Ordinaria 187 · 2023-11-28

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ACTA 187-23
28/11/2023



                                    ACTA N°187-2023
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                       2020-2024


ACTA NÚMERO CIENTO OCHENTA Y SIETE- DOS MIL VEINTITRES DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE AÑO DOS MIL VEINTITRES A LAS DIECISIETE HORAS CON
QUINCE MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE.
Erick Salazar Rodríguez

CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Minor Centeno Sandi
Manuel Ovares Elizondo
Eduardo Sánchez Segura

CONCEJALES SUPLENTES
Kemily Segura Briceño
Carlos Mauricio Duarte Duarte

INTENDENTE
Favio Lopez Chacon

ASESORA LEGAL
Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Salazar Cortes

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.         CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
A cargo de la Asesora Legal Licda. Rosibeth Obando

ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ACTA 187-23
28/11/2023




   a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 186-23 donde estuvieron presentes (Eric, Carlos
      Mauricio, Kemily, Manuel, Minor y William). La cual se ratifica en todas sus partes


ARTICULO III.      AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
  a. Se recibe al Sr. Andrey Mejías Lopez. Representante House of somos. Santa Teresa.


PRESIDENTE. Le la da bienvenida y concede la palabra
ANDREY.
ACTA 187-23
28/11/2023




LIC. OBANDO ¿Usted tiene un restaurante pone música baja (ambiente) y la gente se para a
bailar? ¿Es eso o pone la música alta?
ANDREY. El restaurante con la patente que tiene puede poner hasta una orquesta y tiene permiso
hasta las 2.30, no cobramos entrada, pero tenemos música en vivo.
LIC. OBANDO. Eso habría que analizarlo con patente a ver porque se está clausurando
ANDREY. No voy a mentir después de cierta hora la gente no consume alimentos solo bebidas.
Dejar que la gente baile dentro de un restaurante no existe en el reglamento
Cuando los inspectores llegan nos dan solamente cinco minutos para desalojar y en ese tiempo
no podemos ni cobrar y luego el huésped debe demostrar que es huéspedes para poder entrar,
los inspectores nos indican que tener huéspedes bailando convierte al hotel en sala de baile
PRESIDENTE. Que nos puede decir el Intendente al respecto
FAVIO. Ya hemos conversado con Andrey sobre esto. La muni no puede autorizar algo que esta
prohibido en el reglamento, no vamos a los negocios por acoso sino por denuncias que nos entran,
al estar cien personas bailando y consumiendo convierte el restaurante en una sala de baile. La
única forma de darle una solución jurídica a esto es poder constituir dentro del reglamento algo
que pueda regularizar esta actividad un día a la semana, que en el caso de Andrey son los jueves,
el asunto es que si los vecinos siguen incomodando, los inspectores tendrán que ir a clausurar y
con el tema de consumo de bebidas en la calle los inspectores no pueden atender esto solo deben
hacerlo con el ministerio de salud que son los que pueden decomisar bebidas y alimentos en la
calle, em esto los inspectores tienen muy limitada su accionar
ANDREY. A algunos negocios el ministerio de salud si les ha a autorizado la sala de baile
ERIC. La solución a esto debe nacer desde la administración y venir al concejo, nosotros siempre
estamos dispuestos a colaborar
ANDREY. Que podemos proponer para que por lo menos no nos hagan sacar la gente, que se
puede hacer al respecto
FAVIO. La muni no ha modificado el reglamento y los funcionarios públicos deben aplicar la norma,
eso es muy jurídico y son los abogados quienes lo redacten, lamentablemente esa es la situación.
Se hablan otros temas y el señor se retira

ARTICULO IV.         MOCIONES

   a. MOCION PROPUESTA POR EL CONCEJAL MANUEL OVARES Y AVALADA POR LOS
      CONCEJALES MINOR CENTENO, KEMILY SEGURA, ERIC SALAZAR Y CARLOS
      MAURICIO DUARTE.

Cóbano, 28 de octubre de 2023

         MOCION PROPUESTA POR EL CONCEJAL PROPIETARIO MANUEL OVARES ELIZONDO

Asunto: SOLICITUD DE INTERVENCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO PÁNICA Y RUTA 160

Considerando que:
ACTA 187-23
28/11/2023



  ➔ El puente sobre El Río Pánica es la única vía de acceso en temporada de lluvias a nuestro
      distrito.
  ➔ Este, en apariencia, se encuentra desplazado, en su parte noreste se ha rellenado varias
      veces y en la parte de Tambor hay un tope bastante pronunciado.
  ➔ La ruta 160 es la carretera más importante de ingreso de alimentos, medicinas,
      transporte, turismo, etc.
  ➔ Es nuestra obligación como concejales y gobierno local velar por el bienestar de nuestros
      habitantes y visitantes.
  ➔ También existen otras rutas nacionales en el distrito que urgen de atención.
Mociono para que:
   1. Se comunique al CONAVI dicha situación a la mayor brevedad posible.
   2. Se le solicite al Ingeniero del CONAVI encargado de la zona una inspección lo antes posible
      tanto al Puente sobre el Rio Pánica y la ruta 160.
   3. Se dispense del trámite de comisión y se apruebe en firme.
Acuerdo N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2. Acoger y aprobar la moción presentada por el Concejal Manuel Ovares y avalada por los
Concejales Minor Centeno, Kemily Segura, Eric Salazar y Carlos Mauricio Duarte y remitirla al Ing.
Eddy Baltodano del CONAVI, encargado de esta zona y solicitarle una pronta atención a esta
problemática…
1.3. Expresarle al Ing. Baltodano la urgencia de señalización y barandas de protección en el
trayecto de la ruta 160 comprendida entre Paquera y Cobano y solicitarle su pronta intervención
a fin de que se dote a este sector de la ruta de esta señalización y brindar así seguridad a los
usuarios, que esa institución conoce es sumamente transita por nacionales y extranjeros y estos
últimos desconocen por completo ese trayecto, y esto les brindaría un recorrido más seguro y
relajado“. Votan a favor los Concejales William Morales Castro, Eduardo Sánchez Segura, Manuel
Ovarles Elizondo, Eric Salazar Rodriguez y Minor Centeno Sandi. Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO

ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES

PRESIDENTE. VAMOS A SOMETER A VOTACION EL DICTAMEN DEL INFORME FINAL DE LA
COMISION TRIPARTITA SOBRE EL AJUSTE Y RECTIFICACION DEL PLAN REGULADOR
PEÑO DE ARIO Y PUNTA BARRIGONA QUE TENIAN QUE LEER Y ANALIZAR.

COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

 a. ASUNTO. ANALISIS DEL INFORME FINAL DE LA COMISION TRIPARTITA ICT-INVU -
    CMDC AJUSTE Y RECTIFICACION PLAN REGULADOR PEÑON DE ARIO

                                   DICTAMEN DE COMISION
Acta número sesenta y seis - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de Zona
Marítimo Terrestre, celebrada el día catorce de noviembre del año dos mil veintitrés, a las trece
horas, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros Eric
Salazar, y Carlos Mauricio Duarte. Además, la presencia de la asesora MA Ana Cristina Quiros y
Rosibeth Obando.
Ausente. William Morales

DOCUMENTOS ANALIZADOS:
  • PASE CMC-S-434-2023
  • OFICIO ZMT 288-2023
ACTA 187-23
28/11/2023



  • OFICIO ZMT-286-2023
CONSIDERANDO:
   ➢ Que se ha conocido y analizado el OFICIO ZMT-286-2023 correspondiente al Análisis y
     recomendación de las observaciones presentadas en Audiencia Publica realizada para el
     ajuste y rectificación de Plan Regulador Peñón de Ario, el cual está firmado por la MA Ana
     Cristina Quiros Soto, Ing. Rodrigo Vásquez del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
     Ing. Eduardo Salazar Ureña del Instituto Costarricense de Turismo y el Arq. Daniel Brenes
     Arroyo quienes conforman la -comisión tripartita.
   ➢ Que el Informe Final de la Comisión Tripartita conformada por el INVU-ICT y CMDC sobre
     el ajuste y rectificación al Plan Regulador Peñón de Ario, se detalla a continuación:
ZMT-286-2023
Señores
Concejales
Concejo Municipal Distrito de Cóbano

Asunto: Análisis y recomendación de las observaciones presentadas en Audiencia Pública al
Plan Regulador Peñón de Ario
Estimados señores:
La Comisión Tripartita conformada para realizar el análisis y recomendación al Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano de las observaciones presentadas en la Audiencia Pública del Ajuste y
Rectificación del Plan Regulador Peñón de Arío, integrada por los funcionarios del Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo – INVU, Instituto Costarricense de Turismo – ICT y del Concejo
Municipal del Distrito de Cóbano, se permite informar:
•       Las observaciones y objeciones a la propuesta de ajuste y rectificación del Plan Regulador
de Peñón de Arío, fueron recibidas durante la audiencia pública celebrada el 08 de febrero del
2023, y durante el periodo de 15 días hábiles posterior a dicha audiencia que culminó el día 01 de
marzo del 2023. Posterior a esta fecha no se recibieron ni tramitaron más observaciones y
objeciones.
•       El Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros y la Ley de Planificación
Urbana, no contempla un plazo de respuesta para las observaciones y objeciones presentadas a
los Planes Reguladores en ajuste.
•       El proceso de análisis y revisión de las objeciones y observaciones presentadas, se dio
durante 5 sesiones de trabajo, algunas virtuales y otras presenciales, de las cuales constan las
respectivas minutas.
•       La metodología de análisis consistió en revisar de manera conjunta cada una de las
observaciones y objeciones presentadas. A partir de la información discutida se preparó la
recomendación de respuesta para cada punto expuesto. El Concejo deberá analizarlas, avalarlas y
comunicarlas.
A partir de lo anterior, La Comisión Tripartita INVU-ICT y Concejo de Distrito de Cóbano,
recomienda al Concejo Municipal de Distrito lo siguiente:
       1. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que lo presentado en su nota corresponde a una opinión personal y no a una
observación concreta a la zonificación o reglamento del Plan Regulador expuesto. Cabe señalar
que la Propuesta de Ajuste y Rectificación tiene el fin de rectificar vialidades y usos, además de
formalizar la ocupación en zona marítimo terrestre, y ha cumplido a cabalidad el procedimiento
definido en el Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros, versión 2021 y la Ley
de Planificación Urbana. Por lo anterior, su observación se desestima por este Concejo Municipal
de Distrito.”
A las siguientes personas:
ACTA 187-23
28/11/2023



                N° de
             observación    Nombre de la persona que presenta la observación
             según Registro
           1                Ericka Mcghie Calderón
           2 y 30            Agustina Zocchi
           5                Amy Jane Miller
           6                Kimberley Norcott
           7                Mawvela Victoria Paseyro
           9                 Catherine Mourae
           10               Fiona Quesada Smith
                   12        Amanda Gaeta
           13               Nancy Karches
           14               Jessa Molyner
           15               Stella Lin
           18               Juan Ignacio M
           19               Wens Wajszczur
           20               Rafael Austey
           23               Rudelania Trinidad Paez
           24               David Stern
           25               Martin Bunster Benavente
           26               Aldana Sadet
           27               Guido Villaverde Pini
           28               Juan Larroy
           29               Luciano Palusi
           31                Inés Palacios Hardy
           32               Patricia Graciela de Biaze

           33                 María Paula Benosa Oviedo
           34                 Mari Stuart Campos
           35 y SN            Tamara Palleres Balboa
           36                 Jessica Rodríguez Quesada
           37                 Edgardo Jiménez Vanegas
           38                 Martín Avola Llaber
           39                 Shanti María Zapata
           40                 Bettina Strerk
           41                 Silvia Mancelli
           42                 Anastasia S
           43                 Carole Waether
           49                 Fátima Melanie Ngom
           50                 Lorent R.
           51                 Randy Jirón Vindas
           53                 Bryann McNeill
           SN                 Stephanie Barts CH
           SN                 Marla Streb
           SN                 Julieta Díaz
           SN                 José Daniel López Batres
           SN                 Edgar Calvo
           SN                 Raquel Moya Sánchez
           SN                 Tania Johanning y Alejandro Marozzi Mata

      2. Responder:
”Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
ACTA 187-23
28/11/2023



Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que se procederá a hacer una revisión de las densidades, coberturas propuestas y vías
internas mínimas. Sobre la altura propuesta, esta se mantiene ya que permite realizar máximo
dos niveles sin mezzanine, con la intención de favorecer la arquitectura bioclimática. Asimismo,
con respecto al manejo de las aguas residuales, el reglamento establecerá para cada zonificación
con uso constructivo, la instalación de tanque séptico más filtro anaeróbico de flujo ascendente
(FAFA), de acuerdo con la terminología mundial al respecto, o instalación de planta de
tratamiento. Cabe señalar que se incluirá un apartado de sanciones en el reglamento al Plan
Regulador.”
A las siguientes personas:
                 N° de
            observación según Nombre de la persona que presenta la observación
                  Registro
                  4             Suner Villalta M.
                  21            Kari Lynn Arther
                  22            Soraya M Caliva
                  45            Eugenia Berestueva
                       48       Melanie Alexandre
                  54            Julieta Díaz
                  SN            Taylor William Huff
                  SN            Lilliana Raquel Griotti
                  SN            Crescenco William
                  SN            Edgar Calvo Mora
                  SN            Asociación Nicoya Península Waterkeeper
                  SN            Alonso Fonseca Pión
                  SN            Raquel Moya Sánchez
                  SN            Raquel Moya Sánchez
                  SN            Tania Johanning y Alejandro Marozzi Mata

       3. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que, de acuerdo con el Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros,
versión 2021, para los casos en que el Plan Regulador Vigente no posea viabilidad ambiental no
será necesario documentar lo correspondiente ante SETENA. Aunado a los anterior se informa
que, a partir de una mesa de trabajo técnica, conformada por INVU-SETENA-MIVAH-MINAE,
resultó la directriz DUV-039-202 / MIVAH- DVMVAH-P-054-2022, se les instruye a los alcaldes,
alcaldesas, Concejos Municipales, Intendencias Municipales y jefes de Oficinas de Urbanismo, en
su punto 8 lo siguiente:
“8. El trámite ante SETENA para la obtención de la Variable Ambiental deberá realizarse
solamente en el caso de Modificaciones. En el caso de Rectificaciones o Ajustes, deberá realizar
el trámite en el INVU.”
Cabe indicar que el plan regulador vigente cuenta con el Análisis Ambiental que se realizaba en
su momento por parte de los proponentes de planes reguladores.”
A las siguientes personas:

                N° de
               observación     Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                    16         Antonia Cano
                    48         Melanie Alexandre
ACTA 187-23
28/11/2023



                    54         Julieta Díaz
                    SN         Somos Congos
                    SN         Asociación Nicoya Península Waterkeeper
                    SN         ADI Malpaís-Santa Teresa
                    SN         CATUZA




       4. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que la propuesta de Ajuste y Rectificación incorpora la certificación vigente del
Patrimonio Natural del Estado, certificación ACT-PNE-003-2018, emitida por el SINAC que es el
ente competente para valorar la zona influencia del plan regulador y clasificar las áreas de
bosque, manglar o aptitud forestal.”
A las siguientes personas:
                  N° de
               observación    Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                 11           Daniel Gutiérrez Solano
                 17           Stephanie Mena Inces
                 18           Juan Ignacio M
                 38           Martín Avola Llaver
                 46           Ruby James Kelly Marot
                 48           Melanie Alexandre
                 54           Julieta Díaz
                 SN           Tamara Palleres Balboa
                 SN           Tania Johanning y Alejandro Marozzi Mata
       5. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que se eliminarán del reglamento los usos correspondientes a casinos, discotecas y
night clubs. Estos usos pasarán a ser usos conflictivos. Por otra parte, se procederá a eliminar del
reglamento la frase “OTROS SIMILARES”, del uso de zona de protección de laderas
pronunciadas.”
A las siguientes personas:

                  N° de
               observación     Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                     22        Soraya M Caliva

                     52        Grace Reutter
                     SN        Lilliana Raquel Griotti

      6. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que de acuerdo al artículo 65 del reglamento a la Ley 6043, el área mínima para zona
residencial es de 200 m² por lo que no hay ningún inconveniente en que se mantenga el área de
ACTA 187-23
28/11/2023



parqueo en el ese sector. Asimismo, por las condiciones topográficas no es conveniente incluir el
parqueo donde lo sugiere, ya que este tiene una pendiente ondulada y donde se propone, cumple
con las características de topografía para poder incluirlo.”
A las siguientes personas:
                 N° de
              observación          Nombre de la persona que presenta la observación
             según Registro
                SN             Freddy Madrigal Ávila

       7. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de Peñón de Arío.
Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que no se puede ampliar el derecho de vía a más de lo que establece la Ley General de
Caminos Públicos para caminos cantonales de 14 metros de ancho. Se le hace la aclaración que
no presentó el montaje indicado. Se incluyen entronques dentro de la zonificación para dar
acceso a la propiedad privada.”
A las siguientes personas:

                 N° de
              observación            Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                SN              Fernando Lecuna García

       8. Responder a la Asociación de Desarrollo Integral de Malpaís y Santa Teresa y a la
          Cámara de Turismo de la Zona Azul (CATUZA) lo siguiente:
“Estimados señores y señoras, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
Peñón de Arío. Con relación a sus observaciones, este Concejo luego de haber realizado el análisis
respectivo, procede a atender las mismas en la siguiente tabla”

    ZONA
                        Vigente             CMDC                    ADI                 Respuesta
  HOTELERA
                                                                                    Por fe de erratas en
                                                                                    el año 2002, para
Superficie                                                                          la zona hotelera,
                         5000                 2000                  5000
Mínima (m²)                                                                         cambio el área
                                                                                    mínima de 5000
                                                                                    m² a 2000 m².
Superficie
                        20000                20000                 20000
Máxima (m²)
Frente Mínimo
                     No especifica        No especifica         No especifica
(m)
Frente Máximo
                     No especifica        No especifica         No especifica
(m)
                                                                                    Se redujo para que
Retiro frontal (m)        10                   3                     10             sea proporcional al
                                                                                       área mínima
Retiro Lateral (m)         3                   3                      3
                                                                                    Se redujo para que
Retiro posterior
                          10                   3                     10             sea proporcional al
(m)
                                                                                       área mínima
Cobertura                                                                             Se mantiene de
                         50%                  50%                   40%
Máxima %                                                                                acuerdo al
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                             reglamento
                                                                                               vigente
Zona Verde %       No especifica       40% mínimo               40% mínimo
                                                            ADI: 10m (2 niveles
                                                         máximo) Altura máxima:
                                                          Hasta dos niveles en 10
                                                                   metros,
                                                           medidos del nivel más
                                                         bajo al punto más alto de
                                                          la edificación. Los 10m La altura propuesta
                                     10m (2 niveles)      son inclusivos la altura  permite realizar
                                     Altura máxima:             de los pilotes.      máximo dos
                                   Hasta dos niveles en                                niveles sin
Altura Máxima
                        7          10 metros, medidos            CATUZA:           mezzanine, con la
(m)
                                   del nivel más bajo al                             intención de
                                   punto más alto de la 7m (2 niveles máximo)         favorecer la
                                        edificación.       Altura máxima: Hasta       arquitectura
                                                         dos niveles en 7 metros,    bioclimática
                                                           medidos del nivel más
                                                         bajo al punto más alto de
                                                           la edificación. Los 7m
                                                          son inclusivos la altura
                                                                de los pilotes.

                                            1.5 m
                                          En caso de
                                     cimentaciones en
                                      pilotes, estás no
                                     podrán sobrepasar
                                                            La altura de los pilotes se
                                   una altura vertical de
                                                            puede diseñar libremente
                                    1.5 metros, medidos
                                                             pero debe estar incluida
                                    del nivel de terreno
                                                                 dentro de la altura       La altura de los
                                     natural al nivel de
                                                             máxima de los 10 m. El         pilotes está de
                                     piso terminado. El
                                                                área cimentada con        conformidad con
                                    área cimentada con
Altura Cimientos                                            pilotes debe permanecer       el Manual para la
                   No especifica         pilotes debe
en pilotes (m)                                               libre, no se puede cerrar     elaboración de
                                   permanecer libre, no
                                                               perimetralmente con              Planes
                                       se puede cerrar
                                                              ningún tipo de material        Reguladores
                                   perimetralmente con
                                                            ni obstaculizar su interior       Costeros
                                       ningún tipo de
                                                                con materiales, este
                                          material ni
                                                            espacio debe permanecer
                                       obstaculizar su
                                                                 en estado natural.
                                         interior con
                                      materiales, este
                                        espacio debe
                                   permanecer en estado
                                           natural.
                                                                                              Se aclara que
                                                                                           existe un error en
                                                                                          la transcripción de
                                                                                          la información, ya
                                                                                            que la propuesta
                                                                                             del reglamento
                    30 Hab por                                                             indica 50 hab/Ha.
Densidad Máxima                     40 hab por hectárea       30 Hab por hectárea
                     hectárea                                                              El parámetro que
                                                                                               se toma de
                                                                                             referencia es la
                                                                                                densidad
                                                                                          establecida para el
                                                                                            área planificada
                                                                                           para el desarrollo
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                         turístico de baja
                                                                                          densidad en el
                                                                                          Manual para la
                                                                                          Elaboración de
                                                                                              Planes
                                                                                           Reguladores
                                                                                        Costeros, Versión
                                                                                               2021.
                        -Hoteles
                        -Cabinas
                    -Restaurantes
                         -Bares
                                        Hoteles, cabinas,
                       -Áreas de
                                      restaurantes, bares,
                        deportes                                 Hoteles, cabinas,
                                      discotecas, áreas de
                       -Áreas de                              restaurantes, áreas de
                                       deportes, áreas de                                Se aclara que los
                  recreación pasiva                             deportes, áreas de
                                       recreación pasiva,                               usos indicados no
                       -Piscinas                                recreación pasiva,
                                       piscinas, tienda de                              están de acuerdo a
                      -Tienda de                                piscinas, tienda de
                                      suvenir, gimnasios,                                los propuestos en
                       souvenirs                               suvenir, gimnasios,
                                       agencias de viajes,                               el reglamento. Se
                     -Agencia de                                agencias de viajes,
                                      alquiler de artículos                                eliminarán del
Usos Permitidos           viajes                               alquiler de artículos
                                          deportivos y                                    reglamento los
                     -Alquiler de                           deportivos y recreativos,
                                     recreativos, agencias                              usos de discoteca,
                        artículos                            agencias de alquiler de
                                      de alquiler de autos,                             casinos y salas de
                     deportivos y                           autos, sodas, cafeterías, y
                                        sodas, cafeterías,                                 espectáculo, y
                     recreativos -                          demás servicios conexos
                                     salas de espectáculos                              estos pasarán a ser
                     Agencias de                                 a la actividad de
                                       y demás servicios                                usos conflictivos
                   alquiler de autos                                hospedaje.
                                          conexos a la
                         -Sodas                                     Spa y yoga
                                          actividad de
                      -Cafeterías
                                           hospedaje.
                      -Servicios
                     conexos a la
                     actividad de
                       hospedaje
                  -Tiendas -Night
Usos                   Club
                                      Tiendas, camping.         Tiendas, camping.
Condicionales        -Camping
                    -Discotecas
ACTA 187-23
28/11/2023




                                                                         -Casinos
                                                                    -Club Nocturno
                                                                       -Discotecas
                                                               -Salas de espectáculos
                                                                       -Beach club
                                                                       -Prostíbulos
                                                                - Eventos masivos de
                                                                 fiestas clandestinas,
                                                                   conciertos y DJ’s
                                                                    -Cualquier otra
                                                             instalación, edificación o
                                                                                          Como ya se indicó
                        Cualquier                                actividad que emita
                                                                                             los usos que se
                      instalación o                              ruido, malos olores,
                                                                                          están eliminando,
                    actividad que no                              residuos, vertidos,
                                                                                          pasarán a ser usos
                      esté ligada al                                   vibración o
                                     Cualquier instalación                                    conflictivos.
                       servicio de                                contaminación que
                                      o actividad, que no                                     Asimismo, en
Usos conflictivos   hospedaje y que                                  sobrepasen los
                                     esté ligada al servicio                              dicho sector no se
                      produzca un                             parámetros establecidos
                                         de hospedaje.                                     tiene estudios del
                       incremento                             en la normativa técnica
                                                                                           Departamento de
                        mayor a la                             aplicable, con especial
                                                                                             Antropología e
                    capacidad de los                                  atención a la
                                                                                          Historia del Museo
                       complejos.                             contaminación lumínica
                                                                                               Nacional
                                                             por luces dirigidas hacia
                                                                la playa y que alteren
                                                             sitios de anidación u otro
                                                                 tipo de ecosistemas
                                                                frágiles, previamente
                                                               considerados como tal
                                                             mediante criterio técnico
                                                                          o que
                                                              destruya o comercialice
                                                             elementos del patrimonio
                                                                      arqueológico.




                     No especifica        No especifica
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                             Se requiere mínimo 1
                                                                                             Estas
                                                                   espacio de
                                                                                        observaciones
                                                           estacionamiento por cada
                                                                                        adicionales no
Requisitos                                                 6 dormitorios o por cada
                                                                                       corresponden al
adicionales                                                   15 camas o fracción
                                                                                           ajuste y
                                                            mayor de 10, cualquiera
                                                                                         rectificación
                                                             que resulte en número
                                                                                         propuesto.
                                                                     mayor.

    ZONA
 RESIDENCIAL           Vigente             CMDC                      ADI
 RECREATIVA
                                                                                      Las áreas máximas
                                     Art 65 Reglamento                                  y mínimas son
Superficie
                         500          ZMT: Significa                  500             establecidas por el
Mínima (m²)
                                           200m                                       Reglamento de la
                                                                                           Ley 6043
                                                                                      Las áreas máximas
                                     Art 65 Reglamento                                  y mínimas son
Superficie
                         4000         ZMT: Significa                 4000             establecidas por el
Máxima (m²)
                                          4,000m                                      Reglamento de la
                                                                                           Ley 6043
                                                                                       El frente mínimo
Frente Mínimo                                                                         es proporcional al
                          15                 10                       15
(m)                                                                                      área mínima
                                                                                         establecida.
Frente Máximo
                          30              No Aplica                   NA
(m)
                                                                                      Se redujo para que
Retiro frontal (m)        5                   3                        5              sea proporcional al
                                                                                         área mínima
Retiro Lateral (m)        3                   3                        3
                                                                                      Se redujo para que
Retiro posterior
                          5                   3                        5              sea proporcional al
(m)
                                                                                         área mínima
                                                                                        Se procederá a
Cobertura
                         25%                50%                      25%                   revisar la
Máxima %
                                                                                           cobertura
Zona Verde %         No especifica      No especifica                 NE
                                                                                      La altura propuesta
                                                               ADI: 7m (1 nivel
                                                                                        permite realizar
                                                                    máximo)
                                                                                          máximo dos
                                                            Altura máxima: Hasta 1
                                                                                           niveles sin
                                                               nivel en 7 metros,
                                                                                      mezzanine, con la
                                                            medidos desde el Nivel
                                         10 (2 niveles)                                   intención de
                                                            de piso terminado hasta
                                       Altura máxima:                                     favorecer la
                                                           el punto de cumbrera con
                                     Hasta dos niveles en                                 arquitectura
Altura Máxima                                                   la posibilidad de
                          5          10 metros, medidos                                   bioclimática.
(m)                                                          mezanine. Los 7 m son
                                     del nivel más bajo al                              La altura de los
                                                           inclusivos de la altura de
                                     punto más alto de la                                pilotes está de
                                                                   los pilotes.
                                          edificación                                  conformidad con
                                                                                       el Manual para la
                                                                   CATUZA:
                                                                                        elaboración de
                                                                                             Planes
                                                            Igual al anterior pero en
                                                                                          Reguladores
                                                                    2 niveles
                                                                                           Costeros.
ACTA 187-23
28/11/2023



                                   Vivienda unifamiliar
                                    (se permite más de
                                        una vivienda
                                   unifamiliar por lote),
                                     áreas de deportes,
                                                            -1 Vivienda unifamiliar. - Se autorizará una
                     -Vivienda          áreas verdes.
                                                            Áreas de deportes y áreas      vivienda
                    unifamiliar. -     Cuando existan
                                                               verdes. Dormitorio de   unifamiliar y una
Usos Permitidos       Áreas de      varias viviendas en
                                                            servicio, rancho de BBQ, vivienda para el
                  deportes y áreas    un mismo lote, la
                                                             garaje y bodega para uso servicio de cuido y
                       verdes.     densidad será de una
                                                              privado de la Vivienda.  mantenimiento.
                                   vivienda unifamiliar
                                      cada 200 metros
                                   cuadrados de terreno
                                     con una cobertura
                                      máxima de 50%.
                                    Cabinas (para optar
                                                                                             Tanto el
                                         por el uso
                      -Cabinas.                                                       reglamento vigente
                                       condicional de
                       -Sodas.                                                         como la propuesta
                                   cabinas debe cumplir
Usos               -Restaurantes.                                                     permitan más usos,
                                   con los requisitos de    Residencial únicamente
Condicionales        -Ventas de                                                            no hay una
                                     la Zona Hotelera),
                     artesanía y                                                       justificación, ni se
                                    sodas, restaurantes,
                      souvenirs                                                           aportan, para
                                   ventas de artesanía y
                                                                                           limitarlo.
                                         suvenires.
ACTA 187-23
28/11/2023




                                                                         -Cabinas.
                                                               -Sodas. -Restaurantes. -
                                                                 Ventas de artesanía y
                                                                         souvenirs
                                                                Cuando existan varias
                                                                viviendas en un mismo
                                                               lote, la densidad será de
                                                              una vivienda unifamiliar
                                                                    cada 200 metros
                                                              cuadrados de terreno con
                                                              una cobertura máxima de
                                                                           50%.
                         -Hoteles.
                                                                     Hoteles, bares,
                           -Bares.
                                                                   discotecas, centros
                      -Discotecas.       Hoteles, bares,                                       Se están
                                                              comerciales, depósitos de
                          -Centros     discotecas, centros                                  respetando los
                                                                  materiales, talleres,
                      comerciales.        comerciales,                                    usos conflictivos
                                                                        industrias.
                     -Depósitos de        depósitos de                                      que están en el
                                                                     Cualquier otra
                        materiales.   materiales, talleres,                              reglamento vigente
                                                              instalación, edificación o
                         -Talleres.         industrias.
                                                                  actividad que emita
                       -Industrias.      Cualquier otra                                     Asimismo, en
 Usos conflictivos                                                ruido, malos olores,
                        Cualquier          instalación,                                   dicho sector no se
                                                                   residuos, vertidos,
                       instalación,       edificación o                                   tiene estudios del
                                                                       vibración o
                      edificación o   actividad que emita                                 Departamento de
                                                                   contaminación que
                      actividad que   ruido, malos olores,                                  Antropología e
                                                                     sobrepasen los
                       emita ruido,        vibración o                                   Historia del Museo
                                                               parámetros establecidos
                      malos olores,    contaminación en                                        Nacional
                                                               en la normativa técnica
                       vibración o           general.
                                                                aplicable, con especial
                     contaminación
                                                                      atención a la
                        en general.
                                                               contaminación lumínica
                                                               por luces dirigidas hacia
                                                                 la playa y que alteren
                                                              sitios de anidación u otro
                                                                  tipo de ecosistemas
                                                                 frágiles, previamente
                                                                considerados como tal
                                                              mediante criterio técnico
                                                                           o que
                                                               destruya o comercialice
                                                              elementos del patrimonio
                                                                      arqueológico.
ACTA 187-23
28/11/2023




ZONA
                       Vigente             CMDC                       ADI
COMERCIAL
Superficie
                         300                 300                       300
Mínima (m²)
Superficie
                         1000                1000                     1000
Máxima (m²)
Frente Mínimo
                          10                  10                       10
(m)
Frente Máximo
                          20                 NA                        20
(m)
                                                                                       Se redujo para que
Retiro frontal (m)        5                    3                        5              sea proporcional al
                                                                                          área mínima
Retiro Lateral (m)        3                    3                        3
                                                                                       Se redujo para que
Retiro posterior
                          5                    3                        5              sea proporcional al
(m)
                                                                                          área mínima
                                                                                         Se mantiene la
                                                                                       cobertura definida
Cobertura
                         75%                 75%                      50%               en el Reglamento
Máxima %
                                                                                       del Plan Regulador
                                                                                             Vigente
                                                                ADI: 7m (1 nivel
                                                                    máximo)          La altura propuesta
                                                            Altura máxima: Hasta un permite realizar
                                                               nivel de 7 metros,       máximo dos
                                                             medidos del nivel más       niveles sin
Altura Máxima                                                  bajo al punto más     mezzanine, con la
                          5            10 (dos niveles)
(m)                                                                                     intención de
                                                             alto de la edificación.    favorecer la
                                                                                        arquitectura
                                                            CATUZA: lo mismo del        bioclimática.
                                                               anterior, pero en 2
                                                                    Niveles
                                                1.5
                                            En caso de
                                       cimentaciones en
                                        pilotes, estás no
                                       podrán sobrepasar                                  Los pilotes son
                                                            La altura de los pilotes se
                                     una altura vertical de                                  parte de la
                                                            puede diseñar libremente,
                                      1.5 metros, medidos                                   arquitectura
                                                             pero debe estar incluida
                                      del nivel de terreno                               bioclimática y se
                                                                 dentro de la altura
                                       natural al nivel de                               contemplan entre
                                                              máxima de los 7 m. El
                                       piso terminado. El                               los diez metros de
                                                                área cimentada con
                                      área cimentada con                                altura propuestos.
Altura Cimientos                                             pilotes debe permanecer
                     No especifica         pilotes debe                                   La altura de los
en pilotes (m)                                               libre, no se puede cerrar
                                     permanecer libre, no                                  pilotes está de
                                                               perimetralmente con
                                         se puede cerrar                                 conformidad con
                                                              ningún tipo de material
                                     perimetralmente con                                 el Manual para la
                                                            ni obstaculizar su interior
                                         ningún tipo de                                   elaboración de
                                                                con materiales, este
                                            material ni                                        Planes
                                                            espacio debe permanecer
                                         obstaculizar su                                    Reguladores
                                                                 en estado natural.
                                           interior con                                      Costeros.
                                        materiales, este
                                          espacio debe
                                     permanecer en estado
                                             natural.
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28/11/2023




                      -Restaurantes.
                        -Cafeterías.
                           -Sodas.
                       -Agencias de
                                            Restaurantes,
                    viajes. -Venta de                          Restaurantes, cafeterías,
                                           cafeterías, soda,
                         artesanía y                          soda, panadería, servicios
                                        panadería, servicios
                         souvenirs.                             profesionales, agencia
                                            profesionales,
 Usos Permitidos     -Abastecedores                               bancaria, venta de
                                          agencia bancaria,
                       de alimentos.                             artesanía, tiendas de
                                         venta de artesanía,
                         -Tiendas. -                              accesorios, ropa y
                                       tiendas de accesorios,
                          Ventas de                                    boutique.
                                          ropa y boutique.
                          artículos
                         deportivos.
                        -Panaderías,
                     reposterías, etc.

                     -Tienda de ropa
                            -
Usos                                      Abastecedores,
                    Electrodoméstico                                      .
Condicionales                             supermercados.
                      s -Alquiler de
                    equipo deportivo
                                                                     Abastecedores,
                                                                     supermercados
                                                                    Hoteles, cabinas,
                                                               vivienda, almacenes de
                                                                  productos agrícolas,
                                                              licoreras, industrias, toda
                                                                     instalación que
                                                                contamine con olores,
                                                              humos, ruido o vibración,
                         -Hoteles y
                                                              talleres, centro de acopio
                           cabinas.
                                                                        de pesca.
                        -Viviendas.
                                                                     Cualquier otra
                           -Bares y
                                         Hoteles, cabinas,    instalación, edificación o
                          cantinas.                                                         Se mantienen los
                                       vivienda, almacenes        actividad que emita
                      -Almacenes de                                                            propuestos
                                           de productos           ruido, malos olores,
                         productos
                                       agrícolas, licoreras,       residuos, vertidos,
                         agrícolas.                                                          Asimismo, en
                                          industrias, toda             vibración o
                          -Talleres.                                                      dicho sector no se
Usos conflictivos                         instalación que          contaminación que
                     -Industrias. Así                                                      tiene estudios del
                                          contamine con              sobrepasen los
                         como toda                                                         Departamento de
                                       olores, humos, ruido parámetros establecidos
                      instalación que                                                        Antropología e
                                       o vibración, talleres, en la normativa técnica
                      emita o genere                                                      Historia del Museo
                                       centro de acopio de      aplicable, con especial
                       malos olores,                                                            Nacional
                                               pesca.                 atención a la
                    ruidos. Vibración
                                                               contaminación lumínica
                     o contaminación
                                                               por luces dirigidas hacia
                     del aire, suelo y
                                                                 la playa y que alteren
                          del agua.
                                                              sitios de anidación u otro
                                                                  tipo de ecosistemas
                                                                 frágiles, previamente
                                                                considerados como tal
                                                              mediante criterio técnico
                                                                          o que
                                                               destruya o comercialice
                                                              elementos del patrimonio
                                                                      arqueológico.
ACTA 187-23
28/11/2023




                                                              Espacio para carga /
                                                            descarga de mercadería
                                                                que no sea sobre
                                                               carretera principal.
                                                            Toda edificación de uso
                                                             comercial cuya área de
                                                            construcción sea igual o
                                                              mayor de 100,00 m²,
                                                                                             Estas
                                                                debe contar con 1
                                                                                       observaciones no
                                                                    espacio de
                                                                                        corresponden al
   Requisitos                                                   estacionamiento.
                     No se especifica   No se especifica                                    ajuste y
   adicionales                                                Por cada 50.00 m² de
                                                                                         rectificación
                                                           área comercial o fracción
                                                                                          propuesto
                                                               mayor de 25,00 m²
                                                                   adicionales,
                                                              excluyendo áreas de
                                                             circulación, cuartos de
                                                              máquinas y servicios
                                                               sanitarios, se debe
                                                             disponer de un espacio
                                                                        de
                                                                estacionamiento.




ZONA DE
COOPERATIVA
(USA LOS
MISMOS
PARÁMETROS
                         Vigente            CMDC                     ADI
DE ZONA
HOTELERA,
PERO TIENE
USOS
DIFERENTES)
                                                                                       Las áreas máximas
                                                                                         y mínimas son
Superficie
                          5000               2000                    5000              establecidas por el
Mínima (m²)
                                                                                       Reglamento de la
                                                                                           Ley 6043
Superficie
                         20000              20000                   20000
Máxima (m²)
Frente Mínimo
                      No especifica      No especifica          No especifica
(m)
Frente Máximo
                      No especifica      No especifica          No especifica
(m)
                                                                                       Se redujo para que
Retiro frontal (m)         10                  3                      10               sea proporcional al
                                                                                          área mínima
ACTA 187-23
28/11/2023



Retiro Lateral (m)        3                    3                        3
                                                                                       Se redujo para que
Retiro posterior
                          10                   3                       10              sea proporcional al
(m)
                                                                                          área mínima
Cobertura
                         50%                 50%                      50%
Máxima %
Zona Verde %         No especifica       40% mínimo               40% mínimo
                                                                                        La altura propuesta
                                        10m (2 niveles)     ADI: 7 (1 nivel máximo)       permite realizar
                                        Altura máxima:       Altura máxima: Hasta 1         máximo dos
                                     Hasta dos niveles en               nivel                niveles sin
Altura Máxima
                          7           10 metros, medidos + mezanine en 7 metros, mezzanine, con la
(m)
                                     del nivel más bajo al    medidos del nivel más         intención de
                                      punto más alto de la bajo al punto más alto de        favorecer la
                                           edificación.            la edificación.          arquitectura
                                                                                            bioclimática
                                              1.5 m
                                            En caso de
                                       cimentaciones en
                                                            La altura de los pilotes se
                                        pilotes, estás no
                                                            puede diseñar libremente
                                       podrán sobrepasar                                  Los pilotes son
                                                             pero debe estar incluida
                                     una altura vertical de                                  parte de la
                                                                 dentro de la altura
                                      1.5 metros, medidos                                   arquitectura
                                                              máxima de los 7 m. El
                                      del nivel de terreno                               bioclimática y se
                                                                área cimentada con
                                       natural al nivel de                               contemplan entre
                                                            pilotes debe permanecer
                                       piso terminado. El                               los diez metros de
                                                             libre, no se puede cerrar
                                      área cimentada con                                 altura propuestos.
 Altura Cimientos                                              perimetralmente con
                     No especifica         pilotes debe                                   La altura de los
  en pilotes (m)                                              ningún tipo de material
                                     permanecer libre, no                                  pilotes está de
                                                            ni obstaculizar su interior
                                         se puede cerrar                                 conformidad con
                                                                con materiales, este
                                     perimetralmente con                                 el Manual para la
                                                            espacio debe permanecer
                                         ningún tipo de                                    elaboración de
                                                                 en estado natural.
                                            material ni                                        Planes
                                         obstaculizar su                                    Reguladores
                                                               CATUZA: Lo mismo
                                           interior con                                      Costeros.
                                                            que el anterior, pero en 2
                                        materiales, este
                                                                       niveles
                                          espacio debe
                                     permanecer en estado
                                             natural.

                                                                                            Se aclara que
                                                                                         existe un error en
                                                                                        la transcripción de
                                                                                        la información, ya
                                                                                          que la propuesta
                                                                                           del reglamento
                                                                                         indica 50 hab/Ha.
                                                                                         El parámetro que
                                                                                             se toma de
                      30 Hab por
Densidad Máxima                       40 hab por hectárea      30 Hab por hectárea         referencia es la
                       hectárea
                                                                                              densidad
                                                                                        establecida para el
                                                                                          área planificada
                                                                                         para el desarrollo
                                                                                          turístico de baja
                                                                                           densidad en el
                                                                                           Manual para la
                                                                                           Elaboración de
                                                                                                Planes
                                                                                            Reguladores
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                          Costeros, Versión
                                                                                               2021.
                                                                 Hoteles, cabinas,
                       -Cabinas.
                                                              restaurantes, áreas de
                     -Restaurantes.
                                                                deportes, áreas de
                       -Piscinas.            Cabinas,
                                                                recreación pasiva,
                       -Áreas de           restaurantes,
                                                                piscinas, tienda de
                        deportes.       piscinas, áreas de                                 Se mantienen los
                                                               suvenir, gimnasios,
                        -Sodas. -        deportes, sodas,                                  propuestos en el
Usos Permitidos                                                 agencias de viajes,
                       Cafeterías.    cafeterías, núcleos de                               Plan Regulador
                                                               alquiler de artículos
                      -Núcleos de      servicios sanitarios,                                   Vigente
                                                             deportivos y recreativos,
                        servicios      vestidores, áreas de
                                                               sodas, cafeterías, y
                       sanitarios.            picnic
                                                             demás servicios conexos
                      -Vestidores.
                                                                 a la actividad de
                    -Áreas de picnic.
                                                                    hospedaje.
                     -Salón de baile.
                                         Salón de baile,
                      -Discotecas. -                                                      Se eliminarán de la
                                      discotecas, juegos de
Usos                Juegos de salón.                                                      propuesta los usos
                                        salón, salones de        Tiendas, camping.
Condicionales          -Salones de                                                          condicionales.
                                       reuniones, salas de
                    reuniones. -Salas
                                          espectáculos.
                     de espectáculos.
                                                                         -Casinos
                                                                    -Club Nocturno
                                                                       -Discotecas
                                                               -Salas de espectáculos
                                                                       -Beach club
                                                                       -Prostíbulos
                                                             - Eventos masivos como
                                                                   conciertos y DJ’s
                                                                     Cualquier otra
                                                             instalación, edificación o
                    Toda actividad o                             actividad que emita
                     edificación que                              ruido, malos olores,
                           no sea       Toda actividad o          residuos, vertidos,
                      estrictamente    edificación que no               vibración o
                        recreativa-     sea estrictamente         contaminación que
                     turística o que  recreativa-turística o         sobrepasen los         Se mantiene lo
Usos conflictivos
                      genere lucro      que genere lucro      parámetros establecidos         propuesto.
                       tales como:    tales como: hoteles,    en la normativa técnica
                          hoteles,    servicios, comercio,     aplicable, con especial
                         servicios,       talleres, etc.              atención a la
                        comercio,                             contaminación lumínica
                       talleres, etc.                        por luces dirigidas hacia
                                                                la playa y que alteren
                                                             sitios de anidación u otro
                                                                 tipo de ecosistemas
                                                                frágiles, previamente
                                                               considerados como tal
                                                             mediante criterio técnico
                                                                          o que
                                                              destruya o comercialice
                                                             elementos del patrimonio
                                                                      arqueológico.

FIN DE LA RECOMENDACIÓN. Hasta aquí la transcripción

                                      POR LO TANTO
Esta comisión especial de zona marítimo terrestre con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del
Código Municipal DICTAMINA:
ACTA 187-23
28/11/2023



Recomendar al Concejo Municipal se apruebe en el Informe final de la comisión tripartita sobre el
ajuste y rectificación del Plan Regulador Peñón de Ario. ES TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
Sr. Eric Salazar Rodriguez                         Sr. Carlos Mauricio Duarte
COORDINADOR COMISION                       SECRETARIO COMISION
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen presentado por la comisión”. ACUERDO UNANIME
2.2. Aprobar el informe final presentado por la Comisión Tripartita formada por funcionarios del
INVU, ICT y este Concejo sobre el Ajuste y Rectificación realizado al Plan Regulador Peñón de
Ario.***************
2.3. Notificar a todos los que presentaron sus observaciones en la audiencia pública lo indicado
en este informe”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez,
Minor Centeno Sandi, Manuel Ovares Elizondo, William Morales Castro y Eduardo Sanchez
Segura


   b. ASUNTO. ANALISIS DEL INFORME FINAL DE LA COMISION TRIPARTITA ICT-INVU -
      CMDC AJUSTE Y RECTIFICACION PLAN REGULADOR PUNTA BARRIGONA.

                                   DICTAMEN DE COMISION
Acta número sesenta y seis - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de Zona
Marítimo Terrestre, celebrada el día catorce de noviembre del año dos mil veintitrés, a las trece
horas, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros Eric
Salazar, y Carlos Mauricio Duarte. Además, la presencia de la asesora MA Ana Cristina Quiros y
Rosibeth Obando.
Ausente. William Morales

DOCUMENTOS ANALIZADOS:
  • PASE CMC-S-411-2023
  • OFICIO ZMT 280-2023
  • OFICIO ZMT-274-2023


CONSIDERANDO:
   ➢ Que se ha conocido y analizado el OFICIO ZMT-274-2023 correspondiente al Análisis y
     recomendación de las observaciones presentadas en Audiencia Pública realizada para el
     ajuste y rectificación de Plan Regulador Punta Barrigona, el cual está firmado por la MA
     Ana Cristina Quiros Soto, Ing. Rodrigo Vásquez del Concejo Municipal de Distrito de
     Cóbano, Ing. Eduardo Salazar Ureña del Instituto Costarricense de Turismo y el Arq. Daniel
     Brenes Arroyo quienes conforman la -comisión tripartita.
   ➢ Que el Informe Final de la Comisión Tripartita conformada por el INVU-ICT y CMDC sobre
     el ajuste y rectificación al Plan Regulador Punta Barrigona, se detalla a continuación:
ZMT-274-2023
Señores
Concejales
Concejo Municipal Distrito de Cóbano

Asunto: Análisis y recomendación de las observaciones presentadas en Audiencia Pública al
Plan Regulador Punta Barrigona
Estimados señores:
La Comisión Tripartita conformada para realizar el análisis y recomendación al Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano de las observaciones presentadas en la Audiencia Pública del Ajuste y
ACTA 187-23
28/11/2023



Rectificación del Plan Regulador Punta Barrigona, integrada por los funcionarios del Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo – INVU, Instituto Costarricense de Turismo – ICT y del Concejo
Municipal del Distrito de Cóbano, se permite informar:
•       Las observaciones y objeciones a la propuesta de ajuste y rectificación del Plan Regulador
de Punta Barrigona, fueron recibidas durante la audiencia pública celebrada el 08 de febrero del
2023, y durante el periodo de 15 días hábiles posterior a dicha audiencia que culminó el día 01 de
marzo del 2023. Posterior a esta fecha no se recibieron ni tramitaron más observaciones y
objeciones.
•       El Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros y la Ley de Planificación
Urbana, no contempla un plazo de respuesta para las observaciones y objeciones presentadas a
los Planes Reguladores en ajuste.
•       El proceso de análisis y revisión de las objeciones y observaciones presentadas, se dio
durante 5 sesiones de trabajo, algunas virtuales y otras presenciales, de las cuales constan las
respectivas minutas.
•       La metodología de análisis consistió en revisar de manera conjunta cada una de las
observaciones y objeciones presentadas. A partir de la información discutida se preparó la
recomendación de respuesta para cada punto expuesto. El Concejo deberá analizarlas, avalarlas y
comunicarlas.
A partir de lo anterior, La Comisión Tripartita INVU-ICT y Concejo de Distrito de Cóbano,
   recomienda al Concejo Municipal de Distrito lo siguiente:
 1. Responder:
  “Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que lo presentado en su nota corresponde a una opinión
  personal y no a una observación concreta a la zonificación o reglamento del Plan Regulador
  expuesto. Cabe señalar que la Propuesta de Ajuste y Rectificación tiene el fin de rectificar
  vialidades y usos, además de formalizar la ocupación en zona marítimo terrestre, y ha
  cumplido a cabalidad el procedimiento definido en el Manual para la Elaboración de Planes
  Reguladores Costeros, versión 2021y la Ley de Planificación Urbana. Por lo anterior, su
  observación se desestima por éste Concejo Municipal de Distrito”.
  A las siguientes personas:
                   N° de
               observación      Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                     1         Grace Reutter
                     2         Ericka Mcghie Calderón
                     6         Lucas Wajszczuk
                     7         María Zapata
                     10        Kiano Streb
                    24         Silvia Ortiz Salgado
                    SN         William Crescenco
                    SN         SALOPAREE S.A.
 2. Responder:
  ” Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que se procederá a hacer una revisión de las densidades y
  coberturas propuestas. Asimismo, con respecto al manejo de las aguas residuales, el
  reglamento establecerá para cada zonificación con uso constructivo, la instalación de tanque
  séptico más filtro anaeróbico de flujo ascendente (FAFA), de acuerdo con la terminología
  mundial al respecto, o instalación de planta de tratamiento.
ACTA 187-23
28/11/2023



  A las siguientes personas:
                    N° de
                observación       Nombre de la persona que presenta la observación
               según Registro
                      4          Marcelo Valarusi
                      5          Patricia Graciela de Biaze
                     11          Tamara P Balboa
                     13          Carla Zurita Gamboa24
                     SN          Taylor William Huff
                     SN          COVIRENA
                     SN          Asociación Nicoya Península Waterkeeper
                     SN          Alonso Fonseca Pión
                     SN          SALOPAREE S.A.
 3. Responder:
  “Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que de acuerdo con el Manual para la Elaboración de Planes
  Reguladores Costeros, versión 2021, para los casos en que el Plan Regulador Vigente no posea
  viabilidad ambiental no será necesario documentar lo correspondiente ante SETENA, dado que
  a partir de una mesa de trabajo técnica, conformada por INVU-SETENA-MIVAH-MINAE, resultó
  la directriz DUV-039-202 / MIVAH- DVMVAH-P-054-2022, se les instruye a los alcaldes,
  alcaldesas, Concejos Municipales, Intendencias Municipales y jefes de Oficinas de Urbanismo,
  en su punto 8 lo siguiente:

  “8. El trámite ante SETENA para la obtención de la Variable Ambiental deberá realizarse
  solamente en el caso de Modificaciones. En el caso de Rectificaciones o Ajustes, deberá realizar
  el trámite en el INVU.”
  A las siguientes personas:
                  N° de
               observación    Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                     8       María (no indica apellido)
                    SN       Asociación Somos Congos
                    SN       COVIRENA
                    SN       Asociación Nicoya Península Waterkeeper


 4. Responder:
  “Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que la propuesta de Ajuste y Rectificación incorpora la
  certificación vigente del Patrimonio Natural del Estado, certificación ACT-PNE-003-2018,
  emitida por el SINAC que es el ente competente para valorar la zona influencia del plan
  regulador y clasificar las áreas de bosque, manglar o aptitud forestal”.
  A las siguientes personas:
                  N° de
               observación        Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                     3          María González Sequeira
                    12          María Anabel Ramos Ferrario
                    SN          COVIRENA
                    SN          SALOPAREE S.A.
ACTA 187-23
28/11/2023




 5. Responder:
  ““Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que se eliminarán del reglamento los usos correspondientes a
  casino, discotecas, parque recreativo y night club. Estos usos pasarán a ser usos conflictivos.
  Por otra parte, se procederá a eliminar del reglamento la frase “OTROS SIMILARES”, del uso
  de zona de protección de laderas pronunciadas.
  A las siguientes personas:
                   N° de
               observación       Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                       9        Daniel Santo Marenco
                     SN         COVIRENA
                     SN         Alonso Fonseca Pión
                     SN         SALOPAREE S.A.

 6. Responder:
  “Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que en la reglamentación del Plan Regulador para el sitio
  arqueológico Bosque Mar, se solicitará estudio arqueológico de un profesional certificado por
  la Comisión Arqueológica Nacional (CAN), del Museo Nacional”.
  A las siguientes personas:
                  N° de
               observación         Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                   SN          Asociación Somos Congos
                   SN          SALOPAREE S.A.

 7. Responder a la Asociación de Desarrollo Integral de Malpaís y Santa Teresa y a la Cámara de
    Turismo de la Zona Azul (CATUZA) lo siguiente:
  “Estimados señores y señoras, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a sus observaciones, este Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, procede a atender las mismas en la siguiente tabla:


    ZONA
  TURÍSTICA
                      Vigente               CMDC                   ADI               Respuesta
    BAJA
  DENSIDAD
                                                                                  El área mínima
                                                                                  se establece
                                                                                  según lo
Superficie                                                                        estipulado en el
                       3.000                1.500                  3.000
Mínima (m2)                                                                       Manual para la
                                                                                  Elaboración de
                                                                                  Planes
                                                                                  Reguladores
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                 Costeros versión
                                                                 2021




                                                                 Se está
                                                                 homologando al
                                                                 área máxima
                                                                 definida para el
                                                                 Uso Turístico de
                                                                 la Zona Mixta
                                                                 para el Turismo y
Superficie
                    6.000           10.000          6.000        la Comunidad,
Máxima (m2)
                                                                 Según el Manual
                                                                 para la
                                                                 Elaboración de
                                                                 Planes
                                                                 Reguladores
                                                                 Costeros versión
                                                                 2021
Frente Mínimo
                 No especifica   No especifica   No especifica
(m)
Frente
                 No especifica   No especifica   No especifica
Máximo (m)
                                                                 El reglamento a
                                                                 la Ley de ZMT,
                                                                 establece que los
Retiro frontal
                      5               3               5          retiros se ajusten
(m)
                                                                 al Reglamento de
                                                                 Construcciones
                                                                 del INVU
                                                                 El reglamento a
                                                                 la Ley de ZMT,
                                                                 establece que los
Retiro Lateral
                      5               3               5          retiros se ajusten
(m)
                                                                 al Reglamento de
                                                                 Construcciones
                                                                 del INVU
                                                                 El reglamento a
                                                                 la Ley de ZMT,
                                                                 establece que los
Retiro
                      5               3               5          retiros se ajusten
posterior (m)
                                                                 al Reglamento de
                                                                 Construcciones
                                                                 del INVU
Cobertura
                     40%             40%             40%
Máxima %
Zona Verde %         60%             60%             60%
ACTA 187-23
28/11/2023




                                                         7m (1 nivel máximo)
                                                                                 La altura
                                                         Altura máxima: Hasta
                                                                                 propuesta
                                                         1 nivel en 7 metros,
                                                                                 permite realizar
                                                         medidos desde el Nivel
                                                                                 máximo dos
                                                         de piso terminado
Altura Máxima    6.5 / 9.5 (2                                                    niveles sin
                                   10m (2 niveles)       hasta el punto de
(m)                niveles)                                                      mezzanine, con
                                                         cumbrera con la
                                                                                 la intención de
                                                         posibilidad de
                                                                                 favorecer la
                                                         mezanine. Los 7 m son
                                                                                 arquitectura
                                                         inclusivos de la altura
                                                                                 bioclimática
                                                         de los pilotes




                                En caso de
                                                         La altura de los pilotes
                                cimentaciones en
                                                         se puede diseñar
                                pilotes, estás no
                                                         libremente, pero debe
                                podrán sobrepasar
                                                         estar incluida dentro
                                una altura vertical de
                                                         de la altura máxima de
                                1.5 metros, medidos
                                                         los 7 m. El área
                                del nivel de terreno
                                                         cimentada con pilotes
                                natural al nivel de
                                                         debe permanecer
Altura                          piso terminado. El                                Se mantiene
                                                         libre, no se puede
Cimientos en    No especifica   área cimentada con                                respuesta
                                                         cerrar
pilotes (m)                     pilotes debe                                      anterior
                                                         perimetralmente con
                                permanecer libre, no
                                                         ningún tipo de
                                se puede cerrar con
                                                         material ni
                                ningún tipo de
                                                         obstaculizar su interior
                                material ni
                                                         con materiales, este
                                obstaculizar su
                                                         espacio debe
                                interior, este espacio
                                                         permanecer en estado
                                debe permanecer en
                                                         natural.
                                estado natural.
                                                                                 El parámetro que
                                                                                 se toma de
                                                                                 referencia es la
                                                                                 densidad
                                                                                 establecida en el
                                                                                 área planificada
Densidad                              40 o 50
                No especifica                               25 habitaciones      para desarrollo
Máxima                              habitaciones
                                                                                 turístico de baja
                                                                                 densidad, del
                                                                                 Manual para la
                                                                                 Elaboración de
                                                                                 Planes Costeros
                                                                                 versión 2021
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                      Se eliminarán del
                                                                                      reglamento los
                                       Hoteles, moteles,                              usos
                                       cabinas,                                       correspondientes
                                       restaurantes, bares,                           a casinos,
                                       discotecas, áreas de                           discotecas,
                                       deportes, áreas de                             parques
                 Cabinas,              recreación pasiva,                             recreativos y
                                                              Cabinas, restaurantes,
                 restaurantes,         piscinas, tienda de                            night clubs. Estos
                                                              oficinas
                 oficinas              suvenir, gimnasios,                            usos pasarán a
                                                              administrativas, bar,
Usos             administrativas, bar, agencias de viajes,                            ser usos
                                                              ranchos de BBQ y
Permitidos       ranchos, biblioteca, alquiler de artículos                           conflictivos. Se
                                                              Yoga, biblioteca, salas
                 salas                 deportivos y                                   indica que el uso
                                                              de proyecciones y
                 de proyecciones y     recreativos, agencias                          de moteles
                                                              video
                 video                 de alquiler de autos,                          nunca se ha
                                       sodas, cafeterías,                             indicado en el
                                       salas de espectáculos                          reglamento
                                       y demás servicios                              propuesto pero
                                       conexos a la actividad                         de igual manera
                                       de hospedaje.                                  pasara a la lista
                                                                                      de usos
                                                                                      conflictivos.
                                       Cabinas (para optar
                                       por el uso                                     Los usos
                 Cabinas.              condicional de                                 condicionales
                                                              Cabinas.
                 -Sodas.               cabinas debe cumplir                           indicados en esta
Usos                                                          -Sodas. -Restaurantes.
                 -Restaurantes.        con los requisitos de                          observación no
Condicionales                                                 -Ventas de artesanía y
                 -Ventas de artesanía la Zona Hotelera),                              corresponden a
                                                              souvenir
                 y souvenir            sodas, restaurantes,                           los que se están
                                       ventas de artesanía y                          proponiendo
                                       suvenires.
                                                                -Casinos
                                                                -Club Nocturno
                                                                -Discotecas
                                                                -Salas de espectáculos
                                                                -Beach club
                                                                -Prostíbulos
                                                                - Eventos masivos
                                                                como conciertos y DJ’s
                                                                -Alquiler de autos      Como ya se
                 Cualquier obra o
                                                                Cualquier otra          indicó los usos
                 instalación que no     Cualquier instalación
                                                                instalación,            que se están
     Usos        sea de carácter        o actividad, que no
                                                                edificación o actividad suprimiendo se
  conflictivos   turístico, o bien, que esté ligada al servicio
                                                                que emita ruido, malos están pasando
                 no apoye el            de hospedaje.
                                                                olores, residuos,       para usos
                 proyecto propuesto
                                                                vertidos, vibración o   conflictivos
                                                                contaminación que
                                                                sobrepasen los
                                                                parámetros
                                                                establecidos en la
                                                                normativa técnica
                                                                aplicable, con especial
                                                                atención a la
                                                                contaminación
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                   lumínica por luces
                                                   dirigidas hacia la playa
                                                   y que alteren sitios de
                                                   anidación u otro tipo
                                                   de ecosistemas
                                                   frágiles, previamente
                                                   considerados como tal
                                                   mediante criterio
                                                   técnico o que
                                                   destruya o
                                                   comercialice
                                                   elementos del
                                                   patrimonio
                                                   arqueológico.
                                                                              En la
                                                                              reglamentación
                                                                              del Plan
                                                                              Regulador para
                                                   Todo desarrollo en la      el sitio
                                                   lámina de barrigona,       arqueológico
                                                   debería contar con la      Bosque Mar, se
Requisitos                                         solicitud de una           solicitará estudio
sugeridos                                          evaluación                 arqueológico de
                                                   arqueológica por           un profesional
                                                   recomendación del          certificado por la
                                                   museo nacional.            Comisión
                                                                              Arqueológica
                                                                              Nacional (CAN),
                                                                              del Museo
                                                                              Nacional”.
ZONA
RESIDENCIAL     Vigente          CMDC                        ADI                 Respuesta
TURISTICA
                                                                              Las áreas
                                                                              máximas y
                          De acuerdo a lo                                     mínimas son
Superficie                establecido por la Ley                              definidos por el
                 1500                                       1500
Mínima (m2)               No 6043 y su                                        Reglamento a la
                          Reglamento.                                         Ley de Zona
                                                                              Marítimo
                                                                              Terrestre
                                                                              Las áreas
                                                                              máximas y
                          De acuerdo a lo                                     mínimas son
Superficie                establecido por la Ley                              definidos por el
                 4000                                       4000
Máxima (m2)               No 6043 y su                                        Reglamento a la
                          Reglamento.                                         Ley de Zona
                                                                              Marítimo
                                                                              Terrestre
                                                                              Lo que indica el
                          De acuerdo a lo
                                                                              interesado en la
Frente Mínimo             establecido por la Ley
                  15                                         15               columna de
(m)                       No 6043 y su
                                                                              CMDC no es
                          Reglamento.
                                                                              correcto
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Frente                                 establecido por la Ley
                          30                                            30            columna de
Máximo (m)                             No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Retiro frontal                         establecido por la Ley
                          5                                             5             columna de
(m)                                    No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Retiro Lateral                         establecido por la Ley
                          5                                             5             columna de
(m)                                    No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Retiro                                 establecido por la Ley
                          5                                             5             columna de
posterior (m)                          No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Cobertura                              establecido por la Ley
                         30%                                           30%            columna de
Máxima %                               No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
                                       establecido por la Ley
Zona Verde %             70%                                           70%            columna de
                                       No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                                                                      Lo que indica el
                                       De acuerdo a lo
                                                                                      interesado en la
Altura Máxima                          establecido por la Ley
                         5.5                                           5.5            columna de
(m)                                    No 6043 y su
                                                                                      CMDC no es
                                       Reglamento.
                                                                                      correcto
                                      Vivienda unifamiliar
                                      (se permite más de
                                      una vivienda
                                      unifamiliar por lote),
                 Vivienda que                                -1 Vivienda unifamiliar. En cuanto a usos
                                      áreas de deportes,
                 pueden ser                                  -Áreas de deportes y     permitidos se
                                      áreas verdes.
                 complementados                              áreas verdes.            autorizará una
                                      Cuando existan varias
Usos             con pequeños                                Dormitorio de servicio, vivienda
                                      viviendas en un
Permitidos       ranchos, piscinas,                          rancho de BBQ y Yoga, unifamiliar y una
                                      mismo lote, la
                 algún tipo de cancha                        garaje y bodega para     vivienda para el
                                      densidad será de una
                 deportiva de                                uso privado de la        servicio de cuido
                                      vivienda unifamiliar
                 pequeño tamaño.                             Vivienda.                y mantenimiento
                                      cada 200 metros
                                      cuadrados de terreno
                                      con una cobertura
                                      máxima de 50%.
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28/11/2023




                                       Cabinas (para optar
                En aquellos
                                       por el uso
                derechos de
                                       condicional de
                ocupación frente a
                                       cabinas debe cumplir
                la playa que
                                       con los requisitos de
                colinden con la zona
                                       la Zona Turística de
                pública, tendrán uso                                                    Tanto el
                                       Baja Densidad),
                condicional y podrán                                                    reglamento
                                       sodas, restaurantes,
                construir hasta cinco                                                   vigente como la
                                       hospedaje con
                cabinas en aquellas                                                     propuesta
                                       tiendas para acampar
Usos            áreas menores a                               Únicamente                permiten más
                                       (para optar por el uso
Condicionales   2000 metros                                   residencial               usos, no hay una
                                       condicional de
                cuadrados.                                                              justificación
                                       camping debe
                En las piscinas de los                                                  técnica, ni se
                                       cumplir con los
                bloques                                                                 aporta, para
                                       requisitos de la Zona
                residenciales se                                                        limitarlo
                                       Turística de Baja
                podrán situar
                                       Densidad, la altura
                pequeñas áreas
                                       máxima de
                comerciales que no
                                       construcción se limita
                superen los 500
                                       a un nivel en 5
                metros cuadrados.
                                       metros) y suvenires




                                                               -Hoteles
                                       Hoteles, bares,         -Bares,
                                       discotecas, centros     -Discotecas
                                       comerciales,            -Centros comerciales
                                       depósitos de            -Depósitos de            Como ya se
                Talleres mayores,      materiales, talleres,   materiales               indicó los usos
                fábricas, estaciones   industrias. Cualquier   -Talleres                que se están
Usos
                de gasolina,           otra instalación,       -Industrias.             suprimiendo se
conflictivos
                cualquier otra         edificación o           -Casinos                 están pasando
                similar.               actividad que emita     -Club Nocturno           para usos
                                       ruido, malos olores,    -Discotecas              conflictivos
                                       vibración o             -Salas de espectáculos
                                       contaminación en        -Beach club
                                       general.                -Prostíbulos
                                                               - Eventos masivos
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              como conciertos y DJ’s
              -Alquiler de autos
              Cualquier otra
              instalación, edificación
              o actividad que emita
              ruido, malos olores,
              residuos, vertidos,
              vibración o
              contaminación que
              sobrepasen los
              parámetros
              establecidos en la
              normativa técnica
              aplicable, con especial
              atención a la
              contaminación
              lumínica por luces
              dirigidas hacia la playa
              y que alteren sitios de
              anidación u otro tipo
              de ecosistemas
              frágiles, previamente
              considerados como tal
              mediante criterio
              técnico o que destruya
              o comercialice
              elementos del
              patrimonio
              arqueológico.
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28/11/2023




                                                      Espacio para carga /
                                                      descarga de
                                                      mercadería que no sea
                                                      sobre carretera
                                                      principal. Toda
                                                      edificación de uso
                                                      comercial cuya área de
                                                      construcción sea igual
                                                      o mayor de 100,00 m2, Estas
                                                      debe contar con 1       observaciones
                                                      espacio de              adicionales no
Observaciones
                No se especifica   No se especifica   estacionamiento.        corresponden al
adicionales
                                                      Por cada 50.00 m2 de ajuste y
                                                      área comercial o        rectificación
                                                      fracción mayor de       propuesto.
                                                      25,00 m2 adicionales,
                                                      excluyendo áreas de
                                                      circulación, cuartos de
                                                      máquinas y servicios
                                                      sanitarios, se debe
                                                      disponer de un espacio
                                                      de
                                                      estacionamiento.




                                                                              En la
                                                                              reglamentación
                                                                              del Plan
                                                                              Regulador para
                                                      Todo desarrollo en la   el sitio
                                                      lámina de barrigona,    arqueológico
                                                      debería contar con la   Bosque Mar, se
Requisitos                                            solicitud de una        solicitará estudio
sugeridos                                             evaluación              arqueológico de
                                                      arqueológica por        un profesional
                                                      recomendación del       certificado por la
                                                      museo nacional.         Comisión
                                                                              Arqueológica
                                                                              Nacional (CAN),
                                                                              del Museo
                                                                              Nacional”.
ZONA
                    Vigente            CMDC                    ADI               Respuesta
COMERCIAL
Superficie
                Reglamento 6043         300m                   300
Mínima (m2)
Superficie
                Reglamento 6043        1000m                  1000
Máxima (m2)
Frente Mínimo
                Reglamento 6043          10                     10
(m)
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                                No hay
Frente                                                                          justificación para
                 Reglamento 6043         NA                    20
Máximo (m)                                                                      los propuesto
                                                                                por la ADI
                                                                                Se mantiene lo
                                                                                indicado en
Retiro frontal
                 Reglamento 6043         3                      5               observaciones
(m)
                                                                                anteriores sobre
                                                                                los retiros
                                                                                Se mantiene lo
                                                                                indicado en
Retiro Lateral
                 Reglamento 6043   Art 65 Ley ZMT               3               observaciones
(m)
                                                                                anteriores sobre
                                                                                los retiros
                                                                                Se mantiene lo
                                                                                indicado en
Retiro
                 Reglamento 6043   Art 65 Ley ZMT               5               observaciones
posterior (m)
                                                                                anteriores sobre
                                                                                los retiros
                                                                                Se mantendrán
                                                                                en 75%, que
                                                                                responde al
                                                                                Manual para la
Cobertura
                 Reglamento 6043        75%                   50%               Elaboración de
Máxima %
                                                                                Planes
                                                                                Reguladores
                                                                                Costeros versión
                                                                                2021
                                                      7m (1 nivel máximo)       Se mantiene
                                                     Altura máxima: Hasta       misma respuesta
Altura Máxima                                        un nivel de 7 metros,      sobre alturas
                 Reglamento 6043   10m (2 niveles)
(m)                                                  medidos del nivel más      dada en
                                                     bajo al punto más alto     observaciones
                                                       de la edificación.       anteriores
                                                     La altura de los pilotes
                                                     se puede diseñar
                                                     libremente, pero debe
                                                     estar incluida dentro
                                                     de la altura máxima de
                                                     los 7 m. El área           Los pilotes son
                                                     cimentada con pilotes      parte de la
                                                     debe permanecer            arquitectura
Altura
                                                     libre, no se puede         bioclimática y se
Cimientos en      No especifica        1.5 m
                                                     cerrar                     contemplan
pilotes
                                                     perimetralmente con        dentro de los 10
                                                     ningún tipo de             m de altura
                                                     material ni                propuestos
                                                     obstaculizar su interior
                                                     con materiales, este
                                                     espacio debe
                                                     permanecer en estado
                                                     natural.
ACTA 187-23
28/11/2023



                                                                 Restaurantes,
                 Restaurantes,
                                        Café, soda,              cafeterías, soda,
                 cafetería, soda,
                                        restaurante, fuentes     panadería, servicios
                 boutiques,
Usos                                    de soda, tiendas,        profesionales, agencia Se mantienen los
                 pequeños centros
Permitidos                              artesanías,              bancaria, venta de     usos permitidos
                 comerciales o de
                                        panaderías, servicios    artesanía, tiendas de
                 abastecimiento
                                        y abarrotes.             accesorios, ropa y
                 general.
                                                                 boutique.
                 Salón de baile,
                 discotecas,
                                                                 Pequeños talleres de    Se mantienen los
                 pequeños talleres de
                                                                 artesanía,              usos
                 artesanía y de
Usos                                                             instalaciones de        condicionales,
                 servicios,           Supermercados
Condicionales                                                    servicios como una      los que propone
                 instalaciones de
                                                                 pequeña panadería,      el interesado ya
                 servicios como una
                                                                 etc.                    están permitidos
                 pequeña panadería,
                 etc.
                                                                 Abastecedores y
                                                                 Supermercados
                                                                 Hoteles, cabinas,
                                                                 vivienda, almacenes
                                                                 de productos
                                                                 agrícolas, licoreras,
                                                                 industrias, toda
                                                                 instalación que
                                                                 contamine con olores,
                                                                 humos, ruido o
                                                                 vibración, talleres,
                                                                 centro de acopio de
                                                                 pesca.
                                        Hoteles, cabinas,        Cualquier otra
                                        vivienda, almacenes      instalación, edificación
                                        de productos             o actividad que emita
                                        agrícolas, licoreras,    ruido, malos olores,
                                        industrias, toda         residuos, vertidos,
                                        instalación que          vibración o
                 Todos aquellos que
                                        contamine con            contaminación que
     Usos        no tengan                                                                Se mantienen los
                                        olores, humos, ruido     sobrepasen los
  conflictivos   asociación con la                                                        propuestos
                                        o vibración, talleres,   parámetros
                 actividad turística.
                                        centro de acopio de      establecidos en la
                                        pesca y todos            normativa técnica
                                        aquellos que no          aplicable, con especial
                                        tengan asociación        atención a la
                                        con la actividad         contaminación
                                        turística.               lumínica por luces
                                                                 dirigidas hacia la playa
                                                                 y que alteren sitios de
                                                                 anidación u otro tipo
                                                                 de ecosistemas
                                                                 frágiles, previamente
                                                                 considerados como tal
                                                                 mediante criterio
                                                                 técnico o que
                                                                 destruya o
                                                                 comercialice
                                                                 elementos del
                                                                 patrimonio
                                                                 arqueológico.
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                                                      Requisitos:
                                                      Espacio para carga /
                                                      descarga de
                                                      mercadería que no sea
                                                      sobre carretera
                                                      principal.
                                                      Toda edificación de
                                                      uso comercial cuya
                                                      área de construcción
                                                      sea igual o mayor de
                                                      100,00 m2, debe
                                                      contar con 1 espacio
                                                      de
                                                      estacionamiento.
                                                      Por cada 50.00 m2 de
                                                      área comercial o
                                                      fracción mayor de
                                                      25,00 m2 adicionales, Estas
                                                      excluyendo áreas de     observaciones
                                                      circulación, cuartos de adicionales no
  Requisitos
                No se especifica   No se especifica   máquinas y servicios    corresponden al
  adicionales
                                                      sanitarios, se debe     ajuste y
                                                      disponer de un espacio rectificación
                                                      de                      propuesto
                                                      estacionamiento.
                                                      ARTÍCULO 371. Cálculo
                                                      de estacionamientos
                                                      para
                                                      restaurantes,
                                                      cafeterías y bares
                                                      Los locales destinados
                                                      a cafeterías,
                                                      restaurantes o bares,
                                                      cuya área sea igual o
                                                      mayor a 150 m2 de
                                                      construcción, debe
                                                      contar con 1 espacio
                                                      de estacionamiento
                                                      por cada 25m2 de
                                                      construcción
                                                      adicionales.
                                                                              En la
                                                                              reglamentación
                                                                              del Plan
                                                                              Regulador para
                                                      Todo desarrollo en la el sitio
                                                      lámina de barrigona,    arqueológico
                                                      debería contar con la Bosque Mar, se
Requisitos                                            solicitud de una        solicitará estudio
sugeridos                                             evaluación              arqueológico de
                                                      arqueológica por        un profesional
                                                      recomendación del       certificado por la
                                                      museo nacional.         Comisión
                                                                              Arqueológica
                                                                              Nacional (CAN),
                                                                              del Museo
                                                                              Nacional”.
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FIN DE LA RECOMENDACIÓN. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION.
                                           POR LO TANTO
Esta comisión especial de zona marítimo terrestre con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del
Código Municipal DICTAMINA:
Recomendar al Concejo Municipal se apruebe el Informe Final de la Comisión Tripartita sobre el
Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Peñón de Punta Barrigona con los siguientes ajustes
En la respuesta 3 incluir a la ADI de Mal País -Santa Teresa
En la zona turística de baja densidad eliminar de los usos conflictivos los Parques Recreativos. ES
TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
Sr. Eric Salazar Rodriguez                           Sr. Carlos Mauricio Duarte
COORDINADOR COMISION                                 SECRETARIO COMISION
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 3.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen presentado por la comisión”. ACUERDO UNANIME
    3.2.    Aprobar el informe final presentado por la Comisión Tripartita formada por
            funcionarios del INVU, ICT y este Concejo sobre el Ajuste y Rectificación realizado al
            Plan Regulador Punta Barrigona, con las siguientes observaciones:
    ➢ En la respuesta 3 incluir a la ADI de Mal País -Santa Teresa , de manera que quede de
        la siguiente manera:
    3. Responder:
  “Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que de acuerdo con el Manual para la Elaboración de Planes
  Reguladores Costeros, versión 2021, para los casos en que el Plan Regulador Vigente no posea
  viabilidad ambiental no será necesario documentar lo correspondiente ante SETENA, dado que
  a partir de una mesa de trabajo técnica, conformada por INVU-SETENA-MIVAH-MINAE, resultó
  la directriz DUV-039-202 / MIVAH- DVMVAH-P-054-2022, se les instruye a los alcaldes,
  alcaldesas, Concejos Municipales, Intendencias Municipales y jefes de Oficinas de Urbanismo,
  en su punto 8 lo siguiente:

  “8. El trámite ante SETENA para la obtención de la Variable Ambiental deberá realizarse
  solamente en el caso de Modificaciones. En el caso de Rectificaciones o Ajustes, deberá realizar
  el trámite en el INVU.”
  A las siguientes personas:
                  N° de
               observación    Nombre de la persona que presenta la observación
              según Registro
                     8       María (no indica apellido)
                    SN       Asociación Somos Congos
                    SN       COVIRENA
                    SN       Asociación Nicoya Península Waterkeeper
                    SN       ADI Malpaís-Santa Teresa


En la respuesta 5. En la Zona Turística de Baja Densidad (ZTBD) eliminar de los usos conflictivos el
de Parque Recreativo, y que se lea como sigue:
   5 Responder:
  ““Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
  participación en la Audiencia Pública del Ajuste y Rectificación del Plan Regulador Costero de
  Punta Barrigona. Con relación a su observación, este Concejo luego de haber realizado el
  análisis respectivo, le comunica que se eliminarán del reglamento los usos correspondientes a
  casino, discotecas y night club. Estos usos pasarán a ser usos conflictivos. Por otra parte, se
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     procederá a eliminar del reglamento la frase “OTROS SIMILARES”, del uso de zona de
     protección de laderas pronunciadas.
     A las siguientes personas:
                     N° de
                  observación     Nombre de la persona que presenta la observación
                 según Registro
                         9       Daniel Santo Marenco
                       SN        COVIRENA
                       SN        Alonso Fonseca Pión
                       SN        SALOPAREE S.A.

  3.3. Notificar a todos los que presentaron sus observaciones en la audiencia pública lo indicado
  en este informe”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez,
  Minor Centeno Sandi, Manuel Ovares Elizondo, William Morales Castro y Eduardo Sanchez
  Segura

     c. ASUNTO. SOLICITUD DE RENOVACION ANTICIPADA de CONCECION, Folio Real 6-
        1458-Z-000 DARACLA S.R.L


                                      DICTAMEN DE COMISION
  Acta número sesenta y ocho - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de Zona
  Marítimo Terrestre, celebrada el día veintiocho de noviembre del año dos mil veintitrés, a las
  catorce horas, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros
  Eric Salazar, William Morales y Carlos Mauricio Duarte. Además, la presencia de la asesora MA
  Ana Cristina Quiros.

  DOCUMENTOS ANALIZADOS:
    • PASE CMC-S-463-2023
    • SOLICITUD DE DARACLA
    • EXPEDIENTE 2388-04

                                             Considerando:
  I. Que la sociedad solicitante DARACLA R:D: S.R.L. cedula jurídica 3-102-289239 expediente 2388-
     2004, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al Tomo:1387, Folio;107,
     asiento:00111, con domicilio social; San José, Escazú San Rafael. En las Oficinas Sfera Legal.
     Ubicada en el Tercer piso del edificio El Pórtico de Plaza Roble y representada por Robert
     Christian van der Putter con cedula de identidad 8-0079-0378, ha cumplido satisfactoriamente
     con todos los tramites estipulados en la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su
     Reglamento. Plan Regulador Sector Costero Peñón de Ario.
 II. Con fecha 18 de octubre del 2023, la sociedad denominada, DARACLA R:D: S.R.L. cedula jurídica
     3-102-289239 solicita trámite de Prorroga o Renovación anticipada de concesión, fundamentada
     en el artículo 50 de la Ley de Zona Marítimo, Terrestre, ley 6043, recibida a las 12:42 pm por Ana
     Cristina Quirós Soto, coordinadora de Zona Marítimo Terrestre, concesión que vence el día 3 de
     noviembre 2024, fecha que se encuentra dentro del plazo de ley para solicitar el proceso de
     renovación anticipada de la concesión.,. (Folio 342)
III. El área del terreno es de 6,880 metros cuadrados, uso distribuido en 5,754 metros cuadrados
     para Zona Residencial Recreativa (con uso condicional de cabinas), 1,126 metros cuadrados para
     Zona de Protección, entre los mojones 133 y 134 Según Plano 6-22966253-2021 (Folio 266),
     aprobación del plano (visible a folio 269) OFICIO CYV-OF-GE-161-2022 del 21 de junio 2022, este
     corrige el plano 6-918710-2004 (folio 328) y aprobado con acuerdo de consejo en Sesión
     Ordinaria 150-23, articulo VI, inciso h, del día veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés.
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IV. Aprobación de la demasía de área mediante acuerdo municipal 4.2 de la sesión Ordinaria numero
     012-2020 del día 21 de julio del 2020
 V. Plano 6-22966253-2021 (Folio 266), el cual cuenta con los sellos del Registro Nacional y Catastro
     Nacional y fue aportado por la sociedad DARACLA R:D: S.R.L. cedula jurídica 3-102-289239 por
     un área 6,880 metros cuadrados cuya naturaleza corresponde para 5,754 metros cuadrados para
     Zona Residencial Recreativa (con uso condicional de cabinas), 1,126 metros cuadrados para Zona
     de Protección, para la totalidad del área. La parcela solicitada en concesión se encuentra en el
     Sector Costero Peñón de Ario, distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas.
     La declaratoria de actitud turística fue otorgada por parte del Instituto Costarricense de Turismo,
     en la sesión ordinaria número: 6041, articulo 5, del 27 de agosto del 2018, publicado en Diario
     Oficial La Gaceta número 199, del 29 de octubre del 2018.
VI. Por ser el área menor, en el proceso de Renovación no se requiere publicación de edicto
VII. La sociedad solicitante aporta los requisitos: visible a los folios del 310 al 342

          ➢ Certificación Literal de Personería Jurica
          ➢ Certificación de la Composición Accionaria de la Concesionaria
          ➢ Cédula de identidad del señor Robert C. van der Putten, representante legal de la
            concesionaria
          ➢ Estudio Registral de la Concesión
          ➢ Plano Catastrado de la Concesión y su respectivo reemplazo.
VIII. Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector
      Costero Peñón de Ario aprobado por el INVU,4386, articulo 9, del 17 de febrero de 1994, por el
      Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº 4448, artículo 2º, inciso 5, del 6 de abril
      de 1994; adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión extraordinaria Nº 170, artículo
      1, inciso f, del 05 de enero del 2000 y publicado en la Gaceta Nº 50 del 10 de mayo del 2000.
 IX. Existe un informe de avalúo actualizado NºCYV-AV-009-2020, realizado por el Topógrafo
      Municipal Rodrigo Vásquez Quirós, establece el valor unitario por metro cuadrado en la suma
      de ¢9 555.00 (nueve mil quinientos cincuenta y cinco colones exactos), siendo el valor total del
      terreno la suma de ¢ 67 270 631. 28 (Sesenta y siete millones seiscientos treinta unos mil colones
      con veintiocho céntimos), asimismo, porcentaje del canon según la zonificación de Zona
      Residencial Recreativa (uso condicional) (ZRR) 4% correspondiente a ¢2 246 022.40 (dos millones
      doscientos cuarenta y seis mil veintidós colones con cuarenta céntimos), Zona de Protección
      (ZPR) 2% corresponde a ¢222 401.43 (doscientos veintidós mil cuatrocientos un colon con
      cuarenta y tres céntimos), razón por la cual se establece un monto total a cancelar por concepto
      de canon la suma de ¢2 468 423.82 (dos millones cuatrocientos sesenta y ocho mil, cuatrocientos
      veintitrés colones con ochenta y dos céntimos, visible a 179-182.
  X. La sociedad DARACLA R:D: S.R.L. cedula jurídica 3-102-289239 se ajusta a las disposiciones de la
      Ley 6043, Ley de Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
 XI. Se recomienda la renovación anticipada de la concesión por un plazo de VEINTE AÑOS

                                                 POR TANTO
    Esta comisión especial de zona marítimo terrestre con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del
    Código Municipal DICTAMINA:
       1. Recomendar al Concejo Municipal se apruebe la Renovación de la Concesión, solicitada
           por la sociedad, DARACLA R:D: S.R.L. cedula jurídica 3-102-289239, folio real 6-1458-Z-
           000, por un área 6,880 metros cuadrados cuya naturaleza corresponde para 5,754 metros
           cuadrados para Zona Residencial Recreativa, (con uso condicional de cabinas) y 1,126
           metros cuadrados para Zona de Protección, para la totalidad del área. Por un periodo de
           veinte años y autorizar al Intendente a firmar el contrato de concesión ES TODO.
    ACUERDO N°4
    Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 4.1. “Acoger en todas sus parte el dictamen
    presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
ACTA 187-23
28/11/2023



4.1. Aprobar la Renovación de la Concesión, solicitada por la sociedad, DARACLA R:D: S.R.L.
cedula jurídica 3-102-289239 por un área 6,880 metros cuadrados cuya naturaleza corresponde
para 5,754 metros cuadrados para Zona Residencial Recreativa, (con uso condicional de cabinas)
y 1,126 metros cuadrados para Zona de Protección, para la totalidad del área. Por un periodo de
veinte años
4.3. Autorizar al Intendente a firmar el respectivo contrato de concesión”. ACUERDO UNANIME.
Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi, Manuel Ovares
Elizondo, William Morales Castro y Eduardo Sanchez Segura

ARTICULO VII.     INFORME DE LA ASESORA LEGAL
  a. Llegó un nuevo recurso de la ANEP con respecto a los salarios globales por no respuesta,
     aunque ustedes si contestaron, hoy se le dio respuesta a la sala.

ARTICULO VIII.         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. Sr. Diego Céspedes Núñez. Técnico Recurso Humano y Favio Lopez Chacon.
        OFICIO RH-091-2023. ASUNTO: CIERRE DE OFICINAS PARA ATENCION AL
        PUBLICO FIN Y PRINCIPIO DE AÑO.
Estimados Señores

Por medio de la presente les saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, de la manera más
atente procedo a indicarles que esta Administracion del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
continua en su ardua labor para que este Distrito se desarrolle hacía en mejor futuro.

Para este fin y principio de año al igual que la mayoría de las instituciones públicas realizaremos el
cierre de las Oficinas Municipales para atención al público, dejando deshabilitado cualquier
atención al público.

Que durante esa semana hay 2 días feriados de pago obligatorio, detallados de la siguiente manera:
25 de diciembre y 01 de enero feriados de ley.

Por tanto, procedemos a solicitarles se tome el acuerdo respectivo para el cierre de las oficinas
Municipales para la atención al público desde el 26 de diciembre hasta el 31 de diciembre,
quedando de esta manera cerrada la atención al público desde el 25 al 01, regresando a labores
normales el 02 de enero de 2024. Lo anterior con el fin de realizar la publicación en el diario oficial
la Gaceta.

Quedando a excepción de este cierre los Servicios Esenciales del Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano.
CONSIDERANDO:

   ❖ Que se ha conocido el OFICIO RH-091-2023 firmado por el Sr. Diego Céspedes Núñez.
     Técnico Recurso Humano y Favio Lopez Chacon, Intendente, mediante el cual solicitan el
     cierre de oficinas para atención al público para el fin y principio de año.
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 5.1. Dispensar del trámite de comisión,
artículo 44 del código municipal”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
5.2. Aprobar el cierre de las Oficinas Municipales, para atención al público, del 25 al 31 de
diciembre del 2023 y el 01 de enero del 2024, inclusive, regresando a labores el día martes 02 de
enero del año 2024, a fin de que los funcionarios disfruten de sus vacaciones.
5.3. Indicar que los servicios esenciales que brinda este Concejo quedan exentos de este acuerdo
y la administración debe realizar un plan a fin de que el servicio no se vea afectado.
5.4. Recordar que debido a que por Ley los Concejos Municipales deben sesionar ordinariamente
una vez a la semana, este Concejo sesionará de forma normal el día 26 de diciembre”. Votan a
favor los Concejales William Morales Castro, Eduardo Sánchez Segura, Manuel Ovarles Elizondo,
ACTA 187-23
28/11/2023



Eric Salazar Rodriguez y Minor Centeno Sandi. Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO

   b. MA. Ana Cristina Quiros Soto. Coordinadora Dpto. ZMT. Y Favio Lopez. Intendente.
      OFICIO ZMT-303-2023. ASUNTO. Solicitud de autorización para hipotecar concesión a
      nombre de la sociedad Estrella de Santa Teresa S.A.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

    c. Les estamos invitando a participar en la tercera edición del festival de la luz el próximo
       sábado 9 de diciembre. Se insta a los comercios a presentar su carroza, habrá
       presentación de bandas de marcha importantes del país, concursos de retahílas con el
       tema de COBANO DE MIS AMORES y otras actividades culturales y encenderemos el
       árbol de navidad.

CONSULTAS
WILLIAM. El trabajo de Las Delicias
FAVIO. La lluvia ha afectado mucho a partir de mañana iniciamos de nuevo con un mantenimiento
preventivo, a partir de mañana se está iniciando del cementerio al sector del mariposario, también
ese tramo para que lo sepan tiene una intervención importante aprobada por este Concejo para a
partir de enero con un proyecto de asfaltado, pero mientras tanto se hace mantenimiento
preventivo
WILLIAM. Después se puede atender playa Carmen
FAVIO. Si hubo un error de comunicación debió haberse atendido hoy de madrugada, pero no se
hizo, mañana debería amanecer este tramo reparado y después continuaría desde la Lora hacia
adelante ese va hacia Santiago-Manzanillo, Manzanillo - Rio Negro, Rio Negro - Cobano y Cobano
-Rio Negro.
MINOR. Y la Menchita hace falta lastre, después del Rio Negro
FAVIO. La parte de lastre después de va a atender, el tema del asfaltado del Rio Cóbano hasta la
clínica esta ruta ya cumplió su vida útil sin embargo tenemos un combo importante autorizado para
poder iniciar con un bacheo y poder tapar todos los huecos de esta ruta y que este bien para el
cierre de año y para el próximo año asignarle fondos para construirla nueva con una calidad como
los que venimos haciendo que garanticen un producto por más de diez años
KEMLY. Que paso con la calle de Camboya
FAVIO. Esa viene en un paquete de proyectos para el próximo mes
ERIC. Seria bueno que el paquete de proyecto que vienen próximamente
FAVIO. No hemos hecho el comunicado todavía porque el departamento de ingeniería está
redactando las órdenes de compra que son los que oficializan los diferentes proyectos hay algunos
que no se va a poder licitar por diferentes razones técnicas no da el tiempo, cuando sepamos que
vamos a hacer o ejecutar haremos un comunicado para que tanto el Concejo como la población
sepan que se va a ejecutar y eso sería antes del viernes
ERIC. Sería bueno porque previo a la sesión unos compañeros estaban comentando que a veces
se están iniciando trabajos la gente les pregunta y no están enterados seria bueno que antes de
iniciar los proyectos se nos comunique tanto por la gente que nos sigue por Facebook y así estar
enterados esa es la inquietud que tienen
FAVIO. El paquete de proyectos oficial va a salir prontamente pero actualmente estamos
interviniendo entre Mal País y Playa Carmen, del tanque del agua a Rio Negro que incluye las dos
quebradas que hay en ese sector. Antes del 22 de diciembre El CONAVI va a recibir las ofertas
para el asfaltado del cruce de Playa Carmen a Catana, el enero posiblemente estén adjudicando.
KEMILY. En ese paquete viene el trecho de San Isidro
FAVIO. NO todo el trecho, pero si la parte más deteriorada
MANUEL. ¿Qué paso con lo del estadio, usted un día se retiró de la sesión porque iba para una
reunión quiero saber que negociación se hizo?
FAVIO. Absolutamente nada, hay una situación compleja que no voy a profundizar sim embargo
un grupo de cobaneños organizados formaron un comité privado en el cual está la familia Jimenez
e hicieron una alianza y están haciendo una importante inversión privada en ese estadio para
recuperarlo yo los estoy apoyando por eso se están haciendo inversiones hay también un
importante aporte de parte de la familia Jimenez
MANUEL. Me preguntaron si los negocios que están en el aeropuerto están al día con lo que la ley
indica. Y entiendo que en estos días el ministerio de salud cerro unos negocios de esos porque no
tenían el permiso de funcionamiento
ACTA 187-23
28/11/2023



FAVIO. No tengo información sobre eso, no se si todos tienen patentes. Sería que el mismo usuario
interesado se dirija al Dpto. de patentes y pregunte por el negocio especifico porque hay varios
MANUEL. También me dijeron que hay problemas con los taxistas informales
¿Como le fue ahora que fue a representar a Costa Rica a México?
FAVIO. El próximo martes estaría presentando el informe es una oportunidad para el país, pero
sobre todo para Cobano quien va a ser el beneficiado con la alianza que se estableció. Una alianza
iberoamericana
CARLOS. ¿La intervención que se va a hacer em playa Carmen se le va a echar lastre?
FAVIO. De momento n o hay lastre, los permisos para el lastre han estado siendo saboteados por
así decirlo, por gente que tiene intereses privados, pero sin embargo se están haciendo las
gestiones para que la muni tenga su propia fuente de lastre y no tener que pagar sumas
exorbitantes por lastre. Con respecto a las concesiones, sobre el rio ario hay por lo menos cinco
solicitudes de empresas privadas, lo cual lo permite las leyes costarricenses, tener una concesión
de extracción de lastre y comercialización. Eso quiere decir que las personas que se oponen para
el Concejo tenga su propia concesión no está haciendo ninguna acción para que las empresas
privadas exploten y vendan el lastre, estos procesos de solicitudes están bien adelantadas y van
desde San Ramon de Ario a Paquera donde nace el rio Ario. Yo esperaría que esto se logre
resolver y estamos haciendo las gestiones para poder tener por lo menos una concesión. La
mayoría de las rutas del distrito están en tierra porque ha sido muy difícil que la municipalidad
tenga acceso al lastre. Y esas personas que se oponen a que la municipalidad tenga su concesión
hacen el trabajo mucho más difícil.
Todos tenemos derecho a pedir y la ley permite que el sector privado y público pidan, el público
tiene prioridad sobre el privado, pero yo no puedo pedir todo el rio, solo puedo pedir una concesión
de 2 kilómetros y el rio tiene 27 kilómetros y eso significa que aguas arriba o bajo va a ver un
privado pulseando una concesión, hay cinco concesiones privadas en tramite y esas en algún
momento van a tener la posibilidad de comercializar el rio y explotar el lastre. La gente que se
opone que son pocos gracias a Dios, porque es un privado con nombre y apellido que es lo que
quiere, pues obligar al municipio a comprar a las empresas privadas, es un negocio que la muni
les compre a ellos y no es un negocio que la muni tenga acceso gratis al lastre. De las secciones
que nosotros estamos pidiendo autorización son dos kilómetros que queremos explotar de manera
correcta solo que no ha sido sencillo lidiar con gente enemiga de su pueblo que va y dice un poco
de mentiras al ministerio del ambiente y eso asusta al todo el mundo, pero los encargados han
visto que hemos actuado correctamente.
KEMILY.         Que pena porque los caminos están pésimos
FAVIO. Si lo que pasa es que es una cuestión política y tengo que decirlo aquí que no ven el interés
del pueblo, sino que quieren meterse con el intendente para que quede mal. Hay que entender
que quienes se oponen a que la municipalidad tenga un beneficio no esta perjudicando al
Intendente esta perjudicando al pueblo

ARTICULO lX.          CORRESPONDENCIA

  a. Flory Elay Paniagua / por Omar Fernández. Presidente ADIC. ASUNTO. SOLICITUD
     DE PATENTE TEMPORAL DE LICORES
CONSIDERANDO
   ➢ Que la Asociacion de Desarrollo Integral de Cóbano ha solicitado patente temporal de
     licores para explotar en el salón los caraos el día 09 de diciembre del 2023 a partir de las
     6.30 pm y hasta las 2.30 a.m. del día10 de diciembre del 2023.
ACUERDO N°6
Con Cinco votos a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME
6.2. Aprobar patente temporal de licores solicitada por la Asociacion de Desarrollo Integral de
Cóbano a utilizar en una feria que realizaran en salón los caraos el día el día 09 de diciembre del
2023 a partir de las 6.30 pm y hasta las 2.30 a.m. del día 10 de diciembre del 2023”. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Concejales William Morales Castro, Eduardo Sánchez Segura,
Manuel Ovarles Elizondo, Eric Salazar Rodriguez y Minor Centeno Sandi

   b. Dr. Juan Ledezma Director. Área de Salud Peninsular. OFICIO MS-DRRSPC-DARSPE-
      OS-101-2023. ASUNTO. Orden Sanitaria recolección de basura.
      FAVIO. Ya eso se solucionó.
      PRESIDENTE. Por ser un asunto administrativo se da pase a la Intendencia
ACTA 187-23
28/11/2023




    c. Sr. Rolando Portilla. Correo Electrónico. ASUNTO. Solicitud de respuesta sobre sendero
       peatonal público y evacuación de aguas pluviales en lote del INDER ubicado frente a la
       Iglesia Católica en Santa Teresa. Solicitudes realizadas desde el 2023

    PRESIDENTE. Se da pase a la administración y se les solicita un informe de respuesta en un
    periodo de 15 días una vez notificado este pase

    d.    Junior David Ramos. Departamento Control Minero. Copia de OFICIO DGM-RCH-
         211-2023. ASUNTO. Informe de inspección sitada 43270-2023. (caso 4) Propiedad ubicada
         en Barrio La Menchita. Extracción de materiales y comercialización sin permiso.
         PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION. DPTO. PATENTES

    e. Junior David Ramos. Departamento Control Minero. Copia de OFICIO DGM-RCH-210-
       2023. ASUNTO. Informe de inspección sitada 43270-2023.(caso 3) Propiedad ubicada en
       poblado Maria Cruz. Extracción de materiales y comercialización sin permiso.
       PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION DPTO DE PATENTES.

    f.   Katherine Gomez. ASUNTO. Clausulas fundación Athetikat Santa Teresa. Clausula
         segunda: Del Domicilio- La fundación tendrá su domicilio en Puntarenas, Paquera,
         Tambor, Los Delfines Country Club, Villa Numero 3.
         PRESIDENTE- Esa fundación tiene su domicilio en Paquera deben ir al Concejo de allá,
         no podemos nosotros nombrar el representante.
         Informar a la fundadora

    g. Annette Fischel Quiros. ASUNTO. Impugnación de acuerdo del Concejo. Petición de
       suspensión de procedimientos en planes reguladores Costeros. OFICIO DE REFERENCIA
       CMC-S-453-2023.
       PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL

    h. Juan Ignacio de la Espriella Rodriguez. Presidente ADI Mal País-Santa Teresa.
       ASUNTO. Recurso de revocatoria con apelación contra acuerdo del Concejo.
       PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL

ARTICULO X.            INFORME DE LOS CONCEJALES

WILLIAM. Nosotros habíamos presentado una moción para lo del reductor de Florida
Pero que paso.
FAVIO. Yo les recomendó pasar una nueva misión al Ing. Del Conavi encargado de la zona.
**********************************************************U.L.*******************************************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas con diez minutos se cierra la sesión. Buenas Noches.



Sr. Eric Salazar Rodriguez                                    Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                                    SECRETARIA