Ordinaria 166 · 2023-07-04

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 166 del 2023-07-04 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                 ACTA N°166-2023
                             PERIODO CONSTITUCIONAL
                                    2020-2024


ACTA NÚMERO CIENTO SESENTA Y SEIS - DOS MIL VEINTITRES DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA DIA CUATRO DE JULIO AÑO DOS MIL VEINTITRES A LAS DIECISIETE
HORAS CON QUINCE MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Salazar Rodriguez

CONCEJALES PROPIETARIOS
Kemiky Segura Briceño
William Morales Castro
Manuel Ovares Elizondo.

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTE
Favio Lopez Chacon

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Minor Centeno Sandi.
Eduardo Sanchez Segura

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Salazar Cortes
Carlos Mauricio Duarte Duarte

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.            ORACION
ARTICULO II.           RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.          AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.           MOCIONES
ARTICULO V.            ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.           INFORME DE LAS COMISIONES

                                           1
ARTICULO VII.            INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.           INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.             CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.              INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.          ORACION
A cargo de la Secretaria
ARTICULO II.    RATIFICACION DE ACTAS
    a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 165 -2023. La cual es ratificada por los
       concejales Manuel Ovares, William Morales, Kemily Segura y Eric Salazar

    b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 44-2023. La cual es ratificada por los
       concejales Manuel Ovares, Eric Salazar, Kemily Segura y William Morales


ARTICULO III.            AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

    a. Se recibe para su debida juramentación a los señores:

            ➢ Jonny Josué Rocha Martinez                  cedula residencia 155825001733
            ➢ Eloiza Maria Martinez Luquez                cedula residencia155826377815

Los cuales fueron nombrados como miembros de la Junta de Educación de la Escuela de
San Isidro en la sesión ordinaria número 165-2023 del día veintisiete de junio del dos mil
veintitrés. Procede a la Juramentación el Presidente Municipal Sr. Eric Francisco Salazar
Rodriguez, de acuerdo al juramento sancionado en el artículo 194 de la constitución política,
que dice:

-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República,
y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y
la Patria os lo demanden”. Una vez juramentados los señores se retiran.


ARTICULO IV.             MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.              ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI.             INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

PRESIDENTE. Vamos a un receso de cinco minutos
PRESIDENTE. Continuamos

ARTICULO VII.            INFORME DE LA ASESORA LEGAL

                                                   2
   a. OFICIO ALCC-19-2023. ASUNTO: RECOMENDACIÓN PARA DA RESPUESTA A
      RECURSO DE NULIDAD ABSOLUTA INTERPUESTA POR EL SEÑOR ROBERT
      C. VAN DER PUTTEN REYES APODERADO DE COLEMU.


CONCEJO MUNICIPAL
Concejo Municipal Distrito de Cóbano

Estimados señores:

Del Recurso de Nulidad Absoluta que se remite a la suscrita, para estudio y recomendación,
el cual es presentado contra el acuerdo de sesión ordinaria 162-2023-19, artículo VI. Inciso
b del día 6 de junio de 2023, presentado por el señor ROBERT C. VAN DER PUTTEN
REYES, Apoderado especial administrativo de COLEMU S.A, para lo cual se procede:

Antecedentes de Recurso:
 De interés para este informe, tenemos los siguientes:
a) El solicitante presenta Recurso de Nulidad Absoluta contra el acuerdo de sesión
   ordinaria 162-2023-19, artículo VI. Inciso b del día 6 de junio de 2023, que declara
   Inadmisible un Recurso Extraordinario de Revisión por no resultar el mismo procedente.
b) Alega el recurrente que la Comisión de Zona Marítimo Terrestre no es el Órgano
   competente para emitir dictámenes sobre aspectos legales relativos a la Admisión de
   Recursos de Revisión.
c) Pretende el recurrente en su petitoria se declare con lugar, en todos sus extremos el
   recurso de nulidad y se anule el acuerdo tomado.
Considerando:

SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO INTERPUESTO.
De conformidad con el estudio legal del Recurso de Nulidad absoluta en contra del acuerdo
N° 2 tomado por este Concejo Municipal en su sesión ordinaria 162-23, articulo VI, inciso b
del 6 de junio de 2023, interpuesto por COLEMU S.A, se desprende de la petitoria en su
punto primero
“Que se declare con lugar, en todos s extremos, el presente recurso de nulidad en contra
del acuerdo…… “
Sobre el particular, se debe advertir al administrado que no existe en sede administrativa ni
municipal la figura jurídica del Recurso de nulidad de manera autónoma e independiente al
Recurso Ordinario, no resulta ser el vehículo autorizado de acuerdo a lo que establece el
Capítulo I, titulo VI del Código Municipal, ya que lo procedente seria interponer la nulidad
solicitada concomitantemente con los recursos ordinarios para solicitar la revocación o la
anulación de un acto administrativo.
 Es menester además precisar que en desarrollo de lo dispuesto por el texto constitucional
del 173, existe una regulación legal compleja de los recursos y medios impugnación de los
actos administrativos dictados por las autoridades municipales, que como es razonable ha
sido permeado por el sistema bipartito de imputación de autoridad dentro de la organización
de la Corporación Municipal, toda vez que establece diferencias entre los actos dictados
por órganos subordinados al Concejo o al Alcalde, y así sería la escalerilla recursiva, la cual
claramente desatiende el principio de única instancia superior contenido en el 351 de la Ley
General de la Administración Pública, ya que existe una evidente escalera o cascada de

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recursos hasta llegar al agotamiento de la vía administrativa. Así los interesados pueden
presentar los recursos ordinarios contra acuerdos del concejo municipal con base en los
siguientes numerales:
         "Artículo 162. - En la forma prevista en el código, los concejales podrán solicitar
         revisión de los acuerdos municipales tomados por el Concejo, y el alcalde municipal
         podrá interponer veto. Por parte de los interesados, cabrán los recursos ordinarios
         de revocatoria y apelación, el extraordinario de revisión y ejercer las acciones
         jurisdiccionales reguladas por las leyes.
         Artículo 165.-
         Los recursos de revocatoria y apelación ante el concejo deberán interponerse, en
         memorial razonado, dentro del quinto día.
         La apelación podrá plantearse solo por ilegalidad; la revocatoria también podrá estar
         fundada en la inoportunidad del acto.
         El concejo deberá conocer la revocatoria en la sesión ordinaria siguiente a la
         presentación. La apelación será conocida por el Tribunal Superior Contencioso-
         Administrativo.
         Si la revocatoria con apelación subsidiaria no se resuelve transcurridos ocho días
         desde la sesión en que debió haberse conocido y el expediente no ha llegado a la
         autoridad que deberá conocer la apelación, el interesado o interesada podrá pedirle
         que ordene el envío y será prevenido de las sanciones del artículo 191 del Código
         Procesal Contencioso-Administrativo.
         Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable en caso de que, interpuesta
         exclusivamente la apelación, el expediente no llegue dentro del octavo día de
         presentada la apelación a la autoridad competente para resolverla”.
De estos ordinales se desprende indubitablemente que los recursos ordinarios
(Revocatoria con apelación) deberán interponerse por el interesado dentro del quinto día,
sin mayores formalidades y en forma separada o conjuntamente en aplicación supletoria de
los numerales 347 y 348 de la LGAP, toda vez que basta con la sola manifestación unívoca
de revisión del acto impugnado en apego al principio rector de informalismo de los recursos
ordinarios. Sin embargo debe considerarse que se presenta el recurso dentro del plazo
establecido para la admisión de los Recursos ordinarios de Revocatoria y apelación razón
por la cual del análisis realizado no podríamos atenderlo como un Recurso Extraordinario
de Revisión, por otro lado considerando la solicitud que realiza el administrado en su
petitoria, lo cual solicita claramente en su recurso la nulidad acentuando que es un recurso
de nulidad de acuerdo el interpuesto , no podríamos bajo el principio de informalismo
atender el mismo como una solicitud de Revocatoria de acuerdo. Considerando que en
sede Municipal si existen los mecanismos en el ordenamiento jurídico para alegar la nulidad
del acto administrativo cuestionado en vía recursiva, y este sería con la tramitación del
recurso correspondiente, de no ser así debe de ser rechazado de plano de acuerdo a lo
que establece al efecto el artículo 33.2 de la norma de cita que dispone en lo que nos
interesa:
LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES, POR VICIOS INTRINSECO A ELLAS, DEBERA
AELGARSE CONCOMITANTEMENTE CON LOS RECURSOS QUE QUEPAN.
Para este caso el administrado presenta un recurso sin haber planteado de manera
concomitante con los recursos que procedían, pues únicamente presenta de manera
autónoma el de nulidad, por lo cual debe de ser rechazado de plano por inadmisible con
base en los artículos y 33.2 del Código Procesal Civil, aplicables en sede administrativa con
base en los numerales 9 de la Ley General de la Administración Pública y 220 del Código
Procesal Contencioso Administrativo


                                              4
Por tal razón esta Asesoría Legal Recomienda: de conformidad con lo expuesto y con
base en los artículos 11 y 173 de la Constitución Política, 220 del Código Procesal
Contencioso Administrativo, 33.2 Código Procesal Civil, 9, 11.1, 13.1, 16.1 de la Ley
General de la Administración Pública, 162 y 165 del Código Municipal y bajo el Principio de
Tipicidad Impugnativa resolver lo siguiente:
1. Rechazar de plano por inadmisible el Recurso de Nulidad Absoluta interpuesto contra el
acuerdo de sesión ordinaria 162-23, articulo VI, inciso b, del 6 de junio de 2023, interpuesto
por el Licenciado Robert C Van der Putten Reyes en su condición de Apoderado Especial
Administrativo de la sociedad COLEMU S.A de conformidad con las consideraciones
expuestas en esta resolución:
2.- Se confirma en todos sus extremos el acuerdo
3. Notifíquese al administrado al medio señalado para atender notificaciones.
ACUERDO N°1
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1.1. Dispensar del tramite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2. Acoger en todas sus partes la recomendación emitida por la asesoría legal de este
Concejo y rechazar de plano por inadmisible el Recurso de Nulidad Absoluta contra el
acuerdo de la sesión ordinaria 162-23, articulo VI , inciso b, del 6 de junio de 2023,
interpuesto por el Licenciado Robert C Van der Putten Reyes en su condición de Apoderado
Especial Administrativo de la sociedad COLEMU S.A”. ACUERDO UNANIME. Votan a
favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno). Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.


    b. A raíz de su solicitud del martes pasado con respecto a las recomendaciones
       de auditoria pendientes de cumplir, aquí esta un informe de las condiciones
       en que están cada una:


ESTADO DE LAS ONCE RECOMENDACIONES EMITIDAS AL CONCEJO
REGLAMENTOS: AIM-2010-06
Consultado el asistente de la Intendencia sobre la publicación de los reglamentos que ya están
aprobados, este manifiesta que no se han publicado debido a que se debe hacer una contratación
por SICOP.
LOS CUALES SON:
El Concejo Municipal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en sesión ordinaria 042-2021,
artículo VI, inciso a, del día dieciséis de febrero del año dos mil veintiuno, mediante acuerdo Nº 2,
por unanimidad aprobó adoptar el Proyecto de Reglamento para la Cesión de la Administración de
Bienes Inmuebles Municipales e Instalaciones Comunales Destinados al Uso público”

Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 106-22, artículo VI, inciso a, del día diez de mayo del año dos mil veintidós, a las
diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:




                                                 5
PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO DEL
SERVICIO DE ASEO DE VÍAS, LIMPIEZA DE SITIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES DEL DISTRITO DE
COBANO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 68-21, artículo VI, inciso a, del día diecisiete de agosto del año dos mil veintiuno,
a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:
PROYECTO DE REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES DEL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO

Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 016-20, artículo VIII, inciso a.4, del día dieciocho de agosto del año dos mil veinte,
a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA RECEPCION DE DONACIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO DE COBANO

Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 207-2020, artículo IX, inciso c, del día catorce de abril del año dos mil veinte, a
las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL OTORGAMINETO DE LA CALIFICACIÓN DE IDONEIDAD DE
SUJETOS PRIVADOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PUBLICOS aprobado en la sesión
Ordinaria número 207-2020, artículo IX, inciso c, del día catorce de abril del año dos mil
veinte, a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo,

TOMAR ACUERDO PARA PEDIR PUBLICACION POR SICOP SEGÚN DEMANDA
REGLAMENTO CONSTRUCCIONES AIM-2014-04
Tomar acuerdo para instruir a la administración para que elabore el reglamento a la Ley de
construcciones
REGLAMENTO DE CONDOMINIOS AIM-04-2018
No se ha realizado
COMITÉ DE DEPORTES AIM-06-2020
REGLAMENTO APROBADO Y SIN PUBLICAR
Tomar acuerdo para solicitar al comité distrital de deportes presentar al Concejo para su
conocimiento y aprobación el PAO y el Presupuesto de dicho comité.
Tomar acuerdo para que se elabore un manual donde se establezca el procedimiento a seguir para
la selección de las delegaciones deportivas que representan al distrito en cualquier evento y para
regular el pago de viáticos a esas delegaciones así también regular las donaciones de implementos
deportivos
Solicitarle a la Intendencia copia del oficio en el cual se le instruyó a la proveedora que en los
expedientes de los procedimientos de contratación que tienen que ver con los recursos asignados
al comité para la ejecución de obras en los centros de educación del distrito se incluya el acuerdo
de la junta (administrativa o de educación) de la recepción de las obras realizadas en el inmueble.
Si no se ha girado este oficio a la proveeduría que se realice y se nos remita la copia para poder dar
cumplimiento a la recomendación de la auditoria.
Con respecto al Gimnasio ya existe nombrado el comité administrador,
POLITICA DE ZONA MARITIMO TERRESTRE


                                                  6
NOTIFICAR NUEVAMENTE EL OFICIO 184-2022 Y 295-2022 ( CONSULTAR AL DPTO. SI LO ESTAN
APLICANDO)
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
EN LA SESION ORDINARIA 164-23 DEL DIA 20 DE JUNIO El SEÑOR INTENDENTE CON RESPECTO AL
PLAN REGULADOR, INDICO LO SIGUIENTE:
FAVIO. El viernes tuvimos reunión con la ministra del ministerio de vivienda y urbanismo para ver
el tema del Plan Regulador Urbano y estamos gestionando alternativas para iniciar el proceso de
construcción del plan regulador, el año pasado aprobaron ustedes un presupuesto para esto, pero
como el presupuesto llego tan tarde no dio oportunidad de hacer la licitación de este proyecto,
estamos intentando retomarlo con los fondos que hay disponibles y esta reunión fue muy
importante y ya tenemos claro cuáles son las rutas a seguir para poder tener este contrato. Estamos
trabajando en ese sentido y apenas tengamos claro que vamos a hacer les informo pero lo más
importante que podemos hacer nosotros para este distrito es construir el plan regulador con el fin
de restringir, les digo esto y ustedes lo deben conocer, para que informen a la gente NINGUNA
MUNICIPALIDAD PUEDE PROHIBIR LO QUE ESTA PERMITIDO nadie, que quiere decir eso, están
cortando árboles, si y la ley les permite cortar árboles, están construyendo muchos supermercados,
si y la ley les permite construir supermercados, están construyendo tres pisos, si la ley les permite
construir tres pisos, no podemos prohibir lo que está permitido, la municipalidad no es la que
autoriza la corta de árboles es el MINAE, la municipalidad no es la que autoriza los movimientos de
tierra de grandes dimensiones es la SETENA y si alguien viene con los requisitos completos la
municipalidad no puede negarles un permiso de construcción o de obras si están cumpliendo la
única forma de restringir el desarrollo que está llevando Cóbano adelante es construir una
herramienta que le permita a la muni no prohibir del todo, pero si restringir y poner algunos
parámetros que permitan controlar un poco el desarrollo , acción número uno estamos tratando de
llevar adelante este proyecto que le permita decir a la muni que se puede hacer y que no
dependiendo de las zonas, pero mientras eso llega porque va a tardar por lo menos dos años porque
no es tan rápido estamos explorando la posibilidad de construir un reglamento de construcciones
diseñado especialmente para Cóbano, estamos viendo la parte legal a ver si es posible, porque como
no somos cantón nos regimos pro el cantón central de Puntarenas, estamos intentando elaborar un
reglamento que se le pueda aplicar a Cóbano que tenga reglas y directrices que permitan controlar
un poco el desarrollo, lo único que Cóbano tiene ahorita es la Ley General de Construcciones a nivel
nacional y su reglamento y es ahí con lo que nosotros no regimos, estamos intentando hacer esto
también estamos pidiéndole el apoyo a un grupo importante que trabaja con la Intendencia para
declarar emergencia y buscar la moratoria en el otorgamiento de terraceo de montañas y cortar
árboles en la montaña, esta moratoria va a permitir hacer una pausa e incorporar un poco de lo
que está pasando con las montañas sobre todo en Santa Teresa y ya ustedes saben la historia, pero
sí que se lleven el mensaje que la municipalidad no puede prohibir lo que la ley permite al ciudadano
hacer. Que estamos haciendo pues buscando como hacer un plan regulador y buscando como hacer
un reglamento mientras tanto llega el plan regulador y declarar la emergencia de moratoria para
estos permisos por parte de setena y el MINAE en Cóbano
Y EL CONCEJO EN EL PRESUPUESTO ORDINARIO HABIA DEJADO UN PRESUPÚESTO PARA ESTE FIN,
para por lo menos iniciar
11 AIM-05-2021
Con respecto a este siempre que se presenta un informe de auditoría se toma el respectivo acuerdo
para instruir a la Intendencia.




                                                 7
PRESIDENTE. TOMEMOS LOS ACUERDOS RESPECTIVOS A VER SI NOS
CONTESTAN Y PODER IR SACANDO ESAS RECOMENDACIONES PENDIENTES YA
QUE EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS NO DEPENDE DE NOSOTROS

RECOMENDACIONES:

b.1. CONSIDERANDO
    ❑ Que mediante Informe AIM-2010-06 la auditoria realizó la siguiente recomendación;
      “Dotar a la administración de los reglamentos, códigos y manuales a que hace
       referencia el Código Municipal y los señalados en este informe; revisar y actualizar
       los ya existentes, poniéndolos en practica y exigiendo su aplicación… Al respecto
       debe considerarse que sin excepción todos los reglamentos debes ser publicados en
       el diario oficial, de conformidad con el artículo 43 del código municipal ”

   ❑ Que existen los siguientes reglamentos debidamente aprobados por este Concejo
     pero que a la fecha no se han publicado:
   • “Proyecto de Reglamento para la Cesión de la Administración de Bienes Inmuebles
       Municipales e Instalaciones Comunales Destinados al Uso público” aprobado en la
       sesión ordinaria 042-2021, artículo VI, inciso a, del día dieciséis de febrero del año
       dos mil veintiuno.

   •   “Proyecto de Reglamento Municipal para regular el funcionamiento y el cobro del
       servicio de aseo de vías, limpieza de sitios públicos y zonas verdes del distrito de
       Cóbano” aprobado en la sesión Ordinaria número 68-21, artículo VI, inciso a, del día
       diecisiete de agosto del año dos mil veintiuno.

   •   “Proyecto de Reglamento de administración de los cementerios municipales del
       Concejo Municipal de Distrito de Cóbano” aprobado en la sesión Ordinaria número
       016-20, artículo VIII, inciso a.4, del día dieciocho de agosto del año dos mil veinte.

   •    “Proyecto de Reglamento para la recepción de donaciones del Concejo Municipal
       de Distrito de Cóbano” aprobado en su sesión Ordinaria número 207-2020, artículo
       IX, inciso c, del día catorce de abril del año dos mil veinte.


   •   Proyecto de Reglamento para el otorgamiento de la calificación de idoneidad de
       sujetos privados para la administración de fondos públicos sesión Ordinaria número
       207-2020, artículo IX, inciso c, del día catorce de abril del año dos mil veinte.


   •   Proyecto de Reglamento para el Funcionamiento del Comité Distrital de Deportes y
       Recreación del Distrito de Cóbano aprobado en la sesión Ordinaria número 59-21,
       artículo VI, inciso a, del día quince de junio del año dos mil veintiuno.

   ❑ Que todos estos reglamentos son importantes para el buen funcionamiento del
     Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.


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ACUERDO N°2.
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la administración
realizar una contratación por Demanda mediante la plataforma SICOP a fin de que se
publiquen los reglamentos indicados y cualquier otro que esté aprobado y se haya omitido
mencionar. Debido a que sabemos que son publicaciones que tienen un alto valor se inicie
con aquellos que sean prioridad, pero que poco a poco se publiquen todos para que puedan
entrar en funcionamiento”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales William
Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal propietario Minor Centeno).

b.2. CONSIDERANDO:

   © b.2. Que mediante el Informe AIM-2014-04 la auditora recomienda. “Girar
     instrucciones a la instancia correspondiente para que se elabore el reglamento
     actualizado para la obtención de permisos de construcción del Concejo Municipal
     de Distrito de Cóbano, de conformidad con lo regulado por el ordenamiento jurídico
     aplicable (incluye la elaboración de propuestas, someterla a la aprobación del
     Concejo y la publicación en Diario Oficial la Gaceta). Este instrumento de control
     deberá integrar los criterios aplicables para la recepción, análisis y aprobación de las
     solicitudes de permisos de construcción y establecer el procedimiento de aplicación
     de las sanciones por infracciones a la normativa de construcciones”
   © b.3. Que mediante informe A IM-04-2018 la auditoria advierte “que en el término
     de 6 meses se dicten las medidas de ordenamiento urbano relativas al proceso de
     aprobación de construcción de obras de proyectos en condominios, de manera que
     se observen las disposiciones técnicas y legales vigentes en la ley N°7933
     ,principalmente en lo que respecta al otorgamiento de permisos de construcción,
     visado de planos , garantías de habitación urbana y recepción de áreas públicas,
     para que la actividad de condominios se desarrolle en forma ordenada en el distrito
     de Cóbano “
ACUERDO N°3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Solicitarle a la administración
se elabore un reglamento a la Ley de construcciones que regule los trámites para las
construcciones en nuestro distrito y que esté de acuerdo a nuestra realidad.*********
3.2. Elaborar un reglamento para regular todos los trámites relacionados con los
condominios”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales William Morales. Eric
Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal propietario Minor Centeno).

b.4. CONSIDERANDO:
    ➔ Que en Informe de Auditoria AIM-06-2020, existe la siguiente recomendación.
       “Disponer lo correspondiente para, que en lo sucesivo la Junta Directica del CDDRC,
       someta a conocimiento del Concejo para aprobación, los programas y planes de
       trabajo y los presupuestos anuales y extraordinarios de esa organización, de previo
       a incluir esos recursos dentro del presupuesto institucional; la inversión de los
       recursos deberá guardar concordancia con los planes municipales y corresponder
       con los fines dispuestos para el Comité Distrital de Deportes.


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       Para dar por atendida esta recomendación debe de remitir a la Auditoria Interna en
       el plazo de 15 días, un oficio informando el acuerdo en relación con las acciones
       adoptadas”
   ➔ Que dicha recomendación desde ese año sigue pendiente de cumplir
ACUERDO N°4
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: 4.1. Solicitarle al Comité Distrital de
Deportes y Recreación de Cóbano, presente a este Concejo para su conocimiento y
aprobación PREVIO a ser incluido en el presupuesto de la Institución, el Plan Anual
Operativo y el Presupuesto de ese Comité para el año 2024. ********
4.2. Informarles que todos los años deben presentar el PAO y el Presupuesto para su
debida aprobación por parte de este Concejo”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los
Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno). Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.


b.5. CONSIDERANDO
    ➢ Que en el Informe AIM—06-2020 la auditoria recomienda a este Concejo: “Instruir
       a la Intendencia a que de cumplimiento a lo dispuesto por este Órgano Deliberativo
       en la sesión ordinaria N°10-2016 del 5 de julio del 2016 en cuanto a la solicitud de
       elaborar un reglamento o revisar y adaptar el actual , a fin de que el Comité Distrital
       de deportes cuente con una herramienta legal sobre la cual trabajar, ya que a la
       fecha el CDDRC se mantiene operando con el reglamento aprobado en la sesión
       ordinaria N°21-09 del día 8 de julio del 2009, sin que el mismo haya sido ajustado a
       las nuevas disposiciones emitidas en la Ley 9208 que reforma el articulo 5 de la Ley
       8173
ACUERDO N°5
Con cuatro votos pres entes a favor SE ACUERDA: “informarle a la auditora que este
Reglamento fue elaborado por la Asesora Legal de este Concejo y aprobado por este
Concejo en la sesión ordinaria número 59-21, artículo VI, inciso a, del día quince de junio
del año dos mil veintiuno, pero la administración no a procedido con la publicación para
poder ponerlo en ejecución”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales William
Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal propietario Minor Centeno).

b.6. CONSIDERANDO:
     Que en el Informe AIM—06-2020 la auditoria recomienda a este Concejo: “Instruir a la
   Intendencia para que coordine con la Junta Directiva del CDDRC, la elaboración,
   aprobación e implementación de un procedimiento para la selección o reclutamiento
   de las delegaciones deportivas que representan al Distrito, el pago de viáticos a esas
   delegaciones y las donaciones de los implementos deportivos que se les hace a las
   organizaciones deportivas de la zona”
    ❖ Que a la fecha no se ha cumplido con esta recomendación
ACUERDO N°6
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia gire las
instrucciones necesarios al Comité Distrital de Deportes y Recreación para que elabore el

                                             10
manual indicado, y lo presenten a este Concejo para su revisión y aprobación”. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y
Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor
Centeno).

b.7. CONSIDERANDO:
    ➔ Que en el Informe AIM—06-2020 la auditoria recomienda a este Concejo: “Instruir
        a la Intendencia Municipal para que se le disponga a la Proveeduría Municipal, en lo
        sucesivo , en los expedientes de los procedimientos de contratación que tienen
        que ver con los recursos asignados al CDDRC, para la ejecución de obras en los
        centros de educación del distrito, se incluya un acuerdo de aprobación de la junta
        administrativa o Junta de Educación del centro de enseñanza, en cuanto a la
        recepción de las obras realizadas al inmueble ”.
    ➔ Que este Concejo desconoce si ya se cumplió con esta recomendación
ACUERDO N°7
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia copia del
oficio en el cual se le instruyó a la proveedora que en los expedientes de los procedimientos
de contratación que tienen que ver con los recursos asignados al comité para la ejecución
de obras en los centros de educación del distrito se incluya el acuerdo de la junta
(administrativa o de educación) de la recepción de las obras realizadas en el inmueble. Si
no se ha girado este oficio a la proveeduría que se realice y se nos remita la copia para
poder dar cumplimiento a la recomendación de la auditoria”. ACUERDO UNANIME. Votan
a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno).

b.8. CONSIDERANDO
    ➢ Que en el Informe AIM—06-2020 la auditoria recomienda a este Concejo “ Instruir
     a la Intendencia para que a la mayor brevedad se coordine con el CDDRC y la Junta
     Administrativa del CTP de Cóbano, la conformación y activación del comité
     administrador del gimnasio municipal en acatamiento a lo dispuesto en el artículo
     86 dela Ley 7800 . Así mismo para que se formalice un convenio que permita al
     personal del CDDRC operar en las oficinas del gimnasio…”.
ACUERDO N°8
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1. Informar a la Auditoria que
este Concejo ya realizo el nombramiento del comité tripartita, según se detalla en los
siguientes acuerdos que se transcriben:
                                    TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 45-21, artículo IX, inciso k, del día nueve de marzo del año dos mil veintiuno, a las
diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:
CONIDERANDO:
     Que es necesario formar la comisión tripartita adiestradora del Gimnasio
     Que el Colegio Técnico profesional de Cóbano y el Comité Distrital de Deportes y Recreación
         han designado la persona que formara parte de este comité
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la comisión tripartita administradora
del gimnasio a las siguientes personas:


                                                 11
    ➢ Magaly Rodriguez Rojas               cedula 108810601 Representante del Concejo Municipal
        de Distrito de Cóbano
    ➢ Steven Montanaro Sánchez cedula 207390277 Representante del Comité Distrital de
        Deportes y Recreación
    ➢ Arleny Gonzalez Segura cédula 205220500 Representante del Colegio Técnico Profesional
        de Cóbano. Tel- 8304-7687
        Como suplente de la señora Gonzalez, la Sra. Guisselle Masis Vargas cedula 602090184. Tel.
        8315-4325. Quien la suple en caso de que la señora Gonzalez Segura no se encuentre.
        ACUERDO UNANIME
                                    TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 78-21, artículo           VIII, inciso a.3. del día veintiséis de octubre del año dos mil
veintiuno, a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:

CONSIDERANDO:
   ▪ Que la representante del Concejo ante la comisión tripartita administradora del Gimnasio
        lo es la Sra. Magally Rodriguez, la cual renuncio a su cargo de Sindica Suplente
   ▪ Que el Intendente ha presentado OFICIO 2021-544 en el cual solicita se designe al
        representante que sustituya a la Sra. Rodriguez
   ▪ Que se hace necesario nombrar al representante a fin de que ese comité asuma su
        responsabilidad
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar como representante del Concejo en la
comisión tripartita administradora del Gimnasio a la Lcda. Rosibeth Obando Loria, cedula 6
02560235, asesora del Concejo”. Votan a favor los Concejales Eduardo Sánchez, Minor Centeno,
Manuel Ovares, Eric Salazar y William Morales

                                     TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número 111-2022, artículo IX, inciso h. del día catorce de junio del año dos mil
veintidós, a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:
CONSIDERANDO:
    ✓ Que se ha conocido OFICIO CTPC-O-41-2022 firmado por la directora del Colegio Técnico
         Profesional de Cóbano en el cual designa al titular y suplente representante de esa
         institución ante el Comité Tripartita administrador del Gimnasio.
ACUERDO N°2
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME
    1.2.      Nombrar como miembro del Comité Tripartita               administrador del Gimnasio
              representante del Colegio Técnico Profesional de Cóbano a la Lcda. Jackelinne Ávila
              Rojas, cedula numero 2 0449 0548, directora del Colegio y como su suplente en caso
              de ausencia de la Sra. Ávila al Sr Marvin Alexis Méndez Barahona , cedula 5 0354 0498,
              subdirector”. ACUERDO UNANIME.
8.2. Indicar que actualmente el comité tripartita esta conformado por:
    ➢ Lcda. Jackelinne Ávila Rojas. Del CTP de Cóbano
    ➢ Lcda. Rosibeth Obando Loria. Del CMD Cóbano
    ➢ Sr. Steven Montanaro Sánchez. Del CDDR Cóbano. ACUERDO UNANIME. Votan
         a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily

                                                   12
        Segura (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor
        Centeno).

b.9. CONSIDERANDO:
- Que mediante el Informe AIM-03-2021 se emitió la siguiente recomendación: “Solicitar a
la Intendencia Municipal presentar en termino de 10 días hábiles a partir de recibo de este
documento , un informe escrito de las razones por las cuales no se está cumpliendo con la
política emitida en la sesión ordinaria N°209-20120 del 29 de abril del 2020, referente a
las concesiones aprobadas o traspasadas a un mismo dueño bajo distintas figuras jurídicas
o con base en las valoraciones hechas por ese Órgano Deliberativo sobre el mismo , tomar
las acciones que en derecho corresponden”
ACUERDO N°9
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “9.1. Informar a la auditoria interna
que la política de zona marítimo terrestre aprobada en la sesión ordinaria 209-2020 fue
modificada en el año 2022, tal como se detalla:

                                     TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Extraordinaria número 25-22, artículo IV, inciso a, del día trece de junio del año dos mil veintidós ,
a las dieciséis horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:

                                        Dictamen de comisión
ASUNTO: RESTRUCTURACION DE POLITICAS PARA ZONA MARITIMO TERRERSTRE.
Considerando
1- Que resulta necesario realizar una reestructuración a la política adoptada por el Concejo
Municipal en la sesión ordinaria 209-2020, articulo VII, inciso b, ello en razón de la solicitud que
hace la coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre lo cual indica que se han
suscitado inconvenientes a la hora de su aplicación, por lo que acota que se deben de ir cerrando
espacios abiertos y no dejar a la interpretación de la misma en eventuales escenarios, asimismo
considera necesario establecer o incluir otras políticas nuevas.
2.- Que desde un principio el espíritu de la política consistió en que este Concejo Municipal tuviera
una posición vigilante y proactiva en la Zona Marítima Terrestre, con el objetivo de procurar una
adecuada y equitativa distribución de la zona restringida mediante los derechos en concesión a
otorgar, en el entendido de que la ley no establece prohibición alguna ni pone límites para que
una persona jurídica pueda obtener más de una concesión en zona marítima terrestre, como
administradores de la zona marítimo terrestre este Concejo Municipal debe procurar que exista
una mejor distribución de terrenos para que una mayor cantidad de personas sea física o jurídicas
puedan obtener derechos de concesión en la zona restringida de la zona marítima terrestre.
En razón de lo anterior, la Procuraduría General de la República ha indicado que las municipalidades
tienen potestad discrecional para limitar que un grupo de personas abarquen grandes porciones de
terreno en determinada de área de la zona marítima terrestre, como así lo indica el dictamen C-157-
2001 de la Procuraduría General de la Republica:
“(…) En el presente asunto, interesa analizar lo dispuesto por el numeral 57, inciso e) de la Ley 6043:
"Artículo 57.- En las zonas declaradas turísticas por el Instituto Costarricense de Turismo, además
de las normas anteriores, las concesiones quedan sujetas a las siguientes disposiciones:
(...)
e) Ninguna persona junto con su cónyuge e hijos menores, podrá tener más de una concesión."


                                                  13
  El precepto es claro en cuanto habla de personas físicas, siendo la persona jurídica legalmente
inscrita excluida del texto arriba indicado, concluyendo que la persona física no pueda obtener más
de un derecho de concesión en su haber patrimonial.
   No obstante, es preciso realizar una interpretación que satisfaga en mejor medida los intereses y
fines públicos involucrados en el otorgamiento de concesiones sobre terrenos demaniales. Se trata
de evitar en el caso concreto una concentración de terrenos estatales entre pocas personas,
procurando repartir adecuadamente las posibilidades de uso y disfrute de estos bienes entre el
mayor número de personas posible, de manera que se beneficie a toda la comunidad en respeto a la
normativa vigente.-
En este sentido la Sala Constitucional ha sostenido:
"...El dominio público se encuentra integrado por bienes que manifiestan, por voluntad expresa del
legislador, un destino especial de servir a la comunidad, al interés público. Son los llamados bienes
dominicales, bienes demaniales, bienes o cosas públicas o bienes públicos, que no pertenecen
individualmente a los particulares y que están destinados a un uso público y sometidos a un régimen
especial, fuera del comercio de los hombres.- Es decir, afectados por su propia naturaleza y
vocación.-" (Voto 623-98, entre otros) (Los destacados son nuestros).-
   Es claro que en los principios constitucionales (artículos 50 y 33), existe plasmado el interes de
adjudicar los terrenos del Estado en una forma equitativa y sin violentar el respeto a la igualdad,
ejerciendo su poder discrecional para evitar actos contrarios al fin público y a la distribución
equitativa de la propiedad pública para su uso y aprovechamiento privativo por medio del
otorgamiento de derechos de concesión debidamente inscritos.-
   Sobre el uso de potestades discrecionales por parte de la Administración en el otorgamiento de
concesiones, y la necesidad de respetar principios fundamentales, véase el Dictamen C-026-2001 de
7 de febrero de 2001.-
   En punto a las personas físicas y jurídicas en este caso, no parece existir ningún motivo para
establecer tratos diferenciados o como denomina nuestro Tribunal Constitucional "elemento
objetivo de diferenciación" (Voto 2253-96, entre otros).-
   La doctrina nacional también se ha ocupado de la temática. Al respecto, señala PIZA ROCAFORT
(Rodolfo):
"...a pesar de esas desigualdades, hay una igualdad sustancial más importante que todas ellas (...)
Esa presunción y esa regla – de igualdad- admiten excepciones, pero esas excepciones, para su
validez, deben estar fundadas en desigualdades objetivas y relevantes (no cualquier desigualdad
real tiene rango suficiente para justificar un trato diferenciado)…El que en algunos casos, sea válido
distinguir entre unas personas y otras, no justifica que, en la mayoría, la distinción de trato entre
personas físicas y jurídicas, esconda una discriminación ilícita, por irrazonable, irracional y
desproporcionada. Discriminar entre unas personas y otras (físicas y jurídicas) no es, en el fondo,
otra cosa que discriminar contra las personas físicas que pertenecen a, o a quienes les pertenecen,
esas personas jurídicas." Igualdad de Derechos: Isonomía y No Discriminación, San José, Imprenta
Lil S.A., 1997, pp. 26 y 46.- Lo resaltado no es del original
   Es criterio de este departamento de zona marítima que el numeral 57, inciso e) de la Ley 6043, al
no incluir referencia alguna a las personas jurídicas, podría contener una discriminación negativa
contraria al artículo 33 constitucional.-
   Sobre la discriminación negativa comenta la Sala Constitucional en su Voto 2325-96:
"II.- La discriminación negativa o desaplicación ad hoc de la ley, a favor de una sola persona, coloca
a los demás en condiciones de desigualdad en tanto no los exime por igual de las reglas prefijadas
por el legislador. En su manifestación positiva, se discrimina al acordarse una ventaja a una persona
o grupo de personas, en detrimento de otras que se encuentren o puedan encontrarse en
circunstancias similares. Esto coloca a los excluidos del privilegio en situación de desventaja, como

                                                 14
si fuesen de una categoría jurídica inferior. La doctrina también describe el fenómeno como de sub-
inclusión de la ley, puesto que el gobernante deja de reconocer a los individuos como iguales ante la
ley y en su lugar impulsa privilegios en favor de un número de personas, máxime si los favorecidos
tienen mayor poder económico o político" (El destacado no es del original).
  Es evidente que mientras no exista voluntad para una reforma legal la Administración está
facultada para emprender acciones concretas que procuren el mayor bienestar de todos los
habitantes y el más adecuado reparto de la riqueza (Carta Política, artículo 50).-
    Además, valga recordar que la Municipalidad actúa con base en el principio de legalidad, que
puede ser absoluto cuando la actividad es reglada (Ley General de la Administración Pública,
artículos 11 y 59, inciso 1); y relativo, cuando median aspectos discrecionales o de oportunidad que
le otorgan cierto margen de decisión al no definirse alguno de los componentes del acto
administrativo, o cuando esos elementos presentan conceptos jurídicos indeterminados o
calificaciones jurídicas que vienen a ser concretados con un amplio margen de subjetividad. ORTIZ
ORTÍZ, Eduardo, Límites y Contralor de la Discrecionalidad Administrativa en Costa Rica, tomado
de Revista Judicial, San José, Año VIII, No. 28, marzo de 1984, pp. 11-28
   En el caso de otorgamiento de concesiones, el fin está dado por el legislador: El aprovechamiento
socio-económico de esta franja demanial (uso y disfrute – art. 41 Ley sobre la Zona
Marítima Terrestre) revestido de un interés público "el mayor bienestar a todos los habitantes...y el
más adecuado reparto de la riqueza" (artículo 50, párrafo 1º de la Constitución Política). A su vez,
los motivos deben corresponder al fin, es decir, el aprovechamiento sostenible de la zona restringida
y la correspondiente distribución del beneficio socio-económico que los particulares obtienen de él.
El contenido viene dado por la aplicación concreta del grupo de postulados de los artículos de la Ley y
el Reglamento que regulan el procedimiento de concesión. En este sentido, encontramos que el fin
es claro, los motivos también y el contenido lo es en la mayoría de los aspectos. Como se evidenció
antes, algunos supuestos pueden no estar regulados, por lo que la Administración debe suplir la
ausencia discrecionalmente.-
     Sobre ese margen de discrecionalidad, apunta ORTÍZ ORTÍZ (Eduardo): "Así nace la
discrecionalidad, como la libertad de la Administración para determinar y decidir su conducta
imperativa frente a otros sujetos en cuanto a los aspectos de esa conducta no regulados por ley…La
discrecionalidad consiste en la elección de los elementos no regulados, según un criterio subjetivo e
individualizado, pero jurídicamente aceptable, desde el punto de vista de su adaptación al fin."
Ob. Cit, pp. 11-12 (El destacado no pertenece al original)
   La decisión discrecional compete a la Administración, pero debe fundamentarse en criterios de
oportunidad y proporcionalidad que permitan alcanzar el fin público. La emisión del acto
administrativo debe tomar en cuenta todas las cuestiones de hecho y de derecho surgidas del
motivo.-
   Al respecto la Ley General de la Administración Pública nos dice en su artículo 132, inciso 1º):
"1.- El contenido deberá de ser lícito, posible, claro y preciso y abarcar todas las cuestiones de hecho
y de derecho surgidas del motivo, aunque no hayan sido debatidas por las partes interesadas"
La falta definición completa del contenido del acto nunca debe interrumpir la consecución del interés
público. La Ley General de la Administración Pública así lo establece:
" Artículo 132.-4: Su adaptación - del contenido - al fin se podrá lograr mediante la inserción
discrecional de condiciones, términos y modos, siempre que, además de reunir las notas del
contenido arriba indicadas, estos últimos sean legalmente compatibles con la parte reglada del
mismo." (Destacado es nuestro).-
   El fin público que se persigue antes aclarado, faculta a los municipios a denegar solicitudes de
concesiones cuando el solicitante, sea incluso una persona jurídica, ostente con anterioridad una
concesión.-

                                                  15
   Conforme a lo expuesto, es claro que el artículo 57, inciso e) prohíbe el otorgamiento de más de
una concesión a una persona física. Pero lo anterior no impide que la Administración, en uso de sus
potestades discrecionales, pueda denegar una solicitud a personas jurídicas, a sus participantes o
socios, previa verificación de quienes son los beneficiarios finales físicos, cuando se encuentran en la
misma situación prevista por ese numeral para las personas físicas, .-
   Igual criterio podrá seguirse en aquellas áreas declaradas como no turísticas, tanto para personas
físicas como jurídicas, con el fin de evitar concentraciones de terrenos en manos de unos pocos.-
D. CONCLUSIONES:
   Conforme a lo indicado arribamos a las siguientes conclusiones:
1) El inciso e) del artículo 57 de la Ley 6043, presenta una discriminación negativa al no contemplar
a las personas jurídicas dentro de la prohibición ahí establecida. Ante ello la Administración cuenta
con potestades discrecionales para denegar solicitudes a personas jurídicas que ya cuentan con una
concesión.-
2) Los gobiernos locales también están facultados para denegar una concesión a una persona física
o jurídica en áreas con declaratoria de aptitud no turística, en caso de que ostenten una concesión
debidamente inscrita a su favor.- (…)”
3.- Por lo que, buscando el adecuado reparto de la Zona Marítimo Terrestre en el ejercicio de la
facultad discrecional y con el fin de no propiciar una discriminación negativa al momento del
otorgamiento de concesiones, dictaminamos recomendar al Concejo Municipal adoptar las
siguientes políticas:
Otorgamiento de concesiones: El Concejo Municipal en uso de sus potestades discrecionales que
la ley otorga, podrá denegar y/o rechazar cualquier solicitud de concesión a personas jurídicas, a
sus participantes y/o socios, previa verificación, cuando se encuentren en la misma situación
prevista por el numeral 57 inciso e, de las personas físicas.
Miembros de Junta Directiva: Todo miembro físico de una Junta Directiva ya sea de Sociedades
Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, y/o cualquier otro tipo de sociedad legalmente
constituida, no tendrán la limitación de participar en la cantidad de solicitudes de concesión o de
concesiones debidamente inscritas, siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente aplicable.
Figura del Fideicomiso como socio titular nacional: Se permite que el capital social de una persona
jurídica solicitante y/o concesionaria sea la figura del FIDUCIARIO, siempre y cuando los dueños de
la empresa fiduciaria mantengan en su empresa registrado un 50% de capital accionario nacional,
siendo esto comprobado con las certificaciones de personería y división accionaria requeridas por
ley, de la empresa. Es claro en consulta al ICT, que el BENEFICIARIO en caso de no tener el 50% de
capital accionario nacional no podrá ostentar dicho derecho. Dichas certificaciones de personería y
división accionaria se aportarán con el fin de determinar que los dueños del capital social cumplen
con lo solicitado en la ley de Zona Marítimo Terrestre Nº6043 y su reglamento.
CLAUSULAS DEL CONTRATO DE CONCESION: El Departamento de Zona Marítimo Terrestre, deberá
Incluir dentro de las cláusulas del contrato de concesión, donde participen sociedades mercantiles,
una cláusula expresa que indique lo siguiente:
En caso que exista alguna modificación en relación en el registro de la división accionaria del capital
social, debidamente registrado en el Libro de Registro de Accionistas-Registro de Cuotistas, y/o
registros de la sociedad titular del derecho de concesión, debe ser notificado en un plazo no mayor
de 30 días hábiles ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre, mediante una certificación
ante Notario Público de personería y división accionaria actualizada, misma que deberá cumplir con
el artículo 47 de la LEY 6043, su reglamento y las políticas recomendadas por el Departamento de
Zona Marítima.
Requisitos Indispensables: Todo expediente de concesión debidamente inscrito,
independientemente del plazo que concesión otorgado y de la inscripción ante el Registro Público,

                                                  16
deberá mantener actualizado dicho expediente ante el Departamento de Zona Marítimo, cuando se
requiera. Asimismo, deberá de presentar una certificación de personería y división accionaria cada
dos años para mantener actualizado el expediente en cumplimiento de la legislación vigente.
Manual de procedimientos para la gestión de Concesiones en la ZMT: Se solicita en este acto al
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, para que, en un plazo de TRES meses contados a partir
de la notificación del acuerdo en firme, inicie un Manual de Procedimientos, para la aplicación y
trámite de otorgamiento de los bienes demaniales en administración del Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano Municipalidad de Cóbano, que incluya: a) Procedimiento para otorgar derechos
de concesión, b) Procedimiento para el trámite y otorgamiento de prorrogas de concesiones, c)
Procedimiento de tramite cesión de concesiones, d) Procedimiento de trámite de modificaciones en
concesiones ya otorgadas que requieren aprobación modificación al contrato de Concesión e)
Procedimiento del trámite para autorizar el derecho de concesión inscrito, como garantía real ante
las instituciones bancarias autorizadas para este proceso. f) Procedimiento para el trámite de
aprobaciones de regularización de construcciones en zona restringida de la zona marítimo terrestre
- LEY 9242, g) Procedimiento para el trámite de concesiones en la zona pública con base en la
excepción del artículo 18 ley 6043 y 8, 12 de su reglamento.
A efectos de cumplir con los artículos 46 de la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 y 24 de su
Reglamento, todos los propietarios accionistas y/o cuotistas dueños del capital social de una
sociedad debidamente inscrita, deberán aportar una declaración jurada ante Notario Público en
cumplimiento de ley.
Se recomienda además dejar sin efecto el acuerdo de sesión ordinaria 209-2020, articulo VII, inciso
b, que establecía la política que habría de ser aplicada por el departamento de Zona Marítimo
Terrestre a los solicitantes de concesión y a los concesionarios, por cuanto su aplicación habría
ocasionado confusión e inconvenientes en la tramitología de cada uno de los expediente
dificultando el avance en el otorgamiento de concesiones, y de los expedientes de los
concesionarios. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
emitido por la comisión especial permanente de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME
3.2. Dejar sin efecto el acuerdo de la sesión ordinaria 209-2020, articulo VII, inciso b, que habría de
ser aplicada por el departamento de Zona Marítimo Terrestre a los solicitantes de concesión y a los
concesionarios por cuanto su aplicación habría ocasionado confusión e inconvenientes en la
tramitología de cada uno de los expedientes dificultando el avance en el otorgamiento de
concesiones, y de los expedientes de los concesionarios. Política que
textualmente indica:
“POLITICA A ADOPTAR PARA SER APROBADA:
Mantener una posición vigilante y proactiva en la Zona Marítimo Terrestre, con el objetivo de
procurar una adecuada y equitativa distribución de la zona Restringida mediante la concesión de
la misma, con el fin de cumplir en con el marco normativo costarricense, por tanto, limitar la
participación de una persona física en más de una sociedad solicitante de concesión en la Zona
Restringida de la Zona Marítimo Terrestre del Distrito de Cóbano.
Solicitar a la administración la constitución de un manual de procedimientos, que regule la
solicitud de concesión en Zona Marítimo Terrestre, que además incluya en su etapa preliminar la
comprobación del cumplimiento del artículo 47 de la ley de Zona Marítimo Terrestre, con el
objetivo de que en esta etapa se pueda prevenir al solicitante en caso de incumplimiento, con el
fin de archivar el expediente en caso de que no se subsane esta prevención, así se evita gastos
administrativos y para el solicitante.

                                                  17
Incluir en el contrato de concesión, una cláusula que indique que en caso de variación del socios
o capital accionario la concesionaria deberá notificarlo a la administración municipal, así indicar
en esta misma cláusula que deberán cada 2 años aportar una certificación de su capital social, ello
con el fin de evitar fraude de ley.
Que a partir de agosto 2020 se le solicite a las sociedades beneficiarias de concesión actualizar la
certificación de socios y capital accionario indicando lo beneficiarios finales de las personas
jurídicas. Y que a partir de esta fecha se presente cada dos años.
Advertir a la sociedad beneficiaria de la concesión que la certificación presentada puede ser
valorada para seguridad jurídica por medio de la autoridad responsable”,”. **************
3.3. Adoptar las siguientes políticas las cuales serán de acatamiento del Dpto. de Zona Marítimo
Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano:
Otorgamiento de concesiones: El Concejo Municipal en uso de sus potestades discrecionales que
la ley otorga, podrá denegar y/o rechazar cualquier solicitud de concesión a personas jurídicas, a
sus participantes y/o socios, previa verificación, cuando se encuentren en la misma situación
prevista por el numeral 57 inciso e, de las personas físicas.****
Miembros de Junta Directiva: Todo miembro físico de una Junta Directiva ya sea de Sociedades
Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, y/o cualquier otro tipo de sociedad legalmente
constituida, no tendrán la limitación de participar en la cantidad de solicitudes de concesión o de
concesiones debidamente inscritas, siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente
aplicable.*****
Figura del Fideicomiso como socio titular nacional: Se permite que el capital social de una persona
jurídica solicitante y/o concesionaria sea la figura del FIDUCIARIO, siempre y cuando los dueños de
la empresa fiduciaria mantengan en su empresa registrado un 50% de capital accionario nacional,
siendo esto comprobado con las certificaciones de personería y división accionaria requeridas por
ley de la empresa. Es claro en consulta al ICT, que el BENEFICIARIO en caso de no tener el 50% de
capital accionario nacional no podrá ostentar dicho derecho. Dichas certificaciones de personería y
división accionaria se aportarán con el fin de determinar que los dueños del capital social cumplen
con lo solicitado ley de Zona Marítimo Terrestre Nº6043 y su reglamento.*******
CLAUSULAS DEL CONTRATO DE CONCESION: El Departamento de Zona Marítimo Terrestre, deberá
Incluir dentro de las cláusulas del contrato de concesión, donde participen sociedades mercantiles,
una cláusula expresa que indique lo siguiente:
En caso que exista alguna modificación en relación en el registro de la división accionaria del capital
social, debidamente registrado en el Libro de Registro de Accionistas-Registro de Cuotistas, y/o
registros de la sociedad titular del derecho de concesión, debe ser notificado en un plazo no mayor
de 30 días hábiles ante el Departamento de Zona Marítimo Terrestre, mediante una certificación
ante Notario Público de personería y división accionaria actualizada, misma que deberá cumplir con
el artículo 47 de la LEY 6043, su reglamento y las políticas recomendadas por el Departamento de
Zona Marítima. *******
Requisitos Indispensables: Todo expediente de concesión debidamente inscrito,
independientemente del plazo que concesión otorgado y de la inscripción ante el Registro Público,
deberá mantener actualizado dicho expediente ante el Departamento de Zona Marítimo, cuando se
requiera. Asimismo, deberá de presentar una certificación de personería y división accionaria cada
dos años para mantener actualizado el expediente en cumplimiento de la legislación vigente Toda
persona jurídica que ostente un derecho de concesión.******
Manual de procedimientos para la gestión de Concesiones en la ZMT: Se solicita en este acto al
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, para que, en un plazo de TRES meses contados a partir
de la notificación del acuerdo en firme, inicie un Manual de Procedimientos, para la aplicación y
trámite de otorgamiento de los bienes demaniales en administración del Concejo Municipal de

                                                  18
Distrito de Cóbano Municipalidad de Cóbano, que incluya: a) Procedimiento para otorgar derechos
de concesión, b) Procedimiento para el trámite y otorgamiento de prorrogas de concesiones, c)
Procedimiento de tramite cesión de concesiones, d) Procedimiento de trámite de modificaciones en
concesiones ya otorgadas que requieren aprobación modificación al contrato de Concesión e)
Procedimiento del trámite para autorizar el derecho de concesión inscrito, como garantía real ante
las instituciones bancarias autorizadas para este proceso. f) Procedimiento para el trámite de
aprobaciones de regularización de construcciones en zona restringida de la zona marítimo terrestre
- LEY 9242, g) Procedimiento para el trámite de concesiones en la zona pública con base en la
excepción del artículo 18 ley 6043 y 8, 12 de su reglamento.*******
A efectos de cumplir con los artículos 46 de la Ley de Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 y 24 de su
Reglamento, todos los propietarios accionistas y/o cuotistas dueños del capital social de una
sociedad debidamente inscrita, deberán aportar una declaración jurada ante Notario Público en
cumplimiento de ley.” Votan a favor los Concejales Minor Centeno Sandi, William Morales Castro,
Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume curul el día de hoy ante la ausencia del Concejal
Eduardo Sánchez) y Eric Salazar Rodríguez. Presidente Municipal. Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO. NOTIFIQUESE.

Ese acuerdo fue modificado posteriormente tal como se detalla:
                                     TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión
Ordinaria número121-22, artículo IV, inciso a, del día veintitrés de agosto del año dos mil veintidós,
a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:

Moción propuesta por el Presidente ERIC SALAZAR y avalada por el Concejal Carlos Mauricio Duarte.
                                                 Moción
1. Que en sesión Ordinaria número 25-22, articulo IV, inciso a, del día trece de junio del año dos mil
veintidós, este Concejo Municipal aprobó la restructuración de las políticas para adoptar en la zona
Marítimo Terrestre.
2.-Que en el punto 6 de las políticas indica:
A efectos de cumplir con los artículos 46 de la ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 y 24 de su
reglamento, todos los propietarios accionistas y / o cuotistas dueños del capital social de una
sociedad debidamente, deberán aportar una declaración jurada ante Notario Público en
cumplimiento de la ley.
3.-Que la declaración jurada no necesariamente debe ser ante notario público.
MOCIONO PARA QUE:
Este Concejo Municipal acuerde eliminar la condición de que las declaraciones juradas que
presenten los solicitantes de concesión sean ante Notario Público y así evitar un costo adicional a
los solicitantes y que el punto 6 de la política se lea como sigue:
A efectos de cumplir con los artículos 46 de la ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 y 24 de su
reglamento, únicamente todos los propietarios accionistas y / o cuotistas dueños del capital social
de una sociedad debidamente, deberán aportar una declaración jurada en cumplimiento de la ley.
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME
1.2. Aprobar en todas sus partes la moción presentada por el Presidente y avalada por el Concejal
Carlos Mauricio Duarte y remitir al Departamento correspondiente para su ejecución”. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Concejales: Eric Salazar Rodríguez, Cristel Salazar Cortes (quien asume

                                                 19
la curul ante la ausencia del Concejal propietario William Morales), Carlos Mauricio Duarte Duarte
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez), Kemily Segura
Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno ) y Manuel
Ovares Elizondo.
9.2. Según indicó la encargada del Departo de zona marítimo terrestre a la Asesora legal si
se está aplicando la política”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales William
Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal propietario Minor Centeno

b.10. CONSIDERANDO
   ❖ Que mediante informe AIM-04-2021 la auditoria interna recomienda: “Reanudar
      los esfuerzos para gestionar la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial
      para el Distrito completo, con el propósito de que sea utilizado como instrumento
      de control por el ayuntamiento con criterios legales y técnicos para llevar adelante
      un ordenado crecimiento de su desarrollo inmobiliario urbano”
ACUERDO N°10
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Informar a la Auditora
Interna que en la sesión ordinaria 164-23 del día 20 de junio el Señor Intendente con
respecto al plan regulador, indico lo siguiente:
FAVIO. El viernes tuvimos reunión con la ministra del ministerio de vivienda y urbanismo
para ver el tema del Plan Regulador Urbano y estamos gestionando alternativas para iniciar
el proceso de construcción del plan regulador, el año pasado aprobaron ustedes un
presupuesto para esto, pero como el presupuesto llego tan tarde no dio oportunidad de
hacer la licitación de este proyecto, estamos intentando retomarlo con los fondos que hay
disponibles y esta reunión fue muy importante y ya tenemos claro cuáles son las rutas a
seguir para poder tener este contrato. Estamos trabajando en ese sentido y apenas
tengamos claro que vamos a hacer les informo pero lo más importante que podemos hacer
nosotros para este distrito es construir el plan regulador con el fin de restringir, les digo
esto y ustedes lo deben conocer, para que informen a la gente NINGUNA MUNICIPALIDAD
PUEDE PROHIBIR LO QUE ESTA PERMITIDO nadie,                      que quiere decir eso, están
cortando árboles, si y la ley les permite cortar árboles, están construyendo muchos
supermercados, si y la ley les permite construir supermercados, están construyendo tres
pisos, si la ley les permite construir tres pisos, no podemos prohibir lo que está permitido,
la municipalidad no es la que autoriza la corta de árboles es el MINAE, la municipalidad no
es la que autoriza los movimientos de tierra de grandes dimensiones es la SETENA y si
alguien viene con los requisitos completos la municipalidad no puede negarles un permiso
de construcción o de obras si están cumpliendo la única forma de restringir el desarrollo
que está llevando Cóbano adelante es construir una herramienta que le permita a la muni
no prohibir del todo, pero si restringir y poner algunos parámetros que permitan controlar
un poco el desarrollo , acción número uno estamos tratando de llevar adelante este proyecto


                                               20
que le permita decir a la muni que se puede hacer y que no dependiendo de las zonas, pero
mientras eso llega porque va a tardar por lo menos dos años porque no es tan rápido
estamos explorando la posibilidad de construir un reglamento de construcciones diseñado
especialmente para Cóbano, estamos viendo la parte legal a ver si es posible, porque como
no somos cantón nos regimos pro el cantón central de Puntarenas, estamos intentando
elaborar un reglamento que se le pueda aplicar a Cóbano que tenga reglas y directrices
que permitan controlar un poco el desarrollo, lo único que Cóbano tiene ahorita es la Ley
General de Construcciones a nivel nacional y su reglamento y es ahí con lo que nosotros
no regimos, estamos intentando hacer esto también estamos pidiéndole el apoyo a un grupo
importante que trabaja con la Intendencia para declarar emergencia y buscar la moratoria
en el otorgamiento de terraceo de montañas y cortar árboles en la montaña, esta moratoria
va a permitir hacer una pausa e incorporar un poco de lo que está pasando con las
montañas sobre todo en Santa Teresa y ya ustedes saben la historia, pero sí que se lleven
el mensaje que la municipalidad no puede prohibir lo que la ley permite al ciudadano hacer.
Que estamos haciendo pues buscando como hacer un plan regulador y buscando como
hacer un reglamento mientras tanto llega el plan regulador y declarar la emergencia de
moratoria para estos permisos por parte de setena y el MINAE en Cóbano
10.2. Indicar que el concejo en el presupuesto ordinario había dejado contenido para este
fin, para por lo menos iniciar”. ACUERDO UNANIME”. ACUERDO UNANIME Votan a favor
los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno).

b.11. En el Informe AIM-052021 se recomienda al Concejo: “Brindar en forma y condiciones
que le corresponden conforme a su competencia, el apoyo necesario a las acciones que
proponga la administración para el cumplimiento de las recomendaciones giradas por esta
unidad de auditoria interna, en el punto 4.2 de este informe, con el fin de potenciar las
oportunidades de mejora en la gestión administrativa municipal, la toma de decisiones por
parte de los jerarcas y titulares subordinados.

PRESIDENTE. con respecto a esta recomendación indicar a la auditora que cada vez que
se presenta un informe este concejo toma el respectivo acuerdo de apoyo a la
administración.


   c. LIC. OBANDO. Informa sobre una investigación que realizo al lote numero 5 del
      barrio La Tranquilidad

PRESIDENTE: Debemos nombrar un órgano director, le solicito al Sr. Intendente
ayudarnos con eso para el próximo martes.


ARTICULO VIII.        INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

                                            21
    a. Sr. Diego Céspedes. Asistente Talento Humano. OFICIO RH-049-2023. Con VB
       de la Intendencia. ASUNTO. DIETAS 2024

CONSIDERANDO:
    ➔ Que se ha conocido el OFICIO RH-049-2023 el cual textualmente indica:
Respetables señores, esperamos se encuentren muy bien y deseándoles muchos éxitos en
sus labores. Les remitimos para su conocimiento y aprobación, el cálculo de las dietas a
regidores para el año 2024.

Según el artículo 30 del Código Municipal:

“Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse anualmente hasta
en un veinte por ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario haya
aumentado en relación con el precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje
fijado.”

En base en lo anterior, hacemos de su conocimiento que el porcentaje de aumento con
respecto al año anterior es de un 17%. El % de aumento para este periodo está dando un
resultado positivo gracias al aumento en las Patentes Municipales, Licencias de Licores, en
el ingreso Rótulos, Servicio de Recolección de Residuos Sólidos y demás tributos
municipales, por tal razón se presupuesta un aumento del 17% según artículo 30 del Código
Municipal para el año 2024, es requerido que sea tomado el acuerdo por el Concejo
Municipal de realizar el aumento del 17% para las Dietas del 2024. HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCION.

ACUERDO N°11
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “11.1. Dispensar del tramite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
11.2. Aprobar en todas sus partes el aumento indicado por la administración en su oficio
RH-049-2023 de un 17% para las dietas de los Concejales”. ACUERDO UNANIME Votan
a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno). Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   b. OFICIO N° INT 2023-262. ASUNTO. Traslado de OFICIO ZMT-155-2023 sobre
      respuesta a Pase CMC-S-223-2023 sobre solicitud de Waterkeeper de colocación
      de contenedor para acopiar plástico en Playa Hermosa.
PRESIDENTE. Por ser un asunto que está viendo la comisión se da pase de este
documento a la comisión de zona marítimo terrestre.


    c. OFICIO N°INT-2023-262. ASUNTO. Traslado de Liquidación Presupuestaria de
       compromisos 2022

Sirva la presente para remitirles la liquidación presupuestaria correspondiente a los compromisos 2022,
la misma debe ser conocida y aprobada por este concejo municipal de Cóbano, para luego ser remitida a

                                                  22
la Municipalidad de Puntarenas, al respecto se adjuntan los formularios N° 1, N° 2 y N° 3, además del
Anexo Nº 1 y el detalle de origen y aplicación de recursos.
Donde, la suma total de los compromisos a diciembre 2022 fue de ¢1.793.225.966,94, de los cuales se
lograron concretar el pago por ¢1.640.748.184,91, dejando un saldo de ¢152.477.782.03, es decir que se
logró alcanzar un 91% de lo comprometido. El superávit total es de ¢3.134.721.956,28, lo cual pertenece
a superávit libre ¢1.470.708.422,61 y superávit específico ¢1.664.013.533,67.
Es por todo lo anterior que le solicito se proceda a revisar la información adjunta para la respectiva
aprobación y posteriormente ser trasladada a la Municipalidad de Puntarenas.
CONSIDERANDO:

    ❑ Que se ha conocido oficio INT-2023-260 de la Intendencia, de traslado de la
      Liquidación presupuestaria de Compromisos del periodo 2022, en el cual se
      indica que el superávit al 31 de diciembre del 2022 es por un monto de
      ¢2,982,244,174.25, el superávit de compromisos es de ¢152,477,782.03 generando
      un superávit total de ¢ 3,134,721,956.28 de los cuales ¢1,439,444,126.95
      corresponde a superávit libre y ¢1.695,277,829.33 corresponden a superávit
      especifico.
ACUERDO Nº12
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “12.1. Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
12.2. Aprobar la Liquidación presupuestaria de compromisos correspondiente al periodo
2022 con un superávit al 31 de diciembre del 2022 de dos mil novecientos ochenta y dos
millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y cuatro colones con 25/100
(¢2,982.244,174.25) y un superávit de compromisos de ciento cincuenta y dos millones
cuatrocientos setenta y siete mil setecientos ochenta y dos colones con 03/100. Dando un
superávit total de tres mil ciento treinta y cuatro millones setecientos veintiún mil
novecientos cincuenta y seis colones con 28/100 (¢3,134,721,956.28) y de este monto mil
cuatrocientos treinta y nueve millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento veintiséis
colones con 95/100 (¢1,439,444,126.95) corresponde al superávit libre y mil seiscientos
noventa y cinco millones doscientos setenta y siete mil ochocientos veintinueve colones con
33/100 (¢1,695,277,829.33) corresponde a superávit especifico, según se detalla en los
siguiente cuadros:




                                                  23
                                FORMULARIO Nº 1
                    CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
                  LIQUIDACION DE COMPROMISOS 2022 (30-06-2023)
                         Y DETERMINACION DEL SUPERAVIT
                            DE COMPROMISOS Y TOTAL

                                 Resumen General


Compromisos al 31-12-2022                                        1,793,225,966.94
Menos:
Compromisos pagados al 30-06-2023                                1,640,748,184.91
Igual:
Superávit de compromisos                                          152,477,782.03
Superávit Libre                                                  1,391,276,761.33
Superávit Específico                                             1,590,967,412.92


SUPERAVIT TOTAL


Superávit al 31-12-2022                                          2,982,244,174.25
Más:
Superávit de compromisos                                          152,477,782.03
Igual
Superávit Total                                                  3,134,721,956.28
Superávit Libre                                                  1,439,444,126.95
Superávit Específico                                             1,695,277,829.33




Lic. Laura Segura Muñoz
Realizado por: Encargada Presupuesto                        FIRMA


Lic. Ronny Montero Orozco
Revisado por: Administrador Tributario y Financiero         FIRMA



                                             24
                                                                       FORMULARIO Nro. 2
                                                            CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO
                                                          LIQUIDACION DE COMPROMISOS 2022 (30-06-2023)

PROGRAMA 1: DIRECCION Y ADMINISTRACION
                                                                                   COMPROMISOS AL COMPROMISOS PAGADOS          COMPROMISOS   COMPROMISOS
             DOCUMENTO DE RESPALDO                      PARTIDA Y SUBPARTIDA
                                                                                     31/12/2022       AL 30-06-2023              ANULADOS     PENDIENTES
                                                       Remuneraciones                                                                    -                -
Orden compra n°104, 110, 120                           Servicios                       11,600,000.00            6,606,500.00             -       4,993,500.00
                                                       Materiales y Suministros                                                          -                -
                                                       Intereses y Comisiones                                                            -                -
                                                       Activos Financieros                                                               -                -
Orden compra n°116, 114                                Bienes Duraderos                 5,767,000.00            5,767,000.00             -                -
Oficio INT-2021-610                                    Transferencias Corrientes       55,000,000.00           55,000,000.00             -                -
                                                       Transferencias de Capital                                                         -                -
                                                       Amortización                                                                      -                -
                                                       Cuentas Especiales                                                                -                -
                                                                                       72,367,000.00           67,373,500.00             -       4,993,500.00

PROGRAMA 2: SERVICIOS COMUNITARIOS
                                                                                   COMPROMISOS AL COMPROMISOS PAGADOS          COMPROMISOS   COMPROMISOS
             DOCUMENTO DE RESPALDO                      PARTIDA Y SUBPARTIDA
                                                                                     31/12/2022       AL 30-06-2023              ANULADOS     PENDIENTES
                                                       Remuneraciones                                                  -                 -                -
Orden compra n°103, 121, 122, 123                      Servicios                      70,630,000.00          66,299,750.00               -       4,330,250.00
Orden compra n°115, 116, 122, 123                      Materiales y Suministros       11,015,059.00           5,515,059.00               -       5,500,000.00
                                                       Intereses y Comisiones                                                            -                -
                                                       Activos Financieros                                                               -                -
Orden compra n°116                                     Bienes Duraderos                  699,000.00              699,000.00              -                -
                                                       Transferencias Corrientes                                                         -                -
                                                       Transferencias de Capital                                                         -                -
                                                       Amortización                                                                      -                -
                                                       Cuentas Especiales                                                                -                -
Totales                                                                                82,344,059.00           72,513,809.00             -       9,830,250.00
PROGRAMA 3: INVERSIONES
                                                                                   COMPROMISOS AL COMPROMISOS PAGADOS          COMPROMISOS   COMPROMISOS
             DOCUMENTO DE RESPALDO                      PARTIDA Y SUBPARTIDA
                                                                                     31/12/2022       AL 30-06-2023              ANULADOS     PENDIENTES
                                                       Remuneraciones                                                                    -                -
Orden compra n°84, 93, 111                             Servicios                      103,499,061.80          101,511,036.80             -       1,988,025.00
Orden compra n°84                                      Materiales y Suministros           354,374.30              317,220.89             -          37,153.41
                                                       Intereses y Comisiones                                                            -                -
                                                       Activos Financieros                                                               -                -
Orden compra n°94, 95, 101, 102, 105, 106, 108, 109,
                                                       Bienes Duraderos             1,534,661,471.84        1,399,032,618.22           -       135,628,853.62
118, 119
                                                       Transferencias Corrientes                                                       -                  -
                                                       Transferencias de Capital                                                       -                  -
                                                       Amortización                                                                    -                  -
                                                       Cuentas Especiales                                                              -                  -
Totales                                                                             1,638,514,907.94        1,500,860,875.91           -       137,654,032.03

PROGRAMA 4: PARTIDAS ESPECIFICAS
                                                                                   COMPROMISOS AL COMPROMISOS PAGADOS          COMPROMISOS   COMPROMISOS
             DOCUMENTO DE RESPALDO                      PARTIDA Y SUBPARTIDA
                                                                                     31/12/2022       AL 30-06-2023              ANULADOS     PENDIENTES
                                                       Remuneraciones                           -                   -                    -              -
                                                       Servicios                                -                   -                    -              -
                                                       Materiales y Suministros                 -                   -                    -              -
                                                       Intereses y Comisiones                   -                   -                    -              -
                                                       Activos Financieros                      -                   -                    -              -
                                                       Bienes Duraderos                         -                   -                    -              -
                                                       Transferencias Corrientes                -                   -                    -              -
                                                       Transferencias de Capital                -                   -                    -              -
                                                       Amortización                             -                       -              -                  -
                                                       Cuentas Especiales                       -                       -              -                  -
Totales                                                                                         -                       -              -                  -



Lic. Laura Segura Muñoz
Realizado por: Encargada Presupuesto                                                                                 FIRMA



Lic. Ronny Montero Orozco
Revisado por: Administrador Tributario y Financiero                                                                  FIRMA




                                                                                   25
                                                    FORMULARIO Nro. 3
                                         CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO
                                       LIQUIDACION DE COMPROMISOS 2021 (30-06-2023)
                                                      RESUMEN GENERAL
                            COMPROMISOS AL      COMPROMISOS PAGADOS        COMPROMISOS        COMPROMISOS
        PARTIDA
                              31/12/2021            AL 30/06/2022            ANULADOS          PENDIENTES
Remuneraciones                              -                        -                -                    -
Servicios                        185,729,061.80           174,417,286.80              -          11,311,775.00
Materiales y Suministros          11,369,433.30             5,832,279.89              -           5,537,153.41
Intereses y Comisiones                      -                        -                -                    -
Activos Financieros                         -                        -                -                    -
Bienes Duraderos               1,541,127,471.84         1,405,498,618.22              -         135,628,853.62
Transferencias Corrientes         55,000,000.00            55,000,000.00              -                    -
Transferencias de Capital                   -                        -                -                    -
Amortización                                -                        -                -                    -
Cuentas Especiales                          -                                         -                    -
                               1,793,225,966.94         1,640,748,184.91              -         152,477,782.03
                                           0.00                      -                                     -


Lic. Laura Segura Muñoz
Realizado por: Encargada Presupuesto                                                      FIRMA



Lic. Ronny Montero Orozco
Revisado por: Administrador Tributario y Financiero                                       FIRMA




                                                                26
                                                   N.° 1
                                 CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO CÓBANO
                      LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2022 COMPROMISOS AL 30 JUNIO 2023
                                                En colones

Nota: En esta hoja debe digitar únicamente las celdas marcadas en gris
                                            RESULTADO DEL PERIODO
                                                                                                            MONTO DEL
                                                                                     PRESUPUESTO                                                               Ejemplo de consulta pública Presupuesto: Datos para análisis- Superávi
                                                                                                             PERIODO

                                                                                                                                    Este monto debe coincidir con la sumatoria de los ingresos reportados en el SIPP en
INGRESOS DEL PERIODO (Percibidos o Recaudados)                                        ₡4,894,702,876.15 ₡3,476,279,367.91
                                                                                                                                    los informes de ejecución: (Ingresos recaudados o recibidos en el periodo + el
M enos:                                                                                                                             superavit realmente ejecutado en el período, apartir de lo presupuestado en el 2022)
                                                                                                                                    ======
GASTOS EJECUTADOS DEL PERIODO                                                         ₡4,894,702,876.15 ₡1,541,091,680.94
Gastos ejecutados                                                                                       ₡1,347,150,241.07
Compromisos presupuestarios al 31 de diciembre 2022                                                      ₡193,941,439.87

RESULTADO DEL PERIODO                                                                                     ₡1,935,187,686.97

M enos: Saldos con destino específico del periodo                                                          ₡924,308,794.12

SUPERÁVIT LIBRE/DÉFICIT DEL PERIODO                                                                       ₡1,010,878,892.85




DETALLE SUPERÁVIT ESPECÍFICO:

                                                                                                                                      Monto superávit
                                                                                                                                  específico de periodos
                                                                                                                                       anteriores no
                                                                                                                                                                Resultado Específico
                                             Fundamento legal o especial         Artículo que otorga la                             incorporados en el
                Concepto                                                                                   Monto Periodo                                        acumulado al cierre
                                                   que lo justifica                   especificidad                                periodo 2022 más el
                                                                                                                                                                        2022
                                                                                                                                   presupuestado en el
                                                                                                                                     periodo, pero no
                                                                                                                                        ejecutado
Junta Administrativ a del Registro
                                             Ley N° 7509 y 7729                                             ₡20,770,413.33                             ₡0.00              ₡20,770,413.33
Nacional, 3% del I BI , Leyes 7509 y 7729
Juntas de educación, 10% impuesto
                                             Ley N° 7509 y 7729                                             ₡37,639,499.76                             ₡0.00              ₡37,639,499.76
territorial y 10% I BI , Leyes 7509 y 7729
Organismo de Normalización Técnica, 1%
                                             Ley N° 7729                                                     ₡6,923,471.11                             ₡0.00               ₡6,923,471.11
del I BI , Ley Nº 7729
40% Obras mejoramiento zonas turísticas:     Ley N° 6043                                                    ₡69,158,217.34                 ₡117,910,895.87              ₡187,069,113.21
40% obras mejoramiento del Cantón:           Ley N° 6043                                                    ₡30,011,517.82                  ₡52,550,455.17               ₡82,561,972.99
20% fondo pago mejoras zona turística:       Ley N° 6043                                                    ₡72,891,455.20                 ₡221,520,988.28              ₡294,412,443.48

Gastos de sanidad, artículo 47 Ley 5412-73 Ley N° 5412-73                                                  ₡170,133,802.03                             ₡0.00            ₡170,133,802.03

Fondo programas deportiv os 50%
                                             Ley N° 7097                                                     ₡1,013,575.00                   ₡1,805,730.24                 ₡2,819,305.24
espectáculos públicos
Fondo programas culturales 50%
                                             Ley N° 7097                                                     ₡1,013,575.00                     ₡100,000.00                 ₡1,113,575.00
espectáculos públicos
Comité Cantonal de Deportes                  Código M unicipal, art. 170                                    ₡70,233,635.82                 ₡188,684,591.30              ₡258,918,227.12
Aporte al Consejo Nacional de Personas
con Discapacidad (CONAPDI S) Ley             Ley N° 9303                                                     ₡6,433,144.02                             ₡0.00               ₡6,433,144.02
N°9303
U nión de Gobiernos Locales                  Estatutos U NGL                                                 ₡3,216,572.01                             ₡0.00               ₡3,216,572.01
Federacion de concejos municipales de
distrito de costa rica                       Estatutos FECOM U DI                                            ₡3,366,572.01                             ₡0.00               ₡3,366,572.01

Ley Nº7788 10% aporte CONAGEBI O             Ley Nº 7788                                                          ₡481,656.60                          ₡0.00                 ₡481,656.60
Ley Nº7788 70% aporte Fondo Parques
                                             Ley Nº 7788                                                     ₡3,034,436.58                             ₡0.00               ₡3,034,436.58
Nacionales
Ley Nº7788 30% Estrategias de protección
                                             Ley Nº 7788                                                     ₡1,317,550.75                     ₡765,959.14                 ₡2,083,509.89
medio ambiente
Fondo Ley Simplificación y Eficiencia
                                             Ley Nº 8114                                                    ₡77,641,583.74                   ₡1,882,947.05                ₡79,524,530.79
Tributarias Ley Nº 8114
I mpuesto por mov ilización de carga
                                             Ley Nº 8461                                                    ₡10,344,836.60                  ₡15,140,081.79                ₡25,484,918.39
portuaria Ley Nº 8461
Fondo recolección de basura                  Formato liquidación                                            ₡67,202,779.59                  ₡22,601,580.64                ₡89,804,360.23
Fondo depósito y tratamiento de
                                             Formato liquidación                                            ₡35,642,439.10                     ₡275,310.00                ₡35,917,749.10
desechos sólidos

                                             *CU ADRO: partidas especificas
Saldo de partidas específicas                                                                                             ₡0.00              ₡8,651,431.57                 ₡8,651,431.57
                                             del modelo anterior

Diferencia con tesorería                     Formato liquidación                                           ₡133,300,790.14                  ₡51,240,202.20              ₡184,540,992.34
Notas de credito sin registrar de años
                                                                                                                          ₡0.00                        ₡0.00                         ₡0.00
anteriores
Contratación M aquinaria Rampa
                                                                                                                          ₡0.00              ₡2,332,000.00                 ₡2,332,000.00
Basurero M unicipal
Comité Distrital de Deportes (Sesión Ord.    Sesión Ord. Nº 294-2019, art VI ,
                                                                                                                          ₡0.00             ₡47,720,622.69                ₡47,720,622.69
Nº 294-2019, art VI , acuerdo Nº2)           acuerdo Nº2
Reforma de la Ley 8488, Ley Nacional de
Emergencias y Prev ención del Riesgo         Ley N° 8488                                                    ₡31,264,295.66                   ₡6,917,147.55                ₡38,181,443.21
(Exp.21.217)
Fondo de Ley Licores, 25% del licencias
de licores, Ley Nº 9047 (Control e           Ley Nº 9047                                                    ₡20,858,013.68                  ₡30,869,091.72                ₡51,727,105.40
inspección)
M ov ilidad peatonal (5% periodo 2022)       Ley Nº 9976                                                    ₡50,414,961.23                             ₡0.00              ₡50,414,961.23
TOTAL                                                                                                      ₡924,308,794.12                 ₡770,969,035.21            ₡1,695,277,829.33
SUPERÁVIT LIBRE:


                                                 Monto superávit libre de
                                                  periodos anteriores no           Resultado libre
             Monto Periodo                    incorporados en el periodo         acumulado al cierre
                                             2022 más el presupuestado en               2022
                                             el periodo, pero no ejecutado
                         ₡1,010,878,892.85                     ₡428,565,234.10        ₡1,439,444,126.95




Fav io López Chacón
Nombre del Alcalde Municipal                                                                                      Firma




Laura Segura M uñoz
Nombre funcionario responsable                                                                            Firma
proceso de liquidación presupuestaria

                                                                                      03/07/2023
                                                                                        Fecha



*Criterios compromisos presupuestarios: n.° 12666 (DFOE-SM-1646) del 20 de diciembre de 2010 ;            n.° 09210 (DFOE-DL-0720) del 01 de julio, 2015; n.° 04612 ( DFOE-
DL-0487) del 27 de marzo 2020.



TOTAL SUPERÁVIT ESPECÍFICO:                                 ₡1,695,277,829.33
TOTAL SUPERÁVIT LIBRE:                                      ₡1,439,444,126.95
RESULTADO ACUMULADO:                                        ₡3,134,721,956.28




                                                                                            27
Impuesto por mov ilización de carga
                                             Ley Nº 8461                                               ₡10,344,836.60         ₡15,140,081.79        ₡25,484,918.39
portuaria Ley Nº 8461
Fondo recolección de basura                  Formato liquidación                                       ₡67,202,779.59         ₡22,601,580.64        ₡89,804,360.23
Fondo depósito y tratamiento de
                                             Formato liquidación                                       ₡35,642,439.10           ₡275,310.00         ₡35,917,749.10
desechos sólidos

                                             *CUADRO: partidas especificas
Saldo de partidas específicas                                                                                        ₡0.00     ₡8,651,431.57         ₡8,651,431.57
                                             del modelo anterior

Diferencia con tesorería                     Formato liquidación                                      ₡133,300,790.14         ₡51,240,202.20       ₡184,540,992.34
Notas de credito sin registrar de años
                                                                                                                     ₡0.00            ₡0.00                  ₡0.00
anteriores
Contratación Maquinaria Rampa
                                                                                                                     ₡0.00     ₡2,332,000.00         ₡2,332,000.00
Basurero Municipal
Comité Distrital de Deportes (Sesión Ord.    Sesión Ord. Nº 294-2019, art VI,
                                                                                                                     ₡0.00    ₡47,720,622.69        ₡47,720,622.69
Nº 294-2019, art VI, acuerdo Nº2)            acuerdo Nº2
Reforma de la Ley 8488, Ley Nacional de
Emergencias y Prev ención del Riesgo         Ley N° 8488                                                             ₡0.00     ₡6,917,147.55         ₡6,917,147.55
(Exp.21.217)
Fondo de Ley Licores, 25% del licencias
de licores, Ley Nº 9047 (Control e           Ley Nº 9047                                               ₡20,858,013.68         ₡30,869,091.72        ₡51,727,105.40
inspección)
Mov ilidad peatonal (5% periodo 2022)        Ley Nº 9976                                               ₡50,414,961.23                 ₡0.00         ₡50,414,961.23
TOTAL                                                                                                 ₡893,044,498.46        ₡770,969,035.21     ₡1,664,013,533.67
SUPERÁVIT LIBRE:


                                                 Monto superávit libre de
                                                  periodos anteriores no   Resultado libre
             Monto Periodo                    incorporados en el periodo acumulado al cierre
                                             2022 más el presupuestado en       2022
                                             el periodo, pero no ejecutado

                         ₡1,042,143,188.51                   ₡428,565,234.10     ₡1,470,708,422.61




Fav io López Chacón
Nombre del Alcalde Municipal                                                                                 Firma




Laura Segura Muñoz
Nombre funcionario responsable                                                                       Firma
proceso de liquidación presupuestaria

                                                                                 03/07/2023
                                                                                   Fecha



*Criterios compromisos presupuestarios: n.° 12666 (DFOE-SM-1646) del 20 de diciembre de 2010 ; n.° 09210 (DFOE-DL-0720) del 01 de julio, 2015; n.° 04612 ( DFOE-
DL-0487) del 27 de marzo 2020.



TOTAL SUPERÁVIT ESPECÍFICO:                                 ₡1,664,013,533.67
TOTAL SUPERÁVIT LIBRE:                                      ₡1,470,708,422.61
RESULTADO ACUMULADO:                                        ₡3,134,721,956.28




                                                                                28
                                                                                                                                 ANEXO N.° 3
                                                                                                                   CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO CÓBANO
                                                                                                                 DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS


     Notas:

     1. En esta primera hoja debe incluirse la totalidad de recursos percibidos por la institución (incluidos también los ingresos por transferencias de Presupuesto Nacional) y cuyos montos coincidan con la liquidación (Columna E). Los ingresos se deben incorporar a máximo nivel de desglose de
     acuerdo con el Clasificador de Ingresos del Sector Público.
     2. Incorporar en la columna "Aplicación" la información de los recursos por partida por objeto de gasto asi como por clasificación económica, los cuales sus montos (Columna H) también deben coincidir con los datos registrados en la liquidación.

     3. Recordar que la aplicación de los recursos se debe incorporar para cada uno de los ingresos que se indiquen en el cuadro. (Ver ejemplo)




                                                                     Origen                                                                                                                                      Aplicación de los gastos ejecutados

                                                                                                                          Ingreso recaudado                                                                                    APLICACIÓN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
                                                                                                                              o recibido
                                                                                                                                                                                                                                                                                             Diferencia
                                                                                                        Presupuesto          -En caso de
        CODIGO SEGÚN                                                     En caso de transferencias                                                                          APLICACIÓN                                                                                                         (Ingreso
                                                                                                         definitivo           incorporar
       CLASIFICADOR DE                       INGRESO                        indique la institución                                                 PROGRAMA               OBJETO DEL GASTO       Monto Ejecutado                                                                           Recaudados o         Observaciones
                                                                                                     incorporado por la    superávit lbre y/o
          INGRESOS                                                              concedente                                                                                  (Por Partida)                                                                                   Transacciones recibidos-Gasto
                                                                                                          entidad              específico                                                                                    Gasto Corriente           Gasto Capital          Financieras    Ejecutado)
                                                                                                                          incorporar el monto
                                                                                                                              ejecutado -


                             Impuesto sobre la propiedad de
     4.1.1.2.1.01                                                                                       630,000,000.00      1,008,299,224.58                                                            551,465,561.79                                                                         456,833,662.79
                             bienes inmuebles Ley No. 7729
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     I-01 Administracion
                                                                                                                                                                           Remuneraciones               181,267,346.61                181,267,346.61
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                            general
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     I-01 Administracion
                                                                                                                                                                               Servicios                  2,577,875.33                  2,577,875.33
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                            general
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     I-01 Administracion          Materiales y
                                                                                                                                                                                                             27,488.39                     27,488.39
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                            general                suministros
                             Impuesto sobre la propiedad de
                                                                                                                                                I-02 Auditoría Interna         Servicios                  2,000,000.00                  2,000,000.00
                             bienes inmuebles Ley No. 7729
                                                                                                                                                  I-03 Administación
                             Impuesto sobre la propiedad de
                                                                                                                                                       de inversiones      Bienes duraderos               7,776,500.00                                       7,776,500.00
                             bienes inmuebles Ley No. 7729
                                                                                                                                                            propias
                                                                                                                                                   I-04 Registro de la
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                                                  Transferencias
                                                                                                                                                    deuda, fondos y                                      75,828,507.25                 75,828,507.25
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                                     corrientes
                                                                                                                                                        transferencias




29
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                           II-03 Caminos y
                                                                                                                                                                           Remuneraciones                 8,908,080.90                  8,908,080.90
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                    calles
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                           II-03 Caminos y
                                                                                                                                                                               Servicios                     42,399.00                     42,399.00
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                    calles
                                                                                                                                                     II-09 Educativos,
                             Impuesto sobre la propiedad de
                                                                                                                                                          culturales y     Remuneraciones                16,975,317.70                 16,975,317.70
                             bienes inmuebles Ley No. 7729
                                                                                                                                                          deportivos
                                                                                                                                                     II-09 Educativos,
                             Impuesto sobre la propiedad de
                                                                                                                                                          culturales y         Servicios                  3,969,241.73                  3,969,241.73
                             bienes inmuebles Ley No. 7729
                                                                                                                                                          deportivos
                                                                                                                                                     II-09 Educativos,
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                                                  Materiales y
                                                                                                                                                          culturales y                                      275,106.68                    275,106.68
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                                   suministros
                                                                                                                                                          deportivos
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     II-17 Mantenimiento
                                                                                                                                                                           Remuneraciones                17,415,308.00                 17,415,308.00
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                de edificios
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     II-17 Mantenimiento
                                                                                                                                                                               Servicios                 12,658,003.53                 12,658,003.53
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                de edificios
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                     II-17 Mantenimiento          Materiales y
                                                                                                                                                                                                          1,025,244.99                  1,025,244.99
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                                de edificios       suministros
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      II-25 Protección del
                                                                                                                                                                           Remuneraciones                34,979,709.37                 34,979,709.37
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                          medio ambiente
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      II-25 Protección del
                                                                                                                                                                               Servicios                  2,532,537.00                  2,532,537.00
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                          medio ambiente
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      II-25 Protección del        Materiales y
                                                                                                                                                                                                          3,031,792.83                  3,031,792.83
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                          medio ambiente           suministros
                                                                                                                                                            III-02-02
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      Mantenimiento de
                                                                                                                                                                           Remuneraciones                45,595,979.70
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                              la red vial del
                                                                                                                                                distrito de Cóbano                                                                                         45,595,979.70
                                                                                                                                                            III-02-02
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      Mantenimiento de
                                                                                                                                                                               Servicios                 26,555,238.35
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                              la red vial del
                                                                                                                                                distrito de Cóbano                                                                                         26,555,238.35
                                                                                                                                                            III-02-02
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      Mantenimiento de            Materiales y
                                                                                                                                                                                                            804,988.44
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                              la red vial del      suministros
                                                                                                                                                distrito de Cóbano                                                                                            804,988.44
                                                                                                                                                            III-02-02
                             Impuesto sobre la propiedad de                                                                                      Mantenimiento de
                                                                                                                                                                               Intereses                 23,257,632.05
                             bienes inmuebles Ley No. 7729                                                                                              la red vial del
                                                                                                                                                distrito de Cóbano                                                                                         23,257,632.05
                                                                                                            III-02-02
                         Impuesto sobre la propiedad de                                             Mantenimiento de
                                                                                                                             Bienes duraderos    18,935,954.08                   18,935,954.08
                         bienes inmuebles Ley No. 7729                                                 la red vial del
                                                                                                    distrito de Cóbano
                                                                                                            III-02-02
                         Impuesto sobre la propiedad de                                             Mantenimiento de
                                                                                                                              Amortización       65,025,309.85
                         bienes inmuebles Ley No. 7729                                                 la red vial del
                                                                                                    distrito de Cóbano                                                                           65,025,309.85
                         Impuestos específicos sobre la
     4.1.1.3.2.01.05                                               95,000,000.00   259,433,227.00                                                84,646,894.52                                                   174,786,332.48
                         construcción
                         Impuestos específicos sobre la                                             I-01 Administracion
                                                                                                                             Remuneraciones      44,238,916.86   44,238,916.86
                         construcción                                                                     general
                         Impuestos específicos sobre la
                                                                                                    I-02 Auditoría Interna   Remuneraciones      38,891,261.70   38,891,261.70
                         construcción
                         Impuestos específicos sobre la
                                                                                                    I-02 Auditoría Interna       Servicios          231,350.96     231,350.96
                         construcción
                         Impuestos específicos sobre la                                                                        Materiales y
                                                                                                    I-02 Auditoría Interna                          160,990.00     160,990.00
                         construcción                                                                                          suministros
                                                                                                     I-04 Registro de la
                         Impuestos específicos sobre la                                                                       Transferencias
                                                                                                      deuda, fondos y                               139,375.00     139,375.00
                         construcción                                                                                           corrientes
                                                                                                         transferencias
                          Impuestos específicos sobre la                                              II-28 Atención de
                                                                                                                                 Servicios          985,000.00     985,000.00
                         construcción                                                                    emergencias
                          Otros impuestos específicos a los
     4.1.1.3.2.02.03.9                                                       -       2,027,150.00                                                         -                                                        2,027,150.00
                         servicios de diversión y esparcimiento
     4.1.1.3.3.01.01      Impuesto Sobre Rotulos Publicos          10,000,000.00    10,472,052.54                                                 9,440,530.69                                                     1,031,521.85
                                                                                                    I-01 Administracion
                         Impuesto Sobre Rotulos Publicos                                                                     Remuneraciones       9,440,530.69    9,440,530.69
                                                                                                          general
     4.1.1.3.3.01.02     Patentes Municipales                     290,000,000.00   498,946,056.33                                               149,106,306.85                                                   349,839,749.48
                                                                                                    I-01 Administracion
                         Patentes Municipales                                                                                Remuneraciones      18,663,602.07   18,663,602.07
                                                                                                             general
                                                                                                    I-01 Administracion
                         Patentes Municipales                                                                                    Servicios       45,295,097.70   45,295,097.70
                                                                                                             general
                                                                                                    I-01 Administracion        Materiales y
                         Patentes Municipales                                                                                                     6,373,301.19    6,373,301.19
                                                                                                             general           suministros
                                                                                                     I-04 Registro de la
                                                                                                                              Transferencias
                         Patentes Municipales                                                         deuda, fondos y                             5,414,907.08    5,414,907.08
                                                                                                                                corrientes
                                                                                                         transferencias
                                                                                                        II-26 Desarrollo
                         Patentes Municipales                                                                                Remuneraciones      70,625,488.92   70,625,488.92
                                                                                                             urbano
                                                                                                        II-26 Desarrollo
                         Patentes Municipales                                                                                    Servicios        1,880,969.00    1,880,969.00
                                                                                                             urbano




30
                                                                                                        II-26 Desarrollo       Materiales y
                         Patentes Municipales                                                                                                       852,940.88     852,940.88
                                                                                                             urbano            suministros
                         Otras licencias profesionales,
     4.1.1.3.3.01.09                                               56,000,000.00    83,432,054.70                                                34,210,779.29                                                    49,221,275.41
                         comerciales y otros permisos
                         Otras licencias profesionales,                                             I-01 Administracion
                                                                                                                             Remuneraciones      27,340,951.28   27,340,951.28
                         comerciales y otros permisos                                                     general
                         Otras licencias profesionales,                                             I-01 Administracion
                                                                                                                                 Servicios        2,263,328.01    2,263,328.01
                         comerciales y otros permisos                                                     general
                         Otras licencias profesionales,
                                                                                                    I-02 Auditoría Interna       Servicios        4,606,500.00    4,606,500.00
                         comerciales y otros permisos
                         Impuesto por movilización de carga
     4.1.1.4.3.01                                                   3,849,782.33    10,344,836.60                                                         -                                                       10,344,836.60
                         portuaria
     4.1.1.9.1.01        Timbres Municipales                       50,000,000.00   236,963,818.76                                                26,213,969.41                                                   210,749,849.35
                                                                                                    I-01 Administracion
                         Timbres Municipales                                                                                 Remuneraciones      18,881,061.39   18,881,061.39
                                                                                                           general
                                                                                                            III-02-02
                                                                                                    Mantenimiento de
                         Timbres Municipales                                                                                 Bienes duraderos     7,332,908.02                    7,332,908.02
                                                                                                       la red vial del
                                                                                                    distrito de Cóbano
     4.1.1.9.1.02        Timbres Pro-Parques Nacionales             6,000,000.00    10,816,566.00                                                 5,982,922.07                                                     4,833,643.93
                                                                                                     I-04 Registro de la
                                                                                                                              Transferencias
                         Timbres Pro-Parques Nacionales                                                deuda, fondos y                            4,380,000.00    4,380,000.00
                                                                                                                                corrientes
                                                                                                        transferencias
                                                                                                    II-25 Protección del
                         Timbres Pro-Parques Nacionales                                                                      Remuneraciones         899,307.13     899,307.13
                                                                                                      medio ambiente
                                                                                                    II-25 Protección del       Materiales y
                         Timbres Pro-Parques Nacionales                                                                                             703,614.94     703,614.94
                                                                                                      medio ambiente           suministros
     4.1.1.9.9           Ingresos tributarios Diversos                       -      94,628,284.27                                                          -                                                      94,628,284.27
     4.1.3.1.2.05.04.1   Servicio de Recolección de Basura        195,537,171.68   238,775,241.90                                               171,572,462.31                                                    67,202,779.59
                                                                                                        II-02 Servicio
                         Servicio de Recolección de Basura                                            recoleccion de         Remuneraciones      27,285,144.10   27,285,144.10
                                                                                                            basura
                                                                                                        II-02 Servicio
                         Servicio de Recolección de Basura                                            recoleccion de             Servicios       91,284,330.19   91,284,330.19
                                                                                                            basura
                                                                                                        II-02 Servicio
                                                                                                                               Materiales y
                         Servicio de Recolección de Basura                                            recoleccion de                             52,272,063.02   52,272,063.02
                                                                                                                               suministros
                                                                                                            basura
                                                                                                        II-02 Servicio
                                                                                                                              Transferencias
                         Servicio de Recolección de Basura                                            recoleccion de                                730,925.00     730,925.00
                                                                                                                                corrientes
                                                                                                            basura
                           Servicio de Depósito y Tratamiento de
     4.1.3.1.2.05.04.3                                                 46,462,828.32    72,341,095.60                                               36,698,656.50                                    35,642,439.10
                          Basura
                                                                                                          II-16 Depósito y
                           Servicio de Depósito y Tratamiento de
                                                                                                          tratamiento de            Servicios       36,698,656.50   36,698,656.50
                          Basura
                                                                                                               bsaura
     4.1.3.1.2.09.09      Venta de otros servicios                      6,000,000.00    12,614,141.08                                                6,000,000.00                                     6,614,141.08
                                                                                                         I-04 Registro de la
                                                                                                                                 Transferencias
                          Venta de otros servicios                                                        deuda, fondos y                            6,000,000.00    6,000,000.00
                                                                                                                                   corrientes
                                                                                                            transferencias
                          Alquiler de terrenos milla marítima (Ley
     4.1.3.2.2.02.01                                                  298,391,251.48   364,457,276.00                                              192,396,085.64                                   172,061,190.36
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)
                                                                                                          II-15 Mejoramiento
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley
                                                                                                        en la zona maritima     Remuneraciones      72,686,372.70   72,686,372.70
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)
                                                                                                         terrestre (40% Adm)
                                                                                                          II-15 Mejoramiento
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley
                                                                                                        en la zona maritima         Servicios          994,828.00     994,828.00
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)
                                                                                                         terrestre (40% Adm)
                                                                                                          II-15 Mejoramiento
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley                                                               Materiales y
                                                                                                        en la zona maritima                          1,873,968.36    1,873,968.36
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)                                                                         suministros
                                                                                                         terrestre (40% Adm)
                                                                                                          II-15 Mejoramiento
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley
                                                                                                        en la zona maritima     Bienes duraderos       699,000.00                     699,000.00
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)
                                                                                                         terrestre (40% Adm)
                                                                                                          II-15 Mejoramiento
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley                                                              Transferencias
                                                                                                        en la zona maritima                            370,524.00     370,524.00
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)                                                                          corrientes
                                                                                                         terrestre (40% Adm)
                                                                                                                  III-02-02
                                                                                                         Mantenimiento de
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley                                                               Materiales y
                                                                                                              la red vial del                       36,389,538.18
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)                                                                         suministros
                                                                                                         distrito de Cóbano
                                                                                                              (40% Cantón)                                                          36,389,538.18
                                                                                                                  III-02-02
                                                                                                         Mantenimiento de
                           Alquiler de terrenos milla marítima (Ley
                                                                                                              la red vial del   Bienes duraderos    79,381,854.40                   79,381,854.40
                          4071)Concesiones ZMT (Ley 6043)
                                                                                                         distrito de Cóbano
                                                                                                              (40% Cantón)
                          Otros ingresos de la renta de la
     4.1.3.2.2.09                                                                -          60,826.00                                                        -                                           60,826.00
                          propiedad
                          Intereses sobre cuentas corrientes y
     4.1.3.2.3.03.01                                                   10,000,000.00    66,655,725.18                                                8,934,061.30                                    57,721,663.88
                          otros depositos en Bancos
                          Intereses sobre cuentas corrientes y                                          I-01 Administracion
                                                                                                                                Remuneraciones       7,620,592.07    7,620,592.07
                          otros depositos en Bancos                                                            general




31
                                                                                                         I-04 Registro de la
                          Intereses sobre cuentas corrientes y                                                                   Transferencias
                                                                                                          deuda, fondos y                            1,313,469.23    1,313,469.23
                          otros depositos en Bancos                                                                                corrientes
                                                                                                            transferencias
     4.1.3.3.1.04         Sanciones administrativas y judiciales        7,000,000.00             -                                                           -                                                -
                          Multas por infracción a la Ley de
     4.1.3.3.1.09.09.01                                                10,000,000.00    30,512,747.00                                                        -                                       30,512,747.00
                          construcciones
                          Multas por atraso presentación
     4.1.3.3.1.09.09.02                                                7,000,000.00     10,062,053.70                                                6,951,945.32                                     3,110,108.38
                          declaraciones Patentes
                          Multas por atraso presentación                                                I-01 Administracion
                                                                                                                                Remuneraciones         761,732.82     761,732.82
                          declaraciones Patentes                                                                general
                                                                                                         I-04 Registro de la
                          Multas por atraso presentación                                                                         Transferencias
                                                                                                          deuda, fondos y                            4,473,125.00    4,473,125.00
                          declaraciones Patentes                                                                                   corrientes
                                                                                                            transferencias
                                                                                                                III-02-02
                          Multas por atraso presentación                                                Mantenimiento de
                                                                                                                                Bienes duraderos     1,717,087.50                    1,717,087.50
                          declaraciones Patentes                                                            la red vial del
                                                                                                        distrito de Cóbano
                          Multa por morosidad Patentes Licores
     4.1.3.3.1.09.09.04                                                  200,000.00       474,952.99                                                  199,661.34                                       275,291.65
                          ART.10
                                                                                                                III-02-02
                          Multa por morosidad Patentes Licores                                          Mantenimiento de
                                                                                                                                Bienes duraderos       199,661.34                     199,661.34
                          ART.10                                                                           la red vial del
                                                                                                        distrito de Cóbano
                          Intereses moratorios por atraso en
     4.1.3.4.1                                                         10,000,000.00    25,912,119.16                                                9,983,066.89                                    15,929,052.27
                          pago de impuesto
                                                                                                                III-02-02
                          Intereses moratorios por atraso en                                            Mantenimiento de
                                                                                                                                Bienes duraderos     9,983,066.89                    9,983,066.89
                          pago de impuesto                                                                 la red vial del
                                                                                                        distrito de Cóbano
                          Intereses moratorios por atraso en
     4.1.3.4.2                                                          2,000,000.00     8,835,413.50                                                1,996,613.38                                     6,838,800.12
                          pago de bienes y servicios
                                                                                                                III-02-02
                          Intereses moratorios por atraso en                                            Mantenimiento de
                                                                                                                                Bienes duraderos     1,996,613.38                    1,996,613.38
                          pago de bienes y servicios                                                       la red vial del
                                                                                                        distrito de Cóbano
     4.1.3.4.9            Otros intereses moratorios                            -           9,561.92                                                         -                                            9,561.92
     4.1.3.9.1            Reintegros en efectivo                         120,000.00       163,022.12                                                  115,256.56                                         47,765.56
                                                                                                         I-04 Registro de la
                                                                                                                                 Transferencias
                          Reintegros en efectivo                                                          deuda, fondos y                              115,256.56     115,256.56
                                                                                                                                   corrientes
                                                                                                            transferencias
     4.1.3.9.9            Ingresos varios no especificados               150,000.00       310,000.00                                                  150,000.00                                       160,000.00
                                                                                                   I-04 Registro de la
                                                                                                                             Transferencias
                  Ingresos varios no especificados                                                  deuda, fondos y                                150,000.00     150,000.00
                                                                                                                               corrientes
                                                                                                      transferencias
                   Transferencias corrientes de
     4.1.4.1.3    Instituciones Descentralizadas no             2,131,855.14      1,895,950.83                                                   1,895,950.83                                              -
                  Empresariales (licores extranjeros)
                   Transferencias corrientes de                                                    I-04 Registro de la
                                                                                                                             Transferencias
                  Instituciones Descentralizadas no                                                 deuda, fondos y                              1,895,950.83    1,895,950.83
                                                                                                                               corrientes
                  Empresariales (licores extranjeros)                                                 transferencias
                   Transferencias de capital del gobierno
     4.2.4.1.1                                               289,849,893.00     320,772,540.00                                                 243,130,956.26                                     77,641,583.74
                  Central
                                                                                                     III-02-01 Unidad
                  Transferencias de capital del gobierno
                                                                                                   tecnica de gestión       Remuneraciones      28,433,068.70   28,433,068.70
                  Central
                                                                                                             vial
                                                                                                     III-02-01 Unidad
                  Transferencias de capital del gobierno
                                                                                                   tecnica de gestión           Servicios       13,519,182.35   13,519,182.35
                  Central
                                                                                                             vial
                                                                                                     III-02-01 Unidad
                  Transferencias de capital del gobierno                                                                      Materiales y
                                                                                                   tecnica de gestión                           40,392,286.46   40,392,286.46
                  Central                                                                                                     suministros
                                                                                                             vial
                                                                                                     III-02-01 Unidad
                  Transferencias de capital del gobierno
                                                                                                   tecnica de gestión       Bienes duraderos   160,786,418.75                   160,786,418.75
                  Central
                                                                                                             vial
                  Préstamos directos de instituciones
     4.3.1.1.6                                               365,500,000.00                -                                                             -                                                 -
                  públicas financieras
     4.3.3.1      SUPERÁVIT LIBRE                           1,075,712,274.36   1,208,288,406.58                                                779,723,172.48                                    428,565,234.10
                                                                                                             III-02-02
                                                                                                    Mantenimiento de
                  SUPERÁVIT LIBRE                                                                                               Servicios      130,000,000.00
                                                                                                         la red vial del
                                                                                                    distrito de Cóbano                                                          130,000,000.00
                                                                                                             III-02-02
                                                                                                    Mantenimiento de
                  SUPERÁVIT LIBRE                                                                                           Bienes duraderos   356,297,879.60                   356,297,879.60
                                                                                                         la red vial del
                                                                                                    distrito de Cóbano
                                                                                                             III-02-02
                                                                                                    Mantenimiento de
                  SUPERÁVIT LIBRE (76%)                                                                  la red vial del    Bienes duraderos   224,783,020.47                   224,783,020.47
                                                                                                    distrito de Cóbano
                                                                                                               (76%)
                                                                                                             III-02-05
                                                                                                   CONSTRUCCIÓN DE




32
                                                                                                      ALCANTARILLA DE
                  SUPERÁVIT LIBRE                                                                 CUADRO EN LA RUTA         Bienes duraderos    57,232,164.40                    57,232,164.40
                                                                                                           C6-01-003
                                                                                                      CARRETERA A RÍO
                                                                                                  FRÍO (superavit libre)
                                                                                                   III-06-02 COMPRA DE
                                                                                                  FIGURAS ILUMINARIAS
                  SUPERÁVIT LIBRE                                                                                               Servicios        8,110,108.00    8,110,108.00
                                                                                                  (superavit libre y 50%
                                                                                                             cultural)
                                                                                                    III-06-04 FESTIVAL DE
                  SUPERÁVIT LIBRE                                                                     LA LUZ (superavit         Servicios        3,300,000.00    3,300,000.00
                                                                                                               libre)

     4.3.3.2.1    40% Obras mejoramiento en el cantón        119,846,366.11     172,193,884.08                                                 119,643,428.91                                     52,550,455.17

                                                                                                          III-02-02
                                                                                                  Mantenimiento de
                  40% Obras mejoramiento en el cantón                                                la red vial del        Bienes duraderos   119,643,428.91                   119,643,428.91
                                                                                                  distrito de Cóbano
                                                                                                     (40% Cantón)
     4.3.3.2.15   Fondo Programas Culturales                    1,889,892.00      1,889,892.00                                                   1,789,892.00                                       100,000.00
                                                                                                   III-06-02 COMPRA DE
                                                                                                  FIGURAS ILUMINARIAS
                  Fondo Programas Culturales                                                                                    Servicios        1,789,892.00    1,789,892.00
                                                                                                  (superavit libre y 50%
                                                                                                           cultural)
     4.3.3.2.16    Saldo Partidas Específicas                            -        8,651,431.57                                                           -                                         8,651,431.57
                   Fondo Ley Simplificación y Eficiencia
     4.3.3.2.17                                                  498,678.32       1,882,947.05                                                           -                                         1,882,947.05
                  Tributaria Ley N° 8114
                   Aporte al Consejo Nacional de
     4.3.3.2.18   Personas con Discapacidad                     1,712,904.85      1,712,904.85                                                   1,712,904.85                                              -
                  (CONAPDIS) Ley N°9303
                   Aporte al Consejo Nacional de                                                   I-04 Registro de la
                                                                                                                             Transferencias
                  Personas con Discapacidad                                                         deuda, fondos y                              1,712,904.85    1,712,904.85
                                                                                                                               corrientes
                  (CONAPDIS) Ley N°9303                                                               transferencias
     4.3.3.2.19    Deposito y Tratamiento de Basura           17,974,207.76      18,249,517.76                                                  17,974,207.76                                       275,310.00
                                                                                                    II-16 Depósito y
                  Deposito y Tratamiento de Basura                                                  tratamiento de              Servicios       17,974,207.76   17,974,207.76
                                                                                                         bsaura
                   40% Obras mejoramiento zona
     4.3.3.2.2                                               175,475,337.52     267,910,895.87                                                 150,000,000.00                                    117,910,895.87
                  turística
                                                                                                      III-02-06
                                                                                              CONSTRUCCIÓN DE
                                                                                                INFRAESTRUCTURA
                                                                                                 VIAL EN LA ZONA
                   40% Obras mejoramiento zona
                                                                                              MARÍTIMA TERRESTRE     Bienes duraderos   150,000,000.00                   150,000,000.00
                  turística
                                                                                              (20% Fondo mejoras
                                                                                               zona turística+40%
                                                                                              Obras mejoramiento
                                                                                                 zonas turísticas)

                   Contratacion Maquinaria Rampa
     4.3.3.2.20                                                        -       2,332,000.00                                                       -                                         2,332,000.00
                  Basurero Municipal
                   Ley N° 7788 (70% Aporte Fondo Parques
     4.3.3.2.21                                               5,389,685.25     5,389,685.25                                               5,389,685.25                                              -
                  Nacionales)
                                                                                               I-04 Registro de la
                  Ley N° 7788 (70% Aporte Fondo Parques                                                               Transferencias
                                                                                                deuda, fondos y                           5,389,685.25    5,389,685.25
                  Nacionales)                                                                                           corrientes
                                                                                                  transferencias
                   Comité Cantonal de Deportes y
     4.3.3.2.22                                             188,684,591.30   188,684,591.30                                                       -                                       188,684,591.30
                  Recreación
                   Unión Nacional de Gobiernos Locales
     4.3.3.2.23                                                856,452.42       856,452.42                                                 856,452.42                                               -
                  (UNGL)
                                                                                               I-04 Registro de la
                   Unión Nacional de Gobiernos Locales                                                                Transferencias
                                                                                                deuda, fondos y                             856,452.42     856,452.42
                  (UNGL)                                                                                                corrientes
                                                                                                  transferencias
                  Junta Administrativa del Registro
     4.3.3.2.24                                               3,291,672.71     3,291,672.71                                               3,291,672.71                                              -
                  Nacional (3% IBI)
                                                                                               I-04 Registro de la
                  Junta Administrativa del Registro                                                                   Transferencias
                                                                                                deuda, fondos y                           3,291,672.71    3,291,672.71
                  Nacional (3% IBI)                                                                                     corrientes
                                                                                                  transferencias
     4.3.3.2.25   Ley N° 7788 (10% APORTE CONAGEBIO)           855,505.60       855,505.60                                                 855,505.60                                               -
                                                                                               I-04 Registro de la
                                                                                                                      Transferencias
                  Ley N° 7788 (10% APORTE CONAGEBIO)                                            deuda, fondos y                             855,505.60     855,505.60
                                                                                                                        corrientes
                                                                                                  transferencias
                  Federación de Concejos Municipales
     4.3.3.2.26                                                856,452.42       856,452.42                                                 856,452.42                                               -
                  de Distrito de Costa Rica (FECOMUDI)
                                                                                               I-04 Registro de la
                  Federación de Concejos Municipales                                                                  Transferencias
                                                                                                deuda, fondos y                             856,452.42     856,452.42
                  de Distrito de Costa Rica (FECOMUDI)                                                                  corrientes
                                                                                                  transferencias
     4.3.3.2.28   Gobierno Central (1% del IBI)               1,097,224.24     1,097,224.24                                               1,097,224.24                                              -
                                                                                               I-04 Registro de la
                                                                                                                      Transferencias
                  Gobierno Central (1% del IBI)                                                 deuda, fondos y                           1,097,224.24    1,097,224.24
                                                                                                                        corrientes
                                                                                                  transferencias




33
                  Ley N°7788 (30% Estrategias de
     4.3.3.2.29                                               2,309,865.11     2,309,865.11                                               1,543,905.97                                       765,959.14
                  Protección Medio Ambiente)
                   Ley N°7788 (30% Estrategias de                                             II-25 Protección del
                                                                                                                     Remuneraciones       1,423,905.97    1,423,905.97
                  Protección Medio Ambiente)                                                    medio ambiente
                   Ley N°7788 (30% Estrategias de                                             II-25 Protección del     Materiales y
                                                                                                                                            120,000.00     120,000.00
                  Protección Medio Ambiente)                                                    medio ambiente         suministros
     4.3.3.2.3     20% Pago mejoras zona turística          663,026,865.64   663,026,865.64                                             441,505,877.36                                    221,520,988.28
                                                                                                    III-02-04
                                                                                              CONSTRUCCION DE
                                                                                                  BULEVAR EN
                  20% Pago mejoras zona turística                                                                    Bienes duraderos   161,424,206.37                   161,424,206.37
                                                                                               MANZANILLO (20%
                                                                                              Fondo mejoras zona
                                                                                                   turística)

                                                                                                      III-02-06
                                                                                              CONSTRUCCIÓN DE
                                                                                                INFRAESTRUCTURA
                                                                                                 VIAL EN LA ZONA
                  20% Pago mejoras zona turística                                             MARÍTIMA TERRESTRE     Bienes duraderos   280,081,670.99                   280,081,670.99
                                                                                              (20% Fondo mejoras
                                                                                               zona turística+40%
                                                                                              Obras mejoramiento
                                                                                                 zonas turísticas)

     4.3.3.2.33   Fondo Recoleccion de Basura                35,560,671.83    35,560,671.83                                              12,959,091.19                                     22,601,580.64
                                                                                                  II-02 Servicio
                  Fondo Recoleccion de Basura                                                   recoleccion de           Servicios       12,959,091.19   12,959,091.19
                                                                                                      basura
     4.3.3.2.34   Fondo Gasto de Sanidad                     87,030,908.81    87,030,908.81                                              87,030,908.81                                              -
                                                                                                  II-02 Servicio
                  Fondo Gasto de Sanidad                                                        recoleccion de           Servicios       87,030,908.81   87,030,908.81
                                                                                                      basura
     4.3.3.2.35   Fondo Programas Deportivos                           -       1,805,730.24                                                       -                                         1,805,730.24
                                                                                                                                                                                                           dichas notas de
                  Notas de crédito sin registrar de años                                                                                                                                                    credito fueron
     4.3.3.2.48                                                        -     107,063,430.15                                                       -                                       107,063,430.15
                  anteriores                                                                                                                                                                                aplicadas en el
                                                                                                                                                                                                           presente periodo
     4.3.3.2.49    Diferencia con tesorería                            -      51,240,202.20                                                       -                                        51,240,202.20
                   Comité Distrital de Deportes
     4.3.3.2.51   (SesionOrd.Nº294-2019, art. VI, acuerdo    47,720,622.69    47,720,622.69                                                       -                                        47,720,622.69
                  Nº2)
                                                                                                                   Impuesto por movilización de carga
                                                                                                     4.3.3.2.52                                                          15,140,081.79     15,140,081.79                                                          -                                                         15,140,081.79
                                                                                                                  portuaria Ley N° 5582
                                                                                                                   Reforma de la Ley 8488, Ley Nacional
                                                                                                     4.3.3.2.54   de Emergencias y Prevención del                         6,917,147.55      6,917,147.55                                                          -                                                          6,917,147.55
                                                                                                                  Riesgo (Exp. 21.217)
                                                                                                                   Fondo Ley Licores, 25% licencias de
                                                                                                     4.3.3.2.55   licores, Ley N°9047 (Control e                         30,869,091.72     30,869,091.72                                                          -                                                         30,869,091.72
                                                                                                                  Inspección)
                                                                                                     4.3.3.2.8     Juntas de Educación (10% IBI)                         20,793,594.20     20,793,594.20                                                20,793,594.20                                                                -
                                                                                                                                                                                                           I-04 Registro de la




34
                                                                                                                                                                                                                                     Transferencias
                                                                                                                  Juntas de Educación (10% IBI)                                                             deuda, fondos y                              20,793,594.20     20,793,594.20
                                                                                                                                                                                                                                       corrientes
                                                                                                                                                                                                              transferencias
                                                                                                                                                          sumatorias   4,894,702,876.15 6,322,837,613.39                                              3,188,115,657.10   1,222,215,535.42 1,900,874,811.83 65,025,309.85 3,134,721,956.29 sumatorias




     acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
                                                                                                                                                          definitivo   4,894,702,876.15 3,476,279,367.91 ingreso periodo         gasto periodo        1,541,091,680.94
                                                                                                                                                          diferencia                - 2,846,558,245.48 ingreso anterior          gasto anterior       1,647,023,976.16
                                                                                                                                                                                                     - diferencia                diferencia                        -




     Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura (quien asume la curul ante la
     ausencia del Concejal propietario Minor Centeno). Se somete a votación la aplicación del
     ACUERDO UNANIME.”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales William


     artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
12.3. Remitir a la Municipalidad de Puntarenas para lo correspondiente”. ACUERDO
UNANIME Votan a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y
Kemily Segura (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor
Centeno). Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO


   d. FAVIO. El proyecto de Montezuma centro ya se concluyó, estamos asignando
      fondos con el extraordinario 2023 para construir una acera en playa manchas dentro
      de la zona que pertenece a la calle publica que está dentro del Plan Regulador, la
      cual tendría doble propósito como muro de protección entre las olas del mar y la
      calle recién construida porque hay unas partes donde hay oleaje grande que a veces
      el mar se mete a la calle entonces para proteger el asfalto y obviamente un tramo
      de acera que de accesibilidad a los peatones.

   e. Se concluyo también el sector de Cabuya, quedo pendiente para un próximo
      presupuesto la ampliación de las alcantarillas corrugadas que hay que hacerles un
      trabajo especial de loza para darles un ancho de dos vías y la construcción de los
      cabezales de concreto no se pudo hacer ahora porque se agotaron los recursos
      asignados, con eso damos por concluidos los trabajo en ese sector.

   f.  Estamos gestionando para las próximas semanas hacer reductores de velocidad,
       en Cabuya se pusieron algunos pero hacen falta más en Los Cedros, Montezuma y
       están pendientes en Mal País, Santa Teresa y Bello Horizonte. Pero en dos o tres
       semanas estaremos dándole solución a asunto de los reductores.
   ERIC. ¿Se ha pensado en demarcar esas rutas?
   FAVIO En el presupuesto extraordinario van fondos para demarcación para las rutas
   terminadas.

   g. La semana pasada el día viernes en la mañana recibimos al viceministro de
      seguridad, donde abordamos temas de seguridad se reafirmó la fecha para la nueva
      construcción de la delegación de Cóbano que está programada para mayo del
      2024, estamos dentro del paquete 4, es el último, anduvimos por todos pero lo
      difícil fue conseguir el terreno que al final se logró pero eso nos envió al paquete
      4, pero estamos y ojala las cosas no cambien de aquí a mayo del 2024. Se habló
      también de la delegación de Sant Teresa, la construcción esta para finales del 2024
      con fondos del ICT sería una inversión de cerca de 300 millones de colones y
      estamos haciendo una reunión el próximo mes para darle seguimiento a temas
      propios que debemos atender mientras llegan esas construcciones que es buscar
      recursos para esas delegaciones que cada día tienen menos policías, hay gestiones
      que si podemos hacer y estamos trabajando en eso. También hay un compromiso
      con el señor ministro para buscar la forma de en los próximos meses contar con
      tránsito en el distrito y hacerlo bajo un convenio de cooperación entre la cámara de
      turismo, la Intendencia y el Ministerio de Seguridad Publica que yo le hace ver que
      es una gran necesidad. Los índices de criminalidad de Cóbano están por debajo de
      los de Jaco somos los segundos en hurtos, estamos cerca de 71 casos este año y
      Jaco en 115 casos, eso es una evidente falta de seguridad en las zonas costeras y
      turísticas.


                                            35
   h. Estamos coordinando una reunión, por lo menos el Sr. Diputado Carlos Andrés para
      hacer una alianza con la embajada de China para la instalación de cámaras de
      seguridad con un software inteligente que las van a instalar en Puntarenas. Esas
      cámaras tienen un software que detectan rostros, quien es la persona, detecta
      infracciones, genera multas, etc, sería un modelo primero en el país lo instalarían
      en Puntarenas centro y están buscando la posibilidad de incluirnos dentro del
      proyecto.. Eso genera recursos. Hay una seria de requisitos que hay que cumplir


CONSULTAS AL INTENDENTE

WILLIAM. Se ha continuado con lo del camino Cobano-Montezuma, eso va de mal en peor
FAVIO. Tuve una conversación con el ingeniero a cargo de esa ruta don Eric Baltodano,
caso todas las semanas lo molesto con esto, le mando audios, mensajes, correos, la ultima
vez que hable con el fue el miércoles pasado y me dijo que los recursos de la licitación con
la que nos iban a atender ya se agotaron y están asignando los recursos a otra contratación
para que nos atiendan a nosotros, el primer tramo que van a intervenir es el que esta entre
la ruta 160 y Paquera centro y posteriormente se iniciaría Cóbano-Montezuma a la
compañía a cargo del contrato le están pidiendo dos cuadrillas para ver si nos atienden
simultáneamente esto en el mejor escenario y seria en el mes de julio. Esa situación de que
vienen pronto ya es repetitiva, si a las próximas dos semanas no hay respuesta vamos a
elevar la inquietud al ministro para ver algún tipo de presión
WILLIAM. Si hubiera una secuencia de oficios seria bueno. A principio del año pasado hubo
un deslizamiento y ahí esta
FAVIO. Siempre se han hecho gestiones al conavi pero por el caso cochinilla se quedaron
sin fondos durante dos años hasta este año les asignaron fondos para mantenimiento para
atender nuestra situación pero eso es igual en todo el país , pero ya no hay excusa, tienen
plata yo les daría clase a la ultima semana de julio antes de elevar el caso, yo tengo una
seguidilla o registro de correos donde se solicita la atención de las rutas 160 y 624 y
también están los chats privados con el Ing,. A cargo de la ruta qye están desde el 8 de
mayo del 2023 hacia acá, en los correos se les copia a los jefes de él.
WILLIAM. Puente del redondel creo que usted tenia que traer un informe para hoy del
avance de la obra
FAVIO. No me llego ninguna notificación, pero les puedo adelantar que el puente ya tiene
los muros de concreto chorreados, están poniendo la formaleta para hacer la loza y están
chorreando esta semana
WILLIAM. Usted me había dicho quince de junio. ¿No hay una fecha?
FAVIO. El ingeniero les había suspendido a ellos la obra, no se porque razón. Pero iniciaron
la semana pasado, una vez que la loza este chorreada deben esperar 15 días para
curamiento y esos días se hace el relleno de aproximación, pienso que si todo sale bien a
finales de julio ya tenemos el camino habilitado.
MANUEL. Y no se puede hacer un paso alterno
FAVIO. No hay espacio
MANUEL. Favio ese aeropuerto tiene permisos todas las construcciones
FAVIO. Tienen permiso de construcción lo que no tienen son las patentes las cuales
corresponderían para la operación comercial. La apertura comercial debe estar sustentada
con una patente que están en proceso de obtenerla
ROSIBETH pero no es cierto que cada empresa hace su traslado de patente
FAVIO. Cada quien lo maneja como quiera hace patente nueva o traslado
WILLIAM. Cada local debe tener su propia patente. Usted había dicho que cuando se
terminara lo del puente ese sector se iba a asfaltar

                                            36
FAVIO. Se está valorando ese asfaltando, pero hay algunas cosas que valorar antes de dar
una prepuesta, como que los vecinos colindantes con esta calle hagan los retiros de sus
cercas para tener el ancho de vía. La unidad técnica tiene la instrucción de colocar lastre
en toda la ruta para que este transitable para todo vehículo, mientras se hacen las gestiones
para el asfaltado
WILLIAM. Tienen que correr la cerca o pueden ir con la niveladora y botar la cerca
FAVIO. No los colindantes deben hacer el retiro de la cerca
WILLIAM. Yo había conversado con Momo y él estaba de acuerdo
FAVIO. Lo que el puede hacer es pedir el alineamiento vial a la ingeniería técnica y que
muestre la voluntad realizando la ampliación
WILLIAM. Con respecto al colegio seria bueno hablar con ellos
El camino de hacienda a Playa hermosa usted dijo que iba a hacer una intervención rápida
y luego la verdadera. Eso que hicieron es la rápida
FAVIO. Ya los huecos no existen, vamos a hacer una intervención importante en este
camino, ese camino tiene mas de 14 años sin colocarle lastre por eso con la lluvia se
destruye, nos toca a nosotros corregir eso. SE hizo una intervención rápida, ya se quitó el
problema que había, ahora viene una intervención mas integral que es limpieza de cunetas,
conformación de la calle y colocación de lastre a esos 4 kilómetros que hay entre la lora
amarilla y playa hermosa
MANUEL. ¿Y alcantarillado?
FAVIO. NO. Eso es otra cosa hay algunos puntos que requieren alcantarillado y cobertura
de cunetas en concreto, otros puntos requieren control de aguas con cabezales. Se va a
priorizar en algunos puntos ahora, el Concejo Municipal para esta intervención de
infraestructura en concreto no tiene plata, ya la plata se fue, esperamos el extraordinario
para seguir invirtiendo, pero estamos haciendo una gestión a nivel comunal para recibir una
inversión de donación para esas obras
WILLIAM. Aquí se aprobado un proyecto para unos espacios que querían ponerle
alcantarilla porque estaba cayendo el agua en una propiedad después del hotel Mist
contiguo hotel pranamar, ellos pidieron el permiso para hacer el trabajo, pero nunca lo
hicieron
FAVIO, Yo creo que lo estaban haciendo bien el ingeniero les dijo que debían hacerlo buen
o se les demolía, estamos en ese proceso de corregir, porque si bien es cierto es una
donación eso no quiere decir que tengamos que aceptar que lo hagan el media calle, no sé
si es el mismo caso, pero ellos no estaban siguiendo los lineamientos que el ingeniero les
dio, deben hacerlo bien. Pero además de esto estamos haciendo una gestión para poder
meterle recursos a la calle en temas de control de aguas que va a llevar una inversión
importante en alcantarillas, cunetas y cabezales y son fondos de gestión nuestra no son
fondos municipales. Pronto les traigo los detalles.
ERIC. Quería preguntarle qué ha pasado con los 600 metros de discordia que tenemos en
Santa Teresa centro
FAVIO. Lo explique el otro día y es exactamente lo mismo. Estamos a la espera de que el
MOPT-BID -GIZ hagan la ejecución de la contratación que les corresponde a ellos para la
intervención de este tramo. Nosotros habíamos comprometido 70 millones de colones y
reservamos la plata para la contrapartida, sin embargo, no podemos hacer la intervención
sino esta la de ellos lista para ejecutar, eso es simultaneo, esa plata se fue a superávit. Se
van a volver a presupuestar, para ver si en teoría este año el MOPT realmente haga la
gestión de licitación y la promesa de ellos es que se ejecute a inicios del 2024.
WILLIAM. Y lo que se había aprobado de una intención de donación de 200 metros de
asfaltado después del rio Miguelon, eso se hizo
FAVIO. Tengo entendido que el señor cambio de opinión la cosa es que n o se va a hacer


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ARTICULO lX.          CORRESPONDENCIA

a. Eilay Tal. Apoderado Especial Micho Sociedad Anónima. ASUNTO. Hace referencia
   a una Advertencia administrativa por Infracción a la zona marítimo terrestre que le hizo
   la coordinación de zona marítimo terrestre. Solicita la intervención de este Concejo a fin
   que se les provea de un procedimiento apegado a derecho, para hacer ejercicio de su
   derecho de defensa.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

b. Roxana Lobo Granados. Secretaria. ASUNTO. CIERRE Y APERTURA DE LIBRO
   DE ACTAS

CONSIDERANDO:
    © Que la secretaria ha solicitado autorización para gestionar ante la auditoria el cierre
        del libro de actas Noº52 el cual consta de 400 folios debidamente identificados y en
        perfecto estado y la apertura del libro Nº 53 con 400 folios por ambos lados de la
        hoja y debidamente identificados.
ACUERDO Nº13
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “13.1. Autorizar a la secretaria para
que gestione ante la auditoría Interna el cierre del libro de actas N.º 52, el cual consta de
400 folios y la apertura del libro de actas Nº 53 el cual consta de 400 folios por ambos lados
de la hoja, debidamente identificados y con el logo del Concejo”. ACUERDO UNANIME
Votan a favor los Concejales William Morales. Eric Salazar, Manuel Ovares y Kemily Segura
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Minor Centeno). Se somete
a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO


c. Elidieth Arguedas García y 30 vecinos más. ASUNTO. Denuncia oficial sobre la
     instalación de un tanque de fibra de vidrio enorme por parte de la ASADA de San Isidro
     a escasos de 1.5 metros de su casa de habitación la cual estaba antes que el
     contenedor que pone en peligro la vida de todos los que habitan en la casa y propiedad.
PRESIDENTE. Se da pase al Dpto. de Intendencia y al de Construcciones a fin de que nos
brinden un informe y nos indiquen las condiciones en que ese tanque fue colocado en ese
sitio.

d. Eleazar Duarte. Apoderado Generalísimo de 3-101-448924 S.A. ASUNTO. Solicita
   autorizar al Intendente para que comparezca ante notario público a firmar escritura de
   traspaso por cesión voluntaria de la finca partido de Puntarenas folio real 254261-000
   que mide 1418 metros cuadrados Plano P-0034252-2022 que es terreno de
   servidumbre.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL DEL CONCEJO Y A LA INGENIERIA
VIAL

e. Leonardo Oses Hernandez. ASUNTO, Respuesta a OFICIO CMC-S-180-20232 e
   indica que si bien es cierto la propiedad se ubica en la zona marítimo terrestre esta no
   puede ser afectada por el tema del patrimonio natural del estado ya que esta propiedad
   se encuentra con una concesión de cien años que no ha expirado y que existe desde
   antes de la creación de la Ley de la zona marítimo terrestre.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL. LIC. ROSIBETH OBANDO

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ARTICULO X.             INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA

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PRESIDENTE. Se da por finalizada la sesión al ser las dieciocho horas con cuarenta y
cinco minutos.


Sr. Eric Francis Salazar Rodriguez                               Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                                       SECRETARIA




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