Ordinaria 158 · 2023-05-09

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 158 del 2023-05-09 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                     ACTA N°158-2023
                                 PERIODO CONSTITUCIONAL
                                        2020-2024


ACTA NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y OCHO- DOS MIL VEINTITRES DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
DIA NUEVE DE MAYO AÑO DOS MIL VEINTITRES A LAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE
MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez

CONCEJALES PROPIETARIOS
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Kemiky Segura Briceño
William Morales Castro
Manuel Ovares Elizondo.

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTE
Favio Lopez Chacon

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sanchez Segura
Minor Centeno Sandi.

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Salazar Cortes

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.            ORACION
ARTICULO II.           RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.          AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.           MOCIONES
ARTICULO V.            ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.           INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.          INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.           CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.            INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.           ORACION
A cargo de la secretaria
ARTICULO II.           RATIFICACION DE ACTAS

   a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 157-2023. La cual es ratificada por los Concejales
      Manuel Ovares, Carlos Mauricio Duarte, William Morales y Kemily Segura
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ARTICULO III.            AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES


Juramentación

a. Se presenta para su debida Juramentación el Sr.
            ➢ Oscar Noel Calderón Enríquez                         cedula 6 0380 0135
Quien fue nombrado como miembro de la Junta de Educación de Moctezuma en la sesión
ordinaria 155-23 del día dieciocho de abril del año dos mil veintitrés.
Procede a la Juramentación el Presidente Municipal Sr. Eric Salazar Rodriguez, de acuerdo al
juramento sancionado en el artículo 194 de la constitución política, que dice:

-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y
cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y la Patria
os lo demanden”. Una vez juramentados los señores se retiran

Audiencia

    a. Se recibe a los señores Mauricio García, Randall Hernandez y Luis Fernando
        Rodriguez. Representantes de la empresa Grupo Itauk

    PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

    SR. MAURICIO GARCIA. Agradece el espacio . Nosotros le hemos llamado a esto el sistema
    avanzado de oralidad y literalidad por la ley que obliga a todas las sesiones gravar en audio y
    video, por el asunto de transparencia. Les voy a hablar un poquito de historia
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 Solución Multicanal para Grabación de Conferencias.
¿Qué es TecnoCap?

Es un Software que se ejecuta en el Sistema Operativo Windows y que interactúa con sistemas
de microfonía cableados o inalámbricos.
Fue desarrollado para la grabación de video y transmisión en vivo (STREAMING) en conjunto con
la microfonía de salas de debates, juntas etc.
Hace más de 10 años, dos empresas, una especialista en hardware y otra en software se unieron
para producir una integración interdisciplinaria que produjo una solución integrada de un software
para sistemas de microfonía para salas de debate y sesiones que interactúa en tiempo real con
los micrófonos y las cámaras de video PTZ. Resultando de ello la diferencia que nos marca con
otros sistemas de grabación. Nuestro software tiene la capacidad de agrupar y ordenar el video en
segmentos, lo que hace de fácil acceso las consultas por parte del usuario del software según la
intervención de usuarios. Ya no se tiene que buscar en todo el video para poder localizar una parte
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del video o alguna intervención, podemos hacerlo por medio de buscadores. (Nombre de
participante, fecha, hora o número de sesión),
TecnoCap se desarrolló por Ingenieros costarricenses dando soluciones a la gran variedad de
problemas y consultas que se generaban en las Salas de Juicios del poder Judicial, Salas de
sesiones de la C.C.S.S y Concejos Municipales del país, favoreciendo así el Principio de Oralidad
que debe de reinar en Costa Rica desde 1973.
Características
1) Nuestro sistema permite que todo sea estética y visualmente customizado. Manejando una
cantidad mínima de cables tanto en el sistema (Cableado como inalámbrico). No se necesitará un
Switch de video con enconder de video streaming, unidad de control para las cámaras PTZ, micro
convertidores SDI HDMI, distribuidores de señal tipo matriz de video ni mixer de audio.
2)Permite la fácil manipulación por parte del usuario para la asignación de sesiones. Solo una vez
se debe asignar la rotulación de participantes según la asignación de un micrófono (Si se requiere
se puede cambiar en “caliente”), control de cámaras PTZ y almacenamiento de videos según el
número de expediente.
3) Grabación multicanal simultaneo de hasta 4 señales de las cámaras PTZ a la vez.
Esta grabación se realiza utilizando una compresión de datos muy eficiente lo que permite que el
archivo sea de buena calidad y archivado en dispositivos fácilmente externos (Copias y respaldos).
Permite subir la información a la nube, facilitando así el fácil acceso a los archivos de video para
su consulta.
4) El sistema permite ordenar y organizar los videos por fecha, número de sesión o intervención
del participante. Facilitando la búsqueda en cualquier parte del video donde hubiese una
intervención de un participante. (fecha, hora, tema o nombre del participante).
5) Permite con anterioridad enlistar los participantes de una sesión, además de poder hacer
cambios en vivo de los nombres de los participantes en “Caliente”.
6) Puede incluir en la grabación y trasmisión videos Multimedia para compartir durante el evento.
7) Permite el uso del “Biombo digital” para enmascarar el vídeo de participantes que por alguna
razón deben quedar incognitos.
8) El “usuario” del sistema puede seleccionar uno de los participantes en específico y mostrar todas
las intervenciones que realizó durante el video.
9) Visualización y Grabación. El software tiene la facilidad de visualizar los videos de dos formas.
Permitiendo al usuario ubicar fácilmente las intervenciones de los participantes sin tener que
recorrer todo el video.
a. Local: En la computadora.
b. Desde la nube. La institución puede subir los videos a la nube y desde ahí los usuarios pueden
ver los vídeos utilizando todos los criterios de búsqueda mencionados. (Esto se hace en conjunto
con el departamento de tecnologías de la Información de cada Municipio.)

VERSIONES DE TECNOCAP DISPONIBLES
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Con el paso de los años el producto se ha ido personalizando y adaptando, satisfaciendo las
necesidades aportadas de primera mano por Secretarías de Concejo y Técnicos en Informática de
diferentes Municipalidades del país, dando como resultado un Producto Optimizado con 3
versiones para el público (Básica, Avanzada Premium).
LUIS FERNANDO. Es un producto hecho por nosotros por lo que tiene la ventaja de modificar .
Explica el proceso completo de grabacion de una sesion el cual requiere muy poca intervencion
Si hubiera un catastroge del video el audio siempre es rescatable
MANUEL. Cual es el precio del equipo:
RANDAL. Depende del tipo de microfono que quieran inhalambricos o con cables y la cantidad.
Favio. ¿No tiene más cámaras solo cuatro?
FERNANDO. Si se puede, pero queda más pequeño, tenemos campo
FAVIO. El control del audio podría estar desde la presidencia)
RANDALL. Así es el micrófono, de la presidencia tiene dos micrófonos uno para hablar y otro para
silenciar.
FERNANDO- Eso lo hace Facebook, no tenemos esa tecnología
Hay un periodo de garantía de un año y soporte remoto
FAVIO. Pásenme el contacto a mi
WILLIAM. Aquí colocarían un parlante
FERNANDO. Si. Un par pequeños porque la sala es pequeña
ERIC. Es una necesidad que tenemos acá. Pero es la administración quien analiza la posibilidad
de adquirirlo, es con ellos
Se realizan otros comentarios y los señores se retiran.
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   b. Se recibe en audiencia virtual al Sr. Ing. Rubén David Rodríguez Pérez. Presidente
      de la Federación Canina de Costa Rica. Quien desea presentar el proyecto Zagua
      Parade.

El PRESIDENTE le saluda y concede la palabra
ROSIBETH. Igual q la semana pasada no tenemos audio. Le pregunta si pueden venir a una
presencial. Voy a llamarlo
PRESIDENTE. Pueden enviar una presentación
RUBEN. VIA TELEFONO. Indica que es una propuesta sencilla sin ningún costo para la
municipalidad. Es una exposición o colocación de unas estatuas de zaguates que hacen referencia
al maltrato animal. En un lugar público también se hace donaciones a grupos organizados o
personas que se dediquen al rescate, la cual consiste en aproximadamente 700 mil colones entre
alimento de perros y gatos. Queremos llevarla a esa municipalidad los días 16. 17 y 18 de junio
del 2023. En un lugar publico de alta afluencia donde ustedes tengan posibilidad de darnos permiso
Solo solicitamos participación de la administración par que nos ayuden a coordinar a quien dar la
colaboración y solicitamos se declare de interés distrital el bienestar animal. Básicamente esa es
la presentación y solicitar la dispensa del trámite de comisión para que pueda ser sometido a
votación
PRESIDENTE. Le saluda. Le indica que les parece muy bonita la iniciativa en la zona hay varias
personas que se dedican al rescate animal y hay un santuario em Cabuya que se dedica no solo
a perros, seria para ellos y otras organizaciones de la zona la ayuda. Se puede comunicar con la
administración para la coordinación del evento. FAVIO LOPEZ.
INTENDENTE. Vamos a pedirle a la asesora legal que nos haga el enlace para coordinar el tema
del evento
ROSIBETH. Le solicito envíe por escrito la solicitud para tomar el acuerdo.

ARTICULO IV.           MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.            ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.           INFORME DE LAS COMISIONES

COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE


   a. ASUNTO: Solicitud de permiso para la corta árboles, los cuales se localizan en la
      parcela concesionada a la sociedad Monau S.A. cedula jurídica 3-101-098013
                                       DICTAMEN DE COMISION
Acta número cuarenta y nueve - dos mil veintitrés de la comisión especial permanente de Zona Marítimo
Terrestre, celebrada el día dos de mayo del año dos mil veintitrés, a las catorce horas, presentes en la
sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros Carlos Mauricio Duarte, y William
Morales. Además la presencia de la asesora MA. Ana Cristina Quiros
AUSENTE: Eric Salazar Rodriguez
                                                    158-23

CONSIDERANDO:

    ❖ Que la concesionaria Monau S.A. solicitó permiso para corta de 43 árboles que interfieren en su
         proyecto de construcción de una casa principal, una casa de huéspedes e infraestructura de servicio
         en su propiedad con número de matrícula 6-2382-000-Z, situada en Santa Teresa .
    ❖ Que se ha conocido OFICIO ZMT-079-2023 de la coordinadora del Dpto. de zona marítimo terrestre
         en el cual emite su recomendación ante esta solicitud. Oficio que se detalla:
Estimados señores:

Se recibe solicitud por parte de los representantes de la sociedad Monau S.A., en la cual se pide la
autorización para la corta de 43 árboles de los cuales indican que el 60% corresponden a individuos de
especies exóticas.

En virtud de la petición realizada se realizó una inspección en el sitio en la cual participaron miembros de la
Comisión de Zona Marítimo Terrestre, el Ingeniero Topógrafo de este Departamento y mi persona, con el
fin de recabar información, y verificar en campo la ubicación de la zona de protección y los árboles que se
solicita cortar.

Importante hacer del conocimiento de este Honorable Órgano Colegiado que la parcela adjudicada a la
citada sociedad se ubica en zona residencial de baja densidad y zona de protección del plan regulador de
Santa Teresa, el cual indica que no se permitirá tala de árboles, chapia intensiva ni el uso de plantas exóticas.

Asimismo, si los árboles cumplen con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Forestal no requieren permiso
de corta. "ARTICULO 28.- Excepción de permiso de corta las plantaciones forestales, incluidos los sistemas
agroforestales y los árboles plantados individualmente y sus productos, no requerirá permiso de corta,
transporte, industrialización ni exportación."

Es importante aclarar que, aunque los árboles cumplan con lo estipulado en el artículo 28, si estos se
localizan en área de protección de acuerdo al artículo 33 de la Ley Forestal, no podrán cortarse. Además, si
se requiere transportar la madera fuera de la propiedad, se debe tramitar el permiso para otorgarle los
dispositivos de control correspondientes.

Por lo que en este acto se da traslado a este Concejo Municipal la petición realizada por el señor Robert Van
der Putten representante legal de la sociedad Monau S.A. e información recabada por este departamento
con el fin de que valoren o no, autorizar a esta concesionaria gestionar ante el MINAE la corta de los árboles
que requieren permiso de corta y que están fuera del área de protección, esto por ser una competencia
directa de dicho Ministerio. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

                                  POR TANTO ESTA COMISION DICTAMINA

Recomendar al Concejo:
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   1. Se autorice al representante de la sociedad Monau S.A. gestionar ante el MINAE el permiso para la
       corta de los árboles que se localicen fuera del área de protección y que requieran permiso para su
       corta.
   2. Se le indique al Sr Robert Van der Putten Reyes si requieren transportar la madera fuera de su
       propiedad de debe tramitar el permiso para otorgarle los dispositivos de control correspondientes.
       ES TODO.
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes por los presentes

Sr. William Morales                                   Sr. Carlos Mauricio Duarte Duarte
MIEMBRO COMISION                                      SECRETARIO COMISION

ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
1.2. Autorizar   al representante de la sociedad Monau S.A. para que gestione ante el MINAE el
permiso para la corta de los árboles que se localicen en la parcela de su propiedad con número de
matrícula 6-2382-000-Z, situada en Santa Teresa y que se localicen fuera del área de protección
y que a su vez requieran permiso para su corta.************************

1.3.    Indicar al Sr Robert Van der Putten Reyes que si requieren transportar la madera fuera de
       su propiedad      de debe tramitar el permiso para otorgarle los dispositivos de control
       correspondientes. ACUERDO UNANIME.               Votan a favor los Concejales Eric Francis
       Salazar Rodríguez, William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la curul
       ante la ausencia del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y Carlos
       Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario
       Eduardo Sánchez Segura).

COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS JURIDICOS

    b. USO DE SUELO ONDA MONTEZUMA INC S.R.L., CEDULA JURÍDICA 3-102-842755.
                                        DICTAMEN DE COMISIÓN
Fecha: 09 de mayo del 2023
De: Comisión permanente de asuntos jurídicos
Para: Concejo Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas

En Sesión ordinaria número veintitres- dos mil veintitrés de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos,
celebrada el día nueve de mayo      del año dos mil veintitrés, a las quince horas con treinta minutos,
presentes   en la sala de sesiones este Concejo Municipal de Distrito los miembros        William Morales,
Manuel Ovares y Eric Salazar Rodríguez.
DOCUMENTOS ANALIZADOS
   o   OFICIO ING-055-2023
   o   Expediente de solicitud de uso de suelo
   o   Nota remitida por los interesados con aclaraciones solicitadas
CONSIDERANDO:
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   → Que se ha conocido OFICIO ING-320-2022 de la Arq. Melissa Jiménez encargada del Dpto. de
       Desarrollo Urbano en el cual da pase y criterio del uso de suelo solicitado por el señor Dimitri
       Rachlin, pasaporte 34491256, para un condominio residencial, comercial ubicado en la localidad
       de Montezuma de Cóbano aproximadamente a 0,8 km al sur y 1.5 km al oeste del puente sobre el
       río cedros, propiedad a mamo izquierda, propiedad con número de folio real 6- 160558-000 y
       plano catastrado P-1248026-2008 con una elevación entre los 20 msnm y los 190 msnm y una
       superficie de 627.262,98 m2. a nombre de Onda Montezuma INC S.R.L. cedula jurídica 3-102-
       842755
El condominio se describe en documentación adjunta:
       El área del proyecto es de 62.7 ha. Destinadas al uso residencial comercial y de servicios, el proyecto
       se plantea para la vivienda residencial unifamiliar, comercial y de servicios, contara con sistema de
       tratamiento de aguas residuales en cada vivienda que bombearan el agua a una planta de
       tratamiento central.
       El proyecto cuenta con su propio pozo de agua registrado bajo el numero CY-15, su ubicación se
       muestra en el diseño de sitio adjunto, el agua potable será bombeada a un tanque de agua potable
       que distribuirá a las viviendas y comercios del proyecto.
       Sus calles serán en Adoquines que permiten una mejor permeabilidad del terreno evitando así
       cambios mayores en las escorrentías causadas por lluvias, en donde las aguas serán encaminadas
       por sistemas pluviales mixtos, canales y tuberías hasta la quebrada que atraviesa el proyecto.
       El proyecto contara con amplias áreas de esparcimiento, piscina, parque de skate, caminos ecuestres
       en sus alrededores, edificaciones destinadas albergar grupos de voluntarios para, la zona de
       Montezuma y alrededores, áreas para cultivos y conservación de las áreas protegidas que
       conforman el proyecto.
       Se reforestan las áreas descubiertas que no son parte de las edificaciones residenciales con un
       intercambio de bosque entre las zonas impactadas que son inferiores al 10 % del área del terreno
       como se comprueba en el diseño.
       El proyecto contara con dos pasos de agua sobre la quebrada, pasos de vías que son existentes con
       alcantarillas para el tráfico interno de la finca y que serán remodelados para estar acordes y con la
       capacidad requerida pare que las obras ejecutadas sean seguras si impedir el paso natural de las
       aguas y el menor impacto al ecosistema, ambos pasos se realzaran sobre los pasos existentes.
   → Que se pretende desarrollar 76 fincas filiales las cuales estarán divididas en 2 etapas:
       Etapa 1, la cual esta constituida por
   ✓ 53 lotes residenciales unifamiliares.
   ✓ 10 lotes residenciales y comerciales para sub condominios a desarrollar como se indican:
   ✓ M1         Uso comercial de servicios al Condominio
   ✓ M2         Uso Comercial de servicios al Condómino.
   ✓ M3         Uso comercial residencial y de servicios.
   ✓ M4         Uso Comercial y agrícola.
                                                  158-23

    ✓ MS         Uso Residencial y servicios.
    ✓ M6         Uso Residencial y comercial y servicios.
    ✓ M7         Uso Residencial y Servicios.
    ✓ M8         Uso Residencial 13 viviendas unifamiliares
    ✓ M9         Uso Residencial
    ✓ MIO        Uso Residencial 5 viviendas unifamiliares
        Etapa 2, la cual esta constituida por
    ✓ 6 lotes unifamiliares
    ✓ 3 lotes residenciales y comerciales para sub condominios a desarrollar como se indican:
    ✓ M11        Uso Residencial 11 viviendas unifamiliares
    ✓ M12        Uso Residencial 5 viviendas unifamiliares
    ✓ M13        Uso Residencial 35 viviendas unifamiliares
    ✓ M14        Uso Residencial 32 viviendas unifamiliares
      → Que El proyecto toca la calle publica con un frente de 33m.
      → Que la propiedad cuenta con afectación de pozo inscrito con número de pozo CY-15 lo cual se
          debe tomar en cuenta
                                                POR TANTO
                         Esta comisión procede a dictaminar al Concejo Municipal
1.. Que se apruebe el uso de suelo solicitado por el          señor Dimitri Rachlin, pasaporte 34491256,
representante legal de Onda Montezuma INC S.R.L. cedula jurídica 3-102-842755 , para un condominio
residencial, comercial ubicado en la localidad de Montezuma de Cóbano aproximadamente a 0,8 km al sur
y 1.5 km al oeste del puente sobre el río cedros, propiedad con número de folio real 6- 160558-000 y plano
catastrado P-1248026-2008 con una elevación entre los 20 msnm y los 190 msnm y una superficie de 62
ha 7262.98 m2.
A este uso de suelo se le realizan las siguientes Prevenciones:
    → Deberán ajustarse en todo momento y cumplir con la legislación ambiental vigente (Ley Orgánica
        del Ambiente)
    → Deberán respetar los retiros según alineamientos del MOPT si el terreno enfrenta ruta nacional, del
        ICE si el terreno está afectado por el paso de líneas eléctricas, del INVU si el terreno está afectado
        por un rio, quebrada, acequia, naciente, lagos, embalses naturales o artificiales y acuíferos entre
        otros similares. Además, en caso de construcción debe tener disponibilidad de agua ya sea por AyA
        o ASADA y si lo que poseen es un pozo, el mismo debe estar inscrito o tener concesión, según
        corresponda, por parte de la Dirección de aguas del MINAE.
    → Deberán contar con la viabilidad ambiental aprobada por SETENA
    → Deberán cumplir con los requisitos de ley, así como con las normas del código urbano y las leyes
        vigentes para tal fin.
    → Deberán aportar alineamiento del INVU para efectos de permisos constructivos
                                                   158-23

     → Debido a que en el sector no existe alcantarillado pluvial de A y A deben presentar el plan de
           desfogue pluvial para poder tramitar el permiso de construcción, con el fin de evitar el
           estancamiento de aguas
     → Que el porcentaje de cobertura permitida (Huella Constructiva) es de 75 %.
     → Que el área de lote mínima o superficie mínima es de 120 metros cuadrados.
     → Que los retiros serán los establecidos en el artículo 97 del Reglamento de Construcciones del INVU,
           prevención vial LPV es de 7 metros y el alineamiento de construcción LCV es de 9 metros.
     → Que la altura máxima: 1.5 veces el ancho de la calle.
     → Tomar en cuenta que la propiedad cuenta con una afectación del pozo inscrito con numero CY-15
           . ES TODO. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes por los presentes.
Sr. William Morales              Sr. Manuel Ovares
Presidente Comisión                                         Secretario Comisión
Sr. Eric Salazar
Miembro Comisión

ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión permanente de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME
    2.2.      Aprobar el uso de suelo solicitado por el señor Dimitri Rachlin, pasaporte 34491256,
              representante legal de Onda Montezuma INC S.R.L. cedula jurídica 3-102-842755 ,
              para un condominio residencial, comercial ubicado en la localidad de Montezuma de
              Cóbano aproximadamente a 0,8 km al sur y 1.5 km al oeste del puente sobre el río
              cedros, propiedad con número de folio real 6- 160558-000 y plano catastrado P-
              1248026-2008 con una elevación entre los 20 msnm y los 190 msnm y una superficie
              de 62 ha 7262.98 m2.*****************
    2.3.      Indicarles que deben acatar las prevenciones que se indican en el dictamen”.
              ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez,
              William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia
              del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y Carlos Mauricio Duarte
              Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
              Sánchez Segura).
ARTICULO VII.            INFORME DE LA ASESORA LEGAL
    a. OFICIO ALCC-10-2023. Asunto: Respuesta a Incidente de Nulidad absoluta de actos y
        actuaciones de propuesta convocatoria a audiencia y contra la audiencia pública de plan
        regulador de peñón de ario, Cóbano y presentación de recurso extraordinario de Revisión
       de todo lo actuado
Estimados Concejales.
                                                158-23

Con relación al Recurso Interpuesto por la señora Rebeca Perez Perez presentada ante este Concejo
Municipal me permito con el mayor de los respetos presentar ante este Honorable Concejo Municipal la
recomendación para proceder con la respuesta a la misma.
                                            RESULTANDO:
1.- Que fue presentado ante el Concejo Municipal por parte de la señora Rebeca Pérez Pérez
Incidente de Nulidad Absoluta de actos y actuaciones de propuesta a convocatoria a audiencia y
contra la audiencia pública de Plan Regulador de Peñón de Ario, Cóbano y presentación de Recurso
Extraordinario de Revisión, asimismo interpone la Recurrente Incidente de Nulidad Absoluta
Evidente y Manifiesta contra las convocatorias y la audiencia.
2.-Que analizado el escrito que contienen cada uno de los recursos presentados, se llega a la
conclusión de que no cumplen los supuestos necesarios para proceder a resolver por el fondo
cada uno de los recursos.


                                          CONSIDERANDO:
PRIMERO: SOBRE EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION: Es importante hacer de
conocimiento a la recurrente que para la interposición de Recurso Extraordinario de Revisión,
este procede contra actos con efectos propios apacibles de apelación y en el caso que nos ocupa
estamos frente a la interposición de un recurso contra un acto preparatorio sin efectos propio,
siendo que se recurre el acuerdo donde se convoca a una audiencia pública en fecha 08 de febrero
de 2023, al que no le procede la apelación.
Veamos lo que establece el código Municipal en su artículo 166 sobre la procedencia de este
remedio procesal:
         “De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido apelación y esta no fue
         interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere transcurrido diez años de tomado el
         acuerdo y que el acto no hubiere agotado todos sus efectos, los interesados podrán
         presentar, ante el Concejo, recurso extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta
         ni siga surtiendo efectos.
         Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad absoluta del acto.
          Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso extraordinario,
cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del quinto día
hábil.
De la transcripción de la norma anterior se desprende que el recurso extraordinario de revisión
requiere del cumplimiento de cuatro requisitos para su procedencia, a saber:
    a) Que contra el acuerdo procediera recurso de apelación y este no se hubiere interpuesto en
         tiempo.
                                               158-23

   b) Que no hubieren transcurridos 10 años.
   c)   Que el acto no hubiese agotado todos sus efectos.
   d) Que el recurso extraordinario se fundamente en causales de nulidad absoluta del acto.
Tal y como se aprecia la señora Rebeca Perez Perez interpone el recurso extraordinario de revisión
en contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que
se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón
Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el ajuste y
rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario.
De lo anterior se desprende que no existe la posibilidad de interponer el recurso extraordinario
de revisión, debido a que no estamos en presencia de un acto administrativo que este surtiendo
efectos, si no lo contrario, el mismo ya los produjo, ello por cuanto el citado acuerdo fue ejecutado
a cabalidad pudiéndose cumplir con la realización de la sesión extraordinaria del Concejo
Municipal para llevar a cabo la audiencia pública el día 08 de febrero del año 2023 , a la que
asistieron y participaron un sin número de personas entre las cuales se encontraba la recurrente,
según se comprueba en la lista de asistencia a la misma.
Claramente el acuerdo ya cumplió su fin, siendo así, estamos en presencia de un recurso
Extraordinario de Revisión contra un acto agotado, razón por la cual no resulta procedente.
Paralelamente la recurrente interpone Recurso extraordinario de Revisión contra la audiencia
pública que se llevó a cabo en la fecha señalada líneas arriba, argumentando que no podía llevarse
a cabo y presentarse a la población un proyecto en el que no existe licencia ambiental aprobada
de previo.
De cierto modo resulta evidente que la recurrente ha sesgado información haciendo parecer bajo
una errada interpretación la ausencia de requisitos para llevar a cabo el reajuste y rectificación a
la lámina del Plan Regulador costero Peñón de Ario.
La audiencia pública realizada por este concejo Municipal se lleva a cabo, tal y como se ha supra
citado para presentar a la población el ajuste y rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero
Peñón de Ario.
Cabe mencionar que el procedimiento llevado a cabo para realizar el reajuste y rectificación de la
lámina se realiza siguiendo lo establecido en el capítulo 14 del MANUAL PARA LA ELABORACXION
DE PLANES REGULADORES COSTEROS, titulado Cambios a planes reguladores vigentes.
Según lo establecido en dicho Manual para realizar cualquiera de las tres modalidades que existen
para realizar cambios en un Plan Regulador (rectificación, reajuste, modificación), se deben de
cumplir con el procedimiento descrito en los artículos 14.7,14.8 y 14,9 del citado Manual y cumplir
con el artículo 17 de la ley 4240.
                                              158-23

Por lo anterior según el artículo 14.7. b, titulado Tramite ante SETENA según tipo de modalidad:
Para los casos en que el Plan Regulador vigente no posea viabilidad ambiental, no será necesario
documentar lo correspondiente ante SETENA.
Ciertamente estamos ante un reajuste y rectificación a una lámina y no ante la creación de un
Plan Regulador o Modificación, por lo que no existe ninguna actuación contraria a derecho por
parte de este Concejo Municipal que conlleve a la declaratoria de nulidad de las actuaciones
llevadas a cabo, razón por la cual la interposición de Recurso Extraordinario de Revisión contra
la audiencia pública, tampoco procede, siendo que no se cumple tampoco los presupuestos para
poder dar admisibilidad al mismo.
SEGUNDO: SOBRE LA NULIDAD ABSOLUTA ALEGADA. Con respecto a la afirmación del recurrente
de la existencia de Nulidad absoluta en la convocatoria a audiencia tomada en la sesión ordinaria
137-22, articulo IV inciso c. es solo una apreciación subjetiva de la recurrente, por lo que resulta
improcedente su afirmación, dado que no se dan los presupuesto para invocarla al ser este un
acto preparatorio sin efectos propios,
Tenemos que la concurrencia de los elementos esenciales, de un acto administrativo, vienen a
dotar de razonabilidad el mismo, lo que implica que la actuación de la administración sea una
conducta coherente y razonable sustentada en el bloque de legalidad, que permita explicarse por
sí misma, sin embargo , la ausencia de alguno de los elementos del acto , riñe con lo que la doctrina
constitucionalista contemporánea ha dado en llamar Principio de Interdicción de la arbitrariedad,
razonabilidad y proporcionalidad de los actos administrativos ( ver voto 2004-1421 y voto 732-
2010).
Así las cosas, el acto administrativo valido, es el que contempla dentro de su estructura y
composición los elementos esenciales, siendo estos:
1.- Contenido: Es el efecto del acto, es decir el resultado jurídico inmediato del mismo., lo que el
acto dispone, certifica, declara o juzga , lo cual se encuentra normalmente en la parte dispositivo
de una Resolución Administrativa.
El acto administrativo válido, necesariamente debe ser claro, posible y preciso y abarcar ante todo
todas las situaciones de hecho y de derecho. ( Articulo 132 Ley General de la Administracion
Publica)
2.- Motivo: Por su parte del Motivo de un acto administrativo es el antecedente que hace posible
o necesaria la emisión de un acto, de conformidad con la ley, lo cual debe ser legítimo y existir tal
y como ha sido tomado en cuenta para el dictado del acto.( Articulo 133 Ley General de la
Administracion Pública)
                                             158-23

Es importante acotar que el motivo es de trascendental importancia por ser el antecedente
inmediato del acto administrativo, su inexistencia trae consecuencia inmediata la invalides del
mismo.
3.- Fin: Todo acto administrativo puede tener uno o varios fines particulares, los fines del acto
administrativo deben necesariamente estar fijados por el ordenamiento jurídico, ( artículo 131 de
la LGAP)
Estos tres elementos esenciales del acto administrativo, constituyen el engranaje de la validez. Es
imperante tener claro que el acto que emane de la administración no puede tener falta de
adecuación entre el fin que marca el ordenamientos jurídico y el fin que se pretende con la
actuación de la Administracion, debe de existir conexidad entre los supuestos que tutela el
ordenamiento jurídico y la conducta de la administración.
Cuando la Administracion usa esas potestades para fines distintos de los previstos por el
ordenamiento jurídico, existe la desviación de poder, que en resumida cuenta es un vicio del acto
administrativo que causa NULIDAD ABSOLUTA del acto como tal, aspecto que no se encuentra
presente en la situación fáctica que nos ocupa.
Además en materia de nulidades, debe quien alega una nulidad indicar el elemento sobre el cual
recae el vicio que hace devenir un acto Administrativo en un acto relativa o absolutamente nulo,
No obstante    quien recurre manifiesta confusión sobre los actos administrativos a impugnar,
utilizando dos medios impugnativos sin tener plena certeza de cual remedio procesal utilizar,
razón por lo cual presenta ambos para tratar según parece que de ser rechazo el Recurso
Extraordinario de Revisión tener la posibilidad de que le sea admitido el incidente de Nulidad
Absoluta invocado. Sin embargo, ni uno ni otro resulta procedente en este caso.
TERCERO SOBRE LA NULIDAD ABSLUTA EVIDENTE Y MANIFIESTA: Del mismo modo, por falta de
conocimiento a la normativa se realiza un mal manejo de los recursos, por cuanto quien recurre
también invoca y deja presentado incidente de nulidad absoluta evidente y manifiesta, contra las
convocatorias y la audiencia.
Es importante indicar a la recurrente que la NULIDAD ABSLUTA EVIDENTE Y MANIFIESTA, procede
cuando la administración haya emitido un acto         favorable para determinado sujeto y con
posterioridad dicta un acto contrario al primero en menoscabo de los derechos subjetivos,
desconociendo los derechos que a través de un primer acto había concedido, sea por error o por
cualquier otro motivo. Ciertamente a la Administración le está vedado suprimir por su propia
acción aquellos actos que haya emitido confiriendo derechos subjetivos a los particulares, ello
implica que la única vía que tiene la administración para eliminar un acto suyo del ordenamiento
es el proceso de jurisdicción de lesividad , proceso que resulta una garantía procesal a favor del
administrado o bien, o bien en nuestro ordenamiento existe la posibilidad de ir contra los actos
                                               158-23

propios en la vía administrativa, en la hipótesis de nulidades absolutas, evidentes y manifiestas,
previo dictamen de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la
República (como una garantía más a favor del administrado) y de conformidad con el artículo 173
de la Ley General de la Administración Pública.
Con la convocatoria a audiencia y a su realización la administración Municipal no ha otorgado
derechos subjetivos para ningún administrado y que ahora la Administracion pretenda suprimir,
razón por la cual no procede la Nulidad Absoluta Evidente y Manifiesta invocada.
La audiencia pública se lleva a cabo bajo el marco legal, en la sesión extraordinaria 37-23, del
Concejo Municipal, el día 8 de febrero del 2023 tal y como fue acordado en la sesión ordinaria
137-22 , articulo IV, inciso c, del día trece de diciembre del año 2022 , y publicado en la Gaceta, en
la cual se dio a conocer los reajustes y rectificación que estarían realizando a la lámina del Plan
Regulador Costero Peñón de Ario.
Con la publicidad realizada para la convocatoria a la Audiencia Pública, cumplimos nuestro
objetivo logrando la mayor participación ciudadana, donde incluso la misma recurrente tuvo
participación tal y como se observa en la imagen que se inserta a esta resolución, en orden de
la lista de arriba hacia abajo la participante número cuatro:




De este modo, queda demostrado que no ha sido sesgado el derecho alguno a la participación
e información que le asiste a la recurrente como de ningún otro ciudadano, a la audiencia
del día 08 de febrero del año 2023, donde además se les dio la palabra a los presentes para que
hicieran sus observaciones y así consta en el acta de sesión extraordinaria N° 37-2023, del
Concejo Municipal, por lo que a todas luces no es posible reconocer la nulidad absoluta

interpuesta por la Recurrente. ( ver imagen adjunta )
                                             158-23




Por las razones antes expuestas para cada uno de los recursos interpuestos NO se entrara a
conocer por el fondo los mismos dado que resultan ser improcedentes.
                                        POR LO TANTO.
En merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada SE RESUELVE:
   a) Se declare inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por la recurrente
       en contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022,
       en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en
       el Salón Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el
       ajuste y rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario, contra la
       audiencia pública realizada, contra la convocatoria a audiencia, por resultar improcedente.
   b) Se declara inadmisible el incidente de Nulidad absoluta interpuesto por la recurrente,
       contra .la convocatoria a audiencia tomada por el concejo Municipal en la sesión Ordinaria
       N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el
       día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa, por resultar
       improcedente.
   c) Se declara inadmisible La Nulidad absoluta evidente y manifiesta interpuesta por la
       recurrente, contra la audiencia y la convocatoria a audiencias, por resultar improcedente.
   d) Contra esta resolución no procede Recurso.
   e) Notifíquese al correo señalado
     De esta manera esta Asesoría Legal dejo rendida mi recomendación a los Recursos
   presentados.

ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 3.1.“Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
3.2.Acoger la recomendación de la asesoría legal
3.3. Declarar inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por la recurrente en
contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que se
acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón
Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el ajuste y
                                                   158-23

rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario, contra la audiencia pública
realizada, contra la convocatoria a audiencia, por resultar improcedente.
3.4.    Declarar inadmisible el incidente de Nulidad absoluta interpuesto por la recurrente, contra
    .la convocatoria a audiencia tomada por el concejo Municipal en la sesión Ordinaria N° 137-22,
    del 13 de diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de
    febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa, por resultar improcedente.
3.5.    Declarar inadmisible La Nulidad absoluta evidente y manifiesta interpuesta por la
    recurrente, contra la audiencia y la convocatoria a audiencias, por resultar improcedente.
3.6.    Indicar que contra esta resolución no procede Recurso. Notifíquese al correo señalado”.
    ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez, William
    Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
    Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume
    la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura).


ARTICULO VIII.          INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

     a. OFICIO N°INT-2023-181. ASUNTO: TRASLADO                              DE    INFORMACIÓN         PARA
        CONTINUAR CON LA MODIFICACIÓN N° 01-2023.
Estimados Señores:
Por medio de la presente le saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, a la vez procedo a trasladar oficio
ADT-027-2023, el mismo suscrito por el departamento de Administración Tributaria y Financiera, donde se hace
referencia a información importante sobre la primera modificación 2023, la misma a solicitud de la encargada de
presupuesto de la Licda. Marilyn Guerrero, de la Municipalidad de Puntarenas.
Se adjunta actualización del PAO y PLURIANUAL para que se conozca en la presente sesión de este Concejo
Municipal y se apruebe, así posteriormente se modifiquen los folios del expediente para ser nuevamente enviado
a la Municipalidad de Puntarenas, junto al acuerdo municipal de aprobación de las modificaciones.
Cumpliendo con lo solicitado y esperando se atienda a la mayor brevedad.

CONSIDERANDO:

    ➢ Que mediante OFICIO INT-2023-181 la Intendencia traslada OFICIO ADT-027-2023 del
        Dpto. de Administracion Tributaria y Financiera, mediante el cual se envía información
        importante relacionada con la modificación presupuestaria aprobada por este Concejo y
        remitida a Puntarenas, información solicitada por la encargada de presupuesto de la
        Municipalidad de Puntarenas, Lcda. Marilyn Guerrero,               a fin de continuar con el proceso
        del análisis para posterior aprobación de la modificación presupuestaria N°12023

ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Aprobar en todas sus partes la actualización del Programa II del Plan Anual Operativo 2023 y
del Plurianual 2023-2026 , los cuales se detallan:
                                                                 158-23




                                                      PLURIANUAL 2023


                                                    INFORMACIÓN PLURIANUAL 2023-2026

Instrucciones:
 1. Se debe completar la siguiente plantilla. En caso de no utilizar alguna de las cuentas que se detallan se debe eliminar la fila.
2. Presentar la información en millones de colones.


Recordatorio:
1. En caso de improbación o archivo sin trámite con efecto de improbación del presupuesto inicial, este documento deberá ajustarse, ser
conocido por el Jerarca y presentarse adjunto al primer presupuesto extraordinario que se someta a aprobación de la CGR.
2. La información plurianual deberá presentarse actualizada en cada presupuesto extraordinario que se someta a aprobación de la CGR, la
cual debe contar con el acuerdo de conocimiento del Jerarca.


                                      INGRESOS                                      2023             2024              2024               2026
1. INGRESOS CORRIENTES                                                         1,952,101,939.34 2,127,652,399.25 2,269,282,080.36 2,421,443,270.70

1.1.2.0.00.00.0.0.000 IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD                               700,000,000.00   770,000,000.00    796,950,000.00     824,843,250.00

1.1.3.0.00.00.0.0.000 IMPUESTOS SOBRE BIENES Y SERVICIOS                         536,500,000.00   590,600,000.00    649,570,000.00     713,359,000.00
1.1.4.0.00.00.0.0.000 IMPUESTOS SOBRE COMERCIO EXTERIOR Y
                                                                                  11,457,127.23    12,602,839.95     13,863,123.95      15,249,436.34
TRANSACCIONES INTERNACIONALES
1.1.9.0.00.00.0.0.000 OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS                                  63,650,000.00    70,015,000.00     77,016,500.00      84,718,150.00

1.2.1.0.00.00.0.0.000 CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL                                  -

1.3.1.0.00.00.0.0.000 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS                                293,579,265.48   322,137,192.03    353,550,911.23     388,106,002.35

1.3.2.0.00.00.0.0.000 INGRESOS DE LA PROPIEDAD                                   315,412,912.73   330,683,558.37    346,717,736.28     363,553,623.10

1.3.3.0.00.00.0.0.000 MULTAS, SANCIONES, REMATES Y COMISOS                        27,888,825.00    28,000,000.00     28,000,000.00      28,000,000.00

1.3.4.0.00.00.0.0.000 INTERESES MORATORIOS                                                  -                -                 -                  -

1.3.9.0.00.00.0.0.000 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS                                  250,000.00       250,000.00       250,000.00         250,000.00

1.4.1.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PÚBLICO                 3,363,808.90     3,363,808.90      3,363,808.90       3,363,808.90

2. INGRESOS DE CAPITAL                                                           327,083,866.09   325,000,000.00    325,000,000.00     325,000,000.00

2.4.1.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DEL SECTOR PÚBLICO               327,083,866.09   325,000,000.00    325,000,000.00     325,000,000.00
TOTAL                                                                          2,279,185,805.43 2,452,652,399.25 2,594,282,080.36 2,746,443,270.70


                                       GASTOS                                       2023             2024              2024               2026
1. GASTO CORRIENTE                                                             1,704,455,594.98 1,816,142,772.39 1,896,228,941.21 1,934,912,771.83
1.1.1 REMUNERACIONES                                                             931,851,418.40 1,001,032,399.58 1,036,068,533.57 1,072,330,932.25
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS                                          602,035,409.71   632,316,053.99    663,931,856.69     697,128,449.52
1.2.1 Intereses Internos                                                          45,538,247.48    45,538,247.48     45,538,247.48
1.2.2 Intereses Externos
1.3.1 Transferencias corrientes al Sector Público                                119,480,519.39   131,428,571.33    144,571,428.47     159,028,571.31
1.3.2 Transferencias corrientes al Sector Privado                                  5,550,000.00     5,827,500.00      6,118,875.00       6,424,818.75
1.3.3 Transferencias corrientes al Sector Externo
2. GASTO DE CAPITAL                                                              394,150,372.18   566,120,960.15    627,664,472.45     741,141,832.15
2.1.1 Edificaciones                                                                1,000,000.00   149,630,960.15    164,594,056.17     181,053,461.78
2.1.2 Vías de comunicación                                                       337,410,372.18   300,000,000.00    325,755,916.28     411,908,145.37
2.1.5 Otras obras                                                                           -     100,000,000.00    120,000,000.00     130,000,000.00
2.2.1 Maquinaria y equipo                                                         16,490,000.00    16,490,000.00     17,314,500.00      18,180,225.00
2.2.2 Terrenos                                                                    35,500,000.00
2.2.4 Intangibles                                                                    250,000.00
2.2.5 Activos de valor                                                             3,500,000.00
3. TRANSACCIONES FINANCIERAS                                                      70,388,666.71    70,388,666.71     70,388,666.71      70,388,666.71
3.3.1 Amortización interna                                                        70,388,666.71    70,388,666.71     70,388,666.71      70,388,666.71
4. SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA                                           110,191,171.55                                -                  -
TOTAL                                                                          2,279,185,805.42 2,452,652,399.25 2,594,282,080.36 2,746,443,270.69
                                                               158-23


Vinculación con objetivos de mediano y largo plazo:
1. Indicar cada uno de los objetivos de mediano y largo plazo, proyectos y programas que estarían vinculados con las proyecciones
plurianuales de ingresos y gastos, así como la referencia al documento en el que se establecen dichos objetivos o proyectos.
Mejorar la infraestructura del cantón de Puntarenas con lo que se optimice la calidad de vida y el desarrollo humano de sus habitantes de
manera sostenible.
Estimular la diversificación productiva con equidad de género del cantón de Puntarenas en armonía con el medio ambiente, que se traduzca
en más y mejores fuentes de empleo e Ingresos económicos para sus habitantes.
Fortalecer las instituciones públicas para que presten sus servicios de manera eficiente y eficaz en el cantón, con el fin de mejorar la
calidad de vida de la población puntarenense.
Promover acciones amigables con el ambiente que procuren la protección y uso adecuado de los recursos naturales para el beneficio de
todas las y los habitantes del cantón de Puntarenas.
Mejorar la calidad de vida del cantón de Puntarenas mediante el fortalecimiento de los procesos y servicios de seguridad social que
promuevan la participación de la comunidad en la mitigación del riesgo.
Mejorar la calidad de la educación para brindar mayores y mejores servicios a la población del cantón.
Mejorar la gestión municipal, con miras a ofrecer una institución transparente y eficaz, que responde a las necesidades de la población.

Dichos Objetivos y proyectos se reflejan en el Plan de Desarrollo Humano Local 2021-2030 de la MP.

2. Revisar lo que se menciona en las indicaciones para la remisión del presupuesto institucional.
Fueron revisadas las indicaciones de la pagina de la CGR.

3. En caso de no disponer de un plan de mediano o largo plazo, se deberá indicar en este espacio. N/A


Análisis de resultados de proyecciones de ingresos y gastos:
Indicar las acciones para mitigar los riesgos de disponibilidad de ingresos o bien los ajustes en los gastos recurrentes que permitan
asegurar la sostenibilidad financiera de la institución, así como su efecto en la programación física de los planes de mediano plazo.
El aumento de los ingresos va ligados a una proyeccion responsable financieramente y tomando en cuenta el crecimiento institucional y
sus areas, por ejemplo el crecimiento de Bienes Inmuebles va ligado respecto a la actualizacion de los valores imponibles de las
propiedades y la cantidad de actualizaciones que se han realizado para los años 2020-2021-2022a la fecha. asi mismo se ha tomado un
porcentaje de incobrabiliad en miras de no exponer los ingresos o provocar una inflacion presupuestaria. Asi mismos en el caso de
patentes y demas ingresos propios, con respecto a los ingresos que no dependen directamente de esta institucion se ha previsto dejar el
mismo monto del actual periodo en miras de no exponer a un deficit o proyectos que no podran ser ejecutados a falta de ingreso por
situaciones nacionales o internacionales o bien la ya conocida situacion de salud que eventualmente repercute en los ingresos.
En cuanto a los egresos se mantienen los gastos exceptuando las remuneraciones y servicios, que han venido en crecimiento y
actualizaciones salariales y obligaciones patronales y se aumentan los proyectos de manteniemiento vial y otros proyectos, en miras de
continuar con la inversion y el servicio municipal sin problema.


Supuestos Técnicos utilizados para las proyecciones de ingresos y gastos:
1. Indicar cada uno de los supuestos utilizados para las proyecciones de ingresos y los supuestos utilizados para la estimación de los
gastos.                                                                                                       Los supuestos utilizados
fueron el aumento proporcional que hemos venido teniendo en los ultimos 3 años, entendiendo que podrian darse situaciones como la
pasada covid 19, fue tomado en cuenta el auemnto de los montos imponibles que han venido realizandose por medio del departamento de
valoracion y Bienes Inmuebles, en el caso de patentes, el auemnto en la cantidad de ingresos por declaracion y nuevas patentes, en algunos
rubros, no se proyectan intereses, puesto que la cantidad de proyectos de amnistias en el gobierno y asamblea legislativa podrian venir a
disminuir dicho cobro, asi mismo las multas.
Para los gastos de acuerdo al presupuesto base 2022, tomando en cuenta posible aumentos de remuneraciones, aumento en servicios y
dejando claro en la proyeccion segun los ultimos años la inversion mayor seria en edificios, vias de comunicacion y otras obras. También
en los gastos por ingresos especificos del Gobierno central se ha dejado el mismo ingreso puesto que aumentarlo seria poner en riesgo
proyectos ante un ingreso que no depende de nosotros y que podrias verse afectado por situaciones nacionales e incluso mundiales.

2. Revisar lo que se define en las indicaciones para la remisión del presupuesto institucional.

Referencia del Acuerdo en el que el Jerarca conoció la información plurianual:




                                            MODIFICACION PROGRAMA II PAO 2023
                                                                                                                                                                                                 PLAN OPERATIVO ANUAL
                                                                                                                                                                                                 CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
                                                                                                                                                                                                 Ordinario 2023
                                                                                                                                                                                                 MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO                                                                                                                          SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA HOJA, PASARLA
                                                                                                                                                                                                 PROGRAMA II: SERVICIOS COMUNITARIOS                                                                                                                       A OTRO ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DARLE LAS
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           CARACTERÍSTICAS NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           UTILIZADAS.
                                                                                                                                                                                                 MISIÓN: Brindar servicios a la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades.                                                                        NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.

                                                                                                                                                                                                 Producción final: Servicios comunitarios

                                                                                                                                                                                                   PLANIFICACIÓN                                                                                                          PLANIFICACIÓN OPERATIVA                                                                                                                                                   EVALUACIÓN
                                                                                                                                                                                                    ESTRATÉGICA
                                                                                                                                                                                                      PLAN DE                                                                                                        PROGRAMACIÓN DE LA META                                                                   ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META            GASTO REAL POR META               Resultado anual                  EJECUCIÓN DE LA META                Resultado del
                                                                                                                                                                                                   DESARROLLO                                                       META                                                                                            FUNCIONARI                                                                                                                 del indicador de                                                     indicador de
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 División de
                                                                                                                                                                                                                       OBJETIVOS DE MEJORA                                                                                        %                         %           O                                                                                                                       eficiencia en la                     %                       %      eficacia en el
                                                                                                                                                                                                    MUNICIPAL                                                                                        INDICADOR                                                                    SERVICIOS       servicios
                                                                                                                                                                                                                         Y/O OPERATIVOS                                                                                                                            RESPONSABL                                                                                                                  ejecución de los                                                     cumplimiento
                                                                                                                                                                                                      AREA                                                                                                                                                                                                      I SEMESTRE           II SEMESTRE          I SEMESTRE          II SEMESTRE
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        E                                                                                                                        recursos por                                                        de la metas
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   09 - 31




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   I semestre




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     I Semestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               II semestre




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             II Semestre
                                                                                                                                                                                                   ESTRATÉGICA                                Código         No.           Descripción                                                                                                                                                                                                                meta                                                          programadas
                                                                                                                                                                                                 Infraestructura      mantener en buen estado Operativo       1    Contar con un peon municipal Actividades          50           50%        50            50%     Favio Lopez 03                                    6,304,254.62        6,642,997.41                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      los caminos                                  que le de mantenimiento los realizadas   /                                                      C           Mantenimient
                                                                                                                                                                                                                                                                   caminos vecinales            objetivos                                                                      o de caminos
                                                                                                                                                                                                                                                                                                completados                                                                    y calles

                                                                                                                                                                                                 Servicios Públicos   Recolectar los desechos Mejora         2     Brindar      el   servicio   de contratacion      50           50%        50            50%     Alberto       02                                109,405,235.15      109,405,235.15                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      solidos del distrito                         recoleccion de basura en el realizada         /                                                 Vasquez       Recolección
                                                                                                                                                                                                                                                                   distrito de Cóbano.             servicio                                                        Granados      de basura
                                                                                                                                                                                                                                                                                                   brindado
                                                                                                                                                                                                 Desarrollo           Colaborar      con     las Mejora      3     Disponer de los recursos Monto                    50           50%        50            50%     Comité     de 09           Deportivos            30,226,382.18       29,281,529.18                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                 Económico            actividades deportivas del                   economicos para cumplir con presupuestad                                                        deportes      Educativos,
                                                                                                                                                                                                 Sostenible           distrito por medio del                       las      diversas   actividades o/actividades                                                                 culturales y
                                                                                                                                                                                                                      comité      Distrital   de                   deportivas para distrito        realizadas                                                                    deportivos
                                                                                                                                                                                                                      Deportes
                                                                                                                                                                                                 Desarrollo           Mantener el departamento Mejora        4     Contar con un departamento Monto                  50           50%        50            50%     Coordinador 15                                   61,082,582.55       61,082,582.55                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                 Económico            de ZMT. Brindar un                           de ZMT funcionando acorde a presupuestad                                                        ZMT         Mejoramiento
                                                                                                                                                                                                 Sostenible           desarrollo acorde a los                      la necesidad y que el o/departament                                                                         en la zona
                                                                                                                                                                                                                      planes         reguladores                   desarrollo de la ZMT se realice o consolidado                                                               marítimo
                                                                                                                                                                                                                      aprobados en la ZMT.                         a como lo estipula la ley.      y desarrollo                                                                terrestre
                                                                                                                                                                                                                                                                                                   realizado.

                                                                                                                                                                                                 Infraestructura      Mantener los edificios Mejora          5     Contar con unas instalaciones Monto               50           50%        50            50%     Favio Lopez 17                                   19,446,762.30       19,868,859.99                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      municipales en buenas                        municipales acordes a la presupuestad                                                           C           Mantenimient
                                                                                                                                                                                                                      condiciones                                  necesidad de los empleados y o/obras                                                                        o de edificios
                                                                                                                                                                                                                                                                   contribuyentes.                  realizadas
                                                                                                                                                                                                 Gestión Ambiental y cumplimiento de la ley de Operativo     6     Contar con un profesional en actividades y        50           50%        50            50%     Alberto       25                                 41,316,510.70       42,660,200.80                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                 Ordenamiento        residuos       solidos  y                     gestion ambiental que pueda remuneracion                                                        Vasquez       Protección
                                                                                                                                                                                                 Territorial         mecanismoa para mejorar                       actualizar a la nueva ley de es                                                                 Granados      del    medio
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     158-23




                                                                                                                                                                                                                     la situacion del ambiente                     residuos solidos y practicas indicadas/acti                                                                   ambiente
                                                                                                                                                                                                                     en el Distrito                                ambientales el servicio de vidades
                                                                                                                                                                                                                                                                   recoleccion, asi como otros realizadas y
                                                                                                                                                                                                                                                                   proyectos relacionados al remuneracion
                                                                                                                                                                                                                                                                   ambiente y contar con un es pagas
                                                                                                                                                                                                                                                                   equipo de trabajo para
                                                                                                                                                                                                                                                                   recoleccion de valorizables
                                                                                                                                                                                                 Infraestructura      Mantrener un pequeño Operativo         7     Disponer de un fondo que Monto                     0           0%         100           100% Favio Lopez 28 Atención                                                  4,000,000.00                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      fondo para ermegencias                       permita algunos materiales presupuestad                                                      C           de
                                                                                                                                                                                                                                                                   necesarios en caso de o/Emergencia                                                                       emergencias
                                                                                                                                                                                                                                                                   ermegencias                      s atendidas                                                             cantonales
                                                                                                                                                                                                 Desarrollo           Disponer del recurso Operativo         8     contar con personal que lleve Monto               50           50%        50             50% Melissa     26 Desarrollo                           74,799,702.58       77,920,155.09                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                 Económico            humano que permita el                        a cabo las funciones que presupuestad                                                        Jimenez     Urbano
                                                                                                                                                                                                 Sostenible           desarrollo Urbano del                        permitan el mejor de los o/actividades
                                                                                                                                                                                                                      distrito                                     trabajos en el area de realizadas
                                                                                                                                                                                                                                                                   construcciones, ing, insp,
                                                                                                                                                                                                                                                                   secret ing
                                                                                                                                                                                                 Servicios Públicos   Realizar una adecuada Operativo        9     Se requiere        realizar la Contratacion       50           50%        50            50%     Alberto       16 Depósito y                      19,105,434.32       19,105,434.32                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      disposicion     de     los                   contratacion de la deisposicion adquirida    /                                                  Vasquez,      tratamiento
                                                                                                                                                                                                                      residuos en un sitio con                     y tratamiento de los residuos toneladas                                                                       de basura
                                                                                                                                                                                                                      los              permisos                    solidos del Distrito por el canceladas
                                                                                                                                                                                                                      correspondientes.                            periodo 2023
                                                                                                                                                                                                 Desarrollo Social    Gestionar,    atender    y Operativo   10    Se requiere        realizar la Contratacion       50           50%        50            50%     Favio Lopez 10 Servicios                                  0.00       13,559,352.16                                                        0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                                      desarrollar   todos    los                   contratacion de personal para realizada      /                                                  C           Sociales   y
                                                                                                                                                                                                                      proyectos y actividades                      realizar las activdiades de actividades y                                                                   complementa
                                                                                                                                                                                                                      que competan al área de                      Gestion Turistica y Ofinca de objetivos                                                                     rios.
                                                                                                                                                                                                                      Turismo, ofim                                la mujer                         realizados
                                                                                                                                                                                                 Desarrollo           sumas sin asignacion                   11    Sumas con destino específico sin proyecto por                  0%                        0%     Favio Lopez 26 Desarrollo                                                       0.00                                                      0%                     0%                       0%          0%
                                                                                                                                                                                                 Económico            presupuestaria             Operativo         asignacion        presupuestaria asignar                                                        C           Urbano
                                                                                                                                                                                                 Sostenible                                                        (movilidad peatonal 4% del IBI)

                                                                                                                                                                                                                      SUBTOTALES                                                                                                       4.5                   5.5                                                  361,686,864.39      383,526,346.64                   0.00             0.00                0%                           0.0                  0.0
                                                                                                                                                                                                 TOTAL POR PROGRAMA                                                                                                                45%                      55%                                                                                                                                                                          0%                   0%              0%
                                                                                                                                                                                                                                         40% Metas de Objetivos de Mejora                                                          50%                      50%                                                                                                                                                                          0%                   0%              0%
                                                                                                                                                                                                                                         60% Metas de Objetivos Operativos                                                         42%                      58%                                                                                                                                                                          0%                   0%              0%
                                                                                                                                                                                                                                          10 Metas formuladas para el programa




Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel
                                                                                                   Votan a favor los Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez, William Morales Castro, Kimily
                                                 158-23

Ovares Elizondo y Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura). Se somete a votación la aplicación del artículo 45


del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
3.3. Dar pase de esta Modificación presupuestaria al Concejo Municipal de la Municipalidad de
Puntarenas para su debida aprobación e inclusión al sistema integrado de Presupuestos Públicos
de la Contraloría General de la Republica. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales
Eric Francis Salazar Rodríguez, William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y Carlos
Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo
Sánchez Segura). Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual
se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO


    b. OFICIO INT-2023-182. ASUNTO. Traslado de Recurso Extraordinario de Revisión e
       Incidente de nulidad absoluta.

Asunto: Se conoce, Incidente de Nulidad Absoluta de actos y actuaciones de propuesta de modificación de
Plan Regulador de Peñón de Ario, presentación de Recurso Extraordinario de Revisión de todo lo actuado,
en especial del acuerdo de convocatoria de audiencia pública de la propia audiencia presentados por las
señoras Annette Fischel Quiros y Julie Meko.
                                              RESULTANDO:
1.-Que Este Concejo Municipal en fecha 08 de mayo de 2023, recibe pase remitido por la Coordinadora
del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de un escrito presentado ante el Departamento por las
señoras Annette Fischel Quiros y Julie Meko, en fecha 28 de febrero de 2023, agregamos que el escrito
fue recibido por el Departamento y tomado como parte de las objeciones presentadas por los ciudadanos
del distrito al proceso de reajuste de la lámina del Plan Regulador Peñón de Ario, sin embargo de previo a
entrar a analizar cada una de las objeciones y preguntas presentadas al departamento se logra determinar
que resulta ser más bien recursos contra acuerdos del Cuerpo edil, donde erróneamente las recurrentes
presentan el escrito en dicha oficina, siendo lo correcto haberlo presentado ante la secretaria del Concejo
Municipal.
2.- De la lectura de dicho escrito este Concejo Municipal procede a resolver sobre la admisibilidad de los
recursos planteados de la siguiente, con base en las siguientes consideraciones de derecho.
                                            CONSIDERANDO:
PRIMERO: SOBRE LA NULIDAD ABSOLUTA ALEGADA. La concurrencia de los elementos esenciales, de un
acto administrativo, vienen a dotar de razonabilidad el mismo, lo que implica que la actuación de la
administración sea una conducta coherente y razonable sustentada en el bloque de legalidad.
                                                   158-23

Así las cosas el acto administrativo valido, es el que contempla dentro de su estructura y composición los
elementos esenciales, siendo estos:
1.- Contenido: Es el efecto del acto, es decir el resultado jurídico inmediato del mismo., lo que el acto
dispone, certifica, declara o juzga , lo cual se encuentra normalmente en la parte dispositivo de una
Resolución Administrativa.
El acto administrativo válido, necesariamente debe ser claro, posible y preciso y abarcar ante todo todas las
situaciones de hecho y de derecho.( Articulo 132 Ley General de la Administracion Publica)
2.- Motivo: Por su parte del Motivo de un acto administrativo es el antecedente que hace posible o
necesaria la emisión de un acto, de conformidad con la ley, lo cual debe ser legítimo y existir tal y como ha
sido tomado en cuenta para el dictado del acto. (Articulo 133 Ley General de la Administracion Pública)
Es importante acotar que el motivo es de trascendental importancia por ser el antecedente inmediato del
acto administrativo, su inexistencia trae consecuencia inmediata la invalides del mismo.
3.- Fin: Todo acto administrativo puede tener uno o varios fines particulares, los fines del acto
administrativo deben necesariamente estar fijados por el ordenamiento jurídico, (artículo 131 de la LGAP)
Estos tres elementos esenciales del acto administrativo, constituyen el engranaje de la validez. Es imperante
tener claro que el acto que emane de la administración no puede tener falta de adecuación entre el fin
que marca el ordenamientos jurídico y el fin que se pretende con la actuación de la Administracion, debe
de existir conexidad entre los supuestos que tutela el ordenamiento jurídico y la conducta de la
administración.
Cuando la Administracion usa esas potestades para fines distintos de los previstos por el ordenamiento
jurídico, existe la desviación de poder, que en resumida cuenta es un vicio del acto administrativo que causa
NULIDAD ABSOLUTA del acto como tal, aspecto que no se encuentra presente en la situación fáctica que
nos ocupa.
Además en materia de nulidades, debe quien alega una nulidad indicar el elemento sobre el cual recae el
vicio que hace devenir un acto Administrativo en un acto relativa o absolutamente nulo.
Así las cosas tenemos que quienes recurren manifiestan confusión sobre los actos administrativos a
impugnar, utilizando dos medios impugnativos sin tener plena certeza de cual remedio procesal utilizar,
razón por lo cual presentan ambos para tratar según parece que de ser rechazado el Incidente de Nulidad
Absoluta invocado tener la posibilidad de que le sea admitido Recurso Extraordinario de Revisión. Sin
embargo, ni uno ni otro recuso resulta procedente en este caso.
No existe vicios de nulidad en la tramitología de un expediente administrativo en donde las actuaciones
llevadas a cabo por el funcionario Municipal, que se encuentra desarrollando el ´proyecto de reajuste y
rectificación a una lámina del Plan Regulador Peñón de Ario, son llevadas a cabo apegados la normativa
que rige para la materia de urbanismo y al Manual para la Elaboración de Planes Reguladores, además de
pasar por el tamiz del Instituto Costarricense de Turismo y del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismos
en un sin número de ocasiones, actuando estas dos instituciones como fiscalizadores de este proceso.
Con respecto a la afirmación de los recurrentes de la existencia de Nulidad absoluta en la convocatoria a
audiencia tomada en la sesión ordinaria 137-22, articulo IV inciso c. es solo una apreciación subjetiva de los
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recurrentes, por lo que resulta improcedente su afirmación, dado que no se dan los presupuesto para
invocarla al ser este un acto preparatorio sin efectos propios, son actos de mero trámite llevados a cabo
por el Concejo Municipal, en donde sus efectos se agotaros desde que se logró el objetivo lo cual era la
realización de audiencia pública celebrada en la sesión extraordinaria 37-2023, la cual logra su fin, al
llevarse a cabo con una participación considerable de ciudadanos vecinos de la comunidad de Santa Teresa
de Cóbano y Mal País, razón por la cual tampoco procede la Nulidad Absoluta en la celebración de la
audiencia.
SEGUNDO:SOBRE EL PRESENTACIÓN DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN: Es importante hacer
de conocimiento a las recurrentes que la presentación del Recurso Extraordinario de Revisión, procede
contra actos con efectos propios del cual haya procedido Apelación y esta no fue interpuesta en tiempo,
para el caso que nos ocupa estamos frente a la interposición de recursos contra actos preparatorios sin
efectos propio llevados a cabo por parte de funcionarios municipales en lo que respecta a la tramitología
de los requerimientos necesarios para que el Concejo Municipal acuerde la aprobación en definitiva de la
lámina que contienen los ajustes y rectificación al Plan Regulador peñón de Ario y así mismo la actualización
del Reglamento y además, por otro lado en la misma línea recursiva recurren                 el acuerdo donde se
convoca a una audiencia pública en fecha 08 de febrero de 2023, al que no le procede siquiera la Apelación
y así mismo contra la audiencia realizada.
Veamos lo que establece el código Municipal en su artículo 166 sobre la procedencia de este remedio
procesal:
           “De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido apelación y esta no fue interpuesta en
           tiempo y siempre que no hubiere transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no
           hubiere agotado todos sus efectos, los interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso
           extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo efectos.
         Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad absoluta del acto.
           Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso extraordinario, cabrá recurso
de apelación para ante el Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del quinto día hábil.
De la transcripción de la norma anterior se desprende que el recurso extraordinario de revisión requiere
del cumplimiento de cuatro requisitos para su procedencia, a saber:
    e) Que contra el acuerdo procediera recurso de apelación y este no se hubiere interpuesto en tiempo.
    f)     Que no hubieren transcurridos 10 años.
    g)      Que el acto no hubiese agotado todos sus efectos.
    h) Que el recurso extraordinario se fundamente en causales de nulidad absoluta del acto.
Tal y como se aprecia los recurrentes interponen el recurso extraordinario de revisión e Incidente de
Nulidad Absoluta en contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022,
en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal
de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el reajuste y rectificación de la lámina
del Plan Regulador Costero Peñón de Ario y contra sesión extraordinaria N° 37-2023, del Concejo Municipal
en donde se lleva a cabo la Audiencia Pública.
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Con la realización de la audiencia pública se dan por agotados los efectos del acuerdo de convocatoria
donde se cumplió cabalmente su cometido el cual era lograr la mayor participación ciudadana en la sesión
extraordinaria del día 08 de febrero del año 2023.
Claramente el acuerdo ya cumplió su fin, lo que nos coloca de frente a un Recurso Extraordinario de Revisión
contra un acto agotado.
De cierto modo resulta evidente que las recurrentes han sesgado la información haciendo parecer bajo una
errada interpretación la ausencia de requisitos para llevar a cabo el reajuste y rectificación a la lámina del
Plan Regulador costero Peñón de Ario.
Cabe mencionar que el procedimiento llevado a cabo para realizar el reajuste y rectificación de la lámina
se realiza siguiendo lo establecido en el capítulo 14 del MANUAL PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES
REGULADORES COSTEROS, titulado Cambios a planes reguladores vigentes.
Según lo establecido en dicho Manual para realizar cualquiera de las tres modalidades que existen para
realizar cambios en un Plan Regulador (rectificación, reajuste, modificación), se deben de cumplir con el
procedimiento descrito en los artículos 14.7,14.8 y 14,9 del citado Manual y cumplir con el artículo 17 de
la ley 4240.
Así las cosas, según el artículo 14.7. b, titulado Tramite ante SETENA según tipo de modalidad: Para los
casos en que el Plan Regulador vigente no posea viabilidad ambiental, no será necesario documentar lo
correspondiente ante SETENA.
Ciertamente estamos ante un reajuste y rectificación a una lámina y no ante la creación de un Plan
Regulador o Modificación, por lo que no existe ninguna actuación contraria a derecho por parte de este
Concejo Municipal que conlleve a la declaratoria de nulidad de las actuaciones llevadas a cabo, razón por
la cual   la interposición de Recurso Extraordinario de Revisión contra la audiencia pública, resulta
improcedente, siendo que no se cumple tampoco los presupuestos para poder dar admisibilidad al
mismo.
TERCERO: SOBRE LA NULIDAD ABSOLUTA, EVIDNTE Y MANIFIESTA: Del mismo modo, por falta de
conocimiento a la normativa se realiza un mal manejo de los recursos, por cuanto quienes recurren también
invocan para que se realice la declaratoria de nulidad absoluta evidente y manifiesta, de los actos
actuaciones levadas a cabo que figuran dentro del expediente Administrativo Municipal.
Es importante indicar a las recurrentes que la NULIDAD ABSLUTA EVIDENTE Y MANIFIESTA, procede
cuando la administración haya emitido un acto favorable para determinado sujeto y con posterioridad dicta
un acto contrario al primero en menoscabo de los derechos subjetivos, desconociendo los derechos que a
través de un primer acto había concedido, sea por error o por cualquier otro motivo. Ciertamente a la
Administración le está vedado suprimir por su propia acción aquellos actos que haya emitido confiriendo
derechos subjetivos a los particulares, ello implica que la única vía que tiene la administración para eliminar
un acto suyo del ordenamiento es el proceso de jurisdicción de lesividad , proceso que resulta una garantía
procesal a favor del administrado o bien, o bien en nuestro ordenamiento existe la posibilidad de ir contra
los actos propios en la vía administrativa, en la hipótesis de nulidades absolutas, evidentes y manifiestas,
previo dictamen de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la República
                                                  158-23

(como una garantía más a favor del administrado) y de conformidad con el artículo 173 de la Ley General
de la Administración Pública.
Con la convocatoria a audiencia y a su realización la administración Municipal no ha otorgado derechos
subjetivos para ningún administrado y que ahora la Administracion pretenda suprimir, razón por la cual no
procede la Nulidad Absoluta Evidente y Manifiesta invocada.
La audiencia pública se lleva a cabo bajo el marco legal, en la sesión extraordinaria 37-23, del Concejo
Municipal, el día 8 de febrero del 2023 tal y como fue acordado en la sesión ordinaria 137-22 , articulo IV,
inciso c, del día trece de diciembre del año 2022 , y publicado en la Gaceta N° 4 del día jueves 12 de enero
2023, en la cual se dio a conocer los reajustes y rectificación que estarían realizando a la lámina del Plan
Regulador Costero Peñón de Ario.
Con la publicidad realizada para la convocatoria a la Audiencia Pública, cumplimos nuestro objetivo
logrando la mayor participación ciudadana.
De este modo, queda demostrado que no ha sido sesgado el derecho alguno a la participación e
información que le asiste a la recurrente como de ningún otro ciudadano, a la audiencia del día 08 de
febrero del año 2023, en donde se les da la palabra a los presentes para que realizaran sus observaciones
y así consta en actas de la sesión extraordinaria N° 37-2023, del Concejo Municipal, por lo que a todas
luces no es posible reconocer la nulidad absoluta interpuesta por las Recurrentes. ( ver imagen adjunta )




Por las razones antes expuestas para cada uno de los recursos interpuestos NO se entrara a conocer por
el fondo los mismos dado que resultan ser improcedentes.
                                             POR LO TANTO.
En merito a lo expuesto y con fundamento en la normativa invocada SE RESUELVE:
    i)   Se declara inadmisible el Incidente de Nulidad absoluta interpuesto por las recurrentes Annette
         Fischel Quiros y Julie Meko, contra los actos y actuaciones respectivas vinculadas al expediente
         administrativo de la propuesta del ajuste y rectificación del Plan Regulador Peñón de Ario,
         convocatoria a audiencia tomada por el Concejo Municipal en la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13
                                                  158-23

        de diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a
        las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa, y contra la audiencia celebrada en la sesión
        extraordinaria del día 08 de febrero del año 2022, por resultar improcedente.
   j)   Se declare inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por las recurrentes
        Annette Fischel Quiros y Julie Meko en contra los actos y actuaciones respectivas vinculadas al
        expediente administrativo de la propuesta del ajuste y rectificación del Plan Regulador Peñón de
        Ario, del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que se
        acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal
        de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el ajuste y rectificación de la
        lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario y contra la audiencia pública realizada, contra la
        convocatoria a audiencia, por resultar improcedente.
   k) Se declare inadmisible La Nulidad absoluta evidente y manifiesta interpuesta por los recurrentes,
        contra la audiencia y la convocatoria a audiencias, por resultar improcedente.
   l)   Contra esta resolución no procede Recurso.
   m) Notifíquese al correo señalado.

ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
5.2. Acoger recomendación legal emitida por la administración
5.3. Declarar inadmisible el Incidente de Nulidad absoluta interpuesto por las recurrentes Annette
Fischel Quiros y Julie Meko, contra los actos y actuaciones respectivas vinculadas al expediente
administrativo de la propuesta del ajuste y rectificación del Plan Regulador Peñón de Ario,
convocatoria a audiencia tomada por el Concejo Municipal en la sesión Ordinaria N° 137-22, del
13 de diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero
2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa, y contra la audiencia celebrada en la
sesión extraordinaria del día 08 de febrero del año 2022, por resultar improcedente.
5.4.    Declarar inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por las recurrentes
   Annette Fischel Quiros           y Julie Meko en contra los actos y actuaciones respectivas
   vinculadas al expediente administrativo de la propuesta del ajuste y rectificación del Plan
   Regulador Peñón de Ario, del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de
   diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023
   a las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública
   para exponer el ajuste y rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario y
   contra la audiencia pública realizada,          contra la convocatoria a audiencia, por resultar
   improcedente.
5.5.    Declarar inadmisible La Nulidad absoluta evidente y manifiesta interpuesta por los
   recurrentes, contra la audiencia y la convocatoria a audiencias, por resultar improcedente.
                                                    158-23

5.6.        Indicar que contra esta resolución no procede Recurso”. NOTIFICAR A LAS
    RECURRENTES. ACUERDO UNANIME. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales
    Eric Francis Salazar Rodríguez, William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume
    la curul ante la ausencia del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y Carlos
    Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario
    Eduardo Sánchez Segura).

       c. OFICIO INT-2023-183. OFICIO N.º INT-2023-183. ASUNTO:                            TRASLADO         DE
          BORRADOR DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2023


Estimados Señores:
Por medio de la presente procedo a realizar el respectivo traslado del borrador del presupuesto extraordinario
01-2023, perteneciente a este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en un esfuerzo en conjunto de diferentes
colaboradores a cargo de esta área y otros departamentos.
Se procede a trasladar el mismo para que se conozca y si tienen alguna consulta, sugerencia hacerla saber, es
importante que lo analicen y se tome el acuerdo el día de hoy para celebrar sesión extraordinaria en esta semana
y realizar la aprobación del mismo.
Es importante esta gestión para que se traslade a la mayor brevedad a la Municipalidad de Puntarenas, posterior
a su aprobación. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

PRESIDENTE. SE CONVOCA A SESION EXTRAORDINARIA EL DIA LUNES 15 DE MAYO A
LAS 4 PM A FIN DE QUE LA ADMINISTRACION PRESENTE EL PRESUPUESTO
EXTRAORDINARIO.

Y COMO PUNTO II DE LA AGENDA. SE LE COMUNIQUE A LA AUDITORIA QUE SE LE
RECIBIRA PARA QUE PRESENTE EL INFORME O INFORMES PENDIENTES

       d. Se esta continuando con los trabajos de construcción de la carretera Montezuma-Cabuya,
            se construyó la etapa de base y subase en la comunidad de Cabuya
       e. El día de hoy hicimos unos trabajos en la comunidad de Santa Fe
       f.   Se esta continuando con los trabajos de concreto de las cuentas de sector de la cuesta la
            S.
       g. Se inicio los trabajos de construcción de alcantarillas en el camino Cóbano-Rio Frio y
            cabezales de concreto en esta misma ruta
       h. En las próximas semanas se traerán mas alcantarillas de diámetros mayores para las
            quebradas más grandes. Esperamos que a finales de julio tengamos el 100% de las
            alcantarillas colocadas en esta ruta y quedaría solo pendiente los cabezales de concreto
            de esas alcantarillas
       i.   Se dio orden de inició a la construcción de la carretera en el tramo desde Atardecer Dorado
            hasta la Punta Pochote, esperamos que en las próximas dos semanas la empresa inicie
            con los trabajos en ese sector de manzanillo.
       j.   Estamos trabajando en el entronque de la 160 hasta la comunidad de San Ramon de Ario
            colocando lastre, conformación del camino y colocado alcantarillas en algunos pasos, una
                                                   158-23

           vez terminado este sector estaríamos iniciando entre el cementerio de Cóbano y la
           comunidad de las Delicias con conformación, compactación y colocación de lastre y calles
           internas de la comunidad de las Delicias
    k. Con el tema de la ruta 160 el compromiso con nosotros era que una semana después de
           la semana santa iban a iniciar con la colocación del nuevo puente en valle azul, ante
           consulta al conavi nos dicen que estarían iniciando trabajos en 15 días más o menos
           porque el puente que van a colocar en tipo bailey el cual está en Nosara que deben
           desarmar para trasladarlo, no van a construir un puente de concreto de dos vías, es un
           puente Bailey similar al que estaba solo que con un poco mas de fuerza , ese es el
           comunicado oficial del CONAVI

    l.     Lcda. Yorleny Madrigal. Encargada de patentes. OFICIO PAT-2023-094. RESPUESTA.
           CMC-S-127-2023. Ley número 7740. Ley general de Espectáculos públicos. Menor
           de edad en espectáculos públicos

           Por lo que a continuación les informo:
Que una de las preocupaciones en principio de este departamento es el hecho de que a razón de nuestra
ubicación las personas para obtener algunos requisitos deben desplazarse grandes distancias e invertir
mucho tiempo lo que significa un costo económico importante para los empresarios.

En relación al tema que nos ocupa realice consulta a la licenciada Fainier Lizano, asesora Legal de Ministerio
de Justicia y Paz y me indica que el tramite no tiene costo, además, existen tres formas de realizar dicha
solicitud, una de ellas es mediante el llenado y escaneo de documento de solicitud y envió por correo,
además, las solicitudes las reciben hasta los miércoles para conocer en reunión de comisión de lunes, esto
a excepción de los días feriado, en caso de no ser presentada dicha solicitud en el tiempo indicado, esta
será incorporada en la sesión inmediata siguiente.

Se indica que generalmente en la misma semana recibirán los interesados el acuerdo de calificación vía
correo electrónico. Esta información es importante ya que por nuestra ubicación geográfica como se
mencionó al inicio, el hecho de realizar la solicitud por correo y recibirla por la misma vía, simplifica a las
personas dicho trámite, se aporta también por parte de la licenciada Lizano, el formulario y un instructivo
de cómo realizar el llenado de dicho formulario de solicitud, información que podemos facilitar a los
interesados.

Este departamento considera que la calificación de espectáculos públicos es importante y que podríamos
en una futura modificación al reglamento de Patentes incluirse, siempre y cuando la comisión cuente con
las facilidades para que los solicitantes puedan realizar por correo electrónico mediante el escaneo del
documento dichas solicitudes tal y como se indica que se hace hoy día.

Sin más,

PRESIDENTE. SE DA POR CONOCIDA LA RESPUESTA
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     m. Lcda. Yorleny Madrigal. Encargada de patentes. OFICIO PAT-2023-095. RESPUESTA.
        Respuesta al oficio CMC-S-052-2023, LEY 10.126. Ley de comercio al aire libre
Que este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, aún no cuenta con reglamentación para la aplicación de
la Ley 10.126 Ley de Comercio al Aire Libre, publicado el pasado mes de febrero del 2022.

Lo anterior, obedece principalmente a la no aprobación del presupuesto ordinario 2022, por lo que durante
el año anterior (2022) debimos trabajar con un presupuesto ajustado del 2021, no omito manifestar, que
dicho presupuesto fue muy limitado por el asunto de pandemia y si bien es cierto contábamos con recursos
los mismo no podían ser destinados a otros rubros pues era necesario resguardar la seguridad financiera en
el momento, por lo que estuvimos trabajando con un presupuesto precario elaborado en una realidad muy
diferente como lo fue pandemia.

El objetivo el presente año era iniciar en abril con la una comisión integrada por profesionales y técnicos de
diferentes unidades que tengan injerencia directa en este tema, para realizar el análisis, evaluación y
viabilidad de la aplicación de un proyecto de reglamento a dicho cuerpo normativo, tomando en
consideración tal y como lo indica el artículo 4 de dicha ley, criterios de utilización de espacios, requisitos y
condiciones de uso aptas para el cumplimiento de los fines de dicha norma y muy importante tomando en
consideración cada una de nuestras realidades ya que no es menester de este Concejo Municipal crear un
reglamento que perjudique más, de lo que realmente brindaría oportunidades a los habitantes y
comerciantes de la zona a falta de espacios e infraestructura.

Les indico que no fue posible iniciar en abril con este proyecto, por lo que en este mes de mayo estaremos
retomando funciones concernientes a este tema. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

CONSIDERANDO:

    ➢ Que se ha conocido OFICIO CMDC-PAT-2023-085 mediante el cual la encargada del
        depto. de Patentes nos brinda un criterio con respecto a la ley 10.126 Ley de Comercio al
        aire libre, el cual se detalla:
Que este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, aún no cuenta con reglamentación para la aplicación de
la Ley 10.126 Ley de Comercio al Aire Libre, publicado el pasado mes de febrero del 2022.
Lo anterior, obedece principalmente a la no aprobación del presupuesto ordinario 2022, por lo que durante
el año anterior (2022) debimos trabajar con un presupuesto ajustado del 2021, no omito manifestar, que
dicho presupuesto fue muy limitado por el asunto de pandemia y si bien es cierto contábamos con recursos
los mismo no podían ser destinados a otros rubros pues era necesario resguardar la seguridad financiera en
el momento, por lo que estuvimos trabajando con un presupuesto precario elaborado en una realidad muy
diferente como lo fue pandemia.

El objetivo el presente año era iniciar en abril con la una comisión integrada por profesionales y técnicos de
diferentes unidades que tengan injerencia directa en este tema, para realizar el análisis, evaluación y
viabilidad de la aplicación de un proyecto de reglamento a dicho cuerpo normativo, tomando en
consideración tal y como lo indica el artículo 4 de dicha ley, criterios de utilización de espacios, requisitos y
condiciones de uso aptas para el cumplimiento de los fines de dicha norma y muy importante tomando en
                                                  158-23

consideración cada una de nuestras realidades ya que no es menester de este Concejo Municipal crear un
reglamento que perjudique más, de lo que realmente brindaría oportunidades a los habitantes y
comerciantes de la zona a falta de espacios e infraestructura.

Les indico que no fue posible iniciar en abril con este proyecto, por lo que en este mes de mayo estaremos
retomando funciones concernientes a este tema. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION

    ➢ Que este Concejo considera que efectivamente los principales centros de población de
        nuestro distrito no cuentan con las condiciones de infraestructura apropiada para poder
        poner en funcionamiento esta ley

ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
6.2. Contestar a la Diputada Carolina Delgado Ramírez, del Partido Liberación Nacional, que el
Distrito de Cóbano no cuenta con la infraestructura vial para que el Concejo Municipal pueda poner
en funcionamiento la Ley 10.126. Actualmente cuando algunos comercios sacan sus productos
fuera de sus negocios , las calles se convierten en un caos, ya que los peatones no tienen por
donde transitar, y las quejas son inmediatas por lo tanto la intervención municipal también. En
estas condiciones seria sumamente irresponsable aplicar esta Ley, hasta tanto no se cuente con
las condiciones para asegurar que el desarrollo comercial no menoscabe el derecho del libre
transito, el acceso y la movilidad de los peatones.”. ACUERDO UNANIME. . Votan a favor los
Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez, William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal Minor Centeno Sandi ), Manuel Ovares Elizondo y
Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario
Eduardo Sánchez Segura). Notificar carolina.delgado@asamblea.go.cr

PRESIDENTE. PREGUNTAS PARA DON FAVIO
Manuel. Escuche que el 19 de este mes hay una reunión con el viceministro de infraestructura y el
jefe del tránsito. Invitaron a la Asociacion, que saben
FAVIO. NO SE NADA
MAURICIO. Qué posibilidad hay de colocar dos o tres vagonetadas en Santa Teresa, frente don
Taco, esos huecos se generan por las aguas que los propietarios tiran a las calles.
FAVIO. Ese trabajo ya está coordinado
WILLIAM. El puente sobre el rio caño seco no está en planes, usted dijo que era el INDER quien
lo iba a gestionar
FAVIO. Si nosotros enviamos los estudios al INDER, faltan unos documentos que pidieron y un
acuerdo para que ellos puedan utilizar los estudios que hicimos. Ayer se les presento el de Santa
Fe y el de caño seco. La ruta de Cóbano - Rio Frio solo solo quedaría pendiente la construcción
de ese puente. lo demás quedaría con pasos de alcantarilla
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WILLIAM. El problema de las ferreterías obstruyendo el paso usted dijo se iba a solucionar con las
patentes, que paso con eso
FAVIO. Si se le abrió un procedimiento administrativo a la empresa, ellos solicitaron tiempo para
solucionarlo, hicieron un plantel para materiales arriba en las cuestas, con la información que usted
me paso le pedí a patente analizar que estaba pasando y si se hace una reapertura del caso para
saber si están cumpliendo o no
MAURICIO. En realidad, el dpto. lo está haciendo
WILLIAM. No se si a nivel administrativo se puede enviar una nota a acueductos y alcantarillados
con respecto al rompimiento de la calle, en los mangos hay un hueco muy peligroso y llegando a
bombas Jimal, cortan la calle y solo la dejan así
FAVIO. La afectación es al usuario, yo opinaría enviar nota al CONAVI, sobre las labores que hace
el Ay A., no al A y A que esta lleno de notas del área administrativa, seria ante el CONAVI. Sugiero
hacer denuncia ante del CONAVI por incumplimiento de AyA. Hágase una moción y se le piden al
Ingeniero todos los documentos que a enviado al AyA sobre esos huecos
-WILLIAM. Otra situación que en otro momento se lo externe. La calle de Maria Cruz era una ruta
abandonada se le puso alcantarilla y a partir de ahí es una calle tan transitada que a uno le alegra
porque eso significa que hay menos congestionamiento en el centro de Cóbano, es bueno porque
abre las posibilidades de transito de distrito.
PRESIDENTE. La alcantarilla de cuadro por el redondel cuando estará lista
FAVIO. Tienen un mes para terminar. Ahí nace el rio biscoyol


ARTICULO lX.           CORRESPONDENCIA
   a. Albino Vargas. Secretario General. ANEP. OFICIO S.G.21-25-1673-23. Asunto.
       Dictamen jurídico. Vinculatoriedad de la Opinión Consultiva N°OC-27 del 5 de mayo del
       2021 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para el Régimen Municipal que
       fortalece derechos laborales y sindicales con enfoque del género.
       PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION


   b. Juan Luis Brenes Vega. ASUNTO. Solicitud inmediata de ejecución del acuerdo de este
       Concejo de la sesión ordinaria número 185-2019 ratificado por el tribunal Contencioso,
       rechazar al portas el recurso extraordinario de revisión interpuesto por COLEMU y darle
       curso a la solicitud de concesión presentada por su representada.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
   c. Esteban Alfaro Calderón. ASUNTO. Informa de cumplimiento de orden emitida de retiro
       de construcción.
       PRESIDENTE. SE CONOCE Y SE DA PASE AL DPTO DE ZONA MARITIMO
       TERRESTRE
                                              158-23

   d. Alejandro Marozzi Mata y Tania Johanning. ASUNTO. Coayudvancia a recurso
       Extraordinario de revisión e incidente de nulidad absoluta de actos interpuesto el día 28 de
       febrero del 2023 por las señoras Annette Fischel Quiros y Julie Meko .
SE CONOCE RECOMENDACIÓN LEGAL A ESTA COADYUVANCIA ELABORADA POR LA
ASESORA LEGAL DE ESTE CONCEJO.
CONSIDERANDO:
   ➢ Que se ha conocido Coayudvancia a recurso Extraordinario de revisión e incidente de
       nulidad absoluta de actos interpuesto el día 28 de febrero del 2023 por las señoras Annette
       Fischel Qurios y Julie Meko, presentado por los señores Alejandro Marozzi Mata y Tania
       Johanning.
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
7.2. Declarar inadmisible el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por la recurrente en
contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que se
acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón
Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el ajuste y
rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario, contra la audiencia pública
realizada, contra la convocatoria a audiencia, por resultar improcedente.
7.3.   Declarar inadmisible el incidente de Nulidad absoluta interpuesto por la recurrente, contra
       .la convocatoria a audiencia tomada por el concejo Municipal en la sesión Ordinaria N° 137-
       22, del 13 de diciembre de 2022, en que se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08
       de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón Comunal de Santa Teresa, por resultar
       improcedente
7.4.   Declarar inadmisible La Nulidad absoluta evidente y manifiesta interpuesta            por la
       recurrente, contra la audiencia y la convocatoria a audiencias, por resultar improcedente.
       POR LO TANTO:
CONSIDERANDO:
Es importante hacer de conocimiento a la recurrente        que para la interposición de     recurso
extraordinario de Revisión, este procede contra actos con efectos propios apacibles de apelación
y en el caso que nos ocupa estamos frente a la interposición de un recurso contra un acto
preparatorio sin efectos propio, siendo que se recurre el acuerdo donde se convoca a una
audiencia pública en fecha 08 de febrero de 2023, al que no le procede siquiera la Apelación.
Veamos lo que establece el código Municipal en su artículo 166 sobre la procedencia de este
remedio procesal:
       “De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido apelación y esta no fue
       interpuesta en tiempo y siempre que no hubiere transcurrido diez años de tomado el
       acuerdo y que el acto no hubiere agotado todos sus efectos, los interesados podrán
       presentar, ante el Concejo, recurso extraordinario de revisión, a fin de que el acto no surta
       ni siga surtiendo efectos.
                                              158-23


Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad absoluta del acto.
          Contra la resolución de fondo emitida por el concejo sobre este recurso extraordinario,
cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso-Administrativo, dentro del quinto día
hábil.
De la transcripción de la norma anterior se desprende que el recurso extraordinario de revisión
requiere del cumplimiento de cuatro requisitos para su procedencia, a saber:
    n) Que contra el acuerdo procediera recurso de apelación y este no se hubiere interpuesto en
         tiempo.
    o) Que no hubieren transcurridos 10 años.
    p)   Que el acto no hubiese agotado todos sus efectos.
    q) Que el recurso extraordinario se fundamente en causales de nulidad absoluta del acto.
Tal y como se aprecia la señora Rebeca Perez Perez interpone el recurso extraordinario de revisión
en contra del acuerdo N° 3 de la sesión Ordinaria N° 137-22, del 13 de diciembre de 2022, en que
se acordó Sesionar Extraordinariamente el día 08 de febrero 2023 a las 10:00 am en el Salón
Comunal de Santa Teresa para llevar a cabo la audiencia pública para exponer el ajuste y
rectificación de la lámina del Plan Regulador Costero Peñón de Ario.
De lo anterior se desprende que no existe la posibilidad de interponer el recurso extraordinario de
revisión, debido a que no estamos en presencia de un acto administrativo que este surtiendo
efectos, si no lo contrario, el mismo ya los produjo, ello por cuanto el citado acuerdo fue ejecutado
a cabalidad pudiéndose cumplir con la realización de la sesión extraordinaria del Concejo
Municipal para llevar a cabo la audiencia pública el día 08 de febrero del año 2023 , a la que
asistieron y participaron un sin número de personas entre las cuales se encontraba la recurrente,
según se comprueba en la lista de asistencia a la misma.
Claramente el acuerdo ya cumplió su fin, siendo así, estamos en presencia de un recurso
Extraordinario de Revisión contra un acto agotado, razón por la cual no resulta procedente.
Paralelamente la recurrente interpone Recurso extraordinario de Revisión contra la audiencia
pública que se llevó a cabo en la fecha señalada líneas arriba, argumentando que no podía llevarse
a cabo y presentarse a la población un proyecto en el que no existe licencia ambiental aprobada
de previo.
De cierto modo resulta evidente que la recurrente ha sesgado información haciendo parecer bajo
una errada interpretación la ausencia de requisitos para llevar a cabo el reajuste y rectificación a
la lámina del Plan Regulador costero Peñón de Ario.
La audiencia pública realizada por este concejo Municipal se lleva a cabo, tal y como se ha supra
citado para presentar a la población el ajuste y rectificación de la lámina del Plan Regulador
Costero Peñón de Ario.
Cabe mencionar que el procedimiento llevado a cabo para realizar el reajuste y rectificación de la
lámina       se realiza siguiendo lo establecido en el capítulo 14 del         MANUAL PARA LA
ELABORACXION DE PLANES REGULADORES COSTEROS, titulado Cambios a planes
reguladores vigentes.
                                              158-23


Según lo establecido en dicho Manual para realizar cualquiera de las tres modalidades que existen
para realizar cambios en un Plan Regulador (rectificación, reajuste, modificación), se deben de
cumplir con el procedimiento descrito en los artículos 14.7,14.8 y 14,9 del citado Manual y cumplir
con el artículo 17 de la ley 4240.
Por lo anterior según el artículo 14.7. b, titulado Tramite ante SETENA según tipo de modalidad:
Para los casos en que el Plan Regulador vigente no posea viabilidad ambiental, no será necesario
documentar lo correspondiente ante SETENA.
Ciertamente estamos ante un reajuste y rectificación a una lámina y no ante la creación de un
Plan Regulador o Modificación, por lo que no existe ninguna actuación contraria a derecho por
parte de este Concejo Municipal que conlleve a la declaratoria de nulidad de las actuaciones
llevadas a cabo, razón por la cual    la interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
contra la audiencia pública, tampoco procede, siendo que no se cumple tampoco los
presupuestos para poder dar admisibilidad al mismo.
Con respecto a la afirmación del recurrente de la existencia de Nulidad absoluta en la convocatoria
a audiencia tomada en la sesión ordinaria 137-22, articulo IV inciso c. es solo una apreciación
subjetiva de la recurrente, por lo que resulta improcedente su afirmación, dado que no se
dan los presupuesto para invocarla al ser este un acto preparatorio sin efectos propios,
. SOBRE LA NULIDAD ABSOLUTA ALEGADA.
La concurrencia de los elementos esenciales, de un acto administrativo, vienen a dotar de
razonabilidad el mismo, lo que implica que la actuación de la administración sea una conducta
coherente y razonable sustentada en el bloque de legalidad, que permita explicarse por sí misma,
sin embargo , la ausencia de alguno de los elementos del acto , riñe con lo que la doctrina
constitucionalista contemporánea ha dado en llamar Principio de Interdicción de la arbitrariedad,
razonabilidad y proporcionalidad de los actos administrativos ( ver voto 2004-1421 y voto 732-
2010).
Así las cosas, el acto administrativo valido, es el que contempla dentro de su estructura y
composición los elementos esenciales, siendo estos:
1.- Contenido: Es el efecto del acto, es decir el resultado jurídico inmediato del mismo., lo que el
acto dispone, certifica, declara o juzga, lo cual se encuentra normalmente en el parte dispositivo
de una Resolución Administrativa.
El acto administrativo válido, necesariamente debe ser claro, posible y preciso y abarcar ante todo
todas las situaciones de hecho y de derecho. (Artículo 132 Ley General de la Administracion
Publica)
2.- Motivo: Por su parte del Motivo de un acto administrativo es el antecedente que hace posible
o necesaria la emisión de un acto, de conformidad con la ley, lo cual debe ser legítimo y existir tal
y como ha sido tomado en cuenta para el dictado del acto. (Articulo 133 Ley General de la
Administracion Pública)
Es importante acotar que el motivo es de trascendental importancia por ser el antecedente
inmediato del acto administrativo, su inexistencia trae consecuencia inmediata la invalides del
mismo.
                                              158-23

3.- Fin: Todo acto administrativo puede tener uno o varios fines particulares, los fines del acto
administrativo deben necesariamente estar fijados por el ordenamiento jurídico, (artículo 131 de la
LGAP)
Estos tres elementos esenciales del acto administrativo, constituyen el engranaje de la validez. Es
imperante tener claro que el acto que emane de la administración no puede tener falta de
adecuación entre el fin que marca el ordenamientos jurídico y el fin que se pretende con la
actuación de la Administracion, debe de existir conexidad entre los supuestos que tutela el
ordenamiento jurídico y la conducta de la administración.
Cuando la Administracion usa esas potestades para fines distintos de los previstos por el
ordenamiento jurídico, existe la desviación de poder, que en resumida cuenta es un vicio del acto
administrativo que causa NULIDAD ABSOLUTA del acto como tal, aspecto que no se encuentra
presente en la situación fáctica que nos ocupa.
Además en materia de nulidades, debe quien alega una nulidad indicar el elemento sobre el
cual recae el vicio que hace devenir un acto Administrativo en un acto relativa o
absolutamente nulo.
Así las cosas tenemos que quien recurre manifiesta confusión sobre los actos administrativos a
impugnar, utilizando dos medios impugnativos sin tener plena certeza de cual remedio procesal
utilizar, razón por lo cual presenta ambos para tratar según parece que de ser rechazo el Recurso
Extraordinario de Revisión tener la posibilidad de que le sea admitido el incidente de Nulidad
Absoluta invocado. Sin embargo, ni uno ni otro resulta procedente en este caso.
Del mismo modo, por falta de conocimiento a la normativa se realiza un mal manejo de los
recursos, por cuanto quien recurre también invoca y deja presentado incidente de nulidad absoluta
evidente y manifiesta, contra las convocatorias y la audiencia.
Es importante indicar a la recurrente que la NULIDAD ABSLUTA EVIDENTE Y MANIFIESTA,
procede cuando la administración haya emitido un acto favorable para determinado sujeto y con
posterioridad dicta un acto contrario al primero en menoscabo de los derechos subjetivos,
desconociendo los derechos que a través de un primer acto había concedido, sea por error o por
cualquier otro motivo. Ciertamente a la Administración le está vedado suprimir por su propia acción
aquellos actos que haya emitido confiriendo derechos subjetivos a los particulares, ello implica
que la única vía que tiene la administración para eliminar un acto suyo del ordenamiento es el
proceso de jurisdicción de lesividad , proceso que resulta una garantía procesal a favor del
administrado o bien, o bien en nuestro ordenamiento existe la posibilidad de ir contra los actos
propios en la vía administrativa, en la hipótesis de nulidades absolutas, evidentes y manifiestas,
previo dictamen de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la
República (como una garantía más a favor del administrado) y de conformidad con el artículo 173
de la Ley General de la Administración Pública.
Con la convocatoria a audiencia y a su realización la administración Municipal no ha otorgado
derechos subjetivos para ningún administrado y que ahora la Administracion pretenda suprimir,
razón por la cual no procede la Nulidad Absoluta Evidente y Manifiesta invocada.
La audiencia pública se lleva a cabo bajo el marco legal, en la sesión extraordinaria 37-23, del
Concejo Municipal, el día 8 de febrero del 2023 tal y como fue acordado en la sesión ordinaria
                                             158-23


137-22 , articulo IV, inciso c, del día trece de diciembre del año 2022 , y publicado en la Gaceta,
en la cual se dio a conocer los reajustes y rectificación que estarían realizando a la lámina del
Plan Regulador Costero Peñón de Ario.
Con la publicidad realizada para la convocatoria a la Audiencia Pública, cumplimos nuestro
objetivo logrando la mayor participación ciudadana, donde incluso la misma recurrente tuvo
participación tal y como se observa en la imagen que se inserta a esta resolución, en
orden de la lista de arriba hacia abajo la participante número cuatro:




De este modo, queda demostrado            que no ha sido sesgado el derecho alguno a la
participación e información que le asiste a la recurrente como de ningún otro ciudadano,
a la audiencia del día 08 de febrero del año 2023, en donde se les da la palabra a los presentes
para que realizaran sus observaciones y así consta en el acta de sesión extraordinaria N° 37-
2023, del Concejo Municipal,    por lo que a todas luces no es posible reconocer la nulidad
absoluta interpuesta por la Recurrente. ( ver imagen adjunta )




Por las razones antes expuestas para cada uno de los recursos interpuestos NO se entrara
a conocer por el fondo los mismos dado que resultan ser improcedentes.
                                                158-23

7.5.      Informar que Contra esta resolución no procede Recurso. Notifíquese al correo señalado.
          ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez,
          William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del
          Concejal Minor Centeno SandiManuel Ovares Elizondo y Carlos Mauricio Duarte Duarte
          (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura).


       e. Asociacion de Desarrollo Integral de Rio Negro. ASUNTO. Presentación de proyecto
          de compra de un congelador y un sistema de almacenamiento y bombeo de agua potable
          para el salón multiusos. Monto ¢2.400.110,67.
PRESIDENTE. HAY QUE DAR PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE LO ANALICE Y SI
ES POSIBLE LO INCLUYAN EN EL PROXIMO PRESUPUESTO SI HAY CAMPO EN ESTE
MEJOR.
FAVIO. Hay que analizarlo
CONSIDERANDO:
       → Que se ha conocido proyecto presentado por la Asociacion de desarrollo integral de Rio
          Negro
ACUERDO N°8
Con cuatro votos a favor de cinco presentes, no vota el Concejal Ovares Elizondo ya que es
el presidente de esta Asociacion SE ACUERDA: 8.1. “Dar pase del proyecto presentado por la
ADI de Rio Negro el cual consiste en la compra de un congelador y un sistema de almacenamiento
y bombeo de agua potable para el salón multiusos. Por un Monto de                   ¢2.400.110,67. A la
administración a fin de que lo analicen y si es posible lo incluyan en el próximo presupuesto”.
          ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Francis Salazar Rodríguez,
William Morales Castro, Kimily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
Minor Centeno Sandi ), y Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia
del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura).


ARTICULO X.             INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
********************************************   U.L.********************************************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas con cinco minutos se da por finalizada la sesión.
BUENAS NOCHES




Sr. Eric Salazar Rodríguez                             Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                             SECRETARIA