Ordinaria 92 · 2026-02-03

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Acuerdos en esta acta

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ACTA 92-26
03/02/2026




                                    ACTA N° 092– 2026
                               PERIODO CONSTITUCIONAL
                                      2024-2028

ACTA NÚMERO NOVENTA Y DOS - DOS MIL VEINTISEIS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA TRES DE
FEBRERO DEL DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIECIOCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS
EN LA SALA DE REUNIONES DE LA OFICINA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA DE COBANO.
Con la presencia de las siguientes personas:
La señora Presidenta a.i. indica que ante la ausencia del Sindico propietario Minor Centeno ella
asume la presidencia
Invita al Concejal suplente Mario Delgado Rodriguez a asumir la curul de propietario ante la
ausencia del Concejal Carlos Mauricio Duarte Duarte

PRESIDENTE a.i.
Olga Moncada Ledezma

PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Francisco Madrigal Céspedes
Angie Bonilla Santana
Mario Delgado Rodriguez.


CONCEJALES SUPLENTES
Rafael Angel Duran Baltodano
Diana Salas Ibarra

INTENDENTE
Lic. Ronny Montero Orozco.

VICE INTENDENTA
Msc Zulay Mora Jimenez

ASESORA LEGAL
Lic. Aralyn Villegas Ruiz

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Minor Centeno Sandi.
Denia Villalobos Barahona

CONCEJALES SUPLENTES
Ivania Prendas Quesada

VISITAS

VISITAS POR INVITACION

ENCARGADO DE TRANSMISION
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Diego Céspedes Núñez

PRESIDENTA. Informa que, debido a reparaciones en la sala de sesiones, por unas semanas se
estará sesionando a partir de hoy en la sala de reuniones del MAG. El acuerdo salió publicado en
la gaceta del día de hoy
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión.
ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.         CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.           ORACION
A cargo de la vice intendente Zulay Mora Jimenez

ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS

   a. Ratificación acta ordinaria 91-26
       Se somete a votación el acta ordinaria 91-26 en la que estuvieron presentes los concejales
       Olga Moncada, Francisco Madrigal, Rafael Duran, Denia Villalobos, Ivania Prendas, Carlos
       Mauricio Duarte, Mario Delgado, Angie Bonilla y Diana Salas
ACUERDO N°1. Ratifican en todas sus partes el acta ordinaria 91-26 los concejales, Francisco
Madrigal, Angie Bonilla, Mario Delgado y Olga Moncada.

ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
SE DISPENSA

ARTICULO IV.         MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL

   a. Lic. Aralyn Villegas. Voy a leer informe del notario M.Sc. Luis Antonio Álvarez
      Chaves sobre la des inscripción
  Cóbano, 03 de febrero de 2026
  NOTARIADO-COBANO- 001-2026

  Señor
  Ronny José Montero Orozco Intendente Municipal
  Concejo Municipal de Distrito de Cóbano Presente
  Estimado señor:
  De conformidad con el requerimiento formulado por parte de la Intendencia Municipal del Concejo
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  Municipal de Distrito de Cóbano; procede esta asesoría legal a emitir informe con relación a estado de
  las gestiones notariales referentes a las escrituras públicas de cancelación de las concesiones inscritas
  originalmente a nombre las sociedades Colemu, S.A., cedula jurídico número: 3-101-083435 y Bosque
  Areyis, S.A., cédula jurídica número: 3-101-172225.
  Por medio de la presente, se procede a exponer sobre los avances vinculados a las gestiones notariales
  relacionadas con la formalización de escrituras públicas de las sociedades Colemu, S.A. y Bosque Areyis,
  S.A.

      A. SOBRE        LA CANCELACIÓN                DE    LA    CONCESIÓN          DE     LA    FINCA
             PROPIEDAD DE COLEMU, S,A.

  Respecto a la sociedad Colemu, S.A., cedula jurídica número: 3-101-083435, resulta pertinente indicar
  que la escritura pública número 12 del tomo 38 del protocolo del suscrito notario, correspondiente a
  la protocolización de acuerdo del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano adoptado en su sesión
  ordinaria número 185-2019, artículo VII, inciso b), del día 12 de noviembre de 2019, que tenía como
  finalidad cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público, de la finca
  ubicada en la provincia de Puntarenas, matricula número 1641- Z-000. Sobre este documento vale
  mencionar que la escritura fue otorgada el día 13 de diciembre de2025, y se presentó con las citas
  de diario las citas: 2025 00965084-01-000. Dicha escritura fue calificada con tres defectos el 17 de
  diciembre de 2025; y procedía realizar la corrección de los defectos , dos de los cuales se corrigieron
  y calificación de defectos subsanados del día 23 de diciembre de 2026, quedando pendiente solo una




  solicitud de aclaración del plazo catastrado, defecto que por abstracto estaba mal calificado sin
  embargo era necesario consultarlo con el coordinador de registradores, gestión que se realizó en la
  segunda semana de enero, y la escritura se presentó debidamente corregida con el visado de
  cordinación registral el 27 de enero de 2026, quedando debidamente inscrita el día 28 de enero de
  2026, tal y como se puede verificar en las imágenes adjuntas:
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      B. EN CUANTO A LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE LA CONCESIÓN
           PROPIEDAD DE BOSQUE AREYIS, S.A.
  En cuanto a la sociedad Bosque Areyis, S.A., cédula jurídica número: 3-101-172225, la escritura pública
  número 23 del tomo 38 del protocolo del suscrito notario fue oportunamente presentada ante el
  Registro Nacional de Costa Rica, mediante las citas de presentación número: 2026-84098, y por
  consiguiente, se encuentra en trámite a nivel registral.
  Mediante dicha protocolización del acuerdo emitido por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
  en su sesión ordinaria número 185-2019, artículo VII, inciso b), del día 12 de noviembre del 2019, se
  busca cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público de la finca
  localizada en la provincia de Puntarenas, bajo la matrícula número 1532-Z-000.
  Actualmente la escritura se encuentra en estudio de revisión y calificación por parte del Registro
  Inmobiliario, sin que a la fecha se haya calificado con defectos, lo cual se observa en las imágenes que
  se aportan a continuación:
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TERCERO: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
De conformidad con las consideraciones de hecho y de Derecho expuestas, se concluye lo
siguiente:

      1. La escritura pública de cancelación de la concesión inscrita en el Registro de
             Concesiones del Registro Público de la finca localizada en la provincia de Puntarenas,
             bajo la matrícula número 1532-Z-000, cuyo titular figura la sociedad Colemu, S.A., se
             encuentra debidamente inscrita ante el Registro Nacional.

      2. Por su parte, la escritura número 38, concerniente a la protocolización de acuerdo, a fin
         de cancelar la concesión inscrita en el Registro de Concesiones del Registro Público de
         la finca localizada en la provincia de Puntarenas, bajo la matrícula número 1532-Z-000,
         de la sociedad Bosque Areyis, S.A., actualmente se encuentra en trámite a nivel del
         Registro Nacional de Costa Rica, y a la espera de calificación e inscripción.
Sin más por el momento y anuente a cualquier aclaración o adición. SE CONOCE
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ARTICULO VIII.          INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. OFICIO INT.033-2025. ASUNTO: INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA
       INTENDENCIA MUNICIPAL DEL 28 DE ENERO AL 3 DE FEBRERO 2026
Estimados señores:

Por medio de la presente les saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, a la vez, me
permito presentarles el informe correspondiente.
Calles:
Se realizan trabajos en Bello Horizonte.
Se realizan trabajos de atención en calle Pura Vida
Miércoles 28 de enero
Se realizan inspecciones a los puentes peatonales de cabuya donde se verifica lo indicado por el ingeniero
municipal, el puente sobre el rio lajas es necesario cambiarlo en su totalidad y eliminarlo por su inseguridad
para las personas actualmente, se deberá ingresar en un presupuesto, sobre el rio miguelon se realizó un
diseño y se tratar de atender prontamente para que sea seguro para los peatones.
Jueves 29 de enero
Se realizó inspección de zona marítimo terrestre
Se realizo reunión con la comisión del tope de Cóbano
Viernes 30 de enero
Se atendieron reuniones con coordinadores y demás personal
Lunes 2 de febrero
Se realizo reunión con el comité de caminos de delicias atendiendo su solicitud
Se atendió reunión con comerciantes de la calle Sáenz para trabajo conjunto en el lugar.
Martes 3 de febrero
Se realiza reunión con temas de calles públicas en Cóbano e inventario vial

La señora vice intendente atendió el programa sembremos seguridad

Solicito señora presidente, que se le permita a la señora Zulay pueda explicar lo de la nota que
obtuvimos en el programa sembremos seguridad en el cual ella es la representante del concejo
PRESIDENTA a.i. adelante
ZULAY. Buenas tardes. Con mucha alegría recibimos en la reunión de hoy la noticia de que
obtuvimos una nota superior a 90 en el proceso que se llevo a cabo el año pasado, eso nos llena
de alegría y se refleja en las mejores de muchas cosas que venimos enfrentando. Este es un grupo
interinstitucional donde participan muchas instituciones y se abordan las problemáticas desde
diferentes áreas, el año pasado se detectaron muchas problemáticas y gracias al abordaje que se
les dio muchas de ellas se han superado. Estamos iniciando este año con el trabajo que nos
corresponde. Esperamos que este programa siga creciendo y consolidándose cada vez más.
Muchas gracias

RONNY. Se atendió reunión a solicitud de esta intendencia con Fuerza Pública, seguridad privada,
transito, patentes, ministerio de salud y representantes de la ADI Cóbano para el tema de las
fiestas peninsulares y tope 2026.
Temas a exponer
Quiero felicitar a la señora Laura Fernández la presidenta electa de Costa Rica el pasado domingo,
que todos estos 4 años sean de bendición para Costa Rica y especialmente para Cóbano
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Hago una invitación formal a las fiestas peninsulares Cobano 2026, para quienes no lo sepan, la
ADI Cóbano existe desde antes de este concejo municipal, fue esta asociación quien inicio con
maquinaria la apertura de varias calles que dieron la apertura del desarrollo a este lugar y también
varios puentes importantes que al día de hoy existen, quiero levantar la voz por este grupo de
personas y todas las asociaciones de desarrollo que de manera desinteresada dan su tiempo

    b. OFICIO INT-032- ASUNTO: FINANCIAMIENTO BANCO POPULAR PUENTE RIO
       NEGRO.

Estimables señores(as) integrantes del Honorable Concejo Municipal del Distrito de Cóbano:

En atención a la comunicación remitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, mediante la cual se
informa a este Gobierno Local sobre la actualización de las condiciones crediticias vigentes para operaciones
en colones dirigidas al segmento institucional (Concejos y Municipalidades), se solicita respetuosamente a
este Honorable Concejo Municipal proceder con la aprobación del acuerdo correspondiente, conforme a
las condiciones financieras actualmente establecidas por dicha entidad bancaria.
Concretamente, el Banco Popular solicita remitir nuevamente la transcripción del acuerdo del Concejo
Municipal en el que se autoriza la línea de crédito, incorporando las siguientes condiciones generales de la
operación:
• Garantía: pagaré
• Tasa de interés: Tasa Básica Pasiva (TBP) más cuatro puntos porcentuales
• Plazo: setenta y dos (72) meses
•Monto:₡365.500.000,00
•Proyecto: Construcción del Puente Río Negro – Santiago
Cabe indicar que no se requiere la suscripción de un nuevo contrato, toda vez que el Contrato de Apertura
de Línea de Crédito de Uso Múltiple en colones permite que cada subpréstamo se formalice conforme a las
condiciones financieras vigentes al momento del respectivo desembolso. En consecuencia, la actualización
solicitada únicamente requiere la emisión de un nuevo acuerdo por parte del Concejo Municipal.
Por lo anterior, se remite el texto sugerido del acuerdo para su conocimiento, análisis y eventual aprobación
por parte de este Honorable Concejo.

CONSIDERANDO:
     Que este Concejo Municipal de Distrito de Cobano desde el año 2019 cuenta con un crédito
        de uso múltiple en colones, con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, bajo la
        operación madre numero 065-076-011749-7, gestión debidamente autorizada por este
        Concejo.
     Que para que el banco popular desembolse el monto estipulado para la construcción del
        puente sobre el Rio Negro en el sector Rio Negro – Santiago, se hace necesario un nuevo
        acuerdo de aprobación de actualización de la línea de crédito.
ACUERDO N°2
Con cuatro votos a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “2.1.
Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
2.2. Autorizar a la administración a actualizar ante el Banco Popular y de Desarrollo Comunal la
línea de crédito de hasta por un monto de trescientos sesenta y cinco millones quinientos mil
colones con 00/100 (¢365,500,000.00) para la construcción del Puente Rio Negro, con las
siguientes condiciones generales:
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    •   Garantía: pagaré
    •   Tasa de interés: Tasa Básica Pasiva (TBP) más cuatro puntos porcentuales
    •   Plazo: setenta y dos (72) meses
Lo anterior bajo la operación madre numero 065-076-011749-7 que posee este concejo en esa
entidad bancaria”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los concejales Olga Moncada Ledezma,
Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.


    c. Sr. Darío Alvarez. Encargado Patentes. OFICIO CMDC-PAT-2026-017 con V.B.
       Intendencia. ASUNTO Permiso festejos peninsulares Cóbano 2026
Sirva la presente para informarles, que este departamento ha recibido documentación para el trámite de
solicitud de permiso para Festejos Peninsulares Cóbano 2026, dicha actividad, organizada por la Asociación
de Desarrollo Integral de Cóbano, cedula jurídica 3-002-045378, misma que se llevará a cabo en el campo
ferial de Cóbano, finca folio real 6-010019-000, plano catastro P-0399261-1997, en fecha del 12 al 23 de
febrero del año 2026.
La documentación recibida es la siguiente:
        1.  Solicitud del Evento – Folio 001
        2.  Cronograma de las actividades – Folio 003.
        3.  Nombramiento de fiscal de los Festejos. Folio 004.
        4.  Personería Jurídica de la asociación. Folios 005 y 006.
        5.  Plan de contingencia – Folios del 007 al 021.
        6.  Póliza de responsabilidad civil (ADI)– Folio 022
        7.  Póliza de Riesgos del Trabajo (ADI)– Folio 023
        8.  Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo –Benavides Villegas Dayhana (Grupo Los Cumiches) –
            Folios del 024 al 025
        9. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Coronado Luna Edgar Agustín (Grupo Sub Veinte de
                Santana) – Folio 026
        10. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Rivera Obregón Ricardo Alonso (Los Colegas) – Folios
            del 027 al 028
        11. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Agrupación Taurina Los Cachorros S.R.L. (Grupo Macho
            Carballo) – Folios del 030 al 031
        12. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Benavides Villegas Dayhana (Anexión Taurina) – Folios
            del 032 al 033
        13. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo- Carvajal Herrera Evelyn del Carmen (Huracán Taurino) -
            Folios 034 y 035
        14. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Moncada González Roxana del Carmen (Selección
            Pingüino) – Folios 036 al 038
        15. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo – Espectáculos ACET S.A. (ACET) – Folios 039 al 040
        16. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo Flores Urbina Ismael (Blake y Víquez) Folios 041 y 042.
        17. Permiso del Ministerio de Salud para la plaza de toros vigente – Redondel Oldemar Fernández,
            Cóbano – Folio 043
        18. Permiso extendido por el Ministerio de Salud para la actividad de bar, sala de baile y restaurante
            – Salón Los Caraos – Folio 044
        19. Contrato alquiler de ganado - Folio se aporta contrato de alquiler de ganado con Jairo Mayorga
            Zamora, se indica, además, que puede subcontratar ganado para cumplir con los compromisos
            del espectáculo. Folio 045.
        20. Certificación de inspección del redondel, Salón e instalaciones del campo ferial, extendido por
            un Arquitecto donde indica las condiciones y capacidad del mismos – Folios 046 y 047.
        21. Nota de la Cruz Roja o contrato de servicios médicos – Folio 048
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       22. Contrato de Seguridad Privada – Folios del 049 al 051
       23. Aprobación del Plan de Seguridad “Fiestas Cóbano 2026” por la Fuerza Pública – Folios 052 y
           053
       24. Licencia de ACAM Vigente – Folio 054
       25. Servicios veterinarios para corridas y tope – Folio 055
       26. Permiso CVO- SENASA– Folio 056
       27. Autorización de evento temporal con animales - SENASA– Folios 057 y 058
       28. Copia de la Licencia temporal de licores otorgada para los sitios denominados “Salón Los
           Caraos” y “La Chichera” – Folios del 059 al 061
       29. Copia de la patente comercial de Sala de Baile del Salón Los Caraos - Folio 062
       30. Constancia de no morosidad con la CCSS de la Asociación - Folio 065
       31. Certificación de inspección de los juegos mecánicos por parte de un ingeniero civil. Folios del
           066 al 068.
       32. Póliza de Responsabilidad Civil Carruseles – Folios del 069 al 073.
       33. Certificación de inspección de la tarima para conciertos y animación por parte de un ingeniero
           civil y póliza de responsabilidad civil. Folios del 074 al 077.
       34. Servicio de un doctor comprometiéndose a dar cobertura durante los festejos – Folio 078
       35. Nota por parte del Área de Salud Cóbano del CCSS indicando que permanecerá abierta y
           anuente a atender cualquier evento. Folio 079
       36. Nota indicando que no se detonara pólvora durante los Festejos Cóbano 2026. - Folio 080
       37. Permiso temporal de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, para la actividad –
           Folios del 081 al 083.
       38. Plan de manejo de desechos sólidos y aguas residuales – Folios del 084 al 090.
A razón de lo anterior, se da PASE de documentación recibida, para su respectivo análisis, quedando
pendiente de aportar los siguientes documentos para cumplir a cabalidad con la totalidad de requisitos:
Además, se solicita que se indique lo siguiente como parte del acuerdo “Es responsabilidad del
permisionario a través de sus representantes, garantizar la colocación de recipientes para la recolección
separada de residuos valorizables (reciclaje) todos los días del evento. La correcta separación será
verificada vía inspección por el Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores del Concejo
Municipal de Distrito” Sin más.

CONSIDERANDO:

   ❖ Que se ha conocido OFICIO CMDC-PAT-2025-019 mediante el cual se da pase del
       expediente con los requisitos presentados para el permiso para los Festejos Peninsulares
       Cóbano 2025 que organiza la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano, la
       documentación recibida es la siguiente:

       39. Solicitud del Evento – Folio 001
       40. Cronograma de las actividades – Folio 003.
       41. Nombramiento de fiscal de los Festejos. Folio 004.
       42. Personería Jurídica de la asociación. Folios 005 y 006.
       43. Plan de contingencia – Folios del 007 al 021.
       44. Póliza de responsabilidad civil (ADI)– Folio 022
       45. Póliza de Riesgos del Trabajo (ADI)– Folio 023
       46. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo –Benavides Villegas Dayhana (Grupo Los Cumiches) –
             Folios del 024 al 025
       47. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Coronado Luna Edgar Agustín (Grupo Sub Veinte de
                Santana) – Folio 026
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      48. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Rivera Obregón Ricardo Alonso (Los Colegas) – Folios
             del 027 al 028
      49. Corridas Póliza de Riesgos de Trabajo – Agrupación Taurina Los Cachorros S.R.L. (Grupo Macho
             Carballo) – Folios del 030 al 031
      50. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Benavides Villegas Dayhana (Anexión Taurina) – Folios
             del 032 al 033
      51. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo- Carvajal Herrera Evelyn del Carmen (Huracán Taurino) -
             Folios 034 y 035
      52. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo - Moncada González Roxana del Carmen (Selección
             Pingüino) – Folios 036 al 038
      53. Corridas - Póliza de Riesgos del Trabajo – Espectáculos ACET S.A. (ACET) – Folios 039 al 040
      54. Corridas Póliza de Riesgos del Trabajo Flores Urbina Ismael (Blake y Víquez) Folios 041 y 042.
      55. Permiso del Ministerio de Salud para la plaza de toros vigente – Redondel Oldemar Fernández,
             Cóbano – Folio 043
      56. Permiso extendido por el Ministerio de Salud para la actividad de bar, sala de baile y restaurante
             – Salón Los Caraos – Folio 044
      57. Contrato alquiler de ganado - Folio se aporta contrato de alquiler de ganado con Jairo Mayorga
             Zamora, se indica, además, que puede subcontratar ganado para cumplir con los compromisos
             del espectáculo. Folio 045.
      58. Certificación de inspección del redondel, Salón e instalaciones del campo ferial, extendido por
             un Arquitecto donde indica las condiciones y capacidad del mismos – Folios 046 y 047.
      59. Nota de la Cruz Roja o contrato de servicios médicos – Folio 048
      60. Contrato de Seguridad Privada – Folios del 049 al 051
      61. Aprobación del Plan de Seguridad “Fiestas Cóbano 2026” por la Fuerza Pública – Folios 052 y
             053
      62. Licencia de ACAM Vigente – Folio 054
      63. Servicios veterinarios para corridas y tope – Folio 055
      64. Permiso CVO- SENASA– Folio 056
      65. Autorización de evento temporal con animales - SENASA– Folios 057 y 058
      66. Copia de la Licencia temporal de licores otorgada para los sitios denominados “Salón Los
             Caraos” y “La Chichera” – Folios del 059 al 061
      67. Copia de la patente comercial de Sala de Baile del Salón Los Caraos - Folio 062
      68. Constancia de no morosidad con la CCSS de la Asociación - Folio 065

      69. Certificación de inspección de los juegos mecánicos por parte de un ingeniero civil. Folios del
             066 al 068.
      70. Póliza de Responsabilidad Civil Carruseles – Folios del 069 al 073.
      71. Certificación de inspección de la tarima para conciertos y animación por parte de un ingeniero
             civil y póliza de responsabilidad civil. Folios del 074 al 077.
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        72. Servicio de un doctor comprometiéndose a dar cobertura durante los festejos – Folio 078
        73. Nota por parte del Área de Salud Cóbano del CCSS indicando que permanecerá abierta y
             anuente a atender cualquier evento. Folio 079
        74. Nota indicando que no se detonara pólvora durante los Festejos Cóbano 2026. - Folio 080

        75. Permiso temporal de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, para la actividad –
             Folios del 081 al 083.
        76. Plan de manejo de desechos sólidos y aguas residuales – Folios del 084 al 090.

    ❖ Que en la sesión ordinaria 077-2025, articulo IX, inciso g, del día veintiuno de octubre del
        2025 se acordó exonerar, al amparo del artículo 4 de la ley 6844, a la ADIC del pago del
        5% a favor de las municipalidades de cada tiquete o entrada a los eventos a realizarse en
        los festejos peninsulares Cóbano 2025, siempre que las actividades sean propias de la
        asociación.
    ❖ Que en la sesión ordinaria 079-2025, articulo IX, inciso a, del día cuatro de noviembre del
        2025 se autorizaron dos patentes temporales de licores a la Asociación de Desarrollo
        Integral de Cóbano para explotar en el salón los Caraos y en la chichera ambos dentro del
        campo ferial propiedad de esta asociación ubicado en Cobano centro

ACUERDO N°3
Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “3.1.
Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
3.2. “Otorgar permiso a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para que realice actividad
denominada FESTEJOS PENINSULARES 2025                    los días que van del 12 al 23 de febrero del
año 2026, con un horario de 11.00 a.m. a 2:30 a.m. todos los días, finalizando los eventos
el día 24 de febrero a la dos horas con treinta minutos, en el campo ferial propiedad de esa
Asociación.”. ***************
3.3. Indicar que en el caso que haya una sobreventa de tiquetes en el redondel y que ingresen
más de las personas indicadas en el Oficio emitido por el Arq. Eugenio Castro Jimenez, visible a
los folios 046 y 047 del expediente, este concejo no tendrá responsabilidad. **********

3.4. Que también consta en el expediente a folios 052 a 054 inspección realizada por el Ing. Juan
Carlos Aguilar J., a las tarimas para conciertos y animaciones.

3.5.   Nombrar fiscal de este evento al señor FERNANDO QUESADA LOPEZ, portador de la
cédula de identidad número 6-0169-0222              y recordarle que debe cumplir con las siguientes
funciones: ****************************************************************

a. Autorizar el inicio de las corridas de cada día, para lo cual antes debe verificar lo siguiente:

a.a Que no se encuentren menores de edad dentro del redondel. *************

a.b. Que no hallan personas ebrias dentro del redondel. *************
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a.c. Que se encuentre presente la policía y la cruz roja con su respectivo médico. ****

a.d. Que todos los montadores se encuentren debida y correctamente inscritos en la póliza, al igual
que los toreros y encargados de la puerta. *************

a.e. Que esté presente el torero.*********************************

b. Detener la corrida si la cruz roja y medico deben realizar un traslado a la clínica, la cual solo se
podrá reanudar hasta que estos regresen. Lo anterior en caso de que solo exista una unidad y un
profesional de medicina a cargo.

3.6. Recordarles que si algún evento como baile u otro es dado a un tercero, deben apersonarse
a las oficinas del Dpto. de patentes a realizar el respectivo tramite de contado y sellado de cada
una de las entradas que pondrán a la venta y los impuestos                         deberán ser cancelados
inmediatamente después de terminada la feria, en las oficinas de cobros de esta municipalidad,
dinero que deberá ingresar directamente a la cuenta de este Concejo, mediante un
recibo.******************************

3.7. Recordar que: “Las actividades Taurinas son exclusivamente para adultos por lo tanto queda
prohibido           realizar         corridas          donde          participen         menores            de
edad”.*******************************************

3.8.   Indicarles    que       es responsabilidad de    la   Asociación      de    Desarrollo    Integral   de
Cóbano, garantizar la colocación                de recipientes para la recolección separada de residuos
valorizables (reciclaje) todos los días de la feria. La        correcta    separación    de     los   residuos
sólidos será verificada,                                vía inspección,                                 por el
Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores                       del Concejo Municipal de Distrito”.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Olga Moncada Ledezma, Francisco Madrigal Céspedes,
Angie Bonilla Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a votación la aplicación del artículo
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO

    d. Ing. Franklin Obregón. Gestor Vial. OFICIO N° INGV-011-2026. ASUNTO. Solicitud
       autorización para corta de arboles en derecho de vía
Por medio de la presente le saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, asimismo, indicarle
que se iniciara con la ampliación del acceso a Playa Hermosa con el fin de construir la calle que actualmente
está constituida su capa de rodamiento en lastre. La misma cuenta con una orden de compra 0123,
Contratación Pública N° 2022LN-000001-01, denominada “Mantenimiento y Rehabilitación de Obra Vial del
Distrito de Cóbano, Puntarenas, según demanda por un año prorrogables por tres años más.” Se pretende
la ejecución del proyecto denominado “Construcción de acceso a Playa Hermosa, con una calle
adoquinada”. Donde se va intervenir un tramo de 310 metros lineales aproximadamente. Se cuenta con
una partida presupuestaria de ¢ 135 288 617.83 presupuesto ordinario del 01-2025, correspondiente al 40%
mejoras del Cantón, con código 5.03.02.07.5.02.02, esto de acuerdo al oficio No 154-2025, se le asignan
previamente ¢ 120 625 744.80. Por lo tanto, se requiere corta de árboles en el derecho de vía pública y
acceso de calle en la zona marítima terrestre ruta C6-01-116, con el fin de ampliar el ancho y lograr
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Cabe destacar que para corta de árboles ubicados en el derecho de vía pública, se ampara a la Ley 5060
Ley General de Caminos Públicos que cita lo siguiente en el Artículo 2 bis:
“Articulo Único- Se reforma el artículo 2 bis de Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972. El texto es el
siguiente: Artículos 2bis- Los entes públicos competentes para la ejecución de obras de mantenimiento y mejoramiento de la red vial
cantonal o nacional existente tendrán la potestad para remover en virtud del interés público, sin previa autorización de las instancias
competentes del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), todo obstáculo situado en el derecho de vía legalmente constituido. Esta
potestad incluida las áreas de protección de ríos y quebradas que se encuentren en el derecho de la vía pública, siempre y cuando
dichos obstáculos representen un riesgo para la estabilidad estructural de puentes, vías, o sea, contrario a los fines para los que el derecho
de vía ha sido creado, y que se notifique al MINAE de la situación”

En visita realizada al sitio, se constató que realmente amerita el corte de los árboles. La inspección se
realizó mediante recorrido en el sitio, aplicando observación directa y medición del diámetro de cada
especie, además se identificó los diferentes árboles en sitio. Estos árboles se encuentran en el derecho
de vía, y además algunas especies resultan ser perjudicial para la infraestructura vial, ya que las raíces
tienen a crecer por debajo, generando agrietamiento y levantando o deformando los elementos
construidos en concreto o asfalto, esto ocasiona que dicha estructura tenga una vida útil muy corta.
Las especies se en listan en la siguiente tabla donde se indica el diámetro de cada árbol a la altura del
pecho.




Este levantamiento de las especies fue realizado en colaboración con representantes del SINAC, los arboles
aprovechables deberán ser donados a una institución educativa.




Por lo tanto, se le solicita al honorable Concejo tomar acuerdo para que este Departamento, pueda
notificar al SINAC de dicha corta y del aval, por parte del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano para
iniciar con la construcción de la calle adoquinada en Playa Hermosa.

CONSIDERANDO:
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   ➢ Que el dpto. de Ingeniería vial, mediante OFICIO INGV-011-2026 informa que se iniciará
       la ampliación del acceso a Playa Hermosa, con el fin de construir la calle que actualmente
       está constituida en lastre.
   ➢ Que para realizar esta obra se cuenta con la orden de compra 0123, Contratación Pública
       N° 2022LN-000001-01, denominada “Mantenimiento y Rehabilitación de Obra Vial del
       Distrito de Cóbano, Puntarenas, según demanda, por un año prorrogables por tres años
       más.”
   ➢ Que se pretende realizar la ejecución del proyecto denominado “Construcción de acceso a
       Playa Hermosa, con una calle adoquinada” donde se va intervenir un tramo de 310 metros
       lineales aproximadamente.
   ➢ Que, para ampliar la calle al ancho requerido, se requiere la corta de algunos árboles que
       se encuentran en el derecho de vía pública y acceso de calle en la zona marítima terrestre,
       ruta C6-01-116,
   ➢ Que algunas especies de estos árboles resultan ser perjudiciales para la infraestructura
       vial, ya que las raíces tienen a crecer por debajo, generando agrietamiento y levantando
       o deformando los elementos construidos en concreto o asfalto, lo que ocasiona que
       dicha estructura tenga una vida útil muy corta.
   ➢ Que el levantamiento de las especies que se requieren cortar fue realizado en colaboración
       con representantes del SINAC,
   ➢ Que los arboles aprovechables deberán ser donados a una institución educativa


ACUERDO N°4 Con cuatro a favor de cuatro concejales propietarios presentes SE
ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Autorizar al departamento de gestión vial a cortar lo siguientes arboles:




Los cuales se ubican en el derecho de vía pública y acceso de calle en la zona marítima terrestre
ruta C6-01-116, esto con el objetivo de poder ampliar dicha calle para realizar el adoquinado de la
misma.**************
4.3. Solicitar a la administración Comunicar al SINAC-COBANO este acuerdo”. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Olga Moncada Ledezma, Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla
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Santana y Mario Delgado Rodriguez. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO

e. Lic. Lidieth Porras Córdoba. Coordinadora Dpto. de Zona Marítimo Terrestre. OFICIO.
ZMT-035-2026 ASUNTO: SE CONTESTA OFICIOS CMC-S-326-2025/ CMC-S-005-2026.

Estimados;
Por medio de la presente les saludo y a la vez doy respuesta a los oficios número CMC-S-326-2025/ CMC-S-
005-2026, sobre la solicitud de concesión que se tramita en este Departamento mediante expediente 4151-
2023 a nombre del señor Estarllin Roberto Largaespada Palacio; por lo cual indico lo siguiente;
PRIMERO: Una vez analizado el contenido de los oficios CMC-S-326-2025 y CMC-S-005-2026, remitidos a
este Departamento por el Concejo de Concejales, se advierte una incorrecta interpretación del régimen
jurídico aplicable a la Zona Marítimo Terrestre por parte del señor Estarllin Roberto Largaespada Palacio,
particularmente en lo relativo a la naturaleza jurídica del área objeto de la solicitud de concesión. En ese
sentido, se constata que la gestión promovida recae sobre un bien de dominio público el cual se encuentra
afecto al régimen especial de protección establecido en la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, cuya
custodia, administración y tutela corresponden de forma exclusiva a este Concejo Municipal de Distrito, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de dicho cuerpo normativo.
En contraposición a lo alegado por el solicitante, este Departamento ha actuado en todo momento con
estricto apego al principio de legalidad, las manifestaciones realizadas por el administrado evidencian una
conducta contraria a los deberes de buena fe, lealtad y colaboración con la Administración, principios que
rigen el procedimiento administrativo, toda vez que, según lo señalado se aleja de la verdad real de los
hechos.
En virtud de lo anterior, se estima necesario referirse de manera expresa al régimen jurídico especial que
tutela y protege la Zona Marítimo Terrestre, a efectos de clarificar el marco normativo aplicable al caso
concreto.
SEGUNDO: La Zona Marítimo Terrestre constituye un bien de dominio público del Estado costarricense,
regulado por la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su reglamento. Comprende la franja de terreno
contigua al litoral, medida desde la línea de pleamar ordinaria, y se divide en zona pública y zona restringida,
ambas sometidas a un régimen jurídico especial de protección. Por su naturaleza demanial, la Zona
Marítimo Terrestre se encuentra fuera del comercio de los particulares, siendo inalienable, imprescriptible
e inembargable, y está destinada primordialmente al uso público, la conservación ambiental y el interés
general. Su administración y tutela corresponden a las municipalidades y concejos municipales de distrito,
quienes ejercen dichas competencias bajo el principio de legalidad y en coordinación con las instituciones
competentes.
El otorgamiento de concesiones en la zona restringida constituye una facultad excepcional, sujeta al estricto
cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, sin que ello implique transferencia de dominio ni
afectación del carácter público del bien. Cualquier actuación administrativa en la zona marítimo terrestre
debe ajustarse al marco normativo vigente, garantizando la protección del dominio público y el uso racional
del espacio costero.
En relación con el caso que nos ocupa, resulta pertinente señalar que la gestión presentada por el solicitante
de concesión se fundamenta en la pretensión de reconocimiento de derechos que no encuentra respaldo
en el ordenamiento jurídico vigente, en tanto recaen sobre un área sujeta al régimen de dominio público
de la Zona Marítimo Terrestre. Este Departamento, en ejercicio de sus competencias legales, ha brindado
al administrado información clara, suficiente y oportuna respecto de la situación jurídica de la parcela
objeto de interés, actuando en todo momento bajo los principios de transparencia, objetividad y buena
administración, que rigen la función pública, no obstante, el hecho de que las respuestas emitidas por este
Departamento no coincidan con las expectativas o intereses particulares del solicitante no desvirtúa la
corrección ni la legalidad de las actuaciones administrativas, toda vez que los funcionarios públicos se
encuentran obligados a actuar exclusivamente dentro del marco de la ley, conforme al principio de legalidad
consagrado en el artículo 11 de la Constitución Política y desarrollado en la Ley General de la Administración
Pública.
Dicha obligación se torna aún más estricta cuando la Administración ejerce funciones de custodia,
protección y administración sobre bienes de especial fragilidad e interés público, como lo es la Zona
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Marítimo Terrestre, respecto de la cual no resulta jurídicamente posible emitir pronunciamientos o adoptar
decisiones que contravengan el régimen legal que la tutela, aun cuando ello implique desestimar las
pretensiones de los administrados.
TERCERO: Sobre el caso específico, el señor Largaespada Palacio, presentó solicitud de concesión a las
13:12 horas del 19 de diciembre del 2023, sobre parcela ubicada al sector costero correspondiente al Plan
Regulador Punta Barrigona, entre los mojones 13-520 del Instituto Geográfico Nacional, por un área de
2284 m2, iniciada la tramitación del presente proceso se desprende el oficio CAT-ZMT-046-2025 mediante
el cual el Ingeniero Topógrafo de Zona Marítimo Terrestre realizó el montaje técnico del croquis aportado
por el solicitante, determinándose que la solicitud presentada traslapa con dos solicitudes de concesión
previamente ingresadas, circunstancia debidamente documentada y respaldada con criterios técnicos
objetivos.
Posteriormente, el solicitante aportó un nuevo croquis, el cual fue igualmente sometido al procedimiento
técnico correspondiente, emitiéndose el oficio CAT-ZMT-159-2025, mediante el cual se le notificó que la
nueva delimitación pretendida traslapa con cuatro solicitudes de concesión presentadas con anterioridad,
situación que evidencia la imposibilidad material y jurídica de ser valorado según su solicitud, primero es en
tiempo primero en derecho. Sobre este particular, resulta necesario aclarar que el área de Topografía de
este Departamento mantiene un registro sistematizado y cronológico de todas las solicitudes de concesión
respecto de las cuales se ha efectuado montaje técnico, así como los expedientes administrativos
completos, en los que consta de manera fehaciente la fecha y hora de presentación de cada gestión,
información que resulta objetiva, verificable y de carácter público, accesible a cualquier administrado
conforme a la normativa vigente.
En consecuencia, carecen de sustento las afirmaciones del solicitante en cuanto a una supuesta actuación
arbitraria o ilegal por parte de la Administración, toda vez que los actos administrativos emitidos se
encuentran debidamente motivados, fundados en criterios técnicos especializados y sustentados en
registros administrativos formales, los cuales no constituyen creaciones discrecionales, sino el reflejo fiel
de la realidad registral y técnica del procedimiento que se lleva en este departamento.
A pesar de lo anterior, el señor Largaespada Palacio pretende que se le aplique el principio de “primero en
tiempo, primero en derecho”, previsto en el artículo 44 de la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre,
sin aportar fundamento jurídico ni probatorio suficiente que respalde dicha pretensión. Tal solicitud resulta
jurídicamente improcedente, por cuanto existen solicitudes de concesión presentadas con anterioridad,
debidamente registradas y acreditadas en el expediente administrativo, lo que excluye de pleno derecho la
aplicación del referido principio en su favor.
Adicionalmente, según se desprende de los informes técnicos emitidos por el área de Topografía de este
Departamento, que los croquis aportados por el solicitante no se ajustan a la vialidad establecida en el Plan
Regulador vigente, circunstancia que fue debidamente comunicada al administrado mediante el oficio L-
ZMT-056-2025, lo cual constituye un impedimento adicional para la procedencia de la solicitud de concesión
planteada.
CUARTO: Las sentencias 00045-2008, 00277-2008 y 00328-2009, emitidas por el Tribunal Contencioso
Administrativo, han sostenido que la figura del ocupante en la Zona Marítimo Terrestre encuentra su
reconocimiento normativo en el Transitorio VII y el artículo 44 de la Ley 6043 sobre Zona Marítimo
Terrestre, refiriéndose exclusivamente a aquellas personas físicas que se encontraban ocupando la zona
restringida con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley, el 2 de marzo de 1977, sin contar con
contrato de arrendamiento y sin que medie un acto administrativo formal de reconocimiento.
Dicha condición no constituye un derecho adquirido ni permanente, sino un derecho en precario, tolerado
temporalmente por el ordenamiento jurídico, cuyo único efecto es otorgar una preferencia relativa (en
igualdad de condiciones) para el eventual otorgamiento de una concesión, siempre que se acredite una
ocupación pública, quieta, pacífica y continua, y sin realización de mejoras, hechos que hayan ocurrido
previo a la promulgación de la Ley 6043. El legislador no pretendió consolidar situaciones fácticas
irregulares, sino facilitar la transición hacia un uso jurídico regular conforme al régimen concesional.
El ocupante no puede equipararse ni a un propietario, por tratarse de un bien de dominio público, ni a un
arrendatario, figura expresamente regulada en los Transitorios I y II de la Ley 6043, ni tampoco a quienes
ingresaron de forma clandestina con posterioridad a la promulgación de la ley, conducta prohibida por
su artículo 12. Asimismo, la condición de ocupante no es transmisible, ni inter vivos ni mortis causa, y se
encuentra excluida para personas jurídicas, en atención a su naturaleza social y excepcional. En virtud del
artículo 7 de la Ley 6043, la Zona Marítimo Terrestre es imprescriptible, por lo que la ocupación no genera
derechos de posesión ni de propiedad, siendo únicamente un criterio de prelación administrativa para el
otorgamiento de concesiones, cuya verificación resulta fáctica y jurídicamente comprobable, en virtud de
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lo anterior es necesario referir a la opinión Jurídica OJ-088-2008 emitida por la Procuraduría General de la
República el 22 de setiembre del 2008;
         “La condición de ocupante y poblador concierne a quienes ocupan la zona costera con
         anterioridad a la Ley 6043, según sus requerimientos, y no puede ser objeto de cesión o traspaso.
A esas personas les corresponde cancelar el canon previsto en el             Transitorio VII de la Ley 6043. Los
pobladores y ocupantes requieren de una solicitud          y de un acto      administrativo     que     así  los
reconozca. La autorización prevista en el          Transitorio VII de la Ley 6043 no produce derecho alguno en
lo que a concesión se refiere y la situación provisional en él prevista cesará cuando entre en vigencia el
         plan de desarrollo para la respectiva zona.
         Como elementos probatorios son improcedentes las declaraciones juradas, así como carta
ventas privadas o escrituras públicas donde se consignen ocupaciones anteriores a la Ley 6043,
negociaciones que carecerían de validez por la naturaleza           del bien, ausencia de titularidad hábil y
contrariar leyes prohibitivas.
         De acuerdo con la información que se obtuviere de la Fuerza Pública o Registro Civil        sobre    el
domicilio del interesado, los pobladores al entrar a regir la Ley 6043 debían        haber residido por más de
10 años, sin posibilidad de ostentar ocupación o propiedad de otros bienes inscritos o no. En ese
extremo, es necesaria además certificación del Registro de Bienes Inmuebles. Sobre la residencia superior
al plazo         decenal es prueba complementaria          certificación de control migratorio para
         determinar si el interesado ha estado ausente del país de manera tal que desmerite          la
residencia continua por el término de ley.
         Tampoco cabe reconocer como pobladores a los nacidos con posterioridad a 1949,              pues     al
entrar a regir la Ley 6043 no sólo debían tener una ocupación superior a la          decenal, sino, además,
contar para entonces con la mayoría de edad para ejercerla. Para corroborarlo será necesaria la
certificación del Registro Civil sobre la fecha de nacimiento del interesado. Los ocupantes también deben
estar con anterioridad a la        Ley 6043 y como sujetos mayores de edad. Es impropio reconocer esa figura
a los nacidos después de 1959.
         Como el demanio costero es un bien ambiental, la carga de la prueba para hacer              constar las
categorías de pobladores u ocupantes, que el legislador previó al entrar en          vigencia la Ley 6043,
corresponde a los interesados que oportunamente debieron            solicitar ese reconocimiento. Si no se
ostenta ni se acreditó oportunamente la            condición de poblador u ocupante, la permanencia en la
zona costera deviene en            ilegítima, y ha de procederse al desalojo de los ocupantes ilegítimos y la
         demolición      de las construcciones no autorizadas.
         Las categorías de pobladores y ocupantes no deben tergiversarse y no cabe utilizarlas para
pretender legitimar ocupaciones irregulares posteriores a la vigencia de la Ley 6043. Por ende, la
Administración no está en la obligación de reubicar a los           infractores del demanio costero. La
reubicación se aplica únicamente a los pobladores, y donde existiere planificación           del sector; pero la
normativa aclara que siempre deberá respetarse la zona pública.”
En virtud de lo expuesto, se concluye que el señor Largaespada Palacio no puede ser catalogado como
ocupante del área de la Zona Marítimo Terrestre que actualmente utiliza, toda vez que no reúne los
requisitos excepcionales previstos en la Ley 6043 para dicha categoría jurídica. En primer término, de
conformidad con el Transitorio VII y el artículo 44 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, la condición
de ocupante se circunscribe a aquellas personas físicas que se encontraban ocupando la zona restringida
con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, el 2 de marzo de 1977, sin contrato de arrendamiento.
No obstante, del expediente administrativo de solicitud de concesión, específicamente a folio 2, consta
copia de carné provisional de permiso laboral emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería,
en el cual se acredita que el solicitante nació en el año 1992, así como que la solicitud de permiso
migratorio data del año 2019, lo cual permite constatar de manera objetiva que no cumple con el
presupuesto temporal exigido para ostentar la condición de ocupante, criterio reiteradamente sostenido
por la Procuraduría General de la República.
En segundo término, consta en autos la existencia de solicitudes de concesión presentadas con anterioridad
sobre el área en cuestión, las cuales no han podido culminar su trámite debido al desfase existente en la
lámina del Plan Regulador Costero Punta Barrigona, circunstancia que refuerza la improcedencia de
reconocer cualquier situación de preferencia al solicitante actual.
Adicionalmente, la permanencia del señor Largaespada Palacio no ha sido pacífica ni conforme al
ordenamiento jurídico, requisito indispensable incluso para efectos de una eventual preferencia
administrativa. Al respecto, a folio 044 del expediente, consta el oficio de inspección de campo I-ZMT-169-
2025, en el cual se documenta la existencia de construcciones ilegales, constitutivas de infracción a la Ley
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6043, situación que se encuentra actualmente bajo conocimiento y abordaje de este departamento
municipal.
Finalmente, se advierte que los argumentos expuestos por el solicitante carecen de sustento normativo, en
tanto pretende fundamentar un supuesto derecho con base en el artículo 44 inciso c) de la Ley 6043 y el
artículo 75 inciso c) de su Reglamento, disposiciones que no contienen incisos, lo cual se verifica de una
simple lectura literal de los textos legales citados. En consecuencia, resulta improcedente la invocación de
normativa inexistente dentro del ordenamiento jurídico vigente aplicable a la Zona Marítimo Terrestre.

Por todo lo anterior, se determina que la ocupación del área carece de respaldo legal y no genera derecho
alguno de preferencia ni de concesión, debiendo la Administración actuar conforme a los principios de
legalidad, tutela del dominio público y protección del interés general, lo cual será abordado por este
Departamento y la Intendencia Municipal. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
PRESIDENTA. SE DA POR CONOCIDO Y QUE SE LE REMITA COPIA DE ESTE DOCUMENTO
AL SR. LARGAESPADA


f. Roxana Lobo Granados. Secretaria. ASUNTO. Solicitud de cierre y apertura de libro

CONSIDERANDO

    ➢ Que se hace necesario gestionar el cierre del libro de actas N°66 y la apertura del libro de
        actas N°64 del concejo
ACUERDO N°5
Con cuatro votos a favor de cuatro concejales presentes SE ACUERDA: 5.1 “Autorizar a la
secretaria para que gestione ante la auditoría interna el cierre del libro de acta número 63 del
Concejo el cual consta de 400 folios debidamente identificados y la apertura del libro de actas
número 64 el cual consta de 400 folios debidamente identificados. ACUERDO UNANIME Votan
los concejales Olga Moncada, Francisco Madrigal Céspedes Angie Bonilla Santana y Mario
Delgado.

CONSULTAS AL INTENDENTE.

ANGIE. Don Ronny les voy a pasar una foto de la contaminación visual de unos rótulos de lo cual
ya se ha conversado un poquito, esto en el cruce de santa teresa y no permiten ver los rótulos de
informacion, la verdad se ve bien feo y los vecinos del barrio mío me consultan con todo el
problema del presupuesto si se vino abajo lo del proyecto que teníamos con la manchita. La
carretera esta otra vez intransitable
Muchas gracias por ponerle atención a los puentes del rio Lajas y Miguelon porque si es de mucha
importancia
RONNY. Con respecto a la calle La Menchita el proyecto que se había incluido en el presupuesto
extraordinario se va a mantener en el presupuesto extraordinario 01-2026 ese y todos los demás
proyectos que ustedes habían aprobado en el presupuesto extraordinario 2025, para que las
comunidades lo sepan se van a mantener todos los que iban
En el tema de mantenimiento no tenemos la posibilidad este año del proceso de reparación por
medio de asfalto lo que voy a hacer es hablar con el grupo de vecinos que han estado colaborando
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y vamos a ver si logramos hacer algo entre todos para retomar ese tema porque si he visto varios
huequillos
Y en la parte de rótulos se esta viendo, sobre la ruta 160 con CONAVI y MOPT y este
específicamente que es donde empieza la ruta cantonal hacia Santa Teresa eso lo estamos
tratando con el Departamento de patentes nada mas que requerimos para quitar algunos de esos
rútulos el back hoe y vagoneta y ahorita la prioridad es calles entonces cuando vaya entrando el
invierno esperamos tener limpio eso. Los rótulos si pueden existir, pero deben estar dentro de
propiedad privada y tener las especificaciones permitidas por el reglamento y pagar el permiso
para el rotulo. Estamos con ese tema
RAFAEL. Buenas tardes. El rio manzanillo inundo parte del pueblo seria factible que la comisión
de emergencias nos ayude con un dragado en esta parte del rio
RONNY. La situación de la emergencia se debió prever en el informe de primer impacto voy a
consultar al don Franklin para ver si ese punto se ingresó y le comunicó
FRANCISCO. Buenas noches. Usted acaba de explicar que los proyectos que estaban en el
presupuesto extraordinario se van a mantener, pero algunos en Tambor me han preguntado por
esa entrada principal a Tambor que cada día se pone más fea, mientras se hace lo que se quiere,
si se pudiera hacerle una intervención de algo
RONNY. Ese proyecto estaba y se va a mantener, lo que estuve conversando con don Franklin es
tratar de conectar con un poquito de asfalto la entrada al muelle para que quede la entrada a
Tambor asfaltada y la entrada al muelle el pegue con la ruta que siempre ha dado problema incluirlo
también no hasta adentro sino el pegue y la cuesta
No solo son los proyectos del extraordinario del año pasado, los que nosotros trajimos al Concejo
Municipal para que se aprobaran en el ordinario 2026 que fue improbado también los vamos a
incluir en el extraordinario 01-2026 como ingresos extraordinarios del periodo de ahí la importancia
del extraordinario 01-2026
MARIO. Buenas noches. En Delicias hay una situación preocupante con el agua potable, que
posibilidad hay de que la administración nos ayude con el A y A, hay un pozo bueno que lo tienen
parado porque Cóbano tiene suficiente agua de echo la propiedad donde se ubica esta como en
abandono, que Ay A nos alquile o nos preste ese pozo, mientras solucionamos y ese es un pozo
sin uso
RONNY. Desde el día que usted me lo indico me comunique con el A y A y me dijeron que el pozo
de Delicias si esta operando solo que se cambio la forma de operación por parte de AyA , que
seria bueno que le pasemos la informacion para ver que se pretende por parte de la ASADA, yo
les comente si seria factible que del pozo saliera una tubería que tuviese un medidor para conectar
con la asada y poder fortalecer el sistema y me dijeron que eso no era permitido, que no era posible
poner un medidor pero no pregunte sin medidor que solo se le permita a la asada utilizar el agua.
Voy a pasárselo por escrito con copia a la asada y a usted y ya Pamela que es la persona
designada para este caso con ella lo he venido tratando
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MARIO. Hace un tiempo atrás se hizo convenio con ellos porque teníamos el mismo problema nos
pusieron un macromedidor y a la hora de llegada nos cobraron una exageración de millones que
la asada no podía pagar, el precio de ellos por metro cubico es mucho mayor que el de la ASADA
y fue muy duro y logramos cancelar la deuda. Pero sería genial para nosotros y pagaríamos lo que
corresponda
OLGA. Quería consultarle sobre presupuestos y proyectos. Hace un tiempo en unos de los
presupuestos estuvimos hablando de emulsión asfáltica y de algo de donaciones de recope no lo
recuerdo bien, pero se había hablado de que se iba a autorizar en lo que falta para la reserva
Cabo blanco y quizás desde el anca hasta el lajas o por lo menos donde hay mas vecinos por
donde Bin y Macha que ellos están sufriendo pro mucho polvo me preocupa porque hay una
muchacha que tiene una niña asmática y que está sufriendo esta problemática y un adulto mayor
discapacitado. Nosotros como asada incitamos a que no desperdicien agua, pero como no decirle
a esa gente que riegue si tienen toda la razón y se molestan con toda la razón. Eso lo analizamos
en sesión y se aprobó para enviarlo
Consultarle como esta lo de la elaboración del Plan Vial quinquenal del Concejo porque se había
aprobado en Puntarenas ya el plan cantonal , si usted nos colabora con solicitarle al Ingeniero o a
la unidad técnica y que nos informen al respecto, él había explicado que había que hacer una
reclasificación de algunas calles, en vista de eso y conectando ese tema con el asunto de calle
Porras y de una lo voy a informar, la sesión del jueves pasado don Mario Rodriguez presento una
moción para que se le diera tramite al asunto de esa calle porras cuya gestión viene desde el 2017
y que inclusive ya se habían echo algunas acciones para resolverlo pero parece que no se puede
inscribir en el registro de calles públicas por cuestiones de tramitología, falta una inspección de la
unidad técnica para verificar ancho y demás requisitos, si hay que expropiar o no. Pero no
aprobaron la moción porque alegan que hace falta un protocolo y mil cosas. Pero don Mario para
que usted este informado igualmente vamos a proceder a solicitar la inspección a la unidad técnica
y al ingeniero municipal porque ya existe hasta un acuerdo, esto es falta de una inspección y se le
va a da continuar. En el expediente están las notas que se han enviado y se que Don Ronny ha
sido motivador de esta moción también, yo hable con don Mario, me dijo que el esta hablando con
la administración para que se cumpla con la inspección
Y con el tema del camino talvez exista posibilidad con el ajuste del extraordinario, solo ustedes la
administración saben cómo están las cosas, pero si decirles que nos urge esa situación de Cabuya
de esa calle y de esos vecinos que están tragando polvo, es una situación critica
RONNY. Con respecto a la situación de emulsión que había sido solicitado y también se había
solicitado al MOPT material perfilado, cuando se hizo la aprobación yo solicite al ingeniero vial un
informe de proyección de costos porque había que mandar las vagonetas hasta Heredia a traer el
perfilado, hicimos una proyección de costos de cuanto seria la cantidad de vagonetas y el costo
que tendría ese transporte para tenerlo en Cóbano y el y definitivamente no dio positivo era un
costo muy alto el que teníamos que cubrir aun tomando en cuenta que talvez no tendríamos que
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pagar el ferry, fue un proyecto fallido adema se requería vagonetas de 25 metros cúbicos para que
diera mejor y nosotros solo tenemos una de doce, entonces la cantidad de viajes que había que
pagar para traer ese material era mejor realizar poco a poco los proyectos que fuesen necesarios
El asunto del sello asfaltico definitivamente es la única opción que estamos utilizando porque
literalmente es plata perdida, llega el invierno y el sello se empieza a mover y se pierde y no sirve
Lo que seguiría es el tratamiento TSB3 pero igualmente no nos va a durar lo que el asfalto. La
parte hacia la reserva eso ya se solicitó al dpto. vial, en el momento que entra la maquinaria van
ha hacer posicionamiento de material en ese sector, este material si amarra bastante si levanta
polvo, pero no tanto como actualmente esta ese lugar, la intención es poner material donde están
esas familias y ese adulto mayor específicamente para tratar de disminuir un poco el polvo.
Tenemos que ver la situación del presupuesto con los ingresos extraordinarios que tuvimos el año
pasado para ver donde eventualmente podrimos incluir algún proyecto. Cabuya no en el
extraordinario del año pasado ni en el ordinario de este año se incluyo entonces es muy probable
que va a tener algún tipo de proyecto en algunos de los lugares que faltan de asfaltado y creo que
ustedes como conocedores del lugar deberían ser los que nos pueden indicar lo sitios para
valorarlos. Quedo abierto a que ustedes me indiquen cuales son esos sitios donde haya personas
confirmadas por situaciones de salud y pudiéramos aumentar su calidad de vida
Y con lo del Plan Vial quinquenal ya lo he conversado varias veces con el ingeniero, el me indica
que no hay que correr que el tiempo esta bien establecido para poder hacerlo. El Plan Vial
quinquenal lo realizan ciertos profesionales de la administración entonces él va a convocar a los
profesionales y también vamos a visitar todas las comunidades, priorizando las que tienen comités
de caminos para solicitarles a ellos referencias de sus situaciones y poder tomarlos en cuenta en
el plan vial quinquenal que serian los profesionales los que tienen que escucharlos y ver la
proyección en los cinco años
PRESIDENTA a.i. Muchas gracias, yo soy muy respetuosa de la administración porque tampoco
quiero que se mal interprete que yo quiero entrar en coadministración, porque para nada y quería
mas bien escuchar eso, porque se que es muy importante que se reúnan con los comités de
caminos para establecer prioridades y necesidades y yo sé que el plan vial quinquenal no es una
cuestión que se saquen de la manga, totalmente de acuerdo con los ingenieros y los profesionales,
debe quedar muy bien elaborado porque es a largo plazo, cinco años. Agradecerle a usted su
explicación y al ingeniero por la informacion que nos están dando y seguiremos pendientes.
Muchas gracias
EL INTENDENTE SE RETIRA


ARTICULO lX.          CORRESPONDENCIA
a. Fernanda Sanchez Alemán y otros vecinos de calle camaleón. ASUNTO. Solicitud de
reclasificación vial de la calle del hotel Casa Chamaleón para inclusión en el Plan Quinquenal vial
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PRESIDENTA. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA LO QUE CORRESPONDA CON
RESPECTO A LA SOLICITUD DE ESTOS VECINOS


   b. Alberto Jose Antillón Arroyo. Director General. Dirección General de Transporte y
       Comercialización de Combustibles. OFICIO R-DGTCC-2026-056. ASUNTO. Aprobación
       de proyecto Estación de Servicio Servicentro Los Ticos, a la empresa Servicentro JISAN
       ALRO S.A. cedula 3-101-450295, representante legal Kemly Mónica Jimenez Alvarado.
PRESIDENTE. SE DA POR CONOCIDO


   c. Carlos Manuel Rojas. Vecino. Correo electrónico. Agradece por el notorio y buen aporte
       que el concejo y sus funcionarios han realizado en su comunidad (Santa Teresa), y los
       esfuerzos de todos por mantener las playas limpias y evitar la destrucción de las bellezas
       de la zona, indica que este mes vieron nacer tortuguitas. Felicita por hacer cumplir la ley y
       tratar de bloquear el acceso de vehículos a la playa de santa teresa en la entrada de la
       Lora, sin embargo, agrega que la infraestructura fue destruida. Insta a no ceder en hacer
       cumplir la legislación volviendo a limitar el ingreso a la playa.
PRESIDENTA a.i. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION


   d. Denuncia. ASUNTO. Invasión ilegitima a zona publica en los mojone 95 a 97 en Playa
       Santa Teresa
PRESIDENTE a.i. SE DA PASE AL DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE Y QUE
PRESENTE INFORME AL CONCEJO SOBRE LO DENUNCIADO

ARTICULO X.           INFORME DE LOS CONCEJALES
DIANA. Vi el informe de la oficina de la mujer y dice que la comisión de la mujer debería estar
como apoyando mas y no lo veo como que no apoyamos, sino que no llegaron a la comisión para
nosotros reunirnos y saber en si en que tenemos que colaborar

ZULAY. La OFIM no está funcionando, se contrató un profesional por servicios profesionales, ella
estuvo trabajando con proyectos con diferentes grupos de mujeres de las comunidades, siempre
se hace la convocatoria por medio del Facebook del concejo y también atendía en la oficina previa
cita. Pero no esta trabajando como oficina de la mujer por el tema de presupuesto. En este
momento no esta trabajando. El informe yo lo tengo y con mucho gusto se los puedo suministrar,
estamos a cargo la Licda. Yorleny Madrigal y yo. Es el informe anual.

ANGIE. Para apoyar a la compañera no es que la comisión de la condición de la mujer no ha
querido acercarse inclusive yo me acerque varias veces a Yorleny pidiéndole que nos avisara
cuando se hacían los reportes de cada mes que ella presentaba, en este caso lo que solicita la
comisión de la mujer es, yo se que se publica y todo, a través de nosotras de la comisión se puede
llegar a mas mujeres porque muchas no tuenen como ver el Facebook o acceso al Facebook en
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cambio si se pasa alas comunidades se puede llegar a más mujeres esa se seria la solicitud que
nos tomen en cuenta para poder funcionar mas

ZULAY, solo para agregar entiendo que ustedes estaban invitados el día que presentaron el
informe, peo si lo vamos a tener muy en cuenta para el WhatsApp.

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PRESIDENTA a.i. Agradezco a todas las personas que nos están viendo y desearles buenas
noches a todos. Al ser las diecinueve horas con cincuenta y seis minutos se levanta la sesión.
Buenas noches.




Lcda. Olga Moncada Ledezma                                       Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTA                                                       SECRETARIA