Extraordinaria 6 · 2021-01-28

Acta N° 06-2021 S.E. N° 02-2021 del 28-01-2021.pdf · 54 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

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Acuerdos en esta acta

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Ñ AUDITORIA
INTERNA
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO *
ACTA N? 06 -2021, SESION EXTRAORDINARIA N* 02-2021
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
EL VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO A LAS QUINCE,
HORAS EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
DIRECTORIO
Regidores Propietarios Regidores Suplentes
José Leoncio Orozco Peraza - Preside Nitzy Vega Chaves
Nelson Lobo Rodríguez* Ana María Esquivel Mesen+
Alejandra López Lee * Juan Diego Ortega Ortiz*
Magda Orocú Jiménez * Leance Ramírez Mora+
William Fajardo Fajardo* Jeannette González Li *
Rosibel Marchena Serrano José Andrés Jirón Jirón
Leonardo Carrillo Sánchez Wilberth Carrillo Navarro
Síndicos Propietarios Síndicos Suplentes
Maricela Solano Álvarez* Yundi Alberto Artavia Lovemore*
Luis Guillermo Zamora Brenes* Flor Chavarría Arguedas+
Carlos David Francis Sequeira Jesarela Cocorn Guerrero*
Vera Myrie Graham* Greivin Muñoz Elizondo*
Elpidio Cubillo López Jacqueline Jiménez Salas*
(*) Ausente (+) sustituyó
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González - alcalde*
Cynthia Hyman Schatruell
Jeanneth Crawford Stewart -Secretaria
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la
siguiente orden del día:
I. Atención a MPSIC, Adrián Felipe Sanabria Quirós oficina IMAS Guácimo
II. Correspondencia en carpeta
e. Q.--
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MUNIC SE
DE GUACI
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.2 06-202i
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.* 02.
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, da inicio a la sesión solicitando
a la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford Stewart, proceder a la lectura del-
orden del día.
En uso de la palabra la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Jeanneth Crawford
Stewart, procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente
Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 28-01-2021,
dice:
Oración. :
Atención a MPSIC. Adrián Felipe Sanabria Quirós oficina IMAS Guácimo
Correspondencia en carpeta.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada
uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel Marchena
Serrano.
JUSTIFICACIONES DE AUSENCIA ALA SESION MUNICIPAL.
1- Se dio lectura a oficio AMG-27-2021 con fecha de recibido 28-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por la Sra. Seidy González Abrahams - Sr. Gerardo Fuentes González,
informando que el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, no asistirá a la sesión
del día de hoy por problemas de salud, por lo que en su lugar estará presente la Sra. Vice-
Alcaldesa Cynthia Hyman Schatruell.
Se acepta justificación.)
CONOCIMIENTO.
1- Se dio lectura a oficio con fecha de recibido 28-01-2021 por la Secretaria del Concejo, firmado
por la Reg. Alejandra López Lee - Regidora Propietaria, informando que no asistirá a la sesión
del día de hoy por atender imprevistos personales.
Se acepta justificación.)
CONOCIMIENTO. ¡
ARTICULO I. ATENCION A MPSIC. ADRIÁN FELIPE SANABRIA QUIRÓS OFICINA IMAS
GUACIMO
Habiéndose transcrito Acuerdo N* Nueve, del Acta N* 05 tomado en Sesión
Ordinaria N* 04- 2021, celebrada el 26 de Enero 2021, en el que se invita a participar
de la sesión del día de hoy al al Mpsic. Adrián Felipe Sanabria Quirós - Profesional
Ejecutor Unidad Local Desarrollo Social - Siquirres A.R.D.S. - Huetar Caribe, se recibe
de su parte la siguiente justificación ya que no podrá asistir, dice:
En atención a tan grata solicitud, por asunto propiamente administrativos, no podré
estar presente en dicha actividad. Inicialmente mi jefatura va a estar gestionando reunión con el
señor Alcalde para atender asuntos referentes al local que ocupamos. Como bien la Licda. Vidaurre
Evelyn coordinadora de la Unidad Local de Siquirres- Guácimo, en el mes de Diciembre, 2020 un
mes atrás, se reunieron con ustedes con el fin de atender asuntos propiamente de la metodología
de trabajo de esta oficina, por lo que ya me es por satisfecho que dicha información es de
conocimiento de sus personas, ofrecida recientemente.
De antemano agradezco el espacio otorgado, me despido no sin antes externar mi
mayor disponibilidad, y en lo que necesiten con todo gusto pueden pasar a mi oficina como ya
bien algunos y algunas de las personas que representan este Consejo lo han realizado.
Cordialmente
CONOCIMIENTO.
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MUNICIPALIDAÓ
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 03.
ARTICULO 11. CORRESPONDENCIA.
1- Se dio lectura a Recomendación Resolución de Recurso AMG-073-2021de revocatoria
interpuesto por la empresa ASESORÍA Y CAPACITACIÓN EMPRESARIAL SOCIEDAD
ANONIMA con cedula jurídica 3-101-621560, representada por el sr. William Benavides López
y recurso de revocatoria interpuesto por la empresa ARHTE CONSULTORES ASESORES EN
RECURSOS HUMANOS Y TALENTO EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA, con cédula
jurídica 3-101629783, representada por el sr. Jairo Rivera Quesada, en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Abreviada 2020LA-000011-0022500001, promovida por esta
Municipalidad para “Contratación de Servicios de Gestión y Apoyo y Ludotecaria, suscrito por el
Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, en el que se recomienda DECLARAR SIN
LUGAR el recurso presentado por la empresa ASESORÍA Y CAPACITACIÓN EMPRESARIAL
SOCIEDAD ANONIMA. 2) RECHAZAR DE PLANO POR IMPROCEDENCIA MANIFIESTA el
recurso presentado por ARHTE CONSULTORES ASESORES EN RECURSOS HUMANOS Y TALENTO
EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada
2020LA-0000110022500001, recaído a favor de la Empresa GRUPO ASESORES LEITON Y
GAMBOA SOCIEDAD ANONIMA. 3) De conformidad con el artículo 90 de la Ley de Contratación
Administrativa, este acto agota la vía administrativa
Conocida la recomendación es sometida a votación por el Presidente
Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la recomendación sírvase levantar la
mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda:
El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Guácimo, al ser las
dieciséis horas del día 28 de enero de dos mil veintiuno, en sesión Extraordinaria N* 02-21, Acta
N* 06-21, conoce y aprueba de forma unánime la Recomendación Resolución de Recurso
AMG-073-2021, mismo que fue elaborado en el despacho del Alcalde Municipal — Sr.
Gerardo Fuentes González, que responde a revocatoria interpuesto por la empresa ASESORÍA
Y CAPACITACIÓN EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA con cedula jurídica 3-101-621560,
representada por el sr: William Benavides López y recurso de revocatoria interpuesto por la
empresa ARHTE CONSULTORES ASESORES EN RECURSOS HUMANOS Y TALENTO
EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101629783, representada por el
sr. Jairo Rivera Quesada, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2020LA-
000011-0022500001, promovida por esta Municipalidad para “Contratación de Servicios de
Gestión y Apoyo y Ludotecaria”, en la forma siguiente:
RESULTANDO
1. Que mediante escrito presentado el 22 de enero de dos mil veintiuno, el señor William Benavides
López, portador de la cedula de identidad 2-0427-0044, en calidad de representante legal de la
empresa ya mencionada, interpuso recurso de revocatoria en contra del acto recaído a favor de la
empresa Grupo de Asespres Leitón y Gamboa S.A., (ver escrito en el expediente electrónico).
II. Que mediante escrito presentado el 25 de enero de dos mil veintiuno, el señor Jairo Rivera
Quesada, portador de la cédula de identidad 1-0807-0529, en calidad de Apoderado generalísimo
sin límite de suma de la empresa Arhte Consultores Asesores en Recursos Humanos y Talento
Empresarial S.A., interpuso recurso de revocatoria contra el mismo acto.
III. Que dichos recursos cumplen con las formalidades establecidas en la Ley y Reglamento para
su presentación, que además ingresaron en tiempo, por lo que se procede con revisión y se da
trámite para exponer los aspectos impugnados y la respuesta a la audiencia inicial, así como la
resolución por parte de la Administración.
filuntcipalidad de
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IV. Que, mediante autos de las 15 horas con 19 minutos del 22 de enero y de las 09 horas con
48 minutos del 26 de enero, se le dio audiencia al adjudicatario para que en el plazo de 2 días
hábiles manifieste su posición ante los aspectos impugnados por ambos recurrentes.
Y. Que, debido al monto impugnado, le compete a la Administración la resolución, por parte del
Órgano que dictó la adjudicación.
CONSIDERANDO
Hechos probados: Que de acuerdo con la información del expediente electrónico de la plataforma
del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) y en el Sistema de Consultas de Morosidad
de la Caja Costarricense de Seguro Social que se accede en https://sfa.ccss.sa.cr, se tienen por
demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el día de la solicitud del acuerdo de
adjudicación, realizado por la proveeduría municipal mediante SICOP, el 12 de enero a las 12:40
horas, el sistema por medio de la interface verifica el estado de la empresa recomendada, con la
CCSS y el estado con FODESAF, visible en la pantalla Acto de Adjudicación, parte inferior pestañas
Verificar, según se muestra a continuación.
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Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 06.
Imas morosos | (| Vafidar Documento Digital > Q Buscar.
Búsqueda de Patrono por Identificación
Tipo Identificación | CEDULA JURIDICA.
Número Identificación | 3101358261
PATRONO / 11 AVAL DIA:
NOMBRE GRUPO ASESORES LEITON Y GAMBOA SOCIEDAD ANONIMA:
LUGAR DE PAGO OF1. CENTRALES
SITUACIÓN
Consulta realizada aa fecha: 22/01/2021
TA
de Certif
EE Correo: Proveedutí....  ÉBp: SOPOF
Una página insertada en aplicaciones.fodesaf.go.cr dice
cédula)...'no registra deuda con la:DESAF, lo anterior en razón de que se
encuentra al día con la CCSS o no está inscrito como patrono ante
La cédula 03101355261 a nombre de ...(sólo se consigna número de
dicha institución. Consutta realizada el 22/01/2021 a las 15:04
j Social
naciones Familiares
Departamento Gestión de Cobro
San José centro, calle 3 avenidas 9 y 11..400 mts norte del Automercado, contiguo a Equipos Nieto.
2347-3600. Fax::2222-2376
CONSULTA SOBRE DEUDAS PENDIENTES
SOBRE EL FONDO. Para continuar con el estudio de lo objetado, según la norma que rige la
materia, se tiene por entendido, que cualquier actividad de contratación en la cual se utilicen
parcial o totalmente recursos públicos, se someterá a normas y principios de dicha Ley y su
Reglamento, que, de acuerdo con el Principio de eficiencia, todo procedimiento debe tender a la
selección de la oferta más conveniente para el interés público e institucional, a. partir de un correcto
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uso de los recursos públicos. 1) Recurso de Asesoría y Capacitación Empresarial S.A.; El
recurrente en su escrito fundamenta su apelación en demostrar que la oferta del adjudicatario no
cumple con los requisitos legales y que su oferta es la única que se ajusta a cabalidad con todos
los aspectos requeridos en el concurso, que se aplicó de forma indebida el artículo 74 de la Ley
Constitutiva de la CCSS, en vista de que la Municipalidad adjudicó a una empresa que se encuentra
morosa con las obligaciones de seguridad social y cita el artículo. Continúa indicando que la norma
transcrita, impone a toda persona física o jurídica mantener al día sus obligaciones, requisito que
es además exigible en materia de contratación administrativa de conformidad con el artículo 65
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Adjunta imagen de consulta e indica que
es del 19 de enero (aunque no es visible la fecha de la consulta en la pantalla), también adjunta
pantalla de consulta en FODESAF, donde si se identifica la fecha y hora de la consulta (20 de enero
a las 15:12 horas). También trae a contexto el artículo 16. Aptitud para contratar, en el cual, entre
otras aseveraciones establece, que las empresas para contratar con la Administración Pública
deberán demostrar su idoneidad legal, técnica y financiera, según el objeto a contratar. Que la
Administración con la adjudicación contraviene a los principios básicos de la Contratación
- Administrativa y que debió detectarlo al hacer el ejercicio de revisión antes de adjudicar. Continúa
indicando que en conclusión, la oferta de GRUPO ASESORES LEITON Y GAMBOA SOCIEDAD
ANONIMA no debió ser adjudicada ya que en el momento de la adjudicación, presentó atrasos con
el pago de las obligaciones sociales, de acuerdo a la información visible en el sitio web de la
C.C.S.S. Sistema de Consulta Morosidad Patronal Digital y su pretensión es que se excluya del
concurso dicha oferta, que el acto de adjudicación impugnado es absolutamente nulo por cuanto
se ha dictado en violación del ordenamiento jurídico y solicita que se re adjudique a su
representada el ítem completo que constituye el objeto de la contratación. 2) En respuesta a la
audiencia inicial, el adjudicatario manifiesta que, en el escrito del recurso, el apelante presenta
como prueba “un pantallazo” de la página de morosidad del CCSS con fecha de edición el 19 de
enero de 2021 o sea, un día después del acto de adjudicación emitido el 18. Esta empresa “la
recurrente” no aporta ninguna prueba de que el 18 de enero la empresa Alega estuviese morosa
con la CCSS y Fodesaf.; Manifiesta que al momento de la presentación de la oferta su empresa
estaba al día con sus obligaciones patronales, lo que se puede corroborar en el SICOP. Indica que
el día que se comunicó el acto de adjudicación, su representada estaba al día con sus obligaciones
y que se pone al día el 21 de enero, o sea que fueron dos días (19 y 20) que estuvo morosa. Indica
que los argumentos de la recurrente son desvirtuados por la R-DCA-298-2016 (lo correcto es R-
DCA-298-2018) de la Contraloría General de la República al normar que el hecho de que una
empresa esté morosa ante la CCSS después del acto de adjudicación y si se pone al día antes de
que una empresa presente un recurso de revocatoria o de apelación, esta situación no genera un
vicio capaz de excluir la oferta del adjudicatario del concurso. Criterio de la Administración: El
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), establece:
“Los patronos y las personas que realicen total o parcialmente actividades independientes o no
asalariadas, deberán estar al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de
Seguro Social (CCSS), así como con otras contribuciones sociales que recaude esta Institución
conforme a la ley. Para realizar los siguientes trámites administrativos, será requisito estar inscrito
como patrono, trabajador independiente o en ambas modalidades, según corresponda, y al día en
el pago de las obligaciones, de conformidad con los artículos 31 y 51 de esta Ley. (...) 3.- Participar
en cualquier proceso de contratación con la Administración Pública, central o descentralizada, con
empresas públicas o con entes públicos no estatales, fideicomisos o entidades privadas que
administren o dispongan, por cualquier título, de fondos públicos.” De esta norma transcrita, se
impone a toda persona física o jurídica mantener al día sus obligaciones con la CCSS y otras
dependencias, requisito exigible además en materia de contratación administrativa de conformidad
con el artículo 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para continuar con la
resolución, se tiene pop demostrado que al momento de la presentación de la oferta y de la
adjudicación, el adjudicatario se encontraba al día con las obligaciones con la Caja Costarricense
de Seguro Social, así mismo, dicha empresa se encontraba al día al momento del ingreso del
recurso de revocatoria, según se pudo comprobar en el sistema en línea, por lo que el
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periodo en el que el adjudicatario perdió su condición de estar al día fue posterior a la adjudicación
y antes de la fecha de interposición del recurso, por lo que, tomando como fundamento la
resolución del Órgano Contralor “R-DCA-298-2018” se determina que no existe un vicio capaz de
excluir la oferta del adjudicatario. Siendo este el único punto cuestionado se rechaza el recurso.
3) Recurso presentado por
ARHTE CONSULTORES ASESORES EN RECURSOS HUMANOS Y TALEN! ro
EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA. En su escrito el recurrente man esta que: la empresa
adjudicada no demostró cumplir de manera apropiada con los requisitos de admisibilidad
establecidos en el cartel de licitación, a saber, la certificación de encontrarse al día en su póliza de
riesgos de trabajo, en el tanto, según la normativa vigente, lo indicado en el cartel es un mínimo
legal requerido y en caso de no ser cumplido, la oferta no debe ser admitida, evaluada, subsanada
ni mucho menos lograr ser adjudicada. Que la oferta adjudicada presenta vicios de legalidad y de
nulidad, que claramente han inducido a error a la administración al momento de hacer sus
valoraciones y al dictar su resolución de adjudicación, vicios que se expondrán más adelante. Lo
anterior se señala ya que por una simple manifestación de ALEGA, la Administración procede a
indicar que la Oferta de mi Representada no cumple con los requisitos por cuanto “Según la
jurisprudencia que fundamenta la observación realizada por uno de los oferentes, efectivamente
esta oferta presenta un precio que es insuficiente para cubrir el pago de salarios y cargas sociales,
específicamente lo que corresponde a la Póliza del INS y siendo que no se puede trasladar de otros
rubros para cubrir la insuficiencia, la oferta se declara inelegible.” En este sentido es fundamental
señalar que: a. El porcentaje del valor de la póliza de riesgos de trabajo que ALEGA manifestó
genera una insuficiencia en el precio ofertado por mi representada, es un porcentaje variable, que
depende entre otras cosas de la siniestralidad histórica de la empresa, 'de la antigúiedad de la
póliza, de revisiones y/o peritajes que periódicamente se solicitan ante al ente asegurador,
justamente para obtener mejores condiciones en los precios de la pólizas y de otros elementos
que la empresa aseguradora valora cada vez que este tipo de pólizas son adquiridas o renovadas,
de ahí que no se puede “ad portas” y sin una adecuada verificación del caso en particular, concluir
que resulte insuficiente para cubrir los costos de operación de nuestra oferta de servicios. Lo único
que es cierto y no puede ser un elemento para descalificar nuestra oferta, es que el valor
porcentual de la póliza pagado en nuestro último recibo es diferente en un 0.1% al estimado que
tendremos para este contrato que estamos licitando. b. Tal y como se demuestra con los anexos
a este recurso, el porcentaje que se ha cobrado a nuestra empresa, ha fluctuado históricamente
entre el 0.86% y el 0.40%, pasando por otros niveles diferentes, pero lo más importante, viniendo
a la baja tal y como se puede comprobar, de ahí que nuestra estimación de este costo fue la
indicada y no un promedio de lo histórico ni tampoco un monto igual al último pagado. Manifiesta
que cuando tiene diferencias entre el monto pagado por una póliza y el que debió pagarse, en la
siguiente renovación se paga con cargo a “liquidaciones” y que esto lo cubre con sus reservas de
gastos administrativos, los cuales deben tener la suficiencia para dicha eventualidad. Indica que
su oferta económica no tiene ninguna insuficiencia para atender la operación del servicio ofertado,
que consientes de las variaciones que les afectan, es que definen el monto correspondiente al
gasto administrativo, el cual está destinado a cubrir cualquier variación en los costos de operación
de los contratos, que por diversas razones no pueden ser estimados con precisión inicialmente.
Este es el caso de los ajustes semestrales que por concepto de “liquidaciones” debemos cubrir al
momento de hacer la renovación de nuestras pólizas de riesgos del trabajo. Todo lo indicado, pudo
hacer sido explicado con amplitud de haber recibido por parte de la administración una solicitud
de explicación relativa al monto de nuestra oferta, lo cual extrañamente y por razones que
desconocemos, la administración emitiendo un juicio previo y carente de todo análisis omitió
hacernos. El documento sobre el cual tanto la empresa ALEGA como la administración se basan
para hacer sus argumentaciones y conclusiones, no solo muestra un porcentaje a pagar por la
póliza de riesgos que es variable, sino que también y lo más importante, FUE UN DOCUMENTO NO
SOLICITADO por parte de la Municipalidad. La administración solicitó a la empresa adjudicada
ALEGA, una subsanación sobre un requisito de admisibilidad, que, en los términos más básicos del
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¿Municipalidad de Guáci
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Pág. N.9 09.
cartel, debía cumplirse para poder participar del proceso, pero además y sin duda un elemento de
gran singularidad para'los efectos es que el documento aportado por la empresa ALEGA para
demostrar que si estaba cumpliendo con el requisito de admisibilidad aludido (estar el día en su
póliza de riesgos del trabajo), se hizo: i. Con un documento emitido por un agente de seguros
independiente y no por la empresa aseguradora. ¡i. En un documento cuyo consecutivo y fechas,
son idénticos a los originalmente presentados. iii. Mostrando una firma de quien “respalda” dicho
documento, idéntica en todo a la firma que se observa estampada en documento original que
demostraba que la condición de la póliza de riesgos del trabajo no estaba al día al momento de la
apertura. Sobre la admisibilidad del recurso: Para continuar con la resolución de este recurso,
conviene precisar que el artículo 188 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
establece los supuestos por los que un recurso deberá ser rechazado por improcedencia
manifiesta, en cualquier momento del procedimiento en que se advierta, en los siguientes casos:
a) cuando se interponga por una persona carente de interés legítimo, actual, propio y directo. b)
Cuando el apelante no logre acreditar su mejor derecho a la adjudicación del concurso, sea porque
su propuesta resulte inelegible o porque aún en el caso de prosperar su recurso, no sería
válidamente beneficiado con una eventual adjudicación, de acuerdo con los parámetros de
calificación que rigen el concurso.
Debe entonces el apelante acreditar en el recurso su aptitud para resultar adjudicatario. c) Cuando
la apelación se apoye en fundamentos y argumentaciones sobre los cuales la Contraloría General
de la República ya haya adoptado reiteradamente una posición expresa en sentido contrario en
resoluciones anteriores y no haya razones suficientes para modificar dichas tesis. Entre otros más
que dispone el artículo que no vienen al caso. La oferta de este recurrente fue declarada
inadmisible por realizar y presentar cálculos insuficientes para cubrir el monto a cancelar por
concepto de póliza. Al respecto la proveeduría no solo estimó el criterio emitido por el Grupo Alega,
si no la fundamentación presentada por esta última, siendo que aportó la prueba idónea realizando
1. los cálculos que demuestran la insuficiencia que presenta la propuesta económica del recurrente
y 2. criterios emitidos por la Contraloría General de la República mediante resoluciones R-
DCA0282-2018 Y R-DCA-877-2014. En la resolución R-DCA-0282-2018, se emite un criterio de un
aspecto similar que se presentó en otro caso y siendo que ya la misma Contraloría estableció
mediante este, las bases para resolver situaciones de la misma índole, la Administración,
simplemente se apega a dichos criterios para solucionar sus asuntos particulares en las diferentes
etapas de los procesos de contratación. La información se mencionada se consigna en las pantallas
siguientes:
leo de la póliza ae Riosao: del Trabajo do la oterta de la ormprasa
RHTA segón los. 5 dinos lerraros serio el guiente (la ampreso ARTE prasemta uno
codificación del INS donda so Indica que la poa e dol 0.40% pero cometo el enor al
esaifzar el presypuesto ae Inclulc sao 01 030 como cono de la póliza do rosgor sel
trabajo, lo aye ovidencio un dáficis.en su cálculo let costo eno pólzo de riesgos ce
Itabojo y porencie un precio Insuticienta para cubrit e 0.40 % Gel costo o pagor en ola
póliza por lo que su oferta os ruinesa y no miepibie )
límoa 0.30% PRT cofizodo por ARNTE 0.40% INS aónest por puesto
Ver anexo 2. Cotización ARHTE
«nro 1200.00 1.681,10 100.20
. Ñ Línea 2 3.280,82 1.681,10 400,23
- neos 1200.80 1.681,10 20020
A
nea $2. 154520 o 2060.27 st5os
+ tines 5. 2109.78 2619.00 209.25
TOTAL DELDEBCN EN LAS 5 LNEAS 40092
Var páginas 22,23 y 24 de oterto económica do empresa ARHTE
2
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1
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0)
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S.E. N.2 02-2021
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Pág. N.? 10.
La oferta Económica de la empresa ARHTE es insuficiente en la suma de 3.920,92 para cubrir
tos costos mínimos de del 0.40 % fijado por el INS (ver.anexo 1 de este escrito ): por lo que
la oferta económica de.esta empresa no es elegible y por ende debe ser rechazada ad
portas y desestimada por ser inelegible. Hay que tomar en cuento que | ta contraloría ¿general
de la república emitió resoluciones E y
jormando ”..que no es posible para ningún oferente trasladar montos
osignados a determinadas partidas para cubrir faltantes que resulten insuficientes a lo
originalmente ofertado , lo cual provocaría una ventaja indebida dando como resultado la
exclusión de la oferta “ESTA OMISIÓN DEL DEFICIT DEL 0.10% DELA APÓLZA DE RIESGOS DEL
TRABAJO ES INSUBSANABLE YA QUE LA CERTIFICACIÓN DEL INS ES DETERMINANTE AL INDICAR
QUE EL FACTOR 4 PAGAR DE LA PÓLIZA DEL RIESGO DEL TRABAJO PARA EMPRESA: ARHTE ES DEL.
0.40 % Y NO DEL 0.30 % COMO ERROMEAMENTE LO CONSIGNÓ Y CALCULÓ ESTE OFERENTE,
Además, la directriz N- 34-2002 del Poder Ejeculivo es muy clara al normar que no se podrá
adjudicor una licitación a una empresa que no cumple o no va a cumplir con todas tos
garantías sociales de Costa Rica. Y tal como se demostró en el punto anierlor la: empresa
ARHRTE no podrá cumplir con pagar la lotalidad de la póliza de Riesgos del Trabajo al
presupuestar un porcentaje y monto menor al normado porel INS del 0.40 % y no del 0.30 %
cómo erróneamente lo presupuestó. la empresa AHRTE.
3.S[ a este déficit de la póliza de riesgos del trabajo dela oferta ARHTE de 4,930,92 se le suman
los 7.624.200,28 nos da un total ofertado de 7.629.131,20 , el cual es un monto sisperlor al
Así las cosas y fundamentado en la resolución de la Contraloría, el recurrente sin prueba alguna,
no puede venir a imponer su criterio y su forma particular de operar, alegando que su oferta no
presenta deficiencias, mismas que ya fueron demostradas y que cubriría cualquier faltante con
otro rubro de la cotización. Por otra parte y tomado de la misma resolución R-DCA-0282-2018
que en este sentido manifiesta”"...en la medida que la carga de la prueba la tiene la parte apelante
(véase entre otras la resolución No. RC-784-2002), en el tanto pretende desvirtuar el acto de
adjudicación que se presume valido y ajustado al ordenamiento. Sobre este tema de eminente
carácter procesal señala Falcón que: "...la carga de la prueba es el imperativo, o el peso que tienen
las partes de recolectar las fuentes de prueba y actividad adecuadamente para que demuestren
los hechos que le corresponda probar a través de los medios probatorios y sirve al juez en los
procesos dispositivos como elemento que forma su convicción ante la prueba insuficiente, incierta
o faltante” (Falcón, Enrique, Tratado de la Prueba, Buenos Aires, Astrea, 2003, Tomo I, p.247).
De esa forma, no basta la construcción de la legitimación para el ejercicio recursivo, sino que -en
lo pertinente- todos los alegatos deben contar con la respectiva fundamentación, sea en prueba
visible en el expediente administrativo; o bien, aportando criterios técnicos en contra de las
valoraciones técnicas de la Administración o simplemente demostrando técnicamente los
argumentos de índole técnica que se expongan en el recurso. Desde luego, la prueba aportada
debe resultar también idónea para demostrar los alegatos, de tal suerte que no basta con traer
pruebas a conocimiento de la Contraloría General con la interposición del recurso, sino que
necesariamente la prueba debe contar con los elementos mínimos para desvirtuar un criterio, o
bien, para apoyar una determinada afirmación”. Es claro que las pruebas que aporta el recurrente,
visible en los anexos al escrito del recurso, que son documentos comprobatorios de pago de pólizas
anteriores, donde se consignan montos pagados de 0.40%, 0.44% 0.65%, hasta un 0.86%, como
102
ape ORO,
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
!
1
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 11.
se puede observar, ninguno de 0.3% (como fue le cálculo de su oferta), dejan en evidencia la
insuficiencia, que además, no demuestra mediante ninguna resolución, criterio, normativa, donde
conste que su forma de actuar respecto a utilizar rubros asignados a ciertas partidas para cubrir
faltantes en otros, sea la correcta o que esté apegada a la legislación. Como sí lo demuestra en
contrario, el Grupo Alega en sus observaciones. La pantalla siguiente muestra la presentación del
recurso y sus anexos, donde se p ificar dicha información.
anos 07 macaz | IMIOMAcIiÓn de SICOS | Conta do AYaNcIÓN | CONSURA CIUONIANOS | Maga 00) SUR
SCOP UNIGIEALIDAD DA GUAGIMO “ZILIEMA VEGAS VARGAS! 0 Inrnucionas Comproción
Elcrrónico [Conan de Provesdola | Compra por Carla ga.
13. Archivo adjunto ]
OS Nombre del documents
1 [Recurso
Lanexo
Anexo
2
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Ss [anexo
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A
i
i 2 anexo
o Anexo
LRAgO PU RIEGO
Ls; Información de Actarzolón] o
Número 4 pao npo de Aclaración MACHADO A DGI iso!
Los Srtos consultacos no exteron.
Frame mie IONES EI ADO
19, Encargado del resuraol
Por lo anteriormente expuesto, se determina que no es necesario contar con la respuesta a la
audiencia que se brindó 'al adjudicatario para que se manifieste en cuanto a lo expuesto en este
recurso. Este debe ser rechazado por las razones expuestas por improcedencia manifiesta, siendo
que su oferta es inelegible y porque ya existe jurisprudencia de los puntos que alega, además no
aporta prueba de que su forma de operar en cuanto al traslado de recursos entre los rubros
cotizados sea la correcta.
SE RECOMIENDA
De conformidad con las razones expuestas y lo establecido por el artículo 195, del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa.
1) DECLARAR SIN LUGAR el recurso presentado por la empresa ASESORÍA Y CAPACITACIÓN
EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA.
2) RECHAZAR DE PLANO POR IMPROCEDENCIA MANIFIESTA el recurso presentado por
ARHTE CONSULTORES ASESORES EN RECURSOS HUMANOS Y TALENTO EMPRESARIAL SOCIEDAD
ANONIMA, en contra: del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2020LA-
0000110022500001, recaído a favor de la Empresa GRUPO ASESORES LEITON Y GAMBOA
SOCIEDAD ANONIMA.
3) De conformidad con el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa, este acto agota la
vía administrativa.
Acuerdo N.2 Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
2- Se dio lectura a copia de correo electrónico de fecha de recibido en la Secretaria del Concejo
Municipal el 28-01-2021, firmado por el Ing. Eddy Baltodano - Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), en respuesta a solicitud de reprogramar fecha de visita a sesión, indica que tiene
disponibilidad para el día lunes 01 de febrero 2021, misma hora 3:p.m.
Municipalidad de Guácimo:
MUN
103
NICIPAL)
DE ISUACIMO
AUDITORIA
INTERN
!
|
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 12.
Conocida la respuesta suscrita por el Ing. Eddy Baltodano - Consejo Nacional de
Vialidad (CONAVI), el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Propongo
aceptar la propuesta y convocar a sesión extraordinaria el próximo lunes 01-02-2021, por lo
tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la
propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por unanimidad, por lo tanto
se acuerda: '
|
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerle al Ing. Eddy Baltodano -
Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), su oportuna y pronta respuesta a la petitoria de
reprogramación de fecha para atenderle, por lo que este Órgano Colegiado confirma recibirle
el día lunes 01 de Febrero 2021, en sesión extraordinaria, a llevarse acabo en el salón
de sesiones de esta Municipalidad a partir de las 3: p.m.
Igualmente se hace extensiva la invitación a los Funcionarios Ing. Mónica Viviana
González Miranda y Ing. Randall Montero- Proyectos del MOPT para evacuar todas las dudas
existentes sobre el tema de intervención de caminos rutas nacionales de se ubican en nuestro
Cantón.
Acuerdo N.% Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Convocar a sesión extraordinaria el
día lunes 01 de Febrero 2021, a partir de las 3:00 p.m., en el salón de sesiones de
esta Municipalidad, para atender al Ing. Eddy Baltodano - Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), Ing. Mónica Viviana González Miranda y Ing. Randall Montero- Proyectos del MOPT
para evacuar todas las dudas existentes sobre el tema de intervención de caminos rutas
nacionales de se ubican en nuestro Cantón.
Acuerdo N.* Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
3- Se dio lectura a oficio AMG-074-2020 con fecha de recibido 28-02-2020 por la Secretaria del
Concejo, firmado por el Alcalde Municipal - Sr. Gerardo Fuentes González, en el cual remite
Informe Técnico Final del Proyecto Parque Tecnológico Socio Ambiental de Territorio Siquirres -
Guácimo (PATESA) del Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) para su
debido conocimiento y posterior acuerdo de aprobación.
Asimismo tomar acuerdo de autorización para incluir en el primer presupuesto
extraordinario la suma de € 153.378.34, monto que debe ser transferido al INDER ya que es un
saldo a favor.
Se adjunta Oficio N.0 SF 012-2021, suscrito por Lic. Carlos Cubillo Aguilar - Coordinador
Servicios Financieros se presenta informe técnica y financiera en cumplimiento de la ejecución del
convenio específico entre el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Municipalidad del Cantón de
Guácimo, para la transferencia de fondos públicos para el proyecto parque tecnológico de
Guácimo, para transferencia de fondos públicos para el Proyecto parque tecnológico socio
ambienta del Territorio Siquirres-Guácimo (PATESA)
El propósito del presente informe es liquidar el proyecto del convenio con INDER, mismo
que deberá ser de conocimiento y aprobación por el Consejo Municipal. '
Durante el Programa el INDER realizó la suma de 99.000. 000,20 (noventa y nueve
millones de colones con 00/100).
Se realizaron egresos del Programa por la suma de 88.934. 240, 35 (ochenta y ocho
millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta colones con 35/100)
El día 22 de diciembre 2020, se realizó una devolución a INDER por la suma de
9.913.381,31 (nueve millones, novecientos trece mil, trescientos ochenta y un colones con
31/100)
£lunicipalidad de Guácimo
MUNTOIBALIDAD
AUDITORIA
104
DE GUÁCIMO
INTERNA
106
STE PÁLIDAD:
Me 'SUACIMO +
UDITORIA ;
ARTERNA
ls
Acta N.2 06-2021
S.E. N.9 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.* 14,
ha presentado el presupuesto ordinario de 2019, los saldos del convenio del año 2018, debieron
incluirse en el presupuesto extraordinario 1 de 2019, por lo cual no se lograría salir a tiempo con
lo establecido en el convenio por lo cual se solicitó durante el mes de mayo 2019, la primera
adenda al contrato con el permiso de inclusión de ¿33.000.000.00, para poder continuar con las
actividades pendientes en el convenio, así como la compra de dos camiones para apoyar el proceso
de Educación Ambiental, en el manejo de residuos sólidos valorizables, dicha adenda fue aprobada
y en vista de que durante los meses de julio y agosto 2019, no se pudo concretar la contratación
de personal para cumplir con los objetivos del convenio, se realizó la modificación al cronograma
para el cumplimiento de las actividades.
Con el informe técnico final y de liquidación financiera se busca describir las actividades
comprendidas en el convenio específico, costos, porcentaje de ejecución, e indicar cuales se
realizaron. con fondos del convenio y cuales son contrapartida, asimismo, se presentará
cronograma para desarrollo de las actividades, plan de inversión, resumen de ingresos y gastos,
detalle de los gastos efectuados, la devolución bancaria, la correspondiente liquidación
presupuestaria y cualquier ajuste que se hubiera realizado, además de las evidencias que se
consideran pertinentes. Lo anterior tomando en cuenta mantener una secuencia lógica y
concordante con los informes técnico financieros mensuales, presentados durante el periodo de
tiempo en que se desarrolló las actividades del convenio.
OBJETIVO GENERAL DEL PROYECTO: Elaborar un proyecto de manejo de residuos integral en
el territorio Siquirres-Guácimo, pero con trascendencia regional que permita generar articular
esfuerzos para el cumplimiento de Ley 8839.
OBJETIVO DEL CONVENIO: Articular entre la Municipalidad de Guácimo e INDER la ejecución
del Programa de Educación Ambiental (PEA) del proyecto PATESA en el territorio de Guácimo.
GRADO DE CUMPLIMIENTO: 100% Se cumplió la totalidad de las actividades propuestas para
el desarrollo del proyecto, según convenio específico. En el cuadro 3 se presenta un resumen de
ejecución por actividad. Cabe destacar que en lo que se refiere a la compra de equipo, el porcentaje
de ejecución no refleja el 100%, debido a que al momento de concurso para la compra se
seleccionó al oferente que presentara el mejor precio, lo cual produjo que en algunos casos se
minimizara el precio quedando un alto sobrante, el cual no podría ser utilizado por disposición del
convenio.
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES:
—- Campañas de reciclaje y talleres de capacitación para atender el PEA, durante 12 meses
en tres áreas; personal municipal, centros educativos y líderes comunales, responsable
Gestión Ambiental de la Municipalidad.
- Proceso de contratación para la compra de la compra de maquinaria para equipamiento
centro de acopio, durante un periodo de seis 6 meses, responsable Proveeduría y Gestión
Ambiental de la Municipalidad.
— Servicio de gestión y apoyo (Contratación de servicios profesionales para la ejecución del
Programa de Educación Ambiental según la normativa citada en el presente convenio)
proceso que se llevara a cabo durante cuatro semanas, responsable Proveeduría y Gestión
Ambiental de la Municipalidad.
- Proceso de contratación para adquirir las herramientas y accesorios, (Bolsa plástica,
guantes, Rastrillo Metálico, Pala Cabo ancho, Cloro, Desinfectante, Jabón en polvo) y
compra de equipos de protección personal (EPP) para atender los talleres y campañas de
reciclaje según demanda del PEA al ser constante el proceso, sin embargo, se realizará
durante doce meses, responsable Proveeduría y Gestión Ambiental de la Municipalidad.
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 13.
Quedando en la liquidación un saldo a favor de INDER por la suma de 152.378,34 (ciento
cincuenta y dos mil trescientos setenta y ocho colones con 34/100). Este monto deberá ser
presupuestado en el presupuesto Extraordinario 01-2021 para ser transferido a INDER.
Ver el resumen en el siguiente cuadro:
MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Liquidación Programa PATESA
Periodo 2018-2020
Ingresos 99.000.000,00
Ingresos del Programa PATESA 99.000.000,00
Egresos 98.847.621,66
Egresos del Programa PATESA 88.934.240,35
Devolución en dic-2020 | 9,913.381,31
Saldo:en Favor de INDER , : EA 152.378,34'
INFORME TÉCNICO FINAL
NOMBRE DEL PROYECTO: Proyecto Parque Tecnológico Socio Ambiental del Territorio Siquirres
Guácimo (PATESA)
UBICACIÓN: Cantón de Guácimo
ANTECEDENTES
De acuerdo con el Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y
Municipalidad del cantón de Guácimo, para transferencia de fondos públicos para el Proyecto
Parque Tecnológico Socio Ambiental del Territorio Siquirres-Guácimo (PATESA) en el clausulado
2.2 RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD y el Reglamento para realizar transferencias de
fondos públicos del INDER en el artículo 23 sobre la liquidación financiera a entregar, establece
que una vez finalizado y cumplido el objeto del convenio y por ende las actividades según el
cronograma propuesto, se debe presentar al el INDER: un informe técnico de conclusión de obra,
adquisición de bienes, etc. Un informe de liquidación financiera pre aprobado por el Concejo
Municipal y un acta de recepción final del objeto del convenio.
JUSTIFICACIÓN
El convenio para transferencia de fondos públicos para el Proyecto Parque Tecnológico Socio
Ambiental del Territorio Siquirres-Guácimo (PATESA) se firmó y aprobó en julio de 2018 y la
transferencia se dio en agosto de 2018, fecha en la cual la Municipalidad de Guácimo inició con el
proceso para cumplir con el convenio. Sin embargo, dado que el proceso da inicio después que se
£iunicipalidad de Guácimo
105
RICTRZS
MuÉ GUÁCIMO
DITORIA
ARTERNA '
108
DAD"
N
. ES GUÁCIMO
28 A
2 AUDITORIA:
e. ¡INTERNA
Acta N.9 06-2021
S.E. N.2 092-2021
Fecha: 28-01-2021
dd. N.0 16,
Equipo audio visual y
accesorios para la
implementación de  los|Varios - 142.500.000,00 * (25.000,00
talleres y campañas de
reciclaje.
Equipos de protección
personal (EPP) para atender
los talleres y campañas de
reciclaje.
Logística para atender los
talleres y campañas de
reciclaje. (alimentación,
herramientas, accesorios)
Servicio de alimentación
para los talleres  y[Personas 720  2.160.000,00 *
Icampañas de reciclaje.
lAdquisición de maquinaria
equipos para tratamiento
de residuos  valorizables
Varios - lf 1.470.000,00 *
¡Campañas 2 (13.800.000,0 0
(carretilla hidráulica, Varios 2 $41.000.000,00
Estibadora manual,
Romanas para pesar
camiones).
Materiales y mano de obra [Metros
construcción | y 1! etapa [construido (118.656.476,65 - 15.000.000,00
¡Centro de acopio ¡$
lAdquisición de dos
camiones con capacidad de
idos toneladas, con ¡Camión 2 (24.684.000,0 0
carrocería furgón carga
lseca para el PEA
Estudios técnicos para Estudios
compra de terreno para el + 1 (29.000.000,00
técnicos
[proyecto
101001 699.783.830,65 ':: (:13.800.000,0'': 133.000.000, 00
€179.583.830,65
* Montos que presentaron saldos pendientes de ejecutar con el convenio, para lo cual se solicitó
ampliar el plazo del convenio mediante la adenda No. 1.
107
Acta N.* 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 15.
- Contratación de servicios de alimentación para los talleres y campañas de reciclaje, para
lo cual se dispondrá de doce meses, responsable Proveeduría y Gestión Ambiental de la
Municipalidad.
- Contratación de equipo de audiovisual (Proyector LED portátil, Computadora Portátil,
Cámara fotográfica digital, y accesorios) y rotulación informativa. Teniendo un lapso de seis
semanas, responsable Proveeduría y Gestión Ambiental de la Municipalidad.
Las actividades descritas son pertinentes al convenio específico que regía de julio 2018 a julio 2019,
con la adenda 1 a dicho convenio, se agrega un tiempo que va de julio 2019 a diciembre 2020, lo
que suma 17 meses al tiernpo antes mencionado.
El proyecto PATESA consta de dos etapas: La primera Etapa consiste en generación de servicios de
sensibilización y la segunda Etapa es la transformación de materia prima con valor agregado. Para
iniciar la Primera Etapa el INDER realiza una contraparte equivalente del 36%, la Municipalidad del
56% de y Florida Bebidas del 8% (esta última institución, participó con campañas únicamente
durante 2018), según la inversión de la | Etapa contemplada el proyecto PATESA.
Cuadro N” 1. Rubro de actividades y aporte de las partes
Actividad: Unidad [Cantidad Partida 2018
INDER + [6 MUNICIPALIDAD. Florida Bebidas |: ':
Combustible y lubricantes Litros 2600 416.000.000,00
Sistema de GPS camiones ¡Aparato 3 600.000,00
¡Número de
lantenimiento de equipo vlunidades Ñ 428.040.388,00
repuestos Ireparadas
[Rotulación informativa ¡Rótulos - (250.000,00 600.000,00
Servicios de gestión y apoyo
[Contratación de servicios
profesionales para la
lejecución del Programa de
Educación
Ambiental)
Personal municipal de
apoyo a Programa de
Educación Ambiental
Personal - 17.000.000,00 * . ((8.316.000,00
Personal (35.861.956,00
[PATESA
Herramientas, accesorios y
repuestos — para el
mantenimiento de las Varios 41.620.000,00
¡actividades de reciclaje
109
NEHPALIDA
ME EUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
í
filunicipalidad de Guácim
oi
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 17.
Cuadro 2. Cronograma de actividades según convenio específico y adenda 1
Fecha de
finalización
Fecha de inicio
- [propuesto
Desde 2017 la
municipalidad ha
realizado
, o campañas
Campañas de reciclaje
para la recolección de mensuales, por lo ¡Gestió
estión
4 ue se
residuos valorizables, 24 meses 14/8/2018 12/12/2020 q toman ¡Ambiental
rmes.
E por mes, como parte del
cumplimiento del
convenio desde
septiembre 2018.
hasta En el último
del trimestre 2019 se
realiza la compra
de materiales para
la
construcción — del
centro de acopio y
ise contrata mano
Materiales y mano de de obra, pero no
obra construcción Il Mensual Aun no 8 logra finalizar la Proveeduría,
btapa Centro de pruembre finaliza Obra, ya que se Gestión
pl 2019 realiza con ¡Ambiental
lacopio ;
[personal ocasional
por cuestiones
presupuestarias,
el proceso de
contratación se
logró dar hasta el
cuarto trimestre
del año.
110
£Municipalidad de Guact
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 23-01-2021
Pág. N.0 18.
Este proceso fue
lanulado, debido a
que el
presupuesto se
debió anular para
poder dar
atención a la
Estudios técnicos para o emergencia de Proveeduría
compra de terreno [Hasta diciembre disposición — final ba
: y Gestión
|para el del 2019 de residuos ambiental
[proyecto ordinarios, ya que
por ley la
Municipalidad
debió cerrar el
sitio vertedero y
contratar los
servicios de un
relleno sanitario.
de Se realiza más de
Talleres 35 talleres, los
capacitación, cuales se Proveeduría
Programa 24 meses 19/10/2018 12/12/2020 ¡intensifican y Gestión
Educación durante el último lAmbiental
'Ambiental, 36. cuatrimestre de
2019.
La compra de
Proceso de maquinaria y
contratación para la equipo da inicio
compra de la len noviembre de
maquinaria para 2018, estibadora,
tratamiento de compactadora,
residuos sólidos. (En carretilla,
caso de que no den romanas para Proveeduría
los tiempos durante [24 meses 14/11/2018 15/4/2020 [pesar camiones, [y Gestión
los procesos de sin embargo, por lambiental
compra 2018, el lser equipo que los
lrámite se iniciará proveedores
según sea aprobado el deben importar,
presupuesto los procesos de
extraordinario 1 compra se alargan
2019) finalizan en
2019.
Acta N.2
Ss.E
Fecha:
Pág. N.9 19.
D6-2021
N.S 902-2021
28-01-2021
extraordinario 1
2019.
pudieron realizar
actividades
establecidas para
2020.
El proceso de
¡Servicio de gestión y contratación no se
apoyo (Contratación da de forma
de servicios continua debido a
profesionales para la la no inclusión del
ejecución del
monto para
Programa de 0z e
14 : 14 meses (se contratación en el [Proveeduría y
Educación Ambiental |". . a
según la normativa refiere al inicio del (20/9/2018 (23/12/2020 [presupuesto ¡Gestión
citada en el presente proceso) ordinario 2019 y lAmbiental
convenio). 2020. Por lo que
Aclaración: este cubre se realizó
12 meses, mediante la
inicialmente octubre inclusión en los
a diciembre 2018 y [presupuestos
extraordinarios 1,
de enero a diciembre de los
2019. años
mencionados.
Proceso de
contratación para
adquirir las
herramientas y
accesorios, (Bolsa
plástica, guantes,
Rastrillo. Metálico,
Pala Cabo ancho, La compra se da Proveeduría y
Cloro, Desinfectante, dentro del _
Jabón en polvo) 4 meses 10/2020 14/12/2020 tiempo Gestión
Según demanda del establecido. Ambiental
Programa de
Educación
Ambiental. (se
realizará una sola
compra a partir de la
aprobación del
presupuesto)
Se logra realizar
en tiempo,
Contratación de aunque no
servicios de se logra
alimentación para los gastar
talleres y campañas la
de reciclaje. totalidad del ,
SA Proveeduría y|
Aclaración: ea 14/11/2018 [16/11/2019 Moo Gestió
realizará el trámite a | 4 M8S8s / presupuestado estión
partir de la debido a que por | Ambiental
aprobación del la emergencia
presupuesto COVID 19, no se
111
MUNÍ
DE EUA
AUDITORIA
¡INTERNA
LIDAD!
|
Acta NO 66-2021
S.E. N.2 002-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 20. :
Compra de equipos Se realiza una
de protección sola compra de 4
ersonal (EPP) para has equipo de | Proveeduría y
Condor los talleres y ema 11/12 12/2019 protección. La | Gestión
campañas de recepción se da | Ambiental
reciclaje . (Es en diciembre
constante) 2019.
Contratación de Aunque se inicia
equipo de con el proceso de
audiovisual compra, en un
(Proyector LED: inicio . se logra
portátil, pantalla, adquirir, la
Computadora computadora, los Proveeduría y
Portátil, Cámara [6 meses 10 /2018 06/2020 o POS ción
fotográfica digital, y quedan . en Ambiental
accesorios). compromiso y el
Aclaración: se proveedor
realizará el trámite a meme , el
partir de la monto debe ser
aprobación del re presupuestado
presupuesto y se dan nuevos
extraordinario El retrasos, fin de
2019. periodo de
convenio, firma
de adenda por lo
cual la compra
lleva más tiempo.
El proceso inicia
en 2019 pero se
da retraso por
parte de los
proveedores que
requieren
importar los
Adquisición de dos BA e y
camiones con aunque la entrega
capacidad de dos hasta — diciembre se da en enero| Proveeduría y
toneladas, con el 2020 9/2019 4/2020 2020, el pago se| Gestión
carrocería furgón concreta hastal Ambiental
carga seca para el abril dado que
e
PEA cumplimiento por
parte del
proveedor de
entregar las
placas físicas se
da hasta esa
fecha
Sl
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.2 21.
La Municipalidad de Guácimo logra cumplir con todas las actividades propuestas que se debían
ejecutar con presupuesto girado por INDER, en el caso de las actividades que se debían realizar
con presupuesto municipal, únicamente una de ellas no se logró llevar a cabo y otra aún está en
ejecución. La actividad que no se logró realizar con presupuesto municipal es la realización de
estudios técnicos para compra de terreno para el proyecto de tratamiento de residuos sólidos en
el cantón de Guácimo, ya que se debió realizar la modificación presupuestaria y asignar los fondos
destinados a contratar servicios de disposición final en un relleno sanitario para disponer los
residuos ordinarios del cantón, ya que el sitio en el que anteriormente se disponían fue declarado
con cierre técnico por parte de Ministerio de Salud.
La otra actividad que ho se ha concluido su ejecución es la construcción del centro de acopio
municipal, sin embargo, a la fecha de 23 de diciembre de 2020, está casi a finalizar, el avance es
de aproximadamente de un 80%, falta la instalación de la acometida eléctrica y de la romana para
pesar camiones que va en el interior de la obra, la construcción del espacio interior de oficina,
baño y sala comedor.
.. MUNIC
113
PALIDAD:
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA |
1
1
j
Er dal
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-202i
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 22.
Imagen 2. Vista interior avance construcción Centro de Acopio Municipal de Guácimo Cuadro 3.
Porcentaje de ejecución según actividades del convenio y adenda 1.
Campañas de reciclaje para la recolección de residuos valorizables, 1 por mes. 29 53 182.75
Talleres y charlas de capacitación, Programa de Educación Ambiental. 36 51 141.66
Compra de estibadora 1 1 100
Compra de compactadora 1 1 100
Compra de carretilla eléctrica 1 1 100
Compra de romanas para pesar camiones 1 1 100
Servicio de gestión y apoyo (Contratación de servicios profesionales para la
ejecución del Programa de Educación Ambiental según la normativa citada en el - 2 92.12
convenio).
Proceso de contratación para adquirir las herramientas y accesorios, (Bolsa
plástica, guantes, Rastrillo Metálico, Pala Cabo ancho, Cloro, Desinfectante, Jabón 86.62
en polvo). Según demanda del Programa de Educación Ambiental. (se realizó una :
sola compra a partir de la aprobación del presupuesto)
Contratación de servicios de alimentación para los talleres y campañas de reciclaje. Ñ Ñ 71.77
Equipo de protección personal. - - 72.38
Compra de equipos de protección personal (EPP) para atender los talleres y 1 1 100
campañas de reciclaje.
Compra de Proyector LED portátil 1 1 100
Compra de Pantalla de proyección 1 1 100
Compra de Computadora Portátil 1 1 100
Compra de Cámara fotográfica digital, y accesorios 1 1 100
Adquisición de dos camiones con capacidad de dos toneladas, con carrocería 2 2 100
furgón carga seca para el PEA
En cuanto al porcentaje de ejecución correspondiente a las actividades: servicio de gestión y
apoyo, compra de herramientas, compra de equipo de protección personal y contratación de
alimentación para actividades de capacitación, dado que no hay una cantidad definida y se
compran artículos varios los cuales están especificados y evidenciados en las respectivas órdenes
de compra, se debió recurrir al cálculo de su porcentaje de ejecución mediante su ejecución
presupuestaria y así denotar el alcance de dichas actividades.
La contratación de servicio de gestión y apoyo permitió lograr el avance de las otras actividades
del convenio, ya que dicho personal fue el encargado de realizarlas con el apoyo de personal de
planta de la municipalidad, es el caso de los choferes y peones del departamento de Servicios
Ambientales y Municipales que se encargaron de apoyar durante campañas de reciclaje.
Además de todas las campañas, gracias al presupuesto aportado por INDER se logra la compra de
los camiones que permite crear rutas de recolección de residuos valorizables, con lo que se agrega
un servicio más a la comunidad y ya no se dependerá únicamente de las campañas. Desde la
compra de los camiones se ha realizado más de 114 recorridos por rutas establecidas como de
114
AUDITORIA
INTERNO,
115
Municipalidad de Guácimo ,
g MUNI db
S DE GUACIMO
. AUDITORIA
_ INTERNA
Acta N.* 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 23.
atención prioritaria debido a la alta generación de residuos principalmente cartón, tal es el caso
de las zonas comerciales de Guácimo centro, Río Jiménez y Pocora.
Cuadro 4. Equipos adquiridos por número de activo y ubicación actual
DESCRIPCIÓN:
EOSLIFT S15 ESTIBADORA PALETERA| 1 Plantel municipal
A
BATERIA 12V 1500KG ELEV. 3000MM
FORK ADJUSTABLE (OLD SPN1530)
2466 11 227 | ESTIBADORA
Multiromanas Polini Plantel MOPT|
Romana electrónica para pesar camiones Guácimo
CAPACIDAD DEL INDICADOR: 30000 X 5 ( Estructura)/ oficina
Kg. A blenles
2468 mbil
PLATAFORMA: (sensores y otros
ROMANA 7.00 X 3.05 m. componentes)
11252 | CAMIONERA
Trans -pallets (Perra eléctrica) Eléctrico Plantel municipal
de 3.0
2469 ton. Operador tipo montado, Modelo
11226 | CARRETILLA CBD30-460, Marca HELI
Marca HSM, modelo V-Press 860 S, para Plantel municipal
elaborar pacas comprimidas de
2471 |11311 |compacravora | PaPel/plástico/aluminio
2470 Cámara CAMARA profesional Canon EOS M100, Oficina Servicios
fotográfica con accesorios Ambientales
11672 | profesional
2430 Pantalla para PANTALLA C/TRIPODE blanca de 100” Oficina Servicios
11669 | proyección Ambientales
2429 VIDEO Viewsonic PG803, color blanco Oficina Servicios
11669 | PROYECTOR Ambientales
2097 Computadora portátil, Core ¡5, marca Oficina Servicios
Deli, modelo Latitude, 7ma generación, Ambientales
COMPUTADORA | pantalla led 15.6”, sistema operativo
11224 | portátil Windows 10 pro
£Hunicipalidad de Guácimo
$, MUNICIPALIDAD
20 DE GUÁCIMO
, AUDITORIA
“¿INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.* 24,
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.2 25,
Pi
fs, MUNICH
Ú
p
ALIDAD
DE GUÁCIMO
AUDITORIA
INTERNA
118
£unicipalidad de Guácimo,.
EZ
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.% 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 26.
Imagen 7. Cámara fotográfica.
PA le
Imagen 8. Equipo audiovisual, pantalla para proyección
= a a
Imagen 9. Equipo de transporte, camiones para recolección de reciclaje.
|
119
Hz, MUNICIPALIDAD
xo DE GUACIMO
A
INTERNA
Acta N.? 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 27.
Imagen 11. Herramientas y equipo de protección personal, almacenadas en bodega de oficina de
Servicios Ambientales Municipales.
120
DE GUACIMO
, ARSS mA
TERNA
Acta N.% 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.2 28.
Imagen 12. Carretilla hidráulica
Imagen 13. Estibadora paletera eléctrica
INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN FINANCIERA
El presente informe de liquidación financiera presenta la totalidad de los ingresos y
descripción de gastos generados en la cuenta destinada a los fondos girados a raíz del
Convenio Específico entre el INDER y la Municipalidad de Guácimo.
Cuadro 5. Resumen de ingresos.
FECHA
DESCRIPCIÓN:
14/8/2018 872 Primera transferencia del INDER a la Municipalidad de Guácimo.
Según convenio específico. G 66,000,000.00
26/7/2019 2195 Segunda transferencia del INDER a la Municipalidad de Guácimo,
Adenda 1. ¿ 33,000,000.00
Intereses
Total dei ingresos a da 99,000,001 00:
Cuadro 6 6. Resumen de ingresos y gastos.
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO |
AUDITORIA |
INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.2 29,
MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Liquidación Programa PATESA
Periodo.2013-2020
ingresos... a - 99.000.000,00.
Ingresos del Programa PATESA ' 99.000.000,00
Egresos E BA .S2L.6S
Egresos del Programa PATESA : 88.934.240,35
Devolución « en dic-2020 : 9.913.381,31
Saldo en Favor de INDER O 152.378,34
Imagen 14. Depósito bancario donde se reintegra casi en su totalidad los fondos sobrantes a INDER.
Cuadro 7. Liquidación presupuestaria por objeto de gasto por año
2020 24.527.396,00
Maquinaria y equipo para la producción 2019 21.280.128,16
2018 4.300.000,00
Equipo de comunicación 2020 1.181.089,05
Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 2018 11.800.000,00
Acta N.0 06-2021
S.E. N.2 0232-2021
Fecha: 28-01-2021
_ Pág. N.0 30,
122
1
DE GUACIMO
2 ARROSORIA
3 TERNA
Útiles y materiales de resguardo y seguridad
2019 1.085.759,52
SERVICIOS...
2019 705.198,15
Actividades de capacitación 7
2018 274.133,05
2020 4.565.015,76
Servicios de Gestión y apoyo 2019 14.308.666,66
2018 4.906.854,00
Cuadro N 8 conciliación bancaria
MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
CONCILIACION BANCARIA
AL 31 DE DICIEMBRE 2020
ISaldo según libros
Saldo según Banco
Cheque girado y no cambiado
¿Renta 2% por pagar
Ajuste por pagos
152.378,34
2.714,077,33
2.175.600,00
65.872,96
320.226,03
Sumas iguales
152.378,34
152.378,34
Acta N.2 06-2021
N.2 02-2021
28-01-2021
S.E.
Fecha:
Pág. N.0 31.
CIRALIDAD
y MES SUACIMO
EN, AUDITORIA
ze INTERNA
Información detallada de la cuenta
Nombre cuenta: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO Cuente: 100-01.059-002437-9
Moneda: COLONES Estado; Activa Documento:
Saldo disponible: 2,714,077.33 Focha inlelal: 01/12/2020 Movimientos: Todos
Saldo bloqueado: 0.00 Fecha Final: 23/12/2020 Orden: Descendente
Saldo Congelado: 0.00
Caract depositante; 20 Depositante: Monto;
Detalle de movimientos
oficina | Fecha | Documento | Débito. | Credito | Descripción
22/2/2020 48 METERTE 23-12-2020 PAGO DE CHEQUE EN OTRO BANCO/ENCR.
2171272020 ñ PAGO DE CHEQUE/ENCR
7 Í PAGO DE CHEQUEJBNCR
3 PAGO DE CHEQUE/BNCR
H 0,00:
Y
Exponar
4
Imagen 16. Estado de cuenta Bancario donde se mantuvieron los recursos girados para el proyecto.
En el cuadro 9, se realiza el listado de todos los pagos que se efectuaron durante el periodo
julio 2018 a diciembre 2020 según las actividades del convenio, se proporciona el nombre del
proveedor y cédula, fecha, el detalle del gasto, el monto y los totales, asimismo se incluyen los
montos por concepto de renta.
Además, se incluye el dato de número de orden de compra que se maneja en el
departamento de Contabilidad de la Municipalidad de Guácimo, esto con el fin de agilizar el acceso
en cualquier momento a los funcionarios del INDER, de la Auditoría Interna o de la Contraloría
General de la Republica, a los sistemas de información contable.
Cuadro N 9 Listado de pagos
[MONTO
DETALLE DEL GASTO
11 13/11/2018 | 211174 | Neerdo Porras Nájera, cedula 701980759 | ¿ 52200009 | GESTIÓN Y APOYO
9| 1a/11/2018| 181111 | U"*Pel Grant Arana, cedula 701330485 | 4 07800009 | GESTIÓN Y APOYO
CAJA CHICA| Josué Cortés Artavia, cedula 701790166
0796 | 16/11/2018 d 98,800.00 | ACTIVIDADES CAPACITACIÓN
21 29/11/2018 | 111172 | Neerdo Porras Nájera, cedula 701980759 [ 4 523000.00 | GESTIÓN Y APOYO
10| 29/11/2018 | 11111-2 | Mebel Grant Arana, cedula 701330488 [e «07200000 | GESTIÓN Y APOYO
107 | 11/12/2018 7 É 66,000.00 |Renta noviembre 2018
12 19/2/2018 | 1113.32 | Medel Grant Arana, cedula 701330485 | 4 , 03571709 | GESTIÓN Y APOYO
 
125
AL
DE STADAD
. AUDITORIA
: INTERNA
Acta N.% 06-2021
S.E. N.* 092-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 33.
Iriabel Grant Arana, cedula 701330485
27 13/12/2019 | 11 501-3 É 1,087,800.00 GESTIÓN Y APOYO
Centro Comercial Guácimo S.A, cedula
13894 16/12/2019| 11730 jurídica 3-101-159198 ¿ 691,094.15  |ACTIVIDADES CAPACITACIÓN
17/12/2019 7 é 33,460.00 Renta octubre 2019
El Colono S.A, cedula jurídica 3-101669428
9110 17/12/2019 | 11706 € 1,054,044.52 UTILES DE RESGUARDO
¡Ricardo Porras Nájera, cedula 701980759
13 y 14 20/12/2019| 11485 É 1,103,480.00 ¡GESTIÓN Y APOYO
Iriabel Grant Arana, cedula 701330485
28 19/12/2019| 11485 € 725,200.00 [GESTIÓN Y APOYO
“alena Myrie Adams, cedula 108710053
5737 | 20/12/2019] 11712 ( 175,000.00  |ACTIVIDADES CAPACITACIÓN
11 28/1/2020 € 95,339.00 Renta diciembre 2019
29855 y Vehículos de Trabajo S.A, cedula jurídica 3-
29856 | 14/4/2020 (11700 [.01-0207664 ( 24,036,848.00 [CAMIONES Reciclaje
7/5/2020 É 490,548.00 [Renta abril 2020
COSYBO S.A, cedula jurídica 3-101120748
APPLIED RESEARCH S.A, cedula jurídica
11 669 / 11 R101-661694
62| 23/6/2020 672 « 1181,089.05 [Equipo audiovisual
4 23,622.00 [Renta junio 2020
¡ARHTE Consultores S.A., cedula jurídica 3-
1112 16/11/2020 | 11941  [101-629783 d_ 847,596.06 [GESTIÓN Y APOYO
£ 16,952 ¡Renta noviembre 2020
¡ARHTE Consultores S.A., cedula jurídica 3-
1112| 24/11/2020 [11 941 (101-629783 q 415,322.03  |GESTIÓN Y APOYO
116 3/11/2020 la 8,476.00 ¡Renta noviembre 2020
¡ARHTE Consultores S.A., cedula jurídica 3-
11941 [101-629783 É 1,052,149.24 [GESTIÓN Y APOYO
[4 21,043 _ [Renta diciembre 2020
Iriabel Grant Arana, cedula 701330485
33 y 35 * 11961 € 2,175,600.00 GESTIÓN Y APOYO
* 4 44,400.00 [Renta diciembre 2020
*Se giró el cheque por servicios de gestión y apoyo en gestión ambiental, sin embargo, a la
fecha dicho cheque no se ha cobrado. Por lo tanto, tampoco se ha tramitado el monto de la
renta correspondiente que se realizará en enero.
Conocido el Informe Técnico Final del Proyecto Parque Tecnológico Socio Ambiental
de Territorio Siquirres — Guácimo (PATESA), del Convenio Específico entre el Instituto de
Desarrollo Rural (INDER) y Municipalidad de Guácimo y la solicitud acuerdo de autorización para
incluir en el primer presupuesto extraordinario la suma de 4152.378.34, monto que debe ser
transferido al INDER.
Acta N:2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 34.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus partes el
remite Informe Técnico Final del Proyecto Parque Tecnológico Socio Ambiental de Territorio
Siquirres - Guácimo (PATESA), del Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural
(INDER) y Municipalidad de Guácimo.
Acuerdo N.? Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Asimismo se acuerda: á
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Autorizar al Alcalde Municipal —
Sr. Gerardo Fuentes González, para que gire instrucciones al Lic. Carlos Cubillo Aguilar,
Coordinador del Área Financiera y Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuestos, para
que incluyan en el primer presupuesto extraordinario 2021 la suma de t152.378.34, monto que
debe ser transferido al INDER ya que es un saldo a favor que corresponde a Proyecto Tecnológico
Socio Ambiental del Territorio Siquirres - Guácimo (PATESA).
Acuerdo N.% Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
4- Se dio lectura a oficio GSMG 010-2021 con fecha de recibido 27-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por la Licda. Marcela Núñez Pereira Gestora Social / OGSDE, informando que
el 4 y 5 de febrero estaré realizando la pre- matricula de manera virtual del programa EMPLEATE,
para la posible apertura de un curso de inglés.
La publicación del afiche con la información se estará realizando en la página de
Facebook de la Municipalidad con 7 días de anticipación y todo lo correspondiente a dudas o
consultas se atenderán por medio de la línea telefónica y correo electrónico de mi oficina, en
cumplimiento con las disposiciones sanitarias ante el COVID-19.
CURSO DE INGLÉS - EMPLÉATE GUÁCIMO, 2021
EMPLEATE es un programa del Ministerio de Trabajo dirigido a personas que han sido valoradas
por el IMAS y que se encuentran en situación de pobreza. Este programa busca que las personas
que no tengan la posibilidad económica de costear los estudios obtengan un técnico o saquen un
curso en un área específica. EMPLEATE es una oportunidad para ESTUDIAR!!!
REQUISITOS
- Residir en Guácimo - Personas que han sido valoradas por el
- De 15 años en adelante, (sin límite de edad) MAS, que se les ha aplicado una encuesta o
. Saber leer y escribir Ficha de Información Social en el IMAS -
, . Contar con acceso a una computadora o
7 Con título de noveno o bachillerato dispositivo móvil, en caso de que las clases
- Con disponibilidad de tiempo para se desarrollen de manera virtual
participar en las clases, en horario de lunes a
sábado.
*NO pueden participar estudiantes universitarios o personas ya graduadas de la
universidad
* Personas con discapacidad deben presentar un dictamen médico reciente (al menos 1
año de emisión)
PRE- MATRICULA VIRTUAL 4 y 5 de febrero 2021
Las personas a que cumplan con los requisitos, deben enviar los siguientes datos al
De SUACIMO
AUDITORIA
“INTERNA
127
£Munticipalidad de Guácimo
. MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
. AUDITORIA
' INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 35.
Nombre completo
Número de Identificación (tal como aparece en la cédula)
Dirección exacta
Fecha de Nacimiento
. Teléfono (se recomienda indicar 2 números al que pueda ser contactado/a, puede
ser de algún familiar cercano)
NOTA: Solamente se recibirá la información de manera digital, exclusivamente los días 4 y
5 de febrero, 2021.
*La apertura del curso queda sujeta a disponibilidad presupuestaria del Ministerio de
Trabajo.
Solamente se atenderán consultas vía telefónica al número 2716-5051 ext 125, o
al correo gestiónsocialOquacimo.go.cr por cumplimiento con las medias sanitarias ante
el COVID- 19.
napa
Conocida la información que suscribe la Licda. Marcela Núñez Pereira Gestora
Social / OGSDE, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecer a la Licda. Marcela
Núñez Pereira Gestora Social / OGSDE, el hacer partícipe a este Órgano Colegiado de la
información referente a la pre- matricula de manera virtual del programa EMPLEATE, que se ,
estará realizando el 4 y 5 de febrero 2021 para la posible apertura de un curso de inglés.
Información que esta publicada en la página de Facebook de esta Municipalidad.
Acuerdo N.% Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
5- Se dio lectura a oficio DFOE-DL-0085, con fecha de recibido 25-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por la Licda. Vivian Garbanzo Navarro - Gerente de Área - División de
Fiscalización Operativa y Evaluativa - Contraloría General de la República, dice: Para su
conocimiento, la Contraloría General de la República con fundamento en lo señalado en su Ley
Orgánica, efectuará un proyecto de Seguimiento a la Gestión Pública (SGP) relacionado con la
utilización y el registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), incluido ese
Gobierno Local.
En dicho proyecto, se pretende identificar el estado de la gestión pública relacionado con la
« utilización y el registro de los procedimientos de contratación administrativa en el SICOP, de
acuerdo con lo establecido en el marco normativo aplicable y las buenas prácticas nacionales e
internacionales, con el fin de apoyar la toma de decisiones, promover mejoras en la gestión
municipal y la rendición de cuentas. En la ejecución del proyecto, se espera contar con el aporte
y la colaboración de los funcionarios a cargo del asunto objeto de fiscalización.
Por lo anterior, mucho estimaré se sirva girar las instrucciones pertinentes al personal a
su cargo, para que se facilite a nuestros funcionarios el acceso a la información que requieran y
toda la colaboración necesaria para realizar satisfactoriamente el trabajo asignado. Asimismo, se
le solicita los datos del Encargado de la Proveeduría Municipal o bien de un funcionario de esa
dependencia con el cual ellos puedan coordinar los asuntos comentados. Los datos que deben de
suministrar son: nombre completo, unidad en que labora, correo electrónico y el número de
teléfono, favor de enviarlo al correo electrónico carlos.jimenezOcgr.qo.cr Además, comunicarle
que el equipo de trabajo se encuentra conformado por el Lic. Carlos Jiménez Rojas y el Lic. Rafael
128
Sílunicipalidad de Guacimos.
Er. MUNICIPALIDAD
OS DE GUACIMO
(EN, AUDITORIA
Xe INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 36.
Arguedas Segura, quien fungirá como coordinador del proyecto. La asesoría legal estará a cargo
de la Licda. Milagro Rosales Valladares. A su vez, el Lic. Francisco Hernández Herrera, fungirá
como Asistente Técnico y tendrá a su cargo la supervisión y aseguramiento de la calidad del trabajo
y los productos que se generen.
Finalmente, indicarle que debido a la situación sanitaria que se presenta en el país,
provocada por la enfermedad COVID-19, el equipo a cargo del proyecto coordinará todos los
asuntos con los funcionarios municipales correspondientes, mediante. los medios tecnológicos
pertinentes, hasta tanto se puedan realizar las visitas necesarias a esa municipalidad.
Conocido.él oficio DFOE-DL-0085, suscrito por Licda. Vivian Garbanzo
Navarro - Gerente de Área - División de Fiscalización (Operativa y Evaluativa -
Contraloría General de la República, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal -
Sr. Gerardo Fuentes González, DFOE-DL-0085, suscrito por Licda. Vivian Garbanzo Navarro —
Gerente de Área - División de Fiscalización Operativa y Evaluativa - Contraloría General de la
República, referente a proyecto de seguimiento a la Gestión Pública relacionado con la
Utilización y el registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), para su atención
en lo que corresponde asu cargo.
Acuerdo N,% Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
6- Se dio lectura a oficio FEHC-007-2021, con fecha de recibido 22-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por la 'Licda. Kembly Mora Rodríguez - Presidenta FEIDISCAM CARIBE, dice:
La presente tiene como finalidad extender invitación al talter * Plan estratégico 2021-2024”, esto
como parte de las acciones dirigidas al cumplimiento de los derechos de las personas con
discapacidad y adulta mayor de cada cantón.
Según acuerdos tomados el día 11 de diciembre del 2020 por la Red de Comisiones Municipales
de Accesibilidad y Discapacidad de la Región Huetar y el cantón de Sarapiquí, se acordó llevar
acabo el primer encuentro del año 2021 el día Viernes 22 de enero en el cantón de Guácimo, sin
embargo por razones ajenas a nuestro control tuvo que aplazarse.
No obstante, por unanimidad se acordó el día 21 de enero trasladar la fecha al 5 de febrero del
presente año, el mismo se realizará en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Guácimo,
dando inicio a las 8:00am y finalizando a las 3:00pm. Se programa tres tiempos de alimentación
desayuno, almuerzo, café o merienda de la tarde. !
Contaremos con la asesoría del señor Mario Rivera representante de Asamblea Legislativa, así
como representación del ICODER,
Cabe indicar que el taller se realiza gracias a la colaboración del IFAM en el aspecto de alimentación
y el acompañamiento logístico de la Federación.
Por tal razón de gran importancia contar con la representación del Gobierno Local, en especial los
representantes de las COMAD y algún representante del área administrativa
Adicionalmente se recuerda todas las medidas sanitarias según procede, distanciamiento
social, lavado de manos, uso de mascarilla mascarillas entre otros aspectos de higiene y salud
pública establecidos ante la COVID-19.
Conocida la información que suscribe la Licda. Kembly Mora Rodríguez -
Presidenta FEIDISCAM CARIBE, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Comisión COMAD
de esta Municipalidad oficio FEHC-007-2021, suscrito por la Licda. Kembly Mora Rodríguez -
Presidenta FEIDISCAM CARIBE, para que atienda invitación a participar de taller “ Plan
estratégico 2021-2024”, a llevarse a cabo el día 5 de febrero 2021 de 8:00am y finalizando a
las 3:00pm.
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 37.
Asimismo se le comunica ala Comisión COMAD y ala la Licda. Kembly Mora
Rodríguez - Presidenta FEIDISCAM CARIBE, que se concede el visto bueno para que dicho
evento se lleve a cabo en el salón de sesiones de esta Municipalidad.
Acuerdo N.2 Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
7- Se dio lectura a oficio CPEDA-097-21 , con fecha de recibido 22-01-2021 por la Secretaria
del Concejo, firmado por la Sra. Alejandra Bolaños Guevara - Jefe de Área Comisiones
Legislativas VIII, dice: Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial
de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor, y en virtud de la moción 4-15 aprobada en la sesión
ordinaria de 20 de enero de 2021, se solicita el criterio de esa municipalidad en relación con el
texto sustitutivo del expediente 21.635 “CREACIÓN DE LA OFICINA DEL ADULTO MAYOR
Y DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD EN LAS MUNICIPALIDADES”.
Conocida la solicitud de voto de apoyo a proyecto de Ley expediente
21.635, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Sra. Alejandra
Bolaños Guevara - Jefe de Área Comisiones Legislativas VIII, que este Órgano Colegiado brinda
voto de apoyo a proyecto de ley expediente 21.635 “CREACIÓN DE LA OFICINA DEL
ADULTO MAYOR Y DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD EN LAS
MUNICIPALIDADES”.
Acuerdo N.2 Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
8- Se dio lectura oficio con fecha de recibido 25-01-2021 por la Secretaria del Concejo, firmado
por la Sra. María Isabel Campos Camacho, solicitando la limpieza del parque municipal que
se encuentra junto a mi propiedad en el Barrio Río Seco, esto debido a que está sumamente
desordenado, lleno de monte y llega durante las noches personas a hacer actos indebidos y a
drogarse. Durante 20 años le ha venido dando mantenimiento hasta donde es posible mi marido,
pero debido a la enfermedad que el padece ya no le es posible realizar esta tarea, además siendo
que esto es responsabilidad de la Municipalidad y nunca se han hecho presente en el lugar y
hacer lo que les corresponde.
Conocida la solicitud de limpieza de parque municipal ubicado en Barrio
Río Seco, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, para su atención y respuesta oficio suscrito por la Sra. María Isabel
Campos Camacho, solicitando la limpieza del parque municipal que se encuentra junto a su
propiedad en el Barrio Río Seco, debido a que está sumamente desordenado, lleno de monte y
llega durante las noches personas a hacer actos indebidos y a drogarse.
Acuerdo N.* Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
9- Se dio lectura a circular 02-01-2021 con fecha de recibido 22-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por la MBA. Karen Porras Arguedas - Directora Ejecutiva - Unión Nacional de
Gobiernos Locales, referente a la participación de autoridades locales en elecciones de 2022,
al respecto dice: Ante la publicación del cronograma electoral para las elecciones nacionales
de 2022 por parte del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) han surgido una serie de consultas
respecto a la participación de autoridades locales en puestos de elección popular y su
participación en los procesos preparatorios en las elecciones del próximo 06 de febrero de 2022.
129
IPACIDAD
DE GUACIMO
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INTERNA
130
£flunicipalidad De SuAcimo yy.
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Acta N.2 06-2021
S.E. N.9 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 38,
- Ninguna autoridad local elegida popularmente debe renunciar para optar por los puestos
de presidencia, vicepresidencia y diputaciones para el periodo 2022 -2026. Las
autoridades que deben presentar su renuncia a más tardar el próximo 05 de febrero de
los corrientes para presentar posteriormente sus candidaturas están establecidas de
manera taxativa en los artículos 109 y 132 de la Constitución Política.
- Alas autoridades locales elegidas popularmente les atañe la prohibición establecida en el
Código Electoral artículo 146, que prohíbe a los empleados públicos dedicarse a trabajos
o discusiones de'carácter político - electoral, durante las horas laborales y usar su cargo
para beneficiar a un partido político. Además establece que el El TSE podrá ordenar
la destitución e imponer inhabilitación para ejercer cargos públicos por un periodo de
dos a cuatro años, a los funcionarios citados, cuando sus actos contravengan las
prohibiciones contempladas en este artículo.
Conocido la circular emitida por la Unión Nacional de Gobiernos
Locales referente a participación de autoridades locales en elecciones de 2020,
se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González y Concejo Municipal en pleno circular 02-01-2021 suscrita por la MBA.
Karen Porras Arguedas - Directora Ejecutiva - Unión Nacional de Gobiernos Locales, referente
ala participación de autoridades locales en elecciones de 2022, para. su conocimiento.
Acuerdo N.2 Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
10- Se dio lectura a correo electrónico con fecha de recibido 21-01-2021 por la Secretaria del
Concejo, firmado por el Sr. Patricio Morera Víquez - Presidencia Ejecutiva IFAM, dice: Con
instrucciones superiores le comunico la mayor disposición del IFAM en apoyar la iniciativa
expuesta, en beneficio de las Personas con Discapacidad y Adulta Mayor de la Región Huetar
Caribe, no obstante, en esta oportunidad por un orden administrativo en el uso de las finanzas
públicas y debido a la cercanía de la fecha programada para la actividad (pasado mañana), no
será posible colaborar con la solicitud remitida En aras de contar con mayores detalles al respecto
y con el propósito de avanzar en los trámites que nos permitan apoyarles en el futuro cercano, le
agradeceríamos compartirnos los informes elaborados anteriormente por la secretaria de la
Federación Huetar Caribe de Comisiones municipales y organizaciones de personas con
discapacidad.
Asimismo se adjunta oficio firmado por el Presidente Municipal - Reg.
Jose Leoncio Orozco Peraza, dirigido al Sr. Patricio Mora - Presidente del
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal , dice:
Conocido El próximo viernes 22 de enero del presente año, la Red de comisiones de
Accesibilidad y Discapacidad de la Región Atlántica y Cantón de Sarapiquí llevará a cabo una
capacitación con personal de la Federación de Organizaciones para la Inclusión de la Personas con
Discapacidad y Adulta Mayor de la Región Huetar Caribe, así como el señor Mario Rivera, asesor
parlamentario en el tema de derechos de personas con discapacidad.
Para lo anterior se programa una sesión desde las 8 am hasta las 3 pm y en la cual se pretende
continuar con el trabajo que se ha venido realizando en sesiones anteriores en los cantones de
Sarapiquí y Limón.
Como es usual en dichas capacitaciones, se ha brindado apoyo por parte del IFAM con
respecto a la alimentación de las personas, por lo cual solicitamos su colaboración para como se
ha realizado en anteriores ocasiones, se nos apoye con este servicio y así llevar a cabo esta
importante actividad.
En este caso esperamos contar con la participación de 30 personas y requerimos el
apoyo con tres tiempos de alimentación: desayuno, almuerzo, café o merienda de la tarde.
Acta N.* 06-2021
S.E. N.0 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 39.
Conocido - el oficio firmado por el Sr. Patricio Morera Víquez -
Presidencia Ejecutiva IFAM, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza,
dice: Seria solicitarle a la Secretaria de la Federación Huetar Caribe de Comisiones
municipales y organizaciones de personas con discapacidad, hacer llegar los informes
elaborados anteriormente de actividades anteriores en donde el IFAM les colaboro
con el tema de la alimentación en lo que respecta a beneficio de las Personas con
Discapacidad y Adulta Mayor de la Región Huetar Caribe, lo anterior debido a que el
dinero que se invierte son financias públicas.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Secretaria de la
Federación Huetar Caribe de Comisiones municipales y organizaciones de personas con
discapacidad, copia de correo electrónico que suscribe el Sr. Patricio Morera Víquez - Presidencia
Ejecutiva IFAM, afin de que a la mayor brevedad posible haga llegar informe de las actividades
que han llevado a cabo, en las cuales han recibido dinero de parte del IFAM, lo anterior por
controles que debe de llevar dicha Dependencia por ser recursos públicos.
Acuerdo N.2 Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
11- Se dio lectura a oficio con fecha de recibido 27-01-2021 por la Secretaria del Concejo,
firmado por el Sr. Dorian Villalobos Campos vecino y la Sra. Leda Castro Cruz, Comité
Promejoras Los Colegios dice: En virtud que se encuentran realizando cajas de registro a
nivel cantón se les solicita respetuosamente que se ejecuten el faltante de 3 cajas de registro
que faltan después de las intervenciones y colocación de alcantarillas en el área comunal esto
teniendo conocimiento el señor Alcalde don Gerardo Fuentes.
Agradeciendo toda la ayuda brindada y esperando continuar con nuestra labor comunal
de la mejor manera posible.
Conocida la solicitud se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por Sr. Dorian Villalobos Campos vecino y la Sra.
Leda Castro Cruz, Comité Promejoras Los Colegios, para que atienda y brinde respuesta a su
solicitud de solución a faltantes de tres cajas de registro en el área comunal Los Colegios.
Acuerdo N.% Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
12- Se dio lectura de copia de oficio con fecha de recibido el 27-01-2021 por la Secretaría del
Concejo Municipal firmado por la Sra. Yanitzia Marcela Mena Castro - Presidenta del Comité
Cantonal de la Persona Joven del Cantón de Guácimo, el cuál dicho oficio fue enviado a la Sra.
Liliana Mora Vargas del PANI el 14 de mayo del 2020; en donde le solicita de manera respetuosa
y formal la respuesta de cuáles son las razones de porque no se ha logrado crear la Política
Cantonal de Niñez y Adolescencia, dado que debe presentarlo a la Comisión de Sembrando
Seguridad y de la cuál este Órgano debe ser actor para buscar la manera de que esta política deba
crearse; por lo tanto remite copia de la respuesta mediante oficio PANI -OLPO-OF-00241-2020
firmado por la Sra. Lilliana Mora Vargas-Socióloga/Promotora Social oficina local PANÍ Pococí; el
cuál dice;
Ante su solicitud realizada en documento sin número de oficio, fechado el 14 de mayo del 2020,
dirigido a la suscrita, donde se solicita información escrita sobre las razones por las que Guácimo
no tiene Policita Cantonal para la Niñez y la Adolescencia, se procede a indicar, desde la
información que manejo, lo siguiente:
La creación, financiamiento y sostenibilidad de las Políticas Cantonales para la Niñez y la
Adolescencia, son creaciones que se generan en las Municipalidades, como competencia de los
Gobiernos Locales, a través de la Alcaldía Municipal, en coordinación interinstitucional con otras
dependencias:
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DE GUACIMO
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Acta N.* 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 40.
Con relación a su pregunta exclusiva sobre el cantón de Guácimo, procedo a indicar lo siguiente:
1. En el año 2013, se dio inicio a un certamen nacional llamado Cantones Amigos
de la Infancia, (CAI) proceso que correspondía a cumplir. con una serie de
requisitos y responsabilidad hasta obtener una Política Cantonal para la Niñez y
la Adolescencia en el año 2015. Este certamen fue coordinado por IFAM, UNICEF
y PANI, en el mismo se invitó a todas las Municipalidades del país a participar en
el proceso, se conoce que ante esta invitación la Municipalidad de Guácimo, se
inscribió en el proceso, no obstante, no le dio continuidad al proceso, por razones
que se desconocen.
2. En el año 2017, el Patronato Nacional de la Infancia como parte de la propuesta
programática conjunta con las Municipalidades del país para la ejecución del
presupuesto de ese año, se invitó a la Municipalidad de Guácimo a una reunión
en el nivel central para el correspondiente inicio de la relación interinstitucional
para apoyar con la asignación de presupuesto a la Municipalidad para que entre
otras cuestiones creara su Política Cantonal para la Niñez y, la Adolescencia, no
obstante, por razones que de igual forma se desconocen no hubo representación
de la Municipalidad de Guácimo en la reunión inicial.
Esas son las dos gestiones significativas de las que se tiene conocimiento, es importante indicar
que ante el desinterés y consecuente desaprovechamiento de las oportunidades que ha tenido la
Municipalidad de Guácimo, de no ser que en el seno de la Municipalidad, se genere el compromiso
y se busque la alternativa que le permita crear y ejecutar una Política Cantonal para la Niñez y la
Adolescencia, difícilmente, desde una entidad externa se les construya la, Política, pues desde
entidades externas se brinda acompañamiento y/o fiscalización del proceso, pero la
responsabilidad directa del diseño, creación, aprobación y ejecución de la misma; es competencia
de la Municipalidad del cantón.
Sobre el proceso de Cantones Amigos de la Infancia, se puede buscar información en la web, la
misma está disponible en las páginas del Ministerio de Planificación Nacional, IFAM, PANI, UNICEF,
etc. Sobre el proceso del 2017.
Conocida la información que remite la Sra. Yanitzia Marcela Mena Castro
—-Representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación; de Guácimo ante el
Comité Cantonal de la Persona Joven del Cantón de Guácimo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Comisión de
Asuntos Sociales de esta Municipalidad, para darle seguimiento a oficio suscrito por la Sra.
Yanitzla Marcela Mena Castro -Representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Guácimo ante el Comité Cantonal de la Persona Joven del Cantón de Guácimo, en el que adjunta
oficio PANI-OLPO-OF-00241-2020, firmado por la Sra. Lilliana Mora Vargas -Socióloga Promotora
Social Oficina Local PANI POCOCI, en el cual le comunica que las razones por las cuales
Guácimo no tiene política Cantonal para la Niñez y la Adolescencia, cuya creación financiamiento
y sostenibilidad son creaciones que se generan en las Municipalidades como competencia de
los Gobiernos Locales, a través de la Alcaldía Municipal en coordinación interinstitucional con
otras dependencias. Debiendo rendir informe al Concejo Municipal una vez analizado el tema.
Acuerdo N.2 Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
13- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido el 27-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por la Sra. Yanitzia Marcela Mena Castro -Representante del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de Guácimo ante el Comité Cantonal de la Persona Joven del Cantón de
Guácimo, hace entrega de:
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 41.
Documentación:
+ - Rendición de cuentas del Periodo 2020 por correo oficial del Concejo Municipal
para que sea incluido todo dentro del acta del día de hoy.
+  Eindicar sobre los activos del CCPJ aclarar que únicamente nos fueron entregados
lo que es el Libro de actas anterior y nuevo, sello y estandarte mismo que el día
de ayer hice entrega a los nuevos representantes del Comité Cantonal de la
Persona Joven.
+ Documentación enviada en relación a la solicitud de consulta del porque Guácimo
no cuenta con una política de Niñez y Adolescencia.
Conocida la solicitud que remite la Sra. Yanitzia Marcela Mena Castro -
Representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo ante el Comité
Cantonal de la Persona Joven del Cantón de Guácimo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle a la Sra, Yanitzia Marcela
Mena Castro -Representante del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo ante el
Comité Cantonal de la Persona Joven del Cantón de Guácimo, que la rendición de cuentas del
Periodo 2020 ha sido incorporado textualmente como se hizo llegar al correo de la
Secretaria del Concejo Municipal, en el Acta N% 05-2021, Sesión Ordinaria N*04-
2021, celebrada el día martes 26 de Enero 2021.
Acuerdo N.2 Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
14- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido el 28-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por el Sr. Maicol Gamboa Campos-Vecino de Guácimo, solicitando una
inspección del parque Proyecto El Sol Carambola, ya que fue destruido con su totalidad sin
consentimiento de nadie, apodaron todos los árboles, se llevaron los pollos (banquitos) y
destruyeron la yarda y malla.
Conocida la solicitud presentada por el Sr. Maicol Gamboa Campos-Vecino
de Guácimo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, oficio suscrito por el Sr. Maicol Gamboa Campos-Vecino de Guácimo,
solicitando una inspección del parque Proyecto El Sol Carambola, ya que fue destruido con su
totalidad sin consentimiento de nadie, apodaron todos los árboles, se llevaron los pollos
(banquitos) y destruyeron la yarda y malla, para su atención y respuesta. Debiendo informar al
Concejo Municipal la resolución del caso.
Acuerdo N.% Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
15- Se dio lectura a oficio con fecha de recibido el 28-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por la Unidad Ejecutora y de Coordinación dice: Como parte de los resultados
del diagnóstico de necesidades efectuado a todos los Equipos técnicos y Autoridades municipales
a finales del 2019 del país, derivo como principal necesidad el tema de Potencial Humano para
el desarrollo de capacidades y el fortalecimiento de los Gobiernos Locales, por lo que el Programa
de la Red Vial Cantonal PRVC-11 MOPT/BID, los(as) invita a formar parte de la primera sesión
introductoria,
Dicha sesión virtual está dirigida a las autoridades de los Gobiernos Locales y se llevará a cabo
el miércoles 10 de febrero de 8:00 am a 9:00 am. A continuación, el enlace para acceder a la
capacitación:
£lunicipalidad de Guácimos
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l
P,
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.9 42.
Conocida la invitación girada por la Unidad Ejecutora y de
Coordinación MOPT, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerle a la Unidad Ejecutora y de
Coordinación MOPT, invitación que gira a este Órgano Colegiado para participar de primera .
sesión introductoria virfual a llevarse a cabo miércoles 10 de febrero de 8:00 ama 9:00 "”---
am sobre Programa de lá Red Vial Cantonal PRVC-I1 MOPT/BID. ES
Por lo tanto se traslada link - enlace al Concejo en Pleno quedando cordialmente invitados a
participar.
https://teams.microsoft.com/l/meetup-
join/19%3ameeting ZDVhM2M4MTAtYjlyMCOONjlLWJiZTItYZE3NDBiMidiM2Jk%40thread.v2/0?c
ontext=%7b%22Tid%22%33%228b77f653-7533-4968-9825-
a01b56b7b013%22%2c%220id%22%33%22322517f7-f239-4e56-9216-6e5233bfb860%22%7d
Acuerdo N.? Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
16- Se dio lectura a oficio con fecha de recibido el 28-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por el Sr. José Mario Jara Alvarado - Grupo Las Rosas, dice: A efectos de
resguardar los recursos de los financiamientos de los bonos de vivienda de las 82 familias del
cantón de Guácimo, se nos ha delegado en nuestra condición de desarrolladores del proyecto Las
Rosas de Río Jiménez, gestionar ante el Concejo Municipal la ampliación del Acuerdo No. Trece de
la Sesión Ordinaria No. 29-2020, con fundamento en el siguiente considerando:
CONSIDERANDO:
Primero. Que el BANHVI en su condición de Ente Rector del Sistema Financiero para la Vivienda, -
tiene como objetivo primordial la asignación de recursos para atender los problemas de vivienda
de familias de escasos recursos, que viven en condición de pobreza extrema.
Segundo. Que las municipalidades deben ser Instituciones que faciliten el acceso a vivienda de
las familias de escasos recursos del cantón.
Tercero. Que la obtención de una vivienda en tiempos de pandemia es un asunto que reviste
carácter de urgencia y de interés público nacional.
Cuarto. Que en materia de fondos públicos como lo son los que administra el BANHVI, ante
cualquier circunstancia, debe privar el INTERES SUPERIOR de las familias necesitadas de
vivienda.
Quinto. Que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), la Municipalidad de
Guácimo y el Grupo Las Rosas suscribieron una "Carta de entendimiento", a efectos de asegurar
la tramitación en conjunto del permiso de perforación y construcción de un nuevo pozo municipal
para sustituir al pozo municipal GM-110. Tramitación que se está realizando actualmente a través
del Expediente No. 21053-P de la Dirección de Agua del MINAE.
Sexto. Que, para reactivar la documentación de los 82 expedientes familiares, la Administración
del BANHVI está solicitando como requisito las "disponibilidades de agua” de los lotes de las
familias.
135
DE SIRO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E. N.* 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 43.
Sétimo. Que es transcendental mantener la vigencia de los 82 financiamientos con bonos de
vivienda de las familias del proyecto Las Rosas de Río Jiménez.
Con fundamento en lo indicado en el anterior CONSIDERANDO, el Concejo Municipal acuerda:
Para que prevalezca el INTERES SUPERIOR de las ochenta y dos familias necesitadas de
vivienda, se acuerda solicitar formalmente a la presidencia ejecutiva del AyA que autorice a la
Municipalidad de Guácimo, a asumir la administración del acueducto municipal Las Rosas de Río
Jiménez en forma transitoria, en el entendido que el actual pozo municipal GM-110
permanecerá sellado y sin uso, únicamente durante el tiempo necesario para concluir la
tramitación conjunta del permiso de perforación del nuevo pozo municipal, su construcción,
realización de las pruebas de calidad y cantidad del agua del nuevo pozo, y el respectivo traspaso
de las fincas del Partidos de Limón 173443-000 y 173069-000 al AyA.
Don José Leoncio, si el Concejo por usted representado está de acuerdo con nuestra gestión, favor
revisar, corregir o ampliar con sus asesores legales los Lic, Roy Castro y Danny Arguello, la
correcta redacción e implementación de este acuerdo.
Le comento que la persona que buscó esta solución, lo hizo por el bienestar de las 82 familias,
porque las disponibilidades permitirán la aprobación de sus financiamientos con bonos de vivienda,
desde luego condicionada esta aprobación a la construcción del nuevo pozo municipal y al traspaso
de las fincas al AyA. Dicha persona está totalmente inmersa en el sistema y en Casa Presidencial,
donde se discutió que es la única medida de carácter transitorio para garantizar los financiamientos
FOSUVI a las familias, siendo el verdadero trasfondo de este acuerdo, que la municipalidad al
recibir la autorización del AyA para la administración transitoria del acueducto, pueda emitir de
inmediato la renovación de las "disponibilidades de agua” de las 82 familias, cuyo machote
general les remitiría el Grupo Las Rosas, cuando ustedes nos lo indiquen.
Conocida la solicitud que presenta el Sr. José Mario Jara Alvarado -
Grupo Las Rosas, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Considero que esta petición de ampliación al del Acuerdo No. Trece de la Sesión
Ordinaria No. 29-2020,no procede sin embargo es importante trasladarla a criterio
legal por parte del Lic. Danny Arguello, solicitarle al Sr. Alcalde que nos facilite su
colaboración en el tema por lo tanto: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de
acuerdo en aprobar lá propuesta, sírvase levantar la mano, aprobado firmemente por
unanimidad, por lo tanto se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: solicitar al Alcalde Municipal - Sr.
Gerardo Fuentes González, su colaboración con los servicios del Lic. Danny Arguello Morales
- Asesor Jurídico a.i., de esta Municipalidad a fin de que rinda criterio legal sobre petición
que suscribe el Sr. José Mario Jara Alvarado - Grupo Las Rosas, referente a ampliación del
Acuerdo No. Trece de la Sesión Ordinaria No. 29-2020, en los siguientes términos:
CONSIDERANDO:
Primero. Que el BANHVI en su condición de Ente Rector del Sistema Financiero para la Vivienda,
tiene como objetivo primordial la asignación de recursos para atender los problemas de vivienda
de familias de escasos recursos, que viven en condición de pobreza extrema.
Segundo. Que las municipalidades deben ser Instituciones que faciliten el acceso a vivienda de
las familias de escasos recursos del cantón.
NIC Ce 113)
DE GUACIMO
a. AUDITORIA
¿£” INTERNA
Acta N.2 06-2021
S.E, N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 44,
Tercero. Que la obtención de una vivienda en tiempos de pandemia es un asunto que reviste
carácter de urgencia y de interés público nacional.
Cuarto. Que en materia de fondos públicos como lo son los que administra el BANHVI, ante
cualquier circunstancia, debe privar el INTERES SUPERIOR de las familias necesitadas de
vivienda.
Quinto. Que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), la Municipalidad de
Guácimo y el Grupo Las Rosas suscribieron una "Carta de entendimiento", a efectos de asegurar
la tramitación en conjunto del permiso de perforación y construcción de un nuevo pózo municipal
para sustituir al pozo municipal GM-110. Tramitación que se está realizando 'actualmente a través
del Expediente No. 21053-P de la Dirección de Agua del MINAE.
|
Sexto. Que, para reactivar la documentación de los 82 expedientes familiares, la Administración
del BANHVI está solicitando como requisito las "disponibilidades de agua” de los lotes de las
familias.
Sétimo. Que es transcendental mantener la vigencia de los 82 financiamientos con bonos de
vivienda de las familias del proyecto Las Rosas de Río Jiménez.
Con fundamento en lo indicado en el anterior CONSIDERANDO, el Concejo Municipal acuerda:
Para que prevalezca el INTERES SUPERIOR de las ochenta y dos familias necesitadas de
vivienda, se acuerda solicitar formalmente a la presidencia ejecutiva del AyA que autorice a la
Municipalidad de Guácimo, a asumir la administración del acueducto municipal Las Rosas de Río
Jiménez en forma transitoria, en el entendido que el actual pozo municipal GM-1:10
permanecerá sellado y sin uso, únicamente durante el tiempo necesario para concluir la
tramitación conjunta del permiso de perforación del nuevo pozo municipal, su construcción,
realización de las pruebas de calidad y cantidad del agua del nuevo pozo, y el respectivo traspaso
de las fincas del Partidos de Limón 173443-000 y 173069-000 al AyA.
(Debiendo rendir dictamen legal al Concejo Municipal). .
Acuerdo N.2 Dieciocho Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
17- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido el 28-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por la Sra. Gabriela Esquivel Jiménez-Promotora Unidad de Servicios Técnicos
y Financiamiento-IFAM, recordando la invitación realizada la semana pasada por el IFAM en la
cual se les invita a participar del Congreso: “Congreso Municipal en Tecnologías de
Información: Buenas prácticas nacionales e internacionales”. Hasta el momento contamos
con algunas inscripciones de funcionarios de TI pero es importante recordar que además pueden
participar las autoridades de la Municipalidad: Alcaldes(as), Vicealcaldes(as), Regidores, Síndicos
y Concejales, por lo que les reiteramos la invitación y el enlace para quienes gusten inscribirse.
Es nada más de ingresar al enlace: CONGRESO MUNICIPAL. EN TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN. y llenar sus datos. Si tienen algún problema pueden contactarse con las
compañeras de la Unidad de Capacitación, quienes dejaron sus contactos en el correo previo,
remitido el 22 de enero.
Conocida la invitación a participar de Congreso Municipal en
Tecnologías de Información: Buenas prácticas nacionales e internacionales”, que
suscribe la Sra. Gabriela Esquivel Jiménez-Promotora Unidad de Servicios Técnicos y
Financiamiento-1FAM, se acuerda:
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.0 45.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerle a la Sra. Gabriela
Esquivel Jiménez-Promotora Unidad de Servicios Técnicos y Financiamiento-IFAM la invitación
que gira a este Organo Colegiado para participar de “Congreso Municipal en Tecnologías
de Información: Buenas prácticas nacionales e internacionales, durante los días 17,
18 y 19 de febrero 2021, Por lo tanto se traslada la información al Concejo en Pleno
quedando cordialmente invitados a participar.
Acuerdo N.% Diecinueve Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
18- Se dio lectura de oficio con fecha de recibido el 28-01-2021 por la Secretaría del Concejo
Municipal firmado por la Licda. Margarita Brenes Solano- Encargada del Departamento de Patentes
Municipalidad de Guácimo, comunicando que en derecho a la respuesta, me dirijo a ustedes muy
respetuosamente para hacer aclaración del caso que expuso el señor José Leoncio Orozco Peraza
durante dos sesiones municipales, impidiéndome el derecho de expresión a pesar de que fue el
mismo consejo quien me solicitó presentarme en sesión ordinaria número 02-2021, celebrada el
12 de enero del 2021, mediante acuerdo municipal número 22. En primera instancia hago
referencia al caso expuesto por el señor Orozco Peraza, que dé ante mano manifiesta haber sacado
a relucir un tema que era meramente Administrativo, pero con mucho gusto hago la aclaración
del caso. En referencia a la moción presentada por el señor Orozco Peraza aduciendo que mi
persona no lo quiso atender por estar en el teléfono celular, lo desmiento categóricamente y pongo
como testigos a mis compañeras de Plataforma de Servicios. Ellas podrán dar fe de que el señor
Orozco Peraza nunca estilvo esperando ni un minuto fuera de la puerta de mi oficina o que yo le
manifestara que no lo atendería, también pueden revisar las cámaras y evidenciar que el señor ni
siquiera estuvo dentro de mi oficina. Aclaro el malentendido y sobre todo ante la alevosía de mal
informarme ante este consejo municipal como que mi persona no le dio el trato correspondiente
“como contribuyente” como lo manifestó varias veces en su acuerdo municipal. Es claro que los
contribuyentes son atendidos por medio de la Plataforma de Servicios Tributarios y no
directamente en mi oficina. Él claramente quería un trato diferente por ser el Presidente Municipal,
razón por la cual no fue a la Plataforma de Servicios, sino que, se dirigió directamente a mi oficina
cosa que un “contribuyente normal” no puede hacer. Hago la aclaración de lo sucedido porque el
señor Orozco no expuso el caso como verdaderamente sucedió; por lo que procedo a indicarla
realidad y es que el señor quiso ingresar de manera imponente a mi oficina sin dar el mínimo
respeto a mi privacidad. Es norma de cultura y respeto que, cuando una persona va a ingresar a
una oficina, saluda y pide permiso para ingresar, con más razón si la persona que busca se
encuentra ocupada. Si bien es cierto que en ese momento me encontraba atendiendo un
contribuyente por medio de mi celular con mucho gusto le atendería, el inconveniente que el señor
Orozco ho le pareció fue que le indicara que me permitiera un segundo terminar con la llamada,
al no parecerle se dirigió de forma inmediata don mi compañera Yahaira Chambers. El problema
es que el señor Orozco todo se lo toma de manera personal y desde hace días no maneja un trato
cordial con mi persona por mantener un caso administrativo por cobro de alquileres de locales
comerciales en el distrito de Pocora y ya en varias ocasiones se ha presentado en mi oficina
aduciéndome que el caso se abrió porque tengo algo personal con él, lo que no es cierto ya que
el procedimiento se le ha hecho como a cualquier persona que se le realiza un trámite y como lo
establece el artículo 77 bis del código municipal que indica lo siguiente. Artículo 77 bis- Se
constituye a las municipalidades del país como administraciones tributarias y, en consecuencia,
tendrán facultades para ejercer fiscalización y control en la recaudación de los diversos tributos a
ellas asignados, y podrán intervenir en cualquier momento previa notificación al sujeto pasivo,
dentro de los plazos establecidos en la Ley N* 4755, Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, de 03 de mayo de 1975, para asegurar el estricto cumplimiento de las normas legales
que les otorgan recursos económicos. Por otro lado, se acoge al artículo 16 punto 3 del Manual de
Servicio Autónomo de servicios de la municipalidad de Guácimo, Publicado en La Gaceta No. 167
del 31 de agosto del 2006, que enfoco el señor Orozco para perjudicarme aduciendo el uso del
celular, donde lo que indica dicho artículo es el uso del teléfono y equipos que sean de la institución
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
3, AUDITORIA
£ INTERNA
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MUNICIS ¡BAD
DE GUACIMO
AUDITORIA
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Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-202i
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 46.
para asuntos personales. Adjunto articulo para su interpretación correcta. Prohibiciones Artículo
16, punto 3. Utilizar teléfonos, radio-comunicadores, y demás instrumentos de comunicación
propios de la institución para asuntos personales o ajenos a las funciones de su cargo. También
manifiesto que en el Artículo 15, inciso b) Atender, en horas de trabajo, visitas y hacer llamadas
telefónicas de carácter personal para asuntos ajenos a sus labores, a ménos que éstas sean de
gravedad o de urgencia, en cuyo caso deberán ser lo más breves posibles. En ninguna parte de
dicho manual se externa o describe el uso del celular, por lo que les manifiesto que, si he utilizado
mi celular para el envió de estados de cuenta y cualquier consulta que me han realizado
contribuyentes, que con mucho gusto lo he prestado para cosas municipales, como también ha
sido el caso de mis compañeros inspectores que usan a diario sus celulares en el campo, porque
los contribuyentes dan mal una dirección, también usan el celular realizar inspecciones, operativos
y decomisos ya que a la a la fecha no cuentan con equipos adecuados como cámaras, tablets o
celulares por parte de la municipalidad para realizar las labores diarias de sus funciones y que con
mucho gusto los ponemos a disposición del servicio municipal sin recibir ninguna remuneración a
cambio. Por último, deseo reiterar la importancia de contar con el apoyo de este Consejo Municipal
para asuntos importantes y operativos del Departamento de Servicios Ciudadanos y NO en asuntos
tan banales, sin importancia como el caso que nos ocupa. Como derecho a la respuesta solicito mi
aclaración sea leída en la sesión celebrada el día 26 de enero del presente año. Sin otro en
particular y agradeciendo su espacio para aclarar lo sucedido que a su disposición para cualquier
consulta con mucho gusto.
Conocido el oficio que suscribe la Licda. Margarita Brenes Solano- Encargada
del Departamento de Patentes, el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, dice: Que hace llegar la Sra. Margarita Brenes, mismo que fue enviado vía
correo a todos los Regidores y también a los Síndicos, como ya lo tenemos de
conocimiento enviado a todos por correo entonces lo vamos a dejar de conocimiento.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Creo que este documento debe
ser leído el día de hoy en esta sesión, ya que corresponde a derecho de la respuesta del
tema que ella fue citada a tratar aquí, en la sesión anterior.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Si,
pero creo que Usted lo tiene en correo o no.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Si, pero se mando para que se
leyera en la sesión del Concejo del día de hoy.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es
que como todos lo tenemos en el correo es dejarlo de conocimiento.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Si, el documento está ahí, la
Secretaria lo puede leer, para eso estamos aquí.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces lo vamos a someter a votación, por lo tanto: Los Señores y Señoras
Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar que la nota quede como conocimiento,
sírvase levantar la mano, los Reg. Ana María Esquivel Mesén, Leonardo Carrillo Sánchez,
Rosibel Marchena Serrano, José Leoncio Orozco Peraza y el voto disidente del Reg.
Leance Ramírez Mora.
Conocida la votación cuatro votos a favor y uno disidente queda el documento como
conocimiento por mayoría calificada.
Acta N.2 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 47,
En uso de la palabra la Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: Yo vote, pero Yo no estoy
escuchando muy bien de aquí, pero en realidad ese documento debería leerse.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Lo que vamos a hacer es que se incorpore en el acta.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Que lo lea la Secretaria, para
esto esta y Yo se que ese documento tiene y debe que leerse.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Pero ya lo votamos y quedo como mayoría calificada, por lo tanto continuamos con el orden
del día.
CONOCIMIENTO.
19- Se dio lectura de oficio MUOR-SCM-0032-2021 con fecha de recibido el 20-01-2021
por la Secretaría del Concejo Municipal firmado Laura Rojas Araya- Secretaria Concejo
Municipal Municipalidad de Oreamuno, quien remite acuerdo tomado por el Concejo Municipal de
Oreamuno el cuál dice, La suscrita Secretaria, se permite transcribir a ustedes para su
conocimiento y fines consiguientes el Artículo 10%, estipulado en la Sesión No.57-2021,
celebrada por el Concejo Municipal el día 12 de enero del 2021, que literalmente dice:
ARTÍCULO 10%: Correo electrónico enviado por la señora Cinthya Solano, Asistente de
Secretaría Concejo Municipal, Municipalidad de Guácimo, dirigido al Concejo Municipal;
por medio del cual adjunta el oficio S.M.G.-0018-2021, bajo el cual se transcribe el
acuerdo No,11, tomado en Sesión Ordinaria No.01-2021, celebrada el día 5 de enero del
2021, en el que se acuerda agradecer al Concejo Municipal de Oreamuno, su solidaridad
al brindar voto de apoyo a la gestión realizada por la Municipalidad de Guácimo, en favor
de la Municipalidad del cantón de Pococí en cuanto a que el Gobierno de la República
busque una solución a la búsqueda de que el A y A, apruebe disponibilidad de agua, ya
que es un derecho, tanto como el derecho a salud y la vida y al no aprobarlo se está
violentando y perjudicando el desarrollo de la provincia de Limón..-Se toma nota del
correo enviado por la señora Cinthya Solano.
Conocida el voto de apoyo que brinda la Municipalidad del Cantón de
Oreamuno, a acuerdo de este Concejo Municipal, en el que se solicita al Gobierno de
la República busque una solución a la búsqueda de que el A y A, apruebe disponibilidad
de agua, ya que es un derecho, tanto como el derecho a salud y la vida y al no aprobarlo
se está violentando y perjudicando el desarrollo de la provincia de Limón, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Agradecerle al Concejo Municipal de
la Municipalidad Oreamuno, las muestras de apoyo brindadas a el acuerdo tomado por este
Órgano Colegiado ante el Gobierno de la República, en cuanto a que busque una solución en
el A y A, para que apruebe disponibilidad de agua, ya que es un derecho, tanto como el derecho
a salud y la vida y al no aprobarlo se está violentando y perjudicando el desarrollo de la provincia
de Limón.
Acuerdo N.? Veinte. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
20- Se dio lectura de oficio AMG-062-2021 con fecha de recibido el 20-01-2021 por la
Secretaría del Concejo Municipal firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde
Municipalidad de Guácimo, indicando que en relación con los alcances del acuerdo
municipal n * 12, adoptado en sesión extraordinaria 28-18, celebrada en fecha 24 de
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Acta N.% 06-2021
S.E. N.2 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.* 48.
setiembre del 2018, referente a una suspensión temporal de decomisos de mercadería
a vendedores ambulantes, procedo a manifestar lo siguiente:
De conformidad con lo indicado en el acuerdo citado líneas arriba (se adjunta
copia), en su momento el Concejo Municipal de turno adopto una decisión de suspensión
de decomisos en los casos de ventas ambulantes, esto hasta tanto se conociera criterio
legal y se tuviera una propuesta de reglamento para regular las actividades de ventas
ambulantes. En relación, en su momento ya se había remitido ¡una propuesta de
reglamento y a la fecha ya se han realizado reuniones en donde han participado los
funcionarios del área tributaria y del área legal de esta Municipalidad, con lo cual ya el
Concejo dispone de un proyecto que está en su proceso de estudio para su aprobación.
En concordancia con lo indicado, considerando han aumentado las ventas
ambulantes en nuestro Cantón y que en algunos casos existe quejas de ciudadanos, se
solicita al Concejo Municipal, se sirva valorar la adopción de un nuevo acuerdo, en donde
con respecto a las ventas ambulantes, se indique que se autoriza al Área Tributaria de
esta Municipalidad, para que pueda realizar las prevenciones del: caso, así como el
requerimiento de desplazamiento cuando se encuentren obstaculizando el paso por vía
pública o se ubique en lugares no aptos, en donde exista peligro a la seguridad o la
salud, o bien que este generando una competencia desleal al comercio formal; siendo
que en caso de darse resistencia a las prevenciones que se realicen, se podrá realizar el
decomiso de mercaderías, todo con apego de los regulaciones establecidas en el marco
general del ordenamiento jurídico; siendo que corresponderá al Concejo, decidir sobre
la aprobación del Reglamento que de manera específica regulará la actividad de ventas
ambulantes y estacionarias en el Cantón de Guácimo, proyecto el cual ya está en carpeta
y conocimiento de este Concejo Municipal.
Conocido la respuesta del Acuerdo acuerdo municipal N “12, adoptado en
sesión extraordinaria 28-18, celebrada en fecha 24 de setiembre del 2018, referente a
una suspensión temporal de decomisos de mercadería a vendedores ambulantes.
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Comisión de Jurídicos
oficio AMG-062-2021 suscrito por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal en el cual
presenta respuesta a acuerdo municipal N % 12, adoptado en sesión extraordinaria 28-18,
celebrada en fecha 24 de setiembre del 2018, referente a una suspensión temporal de decomisos
de mercadería a vendedores ambulantes, para análisis y resolución. :
Asimismo se convoca a reunión de Comisión de Jurídicos el día miércoles a partir
de las 3:30 p.m., en el salón de sesiones de esta Municipalidad.
Acuerdo N.9 Veintiuno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
21- Se dio lectura de oficio AMG-063-2021 con fecha de recibido el 27-01-2021 por la Secretaría
del Concejo Municipal firmado por el Sr. Gerardo Fuentes González- Alcalde Municipalidad de
Guácimo, remite el Proyecto de Reglamento para la donación o venta de Bienes Muebles
declarados en mal estado o desuso de la Municipalidad de Guácimo, para su respectivo estudio y
análisis para su aprobación. Se adjunta oficio GJ-01-2021 del Asesor Legal el cuál dice;
El suscrito, Lic. Danny Argúello Morales, en mi condición de Gestor Jurídico al. de la Municipalidad
de Guácimo, en atención de la propuesta de proyecto de Reglamento para la Donación o Venta de
Bienes Muebles Declarados en mal estado o desuso de la Municipalidad de Guácimo; me permito
indicar lo siguiente:
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¿HHunicipalidad de Guácimo,
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DE GUACIMO
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Pág. N.? 49.
En proyecto de reglamento indicado líneas arriba, representa una alternativa para regular el
procedimiento mediante el cual la Municipalidad de Guácimo pueda disponer para su venta o
donación activos que constituyan chatarra o hayan sido declarados en desuso.
En relación, se recomienda remitir ante el Concejo Municipal el proyecto en . cuestión, para que
en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 13 inciso c) del Código Municipal,
proceda el órgano Colegiado al estudio y análisis del mismo para su aprobación, debiendo
observarse lo establecido en el artículo 43 del mismo Código, en lo relativo a las publicaciones de
rigor en el Diario Oficial la Gaceta.
REGLAMENTO PARA LA DONACION O VENTA DE BIENES MUEBLES
DECLARADOS EN MAL ESTADO O DESUSO DE LA MUNUCUPALIDAD DE
GUACIMO LIMON
La Municipalidad de Guácimo, conforme a las competencias establecidas en el artículo 13 inciso
c), así como el ordinal 71 ambos del Código Municipal, establece el instrumento regulatorio
denominado Reglamento para la Donación o Venta de Bienes Muebles Declarados en Mal Estado
o Desuso de la Municipalidad de Guácimo.
Considerando:
1.-Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4 del Código Municipal
reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las Municipalidades, suficiente para
dictar disposiciones reglamentarias.
11.-Que el numeral 163 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa crea la posibilidad
que los bienes muebles de la administración declarados en mal estado o desuso, puedan ser
donados o vendidos con recurrencia a los instrumentos reglamentarios internos de cada entidad y
la legislación vigente.
111.-Que la Administración Municipal requiere contar con una normativa que regule la donación y/o
venta de bienes muebles declarados en mal estado o desuso, en conformidad con los artículos 50
y 169 de la Constitución Política, los artículos 04 del Código Municipal y la Ley N O 8839 para la
Gestión Integral de Residuos.
CAPÍTULO UNICO.
Artículo 12-Ámbito de aplicación. El presente reglamento es un instrumento jurídico de la
Municipalidad de Guácimo que regula la donación o venta de bienes muebles declarados en mal
estado o desuso, así como residuos denominados como chatarra, que son parte del patrimonio de
la Municipalidad.
Artículo 22-Definiciones.
a. Bienes muebles en mal estado o desuso: Se entenderá como bienes muebles en mal
estado, aquellos que han perdido su capacidad productiva, su funcionalidad, existiendo
imposibilidad para habilitarlos o el costo de la habilitación supera el valor del bien.
b. Chatarra: Se: comprende como el conjunto de trozos o piezas de,' metal de desecho
(principalmente hierro) que no pueden ser utilizados para actividades o proyectos municipales.
Cc. Avalúo: Se entenderá como la estimación del valor comercial de un bien o artículo
reflejado en cifras monetarias por medio de un dictamen técnico imparcial, a través de sus
características físicas, de uso, de investigación o el análisis de mercado, tomando en cuenta las
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Pág. N.? 50.
condiciones físicas y/o tecnológicas de acuerdo al valor real del mercado. El avalúo será realizado
por el órgano especializado de la Municipalidad o en su defecto por el departamento con facultades
suficientes del Ministerio de Hacienda.
d. Disposición final adecuada: Se entenderá como la gestión diferenciada que deberá de
realizar la Municipalidad para que, una vez declarado un bien en mal estado o en desuso, se realice
su venta y/o donación, de manera que no se genere daño al medio ambiente y se eviten daños a
la salud pública, tal como lo establece la Ley N O 8839 "Ley para la Gestión Integral de Residuos".
e. Funcionario responsable: Deberá de entenderse como el funcionario que aparezca como
responsable directo o indirecto del bien en particular; en el supuesto de que el artículo se
encuentre asignado a un Departamento, le corresponderá al Jefe del mismo la gestión de lo aquí
estipulado. Cuando exista duda o no sea posible determinar la responsabilidad, le corresponderá
al Alcalde Municipal realizar la gestión. !
Artículo 3-Del procedimiento para la declaratoria de mal estado o desuso de un bien
mueble.
a. El funcionario responsable deberá realizar un listado de los bienes muebles y/o residuos
susceptibles de declaratoria de mal estado y/o desuso. El listado debe indicar nombre del
Departamento, tipo de activo en desuso, cantidad, características del activo, número de placa,
firma del responsable y firma del Jefe del Departamento en caso de ser procedente.
En el caso de chatarra Únicamente deberá indicar el tipo de residuo, el peso y firma del funcionario
responsable.
b. La Proveeduría Municipal deberá de custodiar los bienes trasladados de acuerdo al listado;
además, deberá de indicar la ubicación o lugar de permanencia de los biehes desde el momento
en que se trasladan para realizar el presente procedimiento hasta la emisión del acto final o
entrega de los bienes.
Cc. La Proveeduría Municipal con el "Visto Bueno" de la Alcaldía Municipal solicitará la
realización de un avalúo al profesional municipal competente según la naturaleza el bien, ya sea
la persona asignada como Perito Municipal, Profesional en Ingeniería Informática, entre otros. En
caso de ser necesario, se podrá solicitar colaboración al Ministerio de Hacienda.
d. El funcionario municipal a cargo de realizar el avalúo entregará a la Proveeduría Municipal,
en un plazo no mayor a treinta días, toda la documentación necesaria junto con su criterio técnico,
en el que deberá indicar el valor comercial, estado físico, condiciones, capacidad de utilización y
demás consideraciones necesarias para determinar si procede la declaratoria de mal estado y/o
desuso.
e. De todo lo anterior, la Proveeduría Municipal confeccionará un expediente administrativo
que contenga todos los documentos en estricto orden cronológico y con la respectiva foliatura.
f. La Proveeduría Municipal, con el "Visto Bueno” de la Alcaldía Municipal, trasladará el
expediente administrativo al Concejo Municipal, quien sérá el órgano facultado para declarar en
definitiva los bienes en mal estado y/o desuso, lo cual hará con fundamento en el avalúo realizado.
El órgano colegiado verificará que en el expediente administrativo conste el cumplimiento de los
requisitos establecidos en este reglamento.
9. Mediante acuerdo fundado en los antecedes y criterios técnicos del expediente
administrativo, el Concejo Municipal, en caso de ser procedente, declarará los bienes en mal
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Pág. N.* 51.
estado y/o desuso y resolverá la procedencia de su venta o donación conforme las siguientes
reglas:
1.- Verificar el avalúo para determinar el valor del bien o artículo.
2.- Si el valor resultante del avalúo supera el 50% del costo original que significó para la
Municipalidad su adquisición, procederá la venta o remate; excepto cuando dicho valor no sea
suficiente para cubrir al menos el costo administrativo del procedimiento de venta más un 10%,
en cuyo caso procederá la donación.
3.- Si el avalúo no alcanza el límite señalado anteriormente, lo procedente será dar en donación
el bien o aunque a pesar de alcanzarlo mediante mayoría calificada en la votación, se decida su
donación a favor de una Institución Pública o de bien social.
4.- Acordada la forma de disponer de los bienes, si procede la donación, mediante acuerdo
fundado, el Concejo Municipal tendrá la potestad de decidir el destinatario de la donación,
respetando los límites impuestos en este Reglamento,
5.- En caso de que se acuerde la venta de los bienes, el Concejo Municipal autorizará a la
administración, para que Proveeduría Municipal realice el procedimiento de venta establecido en
el artículo 6 de éste Reglamento.
Artículo 4,- Bienes no afectos a donación o venta. No podrán ser donados o vendidos aquellos
bienes que tuvieren valor histórico; estos bienes deberán ser transferidos gratuitamente a una
instancia especializada en su conservación
Artículo 5.- Bienes clasificados como residuos de manejo especial o peligrosos. Se
considerarán bienes de manejo especial o peligrosos los indicados en la Ley N O 8839 y sus
Reglamentos, los cuales deberán de entregarse a gestores autorizados que certifiquen su
disposición final adecuada. Y para tales efectos, solo procederá la donación. Además, cuando su
gestión tenga un costo asociado, se podrán gestionar convenios con gestores autorizados con el
fin de que se reciban los bienes y/o residuos para su tratamiento y disposición final, sin costo
alguno y con la condición de que se entregue a la Municipalidad el certificado ambiental
correspondiente que ampare que la gestión se realizó acorde a la normativa ambiental vigente,
Artículo 6.- Procedimiento para la venta de bienes declarados en desuso y/o mal estado. Cuando
por acuerdo del Concejo Municipal se disponga la venta de un bien mueble declarado en desuso o
mal estado, se utilizará el procedimiento de contratación administrativa de compra directa o el
que corresponda, siendo la Proveeduría Municipal la encargada del procedimiento, según se detalla
a continuación:
a). Se cursará invitación por SICOP o de forma física conforme a las reglas establecidas en la Ley
de Contratación Administrativa y su Reglamento.
b.) El acto administrativo que declara la venta recaerá a favor del oferente que presente la mejor
oferta económica y condiciones en general. En caso de que el procedimiento sea en físico, en aras
no generar ventajas indebidas y dar igualdad de competencia, será necesario que las, ofertas se
presenten en sobre cerrado, el cual no podrá ser abierto, sino hasta el acto de apertura y al mismo
podrán asistir los oferentes interesados.
c). En ningún caso podrán venderse bienes por debajo del valor fijado por el respectivo avalúo.
d). En lo no regulado por éste procedimiento se aplicarán las disposiciones de la Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento.
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MUNICIPACIDAD
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Pág. N.2 52.
e). Una vez firme el acto administrativo que declara la venta el interesado contará con cinco días
hábiles para hacer efectivo el pago de los bienes, incluido el retiro de los mismos. En caso de que
el beneficiario no retirara los bienes dentro del plazo indicado, sin que medie justificación
amparada en caso fortuito, fuerza mayor, hechos atribuibles a la Administración o a un tercero, la
Municipalidad podrá Re adjudicar la venta a la segunda mejor oferta, sin que le resulte atribuible
responsabilidad alguna.
f). La Proveeduría Municipal realizará el respectivo trámite para la eliminación de la placa de
activos una vez que el proceso de contratación administrativo esté en firme, para efectos de ser
entregados al adjudicatario. !
9). En los casos que la Municipalidad reciba una donación de chatarra en estado de desuso de una
institución gubernamental donde venga con su debido avaluó y si ei caso lo amerita por
circunstancias sanitarias o por la limitación del tiempo para comercializarla, se procurara realizar
el proceso de contratación en forma expedita
Artículo 7.- Beneficiarios de donación. Podrán ser beneficiarios de la donación de bienes
declarados en mal estado o en desuso:
a. Cualquier dependencia estatal.
b. Entidades jurídicas, públicas o privadas, cuyos fines de constitución sean meramente *
altruistas o bien orientados a una finalidad social o ambiental.
C. Denominaciones religiosas, debidamente constituidas, siempre que su orientación no sea
contraria a la moral y a las buenas costumbres.
Para dicho fin, el Concejo Municipal tendrá un registro de las solicitudes de donación de ese tipo
de materiales que hagan ese tipo de organizaciones, registrando el fin o uso que se le pretenda
dar; de igual forma, la donación podrá impulsarse de oficio previa coordinación con la organización
que recibe y haciendo constar por escrito su aceptación.
Artículo 8. Una vez vigente, la presente reglamentación deja sin efecto cualquier otra normativa
interna que sobre la misma materia se le contraponga.
Artículo 9. Vigencia. Rige a partir del día de su publicación.
Conocido el Proyecto de Reglamento para la donación o ventá de Bienes Muebles
declarados en mal estado o desuso de la Municipalidad de Guácimo, presentado por el
Alcalde Municipal, se acuerda: :
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Comisión de Jurídicos
oficio AMG-062-2021 suscrito por el Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal en el cual
presenta Proyecto de Reglamento para la donación o venta de Bienes Muebles declarados en mal
estado o desuso de la Municipalidad de Guácimo, para análisis y resolución.
Acuerdo N.? Veintidós. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firmé.
22- Se dio lectura de oficio AMG-063-2021 con fecha de recibido el 27-01-2021 por la Secretaría
del Concejo Municipal firmado por el Sr Les invitamos a los 3 eventos regionales para la selección
de finalistas en el marco del Concurso de Emprendimiento de la Micro y Pequeña Empresa, donde
buscamos evidenciar el potencial empresarial de las regiones de Costa Rica. Los eventos tendrán
lugar los días 27, 28 y 29 de enero a partir de las 4:00 p.m., de manera virtual a través de la
plataforma Zoom.
Los finalistas serán dados a conocer en los eventos regionales, en donde realizarán sus pitches
frente al Jurado y público invitado.
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Municipalidad De Guácimo
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2? DE GUACIMO
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Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 53.
Agenda Evento selección de finalistas
e y e
ES Na
ACA 1
Sistema Banca para el Desarollo
e INCAE Business School
ADO AD pun. Dienvenida
AnS 4015 pr. Caso exitoso de la región — Líder de la región
4 ZO A. Biches de finalistas. Participantes
500 - 640 pm. Panel de discusión Jurado reglonal
50-530: p.m. Elerción e Analistas por INCAE Dusimess Sahioot
región
Fecha y hora:
Región Brunca !
e Fecha: Miércoles 27 de Enero
» Hora: 4:00 p.m. a 6:30 p.m.
e Link: https://incae.zoom.us/j/94317980257
Región Huetar Norte
+ Fecha: Jueves 28 de Enero
+ Hora: 4:00 p.m. a 6:30 p.m.
e Link: https://incae.zoom.us/j/91083511392
Región Chorotega
e Fecha: Viernes 29 de Enero
+ Hora: 4:00 p.m. a 6:30 p.m.
e Link: https://incae.zoom.us/j/94908252176
CONOCIMIENTO.
23- Se dio lectura de oficio SMP -66-2021 con fecha de recibido el 27-01-2021 por la Secretaría
del Concejo Municipal firmado por la Sra. Magally Venegas Vargas - Secretaria Municipal de
Pococí, dice: Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N*03 Ordinaria del 14-01-2021, dice: Acta N003 Artículo 1 Acuerdo
N*47 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Cintya Solano Quirós, Secretaría
a.i. del Concejo Municipal de Guácimo, teléfono: 2716-5051 ext. 109 - 110, correo electrónico:
secretariaconcejoQguacimo.go.cr, dice: Oficio: 1633-2020 Asunto: Aprobación en todas sus
partes la moción presentada por el Reg. José Andrés Jirón Jirón.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de Guácimo.
CONOCIMIENTO.
24- Moción presentada por el señor regidor José Leoncio Orozco Peraza, referente a la
regularización y gestión sobre ventas ambulantes en el Cantón de Guácimo; por lo que, se procede
acordar lo siguiente:
Considerando.
Primero. Que en la actualidad se ha dado un incremento en la presencia de ventas ambulantes
en el Cantón de Guácimo, siendo que dichas actividades requieren de fiscalización y seguimiento,
con el fin que se desarrollen apegadas al bloque de legalidad.
Segundo. En la actualidad está en estudio para su aprobación un proyecto de Reglamento de
Ventas Ambulantes y Estacionarias del Cantón de Guácimo, con lo cual se impulsa una regulación
de carácter específico que comprenda los requisitos y condiciones de operación de ese tipo de
actividades. En relación, dicho proceso aún está en trámite y no se ha concluido.
Tercero. Que hasta tanto no se apruebe el Reglamento de Ventas Ambulantes y Estacionarias del
Cantón de Guácimo, debe el Área Tributaria de la Municipalidad de Guácimo, realizar las
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4 Men, )
o, MUNICIPALIDAD
30" DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
Acta N.% 06-2021
S.E. N.* 02-2021
Fecha: 28-01-2021
Pág. N.? 54.
actividades ordinarias de fiscalización; lo cual implica realizar las prevenciones de caso, cuando se
determine que una venta ambulante este obstaculizando la vía pública, o se ubique en un lugar
sin autorización, en donde genere riesgos para la seguridad o la salud o afecte de forma directa
la actividad realizada por el comercio formal. En dicho sentido, una vez realizadas las prevenciones
sin que se atienda lo requerido, sería procedente realizar los decomisos de mercadería de las
actividades que realicen de forma ilegal todo apegado al bloque legalidad.
Por tanto.
El Concejo Municipal de Guácimo, con respecto a la realización de ventas ambulantes en el Cantón
de Guácimo, acuerda requerir a la Administración, se sirva realizar las gestiones propias de
fiscalización, con el fin de que se practiquen las prevenciones respectivas en los supuestos en
donde se determine que una venta ambulante está obstaculizando la vía pública; se ubique en un
lugar sin autorización, en donde genere riesgos para la seguridad o la salud o afecte de forma
directa la actividad realizada por el comercio formal; siendo que en el supuesto que se haga caso
omiso a lo prevenido se podrá gestionar el decomiso de mercadería de las actividades que realicen
de forma ilegal, debiendo estar todo apegado al bloque legalidad. Asimismo, este Concejo deberá
avanzar en el trámite de estudio para aprobación de un Reglamento que regule de forma específica
las Ventas Ambulantes y Estacionarias en el Cantón de Guácimo.
Se solicita se dispense del trámite de comisión y se tenga como acuerdo en firme y definitivamente
aprobado.
Conocido la moción es sometida a votación por el Presidente Municipal
—Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as)
que estén de acuerdo en aprobar la moción, sírvase levantar la mano, aprobado
firmemente por unanimidad, por lo tanto, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la moción
presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza, por lo tanto se solicita a la Administración,
se sirva realizar las gestiones propias de fiscalización, con el fin de que se practiquen las
prevenciones respectivas en los supuestos en donde se determine que una venta ambulante está
obstaculizando la vía pública; se ubique en un lugar sin autorización, en donde genere riesgos
para la seguridad o la salud o afecte de forma directa la actividad realizada por el comercio formal;
siendo que en el supuesto que se haga caso omiso a lo prevenido se podrá gestionar el decomiso
de mercadería de las actividades que realicen de forma ilegal, debiendo estar todo apegado al
bloque legalidad,
Asu vez se insta al Concejo Municipal a avanzar en el trámite de estudio para aprobación
de un Reglamento que regule de forma específica las Ventas Ambulantes y Estacionarias en el
Cantón de Guácimo.
Acuerdo N.9 Veintitrés. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
Concluye la sesión el Presidente Municipal, el Reg. José Leoncio
Orozco Peraza, siendo las diecisiete, horas veinte minutos.
Jeanneth Crawford Stewart
ecretaria
A
N