Ordinaria 98 · 2026-03-17
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 98 del 2026-03-17 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) ACUERDO N°1. Ratifican en todas sus partes el acta extraordinaria 32-26 los concejales, Minor Centeno, Rafael Duran, Carlos Mauricio Duarte, Denia Vil…
- Acuerdo 2 (pág. 2) ACUERDO N°2. Ratifican en todas sus partes el acta ordinaria 97-26 y el acta extraordinaria 32-26 los concejales, Minor Centeno, Rafael Duran, Carlos …
- Acuerdo 5 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 8 (pág. 5) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº8 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME.…
- Acuerdo 3 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1 Convalidar el acuerdo N°8 tomado en la sesión Ordinaria número 137-18, artículo IX, inc…
- Acuerdo 3 (pág. 9) · unanime ACUERDO N°3 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “3.1 Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión p…
- Acuerdo 4 (pág. 10) · unanime ACUERDO N°4 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “4.1 Modificar el orden del día. 4.2. Incorporar consecutivamente el art…
- Acuerdo 5 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°5 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “5.1 Aprobar la solicitud del Ing. Franklin Obregón Zamora, presentada m…
- Acuerdo 6 (pág. 17) · unanime ACUERDO N°6 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “6.1 Aprobar el apoyo positivo al expediente N.° 25411 “LEY PARA GARANTI…
ACTA 98-26
16/03/2026
ACTA N° 098– 2026
PERIODO CONSTITUCIONAL
2024-2028
ACTA NÚMERO NOVENTA Y OCHO - DOS MIL VEINTISEIS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECISIETE DE
MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIECIOCHO HORAS CON SEIS MINUTOS EN LA
CASA CULTURA, COBANO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Minor Centeno Sandi.
PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE
Olga Moncada Ledezma
CONCEJALES PROPIETARIOS
Francisco Madrigal Céspedes
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Denia Villalobos Barahona
Angie Bonilla Santana
CONCEJALES SUPLENTES
Diana Salas Ibarra
Rafael Angel Duran Baltodano
Mario Delgado Rodriguez
Ivania Prendas Quesada
INTENDENTE
Lic. Ronny Montero Orozco
VICE INTENDENTA
Msc Zulay Mora Jimenez
ASESORA LEGAL
Lic. Aralyn Villegas Ruiz
SECRETARIA a.i.
Paz Zúñiga Pérez
ENCARGADO DE TRANSMISION
Diego Céspedes Núñez
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la viceintendente Zulay Mora Jimenez
ACTA 98-26
16/03/2026
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Ratificación acta extraordinaria 32-26
Se somete a votación el acta extraordinaria 32-26 en la que estuvieron presentes los
concejales Minor Centeno, Rafael Durán, Carlos Mauricio Duarte, Denia Villalobos, Ivania
Prendas, Mario Delgado, Francisco Madrigal, Angie Bonilla, Olga Moncada y Diana Salas.
ACUERDO N°1. Ratifican en todas sus partes el acta extraordinaria 32-26 los concejales,
Minor Centeno, Rafael Duran, Carlos Mauricio Duarte, Denia Villalobos, Ivania Prendas,
Mario Delgado, Francisco Madrigal, Angie Bonilla, Olga Moncada y Diana Salas.
b. Ratificación acta ordinaria 97-26
Se somete a votación el acta ordinaria 97-26 en la que estuvieron presentes los concejales
Minor Centeno, Rafael Duran, Carlos Mauricio Duarte, Denia Villalobos, Ivania Prendas,
Francisco Madrigal, Angie Bonilla, Olga Moncada y Diana Salas.
ACUERDO N°2. Ratifican en todas sus partes el acta ordinaria 97-26 y el acta
extraordinaria 32-26 los concejales, Minor Centeno, Rafael Duran, Carlos Mauricio Duarte,
Denia Villalobos, Ivania Prendas, Mario Delgado, Francisco Madrigal, Angie Bonilla, Olga
Moncada y Diana Salas.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
JURAMENTACIÓN
a. Se recibe para su debida juramentación a las señoras:
Dunia Campos Salas cédula 6 0271 0489
Adriana Picado Gutiérrez cédula 2 0652 0616
Quienes fueron nombradas miembros de la Junta Administrativa de la Escuela de San Isidro, en
la sesión ordinaria 97-26 del día diez de marzo del dos mil veintiseis. Procede a la Juramentación
el Presidente Municipal según el juramento constitucional sancionado en el artículo 194, que dice:
-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la
República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude,
y si no, Él y la Patria os lo demanden”. Una vez juramentada los señores se retiran.
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ASUNTOS JURÍDICOS
ASUNTO. CADUCIDAD DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, INSTAURADO A LA
SOCIEDAD DENOMINADA CUARTEL MONTE Y VALLE S.A.
DICTAMEN DE COMISIÓN
ACTA 98-26
16/03/2026
Acta número cero veintidós- dos mil veintiséis de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos, celebrada
el día once de marzo a las dieciséis horas en la Oficina de Talento Humano de este Concejo Municipal.
Presentes los miembros: Minor Centeno Sandi, Ivania prendas Quesada, y los asesores Diego Céspedes
Núñez Coordinador Talento Humano y Licda. Aralyn Villegas Ruiz Abogada Municipal. Ausente: Mario
Delgado Rodriguez
DOCUMENTOS ANALIZADOS
Pase CMC-S-050-2026
OFICIO ALCC-010-2026
OFICIO CMDCAL 017-2025
LEY GENERAL DE ADMINISTRACION PUBLICA # 6227
CONSIDERANDO:
Que la Administracion ha trasladado al Concejo por medio de OFICIO ALCC-010-2026 la
“Caducidad de Procedimiento Administrativo, instaurado a la sociedad
denominada Cuartel Monte y Valle S.A, que dice:
PRIMERO: La Sra. Ligia Flores Guevara, con número de cédula de identidad 1-0659-0946, en
calidad de apoderada especial de la empresa Cuartel Monte y Valle S.A., con cédula jurídica
3-101-118866, presenta solicitud de caducidad El pasado 17 de junio 2025, en escrito a la
Intendencia Municipal de este Concejo de Distrito, para solicitar que se proceda con la
aplicación de la caducidad del expediente No. 003-ODPA-CMDC-IM-19 sobre el Proceso
Ordinario Administrativo Disciplinario que se le hicieron a Cuartel Monte y Valle S.A., por parte
de la administración de este Concejo de Distrito, con base al artículo 340 de la Ley General
de la Administración Pública, que indica textualmente actualmente:
“Artículo 340.- 1. Cuando el procedimiento se paralice por más de seis meses en virtud de
causa, imputable exclusivamente al interesado que lo haya promovido de o a la Administración
que lo haya iniciado, de oficio o por denuncia, se producirá la caducidad y se ordenará su
archivo, a menos que se trate del caso previsto en el párrafo final del artículo 339 de este
Código. (Modificado este inciso mediante Ley N. 8508 de 28 de abril del 2006, publicada en
La Gaceta N. 120, Alcance 38 de 22 de junio del 2006, que entró a regir el 1 de enero del
2008).
2. No procederá la caducidad del procedimiento iniciado a gestión de parte, cuando el
interesado haya dejado de gestionar por haberse operado el silencio positivo o negativo, o
cuando el expediente se encuentre listo para dictar el acto final. (Modificado este inciso
mediante Ley N. 8508 de 28 de abril del 2006, publicada en La Gaceta N. 120, Alcance 38 de
22 de junio del 2006, que entró a regir el 1 de enero del 2008)
3. La caducidad del procedimiento administrativo no extingue el derecho de las partes; pero
los procedimientos se tienen por no seguidos, para los efectos de interrumpir la prescripción.”
(Adicionado este inciso mediante Ley N. 8508 de 28 de abril del 2006, publicada en La Gaceta
N. 120, Alcance 38 de 22 de junio del 2006, que entró a regir el 1 de enero del 2008)”
SEGUNDO: En Concejo Municipal, aautoriza a la Intendencia para que inicie el procedimiento
de contratación de servicios profesionales en derecho para la atención de Cuatro órganos
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del procedimiento administrativo disciplinario en materia de Zona Marítimo Terrestre,
mismo acuerdo que indica:
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión Ordinaria
número 188-19, artículo IX, inciso c, del día tres de diciembre del Año 2019, a las diecisiete horas en la sala
de sesiones de este Concejo, que dice:
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido OFICIO IC-697-2019 correspondiente a decisión inicial para contratación de
servicios profesionales en derecho para la atención de Cuatro órganos del procedimiento
administrativo disciplinario en materia de Zona Marítimo Terrestre
Que estos expedientes, con presuntas infracciones en Zona Marítimo Terrestre con una alta
complejidad, y que los abogados propios de la administración ya han atendido denuncias previas
sobre estos concesionarios Y realizados procedimientos sobre estos mismos casos y han realizados
investigaciones preliminar, por lo que no es recomendable, que en estos casos específicos integren
ninguno de los Órganos del Procedimiento Administrativo y resulta imposible atender las exigencias
propias de los órganos administrativos y continuar con los asuntos cotidianos, que podrían
contaminar el proceso de cada órgano por los diferentes procesos que se investigan.
Que el objeto de esta decisión es la contratación de servicios profesionales de una persona física o
jurídica que constituya un órgano para la atención de 4 procedimiento administrativo disciplinario en
materia de Zona Marítimo Terrestre, para determinar las posibles infracciones a diversas normas
jurídicas vigentes y que recomiende lo procedente en el caso.
Que el monto aproximado para esta contratación es de seis millones de colones con 00/100
(¢6.000.000,00) de la partida presupuestaria PII ZMT 1-04-02 de lo cual consta la firma de la
encarada de presupuesto indicando la existencia del contenido presupuestario
ACUERDO Nº5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
5.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el procedimiento de contratación de servicios profesionales en
derecho para la atención de Cuatro órganos del procedimiento administrativo disciplinario en materia de
Zona Marítimo Terrestre, por un monto total de seis millones de colones con 00/100 (¢6.000.000,00) de la
partida presupuestaria PII ZMT 1-04-02 de lo cual consta en la decisión inicial la firma de la encarada de
presupuesto indicando la existencia del contenido presupuestario”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
TERCERO: En sesión Ordinaria número 137-18, artículo IX, inciso b, del día 11 de diciembre del
2018, el Concejo acuerda adjudicar la Contratación Directa 2018CD-000099-01 “Contratación
de los Servicios Profesionales de uno o varios abogados para que se desempeñe como
órgano director en diferente procedimiento ordinario administrativo” a la Sra. Alba Iris Ortiz
Recio. Por un monto total de seis millones de colones con 00/100 (¢6.000.000,00), el acuerdo
indica:
CONSIDERANDO:
Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto final de la Contratación Directa Nº
2018CD-000099-01 “Contratación de los Servicios Profesionales de uno o varios abogados
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para que se desempeñe como órgano director en diferente procedimiento ordinario
administrativo”
Que cerrado el periodo de ofertas se presentó la siguiente oferta al concurso:
ALBA IRIS ORTIZ RECIO
Que luego de realizada la evaluación correspondiente a la oferta admitida se determinó
que este cumple con todos los requisitos solicitados por parte de la Intendencia.
Que se procedió a verificar que cumpliera con los requisitos establecidos en el cartel y que se
encontrara al día con la CCSS y FODESAF
Que luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se
determinó que cumple con todos los requisitos solicitados.
Que la Proveeduría recomienda se adjudique a Alba Iris Ortiz Recio las líneas Nº 1, 2, 3 y 4.
ACUERDO Nº8
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba
en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
8.2. Adjudicar la Contratación Directa 2018CD-000099-01 “Contratación de los Servicios Profesionales de uno
o varios abogados para que se desempeñe como órgano director en diferente procedimiento ordinario
administrativo” a la Sra. Alba Iris Ortiz Recio. Por un monto total de seis millones de colones con 00/100
(¢6.000.000,00), según se detalla: ****
Línea Nº1 Servicios profesionales para realizar proceso de nulidad de un acuerdo absolutamente nulo
artículo 65, por recurso extraordinario de revisión. ¢1.500.000,00. ***
Línea Nº2 Servicios profesionales para realizar órgano administrativo por infracciones en construcciones en
terrestre ¢1.500.000,00***********************************
Línea Nº3. Servicios profesionales para realizar órgano administrativo por construcción de baños sin
permisos municipales en zona marítimo terrestre ¢1.500.000,00***********
Línea Nº4. Servicios profesionales para realizar órgano administrativo por construcciones ilegales en zona
marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
CUARTO: En sesión Ordinaria número 164-2019, artículo VII, inciso a, del día 18 de junio del Año
2019, el Concejo Municipal acuerda Convalidar el acuerdo N°8 tomado en la sesión Ordinaria
número 137-18, artículo IX, inciso b, del día 11 de diciembre del Año 2018, además delegar
en el intendente Municipal las resoluciones de apertura de los procedimientos
administrativos y la resolución de actos de mero trámite, acuerdo que indica:
CONSIDERANDO:
Que en sesión Ordinaria número 137-18, artículo IX, inciso b, del día once de diciembre del Año
Dos Mil Dieciocho se adjudicó la Contratación Directa Nº 2018CD-000099-01 “Contratación de los
Servicios Profesionales de uno o varios abogado para que se desempeñe como órgano director en
diferentes procedimiento ordinario administrativoContratación Directa Nº 2018CD-000099-01
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“Contratación de los Servicios Profesionales de uno o varios abogado para que se desempeñe como
órgano director en diferentes procedimiento ordinario administrativo a la Sra. Alba Iris Ortiz Recio
Que en dicho acuerdo se omitió delegar en la intendenta Municipal la resolución de la apertura de
los procedimientos administrativos y resolución de los actos de mero trámite,
Que en dicho acuerdo también se omitió manifestar la razón por la cual la secretaria del Concejo no
llevaría dichos procesos
Que es procedente poder convalidar actos que han sido omitidos, esto en razón de que la ley
otorga a la administración la posibilidad de rectificar los errores materiales o de hecho y los
aritméticos , a su vez el artículo 187 indica que el acto relativamente nulo por vicio y en la forma, en
el contenido o en la competencia podrá ser convalidado mediante uno nuevo que contenga la
mención del vicio y la de su corrección
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1 Convalidar el acuerdo N°8 tomado en la sesión
Ordinaria número 137-18, artículo IX, inciso b, del día once de diciembre del Año Dos Mil Dieciocho al tenor
de los artículos 157 y 187 de la Ley General de La Administración Pública y que se lea correctamente:
************************
De conformidad con el numeral 90 inciso e) de la ley general de la Administración Pública y en relación
con el numeral 53 del Código Municipal, la instrucción de un procedimiento administrativo este Concejo
puede delegarla en la figura de la Secretaria Municipal, sin embargo este concejo considera que ésta no
es la persona idónea para llevar procedimientos de órganos administrativos en asuntos de Zona Marítima
Terrestre por la complejidad de los asuntos y donde está de por medio la posibilidad de cancelación de
concesiones y considera necesario exonerar a la secretaria del Concejo por no tener la capacidad ni el
conocimiento para llevar un procedimiento como estos y se designa como adjudicataria del proceso de
contratación Nª 2018CD-000099-01 contratación de servicios profesionales de uno o varios abogados para
que se desempeñe como Órgano Director en diferentes Procedimientos Ordinarios administrativos a la Lcda.
Alba Iris Ortiz Recio, cedula de identidad Nº 302850594. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
3.2. Delegar en la intendenta Municipal las resoluciones de apertura de los procedimientos administrativos
y la resolución de actos de mero trámite. ACUERDO UNAIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
3.3 Indicar que la presente convalidación tiene efectos retroactivos. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
QUINTO: Según hace constar el departamento de ZMT el expediente que se encuentra en custodia
de este departamento, el cual consta de 170 folios, y hasta donde se tiene conocimiento es el único
que existe, la última actuación registrada dentro del expediente es del 17 de octubre de 2019.
Dicha actuación corresponde al oficio CMS-435-2019, que contiene la transcripción del acuerdo
adoptado en la sesión ordinaria número 180-19. En dicho acuerdo se conoce el dictamen emitido
por la Comisión de Asuntos Jurídicos, el cual recomienda rechazar el recurso per saltum
interpuesto por Cuartel Monte y Valle S.A.
SEXTO: El artículo 340 de la Ley General de Administración Pública indica literalmente:
ACTA 98-26
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Artículo 340.-
1) Cuando el procedimiento se paralice por más de seis meses en virtud de causa,
imputable exclusivamente al interesado que lo haya promovido o a la Administración que lo haya
iniciado, de oficio o por denuncia, se producirá la caducidad y se ordenará su archivo, a menos
que se trate del caso previsto en el párrafo final del artículo 339 de este Código.
2) No procederá la caducidad del procedimiento iniciado a gestión de parte, cuando el
interesado haya dejado de gestionar por haberse operado el silencio positivo o negativo, o cuando
el expediente se encuentre listo para dictar el acto final.
3) La caducidad del procedimiento administrativo no extingue el derecho de las partes; pero
los procedimientos se tienen por no seguidos, para los efectos de interrumpir la prescripción.
(Así reformado por el inciso 10) del artículo 200 del Código Procesal Contencioso-Administrativo,
Ley N° 8508 de 28 de abril de 2006)
SETIMO: Consta oficio emitido y notificado vía correo electrónico a MG. Alba Iris Ortiz Recio,
Órgano Director, Expediente N° 003- ODPA-CMDC-IM-19 Cuartel Monte y Valle Sociedad
Anónima, para que se refiriera a la caducidad, sin embargo, la Sra. Ortiz no respondió.
OCTAVO: El análisis del expediente le fue asignado a la asesoría legal de la administración, por
lo que consta el oficio Nº CMDCAL 017-2025, de la Licda Tatiana Espinoza Vilchez, quien
concluye:
En consecuencia, conforme al criterio de este Departamento, el expediente en cuestión se
encuentra caduco, en virtud de la inactividad atribuible al órgano director. Por tanto, valórese la
posibilidad de emitir una resolución administrativa, mediante la cual se resuelva la solicitud de
caducidad presentada por la empresa Cuartel Monte y Valle S.A.
Sin embargo, siendo que el Concejo Municipal, como Órgano Colegiado, es quien tiene la facultad,
de otorgar y cancelar concesiones normadas en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043,
corresponde a este Órgano ordenar los procedimientos administrativos, para investigar la verdad
real de los hechos, así como ser el órgano decisor, es por ello que ante la falta de respuesta del
Órgano Director de referirse a la caducidad del procedimiento administrativo ordenado a la Sra.
Alba Iris Ortiz, cuyo Expediente es #003- ODPA-CMDC-IM-19 contra Cuartel Monte y Valle
Sociedad Anónima, corresponde al Concejo Municipal Decretar la caducidad del mismo, con
fundamento en la Ley General de Administración Pública N° 6227, en análisis del expediente y del
marco normativo, se desprende que el procedimiento administrativo en efecto se encuentra sin
movimiento y en completo abandono por parte del órgano director, por lo que es procedente según
el marco normativo, declarar la caducidad del mismo.
Ahora bien, aclara la suscrita que resolver la caducidad del procedimiento, no expensa a la
sociedad Cuartel Monte y Valle de que el Concejo vuelta a ordenar el mismo, ello en virtud de que
tal como dispone la ley 6043, las infracciones en materia de ZMT no prescriben.
Que esta comisión de Jurídicos junto con la Abogada Municipal la Licda Aralyn Villegas Ruiz y
la procedió a analizar la presente CADUCIDAD DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO, INSTAURADO A LA SOCIEDAD DENOMINADA CUARTEL
MONTE Y VALLE S.A
ACTA 98-26
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POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código
Municipal DICTAMINA, recomendar al Concejo:
Se declare la caducidad del procedimiento Administrativo con N° de Expediente N° 003- ODPA-
CMDC-IM-19, no expensa a la sociedad Cuartel Monte y Valle de que el Concejo vuelta a
ordenar el mismo, ello en virtud de que tal como dispone la ley 6043, las infracciones en materia
de ZMT no prescriben. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION ES TODO. Se somete a
votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
Ivania Prendas Quesada Minor Centeno Sandi
PRESIDENTA DE LA COMISION SECRETARIO DE LA COMISION
ANGIE: Saluda y agradece el espacio, solicita una explicación más resumida sobre el asunto, para
entender un poco más el caso y sobre todo para los seguidores en redes sociales.
PRESIDENTE: Expresa que el asunto se acaba de leer detalladamente, con todo el historial, en
donde han estudiado todas las variables para llegar a la conclusión sobre la caducidad en el caso
Cuartel Monte y Valle.
ANGIE: Nuevamente solicita que expliquen el caso y como llegaron a la resolución, como para
entender un poco más, ya que como la lectura es tan extensa ella deduce que los que lo siguen
por todas las redes sociales no ponen tanta atención, sobre todo para esas personas y también le
gustaría que el caso vaya a comisión de Zona Marítimo Terrestre para valorar el caso. Agradece.
PRESIDENTE: Considerada que el estudio y exposición del tema ha sido vasta y clara sobre los
puntos analizados para llegar a la conclusión de caducidad, sin embargo, le da la palabra a la
asesora legal Aralyn Villegas para que realice un resumen del caso.
ASESORA LEGAL: Agradece la atención de los presentes y de todos los que los siguen por las
diferentes redes sociales y doña Angie por la consulta, en donde aclara, que es una concesión en
zona marítimo terrestre que es el único lugar donde existen concesiones, cometió unas
infracciones, construcciones sin el debido permiso, a raíz de ellos, en el año 2019 se instauró un
procedimiento administrativo para investigar que pasaba.
Este procedimiento administrativo se instauró de acuerdo, al SICOP, mediante acuerdo, se revisó
el expediente y después de toda la revisión que hizo el conceso en esa época, se determinó Msc.
Alba Iris Rencio Ortiz, y se le asignó la resolución del caso, sin embargo, el expediente no volvió a
tener movimiento desde el 2019, es decir, la señora dejó abandonado el proceso, nunca se terminó
el procedimiento administrativo, entonces, lo que procedió es que la representada solicita que se
aplique la caducidad a ese procedimiento que de acuerdo a la Ley 6227, Ley General de
administración pública, articulo 340, y lo que le corresponde a la administración este caso, es dar
respuesta a esa solicitud de caducidad de la sociedad Cuartel Monte y Valle. Entonces lo que se
hace es estudiar cual fue el último movimiento que tuvo el expediente, y se llega a la conclusión
ACTA 98-26 16/03/2026 que desde el 2019 no se hizo nada, ni siquiera una audiencia a las partes, solo se asignó a la asesora, se pagó a la profesional, pero nada más. En lectura previa, leído dos veces, claramente describe, que al pasar más de 6 meses un procedimiento administrativo se declara caduco, sin más, se pausó el debido proceso por el órgano director nunca emitió criterio, por lo que nunca fue aprobado por el concejo en su momento. Por lo que después de analizado por la asesora legal de la administración y de este concejo y según la normativa, se determinó que está ya caducado, ya que no se puede ir contra el ordenamiento jurídico. Esa es la recomendación de la Comisión, analizados todos los criterios presentados en la revisión del expediente. DENIA: Lo declararon en caducidad, pero lo que no le queda claro, es ¿si fue culpa del administrado? ASESORA LEGAL: Correcto. No fue culpa de la administración. Se inició un proceso que no se puede seguir, se archiva el expediente. ANGIE: agradece la explicación, y consulta ¿qué es lo que prosigue, si se debe quitar la concesión? ASESORA LEGAL: resalta que lo, ante análisis expuesto previo, le compete a este Concejo, acordar si esta caduco o no el caso, aclara que se hace la observación en el análisis de todo expediente, de acuerdo a las normas de Zona Marítimo Terrestre, que un procedimiento caduco, no significa, que se borra la infracción, ya en una eventualidad, se podría volver a tema de análisis para decidir qué hacer con el expediente, hoy solo corresponde declarar la caducidad, ante la no localización de la Sra. Alba Iris, ya que no se puede cambiar de forma automática al órgano director, y ningún otro proceso, ya que el expediente tiene más de siete años de vencido. ANGIE: Agradece la explicación, e insiste en si se lleva a la comisión de zona marítimo terrestre. PRESIDENTE: Considerada que se ha analizado ampliamente el expediente, y lee nuevamente el dictamen de la comisión de asuntos jurídicos, posterior la espacio para consultar. MAURICIO: Agradece el espacio y saluda a los seguidores de redes sociales. Recalca que no ve mal volver a preguntar sobre lo mismo, expresa que el presidente conoce sobre el tema, pero si iba a hacer la misma solicitud que hizo la compañera Angie, de una explicación más amplia sobre el tema en cuestión. No ve el problema de extender la explicación más a fondo porque se supone que la comisión ha analizado el expediente, por eso la compañera solicita que, si alguno de la comisión podía hacer una explicación más directa, agradece la explicación de la licenciada y ahora si le queda muy clara la situación. PRESIDENTE: Aclara que no ve mal una explicación, pero que hay que poner más atención, porque no es que se supone, si se analizó responsablemente. ACUERDO N°3 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “3.1 Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión permanente de Asuntos Jurídicos.
ACTA 98-26
16/03/2026
3.2. Decretar la caducidad del procedimiento Administrativo de Expediente N° 003- ODPA-CMDC-
IM-19 a solicitud de la Sra. Ligia Flores Guevara, con número de cédula de identidad 1-0659-0946,
en calidad de apoderada especial de la empresa Cuartel Monte y Valle S.A., con cédula jurídica
3-101-118866, con fundamento en la Ley General de Administración Pública N° 6227, en análisis
del expediente y del marco normativo, se desprende que el procedimiento administrativo en efecto
se encuentra sin movimiento y en completo abandono por parte del órgano director, MG. Alba Iris
Ortiz Recio, por lo que es procedente según el marco legal.***
3.3. Evidenciar que resolver la caducidad del procedimiento, no expensa a la sociedad Cuartel
Monte y Valle de que el Concejo vuelta a ordenar el mismo, ello en virtud de que tal como dispone
la ley 6043, las infracciones en materia de ZMT no prescriben. ACUERDO UNANIME. Votan a
favor los Concejales Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal Céspedes, Minor Centeno Sandi,
Denia Villalobos Barahona y Carlos Mauricio Duarte Duarte.
PRESIDENTE: Presenta una moción de orden para modificar el orden del día debido al inasistencia
inicial de una de las exponentes de la audiencia programada.
ACUERDO N°4
Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “4.1 Modificar el orden
del día. 4.2. Incorporar consecutivamente el artículo III. Audiencias y Juramentaciones para
audiencia de las solicitantes Valentina Massaferro y Jennifer Anne Harter Aden, vecinas de Mal
País-Santa Teresa. 4.3. Continuar con el correspondiente orden del día. ACUERDO UNANIME.
Votan a favor los concejales Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal Céspedes, Minor Centeno
Sandi, Denia Villalobos Barahona y Carlos Mauricio Duarte Duarte.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
AUDIENCIAS
a. Se recibe a las señoras Valentina Massaferro cédula: 138000202929 y Jennifer Anne
Harter Aden cédula: 111930711. Miembros de la ADI Mal País-Santa Teresa. ASUNTO:
Manifestación formal de desacuerdo y solicitud de no aprobación de permisos – Proyectos
JENNIFER: Se presenta y presenta a la señora Valentina, quienes son miembros de la ADI Mal
país- Santa Teresa, quienes vienen en representación de varias asociaciones de la comunidad
ambientales y sociales, el tema en cuestión es: el proyecto de una gasolinera en el centro de playa
Carmen, frente a la Bakery en Zona Marítimo Terrestre. Leen la carta que traen, detallada a
continuación:
ACTA 98-26 16/03/2026
ACTA 98-26
16/03/2026
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. OFICIO N.º INT-085-2026. ASUNTO: INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA
INTENDENCIA MUNICIPAL DEL 11 DE MARZO AL 17 DE MARZO 2026
Estimados señores:
Por medio de la presente les saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, a la vez, me
permito presentarles el informe correspondiente.
Calles:
Atención de la calle Camaleón a Delicias FINALIZADA
Atención de calle Delicias se inició y se coordinó con comité de caminos y ASADA
Se realiza conformación con agua del material en la calle Pura Vida
Se atendió calle florida pánica con limpieza y conformación y posicionamiento de alcantarillado
Se continua con el proyecto de construcción de adoquinado en hermosa
Miércoles 11 de marzo
Se atendió la sesión con la FECOMUDI,
Se realizaron varias inspecciones de proyectos y caminos
Jueves 12 de marzo
Se atendió reunión con el contador nacional
Se atendieron varas reuniones programadas
Viernes 13 de marzo
Se atendió reuniones ya agendadas de diferentes temas municipales
Se atendió medios que solicitaron presencia e la intendencia en el Circuito Nacional de Surf
Sábado 14 de marzo
Estuvimos presentes en la actividad de Boxeo de San Isidro, felicitar a los organizadores fue todo un éxito,
agradecer al comité de deportes, a la asociación de desarrollo, a la asociación ACOBOX, a la asociación de
desarrollo integral de san isidro y al comité comunal de deportes de san isidro
Estuvimos presentes fiscalizando la realización del evento del segundo día de circuito nacional de surf.
Domingo 15 de marzo
Estuvimos en las finales del circuito nacional de surf, agradecer a todos los locales que participaron y felicitar
una vez más a kimany, kalana, dencell, Samuel Montoya en Master y el ganador del primero lugar en open
Anthony Fillingin
Lunes 16 de marzo
Se acudió a fiscalía de Cóbano para temas legales
Se atendió a la Asociación de desarrollo de Bello Horizonte
Se atendieron inspecciones programadas de campo
Martes 17 de marzo
Se realiza inspección con departamento de vías, zmt y ACH
ACTA 98-26
16/03/2026
Se realiza reunión de coordinadores
b. Ing. Franklin Obregón Zamora. Encargado de GESTION VIAL. OFICIO N° INGV-054-
2027. ASUNTO. Solicitud autorización corta de árboles Montezuma.
Por medio de la presente le saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, asimismo,
indicarle que se inició con la apertura de la calle en Montezuma contiguo al Parque. Donde se va
intervenir un tramo de 80 metros lineales aproximadamente, con el fin de habilitar dicha vía.
Cabe destacar que para corta de árboles ubicados en el derecho de vía pública, se ampara a la Ley
5060 Ley General de Caminos Públicos que cita lo siguiente en el Artículo 2 bis:
“Articulo Único- Se reforma el artículo 2 bis de Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de
agosto de 1972. El texto es el siguiente: Artículos 2bis- Los entes públicos competentes para la
ejecución de obras de mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal o nacional existente
tendrán la potestad para remover en virtud del interés público, sin previa autorización de las instancias
competentes del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), todo obstáculo situado en el derecho de
vía legalmente constituido. Esta potestad incluida las áreas de protección de ríos y quebradas que se
encuentren en el derecho de la vía pública, siempre y cuando dichos obstáculos representen un riesgo
para la estabilidad estructural de puentes, vías, o sea, contrario a los fines para los que el derecho de
vía ha sido creado, y que se notifique al MINAE de la situación”
En visita realizada al sitio, se constató que realmente amerita la corta de los árboles para lograr el ancho
deseado. La inspección se realizó mediante recorrido en el sitio, aplicando observación directa y
medición del diámetro de cada especie, además se identificó los diferentes árboles en sitio. Estos árboles
se encuentran en el derecho de vía y si es necesario cortarlos. Las especies se en listan en la siguiente
tabla donde se indica el diámetro de cada árbol a la altura del pecho.
Item Nombre Común Diámetro cantidad
1 Balso 80 y 85 cm 2
2 Malinche 70 cm 1
3 Madroño 60 cm 1
Apertura de Calle
para mejor la
circulación vial,
con el fin de
minimizar el caos
vial
ACTA 98-26
16/03/2026
Por lo tanto, se le solicita al honorable Concejo tomar acuerdo para que este Departamento, pueda
notificar al SINAC de dicha corta y del aval, por parte del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano para
iniciar con la construcción de la calle adoquinada en Montezuma, se adjunta dos recursos de amparo Exp:20-
003867-0007-CO y Exp:20-011494-0007-CO, referente al tema de la calle.
Sin más por el momento se suscribe;
Franklin Obregón Zamora
Ingeniería vial
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
Cc. Archivo / Intendencia
RONNY: Aclara que actualmente, cuando un árbol está en derecho de vía, es potestad de la
municipalidad notificar al SINAC su corta, no solicitar permisos, como anteriormente se realizaba,
debido a la modificación de la ley de caminos, así agilizar procesos.
CONSIDERANDO:
1. Que se ha conocido OFICIO INGV-054-2027 emitido por el Ingeniero vial donde amparado
bajo la “Ley General de Caminos Públicos” Ley 5060, artículo 2 bis, solicita autorización
para la corta de cuatro árboles ubicados en calle pública contiguo al Parque de Montezuma,
en pleno derecho de vía pública. ***
ACUERDO N°5
Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “5.1 Aprobar la solicitud
del Ing. Franklin Obregón Zamora, presentada mediante OFICIO N° INGV-054-2027, donde
amparado bajo la “Ley General de Caminos Públicos” Ley 5060, articulo 2 bis, solicita la corta de
cuatro árboles ubicados en calle pública contiguo al Parque de Montezuma, en pleno derecho de
vía pública. ***
5.2. Autorizar al encargado del departamento de ingeniería vial para que notifique al SINAC sobre
el Visto bueno de este Concejo, en su calidad de ente público competente con potestad para
ACTA 98-26 16/03/2026 remover obstáculos situados en el derecho de vía en virtud del interés público del mejoramiento de la red vial distrital. *** 5.3. Dar aval al departamento de ingeniería vial para iniciar con la construcción de la calle adoquinada en Montezuma contiguo al parque. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los concejales, Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal Céspedes, Minor Centeno Sandi, Denia Villalobos Barahona, y Carlos Mauricio Duarte Duarte. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO. CONSULTAS AL INTENDENTE MAURICIO: Tiene tres consultas: ¿qué posibilidad hay que se pueda poner un tipo de reductor de velocidad en playa Carmen? Justificado en las altas velocidades de los vehículos que la transitan y salvaguardar a los transeúntes. A solicitud de una vecina de San Isidro, si le puede brindar una audiencia con el intendente para exponer un proyecto muy bonito que le presentaron a él y le pasaría el contacto para que se comunique directamente con ella. ¿Cuál sería la respuesta a la moción que el señor Mauricio presentó con anterioridad sobre las dos propiedades que tenían que pasar al departamento legal? RONNY: Punto uno: el ingeniero Municipal expone que cerca de un cruce hay que respetar cierta cantidad de metros, y que de momento no se cuenta con el material para hacer el reductor de velocidad, cuando se tenga el material, el verificaría medidas del sitio, otro punto relevante, es que colocar un reductor de velocidad en una vía altamente transitada podría ser contraproducente, y propiciar congestión vehicular, sobre todo en temporada alta, sin embargo, en conversación con los técnicos en la materia se llegó a la conclusión que es en temporada baja, noche y madrugada cuando se presentan la mayor cantidad de accidentes en ese sector, por lo tanto habría solo habría que esperar contenido presupuestario para hacer los reductores requeridos. Puntos dos: Lo de la audiencia, no hay problema, solo se lo indica. Punto tres: lo de las propiedades, en esta semana, en visita en Zona Marítimo Terrestre fue para esos dos puntos, solo falta verificar a SINAC si las propiedades no son afectadas por patrimonio natural o por costo, posteriormente se le pueda dar una respuesta al Concejo y tome la consideración que corresponda. FRANCISCO: Solicita que el trinco ubicado en la entrada de la PURA VIDA, en Florida, sea removido, ojalá pronto, ya que representa un peligro. RONNY: Ya se le hizo la revisión la semana pasada y se espera que la próxima semana, de parte de la empresa privada que brinda servicios de maquinaria a la Municipalidad tenga disponibilidad de una pala, para que la próxima semana, primero el back hoe pueda remover las raíces y sino, tener la pala a disponibilidad y utilizarla en caso de ser necesaria, ya que su costo es elevado, además, ya se le coordinó con el ICE lo del trabajo, por lo del tendido eléctrico.
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MARIO: Está preocupado por el asunto de la ambulancia Paquera-Puntarenas, ya que
actualmente, los pacientes graves se trasladan a Nicoya, posteriormente a Puntarenas, lo que
hace que se pierda mucho tiempo vital. Que se pueda hacer entre las dos intendencias, Cóbano y
Paquera, ¿para activar nuevamente el servicio?, Situación que ya ha tenido sus víctimas mortales.
PRESIDENTE: Los peninsulares de escasos recursos económicos pasan penurias cuando los
trasladan a Nicoya, ya que es una ruta menos concurrida y sin servicios de transporte público entre
Nicoya y Cóbano, en comparación con Puntarenas, y cuenta la anécdota de una paciente.
ANGIE: Estoy en la Junta de Salud, actualmente presido, en suplencia del presidente propietario,
quien actualmente está enfermo, me corresponde asistir a Puntarenas, el tema de la patrullera ya
se expuso y se encuentra en trámite la compra de una nueva porque la Península dispone mucho,
cuando se tenga más avances se estará informando.
RONNY: Reunión que se tuvo con la presidencia ejecutiva de la CCSS, se indicaron: uno. La
lancha no tenía reparación, se le quebró el casco, no solo era comprar motores. Y otra cosa, es
que ya había salido a concurso por primera vez, en concurso participo la gente de guardacostas,
quienes tienen un técnico que les puede brindar la asesoría para conseguir una lancha con todas
las características necesarias y que sea rápida, en SICOP, se puede ver el proceso de la compra.
Además, presidenta ejecutiva envió una carta al director del hospital de Nicoya para que atienda
en igualdad de condiciones a los pacientes peninsulares, el director de Nicoya respondió que iban
a realizar lo posible por regularizar la atención. Bueno, que la junta de la salud se involucre.
MARIO: Recalca, que se puede hacer para agilizar el proceso de la compra.
RONNY: expone lo que menciona don Mario, que la burocracia es mucha, pero pregunta que, si
se puede hacer que se aligere el proceso de la compra, se está esperando la información sobre la
respectiva consulta del estado de la compra de la lancha, lo cual queda en compromiso por
consulta por el Intendente.
Invita a los concejales para que realicen una moción o acuerdo donde se le solicite
a la presidencia ejecutiva de la CCSS, que esto del tema de la lancha es una necesidad urgente.
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Asamblea Legislativa. Guiselle Hernández Aguilar. Oficio: AL-CPEMUN-1078-2026
ASUNTO: Consulta del Expediente N.° 25411 “LEY PARA GARANTIZAR LA
RESOLUCIÓN OPORTUNA DE VETOS MUNICIPALES: REFORMA AL ARTÍCULO 167
DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.º 7794, DEL 30 DE ABRIL DE 1998.
ACTA 98-26
16/03/2026
CONSIDERANDO:
♦ Que se ha conocido consulta al expediente N°25.411 “LEY PARA GARANTIZAR LA
RESOLUCIÓN OPORTUNA DE VETOS MUNICIPALES: REFORMA AL ARTÍCULO 167
DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.º 7794, DEL 30 DE ABRIL DE 1998
ACUERDO N°6
Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “6.1 Aprobar el apoyo
positivo al expediente N.° 25411 “LEY PARA GARANTIZAR LA RESOLUCIÓN OPORTUNA DE
VETOS MUNICIPALES: REFORMA AL ARTÍCULO 167 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.º 7794,
DEL 30 DE ABRIL DE 1998. ***
6.2. Notificar a la señora Guiselle Hernández Aguilar sobre la decisión de este Concejo Municipal.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los concejales, Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal
Céspedes, Minor Centeno Sandi, Denia Villalobos Barahona, y Carlos Mauricio Duarte Duarte.
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
**************************************************U.L.****************************************************
PRESIDENTE. Sin mas asuntos por tratar se cierra la sesión al ser las diecinueve horas con
cuarenta y siete minutos. Buenas Noches
Sr. Minor Centeno Sandi Srita. Paz Zúñiga Pérez
PRESIDENTE SECRETARIA a.i.