Ordinaria 81 · 2018-11-30

Acta Nº 81-18 S.O 48-18 30-11-2018.pdf · 22 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 81 del 2018-11-30 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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Mi
TI.
VI.
vil.
VIII.
ACTA N* 81 -2018, SESION ORDINARIA N?* 48 -2018
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE
HORAS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Propietarios
Manrique Mejías Quirós — Preside
María del Carmen Meoño Hernández
Cynthia Hyman Schatruel
Alejandra López Lee
Melvin Jiménez Quirós
Plácido López Díaz
Eladio Retana Fallas
Síndicos Propietarios
Blanca Rosa Mejía Medina
Manuel Antonio Angulo Solano
Oscar Fonseca Guillen
Omar Alberto López Cerdas
Alfredo Herrera Elizondo
(+) Ausente (+) sustituyó
Funcionarios
Gerardo Fuentes González — Alcalde
Cintya Solano Quirós- Secretaria a.i.
Regidores Suplentes
Ana María Esquivel Mesen
Juan Diego Ortega Ortiz
Odilie Méndez Ramírez
David Rojas Aguilar
Laurita López López
Carlos Sigifredo Magnin Navarro
Doris Maybell Ruiz López
Síndicos Suplentes
José Lidier Azofeifa González*
María Fernanda Vega Rojas
Mayra Pilar Bravo Rojas
Deylin Odalis Arrieta Castillo
Alejandra Solera Duarte*
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión
con la siguiente orden del día:
Lectura aprobación y firma actas anteriores.
Atención al grupo cultural caribeño de Guácimo.
Juramentación miembro del comité cantonal de deportes y recreación de Guácimo.
Asuntos del Presidente Municipal.
Asuntos del Alcalde Municipal.
Correspondencia.
Atención a representantes de SENARA
Mociones
fMunicipalidad de Guácir
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 4838-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 02.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2016 - 2020, inicia la sesión pronunciando
una oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función
de cada uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte del Reg. Placido
López Diaz.
ARTICULO I. LECTURA APROBACION Y FIRMA ACTA ANTERIOR.
1. El Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, somete a revisión el Acta N.  79-
2018, de la Sesión Ordinaria N.% 47-2018, celebrada el día de 23 noviembre 2018
resultando conforme en todas sus partes, siendo firmada como corresponde.
2. El Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, somete a revisión el Acta N. * 80-
2018, de la Sesión Extraordinaria N.% 33-2018, celebrada el día de 29 noviembre 2013.
En uso de la palabra el Reg. Placido López Diaz, dice: Someto a observación y revisión Pág.
N.9 4, en el acuerdo N.* 08 donde dice “que intervenga ante el Comercial Rojas y la Señora
Rocío Rojas” siendo lo correcto “que intervenga ante el Centro Comercial Guácimo y la Señora
Rocío Rojas ubicado en Pocora Centro”.
Acogida la revisión, corríjase el error y léase correctamente como lo aclara el Reg.
Placido López Diaz.
ARTICULO 11. ATENCION AL GRUPO CULTURAL CARIBEÑO DE GUACIMO.
En uso de la palabra la Sra. Rebeca-Presidenta de la agrupación, dice: Buenas tardes,
mi nombre es Rebeca y son presidenta de la agrupación Cultural Caribeño de Guácimo,
venimos acá para hacerles una presentación a este honorable Consejo como gobierno local,
nuestra idea es promover la cultura a nivel nacional y a nivel cultural y sobre todo dejar en
alto a nuestro cantón de Guácimo, porque para todos saben que no es desconocimiento de
todos que Guácimo por los medios salen en las noticias amarillistas y no todo es así, aquí en
Guácimo hay gente buena que nos quieren conocer y estamos aquí como otras agrupaciones
culturales y artísticas para resaltarla y para darse a conocer.
Este año hace como tres meses nos tomaron en cuenta como la banda rítmica del CTP
para audición para el festival de la Luz, y la de Siquirres, Jailyn y el Grupo cultural Caribe de
Guácimo nos hemos unido para hacer una fusión y juntos demostrar nuestra cultura, sabor, el
color que hay aquí en Guácimo a nivel nacional y nosotros hemos venido trabajando duro
desde hace tres años y el dia de hoy venimos a pedirles a ustedes que como gobierno local
nos tomen en cuenta para que seamos parte de los ingresos si es que hay en algún momento
de parte de cultura para que nos colaboren o ustedes nos dicen en que, actualmente hemos
sacado la cara para el cantón de Guácimo, allá en la ciudad la gente nos reconoce gracias a
Dios, y a todo lugar donde vamos ahí dicen- ahí viene Guácimo- ustedes vieron los anuncios
en Teletica, también cuando fuimos a la audición ganamos un vestuario rojo, y Guácimo esta
en la boca de todos aquí en Costa Rica nuestro amado país y en nuestro cantón se esta dando
a conocer por todas esas cosas bonitas que están haciendo por diferentes agrupaciones.
Hoy les presento una pequeña parte de la agrupación, somos treinta y cinco
integrantes, ahorita por cuestiones de trabajo no pudieron venir, iniciando desde niños de lo
cuatro años, tenemos mujeres adolescentes de dieciséis a veinte años, mujeres maduras como
mi persona y hay personas que rondan a los sesenta a sesenta y cinco años, o sea es un grupo
pequeño pero de todo, no dejamos a nadie por fuera, de hecho con nosotros también participa
una niña especial, ella tienen síndrome de Down y eso no ha sido limite para que ella pueda
compartir y disfrutar con nosotros.
Mañana si Dios lo permite, vamos para la comunidad de Talamanca a una presentación
allá junto con la banda, y ahí no es la agrupación ni la banda sino el cantón.
Acta N* 831-2018
S. O. N* 43-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 03.
Cada una de ellas es pieza clave de este proyecto que hemos venido trabajando desde
hace tres años con las uñas y con los dientes, porque a como ven estos vestuarios cuestan
platica y sin embargo hacemos lo posible pero aun así hacemos actividades y haciendo lo
posible para llevar lo mejor para todos los lugares donde vayamos, estos vestuarios de hecho
a doña Cynthia les encargamos cuando sale de acá para que nos traiga nuestros atuendos
para cuando allá alguna presentación que nuestro vestuario sea acorde con la actividad,
actualmente nuestros integrantes en la mayoría no son asalariadas, son amas de casa, son
mujeres emprendedoras en diferentes actividades pero no son asalariadas directamente.
El apoyo que estamos exigiendo el dia de hoy si es económico o si es social, cualquier
apoyo nos sirve por lo que nos gustaría que trabajáramos de la mano con ustedes y con la
parte de cultura que es lo que deseamos proyectar, ya que queremos que nuestra cultura se
expanda tanto como las tradiciones y costumbres no se pierdan.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Felicitarlas
por esta linda presentación , y por demostrar las raíces Guacimeñas-Limonense, es una de las
culturas mas hermosas que tiene esta provincia constituidas con sus bailes con sus
vestimentas, como no darle interés cantonal a algo que ya por si solo es de interés cantonal
y de interés cultural, al decirle que no al grupo afro es decirle que no a la afro descendencia y
yo jamás haría eso, porque es mi descendencia, es mi gente y más bien deberíamos de
incentivar y ahora mi compañera Cynthia Hyman con los sacrificios que ha dado al traer
vestimenta y hemos visto el crecimiento de ustedes. Yo a parte de proponer la moción de la
compañera Cynthia Hyman, propongo un gran aplauso por todo el esfuerzo que hacen.
Les voy a decir que para este año ya es difícil apoyarles en algo, debido a que el presupuesto
con recursos ya se nos fue, pero para el próximo año a través de cultura ver cómo podemos
colaborar, ya que ustedes nos representan donde vayan a Guácimo y yo soy uno de los
creyentes de Guácimo, sus tradiciones y sus tradiciones, más bien agradecidos.
Conocida la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal -
Reg. Manrique Mejías Quirós, manifestando, los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobarla, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente
por unanimidad.
CONSIDERANDO
Que en el Cantón existe el Grupo Cultural Caribeño de Guácimo el cual nos representa como
parte de nuestra cultura y busca colaboración de parte de la Municipalidad.
MOCIONO
Para que se declare de Interés Municipal, Cantonal y Cultural.
Solicito se dispense del trámite de Comisión.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Declarar de
interés municipal, cultural, social y cantonal al “Grupo Cultural Caribeño de Guácimo”.
Acuerdo N.% Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ARTICULO III. JURAMENTACION MIEMBRO DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y
RECREACION DE GUACIMO.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós,
dice: En cumplimiento del Acuerdo N.% Quince, del Acta N* 79-2018, de la Sesión
Ordinaria N* 47-2018, celebrada el 23-11-2018, de conformidad al artículo N.0 194 de la
Constitución Política (¿Juráis a Dios y prometéis ala Patria, observar y defender la
Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? -
Sí, juro. - Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demanden.”). Queda
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 04.
debidamente juramentado el Sr. Jeison Vargas Solís cedula de identidad 7 0149 0830 como
miembro del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Que dicha
felicitarlo y que dicha que este usted, ya que eres un luchador por el deporte de este cantón y
muchas gracias a usted por ser miembro del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Guácimo.
ARTICULO IV. ASUNTOS DEL PRESIDENTE MUNICIPAL.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Al Arquitecto
Chacón de la Unidad Vial se había citado el día de hoy para un asunto de la cancha de
Basquetbol pero este hombre hasta andaba enfermo de un stress y el mas que todo viene por
el tema de apelación de Pocora Sur pero no lo vamos a ver, hay que darle gracias a Dios
porque lo del Cesar hay que darle lo que es del Cesar por parte de trabajo y de la gran función
que ha dado este año, aquí no vamos a tocar ningún tema porque ya se solucionó, aquí al
contrario le digo a usted que lo felicito y esperemos que sigas trabajando igual, sabemos que
en su departamento hay muchas obras y muchas cosas normales de las cuales se le pueden ir
a cualquiera porque nadie es perfecto pero vaya a su casa descanse, se lo merece porque
trabajas demasiado y de parte de todo el concejo creo que coinciden conmigo en felicitarlo y
agradecerle por la gran labor que has desarrollado.
ARTICULO V. ASUNTOS DEL ALCALDE.
1. Se dio lectura de oficio AMG-1501-2018 recibido el 29-11-2018 por la secretaria del Concejo
Municipal, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal, remite moción sobre
convenio Municipalidad de Guácimo y el INCOFER, dice.
MOCION CONVENIO MUNICIPALIDAD DE GUACIMO Y EL INCOFER
CONSIDERANDO
La Municipalidad está formulando un plan regulador bajo las siguientes premisas las siguientes
premisas:
La complejidad de la ciudad contemporánea demanda que las respuestas a los desafíos que
ella nos plantea no se enmarquen en una sola línea del urbanismo. Se debe construir un modelo
que considere las mejores soluciones en cada tema en específico.
La urbanización no necesariamente es hacer ciudad. Las prácticas de urbanización del suelo
de los últimos años caracterizadas por el crecimiento de la ciudad difusa, el despilfarro en
términos ambientales y de servicios públicos, la segregación social y residencial, la
cuantización de los barrios y la privatización de lo que debería ser espacio público, atentan
contra la capacidad integradora de la ciudad. Este plan regulador orientará el crecimiento
urbanístico de tal manera que estas prácticas puedan ser controladas por el municipio,
fomentando a su vez la diversificación social, la compacidad urbana, la mixtura de usos, la
cualificación del espacio público, la aplicación de principios de sostenibilidad, la movilidad
urbana sostenible, entre otros principios que contribuyen a mejorar la calidad de vida de los
pobladores y un mejor aprovechamiento de los recursos que ya de por si demanda la ciudad.
El territorio que comprende el municipio cumple un papel en el engranaje de la Provincia de
Limón (Región Caribe) y del país que debe ser considerado con el fin de identificar aquellos
esfuerzos que no solo vendrán a solventar un problema local, sino que también contribuirán a
la solución de problemas de interés regional y nacional.
El territorio tiene limitantes y potencialidades desde el punto de vista social, económico y
ambiental que deberán ser reconocidas, aprovechadas (potencialidades) y mitigadas
(limitantes) en este proceso.
Municipalidad de Guácimo
Acta N* 3831-2018
S. O. N* 483-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 05.
Deberá considerar las particularidades del modelo de ocupación del suelo actual, para definir
un modelo que se ajuste a la realidad territorial de nuestro municipio.
El municipio desarrollará políticas, planes y proyectos tendientes a incentivar el desarrollo
económico y favorecer la competitividad.
En todo caso debe prevalecer el interés colectivo sobre el particular, hasta donde el marco
regulatorio lo permita.
El Suelo es escaso. El mejor aprovechamiento del mismo es de interés colectivo, por ende, la
propuesta de plan regulador producto de este proceso debe establecer las previsiones y
mecanismos para garantizar las condiciones mínimas que permitan alcanzar el modelo de
ocupación propuesto.
Concebirá el espacio público como eje central de la ciudad, liberándolo de su función imperante
al servicio del vehículo automotor, para convertirlo en espacio de la identidad, de la
convivencia, del ocio, del ejercicio, del intercambio, de la mixtura de usos y la multimodalidad
del transporte.
Todos tenemos derechos y deberes en la ciudad, por ende, es justo que exista un reparto
equitativo de cargas y beneficios entre el interés colectivo y el particular.
El mercado inmobiliario influye en la configuración urbana del municipio y a su vez las políticas
públicas afectan el mismo. Como parte del proceso de formulación de este instrumento se
debe profundizar en el análisis del mercado inmobiliario, con el afán de atacar la especulación
del suelo, identificar la edificabilidad económica y las cargas urbanísticas que el promotor
urbanístico puede soportar, procurando la menor afectación en el precio final del espacio
construido.
La renta del suelo urbano es el producto de la transformación del trabajo del conjunto de la
sociedad, por lo tanto, está asociada a la función social de la propiedad. El municipio, en
representación de la misma, debe recuperar parte de ella mediante los mecanismos que le
permite el marco legal vigente.
Mejorar la vialidad, accesibilidad y conectividad será uno de los principales retos a tratar por
las propuestas que emanen de este proceso. Se pretende contar con las herramientas
necesarias que garanticen mejores condiciones en este tópico en un futuro próximo.
El municipio dará prioridad a los medios de movilidad no motorizada sobre los motorizados en
aquellas áreas donde sea técnicamente viable. Dentro de las acciones a tomar cabe el
establecimiento de proyectos y normas para dotación de más y mejor infraestructura.
Es necesario promover la mixtura de usos del suelo para favorecer la convivencia en el espacio
público, la seguridad ciudadana y desplazamientos de menor distancia que se pueden realizar
a pie o en bicicleta.
Se ingeniará una estrategia para contar con una mejor y mayor red de espacios públicos para
el disfrute de la población, principalmente en aquellas áreas donde existe un déficit de parques,
juegos infantiles, zonas verdes, sitios para el deporte, la recreación y las manifestaciones
culturales y artísticas, entre otros.
Es prudente mejorar las condiciones paisajísticas del territorio donde se considere la protección
ambiental, el patrimonio histórico arquitectónico y las características propias de las áreas
periurbanas.
Con fundamento en los siguientes artículos
Artículo 169 de la Constitución Política, la administración de los intereses y servicios locales en
cada cantón estará a cargo del Gobierno Municipal. En ese sentido la Municipalidad debe
procurar que las necesidades en los diferentes campos o actividades se logren satisfacer dentro
del margen de la legalidad.
S£unicipalidad de Guácimo 8
“a
Acta N* 81-2018
S. O. N* 48-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 06.
Artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana, número 4240 del 15 de noviembre de 1968, se
reconoce la competencia y autoridad de los Gobiernos Municipales para planificar y controlar
el desarrollo urbano, dentro de los límites de su jurisdicción territorial.
Artículo 5 inciso ñ) de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, autoriza
a este a celebrar todos los contratos administrativos, civiles, industriales o comerciales que
sean convenientes o necesarios para el mejor cumplimiento de sus fines y que el inciso a) del
mismo artículo establece como atribución del Instituto el preparar los planes reguladores para
todos los conglomerados urbanos de la Nación, que a juicio de la Institución lo ameriten y
redactar los reglamentos necesarios para su aplicación, la que se hará efectiva a través de las
Corporaciones Municipales. Actividad que de suyo reviste en ordinaria de conformidad a la vez
con los artículos 17 y 60 de las Ley N* 4240 citada.
Por otro lado, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha establecido que en
materia urbana existe una obligación de coordinación entre los gobiernos locales, las
instituciones descentralizadas y el Poder Ejecutivo, para llevar a cabo las funciones que le han
sido encomendadas, lo que debe ser analizado a partir de la naturaleza misma de la autonomía
municipal. En ese sentido la misma Sala en su Voto N* 6706-93 de las quince horas veintiún
minutos del veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y tres, manifestó “la Dirección
de Urbanismo del INVU funciona como órgano asesor de las municipalidades a los efectos de
preparar, aplicar y modificar el Plan Regulador municipal o local y sus Reglamentos antes de
su adopción definitiva. - Sin embargo, lo expuesto debe entenderse como el límite formal de
los grandes lineamientos, normas técnicas o directrices generales conforme a las cuales, y
deben los gobiernos locales elaborar sus respectivos planes reguladores y los reglamentos de
desarrollo urbano correspondientes, pues no es posible pretender que el Plan Nacional de
Desarrollo Urbano se elabore y ponga en práctica íntegramente por el Gobierno Central, sin la
intervención directa de las municipalidades en esa materia. - Tal situación atenta no solo
contra lo más elementales principios de la lógica y la conveniencia, habida cuenta de que se
trata de los intereses particulares de cada cantón de la República, sino también contra los
principios constitucionales del régimen municipal, establecido por nuestra Carta Fundamental
en los artículos 168 a 175. - La planificación urbana, sea la elaboración y puesta en marcha
de los planes reguladores, es una función inherente a las municipalidades con exclusión de
todo otro entre público, salvo lo dicho en cuanto a las potestades de dirección general
atribuidas al Ministerio de Planificación y a la Dirección de Urbanismo”.
Que son fines de la Municipalidad concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras,
pactos, convenios o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y que,
mediante convenio con el ente u órgano público competente, la Municipalidad podrá llevar a
cabo, conjunta o individualmente, servicios u obras en su cantón.
Que son fines de INCOFER fortalecer la economía del país, mediante la administración de un
moderno sistema de transporte ferroviario, rehabilitar, estructurar, y modernizar, tanto en lo
que se refiere a vías, instalaciones y equipo rodante como a su administración y prestación de
servicios en general, de los ferrocarriles nacionales, del caribe y pacífico, a fin de integrarlos
en un ferrocarril interoceánico nacional para la prestación de servicios, para lo cual podrá
utilizar cualquier forma autorizada por las leyes para obtener recursos destinados al
cumplimiento de sus fines.
Que ambas entidades gubernamentales comparten competencias en el Cantón de Guácimo y
existe una necesidad impostergable en cuanto al logro de objetivos comunes, mediante la
cooperación y trabajo conjunto para contribuir a darle una mejor calidad de vida a los
habitantes de dicho cantón.
Que los intereses y objetivos de ambas entidades en materia de desarrollo y mejoramiento de
la calidad de vida de la población del Cantón de Guácimo, se complementa solamente mediante
el esfuerzo coordinado de instituciones promotoras de desarrollo,
Que la municipalidad tiene, -de acuerdo con el artículo 4 del Código Municipal vigente,
funciones concurrentes con el Gobierno Central ya que, en salud, educación, asistencia social,
fomento socioeconómico, turismo, etc., son atribuciones conferidas tanto al municipio como al
fiunicipalidad de Guácimo
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 07.
Poder Central. La municipalidad depende del Poder Central para lograr sus fines ya que para
un mejor aprovechamiento de los recursos y promover el desarrollo del cantón, el municipio
debe tomar en consideración al organismo estatal encargado de cada función determinada” ...
Por tanto
La Municipalidad de Guácimo acuerda; firmar un convenio de Cooperación entre la
Municipalidad de Guácimo y el INCOFER con fundamento en el:
El convenio tendría como fines sustantivos dar las facilidades de permiso de uso para realizar
las obras municipales y permisos de construcción con las medidas exactas de las áreas que
desean intervenir con las medidas y ubicación exactas. El propósito es definir una serie de
normas y procedimientos en relación a avales técnicos de parte del INCOFER con la idea que
exista un proceso regulatorio convenido entre la Municipalidad y el instituto y que sea un marco
referencia para el proceso de actualización del plan regulador que recién se está comenzando.
Con el propósito de entrar en un proceso de colaboración entre ambas instituciones se autoriza
al Sr Gerardo Fuentes González para determinar los alcances y límites del convenio y que sea
un marco referencia dentro de los lineamientos que deben establecerse con el proceso de
actualización del plan regulador, sobre todo con las afectaciones que va a tener la red vial
cantonal con la ampliación de la Ruta 32, que indudablemente afectará el paso de vehículos
en donde tendrá que ampliarse vías complementarias en su proceso de construcción. Además,
se establezcan normas y procedimientos que regulen el uso del territorio dentro de los límites
establecidos para las líneas férreas bajo la dirección y Tutela del INCOFER.
Conocida la solicitud es sometida a votación, por la palabra el Presidente
Municipal-Reg. Manrique Mejías Quirós manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la moción sírvase levantar la mano,
aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Firmar un convenio de
Cooperación entre la Municipalidad de Guácimo y el INCOFER con fundamento en el:
El convenio tendría como fines sustantivos dar las facilidades de permiso de uso para realizar
las obras municipales y permisos de construcción con las medidas exactas de las áreas que
desean intervenir con las medidas y ubicación exactas. El propósito es definir una serie de
normas y procedimientos en relación a avales técnicos de parte del INCOFER con la idea que
exista un proceso regulatorio convenido entre la Municipalidad y el instituto y que sea un marco
referencia para el proceso de actualización del plan regulador que recién se está comenzando.
Con el propósito de entrar en un proceso de colaboración entre ambas instituciones se autoriza
al Sr Gerardo Fuentes González para determinar los alcances y límites del convenio y que sea
un marco referencia dentro de los lineamientos que deben establecerse con el proceso de
actualización del plan regulador, sobre todo con las afectaciones que va a tener la red vial
cantonal con la ampliación de la Ruta 32, que indudablemente afectará el paso de vehículos
en donde tendrá que ampliarse vías complementarias en su proceso de construcción. Además,
se establezcan normas y procedimientos que regulen el uso del territorio dentro de los límites
establecidos para las líneas férreas bajo la dirección y Tutela del INCOFER.
Acuerdo N.% Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2.Se dio lectura de oficio AMG-1512-2018 recibido el 30-11-2018 por la secretaria del Concejo
Municipal firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal, quien remite oficio
DCM 90-2018, por tanto, se solicita muy respetuosamente su colaboración en el envió de un
acuerdo al Comité de Deportes, en donde se les consulte si ya están realizando Estado
Financieros de acuerdo con las NICSP y si los van a entregar en enero del 2019.
Conocida la información se acuerda:
Con el propósito de cumplir con la NICSP Estados Financieros
consolidados y separados, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 483-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 08.
Comité Cantonal de Deportes y Recreación, que, a la mayor brevedad posible, procedan a
implementar las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público, consultando
así mismo si las van a entregar en enero 2019. Debiendo rendir informe al Concejo Municipal
del cumplimiento de la citada disposición.
Acuerdo N.? Tres Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme.
3. Se dio lectura al oficio amg-1516-2018 recibido el 30-11-2018 por la secretaria del Concejo
Municipal, firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal, quien remite oficio
DPMG-172-2018, firmado por la Proveedora Municipal, solicitando muy respetuosamente su
colaboración con la toma de acuerdo de adjudicación, para ello se remite el expediente de la
Licitación Abreviada 2018LA-000010-01, tramitada para Compra de Equipo de Producción,
Compactadora/Embaladora Vertical), con el fin de que se tome acuerdo de adjudicación a favor
de la empresa Suplidora de Equipos S.A, cedula Jurídica 3-101-019795, por un monto total de
$ 27.545.00, con un tiempo de entrega de 90 días naturales. A cancelar una vez recibido a
satisfacción los bienes objeto de esta contratación, con la correcta verificación del encargado
de la unidad solicitante.
Conocida la solicitud de adjudicación, es sometida a votación, por el Presidente
Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobarlo sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
De conformidad al oficio DPMG-172-2018 de la Proveedora Municipal —
Sra. Zilenia Venegas V. Este Concejo Municipal acuerda: Adjudicar la Licitación Abreviada
2018LA-000010-01, a favor de la empresa Suplidora de Equipos S.A., Cédula Jurídica 3-101-
019795, la cual corresponde a la contratación para “Compra de Equipo de producción,
Compactadora/Embaladora Vertical” por un monto de $ 27.545.00, (Veintisiete mil quinientos
cuarenta y cinco dólares). Con un tiempo de entrega de 90 días naturales. A cancelar una vez
recibido a satisfacción los bienes objeto de esta contratación, con la correcta verificación del
encargado de la unidad solicitante.
Acuerdo N.? Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
4. Se dio lectura al oficio AMG-1517-2018 recibido el 30-11-2018 por la secretaria del Concejo
Municipal, firmado por Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal, quien remite el oficio
DPMG-171-2018 por la proveedora municipal quien remite expediente con el fin de recomendar
la resolución del recurso de revocatoria presentado por la empresa DINAJU S.A., en contra de
adjudicación de la Licitación 2018LA-000008-01. vu
Concejo Municipal de Guácimo, una vez conocido el recurso de apelación interpuesto por
parte de DINAJU S.A., en contra del acto de adjudicación dictado por este Concejo en el
proceso de contratación administrativa con número de expediente 2018LA-000008-01; y en
atención a de la resolución de las nueve horas del veintinueve de noviembre de dos mil
dieciocho, emitida por el Departamento de Proveeduría, se procede acordar lo siguiente:
RESULTANDO
Es Que la firma DINAJU S.A., presentó recurso de apelación en contra del acto de
adjudicación de la licitación referida, alegando, en resumen: 1) Que el cartel de licitación fue
específico y preciso en cuanto a los extremos requeridos para el correcto desarrollo del
proyecto y hace referencia a los criterios técnicos emitidos por la Municipalidad, misma que
subsana criterios técnicos que constaron en el cartel para aclarar que no eran de acatamiento
obligatorio. 2) Que según consta en las ofertas, la empresa adjudicataria no presentó datos
correspondientes a la barredora así como tampoco el diseño del tratamiento superficial,
mismos que resultan indispensables y obligatorios según el cartel, situación que a su criterio
denota un fraccionamiento en cuanto al pliego de condiciones debido a que las mismas no se
están cumpliendo en la forma debida y que esto representa un peligro contra el interés público,
un vicio de oportunidad e inconveniencia para la administración y que este hecho limita el
principio de igualdad de condiciones entre los oferentes, ya que al no cumplir con lo solicitado
por el cartel, puede mejorar su oferta en cuanto a costos. También hace mención al principio
de formalismo de los procedimientos licitatorios que indica que las formalidades actúan como
Acta N* 381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 09.
mecanismos de control y al art. 54 del RLCA que indica la invariabilidad de las condiciones del
cartel. 3) Que su representada tiene un plazo inferior en días de entrega en comparación con
Consultora y Constructora Jiménez S.A., así como un plazo mayor en la vigencia de la oferta.
Y que la empresa antes mencionada no aportó los datos del distribuidor de agregado ni el
desglose de precios por actividad ni el diseño del tratamiento superficial. 4) Alega, además,
que según el artículo 42 de la LCA, la administración deberá motivar en el expediente la
incorporación al sistema de evaluación otros factores de calificación adicionales al precio, tales
como plazo y calidad entre otros. 5) Por último, indica que su representada cumplió con lo
solicitado en el cartel y que es la Única dentro de este proceso de licitación que cumple con la
responsabilidad ambiental. Por lo que pide se declare con lugar el recurso y se proceda como
en ley corresponda.
11. Que de forma física se recibe el recurso el día 23 de noviembre al ser las 15:05 en la
oficina de la Proveeduría Institucional.
CONSIDERANDO
1-, Que el Concejo Municipal de Guácimo, emite esta resolución al amparo de lo dispuesto
en los artículos 84 de la LCA y 80, 184, 183, 187 Y 194 del RLCA, siendo que por el monto el
acto de adjudicación recurrido fue emitido por este Órgano Colegiado y por ende es a este
Concejo a quién le asiste la competencia para emitir la decisión final.
II-. SOBRE LOS HECHOS PROBADOS. Para la resolución de este caso, se han tenido
por demostrados los siguientes hechos de importancia: 1) Que en el diario oficial La Gaceta
N*213 del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho fue publicado el resultado de la
Adjudicación de Licitación Abreviada 2018LA-000008-01, (Ver folio 691 del expediente
administrativo). Acto recaído a favor de Constructora Presbere S.A., por un monto de
+86.611.636.25. 2) Que en tiempo fue recibido el recurso de Revocatoria presentado por la
empresa DINAJU S.A.
III-. SOBRE LA PRESENTACIÓN Y EL FONDO DEL RECURSO. El recurrente presenta un
escrito sencillo, con la simple petitoria de que se declare con lugar el recurso y se proceda
como en ley corresponda, que además no sustenta su legitimación, fundamentación,
formalismos y otros principios a observar en este tipo de trámites según lo establecido en los
artículos 184 y 185 del RLCA y coincidentes de la LCA. También realiza comparaciones entre
plazos de vigencia de la oferta con tiempos de entrega de o ejecución de un proyecto, acción
a la que no se le encuentra ningún sentido o no se considera que guarda ninguna relación.
Menciona que según el criterio de calificación de este procedimiento el plazo también cuenta
y luego alega que en apariencia solo se motiva en el precio, por lo que su información es
confusa y contradictoria. También, en el mismo escrito y en el mismo orden de ideas, dice
interponer un recurso de revocatoria y posteriormente lo nombra recurso de apelación. En ese
sentido al presentarse un recurso de revocatoria/ apelación ha de tomarse en cuenta que se
trata de una gestión que debe desvirtuar la estabilidad de un acto administrativo dictado por
la Administración después de un extenso estudio de las ofertas; dicho en otros términos, para
“romper” esa presunción de ajuste al ordenamiento jurídico que tienen ese tipo de actos, los
sujetos inconformes deben presentar una gestión clara, sustentada y razonada de tal forma
que evidencie la incorrecta actuación de la entidad licitante. La no exigencia de formalismos
excesivos en un recurso —especies fiscales, autenticaciones de firmas por parte de abogado,
etc.- no implica la falta de fundamentación, entendida ésta como un desarrollo profundo y
adecuado, en cual se brinden las razones por las cuales se considera que el acto de
adjudicación está viciado. El recurso de apelación no constituye una oportunidad para que, con
una simple petición sin mayor sustento, sea la Administración la que tenga que demostrar que
sus actuaciones se han apegado al cartel, leyes, reglamentos y principios aplicables, situación
que ha sido reconocida por el ordenamiento jurídico vigente, al señalar con toda claridad el
artículo 88 de la Ley de Contratación Administrativa: "Artículo 88. Fundamentación del
recurso. El recurso de apelación deberá indicar, con precisión, la infracción sustancial
del ordenamiento jurídico que se alega, como fundamento de la impugnación.
Cuando se discrepe de las valoraciones técnicas o apreciaciones científicas que
sirven de motivo a la Administración para adoptar su decisión, el apelante deberá
rebatir de forma razonada esos antecedentes, de ser posible mediante la
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S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 10.
presentación de dictámenes y estudios, emitidos por profesionales calificados para
opinar sobre la pericia de que se trate.”
Se inicia a debatir en este punto del recurso debido a que los anteriores son
informativos. Punto cuarto). En cuando a la no presentación de los datos de la maquinaria
por parte de la Adjudicataria y de Consultora y Constructora Jiménez S.A., si bien era
información que se solicitaba con la presentación de la oferta, la administración está facultada
para solicitar la presentación de aspectos subsanables o insustanciales fundamentado en el
artículo 80 del RLCA, el cual también en el párrafo dos hace un recuento de los aspectos que
no podrían ser subsanados por los oferentes y dice lo siguiente: Art. 80. RLCA. Aspectos
subsanables. Se considerará que un error u omisión es subsanable o insustancial, cuando su
corrección no implique una variación en los elementos esenciales de la oferta, tales como las
características fundamentales de las obras, bienes o servicios ofrecidos, el precio, los plazos
de entrega o las garantías de los productos, o bien, coloque al oferente en posibilidad de
obtener una ventaja indebida. En este caso en particular no se denota la ventaja que pudiesen
tener los oferentes al aportar con la oferta o de forma posterior las fotocopias de los equipos
que poseen y de los cuales disponen para realizar la obra, situación que no demuestra el
recurrente ni aporta prueba de ello, o si fuera el caso, cómo se estaría irrespetando el
ordenamiento jurídico con la subsanación de estos datos., acerca del diseño de tratamiento:
se aclaró oportunamente en respuesta a una solicitud de aclaración de uno de los interesados
la cual consta en el folio 073 del expediente, y notificado a todos vía correo electrónico el
martes 09 de octubre (ver folio 078 del expediente), que se debía obviar el punto ++9 del cartel
referente al diseño de mezcla, ya que por error se consignó y que al ser TS-3 no requería de
diseño de mezcla, lo cual fue notificado al recurrente mediante correo:
alejandra.cotoOdinaju.com que fue el correo por medio del cual solicitaron el cartel y por lo
tanto, el medio conocido por la administración y más reciente, para comunicarse con dicha
empresa. Punto Quinto). En este aspecto del recurso no se entiende la comparación que hace
la recurrente al comparar el plazo de entrega de la obra de su oferta y la de Constructora
Jiménez S.A. y el plazo de la vigencia de ambas ofertas. Siendo que en el cartel se estableció
una vigencia mínima de 60 días y ambos cumplen y en el folio 682 del expediente consta que
se realizó la comparación de las ofertas con los dos aspectos a calificar previamente
establecidos (PRECIO Y PLAZO DE ENTREGA). Punto sexto). En cuanto a la no presentación
del desglose de precios por actividad se indica que: la estructura de precios o costos por
actividad tiene en principio dos funciones primordiales: (i) el análisis de la razonabilidad del
precio ofertado; y (ii) la aplicación de los mecanismos de revisión o reajustes de precios según
sea el caso. “El desglose de la estructura del precio, así como el presupuesto detallado y
completo con todos los elementos que lo componen, y que exige el artículo 26 del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa, se debe entender como una obligación que cumplir, y
se debe ver como un aspecto que tiene importancia para efectos de reajuste en ejecución
contractual, pero también como una muestra de transparencia y de seguridad para la
Administración licitante de saber a ciencia cierta cuales son las condiciones exactas de las
propuestas económicas que se le presentan, y así poder escoger en un plano de igualdad,
entre la mejor alternativa a nivel de ofertas. El segundo párrafo del artículo 26 referido,
contempla la facultad de la Administración de pedir información adicional relacionada con el
cálculo de precios incorporados en la oferta, pero, se entiende que ello no implica que se pueda
aceptar, subsanar o corregir en aquellos supuestos donde se genere una ventaja indebida,
entendida como manipulación de la estructura de precio, salvo que se trate de aspectos que
en forma clara y contundente se hayan explicitado desde la presentación de la oferta, en cuyo
caso se podría valorar por parte de la Administración la posibilidad de la subsanación.” (R-
DCA-216-2010 de las diez horas del veintiuno de diciembre del dos mil diez). De conformidad
con lo explicado anteriormente, se tiene por establecido que el desglose de la estructura del
precio es un aspecto que puede ser subsanado siempre y cuando no se ocasione una ventaja
indebida a quien realiza la subsanación. En este caso en particular, el apelante solo se limita
a indicar que la oferta no aportó la información, pero no aporta prueba, misma que debe
resultar también idónea para demostrar que algún oferente obtuvo una ventaja indebida con
la subsanación. Punto sétimo). En cuanto a lo alegado en este punto, la administración, es
del criterio que si la recurrente consideraba que el cartel resultaba omiso en cuanto a
establecimiento de criterios de calificación debió objetarlo en el momento procesal oportuno,
habiéndose operado la preclusión procesal por lo que el cartel en esas condiciones se consolidó.
Acta N* 381-2018
S. O. N* 43-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 11.
Además, no lleva razón el recurrente, porque el cartel estableció dos factores de evaluación:
precio y plazo, mismo al que fueron sometidas todas las ofertas, según consta en el folio 682
del expediente. Punto octavo). No se encuentra relación con un recurso, el hecho de que una
empresa cumple con la responsabilidad ambiental y alegue que es la única que la tiene, siendo
que no se solicitan criterios ambientales en el procedimiento.
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 84, 91 y 92 de la Ley de
Contratación Administrativa, 80, 181, 182, 183, 184, 185, 193, 194 y 195 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa, el Concejo Municipal de Guácimo, acogiendo la
recomendación realizada por el Departamento de Proveeduría, mediante resolución de las
nueve horas del veintinueve de noviembre de dos mil dieciocho ACUERDA RESOLVER
DECLARAR SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por DINAJU S.A. en contra del
acto de adjudicación de la LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000008-001 promovida por
esta Municipalidad, para la contratación de los servicios para el mejoramiento con Base
granular y TS-3 en los caminos C7-06-076 y C7-06-096 ubicados en Pocora, acto recaído a
favor de la empresa CONSTRUCTORA PRESBERE SOCIEDAD ANÓNIMA. Conforme lo
dispuesto por el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa la presente resolución da
por agotada la vía administrativa. Se dispensa del trámite de Comisión. (NOTIFÍQUESE Y
AGREGUESE AL EXPEDIENTE LA PRESENTE RESOLUCIÓN).
Acuerdo N.* Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ARTICULO VI. CORRESPONDENCIA.
1.Se dio lectura a oficio PSCMG N.% 405-2018, con fecha de recibido 30-11-2018 en la
secretaria del Concejo, firmado por la Coordinadora del Depto. de Servicios Ciudadanos -
Licda. Yahaira Chambers Moya, en el cual remite las siguientes solicitudes de tramites de
patentes y permisos de actividades para su respectivo análisis.
Nombre Cedula Dirección Tramite Actividad Numero
Comercial de
Folios
VALVERDE ZAMORA 701190775 GUACIMO | SOLICITUD DE | RESTAURANTE 01-52
YORLENY LICENCIA
LICOR
RODRIGUEZ SOLERA 702780204 DUACARI | SOLICITUD DE | MINISUPER 01-19
MELISA PATENTE
ALPIZAR GARCIA 1-13140731 GUACIMO | SOLICITUD DE TIENDA Y 01-14
CAROLINA PATENTE BAZAR
MORERAY 3-101-441406 | GUACIMO | SOLICITUD DE | ALQUILER DE 01-15
CHAVARRIA PATENTE LOCALES
COTO MORA JUAN 701670761 POCORA | SOLICITUD DE | RESTAURANTE 01-34
CRISTOBAL PATENTE
VIVIANA DELGADO 701690445 GUACIMO | SOLICITUD DE VENTA DE 01-121
ZAMORA PATENTE POLVORA
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 12.
XU QIRUI 115600691407 | GUACIMO | SOLICITUD DE MINISUPER
PATENTE CON VENTA DE
LICOR
AGUILAR BONILLA 701300405 GUACIMO PATENTE VENTA DE 01-16
MARIA TERESA TEMPORA ARBOLES DE
NAVIDAD
MORALES MOYA 07-0143-0587 | GUACIMO PATENTES VENTA DE 01-187
MEYLIN TEMPORAL POLVORA
Conocida la inflación se acuerda:
Habiendo este Órgano Colegiado revisado y verificando la
incorporación de todos los requisitos que corresponde a expediente correspondiente a solicitud
de patente
este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda:
Comunicarle a la Licda.
Yahaira Chambers Moya- Coordinadora Servicios Ciudadanos - Municipalidad de Guácimo, que
este Órgano colegiado otorga el visto bueno para que proceda a extender permiso respectivo
conforme a la siguiente solicitud:
Nombre Cedula Dirección Tramite Actividad Numero
Comercial de
Folios
VALVERDE ZAMORA 701190775 GUACIMO | SOLICITUD DE | RESTAURANTE 01-52
YORLENY LICENCIA
LICOR
RODRIGUEZ SOLERA 702780204 DUACARI | SOLICITUD DE | MINISUPER 01-19
MELISA PATENTE
ALPIZAR GARCIA 1-13140731 GUACIMO | SOLICITUD DE TIENDA Y 01-14
CAROLINA PATENTE BAZAR
MORERAY 3-101-441406 | GUACIMO | SOLICITUD DE | ALQUILER DE 01-15
CHAVARRIA PATENTE LOCALES
COTO MORA JUAN 701670761 POCORA | SOLICITUD DE | RESTAURANTE 01-34
CRISTOBAL PATENTE
VIVIANA DELGADO 701690445 GUACIMO | SOLICITUD DE VENTA DE 01-121
ZAMORA PATENTE POLVORA
XU QIRUI 115600691407 | GUACIMO | SOLICITUD DE MINISUPER 01-24
PATENTE CON VENTA DE
LICOR
AGUILAR BONILLA 701300405 GUACIMO PATENTE VENTA DE 01-16
MARIA TERESA TEMPORA ARBOLES DE
NAVIDAD
MORALES MOYA 07-0143-0587 | GUACIMO PATENTES VENTA DE 01-187
MEYLIN TEMPORAL POLVORA
Acuerdo N.? Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2. Se dio lectura de oficio
recibido el 30-11-2018 por la secretaria del Concejo Municipal,
firmado por la Sra. Marlene Jiménez Perez-Secretaria de CAPROBA, comunicando que por
instrucciones del Consejo Intermunicipal; se les comunica la invitación del Alcalde del
Sflunicipalidad de Guácimo,
AD
OS
Acta N* 831-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 13.
municipio de Bocas del Toro, Panamá, Señor Martín Downer para los días 14,15 y 16 de
diciembre, con el objetivo de establecer las bases de un hermanamiento entre municipios, que
permita el intercambio de experiencias que promuevan la cultura y la actividad económica a
través del sector turístico.
Se les anexa, el artículo 31 de reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios
públicos, el cual establece los requisitos del acuerdo de viaje.
Se les informa además que el 15 de diciembre se estará llevando a cabo la sesión
extraordinaria 10-2018 del Consejo Intermunicipal de CAPROBA, en este mismo lugar.
Conocida la información, se acuerda
De conformidad con la convocatoria por la Sra. Marlene Jiménez Perez-secretaria de la
Federación de Municipalidades CAPROBA, este Concejo Municipal acuerda: Autorizar al Alcalde
Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González y a las Regidoras Municipales la Sra. Cynthia Hyman
Schatruell y a la Sra. Alejandra López Lee para que asistan a la convocatoria del Sr. Martin
Downer -Alcalde del Municipio de Bocas del Toro, Panamá para los días 14,15 y 16 de diciembre
con el objetivo de establecer las bases de un hermanamiento entre municipios, que permita el
intercambio de experiencias que promuevan la cultura y la actividad económica a través del
sector turístico.
Acuerdo N.* Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
3. Se dio lectura de oficio DCM 94-2018 recibido por la secretaria del Concejo, firmado por la
Lic. Rocío C. Vargas Moya-Contadora Municipal, quien comunica que en respuesta al oficio
S.M.G 942-2018, con respecto al plan de inversión de JAPDEVA esta área no realizo dicho plan,
sin embargo, en aras de colaborar y en coordinación con la encargada de Gestión Social se
replantea el Plan de Inversión de los recursos correspondientes al 2017 de la siguiente forma:
TIPO DE EQUIPO COSTO
Computadora Portátil £650.000.00
Proyector ¿262.096.72
Total, transferencia del año 2017 | ¿912.096.72
Conocido el plan de inversión para fondos disponibles en JAPDEVA
correspondientes al 2017, es sometido a votación por el Presidente Municipal - Reg.
Manrique Mejías Quirós manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus partes
el plan de inversión para fondos disponibles en JAPDEVA para el 2017.
(Comuníquese a JAPDEVA, para lo que corresponde a su cargo).
Acuerdo N.* Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
4. Se dio lectura de oficio recibido el 26-11-2018 por la secretaria del Concejo, firmado por el
Sr. Mario Víquez Ramírez, quien solicita la autorización para la apertura de calle publica en mi
terreno ubicado en la Guaira, del Bar la Culebra 400 mtrs este y 200 mtrs sur, con el numero
de plano catastro L-1110085-2006 Y L-436652-1981. Esto con el fin de que he tomado la
decisión de abrir calle publica en mi propiedad ya que cuando llueve se bloquea el paso
totalmente por el rio que se encuentra en la carretera principal, es por esa razón que he
decidido abrir calle publica y donársela a la Municipalidad porque soy afectado cuando las
inclemencias del tiempo se agudizan.
Conocida la solicitud de apertura de calle pública, el Presidente Municipal —
Reg. Manrique Mejías, manifiesta: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén
de acuerdo en aprobar la petición sírvase levantar la mano, aprobado firmemente
por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 14,
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Autorizar la apertura de calle
pública en propiedad del Sr. Mario Víquez Ramírez cedula 9 0044 0631, ubicada en la Guaira,
400 metros este y 200 mtrs sur del Bar La Culebra. Esto por motivo de que cuando llueve se
bloquea el paso totalmente por el rio que se encuentra en la carretera principal. Debiendo
cumplir los requisitos de ley. Asimismo, deberá velar por la tutela del bienestar del Cantón.
Acuerdo N.? Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ARTICULO VII. ATENCION A REPRESENTANTES DE SENARA
En cumplimiento al Acuerdo N.* Nueve, del Acta N* 79-2018, de la Sesión
Ordinaria N* 47-2018, del 23-11-2018, se procede atender a la Ing. Juanita Flores y
el Ing. Luis Alejandro Ramírez, acompañados por la Comunicadora Karla Fajardo.
PS
senara
Levantamiento topográfico con tecnología LÍDAR y batimetría en las cuencas bajas de los ríos
Reventazón-Parismina-Jiménez-Pacuare-Madre de Dios estudios hidrológicos e hidráulicos
para cada una de las cuencas, así como la propuesta y diseño de las obras de infraestructura
para cada una de las afectaciones incluidas en el Plan General de Emergencia ubicado en los
cantones de Siquirres Pococí Guácimo y Matina de la provincia de Limón.
El objetivo principal
Es establecer un plan integral para las cuencas en estudio que permitan potenciar el desarrollo
humano mediante la solución a las afectaciones incluidas en el Plan General de Emergencia
decreto NO 39056-MP pero que además siente las bases para un plan a mediano y largo plazo.
OBJETIVO GENERAL
AUDITORIA
Acta N* 81-2018 INTERNA
S. O. N* 43-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 15.
Objetivos específicos
y Realización de vuelo fotogramétrico digital en combinación con tecnología LÍDAR en la cuenca
baja de los ríos Jiménez Parismina Reventazón Pacuare y Madre de Dios (59 700 ha).
Y Levantamiento batimétrico (163 10 km).
y Generar los estudios hidrológicos e hidráulicos por cuenca e integrado.
Y” Modelar bidimensionalmente el área de influencia del proyecto.
y” Diseñar la solución técnica y financiera más viable por afectación.
y” Generar los planos para cada uno de los diseños inscritos al CFIA.
Topografía con tecnología LIDAR
Tono rn IA
Ubicación Administrativa y Grafica
De acuerdo con la división territorial de la República de Costa Rica (IGN, 2005) área del
proyecto se ubica en:
E Cantón Distrito Ss |
02 Pococí 06 Colorado
01 Siquirres iS
07 Limón Siquimes  02Pacuarito A
05 El Cairo
05 Matina 02 Batán
06 Guácimo 04 Río Jiménez
53
a E
Acta N* 381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 16.
1145009.000
1199000.000
Batimetria rios
Jimenez y
Parismina.
1135000.000
1131002.000
1125009.000
1120000.000
1115000.000
5506c0.030 555000.000
Municipalidad de Guácimo
r
¿DAD D
Batimetria rio
Pacuare
S50009.000 565900.000
Batimetria en el sector de
Jalova, canales, Caño
California y Queb. Seca.
Batimetria canales
y laguna, sector
de la Barra del
Parismina. H
Batimetria río
Madre de Dios [fl
570000000 575000.000 530000.000
36755
57378
43433
E]
 
 
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 438-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 19.
Presupuesto obras Rio Reventazon
mea ES Actividad ; Costo Fa
intervención intervención
1 Canalizaciones (11,331,053,127.00
TAL Colector Corredor de inundación 14900m  (732,221,193.00
EZ Ramal 1 Corredor de inundación 1186 m (124,206,270.00
1.3 Ramal 2 Corredor de inundación 1871 m (159,182,973.00
1.4 Sub-colector 1 Corredor de inundación 1130 m (157,131,309.00
1,5 Sub-colector 2 Corredor de inundación 3925m  (152,685,645.00
1.6 Sub-colector 3 Corredor de inundación 7598m (305,625,737.00
2 Dique margen derecha ” 41,650,223,374.00
2.1 Dique Reventazón 15775m  (636,867,747.00
2.2 Enrocado Reventazón 4700m  (606,801,238.00
2.3 Vertedor Reventazón 1 und (406,554,389.00
3 Dique Carmen-Recta Imperio Corredor de inundación 4992 m (1253,933,463.00
4 Dique Catalina Reventazón 850 m ((43,093,441.00
5 Dique los Lotes Canal Corona 750 m (136,106,915.00
6 Trasvase Carmen-Corona Canal Corona 4800m  (107,045,981.00
Y, dique San Alberto-Recta Imperi* Corredor de inundación 6750m (556,125,304.00
Total presupuesto "(3,977,581,605.00
Presupuesto Madre de Dios (11,076,365,173.00
Presupuesto Pacuare (11,673,196,389.17
Presupuesto Reventazón (13,977,581,605.00
Total presupuesto ((6,727,143,167.17
En uso de la palabra el Reg. Eladio Retana Fallas, dice: El comité al que usted indica quien
representa a los gobiernos locales.
En uso de la palabra Ing. Luis Alejandro Ramírez, dice: La idea de establecer es en términos
técnicos.
En uso de la palabra el Reg. Eladio Retana Fallas, dice: Entiendo estas partes de Matina, pero
se destinó recursos para Guácimo, o de qué manera podríamos hacer para que las obras que
se tengan que hacer aquí se hagan. Como los Angeles.
En uso de la palabra Ing. Luis Alejandro Ramírez, dice: Ahí hay como dos frentes de trabajo
entiéndase CORBANA y SENARA, sin embargo, la idea es financiar el proyecto con fondos de
Corbana. Fondos del Banano.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Claro fondos
que nos corresponden a las Municipalidades. Pero lo que no comprendo es porque si los fondos
son para toda la provincia porque si se debiese distribuirse lo mejor posible para la provincia
y Corbana debería de venir aquí.
En uso de la palabra Ing. Luis Alejandro Ramírez, dice: Aquí nosotros como ente decimos el
rio Parismina hay que limpiarlo por lo que nosotros le presentamos el proyecto a corbana.
Acta N* 8381-2018
S. O. N* 48-2018
Fecha: 30-11-18
Pág. N* 21.
En uso de la palabra el Reg. Eladio Retana Fallas, dice: Pero esto de los fondos.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: No es que
las municipalidades están recibiendo una pequeña parte lo demás se lo están girando todo a
CORBANA y ni siquiera lo están distribuyendo a todas la Municipalidades.
En uso de la palabra Ing. Luis Alejandro Ramírez, dice: Bueno nosotros con respecto queríamos
que ustedes conocieran el proyecto y de ser posible tomar un acuerdo dando apoyo al proyecto
y trabajar en conjunto.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Tomar un
acuerdo en aras de apoyar los proyectos de SENARA, solicitarle a Corbana que se incluyan los
recursos para ese proyecto, sería darles a ustedes el voto de apoyo del Concejo Municipal
solicitándole a CORBANA que se den los recursos y que nos estén informando.
Conocida la información, se acuerda
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Agradecer la información y
brindar voto de apoyo referente al proyecto de SENARA “Levantamiento topográfico con
tecnología LÍDAR y batimetría en las cuencas bajas de los ríos Reventazón-Parismina- Jiménez-
Pacuare-Madre de Dios estudios hidrológicos e hidráulicos para cada una de las cuencas, así
como la propuesta y diseño de las obras de infraestructura para cada una de las afectaciones
incluidas en el Plan General de Emergencia ubicado en los cantones de Siquirres Pococí
Guácimo y Matina de la provincia de Limón”.
Así mismo, Solicitarle de manera muy respetuosa a CORBANA, para que se generen los
recursos para dicho proyecto con relación al Cantón de Guácimo. Debiendo rendir informe a
este Concejo Municipal.
(Notifíquese copia de acuerdo tomado a CORBANA)
Acuerdo N.? Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ARTICULO VIII. MOCIONES
1. En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Convoco
a sesión extraordinaria para el lunes 03 de diciembre 2018, a partir de las 3:00 p.m., para
conocer documentos en carpeta, por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que
estén de acuerdo en aprobar, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Celebrar sesión extraordinaria el
día lunes 03 de diciembre 2018, a partir de las 3.00 p.m., en el salón de sesiones de esta
Municipalidad para conocer documentos en carpeta.
Acuerdo N.% Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
2. En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Hace
varios días resulta que no tenemos delegado ni subdelegado aquí en Guácimo, estamos a la
vela del señor a la vela de lo que desea hacer el ampa, hemos convocado al Ministro de
Seguridad, hemos enviado cartas y no ha habido respuesta, hemos convocado al Director
Regional y no ha venido, no entiendo del tema porque se esta encerrando tanto, ya hubo el
momento donde uno no quiere pelear pero cuando uno baja la guardia, cuando no esta el gato
el ratón hace fiesta.
Yo voy a volver a solicitar a este Concejo Municipal, pero esta vez ser un poquito más enérgicos
y que esta solicitud vaya a casa presidencial y que vaya a los cinco diputados de la provincia
de Limón, como es posible que hace un año era el Cantón más seguro de la provincia de Limón
Y resulta que ayer de nuevo mataron a otro individuo y ya la delincuencia anda haciendo de
las suyas porque ya saben que el gato no esta en la casa y ellos no son tontos; yo estoy
molesto y preocupado porque al ver esas parejitas que había hay y apenas llegan los delegados
se pierden esas parejitas, este tema es de insistencia, yo solicitaría al Ministerio de Seguridad
Acta N* 81-2018
S. O. N* 483-2018
Fecha: 30-11-18
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publica con copia a casa presidencial. Aquí hace un año donde había seguridad porque cuando
Don Wilson y Jeison estaban este cantón caminaba totalmente en tema de seguridad.
Yo voy a hacer la petitoria al Concejo de solicitarle al Ministro de seguridad publica la
incorporación del Sr. Wilson Jiménez Carvajal y del Sr. Jeison Padilla. Porque una cosa es rotar
a los policías y otro es dejarnos sin delegado, porque si lo rotan pues yo digo pusieron otro,
pero se llevan a Don Wilson en tres meses ponen otro y nos dejan sin nada en qué país estamos
y el mes más difícil que ese es el problema.
En uso de la palabra el Reg. Eladio Retana Fallas, dice: Primero se debe plantear en solicitar
explicaciones por la cual no hay delegado y que se integre en la mayor brevedad posible al
Capitán Wilson Jiménez Carvajal de ser posible y sino que se nombre al delegado urgente
tomando en cuenta las situaciones que se están dando como fin de año y la delincuencia que
en el caso de que se está pagando el aguinaldo y que mucha gente esta con las compras, y
que resuelvan a mayor brevedad posible porque si no se resuelve recurrir a un recurso de
amparo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, dice: Solicitando
una explicación urgente al tema de porque nos tienen sin delegado, porque se están llevando
a los policías para Guápiles, segunda consulta que nos den la explicación a este concejo
municipal y hacer las solicitudes expresas con copia digital a casa presidencial que se reintegre
a la mayor brevedad posible al Capitán Wilson Jiménez Carvajal y al subcomandante Geison
Badilla a este cantón y de carácter urgente porque sino este Concejo Municipal va a tomar
otras decisiones legales que sabemos que nos competen y pedirle explicación al Ministro de
Seguridad Publica porque el jefe regional no ha venido acercarse a este Concejo Municipal,
porque hay muchos detalles que no nos parece.
Por lo tanto, los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en
aprobar la moción sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad,
por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle muy respetuosamente al
Ministro de Seguridad Pública - Lic. Michael Mauricio Soto Rojas, lo siguiente:
Primero: Rendir a este Concejo Municipal informe a mayor brevedad de porque en el Cantón
de Guácimo actualmente no se ha nombrado un delegado de la Fuerza Publica y el motivo del
cuál se llevan a los policías del Cantón de Guácimo al Cantón de Pococi.
Segundo: Interponer sus buenos oficios, a fin de que nos colabore en reintegrar a la mayor
brevedad posible al Capitán Policial Sr. Wilson Jiménez Carvajal como Delegado Cantonal de
la Fuerza Pública Guácimo y al Sr. Geison Badilla Corella como Subcomandante de ser posible
o nombrar de carácter urgente a un Delegado para el Cantón de Guácimo, ya que por
situaciones que se presentan de delincuencia, pago de aguinaldos y fin de año, consideramos
que es sumamente urgente la petición y al no ser atendida nuestra petición nos veremos
obligados a tomar otras decisiones legales que nos competen todo a bienestar de los
ciudadanos de nuestro Cantón.
MAYO
%
NS
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Tercero: Solicitar muy respetuosamente una explicación de porque el Jefe Regional de la
Fuerza Pública no se ha acercado a este Concejo Municipal, ya que hay muchos detalles que
nos parece importante que se nos explique, por lo tanto, hacemos llegar nuevamente la
invitación para que se presente en una sesión de esta municipalidad.
(NOTIFIQUESE COPIA A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y COPIA A LOS
DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LIMON)
Acuerdo N.? Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Concluye la sesión el Presidente Municipal - Reg. Manrique Mejías Quirós, siendo diecisiete
horas y treinta minutos. <I>
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nrique Mejías
Presidente secretaria a.
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irós Cintya Solano Quirós