Ordinaria 130 · 2022-10-25

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 130 del 2022-10-25 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                      ACTA N°130-2022
                                  PERIODO CONSTITUCIONAL
                                         2020-2024


ACTA NÚMERO CIENTO TREINTA - DOS MIL VEINTIDOS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA VEINTICINCO DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez.

CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura.
Manuel Ovares Elizondo
Minor Centeno Sandi.
Cristel Salazar Cortes

CONCEJALES SUPLENTES
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Kemily Rebeca Segura Briceño

INTENDENTE
Sr. Favio López Chacón

ASESORA LEGAL

SECRETARIO
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro

CONCEJALES SUPLENTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.         CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.           ORACION
A cargo de la secretaria

ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
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    a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 129-2022 la cual se ratifica en todas sus partes
       por los concejales Eric Salazar, Kemily Segura, Manuel Ovares y Eduardo Sánchez.

“Existe obligación de aprobar el acta de cada sesión, las actas no se votan, solo se someten
a aprobación mediante un acuerdo de mero trámite y carece de recursos”

ARTICULO III.            AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

    a. Se recibe para su debida juramentación a la señora:


    •   Danelia de los Ángeles Ubeda Gonzales                      Cedula 155825929736. “


Los cual fue nombrada como miembro de la Junta de Educación del Centro Educativo San Isidro

en la sesión ordinaria 128-2022 del día 11 de octubre del 2022. Procede a la Juramentación el

Presidente Municipal Sr. Eric Salazar Rodríguez, de acuerdo al juramento sancionado en el artículo

194 de la constitución política, que dice:

-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y
cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y la Patria
os lo demanden. Una vez juramentada la señora se retira:

ARTICULO IV.             MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.              ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.             INFORME DE LAS COMISIONES

COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE


    a. ASUNTO. Revisión de expediente número 2800-05, a nombre de la sociedad denominada
       SANTA TERESA SURF&SPA Y RESORT S.R.L. en virtud de pase en relación al oficio
       ING-226-2022 mismo que versa sobre consulta al departamento de Zona Marítimo
       Terrestre en relación a solicitud de permiso parcial de la concesionaria

                      DICTAMEN DE COMISION (ACTA 34 del 25 de octubre)

CONSIDERANDO:
   ► Que mediante OFICIO INT- 2022-511 la Intendencia traslada el OFICIO ZMT 096-2022 relacionado
      con solicitud de prorroga por tercera vez realizada por la Concesionaria Santa Teresa Surf and Spa
      S.A. finca número 6-2553-Z-000 cuya concesión inicia en el 2016 y finaliza en el 2036.
   ► Que el plazo para iniciar las obras o el proyecto vence el 27 de octubre del 2022.
   ► Que de no prorrogarse el plazo de inicio de las obras, esta corporación tiene la facultad de ejecutar
      la garantía.
   ► Que de acuerdo a la cláusula vigésimo quinta, la concesionaria contaba con un plazo de 24 meses
      después de formalizar el contrato para iniciar las obras y este plazo se venció en mayo del 2018.
   ► Que el 5 de julio del 2018 la concesionaria solicitó una prórroga por un año, basado en el atraso de
      inicio de operación del acueducto de Santa Teresa, el cual fue aprobado mediante acuerdo en la
      sesión ordinaria 122-2018.
   ► Que con fecha 28 de julio del 2020 la concesionaria solicita nueva prórroga por 36 meses, basados
      en la incertidumbre emanada de los requisitos solicitados por el A y A para otorgar servicios de
      agua, adicionalmente basan su solicitud en la presentación de un Master Plan esquemático para el
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       desarrollo de la concesión, mismo que es diferente al aprobado en la concesión , en vista de la
       solicitud el Concejo concedió una prórroga de 24 meses , mediante acuerdo de la sesión ordinaria
       número 022-20y que la concesionario iniciara las obras el 27 de octubre del 2022
     ► Que según lo consultado por esta comisión al Depto. de construcciones y lo indicado por la Arq.
       Melissa Jiménez, encargada de dicho Departamento, lo que resta a la concesionaria para obtener
       el permiso de construcción para iniciar las obras, es cancelar el permiso de construcción.

                                                POR LO TANTO

 Analizado el expediente de la concesionaria Santa Teresa Surf & Spa y Resort S.R.L. y el oficio ZMT 096-
 2022 emitido por la asesora legal del Dpto. de ZMT, esta comisión dictamina RECOMENDAR AL HONORABLE
 CONCEJO:
 1. Se otorgue una prórroga de 12 meses para el inicio de las obras, a la concesionaria Santa Teresa Surf &
 Spa y Resort S.R.L., a fin de que en ese tiempo cancele el permiso de construcción, el cual ya cuenta con su
 expediente completo y solo requiere del pago para que se otorgue el permiso e inicien con las obras.
 2. Se prorrogue el plazo de la garantía de acuerdo al artículo 56 del a Ley 6043.
 3. Se le indique a la concesionaria que debe cumplir con el inicio de las obras en el plazo otorgado ya que el
 no cumplir con esta nueva prórroga, la tercera otorgada por este Concejo, confirmaría un incumplimiento
 al contrato de concesión con las eventuales sanciones que ello conlleva. ES TODO. HASTA AQUÍ LA
 TRANSCRIPCION
 ACUERDO N°1
 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “. 1.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
 presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
 1.2. Otorgar prórroga de 12 meses para el inicio de las obras, a la concesionaria Santa Teresa
 Surf & Spa y Resort S.R.L., cedula jurídica número 3-101-364284 a fin de que en ese tiempo
 cancele el permiso de construcción, el cual ya cuenta con su expediente completo y solo requiere
 del pago para que se otorgue el permiso e inicien con las obras.****************************
 1.3. Prorrogar el plazo de la garantía de acuerdo al artículo 56 del a Ley 6043.**************
 1.4. Indicar a la concesionaria que debe cumplir con el inicio de las obras en el plazo otorgado ya
 que el no cumplir con esta nueva prórroga, la tercera otorgada por este Concejo, confirmaría un
 incumplimiento al contrato de concesión con las eventuales sanciones que ello conlleva. Votan a
 favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi,
 Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del
 Concejal William Morales Castro). Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
 municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
 DEFINITIVAMENTE APROBADO.


     b. ASUNTO. Adendum al Proyecto de Resolución de la Sociedad Denominada
        Inversiones Internacionales O.P. S.A. EXP. N°2392-04

                         DICTAMEN DE COMISION (ACTA 33 del 18 de octubre)

         Documentos analizados para dictaminar:
             Pase CMC-S-317-2022
             Expediente 2392-04
             OFICIO INT-2022-490 TRASLADO DEL ADENDUM

                                                  CONSIDERANDO:
I. A folio 372-380 del expediente consta solicitud de la representación de la sociedad concesionaria en
   donde informa y se solicita el cambio por transformación de la sociedad Inversiones Internacionales OP
   de Sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada, por lo que se modifica la cláusula I del
   Proyecto de Resolución para que se lea de la siguiente forma: I. La Sociedad Inversiones Internacionales
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 OP transforma su estructura de sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada, porque en
 adelante para efectos de la concesión y el contrato se leerá la sociedad Inversiones Internacionales OP
 Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-059181, inscrita tomo 338,
 asiento 18712, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael EBC Centro corporativo, octavo piso, oficinas
 de esfera legal. Representada por l señor Robert Christian Van Der Putten Reyes, portador de la cédula
 de identidad número 8-0079-0378.
                                                Por tanto
                                          Dictamen de comisión
Analizada la solicitud y los documentos presentados, esta comisión recomienda al Concejo:
     1. Se apruebe el presente Adendum al Proyecto de Resolución correspondiente a la concesión de zona
         marítimo terrestre de la Sociedad denominada Inversiones Internacionales O.P. S.A. cedula Jurídica
         Numero 3-101-059181 y que la cláusula I del Proyecto de Resolución se lea como sigue:
I. La Sociedad Inversiones Internacionales OP transforma su estructura de sociedad Anónima a Sociedad de
Responsabilidad Limitada, porque en adelante para efectos de la concesión y el contrato se leerá la sociedad
Inversiones Internacionales OP Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-
059181, inscrita tomo 338, asiento 18712, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael EBC Centro
corporativo, octavo piso, oficinas de esfera legal. Representada por l señor Robert Christian Van Der Putten
Reyes, portador de la cédula de identidad número 8-0079-0378.

    2. Se autorice a la Intendencia a firmar el respectivo adendum al contrato de concesión. ES TODO.
       HASTA AQUI LA TRANSCRIPCION.
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. “Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
 2.2.     Aprobar Adendum al Proyecto de Resolución correspondiente a la concesión de zona
         marítimo terrestre de la Sociedad denominada Inversiones Internacionales O.P. S.A.
         cedula Jurídica Numero 3-101-059181 y que la cláusula I del Proyecto de Resolución
         se lea como sigue: **********************
            I. La Sociedad Inversiones Internacionales OP transforma su estructura de sociedad
            Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada, porque en adelante para efectos de
            la concesión y el contrato se leerá la sociedad Inversiones Internacionales OP Sociedad
            de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-059181, inscrita tomo
            338, asiento 18712, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael EBC Centro
            corporativo, octavo piso, oficinas de esfera legal. Representada por l señor Robert
            Christian Van Der Putten Reyes, portador de la cédula de identidad número 8-0079-
            0378. *****************
2.3. Autorizar al Intendente a firmar el presente adendum al contrato de concesión de la
Sociedad Inversiones Internacional O.P. S.A.”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los
Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi, Eduardo
Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
William Morales Castro).

    c. ASUNTO. Proyecto de Resolución de la Sra. Rojas Paniagua Doris. EXP. N° 3774-
       2017
                    DICTAMEN DE COMISION (ACTA 33 del 18 de octubre)
        Documentos analizados para dictaminar:
            Pase CMC-S-317-2022
            Expediente 3774-2017
            OFICIO INT-2022-494 DE TRASLADO DEL PROYECTO DE RESOLUCION
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                                                  Considerando:
    I La solicitante de Concesión, la señora ROJAS PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de identidad
    número 6-107-2-0470, ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley 6043
    sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
  II. En fecha 19 de mayo del año 2021, ROJAS PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de identidad número
      6-107-2-0470, presenta ante el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por
      un área de 733 metros cuadrados, ubicada exactamente entre los mojones número 121 y 123 Instituto
      Geográfico Nacional en Cabuya Montezuma, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas,
      visible a folio 001.
 III. El día 23 de junio del año 2022, se realizó Inspección de Campo, por el funcionario Municipal Greivin
      Carmona Rodríguez, sobre la parcela que se solicita en concesión, visible a folio del 024-027.
 IV. Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano. SUR:
      Concejo Municipal de Distrito Cóbano, ESTE: Zona Pública, OESTE: Calle Pública, visible a folio 027.
  V. La señora ROJAS PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de identidad número 6-107-2-0470, aportó el
      plano catastrado 6-31141-2022, por un área de 733 metros cuadrados, cuya naturaleza es área mixta
      para el turismo y la Comunidad (MIX), siendo el uso Residencial de Recreo para la totalidad del área. folio
      008.
 VI. El Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 135 del 15 de julio del 2022,
      concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, dentro del plazo concedido no se recibió en el Concejo
      Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a folio 039.
VII. La parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de                Cabuya-Montezuma,
      distrito de Cóbano, del cantón de Puntarenas, provincia de Puntarenas. La declaratoria de actitud turística
      fue otorgada por parte del Instituto Costarricense de Turismo, en la sesión ordinaria número: 6041,
      articulo 5, del 27 de agosto del 2018, publicado en Diario Oficial La Gaceta número 199, del 29 de octubre
      del 2018.
VIII. Se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Integral Cabuya
      Montezuma, Que el Plan Regulador vigente para el sector costero Cabuya Montezuma fue publicado en
      el Diario Oficial La Gaceta, alcance número 184 del 14 de setiembre del 2016, en la cual el Concejo
      Municipal del Distrito de Cóbano, comunica que en la sesión extra ordinaria número 03-2016, celebrada
      el 9 de junio del 2016, acordó: Adoptar y poner en ejecución el plan regulador Integral de Cabuya
      Montezuma de Cóbano, de Puntarenas. Por otra parte se indica que la aprobación por parte del ICT fue
      en la sesión de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo número 55927, articulo 50, inciso
      11, del 18 de abril del año 2016 y con la aprobación del Departamento de Urbanismo del Instituto Nacional
      de Vivienda y Urbanismo comunicado mediante oficio C-UCT00T-35-05 2016 con fecha 31 de mayo del
      año 2016.
 IX. El uso o naturaleza de la parcela será destinado de la siguiente forma: la totalidad de los 733 metros
      cuadrados para el uso de Residencial de Recreo, en el Área Mixta para el Turismo y la Comunidad (MIX),
      folio 020/039.
  X. Existe un informe de avalúo número: CYV-AV-ZMT-0048-2022, elaborado por el Ingeniero Topógrafo
      Keilor Ortega Otárola, a nombre de la Señora ROJAS PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de
      identidad número 6-107-2-0470, notificado en fecha 12 de julio del año 2022 vía correo electrónico, el
      cual otorgó a la parcela un valor total de ¢10.262.000,00 (Diez millones doscientos sesenta y mil colones
      exactos), y 14.000,00 (Catorce mil colones) valor unitario, en el que se estableció que el canon a pagar
      anualmente es por la suma de ¢ 153.930,00 (Ciento cincuenta y tres mil novecientos treinta colones
      00/100) el cual comprende el periodo que va del año 2022 al 2027, por lo que el mismo se encuentra
      vigente. (Ver folios 030-037).
  XI. Se establece como fecha última para el pago de la primera anualidad del canon por el monto de ¢
      153.930,00 (Ciento cincuenta y tres mil novecientos treinta colones 00/100), el día de la firma del
      contrato, que se encuentra regulado en el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe
      hacerse a nombre del Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas. Las demás anualidades
      podrán cobrarse a partir del visto bueno de aprobación por parte del Instituto Costarricense de Turismo.
      Por tanto, la fecha del pago de las siguientes anualidades por concepto de canon será la misma en que se
      firmara el contrato de concesión ante el Concejo Municipal. A partir de la siguiente anualidad posterior a
      la de la firma del contrato y aprobación por parte del Instituto Costarricense de Turismo el canon deberá
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      ser cancelado en forma trimestral según el artículo 51 bis del Reglamento a La Ley 6043 y el Reglamento
      del Canon del Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma
XII. No consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la ROJAS PANIAGUA DORIS,
      portadora de la cédula de identidad número 6-107-2-0470, además de ajustarse a las disposiciones de la
      Ley 6043, Ley de Zona Marítimo Terrestre.
XIII. Se recomienda el otorgamiento de la concesión por un plazo de VEINTE AÑOS.


                                                      Por tanto:
   Esta comisión dictamina lo siguiente:
       1. Recomendar al Concejo Municipal se apruebe la concesión solicitada por la señora ROJAS
          PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de identidad número 6-107-2-0470, sobre un terreno que
          consta de un área de 733 metros cuadrados, ubicada exactamente entre los mojones número 121
          y 123 del Instituto Geográfico Nacional en Cabuya Montezuma, Distrito de Cóbano, cantón Central,
          provincia de Puntarenas, cuyo uso es para Área Mixta para el Turismo y la Comunidad (MIX) siendo
          el uso de Residencial de Recreo para la totalidad del área, autorizado según lo establecido en el
          Reglamento de Zonificación del Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, por un plazo de veinte
          años. ES TODO.
       2. Se autorice al Intendente a firmar el contrato de concesión. ES TODO. HASTA AQUÍ LA
          TRANSCRIPCION
   ACUERDO N°3
   Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
   emitido por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
   3.2. Aprobar la concesión solicitada por la señora ROJAS PANIAGUA DORIS, portadora de la
   cédula de identidad número 6-107-2-0470, sobre un terreno que consta de un área de 733 metros
   cuadrados, ubicado exactamente entre los mojones número 121 y 123 del Instituto Geográfico
   Nacional en Cabuya Montezuma, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas,
   cuyo uso es para Área Mixta para el Turismo y la Comunidad (MIX) siendo el uso de Residencial
   de Recreo para la totalidad del área, autorizado según lo establecido en el Reglamento de
   Zonificación del Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma,                   por un plazo de veinte
   años.**********************.
   3.3. Autorizar al Intendente a firmar el contrato de concesión. ACUERDO UNANIME Votan a
   favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi,
   Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del
   Concejal William Morales Castro).



       d.   ASUNTO. Proyecto de Resolución de la Sociedad denominada 3-102-815409 S.R.L.
            EXP. N° 4001-2021

                            DICTAMEN DE COMISION (ACTA 33 del 18 de octubre)

         Documentos analizados para dictaminar:
              Pase CMC-S-317-2022
              Expediente 2392-04
              OFICIO INT-2022-495 DE TRASLADO DE PROYECTO DE RESOLUCION
   CONSIDERANDO:
         Que se ha analizado el Proyecto de Resolución y el expediente Numero 4001-2021 a nombre de la
         sociedad denominada 3-102-815409 S.R.L.
         Que en el expediente no se encuentra la cedula del representante legal de esta sociedad
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       Que en el expediente se encontró contradicciones entre el Informe del Inspector de Zona Marítimo
       Terrestre del 08 de junio del 2022 que consta en los folios 046 al 049 del expediente y el del Gestor
       ambiental de fecha 12 de julio del 2022, que se localiza entre los folios 062 y 063

                                               POR TANTO
Esta comisión recomienda al Concejo:
    1. Se acuerde devolver el expediente a la administración a fin de que se subsanen o corrijan estas
       situaciones y luego sea remitido de nuevo a este Concejo para dictamen ES TODO. HASTA AQUÍ
       LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Devolver el expediente Número 4001-2021 a nombre de la sociedad denominada 3-102-
815409 S.R.L. a la administración a fin de que se subsanen o corrijan estas situaciones y luego
sea remitido de nuevo a este Concejo para dictamen”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los
Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi, Eduardo
Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
William Morales Castro).


ARTICULO VII.          INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA

ARTICULO VIII.         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

a. OFICIO N°INT-2022-516. ASUNTO. INFORMA SOBRE LA CREACION DE CORREO
   OFICIAL DE COMISION PRO CANTON DE COBANO

SE CONOCE

b. Con respecto al convenio con la Universidad de Costa Rica ya se terminó la consulta comunal
   para el diseño del parque de Playa Carmen, este diseño no tiene nada que ver con la
   Asociación ni con ningún otro proyecto de los otros parques de Montezuma, playa Hermosa y
   Manzanillo, es algo totalmente aparte. El 18 de noviembre se hace entrega de los resultados
   de este último taller, hubo una gran participación en este taller, son 17 arquitectos.
c. Con el tema de la maquinaria seguimos sin presupuesto, a pesar de esto la niveladora está
   trabajando lo más urgente, reparó algunos sectores de Cabuya y Delicias, se hizo lo que se
   pudo para habilitar el caminos, aun así hay un lastre que compro la comunidad de Delicias
   que no se ha colocado, actualmente se está atendiendo el camino de Manzanillo, se coordinó
   con Miguel que es el secretario de la ADI de Bello Horizonte, las maquinas están en el sitio,
   esperemos que el clima permita trabajar, la comunidad se comprometió a conseguir lastre .
d. Les voy a aclarar algo que me han preguntado como tres personas que porque la municipalidad
   tiene lastre y no les da lastre, es muy sencillo. Todos ustedes saben que tramitamos un
   permiso para extracción de lastre en el rio seco en la Esperanza, tenemos un permiso para
   extraer 20 mil metros cúbicos de lastre, esta suspendido pero lo podemos activar . Lastre si
   tenemos, lo que no tenemos es dinero para pagar a las maquinas que vayan lo saquen y lo
   transporten a los lugares donde se ocupa. Este lastre se lo ofrecimos a la comunidad de
   Delicias, ellos hicieron números y calcularon que era mejor comprarlo en el tajo que ir a
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   extraerlo a la Esperanza, al igual que Cabuya y el CONAVI. Al CONAVI le ofrecí ir a extraer
   lastre al rio para colocar en la ruta 160 para un mejor trabajo, esto bajo un convenio, ellos si
   tienen la máquina para hacerlo.
e. El día de ayer se le entrego a la contraloría todas las subsanaciones del presupuesto que
   estaba solicitando y a partir de hoy esperemos dicten la resolución final del extraordinario 2-
   2022 y ordinario 2023. Les quiero aclarar lo siguiente, el presupuesto extraordinario 02 es un
   presupuesto muy robusto son 3400 millones de colones lo que iban en ese presupuesto para
   obra, sin embargo, muchos de esos rubros no van a poder ejecutar por la falta de espacio en
   el tiempo para poder hacer la contratación administrativa y adjudicar antes del 30 de diciembre
   como lo pide la ley. A diferencia del pasado ahora tenemos una ventaja que, en el rubro de
   mantenimiento de vías de comunicación y estructuras, ahí si podemos ejecutar porque
   tenemos una licitación lista para ejecutar, nada más es asignarle fondos y dar orden de inicio,
   otros programas lamentablemente podrían quedarse por fuera


PRESIDENTE: CONSULTAS AL INTENDENTE.


CRISTEL. Hay algo que no me queda claro porque yo estudie administración y me gustaría saber
quienes crean el plan presupuestario, porque no entiendo porque no hay plata para basura y
arreglar el camino, pero a mis todos los meses me llegan las dietas y a ustedes los salarios, porque
el dinero de los salarios no se gasta. Si se presupuestó bien los salarios debió haberse
presupuestado bien la basura y otros. Con nombres y apellidos quien hacen ese presupuesto
porque no tiene mucho sentido
FAVIO. Voy a tratar de explicar. Cada departamento elabora su presupuesto de acuerdo a sus
necesidades, el departamento de talento humano hace el presupuesto de salarios de acuerdo a la
planilla municipal y cada departamento presupuesta sus gastos y todo eso viene al concejo. Es
una proyección a futuro. ¿Por qué a la gente si le llega el salario y no hay plata para la recolección
de basura? El presupuesto 2022 fue diseñado de forma correcta pero este fue improbado por la
contraloría debido a un error de la Municipalidad de Puntarenas, entonces ese trabajo perfecto
del presupuesto 2022 de nada sirvió, porque la contraloría nos obliga a trabajar con el ultimo
presupuesto aprobado,     que fue el del año 2021 que se diseño o confecciono en el año 2020 y
ese no corresponde a la realidad del momento, porque el gestor ambiental previo que para el 2022
íbamos a tener 22 toneladas diarias de basura, contrario a las 12 toneladas del 2021 que se
planificaron en el 2020, Entonces no corresponde de a la realidad
CRISTEL. ¿No planificó?
FAVIO. Si se planifico y de forma correcta. El presupuesto para el 2022 era de 2200 millones y la
contraloría nos está obligando a trabajar con un presupuesto de 1600 millones, hay una diferencia
de 600 millones, nos están obligando a trabajar con un presupuesto que no sirve para este año
que no alcanza. Para diciembre no tengo plata suficiente para pagar aguinaldos ni dietas, sino
aprueban el presupuesto extraordinario no puedo financiar. Los salarios no tienen tantas variables,
la recolección de basura sí.
CRISTEL. Tenemos una variable que es Puntarenas y se debe planificar previendo esto.
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FAVIO. El gestor ambiental hizo una proyección para el 2023 calculando el incremento de la
recolección de basura para el 2023, si lo aprueban no debería existir problema, si lo imprueban
nos van a obligar a trabajar otra vez con el presupuesto 2021. Una cosa en planificación y otra es
someterse a la gestión pública, estamos bajo una ley que dice que si la contraloría imprueba un
presupuesto se debe trabajar con el último aprobado. En la empresa privada lo que usted planifica
es lo que ejecuta, en la empresa pública no es así. Si en las próximas dos semanas la contraloría
no aprueba el extraordinario posiblemente tengamos demandas, porque no vamos a poder pagar
los aguinaldos, de hecho que yo renuncie a mi aguinaldo para poder agarrar ese dinero y financiar
el código de basura y no me lo permitieron hacer, porque es ilegal que yo renuncie a un derecho.
Ahora si en un presupuesto aprobado correctamente, yo digo que voy a gastar 10 millones en
combustible y a febrero se me acabaron, eso sí es una mala planificación, pero este no es el caso.
ERIC. Los salarios no han subido, no se ha podido
FAVIO. Hay ajustes por el costo de vida de los empleados y no se han podido pagar, aquí viene
un documento de la ANEP, en el cual se está pidiendo se les pague el ajuste del segundo semestre
del 2022 y no se puede.
MINOR. Ojalá nos haya quedado bien claro para explicar a la gente que nos pregunta en la calle
FAVIO. Hay plata para reparar caminos, hacer puentes, hacer paradas, ahí esta la plata pero se
ocupa un presupuesto y este presupuesto ocupa tres aprobaciones. Paso uno. Yo Se lo presento
a ustedes para aprobación. Paso 2. Enviar a Puntarenas para que lo unan con el de Lepanto,
Paquera, Monteverde y el de ellos y hagan uno solo y lo apruebe el Concejo de Puntarenas y por
último Paso 3. Puntarenas agarre ese paquete y lo envíe a la contraloría para aprobación. Si
alguno comete un error todos sufrimos. Si fuéramos cantón serian solo dos pasos, ustedes y la
contraloría y si hice las cosas bien se aprueba y si las hice mal es nuestra culpa, pero
desgraciadamente dependemos de Puntarenas y las dos ultimas improbaciones ha sido por
Puntarenas. Históricamente ningún concejo ha cometido errores. Estar moroso con la caja fue
Puntarenas, haber aprobado algo diferente de lo que mando la administración al Concejo fue
Puntarenas. El Concejo puede aprobar o improbar el presupuesto, pero no puede intervenir en los
montos. Mañana puede estar aquí como intendente cualquier otra persona y le puede pasar lo
mismo.
MANUEL. A usted como Intendente la gente del MOPT le presentan la licitación o lo que van a
hacer en la ruta nacional
FAVIO. Yo lo publique lo que van a hacer, es conformación, no van a colocar lastre. Por eso les
ofrecí. Había un contrato de mantenimiento de la ruta 160 era mantenimiento y colocación de
lastre, se vino el caso cochinilla y se acabó el contrato y la empresa quedo con ese montón de
lastre, la empresa es ajima, de hecho, la empresa laboro que gano un concurso con nosotros les
compro lastre. Ese lastre es de una empresa privada
MANUEL. Están pasando plataforma a dejar material y eso está deteriorando más el camino


f. OFICIO N.º INT-2022-510. ASUNTO: TRASLADO DE OFICIO CAT-ZMT-235-2022
Por medio de la presente les saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, así mismo procedo a trasladar
oficio CAT-ZMT-235-2022, el mismo en atención a respuesta sobre acuerdo de Concejo CMCS-312-2022.
Esperando haber cumplido en tiempo, con lo solicitado mediante este órgano colegiado.
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CONSIDERANDO:
     • Que se ha conocido el OFICIO O N.º INT-2022-510. Mediante el cual se traslada a este
         Concejo el OFICIO CAT-ZMT-235-2022 emitido por el Ing. Rodrigo Vásquez sobre consulta
         realizada por este Concejo con relación al caso del Sr. Gonzalo Barquero Dodero, que
         textualmente dice:
                      ASUNTO: ATENCION ACUERDO DE CONCEJO CMC-S-312-2022
                                    CASO GONZALO BARQUERO DODERO
       Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez procedo a dar atención al acuerdo de
Concejo CMC-S-312-2022, con relación a la audiencia que se llevó a cabo hacia el señor Gonzalo Barquero
Dodero.
       En relación al punto 1 dictaminado por la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, que menciona
textualmente que: “Solicitar a la administración nos informe si existe la posibilidad de iniciar con la
elaboración del Plan Regulador Integral para la zona donde el señor Barquero Dodero tiene su solicitud de
concesión y para cuando estaría estimado iniciar.”
       Se procede a indicar que, el procedimiento inicial para elaborar un plan regulador costero, inicia con
la fase de aprobación de los estudios ambientales por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental
(SETENA), de conformidad con el decreto N°32967. En este aspecto, los estudios del Plan Regulador Integral
Santa Teresa Mal País (que abarca el sitio de la solicitud del señor Barquero), se iniciaron el día 28 de abril
del año 2020. Momento en el cual se enviaron a la SETENA y se le asigno el número de expediente
administrativo EAE-003-2020-SETENA. Por lo que, en respuesta puntual a la consulta: ya se inició el proceso
de elaboración del plan regulador integral.
ACUERDO N°5

Con cinco votos a favor SE ACUERDA: “5.1 Dispensar del tramite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME

5.2. Acoger la información brindada y remitir copia de la misma al Sr. Barquero Dodero para lo que
corresponda”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel
Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi, Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal William Morales Castro).


g.    OFICIO N.º INT-2022-514. ASUNTO: TRASLADO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN
     INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO Y
     LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTATERESA DE
     CÓBANO PUNTARENAS.
Por medio de la presente le saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, a la vez procedo a trasladar CONVENIO
DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO Y LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA DE CÓBANO PUNTARENAS.
El mismo para que se conozca se apruebe y se me autorice a la respectiva firma de dicho convenio. Solicito así
mismo la aplicación del artículo 44 y 45 del código municipal.

CONSIDERANDO:
      Que mediante OFICIO N.º INT-2022-514 la Intendencia traslada el Convenio de
       Cooperación Interinstitucional entre el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y la
       Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa teresa de Cóbano Puntarenas el cual
       se ha analizado

ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del tramite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
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6.1. Aprobar en todas sus partes el Convenio Denominado Convenio de Cooperación
Interinstitucional entre el Concejo Municipal de Distrito de Cobano y la Asociación de
Desarrollo Integral de Mal País y Santa teresa de Cóbano Puntarenas, el cual se detalla:
    CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONCEJO
    MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
                  INTEGRAL DE MAL PAÍS DE CÓBANO PUNTARENAS

Entre nosotros, a) el señor FAVIO JOSE LOPEZ CHACON, mayor, divorciado, empresario, vecino de San Isidro
de Cóbano de Puntarenas , portador de la cédula de identidad número: cinco – trescientos cincuenta y uno
- novecientos veintiséis (5-0351-0926), en calidad de INTENDENTE, representante del Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano, con cédula jurídica número: Tres- Cero Cero Siete- Cero Siete Ocho Dos Nueve Siete
(número 3-007-078297), con las facultades que le otorga el Artículo 17, Inciso n) del Código Municipal y la
Resolución número 1374-E11-2020 de las diez horas del veinticinco de febrero del año dos mil veinte del
Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en la Gaceta número cuarenta y cuatro del Año dos mil veinte,
para el periodo que va del primero de mayo del año dos mil veinte al treinta de abril del año dos mil
veinticuatro, el cual fue juramentada en la sesión solemne del día 1 de Mayo del Año Dos Mil Veinte, en
adelante llamado “Concejo Municipal ” debidamente autorizado para este acto mediante acuerdo del
Concejo Municipal tomado en sesión ordinaria número 014-20, articulo VIII, inciso a del día cuatro de
agosto del año dos mil veinte, y b) LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS DE CÓBANO
PUNTARENAS, con cédula jurídica número 3-002-087007, representada en este acto por el señor Roberto
Antonio De La Ossa Chacón, mayor, soltero, administrador, vecino de Santa Teresa, diagonal al
supermercado la Hacienda, casas Milla La María, portador de la cédula de identidad número uno- mil
cuarenta y cuatro- cero cuatrocientos uno, en condición de PRESIDENTE con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil, suficientes para este acto, hemos acordado suscribir el presente CONVENIO DE COOPERACION con
fundamento en los artículo 4,7,13 inciso e) y 71 del Código Municipal, así como por los antecedentes y
clausurado que a continuación se describen:
                                             ANTECEDENTES
    1. El Código Municipal, (Ley número 7794) en su artículo 2, permite a Las Municipalidades ejecutar
       todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines; el artículo 4 inciso f), le faculta
       para concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o contratos,
       necesarios para el cumplimiento e sus funciones y el articulo 7 confirma la posibilidad de esta, de
       llevar a cabo conjunta o individualmente, servicios u obras en su Cantón mediante la celebración
       de convenios con el ente u órgano publico competente, y el artículo 71 del Código Municipal
       establece expresamente la facultad de las municipalidades de disponer de su patrimonio a través
       de la celebración de toda clase de actos o contratos permitidos por dicho Código y la Ley de
       Contratación Administrativa.
    2. Los Concejos Municipales de Distrito fueron creados mediante ley N° 8173 y su reforma de ley N°
       9208 y son órganos adscritos a la Municipalidad del Cantón respectivo los cuales cuentan con una
       personería instrumental con todos los atributos derivados de la personalidad jurídica, regulados a
       su vez por el Código Municipal que les permite adquirir compromisos con otras corporaciones
       municipales esto según los artículos 4 inciso f), 9 y 13 inciso e) del Código Municipal.
    3. La Asociación Integral de Desarrollo Malpaís de Cóbano Puntarenas tiene los siguientes fines:
       A) Promover el desarrollo económico, social y cultural de la comunidad conforme a los
           lineamientos establecidos en el artículo 61 del reglamento de la Asociación Integral de
           Desarrollo Malpaís de Cóbano Puntarenas.
       B) Coordinar acciones con el gobierno, las instituciones autónomas y semiautónomas, las
           municipalidades y cualquier organismo privado cuyas actividades sean afines al desarrollo de la
           comunidad.
       C) Impulsar los ejes de desarrollo económico, ambiental, social, cultural, deportivo y de
           infraestructura de la comunidad de una forma sostenible y equitativa.
       D) Ser un enlace entre organismos privados, públicos, nacionales o internacionales y los comités
           para la gestión y generación de recursos destinados a proyectos comunitarios. Los comités
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             estarán empoderados y debidamente reglamentados para impulsar cohesivamente los ejes de
             desarrollo por medio de planes de acción que atienden las prioridades de la comunidad.
     4. Siendo las partes, conscientes del beneficio que el Distrito y la sociedad costarricense pueden recibir
         a través de la adecuada coordinación de sus actividades, se comprometen a aunar esfuerzos y
         compartir sus fortalezas a través de la celebración del presente convenio Marco de cooperación,
         para llevar a cabo obras en pro del desarrollo de sus respectivas comunidades y la región, el cual se
         regirá por las siguientes:
                                                     CLÁUSULAS
PRIMERA: Del Objeto del convenio:
El objeto del presente convenio es la cooperación mutua entre el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
y la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano Puntarenas para cumplir con los fines que las
leyes y sus estatutos han establecido. El cumplimiento de dichos fines incorporará como valores orientadores
el desarrollo sostenible y regenerativo de la zona.
Este convenio será de especial aplicación en los siguientes ámbitos:
     a) Ordenamiento Territorial.
     b) Desarrollo de Obra Pública.
     c) Seguridad del sector costero de Manzanillo, Playa Hermosa, Santa Teresa y Malpaís.
     d) Desarrollo y fiscalización de las actividades que se realicen en la Zona Marítimo Terrestre.
     e) Protección del recurso hídrico del sector costero de Manzanillo, Playa Hermosa, Santa Teresa y
         Malpaís.
     f) Bienestar socioeconómico de los pobladores del distrito.
     g) Estimular alianzas público-privadas para activar proyectos regionales para el desarrollo de la
         comunidad en equilibrio con los recursos naturales.
     h) Estimular el intercambio de conocimientos y mejores prácticas en relación a proyectos comunitarios.
     i) Definición conjunta de prioridades comunitarias y agenda futura.
     j) Movilizar recursos para fortalecer organizaciones comunitarias sin fines de lucro y sus proyectos de
         investigación, educación, innovación, colaboración y desarrollo de capacidades que responden a los
         retos sociales y ambientales enunciados por la comunidad.
SEGUNDA: Obligación de las entidades:
Para la realización de este convenio tanto el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano como la Asociación
de Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano Puntarenas facilitarán recursos económicos y materiales, de
acuerdo a sus posibilidades, los cuales deben estar previamente comunicados a la entidad que va prestar la
ayuda. Lo anterior se llevará a cabo siguiendo los procedimientos legales que la normativa y el pacto
constitutivo impongan a cada entidad.
Previo al inicio de la obra o actividad específica que se realice al amparo de este convenio, la Asociación de
Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano Puntarenas deberá presentar una Carta de Entendimiento al
Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en la cual se especificará en qué consiste la obra o la actividad.
Dicha Carta de Entendimiento deberá indicar el monto presupuestado para la realización de la obra o
actividad.
El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano aprobará aquellas Cartas de Entendimiento que cumplan los
requisitos legales y presupuestarios, en el entendido de que todos los proyectos estarán condicionados a las
partidas disponibles en el momento de su aprobación. Una vez dado el aval, y previamente al inicio de las
obras o actividades que se realicen al amparo de este convenio, se llevará a cabo una reunión con el fin de
coordinar las acciones de las distintas entidades y de que todas se retroalimenten.
TERCERA: Compromiso de las entidades:
Cuando alguna de las entidades reciba ayuda de una o más entidades partes del Convenio, se compromete
a emplear en forma exclusiva los recursos recibidos en proyectos en pro del desarrollo, mejoramiento de la
calidad de vida de los pobladores del distrito y la protección de los recursos naturales.
El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y la Asociación de Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano
Puntarenas se comprometen a celebrar al menos una reunión mensual con el fin de organizar los distintos
temas que son propios de este convenio. Dicha reunión podrá ser convocada por cualesquiera de las partes
con al menos tres días de anticipación salvo que por la urgencia de las circunstancias dicho plazo deba
reducirse. La convocatoria podrá realizarse por correo electrónico o cualquier otro medio telemático y se
podrá realizar de forma presencial, conferencia telefónica o por teleconferencia.
CUARTA: Informes y Liquidación:
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La Asociación de Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano Puntarenas se compromete a rendir un informe
final ante el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, de cada obra o actividad en el cual ha recibido ayuda.
Dicho informe deberá ser rendido en un plazo de sesenta días después de finalizada la actividad o la obra.
En el caso de que algún tercero haya recibido recursos económicos deberá presentar ante la Asociación de
Desarrollo Integral de Mal País de Cóbano Puntarenas y ante el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano,
una liquidación de dichos fondos en un plazo no superior de sesenta días.
El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano se compromete a facilitar a la Asociación de Desarrollo Integral
de Mal País de Cóbano Puntarenas, con total transparencia, los informes contables pertinentes a las obras
y las actividades a las cuales se refiere el presente Convenio.
QUINTA: Plazo y Vigencia:
El presente convenio tendrá una vigencia de cinco años, a partir de su suscripción. Este convenio es
prorrogable si ambas partes así lo manifiestan de manera expresa y por escrito hasta un mes antes de su
vencimiento.
SEXTA: De las Modificaciones.
Cualquier modificación a los términos del presente convenio que se llegaren a suscribir, deberá ser acordada
para ambas partes mediante la celebración por escrito de una adenda, la cual debe ser autorizada
previamente a su suscripción por los respectivos Concejos Municipales.
SETIMA: Efectos del Convenio:
El presente convenio no crea relación legal o financiera entre las partes suscribientes.
Queda expresamente estipulado que no existe ninguna relación laboral entre el personal del Concejo
Municipal y las otras entidades participantes del convenio y viceversa. Por consiguiente, cada una de las
partes mantendrá el carácter de patrono hacia sus trabajadores y asumirá íntegramente la responsabilidad
derivada de los riesgos relacionadas con sus respectivos proyectos, obras o actividades, salvo que
expresamente se pacte lo contrario.
OCTAVA: Estimación: Por cuanto las obligaciones de las partes según este convenio son variables y no
susceptibles de estimación, es de cuantía inestimable.
NOVENA: Domicilio para recibir notificaciones:
Para efectos de cualquier comunicación o notificación, respecto de este convenio, las partes acuerdan los
siguientes medios:
El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, al correo electrónico de la Intendencia
flopez@municobano.go.cr;
La Asociación de Desarrollo Integral Mal País de Cóbano Puntarenas al correo electrónico:
adimalpaisysantateresa@gmail.com
DÉCIMA: Rescisión: El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano podrá rescindir o resolver unilateralmente
el presente Convenio por razones de interés público, incumplimiento, caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA PRIMERA: Validez y Eficacia: La validez y eficacia de este convenio es a partir de la firma por las
partes.
Las partes declaran que todas y cada una de las cláusulas de este convenio son ciertas y consecuentemente
se comprometen a su fiel cumplimiento, así en fe de lo anterior, firmamos en dos tantos iguales a efecto y
tener, en la ciudad de Cóbano a las ocho horas con _____ minutos del día _________ de julio del año dos
mil veintiuno.**********************
6.3. Autorizar al Intendente a firmar el presente convenio con la ADI Mal País Santa Teresa”.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares
Elizondo, Minor Centeno Sandi, Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume
la curul ante la ausencia del Concejal William Morales Castro).


h. OFICIO N.º INT-2022-513. ASUNTO: PRESENTACIÓN DE ADENDUM A PROYECTO DE
   RESOLUCIÓN Y SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE FIRMA DE CONTRATO DE
   CONCESIÓN, SOBRE LA PARCELA SOLICITADA EN CONCESIÓN POR LA SEÑORA
   VARGAS ROJAS ILIANA, PORTADORA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 1-1577-
   0369
Estimados señores:

Por medio de la presente hago de su conocimiento adendum a Proyecto de Resolución sobre la parcela ubicada
en el Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, solicitada en concesión por la Sra. VARGAS ROJAS ILIANA,
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portadora de la cédula de identidad número 1-1577-0369, expediente No 3842-2018, asimismo solicito se me
autorice a firmar contrato de concesión.

PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

i.   OFICIO N.º INT-2022-512. ASUNTO: PRESENTACIÓN ADENDUM A PROYECTO DE
     RESOLUCIÓN Y SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE FIRMA DE ADENDUM A CONTRATO
     DE CONCESIÓN, DEL SEÑOR CECILIANO BERMUDEZ ALVARO, PORTADOR DE LA
     CÉDULA NÚMERO 1-0535-0187.

Por medio de la presente hago de su conocimiento adendum a Proyecto de Resolución sobre la parcela ubicada
en el Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, en concesión al señor CECILIANO BERMUDEZ ALVARO,
portador de la cédula número 1-0535-0187, expediente No 3762-2017, asimismo solicito se me autorice a
firmar adendum contrato de concesión.

PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

ARTICULO lX.            CORRESPONDENCIA


     a. Rodrigo Arias Camacho. Rector. UNED. OFICIO R-1372-2022. ASUNTO. Respuesta
        oficio INT 2021-231. Solicitud de apoyo para para formalización de alianzas. SE CONOCE
     b. Lic. Jorge Alfredo Pérez. Presidente. Seccional ANEP Peninsular Municipal. OFICIO
        ANEPPENMUN. -054-2022. ASUNTO. Solicitud de aplicación y pago del reajuste salarial
        por el índice de precios al consumidor (IPC) correspondiente al segundo semestre del año
        2022. SE CONOCE
     c. Emanuel Acuña. Secretario. ADI COBANO. ASUNTO. Informan que en reunión de junta
        directiva se acordó que los festejos peninsulares 2023 se realizaran del 09 al 20 de febrero.
        SE CONOCE
     d. Geraldinne Chaves. Coordinadora Territorial- Instituto de Formación y Capacitación
        y Desarrollo Local. UNED. OFICIO IFCMDL-CTRPC-423-2022. ASUNTO. Informa sobre
        foro participativo con la comunidad, un espacio para el dialogo entre los diferentes actores
        locales, civiles e institucionales en relación con el proyecto de cantonato y la identidad local.
        El día 10 de noviembre de 5.30 pm a 8.00 pm en la casa de cultura. SE CONOCE.
     e. Sr. Gilberto José Quesada. Nota dirigida a este Concejo, Favio López y Franklin
        Obregón. ASUNTO. Solicitud de los estudios geológicos, hidráulicos, de ingeniería y
        diseño del puente sobre el Rio Negro. Así también cuestiona cuando se continuará con la
        reparación del camino de Santiago y cuando se intervendrá el camino Santiago -El Tanque.
        SECRETARIA. Este Concejo no tiene esos estudios.
        FAVIO. Yo le voy a mandar los estudios que solicita
        SE CONOCE.
     f. Sala Constitucional. ASUNTO. Recurso de Amparo interpuesto por Walter Brenes Soto
        por no respuesta a gestión.
        PRESIDENTE. yo no he recibido esa notificación y siempre me notifican personalmente.
        QUE SE LE DE PASE A LA ASESORA LEGAL PARA LO QUE CORRESPONDE.



     g. Sr. Miguel Ángel Barboza. ASUNTO. Correo indicando su queja y su molestia por el atraso
        de 4 meses en el visado de un plano.
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         FAVIO. Si hay una larga lista de espera, pero mucha vez también obedece a errores de los
         topógrafos debido a los cambios en el reglamento de fracciones del INVU. SE CONOCE

    h. Sr. Josué Fernando Avilés Zúñiga. ASUNTO. Renuncia a cargo de Concejal suplente
       asignado por el Tribunal Supremo de Elecciones

CONSIDERANDO:

     Que el Sr. Josué Fernando Avilés Zúñiga, concejal Suplente por el Partido Liberación
      Nacional para el periodo constitucional comprendido entre el primero de mayo del año
      dos mil veinte y el treinta de abril del dos mil veinticuatro, ha presentado su renuncia a su
      cargo

     Que indica en su renuncia que lo hace debido a que es funcionario municipal y en esa
      condición le es imposible aceptar el puesto

     Que el Señor Avilés Zúñiga no se ha juramentado

ACUERDO N°7

Con cinco votos presentes a favor E ACUERDA: “Elevar al Tribunal Supremo de Elecciones,
para lo que procede, renuncia a su cargo de elección popular de Concejal Suplente del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano para el periodo constitucional comprendido entre el primero de
Mayo del año Dos mil vente y el treinta de abril del dos mil veintiuno, interpuesta por el Sr. Josué
Fernando Avilés Zúñiga, portador de la cédula de identidad número 2 0733 0231”.
ACUERDO FIRME Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo,
Minor Centeno Sandi, Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul
ante la ausencia del Concejal William Morales Castro).

    i.   Sra. Roxana Lobo Granados. Secretaria Municipal. ASUNTO. Solicitud de dos días de
         vacaciones.

CONSIDERANDO:
     Que la secretaria del Concejo ha solicitado autorización para el disfrute de vacacionas
ACUERDO Nº8
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “. Autorizar a la secretaria para que disfrute
de 2 días hábiles de vacaciones, los días 11 y 14 de noviembre del 2022. ACUERDO UNANIME.
Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno
Sandi, Eduardo Sánchez Segura y Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia
del Concejal William Morales Castro).

ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES
CRISTEL. La gente que esta haciendo las calles, incluyo la calle donde yo vivo pregunta si hay
una posibilidad de que se haga un reglamento para poder poner agujas como en otras zonas

FAVIO. Em calles publica es complicado. En condominios si es posible y tienen su propio
reglamento

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PRESIDENTE. AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS SE DA
POR FINALIZADA LA SESION. BUENAS NOCHES Y MUCHAS GRACIAS



Sr. Eric Salazar Rodríguez                               Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE                                               SECRETARIA