Ordinaria 60 · 2020-10-06

Acta N° 60-20 S.O. 40-20 06-10-2020.pdf · 51 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 60 del 2020-10-06 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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¿Municipalidad de Guácimo
ES MM EÍAcIMO
¿U, AUDITORIA
2” INTERNA
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO *
ACTA N?* 60 -2020, SESION ORDINARIA N* 40-2020
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL, SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTE A LAS QUINCE, HORAS
TREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Propietarios Regidores Suplentes
José Leoncio Orozco Peraza - Preside
Nelson Lobo Rodríguez
Alejandra López Lee
Magda Orocú Jiménez
William Fajardo Fajardo
Rosibel Marchena Serrano
Leonardo Carrillo Sánchez
Síndicos Propietarios
Maricela Solano Álvarez
Luis Guillermo Zamora Brenes*
Carlos David Francis Sequeira*
Vera Myrie Graham
Elpidio Cubillo López
(*) Ausente (+) sustituyó
Funcionarios.
Seidi Morales Bolaños *
Ana María Esquivel Mesen
Juan Diego Ortega Ortiz
Leance Ramírez Mora
Jeannette González Li *
José Andrés Jirón Jirón
Wilberth Carrillo Navarro
Síndicos Suplentes
Yundi Alberto Artavia Lovemore*
Flor Chavarría Arguedas
Jesarela Cocorn Guerrero*
Greivin Muñoz Elizondo*
Jacqueline Jiménez Salas*
Gerardo Fuentes González - Alcalde *
Cynthia Hyman Schatruell - Vice-alcaldesa
Jeanneth Crawford Stewart —Secretaria
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la
siguiente orden del día:
o
. Lectura, aprobación y firma actas anteriores.
II. Asuntos del Alcalde
III. Correspondencia
IV, Informes de Comisión.
V. Mociones
£flunicipalidad de Guácimo
Acta N% 60-2020
S,O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 02.
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, da inicio a la sesión
solicitando a la Secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford Stewart, proceder a la
lectura del orden del día.
En uso de la palabra la Secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford
Stewart procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente
Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 06-10-2020,
dice:
Oración.
Lectura, aprobación y firma actas anteriores
Alcalde Municipal.
Correspondencia,
Informes de Comisión
Mociones.
PARUNE
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, resulto aprobada por unanimidad.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de
cada uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel
Marchena Serrano.
ARTICULO I. LECTURA Y APROBACION DE ACTAS ANTERIORES.
1. El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N.* 58-
2020, de la Sesión Extraordinaria N.? 20-2020, celebrada el día 28 Setiembre 2020,
resultando:
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Primeramente, disculparme
porque al Presidente no se le escuchaba bien y entendí y anote en mis apuntes que la reunión
de la Comisión de Asuntos Jurídicos se estaba convocando para el día jueves 01 de Octubre y
resulto que era el día miércoles 30 de setiembre, y lamentablemente, ese día no podía
asistir.
Con relación al oficio DAI-099-2020, suscrito por Licda. Marleni Myrie Pérez - Auditora
Interna, referente a remisión del informe final del “estudio sobre la evaluación a la
liquidación presupuestaria periodo 2019 de la municipalidad de Guácimo, ” se tomó
como conocimiento y se trasladó a la Comisión de Hacienda, no sé si la Comisión se pudo
reunir, pero no se tomó ningún acuerdo para lo que refiere en sí, buen me imagino que en el
transcurso de la sesión conoceremos el informe, porque ella nos manda a solicitar que
interpongamos oficios para que la Administración brinde atención a los puntos que indica el
informe, que supuestamente la Administración no está acatando las recomendaciones que ella
como Auditora brinda y tampoco justifica la causa del incumplimiento, entonces nos solicita a
nosotros como Concejo que le pongamos atención a esto y también que ella esta anuente a
evacuar dudas,
Con respecto a otro punto, indica que es importante que cuando se remitan
documentos dirigidos al Alcalde sería bueno solicitarle a las compañeras Secretarias consultar
sobre las respuestas oportunas a estos oficios, porque por ejemplo en el oficio que nos hizo
llegar el Sr. Milton Alcides Camacho Muñoz, referente a consulta sobre una declaratoria de calle
pública, él solicita que se le brinde respuesta en un término de diez días hábiles, por lo que hay
que darle seguimiento a esta situación porque de lo contrario nos exponemos a recursos de
amparo, como sucedió anteriormente con otras situaciones, que no se contestaron a tiempo.
Esto sería mi apreciación en cuanto al Acta N.* 58-2020.
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DE EUACIMO
INTERNA
Acta N% 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 03.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Talvez ahí, en cuánto a que el oficio DAI-099-2020, suscrito por Licda. Marleni Myrie Pérez -
Auditora Interna, lo dejamos en conocimiento, no fue así, sino que en realidad lo que se
hizo fue trasladarlo a Comisión de Hacienda, para analizarlo y posteriormente emitir la
recomendación.
Y con relación a la sugerencia de dar seguimiento alos acuerdos, en realidad
sies importante, para que así que podamos dar la respuesta en el tiempo estipulado por ley.
No sé si alguien más quiere referirse al tema. Si nadie más desea tiene alguna
observación que hacerla al Acta, por favor levantar la mano para ratificarla, resultando:
conforme en todas sus partes siendo firmada como corresponde.
2. El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, somete a revisión el Acta N.% 59-
2020, de la Sesión Ordinaria N.% 39-2020, celebrada el día 29 Setiembre 2020, resultando.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Igualmente tengo algunas
apreciaciones: La primera es con relación a las ternas que conocemos para nombramiento
de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, en el sentido de que, si se presentan
incompletas las ternas, solicitamos que nos justifique el motivo por el cual no se cumple con
este requisito, pero también leyendo por ahí mociones de otras Municipalidades, también es
importante tomar en cuenta la equidad de género, esto en casos que se incluyen talvez
solo mujeres o solo hombres, entonces es la recomendación para el Concejo para curarnos
en salud, porque nosotros somos los que al final aprobamos, para que tengamos esa
sugerencia para futuras aprobaciones e igualmente solicitarles la justificación en este aspecto.
También en otro tema, tengo una duda y quizás algún compañero me puede
aclarar, en la modificación presupuestaria de la Junta Vial, la cual aprobamos mediante el
Acuerdo N“ Once, y es que estaba leyendo en la Ley 8114, que habla del destino de los
recursos, dice exclusivamente a la contratación vial, mantenimiento rutinario, mantenimiento
periódico, mejoramiento y rehabilitación de la red cantonal vial y si sobra se usar en
construcciones nuevas de la red cantonal vial, pero en la modificación decía que se iba a
modificar para equipo y mobiliario de oficina, por la suma de millón quinientos mil colones y
en la justificación dice que es para un aire acondicionado, entonces no se si ahí calza una
cosa con la otra, porque la ley dice que específicamente que el recurso es únicamente para
la red vial, ahí en la parte donde tengo la duda y pregunte pero no me dieron respuesta,
entonces no se si los compañeros estarán claros en eso.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Habría que hacer la consulta Don William, porque si es que lo están tomando de los
recursos de la 8114, oel presupuesto corresponde como gastos de oficina e incluyen en la
elaboración del PAO, porque tengo entendido que un 40% de los recursos de la 8114 se
puede utilizar para contratación de personal y otras cosas y el 60% destinado para obras.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: La consulta, que estoy
presentado es porque a la hora de revisar la modificación presupuestaria, observe que se
modificó para mobiliario y oficina de recursos provenientes de la Ley 8114 y que a la hora de
leer la ley dice que es especificamente para uso de mantenimiento de obra menor de la red
vial cantonal, entonces me surgió ta duda que también dice mobiliario y oficina, en este caso se
modificó para un aire acondicionado.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuestos,
dice: Si de los recursos provenientes de la 8114, se puede tomar una parte, para lo que
corresponde a la parte administrativa, que labora para esa Unidad.
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Pág. N* 04,
No habiendo más observaciones al Acta, resulta conforme en todas sus
partes siendo firmada como corresponde.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Aprovechando que están aquí presentes los compañeros del área contable, les comento que
en la carpeta de correspondencia, mediante el oficio DFOE-DL-1877, nos llegó como
respuesta la improbación del Presupuesto Extraordinario N* 02-2020, entonces queríamos
hacerle la consulta sobre el caso.
En uso de la palabra el Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios Financieros;
dice: El día de hoy 06 de octubre nos llega el oficio N* 15377 de parte Contraloría General de la
Republica refiriéndose a el asunto referente a la improbación del Presupuesto Extraordinario
N2 02-2020 de la Municipalidad de Guácimo. Las razones que ellos dan, es que se fundamenta
en el artículo N* 106 del Código Municipal, que dice que el tiempo que posee los presupuestos
extraordinarios, para presentarse ante la Contraloría General de la Republica será dentro
de los quince días siguientes a su aprobación. El día 26 de agosto se aprobó por mayoría simple
el Presupuesto Extraordinario N* 02-2020, así mismo con el Plan Operativo Anual 2020, de
manera que el día 16 de setiembre se logró subir a la plataforma digital en donde se sube el
presupuesto. Lo que sucedió es que tenemos un sistema de presupuesto muy antiguo donde hay
que manipularlo y a la hora que se subía a la plataforma daba y daba errores, en eso estuvimos
una semana entera, entonces cuando ya se logró hablar con alguien de la Contraloría nos dijo
“digítelo” y fue donde lo digitamos de una por un una en la página de ellos, ósea cuatro días fue
la demora, porque ellos dan quince días. Nosotros queremos apelar esto, obviamente porque
hablamos con un señor de la Contraloría y dice que a ellos les queda una bitácora de cuando se
intentó y en qué fecha se estuvo intentando subir el presupuesto, entonces ese fue el motivo.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice: De
hecho para el ordinario le dije que a Don Carlos que lo iba a subir de una vez por si algún
problema se suscitara, había que digitarlo y de hecho que así lo hice lo digite porque el sistema
nos da ese error, para este presupuesto estuvimos hablando con Don Marco el dueño y le
dijimos que nos da error y él estuvo revisando el sistema y no pudimos entonces ya por ultimo
lo que se hizo fue digitarlo y la Contraloría en eso si es muy estricto y los tiempos son como
ellos dicen, ahora hablamos con el Abogado y el señor de la contraloría y pedimos una revisión
de cuando se aprobó el acta en firme y mañana vamos a llamar a la encargada para que ella nos
dé un permiso si tenemos que mandar un justificación enviarla y vamos hacer todo lo que
podamos para que nos lo revise para que sea aprobada, porque todo lo que va ahí es necesario
y es importante, también hay un punto que nos pueda beneficiar un poco, y es que dentro de
este presupuesto va mucho para reforzar lo del COVID, en lo que refiere a suplencias por si
algún compañero se llega a contagiar y haya recursos para que se pueda suplir, además se
incluye recursos para la compra de todo lo necesario y lo que se requiere para ese tema,
también va lo de los compromisos que son más de seiscientos millones, entonces por todas
esas cosas que son muy necesarias, vamos a ver que podemos lograr. Sacando cuentas de
cuando fue la sesión que fue el 26 de agosto a la semana siguiente serían dos días por los que
fallamos entonces esperemos que salga aprobado.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: ¿La Contraloría por lo que
está indicando la improbación, es porque está fuera de tiempo??
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice: Si
eso es.
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DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
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En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: La justificación que ustedes dan
será muy necesaria, porque los recursos de una institución pública todo es necesario y lo
sabemos, me imagino que como usted lo dice que hay una bitácora, ustedis a la semana que
estuvieron intentando recurrieron a la Contraloría.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice:
Anteriormente yo hable con la analista y le pregunte que como hacíamos porque ahí iban las
transferencias de lo que eran para Cruz Roja y para fuerza pública, recursos de lo que fueron
las fiestas cívicas, entonces Yo intentaba meter eso y no podía, entonces yo la llame y me dijo
que hablara con los muchachos de soporte, y llame y me explicaron como ingresar esas cuentas,
ósea si estuve manejando esto con ellos también, porque como me daba error, entonces si
tuve comunicación.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Si la comunicación fue
telefónica pida referencia, yo lo que he aprendido, este tipo de trámite, es el uso del correo
electrónico que es muy indispensable, porque esas cosas nos sucede cuando nos toca pasar
información en línea y nos toca intentando, e intentarlo, entonces el correo electrónico es un
respaldo, a nosotros nos han dicho si algo les falla lo primero es un correo electrónico y ahí
queda ese respaldo porque a veces las llamadas no se las quieren tomar como muestra.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice: No
recuerdo si les envié un correo a la parte de soporte, lo que si me acuerdo es que para el
extraordinario 01 si había enviado.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Esperemos que si haya enviado
un correo,
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces enviando un correo explicando lo que a ustedes les está sucediendo en el momento
es un respaldo de que usted no pudo llevar a cabo la operación.
En uso de la palabra el Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios Financieros;
dice: El muchacho de la Contraloría dice que ellos tienen un registro de que en realidad si se
subió nada más que indica que se duplico tal línea, entonces ahí está y no pasaba de ahí porque
empezaba a fallar.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Está bien Don Carlos, vamos a dejar este documento como conocimiento y solicitarle un informe
de la gestión que van a realizar con el presupuesto. Sí también si necesitan ayuda de nosotros
con mucho gusto les podemos ayudar, porque esto es algo que afecta atodos, por lo tanto:
Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la propuesta,
sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se
acuerda:
Habiendo conocido el oficio DFOE-DL-1877, suscrito por la Licda, Vivian
Garbanzo Navarro - Gerente de Área, Licda. Carolina Altamirano Mora  - Fiscalizadora
Asociada de la Contraloría General de la República, asunto, improbación del presupuesto
extraordinario N* 02-2020, por lo tanto este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Solicitarle al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, girar instrucciones al Lic.
Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios Financieros y a la Licda. Vera Zúñiga Torres -
Encargada de Presupuesto; a fin de que elaboren un informe, que deberán presentar a
este Organo Colegiado, con contenga todas las gestiones, que lleven acabo ante la
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Contraloría General de la República, fundamentando apelación en contra de la
improbación al Presupuesto Extraordinario N* 2,
Asimismo las respuestas que reciban al respecto.
Acuerdo N* Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Quería consultar a los
compañeros, porque cuando leí un informe de la auditoria ella indica que el sistema del área de
presupuesto está obsoleto, entonces la pregunta es? ¿si es el sistema general de la
Municipalidad o es el sistema de la parte presupuestaria nada más que está obsoleto.
En uso de la palabra el Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios
Financieros; dice: Es algo general, los sistemas que se utilizan son muy viejos, de hecho, cuando
estaba con los problemas de los programas llame al dueño que se llama Don Marco, y él me
dijo que desde el año 2009 al sistema no se le hace nada, que tiene archivos ahí que lo que
hacen es volverlo lento y lo que hace exactamente eso, es generar errores, porque todo
sistema informático requiere mantenimiento, atención y a ese sistema nunca se le ha atendido.
El tiempo que Yo he estado no se la querido meter mucho dinero porque ya la Muni tiene un
contrato con una empresa donde se espera que ellos den un sistema moderno integrado, por
ejemplo si las muchachas de abajo hacen un cobro ellas tienen que volver a meter los asientos
aquí se hace a pie y todo está en diferentes módulos. Les cuento que cuando llegue aquí y las
compañeras me decían que tal archivo esta de tal formato y que había que hacerle otra cosa yo
casi me desespero porque cómo es posible que un sistema de estos genere un archivo y otro,
porque los sistema de ahora le preguntan en que formato quiere el | archivo, como les repito el
sistema es muy antiguo es desde el año 2004, entonces es con ese sistema que se ha trabajado
y es muy difícil, de esa manera.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Ustedes como
especialistas en la materia cual sería la recomendación que nos pudieran dar, para poder de
una u otra manera colaborarles para que puedan realizar su trabajo, de qué manera nosotros
podríamos ayudarles a ustedes, no sé, solicitándole a la persona encargada del sistema,
atender el tema, de manera que se pueda obtener una versión de verdad que sea
actualizada o que modernicen el sistema que utilizan la parte presupuestaria, por eso, les
pregunto, ¿cómo podrimos ayudarle nosotros?.
En uso de la palabra la Licda, Vera Zúñiga Torres — Encargada de Presupuesto; dice:
Es que ahorita está el trámite nuevo de sistema integrado, que se supone que con ese sistema
se va a corregir el problema, precisamente por eso va ser un sistema integrado, pero ahorita
no, tal vez ayudarnos a que los muchachos del nuevo sistema lo entreguen pronto, porque
desde el Año 2018 está en gestión ese sistema y la plata se ha presupuestado 2018, 2019 y
ahora lo volvimos a presupuestar, de hecho en este extraordinario estaba el resto que eran 29
millones esperando que termine este año con este sistema y lo entreguen, porque más bien
desde el año pasado quedo en compromisos y lo que nos queda es esperar el sistema integrado
para solucionar los problemas.
En uso Je la palabra el Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios Financieros;
dice: Respondiendo a la pregunta suya creo que, si se puede hacer mucho, siento que la
empresa que se contrato ha fallado, no ha cumplido, este sistema tenía que haber quedado
instalado en el año 2018, se le dio una prórroga a diciembre 2019 incumplieron. Cuando Yo
llegué aquí lo primero que pregunté ¿fue qué hay? Y me dijeron bueno hay un sistema nuevo y
esta gente hacen reuniones virtuales por zoom, pero el sistema no lo instalan, tenemos que
instalar las formas NIC, y con el sistema que tenemos ahorita no se puede. La compañera
Ivannia es la que hace los pagos masivos de Hacienda en el sistema, porque últimamente, pasa
una semana que el sistema esta malo y el que nos ha ayudado es el Sr. Sergio que trabajo
PALIDAD
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AUDITORIA
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UDITORIA
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hace muchos años acá, él nos ha estado ayudando a hacer eso manualmente porque el sistema
no sirve y es muy complicado.
Por eso en lo que nos podrían ayudar sería presionar a la empresa, para que diga
cuándo y en fecha van a instalar el sistema porque en realidad la Municipalidad en esa parte
está sumamente mal,
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: ¿Se han cancelado dinero,
para ese trabajo?
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice:
Solamente una parte el año pasado.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: ¿Existe algún contrato de
fecha de entrega del sistema?
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice:
Claro.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entonces compañeros creo
que deberíamos de llamarlos a cuentas. ¿Hace cuánto no les entregan un avance? Pero si sería
bueno que los llamemos a cuentas porque si no han cumplido, necesitamos saber qué es lo
que sucede.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice:
Otro problema que tenemos es cuando se va la luz el otro sistema de facturación ese también
falla, por ejemplo, una vez que lluvia muy fuerte se quedó una semana sin poder facturar, y este
sistema que don Carlos estaba hablando de pagos masivos que se hace por Hacienda
precisamente por una caída de luz fue que el sistema dejo de funcionar.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Me parece Sr. Presidente,
que con relación a lo que dice la Sra. Vera, yo había consultado si aquí existía una planta
eléctrica me dijeron que si, pero después averiguando me dijeron que no funciona.
En uso de la palabra la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto; dice:
Planta no hay, lo que tienen son baterías, pero planta no.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entonces son cosas que
tenemos que ir analizando con recursos porque son necesarios.
En uso de la palabra el Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador Servicios Financieros; dice: Es una
de las cosas más delicadas, la información es de mucho valor y cada vez que se va la corriente de golpe se
van los sistemas, y todo se dificulta con el trabajo que se lleva a cabo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Muchas gracias, Don Carlos y Don William, si considero importante tomar un acuerdo.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Buenas tardes compañeros, creo
que no deberíamos de llamar a la Empresa que está realizando el sistema integrado, sino que
a quien debemos llamar aquí a que nos dé una explicación es a Proveeduría, a ella es a
quien tenemos que llamar y pedirles cuentas, ella tiene el contacto y contratos, tiene que venir
aquí a decir desde cuando esta la empresa contratada, cuanto han sido los avances, cuando se
le ha pagado y cuando entregan el producto terminado.
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En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es
correcto Reg. Alejandra, porque en la licitación y el cartel se pone todo lo que se requiere y
todos los requerimientos que deben de tener, por eso propongo que tomemos un acuerdo
solicitando al señor Alcalde Municipal, que indique al departamento de proveeduría que de
carácter urgente nos envié toda la información existe sobre la Empresa que está
contratada para elaborar y poner en ejecución sistema integrado en esta Municipalidad,
en cual etapa de desarrollo del sistema se encuentra, los pagos que se han girado y que si
no ha cumplido con los tiempos establecidos según contrato, habrá que cobrarle la multa y lo
que se tenga que cobrar, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar la propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal
- Sr. Gerardo Fuentes González, girar instrucciones a la Proveedora Municipal, Sra. Zilenia
Venegas V., cédula 3-0358-0218, con carácter de urgencia (próxima sesión martes 13-10-
2020) presente informe que contenga detalladamente y de forma explícita, la etapa de
avance en la que se encuentra ejecutado el contrato adjudicado a el Sr. Rafael Rodríguez
Villalobos Rep. Legal de Beach Palace S.A, para instalar sistema integrado, que facilitara la
ejecución de los diversos procesos y servicios que brinda esta Municipalidad.
Indicar en qué proceso de desarrollo se encuentra la ejecución del sistema, ya
que se tiene conocimiento que inicio desde el año 2018, por esa razón es indispensable
conocer la fecha exacta en que concluye la operación, ya que los sistemas actuales que
utilizan la Municipalidad son obsoletos, provocando que se cometan muchos errores.
Asu vez indicar el monto total de la adjudicación, si se han girado pagos
adelantados ala Empresa, por cuánto monto y porque razón, si nose ha cumplido con la
entrega del sistema.
Asimismo se le solicita al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González,
interponer sus buenos oficios a fin de verificar que efectivamente existe cumplimiento del
contrato, por parte de la Empresa Beach Palace S.A, de conformidad a los tiempos
establecidos según contrato, de percatarse que existiere incumplimiento en los tiempos
establecidos, aplicar la gestión para el cobro de multas y lo todo lo que corresponda.
Acuerdo N% Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ARTICULO 11. ALCALDE MUNICIPAL.
1- Se dio lectura a oficio AMG-1131, con fecha de recibido por la secretaria del Concejo
Municipal el 05-10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal,
remite oficio SF-118-2020 - Modificación interna N* 06-2020, por un monto de €
28.021.187.22 para su respectiva aprobación, dice:
178
AUDITORIA
CODIGO NOMBRE MONTO
5.01.02.01.07.01 Actividades de capacitación 165.000.00
5.01.02.02.99.05 Materiales y productos 45.000.00
TOTAL 210..000.00
Esta partida no se utilizará debido a la pandemia.
Se aumenta:
CODIGO NOMBRE MONTO
5.01.02.02.99.01 Útiles y materiales de oficina y computo 60.000.00
5.01.02.02.03.04 Materiales y productos eléctricos 150.000.00
TOTAL 210..000.00
Acta N% 60-2020
S.O. NO 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 09.
Municipalidad de Guacimo
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SS
No DE EUACIMO
(E, AUDITORIA
Ser” INTERNA
Justificación: Se requiere la compra de una cámara Web con micrófono para reuniones
virtuales ya que el equipo actual no tiene y para la compra de dos UPS para la protección del
equipo de cómputo.
Por solicitud de la coordinadora de asuntos ambientales Se disminuye:
CODIGO NOMBRE MONTO
5.01.02.01.07.01 Actividades de capacitación 165,000.00
5.01.02.02.99.05 Actividades de capacitación 75.000.00
TOTAL 275..000,00
Esta partida no se utilizará debido a la pandemia no se hace capacitaciones presenciales.
Se aumenta:
CODIGO NOMBRE MONTO
5.02.02.01.04.01 Servicios de ciencias de la salud 200.000.00
5.02.17.01.04.01 Servicios de ciencias de la salud 75.000.00
TOTAL 275.000.00
Justificación: se requiere realizar exámenes médicos al personal del departamento, por lo que
se refuerza la partida.
Por solicitud de la coordinadora de asuntos ambientales Se disminuye:
CODIGO NOMBRE MONTO
5.02.05.01.07.01 Actividades de capacitación 80.000.00
5.02.04.02.03.02 Materiales y productos Minerales 1.000.000.00
5.02.04.02.99.05 Útiles y materiales de limpieza 2.000.000.00
5.02.04.05.01.01 Maq. Y Equi, para la producción 2.800.000.00
5.02.04.05.01.99 Maquinaria y Equipo diversos 1.000.000.00
5.02.04.05.01.07 Equipo y Mobiliario 2.000.000.00
5.02.04.05.02.99 Otras cont. Adiciones y mejoras 3.000.000.00
5.03.01.b6.02.03.03 Madera y sus derivados 656.187.22
TOTAL 12.536.187.22
Se corrige ya que por error se digitaron en cementerio cuando realmente correspondía a parques
y en centro de acopio se digito en maderas y era de productos eléctricos y actividades de
capacitación no se ocupa debido a la pandemia no se hace capacitaciones presenciales.
180
Ú
Mi LIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
¿INTERNA
£flunicipalidad de Guácím
Acta N% 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 10.
CODIGO NOMBRE MONTO
5.02.05,02.04,02 Repuestos y Accesorios 80.000.00
5.02.05.02.03.02 Materiales y productos Minerales 1.000.000.00
5,02.05.02.99.05 Útiles y materiales de limpieza 2.000.000.00
5.02.05,05.01.01 Maq. Y Equi, para la producción 2.800.000.00
5.02.05.05.01.99 Maquinaria y Equipo diversos 1.000.000.00
5.02.05.05.01.07 Equipo y Mobiliario 2.000.000.00
5.02.05.05.02.99 Otras cont. Adiciones y mejoras 3.000.000.00
5.03.01.b6.02.03.04 Madera y sus derivados 656.187,22
“TOTAL 12.536.187.22
Justificación: se requiere realizar los proyectos programados.
A solicitud de coordinador del SIOP y mediante acuerdo tomado por Junta vial Cantonal en
sesión ordinaria N%03-202 celebrada el 29 de setiembre se modifica la partida:
CODIGO NOMBRE MONTO
5.03.02.Y6.05.02.02 Actividades capacitación 15.000.000.00
TOTAL 15.000,000.00
Esta partida no se utilizará debido a la pandemia.
Se aumenta:
CODIGO NOMBRE MONTO
Vías de comunicación (bacheo en diferentes
5.03.02, Y5.05,02,02 partes del cantón)
10.500.000,00
5.03.02.01.05.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 1.500.000.00
5.03.02.01.02.03.02 Materiales y productos minerales 3.000.000.00
TOTAL 15.000.000.00
Justificación: Se rebaja de la partida de vías de comunicación terrestre para mantenimiento de
puentes en el cantón debido a que con la situación actual del país, los rebajos realizados por el
gobierno central y que el proyecto de mantenimiento de puentes no genera gran impacto con
respecto a otros proyectos que están en ejecución y se requiere de más presupuesto para
cumplir con el objetivo propuesto como lo es el trabajo de bacheo en el cantón.
Se aumenta la partida de vías de comunicación terrestre bacheo en el cantón debido a que el
estado de los caminos a intervenir ha sufrido un deterioro considerable desde el momento que
se realizó el inventario al momento de intervenir el mismo, de tal manera que la mezcla
contratada no alcanza para cumplir con la meta propuesta, por este motivo se pretende realizar
una ampliación al contrato con el fin de suplir al 100% la necesidad de bacheo en el cantón.
Se aumenta la partida de equipo y mobiliario de oficina debido a que el aire acondicionado del
departamento se dañó y al realizar los trabajos de reparación el proveedor recomendó la
sustitución de este ya que cumplió con su vida útil y no cuenta con repuestos en el mercado.
Se aumenta la partida de edificios con el fin de realizar trabajos de mantenimiento en la oficina y
plantel municipal.
Acta N% 60-2020
S.O. N9 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 11.
MODIFICACION INTERNA N? 6-20
SALDO REBAJAR
AUMENTAR
SALDO
DESCRIPCION
ACTUAL
DISP
—|M|0
Oj tud
Ojaja
Oja|w
[e -910
Ojala]
PROGRAMA 1
Auditoria interna
SERVICIOS
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO
+=
¡Actividades de capacitacion
905.000,00 165.000,00
740.000,00|
MATERIALES Y SUMINISTROS
4|Materiales y productos eléctricos, telefónicos
10.000,00
MATERVLES Y PRODUCTOS DE USO DE EN LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
150.000,00
160.000,00|
99
ÚTILES, MATERIALE:
1]Utieles y materiales de oficina y computo
S Y SUMINISTROS DIVE!
RSOS
50.827,43
110.827,43
5|Útiles y materiales de limpieza
45.000,00 45.000,00
0,00]
PROGRAMA. Il
RECOLECCION DE BASURA
SERVICIOS
Se
s de gestion y apoyo
1|Servicios en ciencias dela salud
700.000,00
200.000,00'
900.000,00|
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO
pa
¡Actividades de capacitacion
207.800,00 200.000,00
7.800,00]
SERVICIO DE CEMENTERIO
MATERIALES Y SUMINISTROS
MATERIALES Y USO DE EN LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
A
Materiales y productos minerales y asfalticos
[ 1.000.000,00 1.000.000,00
pod
=
eu
ed
==
paz
qu,
Cada!
Y
2
EY
EY
>
[5
0,00
99
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVE
RSOS
5|Útiles y materiales de limpieza
2.000.000,00' 2.000.000,00|
0,00
BIENES DURADEROS
r
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO
0,00]
Maquinaria y equipo para la produccion
2.800.000,00' 2.800.000,00'
0,00]
SN
jo educacional, deportivo y re
2.000.000,00' 2.000.000,00|
0,00
99
Maquinaria y equipo diverso
1.000.000,00 1.000.000,00
0,00
CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS
UAcino
181
DE GUACIMO
AUDITORIA
¿INTERNA
Acta N% 60-2020
S.0. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N“ 12,
El
[7]
Otras construcciones, adiciones y mejoras
3.000.000,00
3.000.000,00
0,00]
5
PARQUES Y OBRAS DE ORNATO
SERVICIOS
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO
+=
Actividades de capacitacion
80.000,00,
80.000,00
MATERIALES Y SUMINISTROS
MATERIALES Y USO DE EN LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
N
Materiales y productos minerales y asfalticos
75.000,00
1.000.000,00
1.075.000,00|
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS
Repuestos y accesorios
16.160,96
80.000,00
96.160,96
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS
Útiles y materiales de limpieza
150.000,00
2.000.000,00
2.150.000,00
BIENES DURADEROS
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO
Maquinaria y equipo para la produccion
0,00
2.800.000,00'
2.800.000,00
E
Equipo y mobiliario educacional, deportivo y re
0,00;
2.000.000,00
2.000.000,00
9
o
Maquinaria y equipo diverso
0,00;
1.000.000,00
1.000.000,00|
CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS
99
Otras construcciones, adiciones y mejoras
0,001
3.000.000,00
3.000.000,00]
17
Mantenimieno de Edificios
SERVICIOS
Servicios de gestion y apoyo
=
Servicios en ciencias dela salud
0,00
75.000,00
75.000,00)
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO
pues
Actividades de capacitacion
80.000,00
75.000,00
5.000,00
Programa lll
EDIFICIOS
B6
Construccion centro de acopio
MATERIALES Y SUMINISTROS
E
r
unter
F
palídad de (5
r
uacímo
Acta N* 60-2020
S.O. N9 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 13.
MATERIALES Y USO DE EN LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
7)
Madera y sus derivados 656.187,22
656.187,22
0,00]
x=
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y 0,00|
656.187,22
656.187,22|
VIAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE
Unidad Tecnica de Gestión Vial
MATERIALES Y SUMINISTROS
MATERIALES Y USO DE EN LA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO
5]
Materiales y productos minerales y asfátticos 500.000,00|
3.000.000,00
3.500.000,00
BIENES DURADEROS
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO
x=
Equipo y mobiliario de oficina 500.000,00
1.500.000,00
2.000.000,00
Y6
Vias de comunicación terrestre (Mant, de Puentes)
BIENES DURADEROS [
CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS
2|Vias de comunicación terrestre | 15.000.000,00
15.000.000,00
0,00
Y5
Y5-Bacheo en Diferentes partes del canton (200ton) BNCRI
BIENES DURADEROS [
CONSTRUCCIONES ADICIONES Y MEJORAS
2|Vias de comunicación terrestre 6.239.140,00|
10,500.000,00
16.739.140,00|
SUMAS QUE SE COMPRUEBAN
37.015.115,61
28.021.187,22
28.021.187,22
37.015.115,61
ES
r
Untct
r
palidad de (5
r
vacimo
AUDITORIA
: ANTERNA
Acta N* 60-2020
S.0, N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 14.
MODIFICACION INTERNA N* 6-20
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS
SE REBAJA
SE AUMENTA
2-4-2-3-6 SERVICIO DE CEMENTERIO
2-9-2-99-99 |EDUCATIVOS, CULTURALES, Y DEPORTIVOS 02.09.01.04.9/EDUCATIVOS, CULTURALES, Y DEPORTIVOS
2-10-4-7-1 SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
2 SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
2-10-9-2-2 SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
4
-2 SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
2
2-10-2-99-3 [SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS |2-
2
2
2-26-0-3-2 DESARROLLO URBANO
-6-3-99 [DESARROLLO URBANO
2-26-1-6-1 DESARROLLO URBANO
3-2-4-3-2-6 [Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal 3-2-1-1-4-99 [Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
3-2-1-2-99-6 |Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
3-2-1-5-1-1 Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
TOTAL
0,00 TOTAL 0,00
AUDITORIA
INTERNA
UACÍNIO ¿2
E
r
unicipalidad de (5
r
r
184
£Municipalidad de Guacimo
U
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
AS)
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N0 15,
Conocida la modificación interna N* 06-2020, es sometida a votación por el el
Presidente Municipal — Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla, sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la
Modificación NO 06-2020, al Presupuesto Ordinario, para el ejercicio económico del año 2020.
Por la suma de ¿28.021.187.22.
Acuerdo N% Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2- Se dio lectura a oficio AMG-1111-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 02-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio DCAT-086-2020 suscrito por el MSc. Juan Carlos González/ Servicios Técnicos de la
Municipalidad de Guácimo, en respuesta al Acuerdo N* Cuarenta y Dos, de sesión
Ordinaria N* 36-2020, celebrada el 08 de setiembre de 2020 y Acuerdo N* Dos, de
sesión Extraordinaria N* 20-2020, celebrada el 28 de setiembre de 2020 y en el que
se le solicita información sobre los dueños de las propiedades ubicadas al costado sur del
Colegio Académico de Guácimo, al respecto informa:
Predio Plano Folio Real * | Propietario Céduta
01041030000 | L-888069-1990 7073204-000 | Banco Popular y Desarrollo Comunal | 4-000-042152
01041029000 | L-888067-1990 7073205-000 | Kenneth Alberto Serrano González 7-0242-0941
01041028000 | L-888065-1990 7073206-000 | Zicirley Corina Galloway Alvarado 7-0147-0195
01041027000 | L-888112-1990 7073207-000 | Mariyn Cruz Villalobos 1-0462-0304
01041026000 | L-888066-1990 7073208-000 ¡ Cruz María Medina Irias 7-043-0965
01041025000 | L-898723-1990 7073212-000 | Servicios Administrativos Canadiense | 3-101-154707
Costarricense Sociedad Anónima
01041024000 | L-888064-1990 7073211-000 | Juan Villegas Casasola 7-0116-0606
01041023000 | L-888111-1990 7073209-001 Ramon de Jesús Marín Mora 1-0340-0727
7073209-002 | Marta Garro Peraza 7-0056-0286
01041022000 | L-888124-1990 7073210-000 | Disela del Carmen Ortiz Baltodano 155827089730
01172002000 | L-888075-1990 7073203-000 Manuel David Abarca Meléndez 1-0630-0590
01172001000 | L-888058-1990 7073202-000 Irene Brenes Molina 7-0066-0805
01172021000 | L-885097-1990 7074025-000 | Banco Popular y Desarrolla Comunal | 4-000-042152
01172022000 | L-898684-1990 7074024-000 | Banco Popular y Desarrollo Comunal 4-000-042152
Conocida la respuesta al Acuerdo N* Dos, de sesión Extraordinaria N* 20-
2020, celebrada el 28 de setiembre de 2020, se acuerda:
Habiendo este Órgano Colegiado, sido informado de propiedades que se
encuentran totalmente encharraladas, ubicadas costado sur del Colegio Académico de
Guácimo, y habiéndose solicitado y recibido informe registral que identifica a sus
respectivos propietarios, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar el
£ilunicipalidad de Guácimo,s
A
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N% 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 16.
Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, oficio DCAT-086-2020 suscrito por el MSc.
Juan Carlos González/ Servicios Técnicos, para que ala mayor brevedad posible gire
instrucciones a la Gestora Ambiental - Sra. Marianela Rojas Quirós, a fin de que envié a
notificar a los dueños de propiedades que cita el oficio en mención, con el propósito de que
procedan a ejecutar la respectiva limpieza de sus propiedades y en caso de no atender la
notificación, proceder a realizar la gestión para que los Funcionarios Municipales lleven a
cabo la limpieza y se reporte el cobro, mismo que deberá incluirse como parte del pago de
impuestos según corresponda.
Acuerdo N% Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
3- Se dio lectura a oficio AMG-1134-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 06-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio SIOP-938-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacon - Coordinador a.i. en respuesta
al Acuerdo N* Veinte, de sesión Ordinaria N* 07-2020, celebrada el 14 de Febrero de
2020, en el que la Sra. Maribel Vega Díaz - Directora del Liceo Experimental Bilingúe de Río
Jiménez, solicita colaboración con maquinaria, niveladora aplanadora, tierra y piedra para
acondicionar terreno para plaza de deportes debido a que la Institución no cuenta con gimnasio
ni un lugar apropiado para que los estudiantes realicen sus deportes y aprovechen sus espacios
libres. Al respecto indica que no procede debido a que la ley 8114 no lo permite ya que el
uso de recursos de dicha ley debe de utilizarse solamente para materia vial,
Conocida la respuesta al Acuerdo N* Veinte, de sesión Ordinaria N* 07-
2020, celebrada el 14 de Febrero de 2020, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Sra. Maribel Vega
Díaz - Directora del Liceo Experimental Bilingúe de Río Jiménez, como conocimiento oficio
SIOP-938-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacón - Coordinador a.i., en respuesta a
su solicitud de colaboración con maquinaria, niveladora aplanadora, tierra y piedra para
acondicionar terreno para plaza de deportes, como área recreativa para uso de los jóvenes.
En dicho oficio el Arq. Luis Fernando chacón - Coordinador a.i., hace saber que la
solicitud no procede debido a que la ley 8114 no lo permite ya que el uso de recursos de
dicha ley debe de utilizarse solamente para materia vial.
Acuerdo N* Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
4- Se dio lectura a oficio AMG-1135-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 06-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio SIOP-936-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacon - Coordinador a.í. en
respuesta al Acuerdo N* Treinta y Cuatro, de sesión Ordinaria N* 33-2020, celebrada el
14 de Agosto de 2020, en el que se solicita dar pronta solución al relleno de un hueco
que se encuentra ubicado frente al de la Ferretería El Colono - Calle Pública, presentado
por el Sr. Gonzalo Solano Torres, - Presidente del Comité Pro-Mejoras Barrio Colonial, al
respecto informa que por medio de la contratación 2020LA-000004-002250001, se procedió
a bachear diferentes partes del Cantón, lo cual se solucionó lo solicitado.
Conocida la respuesta al Acuerdo N? Treinta y Cuatro, de sesión Ordinaria N? 33-
2020, celebrada el 14 de Agosto de 2020, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Gonzalo Solano
Torres, - Presidente del Comité Pro-Mejoras Barrio Colonial, oficio SIOP-936-2020 suscrito
por el Arq. Luis Fernando Chacón - Coordinador a.i., en respuesta ala su solicitud de relleno
de hueco ubicado frente al de la Ferretería El Colono - Calle Pública, en dicho oficio se le
NS4N
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N“ 17.
informa que por medio de la contratación 2020LA-000004-002250001, se procedió a
bachear diferentes partes del Cantón, siendo esta petitoria debidamente ejecutada.
Acuerdo N% Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
5- Se dio lectura a oficio AMG-1142-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 06-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio SIOP-940-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacón - Coordinador a.i.
Asunto: Solicitud de acuerdo municipal para adenda al Convenio entre la Municipalidad de
Guácimo e INDER (Ruta turística).
Por este medio me permito solicitarle gestionar ante el Concejo Municipal la aprobación de
solicitud para la ampliación del convenio entre la Municipalidad de Guácimo e INDER (Ruta
turística) en cuanto a plazo y alcance, de la siguiente manera:
Í-
Que, por acuerdo de Junta Directiva del Instituto, en artículo número 7 de la sesión
ordinaria 41-08 celebrada el 18 de noviembre del 2008, se suscribió el convenio marco
de cooperación interinstitucional entre el Instituto de Desarrollo Rural y la Municipalidad
del cantón de Guácimo en cual tiene como objetivo establecer relaciones de
cooperación.
Convenio Específico entre el entre el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y
Municipalidad del Cantón de Guácimo, para transferencia de fondos públicos, para el
proyecto rehabilitar el acceso vial a las zonas turísticas de la parte Sur de Guácimo
(Ruta Turística Guácimo)
El proyecto “Ruta Turística De Guácimo”, tiene vinculación con la política de estado para
el desarrollo rural territorial costarricense (PEDRT) 2015 -2030, el plan nacional de
desarrollo rural territorial 2017-2022 (PNDRT) y plan nacional de turismo de costa rica
2017-2021
Que, mediante acuerdo del Concejo Municipal de Guácimo, acuerdo N* Uno de la sesión
ordinaria número 41-19, celebrada el 11 de octubre del 2019, se acuerda autorizar al -
señor Alcalde Municipal a suscribir el convenio específico entre la Municipalidad y el
INDER, para la concreción de los trabajos conjuntos para el proyecto ruta turística de
Guácimo.
Los recursos contemplados fueron ¿300.000.000 del periodo 2019, y ¿150.000.000 del
periodo 2020, otorgados por el INDER, la Municipalidad procederá a realizar el proyecto
ruta turística de Guácimo, el cual consiste en mejorar con material de préstamo selecto
31.4 km de camino, de los cuales se intervienen 5 km con colocación de carpeta
asfáltica en diferentes tramos priorizados en las comunidades de La Isleta, San Isidro
De Tierra Grande, La Argentina De Pocora y Los Lirios, además, se debe reacondicionar
cunetas en ambos lados del camino y limpieza mecanizada, mientras que se prioriza la
colocación de 685 m de cuneta revestida en concreto en un tramo con características
topográficas y de evacuación de aguas de mayor complejidad, la colocación del
tratamiento asfaltico en los tramos definidos según el inventario de necesidades del
camino (base de agregados, riego de imprimación con emulsión asfáltica, capa de
concreto asfaltico).
La Municipalidad aportará como contrapartida un monto de 4597.526.000 (quinientos
noventa y siete millones quinientos veintiséis mil colones exactos) de la cual se realizara
las siguientes actividades: reacondicionamiento de cunetas ambos lados y limpieza
mecanizada, reconformación de camino, colocación material de préstamo selecto a 15
DE GUA
AUDITORIA
¿ INTERNA
IMO
188
£flunicipalidad de Guácimogs,
Fé. MUNICTRA
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
- Acta N% 60-2020
S.0. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 18.
cm, suministro y colocación de alcantarillas 30", fiscalización del proyecto (Ingenieros e
Inspectores), estudio técnico y diseño de pavimento a colocar, proceso administrativo,
7- A partir de la transferencia, la Municipalidad dispondrá de un periodo de 36 meses para
realizar la liquidación presupuestaria de acuerdo a la normativa del Código Municipal el
cual vence el 11 noviembre 2020.
8- Que, por las situaciones presentadas en estos tiempos, la ejecución de las obras
requiere de más tiempo para cumplir la programación.
9- Que existen otras comunidades en el cantón de Guácimo en donde existen proyectos de
turismo rural, los cuales necesitan de obras como las incluidas en este convenio.
Por lo tanto, se acuerda:
+ Autorizar firma al Alcalde Municipal de adenda al convenio Ruta Turística.
* Solicitar al INDER para que el convenio tenga una ampliación del período de tiempo por
36 meses a partir de noviembre del 2020.
+ Aprobar una adenda al convenio donde se incluye las obras programadas para el 2021
de acuerdo con el presupuesto aprobado por 280,000,000 de colones:
Debido a la topografía de la parte sur del cantón las lluvias generan un efecto de erosión
considerable en los caminos de la zona, esto está ocasionando que algunos puntos de los
caminos intervenidos presenten problemas de erosión del material de base, debilitando la
carpeta asfáltica, por este motivo se requiere la construcción de cuneta revestida en dichos
puntos, además se identificaron algunas cuestas que siguen presentando problemas por lo
que se requiere el asfaltado de las mismas, el siguiente cuadro muestra un resumen del
alcance de lo que se pretende mejorar con el presupuesto 2021:
Tabla.1 Presupuesto preliminar
Camino Actividad Alcance _| Monto
7-06-169 Construcción de carpeta asfáltica 650m 452.000.000,00
7-06-169 Construcción de cuneta revestida 300m ¿8.400.000,00
7-06-015 Construcción de carpeta asfáltica 694m £55.220.000,00
7-06-028 Construcción de carpeta asfáltica 486m ¿38.880.000,00
7-06-028 Construcción de cuneta revestida 1625m +45.500.000,00
7-06-033 Construcción de carpeta asfáltica 580m ¿46.400.000,00
7-06-033 Construcción de cuneta revestida 1200m ¿33.600.000,00
Total £280.000.000,00
+ Solicitar que dicho convenio sea plurianual, para contemplar los nuevos proyectos en el
año 2022, los cuales serán incluidos en la adenda:
Adición de caminos al convenio: En vista que en el sector de San Bosco de Pocora y las
Colinas de Guácimo existen otros caminos con las mismas características establecidas
en el convenio en cuanto a población, familias que subsisten del turismo rural y
condición del camino, se requiere que se adicionen al convenio los caminos 7-06-121
(ENT.C.120) QUEBRADA HONDA - LTE CANTONAL (RIO DESTIERRO), 7-06-004
(ENT.C.121) SAN BOSCO - (ENT.C.121) SAN BOSCO y camino 7-06-012 (ENT.N.32)
PUENTE RIO GUACIMO - (ENT.C.028, C.030) LAS COLINAS, mismos que serían incluidos
en el presupuesto del año 2022, se adjunta cuadro con resumen de alcance de los
trabajos a realizar tanto por el INDER como el aporte de contrapartida Municipal:
Municipalidad de Guaácí
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 19.
Aporte INDER
Camino Actividad Alcance Monto
7-06-121 Construcción de carpeta asfáltica | 2000m ¿160.000.000,00
7-06-121 Construcción de cuneta revestida | 300m ¿9.000,000,00
7-06-004 | Construcción de carpeta asfáltica | 1300m +104.000.000,00
7-06-012 | Construcción de carpeta asfáltica | 386m ¿30,880.000,00
£303.880.000,00
Aporte Municipalidad de Guácimo
Camino Actividad Alcance Monto
7-06-121 Reacondicionamiento de cunetas 5.6k +9.800.000,00
7-06-121 Reacondicionamiento de superficie | 5.6k ¿10.528.000,00
de ruedo
7-06-121 | Colocación de material de | 9835m3 ¿168.178.500,00
préstamo
7-06-121 | Dirección técnica 1 gbl 412.000.000,00
7-06-004 | Reacondicionamiento de cunetas 4.95k ¿8.662.500,00
7-06-004 | Reacondicionamiento de superficie | 4.95k +9.306.000,00
de ruedo
7-06-004 | Colocación de material de | 6930m3 ¿118.503.000,00
préstamo
7-06-004_ | Dirección técnica 1 gb! ¿8.000.000,00
7-06-012 | Reacondicionamiento de cunetas 0.386k £675.500,00
7-06-012 | Reacondicionamiento de superficie | 0.386k ¿725.680,00
de ruedo
7-06-012 | Colocación de material de | 945m3 ¿+16.159.500,00
préstamo
7-06-012 | Dirección técnica 1gbl £2.000.000,00
Total t364.538.680,00
. Conocida la solicitud para solicitar adendum para ejecución de trabajos
en la ruta turística y firma de convenio, es sometido a votación por el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarla, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitar cordialmente a la
Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) la aprobación de una ampliación al
convenio Específico entre el y Municipalidad del Cantón de Guácimo, para transferencia de
fondos públicos, para el proyecto rehabilitar el acceso vial a las zonas turísticas de la parte Sur
de Guácimo (Ruta Turística Guácimo) por un período de tiempo por 36 meses a partir de
noviembre del 2020.
Acuerdo N* Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Autorizar al Sr. Gerardo Fuentes
González - Alcalde Municipal firmar adenda al convenio Ruta Turística, entre el Instituto de
Desarrollo Rural (INDER) y Municipalidad del Cantón de Guácimo, para transferencia de fondos
públicos, para el proyecto rehabilitar el acceso vial a las zonas turísticas de la parte Sur de
Guácimo (Ruta Turística Guácimo).
Acuerdo N* Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
189
Acta N*% 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 20,
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitar cordialmente a la Junta
Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) la aprobación de una adenda al convenio
entre el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Municipalidad del Cantón de Guácimo, para
transferencia de fondos públicos, para el proyecto rehabilitar el acceso vial a las zonas turísticas
de la parte Sur de Guácimo (Ruta Turística Guácimo) donde se incluye las obras programadas
para el 2021 de acuerdo con el presupuesto aprobado por 280,000,000 de colones:
Debido a la topografía de la parte sur del cantón las lluvias generan un efecto de
erosión considerable en los caminos de la zona, esto está ocasionando que algunos puntos de
los caminos intervenidos presenten problemas de erosión del material de base, debilitando la
carpeta asfáltica, por este motivo se requiere la construcción de cuneta revestida en dichos
puntos, además se identificaron algunas cuestas que siguen presentando problemas por lo que
se requiere el asfaltado de las mismas, el siguiente cuadro muestra un resumen del alcance de
lo que se pretende mejorar con el presupuesto 2021:
Tabla.1 Presupuesto preliminar
Camino Actividad Alcance | Monto
7-06-169 Construcción de carpeta asfáltica 650m 52.000.000,00
7-06-169 Construcción de cuneta revestida 300m ¿8.400.000,00
7-06-015 Construcción de carpeta asfáltica 694m £55.220.000,00
7-06-028 Construcción de carpeta asfáltica 486m (38.880.000,00
7-06-028 Construcción de cuneta revestida 1625m 445.500.000,00
7-06-033 Construcción de carpeta asfáltica 580m 446.400.000,00
7-06-033 Construcción de cuneta revestida 1200m 433.600.000,00
Total 4280.000.000,00
Solicitar que dicho convenio sea plurianual, para contemplar los nuevos proyectos en el año
2022, los cuales serán incluidos en la adenda:
Adición de caminos al convenio: En vista que en el sector de San Bosco de Pocora y las Colinas
de Guácimo existen otros caminos con las mismas características establecidas en el convenio en
cuanto a población, familias que subsisten del turismo rural y condición del camino, se requiere
que se adicionen al convenio los caminos 7-06-121 (ENT.C.120) QUEBRADA HONDA - LTE
CANTONAL (RIO DESTIERRO), 7-06-004 (ENT.C.121) SAN BOSCO - (ENT.C.121) SAN BOSCO y
camino 7-06-012 (ENT.N.32) PUENTE RIO GUACIMO - (ENT.C.028, C.030) LAS COLINAS,
mismos que serían incluidos en el presupuesto del año 2022, se adjunta cuadro con resumen de
alcance de los trabajos a realizar tanto por el INDER como el aporte de contrapartida Municipal:
ARTERNA
Aporte INDER
Camino Actividad Alcance Monto
7-06-121 | Construcción de carpeta asfáltica | 2000m t160.000.000,00
7-06-121 Construcción de cuneta revestida | 300m 49.000.000,00
7-06-004 | Construcción de carpeta asfáltica | 1300m ¿+104.000.000,00
7-06-012 | Construcción de carpeta asfáltica | 386m +30.880.000,00
¿303.880.000,00
Aporte Municipalidad de Guácimo
Camino Actividad Alcance Monto
7-06-121 Reacondicionamiento de cunetas 5.6k ¿9.800.000,00
7-06-12i Reacondicionamiento de superficie | 5.6k ¿10.528.000,00
de ruedo
7-06-121 Colocación de material de | 9835m3 ¿168.178.500,00
préstamo
7-06-121 | Dirección técnica 1 gb! +12.000.000,00
UDITORIA
Acta N% 60-2020
S.O. No 40-2020|
Fecha: 06-10-2020
, AUDITORIA
191
LIDAD
NICI
DE GUACIMO
INTERNA
Pág. N0 21.
7-06-004 | Reacondicionamiento de cunetas 4.95k +8.662.500,00
7-06-004 | Reacondicionamiento de superficie | 4.95k 49.306.000,00
de ruedo
7-06-004 | Colocación de material de | 6930m3 4118.503.000,00
préstamo
7-06-004 | Dirección técnica 1 gbl ¿8.000.000,00
7-06-012 Reacondicionamiento de cunetas 0.386k +4675.500,00
7-06-012 | Reacondicionamiento de superficie | 0.386k +725.680,00
de ruedo
7-06-012 | Colocación de material de | 945m3 t16.159.500,00
préstamo
7-06-012 | Dirección técnica 1gbl 42.000.000,00
Total 4364.538.680,00
Acuerdo N* Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
6- Se dio lectura a oficio AMG-1105-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 01-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio SIOP-918-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando Chacón - Coordinador a.i. en respuesta
al Acuerdo N* Sesenta y Cuatro, de sesión Extraordinaria N* 15-2020, celebrada el 08
de Julio de 2020, en el que se solicita lista de programaciones de lastreo de caminos del año
2019, al respecto informan lo siguiente
En el siguiente cuadro se presenta los caminos que fueron lastreados en el año 2019:
LISTA DE CAMINOS LASTREADOS EN EL AÑO 2019
CÓDIGO DE HASTA ACTIVIDAD
7-06-005 (ENT.N.816) EL BOSQUE (ENT.C.038) GUACIMO LASTREO
7-06-009 (ENT.N.248)ENTRADA LAS PALMITAS (ENT.N.248) EL JARDIN LASTREO
7-06-011 (ENT.N.32) AFRICA RIO GUACIMO LASTREO
7-06-012 (ENT.N.32) PUENTE RIO GUACIMO (ENT.C.028, C.030) LAS COLINAS LASTREO
7-06-017 (ENT.N.32) POCORA (REST. ARGENTINA) ENT. CALLE TAYLOR Y TIERRA GRANDE LASTREO
7-06-022 (ENT.N.811) RIO JIMENEZ DULCE NOMBRE LASTREO
7-06-023 (ENT.N.248) CARAMBOLA (ENT.C.036) SANTA MARIA LASTREO
7-06-035 (ENT.N.32) PARISMINA (ENT.N.811)CEMENT.RIO JIMENEZ LASTREO
7-06-156 (ENT.N.248)ENTRADA LA CULEBRA (ENT.C.009) LASTREO
7-06-158 (ENT.C.248) ENTRADA LA GUAIRA FIN CAMINO (FINCAS) LASTREO
7-06-163 CALLES URBANAS-CUADRANTES LOS POLINES LASTREO
7-06-164 (ENT.C.205) CARAMBOLA (ENT.C.036) LASTREO
7-06-187 (ENT.C.035) PUENTE NEGRO LA PLATANERA LASTREO
7-06-195 CALLES URBANAS-CUADRANTES LOS COLEGIOS OESTE LASTREO
7-06-205 (ENT.C.025) LOS ANGELES LIMITE CANTONAL (RIO JIMENEZ) LASTREO
7-06-217 (ENT.N.811) SANTA ROSA RIO PARISMINA LASTREO
Conocida la respuesta al Acuerdo N* Sesenta y Cuatro, de sesión Extraordinaria N?
15-2020, celebrada el 08 de Julio2020 se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Reg. William Fajardo
Fajardo para su debido conocimiento oficio SIOP-918-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando
Chacón - Coordinador a.i., en respuesta al Acuerdo N” Sesenta y Cuatro, de sesión
Extraordinaria N* 15-2020, celebrada el 08 de Julio2020, que refiere a lista de
programaciones de lastreo de caminos del año 2019.
Acuerdo N% Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Acta N% 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 22.
Municipalidad de Guácim
Y a
DY
192
MY LIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
7 - Se dio lectura a oficio AMG-1104-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 01-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio SIOP-823-2020 suscrito por
el Arq. Luis Fernando Chacón - Coordinador a.i. en
respuesta al Acuerdo N* Sesenta y Dos, de sesión Extraordinaria N* 15-2020, celebrada
el 08 de Julio de 2020, en el que se solicita un informe que contenga la lista de caminos que
fueron intervenidos en año 2019, así como informar la programación de caminos a intervenir
durante el año 2020, le informo lo siguiente:
En el siguiente cuadro se presenta los caminos que fueron intervenidos en el año 2019:
LISTADE CAMNOS INTERVENIDOS EN EL ANO 2019
CÓDIGO DE HASTA ACTIVIDAD UCITACIÓN
7-06-005 (ENT.N.516) EL BOSQUE (ENT.C.058) GUACIMO RELASTREO
7-06-006 (ENT.C.035) HOGAR (ENT C.053) HOGAR 75-3 201914. -000003-01
¡ ARTAGENA + DE
7-06-008 (ENT.N.S16) ELAGUAC LEN) CARTAGO AS
ENTNZASIENTRADA LAS
EE DRA LA (ENT.N.248) EL JARDIN RELASTREO
7-06-009 PALMITAS
7-06-011 (ENT.N.32) AFRICA RIO GUACIMO RELASTREO
7-06-012 (ENT.N.32) PUENTE RIO GUACIMO | (ETC 008, 0.020) LAS COLMAS RELASTREO
ENT PARISMINA pa AR BACHEO, COLOT UE
ESA (ENT.C.035) PARISMINA (ENT.C.O11) AGRIMAGO pin
LION MAS
7-05-015 (ENT.N.248) ELLIMBO (ENT.C.026) LOS CORRALES LL RULDOLON LAN 2019LA-000005-01
AMALIA
(ENT.N.32) POCORA (REST. mada
El REO
7-06-017 ARGENTINA) ENT. CA 'AYLOR Y TIERRA GRANDE doepblia
7-06-018 (ENT.N.245) SAN LUIS (ENT.N. 248) CARAMSOLA BACHEO
7-06-022 (ENT.N.811) RIO JIMENEZ DULCE NOMBRE RELASTREO
7-06-023 (ENT.N.245) CARAMBOLA (ENT.C.036) SANTA MARIA RELASTREO
LIORA MIENTO SUPLANICA
(ENT.N.SI1)RLANDA-LOS ANGELES| — RIO JIMENEZ (LIMITE CANTONAL) exnuevoconcanrera [2019 -000001-01
7-06-025 AMALIA
LION MON 10 SUPLRNICA p
Le NULDOLON CANFLIA
7-06-026 (ENT.N 248) COLEGIO VILLA FRAN LIMITE CANTONAL- LOMAS AMALIA 2019L4-000007-01
7-06-035 ENT.N.32) PARISMINA (ENT.N.811) CEMENT.RIO JIMENEZ RELASTREO
7-06-036 (ENT.C.211) CAMPO ATERRIZAJE (ENT.N.245) VILLA FRANCA 75-3 201914 -000003-01
7-06-031 CALLES URBANAS-CUADRANTES BARRIO LA SELVA RECON FORMACIÓN
7-06-054 (ENT.C.053) EL HOG RIO JIMENEZ-(UMITE CANTONAL) | RECONFORMACIÓN
7-06-056 32) ENTRADA A LA SELVA (ENT.C.(B5) EL HOGAR RECONFORMACIÓN
7-06-076 (ENT. COSSIPOCORA TTECANTONALTRIO DESTIERRO) CALLE
vid d e MASCOTA 15-3 [2019L4-000007-01
7-06-053 CALLES URBANAS-CUADRANTES GUACIMO-CENTRO BACHEO
7-06-094 CALLES URBANAS-CUADRANTES POCORA NORTE ICONSTRUCCION DE ACERAS|
7-06-096 CALLES URBANAS-CUADRANTES POCORA SUR 15-3 [2019L4-000007-01
7-05-156 (ENT.N. ZABJENTRADA LA CULEBRA (ENT. C.009) RELASTREO
7-06-158 (ENT.C. 245) ENTRADA LA GUA!IRA FIN CAMINO (FINCAS) RELASTREO
7-06-163 CALLES URBANAS-CUADRANTES LOS POLINES RELASTREO
7-06-164 (ENT.C.205) CARAMBOLA (ENT.C.036) RELASTREO
7-06-187 (ENT.C.035) PUENTE NEGRO LA PLATANERA RELASTREO
7-06-190 (ENT.N. 248) LA GUAIRA FIN CAMINO (FCA.ANT.POMARES) [COLOCACIÓN DE BASE
ALIORA RMN TO SUPLATTCA
7-05-194 LUNULLOLON LANPLIA
CALLES URBANAS-CUADRANTES LOS COLEGIOS ESTE AMALIA [20194 -000007-01
7-06-195 CALLES URBANAS-CUADRANTES LOS COLEGIOS OESTE RELASTREO
7-06-205 (ENT.C.025) LOS ANGELES LIMITE CANTONAL (RIO JIMENEZ) RELASTREO
7-05-217 (ENT.N.511) SANTA ROSA RIO PARISMINA RELASTREO
En el siguiente cuadro se presenta los caminos que han sido intervenidos en los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del presente año 2020:
 
£funicipalidad de Guácimo
5
Acta N% 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 24.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Reg. William Fajardo
Fajardo para su debido conocimiento oficio SIOP-918-2020 suscrito por el Arq. Luis Fernando
Chacón - Coordinador a.i., en respuesta al Acuerdo N% Sesenta y Dos, de sesión
Extraordinaria N* 15-2020, celebrada el 08 de Julio2020, que refiere a lista de caminos
que fueron intervenidos en año 2019, así como información de la programación de caminos a
intervenir durante el año 2020,
Acuerdo N“ Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
8- Se dio lectura a oficio AMG-1124-2020, con fecha de recibido por la secretaria del Concejo
Municipal el 05-10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en
referencia al Acuerdo N* 15, tomado por el Concejo Municipal del Cantón de Guácimo, mediante
Sesión Extraordinaria N* 20-2020, celebra el 28 de setiembre del año en curso, me permito
comunicar que se designó a la funcionaria Nancy Blanco como la personas encargada del enlace.
Conocida la respuesta al Acuerdo N* 15, tomado por el Concejo Municipal
del Cantón de Guácimo, mediante Sesión Extraordinaria N* 20-2020, celebra el 28 de
setiembre 2020, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Sr, Daniel Sáenz
Quesada - Gerente de Área - Contraloría General de la República, que en respuesta a oficio
NO 14100 la Administración designa a la Funcionaria Nancy Blanco Vargas, Céd. 01-0853-0836,
cómo la persona que participara en los talleres y capacitaciones para adquirir conocimiento y
transmitir la información a la Institución referente a proceso de reformulación del Índice de
Gestión Institucional (1G1) y del Índice de Gestión Municipal (IGM) para generar un nuevo índice
aplicable a todo el sector público, el cual se denomina Índice de Capacidad de Gestión (ICG) y
tal como su nombre lo indica, la cual evaluará la capacidad de gestión de las entidades del
Sector Público.
Acuerdo N“% Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
9- Se dio lectura a oficio AMG-1122-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 02-
10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio OGTH-194-2020 suscrito por el Bach. Luis Herra Abrahams, Coordinador a.i. de Gestión
Talento Humano de la Municipalidad de Guacimo, en respuesta al Acuerdo N* 07, de la Sesión
Ordinaria N* 39-2020, de fecha 29-09-2020, sobre solicitud de información por parte de la
Junta de Pensiones del Magisterio - Sra. Marisol Arias Vargas - Departamento Concesión de
Derechos, referente al salario que devenga la Sra. Cynthia Hyman Schattruell, al respecto
informa que de acuerdo al artículo 20 del Código Municipal la Vice-Alcaldesa Primera de la
Municipalidad de Guacimo, Señora Cynthia Hyman Schattruell, no percibe salario algún, en
cambio lo que se aplica por no suspender la pensión es un 50% de esta por concepto de Gastos
de Representación mensualmente, cuyo monto mensual es de € 743.605.50.
CONOCIMIENTO.
10- Se dio lectura a oficio AMG-1130-2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el
05-10-2020, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González - Alcalde Municipal, en el cual adjunta
oficio DU-UAC-298-2020, firmado por el Ing. Aura Yee Orozco - Encargada, Unidad Asesoría y
Capacitación - MAG. Jorge Mora Ramírez - Jefe Departamento de Urbanismo - Licda. Gloriana
Chacón Cisneros- Abogada, Departamento de Urbanismo, refiriéndose sobre el Reglamento para
el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Guácimo, publicado en el Alcance N* 258
de la Gaceta N* 240 del miércoles 30 de setiembre del 2020, recibido vía correo electrónico el
lunes 05 de octubre del año en curso, esto con el fin de referirse a lo indicado en dicho oficio
en el plazo indicado.
CONOCIMIENTO.
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
195
Municipalidad de Guaáci
Eta, MUNI
«$7 "DE 6
1), AUDITORIA
¿ INTERNA
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 25.
ARTICULO III. CORRESPONDENCIA.
1- Se dio lectura a copia de correo electrónico, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo
el 06 -10-2020, firmado por la Sra. Guiselle Sánchez Camacho - Unión Nacional de Gobiernos
Locales, manifestando: Nos complace compartir información de la Embajada de los Estados
Unidos ¡mediante la cual se les invita a participar de evento de donación de Equipo de Salud a
todo el Régimen Municipal de Costa Rica.
Dicha actividad se realizará el próximo viernes 09 de octubre de manera virtual a través
del Facebook Live de la Embajada de los Estados Unidos a las 11:00am.
En forma respetuosa , les solicitamos hacer de conocimiento de los señores y señoras
miembros del Honorable Concejo Municipal, la invitación adjunta
Sera un honor contar con la participación de los señores miembros del Concejo
Municipal, para lo cual le compartimos el enlace del Facebook de la Embajada de los Estados
Unidos: https://www.facebook.com/sanjose.usembassy/
Conocida la invitación se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Concejo Municipal
en pleno, invitación que transfiere la Sra. Guiselle Sánchez Camacho - Unión Nacional de
Gobiernos Locales, instándolos a participar de evento de donación de Equipo de Salud a todo el
Régimen Municipal de Costa Rica.
Dicha actividad se realizará el próximo viernes 09 de octubre de manera virtual a
través del Facebook Live de la Embajada de los Estados Unidos a las 11:00am, para lo cual se
les transfiere el enlace del Facebook de la Embajada de los Estados Unidos:
https: //www.facebook.com/sanjose.usembassy/
Acuerdo N% Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2- Se dio lectura a copia de correo electrónico, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo
el 06 -10-2020, firmado por la Presidencia Ejecutiva del IFAM, La Mesa de Gestión Municipal
conformada por: el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Unión Nacional de
Gobiernos Locales (UNGL), Asociación de Alcaldías e Intendencias (ANAL), Comisión Nacional de
Emergencias (CNE) y Ministerio de Salud (MS), en conjunto con la Organización Panamericana
de la Salud (OPS) les invita a participar a la actividad de Lanzamiento del Curso de
Capacitación:
Autocuidado y Estimación de Riesgo frente a la COVID-19 durante el trabajo en la
comunidad
El curso de capacitación está dirigido a personas que trabajan en municipalidades y
sociedad civil organizada, por lo que esta convocatoria se remite a Alcaldías e Intendencias como
figuras coordinadoras de los Comités Municipales de Emergencia, Oficiales de Enlace de CNE,
Asociaciones de Desarrollo, DINADECO y sociedad civil organizada.
Dicha actividad se realizará el Viernes 9 de octubre a las 2:45pm. solicitamos de la
manera más atenta confirmar su participación respondiendo a este correo.
enlace para la participación: https://z00m.us/¡/96671844949
Conocida la invitación se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Concejo Municipal
en pleno, invitación para que participe de actividad de Lanzamiento del Curso de
Capacitación: Autocuidado y Estimación de Riesgo frente a la COVID-19 durante el trabajo en la
comunidad, a realizarse el Viernes 9 de octubre a las 2:45pm.
Asimismo se les solicita a los interesados confirmar participación al correo,
mavalosOQifam.go.cr y enlace para la participación: https://z00m.us/¡/96671844949 .
Acuerdo N% Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Municipalidad de Guácimi
Gr
Acta N% 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 26.
3- Se dio lectura a oficio, con fecha de recibido por la secretaria del Concejo Municipal el 05-10-
2020, firmado por el Sr. Freddy Badilla Barrantes Secretario de la COMAD - Municipalidad de
Siquirres y la Federación de ONG de PcD de la provincia de Limón y el cantón de Sarapiquí, en
calidad de promoción de los derechos de las personas y población con discapacidad, invitando a
participar de la segunda reunión de la RED COMAD - PROVINCIA DE LIMÓN - SARAPIQUÍ,
a llevarse a cabo el día viernes 16 de octubre de 2020, a las 10:00 horas en el Salón de
Sesiones del Concejo Municipal de Siquirres, ubicado en la planta alta de la oficina del AYA,
se realizará la segunda sesión de la Red COMAD descrita, y la Federación.
En la reunión contaremos con la participación del Asesor Parlamentario de la Asamblea
Legislativa Sr. Mario Rivera Lizano, el señor Wady Vado director de Olimpiadas Especiales y
Jorge Álvarez Rosales Director Regional del ICODER, miembro COMAD Siquirres y Asesor Red
COMAD
Conocida la invitación se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Sr. Freddy Badilla
Barrantes Secretario de la COMAD - Municipalidad de Siquirres, que este Organo Colegiado
confirma la asistencia de los Representante de la COMAD, de la Municipalidad de Guácimo, Sra.
Cynthia Hyman Schatruell Vicealcaldesa, Reg. Juan Diego Ortega Ortiz, Sra. Fernanda Vega,
Asesora; Reg. José Leoncio Orozco Peraza, Presidente de Concejo Municipal, a participar de
reunión de la RED COMAD - PROVINCIA DE LIMÓN - SARAPIQUÍ, a llevarse a cabo el día
viernes 16 de octubre de 2020, a las 10:00 horas en el Salón de Sesiones del Concejo
Municipal de Siquirres, ubicado en la planta alta de la oficina del AYA,.
Asimismo, se le solicita al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González,
coordinar el respectivo transporte.
Acuerdo N% Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
4- Se dio lectura a oficio IMAS-SGDS-ARDSHC-0215-09-2020, fecha de recibido en la Secretaría
del Concejo el 30-09-2020, firmado por la Licda. Yalile Esna Williams - Jefe Regional - Área
Regional Huetar Caribe, en respuesta al Acuerdo N* Quince, de sesión Ordinaria N* 38-
2020, celebrada el 22 de Setiembre de 2020, que refiere al caso del Sr. Cristian José
Quirós Mora, Cedula + 7-0201-0401, al respecto informa que:
* La Familia del Sr. Quirós Mora recibe 2 Transferencias económicas del beneficio
Crecemos como apoyo a la permanencia de las personas menores de edad.
*% Actualmente la institución no está tramitando solicitudes para compra de lotes,
la recomendación es que una vez que la Familia pueda obtener uno se tramite
el Bono de la Vivienda.
** Se recomienda que la Municipalidad pueda incorporar a la Familia en futuros
proyectos de vivienda que se desarrollen en el Cantón.
Conocida la respuesta al Acuerdo N* Quince, de sesión Ordinaria N* 38-2020,
celebrada el 22 de Setiembre de 2020, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Sr. Cristian José
Quirós Mora, Cedula + 7-0201-0401, que su solicitud de vivienda fue traslada al IMAS y
mediante IMAS-SGDS-ARDSHC-0215-09-2020, se recibe respuesta donde se informa que dicha
Institución, le transfiere dos ayudas económicas del beneficio Crecemos como apoyo a la
permanencia de las personas menores de edad. Asimismo, se le hace saber que en este
momento la Municipalidad no cuenta con programas de vivienda, sin embargo
E. AUDITORIA
INTERNA
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3. AUDITORIA
: INTERNA
Acta N% 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 27.
sin embargo, en caso de que se diera la posibilidad de apertura de algún proyecto de vivienda
se tomara en cuenta para que pueda incluirse como participante.
Acuerdo N. % Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
5- Se da lectura a oficio NNE-491-2020 con fecha de recibido por la Secretaría del Concejo el día
01-10-2020, firmado por el Procurador de la Notaría del Estado-Jonathan Bonilla remitiendo los
expedientes aprobados de la Sras. Xiomara Melgara Calderón y Visitacion Ortega Urbina para la
aprobación conforme lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9599 denominada “Desafectación del
uso público de un bien inmueble y autorización a la Municipalidad de Guácimo para que segregue
y done un inmueble de su propiedad a los actuales proveedores”.
Conocida la aprobación para tramite de escritura bajo la ley 9599, se
acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Comunicarle a la Sra. Xiomara
Melgara Calderón Cédula de identidad de residencia N* 155814203815 que su trámite para
obtención de escritura bajo la ley 9599, obtuvo visto bueno de parte de la Procuraduría General
de la República, por lo que debe de presentarse a la Municipalidad de Guácimo, para retirar la
documentación respectiva. Una vez que cumpla con este requisito, queda autorizada para que
proceda a tramitar su escritura ante un Notario Público de su elección.
Acuerdo N* Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Comunicarle a la Visitacion
Ortega Urbina Cédula de identidad de residencia N* 155812923510 que su trámite para
obtención de escritura bajo la ley 9599, obtuvo visto bueno de parte de la Procuraduría General
de la República, por lo que debe de presentarse a la Municipalidad de Guácimo, para retirar
la documentación respectiva. Una vez que cumpla con este requisito, queda autorizada para
que proceda a tramitar su escritura ante un Notario Público de su elección.
Acuerdo N* Dieciocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
6- Se dio lectura a copia de correo electrónico, con fecha de recibido en la Secretaria del
Concejo el 30-09-2020, firmado por el Director del Centro Educativo Escuela Carambola Duacarí
- Sr. Javier Mauricio Chaves Bustos, solicitando corregir la fecha de vencimiento del
nombramiento de la Junta de Educación que fue aprobada, por este Organo Colegiado Acuerdo
N* Doce, de sesión ordinaria N* 34-2020, celebrada el 21 de Agosto 2020, ya que se
nombra a partir del 20-09-2020 y la Junta vieja estaría venciendo ese mismo día, por lo que
chocan, lo correcto sería que rige a partir del 30-09-2020 y vence el 29-09-2023.
Conocida la solicitud de corrección de vencimiento de fecha de Junta
de Educación de la Escuela Carambola Duacarí, presentada por el Director - Sr.
Javier Mauricio Chaves Bustos, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Autorizar la corrección de fecha
de vencimiento de la Junta de Educación de la Escuela Carambola Duacarí, en el Acuerdo N*
Doce, de sesión ordinaria N% 34-2020, celebrada el 21 de Agosto 2020, debiéndose leer
correctamente:
(Periodo de vigencia 30-09-2020 y fecha de vencimiento 29-09-2023).
Acuerdo NY Diecinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
7- Se dio lectura de oficio + C04-026-2020 con fecha de recibido por la Secretaría de Concejo el
día 06-10-2020, firmado por el MSc. Rigoberto Román González-Supervisor de Centros
Educativos Circuito 04-DRE Guápiles, solicitando el nombramiento de los miembros de la Junta
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Administrativa CINDEA de Guácimo. Asimismo solicitan valorar el derecho de reelegir las
personas para el nombramiento de los próximos tres años de la Junta, esto con base en la
gestión realizada porlos actuales miembros y su éxito administrativo.
No consta en la supervisión sentencia alguna que haga dudar de la honestidad y
transparencia de la Junta Actual.
Conocida la solicitud de reelección de la Junta Administrativa CINDEA de
Guácimo, es sometido a votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobarla sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Reelegir por un periodo más el
nombramiento de la Junta Administrativa CINDEA de Guácimo, integrada de la siguiente
manera:
Brígida Telles Ruíz. .. Céd. N* 7-0109-0287
Luis Diego Mendoza Ruíz 1-1044-0474
Karla López González .. 2-0522-0690
Dania Cascante Rivera. 1-1112-0838
Esteban Alejandro Loria Zamora 7-0136-0730
(Periodo de vigencia 06-10-2020 - Periodo vencimiento 05-10-2023).
Para la respectiva juramentación, se le atenderá en la Oficina del
Departamento de Secretaria del Concejo Municipal, en horario laboral de lunes a
viernes de 7:30 a 3:30 p.m.
Acuerdo N* Veinte. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
8- Se dio lectura a oficio S.M.G. +£ 1096 -2020, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el
05-10-2020, firmado por la Sra. Jeanneth Crawford Stewart - Secretaria del Concejo
Municipal de la Municipalidad de Guácimo, en el cual procede a comunicar, para su
debido conocimiento control de horas extras por asistencia alas sesiones municipales,
reportadas por el Coordinador de Gestión de Talento Humano a.i., a mi favor, que va
del 07 de agosto al 29 de setiembre 2020, informando que se me adeudan cuatro días
compensatorios, mismos que solicito se me autorice tomarlos de la siguiente manera:
.. 12 de Octubre
19 de Octubre
..23 de Octubre
.26 de Octubre.
Lunes...
Acogida la solicitud se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Alcalde
Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, para su debido conocimiento que este Organo
Colegiado concede a la Sra. Jeanneth Crawford Stewart — Secretaria del Concejo Municipal
de la Municipalidad de Guácimo, disfrute de los siguientes días libres :
Lunes.......... 12 de Octubre
Lunes.......... 19 de Octubre
Viernes.........23 de Octubre
Lunes .26 de Octubre.
ARDITORIA
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ALIDA!
Ia ps D
DE GUACIMO
NTERNA
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Sflunicipalidad de Guácimo,
DE S TACIMO
AUDITORIA
INTERNA
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S.O, N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 29,
Por concepto de compensatorio cuatro días, por horas extras laboradas por
asistir alas sesiones dentro de un periodo de fechas que va del 07 de agosto al 29 de
setiembre 2020, de conformidad al control que hace llegar el Coordinador de Gestión de
Talento Humano a.i., Bach. Luis Herra Abrahams.
Acuerdo N% Veintiuno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
9- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido por la Secretaría de Concejo el día 06-10-2020,
firmado por la MSc. Sara María Méndez Morales - Secretaria Comisión Intercantonal del
Proyecto Ampliación de la Ruta 32 (CIR32) manifestando: Que el día miércoles 16 de
agosto 2017, enel Cantón de Siquirres, en las instalaciones de CAPROBA, con la presencia
de representantes de la Agencia de Desarrollo del Caribe y de las Municipalidades de
Pococí, Guácimo, Siquirres, Matina y Limón, se constituyó la Comisión Intercantonal del
Proyecto Ampliación de la Ruta 32 (CIR32), con el fin de velar de manera conjunta por
todos aquellos temas que son de interés regional para apoyar el desarrollo del citado
proyecto, sea exitoso y de beneficio para todo el Caribe y el país en general.
Por to anterior y dado que estamos ante una renovación parcial o total de
Gobiernos Locales, les solicitamos el nombramiento de dos representantes de este
Concejo Municipal para la Comisión Intercantonal Rural 32.
Conocida la solicitud de nombramiento de dos representantes de este
Concejo Municipal para la Comisión Intercantonal Rural 32, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la MSc. Sara María Méndez
Morales - Secretaria Comisión Intercantonal del Proyecto Ampliación de la Ruta 32 (CIR32),
que de conformidad a su solicitud este Órgano Colegiado determina nombrar a:
Sind. Flor Chavarría Arguedas
Reg. Juan Diego Ortega Ortiz
Cómo representantes de la Municipalidad del cantón de Guacimo ante Comisión
Intercantonal del Proyecto Ampliación de la Ruta 32 (CIR32),
Acuerdo N% Veintidós. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme,
10- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido por la Secretaría de Concejo el día 06-10-
2020, firmado por la Sra. Karla Ledezma Ramírez , dice:
Yo Karla Ledezma Ramírez, mayor, casada, empresaria, vecina de Coronado con cédula de
identidad uno novecientos sesenta cuatrocientos diecinueve, en mi condición de
REPRESENTANTE Y APODERADA GENERALÍSIMA SIN LIMITE DE SUMA de mi representada,
INGENIOSOS GRUPO ESTRATÉGICO REMI SOCIEDAD ANÓNIMA CON CEDULA TRES- CIENTO
UNO - CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA, piocedo a interponer
el siguiente recurso de revocatoria en contra de sus resoluciones de las 02:23 horas de la tarde
del día 28 de setiembre para la Contratación Directa 2020CD-000087-0022500001 denominada
“CONTRATACIÓN DE UN DISEÑADOR PUBLICITARIO Y COMUNICADOR ( Servicios de
Gestión y Apoyo)”.
Legitimación
Mi representada posee legitimación para interponer el presente recurso, según se demostrará a
continuación. Para estos efectos, cabe mencionar que le aplican en forma supletoria, las
disposiciones establecidas en los artículos 184 y 185 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa N. 33411 los cuales regulan la legitimación y fundamentación en los recursos de
apelación, disponiendo al efecto:
Artículo 184. Legitimación.
£iunicipalidad de Guacím
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S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 30.
Podrá interponer el recurso de apelación cualquier persona que ostente un interés legítimo,
actual, propio y directo. Igualmente estará legitimado para apelar, quien haya presentado
oferta, bajo cualquier título de representación, a nombre de un tercero. Dentro de este último
supuesto se entenderá en todo caso a quien haya sido acreditado regularmente dentro del
expediente de licitación como representante de casas extranjeras.
*Corrida su numeración por el artículo 2. del decreto ejecutivo N. 40124 del 10 de octubre del
2016, que lo traspasó del antiguo 176 al 184.
Artículo 185. Fundamentación.
El escrito de apelación deberá indicar con precisión la infracción sustancial del ordenamiento
jurídico que se alega como fundamento de la impugnación, así como individualizar las líneas que
se recurren. El apelante deberá aportar la prueba en que se apoyen sus argumentaciones, y
cuando discrepe de los estudios que sirven de motivo para adoptar la decisión, deberá rebatir en
forma razonada tales estudios, aportando los dictámenes y estudios emitidos por profesionales
calificados en la materia que se impugna.
El ofrecimiento de prueba que no pueda presentarse al momento de la interposición del recurso
deberá contemplarse en el escrito de apelación, con indicación expresa de los motivos por los
cuales no puede ser aportada en ese momento. En todo caso, la presentación de dicha prueba
debe realizarse dentro del primer tercio del plazo con que cuenta la Contraloría General de la
República para resolver el recurso.
Cuando se apele un acto de Re adjudicación, el fundamento del recurso debe girar únicamente
contra las actuaciones realizadas con posterioridad a la resolución anulatoria estando precluida
cualquier situación que se conociera desde que se dictó el acto de adjudicación.
Como puede apreciarse con el simple hecho de verificar el expediente y al haber presentado una
oferta en tiempo, haber sido y colocarnos en segundo lugar, nos otorga en forma automática, la
legitimación para interponer el presente recurso, en el cual se expondrá nuestro mejor derecho
de resultar adjudicatarios de la presente contratación, considerando que sí cumplimos con la
experiencia exigida y presentamos un mejor oferta económica. Al ser la oferta admitida factores
como menor precio, y experiencia, resultamos ser la oferta más beneficiosa y mejor calificada
del concurso, como a continuación se demostrará.
Fundamentación
Nuestra oferta es la más conveniente para la Administración y hemos cumplido con los
requerimientos técnicos para obtener la adjudicación de la presente contratación.
La motivación del acto de adjudicación aquí revocado carece de sustento legal, al basarse o
fundamentarse en un criterio arbitrario ya que la Administración aleja que:
Ingeniosos Grupo Estratégico Remi S.A., la certificación PYME no está vigente, el precio mensual
cotizado no cubre el salario base que se indicó en el cartel, no aporta el detalle del presupuesto,
lo que supone, que esta empresa está ofreciendo sus servicios de forma directa. La
Municipalidad requiere contrato por medio de outsourcing, según se indica en el cartel. Por lo
anterior, esta oferta no se apega a los elementos esenciales del concurso y se declara
inadmisible.
Se sobrentiende por “outsourcing” según la Real Academia Española:
Es decir, que todas las contrataciones realizadas por el Estado son bajo modalidad outsoursing,
ya que contratan servicios a un tercero ajeno a la institución.
Es claro entonces, que este aspecto debe ser corregido ya que el rechazo de nuestra oferta es
nulo, al no existir motivación alguna y obviar o pasar por alto el servicio que mi representada
ofrece. El rechazo se basa es aspectos de forma que no son ciertos, ya que mi representada
O
AUDITORIA
INTERNA
>
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Pág. NO 31.
cumple con los requerimientos exigidos para la presente contracción, además de ser la que
presenta un precio mensual más bajo.
Nos asombra el hecho de que se realizara el acto de adjudicación de esta contratación negando
la posibilidad de presentar un recurso de revocatoria mediante SICOP, bajo el criterio arbitrario
“La presentación de recursos para el presente acto de adjudicación no será aceptada.” Y
apresurándose a entrar en un estado de contrato. Es por esto que con fundamento en el
ARTÍCULO 91 de la Ley de Contratación Administrativa se interpone este recurso.
ARTICULO 91.-
Cobertura y plazo. Cuando, por el monto, no proceda el recurso de apelación, podrá solicitarse
la revocatoria del acto de adjudicación, dentro de los cinco días hábiles siguientes al día en que
se comunicó. Sin embargo, cuando el jerarca del órgano o ente no haya adoptado el acto de
adjudicación, el interesado podrá tramitar su recurso como apelación ante el jerarca respectivo.
Fundamento Legal
+ — Artículos 4, 51, 81 del RLCA, principios de legalidad, razonabilidad y eficiencia.
+ — Artículo 16 de la Ley General de Administración Pública.
+ Resoluciones R-DCA-0725-2019 y DCA-0230-2019 de la Contraloría General de la
República.
Prueba
+ El expediente de la contratación.
+ Oferta de mi representada,
Petitoria
+ Se revoque la actual adjudicación de la contratación aquí impugnada.
» Se Re adjudique la presente contratación a mi representada como por derecho
corresponde.
Conocido oficio suscrito por la Sra. Karla Ledezma Ramírez, en el cual
interpone el siguiente recurso de revocatoria en contra de sus resoluciones de las
02:23 horas de la tarde del día 28 de setiembre para la Contratación Directa 2020CD-
000087-0022500001 denominada “CONTRATACIÓN DE UN DISEÑADOR PUBLICITARIO
Y COMUNICADOR ( Servicios de Gestión y Apoyo)”, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por la Sra. Karla Ledezma Ramírez, en el cual
interpone el siguiente recurso de revocatoria en contra de sus resoluciones de las 02:23 horas
de la tarde del día 28 de setiembre para la Contratación Directa 2020CD-000087-0022500001
denominada “CONTRATACIÓN DE UN DISEÑADOR PUBLICITARIO Y COMUNICADOR ( Servicios
de Gestión y Apoyo)”, a fin de que gire instrucciones a la Sra. Zilenia Venegas Vargas -
Proveedora Municipal, para que procedan a brindar generar respuesta para la resolución
del caso.
Acuerdo N* Veintitrés. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
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DE GUACIMO
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11- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido por la Secretaría de Concejo el día 06-10-
2020, firmado por la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL, en la que presenta Moción
de rechazo a la medida tributaria que pretende triplicar el impuesto de bienes
inmuebles y Moción para definir los porcentajes de las cuotas de afiliación de la Unión
Nacional de Gobiernos Locales por una . Junta Directiva, UNGL. Asamblea Nacional, UNGL.
Como representantes legítimos del municipalismo nacional, la Junta Directiva de la Unión
Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) manifiesta que: Teniendo absoluto conocimiento de lo
que representa la medida anunciada por el Poder Ejecutivo como parte del nuevo plan de
impuestos anunciado recientemente, en la cual se pretende aumentar al 0.75% el impuesto a la
propiedad de bienes inmuebles, procedemos de pleno a rechazar esta posibilidad. Esto debido a
que consideramos: e La medida tributaria es injusta con el contribuyente. e La responsabilidad
de las municipalidades es velar porque se respeten los principios de capacidad económica,
igualdad, y no confiscatoriedad de los tributos. + La morosidad actual por el pago de bienes
inmuebles, según la Contraloría General de la República es de hasta un 25% en algunas
municipalidades lo cual refleja un panorama de recaudación complejo, mismo que se agravará
con el incremento anunciado. e Como institución responsable, recalcamos la importancia de que
no basta que los fines de tributación sean legítimos, es necesario que el medio tributario sea
utilizado con respeto a los límites materiales que impone la Constitución, en cuanto al objeto,
intensidad y distribución entre los contribuyentes y la carga tributaria que representa este nuevo
monto. + Esta propuesta va en contra de toda iniciativa de reactivación económica planteada por
el Ejecutivo, en un momento en el que la sociedad costarricense está siendo seriamente
afectada por el desempleo, con momentos de tensión financiera y psicológica. e El tributo de
bienes inmuebles es de índole solidario no confiscatorio, lo cual aumentará la morosidad.
Moción para definir los porcentajes de las cuotas de afiliación de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales por una única vez para el ejercicio económico 2021 por la consecuencias
generadas por la alerta sanitaria COVID-19 CONSIDERANDO QUE: Primero: Que como
manifestación directa e inmediata del grado de autonomía (política o de gobierno) que la
Constitución Política (art. 170) y el Código Municipal (arts. 4, 9, 10 y 11) le confieren a las
corporaciones municipales, y especialmente vinculada con la satisfacción de intereses y servicios
locales a nivel nacional, entre las diversas formas asociativas que surgen de las iniciativas de
cooperación intermunicipal, tenemos a la Unión Nacional de Gobiernos Locales -UNGL,
organización intermunicipal de base asociativa de segundo grado. Segundo: Que el Estatuto de
la UNGL en su numeral 1 señala que “La Unión Nacional de Gobiernos Locales es una entidad de
derecho público, representativa de carácter nacional, con personería jurídica otorgada por la Ley
NO 5119 del 20 de noviembre de 1972, con plena capacidad para ejercer derechos y contraer
obligaciones de acuerdo con la legislación vigente, con patrimonio propio y libre administración
de sus bienes e integrada por todas las Municipalidades, Concejos Municipales de Distrito y
Federaciones de Municipalidades de Costa Rica. Su domicilio estará en la provincia de San José.”
Tercero: Que la Ley 7794 Código Municipal en su artículo 10 señala que "Las municipalidades
podrán integrarse en federaciones y confederaciones; sus relaciones se establecerán en los
estatutos que aprueben las partes, los cuales regularán los mecanismos de organización,
administración y funcionamiento de estas entidades, así como las cuotas que deberán ser
aportadas. Para tal efecto, deberán publicar en La Gaceta un extracto de los términos del
convenio y el nombramiento de los representantes.” El subrayado no obedece al texto original.
Cuarto: Que los Estatutos de la UNGL en su artículo 7 señalan que "La Asamblea Nacional es el
órgano superior en materia política, organizativa y programática de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales” Quinto: Que los Estatutos de la UNGL señalan las atribuciones la Asamblea
Nacional en su artículo 14 y los incisos C y D rezan de la siguiente forma respectivamente
“Aprobar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias conforme a las necesidades de la
UNIÓN.” y “Reformar los Estatutos de la Institución.”. Sexto: Que ante el contexto actual de la
pandemia mundial COVID 19, que ha afectado significativamente a nuestro país y por ende a
nuestros Gobiernos Locales, reduciendo la recaudación de los impuestos municipales y obligando
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Pág. NO 33.
la realización de planes de contención del gasto para el adecuado cumplimiento de sus fines
como efecto colateral se pueden afectar las finanzas de la Unión Nacional de Gobiernos Locales
por la poca recaudación de recursos en las arcas municipales y que esto implique un factor para
una potencial desafiliación por la imposibilidad en el cumplimiento de pago Séptimo: Que desde
inicio de la alerta sanitaria por el COVID-19, nuestra entidad implementó un plan de
contingencia del gasto para poder sostener la operación de la organización Octavo: Que el plan
de contingencia implementado por la entidad establece: 1- La no renovación de los contratos de
dedicación exclusiva de los funcionarios en su mayoría, a la fecha de su vencimiento. 2- El
personal contratado por concepto de servicios profesionales en su mayoría no se volvió a
contratar una vez finalizada la relación contractual. 3- Las giras programadas de atención a las
municipalidades se redujeron significativamente y se implementó su atención por medios
tecnológicos. 4- Los gastos por viáticos, combustible, actividades protocolarias, actividades de
capacitación disminuyeron. 5- Se aplicó el teletrabajo en los puestos tele trabajables como
medida de ahorro. Con el esfuerzo de la Dirección Ejecutiva y personal de la UNGL se logró
contener el gasto en un monto total /24,740,678.23 lo que representa un 40% de sus costos
fijos mensuales. Noveno: Aunado al contexto de la pandemia se dio una desafiliación en cadena
de varias municipalidades, dentro de las cuales destacamos: Cartago, Paraíso, Moravia, Quepos,
Atenas, Liberia, Coto Brus, San Pablo, Nandayure y Dota que impactan directamente el
presupuesto 2020 de la UNGL en £65.000.000,00. Para el presupuesto 2021, el impacto
proyectado por dichas desafiliaciones sería alrededor de los (75.000.000,00. Décimo: Como una
medida de comprensión ante la alerta sanitaria COVID-19 el Consejo Directivo de la UNGL han
considerado la importancia de presentar ante la Asamblea Nacional, una la propuesta que
permita brindar a los municipios alternativas financieras que les permitan su permanencia e
incorporación a nuestra entidad de manera que la asociatividad no se vea afectada por la
pandemia y estimular que permanezcan afiliadas la mayor cantidad de municipalidades,
Concejos Municipales de Distrito y Federaciones para fortalecer el municipalismo costarricense.
Décimo Primero: Dicho lo anterior en el considerando décimo, se propone incorporar tres
transitorios a los Estatutos de la Unión Nacional de Gobiernos Locales que corresponderían a los
Transitorios IV, Y y VI de dicho cuerpo normativo, que se aplicarian por una Única vez para el
ejercicio económico 2021. Mismos que se proceden a detallar en el siguiente por tanto:
TRANSITORIO IV Por la necesidad, solidaridad con los municipios y para mantener la base
asociativa de la entidad se debe luchar y procurar que los Municipios se mantengan afiliados a la
organización; se propone una rebaja en la cuota de afiliación por una única vez y para el
ejercicio económico 2021 que comprende del 1 de enero 2021 al 31 de diciembre de 2021, Por
lo que no se aplicarán los porcentajes que establece el artículo 51 de los Estatutos de la Unión
Nacional de Gobiernos Locales por el año 2021, se propone aplicar un rebajo en las cuotas de
afiliación pasando de un 0.25% a un 0.15% por dicho concepto. Las Municipalidades que no
están con rango porcentuales y obedecen a rangos nominales según sus presupuestos
municipales les aplicarán un descuento en la cuota de afiliación del 40% Rango de Presupuesto
Ordinario Municipal Cuota de Afiliación De 11.000 millones a 20.000 millones 15 000 000,00 De
20.001 millones a 40.000 millones 21 000 000,00 De 40.001 millones a 60.000 millones 36 000
000,00 De 60.001 millones en adelante 40 000 000,00 TRANSITORIOS V Para evitar la
desafiliación de municipalidades que tienen cuentas por pagar por concepto de cuotas de
afiliación que correspondan a los ejercicios económicos del año 2019 y años anteriores podrán
solicitar la condonación de la deuda por el total de la deuda existente, a partir de la de la
publicación del presente transitorio y hasta por 3 meses posteriores a dicho acto de publicación,
por lo que la Unión Nacional de Gobiernos Locales no condonará deudas de oficio sino que se
procederá a solicitud de parte interesada respaldado el acto administrativo mediante un acuerdo
municipal del Concejo Municipal del Municipio solicitante. TRANSITORIO VI Como mecanismo de
incentivo a las Municipalidades que no forman parte de la Unión Nacional de Gobiernos Locales y
deciden afiliarse no se les cobrara el primer semestre del año 2021 por lo que pagarán
únicamente el 50% de la cuota de afiliación correspondiente para el ejercicio económico 2021.
DE GUÁCIMO
AUDITORIA
INTERNA
204
£Municipalidad de Guácimo,
M
7 DE GUACIMO
E). AUDITORIA
2” INTERNA
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 34.
Conocido las mociones presentadas por la UNGL, sobre Moción de
rechazo a la medida tributaria que pretende triplicar el impuesto de bienes inmuebles
y Moción para definir los porcentajes de las cuotas de afiliación de la Unión Nacional
de Gobiernos Locales, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal -
Sr. Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por la UNGL, referente a Moción de rechazo a
la medida tributaria que pretende triplicar el impuesto de bienes inmuebles y Moción para definir
los porcentajes de las cuotas de afiliación de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, para su
atención y prevención presupuestaria en cuanto al monto que corresponde a esta
Municipalidad, por concepto de afiliación.
Acuerdo N* Veinticuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
12- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido por la Secretaría de Concejo el día 06-10-
2020, firmado por la Sra. Betsabe Navarro - Junta de Educación - Patronato Escolar
manifestando. La Comunidad de Pueblo Nuevo de Duacari, a través del siguiente escrito
queremos hacer llegar a Ustedes la petición con carácter urgente en el tema de la
recolección de basura.
Nuestra Comunidad por decenas de años a acostumbrado a enterrar la basura O
quemarla al aire libre, dichas practicas son perjudiciales he insolubles, la población ha
crecido considerablemente y esto es un problema que se agrava, por lo que solicitamos la
ayuda para que se nos brinda el servicio de recolección de basura cuanto antes y resolver
un tema ambiental y de salud, que las nuevas generaciones tengan el gusto de conocer,
esta situación en razón de que hubieron autoridades muy competentes que oportunamente
resolvieron el tema.
Conocida la solicitud presentada por la Junta de Educación -
Patronato Escolar, Comunidad de Pueblo Nuevo de Duacari, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por Junta de Educación - Patronato Escolar,
Comunidad de Pueblo Nuevo de Duacari, a fin de que a la mayor brevedad posible gire
instrucciones a la Gestora Ambiental - Sra. Marianela Rojas Quirós, para que realicen estudio
de factibilidad para brindar el servicio de basura a la Comunidad de Pueblo Nuevo de
Duacari. Debiendo presentar resultado del informe, esperando que la Comunidad pueda
tener la posibilidad de recibir el servicio.
Acuerdo N% Veinticinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
13- Se dio lectura de oficio CBCR-038428-2020-DGB-01460 con fecha de recibido por la
Secretaría de Concejo el día 30-09-2020, firmado por el Sr. Héctor Chaves León - Dirección
General.
Referencia: Al oficio N* GPMG-075.2020 - Avance del proyecto de construcción de la Estación
de Bomberos de Guácimo. Al respecto dice: Esta Dirección General ha recibido nota N* GPMG-
075.2020, en el cual consultan sobre el avance actual del proyecto de la Estación de Bomberos
en Guácimo, en la provincia de Limón, en virtud de lo anterior se informa lo siguiente:
Diseño y Construcción de la Estación de Bomberos de Guácimo.
Como se había indicado en el oficio CBCR-040693-2017-DGB-01313 del 10 de noviembre de
2017, el diseño y construcción de la apertura de este servicio se divisaba de acuerdo al Plan
Estratégico Institucional, que el proyecto diera inicio durante el 2019-2020, sin embargo sobre
este caso en particular es de interés de esta Dirección General dar a conocer que si bien la
futura Estación de Guácimo es una de las prioridades para abrir un servicio, para este año la
Organización ha visto obligada a ajustarse a la Ley 9635, la cual limita a la Organización a las
partidas de gasto corriente, lo cual compromete al 100% el avance del proyecto.
Acta N* 60-2020
S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 35.
Es por ello que para el presente y próximo periodo presupuestario la obligación de la
Administración fue dar sostenibilidad a los servicios que se brindan actualmente, de esta forma
el proyecto de diseño de la Estación de Bomberos de Guácimo forzosamente tuvo que
posponerse, ya que incluso este servicio también requiere la apertura de plazas para el personal
y gastos como la compra de unidades extintoras, equipos, herramientas especializadas,
vestimenta y equipos de protección personal, mismos que de igual forma consolidan un gasto en
el tiempo.
Aprovechamos la oportunidad para hacer de conocimiento, que en estos momentos nuestra
Institución se encuentra trabajando en un proyecto de Ley tendiente a brindar una dispensa del
alcance de la Ley General de Administración Pública en lo que respecta a la aplicación de los
lineamientos de la Autoridad Presupuestaria (Expediente N*%21166), con el objeto de poder
utilizar el presupuesto apropiadamente y cubrir compromisos adquiridos.
Esperamos haber aclarado su consulta sobre el avance actual del proyecto, de igual forma esta
Dirección General queda en la mejor disposición de atender cualquier otra inquietud que surja
sobre los temas de interés,
Conocida la respuesta a la solicitud de información sobre Avance del proyecto
de construcción de la Estación de Bomberos de Guácimo.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecer al Sr. Héctor Chaves
León - Dirección General - Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, su respuesta
pronta respuesta con relación a la solicitud de informe sobre Avance del proyecto de
construcción de la Estación de Bomberos de Guácimo, no sin antes solicitarle mantener
siempre presente al Cantón de Guacimo, una vez que la Ley 9635, no les limite a la
Organización el uso de las partidas de gasto corriente, con el propósito de que el proyecto
construcción Cuerpo de Bomberos llegue a ser una realidad, mismo que traerá un gran
progreso al Cantón.
Acuerdo NY Veintiséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
14- Se dio lectura a oficio DU-UAC-298-2020 fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el
05-10-2020, firmado por el Ing. Aura Yee Orozco - Encargada, Unidad Asesoría y Capacitación
- MAG. Jorge Mora Ramírez - Jefe Departamento de Urbanismo - Licda, Gloriana Chacón
Cisneros- Abogada, Departamento de Urbanismo, refiriéndose sobre el Reglamento para el
Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Guácimo, publicado en el Alcance N* 258
de la Gaceta N* 240 del miércoles 30 de setiembre del 2020, dice: El Departamento de
Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) ha conocido que por medio del
Alcance N*258 a La Gaceta N%240 del miércoles 30 de setiembre del año en curso, que la
Municipalidad de Guácimo ha realizado publicación del dominado "Reglamento para el Control de
Fraccionamientos de la Municipalidad de Guácimo”. Considerando lo antes expuesto, se
comunica lo siguiente:
A. Según el texto del reglamento publicado por la Municipalidad de Guácimo, el fundamento
legal
para emitir dicha regulación se encuentra, entre otros, en los siguientes cuerpos normativos:
O Constitución Política de Costa Rica
“Artículo 169.- La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a
cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores
municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.”
“Artículo 170.-Las corporaciones municipales son autónomas. En el Presupuesto Ordinario de la
República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a
un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico
correspondiente. La ley determinará las competencias que se trasladarán del Poder Ejecutivo a
las corporaciones municipales y la distribución de los recursos indicados.”
DE GUA
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"INTERNA
Sfíunicipalidad de Guácim
D=23
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Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 36.
2
D Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240
“Artículo 15.- Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política, reconócese la
competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo
urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional. Consecuentemente, cada uno de ellos
dispondrá lo que proceda para implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo
urbano conexos, en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o algunos de sus
efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para establecer un determinado
régimen contralor.” (Lo subrayado no corresponde al original).
O Código Municipal, Ley N%7794
“Artículo 4.-La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera que le
confiere la Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se incluyen las siguientes:
a) Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otra
disposición que autorice el ordenamiento jurídico. (...)”
“Artículo 13. - Son atribuciones del concejo: (...)
Cc) Dictar los reglamentos de la Corporación, conforme a esta ley. (...)”
B. Es importante señalar que si bien es cierto los gobiernos municipales ostentan autonomía
para
su administración, y pueden dictar reglamentos para normar sus intereses, esto no implica el
irrespeto de la normativa de aplicación general nacional existente. Así lo indicó la Sala
Constitucional, Expediente N*94-000757-007-CO-E, Resolución N*%005445-19, de las catorce
horas treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve: “La autonomía no
puede ser entendida como un derecho de la Municipalidad en los términos en que se conciben
las libertades públicas reconocidas constitucionalmente en favor de los administrados. No puede
afirmarse que esa autonomía otorga a la Municipalidad la capacidad legal para hacer todo lo no
prohibido por el ordenamiento jurídico dentro de la localidad. La autonomía debe verse desde
dos perspectivas: la de la organización y su régimen subjetivo y la de las competencias
concretas a través de las cuales se materializa, en cada momento, la esfera de actuación de la
estructura. En efecto, la autonomía alude a un autogobierno, que en el caso de nuestras
Municipalidades es democrático...”.
“La autonomía se ejerce en el marco del ordenamiento estatal: Según la Constitución Política, la
soberanía reside exclusivamente en la Nación, no puede considerarse diluida en cada una de las
corporaciones municipales, como pretende la tesis de la autonomía política plena. Los principios
de unidad del Estado y soberanía estatal constituyen, así, un límite negativo que circunscribe,
necesariamente, el ámbito en que puede desarrollarse la autonomía local”. (Lo subrayado no
corresponde al original).
C. Es decir, la autonomía municipal no puede ir en contra del ordenamiento jurídico nacional; tal
como lo señala el artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades pueden emitir sus propios
reglamentos de organización y de servicio, lo que por tanto no incluye reglamentos cuya razón
de ser responde al cumplimiento de lo que establece una Ley de la República.
D. Siguiendo esta línea de análisis, para el caso de los fraccionamientos, existe una única Ley de
que contiene disposiciones al respecto: la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, que los
gobiernos municipales deben darse a la tarea de cumplir, en atención a su jerarquía.
E. La Ley de Planificación Urbana, específicamente el artículo 15 (citado anteriormente),
establece
la potestad de los gobiernos municipales para planificar y controlar su territorio a través de su
plan regulador y los reglamentos que lo componen: los reglamentos de desarrollo urbano; lo
anterior amparados precisamente en el Artículo 169 de la Constitución Política. Uno de los
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DE ACIMO
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INTERNA
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Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 37.
reglamentos de desarrollo urbano que forman parte de un plan regulador es el de
fraccionamiento y urbanizaciones, tal como lo expresa esta Ley en su Artículo 21:
“Artículo 21.- Los principales reglamentos de Desarrollo Urbano serán:
1. El de Zonificación, para usos de la tierra;
2. El de Fraccionamiento y Urbanización, sobre división y habilitación urbana de
los terrenos;
3. El de Mapa Oficial, que ha de tratar de la provisión y conservación de los
espacios para vías públicas y áreas comunales;
4. El de Renovación Urbana, relativo al mejoramiento o rehabilitación de áreas en
proceso o en estado de deterioro; y
5. El de Construcciones, en lo que concierne a las obras de edificación.”
(Lo subrayado no corresponde al original).
F. Adicionalmente, la Ley N*%4240 en el Capítulo Cuarto. Fraccionamiento y Urbanizaciones,
Artículo 32, indica que es por medio del Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones del
Plan Regulador, que la Municipalidad debe definir los lineamientos para permitir
fraccionamientos en su territorio:
“Artículo 32.- El Reglamento de Fraccionamiento y Urbanización, al puntualizar las condiciones
municipales para permitir fraccionamientos, urbanizaciones o ambas operaciones, entre otros
requisitos, incluirá los correspondientes al acceso a vía pública, a notificación y amanzanamiento
y a la cesión de áreas para uso público; establecerá, asimismo, previa consulta a los organismos
competentes, normas mínimas sobre construcción de calles y aceras pavimentos, cañerías,
drenajes pluviales y sanitarios, y electrificación y alumbrado público. (...)” (Lo subrayado no
corresponde al original).
G. Tal como se indicó en el punto D del presente oficio, la Ley de Planificación Urbana en su
Artículo 15 señala que la competencia y la autoridad de las municipalidades para planificar su
territorio y controlar el desarrollo urbano, debe realizarse dentro del marco de un plan regulador
y sus reglamentos de desarrollo urbano. Es decir, la única manera de dictar lineamientos locales
en lo relacionado a fraccionamientos, dentro de la legalidad, es mediante el Reglamento de
Fraccionamiento y Urbanizaciones, inmerso en el Plan Regulador.
H. La Municipalidad de Guácimo no cuenta con Plan Regulador, por lo que para incorporar
disposiciones para la división y habilitación de predios (fraccionar) debe elaborarlo, y seguir el
procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana, para en este caso
implementar el instrumento:
“Artículo 17. Previamente a implantar un plan regulador o alguna de sus partes, deberá la
municipalidad que lo intenta:
1. Convocar a una audiencia pública por medio del Diario Oficial y divulgación adicional necesaria
con la indicación de local, fecha y hora para conocer del proyecto y de las observaciones
verbales o escritas que tengan a bien formular los vecinos o interesados. El señalamiento deberá
hacerse con antelación no menor de quince días hábiles;
£flunicipalidad de Guací
ES
y Ze A
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Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 38.
2. Obtener la aprobación de la Dirección de Urbanismo, si el proyecto no se hubiere originado en
dicha oficina o difiera del que aquella hubiere propuesto, sin perjuicio de los recursos
establecidos en el artículo 13;
3. Acordar su adopción formal, por mayoría absoluta de votos; y
4. Publicar en "La Gaceta" el aviso de la adopción acordada, con indicación de la fecha a partir
de la cual se harán exigibles las correspondientes regulaciones. Igualmente serán observados los
requisitos anteriores cuando se trate de modificar, suspender o derogar, total o parcialmente, el
referido plan o cualquiera de sus reglamentos.” (Subrayado no corresponde al original)
1. En tanto no cuente la Municipalidad de Guácimo con plan regulador, y por tanto con regulación
local en la materia de fraccionamientos, deben acatar supletoriamente las disposiciones
establecidas en el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones vigente, tal como establece
la Ley de Planificación Urbana en su Transitorio II:
“Transitorio 11.- El Instituto dictará las normas de desarrollo relativas a las materias a que
se refiere el artículo 211 de esta ley.
Podrá, además confeccionar los planes reguladores y delimitar los distritos urbanos y demás
áreas sujetas 'a control urbanístico, en tanto las municipalidades no hubieren promulgado en la
respectiva materia, o parte de ella, sus propias disposiciones locales con ajuste a esta ley.
Los preceptos y reglamentos que dicte el Instituto regirán en los territorios jurisdiccionales o en
la parte de ello que las normas señalen, a partir de su publicación en el Diario Oficial.”
(Subrayado no corresponde al original)
Conclusión:
El Departamento de Urbanismo del INVU informa que en estricto apego a lo dispuesto en el
artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana, el Reglamento para el Control de Fraccionamientos
de la Municipalidad de Guácimo no ha cumplido con el debido proceso para su implementación,
ya que no fue promulgado dentro del marco legal de un plan regulador y, por tanto, no procede
su aplicación en el cantón de Guácimo. Por lo anterior se solicita realizar las acciones necesarias
para cesar la aplicación de Reglamento supra citado, y comunicar al respecto a este
Departamento en un plazo preventorio de 10 días hábiles, en cumplimiento de las competencias
que nos confiere el artículo 7, inciso 4 de la Ley de Planificación Urbana:
“Artículo 7. Créase la Dirección de Urbanismo, adscrita al Departamento de Urbanismo del
Instituto, encargada de: (...) 1 Ver Artículo 21 en el punto D del presente Oficio.
4. Ejercer vigilancia y autoridad para el debido cumplimiento de las normas de interés nacional
comprendidas en esta ley y en los reglamentos de desarrollo urbano.” No se omite manifestar lo
que señala la Constitución Política, en su Artículo 129, establece:
“Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día que ellas designen; a falta de este
requisito, diez días después de su publicación en el Diario Oficial. Nadie puede alegar ignorancia
de la ley salvo en los casos que la misma autorice.
No tiene eficacia la renuncia de las leyes en general, ni la especial de las de interés público. Los
actos y convenios contra las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra
cosa.
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S.O. N* 40-2020
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Pág. NO 39.
La ley no queda abrogada ni derogada sino por otra posterior; contra su observancia no podrá
alegarse desuso, costumbre ni práctica en contrario. Por vía de referéndum, el pueblo podrá
abrogarla o derogarla, de conformidad con el artículo 105 de esta Constitución.”
En otras palabras, nuestra Constitución Política establece que la ignorancia de las normas no
excusa
su incumplimiento, mandato que tiene su origen en el derecho romano siglos atrás. Por tal
razón, hoy en día no se concibe que tanto funcionarios municipales como ediles, que ocupan
cargos de relevancia a nivel municipal, puedan generar posibles demandas contra el gobierno
local, por desconocimiento de la normativa sobre desarrollo urbano vigente.
Conocido el oficio DU-UAC-298-2020, referente a Reglamento para el
Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Guácimo, publicado en el
Alcance N* 258 de la Gaceta N* 240 del miércoles 30 de setiembre del 2020, se
acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Lic. Danny Arguello
Morales Gestor Jurídico a.i.,oficio DU-UAC-298-2020, suscrito por Ing. Aura Yee Orozco -
Encargada, Unidad Asesoría y Capacitación - MAG. Jorge Mora Ramírez - Jefe Departamento
de Urbanismo - Licda. Gloriana Chacón Cisneros- Abogada, Departamento de Urbanismo,
refiriéndose sobre el Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad
de Guácimo, publicado en el Alcance N* 258 de la Gaceta N* 240 del miércoles 30 de
setiembre del 2020, afin de que lo analice y brinde criterio al Concejo Municipal para
conocerlo en la sesión del día martes 13 de Octubre 2020,
Acuerdo N' Veintisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
15- Se dio lectura a oficio CNE-PRE-UAL-OF-0169-2020 fecha de recibido en la Secretaría del
Concejo el 06-10-2020, firmado por el Sr. Alexander Solís Delgado - Presidente de la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, dice: En atención al oficio
SMG+986-2020 del 16 de setiembre del 2020 suscrito por su persona, en el marco de la
emergencia por COVID-19, en primera instancia es fundamental indicar que no se cuenta con el
acuerdo del Concejo Municipal de San Mateo ni el de la Municipalidad de Tibás, no obstante a
partir de la información que se indica y la solicitud de apertura de los locales comerciales, y en
seguimiento a lo indicado por esta Presidencia en oficios CNE-PRE-UAL-OF-0074-2020 y CNE-
PRE-UAL-OF-0148-2020 me permito brindar respuesta en los siguientes términos: La Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias es la entidad rectora en la
prevención de riesgos y en los preparativos necesarios para atender situaciones de emergencia,
por lo que las acciones ordinarias y extraordinarias tienen como principio fundamental del
accionar la protección de la vida, no solo de los costarricenses sino de todo habitante o residente
en el país. Sus competencias ordinarias están definidas en el artículo 14 de la Ley 8488, y sus
competencias extraordinarias, en el marco de las emergencias declaradas, están definidas en el
artículo 15 del mismo cuerpo normativo.
La CNE cumple su función de coordinación con las instituciones públicas, privadas, organismos
no gubernamentales y la sociedad civil, que trabajan en la atención de emergencias o desastres,
a través de los Comités de Emergencia, por lo que es la entidad competente para regular,
instruir y dar los lineamientos a dichos Comités en la atención de emergencias y desastres. La
gestión de este riesgo es la base principal del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo (SNGR)
entendido este como la articulación integral, organizada, coordinada y armónica 9 01 de octubre
de 2020 CNE-PRE-UAL-OF-0169-2020 Comisión Nacional de Prevención de Riasgos y Atención de
Emergencias San José, Pavas, frente al Aeropuerto Tobías Bolaños. Tel.: 2210-2828, ext. 844
Apartado Postal: 5258-1000, San José, Costa Rica e-mail: gestionpresidenciaQcne.go.cr /
AUDITORIA
INTERNA
pe
ASA
Acta N% 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 40.
http://www.cne.go.cr Comisión Nacional de Emergencias CNE Costa Rica Página 2 de 3 Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias Presidencia de los órganos, las estructuras, las relaciones funcionales,
los métodos, los procedimientos y los recursos de todas las instituciones del Estado, procurando
la participación de todo el sector privado y la sociedad civil organizada. Su propósito es la
promoción y ejecución de los lineamientos de la política pública que permiten tanto al Estado
Costarricense como a los distintos sectores de la actividad nacional, incorporar el concepto de
gestión del riesgo como eje transversal de la planificación y de las prácticas del desarrollo. El
SNGR se estructura por medio de las instancias de coordinación definidas en el artículo 10 de la
Ley 8488. Por su parte, el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) es la instancia
permanente de coordinación, adscrita a la Comisión; que reúne en el nivel nacional todas las
instituciones públicas y los organismos no gubernamentales que trabajan en la fase de primera
respuesta a la emergencia. En este sentido, derivado de las particularidades de esta emergencia,
se ha conformado la Sala de Análisis de Situación Nacional por COVID-19 para fortalecer las
capacidades en la dirección y coordinación de acciones del Centro de Operaciones de Emergencia
(COE) así como del Gobierno Central, para el abordaje de situaciones producto de la atención de
la emergencia sanitaria por COVID-19; está conformada por las siguientes instituciones: ICE,
CCSS, MINSA, MICITT, CNE, MIDEPLAN, MEIC, IMAS, INCAE y OPS |OMS. Para los efectos del
presente oficio, es menester comentar que el Ministerio de Salud es la entidad que ejerce la
rectoría en salud, mediante la cual lidera, promueve y articula, de manera efectiva, los esfuerzos
de los actores sociales y ejerce sus potestades de autoridad sanitaria, para proteger y mejorar la
salud de la población. En este sentido, a través de resoluciones ha emitido medidas sanitarias
con base en lo establecido en la Ley General de Salud y normas conexas, para evitar el ingreso a
ciertos ríos fronterizos, a playas, parques y demás lugares identificados como focos de contagio.
Por tanto, la solicitud que el municipio realiza respecto a la apertura de comercios debe ser
sometida a valoración del Ministerio de Salud, ente con la competencia legal para determinar lo
relativo a los permisos de funcionamiento de los locales comerciales. Para más información,
puede consultar los siguientes enlaces sobre las alertas en los diferentes cantones y distritos que
se pueden visualizar a través del mapa interactivo, las disposiciones del Ministerio de Salud para
la regulación de establecimientos comerciales.
CONOCIMIENTO.
16-Se dio le lectura de copia de correo electrónico con fecha de recibido por la Secretaría del
Concejo el 02-10-2020, suscrito por el Ing. Andrés Phillips Ureña - Representante del Proyecto
Las Rosas de Río Jiménez, y dirigida al Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, en
el que le adjunta nota de aclaración de estado de los trámites de viabilidad y concesión del
pozo GM-110, que dice:
De acuerdo con lo AMG-1095- 2020 de fecha 01 de octubre de 2020 por medio del
presente le aclaro los estados en que se encuentran los trámites relacionados con la concesión
de aprovechamiento de aguas del pozo GM-110, el estado de los trámites se detalla a
continuación:
1- Solicitud de Viabilidad Ambiental del proyecto de abastecimiento poblacional ante la SETENA.
El expediente fue admitido, pero a la hora de revisarlo pidieron aclaración y unos documentos
que ya se habían presentado por lo que se debe presentar el oficio que le hice llegar por correo y
que debe ser firmado en forma digital, posterior a esto lo que queda es que se realice la
evaluación en SETENA para aprobar la Viabilidad Ambiental.
2- Presentación del formulario de solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas, el
llenado se realizará en coordinación con asesoría legal de la Municipalidad., Debido a que el
trámite se tuvo que realizar por el sistema SIPECO de la Dirección de Agua del MINAE, a la que
se le debe aportar el número de recibido del trámite ante la SETENA. Para el trámite en la DA se
debe presentar el documento que le envié al correo, la firma debe ser en físico y autenticada,
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£ílunicipalidad de Guacimos
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INTERNA
DE GUACIMO
;, AUDITORIA
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Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 41.
este permitirá que una vez se presente el documento en la Dirección de Agua se proceda al
proceso de admisibilidad y luego se genere un edicto que deberá ser publicado en la Gaceta.
CONOCIMIENTO.
17- Se dio lectura a oficio DFOE-DL-1877, fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 06-
10-2020, firmado por la Sra. Vivian Garbanzo Navarro - Gerente de Area y Licda. Carolina
Altamirano Mora - Fiscalizadora Asociada - Contraloría General de la República.
Asunto:  Improbación del presupuesto extraordinario N.* 02-2020 de la
Municipalidad de Guácimo.
La Contraloría General recibió el oficio N.2 AMG-978-2020 del 03 de setiembre de 2020,
mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N.?* 02-2020 de la Municipalidad de
Guácimo, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente, recursos provenientes de
Ingresos Corrientes, específicamente de Venta de Servicios; y Financiamiento, los cuales
corresponden a Préstamos Directos y Superávit Específico, para ser aplicados en las partidas de
Remuneraciones; Servicios; Materiales y Suministros; Intereses y Comisiones; Bienes
Duraderos; Transferencias corrientes; Amortización; y Cuentas Especiales.
CONSIDERACIONES GENERALES
La Contraloría General recibió el oficio N.* AMG-978-2020 del 03 de setiembre de 2020,
mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N.* 02-2020 de la Municipalidad de
Guácimo, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente, recursos provenientes de
Ingresos Corrientes, específicamente de Venta de Servicios; y Financiamiento, los cuales
corresponden a Préstamos Directos y Superávit Específico, para ser aplicados en las partidas de
Remuneraciones; Servicios; Materiales y Suministros; Intereses y Comisiones; Bienes
Duraderos; Transferencias corrientes; Amortización; y Cuentas Especiales.
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de improbación del presupuesto se efectúa con base cn las atribuciones
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política
de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República
(LOCGR) N.* 7428 y otras leyes conexas.
La aprobación interna efectuada por el Concejo Municipal como requisito de validez del
documento aportado, consta en el acta de la sesión extraordinaria N.* 17 celebrada el 26 de
agosto del 20201. Esto de conformidad con lo regulado en la norma N.? 4.2.3 de las NTPP?,
1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA
De acuerdo con la norma 4.2.17 de las NTPP, el resultado de la
aprobación externa del presupuesto institucional será la aprobación total o parcial, o en su
defecto la improbación total en observancia de lo establecido en el marco jurídico,
jurisprudencial y doctrinal aplicable.
La improbación comunicada se fundamenta en el artículo 106 del Código
Municipal, así como la documentación proporcionada y las certificaciones remitidas por esa
municipalidad de acuerdo con lo establecido en la norma 4.2.14 de las Normas técnicas sobre
Sfíunicipalidad de Guácim
SN
Acta N* 60-2020
S.O. N“ 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 42.
presupuestos públicos N-1-2012-DC-DFOE (NTPP). La veracidad de su contenido es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios que las suscribieron.
Lo resuelto con respecto a este presupuesto no constituye una limitante para el ejercicio de las
potestades de fiscalización de la Contraloría General sobre los recursos y aplicaciones a los
cuales se les da contenido presupuestario en este documento o en futuros presupuestos
extraordinarios y modificaciones.
2. RESULTADOS
Una vez revisada la información aportada por la Municipalidad de Guácimo, este Órgano de
Fiscalización Superior concluyó el incumplimiento de lo establecido en el artículo 106 del Código
Municipal, el cual dispone entre otras cosas que “(...) El presupuesto ordinario deberá remitirse
a más tardar el 30 de setiembre de cada año y los extraordinarios, dentro de los quince días
siguientes a su aprobación. Ambos términos serán improrrogables.”
1 Ratificado en la sesión ordinaria N.* 35 celebrada el 28 de agosto de 2020. 2 Resolución N.* R-
DC-24-2012 del 29 de marzo de 2012.
El incumplimiento, se constató, en la certificación adjunta al documento presupuestario
emitida por la Sra. Jeanneth Crawford Stewart, Secretaria del Concejo Municipal de ese Gobierno
Local, según lo establecido en el acuerdo 5 de la sesión extraordinaria N.0 17, celebrada por el
Concejo Municipal el 26 de agosto del 2020.
donde se aprobó por mayoría simple el presupuesto extraordinario 022020*, así como la
modificación del Plan Operativo Anual 2020 por la suma de 4/756.061.088,01. (visible en el folio
316 del acta aportada). No obstante, el Presupuesto extraordinario 02-2020, ingresó a la
Contraloría General el 16 de setiembre de 2020*, es decir, transcurrieron 19 días naturales
desde la fecha en que se ratificó.
Por lo anterior, superado el plazo improrrogable de la citada normativa, deviene la imposibilidad
del Órgano Contralor para tramitar el presupuesto extraordinario objeto del incumplimiento. Por
tanto, procede que la Contraloría General impruebe el Presupuesto extraordinario N.” 2-2020 de
esa Municipalidad.
3. CONCLUSIÓN.
El análisis que este Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la normativa legal vigente. En tal sentido, esta Contraloría General
imprueba el presupuesto extraordinario N* 022020 de la Municipalidad de Guácimo.
CONOCIMIENTO.
ARTICULO IV. INFORME DE COMISION.
1- Se conoció el Dictamen de Comisión de Asuntos Jurídicos, de fecha 02-10-2020
Asistencia
José Leoncio Orozco Pereza - Coordinador
Leonardo Carrillo Sánchez - Regidor
212
DE ACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
Sá,
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S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 43.
Rosibel Marchena Serrano - Regidor
Diego Ortega Ortiz - Regidor suplente
La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de Guácimo, en atención de lo indicado
en el acuerdo 04, celebrada en sesión extraordinaria 20-2020, celebrada en fecha 28 de
setiembre de 2020, relacionado con recurso de revisión y aclaración presentado por Consultora y
Constructora Jiménez S.A. en contra del acuerdo 02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020,
celebrada el 22 de setiembre de 2020, mediante el cual se rechazó el recurso de revocatoria
interpuesto en contra del acto de adjudicación del proceso de contratación administrativa
2020CD-000058-0022500001; por lo que, se procede a dictaminar lo siguiente:
Considerando.
Primero. El artículo 164 del Código Municipal establece que los recursos en materia de
contratación administrativa, se regirán por lo establecido en la Ley de Contratación
Administrativa. En colación, el artículo 92 inciso e), de la Ley de Contratación Administrativa,
establece que la resolución final que resuelva el recurso de revocatoria contra el acto de
adjudicación, dará por agotada la via administrativa, siendo que el ordinal 195 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa, igualmente establece que la resolución que resuelva el
recurso de revocatoria, dará por agotada la vía administrativa. Así las cosas, el acuerdo 02,
adoptado en sesión ordinaria 38-2020, realizada el día 22 de setiembre de 2020, rechazo el
recurso de revocatoria en contra del acto de adjudicación dictado en el proceso 2020CD-000058-
0022500001, siendo que claramente se indicó en dicha resolución que se daba por agotada la
vía administrativa, aspecto que trae como consecuencia a las partes la posibilidad de acudir a la
vía ordinaria a plantear sus reclamos. Dicho esto, es claro que los recursos intentados por
Consultora y Constructora Jiménez S.A., denominados de revisión y aclaración no afectan la
firmeza del acuerdo mediante el cual ya fue resuelto el recurso de revocatoria.
Segundo. Que sin detrimento de lo indicado en el punto anterior, y con fines estrictamente
aclaratorios, es importante indicar que conforme a la revisión del expediente de contratación
2020CD-000058-0022500001, en la plataforma SICOP, se denotan los siguientes aspectos:
1). La empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A., de forma espontánea, voluntaria y por
su propia cuenta, aporto en la presentación inicial de su oferta el documento del Registro
Nacional, en el cual se indica que el equipo ofrecido es tracción 4x2; siendo que posteriormente
atendiendo una solicitud de subsanación, aporto en una segunda instancia otros documentos
requeridos, dentro de los cuales estaba la hoja de RTV.
2). Conforme al acto de adjudicación del proceso de contratación 2020CD-000058-0022500001,
el cual recayó en ASFALTOS Y MAQUINARIA EA S.A. y por otra parte en ALBERTO MORA
SOLANO; ambos oferentes en su oferta -la cual es visible en la plataforma SICOP-, aportaron
igualmente documentos del Registro Nacional, específicamente el título de propiedad, siendo que
a diferencia de la empresa recurrente, en el caso de esos dos oferentes la información aportada
por ellos para que la Administración contratante verificará las condiciones y características del
equipo ofrecido no tenía contradicción con las hojas de RTV, igualmente aportadas por ella; así
las cosas, no es cierto que a la empresa Consultora y Constructora Jiménez se le esté tomando
en cuenta información de documentos que los oferentes adjudicatarios no hayan aportado.
En relación, debe tener en cuenta la parte interesada, que la información del Registro Nacional,
en donde se indica que la maquinaria ofrecida es tracción 4x2, fue traída y aportada al
expediente por la misma empresa, sin que se pueda achacar que la Municipalidad de Guácimo de
oficio se haya puesto a incorporar documentos que la misma empresa no haya aportado para
Stlunicipalidad de Guácimog,
213
l
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IPALIDAD
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(55) AUDITORIA
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£fMunicipalidad de Guáci
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Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 44,
que fueran valoradas y tomados en cuenta; en dicho sentido, una vez presentada la oferta con
la documentación de respaldo, la misma es tomada en cuenta y se valora, sin que se conozca el
fundamento jurídico y así tampoco lo ha indicado la empresa Consultora y Constructora Jiménez
S.A. que le permita a la empresa disponer o señalar que documentos de su oferta son lo que se
deben valorar y cuales no deben tomarse en cuenta y mucho menos cuando el documento
aportado corresponde a la información inscrita ante el Registro Nacional, por cuanto dicha
documentación una vez aportada, resulta idónea por su naturaleza para verificar las
características y condiciones del equipo ofertado.
Tercero. En relación a lo indicado por la empresa Consultora y Constructora Jiménez al citar lo
artículos 278 y 281 del Código Procesal Penal, se hace necesario indicar que en ningún momento
a lo largo del trámite del expediente de contratación 2020CD-000058-0022500001, se ha
sugerido por parte de alguna autoridad municipal, el que se haya constatado la comisión de un
delito penal; siendo que lo que se ha hecho ver es que de la propia documentación aportada por
la empresa interesada en su oferta, en relación con una condición requerida y obligatoria en el
equipo ofrecido y que se refiere a la tracción, en dos documentos de los aportados se observa
información diferente sobre la tracción y por ende hay una inconsistencia o contradicción,
aspecto que al ser valorado por la Unidad Administrativa a cargo de la valoración de las oferta,
determino excluir la oferta de Consultora y Constructora Jiménez S.A., por cuanto en la
información aportada del Registro Nacional se indica que es tracción 4x2; siendo que en caso
que eso obedezca a un error de inscripción o digitación como lo sugiere la empresa, es un
aspecto sobre el cual el mismo ordenamiento jurídico costarricense, establece los mecanismos o
remedios procesales y que en este caso podría ser una gestión de rectificación para realizar
cambio de características ante el Registro Nacional, gestión la cual es de responsabilidad e
impulso de la empresa propietaria.
POR TANTO,
La Comisión de Asuntos Jurídicos recomienda al Concejo Municipal, en atención al escrito
presentado por Consultora y Constructora Jiménez S.A., denominado revisión y aclaración en
contra del acuerdo 02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020, celebrada el 22 de setiembre de
2020, mediante el cual se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto en contra del acto de
adjudicación del proceso de contratación administrativa 2020CD-000058-0022500001, proceda
mediante acuerdo a resolver lo siguiente:
1.- Ratificar que por acuerdo 02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020, celebrada el 22 de
setiembre de 2020, se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto en contra del acto de
adjudicación del proceso de contratación administrativa 2020CD-000058-0022500001, siendo
que esa resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Municipal, artículo 92
inciso e), de la Ley de Contratación Administrativa, y lo señalado en el ordinal 195 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se dio por agotada la vía administrativa y
por ende quedo habilitada la vía ordinaria para la partes, en el entendido que el acuerdo de
adjudicación dictado en el proceso 2020CD-000058-0022500001 se encuentra en firme.
2. Reafirmar para que sean comunicadas a la parte interesada, las aclaraciones indicadas en los
considerandos segundo y tercero de este dictamen. ,
DADO EN LAS INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, COMISIÓN PERMANENTE
DE ASUNTOS JURÍDICOS, DEL DIA 02 DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE.
Conocida el dictamen de Comisión de Jurídicos es sometido a votación
por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlo, sírvase levantar
la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, acuerda:
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, AUDITORIA
¿INTERNA
Acta N* 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 45,
El Concejo Municipal de Guácimo, una vez conocido el dictamen de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, en atención del recurso de revisión y aclaración presentado por Consultora y
Constructora Jiménez S.A. en contra del acuerdo 02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020,
celebrada el 22 de setiembre de 2020, mediante el cual se rechazó el recurso de revocatoria
interpuesto en contra del acto de adjudicación del proceso de contratación administrativa
2020CD-000058-0022500001; por lo que, se procede acordar lo siguiente:
Considerando.
Primero. El artículo 164 del Código Municipal establece que los recursos en materia de
contratación administrativa se regirán por lo establecido en la Ley de Contratación
Administrativa. En colación, el artículo 92 inciso e), de la Ley de Contratación Administrativa,
establece que la resolución final que resuelva el recurso de revocatoria contra el acto de
adjudicación dará por agotada la vía administrativa, siendo que el ordinal 195 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa, igualmente establece que la resolución que resuelva el
recurso de revocatoria, dará por agotada la vía administrativa. Así las cosas, el acuerdo 02,
adoptado en sesión ordinaria 38-2020, realizada el día 22 de setiembre de 2020, rechazo el
recurso de revocatoria en contra del acto de adjudicación dictado en el proceso 2020CD-000058-
0022500001, siendo que claramente se indicó en dicha resolución que se daba por agotada la
vía administrativa, aspecto que trae como consecuencia a las partes la posibilidad de acudir a la
vía ordinaria a plantear sus reclamos. Dicho esto, es claro que los recursos intentados por
Consultora y Constructora Jiménez S.A., denominados de revisión y aclaración no afectan la
firmeza del acuerdo mediante el cual ya fue resuelto el recurso de revocatoria.
Segundo. Que sin detrimento de lo indicado en el punto anterior, y con fines estrictamente
aclaratorios, es importante indicar que conforme a la revisión del expediente de contratación
2020CD-000058-0022500001, en la plataforma SICOP, se denotan los siguientes aspectos:
1). La empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A., de forma espontánea, voluntaria y por
su propia cuenta, aporto en la presentación inicial de su oferta el documento del Registro
Nacional, en el cual se indica que el equipo ofrecido es tracción 4x2; siendo que posteriormente
atendiendo una solicitud de subsanación, aporto en una segunda instancia otros documentos
requeridos, dentro de los cuales estaba la hoja de RTV.
2). Conforme al acto de adjudicación del proceso de contratación 2020CD-000058-0022500001,
el cual recayó en ASFALTOS Y MAQUINARIA EA S.A. y por otra parte en ALBERTO MORA
SOLANO; ambos oferentes en su oferta -la cual es visible en la plataforma SICOP-, aportaron
igualmente documentos del Registro Nacional, específicamente el título de propiedad, siendo que
a diferencia de la empresa recurrente, en el caso de esos dos oferentes la información aportada
por ellos para que la Administración contratante verificará las condiciones y características del
equipo ofrecido no tenía contradicción con las hojas de RTV, igualmente aportadas por ella; así
las cosas, no es cierto que a la empresa Consultora y Constructora Jiménez se le esté tomando
en cuenta información de documentos que los oferentes adjudicatarios no hayan aportado.
En relación, debe tener en cuenta la parte interesada, que la información del Registro Nacional,
en donde se indica que la maquinaria ofrecida es tracción 4x2, fue traída y aportada al
expediente por la misma empresa, sin que se pueda achacar que la Municipalidad de Guácimo de
oficio se haya puesto a incorporar documentos que la misma empresa no haya aportado para
que fueran valoradas y tomados en cuenta; en dicho sentido, una vez presentada la oferta con
ta documentación de respaldo, la misma es tomada en cuenta y se valora, sin que se conozca el
fundamento jurídico y así tampoco lo ha indicado la empresa Consultora y Constructora Jiménez
S.A. que le permita a la empresa disponer o señalar que documentos de su oferta son lo que se
deben valorar y cuales no deben tomarse en cuenta y mucho menos cuando el documento
“Municipalidad de Guáci
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aportado corresponde a la información inscrita ante el Registro Nacional, por cuanto dicha
documentación una vez aportada, resulta idónea por su naturaleza para verificar las
características y condiciones del equipo ofertado.
Tercero. En relación a lo indicado por la empresa Consultora y Constructora Jiménez al citar lo
artículos 278 y 281 del Código Procesal Penal, se hace necesario indicar que en ningún momento
a lo largo del trámite del expediente de contratación 2020CD-000058-0022500001, se ha
sugerido por parte de alguna autoridad municipal, el que se haya constatado la comisión de un
delito penal; siendo que lo que se ha hecho ver es que de la propia documentación aportada por
la empresa interesada en su oferta, en relación con una condición requerida y obligatoria en el
equipo ofrecido y que se refiere a la tracción, en dos documentos de los aportados se observa
información diferente sobre la tracción y por ende hay una inconsistencia o contradicción,
aspecto que al ser valorado por la Unidad Administrativa a cargo de la valoración de las oferta,
determino excluir la oferta de Consultora y Constructora Jiménez S.A., por cuanto en la
información aportada del Registro Nacional se indica que es tracción 4x2; siendo que en caso
que eso obedezca a un error de inscripción o digitación como lo sugiere la empresa, es un
aspecto sobre el cual el mismo ordenamiento jurídico costarricense, establece los mecanismos o
remedios procesales y que en este caso podría ser una gestión de rectificación para realizar
cambio de características ante el Registro Nacional, gestión la cual es de responsabilidad e
impulso de la empresa propietaria.
POR TANTO,
El Concejo Municipal de Guácimo, por unanimidad, en atención al escrito presentado por
Consultora y Constructora Jiménez S.A., denominado revisión y aclaración en contra del acuerdo
02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020, celebrada el 22 de setiembre de 2020, mediante el
cual se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto en contra del acto de adjudicación del
proceso de contratación administrativa 2020CD-000058-0022500001, procede acordar y
resolver lo siguiente:
1.- Ratificar que por acuerdo 02, adoptado en sesión ordinaria 38-2020, celebrada el 22 de
setiembre de 2020, se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto en contra del acto de
adjudicación del proceso de contratación administrativa 2020CD-000058-0022500001, siendo
que esa resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Municipal, artículo 92
inciso e), de la Ley de Contratación Administrativa, y lo señalado en el ordinal 195 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se dio por agotada la vía administrativa y
por ende quedo habilitada la vía ordinaria para la partes, en el entendido que el acuerdo de
adjudicación dictado en el proceso 2020CD-000058-0022500001 se encuentra en firme.
2. Reafirmar para que sean comunicadas a la parte interesada, las aclaraciones indicadas en los
considerandos segundo y tercero de este acuerdo.
Acuerdo N* Veintiocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2- Se conoció el dictamen de Comisión de Accesibilidad y Discapacidad N* 01 de fecha
01-10-2020:
Dictamen de Comisión de Accesibilidad y Discapacidad.
1. Lista de Asistencia.
Jose Leoncio Orozco Peraza
María Fernanda Vega Rojas
Rosibel Marchena Serrano
Ana María Esquivel Mesen
Marcela Núñez Pereira
Acta N* 60-2020
S.O. N* 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N* 47.
2. Resumen ejecutivo del caso o tema, o cita del acuerdo a ejecutar.
- — Creación de reglamento COMAD
- — Crear un censo de personas con discapacidad
- — Crear una política local de institución en el adulto mayor.
3. Análisis ejecutivo de los antecedentes y el tema de estudio (descripción del problema).
- Al no contar con el tiempo suficiente se suspende capacitación y se convoca para el día 08
de octubre 10:00 am.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: La
idea de ir trabajando todo esto, en ese sentido, es debido a que Yo hice una solicitud a
CONAPAM y CONAPDIS sobre unos dineros que hay ahí y es muy importante ir recuperando
toda la información de los vecinos y personas que nos ayuden para que en el momento que
ellos nos digan, que si existe tanto dinero, es para el cantón ya tener una lista y enviarla para
que ellos nos aprueben ese presupuesto.
En uso de la palabra el Reg. Juan Diego Ortega Ortiz, dice: Señor Presidente quisiera
consultar si Usted no tiene respuesta de los recursos, si ustedes le pusieron un plazo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: No aún
no hay respuesta.
En uso de la palabra el Reg. Juan Diego Ortega Ortiz, dice: ¿Cuánto tiempo le dieron?
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: No les
pusimos tiempo, pero de hecho cuando uno hace una solicitud, se cuenta con diez días hábiles
para emitir la respuesta. Entonces igualmente las Secretarias, le puede dar seguimiento a
esto, el derecho de petición son diez días hábiles y verificar la fecha que se solicitó y hacerles
saber que el derecho de petición son diez días hábiles.
Conocida el dictamen de Comisión Accesibilidad y Discapacidad, es sometido a
votación por el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobarlo, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo
tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Avalar las propuestas presentadas por
la Comisión Accesibilidad y Discapacidad, por lo tanto, queda aprobada la propuesta de trabajo
en los siguientes términos:
- Creación de reglamento COMAD
- Crear un censo de personas con discapacidad
- Crear una política local de institución en el adulto mayor.
Acuerdo N* Veintinueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Sfunicipalidad de Guácimo;
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GUACIMO
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218
£ilunicipalidad de Guací
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Acta N% 60-2020
S.O. N“ 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N“ 48.
ARTICULO V. MOCIONES.
1- Se dio lectura a moción de fecha: 06-10-2020, presentada por la Reg. Rosibel
Marchena Serrano, acogida por:
CONSIDERANDO:
Que actualmente se encuentra ubicada en este cantón la oficina del IMAS, la cual el pueblo ha
visto con buenos ojos, no así la atención que se le brinda a las personas que visitan esas
instalaciones para solicitar orientación y ayuda dado el mal trato que el funcionario que atiende
les brinda a los adultos mayores.
Los funcionarios del IMAS deben de tener sensibilidad humana y buen trato dado que quienes
acuden a solicitar ayuda son personas necesitadas y deben de recibir la atención, la orientación
y el respeto requerido.
POR LO TANTO:
Mociono para solicitarle al señor presidente ejecutivo del IMAS, estudiar la posibilidad de realizar
una reubicación de dicho funcionario, y destacar uno o una funcionaria que brinde el servicio y la
atención y el trato adecuado.
Conocido En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
dice: En lo personas he recibido muchas quejas de esta persona que les da mal trato a las
personas que llegan ahí.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Desconozco la situación, pero
tal vez primero que le llamen la atención, si no lo han hecho, porque ese es el primer paso para
que un funcionario mejore la calidad de servicio que está brindando, para que tenga
oportunidad de enmendar el error y reconsiderar en lo que tiene que cambiar y que las mismas
personas evalúen lo que hace, para que el jefe le dé el seguimiento al caso y si es de reubicarlo,
eso se ve mediante el proceso, porque de verdad, en ese trabajo se requiere que pongan
una persona idónea porque son personas necesitadas que llegan, y tras de eso que las reciban
con un mal trato, no es bueno, porque siempre queremos que donde vayamos nos atiendan
bien, sería como que hagan el debido proceso en ese caso y si la persona no acata y el servicio
no cambia la opción sería reubicarlo.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Ahí sería que se le remita la queja
para ver que hace y que le ponga atención.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es
que el debido proceso se lo tiene que dar los jefes de ellos, nosotros lo que tenemos que hacer es
presentar la queja.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Seria dar seguimiento al caso
porque son ellos los que deciden al final, pero si también las mismas personas son las que indican
la calidad de servicio.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
darle seguimiento y en caso de no atender lo sugerido reubicarlo, sería como forma de reacción.
219
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
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S.O. N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
Pág. N% 49.
En uso de la palabra la Reg. Rosibel Marchena Serrano; dice: El asunto es que la gente
entiende como que es la Municipalidad, y lo que hace es culpar a la Municipalidad y no es así,
es la persona que atiende.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Sería, indicar como parte de la moción, solicitarle al señor Presidente Ejecutivo del IMAS,
estudiar la posibilidad de realizar la gestión correspondiente relacionado al caso de dicho
funcionario, para que se brinde un mejor servicio y trato adecuado, en el caso en que la persona
siga con esta actitud tomar las medidas necesarias del caso, por lo tanto: Los Señores y
Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlo, sírvase levantar la
mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar la moción presentada por la
Reg. Rosibel Marchena Serrano al Presidente Ejecutivo del IMAS - Dirección Regional IMAS.
con el propósito de que se realice análisis respecto a la atención que brinda el Funcionario
del IMAS, que atiende la Oficina ubicada en Guácimo - Limón, en virtud de que vecinos
indican que no brinda un trato adecuado. Lo anterior se traslada para su atención en lo
que corresponde en estos casos. Al respecto se solicita mantener informado a este Organo
Colegiado la gestión y resolución.
Acuerdo NY Treinta. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
En uso de la palabra la Sind. Vera Myrie Graham, dice: Con relación al tema del
IMAS, en Río Jiménez dicen que hay dos lotes del IMAS que dejaron supuestamente para algo
recreativo y no sé, si se podría tomar un acuerdo, solicitando al IMAS si existe alguna
posibilidad de poder hacer algo ahí comunal, están ubicados en la Urbanización FAJARI.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: lo primero
que vamos a hacer el solicitarle al Sr. alcalde que haga la investigación correspondiente sobre
los lotes para saber si de verdad están a nombre del IMAS, y que si es así, hacer la solicitud
correspondiente, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo
en aprobarlo, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo
tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, girar instrucciones al Departamento correspondiente para que
realicen estudio registral e indique sien la Urbanización FAJARI en Río Jiménez, dos lotes
que se encuentran vacíos, sin uso , son propiedad del IMAS o a quién le pertenecen.
Acuerdo NY Treinta y Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2- Se dio lectura a moción de fecha: 06-10-2020, presentada por la Reg. Rosibel
Marchena Serrano, acogida por:
CONSIDERANDO:
Con el propósito que se nos brinde un informe detallado sobre los ingresos y las inversiones que
Acueductos y Alcantarillados está llevando en este cantón.
POR LO TANTO:
Mociono para solicitar a la Presidencia Ejecutiva de Acueductos y Alcantarillados se nos brinde un
informe detallado de los ingresos e inversión del periodo del año 2019 en el cantón de Guácimo,
Limón.
£Municipalidad De Guacíimo
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Fecha: 06-10-2020
Pág. NO 50.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Esto
debido a que seguimos con problema de agua y todo lo demás y ocupamos saber cuánto
produce este cantón en cobro de agua y cuando se invierte, porque estamos produciendo plata
y hace cuantos años a este cantón no se le invierte en nada de agua, por lo tanto: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la moción , sírvase
levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar moción presentada por
la Reg. Rosibel Marchena Serrano, a la Presidenta Ejecutiva del A y A - Licda. Yamileth
Astorga Espeleta, a fin de que interponga sus buenos oficios y a la mayor brevedad
posible haga llegar a este Órgano Colegiado un informe detallado que indique los ingresos e
inversión del periodo del año 2019 en el cantón de Guácimo, Limón, en virtud de que los
cobros por el servicio se efectúan con normalidad produciendo ingresos a la Institución sin
embargo este Cantón tiene años que el ICAA, no realiza inversiones en lo que corresponde al
tema del agua.
Acuerdo NY Treinta y Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Bueno ya que mencionan de
acueductos. Acueductos tiene un problema de agua y de desbaratar caminos en Rio Jiménez,
entrando al Ebais de Río Jiménez hicieron algo y tiene las cintas puestas y tienen como ocho
días, pero no hacen nada.
También en Río Jiménez tenemos otras rondas que están encharraladas y no hay donde
buscan limpiarlas.
En uso de la palabra el Presidente Municipal “Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: tal
vez que los vecinos nos hagan un escrito y especificando el lugar exactamente donde es que se
ubican esos lotes que se encuentran encharralados y así nosotros tomar el acuerdo y pasarlo al
Sr. Alcalde para que haga la investigación a ver a nombre de quién esta y se les notifique tal
como correspondiente.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Si yo se los propuse a ellos
que tienen que hacer un documento.
En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro; dice: No hay algún reglamento
municipal , con el tema de Acueductos y Alcantarillados es que, por ejemplo, hacen un trabajo
y dejan en mal estado el camino.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: en
realidad si abren un camino o rompen una carretera ellos tienen que dejarla exactamente igual a
como estaba.
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: En Río Jiménez no lo
hacen.
En uso de la palabra el Reg. Juan Diego Ortega Ortiz, dice: En la Comisión de agua
quedaron muchas cosas pendientes. En noviembre del año pasado nos llegó un informe de todas
las inversiones en 2019 y la proyección del 2020.
En la Administración anterior se tomó un acuerdo en la Comisión de Agua, en el que
se les hacía saber que a ellos les corresponde reparar el camino, si hacen un hueco su
deber es taparlo pero también ellos sugieren por ejemplo en el caso de la Comunidad de Río
Jiménez que hagan una lista de los huevos que hicieron y en cuestión de ocho días, ellos van y
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AUDITORIA
INTERNA
£funicipalidad de Guácín
pS
Acta N* 60-2020
S.O, N% 40-2020
Fecha: 06-10-2020
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los reparan, y eso fue lo que se hizo en su momento de hacer un inventario de todos los huevos
para mandárselos a ellos.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Pero el problema es que nosotros no tenemos que andar detrás de Acueductos y Alcantarillados,
ellos en el momento que hacen un hueco, saben que tiene que repararlo y dejarlo a como
estaba, entonces que, ahora nosotros tenemos que andar haciendo inventarios y mandárselos
para que resuelvan.
En uso de la palabra el Reg. Juan Diego Ortega Ortiz, dice: Eso es más que todo la
comunidad.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Bueno les
recuerdo que la reunión del día de mañana es muy importante para que asistan.
Asimismo procedo a convocarles a reunión próximo lunes 12 de Octubre
2020 a comisión de jurídicos a las 3:30 pm, por lo tanto se acuerda:
A disposición del Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, se acuerda:
Convocar a la comisión de jurídicos de Jurídicos el Próximo lunes 12 de Octubre 2020, a
partir de las 3:30 p.m., en el salón de sesiones de esta Municipalidad, para analizar
documentación que ha sido traslada a dicha Comisión.
Acuerdo NO Treinta y Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Concluye la sesión el Presidente Municipal, el Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, siendo las dieciocho, horas.
Jeanneth
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA