Ordinaria 190 · 2023-12-19

ACTA N190-2023.pdf · 58 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 190 del 2023-12-19 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.

ACTA 190-23
19/12/2023



                                    ACTA N°190-2023
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                       2020-2024

ACTA NÚMERO CIENTO NOVENTA - DOS MIL VEINTITRES DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECINUEVE DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A LAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE
MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE.
Erick Salazar Rodríguez

CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Manuel Ovares Elizondo
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Kemily Segura Briceño

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTE

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura
Minor Centeno Sandi

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Salazar Cortes

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.            ORACION
ARTICULO II.           RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.          AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.           MOCIONES
ARTICULO V.            ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.           INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.          INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.           CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.            INFORME DE LOS CONCEJALES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.           ORACION
A cargo de la secretaria

ARTICULO II.           RATIFICACION DE ACTAS
ACTA 190-23
19/12/2023




      a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 189-23 donde estuvieron presentes (Eric, Carlos
         Mauricio, Kemily, Manuel, Minor, Eduardo y William). El Concejal Carlos Mauricio Duarte
         solicita revisión de la moción presentada por el Concejal Minor Centeno y que se mande
         a comisión. Se somete a ratificación el acta 189-23 exceptuando el acuerdo N°1 el cual
         se remite a la comisión permanente de Asuntos Jurídicos para su respectivo dictamen.
         Con la excepción anteriormente indicada se ratifica el acta 189-23

ARTICULO III.         AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

JURAMENTACION

   a. Se recibe para su debida juramentación a los Señores:
   ➔ Jacqueline Azofeifa Alvarado cedula 6 0331 0553. Representante del CTP Cobano
   ➔ Jorge Guzmán Ramírez cedula 2 07530267. Representante del Comité Distrital de
      Deportes y Recreación de Cóbano
Quienes fueron nombrados en la sesión ordinaria 189-23 como miembros de la Comisión Tripartita
administradora del Gimnasio. Procede a la juramentación el Presidente Municipal Sr. Eric Salazar
Rodriguez, según el juramento estipulado en el artículo 194 de la Constitución Política dice:

- ¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la
República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude,
y si no, Él y la Patria os lo demanden. Una vez juramentados los señores se retiran

AUDIENCIAS.

   b. Se recibe a los funcionarios Francisco Alfaro Núñez, Contador y Yorleny Madrigal
      Villegas. Encargada de patentes. Los cuales vienen a presentar e

PRESIDENTE: Les da la bienvenida y agradece su presencia para explicar un tema complicado.
ACTA 190-23
19/12/2023
ACTA 190-23
19/12/2023



   •    NICPS 39 BENEFICIOS A EMPLEADOS
ACTA 190-23
19/12/2023




FRANCISCO. Este asunto de las NICSP es un problema de toda la administración, pero aquí
piensan que es responsabilidad de contabilidad la información. La dirección general de
Contabilidad Nacional nos dicta los lineamientos a aplicar


MANUEL. Se va a cumplir antes de diciembre


FRANCISCO. No. La Administracion tiene abandonado a la comisión, el encargado de la comisión
es el administrador tributario esto es por ley. Yo soy el que he trabajado en esto de las brechas y
lo he llevado a la comisión porque todos tenemos mucho trabajo.


YORLENY MADRIGAL VILLEGAS. Para elaborar el manual de procesos contables se contrato a
una persona pero nunca los trajeron al Concejo, por recomendación de la auditoria se retomó y se
adaptó.
ACTA 190-23
19/12/2023
ACTA 190-23
19/12/2023
ACTA 190-23
19/12/2023




FRANCISCO. El manual dicta las pautas de cómo se debe hacer el trabajo. El Código Municipal
dice que se debe tener un manual financiero contable y este es un manual solo contable
WILLIAM. Como le asignan ustedes el porcentaje de cumplimiento a cada brecha
FRANCISCO. Eso es una tabla que tiene contabilidad nacional. La administración no le ha puesto
la importancia requerida y no ha acompañado a la comisión. Le ha faltado compromiso
WILLIAM. ¿Está la municipalidad en capacidad de emitir un estado financiero?
FRANCISCO. Eso es como el cumplimiento cumplo y miento. La información esta desactualizada,
no hay inventarios de activos ni gastos. Esta es una herramienta necesaria para realizar estados
financieros reales.
SE REALIZAN OTROS COMENTARIOS Y SE RETIRAN
NOTA. EL MANUAL COMPLETO QUE CONSTA DE 944 PAGINAS CONSTA EN EL
EXPEDIENTE DE ESTA ACTA
PRESIDENTE. Voy a someter a votación lo expuesto
CONSIDERANDO:
   ❑ Que se ha conocido el Plan de Acción para cada una de las 39 brechas de las NICSP
       aplicables al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
   ❑ También se ha conocido el Manual de Procedimientos contables elaborado para este
       Concejo
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. Dispensar del trámite de comisión.
ACUERDO UNANIME
1.2. Aprobar en todas sus partes EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONTABLES PARA EL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO”.*****
1.3. Aprobar el Plan de Acción para cada una de las brechas de las NICSP aplicables al Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano”. ACUERDO UNANIME
ACTA 190-23
19/12/2023



ARTICULO IV.             MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.              ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.    INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS

ASUNTO: PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS
SOLIDOS DEL DISTRITO DE COBANO

                                         DICTAMEN DE COMISION

En Sesión ordinaria número treinta y cuatro - dos mil veintitrés de la comisión permanente de
Asuntos Jurídicos , celebrada el día diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, a las trece
horas, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito, con la presencia de los
siguientes miembros William Morales y Eric Salazar Rodríguez.

DOCUMENTOS ANALIZADOS

    o   PASE CMC-S-506-2023
    o   OFICIO INT-2023-665
    o   OFICIO DGA-187-2023
    o   PROYECTO DE REGLAMENTO

CONSIDERANDO.

    ➔ Que se ha analizado la propuesta de Reglamento PARA LA GESTION INTEGRAL DE
      RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE COBANO elaborado por el Departamento de
      Gestión Ambiental de este Concejo, el cual se detalla:

       Proyecto de Reglamento para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano
En uso de las facultades conferidas en el artículo 140 incisos 3) y 18) y artículo 169 de la Constitución Política,
el artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N.º 6227; artículos 60, inciso c) y 69
de la Ley Orgánica del Ambiente Nº. 7554; el artículo 8, inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de
Residuos Nº. 8839; el artículo 13, inciso c) del Código Municipal Nº. 7794; y según acuerdo municipal, de la
Sesión Ordinaria número ___ de fecha __ de _____ de 202_.
Considerando:
a) Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un
    ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y
    preservar dicho derecho.
b) Que según el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración
    de los intereses y servicios locales.
c) Que según la Ley para la Gestión Integral de Residuos corresponde a las municipalidades la gestión
    integral de residuos sólidos en su cantón.
d) Que de conformidad con el Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento la
    prestación de los servicios públicos municipales.
e) Que el Distrito de Cóbano cuenta con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos como
    instrumento para la planificación y ejecución del manejo de los residuos a nivel local.
Por tanto; el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano conforme a las potestades mencionadas, acuerda
emitir el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano.
                                                  CAPÍTULO I
                                           Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto general. Regular y ordenar gestión la gestión integral de los residuos                  sólidos
provenientes de las actividades humanas en el Distrito de Cóbano.
Artículo 2. Objetos específicos. Se tienen por objetivos específicos los siguientes:
a) Definir las responsabilidades de los diferentes actores y generadores.
ACTA 190-23
19/12/2023



b)    Establecer el marco jurídico para la elaboración, actualización, implementación y monitoreo del Plan
      Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
c) Regular la separación, recolección, transporte, transferencia, almacenamiento temporal, valorización,
      tratamiento y disposición final de los residuos.
d) Definir y establecer la estructura institucional y operativa necesaria para cumplir la gestión integral de
      residuos.
e) Complementar las regulaciones nacionales vigentes en materia de gestión integral de residuos sólidos.
f) Generar procesos de educación ambiental relacionados con la gestión integral de residuos.
Artículo 3. Alcance. Este reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas físicas y
jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos, usuarios del servicio de recolección
municipal y entidades autorizadas por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano para el manejo de algunas
de las etapas de la Gestión Integral de Residuos Sólidos que se encuentren localizadas dentro del ámbito
territorial del Distrito de Cóbano.
Artículo 4. Definiciones y acrónimos. Para los efectos de este reglamento se entiende por:
Almacenamiento: Acción de retener temporalmente residuos en tanto se entregan al servicio de
recolección.
Centros de recuperación de materiales: Sitio de recepción y almacenamiento temporal de residuos para su
valorización, donde los materiales recuperables pueden ser pesados y clasificados de acuerdo a su
naturaleza para su posterior comercialización.
Compostaje: Técnica que permite la descomposición aeróbica de la materia orgánica biodegradable en
forma controlada para lograr un producto utilizable como mejorador de suelo.
Concesionario: Persona física o jurídica a quien, mediante un acto jurídico-administrativo le es otorgado
temporalmente el derecho de hacerse cargo del servicio de recolección, transporte, tratamiento, reciclaje
y/o disposición final de los residuos ordinarios del distrito o parte de él.
Concejo: Para efectos del presente Reglamento, siempre que sea indicado, se refiere al Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano.
Contenedor: Recipiente destinado al almacenamiento temporal de residuos sólidos.
Contribuyente: Persona física o jurídica que recibe los servicios municipales y que tiene la obligación de
pagar las tasas respectivas.
Disposición final: Ordenada y definitiva colocación, distribución y confinamiento de los residuos en un sitio
diseñado para este fin.
Embalaje: Recipiente o envoltura que contiene los residuos de manera temporal para proteger su
contenido y facilitar su almacenaje, manipulación y transporte.
Factor de ponderación: Factor numérico que representa la proporcionalidad entre las categorías tarifarias
al multiplicarse por la tasa residencial más baja, para obtener una distribución equitativa de los costos del
servicio.
Fuente de generación: Lugar donde se generan los residuos.
Generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que genera residuos sólidos a través del desarrollo
de procesos productivos, servicios, comercialización o consumo.
GIRS: Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Gestor: Persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos
sólidos y debidamente autorizada por el Concejo.
Gran generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que genere una cantidad igual o superior a 24
toneladas de residuos sólidos ordinarios al año o su equivalente en otra unidad de medida.
Incentivo: Beneficio otorgado a los generadores que contribuyen con una correcta gestión de los residuos.
Lixiviado: Líquido que se forma como resultado del proceso de percolación de un fluido a través de un sólido
y que en su composición presenta gran cantidad de los compuestos presentes en el sólido que atraviesa.
Manejo integral: Medidas técnicas y administrativas para cumplir con lo estipulado en la Ley Nº 8839 y su
reglamento.
PMGIRS: Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano.
Propietario: Persona física o jurídica con título de propiedad inscrito en el Registro Nacional.
Poseedor: persona física o jurídica que ejerce el dominio sobre un inmueble sin contar con título inscrito en
el Registro Público.
Puntos estratégicos: Sitios seleccionados por sus características geográficas, logísticas y administrativas
para la colocación de contenedores especializados para la recolección de los residuos valorizables.
Recolección: Acción de recolectar los residuos sólidos de competencia municipal en las fuentes de
generación o en los sitios destinados para ello, previo al traslado para su valorización, tratamiento y/o
disposición final.
ACTA 190-23
19/12/2023



Recolección privada: Todo proceso de recolección de residuos que se realice de manera directa entre un
generador y un gestor autorizado de residuos dentro del territorio del distrito, sin la intervención del
Concejo.
Recolección selectiva: Recolección de residuos sólidos previamente separados según su tipo en la fuente.
Reglamento: El presente reglamento.
Relleno sanitario: Método de ingeniería para la disposición final de los residuos sólidos que cumple con el
Decreto Nº 38928-Reglamento Sobre Rellenos Sanitarios.
Residuo sólido: Material sólido o semi-sólido, pos-consumo cuyo generador o poseedor debe o requiere
deshacerse de él.
Residuo sólido fácilmente biodegradable: Residuo orgánico sólido o semi-sólido, de origen animal o
vegetal, que puede ser descompuesto y aprovechado por medio del compostaje.
Residuo sólido no valorizable: Residuo que no tiene valor de uso o recuperación y que debe ser dispuesto
adecuadamente.
Residuo sólido ordinario: Residuo de origen domiciliario o que proviene de cualquier otra actividad
comercial, de servicios u oficinas, que tengan características similares a los domiciliarios.
Residuo sólido peligroso: Aquel que, por sus características corrosivas, radioactivas, tóxicas, infecciosas,
biológicas o la combinación de ellas, pueden provocar reacciones tóxicas, explosivas, corrosivas,
radioactivas, biológicas, bioinfecciosas, inflamables, combustibles u otras que puedan causar daños a la
salud de las personas y al ambiente.
Residuo sólido valorizable: Residuo que tiene valor de reúso o tiene potencial de ser valorizado a través de
procesos de reciclaje o compostaje.
Residuos de construcción y demolición: Aquellos generados en faenas tales como: la construcción,
reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios.
Residuos de manejo especial: Aquellos que, por su volumen, cantidad, riesgos potenciales, necesidades de
transporte, condiciones de almacenaje o valor de recuperación, requieren salir de la corriente normal de
residuos.
Residuos electrónicos: residuos que se deriva de aparatos electrónicos tanto de uso doméstico como
comercial. Se consideran parte de estos residuos los componentes, subconjuntos y consumibles que forman
parte del producto.
Residuos sólidos no tradicionales/voluminosos: Aquellos objetos dispuestos por sus propietarios en forma
esporádica al haber terminado su vida útil, los cuales, por su tamaño, peso o características, no son aptos
para la recolección ordinaria y requieran de un servicio especial de recolección (p.ej. refrigeradores,
calentadores de agua, estufas, colchones, lavadoras o cualquier mueble de características similares).
Tasa: Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio
público, individualizado en el contribuyente y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio,
razón de ser de la obligación.
Tarifa: Denominación que se le da a la expresión matemática que representa el costo que debe cancelar el
contribuyente por la prestación efectiva o potencial del servicio público.
Tratamiento: Transformación de los residuos o partes específicas a nuevos productos o al cambio de las
características (p.ej. reciclaje, compostaje, tratamiento mecánico-biológico, tratamiento térmico, etc.).
Trazabilidad de los residuos: Caracterización de cada etapa del manejo de los residuos, desde que se
generan hasta su disposición final.
Unidad comercial: Aquella que genera sus actividades comerciales dentro de un mismo local, que, mediante
una barrera física, como por ejemplo una pared, permite distinguirlo de otro local.
Unidad institucional: Aquella que por su naturaleza está libre del pago de impuestos municipales y que por
lo general, son entidades estatales o de interés social (p.ej. ASADAS, Iglesias, Asociaciones de Desarrollo
Integral, etc.).
Unidad residencial: Recinto habitable que satisface las necesidades básicas de alojamiento unifamiliar y/o
que cuenta al menos con dormitorio, cocina, baño y sanitario
Usuario: Toda persona física o jurídica, pública o privada, que resulte afectada o beneficiada de los servicios
de la gestión integral de residuos.
Valorización: Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es recuperar el valor de los residuos para que
sean utilizados nuevamente en los procesos productivos, así como la protección de la salud y el ambiente.
Vía pública: Es todo terreno de dominio público y de uso común, que por disposición de la autoridad
administrativa se destinare al libre tránsito de conformidad con el ordenamiento jurídico urbano.
Artículo 5. Propiedad de los residuos. Los residuos sólidos generados en el Distrito de Cóbano serán
propiedad y responsabilidad del Concejo, desde el momento en que los usuarios del servicio público sitúan
ACTA 190-23
19/12/2023



o entregan los residuos para su recolección de conformidad con el presente Reglamento; sin embargo, el
Concejo puede otorgar el derecho de la recolección y la valorización a terceros calificados previamente.
                                                  CAPÍTULO II
        De las Competencias del Concejo y Atribuciones del Departamento de Gestión Ambiental
Artículo 5. Competencias del Concejo. Son competencias del Concejo las siguientes:
    a) Elaborar, actualizar, aprobar e implementar el PMGIRS.
    b) Proveer el servicio de recolección de residuos sólidos ordinarios en forma selectiva, accesible,
        periódica y eficiente a todos los habitantes del distrito, así como de centros de recuperación de
        materiales, con especial énfasis en los de pequeña y mediana escala para su posterior valorización.
    c) Fijar y actualizar las tasas para los servicios de manejo de residuos sólidos que permitan realizar la
        gestión integral de los mismos.
    d) Establecer alianzas y convenios con otros gobiernos locales, cooperativas, grupos organizados,
        empresas locales, nacionales o internacionales, asociaciones u otras entidades públicas o privadas
        con el fin de que participen en la gestión integral de los residuos sólidos.
    e) Prevenir y eliminar los vertederos y botaderos a cielo abierto, los acopios no autorizados y los
        tratamientos inadecuados de residuos.
    f) Promover la capacitación, campañas educativas y sensibilización de los habitantes del distrito.
    g) Realizar campañas de información y comunicación sobre la GIRS en el distrito.
    h) Proveer los recursos necesarios para realizar y fiscalizar los procesos de GIRS en el distrito.
    i) Atender las denuncias de incumplimientos a la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839
        ante los órganos competentes.
    j) Tramitar las sanciones correspondientes en casos de incumplimiento de la legislación vigente.
Artículo 6. Atribuciones de la Oficina de Gestión Ambiental. Son atribuciones de la Oficina de Gestión
Ambiental las siguientes:
   a) Elaborar, implementar y actualizar el PMGIRS en coordinación con la Comisión para la Gestión
        Integral de los Residuos Sólidos, creada por el Concejo Municipal.
   b) Presupuestar anualmente el recurso económico que necesita la Oficina de Gestión Ambiental para
        el cumplimiento del PMGIRS y este Reglamento.
   c) Coordinar y fiscalizar los procesos técnicos de separación, recolección, transporte, transferencia,
        almacenamiento temporal, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos
        generados en el distrito.
   d) Establecer e informar a la población sobre las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el
        servicio de recolección de residuos.
   e) Coordinar con otras unidades, áreas técnicas y logísticas del Concejo para la realización de
        actividades que tengan como objetivo el mejoramiento de la gestión integral de los residuos.
   f) Determinar, en conjunto con la Administración Tributaria, las tasas por los servicios municipales
        relacionados a la GIRS.
   g) Mantener actualizado el registro de usuarios del servicio de recolección a nivel residencial,
        comercial e institucional.
   h) Procurar la utilización de los recursos disponibles, personal, maquinaria, equipo e instrumentos, de
        forma tal que permita la optimización de sus funciones.
   i) Promover la sensibilización de los habitantes del distrito sobre la importancia de la reducción en el
        consumo, la reutilización, la separación y la valorización de los residuos sólidos.
   j) Promover, apoyar e incentivar iniciativas tecnológicas y educativas locales que sean amigables con
        el ambiente y que promuevan la gestión integral de los residuos por medio de la acción
        interinstitucional.
   k) Gestionar procesos de investigación e innovación en materia de gestión de residuos sólidos
        mediante alianzas con universidades públicas y privadas.
   l) Solicitar a los generadores que se encuentren dentro del territorio del distrito, información acerca
        del manejo de los residuos ordinarios, especiales y peligrosos que provengan de sus actividades.
   m) Establecer el registro de empresas y particulares autorizados para la prestación de servicios de
        recolección de residuos sólidos en el distrito.
   n) Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos.
   o) Mantener bases de datos detalladas y actualizadas que contendrán la información relativa a la
        situación local, inventarios de residuos generados, infraestructura disponible para su manejo,
        disposiciones jurídicas aplicables a su regulación y control, entre otros aspectos que faciliten el logro
        de los objetivos de la Ley 8839 y los ordenamientos que de ella emanen.
ACTA 190-23
19/12/2023



   p)   Estimular y promover la participación de la población en las actividades necesarias para la vigilancia
        y cumplimiento del presente Reglamento.
    q) Coordinar con las autoridades y órganos competentes, la vigilancia del cumplimiento de la
        normativa vigente y aplicable en materia de residuos sólidos.
    r) Elaborar, instrumentalizar y operar un área de atención de denuncias.
    s) Tramitar denuncia y sanciones en caso de incumplimiento del presente Reglamento.
                                                  CAPÍTULO III
                       Plan Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos
Artículo 7. Generalidades. Este plan es el instrumento que orientará las acciones municipales para la
gestión integral de residuos en el Cantón. La estrategia del plan será elaborada para un período de diez
años. Los planes de acción deben ser actualizados cada cinco años mediante un proceso participativo y
divulgado mediante una audiencia pública de acuerdo con lo descrito en el Artículo 12 de la Ley para la
Gestión Integral de Residuos Nº 8839 y el Artículo 21 del Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos Nº 37567-S-MINAET-H.
Artículo 8. Contenido del Plan Municipal para la GIRS. El Plan Municipal debe incorporar como mínimo
los elementos establecidos en el artículo 22° del Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de
Residuos.
                                                  CAPÍTULO IV
                                          Generadores de Residuos
Artículo 9. Tipos de generadores. Los generadores en el Distrito de Cóbano están clasificados de la siguiente
manera:
     a) Residencial: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad residencial y cuyos residuos
         suelen ser ordinarios y especiales.
     b) Comercial: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad comercial como producto de
         actividades de venta de bienes o servicios y cuyos residuos suelen ser ordinarios, peligrosos y/o
         especiales.
     c) Institucional: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad institucional y cuyos residuos
         suelen ser ordinarios, especiales y incluso peligrosos.
     d) Mixto: Cuando existe combinación del tipo Residencial con Institucional o Comercial.
Artículo 10. Obligaciones de los generadores. Los generadores tendrán las siguientes obligaciones:
     a) Separar los residuos desde la fuente de generación, según las categorías establecidas en el presente
        reglamento y clasificar según los tipos de residuos valorizables.
     b) Almacenar temporalmente los residuos generados en sus casas, comercios o terrenos de tal forma
        que no causen ningún impacto y/o riesgo para la salud y el ambiente.
     c) Los residuos deberán ser colocados para su recolección de acuerdo a las rutas y horarios
         establecidos para este fin, según las opciones que el Concejo ofrezca y comunique.
     d) Colocar los residuos en un recipiente al frente de su propiedad y con acceso a la vía pública o en
        sitios oficialmente designados para esto, evitando la obstrucción peatonal y vehicular, la libre
        escorrentía de aguas pluviales y que no puedan ser alcanzados por la fauna.
     e) Mantener limpios y en condiciones higiénicas los sitios de entrega, las canastas, recipientes,
        contenedores o bodegas en los cuales se disponen los residuos en espera de su recolección.
     f) Entregar los residuos sujetos a disposición final exclusivamente a un sistema municipal de
        recolección o a gestores autorizados por el Ministerio de Salud para brindar este servicio, así como
        vigilar que estos sean gestionados en forma ambiental y sanitariamente segura.
     g) En las zonas donde el Concejo o gestores autorizados ofrecen el servicio de recolección de manera
        selectiva, los residuos sólidos deberán entregarse debidamente empacados en bolsas plásticas o de
        características similares (preferiblemente biodegradables), cumpliendo con las siguientes
        condiciones:
        i. Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por la
              manipulación, y su capacidad no debe exceder los 20 kilogramos de peso.
        ii. Su color debe ser de acuerdo a lo siguiente: transparentes para residuos valorizables, verde
              para residuos orgánicos y cualquier color exceptuando los anteriormente mencionados y el
              rojo, para residuos no valorizables.
        iii. Deberán poder cerrarse por medio de un dispositivo de amarre fijo o nudo, de tal forma que
              estando cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.
        iv. Los residuos punzo-cortantes deberán ser empacados individualmente y depositados en un
              recipiente cerrado, de tal forma que no constituyan un riesgo para la salud del personal
              recolector, con su debida rotulación.
ACTA 190-23
19/12/2023



        v.   Todo empaque dañado deberá sustituirse a la mayor brevedad por el usuario, quien también
             deberá recolectar los residuos que se hayan salido de los empaques.
    h) Los residuos valorizables tales como vidrio, papel, cartón, plástico, aluminio, entre otros, deben ser
        entregados libres de residuos orgánicos. El ente recolector podrá establecer otras o nuevas
        condiciones para su separación, embalaje y recolección que serán comunicadas previamente a los
        usuarios.
    i) En caso que los residuos sean esparcidos en la vía pública por cualquier circunstancia antes de ser
        recolectados, el generador y el dueño del inmueble donde estos se generaron deberán recogerlos
        y depositarlos nuevamente en un recipiente adecuado.
    j) Si el Concejo no ha establecido una ruta de recolección periódica de residuos valorizables, los
        usuarios deberán participar de las campañas de recolección de este tipo o llevarlos a un centro de
        acopio comunal debidamente autorizado.
    k) Evitar la existencia de obstáculos temporales y/o permanentes, incluyendo vehículos estacionados,
        que impidan la accesibilidad de los camiones recolectores frente a los dispositivos de
        almacenamiento individual o colectivo, que dificulten la labor de recolección o que pongan en
        riesgo la integridad del operario recolector. Dichas conductas se encuentran reguladas en el Artículo
        84 y sancionadas según Artículo 85 del Código Municipal Nº 7794.
    l) En caso de existir obstáculos, temporales y/o permanentes frente a su propiedad o al contenedor,
        ajenos al Concejo y que impidan la prestación efectiva del servicio, éste se dará por realizado sin
        responsabilidad para el gobierno local, por lo cual se presentará el informe respectivo de la
        situación ante el encargado de la Oficina de Gestión Ambiental, como respaldo en caso de
        presentarse reclamo por parte del usuario.
    m) En el caso de que los residuos sólidos no sean recolectados por incumplimiento en el horario por
        parte del usuario, por la peligrosidad de los mismos, por no corresponder a la categoría de residuos
        recolectados en ese día o por alguna infracción a lo establecido en este reglamento y la legislación
        vigente, el generador deberá retirar esos residuos de la vía pública de forma inmediata y
        disponerlos correctamente en la siguiente jornada de recolección respectiva.
    n) No entregar al servicio de recolección municipal residuos ordinarios mezclados con residuos de
        manejo especial o peligroso.
    o) El usuario no debe colocar los residuos directamente en el camión recolector, esta labor sólo podrá
        ser efectuada por el personal designado para este fin.
    p) En sitios donde no transite el camión recolector debido a las condiciones de acceso, los usuarios
        deberán trasladar sus residuos ordinarios al punto más cercano de la ruta de recolección que el
        Concejo indique.
    q) Los residuos generados por el mantenimiento de áreas verdes o jardines (ramas, zacate, hojas, etc.),
        no se consideran residuos sólidos ordinarios que deban ser llevados a un relleno sanitario, por lo
        que el generador no deberá entregarlos al servicio de recolección municipal de residuos ordinarios
        y deberá darles un manejo adecuado.
    r) Los animales muertos deberán ser dispuestos por los propietarios o responsables de estos, excepto
        por lo dispuesto en el artículo 8 inciso e) de la ley 8839.
    s) Las personas físicas o jurídicas poseedoras de animales, deberán responsabilizarse de recoger las
        excretas y todo residuo que estos generen.
    t) Pagar de forma oportuna la tarifa correspondiente por los servicios que brinda el Concejo en
        recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos.
    u) En caso de que se realicen campañas específicas de recolección de residuos peligrosos, de manejo
        especial o de cualquier otro tipo, deberán ser entregados al servicio de recolección o al centro de
        acopio temporal establecido en recipientes adecuados, evitando ocasionar daños a la salud y al
        ambiente.
                                                  CAPÍTULO V
                            Sistemas de Almacenamiento Colectivo de Residuos
Artículo 11. Contenedores colectivos. Serán de uso obligatorio para los usuarios que:
    a) Se ubiquen en vías que no sean públicas.
    b) Se ubiquen en vías donde el ingreso del vehículo recolector resulte difícil o peligroso y se
        imposibilite la recolección puerta a puerta.
    c) Se ubiquen en zonas muy empinadas donde se requiera de un esfuerzo extraordinario de los
        funcionarios de recolección, de un elevado uso del tiempo de la cuadrilla, o que se deba forzar
        significativamente a los vehículos de recolección.
    d) Desarrollen sus actividades en condominios, alamedas, servidumbres y edificios de dos o más pisos.
ACTA 190-23
19/12/2023



    e) Se ubiquen en centros comerciales.
    f) Sean considerados un gran generador de residuos.
Artículo 12. Tipos de contenedores de almacenamiento colectivos. Por su estructura y forma de uso, se
definen los siguientes tipos:
    a) De canasta: aquellos en los que la extracción de los residuos se realiza por la parte superior, que
         pueden estar elevados o colocados directamente sobre el suelo y que cuentan con una tapa
         superior.
    b) De cajón: aquellos en los que la extracción de los residuos se realiza lateralmente, que pueden estar
         elevados o colocados directamente sobre el suelo y que cuentan con puertas laterales.
Artículo 13. Requisitos para los sistemas de almacenamiento colectivo. Los contenedores a los que hace
referencia los Artículos 11 y 12 del presente reglamento cumplirán como mínimo con los siguientes
requisitos:
    a) Deben poseer tapas superiores y/o puertas laterales para proteger los residuos de la fauna, que
         sean resistentes a las inclemencias del tiempo.
    b) Estar ubicados en el sitio que mejor garantice el fácil acceso a los residuos desde la vía pública.
         Deben construirse o ubicarse dentro de la propiedad privada, contiguos a la acera, o donde el
         Concejo autorice, garantizando el acceso directo desde la vía pública. De lo contrario el Concejo no
         brindará el servicio de recolección, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del Artículo 62
         del presente reglamento.
    c) En contenedores con puertas laterales, la apertura de las mismas no debe interrumpir u
         obstaculizar el tránsito por la vía pública
    d) El diseño del sistema debe ser ergonómico para garantizar condiciones óptimas de seguridad
         ocupacional a los operarios recolectores y facilitar la labor de extracción de los residuos.
    e) Contar con las dimensiones necesarias y suficientes para garantizar el almacenamiento temporal y
         adecuada de los residuos, evitando que estos se depositen residuos fuera de los contenedores.
         Según su tipo, deberán respetarse las siguientes condiciones:
         i. Tipo canasta: la altura medida desde el suelo hasta el borde superior del contenedor no debe
              superar una altura de 1,2 m, mientras que su profundidad máxima (vertical) no debe ser mayor
              a 1 m.
         ii. Tipo cajón: cuando la altura sea igual o menor a 1,5 m, la relación entre la medida de la altura
              y la profundidad (horizontal) no podrá ser inferior a 1,5:1.
Artículo 14. Responsabilidades de los usuarios de contenedores colectivos. Cada usuario será
responsable de las siguientes acciones:
    a) Diseño, construcción, rotulación y colocación, previa coordinación con el Concejo y visto bueno de
         la persona encargada del servicio municipal de recolección de residuos.
    b) Garantizar el aseo y realizar el mantenimiento del contenedor, velando por su uso adecuado y
         evitando la formación de ambientes propicios para la propagación de insectos y roedores.
    c) Cumplir con los horarios de recolección programados de forma tal que los residuos sean colocados
         en un plazo no superior a 12 horas de anticipación.
    d) Garantizar el acceso a los operarios del servicio municipal durante la jornada de recolección.
    e) Mantener debidamente cerrado con llave o candado el contenedor después de cada uso.
    f) Abstenerse de colocar residuos sin empacar, bolsas de residuos rotas y/o fuera del contenedor,
         puesto que en cuyo caso no se recolectarán dichos residuos.
    g) La disposición de los residuos no debe representar ninguna molestia para los vecinos o transeúntes,
         ni tampoco afectar en forma alguna el libre tránsito por las vías públicas y aceras del distrito o el
         funcionamiento del alcantarillado pluvial.
Artículo 15. Ferias u otras actividades públicas. Los encargados de turnos, festejos populares o patronales,
conciertos u otras actividades y espectáculos públicos a la que acuda el público de forma masiva, deberán
presentar un plan de manejo de los residuos durante el trámite de los respectivos permisos municipales, en
el que se indique la forma como se manejarán los residuos garantizando su recolección, transporte,
tratamiento y disposición final de acuerdo con este reglamento, y dicho plan debe contar con visto bueno
por parte de la Oficina de Gestión Ambiental municipal como parte de los requisitos para la aprobación de
tales permisos.
Artículo 16. Ferias del Agricultor. Los inquilinos, encargados, responsables o administradores de mercados
públicos o ferias del agricultor deberán establecer un programa de gestión de residuos sólidos para sus
instalaciones y procesos, además, se les considerará un generador de tipo comercial, por lo que se les
asignará una tarifa de conformidad a lo que se indique en el ajuste tarifario vigente.
ACTA 190-23
19/12/2023



Artículo 17. De los programas de manejo de residuos por parte de los generadores. Estos deberán cumplir
con la Política Nacional de Gestión de Residuos, la Ley para la Gestión Integral de Residuos 8839 y su
reglamento, la “Estrategia Nacional de Recuperación, Separación y Valorización de Residuos” así como lo
establecido en el PMGIRS y el presente reglamento.
Artículo 18. Obligatoriedad de conocimiento. El conocimiento del presente reglamento es una obligación
de todos los generadores del distrito y demás actores definidos en el alcance del mismo, por lo que su
desconocimiento no podrá ser usado como excusa para omitir las obligaciones respectivas y las sanciones
correspondientes.
                                                  CAPÍTULO VI
                                              Gestores Autorizados
Artículo 19. Para el Concejo, el gestor autorizado de residuos sólidos es aquella persona física o jurídica
que cumpla con lo siguiente:
     a) Contar con permiso sanitario de funcionamiento y una patente municipal vigente para la gestión de
         residuos.
     b) Contar con un programa de manejo de residuos en su calidad de generador como resultado de su
         actividad de manejo.
     c) Estar debidamente inscrito en el Registro de Gestores del Ministerio de Salud.
     d) Presentar los requisitos anteriores ante la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo para su
         registro.
Artículo 20. Tipos de gestores. Los gestores de residuos sólidos en el Distrito de Cóbano se clasificarán de
la siguiente manera:
     a) De residuos ordinarios: aquellos que realizan el manejo de los residuos ordinarios, valorizables y no
         valorizables; a nivel residencial, comercial e institucional.
     b) De residuos de manejo especial y/o peligrosos: son aquellos facultados para el manejo de residuos
         de manejo especial y residuos peligrosos, acorde a la Ley Nº 8839, el Reglamento para la
         Declaratoria de Residuos de Manejo Especial Nº 38272-S y el Reglamento General para la
         Clasificación y Manejo de Residuos Peligrosos Nº 41527 -S-MINAE.
     c) De residuos electrónicos: aquellos gestores especializados en el manejo de residuos electrónicos,
         según lo dispone el Decreto Ejecutivo 35933-S.
     d) De residuos de la construcción y demolición: aquellos que manejen de manera parcial o total
         residuos derivados o relacionados a procesos de construcción y/o demolición.
Artículo 21. Los gestores que posean convenios, contratos o alguna otra forma de asociación remunerada
o no remunerada con el Concejo, deberán entregar al menos un informe semestral al Concejo en donde se
indique la cantidad de material recolectado, la forma de ejecución de la recolección, los comprobantes o
certificaciones de los procesos de valorización y disposición u otra información que le sea solicitada.
Artículo 22. El Concejo podrá cancelar la autorización a los gestores que:
     a) No cuenten con permiso sanitario de funcionamiento y/o patente municipal vigentes.
     b) Incumplan las regulaciones establecidas en este reglamento sobre el manejo de los residuos sólidos
         en alguna de sus etapas.
     c) No presenten los informes solicitados por el Concejo luego de más de 60 días naturales desde su
         solicitud.
                                                  CAPÍTULO VII
                                             Recolección de Residuos
Artículo 23. Servicio de recolección de residuos sólidos. La recolección de los residuos sólidos se podrá
realizar de forma selectiva según las siguientes categorías:
     a) Ordinarios no valorizables.
     b) Ordinarios valorizables.
     c) Orgánicos compostables.
     d) Otros residuos: Siempre que exista la tecnología adecuada para su manejo.
Artículo 24. Categorías para separación de residuos sólidos. Previa comunicación del Concejo, de las rutas
y horarios de recolección selectiva, cuando exista un mecanismo adecuado para su manejo, los tipos de
residuos que deben ser separados (limpios y secos) por parte de los generadores son:
     a) Papel y cartón: sin restos de grasa, gomas o resinas, grapas metálicas, prensas de folder y cintas
         adhesivas. Se exceptúan el papel higiénico, servilletas, papeles emplasticados, papel químico, papel
         carbón, y otros que se indiquen.
     b) Plásticos: botellas y bolsas plásticas, según los tipos que indique el gestor autorizado para su
         manejo.
ACTA 190-23
19/12/2023



     c) Aluminio y hojalata: latas de bebidas, latas de alimentos, piezas de hojalata, etc. No se incluye el
         papel aluminio.
     d) Envases poli-laminados: envases de tetrabrik o tetrapak.
     e) Vidrio: botellas y recipientes de todo color, sin quebrar. Excepto vidrio plano de ventana, espejos,
         lozas, cerámicas, bombillos y fluorescentes.
     f) Orgánicos: Residuos compostables según se indique por medios informativos.
     g) De la construcción y demolición: restos de materiales constructivos o que resulten de procesos de
         demolición.
     h) Ordinarios no valorizables: los residuos que no corresponden a ninguno de los anteriores y que no
         sean electrónicos, especiales o peligrosos.
     i) Otros no indicados: cuando exista la tecnología adecuada para su recuperación el Concejo
         comunicará las condiciones.
Artículo 25. El Concejo proveerá la información necesaria para que se puedan separar en la fuente de
generación los diferentes tipos de residuos, de conformidad con las necesidades del servicio de recolección
y dependiendo de la capacidad que exista para su valorización y disposición final. Las actualizaciones o
modificaciones de las categorías de residuos indicadas en el presente capítulo serán comunicadas a los
generadores a través del sitio web del Concejo.
Artículo 26. Frecuencia. - El Concejo establecerá la frecuencia, el día, hora, sector y el tipo de residuos a
recolectar en cada ruta de recolección y publicará dicha información en medios de comunicación local, sitio
web, redes sociales oficiales, radio, circulares, plataforma de servicios municipal, entre otros. En caso de
cambios, se comunicará a los usuarios con ocho al menos ocho días de anticipación. Los diferentes tipos de
residuos se gestionarán según las capacidades del Concejo para su adecuado manejo y bajo un esquema de
mejora constante de los servicios de recolección, en apego a la legislación vigente; por esta razón, las
características del servicio podrán estar sujetas a modificaciones. El generador debe apegarse de manera
estricta al programa de recolección establecido y comunicado por el Concejo.
Artículo 27. El servicio se dará por prestado cuando se presente una o varias de las siguientes condiciones:
     a) Cuando se mezclen residuos ordinarios con residuos especiales y/o peligrosos.
     b) Cuando se coloquen para la recolección residuos sin empacar.
     c) Cuando se dispongan residuos en cualquier empaque cuyo peso supere los 20 kg, empaques no
         autorizados por este reglamento o empaque rotos.
     d) Cuando no se sitúen con acceso a la vía pública para su recolección.
     e) Cuando existan obstáculos ajenos al Concejo que impidan la recolección.
     f) Cuando se coloquen para su recolección de manera tardía, luego de haberse brindado el servicio
         municipal.
Artículo 28. Si los residuos no fueron recolectados por razones atribuibles al generador, este deberá
retirarlos de la vía pública de forma inmediata y guardarlos dentro de su propiedad, de forma tal que no
queden expuestos a la acción de terceros. Podrá disponerlos una vez que se ajusten por completo al
presente reglamento, así como al horario establecido para el siguiente servicio de recolección.
Artículo 29. Los funcionarios de recolección, ya sea personal del Concejo, contratista o concesionario,
tienen prohibido ingresar en propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo. Los residuos
que estén detrás del límite de propiedad no serán recolectados, aunque no haya cerramientos (portones o
cercas) que impidan el acceso, esto incluye desarrollos verticales u horizontales en condominio.
                                                CAPÍTULO VIII
                                             Recolección privada
Artículo 30. El usuario podrá contratar directamente a una empresa privada, para que movilice sus residuos
ordinarios, valorizables, de jardín, no tradicionales, peligrosos, de manejo especial, de construcción y
demolición, entre otros, siempre y cuando el proveedor del servicio esté debidamente inscrito y autorizado
por el Ministerio de Salud y cuente con las licencias municipales necesarias e inscripción respectiva ante la
Oficina de Gestión Ambiental Municipal para realizar dicha actividad; sin embargo, el uso de un servicio de
carácter privado no inhibe el pago por la prestación efectiva y eficiente del servicio público municipal
cuando este se brinde de manera efectiva o potencial.
Artículo 31. Vehículos para la recolección privada. Deben contar con las siguientes condiciones:
     a) Sistema que evite el derrame de lixiviados y dispersión de residuos en la vía pública.
     b) Manteado o lona que cubra los residuos que transporta y eviten su caída a la vía pública.
     c) Cumplir con lo establecido en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
Artículo 32. Pérdida de la autorización municipal. El recolector privado perderá su autorización municipal
si no realiza oportunamente la renovación de su inscripción o cuando se comprueben incumplimientos en
la gestión de los residuos que maneja conforme al presente reglamento y la legislación vigente aplicable. La
ACTA 190-23
19/12/2023



renovación de la inscripción debe realizarse con al menos 30 días naturales de anticipación previo a su fecha
de vencimiento.
CAPÍTULO IX
Centros de recuperación y almacenamiento temporal de residuos sólidos
Artículo 33. El Concejo tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales
valorizables o autorizar a terceros, previamente calificados para su acopio, clasificación y
comercialización.
Artículo 34. Los centros de recuperación públicos o privados que se encuentren dentro del territorio del
distrito deberán cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Centros de Recuperación
de Residuos Valorizables, Decreto Ejecutivo Nº 41052-S.
Artículo 35. Todos los centros de recuperación localizados en el distrito deberán presentar ante el Concejo
al menos un informe semestral en donde se indique la cantidad, por tipo, de residuos valorizables
recolectados o recibidos y su trazabilidad.
Artículo 36. Queda prohibido el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos o de manejo especial en los
mismos sitios que los valorizables, a menos que se cuente con la debida autorización de las entidades
competentes.
Artículo 37. Centros de recuperación de materiales orgánicos. El Concejo tiene la facultad de instalar y
operar centros de recuperación de materiales orgánicos o autorizar a terceros previamente calificados para
el acopio y tratamiento de los mismos y la comercialización del producto final. Estos centros deberán contar
con los permisos correspondientes por parte de las instituciones competentes y cumplir con la legislación
nacional vigente y aplicable.
                                                  CAPÍTULO X
                                       Disposición Final de los Residuos
Artículo 38. Tratamiento y disposición final. Los residuos sólidos no valorizables recolectados y
transportados por el Concejo o por un tercero autorizado, podrán ser depositados y tratados en rellenos
sanitarios que cumplan con la normativa vigente y aplicable (Decreto Ejecutivo Nº 38928-S Reglamento
sobre Rellenos Sanitarios) y que estén debidamente autorizados por las autoridades correspondientes.
Artículo 39. Alternativas de disposición final. El Concejo podrá optar por la utilización de alternativas para
la disposición final de los residuos sólidos, ya sea para su aprovechamiento en la generación de nuevas
materias primas, energía o cualquier otra forma que permita una mejor gestión de los residuos, siempre y
cuando sea técnica y financieramente favorable y cumpla con la normativa nacional vigente y aplicable.
                                                  CAPÍTULO XI
                             Puntos estratégicos para la recolección de residuos
Artículo 40. Tipos de puntos de recolección. Se clasifican de la siguiente manera:
     a) Puntos permanentes: aquellos que mantienen el servicio de recolección diferenciada de residuos
         sólidos valorizables con frecuencia y horarios establecidos. Están diseñados para ser utilizados por
         la comunidad que habita alrededor del punto.
     b) Puntos ocasionales: Se utilizarán para la recolección de residuos valorizables y no tradicionales de
         manera ocasional, durante campañas de recolección. El Concejo informará por los medios de
         comunicación disponibles las características de cada punto, así como las fechas y horarios en que
         se habiliten a la comunidad.
Artículo 41. Sitios para la colocación de puntos estratégicos. Deberán contar con las siguientes
condiciones:
     a) Un espacio físico que brinde seguridad de los contenedores o recipientes para la separación de los
         residuos y que aseguren la integridad de los mismos.
     b) Contar con el apoyo de un representante del inmueble donde se instale el punto estratégico o
         responsable por parte de la comunidad, que coordine su utilización, recolección y limpieza.
     c) Contar con la capacidad de ser habilitado en un horario que permita su adecuada utilización.
     d) Previa autorización del Concejo, se pueden establecer puntos estratégicos en áreas e incluso vías
         públicas, siempre y cuando estos no obstruyan el libre tránsito y la visibilidad de vehículos y
         peatones, así como no representar un potencial punto de contaminación y proliferación de plagas,
         por lo que, una vez establecidos, pueden del mismo modo eliminarse cuando el caso lo amerite.
Artículo 42. Obligaciones del Concejo. Tendrá las siguientes obligaciones:
     a) Garantizar la recolección periódica de los residuos, de manera que el sitio se mantenga limpio y
         ordenado.
     b) Ofrecer capacitación a los generadores y a los administradores que utilicen el punto estratégico.
     c) Facilitar información y realizar la divulgación del sitio para su adecuada utilización.
Artículo 43. Obligaciones de los usuarios. Tendrán las siguientes obligaciones:
ACTA 190-23
19/12/2023




    a) Separar adecuadamente los residuos según las disposiciones del Artículo 24 de este reglamento.
    b) Respetar los horarios de recepción de residuos.
    c) Notificar al Concejo sobre la presencia de recolectores informales cerca de los puntos de
        recolección.
    d) Velar por la protección de los bienes y activos del Estado, como contenedores, rótulos y señales
        oficiales, entre otros.
                                                  CAPÍTULO XII
                              Promoción de la participación civil y comunitaria
Artículo 44. Mecanismos. La participación ciudadana en los procesos de GIRS utilizará los mecanismos
dispuestos en las regulaciones establecidas en el Capítulo III del Reglamento General a la Ley de Gestión
Integral de Residuos.
Artículo 45. Supervisión civil. Las personas residentes y visitantes del distrito velarán por el cumplimiento
de la normativa nacional vigente y aplicable a la GIRS y en caso de que requiera denunciar deberá proceder
según lo indicado en el Artículo 74 de este reglamento.
Artículo 46. Programas de educación ambiental. El Concejo pondrá en ejecución y de forma continua,
estrategias de capacitación, campañas educativas y de sensibilización de los habitantes del distrito, para
fomentar la cultura de separación en los hogares, comercios, instituciones y servicios, la recolección de
residuos valorizables, la limpieza de los espacios públicos y la gestión integral de los residuos.
Artículo 47. Convenios y alianzas estratégicas. El Concejo podrá establecer convenios y alianzas con
instituciones públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales, asociaciones de desarrollo o grupos
comunales, para la implementación de proyectos y programas de gestión integral de residuos sólidos dentro
del distrito, sin embargo, deberán contar con los requisitos legales y administrativos vigentes para su debida
inscripción y ejecución, además, cada uno será independiente y deberá ser aprobado por el Concejo antes
de su implementación.
Artículo 48. Participación ciudadana. El Concejo fomentará la participación ciudadana en los procesos de
GIRS, ya sea mediante actividades de capacitación e información, voluntariado en actividades ambientales,
coadministración de puntos estratégicos de recolección a través de Asociaciones de Desarrollo, grupos
organizados e instituciones que maximicen los recursos institucionales para abordar el cumplimiento de la
Ley Nº 8839 y la normativa relacionada.
                                                  CAPÍTULO XIII
                                    Tasas por la gestión de residuos sólidos
Artículo 49. Fijación. El Concejo fijará y actualizará las tasas por el servicio municipal de gestión de residuos
sólidos conforme al Artículo 83 del Código Municipal y sus reformas, que incluya e integre todos los costos
asociados al servicio más un diez por ciento (10%) de utilidad para desarrollarlos. Dicha tasa puede ser
adaptada anualmente conforme a la inflación del país y a las necesidades del servicio y una vez fijada,
entrará en vigencia treinta días después de su publicación en La Gaceta.
Artículo 50. Modelo tarifario. El modelo empleado para la actualización de tarifas será establecido y
revisado por el Departamento de Administración Tributaria y Financiera y el Departamento de Gestión
Ambiental del Concejo. Este debe ser aprobado por el Concejo Municipal antes de su implementación.
Artículo 51. Tarifas diferenciadas. El Concejo podrá establecer tarifas diferenciadas para el manejo de los
residuos según su clasificación, frecuencia de recolección, tratamiento, cantidad generada o tipo de
actividad que realice el generador.
Artículo 52. Sobre el cobro. El Concejo realizará el cobro del servicio para toda propiedad donde haya una
edificación (residencial, comercial o institucional), que sea habitable y donde se preste el servicio, incluso
en unidades residenciales o en establecimientos comerciales desocupados, conforme al artículo 83 del
Código Municipal, sus reformas y el modelo tarifario avalado por el Concejo Municipal.
Artículo 53. Reclamos. El contribuyente podrá presentar reclamos cuando considere que:
     a) El factor de ponderación que se le aplica no es acorde con su promedio de generación de residuos
         ordinarios mensual, en el caso de unidades comerciales e institucionales.
     b) Se están duplicando cobros.
     c) Se está realizando un cobro en una propiedad sin construcción.
     d) Asignación incorrecta de una categoría residencial cuando el inmueble se ubica en otro sector
         residencial.
     e) No sea el titular o responsable del bien inmueble al que se le atribuya una tarifa y su cobro.
Artículo 54. El reclamo debe efectuarlo el dueño o apoderado legal de la propiedad donde se desarrolla la
actividad generadora de residuos, o por aquella persona a la cual se le haya asignado el cobro
correspondiente.
ACTA 190-23
19/12/2023



Artículo 55. Resoluciones. En los casos correspondientes al inciso a) del Artículo 53 de este reglamento, la
Oficina de Gestión Ambiental luego de la evaluación correspondiente comunicará al Departamento de
Administración Tributaria y Financiera la categoría que deberá asignarse al contribuyente, en tal caso dicha
modificación aplicará a partir del trimestre siguiente a la presentación del reclamo, sin embargo, podrá
aplicarse inclusive desde el trimestre en curso cuando el reclamo se realice dentro de los primeros diez días
hábiles del mismo. Los casos relacionados a los incisos b), c), d) y e) del Artículo 53 del presente reglamento
serán atendidos por la Administración Tributaria y Financiera.
Artículo 56. Conforme al Artículo 83 del Código Municipal, los contribuyentes deberán pagar por los
servicios de manejo integral de residuos sólidos que le preste el Concejo, aunque ellos no demuestren
interés en tales servicios.
                                                  CAPÍTULO XIV
                                                    Incentivos
Artículo 57. Los generadores que participen en el proceso de GIRS en el distrito podrán solicitar incentivos
ante el Concejo, presentando ante la Unidad de Gestión Ambiental el formulario para solicitud de incentivos
en GIRS que estará disponible en dicha oficina y en el sitio web del Concejo, junto a la información
complementaria que se requiera para optar por los distintos tipos de incentivo. Estos serán otorgados
únicamente a partir de la gestión integral de los residuos ordinarios. Los residuos peligrosos, de manejo
especial y otros distintos a los ordinarios no se considerarán para este fin y deben ser manejados de acuerdo
a lo establecido en la legislación nacional.
Artículo 58. Tipos de incentivos. Dentro de los tipos de incentivos que el Concejo podrá otorgar a quienes
participen activamente en los programas de GIRS, están:
     a) Reconocimiento público: de manera formal y en los medios de comunicación oficiales del Concejo
         (sitio web oficial, redes sociales, entre otros) y en actividades relacionadas con la GIRS.
     b) Constancias de participación del generador en programas de GIRS: documento que hace constar
         por parte de la Oficina de Gestión Ambiental que un generador lleva a cabo buenas prácticas en
         GIRS.
     c) Recalificación de la categoría asignada: para aquellas actividades comerciales que por
         implementación de buenas prácticas en GIRS hayan logrado una reducción significativa en su
         generación mensual de residuos sólidos ordinarios y manejados mediante el servicio municipal.
     d) Reducción del 5% en la tasa por manejo de residuos: cuando el solicitante es un generador de tipo
         comercial o institucional que demuestre buenas prácticas en manejo de residuos, que cuenten con
         el respectivo Programa de Residuos por parte de Generadores, que lleve a cabo buenas prácticas
         en la GIRS y que sean verificables.
     e) Apoyo a centros educativos: los centros educativos del distrito formularán proyectos de GIRS que
         una vez inscritos ante el Concejo, participarán por recursos de apoyo para su puesta en marcha,
         que facilitará el Concejo a través de alianzas públicas y público-privadas. El Concejo establecerá y
         comunicará los requerimientos y condiciones de cada concurso previo a la apertura de los mismos.
     f) Asignación de recursos para comunidades ejemplares: consiste en promover las buenas prácticas
         en la GIRS para comunidades y en la asignación de recursos destinados para obras comunales. El
         Concejo establecerá y comunicará los criterios de solicitud y participación para poder optar por
         tales recursos.
Artículo 59. Procedimiento para la optar por el incentivo de recalificación de la categoría asignada.
Cuando un generador comercial o institucional considere que la categoría a la que fue asignado ya no
aplica debido a sus buenas prácticas en GIRS, debe seguir el siguiente procedimiento:
     a) Completar y presentar el formulario de solicitud de recalificación de tarifa por servicio de
         recolección de residuos.
     b) Presentar el Programa de Residuos por Parte de los Generadores, conforme al Anexo II del Decreto
         N° 37567-S-MINAET-H, Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, avalado
         por el Ministerio de Salud.
     c) Incluir dentro del Programa de Residuos por Parte de los Generadores las tareas y metas para lograr
         la eliminación de los plásticos de un solo uso y la sustitución por otras alternativas.
     d) Incluir dentro del Programa de Residuos por Parte de los Generadores alternativas para el manejo
         adecuado de sus residuos orgánicos (si los producen), distinto al de disposición final en un relleno
         sanitario.
     e) Demostrar la implementación, seguimiento y monitoreo del Programa de Residuos a través de
         registro fotográfico y documentación correspondiente.
     f) La Oficina de Gestión Ambiental revisará la documentación aportada por el generador, para la
         verificación de los datos y en caso necesario coordinará la inspección al sitio.
ACTA 190-23
19/12/2023



    g) La Oficina de Gestión Ambiental emitirá un criterio de aprobación o desaprobación de la solicitud y
        si es pertinente propondrá la categoría a la que debe ser asignado el generador.
    h) Los departamentos facultados para modificar la categoría asignada al solicitante, lo harán partiendo
         del criterio de la Oficina de Gestión Ambiental.
Artículo 60. Validez del incentivo. El incentivo de recalificación de la categoría asignada tendrá validez a
partir del trimestre siguiente desde la fecha de su otorgamiento, siempre y cuando no se compruebe
alguna falta a este reglamento que obligue a eliminar el incentivo otorgado o se aplique un nuevo ajuste
tarifario que modifique la categorización de los usuarios.
                                                 CAPÍTULO XV
                                                 Prohibiciones
Artículo 61. Prohibiciones para los generadores. Se prohíbe a los generadores de residuos sólidos realizar
las siguientes acciones:
     a) Disponer residuos sólidos en sitios no autorizados, lotes baldíos, terrenos desocupados, laderas,
         sitios públicos (alcantarillas, cunetas, calles, aceras, derechos de vía, parques, áreas de juegos
         infantiles, áreas comunales), cuerpos de agua y/o sus zonas de protección, entre otros.
     b) Colocar los residuos sólidos para su recolección con más de doce horas de anticipación, previo a
         que se brinde el servicio según la ruta y el horario establecido por el Concejo.
     c) Entregar a los programas de recolección separada residuos no considerados por dicho programa o
         mezclados con otro tipo de residuos que los contaminen.
     d) Quemar cualquier tipo de residuo sólido.
     e) Colocar los residuos sólidos ordinarios para su recolección sin un adecuado embalaje o sin empacar.
     f) Enterrar residuos ordinarios (exceptuando los residuos orgánicos), peligrosos o especiales.
     g) Depositar en cualquiera de las rutas de recolección oficiales, sin existir un sistema adecuado para
         su recolección, lo siguiente:
                1. Residuos peligrosos o de manejo especial.
                2. Residuos infectocontagiosos.
                3. Sustancias líquidas y excretas.
                4. Animales muertos o partes de ellos.
                5. Lodos provenientes de plantas de tratamiento, trampas de grasa o tanques sépticos.
                6. Baterías de ácido-plomo.
                7. Fluorescentes.
                8. Residuos de la construcción o demolición.
                9. Llantas o partes de cualquier tipo de vehículo.
                10. Residuos de jardín (hojas, ramas y troncos).
                11. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
                12. Residuos voluminosos.
     h) Entregar cualquier tipo de residuos a personas físicas o jurídicas, vehículos o lugares no autorizados
         para la recepción de los mismos.
     i) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y/o disponer de residuos ordinarios en condiciones
         contrarias a las establecidas o en lugares no autorizados o aprobados por las autoridades
         competentes y el presente reglamento.
     j) Acumular o abandonar materiales, residuos de la construcción y demolición, o cualquier residuo u
         objeto en la vía pública, en concordancia con el Reglamento de Construcciones del Instituto
         Nacional de Vivienda y Urbanismo, publicado el 22 de marzo de 2018, la Ley de Igualdad de
         Oportunidades para las Personas con Discapacidad Nº 7600, publicada el 29 de mayo de 1996, así
         como cualquier otra normativa aplicable.
Artículo 62. Prohibiciones para los recolectores. Se prohíbe a la entidad recolectora realizar las siguientes
acciones:
     a) Transportar y/o arrastrar todo tipo de residuo en vehículos no autorizados, para ser depositados en
         lugares no autorizados.
     b) Ingresar y circular en predios de propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo.
         Los residuos que estén dentro de la propiedad no serán recolectados, aunque no haya cerramientos
         que impidan el acceso como portones o cercas, en concordancia con el Artículo 23 de la
         Constitución Política de Costa Rica.
     c) Recolectar residuos peligrosos, de manejo especial, infecto-contagiosos o medicamentos sin contar
         con la debida autorización de las autoridades competentes.
     d) Mezclar residuos valorizables con otro tipo de residuos.
     e) Dejar residuos esparcidos en vía pública.
ACTA 190-23
19/12/2023



     f) Disponer o almacenar residuos en sitios no autorizados.
     g) Lavar o limpiar vehículos o cualquier recipiente que haya contenido o transportado residuos, en
         vías y áreas públicas.
     h) Comprar, vender o almacenar material valorizable sustraído ilícitamente.
     i) Realizar cualquier acción, práctica u operación con los residuos que deteriore el ambiente, afecte
         la calidad de los recursos naturales o afecten a la salud pública del distrito.
                                                 CAPÍTULO XVI
                                           Infracciones y Sanciones
Artículo 63. Infracciones Administrativas. De conformidad con la Ley N.º 9825, Reforma a la Ley para la
Gestión Integral de Residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código Municipal, las infracciones
administrativas de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839 se clasificarán en leves, graves y
gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia del Concejo y las sanciones
de las infracciones gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental Administrativo.
Artículo 64. Infracciones gravísimas. Se considerarán infracciones gravísimas, sin perjuicio de que
constituya delito, las siguientes:
      a) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar, depositar y disponer residuos peligrosos o residuos de
         manejo especial declarados por el Ministerio de Salud, en lugares no autorizados o aprobados por
         las autoridades competentes o en condiciones contrarias a las establecidas en las disposiciones
         correspondientes.
      b) Mezclar residuos ordinarios con residuos peligrosos, contraviniendo lo dispuesto en la Ley para la
         Gestión Integral de Residuos N.º 8839 y demás ordenamientos que de ella deriven.
      c) Comprar, vender y almacenar material valorizable robado o sustraído ilícitamente.
      d) Quemar, incinerar, enterrar, almacenar o abandonar residuos peligrosos, en sitios no autorizados.
      e) Transportar residuos peligrosos sin la autorización correspondiente.
Artículo 65. Sanciones de las infracciones gravísimas. Sin perjuicio de la obligación del infractor de
indemnizar y reparar el daño ambiental, las infracciones gravísimas se sancionarán con una multa de cien
a doscientos salarios base, de acuerdo con el Artículo 2 de la Ley que crea el Concepto Salario Base para
Delitos Especiales del Código Penal N.º 7337, y con el pago del daño ambiental.
Artículo 66. Infracciones graves. Se consideran infracciones graves las siguientes:
      a) Disponer residuos ordinarios por vía de quema, enterramiento de residuos no orgánicos o
         abandono de residuos ordinarios en la vía pública, sistemas de alcantarillado, nacientes, cauces de
         agua y sus áreas de protección, así como en propiedad privada no autorizada para tales fines.
      b) Comprar, vender, almacenar y tratar residuos valorizables ilícitamente.
      c) Recolectar de la vía pública residuos valorizables ilícitamente.
      d) Brindar de forma ilegal o contraria a las disposiciones municipales el servicio de recolección y
         disposición de residuos.
Artículo 67. Sanciones de las infracciones graves. Para unidades residenciales y las unidades comerciales,
las infracciones graves serán sancionadas con ocho veces la tarifa del servicio de recolección de residuos
del Concejo del sector tarifario donde se ubique la vivienda o de la categoría comercial asignada al
establecimiento comercial, respectivamente, mientras que para infractores distintos a los descritos
anteriormente se les aplicará una sanción de ocho veces la tarifa residencial más alta vigente, todo esto, sin
perjuicio de la obligación del infractor de compensar y reparar el daño ambiental, así como el pago
correspondiente a los costos en los que haya incurrido el Concejo. En el caso de los incisos a) y d) Artículo
66 del presente reglamento, las sanciones se aplicarán tanto a los dueños registrales de los predios donde
se permita la quema de residuos, como a las personas que promuevan o contraten la quema o disposición
ilegal de residuos. Cuando la persona que
realiza la infracción no es dueña de una propiedad o vehículo vinculado a una infracción de este tipo, se le
referirá al Ministerio Público con ayuda de la Fuerza Pública para que se le procese por flagrancia.
Artículo 68. Infracciones leves. Se consideran infracciones leves las siguientes:
      a) Gestionar los residuos ordinarios en condiciones contrarias a las establecidas en las disposiciones
         municipales sobre el servicio de gestión integral de residuos estipuladas en el presente reglamento,
         y no contempladas en el Artículo 66 del mismo.
      b) Importar al territorio nacional o entregar envases, recipientes o empaques de poliestireno
         expandido en cualquier establecimiento comercial.
      c) Incumplir con lo establecido en la Ley para Combatir la Contaminación por Plástico y Proteger el
         Ambiente N.º 9786, del 26 de noviembre de 2019.
ACTA 190-23
19/12/2023



Lo anterior sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, así como
el pago de los costos en los que haya incurrido el Concejo en recoger y disponer los residuos
correctamente.
Artículo 69. Sanciones de las Infracciones Leves. Las infracciones leves serán sancionadas con cinco veces
la tarifa que corresponda de acuerdo con la categoría asignada. Lo anterior sin perjuicio de la obligación
del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, así como el pago de los costos en los que haya
incurrido el Concejo en recoger y disponer los residuos correctamente.
Artículo 70. Naturaleza del Infractor. Se considera infractor a toda persona mayor de edad que cometa
cualquiera de las infracciones descritas en los Artículos 64, 66 y 68 del presente reglamento. En
contraposición, cualquier persona, física o jurídica podrá presentar denuncias por violaciones a este
reglamento ante la Plataforma de Servicios del Concejo, dirigidas a la Oficina de Gestión Ambiental o por
los medios que el Concejo disponga para ello.
Artículo 71. Sanciones Administrativas. A toda aquella persona física o jurídica, acreedora de una sanción
por acción o por omisión, por falta leve, falta grave o sujeta al traslado de una denuncia por falta gravísima
al Tribunal Ambiental Administrativo, se le deberá respetar el procedimiento administrativo plasmado en
el la Ley General de la Administración Pública N.º 6227, en respeto del principio de legalidad, donde se
derivan el debido proceso, derecho a la defensa, así como los demás principios descritos las leyes conexas.
Artículo 72. Suspensión o revocatoria de permisos, patentes y licencias. De conformidad con la Ley N.º
9825, Reforma a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código
Municipal, cuando el mismo infractor sea sancionado por cometer una infracción a esta ley, en más de dos
ocasiones en el plazo de un año calendario, el Ministerio de Salud o Concejo de acuerdo con sus
competencias, podrán cerrar hasta por tres días los locales comerciales, así como suspender o revocar las
patentes, las licencias, los permisos y los registros necesarios para la realización de las actividades que hayan
dado lugar a la comisión de las infracciones. Adicionalmente a la suspensión o revocatoria de permisos y
licencias, el Concejo deberá realizar la sanción pecuniaria correspondiente a la infracción. En todo caso se
deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los administrados.
Artículo 73. Fondo para la GIRS. Se gestionará conforme al artículo 29 de la Ley N° 8839, para que una vez
girados por la Tesorería Nacional al Concejo, estos ingresarán directamente al presupuesto de la Gestión
Integral de Residuos Sólidos con el fin de apoyar la implementación de las acciones del Plan Municipal para
la Gestión Integral de Residuos.
                                                  CAPÍTULO XVII
                                             Denuncias y fiscalización
Artículo 74. Denuncias. Se realizarán según lo estipulado en el artículo 62 del Reglamento General a la Ley
para la Gestión Integral de Residuos, Decreto Ejecutivo Nº37567-S-MINAET-H. Cualquier persona física o
jurídica, podrá realizar las denuncias relacionadas por infracciones a la legislación nacional vigente en
cuanto a la GIRS ante el Concejo y/o las autoridades competentes.
Artículo 75. Deber de denuncia ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Cuando se presuma daño
ambiental o ante las infracciones descritas en el Artículo 53 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos
N.º 8839 o en el Artículo 64 del presente reglamento, el Ministerio del Ambiente y Energía, el Ministerio de
Salud, el Concejo o cualquier otra autoridad de policía presentarán la denuncia ante el Tribunal Ambiental
Administrativo, el cual deberá conceder audiencia al interesado, de conformidad con lo establecido en la
Ley Orgánica del Ambiente N.º 7554 y el reglamento de procedimiento de dicho Tribunal. Además de los
entes citados, cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar denuncias al Tribunal Ambiental
Administrativo y a las instancias judiciales correspondientes por violaciones a esta ley.
Artículo 76. Inspecciones de seguimiento y fiscalización. De conformidad con la Ley N.º 9825, Reforma a la
Ley para la Gestión Integral de residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código Municipal, los funcionarios
del Ministerio de Salud y municipales, debidamente identificados de acuerdo con sus competencias, podrán
realizar inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de la normativa relativa a la gestión
integral de residuos. Para dicho efecto, los inspectores tendrán carácter de autoridad de policía, con fe
pública. Durante la inspección, los funcionarios indicados anteriormente tendrán libre acceso a las
instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas que
consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública, quienes están en la obligación de facilitar toda la
colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la inspección
se realizará garantizando el debido proceso. En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de la Ley
para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839, los reglamentos que de ella se deriven, o el presente
reglamento, se le notificará al responsable el inicio del procedimiento respectivo, señalando la
inconformidad y solicitando su corrección dentro de un plazo de 10 días hábiles.
ACTA 190-23
19/12/2023



Artículo 77. Normas para realizar inspecciones y aplicar sanciones. Para la aplicación de las sanciones
establecidas en los Artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839 y en el Capítulo
XV del presente reglamento, se debe considerar lo siguiente:
     a) Al momento de aplicar la sanción, los inspectores se encargarán de confeccionar una boleta de
        infracción que debe consignar el nombre del infractor ya sea persona física o jurídica; el número de
        identificación o cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde se
        cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o se cuente con esta; los
        artículos infringidos y el monto de la multa.
     b) El Concejo podrá documentar cualquier información mediante acta de inspección, en caso de que
        existan testigos, se consignarán todos los datos relativos a ellos, quienes estarán obligados a
        suministrar la información que se les solicite. También, se consignará cualquier otro medio
        probatorio autorizado por ley, como videos o fotografías.
     c) El infractor quedará notificado al momento en que se le entregue la boleta de infracción en donde
        se aplicará la sanción.
     d) La boleta de infracción deberá indicar las consecuencias derivadas de la falta de pago de la multa
        establecida por la autoridad municipal, así como el plazo para recurrir.
     e) Si la denuncia no es interpuesta por un funcionario municipal, cualquier persona podrá interponerla
        ante el Concejo.
     f) De contar únicamente con el número de placa vehicular del infractor, vía convenio con el Instituto
        Nacional de Seguros (INS), el Concejo podrá ejecutar el cobro correspondiente a la multa.
     g) Las sanciones por las infracciones a los artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral de
        Residuos N.º 8839 se cancelarán ante el Concejo en un plazo de ocho días hábiles siguientes a su
        firmeza, o en cualquier banco del sistema bancario nacional con los que el Concejo establezca
        convenios.
     h) En caso de incumplimiento de pago, devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio
        simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún
        caso podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa
        Rica, según el Artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N.º 4755,
        publicada el de 4 de junio de 1971. Lo anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción, salvo
        de las multas cobradas por medio del Instituto Nacional de Seguros (INS), las cuales no devengará
        intereses.
     i) Los recursos interpuestos por parte del infractor obedecerán a lo establecido en los Artículos 170 y
        171 del Código Municipal N.º 7794.
     j) Las conductas y omisiones sancionadas en los Artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral de
        Residuos N.º 8839 constituyen sanciones de naturaleza administrativa, que se aplicarán por la
        autoridad municipal sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño
        ambiental que ocasionen, conforme se indica en esa ley y en el presente reglamento.
     k) Los recursos económicos que el Concejo recaude por las sanciones impuestas y sus intereses,
        tendrán por destino financiar actividades del Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos.
        Estos recursos no serán sujetos de ningún rebajo administrativo.
     l) Para la aplicación de cualquier sanción se deberá garantizar al infractor el debido proceso y el
        derecho de defensa.
Artículo 78. Responsabilidades del inspector. El funcionario municipal encargado de las inspecciones
documentará adecuadamente las denuncias e inspecciones y cuando se detecten incumplimientos
procederá a realizar la notificación respectiva al responsable. Este funcionario deberá aportar una copia
legible de la notificación practicada y el informe respectivo al Departamento de Gestión Ambiental. Las
observaciones que el Concejo realice en sus inspecciones o por denuncias, serán canalizadas a través del
Departamento de Gestión Ambiental hacia el o los representantes de la entidad involucrada.
Artículo 79. Medidas Protectoras. El Concejo, ante la violación de este reglamento, debe aplicar las
siguientes medidas protectoras, de conformidad con el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente N.º
7554:
    a) Advertencia mediante un comunicado o notificación que existe un reclamo específico.
    b) Amonestación acorde con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.
    c) Restricciones parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que provocan la
        denuncia.
    d) Cancelación parcial, total, permanente o temporal de los permisos o las patentes de los locales o
        las empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o destructiva.
    e) Imposición de las medidas compensatorias o estabilizadoras del ambiente o la diversidad biológica.
ACTA 190-23
19/12/2023



     f) Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones que dañen el medio ambiente.
     g) Alternativas de compensación de la sanción y por una sola vez a recibir cursos educativos oficiales
         en materia ambiental, además trabajar en obras comunales en el área del ambiente.
Artículo 80. Notificaciones. Previo a la imposición de estas multas, el Concejo deberá de notificar al
propietario o poseedor de los inmuebles correspondientes, su deber de cumplir tales obligaciones. En caso
de omisión de apersonarse o ejercer su derecho de defensa, se procederá a imponer la multa
correspondiente, la cual se cargará en la misma cuenta donde le cobran los servicios públicos a cada
contribuyente.
                                                 CAPÍTULO XVIII
                                              Disposiciones finales
Artículo 81. Declaraciones de Interés Público. Se declaran de interés público para el Distrito de Cóbano las
siguientes políticas, planes y estrategias: la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos; la Política
Nacional de Producción y Consumo Sostenibles; el Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos; el
Plan de Acción para la Gestión Integral de Residuos; el Primer Plan Nacional de Compostaje; la Estrategia
Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos y la Estrategia Nacional para la Sustitución
de Plásticos de un Solo Uso por Alternativas Renovables y Compostables.
Artículo 82. Consulta. De conformidad con lo establecido en el Artículo 43 del Código Municipal N.º 7794,
este reglamento se somete a consulta pública no vinculante por un lapso 20 días hábiles. Los interesados
en hacer oposiciones al mismo, deberán dirigir sus planteamientos por escrito, en memorial razonado, ante
la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. Vencido este plazo, se
evaluarán las observaciones recibidas y debidamente se incorporarán las que sean pertinentes y el nuevo
texto será sometido a conocimiento del Concejo Municipal.
Artículo 83. Publicación. El realizará la publicación de este reglamento en el Diario Oficial La Gaceta una vez
que sea aprobado. Cualquier modificación deberá realizarse siguiendo el procedimiento vigente para este
fin.
Artículo 84. Entrada en vigencia. Este reglamento regirá la Gestión Integral de Residuos en el Distrito de
Cóbano a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta. Este Reglamento sustituye y
deroga cualquier otro reglamento emitido con anterioridad sobre gestión de residuos y/o servicios públicos
en el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, así como cualquier otra norma contenida en otro reglamento
que lo contradiga.
Artículo 85. Divulgación. El Concejo tiene la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente
reglamento una vez aprobado. Cualquier modificación posterior deberá seguir un procedimiento de
consulta a la ciudadanía, publicación y difusión.
Artículo 86. Normas supletorias. En lo no previsto en el presente reglamento se aplicarán supletoriamente
las siguientes normativas: Constitución Política de Costa Rica, Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º
8839, Ley General de Salud N.º5395, Ley Orgánica del Ambiente N.º 7554, Ley para Combatir la
Contaminación por Plástico y Proteger el Ambiente, N.º 9786, Ley para la Prohibición del Poliestireno
Expandido N.º 9703, Reglamento General para la gestión integral de residuos N.º 37567-S-MINAETH,
Reglamento sobre rellenos sanitarios N.º 38928, Reglamento sobre llantas de desecho N.º 33745-S,
Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que
presten atención a la salud y afines N.º 30965-S, Reglamento de centros de recuperación de residuos
valorizables N.º 41052-S, Reglamento para la gestión integral de los residuos electrónicos N.º 35933-S,
Reglamento sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios N.º 36093-S, Reglamento General para la
Clasificación y Manejo de Residuos Peligrosos N.º 41527-S-MINAE, Reglamento para la Declaratoria de
Residuos de Manejo Especial N.º 38272-S, Reglamento para la Disposición Final de Medicamentos, Materias
Primas y sus Residuos N.º 36039-S, Reglamento para el Manejo y Disposición Final de Lodos y Biosólidos N.º
39316-S, Código Municipal N.º 7794, entre otra legislación relacionada, y sus respectivas actualizaciones o
modificaciones.
                                                 CAPÍTULO XVIII
                                                   Transitorios
Transitorio 1. A los recolectores privados, así como los gestores no autorizados que realicen actividades
relacionadas con alguna de las etapas del manejo de residuos sólidos en el Distrito de Cóbano, se les
otorgará un plazo de seis meses a partir de la publicación del presente reglamento para que realicen la
inscripción de su actividad ante el Concejo, conforme lo establece el presente reglamento.
Transitorio 2. A todos los usuarios y administradores de los contenedores colectivos, que para la fecha de
entrada en vigencia del presente reglamento no cuenten con las condiciones que en este se describen para
su diseño y uso, tendrán un plazo de seis meses para ajustarlo a las condiciones determinadas en los
Artículos 11, 12, 13 y 14 del presente reglamento.
ACTA 190-23
19/12/2023



El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano avisa que en Sesión Ordinaria número ___ celebrada el __ de
______ del ____, el Concejo Municipal acordó APROBAR POR UNANIMIDAD la primera publicación
del Proyecto de Reglamento para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano, para
someterlo a consulta pública por un plazo de 20 días hábiles a partir de su publicación. HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCION

                                          POR TANTO
Esta comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal, dictamina recomendar
al Concejo DICTAMINA:
Recomendar al honorable Concejo:
       1. se apruebe en todas sus partes el proyecto de Reglamento denominado
           REGLAMENTO PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS DEL
           DISTRITO DE COBANO el cual es muy importante para este Concejo.
       2. Se proceda con su publicación”. ES TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes
ACUERDO N°2
Con cinco votos a favor SE ACUERDA: 2.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado
por la comisión permanente de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
2.2. Aprobar en todas sus partes el Proyecto de Reglamento denominado REGLAMENTO PARA
LA     GESTION       INTEGRAL         DE    RESIDUOS        SOLIDOS        DEL     DISTRITO       DE
COBANO”.*************************************
2.3. Solicitar a la administración se proceda lo antes posible con su publicación y dar un tiempo de
30 días para conocer y escuchar oposiciones y observaciones al mismo”. ACUERDO UNANIME.
Votan a favor los Concejales, William Morales Castro, Manuel Ovares Elizondo, Eric Salazar,
Carlos Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Eduardo Sánchez Segura) y
Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor
Centeno Sandi). Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO

ARTICULO VII.          INFORME DE LA ASESORA LEGAL

     a. Lic. Obando. Tengo en mi poder, me lo dejo la encargada del INDER Ing. Marcela
        Gonzalez, unos formularios que debe firmar el alcalde de Puntarenas para poder continuar
        con el tramite de escritura de una parte de las calles públicas    que el INDER dona a
        este Concejo. Solcito se comisione a alguien para que vaya a buscar estas firmas las cuales
        son muy importantes

CONSIDERANDO:

     ❖ Que para este Concejo es muy importante legalizar el asunto de las calles del INDER en
        Santa Teresa
     ❖ Que si estas calles se legalizan se solucionan muchos problemas que tienen algunos
        solicitantes de concesiones
ACUERDO N°3
ACTA 190-23
19/12/2023




Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Comisionar al Concejal Carlos Mauricio
Duarte para que vaya a la Municipalidad de Puntarenas a llevar los formularios indicados a fin de
que el Alcalde los firme.****************
3.2. Autorizar a gestionar los respectivos viáticos”. ACUERDO UNANIME. Se cuantifican cinco
votos a favor de los Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares, Carlos Mauricio
Duarte(quien asume curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) y Kemily
Segura (quien asume la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor Centeno)


   b. Lic. Rosibeth Obando. Loria. Oficio ALCC 46-2023 Asunto: RESOLUCION AL
      RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACION /ANNETTE FISCHEL QUIROS.
Estimados Concejales.
Por este medio le remito mi recomendación para resolver Recurso de Revocatoria con Apelación
presentado contra el acuerdo de sesión ordinaria 185-23, artículo VIII, inciso e, del día catorce de
noviembre del año dos mil veintitrés para lo cual se resuelve: .
                                            RESULTANDO:
Primero: Que la recurrente ha sido notificada por parte del Concejo Municipal de la decisión de
acoger los informes oficio ZMT-CAT-109-2023 oficio ALCC-42-2023, para dar respuesta a la
solicitud realizada por escrito presentado y conocido por parte del Cuerpo Edil.
Consideran que fue acogido un oficio el del Ingeniero y el otro no, en este caso el segundo oficio
elaborado por la Asesora Legal del concejo Municipal.
Segundo: Que al existir una acción de inconstitucionalidad que consta en el expediente 23-
025914-0007-CO y esta al ser declarada con lugar, los procedimientos seguidos para cambiar los
dos planes regulares tendrían vicios de inconstitucionalidad.
Tercero: Que este Concejo Municipal de distrito no valoro la suspensión de conocimiento de los
planes reguladores, por lo que en este mismo recurso presenta incidente de nulidad absoluta
evidente y manifiesta y solicitan revocar lo reelecto por ilegal
Cuarto: Que la Sala Constitucional en el expediente 23-017459-007-CO resolvió suspender la
tramitación del recurso de amparo, hasta que no se resuelva la acción de inconstitucionalidad
seguida en el expediente 23- 025914-0007-CO, por lo que consideran que sería prudente ordenar
suspender también los procedimientos de cambios a los planes reguladores .
Quinto: Que a la solicitud de que se les tenga como parte dentro del expediente de cambios al
plan regulador Peñón de Ario, y que se oponen a que se continúe adelante con la aprobación final
y a la petición de que se les señale con antelación cuando el concejo municipal vaya a someter
a votación la aprobación de este Plan Regulador para poder estar presentes en la sesión municipal
para obtener derecho a la información y participación correspondiente de primer mano en el
momento de la votación, en el acuerdo municipal notificado no se menciona nada de sus
peticiones de ser considerada como parte y que se le notifique cuando se va a conocer la
aprobación del plan regulador peñón de ario y que se le aporten actas de las reuniones sostenidas
con los miembros de la comunidad.
Sexto: Que se les negó el derecho a la información y participación al negar el acceso al expediente
EAE-03-2020 que se tramita en SETENA
                                            CONSIDERANDO:
Primero: Yerra la Recurrente con lo mencionado en este punto primero dado que
el Concejo Municipal dispuso acoger el informe con número de oficio ZMT-CAT-109-2023 y remitir
junto con el oficio ALCC-42-2023, ambos oficios recomiendan al Concejo Municipal no emitir
el acto final de los procesos de ajuste y rectificación de los planes reguladores hasta tanto
no se exista una resolución que permita tomar el acuerdo final de adopción de los ajustes
y rectificaciones.
ACTA 190-23
19/12/2023



Este Concejo Municipal se mantendrá respetuoso de las decisiones emanadas por las instancias
judiciales razón por la cual nos sorprende la interposición de este recurso por cuanto el acuerdo
se toma en razón del escrito presentado por la recurrente y la ADI Mal País Santa Teresa.
Segundo: Que tal y como lo indico la Sala Constitucional en la Resolución de las catorce horas
cuarenta y siete minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, en la que indica que se
realiza la publicación prevista en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional para
poner en conocimiento de los tribunales y órganos que agotan la vía administrativa de la demanda
de inconstitucionalidad a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de la ley en este caso del Manual para la elaboración de Planes Reguladores y no se
llegue a dictar el acto final mientras la Sala no haya realizado pronunciamiento del caso, es por
ello que el Concejo Municipal toma el acuerdo número 4 de la sesión ordinaria 185-23, en la
cual se dispone acoger el informe con número de oficio ZMT-CAT-109-2023 y remitir junto con
el oficio ALCC-42-2023, ambos oficios recomiendan al Concejo Municipal no emitir el acto
final de los procesos de ajuste y rectificación de los planes reguladores hasta tanto no se
exista una resolución que permita tomar el acuerdo final de adopción de los ajustes y
rectificaciones.
A manera de que la Recurrente pueda comprender lo indicado por la Sala Constitucional y la toma
de acuerdo supra citado, se suspende únicamente EL DICTADO DEL ACTO FINAL, tal y como lo
solicita la Sala en la resolución indicada, lo cual lo hace basado en la Ley de la Jurisdicción
Constitucional que establece en el artículo 82, que:
(…) En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban
aplicarse durante la tramitación (…)
Por lo anterior se suspende solo el dictado del acto final y se continúa con el trámite          o
procedimientos preparatorios.
Tercero: Tal y como se indica en la respuesta al punto primero y segundo lo cual viene siendo
reiterativo únicamente se suspende la emisión del acto final, no así los actos preparatorios
para la emisión de dicho acto, dado que la Sala Constitucional únicamente solicita la
suspensión del ACTO FINAL.
Cuarto: Que ciertamente la Sala Constitucional en la parte dispositiva de la resolución número
2023029056 del expediente en la parte dispositiva de la misma lo siguiente:
(…) POR TANTO: de la resolución supra citada, lo que dispone la Sala Constitucional es que no
se dará ningún trámite dentro del expediente número 23-05914-0007-CO a las gestiones o
manifestaciones realizadas ni por el recurrente la ADI Santa Teresa Mal País ni por el
recurrido, ósea el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, hasta que la acción de
inconstitucionalidad sea resuelta o sea llegue a una resolución final y definitiva (…).
No obstante no significa que debemos de suspender los actos preparatorios llevados a cabo siendo
que la Sala Constitucional no lo dispuso así en la resolución que dio curso a la ACCION DE
INCONSTITUCIONALIDAD en el expediente número 23-025914-0007-CO..
Quinto: A lo manifestado por la recurrente en el punto quinto, cabe mencionar que al Concejo
Municipal al acoger los informes con número oficio ZMT-CAT-109-2023 y remitir junto con el oficio
ALCC-42-2023, acoge lo argumentado sobre este punto por los funcionarios que emitieron dichos
oficios, y se tiene como constado lo solicitado. Con respecto a que se les informe en que se sesión
se realizara la emisión del acto final, es incierto para este concejo Municipal saber de ante mano
cuando se llevara a cabo este acto, ello por cuanto dicho acto se encuentra suspendido por la
Acción de Inconstitucionalidad presentada.
En cuanto a la solicitud de las actas de las reuniones llevadas a cabo por parte de la Coordinadora
del Departamento ha tenido participación de dichas reuniones, por lo que las deberá solicitar en
dicho departamento las mismas dado que son quienes han realizado tales reuniones y no este
Concejo Municipal.
En cuanto a la nulidad alegada, resulta improcedente a toda luz en este tipo de reclamos por lo
que no se le dará trámite a la misma, siendo que la Ley General de la Administracion Publica a
normado los casos en que procede invocar algún tipo de nulidades.
ACTA 190-23
19/12/2023



Sexto: No es valedero lo argumentado por la recurrente en este punto sexto, ello por cuanto el
expediente número SETENA-EAE-003-2020, se encuentra en custodia de SETENA, por lo que de
requerir una copia del mismo, deberá de acudir a esta institución, para obtener copia certificada
del expediente original y completo, que solo esta institución podrá certificar y dar fe certeramente
de lo que consta en cada uno de sus folios.
                    POR TANTO ESTA ASESORIA LEGAL RECOMIENDA:

Primero: en merito a lo expuesto y con fundamento en el artículo 165 del Código Municipal SE
RESUELVE:
A) Se declare SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria presentado por la señora FISCHEL QUIROS
contra el contra el acuerdo número 4 de sesión ordinaria número 185-2023, articulo VIII, inciso e,
el cual consistió en acoger los informes ZMT – CAT -109-2023 y el oficio ALCC-42-2023, mismos
que recomendaron la suspensión el Dictado del acto final a los procesos de ajuste y rectificación
de láminas a los Planes Reguladores Punta Barrigona y Peñón de Ario.

B) Se admita el Recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el Tribunal
Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a comparecer ante dicho
Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro del perímetro del Segundo
Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles.
C) NOTIFIQUESE ESTA RESOLUCIÓN.
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 4.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
4.2. Acoger la recomendación de nuestra asesora legal y declarar SIN LUGAR el Recurso de
Revocatoria presentado por la señora FISCHEL QUIROS contra el contra el acuerdo número 4 de
sesión ordinaria número 185-2023, articulo VIII, inciso e, el cual consistió en acoger los informes
ZMT – CAT -109-2023 y el oficio ALCC-42-2023, mismos que recomendaron la suspensión el
Dictado del acto final a los procesos de ajuste y rectificación de láminas a los Planes Reguladores
Punta Barrigona y Peñón de Ario.*****
4.3. Admitir el recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el Tribunal
Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a comparecer ante dicho
Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro del perímetro del Segundo
Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles. ACUERDO UNANIME. Se
cuantifican cinco votos a favor de los Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares,
Carlos Mauricio Duarte (quien asume curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
Sanchez) y Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor
Centeno)


   c. Lic. Rosibeth Obando. Loria. Oficio ALCC 47-2023 ASUNTO: RESOLUCION AL
       RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVICION CONTRA ACUERDO DE CONCEJO DE
       DISTRTITO DE COBANO. ANNETTE FISCHEL Y JULIE MECO.

Estimados Concejales.
Por este medio le remito mi recomendación para resolver Recurso de Revocatoria con Apelación
presentado contra el acuerdo de sesión ordinaria 187-23, artículo VI, inciso a, del día veintiocho
de noviembre del año dos mil veintitrés, presentado por las señoras ANNETTE FISCHEL Y JULIE
MECO, para lo cual se resuelve:
                                         RESULTANDO:
ACTA 190-23
19/12/2023



Primero: Que la norma 166 del Código Municipal establece que cabe recurso de revisión contra
el acuerdo donde hubiere procedido apelación y esta no fue interpuesta en tiempo y siempre
que no hubiere transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no hubiere
agotado todos sus efectos,
Segundo: Que este concejo Municipal ha notificado a una cantidad de vecinos y organizaciones
de la comunidad el acuerdo dispuesto por el concejo en su sesión 187-2023, donde se aportan
tableas y argumentos emitidos por la comisión tripartita sobre las observaciones y objeciones a l
propuesta de cambios al plan regulador del peñón de ario, pero que a ellas que manifiestan haber
aportado puntos jurídicos y técnicos dentro del término otorgado luego de la audiencia pública no
se les cita como parte, ni se les notifica nada.
Sexto: Puntualiza las modificaciones y hace una comparación de lo existente y lo propuesto. Por
otro lado, manifiesta que se les cerro las puertas a toda gestión ulterior de un recurso presentado
el 28 de febrero del 2023 al acordar que no cabía recurso alguno sobre el escrito presentado.
Que el dictamen de la comisión tripartita tiene inconsistencias que generan nulidad pues no se
analizaron argumentos y esto hace que se violente el ordinal 132 de la Ley General de la
Administracion Publica, por no considerar aspectos de hecho y de derecho que se debieron discutir
considerando todas las páginas del análisis comparativo entre la propuesta y lo vigente.
Tercero: Por otro lado consideran ilegal e inconstitucional seguir con el análisis de la propuesta al
plan regulador del Peñón de ario, sabiendo que existe una acción de inconstitucionalidad contra el
Manual de la Elaboración de Planes Reguladores costeros en la zona marítimo terrestre, que
contra en el expediente constitucional 23- 025914-0007 CO.
                                        CONSIDERANDO:
UNICO: SOBRE LA ADMISIBLIDAD DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION: Es
importante de previo a conocer el fondo del recurso determinar conforme al numeral 166 del
Código Municipal si se cumplen los presupuestos necesarios para declarar su admisibilidad,
veamos lo que el artículo reza:
       “De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido apelación y esta no fue
       interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere transcurrido diez años de tomado el
       acuerdo y que el acto no hubiere agotado todos sus efectos, los interesados podrán
       presentar, ante el Concejo, recurso extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta
       ni siga surtiendo efectos.
       Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad absoluta del acto.
       Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso extraordinario,
       cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del
       quinto día hábil.

De la transcripción de la norma anterior se desprende que el recurso extraordinario de revisión
requiere del cumplimiento de cuatro requisitos para su procedencia, a saber:
   a) Que contra el acuerdo procediera recurso de apelación y este no se hubiere interpuesto
        en tiempo.
        En este caso el acuerdo que se pretende impugnar es el acuerdo de la sesión
        ordinaria número 187-2023, articulo VI, inciso a, al que le procede tanto el Recurso
        de Revocatoria como el de Apelación y la presentación del presente Recurso
        Extraordinario de Revisión se realiza, aun encontrándose las recurrentes, dentro
        del plazo estipulado en el Código Municipal en su artículo 165, para recibir los
        Recursos de Revocatoria y Apelación, razón por la que no se cumple este
        presupuesto de admisibilidad para entrar a conocer por el fondo el recurso
        presentado por las señoras Fischel y Meco.
   b) Que no hubieren transcurridos 10 años.
   c) Que el acto no hubiese agotado todos sus efectos.
        En este caso el acto emanado por parte de Concejo Municipal es un acto propio del
        procedimiento de participación ciudadana de puesta en conocimiento de los
        resultados a las objeciones y observaciones presentados a la propuesta de
        modificación de láminas a los Planes Reguladores Punta Barrigona y Peñón de Ario,
        simplemente un acto de mero trámite sin efectos propios, que forma parte del
        proceso que se ha venido llevando a cabo y que requiere de un acto final, que aún
        no ha sido dictado.
ACTA 190-23
19/12/2023



    d) Que el recurso extraordinario se fundamente en causales de nulidad absoluta. Siendo que
        lo que se pretende impugnar es un acto de puesta en conocimiento o mero trámite
        no deviene en ninguna de las causales de nulidad establecidas en la normativa que
        regula el tema de nulidades.
Así las cosas, queda demostrado que la impugnación presentada no se cumple con la totalidad
de los presupuestos para declarar la admisibilidad del Recurso y así entrar a conocer por el fondo
el mismo.
 POR LO TANTO ESTA ASESORIA LEGAL RECOMIENDA A ESTE HONORABLE CONCEJO
MUNICIPAL:
Que en merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada SE RESUELVA:
    a) Se declare inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por la señora las
        señoras FISCHEL QUIEROS Y JULIE MECO en contra el acuerdo de la sesión Ordinaria
        187-2023, celebrada el 28 de noviembre de 2023, por cuanto no cumple uno de los
        presupuestos para su admisibilidad.
    b) Contra esta resolución no procede Recurso.
    c) Notifíquese al correo señalado.
De esta forma dejo rendida mi recomendación.
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 5.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
5.2. Acoger la recomendación de nuestra asesora legal y declarar          inadmisible el Recurso
Extraordinario de Revisión interpuesto por la señora las señoras FISCHEL QUIEROS Y JULIE
MECO en contra el acuerdo de la sesión Ordinaria 187-2023, celebrada el 28 de noviembre de
2023, por cuanto no cumple uno de los presupuestos para su admisibilidad.
5.3. Contra esta resolución no procede Recurso. Notificar al correo señalado”. ACUERDO
UNANIME. Se cuantifican cinco votos a favor de los Concejales Eric Salazar, William Morales,
Manuel Ovares, Carlos Mauricio Duarte (quien asume curul ante la ausencia del Concejal
propietario Eduardo Sanchez) y Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del concejal
propietario Minor Centeno)


   d. Lic. Rosibeth Obando. Loria. Oficio ALCC 48-2023 ASUNTO: RESOLUCION AL
      RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO CONTRA ACUERDO
      D E CONCEJO MUNICPAL DE DISTRITO DE COBANO.


Estimados Concejales.
Por este medio le remito mi recomendación para resolver Recurso de Revocatoria con Apelación
presentado contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23, artículo VI, inciso a del día veintiocho
de noviembre del año dos mil veintitrés por parte del señor Juan Ignacio de la Espriella, en su
condición de presidente de la ADI Mal País Santa Teresa, para lo cual se resuelve:
                                        RESULTANDO:
Primero: No consideración de la acción de inconstitucionalidad contra el manual de planes
reguladores costeros. Arguyen que interponen recurso contra el acto municipal porque se está
notificando a sabiendas que existe una acción de inconstitucionalidad N° 23-025914-0007-CO,
contra el Manual para la elaboración de Planes Reguladores Costeros en la Zona Marítimo
Terrestre.
Segundo: Que por existir la acción de inconstitucionalidad contra el Manual, donde existe ante el
Concejo Municipal una petición de suspensión de los procedimientos y hasta un recurso
administrativo, consideran que debimos de habernos abstenido d continuar adelante con el trámite
de los actos que conllevan a la prosecución e la aprobación de la propuesta de cambios de Pla
Regulador Peñón de Ario.
ACTA 190-23
19/12/2023



Tercero: Que no existe apego al principio d objetivación y de tutela científica en el análisis de la
comisión tripartita
Cuarto: Que no existe apego al principio de objetivación y de tutela científica en el análisis de la
comisión tripartita. Que no aporta criterios técnicos la comisión tripartita y que deberían de existir
investigaciones científicas que validen las propuestas realizadas por la misma ADI Mal País Santa
Teresa, dado que desconocen si fue la mera discrecionalidad la que opero o existe algún
fundamento para validar las propuestas dadas por ellos ( ADI).
                                         CONSIDERANDO:
Primero: Yerra la Recurrente con lo mencionado en este punto primero dado que el Concejo
Municipal ha manifestado que se mantendrá respetuoso de las decisiones emanadas por las
instancias judiciales y así lo demostrados con la adopción del acuerdo de la sesión ordinaria 185-
2023,, articulo VIII, inciso e del día 14 de noviembre que dispuso acoger los oficios ZMT-CAT-
109-2023 y el oficio de nuestra Asesoría Legal ALCC-42-2023, que recomienda en razón de la
inconstitucionalidad presentada se suspendiera la emisión del dictado del acto final a los
procedimientos que se estaban llevando a cabo de ajuste y rectificación a las láminas de los Planes
Reguladores Peñón de Ario y Punta Barrigona.
Ciertamente y así consta en la resolución de la Sala Constitucional de las catorce horas cuarenta
y siete minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, en la que indica que se realiza la
publicación prevista en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional para poner en
conocimiento de los tribunales y órganos que agotan la vía administrativa de la demanda de
inconstitucionalidad a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de la ley en este caso del Manual para la elaboración de Planes Reguladores y no se
llegue a dictar el acto final mientras la Sala no haya realizado pronunciamiento del caso,
 Nótese que la Sala Constitucional suspende únicamente EL DICTADO DEL ACTO FINAL, tal y
como lo establece la Ley de la Jurisdicción Constitucional que establece en el artículo 82, que:
(…) En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban
aplicarse durante la tramitación (…).
 Ciertamente la acción de inconstitucionalidad se presenta en razón de que sean declarados
inconstitucionales los artículos 13.2 inciso iii, 13.6, 13.7,13.9,14.5.1, 14.5.2, en los párrafos del 1
al 6, incluyendo párrafo 9, 14.6,14.7,14.12 y 14.13 del Manual para la Elaboración de Planes
Reguladores, por lo que se suspende solamente los actos de aplicación de las normas que han
sido impugnadas por la autoridad judicial no así los demás artículos que contiene la norma citada,
siendo que no se encuentra suspendida en lo demás la vigencia o aplicación de esta normativa en
general.
Por lo que siendo que el artículo 13.5 no ha sido impugnado, el cual expresamente cita:
       (…) 13.5 Transcurrido el proceso de consulta, la Municipalidad conjuntamente con
       los representantes de ICT e INVU, analizarán los documentos presentados y
       solicitarán al responsable, cuando corresponda, cambios y ajustes que se estimen
       necesarios a la luz de las observaciones recibidas. Finalmente se generará un
       informe técnico de resolución de observaciones que será elevado a conocimiento y
       aprobación del Concejo Municipal para su aprobación (…).
Tal y como se ha supra citado la Sala Constitucional solamente suspende el dictado del acto final,
razón por la cual este Concejo Municipal toma la decisión de continuar con el trámite           o
procedimientos preparatorios ya iniciados antes de la presentación de dicha Acción de
Inconstitucionalidad.
Cabe mencionar que la mayoría de las objeciones y observaciones presentadas por los
interesados que participaron en la audiencia llevada a cabo el día 8 de febrero del presente año,
que consistió en la presentación de ajuste y rectificación a una lámina al Plan Regulador Peñón
de Ario, fueron resueltas por la comisión tripartita antes de que se tuviera conocimiento de la
Acción de Inconstitucionalidad por lo que se trasladan al Concejo Municipal, y este a su vez a
una Comisión       para que se emita la recomendación final al Concejo Municipal          con la
recomendación de aprobación y a su vez se proceda con la notificación a cada una de las
personas, que participaron en esta etapa del proceso.
ACTA 190-23
19/12/2023



Este proceso de notificación de las respuestas a las objeciones u observaciones vienen a ser actos
de puestas en conocimiento de un acto administrativo de mero trámite, que son propios de proceso
de partición ciudadana, de tal manera que no lleva razón los recurrentes al afirmar que estamos
cayendo en ilegalidad, por el simple hecho de dar respuesta a cada una de las objeciones u
observaciones presentadas por los ciudadanos al proceso que se estaba llevando a cabo, en
donde tal y como lo ha señalado el recurrente ante dichas observaciones y objeciones la comisión
tripartita ha tomado nota y ha realizado ajustes en la lámina y se ha corregido la propuesta inicial,
ello por cuanto de eso se trata la participación ciudadana.
Segundo: No es cierto lo anotado por el recurrente en el punto segundo de esta impugnación, de
lo cual ya se explicó ampliamente en la respuesta al punto primero. El hecho de existir una petición
por parte del recurrente de suspensión de las acciones llevadas a cabo en el proceso de Ajuste y
Rectificación de las lámina al Plan Regulador Peñón de Ario, no implica que sea una orden a la
que debamos de sujetarnos, si no que como funcionarios públicos nos regimos por el Principio de
Legalidad y nuestro actuar no obedece a peticiones de terceros, si no a las normas que regulan
nuestro ordenamiento jurídico y en el presente caso, lo que existe es la resolución de la Sala
Constitucional de las catorce horas cuarenta y siete minutos del veintitrés de octubre de dos mil
veintitrés, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley en
este caso del Manual para la elaboración de Planes Reguladores no se llegue a dictar el acto
final mientras la Sala no haya realizado pronunciamiento del caso; resolución que resulta
clara y palmaria en cada una de sus cuatro páginas que explican ampliamente , en que consiste
la acción de inconstitucionalidad y cuáles son las normas que se pretenden impugnar y las reglas
que se deben de tener presentes como administración pública que somos.
Tercero: Que este concejo Municipal nunca ha manifestado que cuenta con una viabilidad
ambiental por parte de la Secretaria Técnica Ambiental, resultaría ser una falacia e imposible en
vista de que el plan regulador Peñón de Ario se aprobó en el año 1994 y fue publicado en Gaceta
el año 2000. Por otro lado, tenemos que el decreto Nro. 32967, Manual de Instrumentos Técnicos
para el Proceso de Evaluación del Impacto Ambiental (Manual de EIA) nace en la vía jurídica en
el año 2006, por lo que es notorio que el plan regulador citado no podía tener la incorporación
de la variable ambiental. No obstante, lo que sí hemos manifestado es que de previo a la aplicación
del decreto 32967 se realizaba una caracterización ambiental por parte de los proponentes de los
planes reguladores.
Es importante aclarar que todo lo actuado por esta corporación municipal ha sido en total apego al
Manual de Elaboración de Planes Reguladores Costeros, año 2021, norma que guía a las
corporaciones municipales en la tramitación de planes reguladores nuevos, y ajustes y
rectificaciones a planes reguladores vigentes. En concordancia con esto, se procede a indicar que
se ha respectado todo lo indicado por el Manual, en cuanto a la tramitación ambiental que se debe
seguir para un ajuste y rectificación de un plan regulador costero. Ciertamente tenemos que
algunas normas de dicho manual se encuentran impugnadas tal y como se ha venido supra
citando, sin embargo en el momento de la elaboración y conformación de la lámina esta norma
tenía vigencia, y en este momento lo único que se encuentra supeditado a la resolución de la
acción de inconstitucionalidad es el dictado del acto final, razón por la que no lleva razón las
recurrentes al afirmar que por la falta de estudios estamos ante nulidades; adelantándose a los
resultados de la acción de inconstitucionalidad sin estar la misma resuelta por parte de los
Honorables Magistrados.
Cuarto: Resulta importante enfatizar que todos los parámetros dispuestos en la elaboración de la
propuesta para realizar el ajuste y rectificación a la lámina del plan regulador Peñón de Ario, se
encuentran amparados en el Manual de Elaboración de Planes Reguladores Costeros, del año
2021,asimismo la Comisión Tripartita, se encuentra conformada por especialistas del Instituto
Costarricense de Turismo (ICT) y del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), asimismo
tenemos que el INVU cuenta con la potestad de dirigir y asesorar a las corporaciones municipales
en la planificación urbana del país, por otro lado, el ICT es el ente superior vigilante de la Zona
Marítimo Terrestre y cuenta con la potestad de realizar planes reguladores costeros, así como la
obligación de crear el Plan Nacional de Desarrollo Turístico del país, de tal modo que el informe
de recomendaciones de la Comisión Tripartita (Concejo Municipal de Distrito-INVU-ICT) es un
informe elaborado por profesionales con amplia experiencia en la materia y que desprenderse de
dicho informe no es justificable para este Concejo Municipal.
                    POR TANTO ESTA ASESORIA LEGAL RECOMIENDA:
ACTA 190-23
19/12/2023



Primero: en merito a lo expuesto y con fundamento en el artículo 165 del Código Municipal SE
RESUELVE:
A) Se declare SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria presentado por el señor Juan Ignacio de la
Espriella Rodriguez en su condición de presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Mal
País y Santa Teresa, contra el contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23, artículo VI, inciso
a, el cual consistió en acoger aprobar el informe final de la comisión Tripartita sobre el ajuste y
rectificación del Plan Regulador Peñón de Ario.

B) Se admita el Recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el Tribunal
Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a comparecer ante dicho
Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro del perímetro del Segundo
Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles.

C) NOTIFIQUESE ESTA RESOLUCIÓN.
ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 6.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
6.2.   Declarar SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria presentado por el señor Juan Ignacio de
       la Espriella Rodriguez en su condición de presidente de la Asociación de Desarrollo Integral
       de Mal País y Santa Teresa, contra el contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23,
       artículo VI, inciso a, el cual consistió en acoger aprobar el informe final de la comisión
       Tripartita sobre el ajuste y rectificación del Plan Regulador Peñón de Ario. ******************

6.3. Admitir el Recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el Tribunal
Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a comparecer ante dicho
Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro del perímetro del Segundo
Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles
Notificar al correo señalado”. ACUERDO UNANIME. Se cuantifican cinco votos a favor de los
Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares, Carlos Mauricio Duarte (quien asume
curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) y Kemily Segura (quien asume
la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor Centeno)


   e. Rosibeth Obando. Loria. Oficio ALCC 49-2023 ASUNTO: RESOLUCION AL RECURSO
       DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO CONTRA ACUERDO DE
      CONCEJO MUNICPAL DE DISTRITO DE COBANO.
Estimados Concejales.
Por este medio le remito mi recomendación para resolver Recurso de Revocatoria con Apelación
presentado contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23, artículo VI, inciso b, del día
veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés por parte del señor Juan Ignacio de la Espriella,
en su condición de presidente de la ADI Mal País Santa Teresa, para lo cual se resuelve:
                                         RESULTANDO:
Primero: No consideración de la acción de inconstitucionalidad contra el manual de planes
reguladores costeros. Arguyen que interponen recurso contra el acto municipal porque se está
notificando a sabiendas que existe una acción de inconstitucionalidad N° 23-025914-0007-CO,
contra el Manual para la elaboración de Planes Reguladores Costeros en la Zona Marítimo
Terrestre.
Segundo: Que, por existir la acción de inconstitucionalidad contra el Manual, donde existe ante el
Concejo Municipal una petición de suspensión de los procedimientos y hasta un recurso
ACTA 190-23
19/12/2023



administrativo, consideran que debimos de habernos abstenido d continuar adelante con el trámite
de los actos que conllevan a la prosecución y la aprobación de la propuesta de cambios de Plan
Regulador Punta Barrigona.
Tercero: Que no existe apego al principio de objetivación y de tutela científica en el análisis de la
comisión tripartita.
                                         CONSIDERANDO:
Primero: Yerra la Recurrente con lo mencionado en este punto primero dado que el Concejo
Municipal ha manifestado que se mantendrá respetuoso de las decisiones emanadas por las
instancias judiciales y así lo demostrados con la adopción del acuerdo de la sesión ordinaria 185-
2023,, articulo VIII, inciso e del día 14 de noviembre que dispuso acoger los oficios ZMT-CAT-
109-2023 y el oficio de nuestra Asesoría Legal ALCC-42-2023, que recomienda en razón de la
inconstitucionalidad presentada se suspendiera la emisión del dictado del acto final a los
procedimientos que se estaban llevando a cabo de ajuste y rectificación a las láminas de los Planes
Reguladores Peñón de Ario y Punta Barrigona.
Ciertamente y así consta en la resolución de la Sala Constitucional de las catorce horas cuarenta
y siete minutos del veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, en la que indica que se realiza la
publicación prevista en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional para poner en
conocimiento de los tribunales y órganos que agotan la vía administrativa de la demanda de
inconstitucionalidad a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de la ley en este caso del Manual para la elaboración de Planes Reguladores y no se
llegue a dictar el acto final mientras la Sala no haya realizado pronunciamiento del caso,
 Nótese que la Sala Constitucional suspende únicamente EL DICTADO DEL ACTO FINAL, tal y
como lo establece la Ley de la Jurisdicción Constitucional que establece en el artículo 82, que:
(…) En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban
aplicarse durante la tramitación (…).
 Ciertamente la acción de inconstitucionalidad se presenta en razón de que sean declarados
inconstitucionales los artículos 13.2 inciso iii, 13.6, 13.7,13.9,14.5.1, 14.5.2, en los párrafos del 1
al 6, incluyendo párrafo 9, 14.6,14.7,14.12 y 14.13 del Manual para la Elaboración de Planes
Reguladores, por lo que se suspende solamente los actos de aplicación de las normas que han
sido impugnadas por la autoridad judicial no así los demás artículos que contiene la norma citada,
siendo que no se encuentra suspendida en lo demás la vigencia o aplicación de esta normativa en
general.
Por lo que siendo que el artículo 13.5 no ha sido impugnado, el cual expresamente cita:
       (…) 13.5 Transcurrido el proceso de consulta, la Municipalidad conjuntamente con
       los representantes de ICT e INVU, analizarán los documentos presentados y
       solicitarán al responsable, cuando corresponda, cambios y ajustes que se estimen
       necesarios a la luz de las observaciones recibidas. Finalmente se generará un
       informe técnico de resolución de observaciones que será elevado a conocimiento y
       aprobación del Concejo Municipal para su aprobación (…).
Tal y como se ha supra citado, la Sala Constitucional solamente suspende el dictado del acto
final, razón por la cual este Concejo Municipal toma la decisión de continuar con el trámite o
procedimientos preparatorios ya iniciados antes de la presentación de dicha Acción de
Inconstitucionalidad.
Cabe mencionar que la mayoría de las objeciones y observaciones presentadas por los
interesados que participaron en la audiencia llevada a cabo el día 8 de febrero del presente año,
que consistió en la presentación de ajuste y rectificación a una lámina al Plan Regulador Punta
Barrigona, fueron resueltas por la comisión tripartita antes de que se tuviera conocimiento de la
Acción de Inconstitucionalidad por lo que se trasladan al Concejo Municipal, y este a su vez a
una Comisión       para que se emita la recomendación final al Concejo Municipal          con la
recomendación de aprobación y a su vez se proceda con la notificación a cada una de las
personas, que participaron en esta etapa del proceso.
Este proceso de notificación de las respuestas a las objeciones u observaciones vienen a ser actos
de puestas en conocimiento de un acto administrativo de mero trámite, que son propios de proceso
ACTA 190-23
19/12/2023



de partición ciudadana, de tal manera que no lleva razón los recurrentes al afirmar que estamos
cayendo en ilegalidad, por el simple hecho de dar respuesta a cada una de las objeciones u
observaciones presentadas por los ciudadanos al proceso que se estaba llevando a cabo, en
donde tal y como lo ha señalado el recurrente ante dichas observaciones y objeciones la comisión
tripartita ha tomado nota y ha realizado ajustes en la lámina y se ha corregido la propuesta inicial,
ello por cuanto de eso se trata la participación ciudadana.
Segundo: No es cierto lo anotado por el recurrente en el punto segundo de esta impugnación, de
lo cual ya se explicó ampliamente en la respuesta al punto primero. El hecho de existir una petición
por parte del recurrente de suspensión de las acciones llevadas a cabo en el proceso de Ajuste y
Rectificación de las lámina al Plan Regulador Punta Barrigona, no implica que sea una orden a
la que debamos de sujetarnos, si no que como funcionarios públicos nos regimos por el Principio
de Legalidad y nuestro actuar no obedece a peticiones de terceros, si no a las normas que regulan
nuestro ordenamiento jurídico y en el presente caso, lo que existe es la resolución de la Sala
Constitucional de las catorce horas cuarenta y siete minutos del veintitrés de octubre de dos mil
veintitrés, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley en
este caso del Manual para la elaboración de Planes Reguladores no se llegue a dictar el acto
final mientras la Sala no haya realizado pronunciamiento del caso; resolución que resulta
clara y palmaria en cada una de sus cuatro páginas que explican ampliamente, en que consiste
la acción de inconstitucionalidad y cuáles son las normas que se pretenden impugnar y las reglas
que se deben de tener presentes como administración pública que somos.
Tercero Que este concejo Municipal nunca ha manifestado que cuenta con una viabilidad
ambiental por parte de la Secretaria Técnica Ambiental, resultaría ser una falacia e imposible en
vista de que el plan regulador Punta Barrigona se aprobó en el año 1994 y fue publicado en Gaceta
el año 2002. Por otro lado, tenemos que el decreto Nro. 32967, Manual de Instrumentos Técnicos
para el Proceso de Evaluación del Impacto Ambiental (Manual de EIA) nace en la vía jurídica en
el año 2006, por lo que es notorio que el plan regulador citado no podía tener la incorporación de
la variable ambiental. No obstante, lo que sí hemos manifestado es que de previo a la aplicación
del decreto 32967 se realizaba una caracterización ambiental por parte de los proponentes de los
planes reguladores.
Es importante aclarar que todo lo actuado por esta corporación municipal ha sido en total apego al
Manual de Elaboración de Planes Reguladores Costeros, año 2021, norma que guía a las
corporaciones municipales en la tramitación de planes reguladores nuevos, y ajustes y
rectificaciones a planes reguladores vigentes. En concordancia con esto, se procede a indicar que
se ha respectado todo lo indicado por el Manual, en cuanto a la tramitación ambiental que se debe
seguir para un ajuste y rectificación de un plan regulador costero. Ciertamente tenemos que
algunas normas de dicho manual se encuentran impugnadas tal y como se ha venido supra
citando, sin embargo en el momento de la elaboración y conformación de la lámina esta norma
tenía vigencia, y en este momento lo único que se encuentra supeditado a la resolución de la
acción de inconstitucionalidad es el dictado del acto final, razón por la que no lleva razón las
recurrentes al afirmar que por la falta de estudios estamos ante nulidades; adelantándose a los
resultados de la acción de inconstitucionalidad sin estar la misma resuelta por parte de los
Honorables Magistrados.
Bajo el mismo orden de ideas, importante destacar es el hecho de que todos los parámetros
dispuestos en la elaboración de la propuesta para realizar el ajuste y rectificación a la lámina del
plan regulador Punta Barrigona, se encuentran amparados en el Manual de Elaboración de Planes
Reguladores Costeros, del año 2021,asimismo la Comisión Tripartita, se encuentra conformada
por especialistas del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y del Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo (INVU), asimismo tenemos que el INVU cuenta con la potestad de dirigir y asesorar
a las corporaciones municipales en la planificación urbana del país, por otro lado, el ICT es el ente
superior vigilante de la Zona Marítimo Terrestre y cuenta con la potestad de realizar planes
reguladores costeros, así como la obligación de crear el Plan Nacional de Desarrollo Turístico del
país, de tal modo que el informe de recomendaciones de la Comisión Tripartita (Concejo Municipal
de Distrito-INVU-ICT) es un informe elaborado por profesionales con amplia experiencia en la
materia y que desprenderse de dicho informe no es justificable para este Concejo Municipal.
                    POR TANTO ESTA ASESORIA LEGAL RECOMIENDA:
Primero: en merito a lo expuesto y con fundamento en el artículo 165 del Código Municipal SE
RESUELVA:
ACTA 190-23
19/12/2023



A) Se declare SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria presentado por el señor Juan Ignacio de la
Espriella Rodriguez en su condición de presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Mal
País y Santa Teresa, contra el contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23, artículo VI, inciso
b, el cual consistió en acoger aprobar el informe final de la comisión Tripartita sobre el ajuste y
rectificación del Plan Regulador Punta Barrigona.

B) Se admita el Recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el Tribunal
Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a comparecer ante dicho
Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro del perímetro del Segundo
Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles.

C) NOTIFIQUESE ESTA RESOLUCIÓN.
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 7.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
7.2.   Declarar SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria presentado por el señor Juan Ignacio de
       la Espriella Rodriguez en su condición de presidente de la Asociación de Desarrollo Integral
       de Mal País y Santa Teresa, contra el contra el acuerdo de Sesión Ordinaria 187-23,
       artículo VI, inciso b, el cual consistió en acoger aprobar el informe final de la comisión
       Tripartita sobre el ajuste y rectificación del Plan Regulador Punta Barrigona.
7.3.   Admitir el Recurso de Apelación para ante el Superior Jerárquico monofásico sea el
       Tribunal Contencioso Administrativo, para cuyo efecto se emplaza al recurrente a
       comparecer ante dicho Tribunal a señalar sitio para atender futuras notificaciones, dentro
       del perímetro del Segundo Circuito Judicial de San José, en un plazo de cinco días hábiles
Notificar al correo señalado”. ACUERDO UNANIME. Se cuantifican cinco votos a favor de los
Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares, Carlos Mauricio Duarte (quien asume
curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) y Kemily Segura (quien asume
la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor Centeno


ARTICULO VIII.        INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

   a. OFICIO INT.-2023-674. ASUNTO. SOLICITUD DE MODIFICACION PRESUPUESTARIA
       04-2023
CONSIDERANDO:
   ➔ Que mediante OFICIO N. ºINT-2023-674 la intendencia hace traslado a este Concejo de
       Modificación Presupuestaria N°04-2023 corregida,        ya que la aprobada en la sesión
       ordinaria 189-23 fue devuelta mediante OFICIO MP-DP-OF 292-2023.
   ➔ Que la modificación N°04-2023 corregida corresponde a un monto de cuarenta y siete
       millones doscientos noventa y ocho mil trescientos noventa y nueve colones con 00/100
       (¢47.298.399,00)
ACUERDO N°8
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
ACTA 190-23
19/12/2023




   ➔ 8.2. Aprobar en todas sus partes la Modificación Presupuestaria N°04-2023 corregida,
      presentada por la administración, mediante oficio INT-2023-674, por un monto total de
      cuarenta y siete millones doscientos noventa y ocho mil trescientos noventa y nueve
      colones con 00/100 (¢47.298.399,00) y el ajuste al Plan Anual Operativo, que se detallan a
      continuación:
                                       SECCIÓN DE REBAJAR EGRESOS
                                            CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO COBANO
                                            MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023

                                                    REBAJAR EGRESOS
                                     PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL

                                          PROGRAMA I                              9,110,050.00       100%
                           01    ADMINISTRACION GENERAL                              9,010,050.00     99%
                           02    AUDITORIA INTERNA                                     100,000.00      1%


                                                    REBAJAR EGRESOS
                                             PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES

                                          PROGRAMA II                             8,188,349.00       100%
                           2     SERVICIO RECOLECION DE BASURA                       1,640,393.00     20%
                           15    ZONA MARITIMO TERRESTRE                                 5,727.00      0%
                           17    MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS                          4,214,687.00     51%
                           25    PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE                         998,331.00     12%
                           26    DESARROLLO URBANO                                   1,329,211.00     16%


                                                          REBAJAR EGRESOS
                                                            PROGRAMA III

                                          PROGRAMA III                           30,000,000.00       100%
                           06    OTROS PROYECTOS:                                  30,000,000.00      100%
                                 CONSTRUCCIÓN DE PARADA DE AUTOBUSES EN EL
                       06-13                                                       30,000,000.00      100%
                                 DISTRITO DE CÓBANO (Superavit libre)




                                          CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
                                        MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023
                                             SECCION DE REBAJAR EGRESOS
                                        DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
                                                     PROGRAMA I

                                 EGRESOS TOTALES                              9,110,050.00          100%
                       0        REMUNERACIONES                                  1,100,000.00        12%
                       1        SERVICIOS                                       6,314,050.00        69%
                       2        MATERIALES Y SUMINISTROS                        1,696,000.00        19%

                                                 SECCION DE REBAJAR EGRESOS
                                            DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
                                                         PROGRAMA II

                                 EGRESOS TOTALES                              8,188,349.00          100%
                       1        SERVICIOS                                       1,334,938.00        16%
                       2        MATERIALES Y SUMINISTROS                        1,390,393.00        17%
                       5        BIENES DURADEROS                                4,214,687.00        51%
                       6        TRANSFERENCIAS                                    550,000.00        7%
                       9        CUENTAS ESPECIALES                                698,331.00        9%

                                                 SECCION DE REBAJAR EGRESOS
                                            DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
                                                        PROGRAMA III

                                 EGRESOS TOTALES                             30,000,000.00          100%
                       5        BIENES DURADEROS                               30,000,000.00        100%



                                SECCIÓN DE AUMENTAR EGRESOS
                                          CONCEJO MUNICIPAL COBANO
                                      MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023

                                              AUMENTAR EGRESOS
                                PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL

                                       PROGRAMA I                                9,110,050.00       100%
                01     ADMINISTRACION GENERAL                                       9,010,050.00     99%
                02     AUDITORIA INTERNA                                              100,000.00     1%


                                              AUMENTAR EGRESOS
                                        PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES

                                       PROGRAMA II                               8,188,349.00       100%
                 2     SERVICIO RECOLECION DE BASURA                                1,640,393.00     20%
                15     ZOMA MARITIMA TERRESTRE                                          5,727.00     0%
                17     MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS                                   4,214,687.00     51%
                25     PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE                                  998,331.00     12%
                26     DESARROLLO URBANO                                            1,329,211.00     16%


                                                AUMENTAR EGRESOS
                                              PROGRAMA III: INVERSIONES

                                       PROGRAMA III                             30,000,000.00       100%
                02     VIAS COMUNICACIÓN:                                          30,000,000.00     100%
                       MANTENIMIENTO, MEJORAS Y AMPLIACION VIAL CALLE
               02-20                                                               30,000,000.00
                       CAMBOYA, CDMCÓBANO                                                            100%
ACTA 190-23
19/12/2023




                                                                                         CONCEJO MUNICIPAL COBANO
                                                                                     MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023


                                                                                        SECCION DE AUMENTAR EGRESOS
                                                                                    DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
                                                                                                 PROGRAMA I

                                                             EGRESOS TOTALES                                                                           9,110,050.00                   100%
                                          0               REMUNERACIONES                                                                                       3,895,050.00             43%
                                          1               SERVICIOS                                                                                            5,215,000.00             57%

                                                                                                                PROGRAMA II

                                                             EGRESOS TOTALES                                                                           8,188,349.00                   100%
                                          0               REMUNERACIONES                                                                                       3,899,329.00             48%
                                          1               SERVICIOS                                                                                              574,513.00              7%
                                          6               TRANSFERENCIAS CORRIENTES                                                                            3,714,507.00             45%

                                                                                                               PROGRAMA III

                                                             EGRESOS TOTALES                                                                       30,000,000.00                      100%
                                          5               BIENES DURADEROS                                                                                 30,000,000.00               100%




                                              AUMENTAR Y REBAJAR EGRESOS GENERAL
                                                                                       CONCEJO MUNICIPAL COBANO
                                                                                   MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023




                                                                                      SECCION DE REBAJAR EGRESOS
                                                                                 DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO

                                                           EGRESOS TOTALES                                                                      47,298,399.00                       100%
                                        0              REMUNERACIONES                                                                                      1,100,000.00                2%
                                        1              SERVICIOS                                                                                           7,648,988.00               16%
                                        2              MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                            3,086,393.00                7%
                                        5              BIENES DURADEROS                                                                                34,214,687.00                  72%
                                        6              TRANSFERENCIAS                         CORRIENTES                                                       550,000.00              1%
                                        9              CUENTAS ESPECIALES                                                                                      698,331.00              1%


                                                                                          SECCION DE AUMENTAR EGRESOS


                                                           EGRESOS TOTALES                                                                      47,298,399.00                       100%
                                        0              REMUNERACIONES                                                                                      7,794,379.00               16%
                                        1              SERVICIOS                                                                                           5,789,513.00               12%
                                        5              BIENES DURADEROS                                                                                30,000,000.00                  63%
                                        6              TRANSFERENCIAS                         CORRIENTES                                                   3,714,507.00                8%




                                                                                          CONTROL INTERNO
                                                                                                      CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
                                                                                                 MODIFICACION PRESUPUESTARIA 05-2023




                                                                                 Aprobado en sesion ordinaria nº , Articulo , inciso , del dia _________
               Servicio
      Progra




                                                                                                                                               Saldo               Sum a que        Sum a que              Nuevo
        ma




                              Código                 CLASIFICADOR DEL GASTO                           CLASIFICADOR ECONOMICO
                                                                                                                                             Disponible             Rebaja           Aum enta              Saldo

        I      01                             ADMINISTRACION GENERAL                                                                       37,454,481.58          9,010,050.00      9,010,050.00        37,454,481.58
        I      01         0   03   03   Decimotercer mes                                      1 1 1 1 Sueldos y salarios                        1,470,195.71         1,000,000.00                            470,195.71
        I      01         1   03   01   Información                                           1 1 2     adquisición de bienes y servicos        4,300,190.00         1,514,050.00                           2,786,140.00
        I      01         1   04   03   Servicios de ingeniería y arquitectura                1 1 2     adquisición de bienes y servicos        1,000,000.00         1,000,000.00                                     -
        I      01         1   05   01   Transporte dentro del país                            1 1 2     adquisición de bienes y servicos         499,888.00            300,000.00                            199,888.00
        I      01         1   05   02   Viáticos dentro del país                              1 1 2     adquisición de bienes y servicos         972,110.00            500,000.00                            472,110.00
        I      01         1   06   01   Seguros                                               1 1 2     adquisición de bienes y servicos        4,636,059.25         2,000,000.00                           2,636,059.25
        I      01         1   07   01   Actividades de capacitación                           1 1 2     adquisición de bienes y servicos        1,500,000.00         1,000,000.00                            500,000.00
        I      01         2   01   02   Productos farmacéuticos y medicinales                 1 1 2     adquisición de bienes y servicos         103,400.00            100,000.00                               3,400.00
        I      01         2   01   04   Tintas, pinturas y diluyentes                         1 1 2     adquisición de bienes y servicos        2,066,263.32           600,000.00                           1,466,263.32
        I      01         2   02   03   Alimentos y bebidas                                   1 1 2     adquisición de bienes y servicos           96,000.00            96,000.00                                     -
                                        Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
        I      01         2   03   04                                                         1 1 2     adquisición de bienes y servicos         942,182.13            500,000.00                            442,182.13
                                        cómputo
        I      01         2   99   07   Útiles y materiales de cocina y comedor               1 1 2     adquisición de bienes y servicos         100,000.00            100,000.00                                     -
        I      01         2   99   99   Otros útiles, materiales y suministros diversos       1 1 2     adquisición de bienes y servicos         569,000.00            300,000.00                            269,000.00
        I      01         0   02   01   Tiempo extraordinario                                 1 1 1 1 Sueldos y salarios                        2,081,780.00                           1,500,000.00         3,581,780.00
        I      01         0   02   05   Dietas                                                1 1 1 1 Sueldos y salarios                         286,429.42                            2,000,000.00         2,286,429.42
                                        Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
        I      01         0   04   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   7,945,216.03                            138,750.00          8,083,966.03
                                        Costarricense de Seguro Social
                                        Contribución Patronal al Banco Popular y de
        I      01         0   04   05                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                    429,469.54                               7,500.00           436,969.54
                                        Desarrollo Comunal
                                        Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
        I      01         0   05   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   4,655,465.92                             81,300.00          4,736,765.92
                                        Caja Costarricense de Seguro Social
                                        Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones
        I      01         0   05   02                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   2,576,827.25                             45,000.00          2,621,827.25
                                        Complementarias
        I      01         0   05   03   Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral    1 1 1 2 Contribuciones sociales                   1,288,413.63                             22,500.00          1,310,913.63
                                        Comisiones y gastos por servicios financieros y
        I      01         1   03   06                                                         1 1 2     adquisición de bienes y servicos       (2,700,467.87)                          5,200,000.00         2,499,532.13
                                        comerciales
        I      01         1   06   01   Seguros                                               1 1 2     adquisición de bienes y servicos        2,636,059.25                             15,000.00          2,651,059.25
        I      02                                  AUDITORIA INTERNA                                                                        3,455,218.73           100,000.00        100,000.00          3,455,218.73
        I      02         0   03   04   Salario escolar                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                         548,454.37            100,000.00                            448,454.37
        I      02         0   03   03   Decimotercer mes                                      1 1 1 1 Sueldos y salarios                        2,906,764.36                            100,000.00          3,006,764.36
                                         SERVICIO DE RECOLECCION DE
       II      02                                                                                                                          68,004,396.27          1,640,393.00      1,640,393.00        68,004,396.27
                                                   BASURA
        II     02         2   01   01   Combustibles y lubricantes                            1 1 2     adquisición de bienes y servicos       56,250,580.95         1,390,393.00                          54,860,187.95
        II     02         6   03   99   Otras prestaciones a terceras personas                6 3       prestaciones                             250,000.00            250,000.00                                    -
        II     02         0   02   01   Suplencias                                            1 1 1 1 Sueldos y salarios                        (330,874.80)                            330,875.00                  0.20
        II     02         0   02   01   Tiempo extraordinario                                 1 1 1 1 Sueldos y salarios                        (186,914.90)                            664,639.00            477,724.10
        II     02         0   03   03   Decimotercer mes                                      1 1 1 1 Sueldos y salarios                        2,868,023.54                             89,870.00          2,957,893.54
        II     02         0   03   04   Salario escolar                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                        1,159,002.53                             82,926.00          1,241,928.53
                                        Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
        II     02         0   04   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   1,918,762.54                             99,755.00          2,018,517.54
                                        Costarricense de Seguro Social
                                        Contribución Patronal al Banco Popular y de
        II     02         0   04   05                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                    103,716.27                               5,392.00           109,108.27
                                        Desarrollo Comunal
                                        Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
        II     02         0   05   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   1,124,291.04                             58,451.00          1,182,742.04
                                        Caja Costarricense de Seguro Social
                                        Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones
        II     02         0   05   02                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                    622,300.64                              32,353.00           654,653.64
                                        Complementarias
        II     02         0   05   03   Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral    1 1 1 2 Contribuciones sociales                    311,149.82                              16,177.00            327,326.82
        II     02         1   06   01   Seguros                                               1 1 2     adquisición de bienes y servicos        3,564,358.64                              9,955.00          3,574,313.64
        II     02         1   99   05   Deducibles                                            1 1 2     adquisición de bienes y servicos         350,000.00                             250,000.00            600,000.00
       II      15                           ZONA MARITIMA TERRESTRE                                                                        14,005,105.28              5,727.00          5,727.00        14,005,105.28
        II     15         1   05   01   Transporte dentro del país                            1 1 2     adquisición de bienes y servicos         174,740.00              5,727.00                            169,013.00
        II     15         0   01   02   Jornales                                              1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   -                              4,100.00              4,100.00
        II     15         0   03   03   Decimotercer mes                                      1 1 1 1 Sueldos y salarios                        6,843,407.12                                370.00          6,843,777.12
        II     15         0   03   04   Salario escolar                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   -                                342.00                 342.00
                                        Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
        II     15         0   04   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   2,570,244.73                                411.00          2,570,655.73
                                        Costarricense de Seguro Social
                                        Contribución Patronal al Banco Popular y de
        II     15         0   04   05                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                    138,933.53                                     22.00        138,955.53
                                        Desarrollo Comunal
                                        Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
        II     15         0   05   01                                                         1 1 1 2 Contribuciones sociales                   1,506,026.00                                241.00          1,506,267.00
                                        Caja Costarricense de Seguro Social
ACTA 190-23
19/12/2023




                                      Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones
        I        15      0 05 02                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                  833,591.16                                   133.00         833,724.16
                                      Complementarias
        I        15      0 05 03      Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 1 1 1 2 Contribuciones sociales                                   416,797.58                                    67.00         416,864.58
        I        15      1 06 01      Seguros                                                1 1 2 adquisición de bienes y servicos                       1,521,365.16                                   41.00        1,521,406.16
       II        17                     MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS                                                                                   6,497,590.39          4,214,687.00         4,214,687.00       6,497,590.39
        I        17      5 02 01      Edif icios                                             2 1 1 Edif icaciones                                         5,000,000.00          4,214,687.00                           785,313.00
        I        17      0 03 03      Decimotercer mes                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   1,497,590.39                              500,180.00        1,997,770.39
        I        17      6 03 01      Prestaciones legales                                   63         prestaciones                                               -                               3,714,507.00       3,714,507.00
                                              PROTECCION DEL MEDIO
       II        25                                                                                                                                 10,731,116.69            998,331.00          998,331.00       10,731,116.69
                                                   AMBIENTE
        I        25      6 03 99      Otras prestaciones a terceras personas                 63         prestaciones                                       300,000.00            300,000.00                                   -
        I        25      9 02 01      Sumas libres sin asignación presupuestarios            4          Sumas sin asignación                              1,500,000.00           698,331.00                            801,669.00
        I        25      0 02 01      Tiempo extraordinario                                  1 1 1 1 Sueldos y salarios                                    557,179.20                               500,000.00        1,057,179.20
        I        25      0 03 03      Decimotercer mes                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   3,543,096.92                               45,138.00        3,588,234.92
        I        25      0 03 04      Salario escolar                                        1 1 1 1 Sueldos y salarios                                            -                                 41,650.00          41,650.00
                                      Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
        I        25      0 04 01                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                 1,512,829.00                               50,103.00        1,562,932.00
                                      Costarricense de Seguro Social
                                      Contribución Patronal al Banco Popular y de
        I        25      0 04 05                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                   81,722.68                                  2,708.00         84,430.68
                                      Desarrol o Comunal
                                      Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
        I        25      0 05 01                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                  886,435.76                                29,357.00         915,792.76
                                      Caja Costarricense de Seguro Social
                                      Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones
        I        25      0 05 02                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                  490,647.05                                16,250.00         506,897.05
                                      Complementarias
        I        25      0 05 03      Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 1 1 1 2 Contribuciones sociales                                   245,323.03                                  8,125.00        253,448.03
        I        25      1 06 01      Seguros                                                1 1 2 adquisición de bienes y servicos                       1,613,883.05                                 5,000.00       1,618,883.05
        I        25      1 99 05      Deducibles                                             1 1 2 adquisición de bienes y servicos                                -                                300,000.00         300,000.00

       II        26                                DESARROLLO URBANO                                                                                16,105,198.32          1,329,211.00         1,329,211.00      16,105,198.32
        I        26      1 01 02      Alquiler de maquinaria equipo y mobiliario             1 1 2 adquisición de bienes y servicos                       3,000,000.00          1,329,211.00                          1,670,789.00
        I        26      0 01 05      Suplencias                                             1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   (951,706.70)                              951,707.00                0.30
        I        26      0 03 03      Decimotercer mes                                       1 1 1 1 Sueldos y salarios                                   6,627,861.79                               85,915.00        6,713,776.79
        I        26      0 03 04      Salario escolar                                        1 1 1 1 Sueldos y salarios                                            -                                 79,277.00          79,277.00
                                      Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
        I        26      0 04 01                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                 2,108,940.20                               95,366.00        2,204,306.20
                                      Costarricense de Seguro Social
                                      Contribución Patronal al Banco Popular y de
        I        26      0 04 05                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                  113,996.77                                  5,155.00        119,151.77
                                      Desarrol o Comunal
                                      Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
        I        26      0 05 01                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                 1,235,726.40                               55,879.00        1,291,605.40
                                      Caja Costarricense de Seguro Social
                                      Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones
        I        26      0 05 02                                                          1 1 1 2 Contribuciones sociales                                  683,981.61                                30,930.00         714,911.61
                                      Complementarias
        I        26      0 05 03      Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 1 1 1 2 Contribuciones sociales                                   341,990.30                                15,465.00         357,455.30
        I        26      1 06 01      Seguros                                                1 1 2 adquisición de bienes y servicos                       2,944,407.95                                 9,517.00       2,953,924.95
                                         MANTENIMIENTO, MEJORAS Y
       III 02-20                           AMPLIACION VIAL CALLE                                                                                    30,000,000.00 30,000,000.00                30,000,000.00      30,000,000.00
                                           CAMBOYA, CDMCÓBANO
        II       06-13 5 02 99        Otras construcciones, adiciones y mejoras              2 1 5 Otras obras                                           30,000,000.00        30,000,000.00                                   -
        II       02-20 5 02 02        Vías de comunicación terrestre                         2 1 2 Vías de comunicación                                            -                              30,000,000.00      30,000,000.00
                                                                                                                //// U. L. //////

                                                     Sumas que comprueban:                                                                           186,253,107.26         47,298,399.00       47,298,399.00     186,253,107.26




    Presidente                        Secretaria                                        Intendente                                       Presupuesto                      Tesorería
    Erick Salazar Rodriguez        Roxana Lobo Granados                            Favio López Chacón                               Laura Segura Muñoz             Karla Paniagua Varela
                                                                                    CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
                                                                                                   CUADRO N.° 1
                                                                          DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS (Libres y específicos)
INCORPORAR EN LA COLUMNA "APLICACIÓN" LA INFORMACIÓN DE LOS RECURSOS POR PARTIDA POR OBJETO DEL GASTO ASÍ COMO POR CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
    CODIGO SEGÚN                                                                                                                                                                                                   APLICACIÓN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
                                                                               Progr Act/Serv/ Proy                APLICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO Y
   CLASIFICADOR DE                        INGRESO                      MONTO                                                                                             MONTO         MONTO REBAJADO                                 Transacciones Sumas sin
                                                                               ama    Grupo    ecto                     PARTIDA PRESUPUESTARIA                                                             Corriente       Capital
      INGRESOS                                                                                                                                                                                                                         Financieras  asignación
                                                                                                                                                                                                                                                                                                              19/12/2023




                                                                                 I      01                                ADMINISTRACION GENERAL                        9,010,050.00        9,010,050.00
                                                                                                                                                                                                                                                                                                              ACTA 190-23




1.1.3.3.01.02.0.0.000   Patentes Municipales                                     I      01      0     02   01   Tiempo extraordinario                                   1,500,000.00                       1,500,000.00
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     02   05   Dietas                                                  2,000,000.00                       2,000,000.00
                                                                                                                Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     04   01                                                            138,750.00                         138,750.00
                                                                                                                Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                Contribución Patronal al Banco Popular y de
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     04   05                                                               7,500.00                          7,500.00
                                                                                                                Desarrollo Comunal
                                                                                                                Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     05   01                                                              81,300.00                         81,300.00
                                                                                                                Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     05   02                                                              45,000.00                         45,000.00
                                                                                                                Pensiones Complementarias
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     05   03   Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral         22,500.00                         22,500.00

                                                                                                                Comisiones y gastos por servicios financieros y
                        Patentes Municipales                                     I      01      1     03   06                                                            104,950.00                         104,950.00
                                                                                                                comerciales
                                                                                                                Comisiones y gastos por servicios financieros y
1.1.3.2.01.05.0.0.000   Impuestos específicos sobre la construcción              I      01      1     03   06                                                           2,514,050.00                       2,514,050.00
                                                                                                                comerciales
                        Intereses sobre cuentas corrientes y otros                                              Comisiones y gastos por servicios financieros y
1.3.2.3.03.01.0.0.000                                                            I      01      1     03   06                                                            800,000.00                         800,000.00
                        depositos en Bancos                                                                     comerciales
                        Multas por atraso presentación declaraciones                                            Comisiones y gastos por servicios financieros y
1.3.3.1.09.09.02                                                                 I      01      1     03   06                                                           1,000,000.00                       1,000,000.00
                        Patentes                                                                                comerciales
                                                                                                                Comisiones y gastos por servicios financieros y
3.3.1.0.00.00.0.0.000   SUPERÁVIT LIBRE                                          I      01      1     03   06                                                            496,000.00                         496,000.00
                                                                                                                comerciales
                        Multas por infracción a la Ley de                                                       Comisiones y gastos por servicios financieros y
1.3.3.1.09.09.01                                                                 I      01      1     03   06                                                            285,000.00                         285,000.00
                        construcciones                                                                          comerciales
                        Multas por infracción a la Ley de
                                                                                 I      01      1     06   01   Seguros                                                    15,000.00                         15,000.00
                        construcciones
                        Patentes Municipales                                     I      01      0     03   03                                     Decimotercer mes                          1,000,000.00
                        Impuestos específicos sobre la construcción              I      01      1     03   01                                            Información                        1,514,050.00
                        Impuestos específicos sobre la construcción              I      01      1     04   03                  Servicios de ingeniería y arquitectura                       1,000,000.00
                        Intereses sobre cuentas corrientes y otros
                                                                                 I      01      1     05   01                             Transporte dentro del país                         300,000.00
                        depositos en Bancos
                        Intereses sobre cuentas corrientes y otros
                                                                                 I      01      1     05   02                               Viáticos dentro del país                         500,000.00
                        depositos en Bancos
                        Patentes Municipales                                     I      01      1     06   01                                               Seguros                         2,000,000.00
                        Multas por atraso presentación declaraciones
                                                                                 I      01      1     07   01                           Actividades de capacitación                         1,000,000.00
                        Patentes
                        Patentes Municipales                                     I      01      2     01   02               Productos farmacéuticos y medicinales                            100,000.00
                        Patentes Municipales                                     I      01      2     01   04                          Tintas, pinturas y diluyentes                         300,000.00
                        SUPERÁVIT LIBRE                                          I      01      2     01   04                          Tintas, pinturas y diluyentes                         300,000.00
                        SUPERÁVIT LIBRE                                          I      01      2     02   03                                  Alimentos y bebidas                            96,000.00
                                                                                                                 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
                        Patentes Municipales                                     I      01      2     03   04                                                                                500,000.00
                                                                                                                                                            cómputo
                        SUPERÁVIT LIBRE                                          I      01      2     99   07              Útiles y materiales de cocina y comedor                           100,000.00
                        Multas por infracción a la Ley de
                                                                                 I      01      2     99   99        Otros útiles, materiales y suministros diversos                         300,000.00
                        construcciones
                                                                                 I      02                                     AUDITORIA INTERNA                         100,000.00          100,000.00                -

1.1.3.2.01.05.0.0.000   Impuestos específicos sobre la construcción              I      02      0     03   03   Decimotercer mes                                         100,000.00                         100,000.00
                        Impuestos específicos sobre la construcción              I      02      0     03   04                               Salario escolar                                  100,000.00
                                                                                II      02                         SERVICIO DE RECOLECCION DE BASURA                    1,640,393.00       1,640,393.00
1.3.1.2.05.04.1.0.000   Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     02   01   Suplencias                                               330,875.00                         330,875.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     02   01   Tiempo extraordinario                                    664,639.00                         664,639.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     03   03   Decimotercer mes                                          89,870.00                          89,870.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     03   04   Salario escolar                                           82,926.00                          82,926.00
                                                                                                                Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     04   01                                                             99,755.00                          99,755.00
                                                                                                                Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                Contribución Patronal al Banco Popular y de
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     04   05                                                              5,392.00                           5,392.00
                                                                                                                Desarrollo Comunal
                                                                                                                Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
                                                                                                                                                                                                                                                                 DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS




                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     05   01                                                             58,451.00                          58,451.00
                                                                                                                Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     05   02                                                             32,353.00                          32,353.00
                                                                                                                Pensiones Complementarias
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      0     05   03   Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral        16,177.00                          16,177.00

                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      1     06   01   Seguros                                                    9,955.00                           9,955.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      1     99   05   Deducibles                                               250,000.00                         250,000.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      2     01   01                           Combustibles y lubricantes                         1,390,393.00
                        Servicio de Recolección de Basura                        II     02      6     03   99                Otras prestaciones a terceras personas                          250,000.00
                                                                                            II      15                                         ZONA MARITIMA TERRESTRE                          5,727.00             5,727.00
1.3.2.2.02.02.0.0.000      Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    01    02          Jornales                                                    4,100.00                             4,100.00
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    03    03          Decimotercer mes                                              370.00                               370.00
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    03    04          Salario escolar                                               342.00                               342.00
                                                                                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    04    01                                                                       411.00                                411.00
                                                                                                                                    Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                                                                                                                                                                                                  19/12/2023
                                                                                                                                                                                                                                                                                                  ACTA 190-23




                                                                                                                                    Contribución Patronal al Banco Popular y de
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    04    05                                                                        22.00                                 22.00
                                                                                                                                    Desarrollo Comunal
                                                                                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    05    01                                                                       241.00                                241.00
                                                                                                                                    Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                                    Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    05    02                                                                       133.00                                133.00
                                                                                                                                    Pensiones Complementarias
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       0    05    03          Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral            67.00                                 67.00

                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       1    06    01          Seguros                                                       41.00                                 41.00
                           Concesiones ZMT (Ley 6043)                                       II      15       1    05    01                                    Transporte dentro del país                             5,727.00
                                                                                            II      17                                        MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS                    4,214,687.00        4,214,687.00
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
1.1.2.1.01.00.0.0.000                                                                       II      17       0    03    03          Decimotercer mes                                         214,687.00                            214,687.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           SUPERÁVIT LIBRE                                                  II      17       0    03    03          Decimotercer mes                                         285,493.00                            285,493.00
                           SUPERÁVIT LIBRE                                                  II      17       6    03    01          Prestaciones legales                                    3,714,507.00                         3,714,507.00
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      17       5    02    01                                                     Edificios                          214,687.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           SUPERÁVIT LIBRE                                                  II      17       5    02    01                                           Edificios                                  4,000,000.00
                                                                                            II      25                                    PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE                       998,331.00           998,331.00
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
1.1.2.1.01.00.0.0.000                                                                       II      25       0    02    01          Tiempo extraordinario                                    500,000.00                            500,000.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       0    03    03          Decimotercer mes                                          45,138.00                            45,138.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       0    03    04          Salario escolar                                           41,650.00                            41,650.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
                                                                                            II      25       0    04    01                                                                    50,103.00                            50,103.00
                           inmuebles Ley No. 7729                                                                                   Caja Costarricense de Seguro Social
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes                                                                    Contribución Patronal al Banco Popular y de
                                                                                            II      25       0    04    05                                                                      2,708.00                             2,708.00
                           inmuebles Ley No. 7729                                                                                   Desarrollo Comunal
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
                                                                                            II      25       0    05    01                                                                    29,357.00                            29,357.00
                           inmuebles Ley No. 7729                                                                                   Caja Costarricense de Seguro Social
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes                                                                    Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
                                                                                            II      25       0    05    02                                                                    16,250.00                            16,250.00
                           inmuebles Ley No. 7729                                                                                   Pensiones Complementarias
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       0    05    03          Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral          8,125.00                             8,125.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       1    06    01          Seguros                                                     5,000.00                             5,000.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       1    99    05          Deducibles                                               300,000.00                            300,000.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       6    03    99                       Otras prestaciones a terceras personas                           300,000.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                           Impuesto sobre la propiedad de bienes
                                                                                            II      25       9    02    01                Sumas libres sin asignación presupuestarios                             698,331.00
                           inmuebles Ley No. 7729
                                                                                            II      26                                            DESARROLLO URBANO                         1,329,211.00        1,329,211.00
1.1.9.1.01.00.0.000        Timbres Municipales                                              II      26       0    01    05          Suplencias                                               951,707.00                            951,707.00
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    03    03          Decimotercer mes                                           85,915.00                            85,915.00
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    03    04          Salario escolar                                            79,277.00                            79,277.00
                                                                                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    04    01                                                                    95,366.00                            95,366.00
                                                                                                                                    Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                                    Contribución Patronal al Banco Popular y de
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    04    05                                                                      5,155.00                             5,155.00
                                                                                                                                    Desarrollo Comunal
                                                                                                                                    Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    05    01                                                                    55,879.00                            55,879.00
                                                                                                                                    Caja Costarricense de Seguro Social
                                                                                                                                    Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    05    02                                                                    30,930.00                            30,930.00
                                                                                                                                    Pensiones Complementarias
                           Timbres Municipales                                              II      26       0    05    03          Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral        15,465.00                            15,465.00

                           Timbres Municipales                                              II      26       1    06    01          Seguros                                                     9,517.00                             9,517.00
                           Timbres Municipales                                              II      26       1    01    02                  Alquiler de maquinaria equipo y mobiliario                          1,329,211.00
                                                                                                                                      MANTENIMIENTO, MEJORAS Y AMPLIACION
                                                                                           III     02-20                                                                                   30,000,000.00       30,000,000.00
                                                                                                                                        VIAL CALLE CAMBOYA, CDMCÓBANO
3.3.1.0.00.00.0.0.000      SUPERÁVIT LIBRE                                                  III    02-20     5    02    02          Vías de comunicación terrestre                         30,000,000.00                                         30,000,000.00
                           SUPERÁVIT LIBRE                                                  III    06-13     5    02    99                    Otras construcciones, adiciones y mejoras                        30,000,000.00

                                                                                     -                                                                                                     47,298,399.00       47,298,399.00    17,298,399.00    30,000,000.00                -               -


Yo, Lic. Laura Segura Muñoz, cédula de identidad 6-351-393, vecina de San Isidro de Cóbano, Puntarenas, hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las aplicaciones dadas por el Concejo Municipal de Cóbano a la totalidad de los recursos incorporados en esta
modificacion presupuestaria.

Firma del funcionario responsable: _______________________________
ACTA 190-23
19/12/2023



                                            JUTIFICACIÓN

                                               Programa I
                                     01-01 Administracion General




Se rebaja:
A continuación, se procede a realizar los siguientes rebajos, 0.03.03 decimotercer mes ¢1.000.000, 1.03.01
información ¢1.514.050, al 1.04.03 servicios de ingeniería y arquitectura ¢1.000.000, al 1.05.01 transporte
dentro del país ¢300.000 al 1.05.05 viáticos dentro del país ¢500.000, al 1.06.01 seguros ¢2.000.000, al
1.07.01 actividades de capacitación ¢1.000.000, al 2.01.02 productos farmacéuticos y medicinales ¢100.000,
al 2.01.04 tintas, pinturas y diluyentes ¢600.000 al 2.02.03 alimentos y bebidas ¢96.000, al 2.02.04
materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo ¢500.000, al 2.99.07 útiles y materiales de cocina
y comedor ¢100.000, al 2.99.99 otros útiles, materiales y suministros diversos ¢300.000.




Se aumenta:
Se procede a aumentar 0.02.01 tiempo extraordinario ¢1.500.000, al 0.02.05 dietas ¢2.000.000, al 0.04.01
Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social ¢138.750, al 0.04.05
Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal ¢7.500, al 0.05.01 Contribución Patronal
al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social ¢81.300, al 0.05.02 Aporte Patronal al
Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias ¢45.000 y al 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de
Capitalización Laboral ¢22.500, al 1.03.06 comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales
¢5.200.000 y al 1.06.01 seguros 15.000, esto con el fin de cancelar horas extras a los funcionarios que han
tenido que laborar de más de la jornada para sacar adelante las contrataciones que se aprobaron con el
presupuesto extraordinario 01-2023, tanto para el pago efectivo como sus cargas sociales y demás servicios
como la póliza del INS, además se hace importante contemplar que de acuerdo al promedio en el pago por
comisiones bancarias realizado en el presupuesto ordinario no fue suficiente para sufragar el gasto,
recibimos muchos ingresos por medio de las plataformas virtuales lo que hace que debamos cancelar rubro
por comisiones bancarias.

01-02 Auditoría interna
ACTA 190-23
19/12/2023



Se rebaja:
Al código 0.03.04 salario escolar ¢100.000.




Se aumenta:
Al código 0.03.03 decimotercer mes ¢100.000, esta solicitud se da a razón que en diciembre del año 2022
se pagó un ajuste salarial del segundo semestre el cual fue de un 8% aproximadamente y en su momento
el ordinario 2023 ya se había aprobado por tal razón en Auditoria no alcanza el presupuesto para el pago
del aguinaldo del 2023.

                                            Programa II
                               02-02 Servicio Recolección de basura




Se rebaja:
Al código 2.01.01 combustibles y lubricantes ¢1.390.393, al 6.03.99 otras prestaciones a terceras personas
¢250.000.




Se aumenta:
Al 0.02.01 suplencias ¢330.875, al 0.02.01 tiempo extraordinario ¢664.639, al 0.03.03 decimotercer mes
¢89.870, al 0.03.04 salario escolar ¢82.926, al 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja
Costarricense de Seguro Social ¢99.755, al 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo
Comunal ¢5.392, al 0.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de
Seguro Social ¢58.451, al 0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias
¢32.353 y al 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral ¢16.177, al 1.06.01 seguros ¢9.955
y al 1.99.05 deducibles ¢250.000. se tiene la necesidad de cubrir el exceso de gastos en las remuneraciones
por pago de horas extras y suplencias en el servicio de recolección de basura, siendo que ha habido gran
demanda del servicio y los compañeros han sufrido lesiones por lo que se ha tenido que suplir las vacantes
por licencias.

02-15 Mejoramiento en la Zona Marítima Terrestre




Se rebaja:
Al código 1.05.01 transporte dentro del país ¢5.727.
ACTA 190-23
19/12/2023




Se aumenta:
A los códigos 0.01.02 jornales ¢4.100, al 0.03.03 decimotercer mes ¢370, al 0.03.04 salario escolar ¢342, al
0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social ¢411, al 0.04.05
Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal ¢22, al 0.05.01 Contribución Patronal al
Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social ¢241, al 0.05.02 Aporte Patronal al
Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias ¢133 y al 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de
Capitalización Laboral ¢67, al 1.06.01 seguros ¢41, con el fin de cubrir el gasto por jornales que tuvo en
exceso este departamento.
02-17 Mantenimiento de edificios




Se rebaja:
Al código 5.02.01 edificios ¢4.214.687




Se aumenta:
Al 0.03.03 decimotercer mes ¢500.180 y al 6.03.01 prestaciones legales ¢.3714.507, ya que uno de los
funcionaros en esta area se acogió a la pensión por invalidez desde el 30 de setiembre de 2023 y se le
deben pagar los extremos de ley correspondientes.

02-25 Protección del medio ambiente




Se rebaja:
Al código 6.03.99 otras prestaciones a terceras personas ¢300.000 y al 9.02.01 sumas libres sin asignación
presupuestaria ¢698.331.




Se aumenta:
A los códigos 0.02.01 tiempo extraordinario ¢500.000, al 0.03.03 decimotercer mes ¢45.138, al 0.03.04
salario escolar ¢41.650, al 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de
Seguro Social ¢50.103, al 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal ¢2.708
al 0.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social
¢29.357, al 0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias ¢16.250 y al
ACTA 190-23
19/12/2023



0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral ¢8.125, al 1.06.01 seguros ¢5.000, y 1.99.05
deducibles ¢300.000 con el fin de cubrir el gasto por tiempo extraordinario que viene teniendo este
departamento.
02-26 Desarrollo urbano




Se rebaja:
Al código 1.01.02 alquiler de maquinaria equipo y mobiliario ¢1.329.211.




Se aumenta:
A los códigos 0.01.05 suplencias ¢951.707, al 0.03.03 decimotercer mes ¢85.915, al 0.03.04 salario escolar
¢79.277, al 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social
¢95.366, al 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal ¢5.155 al 0.05.01
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social ¢55.879, al
0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias ¢30.930 y al 0.05.03 Aporte
Patronal al Fondo de Capitalización Laboral ¢15.465, al 1.06.01 seguros ¢9.517. Esta solicitud se da a razón
que la encargada del departamento se encontraba embarazada y en periodo de maternidad se debía realizar
una suplencia durante el periodo de la licencia por maternidad, la misma se procedió a incluirla dentro del
presupuesto extraordinario pero la CGR no permite aumento de remuneraciones con superávit por lo cual
se solicita mediante la presente modificación interna.

                                               Programa III

III-02-20 MANTENIMIENTO, MEJORAS Y AMPLIACION VIAL CALLE CAMBOYA, CDMCÓBANO




Se rebaja:
Se rebaja al 5.02.99 otras construcciones, adiciones y mejoras del proyecto 5.03.06.13 CONSTRUCCIÓN
DE PARADA DE AUTOBUSES EN EL DISTRITO DE CÓBANO (Superávit libre) un monto de ¢30.000000,
siendo que por la fecha de aprobación del presupuesto extraordinario 01-2023 donde se aprobó dicho
proyecto, no dan los tiempos para su ejecución; y existiendo otras necesidades se pueden destinar a
proyectos viales que ya cuentan con contrataciones bajo la modalidad de demanda y mejorar algunas vías
de comunicación. Y además financiados con superávit libre.




Se aumenta:
Al código 5.02.02 vías de comunicación terrestre a un nuevo proyecto denominado MANTENIMIENTO,
MEJORAS Y AMPLIACION VIAL CALLE CAMBOYA, CDMCÓBANO. Esta solicitud de ingeniería vial
mediante oficio INGV-384-2023, donde indica que debido a la aprobación tardía no se podrá realizar los
procesos de contratación correspondientes por falta de tiempo en el calendario para constituir el debido
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO                                                                                                SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA
Ordinario 2023                                                                                                                         HOJA, PASARLA A OTRO ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial
                                                                                                                                       valores) Y DARLE LAS CARACTERÍSTICAS NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     19/12/2023




MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     ACTA 190-23




                                                                                                                                       BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN UTILIZADAS.
PROGRAMA I: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL                                                                                         NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.

MISIÓN: Desarrollar las políticas y acciones administrativas de apoyo a la gestión municipal, asi como la vigilancia, dirección y administración de los recursos de la manera más eficiente a efecto de que los programas de servicios e inversión
puedan cumplir con sus cometidos.
Producción relevante: Acciones Administrativas

 PLANIFICACIÓN                                                                                                   PLANIFICACIÓN OPERATIVA ANUAL                                                                                                                                           EVALUACIÓN
  ESTRATÉGICA
    PLAN DE
                                                                                                                         PROGRAMACIÓN DE LA META                                                      ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META                GASTO REAL POR META               Resultado                  EJECUCIÓN DE LA META

 DESARROLLO                                                              META                                                                                                                                                                                                             anual del                                                    Resultado del
                                                                                                                                                                                                                                                                                        indicador de                                                    indicador de
                                                                                                                                        %                        %                                                                                                                                                        %                     %
   MUNICIPAL          OBJETIVOS DE MEJORA                                                                                                                                  FUNCIONARIO                                                                                                  eficiencia en                                                  eficacia en el
                                                                                                         INDICADOR                                                                        ACTIVIDAD
                        Y/O OPERATIVOS                                                                                                                                     RESPONSABLE                                                                                                  la ejecución                                                   cumplimiento
     AREA                                                                                                                                                                                               I SEMESTRE            II SEMESTRE            I SEMESTRE        II SEMESTRE          de los                                                       de la metas
                                                                                                                                                                                                                                                                                        recursos por                                                   programadas




                                                                                                                          I semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                        I Semestre




                                                                                                                                                  II semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  II Semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                             meta
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      Para un total a modificar de ¢ 47.298.399.




 ESTRATÉGICA                               Código                No.              Descripción
Desarrollo   Dotar a la administracion                                  1.Reponer o reparar el equipo Actividades        50            50%        50            50% Favio     Lopez, Administració         231,784,339.33        237,876,790.80       194,154,861.68                            41%     41              41%                     0%         41%
Económico    de los recursos, materiales                                que por su uso se deteriore. 2 realizadas /                                                 Jackeline        n General
Sostenible   y equipo necesario a fin de                                Pagar puntualmente los pagos                                                                Rodriguez
             brindar un eficiente servicio Operativo              1     servicios. 3. cumplir con las realizados                                                    Rodriguez, Karla
             a los contribuyentres                                      remuneraciones economicas a                                                                 Paniagua Varela
                                                                        los servidoresal dia y de
                                                                        acuerdo a la ley que lo regula.
Desarrollo          Desarrollar los controles                           1. Mantener los controles solicitud              50            50%        50            50% Maricel       Rojas Auditoría           30,500,000.00          30,500,000.00       20,381,098.00                            33%     33              33%                     0%         33%
Económico           eficientes y asesorar de                            adecuados y supervisar el buen realizada a                                                  Leon                Interna
Sostenible          acuerdo a lo que estipula la Mejora           2     funcionamiento        de        la presupuestar
                    normativa vigente                                   administración.                    / actividades
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      de Conservación y Desarrollo, bajo el contrato de construcción de




                                                                                                           realizadas
Desarrollo          Dotar de los equipos                                Comprar el equipo que requiera equipo            75            75%        25            25% Jackeline        Administració           3,877,500.00           1,292,500.00                  -                               0%     0               0%                     0%          0%
Económico           necesarios para el buen                             cada departamento.                 solicitado/eq                                            Rodriguez        n           de
Sostenible          funcionamiento de cada Mejora                 3                                        uipo                                                     Rodriguez, Karla Inversiones
                    uno de los departamentos                                                               adquirido                                                Paniagua Varela Propias
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        AJUSTE PLAN ANUAL OPERATIVO




Desarrollo Social entregar las transferencias                           Depositar las tranferencias de Transferenci       50           50%        50            50% francisco Alfaro Registro de            60,790,259.70          60,790,259.70       25,261,375.52                            21%     21              21%                     0%         21%
                  de ley                                                ley a las diversas instituciones as                                                         Nuñez,     Karla deuda, fondos
                                                                        para ayudar en su desarrollo presupuesta                                                    Paniagua Varela y aportes
                                                Operativo         4
                                                                                                         das/transfere
                                                                                                         ncias giradas

                    SUBTOTALES                                                                                                              2.3                      1.8                                  326,952,099.02        330,459,550.49       239,797,335.20              0.00            0%                       1.0                    0.0
TOTAL POR PROGRAMA                                                                                                                       56%                     44%                                                                                                                                                     24%                    0%         23.8%
                                         50% Metas de Objetivos de Mejora                                                                63%                     38%                                                                                                                                                     17%                    0%         16.5%
                                         50% Metas de Objetivos Operativos                                                               50%                     50%                                                                                                                                                     31%                    0%         31.0%
                                           4 Metas formuladas para el programa
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      proceso, y estos fondos irían nuevamente a formar parte de superávit. Por lo cual se solicita modificar para
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      reasignar estos recursos a mejoras y ampliación de proyectos que se encuentran en el Plan Vial Quinquenal


                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      contrataciones publica por demanda se amplían la cantidad de vías de comunicación que se pueden atender.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      infraestructura vial, cabe mencionar que no son ampliaciones de contrato, sino más bien que al ser
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
Ordinario 2023
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO                                                                                                                             SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA HOJA, PASARLA
PROGRAMA II: SERVICIOS COMUNITARIOS                                                                                                                          A OTRO ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DARLE LAS
                                                                                                                                                             CARACTERÍSTICAS NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN
                                                                                                                                                             UTILIZADAS.
MISIÓN: Brindar servicios a la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades.                                                                           NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        19/12/2023




Producción final: Servicios comunitarios
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        ACTA 190-23




  PLANIFICACIÓN                                                                                                             PLANIFICACIÓN OPERATIVA                                                                                                                                                    EVALUACIÓN
   ESTRATÉGICA
     PLAN DE                                                                                                           PROGRAMACIÓN DE LA META                                                                    ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META            GASTO REAL POR META               Resultado anual                  EJECUCIÓN DE LA META                Resultado del
  DESARROLLO                                                       META                                                                                               FUNCIONARI                                                                                                                  del indicador de                                                     indicador de
                                                                                                                                                                                                    División de
                      OBJETIVOS DE MEJORA                                                                                           %                         %           O                                                                                                                        eficiencia en la                     %                       %      eficacia en el
   MUNICIPAL                                                                                         INDICADOR                                                                       SERVICIOS       servicios
                        Y/O OPERATIVOS                                                                                                                               RESPONSABL                                                                                                                   ejecución de los                                                     cumplimiento
     AREA                                                                                                                                                                                                          I SEMESTRE           II SEMESTRE          I SEMESTRE          II SEMESTRE
                                                                                                                                                                          E                                                                                                                         recursos por                                                        de la metas
                                                                                                                                                                                                      09 - 31




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      I semestre




                                                                                                                       I Semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  II semestre




                                                                                                                                               II Semestre
  ESTRATÉGICA                                Código         No.           Descripción                                                                                                                                                                                                                    meta                                                          programadas
Infraestructura      mantener en buen estado Operativo       1    Contar con un peon municipal Actividades             50           50%        50            50%     Favio   Lopez 03                                   6,304,254.62        6,642,997.41         5,345,041.10                                 41%     41              41%                       0%         41%
                     los caminos                                  que le de mantenimiento los realizadas   /                                                         C             Mantenimient
                                                                  caminos vecinales            objetivos                                                                           o de caminos
                                                                                               completados                                                                         y calles

Servicios Públicos   Recolectar los desechos Mejora         2     Brindar      el   servicio   de contratacion         50           50%        50            50%     Alberto       02                                 109,405,235.15      109,405,235.15        68,004,726.91                                 31%     31              31%                       0%         31%
                     solidos del distrito                         recoleccion de basura en el realizada         /                                                    Vasquez       Recolección
                                                                  distrito de Cóbano.             servicio                                                           Granados      de basura
                                                                                                  brindado
Desarrollo           Colaborar      con     las Mejora      3     Disponer de los recursos Monto                       50           50%        50            50%     Comité     de 09            Deportivos            30,281,529.18       29,281,529.18         6,364,618.90                                 11%     11              11%                       0%         11%
Económico            actividades deportivas del                   economicos para cumplir con presupuestad                                                           deportes      Educativos,
Sostenible           distrito por medio del                       las      diversas   actividades o/actividades                                                                    culturales  y
                     comité      Distrital   de                   deportivas para distrito        realizadas                                                                       deportivos
                     Deportes
Desarrollo           Mantener el departamento Mejora        4     Contar con un departamento Monto                     50           50%        50            50%     Coordinador   15                                  61,082,582.55       61,082,582.55        51,229,900.80                                 42%     42              42%                       0%         42%
Económico            de     ZMT.   Brindar   un                   de ZMT funcionando acorde a presupuestad                                                           ZMT           Mejoramiento
Sostenible           desarrollo acorde a los                      la  necesidad      y que      el o/departament                                                                   en la zona
                     planes         reguladores                   desarrollo de la ZMT se realice o consolidado                                                                    marítimo
                     aprobados en la ZMT.                         a como lo estipula la ley.       y    desarrollo                                                                 terrestre
                                                                                                   realizado.

Infraestructura      Mantener    los edificios Mejora       5     Contar con unas instalaciones Monto                  50           50%        50            50%     Favio   Lopez 17                                  19,446,762.30       19,868,859.99        13,717,652.38                                 35%     35              35%                       0%         35%
                     municipales en buenas                        municipales acordes a la presupuestad                                                              C             Mantenimient
                     condiciones                                  necesidad de los empleados y o/obras                                                                             o de edificios
                                                                  contribuyentes.                     realizadas
Gestión Ambiental y cumplimiento de la ley de Operativo     6     Contar con un profesional en actividades y           50           50%        50            50%     Alberto       25                                  41,316,510.70       42,660,200.80        23,146,748.31                                 28%     28              28%                       0%         28%
Ordenamiento        residuos       solidos  y                     gestion ambiental que pueda remuneracion                                                           Vasquez       Protección
Territorial         mecanismoa para mejorar                       actualizar a la nueva ley de es                                                                    Granados      del    medio
                    la situacion del ambiente                     residuos solidos y practicas indicadas/acti                                                                      ambiente
                    en el Distrito                                ambientales el servicio de vidades
                                                                  recoleccion, asi como otros realizadas           y
                                                                  proyectos     relacionados       al remuneracion
                                                                  ambiente y contar con un es pagas
                                                                  equipo     de    trabajo      para
                                                                  recoleccion de valorizables
Infraestructura      Mantrener un pequeño Operativo         7     Disponer de un fondo que Monto                        0           0%         100           100% Favio     Lopez 28 Atención                                               4,000,000.00                  0.00                                  0%      0              0%                       0%          0%
                     fondo para ermegencias                       permita algunos materiales presupuestad                                                         C               de
                                                                  necesarios     en     caso      de o/Emergencia                                                                 emergencias
                                                                  ermegencias                         s atendidas                                                                 cantonales
Desarrollo           Disponer   del   recurso Operativo     8     contar con personal que lleve Monto                  50           50%        50            50%     Melissa      26 Desarrollo                        74,799,702.58       77,920,155.09        41,229,228.16                                 27%     27              27%                       0%         27%
Económico            humano que permita el                        a cabo las funciones que presupuestad                                                              Jimenez      Urbano
Sostenible           desarrollo  Urbano   del                     permitan el mejor de los o/actividades
                     distrito                                     trabajos en el area de realizadas
                                                                  construcciones,      ing,    insp,
                                                                  secret ing
Servicios Públicos   Realizar una adecuada Operativo        9     Se     requiere     realizar     la Contratacion     50           50%        50            50%     Alberto       16 Depósito y                       19,105,434.32       19,105,434.32        27,044,088.48                                 71%     71              50%                       0%         71%
                     disposicion     de     los                   contratacion de la deisposicion adquirida        /                                                 Vasquez,      tratamiento
                     residuos en un sitio con                     y tratamiento de los residuos toneladas                                                                          de basura
                     los              permisos                    solidos del Distrito por el canceladas
                     correspondientes.                            periodo 2019.
Desarrollo Social    Gestionar,    atender    y Operativo   10    Se     requiere     realizar     la Contratacion     50           50%        50            50%     Favio   Lopez 10 Servicios                           506,593.00       13,052,759.16           506,593.00                                   4%      4              4%                       0%          4%
                     desarrollar   todos    los                   contratacion de personal para realizada          /                                                 C             Sociales   y
                     proyectos y actividades                      realizar las activdiades de actividades y                                                                        complementa
                     que competan al área de                      Gestion Turistica y Ofinca de objetivos                                                                          rios.
                     Turismo, ofim                                la mujer                            realizados
Desarrollo           sumas     sin   asignacion             11    Sumas con destino específico sin proyecto por                     0%                       0%      Favio   Lopez 26 Desarrollo                                                      0.00                                                      0%      0              0%                       0%          0%
Económico            presupuestaria             Operativo         asignacion         presupuestaria asignar                                                          C             Urbano
Sostenible                                                        (movilidad peatonal 4% del IBI)

                     SUBTOTALES                                                                                                          4.5                   5.5                                                   362,248,604.39      383,019,753.64       236,588,598.04               0.00                0%                           2.7                  0.0
TOTAL POR PROGRAMA                                                                                                                   45%                      55%                                                                                                                                                                        27%                     0%            27%
                                        40% Metas de Objetivos de Mejora                                                             50%                      50%                                                                                                                                                                        30%                     0%            30%
                                        60% Metas de Objetivos Operativos                                                            42%                      58%                                                                                                                                                                        25%                     0%            25%
                                         10 Metas formuladas para el programa
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO                                                                                                                  SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMA CIÓN PA RA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIA R ESTA HOJA , PA SA RLA A OTRO
Ordinario 2023                                                                                                                                           A RCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DA RLE LA S CA RA CTERÍSTICA S
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO                                                                                                                         NECESA RIA S DE IMPRESIÓN, OCULTA NDO O BORRA NDO LA S LÍNEA S QUE NO SEA N UTILIZA DA S.
                                                                                                                                                         NO SOLICITA R A LA CGR MODIFICA CIONES PA RA IMPRIMIR ESTE A RCHIVO.
PROGRAMA III: INVERSIONES

MISIÓN: Desarrollar proyectos de inversión a favor de la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    19/12/2023




Producción final: Proyectos de inversión
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    ACTA 190-23




   PLANIFICACIÓN                                                                                                  PLANIFICACIÓN OPERATIVA                                                                                                                                                   EVALUACIÓN
    ESTRATÉGICA
      PLAN DE                                                                                                     PROGRAMACIÓN DE LA                                                                 ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META                  GASTO REAL POR META                   Resultado     EJECUCIÓN DE LA META                  Resultado del
                                                                 META                                                                                     FUNCIONARI
                         OBJETIVOS DE                                                                                                                                                                                                                                                          anual del                                            indicador de
    DESARROLLO                                                                                                          %         %                           O                       SUBGRUPO                                                                                                                             %                  %
                          MEJORA Y/O                                                             INDICADOR                                                              GRUPOS                                                                                                               indicador de                                          eficacia en el
     MUNICIPAL
         AREA                                                                                                                                            RESPONSABL                       S             I SEMESTRE             II SEMESTRE             I SEMESTRE             II SEMESTRE
                          OPERATIVOS                                                                                                                                                                                                                                                         eficiencia en                                         cumplimiento
                                                                                                                                                              E




                                                                                                                                      II Semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                II Semestre




                                                                                                                  I Semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                             I Semestre
   ESTRATÉGICA                          Código           No.             Descripción                                                                                                                                                                                                         la ejecución                                            de la metas
Infraestructura      Mantener  en  buen Mejora            1    Disponer     de        vias     de Monto           50           50%    50            50% Ing. Franklin 02 Vías de Mantenimient                57,919,329.50         135,455,835.29           19,586,105.31                             10%    17           17%                 0%       17%
                     estado los caminos                        comunicación en el distrito en presupueatd                                               UTGV          comunicació o    periódico
                     vecinales                                 optimas condiciones                o/Vias                                                              n terrestre red vial
                                                                                                  reparadas
Infraestructura      mantener     en   buen Mejora       2     ejecutar     el       presupuesto Monto            50           50%    50            50% Junta     Vial, 02 Vías de Mantenimient            196,213,679.68          676,534,701.05           87,352,600.86                             10%    22           22%                 0%       22%
                     estado los caminos                        proveniente de la Ley 8114 y bajo presupueatd                                            Ing. Franklin comunicació o      periódico
                     cantonales                                los parametros establecidos en o/Vias                                                                    n terrestre red vial
                     inventariados   de   la                   la Ley 9329 para los Concejos reparadas,
                     zona                                      Municipales de Distrito            maquinaria,
                                                                                                  proyectos
                                                                                                  realizados
Gestión Ambiental y Dar soporte al servicio Operativo          10% Utilidad para el desarrollo Monto                           0%     100 100% Favio Lopez 07        Otros Otros fondos                                                                                0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
Ordenamiento        que ha venido en                           servicio recolecion de basura presupuesto/                                      C,    Alberto fondos      e e inversiones
Territorial         crecimiento                                SOPORTE EXTRAORDINARIO actividades                                              Vasquez       inversiones
                                                               PARA      EL    ALQUILER       DE realizadas
                                                         1                                                                                                                                                                            24,312,274.48
                                                               MAQUINARIA         PARA        EL
                                                               SERVICIO DE RECOLECCIÓN
                                                               DE    DESECHOS         PARA SU
                                                               DESARROLLO
Gestión Ambiental y Dar soporte al servicio Operativo          10% utilidad de deposito y Monto                                0%     100 100% Favio Lopez 07        Otros Otros fondos                                                                                0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
Ordenamiento        que ha venido en                           tratamiento       de        basura presupuesto/                                 C,    Alberto fondos      e e inversiones
Territorial         crecimiento y aumento                      SOPORTE EXTRAORDINARIO actividades                                              Vasquez       inversiones
                    de residuos                          2     DEL SERVICIO DE DEPÓSITO realizadas                                                                                                                                     4,245,652.07
                                                               Y        TRATAMIENTO           DE
                                                               DESECHOS           PARA        SU
                                                               DESARROLLO
Educación            Dotar de espacios y Mejora                ESPACIOS SEGUROS Y DE FÁCIL proyecto                            0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros Centros   de                                      1,422,500.00                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     accesos en las areas                      ACCESO        ENTRE         AREAS realizado/pa                                  C,                     proyectos     enseñanza
                     de     escuela  bello               1     COMUNALES        DEL      CENTRO go      por  la
                                                               ESCOLAR BELLO HORIZONTE (Ley
                     horizonte                                                                    obra
                                                               8464)
Educación            Apoyar con materiales               2     MATERIALES PARA LEVANTAR materiales                             0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros Centros   de                                      2,019,627.23                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     para    comedor       de                  EL COMEDOR EL COMEDOR adquiridos /                                              C,                     proyectos     enseñanza
                     escuela en el Distrito   Mejora           ESCOLAREN       LA   ESCUELA materiales
                                                               CONFEDERACION SUIZA (Ley pagados
                                                               8464)
Desarrollo           Apoyar con rotulacion Operativo     1     ROTULOS       DE     CAMPAÑA rotulos                            0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros                                                   1,997,000.00                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
Económico            para proyecto de ADI                      ONLINE            MONTEZUMA adquiridos/ro                                       C,                     proyectos
Sostenible           MONTEZUMA                                 SOSTENIBLE DE LA ASOC. tulos
                                                               DESARROLLO INTEGRAL DE pagados
                                                               MONTEZUMA (Ley 8464)
Desarrollo Social    Apoyar con materiales               1     MATERIALES PARA CIERRE materiales                               0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros                                                   2,930,000.00                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     para que la ADI de los                    DE PLAZA DE FUTBOL DE LOS adquiridos /                                          C,                     proyectos
                     Mangos     realice   el                   MANGOS        CON       MALLA materiales
                                             Operativo
                     cierre de la plaza de                     METALICA DE LA ASOCIACION pagados
                     futbol                                    DE DESARROLLO INTEGRAL
                                                               DE LOS MANGOS (Ley 8464)
Desarrollo Social    Apoyo con materiales                2     MATERIALES               PARA materiales                        0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros                                                    790,000.00                      0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     para  la  ADI    DE                       CONSTRUCCION DE ACERAS, adquiridos /                                            C,                     proyectos
                     COBANO                                    MALLA     DE     ACCESO      Y materiales
                                             Operativo         PERIMETRAL DE LA CASA DE pagados
                                                               LA       CULTURA        ASOC.
                                                               DESARROLLO INTEGRAL DE
                                                               COBANO (Ley 8464)
Desarrollo Social    Apoyo con materiales                3     MATERIALES               PARA materiales                        0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros                                                   1,226,000.00                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     para la ADI DE SAN                        CONSTRUCCION DE BODEGA adquiridos /                                             C,                     proyectos
                     ISIDRO               Operativo            ASOC.           DESARROLLO materiales
                                                               INTEGRAL DE SAN ISIDRO (Ley pagados
                                                               8464)
Educación            Apoyar con materiales               3     MOBILIARIO       PARA       LA materiales                       0%     100 100% Favio            Lopez 06      Otros Centros   de                                      1,072,000.00                     0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     para    comedor       de                  ESCUELA DE RIO NEGRO DE adquiridos /                                            C,                     proyectos     enseñanza
                                              Mejora
                     escuela en el Distrito                    CÓBANO (Ley 8461)              materiales
                                                                                              pagados
Infraestructura      Revestimiento      de               3     Proyecto de revestimiento de proyecto              100          100%                 0%   Ing. Franklin, 02 Vías de                           25,000,000.00                                             0.00                            0%      0          0%                  0%        0%
                     cunetas,      aceras,                     cunetas, aceras, cordón y caño realizado/pa                                               Favio Lopez, comunicació
                                           Operativo
                     cordón y caño                             (Ley 8114/9329)                go    por  la                                              UTGV           n terrestre
                                                                                              obra
Infraestructura      Construccion de pasos               4     CONSTRUCCION           PASOS proyecto              100          100%                 0%   Ing. Franklin, 02 Vías de                           53,000,000.00                                  12,384,152.02                             23%    23           23%                 0%       23%
                     de alcantarilla                           ALCANTARILLA            CALLE realizado/pa                                                Favio Lopez, comunicació
                                             Operativo
                                                               COBANO-RIO FRIO, LEY 8114 go         por  la                                              UTGV           n terrestre
                                                                                              obra
Infraestructura     Construccion                              5    Alcantarillado pluvial del cruce de proyecto             100   100%        0%   Ing. Franklin, 02 Vías de Alcantarillado     55,853,789.68                                     0%    0    0%   0%   0%
                    alcantarillado Pluvial                         playa Carmen a quebrada Danta realizado/pa                                      Favio Lopez, comunicació pluvial
                                                  Operativo
                                                                   (Ley 8114/9329)                     go   por la                                 UTGV           n terrestre
                                                                                                       obra
Infraestructura     Colocacion de        430                  6    Colocación     de    430     metros proyecto             100   100%        0%   Ing. Franklin, 02 Vías de Mejoramiento                0.00                              0.00   0%    0    0%   0%   0%
                                                                                                                                                                                                                                                                             19/12/2023




                    MTRS TSB3                                      lineales TB3, ruta alterna a realizado/pa                                       Favio Lopez, comunicació red vial
                                                                                                                                                                                                                                                                             ACTA 190-23




                                                  Operativo
                                                                   Montezuma C6-01-126            (Ley go   por la                                 UTGV           n terrestre
                                                                   8114/9329)                          obra
Infraestructura     Construccion             de               7     Construcción de alcantarilla de proyecto                100   100%        0%   Ing. Franklin, 02 Vías de Mejoramiento       23,000,000.00                              0.00   0%    0    0%   0%   0%
                    ALCANTARILLA                                   cuadro quebrada Biscoyol ruta realizado/pa                                      Favio Lopez, comunicació red vial
                                                  Operativo
                                                                   C6-01-126 (Ley 8114/9329)           go   por la                                 UTGV           n terrestre
                                                                                                       obra
Desarrollo          sumas sin asignacion                      2    Sumas con destino especifico sin                               0%     100 100% Encargado      07      Otros                                                             0.00   0%    0    0%   0%   0%
Económico           presupuestaria       Operativo                 asignacion            presupuestaria                                           Patentes       fondos      e                                    16,250,000.00
Sostenible                                                         (25%Licencias de licores)                                                                     inversiones
Desarrollo          sumas sin asignacion                      3                                                                   0%     100 100% Favio Lopez    07      Otros                                                             0.00   0%    0    0%   0%   0%
                                                                   Sumas con destino especifico sin
Económico           presupuestaria       Operativo                                                                                                               fondos      e                                    61,082,582.55
                                                                   asignacion presupuestaria (20%ZMT)
Sostenible                                                                                                                                                       inversiones
Desarrollo Social   COMPRA               DE                   4                                           terreno                 0%     100 100% Favio Lopez,                                                                    35,000,000.00   99%   99   0%   0%   99%
                    TERRENO                                                                               comprado/te                             Jackeline
                                                                                                          rreno inscrito                          Rodriguez
                                                  Operativo        COMPRA DE TERRENO                                                                                                                              35,500,000.00
                                                                                                          a nombre del
                                                                                                          CMDC

Infraestructura     Mejora de caminos                         8                                           proyectos    a          0%     100 100% Ing. Franklin, 02 Vías de                                               0.00             0.00   0%    0    0%   0%   0%
                                                                   MEJORAMIENTO               DE
                                                                                                 realizar/                                        Favio Lopez, comunicació
                                                  Mejora           INFRAESTRUCTURA VIAL DISTRITO
                                                                   DE CÓBANO (Ley 8114/9329)     entrega              del                         UTGV           n terrestre
                                                                                                          proyecto
Infraestructura     Mejora de caminos                         9    Cabezales sobre la ruta a Rio Frio, proyectos a                0%     100 100% Ing. Franklin, 02 Vías de                                      54,391,417.10                    0%         0%   0%   0%
                                                                   en     concreto       fc     250kg/cm2 realizar/                               Favio Lopez, comunicació
                                                                   • Ampliación de Paso de agua en entrega           del                          UTGV           n terrestre
                                                                   Cabuya, concreto fc 250kg/cm2 y
                                                                                                            proyecto
                                                                   acero de refuerzo, excavación.         •
                                                                   Muro de Gaviones en Los Mangos
                                                  Mejora           protección       de       calle,     por
                                                                   desplazamiento.
                                                                   • Cabezales, suministro e instalación
                                                                   de alcantarillas, entre Las Parcelas y
                                                                   La Manchita.            • Instalación de
                                                                   alcantarillado    pluvial    en    Playa
                                                                   Carmen.
Educación           Apoyar proyectos de Mejora                     PISO LUJADO PARA SALÓN Monto                                   0%     100 100% Favio   Lopez 01 Edificios     Centros   de                     6,200,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    mejora en las escuelas                         ESCOLAR DE LA ESC. SAN presupueatd                                             C,                             enseñanza
                                                              3
                    del distrito                                   ISIDRO     DE CÓBANO        (Ley o/piso
                                                                   N°8461)                          terminado
Educación           Apoyar proyectos de Mejora                     MEJORAS EN LA ESCUELA Monto                                    0%     100 100% Favio   Lopez 01 Edificios     Centros   de                     4,660,948.71                    0%         0%   0%   0%
                    mejora en las escuelas                         CONFEDERACION SUIZA DE presupueatd                                             C,                             enseñanza
                                                              4
                    del distrito                                   CÓBANO (Ley N°8461)              o/     mejoras
                                                                                                    finalizadas
Infraestructura     Realizar construccion Operativo                                                 Monto                         0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                     95,198,376.73                    0%         0%   0%   0%
                                                                   CONSTR. DE INFRAESTRUCTURA
                    de infraestructura en                                                           presupueatd                                   Ing. Franklin comunicació
                                                              8    VIAL EN LA ZMT (40% Obras
                    ZMT                                            Mejoras Z.T. Ley N°6043)         o/ Carretera                                                  n terrestre
                                                                                                    construida
Infraestructura     Realizar construccion                     9    CONSTRUCCION DE ACCESO Monto                                   0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                     31,866,048.50                    0%         0%   0%   0%
                    de accesos a la playa                          A PLAYA HERMOSA (20% presupueatd                                               Ing. Franklin comunicació
                                                  Operativo
                                                                   Fondo Mejoras Z.T.)              o/     Acceso                                                 n terrestre
                                                                                                    construido
Infraestructura     Realizar   trabajo   de Operativo         10   ASFALTADO         CENTRO    MAL Monto                          0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                    112,165,168.09                    0%         0%   0%   0%
                    asfaltado centro de mal                        PAIS      FRENTE         A  LOS presupueatd                                    Ing. Franklin comunicació
                    pais                                           ACCESOS A LA PLAYA (40% o/ proyecto                                                            n terrestre
                                                                   Obras Z.T. y del Cantón Ley de asfaltado
                                                                   N°6043)                          construido
Seguridad Social    Realizar demarcacion                      8    SEÑALIZACION                   Y Monto                         0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                     10,000,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    para seguridad vial en                         DEMARCACIONES            EN LAS presupueatd                                    Ing. Franklin comunicació
                    el distrito                                    VÍAS DEL DISTRITO CÓBANO o/                                                                    n terrestre
                                                  Operativo
                                                                   (Superavit libre)                señalizacion
                                                                                                    es
                                                                                                    realizadas
Infraestructura     Realizar                la                11   CONSTRUCCION                     Monto                         0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                    135,000,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    construccion           de                      INFRAESTRUCTURA VIAL EN presupueatd                                            Ing. Franklin comunicació
                    carreteras en el distrito Operativo            MONTEZUMA DE CÓBANO (ruta o/ proyecto                                                          n terrestre
                                                                   C6-01-160 161) (Superavit Libre) construido

Infraestructura     Realizar                la                12   CONSTRUCCION                    Monto                          0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                    155,000,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    construccion           de                      INFRAESTRUCTURA VIAL EN presupueatd                                            Ing. Franklin comunicació
                                               Operativo
                    carreteras en el distrito                      SANTIAGO DE CÓBANO (ruta o/ proyecto                                                           n terrestre
                                                                   C6-01-150) (Superavit Libre)    construido
Infraestructura     Realizar construccion                     13   CONSTRUCCION         GAVIONES Monto                            0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                     30,000,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    de gaviones en sitios                          EN BELLO HORIZONTE DE presupueatd                                              Ing. Franklin comunicació
                    que     requieren       la                     CÓBANO        (ruta  C6-01-109) o/ proyecto                                                    n terrestre
                                               Operativo
                    intervencion        para                       (Superavit Libre)               DE
                    mantener     el    paso                                                        GAVIONES
                    vehicular
Infraestructura     Realizar                la                14   CONSTRUCCION                 Monto                             0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                                     48,600,000.00                    0%         0%   0%   0%
                    construccion           de                      INFRAESTRUCTURA VIAL EN presupueatd                                            Ing. Franklin comunicació
                                               Operativo
                    carreteras en el distrito                      SAN ISIDRO DE CÓBANO (ruta o/ proyecto                                                         n terrestre
                                                                   C6-01-037) (Superavit Libre) construido
Infraestructura         Realizar                la              15   CONSTRUCCION                     Monto         0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                            50,000,000.00                           0%   0%    0%    0%
                        construccion           de                    INFRAESTRUCTURA VIAL EN presupueatd                            Ing. Franklin comunicació
                        carreteras en el distrito Operativo          LOS MANGOS DE CÓBANO o/ proyecto                                               n terrestre
                                                                     (ruta     C6-01-164)  (Superavit construido
                                                                                                                                                                                                                                                             19/12/2023




                                                                     Libre)
                                                                                                                                                                                                                                                             ACTA 190-23




Infraestructura         Construir aceras que                    16   CONSTRUCCION ACERAS EN Monto                   0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                            50,414,961.00                           0%   0%    0%    0%
                        permitan el transito                         EL DISTRITO DE CÓBANO, presupueatd                             Ing. Franklin comunicació
                        peatonal en el distrito Operativo            SEGÚN PVQCD (Ley N ° 9976) o/ ACERAS                                           n terrestre
                                                                                                      CONSTRUI
                                                                                                      DAS
Infraestructura         Construccion de un                      17   CONSTRUCCION DE PUENTE Monto                   0%     100 100% Junta     Vial, 02 Vías de                           115,500,000.00                           0%   0%    0%    0%
                        puente que comunique                         (RIO          NEGRO-SANTIAGO) presupueatd                      Ing. Franklin comunicació
                                                    Operativo
                        las comunidades de                           (Financiamiento BP)              o/ PUENTE                                     n terrestre
                        Rio Negro y Santiago                                                          construido
Desarrollo              Realizar                 la             16   FISCALIZACION        LICENCIAS Monto           0%     100 100% Yorleny         06      Otros                          9,969,605.92                           0%   0%    0%    0%
Institucional Municipal actualzuiacion          de                   COMERCIALES Y LICORES, Y presupueatd                           Madrigal,       proyectos
                                                    Operativo
                        herramienta catastral                        ACT. DE LICENCIAS EN MAPA o/ proyecto                          Patentes
                        del distrrito                                CATASTRAL CMD CÓBANO             realizado
Infraestructura         Realizar                 la             18                                    Monto         0%     100 100% Arq. Melissa 06    Otros                              60,000,000.00                           0%   0%    0%    0%
                        construccion            de                   CONSTRUCCION DE PARQUES: presupueatd                           Jimenez M, proyectos
                        parques       para       el Operativo        MONTEZUMA (20% Fondo mejoras o/ proyecto                       Favio Lopez
                        disfrute      de       los                   zona turística)                  realizado                     C,
                        habitantes del distrito
Infraestructura         construir paradas que                   19                                          Monto   0%     100 100% Arq. Melissa 06    Otros                                       0.00                           0%   0%    0%    0%
                        beneficien,           den                    CONSTRUCCION DE PARADA DE presupueatd                          Jimenez M, proyectos
                        seguridad y resguardo Operativo              AUTOBUSES EN EL DISTRITO DE o/ proyecto                        Favio Lopez
                        a quienes viajan en                          COBANO (Superavit libre)    realizado                          C,
                        transporte publico
Desarrollo              Realizar              una               19                                          Monto   0%     100 100% Tpografos    06      Otros                            16,759,876.95                           0%   0%    0%    0%
                                                                     MEJORAMIENTO EN EL PROCESO
Institucional Municipal actualizacion             y                                             presupueatd                         municipales, proyectos
                                                    Mejora           DEL CATASTRO MUNICIPAL DEL
                        mejoramiento en el                           CMD CÓBANO                 o/ proyecto                         Favio Lopez
                        catastro municipal                                                      realizado                           C.
Desarrollo Social       Realizar                 la             20   CONSTRUCCION DE PARQUE Monto                   0%     100 100% Arq. Melissa 06      Otros                           250,000,000.00                           0%   0%    0%    0%
                        construccion            de                   RECREATIVO-DEPORTIVO Y presupueatd                             Jimenez M, proyectos
                        parques       para       el Operativo        CULTURAL            CÓBANO o/ proyecto                         Favio Lopez
                        disfrute      de       los                   (Financiamiento BP)        realizado                           C,
                        habitantes del distrito
Desarrollo Social       Adquirir maquinas de                    21   ADQUISICIÓN DE MAQUINAS Monto                  0%     100 100% Favio Lopez 06      Otros                              2,819,305.24                           0%   0%    0%    0%
                        ejercicio           para                     PARA GIMNASIO AL AIRE LIBRE presupueatd                        C,          proyectos
                                                    Operativo
                        comunidades                                                              o/ maquinas
                                                                                                 compradas
Desarrollo              Realizar estudios para                  22   PLAN DE ORDENAMIENTO Monto                     0%     100 100% Favio Lopez 06      Otros                             20,943,671.71                           0%   0%    0%    0%
Institucional Municipal creacion de un Plan de                       TERRITORIAL                 presupueatd                        C,          proyectos
                                               Operativo
                        Ordenamiento                                                             o/ proyecto
                        Territorial                                                              realizado
Desarrollo              sumas sin asignacion                    4    Sumas con destino especifico sin               0%     100 100% Favio Lopez 07      Otros                              9,757,499.48                           0%   0%    0%    0%
Económico               presupuestaria         Operativo             asignacion            presupuestaria                           C,          fondos      e
Sostenible                                                           (25%Licencias de licores)                                                  inversiones
Desarrollo              sumas sin asignacion                    5                                                   0%     100 100% Favio Lopez 07      Otros                            141,025,452.64                           0%   0%    0%    0%
                                                                     Sumas con destino especifico sin
Económico               presupuestaria         Operativo             asignacion presupuestaria (20%ZMT)
                                                                                                                                    C,          fondos      e
Sostenible                                                                                                                                      inversiones
Desarrollo              sumas sin asignacion                    6    Sumas con destino especifico sin               0%     100 100% Favio Lopez 07      Otros                             14,623,969.68                           0%   0%    0%    0%
Económico               presupuestaria         Operativo             asignacion presupuestaria (Impuesto                            C,          fondos      e
Sostenible                                                           por movilización de carga portuaria)                                       inversiones

Desarrollo              sumas sin asignacion                    7    Sumas con destino especifico sin               0%     100 100% Favio Lopez 07           Otros                        51,885,953.49                           0%   0%    0%    0%
Económico               presupuestaria       Operativo               asignacion presupuestaria (IGastos                             C,              fondos       e
Sostenible                                                           de sanidad, artículo 47 Ley 5412-73)                                           inversiones
Infraestructura         Realizar proceso de                     23                                          Monto   0%          0% Junta      Vial, 02 Vías de                            30,000,000.00                           0%   0%    0%    0%
                        mejoramiento           y                     MANTENIMIENTO, MEJORAS Y presupueatd                           Ing. Franklin comunicació
                        ampliacion    vial en Operativo              AMPLIACION    VIAL  CALLE o/ proyecto                                          n terrestre
                        muelle     en     barrio                     CAMBOYA, CDMCÓBANO        realizado
                        camboya
                        SUBTOTALES                                                                                   6.0         41.0                                410,986,798.86   2,471,620,427.91    154,322,858.19   0.00   0%   0.6   0.0
TOTAL POR PROGRAMA                                                                                                  13%         87%                                                                                                    1%    0%         1%
                                          21% Metas de Objetivos de Mejora                                          10%         90%                                                                                                    4%    0%         4%
                                          79% Metas de Objetivos Operativos                                         14%         86%                                                                                                    1%    0%         1%
                                           47 Metas formuladas para el programa
ACTA 190-23
19/12/2023




              CERTIFICACIONES
ACTA 190-23
19/12/2023
ACTA 190-23
19/12/2023




ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales, William Morales Castro, Manuel Ovares
Elizondo, Eric Salazar, Carlos Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Eduardo
Sánchez Segura) y Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
propietario Minor Centeno Sandi). Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO
8.3. Dar pase de esta Modificación presupuestaria al Concejo Municipal de la Municipalidad de
Puntarenas para su debida aprobación e inclusión al sistema integrado de Presupuestos Públicos
de la Contraloría General de la Republica. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales,
William Morales Castro, Manuel Ovares Elizondo, Eric Salazar, Carlos Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal Eduardo Sánchez


    b. OFICIO INT-2023-675. ASUNTO. CAMBIO INTEGRANTE COMITÉ TRIPARTITA
Por medio de la presente me permito de la manera más atenta informar que el comité de deportes a solicitado
apoyo para realizar cambios en los integrantes de la comisión tripartita con el fin de renovar a sus integrantes de
cara a un nuevo año de trabajo, por parte del comité y del CTP ya se enviaron las nuevas propuestas de los que
representarían estas dos instituciones.
Debo mencionar que de parte del concejo municipal nos ha representado y de buena manera la licenciada
Rosibeth Obando estos últimos años, a quien le debemos agradecer haber dedicada tiempo a esta comisión, para
este nuevo periodo solicito de la manera más respetuosa nombrar en la junta tripartida administradora del
gimnasio al compañero Mauricio Duarte, además que se les brinde un espacio para que el próximo marte 26 de
diciembre se puedan juramentar, o bien en alguna otra fecha lo más antes posible con el fin que puedan iniciar
sus funciones.

CONSIDERANDO:
    ➔ Que el representante del Concejo ante el comité Tripartita administrador del Gimnasio lo
        es la Lcda. Rosibeth Obando Loria, la cual lleva ejerciendo este cargo desde el 26 de
        octubre del 2021
    ➔ Que se hace necesario renovar este comité
ACUERDO N°9
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar como representante de este
Concejo ante el comité tripartita administrador del Gimnasio al Concejal suplente Carlos Mauricio
Duarte Duarte”. ACUERDO UNANIME Se cuantifican cinco votos a favor de los Concejales Eric
Salazar, William Morales, Manuel Ovares, Carlos Mauricio Duarte(quien asume curul ante la
ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) y Kemily Segura (quien asume la curul ante
la ausencia del concejal propietario Minor Centeno)


ARTICULO lX.             CORRESPONDENCIA


    a. Rebeca Perez Pérez. ASUNTO. Solicitud de intervención ante el SINAC                               para la
        verificación “in situ” del Patrimonio Natural del Estado que se encuentra en toda la zona
ACTA 190-23
19/12/2023




       marítimo terrestre de Playa Hermosa, San Martin de Cobano específicamente del mojón
       del 178 al 201 y del 201 al 02
CONSIDERANDO:
   ➢ Que la señorita Rebeca Perez Pérez nos ha solicitado intervención ante el SINAC para la
       verificación “in situ” del Patrimonio Natural del Estado que se encuentra en toda la zona
       marítimo terrestre de Playa Hermosa, San Martin de Cobano específicamente del mojón
       del 178 al 201 y del 201 al 02
ACUERDO N°10
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “10.1 Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
10.2 Solicitarle al Sr. Pedro Andrey Rojas. Jefe a.i. de las Oficinas subregionales Paquera -
Lepanto-Cóbano si es posible realizar la inspección solicitada por la presidencia de la Asociacion
Cívica de Hermosa, Srta. Rebeca Perez Pérez. Se adjunta nota remita, la cuales ustedes deben
tener debido a que se indica que fueron copiados”. ACUERDO UNANIME Se cuantifican cinco
votos a favor de los Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares, Carlos Mauricio
Duarte(quien asume curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) y Kemily
Segura (quien asume la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor Centeno)


   b. Valeria Zamora Moya. FECOMUDI. Correo electrónico. ASUNTO. Notificación de
       publicación en la gaceta de la ley 10.395 reforma a la ley 5060. Ley General de Caminos
       Públicos, Ley 10.416. Reforma artículo 28 de la Ley 7794 Código Municipal, Ley 10.418 .
       Reforma de la Ley 8114, Ley 10.421. Reforma de los articulo 78 y 88 del la Ley 7794 Código
       Municipal. SE CONOCE


   c. Lutano S.A. ASUNTO. Solicitud de concesión. Análisis del exp. Administrativo
       número 3553-2007
LIC. OBANDO. En enero del año pasado en una reunión ellos presentaron un documento y no se
les ha dado respuesta. Ahora se deben contestar los dos
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL LIC. OBANDO PARA QUE NOS EMITA
UN CRITERIO


   d. Tania Johanning Villegas. ASUNTO. Recurso extraordinario de revisión contra acuerdo
       del Concejo de Distrito de Cóbano.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL LCDA. OBANDO


   e. Fernando Lecuna. Representante de Santa Teresa Golden Sunset S.R.L. ASUNTO.
       Recurso de revocatoria con apelación en subsidio de acuerdo tomado por el Concejo en
       sesión ordinaria 187-23 artículo VI, inciso a del 28 de noviembre del 2023.
   PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL LCDA. OBANDO.
ACTA 190-23
19/12/2023




    f.   Ph. D Juan Pablo Méndez Esquivel. Director. Liceo de Santa Teresa. ASUNTO. Terna
         para nombramiento de un miembro
CONSIDERANDO:
         ❑ Que se ha conocido terna presentada por el director del Liceo de Santa Teresa, avalada
            por el supervisor del circuito educativo MSc. Willy Fernández Montoya, para la
            reposición de un miembro de la Junta Administrativa.
         ❑ Que se adjunta para conocimiento la renuncia presentada por Paola Marcela Vargas
            Solano, cedula 1 0972 0703, a su cargo en dicha junta, nombrada en la sesión ordinaria
            168-2023.
         ❑ Que se adjunta copia del acta de la Junta Administrativa en la cual se conoció la
            renuncia de la señora Vargas Solano
         ❑ Que indica el Director mediante declaración Jurada, que este miembro que está

            presentando No contraviene los indicado en el artículo 13 del Reglamento General de
            Juntas de Educación y Administrativas. El cual textualmente dispone:
Artículo 13.-Los miembros de las Juntas desempeñarán sus cargos "Ad Honorem". Para efectos de
transparencia los miembros de la Junta no podrán ser parientes entre sí por consanguinidad o afinidad hasta
el tercer grado inclusive, ni de quien ejerza la dirección del centro educativo. Tampoco los parientes de los
miembros del Concejo Municipal, hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad inclusive, podrán
conformar las Juntas que le corresponde nombrar. Los funcionarios del Ministerio de Educación Pública y
de la Municipalidad podrán ser miembros de una Junta siempre y cuando no exista un conflicto de
interés por la naturaleza del puesto que desempeñen”.
    ❑ Que la junta estaba formada por tres mujeres y dos hombres
ACUERDO N°11.
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar como miembro de la
Junta Administrativa del Liceo de Santa Teresa, por el tiempo que le reste a esta junta, al señor:

         ➢ Emiliano Villalobos Soto.                    Cedula 5 0213 0685”
. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez, William Morales
Castro, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi y Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien
asumió la curul ante la ausencia del Concejal Eduardo Sánchez Segura.”ACUERDO UNANIME Se
cuantifican cinco votos a favor de los Concejales Eric Salazar, William Morales, Manuel Ovares,
Carlos Mauricio Duarte(quien asume curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
Sanchez) y Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del concejal propietario Minor
Centeno)


    g. Jorge Guzmán Ramírez. Secretario. Junta Directiva. Comité Distrital de Deportes y
         Recreación de Cóbano. ASUNTO. Transcripción de acuerdo donde solicitan el espacio
ACTA 190-23
19/12/2023




        donde se ubicaba el salón comunal para realizar un proyecto de un gimnasio con el
        ICODER.
PRESIDENTE. Solicitar a la administración información sobre ese terreno y si existe algún
proyecto a desarrollar en el mismo. Para analizar si es factible desarrollar el proyecto que desea
el comité distrital de deportes en ese sitio. PARA LA SEGUNDA SEMANA DE ENERO


    h. Jorge Guzmán Ramírez. Secretario. Junta Directiva. Comité Distrital de Deportes y
        Recreación de Cóbano. ASUNTO. Transcripción de acuerdo donde solicitan retirar los
        libros y muebles que se ubican en la oficina del gimnasio ya que requieren el espacio para
        guardar equipos, maquinas e implementos deportivos que pertenecen al comité.
PRESIDENTE. SE LE SOLICITA A LA INTENDENCIA UN INFORME SOBRE ESTE TEMA A
QUIEN PERTENECEN ESOS MATERIALES, PORQUE ESTAN AHÍ, SI SE PUEDE SOLICITAR
QUE LOS RETIREN DEL GIMNASIO


ARTICULO X.              INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
**********************************************U.L.************************************************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas en punto se da por finalizada la sesión




Sr. Eric Salazar Rodriguez                               Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                               SECRETARIA