Ordinaria 186 · 2023-11-21
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME 1.…
- Acuerdo 2 (pág. 6) · unanime · firme ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger todas sus partes el dictamen y la recomendación presentada por la comisión perm…
- Acuerdo 3 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger todas sus partes el dictamen presentada por la comisión permanente de asuntos j…
- Acuerdo 4 (pág. 15) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 4.…
- Acuerdo 5 (pág. 18) · unanime ACUERDO N°5 Con cuatro votos a favor de los cinco presentes SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME 5.…
ACTA 186-23
21/11/2023
ACTA N°186-2023
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO CIENTO OCHENTA Y SEIS - DOS MIL VEINTITRES DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE AÑO DOS MIL VEINTITRES A LAS DIECISIETE
HORAS CON QUINCE MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE.
Erick Salazar Rodríguez
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Minor Centeno Sandi
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Manuel Ovares Elizondo
CONCEJALES SUPLENTES
Kemily Segura Briceño
INTENDENTE
ASESORA LEGAL
Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura
CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Salazar Cortes
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
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ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la Asesora Legal Licda. Rosibeth Obando
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 185-23 donde estuvieron presentes
(Eric, Carlos Mauricio, Kemily, Manuel, Minor y William). La cual se ratifica en todas
sus partes
b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 50-23 donde estuvieron
presentes los concejales (Eric, Carlos Mauricio, Manuel, Minor y William). La cual
se ratifica en todas sus partes.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
SE DISPENSA
ARTICULO IV. MOCIONES
a. Moción del Intendente Favio Lopez
21 de noviembre del 2023
MOCION INTENDENCIA 019-2023
SEÑORES
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
COBANO, PUNTARENAS
CONSIDERANDO
1- Que la Intendencia Municipal del Concejo Municipal de Distrito realizó el debido proceso y todos
los estudios correspondientes para la obtención de la viabilidad ambiental ante el SETENA y ya se
cuenta con la autorización final para realizar el mantenimiento de los canales de los pescadores de
Mal pías y cabuya.
2- Que existe esta gran necesidad de parte de todos los pescadores artesanales y tour operadores
tanto de Mal País como de Cabuya, requiriendo la realización del mantenimiento y ampliación de
los respectivos canales de dichas comunidades, esto por cuanto el estado actual de los mismos
limita su actividad económica y les imposibilita trabajar en las mareas bajas y otras situaciones
adversas.
3- Todo el proceso de estudios y obtención de permisos se realizó con el acompañamiento de los
pescadores locales y el de profesionales bajo la supervisión del regente Igor Zúñiga dando como
resultado la obtención de los respectivos permisos.
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Por tanto
Esta Intendencia Municipal con gran satisfacción informa a este órgano colegiado que se obtuvieron
los permisos correspondientes, así mismo procedemos a solicitarles la autorización para realizar los
trabajos de mantenimiento y ampliación de los canales en Mal País y Cabuya, siempre manteniendo
las labores a realizar dentro de los parámetros autorizados y bajo la supervisión del regente a cargo
del proyecto, que para su defecto será el Ing. Igor Zúñiga. Carnet. N° CIA-4863.
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Dispensar del tramite de
comisión”. ACUERDO UNANIME
1.2. Aprobar en todas sus partes la moción presentada por la Intendencia.***
1.3. Autorizar a la Intendencia a realizar los trabajos de mantenimiento y ampliación de los
canales en Mal País y Cabuya, siempre manteniendo las labores a realizar dentro de los
parámetros autorizados y bajo la supervisión del regente a cargo del proyecto, que para su
defecto será el Ing. Igor Zúñiga. Carnet. N° CIA-4863”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor
los Concejales Eric Salazar, Minor Centeno, Manuel Ovares, William Morales y Carlos
Mauricio Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
Sanchez) Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
PRESIDENTE: Voy a nombrar como asesora de la Comisión Especial Permanente de Zona
Marítimo Terrestre a la Lcda. Lilliana García Barrantes
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION ESPECIAL DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
a. ASUNTO. ANALISIS DEL INFORME FINAL DE LA COMISION TRIPARTITA ICT-
INVU -CMDC AJUSTE Y RECTIFICACION PLAN REGULADOR PEÑON DE ARIO
PRESIDENTE. DEBIDO A QUE ES MUY LARGO QUE SE LE DE UNA COPIA A LOS
CONCEJALES QUE NO ESTAN EN LA COMISION PARA QUE LO ANALISEN Y LA OTRA
SEMANA LO SOMETEMOS A VOTACION
b. ASUNTO. ANALISIS DEL INFORME FINAL DE LA COMISION TRIPARTITA
ICT-INVU -CMDC AJUSTE Y RECTIFICACION PLAN REGULADOR PUNTA
BARRIGONA
PRESIDENTE. DEBIDO A QUE ES MUY LARGO QUE SE LE DE UNA COPIA A LOS
CONCEJALES QUE NO ESTAN EN LA COMISION PARA QUE LO ANALISEN Y LA
OTRA SEMANA LO SOMETEMOS A VOTACION
COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS JURIDICOS
c. ASUNTO: CORRECCION USO DE SUELO INMOBILIARIA ADAN LTDA.
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DICTAMEN DE COMISION
Acta número treinta y dos - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de Asuntos
Jurídicos, celebrada el día veintiuno de noviembre del año dos mil veintitrés, a las catorce horas con
treinta minutos, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros
Eric Salazar, William Morales
AUSENTE
Manuel Ovares
DOCUMENTOS ANALIZADOS:
• Pase CMC-S-448-2023
• Solicitud del Sr. Ing. Daniel Sancho
CONSIDERANDO:
➢ Que se ha nota del Sr. Daniel Sancho mediante la cual solicita se considere modificar los
términos del acuerdo del uso de suelo otorgado a la empresa Inmobiliaria Adan Ltda.
representada por el Sr. Frederik Vlamnick para un condominio horizontal residencial,
ubicado en Santa Teresa, a 0.3 km al noroeste y 0.3 km al noreste de la plaza de Santa Teresa
a mano izquierda, en propiedad con número de folio real 6-225367-000 y plano catastrado
P-2143960-2019
• Que la petición obedece a que este Concejo solicito Contar con un visto bueno de la
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, ya que, según el
mapa elaborado por esa comisión, este proyecto se ubica en una zona de amenaza de
ocurrencia de desastres naturales (deslizamientos).
• Que indica el Sr. Sancho que la Comisión Nacional de Emergencias no otorga Vistos Buenos
a ningún proyecto, sino que indica que ha recibido la información técnica necesaria para
hacer el diseño correcto de las obras y cada profesional debe asumir la responsabilidad
que la compete según la ley.
• Que, al no poder cumplir con esa cláusula, el Instituto de Vivienda y Urbanismo no les
otorga el visado al proyecto y no pueden continuar adelante con su proyecto
• Que la descripción del condominio, según el proyecto presentado, es la siguiente:
Condominio residencial horizontal de fincas filiales primarias individualizadas, con 23
filiales, con una residencia unifamiliar por filial, siendo el total máximo general de unidades
residenciales de 23 unidades, cuando se complete la construcción de todas las viviendas.
Se plantea un lenguaje arquitectónico tropical moderno con acentos minimalistas.
• Que esta propiedad no se encuentra en Zona Marítimo Terrestre,
• Que al no existir Plan Regulador en el lugar en que se encuentra la propiedad, la normativa
a aplicar es la ley de Construcciones y su Reglamento.
• Que a nivel pluvial el desfogue de las aguas será hacia el yurro del lado oeste (que el
MINAET ha declarado cuerpo de agua de dominio público) y por el lado este hacia la
quebrada Carmen
POR TANTO
Esta comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal, dictamina recomendar
al Concejo DICTAMINA:
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Se apruebe la modificación al uso de suelo solicitado y que el mismo se lea en adelante como
sigue:
1. Aprobar el uso de suelo solicitado por la sociedad inmobiliaria Adan Limitada, cedula jurídica
Numero 3-102-773395, representada por el Sr. Frederik Vlamnick. para condominio residencial
horizontal de fincas filiales primarias individualizadas, con 23 filiales, ubicado en Santa Teresa a 0.3
km al noroeste y 0.3 km al noreste de la plaza de Santa Teresa a mano izquierda, en la propiedad
con número de folio real 6-225367-000 y plano catastrado P-2143960-2019, parcela con una
superficie de 45005 m2 y una elevación que varía de los 40 msnm, a 110 msnm, con fines de terreno
de tacotal, con frente de calle de 8.60 metros lineales de los cuales 7 metros le pertenecen a una
servidumbre agrícola la cual se encuentra dentro de la zona de protección del yurro de 15 metros
según alineamiento fluvial del INVU. ***************
A este uso de suelo se le realizan las siguientes Prevenciones:
→ Deberán ajustarse en todo momento y cumplir con la legislación ambiental vigente (Ley
Orgánica del Ambiente)
→ Deberán respetar los retiros según alineamientos del MOPT si el terreno enfrenta ruta
nacional, del ICE si el terreno está afectado por el paso de líneas eléctricas, del INVU si el
terreno está afectado por un rio, quebrada, acequia, naciente, lagos, embalses naturales o
artificiales y acuíferos entre otros similares. Además, en caso de construcción debe tener
disponibilidad de agua ya sea por AyA o ASADA y si lo que poseen es un pozo, el mismo debe
estar inscrito o tener concesión, según corresponda, por parte de la Dirección de aguas del
MINAE.
→ Deberán contar con la viabilidad ambiental aprobada por SETENA
→ Deberán cumplir con los requisitos de ley, así como con las normas del código urbano y las
leyes vigentes para tal fin.
→ Deberán aportar alineamiento del INVU para efectos de permisos constructivos
→ Debido a que en el sector no existe alcantarillado pluvial de Ay A deben presentar el plan
de desfogue pluvial para poder tramitar el permiso de construcción, con el fin de evitar el
estancamiento de aguas
→ Que el porcentaje de cobertura permitida (Huella Constructiva) es de 75 %.
→ Que el área de lote mínima o superficie mínima es de 120 metros cuadrados.
→ Que los retiros serán los establecidos en el artículo 97 del Reglamento de Construcciones
del INVU, prevención vial LPV es de 7 metros y el alineamiento de construcción LCV es de
9 metros.
→ Que la altura máxima: 1.5 veces el ancho de la calle.*************************
1.2. Advertir al desarrollador que PREVIO a iniciar con el desarrollo del proyecto deben contar con:
1. El visto bueno de MINAE para obras en cauce, debido a que el acceso es en zona de
protección de quebradas.*****
1.3. Indicar al Desarrollador que deben establecer en la escritura del condominio la servidumbre
agrícola, y se les recuerda no pueden impedir el paso de los vecinos que se sirven de ella y tienen
sus propiedades detrás de la parcela donde se desarrollara el condominio y es esa su único acceso.
ES TODO
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
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Sr. Eric Salazar Rodriguez William Morales Castro
Miembro de la comisión Presidente de la comisión
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger todas sus partes el
dictamen y la recomendación presentada por la comisión permanente de asuntos jurídicos
y que el uso de suelo se lea tal como este indica”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Votan a
favor los Concejales Eric Salazar, Minor Centeno, Manuel Ovares, William Morales y Carlos
Mauricio Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
Sanchez).
d. ASUNTO: REGLAMENTO OFICINA DE LA MUJER.
DICTAMEN DE COMISION
Acta número treinta y dos - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de
Asuntos Jurídicos, celebrada el día veintiuno de noviembre del año dos mil veintitrés, a las
catorce horas con treinta minutos, presentes en la sala de sesiones este Concejo Municipal
de Distrito los miembros Eric Salazar, William Morales
AUSENTE
Manuel Ovares
DOCUMENTOS ANALIZADOS:
• Pase CMC-S-449-2023
• REGLAMENTO
• OFICIO INT-2023-631
CONSIDERANDO:
➢ Que se ha conocido y analizado el reglamento denominado REGLAMENTO
GENERAL DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE LA MUJER DEL CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO el cual se detalla:
REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE LA MUJER DEL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
Considerando:
I-Que el Estado de Costa Rica ha ratificado los instrumentos jurídicos internacionales que protegen
derechos humanos de las mujeres: Convención para la Eliminación de Todas la Formas de
Discriminación contra la Mujer, Ley 6968, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Ley 7499, la Convención Americana de Derechos Humanos
de 1969 y el Protocolo de San Salvador de 1988, todos instrumentos internacionales que constituyen
la base para que Costa Rica promueva medidas necesarias para suprimir la discriminación y la
violencia contra las mujeres en todas sus formas y manifestaciones.
II.-Que conforme a las potestades conferidas por el artículo 4 inciso (a, (b, (h y (i, artículo 5, artículo
13 incisos (c y (e, artículo 17 incisos (a y (h, y artículo 49, artículo 103 y artículo 124, todos del Código
Municipal, Ley 7794, artículos 1, 3, 4 y 11 del Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley
8173 y su reforma 9208. Acorde con el artículo 33, 48 y 71 de la Constitución Política.
III-Que, dada la importancia de las funciones, y la amplitud de servicios diferentes en beneficio en
el distrito de Cóbano, se considera oportuno y necesario contar con un reglamento que aclare los
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distintos tipos de servicios que la oficina brinda a las mujeres y que estandarice y describa los
criterios y requisitos para la atención de los casos.
Se acuerda emitir el reglamento de la Oficina de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano.
De conformidad con lo indicado, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en acuerdo número
XX de la Sesión Ordinaria N°XX, celebrada el XX de XX de XXXX emite el presente:
REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO DE LA OFICINA MUNICIPAL DE LA MUJER DEL CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
Capítulo 1: Objetivo y Alcance
Artículo 1º: Esta norma regula los servicios que presta la Oficina Municipal de la Mujer del Concejo
Municipal del Distrito de Cóbano para la defensa de los derechos de las mujeres, la prevención y
eliminación de la violencia contra las mujeres, y la promoción de la igualdad y la equidad de género,
así como todo lo relacionado a funciones de la o las funcionarias de esta oficina, presupuesto y
rendición de cuentas de la misma.
Artículo 2º-Definiciones: para la correcta aplicación de la norma se tendrán en cuenta los siguientes
conceptos:
1. OFIM: Oficina Municipal de la Mujer.
2. Concejo: Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
3. INAMU: Instituto Nacional de las Mujeres.
4. Persona funcionaria: Toda persona física que preste servicios materiales o
intelectuales en nombre del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, que
desarrolle o tenga a cargo el trabajo de promoción y defensa de los derechos de las
mujeres.
5. Género: Es el conjunto de características sociales, culturales, políticas, psicológicas,
jurídicas, económicas asignadas a las personas en forma diferenciada de acuerdo al
sexo. El género se refiere a los conceptos sociales expresados mediante roles,
comportamientos, actividades, atributos y espacios que cada sociedad asigna y
considera apropiados para los hombres y las mujeres. Entendiendo que los
diferentes roles, comportamientos y espacios pueden generar desigualdades de
género.
6. Igualdad: Según el artículo 33 de la Constitución Política, toda persona es igual ante
la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.
Se deben garantizar las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que
garanticen, tanto a las mujeres como a los hombres, tener un acceso igual a la
educación, la salud, la vivienda, el empleo, la recreación, y demás Derechos
Humanos.
7. Equidad: Es el reconocimiento de la diversidad sin que ésta signifique razón para la
discriminación. Significa justicia y cooperación. Es aportar y dar a cada cual lo que le
corresponde, reconociendo las condiciones de cada persona o grupo humano (sexo,
género, clase, religión, edad). También significa igualdad de derechos,
responsabilidades y oportunidades para mujeres y hombres.
8. Persona usuaria adulta: persona adulta que solicita servicios de atención directa a
la Oficina Municipal de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano o que
participe en alguno de los servicios que esta ofrece, tales como capacitaciones,
talleres, charlas, etc.
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9. Persona usuaria menor de edad: persona menor de edad que solicita o su persona
tutora legal solicite servicios de atención directa a la Oficina Municipal de la Mujer
del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y que esté acompañada de su persona
tutora o responsable legal.
10. Atención en crisis y asesoría individual: servicio especializado para las mujeres en el
distrito de Cóbano, brindado contención, orientación, información y referencia, para
favorecer la protección y el ejercicio de sus derechos, su seguridad personal y la de
sus hijos e hijas en casos de violencia intrafamiliar.
11. Capacitación en diferentes temáticas: procesos de capacitación facilitados a las
mujeres habitantes del distrito de Cóbano con el fin de promover su desarrollo,
bienestar y su participación ciudadana, con perspectiva de género.
12. Charlas abiertas: servicio de charlas y/o talleres abiertos a la comunidad en general
donde se abordan diferentes temáticas que tienen como fin promover la calidad de
vida, seguridad, prevención de la violencia, promoción de los derechos humanos y la
desconstrucción de roles y estereotipos de género.
13. Grupo de apoyo para mujeres: servicio que se brinda a las mujeres en general
residentes del distrito de Cóbano mediante sesiones grupales de talleres, charlas y
otras a fin de reflexionar sobre distintos temas relacionados al desarrollo, bienestar,
promoción de los derechos de las mujeres, salud emocional, prevención de la
violencia, y deconstrucción roles y estereotipos de género. Es un espacio de escucha
activa, expresión y autocuidado.
14. Capacitación para hombres: sesiones grupales de talleres, charlas y otras para
hombres adolescentes y adultos, a fin de reflexionar sobre la construcción y ejercicio
de la masculinidad, promoción de masculinidades igualitarias para la no violencia,
expresión de emociones, prevención de la violencia y la deconstrucción de roles y
estereotipos de género.
15. Plan de trabajo: El Plan de Trabajo de la OFIM establece el conjunto de acciones a
realizar de acuerdo a las necesidades de las mujeres del distrito.
16. Dictámenes: Acuerdos tomados por la OFIM para desarrollar sus políticas y satisfacer
sus fines. Así como, recomendaciones que emita la OFIM a otras entidades.
CAPÍTULO II
Definición de la Oficina de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano
Artículo 3º: La OFIM es un departamento del Concejo Municipal que brinda servicios gratuitos
principalmente a las mujeres en el distrito de Cóbano. Tiene por objetivo promover planes,
programas y acciones para el cumplimiento de las políticas públicas, la vigencia de los derechos y el
pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres.
Artículo 4º: La OFIM del Concejo Municipal de Cóbano, contará con personal municipal necesario
para brindar los servicios esenciales que se regulan en este reglamento, y podrá articular con
instituciones públicas y privadas para cumplir con sus objetivos y plan de trabajo.
Artículo 5 °: Descripción profesional a cargo de la coordinación de la OFIM
De acuerdo al Manual descriptivo de puestos integral para el régimen municipal, fundamentado en
el artículo 129 del Código Municipal. Este manual además de contemplar los requisitos mínimos
para el puesto describe sus deberes y responsabilidades.
Artículo 6°-Funciones: La OFIM del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano tendrá las siguientes
funciones:
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• Brindar atención en caso de crisis, asesoría profesional y acompañamiento a las víctimas de
violencia intrafamiliar, violencia doméstica, violencia sexual y violencia de género.
• Divulgar, informar y desarrollar actividades mediante diferentes medios para promover los
derechos de las mujeres a nivel local en el ámbito comunitario e institucional.
• Fortalecer una política de espacios públicos seguros y no permisivos de la violencia contra
las mujeres.
• Mantener un registro integral y actualizado sobre la realidad de las mujeres del distrito.
Particularmente, que integre información relevante relacionada a la violencia doméstica,
violencia sexual, violencia patrimonial, violencia institucional, acoso callejero, desempleo,
necesidades de escolaridad, situación socioeconómica, entre otras, que se deben de tomar
en cuenta a la hora de elaborar los objetivos y plan de trabajo.
• Definir un plan de trabajo anual que cumpla con los objetivos de seguridad, bienestar y
desarrollo de las mujeres en el distrito.
• Promover acciones específicas con el fin de aumentar las capacidades de gestión y el
cumplimiento de las políticas públicas que favorezcan a las mujeres.
• Plantear y dar seguimiento a acciones para promover la incorporación de la perspectiva de
género en la gestión y quehacer municipal.
• Coordinación interinstitucional y comunitaria para la atención integral y la promoción de
derechos de las mujeres.
• Promover acciones específicas tendientes a fortalecer el desarrollo e independencia
económica de las mujeres.
• Coordinar y desarrollar acciones que promuevan una mejor calidad de vida de las mujeres.
• Desarrollar labores de capacitación y prevención de la violencia intrafamiliar a nivel
institucional y comunitario.
• Realizar y actualizar diagnósticos locales con perspectiva de género.
Artículo 7°: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y la Intendencia dispondrán para uso de
la OFIM la infraestructura necesaria para brindar los servicios generales que ofrece a la población
del distrito, como espacio de oficina, sala de sesiones donde se podrán realizar procesos grupales
de charlas, talleres, capacitaciones, reuniones, y otras.
CAPÍTULO III
Servicios a brindar por la OFIM
Servicio de atención en crisis y asesoría individual
Artículo 8º-Solicitud del servicio: La OFIM, brindará el servicio de atención y asesoría individual en
cualquier tipo de violencia contra las mujeres, dando información sobre cómo proceder en caso de
querer interponer una denuncia ante el organismo pertinente y los recursos de apoyo ante estas
situaciones. La solicitud del servicio deberá ser realizada por la persona víctima, no podrán consultar
otras personas a nombre de ella. Se atenderán casos de mujeres mayores de 18 años de edad que
residan en el distrito y Personas menores de Edad acompañadas por su persona tutora o encargada
legal. Además de mujeres que visiten el distrito y que hayan sido víctimas de algún tipo de violencia.
Artículo 9º-Medios para solicitar el servicio: Las personas usuarias podrán solicitar el servicio de
manera presencial en la OFIM, por correo electrónico, teléfono o cualquier otro medio que la
institución coloque a disposición de las personas usuarias. Para ello deberá brindar información
como nombre completo, medio de notificación (teléfono y/o correo electrónico), cédula o
identificación, dirección y un resumen de la situación o consulta a fin de valorar si corresponde a
esta oficina o no y si se debe realizar referencia a otra institución para atención del caso.
Artículo 10º-Temas de la atención y asesoría: Las usuarias recibirán orientación e información en
temas que involucre la violencia doméstica, intrafamiliar, sexual y todos los temas relacionados a la
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defensa de los derechos de las mujeres. Específicamente se les orientará con respecto a la
legislación nacional que le protege, instituciones y organizaciones públicas y privadas que le pueden
ayudar, procedimientos legales sin llegar a ser una asesoría legal, además recibirán contención
emocional y pueden ser referidas a otras instituciones públicas a fin de favorecer la protección y el
ejercicio de sus derechos.
Artículo 11°-Confidencialidad: No se brindará información alguna sobre los casos a terceras
personas o instancias que así lo soliciten, a excepción del Poder Judicial quien mediante solicitud
por escrito de un Juez/a o resolución debidamente dictada, se le podrá brindar información del caso.
En casos muy excepcionales personal judicial identificado y ante solicitud escrita de un Juez/a,
podrán tener acceso al informe de atención del caso, sin embargo, únicamente podrá ser consultado
en las instalaciones de la OFIM y no podrá salir de la oficina, ni ser fotocopiado o reproducido de
otra manera. El informe de atención es de uso exclusivo para las personas funcionarias profesionales
de la OFIM, con el fin de garantizar la confidencialidad de las observaciones realizadas, por lo que
no podrá salir de la oficina, ni suministrarse a persona ajena a la usuaria.
Artículo 12°-Responsabilidades de la persona profesional que brinda el servicio: La persona
funcionaria
deberá:
● Propiciar una relación de empatía y ejercicio de la autoridad horizontal y cercano, desde una
visión humanizada y de respeto. Además de cuidar aspectos verbales y no verbales durante la
atención.
● Aplicar la escala de valoración de riesgo en caso de ser necesario y adjuntarla al expediente
digital.
● En casos de alto riesgo en que se requiere albergue, coordinar vía telefónica con la línea 911
con el Área de Violencia de Género del Instituto Nacional de las Mujeres.
● Llevar un registro digital de los casos atendidos (expedientes digitales) los cuales deberán
mantenerse actualizados y solamente el personal profesional de la Oficina Municipal de la Mujer
podrá tener acceso a los mismos.
● Realizar las referencias, constancias que se requieran para el caso. Las mismas se realizarán a
solicitud de la persona usuaria y llevará la firma de la coordinación de la OFIM y de la persona
terapeuta a cargo del caso.
● Brindar la información y asesoría necesaria a la persona usuaria dando la información exacta,
precisa y actualizada.
● Brindar asesoramiento a usuarias que requieran interponer denuncias por diferentes causas
como violencia doméstica, intrafamiliar o sexual, pensiones alimentarias entre otras a beneficio
de sus derechos.
● Interponer denuncias en el Poder Judicial en el caso de que brindando el servicio tenga
conocimiento de delitos de acción pública y la persona usuaria se niegue a denunciar.
CAPÍTULO IV
Capacitación interinstitucional en diferentes temáticas para mujeres
Artículo 13° Descripción: Se articulará con diferentes instituciones públicas y privadas para que
brinden capacitaciones de forma gratuita (instituciones públicas) en diferentes áreas relacionadas
al desarrollo, seguridad y bienestar de las mujeres.
Artículo 14º-Solicitud del servicio: La solicitud del servicio deberá ser realizada por la persona
interesada en participar en la capacitación, su participación es totalmente voluntaria. Para solicitar
el servicio podrá hacerlo de manera presencial en la OFIM, por correo electrónico, teléfono, o
cualquier otro medio que la institución coloque a disposición de las usuarias. Para ello deberá
brindar información como nombre completo, medio de notificación (teléfono y/o correo
electrónico), cédula o identificación, dirección.
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Artículo 15º-Requisitos: Para participar en esta capacitación se solicitará los siguientes requisitos:
• Mujeres residentes en el distrito.
• Saber leer y escribir (en caso de que el tipo de capacitación lo requiera)
• Así como los requisitos académicos o de conocimiento que la institución a cargo indique.
Artículo 16°- Deberes de la persona profesional que facilita el curso: La persona funcionaria a cargo
del curso deberá:
• Propiciar una relación de empatía y ejercicio de un poder horizontal y cercano, desde una
visión humanizada y de respeto. Además de cuidar aspectos verbales y no verbales.
• Utilizar una metodología participativa, de respeto, con el enfoque de género y de derechos
humanos, respetando las diferencias.
• La persona facilitadora del curso deberá llevar un control de la asistencia al curso y de la
presentación de las tareas y trabajos.
• Contar con una planificación del curso.
• Extender constancias de asistencia, o certificaciones de participación.
• En la primera sesión, construir en conjunto con las participantes una lista con las reglas del
grupo.
• Presentar a la Coordinación de la OFIM un informe final del curso cumpliendo el formato
establecido por la OFIM para ello.
• Evaluar el impacto del curso llevando un registro digital de los proyectos presentados por
las personas capacitadas y dar seguimiento a la ejecución de estos, nivel participación
ciudadana de las personas capacitadas.
• Aplicar un cuestionario de entrada y de salida al inicio y final de cada curso a fin de medir
cambios en las personas capacitadas, estos resultados los consignará en el informe final.
• Elaborar los certificados a las personas que cumplen con la capacitación.
CAPÍTULO V
Charlas abiertas
Artículo 17º- Descripción: La OFIM del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano ofrecerá charlas
gratuitas abiertas a la comunidad en general donde se abordan diferentes temáticas que tienen
como fin promover la calidad de vida, crecimiento personal, prevención de la violencia y la
promoción de los derechos de las mujeres
Artículo 18°-Solicitud del servicio: Estas charlas se pueden brindar a grupos organizados,
comunidades, empresas u otros del distrito de Cóbano. Además, la coordinación promoverá e
impartirá capacitaciones en diferentes áreas.
Artículo 19°-Medios para solicitar el servicio: Los grupos organizados, comunidades, empresas u
otros del distrito de Cóbano que deseen solicitar a la OFIM charlas, talleres, cine foros u otras
actividades deberán hacerlo mediante una solicitud escrita.
Artículo 20°: Las solicitudes serán analizadas por la Coordinación de la OFIM, quien de acuerdo con
la disponibilidad de recursos y la fecha de solicitud definirá el momento en que se atenderá cada
solicitud y la persona funcionaria encargada, de manera que pueden quedar solicitudes en lista de
espera.
Artículo 21°- Deberes de la persona profesional que facilita las charlas: La persona funcionaria a
cargo deberá:
• Propiciar una relación de empatía y ejercicio de un poder horizontal y cercano, desde una
visión humanizada y de respeto. Además de cuidar aspectos verbales y no verbales.
• Utilizar una metodología participativa, de respeto, con el enfoque de género y de derechos
humanos, respetando las diferencias.
• La persona facilitadora deberá llevar un control de la asistencia.
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• Si se llegara a requerir, en caso de que una persona se descompense emocionalmente o
comparta situaciones que ameritan una intervención, brindar contención emocional y
gestionar la atención en la OFIM o referirle a una institución u organización que aborde la
situación planteada.
• Presentar a la Coordinación de la OFIM un informe de la actividad desarrollada, siguiendo
el formato establecido para ello.
CAPÍTULO VI
Grupo de apoyo para mujeres
Artículo 22º Descripción: Servicio que se brinda a las mujeres en general residentes del distrito de
Cóbano mediante sesiones grupales de talleres, charlas y otras a fin de reflexionar sobre distintos
temas relacionados al desarrollo, bienestar, promoción de los derechos de las mujeres, salud
emocional, prevención de la violencia, y deconstrucción roles y estereotipos de género. Es un
espacio de escucha activa, expresión y autocuidado.
Artículo 23ºDe la participación: Para participar del grupo las mujeres mayores de 18 años de edad
que residan en el distrito de Cóbano deberán contactar a la OFIM y solicitar el servicio su integración,
por correo electrónico, teléfono o cualquier otro medio que la institución coloque a disposición de
las personas usuarias. Para ello deberá brindar información como nombre completo, medio de
notificación (teléfono y/o correo electrónico), cédula o identificación y dirección.
Artículo 24º-Contraindicaciones: Los grupos no son recomendables para personas con trastornos
mentales severos, en crisis, con ideas suicidas u homicidas o con depresiones severas. Por lo que
quedarán sujeto a valoración de la coordinación su participación en los grupos. No se permite la
participación de mujeres en estado de ebriedad o bajo el consumo de alguna droga.
Artículo 25°: Quienes participen en los grupos deberán llenar un consentimiento
informado y un compromiso ético de confidencialidad para poder participar en el grupo el cual se
dará de manera física a la persona usuaria.
Artículo 26°: En caso de que la persona usuaria incumpla los lineamientos para la participación a
grupos e incumpla con la confidencialidad se le impedirá su participación en el o los grupos de la
OFIM.
Artículo 27º: El trabajo con los grupos se realizará de forma presencial, la persona profesional a
cargo del grupo llevará un control de asistencia a cada sesión y podrá elaborar constancias de
participación a solicitud de la persona usuaria.
Artículo 28°-Deberes de la persona profesional en Psicología que facilita el grupo: La persona
funcionaria a cargo del grupo deberá:
● Estar habilitado/a por el Colegio Profesional de Psicología para ejercer la profesión.
● Propiciar una relación de empatía y ejercicio de un poder horizontal y cercano, desde una visión
humanizada y de respeto. Además de cuidar aspectos verbales y no verbales durante la
atención.
● Utilizar una metodología participativa, de respeto, con el enfoque de género y de derechos
humanos, respetando las diferencias, y desde una perspectiva de no obligar a las personas a
hablar de sus casos si así no lo desean.
● Llevar un registro digital de la asistencia al grupo y mantenerlo actualizado.
● Brindar declaraciones sobre algún caso particular, ante el Poder Judicial en procesos donde se
considere el criterio de experto como una prueba importante.
● Extender constancias de asistencia, o certificaciones de participación en los grupos.
● En la primera sesión de los grupos, construir en conjunto con los participantes una lista con las
reglas del grupo.
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● Si se va a hacer cambio de la persona facilitadora, debe trabajarse el duelo con anticipación con
el grupo, designando a su vez un período de transición para que la nueva persona facilitadora
se incorpore.
● Aplicar instrumentos de evaluación del impacto del grupo en las personas participantes por
medio de un test, y analizar los resultados, los cuales se reflejarán en el informe del grupo.
● Interponer denuncias en el Poder Judicial en el caso de que brindando el servicio tenga
conocimiento de delitos de acción pública y la persona usuaria se niegue a denunciar.
CAPÍTULO VII
Rendición de cuentas
ARTÍCULO 29. La profesional o profesionales de la OFIM trabajarán con autonomía, basándose en
planes estratégicos y operativos. El trabajo se evaluará por medio del cumplimiento de los objetivos.
Deberá obligatoriamente rendir informes semestrales al Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
CAPÍTULO VIII.
Presupuesto
ARTÍCULO 30. La profesional a cargo de la OFIM estará encargada de proponer y propiciar la
aprobación del presupuesto ordinario y las modificaciones al presupuesto necesarias para lograr los
objetivos planteados en el plan de trabajo anual.
Artículo 31. La profesional a cargo de la OFIM deberá ser vigilante del buen uso de los recursos,
evitar pérdidas económicas o presupuestarias logrando así la mayor eficiencia organizacional.
ARTÍCULO 32. Se responsabilizará por el uso racional de los equipos, materiales e instrumentos
asignados, así como por la custodia y protección de los mismos.
ARTÍCULO 33. La profesional o profesionales de la OFIM trabajarán con autonomía, basándose en
planes estratégicos y operativos. El trabajo se evaluará por medio del cumplimiento de los objetivos.
Deberá obligatoriamente rendir informes semestrales al Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
CAPÍTULO IX
Medios de impugnación y órganos encargados de resolver controversias
Artículo 34°: Cualquier apelación por exclusión a los servicios de la OFIM acá regulados o cualquier
otro reclamo o apelación, deberá tramitarse en primera instancia ante la Coordinación de la Oficina
de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, posterior a la respuesta de la
Coordinación, si esta no satisface a la persona que reclama, será elevado a conocimiento de la
Intendencia Municipal como superior jerárquico.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
POR TANTO
Esta comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano, Puntarenas con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código Municipal,
dictamina recomendar al Concejo DICTAMINA:
Se apruebe en todas sus partes el Reglamento denominado REGLAMENTO GENERAL
DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE LA MUJER DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE COBANO el cual es muy importante para que esta oficina pueda funcionar
correctamente. ES TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
Sr. Eric Salazar Rodriguez William Morales Castro
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Miembro de la comisión Presidente de la comisión
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger todas sus partes el
dictamen presentada por la comisión permanente de asuntos jurídicos”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME
3.2. Aprobar en todas sus partes el reglamento denominado REGLAMENTO GENERAL
DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE LA MUJER DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE COBANO”. REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE
LA MUJER DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO y se proceda as u
debida publicación”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar,
Minor Centeno, Manuel Ovares, William Morales y Carlos Mauricio Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. OFICIO INT-6023-645. ASUNTO. PROCESO DE CONCILIACION
El suscrito Favio José López Chacón, de calidades conocidas, en mi carácter de Intendente Municipal
del Consejo Municipal de Distrito de Cóbano, me presento ante Ustedes de la manera más respetuosa a
manifestar lo siguiente;
En virtud del proceso judicial de infracciones- público, establecido por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, que se tramita mediante el expediente número 23- 000040- 1601- LA- 0, en el Juzgado
Contravencional de Cóbano (materia laboral), mediante resolución de las diez horas cero minutos del dos
de noviembre de dos mil veintitrés de la audiencia realizada a las ocho horas treinta minutos del día dos
de noviembre del año en curso; se determinó:
“Ambas partes solicitan la suspensión de la audiencia para que el CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE COBANO apruebe conciliar este asunto de acuerdo con un plan de cumplimiento y subsanación de
las infracciones acusadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como la aprobación del
pago de tres salarios mínimo de multa. Este despacho acogió la suspensión solicitada y por
disponibilidad de agenda se señala nueva audiencia para el día 29 de noviembre del 2023 a las 8: 30
horas”.
Según lo acordado con los representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, están anuentes a
llegar a un acuerdo conciliatorio a fin de subsanar las infracciones establecidas en las inspecciones
realizadas a esta Administración, sin embargo, para llegar a este acuerdo ellos requieren pagar una multa
correspondiente a tres salarios base.
Se requiere la actualización de la comisión de salud ocupacional e iniciar a trabajar de manera integral con
lo estipulado en la normativa respectiva, para lo cual el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N° 39408-MTSS
Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional, señala;
“La persona empleadora, sea de derecho público o de derecho privado, que ocupe permanente mente
más de cincuenta personas trabajadoras, está obligada a mantener en su empresa una Oficina o
Departamento de Salud Ocupacional”
Adicional a la actualización y conformación de la comisión de salud ocupacional, se requiere crear un
Departamento de Salud Ocupacional el cual debe ser dirigido por un profesional en esta materia, toda
vez que, este Concejo Municipal está conformado por 51 funcionarios, sin embargo, este departamento
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no se encuentra incluido en el presupuesto ordinario para el año 2024, lo cual imposibilita la creación de
la plaza antes mencionada; es de suma importancia mencionar que aun con esta imposibilidad es necesario
subsanar las infracciones y presentar un plan de acción al MTSS en la audiencia del próximo 29 de
noviembre del 2023, para lo cual se requiere la aprobación de este Concejo en lo que a continuación se
expone.
Es en virtud de lo anteriormente expuesto que solicito a este concejo de la manera mas respetuosa a fin
de subsanar las infracciones objeto del proceso judicial expediente número 23- 000040- 1601- LA- 0, lo
siguiente;
1. Se autorice el pago de la multa solicitada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a fin de
llegar a un acuerdo conciliatorio por concepto de 3 salarios base correspondiente al periodo
2023.
2. Se autorice realizar la actualización de la Comisión de Salud Ocupacional, a fin de iniciar a trabajar
con las infracciones señaladas por el MTSS.
3. Se autorice la creación del Departamento de Salud ocupacional para este Concejo Municipal,
para lo cual se propone estar sujeto al presupuesto extraordinario para el año 2024 o bien el
presupuesto ordinario para el año 2025, dando prioridad sobre este tema en el presupuesto que
se aprueba primero.
CONSIDERANDO:
➢ Que se ha conocido el oficio INT-2023-645 mediante el cual la Intendencia solicita
lo siguiente;
1. Se autorice el pago de la multa solicitada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social a fin de llegar a un acuerdo conciliatorio por concepto de 3 salarios base
correspondiente al periodo 2023.
2. Se autorice realizar la actualización de la Comisión de Salud Ocupacional, a fin de
iniciar a trabajar con las infracciones señaladas por el MTSS.
3. Se autorice la creación del Departamento de Salud ocupacional para este Concejo
Municipal, para lo cual se propone estar sujeto al presupuesto extraordinario para el
año 2024 o bien el presupuesto ordinario para el año 2025, dando prioridad sobre
este tema en el presupuesto que se aprueba primero. Lo anterior con el fin de
subsanar las infracciones objeto del proceso judicial expediente número 23- 000040-
1601- LA- 0
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del tramite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Autorizar a la Intendencia a gestionar el pago de la multa solicitada por el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social de hasta tres salarios base correspondientes al periodo
2023, lo anterior a fin de llegar a un acuerdo conciliatorio objeto del proceso judicial
expediente número 23- 000040- 1601- LA- 0.******************
4.3. Indicar que la actualización de la Comisión de Salud Ocupacional es un trámite
administrativo que este Concejo apoya e insta a realizar lo antes posible.*************
4.4. Informar que la creación de un departamento municipal, llámese este Dpto. de Salud
Ocupacional, es una gestión administrativa que este Concejo aprueba cuando el perfil está
debidamente definido y es remitido como tal a este Concejo para análisis y aprobación y la
creación y aprobación de la plaza del profesional a cargo se hace cuando se aprueba el
presupuesto ordinario”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales Eric Salazar,
Minor Centeno, Manuel Ovares, William Morales y Carlos Mauricio Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez) Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
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b. Favio Lopez. Intendente. ASUNTO. Proyecto de Resolución Inversiones Vallespín
de la Trocha S.A.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
c. Favio Lopez. Intendente. ASUNTO. Proyecto de Resolución de la sociedad J.D.B.
Makana lives in my heart S.A.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
d. Favio Lopez. Intendente. ASUNTO. Proyecto de Resolución para renovación
anticipada de Concesión de Daraclá R.D.S.R.L.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
e. Ing. Alberto Vásquez Granados. Gestor Ambiental. COPIA DE OFICIO DGA-
161-2023. ASUNTO. SOLCIITUD DE INFORMACION SOBRE PROYECTO
DENOMINADO “CRECIMIENTO VERDE”
Sr. Favio López, reciba un atento saludo.
Debido a que varias personas se han acercado a la ventanilla de la Oficina de Gestión
Ambiental que represento y me han consultado (incluso por medios informales) sobre la
estrategia denominada “Crecimiento Verde” promovida por la Intendencia Municipal y sobre
la cual no tengo la menor referencia ni información para ofrecer una respuesta oportuna,
expreso lo siguiente:
El día de ayer, martes 14 de noviembre de 2023 y fuera de la jornada laboral, me enteré de
un proyecto denominado “Crecimiento Verde”, el cual, según el afiche publicitario en la
página de Facebook del CMD Cóbano, trata sobre temas de Gestión Ambiental Integral, no
obstante, la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo Municipal de Distrito Cobano hasta
la fecha y hora de emisión del presente Oficio, no cuenta con información respecto de dicho
proyecto (por medios formales ni informales) que haya sido facilitada por la Intendencia
Municipal; asimismo, tampoco se ha solicitado criterio ni se ha tomado en cuenta a esta
Oficina para participar en el “Lanzamiento Virtual” de dicha estrategia.
Así las cosas, siendo que la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo Municipal de Distrito
Cobano debería conocer respecto de dicho proyecto y que, para la fecha y hora del
lanzamiento virtual de dicha estrategia me encontraba en inspección de campo con la
Fiscalía Agrario
Ambiental e Ingeniería Forense del OIJ, solito información sobre lo siguiente:
1. Documento que describa la estrategia: alcance, objetivos, responsable, fuente de
financiamiento, fecha de inicio, etapas, alianzas, etc., para brindar información a la
población que la solicite, ya que, al observar que se indica “estrategia de gestión
ambiental integral que busca la conservación del medio ambiente” se intuye que esta
Oficina debería tener relación o al menos información del tema.
¿Por qué tratándose de una estrategia del Concejo Municipal de Distrito Cobano, no se
consideró por parte de la Intendencia Municipal la participación de la Oficina de Gestión
Ambiental?
3. En el marco de la estrategia ¿Cuáles serán las responsabilidades de la Oficina de
Gestión Ambiental?
Quiero aclarar que, la intención no corresponde bajo ninguna circunstancia a llevar la
contraria a este tipo de iniciativas o proyectos, por lo contrario, la intención es ofrecer los
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servicios de la Oficina de Gestión Ambiental en favor del desarrollo sostenible que debe a
priori promover todo gobierno local como rector del desarrollo del territorio que administra.
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION. SE CONOCE
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Sr. Wilburg Alonso Diaz. Gerente a.i.. Caja Costarricense de Seguro Social.
OFICIO. GM-12559-2023. ASUNTO. Respuesta OFICIO Concejo CMC-S-264-2023
relacionado con solicitud de reforzamiento de personal para el área de Salud de
Cobano.
PRESIDENTE. Reenviar ese correo con toda esta información al director del Área de
Salud Cóbano Dr. José Favio Quesada.
b. Ing. Jorge Sancho Pereira. Representante Lega de Koviavei S.A. ASUNTO.
Denuncia por encauce de aguas pluviales con afectación de finca folio real 151712
ubicada en el distrito de Cóbano.
PRESIDENTE. SOLICITARLE AL INGENIERO VIAL UN INFORME AL RESPECTO.
c. Karen Porras Arguedas. Directora Ejecutiva UNGL. ASUNTO. Invitación a
conversatorio denominado: “Proyecto Municipal sobre movilidad eléctrica. El día 29
de noviembre a la 10 a, por la plataforma zoom. SE CONOCE
d. Katherine Gomez Marín. ASUNTO. Solicitud de nombramiento de representante
ante la fundación denominada Athletikat Santa Teresa.
PRESIDENTE. Solicitarle los estatutos.
e. Alberto Lopez Chaves. Gerencia General. OFICIO. G.2621-2023. ASUNTO.
Aprobación adenda contrato de prórroga de concesión Los Pericos de Mal País.
S.A. SE CONOCE
f. Ramon Angel Montero. ASUNTO. Denuncia invasión a la zona marítimo terrestre
en Mal País.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
Y A LA COORDINACION DEL DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE.
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
a. CARLOS MAURICIO DUARTE. Quiero desmentir un comentario que hicieron
públicamente en ese tal debate que se hizo de la boca de Don Ronny Montero donde
él expresa que las actas no son públicas que las actas no están al día y que las
actas hay que solicitar permiso a la Intendencia para poder darlas, me atrevo a
decirle mentiroso, porque primero las actas son públicas y aquí pone en riesgo a
doña Roxana quien se preocupa mucho por tener las actas al día y él dice que no
que las actas no están al día. Yo necesito que este Concejo tome un acuerdo donde
se le haga por escrito al Sr. Ronny Montero que las actas son públicas desmintiendo
todo lo que el dijo
ERIC. ¿Alguno quiere opinar algo? Yo también estuve ahí y si de echo lo dijo y está
grabado, me pareció muy extraño porque siendo un servidor público de esta Institución
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que diga que las actas no están al día y que no se facilitan pues me pareció muy extraño,
lastimosamente creo que estaba desinformado,
Estamos de acuerdo?
CONSIDERANDO.
❖ Que el Concejal Carlos Mauricio Duarte indica que el Sr. Ronny Montero en el
debate realizado el día 19 de noviembre expresó que: “que las actas no son
públicas que las actas no están al día y que las actas hay que solicitar permiso
a la Intendencia para poder darlas” y solicita que el Concejo le pida al Sr.
Montero se retracte públicamente de lo que dijo
❖ Que la secretaría de este Concejo se preocupa por tener las actas al día.
❖ Que las actas son publicas y pueden ser solicitadas en la secretaria del Concejo.
ACUERDO N°5
Con cuatro votos a favor de los cinco presentes SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del
tramite de comisión”. ACUERDO UNANIME
5.2. Solicitarle al Sr. Montero Orozco si tiene evidencia de que en algún momento se
solicitaran las actas y estas fueran negadas, así también si las actas están desactualizadas
o si no es así, que se retracte públicamente”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los
Concejales Eric Salazar, Manuel Ovares, William Morales y Carlos Mauricio Duarte (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sanchez). Un voto
negativo del Concejal Minor Centeno el cual indica que no recuerda y tendría que revisar el
audio para tener un criterio mas certero y poder levantar la mano, no recuerda que quiso
decir el Sr. Montero con eso y si fue así exactamente o si hay algo inexacto
MANUEL. Yo escuche una grabación, pero no puedo afirmar nada, pero si vote.
***************************************U.L. *****************************************************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas con veintitrés minutos se da por finalizada la
sesión.
Sr. Eric Salazar Rodriguez Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE SECRETARIA