Ordinaria 92 · 2026-02-03
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 92 del 2026-02-03 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) ACUERDO N°1. Ratifican en todas sus partes el acta ordinaria 91-26 los concejales, Francisco Madrigal, Angie Bonilla, Mario Delgado y Olga Moncada. AR…
- Acuerdo 2 (pág. 7) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°2 Con cuatro votos a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME…
- Acuerdo 3 (pág. 11) · unanime · firme ACUERDO N°3 Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIR…
- Acuerdo 4 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°4 Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIR…
- Acuerdo 5 (pág. 18) · unanime · aprobado ACUERDO N°5 Con cuatro votos a favor de cuatro concejales presentes SE ACUERDA: 5.1 “Autorizar a la secretaria para que gestione ante la auditoría int…
ACTA 92-26
03/02/2026
ACTA N° 092– 2026
PERIODO CONSTITUCIONAL
2024-2028
ACTA NÚMERO NOVENTA Y DOS - DOS MIL VEINTISEIS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA TRES DE
FEBRERO DEL DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIECIOCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS
EN LA SALA DE REUNIONES DE LA OFICINA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA DE COBANO.
Con la presencia de las siguientes personas:
La señora Presidenta a.i. indica que ante la ausencia del Sindico propietario Minor Centeno ella
asume la presidencia
Invita al Concejal suplente Mario Delgado Rodriguez a asumir la curul de propietario ante la
ausencia del Concejal Carlos Mauricio Duarte Duarte
PRESIDENTE a.i.
Olga Moncada Ledezma
PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE
CONCEJALES PROPIETARIOS
Francisco Madrigal Céspedes
Angie Bonilla Santana
Mario Delgado Rodriguez.
CONCEJALES SUPLENTES
Rafael Angel Duran Baltodano
Diana Salas Ibarra
INTENDENTE
Lic. Ronny Montero Orozco.
VICE INTENDENTA
Msc Zulay Mora Jimenez
ASESORA LEGAL
Lic. Aralyn Villegas Ruiz
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Minor Centeno Sandi.
Denia Villalobos Barahona
CONCEJALES SUPLENTES
Ivania Prendas Quesada
VISITAS
VISITAS POR INVITACION
ENCARGADO DE TRANSMISION
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Diego Céspedes Núñez
PRESIDENTA. Informa que, debido a reparaciones en la sala de sesiones, por unas semanas se
estará sesionando a partir de hoy en la sala de reuniones del MAG. El acuerdo salió publicado en
la gaceta del día de hoy
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión.
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la vice intendente Zulay Mora Jimenez
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Ratificación acta ordinaria 91-26
Se somete a votación el acta ordinaria 91-26 en la que estuvieron presentes los concejales
Olga Moncada, Francisco Madrigal, Rafael Duran, Denia Villalobos, Ivania Prendas, Carlos
Mauricio Duarte, Mario Delgado, Angie Bonilla y Diana Salas
ACUERDO N°1. Ratifican en todas sus partes el acta ordinaria 91-26 los concejales, Francisco
Madrigal, Angie Bonilla, Mario Delgado y Olga Moncada.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
SE DISPENSA
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Lic. Aralyn Villegas. Voy a leer informe del notario M.Sc. Luis Antonio Álvarez
Chaves sobre la des inscripción
Cóbano, 03 de febrero de 2026
NOTARIADO-COBANO- 001-2026
Señor
Ronny José Montero Orozco Intendente Municipal
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano Presente
Estimado señor:
De conformidad con el requerimiento formulado por parte de la Intendencia Municipal del Concejo
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Municipal de Distrito de Cóbano; procede esta asesoría legal a emitir informe con relación a estado de
las gestiones notariales referentes a las escrituras públicas de cancelación de las concesiones inscritas
originalmente a nombre las sociedades Colemu, S.A., cedula jurídico número: 3-101-083435 y Bosque
Areyis, S.A., cédula jurídica número: 3-101-172225.
Por medio de la presente, se procede a exponer sobre los avances vinculados a las gestiones notariales
relacionadas con la formalización de escrituras públicas de las sociedades Colemu, S.A. y Bosque Areyis,
S.A.
A. SOBRE LA CANCELACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA FINCA
PROPIEDAD DE COLEMU, S,A.
Respecto a la sociedad Colemu, S.A., cedula jurídica número: 3-101-083435, resulta pertinente indicar
que la escritura pública número 12 del tomo 38 del protocolo del suscrito notario, correspondiente a
la protocolización de acuerdo del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano adoptado en su sesión
ordinaria número 185-2019, artículo VII, inciso b), del día 12 de noviembre de 2019, que tenía como
finalidad cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público, de la finca
ubicada en la provincia de Puntarenas, matricula número 1641- Z-000. Sobre este documento vale
mencionar que la escritura fue otorgada el día 13 de diciembre de2025, y se presentó con las citas
de diario las citas: 2025 00965084-01-000. Dicha escritura fue calificada con tres defectos el 17 de
diciembre de 2025; y procedía realizar la corrección de los defectos , dos de los cuales se corrigieron
y calificación de defectos subsanados del día 23 de diciembre de 2026, quedando pendiente solo una
solicitud de aclaración del plazo catastrado, defecto que por abstracto estaba mal calificado sin
embargo era necesario consultarlo con el coordinador de registradores, gestión que se realizó en la
segunda semana de enero, y la escritura se presentó debidamente corregida con el visado de
cordinación registral el 27 de enero de 2026, quedando debidamente inscrita el día 28 de enero de
2026, tal y como se puede verificar en las imágenes adjuntas:
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B. EN CUANTO A LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE LA CONCESIÓN
PROPIEDAD DE BOSQUE AREYIS, S.A.
En cuanto a la sociedad Bosque Areyis, S.A., cédula jurídica número: 3-101-172225, la escritura pública
número 23 del tomo 38 del protocolo del suscrito notario fue oportunamente presentada ante el
Registro Nacional de Costa Rica, mediante las citas de presentación número: 2026-84098, y por
consiguiente, se encuentra en trámite a nivel registral.
Mediante dicha protocolización del acuerdo emitido por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
en su sesión ordinaria número 185-2019, artículo VII, inciso b), del día 12 de noviembre del 2019, se
busca cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público de la finca
localizada en la provincia de Puntarenas, bajo la matrícula número 1532-Z-000.
Actualmente la escritura se encuentra en estudio de revisión y calificación por parte del Registro
Inmobiliario, sin que a la fecha se haya calificado con defectos, lo cual se observa en las imágenes que
se aportan a continuación:
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TERCERO: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
De conformidad con las consideraciones de hecho y de Derecho expuestas, se concluye lo
siguiente:
1. La escritura pública de cancelación de la concesión inscrita en el Registro de
Concesiones del Registro Público de la finca localizada en la provincia de Puntarenas,
bajo la matrícula número 1532-Z-000, cuyo titular figura la sociedad Colemu, S.A., se
encuentra debidamente inscrita ante el Registro Nacional.
2. Por su parte, la escritura número 38, concerniente a la protocolización de acuerdo, a fin
de cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público de
la finca localizada en la provincia de Puntarenas, bajo la matrícula número 1532-Z-000,
de la sociedad Bosque Areyis, S.A., actualmente se encuentra en trámite a nivel del
Registro Nacional de Costa Rica, y a la espera de calificación e inscripción.
Sin más por el momento y anuente a cualquier aclaración o adición. SE CONOCE
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ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. OFICIO INT.033-2025. ASUNTO: INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA
INTENDENCIA MUNICIPAL DEL 28 DE ENERO AL 3 DE FEBRERO 2026
Estimados señores:
Por medio de la presente les saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, a la vez, me
permito presentarles el informe correspondiente.
Calles:
Se realizan trabajos en Bello Horizonte.
Se realizan trabajos de atención en calle Pura Vida
Miércoles 28 de enero
Se realizan inspecciones a los puentes peatonales de cabuya donde se verifica lo indicado por el ingeniero
municipal, el puente sobre el rio lajas es necesario cambiarlo en su totalidad y eliminarlo por su inseguridad
para las personas actualmente, se deberá ingresar en un presupuesto, sobre el rio miguelon se realizó un
diseño y se tratar de atender prontamente para que sea seguro para los peatones.
Jueves 29 de enero
Se realizó inspección de zona marítimo terrestre
Se realizo reunión con la comisión del tope de Cóbano
Viernes 30 de enero
Se atendieron reuniones con coordinadores y demás personal
Lunes 2 de febrero
Se realizo reunión con el comité de caminos de delicias atendiendo su solicitud
Se atendió reunión con comerciantes de la calle Sáenz para trabajo conjunto en el lugar.
Martes 3 de febrero
Se realiza reunión con temas de calles públicas en Cóbano e inventario vial
La señora vice intendente atendió el programa sembremos seguridad
Solicito señora presidente, que se le permita a la señora Zulay pueda explicar lo de la nota que
obtuvimos en el programa sembremos seguridad en el cual ella es la representante del concejo
PRESIDENTA a.i. adelante
ZULAY. Buenas tardes. Con mucha alegría recibimos en la reunión de hoy la noticia de que
obtuvimos una nota superior a 90 en el proceso que se llevo a cabo el año pasado, eso nos llena
de alegría y se refleja en las mejores de muchas cosas que venimos enfrentando. Este es un grupo
interinstitucional donde participan muchas instituciones y se abordan las problemáticas desde
diferentes áreas, el año pasado se detectaron muchas problemáticas y gracias al abordaje que se
les dio muchas de ellas se han superado. Estamos iniciando este año con el trabajo que nos
corresponde. Esperamos que este programa siga creciendo y consolidándose cada vez más.
Muchas gracias
RONNY. Se atendió reunión a solicitud de esta intendencia con Fuerza Pública, seguridad privada,
transito, patentes, ministerio de salud y representantes de la ADI Cóbano para el tema de las
fiestas peninsulares y tope 2026.
Temas a exponer
Quiero felicitar a la señora Laura Fernández la presidenta electa de Costa Rica el pasado domingo,
que todos estos 4 años sean de bendición para Costa Rica y especialmente para Cóbano
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Hago una invitación formal a las fiestas peninsulares Cobano 2026, para quienes no lo sepan, la
ADI Cóbano existe desde antes de este concejo municipal, fue esta asociación quien inicio con
maquinaria la apertura de varias calles que dieron la apertura del desarrollo a este lugar y también
varios puentes importantes que al día de hoy existen, quiero levantar la voz por este grupo de
personas y todas las asociaciones de desarrollo que de manera desinteresada dan su tiempo
b. OFICIO INT-032- ASUNTO: FINANCIAMIENTO BANCO POPULAR PUENTE RIO
NEGRO.
Estimables señores(as) integrantes del Honorable Concejo Municipal del Distrito de Cóbano:
En atención a la comunicación remitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, mediante la cual se
informa a este Gobierno Local sobre la actualización de las condiciones crediticias vigentes para operaciones
en colones dirigidas al segmento institucional (Concejos y Municipalidades), se solicita respetuosamente a
este Honorable Concejo Municipal proceder con la aprobación del acuerdo correspondiente, conforme a
las condiciones financieras actualmente establecidas por dicha entidad bancaria.
Concretamente, el Banco Popular solicita remitir nuevamente la transcripción del acuerdo del Concejo
Municipal en el que se autoriza la línea de crédito, incorporando las siguientes condiciones generales de la
operación:
• Garantía: pagaré
• Tasa de interés: Tasa Básica Pasiva (TBP) más cuatro puntos porcentuales
• Plazo: setenta y dos (72) meses
•Monto:₡365.500.000,00
•Proyecto: Construcción del Puente Río Negro – Santiago
Cabe indicar que no se requiere la suscripción de un nuevo contrato, toda vez que el Contrato de Apertura
de Línea de Crédito de Uso Múltiple en colones permite que cada subpréstamo se formalice conforme a las
condiciones financieras vigentes al momento del respectivo desembolso. En consecuencia, la actualización
solicitada únicamente requiere la emisión de un nuevo acuerdo por parte del Concejo Municipal.
Por lo anterior, se remite el texto sugerido del acuerdo para su conocimiento, análisis y eventual aprobación
por parte de este Honorable Concejo.
CONSIDERANDO:
Que este Concejo Municipal de Distrito de Cobano desde el año 2019 cuenta con un crédito
de uso múltiple en colones, con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, bajo la
operación madre numero 065-076-011749-7, gestión debidamente autorizada por este
Concejo.
Que para que el banco popular desembolse el monto estipulado para la construcción del
puente sobre el Rio Negro en el sector Rio Negro – Santiago, se hace necesario un nuevo
acuerdo de aprobación de actualización de la línea de crédito.
ACUERDO N°2
Con cuatro votos a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “2.1.
Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
2.2. Autorizar a la administración a actualizar ante el Banco Popular y de Desarrollo Comunal la
línea de crédito de hasta por un monto de trescientos sesenta y cinco millones quinientos mil
colones con 00/100 (¢365,500,000.00) para la construcción del Puente Rio Negro, con las
siguientes condiciones generales:
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• Garantía: pagaré
• Tasa de interés: Tasa Básica Pasiva (TBP) más cuatro puntos porcentuales
• Plazo: setenta y dos (72) meses
Lo anterior bajo la operación madre numero 065-076-011749-7 que posee este concejo en esa
entidad bancaria”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los concejales Olga Moncada Ledezma,
Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
c. Sr. Darío Alvarez. Encargado Patentes. OFICIO CMDC-PAT-2026-017 con V.B.
Intendencia. ASUNTO Permiso festejos peninsulares Cóbano 2026
Sirva la presente para informarles, que este departamento ha recibido documentación para el trámite de
solicitud de permiso para Festejos Peninsulares Cóbano 2026, dicha actividad, organizada por la Asociación
de Desarrollo Integral de Cóbano, cedula jurídica 3-002-045378, misma que se llevará a cabo en el campo
ferial de Cóbano, finca folio real 6-010019-000, plano catastro P-0399261-1997, en fecha del 12 al 23 de
febrero del año 2026.
La documentación recibida es la siguiente:
1. Solicitud del Evento – Folio 001
2. Cronograma de las actividades – Folio 003.
3. Nombramiento de fiscal de los Festejos. Folio 004.
4. Personería Jurídica de la asociación. Folios 005 y 006.
5. Plan de contingencia – Folios del 007 al 021.
6. Póliza de responsabilidad civil (ADI)– Folio 022
7. Póliza de Riesgos del Trabajo (ADI)– Folio 023
8. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo –Benavides Villegas Dayhana (Grupo Los Cumiches) –
Folios del 024 al 025
9. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Coronado Luna Edgar Agustín (Grupo Sub Veinte de
Santana) – Folio 026
10. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Rivera Obregón Ricardo Alonso (Los Colegas) – Folios
del 027 al 028
11. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Agrupación Taurina Los Cachorros S.R.L. (Grupo Macho
Carballo) – Folios del 030 al 031
12. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Benavides Villegas Dayhana (Anexión Taurina) – Folios
del 032 al 033
13. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo- Carvajal Herrera Evelyn del Carmen (Huracán Taurino) -
Folios 034 y 035
14. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Moncada González Roxana del Carmen (Selección
Pingüino) – Folios 036 al 038
15. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo – Espectáculos ACET S.A. (ACET) – Folios 039 al 040
16. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo Flores Urbina Ismael (Blake y Víquez) Folios 041 y 042.
17. Permiso del Ministerio de Salud para la plaza de toros vigente – Redondel Oldemar Fernández,
Cóbano – Folio 043
18. Permiso extendido por el Ministerio de Salud para la actividad de bar, sala de baile y restaurante
– Salón Los Caraos – Folio 044
19. Contrato alquiler de ganado - Folio se aporta contrato de alquiler de ganado con Jairo Mayorga
Zamora, se indica, además, que puede subcontratar ganado para cumplir con los compromisos
del espectáculo. Folio 045.
20. Certificación de inspección del redondel, Salón e instalaciones del campo ferial, extendido por
un Arquitecto donde indica las condiciones y capacidad del mismos – Folios 046 y 047.
21. Nota de la Cruz Roja o contrato de servicios médicos – Folio 048
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22. Contrato de Seguridad Privada – Folios del 049 al 051
23. Aprobación del Plan de Seguridad “Fiestas Cóbano 2026” por la Fuerza Pública – Folios 052 y
053
24. Licencia de ACAM Vigente – Folio 054
25. Servicios veterinarios para corridas y tope – Folio 055
26. Permiso CVO- SENASA– Folio 056
27. Autorización de evento temporal con animales - SENASA– Folios 057 y 058
28. Copia de la Licencia temporal de licores otorgada para los sitios denominados “Salón Los
Caraos” y “La Chichera” – Folios del 059 al 061
29. Copia de la patente comercial de Sala de Baile del Salón Los Caraos - Folio 062
30. Constancia de no morosidad con la CCSS de la Asociación - Folio 065
31. Certificación de inspección de los juegos mecánicos por parte de un ingeniero civil. Folios del
066 al 068.
32. Póliza de Responsabilidad Civil Carruseles – Folios del 069 al 073.
33. Certificación de inspección de la tarima para conciertos y animación por parte de un ingeniero
civil y póliza de responsabilidad civil. Folios del 074 al 077.
34. Servicio de un doctor comprometiéndose a dar cobertura durante los festejos – Folio 078
35. Nota por parte del Área de Salud Cóbano del CCSS indicando que permanecerá abierta y
anuente a atender cualquier evento. Folio 079
36. Nota indicando que no se detonara pólvora durante los Festejos Cóbano 2026. - Folio 080
37. Permiso temporal de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, para la actividad –
Folios del 081 al 083.
38. Plan de manejo de desechos sólidos y aguas residuales – Folios del 084 al 090.
A razón de lo anterior, se da PASE de documentación recibida, para su respectivo análisis, quedando
pendiente de aportar los siguientes documentos para cumplir a cabalidad con la totalidad de requisitos:
Además, se solicita que se indique lo siguiente como parte del acuerdo “Es responsabilidad del
permisionario a través de sus representantes, garantizar la colocación de recipientes para la recolección
separada de residuos valorizables (reciclaje) todos los días del evento. La correcta separación será
verificada vía inspección por el Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores del Concejo
Municipal de Distrito” Sin más.
CONSIDERANDO:
❖ Que se ha conocido OFICIO CMDC-PAT-2025-019 mediante el cual se da pase del
expediente con los requisitos presentados para el permiso para los Festejos Peninsulares
Cóbano 2025 que organiza la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano, la
documentación recibida es la siguiente:
39. Solicitud del Evento – Folio 001
40. Cronograma de las actividades – Folio 003.
41. Nombramiento de fiscal de los Festejos. Folio 004.
42. Personería Jurídica de la asociación. Folios 005 y 006.
43. Plan de contingencia – Folios del 007 al 021.
44. Póliza de responsabilidad civil (ADI)– Folio 022
45. Póliza de Riesgos del Trabajo (ADI)– Folio 023
46. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo –Benavides Villegas Dayhana (Grupo Los Cumiches) –
Folios del 024 al 025
47. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Coronado Luna Edgar Agustín (Grupo Sub Veinte de
Santana) – Folio 026
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48. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Rivera Obregón Ricardo Alonso (Los Colegas) – Folios
del 027 al 028
49. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Agrupación Taurina Los Cachorros S.R.L. (Grupo Macho
Carballo) – Folios del 030 al 031
50. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Benavides Villegas Dayhana (Anexión Taurina) – Folios
del 032 al 033
51. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo- Carvajal Herrera Evelyn del Carmen (Huracán Taurino) -
Folios 034 y 035
52. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Moncada González Roxana del Carmen (Selección
Pingüino) – Folios 036 al 038
53. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo – Espectáculos ACET S.A. (ACET) – Folios 039 al 040
54. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo Flores Urbina Ismael (Blake y Víquez) Folios 041 y 042.
55. Permiso del Ministerio de Salud para la plaza de toros vigente – Redondel Oldemar Fernández,
Cóbano – Folio 043
56. Permiso extendido por el Ministerio de Salud para la actividad de bar, sala de baile y restaurante
– Salón Los Caraos – Folio 044
57. Contrato alquiler de ganado - Folio se aporta contrato de alquiler de ganado con Jairo Mayorga
Zamora, se indica, además, que puede subcontratar ganado para cumplir con los compromisos
del espectáculo. Folio 045.
58. Certificación de inspección del redondel, Salón e instalaciones del campo ferial, extendido por
un Arquitecto donde indica las condiciones y capacidad del mismos – Folios 046 y 047.
59. Nota de la Cruz Roja o contrato de servicios médicos – Folio 048
60. Contrato de Seguridad Privada – Folios del 049 al 051
61. Aprobación del Plan de Seguridad “Fiestas Cóbano 2026” por la Fuerza Pública – Folios 052 y
053
62. Licencia de ACAM Vigente – Folio 054
63. Servicios veterinarios para corridas y tope – Folio 055
64. Permiso CVO- SENASA– Folio 056
65. Autorización de evento temporal con animales - SENASA– Folios 057 y 058
66. Copia de la Licencia temporal de licores otorgada para los sitios denominados “Salón Los
Caraos” y “La Chichera” – Folios del 059 al 061
67. Copia de la patente comercial de Sala de Baile del Salón Los Caraos - Folio 062
68. Constancia de no morosidad con la CCSS de la Asociación - Folio 065
69. Certificación de inspección de los juegos mecánicos por parte de un ingeniero civil. Folios del
066 al 068.
70. Póliza de Responsabilidad Civil Carruseles – Folios del 069 al 073.
71. Certificación de inspección de la tarima para conciertos y animación por parte de un ingeniero
civil y póliza de responsabilidad civil. Folios del 074 al 077.
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72. Servicio de un doctor comprometiéndose a dar cobertura durante los festejos – Folio 078
73. Nota por parte del Área de Salud Cóbano del CCSS indicando que permanecerá abierta y
anuente a atender cualquier evento. Folio 079
74. Nota indicando que no se detonara pólvora durante los Festejos Cóbano 2026. - Folio 080
75. Permiso temporal de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, para la actividad –
Folios del 081 al 083.
76. Plan de manejo de desechos sólidos y aguas residuales – Folios del 084 al 090.
❖ Que en la sesión ordinaria 077-2025, articulo IX, inciso g, del día veintiuno de octubre del
2025 se acordó exonerar, al amparo del artículo 4 de la ley 6844, a la ADIC del pago del
5% a favor de las municipalidades de cada tiquete o entrada a los eventos a realizarse en
los festejos peninsulares Cóbano 2025, siempre que las actividades sean propias de la
asociación.
❖ Que en la sesión ordinaria 079-2025, articulo IX, inciso a, del día cuatro de noviembre del
2025 se autorizaron dos patentes temporales de licores a la Asociación de Desarrollo
Integral de Cóbano para explotar en el salón los Caraos y en la chichera ambos dentro del
campo ferial propiedad de esta asociación ubicado en Cobano centro
ACUERDO N°3
Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “3.1.
Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
3.2. “Otorgar permiso a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para que realice actividad
denominada FESTEJOS PENINSULARES 2025 los días que van del 12 al 23 de febrero del
año 2026, con un horario de 11.00 a.m. a 2:30 a.m. todos los días, finalizando los eventos
el día 24 de febrero a la dos horas con treinta minutos, en el campo ferial propiedad de esa
Asociación.”. ***************
3.3. Indicar que en el caso que haya una sobreventa de tiquetes en el redondel y que ingresen
más de las personas indicadas en el Oficio emitido por el Arq. Eugenio Castro Jimenez, visible a
los folios 046 y 047 del expediente, este concejo no tendrá responsabilidad. **********
3.4. Que también consta en el expediente a folios 052 a 054 inspección realizada por el Ing. Juan
Carlos Aguilar J., a las tarimas para conciertos y animaciones.
3.5. Nombrar fiscal de este evento al señor FERNANDO QUESADA LOPEZ, portador de la
cédula de identidad número 6-0169-0222 y recordarle que debe cumplir con las siguientes
funciones: ****************************************************************
a. Autorizar el inicio de las corridas de cada día, para lo cual antes debe verificar lo siguiente:
a.a Que no se encuentren menores de edad dentro del redondel. *************
a.b. Que no hallan personas ebrias dentro del redondel. *************
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a.c. Que se encuentre presente la policía y la cruz roja con su respectivo médico. ****
a.d. Que todos los montadores se encuentren debida y correctamente inscritos en la póliza, al igual
que los toreros y encargados de la puerta. *************
a.e. Que esté presente el torero.*********************************
b. Detener la corrida si la cruz roja y medico deben realizar un traslado a la clínica, la cual solo se
podrá reanudar hasta que estos regresen. Lo anterior en caso de que solo exista una unidad y un
profesional de medicina a cargo.
3.6. Recordarles que si algún evento como baile u otro es dado a un tercero, deben apersonarse
a las oficinas del Dpto. de patentes a realizar el respectivo tramite de contado y sellado de cada
una de las entradas que pondrán a la venta y los impuestos deberán ser cancelados
inmediatamente después de terminada la feria, en las oficinas de cobros de esta municipalidad,
dinero que deberá ingresar directamente a la cuenta de este Concejo, mediante un
recibo.******************************
3.7. Recordar que: “Las actividades Taurinas son exclusivamente para adultos por lo tanto queda
prohibido realizar corridas donde participen menores de
edad”.*******************************************
3.8. Indicarles que es responsabilidad de la Asociación de Desarrollo Integral de
Cóbano, garantizar la colocación de recipientes para la recolección separada de residuos
valorizables (reciclaje) todos los días de la feria. La correcta separación de los residuos
sólidos será verificada, vía inspección, por el
Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores del Concejo Municipal de Distrito”.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Olga Moncada Ledezma, Francisco Madrigal Céspedes,
Angie Bonilla Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a votación la aplicación del artículo
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
d. Ing. Franklin Obregón. Gestor Vial. OFICIO N° INGV-011-2026. ASUNTO. Solicitud
autorización para corta de arboles en derecho de vía
Por medio de la presente le saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, asimismo, indicarle
que se iniciara con la ampliación del acceso a Playa Hermosa con el fin de construir la calle que actualmente
está constituida su capa de rodamiento en lastre. La misma cuenta con una orden de compra 0123,
Contratación Pública N° 2022LN-000001-01, denominada “Mantenimiento y Rehabilitación de Obra Vial del
Distrito de Cóbano, Puntarenas, según demanda por un año prorrogables por tres años más.” Se pretende
la ejecución del proyecto denominado “Construcción de acceso a Playa Hermosa, con una calle
adoquinada”. Donde se va intervenir un tramo de 310 metros lineales aproximadamente. Se cuenta con
una partida presupuestaria de ¢ 135 288 617.83 presupuesto ordinario del 01-2025, correspondiente al 40%
mejoras del Cantón, con código 5.03.02.07.5.02.02, esto de acuerdo al oficio No 154-2025, se le asignan
previamente ¢ 120 625 744.80. Por lo tanto, se requiere corta de árboles en el derecho de vía pública y
acceso de calle en la zona marítima terrestre ruta C6-01-116, con el fin de ampliar el ancho y lograr
ACTA 92-26 03/02/2026 Cabe destacar que para corta de árboles ubicados en el derecho de vía pública, se ampara a la Ley 5060 Ley General de Caminos Públicos que cita lo siguiente en el Artículo 2 bis: “Articulo Único- Se reforma el artículo 2 bis de Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972. El texto es el siguiente: Artículos 2bis- Los entes públicos competentes para la ejecución de obras de mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal o nacional existente tendrán la potestad para remover en virtud del interés público, sin previa autorización de las instancias competentes del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), todo obstáculo situado en el derecho de vía legalmente constituido. Esta potestad incluida las áreas de protección de ríos y quebradas que se encuentren en el derecho de la vía pública, siempre y cuando dichos obstáculos representen un riesgo para la estabilidad estructural de puentes, vías, o sea, contrario a los fines para los que el derecho de vía ha sido creado, y que se notifique al MINAE de la situación” En visita realizada al sitio, se constató que realmente amerita el corte de los árboles. La inspección se realizó mediante recorrido en el sitio, aplicando observación directa y medición del diámetro de cada especie, además se identificó los diferentes árboles en sitio. Estos árboles se encuentran en el derecho de vía, y además algunas especies resultan ser perjudicial para la infraestructura vial, ya que las raíces tienen a crecer por debajo, generando agrietamiento y levantando o deformando los elementos construidos en concreto o asfalto, esto ocasiona que dicha estructura tenga una vida útil muy corta. Las especies se en listan en la siguiente tabla donde se indica el diámetro de cada árbol a la altura del pecho. Este levantamiento de las especies fue realizado en colaboración con representantes del SINAC, los arboles aprovechables deberán ser donados a una institución educativa. Por lo tanto, se le solicita al honorable Concejo tomar acuerdo para que este Departamento, pueda notificar al SINAC de dicha corta y del aval, por parte del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano para iniciar con la construcción de la calle adoquinada en Playa Hermosa. CONSIDERANDO:
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➢ Que el dpto. de Ingeniería vial, mediante OFICIO INGV-011-2026 informa que se iniciará
la ampliación del acceso a Playa Hermosa, con el fin de construir la calle que actualmente
está constituida en lastre.
➢ Que para realizar esta obra se cuenta con la orden de compra 0123, Contratación Pública
N° 2022LN-000001-01, denominada “Mantenimiento y Rehabilitación de Obra Vial del
Distrito de Cóbano, Puntarenas, según demanda, por un año prorrogables por tres años
más.”
➢ Que se pretende realizar la ejecución del proyecto denominado “Construcción de acceso a
Playa Hermosa, con una calle adoquinada” donde se va intervenir un tramo de 310 metros
lineales aproximadamente.
➢ Que, para ampliar la calle al ancho requerido, se requiere la corta de algunos árboles que
se encuentran en el derecho de vía pública y acceso de calle en la zona marítima terrestre,
ruta C6-01-116,
➢ Que algunas especies de estos árboles resultan ser perjudiciales para la infraestructura
vial, ya que las raíces tienen a crecer por debajo, generando agrietamiento y levantando
o deformando los elementos construidos en concreto o asfalto, lo que ocasiona que
dicha estructura tenga una vida útil muy corta.
➢ Que el levantamiento de las especies que se requieren cortar fue realizado en colaboración
con representantes del SINAC,
➢ Que los arboles aprovechables deberán ser donados a una institución educativa
ACUERDO N°4 Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE
ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Autorizar al departamento de gestión vial a cortar lo siguientes arboles:
Los cuales se ubican en el derecho de vía pública y acceso de calle en la zona marítima terrestre
ruta C6-01-116, esto con el objetivo de poder ampliar dicha calle para realizar el adoquinado de la
misma.**************
4.3. Solicitar a la administración Comunicar al SINAC-COBANO este acuerdo”. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Olga Moncada Ledezma, Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla
ACTA 92-26 03/02/2026 Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO e. Lic. Lidieth Porras Córdoba. Coordinadora Dpto. de Zona Marítimo Terrestre. OFICIO. ZMT-035-2026 ASUNTO: SE CONTESTA OFICIOS CMC-S-326-2025/ CMC-S-005-2026. Estimados; Por medio de la presente les saludo y a la vez doy respuesta a los oficios número CMC-S-326-2025/ CMC-S- 005-2026, sobre la solicitud de concesión que se tramita en este Departamento mediante expediente 4151- 2023 a nombre del señor Estarllin Roberto Largaespada Palacio; por lo cual indico lo siguiente; PRIMERO: Una vez analizado el contenido de los oficios CMC-S-326-2025 y CMC-S-005-2026, remitidos a este Departamento por el Concejo de Concejales, se advierte una incorrecta interpretación del régimen jurídico aplicable a la Zona Marítimo Terrestre por parte del señor Estarllin Roberto Largaespada Palacio, particularmente en lo relativo a la naturaleza jurídica del área objeto de la solicitud de concesión. En ese sentido, se constata que la gestión promovida recae sobre un bien de dominio público el cual se encuentra afecto al régimen especial de protección establecido en la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, cuya custodia, administración y tutela corresponden de forma exclusiva a este Concejo Municipal de Distrito, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de dicho cuerpo normativo. En contraposición a lo alegado por el solicitante, este Departamento ha actuado en todo momento con estricto apego al principio de legalidad, las manifestaciones realizadas por el administrado evidencian una conducta contraria a los deberes de buena fe, lealtad y colaboración con la Administración, principios que rigen el procedimiento administrativo, toda vez que, según lo señalado se aleja de la verdad real de los hechos. En virtud de lo anterior, se estima necesario referirse de manera expresa al régimen jurídico especial que tutela y protege la Zona Marítimo Terrestre, a efectos de clarificar el marco normativo aplicable al caso concreto. SEGUNDO: La Zona Marítimo Terrestre constituye un bien de dominio público del Estado costarricense, regulado por la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su reglamento. Comprende la franja de terreno contigua al litoral, medida desde la línea de pleamar ordinaria, y se divide en zona pública y zona restringida, ambas sometidas a un régimen jurídico especial de protección. Por su naturaleza demanial, la Zona Marítimo Terrestre se encuentra fuera del comercio de los particulares, siendo inalienable, imprescriptible e inembargable, y está destinada primordialmente al uso público, la conservación ambiental y el interés general. Su administración y tutela corresponden a las municipalidades y concejos municipales de distrito, quienes ejercen dichas competencias bajo el principio de legalidad y en coordinación con las instituciones competentes. El otorgamiento de concesiones en la zona restringida constituye una facultad excepcional, sujeta al estricto cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, sin que ello implique transferencia de dominio ni afectación del carácter público del bien. Cualquier actuación administrativa en la zona marítimo terrestre debe ajustarse al marco normativo vigente, garantizando la protección del dominio público y el uso racional del espacio costero. En relación con el caso que nos ocupa, resulta pertinente señalar que la gestión presentada por el solicitante de concesión se fundamenta en la pretensión de reconocimiento de derechos que no encuentra respaldo en el ordenamiento jurídico vigente, en tanto recaen sobre un área sujeta al régimen de dominio público de la Zona Marítimo Terrestre. Este Departamento, en ejercicio de sus competencias legales, ha brindado al administrado información clara, suficiente y oportuna respecto de la situación jurídica de la parcela objeto de interés, actuando en todo momento bajo los principios de transparencia, objetividad y buena administración, que rigen la función pública, no obstante, el hecho de que las respuestas emitidas por este Departamento no coincidan con las expectativas o intereses particulares del solicitante no desvirtúa la corrección ni la legalidad de las actuaciones administrativas, toda vez que los funcionarios públicos se encuentran obligados a actuar exclusivamente dentro del marco de la ley, conforme al principio de legalidad consagrado en el artículo 11 de la Constitución Política y desarrollado en la Ley General de la Administración Pública. Dicha obligación se torna aún más estricta cuando la Administración ejerce funciones de custodia, protección y administración sobre bienes de especial fragilidad e interés público, como lo es la Zona
ACTA 92-26 03/02/2026 Marítimo Terrestre, respecto de la cual no resulta jurídicamente posible emitir pronunciamientos o adoptar decisiones que contravengan el régimen legal que la tutela, aun cuando ello implique desestimar las pretensiones de los administrados. TERCERO: Sobre el caso específico, el señor Largaespada Palacio, presentó solicitud de concesión a las 13:12 horas del 19 de diciembre del 2023, sobre parcela ubicada al sector costero correspondiente al Plan Regulador Punta Barrigona, entre los mojones 13-520 del Instituto Geográfico Nacional, por un área de 2284 m2, iniciada la tramitación del presente proceso se desprende el oficio CAT-ZMT-046-2025 mediante el cual el Ingeniero Topógrafo de Zona Marítimo Terrestre realizó el montaje técnico del croquis aportado por el solicitante, determinándose que la solicitud presentada traslapa con dos solicitudes de concesión previamente ingresadas, circunstancia debidamente documentada y respaldada con criterios técnicos objetivos. Posteriormente, el solicitante aportó un nuevo croquis, el cual fue igualmente sometido al procedimiento técnico correspondiente, emitiéndose el oficio CAT-ZMT-159-2025, mediante el cual se le notificó que la nueva delimitación pretendida traslapa con cuatro solicitudes de concesión presentadas con anterioridad, situación que evidencia la imposibilidad material y jurídica de ser valorado según su solicitud, primero es en tiempo primero en derecho. Sobre este particular, resulta necesario aclarar que el área de Topografía de este Departamento mantiene un registro sistematizado y cronológico de todas las solicitudes de concesión respecto de las cuales se ha efectuado montaje técnico, así como los expedientes administrativos completos, en los que consta de manera fehaciente la fecha y hora de presentación de cada gestión, información que resulta objetiva, verificable y de carácter público, accesible a cualquier administrado conforme a la normativa vigente. En consecuencia, carecen de sustento las afirmaciones del solicitante en cuanto a una supuesta actuación arbitraria o ilegal por parte de la Administración, toda vez que los actos administrativos emitidos se encuentran debidamente motivados, fundados en criterios técnicos especializados y sustentados en registros administrativos formales, los cuales no constituyen creaciones discrecionales, sino el reflejo fiel de la realidad registral y técnica del procedimiento que se lleva en este departamento. A pesar de lo anterior, el señor Largaespada Palacio pretende que se le aplique el principio de “primero en tiempo, primero en derecho”, previsto en el artículo 44 de la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, sin aportar fundamento jurídico ni probatorio suficiente que respalde dicha pretensión. Tal solicitud resulta jurídicamente improcedente, por cuanto existen solicitudes de concesión presentadas con anterioridad, debidamente registradas y acreditadas en el expediente administrativo, lo que excluye de pleno derecho la aplicación del referido principio en su favor. Adicionalmente, según se desprende de los informes técnicos emitidos por el área de Topografía de este Departamento, que los croquis aportados por el solicitante no se ajustan a la vialidad establecida en el Plan Regulador vigente, circunstancia que fue debidamente comunicada al administrado mediante el oficio L- ZMT-056-2025, lo cual constituye un impedimento adicional para la procedencia de la solicitud de concesión planteada. CUARTO: Las sentencias 00045-2008, 00277-2008 y 00328-2009, emitidas por el Tribunal Contencioso Administrativo, han sostenido que la figura del ocupante en la Zona Marítimo Terrestre encuentra su reconocimiento normativo en el Transitorio VII y el artículo 44 de la Ley 6043 sobre Zona Marítimo Terrestre, refiriéndose exclusivamente a aquellas personas físicas que se encontraban ocupando la zona restringida con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley, el 2 de marzo de 1977, sin contar con contrato de arrendamiento y sin que medie un acto administrativo formal de reconocimiento. Dicha condición no constituye un derecho adquirido ni permanente, sino un derecho en precario, tolerado temporalmente por el ordenamiento jurídico, cuyo único efecto es otorgar una preferencia relativa (en igualdad de condiciones) para el eventual otorgamiento de una concesión, siempre que se acredite una ocupación pública, quieta, pacífica y continua, y sin realización de mejoras, hechos que hayan ocurrido previo a la promulgación de la Ley 6043. El legislador no pretendió consolidar situaciones fácticas irregulares, sino facilitar la transición hacia un uso jurídico regular conforme al régimen concesional. El ocupante no puede equipararse ni a un propietario, por tratarse de un bien de dominio público, ni a un arrendatario, figura expresamente regulada en los Transitorios I y II de la Ley 6043, ni tampoco a quienes ingresaron de forma clandestina con posterioridad a la promulgación de la ley, conducta prohibida por su artículo 12. Asimismo, la condición de ocupante no es transmisible, ni inter vivos ni mortis causa, y se encuentra excluida para personas jurídicas, en atención a su naturaleza social y excepcional. En virtud del artículo 7 de la Ley 6043, la Zona Marítimo Terrestre es imprescriptible, por lo que la ocupación no genera derechos de posesión ni de propiedad, siendo únicamente un criterio de prelación administrativa para el otorgamiento de concesiones, cuya verificación resulta fáctica y jurídicamente comprobable, en virtud de
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lo anterior es necesario referir a la opinión Jurídica OJ-088-2008 emitida por la Procuraduría General de la
República el 22 de setiembre del 2008;
“La condición de ocupante y poblador concierne a quienes ocupan la zona costera con
anterioridad a la Ley 6043, según sus requerimientos, y no puede ser objeto de cesión o traspaso.
A esas personas les corresponde cancelar el canon previsto en el Transitorio VII de la Ley 6043. Los
pobladores y ocupantes requieren de una solicitud y de un acto administrativo que así los
reconozca. La autorización prevista en el Transitorio VII de la Ley 6043 no produce derecho alguno en
lo que a concesión se refiere y la situación provisional en él prevista cesará cuando entre en vigencia el
plan de desarrollo para la respectiva zona.
Como elementos probatorios son improcedentes las declaraciones juradas, así como carta
ventas privadas o escrituras públicas donde se consignen ocupaciones anteriores a la Ley 6043,
negociaciones que carecerían de validez por la naturaleza del bien, ausencia de titularidad hábil y
contrariar leyes prohibitivas.
De acuerdo con la información que se obtuviere de la Fuerza Pública o Registro Civil sobre el
domicilio del interesado, los pobladores al entrar a regir la Ley 6043 debían haber residido por más de
10 años, sin posibilidad de ostentar ocupación o propiedad de otros bienes inscritos o no. En ese
extremo, es necesaria además certificación del Registro de Bienes Inmuebles. Sobre la residencia superior
al plazo decenal es prueba complementaria certificación de control migratorio para
determinar si el interesado ha estado ausente del país de manera tal que desmerite la
residencia continua por el término de ley.
Tampoco cabe reconocer como pobladores a los nacidos con posterioridad a 1949, pues al
entrar a regir la Ley 6043 no sólo debían tener una ocupación superior a la decenal, sino, además,
contar para entonces con la mayoría de edad para ejercerla. Para corroborarlo será necesaria la
certificación del Registro Civil sobre la fecha de nacimiento del interesado. Los ocupantes también deben
estar con anterioridad a la Ley 6043 y como sujetos mayores de edad. Es impropio reconocer esa figura
a los nacidos después de 1959.
Como el demanio costero es un bien ambiental, la carga de la prueba para hacer constar las
categorías de pobladores u ocupantes, que el legislador previó al entrar en vigencia la Ley 6043,
corresponde a los interesados que oportunamente debieron solicitar ese reconocimiento. Si no se
ostenta ni se acreditó oportunamente la condición de poblador u ocupante, la permanencia en la
zona costera deviene en ilegítima, y ha de procederse al desalojo de los ocupantes ilegítimos y la
demolición de las construcciones no autorizadas.
Las categorías de pobladores y ocupantes no deben tergiversarse y no cabe utilizarlas para
pretender legitimar ocupaciones irregulares posteriores a la vigencia de la Ley 6043. Por ende, la
Administración no está en la obligación de reubicar a los infractores del demanio costero. La
reubicación se aplica únicamente a los pobladores, y donde existiere planificación del sector; pero la
normativa aclara que siempre deberá respetarse la zona pública.”
En virtud de lo expuesto, se concluye que el señor Largaespada Palacio no puede ser catalogado como
ocupante del área de la Zona Marítimo Terrestre que actualmente utiliza, toda vez que no reúne los
requisitos excepcionales previstos en la Ley 6043 para dicha categoría jurídica. En primer término, de
conformidad con el Transitorio VII y el artículo 44 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, la condición
de ocupante se circunscribe a aquellas personas físicas que se encontraban ocupando la zona restringida
con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, el 2 de marzo de 1977, sin contrato de arrendamiento.
No obstante, del expediente administrativo de solicitud de concesión, específicamente a folio 2, consta
copia de carné provisional de permiso laboral emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería,
en el cual se acredita que el solicitante nació en el año 1992, así como que la solicitud de permiso
migratorio data del año 2019, lo cual permite constatar de manera objetiva que no cumple con el
presupuesto temporal exigido para ostentar la condición de ocupante, criterio reiteradamente sostenido
por la Procuraduría General de la República.
En segundo término, consta en autos la existencia de solicitudes de concesión presentadas con anterioridad
sobre el área en cuestión, las cuales no han podido culminar su trámite debido al desfase existente en la
lámina del Plan Regulador Costero Punta Barrigona, circunstancia que refuerza la improcedencia de
reconocer cualquier situación de preferencia al solicitante actual.
Adicionalmente, la permanencia del señor Largaespada Palacio no ha sido pacífica ni conforme al
ordenamiento jurídico, requisito indispensable incluso para efectos de una eventual preferencia
administrativa. Al respecto, a folio 044 del expediente, consta el oficio de inspección de campo I-ZMT-169-
2025, en el cual se documenta la existencia de construcciones ilegales, constitutivas de infracción a la Ley
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6043, situación que se encuentra actualmente bajo conocimiento y abordaje de este departamento
municipal.
Finalmente, se advierte que los argumentos expuestos por el solicitante carecen de sustento normativo, en
tanto pretende fundamentar un supuesto derecho con base en el artículo 44 inciso c) de la Ley 6043 y el
artículo 75 inciso c) de su Reglamento, disposiciones que no contienen incisos, lo cual se verifica de una
simple lectura literal de los textos legales citados. En consecuencia, resulta improcedente la invocación de
normativa inexistente dentro del ordenamiento jurídico vigente aplicable a la Zona Marítimo Terrestre.
Por todo lo anterior, se determina que la ocupación del área carece de respaldo legal y no genera derecho
alguno de preferencia ni de concesión, debiendo la Administración actuar conforme a los principios de
legalidad, tutela del dominio público y protección del interés general, lo cual será abordado por este
Departamento y la Intendencia Municipal. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
PRESIDENTA. SE DA POR CONOCIDO Y QUE SE LE REMITA COPIA DE ESTE DOCUMENTO
AL SR. LARGAESPADA
f. Roxana Lobo Granados. Secretaria. ASUNTO. Solicitud de cierre y apertura de libro
CONSIDERANDO
➢ Que se hace necesario gestionar el cierre del libro de actas N°66 y la apertura del libro de
actas N°64 del concejo
ACUERDO N°5
Con cuatro votos a favor de cuatro concejales presentes SE ACUERDA: 5.1 “Autorizar a la
secretaria para que gestione ante la auditoría interna el cierre del libro de acta número 63 del
Concejo el cual consta de 400 folios debidamente identificados y la apertura del libro de actas
número 64 el cual consta de 400 folios debidamente identificados. ACUERDO UNANIME Votan
los concejales Olga Moncada, Francisco Madrigal Céspedes Angie Bonilla Santana y Mario
Delgado.
CONSULTAS AL INTENDENTE.
ANGIE. Don Ronny les voy a pasar una foto de la contaminación visual de unos rótulos de lo cual
ya se ha conversado un poquito, esto en el cruce de santa teresa y no permiten ver los rótulos de
informacion, la verdad se ve bien feo y los vecinos del barrio mío me consultan con todo el
problema del presupuesto si se vino abajo lo del proyecto que teníamos con la manchita. La
carretera esta otra vez intransitable
Muchas gracias por ponerle atención a los puentes del rio Lajas y Miguelon porque si es de mucha
importancia
RONNY. Con respecto a la calle La Menchita el proyecto que se había incluido en el presupuesto
extraordinario se va a mantener en el presupuesto extraordinario 01-2026 ese y todos los demás
proyectos que ustedes habían aprobado en el presupuesto extraordinario 2025, para que las
comunidades lo sepan se van a mantener todos los que iban
En el tema de mantenimiento no tenemos la posibilidad este año del proceso de reparación por
medio de asfalto lo que voy a hacer es hablar con el grupo de vecinos que han estado colaborando
ACTA 92-26 03/02/2026 y vamos a ver si logramos hacer algo entre todos para retomar ese tema porque si he visto varios huequillos Y en la parte de rótulos se esta viendo, sobre la ruta 160 con CONAVI y MOPT y este específicamente que es donde empieza la ruta cantonal hacia Santa Teresa eso lo estamos tratando con el Departamento de patentes nada mas que requerimos para quitar algunos de esos rútulos el back hoe y vagoneta y ahorita la prioridad es calles entonces cuando vaya entrando el invierno esperamos tener limpio eso. Los rótulos si pueden existir, pero deben estar dentro de propiedad privada y tener las especificaciones permitidas por el reglamento y pagar el permiso para el rotulo. Estamos con ese tema RAFAEL. Buenas tardes. El rio manzanillo inundo parte del pueblo seria factible que la comisión de emergencias nos ayude con un dragado en esta parte del rio RONNY. La situación de la emergencia se debió prever en el informe de primer impacto voy a consultar al don Franklin para ver si ese punto se ingresó y le comunicó FRANCISCO. Buenas noches. Usted acaba de explicar que los proyectos que estaban en el presupuesto extraordinario se van a mantener, pero algunos en Tambor me han preguntado por esa entrada principal a Tambor que cada día se pone más fea, mientras se hace lo que se quiere, si se pudiera hacerle una intervención de algo RONNY. Ese proyecto estaba y se va a mantener, lo que estuve conversando con don Franklin es tratar de conectar con un poquito de asfalto la entrada al muelle para que quede la entrada a Tambor asfaltada y la entrada al muelle el pegue con la ruta que siempre ha dado problema incluirlo también no hasta adentro sino el pegue y la cuesta No solo son los proyectos del extraordinario del año pasado, los que nosotros trajimos al Concejo Municipal para que se aprobaran en el ordinario 2026 que fue improbado también los vamos a incluir en el extraordinario 01-2026 como ingresos extraordinarios del periodo de ahí la importancia del extraordinario 01-2026 MARIO. Buenas noches. En Delicias hay una situación preocupante con el agua potable, que posibilidad hay de que la administración nos ayude con el A y A, hay un pozo bueno que lo tienen parado porque Cóbano tiene suficiente agua de echo la propiedad donde se ubica esta como en abandono, que Ay A nos alquile o nos preste ese pozo, mientras solucionamos y ese es un pozo sin uso RONNY. Desde el día que usted me lo indico me comunique con el A y A y me dijeron que el pozo de Delicias si esta operando solo que se cambio la forma de operación por parte de AyA , que seria bueno que le pasemos la informacion para ver que se pretende por parte de la ASADA, yo les comente si seria factible que del pozo saliera una tubería que tuviese un medidor para conectar con la asada y poder fortalecer el sistema y me dijeron que eso no era permitido, que no era posible poner un medidor pero no pregunte sin medidor que solo se le permita a la asada utilizar el agua. Voy a pasárselo por escrito con copia a la asada y a usted y ya Pamela que es la persona designada para este caso con ella lo he venido tratando
ACTA 92-26 03/02/2026 MARIO. Hace un tiempo atrás se hizo convenio con ellos porque teníamos el mismo problema nos pusieron un macromedidor y a la hora de llegada nos cobraron una exageración de millones que la asada no podía pagar, el precio de ellos por metro cubico es mucho mayor que el de la ASADA y fue muy duro y logramos cancelar la deuda. Pero sería genial para nosotros y pagaríamos lo que corresponda OLGA. Quería consultarle sobre presupuestos y proyectos. Hace un tiempo en unos de los presupuestos estuvimos hablando de emulsión asfáltica y de algo de donaciones de recope no lo recuerdo bien, pero se había hablado de que se iba a autorizar en lo que falta para la reserva Cabo blanco y quizás desde el anca hasta el lajas o por lo menos donde hay mas vecinos por donde Bin y Macha que ellos están sufriendo pro mucho polvo me preocupa porque hay una muchacha que tiene una niña asmática y que está sufriendo esta problemática y un adulto mayor discapacitado. Nosotros como asada incitamos a que no desperdicien agua, pero como no decirle a esa gente que riegue si tienen toda la razón y se molestan con toda la razón. Eso lo analizamos en sesión y se aprobó para enviarlo Consultarle como esta lo de la elaboración del Plan Vial quinquenal del Concejo porque se había aprobado en Puntarenas ya el plan cantonal , si usted nos colabora con solicitarle al Ingeniero o a la unidad técnica y que nos informen al respecto, él había explicado que había que hacer una reclasificación de algunas calles, en vista de eso y conectando ese tema con el asunto de calle Porras y de una lo voy a informar, la sesión del jueves pasado don Mario Rodriguez presento una moción para que se le diera tramite al asunto de esa calle porras cuya gestión viene desde el 2017 y que inclusive ya se habían echo algunas acciones para resolverlo pero parece que no se puede inscribir en el registro de calles públicas por cuestiones de tramitología, falta una inspección de la unidad técnica para verificar ancho y demás requisitos, si hay que expropiar o no. Pero no aprobaron la moción porque alegan que hace falta un protocolo y mil cosas. Pero don Mario para que usted este informado igualmente vamos a proceder a solicitar la inspección a la unidad técnica y al ingeniero municipal porque ya existe hasta un acuerdo, esto es falta de una inspección y se le va a da continuar. En el expediente están las notas que se han enviado y se que Don Ronny ha sido motivador de esta moción también, yo hable con don Mario, me dijo que el esta hablando con la administración para que se cumpla con la inspección Y con el tema del camino talvez exista posibilidad con el ajuste del extraordinario, solo ustedes la administración saben cómo están las cosas, pero si decirles que nos urge esa situación de Cabuya de esa calle y de esos vecinos que están tragando polvo, es una situación critica RONNY. Con respecto a la situación de emulsión que había sido solicitado y también se había solicitado al MOPT material perfilado, cuando se hizo la aprobación yo solicite al ingeniero vial un informe de proyección de costos porque había que mandar las vagonetas hasta Heredia a traer el perfilado, hicimos una proyección de costos de cuanto seria la cantidad de vagonetas y el costo que tendría ese transporte para tenerlo en Cóbano y el y definitivamente no dio positivo era un costo muy alto el que teníamos que cubrir aun tomando en cuenta que talvez no tendríamos que
ACTA 92-26 03/02/2026 pagar el ferry, fue un proyecto fallido adema se requería vagonetas de 25 metros cúbicos para que diera mejor y nosotros solo tenemos una de doce, entonces la cantidad de viajes que había que pagar para traer ese material era mejor realizar poco a poco los proyectos que fuesen necesarios El asunto del sello asfaltico definitivamente es la única opción que estamos utilizando porque literalmente es plata perdida, llega el invierno y el sello se empieza a mover y se pierde y no sirve Lo que seguiría es el tratamiento TSB3 pero igualmente no nos va a durar lo que el asfalto. La parte hacia la reserva eso ya se solicitó al dpto. vial, en el momento que entra la maquinaria van ha hacer posicionamiento de material en ese sector, este material si amarra bastante si levanta polvo, pero no tanto como actualmente esta ese lugar, la intención es poner material donde están esas familias y ese adulto mayor específicamente para tratar de disminuir un poco el polvo. Tenemos que ver la situación del presupuesto con los ingresos extraordinarios que tuvimos el año pasado para ver donde eventualmente podrimos incluir algún proyecto. Cabuya no en el extraordinario del año pasado ni en el ordinario de este año se incluyo entonces es muy probable que va a tener algún tipo de proyecto en algunos de los lugares que faltan de asfaltado y creo que ustedes como conocedores del lugar deberían ser los que nos pueden indicar lo sitios para valorarlos. Quedo abierto a que ustedes me indiquen cuales son esos sitios donde haya personas confirmadas por situaciones de salud y pudiéramos aumentar su calidad de vida Y con lo del Plan Vial quinquenal ya lo he conversado varias veces con el ingeniero, el me indica que no hay que correr que el tiempo esta bien establecido para poder hacerlo. El Plan Vial quinquenal lo realizan ciertos profesionales de la administración entonces él va a convocar a los profesionales y también vamos a visitar todas las comunidades, priorizando las que tienen comités de caminos para solicitarles a ellos referencias de sus situaciones y poder tomarlos en cuenta en el plan vial quinquenal que serian los profesionales los que tienen que escucharlos y ver la proyección en los cinco años PRESIDENTA a.i. Muchas gracias, yo soy muy respetuosa de la administración porque tampoco quiero que se mal interprete que yo quiero entrar en coadministración, porque para nada y quería mas bien escuchar eso, porque se que es muy importante que se reúnan con los comités de caminos para establecer prioridades y necesidades y yo sé que el plan vial quinquenal no es una cuestión que se saquen de la manga, totalmente de acuerdo con los ingenieros y los profesionales, debe quedar muy bien elaborado porque es a largo plazo, cinco años. Agradecerle a usted su explicación y al ingeniero por la informacion que nos están dando y seguiremos pendientes. Muchas gracias EL INTENDENTE SE RETIRA ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA a. Fernanda Sanchez Alemán y otros vecinos de calle camaleón. ASUNTO. Solicitud de reclasificación vial de la calle del hotel Casa Chamaleón para inclusión en el Plan Quinquenal vial
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PRESIDENTA. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA LO QUE CORRESPONDA CON
RESPECTO A LA SOLICITUD DE ESTOS VECINOS
b. Alberto Jose Antillón Arroyo. Director General. Dirección General de Transporte y
Comercialización de Combustibles. OFICIO R-DGTCC-2026-056. ASUNTO. Aprobación
de proyecto Estación de Servicio Servicentro Los Ticos, a la empresa Servicentro JISAN
ALRO S.A. cedula 3-101-450295, representante legal Kemly Mónica Jimenez Alvarado.
PRESIDENTE. SE DA POR CONOCIDO
c. Carlos Manuel Rojas. Vecino. Correo electrónico. Agradece por el notorio y buen aporte
que el concejo y sus funcionarios han realizado en su comunidad (Santa Teresa), y los
esfuerzos de todos por mantener las playas limpias y evitar la destrucción de las bellezas
de la zona, indica que este mes vieron nacer tortuguitas. Felicita por hacer cumplir la ley y
tratar de bloquear el acceso de vehículos a la playa de santa teresa en la entrada de la
Lora, sin embargo, agrega que la infraestructura fue destruida. Insta a no ceder en hacer
cumplir la legislación volviendo a limitar el ingreso a la playa.
PRESIDENTA a.i. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION
d. Denuncia. ASUNTO. Invasión ilegitima a zona publica en los mojone 95 a 97 en Playa
Santa Teresa
PRESIDENTE a.i. SE DA PASE AL DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE Y QUE
PRESENTE INFORME AL CONCEJO SOBRE LO DENUNCIADO
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
DIANA. Vi el informe de la oficina de la mujer y dice que la comisión de la mujer debería estar
como apoyando mas y no lo veo como que no apoyamos, sino que no llegaron a la comisión para
nosotros reunirnos y saber en si en que tenemos que colaborar
ZULAY. La OFIM no está funcionando, se contrató un profesional por servicios profesionales, ella
estuvo trabajando con proyectos con diferentes grupos de mujeres de las comunidades, siempre
se hace la convocatoria por medio del Facebook del concejo y también atendía en la oficina previa
cita. Pero no esta trabajando como oficina de la mujer por el tema de presupuesto. En este
momento no esta trabajando. El informe yo lo tengo y con mucho gusto se los puedo suministrar,
estamos a cargo la Licda. Yorleny Madrigal y yo. Es el informe anual.
ANGIE. Para apoyar a la compañera no es que la comisión de la condición de la mujer no ha
querido acercarse inclusive yo me acerque varias veces a Yorleny pidiéndole que nos avisara
cuando se hacían los reportes de cada mes que ella presentaba, en este caso lo que solicita la
comisión de la mujer es, yo se que se publica y todo, a través de nosotras de la comisión se puede
llegar a mas mujeres porque muchas no tuenen como ver el Facebook o acceso al Facebook en
ACTA 92-26 03/02/2026 cambio si se pasa alas comunidades se puede llegar a más mujeres esa se seria la solicitud que nos tomen en cuenta para poder funcionar mas ZULAY, solo para agregar entiendo que ustedes estaban invitados el día que presentaron el informe, peo si lo vamos a tener muy en cuenta para el WhatsApp. ****************************************************U.L.************************************************* PRESIDENTA a.i. Agradezco a todas las personas que nos están viendo y desearles buenas noches a todos. Al ser las diecinueve horas con cincuenta y seis minutos se levanta la sesión. Buenas noches. Lcda. Olga Moncada Ledezma Sra. Roxana Lobo Granados PRESIDENTA SECRETARIA