Extraordinaria 74 · 2020

Acta N° 74-20 S.E. N° 26-20 04-12 -2020.pdf · 34 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 74 del 2020 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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Sfunicipalidad de Guácimo 7,
AS E MUNICISAL
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO *
ACTA N? 74 -2020, SESION EXTRAORDINARIA N* 26-2020
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO
149
g
DE GUACI
ARRUORIA
A: INTERNA
EL CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTE A LAS QUINCE, HORAS
TREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON
DE SESIONES MUNICIPALES
Regidores Propietarios
José Leoncio Orozco Peraza - Preside
Nelson Lobo Rodríguez
Alejandra López Lee
Magda Orocú Jiménez
William Fajardo Fajardo
Rosibel Marchena Serrano
Leonardo Carrillo Sánchez
Síndicos Propietarios
Maricela Solano Álvarez*
Luis Guillermo Zamora Brenes*
Carlos David Francis Sequeira*
Vera Myrie Graham
Elpidio Cubillo López*
(*) Ausente (+) sustituyó
Funcionarios.
Gerardo Fuentes González - alcalde *
DIRECTORIO
Regidores Suplentes
Nitzy Vega Chaves
Ana María Esquivel Mesen
Juan Diego Ortega Ortiz*
Leance Ramírez Mora
Jeannette González Li *
José Andrés Jirón Jirón
Wilberth Carrillo Navarro
Síndicos Suplentes
Yundi Alberto Artavia Lovemore*
Flor Chavarría Arguedas
Jesarela Cocorn Guerrero*
Greivin Muñoz Elizondo*
Jacqueline Jiménez Salas*
Cynthia Hyman Schatruell - Vice-alcaldesa
Jeanneth Crawford Stewart -Secretaria*
Cintya Solano Quirós-Secretaria a.i.
Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la
siguiente orden del día:
Asuntos en Carpeta
150
ze
Acta N“ 74-2020
S.E. N% 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.* 2
El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, da inicio a la sesión solicitando a la
secretaria del Concejo Municipal - Sra. Cintya Solano Quirós, proceder a la lectura del orden del
día.
En uso de la palabra la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Cintya Solano Quirós
procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente Municipal -
Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 01-12-2020, dice:
1. Asuntos en Carpeta
Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, resulto aprobada por unanimidad.
ORACION:
El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una
oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada
uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel Marchena
Serrano.
-Se dio lectura de copia de correo electrónico con fecha de recibido en la secretaria del Concejo
el 01-12-2020, firmado por el Reg. William Fajardo Fajardo, presentando la justificación de la no
asistencia a la sesión ordinaria de hoy martes 01 de diciembre 2020, ya que hoy tengo
convocatoria por la supervisión Escolar del circuito 07, a las 3:00 pm, para entregar a revisión los
certificados de graduación 2020. Y por cuestiones de organización no me pudieron cambiar la
hora.
ARTICULO 1. ASUNTOS EN CARPETA
1. -Se dio lectura oficio NO AMG 1444-2020 con fecha de recibido en la secretaria del Concejo
el 04-12-2020, firmado por la Sra. Seidy González Abrahams-Secretaría del Alcalde Municipal
comunicando que no estará presente en la sesión del día de hoy (04-12-2020) ya que fue
convocado reunión con cuatro alcaldes de la Provincia de Limón y la Presidencia de JAPDEVA para
el tema de los proyectos a realizar con los fondos del CANON.
(Se acepta la Justificación).
CONOCIMIENTO.
2. Se dio lectura oficio DFOE-DL-2321 (N% 19043), con fecha de recibido en la secretaria del
Concejo el 03-12-2020, firmado por Licda. Vivian Garbanzo Navarro-Gerente de Area y el Lic.
Kevin Rodríguez Muñoz-Fiscalizador Asociado-Contraloría General de la Republica, indicando lo
siguiente:
La Contraloría General recibió el oficio N.? AMG-1197-2020 del 19 de octubre de 2020, mediante
el cual se remite el Presupuesto extraordinario N.o 3-2020 de esa Municipalidad, que tiene el
propósito de incorporar al presupuesto vigente recursos provenientes de Saneamiento ambiental,
Transferencias corrientes de Órganos Desconcentrados, Préstamos directos de Instituciones
Descentralizadas no Empresariales (IFAM) y saldos de Liquidación presupuestaria período 2019,
para ser aplicados en las partidas de gastos de Remuneraciones, Servicios, Materiales y
Suministros, Intereses y Comisiones, Bienes Duraderos, Transferencias Corrientes, Transferencias
de Capital, Amortización y Cuentas Especiales; así como una disminución de la Transferencia de
Capital de Gobierno Central -Ley 8114- aplicada a las partidas de Intereses y Comisiones,
Materiales y Suministros, Servicios y Bienes Duraderos, producto del rebajo efectuado en el II
Presupuesto Extraordinario de la República del período en ejercicio .
Al respecto, luego del análisis realizado, el Órgano Contralor resuelve archivar sin trámite el citado
documento presupuestario, en consideración de lo siguiente:
£ilunicipalidad de Guácimo.
DE GUAC.
AUDITORIA
INTERNA
Acta N% 74-2020
S.E. N* 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 3
1,
El presupuesto extraordinario N.* 3-2020 mencionado fue remitido a la Contraloría General
mediante el oficio N.? AMG-1197-2020, el cual fue recibido el 19 de octubre de 2020,
según lo registrado en los sistemas del Órgano Contralor.
Al respecto, los numerales 4.2.11 y 4.3.11 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto
Público -NTPP-, regulan lo referente a la presentación extemporánea de los presupuestos
extraordinarios al Órgano Contralor y las excepciones para la variación presupuestaria
correspondiente.
En oficio AMG-1197-2020 con fecha del 19 de octubre del 2020, la Municipalidad de
Guácimo justifica la presentación extemporánea del presupuesto extraordinario con base
en la norma 4.3.11, inciso c, párrafo segundo. No obstante, mediante oficio AMG-1327-
2020 de fecha 10 de noviembre del 2020, la Municipalidad corrige la justificación de la
presentación extemporánea y se indica que corresponde a la norma 4.3.11 inciso e). Lo
anterior en razón de la actualización de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público
(N-1-2012-DCDFOE) mediante resolución R-DC-73-2020 del Despacho Contralor en fecha
18 de setiembre 2020, que provocó un ajuste en la numeración.
Respecto a la justificación para la presentación extemporánea, se debe tomar en cuenta
que la Administración municipal dispuso del plazo suficiente para su incorporar los recursos
propuestos al presupuesto institucional y cumplir con los aspectos de legalidad y requisitos
técnicos establecidos en la normativa vigente, según se detalla a continuación:
a. Transferencias corrientes de órganos desconcentrados, comunicados en oficio N.?
CPJ-DE-OF-80-2020 de fecha 24 de enero 2020, suscrito por el Director Ejecutivo
del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.
b. Servicios de saneamiento ambiental correspondientes al monto de improbación de
recursos con sustento en el incumplimiento de la regla fiscal en el presupuesto
ordinario 2020 y que fue comunicado a la Municipalidad de Guácimo mediante
oficio N.* DFOE-DL-2281 (20297) del 20 de diciembre del 2019. Al respecto, las
municipalidades quedan exentas de la regla fiscal según la Ley N.* 9848 Ley para
apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las
municipalidades, ante la emergencia nacional por la pandemia del covid-19,
publicada en el Alcance 122 Gaceta N.* 118 de fecha 22 de mayo 2020.
Cc. Rebaja en Transferencias de capital del Gobierno Central, según la Ley N.* 9879,
Segundo presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico
del 2020 y segunda modificación legislativa de la ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2020, publicada en
el Alcance N.* 197 de La Gaceta N.* 186 del 29 de julio de 2020.
d. Saldo de préstamos directos según oficio N.? DAH-0255-2020 comunicado por el
IFAM en fecha 25 de junio 2020 y oficio complementario N.* DGFM-UGSTF-1257-
2020 del 11 de setiembre 2020.
e. Recursos de vigencias anteriores contenidos en liquidación presupuestaria del
periodo 2019 y en liquidación de compromisos y ajuste a liquidación
presupuestaria 2019, aprobadas en sesión extraordinaria N.? 03-2020 y sesión
ordinaria N.* 30-2020 celebradas el 13 de febrero y 24 de julio 2020, de forma
respectiva. Por lo anteriormente expuesto, no se considera aceptable la
presentación extemporánea del presente documento presupuestario.
Así las cosas y en conclusión, el Presupuesto extraordinario N.? 3-2020 incumple el plazo
establecido en las NTPP numerales 4.2.11 inciso b) y 4.3.11, por cuanto fue presentado
en el mes de octubre y las justificaciones aportadas son contrarias a las causales de
excepción vigentes en dichas Normas. Además, no se evidencia que se ponga en riesgo la
eficiente gestión institucional o el logro de las metas y objetivos previstos por la institución,
AUDITORIA
¿INTERNA
Acta NO 74-2020
S.E. N* 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 4
de acuerdo a lo justificado por la Administración Municipal. Por consiguiente, procede el
archivo sin trámite del Presupuesto extraordinario 3-2020 de esa Municipalidad.
CONOCIMIENTO.
3. Se dio lectura de oficio GJ-73-2020 con fecha de recibido en la secretaria del Concejo el 26-11-
2020, firmado por el Lic. Dany Ramon Arguello Morales-Asesor Legal a.i. Municipalidad de
Guácimo, indicando que en atención a lo requerido en el acuerdo 07, adoptado en sesión ordinaria
47-2020, celebrada el día 24 de noviembre de 2020, relacionado con la propuesta de carta de
entendimiento a suscribirse entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de.
Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima; procedo a
manifestar lo siguiente: La carta de entendimiento propuesta, conlleva un acuerdo preliminar en
donde se sugieren una serie de actuaciones a realizarse entre las partes suscribientes, orientadas
a la eventual habilitación y puesta en funcionamiento de un acueducto en el sector de Río Jiménez,
siendo que el mismo se ubicaría en un terreno inscrito a nombre de la Municipalidad y se donaría
a favor del AyA; siendo que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código Municipal, en
relación con lo indicado en el artículo 5 inciso g) de la Ley 2726, se podría realizar la donación a
favor del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. En relación, del contenido de
dicha carta de entendimiento, en el caso de la Municipalidad incluye la disposición de contemplar
la donación de terrenos a favor del AyA, tal cual se ha venido coordinando con dicha Institución,
ya que ellos son los prestatarios del servicio de agua potable en el sector de Río Jiménez; en
relación la aceptación de la donación por parte del AyA de esa donación, estará sujeta al
cumplimiento de una serie de requisitos, relacionados con el nuevo pozo que se tendrá que
perforar. En suma, por las razones expuestas, considera el suscrito que el contenido de la carta
de entendimiento propuesta, no riñe con el bloque de legalidad, ya que sugiere una intención de
continuar con la coordinación entre las partes, para procurar la habilitación de un acueducto en el
sector de Río Jiménez, que venga a solventar la necesidad de los vecinos de dicho sector, por ende
conforme lo dispuesto en el artículo 13 del Código Municipal, dicha carta de entendimiento debe
ser aprobada por el Concejo y autorizar dicho órgano colegiado al Alcalde a suscribir el mismo.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
alguien quiere referirse al tema esto compañeros la vez pasada nos había llegado una carta
entendimiento que nos envió el AyA, esa carta entendimiento Nosotros tomamos el acuerdo de
enviárselo al Señor alcalde para que sea analizada conjuntamente con el Departamento legal y el
Departamento legal manda el informe diciendo que todo se encuentra bajo la ley que todo está
bajo del marco de la legalidad y no hay ningún problema, Entonces es aceptar la carta de
entendimiento, dicho artículo 13 código municipal debemos aprobar la carta entendimiento y
autorizar este órgano colegiado al alcalde a firmar dicha carta de entendimiento, si hay alguien
que quiera referirse al tema.
En conformidad a la Carta de Entendimiento la cuál conlleva un acuerdo preliminar en
donde se sugieren una serie de actuaciones a realizarse entre las partes suscribientes, orientadas
a la eventual habilitación y puesta en funcionamiento de un acueducto en el sector de Río Jiménez,
siendo que el mismo se ubicaría en un terreno inscrito a nombre de la Municipalidad y se donaría
a favor del AyA; siendo que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código Municipal, en
relación con lo indicado en el artículo 5 inciso g) de la Ley 2726, se podría realizar la donación a
favor del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. En relación, del contenido de
dicha carta de entendimiento, en el caso de la Municipalidad incluye la disposición de contemplar
la donación de terrenos a favor del AyA, tal cual se ha venido coordinando con dicha Institución,
ya que ellos son los prestatarios del servicio de agua potable en el sector de Río Jiménez; en
relación la aceptación de la donación por parte del AyA de esa donación, estará sujeta al
cumplimiento de una serie de requisitos, relacionados con el nuevo pozo que se tendrá que
perforar. Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la carta
de entendimiento a suscribirse entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima.
Acuerdo N* Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
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Municipalidad de Guácimo
MUNI D
DE GUACHMO
AUDITORIA
INTERNA
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S.E. N“ 26-2020
Fecha: 04-12-2020
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Así mismo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Autorizar al Sr. Gerardo Fuentes
González-Alcalde Municipal de Guácimo para que firme la carta de entendimiento a suscribirse
entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima.
Acuerdo N% Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
4. Se dio lectura a oficio, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado
por el Msc. Roy Alberto Castro Astua — Asesor Legal Externo - Concejo Municipal, remite Respuesta
al oficio: S.M.G. Oficio ++ 1194 - 2020, Acuerdo N* 08, de la Sesión Ordinaria N2 46-2020,
celebrada el 17 de noviembre 2020, dice:
Quien suscribe, MSc. Roy Alberto Castro Astúa, mayor de edad, casado, Abogado, carné del
Colegio de Abogados número: 19503, cédula de identidad número: 1-1296-417, vecino de Limón,
Siquirres, en mi condición de asesor legal externo de la Municipalidad de Guácimo, de acuerdo
con la contratación administrativa: 2020CD-000024-01 de la Federación de Municipalidades
Productoras de Banano (CAPROBA), me permito emitir la recomendación legal de lo siguiente:
Respuesta OFICIO: S.M.G. OFICIO 4 1194 - 2020
ASUNTO: Solicitarle al MSc. Roy Alberto Castro Astúa en su condición de asesor legal externo
de la Municipalidad de Guácimo, brindar criterio, en cuánto a la legalidad de pago de horas extras
a favor de la Funcionaria Jeanneth Crawford Stewart, por asistir a las sesiones municipales en un
horario fuera de su jornada laboral, lo anterior debido a que se ha venido concediéndole tiempo
libre en compensación de tiempo extraordinario, lo cual según el Ministerio de Trabajo es una
mala práctica, por esa razón es importante fundamentar, en caso que efectivamente sea una mala
práctica, para que este Órgano Colegiado proceda a la autorización en adelante del beneficio de
pago de extras a favor de dicha Funcionaria.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Vista la solicitud que realiza el honorable concejo municipal, resulta necesaria conocer
cuál es la jornada laboral de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart, lo cual según la certificación
emitida por el Departamento de Gestión de Talento Humano de la Municipalidad de Guácimo,
consta que la jornada laboral de dicha funcionaria es de 7:30 am a 3:30 pm. Se adjunta
certificación, como anexo 1, al presente criterio.
SEGUNDO: Se ha verificado que las sesiones del concejo municipal se encuentran previstas para
los días martes a las 3:30 horas y que en razón de las funciones que le corresponden a la señora
Yeaneth Crawford Stewart, su asistencia es obligatoria.
TERCERO: Que, en razón de lo anterior, las sesiones ordinarias del concejo municipal de la
Municipalidad de Guácimo se encuentran fuera de la jornada ordinaria diaria de la funcionaria
Yeaneth Crawford Stewart.
RESULTANDO
Como primer aspecto de relevancia, debe indicarse que el pago de horas extra mediante
compensación sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria,
no constituye una retribución conforme a derecho, por ende, totalmente ilegítima.
Sobre el particular, ha indicado el Departamento de Asuntos Jurídicos, Asesoría Externa, del
Ministerio de Trabajo, mediante oficio: DAJ-AE-092-2008, lo siguiente:
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£lunicipalidad de Guácimo
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“...La jornada extraordinaria, es una excepción legal que permite laborar más allá de la
jornada ordinaria, pero solamente en casos especiales, emergentes, urgentes de la
empresa. Este tipo de jornada, por disposición del artículo 140 del Código de Trabajo,
debe ser remunerada con un 50 por ciento adicional al valor de la hora ordinaria. No
existe, a nivel de la legislación laboral, la posibilidad de pagar o compensar el
tiempo extraordinario laborado, con tiempo de reposición. Esta figura, utilizada
en algunas Instituciones del estado, es totalmente ¡legal, no existe norma alguna que
hasta el momento permita esa compensación, por ello el tiempo extraordinario siempre
debe pagarse con dinero...”
Sobre el mismo, tema la máxima autoridad en materia laboral, en nuestro país, mediante el Voto
2018-000776, de la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San José, a
<ULS-VUVV//0, de la A ERA AA AA
las nueve horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, que en lo que
interesa dispone:
“ El ordinal 58 de la Constitución Política dispone: “El trabajo en horas extraordinarias
deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios
estipulados”. Por su parte, el Código de Trabajo en el artículo 139 estipula: “El trabajo
efectivo que se ejecute fuera de los límites anteriormente fijados, o que exceda la jornada
inferior a éstos que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y deberá
ser remunerada con un cincuenta por ciento más de los salarios mínimos, o de los salarios
superiores a éstos que se hubieren estipulado [...]” Esta Sala ha abordado este tema en
diversas resoluciones y ha determinado la obligatoriedad que tiene la parte empleadora
de sujetarse al ordenamiento jurídico (véanse las sentencias números 424-08 de las 10:15
horas del 14 de mayo; 486-08 de las 10:05 horas del 4 de junio, ambas de 2008; y 803-
09 de las 9:30 horas del 26 de agosto de 2009). Así las cosas, el pago de horas extra
mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la
remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, con
independencia de que haya sido o no objetada por la persona trabajadora. Ea
Ahora bien, analizado que ha sido el caso puesto en conocimiento, dado que la señora Yeaneth
Crawford Stewart, tiene dentro de sus funciones atender las sesiones del Concejo Municipal y
estas se realizan fuera de su jornada ordinaria diaria, a la misma le asiste el derecho de acuerdo
con lo que establece el Código de Trabajo, que se le cancelen en dinero las horas extraordinarias
efectivamente laboradas, para lo cual debe llevarse el respectivo control y acreditación de las
mismas.
Recomendación Legal:
Dado que el pago de horas extraordinarias mediante compensación, sea con tiempo libre o algún
otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a
derecho, por ende, totalmente ilegitima, se recomienda al Concejo Municipal que tome el acuerdo
mediante el cual se hagan las previsiones correspondientes a nivel presupuestario para que se le
cancelen a partir de dicho acuerdo las horas extraordinarias laboradas a la funcionaria Yeaneth
Crawford Stewart de conformidad con lo que establece el Código de Trabajo. El no pago de las
horas extraordinarias a dicha funcionaria la faculta para realizar el reclamo respectivo ante las
instancias judiciales respectivas, lo cual podría realizar de forma retroactiva.
o
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S.E. N% 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 7
Anexo 1.
Municipalidad de Guácimo
Gestión del Talento Humano
:(506) 2716-5051 ex t 116/137 C: talentohumanofhguacimo.ga.cr
CONSTANCIA TIEMPO LABORAL
El suscrito, Luis Herra Abrahams cédula 7-0125-0694, Coordinador a.i de Gestión do
Talento Humano de la Municipalidad de Guácimo, hace constar según revisión de
expediente personal de la Sra. Yaneth Crawford Stewart con númera de cédula 07-0076-
D555 labora para la Municipalidad con un horario de 7:32 am a 3:30 pm, a continuación, se
detalla el nombramiento:
— Fecha. Puesto
Desde Hasta ]
To2m021884 | Actualmente | Secretaria del Concejo Municipal
Se extiende en ol Cantón de Guácimo, Provincia de Limén, el día 20 de noviembre del 2020,
a Atentamente “A
y =) 23
SN = 3)
— » )
A Recursos
—
— a iumanos /
Gestión del Talento Humano a i-—7
Municipalidad de Guácimo
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Buenas tardes compañeros bueno
con Jeanneth lo que siempre se ha manejado es lo del tiempo libre de ella, como hemos hecho de
unos días o las horas, conociendo Jeanneth ella no va a cobrar un retroactivo, pero si podría ser
Partir del otro año ya empiece en regla todo, porque en este Concejo se le dieron días, el Concejo
pasado tenía la misma práctica, entonces si sería que a partir del otro año se pague todo sobre la
ley.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: yo
participe una capacitación, el cual éste se verificó todo esto que está diciendo el abogado y estoy
muy de acuerdo que se le tiene que pagar las horas extras a la señora Jeanneth, ya que es un
tema se ha venido haciendo una mala práctica en anteriores concejos que se le cambia horas
extras por tiempo libre, como aquí no lo indica el señor abogado es una mala práctica Y eso es
algo que no conversaba muy claramente con Janet y está muy agradecida con el cantón de
Guácimo y ella no quiere hacer ningún cobro retroactivo, sí que el próximo año le toque el pago
que corresponde como dice la ley.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Buenas tardes, compañeros y
compañeras hablando de Janneth verdad, Pero actualmente tenemos a Cinthia Entonces ¿Qué
procede con ella?
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Igualmente, en el momento que ella ocupa el lugar.
AUDITORIA
* INTERNA
156
£lunicipalidad de Guácímo
MUNICI El
DE GUACIMO
' AUDITORIA
+ INTERNA
Acta N* 74-2020
S.E. N% 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.2 83
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entonces no sería a partir del
otro año, seria desde este momento porque va a estar ejerciendo ese esas horas.
En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Pero habría
que ver el tema del presupuesto para ver si está contemplado.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Es que vamos a lo mismo José,
nosotros no podemos ir contrarios a la ley, usted me dice aquí que tomemos un acuerdo a partir
del otro año usted me está diciendo que ya Jeanneth no va a hacer ningún cobro anterior a lo que
se le debe, pero la compañera no tiene que esperar hasta el otro año, así sea no sé de dónde la
ley dice que se le paga, entonces si no es así ¿Dígame cómo es?
En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Tiene un poco de razón Magda,
pero resulta que el presupuesto que prácticamente ya está liquidado, entonces plata para esto se
debía de modificar y las modificaciones al menos falta una, lo que deberíamos de ver es mandar
a preguntar cómo está para pagar las horas extras, porque si no sería que los días de sesión entre
tarde, porque de donde se van a pagar, entonces lo primero sería si hay plata para pagar las
horas extras y si no que se le cambie el horario cuando hay sesión al menos por este año, pero
por este año está muy a destiempo.
En uso de la palara la Secretaria del Concejo - Cintya Solano Quirós, dice: Buenas tardes,
en mi caso este mes debemos que tomar en cuenta que las sesiones son muy seguidas entonces
si yo entro tarde tiempo que yo necesito para redactar las actas, entonces son de dos a tres días
que hay de diferencia para hacer una acta, entonces no sé cómo se podría acomodar también, si
hay una sesión hay dos días como para hacer un acta porque ya viene otra sesión y son muchas
sesiones seguidas como para ya entrar tarde.
En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Podría ser una opción compañeros
de que Cinthia las horas extras de este mes, se le depara el otro con el presupuesto.
En uso de la palabra la Sra. Cynthia Hyman Schatruell - Vice- Alcaldesa Municipal, dice:
Tengan todos y todas muy buenas tardes respecto a esta situación yo creo que tenemos que
sentarnos y analizar porque no es hacerlo así de pronto sin pensar bien al menos la compañera
Alejandra manifestó de que Cintia puedo entrar más tarde, pero a partir del lunes Britanny no voy
a estar más ahí y Abigail No puede estar ahí sola tampoco, Entonces tenemos que sentarnos con
la cabecita fría y analizar la situación, creo que esto deberíamos de analizarlo y con el abogado y
con Don Gerardo, porque no se puede jugar tampoco con el sudor de las personas ella está
trabajando hay que pagarle entonces una cosa con otra, que se le acumulen las horas y que se le
vayan pagando porque acá la necesitamos las ocho horas y más. Lo que tenemos que hacer es
tratar de resumir las sesiones, hablar lo necesario porque también se nos va la mano, todo eso se
puede evitar, muchas gracias.
Conocido criterio legal, de fecha 02-12-2020 emitido por el Msc. Roy Alberto Castro Astúa
- Asesor Legal Externo - Municipalidad de Guácimo, en respuesta al Acuerdo N* 08, de la Sesión
Ordinaria N* 46-2020, celebrada el 17 de noviembre 2020, en el que se le solicita análisis del pago
de horas extraordinarias mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo
distinto a la remuneración dineraria, manifestando que dicho procedimiento no constituye una
retribución conforme a derecho, por ende es totalmente ilegitima, por tal razón, este Concejo
Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal - Gerardo Fuentes González,
interponer sus buenos oficios a fin de que gire instrucciones al Lic. Carlos Cubillo Aguilar
Coordinador de Servicios Financieros y a la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto,
para que a la mayor brevedad posible procedan a realizar las previsiones correspondientes a nivel
presupuestario para que se le cancelen a partir de la aprobación del citado acuerdo las horas
extraordinarias laboradas a la funcionaria Yaneth Crawford Stewart de conformidad con lo que
establece el Código de Trabajo mediante oficio: DAJ-AE-092-2008:
157
Sfunicipalidad de Guácimosa,
MUNICIPALIDA
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N% 74-2020
S.E. N 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 9
*...La jornada extraordinaria, es una excepción legal que permite laborar más allá de la jornada
ordinaria, pero solamente en casos especiales, emergentes, urgentes de la empresa. Este tipo de
jornada, por disposición del artículo 140 del Código de Trabajo, debe ser remunerada con un 50
por ciento adicional al valor de la hora ordinaria. No existe, a nivel de la legislación laboral, la
posibilidad de pagar o compensar el tiempo extraordinario laborado, con tiempo de reposición.
Esta figura, utilizada en algunas Instituciones del estado, es totalmente ilegal, no existe norma
alguna que hasta el momento permita esa compensación, por ello el tiempo extraordinario siempre
debe pagarse con dinero...
Asimismo se toma en cuenta Voto 2018-000776, de la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA, San José, a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil
dieciocho, que resuelve la máxima autoridad en materia laboral, en nuestro país, que en lo que
interesa dispone:
*...El ordinal 58 de la Constitución Política dispone: “El trabajo en horas extraordinarias deberá ser
remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados”. Por su parte,
el Código de Trabajo en el artículo 139 estipula: "El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los
límites anteriormente fijados, o que exceda la jornada inferior a éstos que contractualmente se
pacte, constituye jornada extraordinaria y deberá ser remunerada con un cincuenta por ciento
más de los salarios mínimos, o de los salarios superiores a éstos que se hubieren estipulado [...]”
Esta Sala ha abordado este tema en diversas resoluciones y ha determinado la obligatoriedad que
tiene la parte empleadora de sujetarse al ordenamiento jurídico (véanse las sentencias números
424-08 de las 10:15 horas del 14 de mayo; 486-08 de las 10:05 horas del 4 de junio, ambas de
2008; y 803-09 de las 9:30 horas del 26 de agosto de 2009). Así las cosas, el pago de horas extra
mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración
dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, con independencia de que haya sido
o no objetada por la persona trabajadora. [...]...”
Asimismo se previene que el no pago de las horas extraordinarias a dicha funcionaria la faculta
para realizar el reclamo respectivo ante las instancias judiciales respectivas, lo cual podría realizar
de forma retroactiva.
A su vez se solicitar al Alcalde Municipal - Gerardo Fuentes González, interponer sus
buenos oficios a fin de que gire instrucciones a Lic. Carlos Cubillo Aguilar Coordinador de Servicios
Financieros y a la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto, para que en la sesión
posterior al recibido del citado acuerdo, presente informe de análisis presupuestario, en cuanto a
la posibilidad de pagar las horas extras a la Señora Cintya Solano Quirós, durante el tiempo que
se encuentra laborando en la suplencia de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart, tomando
como base el criterio que emite el Msc. Roy Alberto Castro Astúa - Asesor Legal Externo -
Municipalidad de Guácimo, mismo en el cual este Órgano, aprueba que se cancele las horas extras
de la Funcionaria que desempeña el cargo de Secretaria del Concejo Municipal, cada vez que esta
ejerza su función en un horario fuera de su jornada laboral.
Acuerdo NY Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
5. Se dio lectura a oficio DPI-DDSE-1719-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo
el 04-12-2020, firmado por la Sra. Patricia Mora Céspedes-Jefa Dirección de Planificación
Institucional Departamento Desarrollo de Servicios Educativos, quien comunica en atención a
correo electrónico recibido en esta dependencia el día 3 de diciembre del año en curso, referente
a la posibilidad de apertura de un colegio científico en la comunidad de Guácimo, les comunico
que la apertura de estas instituciones está condicionada a lo señalado en la Ley de Promoción y
Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley No 7169, y el reglamento, Decreto Ejecutivo N* 21731-
MICIT -MEP. Para su funcionamiento, estas instituciones deben estar amparadas a un convenio
con alguna universidad y sus gastos se financian mediante una transferencia en el presupuesto
del Ministerio de Educación Pública (MEP).
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vi. AUDITORIA
INTERNA
Acta N* 74-2020
S.E. N% 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.2 10
Dado el difícil contexto que enfrentamos en materia fiscal, no existen las condiciones para propiciar
la apertura de un centro educativo de esta naturaleza, ya que el MEP no puede garantizar que
contará con los recursos económicos requeridos para financiar estas iniciativas en los próximos
años.
Jose. esta respuesta la hemos venido recibiendo continuamente, no hay nada para el cantón de
Guácimo, es cansado porque para los demás cantones si hay, pero para Guácimo no hay. Es una
lucha que tenemos que enfrentar porque vivimos bajo la sombra del cantón de Pococí y Siquirres
y es hora de que nosotros vayamos despertando.
CONOCIMIENTO.
6. Se dio lectura de oficio DAI-140-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-
12-2020, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez-Auditora Interna Municipalidad de Guácimo,
quien comunica que esta Auditoría Interna de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 inciso
d) de la Ley General de Control Interno y en concordancia con las Normas para el Ejercicio de la
Auditoría Interna en el Sector Público referidos a los servicios preventivos que esta Auditoría puede
y debe realizar como parte de sus competencias legales, me permito señalar lo siguiente:
En relación con las sesiones, transcripción y firma de las actas de los órganos colegiados, la Ley
General de Administración Pública N* 6227 (LGAP) en su artículo 52 y 56, Capítulo Tercero,
estipula lo siguiente:
“Artículo 52.-
1 Todo órgano colegiado se reunirá ordinariamente con la frecuencia y el día que indique la ley o
su reglamento. A falta de regla expresa deberá reunirse en forma ordinaria en la fecha y con la
frecuencia que el propio órgano acuerde.
2. Para reunirse en sesión ordinaria no hará falta convocatoria especial.
3. Para reunirse en sesión extraordinaria será siempre necesaria una convocatoria por escrito, con
una antelación mínima de veinticuatro horas, salvo los casos de urgencia. La convocatoria se
acompañará copia del orden del día, salvo casos de urgencia.
(.J
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AD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N% 74-2020
S.E. N2 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 11
Artículo 56.-
1.De cada sesión se levantará un acta, que contendrá la indicación de las personas asistentes, así
como las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la
deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los acuerdos.
2. Las actas se aprobarán en la siguiente sesión ordinaria. Antes de esa aprobación carecerán de
firmeza los acuerdos tomados en la respectiva sesión, a menos que los miembros presentes
acuerden su firmeza porvotación de dostercios de latotalidad de los miembros del Colegio.
3. Las actas serán firmadas porel Presidente y por aquellos miembros que hubieren hecho constar
su voto disidente.
Artículo 134.-
1. El acto administrativo deberá expresarse por escrito, salvo que su naturaleza o las
circunstancias exijan forma diversa.
2. El acto escrito deberá indicar el órgano agente, el derecho aplicable, la disposición, lafecha y la
firma, mencionando el cargo del suscriptor.
Por otra parte, el Decreto No 40138-MOPT, “Reglamento al inciso b) del artículo 5 de la Ley No
8114”, indica:
Artículo 10.- Funcionamiento
Los miembros de la Juntas Viales, una vez juramentados por el Concejo Municipal, se
desempeñarán porun período de cuatro años y podrán ser reelectos, siempre y cuando ostenten la
titularidad del puesto al cual representan. Si en algún caso venciera el período de alguno de los
miembros, se nombrará al sustituto, en un plazo no mayor a un mes, por el plazo que le hubiese
correspondido a su predecesor. Será causal de destitución de los miembros, el incumplimiento de
sus deberes o la ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas o seis alternas en el plazo de
un año calendario.
La Junta Vial sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando su presidente
o al menos tres de sus miembros la convoquen con al menos veinticuatro horas de anticipación.
Sobre este tema, se procedió a revisar las actas de la junta vial cantonal correspondiente al periodo
2020, se encontró la siguiente información:
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AD
DE GUACIMO
; AUDITORIA
2 INTERNA
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Fecha: 04-12-2020
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| N”DEACTA N*SESION | FECHA
TP N*o1-2020 | S.ON*01-2020 | 28/02/2020 |
N*02-2020 S.EN*01-2020 | 20/04/2020 |
l—N*03-2020 | S.ON*02-2020 | 28/04/2020 |
|. N*04-2020 S.EN*02-2020 | 13/08/2020
| N*05-2020 S.0N*03-2020 | 29/09/2020 |
N*06-2020 S.0N*04-2020 | 26/10/2020
Según lo detallado en la tabla anterior se logra determinar que la Junta Vial no se ha reunido con
la periodicidad que establece la normativa vigente para este órgano colegiado, específicamente
durante los meses de enero, marzo, mayo, junio, julio y agosto, no consta se haya realizado
reuniones ordinarias.
También, al verificar la completitud de las actas se observa que una de ellas no contiene la firma
del presidente y secretaria, la misma corresponde a la Junta Vial saliente, en este sentido ésta
carece de uno de sus elementos esenciales para su validez y eficacia, como lo es cumplir con el
requisito de forma.
Por otra parte, se observa que en la orden del día del acta de la primera reunión efectuada por la
Junta Vial periodo 2020-2024, no se contempló definir el día y hora de las sesiones ordinarias, O
que en su defecto se continuaría con el horario establecido por la anterior junta.
Para una mejor gestión de la Junta Vial Cantonal y cumplimiento de las responsabilidades
asignadas, se debe establecer el horario de las sesiones ordinarias tal como se indica en la
normativa.
Es importante tomar en cuenta que, al no celebrar las sesiones mensuales, se presenta un
incumplimiento de la normativa que rige la función de este cuerpo colegiado en cuanto a la
periodicidad de las sesiones, por lo que existe el riesgo de que se deje de realizar las funciones
encomendadas.
El incumplimiento de la periodicidad de la reunión, además de un apartamiento de la normativa,
genera riesgos de incumplimiento en la planificación y abordaje de los temas esenciales de interés
público cuya competencia ha sido asignada a ese órgano colegiado, en materia de planificación,
asesoría técnica y evaluación del desarrollo y conservación de la Red Vial Cantonal y en los asuntos
vinculados con los recursos destinados a tal efecto por el artículo 5.a de la Ley N.? 8114 en relación
con el artículo 5 de la Ley N.? 9329 de 15 de octubre de 2015, Ley Especial para la Transferencia
de Competencias: Atención Plena de la Red Vial Cantonal.
Se agradece informar a esta auditoria en el plazo de 15 días hábiles las acciones que va a tomar
la junta vial para subsanar esta situación y de esta forma dar cumplimiento a la normativa supra
citada.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: aquí
lo que nos manda la recomendación la señora auditora es que la junta Vial debe de tener este
establecidas las reuniones, entonces éste de acuerdo a lo que recomienda aquí la señora auditora
es solicitarle al Señor Gerardo Fuentes que indique las fechas y los días que se van a reunir a
partir de aquí en adelante horarios tiene que hacer una convocatoria formal las sesiones ordinarias
así es el primero o el segundo día de cada mes, él es el presidente y es que convocará pero si
tiene que estar estipuladas de acuerdo a la ley, entonces seria solicitarle al Señor Gerardo Fuentes
presentación y como presidente de la junta Vial los días como el Concejo se reúne todo martes de
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S.E. N“ 26-2020
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cada semana las 3:30 entonces Igualmente tiene que hacer lo de la junta Vial, es decir bueno los
primeros y los terceros martes se reúnen entonces y que están establecidos.
Conocida la información, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo
Fuentes González-Alcalde Municipal y Presidente de la Junta Vial Cantonal que en conformidad con
el Oficio DAI-140-2020 suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez-Auditora Interna, se recomienda
que para una mejor gestión de la Junta Vial Cantonal y cumplimiento de las responsabilidades
asignadas, se debe de establecer el horario de las sesiones ordinarias tal como lo indica la
normativa. Se le solicita informar las acciones que va a tomar la Junta vial Cantonal para subsanar
esta situación y de esta forma dar cumplimiento a la normativa supracitada según lo indica en
dicho oficio. Rendir informe a este Órgano Colegiado a mayor brevedad.
Acuerdo NY Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
7. Se dio lectura de oficio DSV-555-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el
04-12-2020, firmado por el Sr. Marvin Rodríguez Cordero-Vicepresidente de la Republica,
comunicando que en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Personas con
Discapacidad deseamos hacer de su conocimiento el acuerdo tomado en la sesión ordinaria de
Consejo de Gobierno 137-2020 del 1ro de diciembre de 2020:
En el marco de conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, recordar
a todas las instituciones, el deber de asegurar que todas sus acciones y servicios sean accesibles
e inclusivos para las personas con discapacidad, así como de garantizar una atención inclusiva y
respetuosa de los derechos de estas personas en todo establecimiento público, recordando que
Costa Rica se ha comprometido nacional e internacionalmente a promover, proteger y garantizar
los Derechos Humanos de todas las Personas con Discapacidad en todo el territorio nacional.
Asimismo, que se debe garantizar el cumplimiento del acceso de la Población Adulta Mayor a los
servicios, atención y cumplimiento de sus derechos en el ámbito circunscrito a las leyes 7935,
7600 y 9394.
De conformidad con lo anterior, les exhortamos a hacer cumplir el trato adecuado y el
respeto a los derechos de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, recordando
asus colaboradoras y colaboradores la importancia de considerar este tema en las funciones que
desempeñan desde las distintas instituciones.
Conocida la solicitud, se acuerda:
En conformidad con el oficio DSV-555-2020, suscrito por Sr. Marvin Rodríguez Cordero-
Vicepresidente de la Republica, Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al
Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal interponer sus buenos oficios para que se realice
una circular a los funcionarios y funcionarias de esta Municipalidad con el objetivo de garantizar
el cumplimiento del acceso de la Población Adulta Mayor a los servicios, atención y cumplimiento
de sus derechos en el ámbito circunscrito a las leyes 7935, 7600 y 9394.
Acuerdo NY Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
8. Se dio lectura de oficio SETENA -DA-EducA- 0571-2020 con recha de recibido en la Secretaría
del Concejo el 04-12-2020, firmado por MSc. Carmen Enid Barboza Chacón- Coordinadora EducA-
SETENA, comunicando que con respecto a su petición que dice:
“En vista de que no se ha recibido respuesta del acuerdo N* 04 mediante Sesión Ordinaria N* 42-
2020, celebrada el 20 Octubre 2020 con referencia a la solicitud de visita de campo a la comunidad
de Camaroncito y comunidades aledañas por posible contaminación ambiental que se está
produciendo en la comunidad de Camaroncito de Río Jiménez - Cantón Guacimo - Provincia Limón,
MUNICIPALIDAD
* DE GUÁCIMO
' AUDITORIA
"INTERNA
162
:, AUDITORIA
-= INTERNA
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S.E. N2 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 14
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle nuevamente de forma urgente al
MINAE, SINAC, SETENA, COAGUA, oficina del Ambiente de esta Municipalidad, Ministerio de Salud
interponer sus buenos oficios a fin de que a la mayor brevedad posible brinden un informe con
relación a la situación que fue reportado por parte de Vecinos de la Comunidad de Camaroncito
de Río Jiménez - Cantón Guácimo - Provincia Limón, de una posible contaminación ambiental que
se estaba produciendo en la Comunidad, por una supuesta aplicación de Agroquímicos , llevada a
cabo por la finca Bananera Continental, situación que ha provocado la muerte de muchos peces e
incluso se teme que pudiera existir alguna afectación a la salud humana. (Debiendo rendir informe
a este Órgano Colegiado). Acuerdo N% Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme”,
Para información, me permito indicarles que:
Aclaración:
1. El único medio oficial y válido para el recibo de documentación y correspondencia de cualquier
tipo ante la SETENA, es el PORTAL DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS: https://portal.setena.go.cr
Las solicitudes, escritos, respuestas a prevenciones, denuncias, recursos administrativos, etc,
deben cumplir con las regulaciones de autenticidad de firma digital.
Los correos electrónicos de los funcionarios no son un medio válido y eficaz para dar por recibida
documentación, ni suspenden los plazos legales para la presentación de gestiones, por lo que debe
utilizarse el medio oficial.
Al contestar recuerde que debe indicar el número de expediente administrativo y en caso de
proceder el número de oficio o resolución al que se le está dando respuesta.
2. Las denuncias ambientales que se recibirán en la SETENA, contra una actividad, obra o
proyecto, deben tener o contar con expediente administrativo en la SETENA.
Se le solicito al Departamento del SIG el cual reviso la base de datos de SETENA, y los proyecto
aprobados para la “Finca Bananera Continental” son.
a. Expediente administrativo 1207-11, concesión de agua
b. Expediente administrativo 0951-09, Construcción de planta empacadora de Banano
c. Expediente administrativo 6194-11, concesión de agua
d. Expediente administrativo13002-14, concesión de agua
3. Si la denuncia a interponer no cuenta con expediente administrativo en SETENA debe realizar
el trámite por el medio oficial del MINAE, que se le detalla a continuación:
El Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) y la Contraloría del Ambiente, cuentan con el Sistema
Integrado de Trámite y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA). El SITADA es el sitio oficial
de Costa Rica, en donde se puede ingresar y consultar su denuncia o queja ambiental.
El SITADA es el resultado del trabajo conjunto de las diferentes dependencias del sector ambiente,
y busca establecer un esquema de gestión de la información que sirva de soporte para la toma de
decisiones, evaluación y monitoreo del cumplimiento al seguimiento y atención de denuncias
ambientales.
El SITADA permite definir, ampliar y mejorar el proceso de revisión de la información reportada
por la ciudadanía en relación a las denuncias ambientales ante las dependencias y oficinas
participantes en la gestión de denuncias ambientales en Costa Rica, lo que facilita el
mantenimiento de información permitiendo agilizar el proceso de control, atención y análisis de
las mismas.
e Ingrese la denuncia a través del módulo "ingrese su denuncia"
163
D
el A
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
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S.E. N“ 26-2020
Fecha: 04-12-2020
Pág. N.0 15
e El sistema le asigna automáticamente un número de identificación, con el cual a futuro podrá
consultar el estado de su denuncia.
+ Después de valorada la denuncia ambiental, se envía a la dependencia competente para la
investigación de los hechos denunciados y para que se haga cargo del asunto.
+ Los resultados de la investigación y trámites siguientes, se notificará automáticamente al
denunciante; siempre y cuando haya aportado su correo electrónico.
Conocida la información, se acuerda:
Habiendo recibido respuesta por parte de SETENA al acuerdo N? 14 de la Sesión Ordinaria
N2 47-2020 de fecha 24 de noviembre 2020, referente a la solicitud, para atender a la mayor
brevedad posible, queja por contaminación ambiental a ríos de la Comunidad de Camaroncito y
circunvecinos, en la cual puntualizan específicamente los medios donde deben elevarse estas
denuncias, por lo tanto, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde
Municipal y al Departamento de Saneamiento ambiental la información que hace llegar la MSc.
Carmen Enid Barboza Chacón-Coordinadora EducA-SETENA para que en adelante cualquier acto
de contaminación que se logre detectar, se eleve la denuncia según lo indicado:
1. El único medio oficial y válido para el recibo de documentación y correspondencia de cualquier
tipo ante la SETENA, es el PORTAL DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS: https://portal.setena.go.cr.
Las solicitudes, escritos, respuestas a prevenciones, denuncias, recursos administrativos, etc,
deben cumplir con las regulaciones de autenticidad de firma digital.
Los correos electrónicos de los funcionarios no son un medio válido y eficaz para dar por recibida
documentación, ni suspenden los plazos legales para la presentación de gestiones, por lo que debe
utilizarse el medio oficial.
Al contestar recuerde que debe indicar el número de expediente administrativo y en caso de
proceder el número de oficio o resolución al que se le está dando respuesta.
2. Las denuncias ambientales que se recibirán en la SETENA, contra una actividad, obra o
proyecto, deben tener o contar con expediente administrativo en la SETENA.
Se le solicito al Departamento del SIG el cual reviso la base de datos de SETENA, y los proyecto
aprobados para la “Finca Bananera Continental” son.
«a. Expediente administrativo 1207-11, concesión de agua
b. Expediente administrativo 0951-09, Construcción de planta empacadora de Banano
c. Expediente administrativo 6194-11, concesión de agua
d. Expediente administrativo13002-14, concesión de agua
3. Si la denuncia a interponer no cuenta con expediente administrativo en SETENA debe realizar
el trámite por el medio oficial del MINAE, que se le detalla a continuación:
El Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) y la Contraloría del Ambiente, cuentan con el Sistema
Integrado de Trámite y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA). El SITADA es el sitio oficial
de Costa Rica, en donde se puede ingresar y consultar su denuncia o queja ambiental.
El SITADA es el resultado del trabajo conjunto de las diferentes dependencias del sector ambiente,
y busca establecer un esquema de gestión de la información que sirva de soporte para la toma de
decisiones, evaluación y monitoreo del cumplimiento al seguimiento y atención de denuncias
ambientales.
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El SITADA permite definir, ampliar y mejorar el proceso de revisión de la información reportada
por la ciudadanía en relación a las denuncias ambientales ante las dependencias y oficinas
participantes en la gestión de denuncias ambientales en Costa Rica, lo que facilita el
mantenimiento de información permitiendo agilizar el proceso de control, atención y análisis de
las mismas.
e Ingrese la denuncia a través del módulo "ingrese su denuncia"
e El sistema le asigna automáticamente un número de identificación, con el cual a futuro podrá
consultar el estado de su denuncia.
+ Después de valorada la denuncia ambiental, se envía a la dependencia competente para la
investigación de los hechos denunciados y para que se haga cargo del asunto.
+ Los resultados de la investigación y trámites siguientes, se notificará automáticamente al
denunciante; siempre y cuando haya aportado su correo electrónico.
Asimismo se autoriza publicar este acuerdo en la página de la Municipalidad de Guácimo para
que todos los Ciudadanos tengan conocimiento de esta información de manera que, en el momento
que detecten cualquier situación anómala, puedan proceder de forma inmediata a elevar la
denuncia a las Entidades que corresponden correctamente, atender la situación.
Acuerdo NY Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
9. Se dio lectura de oficio CP-051-2020'MTSS con recha de recibido en la Secretaría del Concejo
el 01-12-2020, informando que las Instituciones públicas cerrarán el 24 de diciembre 2020
+ Funcionarios públicos regresarán el próximo 4 de enero.
+ Medida establece que quienes atienden la emergencia por la Covid-19 podrían ser
requeridos por las autoridades de salud.
Las personas funcionarias de las instituciones del Poder Ejecutivo laborarán de forma regular
hasta el 24 de diciembre de este 2020.
Así está establecido por el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y las ministras
de Planificación Nacional y Política Económica, Pilar Garrido y de Trabajo y
Seguridad Social Geannjna Dinarte Romero, a través de una directriz ejecutiva que entrará en
vigencia una vez sea publicada en el Diario Oficial la Gaceta.
De esta manera, se concede a título de vacaciones a las personas servidoras públicas los días 24,
28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2020. Esto quiere decir que las instituciones abrirán sus puertas
de manera regular el lunes 4 de enero de 2021.
Dentro de las razones por las que se conceden esos días a las personas trabajadoras está el que
este cierre representa un ahorro significativo para el Gobierno en gastos como energía eléctrica,
telecomunicaciones, agua, consumo de combustible, entre otras.
Así mismo, muchas personas servidoras públicas tienen cumplidos sus periodos de vacaciones
por lo cual resulta oportuno evitar que se acumulen excesivamente esos derechos laborales y a
la vez se contribuye a la recuperación del sector turismo y de la economía.
La directriz establece que todos aquellos servidores públicos que sean requeridos por los Comités
Municipales de Emergencia, deberán brindar la colaboración necesaria según lo que sea
dispuesto por la Comisión Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo para la atención del
estado de emergencia nacional ocasionado por el COVID-19".
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Sfílunicipalidad de Guácimoz,
MUNICIPALIDAD
DE GUACIMO
, AUDITORIA
INTERNA
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Por otro lado, en el caso de los servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría
Generalde la República, el Registro Nacional, cuerpos policiales e institucione* de atención de
emergencias, las vacaciones serán definidas por su jerarca.
CONOCIMIENTO.
10. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 02-12-2020, firmado
por el Presidente Asociación de Desarrollo Especifica El Hogar de Guácimo - Herminio Dover
Carrillo, traslada lo siguiente:
“En sesión ordinaria número 1261 del 30 de noviembre del 2020 llevada a cabo por la Asociación
de Desarrollo Especifica del Hogar de Guácimo,
Recibimos de varios vecinos de la comunidad con relaciona el daño ambiental que se está
provocando en el rio El Hogar de Guácimo
Por lo anterior, en representación de nuestra comunidad y en total acuerdo con la queja de los
vecinos, acudimos a ustedes en aras de presentar formal denuncia por la supuesta contaminación
ambiental provocada por los desechos de una finca ganadera ubicada el La Selva de Guácimo,
cuya dirección es de la entrada a calle Fallas Cambronero por la Selva, aproximadamente 100
metros hacia el oeste, mano derecha, o sea, en dirección hacia Jiménez de Guápiles.
El propietario del ganado y posiblemente de la finca es un señor conocido como Ricardo Mora
cuyo segundo apellido y demás datos personales desconocemos.
Este señor tiene una cantidad importante de ganado el cual mantiene en pastoreo en el día y en
establos durante la noche
Los desechos del establo como, boñiga, cascaras de banano y cualquier otro desecho de alimento,
son depositados muy cerca del cauce de la paja de agua.
Por lo señalado en el párrafo anterior, cuando llueve, estos desechos se diluyen hacia la paja de
agua y posterior mente caen en el cauce de rio El Hogar, provocando la consecuente
contaminación al ambiente. Como prueba documental podemos aportar videos tomados el día 30
de noviembre 2020 en donde se puede apreciar el cruce del agua contaminada con las aguas sin
contaminación aparente.
Adicionalmente, nos comentan que las condiciones de los establos no son lo más adecuado para
el ganado ,10 cual, podría estar causando maltrato animal e insalubridad para las personas
encargadas del cuido de los animales Sin otro particular por el momento y agradeciendo de ante
mano su ayuda en la atención de la denuncia se despide.
Conocida la solicitud, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Ing. Marianela Rojas
Quirós-Servicios Ambientales y Municipales el oficio suscrito por el Sr. Herminio Dover Carrillo -
Presidente Asociación de Desarrollo Especifica El Hogar de Guácimo con el fin de interponer sus
oficios en realizar una visita de campo en conjunto con el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE
y proceder conforme a la ley en atención a la denuncia por la supuesta contaminación ambiental
provocada por los desechos de una finca ganadera ubicada en La Selva de Guácimo, cuya dirección
es de la entrada a calle Fallas Cambronero por La Selva, aproximadamente 100 mts hacia el Oeste,
mano derecha en dirección hacia Jiménez de Guápiles.
Acuerdo NC“ Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
11. Se dio lectura de oficio con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020,
firmado por el MSc. Roy Alberto Castro Astúa-Asesor Legal del Concejo Municipal de Guácimo,
comunicando:
AUDITORIA
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S.E. NO 26-2020
Fecha: 04-12-2020
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Quien suscribe, MSc. Roy Alberto Castro Astúa, mayor de edad, casado, Abogado, carné del
Colegio de Abogados número: 19503, cédula de identidad número: 1-1296-417, vecino de Limón,
Siquirres, en mi condición de asesor legal externo de la Municipalidad de Guácimo, de acuerdo con
la contratación administrativa: 2020CD-000024-01 de la Federación de Municipalidades .
Productoras de Banano (CAPROBA), me permito emitir la recomendación legal de lo siguiente:
RESPUESTA OFICIOS: 978-2020, +$1175-2020 (TEMA COMISIÓN ESPECIAL LAS
ROSAS) Antecedente: (RESUMEN).
El Concejo Municipal y la Alcaldía de la Municipalidad de Guácimo, han venido realizando esfuerzos
en conjunto con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Dirección de Aguas y
el interesado Grupo Las Rosas, sobre la problemática que existe en la localidad de Río Jiménez,
con los permisos respectivos para la habilitación de un pozo que resulta necesario para instalar un
acueducto que venga a solventar problemas de disponibilidad hídrica en el lugar antes mencionado
y lugares aledaños.
Lo anterior no se ha logrado en razón de que no se ha cumplido por parte de los interesados con
los requisitos exigidos por la Legislación Nacional para su aprobación y según el documento
intitulado: Memorando, de fecha 25 de setiembre del 2020, emitido por la Dirección de la UEG
Gestión Ambiental y la Dirección del Area Funcional de Hidrogeología, dicha dirección no
recomienda la aceptación del pozo denominado GM-110 en las condiciones actuales, lo cual
necesariamente sugiere que debe perforarse un nuevo pozo.
Lo anterior resulta de interés dado que la Municipalidad de Guácimo se encuentra en absoluta
disposición de realizar la donación de los terrenos de interés para la construcción del pozo en
cuestión al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, sin embargo, dicha institución
no aceptará la donación hasta que se cumpla con los requisitos legales y se cuente con el pozo
debidamente habilitado y de conformidad con el ordenamiento jurídico.
SITUACIÓN ACTUAL:
El Concejo Municipal y la Alcaldía de la Municipalidad de Guácimo mantienen su interés en realizar
la donación de los terrenos al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para lo cual
debe continuarse con el trámite que las instituciones correspondientes dispongan y deberán las
partes interesadas comprometerse a llevar dichos trámites hasta la finalización y aprobación
correspondiente.
Con esta finalidad, se llevó a cabo una reunión en la Sala de Sesiones del Concejo de Municipalidad
de Guácimo, el día 09 de noviembre del año 2020, de dicha reunión se confeccionó la respectiva
minuta y se acordó suscribir una “carta de entendimiento” entre las partes interesadas con la
finalidad de definir los pasos a seguir y determinación de las responsabilidades asignadas a las
partes con el fin de poder llevar a buen término el proceso.
Dicho documento, corresponde al documento denominado: “CARTA DE ENTENDIMIENTO
SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO LAS ROSAS DE POCOSOL SOCIEDAD
ANÓNIMA”, enviado por el señor José Mario Jara Alvarado, en fecha 24 de noviembre del 2020 a
las 15:58 horas, el cual una vez analizado, a criterio de éste asesor externo, el mismo se encuentra
ajustado con el ordenamiento jurídico y se brinda el respectivo visto bueno para que el Concejo
Municipal tome el acuerdo mediante el cual autorice expresamente su contenido y se autorice al
señor Alcalde para que suscriba el mismo.
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AD
DE GUACIMO
AUDITORIA
INTERNA
Acta N% 74-2020
S.E. N2 26-2020
Fecha: 04-12-2020
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Recomendación Legal:
Se recomienda al Concejo Municipal tome el acuerdo mediante el cual autorice expresamente su
contenido y se autorice al señor Alcalde para que suscriba documento denominado: “CARTA DE
ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO LAS ROSAS DE
POCOSOL SOCIEDAD ANÓNIMA”, enviado por el señor José Mario Jara Alvarado, en fecha 24 de
noviembre del 2020 a las 15:58 horas. Así mismo, se recomienda que una vez se concluyan los
trámites respectivos se tome el acuerdo para que la Municipalidad de Guácimo realice la donación
de los terrenos en cuestión al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
CONOCIMIENTO.
12. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 03-12-
2020, acogida por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza y el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice:
ASUNTO: SOBRE EL CONTROL INTERNO Y FUNCIONES DE LA AUDITORIA
CONSIDERANDO
"Que el sistema de control interno asigna formas de control específicas' a los órganos que lo
integran: a Administración activa y la auditoría interna. La auditoría interna solo puede ejercer el
control que se enmarque en el concepto de auditoria. La necesidad de garantizar su independencia
funcional implica una prohibición de ejercer las funciones administrativas y de control propias de
la administración activa.
A partir de la aprobación de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, la función
de control sufre una modificación sensible. En efecto, la función de control se analiza como un
sistema en el cual la Contra101lía General de la República ocupa el vértice. Un sistema de
fiscalización compuesto por diversos componentes, unidos por el control a los fondos públicos y
actividades y fondos privados de origen público y dirigido a evaluar la gestión financiera y
administrativa de los organismos públicos. El sistema de control no puede ser identificado con la
Contraloría General o con las auditorías de las administraciones públicas. El control interno es
parte de la Administración activa. Si la Administración activa no sólo tiene que implantar sistemas
de controles, sino que es órgano de control, se plantea la necesidad de deslindar su control de la
función del auditor interno. En la Ley General de Control Interno, N% 8292 de 31 de julio de 2002,
esa delimitación se produce a partir del concepto funcional de auditoría. Efectivamente, el artículo
21 de la Ley contiene un concepto "funcional" de auditoría interna, referido a la actividad en sí
misma, a su objetivo y a su efecto sobre la organización y la sociedad. Esta se define como una
actividad "asesora", dirigida a proporcionar seguridad a la organización, "mediante la práctica de
un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del
riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los Órganos sujetos a esta
Ley. ”
De esa definición interesa resaltar el carácter asesor de la función de auditOifa y la evaluación
del control y del proceso de dirección. El Instituto de Auditores Internos define la auditoría
precisamente como:
"una actividad de evaluación independiente, establecida dentro de una organización
para examinar y evaluar sus actividades como un servicio para la organización ". Citado
por R, WHITTINGT'ON-K, PÁNY.+ Auditoría. Un enfoque integral, MCGRAW- HIL,
Interamericana S. A., Colombia, 2000, p. 592.
A través de la evaluación, de la asesoría, de las recomendaciones, la Auditoria interna participa
en el control interno. Y lo hace por medio de la evaluación de la efectividad de otros controles.
La auditoría representa una verificación posterior y selectiva de un ámbito de la actividad de la
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Fecha: 04-12-2020
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organización. Esa verificación y evaluación no es continúa o concomitante con las acciones
administrativas u otras acciones de control. Es periódica. En relación con los fondos públicos se
deben realizar auditorías o estudios especiales semestralmente. Dispone el artículo 22 de la Ley
de Control Interno.
Es por ello que una de las prohibiciones que se impone al auditor es, precisamente, la del ejercicio
de funciones administrativas, salvo las necesarias para ejercer su competencia, artículo 34, inciso
a). Ergo, el auditor no debe involucrarse en operaciones administrativas ni sustituirse a la
administración en el cumplimiento de sus funciones. No se trata sólo de participar activa O
pasivamente en la toma de decisiones, en su ejecución, en los procesos directivos u operativos
de la Administración.
"Los cargos de auditoría interna están determinados al ejercicio de la auditoría interna,
no de funciones de la Administración activa. Por consiguiente, el funcionario que es
nombrado en un puesto de auditoría interna carece de facultades legales para ejercer
funciones de administración activa. En ese sentido, el ejercicio de funciones de
administración activa y el integrar un órgano director de un procedimiento
administrativo (que es una forma de administración activa) no es parte de las funciones
propias de la auditoría. Por consiguiente, no puede considerarse que el funcionario de
auditoría, en razón del puesto que ocupa, tenga un derecho a ese ejercicio. El deber
funcional presente en los incisos a) y b) de mérito no constituye en forma alguna una
limitación al ejercicio de un derecho. Desde esa perspectiva, no puede considerarse que
la imposición del deber entrañe una lesión patrimonial que obligue a su compensación...
,
Tal como se desprende con suma claridad de las consideraciones transcritas, no puede perderse
de vista que existen labores de control que la propia Administración debe implementar, bajo su
exclusiva responsabilidad, porque ello se deriva del régimen contenido en la Ley General de
Control Interno, normativa en la cual encontramos disposiciones expresas, como las siguientes:
"Artículo 10.-Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca
y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control
interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las
acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.
Artículo 11.-El sistema de control interno en la desconcentración de competencias y la contratación
de servicios de apoyo. El jerarca y los titulares subordinados tendrán la responsabilidad de
analizar las implicaciones en el sistema de control interno, cuando se lleve a cabo una
desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros;
asimismo, la responsabilidad de tomar las medidas correspondientes para que los controles sean
extendidos, modificados y cambiados, cuando resulte necesario.
Artículo 17.-Seguimiento del sistema de control interno. Entiéndese por seguimiento del sistema
de control interno las actividades que se realizan para valorar la calidad del funcionamiento del
sistema de control interno, a lo largo del tiempo; asimismo, para asegurar que los hallazgos de
la auditoría y los resultados de otras revisiones se atiendan con prontitud.
En cuanto al seguimiento del sistema de control interno, serán deberes del jerarca y los titulares
subordinados, los siguientes:
a) Que los funcionarios responsabilizados realicen continuamente las acciones de control y
prevención en el curso de las operaciones normales integradas a tales acciones. (...)»
Bajo esa óptica, es claro que le compete a la Administración activa diseñar y ejecutar los controles
necesarios para revisar adecuadamente algún tipo de reporte financiero periódico que deban
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rendirle los diferentes departamentos institucionales, así como cualquier ente adscrito a la
institución.
La municipalidad de Guácimo ha estado haciendo esfuerzos de control y con los planes
municipales solicitados según lineamientos de la Contraloría.
Existe la necesidad de que se brinde una asesoría permanente de parte de la auditoría interna a
los funcionarios municipales con el propósito de que se asuman adecuadamente las
responsabilidades por el sistema de control interno, se desarrolle el sistema de control interno
en la desconcentración de competencias y la desconcentración de competencias y el seguimiento
del control interno y el SEVRI.
POR TANTO
1 Se acuerda nombrar la comisión de control interno y riesgo de la siguiente manera:
Conformación de la Comisión. Estará conformada por:
Alcalde Municipal
Regidores Propietarios y/o Suplentes
Encargados (a) de todas las áreas de la Municipalidad de Guácimo
Auditor Interno y/o Suplente
Asesor externo.
qe e NE
Los Titulares Subordinados u otros funcionarios nombrados en la Comisión no son limitativos y
quedará sujeto a discreción del Alcalde Municipal la incorporación de otros funcionarios
municipales. Tanto el Auditor Interno como el suplente que este asigne, participarán en la
Comisión con derecho a voz, no así al voto.
La auditoría tendrá solo voz y de carácter técnico para que cumpla el rol de ente asesor y no
intervenga la administración municipal.
Administración operativa de la Comisión. Para la administración operativa de la CCIR la Alcaldía
ocupará el cargo de Presidente y el puesto de Secretario (a), se someterá a votación con los
integrantes.
La comisión se regirá por lo establecido en el Reglamento interno de la administración y mejora
continua del sistema de control interno y valoración del riesgo.
Se recomienda que para el funcionamiento de la comisión el alcalde proponga los nombres de
aquellos funcionarios o funcionarias competentes para este cometido.
1. La comisión tendrá que brindar los informes de acuerdo con lo establecido en la ley
de control interno y los informes solicitados por el Ministerio de Hacienda. Deberá
preparar informe del año 2020 para lo cual se pide a la auditoría dar la asesoría
pertinente.
2. La auditoría deberá presentar al concejo municipal en términos de 8 días un plan de
capacitación para los coordinadores de procesos y subprocesos en forma permanente
para el sistema de control interno y SEVRI a partir de enero del 2021.
3, La auditoría deberá presentar plan de trabajo anual articulado a los planes
municipales que facilite el trabajo de la comisión.
4. La auditoría debe rendir un informe sobre la aplicación del SEVRI. A partir de qué
fecha lo está aplicando y los instrumentos utilizados en un término de 3 días hábiles.
Dispénsese del trámite de comisión.
AUDITORIA
INTERNA
£lunicipalidad de Guáacím
MUNI
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En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Si
alguien quiere al tema. Tenemos que nombra dos personas para que integren la Comision.
¿Alguien se quiere postular?
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entendí que eran los regidores
propietarios.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Tienen que haber dos vacantes. Quisiera proponer mi nombre para esta Comision, entonces seria
nombrar a las compañeras Nitzy Vega Chaves y Ana María Esquivel Mesen.
Conocida la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez es sometida
por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los
Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la moción sírvase
levantar la mano, resultando aprobada firmemente por unanimidad, por lo tanto se
acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la
moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez sobre el Control Interno y Funciones de
la Auditoria (se adjunta moción).
Asimismo este Órgano Colegiado, acuerda nombrar la comisión de Control Interno y Riesgo de la
siguiente manera:
1. Alcalde Municipal-Sr. Gerardo Fuentes González.
2. Regidores Nitzy Vega Chaves, Reg. Ana María Esquivel Mesen y Reg. José Leoncio Orozco
Peraza.
3. Encargados (a) de todas las áreas de la Municipalidad de Guácimo. (El Sr, Alcalde Municipal
definirá los funcionarios correspondientes, a las áreas asignadas, debiendo presentar al Concejo
Municipal los nombres de los Funcionarios).
4. Auditor Interno - Licda. Marlene Myrie Pérez (Su participación será presencial, con derecho a
voz, no así al voto).
5. Asesor externo-Sr. Roy Alberto Castro Astúa.
Los Titulares Subordinados u otros funcionarios nombrados en la Comisión no son limitativos y
quedará sujeto a discreción del Alcalde Municipal la incorporación de otros funcionarios
municipales. Tanto el Auditor Interno como el suplente que este asigne, participarán en la
Comisión con derecho a voz, no así al voto.
La auditoría tendrá solo voz y de carácter técnico para que cumpla el rol de ente asesor y no
intervenga la administración municipal.
Administración operativa de la Comisión. Para la administración operativa de la CCIR la Alcaldía
ocupará el cargo de Presidente y el puesto de Secretario (a), se someterá a votación con los
integrantes.
La comisión se regirá por lo establecido en el Reglamento interno de la administración y mejora
continua del sistema de control interno y valoración del riesgo.
Se recomienda que para el funcionamiento de la comisión el alcalde proponga los nombres de
aquellos funcionarios o funcionarias competentes para este cometido.
1. La comisión tendrá que brindar los informes de acuerdo con lo establecido en la ley de
control interno y los informes solicitados por el Ministerio de Hacienda. Deberá preparar informe
del año 2020 para lo cual se pide a la auditoría dar la asesoría pertinente.
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Acta NO 74-2020
S.E. N* 26-2020
Fecha: 04-12-2020
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2. La auditoría deberá presentar al concejo municipal en términos de 8 días un plan de
capacitación para los coordinadores de procesos y subprocesos en forma permanente para el
sistema de control interno y SEVRI a partir de enero del 2021.
3. La auditoría deberá presentar plan de trabajo anual articulado a los planes municipales
que facilite el trabajo de la comisión.
4. La auditoría debe rendir un informe sobre la aplicación del SEVRI. A partir de qué fecha
lo está aplicando y los instrumentos utilizados en un término de 3 días hábiles. Dispénsese del
trámite de comisión.
(Debiendo cumplir cada Funcionario en mención, con la presentación mediante informe
de los puntos que cita el acuerdo).
Acuerdo N* Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
13. Se dio lectura oficio SCMT-662-2020, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 04-
12-2020, firmado por la Sra. Daniela Fallas Porras-Secretaria del Concejo Municipal de Tarrazú,
en que transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Tarrazú, en sesión ordinaria 031-
2020, celebrada el día tres de diciembre del dos mil veinte, donde se acuerda:
“Acuerdo %3: El honorable Concejo Municipal de Tarrazú, apoya en todos sus extremos el
oficio S.M.G. ++ 1537-2020 emitido por el honorable Concejo de Municipalidad Guácimo
donde se escribe en el acuerdo tomado en sesión ordinaria número 47-2020, celebrada el
24 de noviembre del 2020, donde solicita a todas las municipalidades del país un voto de
apoyo para que en el Cantón de Guácimo ubiquen un Colegio Científico ya que es de suma
importancia para los jóvenes ofrecerle la oportunidad y brindarles una educación acorde a
lo que ofrece este tipo de colegio ya que los interesados deben de trasladarse hasta la
provincia de Limón. Acuerdo definitivamente aprobado.”
En uso de la palabra el Reg. José Leoncio Orozco Peraza-Presidente Municipal, dice: Eso es un
voto para informarle al cantón de nosotros, anteriormente habíamos solicitado apoyo a las 82
municipalidades para que se ubique en el cantón de Guácimo un Colegio Científico y la
Municipalidad de Tarrazú nos está dando el voto de apoyo entonces agradecerle formalmente a la
Municipalidad de Tarrazú por su voto apoyo y se le agradece infinitamente.
Conocida la información, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Agradecer cordialmente al Concejo de
la Municipalidad de Tarrazú por brindar el voto de apoyo para que en el Cantón de Guácimo
ubiquen un Colegio Científico ya que es de suma importancia para los jóvenes ofrecerle la
oportunidad y brindarles una educación acorde a lo que ofrece este tipo de colegio ya que los
interesados deben de trasladarse hasta la provincia de Limón.
Acuerdo N* Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
14. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 04-12-2020, enviado
por el Lic. Danny Arguello Morales-Asesor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo, en atención
de la revisión y estudio del proyecto de “carta de entendimiento suscrita por la Municipalidad de
Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Grupo Las Rosas de
Pocosol S.A”, se procede acordar lo siguiente:
Considerando.
Primero. Que se ha venido realizando una serie de gestiones de coordinación entre las partes y
el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, con el fin de concretar la habilitación
de un acueducto en el sector de Río Jiménez de Guácimo, con el objetivo de generar una solución
AUDITORIA
INTERNA
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£unicipalidad de Guácímo
MUNICIPALIDA
e DE GUACIMO
Ey AUDITORIA
INTERNA
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a la prestación del servicio de agua potable. En dicho sentido, el proyecto en cuestión se realizaría
en un terreno inscrito a favor de la Municipalidad, el cual se donaría a favor del AyA, una vez que
se cumpla con los requisitos técnicos referidos a la perforación de un nuevo pozo.
Segundo. El día lunes 9 de noviembre de 2020, a las 3:30 pm, en el Salón de Sesiones del
Concejo Municipal de Guácimo, se llevó a cabo una reunión con representantes municipales
(miembros del Concejo, Alcalde Municipal, funcionarios administrativos y asesores externos), así
como particulares interesados en que se promueva el proyecto de habilitación de un pozo para la
puesta en funcionamiento en el sector de Río Jiménez de un nuevo acueducto; siendo que en
reunión se generó la propuesta de plantear la firma de una carta de entendimiento entre las partes,
en donde además participaría el AyA, por ser este Instituto quién se recibiría la donación del
terreno y se encargaría de la administración del acueducto en cuestión, una vez se cumpla los
requisitos de rigor establecidos en el ordenamiento jurídico.
Tercero. Este Concejo Municipal, de forma preliminar adopto el acuerdo 07, de sesión ordinaria
47-2020, realizada el día 24 de noviembre de, 2020, mediante el cual se requirió el respectivo
criterio legal, con el propósito de corroborar que el documento en cuestión estuviera dentro del
bloque del marco legal. En relación, con motivo de dicho acuerdo, se generó el informe técnico
GJ-73-2020, mediante el cual el asesor legal institucional indica que no riñe con el bloque de
legalidad, y que por ende se requiere la aprobación del Concejo conforme lo dispuesto en el artículo
13 del Código Municipal, así como la autorización emitida por este Organo Colegiado, para que el
Alcalde proceda a suscribir el mismo con su firma. Asimismo, el documento de la carta de
entendimiento fue igualmente revisada por el asesor externo municipal de este Concejo, quien
coincide con el criterio emitido en el oficio GJ-73-2020.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 inciso e) del Código Municipal, corresponde al
Concejo la aprobación de convenios, así como autorizar al Alcalde Municipal para suscribir el mismo
con su firma. En relación, el contenido de la carta de entendimiento debe constar de forma literal
en el acta respectiva, por lo que el señor Alcalde debe limitarse a firma el documento con el
contenido expresamente aprobado por el Concejo.
Quinto. El contenido de la carta de entendimiento sometida aprobación del Concejo es el
siguiente:
CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO
LAS ROSAS DE POCOSOL SOCIEDAD ANONIMA.
Quienes suscriben, i) YAMILETTE ASTORGA ESPELETA, mayor, soltera, cédula de identidad número
uno-quinientos cuarenta-ciento noventa y dos, de profesión Bióloga Marina, vecina de Zapote,
veinticinco metros Este y cincuenta metros Norte de las Torres de Radio Columbia, en su condición
de PRESIDENTA EJECUTIVA, según nombramiento por el Consejo de Gobierno del ocho de mayo
de dos mil dieciocho, publicado en el Alcance N*98 del Diario Oficial La Gaceta No. 83 del catorce
de agosto de dos mil dieciocho, con facultades de APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE
SUMA del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (en adelante
denominado “AyA”), cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuarenta y dos
mil ciento treinta y ocho, otorgadas mediante acuerdo firme número dos mil catorce-doscientos
cuarenta y cinco, adoptado en la Sesión Ordinaria Número dos mil catorce-diecisiete, artículo
tercero, inciso tres uno de la Junta Directiva del AYA, celebrada el quince de mayo del dos mil
catorce, personería inscrita en el Registro Público, Sección Personas, al tomo quinientos setenta y
cuatro, asiento ciento setenta y un mil quinientos treinta y uno, consecutivo uno, secuencia dos,
ostentando la representación judicial y extrajudicial del AYA; ii) GERARDO FUENTES GONZALEZ,
mayor, divorciado, cédula de identidad número dos-cero doscientos noventa y dos-mil
cuatrocientos ochenta y seis, vecino de Guácimo, Limón, en su condición de ALCALDE
PROPIETARIO de la MUNICIPALIDAD DE GUACIMO DE LA PROVINCIA DE LIMON (en adelante
denominada “la Municipalidad”, cédula jurídica número tres-catorce cuarenta y dos mil ciento
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£KMunicipalidad de Guácimo
MUNICIPALIDAD
$ DE GUACIMO :
ES Sh AUDITORIZ
eS ps INTERNA
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Fecha: 04-12-2020
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veintidós, correspondiéndole la representación legal con las facultades que le otorga el Código
Municipal, personería inscrita y vigente al treinta de abril de dos mil veinticuatro, debidamente
autorizado por el Concejo Municipal para la firma de este convenio; y iii) JOSE MARIO JARA
ALVARADO, mayor, casado una vez, cédula de identidad número dos-cero doscientos noventa y
uno-mil cuatrocientos noventa y dos, vecino de Ciudad Cariari, Ulloa, Heredia, en su condición de
VICEPRESIDENTE con facultades a APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE 2 SUMA de la
sociedad LAS ROSAS DE POCOSOL S.A., cédula jurídica número trescientos uno-seiscientos
veintiocho mil trescientos cuarenta y nueve (en adelante denominada Grupo Las Rosas); con
fundamento en los artículos once de la Constitución Política de la República de Costa Rica; cuatro,
once y dieciséis de la Ley General de la Administración Pública número seis mil doscientos
veintisiete del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho; uno, dos, cinco b, cinco c y
veintiuno de la Ley Constitutiva de AyA, ley número dos mil setecientos veintiséis del catorce de
abril de mil novecientos sesenta y uno; en adelante el AyA, la municipalidad y el Grupo las Rosas
denominados en forma conjunta como “Las Partes”, suscribimos la siguiente CARTA DE
ENTENDIMIENTO:
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha dicho en su
jurisprudencia, que el acceso al agua potable es un derecho humano fundamental, en cuanto está
inmerso en el contenido del derecho a la vida y a la salud.
SEGUNDO: Que, al AyA conforme a su Ley Constitutiva, Ley No. 2726 del 14 de abril de 1961, le
corresponde dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de
Costa Rica de un servicio de agua potable, recolección y evacuación de aguas negras y residuos
industriales. En este contexto, le corresponde aprobar y promover obras de cualquier naturaleza
relativas a asumir, crear, ampliar o modificar infraestructura relacionada con la prestación de los
servicios de acueducto y alcantarillado, incluso cuando dichas obras sean realizadas o
patrocinadas, total o parcialmente por particulares, sin que ello disminuya las potestades que
ostenta en este campo, sobre todo a partir de lo dispuesto en su Ley Constitutiva. Deriva de lo
anterior, la obligación de cualquier otro ejecutor distinto de AyA de consultarle y cumplir de forma
inexcusable con las recomendaciones que este emita.
TERCERO: Que el AyA tiene como parte de sus competencias, la de asesorar a los demás
organismos e instituciones del Estado y coordinar las actividades públicas y privadas, en todos los
asuntos relacionados con el establecimiento de acueductos y 3 alcantarillados, en el tanto debe
velar para que la construcción, ampliación y reforma de estos sistemas se sujete al cumplimiento
de la normativa vigente, incluida la de orden técnico, y tome en cuenta la mejor satisfacción de
las necesidades generales de una zona o población determinada, así como la adecuada inversión
de todos los recursos que el Estado asigne para dichas obras (artículo 2 incisos ¡ y j de la Ley
Constitutiva del AyA). Lo anterior por cuanto toda actividad de la Administración Pública está
llamada y sometida a tutelar los intereses de la colectividad, sobre todo cuando se trata de
materias que involucran la prestación de servicios públicos tan elementales como los suministrados
por el AyA.
CUARTO: Que la Municipalidad para promover el desarrollo humano y social de su comunidad,
mediante acuerdo número dos de la Sesión Ordinaria número 44-18 del 2 de noviembre de 2018,
asumió la administración del acueducto del proyecto de interés social denominado “Las Rosas de
Río Jiménez”, ubicado en el distrito Río Jiménez, cantón Guácimo, provincia Limón; sin embargo,
es reconocido actualmente por todas las partes que la municipalidad de Guácimo, carece de
habilitación legal y capacidad jurídica para prestar los servicios de agua potable y aguas residuales
en ese cantón, siendo AyA el ente legalmente competente. En razón de lo anterior, la municipalidad
acepta el traspaso mediante donación de dos fincas del Partido de Limón, la primera matrícula de
folio real número 173442-000, plano de catastro número L-2122335-2019, en la cual se ubica el
pozo GM-110; y la segunda matrícula de folio real número 173069-000, plano de catastro número
L-2114807-2019, donde se construirá la planta de tratamiento de aguas residuales, actualmente
174
flunicipalidad de Guácimo
MUNIEI
DE GUA:
AUDITORIA
INTERNA
Q..L
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en trámite de revisión número PTAR-AyA-2020-138, ante la Oficina de la Dirección Regional Huetar
Caribe del AyA.
QUINTO: Que el Grupo Las Rosas en coordinación con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
actuando éste en su condición de Entidad Autorizada del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda Ley No. 7052, tramita ante la Dirección FOSUVI del Banco Hipotecario de la Vivienda
(BANHVI), la 1 ETAPA del proyecto de vivienda de interés 4 social denominado “Las Rosas de Río
Jiménez”, compuesta esta etapa por ochenta y dos familias en extrema necesidad del cantón de
Guácimo, las cuales cumplieron con todos los requisitos estipulados en el artículo 59 de la Ley
7052.
SEXTO: Que, al cumplir el proyecto “Las Rosas de Río Jiménez” con todos los requisitos
estipulados en el artículo 65 BIS del Reglamento de Operaciones de la Ley 7052, éste fue agendado
por la Gerencia General del BANHVI, para que el mismo fuera aprobado por la Junta Directiva de
esa institución. Gestión que fue pospuesta, en razón de la advertencia realizada por AyA ante el
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH), mediante el oficio PRE-2020-00752 de
fecha 22 de mayo de 2020, respecto a que la Municipalidad del Cantón, no ostenta la habilitación
legal para operar un sistema de abastecimiento de agua poblacional, dado que AyA es el operador
oficial de los servicios públicos de agua potable y/o alcantarillado sanitario.
SÉTIMO: Que, procurando el bienestar de las familias en extrema necesidad, que requieren una
solución de vivienda, las partes y el Gerente General del BANHVI, en reunión virtual celebrada el
día cuatro de agosto de 2020, acordaron unir voluntades y esfuerzos para que con apego al bloque
de legalidad se pueda buscar e implementar soluciones en procura de habilitar un acueducto en el
sector de Río Jiménez, con el cual se pueda atender la necesidad de vivienda para quien lo
necesite.
OCTAVO: Que el pozo GM-110 fue objeto de estudios técnicos por parte del Grupo Las Rosas, los
cuales son de conocimiento de las partes suscribientes. No obstante, a pesar de las pruebas
realizadas por el Grupo Las Rosas, en calidad y cantidad; se tiene que un posterior estudio
realizado por video cámara permitió determinar que la estructura actual del pozo, construido hace
más de diez años, no reúne las especificaciones técnicas requeridas por el AyA, según consta en
la valoración técnico-ambiental que se desarrolla en el informe técnico N%UEN-GA-2020-03616 de
fecha 25 de setiembre de 2020 emitido por la UEN Gestión Ambiental del AyA. Por tal razón, las
partes acordaron la perforación de un nuevo pozo que deberá ser sometido a las pruebas en cuanto
a calidad y cantidad definidas por las normas técnicas.
Con base en lo expuesto y en aras de la buena fe y la colaboración que debe imperar entre el
Sector Público y Privado en el mejoramiento de la calidad de vida de los costarricenses:
ACORDAMOS:
PRIMERA. - SOBRE LA PERFORACIÓN DE UN NUEVO POZO POR PARTE DEL GRUPO LAS ROSAS
Y DEL ACUERDO PARA SUSCRIBIR UN CONVENIO CON AyA. Que la Municipalidad se compromete,
de acuerdo a sus competencias, a cooperar administrativamente con el Grupo Las Rosas, para que
las gestiones ante la Dirección de Aguas del MINAE y otras instituciones del Estado, respecto al
permiso de perforación y construcción del nuevo pozo, se realicen de forma articulada y expedita.
Que una vez que el Grupo Las Rosas haya perforado el nuevo pozo en el inmueble municipal,
siguiendo las recomendaciones técnicas dispuestas por AyA, conforme al estudio hidrogeológico a
realizar por este Grupo, deberá además presentar:
i) los estudios de calidad del agua del nuevo pozo en el inmueble de la Municipalidad, que
determinen que cumple con los requisitos de los niveles N1, N2, N3 y N4 (plaguicidas) del Decreto
41499-S Reforma y adición al Decreto Ejecutivo 38924-S Reglamento para la calidad del agua,
por parte del Laboratorio Nacional de Aguas o un laboratorio debidamente acreditado por ECA
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Costa Rica, ¡¡) el estudio sobre el perfil litológico del pozo y armado, niveles y profundidad; ¡i¡) un
video con cámara sumergible, posterior a la prueba de bombeo ( valoración de limpieza y
estructura final del pozo); iv) una prueba por etapas de una hora cada una (cuatro en total) a
caudal variable y v) una prueba de setenta y dos horas, (caudal constante como mínimo de 743
l/s), vi) Los permisos de solicitud de perforación y concesión ante los entes competentes, vii) La
zona de protección bacteriológica del nuevo pozo; las Partes se comprometen a acordar los
términos y suscribir un Convenio Para La Donación De Terrenos Y La Construcción De Las Obras
De Acueducto En El Sector De Río Jiménez De Guácimo, o cualquier otro acuerdo que estimen
conveniente a sus intereses.
SEGUNDA. - SOBRE EL NO CUMPLIMIENTO DE LOS ASPECTOS ENUMERADOS EN LA CLAÚSULA
PRIMERA, DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y LEGALES DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO Y
DE CUALQUIER ASPECTO DE ORDEN URBANÍSTICO. En caso de incumplimiento de alguno o varios
de los aspectos indicados en la cláusula primera de esta Carta de Entendimiento, de los
requerimientos técnicos y legales propios de la planta de tratamiento de aguas residuales, así
como de cualquier otra normativa técnica o legal en materia urbanística; AyA no se compromete
a suscribir un eventual Convenio para la Donación de Terrenos y Construcción de las Obras de
Acueductos en el Sector de Río Jiménez de Guácimo.
TERCERA. - SOBRE LOS ALCANCES DE ESTA CARTA DE ENTENDIMIENTO. La presente Carta de
Entendimiento no equivale a los alcances que se derivan de una constancia de disponibilidad de
servicios o de una constancia de capacidad hídrica o de recolección y tratamiento.
PLAZO. El plazo de esta carta de entendimiento será de dos años a partir de las firmas
correspondientes, pudiendo prorrogarse por un plazo mayor convenido por los suscribientes, si así
lo amerita el interés público, por no haberse logrado concluir, por causas ajenas a las partes,
alguna de las actividades comprometidas.
ES TODO. En fe de lo anterior, una vez leído el contenido íntegro del mismo en tres (3) tantos de
un mismo tenor literal, y bien enteradas las partes de su objeto, validez y demás efectos legales,
y con la autoridad con que actúan, lo ratificamos y firmamos digitalmente en las ciudades de San
José, Guácimo y Heredia, Costa Rica.
Msc. Yamilette Astorga Espeleta Gerardo Fuentes González
Presidenta Ejecutiva AyA Alcalde Municipalidad de Guácimo
Sr. José Mario Jara Alvarado
Vicepresidente Las Rosas de Pocosol S.A.
REFRENDO INTERNO El suscrito, Lic. Rodolfo Lizano Rojas, en mi condición de Director Jurídico
del AyA, hago constar que la presente Carta de Entendimiento se ha realizado de conformidad con
nuestro ordenamiento jurídico.
Lic. Rodolfo Lizano Rojas
Director Jurídico AyA
Por tanto.
El Concejo Municipal de Guácimo, de conformidad con las competencias establecidas en el artículo
13 inciso e) del Código Municipal, acuerda aprobar la “carta de entendimiento suscrita en la
Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Grupo
las Rosas de Pocosol S.A.”, cuyo contenido corresponde al indicado en el considerando quinto de
este acuerdo. Asimismo, se autoriza al Alcalde Municipal a suscribir con su firma la carta de
entendimiento aprobada una vez que cuente con las firmas de todas las partes, procurándose
acreditar la aceptación de los términos de las otras partes.
Se dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo en firma y definitivamente aprobado.
CONOCIMIENTO.
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15. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 01-12-2020, firmado
por la Sra. Maricela Solano Álvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria
del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, comunicando que las sesiones mensuales de los
Concejales de Distrito, del Cantón de Guácimo se estarán realizando los días primeros viernes de
cada mes, en la Unión Cantonal de Asociaciones a las 4:30 pm. Esto se debe al cambio de las
sesiones municipales.
CONOCIMIENTO.
16. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 01-12-2020, firmado
Slunicipalidad de Guácimo,
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por la Sra. Maricela Solano Alvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria
del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, solicitando que por favor se les brinde una
explicación detallada y por escrito, sobre la situación que se vive en este momento con el proceso
de los proyectos que están pendientes por ejecutar, con las partidas específicas que quedaron del
año pasado, como lo son el Play para Los Colegios y el Play para Los Geranios, así como la situación
de la Junta Administrativa del Cementerio y la construcción de la Capilla del Cementerio de
Guácimo, esto porque las comunidades nos han estado consultando y aunque nuestra
representante Maricela Solano Alvarez- Síndica de Guácimo, nos lo comentó en las reuniones que
hemos tenido, es mejor explicárselos a dichas comunidades con un documento que respalde lo
que ocurre en este momento con la Municipalidad y el País.
Conocida la solicitud, acuerda
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal —
Sr. Gerardo Fuentes González, oficio presentando por la Sra. Maricela Solano Alvarez- Presidenta
y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo,
con el fin de girar instrucciones al departamento de contabilidad de la Municipalidad para que
brinde un informe con respecto a las partidas especificas de la compra de los Play Grand de las
comunidades de Los Colegios y Los Geranios, también de la construcción de la capilla del
Cementerio de Guácimo. (Debiendo brindar un informe a este Órgano Colegiado).
Acuerdo NY Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
17. Se dio lectura oficio IMAS-SGDS-ARDSHC-0284-12-2020, con fecha de recibido en la
Secretaria del Concejo el 03-12-2020, firmado por la Licda. Yalile Esna Williams-Jefe área Regional
Huetar Caribe-IMAS, en respuesta al oficio S.M.G.+* 1125-2020 de la moción en la sesión ordinaria
N9 40-2020 celebrada el 06 de octubre de la señora regidora Rosibel Marchena Serrano sobre la
atención en el Cantón de Guácimo solicitando una reubicación de la persona.
Al respecto se le solicita al honorable Concejo Municipal para proceder con la investigación
respectiva ampliar la información sobre los aspectos como:
> Si se conoce el nombre de la persona funcionaria de la institución.
>  Referir situaciones más concretas y precisas días de atención y denuncias sobre la atención
que la persona funcionaria realiza.
Esa información se les solicita para el debido proceso que se le debe seguir a la persona denunciada
ya que en el cantón atienden varios funcionarios (as).
CONOCIMIENTO.
18. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12-
2020, dice:
CONSIDERANDO:
Que anteriormente se había tomado un acuerdo de interés publico de mantener los ríos limpios de
Guácimo y considerando que el río de el Hogar esta siendo contaminado y han hecho desviaciones
de agua no autorizadas que han provocado inundaciones.
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MOCIONO:
Para conformar una comisión Especial, para hacer inspecciones en los diferentes ríos del cantón e
invitar a Funcionarios del MINAE, Dirección de Aguas, para que conjuntamente se realicen estas
inspecciones y hacer un cronograma de inspecciones. Todo esto con el fin de heredarle a nuestros
hijos ríos limpios.
En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Es importante porque han ido
contaminando los ríos.
En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: es importante formar una
comisión para todo lo que tenga que ver con la contaminación de ríos No solamente la parte de
contaminación como lo explicaban en la carta anterior, sino también por el uso y abuso de los
materiales Porque si bien es cierto como usted habla de los causes se han salido la comunidad de
Parismina también ha sufrido eso con el rio principal que hay un tajo que le ha robado a los vecinos
parte de sus propiedades por el abuso de los materiales, demandas que se han puesto y se ha
dejado de sacar el producto por algún tiempo y después vuelve otra vez, entonces si sería
importante esa comisión pero no solo Para una cosa para ampliarlo para diferentes temas,
entonces si me parece muy atinada esa comisión.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: sí como dice la compañera
es muy importante, también es importante la parte de reforestación porque se ha dejado de lado
e inclusive yo con un grupo de estudiantes fui, pero se ha ido dejado de lado la importancia de la
reforestación porque los árboles mantienen el caudal de los ríos, porque si no hay arboles los
caudales van disminuyendo, entonces por eso vemos que tiempos de sequía los ríos baja mucho
el caudal.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: esto
seria una comisión especial puede estar conformada por los regidores propietarios síndicos
propietarios y suplentes, e inclusive Qué personas que no se estén dentro del concejo municipal
calidad de asesor si alguien quiere participar en este levantar la mano.
Lo que pasa es que esas giras tienen que ser en el día y hay que caminar, la ruta por el
rio, se requiere tiempo y compromiso, en lo personal sí me gustaría conformar esta comisión para
realizar este tipo inspecciones, tengo una hija de 3 años y me gustaría que mi hija logrará ver los
ríos que yo vi en ese momento que en el rio guácimo yo me bañaba tranquilamente, habían
cantidad de posas donde se baña uno tranquilo y ahora este momento uno va y karate, entonces
como padre responsable y parte formar parte de este honorable concejo me gustaría hacer este
trabajo para heredarle a mi hija y a las futuras generaciones de este cantón ríos limpios.
En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Buenas tardes, una compañera
se va para unas piscinas aquí no mas y se baña cuando llegan a casa llega con un dolor de oído,
le dieron un tratamiento en la farmacia y le sacaron una babosa del oído y la agarro en el oído.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Entonces oficialmente queda nombrado mi persona José Orozco Peraza para que represente esta
comisión.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Me
gustaría proponer a Indira Ruiz una chica cae de guácimo que ella maneja a un grupo de limpieza
Ríos.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: hay
que ver si ella acepta, Igualmente lo que quiero es externar hacer este la publicación en la página
de la municipalidad para que esté dos representantes las dos personas porque la idea es no hacer
Unas comisiones muy grandes por el tema de transporte por el tema de también quorum, porque
ya hemos experimentado de las comisiones muy grandes se hace muy difícil entonces éste Ya
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que en este consejo es que solamente vamos a tener un representante hacer, entonces es hacerlo
al pueblo que necesitamos dos representantes en esta comisión, entonces que postulan su
nombres para ser Escogidos. También Wilberth Carrillo y Leance Ramirez Mora.
En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: En Rio Jimenes hay un joven
que es ingeniero ambiental y eta coordinando un proyecto con una especie de fundación que
estaba organizando para trabajar exclusivamente en esa recuperación del ambiente entonces para
ver la posibilidad extenderle una invitación a él para ver si quieres ser parte de esa comisión, se
llama Alonso Ramírez Méndez.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: La
comisión quedara conformada, Jose Orozco Peraza, Wilberth Carrillo y Leance Ramirez Mora, y
también Igualmente la invitación para que en calidad de asesores participen dos personas más,
En uso de la palabra el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: directamente en la comisión
siento que sería como Cómo ocupar un puesto que otro lo puedo ocupar persona automáticamente
como comisión de ambiente románticamente en cualquier gira que usted Tienes toda la potestad
de invitarme.
En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice:
Gracias Don Leonardo, la conformación de esta Comisión de Río limpio se va a llamar Comisión de
ríos limpios.
Conocida la moción, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Nombrar Comisión Especial de Ríos
Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo integrada por los Reg. Jose
Leoncio Orozco Peraza como coordinador, al Reg. Leance Ramírez Mora y al Reg. Wilber Carrillo
Navarro, con el propósito de realizar inspecciones para velar de que en los ríos de Guácimo no
haya una contaminación, uso irracional de agua, sobreexplotación de acuíferos, entre otras
problemáticas, sus causas, O consecuencias y medidas para prevenir este problema ambiental que
amenaza con la calidad de las aguas naturales del Cantón de Guácimo.
A la vez se acuerda: Hacer extensiva la invitación al MINAE y a la Dirección de Aguas con
el fin de que presenten a un funcionario para que pueda ser integrante de la Comisión Especial de
Ríos Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo como representante
de dicha Institución y del mismo modo realizar inspecciones conjuntamente.
Así mismo, invitar cordialmente a los habitantes del Cantón de Guácimo para que se postulen para
conformar la Comisión Especial de Ríos Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón
de Guacimo con el fin de nombrar a dos personas como asesores de dicha Comisión.
(Publíquese en la Página de Facebook de la Municipalidad de Guácimo)
Acuerdo N* Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
19. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12-
2020, dice:
CONSIDERANDO:
La importancia de obtener información de primera mano, sobre la construcción del mega gimnasio.
MOCIONO:
Para atender al Director Regional y funcionarios del INDER, en la sesión extraordinaria del día
miércoles para que nos brinde un informe. Solicito su aprobación.
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Conocida la moción, se acuerda:
Este Concejo Municipal por Unanimidad, acuerda: Invitar cordialmente al Sr. Martínez
Rojas Luis Alfredo -Director Regional del INDER a participar de la sesión extraordinaria del
miércoles 09 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta municipalidad
con el propósito de brindar informe con relación a la construcción del mega gimnasio en el cantón
de Guácimo.
Acuerdo N% Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
20. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 04-12-
2020, acogida por los regidores Nelson Lobo Rodríguez, Leonardo Carrillo Sánchez y Alejandra
Lopez Lee, dice:
CONSIDERANDO:
Que la niña Ashley Webster Montes estudiante del Liceo Experimental Bilingúe de Rio Jiménez
obtuvo el primer lugar en el concurso de Oratoria Días para Africana, lo que la hizo acreedora de
representar a Costa Rica a nivel Internacional
MOCIONO:
Para extenderle nuestra felicitación por el triunfo obtenido poniendo muy en alto a nuestro cantón
y a nuestro país, y la instamos a continuar cosechando más éxitos.
Conocida la moción, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Hacer extensiva una cordial felicitación
y agradecimiento por el triunfo obtenido a la señorita Ashiey Webster Montes estudiante del Liceo
Experimental Bilingúe de Rio Jiménez quien va a representar a Costa Rica y al cantón de Guácimo
a nivel Internacional por obtener el primer lugar en el concurso de Oratoria.
Así mismo, invitarla a participar de la sesión ordinaria para el día jueves 17 de diciembre
del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta municipalidad con el propósito de felicitar,
agradecerle y hacerle entrega de un certificado en honor a su esfuerzo.
Acuerdo N* Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
21. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 04-12-
2020, acogida por los regidores Nelson Lobo Rodríguez, Leonardo Carrillo Sánchez y Alejandra
Lopez Lee, dice:
CONSIDERANDO:
Que en nuestro cantón se encuentra ubicada la sede regional del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.
MOCIONO:
Para solicitarle al Ingeniero Rodolfo Mendez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transporte, así
como la Directora Regional de ese Ministerio, se nos informe los trabajos realizados e intervenidos
por ese Ministerio en nuestro cantón en los últimos años, así como la programación para el próximo
año 2021, lo anterior para llevar una mejor coordinación entre este municipio y dicho ministerio,
solicito la posibilidad de realizar una programación en forma conjunta entre la administración
municipal y esa institución para el periodo 2021 para la intervención de caminos en nuestro cantón.
En uso de la palabra el Presidente Municipal-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es
demasiado importante esta moción que está presentando el señor Leonardo Carrillo, este cantón
cuenta con la sede Regional de Ministerio Transportes, pero el cartón no se ve tan beneficiado en
el tema de obras en el cantón, entonces si es importante que nos de uniforme de los trabajos
realizados.
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En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Siempre que se pasa se ve
bastante material, más bien cada día amontonan mas y más.
En uso de la palabra la Reg. Alejandra Lopez Lee, dice: eso se lo llevan para Siquirres, esa
funcionaria se dedica a llevarse ese material para lo que es lado de Siquirres y Matina, y eso lo
vengo diciendo desde el año pasado, porque yo lo vi y ahí hay gente del mismo MOPT que me
dicen que es increíble que el material que se estoquea en el Cantón de Guácimo sea trasladado
para esos lugares cuando Debería ser aquí ando aquí se lo dijimos a ella también, el Concejo
pasado ahí sentada se lo dijimos porque las cosas no quedan en Guácimo y ella dice que son
programaciones que las mandan, yo sinceramente me quedé disconforme esa vez con lo que ella
dijo, con las malas lenguas dicen que algunos hay intereses por ahí no sé hasta dónde, ella se
llama Mónica si no me si no me equivoco Mónica González deberíamos de volvera llamar aquí y
decirle queremos ver eso que estás estoqueado ahí que es cualquier cantidad como dice Carrillo
aquí en el cantón Y ahí tal vez con esa con eso de esa invitación de Mata, hacérselo saber a él.
En uso de la palabra el Reg. Nelson Lobo Rodríguez, dice: Porque mejor no nos vamos
arriba porque no lo convocamos al Ministro a una sesión extraordinaria al Sr. Rodolfo Mendez
Mata.
En uso de la palabra el Presidente Municipal-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: en
primera instancia vamos a aprobar la moción presentada por el señor Leonardo Carrillo y en
segunda instancia vamos a hacer una invitación a esta señora Mónica Gonzalez para que nos dé
también ella personalmente de las obras que se están realizando en el cantón personalmente para
el 2021 y así el cantón de Guácimo se estere de lo que está sucediendo ver tema también ella
personalmente de las obras que está realizando en el cantón personalmente del 2019 y que tiene
proyectado para el 2021, invitarle invitarla y que yo nos indique que día ella puede, se requiere
de que venga y que nos dé es de urgencia estaban esperando que ella tenga disposición no
nosotros como gobierno local exigimos y alguna otra forma que nos den ese informe y Con todo
el respeto deben de brindarnos, Sería para la primera sesión del año 2021.
Conocida la moción, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Ingeniero Rodolfo
Mendez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transporte, así como la Directora Regional de ese
Ministerio, se nos informe los trabajos realizados e intervenidos por ese Ministerio en nuestro
cantón en los últimos años, así como la programación para el próximo año 2021, lo anterior para
llevar una mejor coordinación entre este Municipio y dicho Ministerio, solicito la posibilidad de
realizar una programación en forma conjunta entre la Administración Municipal y esa institución
para el periodo 2021 para la intervención de caminos en nuestro cantón.
Así mismo, Convocar respetuosamente a la Ing. Mónica González Miranda - Directora Regional
del MOPT, para que se presente a la sesión ordinaria del día 05 de enero del 2021 a las 3:30 pm
en el salón de sesiones de esta Municipalidad con el propósito de que brinde un informe a este
Órgano Colegiado de las obras que se están realizando en el cantón de Guácimo y la programación
para el año 2021.
Acuerdo NY Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
22. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12-
2020, dice:
CONSIDERANDO:
Que se esta instalando un nuevo equipo de audio en esta municipalidad y se esta detectando
que no se cuenta con un buen internet.
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MOCIONO:
Para que se gestioné un internet para el buen manejo del equipo del Concejo Municipal, más
capacidad de la que hay actualmente.
Conocida la moción, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes
González-Alcalde Municipal moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza para que
interponga sus buenos oficios con el fin de que se gestione un internet con mayor capacidad en el
área del Concejo Municipal para darle un mejor manejo del equipo de audio de la sala de sesiones
ya que requiere de una mayor capacidad.
Acuerdo N* Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
23. En uso de la palabra el Presidente Municipal- Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, dice: Voy a
presentar moción verbal, dice:
Quiero solicitarle considerando de esta nueva implementación del Reglamento del INVU, yo les
pase compañeros vía WhatsApp les pase una información del Registro Nacional de que el Registro
Nacional está dejando sin efecto la aplicación de este reglamento porque tiene carencia y hay que
modificar varios incisos de la ley del registro y viendo que también la municipalidad en la
Federación de municipalidades y la de Alajuela presentó una acción de inconstitucional en contra
este reglamento.
Mociono para qué nuestra municipalidad y el departamento legal de parte del Concejo
conjuntamente con el departamento legal de la administración presenten un recurso de
coadyuvancia en contra de este reglamento de INVU esto con el fin de que nosotros como regidores
de este cantón debemos de velar de que no atropellen a nuestros munícipes y si alguien quiere
referirse al tema si vas a levantar la mano por favor de forma unánime
Conocida la moción verbal, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al MSc. Roy Alberto Castro
Astúa- Asesor Legal del Concejo Municipal y al Lic. Danny Arguello Morales-Asesor Jurídico a.i. de
la Municipalidad de Guácimo presentar conjuntamente un recurso de coadyuvancia en contra de
este reglamento de INVU esto con el fin de que nosotros como regidores de este cantón debemos
de velar de que no atropellen a nuestros munícipes.
(Debiendo presentar criterio legal a este Órgano Colegiado).
Acuerdo NC Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
24. En uso de la palabra el Presidente Municipal- Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, dice: Voy a
presentar moción verbal para que el día miércoles 09 de diciembre 2020 se presenten dos
representantes de la Asociación de Desarrollo Integral de Iroquois con el fin de que participen para
este día que se le convoco al Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo de la EARTH.
Conocida la moción verbal, se acuerda:
En vista de que se invitó al Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo Rector de la Universidad
EARTH a presentar informe con respecto al despido masivo de funcionarios que dicha institución
que se realizó en días atrás afectando muchas familias de la comunidad a raíz de la solicitud
presentada por la Asociación de Desarrollo Integral de Iroquois. Este Concejo Municipal por
unanimidad, acuerda: Convocar a dos representantes de la Asociación de Desarrollo Integral de
Iroquois a participar de la sesión extraordinaria para el día miércoles 09 de diciembre del 2020 a
las 3:30 pm en el salón de sesiones de la Municipalidad.
Acuerdo N' Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
ALIDAD
DE GUACHÍO
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DE GUACIMO
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Así mismo, se acuerda:
Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Convocar al MSc. Roy Castro Astúa-
Asesor Legal del Concejo Municipal de Guácimo a participar de la sesión extraordinaria del
miércoles 09 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta Municipalidad
con el fin de asesorar en el tema del sistema laboral con respecto a lo planteado en el informe
que va a presentar el Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo -Rector de la Universidad EARTH conforme
al despido masivo de funcionarios de dicha institución.
Acuerdo N% Dieciocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
En uso de la palabra el Reg. José Leoncio Orozco Peraza-Presidente Municipal, dice: Bueno sin
más por el momento se termina la sesión, muchas gracias.
Concluye la sesión el Presidente Municipal, Reg. José Leoncio Orozco
Peraza, siendo las diecisiete horas, con cinco minutos.
Cintya Solano Quirós
Secretaria