Ordinaria 111 · 2026-06-16
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 111 del 2026-06-16 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime ACUERDO N°1 El acta ordinaria 109-26 es debidamente ratificada por los concejales Minor Centeno, Olga Moncada, Denia Villalobos, Francisco Madrigal, C…
- Acuerdo 2 (pág. 5) ACUERDO N°2 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “2.1 Aprobar la moción presentada por los concejales Carlos Mauricio Dua…
- Acuerdo 3 (pág. 8) · unanime · firme ACUERDO N°3 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes el dictamen de la comisión de zona m…
- Acuerdo 4 (pág. 10) · unanime · firme ACUERDO N°4 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus partes el dictamen de la comisión de zona m…
- Acuerdo 5 (pág. 12) · unanime · firme ACUERDO N°5 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “5.1. Acoger en todas sus partes el dictamen de la comisión de zona m…
- Acuerdo 5 (pág. 16) · unanime · firme ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión permanente de asunto…
- Acuerdo 2 (pág. 16) · unanime · firme ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor se acuerda: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 2.…
- Acuerdo 4 (pág. 17) · unanime ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 4.…
- Acuerdo 6 (pág. 18) · unanime · firme ACUERDO N°6 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: 6.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 6.…
- Acuerdo 5 (pág. 18) · unanime · firme ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión permanente de asunto…
- Acuerdo 2 (pág. 18) · unanime · firme ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor se acuerda: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 2.…
- Acuerdo 4 (pág. 19) · unanime · firme ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 4.…
- Acuerdo 7 (pág. 21) · unanime · firme ACUERDO N°7 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y…
- Acuerdo 8 (pág. 24) · unanime ACUERDO N°8 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: 8.1 Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME 8.…
- Acuerdo 9 (pág. 28) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°9 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 9.…
- Acuerdo 10 (pág. 31) · unanime ACUERDO N°10 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes en la sesión SE ACUERDA: 10.1“Nombrar como miembros de la Junta de Educación de la …
ACTA 111-26
16/06/2026
ACTA N° 111– 2026
PERIODO CONSTITUCIONAL
2024-2028
ACTA NÚMERO CIENTO ONCE - DOS MIL VEINTISEIS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECISEIS DE
JUNIO DEL DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIECIOHO HORAS EN LA SALA DE SESIONES
DE ESTE CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Minor Centeno Sandi
PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE
Olga Moncada Ledezma
CONCEJALES PROPIETARIOS
Angie Bonilla Santana.
Denia Villalobos Barahona
Francisco Madrigal Céspedes
Mario Delgado Rodriguez
CONCEJALES SUPLENTES
Diana Salas Ibarra
Rafael Angel Duran Baltodano
Ivania Prendas Quesada
INTENDENTE
VICE INTENDENTA
Msc Zulay Mora Jimenez
ASESORA LEGAL
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Carlos Mauricio Duarte
CONCEJALES SUPLENTES
VISITAS
VISITAS POR INVITACION
ENCARGADO DE TRANSMISION
Diego Céspedes Núñez
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
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16/06/2026
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la vice intendente Zulay Mora
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
Ratificación acta ordinaria 110-26
Se somete a votación el acta ordinaria 110-26 en la que estuvieron presentes los concejales (Minor
Centeno, Olga Moncada, Denia Villalobos, Francisco Madrigal, Carlos Mauricio Duarte, Rafael
Angel Duran, Angie Bonilla, Diana Salas, Ivania Prendas y Mario Delgado.)
ACUERDO N°1 El acta ordinaria 109-26 es debidamente ratificada por los concejales Minor
Centeno, Olga Moncada, Denia Villalobos, Francisco Madrigal, Carlos Mauricio Duarte, Rafael
Angel Duran, Angie Bonilla, Diana Salas, Ivania Prendas y Mario Delgado ACUERDO UNANIME
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
JURAMENTACION
a. Se recibe para su debida juramentación a la señora:
Melany Barboza Montero cedula 1 1662 0958.
Quien fue nombrada como miembro de la junta de educación de la Escuela Confederación Suiza
en la sesión ordinaria numero 109-26 del día dos de junio del dos mil veintiséis. Procede a la
Juramentación el Presidente Municipal, según el juramento constitucional sancionado en el
artículo 194, que dice:
-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y
cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y la Patria
os lo demanden”. Una vez juramentada la señora se retira
ARTICULO IV. MOCIONES
a. Moción propuesta por los concejales Carlos Mauricio Duarte Duarte, Denia
Villalobos Barahona, Angie Bonilla Santana, Mario Delgado Rodriguez y Diana
Salas Ibarra
MOCION N°43
ACTA 111-26 16/06/2026
ACTA 111-26 16/06/2026 MINOR: Sí, el primero dice, “instruir formalmente a la secretaria del Concejo Municipal de distrito de cubano para que remita todos los concejales integrantes de este órgano municipal, tanto propietarios como suplentes. Copia íntegra de toda la documentación, correspondencia, mociones, proyectos, vetos, iniciativas, expedientes y todo y demás documentos que vayan a ser conocidos en cada sesión ordinaria o extraordinaria” Recuerden ustedes que tenemos en el reglamento de sesiones que la documentación se recibe incluso lo lunes 24 horas antes. Yo creo que a ese primer punto hay que agregarle de que este la documentación debe de recibirse hasta los viernes y el más importante hasta que no se haya hecho la modificación en el Reglamento de sesiones y no haya sido publicado en la Gaceta, pues si no podemos avanzar con lo solicitado, hay que hacer primero la modificación en el reglamento para luego poder cumplir con lo con lo solicitado. Entonces me parece, no sé qué opinan ustedes de que hay que agregarle eso a lo solicitado en el en el primer artículo de que todo o sea se va incluso yo bueno, respeto el voto de ustedes. Yo soy uno del que votaría a favor, pero siempre y cuando se haga ese ese ajuste porque no podemos pasarle por encima del reglamento, El segundo, dice que “dicha documentación deberá ser remitida por medios digitales, específicamente mediante correo electrónico o cualquier otro medio institucional oficial al menos 24 horas antes de la sesión correspondiente, con el propósito que los concejales puedan estudiar, los asuntos sometidos a su decisión”. Eso también afecta, bueno el reglamento el hecho de que es todavía el lunes se reciba en el artículo segundo, entonces deberá recibirse la correspondencia máximo hasta viernes, entonces no nos va a dar tiempo, ya si ponemos a Roxana a recibir esta documentación lunes, entonces no nos no nos da el tiempo entonces, y ahí tendría q que ponerse como máximo, porque recuerden sábados y domingos no se trabaja viernes 3:30 de la tarde para recibir documento, eso también hay que modificarlo. Y en el último punto que dice el tercero, “que en caso de existir alguna imposibilidad tecnológica debidamente justificada que impida la remisión digital, la secretaria deberá suministrar copia impresa completa de la documentación de las personas concejales al menos 24 horas antes de la sesión
ACTA 111-26 16/06/2026 correspondiente”. Entonces, como vamos a recibir la documentación hasta viernes a las 3:30 recuerden que bueno no tenemos escáner. entiendo que están haciendo la compra, pero no lo tenemos todavía. Entonces atendiendo esta última solicitud se deberá hacer de forma física, imprimir los juegos de los de los expedientes. Pero me parece a mí que en aras de que la plata hay que cuidarla entonces lo me parece que lo más prudente es que viernes 3:30 de la tarde mediante correo a doña Roxana, quienes estén interesados en que se le facilite la información de forma física, todo esto, mientras llega el escáner ya con el escáner ya es otro asunto, sí, en eso tal vez hacer conciencia un poquito y solicitar la información, viernes 3:30 para que se apersonen el lunes a donde doña Roxana para que les pueda ser entregada la información. Otro asunto muy importante que esto no tiene que afectar la información que trae el intendente, recordemos, nosotros no somos jefes de la administración ni la administración de nosotros, entonces este la información en el espacio de informe de la intendencia no la podemos conocer de previo se va a ver el mismo día, o sea no vamos a tener acceso a la información que Don Ronny y doña Zulay nos traigan. Estamos claros con eso entonces para agregar esas cosas en la moción. ¿Alguna pregunta o comentarios? Entonces si no hay preguntas o comentarios levanten la mano quienes estén de acuerdo con la moción. ACUERDO N°2 Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “2.1 Aprobar la moción presentada por los concejales Carlos Mauricio Duarte Duarte, Denia Villalobos Barahona, Angie Bonilla Santana, Mario Delgado Rodriguez y Diana Salas Ibarra, según se indica: 2.2. Instruir formalmente a la Secretaría del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano para que remita a todos los concejales integrantes de este órgano municipal, tanto propietarios como suplentes, copia íntegra de toda la documentación, correspondencia, mociones, proyectos, vetos, iniciativas, expedientes y demás documentos que vayan a ser conocidos en cada sesión ordinaria o extraordinaria. Queda exento de este los documentos que la Intendencia en su momento de intervención presente al honorable concejo, así como las mociones las cuales pueden ser presentadas por los concejales en el momento de la sesión. 2.3. Remitir dicha documentación por medios digitales, específicamente mediante correo electrónico o cualquier otro medio institucional oficial, al menos veinticuatro (24) horas antes de la sesión correspondiente, con el propósito que los concejales puedan estudiar los asuntos sometidos a su decisión, esto a partir del momento en que se modifique y publique el artículo 60 del Reglamento de sesiones y comisiones del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano que dice: Artículo 60.-Toda correspondencia que se reciba por parte de la secretaría, procedente de particulares o de funcionarios, deberá recibirse en un plazo no menor de veinticuatro horas antes del inicio de la sesión en que deberá conocerse. 2.4. En caso de existir alguna imposibilidad tecnológica debidamente
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Justificada, que impida la remisión digital, la Secretaría deberá suministrar copia
impresa completa de la documentación a las personas concejales al menos veinticuatro (24) horas
antes de la sesión correspondiente. Debido a que actualmente el dpto. de secretaria no cuenta
con un escáner, el cual esta en inicio del proceso de compra, se remitirá la formación de forma
impresa a aquellos concejales que por medio del correo electrónico soliciten la misma y se
apersonen al departamento a retirar la carpeta con la informacion, esto así hasta tanto se compre
el escáner y se realice la modificación del artículo 60 del reglamento de sesiones y su debida
publicación. Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona,
Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. ACUERDO
UNANIME
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
a. ASUNTO. CESION TOTAL DE DERECHOS CONCESIONARIOS EXPEDIENTES 3884-
2018 / 4219-2025. PLAN REGULADOR INTEGRAL CABUYA-MONTEZUNA
DICTAMEN DE COMISION
Acta número cero veintinueve - dos mil veintiséis de la comisión especial permanente de Zona
Marítimo Terrestre, celebrada el once de junio del dos mil veintiséis, al ser las quince horas con
treinta y cinco minutos en la sala sesiones del Concejo con la presencia de los siguientes
miembros: Denia Villalobos Barahona, Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y la
asesora legal Lic. Aralyn Villegas
Documentos analizados
PASE CMC-S-145-2026
EXPEDIENTES 3884-2018 Y 4219-2025
OFICIO ZMT-151-2026
DICTAMEN N°3
CONSIDERANDO
PRIMERO: Sobre el Cedente, expediente 3884-2018. El señor Alessandro Quesada Rojas, portador de
la cédula de identidad número 2-0767-0559, presentó solicitud de concesión a las a las 14:10 del
día 02 del mes de mayo del año 2018, sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas
(Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya, ubicada exactamente entre los mojones 109-111 del Instituto
Geográfico Nacional, con un área de 1 527 m2 Parcela ubicada en el sector costero Plan Regulador
Cabuya Montezuma, con zonificación correspondiente a mixta para el turismo y la comunidad (MIX),
dedicada a Uso Residencial de Recreo con los siguientes linderos al Norte: Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano, Sur: Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Oeste: Propiedad Privada, Este:
Calle Pública; plano catastro número 6-10200-2023 (folio 042). Naturaleza: Terreno para construir
con uso residencial de recreo zonificación mixta para el turismo y la comunidad.
Solicitud de concesión aprobada por el Concejo de Concejales de este Concejo Municipal de Distrito
mediante sesión ordinaria número 013-24, artículo VI, inciso c, del día treinta de julio del año dos
mil veinticuatro, a las dieciocho horas (folio 080); se firmó contrato de concesión a las 09:20 horas
del lunes 09 de setiembre del 2024 (folio 089) y es aprobado por el Instituto Costarricense de
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Turismo mediante resolución G-0361-2025 de las 08:53 horas del 26 de febrero del 2025 (folio 113).
Concesión inscrita y vigente según consta en el Registro Nacional, sección bienes inmuebles,
matricula folio real número 6-3009-Z-000, con vigencia del 26 de febrero del 2025 al 26 de febrero
del 2045.
SEGUNDO: Sobre el cesionario expediente 4219-2025. La presente solicitud de cesión total de
derechos concesionarios se tramita en este Departamento a nombre de la sociedad 3-102-936314
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-936314, sociedad
inscrita y vigente, según consta en el sistema digital del Registro Nacional, sección personas jurídicas
al tomo 2025, asiento 459278.
Habiendo revisado el acta constitutiva de la sociedad y la certificación de capital accionario
aportada, se desprende que la misma cumple con lo estipulado en el artículo 47 de la Ley 6043 sobre
Zona Marítimo Terrestre (folios 003 al 009). Lo anterior, por cuanto se logra verificar la composición
del capital social y la participación accionaria conforme a las limitaciones establecidas por Ley,
asimismo, consta declaración jurada incorporada al expediente administrativo, la cual se ajusta a lo
dispuesto en el artículo 46 del mismo cuerpo normativo (folio 010), acreditándose mediante dicho
instrumento el cumplimiento de las obligaciones y condiciones legales exigidas para este tipo de
trámites administrativos.
TERCERO: Sobre la solicitud de cesión total de derechos concesionarios. El día 19 de setiembre de
2025, el señor Alessandro Quesada Rojas, portador de la cédula de identidad número 2-0767-0559,
presentó formal solicitud de cesión total de derechos concesionarios a favor de la sociedad 3-102-
936314 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-936314
(folio 001). De la revisión efectuada al expediente administrativo, se desprende que la gestión fue
presentada cumpliendo con las formalidades en rigor, aportando la documentación necesaria para
la valoración administrativa correspondiente, cumpliendo con las formalidades establecidas por la
Ley 6043 sobre Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
CUARTO: Sobre la inspección de campo. Se realizó inspección de campo el día 16 de febrero del
2026, según consta en oficio número I-ZMT-034-2026, el cual indica que se puede continuar con el
trámite (folio 028).
QUINTO: En el expediente 4219-2025 a nombre de la sociedad 3-102-936314 Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-936314, consta copia
certificada del contrato de concesión a nombre del señor Alessandro Quesada Rojas, portador de la
cédula de identidad número 2-0767-0559 (folio 037).
En virtud de lo anteriormente expuesto, y contando con el visto bueno de la Intendencia Municipal,
se solicita respetuosamente a este Concejo de Concejales conocer la presente solicitud, a efectos
de que sea debidamente valorada y aprobada dentro del ámbito de sus competencias legales y
administrativas, a fin de proceder conforme a derecho corresponda.
POR TANTO
Esta Comisión Especial de Zona Marítimo Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal DICTAMINA recomendar
al Concejo:
1. Se apruebe la solicitud de cesión total de derechos concesionarios que realiza el señor
Alessandro Quesada Rojas, portador de la cédula de identidad número 2-0767-0559,
presentó formal solicitud de cesión total de derechos concesionarios a favor de la sociedad
3-102-936314 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica
número 3-102-936314, sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas
(Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya, ubicada exactamente entre los mojones 109-111 del
Instituto Geográfico Nacional, con un área de 1 527 m2 Parcela ubicada en el sector costero
Plan Regulador Cabuya Montezuma, con zonificación correspondiente a mixta para el
turismo y la comunidad (MIX), dedicada a Uso Residencial de Recreo con los siguientes
linderos al Norte: Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Sur: Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano, Oeste: Propiedad Privada, Este: Calle Pública; plano catastro número
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6-10200-2023 (folio 042). Naturaleza: Terreno para construir con uso residencial de recreo
zonificación mixta para el turismo y la comunidad. ES TODO Se somete a votación el
dictamen el cual es aprobado en todas sus partes
ACUERDO N°3
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “3.1. Acoger en
todas sus partes el dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME
3.2. Aprobar la solicitud de cesión total de derechos concesionarios que realiza el señor
Alessandro Quesada Rojas, portador de la cédula de identidad número 2-0767-0559, presentó
formal solicitud de cesión total de derechos concesionarios a favor de la sociedad 3-102-936314
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-936314,
sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas (Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya,
ubicada exactamente entre los mojones 109-111 del Instituto Geográfico Nacional, con un área de
1 527 m2 Parcela ubicada en el sector costero Plan Regulador Cabuya Montezuma, con
zonificación correspondiente a mixta para el turismo y la comunidad (MIX), dedicada a Uso
Residencial de Recreo con los siguientes linderos al Norte: Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano, Sur: Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Oeste: Propiedad Privada, Este: Calle
Pública; plano catastro número 6-10200-2023 (folio 042). Naturaleza: Terreno para construir con
uso residencial de recreo zonificación mixta para el turismo y la comunidad. Votan a favor los
concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco
Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. ACUERDO UNANIME
b. ASUNTO. CESION TOTAL DE DERECHOS CONCESIONARIOS EXPEDIENTES 3879-
2018 / 4223-2025. PLAN REGULADOR INTEGRAL CABUYA- MONTEZUNA
Acta número cero veintinueve - dos mil veintiséis de la comisión especial permanente de Zona
Marítimo Terrestre, celebrada el once de junio del dos mil veintiséis, al ser las quince horas con
treinta y cinco minutos en la sala sesiones del Concejo con la presencia de los siguientes
miembros: Denia Villalobos Barahona, Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y la
asesora legal Lic. Aralyn Villegas
Documentos analizados
PASE CMC-S-145-2026
EXPEDIENTES 3879-2018 Y 4223-2025
OFICIO ZMT-152-2026
DICTAMEN N°2
CONSIDERANDO
PRIMERO: Sobre el Cedente, expediente 3879-2018. La señora Ana Victoria Jiménez Badilla,
portadora de la cédula de identidad número 2-0319-0697, presentó solicitud de concesión a las a
las 1:28pm horas del 25 de abril del 2018, sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas
(Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya, ubicada exactamente entre los mojones 151-152 del Instituto
Geográfico Nacional, con un área de 266 m2, zonificación Área Mixta para el Turismo y la Comunidad
(MIX), con Uso Residencial de Recreo, con los siguientes linderos NORTE: Concejo Municipal de
Distrito Cóbano, SUR: Concejo Municipal de Distrito Cóbano, ESTE: Zona Pública, OESTE: Calle
Pública. NATURALEZA: Terreno para construir en Zona Marítimo Terrestre, sector costero Cabuya,
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con uso mixto para turismo y comunidad (MIX) para ser utilizada en su totalidad según el uso
indicado de Residencial de Recreo para la totalidad del área.
Solicitud de concesión aprobada por el Concejo de Concejales de este Concejo Municipal de Distrito
mediante sesión ordinaria número 050-25, artículo VI, inciso c, del día quince de abril del año dos
mil veinticinco, a las dieciocho horas (folio 193); se firmó contrato de concesión a las 15:10 horas
del 14 de mayo del 2025 (folio 200) y es aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo
mediante resolución G-1163-2025 de las 15:04 horas del 25 de junio del 2025 (folio 220). Concesión
inscrita y vigente según consta en el Registro Nacional, sección bienes inmuebles, matricula folio
real número 6-3024-Z-000, con vigencia del 25 de junio del 2025 al 25 de junio del 2045.
SEGUNDO: Sobre el cesionario expediente 4223-2025. La presente solicitud de cesión total de
derechos concesionarios se tramita en este Departamento a nombre de la sociedad 3-101-947664
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-947664, sociedad inscrita y vigente,
según consta en el sistema digital del Registro Nacional, sección personas jurídicas al tomo 2025,
asiento 821007.
Habiendo revisado el acta constitutiva de la sociedad y la certificación de capital accionario
aportada, se desprende que la misma cumple con lo estipulado en el artículo 47 de la Ley 6043 sobre
Zona Marítimo Terrestre (folios 005 al 008). Lo anterior, por cuanto se logra verificar la composición
del capital social y la participación accionaria conforme a las limitaciones establecidas por Ley,
asimismo, consta declaración jurada incorporada al expediente administrativo, la cual se ajusta a lo
dispuesto en el artículo 46 del mismo cuerpo normativo (folio 009), acreditándose mediante dicho
instrumento el cumplimiento de las obligaciones y condiciones legales exigidas para este tipo de
trámites administrativos.
TERCERO: Sobre la solicitud de cesión total de derechos concesionarios. El día 17 de noviembre del
2025, la señora Ana Victoria Jiménez Badilla, portadora de la cédula de identidad número 2-0319-
0697, presentó formal solicitud de cesión total de derechos concesionarios a favor de la sociedad 3-
101-947664 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-947664 (folio 001). De la
revisión efectuada al expediente administrativo, se desprende que la gestión fue presentada
cumpliendo con las formalidades en rigor, aportando la documentación necesaria para la valoración
administrativa correspondiente, cumpliendo con las formalidades establecidas por la Ley 6043
sobre Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
CUARTO: Sobre la inspección de campo. Se realizó inspección de campo el día 07 mayo del 2026,
según consta en oficio número I-ZMT-065-2026, el cual indica que se puede continuar con el trámite
(folio 022).
QUINTO: En el expediente 4223-2025 a nombre de la sociedad 3-101-947664 Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-947664, consta copia certificada del contrato de
concesión a nombre de la señora Ana Victoria Jiménez Badilla, portadora de la cédula de identidad
número 2-0319-0697 (folio 030).
POR TANTO
Esta Comisión Especial de Zona Marítimo Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal DICTAMINA recomendar
al Concejo:
1. Se apruebe la solicitud de cesión total de derechos concesionarios que realiza la señora
Ana Victoria Jiménez Badilla, portadora de la cédula de identidad número 2-0319-0697,
a favor de la sociedad 3-101-947664 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101-947664, sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas
(Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya, exactamente entre los mojones 151-152 del Instituto
Geográfico Nacional, con un área de 266 m2, zonificación Área Mixta para el Turismo y la
Comunidad (MIX), con Uso Residencial de Recreo la cual con los siguientes linderos
NORTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano, SUR: Concejo Municipal de Distrito
Cóbano, ESTE: Zona Pública, OESTE: Calle
Pública. NATURALEZA: Terreno para construir en Zona Marítimo Terrestre, sector costero
Cabuya, con uso mixto para turismo y comunidad (MIX) para ser utilizada en su totalidad
ACTA 111-26
16/06/2026
según el uso indicado de Residencial de Recreo para la totalidad del área. ES TODO Se
somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes
ACUERDO N°4
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “4.1. Acoger en
todas sus partes el dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME
4.2. Aprobar la solicitud de cesión total de derechos concesionarios que realiza la señora Ana
Victoria Jiménez Badilla, portadora de la cédula de identidad número 2-0319-0697, a favor de la
sociedad 3-101-947664 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-947664,
sobre parcela ubicada Puntarenas (Provincia), Puntarenas (Cantón), Cóbano (Distrito), Cabuya,
exactamente entre los mojones 151-152 del Instituto Geográfico Nacional, con un área de 266 m2,
zonificación Área Mixta para el Turismo y la Comunidad (MIX), con Uso Residencial de Recreo la
cual con los siguientes linderos NORTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano, SUR: Concejo
Municipal de Distrito Cóbano, ESTE: Zona Pública, OESTE: Calle Pública. NATURALEZA:
Terreno para construir en Zona Marítimo Terrestre, sector costero Cabuya, con uso mixto para
turismo y comunidad (MIX) para ser utilizada en su totalidad según el uso indicado de Residencial
de Recreo para la totalidad del área. Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia
Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana.
ACUERDO UNANIME
c. ASUNTO. PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOLICITUD DE CONCESIÓN CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO CÓBANO- TAMARO DE CABUYA S.C. PLAN REGULADOR
INTEGRAL CABUYA-MONTEZUNA
Acta número cero veintinueve - dos mil veintiséis de la comisión especial permanente de Zona
Marítimo Terrestre, celebrada el once de junio del dos mil veintiséis, al ser las quince horas con
treinta y cinco minutos en la sala sesiones del Concejo con la presencia de los siguientes
miembros: Denia Villalobos Barahona, Francisco Madrigal Céspedes, Angie Bonilla Santana y la
asesora legal Lic. Aralyn Villegas
Documentos analizados
PASE CMC-S-145-2026
EXPEDIENTE 3804-2018
PROYECTO DE RESOLUCION
DICTAMEN N°1
CONSIDERANDO
I. La sociedad Tamaro de Cabuya Sociedad Civil, cédula de persona jurídica número 3-106-741710;
presentó solicitud de concesión a las 10:02 horas del 05 de enero del 2018, la cual se encuentra
debidamente autenticada con timbre respectivo, sobre una parcela ubicada en el sector costero Plan
Regulador Integral Cabuya-Montezuma, entre los mojones 155-158 del Instituto Geográfico
Nacional, por un área de 4000 m2, con zonificación Zona Mixta para el Turismo y la Comunidad,
con Uso Residencial de Recreo, aportando los requisitos contemplados Ley 6043 sobre Zona
Marítimo Terrestre para solicitud de concesión.
II. Sobre la declaratoria de aptitud turística. Declaratoria de aptitud turística por parte del Instituto
Costarricense de Turismo, artículo 27 de la Ley 6043 sobre Zona Marítimo Terrestre y artículos 6,
15 de su Reglamento. La declaratoria de actitud turística fue otorgada por parte del Instituto
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Costarricense de Turismo, en la sesión ordinaria número 6041, articulo 5, inciso V, celebrada el 27
de agosto del 2018, publicado en Diario Oficial La Gaceta número 199, del 29 de octubre del 2018.
III. Sobre el Plan Regulador Costero. Aprobación del Plan Regulador Costero, artículo 38 de la Ley
6043 sobre Zona Marítimo Terrestre y artículo 19 de su Reglamento. El Plan Regulador Integral
Cabuya Montezuma fue aprobado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo en
sesión número 5927, articulo 5., inciso 11 celebrada el día 18 de abril del año 2016, con la aprobación
del Departamento de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo comunicado
mediante oficio C-UCTOOT-35-05-2016 con fecha 31 de mayo del año 2016, y con la aprobación
del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en sesión extraordinaria número 03-2016, artículo I,
inciso a, del día 9 de junio del año 2016. Publicado en el alcance digital de La Gaceta número 184
del día miércoles 14 de setiembre del año 2016.
IV. Sobre la parcela. El área de la parcela es de 4000 m2, con zonificación Zona Mixta para el Turismo
con Uso Residencial de Recreo en su totalidad, colinda: Norte: Concejo Municipal de Distrito
Cóbano, Sur: Calle Pública, Oeste: Concejo Municipal de Distrito Cóbano, Este: Calle Pública y
Concejo Municipal de Distrito Cóbano NATURALEZA: Terreno para construir en Zona Marítimo
Terrestre, Playa Cabuya, Zona Mixta para el Turismo y la Comunidad.
V. Sobre la inspección. La inspección de campo se realizó el día miércoles 29 de abril del 2026, consta
oficio I-ZMT-072-2026 el cual indica que se puede continuar con el trámite.
VI. Sobre el Plano. La solicitante de concesión presentó plano catastro número 6-61323-2025 por un
área de 4000 m2, con zonificación Zona Mixta para el Turismo con Uso Residencial de Recreo en su
totalidad, colinda: Norte: Concejo Municipal de Distrito Cóbano, Sur: Calle Pública, Oeste:
Concejo Municipal de Distrito Cóbano, Este: Calle Pública y Concejo Municipal de Distrito Cóbano;
cuenta con revisión favorable emitida por el Ingeniero Topógrafo del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, según oficio CAT-ZMT-278-2025. NATURALEZA: Terreno para construir en
Zona Marítimo Terrestre, Playa Cabuya, Zona Mixta para el Turismo y la Comunidad.
VII. Sobre Edicto. Publicado en el periódico oficial La Gaceta del día jueves 15 de julio del 2021 mediante
publicación número 136. Según oficio ZMT-221-2021 no se escucharon oposiciones al edicto
publicado
VIII. Sobre el avalúo. Según resolución CYV-RES-AV-037-2021, del 10 de diciembre del 2021, emitida
por el Ingeniero Topógrafo del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, establece el valor unitario
por metro cuadrado en la suma de ¢10 600.00, siendo el valor total del terreno la suma de ¢42 400
000.00, asimismo, establece el porcentaje del canon según la zonificación Zona Mixta para el
Turismo y la Comunidad, con Uso Residencial por un 1.5% correspondiente a la suma de ¢636
000.00; siendo el monto total a cancelar por concepto de canon ¢636 000.00
IX. Sobre el plazo de inscripción registral. Aprobada la concesión por el Instituto Costarricense de
Turismo, el concesionario tiene un plazo de tres meses para realizar la respectiva inscripción registral
ante el Registro Nacional de Costa Rica.
X. Sobre el plazo para desarrollar la parcela. Estando inscrita la parcela ante el Registro Nacional de
Costa Rica, el concesionario tiene un plazo de veinticuatro meses para iniciar las obras que va a
desarrollar en la parcela; dicho plazo se empezará a computar desde el día que es aprobada la
inscripción registral. El concesionario debe tener en cuenta que dentro de este plazo debe gestionar
los permisos respectivos.
XI. Se recomienda el otorgamiento por un plazo de VEINTE AÑOS.
POR TANTO
Esta Comisión Especial de Zona Marítimo Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal DICTAMINA recomendar
al Concejo:
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1. Se apruebe la concesión solicitada por la sociedad Tamaro de Cabuya Sociedad Civil,
cédula de persona jurídica número 3-106-741710, sobre la parcela ubicada en Puntarenas,
Cóbano, Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, entre los mojones 155-158 del
Instituto Geográfico Nacional, la cual consta de 4000 m2, según plano catastro 6-61323-
2025, con zonificación Zona Mixta para el Turismo con Uso Residencial de Recreo en su
totalidad , usos autorizados según lo establecido en el Reglamento del Plan Regulador
Integral Cabuya Montezuma.
2. Se autorice al Intendente Municipal a firmar el respectivo contrato de concesión. ES TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
ACUERDO N°5
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios SE ACUERDA: “5.1. Acoger en
todas sus partes el dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME
5.2. Aprobar la concesión solicitada por la sociedad Tamaro de Cabuya Sociedad Civil,
cédula de persona jurídica número 3-106-741710, sobre la parcela ubicada en Puntarenas,
Cóbano, Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, entre los mojones 155-158 del
Instituto Geográfico Nacional, la cual consta de 4000 m2, según plano catastro 6-61323-
2025, con zonificación Zona Mixta para el Turismo con Uso Residencial de Recreo en su
totalidad , usos autorizados según lo establecido en el Reglamento del Plan Regulador
Integral Cabuya Montezuma.
5.3. Otorgar esta concesión por un plazo de veinte años. **********************
5.4. Autorizar al Intendente Municipal a firmar el respectivo contrato de concesión. Votan a favor
los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi,
Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. ACUERDO UNANIME
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. OFICIO INT-202-2026. INFORME SEMANAL INFORME DE ACTIVIDADES
REALIZADAS POR LA INTENDENCIA MUNICIPAL DEL 20 AL 26 DE MAYO 2026.
Estimados señores:
Por medio de la presente les saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, a la vez, me
permito presentarles el informe correspondiente.
Calles:
Se realizó atención de calle San Isidro, misma que se incluyó dentro de las vías a atender en ordinario 2027
con más de 200 millones, sabiendo que es una ruta muy transitada
Se inicio limpieza y recuperación de calle la lora hermosa
Esta por retomar limpieza y conformación calle al antiguo botadero, entrada al muelle
Se espera ingresar a calle bello horizonte al cruce el mago ruta 160 para posicionamiento de material en
cuestas y cabuya mal país se realizó inspección el día de ayer lunes
Miércoles 3 de junio
Reunión de concejo directivo UNGL
Jueves 4 de junio
Se recibió a representantes de escuela GAIA
Nos reunimos con Catucza y MEP para ver temas de apoyo
Viernes 5 de junio
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Estuvimos presentes en actividad del día mundial del ambiente en Jicaral
Me hice presente a la reunión de Fecomudi
Lunes 8 de junio
Se atendieron situaciones provocadas por Alerta N11 que afectó la zona a sur de la Península
Tuvimos una reunión con grupo de narcóticos anónimos para poderles apoyar en sus actividades
Tuvimos reunión de seguimiento de proyecto de aguas abiertas en Cóbano a realizarse en setiembre 2026
Martes 9 de junio
Reunión programa Movámonos en Comunidad de CRUSA
Reunión con Ministro de Educación varios temas
Miércoles 10 de junio
Oficina actividades administrativas
Jueves 11 de junio
Reunión con área del MEP becas post secundaria para traer más oportunidades a nuestros jóvenes y que
puedan continuar estudiando
Viernes12 de junio
Nos hicimos presentes en la escuela Carmen Lyra para el traspaso de poderes
Lunes 15 de junio
Reunión con la Fundación Goless para traer oportunidad de deporte, valores, disciplina y seguridad a
nuestras niñas
Estuvimos presentes en la reserva cabo blanco rindiendo tributo al señor Tommy Asberg, a quien
agradecemos por todo su compromiso en vida para nuestros niños y niñas en cuidado y educación en temas
ambientales
Reunión en liceo santa teresa con la Fundación Nicoya Península en miras de buscar apoyo para sus
necesidades
La señora Vice Intendente fue participe del traspaso de poderes de la escuela la tranquilidad
Martes 16 de junio
Recibimos la reunión de seguimiento del Foro Nacional de Ecosistemas de Surf
Asistimos a actividades de seguimiento de la actividad deportiva de Mountain bike que se realizará en
octubre
La señora Viceintendente se hizo presente al traspaso de poderes del CTP de Cóbano
b. OFICIO N°INT-197-2026. CONVENIO Y ADENDAS CON ASOCIACION DE
DESARROLLO INTEGRAL DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
♦ Que mediante acuerdo N°5 de la sesión ordinaria número 019, articulo VI, inciso b, del
día diez de setiembre del dos mil veinticuatro, el concejo acordó lo siguiente:
CONSIDERANDO:
Que el Concejo mediante oficio CMC-S—283-2024 hace traslado del convenio de Cooperación
entre este Concejo y la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro
Que se analizó detenidamente el convenio remitido
Que se realizaron cambios de forma
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal
DICTAMINA, recomendar al Concejo:
1. Se apruebe el convenio de Cooperación entre este Concejo y la Asociacion de Desarrollo Integral de
San Isidro que se detalla:
CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO INTEGRAL DE SAN ISIDRO DE CÓBANO
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Entre nosotros, LIC. RONNY JOSE MONTERO OROZCO, con cédula de identidad número dos – seiscientos
siete - ciento cuarenta y seis, mayor, casado , vecino de Rio Negro de Cóbano, en carácter de INTENDENTE
MUNICIPAL, es quien ostenta la representación legal del Concejo Municipal de distrito de Cóbano, cedula
de personería jurídica número 3-007-078297, con las facultades que le otorga el Articulo 17, Inciso n) del
Código Municipal y la Resolución número 2715-E11-2024 de las diez horas con cincuenta minutos del dos
de abril del año dos mil veinticuatro, publicada en el alcance N°70 a la Gaceta N°63 del día diez de abril del
año dos mil veinticuatro, para el periodo que va del primero de mayo del año dos mil veinticuatro al treinta
de abril del año dos mil veintiocho, el cual fue juramentado en la sesión solemne del día 1 de mayo del año
dos mil veinticuatro quién en adelante y para efectos de este convenio en adelante se denominará: “ CMDC
“ y, ALEX ÁNGEL OBANDO CHAVARRIA, mayor, casado, cédula de identidad número seis- doscientos treinta
y cinco – quinientos noventa y cuatro, profesión comerciante, vecino de San Isidro , en condición de
presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de Cóbano, con cédula jurídica 3-002-
756689, quien en adelante y para efectos de este convenio se denominara “LA ASOCIACIÓN”.
Considerando
PRIMERO: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, de conformidad con lo dispuesto en el ARTICULO
169 y 170 de la Constitución Política, en concordancia con lo establecido en el Código Municipal, en los
ARTIULOS 2, 4 párrafo primero e inciso c), es la entidad llamada a velar por la administración de los intereses
y servicios locales, en la jurisdicción de su competencia.
SEGUNDO: Al amparo de esa competencia constitucional y legal que el ordenamiento le confiere, puede
concertar con personas o entidades nacionales e internacionales pactos y convenios, necesarios para el
cumplimiento de sus fines, tal como lo dispone el artículo 4, inciso f) del Código Municipal, así como las
disposiciones contenidas en la ley de contratación administrativa, su reglamento y demás normativa
aplicable a la materia.
TERCERO: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano es propietario de los bienes inmuebles ubicados en
San Isidro de Cóbano, terreno Finca 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y plaza de deportes 239919,
plano: P-2020916-2017.
CUARTO: “LA ASOCIACIÓN” mediante oficio ADI – San Isidro – 024-2024 de fecha 12 de agosto 2024 dirigido
al Concejo de Distrito de Cóbano, le informa “… que la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral
de San Isidro de Cóbano, en sesión del día 07 de agosto 2024 ha tomado el siguiente acuerdo: Articulo N° 8
Convenios: Se acuerda en firme, redactar un solo convenio para la administración de la plaza de deportes y
terreno asignado para obras comunales por un plazo de diez años”
QUINTO: La ley sobre el desarrollo de la comunidad, número 3859 del 07 de abril de 1967, en su artículo 14
textualmente plantea “Declárase de interés público la constitución y funcionamiento de asociaciones para
el desarrollo de comunidades, como un medio de estimular a las poblaciones a organizarse para luchar, a la
par de organismos del Estado, por el desarrollo económico y social del país.
SEXTO: El artículo 16 de la ley supra mencionada establece que el Estado, las instituciones autónomas y
semiautónomas, las municipalidades y demás entidades públicas, quedan autorizadas para otorgar
subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a estas asociaciones, como una forma
de contribuir al desarrollo de las comunidades y al progreso económico y social del país.
SETIMO: El artículo 23 de la ley en mención establece que, para su funcionamiento, las asociaciones pueden
adquirir toda clase de bienes, celebrar contratos de cualquier tipo y realizar toda clase de operaciones lícitas
dirigidas a la consecución de sus fines.
OCTAVO: “LA ASOCIACIÓN” está constituida de conformidad con la Ley 3859 y se encuentra vigente a la
fecha, según consta en su personería jurídica, extendida por DINADECO.
NOVENO: Las instalaciones de los inmuebles, del presente convenio, alberga la sede y la Asociación de
Desarrollo Integral de San Isidro de Cóbano, como administrador de los inmuebles velará porque se cumpla
con este propósito y ninguna de las actividades que se realicen en estos interfieran con el mismo.
DECIMO: La ley sobre el Desarrollo de la Comunidad N° 3859, establece en su artículo 18, lo siguiente
“Artículo 18.- Las asociaciones de desarrollo están obligadas a coordinar sus actividades con las que realice
la Municipalidad del cantón respectivo, a fin de contribuir con su acción al buen éxito de las labores del
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organismo municipal y obtener su apoyo. En atención al artículo de cita, el Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano y la ASOCIACIÓN, coordinaran lo necesario para el desarrollo de eventos sociales, culturales, u
otros de la misma índole, de conveniencia para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN.
DUODECIMO: Con respecto a la reparación de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando
se tenga injerencia y sea posible, la Asociación se encargará de recibir el material, y la Municipalidad
facilitará la maquinaria, con el objetivo de realizar las reparaciones a satisfacción, o en su defecto cualquiera
de las dos partes, de disponerlo, podrá suministrar maquinaria o mano de obra.
Con sustento en los considerandos anteriores, las partes acuerdan firmar el presente CONVENIO ENTRE EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN
ISIDRO DE CÓBANO PARA DAR EN USO Y ADMINISTRACIÓN LOS INMUEBLES TERRENO FINCA 6-232614-
000, PLANO P-2094164-2018 Y LA PLAZA DE DEPORTE FINCA 6-239919-000, PLANO: P-2020916-2017,
además de los de los demás acuerdos convenidos en el presente convenio.
II. Objetivo.
El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE CÓBANO a LA ASOCIACIÓN, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca
número 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y de finca que tiene como uso la plaza de deportes 6-
239919-000, plano P-2020916-2017, sin que tal acto implique derecho alguno de los que el ordenamiento
jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto
propio del dominio sobre eso bienes.
III. Obligaciones.
Serán obligaciones del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO las siguientes:
1) Mantener los inmuebles objeto del presente convenio a LA ASOCIACIÓN para el uso y
administración de los mismos, mientras dure la vigencia del presente convenio.
2) Cualesquiera otra que se deriven de este acuerdo o resulten necesarias para el correcto
acatamiento de los fines e intereses del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO y de los
vecinos usuarios de los inmuebles.
3) Revisar el informe anual suministrado por la Asociación para validar que no existan anomalías, de
existir La administración municipal, mediante un oficio deberá de informar de estas anomalías a la
Asociación para que esta rectifique las mismas. De no corregirse, la Asociación podrá ser sancionada
y hasta revocarse el presente convenio.
4) En caso de revocar el presente convenio, deberá establecerse mediante acuerdo del Concejo
Municipal, del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
Serán obligaciones de LA ASOCIACIÓN las siguientes:
1) Remitir a la EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO informe anual relacionado al uso y
administración del bien inmueble, objeto del presente convenio, del cual entregará una copia al
Concejo Municipal de Distrito.
2) Brindarle al bien inmueble objeto de este convenio, el debido mantenimiento y cuido, así como el
pago de los servicios públicos correspondientes.
3) Administrar el bien inmueble de manera tal que se asegure el cumplimiento de la finalidad de LA
ASOCIACIÓN y del Concejo Municipal del Distrito, el cual es el fortalecimiento del desarrollo de la
comunidad.
4) Garantizar que en los bienes inmuebles objeto del presente convenio no se realicen actividades
político – partidarias o que atenten contra la moral, la dignidad y las buenas costumbres.
5) Integrar, en la medida de lo posible, a la mayor parte de la comunidad en la organización, ejecución
y desarrollo de actividades, para procurar el máximo aprovechamiento del bien inmueble en
cuestión.
6) Previo a ejecutar cualquier obra de infraestructura en los inmuebles, LA ASOCIACIÓN deberá de
someter a conocimiento del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO LA el proyecto con sus
respectivos planos, para que sea esa dependencia quien otorgue la aprobación respectiva al
proyecto o en su caso lo envié a la dependencia correspondiente. Dichas mejoras serán
consideradas propiedad de la Municipalidad, sin que ésta tenga que pagar su valor.
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7) Elaborar un reglamento de manejo de uso del bien inmueble. En la confección de dicho reglamento
participará el Concejo de Distrito de Cóbano, el cual velará por el cumplimiento de las disposiciones
del mismo, las cuales no deben atentar contra la autonomía y las funciones de dicho Concejo.
8) Las actividades que se desarrollen en los inmuebles, serán a criterio y autorización de LA
ASOCIACIÓN como administrador, de ninguna forma se atentarán contra la autonomía y las
funciones del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
9) Ante situaciones de emergencia decretadas por el Poder Ejecutivo o condiciones de riesgo en el
Distrito de Cóbano, LA ASOCIACIÓN deberá entregar el uso del inmueble al Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano y al Comité Municipal de Emergencias para ser usado como alojamiento
temporal para personas afectadas por el periodo operacional requerido por las autoridades locales.
Para ello el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y el Comité Municipal de Emergencias de
Cóbano deberá de disponer de las llaves de acceso a las instalaciones.
IV. El órgano supervisor y de coordinación.
El órgano supervisor encargado de velar por la ejecución de lo pactado será, por parte del CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO, Por su parte, LA ASOCIACIÓN designará como órgano fiscalizador a
quien ostente el cargo de fiscal en la Junta Directiva o bien a través de la persona que el presidente designe,
con acuerdo de la Junta Directiva.
V. Aporte de fondos.
Para efectos fiscales y por el objeto de este convenio su cuantía es inestimable.
VI. Plazo del convenio.
El presente convenio tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de su firma, existiendo la
posibilidad de prorrogarlo de manera automática, por medio de acuerdo del Concejo Municipal de Distrito
hasta por un periodo igual o mayor, solicitud que deberá de realizarse con al menos seis meses de antelación
a la conclusión de la vigencia del mismo.
VII. Aprobación.
Que mediante el acuerdo N° xxx artículo N° xxx, de la Sesión Ordinaria N° XXX, celebrada el XXX, se autoriza
al señor Intendente a firmar el presente convenio.
En aceptación de lo anterior, ambas partes firmamos dos tantos de igual valor literal, en el distrito de
Cóbano, el día XXXX. ES TODO. Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado
por la comisión permanente de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME
5.2. Aprobar el convenio de Cooperación entre este Concejo y la Asociacion de Desarrollo Integral de San
Isidro que se detalla en el dictamen de comisión”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Carlos
Mauricio Duarte, Angie Bonilla, Francisco Madrigal, Ivania Prendas y Olga Moncada (Presidenta a.i.)
♦ Que en la sesión ordinaria número 042- 25, artículo IX inciso b, mediante acuerdo N°2, se
aprobó la primera adenda al citado convenio, la cual se detalla:
CONSIDERANDO.
Que la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro indica que se debe corregir fecha del acuerdo
de la Asociacion donde se acuerda redactar un solo convenio para la administración de la plaza de
deportes y terreno asignado para obras comunales … ya que el acuerdo remitido a este concejo
indica 07 de agosto del 2024, Artículo N°8. Convenios, siendo lo correcto 02 de mayo del 2024.
Articulo N°7 convenios
Que también solicitan modificar el plazo de convenio el cual actualmente indica 10 años, pero por
proyectos pendientes a desarrollar con DINADECO requieren un plazo de 30 años
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor se acuerda: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME
2.2. Aprobar las modificaciones solicitadas por la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro al
CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO INTEGRAL DE SAN ISIDRO DE CÓBANO y….
- Que el Considerando CUARTO SE LEA COMO SIGUE:
CONSIDERANDO:
ACTA 111-26
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CUARTO: “LA ASOCIACIÓN” mediante oficio ADI – San Isidro – 024-2024 de fecha 12 de agosto 2024
dirigido al Concejo de Distrito de Cóbano, le informa “… que la Junta Directiva de la Asociación de
Desarrollo Integral de San Isidro de Cóbano, en sesión del día 02 de Mayo del 2024 ha tomado el
siguiente acuerdo: Articulo N° 7 Convenios: Se acuerda en firme, redactar un solo convenio para la
administración de la plaza de deportes y terreno asignado para obras comunales por un plazo de diez
años” …
- QUE LA CLÁUSULA VI. PLAZO DEL CONVENIO SE LEA COMO SIGUE:
El presente convenio tendrá una vigencia de treinta años, contados a partir de su firma, existiendo la
posibilidad de prorrogarlo de manera automática, por medio de acuerdo del Concejo Municipal de Distrito
hasta por un periodo igual o mayor, solicitud que deberá de realizarse con al menos seis meses de antelación
a la conclusión de la vigencia del mismo….
2.3. Remitir la siguiente modificación del Convenio entre este Concejo y la Asociacion de Desarrollo Integral
de San Isidro al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para la debida ratificación”. ACUERDO
UNANIME.
♦ Que en la sesión ordinaria número 044- 25, artículo VIII, inciso b, del día cuatro de marzo
del año dos mil veinticinco, mediante acuerdo N°4 el Concejo aprobó una segunda
adenda al convenio con la ADI de San Isidro, la cual textualmente indica:
CONSIDERANDO:
Que mediante OFICIO INT-112-2025 la Intendencia solicita realizar una modificación al objeto del
convenio con la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro, ello con el fin de poder brindar un
mejor servicio a los ciudadanos de dicha comunidad.
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME
4.2. Aprobar modificación al objeto del Convenio firmado entre este Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano y la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro el cual ya fue ratificado por la Municipalidad de
Puntarenas y que el objeto que dice:
El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE CÓBANO a LA ASOCIACIÓN, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca
número 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y de finca que tiene como uso la plaza de deportes 6-
239919-000, plano P-2020916-2017, sin que tal acto implique derecho alguno de los que el ordenamiento
jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto
propio del dominio sobre eso bienes.
El mismo se lea en delante de la siguiente forma:
El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE CÓBANO a LA ASOCIACIÓN, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca
número 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y de finca que tiene como uso la plaza de deportes 6-
239919-000, plano P-2020916-2017, sin que tal acto implique derecho alguno de los que el ordenamiento
jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto
propio del dominio sobre eso bienes, Así como convenio de cooperación y coordinación de lo necesario
para el desarrollo de eventos sociales, culturales, deportivos, u otros de la misma índole, de conveniencia
para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN. Así mismo, cooperación con respecto a
la reparación y construcción de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando se tenga
injerencia y sea posible, además de establecimiento de estructuras para paradas de buses y otros
necesarios de acuerdo al visto bueno de ambas instituciones, con el fin de realizar un adecuado servicio
y mejora para los habitantes del distrito.**********
4.3. Remitir al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su debida ratificación”. ACUERDO
UNANIME Votan a favor los concejales Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal Céspedes, Olga Moncada
Ledezma, Denia Villalobos Barahona y Carlos Mauricio Duarte Duarte Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
♦ Que en ninguno de los acuerdos anteriormente indicados se anotó autorizar al Intendente
a la firma de los mismos
ACTA 111-26 16/06/2026 ACUERDO N°6 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: 6.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 6.2. Corregir error material en el acuerdo N°5 de la sesión ordinaria número 019, articulo VI, inciso b, del día diez de setiembre del dos mil veinticuatro, y que se lea como sigue: ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión permanente de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME 5.2. Aprobar el convenio de Cooperación entre este Concejo y la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro que se detalla en el dictamen de comisión” 5.3. Autorizar al Intendente para que firme el respectivo convenio con la ADI de San Isidro. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los concejales Carlos Mauricio Duarte, Angie Bonilla, Francisco Madrigal, Ivania Prendas y Olga Moncada (Presidenta a.i.) 6.3. Corregir error material existente el acuerdo N°2 de la sesión ordinaria número 042- 25, artículo IX inciso b, y que se lea como se indica a continuación: ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor se acuerda: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 2.2. Aprobar las modificaciones solicitadas por la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro al CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN ISIDRO DE CÓBANO y…. - Que el Considerando CUARTO SE LEA COMO SIGUE: CONSIDERANDO: CUARTO: “LA ASOCIACIÓN” mediante oficio ADI – San Isidro – 024-2024 de fecha 12 de agosto 2024 dirigido al Concejo de Distrito de Cóbano, le informa “… que la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de Cóbano, en sesión del día 02 de Mayo del 2024 ha tomado el siguiente acuerdo: Articulo N° 7 Convenios: Se acuerda en firme, redactar un solo convenio para la administración de la plaza de deportes y terreno asignado para obras comunales por un plazo de diez años” … - QUE LA CLÁUSULA VI. PLAZO DEL CONVENIO SE LEA COMO SIGUE: El presente convenio tendrá una vigencia de treinta años, contados a partir de su firma, existiendo la posibilidad de prorrogarlo de manera automática, por medio de acuerdo del Concejo Municipal de Distrito hasta por un periodo igual o mayor, solicitud que deberá de realizarse con al menos seis meses de antelación a la conclusión de la vigencia del mismo*** 2.3. Remitir la siguiente modificación del Convenio entre este Concejo y la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para la debida ratificación***** 2.4. Autorizar al Intendente a la firma de la presente modificación al citado convenio”. ACUERDO UNANIME.
ACTA 111-26 16/06/2026 6.4 Corregir error material en el acuerdo N°4 tomado en la sesión ordinaria número 044- 25, artículo VIII, inciso b, del día cuatro de marzo del año dos mil veinticinco y que se lea como se detalla: ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 4.2. Aprobar modificación al objeto del Convenio firmado entre este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y la Asociacion de Desarrollo Integral de San Isidro el cual ya fue ratificado por la Municipalidad de Puntarenas y que el objeto que dice: El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO a LA ASOCIACIÓN, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca número 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y de finca que tiene como uso la plaza de deportes 6- 239919-000, plano P-2020916-2017, sin que tal acto implique derecho alguno de los que el ordenamiento jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto propio del dominio sobre eso bienes. El mismo se lea en delante de la siguiente forma: El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO a LA ASOCIACIÓN, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca número 6-232614-000, plano P-2094164-2018 y de finca que tiene como uso la plaza de deportes 6- 239919-000, plano P-2020916-2017, sin que tal acto implique derecho alguno de los que el ordenamiento jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto propio del dominio sobre eso bienes, Así como convenio de cooperación y coordinación de lo necesario para el desarrollo de eventos sociales, culturales, deportivos, u otros de la misma índole, de conveniencia para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN. Así mismo, cooperación con respecto a la reparación y construcción de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando se tenga injerencia y sea posible, además de establecimiento de estructuras para paradas de buses y otros necesarios de acuerdo al visto bueno de ambas instituciones, con el fin de realizar un adecuado servicio y mejora para los habitantes del distrito.********** 4.3. Remitir al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su debida ratificación.** 4.4. Autorizar al Sr Intendente Municipal para que firme la presente adenda al convenio con la ADI de San Isidro”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los concejales Angie Bonilla Santana, Francisco Madrigal Céspedes, Olga Moncada Ledezma, Denia Villalobos Barahona y Carlos Mauricio Duarte Duarte Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO. 6.5. Autorizar la construcción de un salón comunal o estructura similar en el terreno con folio real 6-232614-000, plano P-2094164-2018 propiedad de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano ubicado en dicha comunidad de San Isidro y dado en administración a la asociación de desarrollo Integral de San Isidro.*******************
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6.6. Autorizar al Intendente Municipal para suscribir futuros Convenios de Cooperación y las
adendas que resulten necesarias con la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro para la
ejecución del proyecto, previa aprobación de este concejo y la debida ratificación por parte del
Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas. Votan a favor los Concejales Mario Delgado
Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y
Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
c. OFICIO INT-201-2026 ASUNTO. CONVENIO FECOCI PARA TENER ETAPA DE LA
VUELTA CICLISTICA A COSTA RICA EN SU 60 ANIVERSARIO
Cosas importantes a indicar de esto ya nosotros iniciamos un proceso con patrocinadores para
este monto y lo otro es que este monto será, o sea esto no es lo que ocupa la vuelta a Costa Rica
para venir acá, la vuelta a Costa Rica en realidad son muchísimos millones de colones, estamos
hablando de alrededor de 10 equipos donde vienen 7 corredores por equipo, son 70 más 10
personas que acompañan a los corredores de cada equipo, Para poderles sufragar todo lo que
requieran en el camino y además de eso, el staff propiamente que viene de todo lo que es medios
de comunicación nacionales e internacionales, todas las personas que son amantes del ciclismo a
nivel nacional e internacional que vienen acompañando la vuelta internacional a Costa Rica y todos
los patrocinadores que viajan a cada una de las etapas con sus stands publicitarios para poderlos
dar a conocer.
Eso es una oportunidad única para Cóbano, es lo que yo puedo decir Cóbano va a ser el
epicentro La península se va a ver beneficiada, pero Cóbano va a ser el epicentro que va a recibir
la carrera que viene no sabemos todavía de dónde lo vamos a recibir, pero llegaría a Santa Teresa
el día primero y el día después saldría del centro de Cóbano, la etapa que iría muy probablemente
hacia Liberia.
Creo que esto es una oportunidad única que tenemos, les digo que no hay mucho tiempo porque
hay varios detrás de esta etapa de la vuelta a Costa Rica, ya dieron a conocer 2 una Sarchí y otra
más creo en San Ramón, pero estamos a las puertas de algo muy grande, decirles que miedo no
le tengo a este proyecto, yo sé que lo vamos a lograr, pero para ello necesito la autorización de
ustedes con este convenio para poderlo aprobar, firmar y poder tocar las puertas de las personas
que yo sé que nos van a poder ayudar a nivel peninsular.
CONSIDERANDO:
• Que la Intendencia mediante OFICIO N° INT-203-2026 hace traslado de CONVENIO
CON FOCOCI para contar con una etapa de la vuelta ciclística a Costa Rica en Cóbano
ACTA 111-26 16/06/2026 ACUERDO N°7 Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 7.2. Aprobar en todas sus partes el convenio presentado por la Intendencia denominado CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE COBANO Y LA FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE CICLISMO, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE ESPECÍFICAMENTE DEL CICLISMO EN EL CANTÓN DE COBANO, PUNTARENAS, el cual se detalla a continuación: CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE COBANO Y LA FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE CICLISMO, PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DEPORTE ESPECÍFICAMENTE DEL CICLISMO EN EL CANTÓN DE COBANO, PUNTARENAS. Nosotros El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, cédula jurídica número 3-007-078297, representada en este acto por el señor, RONNY JOSÉ MONTERO OROZCO, mayor de edad, costarricense, casado una vez, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número 2 – 0607 - 0146, con domicilio en Puntarenas, Cóbano, 150 metros Noroeste del Banco Nacional, con las facultades que le otorga el Código Municipal, y la resolución 2715-E11-2024 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicada en el período oficial La Gaceta alcance número 70, del día miércoles 10 de abril de 2024, para el período que va del primero de mayo de 2024 al 30 de abril de 2028, en adelante CMDC ; y la Federación Costarricense de Ciclismo, cédula jurídica 3- 002-051304, representada por el señor OSCAR ÁVILA KOPPER, mayor, casado, empresario, vecino de San Miguel de Escazú, portador del documento de identidad número cuatro – cero setecientos treinta y ocho – cero quinientos once, presidente ostentando la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo, en adelante “LA FECOCI”, hemos convenido en suscribir el presente Convenio con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 4 inciso f) del Código Municipal, para ayuda en la organización de una etapa de la Vuelta Internacional a Costa Rica de Ciclismo 2026, la cual se regirá por los siguientes considerandos: PRIMERO: El Concejo Municipal De Distrito Cóbano como órgano adscrito a la Municipalidad De Puntarenas cuenta con una personería instrumental con todos los atributos derivados de la personalidad jurídica, que les permite adquirir compromisos, todos los ámbitos derivados de la personalidad jurídica y está debidamente facultado para suscribir el presente Convenio con fundamento en lo que dispone el artículo N°3 de la ley General de los Concejos Municipales de Distrito, Ley N° 8173 en concordancia con lo que disponen los artículos 4, inciso f),6,7,13, inciso e), 17, inciso n) del código municipal vigente Ley N° 7794 1. 2. 3. SEGUNDO: Que de conformidad con los artículos 169 de la Constitución Política; 1 y 3 del Código Municipal, al Gobierno Municipal le corresponde la administración de los servicios e intereses locales dentro de los cuales figura el fortalecimiento del Deporte en especial en el presente caso el Ciclismo. TERCERO: Que de conformidad con el artículo 6 del Código Municipal, El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y los demás órganos y entes de la Administración Pública, deberán coordinar sus acciones y a tales efectos, conforme lo autorizan los artículos 4, inciso f), 7, 13 inciso e) y 71 del mismo cuerpo legal, para el cumplimiento de sus funciones la Municipalidad está facultada para concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras, los pactos, contratos o convenios que estime necesarios. CUARTO: Que es de interés primordial de “El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano”, y de “LA FECOCI” la coordinación como medio para el fortalecimiento del deporte específicamente el ciclismo en el Distrito de Cóbano, Puntarenas. QUINTO: Que El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Puntarenas, en su condición de gobierno local y administrador de los intereses de los vecinos de su jurisdicción considera de sumo
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interés realizar esfuerzos tendientes a fortalecer y a incentivar el Deporte, específicamente en el
presente convenio el Ciclismo del Cantón.
SEXTO: Que el artículo 76 del Código Municipal autoriza al Estado y las instituciones públicas para
donar a las municipalidades toda clase de servicios, recursos y bienes, así como para colaborar
con ellas.
SETIMO: Que es de interés primordial de “El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano”, la
coordinación interinstitucional como medio para el fortalecimiento del deporte del Ciclismo a la
ciudadanía en el Cantón.
OCTAVO: La FECOCI es el máximo organismo del ciclismo en Costa Rica, en sus distintas
modalidades (carretera/ruta, BMX, pista...). Es miembro de la UCI y de la COPACI y tiene su sede
en San José.
NOVENO: La FECOCI se encarga de los distintos Campeonatos de Ciclismo en Costa Rica
(carretera, pista, BMX) y de las Selecciones Costarricenses de Ciclismo en sus distintas
modalidades; también colabora en la organización de las carreras ciclistas celebradas en Costa
Rica y de organizar diferentes competiciones de campeonato nacional. Además, se encarga de
fomentar el ciclismo de base y la promoción del ciclismo.
Con sustento en lo anterior, hemos decidido celebrar el presente Convenio de Cooperación
Interinstitucional para el Fortalecimiento del Deporte a la Ciudadanía en el Distrito de Cóbano en
especial en el presente caso del Ciclismo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política de la República, la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento General, y el Código
Municipal vigente, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA- OBJETO: El objeto general del presente Convenio, es la cooperación
mutua entre las partes, acorde con sus competencias y funciones, para el fortalecimiento del
deporte del ciclismo en el Distrito de Cóbano, en pro de una mejor calidad de vida de sus
habitantes.
CLÁUSULA SEGUNDA “OBLIGACIONES”: Conforme al objeto general señalado, las partes se
comprometen a lo siguiente:
A: AL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO:
• Facilitar recursos económicos por la suma de ¢10,000,000.00 (diez millones de colones) con
el fin de sufragar gastos de hospedaje y alimentación de la caravana correspondiente a una
etapa de la Vuelta Internacional a Costa Rica Telecable 2026, todo de acuerdo con la
disponibilidad presupuestaria existente. Estos recursos podrán ser de presupuesto municipal,
del comité de deportes o bien de patrocinadores.
Estos recursos serán depositados en la cuenta IBAN CR67010710102104586594 de la
federación, en la mayor brevedad posible de acuerdo con los trámites presupuestarios y
gestiones realizadas.
B: La FECOCI:
• Realizar una etapa en el Distrito de Cóbano de la Vuelta Internacional a Costa Rica
Telecable 2026,
CLÁUSULA TERCERA “SOBRE LA FISCALIZACIÓN”: Para la correcta ejecución del presente
convenio, ambas partes se comprometen a nombrar un representante, siendo que por parte de la
FECOCI al señor Oscar Ávila Kopper presidente de la Federación Costarricense de Ciclismo, y por
parte de la Municipalidad será el señor Ronny José Montero Orozco; en caso de que deban ser
sustituidos los representantes de las partes, estos se comprometen a informar por escrito la
sustitución.
CLÁUSULA CUARTA “PLAZO”: El plazo de este convenio, será hasta que finalice la Vuelta
Internacional a Costa Rica 2026. No obstante, lo anterior, cualquiera de las partes podrá dar por
terminado el convenio, en el momento que lo considere oportuno.
CLAUSULA QUINTA “APROBACIÓN”: Que, al tenor del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, emitido por la Contraloría General de la República, el
presente convenio cuenta con la aprobación de las Asesorías Jurídicas de la “FECOCI” y de la
“Municipalidad” por tanto rige a partir de su firma.
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CLÁUSULA SEXTA” ESTIMACION: El presente convenio es de una cuantía ¢10,000,000.00 (diez
millones de colones).
CLÁUSULA SETIMA “NOTIFICACIONES”: Para todos los efectos de este convenio, La FECOCI
señala como lugar para notificaciones sus instalaciones ubicadas en el Monumento Otilio Ulate
Blanco frente al restaurante La Princesa Marina en San José Costa Rica Despacho del presidente,
y para la Municipalidad el correo intendente@municobano.go.cr.
CLAUSULA OCTAVA: DE LA APROBACIÓN POR PARTE DEL CONCEJO MUNICIPAL: El
presente convenio de cooperación y transferencia fue aprobado por el acuerdo número X de la
sesión Ordinaria nºXXX-xx, celebrada el día XX de xxx del 2026.
Estando conformes ambas partes, lo firman en la provincia de San José a las diez horas del día
xx de xx del año dos mil veintiséis. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
7.3. Remitir este convenio al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su debida
ratificación”. ****
7.4. Autorizar al Intendente Municipal a firmar el presente convenio, una vez el mismo haya sido
ratificado por Puntarenas”. Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos
Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
d. OFICIO INT-201-2026. ASUNTO. Solicitud de aprobación de acuerdo de Conciliación
RONNY. Rápidamente les resumo. El vehículo municipal fue este tuvo un accidente de tránsito
hace un como un mes más o menos donde una maquinaria pesada de la empresa Agroturística
muelle Fernández lo impactó. Entonces iniciamos el proceso ante la policía de tránsito y también
el proceso legal que se tiene que realizar al ser un bien público. El juzgado contravencional de
Cóbano solicitó a las partes si había un acuerdo de conciliación, entonces lo que hicimos fue
solicitarle al Instituto Nacional de seguros, una vez que el tránsito llegó e hizo todo el levantamiento
y demás y el Instituto nacional de seguros, lo que indica es que el valor de la obra es de ¢
730.219.56. Que de ese monto lo que no cubriría. El valor total a pagar, por así decirlo, son
¢150000 colones. Resultando un monto neto a indemnizar de ¢ 580219.56, el deducible
correspondiente a la suma que, de conformidad con las condiciones generales y particulares de la
póliza de seguro suscrita, debe ser asumida directamente por el asegurado, o sea por nosotros.
Entonces, a la conciliación que se llega es a que la contraparte del accidente de tránsito pague
estos ¢ 150000 colones que deberíamos de ser nosotros quien se los paguemos al INS para que
haga el trabajo en el vehículo, entonces ahí nos quedaríamos nosotros no pagaríamos nada y la
conciliación es que ellos tienen que depositarle a la municipalidad 150000 colones y el INS procede
hacer la reparación completa de los daños ocasionados. Y lo que indica es que conforme a lo
expuesto el Concejo Municipal, el éxito de cono en su condición de parte afectada por la colisión
de tránsito descrita anteriormente, tiene derecho a la recuperación del monto correspondiente al
deducible aplicado con ocasión del siniestro. En virtud de lo anterior, el señor Harnay Moya
Fernández se compromete de manera expresa, firme e incondicional a cancelar a favor del
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Concejo Municipal del distrito de Cóbano la suma de ¢150000 colones exactos correspondientes
al deducible rebajado dicho monto será depositado en la cuenta bancaria número número
CR59015109010010001526. A nombre del Concejo Municipal del distrito de Cóbano y está el
documento firmado por mi persona por el señor Harnay Moya aceptando la el acto de conciliación
y la debida auto autenticación legal.
CONSIDERANDO:
Que la Intendencia mediante OFICIO INT-197-2026 traslada solicitud para aprobación de
acuerdo de conciliación entre este Concejo Municipal y el Sr, HARNAY MOYA FERNÁNDEZ,
representante legal de la empresa AGROTURISTICA MOYA & FERNANDEZ SOCIEDAD
ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-378830
Que se ha conocido el acuerdo de conciliación
ACUERDO N°8
Con cinco votos a favor de cinco concejales propietarios presentes SE ACUERDA: 8.1
Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME
8.2. Aprobar acuerdo de conciliación entre este Concejo Municipal y el Sr, HARNAY MOYA
FERNÁNDEZ, representante legal de la empresa AGROTURISTICA MOYA & FERNANDEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-378830, el cual se detalla:
ACUERDO DE CONCILIACIÓN
JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CÓBANO (TRÁNSITO)
EXPEDIENTE: 26-000079-1603-TR
PROCESO: COLISIÓN ENTRE VEHÍCULOS
CONTRA: GREHIVIN CARMONA RODRÍGUEZ, HARNAY MOYA FERNÁNDEZ, CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO DE CÓBANO, AGROTURISTICA MOYA & FERNANDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Los suscritos, RONNY MONTERO OROZCO, mayor, casado una vez, con cédula de identidad número 2–
0607-0146, vecino de Puntarenas, Cóbano, Río Negro, en carácter de INTENDENTE MUNICIPAL, quien
ostenta la representación legal del CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO, con cédula de
personería jurídica número 3-007-078297, con las facultades que le otorga el artículo 17, inciso n) del Código
Municipal y la Resolución número 2715-E11-2024 de las diez horas con cincuenta minutos del dos de abril
del año dos mil veinticuatro, publicada en el alcance N°70 a la Gaceta N°63 del día diez de abril del año dos
mil veinticuatro, y HARNAY MOYA FERNÁNDEZ, mayor, casado una vez, empresario, con cédula de
identidad número 6-0312-0747, vecino de Puntarenas, Cóbano, Las Delicias, quien actúa en este acto en
dos calidades: en primer lugar, a título personal y, en segundo lugar, en su condición de representante legal
de la empresa AGROTURISTICA MOYA & FERNANDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-
101-378830, manifestamos de manera libre, consciente y voluntaria, que hemos convenido celebrar el
presente acuerdo de conciliación dentro del expediente judicial número 26-000079-1603-TR, el cual se
regirá por los siguientes términos y condiciones:
PRIMERA: Que en fecha 11 de marzo de 2026, en el sector de San Isidro de Cóbano, provincia de Puntarenas,
específicamente a un costado del establecimiento comercial denominado lavacar de Jorge Mora, se produjo
una colisión de tránsito en el que se vieron involucrados los vehículos placas EE-041031 y SM-004467,
siendo este último un vehículo de carácter institucional.
SEGUNDA: En virtud de lo anterior, esta institución procedió a remitir el vehículo placas SM-004467 al taller
autorizado por el Instituto Nacional de Seguros, denominado Carrocería y Pintura Fonseca S.A., con el
ACTA 111-26 16/06/2026 propósito de que se realizara la respectiva valoración de los daños sufridos, así como la determinación de la mano de obra y repuestos requeridos para su reparación, a efectos de gestionar la activación de la póliza de seguros que ampara los vehículos institucionales de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. TERCERA: Ante el Instituto Nacional de Seguros se aperturó el caso número CAS-2360117-B1XA, emitiéndose por parte de dicha entidad una propuesta de indemnización, en la cual se detallan los montos reconocidos por concepto de mano de obra y repuestos, mismos que se describen a continuación: CUARTA: De la imagen anterior se desprende que al monto total valorado en la suma de setecientos treinta mil doscientos diecinueve colones con cincuenta y seis céntimos (₡730.219,56), se le aplica la rebaja correspondiente al deducible de la póliza, el cual asciende a la suma de ciento cincuenta mil colones exactos (₡150.000,00), resultando un monto neto a indemnizar de quinientos ochenta mil doscientos diecinueve colones con cincuenta y seis céntimos (₡580.219,56). El deducible corresponde a la suma que, de conformidad con las condiciones generales y particulares de la póliza de seguros suscrita, debe ser asumida directamente por el asegurado, razón por la cual dicho monto se rebaja del total de la indemnización reconocida por la entidad aseguradora. QUINTA: Que, conforme a lo expuesto, el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en su condición de parte afectada por la colisión de tránsito descrita anteriormente, tiene derecho a la recuperación del monto correspondiente al deducible aplicado con ocasión del siniestro. En virtud de lo anterior, el señor Harnay Moya Fernández se compromete de manera expresa, firme e incondicional a cancelar a favor del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano la suma de ciento cincuenta mil colones exactos (₡150.000,00), correspondiente al deducible rebajado. Dicho monto será depositado en la cuenta bancaria número CR59015109010010001526 / 100-01-090- 000152-0 a nombre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. SEXTA: Siendo que todo acuerdo de conciliación celebrado por este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano debe ser sometido a conocimiento y aprobación tanto del Concejo de Concejales de este ente municipal, así como del Concejo de Concejales de la Municipalidad de Puntarenas, el presente acuerdo será remitido a dichas instancias para su respectivo análisis, conocimiento y aprobación. SÉTIMA: Las partes, de común y mutuo acuerdo, manifiestan su voluntad de suscribir el presente acuerdo de conciliación, por lo que solicitarán, una vez obtenido el acuerdo de aprobación por parte de ambos Concejos de Concejales, la correspondiente homologación del mismo ante el Juzgado Contravencional de Cóbano (Materia de Tránsito). En consecuencia, se solicitará la terminación y archivo del presente proceso, así como el levantamiento de cualquier anotación o gravamen que se encuentre inscrito ante el Registro Nacional en relación con el presente asunto, respecto de los vehículos involucrados placas EE-041031 y SM-004467. En fe de lo anterior, y leídas que fueron íntegramente las presentes cláusulas del acuerdo de conciliación, las partes lo aceptan y firman de conformidad en el lugar y fecha indicados, a las catorce horas del día dos
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del mes de junio del año 2026. Se extiende el presente acuerdo para los efectos legales correspondientes.
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
8.3. Remitir al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su debida ratificación”.
Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno
Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
e. INTENDENCIA. PROYECTO DE RESOLUCION ADENDUM CONTRATO DE
CONCESION CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO COBANO-RONALD RODRIGUEZ
ROJAS. PLAN REGULADOR INTEGRAL CABUYA – MONTEZUMA
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
f. INTENDENCIA. TRASLADO DE CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION ENTRE
EL MINISTERO DEL AMBIENTE Y ENERGIA A TRAVES DEL SISTEMA NACIONAL Y
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO-PUNTARENAS
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS
g. RONNY. INTENCION DE DONACION DE ESTRELLA JIMENEZ SANCHEZ
Me permito presentarles a mí de verdad que me llena mucho de orgullo es lamentable
escuchar en la calle que a veces se diga que hay un negocio detrás de esto y de verdad
que a mí me llena mucho de motivación y de admiración y , por eso me permito presentarles
a ustedes este trabajo que fue realizado por Jorge Ramírez y Jean Carlo Vargas de
Sequeira, que ellos son integrantes del comité de Deportes de Cóbano, en el proceso que
tenemos actualmente, donde estamos viendo personas, que aunque digan que hay un
interés detrás de todo esto no lo hay se están despojando, no de 1 mt cuadrado de terreno,
sino que como este caso estamos hablando de muchísimo terreno para beneficio de la
comunidad y que son familia si, y ojala que muchas familias tomaran la decisión de
despojarse de terreno a favor de la comunidad
Estimados señores yo Estrella Jiménez Sánchez, cédula de identidad 1 565 418 vecina de Cobano en mi
condición de dueña registral de la finca con folio real 20066754 procedo a presentar intención de donación
de manera desinteresada y única y exclusivamente por el bien del distrito de Cobano a favor del Concejo
Municipal del distrito de Cóbano. Cédula 3-007- 078297, por 21792 m² este terreno será exclusivo para el
proyecto presentado por el comité distrital de deporte y recreación de Cóbano para polideportivo municipal
20000 m², calle pública de acceso 1792 m. Dicho terreno se encuentra en su estado natural, no posee
construcciones, estará cerca del centro de Cóbano, se incluye la donación de este terreno que serviría para
el desarrollo de crecimiento del deporte en el distrito de Cóbano. Actualmente se carecen de estos espacios
para poder desarrollar distintas disciplinas y crecer deportivamente, el valor aproximado de dicha donación
según datos de propiedades cercanas, ronda los ¢ 1.634.000,00, tomando como base ¢75000 colones del
ACTA 111-26 16/06/2026 metro cuadrado. Por lo anterior, dejamos en firme que de aceptarse en su totalidad la donación del terreno mencionado en beneficio del pueblo de Cóbano y la municipalidad, procederemos de inmediato a solicitar de ser necesario los respectivos planos su catastro o, en su defecto, autorizar a los funcionarios que así lo requieran para su realización. Asimismo, estaremos atentos para las firmas de los traspasos en el momento que sean necesarios ante la notaría del Estado, para que dichos terrenos pasen para los fines descritos a nombre del Concejo Municipal del distrito de Cóbano y en caso de ser necesarios estudios a realizar o inspecciones, los mismos se autorizan únicamente con previo aviso para acompañamiento al sitio. Señalamos como medio de notificación el que se indica en el documento. Y firma la señora Estrella Jiménez Sánchez, donde adjunta un croquis donde se indica cuál es el área de la calle y el terreno. Esto se ubica camino a San Isidro antes de los characoles antes del puente characol, ahí exactamente es la entrada, que son como 100 m, o200 m más o menos y después está el rectángulo de 20000 m². Está también el documento registral, donde se indica que está a nombre de Estrella Jiménez Sánchez. Anotaciones sobre la finca no hay y gravámenes tampoco hay, adjunta el plano madre y el documento oficial de la cédula de identidad. MINOR. ¿Excelente noticia, verdad compañeros? ANGIE. Se puede remitirlo a comisión para cuando ya esté el expediente completo, poder aprobarlo ya revisado esté todo en orden con la comisión de jurídicos MINOR. Tal vez para recordarles, doña Angie recuerde esta es la intención, nada más luego, se le pasa a doña Aralyn para que confeccione el expediente una vez confeccionado el expediente, vuelve acá para su aprobación, ahí sí se comisiona, pero esa es la intención nada más, entonces más bien lo comisionamos, estaríamos como echando para atrás, más bien ahora sí estamos claros.
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CONSIDERANDO:
Que la señora Estrella Jiménez Sánchez, cédula de identidad 1 565 418 vecina de Cobano
en su condición de dueña registral de la finca con folio real 20066754-000, plano 6-53020-
2024 presenta a la Intendencia carta de intención de donación respectivamente ha remitido
a la Intendencia y a este Concejo carta de intención de donación de de 21.792 metros
cuadrados la cual indica que realiza de manera desinteresada, única y exclusivamente por
el bien del distrito.
Que el terreno a donar será exclusivo para un proyecto de polideportivo del Comité distrital
de Deportes y Recreación de Cóbano y se divide en los siguientes usos:
♦ POLIDEPORTIVO MUNICIPAL 20.000 METROS CUADRADOS
♦ CALLE PUBLICA DE ACCESO 1.792 METROS CUADRADOS
Que dicho terreno se encuentra en su estado natural, no posee construcciones y está cerca
del centro de Cóbano
Que dicho terreno servirá para el desarrollo y crecimiento del deporte en el distrito de
Cóbano ya que actualmente se carece de estos espacios para diferentes disciplinas
Que el valor aproximado de dicha donación, según datos de propiedades cercanas, es
¢1.634.000,00 (mil seiscientos treinta y cuatro millones de colones con 00/100), tomando
como base un valor por metro cuadrado de ¢75.000,00
ACUERDO N°9
Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del
trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
9.2. Aprobar la intención de donación que la señora ESTRELLA JIMENEZ SANCHEZ cedula 1
0565 0418 dueña registral de la finca con folio real 20066754-000, plano 6-53020-2024 de 21.792
metros cuadrados de terreno, divididos como se detalla:
♦ 20000 metros cuadrados para polideportivo municipal
♦ 1792 metros cuadrados para calle publica
9.3. Indicar a la administración que se debe elaborar el expediente de donación el cual debe contar
con toda la informacion técnica y legal requerida, según los lineamientos del reglamento de
donaciones de este concejo el cual debe ser remitido a este Concejo para su conocimiento
9.4. Dar pase de esta intención de donación a la asesora legal del Concejo para lo que
corresponde.***********
ACTA 111-26 16/06/2026 9.5 Notificar a las partes. Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO PRESIDENTE. Finalmente yo creo que lo menos que podemos hacer es darle un aplauso a esta familia, (aplausos) a doña Estrella y a su familia, y qué bueno que haya gente desprendiéndose de sus recursos por amor al pueblo y con esa visión de desarrollo, siempre para la comunidad. Esperamos más donaciones como estas, a futuro también de otros de otros dueños de propiedades RONNY. Nada más, si no sé si doña Olga lo trae en su informe. ¿Cómo va el proceso de presupuesto ante la municipalidad? OLGA. Buenas noches a todos los presentes y a los que nos están viendo por las redes sociales. Bueno sí, estaba esperando mi espacio para decirles que se encuentra aún en comisión, todavía no lo han sometido a votación, entonces estamos en espera. Y no han presentado el dictamen final tampoco para para que sea tomado en cuenta. Hasta donde sé había una moción presentada por uno de los regidores donde hace una propuesta diferente con respecto a la utilización de los superávits y bueno, eso como que cambiaba un poco el panorama para la aprobación, leyeron la moción y oficialmente directamente en lo que es el criterio técnico del presupuesto. Todavía no se sabe si tuvo efecto o no o no tuvo efecto, porque esa emoción se vio en la semana anterior. Entonces, para ponerlos en contexto, vamos a ver cuál es el panorama que vamos a tener para el próximo jueves y ahí les estaría yo comunicando al respecto. Muchas gracias. RONNY Gracias doña Olga y quiero hacerlo público y también por supuesto que consta en actas, porque la señora Cinthia Rodríguez se ha dirigido en varias ocasiones en diferentes grupos comunales, diciendo que los síndicos no van a las sesiones del Concejo de Puntarenas y ya se ha dicho varias veces, pero quiero recalcarlo una vez más, Doña Olga ha hecho un esfuerzo, bastante bueno en beneficio de la comunidad y ha ido muchas veces porque yo la he visto inclusive hasta afectaba un poquito de salud hacer representación al Concejo Municipal de Puntarenas y yo creo que no se vale que personas solamente por temas politiqueros estén afectando la imagen de una persona que está dando bastante por este distrito y específicamente yendo a las reuniones hasta Puntarenas , llueve, truene y pase lo que pase porque la he visto también salir en ocasiones en cuando hay bastante lluvia, entonces quiero que quede claro y que la gente sepa que sí se está yendo a representar a Puntarenas que Olga en acuerdo con el señor presidente decidieron este tener representación y que ella es la que se ha comido literalmente la bronca en esa representaciones y que sí tenemos representación en Puntarenas, yo creo que eso es importante, que quede claro y que no se utilice otros medios que no son oficiales como este, para decir cosas contrarias y enredar a la población, que es la que está esperando saber de nosotros, entonces quiero que eso quede claro, muchas gracias.
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CONSULTAS AL INTENDENTE
RAFAEL-. Muchas gracias, señor presidente y don Ronny, agradecerle a esta familia Jiménez de
corazón de parte mía se les agradece porque de verdad han donado, don Valentín, lo hizo este
Óscar, ahora lo hace doña Estrella. también que nos ayude con la cuestión del estadio. muchas
gracias.
MINOR. Bueno, la duda que traía era, pero ya lo dijo usted muy claro dónde remataría y dónde
iniciaría lo de la vuelta ciclística, Ojalá y a eso tengamos ya la aprobación del presupuesto, ya
recordé la pregunta, en caso, Dios no quiera, pero que se atrasara un poco ahí lo del presupuesto
y la ruta hacia Santa Teresa no esté, hay un plan b
RONNY. Sí, sí, qué bueno que lo menciona. Vean con esto se abren muchas oportunidades. La
vuelta Internacional ciclística a Costa Rica es de interés nacional.
¿Eso qué nos da como opción? Y también me estoy adelantando a eso.
Que el MOP tendría que poner en óptimas condiciones las rutas 160 y no sé si ustedes han llegado
que termina la ruta nueva 160 y hasta el centro de Paquera, en pasando por enfrente del colegio
eso es un desastre, eso tendría el MOP que ver cómo hace de aquí a antes de la vuelta para
dejarlo listo.
Dentro de otras cosas, viniendo de Paquera para Cóbano ya hay algunos desniveles en la carretera
y algunas otras cosillas que ellos tendrían que dejar ya listas. Entonces es muy importante esto y
es lo que está detrás que yo no digo, pero ya que lo consultan es muy importante esto porque
podemos inclusive poner en funcionamiento un convenio que tenemos con el Ministerio de Obras
Públicas y transportes y en caso de que no tuviéramos eso, al menos por lo menos 1 sello tendrían
que ayudarnos a poner para que la vuelta pueda pasar sin ningún inconveniente siendo de interés
Cultural y nacional y deportivo la vuelta ciclística a Costa Rica entonces es un as ahí que tenemos
bajo la manga, ojalá que no tengamos que utilizarlo, pero sí. Y en el caso de San Isidro como vos
lo decías, ese proyecto va en el presupuesto extraordinario que está en puntarenas aprobándose,
va en el presupuesto ordinario 2027 y eventualmente utilizaríamos ese proceso de declaratoria de
interés nacional para que el MOP nos apoyara y poder tener ese trayecto listo antes de la Vuelta
Ciclista.
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Leonard Leveque. Representante legal Bosque Areyis S.A. ASUNTO. Recurso de
revisión en contra del acuerdo tomado en la sesión ordinaria 156-2023, artículo VI, inciso b
del día 25 de abril del 2023
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL DEL CONCEJO
b. Mary Angel Enríquez Peralta. ASUNTO. TERNAS POR RENUNCIA DE JUNTA
EDUCACION ESCUELA SANTA FE
CONSIDERANDO:
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Que la directora de la Escuela de Santa Fe ha presentado ternas para el nombramiento de
tres miembros de la Junta de Educación, las cuales cuentan con el V.B. de la MSc. Iveth Alvarez
Villalobos, Supervisora circuito 02
Que las ternas se presentan debido a la renuncia de tres miembros de la junta
Que se adjunta copia de la carta de renuncia dirigida a la Junta de educación de los señores
Denis Rojas Vega, cedula 6 0306 0031, Carlos Roberto Sanchez Sequeira, cedula 155813786625
y Gerson Azofeifa Morales cedula 1 1568 0649
Que se adjunta copia del acta de la Junta de Educación donde se conoce y acepta las
renuncias
Que la directora indica, mediante declaración Jurada, que los miembros que está
presentando NO contravienen los indicado en el artículo 13 del Reglamento General de Juntas de
Educación y Administrativas. El cual textualmente dispone:
Artículo 13.-Los miembros de las Juntas desempeñarán sus cargos "Ad Honorem". Para efectos de
transparencia los miembros de la Junta no podrán ser parientes entre sí por consanguinidad o afinidad hasta
el tercer grado inclusive, ni de quien ejerza la dirección del centro educativo. Tampoco los parientes de los
miembros del Concejo Municipal, hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad inclusive, podrán
conformar las Juntas que le corresponde nombrar. Los funcionarios del Ministerio de Educación Pública y de
la Municipalidad podrán ser miembros de una Junta siempre y cuando no exista un conflicto de interés por
la naturaleza del puesto que desempeñen”.
ACUERDO N°10
Con cinco votos a favor de cinco concejales presentes en la sesión SE ACUERDA:
10.1“Nombrar como miembros de la Junta de Educación de la escuela de Santa Fe, por el tiempo
que resta a esa junta, a los señores:
Juan Félix Rodriguez Castro cédula 2 0294 0289
Verónica Calvo Solano cedula 1 1302 0681
Marjorie Muñoz Quesada cedula 6 0505 0436
Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno
Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. ACUERDO UNANIME
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
***********************************************U.L.***************************************************
Sr. Minor Centeno Sandi Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE SECRETARIA