Ordinaria 124 · 2026-09-16

ACTA_N124-26.pdf · 35 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 124 del 2026-09-16 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.

ACTA 124/26
16/09/2026


                                   ACTA N° 124– 2026
                              PERIODO CONSTITUCIONAL
                                     2024-2028

ACTA NÚMERO CIENTO VEINTICUATRO- DOS MIL VEINTISEIS DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIECIOHO
HORAS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE COBANO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Minor Centeno Sandi

PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Francisco Madrigal Céspedes
Angie Bonilla Santana.
Denia Villalobos Barahona
Carlos Mauricio Duarte

CONCEJALES SUPLENTES
Rafael Angel Duran Baltodano
Diana Salas Ibarra
Ivania Prendas Quesada
Mario Delgado Rodriguez

INTENDENTE
Lic. Ronny Montero Orozco

ASESORA LEGAL
Licda. Aralyn Villegas Ruiz

VICE INTENDENTE

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Olga Moncada Ledezma.

CONCEJALES SUPLENTES




                                           1
ACTA 124/26
16/09/2026
VISITAS

VISITAS POR INVITACION

ENCARGADO DE TRANSMISION
Diego Céspedes Núñez

ARTICULO I.             ORACION
ARTICULO II.            RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.           AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.            MOCIONES
ARTICULO V.             ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.            INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.           INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.          INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.            CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.             INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.          ORACION
A cargo de la concejala Ivania Prendas


ARTICULO II.            RATIFICACION DE ACTAS

RECURSOS DE APELACION PRESENTADOS POR EL CONCEJAL CARLOS
MAURICIO DUARTE


a. Lic. Minor Centeno. Presidente. Oficio N°ALCC-030-2026
   Asunto: Respuesta a Recurso de apelación, presentado por el Concejal Carlos
   Mauricio Duarte, contra la moción 47, cuya recurso indica :


El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea conocido
y votado por el órgano colegiado.
El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:
“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”
Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.



                                                  2
ACTA 124/26
16/09/2026

Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente cuáles
asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio de las
facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.
Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su propio
criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo. Por esa
razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya decisión se
está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.
PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado queden
íntegramente consignados en el acta de la sesión.


                                            RESULTANDO:
PRIMERO: El artículo 27 inciso (d) se refiere a la facultad de regidores de apelar ante el
propio concejo en el acto las resoluciones o actuaciones del presidente .
Por ejemplo cuando el presidente se aparte de la agenda y ponga en conocimiento algún
otro documento que no es parte de la agenda, en ese momento cualquier regidor puede
apelar en el acto que el presidente está conociendo temas diferentes a los agendados.
O cualquier otra directriz que emita el presidente por ejemplo cuando es permisivo con
algún regidor en permitir la reiteración de un mismo tema a un regidor.
Lo anterior son ejemplos en donde el regidor puede apelar ante el concejo las actuaciones
del presidente.
SEGUNDO: El Presidente del Concejo Municipal tiene la facultad con fundamento en
el Código Municipal Ley N°7794, y el principio de legalidad de rechazar o declarar
fuera de orden una moción notoriamente ilegal o improcedente, tal como ha ocurrido
en el caso de la moción número 47 propuesta por el Concejal Mauricio Duarte.
TERCERO: Para rechazar la moción 47 el suscrito realizó la debida motivación del acto,
tal como se dispone:
Estimado Señor:
En análisis de la moción presentada por su persona, en la sesión en la sesión 122-2026 del 1 de setiembre del
2026, la cual inserto:
                                                                      Cóbano, 01 de septiembre del 2025
Señores
Concejales
Concejo Municipal de Cóbano
Quien suscribe, Carlos Mauricio Duarte Duarte, concejal propietario, de este Concejo, con fundamento en
el artículo 27) del Código Municipal, Mociono lo siguiente:
                                                  MOCION 47


                                                     3
ACTA 124/26
16/09/2026
CONSIDERANDO:

     1. Que en la sentencia N.° 2026002926 de las 7:29 horas del 11 de mayo de 2026, el Tribunal
         Contencioso Administrativo dispuso acoger una medida cautelar a favor de Colemu S.A.
     2. Que en esa misma sentencia impuso a Colemu S.A. la contra cautela de regularizar, en tres meses,
         todos los permisos y licencias municipales para operar en el área de la concesión, bajo
         apercibimiento de levantamiento de la medida cautelar en caso de incumplimiento.
     3. Que dicho plazo se encuentra vencido desde el 12 de agosto y no consta que Colemu S.A. haya
         solicitado ni obtenido a su nombre esos permisos.
     4. Que lo presentado en sede judicial por el apoderado de Colemu S.A. corresponde a una patente de
         Karakorum Mountain Ltda., sociedad distinta y sin derecho de explotación sobre la concesión,
         conforme al artículo 45 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre.
     5. Que Colemu S.A. figura como compañía inactiva ante la Dirección de Tributación Directa, lo que
         confirma que no realiza actividad económica ni puede regularizar patente a su nombre.
     6. Que según la misma sentencia este Concejo tiene el deber de informar formalmente al Tribunal el
         estado real de cumplimiento de la contracautela.
POR TANTO:
El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano ACUERDA:
Artículo 1. Instruir a la Intendencia para que, en un plazo de cinco días hábiles, remita al Tribunal
Contencioso Administrativo un informe oficial en el que se haga constar:
a) que Colemu S.A. no ha solicitado ni obtenido a su nombre los permisos o licencias municipales exigidos
por la contra cautela;
b) que la patente N.° 5091 no corresponde a Colemu S.A., sino a Karakorum Mountain Ltda.

Artículo 2. Advertir a la Intendencia que el incumplimiento de este acuerdo, sin justa causa, podrá dar lugar a
las responsabilidades administrativas que correspondan, por omisión en el deber de informar al Tribunal y de
velar por el interés público municipal.

Procedo a indicarle que una vez analizada la misma, con facultad concedida en el artículo 34 del Código
Municipal esta no la someteré a votación, en razón de que lo solicitado en la misma son deberes del Intendente
y no del Concejo Municipal.
El Código Municipal establece con toda claridad en sus articulo 17 las atribuciones y obligaciones del Alcalde
Municipal, para el caso del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano del Intendente Municipal, así como son
claramente establecidas en el artículo 13 las atribuciones del Concejo Municipal.
El mismo artículo 17 establece con toda claridad en su inciso n) que el Alcalde, Intendente para este caso, es
el representante legal de esta institución:

 n) Ostentar la representación legal de la municipalidad, con las facultades que le otorguen la presente
ley y el Concejo Municipal.
ñ) Cumplir las demás atribuciones y obligaciones que le correspondan, conforme a este código, los reglamentos
municipales y demás disposiciones legales pertinentes.
Por lo que por mucho que queremos asumir esta responsabilidad, bajo la ley especial que nos regula, sea el
código municipal Ley N°7794 es el Intendente el representante legal de la institución, por tanto, el responsable
de los actos judiciales, tal como lo es el caso de la sociedad COLEMU que como todos sabemos se encuentra
en vía judicial.
Por lo que someter a votación la moción propuesta, devendría en un acuerdo contrario al Código Municipal.

                                                       4
ACTA 124/26
16/09/2026
Como podemos observar, el rechazo está debidamente fundamentado de acuerdo al
marco jurídico
                                       CONSIDERANDO:

UNICO: El Concejal Duarte indica en su recurso:

La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad
del Concejo ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por
el órgano colegiado. Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el
Código Municipal me permite apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si
esa decisión se mantiene o se revoca.
Sin embargo, tal como se desprende del recurso, el recurrente no realiza su debida
fundamentación para poder establecer que el rechazo motivado del Presidente Municipal
sea contrario a Derecho, no logra demostrar que el rechazo a la moción haya sido contrario
al marco legal vigente, por ello se rechaza el recurso por no contener el debido fundamento
para que este sea admisible.
 De acuerdo a la ley de Administración Pública N°6227, Todo recurso en sede
administrativa exige una justificación mínima de los agravios o razones de ilegalidad o
inconveniencia que se reprochan al acto impugnado para que el órgano colegiado pueda
valorarlo y resolver con certeza, en el caso que nos ocupa el recurso carece de una
justificación mínima de los agravios o razones de ilegalidad o inconveniencia.
                                     POR LO TANTO.
En merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada se rechaza ad portas
el recurso de apelación interpuesto
Sin otro particular,
Lic. Minor Centeno Sandí. Presidente Municipal.
Avala: Licda. Aralyn Villegas Ruiz. Abogada Municipal

CARLOS MAURICIO. Muchas gracias, señor presidente, muy buenas noches compañeros.
Yo quiero informarle, señor presidente, que voy a mantener mi recurso de apelación porque
esto no es un tema de criterios. Esto es un tema de un derecho legal que nos permite a
nosotros como concejales poder apelar y poder deliberar en el Concejo en el momento.
Esto atribuye a un incumplimiento por parte de la Presidencia, pero igual a como le digo
señor presidente, voy a volver a apelar su decisión.

                                                                Cóbano, 08 de septiembre de 2026

RECURSO DE APELACIÓN
El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea
conocido y votado por el órgano colegiado.

El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:

“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”

                                                 5
ACTA 124/26
16/09/2026

Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.

La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.

Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente
cuáles asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio
de las facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.

Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su
propio criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo.
Por esa razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya
decisión se está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.

PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado
queden íntegramente consignados en el acta de la sesión. Carlos Mauricio Duarte Duarte. Concejal
Propietario. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

PRESIDENTE. Sí tal vez doña Aralyn para que nos aclare es exactamente el mismo del
documento anterior y es algo que ya estoy contestando. Pero sí, no hay ningún problema,
es exactamente lo mismo, pero está bien Se la recibimos con todo el gusto y lo vemos la
otra semana.

b. Lic. Minor Centeno. Presidente. Oficio N°ALCC-031-2026. Asunto: Respuesta a
   Recurso de apelación, presentado por el Concejal Carlos Mauricio Duarte, contra
   la moción 49, cuya recurso indica :


El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea conocido
y votado por el órgano colegiado.
El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:
“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”
Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.


                                                  6
ACTA 124/26
16/09/2026

Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.
Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente cuáles
asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio de las
facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.
Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su propio
criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo. Por esa
razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya decisión se
está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.
PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado queden
íntegramente consignados en el acta de la sesión.


                                          RESULTANDO:
PRIMERO: El artículo 27 inciso (d) se refiere a la facultad de regidores de apelar ante el propio
concejo en el acto las resoluciones o actuaciones del presidente .
Por ejemplo cuando el presidente se aparte de la agenda y ponga en conocimiento algún otro
documento que no es parte de la agenda, en ese momento cualquier regidor puede apelar en el acto
que el presidente está conociendo temas diferentes a los agendados.
O cualquier otra directriz que emita el presidente por ejemplo cuando es permisivo con algún regidor
en permitir la reiteración de un mismo tema a un regidor .
Lo anterior son ejemplos en donde el regidor puede apelar ante el concejo las actuaciones del
presidente.
SEGUNDO: El Presidente del Concejo Municipal tiene la facultad con fundamento en el
Código Municipal Ley N°7794, y el principio de legalidad de rechazar o declarar fuera de orden
una moción notoriamente ilegal o improcedente, tal como ha ocurrido en el caso de la moción
número 49 propuesta por el Concejal Mauricio Duarte .
TERCERO: Para rechazar la moción 49 el suscrito realizó la debida motivación del acto, dispuesta
en el oficio PM-CMDC-027-2026.
                                         CONSIDERANDO:
UNICO: El Concejal Duarte indica en su recurso:
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.
Sin embargo, tal como se desprende del recurso, el recurrente no realiza su debida fundamentación
para poder establecer que el rechazo motivado del Presidente Municipal sea contrario a Derecho,
no logra demostrar que el rechazo a la moción haya sido contrario al marco legal vigente, por ello se
rechaza el recurso por no contener el debido fundamento para que este sea admisible.


                                                  7
ACTA 124/26
16/09/2026
 De acuerdo a la ley de Administración Publica N°6227, Todo recurso en sede administrativa
exige una justificación mínima de los agravios o razones de ilegalidad o inconveniencia que se
reprochan al acto impugnado para que el órgano colegiado pueda valorarlo y resolver con certeza,
en el caso que nos ocupa el recurso carece de una justificación mínima de los agravios o razones
de ilegalidad o inconveniencia.
                                         POR LO TANTO.
En merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada se rechaza ad portas el recurso
de apelación interpuesto contra el rechazo de la moción 49
Sin otro particular, Licdo. Minor Centeno Sandí. Presidente Municipal.

Avala: Licda. Aralyn Villegas Ruiz. Abogada Municipal. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION


PRESIDENTE. La va a volver a apelar.

CARLOS MAURICIO. Sí, claro, y con la misma motivación, mi rechazo siempre será porque
a como le digo, no es diferencia de criterio, señor presidente, sino que esto es un una forma
de que usted nos está quitando de cómo nosotros, como concejales, podamos
deliberadamente, poder este emitir nuestros derechos y esto stá participando de ser un
incumplimiento de deberes de parte de parte suya, entonces igual mantengo mi rechazo.
PRESIDENTE. antes de leerla usted lo acaba de decir, en un asunto de criterios, ese es su
criterio, yo lo veo más que todo como un asunto de legalidad don Mauricio, pero con todo,
mucho gusto se les lee y se le recibe.

                                                                 Cóbano, 08 de septiembre de 2026

RECURSO DE APELACIÓN
El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea
conocido y votado por el órgano colegiado.

El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:

“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”

Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.

La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.

Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente
cuáles asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio
de las facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.

                                                  8
ACTA 124/26
16/09/2026

Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su
propio criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo.
Por esa razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya
decisión se está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.

PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado
queden íntegramente consignados en el acta de la sesión. Carlos Mauricio Duarte Duarte. Concejal
Propietario. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
PRESIDENTE. SE ANALIZA PARA LA PROXIMA SEMANA

c. Lic. Minor Centeno Sandi. Presidente. Oficio N°ALCC-032-2026 Asunto: Respuesta
   a Recurso de apelación, presentado por el Concejal Carlos Mauricio Duarte, contra la
   moción 50, cuya recurso indica:

                                                                  Cóbano 16 de setiembre del 2026.
                                                                            Oficio N°ALCC-032-2026
Concejo Municipal
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
Asunto: Respuesta a Recurso de apelación, presentado por el Concejal Carlos Mauricio
Duarte, contra la moción 50, cuya recurso indica :


El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea conocido
y votado por el órgano colegiado.
El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:
“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”
Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.
Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente cuáles
asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio de las
facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.



                                                  9
ACTA 124/26
16/09/2026

Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su propio
criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo. Por esa
razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya decisión se
está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.
PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado queden
íntegramente consignados en el acta de la sesión.


                                            RESULTANDO:
PRIMERO: El artículo 27 inciso (d) se refiere a la facultad de regidores de apelar ante el propio
concejo en el acto las resoluciones o actuaciones del presidente .
Por ejemplo cuando el presidente se aparte de la agenda y ponga en conocimiento algún otro
documento que no es parte de la agenda, en ese momento cualquier regidor puede apelar en el acto
que el presidente está conociendo temas diferentes a los agendados.
O cualquier otra directriz que emita el presidente por ejemplo cuando es permisivo con algún regidor
en permitir la reiteración de un mismo tema a un regidor .
Lo anterior son ejemplos en donde el regidor puede apelar ante el concejo las actuaciones del
presidente.
SEGUNDO: El Presidente del Concejo Municipal tiene la facultad con fundamento en el Código
Municipal Ley N°7794, y el principio de legalidad de rechazar o declarar fuera de orden una moción
notoriamente ilegal o improcedente, tal como ha ocurrido en el caso de la moción número 50
propuesta por el Concejal Mauricio Duarte .
TERCERO: Para rechazar la moción 50 el suscrito realizó la debida motivación del acto, dispuesta
en el oficio PM-CMDC-026-2026
.
                                           CONSIDERANDO:
UNICO: El Concejal Duarte indica en su recurso:
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al Presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el Presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.

Sin embargo, tal como se desprende del recurso, el recurrente no realiza su debida fundamentación
para poder establecer que el rechazo motivado del Presidente Municipal sea contrario a Derecho,
no logra demostrar que el rechazo a la moción haya sido contrario al marco legal vigente, por ello se
rechaza el recurso por no contener el debido fundamento para que este sea admisible.

De acuerdo a la ley de Administración Publica N°6227, Todo recurso en sede administrativa exige
una justificación mínima de los agravios o razones de ilegalidad o inconveniencia que se reprochan
al acto impugnado para que el órgano colegiado pueda valorarlo y resolver con certeza, en el caso
que nos ocupa el recurso carece de una justificación mínima de los agravios o razones de ilegalidad
o inconveniencia.
                                          POR LO TANTO.
En merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada se rechaza ad portas el recurso
de apelación interpuesto contra el rechazo de la moción 50
Sin otro particular, Licdo. Minor Centeno Sandí. Presidente Municipal.
Avala: Licda. Aralyn Villegas Ruiz.Abogada Municipal . HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION




                                                 10
ACTA 124/26
16/09/2026
CARLOS MAURICIO. Nuevamente señor presidente y mantengo mis palabras desde la
primera y segunda intervención suya, ahí está la tercera. Esto atribuye a un abuso de
poderes y un incumplimiento de deberes. Voy a mantener mi apelación

PRESIDENTE. muy bien, se le recibe con todo gusto.

                                                                 Cóbano, 08 de septiembre de 2026

RECURSO DE APELACIÓN
El suscrito, Carlos Mauricio Duarte Duarte, en mi condición de Concejal Propietario del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, con fundamento en el artículo 27 inciso d) del Código Municipal,
interpongo formal RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL CONCEJO contra la decisión adoptada por el
Presidente del Concejo en esta sesión, mediante la cual impide que el asunto planteado sea
conocido y votado por el órgano colegiado.
El artículo 27 inciso d) del Código Municipal establece expresamente como facultad de los regidores:
“Apelar ante el Concejo las resoluciones del Presidente Municipal.”
Esta facultad también corresponde a los concejales municipales de distrito, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley N.° 8173.
La razón de esta apelación es sencilla: no corresponde al presidente sustituir la voluntad del Concejo
ni decidir unilateralmente los asuntos que deben ser conocidos y resueltos por el órgano colegiado.
Cuando el presidente adopta una decisión de esa naturaleza, el Código Municipal me permite
apelarla para que sea el propio Concejo quien determine si esa decisión se mantiene o se revoca.
Además, dejo constancia de que esta situación no constituye un hecho aislado. De manera reiterada,
la Presidencia ha interpretado sus atribuciones como si le permitieran decidir unilateralmente
cuáles asuntos pueden o no ser conocidos y votados por el Concejo, impidiendo con ello el ejercicio
de las facultades que corresponden a quienes integramos este órgano.
Precisamente para evitar que las decisiones de la Presidencia queden sujetas únicamente a su
propio criterio, el artículo 27 inciso d) reconoce expresamente el derecho de apelar ante el Concejo.
Por esa razón, esta apelación no puede ser rechazada ni resuelta por la misma Presidencia cuya
decisión se está impugnando, sino que debe ser conocida y decidida por el pleno.
PRETENSIÓN: Solicito que el presente Recurso de Apelación sea sometido de inmediato al
conocimiento y votación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y que, por decisión del órgano
colegiado, se revoque la resolución adoptada por la Presidencia.
Asimismo, solicito que la presentación de este recurso, su conocimiento, votación y resultado
queden íntegramente consignados en el acta de la sesión. Carlos Mauricio Duarte Duarte. Concejal
Propietario. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

PRESIDENTE. Bueno igual se va a analizar y la veremos la otra semana

 LICDA. ARALYN VILLEGAS. ASESORA. Buenas noches a todos presentes y los que nos
sirven para las redes sociales y gracias por el espacio. Yo solo quería aclarar las situaciones
cuando nos expresamos en vivo y en donde queramos, pero esta que es un espacio formal.
El señor Carlos Mauricio dice que don Minor está incumpliendo deberes, le recuerdo que
esto es un delito aplicado en la vía penal, para poder establecer que una persona está en


                                                 11
ACTA 124/26
16/09/2026
cumplimiento de deberes, debe declararse así en la vía penal, entonces en este caso no
hay un incumplimiento de deberes aquí, esto tendría que ser demostrado en la vía
correspondiente y facultada para ello. Eso es solamente un tema de aclaración, nada más.

MINOR. No vamos a entrar en polémicas más, don Mauricio, no le voy a dar la palabra,
vamos a continuar
CARLOS MAURICIO. nuevamente un incumplimiento de deberes.

MINOR. Lo vuelve a decir, bueno, tendrá usted que demostrármelo don Mauricio en las
instancias que usted ya sabe bueno.

d. RATIFICACION DEL ACTA 123. Hay que ratificar compañeros el acta ordinaria número
   123 -266, en la que estuvieron presentes Minor Centeno, Denia Villalobos, Francisco
   Madrigal, Carlos Duarte, Angie Bonilla, Rafael Durán, Olga Moncada, Ivania prendas,
   Diana Salas, y Mario Delgado. Levanten la mano, quienes estén de acuerdo con la
   ratificación de esa acta.

Entonces dos levantamos la mano, el resto nos la levantaron.

CARLOS MAURICIO. ¿Se puede votar el acta existiendo los recursos de revisión?

MINOR. Yo la someto y ustedes no la están votando, usted presentó un recurso de
apelación
no de revisión, igual ustedes no la están votando. El acta ahí queda pues tiene solamente
2 votos a favor.

CARLOS MAURICIO Es que usted le somete a votación si yo estoy haciéndole una consulta
primero, primero estoy haciéndole la consulta para poder votarla, para poder analizar, pero
es que usted le someta a votación de una vez, señor al presidente Mauricio. Pero esa es
mi duda, por eso lo estoy preguntando.

LICDA. VILLEGAS. Sí para aclarar, son 2 recursos diferentes, El recurso de apelación que
usted presentó, basado en el ARTICULO en el artículo 27 del código municipal, inciso e,
que establece la posibilidad de interponer una apelación ante las actuaciones del presidente
del Concejo.

El recurso de revisión, que tal vez es lo que lo trae y lo llama ahorita a confusión es cuando
se presenta sobre un acuerdo. En este momento no hay ningún acuerdo, entonces no
tendría por qué afectarse la presentación del acta para la debida aprobación

PRESIDENTE. Claros si, Pues que dicha bueno entonces voy a volver a someter a votación
la ratificación del acta y los votos que resulten negativos tienen que hacer la debida
justificación. Entonces levanten la mano quienes estén de acuerdo en la ratificación de la
acta ordinaria Número 123 - 26 en la que estuvieron presentes, Minor Centeno, Denia
Villalobos, Francisco Madrigal, Carlos Duarte, Angie Bonilla, Rafael Durán, Olga Moncada,
Ivania prendas, Diana Salas, y Mario Delgado. quienes estén de acuerdo.

Se somete a ratificación el acta ordinaria 123-26 en la que estuvieron presentes los
concejales (Minor Centeno, Olga Moncada, Denia Villalobos, Ivania Prendas, Francisco
Madrigal, Carlos Mauricio Duarte, Diana Salas, Angie Bonilla, Rafael Duran y Mario
Delgado)

                                             12
ACTA 124/26
16/09/2026


ACUERDO N°1. Ratifican el acta ordinaria 123-2026 los concejales Minor Centeno, Denia
Villalobos, Ivania Prendas, Francisco Madrigal, Carlos Mauricio Duarte, Diana Salas, Angie
Bonilla, Rafael Duran y Mario Delgado

ARTICULO III.           AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
SE DISPENSA

ARTICULO IV.            MOCIONES

    a. Proponente Carlos Mauricio Duarte Duarte. Avalada por la concejala
       propietaria Angie Bonilla y la concejala suplente Diana Salas.

                                                                  Cóbano, 16 de septiembre del 2025

Señores
Concejales
Concejo Municipal de Cóbano

Quien suscribe, Carlos Mauricio Duarte Duarte, concejal propietario, de este Concejo, con
fundamento en el artículo 27) del Código Municipal, Mociono lo siguiente:
                                             MOCION 52
ASUNTO: Declaratoria de Interés Prioritario Distrital sobre la permanencia de la Sede Judicial de
  Cóbano y gestiones de defensa institucional ante la Asamblea Legislativa y el Poder Judicial.

I. CONSIDERANDOS
PRIMERO: Que el derecho al acceso a la justicia es un pilar fundamental del Estado Social de
Derecho, garantizado por la Constitución Política de la República de Costa Rica y los tratados
internacionales de derechos humanos suscritos por el país.

SEGUNDO: Que se ha hecho de conocimiento público la advertencia emitida por las autoridades del
Poder Judicial y el Ministerio Público respecto a los severos recortes presupuestarios previstos para
el ejercicio 2027, los cuales amenazan directamente la operatividad y permanencia material de las
sedes judiciales y de investigación en zonas periféricas y costeras, incluyendo expresamente al
Distrito de Cóbano.

TERCERO: Que el Distrito de Cóbano presenta condiciones geográficas particulares de aislamiento
relativo dentro de la Península de Nicoya. La eventual clausura de la oficina judicial local obligaría a
los habitantes de comunidades como Cóbano centro, Santa Teresa, Malpaís, Montezuma, Cabuya y
San José de la Montaña a trasladarse hasta las sedes de Puntarenas o Nicoya para interponer
denuncias, tramitar pensiones alimentarias, solicitar medidas de protección por violencia doméstica
o darles seguimiento a causas penales.

CUARTO: Que dichos traslados representan trayectos de varias horas por vía terrestre y la constante
dependencia del servicio de ferry hacia Puntarenas, imponiendo costos económicos
desproporcionados e inasumibles para las familias y poblaciones más vulnerables de la zona.



                                                  13
ACTA 124/26
16/09/2026

QUINTO: Que el Distrito de Cóbano constituye uno de los polos turísticos y económicos más
dinámicos y estratégicos del país. Prescindir de la presencia judicial local debilita la capacidad de
respuesta oportuna ante la criminalidad, desprotege la inversión local e internacional y vulnera la
seguridad ciudadana de residentes y visitantes.

SEXTO: Que es deber de este Concejo Municipal de Distrito velar por el bienestar, la seguridad y los
derechos fundamentales de los habitantes del territorio bajo su jurisdicción.

II. ACUERDOS PROUESTOS

Por tanto, el suscrito concejal somete a consideración y aprobación del Pleno del Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano los siguientes acuerdos:

1. DECLARAR de INTERÉS PRIORITARIO DISTRITAL la permanencia, equipamiento y fortalecimiento
   operativo de la Sede Judicial del Distrito de Cóbano, en defensa del acceso oportuno a la justicia
   y la seguridad de la comunidad.

2. SOLICITAR de manera vehemente a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios y
   al Plenario de la Asamblea Legislativa de la República que incorporen las modificaciones
   presupuestarias necesarias en el Presupuesto Nacional 2027 para resguardar los fondos de
   alquiler, personal y operación del Poder Judicial destinados a la sede de Cóbano.

3. EXHORTAR a la Corte Plena y a la Dirección General del Organismo de Investigación Judicial (OIJ)
   a agotar todas las vías administrativas e interinstitucionales para mantener la presencia y
   atención ininterrumpida de sus dependencias en la Península de Nicoya.

4. AUTORIZAR Y COMISIONAR a la Intendencia Municipal y a una delegación de este Concejo
   Municipal para coordinar acciones conjuntas con las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI),
   Cámaras de Turismo y Fuerzas Vivas de la zona, a fin de presentar un frente unificado en defensa
   de los servicios públicos del distrito.

5. ENVIAR copia formal de este acuerdo a la Presidencia de la Asamblea Legislativa, a las
  diputaciones de la Provincia de Puntarenas, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, a la
  fiscalía general de la República y a los medios de comunicación locales y nacionales.

6. ACUERDO FIRME. Se solicita dispensar la presente moción del trámite de comisión y declararla
   acuerdo firme dada la urgencia del trámite presupuestario nacional. HASTA AQUÍ LA
   TRANSCRIPCION
PRESIDENTE. Estará en análisis y la someteremos a votación la otra semana

CARLOS MAURICIO. Muchas gracias señor presidente, yo quiero solicitar una moción de
orden para que esta moción no sé si usted le puso bastante atención. Es relacionado con
lo que estamos viviendo actualmente, estamos hablando del presupuesto nacional. Sería
muy importante de que nosotros como Concejo nos podamos manifestar y podamos
defender esto de que, bueno, no se sabe si es cierto o no, pero se anda por redes sociales
y diciendo por las alto jerarcas, entonces, sería muy importante que usted, señor
presidente, pueda tomar la moción de orden que le estoy solicitando y poder someter a
votación esta moción y poder agilizar todos los trámites que le estoy solicitando ahí.



                                                 14
ACTA 124/26
16/09/2026
Ya le contesto, tiene la palabra don Ronny

LIC. RONNY MONTERO. gracias, señor presidente, por la palabra. Sí, efectivamente

Como ya lo indicó Mauricio, si bien es cierto en su momento el señor Carlos Díaz en un
video que en su momento no se sabía si era Inteligencia artificial o que, en realidad, pero
bueno. Procedimos a hacer la consulta ya por medio de oficio de cuáles son los documentos
que respaldan esa información y la señora presidenta de la República, doña Laura
Fernández, me atendió de manera digital para Ver el caso como tal. Posteriormente, ella
hizo mención en un vídeo de que el presupuesto posterior a una revisión había sido
reasignado al Ministerio Público y que de lo que se pretendía rebajar, después de un estudio
financiero del Ministerio de Hacienda únicamente quedó un 2%. De rebajo entonces ya le
reingresaron el presupuesto que se pretendía.
Y Cabe mencionar las mismas palabras de la señora presidenta de la República, no fue
que apareció más plata, fue que responsablemente la presidencia de la República rebajó
de instituciones de gobierno el dinero para podérselo dar al Ministerio Público y por ende
ya se restableció gran cantidad de dinero que el Ministerio de Hacienda había indicado que
tenía que de alguna manera rebajarse porque no se no tenía sustento jurídico con el cual
poder respaldar ese presupuesto entonces ya fue reingresado, un 2% fue lo que al final se
rebajó y nosotros estamos esperando la respuesta del señor Carlos Díaz o en su defecto,
en quien él indique que tenga que hacer la respuesta, puesto que al día de hoy no existe ni
un solo documento que oficialice esa información, al parecer fue algo que él utilizó indicando
o haciendo ver lo que eventualmente podría suceder, pero no hay nada en este momento
oficial , nada más quería que quedara claro ese comentario y al mismo tiempo hacer saber
que estamos en comunicación directa con la presidencia de la República y que ya ella en
su momento lo indicó de manera oficial por medios de comunicación. Muchas gracias.

CARLOS MAURICIO. Pero sería muy importante parte también del Concejo, ya que el
señor intendente ya hizo sus documentos, poder el Concejo también manifestarse, o sea
poder pedir explicaciones, porque eso es algo que nos interesa a todos. Esto es un tema
distrito y sería muy importante que lo valore, señor presidente y pueda tomar esta moción
y poder someter la votación, porque esto es de suma importancia para el distrito. Es la
seguridad del distrito y eso no se puede poner en juego.

PRESIDENTE. levanté la mano. Quienes estén de acuerdo con esa moción para alteración
del orden para que podamos someter a votación la moción ante la mano, quienes estén de
acuerdo.
3 votos positivos 2 en contra.

PRESIDENTE. mi voto es negativo porque tal como se ha destilado en los últimos 8 o 10
meses, todas las mociones entran en análisis se ven a la siguiente semana. Eso lo hemos
hecho con todas las mociones presentadas en este lapso de tiempo y más con la aclaratoria
que nos acaba de hacer el señor Intendente yo considero por lo menos de mi óptica, no es
necesario verla hoy, sin embargo, bueno, tienen 3 votos a favor, pero minutos mi
justificación es, esa.

Don Francisco. Buenas noches mi voto es negativo y de igual forma, las mociones que
hemos traído todas las hemos dejado para para verla en la siguiente, pero creo que con lo
que acaba de explicar el señor intendente nos queda claro que es algo que todavía no es
tan firme, o sea que solamente se ha visto. Creo que fue en Facebook que lo vi no estoy
tan seguro de don Carlos, entonces, por lo tanto, mi voto es negativo.

                                             15
ACTA 124/26
16/09/2026


Bien, entonces ahora vamos a someter a votación la moción.
LICDA. VILLEGAS. Se requieren cuatro votos

PRESIDENTE, Ah, perdón sí, gracias por corregirme Aralyn. sí vean, para que esa emoción
de orden surta efecto, ustedes necesitan cuatro votos, tienen 3.
De los 5 votos necesitan cuatro, aquí tienen 3. Entonces no se puede someter a votación
la moción en este momento

CARLOS MAURICIO. Es quiero agradecer a las personas que votaron los compañeros que
votaron a favor, vuelvo y repito, esto es Un tema de distrito. Lamentablemente los que
votaran en contra no lo vieron así. Eso es algo muy importante, muy urgente, pero queda
evidente de que aquí este no se analiza muy bien las cosas. En realidad, respeto el voto
negativo de cada quien, pero aquí deberíamos de pensar un poquito en el pueblo, en el
distrito y en realidad que estamos por trabajar por el distrito, entonces este quiero agradecer
a todos los que votaron a favor y también a los que votaron en contra.

FRANCISCO. Lo que yo veo es que en una sí y en otras no, aquí hemos traído temas que
hemos querido en algún momento que son urgentes y la respuesta no suya de mis
compañeras en algún momento ha sido no, porque para eso dijimos que lo vemos la otra
semana. No es que todo tenga que ser un desacuerdo de que yo precisamente no pueda
votarlos. El asunto es que no podemos hoy sí y mañana no.

Si tenemos ahí, claro que algo lo vamos a pasar porque se va a ver la otra semana. Creo
que todo iría de la misma forma, porque yo he visto en algunas oportunidades que hemos
querido sacar algo y dicen no porque tiene que ver la próxima semana.

PRESIDENTE. Ve Mauricio qué es lo que pasa es que yo creo que nosotros en la cabecita
de Francisco y en la mía sí hay un poquito de sensatez con el respeto hacia los demás. A
mí me deja muy satisfecho la intervención de donde con respecto a este asunto creo que
eso aclara, todo va bien. Si usted si usted bueno yo no puedo meterme en su cabeza, pero
si yo fuera usted incluso retiraría la emoción con toda la gestión que el señor intendente
hizo ya me imagino que no, pero usted habla de que nos debemos al pueblo y nos tiraste
al piso, Mauricio aquí nadie le ha atravesado más palos a las ruedas de la carreta que
usted, nadie y ahora viene a rasgarse las vestiduras y a decir que nosotros somos los
insensatos, pero está bien, dejémoslo ahí y no le voy dar uso de la palabra, no tiene derecho
a la réplica,
CARLOS MAURICIO. No tengo derecho a defenderme.
PRESIDENTE. No con gritos, don Mauricio está bien hable, pero bájele el tono poquito tiene
la palabra, pero con educación.
CARLOS MAURICIO. Gracias señor presidente, gracias, no es que yo quiera obligarlos a
ustedes a votar y téngalo por seguro don Francisco que es su decisión y es su decisión don
Minor, yo no les estoy obligando a que voten. Lo único que estoy diciendo es la importancia,
aquí se han visto mociones y se ven 8 días después. Perfecto, está bien, pero esto es algo
de suma y urgencia, algo muy importante para el pueblo, para el distrito. ¿Por qué no poder
votarlo don Minor? Pero si ustedes decidieron que no perfecto, yo lo único que estoy
diciendo es estoy agradeciendo a los que votaron a favor y a los que votaron en contra,
nada más yo no le estoy a usted ni a don Francisco que ustedes son insensatos al pensar,
yo no lo estoy diciendo. Lo único que estoy diciendo es la importancia de votar esta moción
porque es un tema de distrito. Nada más, es lo único que estoy diciendo.


                                              16
ACTA 124/26
16/09/2026
PRESIDENTE. Eso sí, estoy de acuerdo con usted don Mauricio es un tema distrito, claro
que sí y muy importante, pero resulta que a mí sí me llenó lo que el señor intendente acaba
de decir, parece que ustedes no. Y eso, por eso me motivó a mí, a no a no votar a favor la
moción de orden, porque ya con la noticia que el señor internet nos trae, me parece ya
innecesario la moción completamente innecesaria, ya acaba de explicar y que corrigieron
el tema presupuestario que ya todo está bien, entonces para que hagamos nosotros dar
patadas de ahogado en algo que ya está, que ya se corrigió, me parece completamente
innecesario, pero bueno respeto su posición, espero que respeten la mía también.

IVANIA. Buenas noches. Eso es intereses de la comunidad, como dicen don Carlos
Mauricio, pero no sé si será que el compañero no entendió bien este el informe que nos dio
el intendente, entonces tal vez sea necesario que lo vuelva a dar porque fue sumamente
claro, donde nos explica que ya está en camino, que ya él habló con la señora presidente,
entonces yo no sé por qué, hasta decir que es que los otros compañeros no se preocupan,
verdad por el distrito y que obvio que nos hemos preocupado, yo de que escuché eso, pues
estaba muy preocupada, pero gracias a Dios que el señor intendente siempre va adelante,
entonces tal vez que lo vuelva a explicar si fue que don Mauricio no lo entendió. Buenas
noches, gracias.

RONNY MONTERO. Bueno mencionarles que este enviamos un oficio ya al señor Carlos
Díaz. Y pudimos comunicarnos con la señora presidente para hacerle el conocimiento,
algunas veces es necesario estar en esa constante comunicación, le expliqué de la
necesidad y que esto sería para una zona turística y una de las más importantes a nivel
nacional, un impacto fatal para El País, ella me dijo, ya estamos trabajando en eso, no se
dejen llevar por lo que las redes sociales indican, al día de hoy no hay ningún documento
que evidencie que efectivamente esto va a tener que pasar y por lo tanto, días después
ya vimos una comunicación en conferencia de prensa donde la señora presidente indica
que la disminución que iba a ser de un tanto por ciento había disminuido únicamente al 2%
y que por lo tanto los dineros ya iban a ser reintegrados dentro del presupuesto del
Ministerio público y que dicha disminución no fue que apareció más dinero por arte de
magia, sino que las instituciones de gobierno iban a tener una disminución presupuestaria
para poder tener el dinero ante el Ministerio público, cabe recalcar que la disminución que
se dio era por un estudio del Ministerio de Hacienda donde indicaba que habían varios
gastos o varios dineros que no había podido ser justificable por qué los requería El
Ministerio público, sin embargo, al hacer del conocimiento no solamente Cóbano estoy
seguro que también los otros sitios en los cuales se mencionó por el señor Carlos Díaz
seguramente hicieron la mención a la señora presidente y le extendimos este la importancia
de que ella retomara la información, así, efectivamente lo hizo y por lo tanto, únicamente
un 2% fue disminuido. El presupuesto del Ministerio público. Muchas gracias.

ANGIE. Muchas gracias, buenas noches a todos los que nos ven en diferentes redes
sociales.

No voy a decir exactamente lo que quiero decir, pero no se trata de entender o no entender
don Minor, se trata de que somos un órgano colegiado que velamos por el bien del pueblo,
como bien lo dice usted que traemos mociones que el compañero trae mociones para ir
mejorando un poco. No veo si está de más la moción o que no está de más, que se vaya
también. No estoy en contra de los que votaron que no. Sí, es que últimamente sólo se vota
lo que está bien suyo, entonces no es que no se entiendan las justificaciones, porque sí se
entienden, no somos chiquitos de 2 años ni de 3 años para no entender las razones que
nos dan en este momento. Entonces muchas veces tenemos que controlar lo que hablamos

                                            17
ACTA 124/26
16/09/2026
y lo que decimos, para poder expresarnos de la mejor manera, pero quiero que sepa que
mi pensar es que no está de más la moción, no está de más que se pronuncie Cóbano, por
un bien común para el pueblo. Es por eso que yo avalo bien la moción del compañero, sin
embargo, este sí quedó bien claro, ya se quedó bien claro, ya se ya se dio las razones que
nos están dando el señor intendente, pero debemos de valorar un poquito más las cosas,
muchas gracias.

PRESIDENTE, Es justo lo que yo estoy haciendo parece que en la figura del señor
intendente. Podemos decir que prácticamente la persona más importante en el distrito que
tiene el peso, digamos político, para poder remitirse a donde se remitió que fue
precisamente a la máxima autoridad en El País, que es la presidenta de la República y
bueno, que ya el asunto este pareciera fue corregido entonces ese es el análisis que yo
hago yo tampoco soy un chiquito de 2 ni de 3 años Doña Angie y trato de no estar disperso
y poner atención bastante cada vez que se lee un documento cada vez que alguien hace
una intervención para poder razonar mis decisiones y fundamentarlas bien, como debe de
ser.

    b. Moción propuesta por la Concejala Angie Bonilla Santana y avalada por los
       concejales Carlos Mauricio Duarte, Mario Delgado y Diana Salas

MOCIÓN N.° ___

Proponente: Angie Bonilla Santana
Cargo: Concejal Propietario
Con fundamento en el artículo 27 del Código Municipal

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que las instituciones educativas constituyen espacios fundamentales para el desarrollo
integral de la niñez y juventud, por lo que es responsabilidad de las instituciones públicas procurar
que cuenten con condiciones adecuadas de acceso, seguridad y bienestar.

SEGUNDO: Que las comunidades de Santa Fe y Santa Clemencia cuentan con centros
educativos cuyos accesos requieren atención y mejoras en su infraestructura vial, particularmente
mediante la colocación de una superficie de rodamiento adecuada y duradera.

TERCERO: Que las condiciones actuales de los caminos de acceso generan dificultades para el
ingreso y salida de estudiantes, docentes, padres de familia y demás miembros de la comunidad
educativa, especialmente durante la época lluviosa, cuando el deterioro de las vías puede agravarse
considerablemente.

CUARTO: Que mejorar las vías de acceso a estos centros educativos representa una inversión en
seguridad, educación y desarrollo comunal, facilitando además el ingreso de vehículos de
emergencia, transporte estudiantil, proveedores y servicios institucionales.

QUINTO: Que resulta necesario que las autoridades competentes realicen las gestiones
correspondientes para determinar la viabilidad técnica y presupuestaria de ejecutar el asfaltado de
los accesos a las escuelas de Santa Fe y Santa Clemencia, procurando una solución permanente a
las condiciones de dichas vías.


                                                 18
ACTA 124/26
16/09/2026
POR TANTO, MOCIONO PARA:

1. Solicitar respetuosamente a la Intendencia Municipal de Cóbano realizar las gestiones necesarias
ante las instituciones competentes para impulsar el asfaltado y mejoramiento integral de las vías
de acceso a las escuelas de Santa Fe y Santa Clemencia.

2. Solicitar que se realice una valoración técnica de ambas vías, con el propósito de determinar las
condiciones actuales, las obras requeridas y la alternativa más viable para ejecutar el asfaltado.

3. Solicitar que se valore la incorporación de estos proyectos dentro de los programas de inversión y
mejoramiento de la red vial correspondientes, así como gestionar el apoyo de las instituciones
nacionales competentes cuando corresponda.

4. Solicitar que se informe a este Concejo Municipal de Distrito sobre las gestiones realizadas,
instituciones involucradas, posibles fuentes de financiamiento y avances para la atención de estas
necesidades.

5. Comunicar el presente acuerdo a las autoridades de las escuelas de Santa Fe y Santa Clemencia,
como muestra del compromiso de este Concejo con el mejoramiento de las condiciones de acceso y
seguridad de sus comunidades educativas.

6. Declarar de interés para este Concejo Municipal de Distrito el mejoramiento y asfaltado de los
accesos a ambos centros educativos, por tratarse de obras que contribuyen directamente al bienestar
de la población estudiantil y al desarrollo de las comunidades. Angie Bonilla Santana
Concejal Propietario. Concejo Municipal de Distrito de Cóbano HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCION

PRESIDENTE. ESTARA EN ANALISIS ESTA MOCION

LIC. RONNY MONTERO. Gracias señor presidente, bueno, yo no sé, a veces si ya lo he
dicho varias ocasiones, a veces hay mociones que yo no entiendo cómo se presentan
mociones o cómo se firman mociones y ya acá si hay algo que nosotros hemos conversado
desde la parte administración y que han comentado y que han preguntado casi que todas
las semanas es el tema presupuestario y también la situación, obviamente de vías de
comunicación, aquí no hay institución donde se tenga que tocar puertas. Esas calles son
municipales y por lo tanto, la responsabilidad municipal y como ya ustedes saben, porque
han votado acá, no sé cuántos presupuestos de los cuales nos han improbado cuatro y
donde la mayoría iba con temas de vías de comunicación, entonces ya aquí se conoce todo
lo que se tiene que conocer en temas viales.

Igual sé que se va a ver y se va a votar la próxima semana, pero yo no entiendo cómo se
traen casi siempre mociones repetitivas y además de eso, de cosas que ya hemos
conversado acá y de las cuales ustedes mismos han votado si tienen pleno conocimiento,
sí es importante decirle a la gente, vamos a ver, este acuerdo municipal sale y qué hacen
ustedes ¿quedarle bien a Santa Clemente y a Santa Fe? A las escuelas sabiendo que no
tenemos para hacerlo, por favor, traigamos mociones que veamos de aquí en adelante, que
realmente son cumplibles. Yo no le voy a decir a una comunidad, que por supuesto que
vamos a recibir el acuerdo y que lo vamos a hacer, porque no tenemos la capacidad en
este momento que no voy a ser tan irresponsable y espero que ustedes no sean
irresponsables también, de tomar acuerdos en los cuales ya sabemos y conocemos que no

                                                 19
ACTA 124/26
16/09/2026
se pueden cumplir. Es que son cosas que tenemos que tenerlas claras, yo sé que ya viene
la época política y todo el asunto, pero por favor les pido esto, no seamos irresponsables
en traer mociones o peor todavía, en sacar acuerdos que lo que van a hacer es
comprometerse ustedes y comprometer a la administración probablemente igual yo no voy
a hacer algo que no tengo la capacidad de hacerlo responsablemente, pero sí no pongamos
este tipo de cosas que ya vamos viendo por dónde van.

No, no recuerdo ahorita si fue para el extraordinario 2026 o para el ordinario 2027. Ahí se
metieron algunos frentes de escuelas para realizar no sé si asfaltado directamente o
tratamiento superficial., la intención de esto es disminuir el impacto que vayan a tener
algunos de estos sitios. Yo creo que Santa clemencia sí iba por ahí, ahorita no recuerdo
bien, han sido tanto los presupuestos que ha habido que no lo recuerdo ahorita, pero con
mucho gusto voy a traerlo la próxima semana para indicarles más o menos cuáles son las
que se pretenden realizar, eso como un acto ahorita primario. Lo que no quiero es que se
entienda que tal vez una de ellas no va y fue porque no se quiso, no en su momento fue
porque se valoraron algunas otras situaciones, pero con mucho gusto voy a traerlo, ustedes
mismos votaron aquí en estas mismas mesas en esta misma sala de sesiones, la
aprobación de sus presupuestos y para que se venga a presentar ahorita pues una moción
me parece contradictorio, nada más eso quería mencionar. Ya sé que se va a votar la
próxima sesión, pero sí me parece importante que las personas y específicamente esas
comunidades lo tenga muy presente. A mí me encantaría tener los 250 km de Cóbano
asfaltados, muchos de ellos se han limitado por las situaciones que ya conocemos, pero
por supuesto que siempre pensamos en ello. Las escuelas que no vengan porque son
muchísimas, en estos proyectos que ya se presentaron, pues esperamos ojalá y puedan
ser tomadas en cuenta en otros presupuestos, doña Angie tiene la palabra.

ANGIE. Don Minor. Muchas gracias señor intendente, es usted muy amable con esa
respuesta, sí, soy irresponsable por creer que se puede mejorar las comunidades. Soy
irresponsable por intentar que entren 2 escuelas, las cuales no están porque yo sí estudio,
hago mi tarea y reviso y sé que se votó y que no se votó. Esas 2 no están incluidas, mi
moción nadie las sabe. No sé qué pretensiones dice usted si me puede aclarar eso después.
Pero nadie sabe más que yo de esta moción, porque ni siquiera las instituciones que estoy
mencionando ahí saben de esta moción. La moción exactamente la puse para ser
irresponsable que se incluyan 2 instituciones más sabiendo que no importa, no hay
presupuesto, pero la fe es que haya. Entonces mi responsabilidad es intentar mejorar las
comunidades y no sé el polvazal que reciben los niños, tal vez usted pueda estar ahí un día
y ver cómo pasan ellos con los polvazales ahí en la escuela. Yo creo que todos merecen
una educación sana también. Entonces, esa es mi irresponsabilidad en poner esta moción,
se le agradece mucho su opinión. Muchas gracias.

CARLOS MAURICIO. Muchas gracias señor presidente don Ronny, yo quisiera enfocarme
tal vez al comentario que usted hizo. Sería muy importante reversar esta esta esta moción,
por qué usted como alto jerarca, como nuestro líder político, como nuestro intendente, por
qué no llegar y decirle a la compañera, digo, unámonos y vamos y tocamos puertas si el
presupuesto todavía no, no podemos alcanzarlo. O sea, por qué mejor a como dice la
compañera tocar puertas y acompañar, o sea y decirle, bueno, venga Angie, vamos a
trabajar entonces. Pero es que el problema de que hablamos muy sarcásticamente don
Ronny y hay palabras que hieren y ofrende, usted usted siempre menciona la politiquería
politiquería en redes sociales eso basta y sobra con la que nos dan todos los días, pero sí
sería muy importante de usted como como jerarca, como intendente, reversar esa esa esa
moción y decirle a la compañera vamos de la mano, vamos a tocar puertas, no esperemos

                                            20
ACTA 124/26
16/09/2026
el presupuesto, trabajemos, pero no hay eso, se lo digo como un Consejo, sería muy
importante, ya que la compañera tiene todo el ánimo y toda la disposición de trabajar por el
pueblo. Entonces sería muy importante, muchas gracias.

LIC. RONNY MONTERO. Don Mauricio, si hay alguien que sabe tocar puertas aquí, es este
servidor. Y tengo muchísimo para justificar lo que digo.

Hace poco realizamos una reparación aquí en la menchita de todo el montón de huecos
que había y las puertas las fuimos a tocar y el material se puso y tocamos la puerta cuando
me dijeron que no teníamos una batidora de concreto y la conseguimos y ahí estuvo la
batidora 2 días o no sé cuánto. Y hay que ver quiénes se arrimaron ahí a esa calle la
manchita, donde solamente doña Zulay y Don Minor que le agradezco estuvo ahí y yo sé
que usted no necesita de que se le mencione, pero estuvo ahí con su vehículo, con inclusive
con familiares, apoyando ese proceso a don Rigo, a don Cotto, a don Juan, inclusive que
estuvo por ahí también y muchos otros.

Entonces créanme que yo lo tengo más que claro eso de tocar puertas y de ver cómo
solucionamos de alguna manera, aun cuando no tengamos el presupuesto.

Lo que no quiero es que esto se vea como un compromiso ante esas 2 comunidades, por
ejemplo, La Mencha nunca se había hecho un trabajo como el que hicimos nosotros de
recuperación, la cantidad de lastre que se les puso, el trabajo conjunto que se hizo con la
comunidad para que hoy por hoy, a pesar de que no ha llovido mucho, pero cuando ha
llovido ha llovido bastante y esa carretera se mantenga tal cual como nosotros la dejamos.

En la parte de Santa Fe ellos pueden dar fe hace poco este se hizo un trabajo de una
bodega que al final sirvió como bodega y como oficina junto con naviera Tambor y les
acompañamos, no tenían un tanque para agua, nosotros se lo dimos y naviera Tambor hizo,
entonces esto iba a tocar puertas. Créanme que el que más puede hablar soy yo y el hecho
de tener la capacidad de tocar puertas es lo que nos ha llevado a que muchas cosas hoy
por hoy estén listas. El asunto es que el tema de carreteras, el tema de asfaltado, de
tratamiento superficial, bituminoso, estamos hablando de cosas importantes en las que es
la municipalidad quien tiene que llevar, la batuta y que no es tan fácil pedir nada más que
nos que alguna institución.

Este no regalé para asfaltar, entonces es por eso más bien que yo les digo, o sea que la
responsabilidad, o sea ser responsables con lo que se presenta y más en este en estas
épocas no podemos creer que nos vamos a comprometer con algo que en este momento
no podemos cumplir, por eso lo hemos venido haciendo paulatinamente, por eso nos
incluyen un montón de calles que quisiéramos asfaltar, porque se incluyen después de un
de una inspección y demás. Es por eso más que nada en el tema de Santa fe, ahí estamos
corriendo, llegan ahora y nos dicen después de que prácticamente estaba todo listo para el
financiamiento del INDER, que resulta que realizan el expediente y que faltan que falta un
diseño después de que eso tiene no sé cuántos años de estarse viendo.

Quienes están corriendo ahora para eso, nosotros tuvimos que ver donde agarrábamos
plata para volver otra vez a contratar una empresa que ya está en proceso de contratación
para que nos haga el diseño, para que Santa Fe pueda tener ese puente anhelado que
realmente le permita tener salida cuando llueve. Entonces Santa Fe y la Mencha, la
comunidad donde está la escuela, créame que pueden dar fe de que este servidor ha tocado

                                            21
ACTA 124/26
16/09/2026
puertas y de que ha solucionado aun cuando no tuvimos la capacidad económica de
hacerlo, nada más y quiero mencionar eso importante y que yo sé que ellos lo tienen muy,
muy claro.

PRESIDENTE. La palabra que no nos gusta aquí, coadministración, hay que refrescar y
volver a analizar ese término coadministración y dos recordemos también que no
desearíamos trabajar así, Ronny acaba de ser muy claro de que a él le gustaría, igual creo
que a todos, que ojalá los 200 y pico de kilómetros que hay que nos corresponden estén
asaltados, eso sería un mundo ideal, pero recuerden y se está dejando de lado y debiera
de analizarse cada vez que se presente este tipo de proyectos o mociones, el plan
quinquenal vial, lo que tanto se nos ha explicado el ingeniero acá, el asunto es la jerarquía
de calles, y por más que nosotros quisiéramos pavimentar X o Y calle si tiene una categoría
c, que creo que son las que tienen ese par de calles. estamos feos. Recuerden vuelvo a
refrescar hay calles con jerarquía A B y C primero intervenimos las A luego las B, luego las
C.

Pues creo que eso se dejó pasar, pero no importa para eso es estos 8 días de análisis
para desmenuzar un poquito bien y estudiar la moción para luego traerla acá en 8 días.

    c. Moción N° 4. Propuesta por el Intendente Municipal Lic. Ronny Montero

                                                                          8 de setiembre del 2026
Señores
Concejo Municipal

                                        MOCION 04-2026

Quien suscribe, Ronny Montero Orozco, Intendente de este Concejo Municipal de Distrito, con
fundamento en los artículos 14 y 44 del Código Municipal y ley 8173.

PARA DECLARAR DE INTERÉS DISTRITAL EL PROYECTO DEL CENTRO COMUNITARIO DE SANTA
TERESA, LIDERADO POR LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el artículo 169 de la Constitución Política establece que la administración de los
intereses y servicios locales en cada cantón estará a cargo del Gobierno Municipal, mientras que el
artículo 170 reconoce la autonomía de las corporaciones municipales.

SEGUNDO: Que la Ley N.° 8173, Ley General de Concejos Municipales de Distrito, establece que
los Concejos Municipales de Distrito son órganos con autonomía funcional propia, adscritos a la
municipalidad del cantón respectivo, y que tienen a su cargo la administración y gobierno de los
intereses y servicios distritales.

TERCERO: Que el artículo 3 del Código Municipal, Ley N.° 7794, dispone que el gobierno y la
administración de los intereses y servicios cantonales corresponden al Gobierno Municipal y
reconoce la posibilidad de desarrollar acciones conjuntas y convenios para el cumplimiento de fines
locales y la construcción de obras de beneficio común.


                                                22
ACTA 124/26
16/09/2026

CUARTO: Que el artículo 13 inciso a) del Código Municipal establece como atribución del Concejo
fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio mediante la participación de los vecinos,
lo cual constituye fundamento para que el órgano deliberativo reconozca y respalde iniciativas
comunitarias que contribuyan al desarrollo territorial.

QUINTO: Que la Ley N.° 3859, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, declara de interés público
la constitución y funcionamiento de las asociaciones de desarrollo de las comunidades, como
mecanismo para que las poblaciones se organicen y trabajen conjuntamente con los organismos del
Estado por el desarrollo económico y social del país.

SEXTO: Que el artículo 16 de la Ley N.° 3859 contempla las Asociaciones de Desarrollo Integral como
organizaciones orientadas a promover, mediante el esfuerzo conjunto y organizado, el desarrollo
económico y el progreso social y cultural de un área determinada.

SÉTIMO: Que la propia Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) reconoce
que las organizaciones de desarrollo comunal son entidades de interés público, regidas por el
derecho privado, y que pueden desarrollar acciones de carácter social, económico, cultural y
ambiental en colaboración con las municipalidades y otras instituciones públicas y privadas.

OCTAVO: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa ha venido
impulsando el proyecto denominado Centro Comunitario de Santa Teresa, iniciativa que tiene
como finalidad generar un espacio de encuentro, participación, integración y desarrollo para los
habitantes de Santa Teresa, Mal País y comunidades circundantes.

NOVENO: Que el desarrollo de infraestructura comunitaria constituye un elemento fundamental
para fortalecer la organización social, la convivencia, la participación ciudadana, la recreación, la
cultura, el deporte, la formación y las oportunidades de desarrollo local.

DÉCIMO: Que Santa Teresa constituye uno de los principales polos turísticos, deportivos y
económicos del distrito de Cóbano, por lo que el fortalecimiento de su infraestructura comunitaria
puede contribuir no solamente al bienestar de sus habitantes, sino también a una mejor gestión de
las dinámicas sociales, culturales, deportivas y turísticas que caracterizan a esta comunidad.

UNDÉCIMO: Que la declaratoria de interés distrital constituye un reconocimiento institucional del
Gobierno Local a una iniciativa de relevancia para la comunidad y permite fortalecer las condiciones
para gestionar cooperación, alianzas institucionales, apoyo técnico y eventuales mecanismos de
financiamiento, dentro del marco de las competencias y posibilidades legales y presupuestarias
correspondientes.

DECIMOSEGUNDO: Que la coordinación entre el Gobierno Local, las organizaciones comunales,
instituciones públicas, sector privado y demás actores del territorio resulta fundamental para
impulsar proyectos de infraestructura social que generen beneficios colectivos y contribuyan al
desarrollo sostenible del distrito.

DECIMOTERCERO: Que esta iniciativa se encuentra alineada con una visión de desarrollo de Cóbano
basada en el fortalecimiento de las comunidades, la participación ciudadana, el turismo sostenible,
el deporte, la cultura, la protección ambiental, la educación, la innovación y el mejoramiento de las
condiciones de vida de sus habitantes.

                                                   23
ACTA 124/26
16/09/2026

POR TANTO

El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en ejercicio de las competencias que le confieren la
Constitución Política, el Código Municipal, Ley N.° 7794, la Ley General de Concejos Municipales de
Distrito, Ley N.° 8173, la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, Ley N.° 3859, y demás normativa
aplicable,

SE MOCIONA PARA QUE SE ACUERDE:

1. Declarar de INTERÉS DISTRITAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO el proyecto
denominado “CENTRO COMUNITARIO DE SANTA TERESA”, promovido y liderado por la Asociación
de Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa, por considerarse una iniciativa de relevancia para
el desarrollo social, comunitario, cultural, deportivo, educativo, turístico y económico del distrito de
Cóbano.

2. Reconocer institucionalmente el proyecto como una iniciativa de carácter estratégico para el
fortalecimiento de la infraestructura comunitaria de Santa Teresa y su entorno, procurando que su
desarrollo contribuya al bienestar general de la población.

3. Manifestar el respaldo institucional del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano a las gestiones
que realice la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa ante instituciones
públicas, organizaciones nacionales e internacionales, sector privado, organismos de cooperación y
demás entidades que puedan contribuir técnica o financieramente a la materialización del proyecto.

4. Instar a las instituciones públicas con competencia en materia de desarrollo comunitario,
infraestructura, educación, deporte, cultura, turismo, ambiente y desarrollo social, así como a
organismos de cooperación y actores privados, a valorar positivamente el proyecto y las
posibilidades de apoyo dentro de sus respectivos marcos legales y presupuestarios.

5. Solicitar a la Intendencia Municipal, dentro del ámbito de sus competencias, para realizar las
gestiones de coordinación y acercamiento institucional necesarias con la Asociación de Desarrollo
Integral de Mal País y Santa Teresa y con las instituciones públicas y privadas que puedan contribuir
al desarrollo del proyecto.

6. Comunicar el presente acuerdo a la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa,
a la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), al Instituto Costarricense de
Turismo, al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, al Ministerio de Cultura y Juventud,
al Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y a las demás instituciones que el Concejo considere
pertinentes, para su conocimiento y valoración dentro de sus respectivas competencias.

7. Declarar el presente acuerdo de interés público distrital para efectos de respaldo y promoción
institucional del proyecto.

8. Comuníquese y publíquese para conocimiento de la comunidad de Santa Teresa, Mal País y del
distrito de Cóbano. Lic. Ronny J. Montero Orozco. Intendente. Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION



                                                  24
ACTA 124/26
16/09/2026
CARLOS MAURICIO. Yo quisiera hacer una pregunta, digamos, la moción es con respecto
a declarar de interés. Claro que sí, es muy importante, pero yo no puedo entender porque
ese se quiere solicitar de interés distrital un proyecto, bueno, un anteproyecto todavía no
está la infraestructura ni nada de esas cosas, entonces no sé, tal vez el señor intendente
me puede explicar un poco.

LIC. MONTERO. Gracias señor presidente. Vamos a ver bueno, yo creo que la moción está
clara, por supuesto que el proyecto no existe, porque eso es un proyecto cuando la
infraestructura existe, entonces ya es una infraestructura, un bien o un activo, que va a
tener la asociación. ¿Qué es lo que queremos con esta moción? que ellos tengan el peso
administrativo y del Concejo Municipal por acuerdo para que ellos puedan ir a tocar las
puertas de las que hemos hablado hoy ya anteriormente , ante instituciones como
DINADECO, ante, el Instituto de Desarrollo Rural, ante fundaciones, ante organizaciones
y demás personas que les pueda dar a ellos este acuerdo municipal y la moción que
presenté, de decirles, tengo el respaldo del señor intendente y del Concejo Municipal por
acuerdo de que este proyecto que estamos presentándoles a ustedes para realizarlo, es
de interés de la comunidad y del distrito. ¿Por qué? Porque esto no es como un salón de
desarrollo común y silvestre como los que conocemos, va más allá, por ejemplo, el salón
que estamos gestionando entre para San Isidro es de alrededor de 120 millones de colones,
este va a 250 millones por ahí un poco más. Entonces vemos que definitivamente la manera
por el cual ellos podrían eventualmente tener los recursos necesarios, es tocando las
puertas a fundaciones, a organizaciones, a vecinos de la comunidad, comercios y está dado
y conocido de que el apoyo del Gobierno local a un proyecto como estos les puede abrir a
ellos las puertas al saber que nosotros los estamos respaldando, en que este proyecto es
importante para las comunidades y para todos los que habitamos en este lugar. Otra cosa
es importante al mismo tiempo, conociendo de que es uno de los sitios más visitados
turísticamente, por lo tanto, ellos se han esforzado porque el diseño del centro comunitario
sea atractivo y que vaya con la infraestructura que eventualmente quisiéramos ver cerca de
la parte turística y de la parte más linda de playa o de una de las partes lindas de playa que
tenemos en Cóbano. ¿Por qué se habla del proyecto? Porque es un proyecto lo que ellos
tienen, todavía no se ha ejecutado, por lo tanto, eso es lo que hay que declarar de interés
el proyecto para que ellos puedan presentarle a esas ONGs, a esas fundaciones,
instituciones incluso de que tienen el respaldo de la administración y del Concejo Municipal
para que este proyecto se dé y fortalecer ellos la gestión de tocar puertas con este
documento que ya está demostrado, valga la redundancia, por otros proyectos que han
sido declarados en que se puede más fácilmente y más ágilmente vender ellos el proyecto
sabiendo que tienen este el acuerdo de declaratoria de interés distrital en este caso que
somos nosotros. Eso es la gran importancia que tiene esta moción.

ANGIE. Ya que esto es solo para el documento de que sea de interés distrital Don Ronny,
no hay una viabilidad de que este se complete todavía al momento y una que vaya a tener
una sostenibilidad esta que impacte. Yo quiero saber si la municipalidad y el Concejo
Municipal adoptan algún compromiso, ya sea de mantenimiento el día de mañana, porque
como estamos hablando de la posibilidad, este como bien lo dice usted es porque a otro
nivel no es como los salones comunales que se están realizando en la zona, igual ellos
necesitan también verdad el apoyo de todo este Concejo para que no se malinterprete la
situación ahí porque mucha gente lo puede ver así. Pero esto, yo sé que lo están haciendo
para tocar puertas, abrir puertas y todo el asunto, pero en sí, qué compromisos va a adquirir
el Concejo y la municipalidad en este momento.



                                             25
ACTA 124/26
16/09/2026
RONNY. Vea, yo sé que yo les caigo mal con esto. Pero ustedes mismos fueron los que
votaron el convenio para. Para que la asociación de desarrollo de Santa Teresa recibiera
en Administración el terreno que es municipal y en ese convenio que hicimos con ellos para
que pudieran iniciar todos los procesos para esta, para este proyecto, indica, al igual que
el convenio que hicimos con San Isidro, donde les dimos las propiedades en Administración
municipal, y es algo obvio, que si una asociación de desarrollo en algún momento no puede
mantener o un terreno o una infraestructura que es de la municipalidad, pero que se les dio
en administración, nosotros tenemos que correr con todo eso o ¿vamos a dejar que se
caiga como se cayó el de Santa Teresa? Por supuesto que no.

El convenio que hicimos con ellos efectivamente incluye que cualquier infraestructura que
se construya en el espacio y eventualmente la asociación de desarrollo se cierre, se inactive
o pase lo que pase, todo vuelve a administración de la municipalidad y por lo tanto la
municipalidad tiene que hacerle frente al mantenimiento, al pago de servicios y demás. Acá
no podemos hablar de algo porque ni San Isidro tiene salón ni Santa Teresa lo tiene,
entonces no podemos hacer ninguna proyección cuando ellos tengan ya el centro
comunitario construido, por supuesto que tendrán que ir en todos los presupuestos
ordinarios de cada año, un monto que sea en dado caso, de que Santa Teresa o San Isidro
porque las propiedades son municipales, si algo sucediera con ellas, entonces nosotros
tendríamos, obviamente que adquirir los servicios ¿cuál es el problema? 4000 casi 5000
millones de colones para no sé un millón que vayan a gastar en electricidad al año. O sea,
eso no son cosas que nos que nos tienen que poner a pensar en este momento son cosas
mínimas. Lo importante en este momento es darles un apoyo importante a ellos y que se
sientan respaldados por la administración que ya lo hice presentando la moción y
esperando que el Concejo Municipal pues también les apoye y que, con ello, como les digo,
puedan ir a terminar de buscar el financiamiento para que un día, ojalá y muy pronto pueda
ser una realidad ese centro comunitario. Entonces habiendo explicado eso, espero que
haya quedado claro y este efectivamente decirles que todos los convenios que nosotros
hemos hecho o hagamos con asociaciones de desarrollo donde hayan terrenos municipales
que se den en Administración, todos esos convenios tienen, no es que si queremos, tienen
que ir, que en dado caso de que la asociación de desarrollo tenga un problema financiero,
tenga una inactividad o se deshaga la asociación de desarrollo que esperemos que no pase
La municipalidad tendrá que hacerle frente a esos servicios, pero hasta que estén las
construcciones eventualmente veríamos cuánto es el promedio anual y se metería un
presupuesto para tomar en cuenta, en dado caso de que esto sucediera si al final vamos
adelante de los años y nos damos cuenta de que efectivamente no hay ningún problema,
pues entonces esos dineros pueden reintegrarse y hacer ese uso de ellos en algunas
necesidades que se tengan para las demás comunidades.

CARLOS MAURICIO. Muchas gracias, señor presidente, yo quiero aclarar algo, digamos
aquí pasan uno y 1000 convenios y no los tenemos todos en la mente. A usted la semana
pasada le recordé del vencimiento del convenio con la con la antigua biblioteca, entonces
se le olvidan a usted ahora como mucha más razón a nosotros que tenemos una y mil cosas
en la mente.

Es muy importante esta moción, claro que sí, es algo del pueblo. Uh, se necesita y qué
dicha que está aquí en el compañero que es de parte de la asociación de Santa Teresa y
algo de que yo comenté con los compañeros de que no es poner trabas, sino es aclarar
panoramas a futuro, pero téngalo por seguro de que eso es una iniciativa que es del pueblo,
que es del Concejo hacia el pueblo, la moción presentada por el señor intendente, pero que
ojalá que de aquí en adelante esto sea en realidad un acuerdo, pero que esto no se preste

                                             26
ACTA 124/26
16/09/2026
para politiquería, entonces es muy importante que en realidad las decisiones que tomamos
aquí como Concejo sean en pro del del pueblo, en realidad, muchas gracias.

PRESIDENTE. Suficientemente discutido. Entonces levanten la mano, quienes estén de
acuerdo con lo solicitado en la moción levanten

ACUERDO N°2
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA:
2.1. Aprobar en todas sus partes la moción numero 4 presentada por la Intendencia
municipal

2.2. Declarar de INTERÉS DISTRITAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE
CÓBANO el proyecto denominado “CENTRO COMUNITARIO DE SANTA TERESA”,
promovido y liderado por la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa
Teresa, por considerarse una iniciativa de relevancia para el desarrollo social, comunitario,
cultural, deportivo, educativo, turístico y económico del distrito de Cóbano.

2.3. Comunicar el presente acuerdo a las instituciones y comunidades indicadas en la
misma”. Votan a favor los Concejales Minor Centeno, Francisco Madrigal Céspedes, Denia
Villalobos Barahona, Carlos Mauricio Duarte Duarte y Angie Bonilla Santana. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO

    d. Moción n° 51. Proponente Carlos Mauricio Duarte Duarte. Avalada por la
       concejala propietario Angie Bonilla y la concejala suplente Diana Salas.

LIC. Minor Centeno. PRESIDENTE. OFICIO. PM-CMDC-33-2026
Señor Mauricio Duarte
Concejal Propietario
Estimado Señor:
En análisis de la moción No 51, presentada por su persona, está en la sesión 123-2026 del 08 de
setiembre del 2026, la cual inserto:
                                                                      Martes 8 de setiembre de 2026
Señores Concejales:
                          CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
                                               MOCIÓN
PARA       RESTABLECER      EL    ACCESO       PÚBLICO     A    LAS     GRABACIONES         DE     LAS
SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
Los suscritos Concejales de este Concejo, con fundamento en el artículo 30 de la Constitución Política;
el artículo 41 del Código Municipal; y los artículos 50 y 56 de la Ley General de la Administración
Pública, mocionamos lo siguiente:
Considerando:
1. Que el artículo 41 del Código Municipal establece que las sesiones del Concejo son públicas,
    principio que exige que su desarrollo y sus actuaciones puedan ser efectivamente conocidos por
    las personas interesadas.




                                                  27
ACTA 124/26
16/09/2026

2. Que los artículos 50 y 56 de la Ley General de la Administración Pública establecen el deber de
    grabar en audio y video las sesiones de los órganos colegiados y de conservar dichas grabaciones
    en un medio que garantice su integridad, archivo y disponibilidad.
3. Que actualmente las grabaciones correspondientes a determinadas sesiones de este Concejo,
    entre ellas las sesiones ordinarias N.º 112-2026, N.º 113-2026 y N.º 115-2026, así como la sesión
    extraordinaria N.º 037-2026, celebrada el 23 de julio de 2026, no se encuentran disponibles o
    accesibles de manera íntegra en las redes sociales oficiales o en el medio digital en el que fueron
    publicadas originalmente, sin que pueda determinarse la causa de su indisponibilidad.
4. Que la Procuraduría General de la República, en el dictamen C-153-2014, señaló que las
    grabaciones en las que los concejos municipales registran sus sesiones tienen carácter público y
    se encuentran sujetas al derecho de acceso reconocido en el artículo 30 de la Constitución Política.
    Asimismo, el criterio PGR-C-022-2024 reafirma el deber de los concejos municipales de grabar sus
    sesiones en audio y video conforme a los artículos 50 y 56 de la Ley General de la Administración
    Pública.
5. Que la publicidad de las sesiones requiere que las grabaciones oficiales sean conservadas y
    permanezcan accesibles, de manera que pueda verificarse posteriormente lo deliberado y
    resuelto por el órgano colegiado y se garantice la transparencia de su actuación y el acceso de la
    ciudadanía a la actividad municipal.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración la presente moción para que se adopte el
siguiente acuerdo:
ACUERDO:
1. Solicitar a la Secretaría del Concejo que, dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del
    presente acuerdo, remita a cada uno de los miembros de este Concejo copia digital íntegra de las
    grabaciones oficiales correspondientes a las sesiones ordinarias N.° 112-2026, N.° 113-2026 y N.°
    115-2026, así como la sesión extraordinaria N.° 037-2026, celebrada el 23 de julio de 2026, así
    como la información disponible sobre su ubicación y los respaldos existentes.
2. Disponer que, dentro del mismo plazo, las grabaciones indicadas sean nuevamente puestas a
    disposición del público mediante los medios digitales institucionales utilizados por el Concejo. Si
    alguna no pudiera ser localizada o restablecida, deberá informarse expresamente esa
    circunstancia.
3. Solicitar a la Secretaría del Concejo y a la Administración que, dentro del mismo plazo de tres días
    hábiles siguientes a la firmeza del presente acuerdo, informen las razones por las cuales las
    publicaciones correspondientes a dichas sesiones dejaron de estar disponibles o no permiten
    acceder íntegramente a la sesión en las redes sociales oficiales, incluidos Facebook y YouTube.
4. Solicitar que, en adelante, las grabaciones de las sesiones del Concejo sean debidamente
    respaldadas y conservadas de forma que se garantice su integridad, archivo y acceso público, de
    conformidad con los artículos 50 y 56 de la Ley General de la Administración Pública.
5. Comunicar el presente acuerdo al Tribunal Supremo de Elecciones, para su conocimiento y para lo
    que estime pertinente dentro del ámbito de sus competencias.
6. Remitir copia del presente acuerdo a la Auditoría Interna del Concejo Municipal de Distrito de
    Cóbano, para su conocimiento y para que valore, con independencia funcional y de criterio, si
    corresponde alguna actuación dentro del ámbito de sus competencias.
7. Declarar el presente acuerdo definitivamente aprobado, de conformidad con el artículo 45 del
    Código Municipal.
Le comunico que en relación del acuerdo primero de la moción recibida, le informo que la opción
para que la secretaria del Concejo Municipal pueda remitir en forma digital copia de las grabaciones
de las actas correspondientes a las sesiones ordinarias N.º 112-2026, N.º 113-2026 y N.º 115-2026,
así como la sesión extraordinaria N.º 037-2026, celebrada el 23 de julio de 2026 deberá ser en una


                                                   28
ACTA 124/26
16/09/2026
llave maya que aporte el interesado, que podrá llevar a su oficina en cualquier momento, para que
así le sea entregada.
Las plataformas Facebook y YouTube, no son empresas de esta institución, más bien son
plataformas con sus propias Reglas y condiciones, Facebook elimina los videos cada 30 días,
respecto a YouTube, cuando esta plataforma no se inicia por situaciones de la misma plataforma
estas no se trasmiten ni se graban en esta plataforma, el CMDC no tiene facultad para variar las
condiciones de estas empresas.
Ahora bien, respecto al Código Municipal Ley 7794, que es la ley que establece que las sesiones
deben ser públicas, indica en forma literal:

Artículo 41. — Las sesiones del Concejo serán públicas. El Concejo deberá reglamentar la
intervención y formalidad de los particulares.

 La Sala Constitucional Mediante sentencias como la N.° 2021-026662 y demás votos posteriores ha
determinado que el carácter público de las sesiones obliga a los gobiernos locales a utilizar medios
tecnológicos y transmisiones en vivo para garantizar el acceso a la publicidad, sin embargo, no existe
norma o jurisprudencia que obligue a esta institución a mantener las sesiones gravadas en ninguna
plataforma digital, ni red social.
 Respecto a los artículos 50 y 56 de la Ley General de Administración Pública N° 6227, a los que
alude en su moción indican literalmente:

Artículo 50.-

         Los órganos colegiados nombrarán un secretario, quien tendrá las siguientes facultades y
atribuciones:
a) Levantar las actas de las sesiones del órgano;
b) Comunicar las resoluciones del órgano, cuando ello no corresponda al presidente; y
c) Las demás que le asignen la ley o los reglamentos.

Artículo 56.-

1. De cada sesión se levantará una (sic) acta, que contendrá la indicación de las personas asistentes,
así como las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la
deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los acuerdos.

2. Las actas se aprobarán en la siguiente sesión ordinaria. Antes de esa aprobación carecerán de
firmeza los acuerdos tomados en la respectiva sesión, a menos que los miembros presentes
acuerden su firmeza por votación de dos tercios de la totalidad de los miembros del Colegio.

3. Las actas serán firmadas por el presidente y por aquellos miembros que hubieren hecho constar
su voto disidente.

Por lo que como podemos apreciar los artículos en mención, no tienen ninguna relación con lo
peticionado en su moción.
Sin embargo, después de la investigación debida del suscrito le informo que el Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano mantiene a través del sistema de transmisión de sesiones a partir de julio del año
2025 en que se realizó la compra del sistema, las grabaciones de las sesiones del Concejo
debidamente respaldadas y conservadas. En años anteriores la secretaria del Concejo Municipal las
mantiene a través de grabadora de periodismo.

Por tanto, se rechaza su moción, por ser improcedente, en razón de que esta institución no tiene la
facultad de ordenar a las plataformas de Facebook y YouTube a modificar sus lineamientos, así
mismo que no se establece en ninguna Ley costarricense que deban de mantenerse las grabaciones



                                                 29
ACTA 124/26
16/09/2026
en dichas plataformas. Lic. Minor Centeno Sandí. Presidente Municipal. HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCION.

PRESIDENTE. Vea con respecto a esto, bueno, hacer énfasis en el primer párrafo y en el
último de que efectivamente las grabaciones ahí quedan y que lo de la llave maya es porque
es muy pesado el documento , es imposible pasarlo por correo, entonces si tienen algún
interés en tener acceso a esas sesiones que ya no aparecen en Facebook o youtube
pueden traer la llave maya y doña Roxana a con gusto se las se las pasa, están
debidamente resguardada toda la información.

CARLOS MAURICIO. Señor don Mauricio, gracias. Yo quisiera hacer un comentario sobre
con respecto a eso de tal vez es que Facebook este de borra las transmisiones a como lo
han dicho, pero yo he visto otras transmisiones en otras municipalidades donde están todas
íntegras, pero de no sé por qué, sólo en el distrito de Cóbano sucede eso, no sé, será que
hay alguna especialidad o algo no

PRESIDENTE. No sé, tendrías que preguntarle a la gente de Facebook don Mauricio.

LIC. RONNY. Tal vez nada más para indicarle, digamos, si se ingresa desde fechas antes
de que Facebook iniciara con la eliminación de los vídeos, inclusive en la página de la muni
vamos a encontrar sesiones completas. Nada más que después. Facebook inició la
eliminación, entonces ya no se encuentran, pero digamos, si se ingresa a la propia página
este de la municipalidad, ahí este puede ver que existen
sesiones anteriores, porque eso fue hace poco para acá, verdad Diego que se empezaron
a eliminar después de 30 días, antes de eso, no inclusive si se fijan en las de la semana
pasada, la semana antepasada. Vamos a ver del 25 de agosto, ahí está la sesión, la del 18
de agosto, Ya para atrás no aparecen entonces es un asunto propiamente de Facebook,
nada más ahí para que sí. Efectivamente, aquí pueden ustedes revisarlas si no están Ahora
bien Vamos a ver si es que eventualmente Facebook está cobrando para que se puedan
mantener eso no lo sabemos, pero este vamos a preguntar a ver si es que Facebook cambió
y que únicamente pagándole a la plataforma se pueden mantener, entonces eso sería otra
cosa, que ya tendríamos que ver qué tipo de pago es el que haya que realizar y
eventualmente cómo sería que hay que hacer el proceso. Pero bueno, ahí vamos a
revisarlo, pero efectivamente, ninguna de las de hace un mes hacia atrás nos aparecen
acá.
Las compañeras estuvieron tratando de subirlas a la plataforma, pero son muy pesados
esos documentos No, no se pudieron subir, pero a como lo dije en el documento, ya a
ustedes les quedó claro y las personas que están siguiendo la transmisión pueden, si tienen
interés en alguna de las sesiones, pueden traer la llave maya y con gusto se les pasa la
información.

ARTICULO V.           ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.          INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VII.         INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA

ARTICULO VIII.        INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

                                            30
ACTA 124/26
16/09/2026


LIC. RONNY MONTERO. Gracias, señor presidente, el día de hoy bueno y estos días en
realidad ha sido de locos con la semana cívica. El informe lo presentaré la próxima semana.
Sí, agradecerles a todas las personas que se hicieron presentes en esta semana cívica. De
verdad que Fueron momentos muy importantes e inolvidables para todos, agradecerle a la
asociación de desarrollo integral de Cóbano una vez más, definitivamente los miles de
participantes que llegan al desfile del 15 de septiembre no habría sitio donde se pudiera
reunir toda esa gran cantidad de gente y ni qué decir de las instalaciones como tal. El hecho
de que cada banda tenga la oportunidad de presentarse ante todos esos miles de personas
y de vivir ese momento tan lindo, sin duda alguna es un premio al esfuerzo de toda la
asoleada que nos pegamos en cada uno de los trayectos.
Además de eso, agradecerle al Ministerio de Educación pública, sabemos que ha habido
nuevas directrices, pero sí quiero hacer un llamado muy importante y una explicación
también, muchos padres de familia se acercaron a preguntarme el por qué algunos de sus
hijos practicaban tanto en la escuela y nosotros no los habíamos incluido en la semana
cívica. Es importante que se sepa que hubo varias reuniones de los directores de los centros
educativos con la supervisora del circuito cero 2 de acá, y los directores y las directoras
fueron quienes decidieron si participaban en la semana cívica o no, entonces yo le quiero
decir a esos padres y madres de familia que se me acercaron el día de ayer a preguntarme
que por qué no se les había incluido sus escuelas o sus centros educativos y les repito lo
que les dije a ellos, hagan en consulta directamente a su director o, a su directora y que
les diga el por qué no se presentaron sus niños en los bailes típicos que pasaron meses
ensayando y , en el cual algunos de ellos gastaron bastante dinero para esas
presentaciones culturales, rítmicas y demás, que tenían previstas.
Agradecerle también a life wear, agradecerle a SAT, agradecerle a bomberos de Costa
Rica, agradecerle a la Cruz Roja costarricense, agradecerle a la fuerza pública que una vez
más estuvieron presentes de principio a fin, agradecerle a la policía de tránsito que colaboró
en los trayectos y el día Sábado y en realidad todos los días agradecerle también a las
señoras emprendedoras porque sin duda alguna de ellas fueron las que mantuvieron a las
personas tranquilas, sin estar pensando en que llegara a comerse en a sus hogares
después de horas, tal vez de actividad. Y eso es muy importante.
Por otro lado, mencionarles que el día de hoy por eso fue que nos retrasamos un poquito
en llegar. Estuvimos presentes en la entrega de la lancha rápida, don Guillermo 2, que ya
está a disposición a partir de este momento para todos los habitantes de Cóbano. Eso
quiere decir que ya la lancha llegó, que las situaciones lamentables que se dieron en su
momento por los traslados tan largos hasta Nicoya esperamos a partir de este momento no
tener que volverlos a vivir y que en tema de emergencias y por supuesto de seguridad Ya
la lancha está debidamente instalada en la terminal de puerto Paquera.
Ese sería algunos detalles a comentar de estos días, señor presidente.

PRESIDENTE. Creemos que no tener que estrenar esa lancha muy pronto, verdad para
que predomine la buena salud en toda la población.

RECESO PARA CORREGIR PROBLEMAS TECNICOS

SE REGRESA

   e. Lic. Ronny Montero. ASUNTO. Adendum al proyecto de resolución Prorroga de
      concesión a nombre de Parcela de Dios S.A.

PRESIDENTE. Se da pase a la comisión de zona marítimo terrestre

                                             31
ACTA 124/26
16/09/2026


Yo hago el llamado a los compañeros de la comisión de zona marítimo terrestre se pueden
reunir esa semana esta semana este expediente necesita estar antes del 9 de octubre en
el ICT., porque ya no dan más prorrogas

   f.Lic. Maricel Rojas. Auditoria Interna. OFICIO. AIM-59-2026.   ASUNTO.
     Respuesta al traslado del OFICIO N°PCM-CMDC-012-2026 relacionado con el
     servicio de advertencia AIM-OA-01-2025.
PRESIDENTE. Se da pase a la asesoría Legal

   g. Maricel Rojas. Auditoria Interna. OFICIO.     COPIA DE OFICIO AIM-60-
      2026 DIRIGIDO A LA INTENDENCIA. ASUNTO. Respuesta al traslado de
      documento OFICIO N° INT-315-2026 relacionado con el servicio de advertencia
      AIM-OA-01-2025.
PRESIDENTE. Por ser una copia para nosotros de oficio que iba dirigido a Ronny, nos
damos por enterados.

CONSULTAS AL INTENDENTE
CARLOS MAURICIO. La semana pasada yo pregunté a como había lo había hecho 3
semanas atrás sobre el tema que le solicité a un Ronny de la intervención de la calle de la
Rancho Esperanza y de las Brisas.

RONNY. No hemos salido todavía abajo, ahí estamos todavía. Entonces en el momento
que tengamos la maquinaria disponible, la vamos a pasar por ahí,
CARLOS MAURICIO. pero se brincó el pueblo porque esa maquinaria estaba en Delicias.

RONNY. No nos hemos brincado el pueblo, fuimos a ver la necesidad que tenían los
caminos más transitados en la parte de abajo y por eso se están atendiendo esos caminos.
CARLOS MAURICIO. Si usted hubiera dicho eso es diferente, pero usted me dijo, cuando
salgamos de Delicias pasamos por San Isidro.

RONNY. no hemos vuelto a Delicias.

CARLOS MAURICIO. cuando hablamos señor intendente, estaban en Delicias, estaban
arreglando lo que se hizo cuando estaban trabajando con la ASADA y no me digan que no
porque así era y usted me dijo, apenas terminemos ahí, pasamos a San Isidro, pero brincó
a Santa Teresa, entonces en cualquier momento termina en Santa Teresa y pasan a San
Isidro, entonces.

LIC. RONNY. No hemos vuelto a Delicias, no hemos vuelto a Delicias, ahí está don Mario,
de ahí lo único que fuimos a hacer fue a tapar todo el trayecto por donde se ingresó tubería.
Nosotros no hemos ingresado a Delicias a tratar el tema que nos compete como tal, lo que
fuimos fue ir a hacer un poco mientras lográbamos devolvernos otra vez o más bien
mientras atendíamos las situaciones de la cuesta cavalini o la pochote en Bello Horizonte,
la calle Hermosa este hasta la Lora por un tema del ingreso del camión de servicio,
recolección de basura, una entrada a la playa y todavía no hemos salido de ahí todavía
estamos ahí y a Delicias no hemos podido ir todavía a recuperar, por lo tanto, no hemos
incumplido lo que en un momento le dije, no hemos entrado a Delicias,
CARLOS MAURICIO. está bien, señor intendente, o sea usted Me está diciendo lo contrario
de lo que me dijo la semana pasada, pero no importa y usted tiene la razón.


                                             32
ACTA 124/26
16/09/2026
El trayecto de calle principal en San Isidro, como cuando se va a intervenir, no le estoy
solicitando que lo raspe verdad es para ver cuándo se va a intervenir hora que ya tenemos
presupuesto.

LIC. RONNY. Gracias a Dios tenemos ese presupuesto para hacer ese proyecto y estamos
realizando el proceso de contratación, según lo que me indicó el ingeniero, ya la semana
pasada se pasó a revisión del departamento de proveeduría entonces esperemos que
pronto ya se realice el proceso de contratación y estar iniciando. ¿Cuándo? no le puedo
decir para no mentirle a la comunidad, pero ya estamos en ese proceso,
CARLOS MAURICIO. pero más o menos como cuánto dura?
LIC. RONNY. No le voy a decir una fecha para no quedarle mal a la comunidad conforme
vayan pasando los procesos de contratación, que cada uno tiene, mientras que se sube a
sicop, mientras las empresas participan, se revisan los oferentes, si hay apelaciones o no,
no puedo decirles una fecha jamás. Muchas gracias.

ARTICULO lX.          CORRESPONDENCIA

  a. Sr. Francisco Alfaro. Presidente. ADI Las Delicias. ASUNTO. Solicitud de
     informacion sobre la señalización vial
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE LES INFORMEN

   b. Sr. Francisco Alfaro. Presidente. ADI Las Delicias. ASUNTO. Solicitud de
      informacion sobre proyectos de infraestructura vial para esta comunidad

PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE LES INFORMEN

   c. Sr. Rodrigo Badilla. Representante Legal. Vaca Bonilla S.A. ASUNTO. Solicitud
      de informacion del estado actual de su solicitud de uso de suelo para vaca bonita
      s.a. y se le informe cuanto tiempo tomo el trámite de resolución de las últimas tres
      solicitudes de uso de suelo.

PRESIDENTE. Bueno, son varias cosas que hay que hacer, uno bueno, todo lo que está
pidiendo acá hay información lo que hemos visto acá. Luego lo otro que está pidiendo es
información que deberá obtener de la administración. Hay un pase verdad a la comisión,
entonces sí sería importante que se reúnan.
La llamada de atención para todos, incluido yo, porque todos estamos en diferentes
comisiones tratar de que no se nos se nos peguen mucho los pases, tratemos de reunirnos
un poquito más frecuentemente para no vernos en estas situaciones, con los administrados,
responderles en tiempo y en derecho,

Entonces vamos a traer la información para la otra semana para contestarle. Igual a la
administración que traiga lo que les compete a ellos la otra semana para contestar y si se
pudiera reunir la comisión de ambiental para sacar el dictamen

Se da pase a la administración

   d. Freddy Gerardo Morales Sequeira. Vecino residente del Proyecto Costa Palmera
      en Tambor, representante del comité de vecinos de el Proyecto Costa Palmera (calle
      parcela agrícolas La Reserva, condominio Costa Palmera, condominio Cerro Lindo
      y Finca Madre).. ASUNTO. Denuncia por la grave y continua falta de servicio del
      estado al cohonestar de forma omisiva que una comunidad habitacional entera se

                                            33
ACTA 124/26
16/09/2026
       encuentre expuesta a consumir agua contaminada de un pozo provisional, mermado
       y con sedimento que opera de forma precaria sin perímetros de protección

PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION A FIN DE QUE ATIENDAN DICHA
DENUNCIA.

   e. Pilar Solorzano. Secretaria ADIC. ASUNTO. Solicitud de patente temporal de
      licores.

CONSIDERANDO.
    ➢ Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano solicita patente temporal de
        licores para explotar el día 31 de octubre del 2026 en Los Caraos
ACUERDO N°3
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA:
7.1 “Autorizar patente temporal de licores a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano
para explotar en una feria el día 31 de octubre del dos mil veintiséis con un horario de
6: p.m. a 2.30 a.m. del día 01 de noviembre del 2026, en el salón Los Caraos”. ACUERDO
UNANIME Votan a favor los concejales Minor Centeno Sandi, Denia Villalobos Barahona,
Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y Carlos Mauricio Duarte Duarte

ARTICULO X.           INFORME DE LOS CONCEJALES
MINOR. Bueno, yo nada más así rápidamente informarles principalmente doña Angie que
bueno ya tuvo que haberse dado cuenta porque tapamos los huecos, ahí frente de su casa
fue donde más concreto gastamos, estaban grandes esos huecos, falta todavía una
partecita como 200 m ahí. Hay 2 sacos de cemento disponibles, yo creo que faltan como 6
o 7 sacos de cemento parece mentira doña Angie 20 sacos de cemento sólo en ese tramo
y en el anterior tramo habíamos gastado 17 sacos, casi 40 sacos, la mezcla tiene que ir
bien pesadita, no puede quedar pobre en cemento, porque rapidito sale el hueco otra vez.
Entonces la gente que nos están escuchando y mucha gente de Santa clemencia que sigue
las transmisiones, tal vez voy a ver si para el sábado tal vez podamos terminar de tapar
esos huecos, pero ocupamos la donación de cinco sacos de cemento. Doña Angie, tal vez
ahí nos ayuda con un saquito
ANGIE. Los cinco les damos
MINOR. Ah, bueno, entonces no tenemos por qué preocuparnos más perfecto. Ahí se pone
de acuerdo con doña Marjorie para que se los haga llegar perfecto. Entonces este
agradecerle a esa última cuadrilla, ahí estuvo don Florencio López, Oscar Ovares, Rigo
Rodríguez, doña Marjorie, su esposo, yo llevé a alguien ahí de la familia y muchas personas
y a todos los que pasaron ahí a colaborar estaba haciendo un sol terrible y nos dieron agüita
y refrescos. se les agradece.
***************************************************U.L.**************************************
Si no hay más informes al ser las veinte horas con cuarenta y cinco minutos se levanta la
sesión. Buenas noches.


Lic. Minor Centeno Sandi                            Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                          SECRETARIA



                                             34