Extraordinaria 74 · 2020
Acta N° 74-20 S.E. N° 26-20 04-12 -2020.pdf · 34 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 74 del 2020 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 20 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 4) · unanime · aprobado l sector de Río Jiménez; en relación la aceptación de la donación por parte del AyA de esa donación, estará sujeta al cumplimiento de una serie de req…
- ~ Acuerdo (pág. 5) · unanime · aprobado en firme. 153 Municipalidad de Guácimo MUNI D DE GUACHMO AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 5 Así mismo, se …
- ~ Acuerdo (pág. 9) · unanime · aprobado ñora Cintya Solano Quirós, durante el tiempo que se encuentra laborando en la suplencia de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart, tomando como base …
- ~ Acuerdo (pág. 13) · unanime · aprobado ditora Interna, se recomienda que para una mejor gestión de la Junta Vial Cantonal y cumplimiento de las responsabilidades asignadas, se debe de estab…
- ~ Acuerdo (pág. 13) · unanime · aprobado n Rodríguez Cordero- Vicepresidente de la Republica, Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo Fuentes González-Alcal…
- ~ Acuerdo (pág. 14) · unanime · aprobado n que fue reportado por parte de Vecinos de la Comunidad de Camaroncito de Río Jiménez - Cantón Guácimo - Provincia Limón, de una posible contaminació…
- ~ Acuerdo (pág. 16) · unanime · aprobado ación y trámites siguientes, se notificará automáticamente al denunciante; siempre y cuando haya aportado su correo electrónico. Asimismo se autoriza …
- ~ Acuerdo (pág. 17) · unanime · aprobado de Guácimo con el fin de interponer sus oficios en realizar una visita de campo en conjunto con el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE y proceder…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · unanime · aprobado tir de enero del 2021. 3. La auditoría deberá presentar plan de trabajo anual articulado a los planes municipales que facilite el trabajo de la comisi…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · firme · aprobado rable Concejo de Municipalidad Guácimo donde se escribe en el acuerdo tomado en sesión ordinaria número 47-2020, celebrada el 24 de noviembre del 2020…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · unanime · aprobado agradece infinitamente. Conocida la información, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Agradecer cordialmente al Concejo de la M…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · unanime · aprobado a Solano Alvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, con el fin de girar instr…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · unanime · aprobado e cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo como representante de dicha Institución y del mismo modo realizar inspecciones conjuntamente. Así mismo,…
- ~ Acuerdo (pág. 31) · unanime · aprobado ción. Acta NO 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 31 Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por Unanimidad, acuerda: In…
- ~ Acuerdo (pág. 31) · unanime · aprobado Ashiey Webster Montes estudiante del Liceo Experimental Bilingúe de Rio Jiménez quien va a representar a Costa Rica y al cantón de Guácimo a nivel Int…
- ~ Acuerdo (pág. 32) · unanime · aprobado institución para el periodo 2021 para la intervención de caminos en nuestro cantón. Así mismo, Convocar respetuosamente a la Ing. Mónica González Mira…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · unanime · aprobado ás capacidad de la que hay actualmente. Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuent…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · unanime · aprobado ncejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al MSc. Roy Alberto Castro Astúa- Asesor Legal del Concejo Municipal y al Lic. Danny Arguello Mor…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · unanime · aprobado vo de funcionarios que dicha institución que se realizó en días atrás afectando muchas familias de la comunidad a raíz de la solicitud presentada por …
- ~ Acuerdo (pág. 34) · unanime · aprobado , acuerda: Convocar al MSc. Roy Castro Astúa- Asesor Legal del Concejo Municipal de Guácimo a participar de la sesión extraordinaria del miércoles 09 …
Sfunicipalidad de Guácimo 7, AS E MUNICISAL * MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO * ACTA N? 74 -2020, SESION EXTRAORDINARIA N* 26-2020 CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO 149 g DE GUACI ARRUORIA A: INTERNA EL CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTE A LAS QUINCE, HORAS TREINTA MINUTOS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON DE SESIONES MUNICIPALES Regidores Propietarios José Leoncio Orozco Peraza - Preside Nelson Lobo Rodríguez Alejandra López Lee Magda Orocú Jiménez William Fajardo Fajardo Rosibel Marchena Serrano Leonardo Carrillo Sánchez Síndicos Propietarios Maricela Solano Álvarez* Luis Guillermo Zamora Brenes* Carlos David Francis Sequeira* Vera Myrie Graham Elpidio Cubillo López* (*) Ausente (+) sustituyó Funcionarios. Gerardo Fuentes González - alcalde * DIRECTORIO Regidores Suplentes Nitzy Vega Chaves Ana María Esquivel Mesen Juan Diego Ortega Ortiz* Leance Ramírez Mora Jeannette González Li * José Andrés Jirón Jirón Wilberth Carrillo Navarro Síndicos Suplentes Yundi Alberto Artavia Lovemore* Flor Chavarría Arguedas Jesarela Cocorn Guerrero* Greivin Muñoz Elizondo* Jacqueline Jiménez Salas* Cynthia Hyman Schatruell - Vice-alcaldesa Jeanneth Crawford Stewart -Secretaria* Cintya Solano Quirós-Secretaria a.i. Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la siguiente orden del día: Asuntos en Carpeta
150 ze Acta N“ 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 2 El Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, da inicio a la sesión solicitando a la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Cintya Solano Quirós, proceder a la lectura del orden del día. En uso de la palabra la secretaria del Concejo Municipal - Sra. Cintya Solano Quirós procede a la lectura del orden del día, mismo que ha sido elaborado por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, para atender la sesión del día de hoy 01-12-2020, dice: 1. Asuntos en Carpeta Sometida a votación el orden del día por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, resulto aprobada por unanimidad. ORACION: El Concejo Municipal período 2020 - 2024, inicia la sesión pronunciando una oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte de la Reg. Rosibel Marchena Serrano. -Se dio lectura de copia de correo electrónico con fecha de recibido en la secretaria del Concejo el 01-12-2020, firmado por el Reg. William Fajardo Fajardo, presentando la justificación de la no asistencia a la sesión ordinaria de hoy martes 01 de diciembre 2020, ya que hoy tengo convocatoria por la supervisión Escolar del circuito 07, a las 3:00 pm, para entregar a revisión los certificados de graduación 2020. Y por cuestiones de organización no me pudieron cambiar la hora. ARTICULO 1. ASUNTOS EN CARPETA 1. -Se dio lectura oficio NO AMG 1444-2020 con fecha de recibido en la secretaria del Concejo el 04-12-2020, firmado por la Sra. Seidy González Abrahams-Secretaría del Alcalde Municipal comunicando que no estará presente en la sesión del día de hoy (04-12-2020) ya que fue convocado reunión con cuatro alcaldes de la Provincia de Limón y la Presidencia de JAPDEVA para el tema de los proyectos a realizar con los fondos del CANON. (Se acepta la Justificación). CONOCIMIENTO. 2. Se dio lectura oficio DFOE-DL-2321 (N% 19043), con fecha de recibido en la secretaria del Concejo el 03-12-2020, firmado por Licda. Vivian Garbanzo Navarro-Gerente de Area y el Lic. Kevin Rodríguez Muñoz-Fiscalizador Asociado-Contraloría General de la Republica, indicando lo siguiente: La Contraloría General recibió el oficio N.? AMG-1197-2020 del 19 de octubre de 2020, mediante el cual se remite el Presupuesto extraordinario N.o 3-2020 de esa Municipalidad, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente recursos provenientes de Saneamiento ambiental, Transferencias corrientes de Órganos Desconcentrados, Préstamos directos de Instituciones Descentralizadas no Empresariales (IFAM) y saldos de Liquidación presupuestaria período 2019, para ser aplicados en las partidas de gastos de Remuneraciones, Servicios, Materiales y Suministros, Intereses y Comisiones, Bienes Duraderos, Transferencias Corrientes, Transferencias de Capital, Amortización y Cuentas Especiales; así como una disminución de la Transferencia de Capital de Gobierno Central -Ley 8114- aplicada a las partidas de Intereses y Comisiones, Materiales y Suministros, Servicios y Bienes Duraderos, producto del rebajo efectuado en el II Presupuesto Extraordinario de la República del período en ejercicio . Al respecto, luego del análisis realizado, el Órgano Contralor resuelve archivar sin trámite el citado documento presupuestario, en consideración de lo siguiente: £ilunicipalidad de Guácimo. DE GUAC. AUDITORIA INTERNA
Acta N% 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 3 1, El presupuesto extraordinario N.* 3-2020 mencionado fue remitido a la Contraloría General mediante el oficio N.? AMG-1197-2020, el cual fue recibido el 19 de octubre de 2020, según lo registrado en los sistemas del Órgano Contralor. Al respecto, los numerales 4.2.11 y 4.3.11 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público -NTPP-, regulan lo referente a la presentación extemporánea de los presupuestos extraordinarios al Órgano Contralor y las excepciones para la variación presupuestaria correspondiente. En oficio AMG-1197-2020 con fecha del 19 de octubre del 2020, la Municipalidad de Guácimo justifica la presentación extemporánea del presupuesto extraordinario con base en la norma 4.3.11, inciso c, párrafo segundo. No obstante, mediante oficio AMG-1327- 2020 de fecha 10 de noviembre del 2020, la Municipalidad corrige la justificación de la presentación extemporánea y se indica que corresponde a la norma 4.3.11 inciso e). Lo anterior en razón de la actualización de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (N-1-2012-DCDFOE) mediante resolución R-DC-73-2020 del Despacho Contralor en fecha 18 de setiembre 2020, que provocó un ajuste en la numeración. Respecto a la justificación para la presentación extemporánea, se debe tomar en cuenta que la Administración municipal dispuso del plazo suficiente para su incorporar los recursos propuestos al presupuesto institucional y cumplir con los aspectos de legalidad y requisitos técnicos establecidos en la normativa vigente, según se detalla a continuación: a. Transferencias corrientes de órganos desconcentrados, comunicados en oficio N.? CPJ-DE-OF-80-2020 de fecha 24 de enero 2020, suscrito por el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. b. Servicios de saneamiento ambiental correspondientes al monto de improbación de recursos con sustento en el incumplimiento de la regla fiscal en el presupuesto ordinario 2020 y que fue comunicado a la Municipalidad de Guácimo mediante oficio N.* DFOE-DL-2281 (20297) del 20 de diciembre del 2019. Al respecto, las municipalidades quedan exentas de la regla fiscal según la Ley N.* 9848 Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades, ante la emergencia nacional por la pandemia del covid-19, publicada en el Alcance 122 Gaceta N.* 118 de fecha 22 de mayo 2020. Cc. Rebaja en Transferencias de capital del Gobierno Central, según la Ley N.* 9879, Segundo presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2020 y segunda modificación legislativa de la ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2020, publicada en el Alcance N.* 197 de La Gaceta N.* 186 del 29 de julio de 2020. d. Saldo de préstamos directos según oficio N.? DAH-0255-2020 comunicado por el IFAM en fecha 25 de junio 2020 y oficio complementario N.* DGFM-UGSTF-1257- 2020 del 11 de setiembre 2020. e. Recursos de vigencias anteriores contenidos en liquidación presupuestaria del periodo 2019 y en liquidación de compromisos y ajuste a liquidación presupuestaria 2019, aprobadas en sesión extraordinaria N.? 03-2020 y sesión ordinaria N.* 30-2020 celebradas el 13 de febrero y 24 de julio 2020, de forma respectiva. Por lo anteriormente expuesto, no se considera aceptable la presentación extemporánea del presente documento presupuestario. Así las cosas y en conclusión, el Presupuesto extraordinario N.? 3-2020 incumple el plazo establecido en las NTPP numerales 4.2.11 inciso b) y 4.3.11, por cuanto fue presentado en el mes de octubre y las justificaciones aportadas son contrarias a las causales de excepción vigentes en dichas Normas. Además, no se evidencia que se ponga en riesgo la eficiente gestión institucional o el logro de las metas y objetivos previstos por la institución,
AUDITORIA ¿INTERNA Acta NO 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 4 de acuerdo a lo justificado por la Administración Municipal. Por consiguiente, procede el archivo sin trámite del Presupuesto extraordinario 3-2020 de esa Municipalidad. CONOCIMIENTO. 3. Se dio lectura de oficio GJ-73-2020 con fecha de recibido en la secretaria del Concejo el 26-11- 2020, firmado por el Lic. Dany Ramon Arguello Morales-Asesor Legal a.i. Municipalidad de Guácimo, indicando que en atención a lo requerido en el acuerdo 07, adoptado en sesión ordinaria 47-2020, celebrada el día 24 de noviembre de 2020, relacionado con la propuesta de carta de entendimiento a suscribirse entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de. Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima; procedo a manifestar lo siguiente: La carta de entendimiento propuesta, conlleva un acuerdo preliminar en donde se sugieren una serie de actuaciones a realizarse entre las partes suscribientes, orientadas a la eventual habilitación y puesta en funcionamiento de un acueducto en el sector de Río Jiménez, siendo que el mismo se ubicaría en un terreno inscrito a nombre de la Municipalidad y se donaría a favor del AyA; siendo que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código Municipal, en relación con lo indicado en el artículo 5 inciso g) de la Ley 2726, se podría realizar la donación a favor del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. En relación, del contenido de dicha carta de entendimiento, en el caso de la Municipalidad incluye la disposición de contemplar la donación de terrenos a favor del AyA, tal cual se ha venido coordinando con dicha Institución, ya que ellos son los prestatarios del servicio de agua potable en el sector de Río Jiménez; en relación la aceptación de la donación por parte del AyA de esa donación, estará sujeta al cumplimiento de una serie de requisitos, relacionados con el nuevo pozo que se tendrá que perforar. En suma, por las razones expuestas, considera el suscrito que el contenido de la carta de entendimiento propuesta, no riñe con el bloque de legalidad, ya que sugiere una intención de continuar con la coordinación entre las partes, para procurar la habilitación de un acueducto en el sector de Río Jiménez, que venga a solventar la necesidad de los vecinos de dicho sector, por ende conforme lo dispuesto en el artículo 13 del Código Municipal, dicha carta de entendimiento debe ser aprobada por el Concejo y autorizar dicho órgano colegiado al Alcalde a suscribir el mismo. En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: alguien quiere referirse al tema esto compañeros la vez pasada nos había llegado una carta entendimiento que nos envió el AyA, esa carta entendimiento Nosotros tomamos el acuerdo de enviárselo al Señor alcalde para que sea analizada conjuntamente con el Departamento legal y el Departamento legal manda el informe diciendo que todo se encuentra bajo la ley que todo está bajo del marco de la legalidad y no hay ningún problema, Entonces es aceptar la carta de entendimiento, dicho artículo 13 código municipal debemos aprobar la carta entendimiento y autorizar este órgano colegiado al alcalde a firmar dicha carta de entendimiento, si hay alguien que quiera referirse al tema. En conformidad a la Carta de Entendimiento la cuál conlleva un acuerdo preliminar en donde se sugieren una serie de actuaciones a realizarse entre las partes suscribientes, orientadas a la eventual habilitación y puesta en funcionamiento de un acueducto en el sector de Río Jiménez, siendo que el mismo se ubicaría en un terreno inscrito a nombre de la Municipalidad y se donaría a favor del AyA; siendo que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código Municipal, en relación con lo indicado en el artículo 5 inciso g) de la Ley 2726, se podría realizar la donación a favor del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. En relación, del contenido de dicha carta de entendimiento, en el caso de la Municipalidad incluye la disposición de contemplar la donación de terrenos a favor del AyA, tal cual se ha venido coordinando con dicha Institución, ya que ellos son los prestatarios del servicio de agua potable en el sector de Río Jiménez; en relación la aceptación de la donación por parte del AyA de esa donación, estará sujeta al cumplimiento de una serie de requisitos, relacionados con el nuevo pozo que se tendrá que perforar. Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la carta de entendimiento a suscribirse entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima. Acuerdo N* Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.
153 Municipalidad de Guácimo MUNI D DE GUACHMO AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 5 Así mismo, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Autorizar al Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal de Guácimo para que firme la carta de entendimiento a suscribirse entre la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Grupo las Rosas de Pocosol Sociedad Anónima. Acuerdo N% Dos. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 4. Se dio lectura a oficio, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado por el Msc. Roy Alberto Castro Astua — Asesor Legal Externo - Concejo Municipal, remite Respuesta al oficio: S.M.G. Oficio ++ 1194 - 2020, Acuerdo N* 08, de la Sesión Ordinaria N2 46-2020, celebrada el 17 de noviembre 2020, dice: Quien suscribe, MSc. Roy Alberto Castro Astúa, mayor de edad, casado, Abogado, carné del Colegio de Abogados número: 19503, cédula de identidad número: 1-1296-417, vecino de Limón, Siquirres, en mi condición de asesor legal externo de la Municipalidad de Guácimo, de acuerdo con la contratación administrativa: 2020CD-000024-01 de la Federación de Municipalidades Productoras de Banano (CAPROBA), me permito emitir la recomendación legal de lo siguiente: Respuesta OFICIO: S.M.G. OFICIO 4 1194 - 2020 ASUNTO: Solicitarle al MSc. Roy Alberto Castro Astúa en su condición de asesor legal externo de la Municipalidad de Guácimo, brindar criterio, en cuánto a la legalidad de pago de horas extras a favor de la Funcionaria Jeanneth Crawford Stewart, por asistir a las sesiones municipales en un horario fuera de su jornada laboral, lo anterior debido a que se ha venido concediéndole tiempo libre en compensación de tiempo extraordinario, lo cual según el Ministerio de Trabajo es una mala práctica, por esa razón es importante fundamentar, en caso que efectivamente sea una mala práctica, para que este Órgano Colegiado proceda a la autorización en adelante del beneficio de pago de extras a favor de dicha Funcionaria. CONSIDERANDO: PRIMERO: Vista la solicitud que realiza el honorable concejo municipal, resulta necesaria conocer cuál es la jornada laboral de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart, lo cual según la certificación emitida por el Departamento de Gestión de Talento Humano de la Municipalidad de Guácimo, consta que la jornada laboral de dicha funcionaria es de 7:30 am a 3:30 pm. Se adjunta certificación, como anexo 1, al presente criterio. SEGUNDO: Se ha verificado que las sesiones del concejo municipal se encuentran previstas para los días martes a las 3:30 horas y que en razón de las funciones que le corresponden a la señora Yeaneth Crawford Stewart, su asistencia es obligatoria. TERCERO: Que, en razón de lo anterior, las sesiones ordinarias del concejo municipal de la Municipalidad de Guácimo se encuentran fuera de la jornada ordinaria diaria de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart. RESULTANDO Como primer aspecto de relevancia, debe indicarse que el pago de horas extra mediante compensación sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, por ende, totalmente ilegítima. Sobre el particular, ha indicado el Departamento de Asuntos Jurídicos, Asesoría Externa, del Ministerio de Trabajo, mediante oficio: DAJ-AE-092-2008, lo siguiente:
154 £lunicipalidad de Guácimo Acta N* 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 6 “...La jornada extraordinaria, es una excepción legal que permite laborar más allá de la jornada ordinaria, pero solamente en casos especiales, emergentes, urgentes de la empresa. Este tipo de jornada, por disposición del artículo 140 del Código de Trabajo, debe ser remunerada con un 50 por ciento adicional al valor de la hora ordinaria. No existe, a nivel de la legislación laboral, la posibilidad de pagar o compensar el tiempo extraordinario laborado, con tiempo de reposición. Esta figura, utilizada en algunas Instituciones del estado, es totalmente ¡legal, no existe norma alguna que hasta el momento permita esa compensación, por ello el tiempo extraordinario siempre debe pagarse con dinero...” Sobre el mismo, tema la máxima autoridad en materia laboral, en nuestro país, mediante el Voto 2018-000776, de la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San José, a <ULS-VUVV//0, de la A ERA AA AA las nueve horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, que en lo que interesa dispone: “ El ordinal 58 de la Constitución Política dispone: “El trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados”. Por su parte, el Código de Trabajo en el artículo 139 estipula: “El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites anteriormente fijados, o que exceda la jornada inferior a éstos que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y deberá ser remunerada con un cincuenta por ciento más de los salarios mínimos, o de los salarios superiores a éstos que se hubieren estipulado [...]” Esta Sala ha abordado este tema en diversas resoluciones y ha determinado la obligatoriedad que tiene la parte empleadora de sujetarse al ordenamiento jurídico (véanse las sentencias números 424-08 de las 10:15 horas del 14 de mayo; 486-08 de las 10:05 horas del 4 de junio, ambas de 2008; y 803- 09 de las 9:30 horas del 26 de agosto de 2009). Así las cosas, el pago de horas extra mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, con independencia de que haya sido o no objetada por la persona trabajadora. Ea Ahora bien, analizado que ha sido el caso puesto en conocimiento, dado que la señora Yeaneth Crawford Stewart, tiene dentro de sus funciones atender las sesiones del Concejo Municipal y estas se realizan fuera de su jornada ordinaria diaria, a la misma le asiste el derecho de acuerdo con lo que establece el Código de Trabajo, que se le cancelen en dinero las horas extraordinarias efectivamente laboradas, para lo cual debe llevarse el respectivo control y acreditación de las mismas. Recomendación Legal: Dado que el pago de horas extraordinarias mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, por ende, totalmente ilegitima, se recomienda al Concejo Municipal que tome el acuerdo mediante el cual se hagan las previsiones correspondientes a nivel presupuestario para que se le cancelen a partir de dicho acuerdo las horas extraordinarias laboradas a la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart de conformidad con lo que establece el Código de Trabajo. El no pago de las horas extraordinarias a dicha funcionaria la faculta para realizar el reclamo respectivo ante las instancias judiciales respectivas, lo cual podría realizar de forma retroactiva. o
Acta N% 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 7 Anexo 1. Municipalidad de Guácimo Gestión del Talento Humano :(506) 2716-5051 ex t 116/137 C: talentohumanofhguacimo.ga.cr CONSTANCIA TIEMPO LABORAL El suscrito, Luis Herra Abrahams cédula 7-0125-0694, Coordinador a.i de Gestión do Talento Humano de la Municipalidad de Guácimo, hace constar según revisión de expediente personal de la Sra. Yaneth Crawford Stewart con númera de cédula 07-0076- D555 labora para la Municipalidad con un horario de 7:32 am a 3:30 pm, a continuación, se detalla el nombramiento: — Fecha. Puesto Desde Hasta ] To2m021884 | Actualmente | Secretaria del Concejo Municipal Se extiende en ol Cantón de Guácimo, Provincia de Limén, el día 20 de noviembre del 2020, a Atentamente “A y =) 23 SN = 3) — » ) A Recursos — — a iumanos / Gestión del Talento Humano a i-—7 Municipalidad de Guácimo En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Buenas tardes compañeros bueno con Jeanneth lo que siempre se ha manejado es lo del tiempo libre de ella, como hemos hecho de unos días o las horas, conociendo Jeanneth ella no va a cobrar un retroactivo, pero si podría ser Partir del otro año ya empiece en regla todo, porque en este Concejo se le dieron días, el Concejo pasado tenía la misma práctica, entonces si sería que a partir del otro año se pague todo sobre la ley. En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: yo participe una capacitación, el cual éste se verificó todo esto que está diciendo el abogado y estoy muy de acuerdo que se le tiene que pagar las horas extras a la señora Jeanneth, ya que es un tema se ha venido haciendo una mala práctica en anteriores concejos que se le cambia horas extras por tiempo libre, como aquí no lo indica el señor abogado es una mala práctica Y eso es algo que no conversaba muy claramente con Janet y está muy agradecida con el cantón de Guácimo y ella no quiere hacer ningún cobro retroactivo, sí que el próximo año le toque el pago que corresponde como dice la ley. En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Buenas tardes, compañeros y compañeras hablando de Janneth verdad, Pero actualmente tenemos a Cinthia Entonces ¿Qué procede con ella? En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Igualmente, en el momento que ella ocupa el lugar. AUDITORIA * INTERNA
156 £lunicipalidad de Guácímo MUNICI El DE GUACIMO ' AUDITORIA + INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 83 En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entonces no sería a partir del otro año, seria desde este momento porque va a estar ejerciendo ese esas horas. En uso de la palabra el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Pero habría que ver el tema del presupuesto para ver si está contemplado. En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: Es que vamos a lo mismo José, nosotros no podemos ir contrarios a la ley, usted me dice aquí que tomemos un acuerdo a partir del otro año usted me está diciendo que ya Jeanneth no va a hacer ningún cobro anterior a lo que se le debe, pero la compañera no tiene que esperar hasta el otro año, así sea no sé de dónde la ley dice que se le paga, entonces si no es así ¿Dígame cómo es? En uso de la palabra la Reg. Alejandra López Lee, dice: Tiene un poco de razón Magda, pero resulta que el presupuesto que prácticamente ya está liquidado, entonces plata para esto se debía de modificar y las modificaciones al menos falta una, lo que deberíamos de ver es mandar a preguntar cómo está para pagar las horas extras, porque si no sería que los días de sesión entre tarde, porque de donde se van a pagar, entonces lo primero sería si hay plata para pagar las horas extras y si no que se le cambie el horario cuando hay sesión al menos por este año, pero por este año está muy a destiempo. En uso de la palara la Secretaria del Concejo - Cintya Solano Quirós, dice: Buenas tardes, en mi caso este mes debemos que tomar en cuenta que las sesiones son muy seguidas entonces si yo entro tarde tiempo que yo necesito para redactar las actas, entonces son de dos a tres días que hay de diferencia para hacer una acta, entonces no sé cómo se podría acomodar también, si hay una sesión hay dos días como para hacer un acta porque ya viene otra sesión y son muchas sesiones seguidas como para ya entrar tarde. En uso de la palabra el Reg. Leance Ramírez Mora, dice: Podría ser una opción compañeros de que Cinthia las horas extras de este mes, se le depara el otro con el presupuesto. En uso de la palabra la Sra. Cynthia Hyman Schatruell - Vice- Alcaldesa Municipal, dice: Tengan todos y todas muy buenas tardes respecto a esta situación yo creo que tenemos que sentarnos y analizar porque no es hacerlo así de pronto sin pensar bien al menos la compañera Alejandra manifestó de que Cintia puedo entrar más tarde, pero a partir del lunes Britanny no voy a estar más ahí y Abigail No puede estar ahí sola tampoco, Entonces tenemos que sentarnos con la cabecita fría y analizar la situación, creo que esto deberíamos de analizarlo y con el abogado y con Don Gerardo, porque no se puede jugar tampoco con el sudor de las personas ella está trabajando hay que pagarle entonces una cosa con otra, que se le acumulen las horas y que se le vayan pagando porque acá la necesitamos las ocho horas y más. Lo que tenemos que hacer es tratar de resumir las sesiones, hablar lo necesario porque también se nos va la mano, todo eso se puede evitar, muchas gracias. Conocido criterio legal, de fecha 02-12-2020 emitido por el Msc. Roy Alberto Castro Astúa - Asesor Legal Externo - Municipalidad de Guácimo, en respuesta al Acuerdo N* 08, de la Sesión Ordinaria N* 46-2020, celebrada el 17 de noviembre 2020, en el que se le solicita análisis del pago de horas extraordinarias mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, manifestando que dicho procedimiento no constituye una retribución conforme a derecho, por ende es totalmente ilegitima, por tal razón, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Alcalde Municipal - Gerardo Fuentes González, interponer sus buenos oficios a fin de que gire instrucciones al Lic. Carlos Cubillo Aguilar Coordinador de Servicios Financieros y a la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto, para que a la mayor brevedad posible procedan a realizar las previsiones correspondientes a nivel presupuestario para que se le cancelen a partir de la aprobación del citado acuerdo las horas extraordinarias laboradas a la funcionaria Yaneth Crawford Stewart de conformidad con lo que establece el Código de Trabajo mediante oficio: DAJ-AE-092-2008:
157 Sfunicipalidad de Guácimosa, MUNICIPALIDA DE GUACIMO AUDITORIA INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 9 *...La jornada extraordinaria, es una excepción legal que permite laborar más allá de la jornada ordinaria, pero solamente en casos especiales, emergentes, urgentes de la empresa. Este tipo de jornada, por disposición del artículo 140 del Código de Trabajo, debe ser remunerada con un 50 por ciento adicional al valor de la hora ordinaria. No existe, a nivel de la legislación laboral, la posibilidad de pagar o compensar el tiempo extraordinario laborado, con tiempo de reposición. Esta figura, utilizada en algunas Instituciones del estado, es totalmente ilegal, no existe norma alguna que hasta el momento permita esa compensación, por ello el tiempo extraordinario siempre debe pagarse con dinero... Asimismo se toma en cuenta Voto 2018-000776, de la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San José, a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, que resuelve la máxima autoridad en materia laboral, en nuestro país, que en lo que interesa dispone: *...El ordinal 58 de la Constitución Política dispone: “El trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados”. Por su parte, el Código de Trabajo en el artículo 139 estipula: "El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites anteriormente fijados, o que exceda la jornada inferior a éstos que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y deberá ser remunerada con un cincuenta por ciento más de los salarios mínimos, o de los salarios superiores a éstos que se hubieren estipulado [...]” Esta Sala ha abordado este tema en diversas resoluciones y ha determinado la obligatoriedad que tiene la parte empleadora de sujetarse al ordenamiento jurídico (véanse las sentencias números 424-08 de las 10:15 horas del 14 de mayo; 486-08 de las 10:05 horas del 4 de junio, ambas de 2008; y 803-09 de las 9:30 horas del 26 de agosto de 2009). Así las cosas, el pago de horas extra mediante compensación, sea con tiempo libre o algún otro mecanismo distinto a la remuneración dineraria, no constituye una retribución conforme a derecho, con independencia de que haya sido o no objetada por la persona trabajadora. [...]...” Asimismo se previene que el no pago de las horas extraordinarias a dicha funcionaria la faculta para realizar el reclamo respectivo ante las instancias judiciales respectivas, lo cual podría realizar de forma retroactiva. A su vez se solicitar al Alcalde Municipal - Gerardo Fuentes González, interponer sus buenos oficios a fin de que gire instrucciones a Lic. Carlos Cubillo Aguilar Coordinador de Servicios Financieros y a la Licda. Vera Zúñiga Torres - Encargada de Presupuesto, para que en la sesión posterior al recibido del citado acuerdo, presente informe de análisis presupuestario, en cuanto a la posibilidad de pagar las horas extras a la Señora Cintya Solano Quirós, durante el tiempo que se encuentra laborando en la suplencia de la funcionaria Yeaneth Crawford Stewart, tomando como base el criterio que emite el Msc. Roy Alberto Castro Astúa - Asesor Legal Externo - Municipalidad de Guácimo, mismo en el cual este Órgano, aprueba que se cancele las horas extras de la Funcionaria que desempeña el cargo de Secretaria del Concejo Municipal, cada vez que esta ejerza su función en un horario fuera de su jornada laboral. Acuerdo NY Tres. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 5. Se dio lectura a oficio DPI-DDSE-1719-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado por la Sra. Patricia Mora Céspedes-Jefa Dirección de Planificación Institucional Departamento Desarrollo de Servicios Educativos, quien comunica en atención a correo electrónico recibido en esta dependencia el día 3 de diciembre del año en curso, referente a la posibilidad de apertura de un colegio científico en la comunidad de Guácimo, les comunico que la apertura de estas instituciones está condicionada a lo señalado en la Ley de Promoción y Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley No 7169, y el reglamento, Decreto Ejecutivo N* 21731- MICIT -MEP. Para su funcionamiento, estas instituciones deben estar amparadas a un convenio con alguna universidad y sus gastos se financian mediante una transferencia en el presupuesto del Ministerio de Educación Pública (MEP).
158 vi. AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 10 Dado el difícil contexto que enfrentamos en materia fiscal, no existen las condiciones para propiciar la apertura de un centro educativo de esta naturaleza, ya que el MEP no puede garantizar que contará con los recursos económicos requeridos para financiar estas iniciativas en los próximos años. Jose. esta respuesta la hemos venido recibiendo continuamente, no hay nada para el cantón de Guácimo, es cansado porque para los demás cantones si hay, pero para Guácimo no hay. Es una lucha que tenemos que enfrentar porque vivimos bajo la sombra del cantón de Pococí y Siquirres y es hora de que nosotros vayamos despertando. CONOCIMIENTO. 6. Se dio lectura de oficio DAI-140-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04- 12-2020, firmado por la Licda. Marleni Myrie Pérez-Auditora Interna Municipalidad de Guácimo, quien comunica que esta Auditoría Interna de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 inciso d) de la Ley General de Control Interno y en concordancia con las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público referidos a los servicios preventivos que esta Auditoría puede y debe realizar como parte de sus competencias legales, me permito señalar lo siguiente: En relación con las sesiones, transcripción y firma de las actas de los órganos colegiados, la Ley General de Administración Pública N* 6227 (LGAP) en su artículo 52 y 56, Capítulo Tercero, estipula lo siguiente: “Artículo 52.- 1 Todo órgano colegiado se reunirá ordinariamente con la frecuencia y el día que indique la ley o su reglamento. A falta de regla expresa deberá reunirse en forma ordinaria en la fecha y con la frecuencia que el propio órgano acuerde. 2. Para reunirse en sesión ordinaria no hará falta convocatoria especial. 3. Para reunirse en sesión extraordinaria será siempre necesaria una convocatoria por escrito, con una antelación mínima de veinticuatro horas, salvo los casos de urgencia. La convocatoria se acompañará copia del orden del día, salvo casos de urgencia. (.J
159 AD DE GUACIMO AUDITORIA INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 11 Artículo 56.- 1.De cada sesión se levantará un acta, que contendrá la indicación de las personas asistentes, así como las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los acuerdos. 2. Las actas se aprobarán en la siguiente sesión ordinaria. Antes de esa aprobación carecerán de firmeza los acuerdos tomados en la respectiva sesión, a menos que los miembros presentes acuerden su firmeza porvotación de dostercios de latotalidad de los miembros del Colegio. 3. Las actas serán firmadas porel Presidente y por aquellos miembros que hubieren hecho constar su voto disidente. Artículo 134.- 1. El acto administrativo deberá expresarse por escrito, salvo que su naturaleza o las circunstancias exijan forma diversa. 2. El acto escrito deberá indicar el órgano agente, el derecho aplicable, la disposición, lafecha y la firma, mencionando el cargo del suscriptor. Por otra parte, el Decreto No 40138-MOPT, “Reglamento al inciso b) del artículo 5 de la Ley No 8114”, indica: Artículo 10.- Funcionamiento Los miembros de la Juntas Viales, una vez juramentados por el Concejo Municipal, se desempeñarán porun período de cuatro años y podrán ser reelectos, siempre y cuando ostenten la titularidad del puesto al cual representan. Si en algún caso venciera el período de alguno de los miembros, se nombrará al sustituto, en un plazo no mayor a un mes, por el plazo que le hubiese correspondido a su predecesor. Será causal de destitución de los miembros, el incumplimiento de sus deberes o la ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas o seis alternas en el plazo de un año calendario. La Junta Vial sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando su presidente o al menos tres de sus miembros la convoquen con al menos veinticuatro horas de anticipación. Sobre este tema, se procedió a revisar las actas de la junta vial cantonal correspondiente al periodo 2020, se encontró la siguiente información:
160 AD DE GUACIMO ; AUDITORIA 2 INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 12 | N”DEACTA N*SESION | FECHA TP N*o1-2020 | S.ON*01-2020 | 28/02/2020 | N*02-2020 S.EN*01-2020 | 20/04/2020 | l—N*03-2020 | S.ON*02-2020 | 28/04/2020 | |. N*04-2020 S.EN*02-2020 | 13/08/2020 | N*05-2020 S.0N*03-2020 | 29/09/2020 | N*06-2020 S.0N*04-2020 | 26/10/2020 Según lo detallado en la tabla anterior se logra determinar que la Junta Vial no se ha reunido con la periodicidad que establece la normativa vigente para este órgano colegiado, específicamente durante los meses de enero, marzo, mayo, junio, julio y agosto, no consta se haya realizado reuniones ordinarias. También, al verificar la completitud de las actas se observa que una de ellas no contiene la firma del presidente y secretaria, la misma corresponde a la Junta Vial saliente, en este sentido ésta carece de uno de sus elementos esenciales para su validez y eficacia, como lo es cumplir con el requisito de forma. Por otra parte, se observa que en la orden del día del acta de la primera reunión efectuada por la Junta Vial periodo 2020-2024, no se contempló definir el día y hora de las sesiones ordinarias, O que en su defecto se continuaría con el horario establecido por la anterior junta. Para una mejor gestión de la Junta Vial Cantonal y cumplimiento de las responsabilidades asignadas, se debe establecer el horario de las sesiones ordinarias tal como se indica en la normativa. Es importante tomar en cuenta que, al no celebrar las sesiones mensuales, se presenta un incumplimiento de la normativa que rige la función de este cuerpo colegiado en cuanto a la periodicidad de las sesiones, por lo que existe el riesgo de que se deje de realizar las funciones encomendadas. El incumplimiento de la periodicidad de la reunión, además de un apartamiento de la normativa, genera riesgos de incumplimiento en la planificación y abordaje de los temas esenciales de interés público cuya competencia ha sido asignada a ese órgano colegiado, en materia de planificación, asesoría técnica y evaluación del desarrollo y conservación de la Red Vial Cantonal y en los asuntos vinculados con los recursos destinados a tal efecto por el artículo 5.a de la Ley N.? 8114 en relación con el artículo 5 de la Ley N.? 9329 de 15 de octubre de 2015, Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena de la Red Vial Cantonal. Se agradece informar a esta auditoria en el plazo de 15 días hábiles las acciones que va a tomar la junta vial para subsanar esta situación y de esta forma dar cumplimiento a la normativa supra citada. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: aquí lo que nos manda la recomendación la señora auditora es que la junta Vial debe de tener este establecidas las reuniones, entonces éste de acuerdo a lo que recomienda aquí la señora auditora es solicitarle al Señor Gerardo Fuentes que indique las fechas y los días que se van a reunir a partir de aquí en adelante horarios tiene que hacer una convocatoria formal las sesiones ordinarias así es el primero o el segundo día de cada mes, él es el presidente y es que convocará pero si tiene que estar estipuladas de acuerdo a la ley, entonces seria solicitarle al Señor Gerardo Fuentes presentación y como presidente de la junta Vial los días como el Concejo se reúne todo martes de
Acta N“ 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 13 cada semana las 3:30 entonces Igualmente tiene que hacer lo de la junta Vial, es decir bueno los primeros y los terceros martes se reúnen entonces y que están establecidos. Conocida la información, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal y Presidente de la Junta Vial Cantonal que en conformidad con el Oficio DAI-140-2020 suscrito por la Licda. Marleni Myrie Pérez-Auditora Interna, se recomienda que para una mejor gestión de la Junta Vial Cantonal y cumplimiento de las responsabilidades asignadas, se debe de establecer el horario de las sesiones ordinarias tal como lo indica la normativa. Se le solicita informar las acciones que va a tomar la Junta vial Cantonal para subsanar esta situación y de esta forma dar cumplimiento a la normativa supracitada según lo indica en dicho oficio. Rendir informe a este Órgano Colegiado a mayor brevedad. Acuerdo NY Cuatro. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 7. Se dio lectura de oficio DSV-555-2020, con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado por el Sr. Marvin Rodríguez Cordero-Vicepresidente de la Republica, comunicando que en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Personas con Discapacidad deseamos hacer de su conocimiento el acuerdo tomado en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno 137-2020 del 1ro de diciembre de 2020: En el marco de conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, recordar a todas las instituciones, el deber de asegurar que todas sus acciones y servicios sean accesibles e inclusivos para las personas con discapacidad, así como de garantizar una atención inclusiva y respetuosa de los derechos de estas personas en todo establecimiento público, recordando que Costa Rica se ha comprometido nacional e internacionalmente a promover, proteger y garantizar los Derechos Humanos de todas las Personas con Discapacidad en todo el territorio nacional. Asimismo, que se debe garantizar el cumplimiento del acceso de la Población Adulta Mayor a los servicios, atención y cumplimiento de sus derechos en el ámbito circunscrito a las leyes 7935, 7600 y 9394. De conformidad con lo anterior, les exhortamos a hacer cumplir el trato adecuado y el respeto a los derechos de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, recordando asus colaboradoras y colaboradores la importancia de considerar este tema en las funciones que desempeñan desde las distintas instituciones. Conocida la solicitud, se acuerda: En conformidad con el oficio DSV-555-2020, suscrito por Sr. Marvin Rodríguez Cordero- Vicepresidente de la Republica, Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal interponer sus buenos oficios para que se realice una circular a los funcionarios y funcionarias de esta Municipalidad con el objetivo de garantizar el cumplimiento del acceso de la Población Adulta Mayor a los servicios, atención y cumplimiento de sus derechos en el ámbito circunscrito a las leyes 7935, 7600 y 9394. Acuerdo NY Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 8. Se dio lectura de oficio SETENA -DA-EducA- 0571-2020 con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado por MSc. Carmen Enid Barboza Chacón- Coordinadora EducA- SETENA, comunicando que con respecto a su petición que dice: “En vista de que no se ha recibido respuesta del acuerdo N* 04 mediante Sesión Ordinaria N* 42- 2020, celebrada el 20 Octubre 2020 con referencia a la solicitud de visita de campo a la comunidad de Camaroncito y comunidades aledañas por posible contaminación ambiental que se está produciendo en la comunidad de Camaroncito de Río Jiménez - Cantón Guacimo - Provincia Limón, MUNICIPALIDAD * DE GUÁCIMO ' AUDITORIA "INTERNA
162 :, AUDITORIA -= INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 14 Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle nuevamente de forma urgente al MINAE, SINAC, SETENA, COAGUA, oficina del Ambiente de esta Municipalidad, Ministerio de Salud interponer sus buenos oficios a fin de que a la mayor brevedad posible brinden un informe con relación a la situación que fue reportado por parte de Vecinos de la Comunidad de Camaroncito de Río Jiménez - Cantón Guácimo - Provincia Limón, de una posible contaminación ambiental que se estaba produciendo en la Comunidad, por una supuesta aplicación de Agroquímicos , llevada a cabo por la finca Bananera Continental, situación que ha provocado la muerte de muchos peces e incluso se teme que pudiera existir alguna afectación a la salud humana. (Debiendo rendir informe a este Órgano Colegiado). Acuerdo N% Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme”, Para información, me permito indicarles que: Aclaración: 1. El único medio oficial y válido para el recibo de documentación y correspondencia de cualquier tipo ante la SETENA, es el PORTAL DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS: https://portal.setena.go.cr Las solicitudes, escritos, respuestas a prevenciones, denuncias, recursos administrativos, etc, deben cumplir con las regulaciones de autenticidad de firma digital. Los correos electrónicos de los funcionarios no son un medio válido y eficaz para dar por recibida documentación, ni suspenden los plazos legales para la presentación de gestiones, por lo que debe utilizarse el medio oficial. Al contestar recuerde que debe indicar el número de expediente administrativo y en caso de proceder el número de oficio o resolución al que se le está dando respuesta. 2. Las denuncias ambientales que se recibirán en la SETENA, contra una actividad, obra o proyecto, deben tener o contar con expediente administrativo en la SETENA. Se le solicito al Departamento del SIG el cual reviso la base de datos de SETENA, y los proyecto aprobados para la “Finca Bananera Continental” son. a. Expediente administrativo 1207-11, concesión de agua b. Expediente administrativo 0951-09, Construcción de planta empacadora de Banano c. Expediente administrativo 6194-11, concesión de agua d. Expediente administrativo13002-14, concesión de agua 3. Si la denuncia a interponer no cuenta con expediente administrativo en SETENA debe realizar el trámite por el medio oficial del MINAE, que se le detalla a continuación: El Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) y la Contraloría del Ambiente, cuentan con el Sistema Integrado de Trámite y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA). El SITADA es el sitio oficial de Costa Rica, en donde se puede ingresar y consultar su denuncia o queja ambiental. El SITADA es el resultado del trabajo conjunto de las diferentes dependencias del sector ambiente, y busca establecer un esquema de gestión de la información que sirva de soporte para la toma de decisiones, evaluación y monitoreo del cumplimiento al seguimiento y atención de denuncias ambientales. El SITADA permite definir, ampliar y mejorar el proceso de revisión de la información reportada por la ciudadanía en relación a las denuncias ambientales ante las dependencias y oficinas participantes en la gestión de denuncias ambientales en Costa Rica, lo que facilita el mantenimiento de información permitiendo agilizar el proceso de control, atención y análisis de las mismas. e Ingrese la denuncia a través del módulo "ingrese su denuncia"
163 D el A DE GUACIMO AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 15 e El sistema le asigna automáticamente un número de identificación, con el cual a futuro podrá consultar el estado de su denuncia. + Después de valorada la denuncia ambiental, se envía a la dependencia competente para la investigación de los hechos denunciados y para que se haga cargo del asunto. + Los resultados de la investigación y trámites siguientes, se notificará automáticamente al denunciante; siempre y cuando haya aportado su correo electrónico. Conocida la información, se acuerda: Habiendo recibido respuesta por parte de SETENA al acuerdo N? 14 de la Sesión Ordinaria N2 47-2020 de fecha 24 de noviembre 2020, referente a la solicitud, para atender a la mayor brevedad posible, queja por contaminación ambiental a ríos de la Comunidad de Camaroncito y circunvecinos, en la cual puntualizan específicamente los medios donde deben elevarse estas denuncias, por lo tanto, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal y al Departamento de Saneamiento ambiental la información que hace llegar la MSc. Carmen Enid Barboza Chacón-Coordinadora EducA-SETENA para que en adelante cualquier acto de contaminación que se logre detectar, se eleve la denuncia según lo indicado: 1. El único medio oficial y válido para el recibo de documentación y correspondencia de cualquier tipo ante la SETENA, es el PORTAL DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS: https://portal.setena.go.cr. Las solicitudes, escritos, respuestas a prevenciones, denuncias, recursos administrativos, etc, deben cumplir con las regulaciones de autenticidad de firma digital. Los correos electrónicos de los funcionarios no son un medio válido y eficaz para dar por recibida documentación, ni suspenden los plazos legales para la presentación de gestiones, por lo que debe utilizarse el medio oficial. Al contestar recuerde que debe indicar el número de expediente administrativo y en caso de proceder el número de oficio o resolución al que se le está dando respuesta. 2. Las denuncias ambientales que se recibirán en la SETENA, contra una actividad, obra o proyecto, deben tener o contar con expediente administrativo en la SETENA. Se le solicito al Departamento del SIG el cual reviso la base de datos de SETENA, y los proyecto aprobados para la “Finca Bananera Continental” son. «a. Expediente administrativo 1207-11, concesión de agua b. Expediente administrativo 0951-09, Construcción de planta empacadora de Banano c. Expediente administrativo 6194-11, concesión de agua d. Expediente administrativo13002-14, concesión de agua 3. Si la denuncia a interponer no cuenta con expediente administrativo en SETENA debe realizar el trámite por el medio oficial del MINAE, que se le detalla a continuación: El Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE) y la Contraloría del Ambiente, cuentan con el Sistema Integrado de Trámite y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA). El SITADA es el sitio oficial de Costa Rica, en donde se puede ingresar y consultar su denuncia o queja ambiental. El SITADA es el resultado del trabajo conjunto de las diferentes dependencias del sector ambiente, y busca establecer un esquema de gestión de la información que sirva de soporte para la toma de decisiones, evaluación y monitoreo del cumplimiento al seguimiento y atención de denuncias ambientales.
164 AUDITORIA 2 INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 16 El SITADA permite definir, ampliar y mejorar el proceso de revisión de la información reportada por la ciudadanía en relación a las denuncias ambientales ante las dependencias y oficinas participantes en la gestión de denuncias ambientales en Costa Rica, lo que facilita el mantenimiento de información permitiendo agilizar el proceso de control, atención y análisis de las mismas. e Ingrese la denuncia a través del módulo "ingrese su denuncia" e El sistema le asigna automáticamente un número de identificación, con el cual a futuro podrá consultar el estado de su denuncia. + Después de valorada la denuncia ambiental, se envía a la dependencia competente para la investigación de los hechos denunciados y para que se haga cargo del asunto. + Los resultados de la investigación y trámites siguientes, se notificará automáticamente al denunciante; siempre y cuando haya aportado su correo electrónico. Asimismo se autoriza publicar este acuerdo en la página de la Municipalidad de Guácimo para que todos los Ciudadanos tengan conocimiento de esta información de manera que, en el momento que detecten cualquier situación anómala, puedan proceder de forma inmediata a elevar la denuncia a las Entidades que corresponden correctamente, atender la situación. Acuerdo NY Seis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 9. Se dio lectura de oficio CP-051-2020'MTSS con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 01-12-2020, informando que las Instituciones públicas cerrarán el 24 de diciembre 2020 + Funcionarios públicos regresarán el próximo 4 de enero. + Medida establece que quienes atienden la emergencia por la Covid-19 podrían ser requeridos por las autoridades de salud. Las personas funcionarias de las instituciones del Poder Ejecutivo laborarán de forma regular hasta el 24 de diciembre de este 2020. Así está establecido por el Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y las ministras de Planificación Nacional y Política Económica, Pilar Garrido y de Trabajo y Seguridad Social Geannjna Dinarte Romero, a través de una directriz ejecutiva que entrará en vigencia una vez sea publicada en el Diario Oficial la Gaceta. De esta manera, se concede a título de vacaciones a las personas servidoras públicas los días 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2020. Esto quiere decir que las instituciones abrirán sus puertas de manera regular el lunes 4 de enero de 2021. Dentro de las razones por las que se conceden esos días a las personas trabajadoras está el que este cierre representa un ahorro significativo para el Gobierno en gastos como energía eléctrica, telecomunicaciones, agua, consumo de combustible, entre otras. Así mismo, muchas personas servidoras públicas tienen cumplidos sus periodos de vacaciones por lo cual resulta oportuno evitar que se acumulen excesivamente esos derechos laborales y a la vez se contribuye a la recuperación del sector turismo y de la economía. La directriz establece que todos aquellos servidores públicos que sean requeridos por los Comités Municipales de Emergencia, deberán brindar la colaboración necesaria según lo que sea dispuesto por la Comisión Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo para la atención del estado de emergencia nacional ocasionado por el COVID-19".
165 Sfílunicipalidad de Guácimoz, MUNICIPALIDAD DE GUACIMO , AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 17 Por otro lado, en el caso de los servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría Generalde la República, el Registro Nacional, cuerpos policiales e institucione* de atención de emergencias, las vacaciones serán definidas por su jerarca. CONOCIMIENTO. 10. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 02-12-2020, firmado por el Presidente Asociación de Desarrollo Especifica El Hogar de Guácimo - Herminio Dover Carrillo, traslada lo siguiente: “En sesión ordinaria número 1261 del 30 de noviembre del 2020 llevada a cabo por la Asociación de Desarrollo Especifica del Hogar de Guácimo, Recibimos de varios vecinos de la comunidad con relaciona el daño ambiental que se está provocando en el rio El Hogar de Guácimo Por lo anterior, en representación de nuestra comunidad y en total acuerdo con la queja de los vecinos, acudimos a ustedes en aras de presentar formal denuncia por la supuesta contaminación ambiental provocada por los desechos de una finca ganadera ubicada el La Selva de Guácimo, cuya dirección es de la entrada a calle Fallas Cambronero por la Selva, aproximadamente 100 metros hacia el oeste, mano derecha, o sea, en dirección hacia Jiménez de Guápiles. El propietario del ganado y posiblemente de la finca es un señor conocido como Ricardo Mora cuyo segundo apellido y demás datos personales desconocemos. Este señor tiene una cantidad importante de ganado el cual mantiene en pastoreo en el día y en establos durante la noche Los desechos del establo como, boñiga, cascaras de banano y cualquier otro desecho de alimento, son depositados muy cerca del cauce de la paja de agua. Por lo señalado en el párrafo anterior, cuando llueve, estos desechos se diluyen hacia la paja de agua y posterior mente caen en el cauce de rio El Hogar, provocando la consecuente contaminación al ambiente. Como prueba documental podemos aportar videos tomados el día 30 de noviembre 2020 en donde se puede apreciar el cruce del agua contaminada con las aguas sin contaminación aparente. Adicionalmente, nos comentan que las condiciones de los establos no son lo más adecuado para el ganado ,10 cual, podría estar causando maltrato animal e insalubridad para las personas encargadas del cuido de los animales Sin otro particular por el momento y agradeciendo de ante mano su ayuda en la atención de la denuncia se despide. Conocida la solicitud, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar a la Ing. Marianela Rojas Quirós-Servicios Ambientales y Municipales el oficio suscrito por el Sr. Herminio Dover Carrillo - Presidente Asociación de Desarrollo Especifica El Hogar de Guácimo con el fin de interponer sus oficios en realizar una visita de campo en conjunto con el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE y proceder conforme a la ley en atención a la denuncia por la supuesta contaminación ambiental provocada por los desechos de una finca ganadera ubicada en La Selva de Guácimo, cuya dirección es de la entrada a calle Fallas Cambronero por La Selva, aproximadamente 100 mts hacia el Oeste, mano derecha en dirección hacia Jiménez de Guápiles. Acuerdo NC“ Siete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 11. Se dio lectura de oficio con recha de recibido en la Secretaría del Concejo el 04-12-2020, firmado por el MSc. Roy Alberto Castro Astúa-Asesor Legal del Concejo Municipal de Guácimo, comunicando:
AUDITORIA 2 INTERNA Acta N9 74-2020 S.E. NO 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 18 Quien suscribe, MSc. Roy Alberto Castro Astúa, mayor de edad, casado, Abogado, carné del Colegio de Abogados número: 19503, cédula de identidad número: 1-1296-417, vecino de Limón, Siquirres, en mi condición de asesor legal externo de la Municipalidad de Guácimo, de acuerdo con la contratación administrativa: 2020CD-000024-01 de la Federación de Municipalidades . Productoras de Banano (CAPROBA), me permito emitir la recomendación legal de lo siguiente: RESPUESTA OFICIOS: 978-2020, +$1175-2020 (TEMA COMISIÓN ESPECIAL LAS ROSAS) Antecedente: (RESUMEN). El Concejo Municipal y la Alcaldía de la Municipalidad de Guácimo, han venido realizando esfuerzos en conjunto con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Dirección de Aguas y el interesado Grupo Las Rosas, sobre la problemática que existe en la localidad de Río Jiménez, con los permisos respectivos para la habilitación de un pozo que resulta necesario para instalar un acueducto que venga a solventar problemas de disponibilidad hídrica en el lugar antes mencionado y lugares aledaños. Lo anterior no se ha logrado en razón de que no se ha cumplido por parte de los interesados con los requisitos exigidos por la Legislación Nacional para su aprobación y según el documento intitulado: Memorando, de fecha 25 de setiembre del 2020, emitido por la Dirección de la UEG Gestión Ambiental y la Dirección del Area Funcional de Hidrogeología, dicha dirección no recomienda la aceptación del pozo denominado GM-110 en las condiciones actuales, lo cual necesariamente sugiere que debe perforarse un nuevo pozo. Lo anterior resulta de interés dado que la Municipalidad de Guácimo se encuentra en absoluta disposición de realizar la donación de los terrenos de interés para la construcción del pozo en cuestión al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, sin embargo, dicha institución no aceptará la donación hasta que se cumpla con los requisitos legales y se cuente con el pozo debidamente habilitado y de conformidad con el ordenamiento jurídico. SITUACIÓN ACTUAL: El Concejo Municipal y la Alcaldía de la Municipalidad de Guácimo mantienen su interés en realizar la donación de los terrenos al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para lo cual debe continuarse con el trámite que las instituciones correspondientes dispongan y deberán las partes interesadas comprometerse a llevar dichos trámites hasta la finalización y aprobación correspondiente. Con esta finalidad, se llevó a cabo una reunión en la Sala de Sesiones del Concejo de Municipalidad de Guácimo, el día 09 de noviembre del año 2020, de dicha reunión se confeccionó la respectiva minuta y se acordó suscribir una “carta de entendimiento” entre las partes interesadas con la finalidad de definir los pasos a seguir y determinación de las responsabilidades asignadas a las partes con el fin de poder llevar a buen término el proceso. Dicho documento, corresponde al documento denominado: “CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO LAS ROSAS DE POCOSOL SOCIEDAD ANÓNIMA”, enviado por el señor José Mario Jara Alvarado, en fecha 24 de noviembre del 2020 a las 15:58 horas, el cual una vez analizado, a criterio de éste asesor externo, el mismo se encuentra ajustado con el ordenamiento jurídico y se brinda el respectivo visto bueno para que el Concejo Municipal tome el acuerdo mediante el cual autorice expresamente su contenido y se autorice al señor Alcalde para que suscriba el mismo.
167 AD DE GUACIMO AUDITORIA INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 19 Recomendación Legal: Se recomienda al Concejo Municipal tome el acuerdo mediante el cual autorice expresamente su contenido y se autorice al señor Alcalde para que suscriba documento denominado: “CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO LAS ROSAS DE POCOSOL SOCIEDAD ANÓNIMA”, enviado por el señor José Mario Jara Alvarado, en fecha 24 de noviembre del 2020 a las 15:58 horas. Así mismo, se recomienda que una vez se concluyan los trámites respectivos se tome el acuerdo para que la Municipalidad de Guácimo realice la donación de los terrenos en cuestión al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. CONOCIMIENTO. 12. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 03-12- 2020, acogida por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza y el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: ASUNTO: SOBRE EL CONTROL INTERNO Y FUNCIONES DE LA AUDITORIA CONSIDERANDO "Que el sistema de control interno asigna formas de control específicas' a los órganos que lo integran: a Administración activa y la auditoría interna. La auditoría interna solo puede ejercer el control que se enmarque en el concepto de auditoria. La necesidad de garantizar su independencia funcional implica una prohibición de ejercer las funciones administrativas y de control propias de la administración activa. A partir de la aprobación de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, la función de control sufre una modificación sensible. En efecto, la función de control se analiza como un sistema en el cual la Contra101lía General de la República ocupa el vértice. Un sistema de fiscalización compuesto por diversos componentes, unidos por el control a los fondos públicos y actividades y fondos privados de origen público y dirigido a evaluar la gestión financiera y administrativa de los organismos públicos. El sistema de control no puede ser identificado con la Contraloría General o con las auditorías de las administraciones públicas. El control interno es parte de la Administración activa. Si la Administración activa no sólo tiene que implantar sistemas de controles, sino que es órgano de control, se plantea la necesidad de deslindar su control de la función del auditor interno. En la Ley General de Control Interno, N% 8292 de 31 de julio de 2002, esa delimitación se produce a partir del concepto funcional de auditoría. Efectivamente, el artículo 21 de la Ley contiene un concepto "funcional" de auditoría interna, referido a la actividad en sí misma, a su objetivo y a su efecto sobre la organización y la sociedad. Esta se define como una actividad "asesora", dirigida a proporcionar seguridad a la organización, "mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los Órganos sujetos a esta Ley. ” De esa definición interesa resaltar el carácter asesor de la función de auditOifa y la evaluación del control y del proceso de dirección. El Instituto de Auditores Internos define la auditoría precisamente como: "una actividad de evaluación independiente, establecida dentro de una organización para examinar y evaluar sus actividades como un servicio para la organización ". Citado por R, WHITTINGT'ON-K, PÁNY.+ Auditoría. Un enfoque integral, MCGRAW- HIL, Interamericana S. A., Colombia, 2000, p. 592. A través de la evaluación, de la asesoría, de las recomendaciones, la Auditoria interna participa en el control interno. Y lo hace por medio de la evaluación de la efectividad de otros controles. La auditoría representa una verificación posterior y selectiva de un ámbito de la actividad de la
Acta N9 74-2020 S.E. N0 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 20 organización. Esa verificación y evaluación no es continúa o concomitante con las acciones administrativas u otras acciones de control. Es periódica. En relación con los fondos públicos se deben realizar auditorías o estudios especiales semestralmente. Dispone el artículo 22 de la Ley de Control Interno. Es por ello que una de las prohibiciones que se impone al auditor es, precisamente, la del ejercicio de funciones administrativas, salvo las necesarias para ejercer su competencia, artículo 34, inciso a). Ergo, el auditor no debe involucrarse en operaciones administrativas ni sustituirse a la administración en el cumplimiento de sus funciones. No se trata sólo de participar activa O pasivamente en la toma de decisiones, en su ejecución, en los procesos directivos u operativos de la Administración. "Los cargos de auditoría interna están determinados al ejercicio de la auditoría interna, no de funciones de la Administración activa. Por consiguiente, el funcionario que es nombrado en un puesto de auditoría interna carece de facultades legales para ejercer funciones de administración activa. En ese sentido, el ejercicio de funciones de administración activa y el integrar un órgano director de un procedimiento administrativo (que es una forma de administración activa) no es parte de las funciones propias de la auditoría. Por consiguiente, no puede considerarse que el funcionario de auditoría, en razón del puesto que ocupa, tenga un derecho a ese ejercicio. El deber funcional presente en los incisos a) y b) de mérito no constituye en forma alguna una limitación al ejercicio de un derecho. Desde esa perspectiva, no puede considerarse que la imposición del deber entrañe una lesión patrimonial que obligue a su compensación... , Tal como se desprende con suma claridad de las consideraciones transcritas, no puede perderse de vista que existen labores de control que la propia Administración debe implementar, bajo su exclusiva responsabilidad, porque ello se deriva del régimen contenido en la Ley General de Control Interno, normativa en la cual encontramos disposiciones expresas, como las siguientes: "Artículo 10.-Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento. Artículo 11.-El sistema de control interno en la desconcentración de competencias y la contratación de servicios de apoyo. El jerarca y los titulares subordinados tendrán la responsabilidad de analizar las implicaciones en el sistema de control interno, cuando se lleve a cabo una desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, la responsabilidad de tomar las medidas correspondientes para que los controles sean extendidos, modificados y cambiados, cuando resulte necesario. Artículo 17.-Seguimiento del sistema de control interno. Entiéndese por seguimiento del sistema de control interno las actividades que se realizan para valorar la calidad del funcionamiento del sistema de control interno, a lo largo del tiempo; asimismo, para asegurar que los hallazgos de la auditoría y los resultados de otras revisiones se atiendan con prontitud. En cuanto al seguimiento del sistema de control interno, serán deberes del jerarca y los titulares subordinados, los siguientes: a) Que los funcionarios responsabilizados realicen continuamente las acciones de control y prevención en el curso de las operaciones normales integradas a tales acciones. (...)» Bajo esa óptica, es claro que le compete a la Administración activa diseñar y ejecutar los controles necesarios para revisar adecuadamente algún tipo de reporte financiero periódico que deban 168
Acta N% 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 21 rendirle los diferentes departamentos institucionales, así como cualquier ente adscrito a la institución. La municipalidad de Guácimo ha estado haciendo esfuerzos de control y con los planes municipales solicitados según lineamientos de la Contraloría. Existe la necesidad de que se brinde una asesoría permanente de parte de la auditoría interna a los funcionarios municipales con el propósito de que se asuman adecuadamente las responsabilidades por el sistema de control interno, se desarrolle el sistema de control interno en la desconcentración de competencias y la desconcentración de competencias y el seguimiento del control interno y el SEVRI. POR TANTO 1 Se acuerda nombrar la comisión de control interno y riesgo de la siguiente manera: Conformación de la Comisión. Estará conformada por: Alcalde Municipal Regidores Propietarios y/o Suplentes Encargados (a) de todas las áreas de la Municipalidad de Guácimo Auditor Interno y/o Suplente Asesor externo. qe e NE Los Titulares Subordinados u otros funcionarios nombrados en la Comisión no son limitativos y quedará sujeto a discreción del Alcalde Municipal la incorporación de otros funcionarios municipales. Tanto el Auditor Interno como el suplente que este asigne, participarán en la Comisión con derecho a voz, no así al voto. La auditoría tendrá solo voz y de carácter técnico para que cumpla el rol de ente asesor y no intervenga la administración municipal. Administración operativa de la Comisión. Para la administración operativa de la CCIR la Alcaldía ocupará el cargo de Presidente y el puesto de Secretario (a), se someterá a votación con los integrantes. La comisión se regirá por lo establecido en el Reglamento interno de la administración y mejora continua del sistema de control interno y valoración del riesgo. Se recomienda que para el funcionamiento de la comisión el alcalde proponga los nombres de aquellos funcionarios o funcionarias competentes para este cometido. 1. La comisión tendrá que brindar los informes de acuerdo con lo establecido en la ley de control interno y los informes solicitados por el Ministerio de Hacienda. Deberá preparar informe del año 2020 para lo cual se pide a la auditoría dar la asesoría pertinente. 2. La auditoría deberá presentar al concejo municipal en términos de 8 días un plan de capacitación para los coordinadores de procesos y subprocesos en forma permanente para el sistema de control interno y SEVRI a partir de enero del 2021. 3, La auditoría deberá presentar plan de trabajo anual articulado a los planes municipales que facilite el trabajo de la comisión. 4. La auditoría debe rendir un informe sobre la aplicación del SEVRI. A partir de qué fecha lo está aplicando y los instrumentos utilizados en un término de 3 días hábiles. Dispénsese del trámite de comisión. AUDITORIA INTERNA
£lunicipalidad de Guáacím MUNI Acta N* 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 22 En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Si alguien quiere al tema. Tenemos que nombra dos personas para que integren la Comision. ¿Alguien se quiere postular? En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: Entendí que eran los regidores propietarios. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Tienen que haber dos vacantes. Quisiera proponer mi nombre para esta Comision, entonces seria nombrar a las compañeras Nitzy Vega Chaves y Ana María Esquivel Mesen. Conocida la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez es sometida por el Presidente Municipal - Reg. José Leoncio Orozco Peraza, manifestando: Los Señores y Señoras Regidores(as) que estén de acuerdo en aprobar la moción sírvase levantar la mano, resultando aprobada firmemente por unanimidad, por lo tanto se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Aprobar en todas sus partes la moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez sobre el Control Interno y Funciones de la Auditoria (se adjunta moción). Asimismo este Órgano Colegiado, acuerda nombrar la comisión de Control Interno y Riesgo de la siguiente manera: 1. Alcalde Municipal-Sr. Gerardo Fuentes González. 2. Regidores Nitzy Vega Chaves, Reg. Ana María Esquivel Mesen y Reg. José Leoncio Orozco Peraza. 3. Encargados (a) de todas las áreas de la Municipalidad de Guácimo. (El Sr, Alcalde Municipal definirá los funcionarios correspondientes, a las áreas asignadas, debiendo presentar al Concejo Municipal los nombres de los Funcionarios). 4. Auditor Interno - Licda. Marlene Myrie Pérez (Su participación será presencial, con derecho a voz, no así al voto). 5. Asesor externo-Sr. Roy Alberto Castro Astúa. Los Titulares Subordinados u otros funcionarios nombrados en la Comisión no son limitativos y quedará sujeto a discreción del Alcalde Municipal la incorporación de otros funcionarios municipales. Tanto el Auditor Interno como el suplente que este asigne, participarán en la Comisión con derecho a voz, no así al voto. La auditoría tendrá solo voz y de carácter técnico para que cumpla el rol de ente asesor y no intervenga la administración municipal. Administración operativa de la Comisión. Para la administración operativa de la CCIR la Alcaldía ocupará el cargo de Presidente y el puesto de Secretario (a), se someterá a votación con los integrantes. La comisión se regirá por lo establecido en el Reglamento interno de la administración y mejora continua del sistema de control interno y valoración del riesgo. Se recomienda que para el funcionamiento de la comisión el alcalde proponga los nombres de aquellos funcionarios o funcionarias competentes para este cometido. 1. La comisión tendrá que brindar los informes de acuerdo con lo establecido en la ley de control interno y los informes solicitados por el Ministerio de Hacienda. Deberá preparar informe del año 2020 para lo cual se pide a la auditoría dar la asesoría pertinente. 170
Acta NO 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 23 2. La auditoría deberá presentar al concejo municipal en términos de 8 días un plan de capacitación para los coordinadores de procesos y subprocesos en forma permanente para el sistema de control interno y SEVRI a partir de enero del 2021. 3. La auditoría deberá presentar plan de trabajo anual articulado a los planes municipales que facilite el trabajo de la comisión. 4. La auditoría debe rendir un informe sobre la aplicación del SEVRI. A partir de qué fecha lo está aplicando y los instrumentos utilizados en un término de 3 días hábiles. Dispénsese del trámite de comisión. (Debiendo cumplir cada Funcionario en mención, con la presentación mediante informe de los puntos que cita el acuerdo). Acuerdo N* Ocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 13. Se dio lectura oficio SCMT-662-2020, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 04- 12-2020, firmado por la Sra. Daniela Fallas Porras-Secretaria del Concejo Municipal de Tarrazú, en que transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Tarrazú, en sesión ordinaria 031- 2020, celebrada el día tres de diciembre del dos mil veinte, donde se acuerda: “Acuerdo %3: El honorable Concejo Municipal de Tarrazú, apoya en todos sus extremos el oficio S.M.G. ++ 1537-2020 emitido por el honorable Concejo de Municipalidad Guácimo donde se escribe en el acuerdo tomado en sesión ordinaria número 47-2020, celebrada el 24 de noviembre del 2020, donde solicita a todas las municipalidades del país un voto de apoyo para que en el Cantón de Guácimo ubiquen un Colegio Científico ya que es de suma importancia para los jóvenes ofrecerle la oportunidad y brindarles una educación acorde a lo que ofrece este tipo de colegio ya que los interesados deben de trasladarse hasta la provincia de Limón. Acuerdo definitivamente aprobado.” En uso de la palabra el Reg. José Leoncio Orozco Peraza-Presidente Municipal, dice: Eso es un voto para informarle al cantón de nosotros, anteriormente habíamos solicitado apoyo a las 82 municipalidades para que se ubique en el cantón de Guácimo un Colegio Científico y la Municipalidad de Tarrazú nos está dando el voto de apoyo entonces agradecerle formalmente a la Municipalidad de Tarrazú por su voto apoyo y se le agradece infinitamente. Conocida la información, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Agradecer cordialmente al Concejo de la Municipalidad de Tarrazú por brindar el voto de apoyo para que en el Cantón de Guácimo ubiquen un Colegio Científico ya que es de suma importancia para los jóvenes ofrecerle la oportunidad y brindarles una educación acorde a lo que ofrece este tipo de colegio ya que los interesados deben de trasladarse hasta la provincia de Limón. Acuerdo N* Nueve. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 14. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 04-12-2020, enviado por el Lic. Danny Arguello Morales-Asesor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo, en atención de la revisión y estudio del proyecto de “carta de entendimiento suscrita por la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Grupo Las Rosas de Pocosol S.A”, se procede acordar lo siguiente: Considerando. Primero. Que se ha venido realizando una serie de gestiones de coordinación entre las partes y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, con el fin de concretar la habilitación de un acueducto en el sector de Río Jiménez de Guácimo, con el objetivo de generar una solución AUDITORIA INTERNA
172 £unicipalidad de Guácímo MUNICIPALIDA e DE GUACIMO Ey AUDITORIA INTERNA Acta N* 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 24 a la prestación del servicio de agua potable. En dicho sentido, el proyecto en cuestión se realizaría en un terreno inscrito a favor de la Municipalidad, el cual se donaría a favor del AyA, una vez que se cumpla con los requisitos técnicos referidos a la perforación de un nuevo pozo. Segundo. El día lunes 9 de noviembre de 2020, a las 3:30 pm, en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Guácimo, se llevó a cabo una reunión con representantes municipales (miembros del Concejo, Alcalde Municipal, funcionarios administrativos y asesores externos), así como particulares interesados en que se promueva el proyecto de habilitación de un pozo para la puesta en funcionamiento en el sector de Río Jiménez de un nuevo acueducto; siendo que en reunión se generó la propuesta de plantear la firma de una carta de entendimiento entre las partes, en donde además participaría el AyA, por ser este Instituto quién se recibiría la donación del terreno y se encargaría de la administración del acueducto en cuestión, una vez se cumpla los requisitos de rigor establecidos en el ordenamiento jurídico. Tercero. Este Concejo Municipal, de forma preliminar adopto el acuerdo 07, de sesión ordinaria 47-2020, realizada el día 24 de noviembre de, 2020, mediante el cual se requirió el respectivo criterio legal, con el propósito de corroborar que el documento en cuestión estuviera dentro del bloque del marco legal. En relación, con motivo de dicho acuerdo, se generó el informe técnico GJ-73-2020, mediante el cual el asesor legal institucional indica que no riñe con el bloque de legalidad, y que por ende se requiere la aprobación del Concejo conforme lo dispuesto en el artículo 13 del Código Municipal, así como la autorización emitida por este Organo Colegiado, para que el Alcalde proceda a suscribir el mismo con su firma. Asimismo, el documento de la carta de entendimiento fue igualmente revisada por el asesor externo municipal de este Concejo, quien coincide con el criterio emitido en el oficio GJ-73-2020. Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 inciso e) del Código Municipal, corresponde al Concejo la aprobación de convenios, así como autorizar al Alcalde Municipal para suscribir el mismo con su firma. En relación, el contenido de la carta de entendimiento debe constar de forma literal en el acta respectiva, por lo que el señor Alcalde debe limitarse a firma el documento con el contenido expresamente aprobado por el Concejo. Quinto. El contenido de la carta de entendimiento sometida aprobación del Concejo es el siguiente: CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO, EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO (AYA) Y EL GRUPO LAS ROSAS DE POCOSOL SOCIEDAD ANONIMA. Quienes suscriben, i) YAMILETTE ASTORGA ESPELETA, mayor, soltera, cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta-ciento noventa y dos, de profesión Bióloga Marina, vecina de Zapote, veinticinco metros Este y cincuenta metros Norte de las Torres de Radio Columbia, en su condición de PRESIDENTA EJECUTIVA, según nombramiento por el Consejo de Gobierno del ocho de mayo de dos mil dieciocho, publicado en el Alcance N*98 del Diario Oficial La Gaceta No. 83 del catorce de agosto de dos mil dieciocho, con facultades de APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE SUMA del INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (en adelante denominado “AyA”), cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuarenta y dos mil ciento treinta y ocho, otorgadas mediante acuerdo firme número dos mil catorce-doscientos cuarenta y cinco, adoptado en la Sesión Ordinaria Número dos mil catorce-diecisiete, artículo tercero, inciso tres uno de la Junta Directiva del AYA, celebrada el quince de mayo del dos mil catorce, personería inscrita en el Registro Público, Sección Personas, al tomo quinientos setenta y cuatro, asiento ciento setenta y un mil quinientos treinta y uno, consecutivo uno, secuencia dos, ostentando la representación judicial y extrajudicial del AYA; ii) GERARDO FUENTES GONZALEZ, mayor, divorciado, cédula de identidad número dos-cero doscientos noventa y dos-mil cuatrocientos ochenta y seis, vecino de Guácimo, Limón, en su condición de ALCALDE PROPIETARIO de la MUNICIPALIDAD DE GUACIMO DE LA PROVINCIA DE LIMON (en adelante denominada “la Municipalidad”, cédula jurídica número tres-catorce cuarenta y dos mil ciento
173 £KMunicipalidad de Guácimo MUNICIPALIDAD $ DE GUACIMO : ES Sh AUDITORIZ eS ps INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 25 veintidós, correspondiéndole la representación legal con las facultades que le otorga el Código Municipal, personería inscrita y vigente al treinta de abril de dos mil veinticuatro, debidamente autorizado por el Concejo Municipal para la firma de este convenio; y iii) JOSE MARIO JARA ALVARADO, mayor, casado una vez, cédula de identidad número dos-cero doscientos noventa y uno-mil cuatrocientos noventa y dos, vecino de Ciudad Cariari, Ulloa, Heredia, en su condición de VICEPRESIDENTE con facultades a APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE 2 SUMA de la sociedad LAS ROSAS DE POCOSOL S.A., cédula jurídica número trescientos uno-seiscientos veintiocho mil trescientos cuarenta y nueve (en adelante denominada Grupo Las Rosas); con fundamento en los artículos once de la Constitución Política de la República de Costa Rica; cuatro, once y dieciséis de la Ley General de la Administración Pública número seis mil doscientos veintisiete del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho; uno, dos, cinco b, cinco c y veintiuno de la Ley Constitutiva de AyA, ley número dos mil setecientos veintiséis del catorce de abril de mil novecientos sesenta y uno; en adelante el AyA, la municipalidad y el Grupo las Rosas denominados en forma conjunta como “Las Partes”, suscribimos la siguiente CARTA DE ENTENDIMIENTO: CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha dicho en su jurisprudencia, que el acceso al agua potable es un derecho humano fundamental, en cuanto está inmerso en el contenido del derecho a la vida y a la salud. SEGUNDO: Que, al AyA conforme a su Ley Constitutiva, Ley No. 2726 del 14 de abril de 1961, le corresponde dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de Costa Rica de un servicio de agua potable, recolección y evacuación de aguas negras y residuos industriales. En este contexto, le corresponde aprobar y promover obras de cualquier naturaleza relativas a asumir, crear, ampliar o modificar infraestructura relacionada con la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, incluso cuando dichas obras sean realizadas o patrocinadas, total o parcialmente por particulares, sin que ello disminuya las potestades que ostenta en este campo, sobre todo a partir de lo dispuesto en su Ley Constitutiva. Deriva de lo anterior, la obligación de cualquier otro ejecutor distinto de AyA de consultarle y cumplir de forma inexcusable con las recomendaciones que este emita. TERCERO: Que el AyA tiene como parte de sus competencias, la de asesorar a los demás organismos e instituciones del Estado y coordinar las actividades públicas y privadas, en todos los asuntos relacionados con el establecimiento de acueductos y 3 alcantarillados, en el tanto debe velar para que la construcción, ampliación y reforma de estos sistemas se sujete al cumplimiento de la normativa vigente, incluida la de orden técnico, y tome en cuenta la mejor satisfacción de las necesidades generales de una zona o población determinada, así como la adecuada inversión de todos los recursos que el Estado asigne para dichas obras (artículo 2 incisos ¡ y j de la Ley Constitutiva del AyA). Lo anterior por cuanto toda actividad de la Administración Pública está llamada y sometida a tutelar los intereses de la colectividad, sobre todo cuando se trata de materias que involucran la prestación de servicios públicos tan elementales como los suministrados por el AyA. CUARTO: Que la Municipalidad para promover el desarrollo humano y social de su comunidad, mediante acuerdo número dos de la Sesión Ordinaria número 44-18 del 2 de noviembre de 2018, asumió la administración del acueducto del proyecto de interés social denominado “Las Rosas de Río Jiménez”, ubicado en el distrito Río Jiménez, cantón Guácimo, provincia Limón; sin embargo, es reconocido actualmente por todas las partes que la municipalidad de Guácimo, carece de habilitación legal y capacidad jurídica para prestar los servicios de agua potable y aguas residuales en ese cantón, siendo AyA el ente legalmente competente. En razón de lo anterior, la municipalidad acepta el traspaso mediante donación de dos fincas del Partido de Limón, la primera matrícula de folio real número 173442-000, plano de catastro número L-2122335-2019, en la cual se ubica el pozo GM-110; y la segunda matrícula de folio real número 173069-000, plano de catastro número L-2114807-2019, donde se construirá la planta de tratamiento de aguas residuales, actualmente
174 flunicipalidad de Guácimo MUNIEI DE GUA: AUDITORIA INTERNA Q..L D D Acta N* 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 26 en trámite de revisión número PTAR-AyA-2020-138, ante la Oficina de la Dirección Regional Huetar Caribe del AyA. QUINTO: Que el Grupo Las Rosas en coordinación con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, actuando éste en su condición de Entidad Autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda Ley No. 7052, tramita ante la Dirección FOSUVI del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), la 1 ETAPA del proyecto de vivienda de interés 4 social denominado “Las Rosas de Río Jiménez”, compuesta esta etapa por ochenta y dos familias en extrema necesidad del cantón de Guácimo, las cuales cumplieron con todos los requisitos estipulados en el artículo 59 de la Ley 7052. SEXTO: Que, al cumplir el proyecto “Las Rosas de Río Jiménez” con todos los requisitos estipulados en el artículo 65 BIS del Reglamento de Operaciones de la Ley 7052, éste fue agendado por la Gerencia General del BANHVI, para que el mismo fuera aprobado por la Junta Directiva de esa institución. Gestión que fue pospuesta, en razón de la advertencia realizada por AyA ante el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH), mediante el oficio PRE-2020-00752 de fecha 22 de mayo de 2020, respecto a que la Municipalidad del Cantón, no ostenta la habilitación legal para operar un sistema de abastecimiento de agua poblacional, dado que AyA es el operador oficial de los servicios públicos de agua potable y/o alcantarillado sanitario. SÉTIMO: Que, procurando el bienestar de las familias en extrema necesidad, que requieren una solución de vivienda, las partes y el Gerente General del BANHVI, en reunión virtual celebrada el día cuatro de agosto de 2020, acordaron unir voluntades y esfuerzos para que con apego al bloque de legalidad se pueda buscar e implementar soluciones en procura de habilitar un acueducto en el sector de Río Jiménez, con el cual se pueda atender la necesidad de vivienda para quien lo necesite. OCTAVO: Que el pozo GM-110 fue objeto de estudios técnicos por parte del Grupo Las Rosas, los cuales son de conocimiento de las partes suscribientes. No obstante, a pesar de las pruebas realizadas por el Grupo Las Rosas, en calidad y cantidad; se tiene que un posterior estudio realizado por video cámara permitió determinar que la estructura actual del pozo, construido hace más de diez años, no reúne las especificaciones técnicas requeridas por el AyA, según consta en la valoración técnico-ambiental que se desarrolla en el informe técnico N%UEN-GA-2020-03616 de fecha 25 de setiembre de 2020 emitido por la UEN Gestión Ambiental del AyA. Por tal razón, las partes acordaron la perforación de un nuevo pozo que deberá ser sometido a las pruebas en cuanto a calidad y cantidad definidas por las normas técnicas. Con base en lo expuesto y en aras de la buena fe y la colaboración que debe imperar entre el Sector Público y Privado en el mejoramiento de la calidad de vida de los costarricenses: ACORDAMOS: PRIMERA. - SOBRE LA PERFORACIÓN DE UN NUEVO POZO POR PARTE DEL GRUPO LAS ROSAS Y DEL ACUERDO PARA SUSCRIBIR UN CONVENIO CON AyA. Que la Municipalidad se compromete, de acuerdo a sus competencias, a cooperar administrativamente con el Grupo Las Rosas, para que las gestiones ante la Dirección de Aguas del MINAE y otras instituciones del Estado, respecto al permiso de perforación y construcción del nuevo pozo, se realicen de forma articulada y expedita. Que una vez que el Grupo Las Rosas haya perforado el nuevo pozo en el inmueble municipal, siguiendo las recomendaciones técnicas dispuestas por AyA, conforme al estudio hidrogeológico a realizar por este Grupo, deberá además presentar: i) los estudios de calidad del agua del nuevo pozo en el inmueble de la Municipalidad, que determinen que cumple con los requisitos de los niveles N1, N2, N3 y N4 (plaguicidas) del Decreto 41499-S Reforma y adición al Decreto Ejecutivo 38924-S Reglamento para la calidad del agua, por parte del Laboratorio Nacional de Aguas o un laboratorio debidamente acreditado por ECA
Acta NO 74-2020 S.E. N0 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 27 Costa Rica, ¡¡) el estudio sobre el perfil litológico del pozo y armado, niveles y profundidad; ¡i¡) un video con cámara sumergible, posterior a la prueba de bombeo ( valoración de limpieza y estructura final del pozo); iv) una prueba por etapas de una hora cada una (cuatro en total) a caudal variable y v) una prueba de setenta y dos horas, (caudal constante como mínimo de 743 l/s), vi) Los permisos de solicitud de perforación y concesión ante los entes competentes, vii) La zona de protección bacteriológica del nuevo pozo; las Partes se comprometen a acordar los términos y suscribir un Convenio Para La Donación De Terrenos Y La Construcción De Las Obras De Acueducto En El Sector De Río Jiménez De Guácimo, o cualquier otro acuerdo que estimen conveniente a sus intereses. SEGUNDA. - SOBRE EL NO CUMPLIMIENTO DE LOS ASPECTOS ENUMERADOS EN LA CLAÚSULA PRIMERA, DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y LEGALES DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO Y DE CUALQUIER ASPECTO DE ORDEN URBANÍSTICO. En caso de incumplimiento de alguno o varios de los aspectos indicados en la cláusula primera de esta Carta de Entendimiento, de los requerimientos técnicos y legales propios de la planta de tratamiento de aguas residuales, así como de cualquier otra normativa técnica o legal en materia urbanística; AyA no se compromete a suscribir un eventual Convenio para la Donación de Terrenos y Construcción de las Obras de Acueductos en el Sector de Río Jiménez de Guácimo. TERCERA. - SOBRE LOS ALCANCES DE ESTA CARTA DE ENTENDIMIENTO. La presente Carta de Entendimiento no equivale a los alcances que se derivan de una constancia de disponibilidad de servicios o de una constancia de capacidad hídrica o de recolección y tratamiento. PLAZO. El plazo de esta carta de entendimiento será de dos años a partir de las firmas correspondientes, pudiendo prorrogarse por un plazo mayor convenido por los suscribientes, si así lo amerita el interés público, por no haberse logrado concluir, por causas ajenas a las partes, alguna de las actividades comprometidas. ES TODO. En fe de lo anterior, una vez leído el contenido íntegro del mismo en tres (3) tantos de un mismo tenor literal, y bien enteradas las partes de su objeto, validez y demás efectos legales, y con la autoridad con que actúan, lo ratificamos y firmamos digitalmente en las ciudades de San José, Guácimo y Heredia, Costa Rica. Msc. Yamilette Astorga Espeleta Gerardo Fuentes González Presidenta Ejecutiva AyA Alcalde Municipalidad de Guácimo Sr. José Mario Jara Alvarado Vicepresidente Las Rosas de Pocosol S.A. REFRENDO INTERNO El suscrito, Lic. Rodolfo Lizano Rojas, en mi condición de Director Jurídico del AyA, hago constar que la presente Carta de Entendimiento se ha realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Lic. Rodolfo Lizano Rojas Director Jurídico AyA Por tanto. El Concejo Municipal de Guácimo, de conformidad con las competencias establecidas en el artículo 13 inciso e) del Código Municipal, acuerda aprobar la “carta de entendimiento suscrita en la Municipalidad de Guácimo, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Grupo las Rosas de Pocosol S.A.”, cuyo contenido corresponde al indicado en el considerando quinto de este acuerdo. Asimismo, se autoriza al Alcalde Municipal a suscribir con su firma la carta de entendimiento aprobada una vez que cuente con las firmas de todas las partes, procurándose acreditar la aceptación de los términos de las otras partes. Se dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo en firma y definitivamente aprobado. CONOCIMIENTO. DE GUA! ', AUDITORIA INTE IDAD cmo RNA
Sz, MUN E ES DE sn AU IN Acta N% 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.? 28 15. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 01-12-2020, firmado por la Sra. Maricela Solano Álvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, comunicando que las sesiones mensuales de los Concejales de Distrito, del Cantón de Guácimo se estarán realizando los días primeros viernes de cada mes, en la Unión Cantonal de Asociaciones a las 4:30 pm. Esto se debe al cambio de las sesiones municipales. CONOCIMIENTO. 16. Se dio lectura oficio, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 01-12-2020, firmado Slunicipalidad de Guácimo, ! G D T por la Sra. Maricela Solano Alvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, solicitando que por favor se les brinde una explicación detallada y por escrito, sobre la situación que se vive en este momento con el proceso de los proyectos que están pendientes por ejecutar, con las partidas específicas que quedaron del año pasado, como lo son el Play para Los Colegios y el Play para Los Geranios, así como la situación de la Junta Administrativa del Cementerio y la construcción de la Capilla del Cementerio de Guácimo, esto porque las comunidades nos han estado consultando y aunque nuestra representante Maricela Solano Alvarez- Síndica de Guácimo, nos lo comentó en las reuniones que hemos tenido, es mejor explicárselos a dichas comunidades con un documento que respalde lo que ocurre en este momento con la Municipalidad y el País. Conocida la solicitud, acuerda Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar al Alcalde Municipal — Sr. Gerardo Fuentes González, oficio presentando por la Sra. Maricela Solano Alvarez- Presidenta y la Sra. Leonor María Espinoza López-Secretaria del Concejo de Distrito del Cantón de Guácimo, con el fin de girar instrucciones al departamento de contabilidad de la Municipalidad para que brinde un informe con respecto a las partidas especificas de la compra de los Play Grand de las comunidades de Los Colegios y Los Geranios, también de la construcción de la capilla del Cementerio de Guácimo. (Debiendo brindar un informe a este Órgano Colegiado). Acuerdo NY Diez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 17. Se dio lectura oficio IMAS-SGDS-ARDSHC-0284-12-2020, con fecha de recibido en la Secretaria del Concejo el 03-12-2020, firmado por la Licda. Yalile Esna Williams-Jefe área Regional Huetar Caribe-IMAS, en respuesta al oficio S.M.G.+* 1125-2020 de la moción en la sesión ordinaria N9 40-2020 celebrada el 06 de octubre de la señora regidora Rosibel Marchena Serrano sobre la atención en el Cantón de Guácimo solicitando una reubicación de la persona. Al respecto se le solicita al honorable Concejo Municipal para proceder con la investigación respectiva ampliar la información sobre los aspectos como: > Si se conoce el nombre de la persona funcionaria de la institución. > Referir situaciones más concretas y precisas días de atención y denuncias sobre la atención que la persona funcionaria realiza. Esa información se les solicita para el debido proceso que se le debe seguir a la persona denunciada ya que en el cantón atienden varios funcionarios (as). CONOCIMIENTO. 18. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12- 2020, dice: CONSIDERANDO: Que anteriormente se había tomado un acuerdo de interés publico de mantener los ríos limpios de Guácimo y considerando que el río de el Hogar esta siendo contaminado y han hecho desviaciones de agua no autorizadas que han provocado inundaciones. 176 1 AD UACIMO ITORIA ERNA
177 AUDITORIA INTERNA Acta N% 74-2020 S.E. N2 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 29 MOCIONO: Para conformar una comisión Especial, para hacer inspecciones en los diferentes ríos del cantón e invitar a Funcionarios del MINAE, Dirección de Aguas, para que conjuntamente se realicen estas inspecciones y hacer un cronograma de inspecciones. Todo esto con el fin de heredarle a nuestros hijos ríos limpios. En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Es importante porque han ido contaminando los ríos. En uso de la palabra la Reg. Magda Orocú Jiménez, dice: es importante formar una comisión para todo lo que tenga que ver con la contaminación de ríos No solamente la parte de contaminación como lo explicaban en la carta anterior, sino también por el uso y abuso de los materiales Porque si bien es cierto como usted habla de los causes se han salido la comunidad de Parismina también ha sufrido eso con el rio principal que hay un tajo que le ha robado a los vecinos parte de sus propiedades por el abuso de los materiales, demandas que se han puesto y se ha dejado de sacar el producto por algún tiempo y después vuelve otra vez, entonces si sería importante esa comisión pero no solo Para una cosa para ampliarlo para diferentes temas, entonces si me parece muy atinada esa comisión. En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: sí como dice la compañera es muy importante, también es importante la parte de reforestación porque se ha dejado de lado e inclusive yo con un grupo de estudiantes fui, pero se ha ido dejado de lado la importancia de la reforestación porque los árboles mantienen el caudal de los ríos, porque si no hay arboles los caudales van disminuyendo, entonces por eso vemos que tiempos de sequía los ríos baja mucho el caudal. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: esto seria una comisión especial puede estar conformada por los regidores propietarios síndicos propietarios y suplentes, e inclusive Qué personas que no se estén dentro del concejo municipal calidad de asesor si alguien quiere participar en este levantar la mano. Lo que pasa es que esas giras tienen que ser en el día y hay que caminar, la ruta por el rio, se requiere tiempo y compromiso, en lo personal sí me gustaría conformar esta comisión para realizar este tipo inspecciones, tengo una hija de 3 años y me gustaría que mi hija logrará ver los ríos que yo vi en ese momento que en el rio guácimo yo me bañaba tranquilamente, habían cantidad de posas donde se baña uno tranquilo y ahora este momento uno va y karate, entonces como padre responsable y parte formar parte de este honorable concejo me gustaría hacer este trabajo para heredarle a mi hija y a las futuras generaciones de este cantón ríos limpios. En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Buenas tardes, una compañera se va para unas piscinas aquí no mas y se baña cuando llegan a casa llega con un dolor de oído, le dieron un tratamiento en la farmacia y le sacaron una babosa del oído y la agarro en el oído. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Entonces oficialmente queda nombrado mi persona José Orozco Peraza para que represente esta comisión. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Me gustaría proponer a Indira Ruiz una chica cae de guácimo que ella maneja a un grupo de limpieza Ríos. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: hay que ver si ella acepta, Igualmente lo que quiero es externar hacer este la publicación en la página de la municipalidad para que esté dos representantes las dos personas porque la idea es no hacer Unas comisiones muy grandes por el tema de transporte por el tema de también quorum, porque ya hemos experimentado de las comisiones muy grandes se hace muy difícil entonces éste Ya
Acta N*% 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.* 30 que en este consejo es que solamente vamos a tener un representante hacer, entonces es hacerlo al pueblo que necesitamos dos representantes en esta comisión, entonces que postulan su nombres para ser Escogidos. También Wilberth Carrillo y Leance Ramirez Mora. En uso de la palabra el Reg. William Fajardo Fajardo, dice: En Rio Jimenes hay un joven que es ingeniero ambiental y eta coordinando un proyecto con una especie de fundación que estaba organizando para trabajar exclusivamente en esa recuperación del ambiente entonces para ver la posibilidad extenderle una invitación a él para ver si quieres ser parte de esa comisión, se llama Alonso Ramírez Méndez. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: La comisión quedara conformada, Jose Orozco Peraza, Wilberth Carrillo y Leance Ramirez Mora, y también Igualmente la invitación para que en calidad de asesores participen dos personas más, En uso de la palabra el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez, dice: directamente en la comisión siento que sería como Cómo ocupar un puesto que otro lo puedo ocupar persona automáticamente como comisión de ambiente románticamente en cualquier gira que usted Tienes toda la potestad de invitarme. En uso de la palabra el Presidente Municipal -Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Gracias Don Leonardo, la conformación de esta Comisión de Río limpio se va a llamar Comisión de ríos limpios. Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Nombrar Comisión Especial de Ríos Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo integrada por los Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza como coordinador, al Reg. Leance Ramírez Mora y al Reg. Wilber Carrillo Navarro, con el propósito de realizar inspecciones para velar de que en los ríos de Guácimo no haya una contaminación, uso irracional de agua, sobreexplotación de acuíferos, entre otras problemáticas, sus causas, O consecuencias y medidas para prevenir este problema ambiental que amenaza con la calidad de las aguas naturales del Cantón de Guácimo. A la vez se acuerda: Hacer extensiva la invitación al MINAE y a la Dirección de Aguas con el fin de que presenten a un funcionario para que pueda ser integrante de la Comisión Especial de Ríos Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo como representante de dicha Institución y del mismo modo realizar inspecciones conjuntamente. Así mismo, invitar cordialmente a los habitantes del Cantón de Guácimo para que se postulen para conformar la Comisión Especial de Ríos Limpios y Protección de cuencas Hidrográficas del Cantón de Guacimo con el fin de nombrar a dos personas como asesores de dicha Comisión. (Publíquese en la Página de Facebook de la Municipalidad de Guácimo) Acuerdo N* Once. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 19. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12- 2020, dice: CONSIDERANDO: La importancia de obtener información de primera mano, sobre la construcción del mega gimnasio. MOCIONO: Para atender al Director Regional y funcionarios del INDER, en la sesión extraordinaria del día miércoles para que nos brinde un informe. Solicito su aprobación.
Acta NO 74-2020 S.E. N* 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.0 31 Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por Unanimidad, acuerda: Invitar cordialmente al Sr. Martínez Rojas Luis Alfredo -Director Regional del INDER a participar de la sesión extraordinaria del miércoles 09 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta municipalidad con el propósito de brindar informe con relación a la construcción del mega gimnasio en el cantón de Guácimo. Acuerdo N% Doce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 20. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 04-12- 2020, acogida por los regidores Nelson Lobo Rodríguez, Leonardo Carrillo Sánchez y Alejandra Lopez Lee, dice: CONSIDERANDO: Que la niña Ashley Webster Montes estudiante del Liceo Experimental Bilingúe de Rio Jiménez obtuvo el primer lugar en el concurso de Oratoria Días para Africana, lo que la hizo acreedora de representar a Costa Rica a nivel Internacional MOCIONO: Para extenderle nuestra felicitación por el triunfo obtenido poniendo muy en alto a nuestro cantón y a nuestro país, y la instamos a continuar cosechando más éxitos. Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Hacer extensiva una cordial felicitación y agradecimiento por el triunfo obtenido a la señorita Ashiey Webster Montes estudiante del Liceo Experimental Bilingúe de Rio Jiménez quien va a representar a Costa Rica y al cantón de Guácimo a nivel Internacional por obtener el primer lugar en el concurso de Oratoria. Así mismo, invitarla a participar de la sesión ordinaria para el día jueves 17 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta municipalidad con el propósito de felicitar, agradecerle y hacerle entrega de un certificado en honor a su esfuerzo. Acuerdo N* Trece. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 21. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. Leonardo Carrillo Sánchez de fecha 04-12- 2020, acogida por los regidores Nelson Lobo Rodríguez, Leonardo Carrillo Sánchez y Alejandra Lopez Lee, dice: CONSIDERANDO: Que en nuestro cantón se encuentra ubicada la sede regional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. MOCIONO: Para solicitarle al Ingeniero Rodolfo Mendez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transporte, así como la Directora Regional de ese Ministerio, se nos informe los trabajos realizados e intervenidos por ese Ministerio en nuestro cantón en los últimos años, así como la programación para el próximo año 2021, lo anterior para llevar una mejor coordinación entre este municipio y dicho ministerio, solicito la posibilidad de realizar una programación en forma conjunta entre la administración municipal y esa institución para el periodo 2021 para la intervención de caminos en nuestro cantón. En uso de la palabra el Presidente Municipal-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: Es demasiado importante esta moción que está presentando el señor Leonardo Carrillo, este cantón cuenta con la sede Regional de Ministerio Transportes, pero el cartón no se ve tan beneficiado en el tema de obras en el cantón, entonces si es importante que nos de uniforme de los trabajos realizados. 179 AL AD DE GUACIMO AUDITORIA INTERNA
180 AUDITORIA INTERNA Acta N*% 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 32 En uso de la palabra el Reg. Wilberth Carrillo Navarro, dice: Siempre que se pasa se ve bastante material, más bien cada día amontonan mas y más. En uso de la palabra la Reg. Alejandra Lopez Lee, dice: eso se lo llevan para Siquirres, esa funcionaria se dedica a llevarse ese material para lo que es lado de Siquirres y Matina, y eso lo vengo diciendo desde el año pasado, porque yo lo vi y ahí hay gente del mismo MOPT que me dicen que es increíble que el material que se estoquea en el Cantón de Guácimo sea trasladado para esos lugares cuando Debería ser aquí ando aquí se lo dijimos a ella también, el Concejo pasado ahí sentada se lo dijimos porque las cosas no quedan en Guácimo y ella dice que son programaciones que las mandan, yo sinceramente me quedé disconforme esa vez con lo que ella dijo, con las malas lenguas dicen que algunos hay intereses por ahí no sé hasta dónde, ella se llama Mónica si no me si no me equivoco Mónica González deberíamos de volvera llamar aquí y decirle queremos ver eso que estás estoqueado ahí que es cualquier cantidad como dice Carrillo aquí en el cantón Y ahí tal vez con esa con eso de esa invitación de Mata, hacérselo saber a él. En uso de la palabra el Reg. Nelson Lobo Rodríguez, dice: Porque mejor no nos vamos arriba porque no lo convocamos al Ministro a una sesión extraordinaria al Sr. Rodolfo Mendez Mata. En uso de la palabra el Presidente Municipal-Reg. José Leoncio Orozco Peraza, dice: en primera instancia vamos a aprobar la moción presentada por el señor Leonardo Carrillo y en segunda instancia vamos a hacer una invitación a esta señora Mónica Gonzalez para que nos dé también ella personalmente de las obras que se están realizando en el cantón personalmente para el 2021 y así el cantón de Guácimo se estere de lo que está sucediendo ver tema también ella personalmente de las obras que está realizando en el cantón personalmente del 2019 y que tiene proyectado para el 2021, invitarle invitarla y que yo nos indique que día ella puede, se requiere de que venga y que nos dé es de urgencia estaban esperando que ella tenga disposición no nosotros como gobierno local exigimos y alguna otra forma que nos den ese informe y Con todo el respeto deben de brindarnos, Sería para la primera sesión del año 2021. Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al Ingeniero Rodolfo Mendez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transporte, así como la Directora Regional de ese Ministerio, se nos informe los trabajos realizados e intervenidos por ese Ministerio en nuestro cantón en los últimos años, así como la programación para el próximo año 2021, lo anterior para llevar una mejor coordinación entre este Municipio y dicho Ministerio, solicito la posibilidad de realizar una programación en forma conjunta entre la Administración Municipal y esa institución para el periodo 2021 para la intervención de caminos en nuestro cantón. Así mismo, Convocar respetuosamente a la Ing. Mónica González Miranda - Directora Regional del MOPT, para que se presente a la sesión ordinaria del día 05 de enero del 2021 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta Municipalidad con el propósito de que brinde un informe a este Órgano Colegiado de las obras que se están realizando en el cantón de Guácimo y la programación para el año 2021. Acuerdo NY Catorce. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 22. Se dio lectura a moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza de fecha 04-12- 2020, dice: CONSIDERANDO: Que se esta instalando un nuevo equipo de audio en esta municipalidad y se esta detectando que no se cuenta con un buen internet.
Acta N“ 74-2020 S.E. N% 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 33 MOCIONO: Para que se gestioné un internet para el buen manejo del equipo del Concejo Municipal, más capacidad de la que hay actualmente. Conocida la moción, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes González-Alcalde Municipal moción presentada por el Reg. José Leoncio Orozco Peraza para que interponga sus buenos oficios con el fin de que se gestione un internet con mayor capacidad en el área del Concejo Municipal para darle un mejor manejo del equipo de audio de la sala de sesiones ya que requiere de una mayor capacidad. Acuerdo N* Quince. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 23. En uso de la palabra el Presidente Municipal- Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, dice: Voy a presentar moción verbal, dice: Quiero solicitarle considerando de esta nueva implementación del Reglamento del INVU, yo les pase compañeros vía WhatsApp les pase una información del Registro Nacional de que el Registro Nacional está dejando sin efecto la aplicación de este reglamento porque tiene carencia y hay que modificar varios incisos de la ley del registro y viendo que también la municipalidad en la Federación de municipalidades y la de Alajuela presentó una acción de inconstitucional en contra este reglamento. Mociono para qué nuestra municipalidad y el departamento legal de parte del Concejo conjuntamente con el departamento legal de la administración presenten un recurso de coadyuvancia en contra de este reglamento de INVU esto con el fin de que nosotros como regidores de este cantón debemos de velar de que no atropellen a nuestros munícipes y si alguien quiere referirse al tema si vas a levantar la mano por favor de forma unánime Conocida la moción verbal, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Solicitarle al MSc. Roy Alberto Castro Astúa- Asesor Legal del Concejo Municipal y al Lic. Danny Arguello Morales-Asesor Jurídico a.i. de la Municipalidad de Guácimo presentar conjuntamente un recurso de coadyuvancia en contra de este reglamento de INVU esto con el fin de que nosotros como regidores de este cantón debemos de velar de que no atropellen a nuestros munícipes. (Debiendo presentar criterio legal a este Órgano Colegiado). Acuerdo NC Dieciséis. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. 24. En uso de la palabra el Presidente Municipal- Reg. Jose Leoncio Orozco Peraza, dice: Voy a presentar moción verbal para que el día miércoles 09 de diciembre 2020 se presenten dos representantes de la Asociación de Desarrollo Integral de Iroquois con el fin de que participen para este día que se le convoco al Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo de la EARTH. Conocida la moción verbal, se acuerda: En vista de que se invitó al Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo Rector de la Universidad EARTH a presentar informe con respecto al despido masivo de funcionarios que dicha institución que se realizó en días atrás afectando muchas familias de la comunidad a raíz de la solicitud presentada por la Asociación de Desarrollo Integral de Iroquois. Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Convocar a dos representantes de la Asociación de Desarrollo Integral de Iroquois a participar de la sesión extraordinaria para el día miércoles 09 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de la Municipalidad. Acuerdo N' Diecisiete. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. ALIDAD DE GUACHÍO AUDITORIA INTERNA
182 'ALADAD DE GUACIMO Sy: AUDITORIA JN INTERNA Acta N“ 74-2020 S.E. N“ 26-2020 Fecha: 04-12-2020 Pág. N.2 34 Así mismo, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad, acuerda: Convocar al MSc. Roy Castro Astúa- Asesor Legal del Concejo Municipal de Guácimo a participar de la sesión extraordinaria del miércoles 09 de diciembre del 2020 a las 3:30 pm en el salón de sesiones de esta Municipalidad con el fin de asesorar en el tema del sistema laboral con respecto a lo planteado en el informe que va a presentar el Sr. Arturo Condo-Rector Tamayo -Rector de la Universidad EARTH conforme al despido masivo de funcionarios de dicha institución. Acuerdo N% Dieciocho. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. En uso de la palabra el Reg. José Leoncio Orozco Peraza-Presidente Municipal, dice: Bueno sin más por el momento se termina la sesión, muchas gracias. Concluye la sesión el Presidente Municipal, Reg. José Leoncio Orozco Peraza, siendo las diecisiete horas, con cinco minutos. Cintya Solano Quirós Secretaria