.
II. Asuntos del alcalde
111. Correspondencia
IV. Mociones
Acta N.% 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 02.
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, da inicio a la sesión solicitando
a la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford Stewart, proceder a la lectura del-
orden del día.
En uso de la palabra la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford
Stewart, procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente
Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 04-05-2021,
dice:
Oración
Justificación de audiencia a la sesión del día de hoy 11-05-2021
. Lectura aprobación y firma actas anteriores
. Asuntos del Alcalde Municipal
. Correspondencia
. Mociones
OMAUNNEA
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, resulto aprobada por unanimidad.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada
uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel Marchena
Serrano.
ARTICULO 1. LECTURA Y APROBACION DE ACTA ANTERIOR.
1- El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N.' 30-
2021, de la Sesión Ordinaria N.* 18-2021, celebrada el día 04 de Mayo 2021, resultando
conforme en todas sus partes siendo firmada como corresponde.
2- El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N.* 30
1-2021, de la Sesión Extraordinaria N.? 13-2021, celebrada el día 08 de Mayo 2021,
resultando conforme en todas sus partes siendo firmada como corresponde.
JUSTIFICACION DE ASISTENCIA A LA SESION DEL DIA DE HOY.
1- Se dio lectura a nota enviada mediante correo electrónico con fecha del 11 Mayo del 2021,
firmado por el Reg. William Fajardo Fajardo, comunicando que por motivos laborales, no podrá
asistir a la sesión ordinaria del día de hoy martes 11 de mayo del 2021.
Agradezco comprensión del caso.
(Se acepta justificación).
CONOCIMIENTO.
ARTICULO II. ASUNTOS DEL ALCALDE MUNICIPAL.
1- Se dio lectura a copia de oficio AMG-002-2021 con fecha de recibido 11-05-2021 por la
Secretaria del Concejo, firmado por el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, dice:
En mi condición de Alcalde Municipal de (Guácimo, remito contrato para el servicio de
recaudación a suscribir entre el Banco Nacional de Costa Rica y la Municipalidad de Guácimo,
lo anterior para su debido conocimiento y revisión, a la vez les solicito muy respetuosamente
su aprobación para suscribir el mismo.
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.* 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.2 03.
En relación a lo anterior se remite oficio GJ-24-2021, suscrito por el Lic. Dani Arguello
Morales, Gestor Jurídico a.i., de la Municipalidad de Guácimo y oficio PSCMG-063-2021 suscrito
por la Licda. Yahaira Chambers Moya - Coordinadora de Servicios Ciudadanos, dice: El suscrito,
Dani Argúello Morales, actuando en mi condición de Gestor Jurídico ai. de la Municipalidad de
Guácimo, en atención de la revisión del borrador de contrato para el servicio de recaudación a
suscribirse entre el Banco Nacional de Costa Rica y la Municipalidad de Guácimo; procedo a indicar
lo siguiente:
a. Se dio lectura a oficio GJ-24-2021, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo
el 10-04-2021, firmado por Lic. Danny Arguello Morales Gestor Jurídico a.i., dirigida al
Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González dice:
El Banco Nacional de Costa Rica, es parte de la banca pública estatal, por ende en dicha condición,
está plenamente habilitado para la generación de convenios y contratos con otras instituciones
públicas, como lo es en este caso la Municipalidad de Guácimo.
En relación con lo indicado, se hace constar que el documento de contrato para la formalización
del servicio de recaudación cumple con una estructura jurídica que reúne los componentes básicos
necesarios, en donde se regula el objeto del contrato, las obligaciones de las partes, condiciones
de prestación del servicio, comisión por servicio; procedimiento para modificaciones contractuales;
plazo de vigencia, principalmente. Asimismo, regula las condiciones bajo las cuales el Banco presta
el servicio de recaudación de pagos; siendo que en virtud de ese contrato, los clientes de la
Municipalidad y público en general podrán realizar los pagos de los recibos que emita el Municipio
por los servicios que ésta presta, a través de los diversos canales de comercialización que el Banco
mantiene a disposición; siendo que el servicio de recaudación se logra a través de la interconexión
entre la Empresa y la plataforma de BN CONECTIVIDAD propiedad del Banco.
En suma, por las razones expuestas se otorga el visto bueno por parte del Área de Gestión Jurídica,
al proyecto de contrato para el servicio de recaudación a suscribirse entre el Banco Nacional de
Costa Rica y la Municipalidad de Guácimo, para lo cual se agregó los datos de la resolución emitida
por el Tribunal Supremo de Elecciones, en donde se realiza el nombramiento del señor Gerardo
Fuentes González, como Alcalde de la Municipalidad de Guácimo, ostentando en dicha condición
la representación legal de la Municipalidad, de acuerdo a lo que establece el artículo 17 del Código
Municipal. Por otra parte, por la naturaleza del contenido de ese documento, se recomienda que
se consulte al Área Financiera, así como al Area Tributaria de esta Municipalidad, esto con el fin
de considerar cualquier observación en torno al procedimiento de recaudación, formas de pago,
recibo de pago y comisión por el servicio. En dicho sentido, una vez se conozca las observaciones
de las Areas Administrativas que se indican, se recomienda la remisión del contrato en cuestión,
para la aprobación respectiva por parte del Concejo Municipal de Guácimo, esto conforme a lo
dispuesto en el artículo 13 inciso e) del Código Municipal.
b. Se dio lectura a oficio PSCMG-063-2021, con fecha de recibido en la Secretaría del
Concejo el 11-04-2021, firmado por la Licda. Yahaira Chambers Moya - Coordinadora
de Servicios Ciudadanos y dirigida al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes
González, dice:
Con relación a la propuesta de firma de convenio de contrato para el servicio de recaudación
a suscribir nuevamente entre el Banco Nacional de Costa Rica y la Municipalidad, con el fin de
reestablecer el servicio haciendo uso de la plataforma digital a través del IFAM, se otorga visto
bueno para la firma de este, únicamente se sugiere agregar una última cláusula que la firma del
nuevo convenio deroga el anterior.
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Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 04,
c. Se dio lectura a oficio 57-2021, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el
11-04-2021, firmado por el Lic. Carlos Cubillo Aguilar- Coordinar del Área de Servicios
Financieros y dirigida al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, dice:
En relación con los trámites que se han venido realizando para que esta Municipalidad
ponga a disposición de los contribuyentes el servicio de pago de tributos y servicios por
medio de la conectividad con el Banco Nacional y el Banco de Costa Rica, pudiéndose ampliar
el servicio con otros bancos y cooperativas creo que es muy necesario para esta Municipalidad
esto con el fin de bajar el monto de las notas sin identificar y mejorar sustancialmente la
recaudación, además ayuda a bajar el monto por morosidad.
Con respecto a lo indicado en el contrato de adhesión que dispone el Banco Nacional
para ser firmado entre las partes, se indica que el porcentaje de Comisión que cobra el Banco
por este servicio es del 3% sobre la base del monto pagado por el contribuyente, según la
partida Comisiones y gastos por servicios financieros código 5.01.01.01.03.06 se presupuestan
para este periodo 2021, un total de € 15.000.000.00 de los cuales a la fecha hay disponibles
9.122.187.49, el monto indicado fue estimado considerando la conectividad con el Banco
Nacional de Costa Rica, de firmarse contrato de conectividad con otra u otras entidades
financieras, se hace necesario incluir más recursos a la partida citada para contar con
presupuesto suficiente para cumplir con estas obligaciones contractuales durante este período.
Conocida el oficio suscrito por el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes
González, solicitando autorizar para suscribir contrato para el servicio de
recaudación a suscribir entre el Banco Nacional de Costa Rica y la Municipalidad de
Guácimo, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a
votación manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la solicitud, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar el contrato para el servicio
de recaudación a suscribir entre el Banco Nacional de Costa Rica y la Municipalidad de
Guácimo.
Asimismo, se autoriza al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, proceder
a la suscripción de este, que dice:
El presente constituye Contrato para el Servicio de Recaudación, que celebra de una parte el
Banco Nacional de Costa Rica cédula de personería jurídica 4-000-001021, en adelante
referido como el Banco, representado para este acto por Luis Mendoza Rodríguez, mayor,
casado, Licenciado en administración de empresas, vecino de Guácimo, cedula de
identidad 2-0527-0999, en su condición de Poder General sin límite de suma, según consta
de las citas de inscripción Tomo: 2015, Asiento 45828, consecutivo 1 -4, y
MUNICIPALIDAD DE GUACIMO cédula de personería jurídica número 3-014-042122,
representada en este acto por Gerardo Fuentes González, mayor, Divorciado,
Administrador Público, vecino de Guácimo, portador de la cedula de identidad 20292-
1486, nombramiento realizado mediante resolución de las diez horas y diez minutos del
veinticuatro de febrero de dos mil veinte, número 1319-E11-2020, del Tribunal Supremo de
Elecciones, donde se le declara como Alcalde de la Municipalidad del Cantón de Guácimo,
ostentando la representación legal de La MUNICIPALIDAD DEL CANTON
DE GUACIMO, en adelante denominada como la Empresa, y conjuntamente como las partes, el
cual se regirá por el Ordenamiento Jurídico de la República de Costa Rica y las siguientes
cláusulas:
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(EY AUDITORIA
INTERNA |
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DEL SERVICIO DE RECAUDACIÓN
PRIMERA: PROPÓSITO DEL CONTRATO. El presente contrato establece las condiciones bajo
las cuales el Banco presta el servicio de recaudación de pagos. Por virtud de este contrato, los
clientes de la Empresa y público en general podrán realizar los pagos de los recibos que emita la
Empresa por los servicios que ésta presta, a través de los diversos canales de comercialización
que el Banco mantiene a disposición.
SEGUNDA: BN CONECTIVIDAD. El servicio de recaudación se logra a través de la interconexión
entre la Empresa y la plataforma de BN CONECTIVIDAD propiedad del Banco. BN CONECTIVIDAD
es un servicio automatizado y en línea, que recibe única y exclusivamente los pagos que se ajusten
a los criterios de validez establecidos por la Empresa. Las transacciones a través de BN
CONECTIVIDAD únicamente podrán ser realizadas cuando la comunicación entre los sistemas
informáticos del Banco y la Empresa sea adecuada para garantizar que la transacción se realice
satisfactoriamente.
TERCERA: CANALES DE RECAUDACIÓN. La recaudación de pagos podrá realizarse a través de
los diversos canales que el Banco mantiene a disposición del público. El Banco se reserva la
facultad de abrir nuevos canales de recaudación y/o cerrar alguno(s) de los canales existentes,
así como de establecer políticas para incentivar o desincentivar el uso de determinados canales,
lo cual incluye, pero no se limita al establecimiento de comisiones adicionales.
CUARTA: FORMA DE PAGO. El Banco podrá recibir pagos mediante dinero en efectivo, cheques
y otros valores, siempre que estos dos últimos sean del Banco, así como a través de cualquier
combinación de los anteriores. El Banco no recibirá pagos mediante cheques u otros valores
emitidos por otros Bancos, salvo autorización expresa y por escrito del cliente. En caso de que el
cliente autorice los pagos mediante documentos valores de otros Bancos, y los cheques u otros
valores utilizados para realizar el pago, no puedan ser cobrados por el Banco, este reversará el
pago consignado a la Empresa y no reintegrará la comisión cobrada por dicha transacción.
QUINTA: COMPROBANTE DE PAGO. El Banco emitirá un comprobante por cada pago realizado,
el cual podrá ser impreso o electrónico. La Empresa, previo acuerdo con el Banco, definirá los
rubros que componen el comprobante de pago, el cual deberá incluir como mínimo el monto
cancelado y el nombre del cliente, siempre y cuando este último hubiere sido proporcionado por
la Empresa. Los anteriores rubros deberán ser comunicados al Banco durante el proceso de
pruebas y certificación del convenio. En caso de que la Empresa cree un nuevo rubro, debe
comunicar al Banco formalmente mediante nota dirigida a la Unidad de Apoyo Institucional a
Usuarios, Administrador del sistema, quién coordinará con la Empresa las pruebas técnicas
respectivas para su incorporación. Asimismo, si la Empresa desea brindar a su cliente un dato
informativo, debe coordinar con el Banco de previo para configurar los sistemas del Banco. El
comprobante emitido por el Banco tendrá pleno valor para acreditar la transacción y su monto.
SEXTA: PAGO AUTOMÁTICO DE RECIBOS. El Banco pondrá a disposición de sus clientes, que
a la vez sean clientes de la Empresa, el servicio de Pago Automático de Recibos (PAR). El PAR es
un mecanismo electrónico, mediante el cual el cliente que se encuentre afiliado podrá autorizar el
débito automático de sus cuentas o bien de sus tarjetas de débito o crédito del Banco, de la suma
correspondiente al cobro de los servicios prestados por la Empresa, de acuerdo con la información
suministrada por esta. La Empresa acepta de forma expresa, que el desarrollo de la interfaz para
la utilización del canal PAR, será obligatoria, salvo casos de excepción cuando el giro de la Empresa
no lo requiera, según el criterio exclusivo del Banco.
NE
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Pág. N.* 06.
SÉTIMA: PAGOS PARCIALES. El Banco podrá recibir pagos parciales de los clientes de la
Empresa, siempre y cuando ésta lo autorice en forma expresa y la implementación y operativa
del contrato lo permitan. En el anterior caso la Empresa deberá definir el monto del pago mínimo,
a efecto de que el Banco ajuste sus sistemas. Las partes acuerdan que el monto del pago mínimo
no podrá ser fraccionado en sumas menores a las establecidas en este contrato. La Empresa
exime al Banco de toda responsabilidad por los eventuales fraccionamientos que realice un cliente
de la Empresa, como lo sería el realizar varios pagos parciales en el transcurso de un mismo día,
en vez de realizar un solo pago, con el objetivo de lograr una ventaja, ganancia económica o
retribución, por el empleo de los sistemas de información y el canal de recaudación del Banco.
DE LAS SUMAS RECAUDADAS
OCTAVA: RECAUDACIÓN EN COLONES. El servicio de recaudación regulado en este contrato
se hará en moneda nacional. El Banco podrá recaudar sumas en dólares estadounidenses siempre
y cuando la Empresa posea una cuenta en el Banco en esa moneda. La recaudación de sumas en
otras monedas distintas de las señaladas estará sujeta a la oferta que el Banco tenga de cuentas
en esas monedas.
NOVENA: ACRÉDITACIÓN A LA CUENTA DE LA EMPRESA. Las sumas recaudadas por el Banco
serán acreditadas a la cuenta en colones número 100-01-059-000002-6 a nombre de la
Empresa. Los montos recaudados serán acreditados a más tardar el día hábil siguiente a la fecha
en que se realizó el cobro. La recaudación que se realice en días sábado, domingo, o feriados,
será registrada con la fecha en que se realiza el pago, pero las transacciones se detallarán en la
nota de crédito con la fecha de cierre de la recaudación del día hábil siguiente.
DÉCIMA: COMISIÓN POR SERVICIO. El Banco recibirá una comisión por el servicio del 3%
(tres por ciento) sobre el monto recaudado en cada transacción. De esta comisión el IFAM recibirá
el 0,50% de acuerdo al convenio firmado entre ambas entidades. Cuando se trate de sumas
expresadas en dólares estadounidenses, las sumas resultantes serán convertidas a colones según
el tipo de cambio de venta del Banco al momento del cálculo de la comisión. El cálculo del monto
de las comisiones será realizado por un sistema automatizado del Banco. El monto de las
comisiones será redondeado al múltiplo superior o inferior inmediato a unidades de colón.
Cualquier diferencia en el cálculo de las comisiones se detectará mediante la conciliación
electrónica del archivo que el Banco envía a la Empresa, de conformidad con lo establecido en
este contrato. Las partes acuerdan un monto máximo y monto mínimo a cobrar por parte del
Banco Nacional a la Municipalidad, para montos superiores a los (500.000,00 (quinientos mil
colones) se pagará al Banco un máximo de (15.000,00 ( quince mil colones) y para montos
menores a los (/16.666,00 ( dieciséis mil seiscientos sesenta y seis colones) pagará un mínimo de
(500,00 (quinientos colones), si la transacción se efectúa por medio del sistema de internet
banking esta tiene un costo mínimo de 4300,00 ( trecientos colones). El monto establecido será
incrementado en forma anual, en el mismo porcentaje de incremento del Índice de Precios al
Consumidor publicado por la institución encargada de su cálculo. El primer ajuste del monto
señalado en esta cláusula será realizado el 1 de marzo siguiente a la fecha de la firma del presente
contrato. Al finalizar el presente contrato, independientemente del motivo por el cual se llegue a
su término, la Empresa estará obligada a pagar las comisiones ganadas por el Banco.
DÉCIMA PRIMERA. AUTORIZACIÓN PARA DEBITAR LA CUENTA DE LA EMPRESA.
Después de realizar el depósito a la Empresa del cien (100) por ciento de la recaudación, el Banco
procederá a debitar en forma automática e inmediata, el monto que corresponda a la comisión
ganada por el Banco por dicha recaudación. La Empresa autoriza expresamente el débito
automático de la cuenta (100-01-059-000002-6), realizado por el servicio de BN Conectividad.
£ilunicipalidad de Guácimo
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Ú
DE GUA
AUDITOR
INTER
NA
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La comisión ganada por el Banco, así como el depósito de lo recaudado, se efectuará a más tardar
a las doce (12) horas del día hábil siguiente de haberse efectuado la recaudación.
DÉCIMA SEGUNDA: INFORMACIÓN DE LA RECAUDACIÓN. El Banco remitirá a la Empresa
un archivo con la información de los pagos, depósito del total recaudado y débito por comisión,
por el medio y formato de registro que el Banco determine, a más tardar a las doce (12) horas
del día hábil siguiente de la recaudación. El Banco se reserva el derecho de variar el procedimiento
de envío del archivo de conciliación, pudiendo en el futuro utilizar mecanismos que permitan a la
Empresa el acceso a la información.
DÉCIMA TERCERA: CONCILIACIÓN DE LA INFORMACIÓN. El Banco se obliga a acreditar a
la cuenta de la Empresa el monto que haya quedado grabado en los sistemas del Banco. La
Empresa deberá realizar la conciliación electrónica del archivo remitido por el Banco. Al realizar
la conciliación la Empresa deberá ajustar sus registros de acuerdo con la información que le
proporcionó el Banco. Cualquier diferencia en la cantidad de pagos registrados en el sistema de
la Empresa, en el día del proceso, deberá ser ajustada por la Empresa con base en el archivo
enviado por el Banco en forma diaria.
DÉCIMA CUARTA: REPORTE DE DIFERENCIAS. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes
al envío del archivo por parte del Banco a la Empresa, la Empresa podrá remitir al administrador
del sistema de Conectividad del Banco, un reporte con las diferencias encontradas solicitando las
razones por las cuales no quedó registrado en el Banco una transacción que sí había quedado en
la base de datos de la Empresa. Este es un trámite informativo ya que, en los términos de la
cláusula de conciliación de la información, la Empresa siempre debe conciliar sus registros con el
archivo de pagos del Banco.
DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
DÉCIMA QUINTA: ENLACE DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES. Las partes acuerdan
utilizar Redes Privadas Virtuales (VPN's) a través de Internet o Multiprotocolo de Intercambio de
Etiquetas (MPLS por sus siglas en inglés) para interconectar sus redes informáticas. Si se utiliza
VPN 's, el Banco le entregará a la Empresa un documento en el cual ésta indicará los parámetros
de las fases de implementación de la VPN. En dicho documento se asignará un segmento de red
específico y de uso privado para que se seleccione del citado dos direcciones 1P (Protocolo de
Internet, por sus siglas en inglés) con las cuales la Empresa representará sus equipos de pruebas
y producción, así como los puertos TCP (Protocolo de Control de Transmisión, por sus siglas en
inglés) respectivos. En el segundo caso (MPLS), el Banco entregará a la Empresa un documento
en el cual ésta debe indicar el direccionamiento IP mediante el cual mostrará sus equipos de
pruebas y producción, así como sus respectivos puertos TCP, en el entendido de que la Empresa
debe contratar con su proveedor de telecomunicaciones un servicio de MPLS en modalidad HUB
(concentrador) con un ancho de banda mínimo de 512 kbps el cual será implementado con la
autorización previa del Banco. El documento correspondiente según la tecnología usada será
anexado al presente contrato y formará parte integral de lo pactado. La Empresa asume toda la
responsabilidad por el eventual mal uso que pudiera dársele al direccionamiento IP y/o los enlaces
entre organizaciones por parte de funcionarios de la propia Empresa o terceros que lograran ganar
acceso a la infraestructura de la Empresa y perpetrar un eventual ataque informático que pudiera
generar pérdidas al Banco o degradación del servicio.
DÉCIMA SEXTA: HARDWARE Y SOFTWARE. Las partes deberán garantizar el funcionamiento
adecuado de cada uno de sus sistemas de información, tecnología de información y
telecomunicaciones durante la vigencia del contrato. La Empresa se compromete a responder las
tramas respectivas creadas en el convenio en un tiempo máximo de O a 10 segundos. Si la
Municipalidad de Guácimo
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Empresa incumple en forma reiterada este compromiso, esto puede ser motivo para que el Banco
decida dar por terminado el servicio. Por otro lado, si existiera algún daño o avería por caso
fortuito o fuerza mayor, ambas partes se comprometen a llevar a cabo el mantenimiento
correctivo de inmediato. Por inmediato se entiende el tiempo que los técnicos determinen,
dependiendo de la magnitud del daño o avería. Si en un lapso de 4 horas no se restablece el
servicio ambas partes podrán acordar implementar un procedimiento de contingencia para
continuar con la operación de cobro. Asimismo, las partes se comprometen a actualizar el software
y hardware de acuerdo a la tecnología vigente.
DÉCIMA SÉTIMA: SOPORTE TÉCNICO. Las partes se comprometen a tener en disponibilidad al
personal de soporte técnico en días hábiles, sábados, domingos y feriados, en caso de presentarse
problemas en la aplicación o de comunicación, de manera que ambas partes faciliten los medios
de localización (teléfono oficina y/o celular, beeper, correo electrónico) necesarios para contactar
al personal asignado, con un tiempo de respuesta no mayor a una hora. Lo anterior, con el fin
que se preste el servicio ininterrumpidamente en los horarios establecidos por el Banco a través
de las cajas receptoras en todo el territorio nacional, así como los mecanismos electrónicos que
el Banco ponga a disposición. En documento vía nota formal o vía correo, se deben indicar los
contactos y horarios de las unidades responsables de otorgar el soporte operativo y técnico, por
ambas partes. Asimismo, ambas partes manifiestan que la interconexión entre las partes es de
forma directa sin ningún intermediario o por medio de un integrador de servicios, salvo los
proveedores de comunicaciones y transporte de datos, públicos o privados. En el caso de que la
Empresa utilice algún integrador tecnológico para conectarse con el Banco asume la
responsabilidad solidaria ante cualquier ataque informático contra el Banco que proceda desde el
integrador contratado. Además, la Empresa releva al Banco de toda responsabilidad ante la
pérdida de información o perjuicio económico causado por acción u omisión de su integrador
tecnológico.
OTRAS DISPOSICIONES
DÉCIMA OCTAVA: COMERCIALIZACIÓN: El Banco podrá realizar campañas de cobro a través
de diferentes canales, cuando a su juicio lo estime conveniente y lo hará de común acuerdo con
la Empresa, sólo en los casos en que ésta aporte contenido económico a la respectiva campaña.
En todos los casos en que el Banco efectúe campañas para mejorar la recaudación de pagos, éste
podrá utilizar el logo de la Empresa conforme a lo establecido en este contrato.
DÉCIMA NOVENA: CASO FORTUITO Y/O FUERZA MAYOR. En el evento de un caso fortuito o
fuerza mayor que impida o dificulte la aplicación de las cancelaciones y/o depósitos de recaudación
por Conectividad, las partes se comprometen a reestablecer el enlace a la mayor brevedad posible,
con el fin de asegurar la continuidad del servicio a los clientes. Si el enlace se encuentra
inhabilitado, el Banco no podrá aplicar cancelaciones y/o depósitos de recaudación por los canales
establecidos. El BANCO no estará obligado a realizar los depósitos o prestación del servicio de
recaudación durante el periodo de declaratoria de emergencia nacional, y en el caso de efectuarlo
lo hará dentro de las posibilidades tecnológicas y logísticas propias de una situación de
emergencia.
VIGÉSIMA: RESOLUCIÓN DE CASOS DE EXCEPCIÓN. En caso de que el Banco duplicara un
pago, un depósito de la recaudación o registrara un pago en forma errónea, queda autorizado
expresamente para realizar el débito correspondiente de la cuenta de la Empresa, sin necesidad
de una comunicación previa. El Banco comunicará a la Empresa el número de nota de crédito y
débito y la fecha en la cual se realizó la reversión de cualquier ajuste.
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VIGESIMA PRIMERA: REVERSIONES. La Empresa se compromete a desarrollar la trama de
reversiones automáticas de pagos, de forma tal que, si desde un canal del Banco se envía una
solicitud de reversión de la transacción previamente procesada, la Empresa debe dejar pendiente
la transacción previamente pagada y responderle al Banco que la reversión se ejecutó de manera
exitosa. Esta “trama” de reversión debe quedar debidamente implementada en el ambiente de
producción. El Banco podrá reversar transacciones desde sus sucursales y agencias durante el día
transaccional, al día siguiente ya no podrá realizar tal tipo de transacción. Para efectos de otros
canales de recaudación como los electrónicos y socios de negocio como los BN SERVICIOS y BN
CORRESPONSALES, el Banco se reserva la potestad de debitar de la cuenta corriente de la
Empresa sumas depositadas en días anteriores siempre cuando se hayan derivado de un error o
duplicación, lo anterior de conformidad con lo establecido en este contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA: USO DE LAS MARCAS DE LA EMPRESA. La Empresa autoriza al
Banco para utilizar sus marcas comerciales en conjunto para actividades publicitarias y de
comunicación, cuando se trate de estrategias propias del Banco, o éste último actuando con sus
socios de negocios: BN SERVICIOS y BN CORRESPONSALES u otra estrategia futura. Previo a
utilizar las marcas se deberá contar con el visto bueno del departamento especializado de la
Empresa, mediante nota formal por escrito o mediante correo electrónico. La Empresa le aportará
al Banco los archivos correspondientes que contengan los objetos a mostrar en un formato
vectorial editable de Adobe Ilustrador. Asimismo, en caso de que se realice algún cambio en su
marca, será responsabilidad de la Empresa remitirla al Banco para su actualización. La Empresa
manifiesta ser la única titular de la marca comercial cuyo uso autoriza en este acto, y releva de
toda responsabilidad al Banco en caso de reclamos por parte de terceros originados en un presunto
uso indebido de dicha marca, comprometiéndose a asumir los costos de una eventual condenatoria
que se origine exclusivamente en ese motivo.
VIGÉSIMA TERCERA: CUSTODIA DE LA INFORMACIÓN. En todos los casos el Banco y la
Empresa deberán mantener en custodia, respaldos de la información que genera la actividad del
servicio por un tiempo no menor a (5) cinco años.
VIGÉSIMA CUARTA: RELACIÓN CON EL PERSONAL DE LA EMPRESA. Queda entendido que
el presente contrato no tiene implicación o trascendencia laboral entre las partes, ni genera
relación de empleo o subordinación jerárquica entre la Empresa y el Banco, ni entre el Banco y
los empleados de la Empresa.
VIGÉSIMA QUINTA: MODIFICACIONES AL CONTRATO: El Banco se reserva la facultad de
realizar modificaciones a los términos de este contrato cuando así lo requieran las condiciones de
prestación del servicio de recaudación. En el caso anterior, el Banco comunicará a la Empresa las
modificaciones solicitadas para su debida valoración. La Empresa tendrá un plazo de diez (10)
días hábiles contados a partir de la comunicación del Banco, para aceptar o rechazar las
modificaciones propuestas. En caso de que la Empresa rechace las modificaciones, podrá dar por
terminado el contrato, previo pago de las comisiones adeudadas al Banco. Si dentro del plazo
establecido la Empresa no manifiesta expresamente su oposición a las modificaciones, se
entenderá que ha aceptado las mismas y por ende se tendrán por incorporadas válidamente al
contrato.
VIGÉSIMA SEXTA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. El presente contrato tendrá un
plazo de vigencia de un (1) año contado a partir de su firma. El contrato podrá prorrogarse de
forma automática por periodos iguales y consecutivos. Las partes quedan facultadas para dar por
terminado el presente contrato manifestándolo expresamente y por escrito con al menos treinta
(30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo. El Banco podrá dar por
terminado el contrato en forma unilateral y sin necesidad de previo aviso, cuando se determine
que no existe actividad de recaudación durante tres meses de manera continua.
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£Municipalidad de Guacimo
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Acta N.* 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 10.
VIGÉSIMA SÉTIMA: NATURALEZA DEL ACUERDO. Este contrato ha sido el producto de
mutuas negociaciones, por lo que cada cláusula ha estado sujeta a consultas y acuerdos entre
ambas partes. Las Partes reconocen que este contrato constituye y expresa el único acuerdo entre
ellas en relación con los asuntos aquí referidos. Cualesquiera discusiones, promesas,
declaraciones y entendimientos previos han sido sustituidos en su totalidad por el presente
contrato y por lo tanto son inaplicables.
VIGÉSIMA OCTAVA: DIVISIBILIDAD. Si alguna disposición de este Contrato resultare inválida
o ilegal se tendrá por no-puesta, pero la legalidad y validez del resto del Contrato no se verá
afectada o limitada por dicha omisión.
VIGÉSIMA NOVENA: REPRESENTACIÓN DE LAS PARTES. Con el objeto de coordinar todo lo
relativo a la ejecución del presente contrato y velar por el perfecto cumplimiento de todas y cada
una de las cláusulas que aquí se establecen, además de facilitar la coordinación en aspectos
técnicos, administrativos, operativos y comerciales la Empresa deberá designar un administrador
del contrato, lo cual deberá ser comunicado al Banco oportunamente, y el Banco designa a la
Unidad de Apoyo Institucional a Usuarios, Administrador del sistema y al Ejecutivo de Cuenta
asignado a la Empresa.
TRIGÉSIMA: CUANTÍA. Para efectos fiscales el presente contrato se considera como de cuantía
inestimable.
TRIGÉSIMA PRIMERA: CESIÓN DEL CONTRATO. Las partes aceptan en forma expresa que no
podrán negociar, ceder o transferir de forma alguna, ni total ni parcialmente, este contrato ni los
derechos y obligaciones en él establecidos, salvo autorización previa y por escrito de la otra parte.
TRIGÉSIMA SEGUNDA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Las partes manifiestan
que toda la información que intercambien con ocasión de la ejecución de este contrato será
considerada confidencial y protegida por las disposiciones, términos y alcances previstos en la Ley
de Información No Divulgada, N* 7975 de 22 de diciembre de 1999 y su reglamento, con las
obligaciones que de dicha normativa derivan para las partes. La violación de dichas normas
facultará a la parte que no ha incumplido a dar por resuelto el contrato, sin perjuicio del cobro de
los daños y perjuicios que deriven de tal incumplimiento.
TRIGÉSIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para todos los efectos relacionados
con este contrato, su interpretación, cumplimiento, terminación y reclamos de responsabilidad,
las partes se someten a la legislación nacional de la República de Costa Rica, y a la jurisdicción y
competencia de los Tribunales de Justicia costarricenses.
TRIGÉSIMA CUARTA: NOTIFICACIONES. Para los efectos establecidos en el artículo 22 de la
Ley número 8687 Ley de Notificaciones Judiciales, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número
20 del 29 de Enero de 2009, se establece como lugar para atender notificaciones en caso de
incumplimiento y/o ejecución forzosa del presente contrato, el domicilio social, indicándose para
el Bánco sus oficinas centrales ubicadas en San José, calle cuatro, avenida tres y para la Empresa
(indicar domicilio social).
Las partes contratantes declaran y aceptan que las cláusulas del presente contrato son ciertas y
se comprometen a su fiel cumplimiento, por lo cual firman el presente contrato en la ciudad de
Guácimo.
Acuerdo N.2 Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Acta N.% 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.9 11.
2- Se dio lectura a oficio AMG-582-2021 al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 06-05-2021, enviado por el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal de
Guácimo, solicitud de prórroga, dice:
El suscrito, Gerardo Fuentes González, actuando en mi condición de Alcalde Municipal de Guácimo,
por este medio con relación al contenido del oficio P-0175-2021, emitido por la Presidencia
Ejecutiva de RECOPE, referente a la donación de 800 toneladas de chatarra a favor de la
Municipalidad de Guácimo; procedo a gestionar solicitud de prórroga de plazo para retiro de
chatarra, según los siguientes términos:
1.- Con motivo de los alcances del oficio P-0175-2021, la Municipalidad de Guácimo procedió a
realizar una serie de gestiones a nivel interno, lo que implicó el trámite, aprobación y publicación
de un Reglamento Municipal para regular un procedimiento para materializar la venta de activos
en desuso.
2.- La Municipalidad de Guácimo inicialmente promovió el procedimiento N* 2021CD000022-
0022500001, el cual fue declarado desierto, mediante acuerdo 02, de sesión extraordinaria N* 10,
celebrada el día 8 de abril de 2021.
3.- Que con motivo de declaratoria de desierto del proceso N* 2021CD-000022- 0022500001, la
Municipalidad de Guácimo, promovió un nuevo proceso de remate, con número de expediente
2021RE-000001-0022500001; en este proceso se dio la adjudicación por un monto de + 106 000
000.00; en relación, la donación realizada por RECOPE, fue valorada en un monto de € 48 000
000.00, siendo que producto del remate realizado se adjudicó por un monto final de 106 millones,
con lo cual se podrá realizar mayores mejoras en el Parque Central de Guácimo, ya que la donación
autorizada está condicionada a que los recursos sean invertidos en obras en dicho parque.
4.- Considerando lo indicado en los puntos anteriores, se hace necesario solicitar una prórroga
sobre el plazo otorgado para hacer retiro de la chatarra donada, en las instalaciones de RECOPE
en Moín; motivo por el cual se solicita al Despacho de la Presidencia Ejecutiva otorgar un plazo de
hasta 30 días hábiles adicionales, para que el adjudicatario del proceso de remate pueda hacer el
retiro de dicha chatarra.
En dicho sentido, es importante hacer ver que al haberse declarado desierto el primer proceso
realizado por parte de esta Municipalidad, esto provocó un atraso, lo cual hace necesario y
justificable el que se presente esta solicitud de prórroga; siendo que a la fecha ya el proceso de
contratación administrativa está concluido y adjudicado.
Conocido el oficio suscrito por el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde
Municipal, dirigido a la Presidencia Ejecutiva de RECOPE, solicitándole prórroga de
plazo para retiro de chatarra, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, somete a votación brindar voto de apoyo a la gestión, por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la solicitud, sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle cordialmente al Dr.
Alejandro Muñoz Villalobos — Presidente Ejecutivo de RECOPE, otorgar visto bueno a gestión
que lleva acabo el Sr. Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal, mediante oficio AMG-582-
2021, suscrito asu distinguida persona, a fin de que otorgue prórroga de plazo para retiro
de chatarra a Municipalidad del Cantón de Guácimo. Agradeciendo de antemano la aprobación
que se sirva brindar a la misma.
Acuerdo N.* Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Acta N.% 32-2021
S.O. N.9 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 12.
3- Se dio lectura a oficio AMG-590-2021 enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 11-05-2021, porel Sr. Gerardo Fuentes - Alcalde Municipal, en el que
adjunta oficio SIOP-329-2021, suscrito por Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez, Coordinador a.i. del
Departamento de Servicios de Infraestructura y Obra Pública de esta Municipalidad en respuesta
al Acuerdo N % 20, tomado por el Concejo Municipal del Cantón de Guácimo, mediante
Sesión Ordinaria N 913-2021 , celebrada 25 de marzo 2021, en el que se Trasladar al Sr.
Gerardo Fuentes González - correo electrónico con fecha de recibido el 19-03-2021 por la
Secretaría del Concejo Municipal, enviado por el Ing. Eddy Baltodano Araya-Director Regional
Huetar Atlántica Gerencia de Conservación de Vías y Puentes-CONAVI, referente al tema solicitud
material perfilado, al respecto indica que ya se coordinó con el señor Maroto Chen para que a lo
más pronto posible retire material donado.
CONOCIMIENTO.
ARTICULO III. CORRESPONDENCIA.
1- Se dio lectura a oficio DREGUA-063-2021, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-
05-2021, firmado por la MSc. Ana Cecilia Domian Asnjo - Director Regional de Educación, dirigido
a la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, referente a respuesta a correo de las 20 horas 05 minutos
del día martes 6 de abril del 2021 , dice:
a. En respuesta a su correo de las 20 horas 05 minutos del día martes 6 de abril del 2021,
donde expone una situación aparentemente irregular en la presentación de las ternas de los
miembros de la Junta Administrativa del Centro de Educación Especial de Guápiles y donde al
finalizar el documento indica:
«»»«Concluyo expresando que realmente me siento lesionada emocionalmente por parte de ml
jefe inmediato, por hacer las cosas a espaldas de esta funcionaria, misma que copio a El como
acto de transparencia, a la Directora Regional porque estas acciones deben elevarse, asuntos
Jurídicos para ver el proceso que competa a la Junta Administrativa actual para que ellas
juzguen este proceder y a ml personal ya que yo trabajo en equipo y somos una unidad, ya
que las acciones del Supervisor fueron públicas por una red social y no pido ni me Interesa una
disculpa, solo deseo la legalidad, transparencia y que ustedes con sabiduría puedan tomar la
mejor decisión apegados al debido proceso... " La negrita y el subrayado no son parte del
original.
En la redacción de su correo externa una molestia debido a que el supervisor de
circuito 04, Msc. Rigoberto Román González, anexa al procedimiento del Decreto 38249-MEP
a postulantes como miembros de la comunidad, quienes le solicitaron mediante documento
escrito ser incluidos en las ternas del Centro de Educación Especial de Guápiles, ante dicha
situación ml persona solicitó un informe al supervisor sobre lo acontecido una vez revisado el
mismo, procedo a indicarle 'lo siguiente:
Los Consejos Municipales tienen la potestad de nombrar, directamente a los integrantes de las
Juntas de Educación y Juntas Administrativas de los Centros de Enseñanza oficial. Tal y como
lo reza el artículo 13 inciso g) del Código Municipal, "Son atribuciones del Consejo: g) Nombrar
directamente, por mayoría simple, a los miembros de las juntas Administrativas de los centros
oficiales de enseñanza y de las Juntas de Educación, quienes solo podrán ser removidos por
justa causa.(...) La potestad de nombramiento "directo" que ostenta los Concejos municipales
para designar a los integrantes de las Juntas Administrativas y juntas de Educación fue
analizada por la Procuraduría General de la República mediante dictamen n o C-158-2201 DEL
30 DE MAYO DEL 2001. En ese pronunciamiento luego de haberse realizado un detallado
análisis de la normativa que a través del tiempo ha regulado la integración de las citadas
Juntas, se llegó a la conclusión de que la designación de sus miembros es potestad exclusiva
y excluyente de los Concejos Municipales.
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S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.9 13.
En virtud de lo anterior la Procuraduría ha interpretado que el inciso g) del artículo 13 del
Código Municipal derogó de manera tacita la potestad de la Intervención de órganos diferentes
a los Concejos Municipales en el nombramiento de los integrantes de las Juntas de Educación
y Juntas Administrativas de los Centros Oficiales de Enseñanza.
Es por ello por lo que de lo anteriormente expuesto se deduce que nombrar a los sujetos que
conforman las Juntas en estudio, recae de FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE, en el Consejo
Municipal.
Se hace un breve análisis del significado y alcance sobre el instituto legal denominado
Juramento.
La juramentación constituye un elemento consustancial del nombramiento, que influye
directamente en su eficacia y sin la cual, este no puede considerarse valido y eficaz, por lo que
la Juramentación es Imprescindible para entrar a ejercer el cargo.
El ordenamiento Jurídico dispone el sujeto competente para juramentar por lo que recaería la
juramentación sobre el órgano que tiene la facultad de nombrar y este es el Concejo Municipal.
Aunado a lo anterior de acuerdo con lo que se expone en su nota referente al artículo 12 del
decreto 38249-MEP al respecto le indico: Art. 12: "—El Director del Centro Educativo, en
coordinación con el personal docente V administrativo, será el responsable de proponer las
ternas para los cinco miembros que conformarán la Junta, procurando un proceso de consulta
transparente y participativa, así como de verificar el cumplimiento de los requisitos
establecidos.” El subrayado y la negrita no es del original.
Del anterior artículo se denota que lo que se realiza son propuestas de 'as ternas, cumpliendo
con ello [o que establece la norma supra indicada, sin embargo, no existe norma alguna que
exprese que el Consejo Municipal tenga estrictamente que nombrar a los miembros propuestos
por el centro educativo o que a solicitud de parte se excluya a un miembro que solicite ser
integrado en las propuestas,
Cabe indicar que no existe una relación jerárquica entre el Ministerio de Educación Pública y
las Juntas de Educación y Juntas Administrativas, pero si están sometidas a la tutela
administrativa del Poder Ejecutivo, lo que se conoce como la relación de dirección por lo que
si pueden ser objeto de órdenes solo que referidas a la actividad mediante directrices, conforme
a los numerales 26 inciso b), 27 punto 1, 98 a 100 de la Ley General de Administración Pública,
Estando sometidas en materia de distribución e Inversión de los dineros que reciben
provenientes entre otras fuentes del Presupuesto Nacional. Por lo que las Juntas de Educación
y Juntas Administrativas son entes públicos con capacidad de derecho público y privado
contando con patrimonio propio.
, AUDITORIA
INTERNA
De igual forma debo indicarle que el ordenamiento jurídico está regido por el principio de Jerarquía
de las normas, según el cual la norma que tiene grado superior priva y debe ser aplicada en
detrimento de la inferior.
Por lo que la jurisprudencia administrativa ha manifestado: "El principio de jerarquía de la
normativa permite establecer el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para
solucionar las contradicciones que se presenten entre normas de distinto rango," Dicho principio
se encuentra en el artículo 6 de la Ley General de Administración Pública. 1. La jerarquía de las
fuentes del ordenamiento jurídico administrativo se sujetará al siguiente orden: a) La Constitución
Política;
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Pág. N.* 14.
b) Los tratados internacionales y las normas de la Comunidad Centroamericana;
c) Las leyes y los demás actos con valor de ley;
d) Los decretos del Poder Ejecutivo que reglamentan las leyes, los de los otros Supremos
Poderes en la materia de su competencia;
e) Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y los reglamentos de los entes
descentralizados; y
f) Las demás normas subordinadas a los reglamentos, centrales y descentralizadas.
2, Los reglamentos autónomos del Poder Ejecutivo y los de los entes descentralizados están
subordinados entre sí dentro de sus respectivos campos de vigencia.
3. En lo no dispuesto expresamente, los reglamentos estarán sujetos a las reglas y principios que
regulan los actos administrativos.
De la lectura de lo anterior se deduce que el decreto 38249-MEP no podría estar sobre el Código
Municipal.
Por Lo que la designación de las personas a juramentar para la integración de la Junta
Administrativa del Centro de Educación especial recae sobre el Consejo Municipal de Guácimo.
Una vez claro lo anterior le manifiesto que, como primera acción administrativa ante los hechos
denunciados, solicité informe al supervisor de circuito 04, Msc. Rigoberto Román González quién
en fecha 21 de abril del 2021 me presenta Informe mediante oficio SECO4-015-2021, en el mismo
expone claramente lo acontecido y adjunta una serie de correos donde evidencia su labor.
Una vez claro este aspecto procedo a solicitarle a la Directora del Centro de Educación Especial,
en un plazo de 24 horas me remita o presente de forma física el documento con el recibido de la
supervisión escolar o bien la impresión del correo electrónico de la denuncia en contra de los
miembros de la Junta Administrativa que su persona menciona, lo anterior con la finalidad de
tomar las acciones administrativas y disciplinarias correspondientes que establece el artículo 65 y
66 de la Ley a la Carrera, mismo que reza:
Artículo 65,- Toda queja o renuncia deberá ser presentada ante el jefe inmediato del servidor
denunciado, quien, según la gravedad de esta, la reservará para su conocimiento o la elevará al
Director del Departamento de Personal del Ministerio de Educación Pública. Si este funcionarlo
hallare mérito, ordenará la inmediata investigación de cargos, conforme lo previsto en este
capítulo. En igual forma se procederá cuando, sin mediar queja o denuncia, los hechos llegaren a
conocimiento del Director de Personal y éste considerare que procede actuar de oficio.
Artículo 66.- Recibida porel superior queja o denuncia, o informado de presunta falta, si fuere de
su competencia según la gravedad de esta, procederá a levantar la información y resolverá lo
conducente, a la mayor brevedad posible, Dicha resolución, cuando implicare advertencia escrita,
será propuesta al Director del Departamento de Personal, quien resolverá, en definitiva.
Si por cualquier medio el jefe inmediato se informare sobre comisión de falta que no fuere de su
competencia elevará e/ asunto, sin resolución, al Director de/ Departamento de Personal, quien
procederá conforme a lo establecido en el artículo 68.
Contra las resoluciones del Director del Departamento de Personal, dictadas en los procedimientos
a que este capítulo se refiere, excepto las comprendidas en el primer párrafo de este mismo
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artículo, caben los recursos de revocatoria y apelación para ante el Tribunal de la Carrera Docente,
cuando sean interpuestos dentro de un plazo de cinco días hábiles. Este Tribuna/ resolverá en
definitiva y devolverá los autos al Director del Departamento de Persona/ para su ejecución.
b. Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-05-2021,
firmado por la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, Directora Recurso de Apelación y Nulidad
Absoluta, autentifica Lic. Carlos Salamanca Mendoza - Abogado dice:
A) RECURSO DE APELACIÓN Y NULIDAD ABSOLUTA
ACUERDO NÚMERO 22 - SESION ORDINARIA 14-2021 DEL 06 DE ABRIL DE 2021
Estimados señores:
Quien se suscribe MARITZEL CHINCHILLA VARGAS, directora CEEG, me presento ante ese cuerpo
colegiado a presentar formar recurso de apelación y Nulidad absoluta sobre el acuerdo número 22
aprobado por unanimidad mediante sesión ordinaria 14-2021, celebrada el 06 de abril de 2021,
que dice: "Este Concejo por unanimidad. acuerda: Solicitarle al MSc, Rigoberto Román González
Supervisor de Centros Educativos Circuito 04-DRE, hacerle saber a la señora Grettell Herrera
García, cédula No 1-0653-00095, que las personas que propone en terna para que conforme la
Junta administrativa CEEG, debe de apersonarse ante la directora Maritzel Chinchilla Vargas,
directora CEEG; a presentar formalmente su derecho a participar, lo anterior para que puedan ser
tomadas en cuenta por dicha dirección administrativa". (La negrita y subrayado es nuestro),
PROCEDENCIA DEL RECURSO OUE AMERITA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL
ACUERDO IMPUGNADO:
PRIMERO: PREAMBULO Y ANTECEDENTES DEL CASO.
El objeto de este recurso, al libelo de la documentación presentada en la secretaría de ese cuerpo
colegiado y por supuesto, debidamente revisada por todos ustedes al aprobar el acuerdo número
22 en la Sesión Ordinaria número 14-2021 del 2021 en la cual dan su total apoyo a la terna
presentada por la señora Grettell Herrera García, siendo que la misma carece de toda
representación legal para realizar este acto y por supuesto, no calzar con los términos que Indica
el REGLAMENTO GENERAL DE JUNTAS DE EDUCACIÓN en sus artículos 12 y 14 que en 10
que respecta, indica:
Artículo 12- El director del centro educativo, en coordinación con el personal docente, será el
responsable de realizar la propuesta de los siete miembros que conformarán la Junta del centro
educativo bajo Su responsabilidad, así como verificar en cada caso el cumplimiento de los
requisitos establecidos. Para tales efectos utilizará el formulario establecido para tales efectos por
el Departamento de Gestión de Juntas, La propuesta deberá contar con el visto bueno del
Supervisor del Circuito Educativo, quien será el responsable de presentarla ante el Departamento
de Servicios Administrativos y Financieros para su registro y tramitación posterior ante la
Municipalidad correspondiente,
Artículo 14,- La Dirección Regional de Educación, por medio del Departamento de Servicios
Administrativos y Financieros, presentará a la Municipalidad las propuestas de integración de las
Juntas y corresponde al Consejo Municipal el nombramiento definitivo de las mismas, así como su
posterior juramentación. El Consejo Municipal podrá delegar el acto de juramentación en uno de
sus miembros o en e/ Alcalde Municipal, con el fin de atender a las comunidades educativas más
alejadas y evitar la movilización de los miembros de la Junta hasta la Municipalidad.
Así las Cosas, podemos colegir que no existe legalmente ninguna otra persona o departamento
que se subrogue la responsabilidad de proponer listado de ternas para que funjan como miembros
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DE GUAL£IMO
AUDITO
RIA
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de la Junta Administrativa CEEG, si no es la persona de la directora del centro educativo CEEG;
de manera tal que cualquier actuación que haga o proponga otra persona y el caso en concreto la
señora Grettell Herrera García, carecerá de legitimidad y por lo tanto de legalidad, lo que lo sitúa
en una posición de nulidad absoluta del acto.
SEGUNDO: CONSIDERACIONES.
a) Toda la documentación relacionada con este caso fue debidamente presentada en tiempo
y forma, por la señora directora, la señora Maritzel chinchilla Vargas, acudiendo en todos
sus extremos con los requisitos establecidos en la norma para su presentación ante el
Concejo de la Municipalidad
b) Ese cuerpo colegiado obvió la documentación presentada por la señora directora Maritzel
Chinchilla Vargas dándole crédito a la terna presentada por la señora Grettell Herrera
García, pasando por alto todo requisito legal establecido reglamentariamente,
Cc) Los artículos Il y 12 del Reglamento de Juntas de Educación es muy claro y preciso en
cuanto a los requisitos que deben de contar las personas que vayan a Integrar las Juntas.
(Artículo 1 l.-Para ser miembro de una junta se requiere: a) Ser costarricense o
extranjero con cédula de residencia vigente, b) Ser mayor de edad, c) Saber leer y
escribir, d) No contar con antecedentes penales, e) Estar incluido en la terna presentada
por el MEPI según lo establece la normativa vigente y el procedimiento establecido en el
artículo 12 del presente reglamento). No especifica que se debe contar con el criterio
subjetivo de los miembros del Concejo indicando de que sean o no miembros de la
comunidad propiamente de Guácimo.
TERCERO: SOBRE LA APROBACIÓN.
Como resultado de lo Indicado supra, ese cuerpo colegiado ha aprobado un acuerdo totalmente
viciado que riñe toda norma establecida legalmente, Se ha valorado una documentación
presentada por una persona que carece de personalidad legal para llevar a cabo actos
administrativos de esta índole, no solo pasando por encima de los acuerdos tomados en sede
administrativa y de padres de familia, sino que sobre lo establecido en los reglamentos que se
deben observar para la presentación de este acto ante del concejo Municipal
De acuerdo con lo indicado en el artículo 15 del Reglamento de Juntas, el supervisor tendrá la
tarea de presentar las ternas propuestas por la directora del centro educativo, o sea, solo deberá
refrendarla y enviarla y el Concejo la obligación a aprobarlas, así como su posterior
juramentación; tomar criterio más allá de lo establecido, es contrario a lo Indicado en la
Constitución Política en su artículo Once.
CONCLUSIONES
Con las normas utilizadas del Reglamento General de Juntas de Educación y la Ley General de
Administración Pública, Constitución Política se comprueba que la aprobación tomada por ese
cuerpo colegiado carece de toda validez con documentación aportada sin los requisitos que le
norma exige.
DEL PERJUICIO Las violaciones a la norma Indicadas en el apartado del este recurso de apelación
y nulidad absoluta, tiene como corolario la aceptación de documentación viciadas que riñen con
el espíritu de la ley, así como la indebida aplicación del Derecho, que han lesionado el derecho
que la ley le otorga a los actos administrativos que este representación ha enviado en tiempo y
forma y cumpliendo todos sus requerimiento para su aprobación ante el Concejo Municipal, por
cuanto su apreciaciones subjetivas ocasionan que se aprobara un acuerdo que no persigue los
mismos objetivos que la Institución se ha trazado, lo anterior mediante interpretaciones que
2 MU
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lesionan la lógica, la sana crítica y consecuentemente, terminan desembocando en una clara
violación del ordenamiento jurídico en los términos antes descritos.
DEL REPARO
En virtud de los hechos anteriormente expuestos solicito la Apelación y la nulidad absolutas del
acuerdo tomado por ese cuerpo colegiado, se revoque y en su lugar se proceda a declarar con
lugar la terna propuesta por la suscrita en todos sus extremos.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Me amparo en las disposiciones del artículo 12 y 14 del Reglamento de Juntas de Educación,
Artículo 12- El director del centro educativo, en coordinación con el personal docente, será el
responsable de realizar la propuesta de los siete miembros que conformarán la Junta del centro
educativo bajo su responsabilidad, así como verificar en cada caso el cumplimiento de los
requisitos establecidos. Para tales efectos utilizará el formulario establecido para tales efectos por
el Departamento de Gestión de Juntas. La propuesta deberá contar con el visto bueno del
Supervisor del Circuito Educativo, quien será el responsable de presentarla ante el Departamento
de Servicios Administrativos y Financieros para su registro y tramitación posterior ante la
Municipalidad correspondiente.
Artículo 14.- La Dirección Regional de Educación, por medio del Departamento de Servicios
Administrativos y Financieros, presentará a la Municipalidad las propuestas de integración de las
Juntas y corresponde al Consejo Municipal el nombramiento definitivo de las mismas, así como
su posterior juramentación. El Consejo Municipal podrá delegar el acto de juramentación en uno
de sus miembros o en el Alcalde Municipal, con el fin de atender a las comunidades educativas
más alejadas y evitar la movilización de los miembros de la Junta hasta la Municipalidad.
Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública "Artículo IL-L La Administración Pública
actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos
servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.
2. Se considerará autorizado el acto regulado expresamente por norma escrita, al menos en
cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma imprecisa," Y artículos 11 de la Constitución
Política. Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a
cumplir los deberes que la ley les Impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en
ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para
exigirles la responsabilidad penal por sus actos en pública.
La Admiración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de
resultados y rendimiento de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los
funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control
de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones
públicas.
Conocido el oficio MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, Directora, en el que presenta
Recurso de Apelación y Nulidad Absoluta, autentifica Lic. Carlos Salamanca Mendoza, el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Bueno la Directora del
nos presenta este recurso, pero la MSc. Ana Cecilia Domian Asnjo — Directora Regional
de Educación, nos da la razón, nos dice que nuestra actuación fue la correcta, que
es competencia del Concejo Municipal nombrar las Juntas entonces seria como
mandarle a la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, esa respuesta que da la Directora
Regional de Educación.
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Pág. N.* 18.
B) Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021,
firmado por la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, dirigido Magistrados y Magistradas,
Recurso de amparo, al tenor del artículo 10 y 48 de la Constitución Política, en contra
del Concejo Municipal de Guácimo, autentificado Lic. Héctor Sáenz Aguilar dice:
Yo Maritzel Chinchilla Vargas, mayor, casada dos veces, directora Centro de Educación Especial
de Guápiles, interpongo el presente RECURSO DE AMPARO, al tenor del artículo 1O y 48 de la
Constitución Política, en contra del Concejo Municipal de Guácimo.
Acudo a esta Sede Jurisdiccional en mi condición de representante directora del Centro de
Educación Especial de Guápiles, así mismo como docente, y ciudadana en ejercicio; por lo que
solicito se tenga esta doble CONDICIÓN DE LEGITIMACION en la acción judicial que nos ocupa.
Me sirvo reseñar y fundamentar el presente Recurso de Amparo basada en las siguientes
consideraciones de hecho y derecho.
1. Relación de los Hechos.
Primero: Que en los Oficios No. F-PJ-04 Formularios para el envío de ternas para miembros de
Juntas de Educación y Juntas administrativas y oficio CEEG-OF034-2021 de fecha 09 y 10 de abril
de 2021 respectivamente, solicita esta servidora se sirva refrendar y enviar por parte del
Supervisor al Concejo Municipal de la Municipalidad de Guácimo la debida aprobación de la terna
para ocupar los puestos de la Junta Administrativa.
Segundo: Que en acta número 79 realizada en fecha 26 de febrero 2021, se llevó a cabo con el
fin de obtener la lista de proponentes para su posterior aprobación por el consejo de profesores y
se nombraron las personas que se enuncian en el formulario para el envío de ternas No. F-PJ-04
del 09 de abril Q021.
Tercero: Que la referida terna fue alterada y modificada por el señor Supervisor MSc. Rigoberto
Román González y la señora Grettell Herrera García que ha fungido como presidenta de la Junta
Administrativa por espacio de doce años, cambiando totalmente la terna que se había aprobado
reglamentariamente por la dirección de este Centro de Educación como se aporta, y que fueron
además debidamente aprobadas en acuerdo de actas. (Ver carta de fecha 21 de abril 2021
firmado por Grettell Herrera García y oficio SECO4016,2021 firmado por Rigoberto Román
González).
Cuarto: Que en vista de los actos realizados por el señor Rigoberto Román González y doña Grettell
Herrera García de enviar otra lista o terna diferente a la ya aprobada por el Consejo de profesores
para sea avalada o aprobada en sesión del Concejo Municipal, se le previene al Concejo Municipal
mediante la interposición de Recurso de apelación y nulidad absoluta del acuerdo que le da visto
bueno a la propuesta de la señora Grettel Herrera García, no obstante lo indicado, siempre votaron
por unanimidad por la lista de la señora Grettell Herrera García y el señor Rigoberto Román
González.
DERECHO VIOLENTADO.
A plena luz del día se puede observar que flagrantemente se ha violentado el debido proceso así
indicado en el Reglamento General de Juntas de Educación, de la misma forma han obviado los
acuerdos tomas en Actas por parte del consejo de profesores del centro educativo.
Se ha violentado en derecho de los padres de familia que desinteresadamente han propuestos sus
nombres para trabajar como miembros de la Junta Administrativa de la escuela donde sus hijos
£íunicipalidad de Guácimo
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S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 19.
en condiciones de discapacidad estudian y con ello afectando el derecho a una educación inclusiva,
especial y dirigida por padres de familia que conocen las necesidades de sus hijos, y no de terceros
extraños que han sido seriamente cuestionados en el manejo presupuestario del centro educativo
y que han puesto en peligro los pocos fondos existentes.
Se ha violentado por parte del Concejo Municipal en especial el señor presidente del Consejo el
derecho de tos padres y madres de familia a trabajar como miembros de la Junta administrativa
del Centro Educación Especial de Guápiles (radicado en el cantón de Guácimo) por el simple hecho
de no ser miembros de la comunidad Guácimeña; y es un centro de la toda la región, tal y como
está concebido en las políticas institucionales del Ministerio de Educación, es decir abarca un
ámbito regional y geográficamente más allá que un solo cantón.
PRUEBAS.
e Copias de las actas del Concejo Municipal
e Oficio CEEG-04,,018-2021
o Oficio SEG-04,,016-2021
e Carta de fecha 21 -abril 2021
e Carta de fecha 16 de abril 2021
e Oficio CEEG-068-2021
e Acta No 79 de fecha 26 febrero 2021 del Consejo de Profesores
e Acta No 82 de fecha 26 de abril 2021 del consejo de Profesores
e Oficio CEEG-OF-059-2021
e Oficio CEEG-OF-0580021
e Oficio No 417-2021 del Concejo Municipal,
e Oficio No CEEG-ofm034-2021
e F-PJ,04 Formulario para el envío de ternas
e Declaración Jurada
e Copia de hojas de delincuencia de las padres propuestos a la terna por parte del Consejo de
Profesores.
FUNDAMENTO LEGAL
1- Que la Constitución Política de Costa Rica garantiza en el Titulo VII Slderecho a la educación de
todas las personas que habitan el territorio nacional
2- Que la Ley Fundamental de Educación, Ley N O 2160, en el Artículo 1 0 j reafirma el derecho a
la educación de todo habitante de la República y particulariza que el Estado tiene la obligación de
procurarla en la forma más amplia y adecuada.
3-Que el 29 de mayo del 1996, entró en vigor la Ley N O 7600, Ley de Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad, la cual fija en el Artículo
"El Estado garantizará el acceso oportuno a la educación a las personas, independientemente de
su discapacidad, desde la estimulación temprana hasta la educación superior. Esta disposición
incluye tanto la educación pública como la privada en todas las modalidades del Sistema Educativo
Nacional",
4-Que mediante la Ley N O 7948 del 22 de noviembre del año 1999, el Estado costarricense ratificó
la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad (CIADDIS), la cual plantea entre sus objetivos, la plena integración en
la sociedad de esta población y que, para hacerlo efectivo, el Estado se compromete a adoptar las
medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole.
183
Acta N.* 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.2 20.
5-Que el 29 de setiembre del año 2008, entró en vigor la Ley N O 8661, Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad (CDPD), cuyo artículo 24, plantea el reconocimiento
estatal del Derecho de las personas con discapacidad a la educación en un sistema de educación
inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida.
6-Que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en setiembre del año 2015, aprobó la Agenda
2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyo objetivo número 4 se orienta a
"Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de
aprendizaje durante toda la vida para todos".
7-Que la Política Nacional en Discapacidad (PONADIS) para el periodo 2011- 2021, señala como
una de las aspiraciones del Estado costarricense, que las personas con discapacidad tengan a su
disposición un sistema educativo inclusivo de cobertura nacional, caracterizado por la calidad, la
equidad, la participación ciudadana, de sus familias, así como de organizaciones y con acceso
universal. Señala asimismo que el Estado adoptará y estimulará la educación inclusiva de niños,
niñas y adolescentes con discapacidad, como la base para la construcción de una ciudadanía
informada, crítica y proactiva en favor del mejoramiento individual y colectivo, así como de la
defensa de sus propios derechos.
8-Que la Agenda Nacional de la Niñez y la Adolescencia 2015- 2021 establece como una de las
metas del Estado costarricense, el desarrollo de una estrategia concreta, evaluable y
transformadora de la educación inclusiva del país, que favorezca a las niñas, los niños y jóvenes.
9-Que el Comité Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, al examinar el
Informe Inicial del Estado costarricense sobre la implementación de la CDPD, en lo atinente a la
educación le exhorta "a implementar una política de formación de docentes dentro del modelo de
educación inclusiva, y a la vez asegure la educación inclusiva mediante el apoyo de personal
docente capacitado, en Braiffe, Lengua de Señas Costarricense, medios y modos alternativos de
comunicación, textos de fácil lectura, y otros equipos y medios auxiliares". Asimismo 'El Comité
recomienda al Estado, asegurar que todas las personas con discapacidad tengan acceso a la
educación inclusiva, en todos los niveles de la educación incluyendo la educación para adultos y
en todo el país, y garantice que esta educación tenga cobertura en las áreas más remotas, tenga
enfoque de género, pertinencia étnica y cultural".
10-Que una conclusión sustancial del citado Comité Internacional, a través de su Observación
General NO 4 sobre el artículo 24 de la CDPD, "El derecho a la educación inclusiva", adoptada el
22 de agosto de 2016, reafirma el carácter inclusivo de la educación de las personas con
discapacidad, cuando expresa que "Todos Jos niños, independientemente de la discapacidad,
tienen derecho a ser educados juntos en entornos inclusivos, y la responsabilidad debe recaer en
el Estado para asegurarse de que los sistemas de apoyo necesarios están en su lugar para permitir
que esto suceda, sin discriminación ni exclusión".
11- Que no obstante los importantes avances normativos del país en derechos humanos de las
personas con discapacidad, particularmente en materia educativa, todavía persisten distintas
formas de discriminación, que limitan o impiden el efectivo ejercicio del derecho a una educación
inclusiva y de calidad con equidad para esta población.
12-Que la educación inclusiva implica el acceso a una educación de calidad para todos, incluyendo
a la población con discapacidad, sin ningún tipo de discriminación, lo cual exige una
transformación profunda de los sistemas educativos, la puesta en ejecución de políticas y
programas educativos que garanticen el acceso y permanencia en todos los niveles y modalidades,
incluyendo las no formales. La ejecución de y que potencien su desarrollo personal y social hacia
la verdadera inclusión de las personas con discapacidad.
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S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
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PRETENSION DE SANEAMIENTO CONSTITUCIONAL.
Solicitamos a la honorable Sala Constitucional, se ordene el saneamiento del acuerdo Municipal
que acogió del supervisor el nombramiento de una junta irregular, y que no era la propuesta
avalada por el Concejo de profesores y que violento el sagrado principio de debido proceso, donde
se apartó del oficial y necesario vínculo constitucional de un Centro de Educación Especial que se
rige por un ordenamiento especifico; acuerdo que violenta además al correcto manejo de las
necesidades protegidas por la Constitución en materia de discapacidad, educación y protección a
la niñez y adolescencia.
Conocido el recurso de amparo presentado ante los Magistrados(as) de la
Sala Constitucional presentadas por la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Propongo trasladar toda esta
documentación al Alcalde Municipal para que nos colabore con el Lic. Danny Arguello
para hacerles la contestación formalmente, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo Fuentes
González - Alcalde Municipal, su colaboración a fin de que el Sr, Lic. Dani Ramón Arguello
Morales - Gestor Jurídico a.i. Municipalidad De Guácimo, genere criterio legal, sobre recursos
de amparo presentados por la Dra. Maritzel Chinchilla Vargas - Directora CEEG, por el
nombramiento de la Junta Administrativa del Centro de Educación Especial de Guápiles,
aprobado por este Organo Colegiado. Se adjunta la siguiente documentación:
a- Se dio lectura a oficio DREGUA-063-2021, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 06-
05-2021, firmado por la MSc. Ana Cecilia Domian Asnjo - Director Regional de Educación, dirigido
a la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, referente a respuesta a correo de las 20 horas 05 minutos
del día martes 6 de abril del 2021, dice:
b) Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021, firmado
por la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, dirigido Magistrados y Magistradas, Recurso de amparo,
al tenor del artículo IO y 48 de la Constitución Política, en contra del Concejo Municipal de Guácimo,
autentificado Lic. Héctor Sáenz Aguilar.
c. Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021, firmado
por la MSc. Maritzel Chinchilla Vargas, dirigido Magistrados y Magistradas, Recurso de amparo,
al tenor del artículo 1O y 48 de la Constitución Política, en contra del Concejo Municipal de Guácimo.
(Transcríbase con copia a la Dra. Maritzel Chinchilla Vargas - Directora CEEG).
Acuerdo N.% Tres. Aprobado por ¡úumanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
2- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 28-04-2021, firmado
por la Sr. Marvin Rodríguez León, Director del Liceo de Pocora, renovación Junta Administrativa,
dice:
El suscrito Marvin Rodríguez, director del Liceo de Pocora, traslada propuesta de ternas para
renovar la junta Administrativa Liceo de Pocora, por vencimiento de las misma. Las personas
propuestas surgen de la escogencia del personal docente. En reunión celebrada el día 13 de abril
del 2021, en las instalaciones del liceo de Pocora, acta* 35, se tomó la consideración que las
personas propuestas tuvieran la documentación completa: fotocopia de las cédulas de identidad
vigente y la certificación de antecedentes penales vigente.
M 1D.
DE GUÁCIM
AUDITORIA
INTERNA
Acta N. 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.0 22.
Se adjunta formula F-PJ-04, fotocopia de las cédulas de identidad, certificaciones de antecedentes
penales, fotocopia del acta ++35 y declaración jurada del director.
En nombre del personal y de la comunidad estudiantil, agradezco su diligencia en el presente
trámite.
Nombre Cédula
Adriana Virginia Faciy García | 7 0174 0984
As » ee
Nombre [:MEÉ]
Erika Fabiana Avila Marín 7 0279 0030
Nombre Cédula
Neccer Andrey Rojas Salazar | 7 0280 0488
Ñ Lizbeth Durán Valdivia 7 0125 0937
Nombre Cédula
Grethel Yecseling González Sánchez | 155819249303
Nombre Cédula
Silvia Patricia Rosales González | 1 1405 0584
Conocido el oficio presentado por el MSc. Marvin Rodríguez León,
Director del Liceo de Pocora, solicitando el mombramiento de la Junta de
Administrativa de dicha Institución, el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, procede a someter a votación manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Nombrar como miembros de la
Junta Administrativa del Liceo de Pocora a las siguientes personas :
NOMBRE N* CEDULA
¡Adriana Virginia Faciy García 17 0174 0984
Erika Fabiana Ávila Marín 17 0279 0030
Neccer Andrey Rojas Salazar 17 0280 0488
Grethel Yecseling González Sánchez [155819249303
Silvia Patricia Rosales González 1 1405 0584
(Periodo de vigencia 11-05-2021 - Periodo vencimiento 10-05-2024).
Acuerdo N.2 Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
187
£Municipalidad de Guácimo
M PALIDAD
A DE SUACIMO
EV. AUDITORIA
ess INTERNA
Acta N.% 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.0 23.
3- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 11-05-2021, enviado por la MSc. Yadira Tatiana Oviedo Solano, Directora CINDEA de
Río Jiménez, solicitando el nombramiento de un miembro en la Junta de Administrativa en
sustitución de la Sra. Yamileth Salazar Rojas - Cédula N* 6-0220-0290, por haber renunciado
debido a traslado de domicilio hacia Jicaral de Puntarenas.
[ Nombre | Cédula |
Angelica Moreno Salazar 5-0379-0247
Observaciones: Dada la situación en la que nos encontramos del Covid -19 para el personal del
centro educativo no fue posible conformar las ternas ya que existe poca disponibilidad de las
personas en querer asumir estos puestos
Conocido oficio presentado por la MSc. Yadira Tatiana Oviedo Solano, Directora
CINDEA de Río Jiménez, solicitando el nombramiento de un miembro en la Junta de
Educación, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a
votación manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la solicitud, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar como miembro de la Junta
Administrativa del CINDEA de Río Jiménez, a la Sra. Angelica Moreno Salazar, Cédula N*5-
0379-0247 , en sustitución de la Señora por motivo Yamileth Salazar Rojas - Cédula N* 6-
0220-0290, por motivo de haber renunciado, por traslado de domicilio hacia Jicaral de
Puntarenas.
(Fecha de vencimiento 01-03-2024)
Acuerdo N.* Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
4- Se dio lectura a oficio OGTH-0112-2021, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-
04-2021, Suscrito por la Licda. Angela Espinoza López, Coordinadora Gestión del Talento
Humano, indicando que en respuesta al Acuerdo N* Tres, de la Sesión Ordinaria N* 18-2021
del día 04 de Mayo 2021, se remite contrato de teletrabajo y para tal fin deberán autorizar
al Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, que firme las bitácoras de las
actividades realizadas semanalmente por la teletrabajadora.
Las teletrabajadora deberá realizar su marca a través de la aplicación teams en la
computadora.
El área de Gestión del Talento Humano les estará remitiendo el reporte del control
de asistencia a finalizar el mes.
Conocida el oficio que suscribe la Licda. Angela Espinoza López, Coordinadora
Gestión del Talento Humano, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
propone manifestar anuencia en las disposiciones a seguir en lo que estipula el
contrato temporal para acogerse ala modalidad de teletrabajo - Directriz N* 0073-
Acta N.* 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 24.
S-MTSS, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerle ala Licda. Angela Espinoza
López, Coordinadora Gestión del Talento Humano, su pronta respuesta al Acuerdo N* Tres, de
la Sesión Ordinaria N* 18-2021 del día 04 de Mayo 2021. Asimismo se le hace saber que este
Órgano Colegiado manifiesta anuencia en las disposiciones que indica el oficio OGTH-0112-
2021, así como el cumplimiento a seguir en lo que estipula el contrato temporal para
acogerse a la modalidad de teletrabajo - Directriz N* 0073-S-MTSS, en el caso de la
Funcionaria Jeanneth Crawford Stewart - Secretaria del Concejo Municipal.
Acuerdo N.2 Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
5- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 06-05-2021, enviado por la Sra. Ermelinda Ortega Cabalceta, número de residencia
155810841826, divorciada en unión libre, vecina de Barrio Paraíso, 75 metros oeste de la primera
entrada al Barrio Paraíso, me dirijo a ustedes para solicitarles de la manera más atenta me
colaboren con la solicitud ante la instancia correspondiente la restitución de efectos jurídicos del
plano número L-1370149-2009, para continuar el trámite de escritura ante el Registro Nacional,
ya que se encuentra vencido y me es imposible por factores económicos tramitar uno nuevo.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Ermelinda Ortega Cabalceta, el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone autorizar a la
Secretaria del Concejo Municipal para que elabore oficio ante el Subdirector del
Catastro Nacional, solicitando la restitución de efectos jurídicos del plano número L-
1370149-2009, a favor de dicha Señora, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Autorizar al Secretaria del Concejo
Municipal para que elabore oficio dirigido al Subdirector del Catastro Nacional, solicitándole la
posibilidad de restitución de efectos jurídicos del plano número L-1370149-2009, a favor de la
Sra. Ermelinda Ortega Cabalceta, número de residencia 155810841826, Vecina de Barrio
Paraíso, para continuar el trámite de escritura ante el Registro Nacional, ya que el plano se
encuentra vencido.
Acuerdo N.2 Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
6- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 11-05-2021, enviado por el Sr. Oscar Aguilar, manifestando que para el dia de
hoy 04-05-2021, se les había otorgado un espacio en la audiencia virtual, con el objetivo de
presentarles el servicio referente a la gestión de actas y acuerdos del Concejo Municipal, sin
embargo, no recibieron el link de acceso a sesión, ni tuvimos respuesta en los correos de
seguimiento.
Dado que no se pudo realizar la presentación el día de hoy, me gustaría solicitarles
nuevamente la oportunidad de realizar la presentación.
Conocida la inquietud presentada por el Sr. Oscar Aguilar, el Presidente Municipal -
Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Lo que sucedió fue que ese día la Municipalidad
por sospechas de personas contagiadas con el virus se cerro el edificio y la sesión
al no poderse suspender se hizo muy rápidamente, por lo que es importante solicitarle
las disculpas del caso y reprogramarle la atención para el próximo martes 18 de mayo
AUDITORIA
2 INTERNA
189
IDAD
MO
DEG [el]
vi. AUDITORIA
* INTERNA
Acta N.2 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 25.
a partir de las 4:p.m., por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Sr. Oscar Aguilar, las
disculpas del caso al no haberle atendido como correspondía el día 04-05-2021, debido a que
por inconvenientes fuera del control, tema Covid, la sesión hubo que llevarla a cabo en forma
rápida, sin embargo con mucho gusto se le reprograma la atención, en el marco de sesión
ordinaria, para el martes 18 de mayo 2021 a partir de las 4:p.m., de manera oportuna
se le estará haciendo llegar el link de la reunion.
Acuerdo N.2 Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
7- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 07-05-2021, enviado por la Sra. Maritzela Chinchilla Vargas, Directora del CEEG,
dice:
Me he dado a la tarea de ubicar a los miembros de Junta que el Concejo Municipal
nombró, con la finalidad de que sean juramentados, pero al ser personas desconocidas, no ser de
la comunidad educativa, no pertenecer a la terna presentada por esta dirección, ni aprobada por
el concejo de profesores, tampoco estas personas se presentaron a esta dirección con el deseo de
ser parte de esta Junta, pero todo esto son actos conocidos por ustedes, lo que ha sido un trabajo
arduo e innecesario y sumamente desgastante como funcionaria pública.
He logrado contactar a cuatro de ellos, por redes sociales, amigos de amigos, obituarios,
etc. quedando solamente este señor Juan Barrantes Guerrero, Cédula de identidad 2 0299 0968,
quien nadie me da de su paradero, no tenemos un número de teléfono, correo o dirección, y en
Servicio Civil en Línea solo me indica que tiene 66 años, es divorciado y nace en Alajuela, pero
vota en Guácimo, datos que no me ayudan para contactarlo, razón justificable de solicitarles muy
vehementemente su ayuda, ya que ustedes deben tener los atestados y datos personales del
caballero para haberlo nombrado por lo que debe ser un miembro honorario de esta comunidad
para que el concejo votará por él. Jamás creería que este concejo omitió el debido proceso del
CEEG por personas de las cuales no tiene sus credenciales y nos dejaría en manos de
desconocidos.
Agradezco me compartan los datos, sea teléfono, correo u otro o que ustedes se
comuniquen con el señor, indicando que debe presentarse a juramentar y el documento que le
emitan, presentarlo a esta dirección con cita previa, al 27166304 por protocolos de Pandemia, que
no puede ir acompañado y usar las medidas establecidas del cubrebocas en todo momento.
Quedo atenta y agradecida con ustedes, que hacen una excelente labor de velar por el
interés de la comunidad educativa del CEEG.
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Maritzela Chinchilla Vargas, Directora del
CEEG, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Según me indica
la Secretaria del Concejo ya todos se hicieron presentes a juramentarse, entonces
estaría la respuesta que debe hacérsele llegar, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Dra. Maritzela
Chinchilla Vargas, Directora del CEEG, en respuesta a su oficio vía correo electrónico de fecha
07-05-2021, según los registros que lleva el Departamento de Secretaria del Concejo
Municipal al día 11 de mayo 2021, se reporta los cinco miembros de la Junta Administrativa
del CEEG debidamente juramentados.
Acuerdo N.2 Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
NL”
Acta N.* 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 26.
8- Se dio lectura a oficio de correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el
06-05-2021, enviado por la Joven Ana Beatriz Cubillo Guzmán, Administradora ASADA Barrio El
Bosque, Solicitud bacheo calle al Uno, dice:
Por medio de la presente les extiendo un cordial saludo y procedo a exponer mi solicitud. El 19 de
marzo del año en curso, es decir; hace más de un mes y medio yo les envié un documento
solicitando su colaboración para intervenir la calle que conecta El Bosque con el Uno, la cual se
encuentra en pésimas condiciones y es responsabilidad de la municipalidad brindarle
mantenimiento. Es de mi conocimiento que el presupuesto para el bacheo fue aprobado en 2020.
Las palabras textuales del señor presidente don José Orozco, después de leer mi solicitud fueron
las siguientes ”... Ya esto esta pronto a realizar si Dios quiere, se ocupaba una compactadora y no
la teníamos”. Sin embargo, han pasado casi dos meses y la calle sigue en las mismas condiciones,
es por eso por lo que nuevamente hago un llamado a este consejo para que nos brinden una
respuesta CONCRETA sobre la reparación de esta calle tan transitada. Necesitamos nos brinden la
fecha en que la Municipalidad va a intervenir esta calle y hablo en plural puesto que la anterior
solicitud iba acompañada de varias firmas de vecinos.
Conocido el oficio suscrito por la Joven Ana Beatriz Cubillo Guzmán,
Administradora ASADA Barrio El Bosque, el Presidente Municipal —-Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, dice: Informarle que ese bacheo muy prontamente se va a estar
realizando, si Dios quiere ya mañana empiezan las obras, entonces darle respuesta
a la señora que ya está adelantado eso, por lo tanto:Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Joven Ana Beatriz
Cubillo Guzmán, Administradora ASADA Barrio El Bosque, que la intervención (bacheo) ruta calle
al Uno, se encuentra pronto a ejecutar, en el transcurso de estos días venideros.
Acuerdo N.% Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
9- Se dio lectura a oficio OGTH-0108-2021 al correo electrónico, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 28-04-2021, enviado por Angela Espinoza López, Coordinadora Gestión del
Talento Humano, Indicaciones sobre la declaración jurada de bienes, dice:
De conformidad con lo establecido en la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la
función pública, N.0 8422 y su Reglamento, los Regidores están obligados a rendir declaración
jurada de bienes deben cumplir ese requisito ante la Contraloría General de la República en el
plazo y los términos estipulados. Para facilitar la preparación y presentación de la declaración
jurada, la Contraloría ha dispuesto en su página Web el "Sistema de Declaraciones Juradas de
Bienes", mediante el cual deberán incorporar la información relativa a la situación patrimonial. Se
les detallan indicaciones a tomar en cuenta:
+ Este año, el plazo para la recepción de las declaraciones juradas de bienes anuales transcurre
del martes 4 de mayo al lunes 24 de mayo.
e Para facilitar la correcta presentación de las declaraciones juradas, está dispuesto en sitio web
de la CGR, www.cgr.go.cr / Declaración Jurada de Bienes, la sección “Declaración anual mayo
2021” que contendrá una base de conocimiento con preguntas e información relevante, además
de normativa y ayudas visuales que sin duda serán de gran utilidad para los declarantes.
8. Recordar a los declarantes los siguientes aspectos:
a. El declarante genera su propia clave de acceso, a través del sitio web www.cgr.go.cr /
Declaración Jurada de Bienes / Declaración anual mayo 2021 / Autogeneración de Claves. Por tal
¿EU., AUDITORIA
INTERNA.
Sfilunicipalidad de Guacímo
¿(EY AUDITORIA
A INTERNA
e)
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razón, ya no recibirá la clave que en años anteriores se enviaba de manera automática. La
autogeneración de claves es un proceso ágil y sencillo, el uso de la clave es personal, por lo que
no debe facilitarse a otras personas.
b. En acatamiento a las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades de salud y para seguir
cuidando la salud, no se atenderá de manera presencial en las instalaciones de la Contraloría
General de la República, sin embargo, se fortalecerá la asesoría por medios electrónicos tales
como el correo electrónico, videollamadas, call center y servicio Web Chat.
c. La declaración se tendrá como recibida en la Contraloría General de la República, cuando el
declarante la haya completado en el Sistema de Declaraciones Juradas de Bienes.
d. Dado que la declaración se recibe directamente en la base de datos de la Contraloría General
de la República, el Sistema se encuentra habilitado las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
e. Es importante hacer saber a los declarantes que la cuenta de correo electrónico acreditada
también será el medio de notificación para que reciban de parte de la Contraloría General de la
República las solicitudes de adición y aclaración a las declaraciones presentadas, así como la
prevención dispuesta en el artículo No. 38 de la Ley No. 8422, por la omisión en la presentación
de alguna de las declaraciones a las que se encuentre obligados.
Las dudas e inquietudes serán atendidas a través del centro de llamadas 905-DECLARE (905-
3325273), 2501-8150, por medio del correo electrónico declaraciones.juradasfcgrcr.go.cr o
mediante el web chat institucional.
Conocido el oficio OGTH-0108-2021 enviado por la Licda. Angela Espinoza
López, Coordinadora Gestión del Talento Humano, Indicaciones sobre la declaración
jurada de bienes, que deben de emitir los Regidores Propietarios y Suplentes, De
conformidad con lo establecido en la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito
en la función pública, N.2 8422 y su Reglamento, el Presidente Municipal -Reg. José
Leoncio Orozco Peraza, propone trasladar la información a conocimiento de los
Regidores, por lo tanto:Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: —Agradecerle a la Licda. Angela
Espinoza López, Coordinadora Gestión del Talento Humano, la información que suministra a los
Regidores Propietarios y suplentes respecto a la obligación de rendir declaración jurada de
bienes, como requisito que se debe cumplir ante la Contraloría General de la República.
Asimismo se traslada la información al conocimiento de Regidores Propietarios y
suplentes, en el cual se indica que el tiempo límite para emitir dicha declaración es el 24 de
mayo 2021.
Acuerdo N.% Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
10- Se dio lectura a oficio recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021, enviado
por Yanitsia Marcela Mena Castro, Representante CCDR Guácimo, Solicitud de atención, dice:
Estimados (as) señores (as) Consejo Municipal Guácimo, deseándole éxitos a cada uno en sus
funciones, esperando juntos trabajar por el desarrollo de nuestro cantón Yo Yanitsia Marcela Mena
Castro Cedula 701670236 representante del CCDR Guácimo ante el Comité Cantonal Persona
Joven presentó ante ustedes la solicitud de atención por parte del honorable Consejo Municipal y
el Señor Alcalde para el Joven Ronald Sequeira José Sequeira Herrera. cédula + 901300066 vecino
de Pueblo Nuevo quien- desea esta audiencia con la idea de trabajar con ustedes las mejoras de
su comunidad, pero aún más manifestar sus diferentes situaciones, cabe decir que es para mí un
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gusto que los jóvenes asumen liderazgos dentro de sus comunidades es por esta razón que solicito
de la manera más respetuosa se le sea asignada una fecha de atención, para comunicarse con el
joven me permito indicar su correo 'onalsequeiraó 1(Memail.com, Número telefónico 84767862.
Conocida el oficio girado por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro Cedula
701670236 representante del CCDR Guácimo, solicitando audiencia para que se
atienda al Joven Ronald Sequeira José Sequeira Herrera. cédula + 901300066 vecino
de Pueblo Nuevo, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: En
la nota no indica cual es el tema a tratar, por lo que propongo que se le envié a
consultar, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Hacerle saber a la Sra. Yanitsia
Marcela Mena Castro Cedula 701670236 representante del CCDR Guácimo ante el Comité Cantonal
Persona Joven, que para tramitar su solicitud de audiencia para atender al Joven Ronald
Sequeira José Sequeira Herrera. cédula + 901300066 vecino de Pueblo Nuevo, es importante que
indique el tema a tratar.
Acuerdo N.2 Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
11- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021, enviado
por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro, dice: Atreves de este medio deseándoles el mayor de
los éxitos nosotros el comité Pro Mejoras los colegios indicamos nuestro agradecimiento a la
realización del acuerdo con oficio AMG383-2020 con fecha de recibido 27-03-2020 por la
Secretaria del Concejo, firmado por el Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González en el
que remite oficio SIOPO305-2020, suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacón-Coordinador a.i.
SIOP, en respuesta al Acuerdo NC 07, del Acta N* 15-2020, tomado en Sesión Ordinaria
N“ 102019, del día 06-03-2019
Además, solicitar de la manera más cordial sobre el tema caminos ser incluidos en la
programación para que se coloque capa asfáltica en nuestras calles dado que al estar ya
codificadas estas pueden ser incluidas.
Por otro lado, solicitar por acuerdo también los siguientes puntos
Il. Que el departamento de Saneamiento ambiental quien actualmente coordina lo del
mantenimiento y parques pueda intervenir y ejecutar la colocación del play Grand
aprobado por los síndicos y de la cual ya se encuentra aprobado dicho presupuesto mismo
que es desde el 2019 pero por diferentes razones hasta este año fue enviado el monto
por contraloría siendo este una partida específica.
2. Que el departamento de Saneamiento ambiental quien actualmente coordina lo del
mantenimiento y parques, a su vez pueda intervenir y ejecutar en coordinación con el
Comité Cantonal Persona Joven el presupuesto aprobado por este último mencionado
para el techado correspondiente con sus especificaciones del play Grand aprobado por
los síndicos.
3. Solicitar la colocación de la Banca estilo Romano que fue aprobada y ya enviada a nuestra
comunidad, pero aún no ha sido debidamente colocada como corresponde
Esperándonos estas solicitudes sean enviadas también al señor alcalde
Conocido el oficio suscrito por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro, el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: En el punto tres ellos
habían solicitado la donación de la banca en ningún momento nos dijeron que
querían que se les instalara.
Municipalidad de Guárimos
MM
Z* DE GUA o
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INTERNA
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En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Cuando ella solicito la
colaboración solo solicito la banca. Y la vez pasada que se le colaboro fue porque se hizo en
conjunto con ellos y ellos pusieron parte del material para colocar la banca. Y ella nunca solicito
esta vez que la banca se le instalara, sino que era donada y ellos se encargaban.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
En ese punto no podemos darle respuesta porque no tenemos presupuestado para eso, habría
que buscar la forma de hacerlo, no es que se le esté diciendo que no, pero ahora tiene que tener
paciencia porque estamos con muchos proyectos por delante, igualmente en el primer
documento como dice la compañera Alejandra, ellos hicieron la solicitud de la banca, la cual
se les dono, ahora están exigiendo que se les coloque y esa parte no las teníamos de
conocimiento, entonces que nos den un chancecito a ver cómo les podemos ayudar en este
punto.
Con relación al punto, donde solicitan que los caminos sean incluidos en la
programación para que se coloque capa asfáltica en las calles de la Urbanización Los Colegios,
manifestando que dado que al estar ya codificadas estas pueden ser incluidas, bueno, en este
caso sería trasladarlo a la Comisión de Junta Vial, donde me indica el Señor Alcalde que
hay un plan quinquenal, que corresponde a una programación cuyo plazo es por cinco años,
y que si no está incluido dentro de este plan quinquenal tendría que incluirlo en el próximo
plan quinquenal.
En el punto dirigido a que el departamento de Saneamiento ambiental quien
actualmente coordina lo del mantenimiento y parques, pueda intervenir y ejecutar en coordinación
con el Comité Cantonal Persona Joven el presupuesto aprobado por este último mencionado para
el techado correspondiente con sus especificaciones del play Grand, propongo que se traslade
al Señor Alcalde, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo
en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal —
Sr. Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro - Comité
Pro-Mejoras Los Colegios para su atención en los puntos:
1. Que el departamento de Saneamiento ambiental quien actualmente coordina lo del
mantenimiento y parques pueda intervenir y ejecutar la colocación del play Grand aprobado por
los síndicos y de la cual ya se encuentra aprobado dicho presupuesto mismo que es desde el
2019 pero por diferentes razones hasta este año fue enviado el monto por contraloría siendo
este una partida específica.
2. Que el departamento de Saneamiento ambiental quien actualmente coordina lo del
mantenimiento y parques, a su vez pueda intervenir y ejecutar en coordinación con el Comité
Cantonal Persona Joven el presupuesto aprobado por este último mencionado para el techado
correspondiente con sus especificaciones del play Grand aprobado por los síndicos
Debiendo rendir informe al Concejo de la disposición que se dicten al respecto.
Acuerdo N.% Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Asimismo se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Junta Vial Cantonal,
solicitud presentada por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro - Comité Pro-Mejoras Los
Colegios a fin de verificar si los caminos ubicados en la Urbanización Los Colegios se
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encuentran incluidos en el plan quinquenal, de no encontrarse incluidos tomarse en cuenta
para incluirlo en el próximo plan quinquenal.
Acuerdo N.% Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Sra. Yanitsia
Marcela Mena Castro - Comité Pro Mejoras Los Colegios, que en este momento no se cuentan
con recursos disponibles para la instalación de banca, que les fue donada por esta
Municipalidad, por lotanto queda pendiente a tomar en cuenta cuanto se disponga de recursos
económicos.
Acuerdo N.% Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
12- Se dio lectura a oficio, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-05-2021, enviado
por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro, dice: Atreves de este medio deseándoles el mayor de
los éxitos y además muy respetuosamente, nosotros los vecinos aquí firmantes del Distrito
Duacarí Limbo, Pueblo Nuevo les exponemos la siguiente situación para el desarrollo de nuestra
comunidad y de la cual ya es incómoda para nosotros si bien es cierto tenemos conocimiento
que existe un acuerdo de aprobación de ruta de transporte público que iría de Limbo Duacarí
hasta Guácimo pasando por Pueblo Nuevo, recordar que nosotros somos parte de la población
del Cantón de Guácimo y además nuestros impuestos van dirigidos a dicho municipio sin
embargo la reactivación económica no se da en nuestro cantón porque no existe transporte
público que nos facilite trasladamos a nuestro distrito central.
Como usuarios del trasporte público hacemos un llamado vehemente para que se
resuelva dicha situación, pero aún más aclarar que no se nos puede limitar del mismo solo porque
no tienen de manera estadística cuál sería su uso, recordar que es un servicio público que en
ocasiones iría lleno, en otra quizás no tanto, pero en otras podríamos pensar no usarlo en las
mañanas, pero si en las tardes y así viceversa entonces es ilógico pedir un estadístico de su uso.
Aquí lo importante para nuestras comunidades es que exista accesos a nuestro cantón como
corresponde y además ya la ruta tiene sus condiciones
Sin más por el momento nos despedimos respetuosamente los vecinos aquí firmantes
Conocido el oficio presentado por la Sra. Yanitsia Marcela Mena Castro sobre
transporte público, que iría de Limbo Duacarí hasta Guácimo, al respecto el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Indicarle a la Señora Yanitza que
este Organo Colegiado ha realizado las intervenciones y solicitudes debidas ante el
Consejo Nacional de Transporte Público.
En uso de la palabra el Sr. Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, dice:
Por muchos años ahí lo que ha existido es una línea de servicio de buses, Pueblo Nuevo —
Guápiles, brindada por la Empresa Los Badilla, en este caso, estamos conscientes que ese bus
del Limbo no viene aquí a Guácimo, por algunas situaciones, en las cuales hicieron estudios,
pero el problema es que ahora no hay bus para ningún lado, ni para Río Jiménez, San Luis, ni
a Los Angeles de Santa Rosa, Villafranca, en este momento no hay servicio de bus para
ninguno de esas rutas. A veces se piensa que es tan rentable los buses, pero vean ahí está el
Empresario cogió el servicio y ahora lo voto y ya está. Bueno se cree que va aingresar a dar
el servicio la Empresa TRACASA, pero todavía no tiene el permiso que le autoriza brindar el
servicio, aquí habría que esperar resolver ver si entra la Empresa TRACASA y posteriormente
hablar con el Gerente Carlos López, para que nos brinden colaboración. Pero en este
momento estamos con problemas, con toda la gente de la bajura, por eso les digo que
esperemos un momentito para ver cómo se va a resolver.
Sfunicipalidad de Guácímo
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TRACASA ha sido una Empresa grande y ha sido muy insistente a nivel de la provincia
de Limón, y el servicio ha sido bueno, por la gran cantidad de equipo que tienen en sus
talleres, esperemos un poquito que se acomoden para hablar con el Gerente para que nos
ayude.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
También tenemos de conocimiento que la Empresa TRACASA brinda un buen servicio y ojalá
que esto venga a mejorar el servicio de buses en toda la parte baja.
En uso de la palabra el Reg. Nelson Lobo Rodríguez, dice: Creo que es una buena
noticia para esas comunidades, ese cambio de Empresa, porque hay mucha diferencia entre
la que esta y la que estuvo, si sería bueno Don Gerardo que apenas ellos se instalen, que
Usted pueda gestionar programar una reunión, con el Gerente Don Carlos López, ojala en su
oficina, para dialogar con ellos y ver que quieren ellos y que plantean los líderes de las Comunidades,
porque de hecho no ha sido solo la Comunidad de Duacarí en cuanto al servicio de autobús sino que parte
de Río Jiménez.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces seria enviarle respuesta a la Señora Yanitza Mena Castro, informándole de todo lo
que está aconteciendo respecto al proceso del transporte público, con relación al posible cambio
de Empresa y también indicarle que este Concejo Municipal ha trabajado desde su inicio,
con el afán de que este servicio se brinde hasta nuestro Cantón, con la finalidad de reactivar
la economía del Cantón. Inclusive sería bueno adjuntarle los acuerdos de las gestiones que se
han llevado a cabo, para que lo tenga de referencia, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Sra. Yanitsia Marcela
Mena Castro, que en respuesta a su oficio, firmado por vecinos del Distrito Duacarí Limbo,
Pueblo Nuevo, respecto a la necesidad de que se brindes servicio de transporte de buses hacia
el Cantón de Guácimo, este Organo Colegiado desde el inicio de la administración, ha venido
gestionando ante el Consejo de Transporte Público, que esta iniciativa sea una realidad.
En este momento dichas comunidades se encuentran sin el servicio de transporte
público debido a que la Empresa que brindaba el servicio, dejo se ser concesionario del mismo,
sin embargo se tiene conocimiento que prontamente ingresara otra Empresa a brindar el
servicio, manteniéndonos alertas en este sentido, a la espera de lo que suceda, para proceder
de inmediato a las negociaciones correspondientes con la parte Gerencial, para que el servicio
que se brinde a estas Comunidades, llegue hasta Guácimo Centro, lo cual ayudaría en gran
manera a la reactivación económica.
(A manera de referencia se adjuntan acuerdos sobre las gestiones que este Concejo
Municipal ha realizado ante el Consejo de Transporte Público, para que el servicio de
buses se brinde hasta Guácimo Centro).
Acuerdo N.% Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: A manera de recalcar la
gestión que se ha venido realizado, lo importante que es el transporte público, para esta
Comunidad y para cualquier otra Comunidad, sin embargo es importante hacer un llamado a la
población para que hagan uso de ese transporte que le sirve a todos y que lo cuiden, porque a
veces culpamos a una Empresa por la deficiente labor que se ve, pero no vemos que nosotros
mismos utilizamos otra forma de viajar y despreciamos a la Empresa que está dando el
servicio y la perdida millonaria que tienen esas Empresas es increíble, por eso es que muchas
veces dejan de dar el servicio. Entonces importante hacer un llamado a la población que si se
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le brinda o gestiona el servicio, es por el beneficio de todos, pero que tengamos la cultura de
utilizar ese servicio público, porque si seguimos utilizando los piratas, colectivos que muchas
veces hasta peligroso son, porque sabemos que la gente está expuesta hasta asaltos en los
mismos taxis piratas se está dando esa problemática, entonces hay que hacer conciencia en
las personas y no vamos a tapar el sol con un dedo, porque eso se está dando y se da mucho
en esa zona, hay demasiado colectivo, demasiado pirata y la gente no viene en un carro sola o
solo, viene aglomerado , vienen las cuatro personas que caben el en carro y disculpen si me
meto con los taxis piratas, no tengo nada en contra y todo el mundo la tiene que pulsear pero
es la verdad, las Empresas se retiran porque las personas no hacen uso del servicio, como
tiene que ser, entonces hay que hacer conciencia e hincapié en esto también.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Estoy
de acuerdo con su comentario, compañera Magda Orocú es de suma importancia que las
personas usuarias de ese servicio lo cuiden y utilicen el servicio como tiene que ser
responsablemente. Entonces sería hacer la publicación en la página de la Municipalidad una
vez que se esté brindando el servicio por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al el Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, que una vez que se restablezca el servicio de buses a Comunidades
de las bajuras, se gire instrucciones al Encargado de TI, para que realice una publicación en la
página de Facebook like, dirigido a los Vecinos incentivándolos a cuidar y utilizar este medio
de transporte para asegurarse la estabilidad de las Empresas que optan por brindar el
servicio, hacia estas comunidades.
Acuerdo N.? Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
13- Se dio lectura a oficio P-0312-2021 enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del
Concejo Municipal el 07-05-2021, enviado por el Sr. Alejandro Muñoz Villalobos, Presidente,
donación de chatarra, dice:
En atención a los términos de su oficio AMG-582-2021, mediante el cual solicita la
prórroga de plazo para el retiro de las 800 toneladas de chatarra donadas a ese Municipio, se
informa que se autoriza la prórroga solicitada, por lo que el plazo de retiro se extiende al 30 de
junio 2021. Se solicita como parte del proceso de donación, previo al inicio de ejecución de las
obras, aportar copia de los planos finales del proyecto debidamente firmados por los profesionales
responsables, presentar el informe de cierre del proyecto en un plazo máximo de 15 días hábiles
contados a partir de la fecha de recepción definitiva de la obra, el cual deberá incluir fotografías u
otros documentos de respaldo propios de la ejecución, comprobantes de las facturas (originales o
copia certificada) que indiquen el monto percibido por la venta de la chatarra, así como los
documentos comerciales que respalden las inversiones realizadas con estos ingresos, se citan
como mínimo las facturas por compra de materiales y pago de servicios. Es oportuno señalar que,
en caso de detectarse algún mal uso con la donación otorgada, se solicitará la explicación por
escrito sobre lo acontecido. De no existir una justificación razonada y comprobada de respaldo,
RECOPE denunciará ante la Contraloría General de República o el Ministerio Público las
irregularidades cometidas.
Conocido el oficio P-0312-2021, suscrito por el Alejandro Muñoz Villalobos,
Presidente, donación de chatarra, en el que da respuesta a la solicitud de extensión
de plazo para retiro de chatarra, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, propone trasladársela al Alcalde Municipal para lo que corresponde a su
cargo, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
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Fecha: 11-05-2021
Pág. N.2 33.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, para lo que corresponde a su cargo, oficio P-0312-2021, suscrito
por el Sr. Alejandro Muñoz Villalobos, Presidente Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
(RECOPE), donación de chatarra, en respuesta al su oficio AMG-582-2021, comunicando
aprobación a su solicitud de gestión de extensión de plazo para retiro de chatarra, mismo
que se amplía hasta el 30 de junio 2021.
Acuerdo N.* Dieciocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
14- Se dio lectura a oficio 1500-100-2021 enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 07-05-2021, enviado por el Sr. Jeffrey Alvarado Salas, Directora
Regional, Solicitud disponibilidad de servicio eléctrico, dice:
Reciba un cordial saludo. En atención al oficio de referencia remitido a varias instancias del
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y otros despachos legislativos, mediante el cual se
realiza solicitud por parte del Concejo Municipal para conceder disponibilidad del servicio eléctrico
para la construcción de la nueva delegación policial cantonal, nos permitimos indicarle que se
procedió a realizar el estudio técnico en el lugar denominado Los Geranios, situado en el distrito
10 Guácimo, cantón Guácimo, provincia de Limón, el cual colinda con calle pública al frente y plano
catastrado No. 7-1856013-2015, finca No.7017954-000. Cabe destacar, que en el sector que
comprende calle pública, el ICE cuenta con servicio eléctrico, el cual se encuentra a una distancia
de 75 metros del punto de interés. Además, el terreno donde se va a desarrollar el proyecto
inmobiliario no está afectado por el paso de líneas de transmisión. Para tal fin, el interesado debe
realizar una extensión de línea para poder brindarle el servicio eléctrico, según la normativa
vigente, para lo cual agradecemos coordinar los trabajos con el área de Desarrollo de la Región
Huetar Caribe, con el funcionario Mauricio Mata Saborío al teléfono 2000-42-14 o al correo
electrónico MMataSaQice.go.cr. Así las cosas, en caso de que el interesado esté dispuesto a
realizar la construcción de la obra por su cuenta, se le estará remitiendo los requisitos para la
construcción de líneas de distribución eléctrica por particulares (Contrato Bipartito).
Adicionalmente, es necesario considerar, que previo a la construcción de la obra, se debe firmar
el respectivo contrato de construcción con el ICE.
Conocido el oficio Sr. Jeffrey Alvarado Salas, Directora Regional 1CE, sobre
solicitud de disponibilidad de servicio eléctrico, en el distrito 1% Guácimo, cantón
Guácimo, provincia de Limón, el cual colinda con calle pública al frente y plano
catastrado No. 7-1856013-2015, finca No.7017954-000, Los Geranios, al respecto el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Que el interesado debe
realizar una extensión.
En uso de la palabra el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, dice: Con
relación a este tema, Yo lo estoy gestionando políticamente, porque en este caso Don Mauricio
manda la respuesta que le hacen llegar a cualquier usuario que solicite un servicio, lo digo porque
Yo hable con Don Carlos, pero Yo me reuní con Don José Lidier y si lo estamos moviendo a nivel
político.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Propongo solicitarle a el Sr. Marvin Rodríguez - Vice-Presidente la República de Costa Rica
su intervención a fin de que nos colabore con este asunto y autorizar al Sr. Gerardo Fuentes a
realizar la gestión correspondiente ante los Jerarcas de las Instituciones correspondientes, por
lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto,
se acuerda:
INTE
PÁLIDAD
DE ACIMO
, AUDITORIA
RNA
-198
£ilunicipalidad de a
Acta N.% 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 34.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Marvin Rodríguez -
Vice-Presidente la República de Costa Rica, oficio 1500-100-2021 suscrito por el Sr. Jeffrey
Alvarado Salas, Directora Regional ICE, en el que indica que de conformidad a la solicitud de
disponibilidad de servicio eléctrico para la construcción de la Delegación Cantonal de Guácimo,
el interesado debe realizar una extensión de línea, sin embargo este Órgano Colegiado acude
en solicitud a su persona a fin de que interponga sus buenos oficios, realizando gestión, que
permita la posibilidad de que se le facilite ala Municipalidad de Guácimo, poder contar con
este servicio básico, para la ejecución de la obra.
Asimismo se traslada igualmente el oficio al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes
González, para que en coordinación con el Sr. Marvin Rodríguez - Vice-Presidente la República
de Costa Rica, gestionen ante los Jerarcas de Instituciones correspondientes, los medios que
faciliten contar con este requisito que es indispensable para continuar con la tramitología de
construcción de la obra, tan anhelada en el Cantón.
Acuerdo N.? Diecinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
15- Se dio lectura a oficio DAI-046-2021, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 07-
05-2021, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora Interna, incumplimiento a
requerimiento del SIGEAF, dice:
Asunto: Incumplimiento en requerimientos de la contratación del Sistema Integrado
Municipal (SIGEAPF).
El inciso d) del artículo 22 de la Ley 8292, Ley General de Control Interno, establece como parte
de las competencias de las auditorías internas, realizar advertencias u observaciones que permitan
prevenir a la administración activa sobre posibles consecuencias de orden legal, administrativo
y/o técnico, que la entidad podría tener por la adopción de determinadas conductas o decisiones
propias que se aprueban y ejecutan en el desarrollo operativo de la entidad.
Es así como este tipo de servicio que puede brindar la Auditoría le permite prevenir a la
administración en asuntos de su competencia, sin que menoscabe o comprometa la independencia
y objetividad en el desarrollo posterior de las atribuciones que le han sido asignadas por disposición
legal.
En este sentido, procede indicar que, con respecto a la implementación de un sistema informático
para la gestión municipal, es importante tratar lo siguiente:
TEMA 1: La gestión de patentes a la fecha se encuentra afectada, por la no disponibilidad de
reportes relevantes que con el anterior sistema generaban para labores operativas y estratégicas,
como, por ejemplo:
Listado de patentes - General
Listado de patentes - General por distrito
Listado de patentes - Monto de Patentes
Listado de patentes - Por territorio
Listado de patentes - Tipo de negocio
Listado de patentes - No declaradas
Listado de patentes - Incluidas por rango
Locales morosos — Morosos por actividad
Locales morosos — Por año y periodo
Locales morosos - Patentados morosos
Locales morosos - Por fecha de vencimiento
Locales morosos - Morosos por territorio
. Locales morosos - Notificación para cierre
BORO PASO"
Acta N.% 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.? 35.
Informes de gestión - Patentes incluidas
Informes de gestión - Patentes traspasadas
Informes de gestión - Patentes eliminadas
Pendiente por tributo
Morosos por tributo
s. Listado de morosos
Al respecto, en la sección de REQUERMIENTOS GENERALES del referido cartel, se estableció:
Todos los reportes deberán ser generados en formatos: XLS y o PDF. Además, la estructura de los
reportes y formularios deberán ser de acuerdo con los formularios de la Municipalidad, para lo cual
la institución le entregará al adjudicatario dichos documentos.
Asimismo, en la DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SUBMODULO DE PATENTES, en el apartado
REPORTES y CONSULTAS se solicitó al adjudicatario:
naDo>)
+ Emitir reportes generales y específicos; en pantalla, impresos y archivos tipo Excel, y o
PDF); de al menos lo siguiente: clasificación de patentes y actividad económica, por distrito
o general; pendientes por contribuyente por rango, periodo, distrito o general; patentes
declaradas por clasificación, actividad, rango, distrito y total; patentes tasadas de oficio
por clasificación, actividad, rango, distrito y total. Dichos reportes deberán ser ordenados
de forma alfabética por nombre.
e Emitir constancias de posesión de patente, indicando si la persona tiene o no una patente
municipal vigente.
Precisamente, la Administración debe tener presente lo señalado en el artículo 204 del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa, que cita:
Artículo 204.-Rechazo del objeto. En caso de incumplimientos graves y evidentes, la
Administración podrá rechazar el objeto en el mismo acto previsto para su recepción provisional
y disponer el procedimiento de resolución contractual. Cuando el objeto esté compuesto por líneas
independientes entre sí, la entidad podrá recibir provisionalmente unas y rechazar otras.
Como alternativa, la Administración podrá conceder al contratista un nuevo plazo para que corrija
el incumplimiento, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original y no
impedirá el cobro de multas. Vencido ese plazo sin que el contratista cumpla a satisfacción, la
Administración valorará ejecutar la garantía de cumplimiento o también iniciar el procedimiento
de resolución contractual.
Esta situación impacta negativamente la labor de las personas involucradas con la gestión y cobro
de patentes municipales, pudiendo ocasionar afectación en los ingresos municipales por el no
cobro y seguimiento de casos.
Sobre el particular, respetuosamente se solicita informar a esta Auditoría y partes
interesadas:
1. Las acciones que ha emprendido esa Alcaldía para que el proveedor atienda la
deficiencia mencionada y a su vez, la fecha máxima en que quedará subsanada.
2. Si por esta situación se va a gestionar el cobro de multas, la ejecución de la
garantía de cumplimiento al proveedor del servicio o el inicio de un
procedimiento de resolución contractual, conforme el artículo 204 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.* 32-2021
S.O. N.9 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 36.
TEMA 2: Según la prueba de campo efectuada en la última semana de abril 2021, el SUBMÓDULO
DE PATENTES se encuentra en operación desde marzo de los corrientes. En este orden de ideas,
para el supra citado SUBMÓDULO, se establecieron los Objetivos Específicos que se transcriben a
continuación:
a. Permitir la automatización de los diferentes procesos que debe llevar a cabo el
Departamento de Patentes.
b. Brindar y recibir información del resto de módulos y submódulos del sistema.
c. Permitir el ingreso, modificación, emisión y tramitación automatizada de
las solicitudes de licencia de patente. Es importante que el sistema permita el
ingreso de una dirección para notificar asociado a la patente, esto quiere decir,
que para cada patente debe tener una dirección donde notificar. Para este fin, es
necesario que en el momento de la inclusión de la patente indicar a cuál dirección
se va a notificar, si al domicilio, o a la dirección asociada de la finca donde se
encuentra la patente, o bien, en la dirección reservada para notificación de esta.
d. Permitir la revisión, autorización y control automatizado de las solicitudes
de licencias de patente y el cálculo respectivo del impuesto de acuerdo con la
base imponible determinada.
e. Permitir el ingreso, modificación, emisión y tramitación automatizada de
las declaraciones juradas de patente.
f. Permitir la clasificación parametrizada de las patentes, de acuerdo con la
clasificación internacional de actividades económicas.
g. Permitir la generación anual automatizada del monto a cobrar, contemplando la
fecha límite para contribuyente normal y grandes contribuyentes, así definido por
el Ministerio de Hacienda. Dicha fecha deberá ser parametrizada.
h. Permitir el envío de cobros y notificaciones a través de correo electrónico.
i. Permitir el control sobre incumplimientos del contribuyente.
j. Permitir la emisión de resoluciones de los trámites (solicitudes, renuncias,
traspasos y traslados, integrado con el módulo de trámites) y certificados de
licencia de patente.
k. Permitir la consulta general y específica de datos vinculada a la información
gráfica.
l.. Emitir reportes generales y específicos, tanto de procesos ejecutados y
pendientes.
m. Permitir el control y registro de inspecciones como también de cierre de negocios.
Algunos de los objetivos indicados a la fecha no se cumplen, como, por ejemplo: la automatización
de las declaraciones juradas de patente o el control y registro de inspecciones (se siguen llevando
en expedientes físicos y reportes de inspecciones en papel); lo anterior podría hacer incurrir a la
Municipalidad en la recepción de un objeto contractual distinto al pactado, en caso de que no se
tengan claramente definidos los controles para mitigar el riesgo.
Por lo antes comentado, respetuosamente se solicita informar a esta Auditoría y partes
interesadas, quién está a cargo de dar por recibido a satisfacción el SUBMÓDULO DE
PATENTES, garantizando se cumplen todos y cada uno de los objetivos específicos del
cartel, oferta y contrato.
TEMA 3: Cuando en el año 2018 se publicó el cartel, se estableció un plazo máximo de 8 meses a
partir de la orden de inicio para finalizar el proyecto (a más tardar en mayo del 2019), siendo que
declararon inadmisibles ofertas que propusieran un plazo mayor al establecido. Otro asunto para
destacar es que el contrato previó el pago del 30% de la ETAPA 1, supeditado a la implementación
Acta N.% 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.? 37.
y/o desarrollo de módulos y submódulos, relacionados al Proceso de Ingresos Municipales, en la
cual el Contratista debía presentar:
por la solución para cada uno de los módulos del sistema respecto a los
requerimientos solicitados en este cartel, la aprobación de validez debe
ser por parte de la persona encargada del Departamento de Informática
y los respectivos Jefes de Departamentos (o funcionarios designados).
Capacitación y Pruebas del sistema: incluye la capacitación técnica
y de usuarios, así como las pruebas modulares e integrales de los
módulos contemplados en esta etapa.
Paralelo: comparación de resultados del sistema contratado versus los
sistemas anteriores de la Municipalidad.
Entrega de la totalidad de los módulos y submódulos de la
Primera Etapa, asi como su correcto funcionamiento.
El proyecto de cambio de sistema municipal lleva casi 3 años (desde octubre 2018 a la fecha mayo
2021) en implementación, existiendo pendientes para su terminación y generando incertidumbre
de la fecha en la que se logrará el objetivo primordial de disponer un sistema que opere de forma
Integrada la administración y control de los tributos, así como la gestión financiera de manera
presupuestaria y contable de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad para el
Sector Público (NICSP).
Por las implicaciones del tema, respetuosamente se solicita suministrar a esta Auditoría:
1. El documento oficial (firmado) en el que se consigna la fecha esperada de
culminación de cada una de las etapas del proyecto.
2. En caso de existir pagos al proveedor, aportar las facturas recibidas y
comprobantes de pago emitidos.
Para efectos del seguimiento a estos temas, se otorga un plazo prudencial de 5 días hábiles
contados a partir del recibo del oficio, para proporcionar las respuestas a esta Auditoría Interna.
Conocido el oficio DAI-046-2021, suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez -
Auditora Interna, referente a Incumplimiento en requerimientos de la contratación del
Sistema Integrado Municipal (SIGEAF), el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, dice: Este tema es importante Don Gerardo que lo revise con la
Empresa y Técnico de TI, para buscarle solución a los puntos que menciona la
Sra. Auditora, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo
en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, atender a la mayor brevedad posible en conjunto con la Empresa y
Encargado de TI de esta Municipalidad oficio DAI-046-2021, suscrito por la Licda. Marleni
Myrie Pérez - Auditora Interna, para solucionar y poner en orden todos los Incumplimiento en
DE GUÁCIMO “|
AUDITORIA |
TERNA
Acta N.* 32-2021
S.O. N.9 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 38.
requerimientos de la contratación del Sistema Integrado Municipal (SIGEAF). Debiendo mantener
informado al Concejo Municipal de las disposiciones que se tomen al respecto.
Acuerdo N.% Veinte. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
16- -Se dio lectura a oficio recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 30-04-2021, enviado
por el Sr. Manuel Herrera Jarquín dirigido a | Señor Vicepresidente de la República - Sr.
Marvin Rodríguez dice: El presente oficio es para realizar trámites ante Autoridades del A y A
de Guácimo y de Limón, para abastecer de agua al Sector de Calle Jardín en La Selva de
Guácimo, donde actualmente viven 9 familias y existen otros lotes con probabilidad de
construcción, todos con planos, escrituras y calle públicas visados por la Municipalidad
correspondiente, algunos no han podido construir por falta de agua potable, se han realizado
todos los trámites correspondientes en la oficina de Guácimo, como el uso de suelo y croquis
del área a petición de los encargados de dicha oficina del A y A Guácimo, así como una solicitud
realizada por los vecinos y el señor Presidente del Comité Pro-Mejoras, el Sr. Alejandro Aguirre
el mismo tiene en custodia la tubería para cubrir 594 metros de tubería el cual ya tiene más
de cinco años de estarla luchando. De dicha situación está en conocimiento la Señora Yamileth
Astorga, Presidenta Ejecutiva del A y A, la cual realizo una visita a la Municipalidad de Guácimo
y se le hablo del tema, la misma delego funciones al respecto en el Gerente General de dicha
Institución que la acompañaba. En la Municipalidad de Guácimo han tratado de ayudar pero
encuentran la misma oposición sin ningún resultado, talvez con una orden de la Presidencia
Ejecutiva del Ay A saldremos adelante.
También mencionarle que a nivel local si encontramos un poco de voluntad para ayudar
a estos vecinos pero cuando llega a Limón el trámite se niega a dar el visto bueno
argumentando que es una urbanización, se adjunta documentación y fotos de dicha tubería
que compraron los vecinos hace cinco años.
Conocido el oficio suscrito Sr. Manuel Herrera Jarquín, el Presidente Municipal -Reg.
José Leoncio Orozco Peraza, dice: Este documento se debe a que nosotros estuvimos reunidos
en la Comisión del Agua y en esta oportunidad estuvo presente el Sr. Manuel Herrera Jarquín y
le solicitamos que presentaran la documentación referente al problema que tienen para contar
con la disponibilidad de agua, por lo que propongo trasladarlos ala Comisión del Agua, por lo
tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto,
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Comisión del agua,
documentos presentados por el Sr. Manuel Herrera Jarquín, sobre tramites que han realizado
para contar con disponibilidad de agua para el sector calle El Jardín, para analizarlos. Debiendo
presentar dictamen de la comisión al Concejo Municipal.
Acuerdo N.% Veintiuno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
17- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 11-05-2021, enviado por la Sra. Ariana Monge Gamboa, Asistente de la Diputada,
invitación a Webinar, dice:
De parte del Despacho de la Diputada Paola Valladares queremos hacerle la más cordial
invitación a todo el Concejo Municipal de Guácimo para que nos puedan acompañar en el webinar
que se estará llevando a cabo sobre los alcances y retos de la nueva Ley 9976 de Movilidad
Peatonal. Dicha actividad se llevará a cabo el próximo jueves 20 de mayo a partir de las 10: 00
por el siguiente link https://www.facebook.com/PaolaValladaresRosado
AUDIT
¿ ARDITORIA
ERNA
Acta N.% 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 39.
Conocida la invitación a conocer los alcances y retos de la nueva Ley 9976, el
Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, propone trasladarlo al Concejo en Pleno,
por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto,
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Concejo en pleno
invitación que envía Sra. Ariana Monge Gamboa, Asistente de la Diputada, para que participen
en el webinar que se estará llevando a cabo sobre los alcances y retos de la nueva Ley 9976 de
Movilidad Peatonal. Dicha actividad se llevará a cabo el próximo jueves 20 de mayo a partir de las
10: 00 por el siguiente link https: //www.facebook.com/PaolaValladaresRosado .
Acuerdo N.? Veintidós. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
18- Se dio lectura a oficio SINAC-ACTo-DIR-127-2021 correo electrónico, recibido en la secretaria
del Concejo Municipal el 28-04-2021, enviado por Laura Segura Rodríguez, Directora Regional
Area de Conservación Tortuguero, atención a oficio N*26-2020, dice:
En atención al oficio 4+1571-2020, con relación al Acuerdo N%11, de la Sesión Extraordinaria N*26-
2020, hago de su conocimiento que, esta Dirección Regional, designa al funcionario Alejandro
Madrigal Segura, como Representante del Area de Conservación Tortuguero, en la Comisión
Especial de Ríos Limpios y Protección de Cuencas Hidrográficas del Cantón de Guácimo. En virtud
de la anterior, facilito el correo electrónico alejandro.madrigalfOsinac.go.cr asignado al señor
Madrigal Segura, y puede ser contactado al celular institucional 8705-8171 o bien, al número
2710- 2929 ext. 107.
CONOCIMIENTO.
19- Se dio lectura a oficio enviado al correo electrónico, recibido en la secretaria del Concejo
Municipal el 11-05-2021, enviado por Maritzela Chinchilla Vargas, Directora CCEEG, Junta
directiva, dice:
Escribo este correo ya que me encuentro muy preocupada porque hoy 11 de mayo del 2021,
después de personalmente enviar comunicado a los selectos miembros de Junta que ustedes
imponen a esta institución, la misma que se realiza con copia a la supervisión, como parte del
Control Interno Institucional, solamente la Sra. Inés Sánchez miembro de nuestra comunidad
educativa, me ha indicado que ya se apersonó.
Agradezco los buenos oficios ya que los otros cuatro miembros restantes son recomendación de
ustedes, que me ayuden a contactarlos, para ver si podemos empezar a trabajar. Nos
encontramos con muchos pendientes que a la verdad son los 207 chicos con una condición de
discapacidad, que asisten a este centro educativo los únicos perjudicados.
Eternamente agradecida por sus buenas labores y poner a nuestra comunidad como prioridad en
sus decisiones.
(Ya se contestó en acuerdo anterior que todos los miembros de la Junta se
presentaron ante el Departamento de Secretaria del Concejo Municipal a
juramentarse).
CONOCIMIENTO.
20- Se dio lectura a oficio DAI-047-2021, recibido en la secretaria del Concejo Municipal el 11-
05-2021, firmado por Marleni Myrie Pérez, Auditora Interna, respuesta de oficio S.M.G -440-2021
, dice:
Asunto: Respuesta parcial al oficio S.M.G. + 440-2021 referente a traslado de oficio C.C.D.R.G-
054-2021, suscrito por la Sra. Seidy Morales Bolaños-Secretaria Ejecutiva CCDR Guácimo para su
análisis y rendición de criterio.
22 DE GUÁCIMO
?, AUDITORIA |
203
IDAD
INTERNA |!
Acta N.% 32-2021
S.O. N.2 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.0 40.
En respuesta al oficio S.M.G + 440, acuerdo N* Ocho, tomado en la Sesión Ordinaria N*15-2021,
celebrada el 13 de abril 2021, recibido vía correo electrónico institucional el viernes 16 de abril del
presente año, que indica lo siguiente:
Trasladar a la Auditora Interna -Licda. Marleni Myrie Pérez, para su análisis y rendición de criterio,
oficio C.C.D.R.G-054-2021, suscrito por la Sra. Seidy Morales Bolaños-Secretaria Ejecutiva CCDR
Guácimo, en el que se adjunta informe de liquidación, informe anual de Ingreso y egresos del año
2019-2020, e informar al Concejo Municipal que el informe anual de labores según el artículo 172.
Al respecto, esta auditoria analizó el oficio C.C.D.R.G-054-2021 e información adjunta, de lo cual
se determinó lo siguiente:
El Comité de Deportes a solicitud del Concejo Municipal hace entrega de los siguientes informes:
-Liquidación Presupuestaria.
-Ingreso y egresos del periodo 2019-2020
Sobre el informe de la Liquidación Presupuestaria 2020.
En cuanto a la presentación de la liquidación presupuestaria del periodo 2020, se incumplió con la
remisión que se debe efectuar al Concejo Municipal según el plazo establecido en el Reglamento
de funcionamiento del Comité, el cual corresponde al último día hábil del mes de enero de cada
año, asimismo, de acuerdo con las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público las instituciones
deben presentar la liquidación a la Contraloría General de la República a más tardar entre el 15 o
16 de febrero de cada año, del cual también se dio el incumplimiento a la fecha establecida.
En cuanto a la información adjunta al oficio remitido por el ente deportivo, se precisa lo siguiente:
Se observa dos documentos de liquidación presupuestaria presentados en formato distinto,
ambos, no contienen los datos y firma de la persona que lo confeccionó y no es posible determinar
quien fue la persona responsable de elaborar la liquidación.
Dada esta situación esta auditoria constato dicha información con el expediente físico llevado por
el Comité, donde se pudo verificar que continua sin el nombre y firma de la persona que lo
confeccionó, además, se verifica en el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP)
donde se observa una firma digital de la persona contratada para brindar servicios profesionales
de contador para llevar a cabo la gestión contable, financiera y presupuestaria, no obstante al
Concejo se le entregó un documento sin la respectiva firma y datos del elaborador.
Por otra parte, en otros documentos presentados como: clasificación económica de gastos,
comentario general de la liquidación de ingresos y gastos, desviaciones de objetivos y metas,
informe de congruencia, resultados de la liquidación presupuestaria no se encuentra suscrita la
firma de quien elaboro el documento, solamente contempla los datos de la persona. Al verificar
el expediente físico llevado por el Comité se constata la firma correspondiente, lo cual indica que
fue firmado posteriormente a la entrega de la documentación ante el Concejo Municipal.
Sobre este tema la Ley General de Administración Pública N* 6227 (LGAP), estipula lo siguiente:
Artículo 134.-
1. El acto administrativo deberá expresarse por escrito, salvo que su naturaleza o las
circunstancias exijan forma diversa.
2. El acto escrito deberá indicar el órgano agente, el derecho aplicable, la disposición, la fecha y
la firma, mencionando el cargo del suscriptor.
¿ AUDITORIA
INTERNA
205
£iunicipalidad de Guacímo
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.% 32-2021
S.O. N.0 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 41.
Por otra parte, las Normas de Control Interno para el Sector Publico, establece:
4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional. El jerarca y los titulares subordinados,
según sus competencias, deben establecer las medidas pertinentes para que los actos de la gestión
institucional, sus resultados y otros eventos relevantes, se registren y documenten en el lapso
adecuado y conveniente, y se garanticen razonablemente la confidencialidad y el acceso a la
información pública, según corresponda.
Sobre el informe anual de ingresos y egresos
Del informe anual de ingresos y egresos de los recursos que le fueron encomendados al Comité
de Deportes, la normativa interna (Reglamento para el funcionamiento del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación) en su artículo 14 inciso p) no establece la fecha exacta en la cual el Órgano
Colegiado debe presentar la información, por lo que es necesario regular el plazo en el respectivo
reglamento interno, para una mayor claridad en el cumplimiento de las funciones encomendadas
a la junta directiva, estableciendo plazos y responsables.
Sobre el informe de rendición anual de labores.
En relación con el Informe Anual de Labores del Comité de Deportes solicitado por este Concejo
Municipal, la Junta del Comité de Deportes da respuesta según lo dispuesto en el artículo 181 del
Código Municipal al interpretar que este tipo de informe se presentará también en la primera
semana de julio de cada año:
Artículo 181 (172 anterior)
En la primera semana de julio de cada año, los comités cantonales de deportes y recreación
someterán a conocimiento de los Concejos Municipales sus programas anuales de actividades,
obras e inversión, antes de aprobarse los presupuestos ordinarios de la municipalidad.
Los comités también deberán presentar un informe de los resultados de la gestión correspondiente
al año anterior.
Al respecto, el artículo 14, inciso o) del Reglamento interno del Comité de Deportes señala que
este informe se debe presentar a más tardar el último día hábil del mes de enero de cada año, no
obstante, en el artículo 181 del Código Municipal se interpreta que es en la primer semana de julio
de cada año (según consultas a otras instituciones unas lo presentan en enero al estar dispuesto
en su reglamento interno y otras en julio según lo entienden en el Código Municipal), por lo cual
esta Auditoria observa que no hay claridad en el Código Municipal en cuanto a la fecha de
presentación de este informe de resultados.
Asimismo, se consultó si existe jurisprudencia que pueda ampliar lo dispuesto en este artículo 181
del Código Municipal en cuanto a la fecha de presentación, sin embargo, no se encontró, por lo
que esta Auditoria estará solicitando a la Procuraduría criterio para saber si la fecha de
presentación de este informe es en la primera semana de julio, ya que se considera un plazo muy
distante para que este Concejo Municipal conozca los resultados de la gestión realizada por este
Comité.
En cuanto a los informes remitidos por este Comité, esta Auditoria de acuerdo al análisis,
determinó algunas diferencias, entre otras situaciones encontradas, por lo que de forma adicional
se solicitó más información con el fin de determinar la razonabilidad de lo presentado, sin embargo,
al revisar la información proporcionada se requiere aclaraciones por parte del Comité, de lo cual
una vez recibidas las respuestas se analizarán y se estará enviando los hallazgos de la solicitud
de revisión a este Concejo Municipal.
CONOCIMIENTO.
£Municipalidad de Guácim
NS
Acta N.* 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.* 42.
ARTICULO IV. MOCIONES
1- Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, acogida
por el Reg. Nelson Lobo Rodríguez y la Reg. Alejandra López Lee.
CONSIDERANDO:
Recientemente fue aprobado el presupuesto extraordinario del periodo 2021.
MOCIONO:
Para que este honorable concejo bajo acuerdo Municipal, le solicite al señor Alcalde Gerardo
Fuentes Gonzales llevar a cabo de forma más expedita la compra de los vehículos, de la maquinaria
pesada, motocicletas, de la instalación de las cámaras de seguridad, de la planta eléctrica, de la
bomba de agua y de las chapeadoras y se giren las instrucciones a los coordinadores de los
departamentos correspondientes que tenga que ver con estas adquisiciones.
Lo anterior es de suma importancia para la operatividad de este municipio. Se solicita al
señor Alcalde, que nos informe en quince días hábiles sobre el avance de dichas gestiones.
Dispénsese de todo tramite a comisión.
Conocida la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Igualmente agregarle el
sistema de audio de esta Municipal y todo lo que se asignó en el presupuesto
extraordinario N* Uno afin de que las obras se ejecuten a la mayor brevedad posible,
por lo que considero muy importante la moción que está solicitando el compañero
Leonardo Carrillo: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, a fin de
que a la mayor brevedad posible solicite a todos los Departamentos de esta Municipalidad
llevar a cabo de forma más expedita, todas la gestión de compra ante la Proveeduría Municipal,
sobre los recursos que se presupuestaron en el Presupuesto Extraordinario N*01-2021, mismo
que ya se encuentra debidamente aprobado por parte de la Contraloría General de la República,
asimismo el Departamento correspondiente iniciar lo antes posible con la gestión de compra
de los vehículos, maquinaria pesada, motocicletas, cámaras de seguridad para su respectiva
instalación, planta eléctrica, bomba de agua para el edificio municipal y las chapeadoras.
Debiendo mantener informado al Concejo las disposiciones que se les gire a los
respectivos departamentos, para su atención, tramite y pronta ejecución.
Acuerdo N.? Veintitrés. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
2- Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, acogida
por el Reg. Nelson Lobo Rodríguez.
CONSIDERANDO:
Que Guácimo es un cantón que se desarrolló a lo largo de la línea del tren, sin que en esos tiempos
no existiese mayores controles, no existía una claridad ni una norma que se hiciera valer, no fue
hasta el Decreto Ejecutado N* 22483-MOPT del 01 de setiembre de 1993 sobre las dimensiones
los derechos vía en los ferrocarriles nacionales (Art. 42 Ley N* 7001, orgánica de INCOFER).
AUDITO
RIA
Acta N.* 32-2021
S.O. N.* 19-2021
Fecha: 11-05-2021
Pág. N.? 43.
Publicado en la Gaceta N* 174 del 10 de setiembre de 1993, con el cual se regularizó los anchos
de los derecho de vía que se deben respetar.
Actualmente, existe un requisito interno, para otorgar el uso de suelos es necesario que el plano
de la propiedad esté visado, sin embargo, para poder visar los planos es necesario el cumplimiento
de los derechos de vía de INCOFER, lo cual en muchos casos no es posible cumplir, dado que las
construcciones existentes son muy antiguas.
MOCIONO:
Para los casos que cumplan con las siguientes condiciones, sean exonerados del requisito de visado
de plano para tramite de uso de suelo o visto bueno de ubicación que es requisito para el Ministerio
de salud para tramite de uso de suelos o visto bueno de ubicación que es requisito para el
Ministerio de Salud para tramites de permisos de funcionamiento y posterior Patente Municipal.
1. La propiedad colinda con la línea férrea.
2. Nota del rechazo del visado municipal y que el mismo indique que la construcción invade el
derecho de vía del INCOFER.
3. Que la construcción se encuentre dentro del derecho de vía del INCOFER.
4. Aplica para construcciones existentes donde se puede comprobar la antigúedad de estas.
Dispénsese de todo tramite a comisión.
Conocida la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, el
Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: No sé si recuerdan pero
este tema lo habíamos conversado a nivel de Comisión, donde hay propiedades antiguas que
quieren establecer un negocio, pero que con el simple hecho de colindar con INCOFER no les
dan estos vistos buenos de ubicación, entonces seria autorizar que todas las propiedades que
tengan antigúedad y así lo logren demostrar no solicitarles el visto bueno, previa inspección.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Cuando el compañero Leonardo
me enseño la moción, Yo le manifesté que esto lo podríamos elevar a análisis del Asesor
Legal para que bajo un criterio legal se valorara, porque ya esos requisitos son leyes, y ya en
la Administración anterior se presentó un tema similar y tratamos de resolver y no se logró.
Inclusive se analizó el caso de una muchacha que colinda en la primera línea del tren
misma que se ubica cerca de aquí, donde ni siquiera pasa el tren, y ella está en colindancia
con lo que es la 32 y aun así no se pudo resolver, por eso le sugerí al compañero Leonardo
que este tema la propuesta fuera elevada a asesoría legal.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es
que la ley paso en setiembre de 1993, entonces toda construcción que se encuentre después
del año 1993 no se le puede solicitar ese requisito porque ya está la ley, pero las que están
antes de la ley si se puede.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Concuerdo con lo que está
manifestando la compañera Alejandra, aunado a eso como lo está indicando el compañero José
la ley fue en el año 1993, recuerden que los permisos en todo lo que se tiene que hacer en
una construcción en una mejora o en lo que sea que se tenga que hacer en un terreno, en el
momento que Usted realiza ese cambio, aplica, esa ley, si Usted va a hacer cualquier actividad
cualquier situación, y tiene que modificar su plano por alguna razón va a cambiar y Yo eso lo
sé porque Yo estoy dentro de ese juego que Usted dice porque Yo vivo frente a la línea
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ALIDAD
2" DE GUACIMO
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férrea y juego con los siete metros y los actuales catorce metros que hay que jugar ahora, con la
colindancia de la línea férrea principal, porque hay líneas secundarias que es menos cantidad,
terreno.
Como lo dice la compañera Alejandra, nosotros mo somos la autoridad competente
para otorgar o no otorgar un permiso, Usted lo está diciendo claramente si esta antes del año
1993, no les aplica esa ley, no le veo ningún problema que no les aplique a los terrenos, que
estén antes de esa ley, que lo demuestren con su plano, el problema lo vamos a tener cuando
vengan las personas que quieran hacerlo y que estén después de esa ley.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: De
hecho no se puede, sabemos que la ley esta desde 1993, y toda construcción que este después
de esa ley no podemos obviar ese requisito, pero a las personas que demuestren estar antes
del año 1993, pues que no le soliciten ese requisito.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: La solicitud es para que no se
les solicite ese requisito a las personas, Yo no estoy en contra de eso, de que se le pueda ayudar
auna persona y creo que igualmente la compañera Alejandra tampoco está en contra, lo que
sugerimos es que este siempre fundamentado bajo el marco jurídico legal, porque nosotros no
podemos salirnos del marco legal, esa sería mi opinión.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Completamente de acuerdo, vamos a proceder a trasferir la moción al Sr. Alcalde Municipal,
para que haga llegar la consulta al Departamento legal, para que emita criterio legal, por lo
tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, a fin
girando instrucciones al Lic. Danny Arguello Morales - Asesor Jurídico a.i.,, para que emita
criterio legal, respecto a Decreto Ejecutado N* 22483-MOPT del 01 de setiembre de 1993 sobre
las dimensiones los derechos vía en los ferrocarriles nacionales ( Art. 42 Ley N* 7001, orgánica de
INCOFER), publicado en la Gaceta N* 174 del 10 de setiembre de 1993, con el cual se regularizó
los anchos de los derecho de vía que se deben respetar. De manera que indique si existe alguna
forma de colaborarle a las personas, para que sean exonerados del requisito de visado de plano
para tramite de uso de suelo o visto bueno de ubicación que es requisito para el Ministerio de
salud para tramite de uso de suelos o visto bueno de ubicación que es requisito para el Ministerio
de Salud para tramites de permisos de funcionamiento y posterior Patente Municipal.
1. La propiedad colinda con la línea férrea.
2. Nota del rechazo del visado municipal y que el mismo indique que la construcción invade el
derecho de vía del INCOFER.
3. Que la construcción se encuentre dentro del derecho de vía del INCOFER.
4. Aplica para construcciones existentes donde se puede comprobar la antigúedad de estas.
Acuerdo N.? Veinticuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
3- Se dio lectura a moción de fecha 11-05-2021, presentada por el Reg. Jose Leoncio
Orozco Peraza - Presidente Municipal, dice:
CONSIDERANDO:
Que en vista de que la Funcionaria Abigail Ruiz Lépiz, fungió como colaboradora en el
sistema de transmisión de audio en la sesión correspondiente al 08 de mayo 2021.
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MOCIONO:
Solicito se le autorice el pago de horas extras correspondientes a dicha sesión
extraordinaria.
Asimismo solicito dispense de trámite de Comisión.
Conocida la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal - Reg.
Jose Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Autorizar el pago de horas extras a
favor de la Funcionaria Abigail Ruiz Lépiz, fungió como colaboradora en el sistema de
transmisión de audio en la sesión correspondiente al 08 de mayo 2021.
Por lo tanto comuníquese a Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González,
Coordinador de Area Financiera y Encargada de Talento Humano, para lo que corresponde a
su cargo.
Acuerdo N.* Veinticinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
4- Se dio lectura a moción de fecha 11-05-2021, presentada por el Reg._Jose Leoncio
Orozco Peraza - Presidente Municipal, dice:
CONSIDERANDO:
Que es necesario que la Municipalidad realice el préstamo para compra de maquinaria.
MOCIONO:
Para que se le solicite al IFAM, brindar asesoría a esta Municipalidad para la gestión
de solicitud de préstamo ( desembolso) .
Asimismo solicito dispense de trámite de Comisión.
Conocida la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal - Reg.
Jose Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar cordialmente a la Presidencia
Ejecutiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), su colaboración proporcionando
ala Municipalidad del Cantón de Guácimo, la posibilidad de contar con Asistencia Técnica del
IFAM, no reembolsable, para apoyar en la elaboración del cartel y del perfil del proyecto de
compra de maquinaria, siendo que el personal municipal se encuentra actualmente con mucha
carga de trabajo. Agradeciendo enormemente contar con respuesta positiva, de manera que se
pueda lograr ejecutar a la mayor brevedad posible este proyecto.
Acuerdo N.* Veintiséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
DS
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5- Se dio lectura a moción de fecha 11-05-2021, presentada por el Reg._Jose Leoncio
Orozco Peraza - Presidente Municipal, dice:
CONSIDERANDO:
Que en vista de que existir sospechas de posible contagio de COVID de una de las
funcionarias del Departamento de Secretaria este Organo Colegiado autorizo
verbalmente que las compañeras Jeanneth Crawford Stewart y Keylin Madrigal,
trabajaran los días lunes 10 y martes 11 de mayo 2021 de manera virtual, por lo
tanto
MOCIONO:
Para que se comunique a la Administración y Departamento de Talento
Humano para lo que corresponde a su Cargo.
Asimismo se comunica que dicho caso resulto negativo
Asimismo solicito dispense de trámite de Comisión.
Conocida la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal - Reg.
Jose Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González y Encargada del Departamento de Talento Humano, que por motivo
de sospecha de posible contagio de COVID de una de las Funcionaria del Departamento de
Secretaria del Concejo Municipal, este Organo Colegiado de forma verbal autorizo por
prevención que las compañeras Jeanneth Crawford Stewart y Keylin Madrigal, trabajaran los
días lunes 10 y martes 11 de mayo 2021 en modalidad de teletrabajo, lo anterior se hace
de conocimiento formal, para lo corresponde a controles internos.
Acuerdo N.? Veintisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
6- Se dio lectura a moción de fecha 11-05-2021, presentada por el Reg. Jose Leoncio
Orozco Peraza - Presidente Municipal, dice:
CONSIDERANDO:
Que el mal estado en que se encuentran los caminos vecinales,
MOCIONO:
Para que se le solicite al Alcalde Municipal girar instrucciones del SIOP para que
intervenga los caminos de la 1 Griega primera, segunda y tercera entrada. Barrio Laurel —
Santa Emilia , carretera a la Perla hacia el sur
Asimismo solicito dispense de trámite de Comisión.
Conocido la moción el Presidente Municipal . Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza,
dice: Hemos tenido muchos problema con el tema de las lluvias los caminos están muy
deteriorados por lo que es importante que nosotros junto con el Sr. Alcalde Municipal nos
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pongamos la camisa del Cantón y busquemos la forma de darle solución a todo este tema de
caminos por lo menos dándole mantenimiento rutinario, porque es de suma importancia si hay
un hueco, mandarle a echar material, mandar la niveladora, tratar de resolver todos estos
problemas, ahí en el barrio Los Laureles - Santa Emilia son lagunas las que se forman, por eso
es sumamente importante intervenir estos caminos, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo
Fuentes González interponer sus buenos oficios a fin de que a la mayor brevedad posible gire
instrucciones al Ing. Jhonny Jiménez Rodríguez, coordinador a.i. del departamento de servicios
de infraestructura y Obra Pública de esta Municipalidad, para que intervenga los caminos de la
I Griega primera, segunda y tercera entrada. Barrio Laurel - Santa Emilia , carretera a la Perla
hacia el sur, ya que se encuentran con muchos huecos, mismos que al llover forman lagunas.
Debiendo mantener informado al Concejo Municipal de las soluciones que se sirvan realizar.
Acuerdo N.* Veintiocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
7- En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Convoco
a sesión extraordinaria el día miércoles 26 de mayo 2021, a partir de las 3:30 p.m.,
seguimiento de capacitaciones con el Planificador Municipal -Sr Luis Angel Acevedo- Capacitación
Sobre Descentralización Modernización Y Desarrollo Local, Sistema Municipal Y Las Municipalidades
De Costa Rica-Modalidad Presencial, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Convocar a sesión extraordinaria el día
miércoles 26 de mayo 2021, a partir _de las 3:30 p.m., en el salón de sesiones de esta
Municipalidad para atender al Sr Luis Angel Acevedo - Planificador y dar continuidad a las
capacitaciones seguimiento de capacitaciones con el Planificador Municipal -Sr Luis Angel
Acevedo- Capacitación Sobre Descentralización Modernización Y Desarrollo Local, Sistema
Municipal Y Las Municipalidades De Costa Rica-Modalidad Presencial.
(Comuníquese al Alcalde Municipal y Asociaciones y Grupos organizados.
Acuerdo N.* Veintinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
8- En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: La vez pasada había enviado una
nota la gente de la ruta 32, porque no se pudieron reunir por el aumento de caso de
COVID, pero ellos enviaron una nota que dice:
Producto del reciente aumento de casos de COVID-19, y en cumplimiento de las medidas sanitarias
establecidas, esta Unidad Ejecutora RN-32 ha restringido la participación de giras o reuniones con
personas externas, por tal razón es que se programó la reunión virtual el día de hoy para conocer
un poco más a fondo las dudas y consultas que ustedes poseen sobre las obras constructivas y los
supuestos daños que estas les han ocasionado a varios vecinos de la zona.
De igual forma, se nos ha informado ante nuestras oficinas de COAPRO ubicas en la Municipalidad
de Guácimo, que se han presentado muchos casos positivos en dicha Municipalidad y en ese
cantón, por lo que no queremos exponer a nuestro equipo de trabajo ni a otras personas ante esta
situación; motivo por el cual resulta improcedente realizar una reunión presencial para conocer de
sus inquietudes.
Les aclaramos que, en cuanto al sistema de drenaje de la ampliación de la carretera que tenemos
en ejecución, se realizó un informe al Contratista, solicitando el mantenimiento de muchas
alcantarillas que se encuentra obstruidas y no cumplen con su función, por lo que se velará por
una pronta solución a estas estructuras.
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En relación con los supuesto daños a viviendas, ocasionados por algún aspecto de las
obras constructivas del proyecto de obra vial, solicitamos que cada propietario nos remita un
informe detallado de los supuestos daños y con evidencias de esa supuesta afectación, mostrando
que fue lo que ocasionó el supuesto daño, para que a través de esta Unidad Ejecutora RN-32,
remitir dicho informe al Contratista y proceder con lo pertinente. Es importante aclara que, el
Contratista cuenta con una póliza de daños a terceros, por lo que de determinar que los daños
fueron causados por las obras constructivas de nuestro proyecto, se podrá hacer uso de esta póliza
para las indemnizaciones correspondientes.
Esperando su comprensión ante esta situación, y como siempre, quedamos atentos a
cualquier consulta adicional, con la propuesta de realizar una reunión virtual sobre los temas de
su interés, me despido de ustedes.
Entonces la idea es que publiquemos esta información en la página de Facebook para
que los ciudadanos tengan esa información y hagan sus reclamos.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Me
parece bien la sugerencia, por lo tanto procederé a someterla a votación: por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla sírvase levantar
la mano, aprobado firmemente por unanimidad, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, girar instrucciones a Encargado de TI, para que publique en la Página
Facebook de Municipalidad, un comunicado donde se le informe a vecinos del Distrito de
Pocora y Mercedes que sufrieron daños en sus propiedades a causa del temporal que afecto
la zona en el mes de abril 2021, aunado a los trabajos que se están llevando a cabo en la ruta
32, por parte de la Empresa Check, que para optar por una posible indemnización por parte de
la Empresa deberán remitir un informe detallado de los supuestos daños , con sus respectivas
evidencias de esa supuesta afectación, mostrando que fue lo que ocasionó el supuesto daño, para
que a través de esta Unidad Ejecutora RN-32, remitir dicho informe al Contratista y proceder con
lo pertinente. Es importante aclara que, el Contratista cuenta con una póliza de daños a terceros,
por lo que de determinar que los daños fueron causados por las obras constructivas del proyecto,
se podrá hacer uso de esta póliza para las indemnizaciones correspondientes.
Asimismo se les haga saber a los vecinos que la presentación de documentación por
motivo de afectación deberán presentarlo a la Oficina COAPRO en la Municipalidad de Guácimo.
Acuerdo N.* Treinta. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
9- En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Otro punto es el tema de la bandera
de Guácimo, lo cual habíamos tratado en Comisión, y en su momento el compañero José
dijo que sería importante que lo sacáramos la elección a consulta ciudadana para darle la
oportunidad a la gente de participar a través del voto, entonces la idea es que tomemos un
acuerdo e igualmente que se publiquen las dos banderas que fueron diseñadas y se explique
el por qué las dos banderas, e indicar que estas banderas fueron electas por los chicos que
participaron en su momento, pienso que es interesante más que estamos en el mes de
celebración del cantonato entonces talvez la gente se sienta identificada votando por la bandera
del cantón, no sé qué les parece.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Considero esta propuesta muy acertada, para que le mandemos a consultar al pueblo Guacimeño
ya que es una decisión de suma importancia, es una bandera que va a quedar para toda la vida
en el Cantón, entonces es muy importante hacer la consulta, porque esta es una decisión
meramente del Cantón de todos los ciudadanos, e igualmente estaremos aceptando la decisión
de la mayoría, por lo tanto: por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la propuesta sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, se acuerda:
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Flunicipalidad de Guácim
Acta N.% 32-2021
S.O. N.9 19-2021
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Considerando que la Administración 2016 -2020, llevo a cabo concurso para elegir
la bandera que representará a nuestro Cantón, para lo cual participaron niños del Centro de
Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) Guácimo, dicho acto consta en el Acta N* 27-2017,
Sesión Ordinaria N*  10-2017, de fecha 27-04-2017, resultando electas las banderas
diseñadas por el niño Jean Carlo Valverde Castillo y la niña Jimena Jiménez Fernández, sin
embargo de conformidad al acuerdo tomado en dicha oportunidad, quedo pendiente conjugar
una sola bandera, que unifique todos los aportes externados por ambos niños, por esta razón
la Administración 2020 -2024, decide retomar y dar cumplimiento al acuerdo Acuerdo
N.9 Diez, del Acta N* 27-2017, Sesión Ordinaria N* 10-2017, de fecha 27-04-2017,
por lo tanto, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicar a todos los
Munícipes de nuestro Cantón, que através de la Comisión de Asuntos Culturales se recopilo
los aportes, tanto de diseño como del significado de cada color, presentados por los niños
Jean Carlo Valverde Castillo y la niña Jimena Jiménez Fernández, para finalmente diseñar el
arte de la bandera con todos los elementos aportados por los niños, siendo estos los
siguientes:
a. El celeste el agua de los ríos, río Guácimo, un Cantón rico en recursos hídricos.
b. El Blanco - un cantón hacia el camino de la paz.
Cc. El verde nuestros productos agrícolas.
d. El amarillo la amistad entre los pueblos nacidos a raíz de la línea del tren.
e. El café, la tierra bendita que produce múltiples cultivos.
f. La piña y el banano fuente de trabajo de cientos de Guacimeños.
Seguidamente el arte final de la bandera, que de forma deliberativa se
diseñaron dos propuestas, que son las siguientes:
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Pág. N.* 50. :
Para la elección final de la bandera que representará nuestro Cantón, este Órgano
Colegiado decide sacar a consulta ciudadana, a finde dar oportunidad de participación a
través del voto, cuya metodología a utilizar será por medio de una encuesta, que se estará
adjuntando en la página de Facebook like de esta Municipalidad, por lo que se insta a todos
los ciudadanos del Cantón a participar, durante el mes de mayo 2021, con el propósito de
elegir nuestra bandera en un mes tan significativo del año 2021, en el que festejamos el 50
Aniversario del Cantón.
Por lo que se autoriza al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, girar
instrucciones al Encargado de TI, para que ala mayor brevedad posible realice la encuesta
que definirá la elección de la bandera que representara nuestro Cantón.
Acuerdo N?* Treinta y Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Concluye la sesión solemne el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, siendo las diecisiete horas, veinte minutos.
Jeanneth